Reglamentación de bolsas plásticas · Antecedentes - alcance La ley 19.655 de agosto de 2018...

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Reglamentación de bolsas plásticas

junio 2019

ESTUDIO DE PROGRETEC-CNCS

Especialistas

Anabela Aldaz GUYER & REGULES

Mariana RobanoREACCIÓN

Antecedentes - alcance

● La ley 19.655 de agosto de 2018 declaró de interés general el uso

sustentable de bolsas plásticas

● Esta norma y su reglamentación alcanza a todas las bolsas plásticas

utilizadas para contener y transportar productos y bienes que sean

entregados a los consumidores en cualquier punto de venta o entrega, sin

perjuicio de algunas exclusiones que se mencionan

¿Por qué importa este tema?

REDUCIRLOEL ABUSO

INSENSIBLES A LA PROBLEMÁTICA

En la temporada 2017-2018 Karumbé (Uruguay)registró

86varamientos de tortugas verdes, algunas vivas y otras muertas;

96%había ingerido plástico.

NOTICIA DE LA ACTUALIDAD

NOTICIA DE LA ACTUALIDAD

RELLENOSANITARIO

FILTRACIONESPOR TODOS LADOS

Cronograma de implementación

¿Qué comercios están alcanzados?

¿Qué comercios están alcanzados?supermercados, almacenes y autoserviciosferreterías y barracasIndumentaria y accesoriosartículos eléctricos, electrónicos, electrodomésticosartículos de oficina, papelería, impresionesjuguetería, librería, disquería venta de artículos del hogar, bazarpanadería, confiteríarotisería y locales de comidafábrica de pastaspescaderíacarnicería lavandería y tintoreríainformáticaveterinaria y agroveterinariasfarmaciasfree shopdeliveryópticasrepuestos vehículos y maquinarias

¿qué comercios están alcanzados? - Ejemplos

feria

s

pescadería

s

carnicerías

rotisería

s

fábricas

de

pastas

almacenes

y

autoservicios

tiendas de

música

ferreterías

y barracas

papelerías

y oficina

indumentari

a

artículos

electrónico

s

delivery

¿qué comercios están alcanzados? - Ejemplos

¿Qué bolsas están permitidas?

BIODEGRADABLES O COMPOSTABLES

MATERIAL RECICLADO

¿Qué deben cumplir las bolsas permitidas?

Tipo de bolsa plástica

Dimensiones mínimas (en centímetros)

Largo = L Ancho = A (+Fi)

Camiseta 50 cm 40 cm

Asa de lazo 50 cm 40 cm

Asa troquelada 45 cm 40 cm

Rectangular 50 cm 40 cm

CaracterísticaResistenciamínima

Carga nominal (excepto para bolsas plásticas rectangulares)Dinámica 6 kg

Estática 6 kg

Tracción (probetas sin soldadura) ≥ 2,04 kgf/mm²

Elongación ≥ 150%

¿Qué deben cumplir las bolsas permitidas?

http://gestiones.latu.org.uy/latu/publico/2.0/consultas/modelos_bolsas/modelos_bolsas.php

empresas registradas en LATU a la fecha

bolsas permitidas por exclusión

● bolsas rollos

● chismosas

● bolsas de envasados en

origen

● presentación del producto

● pescado y carnes

● etc

bolsas permitidas por exclusión

bolsas permitidas por exclusión

¿qué tipos de bolsas NO están permitidas?

Todas las bolsas de polietileno (mayormente utilizadas hasta ahora por los

comercios)

Tamaños menores, mayores ¿?

bolsas no alcanzadas

Infracciones graves

● Fabricar, importar, distribuir, vender o entregar a cualquier título, bolsas plásticas que, no

cumplan con las especificaciones técnicas en los plazos establecidos para ello; que no

cuenten con la certificación o la constancia de cumplimiento; o que no cuenten con el logo

correspondiente o con el texto de identificación exigido por el Decreto.

● Entregar a cualquier título las bolsas plásticas sujetas a la obligación de cobro, de forma gratuita

o a un precio menor al establecido en virtud de este reglamento.

● Importar o fabricar bolsas plásticas sin estar inscripto en el Registro de fabricantes e

importadores de bolsas plásticas.

● Utilizar cualquiera de los logos en productos o bienes que no cuenten con las certificaciones

correspondientes y que no cumplan con los requisitos definidos a tales efectos.

● Usar las bolsas plásticas excluidas según la ley, en condiciones distintas a las establecidas.

● Presentar información falsa a la Administración o a cualquiera de las instituciones u organismos

intervinientes.

● Impedir u obstaculizar la labor de inspección de la Dirección Nacional de Medio Ambiente.

Sanciones

Las multas aplicables son las siguientes:

Infracciones consideradas leves, entre 10 y 500 UR.

Por la reiteración de infracciones consideradas leves o por la primera

infracción grave, entre 50 y 5000 UR.

Por la segunda y subsiguientes infracciones consideradas graves, entre 250 y

10.000 UR.

Para infracciones graves o reincidentes

● Proceder a la difusión pública de la resolución sancionatoria, la cual será a costa del infractor.

● Proceder al decomiso de las bolsas plásticas que no cumplan con los requisitos exigidos.

● En los casos en que los objetos decomisados deban ser destruidos, el infractor podrá optar por

hacerlo él mismo, según indicaciones y a entera satisfacción de la Administración o dejarlo a cargo

de la misma, en cuyo caso los gastos en que se incurra serán de cargo del infractor.

● Disponer la suspensión hasta por ciento ochenta días, del registro, de la certificación o de la

constancia de cumplimento correspondiente y en ciertos casos disponer la caducidad de tales

registros, certificaciones o constancias de cumplimientos.

Agregar comentario, está bien esto, cumple con la ley?

FAQ

¿Cuáles son las bolsas

prohibidas? ● Las bolsas plásticas que no estén

certificadas ni tengan constancia de

cumplimiento.

● A partir del 1° de marzo de 2019

solo podrán fabricarse o importarse

las bolsas permitidas.

● A partir del 30 de junio de 2019 sólo

podrán distribuirse, venderse o

entregarse las bolsas permitidas.

¿Cuáles son las bolsas

permitidas?

● Las bolsas de plástico

biodegradable o compostable

certificadas.

● Las bolsas de plástico reciclado con

espesor mayor o igual a 100

micrómetros que contengan la

constancia de cumplimiento.

● Las bolsas rollos con espesor

menor o igual a 15 micrómetros,

solo para la contención de frutas y

verduras.

● Bolsas reutilizables tipo

“chismosa” tejidas o de TNT.

● Bolsas plásticas que estén en

contacto directo con alimentos de

consumo humano o animal.

¿Cuáles son las bolsas que

se deben cobrar?● Las bolsas de plástico biodegradable

o compostable certificadas y las

bolsas de plástico reciclado que

contengan la constancia de

cumplimiento.

¿A partir de qué fecha se

deben cobrar?

● A partir del 30 de junio de 2019

es obligatorio el cobro de las bolsas

plásticas utilizadas para contener y

transportar productos y bienes que

sean entregadas a un consumidor

en cualquier punto de venta o

entrega.

● Se pueden cobrar con anticipación a

esa fecha.

¿A qué precio se deben

cobrar?● El precio debe ser siempre igual o

superior al precio mínimo fijado en

$3,3 + IVA (UI 0,82 + IVA). Este

precio se ajustará anualmente de

acuerdo al valor de la UI del primer

día hábil del año correspondiente.

¿Como verificar que las

bolsas cumplen con la

normativa?

● Las bolsas certificadas deben tener

impresa la siguiente información:

○ Razón social de

fabricante/importador

○ País de origen

○ N° de lote

○ Fecha fabricación

● Además deberán tener impreso los

logo específicos, ocupando al menos

una superficie de 4 x 3,5 cm.

○ Distintivo bolsas plásticas

BIODEGRADABLE

COMPOSTABLE o

○ Distintivo bolsas plásticas

MATERIAL RECICLADO

¿Los comerciantes

deben registrarse?

● No.

● Responsabilidades:

○ comprar solamente bolsas

permitidas

○ cobrar la bolsa

○ promover y participar en

campañas de difusión y

concientización a la población

○ ofrecer a la venta bolsas

reutilizables.

● Quienes deben registrarse son los

fabricantes o importadores.

¿Qué otras obligaciones

tiene el comerciante?

● Realizar un plan de concientización y

difusión (con criterios del MVOTMA).

● Contar con un sistema de recepción

y gestión responsable de bolsas

usadas.

¿Qué se puede entregar en

forma gratuita?

● Bolsas fabricadas con papel.

● Cajas cartón

● Bolsas reutilizables o chismosas

¿REQUISITOS O DEFINICIÓN

PARA QUE SE TOMEN COMO REUTILIZABLES?

¿Las bolsas pueden tener

publicidad?

● Sí, tanto de terceros como de

marcas o diseños propios, siempre y

cuando tengan la información

obligatoria en los tamaños previstos.

¿Se pueden distribuir

diarios y revistas

embolsados?

● Únicamente en días con condiciones

adversas de humedad o

precipitaciones.

● No incluye facturas ni recibos.

¿Qué sucede con el stock de

bolsas NO permitidas?

● Se pueden entregar hasta el 30 de

junio, luego no podrán ni entregarse

gratuitamente ni venderse.

● Lo mismo con aquellas que cumplan

con las características pero no hayan

sido registradas.

ALTERNATIVAS

Minimización: dejar de entregar bolsas y promover el uso de alternativas

Papel y/o cartón

Otras solucionesALTERNATIVAS

ADAPTACIÓN AL NUEVO RÉGIMEN

¿CÓMO IMPLEMENTO EL CAMBIO?

Proceder a un diagnóstico y asesoramiento individual:

● ¿en qué situación estoy, alcanzado o no?

● ¿cuál es el uso de las bolsas actualmente en mi comercio?

● ¿qué alternativa da solución a ese uso identificado?

¿qué bolsa es la más conveniente para mi comercio?

Seleccionar aquella alternativa que cumpla con el tamaño, la resistencia y el

material adecuado a las necesidades del comercio.

LA SOLUCIÓN VARÍA DE UN COMERCIO A OTRO

EL ROL DE LA CNCS

¿QUÉ HACE LA CNCS?

La CNCS atenta a las necesidades de sus socios y a los efectos de mantenerlos

actualizados mediante un asesoramiento oportuno, a través de PROGRETEC hizo

posible el desarrollo del estudio/presentación y de la herramienta/manual

(desarrollo de plataforma).

La CNCS gestiona a través de Progretec fondos de inefop para que los socios

puedan acceder a capacitación y asistencia técnica para la implementación de las

mejoras necesarias.

¿QUÉ HACE CNCS?

La CNCS es un actor que DINAMA considera relevante y mantiene una

comunicación fluida y continua como nexo con la realidad y problemática de los

distintos socios.

CONSULTAS Y ASERORAMIENTO WEB

Habilitado en próximos días

SOLICITAR FONDOS NO REEMBOLSABLES

PARA CAPACITACIÓN

www.progretec.cncs.com.uy

¿QUÉ HACE CNCS?

INTERROGANTES

NUEVAS INTERROGANTES

1. ¿Se AMPLIARÁ el alcance a plásticos de un solo uso como ha hecho otros

países?

1. ¿Qué pasará con las bolsas como productos, por ejemplo las de residuos?

1. ¿Qué pasará con productos envasados en origen?

¿CONSULTAS?

GRACIASBIENVENIDOS A SER PARTE

Comité de Dirección PROGRETEC-CNCSAna Petruccelli / Juan Abdala / Virginia Sarazola

Consultas: secretaria.progretec@cncs.com.uy