Post on 11-Feb-2016
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Nombre: Julissa Mendoza.Docente: Carmen Mundaca Lossio.Curso : bioética.
ENFERMO MENTAL
Persona que por una causa congénita o adquirida
Ha sufrido una alteración
En sus facultades mentales o psíquicas.
COMISIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS A establecido
que se reconoce
como pacientes psiquiátric
os, aquellas personas
que sufren alguna
enfermedad y reciben
tratamiento medico
especializado. Internami
ento o externacio
n Voluntaria
o involuntari
a
SUS DERECHOS SON…..
En 1991, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó los
Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y el
Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental.
Derecho a la atención médica (mejor cuidado de
Enfermería disponible).
Derecho a ser tratado con humanidad y respeto
(prohibido el trato inhumano).
Derecho a proporcionar consentimiento informado
antes de recibir tratamiento (salvo excepciones)
Derecho de igualdad ante la ley
NO discriminación
Derechos a ser atendido en la comunidad
derecho a vivir y a trabajar en la medida de los posible
en la comunidad y cuando el tratamiento se administre
en una institución
El derecho a ejercer acción legal, con asistencia plena de la autoridad competente, contra cualquier psiquiatra, psicólogo o personal del hospital por cualquier abuso, encarcelamiento falso y agresiones relacionados con el tratamiento, abuso sexual o violación, o cualquier violación de la salud mental o de otras leyes. El derecho a presentar demandas contra psiquiatras, sus asociaciones y colegios, contra la institución, o su personal por detención ilegal, informes falsos o tratamiento dañino.El derecho de hacer y recibir llamadas telefónicas y el derecho a la intimidad en relación con toda la correspondencia personal que envíe o reciba.
El paciente será informado, incluso en caso de incapacidad,
de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión.
cumpliendo con el deber de informar también a su
representante legal.
Cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico, la información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho
Perú
ESTÁNDARES ESTABLECIDOS POR EL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS Y POR EL SISTEMA
INTERAMERICANO
Derecho a la admisión voluntaria
Derecho a la privacidad, a
practicar actividades
recreativas y deportivas, a la educación y a
adquirir artículos para su vida diaria y
libertad de comunicación y
religión
Derecho a garantías judiciales
Los internamientos psiquiátricos están
regulados por el articulo 763 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil. La
autorización judicial para el ingreso de una
persona con trastorno psíquico en contra de su
voluntad permite al médico el ingreso por razones sanitarias.
En los casos en que se hace necesario el ingreso de forma
urgente, el médico ha de pedir la autorización
cuanto antes al juez de guardia, y en todo caso dentro del plazo de 24
horas.
PERÚ
SITUACIÓN DEL RESPETO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR
TRASTORNOS MENTALESAlto grado de
vulnerabilidad: se encuentran en abandono, existe
vulneración de sus derechos
fundamentales.
Estigmatización y discriminación: este problema se
extiende al entorno familiar.
Vulneración de sus derecho a la identidad: ejem:
Pacientes internados que no
tienen DNI
SITUACIÓN EN RELACIÓN A LA ATENCIÓN Y TRATAMIENTO DE SALUD MENTAL
Falta de continuidad en políticas de salud mental por parte de las autoridades.
Concentración en Lima de los servicio de atención psiquiátrica.
Falta de atención a los pacientes psiquiátricos en los centros hospitalarios.
Falta de acceso a la seguridad social y a los seguros privados.
Excesivo costo del tratamiento farmacológico (el costo promedio mensual de los tratamientos oscila
entre los S/.800).
Falta de un marco normativo nacional y de políticas dirigidas a prevenir y promover acciones en materia
de salud mental ( Sólo se destina el 1% del presupuesto nacional de salud a la atención de la
salud mental en el país.
DOS CONVICCIONES:
1º Todas las personas deben
ser tratadas como entes autónomos.
2º Las personas con autonomía
disminuida deben ser objeto
de protección.
ESTÁNDARES INTERNACIONALES QUE PROTEGEN A LAS PERSONAS CON
ENFERMEDADES MENTALES• DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS (ONU. DOC. A/810, P. 71,
1948)• EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS (A.G. RES 2200,
21 ONU GAOR SUP N. 16).• EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y
CULTURALES.• LA DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE• LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS• CONVENCIÓN EUROPEA PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOS Y LIBERTADES
FUNDAMENTALES.• DECLARACIÓN DE CARACAS (APROBADA POR LA OPS/OMS).• DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS UNIVERSALES DEL NIÑO, ENTRE OTROS.