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Sumario
Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”
Primer paquete ferroviario
Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad
Segundo paquete ferroviario
Tercer paquete ferroviario
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Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”1
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Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”
• 91/440/EC Directiva del 29 Julio de 1991 sobre el desarrollo de los ferrocarriles comunitarios
Tiene el objetivo de establecer las bases para la creación de un mercado único para la Comunidad de los ferrocarriles, así como mejorar su eficiencia. Plantea la separación contable entre infraestructura y operación y entre viajeros y mercancías.
• 93/38/EC Directiva del 14 Junio de 1993 sobre Coordinación de los Contratos en los sectores de agua, energía, transporte y telecomunicaciones
Regula la prestación de servicios al público en los ámbitos del suministro de agua, energía, transporte y telecomunicaciones
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Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”
• 95/18/EC Directiva del 19 de Junio de 1995 sobre concesión de licencias a las empresas ferroviarias
Se refiere a la emisión, renovación y modificación de las licencias otorgadas por los estados miembros a las empresas ferroviarias que pretendan dar servicio (se excluyen los servicios urbanos, suburbanos y regionales).
• 95/19/EC Directiva del 19 de Junio de 1995 sobre la adjudicación de capacidad de infraestructura ferroviaria y aplicación de cánones de utilizaciónDerogada
• 96/49/EC Directiva del 23 de Julio de 1996 al aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril
Regula el mercado del transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril
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Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”
• 96/48/EC Directiva del 23 de Julio de 1996 sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad
Establece las bases para la consecución de la interoperabilidad ferroviaria de alta velocidad
Interoperabilidad Ferroviaria: Capacidad del sistema ferroviario para permitir la circulación segura e ininterrumpida de trenes cumpliendo los rendimientos y prestaciones especificados
Especificación de los requisitos esenciales para lograr la interoperabilidad del sistema ferroviario:
• Seguridad• Fiabilidad y Disponibilidad• Salud• Protección al medioambiente• Compatibilidad técnica
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96/48/EC
• Especificaciones Técnicas de interoperabilidad
Especifica los requisitos esenciales para cada subsistema y sus interfaces
Especifica las parámetros fundamentales del subsistema para lograr el cumplimiento de los requisitos esenciales
Especifica las condiciones técnicas que los subsistemas deberán cumplir para lograr los rendimientos especificados para cada categoría de línea
Definen las normas de desarrollo en determinados casos específicos, que pueden ser nacionales o comunitarios
Determinan los componentes de interoperabilidad y las interfases que deberán ser objeto de especificaciones europeas
Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”
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96/48/EC
•Subsistemas: el sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad queda dividido en subsistemas estructurales y funcionales:
–Subsistemas estructurales
•Infraestructura
•Energía
•Control, Mando y Señalización
•Material Rodante
–Subsistemas funcionales
•Mantenimiento
•Medio Ambiente
•Explotación
•Usuarios
Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”
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Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”
96/48/EC
• Organismos Notificados:
Entidades responsables de llevar a cabo las actividades de verificación del cumplimiento de los requisitos de interoperabilidad
• Comité (Comité A21)
La Comisión Europea será asistida por un Comité que discutirá cualquier asunto relacionado con la interoperabilidad, así como las medidas adoptadas para su logro.
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Directivas previas a los “paquetes ferroviarios”
• 98/4/EC Directiva 98/4/EEC del 16 Febrero de 1998 sobre los procedimientos de adquisición de entidades que operen en los sectores de agua, energía, transporte y telecomunicaciones (modifica a 93/38)
Regula la prestación de servicios al público en los ámbitos del suministro de agua, energía, transporte y telecomunicaciones
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Primer Paquete Ferroviario2
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Primer Paquete Ferroviario
• 2001/12/EC Directiva del 26 de Febrero de 2001 por la que se modifica la Directiva 91/440/CEE relativa al desarrollo de los ferrocarriles comunitarios
Introduce la liberación de ciertas áreas del ferrocarril, principalmente en lo que se refiere al enfoque del ferrocarril en la competitividad del mercado. Es la Directiva que define los aspectos generales del acceso al mercado. Las Directivas 2001/13 y 14 la complementan y fijan las condiciones más concretas.
• 2001/13/EC Directiva del 26 de Febrero de 2001 por la que se modifica la Directiva 95/18/CE del Consejo relativa a la concesión de licencias a empresas ferroviarias
Establece un sistema de licencias para las empresas ferroviarias, condiciones de obtención (competencia técnica, capacidad financiera, responsabilidad civil etc.). Modifica la Directiva 95/18.
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Primer Paquete Ferroviario
• 2001/14/EC Directiva del 26 de Febrero de 2001 relativa a la adjudicación de la capacidad de infraestructura ferroviaria, aplicación de cánones por su utilización y certificación de seguridadSe establecen las cargas por uso de la infraestructura, las tarifas por
los servicios adicionales, complementarios y auxiliares, la declaración de la red y la adjudicación de capacidad. Anula y sustituye a la Directiva 95/19.
• 2001/16/EC Directiva del 19 de Marzo de 2001 relativa a la interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo convencional
Desarrolla, de forma similar a la Directiva 96/48, la interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo de ferrocarril convencional.
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Segundo Paquete Ferroviario3
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Segundo Paquete Ferroviario
• 2004/49/EC Directiva del 29 de Abril de 2004 sobre la Seguridad en los ferrocarriles comunitarios (modifica 95/18/EC y 2001/14/EC)
Establece una estrategia común para las regulaciones de seguridad supervisadas por autoridades de seguridad nacionales, objetivos de seguridad comunes y métodos de aseguramiento de la seguridad. Se introducen además las organizaciones independientes para la investigación de accidentes en cada estado miembro.
Se encuentra en la fase final de transposición a la legislación española, restando únicamente el informe del MAP y la remisión al Consejo de Estado.
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Segundo Paquete Ferroviario
• 2004/50/EC Directiva del 29 de Abril de 2004 modificando la Directiva 96/48/EC y 2001/16/EC sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropea de alta velocidad y red convencional respectivamente
Mediante esta Directiva se armonizan las directivas de interoperabilidad de Alta Velocidad (Directiva 96/48) y Ferrocarril Convencional (Directiva 2001/16).
Transpuesta a la legislación española mediante los Reales Decretos 354/2006 (ferrocarril convencional) y 355/2006 (alta velocidad), publicados en el BOE de 7 de abril de 2006.
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Segundo Paquete Ferroviario
• 2004/51/EC Directiva del 29 de Abril de 2004 modificando la Directiva 91/440/EEC sobre el desarrollo de los ferrocarriles comunitarios
está enfocada principalmente en la liberalización del mercado de mercancías.
Esta modificación intenta acelerar la liberalización de los servicios ferroviarios domésticos de mercancías
En nuestro país está incorporada a través de la Ley del Sector Ferroviario
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Segundo Paquete Ferroviario
• Reglamento 881/2004 del 29 de Abril de 2004 estableciendo la Agencia Europea del Ferrocarril
Regulación que establece la Agencia Europea del Ferrocarril para Seguridad e interoperabilidad. La Agencia actuará como órgano neutral ferroviario para la Comisión Europea, y aconsejará sobre el desarrollo de la interoperabilidad y la implementación de la directiva de seguridad ferroviaria.
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Tercer Paquete Ferroviario4
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El paquete ferroviario 3 se encuentra en el proceso final de la codecisión entre el Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo, y se compone de las siguientes propuestas:
•Propuesta COM (2004) 142 sobre la certificación conductores de locomotoras y maquinistas que actúen en el transporte de mercancías dentro de la UE. Las posturas entre el Consejo, el Parlamento Europeo (PE) y la Comisión Europea (COM), son próximas al consenso final.
•Propuesta COM (2004) 143 para la regulación de los derechos de los pasajeros del transporte ferroviario. Las posturas entre el Consejo, el Parlamento Europeo (PE) y la Comisión Europea (COM), son próximas al consenso final.
•Propuesta COM (2004) 139 para impulsar la apertura del mercado internacional de viajeros de transporte de pasajeros. Consejo y Comisión apoyan el año 2010. Finalmente el PE ha asumido esta postura, renunciando a adelantar la fecha y también a extender al liberalización al transporte nacional.
•Propuesta COM (2004) 143 para la regulación de la calidad del transporte de mercancías. La Comisión ha retirado la propuesta ante la petición del Consejo y del PE.
Tercer Paquete Ferroviario
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Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad5
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Especificaciones técnicas de interoperabilidad
•Especificaciones técnicas del sistema ferroviario (convencional y alta velocidad), estableciendo los requisitos técnicos de cada subsistema (normativa técnica aplicable) para el cumplimiento de los requisitos esenciales establecidos (en primera instancia) en las Directivas 96/48 y 2001/16
Seguridad
Fiabilidad y Disponibilidad
Salud
Protección al medioambiente
Compatibilidad Técnica
•Se define el conjunto de normativa técnica a cada subsistema/componente, cuyo cumplimiento asegura el cumplimiento de cada uno de los requisitos esenciales
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• Áreas actualmente armonizadas por las ETIs
Alta Velocidad (pendiente de publicación la revisión)
Material RodanteInfraestructuraControl, Mando y
SeñalizaciónEnergíaOperacionesMantenimiento
Convencional (en elaboración)
InfraestructuraEnergíaLocomotoras y unidades de
tracción (viajeros)Vehículos de viajerosAplicaciones telemáticas
(viajeros)
Especificaciones técnicas de interoperabilidad
Convencional (publicadas)
Vagones (mercancías)Control, Mando y
SeñalizaciónOperacionesAplicaciones Telemáticas
(mercancías)Ruido
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Procedimiento de verificación del cumplimiento de la normativa técnica
• El Organismo Notificado verifica el cumplimiento de la normativa aplicable al componente de interoperabilidad o subsistema
• La ETI define los procedimientos para la evaluación de la conformidad (Módulos)
• Los módulos cubren tanto a las verificaciones llevadas a cabo sobre componentes de interoperabilidad como verificaciones llevadas a cabo a nivel de subsistema
• Los módulos establecen los roles, responsabilidades y actividades que cada actor llevará a cabo durante el proceso de verificación
• Se definen los módulos (o combinación de módulos) cuyo uso está permitido para cada uno de los subsistemas definidos
Especificaciones técnicas de interoperabilidad