Post on 21-Feb-2018
transcript
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
1/17
UNIVERSIDAD PRIVADA NORBERT WIENER
DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
LA LETRA DE CAMBIO
Curso : HISTORIA DEL DERECHOS CIVIL Y MERCANTIL
Profesor : BORJAS Mirth
Se!!i"# : DE$N%
I#te&r#tes : ESPINO'A (AUPARI )*Mriso+
: O+e#,
: Mi&ue+
-.%/
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
2/17
4
INDICE
I. INTRODUCCION...........03
II. DEFINICION.05
III. CARACTERISTICAS..06
IV. PERSONAS QUE INTERVIENEN EN UNA LETRA DECAMBIO06
a. El Librado o girado.b. El Librador o Girador.c. El Benefciario o Tomador.d. El Fiador o Avalista.
V. PARTELEGAL.....07
VI. REQUISITOS NOESENCIALES.....07
VII. FORMAS DE SEALAR ELVENCIMIENTO.08
VIII. FORMAS DE GIRAR LA LETRA DECAMBIO..09
IX. RESPONSABILIDAD DELGIRADOR...09
X. ENDOSO DE LA LETRA DECAMBIO...............................................09
XI. ACEPTACIN DE LA LETRA DECAMBIO.09
XII. OBLIGACI!N DELGIRADO."0
XIII. VENCIMIENTO DE LA LETRA DECAMBIO"0
a. Vencimiento a la vista
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
3/17
4
b. Vencimiento a cierto plazo desde la aceptacinc. Vencimiento a echa fa ! a cierto plazo desde s"
girod. Vencimiento a meses o a#os
XIV. PAGO DE LA LETRA DECAMBIO.""
XV. PROTESTO DE LA LETRA DECAMBIO.."#
XVI. E$EMPLO DE LETRA DECAMBIO."#
XVII. M0DELO DE LA LETRA DECAMBIO.."%
XVIII. CONCLUSIONES."5XIX. BIBLIOGRAFIA
..."6
INTRODUCCION
Las letras de cambioconstituyen documentosde crditoque
pasan a formar parte en el balance generalde los Efectos a cobrar,
dependiendo de la transaccin realizada.
En la presente investigacindamos a conocer la definicin de
la letra de cambio, su presentacin en el balance general, al
momento de realizar una transaccin y cuando son enviadas al
cobro o al descuento segn sea el caso.
http://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/estafinan/estafinan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/estafinan/estafinan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/mercambiario/mercambiario.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/estafinan/estafinan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/estafinan/estafinan.shtml7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
4/17
4
En los tiempos modernos, este instrumento de crditose ha
convertido en una herramienta importante para las transacciones
comerciales, ya que la misma est contemplada en el digo de
omercio, lo cual hace posible su cobro.
!ara la elaboracin de la presente investigacinse procedi al
anlisis de variadas fuentes de informacin que permitieron su
desarrollode la manera ms clara y concisa posible, se presentan
adems, e"emplos que contribuyen a su comprensin.
http://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos7/sisinf/sisinf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtml7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
5/17
4
DE)INICION
La letra de cambio, denominada en nuestro pa#s $giro$, es un documento
mercantil que contiene una promesa u obligacin de pagar una determinada
cantidad de dineroa una convenida fecha de vencimiento. % constituye una
orden escrita, mediante el cual una persona llamada Li0r1or o 2ir1or,
manda a pagar a su orden o a la otra persona llamada To31or o
Be#efi!irio, una cantidad determinada, en una cierta fecha, a una tercera
personallamada Li0r1o o 2ir1o*
La letra de cambio es un t#tulo abstracto y al mismo tiempo es un t#tulo de
crdito, osea un documento que contiene una operacin crediticia que debe ser
satisfecha mediante el pago de una suma de dinero.
La letra de cambio es un valor materializado que representa derechos
patrimoniales, destinado a la circulacin, origina obligaciones solidarias de
todos los que han firmado la letra frente al ltimo &enedor.
CARACTERISTICAS
Es una modalidad de crdito mediante la cual el banco anticipa un importe de
dinero, previamente deducido los intersese compensatorio calculadas hasta la
fecha de vencimiento en que las aceptantes hagan efectiva la cancelacin
Literal, su te'to condiciona los derechos y obligaciones emergentes.
(bstracta, da origen a una relacin cambiaria distinta al negocio que
le dio nacimiento.
(utonom#a, el poseedor legitimo es titular de un derecho nuevo y
diferente al de los anteriores.
)estinado a la circulacin, es documento que contiene derechos y
obligaciones susceptibles de transmisibilidad.
http://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/marx-y-dinero/marx-y-dinero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/marx-y-dinero/marx-y-dinero.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtml7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
6/17
4
solemne, cometido a e'igencias y requisitos de orden formal.
*ncondicional, la orden de pago no puede su"etarse a condicin
alguna.
El girador de la letra no se libera de su responsabilidad como deudor
del banco, sino hasta la cancelacin de la letra.
La valuacin del cliente y la clasificacin de la cartera de letras
entregadas es requisito previo, conforme vencen las letras y se van
cancelando se utilizan los recursos para reba"ar el crdito o importe
adelantado.
!ara clientes clasificados se puede evaluar y asignar una l#nea de
descuentos, modalidad ba"o la cual se autoriza un monto de crdito
en descuento de letras, pudiendo obtener estas sumas de dinero en
forma revolvente.
El banco abonar los clientes previa deduccin de los intereses, el
importe de los t#tulos valores no vencidos a cargo de terceros a
cambio de la sesin de los mencionados t#tulos.
En caso de que el responsable de pagar la letra incumpliera el banco
cobrara el importe y gasto, previo protesto, al cliente que efecte el
descuento.
Los documentos pueden ser endosados.
Los beneficiarios pueden ser personas naturales o "ur#dicas.
+e permiten renovaciones con nuevo documento.
PERSONAS 4UE INTERVIENEN EN UNA LETRA DE CAMBIO
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
7/17
4
a. E+ Li0r1o o &ir1o :La personaa la que se da la orden de pago quien
debe pagar-, es el destinatario de la orden dada por el librador o la persona
que e'tiende el documento y debe firmar el mismo en calidad de Librador.
El digo de omercio requiere que en la Letra de ambio se diga el
nombre del Librado, es decir, el nombre del que debe pagar.
b. E+ Li0r1or o 2ir1or : Es la persona que ordena hacer el pago o la
persona que e'tiende el documento y debe firmar el mismo en calidad de
Librador. En el digo de omerciose e'ige que la letra de cambiolleve su
firma.
c. E+ Be#efi!irio o To31or es aquel a cuya orden debe hacerse el pago
de la suma ordenada por el Librador. Es necesario que en la letra se indique
el nombre del beneficiario o tomador/ en nuestro derecho no es vlida la
Letra al !ortador, es imprescindible e'presar el nombre de una persona
como beneficiaria.
d. E+ )i1or o A5+ist :la persona que garantiza el pago de la letra, en caso
que el librador no lo hiciere.
PARTE LE2AL O EMISION
La Letra de ambio debe contener los siguientes requisitos como
indispensables
0. La denominacin de Letra de ambio.
1. La indicacin del lugar y fecha de giro.
2. La orden incondicional de pagar una cantidad determinada de dinero o una
cantidad determinable de ste, conforme a los sistemas de actualizacin o
rea"uste de capital legalmente admitidos.
3. El nombre y el nmero del documento oficial de identidad de la persona a
cuyo cargo se gira.
4. El nombre de la persona a quien o a la orden de quien debe hacerse el
pago.
5. El nombre, el nmero de documento oficial de identidad y la firma de lapersona que gira la Letra de ambio.
http://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtml7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
8/17
4
6. La indicacin del vencimiento.
7. La indicacin del lugar de pago*
RE4UISITOS NO ESENCIALES*
8o tendr validez como Letra de ambio el documento que carezca de alguno
de los requisitos indicados en el (rt#culo 009, salvo en los siguientes casos y en
los dems se:alados en la ley de tulos ;alores
0. ( falta de mencin e'presa, se considera girada la Letra de ambio en
el domicilio del girador.
1. ( falta de indicacin especial, el lugar designado "unto al nombre del
girado se considera como lugar de pago y al mismo tiempo como
domicilio del girado/ y, si no hubiera lugar designado "unto al nombre del
girado, ser pagadera en el domicilio real del obligado principal.
2. +i en la Letra de ambio se hubiere indicado ms de un lugar para el
pago, el tenedor puede presentarla en cualquiera de ellos, sea para su
aceptacin o pago.
3. En los casos de Letras de ambio pagaderas conforme al (rt#culo 42 no
ser necesario se:alar lugar especial de pago.
4. En los casos de Letras de ambio giradas a la orden del mismo girador,
el nombre de la persona a quien o a la orden de quien debe hacerse el
pago, puede sustituirse por la clusula $de m# mismo$ u otra equivalente.
)ORMAS DE SE(ALAR EL VENCIMIENTO*
La Letra de ambio, para tener validez como tal, puede ser girada solamente
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
9/17
4
( fecha fi"a.
( la vista.
( cierto plazo desde la aceptacin, o
( cierto plazo desde su giro.
La Letra de ambio girada y pagadera dentro de la
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
10/17
4
RESPONSABILIDAD DEL 2IRADOR*
El girador responde por la aceptacin y el pago. &oda clusula e'oneratoria de
dichas responsabilidades, se considera no puesta.
ENDOSO DE LA LETRA DE CAMBIO*
&oda letra de cambio, aunque no est e'presamente girada a la orden, es
transmisible por endoso, es decir, ceder a favor de otro t#tulo valor hacindolo
as# constar al respaldo o dorso del documento o en ho"a adherida a l,
debiendo indicar nombre del endosatario, clase del endoso, fecha del endoso,
nombre, )8* y firma del endosante. El endoso puede hacerse inclusive a favor
del =irado, haya aceptado o no la letra de cambio/ o del =irador/ o de
cualquier otra persona obligada. &odas estas personas, a su vez, pueden hacer
nuevos endosos.
+alvo clusula o disposicin legal e'presa en contrario, el endosante responde
de la aceptacin y el pago.
El endosante puede prohibir un nuevo endoso, insertando en el titulo valor la
clusula >no negociable?, >intransferible? u otro equivalente, la misma que
surtir efecto desde la fecha de su anotacin en el t#tulo.
ACEPTACI6N DE LA LETRA DE CAMBIO*
!or la aceptacin, el girado se obliga a pagar la Letra de ambio al
vencimiento, asumiendo la calidad de obligado principal.
El girado que acepta la Letra de ambio queda obligado aunque ignore el
estado de insolvencia, quiebra, liquidacin, disolucin o muerte del girador.
( falta de pago, el tenedor, aun cuando sea el girador, tiene contra el
aceptante accin cambiaria directa.
OBLI2ACION DEL 2IRADO
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
11/17
4
El girado a quien se le presenta la letra de cambio para su aceptacin est
obligado a aceptar o rechazar u aceptacin. &oda demora faculta al tenedor a
solicitar su protesto.
VENCIMIENTO DE LA LETRA DE CAMBIO
Ve#!i3ie#to + 5ist
La Letra de ambio a la vista vence el d#a de su presentacin al girado para su
pago.
La Letra de ambio pagadera a la vista, antes de su presentacin al pago,
puede o no estar aceptada.
+i no cuenta con aceptacin, la aceptacin y el pago se harn
simultneamente o e'igirse su aceptacin antes de su presentacin al pago.
)e no estar aceptada, en su caso, proceder su protesto por falta de
aceptacin total o parcial/ salvo que por ley especial no sea necesaria su
aceptacin.
El pago de la Letra de ambio a la vista aceptada podr e'igirse inclusive
desde la fecha de su aceptacin. La Letra de cambio a la vista aceptada en
oportunidad de su giro o en fecha posterior, que no fuese atendida en su pago
el d#a de su presentacin para ese fin, ser protestada por falta de pago, salvo
disposicin distinta de la Ley.
La presentacin al pago de la Letra de ambio a la vista podr hacerse en
cualquier momento, a libre decisin de su tenedor, desde el d#a mismo de su
giro inclusive, y durante el plazo que al efecto se hubiere se:alado en el
documento. ( falta de dicha indicacin, la presentacin para su pago deber
hacerse dentro de un plazo no mayor a un a:o, desde la fecha de su giro.
+i en la Letra de ambio a la vista se hubiera se:alado la prohibicin de ser
presentada a cobro antes de una fecha determinada, el plazo para su
presentacin al pago se contar desde dicha fecha determinada.
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
12/17
4
Ve#!i3ie#to !ierto 7+8o 1es1e + !e7t!i"#*
El vencimiento de una Letra de ambio a cierto plazo desde la aceptacin se
determina por la fecha de su aceptacin o, en defecto de aceptacin total, por
la fecha del respectivo protesto por falta de aceptacin.
La aceptacin sin fecha se considera otorgada el ltimo d#a del plazo
establecido para presentarla a la aceptacin.
Esta forma de se:alar el vencimiento podr constar con la clusula $( cierto
plazo desde la aceptacin$ u otras equivalentes. La clusula $a cierto plazo
vista$, se entender que se refiere al vencimiento de que trata el presente
art#culo.
Ve#!i3ie#to fe!h fi9 !ierto 7+8o 1es1e su &iro*
La Letra de ambio a fecha fi"a vence el d#a se:alado.
La Letra de ambio a cierto plazo desde su giro vence al cumplirse dicho
plazo.
Ve#!i3ie#to 3eses o ;os*
El cmputo de los plazos de vencimiento fi"ados en meses, a:os u otras
formas permitidas por la ley se determinar segn las normas del derecho
comn.
Las e'presiones $ocho d#as$ o $quince d#as$ equivalen al plazo de ocho o de
quince d#as y no de una semana o dos semanas. La e'presin $medio mes$
indica un plazo de 04 quince- d#as. +i al indicarse el d#a del vencimiento se ha
omitido el a:o, se entiende que es el mismo a:o de la emisin de la Letra de
ambio o, de corresponderle, el a:o siguiente. +i se indica como fecha de
vencimiento una que no e'iste en el calendario, se entiende que la fecha vence
el ltimo d#a correspondiente al mes de vencimiento.
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
13/17
4
En los plazos legales o convencionales, no se comprender el d#a que les
sirva de punto de partida, salvo e'presa disposicin en contrario de la ley.
En el cmputo de los d#as no se e'cluyen los d#as inhbiles, pero si el d#a del
vencimiento para su aceptacin o pago lo fuera, se entender que dicho plazo
vence el primer d#a hbil siguiente. +in embargo, el plazo para su protesto se
computa a partir del d#a de vencimiento se:alado en el documento o en el que
segn su te'to resulte e'igible.
PA2O DE LA LETRA DE CAMBIO*
&oda letra de cambio es pagadera en el domicilio se:alado en ella o podr
realizarse con cargo en la cuenta mantenida en una empresa del +istema
@inanciero 8acional, se:alando previamente el nombre de la empresa y en su
caso, el nmero o cdigo de la cuenta. La empresa del +istema @inanciero
8acional deber contar con una autorizacin previa del titular de la cuenta para
entender el pago.
La letra de cambio no cancelada, genera intereses a partir del d#a siguiente a u
vencimiento, genera los intereses compensatorios y moratorios que hubieren
acordado las partes o en su defecto el inters legal hasta el d#a de su pago.
Ana vez cancelado el importe total de la letra de cambio, el &enedor queda
obligado a devolverlo a quien haya cumplido tal obligacin. Las partes
interesadas podrn acordar la destruccin de la letra de cambio pagada
totalmente, prescindiendo de su
)evolucin f#sica. La carga de la prueba de tal acuerdo, as# como la
responsabilidad por falta de destruccin, corresponde al obligado de la
devolucin.
PROTESTO DE LA LETRA DE CAMBIO*
La letra de cambio es un t#tulo valor su"eto a protesto, si es que no se ha
incluido la clusula >sin protesto? lo que implica la liberacin del tenedor dedicha formalidad para e"ercitar las acciones derivadas del t#tulo valor.
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
14/17
4
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
15/17
4
7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
16/17
4
La Letra de $ambio es "n doc"mento de cr%dito de
m"cha importancia para realizar las transacciones
legales en c"al&"ier pa's.
(na letra de cambio pasa a ormar parte de los Eectos
a $obrar) seg*n sea el caso) del Balance General! para
lo c"al tienen "na orma m"! espec'fca de
presentacin) al momento de realizarse la transaccin)c"ando es enviada al cobro o c"ando es simplemente
cancelada.
Este doc"mentode cr%ditoes de m"cha importancia !a
&"e el mismo conorma "na garant'a de rec"peracin
del valor de la prestacin de "n servicioo bien) !a sea
m"eble o inm"eble+ p"esto &"e mediante s" emisin) el
tomador p"ede rec"rrir a "entes legales establecidas)
como !a se dio en el $digo de $omercio) para hacer
eectivo s" pago.
http://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/estafinan/estafinan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNChttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/estafinan/estafinan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/comer/comer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/formulac/formulac.shtml#FUNC7/24/2019 letra_de_cambio_grupo 2.doc
17/17
,r. -T /0A-) 1a"lo $ 2 N&'() L'* +' T,-&/
V)/1' 3 Editorial Gr4fca Bernilla.
$.1.$ 1/ETELL 1A/E,E-) V'ctor A. 5 $.1.$. 167$86
VA-9(E:) An'bal 2D/2&'4-)24 E1')1)
Editorial revista El Tarapotino.
;;;.monogra'as.com.