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La charla no constituye asesoría, recomendación u opinión acerca de inversiones y los ejemplos plasmados son de uso académico exclusivamente, no reflejan
situaciones actuales o potenciales.
Conozcamos el nuevo esquema de Multifondos
El primer programa de educación financiera
independiente, impulsado con el apoyo de más de 70 entidades de la industria financiera. Queremos contribuir a que los Consumidores Financieros tomen buenas decisiones financieras, conozcan y exijan sus derechos.
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Programa Educación
Financiera para Todos
@Educación_AMV
Programa
EDUCACIÓN FINANCIERA PARA TODOS
Contenido
1. ¿Qué son los fondos de Pensión?.
2. ¿A quién están dirigidos?
3. Contexto Reforma Financiero
• Generalidades
• Objetivo
• Decreto 2373 de 2010
¿Qué son los Fondos de Pensión?
• Fondos Obligatorios de Pensión
¿Qué son?
A través de los FPOB (Fondo Obligatorio de Pensión) las personas
ahorran, con el fin de crear un capital que les permita mantener la
calidad de vida durante la etapa de retiro.
• Representa una garantía económica para quienes cumplan los
requisitos de ley.
• Este ahorro cubre al afiliado para su vejez y a sus familias frente a
contingencias de invalidez y muerte.
• Fondos Obligatorios de Pensión
¿A quién están dirigidos?
¿A quién estan dirigidos?
• Personas activas laboralmente, vinculadas con contrato de trabajo o
independientes.
• Toda persona con actividad laboral está obligada afiliarse y cotizar al
sistema de seguridad social del País.
Contexto Reforma Financiera
• Fondos Obligatorios de Pensión
Reforma Financiera de 2009
Ley 1328
Reforma Financiera
Régimen Financiero de los Fondos de
Pensión obligatoria
Decreto 2373 de Julio de 2010
2955,de 2010
Esquema de Multifondos
Protección al consumidor Financiero.
Decreto 2241 de Junio de 2010
Régimen Financiero de los Fondos de
Cesantías
Decreto 4600 de 2009.
El Porqué de los Multifondos
1. El mercado laboral (edad, densidad de cotizaciones, valor de aportes) y
Rendimientos.
2. Aumenta probabilidad de obtener tasa de reemplazo objetivo.
3. Libertad : Puede elegir las estrategias de inversión en forma
personalizada.
4. El esquema de multifondos mejora la eficiencia.
5. Menor Riesgo : Diversificación local y Global para la inversión lo que
permite obtener una mejor relación riesgo/retorno.
Generalidades
Generalidades
• La ley 1328 de 2009, introdujo un esquema de “Multifondos”.
• Los Multifondos consideran las edades y perfiles de riesgo de los
afilados.
• El afiliado puede elegir el Fondo en el cual desea invertir su
ahorro pensional.
• Si el afiliado no elige, se hará una asignación por defecto por
parte de la administradora.
• Regla de convergencia, con la cual los recursos de los afiliados
deber ser trasladados progresivamente al Fondo Conservador.
Objetivo
• De interés:
• El nuevo esquema busca una gestión eficiente de los recursos.
• Considera:
1. Las edades
2. Los perfiles de riesgo de los afiliados.
• ¿Para qué?
• Propendiendo por un mejor cubrimiento de las contingencias derivadas de
la vejez, la invalidez y la muerte que protege el Sistema General de
Pensiones.
Esquema de Multifondos
Decreto 2373 de Julio de 2010
Etapa de acumulación
Fondo Conservador
Fondo Moderado
Fondo de Mayor Riesgo.
Etapa de Retiro
Fondo especial de Retiro programado.
Elección de Fondo
Opción de Retracto
Podrá :
Reglas de Convergencia
• Teniendo en cuenta la edad y el género de los afiliados, el saldo en la
cuenta individual, deberá converger hacia el fondo conservador teniendo
en cuenta la siguiente tabla.
Mujeres Hombres
50 55
51 56
52 57
53 58
54 o más 59 ó más
A partir del año 2014 las edades señaladas se aumentarán en dos (2)
años
AFP
1
Solictud de
Traslado
de AFP
• Los saldos existentes las subcuentas
individuales se acreditarán en la
nueva entidad de según la última
elección de tipo de fondo.
• Sera informada por la administradora
que realiza el traslado, sin perjuicio de
la aplicación de las reglas de
convergencia.
• Desde el día en que se presente una
solicitud de traslado y hasta la fecha
de efectividad o su rechazo, el afiliado
no podrá realizar solicitudes de
cambio de tipo de fondo.
Traslados entre administradoras de Fondos de
Pensiones
AFP
2
Recaudo y acreditación de
aportes
• El 100% del recaudo de los aportes pensionales, se
hará a través del Fondo Moderado.
• A los 10 días siguientes a la fecha de recaudo, la AFP
debe transferir los aportes que se deban acreditar en
subcuentas diferentes al Fondo Moderado.
• Los aportes no identificados se asignarán al Fondo
Moderado.
• Los aportes voluntarios efectuadas por afiliados o
empleadores, se aplican con las misma reglas de los
aportes obligatorios.
Fondo Especial de Retiro Programado
Los recursos de los afiliados pensionados y
de los beneficiarios de pensiones de
sobrevivencia, serán administrados en el Fondo de Retiro Programado.
• Los tipos de fondos de pensiones obligatorias tendrán las
siguientes características:
Buscar que a través de la gestión eficiente de sus recursos por parte
de la AFP procure el mejor retorno posible al final del periodo de
acumulación de aportes
Fondo conservador: con baja exposición al riesgo
Fondo Moderado: con moderada exposición al riesgo.
Fondo Mayor Riesgo: Con mayor exposición al riesgo.
Fondo Especial de Retiro Programado: Tipo de fondo con el cual se busca una administración orientada al pago de pensiones.
Régimen de Inversiones
Rentabilidad Mínima
Cada Fondo de pensiones debe tener una rentabilidad mínima obligatoria, la Superintendencia Financiera de Colombia es la encargada de calcular, verificar
y divulgar la rentabilidad mínima de los tipos de fondos. El Decreto 2949 de 2010. Establece la metodología para el cálculo de la misma.
Tipo de Fondo Período de
cálculo
Fondo
Conservador
36 meses
Fondo Moderado 48 meses
Fondo Mayor
Riesgo
60 meses
Decreto 2949 del 6 de agosto de 2010.
¿ Cómo se dan los cambios ?
Decreto 2373 de Julio de 2010
• A partir del 15 de Septiembre de 2010 el Fondo de Pensiones obligatorias existente se
constituyó en el Fondo Moderado.
• A partir del 1° Enero del 2011, Se crearon los Fondos Conservador, Mayor Riesgo y Retiro
Programado y cada uno cuenta con: Número de identificación tributaria propia,
separación patrimonial, contabilidad independiente, cuentas corrientes o de ahorro para
el manejo de los recursos de cada tipo de Fondo.
• A partir del 1° de Enero de 2011, los afiliados no pensionados podían elegir uno de los
tres(3) tipos de fondos de la etapa de acumulación.
• El sistema arrancó el día 22 de Marzo de 2011.
• Afiliados no pensionados que no eligieron tipo de fondo antes del 1°de marzo de 2011 las
administradoras aplicaron asignación por defecto. En cualquier momento puede elegir
• A partir del 28 de Febrero de 2011 entraron en funcionamiento el Fondo Conservador, El
Fondo de Mayor Riesgo y el Fondo de Especial de R.P.
Régimen de Prima Media
con Prestación Definida - RPM
Régimen de Ahorro Individual
con Solidaridad - RAI
Los aportes se depositan en un
fondo común, el cual es propiedad
de todos los afiliados.
Los aportes mensuales y sus respectivos
rendimientos se destinan a incrementar el monto
de la cuenta individual de ahorro pensional. Esta
cuenta es de propiedad exclusiva del afiliado.
Los afiliados en etapa de acumulación pueden
elegir entre 3 Fondos, diseñados teniendo en
cuenta edad y perfil de riesgo del afiliado.
Sistema Mixto con Cobertura Nacional (subsisten los dos regímenes)
Mayor
Riesgo Moderado
Conservad
or
¿ Cómo se dan los cambios ?
Régimen de Prima Media
con prestación definida - RPM
Régimen de Ahorro Individual
con Solidaridad RAI
Para pensionarse por vejez se debe
contar con una edad y un número
mínimo de semanas cotizadas que van
aumentado cada año.
Así mismo, la edad de pensión también
aumentará en el 2014.
No hay opción de aportes voluntarios. Hay la posibilidad de efectuar aportes
voluntarios dentro del Fondo de
Pensiones Obligatorias, el cual debe ser
elegido por el afiliado.
No existe la figura Existen los excedentes de libre
disponibilidad.
En caso de muerte de un afiliado o
pensionado y no hay beneficiario no
hay juicio de sucesión.
En caso de fallecimiento del afiliado o
pensionado y no hay beneficiario de
pensión se entregará los aportes mas
rendimientos y bono pensional que se
encuentra en la cuenta pensional a titulo
de herencia.
Régimen de Prima Media
con prestación definida - RPM
Régimen de Ahorro Individual
con Solidaridad RAI
Solamente existe el pago de la pensión a
cargo de la entidad que reconoce la
misma.
Los afiliados se pensionan máximo con un
Ingreso base de liquidación del 80% de los
salarios devengados en los últimos 10 años
cotizados.
Los afiliados se pensionan con la
totalidad del dinero de la cuenta
de ahorro individual rendimientos
y bono pensional.
No existe la figura. Los afiliados pueden pensionarse
anticipadamente negociando el
valor del bono pensional.
Esquema de Multifondos
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