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REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE XXXXXXXXXX
MUNICIPIO DE ZAPATEIRO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO-HOSPITAL DEPARTAMENTAL
NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS NIT. 809.038.345-2
ACUERDO No. XXXX DE 2016 (ENERO 30)
Por el Cual se Reglamenta y se fijan Los Parámetros y Estándares para Desarrollar el Proceso Meritocratico para conformar la Lista de Elegibles, Establecer la Terna y Nombrar al Gerente de la ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE XXXXXXXX, Para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020.
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE XXXXXXXX, En Ejercicio de sus Facultades Constitucionales y Estatutarias y en especial las Conferidas en el Artículo 28 de la Ley 1122 de Enero 9 de 2007, Decreto 800 de Marzo 14 de 2008; Resolución 165 de Marzo 18 de 2008, Artículos 70 y 72 de la Ley 1438 de Enero 19 de 2011, Articulo 12 del Decreto 2993 de Agosto 19 de 2011, Decreto1083 de Mayo 26 de 2015 en lo pertinente y Articulo 134 de la Ley 1753 de Junio 9 de 2015 y demás normas y conceptos concordantes y pertinentes y;
CONSIDERANDO: Que Mediante el Acuerdo No. XX de Enero X de 2016 La Junta Directiva Aprobó la Apertura y Adelanto del Concurso de Méritos Publico y Abierto y la Escogencia del Operador del Proceso para que Desarrolle las etapas de inscripción de aspirantes, Desarrolle las Pruebas y Conforme la lista de Elegibles, para que dicha Junta Directiva elabore la terna y el Alcalde (Gobernador) Designe al Gerente de la ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE XXXXXXXX, Para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020. Que en el mismo acto administrativo anterior en su artículo 3º. La Junta Directiva Ordenó al Gerente Ad Hoc con la Asesoría de Expertos al respecto, el tramite del Reglamento de Parámetros y Estándares del Concurso de Méritos Publico y Abierto, que deberá acatar en la ejecución de todas las etapas del Concurso de Méritos, tanto la universidad –operador, como los demás actores incluida la Junta Directiva, que tengan responsabilidades y participación en dicho proceso meritocratico. En mérito de lo expuesto;
ACUERDA:
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NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS NIT. 809.038.345-2
TITULO I
DE LOS PARAMETROS Y ESTANDARES GENERALES
CAPITULO I
DE LAS GENERALIDADES DEL REGLAMENTO
ARTICULO 1º. Defínanse y Promulgasen los Parámetros y Estándares del concurso de méritos, que deberán seguirse para adelantar el Concurso Público y Abierto de Méritos para proveer el cargo de Gerente de la ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE XXXXXXXX, Para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020; el cual sirve de base para Expedir y Diligenciar la Convocatoria Pública y Abierta a participar en dicho concurso, con el desarrollo pertinentes de todos los mandatos y valoraciones de las etapas de dicho proceso que estipulan el Decreto 800 de Marzo 14 de 2008 y la Resolucion 165 de Marzo 18 de 2008 y demás normas conexas. ARTICULO 2º. Entréguese formalmente por parte del Gerente Ad Hoc a la Universidad - Operador que se contrate para adelantar dicho concurso de méritos, Tanto UNA copia del presente Reglamento, como Una copia de la Convocatoria pública y abierta, para que desarrollen el presente concurso de méritos, en los términos previstos. ARTICULO 3º. Cronograma de las Etapas del Concurso de Méritos:- Adóptense y fíjense las fechas, tiempos, movimientos y actividades del Concurso de Méritos para para proveer el cargo de Gerente de la ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE XXXXXXXX, Para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020, los cuales serán coherentes y acordes con la Convocatoria Pública y abierta a participar, de la siguiente manera:
ETAPA ACTIVIDAD FECHA DE EJECUCION
1. Decisión de la Junta Directiva de Garantizar el Debido Proceso de la Reelección
Aprobación del Acuerdo de Reelección de la Junta Directiva y Fijación de Fecha de Rendición de Informe del Gerente Actual.
X DE ENERO DE 2016
2. Decisión de La Junta Directiva de Adelantar el Concurso de Méritos
Aprobación por Parte de la Junta Directiva de Apertura del Concurso y Fijación de
X DE ENERO DE 2016
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Funciones al Gerente Adhoc Nombrado.
3. Fijación de los Parámetros y Estándares del Concurso de Méritos
Aprobación del Acuerdo de Reglamento de Parámetros y Estándares del concurso
de méritos.
X DE ENERO DE 2016
4. Adjudicación Contrato Operador del Concurso
Proceso de Contratación y Legalización del Concurso con Universidad Acreditada
X AL X DE FEBRERO 2016
5. Convocatoria Pública y Abierta de Reclutamiento de Aspirantes.
Fijación de la Invitación Pública y Abierta para Aspirantes al Concurso.
X DE FEBRERO DE 2016
6. Reclutamiento de Aspirantes
Proceso de Inscripción reglamentaria de aspirantes por parte del operador
X AL X DE FEBRERO DE 2016
7. Publicacion Admitidos y No admitidos
LISTA DEADMITIDOS Y NO ADMITIDOS
X DE FEBRERO 2016
8. Reclamaciones Reclamaciones delos aspirantes no admitidos
X y X DE FEBRERO DE 2016
9.Reclamaciones Solución a Reclamaciones X DE MARZO DE 2016
10. Aplicación de Pruebas a) Conocimiento b) Competencias c) Calificación Hoja de Vida.
X DE MARZO DE 2016
11. Resultados Publicación de Resultados Finales de las Pruebas
X DE MARZO DE 2016
12. Reclamaciones Recibo de Reclamos de los Participantes que Presentaron Pruebas
X Y X DE MARZO DE 2016
13. Reclamaciones Solución a las reclamaciones
X DE MARZO DE 2016
14. Reclamaciones Solución a las Reclamaciones
X DE MARZO DE 2016
15. Resultados Publicación de los Resultados Definitivos
X DE MARZO DE 2016
16. Lista de Elegibles Notificación de la Lista de Elegibles
X DEMARZO DE 2016
17. Conformación de la Terna
Acto administrativo de la Junta Directiva
X DE MARZO DE 2016
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Conformando la Terna
18. Designación del Gerente de la ESE
Acto Administrativo Alcalde (Gobernador) Nombramiento Gerente ESE
X DE MARZO DE 2016
19. Liquidación del contrato Informe y acta final del contrato y entrega de todos los documentos del Concurso del Operador a Gerente Ad hoc del Concurso
X DEMARZO DE2016
CAPITULO II
DE LA ESCOGENCIA DEL OPERADOR DEL CONCURSO DE MERITOS
ARTICULO 4º.- Entidades Encargadas del Proceso Meritocratico. La Junta Directiva Actual adelantará el concurso de méritos para conformar la Lista de Elegibles, Establecer la Terna y Nombrar al Gerente de la ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE XXXXXXXX, Para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020, para lo cual a través del Gerente Ad Hoc designado por el concurso de méritos, convocará a las Universidades o Instituciones de Educación Superior que en la fecha estén Acreditadas ante la Comisión Nacional del Servicio Civil antes de Junio 9 de 2015 o Ante el Ministerio de Educación Nacional en cumplimiento del Artículo 134 de la Ley 1753 de 2015; actuando de conformidad con la invitación publica y abierta que deberá fijar en la página web de la alcaldía (Gobernación); en la cartelera de la alcaldía (Gobernación) y la ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE XXXXXXXX, y a través de medios publicitarios que lleguen al mayor número de entidades sujetas de esta contratación o en forma directa. PARÁGRAFO PRIMERO.- Además de la invitación pública para convocar el mayor número de Universidades o instituciones de educación superior Acreditadas ante la CNSC o el MEN; El Gerente Ad-hoc; publicará el presente reglamento de parámetros y estándares del presente acto administrativo; para que les sirva de referente a los potenciales operadores para que presenten sus propuestas. ARTÍCULO 5o. Criterios de Adjudicación de Los Proponentes para desarrollar el Proceso Meritocratico: Las Universidades, Instituciones de Educación Superior Acreditadas y proponentes para desarrollar el concurso de
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méritos deberán tener en cuenta los siguientes Criterios que seran calificados por la Junta Directiva de la ESE, mediante el Instrumento Adoptado para tal fin así:
PARAMETROS COMPONENTES
PERTINENTEREGULAR
PERTINENCIA
POCO
PERTINENTE
NO
PERTINENTE
PORCENTAJE DEL
PARAMETRO
PORCENTAJE MAXIMO
CALIFICACION FINAL
71-100 41-70 21-40 0-20 0%-20%
0%
PROPUESTA DE CONVOCATORIA
DE INVITACION PUBLICA0%
COHERENCIA DE LA PROPUESTA
CON EL REGLAMENTO0%
CUMPLIMIENTO DE
DOCUMENTACION Y SOPORTES
DE LA PROPUESTA
0%
0%
COMPONENTES
CUMPLE EN
ALTO
GRADO
CUMPLE
GRADO
REGULAR
CUMPLE EN
BAJO GRADONO CUMPLE
PORCENTAJE DEL
PARAMETRO
PORCENTAJE MAXIMO
CALIFICACION FINAL
71-100 41-70 21-40 0-20 0%-20%
0%
COMPETENCIAS RECURSO
HUMANO COMISION DE
APLICACIÓN DE PRUEBAS
0%
COMPETENCIAS COMISION DE
EVALUACION Y ATENCION DE
RECLAMOS
0%
GESTION ETICA DE LA
PROPUESTA0%
0%
COMPONENTES
EXCELENTE
COSTO
ACORDE A LA
TABLA
POCO
ACORDE A
TABLA
NO ACORDE A
TABLA
PORCENTAJE DEL
PARAMETRO
PORCENTAJE MAXIMO
CALIFICACION FINAL
71-100 41-70 21-40 0-20 0%-20%
0%
TARIFAS DE ACUERDO A LOS
INGRESOS RECAUDADOS0%
EXISTE UN MARGEN DE UTILIDAD
ENTRE LA TARIFA Y LOS COSTOS 0%
LA UNIVERSIDAD NO ASUME
COSTOS DE LA ESE0%
0%
COMPONENTES
MUY
ACEPTABLE
ACEPTABLE
NORMAL
POCO
ACEPTABLE
NO
ACEPTABLE
PORCENTAJE DEL
PARAMETRO
PORCENTAJE MAXIMO
CALIFICACION FINAL
71-100 41-70 21-40 0-20 0%-20%
0%
LUGAR DE REALIZACION DE
PRUEBAS0%
GARANTIAS DE PUBLICACION DE
LOS RESULTADOS0%
PLATAFORMA TECNOLOGICA Y
SISTEMA DE INFORMACION0%
0%
COMPONENTES
MUY
ACEPTABLEACEPTABLE
POCO
ACEPTABLE
NO
ACEPTABLE
PORCENTAJE DEL
PARAMETRO
PORCENTAJE MAXIMO
CALIFICACION FINAL
71-100 41-70 21-40 0-20 0%-20%
0%
GARANTIAS CONTRACTUALES
DEL PROCESO MERITOCRATICO0%
FORMA DE PAGO DEL PROCESO
MERITOCRATICO0%
FLUJOGRAMA DEL PROCESO
MERITOCRATICO0%
0%
0% 100%
PUNTAJE PORCENTAJES
SELECCIÓN OBJETIVA
CARACTERIZACION DEL PERFIL
DEL GERENTE DE ESE
20%
SUBTOTAL SELECCIÓN OBJETIVA
COMPETENCIA TECNICA
PUNTAJE PORCENTAJES
GESTION DE CALIDAD DE LAS
ACTIVIDADES
20%
SUBTOTAL COMPETENCIA TECNICA
COSTOS DE LA
PROPUESTA
PUNTAJE PORCENTAJES
ESTRUCTURA DE COSTOS Y
GASTOS DEL CONCURSO
PRESENTADO POR LA
UNIVERSIDAD OFERENTE
20%
SUBTOTAL COSTOS DE LA PROPUESTA
CAPACIDAD LOGISTICA
PUNTAJE PORCENTAJES
LUGAR DE INSCRIPCION
20%
SUBTOTAL CAPACIDAD LOGISTICA
CALIFICACION TOTAL DE MIEMBRO DE JUNTA DIRECTIVA
CADENA DE VALOR DE
LA PROPUESTA
PUNTAJE PORCENTAJES
CONTROL DE RIESGO DEL
PROCESO MERITOCRATICO
20%
SUBTOTAL CADENA DE VALOR DE LA PROPÚESTA
PARAGRAFO PRIMERO.- La Estructura de Costos y Gastos del Concurso de Méritos para fijar las Tarifas de los mismos, que presentarán los proponentes en sus propuestas y seran calificados por la Junta Directiva deben tener los siguientes componentes básicos:
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TIPO DE COSTOSRUBROS DE LOS TIPOS DE
COSTOS
UNIDAD DE
MEDIDA
MEDIA DE
LA
CANTIDAD
VALOR UNITARIO
PROMEDIO
COSTO
PROMEDIO
TOTAL
Gastos de
Presentación y
Adjudicación de la
Propuesta
Gastos Logísticos de
Útiles y Papelería
Gastos de
Desplazamientos y
Permanencia del Proceso
de Inscripción
Gastos de Preparación
y Publicaciones de los
Resultados de las
Pruebas
Gastos de
Representación Legal de
la Universidad
Gastos de Servicios
Profesionales de las
Comisiones del Proceso
meritocratico
Gastos de Viajes y
Viáticos de
Desplazamiento de los
Evaluadores de las
Pruebas
Gastos de Coordinación
del Proceso Meritocratico
Riesgos e Imprevistos
del Proceso
Meritocratico.
Costos Potencial de
Defensa Jurídica del
Proceso Meritocratico
Margen de Utilidad
del Proceso
Meritocratico
-
Costos
Administrativos y
Logísticos del
Proceso
Meritocratico
Costos de
Derechos
Operativos del
Proceso
Meritocratico
COSTO MEDIO DEL CONCURSO DE MERITOS PARAGRAFO SEGUNDO.- Antes de Publicar la Invitación a las Universidades Acreditadas para que presenten propuesta para adjudicarles el contrato por parte de la Junta Directiva de la ESE; para que desarrollen el Proceso Meritocratico, El Gerente Ad hoc, debe realizar la gestion a quien corresponda en la ESE; para expedir el respectivo CDP sobre el Valor establecido para contratar a la Universidad - Operador por dicho concepto.
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ARTICULO 6º.- Del Talento Humano Evaluador de los Concurso de Méritos. El concurso de méritos en todas sus fases y etapas deberá ser adelantado por la Universidad - Operador a quien se le adjudique por contratación directa; el proceso meritocratico para el efecto; la cual su Talento Humano Evaluador de dichos procesos que son responsables de la aplicación de las Pruebas en Concurso de Méritos, a quienes se les califica sus Competencias Profesionales en el Ítem de Competencia Técnica que presentaran en la propuesta; deberán Integrar Un Comité de Evaluación de Pruebas y Atencion de reclamos y controversias, para lo cual La Universidad - Operador entregará a la Junta Directiva de la ESE como soportes de la propuesta el respectivo oficio de designación o acto administrativo interno de su conformación.
PARAGRAFO PRIMERO-. Inhabilidades e incompatibilidades. Las Universidades Acreditadas ante la CNSC o el Ministerio de Educación Nacional, al Momento de presentar las hojas de vida en las propuestas pertinentes hará constar la no existencia de Inhabilidades e Incompatibilidades administrativas, fiscales y penales que estipula las normas vigentes al respecto; como también la de los Integrantes del Comité de Evaluadores que Ejecutará el Concurso de méritos ARTÍCULO 7º.- Clasificación de los Municipios y Nivel de Complejidad de la ESE. Para los requisitos del cargo del Concurso de Méritos.- Para el cumplimiento de las dinámicas del concurso de méritos del Gerente de la ESE; y realizar su caracterización por parte de la Junta directiva de la ESE y La Universidad - Operador del contrato, se tendrán en cuenta que para que un aspirante al concurso sea admitido debe cumplir con los siguientes requisitos:
NIVEL DE
COMPLEJIDAD DE LA
ESE
NUMERAL 22.3
DEL DECRETO
785 DE 2005
CATEGORIA
DEL
MUNICIPIO
REQUISITOS DE TITULO
PROFESIONALREQUISITOS DE POSTGRADOS
REQUISITOS DE
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
EQUIVALENCIAS
22.3.1ESPECIAL Y
PRIMERA
CIENCIAS DE LA SALUD,
ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS
O JURIDICAS
Salud Pública, Administración,
Gerencia Hospitalaria o
Administración en Salud
2 AÑOS EN EL
SECTOR SALUDNINGUNA
22.3.2 SEGUNDA
CIENCIAS DE LA SALUD,
ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS
O JURIDICAS
Salud Pública, Administración,
Gerencia Hospitalaria o
Administración en Salud
1 AÑO EN EL
SECTOR SALUDNINGUNA
22.3.3
TERCERA,
CUARTA,
QUINTA Y
SEXTA
CIENCIAS DE LA SALUD NO SE EXIGE1 AÑO EN EL
SECTOR SALUDNINGUNA
SEGUNDO
NIVEL DE
ATENCION
22.4DEPARTA
MENTAL
CIENCIAS DE LA SALUD,
ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS
O JURIDICAS
Salud Pública, Administración,
Gerencia Hospitalaria o
Administración en Salud U
Otro en el Area de la
Administración en Salud
3 AÑOS EN EL
SECTOR SALUD
POSTGRADO
COMPENSADO POR 3 AÑOS
DE EXPERIENCIA EN
CARGOS
DIRECTIVO,ASESOR O
PROFESIONAL EN
ENTIDADES DEL SGSSS
TERCER
NIVEL DE
ATENCION
22.5DEPARTA
MENTAL
CIENCIAS DE LA SALUD,
ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS
O JURIDICAS
Salud Pública, Administración,
Gerencia Hospitalaria o
Administración en Salud o en
las Areas Economicas,
Administrativas o Juridicas
4 AÑOS EN EL
SECTOR SALUDNINGUNA
PRIMER NIVEL
DE ATENCION
ARTÍCULO 8º. Lugar de Inscripción y Realización del Concurso:- El Lugar de Inscripción de los Aspirantes del Concurso de Méritos; se hará en la Sede actual donde funciona la ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE
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XXXXXXXX, y La Universidad - Operador escogido deberá Acordar con el Gerente Ad Hoc del concurso de méritos todos los procesos logísticos que deben garantizarles para cumplir esta labor en forma autónoma por parte de la Universidad –Operador en un sitio de la ESE. PARAGRAFO PRIMERO: La realización de la aplicación de Pruebas se llevará a cabo en la Ciudad de XXXX XXXXXX, lugar que se acordará con la Universidad - Operador a quien se le asigne esta responsabilidad, cuya dirección se consignara en la Invitación de Convocatoria Pública y Abierta de inscripción de aspirantes, cuando se emita la lista de admitidos y no admitidos.
CAPITULO III
DE LA INVITACION PUBLICA Y ABIERTA DEL CONCURSO DE MERITO
ARTICULO 9o.- Convocatoria de Invitación a Participar en el Concurso de Méritos.- La Convocatoria de Invitación de aspirantes a participar en el concurso de mérito público y abierto lo hará la Junta Directiva de la ESE con la firma del Presidente de la Junta Directiva o del Gerente Ad hoc, de conformidad con el Articulo 3 de la Resolucion 165 de Marzo 18 de 2008.
ARTICULO 10º.- Estructura y Contenido de la Invitación Publica:- Adóptese el Contenido de la Convocatoria de Invitación Publica y abierta a participar en el concurso de méritos para conformar la lista de elegibles, Establecer la terna y designar el Gerente de la ESE, como anexo al presente reglamento, para su publicación; el cual es concordante con los parámetros, estándares y cronogramas aprobados en el presente reglamento; la cual contiene los mismos aspectos establecidos en el Artículo 3 de la Resolucion 165 de Marzo 18 de 2008. ARTICULO 11º.- Publicación y Comunicación Publica:- La Convocatoria de Invitación Publica y Abierta A Participar En El Concurso de Méritos para conformar la Lista de Elegibles, Establecer la Terna y Nombrar al Gerente de la ESE – HOSPITAL XXXXXX NUESTRA SEÑORA DE LOS SANTOS CIELOS DEL MUNICIPIO DE XXXXX DEPARTAMENTO DE XXXXXXXX, Para el periodo Abril 1 de 2016 a 31 de Marzo de 2020; se publicará de la Siguiente Manera en los términos y condiciones del Código Contencioso Administrativo y de procedimiento administrativo así: a) Por 5 días Siguientes a su publicación en un medio radial del área urbana y rural del Municipio. b) Por 15 días siguientes y hasta que se termine el proceso de Inscripción; en la página WEB del ente territorial en las carteleras oficiales del Municipio y LA ESE
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c) Por 10 días siguientes mínimos, contados a partir de la Suscripción del Contrato o Convenio con el operador para el Desarrollo del proceso meritocratico y hasta que termine el proceso de inscripción en la Página Web de la Universidad - operador contratado. PARAGRAFO PRIMERO:- En Todo caso; La invitación deberá ser publicada como mínimo con diez (10) días hábiles de antelación, para lo cual como la ESE registra en su portafolio de servicios habilitado, el servicio de Urgencias y/o Hospitalización se tiene el día sábado como hábil; a la fecha de iniciación de las inscripciones y su publicación deberá ajustarse en su cronograma si hay necesidad de común acuerdo con la Universidad - Operador Contratado a la firma del acta de inicio del contrato pertinente.
TITULO II
DEL RECLUTAMIENTO DE ASPIRANTES
CAPITULO IV
DEL PROCESO DE INSCRIPCION DE LOS CONCURSOS DE MERITOS
ARTÍCULO 12º.- Accesibilidad e Igualdad del Proceso de Inscripción:- El proceso de Inscripción de los Concursos de Méritos lo Podrán hacer los profesionales que deseen participar en las siguientes modalidades: a) En Forma Personal – In Situ; en la localidad donde Funciona la ESE HOSPITAL PUBLICO, o de conformidad con lo que se determine en el presente reglamento de parámetros donde será el sitio de inscripción aprobado por su junta directiva. b) Por Correo Certificado; Enviando los requisitos y Documentación básica en el lapso de tiempo y horario para las inscripciones a la dirección, oficina y Unidad funcional de la Universidad- Operador; el aspirante deberá por el mismo mecanismo enviar a la dirección establecida, los documentos, aplicativos e instrumentos básicos que se entregaren a los que lo hacen en forma personal, para que el aspirante actué en igualdad de condiciones en el concurso de méritos. c) Por Correo Electrónico; Enviando los requisitos y Documentación básica en el lapso de tiempo y horario para las inscripciones a la dirección de Correo Electrónico o afín, que estipula en la Convocatoria de invitación Publica a la Universidad -Operador, para lo cual ese mismo despacho, deberá por el mismo mecanismo enviar a la dirección electrónica o afín establecida por el aspirante, los
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documentos, aplicativos e instrumentos básicos para que el participante actué en igualdad de condiciones en el concurso de méritos. PARAGRAFO PRIMERO.- El proceso meritocratico desde la recepción de inscripciones hasta la entrega de resultados definitivos de las pruebas es Responsabilidad exclusiva de la UNIVERSIDAD –OPERADOR y está por intermedio del Gerente Adhoc entregara la notificación de la lista de elegibles, para que la junta directiva establezca la terna y el mandatario del ente territorial pertinente nombre al Gerente de la ESE.. ARTÍCULO 13º.- Documentos Básicos y Soportes del Proceso de Inscripción:- La Documentación Básica que deben presentar los aspirantes a participar en el presente concurso de méritos para su inscripción se unifica de la siguiente manera: a) Formato Único de Inscripción o Formato Único de Hoja de Vida Diligenciado y Firmado (Pagina Web Departamento Administrativo de la Función Pública) b) Copia de la Cedula de Ciudadanía c) Copia del Título Profesional de acuerdo a los exigidos en los requisitos de ley y estipulados en el presente reglamento en su artículo 7º. d) Copia Tarjeta Profesional o Afines e) Copia de Acta de Grado del Título Profesional de Pregrado f) Copia de las Certificaciones de Postgrados, Maestrías y Doctorados g) Copia de las Actas de Grado de los Títulos de Postgrados h) Copia de las Certificaciones de Educación Continuada, extensión o Educación para el trabajo y desarrollo humano inherentes i) Copia de las Certificaciones de Docencia e Investigación j) Copia de las Certificaciones Laborales en los Cargos del Nivel Profesional,
Asesor o Directivo con las Funciones Ejercidas que haya ocupado. PARAGRAFO PRIMERO: - A los Inscritos solo se les aceptará documentación complementaria faltante que podrán adicionar mediante oficio dirigido y radicado en la UNIVERSIDAD -OPERADOR, con los adjuntos correspondientes dentro de los 5 días hábiles en que desarrolla el proceso de Inscripciones, una Vez realizado el acta de cierre de inscripciones y publicada la Lista de Admitidos y NO Admitidos no se aceptaran como adjuntos ni se tendrán en cuenta dentro del proceso de reclamos. PARAGRAFO SEGUNDO: - Cuando el aspirante ha ejercido labores como profesional de la salud en sus consultorios privados, para acreditar la experiencia profesional en esta labor, se aceptará una declaración extra juicio ante notario de constancia bajo la gravedad de juramento y de buena fe guardada constitucional, dejando establecido las clases de servicios que prestó y en que Unidad de
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Servicios atendía, la dirección de la oficina donde atendía si es menester, si pertenecía a un acuerdo con otros profesionales de prestación de servicios. PARAGRAFO TERCERO: - En caso de que la ESE –HOSPITAL PUBLICO no tenga la capacidad logística y operativa para desarrollar en forma efectiva y exitosa el proceso de inscripción, facilitándole esta labor a la UNIVERSIDAD –OPERADOR o que por razones de seguridad o fuerza mayor no se pueda ejercer esta labor ni la de aplicación de las pruebas, mediante otro si al contrato y antes de dichos procesos se podrá cambiar los sitios, dejándolo consignado en las respectivas obligaciones entre las partes en el contrato. ARTICULO 14º.- Instrumentos y Aplicativos Básicos del Proceso de Inscripción:- Los instrumentos, formatos y Aplicativos que deben firmar los participantes al momento de legalizar la inscripción serán los siguientes: a) Listado Secuencial de Inscripciones con Presentación Personal o Por los medios alternativos anotados, estableciendo y enumerando cada uno de los folios de los documentos presentados soportes del formato único de Inscripciones u Hoja de vida. b) Listado de Constancia de Entrega de Instructivo de Desarrollo del proceso meritocratico. PARAGRAFO PRIMERO:- Cuando el Profesional que decida participar en el concurso de méritos lo haga por Vía Correo Certificado o por Correo Electrónico, deberá diligenciar el FORMATO DE INSCRIPCION POR CORREO ELECTRONICO O CERTIFICADO que le suministrara la UNIVERSIDAD -OPERADOR, previo requerimiento telefónico o vía electrónica y adjuntarlo firmado a los documentos reglamentarios exigidos para dicha inscripción. La UNIVERSIDAD -OPERADOR una vez llegue la documentación de inscripción por cualquiera de estas dos vías tendrá 24 horas siguientes para acusar recibo de la misma y enviar al correo electrónico que fijo el aspirante en el Formato Único de Inscripción o de Hoja de Vida, la entrega de los instructivos del proceso entregados a los participante que lo hicieron en forma personal. ARTICULO 15º.- Publicación de la Lista de Admitidos y No Admitidos:- La Lista de Admitidos y No Admitidos deberá contener los datos básicos del concurso, la fecha en que se publica coincidente con la exigida en la invitación publica y abierta, la relación por número de cedula de los inscritos que son admitidos y la relación por número de cedula de los inscritos no admitidos con su razón genérica de no admisión y la garantías de reclamos en los términos establecidos previamente en la invitación publica; con los mecanismos contemplados en la normatividad vigente y el presente reglamento de parámetros
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y estándares y la Notificación de los admitidos para participar en la siguiente etapa o practica de pruebas, Listado que será firmado por el representante Legal de la Universidad –Operador o quien este delegue. PARAGRAFO PRIMERO.- No obstante la Publicación de la Lista de Admitidos y No admitidos en la fecha estipulada en la Invitación Publica y Abierta, esta se deberá realizar como máximo dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de cierre de las inscripciones, en caso de que existan inconvenientes ajenos a la voluntad de los responsables del proceso, para lo cual se publicaran los ajustes pertinentes. PARAGRAFO SEGUNDO: LA UNIVERSIDAD - OPERADOR del proceso meritocratico Una Vez se emita la LISTA DE ADMITIDOS Y NO ADMITIDOS del concurso en los tiempos y términos previstos tendrá la obligación de entregarlos formalmente al Gerente Ad hoc del concurso para que la publique en los términos y condiciones de la convocatoria de invitación publica y abierta, pero podrá publicarlos en su Página WEB y en forma simultanea enviar copia de la misma al correo electrónico que cada participante consignó en su Formato Único Inscripción u Hoja de Vida al momento de legalizar su inscripción.
TITULO III
PRUEBAS
CAPITULO V
DE LA APLICACIÓN DE LAS PRUEBAS DEL CONCURSO DE MERITOS
ARTÍCULO 16º.- Orientación y Tipos de Pruebas de los Concursos de Méritos:- Para el desarrollo del presente proceso de concurso de méritos existirán Dos tipos de Pruebas de Conocimiento y de Competencias. PARAGRAFO PRIMERO:- la Aplicación de las Pruebas del Concurso de méritos de responsabilidad de la UNIVERSIDAD – OPERADOR que realizará y calificará en los términos fijados por el presente reglamento las siguientes: a) Evaluación y Calificación del Analisis de Antecedentes y Hoja de vida b) Prueba de Conocimientos c) Prueba de Competencias Laborales
Ω Orientación del Analisis de Antecedentes y Calificación de la Hoja de Vida: Evalúa la idoneidad del cumplimiento de los Requisitos de Formación Académica que comprende Educación de Postgrados y
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Educación Continuada o de extensión y la de Experiencia laboral que comprende Experiencia Profesional, Especifica, Experiencia Relacionada y Experiencia Docente, de los aspirantes que sobrepasen los requisitos mínimos de admisión contemplados en la normatividad vigente al respecto.
Ω Orientación de la Prueba de Conocimiento: Evaluar a los aspirantes en
cuanto a los conocimientos normativos y técnicos relacionados con el cumplimiento de los objetivos y funciones del Gerente de las EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADOS –HOSPITAL PUBLICO, con las siguientes temáticas: Sistema General de Seguridad Social en Salud; Administración Hospitalaria: Sistemas de Gestion Integrado de la Calidad de Hospitales Publicos; Ética Profesional y Gestion Ética Hospitalaria.
Ω Orientación de la Prueba de Competencias Laborales: Las pruebas de
competencias laborales, estarán encaminadas a evaluar las competencias de: Orientación a resultados, orientación al usuario y al ciudadano, Transparencia, Compromiso con la organización, Liderazgo, Planeación, Toma de decisiones, Dirección y desarrollo de personal y Conocimiento del entorno.; estipuladas por el manual de competencias laborales expedido por el Departamento administrativo de la función pública para servidores del estado en consonancia con el artículo 5 de la Resolucion 165 de2008; para lo cual LA UNIVERSIDAD - OPERADOR a quien se le asigne el contrato o convenio deberá aplicar una prueba estandarizada; dirigida específicamente a la evaluación de competencias que incluya las competencias laborales específicas para el cargo de Gerente de la ESE.
Ω Orientación de la Prueba de Entrevista: Evalúa los procesos subjetivos
que a juicio de los evaluadores expertos de la UNIVERSIDAD OPERADOR, miden comportamientos individuales y rasgos de personalidad y afines del aspirante para medir en forma integral el perfil del Gerente ESE que necesita el ente de salud en su nivel de complejidad, Son pruebas complementarias de las mediciones de las pruebas de competencias laborales y/o aptitud; las pruebas de examen de conocimiento y los antecedentes y hoja de vida
PARAGRAFO SEGUNDO:- La valoración de cada una de las pruebas, del valor total de las pruebas a aplicar, en el concurso de méritos para conformar la lista de elegibles y designar al gerente de la ESE será la siguiente:
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NIVEL DE
COMPLEJIDAD DE LA
ESE
CATEGORIA DEL
MUNICIPIOHOJA DE VIDA
PRUEBA DE
COMPETENCIAS
PRUEBA DE
CONOCIMIENTO
PERCENTIL
TOTAL DE LAS
PRUEBAS
TERCERA,
CUARTA, QUINTA
Y SEXTA15% 15% 70% 100%
SEGUNDA 15% 15% 70% 100%
PRIMERA 20% 20% 60% 100%
SEGUNDO NIVEL
DE ATENCIONDEPARTAMENTAL 20% 20% 60% 100%
TERCER NIVEL
DE ATENCIONDEPARTAMENTAL 20% 20% 60% 100%
PRIMER NIVEL
DE ATENCION
PARAGRAFO TERCERO.- Cuando las Pruebas de Competencias sean entrevista su valor será del 15% del valor total de las pruebas y la Universidad –Operador en su propuesta deberá explicitar el aplicativo que va utilizar para tal fin, para lo cual se recomienda el ASSEMENT – CENTER, lo que se entiende que si se escoge esa Universidad –Operador, se le está aprobando dichos aplicativos. Igualmente, si la Universidad –Operador realiza Prueba escrita para las competencias laborales estas tendrán un valor máximo del 20% del valor total de las pruebas; Para lo cual se recomienda la herramienta COMPETEA. ARTÍCULO 17º.- Dinamicas de Desarrollo y Aplicación del Analisis de Antecedentes y Calificación de la Hoja de Vida en el Concurso de Mérito: En cuanto a Formación Académica se evalúa: a) La Educación de Postgrados comprende los Diplomas y Actas de Grado de los Títulos de Especializaciones, Maestrías y Doctorados Cursados y terminados reglamentariamente por el Participante. PARAGRAFO PRIMERO:- Las especializaciones Medico Quirúrgicas o Clínicas se tendrán en cuenta como Maestrías de acuerdo a las normas vigentes del ministerio de educación nacional y de conformidad con los requisitos se tendrán en cuenta como Postgrados de Salud Pública; Las Especializaciones de Epidemiologia, Salud Ocupacional o de Medicina o Salud Familiar o afines. Las especializaciones o Maestrías en Auditoria, Finanzas en Salud o Planeación en Salud y afines se tendrán como de gerencia o administración en salud. b) La Educación Continuada comprende los cursos, seminarios, talleres, congresos de actualización y Conocimiento de nuevas técnicas y normativas temáticas, realizadas por entidades expertas, asociaciones sectoriales y profesionales o dentro de los programas de educación continuada de las Universidades Públicas o privadas o dentro de la formación para el trabajo y
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desarrollo humano que el profesional ha realizado; para estar al día en el desempeño de sus competencias profesionales y responsabilidades laborales. PARAGRAFO SEGUNDO:- Los títulos de Técnicos o Tecnólogos del área de competencias del profesional participante que haya adquirido y certifique dentro de la educación para el trabajo y desarrollo humano o por parte del ciclo propedéutico inicial de profesionalización de las Instituciones de Educación superior, se calificaran como de educación continuada y se le asignaran las horas que contempla su Currículo, el cual debe presentar certificación al respecto. Cuando un Profesional Participante registre dos carreras profesionales, la carrera profesional presentada para cumplir los requisitos se tendrá en cuenta para la Lista de Admitidos y no admitidos y la carrera adicional se le tendrá en cuenta por un máximo de 500 horas como educación continuada. PARAGRAFO TERCERO:- La sumatoria del puntaje de los títulos y certificaciones de postgrados sumados a los de educación continuada comprenderán la Calificación Total de Formación Académica. c) La Experiencia Profesional Específica se aplica a las certificaciones presentadas por el participante cuando ha ejercido cargos del nivel directivo o asesor en entidades del sector salud o entidades del área de formación por competencias del participante o entidad proveedora de servicios a las del sector salud o ha sido anteriormente Director, Gerente o Subgerente de Hospitales Publicos – ESES o de Hospitales o Clínicas Privadas. PARAGRAFO CUARTO:- Los cargos de Subgerentes, Subdirectores, Jefes de Oficina de Planeación, de Desarrollo Estratégico, Jurídica o Jefes de Control Interno siempre y cuando en los Manuales Específicos y Requisitos por Competencias en Instituciones Prestadora de Servicios de Salud públicas o privadas y Direcciones Territoriales de Salud, que correspondan al nivel directivo o asesor en cada caso, lo cual deben especificar en la respectiva certificación, con las funciones que desarrollan o ejecutaron, se tendrán en cuenta como Experiencia Profesional Específica. d) La Experiencia Profesional Relacionada se aplica a las certificaciones presentadas por el participante cuando ha ejercido cargos del nivel profesional en entidades del sector salud o entidades del área de formación por competencias del participante o ha sido anteriormente Jefe de Oficina, Unidad o Sección o de relación médico o profesional de la salud - paciente; de Empresas relacionadas o proveedores del sector hospitalario, cuyos cargos pertenezcan al nivel profesional en el manual especifico de funciones y requisitos por competencias.
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PARAGRAFO QUINTO:- Los cargos de Auditor, Revisor Fiscal, Coordinador de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad y afines que en las IPS, S públicas o privadas o en el ente territorial correspondan al nivel profesional; lo cual deben especificar en la respectiva certificación, con las funciones que desarrollan o ejecutaron, se tendrán en cuenta como Experiencia Profesional relacionada. En cuanto al Servicio Social obligatorio se tendrá en cuenta su tiempo como experiencia profesional relacionada en los HOSPITALES PUBLICOS – ESES que realizan el presente concurso de méritos por ser del primer nivel de atención y por ser nuestra área de gestion sanitaria municipios de tercera, cuarta, quinta y sexta categoría. Cuando el aspirante tenga dentro de sus soportes de labores desarrolladas una certificación donde haga constar que ha sido alcalde municipal si es profesional de la salud se le tendrá en cuenta como experiencia específica, pero si no es profesional de la salud se le tendrá en cuenta como experiencia relacionada. Cuando los aspirantes certifiquen que han sido concejales de municipio; Diputado de departamento; Representantes a la Cámara o Senadores independiente de la profesión que tengan se les tendrá en cuenta como experiencia relacionada. e) La experiencia profesional Docente, corresponden a las certificaciones de vinculación con Universidades Públicas o Privadas presentadas por el participante ya sea por horas cátedras o de medio tiempo o tiempo completo en labores de docencia, investigación y extensión, siempre y cuando demuestre que es un ejercicio adicional al ordinario de sus labores profesionales o registra profesionalización docente. PARAGRAFO SEXTO:- Cuando las certificaciones de la Experiencia profesional docente coincidan en el mismo horario de la experiencia profesional específica o relacionada, estas no se tendrán en cuenta y prima la especifica o la relacionada; pero si se certifica como horario adicional al mismo, se calificara como horas cátedras no importa la vinculación registrada. PARAGRAFO SEPTIMO:- La experiencia profesional Docente solo se calificará cuando el concurso de méritos se efectué en un Hospital Público – ESE de ALTA o Tercer Nivel de Complejidad o de Un Nivel Inferior pero tenga el Carácter de “HOSPITAL UNIVERSITARIO” ya que son Centros de Prácticas Formativas y se gerencia una relación docencia servicio de alta incidencia en su rol institucional. En el Caso de que el Hospital Público ESE no tenga el carácter de Universitario, las certificaciones de Experiencia Docente que presenten los participantes se tendrán en cuenta y evaluaran como experiencia profesional relacionada.
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PARAGRAFO OCTAVO:- La sumatoria del puntaje de Las certificaciones de Experiencia Profesional Específica, más la de experiencia profesional relacionada más experiencia profesional Docente comprenderán la Calificación Total de la Experiencia Profesional. La sumatoria del Porcentaje de la Formación Académica con el Porcentaje de la Experiencia profesional corresponde al Porcentaje Total de la CALIFICACION DE LA HOJA DE VIDA DEL PARTICIPANTE. La Cual tendrá un valor máximo del 20% del total de la calificación del concurso de mérito. El formato matriz de evaluación y valoración del analisis de antecedentes u hoja de vida deberá contener los siguientes ítems de calificación:
NIVEL DE
COMPLEJIDAD DE LA
ESE
CATEGORIA DEL
MUNICIPIO
REQUISITOS
DE
POSTGRADOS
REQUISITOS DE
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
HOJA DE
VIDA
EDUCACION DE
POSTGRADO
EDUCACION
CONTINUATOTAL PUNTAJE TOTAL % ESPECIFICA RELACIONADA DOCENTE
TOTAL
PUNTAJETOTAL %
GRAN
TOTAL %
100 100 100 100% 100 100 0 100 100% 100%
1POSTGRADO500
HORAS 0-100100%
4 AÑOS>1-5
años - 0-100 100%
100%
20% 20% 100 40% 30% 30% - 100 60% 20%HOJA DE
VIDA
EDUCACION DE
POSTGRADO
EDUCACION
CONTINUATOTAL PUNTAJE TOTAL % ESPECIFICA RELACIONADA DOCENTE
TOTAL
PUNTAJETOTAL %
GRAN
TOTAL %
100 100 100 100% 100 100 0 100 100% 100%
> DE UN
POSTGRADO
500
HORAS 0-100 100% 4 AÑOS>1-5
años - 0-100 100%
100%
20% 20% 100 40% 30% 30% - 100 60% 20%
HOJA DE
VIDA
EDUCACION DE
POSTGRADO
EDUCACION
CONTINUATOTAL PUNTAJE TOTAL % ESPECIFICA RELACIONADA DOCENTE
TOTAL
PUNTAJETOTAL %
GRAN
TOTAL %
100 100 100 100% 100 100 0 100 100% 100%
> DE UN
POSTGRADO
700
HORAS 0-100 100% 4 AÑOS>1-5
años- 0-100 100% 100%
20% 20% 100 40% 30% 30% - 100 60% 20%
NIVEL DE
COMPLEJIDAD DE LA
ESE
CARÁCTER DEL
NIVEL
TERRITORIAL DE
LA ESE
REQUISITOS
DE
POSTGRADOS
REQUISITOS DE
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
HOJA DE
VIDA
EDUCACION DE
POSTGRADO
EDUCACION
CONTINUATOTAL PUNTAJE TOTAL % ESPECIFICA RELACIONADA DOCENTE
TOTAL
PUNTAJETOTAL %
GRAN
TOTAL %
100 100 100 100% 100 100 0 100 100% 100%
> DE UN
POSTGRADO
700
HORAS0-100 100% 4 AÑOS
>1-5
años- 0-100 100% 100%
> DE UN
POSTGRADO
700
HORAS0-100 100% 4 AÑOS
>1-5
años- 0-100 100% 100%
20% 10% 100 30% 35% 35% - 100 70% 20%
NIVEL DE
COMPLEJIDAD DE LA
ESE
CARÁCTER DEL
NIVEL
TERRITORIAL DE
LA ESE
REQUISITOS
DE
POSTGRADOS
REQUISITOS DE
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
HOJA DE
VIDA
EDUCACION DE
POSTGRADO
EDUCACION
CONTINUATOTAL PUNTAJE TOTAL % ESPECIFICA RELACIONADA DOCENTE
TOTAL
PUNTAJETOTAL %
GRAN
TOTAL %
100 100 100 100% 100 100 100 100 100% 100%
> DE UN
POSTGRADO
700
HORAS0-100 100% 4 AÑOS 1-5 años
300 HORAS
CATEDRAS
(5 AÑOS) 0-100 100% 100%
> DE UN
POSTGRADO
700
HORAS0-100 100% 4 AÑOS 1-5 años
300 HORAS
CATEDRAS
(5 AÑOS) 0-100 100% 100%
20% 10% 100 30% 30% 30% 10% 100 70% 20%
NIVEL DE
COMPLEJIDAD DE LA
ESE
CARÁCTER DEL
NIVEL
TERRITORIAL DE
LA ESE
REQUISITOS
DE
POSTGRADOS
REQUISITOS DE
EXPERIENCIA
PROFESIONAL
HOJA DE
VIDA
EDUCACION DE
POSTGRADO
EDUCACION
CONTINUATOTAL PUNTAJE TOTAL % ESPECIFICA RELACIONADA DOCENTE
TOTAL
PUNTAJETOTAL %
GRAN
TOTAL %
100 100 100 100% 100 100 100 100 100% 100%
> DE UN
POSTGRADO
700
HORAS0-100 100% 4 AÑOS
1-10
años
300 HORAS
CATEDRAS
(5 AÑOS) 0-100 100% 100%
20% 10% 100 30% 30% 30% 10% 100 70% 20%
FORMACION ACADEMICA EXPERIENCIA PROFESIONAL
TERCER NIVEL
DE ATENCIONREQUISITOS PARA LA MAXIMA CALIFICACION SIN
EQUIVALENCIAS
PROCENTAJES POR ITEMS
DEPARTAMEN
TALSE EXIGE
4 AÑOS EN EL
SECTOR SALUD
SEGUNDO NIVEL
DE ATENCION
(EQUIVALENCIA DE
3 AÑOS DE
EXPERIENCIA EN
ENTIDADES DEL
SGSSS POR EL
POSTGRADO)
FORMACION ACADEMICA
SEGUNDO NIVEL
DE ATENCION
(EQUIVALENCIA DE
3 AÑOS DE
EXPERIENCIA EN
ENTIDADES DEL
SGSSS POR EL
POSTGRADO)
CARÁCTER
UNIVERSITARIO
DEPARTAMEN
TALSE EXIGE
3 AÑOS EN EL
SECTOR SALUD
REQUISITOS PARA LA MAXIMA CALIFICACION SIN
EQUIVALENCIAS
REQUISITOS PARA LA MAXIMA CALIFICACION CON
EQUIVALENCIAS
PROCENTAJES POR ITEMS
EXPERIENCIA PROFESIONAL
FORMACION ACADEMICA EXPERIENCIA PROFESIONAL
DEPARTAMEN
TALSE EXIGE
3 AÑOS EN EL
SECTOR SALUD
REQUISITOS PARA LA MAXIMA CALIFICACION SIN
EQUIVALENCIAS
REQUISITOS PARA LA MAXIMA CALIFICACION CON
EQUIVALENCIAS
PROCENTAJES POR ITEMS
REQUISITOS PARA LA MAXIMA CALIFICACION
PROCENTAJES POR ITEMS
PRIMER NIVEL
DE ATENCION
FORMACION ACADEMICA EXPERIENCIA PROFESIONAL
ESPECIAL Y
PRIMERASE EXIGE
2 AÑOS EN EL
SECTOR SALUD
REQUISITOS PARA LA MAXIMA CALIFICACION
PROCENTAJES POR ITEMS
REQUISITOS PARA LA MAXIMA CALIFICACION
PROCENTAJES POR ITEMS
FORMACION ACADEMICA EXPERIENCIA PROFESIONAL
SEGUNDA SE EXIGE
EXPERIENCIA PROFESIONAL
1 AÑO EN EL SECTOR
SALUD
FORMACION ACADEMICA
TERCERA,
CUARTA, QUINTA
Y SEXTA
NO SE
EXIGE
1 AÑO EN EL SECTOR
SALUD
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PARAGRAFO NOVENO:- La Calificación de Analisis de Antecedentes y Hoja de Vida con el aplicativo estipulado y aprobado a en la Propuesta a la Universidad – Operador para tal fin, sus resultados se notificará mediante oficio individual que contenga discriminados todos los componentes inherentes discriminados en este reglamento y entregado a cada uno de los participantes inscritos, el día de la Realización de las Pruebas de conocimiento y de competencias laborales, a fin de que cada uno haga las reclamaciones correspondientes en los términos que corren a partir de la entrega de dicha notificación en los términos de las convocatoria y el código contencioso administrativo. ARTÍCULO 18º.- Dinamicas de Desarrollo y Aplicación de la Prueba de Conocimiento en el Concurso de Mérito: Cualquiera de las Universidades públicas o privadas o las entidades especializadas en selección de personal que resultaren favorecidos con la contratación o convenio para desarrollar las ejecutorias inherentes a la conformación de la lista de elegibles; en el caso concreto de las pruebas de conocimiento deberá elaborar y certificar que cuenta con un Banco de Preguntas mínimo de un cuestionario de 1000 preguntas con sus respuestas Actualizado con las técnicas y Tipos de exámenes de conocimientos reglamentados por el Ministerio de Educación nacional para las Pruebas SABER; que contengan las temáticas normativas y técnicas de las funciones y características de las competencias que ejecuta en su labor constitucionalmente el Gerente ESE – Hospital Público a saber:
TEMATICA DEL CUESTIONARIOPORCENTAJE DE
PREGUNTAS
NUMERO MINIMO DE
PREGUNTAS
Sistema General de
Seguridad Social en Salud30% 300
Administración Hospitalaria 40% 400
Sistemas de Gestion
Integrado de la Calidad de
Hospitales publicos20% 200
Etica profesional y Gestion
Ética 10% 100
TOTALES 100% 1000 La Universidad - Operador contratado para el concurso procuraran y garantizaran que este banco de preguntas de prueba de conocimiento este constantemente actualizado. La Universidad - Operador al aplicar la prueba de conocimiento, mediante acta de su comité de evaluación y atención de reclamos y controversias, estipulara el cuestionario examen de la prueba de conocimiento de 40 preguntas
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que tendrán igual proporción del valor de banco de pruebas de conocimiento de la siguiente manera:
TEMATICA DEL CUESTIONARIOPORCENTAJE DE
PREGUNTAS
NUMERO MINIMO DE
PREGUNTAS
Sistema General de
Seguridad Social en Salud30% 12
Administración Hospitalaria 40% 16
Sistemas de Gestion
Integrado de la Calidad de
Hospitales publicos20% 8
Etica profesional y Gestion
Ética 10% 4
TOTALES 100% 40 PARAGRAFO PRIMERO:- Valoración de las Pruebas de Conocimiento:- Asígnese el valor del Examen de Conocimiento un 60% del Valor de las Pruebas Totales del Concurso de Méritos, con la siguiente Valoración de puntajes y porcentajes:
TEMATICA DEL CUESTIONARIO
NUMERO
MINIMO DE
PREGUNTAS
VALORACION
EN PUNTAJE
VALORACION
EN
PORCENTAJE
Sistema General de
Seguridad Social en Salud12 30 18%
Administración Hospitalaria 16 40 24%Sistemas de Gestion
Integrado de la Calidad de
Hospitales publicos
8 20 12%
Etica profesional y Gestion
Ética 4 10 6%
TOTALES 40 100 60%
2.5 0,006VALOR UNITARIO POR PREGUNTA PARAGRAFO SEGUNDO: - Los tipos de preguntas que deberá practicar la Universidad - operador contratado en los cuestionarios de las pruebas de conocimientos a aplicar a los participantes de los concursos de méritos serán las siguientes: a) Preguntas de selección múltiple con única respuesta
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PARAGRAFO TERCERO:- La Universidad - Operador al ejecutar en el concurso de méritos la aplicación de la prueba de conocimientos lo podrá hacer de la siguiente manera: a) Aplicación de Pruebas de Conocimiento en forma manual o en físico. ARTICULO 19º.- Dinamicas de Desarrollo y Aplicación de las Pruebas de Competencias Laborales de los Concursos de Méritos:- La Universidad -Operador del concurso de méritos; aplicara y practicará las siguientes pruebas indistintamente para medir las competencias laborales a los participantes del proceso meritocratico. a) Pruebas de Competencias Laborales Escrita:- La cual deberá aplicar la Herramienta COMPETEA con los siguientes valores de calificación:
COMPONENTES DE VALORACION DE LAS PRUEBAS DE
COMPETENCIAS LABORALES (APLICACIÓN DEL
COMPETEA)
PUNTAJE PORCENTAJE
ORIENTACION A RESULTADOS 1-100 2%
ORIENTACION USUARIO 1-100 2%
TRANSPARENCIA 1-100 2%
COMPROMISO CON LA ORGANIZACIÓN 1-100 2%
LIDERAZGO 1-100 3%
PLANEACION 1-100 3%
TOMA DE DECISIONES 1-100 2%
DIRECCION DESARROLLO DE PERSONAL 1-100 2%
CONOCIMIENTO DEL ENTORNO 1-100 2%
TOTALES 100 20% b) La Prueba de Entrevista, se aplicará siempre y cuando no se aplique la Prueba de Competencias Escrita (COMPETEA) y medirá los mismos componentes de valoración pero no podrá ser superior al 15% de la siguiente manera:
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COMPONENTES DE
VALORACION DE LA PRUEBA DE
ENTREVISTA
PUNTAJE PORCENTAJE
ORIENTACION A RESULTADOS 1-100 1.5%
ORIENTACION AL USUARIO 1-100 2%
TRANSPARENCIA 1-100 3%
COMPROMISO CON LA
ORGANIZACIÓN1-100
3%
LIDERAZGO 1-100 2%
PLANEACION 1-100 2%
TOMA DE DECISIONES 1-100 3%
DIRECCION DESARROLLO DE
PERSONAL1-100
1.5%
CONOCIMIENTO DEL ENTORNO 1-100 1.5%
TOTALES 100 15% ARTICULO 20o.- De los Puntajes y Porcentajes de la Valoración de la Calificación:- Todas las calificaciones del proceso meritocratico anotadas, se valorarán sus ítems en una escala de 0 a 100 puntos, cuyos resultados se ponderaran de acuerdo con el peso que se le haya asignado a cada prueba dentro del proceso y se publicaran en porcentajes en forma unificada. Se prohíbe a la Universidad - Operador sumar puntajes con porcentajes para determinar el resultado final de todas las calificaciones de las pruebas.
TITULO IV.
DE LOS RESULTADOS DEFINITIVOS Y LISTA DE ELEGIBLES
CAPITULO VI
DE LA PUBLICACION DE LOS RESULTADOS DEFINITIVOS DE LAS PRUEBAS
ARTÍCULO 21º.- Una vez se surtan las evaluaciones y soluciones a las reclamaciones de los resultados finales de las pruebas del concurso de méritos y las soluciones de controversias que pudieren existir que permitan la normalización del proceso meritocratico al ser resuelto en los términos previstos; la Universidad - Operador publicará y entregará a la Junta directiva de la ESE a través del Gerente Ad hoc, para que haga lo propio en la forma prevista en este reglamento de la Lista de los resultados definitivos y con ello se termina formalmente la etapa de aplicación de pruebas.
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CAPITULO VII
DE LA NOTIFICACION DE LA CONFORMACION DE LA LISTA DE ELEGIBLES ARTÍCULO 22º Con la Publicación de los resultados definitivos, en donde en el proceso de aplicación de las pruebas el presente reglamento y la convocatoria contemplaron que ninguna fuera eliminatoria y todas fueron clasificatorias; servirá de base para que la Universidad - operador contratado entregue a la Junta Directiva de la ESE a través del Gerente Ad hoc, la notificación de conformación de la lista de elegibles del concurso de méritos, para los cual se podrán establecer los siguientes escenarios de Notificación: 1. Notificación Sin novedad donde los participantes alcanzan el puntaje mínimo normativo para ser elegibles o sea igual o mayor a 70% del total de las pruebas y existe conformación de terna. 2. Notificación con Novedad donde los participantes en menos de tres alcanzan el puntaje mínimo normativo para ser elegibles o sea uno o dos participantes alcanzan un puntaje mayor o igual a 70% del Total de las pruebas y el resto menor a 70% del total de las pruebas. 3. Notificación de Resultado Irregular donde los participantes ninguno alcanza el puntaje mínimo normativo para ser elegibles o sea todos los participantes alcanzan un puntaje menor del 70% del total de las pruebas. PARAGRAFO PRIMERO:- En la Notificación sin novedad en los términos normativos la Universidad - Operador entregará a la Junta Directiva de la ESE; la conformación de la lista de elegibles en estricto orden alfabético, la cual servirá de base para que la Junta Directiva de la ESE en Pleno, conforme la Terna en estricto orden de méritos a quienes hayan alcanzado los tres primeros puntajes y la Enviará al Alcalde Municipal ( Gobernador del Departamento) para que nombre como Gerente de la ESE, a quien haya alcanzado el primer puesto y le dé cumplimiento al artículo 12 de Decreto 2993 de 2011. PARAGRAFO SEGUNDO:- En la Notificación con Novedad.- Cuando el resultado de los Concursos de Méritos efectuado por la Universidad - Operador para tal fin; emita una Notificación con Novedad, la Junta Directiva dela ESE; tendrá 5 días hábiles siguientes a la notificación para realizar las siguientes actuaciones: a) Solicitarle a la Universidad Contratista que desarrolle una Curva de ajustes de las pruebas y conforme la lista de elegibles mínimo de tres participantes, la cual tiene hasta Tres(3) días hábiles contados a partir de la solicitud para emitir la nueva lista de elegibles y notificar nuevamente a la Junta
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Directiva de la ESE para que continúe el proceso meritocratico; Para lo cual deberá efectuar la curva de ajustes en los siguientes órdenes a) Aumento de un 10% del valor del examen de conocimiento a todos los participantes, que no alcanzaron el puntaje mínimo de elegibilidad sin que sobrepasen a los ya elegibles, si con esta opción no se alcanza mínimo tres elegibles si prosigue con la opción b) Aumento del 3% de la prueba de competencias laborales a todos los participantes que le hayan aumentado en el literal a y si persiste la no conformación de mínimos tres elegibles, se ejecuta la opción c) Aumento del 3% en el analisis de antecedentes y hoja de vida y si persiste la no conformación mínimo de tres elegibles, la Junta directiva enviará a el Alcalde municipal en orden de estricto orden de mérito, los participantes que en menos de tres lograron el puntaje para conformar la lista de elegibles y el mandatario territorial nombrará como gerente a quien haya alcanzado el máximo puntaje. PARAGRAFO TERCERO:- En la Notificación con resultado irregular.- Cuando el resultado de los Concursos de Méritos efectuado por la Universidad - Operador para tal fin; emita una Notificación con resultado irregular, en razón a que ninguno de los participantes alcanzó el Puntaje Minino del 70% del total de las Pruebas, la Junta Directiva de la ESE, Notificará a la Universidad – Operador en los 5 días siguientes al recibo de dicha notificación, para que se abra nuevamente el concurso de méritos mediante OTRO SI y por el mismo valor, para lo cual la Junta Directiva de la ESE; hará valer los mismos términos y condiciones contractuales y los parámetros y estándares del presente reglamento con una nueva programación y emitirá la respectiva convocatoria, para tal fin.
TITULO V.
DE LA TERMINACION DEL PROCESO MERITOCRATICO
CAPITULO VIII
DE LA LIQUIDACION DEL CONTRATO DE CONCURSO DE MERITOS CON LA UNIVERSIDAD - OPERADOR
ARTÍCULO 23º.- Seguimiento y control. Una vez concluido la aplicación de las pruebas del proceso meritocratico; y dadas las garantías de publicaciones, reclamos y solución a los reclamos, se surtirá de acuerdo al cronograma, la Liquidación Del Respectivo Contrato, para lo cual además de hacer un acta de finalización del contrato, debe llevar anexos un Informe Final sobre el desarrollo y particularidades de ejecución del contrato y el cumplimiento de su objeto contractual y sus actividades inherentes por parte de LA UNIVERSIDAD -OPERADOR; dentro de los Cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de la lista de elegibles, además de todos los documentos soportes de las pruebas y
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Dinamicas inherentes del concurso. Dicha Documentación con todos sus soportes mediante el acta pertinente, se le entregara al gerente Ad hoc, para que este entregue al Presidente de la Junta Directiva, para que este una vez posesionado el Nuevo Gerente de la ESE, lo entregue bajo su custodia, a fin de que sirva para los procesos que a bien los órganos de control establezcan o en caso de servir de soportes en los potenciales procesos jurídicos que pudieren existir
CAPITULO IX
DE LAS DISPOSICIONES FINALES DEL CONCURSO DE MERITOS DE GERENTE DE ESE
ARTÍCULO 24°. El proceso público y abierto establecido en el presente reglamento, para la conformación de la lista de elegibles, para conformar la terna y designar al Gerente de la ESE; no implica el cambio de la naturaleza jurídica del cargo a proveer. De cada uno de las Publicaciones del Proceso meritocratico se emitirá constancia de fijación y desmonte por parte del Gerente Ad hoc o quien haga sus veces o en su defecto por un miembro de la Junta Directiva de la ESE o el Jefe de Control Interno de la ESE, si fuere menester. ARTÍCULO 25°. La Universidad -Operador en cada uno de los procesos de ejecución de las pruebas y el desarrollo de las actividades inherentes, levantara las actas correspondiente por parte de la comisión de evaluación y atención de reclamos y controversias. ARTÍCULO 26°:- Una Copia de La Convocatoria de Invitación Publica y Abierta A Participar En El Concurso de Méritos Para Conformar La Lista de elegibles estarán a disposición de la Secretaria Departamental de Salud, Superintendencia Nacional de Salud, Comisión Nacional del Servicio Civil o al Departamento Administrativo de la Función Pública, cuando lo soliciten para lo de su competencia.
ARTÍCULO 27° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en XXXXXX Departamento de XXXX a los X días del mes de Enero (Febrero) del año 2016 XXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXX Presidente Junta Directiva ESE Secretario Junta Directiva ESE
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