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- Diapositiva 1
- Diapositiva 2
- Puede considerarse desde dos puntos de vista, uno amplio
referido al Estado en general, y otro limitado referido a la
Administracin Publica en particular. Desde el punto de vista
amplio, el funcionario y empleado publico, es toda persona que
realice o contribuya a que se lleve a cabo funciones esenciales y
especificas del estado. Desde el punto de vista restringido estos
son toda persona que realice o contribuya las funciones esenciales
y especificas propias de la Administracin Pblica
- Diapositiva 3
- La carga pblica presenta las siguientes caractersticas : Es una
obligacin que tiene todo ciudadanos de prestar determinados
servicios cuando el estado se lo ordene; No se necesita el
consentimiento del ciudadanos ya que debe cumplir aunque no quiera;
No se le paga un sueldo a quien debe cumplirlo ; No se puede eximir
pagando y debe existir una Ley que la imponga ; FUNCIONARIO :
Actividad dentro de un organismo del Estado, voluntaria y
remunerada
- Diapositiva 4
- Esta ley se aplica a todos los funcionarios de la Administracin
Publica, salvo : Jefe de Gabinete, Ministros, Secretario General de
la Presidencia, Secretarios, Jefe de la Casa Militar, Personal
militar y de la fuerza de seguridad y policiales y el clero
- Diapositiva 5
- Requisitos: a)Ser argentino nativo, por opcin o naturalizado.
b)Tener condiciones de conducta e idoneidad para el cargo c)Aptitud
psicofsica para el cargo Impedimentos:
- Diapositiva 6
- Es la relacin del empleado pblico con la Administracin Publica
de la cual surgen tres puntos de vistas con respecto al carcter del
contrato: Primer punto de vista: Acto unilateral. El empleado
publico tiene una situacin jurdica legal o reglamentaria. Segundo
punto de vista: Distincin entre la formacin del vnculo y por otro
desarrollo ejecucin o cumplimiento de la relacin de servicio.
Primer aspecto como un acto bilateral, y el segundo aspecto se
trata de situacin legal o reglamentaria susceptible de ser
modificada por la administracin publica Tercer punto de vista: Se
sostiene que es un contrato de derecho pblico, contrato
administrativo propiamente dicho, esa relacin implica un contrato
administrativo stricto sensu, por razn de su objeto, siendo de
colaboracin
- Diapositiva 7
- a)Estabilidad b)Retribucin justa por sus servicios c)Igualdad
de oportunidades en la carrera d)Capacitacin permanente e)Libre
afiliacin sindical y negociacin colectiva. f)Descanso
g)Compensaciones, indemnizaciones y subsidio h)Asistencia social
para si y su familia i)Jubilacin o retiro j)Renuncia k)Higiene y
seguridad en el trabajo
- Diapositiva 8
- 1)Se acrediten condiciones de idoneidad; 2) Se obtenga el
certificado definitivo de aptitud psicofsica para el cargo. 3) Se
ratifique la designacin por la autoridad competente
- Diapositiva 9
- 1.Cumplir con el objeto o contenido del contrato; 2.Concurrir a
la oficina o lugar de trabajo durante las horas establecidas;
3.Prestar servicio en el lugar para el cual se hizo nombramiento;
4.Cumplir con la Ley de tica Pblica y tener una conducta decorosa
digna; 5.Deber de obediencia; 6.Someterse a exmenes
psicofsicos
- Diapositiva 10
- a)Patrocinar trmites o gestiones administrativas a terceros
relacionados con su funcin; b)Dirigir, administrar, asesorar,
patrocinar, representar o prestar servicios a personas que
gestionen exploten concesiones o privilegios de administracin o que
sean proveedores o contratistas. c)Recibir beneficios por
contratos, concesiones o franquicias que otorgue la administracin;
d)Obtener beneficios u obligaciones por entidades directamente
fiscalizadas por el ministerio, dependencia o entidad donde
trabaje; e)Usar sus facultades o prerrogativas para fines ajenos a
su funcin o para hacer accin poltica; f)Aceptar ddivas, obsequios,
beneficios o ventajas surgida desde su trabajo; g)Hacer uso
indebido o con fines particulares del patrimonio estatal.
- Diapositiva 11
- El empleado o funcionario publico puede ser sancionado con:
Apercibimiento o suspensin hasta 30 das en un ao, sin prestacin de
servicios ni goce de haberes Cesanta Exoneracin CAUSALES DE
APERCIBIMIENTO O SUSPENSIN HASTA 30 DIAS CAUSALES PARA IMPONER
CESANTIA CAUSALES PARA IMPONER LA EXONERACION
- Diapositiva 12
- Causales que dan lugar a aplicar apercibimientos y suspensin:6
meses Causales que dieran lugar a la cesanta:1 ao Causales que
diera lugar a la exoneracin:2 aos.
- Diapositiva 13
- Al cancelar la designacin del personal sin estabilidad.
Renuncia aceptada o vencimiento del plazo para aceptarla Razones de
salud que imposibiliten el cumplimiento de tareas laborales
Aplicacin de sanciones de cesanta o exoneracin Baja por jubilacin,
retiro o fallecimiento
- Diapositiva 14
- Empleo Publico Planta permanente Planta transitoria
Efectivizado Contrato Empleo Pblico vs Relacin Privada Ley
ContratoIngreso por concurso Despido con Sumario Despido sin
sumario
- Diapositiva 15