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Constitucionalización del
Proceso Administrativo
Mag. Yadira de Moya
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Derecho Administrativo
Rama del Derecho Público referida al funcionamiento de las distintas entidades del Estado y a sus relaciones con los administrados
Derecho Administrativo
Posee un vínculo estrecho con el derecho constitucional.
Tienen ambos los mismos fundamentos.
Que no es mas que el Estado Social, Democratico y de Derecho.
Las Características del Derecho Administrativo
constitucionalizado responde a:
1.Bases constitucionales propias del estado de Derecho.
1.Condicionamientos Democráticos y sociales del Estado.
1.Conjunto de principios que identifican un determinado equilibrio entre administracion y administrados
El Derecho Administrativo como derecho del estado de
derecho Responde a varios principios que lo condicionan:
1-La supremacia de la Constitución2-La limitacion y distribucion del poder3- Principio de legalidad4-Reconocimiento de derechos y garantías5- Control Judicial
La Supremacia de la Constitución
1- La supremacía de la ConstituciónArtículo 6 de la Constitución.
“Sujeción de todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas”.
Las normas jurídicas y actos contrarios son nulos.
La Constitución como norma.
El Poder Público
2- La limitación y distribución del poder. Art. 4 Constitución
Limitado por las garantías, derechos y libertades.
División de poderes como fundamento del Estado, horizontal y vertical : DN, Regiones , provincias y municipios.
El Poder Público
Contenido de la Constitución:
Aspectos importantes para el Derecho Administrativo: la parte de la rama ejecutiva y el tratamiento de la Administración Pública en la Constitución.
Actuaciones administrativas de otros poderes.
El Principio de Legalidad
3- Sumisión de los organos del Estado al derecho o legalidad, integrada por la Constitución y por todas las demas fuentes del sistema juridico vigente
Derechos, Libertades y Garantías
4- Reconocimiento de derechos, libertades y garantías
Preámbulo y Titulo II (arts. 37 sgtes. Y 74)Amplia relacion de Ds Fs: 1.Solo por ley puede regularse su ejercicio (contenido esencial)2.No limitativo3.Interpretacion mas favorable al titular del derecho4.Rango constitucional a Tratados sobre Ds Fs
El Control Judicial
5- Control Judicial: Sistema Judicialcomo garantía de la Constitución y los derechos fundamentales:
Reserva de Ley como principio general
Responsabilidad instituciones y Funcionarios (art. 148)
Los tribunales controlan la legalidad
El Control Judicial
Acción de amparo (art. 72)
Habeas Corpus (art. 71)
Habeas Data (art. 70)
El Control Judicial
5- Control Judicial:
Control Difuso: (art. 188)
Control Concentrado (art. 184 y 185)
El DA como derecho del Estado
Democrático y Social
Se deriva del contenido de los artículos 4 y 7, complementado con el artículo 8 de la Constitución.
El Derecho Administrativo como
equilibrio
Es un derecho regulador del equilibrio entre los intereses públicos, colectivos y generales (prerrogativa administrativa) y los intereses individuales y privados (garantía del particular)
Artículo 138 y preámbulo.
El Derecho Administrativo y su
vínculo con el Estado de Derecho
Sometimiento pleno de la Ad. Pública al ordenamiento jurídico:• Principio de Eficacia• Principio de Jerarquía• Principio de Objetividad• Principio de Igualdad• Principio de Transparencia• Principio de Economia• Principio de Publicidad• Principio de Coordinación (art. 138)
La Tutela Judicial
Derecho de acceso a la justicia:
• Gratuita y oportuna
La Tutela Judicial
Derecho a ser oido:
• En un plazo razonable
• Por una jurisdicción independiente e imparcial.
La Tutela Judicial
Presunción de inocencia:
• Hasta que se dicte sentencia irrevocable
La Tutela JudicialDerecho a un juicio público, oral y contradictorio:
Igualdad y respeto al derecho de defensa.
La Tutela Judicial
Ley previa o existente
La Tutela Judicial
Grado de apelación:
La Tutela Judicial
Art. 69 numeral 10 Constitucion:
• Tribunal Contencioso Administrativo
• Tribunal Superior Administrativo
• Tercera Sala de la SCJ
Integración de la Jurisdicción
Competencias de la Jurisdicción
(artículo 165) Recursos contra decisiones administrativos, tributarios, Monetarios y Financieros, y Municipales.
Recursos contra actos, actuaciones y disposiciones de autoridades administrativas contraria al derecho.
Conflictos entre la Administración Pública y sus funcionarios y empleados civiles.
Demás atribuciones que le de la Ley.
Procurador General Administrativo
(artículo 166)
• Representa a la Administración
• Representacion por abogado
Disposiciones Transitorias
(Sexta)
• El Tribunal Contencioso Administrativo y Tributario pasa a ser el TSA.