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FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
ITEM 1
Código UNSPSC 50151500
Nombre del Producto ACEITE DE CANOLA
Nombre Comercial del Producto
ACEITE DE CANOLA REFINADO
Calidad NTC 264
Generalidades
El aceite refinado de canola es el producto obtenido del aceite crudo de canola rocedente de las semillas de colza (Brassica napus B. campestris), cuando este es sometido a un proceso completo de refinación que puede ser llevado a cabo por vía de refinación química o refinación física. La refinación química consiste de neutralización, lavado, blanqueo, hibernación (si se requiere), deodorización, filtración y envase.
Requisitos Específicos
Ácidos grasos libres (como ácido oléico) %: 0,05 máximo. Ácido erúcico : 2,0 % máximo. Humedad y materia volátil, en % 0,05 máximo. Índice de peróxido, en meq./Kg: 2,0 máximo. Impurezas insolubles, en % 0,02 máximo. El aceite refinado de canola debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos establecidos en la NTC 264. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, Ministerio de la Protección Social o la norma que adicione modifique o sustituya.
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Galon por 20 litros
ITEM 2
Código UNSPSC 50151500
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Nombre del Producto ACEITE DE OLIVA
Nombre Comercial del Producto
ACEITE DE OLIVA ALTA GAMA
Calidad
NTC 258 aceite de Color Verde esmeralda aunque puede ir de claro a medio. Textura delicada al paladar Olor característico a fruta Elevado punto de humo (sobre 250 ° C)
Generalidades
Aceite de oliva refinado es el aceite obtenido de oliva virgen cuyas características organolépticas lo hacen inadecuado para el consumo en su estado natural se obtiene por métodos de refinado que no alteran la estructura glicérica inicial. El proceso completo de refinación que puede ser llevado a cabo por vía de refinación química o refinación física. La refinación química consiste de refinado, lavado, blanqueo, desodorización, filtración y envase.
Requisitos Específicos
El producto debe contar con registro sanitario que permita su comercialización al interior del país. El registro sanitario debe estar vigente, tanto al momento de la negociación, como al momento de la entrega del producto.El producto debe cumplir con todas las especificación es establecidas en su registro sanitario. Con la entrega del producto debe anexarse certificación de calidad del lote. Salvo disposición contraria por parte del comprador, al momento de la entrega el producto debe tener por lo menos el 75% de su vida útil.
Empaque y rotulado Debe envasarse en un recipiente inerte que no altere la calidad del producto, y que asegure su conservación y calidad en el transporte y almacenamiento.
Presentación Frasco por 1000 cm3
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ITEM 3
Código UNSPSC 50151500
Nombre del Producto ACEITE REFINADO DE GIRASOL
Nombre Comercial del Producto
ACEITE VEGETAL DE GIRASOL
Calidad NTC 264
Generalidades
Corresponde a aceite comestible, es decir aquel aceite apto para consumo humano, sin ningún sabor u olor, el cual debe ser refinado, descerado, blanqueado y desodorizado. No exceder los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas –LMR– en alimentos para consumo humano Aceites puros: Aceite de girasol: aceite extraído de las semillas de girasol Debe corresponder a aceite puro de girasol. El contenido de ácidos grasos libres debe ser máximo del 0.2%.
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con los siguientes requisitos: Ácidos grasos libres (como ácido oleico) %: 0,1 máximo. Impurezas insolubles, en % 0,05 máximo. Y debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 264. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El aceite vegetal comestible debe ser en envase plástico (PET) con tapa rosca plástica, el cierre de la tapa debe ir reforzado para garantizar que el producto se conserve dentro de su empaque primario durante el transporte y almacenamiento. Los rótulos deberán ser de papel o de cualquier otro material que pueda ser adherido a los envases o de impresión permanente sobre los mismos. Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas
Presentación Galón Por 20 Litros.
ITEM 4
Código UNSPSC 50192400
Nombre del Producto GELATINA
Nombre Comercial del Producto
GELATINA SIN SABOR
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Calidad NTC 1629 Decreto 3075 Actualización del 2013 del Ministerio de Salud.
Generalidades
La Gelatina es una mezcla coloide (sustancia semisólida), incolora, translúcida, quebradiza y casi insípida que se obtiene a partir del colágeno procedente del tejido conectivo de del ganado. El empleo más común de gelatina es en la elaboración de gelatina de postres o jalea. Las preparaciones sólidas de estos postres son saborizadas con aromas artificiales, edulcorantes naturales o artificiales, colorantes y saborizantes que al ser diluida con agua caliente y posteriormente sometida a refrigeración se puede consumir como postre listo para el consumo. La gelatina puede ser comercializada en forma de polvo granulado para preparar, cuyas indicaciones debe estar en el rótulo de producto.
Requisitos Específicos
En su elaboración se debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. La gelatina debe cumplir con los limites establecidos para metales pesados y metaloides en las materias primas, en el producto en proceso de elaboración o en el producto terminado establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Los dulces de leche debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1629
Empaque y rotulado
El producto se empacará en recipientes suficientemente inertes al producto que aseguren su conservación. El empaque empleado para su comercialización durante el almacenamiento debe garantizar la conservación de sus características sensoriales, físicas químicas y microbiológicas de un producto apto para el consumo. El rotulado debe cumplir con los requisitos de la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto podrá ser distribuido en presentación en bolsa de 1000 gr.
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ITEM 5
Código UNSPSC 50192400
Nombre del Producto MIEL DE ABEJAS
Nombre Comercial del Producto
MIEL DE ABEJAS
Calidad MIEL 100% PURA DE ABEJAS, EXTRAIDA DEL PANAL DE ABEJAS.
Generalidades producto elaborado a base de polen y néctar aportado por las distintas especies arbóreas de la zona.Miel en estado liquido libre de impureza
Requisitos Específicos
Extracción directa del panal por el productor con una centrifuga de cuatro cuadros utilizando equipos de protección y manejo. Humedad 13-18% Azucares reductores >6.5 PH 3-4 HMF <40Minerales >0.6% Solido insolubles >0.1% TEMPERATURA PROMEDIO: 27,4ºC a 28ºC COMPOSICION NUTRICIONAL: Grasa total 0% Carbohidratos total 17g 6% Sodio 0mg 0% Azucares 16g Proteína 0g
Empaque y rotulado
El recipiente de almacenamiento y distribución del producto debe ser totalmente inocuo, que no altere las características organolépticas del producto, debe garantizar sus características sensoriales.
Presentación Botellas de vidrio en presentación de 1000 ml
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ITEM 6
Código UNSPSC
50202300
Nombre del Producto
SALSA DE MORA
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE MORA
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792 – Mora para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 del Ministerio de Proteccion Social
Generalidades
Es un tipo de condimento que suele añadirse a ciertas preparaciones culinarias con el objeto de aumentar el sabor y aroma a mora.
Requisitos Específicos
Se compone de Mora, agua, mantequilla, azucar, conservantes, homogenizantes
Empaque y rotulado
Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y resistentes, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final. Debe ofrecerse en envases de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento. En el rótulo del producto se debe establecer las instrucciones de conservación y de uso de alimento. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 del 2005 expedida por el Ministerio de la Protección Social o, las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Presentación
Botella plástica x 1000ml. Unid
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ITEM 7
Código UNSPSC
50202300
Nombre del Producto
SALSA DE CARAMELO
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE CARAMELO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792 – caramelo para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 del Ministerio de Proteccion Social
Generalidades
Es un tipo de condimento que suele añadirse a ciertas preparaciones culinarias con el objeto de aumentar el sabor y aroma a caramelo.
Requisitos Específicos
Se compone de cacao, agua, mantequilla, azucar, conservantes, homogenizantes
Empaque y rotulado
Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y resistentes, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final. Debe ofrecerse en envases de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento. En el rótulo del producto se d
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ebe establecer las instrucciones de conservación y de uso de alimento. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 del 2005 expedida por el Ministerio de la Protección Social o, las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Presentación
El producto se comercializara en botella plástica de 750 ml cada una, con dispensador abre fácil.
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ITEM 8
Código UNSPSC
50192900
Nombre del Producto
TALLARINES DE ARROZ
Nombre Comercial del Producto
FIDEOS DE ARROZ
Calidad CUMPLIR CON NTC 1055
Generalidades
Producto higienizado, obtenido mediante un proceso tecnológico apropiado, preparado de la extrusión formado y secado apropiado de las diferentes figuras elaboradas a partir de una masa homogénea sin fermentar preparada con agua, y los derivados del trigo como sémola o semolato de trigo duro, se puede incorporar otros ingredientes tales como gluten, soya, huevos, leche, vegetales, jugos u otras farináceas u otro ingrediente permitido puede estar fortificado con la adición de proteínas, vitaminas y minerales. También se puede elaborar con patata o plátano o yuca y sémola de trigo, harinas pueden ser de maíz, castañas, con o sin la adición de aditivos permitidos. De la variedad triticumdurum (trigo duro). - Producto cuyo ingrediente básico es la harina de trigo mezclada con agua a la cual se le pude adicionar sal, huevo u otros ingredientes. Esta pasta es similar a los espaguetis pero con sección rectangular o plana. Sus medidas oscilan los 7 mm y 8 mm de ancho
Requisitos Específicos
Se rechaza producto quebrado, remojado o abierto el empaque. El color debe ser propio del producto, no debe ser pálido, ni con manchas de color diferente a la original. Cumplir con NTC 1055 Humedad % (m/m): 13% máximo Cenizas % (m/m): 1,2% máximo. Acidez (acido láctico)% (m/m): 0,455 máximo. Proteína % (m/m): 10,5 % mínimo Contenido de aflatoxinas: 10mg/kg máximo. Deberá cumplir con las requisitos establecidos en la NTC 1055 No se considera enriquecidos si al alimento se le adiciona solamente vitaminas A y D o C. Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 del Ministerio de Salud. FICHA TECNICA DE PRODUCTO CÓDIGO: ST-CA-01-FT-01 VIGENCIA DESDE: 17/06/2010 VERSIÓN: 2 Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA Alimento enriquecido debe cumplir con, los requisitos establecidos en la Resolución 11488 de 1989. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
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Empaque y rotulado
El producto debe estar empacado en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. - Paquete por 500 gramos. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas
Presentación Paquete 1000 gramos, totalmente sellado y sin muestras de algún tipo de alteración.
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ITEM 9
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto AGUARDIENTE
Nombre Comercial del Producto
AGUARDIENTE
Calidad NTC - 410 Contenido de alcohol a 20° C Mínimo 38 Metanol en mg/dm Máximo 3000
Generalidades
Aguardiente de Caña: Bebida alcohólica incolora obtenida por destilación especial, de acuerdo con las normas del país de origen, de mostos de zumos de caña de azúcar o de uss derivados sometidos a fermentación alcohólica. Aguardiente de caña compuesto: Aguardiente cuyo sabor y aroma se han modificado por la adición de aromatizantes naturales, de manera que no se desvirtúen sus características de origen. Congéneres: Son sustancias volátiles naturales, diferentes a los alcoholes etílico y metílico, las cuales provienen de las materias primas empleadas durante el proceso de elaboración de una bebida alcohólica. Dentro de los congéneres se consideran sustancias como ácidos, aldehídos, furfural, ésteres y alcoholes superiores.
Requisitos Específicos
El Aguardiente de caña debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 410 en cuanto a contenido de alcohol, azúcares totales, metanol, furfural, cobre y hierro.
Empaque y rotulado
El aguardiente de caña se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. Cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente. El rotulado debe cumplir con la legislación vigente para empaque y rotulado de bebidas alcohólicas, Debe contener la palabra “Aguardiente de caña”, cuando sea aguardiente compuesto de debe agregar la palabra “compuesto o compuesta” y la marca de fábrica. Se debe indicar el contenido de alcohol en el rótulo.
Presentación La presentación de distribución del aguardiente de caña es de botella en vidrio por 750 cc
ITEM 10
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Código UNSPSC 50201700
Nombre del Producto CAFÉ TOSTADO EN GRANO
Nombre Comercial del Producto
CAFÉ TOSTADO EN GRANO CACHIPAY CUNDINAMARCA
Calidad Resolución No. 05 de 2002 del Comité Nacional de Cafeteros.
Generalidades
Compuesto de grano grande, principalmente plano, parejo, retenido por encima de malla catorce (14/64 de pulgada), con tolerancia del uno punto cinco (1.5) por ciento (%) inferior a esa malla, pero retenido por la malla doce (12/64 de pulgada), de esmerado beneficio y debidamente seleccionado. El café debe tener por lo menos un cincuenta (50) por ciento (%) de granos retenidos sobre la malla quince (15/64 de pulgada),
Requisitos Específicos
Olor y Color: FRESCO- CARACTERÍSTICO, Almendra despues de Trilla: 1.890 GR Merma en Trilla: 18.5%, Humedad: 11.6%, Factor de Rendimiento (M14): 94.45%, % Almendra Sana: 97.15%
Empaque y rotulado
Se debe empacar en sacos de fibra natural o sintética secos, limpios, sin olores, libre de compuestos tóxicos, los cuales deben estar cosidos y permitir su inspección y muestro con sondas, sin que la perforación ocasione perdidas de producto. El saco debe estar marcado indicando como mínimo, el nombre del producto, país de origen, código ICO (indicando país, exportador y número de lote) y marca registrada. La planilla que acompaña cada lote debe contener como mínimo la siguiente información: Nombre del producto y del vendedor, número de lote, número de sacos del lote y el contenido por saco, indicado en unidades del sistema métrico decimal.
Presentación
El producto podrá ser distribuido en empaques que permitan la respiración del café, totalmente sellados, libres de cualquier tipo de contaminante y alteración en su empaque. Se comercializara en presentación de 500gramos.
ITEM 11
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352202
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Nombre del Producto
Ajo deshidratado
Nombre Comercial del Producto
Ajo en polvo
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Producido a partir de ajo (Allium sativum L.) seleccionado, pelado, cortado y deshidratado. Poner 20 g de producto en 200 ml. de agua fría, y dejar reposar 10 minutos.
Requisitos generales
Color: Blanco amarillento Olor: Típico, sin olor a “pasado” Sabor: Típico a ajo Materias extrañas. Libre en la medida que lo permiten los medios técnicos existentes hoy en día.
Requisitos Específicos
Color: Blanco amarillento Olor: Típico, sin olor a “pasado” Sabor: Típico a ajo Materias extrañas. Libre en la medida que lo permiten los medios técnicos existentes hoy en día.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 12
Código UNSPSC 10151600
Nombre del Producto SEMILLA DE AJONJOLI
Nombre Comercial del Producto
AJONJOLI
Calidad Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud. NTC 4423
Generalidades
Ajonjoli o sésamo: semillas sanas y limpias del “Sesamun orientale'' y del “Sesamun indicum''. Grano proveniente de de cualquier variedad de Sesamun indicum'' comprende aquellos granos cuyo tegumento presenta cloraciones blancas, castañas hasta negras. Las semillas son los frutos que constituyen la especia, de forma ovalada. Al ajonjolí tiene un característico sabor similar a la nuez, que se emplea en la gastronomía, sus semillas son ricas en aceite. Se puede consumir molido, sus frutos denominados como especias porque contienen sustancias saborizantes o aromatizantes, las cuales se emplean para aderezar, aliñar o mejorar el aroma y sabor de los alimentos.
Requisitos Específicos
El ajonjolí debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) m/m: 7%; máximo Cenizas (%) m/m: 7%; máximo Cenizas insolubles (%) m/m: 1% máximo El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación
El producto podrá ser distribuido o comercializado empacado en presentaciones de 1000 gr en bolsa plástica totalmente sellada, y sin ninguna partícula extraña ajena al alimento.
ITEM 13
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Código UNSPSC 10101800
Nombre del Producto ALMEJAS
Nombre Comercial del Producto
ALMEJAS
Calidad
Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del ministerio de la Protección Social. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
Almeja es un molusco bivalvo se entierra en la arena o el lodo por medio de un pie musculoso en forma de hacha. Su concha está formada por dos valvas iguales, unidas por un ligamento que posibilita su apertura y cierre.
Requisitos Específicos
Los moluscos como la almeja deben almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. La almeja debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 de Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005.
Presentación La presentación de las almejas deben ser empacadas al vacio, ultracongeladas, sin perder la cadena de frio en empaques de 1000 gr.
ITEM 14
Código UNSPSC 50101700
Nombre del Producto ALMENDRA CON CÁSCARA
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
Nombre Comercial del Producto
ALMENDRA CON CÁSCARA
Calidad NTC 1291
Generalidades
La almendra cordobesa es un fruto seco que proviene del almendro pertenece a la familia de las Rosáceas, cuyo nombre botánico es Prunus dulcis La almendra tiene forma ovalada su drupa con exocarpo y mesocarpio correosos y endocarpio duro, y la semilla es el producto de consumo; posee dos tegumentos envolventes difícilmente separables, la testa y el tegmen, que inicialmente son verdosos, pasan a color amarillo y de él a castaño claro y marrón, que va oscureciéndose con el tiempo; siendo un buen índice de envejecimiento de la semilla. La almendra posee nutrientes como el calcio y ácidos grasos le confieren muchas propiedades a la semilla por su elevado contenido en ácidos grasos monoinsaturados (ácido oleico), además de cantidades significativas de vitamina E, buena fuente de fibra. El núcleo de la semilla es comestible, usándose tanto en crudo como cocinado (entero o en pasta). La piel oscura que recubre la semilla tiene sabor amargo por lo que en ocasiones se retira para el consumo. También se obtiene de la almendra de cantidades significativas de vitamina E, buena fuente de fibra.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 1291. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007, o la norma que adicione modifique o sustituya.
Empaque y rotulado
El empaque debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto. El producto debe ser envasado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación La presentación del producto debe ser en empaque plástico sellado, en presentación de 1000 gr, libre de cualquier particula extraña y alteración.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
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ITEM 15
Código UNSPSC 50101700
Nombre del Producto ALMENDRA
Nombre Comercial del Producto
ALMENDRA EN LÁMINAS
Calidad NTC 1291
Generalidades
La almendra cordobesa es un fruto seco que proviene del almendro pertenece a la familia de las Rosáceas, cuyo nombre botánico es Prunus dulcis La almendra tiene forma ovalada su drupa con exocarpo y mesocarpio correosos y endocarpio duro, y la semilla es el producto de consumo; posee dos tegumentos envolventes difícilmente separables, la testa y el tegmen, que inicialmente son verdosos, pasan a color amarillo y de él a castaño claro y marrón, que va oscureciéndose con el tiempo; siendo un buen índice de envejecimiento de la semilla. La almendra posee nutrientes como el calcio y ácidos grasos le confieren muchas propiedades a la semilla por su elevado contenido en ácidos grasos monoinsaturados (ácido oleico), además de cantidades significativas de vitamina E, buena fuente de fibra.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007, o la norma que adicione modifique o sustituya., debe estar fileteadas en láminas delgadas de 1 mm de grosor
Empaque y rotulado
Debe ser envasado o empacado en material inerte que le confiera al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe ser envasado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación La presentación del producto debe ser en empaque plástico sellado, en presentación de 1000 gr, libre de cualquier particula extraña y alteración.
ITEM 16
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
Código UNSPSC 4003300
Nombre del Producto AGUA BEBIDA EMPACADA DE MESA
Nombre Comercial del Producto
AGUA DE MESA
Calidad NTC 3525
Generalidades
Las aguas minerales o naturales son aquellas sometidas únicamente a los siguientes tratamientos permitidos: decantación, filtración, aireación, microfiltración, aplicación de rayos ultravioleta, gasificación y/o desgasificación. Las aguas tratadas son aquellas sometidas a los siguientes tratamientos fisicoquímicos: aireación, coagulación, floculación, desinfección mediante cloración, ozonización, rayos ultravioleta, osmosis inversa, iones de plata o pasterización, gasificación o desgasificación
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los requisitos microbiológicos El agua envasada debe presentar aspecto limpio, libre de cuerpos extraños, insectos, sedimentos o materiales en suspensión. No debe presentar color, sabor, ni olores extraños a las características originales o diseño del producto
Empaque y rotulado
El agua de bebida envasada se debe empacar en recipientes adecuados que no alteren el sabor o color del producto, que se conserve clara y fresca durante el transporte y almacenamiento. Los envases utilizados deben ser de un material atóxico e inalterable, de manera que se evite la contaminación del agua. Todo envase deberá estar provisto de un dispositivo de cierre, diseñado para evitar falsificaciones, de forma tal que sea evidenciable la apertura del envase. El rótulo de los envases de cumplir con la resolución 05109 del Ministerio de Protección Social, y cualquier otra información que la autoridad sanitaria estime conveniente
Presentación Unidad botella x 600ml
ITEM 17
Código UNSPSC
50202200
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
Nombre del Producto
AMARETTO
Nombre Comercial del Producto
AMARETTO
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcoholicas.
Generalidades
El Amaretto es un licor de origen italiano que se prepara con almendras, con un suave toque amargo. Para su elaboración se utilizan solamente ingredientes naturales de la más alta calidad como la esencia de 17 hierbas y frutas que acompañan a su ingrediente principal.
Requisitos Específicos
Graduación alcoholimétrica: Máximo 30°
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación Botella en Vidrio x 750 cc unid
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ITEM 18
Código UNSPSC
50202200
Nombre del Producto
ANIS
Nombre Comercial del Producto
ANIS
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcoholicas.
Generalidades
Anís frutos sanos, limpios y desecados del “Pimpinella anisum'', L., popularmente el anís, anís verde o matalahúga, es una hierba de la familia de las apiáceas originaria del Asia. Planta herbácea anual cuyo fruto es un esquizocarpio oblongo de 3 a 5 mm de largo con un fuerte sabor es como el regaliz dulce con una chispita de picante muy aromático. Sus semillas se utilizan como condimento en panadería y repostería, en la elaboración de licores (anís, anisette) entre otros usos. La variedad Badiana o anís estrellado fruto limpios y desecados, obtenido de los pericarpos en forma de estrella de la planta Illicium verum, nativa de China, contiene anetol, pero no está emparentado botánicamente con el anís, aunque debido a su sabor y aroma similar se utiliza frecuentemente como un sustituto más barato en panadería y elaboración de licores.
Requisitos Específicos
Graduación alcoholimétrica: Máximo 30°
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación Botella en Vidrio x 750 cc unid
ITEM 19
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Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto AREQUIPE
Nombre Comercial del Producto
AREQUIPE DE LECHE PARA MILHOJA
Calidad NTC 3757 Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud
Generalidades
Producto lácteo higienizado, condensado azucarado, obtenido por la condensación térmica de la mezcla de leche, sacarosa u otros azucares naturales, aditivos e ingredientes opcionales.
Requisitos Específicos
Cuando el dulce se combine con otros ingredientes, el dulce de leche debe ser el componente principal en una cantidad mínima de 70%. No se admite la presencia de suero en polvo de cualquier origen, ni de grasas de procedencia no lácteas. Los dulces de leche debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud NTC 3757
Empaque y rotulado
El producto se empacará en recipientes suficientemente inertes al producto que aseguren su conservación. El rotulado debe cumplir con los requisitos de la Resolución 5109 de 2005.
Presentación El producto podrá ser distribuido en presentaciones de galon de 5 kg cada uno, totalmente sellados, y sin ningún tipo de enmendadura.
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ITEM 20
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto AREQUIPE
Nombre Comercial del Producto
AREQUIPE DE LECHE PARA ROSCON
Calidad NTC 3757 Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud
Generalidades
Producto lácteo higienizado, condensado azucarado, obtenido por la condensación térmica de la mezcla de leche, sacarosa u otros azucares naturales, aditivos e ingredientes opcionales.
Requisitos Específicos
Cuando el dulce se combine con otros ingredientes, el dulce de leche debe ser el componente principal en una cantidad mínima de 70%. No se admite la presencia de suero en polvo de cualquier origen, ni de grasas de procedencia no lácteas. Los dulces de leche debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud NTC 3757
Empaque y rotulado
El producto se empacará en recipientes suficientemente inertes al producto que aseguren su conservación. El rotulado debe cumplir con los requisitos de la Resolución 5109 de 2005.
Presentación El producto podrá ser distribuido o comercializado en cajas o galones de 5 kg que garanticen la inocuidad del producto y eviten cualquier tipo de contaminación.
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ITEM 21
Código UNSPSC 50121600
Nombre del Producto CALAMAR
Nombre Comercial del Producto
AROS DE CALAMAR
Calidad
Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. NTC 5030 calamares congelados
Generalidades Especies comestibles de calamares o téutidos (Teuthida) son un orden de moluscos cefalópodos
Requisitos Específicos
El calamar se comercializa fresco congelado y en conserva. Su carne se ablanda al golpearla o al congelarla. Este molusco debe almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) Decreto 3075 de 1997 Ministerio de Salud. El calamar debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984 del ministerio de Salud. El calamar debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 de Ministerio de la Protección Social. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 5030.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto puede distribuirse en presentaciones de 1000 gr, cortados en aros, empacados al vacío conservando la cadena de frio.
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ITEM 22
Código UNSPSC 4003300
Nombre del Producto AGUA BEBIDA EMPACADA DE MESA MINERAL
Nombre Comercial del Producto
AGUA BEBIDA EMPACADA DE MESA MINERAL
Calidad NTC 3525
Generalidades
Las aguas minerales o naturales son aquellas sometidas únicamente a los siguientes tratamientos permitidos: decantación, filtración, aireación, microfiltración, aplicación de rayos ultravioleta, gasificación y/o desgasificación. Las aguas tratadas son aquellas sometidas a los siguientes tratamientos fisicoquímicos: aireación, coagulación, floculación, desinfección mediante cloración, ozonización, rayos ultravioleta, osmosis inversa, iones de plata o pasterización, gasificación o desgasificación
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los requisitos microbiológicos El agua envasada debe presentar aspecto limpio, libre de cuerpos extraños, insectos, sedimentos o materiales en suspensión. No debe presentar color, sabor, ni olores extraños a las características originales o diseño del producto
Empaque y rotulado
El agua de bebida envasada se debe empacar en recipientes adecuados que no alteren el sabor o color del producto, que se conserve clara y fresca durante el transporte y almacenamiento. Los envases utilizados deben ser de un material atóxico e inalterable, de manera que se evite la contaminación del agua. Todo envase deberá estar provisto de un dispositivo de cierre, diseñado para evitar falsificaciones, de forma tal que sea evidenciable la apertura del envase. El rótulo de los envases de cumplir con la resolución 05109 del Ministerio de Protección Social, y cualquier otra información que la autoridad sanitaria estime conveniente
Presentación Unidad botella x 600 ml
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ITEM 23
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto ARROZ BASMATI
Nombre Comercial del Producto
ARROZ BASMATI
Calidad Debe cumplir con la NTC – 671
Generalidades
Variedad de arroz caracterizada por tener un grano largo, cultivado en las montañas del Himalaya.
Requisitos Específicos
Los granos del arroz basmati pueden encontrarse en color blanco o moreno, es un arroz de grano largo de 6 milimetros aproximadamente de largo, con un contenido máximo de humedad del 15%.
Empaque y rotulado
Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución 5109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación Paquete celofán, forradas de polietileno (PE), en formato1 kg
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ITEM 24
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto ARROZ ENTERO BLANCO Tipo 1 Grado 2
Nombre Comercial del Producto
ARROZ ENTERO
Calidad Debe cumplir con la NTC – 671
Generalidades
Arroz elaborado, descascarado al cual se le ha eliminado parcial o totalmente el germen y las capas de la aleurona Se conoce en el lenguaje internacional como arroz pulido. El arroz blanco se clasifica por tipos y por grados, de acuerdo con el porcentaje de defectos presentes.
Requisitos Específicos
La humedad del arroz blanco no debe ser mayor a 14%. El arroz blanco no debe tener contenido de Aflatoxinas superior a 20 ppb. Arroz blanco seleccionado Vitamina A y Acido fólico. Debe cumplir los requisitos establecidos en la NTC 671
Empaque y rotulado
Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución05109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación El producto se comercializa en bultos de 50 kg, empacados en material de fibras sintéticas en prolipropileno.
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ITEM 25
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto ARROZ
Nombre Comercial del Producto
ARROZ JAPONES PARA SUSHI
Calidad Debe cumplir con la NTC – 271
Generalidades Arroz de grano redondo, con grano cristalino y color blanco uniforme. Se trata de un grano glutinoso, dulce, cremoso y seco una vez cocinado.
Requisitos Específicos
Es una variedad de arroz de grano corto (Oryza sativa var. japonica) que se caracteriza por su textura única y su carácter pegajoso. Tiene una textura más suave que la del arroz integral y un aroma agradable, reteniendo todas las características saludables. El arroz debe estar en perfectas condiciones y no debe estar contaminado con ningún tipo de partícula ajena a él.
Empaque y rotulado
Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución05109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación El producto debe estar empacado en bolsas en polietileno en presentación de 1 kg.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 26
Código UNSPSC 50222000
Nombre del Producto ARROZ PARBOLIZADO
Nombre Comercial del Producto
ARROZ PARBOLIZADO
Calidad Debe cumplir con la NTC – 1643
Generalidades
Producto que mediante un proceso el arroz con cascara es sometido a un tratamiento hidrotérmico (Agua-Vapor) con secado constante y uniforme permitiéndole así absorber todas aquellas propiedades naturales provenientes del grano y que son desechadas en el momento del descascarado y pulido. Debido a este proceso el grano adquiere un característico color dorado y un más grande y suelto otorgándole un aspecto más provocativo.
Requisitos Específicos
El arroz precocido debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 1643. Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto3075 del Ministerio de Salud. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007delMinisterio de la Protección Social. La humedad del arroz blanco no debe ser mayor a 14%. El arroz debe der grado 1no debe tener contenido de Aflatoxinas superior a 20 ppb. Arroz blanco seleccionado Vitamina A y Acido fólico. Debe cumplir los requisitos establecidos en la NTC 671
Empaque y rotulado
Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución05109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación Bolsa en polietileno en presentación por 1000 gr
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ITEM 27
Código UNSPSC 10150000
Nombre del Producto ARROZ SALVAJE LARGO
Nombre Comercial del Producto
ARROZ SALVAJE LARGO
Calidad Debe cumplir con la NTC – 271
Generalidades
Planta anual, originaria de la región de los Grandes Lagos, crece a temperaturas entre los 6° y 13° C. Los principales productores son los estados de Saskatchewan y Manitoba en Canadá y Minnesota y California en Estados Unidos. Es una gramínea acuática que se conoce como Zizania Palustris. Bajo en grasas y rico en fibra, proteínas, minerales y vitaminas. Esta variedad de alto valor nutritivo, es una gramínea acuática que conserva su cáscara y que se cultiva en el norte de Canadá.
Requisitos Específicos
Tiene un alto contenido de proteína. Alrededor del 13 por ciento de la composición del arroz salvaje es proteica. Por ende, puede llegar a ser muy bueno en dietas para vegetarianos, reemplazando a la carne, y para cualquier persona que evite la alimentación con animales en general. No contiene gluten Contiene. Vitamina B, hierro, magnesio, potasio o hierro son tan solo algunos de los contenidos del arroz salvaje.
Empaque y rotulado
Empacado o a granel. Los empaques destinados para contener el producto deben ser de fibras naturales, polipropileno, polietileno u otro material que no altere la calidad del producto. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución 5109 del Ministerio de Protección Social.
Presentación El producto se comercializara en bolsas de polipropileno en presentaciones de 1000 gr cada una.
ITEM 29
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto AZUCAR BLANCA
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Nombre Comercial del Producto
AZUCAR BLANCA
Calidad NTC607
Generalidades
Azúcar crudo: producto sólido obtenido de la caña o de la remolacha azucarera, constituido esencialmente por Cristales sueltos de sacarosa cubiertos por una película de la miel madre.
Requisitos Específicos
El azúcar crudo debe cumplir los siguientes requisitos de calidad: Polarizacióna20°C96mínimoHum edad%:1máximo Factordeseguridad0.30máximo El azúcar crudo destinado para consumo directo deberá cumplir con los requisitos microbiológicos y contenido de metales pesados permitidos en el azúcar crudo,indicadoenlaNTC607. Los residuos de plaguicidas no deben exceder los límites máximo establecidos en la Resolución 2906 de 2007, del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material adecuado que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su transporte y almacenamiento. El transporte a granel debe cumplir las mismas condiciones. El azúcar cruda debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Presentación del producto en bolsas de 50 kg en material prolipropileno.
ITEM 30
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto AZUCAR MORENA
Nombre Comercial del Producto
AZUCAR MORENA
Calidad NTC607
Generalidades
Azúcar crudo: producto sólido obtenido de la caña o de la remolacha azucarera, constituido esencialmente por Cristales sueltos de sacarosa cubiertos por una película de la miel madre.
Requisitos Específicos
El azúcar crudo debe cumplir los siguientes requisitos de calidad: Polarizacióna20°C96mínimoHum edad%:1máximo Factordeseguridad0.30máximo El azúcar crudo destinado para consumo directo deberá
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cumplir con los requisitos microbiológicos y contenido de metales pesados permitidos en el azúcar crudo,indicadoenlaNTC607. Los residuos de plaguicidas no deben exceder los límites máximo establecidos en la Resolución 2906 de 2007, del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material adecuado que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su transporte y almacenamiento. El transporte a granel debe cumplir las mismas condiciones. El azúcar cruda debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Presentación del producto en bolsas de 1 kg en material prolipropileno.
ITEM 31
Código UNSPSC
50202700
Nombre del Producto
GRANADINA
Nombre Comercial del Producto
GRANADINA
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 409 – Industrias Alimentarias. Colorantes Aditivos para Alimentos.
Generalidades La granadina o jarabe de granadina es una bebida que se elabora con azúcar y granadas y que no contiene alcohol.
Requisitos Específicos
0% de alcohol Color: Rojo brillante Color Artificial certificado. Libre de edulcolorantes prohibidos para consumo humano.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación El producto se comercializa en botella plástica de 350 cc.
ITEM 32
Código UNSPSC 50202800
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Nombre del Producto COCO
Nombre Comercial del Producto
CONCENTRADO CREMA DE COCO
Calidad NTC 1291
Generalidades Extraída del coco, usando su mayor parte grasa.
Requisitos Específicos
Debe estar enlatado, garantizando la calidad del producto, sometido a esterilización, el recipiente no debe contener ningún tipo de abolladura o golpe, no debe presentar ningún tipo de manipulación en el envase de este mismo. Grasa Total 7 g. 11% Grasa Saturada 7 g. 35% Grasa Polinsaturada 2 mg. 0.1% Grasa Monoinsaturada 12 mg. 0.5% Colesterol: 0 g 0% Carbohidratos Totales: 40 g 16% Azucares: 40 g Fibra Dietética: 0 g 0 % Sodio: 80 mg. 3% Proteína: 0 % Apariencia: Liquido Denso Olor: Coco Sabor: Coco-Dulce
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para la leche de coco debe ser el lata que garantice su conservación y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación durante el transporte y el almacenamiento y comercialización. El producto en su rótulo debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto debe ser comercializado en latas de 480 gr, que no presenten ningún tipo de alteración, ni manipulación.
ITEM 33
Código UNSPSC 50161800
Nombre del Producto BOCADILLO DE GUAYABA
Nombre Comercial del Producto
BOCADILLO CONSERVA
Calidad
Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
Producto sólido obtenido de la concentración por cocción del jugo o pulpa de guayaba con la adición de edulcorantes y aditivos permitidos. Producto de consumo directo
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con los siguientes requisitos microbiológicos: Recuento de Coliformes fecales UFC/ml: ausencia. Detección de Salmonella/25g: ausencia. Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto se empacará en material inerte que garantice al producto el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto, y mantenga una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y expendio; con cierre hermético que impida la contaminación y adulteración. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación
El producto se comercializa empacado empacado al vacio, o en película plástica totalmente sellada, que no permita, la adulteración de los alimentos ni la entrada de ningún tipo de contaminante, en presentación de 1 kg
ITEM 34
Código UNSPSC
50202200
Nombre del Producto
BRANDY
Nombre Comercial del Producto
BRANDY
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 634 - Bebidas alcohólicas. Brandy. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.
Generalidades Es un aguardiente de alta graduación alcohólica. Es obtenido por destilación. Su elaboración se basa en el calentamiento, evaporación del alcohol de vino y su recuperación posterior en toneles de roble (crianza).
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Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 634. Graduación alcoholimétrica: Máximo 60°.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación
Botella en Vidrio x 750cc. Unid
ITEM 35
Código UNSPSC 10151700
Nombre del Producto BROTES DE SOJA
Nombre Comercial del Producto
BROTES DE SOJA
Calidad NORMA NTC 484
Generalidades
la germinación de los granos secos de la soja da lugar a unos brotes alargados, de unos 3 o 4 cm, de color blanquecino. El cambio que acontece en la planta durante la germinación deriva en un alimento con una composición nutricional más propia de las hortalizas y verduras que de las legumbres
Requisitos Específicos
Características Físico- Químicas - Peso neto (g): 200 ± 10 - Peso escurrido (g): 90 ± 5 - Ph: 6,4 ± 0,2 - Vacío (cm Hg): > 38 Características Nutricionales por cada 100 g - Valor energético: 48 KJ/12 Kcal
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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- Grasas: 0,01 gr - Grasas saturadas: 0,0 gr - Hidratos de carbono: 2,1 gr - Azúcares: 0,95 gr - Fibra alimentaria: 0,7 gr - Proteínas: 0,9 gr - Sal: 0,88 gr
Empaque y rotulado Empaque hermético cerrado, sin alteraciones y cumpliendo normas de B.P.M.
Presentación La presentación del producto debe ser en Caja plástica por 500 gr, totalmente sellada, sin alteraciones del producto
ITEM 36
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 37
Código UNSPSC 50202800
Nombre del Producto CONCENTRADO DE PIÑA
Nombre Comercial del Producto
CONCENTRADO DE PIÑA
Calidad Resolución 7992 de 1991 del ministerio de Salud. NTC 404
Generalidades
El jugo concentrado de piña: es el producto elaborado a partir del jugo o la pulpa de piñas (Ananas spp), el cual se ha sometido al proceso de extracción parcial del agua de constitución, por evaporación o cualquier otro
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto Cachaza
Nombre Comercial del Producto
Cachaza
Calidad NTC 410
Generalidades
Bebida alcohólica típica de Brasil, es un aguardiente que se extrae de la destilación de calderas de cobre con la caña de azúcar, mediante una fermentación, la cachaza se destila a partir del residuo “barra de melado de caña “es decir, a partir de las sobras de la fabricación del azúcar, la cachaza suele beberse en pequeños traguitos, o en cocteles, siendo el más conocido la caipiriña.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 410 • Metanol, máximo 300 mg/dm alcohol anhidro • Furfural, máximo 50mg/dm alcohol anhidro • Cobre máximo 1 mg /dm alcohol anhidro • Hierro máximo 8 mg /dm alcohol anhidro Graduación alcoholimetría a 20 grados centígrados mínimo 38
Empaque y rotulado
La cachaza se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación, tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el trasporte y almacenamiento, cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente, el rotulado debe tener la marca de fábrica y debe indicar el contenido de alcohol.
Presentación Botella en Vidrio x 750cc. unid
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procedimiento térmico que permita obtener un 50% por encima del Bríx natural de la fruta. En los jugos concentrados que sean sometidos a proceso de esterilidad comercial no se permite la adición de sustancias conservantes y se deberá garantizar su estabilidad biológica.
Requisitos Específicos
Debe tener registro INVIMA. Acidez titulable (ácido cítrico anhidro) % m/m: 0,3 % Mínimo Porcentaje de sólidos disueltos, a 20°C (°Brix):15,0 Mínimo (por lectura refractométrica). El concentrado de piña debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución 7992 de1991 del Ministerio de Salud. En su elaboración se pueden adicionar aditivos (conservantes y antioxidantes permitidos) establecidos en la Resolución 7992 de1991. El contenido máximo de metales pesados debe ser el establecido en la Resolución 7992 de1991del Ministerio de Salud.
Empaque y rotulado
. Los concentrados se deben empacar o envasar en material adecuado atóxico, hermético que no altere las características físicas, químicas, organolépticas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. Los concentrados de piña podrá llevar en el rótulo la frase 100% natural, solamente cuando al producto no se le agreguen aditivos, a excepción del ácido ascórbico. Los concentrados de fruta se designarán con la palabra “Concentrado de "seguido del nombre de la fruta utilizada en su elaboración. En su rótulo deberán cumplir con las demás disposiciones establecidas en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social.
Presentación El producto debe ser comercializado en envase plástico de 480 gr, que no presenten ningún tipo de alteración, ni manipulación.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 38
Código UNSPSC 50221000
Nombre del Producto HARINA DE TRIGO
Nombre Comercial del Producto
HARINA DE TRIGO 000
Calidad NTC 267
Generalidades
Harina de trigo producto elaborado con granos de trigo común Triticum
aestivum L., o trigo ramificado Triticum compactum host.,o combinaciones
de ellos por medio de procedimientos de trituración o molienda en los que se
separa parte del salvado o germen y el resto se muele hasta darle un grado
determinado de finura.
Requisitos Específicos
Requisitos que debe cumplir la harina de trigo Proteína % (m/m): 7%mínimo
Humedad % (m/m): 15% máximo. Aflatoxinas máximo 10mg/kg La harina
de trigo debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 267.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en envases impermeables,
suficientemente inertes al producto que aseguren su
conservación. El rotulado debe cumplir con lo establecido en la
Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación BULTO x 50 KG
ITEM 39
Código UNSPSC 50221000
Nombre del Producto
HARINA DE MAIZ
Nombre Comercial del
Producto HARINA DE MAIZ
Calidad NTC 3594
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Generalidades
La harina de maíz precocida blanca o amarilla es un producto obtenido a partir del endospermo de granos de maíz, clasificados para el consumo humano, que han sido sometidos a un proceso de limpieza, germinación, precocción y molturación o molienda.
Requisitos Específicos
Requisitos que debe cumplir la harina de maíz precocida: Proteína % (m/m): 6% mínimo. Humedad % (m/m): 13% máximo. La harina de maíz precocido debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 3594.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en envases impermeables, suficientemente inertes al producto que aseguren su conservación. El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto se comercializará en las presentaciones que requiera el mercado de acuerdo con su contenido neto, presentación en bolsa por 50 kilogramos
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 40
Código UNSPSC 50121600
Nombre del Producto CAMARON
Nombre Comercial del Producto
CAMARON TIGRE
Calidad
NTC 4346, Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del ministerio de la Protección Social. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Generalidades
Crustáceos de la clase Malacostraca a veces también conocidos como gambas, producto obtenido de vertebrados acuáticos de sangre fría, que han sido desangrados con o sin cabeza, con sin cola eviscerados sometidos a refrigeración.
Requisitos Específicos
Los crustáceos como el camarón deben almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. El camarón en debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 de Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la NTC 4346, Contenido de camaron minimo 31/35
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005.
Presentación El producto debe estar distribuido empacada al vacío en presentaciones de 1000 gr, sin perder la cadena de frio.camaron tamaño 31/35
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ITEM 41
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto CANELA
Nombre Comercial del Producto
CANELA EN ASTILLA
Calidad
Debe cumplir con lo establecido en: NTC 4423, código CAC/RCP 42-1995, Resoluciones 5109 de 2005, 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen.
Generalidades
Son sustancias aromáticas de origen vegetal, las cuales se adicionan para acentuar los aromas propios de la carne y para conferirles aromas y sabores característicos. Algunas actúan como conservantes. En la legislación colombiana son ingredientes de uso permitido, no hay cantidades máximas permitidas, pero se deben tener en cuenta las buenas prácticas de manufactura (BPM) y las exigencias del consumidor. Las especias son, generalmente, partes secas de algunas plantas. Algunas provienen de los tallos (canela), otras de las hojas (laurel), de las semillas (pimienta y comino), de la flor (el clavo de olor), etc. Actualmente, además de las especias naturales deshidratadas, se utilizan aceites escenciales y oleoresinoides, como reemplazo de las especias naturales. Los aceites escenciales son extractos de las especias naturales, producidas por destilación por arrastre de vapor. Los oleoresiniodes son extraídos, a partir de las especias, utilizando solventes orgánicos.
Requisitos Específicos
La canela en astilla debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad: 14% máximo Cenizas: 6% máximo Cenizas insolubles: 2%máximo. Extracto etéreo volátil: 0.8% mínimo La canela se permite adicionar carbohidratos proteínas comestibles anticompactantes en una proporción máxima de 10%m/m. Debe cumplir con los límites de plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en envases o empaques de material grado alimenticio, inocuos que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Presentación
El producto se comercializa en empaque totalmente sellado, sin ningún tipo de alteraciones en presentación de 1000 gr.
ITEM 42
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto CANELA EN POLVO
Nombre Comercial del Producto
CANELA EN POLVO
Calidad
Debe cumplir con lo establecido en: NTC 4423, código CAC/RCP 42-1995, Resoluciones 5109 de 2005, 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen.
Generalidades
Son sustancias aromáticas de origen vegetal, las cuales se adicionan para acentuar los aromas propios de la carne y para conferirles aromas y sabores característicos. Algunas actúan como conservantes. En la legislación colombiana son ingredientes de uso permitido, no hay cantidades máximas permitidas, pero se deben tener en cuenta las buenas prácticas de manufactura (BPM) y las exigencias del consumidor. Las especias son, generalmente, partes secas de algunas plantas. Algunas provienen de los tallos (canela), otras de las hojas (laurel), de las semillas (pimienta y comino), de la flor (el clavo de olor), etc. Actualmente, además de las especias naturales deshidratadas, se utilizan aceites escenciales y oleoresinoides, como reemplazo de las especias naturales. Los aceites escenciales son extractos de las especias naturales, producidas por destilación por arrastre de vapor. Los oleoresiniodes son extraídos, a partir de las especias, utilizando solventes orgánicos.
Requisitos Específicos
La canela en polvo debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad: 14% máximo Cenizas: 6% máximo Cenizas insolubles: 2%máximo. Extracto etéreo volátil: 0.8% mínimo La canela molida se permite adicionar carbohidratos proteínas comestibles anticompactantes en una proporción máxima de 10%m/m. Debe cumplir con los límites de plaguicidas establecidos en la Resolución 2906
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de 2007del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en envases o empaques de material grado alimenticio, inocuos que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación
El producto se comercializa en empaque totalmente sellado, sin ningún tipo de alteraciones en presentación de 1000 gr.
ITEM 43
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto
CARNE DE CERDO
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CERDO CORTE COSTILLA
Calidad Decreto 1500 de 2007, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271
Generalidades
Carne de cerdo: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie porcina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de la carne del tejido óseo de las diferentes partes del cerdo.
Requisitos Específicos
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne de cerdo debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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establecidos en la normatividad sanitaria vigente. La carne de cerdo debe provenir de proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de cerdo debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social
Empaque y rotulado
Los materiales de envase, empaque y embalaje deberán ser de primer uso y fabricados sobre la base de productos que no alteren las características organolépticas de la carne, que no transmitan a la misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la protección Social.
Presentación
El producto se comercializará empacada al vacío sin perder la cadena de frio de los alimentos, en presentaciones de 5000 gramos en adelante, obtenido del costillar del cerdo, Corte St. Louis, Debe contener parte de hueso pero un 90% de parte pulpa de carne adherida al hueso.
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ITEM 44
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto
CARNE DE CERDO
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CERDO CORTE PIERNA
Calidad Decreto 1500 de 2007, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271
Generalidades
Carne de cerdo: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie porcina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de la carne del tejido óseo de las diferentes partes del cerdo.
Requisitos Específicos
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne de cerdo debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas establecidos en la normatividad sanitaria vigente. La carne de cerdo debe provenir de proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de cerdo debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social
Empaque y rotulado
Los materiales de envase, empaque y embalaje deberán ser de primer uso y fabricados sobre la base de productos que no alteren las características organolépticas de la carne, que no transmitan a la misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la protección Social.
Presentación
El producto se comercializará empacada al vacío sin perder la cadena de frio de los alimentos, en presentaciones de 5000 gramos en adelante, obtenida del pernil del cerdo de la parte delantera, sin hueso, debe ser 100 % pulpa de carne.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 45
Código UNSPSC
50112000
Nombre del Producto
CARNE DE CERDO
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CERDO CORTE LOMO POR 5 KILOS CADA UNO
Calidad Decreto 1500 de 2007, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271
Generalidades
Carne de cerdo: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie porcina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de la carne del tejido óseo de las diferentes partes del cerdo.
Requisitos Específicos
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne de cerdo debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas establecidos en la normatividad sanitaria vigente. La carne de cerdo debe provenir de proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de cerdo debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social
Empaque y rotulado
Los materiales de envase, empaque y embalaje deberán ser de primer uso y fabricados sobre la base de productos que no alteren las características organolépticas de la carne, que no transmitan a la misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la protección Social, para materias primas.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
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Presentación
El producto podrá ser distribuido o comercializado en canal o cortes, el peso aproximado es de 5 kilogramos cada lomo, el corte debe provenir de la parte superior del cerdo, con cantidad mínima de grasa, sin hueso, empacado al vacío sin perder la cadena de frio.
ITEM 46
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE CORDERO
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CORDERO CORTE COSTILLAR DE 6 A 7 COSTILLAS
Calidad Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud.
Generalidades
Carne de cordero parte muscular y tejidos blandos que rodean el esqueleto, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, proveniente de corderos (cualquier especie del género Ovis aries, la oveja doméstica) que han sido declarados aptos para el consumo humano. La carne de cordero, procede de animales de entre un mes y un año de edad y con un peso de entre 5,5 y 25 kg, es la forma principal en que se consumen estas especies. La carne de ovejas mayores se comercializa con otro nombre.
Requisitos Específicos
En la carne de codero, la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de codero debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Empaque y rotulado
La carne de codero deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas.
Presentación
El producto debe comercializarse empacado al vacio, el costillar debe tener un 80% de carne pulpa y el restante hueso, no debe tener alteraciones en su empaque ni coloraciones extrañas, su presentación debe ser de 1000 gramos.
ITEM 47
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE CORDERO
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE CORDERO CORTE PIERNA CON HUESO
Calidad Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud.
Generalidades
Carne de cordero parte muscular y tejidos blandos que rodean el esqueleto, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, proveniente de corderos (cualquier especie del género Ovis aries, la oveja doméstica) que han sido declarados aptos para el consumo humano. La carne de cordero, procede de animales de entre un mes y un año de edad y con un peso de entre 5,5 y 25 kg, es la forma principal en que se consumen estas especies. La carne de ovejas mayores
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
se comercializa con otro nombre.
Requisitos Específicos
En la carne de codero, la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de codero debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud.
Empaque y rotulado
La carne de codero deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas.
Presentación
El producto se comercializará empacado al vacío, con una capa de grasa no superior al 5% del peso del producto, en presentación de 5 kilogramos, sin perder cadena de frio.
ITEM 49
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE PATO
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE PATO PECHUGA
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Calidad
Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Resolución 4287de 2007 del Ministerio de la Protección Social Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud.
Generalidades
Carne de pato es el producto obtenido de la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo su piel, grasa, tendones y vasos, proveniente de patos domésticos ( de la familia Anatidae), que en edad de sacrificio que han sido declarados aptos para el consumo humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte para su comercialización.
Requisitos Específicos
La carne y los productos cárnicos comestibles vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4287 de 2007 del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
La carne de pato deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social para materias primas
Presentación
El producto se comercializa empacado al vacio, con piel y sin hueso, la carne debe estar totalmente compacta, y no debe presentarse ningún tipo de alteración en su composición presentación de 1000 gramos.
ITEM 50
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto
POLLO
Nombre Comercial del Producto
MUSLOS DE POLLO
Calidad
Decreto 2270 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. Resolución 4287de 2007 del ministerio de la Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. NTC 3644-2 Industrias Alimentarias. Pollo Beneficiado. NTC 3644-3 Industrias Alimentarias. Definición y Descripción de los cortes básicos de pollo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
Generalidades
Carne de pollo, es el producto obtenido de la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo piel, grasa, tendones y vasos, proveniente pollo o gallina, (aves de corral de la familia de Faisanidae, del género Gallus, de la especie domésticas) que en edad de sacrificio han sido declaradas aptas para el consumo humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte para su comercialización.
Requisitos Específicos
En la carne pollo o gallina debe presentar: Olor: característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. Las plantas de beneficio para carne, productos cárnicos comestibles y vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4287 de 2007. La carne, los productos cárnicos comestibles y vísceras deben cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 3644-2 y NTC 3644-3.
Empaque y rotulado
La carne de pollo deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación
El producto se comercializara empacado al vacío, libre de partículas o sustancias que alteren el producto, sin perder la cadena de frio, en presentación de 5 unidades o aproximadamente 1 kilogramo.
ITEM 51
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE RES
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE BOLA DE LOMO
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Calidad
Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Resolución 2905 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. NTC 4271
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino. Víscera de bovino: Producto cárnico, generalmente un órgano contenido en las principales cavidades del cuerpo de los bovinos. Tejidos blandos que pueden ser macizos o huecos y membranosos. Las principales vísceras de bovino son corazón, hígado, pulmones, intestinos.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. La carne y vísceras deben ser transportadas en vehículo s que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de bovino y los productos cárnicos comestibles vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 2905 de 2007 de calidad angus, o hereford
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas, debe estar empacada al vacio sin perder la cadena de frio, en presentaciones de 5 kilogramos en adelante.
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ITEM 52
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE RES
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE CHATAS
Calidad
Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Resolución 2905 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. NTC 4271
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino. Víscera de bovino: Producto cárnico, generalmente un órgano contenido en las principales cavidades del cuerpo de los bovinos. Tejidos blandos que pueden ser macizos o huecos y membranosos. Las principales vísceras de bovino son corazón, hígado, pulmones, intestinos.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. La carne y vísceras deben ser transportadas en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de bovino y los productos cárnicos comestibles vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 2905 de 2007 de calidad angus, o hereford
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación
Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas, debe estar empacada al vacio sin perder la cadena de frio, en presentaciones de 5 kilogramos en adelante, en empaques que no alteren las características del alimento, ni la seguridad alimentaria.
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ITEM 52
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE RES
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE COSTILLA DE 6 A 7 COSTILLAS
Calidad Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud.
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino.
Requisitos Específicos
En la carne de res, la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. No debe presentar ningún tipo de alteración en sus características organolépticas. de calidad angus, o hereford
Empaque y rotulado
La carne de res deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas.
Presentación
El producto se comercializará empacado al vacio, sin perder la cadena de frio, la posta entera sin cortar, sin superar el 20% del total de la composición en hueso, el 80% debe ser carne pulpa adherida al hueso, empaque por 1000 gramos
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ITEM 53
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto
CARNE DE RES
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE MURILLO MOLIDO
Calidad
Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Resolución 2905 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. NTC 4271
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. La carne y vísceras deben ser transportadas en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de bovino y los productos cárnicos comestibles vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 2905 de 2007 de calidad angus, o hereford
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación
El producto se comercializará empacado al vacio, con una molienda de primera clase, no debe estar mezclado con ningún otro tipo de carne, debe ser 100% molienda del corte de carne mencionado, y debe contener la grasa normal permitida de este corte que no supere el 20% presentación por 1000 gramos
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ITEM 54
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE RES
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE SOBREBARRIGA
Calidad
Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Resolución 2905 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. NTC 4271
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino, obtenida de la parte inferior de la res.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. La carne y vísceras deben ser transportadas en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de bovino y los productos cárnicos comestibles vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 2905 de 2007, de calidad angus, o hereford
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación
El producto se comercializará empacado al vacio, sin ningún tipo de alteración en su empaque, debe garantizar la inocuidad del alimento en su totalidad, en presentación de 5 kilogramos, no debe exceder el 30% de su composición en grasa.
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ITEM 55
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE RES
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE TORTUGA
Calidad
Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Resolución 2905 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. NTC 4271
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino. Víscera de bovino: Producto cárnico, generalmente un órgano contenido en las principales cavidades del cuerpo de los bovinos. Tejidos blandos que pueden ser macizos o huecos y membranosos. Las principales vísceras de bovino son corazón, hígado, pulmones, intestinos.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. La carne y vísceras deben ser transportadas en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de bovino y los productos cárnicos comestibles vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 2905 de 2007, debe provenir de una res o bovino que no supere los 12 meses de vida. de calidad angus, o hereford
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas, debe estar empacada al vacio sin perder la cadena de frio. Presentación por 1000 gramos
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 56
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE RES
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES LOMO POR 4 KILOS CADA UNO
Calidad
Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Resolución 2905 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. NTC 4271
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. La carne y vísceras deben ser transportadas en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de bovino y los productos cárnicos comestibles vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 2905 de 2007 de calidad angus, o hereford, obtenidas de la parte superior de la res, con un porcentaje de grasa inferior al 10%.
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación
El producto se comercializará empacado al vacio, con una composición no mayor del 10% de grasa en el producto. En materiales que no alteren las características organolépticas del producto. Presentación por 4 kilogramos
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ITEM 57
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE RES
Nombre Comercial del Producto
CARNE DE RES CORTE PUNTA DE ANCA
Calidad
Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Resolución 2905 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Decreto 2278 de 1982 del Ministerio de Salud. NTC 4271
Generalidades
Carne de bovino: parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto de los animales de la especie bovina o bufalina, incluyendo su cobertura de grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y que ha sido declarada inocua y apta para el consumo humano. Sus cortes o postas provenientes al realizarse el deshuese, o la separación de los músculos de la estructura ósea, esta separación puede hacerse retirando el o los músculos que constituyen el corte final o que constituyen varios cortes que serán separados en una etapa posterior de las diferentes partes del bovino.
Requisitos Específicos
En la carne de bovino la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie, al igual que las vísceras. La carne y vísceras deben ser transportadas en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. La carne de bovino y los productos cárnicos comestibles vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 2905 de 2007, debe ser obtenida de la parte superior del animal.
Empaque y rotulado
La carne de bovino deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación
El producto se comercializará empacado al vacio, que no altere sus características organolépticas, con un porcentaje de grasa no superior al 20% y de reses que no hayan superado los 12 meses de vida, presentación por kilogramo
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 58
Código UNSPSC 50221100
Nombre del Producto COCOA
Nombre Comercial del Producto
COCOA EN POLVO
Calidad NTC 518 Y NTC 792
Generalidades
La Cocoa es el producto de la molienda de la torta de cacao o licor de cacao.
Producto al cual se le ha retirado la mayor parte de la manteca de cacao,
mediante medios físicos reduciéndolo hasta un 28%, obteniendo una torta
que se puede pulverizar o transformar en sólido, producto que se conoce
como cocoa.
Requisitos Específicos
El cocoa debe contener: Contenido de grasa de cacao (%) m/m: 28%
máximo. Humedad (%) m/m: 3,0 % máximo. El cacao empleado debe
cumplir con los requisitos específicos de calidad establecidos en la NTC 518
y NTC 792. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM), Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. El
producto no debe exceder los limites de metales pesados y residuos de
plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y
atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las
características del producto físicas, químicas y sensoriales hasta
el consumo final y aseguren su conservación. El rótulo debe
cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109
de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto debe estar distribuido en material que evite la contaminación en
su distribución y almacenamiento, en presentaciones de 1000 gr.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 59
Código UNSPSC 50221300
Nombre del Producto ALMIDON DE YUCA
Nombre Comercial del Producto
ALMIDON DE YUCA SIN PROCESAR
Calidad NTC 926
Generalidades
El almidón o fécula de yuca, es el producto obtenido por la molienda húmeda de la yuca (Manihot esculenta Crantz), y que corresponde a un polímero constituido de grupo anhidro de α D-glucosa. El almidón de yuca se obtiene del proceso de molienda, tamizado, separación con agua, sedimentación y secado. El almidón de yuca se usa en la industria alimentaria, en la elaboración de medicamentos, en la fabricación de textiles y papel.
Requisitos Específicos
El almidón de yuca tienen solo un grado de calidad, debe estar libre de impurezas y cumplir con los siguientes requisitos: Humedad: 13% máximo. Contenido máximo de aflatoxinas 10mg/Kg máximo. Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 927. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, Ministerio de la Protección Social o la norma que adicione modifique o sustituya
Empaque y rotulado
El producto debe ser empacado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación
El producto se comercializará en empaques que no alteren la composición del alimento, en presentaciones de 1000 gr
ITEM 60
Código UNSPSC 50301500
Nombre del Producto MANZANA ROJA GRANNY
Nombre Comercial del Producto
MANZANA ROJA GRANNY
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
Calidad NTC 3523-1
Generalidades La manzana es de la familia de las Rosáceas, de las que hay cerca de 2.500 variedades conocidas y del género (Malus Pumila Mill) La manzana se clasifica en categoría Extra, I y II.
Requisitos Específicos
Características sensoriales de la manzana: Color: depende de la variedad (verde, roja amarilla o combinadas de estos colores) Olor: característico de la variedad. Sabor: característico de la variedad. Las manzanas deben ser empacadas con el mismo grado de madurez, calidad y tamaño.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización y aireación de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. Se debe emplear separadores o insertos para evitar el roce de las manzanas o daño mecánico, los separadores pueden ser fabricados de cartón moldeado. No se admiten uso de papel periódico impreso
Presentación EMPAQUE EN BOLSA POR KILO
ITEM 61
Código UNSPSC 50301500
Nombre del Producto MANZANA VERDE GRANNY
Nombre Comercial del Producto
MANZANA VERDE GRANNY
Calidad NTC 3523-1
Generalidades La manzana es de la familia de las Rosáceas, de las que hay cerca de 2.500 variedades conocidas y del género (Malus Pumila Mill) La manzana se clasifica en categoría Extra, I y II.
Requisitos Específicos
Características sensoriales de la manzana: Color: depende de la variedad (verde, roja amarilla o combinadas de estos colores) Olor: característico de la variedad. Sabor: característico de la variedad. Las manzanas deben ser empacadas con el mismo grado de madurez, calidad y tamaño.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización y aireación de la fruta, el cual deberá mantenerse en
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
buenas condiciones de higiene. Se debe emplear separadores o insertos para evitar el roce de las manzanas o daño mecánico, los separadores pueden ser fabricados de cartón moldeado. No se admiten uso de papel periódico impreso
Presentación EMPAQUE EN BOLSA POR KILO
ITEM 62
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto
CERVEZA
Nombre Comercial del Producto
CERVEZA
Calidad Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 3854 –
Generalidades
Cerveza es la bebida obtenida por fermentación alcohólica de un mosto elaboradocon cebada germinada y otros cereales o azúcares, adicionado de lúpulo o su extracto natural, levadura yagua potable, a la cual se le podrán adicionar sabores naturales permitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esta bebida está comprendida entre 2.5 y 15 grados alcoholimétricos. Las cervezas con una graduación alcoholimétrica, inferior a 2.5 grados alcoholimétricos, se denominarán cervezas sin alcohol o cervezas no alcohólicas y se clasificarán como alimento.
Requisitos Específicos
Graduación alcoholimétrica: Máximo 15°. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 3854. El envase de vidrio deberá cumplir con la NTC 1853. El envase metálico deberá cumplir con la NTC 853.
Empaque y rotulado
El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento. El producto dependiendo del volumen podrá ser embalado en canastilla plástica, plástico termoencogible u otro material que garantice el mantenimiento de las caracteristicas del producto y del envase.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Presentación El producto debe ser comercializado en latas que no presenten ningún tipo de alteración en presentación de 350 gr.
ITEM 63
Código UNSPSC 50301500
Nombre del Producto BANANO
Nombre Comercial del Producto
BANANO
Calidad NTC 1190 Resolución 2906 de 2007 del ministerio de la Protección Social.
Generalidades
El banano es una de las variedades del plátano procedentes de cualquier variedad del género Musa Sapientum., destinados a consumo fresco. El banano fruta de forma falcada o alongada, crece en racimos de hasta cien unidades y 50 kg de peso; de color amarillo cuando está maduro, es dulce y carnoso, rico en carbohidratos, potasio, vitamina A y vitamina C. El banano se puede comercializar verde, pintón ó maduro, en manos, dedos o racimos. Es considerado fruto climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación según su calidad como categoría extra, I y II.
Requisitos Específicos
El banano debe cumplir con los siguientes requisitos de calidad: • Enteros, duros con la forma característica de la variedad. • Secos, limpios, sin manchas ni grietas. • Sin rayas profundas, ni ataques de plagas o enfermedades. • Sin principios de pudrición, magulladuras, heridas no cicatrizadas o cuellos rotos. • Deben presentar aspecto fresco y consistencia firme • Deben estar exentos de material extraño como tierra, polvo, agroquímicos, visibles en el producto o en
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el empaque. El grado de desarrollo y el estado del banano debe permitir el transporte y manipulación.
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en recipientes elaborados con materiales que aseguren su conservación e higiene, que evite daños por acción mecánica durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005.
Presentación EMPAQUE EN BOLSA POR KILO
ITEM 64
Código UNSPSC 50302000
Nombre del Producto MORA
Nombre Comercial del Producto
MORA
Calidad NTC 4106
Generalidades
Fruto proveniente de la especie (Rubus spp.), cuyos fruto o baya está conformado por drupíllas que son pequeños frutos de forma esférica que conforman la mora, de pulpa agridulce y aromática, destinada para el consumo fresco o como materia prima para el procesamiento. Entre sus variedades más comunes se encuentra la mora de castilla o andina (Rubus glaucus). Es considerado fruto no climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación como categoría extra, I y II.
Requisitos Específicos
La mora debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 4106. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la protección Social.
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría color y calibre. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo de la mora debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al Vacio ULTRACONGELADO x 1 kilo. Unid
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ITEM 65
Código UNSPSC
50161500
Nombre del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA
Nombre Comercial del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURASUCEDANEO PARA MOLDEO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792 –Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011
Generalidades
Producto obtenido de chocolate, sucedáneos del chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos Específicos
El producto debe contar con registro sanitario. Debe contener en sus componentes de fabricación, pasta de cacao, lecitina de soja, manteca de cacao.
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 5122 Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y Resistentes, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final. Debe ofrecerse en envases de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento.
Presentación
El producto se comercializará en presentaciones de 5 kilogramos, debe estar totalmente sellado el producto, sin muestras de algún tipo de alteración, el producto debe estar en láminas, o monedas, con su registro sanitario y fecha de vencimiento vigentes.
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ITEM 66
Código UNSPSC
50161500
Nombre del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA
Nombre Comercial del Producto
CHOCOLATE SEMI AMARGO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792
Generalidades
Producto obtenido de chocolate, sucedáneos del chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos Específicos
El producto debe contar con registro sanitario. Debe contener en sus componentes de fabricación, pasta de cacao, lecitina de soja, manteca de cacao. Y no debe tener ningún otro tipo de adición de ingredientes, ajenos a la composición natural de este.
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 5122 Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y Resistentes, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren las características físicas, químicas y sensoriales hasta el consumo final. Debe ofrecerse en envases de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento.
Presentación
El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilogramo en adelante, en materiales inocuos y de primer uso, no se permite que hayan sido modificados, ni alterados, debe contar con su registro sanitario y fecha de vencimiento.
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ITEM 67
Código UNSPSC
50161500
Nombre del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA
Nombre Comercial del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA 80% AMARGO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792 – Resolucion 1511 de 2011 – Ministerio de la Proteccion Social.
Generalidades
Producto obtenido de chocolate, Que se utiliza para la elaboración de productos derivados del chocolate o cubrir otros productos.
Requisitos Específicos
El chocolate semi amargo debe cumplir con el 80% mínimo de su composición en pasta de cacao, no debe tener aditivos como grasas o aceites, debe contar con su registro sanitario, y no debe tener adición de azúcar, el dulzor de este chocolate se debe dar por los azucares naturales del fruto del cacao.
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 512 deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilogramo en adelante, en bloques, en material inerte que no altere las características organolépticas del producto ni su composición.
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ITEM 68
Código UNSPSC
50161500
Nombre del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA
Nombre Comercial del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA CON 59% DE PASTA DE CACAO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792, Resolucion 1511 de 2011 Ministerio de la Proteccion Social.
Generalidades
Producto obtenido de chocolate, sucedáneos del chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos Específicos
El chocolate al 59% de cacao debe estar compuesto no menos de este porcentaje de pasta de cacao, no debe tener ningún aditivo independiente de los propios de este producto, es decir la adición de derivados de la leche, ni la adición de grasas y aceites.
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 512, deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación
El producto se comercializará en presentaciones de 5 kilogramos, totalmente sellada en su empaque, con su registro sanitario y fecha de vencimiento, no debe presentar alteraciones en su empaque.
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ITEM 68
Código UNSPSC
50161500
Nombre del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA
Nombre Comercial del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA CON 36% DE PASTA DE CACAO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792, Resolucion 1511 de 2011 Ministerio de la Proteccion Social.
Generalidades
Producto obtenido de chocolate, sucedáneos del chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos Específicos
El chocolate al 36% de cacao debe estar compuesto no menos de este porcentaje de pasta de cacao, no debe tener ningún aditivo independiente de los propios de este producto, es decir la adición de derivados de la leche, ni la adición de grasas y aceites.
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 512, deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación
El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilogramo, totalmente sellada en su empaque, con su registro sanitario y fecha de vencimiento, no debe presentar alteraciones en su empaque.
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ITEM 69
Código UNSPSC
50161500
Nombre del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA
Nombre Comercial del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA CON 43% DE PASTA DE CACAO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792, Resolución 1511 de 2011 Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
Producto obtenido de la pasta de chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos Específicos
El chocolate al 43% de cacao debe estar compuesto no menos de este porcentaje de pasta de cacao, no debe tener ningún aditivo independiente de los propios de este producto, es decir la adición de derivados de la leche, ni la adición de grasas y aceites.
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 512, deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación
El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilogramos, totalmente sellada en su empaque, con su registro sanitario y fecha de vencimiento, no debe presentar alteraciones en su empaque.
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ITEM 70
Código UNSPSC
50161500
Nombre del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA
Nombre Comercial del Producto
CHOCOLATE PARA COBERTURA BLANCO
Calidad Norma Técnica Colombiana NTC 792, Resolucion 1511 de 2011 Ministerio de la Proteccion Social.
Generalidades
Producto obtenido de chocolate, chocolate compuesto o chocolate aromatizado que se utilizan generalmente para recubrir otros productos o hacer productos de chocolates o productos de sucedáneos para consumo directo.
Requisitos Específicos
El chocolate blanco debe estar compuesto no menos de 40% porcentaje de pasta de cacao, se permite la adición de compuestos naturales, como leche en polvo, lecitina de soja, azucares y no se permite el aditivo de aceites hidrogenados.
Empaque y rotulado
El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 512, deben ser recipientes inocuos de primer uso que no alteren ni modifiquen las características de los productos.
Presentación
El producto se comercializará en presentaciones de 1 kilogramo, totalmente sellada en su empaque, con su registro sanitario y fecha de vencimiento, no debe presentar alteraciones en su empaque.
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ITEM 72
Código UNSPSC 50304100
Nombre del Producto
LIMÓN
Nombre Comercial del Producto
LIMÓN TAHITÍ
Calidad NTC 4087
Generalidades
Fruto proveniente de la especie (Citrus × limón), cuyos frutos son pequeños, verdes o amarillos, de pulpa ácida y fuertemente aromática, destinada para el consumo fresco o como materia prima para el procesamiento. Es considerado fruto no climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos establecerán su clasificación como categoría extra, I y II.
Requisitos Específicos
Defecto en el color, cicatrices superficiales, y daño ocasionado por insectos no puede exceder el 50% del área total del fruto. El limón debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 4087, específicamente el índice de madurez mínimo. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la protección Social.
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización y aireación de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación
El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento de entrega, bolsa por 1000 gramos.
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ITEM 73
Código UNSPSC 50304500
Nombre del Producto MANGO
Nombre Comercial del Producto
MANGO
Calidad NTC 1266
Generalidades
Mango (Mangífera indica L) Familia: Anacardiaceae, El mango tiene maduración poscosecha, sus características color, tamaño, sabor, grado de acidez, contenido de fibra, depende de la variedad. El mango se clasifica en categoría Extra, I y II.
Requisitos Específicos
El mango después de la cosecha en su preparación y empaque se debe dar cumplimiento a los requisitos de calidad establecidos en la NTC 1266. Los defectos del mango no deben exceder el 5%. El mango debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1266. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación
El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento de entrega, bolsa por 1000 gramos
ITEM 73
Código UNSPSC 50304500
Nombre del Producto MANGO
Nombre Comercial del Producto
MANGO TOMMY
Calidad NTC 1266
Generalidades
Mango (Mangífera indica L) Familia: Anacardiaceae, El mango tiene maduración poscosecha, sus características color, tamaño, sabor, grado de acidez, contenido de fibra, depende de la variedad. El mango se clasifica en categoría Extra, I y II.
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Requisitos Específicos
El mango después de la cosecha en su preparación y empaque se debe dar cumplimiento a los requisitos de calidad establecidos en la NTC 1266. Los defectos del mango no deben exceder el 5%. El mango debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1266. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación
El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento de entrega, bolsa por 1000 gramos
ITEM 74
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto COMINO
Nombre Comercial del
Producto COMINO MOLIDO
Calidad Resolución 4241 de 1991 NTC 4423
Generalidades
El comino frutos sanos, limpios y desecados del
Cominumcyminum, el cual es una planta herbácea anual
perteneciente a la familia Apiaceae (antes llamadas
umbelíferas). Las semillas son los frutos que constituyen la
especia, de forma ovoidea o fusiforme alargada. El comino
tiene un característico sabor amargo y un olor fuerte y dulzón
por su alto contenido en aceites.
Requisitos Específicos
El comino molido debe cumplir con los siguientes requisitos:
Humedad (%) m/m: 14%; máximo Cenizas (%) m/m: 12%;
máximo Cenizas insolubles (%) m/m: 4% máximo Fibra bruta
(%) m/m: 30% máximo. Aceite esencial (%) m/m: 1.5%
mínimo. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de
Manufactura Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la
Protección Social. El comino molido debe cumplir con los
requisitos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del
Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC
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4423. El producto no debe exceder los limites de metales
pesados y plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de
2007.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al
contacto con el producto que no altere las características del
producto y aseguren su conservación lo preserven durante su
vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en
la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección
Social.
Presentación
El producto debe ser comercializado en bolsas que no alteren
las car
acterísticas del producto, en presentaciones de 1000 gr.
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ITEM 75
Código UNSPSC 50304500
Nombre del Producto MANGO
Nombre Comercial del Producto
MANGO TOMMY
Calidad NTC 1266
Generalidades
Mango (Mangífera indica L) Familia: Anacardiaceae, El mango tiene maduración poscosecha, sus características color, tamaño, sabor, grado de acidez, contenido de fibra, depende de la variedad. El mango se clasifica en categoría Extra, I y II.
Requisitos Específicos
El mango después de la cosecha en su preparación y empaque se debe dar cumplimiento a los requisitos de calidad establecidos en la NTC 1266. Los defectos del mango no deben exceder el 5%. El mango debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1266. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación
El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento de entrega, bolsa por 1000 gramos
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ITEM 76
Código UNSPSC 10112023
Nombre del Producto JAMÓN
Nombre Comercial del Producto
JAMÓN YORK
Calidad Decreto 1500 de 2007 Decreto 2162de 1983 NTC 1325
Generalidades
El jamón es un derivado cárnico, cocido, moldeado, embutido o prensado elaborado con carne de animales destinadas para el consumo humano, elaborado con ingredientes y aditivos de uso permitido, excluyéndose la carne homogenizada y picada, en cuyo empaque se deberá hacer referencia a la especie animal empleada, sometido o no a tratamiento de ahumado. El Jamón crudo madurado es un producto cárnico procesado crudo, no embutido, elaborado con carne de animales de abasto público y sometido a un proceso de maduración o curado que garantice su conservación por largo tiempo, en cuyo empaque se deberá hacer referencia a la especie animal empleada El jamón se clasifica como: • Producto procesado, cocido, y embutido • Producto cárnico procesado crudo, no embutido.
Requisitos Específicos
Las materias primas (carne) empleadas para elaborar el jamón deben cumplir con los límites de Residuos de medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas en la Resolución 676 de 2007. El jamón en su composición solo debe emplear aditivos de uso permitido en la normatividad sanitaria vigente o la norma que la modifique adicione o sustituya. Se permite el uso de: • Nitrato de sodio o Potasio: 200mg/kg máximo (residual) • Nitrito de sodio o Potasio: 200mg/kg máximo (producto en proceso) El producto se debe conservar y mantener a temperatura de refrigeración (de 0 a 4°C) durante su vida útil. No podrá entregarse congelado ni con partículas de hielo escarchado. El jamón cocido debe alcanzar una temperatura de 72 °C en su elaboración. El jamón debe cumplir con los parámetros microbiológicos establecidos en NTC 1325 para derivados cárnicos cocidos y madurados. Los jamones deben tener registro sanitario INVIMA vigente.
Empaque y rotulado
El jamón se debe ser empacado en material grado alimenticio permitiendo, o envasar en empaques de tipo sanitario, elaborados con materiales inocuos y resistentes a distintas etapas del proceso, de tal manera que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales. El producto empacado cocido no enlatados sometidos a refrigeración tendrán una vida útil máximo de 15 días. El jamón además de los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, el rotulo de los derivados cárnicos debe incluir la siguiente información: Indicación del estado físico o tratamiento a que ha sido sometido el producto (Refrigerado, ahumado, etc.) Si el producto requiere de algún
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tratamiento previo debe establecerlo en el rotulo ej: “Este producto requiere preparación o cocción antes de ser consumido" o hacer claridad en que es un producto listo para el consumo.
Presentación El producto se comercializará en las presentaciones que requiera el mercado de acuerdo con su contenido neto, EMPACADO ALVACIO EMPAQUE POR 1000 GRAMOS
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ITEM 77
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto CREMA DE LECHE
Nombre Comercial del Producto
CREMA DE LECHE
Calidad Resolución 2310 de 1986, Resolución 1804 de 1989 y NTC 930
Generalidades
Es el producto higienizado, obtenido por reposo o centrifugación de la leche, adicionado o no de cultivos lácticos específicos, se puede obtener como crema de leche para batir, crema de leche batida, crema de leche en pulverizadores y crema de leche en polvo. Según su contenido en grasa láctea la crema de leche se clasificará en: rica en grasa, entera y semientera. La crema de leche proviene de la leche de especies aptas y autorizadas para el consumo humano. La crema de leche fresca, podrá estar elaborado a partir de leche cruda y ser sometida a proceso de pasteurización ultra pasteurización (UHT) o esterilización.
Requisitos Específicos
Materia grasa % m/m: semientera: 18 % mínimo Entera: 35% mínimo Rica en grasa: 48% mínimo. Acidez como ácido láctico % m/m: 0,25% máximo La crema de leche acidificada con cultivo láctico debe presentar una acidez como ácido láctico no menor de 0.50% m/m. La crema de leche en polvo, debe presentar un máximo de 5% m/m de humedad. La crema de leche ultrapasteurizada (UHT) y esterilizada bien sea semientera, entera o rica en grasa, no debe presentar crecimiento microbiano. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 1804 de 1989. No pueden exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 930
Empaque y rotulado El producto debe ser envasado o empacado en recipientes suficientemente inertes, resistentes, que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. La crema de leche debe denominarse según clasificación y el proceso de higienización utilizado. Por ejemplo “Crema de Leche Entera, Pasteurizada”. En el rótulo se debe declarar el contenido de grasa láctea en porcentaje m/m. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto se comercializará en presentaciones de 1 litro, totalmente empacadas y selladas, con registro sanitario y fecha de vencimiento, debe ser apta para montar, debe contener un alto porcentaje de solidos, y material graso, no debe perder la cadena de frio, debe estar refrigerada.
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ITEM 78
Código UNSPSC
50202200
Nombre del Producto
CREMA DE CACAO
Nombre Comercial del Producto
CREMA DE CACAO
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades La Crema de Cacao es un dulce licor de chocolate elaborado principalmente a partir de granos de cacao y vainilla.
Requisitos Específicos
Graduación alcoholimétrica: Máximo 25° Sabor cacao, color caramelo, densidad suave
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. . Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento.
Presentación Botella en Vidrio x 750cc. Unid
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ITEM 79
Código UNSPSC
50202203
Nombre del Producto
CREMA DE WHISKY
Nombre Comercial del Producto
CREMA DE WHISKY
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud -
Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de
1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración,
hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos
productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las
normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686
de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el
reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la
fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución,
transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas
alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen,
adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035
Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas
Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio
para bebidas alcohólicas.
Generalidades La crema de whisky es una bebida conformada por whisky, leche condensada,
nata líquida, sirope de chocolate, café instantáneo y extracto de vainilla.
Requisitos Específicos
Cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 1035. Graduación
alcoholimétrica: Máximo 35°
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y
conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y
sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las
caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el
Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el
envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación BOTELLA 750 CC
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ITEM 80
Código UNSPSC 47131800
Nombre del Producto DETERGENTE LIQUIDO DESENGRASANTE
Nombre Comercial del Producto
DETERGENTE LIQUIDO DESENGRASANTE
Calidad Detergente líquido a base de tensoactivos aniônicos neutro (pH de 6.8-8.0) o alcalino (pH de 12-13).
Generalidades
Detergente líquido industrial multiusos para limpieza de todo tipo de equipos, áreas y superficies, este debe permitir la eliminación rápida y eficiente de toda aquella suciedad y grasa de origen animal o vegetal que se pueda presentar en todo tipo de industria de alimentos.
Requisitos Específicos
Debe establecerse la cantidad en agua para su dilución, dependiendo de su aplicación en todo tipo de superficies (pisos, paredes, baños, equipos). Ingrediente activo (tenso activo anicónico), color indiferente, olor ligero o in oloro en concentrado en dilución debe ser in oloro, para producto neutro un pH entre 6.5 y 8.0 y para un producto neutro un pH de 7.5 a 8.0, solubilidad en agua al 100% a cualquier temperatura, producto biodegradable.
Empaque y rotulado
Este producto debe estar rotulado con caracteres indelebles, fácilmente legibles y visibles. Debe contener: Nombre del producto, Nombre del fabricante, indicarse el país y ciudad de origen, Contenido nominal en peso o volumen, número de lote, composición básica, Instrucciones de uso, precauciones y advertencias de acuerdo con la categoría del producto, número de Formato sanitario, Texto: Uso en la industria de alimentos, fecha de vencimiento la cual debe estar soportada técnicamente. Debe ir en idioma castellano.
Presentación
Envase o caneca plástica de polietileno de alta densidad a partir del galón De 20 Litros. El envase debe mantener las condiciones fisicoquímicas, microbiológicas e integridad del producto.
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ITEM 81
Código UNSPSC 50305200
Nombre del Producto MARACUYA
Nombre Comercial del Producto
MARACUYA
Calidad NTC 1267
Generalidades
Maracuyá fruto proveniente de la especie (Passiflora edulis Sims) es una baya redonda u ovalada con un promedio entre 4 y 6 cm de diámetro y pesa entre 60 y 100 g. En la madurez es de color amarillo, existen variedades con frutos de color morado a la madurez, su pulpa es gelatinosa y tiene pequeñas semillas de color oscuro, es jugosa, ácida y aromática. Es considerado fruto climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación según su calidad como primera (1ª) y (2ª).
Requisitos Específicos
El maracuyá debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1267. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la protección Social.
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría color y calibre. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo del maracuyá debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación
El producto se comercializara en empaques que no alteren las características organolépticas del alimento, en el cual deben venir limpios, sin ningún tipo de plagas o elementos extraños al producto, sin que este supere el 30% de madurez al momento
de entrega. empaque bolsa plástica 1000 gramos
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ITEM 82
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA DE VINO
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR A VINO
Calidad Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en
polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o
Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes
(benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de
particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales -
herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener
sabor a vino
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente
constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de
radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su
vida útil ocasionando alteración microbiológica. Las esencias
son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con
materiales químicos que afecten sus propiedades
organolépticas. El rótulo debe cumplir con los requisitos
establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la
Protección Social.
Presentación Frasco en vidrio de 500 ml, con tapa rosca totalmente sellada, sin evidencia que haya sido alterada o modificada.
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ITEM 83
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA DE AREQUIPE
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA SABOR A AREQUIPE
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados, Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a arequipe
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su vida útil ocasionando alteración microbiológica. Las esencias son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con materiales químicos que afecten sus propiedades organolépticas. El rótulo debe
cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109
de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación
Frasco en vidrio de 500 ml, con tapa rosca totalmente sellada, sin evidencia que haya sido alterada o modificada.
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ITEM 84
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA SABOR A CANELA
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA DE CANELA
Calidad
Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes (benzoato de sodio) o Saborizantes certificados, Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales - herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener sabor a canela
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su vida útil ocasionando alteración microbiológica. Las esencias son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con materiales químicos que afecten sus propiedades organolépticas. El rótulo debe
cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109
de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación
Frasco en vidrio de 500 ml, con tapa rosca totalmente sellada, sin evidencia que haya sido alterada o modificada.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 85
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA SABOR A COCO
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA DE COCO
Calidad Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en
polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o
Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes
(benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de
particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales -
herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener
sabor a coco
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente
constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de
radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su
vida útil ocasionando alteración microbiológica. Las esencias
son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con
materiales químicos que afecten sus propiedades
organolépticas. El rótulo debe cumplir con los requisitos
establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la
Protección Social.
Presentación Frasco en vidrio de 500 ml, con tapa rosca totalmente sellada, sin evidencia que haya sido alterada o modificada.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 86
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA DE MANTEQUILLA
Nombre Comercial del Producto
ESENCIA DE SABOR A MANTEQUILLA
Calidad Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador, peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
Mezclado Homogéneo de materiales líquidos y materiales en
polvo. Composicion Agua o Propilenglicol o Alcohol potable o
Sacarosa o Carboxil metil celulosa CMC o Preservantes
(benzoato de sodio) o Saborizantes certificados,
Líquidos translucidos y/o ligeramente turbios, libre de
particulas extrañas de olores y sabores caracteristicos frutales -
herbales- lácteo - agrio - salados y/o alicorados, debe contener
sabor a mantequilla
Empaque y rotulado
Las esencias deben almacenarse a temperatura ambiente
constante no mayor a 30ºC, lejos de la luz del sol o de
radiaciones de calor. La excesiva humedad puede afectar su
vida útil ocasionando alteración microbiológica. Las esencias
son productos alimenticios, debe evitar almacenarse con
materiales químicos que afecten sus propiedades
organolépticas. El rótulo debe cumplir con los requisitos
establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la
Protección Social.
Presentación Frasco en vidrio de 500 ml, con tapa rosca totalmente sellada, sin evidencia que haya sido alterada o modificada.
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ITEM 87
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA SABOR A PIÑA
Nombre Comercial del Producto ESENCIA DE PIÑA
Calidad Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador( marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
CON FECHA DE VENCIMIENTO SUPERIOR A 2017
Empaque y rotulado
FRASCO EN VIDRIO
Presentación FRASCO POR 500 MILILITROS
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ITEM 88
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA DE PONQUE
Nombre Comercial del Producto ESENCIA SABOR A PONQUE
Calidad Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador( marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
CON FECHA DE VENCIMIENTO SUPERIOR A 2017
Empaque y rotulado
FRASCO EN VIDRIO
Presentación FRASCO POR 500 MILILITROS
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 89
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA DE RON
Nombre Comercial del Producto ESENCIA SABOR A RON
Calidad Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador( marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
CON FECHA DE VENCIMIENTO SUPERIOR A 2017
Empaque y rotulado
FRASCO EN VIDRIO
Presentación FRASCO POR 500 MILILITROS
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 90
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto ESENCIA DE VAINILLA BLANCA
Nombre Comercial del Producto ESENCIA DE VAINILLA BLANCA
Calidad Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador( marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
CON FECHA DE VENCIMIENTO SUPERIOR A 2017
Empaque y rotulado FRASCO EN VIDRIO
Presentación FRASCO POR 500 MILILITROS
ITEM 91
Código UNSPSC 50171500
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Nombre del Producto ESENCIA DE VAINILLA OSCURA
Nombre Comercial del Producto ESENCIA DE VAINILLA OSC URA
Calidad Cumplir con la Resolución 2606 de 2009 y NTC 1453. El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto
Generalidades
Concentrado líquido que aporta aroma y sabor a los productos alimenticios, El producto debe estar rotulado con el nombre del producto, productor y/o empacador( marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses
Requisitos Específicos
CON FECHA DE VENCIMIENTO SUPERIOR A 2017
Empaque y rotulado
FRASCO EN VIDRIO
Presentación FRASCO POR 500 MILILITROS
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 92
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto MERO
Nombre Comercial del Producto
MERO FILETE
Calidad NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
El filete de mer es oel trozo de pescado, cortado fino y en forma de lámina proveniente del pez mero (Epinephelus marginatus), El filete se obtiene después de haber sido desangrado y eviscerado sin cabeza, sin cola sometidos a refrigeración.
Requisitos Específicos
El filete de mero debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la NTC 1443.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto, aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al vacio x 1000 gramos
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 93
Código UNSPSC 50181700
Nombre del Producto FECULA DE MAIZ
Nombre Comercial del Producto
FECULA DE MAIZ
Calidad CUMPLIR CON LA NTC 926
Generalidades
El almidón de maíz es u producto obtenido por molienda húmeda del grano de maíz y que corresponde a un polímero. El almidón de maíz se clasifica así: Almidón de maíz sin modificar para uso en la industria textil y en la industria de papel y cartón. Almidón o fécula de maíz sin modificar para uso en la industria alimentaria.
Requisitos Específicos
El almidón o fécula de maíz sin modificar para la industria alimentaria debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma NTC 926 y Microbiológicos
Empaque y rotulado
El almidón de maíz en sus usos, se debe empacar en bolsas de papel kraft o plásticas que permitan conservar la calidad e higiene del producto y facilitar el manejo como mínimo. El rotulado del producto debe cumplir con la resolución N° 05109 del Min de la Protección Social
Presentación Caja por 1000 gramos. unid
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ITEM 94
Código UNSPSC 50202800
Nombre del Producto LECHE DE COCO
Nombre Comercial del Producto
LECHE DE COCO
Calidad NTC 1291
Generalidades Extraída del coco, usando su mayor parte grasa.
Requisitos Específicos
Debe estar enlatado, garantizando la calidad del producto, sometido a esterilización, el recipiente no debe contener ningún tipo de abolladura o golpe, no debe presentar ningún tipo de manipulación en el envase de este mismo. Grasa Total 7 g. 11% Grasa Saturada 7 g. 35% Grasa Polinsaturada 2 mg. 0.1% Grasa Monoinsaturada 12 mg. 0.5% Colesterol: 0 g 0% Carbohidratos Totales: 40 g 16% Azucares: 40 g Fibra Dietética: 0 g 0 % Sodio: 80 mg. 3% Proteína: 0 % Apariencia: Liquido Denso Olor: Coco Sabor: Coco-Dulce
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para la leche de coco debe ser el lata que garantice su conservación y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación durante el transporte y el almacenamiento y comercialización. El producto en su rótulo debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación El producto debe ser comercializado en latas de 480 gr, que no presenten ningún tipo de alteración, ni manipulación.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 95
Código UNSPSC 40142500
Nombre del Producto FILTROS (COLADORES) DE LÍQUIDO
Nombre Comercial del Producto
FILTRO PARA SYPHON
Calidad NTC 5539
Generalidades Filtros de tela y papel. Se utilizan para sustitución del filtro de las cafeteras de Syphon.
Requisitos Específicos
Los filtros no necesitan reemplazarse cada vez pero sí periódicamente para un rendimiento óptimo y un mejor aspecto de su cafetera cona.
Empaque y rotulado Filtros de tela para cafetera de sifón Hario TCA.
Presentación Caja x 5 unidades
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 96
Código UNSPSC 40142500
Nombre del Producto FILTROS (COLADORES) DE LÍQUIDO
Nombre Comercial del Producto
FILTRO PARA AERO PRESS
Calidad NTC 5540
Generalidades
Filtro de tela o de papel desechables diseñado para cafetera aeropress Especialmente diseñados en papel grueso que permite extraer todos los aceites del café, y este impide el paso de particulas, gruesas de la molienda del café
Requisitos Específicos
350 filtros de papel circulares para cafetera Aeropress, tamaño del envase 350 diametro: 65 mm, diseñados apra café espresso, evitando el paso de particulas gruesas en el producto.
Empaque y rotulado
el producto debe estar empacado y rotulado en un material atóxico, inalterable al contacto con el producto, deben garantizar su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 o la norma que modifique adicione o sustituya.
Presentación Caja por 350 filtros Aero Press, totalmente sellada sin ninguna muestra de alteracion o modificacion.
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ITEM 97
Código UNSPSC 40142500
Nombre del Producto FILTROS (COLADORES) DE LÍQUIDO
Nombre Comercial del Producto
FILTRO PARA V60 - DRIPPER
Calidad NTC 5539
Generalidades Filtro de tela o de papel. Diseñados para gotero de Café
Requisitos Específicos Papel, no toxico para consumo de productos liquidos ( Café)
Empaque y rotulado
Especialmente diseñados en grueso papel que permite extraer todos los aceites del café, empaque en caja de cartón
Presentación Caja x100 Unidades
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ITEM 98
Código UNSPSC 40142500
Nombre del Producto FILTROS (COLADORES) DE LÍQUIDO
Nombre Comercial del Producto
FILTRO PARA CHEMEX
Calidad NTC 5539
Generalidades Categorías: Chemex, Chemex. Etiquetas: chemex,filtro
Requisitos Específicos
Estos filtros son los denominados Oxygen Cleansed. Las dimensiones también son distintas ya que no tienen una forma y pegado concreto, sino que vienen abiertos y es el usuario quien le da la forma concreta dependiendo del tamaño de la cafetera. La particularidad de estos filtros sobre una Chemex, es que nos permite obtener un café limpio en taza y en tiempos justos
Empaque y rotulado
Especialmente diseñados en grueso papel que permite extraer todos los aceites del café, empaque en caja de cartón.
Presentación Caja x 100 Unidades.
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ITEM 99
Código UNSPSC 50307200
Nombre del Producto ACEITUNA
Nombre Comercial del Producto
ACEITUNA VERDE
Calidad El producto deberá cumplir con las condiciones establecidas en la Norma Técnica NTC-4842, así como con la información contenida en la presente ficha técnica de producto
Generalidades
La aceituna es el fruto del olivo. El fruto es una drupa comestible, de tamaño variable, con una sola semilla, hueso o corazón, en su interior. El fruto del olivo puede cortarse en cualquiera de sus etapas, las aceitunas verdes son cortadas cuando el fruto no ha madurado y las aceitunas negras son cortadas cuando están maduras. Conforme el fruto del olivo madura, se vuelve de verde a rojo, a purpura, volviéndose finalmente negro.
Requisitos Específicos
Aceituna verde en salmuera, deshuesada. Las condiciones óptimas de conservación para estos frutos son una temperatura entre 7 y 10ºC, humedad relativa del aire de 85-90% y un tiempo de conservación en estas condiciones de 4 a 6 semanas. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, Ministerio de la Protección Social. El producto deberá cumplir con las condiciones establecidas en la Norma Técnica que corresponda al alimento en conserva, así como con la información contenida en la presente ficha técnica de producto.
Empaque y rotulado
El empaque debe garantizar su conservación proteger al producto de daños mecánicos, y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación y estibamiento durante el transporte y el almacenamiento; y contar con un diseño que permita la ventilación del producto
Presentación Frasco por 500 grm.Unid
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ITEM 100
Código UNSPSC 50325800
Nombre del Producto CIRUELA
Nombre Comercial del Producto
CIRUELA PASA DESHUESADA
Calidad NTC 1291
Generalidades
La ciruela pasa (también llamada guindón) es una ciruela (Prunus domestica L.) o parte de la misma, desecada, deshidratada o pasa, a la cual se ha removido parcialmente o totalmente el agua de constitución por medios naturales o artificiales.
Requisitos Específicos
En la elaboración del vinagre debe darse cumplimiento a las buenas Prácticas de Manufactura Decreto 3075 de 1997del Ministerio Salud.
Empaque y rotulado
El vinagre, se deben empacar o envasar en material grado alimenticio, inerte, resistente y hermético que no altere las características físicas, químicas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social.
Presentación
El producto se comercializará en las presentaciones que requiera el mercado de acuerdo con su contenido neto, expresado en unidades de volumen del Sistema Internacional, presentación en bolsa por 1000 gramos
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ITEM 101
Código UNSPSC 50161800
Nombre del Producto
FRUTA CONFITADA
Nombre Comercial del Producto
FRUTA CRISTALIZADA
Calidad NTC 3207 Resolución 14712 de 1984
Generalidades
La fruta confitada es la fruta o parte de la misma, fresca, seca o cristalizada, cubierta con un producto azucarado obtenido mediante el proceso de cocción que seca la fruta. Se permite la adición de edulcorantes, colorantes y aditivos permitidos, hasta alcanzar una concentración de sólidos solubles en la fruta que permita su conservación a temperatura ambiente. Denominada también como fruta caramelizada, escarchada o glaseada.
Requisitos Específicos
Contenido de azúcar: debe de estar entre 68 a 70 ºBrix pH: debe de estar entre 4,0 a 4,5 Humedad: el contenido 25%máximo. Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 3207.
Empaque y rotulado
El producto debe ser empacado en material suficientemente inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 1000grms.Unid
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ITEM 102
Código UNSPSC 50307000
Nombre del Producto COCO
Nombre Comercial del Producto COCO DESHIDRATADO
Calidad NTC 1291
Generalidades
El coco (Cocos nucifera) es una fruta comestible obtenida del cocotero, la palmera más cultivada a nivel mundial. Tiene una cáscara exterior gruesa y fibrosa (mesocarpio) y otra interior dura, vellosa y marrón (endocarpio) que tiene adherida la pulpa (endospermo), que es blanca y aromática. Mide de 20 a 30 cm y llega a pesar 2,5 kg
Requisitos Específicos Empacado al vacio, sin ningún tipo de abertura o manipulación
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para la leche de coco debe ser el lata que garantice su conservación y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación durante el transporte y el almacenamiento y comercialización. El producto en su rótulo debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación Kilogramo
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ITEM 104
Código UNSPSC
50202200
Nombre del Producto
GINEBRA
Nombre Comercial del Producto
GINEBRA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 300 Bebidas alcohólicas. Ginebra y Ginebra compuesta o Gin. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.
Generalidades
Aguardiente obtenido por destilación y rectificación de un mosto fermentado, posteriormente redestilado en presencia de bayas de enebro (Juniperos communis) y otras especies aromáticas utilizadas en la elaboración de dicho producto.
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 300 Graduación alcoholimétrica: Mínimo 37.5
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Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación
Botella en vidrio x 750cc.Unid
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ITEM 104
Código UNSPSC 50361600
Nombre del Producto DURAZNOS EN ALMIBAR
Nombre Comercial del Producto
DURAZNOS EN ALMIBAR
Calidad NTC 4929:-DURAZNOS- EN CONSERVA
Generalidades
Producto obtenido esterilizando los fruta o partes de frutas frescas sanas desprovista o no de semillas, puestas en su propio jugo, en jugo edulcorado con productos naturales o en jarabe o almíbar como líquido de gobierno. En ningún caso se emplearan edulcorantes artificiales Denominada también como fruta caramelizada, escarchada o glaseada.
Requisitos Específicos
Debe cumplir íntegramente con la Norma técnica NTC 4929. En el almíbar el contenido de azúcar: 14°BRIX mínimo y 20° BRIX Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 3207
Empaque y rotulado
Productos empacados en latas de 820 gr (melocotones) que se proteja el producto de daños mecánicos, y que no cause ningún cambio ni en la parte interna ni externa del producto. Se debe asegurar que el manejo del producto durante el empaque se realice con buenas Prácticas de manipulación para preservar la calidad del producto.Se debe colocar la fecha de empaque, numero de lote y posible fecha de vencimiento del producto. En hoja de lata Stone electrónicamente estañada 401*411
Presentación En latas de 820 Grms, unid
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ITEM 105
Código UNSPSC 50362500
Nombre del Producto CEREZA MARRASCHINO
Nombre Comercial del Producto
CEREZA MARRASCHINO
Calidad NTC 1291
Generalidades
Cerezas (Prunus avium), el cerezo común o de monte, es una especie de cerezo nativo de la familia de Rosaceae y al género Prunus, del cual se derivan la gran mayoría de los cultivares comerciales de cereza. Es considerado fruto no climatérico, sus características color, tamaño, sabor, grado de madurez y defectos, establecerán su clasificación como categoría extra, I y II.
Requisitos Específicos
La cereza debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1291 Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la protección Social.
Empaque y rotulado
El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad, categoría color y calibre. El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización de la fruta, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rótulo de la cereza debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Frasco en Vidrio x 1000grms.Unid
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ITEM 106
Código UNSPSC 50362500
Nombre del Producto KIWI
Nombre Comercial del Producto
KIWI
Calidad NTC 1291
Generalidades
El kiwi o actinidia (Actinidia deliciosa) fruto o baya oval cubierto de
vellosidades, con piel delgada de color verde parduzco y superficie vellosa,
la pulpa es de color verde y con diminutas semillas negras dispuestas en
torno a un corazón blanquecino.
Requisitos Específicos
Las frutas deben ser empacadas con el mismo grado de madurez, calidad y
tamaño. Grado de Madurez El grado de madurez debe ser en más del 50 %
de la fruta. Debe cumplir con los Límites Máximos de residuos de
plaguicidas establecidos en la resolución 2906 de 2007 El Kiwi debe
cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1291.
Empaque y rotulado El contenido de cada unidad de empaque debe ser homogéneo y
estar compuesto por frutos del mismo origen, variedad,
categoría, color y calibre. El producto podrá ser
Presentacion Bolsa x 500 gramos
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ITEM 107
Código UNSPSC 50377000
Nombre del Producto LYCHE
Nombre Comercial del Producto
LYCHES EN LATA
Calidad NTC 729 NTC 695 Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud
Generalidades
Especie: Litchi chinensis Sonn. (Syn.: Scytalia chinensis Gaertn., Dim carpus Litchi Lour., Nephelium Litchi Cambess).
Nombres comunes: Lychee, Litchi, Leechee, Lichee, Lichi.
Origen: El litchi es nativo de las tierras bajas de las provincias de Kwangtung y Fukien en China del sur. El cultivo se extendió durante los años a través de las áreas vecinas de Asia del sudeste e islas cercanas. Actualmente se planta en el norte de la India, Indochina, Tailandia, Formosa, el sur de Japón, el noroeste de Australia, África Oriental, Hawai, Brasil, Florida y otras regiones subtropicales del mundo.
Destaca la acción antioxidante de esta vitamina, por lo que es una fruta útil para personas con colesterol alto, porque inhibe la oxidación del denominado como colesterol malo.
Es igualmente rico en potasio y sumamente bajo en sodio, por lo que su consumo se aconseja a su vez a personas con hipertensión arterial.
Es una fruta útil para reducir el riesgo de enfermedades cardiovasculares, ayudando a cuidar el corazón y a proteger los vasos sanguíneos.
Requisitos Específicos
Beneficios nutricionales del lichi
100 gramos de lichi aportan solo 75 calorías.
Agua: 82 g.
Hidratos de carbono: 16,5 g.
Proteínas: 0,85 g.
Grasas: 0,45 g.
Fibra: 1,3 g.
Azúcares: 15,22 g.
Vitaminas: especialmente rica en vitamina C, ácido fólico, vitamina K, vitamina B1, B2, B3, B5 y B6.
Minerales: rica en potasio, calcio, hierro, magnesio, fósforo, cobre y zinc.
Empaque y rotulado Las otras formas de empaquetado son enlatados
Presentación Lata por 565 gramos. Unid
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ITEM 108
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto GLUCOSA
Nombre Comercial del Producto
GLUCOSA
Calidad Debe cumplir con las disposiciones establecidas en el Decreto 677 de 1995 y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen.
Generalidades El producto debe contar con registro sanitario que permita su comercialización al interior del país.
Requisitos Específicos El registro sanitario debe estar vigente, tanto al momento de la negociación, como al momento de la entrega del producto.
Empaque y rotulado Sólo se permiten las presentaciones y empaques establecidos en el registro sanitario del producto
Presentación Sólo se permiten las presentaciones y empaques establecidos en el registro sanitario del producto, presentación por 1000 gramos
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 109
Código UNSPSC 50192900
Nombre del Producto PAPEL DE ARROZ
Nombre Comercial del Producto
PAPEL DE ARROZ
Calidad CUMPLIR CON NTC 1055
Generalidades
Producto higienizado, obtenido mediante un proceso tecnológico apropiado, preparado de la extrusión formado y secado apropiado de las diferentes figuras elaboradas a partir de una masa homogénea sin fermentar preparada con agua, y los derivados del trigo como sémola o semolato de trigo duro, se puede incorporar otros ingredientes tales como gluten, soya, huevos, leche, vegetales, jugos u otras farináceas u otro ingrediente permitido puede estar fortificado con la adición de proteínas, vitaminas y minerales. También se puede elaborar con patata o plátano o yuca y sémola de trigo, harinas pueden ser de maíz, castañas, con o sin la adición de aditivos permitidos. De la variedad triticumdurum (trigo duro). - Producto cuyo ingrediente básico es la harina de trigo mezclada con agua a la cual se le pude adicionar sal, huevo u otros ingredientes. Esta pasta es similar a los espaguetis pero con sección rectangular o plana. Sus medidas oscilan los 7 mm y 8 mm de ancho
Requisitos Específicos
Se rechaza producto quebrado, remojado o abierto el empaque. El color debe ser propio del producto, no debe ser pálido, ni con manchas de color diferente a la original. Cumplir con NTC 1055 Humedad % (m/m): 13% máximo Cenizas % (m/m): 1,2% máximo. Acidez (acido láctico)% (m/m): 0,455 máximo. Proteína % (m/m): 10,5 % mínimo Contenido de aflatoxinas: 10mg/kg máximo. Deberá cumplir con las requisitos establecidos en la NTC 1055 No se considera enriquecidos si al alimento se le adiciona solamente vitaminas A y D o C. Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 del Ministerio de Salud. FICHA TECNICA DE PRODUCTO CÓDIGO: ST-CA-01-FT-01 VIGENCIA DESDE: 17/06/2010 VERSIÓN: 2 Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA Alimento enriquecido debe cumplir con, los requisitos establecidos en la Resolución 11488 de 1989. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Empaque y rotulado
El producto debe estar empacado en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. - Paquete por 500 gramos. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas
Presentación Empaque x 10 unidades
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 110
Código UNSPSC 50131600
Nombre del Producto HUEVO DE GALLINA
Nombre Comercial del Producto
HUEVO DE GALLINA TRIPLE A
Calidad NTC 1240
Generalidades
El huevo fresco, es el óvulo de de la gallina (Gallus gallus) completamente evolucionado, no fecundo, con sus correspondientes reservas de sustancias nutritivas y su revestimiento calcáreo. Cuando se trate de huevos de otras especies, deberá declararse de cual proviene. El huevo fresco es aquel que observado por transparencia en el ovoscopio se presenta absolutamente claro, sin sombra alguna, con yema apenas perceptible y una cámara de aire que no sobrepasa la altura establecida en los requisitos.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1240 Peso promedio: 50 a 80g. Cámara de aire (espesor máximo en mm): 5 a 9 mm. Cicatrícula o gérmen: invisible y sin sangre.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil.
Presentación Bandeja x 30 Unid.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 111
Código UNSPSC 53130000
Nombre del Producto JABON ANTIBACTERIAL PARA MANOS
Nombre Comercial del Producto
JABON ANTIBACTERIAL PARA MANOS
Calidad
Desinfectante general con base en triclosan, biguanidina polimérica, súper quat o gel antibacterial con alcohol y triclosan. Producto para la desinfección rápida de manos en procesos de máxima higiene, con o sin necesidad de enjuagar.
Generalidades
Fácil de usar, no debe resecar la piel, previene enfermedades infectocontagiosas, seca rápidamente (gel antibacterial), debe ser eficiente ante un amplio espectro de hongos, levaduras, gérmenes y bacterias, buena estabilidad térmica, biodegradable, no debe ser inflamable, seguro para la piel, el ingrediente activo debe ser
Requisitos Específicos Producto para aplicar directamente en las manos, puede requerir o no enjuague.
Empaque y rotulado
Este producto debe estar rotulado con caracteres indelebles, fácilmente legibles y visibles. Debe contener: Nombre del producto, Nombre del fabricante, indicarse el país y ciudad de origen, Contenido nominal en peso o volumen, número de lote, composición básica, Instrucciones de uso, precauciones y advertencias de acuerdo con la categoría del producto, número de Formato sanitario, Texto: Uso en la industria de alimentos, fecha
de vencimiento la cual debe estar soportada técnicamente. Debe ir en idioma castellano.
Presentación Canecas o garrafa plástica en polietileno de alta densidad de 1000 ml , El envase debe mantener las condiciones fisicoquímicas, microbiológicas e integridad del producto.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 112
Código UNSPSC 53131600
Nombre del Producto JABON LAVALOZA
Nombre Comercial del Producto
JABON LAVALOZA CON GLICERINA
Calidad NTC 2860
Generalidades Sustancia que por acción química disuelve la grasa y la suciedad adherida a objetos, comúnmente utilizado para lavar utensilios de cocina. Puede ser sólido o semisólido.
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con la Norma Técnica Colombiana NTC 2860, que establece los requisitos que debe cumplir la pasta empleada para lavar loza.
Empaque y rotulado
El producto debe estar empacado de forma tal que se conserve su calidad durante su transporte y almacenamiento. Su rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y limpieza.
Presentación Jabón semisólido, envasado X 1000Kilogramos.Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 113
Código UNSPSC 53131600
Nombre del Producto JABON LAVAPLATOS
Nombre Comercial del Producto
JABON LAVAPLATOS
Calidad NTC 2860
Generalidades sustancia que por acción química disuelve la grasa y la suciedad adherida a objetos, comúnmente utilizado para lavar utensilios de cocina. Puede ser sólido o semisólido
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con la Norma Técnica Colombiana NTC 2860, que establece los requisitos que debe cumplir la pasta empleada para lavar loza.
Empaque y rotulado
El producto debe estar empacado de forma tal que se conserve su calidad durante su transporte y almacenamiento. Su rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y limpieza.
Presentación Jabón en pasta, sólido o semisólido .x 1000Grms.Unid
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ITEM 114
Código UNSPSC 50364600
Nombre del Producto PIÑA
Nombre Comercial del Producto
PIÑA EN ALMIBAR LATA
Calidad NTC 729 NTC 695 Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud
Generalidades
Fruto proveniente de cualquier variedad cayena lisa, (Ananas comosus L. Meer), fruta o parte de la misma la cual es desecada, deshidratada o pasa, porque se le ha removido parcialmente o totalmente el agua de constitución por medios naturales o artificiales, alcanzando a reducir el contenido de humedad en el cuerpo de la misma hasta llegar a un 20% del peso. El proceso de deshidratación en las frutas se puede realizar empleando las técnicas de atomización, secado en rodillos, secado al vacío en bandejas o en cámaras de sacado por aire caliente.
Requisitos Específicos
Sólidos solubles (°Brix): 85 mínimo. Humedad: 15 % máximo. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 729 y NTC 695. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la resolución 2906 de 2007 o norma que adicione modifique o sustituya.
Empaque y rotulado
El producto debe ser empacado en material suficientemente inerte al producto y hermético, que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación El producto se comercializará en las presentaciones que requiera el mercado de acuerdo con su contenido neto, expresado en unidades de masa del Sistema Internacional. FRASCO POR 474 GRAMOS
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ITEM 115
Código UNSPSC 50121700
Nombre del Producto LANGOSTINOS
Nombre Comercial del Producto
LANGOSTINOS U8
Calidad
NTC 3434 Resolución 288 de 2007 Resolución 670 de 2007 Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del ministerio de la Protección Social Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
Langostino nombre científico de el langostino es Penaeus kerathurus. Es un crustáceo decápodo que habita en aguas profundas. Está emparentado con el camarón y la gamba. Existen dos variedades de langostinos caracterizadas por poseer, o no, bandas longitudinales oscuras en su cuerpo, son los langostinos tigre y blanco. Entre los primeros destacan: Langostino Atlántico (Penaeus duorarum).
Requisitos Específicos
Los crustáceos como el langostino deben almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. El langostino en debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la NTC 3434.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empacado x 1000 grms, sin hielo. Unid
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ITEM 116
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto LECHE CONDENSADA
Nombre Comercial del Producto LECHE CONDENSADA
Calidad Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. Decreto 616 de 2006 del Ministerio de la Protección Social. NTC 879
Generalidades La leche condensada es el producto higienizado, obtenido por deshidratación parcial, a baja presión, de una mezcla de leche y azúcares.
Requisitos Específicos
Materia grasa láctea % m/m: 8,0% mínimo entera. 4,0 % mínimo semidescremada 1,0% máximo descremado. Sólidos grasos no lácteos % m/m: 20% mínimo Humedad %m/m: 30,0% máximo. Colorantes: cantidad máxima permitida 30mg/kg. La leche condensada después de ser envasada, podrá almacenarse a temperatura ambiente y según las condiciones estipuladas en el Decreto 3075 de1997 y en las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en el Resolución 2310 de 1986 la NTC 879 No pueden exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercializaciónEl rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Lata abre fácil x 1000ml. Unid
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ITEM 117
Código UNSPSC 50401500
Nombre del Producto ALCACHOFA
Nombre Comercial del Producto
ALCACHOFA
Calidad NTC 3627-3
Generalidades
La alcachofa o alcaucil (Cynara scolymus) es una planta cultivada como alimento en climas templados. Pertenece al género de las Cynara dentro de la familia Asteraceae. Contiene hidratos de carbono, entre los que destaca la inulina y la fibra; minerales como el sodio, el potasio, el fósforo y el calcio; y entre las vitaminas destaca la presencia de B1, B3 y pequeñas cantidades de vitamina C. Sin embargo, lo más destacable de su composición son una serie de sustancias que se encuentran en pequeña cantidad, pero dotadas de notables efectos fisiológicos positivos: la Cinarina sustancia ácida con efecto colerético, es decir, con capacidad para aumentar la secreción biliar.
Requisitos Específicos
En las hojas de las alcachofas la longitud del peciolo no debe sobrepasar 10 cm. Se admitirá hasta un 10% en peso de alcachofas que no cumplan con los requisitos generales de calidad y que sean aptas para el consumo. La alcachofa de acuerdo a sus calidad se clasificara como de calidad primera o segunda y deberá cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 3627-3
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para la alcachofa debe garantizar su conservación proteger al producto de daños mecánicos y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación.
Presentación
El producto podrá ser distribuido o comercializado empacado en presentaciones de 1000 gr en bolsa plástica totalmente sellada, y sin ninguna partícula extraña ajena al alimento.
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ITEM 118
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto LECHE EN POLVO
Nombre Comercial del Producto LECHE EN POLVO
Calidad NTC 1036
Generalidades Polvo producto de la deshidratación de leches enteras, parcialmente descremada previamente higienizada de vaca o de otros mamíferos.
Requisitos Específicos
No se permite la adición de conservantes, adulterantes ni neutralizantes. Los residuos de medicamentos veterinarios y plaguicidas no deben ser superiores a lo dispuesto en el Codex Alimentarius. La leche en polvo se clasifica de acuerdo con sus contenidos de grasa en: - Leche en polvo entera - Leche en polvo parcialmente descremada - Leche en polvo descremada Debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos, microbiológicos y demás requisitos establecidos en la NTC 1036.
Empaque y rotulado
Empacada bolsas de diferentes materiales y presentaciones que protejan el producto de contaminación, humedad y acción de la luz y asegure su adecuada conservación, generalmente los bultos tienen una bolsa interior de polietileno y dos o tres bolsas de papel kraft. Las presentaciones minoristas son bolsas de papel aluminado. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Resolución 05109 del Ministerio de Protección Social
Presentación Bolsa x 1000 grms.Unid
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ITEM 119
Código UNSPSC 73131800
Nombre del Producto LECHE EVAPORADA ENTERA
Nombre Comercial del Producto LECHE EVAPORADA ENTERA
Calidad NTC 733
Generalidades
Es un producto que se obtiene mediante la eliminación parcial del agua de la leche por el calor o por cualquier otro procedimiento que permita obtener un producto con la misma composición y características. El contenido de grasa y/o proteínas podrá ajustarse únicamente para cumplir con los requisitos de composición estipulado en la Norma Técnica Peruana 202.002.2007, mediante adición y/o extracción de los constituyentes de la leche, de manera que no se modifique la proporción entre la caseína y la proteína del suero de leche sometida a tal procedimiento
Requisitos Específicos
Requisitos organolépticos Color : Blanco a crema Olor : Agradable, libre de olores extraños Sabor : Agradable característico, ligeramente dulce y libre de sabores extraños a su naturaleza. La muestra del producto, sometida a una incubación durante 7 días a 35 ºC – 37 ºC debe cumplir con los siguientes requisitos: No sufrir modificaciones que alteren el envase, tales como hinchamiento, fugas, etc. Las características sensoriales tales como abombamiento, fugas, color, aspecto, entre otros, no deben diferir sensiblemente de las de una leche esterilizada sin incubar.
Empaque y rotulado
Envase Envase primario: (a) Envases de hojalata electrolítica, íntegros, limpios, sin abolladuras, sellados herméticamente y con de barniz epóxido interior que aisle el producto respecto al envase metálico, de materiales adecuados para la conservación y manipuleo del producto y no transmitirán a este, sabores, colores y/o olores extraños. a fin de permitir un mejor manejo durante el transporte, distribución y almacenaje.
Presentación LATA X 375 ml. Unid
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ITEM 120
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto LECHE UHT
Nombre Comercial del Producto LECHE LARGA VIDA
Calidad NTC – 3856
Generalidades Leche pasteurizada mediante tratamiento con ultra alta temperatura.
Requisitos Específicos Cumplir con los requisitos generales, fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la NTC – 3856.
Empaque y rotulado
La leche UHT debe envasarse en recipientes no retornables que cumplan con las barreras a la luz y al oxígeno y que permita un cierre hermético. El rotulado debe cumplir con lo indicado en la Norma técnica NTC 512-1.
Presentación Bolsa x 1000ml. Unid
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ITEM 121
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto LENGUADO
Nombre Comercial del Producto
LENGUADO FILETE
Calidad
NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
El filete de lenguado es el trozo de pescado, cortado fino y en forma de lámina proveniente de los peces lenguados que son una familia (Soleidae) de peces, el filete se obtiene después de haber sido desangrado y eviscerado sin cabeza y sin cola, sometidos a refrigeración.
Requisitos Específicos
El filete de lenguado debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la NTC 1443
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al vacio x 1 kilo. Unid
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ITEM 122
Código UNSPSC 50401600
Nombre del Producto ESPARRAGOS
Nombre Comercial del Producto
ESPARRAGOS
Calidad NTC 4930
Generalidades
Producto elaborado con espárragos frescos (Asparagus officinalis), sanos y limpios, envasados herméticamente en un medio de cobertura apropiado (solución a base de sal o ácido acético o vinagre de origen vínico) y sometidos a tratamientos físicos permitidos que garanticen su conservación. En los espárragos en conserva se emplean las siguientes variedades, espárragos blancos, espárragos, verdes y espárragos silvestres o trigueros
Requisitos Específicos
El producto en conserva debe alcanzar un pH de 4.5 El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El empaque utilizado para los espárragos en conserva debe garantizar su conservación y debe estar construido con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; debe permitir su manipulación durante el transporte y el almacenamiento y comercialización. El producto en su rótulo debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del ministerio de la Protección Social.
Presentación Envase x 1000grms.unid
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ITEM 123
Código UNSPSC 41106200
Nombre del Producto LEVADURA
Nombre Comercial del Producto
LEVADURA ACTIVA SECA
Calidad Levadura química para aligerar las masas y aumentar el volumen de productos horneados Cumplir con la NTC 1582
Generalidades
Mezcla homogénea de ingredientes que actúan como agentes leudantes en productos de panadería, pastelería, etc. Fina glanulometría Alto y constante poder de gasificación Doble acción: actúa en el reposo y en el horneo Seguridad de volumen
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma NTC 1582
Empaque y rotulado
Debe estar empacada en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. Cumplir con la resolución N° 5109, por la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado del producto y materias primas
Presentación Bolsa por 1000 gramos. Unid
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ITEM
124
Código UNSPSC 50401700
Nombre del Producto AGUACATE
Nombre Comercial del Producto
AGUACATE
Calidad NTC 1248
Generalidades
Fruto (Persea americana) perteneciente a la familia de las lauráceas. Su fruto es una baya con una sola semilla, muy variable en tamaño, forma y características de su piel, pulpa y semilla se conoce nombre genérico como aguacate o palta.
Requisitos Específicos
El grado de madurez debe ser en más del 50 % de la fruta, su color verde amarillento moderado e interno amarillo claro brillante. Los pedúnculos deben tener un corte limpio y su longitud no debe ser superior a 10 mm seco e intacto, cuyo corte debe estar limpio. El fruto maduro no debe tener sabor amargo, no debe presentar magulladuras, golpes ni cortes. El producto debe dar cumplimiento a los requisitos de calidad para su clasificación establecidos en la NTC 1248
Envase que evite su deterioro y contaminación y permita su
conservación, manipulación y visualización total de la fruta, el
cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
En su empaque se podrá utilizar papel limpio.
El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución
5109 de 2005.
Presentación Unidad
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ITEM 125
Código UNSPSC
50202200
Nombre del Producto
LICOR DE CACAO
Nombre Comercial del Producto
LICOR DE CACAO BLANCA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades La Crema de Cacao es un dulce licor de chocolate elaborado principalmente a partir de granos de cacao y vainilla.
Requisitos Específicos
Graduación alcoholimétrica: Máximo 25° Sabor cacao, color caramelo, densidad suave
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. . Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento.
Presentación Botella en Vidrio x 750cc. Unid
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ITEM 126
Código UNSPSC
50202200
Nombre del Producto
CREMA DE CAFÉ
Nombre Comercial del Producto
LICOR DE CAFÉ
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades La Crema de Cacao es un dulce licor de cafe elaborado principalmente a partir de granos de cafe y vainilla.
Requisitos Específicos
Graduación alcoholimétrica: Máximo 25° Sabor cafe, color negro, densidad suave
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento.
Presentación Botella en vidrio x 750 cc. Unid
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ITEM 127
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto
LICOR DE MENTA
Nombre Comercial del Producto
LICOR DE MENTA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades La Crema dementa es un dulce licor de menta elaborado principalmente a partir de granos de menta y vainilla.
Requisitos Específicos
Graduación alcoholimétrica: Máximo 25° Sabor menta, color verde Esmeralda, densidad suave
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento.
Presentación Botella de Vidrio por 750cc. Unid
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ITEM 128
Código UNSPSC 50401800
Nombre del Producto FRIJOL BOLA ROJA
Nombre Comercial del Producto
FRIJOL BOLA ROJA Tipo 1 Grado 1
Calidad Cumplir con los requisitos de la norma técnica NTC -871
Generalidades
El fríjol para consumo se clasifica en dos tipos de acuerdo con los géneros y especificaciones así: Tipo I: Todas las variedades del género Phaseolussppque presentan tamaño, forma y color característico de la variedad que se considere.
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC -871
Empaque y rotulado
El producto debe ser empacado de tal forma que el producto quede preservado de la contaminación, humedad y que aseguren la buena conservación del producto. El rótulo debe ser impreso cumplir con lo indicado en la Resolución No 005109 Min Protección Social
Presentación Bolsa de plástico x 1000 grms. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 129
Código UNSPSC 50403200
Nombre del Producto MAZORCA
Nombre Comercial del Producto
MAZORCA
Calidad La calidad del producto debe cumplir con las normas de manipulación vigentes y la norma NTC 1266
Generalidades El choclo criollo es un maíz perteneciente a las gramíneas, es la mazorca
Tierna del maíz su nombre científico es la zea Mays y su genero es zea.
Requisitos Específicos
Se determinará por su longitud máxima del eje de la mazorca según el
siguiente cuadro:
Rango Tamaño (cm)
Grande 20 o más
Mediano 15 - 20
Pequeño 12 - 15
El choclo criollo se diferencia del choclo serrano en la calidad de los
granos que son más grandes, carnosos y lechosos.
Color de los granos : Los granos deberán presentar un color blanco,
salvo tolerancias permitidas en color clase.
Consistencia : Los granos deberán tener consistencia lechosa.
En todas las categorías, a reserva de las disposiciones especiales para
cada categoría y las tolerancias permitidas, el choclo deberá estar
exentos de:
Libres de humedad externa anormal.
Exentas de olores y sabores extraños.
Libres de residuos de pesticidas y fertilizantes.
Libre de impurezas y cuerpos extraños. Exentas de síntomas de deshidratación
Empaque y rotulado
Para el etiquetado se permite el uso de materiales, en particular papel o
sellos, con indicaciones comerciales, siempre y cuando estén impresos
con tinta o pegamento no tóxico. Asimismo el etiquetado contendrá como
mínimo lo siguiente:
Nombre o marca del producto cuando corresponda.
Número de choclos por envase.
Designación del producto según la calidad y tamaño.
Procedencia y fecha de cosecha.
Peso neto en kilogramos.
Los choclos criollos deberán ser acondicionados de tal manera que
queden protegidas, ventiladas y bien presentados. El envase será en
sacos de polipropileno que contengan de 30 a 100 unidades.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
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Presentación
Las mazorcas deben de ser frescas y limpias con un grado de madurez tal que siendo aptas para el consumo, les permita soportar el manipuleo, transporte, conservación en buenas condiciones., en empaques de polipropileno de 30 a 100 unidades máximo peso de 1000 gramos.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 130
Código UNSPSC 50161800
Nombre del Producto MANTECA DE CACAO
Nombre Comercial del Producto
MANTECA DE CACAO
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Decreto 126 de 1964 del Ministerio de Salud. NTC 574.
Generalidades La manteca de cacao es la sustancia grasa sólida o semisólida, de origen vegetal obtenida a partir del grano de cacao.
Requisitos Específicos
La manteca de cacao debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 574. La manteca de cacao debe cumplir con los siguiente requisitos: Humedad %(m/m): 1% máximo. Acidez expresada como ácido oleico%( m/m): 1,75 máximo
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y organolépticas y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe cumplir con los requisitos de rotulado establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque x 1000grms.Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 131
Código UNSPSC 50161800
Nombre del Producto MANTEQUILLA
Nombre Comercial del Producto
MATEQUILLA 100% CONTENIDO GRASO LACTEO
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. NTC 734
Generalidades
Mantequilla es el producto graso higienizado, obtenido a partir de la crema de leche fresca, adicionado o no de cultivos lácticos específicos y sometidos a proceso de batido.
Requisitos Específicos
La mantequilla debe cumplir con los siguiente requisitos: Materia grasa %m/m: 80% mínimo Humedad: 16% máximo. Sólidos lácteos no grasos % mlm, 2,0%máximo Cloruro de sodio %m/m: 3,0% máximo. Índice de Reichert-Meissel : 22-32 Prueba de Kreiss: negativa Prueba de fosfatasa:negativa La mantequilla debe estar prácticamente exenta de sustancias tóxicas y residuos de droga o medicamentos. El producto debe cumplir con lo establecido en la Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. Y la NTC 734.
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe cumplir con los requisitos de rotulado establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Envase x 1000 Grms. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
ITEM 271
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352202
Nombre del Producto
Cebolla puerro deshidratada
Nombre Comercial del Producto
Cebolla puerro deshidratada
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Producido a partir de puerro (Allium porrum L.) seleccionado, lavado, cortado y deshidratado. Poner 10 g de producto en 250 ml de agua fría, llevar a ebullición durante 10 minutos y dejar reposar 10 minutos.
Requisitos generales
Color: Piezas verdes (aprox. 30-50%); piezas blancas o verdes claras (50-70%) Olor: Típico, sin olor a pasado Sabor: Típico a puerro Materias extrañas: Libre en la medida que lo permiten los medios técnicos existentes hoy en día
Requisitos Específicos
Color: Piezas verdes (aprox. 30-50%); piezas blancas o verdes claras (50-70%) Olor: Típico, sin olor a pasado Sabor: Típico a puerro Materias extrañas: Libre en la medida que lo permiten los medios técnicos existentes hoy en día
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
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ITEM 133
Código UNSPSC 50404500
Nombre del Producto LENTEJA
Nombre Comercial del Producto
LENTEJA
Calidad Cumplir con NTC 937
Generalidades
Las lentejas son leguminosas, sus granos provenientes de la especie Lens sculenta, Moench, se considera lentejas con tegumentos externos de colores marrón o verde característicos de la variedad, son fijadoras de nitrógeno.
Requisitos Específicos
Libre de infestación en cualquiera de sus estados biológicos (huevos, larvas, pulpas o adultos) e infestación. Sin olores objetables o con residuos de materiales tóxicos Libre de materiales extraños, impurezas. Cumplir con NTC 937 Grado 1(>5.95 mm) La lenteja no debe tener una humedad mayor al 13%. Debe presentar color y olor característico propio del grano. La lenteja limpia no debe contener más del 1.0% de impurezas. De acuerdo a su calidad la lenteja se clasificara en tipo I y tipo II, para lo cual debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 937.
Empaque y rotulado
- El producto debe estar empacado en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. - Bolsa de polietileno de 1000 gramos. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas.
Presentación Bolsa x 1000 grs Unid
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ITEM 134
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto MARGARINA
Nombre Comercial del Producto
MARGARINA INDUSTRIAL
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. NTC 734
Generalidades
La margarina de uso industrial comestible es un producto elaborado
por la emulsión estabilizada de grasas y aceites vegetales,
comestibles modificados o sin modificar por hidrogenación,
fraccionación o interesterificación, incorporados de agua y
adicionados o no de leche, sólidos de leche, ingredientes opcionales
y aditivos alimentarios permitidos por la Secretaría de Salubridad y
Asistencia. Es un producto elaborado con las normas más estrictas
de calidad y avanzadas técnicas de fabricación.
Requisitos Específicos
La margarina debe cumplir con los siguientes aspectos, Color:
Amarillo paja- amarillo claro, ligeramente brilloso Olor: Nota grasa,
ligeramente dulce, exenta de olores extraños y rancios Sabor: Nota
grasa, ligeramente dulce, exenta de notas rancias o extrañas
Aspecto: Barra sólida, homogénea, con una consistencia tersa y
libre de grumos El producto debe cumplir con lo establecido en la Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. Y la NTC 734.
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe cumplir con los requisitos de rotulado establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación El producto se comercializará en materiales que faciliten su transporte y conservación, con una película plástica adherida al producto que lo recubra, en presentación de 15 kilogramos.
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ITEM 135
Código UNSPSC 50404800
Nombre del Producto CHAMPIÑONES
Nombre Comercial del Producto
CHAMPIÑONES
Calidad NTC 940 y NTC 940-2 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud.
Generalidades
Los champiñones (Agaricus spp), son hongos de la familia de las lepiotácias. Las setas de los champiñones son los cuerpos fructíferos de estos hongos, es decir los órganos encargados de la reproducción de esporas que, dispersas por el viento producirán nuevos hongos. El champiñón más utilizado desde el punto de vista alimentario es el champiñón común o champiñón de Paris (Agaricus bisporus var hortensis) es una subespecie que produce una carne blanca con un toque rosado, esta variedad se caracteriza por poseer un sombrero blanco manchado con gris con láminas de color marrón, no presenta ningún aroma particular y la carne enrójese al ponerse en contacto con el aire. Los champiñones frescos según su calidad se clasifican en categorías Extra, I y II.
Requisitos Específicos
El champiñón debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 940. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en material grado alimenticio o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita visualización su conservación y manipulación del producto. El producto empacado debe cumplir con la NTC 940-2 El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 de Ministerio de la Protección social.
Presentación Envase por 1000grms. Unid
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ITEM 136
Código UNSPSC 10101800
Nombre del Producto MEJILLÓN
Nombre Comercial del Producto MEJILLONES
Calidad Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
Los mejillones o choros o los mitílidos (Mytilidae), pertenecen a la familia de moluscos bivalvos, son animales filtradores que viven fijados al sustrato. Es un pequeño marisco de concha alargada y estriada, de un tono azulado más o menos oscuro.
Requisitos Específicos
Los moluscos como el mejillón deben almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. El mejillón en debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al vacio x 1000 gramos.Unid
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ITEM 137
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto MOSTAZA
Nombre Comercial del Producto
MOSTAZA
Calidad Cumplir con los requisitos de la norma técnica NTC –1755
Generalidades
La Mostaza es una salsa baja en calorías y colesterol. Su semilla tiene un alto contenido proteico y de minerales. Además posee propiedades antisépticas Producto viscoso preparado con harina de mostaza, compuesto por una mezcla de semillas molidas de mostaza amarilla o blanca (Brassicahirtamoench), mostaza café (Brassicajuncea) o mostaza negra (Brassicanigra); adicionada de vinagre, sal, condimentos o especias y aditivos
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC - 1755 Los productos desengrasados de la mostaza debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) m/m: 14%; máximo Cenizas (%) m/m: 6%; máximo Cenizas insolubles (%) m/m: 1,5% máximo Fibra bruta (%) m/m: 17% máximo. Aceite esencial (%) m/m: 0.5% mínimo 1% máximo. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 4241de 1991 del Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC1755. El producto no debe exceder los limites de metales pesados y plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007.
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado en recipientes de plástico, o de otros materiales, con cierre hermético, que no alteren las características fisicoquímicas y organolépticas y que proporcione al producto una adecuada protección durante el transporte y almacenamiento. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos
Presentación Empaque x 1000 gramos. Unid
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ITEM 138
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto MERLUZA
Nombre Comercial del Producto
MERLUZA FILETE
Calidad NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
El filete de merluza es el trozo de pescado, cortado fino y en forma de lámina proveniente del pez mero (Epinephelus marginatus), El filete se obtiene después de haber sido desangrado y eviscerado sin cabeza, sin cola sometidos a refrigeración.
Requisitos Específicos
El filete de merluza debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la NTC 1443.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto, aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al vacio x 1000 gramos
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ITEM 139
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto MOSTAZA DIJON
Nombre Comercial del Producto
MOSTAZA DIJON
Calidad Cumplir con los requisitos de la norma técnica NTC –1755
Generalidades
La Mostaza es una salsa baja en calorías y colesterol. Su semilla tiene un alto contenido proteico y de minerales. Además posee propiedades antisépticas Producto viscoso preparado con harina de mostaza, compuesto por una mezcla de semillas molidas de mostaza amarilla o blanca (Brassicahirtamoench), mostaza café (Brassicajuncea) o mostaza negra (Brassicanigra); adicionada de vinagre, sal, condimentos o especias y aditivos de mostaza de Dijon es una versión refinada de ese primer condimento
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC - 1755 Los productos desengrasados de la mostaza debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad (%) m/m: 14%; máximo Cenizas (%) m/m: 6%; máximo Cenizas insolubles (%) m/m: 1,5% máximo Fibra bruta (%) m/m: 17% máximo. Aceite esencial (%) m/m: 0.5% mínimo 1% máximo. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC1755. El producto no debe exceder los limites de metales pesados y plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007.
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado en recipientes de plástico, o de otros materiales, con cierre hermético, que no alteren las características fisicoquímicas y organolépticas y que proporcione al producto una adecuada protección durante el transporte y almacenamiento. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos.
Presentación Frasco por 370 gramos. Unid
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ITEM 140
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto PESCADO REFRIGERADO
Nombre Comercial del Producto
MOJARRA ROSADA
Calidad Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del Ministerio de la Protección Social Resolución 676 de 2007 del Ministerio de la Protección Social NTC 1443.
Generalidades
Son todas y cada una de las especies hidrobiológicas marinas o de agua dulce tales como pescados, crustáceos y moluscos, dentro de los cuales se entienden incluidos los productos de acuicultura en estado fresco, ya sea entero, fraccionado, eviscerado o no, ha sido sometido a la acción del frío, hasta alcanzar en el centro térmico una temperatura de cero a cuatro grados centígrados (O°C a 4°C).
Requisitos Específicos
Se podrán emplear otras especies de pescados autorizadas para el consumo, en tal caso el producto elaborado hará referencia a la especie animal empleada en las Resoluciones 337 de 2006 y 148 de 2007 o las que las modifiquen, adicionen o sustituyan, expedidas por el Ministerio de la Protección Social, el Codex Alimentarius y las demás especies de pescados que se comercialicen en el territorio nacional Histamina, mg/kg en atún y bonito: 100 mg/kg mínimo y 200 mg/kg máximo. pH entre 5,8 y6,8 Bases Volátiles Totales (mg/100g) en pescados frescos y congelados, crustáceos y moluscos 356 mg/kg /100g. Los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y crustáceos no deben contener contaminante verde malaquita. Los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y crustáceos no deben contener residuos de los medicamentos veterinarios cloranfenicol y nitrofuranos. El producto se debe conservar y mantener a temperatura de refrigeración (a temperatura de 0 a 4°C) durante su vida útil. No debe llegar congelado ni con partículas de hielo escarchado. Los aditivos empleados en su preparación deben cumplir con los límites permitidos resolución 776 de 2008. Debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 776 de 2008. Cumplir con los Límites Máximos de Residuos establecidos en la Resolución 676 de 2007 del Ministerio de la Protección Social o la norma que la modifique. Debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 1443.
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Empaque y rotulado
El producto se debe envasar o empacar en material grado alimentario, inocuo y resistente, de tal manera que no reaccione con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto, durante el transporte, almacenamiento y comercialización. El rotulo debe contemplar lo establecido en la Resolución 5109 de 2005
Presentación Empaque al Vacio x 1 kilo. Unid
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ITEM 141
Código UNSPSC 50405400
Nombre del Producto ARVEJA
Nombre Comercial del Producto
ARVEJA
Calidad NTC 1250
Generalidades
Comprende a las vainas con sus granos en estado verde procedentes de la especie Pisum sativum L. Pertenece a la familia de los guisantes. Existen varias variedades de arvejas: Corne de belier, Perfect frezeer, Utrillo ente otras. La arveja se clasifica en dos calidades de primera y segunda.
Requisitos Específicos
Se permite un 10 a 15% de defectos en sus vainas dependiendo de su clasificación. Humedad: 28% máximo. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social. Las arvejas deben cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1250 según su clasificación.
Empaque y rotulado
A granel o en empaques que garanticen su conservación y permitan la ventilación, protejan al producto de daños mecánicos. Los empaques deben estar construidos con materiales inertes y libres de residuos de fabricación; su diseño debe permitir su manipulación y estibamiento durante el transporte y el almacenamiento.
Presentación EMPAQUE X 1000GRMS. UNIDAD
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ITEM 142
Código UNSPSC 50405500
Nombre del Producto MANI
Nombre Comercial del Producto
MANI SALADO
Calidad NTC 748
Generalidades
Es el producto higienizado para consumo directo, obtenido mediante un proceso tecnológico apropiado mediante el cual al grano sin cascara procedente de cualquier variedad de la especie Arachishypogaea, se le ha sometido a un proceso de fritura con la adición de sal. .
El maní salado para consumo directo debe ser tipo 2 sin cascara y clase 1
Debe estar exento de la infección causada porr ciertas especies de hongos (Aspergillus flavusoA. parasiticus) contamina las semillas con aflatoxinas
Apariencia: firme seco y duro
El maní debe estar exento de colores objetables o residuos de sustancias toxicas o que este infectado.
Debe estar exento de impurezas sustancias extrañas, o sustancias destinadas modificar sus características fisicoquímicas.
El alimento debe estar libre de la presencia de plagas y protegido de la humedad.
Requisitos específicos
Maní sin cascara debe contener una humedad de 9.0% máximo. El maní salado descascarado limpio debe contener máximo un 1,0% de impurezas y 0,1% de materias duras.
Limite de Aflatoxinas permitido 10 microgramos por kilogramo de maní descascarado
Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 748.
Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El empaque debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto.
El producto debe ser envasado en material suficientemente
inerte al producto y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte.
El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
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Presentación Bolsa por 1000 gramos, Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 143
Código UNSPSC 50405600
Nombre del Producto PIMENTON
Nombre Comercial del Producto
PIMENTON
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud.
Generalidades
Pimentón (Capsicum annuum) de variedades cultivares fruto del pimiento para ser consumido fresco, su color puede variar dependiendo de la variedad desde verde, amarillo, naranja al rojo sangre. Sus variedades pueden ser dulces, agridulces y picantes. La característica picante se la debe a la "capsaicina" presente en una proporción muy baja que junto con otros componentes llamados capsaicinoides no superan el 1%. El género Capsicum, incluye entre 20 a 30 especies de pimientos. El pimentón puede clasificarse como: pimentón alargado, cónico, cuadrado, obtuso, liso (tomate pimentón).
Requisitos Específicos
Características organolépticas del pimentón Color: verde, amarillo, naranja al rojo sangre. Olor: aromático propio del producto. Sabor: dulces, agridulces y ligeramente picante. El producto debe estar entero, limpio (sin materiales extraños). El pimentón debe estar libre de la presencia de plagas, exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Empaque y rotulado El producto podrá ser empacado en material grado alimenticio permita visualización su conservación y manipulación del producto.
Presentación Empaque x 1000grms.Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 144
Código UNSPSC 50101700
Nombre del Producto NUEZ
Nombre Comercial del Producto
NUECES DEL BRASIL
Calidad NTC 1291
Generalidades
Nuez nogal (Juglans regia L.) Pertenece a la familia de las Juglandaceae. Su fruto nuez grande, drupáceo, con mesocarpio carnoso y endocarpio duro, arrugado en dos valvas, y el interior dividido incompletamente en dos o cuatro celdas; semilla con dos o cuatro lóbulos y muchos hoyos. Especies cultivadas: Juglans regia (nogal europeo) Juglans cinerea (nogal ceniciento) Juglans nigra (nogal negro) Juglans californica (nogal de California) Dentro de cada grupo se dividen a su vez en variedades con frutos de cáscara tierna y variedades con frutos de cáscara dura, distinguiéndolas en subclases según se produzcan frutos comestibles o para extraer aceite. El fruto inmaduro se utiliza para la fabricación del licor conocido como 'Ratafía' y de su fruto se obtiene un buen
Requisitos Específicos
Composición química de la nuez nogal: - Agua 4% - Hidratos de carbono 15% (fibra 5%) - Proteínas 15% - Lípidos 60% (ácido linoleico 30%) - Sodio 4 mg/100 g - Potasio 500 mg/100 g - Calcio 80 mg/100 g - Fósforo 400 mg/100 g - Hierro 2 mg/100 g - Vitamina B1 0,3 mg/100 g - Vitamina B2 0,1 mg/100 g Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 1291. Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
Debe ser envasado o empacado en material inerte que le confiera al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El empaque debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque plástico x 1000grms. Unid
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ITEM 145
Código UNSPSC 50101700
Nombre del Producto NUEZ DE MACADAMIA
Nombre Comercial del Producto
NUEZ DE MACADAMIA
Calidad NTC 1291
Generalidades
Nuez de macadamia o Macadamia integrifolia Macadamia ternifolia var. Integrifolia perteneciente a la familia: Proteáceas (Proteaceae). Los nombres comunes del fruto seco son: macadamia, nuez de arbusto y nuez maroochi. Sólo dos especies poseen importancia comercial por ser las únicas que tienen la nuez comestible: Macadamia integrifolia y Macadamia tetraphylla.
Requisitos Específicos
Composición química de la nuez de macadamia: - Agua 3% - Hidratos de carbono 15% (2% fibra) - Lípidos 71% - Proteínas 8% - Potasio 260 mg/100 g - Calcio 48 mg/100 g - Hierro 20 mg/100 g - Vitamina B1 0,34 mg/100 g - Vitamina B2 0,11 mg/100 g Limite de Aflatoxinas permitido 10 microgramos por kilogramo de maní descascarado Debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la NTC 1291 Debe cumplir con los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
Debe ser envasado o empacado en material inerte que le confiera al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El empaque debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 1000grms. Unid
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ITEM 146
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto PESCADO REFRIGERADO
Nombre Comercial del Producto
PARGO ROJO
Calidad
Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del Ministerio de la Protección Social Resolución 676 de 2007 del Ministerio de la Protección Social NTC 1443.
Generalidades
Son todas y cada una de las especies hidrobiológicas marinas o de agua dulce tales como pescados, crustáceos y moluscos, dentro de los cuales se entienden incluidos los productos de acuicultura en estado fresco, ya sea entero, fraccionado, eviscerado o no, ha sido sometido a la acción del frío, hasta alcanzar en el centro térmico una temperatura de cero a cuatro grados centígrados (O°C a 4°C).
Requisitos Específicos
Se podrán emplear otras especies de pescados autorizadas para el consumo, en tal caso el producto elaborado hará referencia a la especie animal empleada en las Resoluciones 337 de 2006 y 148 de 2007 o las que las modifiquen, adicionen o sustituyan, expedidas por el Ministerio de la Protección Social, el Codex Alimentarius y las demás especies de pescados que se comercialicen en el territorio nacional Histamina, mg/kg en atún El producto se debe conservar y mantener a temperatura de refrigeración (a temperatura de 0 a 4°C) durante su vida útil. No debe llegar congelado ni con partículas de hielo escarchado. Los aditivos empleados en su preparación deben cumplir con los límites permitidos resolución 776 de 2008. Debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 776 de 2008. Cumplir con los Límites Máximos de Residuos establecidos en la Resolución 676 de 2007 del Ministerio de la Protección Social o la norma que la modifique. Debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 1443.
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en material grado alimentario, inocuo y resistente, de tal manera que no reaccione con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto, durante el transporte, almacenamiento y comercialización. El rotulo debe contemplar lo establecido en la Resolución 5109 de 2005
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Presentación Empaque al vacio x 1 kilo. Unid
ITEM 147
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto PASTA DE TOMATE
Nombre Comercial del Producto
PASTA AL 100% DE TOMATE
Calidad NTC 1287 Resolución 15790 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 14712 de 1984 del Ministerio de Salud. NTC 1287 Decreto 3075 de 1997
Generalidades
Pasta de tomate es un producto higienizado elaborado a partir de tomates (Lycopersicumesculentum) sanos y maduros enteros troceados y triturados o de pulpa de tomate, con o sin la adición de aditivos permitidos, contiene como mínimo 18% de sólidos solubles del tomate. Pasta concentrada de tomate: es el concentrado de tomate que contiene como mínimo 24% de sólidos solubles de tomate.
Requisitos Específicos
Producto no cercano a su fecha de vencimiento.
La pasta de tomate refinada y de buena calidad tendrá los siguientes atributos:
· Sólidos solubles del tomate a 20°C %m/m: 18% mínimo. · Color rojo brillante · Alto contenido de azúcar. · Medianamente baja acidez.
Empaque y rotulado
Empaque hermético que conserve sus características organolépticas como garrafas de vidrio o doy pack según la presentación. Rotulado con el nombre del producto, nombre del empacador y/o productor (marca comercial), fecha de empaque y fecha de vencimiento.
Presentación Frasco por 1000 gramos
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ITEM 148
Código UNSPSC 50405900
Nombre del Producto ALGAS MARINAS DESHIDRATADAS
Nombre Comercial del Producto
ALGA NORI
Calidad Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Resolución número 0776 de 2008 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
Son algas marinas compactadas y deshidratadas, de origen del Norte de América, con algas marinas especiales para hacer sushi. De color verde brillante. Conocidas comercialmente como nori.
Requisitos Específicos Algas Marinas debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la Resolución 670 de 2007.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Paquete por 10 Unidades
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ITEM 149
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE DE CERDO
Nombre Comercial del Producto
PIEL DE CERDO
Calidad Decreto 1500 de 2007, Resolución 4282 de 2007 , Decreto 2278 de 1982 y NTC 4271
Generalidades Piel de cerdo sin pelo procedente del lomo del anima
Requisitos Específicos
En la carne de cerdo la musculatura, grasa, cartílagos deben presentar olor y color característicos normales de la especie. Debe cumplir con los límites de Residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas establecidos en la normatividad sanitaria vigente. La piel de cerdo debe provenir de proveedores que se encuentren autorizados y registrados ante la autoridad sanitaria competente y que hayan entregado el producto a la temperatura reglamentada. La carne de cerdo debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección social
Empaque y rotulado
Los materiales de, empaque deberán ser de primer uso y fabricados sobre la base de productos que no alteren las características organolépticas de la carne, que no transmitan a la misma, sustancias nocivas para la salud de las personas y que sean resistentes a la manipulación, al transporte y deberán manejarse y almacenarse en forma higiénica. La etiqueta del producto deberá contener como mínimo, fecha de beneficio, fecha de empaque, fecha de vencimiento, nombre del corte. El etiquetado deberá garantizar la trazabilidad del producto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la protección Social, para materias primas.
Presentación Empacado al Vacío x 1 kilo. Unid
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ITEM 150
Código UNSPSC 50406400
Nombre del Producto BATATA
Nombre Comercial del Producto
BATATA
Calidad NTC 341
Generalidades La batata, boniato, camote del náhuatl camohtli, chaco o papa dulce (Ipomoea batatas) es una planta de la familia Convolvulaceae, cultivada por su raíz tuberosa comestible.
Requisitos Específicos
El producto debe dar cumplimiento a los requisitos de clasificación y calidad establecidos en la NTC 341. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto podrá ser empacado en canastas o cualquier otro envase que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total del producto, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene.
Presentación El producto podrá ser distribuido o comercializado en bolsas de 1 kilogramo
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ITEM 151
Código UNSPSC 10151800
Nombre del Producto PIMIENTA MOLIDA
Nombre Comercial del Producto
PIMIENTA NEGRA MOLIDA
Calidad Resolución 4241 de 1991 NTC 4423
Generalidades
Como pimienta Piper se conoce a una gran variedad de plantas cuyo fruto se emplea molido como especia picante en gastronomía: entre las más conocidas: Pimienta blanca: producto molido obtenido del fruto maduro y privado de la parte externa del ``Piper nigrum'', L. Pimienta de Cayena o roja:producto molido obtenido de frutos enteros desecados del ``Capsicum frutescens'', L. y ``C. Baccatum'', L. Pimienta de Jamaica molida procedente de la ``Pimenta officinalis'', B. Pimienta negra: producto molido, procedente del ``Piper nigrum'', L. Con no más del 5% de pedúnculos y granos abortados. Para cualquier variedad de pimienta molida, por efectos de tecnología de molienda, se permite utilizar carbohidratos, proteínas comestibles, anticompactantes, grasas o aceites comestibles, en una proporción máxima de 10%.
Requisitos Específicos
Según la variedad debe cumplir los siguientes requisitos: Pimienta blanca: humedad, máximo 18%; cenizas, máximo 3.5%; cenizas insolubles, máximo 0.3%; fibra bruta, máximo 9%; extracto etéreo fijo, mínimo 6%. Pimienta de Cayena o roja: humedad, máximo 9%; cenizas, máximo 8%; cenizas insolubles, máximo 1.25%; fibra bruta, máximo 28%; extracto etéreo volátil, mínimo 15%. Pimienta de Jamaica: humedad, máximo 10%; cenizas, máximo 6%; cenizas insolubles, máximo 0.4%; fibra bruta, máximo 25%; extracto etéreo volátil, mínimo 3%; aceite esencial, mínimo 3%. Pimienta negra: humedad, máximo 14%; cenizas, máximo 7%; cenizas insolubles, máximo 1.5%; fibra bruta, máximo 14%; extracto etéreo no volátil, mínimo 5.5%, aceite esencial 0.5 a 2.5%. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC 4423.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
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Presentación Bolsa x 1000 grm. unid
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ITEM 152
Código UNSPSC 10151800
Nombre del Producto PIMIENTA CAYENA
Nombre Comercial del Producto
PIMIENTA CAYENA
Calidad Resolución 4241 de 1991 NTC 4423
Generalidades
Como pimienta Piperse conoce a una gran variedad de plantas cuyo fruto se emplea en grano como especia picante en gastronomía: entre las más conocidas se extrae : Pimienta blanca: es el fruto maduro y privado de la parte externa del ``Pipernigrum'', L. Pimienta de Cayena o roja: frutos enteros desecados del ``Capsicumfrutescens'', L. y ``C. Baccatum'', L. Pimienta de Jamaica: frutos desecados de ``Pimenta officinalis'', B. Pimienta negra: fruto incompletamente maduro y seco, procedente del ``Pipernigrum'', L. Con no más del 5% de pedúnculos y granos abortados.
Requisitos Específicos
humedad, máximo 9%; cenizas, máximo 8%; cenizas insolubles, máximo 1.25%; fibra bruta, máximo 28%; extracto etéreo volátil, mínimo 15%. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud y los requisitos establecidos en la NTC 4423. El producto no debe exceder los limites de metales pesados y plaguicidas establecidos en la Resolución 2906 de 2007 el ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Empaque hermético que conserve sus características organolépticas y lo proteja de la humedad como el polipropileno. Rotulado con el nombre del producto, nombre del empacador y/o productor (marca comercial), fecha de empaque.
El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa por 1000 gramos
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ITEM 153
Código UNSPSC 10151800
Nombre del Producto PIMIENTA DE JAMAICA
Nombre Comercial del Producto
PIMIENTA DE JAMAICA
Calidad Producto sin alérgenos. No contiene OGM
Generalidades Es una especia procedente del árbol de nombre Pimenta dioica. Su sabor y olor es similar al del clavo, canela, pimienta negra y nuez moscada
Requisitos Específicos
Aspecto: Bayas Color: Marrón rojizo Olor: Aroma agradable.
Exento de olores atípicos. Sabor: Picante. Exento de sabores
atípicos. Textura: Típica del producto Ausencia de materias
extrañas
Escherichia coli (ufc/g): < 10 Salmonella (/25g): Ausencia Cl.
sulfito reductores (ufc/g): < 1 * 103
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto, deben garantizar su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 o la norma que modifique adicione o sustituya.
Presentación
El producto será comercializado envasado en material que no cambie las características organolépticas del producto, en presentación de 1000 gramos.
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ITEM 154
Código UNSPSC
50406700
Nombre del Producto
AHUYAMA
Nombre Comercial del Producto
AHUYAMA
Calidad NTC 1291
Generalidades
Ahuyama (Cucurbita maxima L), se consumen como verdura, los frutos son por lo general, esferoidales, nunca claviformes, curvos o estrangulados y carecen de excrecencias cerosas; la superficie del fruto (cáscara) puede ser lisa o rugosa, de color externo generalmente verde o verde grisáceo y la pulpa es anaranjada. Fruto de tamaño variable, existen muchas variedades de ahuyama. El período vegetativo depende de la variedad y va de 5 a 6 meses. Es rico en betacaroteno y glucosa.
Requisitos Específicos
El fruto debe presentar olor y color característico dependiendo de la variedad. Requisitos de calidad el producto debe estar entero, firme, de aspecto fresco, sano, limpio y libre de magulladuras, insectos, humedad externa anormal y olores extraños. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1291. Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los limites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Debe estar empacada en material inocuo, que no altere las características organolépticas de los alimentos, que se pueda ver el alimento desde afuera, limpio, y sin ningún tipo de contaminante visible.
Presentación Empacada en Bolsa x 1000 grms. Unid
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ITEM 155
Código UNSPSC
50202200
Nombre del Producto
PISCO
Nombre Comercial del Producto
PISCO
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcoholicas.
Generalidades
El Pisco es un aguardiente de uva, fruto de la destilación de mostos frescos en alambiques que no rectifican el producto. El pisco así obtenido debe tener un color transparente o ligeramente ambarino. Tiene variedades o sub tipos como Pisco puro, Pisco aromatico, Pisco Mosto verde y Pisco acholado
Requisitos Específicos
Graduación alcoholimétrica: Mínimo 38° El producto debe contar con denominación de origen peruano.
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Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación
Botella de Vidrio x 750cc. Unid
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ITEM 156
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto CARNE Y VISCERAS DE POLLO O GALLINA
Nombre Comercial del Producto
POLLO ENTERO CON HUESO
Calidad
Decreto 2270 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. Resolución 4287de 2007 del ministerio de la Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. NTC 3644-2 Industrias Alimentarias. Pollo Beneficiado. NTC 3644-3 Industrias Alimentarias. Definición y Descripción de los cortes básicos de pollo.
Generalidades
Carne de pollo o gallina, es el producto obtenido de la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo piel, grasa, tendones y vasos, proveniente pollo o gallina, (aves de corral de la familia de Faisanidae, del género Gallus, de la especie domésticas) que en edad de sacrificio han sido declaradas aptas para el consumo humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte para su comercialización.
Requisitos Específicos
En la carne pollo o gallina debe presentar: Olor: característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. Las plantas de beneficio para carne, productos cárnicos comestibles y vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4287 de 2007. La carne, los productos cárnicos comestibles y vísceras deben cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 3644-2 y NTC 3644-3.
Empaque y rotulado
La carne de pollo deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
Presentación Empacado al vacio x 2 kilos. Unid
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ITEM 157
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto
POLLO
Nombre Comercial del Producto
PIERNA PERNIL
Calidad
Decreto 2270 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. Resolución 4287de 2007 del ministerio de la Protección Social y las normas que lo sustituyan, modifiquen o reemplacen. NTC 3644-2 Industrias Alimentarias. Pollo Beneficiado. NTC 3644-3 Industrias Alimentarias. Definición y Descripción de los cortes básicos de pollo.
Generalidades
Carne de pollo, es el producto obtenido de la parte muscular y tejidos blandos que rodean al esqueleto del ave, incluyendo piel, grasa, tendones y vasos, proveniente pollo o gallina, (aves de corral de la familia de Faisanidae, del género Gallus, de la especie domésticas) que en edad de sacrificio han sido declaradas aptas para el consumo humano. Las canales de aves podrán ser fraccionadas en diferente corte para su comercialización.
Requisitos Específicos
En la carne pollo o gallina debe presentar: Olor: característicos de la especie. Color de la carne: rosa pálido. La carne debe ser transportada en vehículos que garanticen las condiciones de conservación de la misma. Las plantas de beneficio para carne, productos cárnicos comestibles y vísceras debe cumplir con los requisitos de calidad e inocuidad establecidos en la Resolución 4287 de 2007. La carne, los productos cárnicos comestibles y vísceras deben cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 3644-2 y NTC 3644-3.
Empaque y rotulado
La carne de pollo deberá ser envasada o empacada, en material sanitario de primer uso, que no alteren las características organolépticas fisicoquímicas y microbiológicas de la carne y que sean resistentes a la manipulación, al transporte. Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 para materias primas
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Presentación Empacado al vacio x 1 kilo. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
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Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
ITEM 158
Código UNSPSC 50111500
Nombre del Producto POLVO PARA HORNEAR
Nombre Comercial del Producto
POLVO PARA HORNEAR
Calidad Levadura química para aligerar las masas y aumentar el volumen de productos horneados Cumplir con la NTC 1582
Generalidades
Mezcla homogénea de ingredientes que actúan como agentes leudantes en productos de panadería, pastelería, etc. Fina glanulometría Alto y constante poder de gasificación Doble acción: actúa en el reposo y en el horneo Seguridad de volumen
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma NTC 1582
Empaque y rotulado
Debe estar empacada en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. Cumplir con la resolución N° 5109, por la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado del producto y materias primas
Presentación Bolsa por 500 gramos. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 159
Código UNSPSC 10101800
Nombre del Producto
PULPO
Nombre Comercial del Producto
PULPO
Calidad
Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 776 de 2008 del ministerio de la Protección Social. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades El Pulpo (Octopus Vulgaris). Los octópodos en su orden de moluscos cefalópodos carecen de concha y poseen ocho brazos. Son animales marinos y carnívoros.
Requisitos Específicos
El pulpo se comercializa fresco congelado y en conserva. Su carne se ablanda al golpearla o al congelarla. Este molusco debe almacenarse en refrigeración de 0 a 4 °C o congelado a –18° C. El proveedor debe cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) Decreto 3075 de 1997 Ministerio de Salud. El pulpo debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 561 de 1984 del ministerio de Salud. El pulpo debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 de Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005.
Presentación Empaque al vacío x 5 Kilos. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 160
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto
QUESO
Nombre Comercial del Producto
QUESO CAMPESINO TIPO CRIOLLO
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El queso campesino no podrán exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación Bloque x 1000grm. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
ITEM 161
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto
QUESO
Nombre Comercial del Producto
QUESO COSTEÑO
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 1804 de 1989
Empaque y rotulado
El producto debe ser empacado en Plastco resistente que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.
Presentación Bloque x 1000grms. Unid
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ITEM 162
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto
QUESO
Nombre Comercial del Producto
QUESO CREMA
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización
Presentación Envase Plastico x 500grms. Unid
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ITEM 163
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto
QUESO
Nombre Comercial del Producto
QUESO DOBLE CREMA
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización
Presentación Bloque x 1000grms. Unid
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ITEM 164
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto
QUESO
Nombre Comercial del Producto
QUESO DOBLE CREMA CONTENIDO GRASO 25%
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización
Presentación Bloque x 1000grm. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 165
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto
QUESO
Nombre Comercial del Producto
QUESO MOZZARELLA TAJADO
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Bloque x 1000 grms. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 166
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto
QUESO
Nombre Comercial del Producto
QUESO PARMESANO
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos Específicos
El queso fresco no debe estar elaborado a partir de leche cruda, salvo en los casos en que por las condiciones especiales de ubicación, dificultades de transporte, lo autorice la autoridad sanitaria competente. Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Bloque x 1000 grms. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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TEM 167
Código UNSPSC 50131800
Nombre del Producto
QUESO
Nombre Comercial del Producto
QUESO RICCOTTA
Calidad Resolución 2310 de 1986 Resolución 1804 de 1989 NTC 750
Generalidades
Producto fresco higienizado sin madurar, que después de su fabricación está listo para el consumo, obtenido por coagulación enzimática de leche pasteurizada, de color blanco. Para su conservación debe mantenerse a temperaturas de refrigeración. El queso puede ser obtenido de leche pasteurizada proveniente de especies aptas y autorizadas para el consumo humano El queso campesino está clasificado como queso fresco, blando graso o semigraso.
Requisitos Específicos
Humedad:67% máximo. Materia grasa (en extracto seco) m/m: 45,0% Mínimo. El producto debe mantenerse refrigerado a temperatura entre 0 y 4°C. El producto debe cumplir con los requisitos microbiológicos y fisicoquímicos establecidos en la Resolución 1804 de 1989. El queso campesino no podrán exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007
Empaque y rotulado
resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización.El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Envase plástico x 1000grms Unid
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ITEM 168
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto QUINUA
Nombre Comercial del Producto
QUINOA
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la Protección Social
Generalidades
La quinua, proviene de la especie Chenopodiumquinoa es un pseudocereal perteneciente a la subfamilia Chenopodioideaese le denomina seudocereal porque su alto contenido de almidón tiene el mismo uso de los cereales. Generalmente, para su uso la quinua es sometida a proceso de pre-cocción y molienda, se emplea en forma de polvo o harina.
Requisitos Específicos
El producto debe contener una humedad de 14% máximo El producto debe cumplir con lo establecido en el decreto 3075 de 1997.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características del producto, aseguren su conservación durante su vida útil y debe ser de primer uso. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005.
Presentación
El producto se comercializara en presentaciones de 500 gr, el grano limpio sin ningún tipo de contaminante y sin alteraciones en el empaque.
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ITEM 169
Código UNSPSC 47131500
Nombre del Producto PAÑOS DE COCINA
Nombre Comercial del Producto
ROLLOS TOALLAS DE PAPEL PARA COCINA
Calidad PAÑOS DE LIMPIEZA alta capacidad de absorción de líquidos y aceites y una baja liberación de pelusa
Generalidades Paños de limpieza para alimentos, en polipropileno con capacidad de absorción mayor
Requisitos Específicos
Debe estar compuesto por los siguientes ítems;
Gramaje g/m2 87,6 79,5 95,0 Calibre mil pulg 19, Ancho de
hoja mm 284 Largo de hoja mm 432 Resistencia en seco
Longitudinal gf/3’’ 11153 Resistencia en húmedo Longitudinal
gf/3’’ 10829 Resistencia en seco Transversal gf/3’’ 7195
Resistencia en húmedo Transversal gf/3’’ 4641
Tamaño 42 x 28 cm
Empaque y rotulado
Empacados en materiales inertes que no aporten al producto algún tipo de contaminación, ya que son para la industria alimentaria, Su rotulado debe cumplir con los
requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los
requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y
limpieza
Presentación El producto debe estar comercializado en rollos de 100 paños de limpieza de 42 x 28 cm cada uno
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ITEM 170
Código UNSPSC
48102100
Nombre del Producto
CRISTAPEL
Nombre Comercial del Producto
PAPEL VINIPEL
Calidad PELICULA PLASTICA PARA ALIMENTOS
Generalidades Papel para envoltura autosellante no toxica que mantiene el sabor, la frescura y la humedad de los alimentos
Requisitos Específicos
La principal cualidad de este producto es la capacidad para resistir la humedad y la grasa haciendo que el consumidor pueda disfrutar sus alimentos frescos, secos de una manera higiénica, cómoda y segura.
Empaque y rotulado
Resistentes al agua, aceites y grasas. Excelente durabilidad. No se degradará si está fuera del alcance de la luz solar directa.
Presentación ROLLO X 300 Mtrs.Unid.
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ITEM 171
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto
RON
Nombre Comercial del Producto
RON BLANCO
Calidad NTC - 278 Contenido de alcohol a 20° C Mínimo 35 Acidez total Máximo 1.000
Generalidades
Ron: aguardiente obtenido por destilación especial de mostos fermentados del zumo de la caña de azúcar, sus derivados o subproductos, y no se priva de los principios aromáticos a loa cuales debe sus características específicas, se madura mínimo seis meses en recipientes de roble, de forma que al final posea el gusto y el aroma que le son característicos.
Requisitos Específicos
El ron debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 287 en cuanto a contenido de alcohol, extracto seco total, acidez total, acidez volátil, aldehídos y ésteres
Empaque y rotulado
El ron se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. Cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente. El rotulado debe cumplir con la legislación vigente para empaque y rotulado de bebidas alcohólicas
Presentación Botella de Vidrio x 1000ml. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 172
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto
SAL REFINADA. ALTA PUREZA. PARA CONSUMO HUMANO
Nombre Comercial del Producto
SAL REFINADA
Calidad Decreto 0547 del 19 de marzo de 1996 o norma que se adicione modifique o sustituya.
Generalidades
La sal refinada es el producto final refinado constituido predominantemente por cloruro de sodio, que se obtiene a partir de la sal marina o sal gema, clasificado como alimento y al que se le ha adicionado yodo y flúor en forma de sales solubles y un deshidratante o antiaglomerantes o anticompactante en cantidades permitidas
Requisitos Específicos
La sal debe estar exenta de sabores y olores extraños No debe contener impurezas orgánicas, arena y fragmento de concha, color blanco, apariencia cristalina, altamente soluble en agua, finamente granulada.
Empaque y rotulado
El producto debe estar empacado en materiales atóxicos que aseguren la buena conservación e higiene del producto. Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias prima.
Presentación Bolsa x 12500 grm. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 173
Código UNSPSC
50171500
Nombre del Producto
SAL MARINA
Nombre Comercial del Producto
SAL MARINA
Calidad Decreto 547 del 1996 del Ministerio de Salud. NTC 516
Generalidades
La sal marina es la sal procedente de la evaporación del agua
de mar, las salinas son los centros por excelencia de producción de sal marina.
La sal marina tiene un 86% de cloruro sódico (NaCl) y trazas de oligoelementos como calcio, cloruro de magnesio, potasio,yodo y manganeso. La sal marina refinada es compuesta casi exclusivamente de cloruro de sodio (más de 99%).
La composición de la sal marina varía dependiendo de la situación geográfica de la salina. Algunas pueden ser más rica en sales de magnesio y en partículas de flora marina (plancton, algas microscópicas) que la sal del Mediterráneo. Y varía su proporción de yodo.
Requisitos Específicos
Requisitos fisicoquímicos que debe cumplir la sal de mar empleada para el consumo humano:
Cloruro de sodio, NaCl m/m : 99 % mínimo
Humedad % m/m: 0,2 % máximo.Fluor, Fluoruro, mg/kg (ppm): 180% mínimo a 220 máximo.
Iodo, Yoduro, mg/kg (ppm): 50% mínimo a 100 máximo. Sulfatos, SO4 mg/kg: 2800 máximo.
Calcio Ca+2 mg/kg: 1000 máximo. Magnesio Mg +2 mg/kg: 800 máximo.
Debe cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 547 de 1996 y la NTC 1254
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable al contacto con el producto, deben garantizar su conservación durante su vida útil.
En el rotulo la sal yodada debe tener el contenido de yodo y flúor expresado en ppm.
El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 o la norma que modifique adicione o sustituya.
Presentación Bolsa por 12500 gramos
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 174
Código UNSPSC 50121500
Nombre del Producto
FILETE DE SALMON
Nombre Comercial del Producto
SALMON FILETES
Calidad NTC 1443 Resolución 670 de 2007del Ministerio de la Protección Social. Decreto 561 de 1984 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
El filete de salmón: es el trozo de pescado, cortado fino y en forma de lámina proveniente de los salmónidos “pez salmón” (del lat. Pristis,), el filete se obtiene después de haber sido desangrado y eviscerado sin cabeza y sin cola, y ser sometidos a refrigeración.
Requisitos Específicos
El filete de salmón debe cumplir con los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos establecidos en la Resolución 670 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. Debe cumplir con los requisitos específicos establecidos en la NTC 1443
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material inocuos, resistentes y atóxico, inalterable al contacto con el producto que no altere las características propias del producto, aseguren su conservación durante su vida útil. El rotulado obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al Vacío, x 5 Kilos
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 175
Código UNSPSC
50171800
Nombre del Producto
AJI
Nombre Comercial del Producto
SALSA TABASCO
Calidad NTC 1631 Resolución 4241 de 1991 del Ministerio de Salud. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social. Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Generalidades
La salsa de ají, es el producto elaborado a partir de jugo o pulpa o concentrado del ají (Capsicum annuum, L.), baya que debe estar maduros, limpios y sanos; al que se le puede adicionar tomate, pimentón, edulcorantes, especias colorantes y conservantes permitidos y que son sometidos a tratamiento físico que garantice su conservación. Deberá cumplir con las características organolépticas propias de cada variedad.
Requisitos Específicos
La pasta de ají debe cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución 4241 de 1991 y en la NTC 1631 Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material atóxico, inalterable que aseguren su conservación lo preserven durante su vida útil. El rótulo obedecerá a los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Frasco x 175ml. Unid.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
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ITEM 176
Código UNSPSC
50202300
Nombre del Producto
SALSA DE CHOCOLATE
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE CHOCOLATE
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 792 – Chocolate y sucedaneos para consumo directo. Resolucion 1511 de 2011 del Ministerio de Proteccion Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que debe cumplir el chocolate y productos de chocolate para consumo humano, que se procese, envase, almacene, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el territorio nacionaly las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen.
Generalidades
Es un tipo de condimento que suele añadirse a ciertas preparaciones culinarias con el objeto de aumentar el sabor y aroma a chocolate.
Requisitos Específicos
Se compone de cacao, agua, mantequilla, azucar, conservantes, homogenizantes
Empaque y rotulado
Se deben envasar en recipientes elaborados con materiales inocuos y resistentes, de primer uso y de material adecuado que permita un cierre seguro y protección apropiada durante el almacenamiento. En el rótulo del producto se debe establecer las instrucciones de conservación y de uso de alimento. El rotulado expedida por el Ministerio de la Protección Social o, las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
Presentación
Botella plástica x 1000ml. Unid
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
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ITEM 177
50407000
Código UNSPSC
Nombre del Producto PAPRICA
Nombre Comercial del Producto
PAPRICA
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud.
Generalidades
La páprika es un cultivo originario de América del Sur, concretamente del área de Perú y en algunas zonas de Bolivia. Es una planta cultivada desde la antigüedad por los habitantes americanos que Colón encontró en su primer viaje y la llevó a España en 1.943, extendiéndose a lo largo del siglo XVI por otros países de Europa, Asia y África. La Páprika constituía un alimento básico de la población indígena. La páprika es una planta con multitud de tipos que da origen a diferentes formas y usos del fruto.
Requisitos Específicos
Sin manchas y decoloraciones
En polvo
Uso : Consumo directo
La paprika deshidratada en polvo debe tener: Humedad %m/m: 8% mínimo 10% máximo. Contenido de fibra cruda: 2.8% máximo Contenido de ceniza menor a 8.5% Tamaño de partícula paso por malla de 0.5 mm (95%).
La paprika y los productos elaborados a partir del mismo deben cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución 4241 de 1991.
Los residuos de plaguicidas no de beben exceder los límites máximos establecidos en la Resolución 2906 de 2007, el Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Envase plástico que conserve sus características organolépticas y lo proteja de la humedad como el vidrio o el polipropileno. Rotulado con el nombre del producto, nombre del empacador y/o productor (marca comercial), fecha de empaque.
Presentación Envase plástico por 1000 gramos
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ITEM 178
Código UNSPSC
50171800
Nombre del Producto
SALSA DE SOYA
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE SOYA
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 409 – Industrias Alimentarias. Colorantes aditivos para alimentos Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 5121 – Industrias Alimentarias. Rotulado y Etiquetado. Parte 1. Norma General. Norma Técnica Colombiana NTC 5122 – Industrias Alimentarias. Rotulado y Etiquetado. Parte 2. Rotulado Nutricional de alimentos envasados.
Generalidades La salsa soya es un condimento producido al fermentar semillas de soya con los hongos Aspergyllus Orizae o Aspergillus Sojae.
Requisitos Específicos
Su sabor es agridulce, de olor penetrante y acético, color negro Marrón.
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en recipientes elaborados con materiales que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 5122. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Botella x 1000 ml. Unid.
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ITEM 179
Código UNSPSC 50171800
Nombre del Producto SALSA DE TOMATE
Nombre Comercial del Producto
SALSA DE TOMATE
Calidad Resolución 15790 de 1984 NTC 921 Decreto 3075 de 1997
Generalidades
Producto higienizado elaborado a partir de tomates (Lycopersicum esculentum) sanos y maduros enteros troceados o triturados o de pulpa, pasta o concentrado de tomate adicionado de sal edulcorantes vinagre condimentos especies, con o sin la adición de aditivos permitidos.
Requisitos Específicos Características fisicoquímicas de la salsa de tomate: Humedad en % :73 máximo Sólidos totales en % a 20°C: 31% mínimo 38.0 % máximo Acidez, como ácido acético %: 0,85
Empaque y rotulado
Debe ser envasado en material inerte que le confiera al producto una adecuada protección durante el almacenamiento, transporte y expendio, con cierre hermético o tapa que impida la contaminación y adulteración. Debe garantizar el mantenimiento de las características microbiológicas, fisicoquímicas, nutricionales y organolépticas del producto. El rotulo debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque X 1000 grms. Unid
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ITEM 180
Código UNSPSC
50171800
Nombre del Producto
SALSA INGLESA
Nombre Comercial del Producto
SALSA INGLESA
Calidad
NTC 409 – Industrias Alimentarias. Colorantes aditivos para alimentos Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 5121 – Industrias Alimentarias. Rotulado y Etiquetado. Parte 1. Norma General. Norma Técnica Colombiana NTC 5122 – Industrias Alimentarias. Rotulado y Etiquetado. Parte 2. Rotulado Nutricional de alimentos envasados.
Generalidades Es un condimento líquido fermentado usado como saborizante de salsas (sobre todo en la cocina inglesa). Se elabora a base de vinagre, melaza o azúcar, jarabe
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con los requisos establecidos en la NTC 409.
Auténtica fórmula inglesa.
Balanceada condimentación.
Máxima versatilidad como sazonador.
Ingredientes seleccionados y de la mejor calidad, para su elaboración
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en recipientes elaborados con materiales que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado deberá cumplir en su totalidad con lo establecido en las NTC5121 y NTC 5122. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Botella 1000ML Unid.
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ITEM 181
Código UNSPSC 50131700
Nombre del Producto MARGARINA PARA HOJALDRAR
Nombre Comercial del Producto
MARGARINA PARA HOJALDRAR INDUSTRIAL
Calidad Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. NTC 734
Generalidades
La margarina de uso industrial comestible es un producto elaborado por la emulsión estabilizada de grasas y aceites vegetales, comestibles modificados o sin modificar por hidrogenación, fraccionación o interesterificación, incorporados de agua y adicionados o no de leche, sólidos de leche, ingredientes opcionales y aditivos alimentarios permitidos por la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Es un producto elaborado con las normas más estrictas de calidad y avanzadas técnicas de fabricación.
Requisitos generales
Debe contener Aceites vegetales comestibles parcialmente hidrogenados y sin hidrogenar, agua, sal yodada, lecitina de soya, mono y diglicéridos de ácidos grasos, benzoato de sodio, sorbato de potasio, ácido cítrico, annato, BHA, BHT y saborizante artificial.. El producto debe estar libre de contaminación química, materias extrañas, olores objetables o infestación de insectos. Margarina de alto desempeño con el mejor sabor y aroma Ideal para la elaboración de productos de alta repostería hojaldres tipo francés pan Croissant, danesas galletería fina y ponqués. Panes especiales.
Requisitos Específicos
La margarina debe cumplir con los siguientes aspectos, Color: Amarillo paja- amarillo claro, ligeramente brilloso Olor: Nota grasa, ligeramente dulce, exenta de olores extraños y rancios Sabor: Nota grasa, ligeramente dulce, exenta de notas rancias o extrañas Aspecto: Barra sólida, homogénea, con una consistencia tersa y libre de grumos El producto debe cumplir con lo establecido en la Resolución 2310 de 1986 del Ministerio de Salud. Y la NTC 734. Plasticidad = mejor separación de capas de masa y volumen Margarina con sabor y aroma a mantequilla, después de horneo Contenido graso: 81% Humedad: 16% Punto de fusión 41.5° clima Frío, Cálido 43°C Cloruros 1,4%
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El producto debe cumplir con los requisitos de rotulado establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 182
Código UNSPSC
50112000
Nombre del Producto
TEQUILA
Nombre Comercial del Producto
TEQUILA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.
Generalidades
El Tequila es un aguardiente regional obtenido por la destilación de mostos fermentados de maguey tequilano, de acuerdo con las reglamentaciones del gobierno mexicano. De acuerdo a las características adquiridas en procesos posteriores a la destilación, el Tequila se clasifica en una de las siguientes clases: • Blanco o Plata. • Joven u Oro. • Reposado. • Añejo. • Extra añejo.
Requisitos Específicos
Graduación Alcoholimetría: Mínimo 35° TEQUILA Blanco o Plata.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación Botella de Vidrio x 1000ml. Unid.
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ITEM 183
Código UNSPSC 50112000
Nombre del Producto TOCINETA
Nombre Comercial del Producto
TOCINETA
Calidad Decreto 1500 de 2007 del Ministerio de la Protección Social Decreto 2162 de 1983 del Ministerio de Salud. NTC 1325
Generalidades
Derivado cárnico procesado, curado, ahumado o no, cocido, no embutido, elaborado con el costillar deshuesado del cerdo, con la adición de sustancias de uso permitido y sometido a tratamiento térmico.
Requisitos Específicos
Cumplir con los Límites Máximos de Residuos establecidos en la resolución 2906 de2007 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Debe cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la NTC 1325
Empaque y rotulado
El producto se debe envasar o empacar en material grado alimentario, inocuo, al vacío y resistente, de tal manera que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto, durante el transporte, almacenamiento y comercialización. En el rotulo se debe especificar para el caso de los derivados cárnicos crudos (precocidos), la leyenda: “este producto debe consumirse bien cocido” o equivalente. El rotulo debe contemplar lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Empaque al vacío x 400grms. Unid
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ITEM 184
Código UNSPSC 50171500
Nombre del Producto TOMILLO
Nombre Comercial del Producto
TOMILLO
Calidad NTC 4423 Resolución 4241 de 1991 de Ministerio de Salud.
Generalidades Tomillo: plantas y sumidades floridas, sanas, limpias y secas del ``Thymus vulgaris'', L. ``T. piperella'', L.
Requisitos Específicos El producto seco debe cumplir con los siguientes requisitos: Humedad: 12% máximo Cenizas: 12 % máximo Cenizas insolubles: 4% máximo Aceite esencial: 0,8% mínimo.
Empaque y rotulado
Empaque individual, plástico, transparente. que evite su deterioro y contaminación y permita su conservación, manipulación y visualización total del producto, el cual deberá mantenerse en buenas condiciones de higiene. El rotulado debe cumplir con lo establecido en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Bolsa x 500grm. Unid.
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ITEM 185
Código UNSPSC
42211900
Nombre del Producto
TRIPLE SEC
Nombre Comercial del Producto
TRIPLE SEC
Calidad
Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1245 Bebidas alcohólicas. Aperitivos Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcoholicas.
Generalidades Licor elaborado por destilación de pieles de naranjas amargas (Citrus Curassaviensis) maceradas en alcohol y azúcar.
Requisitos Específicos
Es un licor dulce en sabor, con un toque de sabor a naranja
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación BOTELLA 750 CC Unid.
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ITEM 186
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto
VERMOUTH BANCO
Nombre Comercial del Producto
VERMOUTH BLANCO
Calidad
El vermú o vermut (del francés " vermout" o "vermouth" y éstos del alemán " wemut", " ajenjo") es un licor servido durante los aperitivos que está compuesto de vino blanco ajenjo y otras sustancias amargas y tónicas.Estos vinos son típicamente europeos, con un aroma característico que les da una elegancia particular para un cóctel o aperitivo.
Generalidades
Color blanco caoba con brillos ambarinos. Alta densidad alcohólica y del producto limpio y sin problemas de turbidez. En nariz intenso con notas de madera, hierbas aromáticas y especiadas. Encontramos también notas balsámicas que nos proporcionan un agradable toque amargo. En boca ataque muy alcohólico pero con un perfecto equilibrio con la acidez del producto. Retrogusto muy largo y original, con intensas notas amargas, que nos hablan de la alta calidad del producto.
Requisitos Específicos
Italia, Graduación Alcohólica 15,0 % vol.
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo debera indicar fecha de vencimiento
Presentación Botella de 750 CC
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ITEM 187
Código UNSPSC 50171700
Nombre del Producto VINAGRE
Nombre Comercial del Producto
VINAGRE BLANCO
Calidad Resolución 775 de 2008 del Ministerio de la Protección Social
Generalidades Vinagre: El vinagre es obtenido a partir de la dilucion de vinagre concentrado con agua filtrada.
Requisitos Específicos
El producto debe ser uniforme, libre de materiales extraños y de cualquier sabor amargo. Se permite la adición de plantas, condimentos, especias y frutas, o sus partes frescas, secas, deshidratadas o concentradas, troceadas o no, en cantidad suficiente para dar al vinagre el aroma, sabor o aspecto característico. Características organolépticas: Color: propio del producto según materia prima empleada. En producto no se permite la presencia de materias extrañas objetables como pulpa, semillas, hojas piel entre otros.
Empaque y rotulado
Envasar en material grado alimenticio, inerte, resistente y hermético que no altere las características físicas, químicas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social.
Presentación BOTELLA 100ml Unid
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ITEM 188
Código UNSPSC 501717
Nombre del Producto VINAGRE
Nombre Comercial del Producto
VINAGRE DE ARROZ
Calidad Resolución 775 de 2008 del Ministerio de la Protección Social
Generalidades
Vinagre: Producto de la doble fermentación alcohólica y acética de productos de origen agrícola que contengan azúcares o sustancias amiláceas. Según la materia prima originaria se establece la siguiente clasificación: Vinagre de vino: producto obtenido exclusivamente por fermentación acética del vino. Vinagre de frutas: producto obtenido a partir de frutas o bayas. Vinagre de sidra: producto obtenido a partir de la sidra o sus piquetas. Vinagre de alcohol: producto obtenido por la fermentación acética de alcohol destilado de origen agrícola. Vinagre de cereales: producto obtenido sin destilación intermedia por el procedimiento de doble fermentación alcohólica y acética, de cualquier cereal en grano, cuyo almidón se ha desdoblado en azúcares mediante un procedimiento distinto al de la diastasa de la cebada malteada. Vinagre de malta: producto obtenido sin destilación intermedia por el procedimiento de doble fermentación alcohólica y acética a partir de la cebada malteada, con o sin adición de grano, cuyo almidón se ha desdoblado en azúcares mediante la diastasa de la cebada malteada. Vinagre de miel de abejas: producto obtenido a partir de miel de abejas. Vinagre de suero de leche. Producto obtenido a partir de suero de leche
Requisitos Específicos
En el vinagre puede emplearse ácido cítrico cristalizado, con pureza mínima del 99 % y en dosis total no exceda de 1 gramo por litro. El producto debe cumplir con los siguientes requisitos fisicoquímicos: Criterios fisicoquímicos Otros vinagres Acidez total g/l, expresado en ácido acético, no inferior a 50.0 60.0 Debe tener registro INVIMA.
Empaque y rotulado
El vinagre, se deben empacar o envasar en material grado alimenticio, inerte, resistente y hermético que no altere las características físicas, químicas y sanitarias del producto y asegure su higiene y buena conservación. El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Protección Social.
BOTELLA 100ml. UNIDAD
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 189
Código UNSPSC 50171700
Nombre del Producto VINAGRE
Nombre Comercial del Producto
VINAGRE DE ESTRAGÓN
Calidad Cumplir con NTC 2188: Vinagre.
Generalidades
Producto proveniente de la fermentación alcohólica y la Subsiguiente fermentación acética de infusiones, maceraciones o cocimiento de frutas azucaradas. Producto elaborado con agua, vinagre conservantes (metabisulfito de potasio y sulfito.
Requisitos Específicos
Parámetro Rango Contenido Neto (ml) 500 – 515 Acidez (exp. como ácido acético) % 4.0 – 4.2 Anhidrido sulfuroso (mg/L) 0 – 75 pH 2.4 – 3.4 ° Brix 2.0 – 4.0 Densidad (g/ml) 1.000 – 1.038 Contenido de alcohol 0 - 1 Extracto seco (g/L) 7- 15
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado en recipientes de vidrio y no pueden llevar tapas metálicas. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas.
Presentación Frasco de vidrio x 750ml Unid.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 190
Código UNSPSC 50171700
Nombre del Producto VINAGRE VINO
Nombre Comercial del Producto
VINAGRE VINO TINTO
Calidad Cumplir con NTC 2188: Vinagre.
Generalidades
Producto proveniente de la fermentación alcohólica y la Subsiguiente fermentación acética de infusiones, maceraciones o cocimiento de frutas azucaradas. Producto elaborado con agua, vinagre conservantes (metabisulfito de potasio y sulfito.
Requisitos Específicos
En el vinagre puede emplearse ácido cítrico cristalizado, con pureza mínima del 99 % y en dosis total no exceda de 1 gramo por litro. Fisicoquímicos: Criterios fisicoquímicos Vinagre de vino Acidez total g/l, expresado en ácido acético, no inferior a 60.0 Alcohol residual no superior a 0.5 % Metanol g/l no excederá 1.0 Sulfatos g/l expresado en sulfato potásico máximo 2.0
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado en recipientes de vidrio y no pueden llevar tapas metálicas. - Cumplir con la Resolución No. 5109 de 2005, por medio de la cual se establecen los parámetros para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas.
Presentación BOTELLA 750 CC. Unidad
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 191
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto VINO CHARDONNAY SAUVIGNON
Nombre Comercial del Producto
VINO CHARDONNAY SAUVIGNON
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana
NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación.
Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de
mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 1588 – Vinos espumosos. Norma
Técnica Colombiana NTC 1740 – Vinos licorosos o generosos. Norma
Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la
elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos.
Norma Técnica Colombiana NTC 708 – Bebidas alcoholicas. Vinos de
frutas. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se
reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a
fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase,
distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se
establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que
lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen
Generalidades
El Chardonnay es la variedad blanca más apreciada, popular y extendida del mundo y el nº 2 tras la Cabernet Sauvignon. Originaria del Borgoña (Francia) se ha adaptado con buenos resultados en lugares muy distintos. El Chardonnay es la cepa preferida para la elaboración de vinos blancos secos, sus características pueden variar desde vinos ricos, gruesos y espesos, adecuados para envejecer en botella, a vinos más ligeros y frescos hechos sin madera y destinados a ser bebidos jóvenes
Requisitos Específicos
Grado Alcoholimétrico: Mínimo 6° generalmente proviene de las siguientes cepas Chardonnay Chenin Gewurztraminer Champagne Grecánico Dorato Moscatel Moscato Pedro Ximénez Pinot Gris Riesling Sauvignon Blanc Semillón Tocai Friulano Torrontés Ugni.
Empaque y rotulado
Envase adecuado para el consumo y conservación. Envase debe disponer de un adecuado corcho, capsula, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación BOTELLA 750 CC. Unidad
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
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ITEM 192
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto VODKA
Nombre Comercial del Producto
VODKA
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 305 – Bebidas Alcoholicas. Vodka. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas
Generalidades
El vodka es la bebida alcohólica, obtenida de alcohol etílico potables o destilados alcohólicos simples de origen agrícola rectificados, seguidos o no de filtración a través de carbón activado como forma de atenuar las características organolépticas de las materias primas originales.
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 305. Graduación Alcoholimetría. Mínimo 37.5%
Empaque y rotulado
El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto.
Presentación Botella x 1000ml Und.
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ITEM 193
Código UNSPSC 50202200
Nombre del Producto WHISKY
Nombre Comercial del Producto
WHISKY
Calidad
Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 917 – Bebidas Alcoholicas. Whisky Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud ¬ Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.
Generalidades
Whisky es la bebida alcohólica obtenida de la destilación de caldos de cereales malteados, en presencia o no de granos enteros de otros cereales, que haya sido sacarificada por la diastasa de malta que contiene, con o sin otras enzimas naturales y fermentada por la acción de la levadura, mediante una o varias destilaciones a menos de 94.8 grados alcoholimétricos, de forma que el destilado tenga el aroma y el sabor derivado de las materias primas utilizadas, envejecidas, al menos durante tres (3) años en recipientes de roble.
Requisitos Específicos El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 917. Graduación Alcoholimétrica. Mínimo 40%.
Empaque y rotulado
Envase adecuado para el consumo y conservación. El envase debe disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.
Presentación Botella de 1000 ml Und
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ITEM 194
Código UNSPSC
42231800
Nombre del Producto
LECITINA DE SOYA
Nombre Comercial del Producto
LECITINA DE SOYA
Calidad NTC 484
Generalidades
Producto derivado o procedente de la industria del refinado del aceite de soja, (del frijol de soya, Glycine max), se caracteriza por su alto contenido en fosfolípidos, colina, inositol, fósforo y vitamina E. A, B, K, y minerales. La lecitina es una clase de lípido (sustancia grasa) se compone de ácido linoléico, es parcialmente soluble en agua
Requisitos generales
La lecitina de soya debe presentar: Color: marrón obscuro. Olor: característico, libre de rancidez. Sabor: característico. Debe estar libre de contaminación química, así como de cualquier defecto u alteración que pueda afectar su consumo, su buena apariencia final, su inocuidad y su adecuada conservación. Debe estar exenta de la adición de ingredientes de origen animal o vegetal, o productos químicos, con fines de ocultar defectos en la calidad de la materia prima y/o en su elaboración. La lecitina de soya en polvo debe cumplir con los requisitos de Buenas prácticas de manufactura establecidos en el Decreto 3075 de 1997
Requisitos Específicos
Humedad: 1,00 % máximo. Grasa 38,00 % máximo Indice de acidez: 28,00 % máximo Indice de peróxidos meq/kg: 1 0% máximo Aflatoxinas: 10 μg/kg máximo. No pueden exceder los límites máximos de plaguicidas permitidos en la Resolución 2906 de 2007 del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
El producto debe ser envasado o empacado en recipientes suficientemente inerte, resistentes que no reaccionen con el producto o alteren sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales y que asegure su conservación y calidad durante el almacenamiento, transporte y comercialización. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
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ITEM 195
Código UNSPSC
50171902
Nombre del Producto
HUMO LÍQUIDO
Nombre Comercial del Producto
HUMO LÍQUIDO
Calidad
Norma Técnica Colombiana NTC 1417. Aditivos para alimentos. Sustancias aromatizantes. Norma Técnica Colombiana NTC 1325. Industrias alimentarias. Productos carnicos procesados no enlatados. Comisión Europea. Reglamento (CE) 1881/2006 de 19 de diciembre de 2006. Por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.
Generalidades
El humo líquido es un producto natural obtenido de la quema controlada de maderas duras seleccionadas. Después de varios procesos este humo se condensa y se le retiran sustancias peligrosas para la salud y para el medio ambiente tales como: benzopirenos, alquitrán y otros hidrocarburos aromáticos poli-cíclicos potencialmente cancerígenos.
Requisitos Específicos
Debe cumplir con lo establecido en la Regulación (EC) No. 1881/2006 de 19 de diciembre de 2006 sobre metales pesados, y con la NTC 1417. Densidad (20°C): 1,042 – 1,062 kg/l Ácido acético (%): 2,3 – 9,5 pH: 2,1 – 5,0 Compuestos fenólicos: 4,5 – 15,0 mg/g Benzopireno: máx. 2 ppb Benzoantraceno: máx. 5 ppb Mercurio: máx. 0,04 ppm Plomo: máx. 0,4 ppm Arsénico: máx. 0,05 ppm Cadmio: 0,01 ppm
Empaque y rotulado
Debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de Salud y Protección Social, para materias primas. El rotulado debe indicar como mínimo: país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda, marca, tipo de producto, fecha de producción, fecha de vencimiento y número de lote. Debe ser empacado en material grado alimenticio o de tipo sanitario plástico, inerte, resistente y hermético que no altere las características fisicoquímicas y sanitarias del producto y, asegure su higiene y buena conservación.
Presentación El producto se comercializará en las presentaciones que requiera el mercado de acuerdo con su contenido neto, botella plástica para alimentos, por 1000 mililitros
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ITEM 196
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
51182401
Nombre del Producto
CLORURO DE CALCIO GRADO USP
Nombre Comercial del Producto
CLORURO DE CALCIO GRADO USP
Norma de Calidad Resolución 2606 de 2009.
Generalidades del Producto
Producto sólido, de color blanco, en forma granulado, para uso en la industria de alimentos
Requisitos Específicos del producto
Producto sólido, de color blanco, en forma granulado, para uso en la industria de alimentos. El producto debe estar rotulado con el nombre dEl producto, productor y/o empacador (marca comercial), peso, lote de producción, fecha de vencimiento superior a doce meses; y cumplir con la Resolución 2606 de 2009.
El Proveedor debe presentar ficha técnica del Producto.
Empaque y rotulado
EMPACADO EN BOLSA DE POLIETILENO POR LIBRA
Presentación LIBRA
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ITEM 197
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352106
Nombre del Producto
Ácido ascórbico
Nombre Comercial del Producto
Ácido ascórbico
Calidad Debe cumplir con las disposiciones establecidas en el Decreto 677 de 1995 y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen
Generalidades
Producto en forma de cristales incoloro e inodoro, sólido soluble en agua con un sabor ácido. El ácido ascórbico interviene en numerosas reacciones enzimáticas y, concretamente, en la oxidación de ciertos aminoácidos y en el transporte del hierro desde la transferrina plasmática a la ferritina del interior de los órganos. Favorece la absorción intestinal del hierro ingerido. Igualmente, resulta indispensable en la síntesis del colágeno.
Requisitos generales
El producto debe contar con registro sanitario que permita su comercialización al interior del país. El registro sanitario debe estar vigente, tanto al momento de la negociación, como al momento de la entrega del producto.
El producto debe cumplir con todas las especificaciones establecidas en su registro sanitario.
Con la entrega del producto debe anexase certificación de calidad del lote.
Salvo disposición contraria por parte del comprador, al momento de la entrega el producto debe tener por lo menos el 75% de su vida útil.
Requisitos Específicos
El producto debe contar con registro sanitario que permita su comercialización al interior del país. El registro sanitario debe estar vigente, tanto al momento de la negociación, como al momento de la entrega del producto.
El producto debe cumplir con todas las especificaciones establecidas en su registro sanitario.
Con la entrega del producto debe anexase certificación de calidad del lote.
Salvo disposición contraria por parte del comprador, al momento de la entrega el producto debe tener por lo menos el 75% de su vida útil.
Empaque y rotulado
Debe empacarse con materiales adecuados que conserven la calidad del producto en condiciones normales de almacenamiento y transporte. Además debe contener en el empaque rotulado como mínimo: Nombre del producto, Nombre y dirección del fabricante o importador, país de origen, número de lote y fecha de fabricación.
Presentación Kilogramo.
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ITEM 198
Código UNSPSC
50112000
Nombre del Producto
SALCHICHA
Nombre Comercial del Producto
SALCHICHA SUPER PERRO
Calidad Decreto 2162de 1983 del Ministerio de Salud. Resolución 4282 de 2007 del Ministerio de la Protección Social. NTC 1325
Generalidades La Salchicha es un embutido procesado, cocido y elaborado con carne (bovino, porcino, aves de corral entre otras) y grasa de especies aptas para el consumo y con ingredientes y aditivos de uso permitido, introducido en fundas (tripa artificial) de diámetro variado, sometido o no a tratamiento de ahumado.
Requisitos generales
La carne empleada para elaborar la salchicha debe cumplir con los límites de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias químicas establecidos en el Codex Alimentarius. El producto debe presentar las siguientes características organolépticas: Color: rosa Olor y sabor característico de producto fresco en buen estado de conservación. En su elaboración se debe dar cumplimiento a las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). La salchicha cocida debe alcanzar una temperatura de 72 °C en su elaboración. La salchicha no debe estar elaborada del reprocesamiento de productos terminados provenientes de las devoluciones, cualquiera sea la causa de la devolución.
Requisitos Específicos
La salchicha en su composición solo debe emplear aditivos de uso permitido en la normatividad sanitaria vigente o la norma que la modifique adicione o sustituya. Se permite el uso de: Nitrato de sodio o Potasio: 200mg/kg máximo (residual) Nitrito de sodio o Potasio: 200mg/kg máximo (producto en proceso) El producto se debe conservar y mantener a temperatura de refrigeración (de 0 a 4°C) durante su vida útil. No debe llegar congelado ni con partículas de hielo escarchado. La salchicha debe cumplir con los parámetros microbiológicos establecidos en NTC 1325 para derivados cárnicos cocidos. La salchicha debe tener registro sanitario INVIMA vigente.
Empaque y rotulado
La salchicha se debe ser empacada en material grado alimenticio, inerte que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y organolépticas del producto, puede empacarse al vacío. Los productos empacados al vacío, cocidos no enlatados sometidos a refrigeración tendrán una vida útil máximo de 30 días. La salchicha debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. En el rótulo se debe indicar del estado físico o tratamiento a que ha sido sometido el producto (refrigerado, ahumado, etc.) Si el producto requiere de algún tratamiento previo antes de ser consumido debe establecerse en el rótulo.
Presentación EMPAQUE AL VACIO X KILO
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ITEM 199
Código UNSPSC
50405901
Nombre del Producto
AGAR AGAR
Nombre Comercial del Producto
Agar. Agar de Japón. Cola de Bengala. Cola de Ceilán. Gelatina china. Gelatina japonesa. Gelosa. Gelatina vegetal. Ictiocola vegetal. E-406.
Calidad Mezcla 100% natural de polisacáridos de diversas especies de algas rodofíceas, principalmente del género Gelidium.
Generalidades
El agar-agar se extrae por tratamiento de las algas con agua a ebullición; el extracto se filtra en caliente y luego se concentra y se deseca (por ejemplo por liofilización). Se utiliza como agente suspensor, espesante, emulgente, y estabilizante en diversos tipos de preparaciones. Más que como gelificante se usa como coadyuvante, ya que los geles que forma no tienen una consistencia adecuada además de ser fácilmente contaminables. No es tóxico ni irritante. También se usa como soporte para medios de cultivo en bacteriología. Las soluciones o geles son estables a pH = 4 – 10.
Requisitos generales
Polvo, cintas arrugadas de 2 - 5 mm de anchura o a veces copos, incoloros o amarillo pálido, translucidos, relativamente resistentes y difíciles de romper, que se vuelven más quebradizos al secarse. Soluble en agua hirviendo.
Requisitos Específicos
El agar-agar se extrae por tratamiento de las algas con agua a ebullición; el extracto se filtra en caliente y luego se concentra y se deseca (por ejemplo por liofilización). Se utiliza como agente suspensor, espesante, emulgente, y estabilizante en diversos tipos de preparaciones. Más que como gelificante se usa como coadyuvante, ya que los geles que forma no tienen una consistencia adecuada además de ser fácilmente contaminables. No es tóxico ni irritante. También se usa como soporte para medios de cultivo en bacteriología. Las soluciones o geles son estables a pH = 4 – 10.
Empaque y rotulado
El rotulado debe cumplir con lo establecido en la norma SGA (GHS), para el etiquetado de los reactivos. El envase/empaque debe estar construido en un material inerte, inocuo y resistente, que garantice la conservación del producto, sin alterar sus características durante el almacenamiento, transporte y expendio. El almacenamiento se debe hacer separadamente de sustancias incompatibles. Mantener en un lugar bien ventilado, fresco y seco, lejos de fuentes de calor, ignición y de la acción directa de los rayos solares. Los contenedores deben permanecer siempre bien cerrados, ajustados y protegidos de cambios extremos de temperatura y de daños físicos.
Presentación En envases bien cerrados. PROTEGER DE LA LUZ.
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ITEM 200
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
47131833
Nombre del Producto
Jabón liquido industrial
Nombre Comercial del Producto
Jabón liquido industrial
Calidad NTC 709
Generalidades Producto utilizado para el lavado normal de suciedad liviana o moderada a base de surfactantes anicónicos, no anicónicos, anfotéricos e ingredientes cosméticos en solución acuosa.
Requisitos generales
El producto debe contar con registro sanitario. El producto debe presentar consistencia homogénea y olor agradable, presentar buenas características de lavado sin alterar la piel normal. El jabón desodorante debe contener los aditivos que le confieran esa propiedad de acuerdo con las indicaciones del fabricante. No puede contener sustancias peligrosas para el medio ambiente, debe ser biodegradable, no tóxico, ni inflamable
Requisitos Específicos
El producto debe cumplir con la norma técnica Colombiana NTC 709, que establece los requisitos que debe cumplir el jabón líquido, para uso personal.
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado de forma tal se conserve su calidad durante su transporte y almacenamiento. Su rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC-5465 que establece los requisitos para el etiquetado de los productos de aseo y limpieza.
Presentación Galón
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ITEM 201
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
47131833
Nombre del Producto
Timsen
Nombre Comercial del Producto
Timsen
Calidad NTC 709
Generalidades Producto utilizado para eliminar el 100% de los gérmenes en solo un minuto de contacto.
Requisitos generales
1. Estable: Altamente estable tanto granulado como diluído. 2. No Corrosivo: No deteriora material ni instrumental quirúrgico. 3. Seguridad en el manejo: No requiere equipo especial para su manipulación, uso y aplicación. 4. Tensoactivo: Efectiva penetración. 5. Biodegradable 100%: Registro USEPA No. 507.3 6. No cancerígeno.
Requisitos Específicos
Compuesto formulado de radicales alquílicos y bencílicos, encapsulados en úrea quelatada (tipo G.R.A.S) en forma de perla seca, con elevada actividad microbicida sobre todo tipo de bacterias, hongos, virus y algas. El compuesto no es volátil y esta sustancialmente desprovisto de olor con ligero sabor amargo. Las soluciones preparadas son incoloras, reteniendo el sabor, el cual no es trasmitido a los alimentos y productos que entren en contacto.
Empaque y rotulado
El producto debe estar envasado de forma tal se conserve su calidad durante su transporte y almacenamiento. En el empaque debe indicar como mínimo: Nombre del producto, fabricante, país de fabricación, nombre y domicilio legal del fabricante, marca, fecha de producción, número de lote y características del producto.
Presentación Kilogramo
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ITEM 202
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50171902
Nombre del Producto
Condimento para butifarra
Nombre Comercial del Producto
Condimento para butifarra
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Codex Alimentarius. CAC/RCP 421995. Código de prácticas de higiene para especias y plantas aromáticas desecadas. Norma Técnica Colombiana NTC 4423. Industrias alimentarias. Especias y condimentos. Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano. Resolución 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Lista de aditivos en los alimentos para consumo humano que puedan utilizarse en el territorio nacional.
Requisitos generales
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Requisitos Específicos
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
ITEM 203
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CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50171902
Nombre del Producto
Condimento para cabano
Nombre Comercial del Producto
Condimento para cabano
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Codex Alimentarius. CAC/RCP 421995. Código de prácticas de higiene para especias y plantas aromáticas desecadas. Norma Técnica Colombiana NTC 4423. Industrias alimentarias. Especias y condimentos. Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano. Resolución 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Lista de aditivos en los alimentos para consumo humano que puedan utilizarse en el territorio nacional.
Requisitos generales
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Requisitos Específicos
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
ITEM 204
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50171902
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Nombre del Producto
Condimento para chorizo paisa
Nombre Comercial del Producto
Condimento para chorizo paisa
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Codex Alimentarius. CAC/RCP 421995. Código de prácticas de higiene para especias y plantas aromáticas desecadas. Norma Técnica Colombiana NTC 4423. Industrias alimentarias. Especias y condimentos. Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano. Resolución 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Lista de aditivos en los alimentos para consumo humano que puedan utilizarse en el territorio nacional.
Requisitos generales
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Requisitos Específicos
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
ITEM 205
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50171902
Nombre del Producto
Condimento para genova
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Nombre Comercial del Producto
Condimento para genova
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Codex Alimentarius. CAC/RCP 421995. Código de prácticas de higiene para especias y plantas aromáticas desecadas. Norma Técnica Colombiana NTC 4423. Industrias alimentarias. Especias y condimentos. Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano. Resolución 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Lista de aditivos en los alimentos para consumo humano que puedan utilizarse en el territorio nacional.
Requisitos generales
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Requisitos Específicos
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
ITEM 206
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Nombre del Producto
Condimento para hamburguesa sabor al carbón
Nombre Comercial del Producto
Condimento para hamburguesa sabor al carbón
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Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Codex Alimentarius. CAC/RCP 421995. Código de prácticas de higiene para especias y plantas aromáticas desecadas. Norma Técnica Colombiana NTC 4423. Industrias alimentarias. Especias y condimentos. Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano. Resolución 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Lista de aditivos en los alimentos para consumo humano que puedan utilizarse en el territorio nacional.
Requisitos generales
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Requisitos Específicos
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
ITEM 207
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50171902
Nombre del Producto
Condimento para longaniza
Nombre Comercial del Producto
Condimento para longaniza
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
Generalidades
Codex Alimentarius. CAC/RCP 421995. Código de prácticas de higiene para especias y plantas aromáticas desecadas. Norma Técnica Colombiana NTC 4423. Industrias alimentarias. Especias y condimentos. Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano. Resolución 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Lista de aditivos en los alimentos para consumo humano que puedan utilizarse en el territorio nacional.
Requisitos generales
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Requisitos Específicos
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
ITEM 208
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50171902
Nombre del Producto
Condimento sabor salchichón cervecero
Nombre Comercial del Producto
Condimento sabor salchichón cervecero
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Codex Alimentarius. CAC/RCP 421995. Código de prácticas de higiene para especias y plantas aromáticas desecadas. Norma Técnica Colombiana NTC 4423. Industrias alimentarias. Especias y condimentos. Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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y materias primas de alimentos para consumo humano. Resolución 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Lista de aditivos en los alimentos para consumo humano que puedan utilizarse en el territorio nacional.
Requisitos generales
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Requisitos Específicos
Aspecto: Sólido, pulverizado grueso. Empaque: Aluminio plastificado. Fecha de vencimiento un año a partir de la entrega. Contener lote y fecha de producción Ingredientes: Especias deshidratadas, sal común, tripolifosfatos, glutamato, PVH, mezcla de aceites esenciales y eritorbato.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
ITEM 209
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50171902
Nombre del Producto
Condimento para jamón serrano
Nombre Comercial del Producto
Condimento para jamón serrano
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Codex Alimentarius. CAC/RCP 421995. Código de prácticas de higiene para especias y plantas aromáticas desecadas. Norma Técnica Colombiana NTC 4423. Industrias alimentarias. Especias y condimentos. Resolución 5109 de 2005 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano. Resolución 10593 de 1985 y las normas que la modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Ministerio de Salud y Protección Social. Lista de aditivos en los alimentos para consumo humano que puedan utilizarse en el territorio nacional.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Requisitos generales
Aspecto: Líquido Empaque: Envasado en recipiente plástico. Fecha de vencimiento un año a partir del empaque. Contener lote y fecha de producción.
Requisitos Específicos
Aspecto: Líquido Empaque: Envasado en recipiente plástico. Fecha de vencimiento un año a partir del empaque. Contener lote y fecha de producción.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Litro.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 210
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12162201
Nombre del Producto
Ácido cítrico
Nombre Comercial del Producto
Ácido cítrico
Calidad Debe cumplir con las disposiciones establecidas en el Decreto 677 de 1995 y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen
Generalidades
Producto en forma de cristales incoloro e inodoro, sólido soluble en agua con un sabor ácido. El ácido cítrico es uno de los aditivos más utilizados por la industria alimentaria. Se obtiene por fermentación de distintas materia primas, especialmente la melaza de caña de azúcar. El ácido cítrico es un ácido orgánico tricarboxílico que está presente en la mayoría de las frutas, sobre todo en cítricos como el limón y la naranja. Es un buen conservante y antioxidante natural que se añade industrialmente en el envasado de muchos alimentos como las conservas vegetales enlatadas.
Requisitos generales
El producto debe contar con registro sanitario que permita su comercialización al interior del país. El registro sanitario debe estar vigente, tanto al momento de la negociación, como al momento de la entrega del producto.
El producto debe cumplir con todas las especificaciones establecidas en su registro sanitario.
Con la entrega del producto debe anexase certificación de calidad del lote.
Salvo disposición contraria por parte del comprador, al momento de la entrega el producto debe tener por lo menos el 75% de su vida útil.
Requisitos Específicos
El producto debe contar con registro sanitario que permita su comercialización al interior del país. El registro sanitario debe estar vigente, tanto al momento de la negociación, como al momento de la entrega del producto.
El producto debe cumplir con todas las especificaciones establecidas en su registro sanitario.
Con la entrega del producto debe anexase certificación de calidad del lote.
Salvo disposición contraria por parte del comprador, al momento de la entrega el producto debe tener por lo menos el 75% de su vida útil. Pureza 99.5% mín. Humedad 0.5% máx. Sulfatos 150 ppm máx. Metales pesados 10 ppm máx. Hierro 50 ppm máx. Ceniza sulfatada 0.05% máx. Acido oxálico 350 ppm máx. Calcio 200 ppm máx. Cloruros 50 ppm máx. Arsénico 1 ppm max Aluminio 0.2 ppm max.
Empaque y rotulado
Debe empacarse con materiales adecuados que conserven la calidad del producto en condiciones normales de almacenamiento y transporte. Además debe contener en el empaque rotulado como mínimo: Nombre del producto, Nombre y dirección del fabricante o importador, país de origen, número de lote y fecha de fabricación.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 211
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12164102
Nombre del Producto
Bicarbonato de sodio
Nombre Comercial del Producto
Bicarbonato de sodio
Calidad NTC 4423
Generalidades
El bicarbonato de sodio (también llamado bicarbonato sódico o hidrogenocarbonato de sodio o carbonato ácido de sodio) es un compuesto sólido cristalino de color blanco muy soluble en agua, con un ligero sabor alcalino parecido al del carbonato de sodio, de fórmula Na(sodio)HCO3. Se puede encontrar como mineral en la naturaleza o se puede producir artificialmente. Aditivo alimentario base débil utilizada como en la industria alimenticia, como agentes antiaglutinantes, reguladores de la acidez, leudantes, estabilizadores. El bicarbonato de Sodio se clasifica: Tipo 1: Tipo Industrial que corresponde a los grados A y B. Tipo 2: Tipo farmacéutico con densidad aparente de 0.81 g/cm3
Requisitos generales
Características Sensoriales de bicarbonato de sodio:
Sabor y olor son propios del producto.
Apariencia: Sólido cristalino blanco
Color: Blanco
Olor: Inodoro.
El producto debe estar limpio libre de materiales extraños.
El producto debe estar libre de la presencia de plagas, exentas de humedad exterior anormal, libre de olores y sabores extraños.
Requisitos Específicos
% Pureza total como NaHCO3 : 99.0 %
El bicarbonato de Sodio debe cumplir con todos los requisitos establecidos en la NTC – 1616
Debe cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1616. La cantidad de aditivo empleada en alimentos se limitará a la dosis mínima necesaria para obtener el efecto deseado; la cual está establecida como la dosis máxima empleada según Buenas Prácticas de Fabricación - BPF
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en envases o empaques de material grado alimenticio, inocuos que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social
Presentación Kilogramo.
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ITEM 212
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
51171712
Nombre del Producto
Pectina rápida
Nombre Comercial del Producto
Pectina rápida
Calidad Decreto 3075 de 1997. NTC 512 1 Industrias alimentarias. Rotulado o etiquetado. Norma general. NTC 512 2 Industrias alimentarias. Rotulado o etiquetado – Rotulado nutricional de alimentos envasados
Generalidades La pectina es un carbohidrato purificado obtenido de la dilución del mesocarpio de frutos cítricos. A esta pectina obtenida se adiciona un estabilizante alimenticio y de dextrosa, para uniformarla a 150° S.A.G. Las pectinas son sustancias altamente utilizadas en la industria alimentaria por tener propiedad gelificadora
Requisitos generales
La pectina es un polvo fino de color blanco amarillento o marrón claro, inodoro de sabor dulce agradable, soluble en agua e insoluble en alcohol u otros disolventes orgánicos.
Requisitos Específicos
Peso molecular 20.000 400.000 g/mol Pectina de gelado rápido 150 ± 5 °SAG. Contenido ácido galacturónico 65% máx.
Empaque y rotulado
El envase o empaque destinado a contener el producto debe ser hermético, alejado del calor y la humedad. Además, debe asegurarse la buena conservación del producto durante su almacenamiento y transporte
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 213
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50181708
Nombre del Producto
Levadura de cerveza
Nombre Comercial del Producto
Levadura de cerveza
Calidad NTC 1807
Generalidades La levadura de cerveza es un tipo de levadura que permite obtener la cerveza a partir de la malta. Queda depositada en el fondo de los tanques de maduración y almacenaje de la cerveza en frío.
Requisitos generales
Las características organolépticas de la levadura de cerveza como color, olor y sabor son propias del producto y del uso para el cual estén destinadas.
El producto debe estar libre de la presencia de plagas, exentas de humedad exterior anormal, libre de olores extraños.
Requisitos Específicos
La levadura de cerveza debe cumplir con todos los requisitos establecidos en la NTC 1807.
La levadura de cerveza se limitará a la dosis mínima necesaria para obtener el efecto deseado; la cual está establecida como la dosis máxima empleada según Buenas Prácticas de Fabricación - BPF
Empaque y rotulado
El producto se debe empacar en envases o empaques de material, inocuos que aseguren su conservación e higiene durante el almacenamiento, transporte y expendio. El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Kilogramo.
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ITEM 214
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50171707
Nombre del Producto
Crémor tártaro
Nombre Comercial del Producto
Crémor tártaro
Calidad
El producto debe cumplir con los requisitos establecidos en la presente ficha técnica. Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen.
Generalidades
El Crémor tártaro es el nombre más común del ácido tartárico o ácido tártrico. Su nombre químico es bitartrato de potasio, subproducto de la producción del vino. Cuando se sucede la fermentación del jugo de uva, se sedimenta en los barriles y se forman los cristales, que al purificar se convierten en el polvo fino, blanco e inodoro. Tiene muchas aplicaciones en el área de alimentos (bebidas gaseosas, salsas, sopas, cremas, confitería y dulces en general), la industria química y farmacéutica. Es una sal ácida (acidificante) y conservante natural.
Requisitos generales
Es un polvo blanco, sin sabor específico. Nombre Químico: Bitartrato Potásico CAS:868144 Fórmula Química: C4H5 KO6 Peso Molecular: 188,18 g/mol.
Requisitos Específicos
Concentración: Mínimo 99,7% de C4H5 KO6
Empaque y rotulado
El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Kilogramo.
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ITEM 215
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
11111804
Nombre del Producto
Bentonita
Nombre Comercial del Producto
Bentonita
Calidad Debe cumplir con las disposiciones establecidas en el Decreto 677 de 1995 y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen.
Generalidades Bentonita sódica Clarificarte de fermentación. Libre de alérgenos para uso alimentario, Apariencia: polvo fino de color blanco lechoso, pH: 7-9 cenizas:40-50% Humedad:<10% transporte y almacenamiento: Lugar ventilados, frescos, secos y señalizados. Temperatura adecuada:12-25°C.
Requisitos generales
Bentonita sódica Clarificarte de fermentación. Libre de alérgenos para uso alimentario, Apariencia: polvo fino de color blanco lechoso, pH: 7-9 cenizas:40-50% Humedad:<10% transporte y almacenamiento: Lugar ventilados, frescos, secos y señalizados. Temperatura adecuada:12-25°C.
Requisitos Específicos
Bentonita sódica Clarificarte de fermentación. Libre de alérgenos para uso alimentario, Apariencia: polvo fino de color blanco lechoso, pH: 7-9 cenizas:40-50% Humedad:<10% transporte y almacenamiento: Lugar ventilados, frescos, secos y señalizados. Temperatura adecuada:12-25°C.
Empaque y rotulado
El rotulado debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 216
Código UNSPSC 50161500
Nombre del Producto AZUCAR REFINADA
Nombre Comercial del Producto
AZUCAR REFINADA
Calidad NTC611
Generalidades Azúcar pulverizada: producto pulverizado constituido esencialmente por sacarosa, obtenido mediante procedimientos industriales apropiados.
Requisitos Específicos
El azúcar pulverizada debe cumplir los siguientes requisitos de calidad: Polarización a 20°C 96 mínimo Humedad%:1máximo Factor de seguridad 0.30máximo El azúcar destinado para consumo directo deberá cumplir con los requisitos microbiológicos y contenido de metales pesados permitidos en el azúcar crudo, indicado en la NTC611. Los residuos de plaguicidas no deben exceder los límites máximo establecidos en la Resolución 2906 de 2007, del Ministerio de la Protección Social.
Empaque y rotulado
Los empaques deben ser de un material adecuado que no altere las características del producto y aseguren su conservación lo preserven durante su transporte y almacenamiento. El transporte a granel debe cumplir las mismas condiciones. El azúcar debe cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social.
Presentación Presentación del producto en bolsas de 1 kg en material polipropileno.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 217
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
73101614
Nombre del Producto
Cultivo láctico
Nombre Comercial del Producto
Cultivo láctico para yogurth
Calidad NTC 1417 El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Las bacterias del ácido láctico (BAL), bacterias ácido lácticas o cultivos lácticos (cultivo al ser procesadas y multiplicadas para su utilización como grupo) comprenden un caldo de bacterias fermentadoras y productoras de ácido láctico, función por la que son empleadas en la industria para darle ciertas cualidades a los alimentos y protegerlos contra la acción de otros organismos dañinos. Uno de ellos pueden ser los lactobacilos los cuales aportan al producto un buen cuidado.
Requisitos generales
Liofilizado. Cultivo para yogurt: Compuesto por el género Streptococus termophilus y Lactobacillus vulgaricus.
Requisitos Específicos
Liofilizado. Cultivo para yogurt: Compuesto por el género Streptococus termophilus y Lactobacillus vulgaricus.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Sobre.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 218
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
73101614
Nombre del Producto
Cultivo láctico
Nombre Comercial del Producto
Cultivo láctico para kumis
Calidad NTC 1417 El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
Las bacterias del ácido láctico (BAL), bacterias ácido lácticas o cultivos lácticos (cultivo al ser procesadas y multiplicadas para su utilización como grupo) comprenden un caldo de bacterias fermentadoras y productoras de ácido láctico, función por la que son empleadas en la industria para darle ciertas cualidades a los alimentos y protegerlos contra la acción de otros organismos dañinos. Uno de ellos pueden ser los lactobacilos los cuales aportan al producto un buen cuidado.
Requisitos generales
Liofilizado. Cultivo para kumis: Compuesto por el género Lactobacillus casei, y Lactobacillus vulgaricus.
Requisitos Específicos
Liofilizado. Cultivo para kumis: Compuesto por el género Lactobacillus casei, y Lactobacillus vulgaricus.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Sobre.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 219
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352204
Nombre del Producto
Cuajo enzimático
Nombre Comercial del Producto
Cuajo enzimático
Calidad NTC 1417 El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
El cuajo es una sustancia presente en el abomaso de los mamíferos rumiantes. Contiene principalmente la enzima llamada rennina (EC 3.4.23.4), también conocida como quimosina, utilizada en la fabricación de quesos, cuya función es separar la caseína (el 80% aproximadamente del total de proteínas) de su fase líquida (agua, proteínas del lactosuero y carbohidratos), llamado suero.
Requisitos generales
Cuajo líquido poco denso, color amarillo y olor característico de los cuajos de origen microbiano. Coagulante de origen microbiano, grado alimenticio. Enzima de tipo proteasa producida por la fermentación de un cultivo purificado de la especie fungal Rhizomucor sp.
Requisitos Específicos
Cuajo líquido poco denso, color amarillo y olor característico de los cuajos de origen microbiano. Coagulante de origen microbiano, grado alimenticio. Enzima de tipo proteasa producida por la fermentación de un cultivo purificado de la especie fungal Rhizomucor sp.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Litro.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 220
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
51241228
Nombre del Producto
Ácido láctico
Nombre Comercial del Producto
Ácido láctico
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades
El ácido láctico tiene un amplio rango de aplicaciones en la industria alimenticia, química, farmacéutica, química y cosmética, entre otras. Recientemente se ha acelerado la investigación en L (+) y D (-), ácido láctico, por vía biotecnológica, debido a su posibilidad de transformación en poli-láctico biodegradable (PLA). Los esfuerzos en la investigación del ácido láctico, están enfocados a disminuir los costes de producción a través de nuevos sustratos, nuevas tecnologías de fermentación y separación, y nuevos microorganismos capaces de alcanzar altas concentraciones de ácido láctico, altos rendimientos y altas productividades.
Requisitos generales
Concentración del 85% de ácido láctico de grado alimenticio. Líquido viscoso, incoloro o amarillento, inodoro e higroscópico.
Requisitos Específicos
Concentración del 85% de ácido láctico de grado alimenticio. Líquido viscoso, incoloro o amarillento, inodoro e higroscópico.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Litro.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
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ITEM 221
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352202
Nombre del Producto
Proteína aislada de soya
Nombre Comercial del Producto
Proteína aislada de soya
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades La proteína aislada de soja es una forma altamente refinada de proteína de soja con un contenido proteico mínimo del 90% sobre una base libre de humedad. Se elabora a partir de harina de soja desgrasada, a la que se elimina la mayor parte de sus componentes no-proteicos, grasas y carbohidratos.
Requisitos generales
Aspecto: Polvo fino de color crema. Ingredientes: Contiene proteína de soya mínimo al 90%. Proteína extraída del frijol de soya. Fecha de vencimiento un año a partir del empaque. Contener lote y fecha de producción.
Requisitos Específicos
Aspecto: Polvo fino de color crema. Ingredientes: Contiene proteína de soya mínimo al 90%. Proteína extraída del frijol de soya. Fecha de vencimiento un año a partir del empaque. Contener lote y fecha de producción.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 222
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352202
Nombre del Producto
Cebolla puerro deshidratada
Nombre Comercial del Producto
Cebolla puerro deshidratada
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Producido a partir de puerro (Allium porrum L.) seleccionado, lavado, cortado y deshidratado. Poner 10 g de producto en 250 ml de agua fría, llevar a ebullición durante 10 minutos y dejar reposar 10 minutos.
Requisitos generales
Color: Piezas verdes (aprox. 30-50%); piezas blancas o verdes claras (50-70%) Olor: Típico, sin olor a pasado Sabor: Típico a puerro Materias extrañas: Libre en la medida que lo permiten los medios técnicos existentes hoy en día
Requisitos Específicos
Color: Piezas verdes (aprox. 30-50%); piezas blancas o verdes claras (50-70%) Olor: Típico, sin olor a pasado Sabor: Típico a puerro Materias extrañas: Libre en la medida que lo permiten los medios técnicos existentes hoy en día
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 223
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352202
Nombre del Producto
Cebolla cabezona en polvo
Nombre Comercial del Producto
Cebolla cabezona en polvo
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Producido a partir de cebolla (Allium cepa L.), seleccionada, pelada, cortada, deshidratada, tostada y molturada. Poner 20 g de producto en 150 ml de agua hirviendo y dejar reposar 10 minutos.
Requisitos generales
Color: Caramelo pálido Olor: Típico, sin olor a pasado Sabor: Típico a cebolla tostada Materias extrañas: Libre en la medida que lo permiten los medios técnicos existentes hoy en día.
Requisitos Específicos
Color: Caramelo pálido Olor: Típico, sin olor a pasado Sabor: Típico a cebolla tostada Materias extrañas: Libre en la medida que lo permiten los medios técnicos existentes hoy en día.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
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ITEM 224
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
31261601
Nombre del Producto
Tripolifosfato de sodio
Nombre Comercial del Producto
Tripolifosfato de sodio para cárnicos.
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Sólido blanco e inodoro.
Requisitos generales
Sólido blanco e inodoro.
Requisitos Específicos
Sólido blanco e inodoro.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 225
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352202
Nombre del Producto
Laurel en polvo
Nombre Comercial del Producto
Laurel en polvo
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Color: verde característico de las hojas. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto
Requisitos generales
Color: verde característico de las hojas. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto
Requisitos Específicos
Color: verde característico de las hojas. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 226
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12352202
Nombre del Producto
Orégano en polvo
Nombre Comercial del Producto
Orégano en polvo
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Color: verde característico de las hojas. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto
Requisitos generales
Color: verde característico de las hojas. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto
Requisitos Específicos
Color: verde característico de las hojas. Olor: aromático propio del producto. Sabor: propio del producto
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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ITEM 227
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
11151507
Nombre del Producto
Hilo de amarre
Nombre Comercial del Producto
Hilo de amarre
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Hilo para amarre de producto cárnico procesado Chorizo.
Requisitos generales
Hilo de amarre para el proceso de chorizos, fabricado en algodón 4/1 - poliéster. Tiene un punto de ruptura de 40 kg
Requisitos Específicos
Hilo de amarre para el proceso de chorizos, fabricado en algodón 4/1 - poliéster. Tiene un punto de ruptura de 40 kg
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Cono.
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ITEM 228
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
12164502
Nombre del Producto
Sal curante – sal nitro
Nombre Comercial del Producto
Sal curante – sal nitro
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades El Nitral Sal curante al 20% se utiliza en la preparación de embutidos como precursor de color en productos curados.
Requisitos generales
Aditivo Curandina. Cristales de sal de color rosado. Mezcla de cloruro de sodio al 94% con nitrito de sodio al 6%. Grado alimenticio.
Requisitos Específicos
Aditivo Curandina. Cristales de sal de color rosado. Mezcla de cloruro de sodio al 94% con nitrito de sodio al 6%. Grado alimenticio.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Kilogramo.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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ITEM 229
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50111519
Nombre del Producto
Tripa natural de cordero
Nombre Comercial del Producto
Tripa natural de cordero para embutidos
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Tripa natural procesada fina de procedencia animal (cordero) para hacer embutidos. Calibre 18. Esta tripa es la más versátil dado que sirve tanto para embutidos curados. Presentación madeja por 90 metros.
Requisitos generales
Tripa natural procesada fina de procedencia animal (cordero) para hacer embutidos. Calibre 18. Esta tripa es la más versátil dado que sirve tanto para embutidos curados. Presentación madeja por 90 metros.
Requisitos Específicos
Tripa natural procesada fina de procedencia animal (cordero) para hacer embutidos. Calibre 18. Esta tripa es la más versátil dado que sirve tanto para embutidos curados. Presentación madeja por 90 metros.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Madeja.
ITEM 230
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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50111519
Nombre del Producto
Tripa artificial corea
Nombre Comercial del Producto
Tripa artificial corea para embutidos
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Tripa artificial resistente y trasparente inocuo, al vacío y resistente, de tal manera que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, calibre 26: asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto. Presentación por 25 metros.
Requisitos generales
Tripa artificial resistente y trasparente inocuo, al vacío y resistente, de tal manera que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, calibre 26: asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto. Presentación por 25 metros.
Requisitos Específicos
Tripa artificial resistente y trasparente inocuo, al vacío y resistente, de tal manera que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, calibre 26: asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto. Presentación por 25 metros.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Tubo.
ITEM 231
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50111519
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Nombre del Producto
Tripa artificial corea
Nombre Comercial del Producto
Tripa artificial corea para embutidos – color piel
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Tripa artificial resistente y trasparente inocuo, al vacío y resistente, de tal manera que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, calibre 20: asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto. Presentación por 25 metros.
Requisitos generales
Tripa artificial resistente y trasparente inocuo, al vacío y resistente, de tal manera que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, calibre 20: asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto. Presentación por 25 metros.
Requisitos Específicos
Tripa artificial resistente y trasparente inocuo, al vacío y resistente, de tal manera que no reaccionen con el producto o altere sus características microbiológicas, físicas, químicas y sensoriales, calibre 20: asegurando su conservación e inocuidad en las condiciones que exige el producto. Presentación por 25 metros.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Tubo.
ITEM 232
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50111519
Nombre del Producto
Tripa artificial corea
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Nombre Comercial del Producto
Tripa artificial corea para salchichón
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Tripas de papel y celulosa para salchichones, calibre 45-50, color caramelo Las envolturas FIBROSAS son una combinación de celulosa regenerada aplicada a un papel especial para lograr una fuerza excepcional y diámetro uniforme, presentación por 25 metros.
Requisitos generales
Tripas de papel y celulosa para salchichones, calibre 45-50, color caramelo Las envolturas FIBROSAS son una combinación de celulosa regenerada aplicada a un papel especial para lograr una fuerza excepcional y diámetro uniforme, presentación por 25 metros.
Requisitos Específicos
Tripas de papel y celulosa para salchichones, calibre 45-50, color caramelo Las envolturas FIBROSAS son una combinación de celulosa regenerada aplicada a un papel especial para lograr una fuerza excepcional y diámetro uniforme, presentación por 25 metros.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Correa.
ITEM 233
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
232771
Nombre del Producto
Malla elástica para carne
Nombre Comercial del Producto
Malla elástica para carne
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
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Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Malla elástica de poliéster con resistencia térmica: calidad asar R– max. 240°C, Calibre Cuadros en perímetro Diámetro del tubo 22x22x210 - 220 mm, Presentación por 25 metros.
Requisitos generales
Malla elástica de poliéster con resistencia térmica: calidad asar R– max. 240°C, Calibre Cuadros en perímetro Diámetro del tubo 22x22x210 - 220 mm, Presentación por 25 metros.
Requisitos Específicos
Malla elástica de poliéster con resistencia térmica: calidad asar R– max. 240°C, Calibre Cuadros en perímetro Diámetro del tubo 22x22x210 - 220 mm, Presentación por 25 metros.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Malla.
ITEM 234
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
257936
Nombre del Producto
Molde para queso
Nombre Comercial del Producto
Molde para queso
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
Generalidades Moldes de queso en acero inoxidable, cuadrados, con capacidad para contener 3 lb de cuajada cada una.
Requisitos generales
Moldes de queso en acero inoxidable, cuadrados, con capacidad para contener 3 lb de cuajada cada una.
Requisitos Específicos
Moldes de queso en acero inoxidable, cuadrados, con capacidad para contener 3 lb de cuajada cada una.
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Unidad.
ITEM 235
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
50111519
Nombre del Producto
Tripa natural de cerdo
Nombre Comercial del Producto
Tripa natural de cerdo para embutidos
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Grado alimenticio. Madeja por 90 metros calibre 26 o 28 – 30. Conservada en sal
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Centro Industrial y de Desarrollo Empresarial de Soacha
Calle 13 No. 10-63 Soacha 575 7220 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V01
Requisitos generales
Grado alimenticio. Madeja por 90 metros calibre 26 o 28 – 30. Conservada en sal
Requisitos Específicos
Grado alimenticio. Madeja por 90 metros calibre 26 o 28 – 30. Conservada en sal
Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Madeja.
TEM 236
CODIGO ELEMENTO SEGÚN UNSPSC
253078
Nombre del Producto
Filtro embudo de separación para leche
Nombre Comercial del Producto
Filtro embudo de separación para leche
Calidad El producto debe cumplir con las condiciones y los requisitos establecidos en la presente ficha técnica.
Generalidades Embudo en pvc, en forma cónica en la parte superior, con filtro, un tallo largo para pasar la leche.
Requisitos generales
Embudo en pvc, en forma cónica en la parte superior, con filtro, un tallo largo para pasar la leche.
Requisitos Específicos
Embudo en pvc, en forma cónica en la parte superior, con filtro, un tallo largo para pasar la leche.
FICHA TECNICA DE PRODUCTO
Ministerio de Trabajo
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Empaque y rotulado
El rotulado del empaque, deberá indicar como mínimo: nombre del producto, marca, modelo, país de fabricación, nombre y domicilio legal en Colombia del fabricante, importador o distribuidor responsable según corresponda. El empaque/embalaje debe ser de un material adecuado, que no altere la calidad del producto y asegure su conservación.
Presentación Unidad.