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Recurso de Revisión: RR/022120I2IRJALRecurrente:
Ente Público Responsable: Unidad de Información Públicadel Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas
Comisionado Ponente: Roberto Jaime Arreola Loperena
Victoria, Tamaulipas, cinco de junio de dos mil doce.
VISTO el estado procesal que guarda el expediente
RR1022120I21RJAL, formado con motivo del Recurso de Revisión
interpuesto por en contra de la Unidad de
Información Pública del Ayuntamiento deMatamoros, Tamaulipas, se
procede a dictar resolución con base en los siauientes
2011, al QUINTO nivel de desagregación, tal como loestablece el PLAN DE CUENTAS emitido por elConsejo Nacional de Armonización Contable(CONAC). Incluir, sin excepción, las cuentas de.Orden Presupuestarias contempladas en el Plan deCuentas emitido por - él Consejo Nacional deArmonización Contable (C.ÓNCAC).Estados Financieros al 31 de diciembre de 2011 delAyuntamiento de H. Matamoros, Tamaulipas ' quecomprendan el Estado 'de Situación • Financiera,Estado de Actividades, Estado de Variaciones en laHacienda Pública/Património, Estado de Flujo deEfectivo, Notas a los Estádos Financieros y de tipoPresupuestales el Estado Analítico de IngresosPresupuestales, Estado del Ejercicio del
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Presupuesto, mostrando en su presentación losmomentos contables del egreso en original,modificado, comprometido, devengado, ejercido ypagado.Conciliaciones bancarias del mes de diciembre de2011, presentando los cheques pendientes de cobroen forma analítica con la fecha, número del cheque odocumento, nombre del beneficiario, importe y elconcepto del pago del Ayuntamiento H. Matamoros,TamaulipasPóliza de diario que formularon en el mes de eneroen donde asentaron las cifras del presupuestoautorizado para el ejercicio de 2012 en las CUENTASDE ORDEN PRESUPUESTARIAS establecidas en lanormatividad vigente.Póliza de diario en donde asentaron las cifras paradar inicio al registro contable de sus operaciones At ,^financieras de 2012 (cuentas de activo, pasivo ypatrimonio) del Ayuntamiento de H. Matamoros,;Tamaulipas -1Estados Financieros al 31 de enero de 2012 del $ SE(
E.^Ayuntamiento de H. Matamoros, Tamaulipas que)comprendan el Estado de Situación Financiera, •Estado de Actividades, Estado de Variaciones en la 1Hacienda Pública/Patrimonio, Estado de Flujo deEfectivo, Notas a los Estados Financieros y de tipoPresupuestales el Estado Analítico de IngresosPresupuestales, Estado del Ejercicio delPresupuesto, mostrando en su presentación losmomentos contables del egreso en original,modificado, comprometido, devengado, ejercido ypagado.Estados Financieros al 29 de febrero de 2012 delAyuntamiento de H. Matamoros, Tamaulipas quecomprendan el Estado de Situación Financiera,Estado de Actividades, Estado de Variaciones en laHacienda Pública/Patrimonio, Estado de Flujo deEfectivo, Notas a los Estados Financieros y de tipoPresupuestales el Estado Analítico de IngresosPresupuestales, Estado del Ejercicio delPresupuesto; mostrando en su presentación losmomentos 'contables del egreso en original,modificado, comprometido, devengado, ejercido ypagado.Conciliaciones bancarias del mes de enero de 2012,presentando los cheques pendientes de cobro enforma analítica con la fecha, número del cheque odocumento, nombre del beneficiario, importe y el
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concepto del pago del Ayuntamiento H. Matamoros,Tamaulipas.
-•-, Conciliaciones bancarias del mes de febrero de 2012,presentando los cheques pendientes de cobro enforma analítica con la fecha, número del cheque odocumento, nombre del beneficiario, importe y elconcepto del pago del Ayuntamiento H. Matamoros,Tamaulipas.Auxiliares de las cuentas bancarias del mes de enerode 2012 tal como están registradas las operacionesara que me permitan conocer el concepto del pago
por los cheques expedidosAuxiliares de las cuentas bancarias del mes defebrero de 2012 tal como están registradas lasoperaciones para que me Permitan conocer el'concepto del pago por los cheques expedidos
-^ oa j Balanza de Comprobación al 31 de enero dQUINTO nivel de desagregación, tal comstablece el PLAN DE CUENTA
Consejo Nacional de Armon ióri Contableu ► (PONAC). Incluir, sin exc cf n la o ntas de
fi-den Presupuestarias coro ^ ^ el Plan de
emitido o el ^, Cuentas mitido por óti Viejo Nacional deArmonización Contable O Balanza de Q ro 29 de febrero de 2012,al QUINTO.%fv d a re ación tal como lok,. 9► g ,esta . el PLA DE CUENTAS emitido por elConsejo Na nal de Armonización Contable
, ^ir, sin excepción, las cuentas dA ^ dePresupuestarias contempladas en el Plan de
Cuéfltas emitido por el Consejo Nacional demonización Contable (CONCAC)." (Sic)
II.- El veintiséis de abril de dos mil doce, según la certificación
visible a foja 33 de este expediente, en la bandeja de entrada del
correo electrónico: atencion.alpublico@itait.org.mx de este órgano
garante, se recibió un mensaje de datos, procedente de la dirección
electrónica:
a través del cual M
interpuso Recurso de Revisión en contra de la
Unidad de Información Pública del Ayuntamiento de Matamoros,
Tamaulipas, argumentando que el sujeto obligado no le entregó la
información solicitada dentro del plazo establecido en la Ley de
Transparencia del Estado.
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III.-El veintisiete siguiente, el Comisionado Presidente . de este
órgano garante acordó la admisión del medio de defensa, ordenó la
formación del expediente, su ingreso estadístico y requirió el informe
circunstanciado al ente público responsable.
IV.- Según las fojas 36 y 37 de este expediente, a través del
Servicio Postal Mexicano, se notificó a la Unidad de Información
Pública del Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas, el contenido del
oficio 26212012, por el que se admite el Recurso de Revisión y se
ordena emplazar al ente público responsable para que.. rinda su
informe circunstanciado, lo que se hizo mediante correo certificado con•
acuse de recibo; practicándose - dicha notificación el catorce de m o
de dos mil doce, según consta en el acuse de mérito, visible a fo, 39s
de este expediente.
V.- Según las fojas 40 y 41, el cuatro de junio de dos mil doce,
debido a que la Unidad de Información no rindió su informe dentro del
plazo legal, se enviaron los autos a la ponencia del Comisionado
Roberto Jaime Arreola Loperena, quien elaboró el proyecto de
resolución que ahora se analiza por parte de este órgano colegiado; y
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- El Pleno del Instituto de Transparencia y Acceso a la
Información de Tamaulipas es competente . para conocer y resolver
este Recurso de . Revisión, de conformidad con los artículos 6°,
fracción IV, de la Constitución Política •de los Estados Unidos
Mexicanos; 62, 63, numeral 1, 68, numeral •, inciso e), y Capítulo
Tercero, Título Cuarto, de la Ley de Transparencia y Acceso. a la
Información Pública del Estado de ¡Tamaulipas, en adelante, la Ley.
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SEGUNDO.- En el medio de impugnación interpuesto, Mario
Medina Martínez hizo valer los siguientes motivos de inconformidad:
"El día 12 de marzo de 2012 mediante escritosenviados por correo electrónico a la direcciónlicaaron a@hotmail.com solicité diversa informaciónpública que más adelante relaciono a la Unidad deInformación Pública del Ayuntamiento de H.Matamoros, Tamaulipas, consiste en:Presupuesto Autorizado de 2012 en formacalendarizada mensualmente a nivel de partidapresupuestal.Balanza de Comprobación al 31 de diciembre de2011, al QUINTO nivel de desagregación, tal como loestablece el PLAN DE CUENTAS emitido por el'
II Consejo Nacional de Armonización c ont (CONAC). Incluir, sin excepción, las cuQflt ' éOrden Presupuestarias contempladas e e 1Cuentas emitido por el Conseja NdcInatdéArmonización Contable (CONO .C)Estados Financieros al 31 de i i . br d2O11 delAyuntamiento de H. Mat ^o aulipas que
+ comprendan el Est S►f ( acon Financiera,Estado de Activi l s s# e Variaciones en laHacienda P " li ; , Estado de Flujo deEfectivo, r. losEstados Financieros de tipooPPres pelé ~ k
k s Estado Analítico de IngresosP eta , Estado del Ejercicio delPresiqwesto) ostrando en su P resentación los
e contables del egreso en original comprometido, devengado, ejercido y
Conciliaciones bancarias del mes de diciembre de2011, presentando los cheques pendientes de cobroen forma analítica con la fecha, número del cheque odocumento, nombre del beneficiario, importe y elconcepto del pago del Ayuntamiento H. Matamoros,TamaulipasAuxiliares de las cuentas bancarias del mes dediciembre de 2011 tal como están registradas lasoperaciones para que me permitan conocer elconcepto del pago por los cheques expedidos.Póliza de diario que formularon en el mes de eneroen donde asentaron las cifras del presupuestoautorizado para el ejercicio de 2012 en las CUENTASDE ORDEN PRESUPUESTARIAS establecidas en lanormatividad vigente.
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Póliza de diario en donde asentaron las cifras paradar inicio al registro contable de sus operacionesfinancieras de 2012 (cuentas de activo, pasivo ypatrimonio) del Ayuntamiento de H. Matamoros,TamaulipasEstados Financieros al 31 de enero de 2012 delAyuntamiento de H. Matamoros, Tamaulipas quecomprendan el Estado de Situación Financiera,Estado de Actividades, Estado de Variaciones en laHacienda Pública/Patrimonio, Estado de Flujo deEfectivo, Notas a los Estados Financieros y de tipoPresupuestales el Estado Analítico de IngresosPresupuestales, Estado del Ejercicio delPresupuesto, mostrando en su presentación losmomentos contables del egreso en original,modificado, comprometido, devengado, ejercido ypagado.Estados Financieros al 29 de febrero de 2012 delAyuntamiento de H. Matamoros, Tamaulipas quecomprendan el Estado de Situación Financiera, ¿b
Estado de Actividades, Estado de Variaciones en la,Hacienda Pública/Patrimonio, Estado de Flujo de. $E ate!Efectivo, Notas a los Estados Financieros y de tipo.Presupuestales el Estado Analítico de Ingresos y •Presupuestales, Estado del Ejercicio del tPresupuesto, mostrando en su presentación losmomentos contables del egreso en original,modificado, comprometido, devengado, ejercido ypagado.Conciliaciones bancarias del mes de enero de 2012,presentando los cheques pendientes de cobro en .,forma analítica con la fecha, número del cheque odocumento, nombre del beneficiario, importe y elconcepto del pago del Ayuntamiento H. Matamoros,Tamaulipas.Conciliaciones bancarias del mes de febrero de 2012,presentando los cheques pendientes de cobro enforma analítica con la fecha, número del cheque odocumento, nombre del beneficiario, importe y elconcepto del pago del Ayuntamiento H. Matamoros,Tamaulipas.Auxiliares de las cuentas bancarias del mes de enerode 2012 tal como están registradas las operacionespara que me permitan conocer el concepto del pagopor los cheques expedidosAuxiliares de las cuentas bancarias del mes defebrero de 2012 tal como están registradas lasoperaciones para que me permitan conocer elconcepto del papo por los cheques expedidos..
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Balanza de Comprobación al 31 de enero de 2012, alQUINTO nivel de desagregación, tal como loestablece el PLAN DE CUENTAS emitido por elConsejo Nacional de Armonización Contable(CONAC). Incluir, sin excepción, las cuentas deOrden Presupuestarias contempladas en el Plan deCuentas emitido por el Consejo Nacional deArmonización Contable (CONCAC).Balanza de Comprobación al 29 de febrero de 2012,al QUINTO nivel de desagregación, tal como loestablece el PLAN DE CUENTAS emitido por elConsejo Nacional de Armonización Contable(CONAC), Incluir, sin excepción, las cuentas deOrden Presupuestarias contempladas en el Plan deCuentas emitido por el Consejo Nacional e^Armonización Contable (CONCAC).Han transcurrido los 20 días hábiles que es , e
J Ley de Transparencia y Acceso a la r m . pública del Estado de Tamaulipas p t a i
c,.solicitudes de información p4liq y n h e ndotAR
recibido respuesta de las autoridades el MunicipionvZ'1 formulo este Recurso de e'ó : contra del
JAyuntamiento de H. M mo , m ulipas.Como ciudadano me , ravl hecho de que lasrautoridades el y to de H. Matamoros,Tamaulipas`^e, ni e 1 la información p úblicasolicitada ¼fdeI%ndudáblemen te
ya la tienen en su
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n nnnÓirmente expuesto solicito de ustedesos del Instituto de Transparencia y
r` a la Información de Tamaulipas ordenen a lasdades del Ayuntamiento de H. Matamoros,
Tamaulipas me proporcionen la informacióncontable, financiera y presupuestal requerida y laenvíen a mi dirección de correo electrónico tal comola solicité, toda vez que ya la tienen procesada,llamándoles la atención por no dar cumplimiento a loestablecido en la Ley de Transparencia y Acceso a laInformación pública del Estado de Tamaulipas,dando vista a la Contraloría Gubernamental delEstado." (Sic)
TERCERO.- Previamente a entrar al fondo del asunto, es preciso
destacar que en el caso concreto no se actualiza ninguna causa de
sobreseimiento por improcedencia que motive desechar el Recurso de
Revisión interpuesto.
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Se afirma lo anterior porque el medio de defensa se presentó r-;luego de.que transcurrió el plazo legal para responder la solicitud deinformación, sin que ésta haya sido contestada; pero además, esteInstituto no .ha conocido del asunto con antelación; no se tiene noticiade que se esté tramitando algún medio defensivo relacionado con estacontroversia ante los tribunales del Poder Judicial de la Federación; y,finalmente, .la causal prevista en el inciso c), numeral 1, del artículo 77de la Ley', no merece pronunciamiento alguno en virtud de que fuederogada . de manera tácita por las reformas al cuerpo legal en trato,publicadas el cuatro de noviembre de dos mil nueve en el PeriódicoOficial de 'esta Entidad.
CUARTO.- De las piezas , procesales que obran en os,tenemos que el doce de marzo de dos mil doce,
a través de su cuenta de correo electr%nico:formuló diversas solicitudes S ,daj
información al Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas, dirigiéndolasa la dirección electrónica: liccaron_ @hotmail.com , que se.localiza enel portal de Internet del sujeto obligado.1
A través de dichas peticiones, el aquí recurrente solicitó lasiguiente información:
• Balanza de Comprobación al treinta y uno de diciembrede :dos mil once, al QUINTO nivel de desagregación, talcomo lo establece el PLAN DE CUENTAS emitido por el
Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
Incluir, sin excepción, ' las cuentas de OrdenPresupuestarias contempladas en él Plan de Cuentasemitido por el Consejo Nacional de ArmonizaciónContable (CONAC).
' http:llwww.matamoros.gob.mxltransparenciatunidad.phpPágina 8
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Y Aceu.oa 1. Inraimacw^i a. Taeuunp..
• Estados Financieros al. treinta y uno de diciembre de dos
mil once del Ayuntamiento de Matamoros,. Tamaulipas,
que comprendan el Estado de. Situación Financiera,
Estado de Actividades, Estado de Variaciones én la
Hacienda Pública/Patrimonio, Estado de Flujo de
Efectivo, Notas a . los Estados Financieros y de tipo
Presupuestales el Estado Analítico de. Ingresos-
Presupuestales, . Estado dél Ejercicio del Presupuesto,
presupuestal.
• Póliza de diario formuladas én enero en donde asentaron..
las cifras del presupuesto autorizado para el ejercicio de
dos miF doce en las CUENTAS DE ORDEN
PRESUPUESTARIAS establecidas en la normatividad
vigente.
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pagado.
• Póliza de diario donde se : asentaron las cifras para dar
inicio al registro contable de las operaciones financieras
de dos mil doce (cuentas . de activo, pasivo y patrimonio)
del Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas
• Estados Financieros al treinta y uno de enero de dos mil
doce del Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas, que
comprendan el Estado deSituación Financiera, Estado
de Actividades,. Estado de'^ Variaciones en la Hacienda
Pública/Patrimonio, Estado : de Flujo de Efectivo, Notas..a
los Estados Financieros y de tipo Presupuestales el
Estado Analítico de Ingresos Presupuestales, Estado del.
Ejercicio del Presupuesto, mostrando en su presentaciónfl
los momentos . contables del egreso en . original, /modificado, comprometido, devengado, -ejercido y
• Estados Financieros al veintinueve de febrero de dos mil
doce del Ayuntamiento de "Matamoros, -Tamaulipas que
. comprendan el Estado de : Situación Financiera, Estado
de Actividades, Estado de Variaciones en la Hacienda
Pública/Patrimonio, Estado de Flujo de Efectivo, Notas a
los Estados Financieros y de tipo Presupuestales el
Estado Analítico de Ingresós. Presupuestales, Estado del
Ejercicio del Presupuesto; mostrando en su presentación
los . momentos contables ` del egreso en original,
modificado, -comprometido, devengado, - ejercido : -y
pagado.
• Conciliaciones bancarias de enero de dos mil doce,
presentando los cheques péndientes de cobro en forma
analítica con la fecha, número dei cheque o documento,
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nombre del beneficiario, importe y el concepto del pago
del Ayuntamiento de Matamoros, .Tamaulipas.
• Conciliaciones bancarias de febrero de dos mil doce,
presentando los cheques pendientes de cobro en forma
analítica con la fecha, número del cheque o documento,
nombre del beneficiario, importe y el concepto del pago
del Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas.
• Auxiliares de las cuentas bancarias de enero de dos mil
doce, tal como están, registradas las operacio ,
permitan conocer el concepto del pago por lo
"b expedidos
• Auxiliares de las cuentas banc 'a ' e ro de dos mily 4
doce, tal como es á :- r , 'stra s operaciones, queit `permitan co e =;I c c del pago ,por los cheques
expedí
• z omprobación al . treinta y uno de enero de
s i¡doce, al QUINTO' nivel de desagregación, tal5
como lo establece el PLAN! DE CUENTAS emitido por el
Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
Incluir, sin excepción, las cuentas de Orden
Presupuestarias contempladas en el Plan de Cuentas
emitido por el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC).
• Balanza de Comprobación al veintinueve de febrero dé
dos mil doce, al QUINTO nivel de desagregación, tal
como lo establece el PLAN DE CUENTAS emitido por'el
Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
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Incluir, sin excepción, ' las cuentas de Orden
Presupuestarias contempladas en el Plan de Cuentas
emitido por el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONCAC).
El .aquí recurrente expone ante esta instancia, que sussolicitudes de. información no fuéron satisfechas dentro del plazo de
veinte días hábiles que establece la Ley de Transparencia vigente
en el Estado.
Sostiene, que como ciudadano le agravia .el hecho de,que el
titular de la Unidad de. Información Pública del sujeto obligado leniégue la información requerida; asimismo, solicita que este órgano
revisor ordene -al ente público que entregue la- información'~
peticionada, - enviándola al . correo electrónico que el .-; a . á.
. i nconforme proporcionó en . su . solicitud primigenia, y, ade ás,
requiere que se dé vista a la Contraloría -Gubernamental.., -•
Por su parte, la Unidad de Información dependiente del sujeto
obligado no esgrimió nada - contratales argumentos, debido .a que no
rindió el informe circunstanciado dentro . del término concedido, pues,
según las fojas 36 y 37 de este expediente, fue notificada a través de
correo certificado con acuse de recibo; practicándosele dicha
notificación el catorce de mayo dos mil 'doce, , según consta en el acuse
de mérito localizable en la foja 39; por lo tanto, el plazo para rendir
dicho informe inició el quince y concluyó el veintiuno del mismo mes y
año, siendo inhábiles los días diecinueve, veinte,, veintiséis y
veintisiete de mayo, así como los días dos y . tres. de junio de dos mil
doce. ,
Fijado eI -cuadro procesal de este asunto, debe decirse que el
marco normativo que soportará el sentido de .este fallo se encuentra
en los artículos 1°, numeral 2, 2°, , 3°, numeral 1, 5°, numeral 1, incisoPágina 12
c ppor esta ley son:
• lo
i alIrMtIhited. Tantp.nnela yAtcna
a I. W~6n M T.msuflpaa
e), 46 y 50, de la Ley de Transparencia y Acceso a la -Información
Pública del Estado de Tamaulipas, los cuales enseguida se
transcriben:
Artículo 1.
2. Esta ley reglamenta en el orden estatal el segundopárrafo del artículo 6 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos sobre el derecho de acceso ala información y la fracción V del artículo 17 de laConstitución Política del Estado sobre la libertad deinformación pública.
Artículo 2.En el Estado de Tanlibertad de informacky divulgarla informac
Artículo 3.jo'
k 1. La información. constituye un bientérminos previstos po
rARIAI:r ^t1TIVA
...Á^
it 4j Artículo 5.N~ 1
1. Los suie
í15 lentos, incluidos sar y las dependenciaspública municipal;
rs integrantes dey entidades de la
Artículo 46.1. Toda solicitud de información pública hecha en lostérminos de esta ley deberá ser satisfecha en un plazono mayor de veinte días hábiles a partir de su recepción.Este plazo podrá prorrogarse de manera excepcionalhasta por diez días hábiles adicionales, cuando mediencircunstancias que así lo requieran para el procedimientoy la presentación de la información solicitada. En estecaso, el ente público notificará esta circunstancia alsolicitante mediante comunicación fundada y motivadasobre las causas de la prórroga acordada. En ningúncaso el plazo para satisfacer la solicitud de informaciónpública excederá de treinta días hábiles.2. Si . la solicitud de información no es satisfecha o lainformación proporcionada es ambigua o parcial a juicio
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del solicitante, éste podrá acudir ante el. Instituto de ..Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipaspara que conozca de la revisión y disponga, en su caso, .^.se proporcione la información solicitada en los términoslegales procedentes.3. Una vez entregada lá información, el solicitanteacusará recibo por escrito , o en el sistema electrónico,dejando la Unidad de Información Pública constancia enel expediente respectivo, dándose por terminado eltrámite respectivo.
Artículo 50. .1. Si por negligencia no se da. respuesta en tiempo yforma a la solicitud de información pública presentada enlos términos de esta ley, se entenderá que la respuestaes. en sentido afirmativo en todo lo que favorezca alsolicitante, excepto en el ceso de información de acceso -,restringido, que se entenderá en sentido negativo.2. La afirmativa ficta prevista en el párrafo anterior operade pleno derecho y no requiere declaración de autoridadpara surtir efectos.
Del contenido de tales porciones normativas se concluye quJ, ;:
Ley de Transparencia reglamenta, en el ámbito estatal, el derechQj
humano reconocido en el artículo 6° Constitucional como de .acceso,.a•
la información pública, disfrutable por cualquier persona, dentro del
estado de Tamaulipas, quien puede apropiarse de aquella información
que posean o resguarden los entes públicos estatales; incluyendo
dentro de este rubro a los Ayuntamientos, sus integrantes de elección
popular, así como las dependencias y entidades de la administración
pública municipal, sin más exigencia para los titulares de este derecho
que formular una solicitud de información conforme a la Ley, misma
que deberá ser satisfecha por el sujeto obligado que corresponda
dentro de un plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir de
que se recibió la petición; sin embargo, en caso de que la solicitud no
fuese satisfecha o la información proporcionada resulte ambigua o
parcial a juicio del solicitante, éste podrá acudir ante este órgano
colegiado, para que revise el caso y disponga, de ser procedente, la
entrega de la información requerida, en los términos que marca la
normatividad aplicable. Finalmente, si la solicitud no es contestadaPágina 14
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ce de marzo de dos
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In~ da-TtalWI th yAconow h ltitntocFóii de Tunnullpnn
déntro de los plazos legales, habrá operado, en todo lo que favorezca
.-y al titular del derecho, la afirmativa fictá,: entendida como la figura
jurídica que tiene por objeto evitar que el particular que formuló una
solicitud, petición o instancia por escrito, resulte afectado en su esfera
de libertades ante el silencio de la autoridad que, conforme a la Ley,
debía emitir la resolución correspondiente y que consiste en que,
cuando haya transcurrido un determinado tiempo desde la fecha en
que se hizo la solicitud o petición y la autoridad no da respuesta, existe
la presunción legal de que su decisión es en sentido positivo para el
solicitante o peticionario. .
En el caso concreto, ' ha ' resultado viole
acceso a la información pública qu'e le asiste
Je, si bien es
1I el,, „yi jni nte su correo electrónico
formuló diversas
iéndolas a la dirección electrónica:
perteneciente a la Unidad de Información
nto de Matamoros, Tamaulipas, .solicitándole la
:talla en el;antecedente' primero de esté fallo,
se .le hiciera' llegara su correo electrónico
personal, también es verdad que el ente público responsable no dio
satisfacción al derecho del solicitante, pues omitió dar respuesta en
tiempo y forma a las peticiones .qúe estaba obligado a contestar. Lo
anterior es así. en virtud de que si' las solicitudes se hicieron el doce de
marzo de dos mil doce, el ° ' plazo de veinte días hábiles para
contestarlas inició el trece de marzo y concluyó el trece de abril de dos
mil doce, siendo inhábiles los días - diecisiete, dieciocho, diecinueve,
veinticuatro, veinticinco y treinta y :uno de marzo y el uño, cuatro,
cinco, seis, siete y ocho de abril del año en curso.
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Lo que significa que se materializó la afirmativa ficta, que se
contempla en el precepto 50, del mismo cuerpo legal, la cual otorga al
silencio administrativo un sentido afirmativo sobre lo que solicitó el
gobernado, siempre que la Unidad de Información no emita resolución
dentro de los plazos establecidos en el ya mencionado artículo 46,
numeral 1, de la Ley. Por lo tanto, para que en materia de acceso a la
información se configure la afirmativa ficta, es necesaria la existencia
de una solicitud de información, un silencio administrativo, la
disposición legal que otorgue este significado a dicho silencio y un
plazo legal para que el sujeto obligado se pronuncie sobre la solicitud
formulada; elementos que en este asunto se han su rt ido plenamente.
Los efectos de esta figura serán en sentido afirmativo en todo lo
que favorezca al solicitante.fn
^r.
En lo conducente, resulta aplicable al caso la tesis sobres4ent ^
del Tribunal Colegiado Auxiliar, con residencia en Naucalpaa^ d^F
Juárez, Estado de México, con epígrafe: k
AFIRMATIVA FICTA. LA AUTORIDAD ESTÁFACULTADA PARA REQUERIR AL PARTICULARQUE EXHIBA LOS DOCUMENTOS OMITIDOS,CUMPLA CON REQUISITOS FORMALES O --^PROPORCIONE LOS DATOS NECESARIOS PARA LARESOLUCIÓN DE SU PETICIÓN, HASTA ANTES DEQUE TRANSCURRA EL PLAZO PARA QUE AQUÉLLASE CONFIGURE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DEMÉXICO). El a rtículo 135 del Código de ProcedimientosAdministrativos del Estado de México dispone que laspeticiones que los particulares hagan a las autoridadesdel Poder Ejecutivo del Estado, de los Municipios y delos organismos descentralizados con funciones deautoridad, de carácter estatal o municipal, deberán serresueltas en forma escrita dentro de un plazo que noexcederá de treinta días hábiles posteriores a la fecha desu presentación o recepción y que cuando se requiera alpromovente para que exhiba los documentos omitidos,cumpla con requisitos formales o proporcione los datosnecesarios para la decisión de su solicitud, el plazoempezará a correr desde que el requerimiento haya sidocumplido, en el entendido de que si la autoridad omite
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* Io mi ~Qkn di Tumiu lilas
efectuarlo, la afirmativa ficta se configurará una veztranscurridos los aludidos treinta días sin que se notifiquela resolución expresa. En ésa tesitura, se concluye .quela autoridad está facultada. para requerir en los términosfijados hasta antes de que transcurra el plazo para quese configure la indicada ficción legal. Admitir lo contrarioimplicaría dejar-" al arbitrio . de las autoridadesadministrativas la actualización de la afirmativa ficta, conla consecuente violación a las garantías de legalidad yseguridad jurídica, provistas en los a rtículos 14 y 16 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.2
En la especie, operó désde luego la afirmativa ficta en beneficio
de y, consecuentemente, deberá orden e laentrega de la información solicitada por el aquí r i sinem argo, es preciso realizar el siguiente análisi s ` e : `el ó^c 41a
II
a.
'TAREn principio debe decirse spiezas que obran en
o on e solicitó la• información de:. se da noticia s fallo, jn embargo, este Instituto corroboradu'e el aquí &vi 1 ta n6adjuntó a su Recurso de ' Revisión laolicit po ^ reo electrónico que se refiere a los Auxiliarese la utasbfcarias de diciembre de dos mil once, tal como están
registr s las operaciones, que permitan conocer el concepto delpago por los cheques expedidos.
Por lo tanto, este órgano revisor no puede emitirpronunciamiento alguno respecto °a la solicitud de información ' que nose adjuntó al Recurso de Revisión, debido a que no se tiene la certezade que la misma se haya formulado.
Procede, entonces, analizár si el resto de la . informaciónsolicitada por debe existir en los archivos del2
Novena Época, Registro: 167150, Semana rio Judicial de la Federación y su Gaceta, XXIX, Junio de 2009, Tesis: II.T.Aux.4A, Página: 1042.
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Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas, la cual se ; detalla a•
continuación:
• Balanza . de Comprobación al treinta . y uno de diciembre
de dos mil once, al QUINTO nivel de.desagregación, tal
como lo establece el PLAN ! DE CUENTAS emitido por el
Consejo Nacional de Armoñización _Contable (CONAC).
Incluir, sin excepción, las cuentas de Orden
. Presupuestarias contempladas . en el Plan de Cuentas
emitido por el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC).
• Estados Financieros al treinta 'y úno de diciembre de dos
mil once del Ayuntamiento. de Matamoros, Tamaulipas,
que comprendan el Estado de Situación Financiera,
• Estado de Actividades, Estado de Variaciones en lag
Hacienda Pública/Patrimonio, Estado de Flujo de
• Efectivo, Notas a los Estados Financieros y de tipo ^.
Presupuestales el Estado Analítico de Ingresos
Presupuestales, Estado dei Ejercicio del Presupuesto,
mostrando en su presentación los momentos contables •
del, egreso en original, modificado, comprometido,
devengado, ejercido y pagado.
• Conciliaciones bancarias del-mes de diciembre de dos mil
once, presentando los cheques pendientes de cobro en
forma analítica con la fecha, número del cheque s o •
documento, nombre del beneficiario, impo rte y el
•concepto del pago del Ayuntamiento Matamoros,
Tamaulipas.
Página 18
U
itaittnatfluta di t}anipannrda y=
ala Mfumuelón de T~utlpa
• Presupuesto Autorizado de • dos mil doce, en formacalendarizada mensualmente, a nivel de partidapresupuestal.
• Póliza de diario formuladas 'en enero en donde asentaronlas cifras del presupuesto autorizado para el ejercicio dedos mil doce en las CUENTAS DE ORDENPRESUPUESTARIAS establecidas en la normatividadvigente.
• Póliza de diario donde se asentaron las ciinicio al registro contable de las operác pni
ídelde dos mil doce (cuentas de
~D °' Ayuntamiento de Matanic
c►rryq de enero de dos mil
It d&Matamoros, Tamaulipas, quede Situación Financiera,. Estadodé Variaciones en la Hacienda
I
-AW,aYP-atrimonio, Estado de Flujo de Efectivo, Notas aEstados Financieros y de tipo Presupuestales el
Estado Analítico de Ingresos Presupuestales, Estado delEjercicio del Presupuesto; mostrando en su presentaciónlos momentos contables del egreso en original,modificado, comprometido, devengado, ejercido ypagado.
• Estados Financieros al veintinueve de febrero de dos mildoce del Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas quecomprendan el Estado de Situación Financiera, Estadode Actividades,. Estado de Variaciones en la Hacienda
Página 19
Pública/Patrimonio, Estado de Flujo de Efectivo, Notas alos Estados Financieros y de . tipo . Presupuestales elEstado Analítico de Ingresos Presupuestales, Estado del
Ejercicio del Presupuesto, mostrando en su presentaciónlos momentos contables del egreso en original,modificado, comprometido, devengado, ejercido ypagado.
• Conciliaciones bancarias de enero de dos mil doce,presentando los cheques pendientes de cobro en formaanalítica con la fecha, número del cheque o documento,nombre del beneficiario, importe y el concepto del pagodel Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas.
• Conciliaciones bancarias de febrero de dos mil doce
los cheques pendientes de cobro en forma, ;'yanalítica con la fecha, número del cheque o documento, P ,^nombre del beneficiario, importe y el concepto del pago s,, •del Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas.
• Auxiliares de las cuentas bancarias de enero de dos mil doce, tal como están registradas las operaciones, quepermitan conocer el concepto del pago por los chequesexpedidos
• Auxiliares de las cuentas bancarias de febrero de dos mildoce, tal como están registradas las . operaciones, quepermitan conocer el concepto del pago por. los chequesexpedidos.
• Balanza de Comprobación al treinta y uno de enero dedos mil doce, al QUINTO nivel de desagregación, talcomo lo establece el PLAN . DE CUENTAS emitido por el
Página 20
italth era • V NfpemfC^Nf NTmnunpn
Consejo Nacional , de Armonización Contable (CONAC).Incluir, sin excepción, las cuentas de OrdenPresupuestarias contempladas en el Plan de Cuentasemitido por el Consejo Nacional de ArmonizaciónContable (CONAC).
• Balanza de Comprobación al veintinueve de febrero dedos mil doce, al QUINTO nivel de desagregación, talcomo lo establece el PLAN DE CUENTAS emitido por elConsejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).Incluir, sin excepción, las cuentas del OrPresupuestarias contempladas en el Plan d temitido por el Consejo Nacional jz ió
CC.a0e
Contable (CONAC).
Del contenido de
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ontabi lid ad,v
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lic también se advierte . queconformidad con la Ley General
dé los Acuerdos del Consejo Nacionalcv m iz 'i ' < Co.Mále; razón , por la cual el problema jurídico que
MMs e apa rtado, consiste en dilucidar si el Ayuntamiento
M Tamaulipas, debe o no generar la informaciónonforme a la norma general en alusión y a los acuerdos de
mérito.
Pues bien, el a rtículo quinto transitorio de la Ley en comento,que entró en vigor el uno de enero de dos mil nueve, establece losiguiente:
"TRANSITORIOS
QUINTO.- los ayuntamientos de los municipios emitiráninformación periódica y elaborarán sus cuentas públicas
Página 21
conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de esta Ley, amás tardar, el 31 de diciembre de 2012.
E...]"
Es preciso destacar que el artículo 55 de la Ley en comento, se
relaciona con los diversos 46, fracción 1, incisos a),.. b), c), e) y f); y
fracción II, incisos a) y b), y 48 de la misma norma, cuyo tenor es el
siguiente:
Artículo 46.- En lo relativo a la Federación, los sistemascontables de las . dependencias del poder Ejecutivo; .lospoderes Legislativo y Judicial; las entidades y losórganos autónomos permitirán, en la medida quecorresponda, la generación periódica de los estados y lainformación financiera que a continuación se señala:1. Información contable, con la desagregación siguiente:.a) Estado de situación financiera;b) Estado de variación en Iá hacienda pública;c) Estado de cambios en la situación financiera;
[...]f
e) Notas a los estados financieros; Estado analítico del activo;
11. Información presúpuestaria, coñ la desagregaciónsiguiente:a) Estado analítico de ingresos, del que se derivará lapresentación en clasificación económica por fuente definanciamiento y concepto;b) Estado analítico del ejercicio del presupuesto deegresos del que se derivarán las siguientesclasificaciones: .i. Administrativa;ii. Económica y por objeto del gasto; yiii.Funcional-programática;
Artículo 48.- En lo relativó a los ayuntamientos de losmunicipios y los órganos políticoadministrativos de lasdemarcaciones territoriales del Distrito Federal, lossistemas deberán producir, como mínimo, la informacióncontable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46,fracción 1, incisos a), b), c), e) y f); y fracción 11, incisos a)y b).
r-,
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con la siguiente desagregación:
que se derivará la presentación
de financiamiento y concepto; y
)resupuesto de egresos del que
les: 2.2.1) Administrativa; 2.2.2)
_. '.3) Funcional-programática.
.
• •
ltaltk,,t1 AO d. Trw*p*,n I* y Att io
a Li Ham,.CLÓn d. TW iUIpu
Artículo 55.- Las cuentas públicas de los ayuntamientosde los municipios y de los órganos políticoadministrativosde las demarcaciones territoriales del Distrito Federaldeberán contener, como mínimo, la información contabley presupuestaria a que se refiere el artículo 48.Asimismo, de considerarlo necesario, el consejodeterminará la información adicional que al respecto serequiera, en atención a las características de los mismos.
Así pues, la interpretación armónica y sistemática de tales
preceptos permite concluir que los sistemas contables de los
Ayuntamientos deberán producir, como mínimo, la siguiente
información contable y presupuestaria:
1) Información contable, con la siguiente des' 1)
Estad de situación financiera; 1.2) Estado d i 'ó n h ciendapúl<! , , 1.3) Estado de cambios en la sit^c firt,^r 'er , 1.4) Notas alos 4tados financieros; y 1.5) ctivo.
eji El
2.2)
sed E
Ecor
Esta información, de conformidad con el a rtículo 52 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, será la base para la emisión
informes periódicos y para la formulación de la cuenta pública, por lo
que, retomando el contenido del a rt ículo quinto transitorio de la Ley en
consulta, los Ayuntamientos estarán obligados a emitir información
periódica y elaborar sus cuentas públicas, conforme a los artículos 46,
fracción 1, incisos a), b), c), e) y f); y fracción II, incisos a) y b), 48 y 55
de la Ley, a más tardar, el treinta y uno de diciembre de dos mil doce,
razón por la que no es posible afirmar en este momento que el
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Ayuntamiento de Matamoros ya elabora su información contable ypresupuestaria conforme a la norma general contable en alusión, nieste órgano colegiado cuenta con. elementos objetivos para afirmarlo.
Sin embargo, no por el hecho de que la Ley General de
Contabilidad Gubernamental no cobre aún plena vigencia para los
Ayuntamientos, significa que no posean información contable, tal comose demostrará a continuación.
Lo anterior es así en virtud de que el 115, fracción IV, ,de , la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipiosadministrarán libremente su hacienda, la cual se formará de losrendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de lascontribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan. ajfavor. Esta disposición se reproduce en el artículo. 13 ctflaConstitución Política del Estado de Tamaulipas, lo que le d ;a 119Ayuntamientos de la Entidad la calidad de entes fiscalizados'por lá
Auditoría Superior del Estado, dé conformidad con los artículog 7v,.fracción 1, de la norma constitucional local; 5
0, fracción IV, inciso b), de
la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tamaulipas; y 153 delCódigo Municipal para el Estado de Tamaulipas. -- .
Asimismo, el artículo 168 del Código Municipal en alusiónestablece que cada Municipio llevará su propia contabilidad, la cualincluirá las cuentas necesarias para registrar los activos, pasivos,capital o patrimonio, , ingresos, costos y gastos, inversiones,
asignaciones, obligaciones y ejercicios correspondientes : a . los
programas y partidas de su propio presupuesto. .
Por su parte, el artículo 169 . del mismo ordenamiento señala quela contabilidad de los Municipios se llevará-con base acumulativa paradeterminar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de
los presupuestos y sus programas con objetivos, metas y unidadesPágina 24
• t
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ktr==,=
responsables de su ejecución. El :mismo precepto detalla que los
sistemas de contabilidad (de los Municipios) deben diseñarse y
operarse en forma que faciliten el control de los activos, --pasivos,
ingresos, gastos, avances en la ejecución de programas y permitan
medir la eficacia y eficiencia del gasto público municipal.
En armonía con lo anterior, el artículo 15 de la Ley de
Fiscalización Superior del Estado de Tamaulipas establece, en su
segundo párrafo, que la revisión (de las cuentas públicas de las
entidades sujetas a fiscalización) comprenderá la comprobaci " del
ejercicio de las partidas de egresos e ingresos, asimis no i na
revisión legal y contal
debidamente justificada
t ilidad que detern
deb, áp er aprobado po
strr s a fiscalización.CUT
ait En ese teoLcpór I A itQ p rdel Estado, el cual se tiene a la vista en este
del cumplimiento de la resolución de veintitrés de
enero s mil doce, dictada dentro del Recurso de Revisión
RR/011 011/RST, que abonará al análisis de este asunto y se invoca
como un hecho notorio.
Es de citarse, por su aplicación analógica al caso, la
jurisprudencia 10312007, aprobada por la Segunda - Sala de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro es:
HECHO NOTORIO. PARA QUE SE INVOQUE COMOTAL LA EJECUTORIA DICTADA CONANTERIORIDAD POR „ EL PROPIO ÓRGANOJURISDICCIONAL, NO- ES NECESARIO QUE LAS.CONSTANCIAS RELATIVAS DEBAN CERTIFICARSE.Conforme al artículo 88 del Código Federal deProcedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley
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de Amparo, los órganos jurisdiccionales pueden invocarhechos notorios aun cuando no hayan sido alegados nidemostrados por las partes. Así, los titulares de los ^..órganos jurisdiccionales pueden válidamente invocarcomo hechos notorios las resoluciones que hayanemitido, sin que resulte necesaria la certificación de lasmismas, pues basta con que al momento de dictar -ladeterminación correspondiente la tengan a la vista3.
En la presentación de dicho manual se destaca que la Auditoria
Superior del Estado: "...atendiendo la función de coordinación con los
Ayuntamientos y con el fin de unificar criterios en materia de
Contabilidad Gubernamental y Archivo Contable; se dio a la tarea de
presentar un Sistema Contable en el que se registre de manera
ármónica, delimitada y específica las operaciones presupuestarias- y
contables derivadas de la gestión pública, así como otros flujos
económicos, que permita obtener estados financieros, confiables,_ f
oportunos, comprensibles, periódicos y comparables ?. pará ` la
formulación de los informes mensuales y cuentas públicas an ales."• SEC
r.,^,EJl
Los objetivos que se persiguen , con dicho manual''i n ..
siguientes:
"OBJETIVOS:
• Mostrar a los Ayuntamientos de manera sencilla la formade contabilización de las operaciones que habitualmente.se les presentan, unificando el criterio en el registro , delas' mismas que deben dé realizarse con apego a losmandamientos legales.
• Reflejar la aplicación de los principios y normascontables.
• Facilitar el reconocimiento de las operaciones deingresos, gastos, activos, pasivos' y patrimoniales de . losAyuntamientos. .
• Permitir que los registros se efectúen considerando labase acumulativa para la integración de la informaciónpresupuestaria y contable.
Novena Época, Registro: 172215, Semanario Judicial de ta Federación y su Gaceta, XXV, Junio de 2007, Tesis: 2a.1J.10312007, Página: 285.
Página 26
V
italtmuwmd irwo.r•.aayAa.w
• la Wi ,.clón di TimauUpas
• Reflejar un registro congruente y ordenado de ' cadaoperación que genere derechos y' obligaciones derivadosde la gestión económico-financiera de losAyuntamientos.
• Generar en tiempo real, estados financieros, deejecución presupuestaria . y otra información quecoadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, ala programación con base en resultados, a la evaluacióny a la rendición de cuentas.
• Facilite el registro y control de inventarios de . los bienesmuebles e inmuebles de los Ayuntamientos. "
Es importante destacar la siguiente definición q se
transcribe:"La Contabilidad Gubernamental, es `> ' . icá
que se utiliza para registrar las censa queaso $ , realizan los Ayuntamiento rffrcadas, en una
Tstructura legal predefinida que s ni para generarformación financiera, prog mátca y presupuestal
ETAa 'eí resada en unicfJes ` one , facilitando la toma
UTIVT del decrsr s ' a .tUfidades representativas
crespondi s. `
¡Ep e ^r . 5 de "POSTULADOS . BÁSICOS DE LAC^ GUBERNAMENTAL" se enmarca a lac o d c i financiera de la siguiente forma:
"Los estados financieros de los entes públicosdeberán presentar de manera consolidada la situaciónfinanciera, los resultados de operación, el flujo deefectivo o los cambios en la situación financiera y lasvariaciones a la Hacienda Pública, como si se tratara deun solo ente público.
Según el citado manual, el flujo del sistema contable seconforma de la siguiente manera:
"FLUJO DE SISTEMA CONTABLE
Para obtener una información que ayude a losAyuntamientos a mostrar su gestión financiera de unamanera clara y precisa, es necesario que `estos siganpaso a paso el flujo del sistema contable que marcará la
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transparencia en el manejo de los - recursosadministrados.
FLUJO DE INFORMACION DEL SISTEMA CONTABLE
1.- Obtención de Comprobante que ampare laoperación realizada.
a) INGRESOS.- Documentos queamparen el ingreso correspondiente.
b) EGRESOS.- Documentación queampare el gasto realizado, debidamente autorizado parasu pago.
•
c) OTROS.- Documentos que no afectenefectivo pero que sean cuántificables en el momento de
• contraerla obligación u originarse algún supuesto.
2.- Elaboración de las Pólizas de Ingresos,• Egresos o Diario.
3.- Elaborar un Diario General de Póliza .cuya finalidad es dejar registrados ty s de1a egrstrados en orden cronológrc^ ^todas las operaciones de la entidad. ;, . ;.
4.- Hacer los pases al Libro Mayor Generaldonde se anotaran los movimientos concentrados decada una de las cuentas que se afectaron en el DiarioGeneral.
5.- Elaboración de la Balanza deComprobación, documentó en el que se listan lascuentas con indicación de cargos y abonos de cada una, .mostrando un equilibrio entre las sumas de naturalezacontraria comprobando con esto que no hubo error,correspondiendo a todo cargo un abono.
6.- Obtención de los Estados Financieros."
Finalmente, se estima necesario para efectos de este asunto
traer la siguiente información obtenida del referido manual contable:
"Tomando como base lis fundamentos anteriores, esnecesario la formulación - de los . siguientes estadosfinancieros: .
1.- Estado de Posición Financiera Patrimonial2.- Estado de Resultado.
Página 28
0^
itaitkwtwb d. TFanep.nnaa y Acuw
a I. le! chel6n de Tmnaullpam
3.- Estado de Deuda Pública.4.- Estado de Origen y Aplicación de Recursos."
De lo anterior, podemos concluir que, en armonía con los
artículos 168 y 169 del Código Municipal para el Estado de
Tamaulipas y 15, segundo párrafo, de la Ley de Fiscalización Superior
del Estado de Tamaulipas, la Auditoria creó un manual de contabilidad
gubernamental que contiene un sistema contable utilizado por los
Ayuntamientos como entidades sujetas a fiscalización. Del contenido
de dicho manual se define a la contabilidad gubernamental de los
Ayuntamientos como una técnica que se utiliza para registra- las
transacciones que realizan dos Ayuntamientos, enmarcad M na
estructura legal predefinida y que sirve para
financiera proqramática y presu puestal e !. urítdadesll"8 r arias facilitando la toma dedcisioie a autoridadesre r tativas correspondientes ste ` : r u I de contabilidad
i lec ' que para ob enér infor áción que ayude a los
A^u tarr^rlentos a mostrar s ge.> financiera de manera clara y4
^Y, ^w^ wti5 eti4: ^
a, es neoes p qu s sigan paso a paso el flujo del sistema
co ble . ajcar3a < transparencia en el manejo de los recursos4 ^ ^, y y
admire strid o flujo contable que inicia con: 1) la obtención de
compr . antsque amparen la operación realizada; 2) la elaboración
de las ólizas de ingresos, egresos o diario; 3) la elaboración de un
diario general de pólizas cuya finalidad es dejar registrados en orden
cronológico todas las operaciones del ente público; 4) hacer los pases
al libro mayor general donde se anotaran los movimientos
concentrados de cada una de las cuentas que se afectaron en el
Diario General; 5) elaborar la Balanza de Comprobación, documento
en el que se listan las cuentas con indicación de cargos y abonos de
cada una, mostrando un equilibrio entre las sumas de naturaleza
contraria comprobando con esto que no hubo error, correspondiendo a
todo cargo un abono; y, finalmente, 6) la obtención de los estados
financieros.
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Asimismo, el manual. contable en alusión establece la•
elaboración de los siguientes estados financieros: . .
• Estado de posición financiera patrimonial;
• • Estado de Resultado;
• Estado de Deuda Pública; y,
• Estado de Origen y Aplicación de Recursos.
• Por lo tanto, no cabe duda de que los Ayuntamientos . de ja
Entidad, incluido Matamoros, .generan diversos estados financieros
necesarios : para llevar el control de sus activos, pasivos, capital , o
patrimonio, ingresos, costos y gastos, inversiones, . asignaciones,
obligaciones y ejercicios correspondientes a los programas y partidas
de su; , propio ., presupuesto, pues aunque sea con. .
denominaciones, la tesorería de aquel municipio emite . ados
financieros, de conformidad con el citado manual contable-e!pedb
por la Auditoria Superior del Estado, amén de que los misa s son
revisados y suscritos por los síndicos municipales, de conformidad
el a rt ículo 60, fracción XV, del Código Munic ipal para el Estado de
Tamaujipas, en relación con diverso 72. fracción III. del citado
ordenamiento .
En consecuencia, deberá ordenarse a la Unidad de Información
Pública que realice la búsqueda exhaustiva de los estados financieros
que haya generado el Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas, al
treinta y uno de diciembre de dos mil once, así como los estados
financieros al treinta y uno de enero y al veintinueve de febrero de dos
mil doce, conforme al manual de contabilidad de la Auditoría Superior
del Estado, sin omitir en dicha búsqueda a la tesorería municipal, por
ser ésta la que realiza la organización de la contabilidad municipal, y
luego de lo anterior deberá entregar la documentación solicitada al
aquí recurrente.
Página 30
de cuentas de cheques; por lo tanto,I n
s •
itait-
11 eds Trainpwnday M o h Wi mielón di Tunaullpn
Ahora bien, por cuanto hace a las conciliaciones bancarias de
diciembre de dos mil once, así como las conciliaciones bancarias y
auxiliares de la cuentas bancarias de enero y de febrero de dos mil
doce presentando los cheques pendientes de cobro en forma analítica
con la fecha, número del cheque. o documento, nombre . del
beneficiario, importe y el concepto del pago del Ayuntamiento de
Matamoros, Tamaulipas, se le dice a la Unidad responsable que, de
conformidad con el manual de contabilidad en alusión, los documentos
solicitados también son elaborados por los Ayuntamientos de la
Entidad, incluido el Municipio de Matamoros, . Tamaulipas, bida
cuenta que,. según el manual en coñsulta, existe h c de
cuentas municipales que se define como aquella: " ist' da
de u a serie de cuentas que se han de lleva á is todas004 .l s raciones que pueden ser cu^tifr^ das p adas en la
rrat32ación de la contabilidad d a l económica.
Er 'el catálogo.de en ipales se encuentra la cuenta deDs, que 4untade e activo que representa el dinero en
si exrs jnaiena en bancos, es necesario que el Ayuntamiento, en•
aras d e iar el flujo contable del que se ha dado noticia, debe
tambiértontar con conciliaciones bancarias y con los auxiliares de la
cuentas bancarias necesarios para llevar el registro • de ' . activos,
pasivos, capital y patrimonio, al que se refiere el artículo 168 del
Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
Por lo tanto, la Unidad de Información Pública deberá realizar
una búsqueda exhaustiva de las conciliaciones bancarias de diciembre
de dos mil once, así como las conciliaciones bancarias y auxiliares de
la cuentas bancarias de enero y de febrero de dos mil doce, sin omitir
en dicha búsqueda a la tesorería municipal, por ser ésta la que realiza
Página 31
la organización de la contabilidad municipal, y luego de lo anterior
deberá entregar la documentación solicitada al aquí recurrente.
Ahora bien, por cuanto hace a -las pólizas de diario solicitadas, a
partir de enero de dos mil doce, debe decirse que el manual de
contabilidad en alusión, las contempla y define de la siguiente .forma:.
"Las Pólizas que deberían utilizarse en el sistemacontable son las siguientes:
â POLIZA DE INGRESOS.- Es el documento donde , seregistran todos los ingresos ordinarios y extraordinariosque sean captados por la Tesorería.
> POLIZA DE EGRESOS (CHEQUE) .- Es el documento - 'donde se registran las operaciones que se, originan 'porlas salidas de dinero.
POL1ZA DE DIARIO. - Es el documento por medio ¿1 ...,cual se daría efecto a movimientos contables en los jéno interviene el manejo de dinero por ejem adquisición de materiales a crédito, ajustes a cuent , ,,'^correcciones, bajas de activo, etc
• La Póliza es un documento interno en el cual .seanotan las operaciones con detalle y ordenadamente;siendo elemento fundamental de registro en donde se'asientan las operaciones que los Municipios efectúan en ..un momento determinado y sirve, además, para dejardocumentadas las operaciones registradas. Los datosque debe contenerla Póliza son:
• Nombre del Ayuntamiento• Indicación de la clase de Póliza de que se trata• Numero de Póliza• Fecha de Operación• Cuentas y Sub-cuentas de cargo y abono• Cantidades a cargo en parciales y totales• Redacción clara de la' operación (concepto)• Firmas de quien elaboro y funcionarios que deban firmar
de autorizado, conforme a lo dispuesto en el A rt. 162 dela Constitución Política del Estado y Art. 72 Fracc. 11 del '
• Código Municipal Vigente para el Estado de Tamaulipas.La adopción de este sistema de Pólizas para el registrode la actividad financiera municipal, produce lainformación financiera necesaria para el cumplimiento d
Página 32
mando el contenido del articulo quintode Contabilidad Gubernamental, los
obligados a emitir información periódica y
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italtbntbM di T..ns"r~y A 1*i
a lairfonmelón de T~uRp**
los objetivos de la contabilidad de -!a Hacienda Pública delos Ayuntamientos que son: Permitir el control de losingresos, gastos y bienes patrimoniales conforme a -lasdisposiciones legales, así como, su análisis, evaluación ydirección de la actividad financiera municipal."
Es así que tampoco existe duda de que el Ayuntamiento tambiénemite pólizas donde anotan las operaciones con detalle en unmomento determinado; por lo tanto, deberá requerirse al Ayuntamientopara que realice la búsqueda exhaustiva de las pólizas de diario queformuló en el mes de enero de dos mil doce, donde se localicen lascifras de presupuesto autorizado para este ejercicio fiscal y acuellaque se haya emitido para dar inicio a las operacionesfina delaño en curso.
ti
.7Con relación a las balanzas d o . .pro n queridas altr ntá uno de diciembre de dos o mo al treinta y uno
en ro y al veintinueve e yero 5 os mil doce, solicitadas alint =nivel - de desagr aó 4como lo establece el plan de
ij?entas emitiQp Nacional de Armonización Contable,
elaborad"sus cuentas públicas, conforme 'a los artículos 46,-fracción 1,incisos a), b), c), e) y f); y fracción' II, incisos a) y b), 48 y 55 de la Ley,a más tardar, el treinta y uno de diciembre de dos mil doce.
Sin embargo, también se reitera que no pór esta circunstancia, elAyuntamiento de Matamoros puede eludir la entrega de lainformación contable solicitada, ya que según el manual decontabilidad referido con antelación, el flujo del sistema. contable ahímencionado contempla la elaboración de la balanza de comprobación,documento en el que se enlistan las cuentas con indicación de cargosy.abonos de cada una, mostrando un equilibrio entre las sumas de la
Página 33
naturaleza contraria comprobando con esto que. no hubo error,
correspondiendo a todo cargo un abono. Asimismo, es preciso
destacar que la balanza de comprobación es necesaria, como parte
del flujo contable, para la obtención de los estados financieros que los
síndicos del Ayuntamientorevisan y, en -caso de estar de acuerdo,
suscriben, de conformidad con el artículo.60, fracción XV, .del .:Código
Municipal.
Por lo tanto, deberá •requerirse a la Unidad . de Información
Pública para que realice la búsqueda exhaustiva de las balanzas de
comprobación requeridas al treinta y uno .de diciembre .de.. dos mil
once, así como al treinta -y uno de enero y al veintinueve de febrero de
dos mil doce, sin omitir en dicha búsqueda a la tesorería municipal, por
ser ésta la que realiza la organización de la contabilidad muni ál, y
luego de lo anterior deberá entregar la documentación sol' atada al
aquí recurrente. . " `#
Finalmente, el sujeto obligado •.también deberá. realizár-:"la
búsqueda exhaustiva del documento en el que conste su -presupuesto
autorizado para el ejercicio dos mil doce, calendarizado por mes y a
nivel de partida presupuestal, sin . omitir en . dicha búsqueda a la
tesorería municipal, por ser esta área la que organiza la contabilidad y
realiza las erogaciones conforme al presupuesto aprobado, el cual
comprenderá las previsiones de gasto público que habrá de realizar el
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 69, 72, fracciones III y
IX, y 158 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
A mayor abundamiento, no estorba decir que, con fundamento
en el artículo 6, fracción V, de la Constitución Política de los Estados
-Unidos Mexicanos, los .sujeto obligados deben preservar.. sus
.. documentos en archivos administrativos actualizados; por..lo que, al
existir la obligación constitucional de resguardar su información en
archivos actualizados, desde luego que en éstos debe obrar laPágina 34
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información contable y presupuestaria de los entes públicos, como el
Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas, máxime porque se trata de
documentos que dan cuenta del ejercicio de los recursos públicos,
sobre los cuales existe un interés primordial por transparentarlos.
Ilustra lo anterior, el criterio sobresaliente del Pleno de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, localizable bajo las voces:
GASTO PÚBLICO. EL ARTÍCULO 134 DE LACONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOSUNIDOS MEXICANOS ELEVA A RANGO
prudentemente, lo cual implica que los servidorespúblicos siempre deben buscar las mejores condicionesde contratación para el Estado; y, 6. Transparencia, parapermitir hacer del conocimiento público el ejercicio delgasto estatal4.
Ante tal estado de cosas, en la parte dispositiva de esta
resolución se declarará que en el caso concreto ha operado la
afirmativa ficta, prevista en el artículo 50 de la Ley y, en consecuencia,
que los agravios formulados por en contra de
' Novena Época, Registro: 166422, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XXX, Septiembre de 2009, Tesis: la.CXLV12009, Página: 2712.
Página 35
la Unidad de Información Pública del Ayuntamiento de Matamoros,
Tamaulipas, son fundados.
Asimismo, se requiere a la Unidad responsable para . que ;de
conformidad con el artículo 79 de la -Ley, actúe en los siguientes
términos:
• Dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir
de aquel en que sea notificado, deberá buscar exhaustivamente los
documentos mencionados en este fallo, realizando la búsqueda en
todas, las áreas administrativas del Ayuntamiento, sin omitir a la
tesorería municipal, por ser ésta la que organiza la contabilidad _del
Municipio, de conformidad con los razonamientos contenidos en esta•
.resolución; y dentro de los mismos tres días deberá comunicara v ñ
el aquí recurrente, a través de correo electrónico oficial (no p : onal),
para entregarle, por esa vía, los documentos determinados n efallo.
Dentro de los mismos tres días, deberá informar á• e
órgano revisor sobre el cumplimiento de esta resolución, adjuntando a
dicho informe los documentos originales, o en copia ., certificada, que
acrediten la entrega total de la información peticionada. Para lograr lo
anterior, cuando el ente público responsable se comunique al correo
electrónico personal del inconforme, deberá hacerlo . mediante
dirección electrónica oficial (no personal), enviándole la información
requerida en este fallo y soportada de- manera documental, pero
también deberá, al mismo tiempo, marcar copia al .correo electrónico
oficial de este Instituto, al que también adjuntará su informe de
cumplimiento, para que todos estos documentos (informe y
documentos entregados al recurrente) se agreguen al expediente.
• En caso de negativa a entregar la información de. la forma
ordenada o incumplimiento de la resolución, el recurrente, de manera
escrita o a través del correo ' electrónico:
atencion.alpublico@itait.org.mx , lo hará del conocimiento de estePágina 36
recepto 29, numeral 1, de la Ley.
nte expuesto, y fundado se
RESUELVE:
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• 6
italt-M~~~YA~5.
a h NQ~16 d. T.mauDpa
Instituto para que se proceda de conformidad con el artículo 80 de la
Ley.
Lo anterior resulta necesario para que este Instituto cuente con
los elementos necesarios para calificar el cumplimiento de esta
resolución.
QUINTO.- Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 8°
del Reglamento interior del Instituto de Transparencia y Acceso a la
Información de Tamaulipas, las resoluciones de este órgano girante
se harán públicas, asegurándose en todo momento que la i ción
reservada, confidencial o sensible se ' mantenga .co 1 a fé n
todo momento; por lo tanto, cuando este fall y e portalhay
dei ernet del Instituto, deberá hacerse ma verion pública,
en 1 cíjae se teste o tache toda aquella irfQrmact6n que constituya un
u by
personal, cuya pubUcaclón ' esto p1Óhibida si no ha mediado
orización expre st o, en su caso, de quien le^1 k
PRIMERO.- En el caso concreto ha operado la afirmativa ficta
prevista en el artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Estado. de Tamaulipas.
SEGUNDO.- En consecuencia, los agravios 'formulados por
en contra de la Unidad de Información Pública
,. 1 del Ayuntamiento de Matamoros, Tamaulipas, resultan fundados.
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da fe.
la Salinas TrevI o
R102212012IRJAL,UNTAMIENTO DE
Lic. Juan
HOJA DE FIRMAS DE LA RESOLUINTERPUESTO POR MARIO MEDIN_ _ _ _ _ _ _ -MATAMOROS, TAMAULIPAS.
TERCERO.- Se requiere al énte público responsable para que . décumplimiento total al contenido. del considerando cuarto de esta
resolución.
CUARTO.- Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Institutopara que ejecute y dé el seguimiento correspondiente a este fallo.
QUINTO.- Tan luego como quede cumplido lo ordenado o seextinga la materia de la ejecución, archívese este expediente comoasunto concluido.
NOTIFÍQUESE a las partes, de conformidad con el artículola Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del &stasode Tamaulipas.
Así lo resolvieron por unanimidad : los licenciados Roberto JaimeArreola Loperena, Juan Carlos López Aceves y la doctora ..RosalindaSalinas Treviño, Comisionados del Instituto de Transparencia .y Acceso...a la Información de Tamaulipas, siendo presidente y ponente elprimero de los nombrados, quienes son asistidos por .el el .licenciadoAndrés González Galván, Secretario Ejecutivo de este Instituto, quien
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