Post on 01-Nov-2021
transcript
MUNICIPALIDAD DE PARANÁ
Dirección General de Habilitaciones, Concesiones, Usos de Espacios Públicos, Control Urbano, Control Nocturno y
Bromatología
“Campaña de fomento para la habilitación de actividades culturales”
Documento elaborado por la Coordinación del Cuerpo Técnico
Agosto de 2020
ÍNDICE Índice ................................................................................................................................................... ii
Introducción ........................................................................................................................................ 1
Diagnóstico y propuesta de resolución........................................................................................... 1
Visión ............................................................................................................................................... 2
Objetivos ......................................................................................................................................... 2
Objetivo general .......................................................................................................................... 2
Objetivos particulares ................................................................................................................. 2
Desarrollo ............................................................................................................................................ 4
Marco regulatorio ........................................................................................................................... 4
De la habilitación de actividades culturales en Paraná .............................................................. 4
Requisitos para la habilitación .................................................................................................... 4
Marco de acción .............................................................................................................................. 5
Etapa I ......................................................................................................................................... 7
Etapa II ........................................................................................................................................ 7
Marco operativo.............................................................................................................................. 7
Cronograma – Etapas ...................................................................................................................... 8
Política de difusión .......................................................................................................................... 8
Conclusiones preliminares .................................................................................................................. 8
Referencias bibliográficas ................................................................................................................... 8
Páginas web consultadas .................................................................................................................... 9
1
INTRODUCCIÓN
Diagnóstico y propuesta de resolución
En el marco de la pandemia por COVID-19 y frente a la misión social de convivir responsablemente
con dicho virus, se procedió a desarrollar un sistema de activación para los rubros que fueran a reiniciar
sucesivamente sus actividades. De este modo, se hizo accesible para su descarga un formulario con
carácter de declaración jurada. El objeto de dicha declaración fue la de que quienes desarrollasen
actividades culturales pudiesen dar cuenta de su estado del conocimiento en relación con el Protocolo
COVID-19 de la ciudad para su rubro y, por consiguiente, poder reactivar su actividad.
Como consecuencia de ello se suscitaron dos fenómenos conducentes a diagnosticar una misma
problemática. Por un lado, se produjeron numerosas consultas acerca de la posibilidad de volver a
trabajar sin tener habilitación. En algunos casos, incluso, se declaró desconocer sobre la existencia y
necesidad de la habilitación específica del área; “no existe una Ordenanza regulatoria”. Por otro lado, la
poca cantidad de formularios completados -en los que se solicita la resolución de habilitación- respecto
del número de personas que fueron capacitadas –mediante charla con el COES local- para realizar su
actividad según su protocolo dan cuenta de este temor frente a la falta de habilitación.
Diagnosticada la problemática de una importante cantidad de instituciones, establecimientos o
actividades que se encuentran sin habilitar, se suma, además, la necesidad de que ingresen prontamente
al régimen legal para evitar posibles conflictos ante el probable y necesario caso de una inspección
sanitaria en el marco de la pandemia.
La Municipalidad de Paraná, a través de su Secretaría Legal y Administrativa se propone,
simplemente, elaborar un prototipo de proyecto para fomentar el inicio del trámite de habilitación, el
conocimiento sobre su importancia, mejorar la eficacia en términos de lograr la mayor cantidad de
resoluciones habilitantes acordes en un período de tiempo estipulado y proveer a las reparticiones del
municipio de información oficial sobre los resultados y toda otra información que resulte de utilidad para
el mayor desarrollo del ámbito cultural local.
De este modo, no sólo se solventaría la problemática suscitada, sino que también se promovería
lograr un primer respaldo de las actividades realizadas por los contribuyentes hacia la legalidad y sus
consiguientes ventajas y alcanzar, una vez perfeccionada la habilitación, un estándar mínimo en los
supuestos de seguridad para cada rubro.
Lo anteriormente propuesto tiene por visión el accionar en los términos del desarrollo local; es
decir, no limitando la planificación y desarrollo de las economías en tiempos de distanciamiento social.
2
Visión
En el Plan de Acción “Paraná Emergente y Sostenible” (BID, 2015) se reconoce en su primer
lineamiento estratégico de desarrollo económico diversificado y competitivo que se deben fortalecer las
actividades culturales y la oferta de educación terciaria. Luego de efectuarse en dicho documento un
importante diagnóstico de la urbe, se presenta la necesidad de contar con una visión tal que se apueste
a la generación de una ciudad universitaria y con un ambiente cultural dinámico.
Para las artes escénicas, artes visuales, artesanías, producción audiovisual, diseño, producción
editorial y producción musical se requiere plantear la dinamización de toda esa vida cultural urbana. Con
fuertes políticas de infraestructura y de incentivos a las iniciativas se puede expresar, finalmente, el área
económica innovadora y diversificada potencial.
En esa dirección y con la intención de asentar bases firmes y sostenibles en el tiempo para este
tipo de políticas deseables, es que se requiere de la legalidad, respaldo e, incluso, presencia en los
registros oficiales que una habilitación municipal puede proveer. Es un aval más de continuidad,
trayectoria, seriedad y, por ende, otra forma de legitimización social.
Por otra parte, no sólo se trata de un requisito legal para el desarrollo de cualquier actividad
comercial que se desempeñe; el estar habilitado es sinónimo de contar con un establecimiento seguro e
higiénico, que cumpla con estándares mínimos de calidad edilicia para el rubro al que sirva físicamente.
En todos los casos, el trámite también implica aseverar si es o no adecuado desarrollar una
actividad en un sector determinado de Paraná. Así es como se puede preservar su belleza y, también,
defender el bienestar público y los objetivos propuestos en el Código Urbano.
Finalmente, evitar multas y contar con la asesoría técnica de la Municipalidad también cuentan
como ventajas.
Objetivos
Objetivo general El objetivo general de este texto es presentar un proyecto de campaña de fomento de la
habilitación de los sectores culturales. Ello supone la adopción de medidas que faciliten el inicio del
trámite de habilitación.
De esta forma, el éxito del proyecto depende de lograr generar una ventaja comparativa si se
inicia el trámite a la brevedad respecto de otros períodos ordinarios.
Objetivos particulares Los objetivos particulares son:
• Informar acerca de la habilitación comercial y su marco legal en relación con las actividades
de índole cultural.
• Definir los requisitos básicos de la habilitación.
• Estipular el procedimiento para generar ventaja comparativa al iniciar el trámite durante la
campaña.
• Desarrollar los mecanismos para operativizar el proyecto en su totalidad.
• Diagramar un cronograma que incluya e ilustre la planificación y organización del modo
excepcional de trámite.
• Definir una política de difusión de la presente campaña.
3
Figura 1.- “Ruta” de objetivos particulares. Fuente: elaboración propia.
Definición del
procedimiento
Cronograma Marco normativo Difusión Requisitos de la
habilitación
4
DESARROLLO
Marco regulatorio
De la habilitación de actividades culturales en Paraná Es cierto. En la mayoría de los casos, no hay normativas regulatorias específicas para las
actividades culturales que se realizan en la ciudad.
Sí se pueden mencionar las ordenanzas que siguen para el ámbito por su aplicación, como
antecedentes o por analogía:
• Ordenanza Nº8557/2005: denomina "Centros de Producción Cultural, Promoción, Difusión,
Artística y Cultural Independientes" o "Teatros Independientes”, a las salas de teatro,
espacios no convencionales, espacios experimentales o espacios multifuncionales.
• Ordenanza Nº9372/2015: de los “Clubes de Música en vivo y Artes”. Los define como
establecimientos cuya actividad principal es la programación y producción de conciertos y
espectáculos musicales en vivo en cualquiera de sus géneros. Según esta ordenanza, la
actividad será de interés cultural y, cuando se trate de espectáculos realizados por artistas
locales, estará exenta del pago del Derecho de Espectáculos Públicos.
Sin dudas, hay un potencial espacio para la regulación, mayor y mejor definición y fomento de
la sana competencia y retroalimentación de las distintas actividades culturales de la ciudad.
Sin embargo, en tanto nuevas normativas específicas sean elaboradas y desarrolladas, toda
actividad lucrativa es pasible de ser regulada según:
• Decreto Nº1167/2008: de la Habilitación Municipal para Establecimientos con Actividad
Comercial. En él se destaca que “todo establecimiento comercial, industrial, de servicios, y/o
de cualquier otra actividad lucrativa, y/o contemplada en el Título II, Parte Especial, artículo
21º de la Ordenanza N°6410 (Código Tributario de Paraná) y modificatorias, que se instale
dentro del ejido de la Municipalidad de Paraná, o que amplíe o modifique sus instalaciones,
deberá dar cumplimiento al trámite y procedimiento de habilitación municipal.”
Requisitos para la habilitación Para poder efectuar la habilitación se debe presentar la siguiente documentación en la Dirección
de Habilitación de Locales Comerciales en la Municipalidad de Paraná (https://www.parana.gob.ar, 2020):
Requisitos generales de la Habilitación • Original y copia de la Solicitud de Habilitación. La firma debe estar legalizada.
Descargar el formulario adjunto en:
https://www.parana.gob.ar/tramites/obtencin-de-la-habilitacin-y-rehabilitacin-de-locales-comerciales.htm
• Original del Certificado de Uso Conforme aprobado (Dirección de Diseño Urbano
Arquitectónico). Página del trámite: https://www.parana.gob.ar/tramites/obtencin-de-certificado-de-uso-conforme.htm
• Fotocopia de inscripción de ATER (ingresos brutos) del año en curso o, si es anterior, agregar
último pago o certificado de inscripción actualizado (9 de Julio y Urquiza).
• Certificado de Libre Deuda Municipal (Juzgado de Faltas, 9 de Julio 370), cuya vigencia será
de hasta diez días hábiles luego de ser otorgado.
• Fotocopia de inscripción de la TISHPyS (Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y
Seguridad) en la que figure el domicilio declarado en la Solicitud de Habilitación y el último
pago en el caso de que el Libre Deuda de AFIM no sea del mes en curso.
5
• Certificado de Libre Deuda de AFIM (25 de Mayo 122), cuya vigencia será de hasta tres meses
luego de ser otorgado y copia de los pagos correspondientes a esos meses.
• Abonar un sellado en Tesorería de la Dirección de Tránsito (Alem 826), según superficie y
actividad.
• Tres fotocopias de los planos del local (escala a utilizar 1:100 – 1:200).
• Fotocopia del título de propiedad del inmueble o fotocopia del contrato de locación sellado
u original del comodato sellado. En todos los casos acompañar fotocopia de la Tasa General
Inmobiliaria Municipal para corroborar número de partida municipal, titular y domicilio del
inmueble.
• Para las superficies mayores a 50 m2 presentar:
• Certificado Contra Incendios otorgado por la División Bomberos Zapadores
(Comisaría Tercera. Enrique Carbó 841), según rubro o superficie o certificación
elaborada por profesional matriculado visado por el colegio de profesionales
correspondiente.
• Seguro de Responsabilidad Civil (póliza vigente).
• Para superficies mayores a 100 m2 presentar: certificación edilicia y eléctrica y Plan de
Evacuación visado por el colegio de profesionales correspondiente.
• Fotocopia del DNI de la persona titular de la habilitación.
• Autorización para realizar el trámite legalizada ante escribano o en las oficinas de la Dirección
de Habilitación de Locales Comerciales y fotocopia del DNI de la persona autorizada.
• Copia de la contratación de un servicio de emergencias médicas según sea un rubro con
permanencia de personas.
• Foto de la fachada.
• Carpeta Oficio de cartulina.
Requisitos específicos para casos particulares: • Cuando se trate de sociedades, asociaciones, fundaciones que se constituyan en personas
jurídicas: fotocopia de Contrato Social o Estatuto debidamente legalizado y certificación de
personería jurídica vigente o constancia de que se encuentra en trámite.
• Fotocopia del título de idoneidad y fotocopia de carnet habilitante cuando se trata de
actividades profesionales.
• Memoria acústica según Ordenanzas N°7061, N°7561 y N°7717.
• En caso de poseer más de tres locales comerciales habilitados en el mismo rubro, presentar
pedido de autorización especial de acuerdo con la Ley Provincial Nº9393.
Marco de acción
A la diagnosticada problemática de que existen una importante cantidad de instituciones,
establecimientos o actividades que se encuentran sin habilitar, se le suma, además, la necesidad de que
dichos espacios ingresen prontamente al régimen legal para evitar posibles conflictos ante el probable y
necesario caso de inspecciones en el marco de la pandemia por COVID-19.
Con antelación a iniciar el trámite de habilitación y tal como se puede deducir producto de
observar los requisitos para el primero, los contribuyentes deben recopilar diversa y numerosa
documentación e, incluso, realizar otros trámites. Ello, a su vez, supone una inversión de tiempo.
El presente proyecto contiene medidas tendientes a facilitar la consecución de expedientes de
habilitación completos en un plazo de tiempo coherente, mediante la implementación de la subdivisión
en dos etapas de entrega de documentación para alcanzar la realización del trámite total.
6
Este criterio de división temporal tiene por principio dar comienzo al trámite con aquellos
documentos cuyo acceso o tenencia son asequibles en el corto plazo. Posteriormente, manteniéndose
el cumplimiento de los plazos de la campaña y habiéndose entregado la restante documentación, se
produce el perfeccionamiento del trámite:
• Etapa I: de empadronamiento preliminar. Presentación de documentación, copias y
certificados mayoritariamente administrativos para generar el Certificado de “Habilitación
en Trámite”.
• Etapa II: presentación de documentación principalmente técnica. Es esencial para la
constatación de la variable seguridad.
Ante la urgencia de poder ingresar al régimen legal, se propone la figura del “Certificado de
Habilitación en Trámite” para contener a las instituciones o establecimientos que prontamente suscriban
a la Etapa I de la presente campaña. La tenencia de dicho certificado supondrá respaldar la actividad en
tanto se produzcan inspecciones sanitarias y posibles inspecciones comerciales. Como resultado de la
ejecución de la Etapa I se obtendrá un empadronamiento o registro oficial preliminar.
El no cumplimentar en tiempo y forma con los requisitos de la Etapa I, será equivalente a no contar
con el beneficio de generar el mencionado certificado. Además, implicará perder la posibilidad de realizar
el trámite por partes.
El no suscribir en tiempo y forma a la Etapa II, determinará que el expediente creado sea archivado
y la validez del certificado se venza. Para habilitar, el contribuyente deberá reiniciar el trámite.
Caben destacar las siguientes previsiones:
• Con la premisa de que los contribuyentes son conscientes de que el rubro o actividad a
desarrollar es admisible en el espacio físico que desean habilitar (según Código Urbano y
Ordenanzas específicas que pudiesen existir), es que se admitirá la entrega del Permiso de
Uso o Uso Conforme en la Etapa II. Este trámite municipal independiente puede implicar
algunas demoras y, por ello, su entrega corresponderá a la Etapa II. No obstante lo anterior,
toda la habilitación quedará supeditada a su aprobación.
• Realizar el pago del sellado en la Etapa II. Esta medida brinda un período de tiempo mayor
para afrontar su costo. Para la determinación del último, se sugiere consultar al Código
Tributario 2020 (Ordenanza N°9893). En el Título XV - Tasas por Actuaciones Administrativas
- en el punto 11 de la Habilitación de Establecimientos. Como referencia:
Tabla 1.- Costo del sellado; valor UTR actualizado (09/08/20). Fuente: elaboración propia.
1 UTR (vigent e al
0 9/ 0 8/ 20 20 ):4,487
20 m 2 56 UTR 251,3
20 m 2 a 50 m 2 87 UTR 390 ,4
50 m 2 a 100 m 2 125 UTR 560 ,9
100 m 2 a 150 m 2 155 UTR 695,5
150 m 2 a 500 m 2 415 UTR 1862,1
500 m 2 a 1000 m 2 470 UTR 2108,9
M ás de 1000 m 2 780 UTR 3499,9
Superf icie
total por
hab il i tar
Costo en Unidades
Tributarias de Referencia
Costo total
en pesos
Título XV Tasa por actuaciones adm inist rat ivas
Costo en pesos de una UTR
11. Hab il i tación de Estab lecim ientos
7
Etapa I En esta etapa se deberán presentar los siguientes documentos (para ver su descripción más
detallada, retrotraerse al apartado de “Requisitos para la habilitación):
• Solicitud de Habilitación.
• Inscripción de ATER.
• Libre Deuda Municipal.
• Inscripción de la TISHPyS.
• Libre Deuda de AFIM.
• Fotocopia del título de propiedad del inmueble. Fotocopia de la Tasa General Inmobiliaria
Municipal.
• Fotocopia del DNI de la persona titular de la habilitación.
• Carpeta Oficio de cartulina.
Cuando sea apropiado:
• Autorización legalizada ante escribano para realizar el trámite.
• Fotocopia de Contrato Social o Estatuto.
• Fotocopia del título de idoneidad y fotocopia de carnet habilitante cuando se trata de
actividades profesionales.
Etapa II En esta etapa se deberán presentar los siguientes documentos técnicos:
• Certificado de Uso Conforme aprobado.
• Sellado por trámite de habilitación.
• Copia de una foto de la fachada.
• Tres fotocopias de los planos del local.
• Superficies mayores a 50 m2 presentar: el Certificado Contra Incendios y el Seguro de
Responsabilidad Civil (póliza vigente).
• Superficies mayores a 100 m2 presentar: certificación edilicia y eléctrica, Plan de Evacuación
visado por el colegio de profesionales correspondiente.
Cuando sea necesario:
• Copia de la contratación de un servicio de emergencias médicas (permanencia de
personas).
• Memoria acústica según aplicabilidad por Ordenanzas N°7061, N°7561 y N°7717. Se
pospondrá su obligatoriedad hasta tanto la Municipalidad defina su adecuada
implementación.
Marco operativo
El procedimiento implica que la Dirección de Habilitaciones Comerciales deba:
• Coordinar la recepción de documentos correspondientes a cada momento del plan. Etapa I y
Etapa II.
• Coordinar la generación del registro o empadronamiento.
• Coordinar la entrega inmediata del Certificado de Habilitación en Trámite.
• Evaluación y cuantificación de instituciones empadronadas en la Etapa I y aptas para
proseguir a cumplimentar con la Etapa II.
8
Cronograma – Etapas
El cronograma incluirá un período de 17 días hábiles para la divulgación y preparación
administrativa. Luego, se desarrollarán los períodos correspondientes a la Etapa I, de 30 días hábiles y la
Etapa II, de 84 días hábiles.
Figura 2.- Cronograma de la campaña. Fuente: elaboración propia.
Política de difusión
Para que la difusión de la campaña tenga el mayor alcance posible, la Subsecretaría de Cultura de
la Ciudad de Paraná será quien coordine su comunicación a todos los canales de comunicación municipal
disponibles.
CONCLUSIONES PRELIMINARES El procedimiento es de simple comprensión para el contribuyente. Sin dudas, requiere de la
dedicación del último para alcanzar un aspecto fundamental de la actividad a desarrollar: la seguridad y
buen estado edilicio bajo estándares mínimos.
Luego de la implementación de la campaña será posible evaluar su eficacia y eficiencia.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Banco Interamericano de Desarrollo. (2015). Paraná emergente y sostenible. Paraná, Argentina.
Disponible en:
https://www.mininterior.gov.ar/planificacion/pdf/planes-loc/ENTRERIOS/Parana-emerge nte-y-
sostenible.pdf
INDEC. (2010). Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010.Buenos Aires. Disponible en:
https://www.indec.gob.ar/indec/web/Nivel4-CensoProvincia-3-6-30-084-2010
9
Gobierno de Entre Ríos. (1995). Ley Nº8939. Paraná, Argentina. Disponible en:
https://www.hcder.gov.ar/consultasLegislativa_Ver.php?id=2040
Gobierno de Entre Ríos. (2014). Ley Nº20588. Paraná, Argentina. Disponible en:
https://www.hcder.gov.ar/archivosDownload/textos/E20588-10102014-o.pdf
Gobierno de Entre Ríos. (2017). Ley Nº22314. Paraná, Argentina. Disponible en:
https://www.hcder.gov.ar/archivosDownload/textos/E22314-22082017-o.pdf
Ministerio de Seguridad. (2017). Manual para la elaboración de mapas de riesgo. Buenos Aires, Argentina.
Disponible en: https://www.mininterior.gov.ar/planificacion/pdf/Manual-elaboracion-mapas-riesgo.pdf
República Argentina. (2008). Ley N°23370: Reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control
de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya actividad consista en la
organización y explotación de eventos y espectáculos públicos. Disponible en:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/140950/norma.htm
República Argentina. (2016). Ley N°27287: Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la
Protección Civil. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/265000-
269999/266631/norma.htm
PÁGINAS WEB CONSULTADAS https://www.analisisdigital.com.ar/provinciales/2020/01/14/bordet-destaco-el-apoyo-la-cultura-como-
central-para-el-desarrollo-social-y
http://www.apfdigital.com.ar/despachos.asp?cod_des=306051
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-24800-42762/actualizacion
http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley2147.html
http://www2.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley2542.html
http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley3841.html
https://digesto.parana.gob.ar/index.php/tomos/tomo-v/actividades-bailables-espectaculos-
publicos/actividades-bailables-y-o-espectaculos-de-distracciones-diversas/item/556-1-1-1-ordenanza-n-
8615-actividades-bailables-y-o-espectaculos-de-distracciones-diversas
https://digesto.parana.gob.ar/index.php/tomos/tomo-v/actividades-bailables-espectaculos-
publicos/cines-teatros-salones-auditorios/item/657-4-5-ordenanza-n-8557-denomina-centros-de-
produccion-cultural-promocion-difusion-artistica-y-cultural-independientes-o-teatros-independientes-a-
las-salas-de-teatro-espacios-no-convencionales-espacios-experimentales-o-espacios-multifunciona
https://digesto.parana.gob.ar/index.php/tomos/tomo-v/normas-generales-sobre-permiso-de-uso-y-
habilitacion/permiso-de-uso-habilitacion/item/364-1-1-2-decreto-n-1167-2008-habilitacion-municipal-
para-establecimientos-con-actividad-comercial
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PL-LEY-LCABA-LCBA-6100-18-ANX.pdf
http://www.gesetze-
rechtsprechung.sh.juris.de/jportal/?quelle=jlink&query=BauO+SH+%C2%A7+76&psml=bsshoprod.psml
&max=true
http://inteatro.gob.ar/Institucional/Decreto
10
https://www.lanacion.com.ar/lifestyle/que-exige-la-nueva-ley-contra-incendios-nid2162034
https://www.parana.gob.ar/tramites/obtencin-de-la-habilitacin-y-rehabilitacin-de-locales-
comerciales.htm
https://www.parana.gob.ar/tramites/solicitud-de-autorizacin-para-la-realizacin-de-espectculos-yo-
eventos.htm
http://www.saij.gob.ar/local-ciudad-autonoma-buenos-aires-codigo-habilitaciones-verificaciones-
ciudad-buenos-aires-lpx1000000-1978-06-30/123456789-0abc-defg-000-0001xvorpyel#parte_0
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/265000-269999/266631/norma.htm
2020
Agosto
Septiembre
Octubre Lu. Ma. Mi. Ju. Vi. Sá. Do. Lu. Ma. Mi. Ju. Vi. Sá. Do. Lu. Ma. Mi. Ju. Vi. Sá. Do.
1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4
3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11
10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18
17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25
24 25 26 27 28 29 30 28 29 30 26 27 28 29 30 31
31
Noviembre Diciembre Referencias Lu. Ma. Mi. Ju. Vi. Sá. Do. Lu. Ma. Mi. Ju. Vi. Sá. Do.
1 1 2 3 4 5 6
Período de divulgación pública y preparación administrativa: 17 días hábiles. 2 3 4 5 6 7 8 7 8 9 10 11 12 13
9 10 11 12 13 14 15 14 15 16 17 18 19 20
Etapa I: 30 días hábiles.
16 17 18 19 20 21 22 21 22 23 24 25 26 27
23 24 25 26 27 28 29 28 29 30 31
Etapa II: 84 días hábiles.
30
2021
Enero
Febrero
Lu.
Lu. Ma. Mi. Ju. Vi. Sá. Do. Lu. Ma. Mi. Ju. Vi. Sá. Do.
1 2 3 1 2 3 4 5 6 7
4 5 6 8 9 10 11 8 9 10 11 12 13 14
12 13 14 15 16 17 18 15 16 17 18 19 20 21
19 20 21 22 23 24 25 22 23 24 25 26 27 28
26 27 28 29 30 31