Post on 08-Feb-2016
transcript
1
Semana: 1
Derecho de las personas, poderes, actos jurídicos, derecho de obligaciones, clases
de contrato
Docente: Abog. Jaime A. Rodríguez Carranza
2
introducción
• El ser humano no solo existe, sino que coexiste con sus semejantes.
• El ser humano es individual, único, que ha creado el derecho para satisfacer ciertas necesidades.
• El ser humano es el único destinatario de las normas jurídicas: el protagonista del derecho es el ser humano.
3
Derecho de las personas
• Todo ser humano es apto de adquirir derecho y obligaciones.
• En el derecho moderno ha desaparecido la esclavitud que privaba al ser humano en su condición de persona y se le consideraba “cosa”
• Todos tenemos los mismos derechos y todos somos iguales ante la ley.
4
Sujeto de derecho: concepto
• Concepto: el sujeto de derecho es un centro de imputación de deberes y derechos
• Persona física: ser humano desde su concepción hasta su muerte.
• Todo los seres humanos sin distinción de sexo, raza o de cualquier índole son personas físicas( individualmente consideradas)
• También existe la persona jurídica, lo cual es una ficción legal.
5
Clases de sujeto de derecho o tipos de personas• 1.- concebido (persona por nacer o
nasciturus)• 2.- persona natural. • 3.- persona jurídica
3.1.- inscrita en registros públicos
3.2.- No inscrita en registros públicos
6
Persona natural
• Denominada persona física o persona natural.
• El término persona proviene de término latín “personae” que eran las mascaras que usaban los actores en las tragedias y comedias antiguas.
• Personalidad: conjunto de caracteres de forma de ser y comportarse, que diferencia un individuo de otro.
7
Niños y adolescentes
• Niño: ser humano desde la concepción hasta cumplir los 12 años de edad.
• Adolescente: persona humana desde los 12 años hasta los 18 años.
8
concebido
• Es una persona que esta por nacer, también tiene derechos extrapatrimoniales (derecho a la vida, a la salud, etc), pero sus derecho patrimoniales( derecho a heredar, etc.) se extinguen si nace muerto.
• Concebido es un niño no nacido.
Capacidad de la persona humana• La capacidad es la aptitud que tiene la
persona para el goce y ejercicio de los derecho subjetivos que les reconoce el ordenamiento jurídico.
• Quien tiene capacidad de ejercicio: puede adquirir derechos y contraer obligaciones.
• Capacidad de goce: conocida como capacidad “jurídica” es la aptitud para ser titular y gozar de los derecho subjetivos conferidos por el ordenamiento jurídico. 9
10
Persona jurídica.
• Es un ente colectivo o un ente individual • Son organizaciones con personalidad
jurídica diferente a la de sus miembros (personas naturales) ejm. Ese edificio es de la municipalidad de Huacho, dicha empresa es deudora de una deuda, el banco X fue sentenciado a pagar los daños causados con su vehículo.
• La P.J. no es algo físico y tangible como las personas naturales
11
• P.J. son agrupaciones de personas o de persona con ciertos fines (políticos, mercantiles, religiosos, estéticos, culturales, educativos)
• Tiene un patrimonio distinto al de sus titulares o su titular.
• La P.J. es una ficción por que son creaciones artificiales dotadas de capacidad par cumplir con sus fines
• Son instrumentos para alcanzar fines concretos.
12
• P. j. es un ente que tiene voluntad social diferente o independiente de sus miembros o su miembro.
• Entidad distinta de su o sus miembros• Son creaciones del derecho.• Ejm. El Estado, un banco, una empresa,
etc.
13
Clasificación de las personas jurídicas• 1.- P.J. de derecho público: son creadas por ley, con facultad de
imperio, tiene un interés social, su patrimonio lo obtiene de las contribuciones de los habitantes del Estado.
• 2.- P.j. de derecho privado: se constituyen por iniciativa de una persona o grupo de personas, carecen de facultad de imperio, nacen cuando son inscrita en registros públicos, tiene un interés particular, su patrimonio lo obtiene de los aportes de su o sus miembros.– 2.1. P.J. de D. P. que procura fines de lucro: (pj mercantiles) ejm. S.A., metro,
deinsa,
– 2.2 P. J. de derecho privado que no se propine fines de lucro: ( p.j. civiles ) ejm. Fundación por los niños del peru, comité de damas del poder judicial.
14
Elementos de las personas jurídicas:
1. Una persona o una pluralidad de personas naturales que deben ser consideradas como una sola persona diferente (p. jurídica) a la de su titular o titulares.
2. Un fin concreto y lícito por el cual se agrupan los asociados.
3. Un patrimonio actual o potencial, el cual no pertenece ni en todo, ni en parte a las personas naturales que componen la agrupación.
4. La intención o el ánimo de los miembros de la agrupación de constituir una persona jurídica, para la obtención de sus propósitos.
15
Objeto de derecho
• Es la relación de actos y de todo aquello sobre lo cual están dentro de la esfera jurídica.
• Son bienes, hechos, personas muertas, animales, muebles, inmuebles, documentos, monedas.
• Pueden ser también un objeto incorporal ejm. El honor.
• No es objeto de derecho los actos y/o hechos irrelevantes para el derecho.
• Tampoco son objeto de derecho, los sujetos de derecho (concebido, persona fisica, persona juridica)
16
Acto jurídico
• El acto jurídico es la manifestación de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas.
• Para su validez se requiere: • 1.- Agente capaz.• 2.- Objeto física y jurídicamente posible.• 3.- Fin lícito.• 4.- Observancia de la forma prescrita bajo
sanción de nulidad.•
17
poderes
• El acto jurídico puede ser realizado mediante representante, salvo disposición contraria de la ley.
• La facultad de representación la otorga el interesado o la confiere la ley.
• Cuando son varios los representantes se presume que lo son indistintamente, salvo que expresamente se establezca que actuarán conjunta o sucesivamente o que estén específicamente designados para practicar actos diferentes
18
Clases de poderes
• 1.- El poder amplio o general: sólo comprende los actos de administración de los bienes del poderdante.
• • 2.- El poder especial: comprende los actos
para los cuales ha sido conferido o ha sido facultado a ejercer.
19
Derecho de las obligaciones
• es la relación jurídica entre dos o mas personas determinadas de la cual una o varias de ellas quedan sujetas respecto de otra u otras a realizar una prestación de dar, hacer o no hacer.
•
20
Clasificación de las obligaciones:
– De dar: es aquella obligacion que tiene por objeto la entrega de un bien mueble o inmueble.
– De hacer: se refiriere a negocios positivos que consisten en una acción, una actividad o un servicio que debe realizar el deudor.
– De no hacer: es una obligación negativa que consiste en una abstención, una omisión o una falta de acción por parte del deudor.
21
Clases de contrato en el código civil peruano
• 1.- La compraventa: Es el contrato mediante el cual una persona, denominada vendedor, se obliga a transferir a otra, denominada comprador, la propiedad de un bien a cambio del pago de un precio en dinero.
• 2.- La permuta: es el contrato por el cual las partes se obligan recíprocamente transferirse la propiedad de bienes.
• 3.- El Suministro: es el acuerdo de voluntades por el cual el suministrante se obliga a entregar bienes materiales en forma sucesiva al suministrado a cambio de que este le page un precio o una retribución.
22
• 4.- Donación: Es el contrato por el cual una persona llamada donante se obliga a transferir a otra, llamada donataria, la propiedad de un bien mueble o inmueble a titulo gratuito.
• 5.- Mutuo: Consiste en que el mutuante se obliga a entregar al mutuatario una determinada cantidad de dinero.
• 6.- Hospedaje: Consiste en que el hospedante se obliga a prestar al huésped albergue y ,de ser el caso, adicionalmente alimentación y/o otros servicios, a cambio de una retribución.
23
• 7.- Comodato: Consiste en que el comodante se obliga a entregar gratuitamente al comodatario un bien no consumible, para que lo use por cierto tiempo o para cierto fin y luego lo devuelva.
• 8.- arrendamiento: por el arrendamiento el arrendador se obliga a ceder temporalmente el arrendamiento al arrendatario el uso de un bien por cierta renta convenida.
• 9.- Renta Vitalicia: por la renta vitalicia se conviene la entrega de una suma de dinero, para que sean pagados en los periodos estipulados.
24
• 10.- Juego y apuesta: el contrato de juego es aquel que tiene lugar cuando dos o mas personas entregadas al juego se obligan a pagar a la que ganase, una suma de dinero u otro objeto determinado.
• 11.- Locación de servicio: Consiste en que una persona, llamada locador, se obliga a prestar sus servicios al comitente por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución
• 12.- Contrato de obra: es el contrato que consiste en la obligación que contrae el contratista de hacer una obra determinada y el beneficiado(comitente) de pagarle la correspondiente retribución.
25
• 13.- Mandato: El mandato es un contrato mediante el cual una parte, llamada mandatario, presta un servicio personal, que consiste en ejecutar uno o mas negocios jurídicos por cuenta o interés de la otra parte llamada mandante.
• 14.- Depósito: Por el deposito voluntario, el depositario se obliga a recibir un bien para custodiarlo y devolverlo cuando lo solicite el depositante.
26
• 15.- Secuestro: Por el secuestro, dos o mas depositantes confían al depositario la custodia y conservación de un bien respecto del cual ha surgido una controversia.
• 16.- Fianza: Es el contrato por el cual una persona, denominada fiador, se compromete con el acreedor a pagar por el deudor, si este no lo hace.
Algunas formas contractuales del Derecho Civil Peruano
• C-V : relación con cosa a cambio de dinero
• Permuta: relación con cosa a cambio de cosa
• Donación: relación con cosa a cambio de nada
• Comodato: relación con cosa para usar y devolver
• Depósito: relación con cosa para guardar y devolver
28
Para la próxima clase:
• leer la siguiente lectura para su nota de control de lecturas sobre: alguno conceptos fundamentales: el sujeto de derecho. ( pag. 377 – 394 ) (copia que obra en la fotocopiadora de la universidad)
• y Trataremos sobre: “la contratación internacional”.