Post on 09-Feb-2019
transcript
Página 1
MALLA DE VALIDACIÓN APORTES
CONTENIDO
REGLAS GENERALES DE VALIDACIÓN ...................................................................................... 2
1. EXONERACIÓN DE APORTE PATRONAL A SALUD ........................................................... 2
Tipos de Cotizantes que pueden ser sujetos a exoneración ................................................. 3
2. REGLAS DE NEGOCIO PENSIONADOS ................................................................................ 3
Mesada Pensional ........................................................................................................................ 3
Tarifas aportes a Salud de los Pensionados ........................................................................... 4
Validación Pensionados ............................................................................................................. 4
3. NÚMERO DE DOCUMENTO DEL COTIZANTE UPC Y RESPONSABLE UPC .................. 10
4. REGLAS DE VALIDACIÓN ACTIVOS ................................................................................... 10
Clase de Aportante Vs Tipo de Cotizante ............................................................................... 10
Tabla 10. R07- Regla de validación – Tipo de cotizante Vs Tipo de Planilla .................... 14
Tabla 13. R08- Regla de validación – Tipo de Cotizante Vs Tipo de Novedad que puede
presentar ..................................................................................................................................... 16
5. REGLAS DE NEGOCIO MADRES COMUNITARIAS ............................................................ 22
6. LIMITES MAXIMOS Y REGLAS DE REDONDEO ................................................................. 23
7. APORTES A SALUD A EPS DIFERENTES........................................................................... 23
8. TARIFAS CLASE DE APORTANTE D – LEY 1429 DE 2010 .............................................. 23
Página 2
REGLAS GENERALES DE VALIDACIÓN
1. EXONERACIÓN DE APORTE PATRONAL A SALUD
De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 862 de 2013, a partir del 01 de enero
de 2014 estarán exoneradas de la cotización al Régimen Contributivo de Salud las sociedades y
personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y
complementarios por sus trabajadores que devenguen hasta diez (10) salarios mínimos
legales mensuales vigentes, así como también las personas naturales que empleen más de
dos (2) trabajadores que devenguen hasta diez (10) salarios mínimos legales mensuales
vigentes, por tanto, las tarifas a liquidar si les aplica la exoneración mencionada anteriormente
son las siguientes:
CASO 1. Si el periodo de servicio es igual o mayor de enero de 2014.
Campo 33 del
registro tipo 1
Aportante
Exonerado
Campo 74 del registro
tipo 2 Cotizante
Exonerado
Campo 24
Registro tipo 2
Novedad SLN
Campo 54
Registro tipo 2
Tarifa salud
S S X 0%
S S BLANCO 4%
S N
Se aplican las reglas actuales
N N
CASO 2. Si el periodo de servicio es inferior a enero de 2014, se aplican las reglas actuales.
NOTA. La exoneración no aplica para pensionados – Clase de Aportante P, por tanto, los
campos 34 del registro tipo 1 y Campo 46 Registro tipo 2 de la Resolución 3336 de 2013 no
son sujetos de validación.
Página 3
Tipos de Cotizantes que pueden ser sujetos a exoneración
Teniendo en cuenta que el artículo 7 del Decreto 1828 de 2013, y el concepto emitido por la
Dirección Jurídica del Ministerio, con radicado Número 201311200156063, es necesario
permitir la exoneración de aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje
(SENA), del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y del aporte patronal a salud
solamente para los siguientes tipos de cotizantes, por ser estos los únicos cotizantes que
pueden tener contrato laboral:
Código
o No Tipos de cotizantes
01 Dependiente
02 Servicio Doméstico
18 Funcionarios públicos sin tope máximo de IBC
20 Estudiantes (Régimen especial ley 789 de 2002)
22 Profesor de establecimiento particular
30 Dependiente entidades o Universidades públicas con régimen
especial en salud
32 Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un
país extranjero o funcionario de organismo multilateral
2. REGLAS DE NEGOCIO PENSIONADOS
Mesada Pensional
Si el Campo 12 Registro Tipo 1 (Clase de Aportarte) es P se tiene que:
Si Campo 20 del Registro tipo 2 (Tipo de pensión) es (1 ó 8 ó 9 ó 11 ó 12 ó 13 ó 15) Y Campo 21
del Registro tipo 2 (Pensión compartida) es diferente de SEl valor del Campo 40 Registro Tipo
2 (Ingreso Base Cotización) debe ser Mayor o Igual a 1 SMMLV (SE APLICA REGLA DE
REDONDEO)
Página 4
SINO El valor del Campo 40 Registro Tipo 2 (Ingreso Base Cotización) puede ser menor a 1
SMMLV (NOSE APLICA REGLA DE REDONDEO)
Tarifas aportes a Salud de los Pensionados
Si el valor del Campo 6 del registro tipo 2 (periodo de pago) es mayor o igual a “1 de febrero de 2007” y menor o igual a “30 de noviembre de 2008”yel campo 19 del registro tipo 2 (tipo de pensionado) es “1”, “2”, “3”, “4”, “5” ó “6” el valor de la tarifa (Campo 41 del registro tipo 2) es 12,5%.
Si el valor del Campo 6 del registro tipo 2 (periodo de pago) es mayor o igual a “1 de febrero de 2007” y menor o igual a “30 de noviembre de 2008”yel campo 19 del registro tipo 2 (tipo de pensionado) es “7” ó “8” el valor de la tarifa (Campo 41 del registro tipo 2) es 1,5%.
Si el valor del Campo 6 del registro tipo 2 (periodo de pago) es mayor o igual a “1 de diciembre de 2008”, y el campo 19 del registro tipo 2 (tipo de pensionado) es “1”, “2”, “3”, “4”, “5” ó “6” y el valor del campo 23 del registro tipo 2 (Colombiano residente en el exterior) es BLANCO el valor de la tarifa (Campo 41 del registro tipo 2) es 12%.
Si el valor del Campo 6 del registro tipo 2 (periodo de pago) es mayor o igual a “1 de diciembre de 2008”, y el campo 19 del registro tipo 2 (tipo de pensionado) es “7” ó “8” y el valor del campo 23 del registro tipo 2 (Colombiano residente en el exterior) es BLANCO el valor de la tarifa (Campo 41 del registro tipo 2) es 1%.
NOTA: Para periodos anteriores a 1 de diciembre de 2008 el valor del campo 23 del registro tipo 2 (Colombiano residente en el exterior) es BLANCO
Validación Pensionados
A continuación se presentan las relaciones validas para los campos 17, 19, 20 y 21 del registro
tipo 2 definidos en el artículo 20 de la Resolución 3214 de 2012
Página 5
RELACIONES VALIDAS
Campo 17
Tipo Cotizante
Campo 19
Tipo de
pensionado
Campo 20 Tipo pensión Campo 21 Pensión
Compartida
0 1
1
2
3
4
8
10
11
12
13
14
15
16
20
21
Debe ser
S ó N
0 2
1
2
3
4
8
10
11
Debe ser
S ó N
Página 6
RELACIONES VALIDAS
Campo 17
Tipo Cotizante
Campo 19
Tipo de
pensionado
Campo 20 Tipo pensión Campo 21 Pensión
Compartida
12
13
14
15
16
20
21
0 3
1
2
3
4
8
10
12
13
14
15
20
21
Debe ser
S ó N
Página 7
RELACIONES VALIDAS
Campo 17
Tipo Cotizante
Campo 19
Tipo de
pensionado
Campo 20 Tipo pensión Campo 21 Pensión
Compartida
0 4
5
6
7
9
20
21
Debe ser
S ó N
0 5
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
20
21
13
Debe ser
S ó N
Página 8
RELACIONES VALIDAS
Campo 17
Tipo Cotizante
Campo 19
Tipo de
pensionado
Campo 20 Tipo pensión Campo 21 Pensión
Compartida
14
0 6
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
20
21
13
14
Debe ser
S ó N
0 7
1
2
3
4
Debe ser
S ó N
Página 9
RELACIONES VALIDAS
Campo 17
Tipo Cotizante
Campo 19
Tipo de
pensionado
Campo 20 Tipo pensión Campo 21 Pensión
Compartida
8
10
12
13
14
15
20
21
0 8
1
2
3
4
8
10
12
13
14
15
20
21
Debe ser
S ó N
0 9 0 BLANCO
Página 10
Si una planilla contiene al menos un Registro tipo 2 que no cumple la regla, debe ser Glosada y
el mensaje para el registro que no cumple debe ser:
“Relación Tipo Cotizante-Tipo de Pensionado-Tipo pensión-Pensión Compartida NO
PERMITIDA”
3. NÚMERO DE DOCUMENTO DEL COTIZANTE UPC Y RESPONSABLE UPC
Los campos 13 número de identificación del cotizante o pensionado principal y Campo 16
número de identificación del beneficiario UPC adicional no pueden ser iguales.
En el caso de que la información de una planilla reportada por un Operador de Información de
la PILA se presente que el cruce entre número de de identificación del beneficiario UPC
adicional y el número de identificación del cotizante o pensionado principal sea igual, el archivo
no pasa la Malla de Validación y debe generar un mensaje de ERROR al Operador informando
lo siguiente:
“Tipo y número de documento del cotizante o pensionado principal no puede ser igual al tipo y
numero de documento al cotizante titular.”
4. REGLAS DE VALIDACIÓN ACTIVOS
Clase de Aportante Vs Tipo de Cotizante
A continuación se presentan las relaciones validas para los campos 17 registro tipo 2 definidos
en el artículo 20 de la Resolución 3214 de 2012 y el campo 12 Registro Tipo 1 Clase de
Aportarte.
Campo 17
Registro Tipo 2
Tipo de
Cotizante
Campo 12
Registro Tipo 1
Clase de Aportarte
1 A
1 B
Página 11
Campo 17
Registro Tipo 2
Tipo de
Cotizante
Campo 12
Registro Tipo 1
Clase de Aportarte
1 C
1 D
1 I
48 D
2 I
3 A
3 B
3 C
3 D
3 I
4 A
4 B
12 A
12 B
12 C
12 D
49 D
15 A
15 B
18 A
Página 12
Campo 17
Registro Tipo 2
Tipo de
Cotizante
Campo 12
Registro Tipo 1
Clase de Aportarte
18 B
19 A
19 B
19 C
19 D
50 D
20 A
20 B
20 C
20 D
21 A
21 B
21 C
21 D
22 A
22 B
22 C
22 D
30 A
30 B
Página 13
Campo 17
Registro Tipo 2
Tipo de
Cotizante
Campo 12
Registro Tipo 1
Clase de Aportarte
31 A
31 B
32 A
32 B
33 I
34 A
34 B
40 A
40 B
40 C
40 D
40 I
41 I
42 I
44 A
44 B
45 A
45 B
47 A
47 B
Página 14
Campo 17
Registro Tipo 2
Tipo de
Cotizante
Campo 12
Registro Tipo 1
Clase de Aportarte
16 A
16 B
Si una planilla contiene al menos una relación diferente a las descritas en la anterior tabla, debe
ser Glosada y el mensaje para el registro que no cumple debe ser:
“Relación Tipo Cotizante-Clase de AportanteNOPERMITIDA”
Tabla 1. R07- Regla de validación – Tipo de cotizante Vs Tipo de Planilla
Tipos de cotizantes Código
o No
TIPOS DE PLANILLA
E Y A I S M N H T F J
Dependiente 01 X X X X X X
Servicio Doméstico 02 X X X X
Independiente 03 X X X X
Madre comunitaria 04 X X X X
Aprendices del SENA en etapa
lectiva 12 X X X X X
Desempleado con subsidio de caja
de compensación familiar 15 X X X X
Independiente agremiado o asociado 16 X X X X
Página 15
Tipos de cotizantes Código
o No
TIPOS DE PLANILLA
E Y A I S M N H T F J
Funcionarios públicos sin tope
máximo de IBC 18 X X X X X
Aprendices del SENA en etapa
productiva 19 X X X X X
Estudiantes (Régimen especial ley
789 de 2002) 20 X X X X X
Estudiantes de postgrado en salud 21 X X X X X
Profesor de establecimiento
particular 22 X X X X X
Dependiente entidades o
Universidades públicas con régimen
especial en salud
30 X X X X X
Cooperados o precooperativas de
trabajo asociado 31 X X X X X
Cotizante miembro de la carrera
diplomática o consular de un país
extranjero o funcionario de
organismo multilateral
32 X X X X X
Beneficiario del fondo de solidaridad
pensional 33 X X X
Concejal municipal o distrital o edil
de junta administradora local que
percibe honorarios amparado por
póliza de salud
34 X X X X
Beneficiario UPC adicional 40 X X X X X
Beneficiario sin ingresos con pago
por tercero 41 X X X
Cotizante pago sólo salud artículo 2 42 X X X
Página 16
Tipos de cotizantes Código
o No
TIPOS DE PLANILLA
E Y A I S M N H T F J
ley 1250 de 2008
Cotizante voluntario a pensiones con
pago por tercero 43 X X X
Cotizante dependiente de empleo de
emergencia con duración mayor o
igual a un mes
44 X X X X X
Cotizante dependiente de empleo de
emergencia con duración menor a un
mes
45 X X X X X
Trabajador dependiente de entidad
beneficiaria del sistema general de
participaciones – Aportes patronales
47 X X X
Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un Operador de
Información de la PILA se presente que el cruce entre Tipo de cotizante y Tipo de planilla No
sea “X”, el archivo no pasa la Malla de Validación y debe generar un mensaje de ERROR al
Operador informando lo siguiente:
El Número de la planilla que no cumple (Tomado del campo 26 de la estructura del registro tipo 1
definido en el artículo 19 de la Resolución 3214 de 2012)
El número de identificación del cotizante (Tomado del campo 13 de la estructura del registro tipo
2 definido en el artículo 20 de la Resolución 3214 de 2012)
El mensaje “No es coherente el Tipo de cotizante Vs Tipo de Planilla”
Tabla 2. R08- Regla de validación – Tipo de Cotizante Vs Tipo de Novedad que puede
presentar
Página 17
Tipos de
cotizantes
Códi
go o
No
Novedades
I
N
G
RE
T
SL
N
IG
E
LM
A
VA
C
TA
E
VS
P
VS
T
IR
P
AV
P
VC
T
TD
E
TA
P
TD
P
Dependiente 01 X X X X X X X X X X X X X X X
Servicio
Doméstico 02 X X X X X X X X X X X X X X X
Desempleado
con subsidio
de caja de
compensación
familiar
15 X X
X
X
Funcionarios
públicos sin
tope máximo
de IBC
18 X X X X X X X X X X X X X X X
Estudiantes
(Régimen
especial ley
789 de 2002)
20 X X X X X X X X X X X X X X X
Dependiente
entidades o
Universidades
públicas con
régimen
especial en
salud
30 X X X X X X X X X X X X X X X
Cotizante
miembro de la
carrera
diplomática o
consular de un
país extranjero
o funcionario
de organismo
32 X X X X X X X X X X X X X X X
Página 18
Tipos de
cotizantes
Códi
go o
No
Novedades
I
N
G
RE
T
SL
N
IG
E
LM
A
VA
C
TA
E
VS
P
VS
T
IR
P
AV
P
VC
T
TD
E
TA
P
TD
P
multilateral
Concejal
municipal o
distrital o edíl
de junta
administradora
local que
percibe
honorarios
amparado por
póliza de salud
34 X X
X X
X
X X X
X X X
Cotizante pago
sólo salud
artículo 2 ley
1250 de 2008
42 X X
X X
X
X
Cotizante
dependiente
de empleo de
emergencia
con duración
mayor o igual
a un mes
44 X X X X X
X
X
X X X
Cotizante
dependiente
de empleo de
emergencia
con duración
menor a un
mes
45 X X X
X
X
Independiente 03 X X
X X
X X X X X X X X X
Página 19
Tipos de
cotizantes
Códi
go o
No
Novedades
I
N
G
RE
T
SL
N
IG
E
LM
A
VA
C
TA
E
VS
P
VS
T
IR
P
AV
P
VC
T
TD
E
TA
P
TD
P
Madre
comunitaria 04 X X
X X
X X
X
X X X
Aprendices del
SENA en
etapa lectiva
12 X X
X X
X
X
Independiente
agremiado o
asociado
16 X X
X X
X X X X X X X X X
Aprendices del
SENA en
etapa
productiva
19 X X X X X
X X X X X X X X X
Estudiantes de
postgrado en
salud
21 X X X X X X X X X X X X X X X
Profesor de
establecimient
o particular
22 X X X X X X X X X X X X X X X
Cooperados o
precooperativa
s de trabajo
asociado
31 X X X X X X X X X X X X X X X
Beneficiario
del fondo de
solidaridad
pensional
33 X X
X X
X
X
Beneficiario
UPC adicional 40
Beneficiario sin 41 X X
X X
X
X
Página 20
Tipos de
cotizantes
Códi
go o
No
Novedades
I
N
G
RE
T
SL
N
IG
E
LM
A
VA
C
TA
E
VS
P
VS
T
IR
P
AV
P
VC
T
TD
E
TA
P
TD
P
ingresos con
pago por
tercero
Cotizante
voluntario a
pensiones con
pago por
tercero
43 X X
X X
X
X X
Trabajador
dependiente
de entidad
beneficiaria del
sistema
general de
participaciones
– Aportes
patronales
47 X X X X X X X X X X X X X X X
Resultado: En el caso de que la información de una planilla reportada por un Operador de
Información de la PILA se presente que el cruce entre Tipo de Cotizante y el Tipo de Novedad
que pueda presentar No sea “X”, el archivo no pasa la Malla de Validación y debe generar un
mensaje de ERROR al Operador informando lo siguiente:
El Número de la planilla que no cumple (Tomado del campo 26 de la estructura del registro tipo 1
definido en el artículo 19 de la Resolución 3214 de 2012)
El número de identificación del cotizante (Tomado del campo 13 de la estructura del registro tipo
2 definido en el artículo 20 de la Resolución 3214 de 2012)
El mensaje “No es coherente el Tipo de Cotizante Vs Tipo de novedad que pueda presentar”
Fuente de información
Página 21
Campo Fuente
Tipos de Cotizante Campo 05 del artículo 10 (Registro Tipo 2)
Resolución 1747 de 2008
Novedad que
puede presentar
Novedad Fuente
ING
Campo 15 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
RET
Campo 16 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
SLN
Campo 24 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
IGE
Campo 25 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
LMA
Campo 26 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
VAC
Campo 27 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
TAE
Campo 18 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
VSP
Campo 21 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
VST
Campo 23 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
Página 22
IRP
Campo 30 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
AVP
Campo 28 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
VCT
Campo 29 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
TDE
Campo 17 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
TAP
Campo 20 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
TDP
Campo 19 del artículo 10
(Registro Tipo 2) Resolución
1747 de 2008
5. REGLAS DE NEGOCIO MADRES COMUNITARIAS
REGLA 1: Se debe dar la condición siguiente:
Campo 22
Registro Tipo
1
Tipo de
Planilla
Campo 19
Registro Tipo 1
Tipo de
Aportarte
Campo 17
Registro Tipo 2
Tipo de
Cotizante
H 7 4
Si una planilla no cumple integralmente esta relación debe ser glosada:
Página 23
“No se cumple en su integridad la relación de Madre comunitaria”
REGLA 2:Para las Madres comunitarias el valor del Campo 41 del Registro tipo 2 “Tarifa” debe
ser4%:, si esto no se da la planilla debe ser glosada.
“Tarifa no corresponde a una Madre Comunitaria”
REGLA 3: Para las Madres comunitarias el valor del Campo 38 del Registro tipo 2 “Días
cotizados.” debe ser30 si esto no se da la planilla debe ser glosada.
“Días no corresponden a una Madre Comunitaria”
REGLA 4:Para la validación de los valores de Campo 40Registro Tipo 2 (Ingreso Base
Cotización) y Campo 42Registro Tipo 2 (Cotización obligatoria) se debe utilizar la tabla
“CALCULO APORTES MADRES COMUNITARIAS.xlsx”
6. LIMITES MAXIMOS Y REGLAS DE REDONDEO
Para los aportes a salud se tiene que redondear de acuerdo a la regla establecida en el artículo
10 del Decreto 1406 respetando los límites de 1 SMML y 25 SMML (45 SMML para el cotizante
18 Funcionarios públicos sin tope máximo en el IBC) para esto se deben considerar las talas de:
“Máximos 25 SMLV a 20130628.xlsx”
“Máximos 45 SMLV a 20130628.xlsx”
“Salariosmínimos legales”
7. APORTES A SALUD A EPS DIFERENTES
Los aportes a salud de los pensionados deberían ir directamente al FOSYGA solamente en los
siguientes casos:
Que el respectivo cotizante no haya estado afiliado a una EPS
Que la EPS se encuentre liquidada.
Cuando sea de periodos anteriores a Abril de 1994
8. TARIFAS CLASE DE APORTANTE D – LEY 1429 DE 2010
El valor del campo 41 del Registro tipo 2 (Tarifa) Definido en el Artículo 4 de la Resolución 3336
de 2013 debe ser:
Página 24
Caso1. Valor del Campo 18 del Registro tipo 1 (Código del departamento Matricula Mercantil)
Definido en el Artículo 3 de la Resolución 3336 de 2013 es diferente de “91”, “97”,”94”
y con valor del campo 36 del registro tipo 2 (SLN: Suspensión Temporal del Contrato
de Trabajo y Licencias no Remuneradas) en blanco
Si el valor del Campo 6 del registro tipo 2 (periodo de pago) es anterior la fecha de la
matricula mercantil (Campo 17 del registro tipo 1) el valor de la tarifa (Campo 41 del
registro tipo 2) es 12,5%
Sino. Si el año reportado en el campo 6del registro tipo 2 (Periodo de pago) es
menor o igual al valor de año reportado en el campo 17 del Registro tipo 1 (Fecha
de Matrícula Mercantil) incrementado en 1el valor de la tarifa (Campo 41 del
registro tipo 2) es 11%
Sino. Si el año reportado en el campo 6del registro tipo 2 (Periodo de pago) es
menor o igual al valor de año reportado en el campo 17 del Registro tipo 1 (Fecha
de Matrícula Mercantil) incrementado en 2el valor de la tarifa (Campo 41 del
registro tipo 2) es 11.375%
Sino. Si el año reportado en el campo 6 del registro tipo 2 (Periodo de pago) es
menor o igual al valor de año reportado en el campo 17 del Registro tipo 1 (Fecha
de Matrícula Mercantil) incrementado en 3el valor de la tarifa (Campo 41 del
registro tipo 2) es 11.750%
Sino. Si el año reportado en el campo 6 del registro tipo 2 (Periodo de pago) es
menor o igual al valor de año reportado en el campo 17 del Registro tipo 1 (Fecha
de Matrícula Mercantil) incrementado en 4el valor de la tarifa (Campo 41 del
registro tipo 2) es 12.125%
Sino. El valor de la tarifa (Campo 41 del registro tipo 2) es 12.5%
Si la tarifa no es la establecida, la planilla debe ser glosada y el mensaje de la glosa
debe ser:
“Para Clase de Aportarte D Tarifa NO PERMITIDA”
Caso 2. Valor del Campo 18 del Registro tipo 1 (Código del departamento Matricula Mercantil)
Definido en el Artículo 19 de la Resolución 3336 de 2013 es “91” ó “97”ó “94” y con
valor del campo 36 del registro tipo 2 (SLN: Suspensión Temporal del Contrato de
Trabajo y Licencias no Remuneradas) en blanco
Página 25
Si el periodo de pago (Campo 6 del registro tipo 2) es anterior la fecha de la
matricula mercantil (Campo 17 del registro tipo 1) el valor de la tarifa (Campo 41 del
registro tipo 2) es 12,5%
Sino. Si el año reportado en el campo 6del registro tipo 2 (Periodo de pago) es
menor o igual al valor de año reportado en el campo 17 del Registro tipo 1 (Fecha de
Matrícula Mercantil) incrementado en 7el valor de la tarifa (Campo 41 del registro tipo
2) es 11%
Sino. Si el año reportado en el campo 6del registro tipo 2 (Periodo de pago) es
menor o igual al valor de año reportado en el campo 17 del Registro tipo 1 (Fecha de
Matrícula Mercantil) incrementado en 8 el valor de la tarifa (Campo 41 del registro
tipo 2) es 11.750%
Sino. Si el año reportado en el campo 6del registro tipo 2 (Periodo de pago) del
registro tipo 2 es menor o igual al valor de año reportado en el campo 17 del Registro
tipo 1 (Fecha de Matrícula Mercantil) incrementado en 9el valor de la tarifa (Campo
41 del registro tipo 2) es 12.125%
Sino. El valor de la tarifa (Campo 41 del registro tipo 2) es 12. 5%