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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA
OFICINA GENERAL
DE PLANIFICACION Y PRESUPESTO
OFICINA DE RACIONALIZACIÓN Y ESTADÍSTICA
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES (MOF)
VOLUMEN I
CAJAMARCA, MAYO DE 1999
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INDICE PRESENTACION
Resolución Rectoral de Aprobación
Esquema del Contenido Integral del Manual de Organización y Funciones.
MANUALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOFs) DE LAS
UNIDADES ORGÁNICAS
Pág.
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1. Rectorado.
2. Vice Rectorado Académico.
3. Vice Rectorado Administrativo.
4. Oficina General de Auditoria Interna.
5. Oficina General de Planificación y Presupuesto.
6. Oficina General de Asesoría Jurídica.
7. Oficina General de Cooperación Técnica.
8. Centro de Capacitaciones y Actualización Científica y Tecnológica.
9. Oficina General de Información.
10. Oficina General de Informática.
11. Oficina General de Secretaría General.
12. Oficina General de Personal.
13. Oficina General Económico-Financiera.
14. Oficina General de Abastecimiento.
15. Oficina General de Bienestar Universitario.
16. Oficina General de Infraestructura.
17. Oficina General de Investigación.
- Centro de Desarrollo y Promoción Piscícola (CEDEPIS)
18. Oficina General de Admisión.
19. Oficina General de Desarrollo Académico.
20. Oficina General de Biblioteca.
21. Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria.
22. Instituto Universitario para el Desarrollo Regional (IUDER).
23. Consejo de Centros Productivos.
- Centro Productivo ―Laboratorio de Carne‖.
24. FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES.
- Servicio Silvo Agropecuario
25. FACULTAD DE INGENIERÍA.
- Centro Productivo de Ingeniería Aplicada.
26. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD.
27. FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS.
28. FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, CONTABLES Y ADMINIST.
29. FACULTAD DE ZOOTECNIA.
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PRESENTACIÓN
La Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través de su Oficina de
Racionalización y Estadística, en cumplimiento de su Plan de Trabajo, tiene la
satisfacción de poner a disposición de la Alta Dirección y demás órganos de la
Universidad Nacional de Cajamarca, el MANUAL DE ORGANIZACION Y
FUNCIONES (MOF), documento consolidado de las diferentes Unidades Orgánicas.
La formulación del presente (MOF), se ha desarrollado de acuerdo a la Resolución
Jefatural Nº 1 95-95-INAP/DNR, que aprueba la Directiva Nº 001-95- INAP/DNR,
vigente, y, teniendo en cuenta también la ley Orgánica de Creación de la UNC, Ley
Universitaria 23733, Estatuto, Reglamento General, ROF y otras normas internas y
generales que intervienen en las diferentes actividades que desarrollan las Dependencias
de la Institución.
El Manual de Organización y Funciones (MOF) es útil e importante porque:
a. Es un documento operativo que determina las funciones específicas,
responsabilidades, líneas de autoridad y requisitos mínimos de los cargos dentro
de la Estructura Orgánica de cada Dependencia de la UNC.
b. Proporciona información o los funcionarios y servidores públicos sobre sus
funciones y ubicación dentro de la Estructura Orgánica de la Universidad, así
como sobre las interrelaciones formales que corresponda.
c. Ayuda a institucionalizar la Simplificación Administrativa proporcionando
información sobre las funciones que 1e corresponde desempeñar al personal que
ocupa los cargos que constituyen los puntos de trámite en el flujo de los
procedimientos; y
d. Facilita el proceso de inducción de personal nuevo y el de adiestramiento y
orientación del personal en el servicio, permitiéndoles conocer con claridad sus
funciones y responsabilidades del cargo a que han sido asignados así como aplicar
programas de capacitación.
La Dirección General de Planificación y Presupuesto, expresa su sincero
agradecimiento a todas tas Dependencias que remitieron su respectivos Manuales de
Organización y Funciones e hicieron las correcciones a las observaciones hechas por la
Oficina de Racionalización y Estadística.
Cajamarca, mayo de 1999
OFICINA GENERAL. DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
DIRECCIÓN GENERAL
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ESQUEMA DEL CONTENIDO INTEGRAL DEL MANUAL DE ORGANIZACION Y
FUNCIONES (MOF)
TITULO 1
GENERALIDADES
0. Introducción.
1. Objetivos.
2. Finalidad del Manual.
3. Base Legal.
4. Alcance.
5. Aprobación y Actualización.
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. Organigrama del Órgano en detalle.
2. Funciones Generales del Órgano
3. Estructura Orgánica del Órgano.
4. Relación Jerárquica de Unidades Orgánicas (Autoridad, Responsabilidad y coordinación).
5. Cuadro de Distribución de Cargos por Órganos (Anexo).
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO 1
ORGANO DE GOBIERNO
1. Funciones Generales del Órgano de Gobierno.
2. Funciones Específicas de los Cargos.
CAPITULO II
ORGANOS DE DIRECCION
1. Funciones Generales del Órgano de Dirección
2. Funciones Específicas de los Cargos.
CAPIIULO 1V
ORGANO DE CONTROL 1. Funciones Generales del Órgano de Control.
2. Funciones Específicas de los Cargos.
CAPITULO V
ORGANOS DE ASESORAMIENTO 1. Funciones Generales del Órgano de Asesoramiento.
2. Funciones Específicas de los Cargos.
CAPITULO VI
ORGANOS DE APOYO 1. Funciones Generales del Órgano de Apoyo.
2. Funciones Específicas de los Cargos.
CAPITULO VII
ORGANOS DE LINEA 1. Funciones Generales de los Órganos de Línea.
2. Funciones Específicas de los Cargos.
CAPITULO VIII
ORGANOS DESCONCENTRADOS 1. Funciones Generales de los Órganos Desconcentrados.
2. Funciones Específicas de los Cargos
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TITULO I
GENERALIDADES
1. OBJETIVOS
Describir las funciones principales que le competen desarrollar a cada una de
las Dependencias, como parte integrante de la UNC; delimitando la amplitud,
naturaleza y campo de acción de cada una de ellas, así como de cada uno de los
trabajadores en sus respectivos cargos.
Determinar los cargos dentro de la Estructura Orgánica Académico
Administrativa y Funcional, y las funciones que le competen desempeñar.
Precisar los niveles de autoridad, grados de responsabilidad y líneas de
coordinación.
Difundir el presente documento operativo coadyuvando a mejorar la
administración en la UNC para ser más eficiente y eficaz a fin de lograr los
fines institucionales.
2. FINALIDAD DEL MANUAL
El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), tiene por finalidad
proporcionar la información necesaria acerca de las funciones que desarrollan cada una
de las Dependencias de la UNC, y así como de las actividades y/o tareas del personal a
nivel de cargos.
3. BASE LEGAL
El presente Manual se ha elaborado teniendo en cuenta las normas legales siguientes:
Constitución Política del Perú.
Ley N° 14015 de creación de la UNC.
Ley N° 23733, Ley Universitaria.
Ley N° 25035 de Simplificación Administrativa.
Decreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada.
Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC.
Reglamento General de la UNC, aprobado por RR. de Consejo Universitario N°
0001-96-UNC.
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por R.R. N° 3061 8-95-
UNC, y Of. N° 105-95- INAP/DNR
Resolución Jefatura N° 195-95- INAP/DNR, que aprueba la Directiva N° 001-95-
INAP/DNR, sobre Normas para la Formulación de los Manuales de Organización y
Funciones de la Administración Pública.
D.S. N° 74-95-PCM, disposiciones referidas a la transferencia de funciones
desempeñadas por el INAP.
R.R N° s. 30601-95-UNC y 30603-95-UNC, que aprueba en su Primer y Segundo
Nivel Organizacional la Estructura Orgánica Académico-Administrativo y Funcional
de la UNC.
Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 1998, aprobado por RR. N° 0111-98-
UNC.
Otras normas internas y externas.
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4. ALCANCE
El presente Manual es de aplicación y cumplimiento obligatorio por todas las Unidades
Orgánicas de la UNC, de acuerdo a sus funciones y atribuciones.
5. APROBACION Y ACTUALIZACION
El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), es el consolidado de los
Manuales de las diferentes Unidades Orgánicas de la Universidad Nacional de
Cajamarca, el que ha sido revisado y ha tenido la conformidad de la Oficina Técnica de
Racionalización y Estadística, estando expedito para ser aprobado mediante Resolución
Rectoral, la cual modifica a la que fue aprobado por R.R. N° 29957-94- UNC. La
Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través de su Oficina Técnica de
Racionalización y Estadística, es la encargada de efectuar la modificación y/o
actualización del Manual, en coordinación con las Unidades Orgánicas cuando por
dispositivos legales o normas administrativas incidan en la Estructura Orgánica
Académico Administrativa y Funcional.
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RECTORADO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
ASAMBLEA
UNIVERSITARIA
RECTORADO OFIC. GRAL. DE
CONTROL INTERNO
OFIC. GRAL. DE
INFORMÁTICA
OFIC. GRAL. DE
INFORMACIÓN
SECRETARÍA
GENERAL
OFIC. GRAL. DE
PLANIF. Y PTTO..
OFIC. GRAL. DE
ASESORÍA
JURÍDICA
OFIC. GRAL. DE
COOPERAC.
TÉCNICA
VICE RECTORADO
ADMINISTRATIVO
VICE RECTORADO
ACADÉMICO
FACULTADES
(10)
ESCUELA DE
ESTUDIOS GRALES.
ESCUELA DE
POST GRADO
DIRECTORIO DEL
SISTEMA DE GESTIÓN
PRODUCTIVA
IUDER
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TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
FUNCIONES GENERALES DEL RECTORADO
El Rectorado de la Universidad Nacional de Cajamarca, es el máximo órgano de
ejecución de la Ley universitaria y está a cargo de un Profesor Principal a Dedicación
Exclusiva, elegido por la Asamblea Universitaria, de conformidad con la Ley 23733, el
Estatuto y el Reglamento General de la Universidad juntamente con los Vice
Rectorados, representan el Primer Nivel Organizacional en la Estructura orgánica
Académico Administrativa y Funcional de la UNC.
ESTRUCTURA ORGANICA
El Rectorado para cumplir con sus funciones, cuenta con la Estructura Orgánica
siguiente:
A. ORGANO DE DIRECCION
Rectorado
Vice Rectorado Académico
Vice Rectorado Administrativo
B. ORGANO DE CONTROL
Oficina General de Auditoria Interna
C. ORGANOS DE ASESORAMIENTO
Oficina General de Planificación y Presupuesto
Oficina General de Asesoría Jurídica
Oficina General de Cooperación Técnica
Centro de Capacitación y Actualización Científica y Tecnológica
D. ORGANOS DE APOYO
Oficina General de Información
Oficina General de Informática
Oficina de Secretaría General
E. ORGANOS DE LINEA
Facultades
Escuela de Post Grado
Escuela de Estudios Generales
F. ORGANOS DESCONCENTRADOS
Instituto Universitario para el Desarrollo Regional
Consejo de Centros Productivos
RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) El Rectorado depende jerárquicamente de la Asamblea Universitaria.
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b) La Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario, son Órganos de
Gobierno de la Universidad Nacional de Cajamarca y cada uno de sus miembros
depende de su respectiva autoridad.
c) El Rector es responsable ante la Asamblea Universitaria y el Consejo
Universitario.
d) Los Vicerrectores son responsables ante el Rector.
e) Los Directores de Oficinas Generales dependientes del Rectorado, son
responsables ante el Rector.
f) Los Directores de Técnicas adscritas a las Oficinas Generales dependientes del
Rectorado, son responsable ante el Director General de cada Oficina General.
g) El personal asignado al Rectorado y a las Oficinas Generales, son responsables
ante el Rector y ante su Director inmediato, respectivamente.
2. DE LA COORDINACION Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas al Rectorado, el Rector
coordina con los Vicerrectores, Decanos de las Facultades, Director de la Escuela de
Post Grado, Director de la Escuela de Estudios Generales, Directores de Escuelas
Profesionales, Jefes de Departamentos Académicos y Directores de Oficina
Generales Administrativas y Académicas.
3. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
(Ver Anexo N° 01).
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL RECTOR
a) Representa legalmente a la Universidad.
b) Presidir el Consejo y la Asamblea Universitaria y hacer cumplir sus acuerdos;
c) Dirige las actividades académicas de la Universidad y su gestión administrativa,
económica y financiera
d) Presenta al Consejo Universitario, para su aprobación, el Plan Anual de
Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad y a la Asamblea Universitaria
su Memoria Anual;
e) Refrenda con su firma los diplomas de grado académico, títulos profesionales y
distinciones universitaria conferidas por el Consejo Universitario;
f) Expide las células de cesantía, jubilación y montepío del personal docente,
administrativo y de servicios de la Universidad;
g) Autoriza los gastos que debe efectuar la Universidad;
h) Cumple y hacer cumplir las leyes, el Estatuto y los Reglamentos que tengan que
ver con la marcha académica y administrativa de la Universidad;
i) Delega las funciones y responsabilidades que estime conveniente para lograr
una eficiente gestión universitaria;
j) Convoca a la Asamblea Universitaria una vez por semestre;
k) Da a conocer anualmente a la Comunidad Universitaria el Presupuesto
Institucional;
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l) Informa a la Asamblea Universitaria, en cada sesión ordinaria, los resultados de
las acciones de control realizadas por la Oficina General de Auditoria Interna de
la Universidad;
m) Otras que otorgue la Ley y el Estatuto de la UNC.
CAPITULO II
ORGANO DE CONTROL
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE CONTROL
El Órgano de Control de la Universidad Nacional de Cajamarca, es la Oficina General
de Auditoria Interna, es una Unidad Orgánica de Segundo Nivel Organizacional,
encargada de supervisar la correcta, útil, eficiente, económica y transparente utilización
de los bienes y recursos financieros; y verifica periódicamente, el cumplimiento de las
normas legales, lineamientos de política y planes de la Universidad, funcionalmente
depende de la Contraloría General de la República. Sus funciones específicas están
descritas en su respectivo Manual de Organización y Funciones (MOF).
CAPITULO III
ORGANOS DE ASESORAMIENTO
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO
Los Órganos de Asesoramiento de la UNC, son las Oficinas Generales de Planificación
y Presupuesto, Asesoría Jurídica, Cooperación Técnica y el Centro de Capacitación y
Actualización Científica y Tecnológica, son Unidades Orgánicas de Segundo Nivel
Organizacional, encargadas de la ejecución de actividades de asesoramiento inherentes
a su competencia. Sus funciones específicas están descritas en su respectivo Manual de
Organización y Funciones (MOF).
CAPITULO IV
ORGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE APOYO
Los Órganos de Apoyo de la UNC, son las Oficinas Generales de Información,
Informática y Secretaría General; son Unidades Orgánicas de Segundo Nivel
Organizacional, encargadas de la ejecución de las actividades inherentes a los sistemas
administrativos de su competencia. Estas Unidades Orgánicas también brindan
asesoramiento y apoyo al Rectorado en el delineamiento e implementación de políticas
institucionales. Sus funciones están descritas en sus respectivos Manuales de
Organización y Funciones (MOF).
El equipo de apoyo asignado al Rectorado, lo constituye el personal administrativo y
está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo para el normal
desarrollo de las funciones, tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y
trámite documentario, el Archivo, el control de la bibliografía especializada y de los
bienes asignados al Rectorado, la atención al público y las demás acciones que le
encargue el Rector.
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El Equipo de Apoyo es único y está conformado por una Secretaria V, un Técnico
Administrativo III y un Trabajador de Servicios II. La Secretaria V es la responsable de
la coordinación del Equipo.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL EQUIPO DE APOYO
SECRETARIO (A )V (T5-05-675-5)
NATURALEZA DE LA CLASE
Coordina, supervisa y ejecución de actividades de apoyo secretarial y
técnico-administrativo
Realiza actividades similares a las de Secretario (a) IV, diferenciándose en la
mayor complejidad
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Organiza y supervisa las actividades de apoyo administrativo y secretarial.
Recepciona y atiende comisiones o delegaciones en asuntos relacionados con
la entidad.
Participa en la elaboración de normas y procedimientos de alguna
complejidad, relacionadas con las Funciones de apoyo administrativo y
secretarial.
Supervisa y ejecuta el apoyo especializado en conversación oral, traducción
y redacción de un idioma al español o viceversa.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Rector
Tiene mando directo sobre el cargo de Trabajador de Servicios II.
REQUISITOS MINTMOS
Bachillerato en Administración Secretarial, otorgado por el Ministerio de
Educación o entidad autorizada.
Capacitación certificada en idioma(s) extranjeros(s) otorgada por entidad
autorizada, y en relaciones públicas o relaciones humanas.
Amplia experiencia en conducción de personal.
Amplia experiencia en labores de Secretariado Bilingüe.
Capacitación en Sistema Operativa DOS, curso de procesador de textos,
hojas electrónicas manejador de base de datos.
ALTERNATIVA
De no poseer bachillerato en administración secretarial, ocho años de
experiencia en labores d secretariado y título de secretario(a) ejecutivo(a).
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TECNICO ADMINISTRATIVO III (T5-05-707-3)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecuta y supervisa actividades técnicas complejas de los sistemas
administrativos de apoyo de una Entidad.
Realiza actividades similares a las de Técnico Administrativo
diferenciándose en la mayor
Complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Estudia y participa en la elaboración de normas, procedimientos e
investigaciones preliminares de Procesos técnicos.
Analiza y emite opinión técnica sobre expedientes puestos a su
consideración.
Formula el registro de proveedores y mantener actualizada la documentación
sobre la administración de abastecimiento.
Recopila y consolida información contable.
Confecciona cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y
comisiones de trabajo.
Absuelve consultas de carácter técnico del Área de su competencia.
Participa en la programación de actividades técnico administrativas en
reuniones y comisiones de trabajo.
Interviene en trabajos de reclutamiento, colocación, clasificación,
evaluación, promoción
Capacitación y otros procesos de personal.
Apoya las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines,
revistas, periódico
murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Rector.
Coordina con la Secretaria del Rectorado.
Tiene mando directo sobre el cargo de Trabajador de Servicios II, en algunos
asuntos específicos.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo no universitario de un centro de estudios superiores relacionados con
el área.
Amplia experiencia en labores de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el área.
Amplia experiencia en labores técnicas del área.
Capacitación técnica en la especialidad.
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TRABAJADOR DE SERVICIOS II (A2-05-870-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecuta actividades de vigilancia y/o labores manuales de cierta dificultad.
Realiza actividades similares a las de Trabajador de Servicios 1,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Ocasionalmente supervisa en la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Controla y custodia locales, oficinas, equipos, materiales y/o personal que
ingresa y sale del local.
Ayuda en la confección o instalación de decorados escenográficos.
Prepara jugos y bebidas diversas.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente de la Secretaria V.
REQUISITOS MIMMOS
Educación Secundaria Completa.
Alguna experiencia en el área correspondiente.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el área.
Amplia experiencia en labores técnicas del área.
Capacitación técnica en la especialidad.
CAPITULO V
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea del Rectorado, son la Escuela de Estudios Generales, las
Facultades y la Escuela de Postgrado, son unidades académicas fundamentales
encargadas de la formación en cultura general, de organización, formación académica y
profesional, investigación, proyección y extensión universitaria y de estudios
avanzados, conducentes a los grados académicos de maestro y doctor, respectivamente.
Sus funciones específicas están establecidas en sus respectivos Manuales de
Organización y Funciones (MOF).
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VICE RECTORADO ACADÉMICO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
VICE
RECTORADO
ACADÉMICO
CONSEJO
ACADÉMICO
EQUIPO DE
APOYO
OFIC. GRAL. DE
INVESTIGACIÓN
OFIC. GRAL. DE
ADMISIÓN
OFIC. GRAL. DE DESARROLLO
ACADÉMICO
OFIC. GRAL DE
BIBLIOTECA
OFIC. GRAL. DE EXTENSION Y
PROYEC. UNIV.
CEPUNC
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TITULO II DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DEL VICE RECTORADO ACADEMICO
a) Establece políticas, normas y procedimientos que aseguren una administración
moderna eficaz y de calidad en el aspecto académico.
b) Coordina, supervisa y asesora la actividad académicas de la UNC.
c) Otras que le señale el Estatuto, el Rector, el Consejo Universitario o la Asamblea
Universitaria.
2. ESTRUCTURA ORGANICA
El Vice Rectorado Académico para cumplir con sus fines, cuenta con la Estructura
orgánica siguiente:
A. ORGANO DE DIRECCION:
VICE RECTORADO ACADEMICO
B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
CONSEJO ACADEMICO
C. ORGANO DE APOYO
EQUIPO DE APOYO
D. ORGANOS DE LINEA
OFICINA GENERAL DE INVESTIGACION
OFICINA GENERAL DE ADMISION
OFICINA GENERAL DE DESARROLLO ACADEMICO
OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECA
OFICINA GENERAL DE EXTENSION Y PROYECCION
UNVERSITARIA
E. ORGANOS DESCONCENTRADOS
CENTRO DE ESTUDIOS PRE UNIVERSITARIOS (CEPUNC)
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) El Vice Rectorado Académico depende jerárquicamente del Rectorado;
b) El Consejo Académico, es el Órgano Consultivo del Vice Rectorado
Académico y cada uno de sus miembros depende de su respectiva
autoridad.
c) El Vicerrector Académico es responsable ante el Rector
d) Los Directores de las Oficinas Generales dependientes del Vice-
Rectorado Académico son responsables ante el Vicerrector Académico.
e) Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el
Director General de cada Oficina General.
f) El personal asignado al Vice-Rectorado Académico y a las Oficinas
Generales, es responsable ante el Vicerrector Académico y ante su
Director inmediato respectivamente.
3.2. DE LA COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas al Vice-Rectorado
Académico, el Vicerrector Académico coordinará con el Rector y
Vicerrector Administrativo, con los Directores de las Oficinas Generales
Académico y Administrativas, Decanos de Facultades, Director de la
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Escuelas de Post Grado, Directores de Escuelas Profesionales y Jefes de
Departamentos a Académicos.
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO 1
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL VICE-RECTORADO ACADEMICO
El Vice-Rectorado Académico es un Órgano de Alta Dirección de la UNC. Dependiente
del Rectorado, está a cargo del Vicerrector Académico; quien es el primer sustituto del
Sr. Rector, es elegido por la Asamblea Universitaria por un período de cinco años,
pudiendo ser reelegido. Para ser elegido Vicerrector Académico se requiere el
cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Universitaria y el Estatuto de la
UNC.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL VICERECTOR
ACADEMICO:
a) Preside el Consejo Académico de la Universidad;
b) Coordina, supervisa y asesora la actividad académicas de la Universidad;
c) Supervisa y fiscaliza el fiel cumplimiento de las Normas Legales, relacionadas
con el aspecto académico;
d) Coordina con las Facultades, Departamentos Académicos, Escuelas
Profesionales y Oficinas Generales, referentes al desarrollo académico, la
investigación y la extensión universitaria;
e) Formula y eleva al Consejo Universitario los lineamientos de política para el
desarrollo académico;
f) Supervisa el adecuado funcionamiento de los Órganos de Apoyo Académico
dependientes del Vice-Rectorado Académico;
g) Coordina y supervisa los procesos de ingreso a la docencia universitaria;
h) Evalúa la gestión de los Directores de las Oficinas Generales que dependen del
Vice-Rectorado Académico;
i) Canaliza la formulación y presentación de la Memoria Anual de la Gestión
Académica;
j) Otras que le asigne el Rector, Consejo Universitario o la Asamblea Universitaria
CAPITULO II
ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
1. DEL CONSEJO ACADEMICO
El Consejo Académico, es el órgano de coordinación, supervisión y asesoramiento
académico de la Universidad. Está presidido por el Vicerrector Académico e integrado
por los Directores Generales de las Oficinas Generales de Investigación, Extensión
Universitaria y Proyección Universitaria, de Desarrollo Académico, de Biblioteca y de
Admisión; así mismo, un Director representante de las Escuelas Académico
Profesionales, un Jefe representante de los Departamentos Académicos y un Delegado
de los estudiantes.
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SON FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:
a) Asesora al Consejo Universitario y Autoridades Universitaria, en asuntos
Académicos,
b) Coordina la gestión y evaluación integral de las Oficinas dependientes del Vice
Rectorado Académico, Facultades y demás unidades académicas;
c) Propone al Consejo Universitario, para su aprobación, reglamentos u otras
normas, relacionadas con asuntos académicos.
d) Asesora al Vicerrector Académico en el cumplimiento de sus atribuciones.
e) Otras que le sean asignadas.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones del Vice-Rectorado
Académico; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite
documentario, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes
asignados al Vice-Rectorado; la atención al público y las demás que la encargue el
Vicerrector Académico.
El equipo de apoyo es único y está conformado por una Secretaria y demás personal que
le asigne la Oficina General de Personal según las necesidades. La Secretaria es
responsable de la coordinación general del Equipo.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO
SECRETARIO (A) IV (T4-05-675-4)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Coordinación, ejecución y supervisión de actividades de apoyo secretarial de
gran complejidad administrativa.
Realiza actividades similares a las de Secretaria III diferenciándose en la mayor
complejidad y responsabilidad
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTVIDADES TÍPICAS:
Organiza y coordina las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y
prepara la agenda con la documentación respectiva.
Supervisa y ejecuta el apoyo especializado en conversación oral y redacción de
un idioma al español o viceversa.
Interviene con criterio propio en la redacción de documentos administrativos de
acuerdo a indicaciones generales.
Proponer, orientar o ejecutar la aplicación de normas técnicas sobre documentos,
trámite, archivo, mecanografía y Taquigrafía.
Organiza el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente
los informes de situación.
Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial
especializado, utilizando sistema de cómputo.
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LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente de la Vicerrector Académico.
REQUISITOS MINIMOS:
Bachillerato en Administración Secretarial, otorgado por el Ministerio de
Educación o entidad autorizada.
Capacitación certificada en idioma(s) extranjero(s) otorgada por entidad
autorizada.
Experiencia en labores de Secretaria Bilingüe.
Experiencia en conducción de personal
Capacitación en Sistema Operativo DOS, curso de procesador de textos, hojas
electrónicas.
ALTERNATIVA:
De no poseer bachillerato en administración secretarial, ocho años de experiencia
en labores de secretariado y título de secretariado ejecutivo.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea del Vice Rectorado Académico, son las Oficinas Generales de
Investigación, de Extensión y Proyección Universitaria, de Desarrollo Académico, de
Biblioteca y de Admisión; son Unidades Orgánicas de Segundo Nivel Organizacional,
encargadas de la ejecución de las actividades inherentes a los sistemas administrativos
de su competencia. Estas Unidades Orgánicas también brindan asesoramiento y apoyo
al Vicerrector Académico en el delineamiento e implementación de políticas
institucionales para una eficiente y eficaz administración universitaria. Sus funciones
están descritas en sus respectivos Manuales de Organización y Funciones (MOF).
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VICE RECTORADO ADMINISTRATIVO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
VICE
RECTORADO
ACADÉMICO
CONSEJO
ADMINISTRAIVO
EQUIPO DE
APOYO
OFIC. GRAL. DE
PERSONAL
OFIC. GRAL. ECON.
FINANCIERO
OFIC. GRAL. DE
ABASTECIMIENTO
OFIC. GRAL DE BIENESTAR
UNIVERSIT.
OFIC. GRAL. DE
INFRAESTRUCTURA
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TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DEL VICE RECTORADO ADMINISTRATIVO
a) Establece políticas, normas y procedimientos que aseguren una administración
moderna eficaz y de calidad en apoyo al aspecto académico.
b) Coordina, supervisa y asesora la actividad administrativa y financiera de la UNC.
c) Otras que le señale el Estatuto, el Rector, el Consejo Universitario o la Asamblea
Universitaria.
2. ESTRUCTURA ORGANICA
El Vice Rectorado Administrativo para cumplir con sus fines, cuenta con la Estructura
orgánica siguiente:
A. ORGANO DE DIRECClON:
VICE RECTORADO ADMINISTRATIVO
B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
CONSEJO ADMINISTRATIVO
C. ORGANO DE APOYO
EQUIPO DE APOYO
D. ORGANOS DE LINEA
OFICINA GENERAL DE PERSONAL
OFICINA GENERAL ECONOMICO-FINANCIERA
OFICINA GENERAL DE ABASTECIMIENTO
OFICINA GENERAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
OFICINA GENERAL DE INFRAESTRUCTUA
3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) El Vice Rectorado Administrativo depende jerárquicamente del Rectorado.
b) EL Consejo Administrativo, es el Órgano Consultivo del Vice Rectorado
Administrativo y cada uno de sus miembros depende de su respectiva
autoridad.
c) El Vicerrector Administrativo es responsable ante el Rector
d) Los Directores de las Oficinas Generales dependientes del Vice-Rectorado
Administrativo son responsables ante el Vicerrector Administrativo.
e) Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el Director
General de cada Oficina General.
f) El personal asignado al Vice-Rectorado Administrativo y a las Oficinas
Generales, es responsable ante el Vicerrector Administrativo y ante su
Director inmediato respectivamente.
3.2. DE LA COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas al Vice-Rectorado
Administrativo, el Vicerrector Administrativo coordinará con el Rector y
Vicerrector Académico con los Directores de las Oficinas Generales
Administrativas y Académicas, Decanos de Facultades, Director de la Escuela de
Post Grado, Directores de Escuelas Profesionales y de Jefes de Departamentos
Académicos.
21
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL VICE-RECTORADO
ADMINISTRATIVO
El Vice-Rectorado Administrativo es un Órgano de Alta Dirección de la UNC.
Dependiente del Rectorado, está a cargo del Vicerrector Administrativo; quien es el
segundo sustituto del Sr. Rector, es elegido por la Asamblea Universitaria por un
período de cinco años, pudiendo ser reelegido. Para ser elegido Vicerrector
Administrativo se requiere el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley
Universitaria y el Estatuto de la UNC.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL VICERRECTOR
ADMINISTRATIVOS
a) Preside el Consejo Administrativo de la Universidad
b) Coordina, supervisa y asesora la actividad administrativa y financiera de la
Universidad.
c) Supervisa y fiscaliza el fiel cumplimiento de las Normas Legales, relacionadas
con los Sistemas de Personal, Abastecimiento, Tesorería y Contabilidad;
d) Coordina con 1a Oficina General de Planificación y Presupuesto, las actividades
referentes a los Sistemas de Planificación, Presupuesto, Racionalización y
Estadística.
e) Formula y eleva al Consejo Universitario los lineamientos de política, gestión,
modernización y desarmito organizacional
f) Supervisa el adecuado funcionamiento de los Órganos de Apoyo dependientes
del Vice-Rectorado Administrativo;
g) Vela por la oportuna atención de los compromisos económicos contraídos con la
Universidad.
h) Coordina y supervisa procesos de ingreso y ascenso en la carrera administrativa
y otras modalidades de prestación de servicios no docentes en la Universidad;
i) Evalúa la gestión de los Directores de las Oficinas Generales que dependen del
Vice-Rectorado Administrativo;
j) Coordina con las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto, Personal y
Asesoría Jurídica, la implementación de esquemas y estrategias de trabajo que
permitan racionalizar la asignación de funciones y responsabilidades;
k) Mejora la capacidad de función mediante la aplicación de programas ad hoc de
capacitación especializada a funcionarios, profesionales, técnicos y auxiliares;
l) Participa en la consolidación de Estados Financieros y Cuenta General de la
República, en coordinación con las Oficina Generales de Planificación y
Presupuesto, Económico-Financiera, Abastecimiento, Infraestructura y el
Consejo de Centros Productivos;
m) Canaliza la formulación y presentación de la Memoria Anual de la Gestión
Administrativa;
n) Designa sus asesores personales.
o) Otras que le asigne el Rector, Consejo Universitario o la Asamblea Universitaria
22
CAPITULO II
ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
1. DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO
El Consejo Administrativo, es el Órgano de Coordinación, Supervisión y
Asesoramiento Administrativo de la Universidad. Esta presidido por el Vicerrector
Administrativo e integrado por los Directores Generales de las Oficinas Generales de
Personal, Económico-Financiera, Abastecimientos, Bienestar Universitario e
Infraestructura; el Director de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, un
representante delegado de los estudiantes y un representante de la dependencia a la que
corresponde el asunto del cual se está tratando, con voz y voto en caso de peticiones
específicas.
SON FUNCIONES DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO:
a) Asesora al Consejo Universitario y Autoridades Universitaria, en asuntos
Administrativos,
b) Coordina la gestión y evaluación integral de las Oficinas Administrativas,
c) Propone al Consejo Universitario, para su aprobación, reglamentos u otras
normas, relacionadas con asuntos administrativos,
d) Asesora al Vicerrector Administrativo en el cumplimiento de sus atribuciones.
e) Otras que le sean asignadas.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones del Vice-Rectorado
Administrativo; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite
documentario, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes
asignados al Vice-Rectorado; la atención al público y las demás que la encargue el
Vicerrector Administrativo.
El equipo de apoyo es único y está conformado por una Secretaría y un Técnico
Administrativo I asignados por la Oficina General de Personal según el CAP. La
Secretaria es responsable de la coordinación general del Equipo.
El equipo de apoyo sirve al Vice-Rectorado Administrativo, cumpliendo todas las
acciones que le sean encargadas por medio del Rectorado o por los Directores de las
Oficinas Generales.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO
SECRETARIO (A) IV (T4-05-675-4)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Coordinación, ejecución y supervisión de actividades de apoyo secretarial de
gran complejidad administrativa.
Realiza actividades similares a las de Secretaria III diferenciándose en la mayor
complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
23
ACTIVIDADES TIPICAS:
Organiza y coordina las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y
prepara la agenda con la documentación respectiva.
Supervisa y ejecuta el apoyo especializado en conversación oral y redacción de
un idioma al español o viceversa.
Interviene con criterio propio en la redacción de documentos administrativos de
acuerdo a indicaciones generales.
Proponer, orientar o ejecutar la aplicación de normas técnicas sobre documentos,
trámite, archivo, mecanografía y Taquigrafía.
Organiza el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente
los informes de situación
Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial
especializado, utilizando sistema de cómputo.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Vicerrector Administrativo
REQUISITOS MINIMOS:
Bachillerato en Administración Secretarial, otorgado por el Ministerio de
Educación o entidad autorizada.
Capacitación certificada en idioma(s) extranjero(s) otorgada por entidad
autorizada.
Experiencia en labores de Secretaria Bilingüe.
Experiencia en conducción de personal
Capacitación en Sistema Operativo DOS, curso de procesador de textos, hojas
electrónicas.
ALTERNATIVA:
De no poseer bachillerato en administración secretarial, ocho años de experiencia
en labores de secretariado y título de secretariado ejecutivo.
TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-05-707-1)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de
una entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS:
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo
de documentos técnicos.
Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en
las áreas de los Sistemas administrativos.
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informe preliminares.
Recopila y prepara información para estadios e investigaciones.
Apoya las acciones de comunicación información y relaciones públicas
24
Colabora en la programación de actividades técnico-administrativas y en
reuniones de trabajo.
Verifica el cumplimiento de disposiciones y procedimientos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente de la Secretaria IV.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa
Capacitación técnica en el Área
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LÍNEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea del Vice Rectorado Administrativo, son las Oficinas Generales
de Personal, Económico - Financiera, Abastecimiento, Bienestar Universitario e
Infraestructura; son Unidades Orgánicas de Segundo Nivel Organizacional, encargadas
de la ejecución de las actividades inherentes a los sistemas administrativos de su
competencia. Estas Unidades Orgánicas también brindan asesoramiento y apoyo al
Vicerrector Administrativo en el delineamiento e implementación de políticas
institucionales para una eficiente y eficaz administración universitaria. Sus funciones
están descritas en sus respectivos Manuales de Organización y Funciones (MOF).
25
OFICINA GENERAL DE CONTROL INSTITUCIONAL
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
DIRECCIÓN
GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
OFIC. TÉCNICA DE AUDITORÍA OPERATIVA Y
ACADÉMICA
EQUIPO DE APOYO
26
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANIGO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE AUDITORIA
INTERNA.
a) Formula el Plan Anual de Control y lo elevarlo al Rectorado para su aprobación
como proyecto, el mismo que previa evaluación será aprobado definitivamente
por la Contraloría General de la República.
b) Ejerce el control posterior interno de la Universidad, basándose en las normas
del Sistema Nacional de Control y el Plan de Control.
c) Emite opinión ante el Rectorado, respecto al manejo de la gestión y
administración universitaria.
d) Informa oportunamente al Rectorado respecto de deficiencias o ineficacia
existentes en la administración universitaria, y de los resultados finales de sus
acciones de control.
e) Efectúa el examen de auditoria a los estados financieros que sirven de base para
la Cuenta General de la Universidad.
f) Las demás que le asignan las normas del Sistema Nacional de Control,
Contraloría General de la República y el Rector.
2. DE LOS FINES Y ESTRUCTURA ORGANICA
La Oficina General de Auditoria Interna es un Órgano de Control Posterior y dentro de
la Estructura Orgánica de la Universidad, depende jerárquica y administrativamente del
Rectorado.
El Control es de carácter integral y abarca todo el campo administrativo, operativo,
técnico-contable y financiero, es así como las Normas Técnicas de Control indican que
el personal que conforma la Oficina General de Auditoria Interna sea considerado como
un equipo polivalente dirigidos por un profesional de amplia experiencia.
Sin embargo, dada la gran especialización que requiere actualmente la función de
Control, se hace necesario la segregación de funciones de acuerdo a su ámbito de
aplicación
ESTRUCTURA ORGANICA DE LA OFICINA GENERAL DE AUDITORIA
INTERNA
A. ORGANO DE DIRECCION
Oficina General de Auditoria Interna.
B. COMITE CONSULTIVO Y DE COORDINACION
C. ORGANO DE APOYO.
Equipo de Apoyo
D. ORGANO DE LINEA
Oficina Técnica de Auditoria Operativa y Académica.
3. RELACION JERÁRQUICA
3.1 DE AUTORIDAD
27
La Oficina General de Auditoria Interna depende Jerárquicamente del
Rectorado y Funcionalmente de la Contraloría General de la República.
Depende directamente como Órgano de Control del Rectorado de la
Universidad Nacional de Cajamarca.
Tiene autoridad directa sobre el Director de la Oficina Técnica de Auditoria
Operativa y Académica; y, la Secretaría.
El personal asignado a la Oficina Técnica es responsable ante su Director
inmediato.
3.2 DE RESPONSABILIDAD
Es responsable por las acciones de control posterior que efectúe la Oficina
General de Auditoria Interna al interior de las dependencias de la Universidad
Nacional de Cajamarca.
3.3 DE COORDINACION
A mayor nivel: con la Contraloría General de la República y el Rectorado de la
Universidad Nacional de Cajamarca, a través del Titular del Pliego.
A menor nivel: con la Asesoría Legal y los Jefes de las diferentes Dependencias
de la Universidad Nacional de Cajamarca.
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL DE AUDITORIA INTERNA
A. FUNCION BASICA
Las actividades de la Oficina General de Auditoria Interna, están orientadas al
cumplimiento del objetivo básico de vigilar y cautelar la óptima, eficiente y
racional utilización de los recursos existentes en la Universidad a través de la
revisión de la información en las áreas administrativas, técnico operativo y
económico financieras y de la evaluación de la organización para detectar los
problemas de control interno; en consecuencia, establecer los medios de
protección de los intereses de la Universidad, promoviendo simultáneamente la
eficiencia de la operación
1. CAUTELACION DE LOS RECURSOS
Está orientado hacia la vigilancia del cumplimiento de los controles administrativos,
operativos y contables referente a:
1.1. Corrección de la Información Contable-Financiera.
1.2. Protección de los Bienes y Valores contra posibles pérdidas.
1.3. Cumplimiento de las políticas Administrativas del plan de asignación y de los
procedimientos.
28
2. CAUTELACION DE LA PRODUCTIVIDAD
Consiste en la Evaluación de la Organización de la Universidad, con la finalidad de
recomendar medidas tendientes al mejoramiento de:
Políticas Administrativas.
Plan de Organización
Procedimientos y Registro;
Cumplimiento de la Política Administrativa del Plan de Organización y
Procedimientos.
B. FUNCION GENERAL
Coordinar con la Asesoría Legal y direcciones de oficinas de la Universidad Nacional
de Cajamarca en asuntos legales referente a normas de los sistemas administrativos
contables y académicos que rigen el funcionamiento de la Institución.
3. FUNCIONES ESPECIFICAS
Son funciones de la Oficina General de Auditoria Interna:
a) Efectúa el Control y Verificación posterior de la correcta administración de los
recursos humanos, materiales, financieros y de los resultados de las metas
programadas.
b) Examina las operaciones con posterioridad a su ejecución a fin de evaluar su
veracidad, legalidad, integridad, eficacia y eficiencia en concordancia con la
normatividad siguiente:
Ley Orgánica de Presupuesto Funcional y Leyes Anuales pertinentes.
Dispositivos legales que establecen su propia competencia funcional y
administrativa.
Normas Técnica de Control dictada por la Contraloría General de la
República.
Normas y Dispositivos Legales provenientes del Sector Educación y de la
Asamblea Nacional de Rectores.
Normas y política institucional.
Normas emanadas de las distintas oficinas conformantes del Sistema
Administrativo.
c) Evalúa permanentemente el grado de cumplimiento de las Normas Técnicas de
Control Interno.
d) Recomienda las acciones correctivas con la finalidad de implementar, corregir y
mejorar la gestión administrativa y financiera de la entidad
e) Informar sobre las consultas a efectuarse referente a la aplicación de dispositivos
legales o administrativos de control que realicen las oficinas o dependencias de
la Universidad, antes de ser remitidos a la Contraloría General de la República.
f) Informa directamente al Señor Rector de los resultados de la auditoria; y,
simultáneamente al Contralor General de la República, en cumplimiento a las
normas legales vigentes.
g) Asesora a la Alta Dirección en lo concerniente a las materias de su competencia
funcional.
h) Realizar acciones conjuntas de control en las Areas que señale la Contraloría
General de la República y otros Órganos de Control.
29
i) Las demás acciones y funciones que le sean señaladas por dispositivos legales
pertinentes.
La Oficina General de Auditoria Interna, para el cumplimiento de sus objetivos tendrá
las siguientes facilidades:
Libre acceso a la verificación y revisión de los libros contables y otros
documentos en general, depósitos donde se guarde bienes e insumos,
instalaciones e infraestructura diversas, etc.
Siempre que sea necesario para el cumplimiento de los trabajos a ejecutarse.
Cuando se requiera de la opinión de profesionales sobre un determinado
asesoramiento, se deberá solicitar a los colegios profesionales respectivos.
Si surgieran inconvenientes para el cumplimiento de su labor informará de inmediato
al Rectorado quien adoptará las medidas que las circunstancias lo ameriten.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
COMITE CONSULTIVO
El Comité Consultivo está conformado por profesionales idóneos, encargados de
brindar asesoramiento y absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las
actividades de la Oficina General de Auditoria Interna. Los miembros del Comité
Consultivo son propuestos por el Director General, ante el Rectorado de la Universidad
para la emisión de la Resolución Rectoral correspondiente de designación.
Esta designación concluye por las razones siguientes:
a) Al finalizar la designación del Director General que lo propuso.
b) A solicitud del designado.
c) A solicitud del Director General de la Oficina General de Auditoria Interna.
1. FUNCION BÁSICA
Efectuar el control de legalidad, consistente en evaluar los actos realizados por las
áreas de la Universidad desde el punto de vista jurídico legal observándolas cuando
sé transgreda las disposiciones legales o estatutarias.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS
2.1 Orientar el accionar de las diferentes Unidades de la Oficina General de
Auditoria Interna encuadrándolas en el manejo de los dispositivos y normas
legales vigentes.
2.2. Coordina ante las diferentes instancias de la Universidad asuntos de su
competencia, siempre que tengan relación con las actividades propias de la
Oficina General de Auditoria Interna.
2.3 Absuelve consultas de carácter general todo el personal de la Oficina General
de Auditoria Interna.
2.4 Asesora permanentemente en la actualización de las normas y dispositivos,
cuya aplicación sea competencia de la Universidad Nacional de Cajamarca.
30
CAPITULO III
ORGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
a) Centraliza y sistematizar las actividades de apoyo.
b) Recibe, clasificar, registrar, archivar y, redactar correspondencia e informes
periódicos, simples de rutina.
c) Atiende el teléfono, efectúa llamadas y concertar citas.
d) Mantiene el control de los libros y archivos de consulta de la oficina.
e) Mantiene la existencia y control de los bienes de oficina y encargarse de su
distribución.
f) Comunica las citas y reuniones pendientes.
g) Otras funciones inherentes a la Oficina yio las que se le asignen.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO
TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-5-7O7-1)
□ NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de la Entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.
□ ACTIVIDADES
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos.
Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos técnicos
en las áreas de los sistemas administrativos.
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.
Recopila y prepara información para estudios e investigaciones.
Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas.
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo.
Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
□ LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General.
□ REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
31
CAPITULO IV
ORGANO DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE LINEA
1.1 OFICINA TECNICA DE AUDITORIA OPERATIVA Y ACADEMICA
Son funciones de la Oficina Técnica de Auditoria Operativa y Académica:
Realiza, mediante auditorias financieras o exámenes especiales, el control
financiero en la UNC.
Evalúa el control previo interno y la eficiencia institucional en aspectos
administrativos y financieros, mediante inspecciones, auditorias
administrativas o exámenes especiales, recomendando las medidas que sean
necesarias para su mejoramiento.
Proponer al Director General de la Oficina el Plan de Auditorias y
Exámenes especiales a realizarse anualmente.
Efectuar las auditorias programadas y aquellas que disponga el Director de
la Oficina General de Auditoria Interna.
Detectar, investigar y evaluar los casos de incumplimiento de las normas
generales de los sistemas administrativos.
Participar en las visitas de inspección que determine el Director General de
la Oficina General, brindando el asesoramiento necesario.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE LA OFICINA DE AUDITORIA OPERATIVA Y ACADEMICA
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4-O5-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.
Actividades similares a la de Director del Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES
Programa y dirigir las actividades propias del Sistema Administrativo.
Participa en la formulación de políticas nacionales de un Sistema Administrativo.
Evalúa actividades del Sistema y determinar las medidas correctivas para el buen
funcionamiento del mismo.
Ejecute los lineamientos y política de la Contraloría General de la República,
como Órgano Rector del Sistema Nacional de Control.
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General y tiene mando sobre el personal que
está asignado a la Oficina Técnica de Auditoria Operativa y Académica.
32
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario que incluyan estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el Área.
Amplia Experiencia en la conducción de programas de Sistemas
Administrativos.
ALTERNATIVA.
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y experiencia.
UNIDAD DE CONTROL OPERATIVO (PROYECTADA)
1. FUNCION BASICA
Comprobar que las transacciones Administrativas, Contable-Financiera y los
procedimientos e información Administrativa, Contable se efectúen dentro de las
normas y procedimientos de la Universidad, enmarcadas en las Normas de Control
Interno y en condiciones de operatividad y confiabilidad.
2. FUNCION GENERAL
2.1. Actualización permanente respecto a las Normas Técnicas de Control, Normas
de Auditoria Gubernamental (NAGUS), Normas Técnicas de Auditoria
jurídicamente aceptadas, sus modificaciones y/o ampliaciones autorizadas por
las instituciones oficiales del país.
2.2. Coordinar con las demás Unidades con el fin de optimizar la relación entre las
actividades propuestas y los lineamientos específicos de control.
2.3. Evaluación de los resultados y procedimientos aplicados en el trabajo
desarrollado por las Comisiones de Auditoria.
2.4. Analizar y evaluar los Estados Financieros y Registros Contables determinando
el grado de confiabilidad de la información; y, si han sido elaborada de
acuerdo con los principios 1e contabilidad generalmente aceptados.
2.5. Seguimiento de las acciones correctivas de las observaciones emitidas en
informaciones anteriores.
2.6. Cualquier otra función que determine el Director de la Oficina General de
Auditoria Interna.
UNIDAD DE CONTROL ACADEMICO (PROYECTADA)
1. FUNCION BÁSICA Efectuar la investigación de los diferentes casos especiales y/o exámenes inopinados
desde el punto de vista de procedimientos administrativos, siendo obtenidos cuando
estos están transgrediendo dispositivos, normas legales vigentes y estatutarias.
2. FUNCIONES GENERALES
Formula el Plan Anual de Inspecciones Académicas y sustentarlo ante el
Director de la Oficina para su aprobación.
Cumple con el Plan Anual de Acciones de Control.
Realiza las inspecciones generales, específicas e inopinadas, visitas de
inspección y de verificación en las Facultades, Departamentos Académicos de la
Universidad Nacional de Cajamarca, formulando los informes correspondientes.
33
Planifica y realizar las investigaciones que le encomiende el Director de la
Oficina, formulando los informes correspondientes.
Efectúa el seguimiento de las medidas correctivas.
Cumple con los procedimientos establecidos según el Sistema Nacional de
Control y por el Director de Oficina Técnica.
Las demás funciones que le asigne el Director de la Oficina Técnica.
34
OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
DIRECCIÓN GENERAL
COMISIÓN GENERAL
DE PLANIFICACIÓN
COMITÉ CONSULTIVO
OFICINA TÉCNICA DE
PRESUPUESTO
OFICINA TÉCNICA DE
PLANEAMIENTO
OFICINA TÉCNICA DE
RACIONALIZACIÓN Y
ESTADÍSTICA
EQUIPO DE APOYO
35
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE
PLANIFICACION Y PRESUPUESTO.
a) Asesora a la Alta Dirección en las materias que están dentro de su competencia;
b) Propone a la Alta Dirección los Lineamientos de Política Institucional de
Planificación, el Plan de Desarrollo y el Plan de Trabajo Institucional de la
Universidad;
c) Coordina la programación y evaluación de las actividades referentes a los
Sistemas de: Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística;
d) Realiza la evaluación trimestral y semestral del Presupuesto, y el Plan de Trabajo
Institucional;
e) La ejecución de la Estadística Universitaria;
f) Coordina la elaboración y presentación de los Proyectos de Inversión y
Servicios;
g) Realiza acciones de Racionalización de la Universidad;
h) Cumple y hace cumplir la normatividad legal vigente respeto al ámbito de su
competencia;
i) Otras funciones que le sean asignadas por el Rector.
ESTRUCTURA ORGANICA
Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Planificación y
Presupuesto cuenta con la Estructura Orgánica siguiente:
a) ORGANO DE DIRECCION
DIRECCION GENERAL
b) ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
COMISION GENERAL DE PLANIFICACION
COMITE CONSULTIVO
c) ORGANO DE APOYO
EQUIPO DE APOYO
d) ORGANOS DE LINEA
OFICINA TECNICA DE PLANEAMIENTO
OFICINA TECNICA DE PRESUPUESTO
OFICINA TECNICA DE RACIONALIZACION Y ESTADISTICA
RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) La Oficina General de Planificación y Presupuesto depende jerárquicamente
del Rectorado, a través del Director General de la Oficina;
b) La Comisión General de Planificación es el Órgano deliberativo de la
Oficina y cada uno de sus miembros depende de su respectiva autoridad;
c) El Director de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, es
responsable ante el Rector.
d) Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el Director
General de la Oficina General;
e) El personal asignado a las Oficinas Técnicas es responsable ante su Director
inmediato.
36
3.2. DE LA COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el
Director General coordinará con el Rector y Vicerrectores, con los Presidentes
de las Comisiones de Planificación de las Facultades y con los Directores
Generales de Oficinas Generales.
4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
(Anexo Nº 01)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO.
a) Coordina y conduce los procesos que corresponden al Sistema de Planificación.
b) Formula, bajo la dirección del Titular del Pliego, las alternativas de la Política
Institucional.
c) Formula los Proyectos de Planes de Desarrollo de Largo, Mediano y Corto Plazo
de la Universidad.
d) Consolida, Evalúa y actualiza los Planes de Desarrollo de Largo, Mediano y
Corto Plazo de la Universidad.
e) Coordina y desarrolla el proceso de fonu1ación, aprobación y evaluación del
Presupuesto de la Universidad.
f) Formula, coordina,, actualiza y evalúa los proyectos de Inversión.
g) Coordina y conduce los procesos que corresponden al Sistema Estadístico.
h) Coordina y conduce los Procesos de Racionalización Administrativa en la
Universidad.
i) Desarrolla los procesos de Racionalización de Ambientes Físicos de la
Universidad.
j) Informa a los Órganos de Gobierno de la Universidad en los aspectos señalados
en el Estatuto.
k) Otras que en el ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y la
Alta Dirección.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL DIRECTOR DE LA
OFICINA GENERAL
El Órgano Directivo de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, es la
Dirección General y está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor
Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo Universitario
de una terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del
Rector que lo a propuesto.
Son funciones del Director General de la OFICINA GENERAL DE PLANIFICACION
Y PRESUPUESTO:
37
a) Es el representante legal de la Oficina General ante los órganos internos y
organismos externos a la Universidad;
b) Convoca y preside las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión
General de Planificación;
c) Eleva a la Alta Dirección los acuerdos que se tomen en las sesiones de la
Comisión General de Planificación;
d) Dirige, supervisa y evalúa las acciones necesarias para el cumplimiento de los
objetivos de la Oficina General;
e) Coordina con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos relacionados
con las funciones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto;
f) Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo de la UNC;
g) Preside las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encarguen los
Órganos de Gobierno de la Universidad;
h) Cumple las funciones que señala el Estatuto y el Reglamento General de la
Universidad, para la Oficina General de Planificación y Presupuesto;
i) Presenta a la Alta Dirección de la UNC, el Plan Anual de Funcionamiento de la
Oficina General, para su aprobación.
j) Promueve la capacitación del personal asignado a la Oficina General;
k) Otras que en ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la UNC.
CAPITULO II
ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
1. DEL ORGANO DELIBERATIVO
a) La Comisión General de Planificación es el Órgano Deliberativo de la Oficina
General de Planificación y Presupuesto. Está conformada por el Director General
de la OGPP, quien la preside; los Presidentes de las Comisiones de Planificación
de las Facultades.
b) Los Directores Generales de otras Oficinas, asisten cuando son requeridos por el
Director de la OGPP.
c) Los Presidentes de las Comisiones de Planificación de las Facultades pertenecen
de oficio a la Comisión General de Planificación, y asume sus funciones previa
acreditación ante la Dirección General de la Oficina General de Planificación y
Presupuesto, por parte del Decano correspondiente.
d) Pierden su condición de miembros, al dejar de ser Presidente de la Comisión de
Planificación de su Facultad.
e) Corresponde a la Comisión General de Planificación el análisis de las
alternativas que deben plantearse a la Alta Dirección de la Universidad, a través
del Director General de la OGPP.
f) Las sesiones ordinarias de la Comisión General de Planificación se realizarán por
lo menos una vez durante cada semestre académico, previa citación escrita del
Director General de la OGPP, con indicación de la Agenda a tratar. Podrán haber
sesiones extraordinarias a convocatoria del Director General, con indicación
expresa de la Agenda a tratar.
g) Las citaciones para las sesiones se harán con 24 horas de anticipación, cuando
menos. Las sesiones ordinarias se desarrollarán con un quórum igual al entero
inmediato superior a la mitad del número total de sus miembros. Las citaciones
para sesiones extraordinarias se harán cuando las circunstancias lo requieran y el
38
quórum para su funcionamiento es el número entero inmediato superior a la
mitad del número total de sus miembros.
2. DEL COMITE CONSULTIVO
Está conformado por Profesionales idóneos, encargados de brindar asesoramiento y
absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las actividades de la Oficina
General de Planificación y Presupuesto. Los miembros del Comité Consultivo son
propuestos por el Director General de Planificación y Presupuesto ante el Rector de la
Universidad, quien dispone emitir la Resolución Rectoral correspondiente de
designación. Esta designación concluye por las razones siguientes:
a) Al finalizar el mandato del Director General de la Oficina General que propuso
su designación.
b) A solicitud del designado.
c) A solicitud del Director General de la Oficina General de Planificación y
Presupuesto.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene a
su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina
General, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes asignados a
la Oficina General; la atención al público y las demás que le encargue el Director
General de la Oficina.
El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado
a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a cargo de una
Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del Equipo, designada por
el Director General de la Oficina General. En caso de ausencia sus funciones son
cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la Oficina de acuerdo al ordenamiento
previamente establecido.
El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le
sean encargadas por medio del Director General de la OGPP, o por los Directores de las
Oficinas Técnicas
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO
TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3.05-707-1) (SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de la
Entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
39
ACTIVIDADES
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo
de documentos técnicos;
Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en
las áreas de los sistemas administrativos;
Coordina actividades administrativas sencillas;
Estudia expedientes técnicos sencillos y emite informes preliminares;
Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;
Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas;
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo;
Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos;
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General de la Oficina General;
Tiene mando directo sobre el personal que está bajo responsabilidad.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa;
Capacitación Técnica en el Área;
Alguna Experiencia en labores de la especialidad.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea de la OGPP, son las Oficinas Técnicas, encargadas de la
elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las funciones de la
Oficina General. Son órganos tecnificados y d asesoramiento, con capacidad necesaria
para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.
Están a cargo de un Director, designado por el Consejo Universitario de una terna
propuesta por el Recto en coordinación con el Director General de la Oficina General de
Planificación y Presupuesto, de entre lo profesionales o técnicos nombrados asignados a
la Oficina General. Su designación es por un período similar al del Director General de
la OGPP, y se requieren la emisión de la Resolución Rectoral de designación Pueden ser
removidos por motivos justificatorios, requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.
Para ser Director de una Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos. En caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la Oficina
General podrá encargar las funciones de algún Dirección de Oficina Técnica. Los
encargos no pueden ser por más de un año.
1.1. OFICINA TECNICA DE PLANEAMIENTO
La Oficina de Planeamiento es el Órgano de Línea de la Oficina General de
Planificación Presupuesto, encargada de dirigir y coordinar las actividades del
sistema de Planificación, de conformidad con las normas y dispositivos
emanados de los organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.
40
SON FUNCIONES DE LA OFICINA TECNICA DE PLANEAMIENTO.
a) Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina de
Planeamiento;
b) Coordina los procesos de formulación, programación, aprobación y
evaluación de la actividades del sistema a su cargo;
c) Coordina la formulación y programación de los Planes de las dependencias y
los consolida nivel Institucional;
d) Evalúa la ejecución de los planes operativos de todas las dependencias de la
Institución;
e) Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas al
sistema de Planificación;
f) Propone directivas para la elaboración de diagnóstico y pronóstico
institucionales;
g) Emite opinión técnica en asuntos referentes al Sistema de Planificación;
h) Brinda asesoramiento absolviendo consultas que le formulen en asuntos
relacionados al Sistema de Planificación;
i) Otras que en el campo de su competencia le asigne el Director General.
1.2. OFICINA TECNICA DE PRESUPUESTO
La Oficina Técnica de Presupuesto es el Órgano de Línea de la Oficina General de
Planificación y Presupuesto, encargada de dirigir y coordinar las actividades del
sistema de Presupuesto, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de
los organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.
SON FUNCIONES DE LA OFICINA TECNICA DE PRESUPUESTO.
a) Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina de Presupuesto;
b) Coordina los procesos de formulación, programación, aprobación y evaluación
de las actividades del Sistema de Presupuesto;
c) Formula y elabora el Proyecto de Presupuesto Anual de la Institución, bajo la
supervisión del Director General;
d) Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas al
Sistema de Presupuesto;
e) Emite opinión técnica en asuntos de su competencia.
f) Otras que en el campo de su competencia le asigne el Director General.
1.3. OFICINA TECNICA DE RACIONALZACION Y ESTADISTICA
La Oficina Técnica de Racionalización y Estadística, es el Organo de Línea de la
Oficina General de Planificación y Presupuesto, encargada de dirigir y coordinar, las
actividades de los Sistemas que están bajo su responsabilidad, de conformidad con las
normas y dispositivos emanados de los organismos rectores de éstos y de la propia
Universidad.
SON FUNCIONES DE LA OFICINA TECNICA DE RACIONALIZACION Y
ESTADISTICA
a) Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina;
b) Coordina la programación, ejecución y evaluación de las actividades referentes a
los Sistemas de Racionalización y Estadística;
c) Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas a los
Sistemas de Racionalización y Estadística;
41
d) Brinda asesoramiento absolviendo consultas en asuntos relacionados a los
Sistemas de su responsabilidad;
e) Emite opinión técnica en asuntos relacionados a los Sistemas de su
responsabilidad y que fueran sometidos a su consideración;
f) Promueve y difunde la producción estadística de la Universidad;
g) Elabora y actualiza los documentos de gestión institucional: Reglamento de
Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y
los eleva a través de la OGPP al titular del Pliego para su aprobación, así como a
los Organismos pertinentes;
h) Coordina con la Oficina de Personal para la elaboración del (PAP);
i) Elabora y actualiza los documentos operativos: Cuadro Nominativo de Personal
y el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la OGPP y lo somete a
consideración de la Dirección General para su aprobación;
j) Elabora y actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA),
así como realiza el seguimiento y análisis de la Simplificación Administrativa;
k) Elabora el Manual de Procedimientos Administrativos y la Guía de Servicios al
Público;
l) Promueve y ejecuta estudios tendientes hacia la optimización de los recursos
humanos y materiales de la Institución, así como racionaliza el uso de la
infraestructura física de la Institución;
m) Vela por la correcta aplicación y su cumplimiento de las normas legales vigentes;
n) Otras que en el campo de su competencia le asigne el Director General.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DIRECTOR DE LA
OFICINA TECNICA DE PLANEAMIENTO
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO IID4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistema administrativos.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la Alta
Dirección.
Elabora informes, normas, directivas, etc. que le solicita el Director General
de la Oficina General, en los asuntos de su competencia;
Ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las
funciones señaladas en el MOF de la Oficina General;
Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informa al
Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de
ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones;
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General;
Tiene mando directo sobre el personal asignado a su Oficina.
42
REQUISITOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas
administrativos inherentes a la Oficina Técnica.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la
especialidad o Educación Secundaria Completa;
Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia;
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE PRESUPUESTO
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistema administrativos;
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayoría complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal directivo y profesional;
ACTIVIDADES TIPICAS
Planea, dirige y supervisa las acciones técnicas de la Oficina a su cargo;
Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la Alta
Dirección;
Elabora informes, normas, directivas, etc. que le solicita el Director de la
Oficina General, en las competencias asignadas a la Oficina;
La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las
funciones señaladas en el M.O.F. de la Oficina General;
Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informa al
Director de la Oficina General sobre acciones cumplidas por cada uno de
ellos> incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General;
Tiene mando sobre el personal asignado a su Oficina.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Capacitación especializada en el área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas
administrativos inherentes a la Oficina Técnica.
43
ALTERNATIVA.
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la
especialidad o Educación Secundaria Completa;
Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia;
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina mínimo 200 horas;
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE RACIONALIZACION Y
ESTADISTICA (DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistema administrativo;
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayoría complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Planes, dirige y supervisa las actividades técnicas y administrativas de la
Oficina a su cargo;
Planifica, desarrolla y supervisa los sistemas de su competencia asignados a
la Oficina;
Elabora informes, normas y directivas para la ejecución de programas y
proyectos;
Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informa al
Director de la Oficina General sobre acciones cumplidas por cada uno de
ellos y la evaluación de los resultados;
Presta asesoramiento en el campo de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General;
Tiene mando directo sobre el personal asignado a su Oficina.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Capacidad especializada en el área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas
administrativos inherentes a la Oficina Técnica.
ALTERNATIVA.
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la
especialidad o Educación Secundaria Completa;
Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia;
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
44
PLANIFICADOR I (P3-05-610-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Investigación, estudio y análisis para la elaboración de sistemas y planes de
desarrollo; a generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Investiga, analiza, programa y procesa datos empleando técnicas de
investigación;
Participa en la elaboración y discusión de documentos en cuanto a
diagnóstico y lineamientos de política;
Elabora estudios, diagnósticos y proyecciones de sistemas, planes y
proyectos generales de desarrollo socio económico;
Revisa planes, anteproyectos y prepara resúmenes;
Actualiza y recomienda prioridades sobre proyectos y programas de
desarrollo;
Otras que le encargue el Director de la Oficina Técnica.
LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Planeamiento;
Tiene mando directo sobre el Técnico en Planificación I.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Alguna experiencia en labores especiales de planificación.
ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I (P3-O5.338-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades especializadas de los sistemas administrativos de
apoyo de la entidad;
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecute y coordina el desarrollo de procesos técnicos proponiendo
metodologías de trabajo, normas y procedimientos de los sistemas de
presupuesto, abastecimiento, contabilidad, tesorería y control;
Absuelve consultas relacionadas con el campo de su competencia;
Clasifica la documentación contable y/o ejecuta el proceso de evaluación;
Revisa y/o estudia documentos administrativos y emite informes respectivos;
Participa en la programación de actividades;
Efectúa exposiciones y participa en Comisiones y reuniones especializadas.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica a la cual está
adscrito;
Tiene mando directo sobre el Técnico Administrativo I.
45
REQUISITOS MINIMOS
Titulo profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Experiencia en labores de la especialidad.
ESPECIALISTA EN RACIONALIZACION I (P3-05-380-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecuta estudio y/o investigación de actividades vanadas en racionalización;
Generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Realiza estudios e investigaciones de organización y sugiere medidas para su
mejoramiento;
Participa en la formulación de alternativas referentes a la racionalización
administrativa, acorde con los lineamientos de la Universidad;
Elabora y/o analiza proyectos de normas de organización y otras
relacionadas con el Sistema de Racionalización;
Realiza análisis inherentes a los procesos técnicos de racionalización;
Absuelve consultas relacionadas con el área de su competencia y emite los
informes técnicos correspondientes;
Otras que le asigne el Director de la Oficina Técnica.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Racionalización
y Estadística;
Tiene mando directo sobre el Técnico Administrativo I.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Colegiatura y certificación de habilitación profesional.
Experiencia en labores técnicas de racionalización.
ESTADISTICO I (P3-05-405-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades especializadas de estadística;
Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Organiza y coordina la recopilación de datos, análisis y elaboración de
cuadros estadísticos;
Absuelve consultas y)o emite informes técnicos, relacionados con
estadísticas especializadas;
Supervisa los diseños de cuestionarios y códigos y el trabajo de campo de las
encuestas;
Prepara publicaciones de índole estadística;
Sugiere nuevos métodos de estadística especializada;
46
Coordina actividades sobre la aplicación de estadísticas en sistemas de
ejecución y proyección;
Analiza e interpreta cuadros estadísticos sobre tendencias, comparaciones,
índices de correlación y extrae conclusiones;
Otras que le asigne el Director de la Oficina Técnica.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Racionalización
y Estadística;
Tiene mando directo sobre el Técnico en Estadística II.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Colegiatura y certificación de habilitación profesional de ser necesario;
Capacitación especializada en el área;
Experiencia en labores variadas de estadística.
TECNICO EN ESTADISTICA II (T5-05-760-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución y coordinación de estudios y análisis estadísticos variados;
Actividades similares a las de Técnico en Estadística I, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Organiza y supervisa actividades para el desarrollo de estudios estadísticos;
Participa en la elaboración o diseños de formularios, fichas, cuestionarios
para trabajo de campo y otros;
Supervisa la elaboración de cuadros y gráficos estadísticos;
Propone la mejora de los procedimientos de recolección y tabulación de
información estadística;
Participa en la elaboración de estudios y publicaciones de índole estadística;
Íntegra equipos de coordinación interdisciplinarias en trabajo que requiere
apoyo estadístico.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Estadístico
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un centro de estudios superiores relacionados con
el área;
Amplia experiencia en labores de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad
o educación secundaria completa con capacitación en el área;
Experiencia en labores similares y en conducción de personal de acuerdo al
nivel de formación.
47
TECNICO EN PLANIFICACION I (T4-05-805-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas variadas de planificación.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recopila información técnica de cierta complejidad para la elaboración de
documentos;
Participa en la discusión y confección de documentos en cuanto a
diagnóstico y lineamientos de política;
Clasifica y ordena proyectos y anteproyectos relacionados con la
programación de desarrollo socioeconómico;
Participa en la programación de planes de trabajo tendientes a la formulación
de proyectos de desarrollo;
Otras que le asigne el Director de la Oficina Técnica o el Planificador I.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSAB1LIDAD
Depende directamente del Planificador I
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional no universitario de un Centro de Estudios Superiores,
relacionados con el área;
Amplia experiencia en labores de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios en un Programa Académico relacionado con el área o
educación secundaria completa con capacitación en técnicas de
planificación;
Experiencia en labores relacionadas con el área, de acuerdo al nivel de
formación.
TECNICO ADMINISTRATIVO II (T4-O5-707-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo a la entidad;
Actividades similares a la de Técnico Administrativo J diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad;
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,
clasificación, verificación y archivo del movimiento documentario;
Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas
y procedimientos técnicos;
Emite opinión técnica de expedientes;
Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos, solicitando
su reposición;
Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su
competencia;
48
Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal;
Da información relacionada al área de su competencia;
Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las
actividades de Relaciones Públicas;
Participa en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Especialista Administrativo 1 adscrito a la Oficina
de Presupuesto.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con
la especialidad;
Experiencia en labores técnica de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que concluya materias relacionadas con el área de
trabajo, o educación secundaria completa;
Experiencia en labores técnicas de la especialidad;
Capacitación en el área de trabajo.
TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-05-707-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de una entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos;
Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos
en las áreas de los sistemas;
Coordina actividades administrativas sencillas;
Estudia expedientes técnicos sencillos y emite informes preliminares;
Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;
Apoya las acciones de comunicación, información y RR.PP.;
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo;
Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Especialista Administrativo 1;
Tiene mando sobre el Auxiliar de Sistemas Administrativos II cuando lo hay
en la Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa;
49
Capacitación técnica en el área;
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (A4-05-160-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo;
Actividades similares a las de Auxiliar de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayoría complejidad y responsabilidad.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Analiza y clasifica información así como apoya la ejecución de procesos
técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales;
Efectúa trámite y/o procesa información de cierta complejidad;
Mantiene actualizada los registros, fichas y documentos de sistema
administrativo según método técnico;
Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de
su competencia.
LINEA DE AUTORIDAD Y RESPPONSABILIDAD
Dependencia del Director de la Oficina Técnica o del Especialista
Administrativo I cuando la hay en la Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Amplia experiencia en labores variadas de oficina.
50
OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
DIRECCIÓN
GENERAL EQUIPO DE APOYO COMITÉ CONSULTIVO
51
TITULO II
DEL DISENO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA
JURIDICA.
a) Dictamina en procedimiento administrativos;
b) Emite informes jurídicos sobre asuntos universitarios, a instancia oficial de los
órganos de la Universidad;
c) Asesora a los órganos de la Universidad, en materia jurídica;
d) Orienta, conduce y cautela los procesos judiciales y administrativos en que
intervenga la universidad, sin perjuicio de las normas que regulan la defensa
judicial del Estado;
e) Analiza las normas legales nuevas, sistematizándolos de acuerdo a las exigencias
y necesidades de la Universidad, y los difunde;
f) Asesore a la Alta Dirección y demás Autoridades, en materia jurídico legal;
g) Actúa en defensa de la Universidad Nacional de Cajamarca, en los procesos
judiciales que la implique,
h) Informa a las dependencias que lo soliciten de todos los asuntos administrativos
que tengan aspecto legal;
i) Recopila, concordé y sistematiza las normas legales de interés para la
Universidad;
j) Emite dictámenes en asuntos que se sometan a su consideración;
k) Formula proyectos legales de diversas jerarquías que sirvan de sustento legal a
los asuntos administrativos;
l) Revisa los contratos, convenios y otros actos contractuales en los que la
Universidad Nacional de Cajamarca es parte.
2. ESTRUCTURA ORGANICA DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA
JURIDICA
A. ORGANO DE DIRECCION
Dirección General
B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
Comité Consultivo
C. ORGANO DE APOYO
Equipo de Apoyo
3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1. Línea de Autoridad y Responsabilidad
a) La Oficina de Asesoría Jurídica depende del Rectorado de la Universidad
Nacional de Cajamarca;
b) El Director de la Oficina constituye la máxima autoridad, en esta Oficina; es
responsable ante el Rectorado de las acciones de asesoramiento;
c) El personal de apoyo (Secretaría es responsable de sus actividades ante el
Director de la Oficina General.
3.2. Línea de Coordinación
a) La Oficina General coordina con:
52
b) Rectorado y Vice Rectorados;
c) Decanos, Directores de la Escuela de Estudios Generales y de Post Grado;
d) Directores Generales;
e) Responsables de las demás dependencias de la Universidad.
4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Anexo Nº 01)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DEL DIRECCION GENERAL DE LA OFICINA
DE ASESORIA JURIDICA.
a) Planea, organiza, dirige coordina y controla el cumplimiento de las funciones de
la Oficina:
b) Aprueba las normas técnico administrativas para la operatividad de la Oficina;
c) Autoriza toda la documentación que expide la Oficina;
d) Asume la defensa de la Universidad en juicio;
e) Asesora a la Alta Dirección en asuntos legales;
f) Emite la opinión técnica de la Oficina;
g) Informa a las dependencias que lo soliciten sobre las Normas Legales que rigen
sus actividades.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO III D5-05-295-3
DIRECTOR GENERAL
NATURALEZA DE LA CLASE
Planificación dirección y coordinación de la aplicación y conducción de un
sistema administrativo jurídico a nivel Institucional;
Actividades similares a las de Director de Sistema Administrativo II,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad,
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Planifica, dirige y coordina actividades propias de un sistema administrativo
jurídico de conformidad con las normas emanadas de los organismos
correspondientes;
Aprueba las normas y procedimientos técnico-administrativos en el área de
su competencia;
Coordina, controla y evalúa el desarrollo de programas correspondientes al
sistema que conduce;
Emite opinión técnica sobre normas y dispositivos legales referentes al
sistema de su competencia;
Propone y/o integra comisiones para la formulación de políticas orientadas
al desarrollo del sistema;
53
Asesora a la Alta Dirección de la Institución en asuntos relacionados con el
sistema que conduce;
Puede corresponderle representar al sector en certámenes nacionales e
internacionales relacionados con el campo de especialidad.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario de bogado;
Amplia experiencia en la conducción de programas relacionados con la
especialidad;
Capacitación especializada en el campo de su competencia.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
1. DEL COMITE CONSULTIVO
El Comité Consultivo es el Órgano encargado de brindar asesoramiento y absolver
consultas en la elaboración y ejecución de política de todos los sistemas administrativos
relacionados con las actividades de la Oficina General, está integrado por el Director
General de Asesoría Jurídica, quien lo preside.
Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el Director General, ante el
Rector de la Universidad, quien dispone emitir la Resolución Rectoral correspondiente
de designación. Esta designación concluye por las razones siguientes:
a) Al finalizar el mandato del Director General de la Oficina General de Asesoría
Jurídica que propuso su designación;
b) A solicitud del designado;
c) A solicitud del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
1.1. Equipo de Apoyo El equipo de apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite
documentario de la Oficina, el archivo, control de la bibliografía especializada y de
los bienes asignados a la Oficina General; la atención al público y la demás que le
encargue el Director General de la Oficina.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
TECNICO ADMINISTRATIVO (SECRETARIA) T3-O5-707-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de la entidad;
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
54
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta actividades de recepción clasificación, registro y distribución y
archivo de documentos técnicos;
Ejecute y verifica la actualización de registros) fichas y documentos
técnicos en las áreas de los sistemas administrativos;
Coordina actividades administrativas sencillas;
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares;
Recopila y preparar información para estudios de investigaciones;
Apoya las acciones de comunicación1 información y relaciones públicas;
Puede corresponderle colaborar con la programación de actividades técnico-
administrativo y en reuniones de trabajo;
Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y
procedimientos.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa;
Capacitación técnica en el área;
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
55
OFICINA GENERAL DE COOPERACIÓN TÉCNICA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
DIRECCIÓN
GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
OFICINA TÉCNICA DE
GESTIÓN NACIONAL
OFICINA TÉCNICA DE
GESTIÓN
INTERNACIONAL
EQUIPO DE APOYO
56
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE
COOPERACION TECNICA
a) Establece la política universitaria de cooperación técnica y financiera nacional e
internacional.
b) Asesora y capacita a la comunidad universitaria en la gestión personal e
institucional sobre becas, donaciones, convenios y proyectos de inversión y de
desarrollo.
c) Brinda a la comunidad universitaria, información específica y oportuna sobre
ofertas y posibilidades de becas, convenios y proyectos.
d) Planifica y gestiona becas teniendo como base la prioridad institucional;
e) Mantiene actualizado los Archivos de gestión inherentes a la Cooperación
Técnica.
f) Otras funciones que le sean asignadas por las instancias competentes.
2. ESTRUCTURA ORGANICA
La Oficina General de Cooperación Técnica comprende:
A. ORGANO DE DIRECCION
Director General.
B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
Coordinadores de Cooperación Técnica de las Facultades ante la OGCT.
C. ORGANO DE APOYO
Equipo De Apoyo
D. ORGANOS DE LINEA
Oficina de Gestión Nacional - Lima
Oficina de Gestión Internacional – Lima
3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) La Oficina General de Cooperación Técnica, depende jerárquicamente del
Rectorado, a través del Director General;
b) El Comité Consultivo, es el órgano de Consulta de la Oficina y cada uno de
sus miembros depende de su respectiva autoridad.
c) El Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica, es
responsable ante el Rector;
d) Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el Director
General de la Oficina General;
e) El personal asignado a la Oficina General y a las Oficinas Técnicas, son
responsables ante su Director inmediato.
3.2 DE LA COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el
Director General coordinará con el Rector, Vice Rectores, con los Decanos de las
Facultades, Director de la Escuela de Post Grado, Director de la Escuela de Estudios
57
Generales, Directores de Escuelas Académico Profesionales, Jefes de Departamento
y Directores Generales.
4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Ver Anexo Nº
1)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION DE LA OFICINA
GENERAL DE COOPERACION TECNICA
La Oficina General de Cooperación Técnica está a cargo de un Director General, el que
debe ser Profesor Nombrado en la Categoría de Principal o Asociado, elegido por el
Consejo Universitario de un tema que proponga el Rector, por un período de cinco (05)
años, reelegible por una sola vez para el período inmediato siguiente.
El Director General de la OGCT tiene las siguientes funciones:
a) Representa a la Oficina General de Cooperación Técnica;
b) Planifica, dirige, ejecuta, coordina y evalúa las actividades programadas de la
Oficina;
c) Presenta el Plan de Trabajo Anual de la Oficina;
d) Redacta la Memoria Anual de la Oficina General, así como los informes
periódicos sobre avance de la ejecución de Convenios, Becas, Proyectos y
Donaciones;
e) Coordina y supervisa las acciones de las Facultades en las áreas de Cooperación
Técnica Nacional e Internacional;
f) Solicita opinión a la Oficina de Asesoría Jurídica, como trámite previo a la
suscripción del Convenio, y luego de suscribirse remite todo lo actuado al
despacho del Rector para la expedición de la Resolución Rectoral
correspondiente;
g) Gestiona ante los organismos públicos, privados, nacionales e internacionales,
el otorgamiento de donaciones a favor de la Universidad;
h) Coordina con el Ministerio de Relaciones Exteriores, los requerimientos de
cooperación técnica de la Universidad, adecuándolas, a los planes y Programas
de Desarrollo Nacional;
i) Realiza las demás funciones inherentes al cargo que le encomiende el Rector o
el Vice Rector Académico.
Son causales de vacancia de la Dirección General de la OGCT
1. Renuncia aceptada por el Consejo Universitario;
2. Observar conducta inmoral debidamente comprobada con relación al cargo;
3. Ausencia del titular por un período mayor de 6 meses,
4. Impedimento físico o mental que lo incapacite para el ejercicio del cargo.
5. Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones.
58
CAPITULO II
ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE
COORDINACION
1.1 COMITE CONSULTIVO
El Comité Consultivo es el Órgano encargado de asesoría a la Dirección General de
la OGCT, en la ejecución de la política de cooperación técnica y emitir opinión en
los asuntos que la Dirección General meta a su consideración.
El Comité Consultivo está constituido por:
a) El Jefe de la OGCT, quien la preside;
b) El Coordinador de Cooperación Técnica designado por cada una de las
Facultades de la UNC;
c) Los Asesores.
El Comité Consultivo se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes y
extraordinarias cuando sean convocadas por el Director General de la OGCT. En
cada una de las reuniones se acordarán las recomendaciones dio sugerencias a
tomarse en cuenta en los casos que se le plantee.
Los miembros integrantes del Comité Consultivo son docentes principales o
asociados nombrados y presta sus servicios como parte de su carga no lectiva.
El Comité Consultivo (C.C) y los miembros que lo integran tienen las funciones
siguientes:
a) Asesora en el diseño de los lineamientos de política universitaria en materia de
Cooperación Técnica Nacional e Internacional;
b) Asesora en la elaboración del Plan de Trabajo Anual de la OGCT;
c) Asesora en la elaboración de normas y procedimientos de trabajo que permitan
articular las acciones de cooperación técnica que desarrolle la Universidad y
cada Facultad;
d) Estudia y emitir opinión técnica a través de informes sobre asuntos específicos
que se le encomiende;
e) El Miembro del Consejo Consultivo atenderá los asuntos que le encomiende la
Dirección General relacionados con sus respectivas Facultades, en los aspectos
de Convenios, Becas. Donaciones. Cooperación Técnica a través de informes;
f) Actúa como agente asesor y promotor de las labores de la OGCT, que tenga
relación con su Facultad a nivel docente y estudiantil;
g) Actúa como nexo entre su Facultad y la OGCT brindando la información y
asesoramiento a los interesados que lo requieran;
h) Forma parte de las subcomisiones que designe la Dirección, aportando los
conocimientos y experiencia de su especialidad.
En el Comité Consultivo actúa como Secretario, el personal administrativo
designado por la Dirección de la oficina General de Cooperación Técnica.
59
La OGCT, puede designar asesores, a propuesta de la Dirección General. Esta
designación será refrendada mediante Resolución Rectoral y su periodo coincidirá
con la del Director General de la Oficina General.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
1.1 EQUIPO DE APOYO
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene
a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la
Oficina General, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes
asignados a la Oficina General; la atención al público y las demás que le encargue el
Director General de la Oficina.
El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo
asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a
cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del
Equipo, designada por el Director General de la Oficina General. En caso de
ausencia sus funciones son cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la Oficia
de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.
El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le
sean encargadas por medio del Director General de la Oficina General de
Cooperación Técnica, o por los Directores de las Oficinas Técnicas.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS:
TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-OS-707-1)
(SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de una entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos;
Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos
técnicos en las áreas de los sistemas;
Coordina actividades administrativas sencillas; Estudia expedientes técnicos
sencillos y emitir informes preliminares;
Recopila y preparar información para estudios e investigaciones;
Apoya las acciones de comunicación, información de RR.PP;
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo;
Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
60
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS
Las Oficinas Técnicas de Gestión Nacional y de Gestión Internacional, son órganos de
Línea y a la de Órganos Desconcentrados Geográficamente de la Oficina General de
Cooperación Técnica, con ubicación en la ciudad de Lima, están encargadas de ejecutar
las correspondientes gestiones encaminadas a conseguir apoyo para la Universidad
Nacional de Cajamarca. Son órganos tecnificados y de asesoramiento, con capacidad
necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.
Están a cargo de un trabajador no docente, con categoría de Director, designado por el
Rector a propuesta del Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica,
para que se desempeñe a dedicación exclusiva en la indicada Oficina. Su designación es
por un período similar al del Director General y requiere la emisión de la Resolución
Rectoral de designación. Puede ser removido previa evaluación de su labor,
requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.
Para ser Director de la Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la Oficina
General podrá encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina Técnica. Los
encargos no pueden ser por más de un año.
1.1 OFICINA DE GESTION NACIONAL
Son Funciones de la OFICINA DE GESTION NACIONAL:
a) Cumple con las directivas de la Dirección General en cuanto a la elaboración
del cuadro de prioridades de Cooperación Técnica Nacional en coordinación
con las Facultades a través de sus Institutos, Centros y Oficinas para su
aprobación Rectoral;
b) Informa a través de exposiciones y seminarios las normas generales señaladas
por las entidades cooperantes nacionales;
c) Distribuye a las dependencias los formatos de la documentación normativa de
las solicitudes;
d) Prepara la documentación necesaria de la solicitud de Cooperación Técnica
Nacional de coordinación con la dependencia interesada y teniendo como base
la documentación que presente;
e) Coordina con la dependencia interesada y el área de convenios, en el caso de
obtener Cooperación Técnica Nacional, la constitución del Comité de Ejecución
o designación del Coordinador de cada Convenio;
f) Emite informes periódicos de la ejecución de la Cooperación Técnica Nacional,
basándose en los reportes de los responsables de la ejecución;
g) Otras que le asigne el Director General.
61
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE LA OFICINA TÉCNICA DE GESTIÓN NACIONAL - LIMA
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVA II (D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas Administrativos de
gestión nacional y
Cooperación técnica;
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Desarrolla e implementa los programas de gestión nacional y cooperación
técnica aprobados por la Alta Dirección y por la Oficina General de
Cooperación Técnica;
Elabora informes, normas, directivas, etc. que le sean solicitadas por el
Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica, en los
asuntos de su competencia;
La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las
funciones señaladas en él (MOF) de la Oficina General;
Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al
Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de
ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones;
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Capacitación especializada en el área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de gestión nacional y de
los sistemas administrativos inherentes a la Oficina Técnica.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con la
especialidad o Educación Secundaria Completa;
Posee una combinación equivalente de formación y experiencia;
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina
1.2 OFICINA DE GESTION INTERNACIONAL
Son Funciones de la OFICINA DE-GESTION INTERNACIONAL - LIMA:
a) Cumple con las directivas de la Dirección General en cuanto a la elaboración
del cuadro de prioridades de Cooperación Técnica Internacional en
coordinación con las Facultades a través de sus Institutos, Centros y Oficinas
para su aprobación Rectoral;
62
b) Dar a conocer a través de exposiciones y seminarios las normas generales
señaladas por las entidades cooperantes internacionales;
c) Distribuye a las dependencias los formatos dc la documentación normativa dc
las solicitudes;
d) Prepara la documentación necesaria de la solicitud de Cooperación Técnica
Internacional en coordinación con la dependencia interesada teniendo como
base la documentación que presenta;
e) Coordina con la dependencia interesada y el área de Convenios, en el caso de
obtener Cooperación Técnica Internacional, la constitución del Comité de
Ejecución o designación del Coordinador de cada Convenio;
f) Emite informes periódicos de la ejecución de la Cooperación Técnica
Internacional, basándose en los reportes de los responsables de la ejecución;
g) Otras que le asigne el Director General.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS:
DIRECTOR DE LA OFICINA DE GESTION INTERNACIONAL – LIMA
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMIMSTRATIVO II, D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas Administrativos de
gestión internacional;
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayoría complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Desarrollar e implementar los programas de gestión internacional aprobados
por la Alta Dirección y por la Oficina General de Cooperación Técnica;
Elaborar informes, normas, directivas, etc. que le es solicitado por el
Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica, en los
asuntos de su competencia;
La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las
funciones señaladas en él (MOF) de la Oficina General;
Supervisar la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al
Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de
ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Capacitación especializada en el área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de gestión internacional
y de los sistemas administrativos inherentes a la Oficina Técnica.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con la
especialidad o Educación
Secundaria Completa.
63
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
64
CENTRO DE CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN CIENTÍFICA Y
TECNOLÓGICA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
DIRECCIÓN
GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE APOYO
UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
Y EDUCATIVOS
UNIDAD DE
CAPACITACIÓN
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN, EVALUACIÓN Y
ACREDITACIÓN
65
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE CAPACITACIÓN Y
ACTUALIZACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
a) Capacita y actualiza al personal docente y administrativo de todos los niveles de
nuestra Universidad, a fin de contribuir a la formación profesional con
excelencia, capaces de competir satisfactoriamente y cubrir las demandas de
desarrollo local y regional.
b) Asesora a la Alta Dirección en el diseño de lineamientos de política en materia
de capacitación y actualización de docentes y administrativos;
c) Propone a la Alta Dirección el Plan Anual de Capacitación y Actualización;
d) Coordina con la Alta Dirección y las demás Unidades Orgánicas la
programación de las actividades académicas y administrativas en materia de
capacitación y actualización;
e) Realiza la evaluación trimestral de su Plan de Trabajo.
f) Otras funciones que le encargue el Rectorado.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
La Estructura Orgánica del Centro de Capacitación y Actualización Científica y
Tecnológica, es la siguiente:
2.1. ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Dirección General
2.2 ÓRGANOS CONSULTIVO Y DE COORDINACIÓN
Comité Consultivo
2.3 ÓRGANO DE APOYO
Equipo de Apoyo
2.4 ÓRGANOS DE LÍNEA (Proyectado)
Unidad de Capacitación
Unidad de Producción de Recursos y Materiales Educativos
Unidad de Investigación, Evaluación y Acreditación
3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1 L1NEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) El Centro de Capacitación y Actualización Científica y Tecnológica depende
jerárquicamente del Rectorado, a través del Director General;
b) El Comité Consultivo, es el Órgano Consultivo del Centro y cada uno de sus
miembros depende de su respectiva autoridad;
c) El Director del Centro, es responsable ante el Rector:
d) Los Jefes de las Unidades, son responsables ante el Director del Centro;
e) El personal de apoyo es responsable ante el Director del Centro.
66
3.2 DE LA COORDINACIÓN
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas al Centro de Capacitación y
Actualización Científica y Tecnológica, el Director coordina con el Rector, con los
Vice Rectores, con los Decanos de las facultades, Director de la Escuela de Post
Grado, Director de la Escuela de Estudios Generales. Directores de la Escuelas
Académico Profesionales y los Directores de las Oficinas Generales.
4. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS (Ver Anexo)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ÓRGANO DE DIRECCIÓN
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO DE
CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACION CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
a) Establece los lineamientos de política del sistema de capacitación, en función
de las necesidades de la institución y del Personal Docente y Administrativo;
b) Formula el Plan de Trabajo de su Dependencia;
c) Promueve la organización, ejecución, coordinación y evaluación de las acciones
de capacitación y actualización
d) Orienta y asesora a las diferentes dependencias de la Universidad en materia de
capacitación y actua1izaci6u
e) Otras funciones que le encargue el Rectorado.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR DEL CENTRO
La Dirección del Centro, está a cargo de un docente nombrado en la categoría de
Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva: designado por el Consejo
Universitario, entre una terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo
que el del Rector que lo ha propuesto, sus funciones son las siguientes:
a) Es el representante legal del Centro:
b) Dirige el planeamiento, ejecución y evaluación de las acciones de capacitación
y actualización:
c) Asesora y absuelve consultas relacionadas con el Sistema de Capacitación;
d) Participa como miembro del Consejo Académico;
e) Preside las reuniones del Comité Consultivo del Centro:
f) Supervisa y evalúa las acciones del personal del Centro;
g) Firma la documentación oficial del Centre;
h) Otras que en el ámbito de su competencia le asigne el Rectorado.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACIÓN
1. DEL COMITÉ CONSULTIVO Está integrado por el Director General del Centro de Capacitación y Actualización
Científica y Tecnológica, quien lo preside, los Jefes de Unidades Orgánicas
67
participantes. Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el Director
General del Centro, ante el Rector de la Universidad, quien dispone la emisión de la
Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por las
razones siguientes:
a) Al finalizar el mandato del Director General del Centro quien propuso su
designación:
b) A solicitud del designado:
c) A solicitud del Director del Centro.
El Comité Consultivo, cumple las funciones siguientes:
a) Asesora a la Dirección del Centro en materia de capacitación y actualización:
b) Analiza la problemática del Sistema de Capacitación.
c) Se reúne por lo menos cada dos meses.
CAPITULO III
ÓRGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO
Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo
para el normal desarrollo de las funciones del Centro: tiene a su cargo la elaboración de
toda la documentación y trámite documentario del Centro, el Archivo, la Biblioteca
Especializada y de los bienes asignados al Centro; la atención al público y las demás
funciones que le encargue el Director del Centro.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
ESPECIALISTA EN CAPACITACIÓN Y DIFUCIÓN I (P3-25-34-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de capacitación.
ACTIVIDADES TIPICAS
Realiza estudios de investigaciones sobre formación y capacitación de
personal;
Colabora en la formulación y desarrollo de planes y programas para el
dictado de asignaturas;
Prepara material audiovisual para el dictado de clases:
Dicta charlas y conferencias en el campo de su especialidad:
Integra el jurado de selección de participantes:
Dicta clases en diferentes asignaturas:
Evalúa el rendimiento de los participantes.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director del Centro.
68
REQUISITOS MÍNIMOS
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad:
Amplia experiencia en área.
OFICINISTA I (A2-O5-55O-l)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de Oficina.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recibe. revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación
vanada:
Redacta comunicación tal corno: Proveídos, memoranda y otros documentos
de rutina:
Digita o mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra
documentación similar:
Efectúa cálculos y registros aritméticos variados:
Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares:
Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que
cumple el Centro,
Toma dictado taquigráfico de la correspondencia. dictámenes y otros:
Recepción de mensajes por telefax. Confecciona inventarios sencillos,
controla el stock de útiles y materiales similares.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director del Centro.
REQUISITOS MÍNIMOS
Instrucción Secundaria Completa:
Alguna experiencia en labores sencillas de oficina.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LÍNEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA
Los Órganos de Línea del Centro de Capacitación y Actualización Científica y
Tecnológica, son las Unidades, encargadas de la elaboración de las acciones completas
para el cumplimiento de las funciones del Centro. Son órganos tecnificados y de
asesoramiento, tienen capacidad para desarrollar las acciones propias de su ámbito.
Están a cargo de un Jefe de Unidad, designado por el Director del Centro, de entre los
profesionales o técnicos nombrados asignados al Centro. Para ser Jefe de Unidad se
requiere el cumplimiento de los requisitos exigidos. Sus funciones serán descritas
cuando se implementen.
69
OFICINA GENERAL DE INFORMACIÓN
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
DIRECCIÓN
GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
OFICINA TÉCNICA DE
RELACIONES
PÚBLICAS
EQUIPO DE
APOYO
70
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE INFORMACION
a) Organiza, sistematiza y ejecuta las acciones de difusión interna y externa de los
aspectos actividades universitarias, y propiciar adecuadas relaciones
interinstitucionales
b) Administra el sistema de información;
c) Promueve y dirige mecanismos de comunicación interna y externa;
d) Conduce el protocolo institucional;
e) Implementa y conduce programas de comunicación social;
f) Propicia y dirige mecanismos para el fortalecimiento de las relaciones
interinstitucionales
g) Administra los medios de comunicación social de la Universidad;
h) Otras funciones que le sean asignadas por las instancias competentes.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
La Oficina General de Información cuenta con la estructura siguiente:
A. ORGANO DE DIRECCION
Director General
B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
Comité Consultivo
C. ORGANO DE APOYO
Equipo de Apoyo
D. ORGANO DE LINEA
Oficina de Relaciones Públicas
3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) La Oficina General de Información, depende jerárquicamente del Rectorado,
a través del Director General;
b) El Comité Consultivo, es el órgano de Consulta de la Oficina General y cada
uno de sus miembros depende jerárquicamente de su respectiva autoridad;
c) El Director General de la Oficina General de Información, es responsable
ante el Rector;
d) El Director de la Oficina Técnica de Relaciones Públicas, es responsable
ante el Director General de la Oficina General;
e) El personal asignado a la Oficina General ya la Oficina Técnica de
Relaciones Públicas, son responsables ante su Director inmediato.
3.2 DE LA COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el
Director General coordinará con el Rector, Vice Rectores, con los Decanos de las
Facultades, Director de la Escuela de Post Grado, Director de la Escuela de Estudios
Generales, Directores de Escuelas Académico Profesionales, Jefes de Departamento
y Directores Generales.
71
4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
(Ver Anexo N° 01)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERAL DE LA DIRECCION DE LA OFICINA GENERAL
DE INFORMACION
La Oficina General de Información está a cargo de un director General, el que debe ser
Profesor Nombrado en la Categoría Principal o Asociado, designado por el Consejo
Universitario de una terna propuesta por el Rector, por un período de cinco (05) años,
reelegible por una sola vez para el período inmediato siguiente.
El Director General de la Oficina General de Información tiene las siguientes funciones:
a) Representa a la Oficina General de Información;
b) Planifica, dirige, ejecuta, coordina y evalúa las actividades programadas de las
Oficina;
c) Presenta el Plan de Trabajo Anual de la Oficina;
d) Redacta la Memoria Anual de la Oficina General, así como los informes
periódicos sobre sus actividades;
e) Coordina y supervisa las acciones de información así como de la misma imagen
institucional.
f) Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le encomiende el Rector o
el Vicerector Administrativo.
Son causales de vacancia de la Dirección General de la OGI:
1. Renuncia aceptada por el Consejo Universitario.
2 Observar conducta inmoral debidamente comprobada con relación al cargo.
3. Ausencia del titula por un periodo mayor de 6 meses.
4. Impedimento físico o mental que lo incapacite para el ejercicio del cargo.
5. Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORINACION
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE
COORDINACION
1.1. COMITE CONSULTIVO
El Comité Consultivo es el Órgano encargado de asesorar a la Dirección General de la
Oficina General de Información, en la ejecución de la política de información
institucional y emitir opinión en los asuntos que la Dirección General someta a su
consideración.
El Comité Consultivo se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes y al mes y
extraordinarias cuando sena convocadas por el director General de la Oficina General
72
de Información. En cada una de las reuniones se acordarán las recomendaciones y/o
sugerencias a tomarse en cuenta en los casos que se le plantee.
El Comité Consultivo está constituido por profesionales idóneos que pueden ser
docentes o no docentes y tienen las funciones siguientes:
a) Asesora en el diseño de los lineamientos de política universitaria en materia
de información o imagen institucional;
b) Asesora en la elaboración del Plan de Trabajo Anual de la Oficina General;
c) Asesorar en la elaboración de normas y procedimientos de trabajo que
permitan articular las acciones de información,
d) Estudia y emite opinión técnica a través de informes sobre asuntos
específicos que se le encomiende.
En el Comité Consultivo actúa como secretario, el personal administrativo designado
por la Dirección de la Oficina General de Cooperación Técnica.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
1.1 EQUIPO DE APOYO
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene
a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la
Oficina General, el archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes
asignados a la Oficina General; la atención al público y las demás que le encargue el
Director General de la Oficina.
El Equipo de Apoyo es Único y está conformado por todo el personal de apoyo
asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a
cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del
Equipo, designada por el Director General de la Oficina General. En caso de
ausencia sus funciones son cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la
Oficina de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.
El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le
sean encargadas por medio del Director General de la Oficina General de
Información o por el Director de la Oficina Técnica de Relaciones Públicas.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS:
TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-05-707-1)
(SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de una entidad;
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.
73
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos;
Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos
en las arcas de los sistemas;
Coordina actividades administrativas sencillas;
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares;
Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;
Apoya las acciones de comunicación, información de RR.PP;
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo;
Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa. Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
CAPITULO IV
ORGANO DE LÍNEA
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE LINEA
El órgano de línea de la Oficina General de Información, es la Oficina Técnica de
Relaciones Públicas, encargada de la elaboración de las acciones completas para el
cumplimiento de las funciones de la Oficina General. Es un órgano tecnificado y de
asesoramiento, con capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de
acciones propias de su ámbito.
La Oficina de Relaciones Pública estará a cargo de un trabajador no docente, con
categoría de Director, designarlo por el Rector a propuesta del Director General de la
Oficina General de Información, para que se desempeñe a dedicación exclusiva en la
indicada oficina. Su designación es por un periodo similar al del Director General de la
Oficina General nombrado, y requiere la emisión de la Resolución Rectora de
designación. Puede ser removido previa evaluación de su labor, requiriéndose una
nueva Resolución Rectora.
Para ser Director de la Oficina de Relaciones Públicas se requiere el cumplimiento de
los requisitos exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la
Oficina General podrá encargar las funciones de alguna Dirección de la Oficina. El
encargo de la Dirección de la oficina Técnica de Relaciones Públicas no puede ser por
más de un año.
Son Funciones de la OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS:
a) Establece y mantiene relaciones con instituciones públicas y privadas y otras
organizaciones;
b) Conduce los asuntos protocolares de los actos oficiales de la UNC;
74
c) Establece las coordinaciones y mecanismos de cooperación con medios de
comunicación masiva;
d) Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección General.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS:
DIRECTOR DE LA OFICINA DE RELACIONES PUBLICAS
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II, D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de Sistema Administrativo de
Información;
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Desarrolla e implementa los programas de información, aprobados por la
Alta Dirección y por la Oficina General de Información;
Elabora informes, normas, directivas, etc. que le son solicitadas por el
Director General de información, en los asuntos de su competencia;
La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las
funciones señalas en él (MOF) de la Oficina General;
Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al
Director de la oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de
ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General;
Tiene mando directo sobre el Locutor de Radio y TV.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de gestión nacional y de
los sistemas administrativos inherentes a la Oficina Técnica.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluyan materias relacionadas con la
especialidad o Educación Secundaria Completa.
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
75
LOCUTOR DE RADIO Y TV 1 T4-1O-505-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Propalar y/o animar programas de Radio y TV
ACTIVIDADES TIPICAS
Trasmite programas radiales y/o televisivos previamente elaborados.
Lee noticias, comunicados y programas diversos de Radio y TV.
Narra eventos deportivos y actuaciones oficiales.
Anima programas vivos, radiales y televisivos según libretos.
Puede actuar- como maestro de ceremonias en tramitaciones internas y
externas.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Relaciones
Públicas.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa.
Capacitación técnica en fotografía.
Amplia experiencia en labores variadas de fotografía.
76
OFICINA GENERAL DE INFORMÁTICA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
|
RECTORADO
DIRECCIÓN
GENERAL
COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE APOYO
OFICINA TÉCNICA
DE SOFTWARE
OFICINA TÉCNICA DE
REDES Y TELEPROCESOS
77
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE
INFORMATICA
a) Dirige y ejecuta el procesamiento automatizado de la Información Académica y
Administrativa;
b) Levanta y administra los Sistemas de Información Gerencial y de Registro
Integral;
c) Administra los recursos informáticos;
d) Elabora, ejecuta y evalúa el plan de desarrollo informático;
e) Administra y coordina el uso de redes científicas y sistemas de bases de datos;
f) Asesora a los órganos de la Universidad en asuntos informáticos;.
g) Otras funciones que le sean asignadas por el Rectorado.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
2.1 ÓRGANO DE DIRECCIÓN
DIRECCIÓN GENERAL.
2.2 ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION.
COMITÉ CONSULTIVO.
2.3 ORGANO DE APOYO
EQUIPO DE APOYO.
2.4 ORGANOS DE LINEA
OFICINA TÉCNICA DE SOFTWARE.
OFICINA TÉCNICA DE REDES Y TELEPROCESOS.
3. RELACIÓN JERARQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1 LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) La oficina General de informática depende jerárquicamente del Rector, a
través del Director General de la Oficina General.
b) El Director General de la Oficina es responsable ante el Rector.
c) Los Jefes de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el Director
General de la Oficina General.
d) El personal asignado a las Oficinas es responsable ante su Jefe inmediato.
3.2 DE LA COORDINACIÓN
La coordinación de las tareas asignadas a esta Oficina, se realizará con las diversas
dependencias.
4. CUADRO DE DIST1UBUCION DE CARGOS POR ORGANOS. (Ver Anexo
Nº 01).
78
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL DE INFORMATICA.
El órgano Directivo de la Oficina General de Informática, es la Dirección General y está
a cargo de un Docente nombrado en la Categoría de Profesor Principal o Asociado a
Dedicación Exclusiva, o por un trabajador No Docente nombrado en el grupo
ocupacional Profesional, quien es designado por el Consejo Universitario entre una
tema propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que
lo ha propuesto.
Son funciones del Director General de la Oficina General de Informática:
a) Es el representante legal de la Oficina General ante los órganos internos y
externos de la Universidad;
b) Convoca y preside las sesiones del Comité Consultivo;
c) Participa con voz y voto en las sesiones de Consejo Administrativo dc la UNC;
d) Presenta a la Alta Dirección el Plan Anual de Funcionamiento de la Oficina
General de Informática, para su aprobación;
e) Gestiona al nivel de autoridades de la UNC y con otras instituciones, programas
de capacitación, becas, etc., para el personal de la OGI, en coordinación con la
Oficina Técnica de Escalafón y Capacitación;
f) Planifica y/o desarrolla trabajos de la OGI a corto, mediano y largo plazo;
g) Vela por la segundad de la información y equipos de la OGI;
h) Crea planes de contingencia en caso de pérdidas o desastres;
i) Presenta propuesta a la Oficina General de Personal en lo concerniente a
ascensos de sus colaboradores;
j) Presenta propuestas a la Oficina General de Personal para contratación, cambio
de puesto o despido de sus colaboradores;
k) Evalúa periódicamente a sus colaboradores;
l) Evalúa y supervisa el desarrollo de Proyectos Informáticos presentados por
terceros;
m) Cumple y hace cumplir las medidas prescritas sobre seguridad de los datos;
n) Vela por la actualización y repotenciación de los equipos de cómputo de la
Oficina General de Informática y de la Universidad Nacional de Cajamarca;
o) Elabora la Memoria Anual de la Oficina General de Informática y presentarla a
las autoridades pertinentes;
p) Otras que en el ámbito de su competencia le asigne el Rector o los
Vicerrectores.
79
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
1. COMITE CONSULTIVO.
Está conformado por profesionales idóneos, encargados de brindar asesoramiento y
absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las actividades de la Oficina
General de Informática. Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el
Director General de la Oficina General de Informática, ante el Rector de la Universidad,
quien dispone emitir la Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta
designación concluye por las razones siguientes:
a) Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación.
b) A solicitud del Director General de la Oficina General de Informática.
c) A solicitud del designado.
CAPITULO II
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desarrollo de las actividades de la Oficina General; tiene a su
cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina
General, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes asignados a
la Oficina General, la atención al público y las demás que le asigne el Director General
de la Oficina.
El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado
a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a cargo de una
Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del Equipo, designada por
el Director General de la Oficina General.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
OFICINISTA I A2-05-550-2 (SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de oficina.
ACTIVIDADES TIPICAS.
Recibe, revisa, registra y/o clasificar correspondencia y/o documentación
variada;
Redacta comunicaciones tales como proveídos, memorandos y otros
documentos de rutina;
Digita oficios, circulares y otra documentación similar;
Efectúa cálculos y registros aritméticos variados;
Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares;
Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que
emplea la Oficina;
Toma dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros;
80
Brinda atención, control y vigilancia de la Biblioteca especializada de la
Oficina General de Informática;
Control de existencias y petición de artículos almacenados en la OGI;
control de llegada de materiales;
Apoyo a acciones de las diversas dependencias de la OGI.
REQUISITOS.
Instrucción secundaria completa.
Diploma de secretaria.
Conocimientos de Computación
Experiencia en labores de Oficina.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA.
Los Órganos de Línea de la Oficina General de Informática, son las Oficinas Técnicas
de Software y de Redes y Teleprocesos, encargadas de la elaboración de las acciones
completas para el cumplimiento de las funciones de la Oficina General. Son órganos
tecnificados y de asesoramiento, con capacidad necesaria para abordar íntegramente la
ejecución de las acciones propias de su ámbito.
Están a cargo de un Director, designado por el Rector a propuesta del Director General
de la Oficina General de Informática, de entre los profesionales o técnicos nombrados
asignados a la Oficina General. Su designación es por un periodo similar al del Director
General designado, y requiere la emisión de la Resolución Rectoral de designación.
Puede ser removido previa evaluación de su labor, requiriéndose una nueva Resolución
Rectoral para el caso.
Para ser Director de Oficina Técnica, se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General podrá encargar las
funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de la Dirección de la Oficina
Técnica pueden ser hasta por un año, renovable.
1.1. OFICINA TECNICA DE SOFTWARE
La Oficina Técnica de Software es el Órgano de Línea de la Oficina General de
Informática, encargada de dirigir y coordinar las actividades de aplicaciones para el
procesamiento de datos.
Son Funciones de la OFICINA TECNICA DE SOFTWARE
a) Planifica, coordina y asesora las actividades de la Oficina;
b) Propone el uso de nuevas aplicaciones para el procesamiento de datos en la
Universidad;
c) Formula, evalúa y controla los proyectos desarrollados en la OGI;
d) Colabora y asesora a otras Oficinas y Facultades en la presentación de
Proyectos para la implementación de Sistemas de Información;
e) Evalúa y analiza la posibilidad de la adquisición de software en lugar de
desarrollarlo en la OGI, en la medida que sea ventajoso para la universidad y no
81
se contradiga las normas legales que rigen a las Instituciones públicas en temas
de informática;
f) Elabora informes sobre las actividades realizadas;
g) Presenta informes periódicos y avisos ocasionales en situaciones de emergencia
al Director General de la 0G1
h) Dirección y asesoramiento técnico a sus colaboradores;
i) Acopiar todo el Software original que se haya adquirido en la Universidad, para
racionalizar y velar por su correcto uso.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS.
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE SOFTWARE
(DIRECTOR DE SISTEMA ADM]MSTRTIVA II D4-05-.295-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de software;
Actividades similares a las del Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor del personal a su cargo.
ACTIVIDADES TIPICAS.
Desarrolla e implementa los programas de operación de software aprobados
por la Alta Dirección;
Elabora informes, normas, etc., que le solicite el Director General de la
Oficina General, en los asuntos de su competencia;
Ejecuta las actividades de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las
funciones señaladas en el MOF de la Oficina General;
Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al
Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de
ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.
REQUISITOS MÍNIMOS.
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Capacitación especializada en el área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas
administrativos inherentes a la Oficina Técnica.
ALTERNATIVA.
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la
especialidad o Estudios Superiores Técnicos completos en el Area de
Informática;
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia;
Capacitación Técnica en asuntos de Análisis, Diseño y Programación de
Sistemas, mínimo 200 horas;
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
Para el correcto desempeño de las labores asignadas a la Oficina Técnica de Software,
esta tiene dividida sus funciones en equipos o grupos de trabajo, de la manera siguiente:
82
EQUIPO DE TRABAJO DE ANÁLISIS Y DISEÑO.
Responsable: Analista de Sistemas (Junior - Senior)
Tiene las funciones siguientes:
a) Estudia nuevas aplicaciones dentro de su campo observando constantemente el
mercado del proceso de datos;
b) Formula, planifica y desarrolla proyectos de implementación de Sistemas de
Información;
c) Es responsabilidad sobre el desarrollo y evaluación del análisis de factibilidad y
diseño de cada proyecto, así como especificación de programas e instrucciones
de utilización;
d) Colabora en la presentación de planes informáticos ante las demás
dependencias de la Universidad.
e) Controla la calidad del software;
f) Utiliza eficientemente los manuales y estándares de análisis y diseño publicados
por el INRI;
g) Coordina acciones con las demás áreas para la solución inmediata de problemas
internos;
h) Presenta informes de avisos ocasionales en caso de emergencia;
i) Supervisa y asesora al personal de análisis y diseño de sistemas;
j) Capacitación propia mediante el estudio de literatura y asistencia a cursos de
actualización y otros actos que contribuyan a la mejor formación del personal.
EQUIPO DE TRABAJO DE PROGRAMACIÓN
Responsable: Programador de Aplicaciones (Junior - Senior)
Tiene las funciones siguientes:
a) Codifica los programas diseñados por la Unidad de Análisis y Diseño;
b) Determina estrategias de prueba de los programas;
c) Estudia la carpeta elaborada por la Unidad de Análisis y Diseño, comprobando
si están completas y el grado de dificultad en la preparación del programa;
d) Asesora técnicamente a los programadores en la solución de problemas;
e) Planifica y controla el trabajo de los programadores;
f) Valora resultados: tiempo y costos;
g) Implementa software estándar de acuerdo a las normas del INEI;
h) Supervisa la aplicación racional del software;
i) Asesora al Jefe de la OGI en asuntos de software;
j) Brinda facilidades a sus colaboradores en programación (practicantes);
k) Colabora en la selección de personal para programación;
l) Informa periódicamente al jefe de Software de la OGI y comunicarle
situaciones de emergencia.
EQUIPO DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO DE SOFTWARE
Responsable: Programador de Sistemas.
Tiene las funciones siguientes:
a) Vela por la mejora del rendimiento de equipos y sistemas de aplicación;
83
b) Es responsable del apoyo técnico, operativo, de producción, de seguridad y
capacitación de sistemas y datos al personal y usuarios de la OGI;
c) Evalúa y controla la calidad del funcionamiento de los programas existentes;
d) Elabora políticas de mantenimiento y compra de suministros de Hardware y
Software.
1.2. OFICINA DE REDES Y TELEPROCESOS
La Oficina Técnica de Redes y Teleprocesos es un Órgano de Línea de la Oficina
General de Informática, encargada de dirigir y coordinar las actividades del sistema de
Redes, brinda los servicios de acceso a Internet y dar soporte técnico a los equipos
electrónicos y eléctricos.
Son Funciones de la OFICINA TÉCNICA DE REDES Y TELEPROCESOS:
a) Gerencia los recursos del Sistema de Redes;
b) Evalúa periódicamente el rendimiento del Sistema de Redes;
c) Administra y coordina el acceso remoto a Redes Nacionales e Internacionales
con fmes educativos y de investigación;
d) Promueve el intercambio de información con los demás usuarios de Internet;
e) Establece continua comunicación con los proveedores de servicio Internet para
el acceso, investigación y aplicación de nuevas tecnologías;
f) Da normas y políticas para el acceso a Redes Internacionales para los usuarios;
g) Comunica inmediatamente las averías e indica sobre trabajos de mantenimiento
o reparación necesarios.
h) Emite informes periódicos sobre las actividades realizadas;
i) Coordina las teleconferencias y otros sistemas de comunicaciones con otras
Instituciones locales y remotas;
j) Otras que le asigne el Director General.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE LA OFICINA DE REDES Y TELEPROCESOS
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVA II D4-05-295-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas y/o proyectos de redes, conectividad
y comunicaciones.
Actividades similares a las del Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor del personal a su cargo.
ACTIVIDADES TIPICAS
Desarrollar e implementar los programas y/o proyectos de redes,
conectividad y comunicaciones aprobados por la alta Dirección.
Elaborar informes, normas, etc., que le sean solicitados por el Director
General de la Oficina General en asuntos de su competencia.
84
Ejecutar acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las
funciones señaladas en el MOF de la Oficina General.
Supervisar la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al
Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de
ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.
REQUISITOS MÍNIMOS.
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas
administrativos inherentes a la Oficina Técnica.
ALTERNATIVA.
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la
especialidad o Educación Superior
Técnica completa en el Área de Informática y/o Comunicaciones.
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación Técnica materia de Redes y Comunicaciones, mínimo 200
horas.
Experiencia no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.
Para el correcto desempeño de las labores asignadas a la Oficina Técnica de Software,
esta tiene dividida sus funciones en equipos o grupos de trabajo de trabajo, de la
siguiente manera.
EQUIPO DE TRABAJO DE SERVICIO A USUARIOS.
a) Planifica, coordina y controla la ejecución de trabajos, con los usuarios
teniendo en cuenta las fechas de entrega;
b) Determina prioridades de ejecución de los servicios prestados;
c) Apoya a los usuarios en el manejo de sus programas aplicativos y sistemas
informáticos;
d) Informa periódicamente al Jefe inmediato superior y comunicar inmediatamente
sobre situaciones de emergencia;
e) Administra y opera el Servicio de acceso a redes locales, nacionales e
internacionales;
f) Fomenta, difunde el uso de los servicios de la Redes locales, nacionales e
internacionales (World Wide Web, Gopher, etc), a toda la comunidad
universitaria y la colectividad en general.
EQUIPO DE TRABAJO DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE REDES.
a) Administra el Sistema de Redes de la UNC;
b) Controla el buen funcionamiento de todo el sistema de operaciones (personal,
hardware y software);
c) División de trabajos en el sistema de proceso de datos y colaboración en
operación conjuntamente con servicio a usuarios;
d) Coordina permanentemente con el personal de mantenimiento de Hardware y
Software;
e) Asesora al jefe de la OGI sobre asuntos de operación y mantenimiento;
f) Entrena a los nuevos colaboradores;
85
g) Asesora a sus colaboradores en cuestiones de servicio de maquinarias;
h) Administra y controla el Archivo de datos;
i) Planifica y ejecuta la ordenación adecuada del archivo de soporte de datos;
j) Planifica y ejecuta las medidas de seguridad para conservación de datos;
k) Administra los dispositivos de almacenamiento auxiliar;
l) Analiza tiempos de máquina superiores al promedio y eliminación de sus
causas.
EQUIPO DE TRABAJO DE SOPORTE TÉCNICO.
a) Evaluación de costos unitarios de los recursos informáticos;
b) Planifica los servicios integrales relacionados con Sistemas Informáticos;
c) Soporte de redes (mantenimiento y control del uso de recursos compartidos);
d) Planificación de un plan de mantenimiento y repotenciamiento de sistemas a
corto, mediano y largo plazo,
e) Propuesta sobre el empleo de software de sistemas en la OGI para mejorar el
rendimiento, para un uso más sencillo de los equipos y para mejor seguridad de
los datos.
f) Soporte técnico de instrumental y equipos electrónicos en general.
86
OFICINA DE SECRETARÍA GENERAL
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
SECRETARÍA
GENERAL
COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE APOYO
OFICINA TÉCNICA DE
ADMIN. DOCUMENTARIA,
GRADOS Y TITULOS
OFICINA TÉCNICA DE
REGISTRO CENTRAL
OFICINA TÉCNICA
DE ENLACE LIMA
87
TITULO II
DEL DISEÑO ORGAN1CO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA DE SECRETARIA GENERAL
a) Brinda apoyo administrativo y asesoramiento al Rectorado para la tramitación y
elaboración de documentos de su competencia;
b) Refrenda, junto con el Rector la documentación que emane de los acuerdos de
la Asamblea Universitaria y Consejo Universitario,
c) Confecciona y custodia las Actas de Asamblea y Consejo Universitario,
d) Proyecta y distribuye las Resoluciones Rectorales;
e) Dispone la tramitación adecuada de los documentos que ingresan al Rectorado;
f) Autentica las copias de los documentos oficiales;
g) Supervisa el trámite y registro de los Grados y Títulos que expida la
Universidad, así como las revalidaciones que se sometan a consideración de la
Institución;
h) Supervisa el trámite y archivo de documentos de la oficina;
i) Realiza gestiones de la UNC por disposición de la autoridad competente ante
Organismos públicos o privados;
j) Otras funciones que le sean asignadas por el Rectorado.
2. ESTRUCTURA ORGAMCA:
A. ORGANO DE DIRECCION:
Secretario General.
B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACJON:
Comité Consultivo.
C. ORGANO DE APOYO:
Equipo de Apoyo.
D. ORGANO DE LINEA O DE EJECUCION:
Oficina Técnica de Administración Documentaría, Grados y Títulos.
Oficina Técnica de Registro Central
E. ORGANO DESCONCENTRADO:
Oficina Técnica de Enlace en Lima.
3. RELACIONES JERÁRQUICAS DE UNIDADES ORGÁNICAS:
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:
La Oficina de Secretaría General depende jerárquicamente del Rectorado.
Internamente del Secretario General, los Directores de las Oficinas Técnicas y éstos
ejercen autoridad sobre el personal bajo su mando, tomando en cuenta su Estructura
Orgánica.
3.2. LINEAS DE COORDINACION:
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina de Secretaria
General, el Secretario General coordinará con: Rector, Vicerrectores, Directores
Generales Académicos, Directores Generales Administrativos, Decanos de
Facultades, Directores de Escuelas Académico Profesionales, Jefes de
Departamentos y Directores de Oficinas Técnicas.
4. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR ORGANOS:
(Ver Anexo 01)
88
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA SECRETARIA GENERAL:
a) Lleva el Archivo General de la Universidad;
b) Proyecta las resoluciones dispuestas por la Asamblea Universitaria, el Consejo
Universitario, el Rector o los Vicerrectores;
c) Trámite y registro de los Grados Académicos y Títulos Profesionales que
expide la Universidad, así como las revalidaciones que se sometan a
consideración de la Institución;
d) Custodia las actas de Asamblea Universitaria y de Consejo Universitario;
e) Tramita los documentos;
f) Apertura libros de actas de los Consejos de Facultad y de los demás órganos de
la Universidad, a excepción de los de Asamblea Universitaria y Consejo
Universitario, que son aperturados por Notario o Juez de Paz Letrado.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS:
El Órgano de Dirección de la Oficina de Secretaría General es el Secretario General y
está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal o Asociado,
designado por el Consejo Universitario, entre una tema propuesta por el Rector. Su
mando dura el mismo tiempo que el del Rector que lo ha propuesto.
DEL SECRETARIO GENERAL:
a) Asiste a sesiones de Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y
Ceremonias de Colación;
b) Redacta las actas de todas las sesiones;
c) Supervisar el trámite y registro de los Citados Académico y Títulos
Profesionales que expide la Universidad, así como las revalidaciones que se
sometan a consideración de la Institución;
d) Universidad, así como las revalidaciones que se sometan a consideración de la
Institución;
e) Refrenda, junto con el Rector, la documentación que emane de los acuerdos de
Asamblea Universitaria y Consejo Universitario;
f) Redacta y custodia las actas de Asamblea Universitaria y de Consejo
Universitario;
g) Autentica documentos oficiales de la Universidad;
h) Dispone la tramitación de los documentos;
i) Realiza por disposición de la autoridad competente gestiones de la !JNC ante
organismos públicos o privados;
j) Otras que le sean asignadas por el Rectorado.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORD1NACION
1. DEL COM1TE CONSULTIVO:
El Comité Consultivo está conformado por Docentes, Directores Generales y
Directores Técnicos. Está encargado de brindar asesoramiento y absuelve consultas
89
en todos los asuntos relacionados con las actividades propias de la Oficina de
Secretaría General. Los miembros integrantes del Comité Consultivo son
designados por el Secretario General, dando cuenta al Rectorado, para la expedición
de la Resolución Rectoral correspondiente. Esta designación concluye por las
siguientes razones:
- Al finalizar el mandato del Secretario General
- A solicitud del designado.
- A solicitud del Secretario General.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO:
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desarrollo de las funciones de la Oficina de Secretaría
General; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite
documentario, el Archivo y de los bienes asignados a la Oficina; la atención al
público y las demás que le encargue el Secretario General.
El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo
asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a
cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo,
designada por el Secretario General de la Oficina. En caso de ausencia sus funciones
son cubiertas por el personal técnico yio auxiliar de la oficina de acuerdo al
ordenamiento previamente establecido.
El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le
sean encargadas por medio del Secretario General, o por los Directores de las
Oficinas Técnicas.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE
APOYO:
TÉCNICO ADMINISTRATIVO 1- T3-05-707-1
(SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de la entidad;
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos;
Ejecuta y verifica la actualización de registros fichas y documentos técnicos
en las áreas de los sistemas administrativos de Archivo;
Coordina actividades administrativas sencillas;
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares;
90
Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;
Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas;
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo;
Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Secretario General.
Tiene mando directo sobre el Trabajador de Servicios 11 y de otro personal
de apoyo que está bajo disposición.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa;
Capacitación técnica en el Área;
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea o Ejecución de la Oficina de Secretaría General son la Oficina
Técnica de Administración Documentaria Grados y Títulos, y de Registro Central,
encargadas de la formulación y elaboración de las acciones para el cumplimiento de las
funciones de la Oficina. Son Órganos con la capacidad necesaria para desarrollar las
actividades propias de su ámbito.
Estas Oficinas están a cargo de un Director designado por el Consejo Universitario a
propuesta del Secretario General de la Oficina General de entre los profesionales o
técnicos asignados a ella Su nombramiento es por un período similar al del Director
General de la Oficina General y requiere la emisión de la Resolución Rectoral
respectiva. Puede ser removido previa evaluación de su labor, requiriéndose para tal
cago de una Resolución Rectoral.
Para ser Director de una Oficina Técnica, se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito el Secretario General podrá encargar las
funciones de la Dirección de una Oficia entre el personal técnico adscrito a la Oficina de
Secretaría General. Los encargos de la Dirección de las Oficinas Técnicas no pueden ser
por más de un año.
1.1. OFICINA DE ADMINISTRACION DOCUMENTARIA GRADOS Y
TITULOS:
La Oficina de Administración Documentaria, Grados y Títulos es la encargada
de dirigir y coordinar las actividades de los sistemas administrativos inherentes
a sus funciones, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de
los organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.
91
Son funciones Específicas de la OFICINA DE ADMINISTRACIÓN
DOCUMENTARIA, GRADOS Y TITULOS.
a) Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina de
Administración Documentaría Grados y Títulos;
b) Elabora el Plan de Trabajo de la Oficina Técnica,
c) Tramita la documentación destinada a los Organos de Gobierno, Rectorado,
Vice Rectorado Académico, y a la Oficina de Secretaría General;
d) Archiva toda la documentación de la Universidad;
e) Registra Grados y Títulos;
f) Evalúa la ejecución del Plan de Trabajo de la Oficina Técnica;
g) Brinda asesoramiento absolviendo consultas en asuntos relacionados al sistema
de Archivo;
h) Propone para su aprobación Directivas y/o normas técnicas relacionadas a los
sistemas inherentes a sus funciones;
i) Otras funciones que le encargue el Secretario General.
1.2. OFICINA TECNICA DE REGISTRO CENTAL
La Oficina Técnica de Registro Central, es un Órgano de Línea dependiente de
la Oficina de Secretaría General, es la encargada del desarrollo de los procesos
técnicos de la matrícula, control de las actas de evaluaciones, certificaciones
de estudios, constancias de orden de mérito y otros de carácter académico. Es
un órgano tecnificado y de asesoramiento con capacidad necesaria para
abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.
Son funciones específicas de la OFICINA TECNICA DE REGJSTO
CENTRAL
a) Elabora el Plan de Actividades de la Oficina;
b) Planifica, organiza y supervisa la labor de las Unidades a su cargo;
c) Analiza, elabora y diseña los procedimientos y métodos de trabajo
sistematizado necesarias para el buen funcionamiento y desarrollo de la
Oficina;
d) Planifica, programa y distribuye el material necesario para el buen
funcionamiento de las Unidades;
e) Proporciona información sistematizada de alumnos, que sea requerida por
las autoridades de la Universidad para la toma de decisiones de nivel
estratégico y de planeamiento;
f) Elabora normas necesarias en el área de su competencia y los propone al
Secretario General para su aprobación;
g) Elabora resúmenes estadísticos sobre el área de su competencia;
h) Propicia la armonía y el entendimiento mutuo entre el personal asignado a la
Oficina Técnica, en forma conjunta, mancomunada y solidaria para el logro
de los fines que persigue la institución.
i) Otras funciones que le sean encargadas por el Secretario General.
1.2.1. UNIDAD DE MATRICULA
La Unidad de Matrícula, es un Órgano de línea dependiente de la Oficina
Técnica de Registro Central, encargada de realizar las acciones operativas que
están bajo su responsabilidad de conformidad con las normas y disposiciones
92
emanadas de la Oficina Técnica o de la Secretada General. Está a caigo de un
trabajador no docente del grupo ocupacional profesional o técnico con
experiencia.
Son Funciones Específicas de la Unidad de Matrícula
a) Organiza y ejecute el proceso de matrícula automatizada de los
estudiantes de la UNC;
b) Actualiza la historia o legajo de los estudiantes, desde el momento de su
ingreso;
c) Procesa la emisión de listados de matrícula de las diferentes Facultades y
de la Escuela de Estudios Generales;
d) Registra y archiva en forma clasificada las Resoluciones sobre asuntos
académicos, equivalencias, convalidaciones, estudios curriculares,
subsanaciones, etc.;
e) Elabora resúmenes estadísticos sobre el área de su competencia;
f) Prepara informes del área de su competencia;
g) Mantiene en custodia y bajo su responsabilidad los archivos de la
Unidad;
h) Otras funciones que le son asignadas por la Oficina Técnica de Registro
Central por la Secretaria General.
1.2.2. UNIDAD DE ACTAS, NOTAS Y CERTIFICACIONES
La Unidad de Actas, Notas y Certificaciones, es un órgano de línea dependiente
de la Oficina Técnica de Registro Central, encargada de realizar las acciones
operativas que están bajo su responsabilidad, de conformidad con las normas y
disposiciones emanadas de la Secretaría General o de la Oficina Técnica. Está a
cargo de un trabajador no docente del grupo ocupacional profesional o técnico
con experiencia.
Son sus funciones:
Organiza y ejecuta los procesos de Actas, Notas y Certificaciones de los
estudiantes de la UNC;
Recepciona, clasifica y archiva las Actas de Evaluación Final de los
Estudiantes de las diferentes Facultades y de la Escuela de Estudios
Generales;
Prepara toda la documentación para la expedición de Certificados de
Estudios,
Constancias de Orden de Mérito y otras especificaciones de carácter
académico.
Elabora resúmenes estadísticos sobre el área de su competencia;
Mantiene en custodia y bajo su responsabilidad los Archivos de la Unidad;
Prepara informes del área de su competencia;
Otras funciones que le sean asignadas por la Oficina Técnica o por la
Secretaria General.
93
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE ADMINISTRACION
DOCUMENTARIA, GRADOS Y TITULOS
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4- 05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Dirección y coordinación de programas de sistema administrativo y archivo;
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS:
Programa y dirige las actividades propias de un Sistema Administrativo y de
Archivo;
Participa en la Formulación de políticas institucionales relacionadas al
Sistema Administrativo de Archivo;
Evalúa actividades del Sistema de Archivo y determinar las medidas
correctivas para el buen funcionamiento del mismo;
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Secretario General;
Tiene mando sobre el personal asignado a su Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS:
Título Profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Capacitación especializada en el Área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema
Administrativo.
ALTERNATIVA:
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia o Educación Secundaria Completa,
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE REGISTRO CENTRAL
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4- 05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Dirección y coordinación de programas de sistema administrativo
relacionados con el área;
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
94
ACTIVIDADES TIPICAS:
Planifica, dirige, ejecuta y supervisa las actividades técnico-administrativas
de la Oficina;
Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la Alta
Dirección;
Elabora informes, normas, directivas, etc. que le sea solicitado por el
Secretario General, en los asuntos de su competencia;
Ejecuta acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las funciones
señaladas en el MOF de la Secretaria General;
Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informa al
Secretario General sobre las acciones cumplidas por cada uno de ellos,
incluyendo la evaluación de los resultados de su gestión;
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Secretario General;
Tiene mando sobre el personal asignado a su Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad;
Capacitación especializada en el Área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema
Administrativo.
ALTERNATIVA:
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia o Educación Secundaria Completa;
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
JEFE DE LA UNIDAD DE MATRICULA
(TECNICO ADMINISTRATIVO II- T4-707-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo a la entidad;
Actividades similares a la de Técnico Administrativo 1, diferenciándose en
la mayor complejidad y responsabilidad;
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,
clasificación, verificación y archivo del movimiento documentado;
Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas
y procedimientos técnicos;
Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos,
solicitando su reposición;
95
Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su
competencia;
Ejecuta procesos técnicos de administración de personal;
Da información relativa al área de su competencia;
Participa en la elaboración y diseño de materiales de información del área
de su competencia;
Participa en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica.
Tiene mando directo sobre el Técnico Administrativo I que trabaja en la
misma Unidad
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados
con la especialidad;
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
ALTERNATIVA
Educación Secundaria Completa;
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Capacitación en el área de trabajo.
TECNICO ADMINISTRATIVO II - T4-O5-707-2
(SECRETARIA DE GRADOS Y TITULOS)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad;
Actividades similares a las de Técnico Administrativo I, diferenciándolos en
la mayor complejidad y responsabilidad;
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS:
Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,
clasificación, verificación y archivo del movimiento documentado;
Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas
y procedimientos técnicos;
Emite opinión técnica de expedientes;
Verifica procedimientos técnicos y emite los informes respectivos;
Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos solicitando
su reposición;
Registra operaciones contables y prepara balances de comprobación;.
Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su
competencia;
Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración personal;
Brinda información relativa al área de su competencia;
Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las
actividades de Relaciones Públicas;
96
Participa en la programación de actividades técnico-administrativas y en
reuniones de trabajo.
LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Administración
Documentaria, Orados y Títulos.
REQUISITOS MINIMOS:
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con
la especialidad.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
ALTERNATIVA:
Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el Área o
Educación Secundaria Completa.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Alguna capacitación en el Área.
OFICINISTA I - A2-05-550-1
(SECRETARIA DE ARCHIVO)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de oficina.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recibe, revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación
variada;
Redacta comunicaciones tales como: proveídos, memoranda y otros
documentos de rutina.
Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra
documentación similar;
Efectúa cálculos y registros aritméticos variados;
Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares;
Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que
cumpla la Oficina;
Toma dictado taquimecanográfico de la correspondencia, dictámenes y
otros;
Mecanografía y recibe mensajes por telex, confecciona inventarios
sencillos, lleva controles diversos de personal, controla el stock de útiles y
materiales similares.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Administración
Documentaria, Grados y Títulos.
REQUISITOS MIN1MOS:
Instrucción secundaria.
Alguna experiencia en labores sencillas de Oficina.
97
AUXILTAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II - A4-05-160-l
SECRETARIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo;
Actividades similares a las de Auxiliar de Sistema Administrativo,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
ACTIVIDADES TIPICAS
Analiza y clasifica información así como apoya la ejecución de procesos
técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales;
Efectúa trámites y/o procesa información de cierta complejidad;
Mantiene actualizado los registros, fichas y documentación de sistema
Administrativo según métodos técnicos,
Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de
su competencia.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Administración
Documentaria, Grados y Títulos.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Amplia experiencia en labores variadas de oficina.
TRABAJADOR DE SERVICIOS II - A2-05-870-2
(PORTAPLIEGOS)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de vigilancia y/o labores manuales de cierta
dificultad;
Actividades similares a las de Trabajador de Servicios I, diferenciándose en
la mayor complejidad y responsabilidad
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Distribución de documentos o expedientes a diferentes Unidades Orgánicas;
Controla y custodia locales, oficinas, equipos, materiales, y/o el personal
que ingresa y sale el local;
Ayuda en la confección e instalación de decorados;
Prepara jugos y bebidas diversas;
Otras tareas que disponga el Secretario General.
REQUISITOS MININIOS
Instrucción secundaria.
Alguna experiencia en el Área correspondiente.
CAPITULO V
ORGANO DESCONCENTRADO
98
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DESCONCENTRADO
La Oficina de Enlace en Lima, es un Órgano desconcentrado, encargada de la
formulación y elaboración de las acciones para el cumplimiento de las funciones de la
Oficina. Es un Órgano con la capacidad necesaria para desarrollar las actividades
propias de su ámbito.
Esta Oficina está a cargo de un Director designado por el Consejo Universitario a
propuesta del Secretario General de la Oficina General de entre los profesionales
asignados a ella. Su nombramiento es por un período similar al del Director General de
la Oficina General y requiere la emisión de la Resolución Rectoral ‗respectiva. Puede
ser removido previa evaluación de su labor, requiriéndose para tal caso de una
Resolución Rectoral.
Para ser Director de la Oficina de Enlace en Lima, se requiere el cumplimiento de los
requisitos exigidos, en caso de no cumplir algún requisito el Secretario General podrá
encargar las funciones de la Dirección de la Oficina entre el personal técnico adscrito a
la Oficina de Secretaría General. Los encargos de la Dirección de la Oficina Técnica no
pueden ser por más de un año.
1.1. SON FUNCIONES DE LA OFICINA DE ENLACE EN LIMA:
a) Realiza las gestiones de la Universidad Nacional de Cajamarca, por disposición
de la autoridad competente ante los organismos del extranjero tanto públicos
como privados; tendientes a optimizar la administración universitaria;
b) Apoya y coordina los viajes de las delegaciones de la UNC a certámenes
nacionales o internacionales; así como las actividades de las comisiones de
servicio;
c) Emite ante el Director de la Oficina General, los informes en el área de su
competencia;
d) Otras funciones que son asignadas por el Secretario General, por la Alta
Dirección, Decanos y demás Directores Generales.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL CARGO:
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE ENLACE EN LIMA
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II - D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Dirección y coordinación de programas de sistema administrativo de
gestión.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS:
Programa y dirige las actividades de gestión.
Participa en la Formulación de políticas institucionales relacionadas al
Sistema Administrativo.
Evalúa actividades del Sistema de Gestión y determinar las medidas
correctivas para el buen funcionamiento del mismo.
99
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
REQUISITOS MINIMOS:
Título Profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el Área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema
Administrativo.
ALTERNATIVA:
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia o Educación Secundaria Completa.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
TÉCNICO ADMINISTRATIVO I-73-707-1 (SECRETARIA)
(OFICINA DE ENLACE-LIMA)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de la entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS:
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos;
Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos
técnicos en las áreas de los sistemas administrativos de Archivo;
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emite informes preliminares;
Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;
Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas;
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo;
Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
REQUISITOS MINIMOS:
Instrucción Secundaria Completa
Capacitación técnica en el Área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
100
OFICINA GENERAL DE PERSONAL
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
.
VICE RECTORADO
ADMINISTRATIVO
DIRECCIÓN GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE APOYO
OFICINA TÉCNICA DE
ESCALAFON Y
CAPACITACIÓN
OFICINA TÉCNICA DE
ADMINIS, Y CONTROL DE
PERSONAL
OFICINA TÉCNICA DE
REMUNERACIONES Y
PENSIONES
101
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE PERSONAL
a) Administra los Sistemas de Personal y Capacitación, con arreglo a los regímenes
y dispositivos legales correspondientes:
b) Propone al Vice Rectorado Administrativo los lineamientos de política referentes
a estos sistemas;
c) Administrar los regímenes laborales que operan en la Universidad:
d) Administra las políticas de remuneraciones, pensiones e incentivos;
e) Sistematiza las normas del Sistema de Personal relativas a la Universidad, los
difunde y emite las directivas necesarias para el mejor desempeño de la función
pública.
f) Formula, ejecuta y evalúa el Plan Anual de Capacitación;
g) Otras inherentes a los sistemas que administra y le sean asignados.
2. ESTRUCTURA ORGANICA
La Estructura Orgánica de la Oficina General de Personal de la Universidad Nacional de
Cajamarca, es la siguiente:
2.1 ORGANO DE DIRECCION
Dirección General
2.2 ORGANO CONSULTIVO Y DE COODINACION
Comité Consultivo
2.3. ORGANO DE APOYO
Equipo de Apoyo
2.4 ORGANOS DE LINEA
Oficina de Administración y Control de Personal.
Oficina de Escalafón y Capacitación.
Oficina de Remuneraciones y Pensiones.
2. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1 LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) La Oficina General de Personal; depende jerárquicamente del Vice Rectorado
Administrativo de la Universidad Nacional de Cajamarca.
b) El Director de la Oficina General de Personal, constituye la máxima autoridad,
en dicha Oficina, es responsable ante el Vice Rectorado Administrativo y el
Rector, de las acciones del Sistema de Personal.
c) Los miembros del Comité Consultivo, dependen jerárquicamente de su Unidad
Orgánica.
d) Los Directores de las Oficinas de Administración y Control de Personal,
Escalafón y Capacitación y Remuneraciones y Pensiones, ejercen autoridad
dentro de sus respectivas Oficinas Técnicas; y son responsables ante el Director
General de la Oficina General de Personal de todas las actividades del Sistema
que realizan.
e) El personal asignado a la Oficina General y a cada Oficina Técnica, es
responsable de sus actividades ante el Jefe Inmediato Superior.
102
3.2 LINEA DE COORDINACION
La Oficina General de Personal, como parte integrante de la estructura orgánica de
la Universidad, en el cumplimiento de sus funciones, establece coordinación con:
a) Directores Generales de las demás Oficinas Generales de la UNC.
b) Decanos de las Facultades
c) Directores de otras Oficinas Técnicas.
d) Coordinación interna entre Unidades administrativas de la Oficina.
ORGANIGRAMA
El organigrama nos permite representar gráficamente la estructura orgánica de la
Oficina General de Personal, cuyo objetivo es tener visión de conjunto de las
unidades que lo integran y las líneas de comunicación.
4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
En este cuadro se especifican los diversos cargos que desempeñan el personal que
integran la Oficina de Personal. (Anexo 1)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL DE PERSONAL
Está dado por la Dirección General de la Oficina de Personal, cuyas funciones
generales son las siguientes:
a) Establece los lineamientos de política de los Sistemas de Personal y
Capacitación, en función de la marcha académico-administrativa de la
Universidad Nacional de Cajamarca;
b) Formula el Plan de Trabajo de la Oficina, dentro del marco de la planeación,
organización, ejecución,, dirección y control;
c) Promueve la organización, ejecución, coordinación y evaluación de las
acciones de capacitación y bienestar del personal;
d) Orienta y asesora a los diferentes órganos de la Universidad Nacional de
Cajamarca, en lo relacionado a los Sistemas de Personal y Capacitación,
e) Establece las líneas de comunicación y coordinación de la administración
universitaria en el ámbito institucional;
f) Efectúa acción de supervisión y control de los Sistemas de Personal y
Capacitación, en el ámbito de Oficina e institución:
g) Otras funciones asignadas por el Vicerrector Administrativo o por el Rector.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
DEL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GRAL. DE PERSONAL
La Dirección General, está a cargo de un docente nombrado en la categoría de
Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo
103
Universitario de una terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo que el
del Rector que lo ha propuesto, tiene como funciones las siguientes:
a) Representa legalmente a la Oficina General de Personal.
b) Dirige el planeamiento, ejecución y evaluación de las acciones de los Sistemas
de Personal y Capacitación.
c) Propone al Vice Rectorado Administrativo de la Universidad Nacional de
Cajamarca, las normas relativas a los Sistema de Personal y Capacitación, para
su aprobación.
d) Asesora y absuelve consultas relacionadas con los Sistemas de Personal y
Capacitación.
e) Participa como miembro del Consejo Administrativo.
f) Preside el Comité Consultivo y las reuniones con el personal de la Oficina.
g) Firma la documentación oficial que sé operativiza a través de la Of. De
Personal.
h) Ejecuta la evaluación y control del cumplimiento de las actividades
consignadas en el Plan Anual de Trabajo y de las normas de los Sistemas de
Personal y Capacitación, por parte de las Oficinas Técnicas respectivamente.
i) Emite informes solicitados por el Vicerrector Administrativo, Rector y otras
autoridades universitarias.
j) Supervisa y evalúa las acciones de personal, escalafón, pensiones y bienestar.
k) Otras que le asigne el Vicerrector Administrativo o el Rector.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
1. DEL COMITE CONSULTIVO
Está integrado por el Director General de la Oficina General de Personal, quien lo
preside, los Jefes de Unidades orgánicas. Los miembros del Comité Consultivo son
propuestos por el Director General de la Oficina General de Personal, ante el Rector de
la Universidad, quien dispone emitir las Resolución Rectoral correspondiente de
designación. Esta designación concluye por las siguientes razones:
a) Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación;
b) A solicitud del designado;
c) A solicitud del Director General.
El Comité Consultivo, cumple las siguientes funciones:
a) Asesora a la Dirección General, en materia de personal y capacitación para
asegurar la buena marcha institucional.
b) Analiza la problemática institucional, en cuanto a los Sistemas de Personal y
Capacitación, proponiendo soluciones.
c) Se reúne por lo menos, una vez al mes.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
104
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene a
su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina
General, el Archivo; central de la bibliografía especializada y de los bienes asignados a
la Oficina General; la atención al público y los demás que le encargue el Director
General.
El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado
a ella confidencial de carácter secretarial y/o trámite documentario, esta a cargo de una
Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo, designado por el
Director General. En caso de ausencia sus funciones son cubiertas por el personal
técnico yio auxiliar de la Oficina de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
OFICINISTA I A2-05-55O-I (SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de oficina.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recibe, revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación
variada
Redacta comunicaciones tales como: Proveídos, memoranda y olios
documentos de rutina;
Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra
documentación similar;
Efectúa cálculos y registros aritméticos variados;
Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares;
Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que
cumplen la oficina;
Torna dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros;
ecanografía y recepciona mensajes por telefax, confecciona inventarios,
lleva controles diversos de personal, controla el stock de útiles y materiales
similares.
LINEAS DE AURTOR1DAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director General;
Tiene mando sobre el personal que está a su disposición.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa;
Alguna experiencia en labores sencillas de oficina.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
105
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea de la Oficina General de Personal, son las Oficinas Técnicas,
encargadas de la elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las
funciones de la Oficina General. Son órganos tecnificados y de asesoramiento con
capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su
ámbito.
Están a cargo de un Director designado por el Rector a propuesta del Director General
de la Oficina General de Personal, de entre los profesionales o técnicos nombrados
asignados a la Oficina General. Su designación es por un período similar al del Director
General de la Oficina General nombrado y requiere la emisión 4e la Resolución
Rectoral de designación. Puede ser removido previa evaluación de su labor,
requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.
Para ser Director de Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director de la Oficina General podrá
encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de la Dirección de
la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.
1.1. OFICINA DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE PERSONAL
La Oficina de Administración y Control de Personal, es la encargada de dirigir y
coordinar las actividades del subsistema de administración y control de personal
administrativo, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los
organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.
Son Funciones de la OFICINA DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE
PERSONAL
a) Formula, mantiene actualizadas y hace la difusión de directivas internas para
loa correcta aplicación de las acciones del Sistema de Personal;
b) Elabora el Plan de Trabajo Anual de la Oficina;
c) Verifica e informa mensualmente el resumen, de plazas con relación al
Cuadro para Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de Personal;
d) Participa en la selección, reclutamiento y evaluación del personal
administrativo;
e) Apoya y orienta el desarrollo de procesos técnicos del Sistema de Personal;
f) Realiza las acciones de control de asistencia, permisos y licencias de los
servidores de la UNC;
g) Emite informes del área de su competencia;
h) Formula proyectos de Resoluciones sobre licencias;
i) Da cumplimiento a las Resoluciones concernientes a la rotación de personal
administrativo;
j) Ejecute la evaluación semestral del personal administrativo y de los servicios;
k) Otras funciones que le asigne el Director General de la Oficina General de
Personal.
1.2. OFICINA DE ESCALAFON Y CAPACITACION
La Oficina de Escalafón y Capacitación, es Órgano de Línea encargada de dirigir y
coordinar las actividades de los Sistemas de Archivo y Capacitación del personal
106
administrativo, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los
organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.
Son Funciones de la OFICINA DE ESCALAFON Y CAPACITACION
a) Organiza y mantiene actualizado el registro y archivo personal de
funcionarios y servidores activos, cesantes y pensionistas de la UNC;
b) Emite informes escalafonarios de los servidores de la UNC, sobre tiempo de
servicios, nombramientos, ceses, beneficios, pensiones y otros;
c) Formula proyectos de Resoluciones sobre bonificaciones, ceses, pensiones de
los servidores de la Institución
d) Elabora y propone el Plan de Capacitación para los trabajadores no docentes;
e) Las demás funciones que le asigne el Director General de la Oficina de
Personal.
1.3 OFICINA DE REMUNERACIONES Y PENSIONES
La Oficina de Remuneraciones y Pensiones, es Organo de Línea encargada de dirigir y
coordinar las actividades de los Subsistemas de Remuneraciones y Pensiones del
personal docente y no docente, de conformidad con las normas y dispositivos emanados
de los organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.
Son Funciones de la OFICINA DE REMUNERACIONES Y PENSIONES
a) Formula Directivas internas para la correcta preparación de la Planilla Unica
de Pagos;
b) Elabora la información sobre la ampliación de Calendario de las partidas
correspondientes.
c) Coordina, consolida y formula la información básica para la formulación de
la Planilla Unica de pagos del personal docente, administrativo y de
servicios, tanto activos como cesantes.
d) Calcula el monto a pagar por concepto de beneficios sociales, tiempo de
servicios, aguinaldos y otros.
e) Coordina con las diversas instancias de la Universidad y el Ministerio de
Economía y Finanzas para la elaboración de las Planillas;
f) Elabora la información pata el Ministerio de Economía y Finanzas sobre el
proceso de ejecución de las Planillas correspondientes;
g) Otras que le asigne el Director General de la Oficina General de Personal.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS (ORGANOS DE LINEA)
DIRECTOR DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE
PERSONAL
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II- D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programa de los Subsistemas de Administración y
Control de Personal Administrativo;
Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;
Supervisa la labor de personal directivo y profesional;
107
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de los Subsistemas de Administración
y Control de personal administrativo de la Institución.
Participa en la formulación de políticas institucionales de los Subsistemas
inherentes al área de su competencia.
Evalúa actividades de los subsistemas y determinar las medidas correctivas para
el buen funcionamiento del mismo.
Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Dependen jerárquicamente del Director General
Tiene mando sobre el personal que está adscrito a la Oficina Técnica
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad;
Capacitación especializada en el área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema
Administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad o
Educación Secundaria Completa.
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.
DIRECTOR DE LA OFICINA DE ESCALAFON Y CAPACITACION
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de los Sistemas de Archivo y
Capacitación.
Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirigir las actividades propias de los Sistemas de Archivo y
Capacitación del Personal Administrativo de la Institución.
Participa en la formulación de políticas institucionales de los Sistemas
inherentes al área de su competencia.
Evalúa actividades de los Sistemas y determinar las medidas correctivas para el
buen funcionamiento del mismo.
Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director General.
Tiene mando sobre el personal asignado a la Oficina Técnica.
108
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad;
Capacitación especializada en el área;
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema
Administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad o
Educación Secundaria Completa.
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.
DIRECTOR DE LA OFICINA DE REMUNERACIONES Y PENSIONES
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de los Subsistemas de Remuneraciones
y Pensiones.
Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de los Subsistemas de
Remuneraciones y Pensiones del personal de la Institución.
Participa en la formulación de políticas institucionales de los Subsistemas
inherentes al área de su competencia.
Evalúa actividades de los Subsistemas y determinar las medidas correctivas para
el buen funcionamiento del mismo.
Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director General.
Tiene mando sobre el personal que está asignado a la Oficina Técnica
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema Administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad o
Educación Secundaria Completa.
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.
109
TECNICO ADMINISTRATIVO II - T4-707-2
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnica de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad.
Actividades similares a los de Técnico Administrativo I, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta y coordinar actividades relacionadas con el registro, procesamiento,
clasificación, verificación de archivo de movimiento documentario;
Recoge información y apoyar en la formulación y/o Modificación de normas y
procedimientos Técnicos;
Emite opinión técnica de expedientes;
Verifica procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos;
Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos solicitando su
reposición,
Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.
Labora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su competencia.
Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal.
Dar información relativa al área de su competencia.
Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las
actividades de Relaciones Públicas.
Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico
administrativas y en reuniones de trabajo.
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con la
especialidad.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica a la cual está
asignado.
Tiene mando sobre el Técnico Administrativo I, de su misma Oficina Técnica
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con el área.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad
Alguna capacitación en el área.
TECNICO ADMINISTRATIVO I- T3-707-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de
una Entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
110
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, Registro, distribución y archivo
de documentos técnicos.
Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en
las áreas de los sistemas administrativos.
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informe preliminar.
Recepciona y prepara información para estudios e investigaciones.
Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.
Puede corresponder colaborar en la programación de actividades técnico
administrativas y en reuniones de trabajo;
Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y
procedimientos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director de La Oficina Técnica al cual está
asignado.
Tiene mando sobre el Auxiliar de Sistemas Administrativos II de su Oficina
Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa.
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II - A4-05-160-l
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo;
Actividades similares a las de Auxiliar de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
ACTIVIDADES TIPICAS
Analiza y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos
técnicos de un Sistema Administrativo, siguiendo instrucciones generales.
Efectúa trámite y/o procesar información de cierta complejidad.
Mantiene actualizado los registros, fichas y documentación de Sistema
Administrativo según métodos técnicos.
Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de su
competencia.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria.
Amplia experiencia en labores variadas de oficina
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia
111
OFICINA GENERAL ECONÓMICO FINANCIERA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
VICE RECTORADO
ADMINISTRATIVO
DIRECCIÓN
GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE
APOYO
OFICINA TÉCNICA DE
TESORERÍA
OFICINA TÉCNICA DE
CONTABILIDAD
OFICINA TÉCNICA DE
ASUNTOS FINANCIEROS
112
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL ECONOMICO-
FINANCIERA.
a) Organiza, ejecuta y supervisa, sistemática y racionalmente, 1os recursos
materiales, económicos y financieros de la Universidad
b) Propone al Vice Rectorado Administrativo los lineamentos de política de
administración financiera institucional.
c) Administra la ejecución presupuestaria y los sistemas de Contabilidad y
Tesorería, así como el Sub Sistema de Asuntos Financieros, con arreglo a los
dispositivos legales correspondientes.
d) La operativización del presupuesto de la Universidad aprobado por el Consejo
Universitario.
e) Documenta y sustenta la ejecución del presupuesto y sus balances.
f) Recauda los ingresos propios de la Universidad.
g) Mantiene el archivo de la ejecución contable.
h) Maneja las cuentas bancarias y ejecución de pagos.
i) Asesora a la Alta Dirección sobre los procesos de contabilidad, tesorería y
asuntos financieros.
j) Analiza los documentos administrativos y contables y emitir sus informes
respectivos.
k) Apoya a los Decanos de Facultad, Directores de Escuelas Académico
Profesionales, Jefes de Departamentos Académicos, Directores de Oficinas y
Coordinadores en la correcta aplicación de las normas correspondientes a los
Sistemas de Contabilidad y Tesorería, brindando el apoyo técnico que requieran.
1) Otras funciones que le asigne el Vice Rectorado Administrativo.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
La Estructura Orgánica de la Oficina General Económico-Financiera de la Universidad
Nacional de Cajamarca, es la siguiente:
2.1 ORGANO DE DIRECCION
- Dirección General.
2.2 ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
- Comité Consultivo.
2.3 ORGANO DE APOYO
- Equipo de Apoyo.
2.4 ORGANOS DE LINEA
- Oficina de Contabilidad.
- Oficina de Tesorería.
- Oficina de Asuntos Financieros.
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1 LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a) La Oficina General Económico-Financiera, depende jerárquicamente del Vice
Rectorado Administrativo de la Universidad Nacional de Cajamarca.
b) El Director de la Oficina General, constituye la máxima autoridad y es
responsable ante el Vice Rectorado Administrativo y el Rector, de las acciones
113
de los Sistemas de Contabilidad y Tesorería, así como del Sub Sistema de
Asuntos Financieros.
c) Los miembros del Comité Consultivo, dependen jerárquicamente de su
Unidad Orgánica.
d) Los Directores de las Oficinas Técnicas de Contabilidad, Tesorería y Asuntos
Financieros, ejercen autoridad dentro de sus respectivas Oficinas Técnicas; y son
responsables ante el Director General de la Oficina General, de todas las
actividades del Sistema que realizan.
e) El personal asignado a la Oficina General y a cada Oficina Técnica, es
responsable de sus actividades ante el Jefe Inmediato Superior.
3.2. LINEAS DE COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General Económico-
Financiera, el Director General coordina con los Vicerrectores y el Rector, con los
Directores Generales, con los Decanos, Director de la Escuela de Post Grado, Directores
de las Escuelas Académico Profesionales, Escuela de Estudios Generales, Jefes de
Departamentos Académicos y con los Directores y/o Coordinadores.
ORGANIGRAMA
El organigrama nos permite representar gráficamente la estructura orgánica de la
Oficina General Económico-Financiera, cuyo objetivo es tener visión de conjunto de las
Unidades Orgánicas que lo integran y las líneas de comunicación. (Anexo 1).
4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
En este cuadro se especifican los diversos cargos que desempeñan el personal que
integran la Oficina General Económico-Financiera. (Anexo 1)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL ECONOMICO-FINANCIERA
a) Establece los lineamientos de política de los Sistemas de Contabilidad y
Tesorería, así como del Sub Sistema de Asuntos Financieros, en función de la
marcha académico-administrativa de la Universidad Nacional de Cajamarca.
b) Formula el Plan de Trabajo de la Oficina General, dentro del mareo de la
planeación, organización, ejecución, dirección y control.
c) Promueve la organización, ejecución, coordinación y evaluación de las acciones
que se realizan en los sistemas administrativos de su competencia.
d) Orienta y asesora a los diferentes órganos de la Universidad Nacional de
Cajamarca, en lo relacionado a los Sistemas de Contabilidad y Tesorería, así
como del Sub Sistema de Asuntos Financieros.
e) Efectúa acción de supervisión y control de los Sistemas de Contabilidad y
Tesorería y Asuntos Financieros, a nivel de Oficina.
f) Otras funciones asignadas por el Vicerrector Administrativo o por el Rector.
114
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GENERAL ECONOMICO-
FINANCIERA
El órgano Directivo de la Oficina General Económico-Financiera, es la Dirección
General, está a cargo de un docente nombrado en la categoría de profesor principal o
asociado a dedicación exclusiva o por mi trabajador no docente nombrado, profesional
con no menos de 5 años de antigüedad en la Universidad, es designado por el Consejo
Universitario de una terna propuesta por el Rector, el mandado es por un período igual
al del Rector que lo propone cuyas funciones especificas son las siguientes:
a) Representa Legalmente a la Oficina General Económico-Financiera ante los
órganos universitarios y organismos no universitarios.
b) Dirige, controla y evalúa las acciones necesarias para el cumplimiento de los
objetivos de la Oficina General.
e) Formula la política de ejecución presupuestal de la Universidad Nacional de
Cajamarca, en base, a lo dispuesto por los Organos de Gobierno de la
Universidad.
d) Coordina con los diferentes órganos de la Universidad en lo referente a los
asuntos de competencia de la Oficina General Económico-Financiera.
e) Vela por el cumplimiento de las funciones del personal de la Oficina General.
f) Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo de la Universidad
Nacional de Cajamarca.
g) Asiste cuando sea requerido en las sesiones del Consejo Universitario.
h) Forma parte de las Comisiones, que el ámbito de su competencia, le encarguen
los Órganos de Gobierno de la Universidad.
i) Promueve la capacitación del personal de la Oficina a su cargo.
j) Cumple y hace cumplir en lo que compete a la Oficina a su cargo, las normas
legales vigentes de nivel de sistemas administrativos y de la Universidad.
k) Presenta su Memoria Anual de su gestión:
1) Otras que en el ámbito de su competencia le asigne la Alta Dirección.
En caso de ausencia del Director de la Oficina General Económico-Financiera, la
funciones de la Dirección General serán encargadas a un Director de una Oficina
Técnica, cuando la ausencia del titular sea por pocos días, dicho encargo se hará en
coordinación con el Vice Rectorado Administrativo.
Son causales de vacancia del cargo de Director General de la Oficina General
Económico Financiera, las siguientes:
1. Renuncia aceptada por el Consejo Universitario.
2. Observar conducta inmoral debidamente comprobada con relación al cargo.
3. Ausencia del titular por un período mayor de 06 meses.
4. Impedimento físico o mental que lo incapacite para el ejercicio del cargo.
5 Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
1. DEL COMITE CONSULTIVO
El Comité Consultivo es el Organo encargado de brindar asesoramiento y absolver
consultas en la elaboración y ejecución de políticas de todos los Sistemas
115
Administrativos relacionados con las actividades de la Oficina General, está integrado
por el Director General de la Oficina General Económico-Financiera, quien lo preside,
los Jefes de Unidades orgánicas. Los miembros del Comité Consultivo son propuestos
por el Director General, ante el Rector de la Universidad, quien dispone emitir las
Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por las
siguientes razones:
a) Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación o a
solicitud del designado;
b) A solicitud del Director General.
El Comité Consultivo se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes y extraordinarias
cuando sean convocados por el Director General de la Oficina General Económico-
Financiera. En cada una de las reuniones se acordarán las recomendaciones yio
sugerencias a tomarse en cuenta en los casos que se le plantee. En las sesiones del
Comité Consultivo actúa como Secretario un Director de Oficina Técnica que el
Director General lo designe.
El Comité Consultivo, cumple las siguientes funciones:
a) Asesora a la Dirección General, en el diseño de los lineamientos de política
universitaria en materia de los Sistemas Administrativos inherentes a la Oficina
General, para asegurar la buena marcha institucional.
b) Asesora en la elaboración del Plan de Trabajo Anual de la Oficina General
Económico Financiera.
c) Asesora en la elaboración de normas y procedimientos de trabajo que permitan
articular las acciones de los sistemas administrativos.
d) Estudia y emite opinión técnica a través de informes sobre asuntos específicos
que se le encomiende.
e) Otras funciones que le encomiende la Dirección General y que estén dentro de sus
atribuciones.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
1.1. EQUIPO DE APOYO
El equipo de apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desarrollo de las funciones de la Oficina General; tiene a su
cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina
General, el Archivo; central de la bibliografía especializada y de los bienes
asignados a la Oficina General; la atención al público y los demás que le encargue el
Director General.
El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo
asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a
cargo de una Secretaria, la que es responsable de la - coordinación general del
equipo, designado por el Director General. En caso de ausencia sus funciones son
cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la Oficina de acuerdo al
ordenamiento previamente establecido.
116
3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
OFICINISTA I A2-05-550-1 (SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de oficina.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recibe revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación
variada.
Redacta comunicaciones tales como: Proveídos, memoranda y otros
documentos de rutina.
Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra
documentación similar.
Efectúa cálculos y registros aritméticos variados.
Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares.
Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que
cumplen la oficina.
Toma dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros.
Mecanografía y recepciona mensajes por telefax, confeccionar inventarios
sencillos, llevar controles diversos de personal, controlar el stock de útiles y
materiales similares.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director General.
Tiene mando sobre el personal asignado al Equipo de Apoyo.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa;
Alguna experiencia en labores sencillas de oficina
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea de la Oficina General Económico-Financiera, son las Oficinas
Técnicas, encargadas de la elaboración de las acciones completas para el cumplimiento
de las funciones de la Oficina General. Son órganos tecnificados y de asesoramiento,
con capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de
su ámbito.
Están a cargo de un Director, designado por el Rector a propuesta del Director General
de la Oficina General Económico-Financiera, de entre los profesionales o técnicos
nombrados asignados a la Oficina General. Su designación es por un periodo similar al
del Director General de la Oficina General designado y requiere la emisión de la
Resolución Rectoral de designación. Pueden ser removidos previa evaluación de su
labor, requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.
Para ser Director de Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director de la Oficina General podrá
encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina Los encargos de la Dirección de
la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.
117
1.1. OFICINA DE CONTABILIDAD
La Oficina de Contabilidad, es el Organo de Línea de la Oficina General, encargada
de dirigir y coordinar las actividades del Sistema Administrativo de Contabilidad, de
conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos rectores y de
la propia Universidad.
Son Funciones de la OFICINA DE CONTABILIDAD
a) Supervisa y controla el adecuado registro de las operaciones financieras.
b) Revisar y dar la conformidad a los Balances de los Estados Financieros, así como
los informes requeridos para la torna de decisiones.
c) Proporciona información y asesoramiento en asuntos de su competencia.
d) Elabora la Cuenta General de la Universidad en base a las normas legales vigentes,
efectuando la consolidación y el análisis de la información contable remitida por las
Oficinas responsables.
e) Dirige, coordina, supervisa y evalúa la ejecución de los procesos técnicos de
manejo de fondos, ingresos y egresos, información y archivo en concordancia con las
normas del Sistema;
f) Emite informes técnicos con relación al área de su competencia.
g) Las demás funciones que le asigne el Director General de la Oficina General.
1.2. OFICINA DE TESORERIA
La Oficina de Tesorería, es Organo de Línea de la Oficina General, encargada de
dirigir y coordinar las actividades del Sistema Administrativo de Tesorería, de
conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos rectores y de
la propia Universidad.
Son funciones de la OFICINA DE TESORERIA
a) Dirige y coordina, supervisa y evalúa la ejecución de los procesos técnicos de
manejo de fondos: Ingresos, Egresos, información y archivo, en concordancia con las
normas del Sistema de Tesorería.
b) Asesora al Vice Rectorado Administrativo y demás órganos de la Universidad
sobre los asuntos relacionados con el manejo de fondos.
c) Supervisa y coordina el pago de remuneraciones, pensiones proveedores y contratos
de la UNC.
d) Supervisa y asesora en la información referente a gastos corrientes, de capital de
inversión para su remisión a la Dirección General del Tesoro Público.
e) Autoriza los comprobantes de pago.
f) Firma títulos-valores.
g) Gira y firma los cheques de las cuentas de la Institución
h) Dirige, controla y hacer cumplir las normas técnicas del Sistema de Tesorería.
i) Propone norma de desconcentración administrativa de su área.
j) Las demás funciones que le sean asignadas por el Director General.
1.3 OFICINA DE ASUNTOS FINANCIEROS
La Oficina de Asuntos Financieros, es Órgano de Línea de la Oficina General,
encargada de dirigir y coordinar las actividades del Sub Sistema Asuntos Financieros,
de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos rectores y
de la propia Universidad.
118
Son funciones de la OFICINA DE ASUNTOS FINANCIEROS
a) Realiza estudios y análisis de planificación financiera.
b) Asesora en lo referente a financiamiento, estructura de capital y decisiones sobre
inversiones.
e) Administra recursos financieros y en especial del capital de trabajo.
d) Las demás funciones que le asigne el Director General.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS (ORGANOS DE LINEA)
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE CONTABILIDAD
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II-D4-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas del Sistema Administrativo de
Contabilidad.
Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias del Sistema Administrativo de
Contabilidad de la Institución
Participa en la formulación de políticas institucionales del Sistema inherente al
área de su competencia.
Evalúa las actividades del Sistema y determinar las medidas correctivas para el
buen funcionamiento del mismo.
Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director General
Tiene mando sobre el personal asignado a la Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema
Administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad o
Educación Secundaría Completa
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.
DIRECTOR DE lA OFICINA TECMCA DE TESORERIA
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II-D4-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de Los Sistema de Tesorería
119
Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirigir las actividades propias del Sistema de Tesorería de la
Institución
Participa en la formulación de políticas institucionales del Sistema inherente al
área de su competencia.
Evalúa las actividades del Sistema y determinar las medidas correctivas para el
buen funcionamiento del mismo.
Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director General.
Tiene mando sobre el personal asignado a la Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema
Administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad o
Educación Secundaria Completa
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.
DIRECTOR DE LA OFICINA TECMCA DE ASUNTOS FINANCIEROS
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II-D4-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas del Subsistema de Asuntos Financieros.
Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias del Subsistema de Asuntos
Financieros de la Institución.
Participa en la formulación de políticas institucionales del Subsistema inherentes
al área de su competencia.
Evalúa las actividades del Subsistema y determina las medidas correctivas para
el buen funcionamiento del mismo.
Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director General.
Tiene mando sobre el personal asignado a la Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.
Capacitación especializada en el área.
120
Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema
Administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad o
Educación Secundaria Completa.
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.
ESPECIALISTA EN FINANZAS I (P3—20-360-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Análisis y ejecución de programas financieros.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico.
ACTIVIDADES TIPICAS
Analiza la normatividad y lo aplica en la ejecución de programas financieros.
Analiza estados e informes financieros y sugiere modificaciones.
Estadía y orienta la aplicación de normas y procedimientos del Sistema
Financiero.
Interviene en las reprogramaciones y ampliaciones financieras.
Realiza consolidaciones y estados financieros.
Participa en la regularización por mala aplicación de partidas presupuestales.
Puede corresponderle participar en la elaboración de normatividad y estadística
financiera.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica al cual está
adscrito.
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está bajo jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de Licenciado en Administración, Contador Público,
Economista o profesión que incluya estudios relacionados con la especialidad.
TECNICO ADMINISTRATIVO II (T4-707-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnica de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo de una Entidad.
Actividades similares a los de Técnico Administrativo I, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,
clasificación, verificación de archivo de movimiento documentario.
Recoger información y apoyar en la formulación y/o Modificación de normas y
procedimientos Técnicos.
Emite opinión técnica de expedientes.
Verifica procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos.
Recepcionar, almacenar, entregar o inventariar materiales y equipos solicitando
su reposición.
121
Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.
Labora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su competencia.
Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal.
Dar información relativa al área de su competencia.
Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las
actividades de Relaciones Públicas.
Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico
administrativas y en reuniones de trabajo.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Dependen jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica al cual está
adscrito.
Tiene mando sobre el Técnico Administrativo 1 de su misma Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con la
especialidad.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el área.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Alguna capacitación en el área.
TECNICO ADMINISTRATIVO I (T4-707-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de la
entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo
de documentos técnicos.
Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en
las áreas de los sistemas administrativos.
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informe pre1iminar.
Recepciona y prepara información para estudios e investigaciones.
Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.
Puede corresponder colaborar en la programación de actividades técnico
administrativas y en reuniones de trabajo.
Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y
procedimientos.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaría completa.
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
TECNICO EN FINANZAS I (T3-20-360-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de programas financieros de apoyo técnico.
122
ACTIVIDADES TÍPICAS
Recopila datos e información técnica en general para la elaboración de trabajos
relacionados con el área financiera.
Colabora en la confección de cuadros y otros documentos técnicos en base a la
información obtenida.
Interviene en las diferentes etapas de procesos financieros, analizando
documentos base y detectando irregularidades en la aplicación de normas y
procedimientos establecidos.
Ejecuta análisis preliminares de estudios sobre la información financiera.
Participa en la ejecución de programas financieros, verificando y adecuando la
información requerida.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Especialista en Finanzas I
REQUISITOS MINIMOS
Estudios universitarios que incluyan materias relacionados con la especialidad.
ALTERNATIVA
Educación Secundaria Completa.
Capacitación en el área.
OFICINISTA I (A2-05-550-l)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de oficina
ACTIVIDADES TIPICAS
Recibe revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación vanada.
Redacta comunicaciones tales como: Proveídos, memoranda y otros documentos
de rutina.
Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra
documentación similar.
Efectúa cálculos y registros aritméticos variados.
Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares.
Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que
cumplen la oficina.
Toma dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros.
Mecanografía y recepciona mensajes por telefax, confecciona inventarios
sencillos, lleva controles diversos de personal, controla el stock de útiles y
materiales similares.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende Jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica de Contabilidad.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa.
Alguna experiencia en labores sencillas de oficina.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO I - A3-05-160-l (PARA EL
OBRERO)
NATURALEZA DE LA CLASE
123
Ejecución de actividades de apoyo a un sistema administrativo.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recopila y clasifica información básica para la ejecución de procesos técnicos
de un sistema administrativo.
Tabula y verifica información para la ejecución de procesos técnicos.
Tramita documentación relativa al sistema administrativo y llevar el archivo
correspondiente.
Mantiene actualizados los registros, fichas y documentos técnicos.
Participa en análisis e investigaciones sencillas.
Prepara informes sencillos, mecanografiar cuadros y documentos diversos
correspondientes al sistema administrativo y/o llevar el control de la aplicación
de algunas normas establecidas.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria.
Experiencia en labores variadas de oficina
124
OFICINA GENERAL DE ABASTECIMIENTO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
VICE
RECTORADO
ADMINISTRATIVO
DIRECCIÓN
GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE APOYO
OFICINA TÉCNICA DE
ADQUISICIONES Y
ALMACÉN
OFICINA TÉCNICA DE
SERVICIOS GENERALES
125
TITULO II
DEL DISENO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE
ABASTECIMIENTO.
a. Canaliza y adecua las Políticas Institucionales en lo que corresponde al Sistema,
para la dotación oportuna de lo requerido a fin de alcanzar metas y objetivos
esperados.
b. Conduce y ejecuta los procesos técnicos del Sistema a fin de lograr eficiencia en
el proceso y eficacia en los resultados y la integridad Administrativa del
Abastecimiento.
c. Coordina con todas las Unidades Operativas de Gastos, para la definición de las
especificaciones técnicas de los bienes y/o servicios por adquirir.
d. Asiste técnicamente en el aspecto normativo al Comité de Adjudicación, en los
concursos públicos y licitaciones que se realicen en la Universidad Nacional de
Cajamarca.
e. Procesa y ejecuta las compras por adjudicación directa con las mejores ventajas
para la Universidad.
f. Ejecuta el seguimiento del cumplimiento de los compromisos contraídos entre la
Universidad y los 1os Proveedores, tanto para la entrega o conformidad del
servicio y de la cancelación oportuna.
g. Adecua los elementos normativos del Sistema de Abastecimiento y/o formula
aquellas que sean necesarias con relación a la problemática Institucional y la
magnitud de la misma y obtener un proceso armónico y fluido del Sistema.
h. Presenta el Plan Operativo de la Oficina al Vice Rectorado Administrativo con
su respectivo cronograma y responsables de cada una de las actividades a
desarrollarse.
i. Suscribe toda la documentación que obliga un compromiso final entre la
Universidad y los Proveedores.
j. Planea organiza, controla, dirige y evalúa las diferentes actividades necesarias
para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la oficina
k. Establece las normas y racionaliza los procedimientos para la adecuada
prestación de servicios administrativos.
l. Vela por el cumplimiento de las labores y funciones fiel personal de la Oficina,
cautelando los derechos y obligaciones de los trabajadores a su cargo, podrá
disponer la conformación de Comités técnicos o comisiones especiales de
carácter transitorio, cuyo desempeño no puede ser realizado por las Oficinas de
Línea.
m. Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo y en las Comisiones que
le encargue la Alta Dirección de la Universidad
n. Asiste al Consejo Universitario o Asamblea Universitaria, previa solicitud de
estas o del Rector y/o Vicerrectores.
o. Delega autoridad y responsabilidad a cada Director de Oficina Técnica, cuando
los crea conveniente.
p. Promueve la capacitación del personal asignado a la Oficina
q. Vela por el cumplimiento de las disposiciones de la Alta Dirección, referente al
control patrimonial y ejecución de servicios
r. En caso de ausencia del Jefe de la Oficina General de Abastecimiento asume sus
funciones el Jefe de las otras Oficinas que designe el Vicerrector Administrativo.
126
s. Otras que el ámbito de su competencia te asigne la Alta Dirección, el Consejo
Universitario y la Asamblea Universitaria.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
La Estructura Orgánica de la Oficina General de Abastecimiento de la Universidad
Nacional de Cajamarca, es la siguiente:
2.1. ORGANO DE DIRECCION
- Dirección General
2.2. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
- Comité Consultivo.
2.3. ORGANO DE APOYO
- Equipo de Apoyo
2.4. ORGANOS DE LINEA
- Oficina Técnica de Adquisiciones, Almacén y Patrimonio
- Oficina Técnica de Servicios Generales
3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. La Oficina General de Abastecimiento depende jerárquicamente del Vice
Rectorado
b. Administrativo de la Universidad Nacional de Cajamarca.
c. El Director de la Oficina General de Abastecimiento, constituye la
máxima autoridad y es responsable ante el Vice Rectorado
Administrativo y el Rector de las acciones de las Oficinas de
Adquisiciones, Almacén y Patrimonio y Oficina de Servicios Generales.
d. Los miembros del Comité Consultivo, dependen jerárquicamente de la
Unidad Orgánica
e. Los Directores de las Oficinas Técnicas de Adquisiciones, Almacén y
Patrimonial y Servicios Generales, ejercen autoridad dentro de sus
respectivas Oficinas; y son responsables ante el Director General de la
Oficina General, de todas las actividades del Sistema que realizan.
f. El personal asignado a la Oficina General y a cada Oficina Técnica, es
responsable de sus actividades ante el Jefe inmediato superior.
3.2. LINEA DE COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General de
Abastecimientos, el Director General coordinará con los Vicerrectores y el Rector, con
los Directores de la Oficina.
General de Económico Financiera, Oficina General de Infraestructura, Decanatos y con
1a
Oficinas Técnicas de su dependencia y/o otros.
4. ORGANIGRAMA
El Organigrama nos permite representar gráficamente la estructura orgánica de la
Oficina General de Abastecimiento, cuyo objetivo es tener visión de conjunto de las
Unidades Orgánicas que lo integran y las líneas de comunicación y autoridad
127
CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
En este cuadro se especifican los diversos cargos que desempeñan el personal que
integran la Oficina General de Abastecimiento. (Anexo N° 1)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL DE ABASTECIMIENTOS
a. Establece los lineamientos de política del Sistema de Abastecimiento en función
de la marcha académico administrativa de la Universidad Nacional de
Cajamarca.
b. Formula el Plan de Trabajo de la Oficina General, dentro del marco de la
planeación, organización., ejecución, dirección y control.
c. Promueve la organización, ejecución, coordinación y evaluación de las acciones
que se realizan en los Sistemas Administrativos de su competencia.
d. Orienta y asesora a las Oficinas Técnicas de Adquisición, Almacén y Patrimonio
y Oficina Técnica de Servicios Generales relacionado en el Sistema de
Abastecimiento y otros.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
El órgano Directivo de la Oficina General de Abastecimientos, es la Dirección General,
está a cargo de un docente nombrado en la categoría de Profesor Principal o Asociado a
Dedicación Exclusiva o por un trabajador no docente nombrado, profesional con no
menos de 5 años de antigüedad en la Universidad, es designado con el Consejo
Universitario de una terna pro el Rector, el mandato es por un período igual al del
Rector que lo propone, cuyas funciones especificas son las siguientes:
a. Representa legalmente a la Oficina General de Abastecimiento ante los órganos
universitarios y organismos no universitarios.
b. Dirige, controla y evalúa las acciones necesarias para el cumplimiento de los
objetivos de la Oficina General.
c. Coordina con los diferentes órganos de la Universidad en lo referente a los
asuntos de su competencia de la Oficina General de Abastecimiento.
d. Vela por el cumplimiento de las funciones del personal de la Oficina General.
e. Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo de la Universidad
Nacional de Cajamarca.
f. Asiste cuando sea requerido en las sesiones de Consejo Universitario.
g. Forma parte de las Comisiones, que el ámbito de su competencia, le encarguen
los Órganos de Gobierno de la Universidad.
h. Promueve la capacitación del personal de la Oficina a su cargo.
i. Cumple y hace cumplir en lo que compete a la Oficina a su cargo, las normas
legales vigentes de los Sistemas Administrativos y de la Universidad.
j. Presenta su Memoria Anual de su gestión.
k. Otras que el ámbito de su competencia le asigne la Alta Dirección.
128
En caso de ausencia del Director de la Oficina General de Abastecimiento, las funciones
de la Dirección General serán encargadas a un Director de una Oficina Técnica, cuando
la ausencia del titular sea por pocos días, dicha encargatura se hará en coordinación con
el Vice Rectorado Administrativo:
1. Renuncia aceptada por el Consejo Universitario
2. Observar conducta inmoral debidamente comprobada con relación al cargo
3. Ausencia del titular por un periodo mayor de 6 meses.
4. Impedimento físico o mental que lo incapacite para el ejercicio del cargo
5. Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones.
CAPITULO II
ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
2. DEL COMITÉ CONSULTIVO
El Comité Consultivo es el Órgano encargado de brindar asesoramiento i absolver
consultas en la elaboración y ejecución de políticas de todos los Sistemas
Administrativos relacionados con las actividades de la Oficina General, está integrado
por el Director General de la Oficina de Abastecimientos, quien lo preside, los Jefes de
Unidades Orgánicas.
Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el Director General, ante el
Rector de la Universidad, quien dispone emitir la Resolución Rectoral correspondiente
de designación. Esta designación concluye por las razones siguientes:
a. Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación o a
solicitud del designado.
b. A solicitud del Director General
El Comité Cosn1tivo se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes y extraordinarias
cuando sean convocadas por el Director General de la Oficina de Abastecimientos en
cada una de las reuniones se acordará las recomendaciones y/o sugerencias a tomarse en
cuenta en los casos que se le plantee. En la sesiones del Comité Consultivo actúa como
Secretario un Director de Oficina Técnica que el Director General lo designe.
El Comité Consultivo cumple las siguientes funciones:
a. Asesora a la Dirección General, en el diseño de los lineamientos de política
universitaria en materia de los Sistemas Administrativos inherentes a la Oficina
General, para asegurar la buena marcha institucional.
b. Asesora en la elaboración del Plan de Trabajo Anual de la Oficina General de
Abastecimiento.
c. Asesora en la elaboración de normas y procedimientos de trabajo que permitan
articular las acciones de los Sistemas Administrativos;
d. Estudia y emite opinión técnica a través de informes sobre asuntos específicos
que se le encomienden:
e. Otras funciones que le encargue la Dirección General y que estén dentro de sus
atribuciones.
129
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANOS DE APOYO
EQUIPO DE APOYO
El equipo de apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo
para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene a su cargo
la elaboración de toda la documentación y trámite documentado de la Oficina General,
el Archivo, control de la bibliografía especializada y de tos bienes asignados a la
Oficina General: la atención al público y los demás que le encargue el Director General.
El Equipo de Apoyo es único y está controlado por todo el personal de apoyo asignado
a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentado, está a cargo de una
Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo, designado por el
Director General. En caso de ausencia sus funciones son cubiertas por el personal
técnico y/o auxiliar de la Oficina de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
TECNICO ADMINISTRATIVO 11 (T4-O5-707-2) (SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad.
Actividades similares a las de Técnico Administrativo 1, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro de procesamiento,
clasificación, verificación, y archivo del movimiento documentario.
Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas y
procedimientos técnicos.
Emite opinión técnica de expedientes.
Verifica procedimientos técnicos y emite los informes respectivos.
Recepciona, almacena entrega o inventaría materiales y equipos, solicitando su
reposición.
Registra operaciones contables y prepara balances de comprobación.
Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su
competencia.
Ejecuta procesos técnicos aquellos de administración de personal.
Dar información relativa en el Area de su competencia.
Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las
actividades de relaciones públicas.
Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico -
administrativas y en reuniones de trabajo.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
La Secretaria de la Oficina General depende directamente de la Dirección
General.
Tiene mando sobre el Auxiliar de Sistemas Administrativas I
130
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con la
especialidad.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con el área.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Alguna Capacitación en el área.
AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (A4-05-160-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo.
Actividades similares a las de Auxiliar de Sistemas Administrativos,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
ACTIVIDADES TIPICAS
Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos
técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales.
Efectuar Trámite y/o procesar información de cierta complejidad.
Mantiene actualizado los registros, fichas y documentación de sistema
administrativo según métodos técnicos.
Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de su
competencia.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente de la Secretaria de la Oficina General.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria.
Amplia experiencia en labores variadas de oficina.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Organos de Línea de la Oficina General de Abastecimientos, son las Oficinas
Técnicas, encargadas de la Elaboración de acciones completas para el cumplimiento de
las funciones de la Oficina General. Son órganos tecnificados y de asesoramiento, con
capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su
ámbito.
Están a cargo de un Director, designado por el Rector a propuesta del Director General
de la Oficina de Abastecimientos, de entre los profesionales o técnicos nombrados
asignados a la Oficina General. Su designación es por un período similar al del Director
General de la Oficina General designado y requiere de la emisión de la Resolución
Rectoral de designación. Pueden ser removidos previa evaluación de su labor,
requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.
131
Para ser Director de la Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director de la Oficina General podrá
encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de la Dirección de
la Oficina Técnica no pueden ser por mis de un año.
1.3. OFICINA TECNICA DE ADQUISICIÓN, ALAMCÉN La Oficina de Adquisición Almacén y Patrimonio, es el Órgano de Línea de la Oficina
General., encargada de dirigir y coordinar las actividades del Sistema Administrativo de
conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos rectores y de la
propia Universidad.
Son Funciones de la OFICINA DE ALMACEN, ADQUISICION Y PATRIMONIO
a. Formula y establece los procedimientos operan vos y administrativos de la
Oficina.
b. Supervisa y vela por el cumplimiento de las normas que regulan a los Sub
Sistemas de Información, Obtención y Distribución; así como técnicas del
manejo del margen institucional adecuando las mismas a la realidad de la
Universidad.
c. Formula Normas sobre acciones de manejo de archivos de la Oficina de tal
forma que permitan una mnlónnación oportuna y adecuada.
d. Propone directivas del manejo de las compras.
e. Supervisa el cumplimiento de las actividades programadas por las Unidades,
procesando y elaborando informes de los resultados obtenidos.
f. Absuelve consultas relacionadas con la Oficina con relación a normas legales y
de procesos técnicos administrativos y jurídicos del suministro de bienes y
servicios.
g. Coordina con las diversas Unidades Operativas de Gastos a fin de establecer
políticas específicas en la determinación de requerimientos para la
programación.
h. Integra el Comité de Adjudicación Directa para la toma de decisiones en las
compras conjuntamente con el Jefe de la Oficina General de Abastecimientos y
el Jefe de Unidad de Adquisiciones.
i. Procesa las coordinaciones técnicas administrativas para los procesos técnicos
de los Sub Sistemas de Abastecimiento.
j. Establece los mecanismos informáticos del procesamiento computarizado de
documentos fuentes propias de manejo de la Oficina, en coordinación con la
Dirección General de la Oficina General de Abastecimiento.
k. Asesora a los Jefes de Unidad para una adecuada implementación de los
procesos técnicos inherentes de su responsabilidad.
l. Otras acciones inherentes al puesto que se le asigne por el Jefe inmediato
superior.
1.2. OFICINA TECNICA DE SERVICIOS GENERALES
La Oficina Técnica de Servicios Generales, es el Órgano de Línea de la Oficina
General, encargada de dirigir y coordinar las actividades del Sistema Administrativo de
Servicios, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos
rectores y de la propia Universidad.
Son Funciones de la OFICINA TÉCNICA DE SERVICIOS GENERALES
132
a. Conduce y supervisa el mantenimiento, reparación y conservación de todo el
patrimonio de la Universidad.
b. Dirige el proceso técnico de programación del mantenimiento (vehículos,
equipos, etc.).
c. Conduce y supervisa un adecuado servicio de vigilancia, limpieza y
conservación de los diversos locales de la Universidad.
d. Conduce y supervisar el servicio de transporte, energía eléctrica,
telecomunicaciones y alcantarillado. Así mismo la presentación de servicios
básicos que contribuyan al normal desarrollo de las actividades administrativas.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE LA OFICINA TÉCNICA DE ADQUISICIONES ALMACÉN Y
PATRIMONIO (DIRECTOR DE SISTEMAS ADMINISTRATIVO II- D4-O5-
295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de un sistema administrativo.
Participa en la formulación de políticas institucionales de un Sistema
Administrativo.
Evalúa actividades del Sistema y determina las medidas correctivas para el buen
funcionamiento. Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su
especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABIALIDAD
Depende directamente del Director General.
Tiene mando sobre el personal que labora en la Oficina técnica de su
responsabilidad.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en. la conducción de programas de un sistema
administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad o
Educación Secundaria Completa.
Debe poseer tina combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina
Técnica.
133
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE SERVICIOS GENERALES
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO 11 - D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de un sistema administrativo.
Participa en la formulación de políticas institucionales de un Sistema
Administrativo.
Evalúa actividades del Sistema y determina las medidas correctivas para el buen
funcionamiento.
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General.
Tiene mando sobre el personal que labora en la Oficina Técnica de su
responsabilidad.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema
administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad -o
Educación Secundaria Completa.
Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina
Técnica.
ESPECIALISTA EN FINANZAS (P3-ZO-360-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Análisis y ejecución de programas financieros
Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico
REQUISITOS MINIMOS
Titulo profesional universitario que incluya estudios re1acionado con la
especialidad
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema
administrativo.
134
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad o
Educación
Secundaria Completa.
Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina
Técnica.
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE SERVICIOS GENERALES
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II - D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,
diferenciándose en la mayo: complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de un sistema administrativo.
Participa en la formulación de políticas institucionales de un Sistema
Administrativo.
Evalúa actividades del Sistema y determina las medidas correctivas para el buen
funcionamiento
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General
Tiene mando sobre el personal que labora en la Oficina Técnica de su
responsabilidad.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema
administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad
Educación
Secundaria Completa.
Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina
Técnica.
135
ESPECIALISTA EN FINANZAS (P3-20-360-l)
NATURALEZA DE LA CLASE
Análisis y ejecución de programas financieros
Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico
ACTIVIDADES TIPICAS
Analiza las normas y aplica en la ejecución de programas financieros.
Analiza estados e informes financieros y sugerir modificaciones.
Estudia y orienta la aplicación de normas y procedimientos del Sistema
Financiero
Interviene en las reprogramaciones y ampliaciones financieras
Realiza consolidaciones y estados financieros.
Participa en la re€ularización por mala aplicación de partidas presupuestales.
Puede corresponderle participar en la elaboración de normatividad y estadística
financiera.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Dependen jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica al cual esta
asignado.
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que labora en el área de su
competenc1a
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de Licenciado en Administración, Contador Público,
Economista o profesión que incluya estudios relacionados con la especialidad.
Alguna experiencia en actividades financieras.
TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución y supervisión de actividades técnicas complejas de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad
Actividades similares a las de Técnico Administrativo II, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa 1a labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Estudia y participa en la elaboración de Normas, procedimientos e
investigaciones preliminares de procesos técnicos.
Analiza y emite opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.
Formula el registro de proveedores y mantener actualizada la documentación
sobre la administración de abastecimientos.
Recopila y consolida información contable.
Confecciona cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones
de trabajo.
Absuelve consultas de carácter técnico del área de su competencia.
Participa en la programación de actividades técnico administrativas en reuniones
y comisiones de trabajo.
136
Interviene en trabajos de reclutamiento, selección, clasificación, evaluación,
promoción, capacitación y otros procesos de personal.
Apoya las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines,
revistas, periódicos murales y otros materiales de divulgación, comunicación e
información.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios
Generales.
Tiene mando sobre el Técnico Administrativo I dentro de la misma Oficina
Técnica
REQUISITOS MÍNIMOS
Título no Universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con el
área.
Amplia experiencia en labores de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con el área o
Educación Secundaria.
Experiencia en labores técnicas del área.
Capacitación técnica en la especialidad.
TECNICO ADMINISTRATIVO II (T4-05-707-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad.
Actividades similares a las de Técnico Administrativo I diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro de procesamiento,
clasificación, verificación y archivo del movimiento documentario.
Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas y
procedimientos técnicos.
Emite opinión técnica de expedientes.
Verifica procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos.
Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos, solicitando su
reposición.
Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.
Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su competencia
Ejecuta procesos técnicos aquellos de administración de personal.
Da información relativa en el área de su competencia
Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las
actividades de relaciones públicas.
Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico -
administrativas y en reuniones de trabajo.
137
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Especialista en Finanzas I el que está asignado a la
Oficina Técnica de Adquisiciones Almacén y Patrimonio, y del Técnico
Administrativo III, el que está asignado a la Oficina Técnica de Servicios
Generales.
Tiene mando sobre el Técnico Administrativo I, dentro de la misma Oficina
Técnica.
REQUISITOS MÍNIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con la
especialidad.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el área o
Educación Secundaria Completa
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Alguna Capacitación en el área.
Amplia experiencia en labores de la especialidad.
TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-05-707-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de
una entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro distribución v archivo de
documentos técnicos.
Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en
las áreas de los sistemas administrativos.
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.
Recopila y prepara información para estudios de investigaciones.
Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.
Puede corresponderle colaborar en la programación de actividades técnico -
administrativas y en reuniones de trabajo
Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y
procedimientos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Técnico Administrativo II, dentro de la misma
Oficina Técnica
Tiene mando sobre el Auxiliar de Sistema Administrativo 11 de la misma
Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
138
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con la
especialidad.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con el área o
Educación Secundaria Completa
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Alguna Capacitación en el área.
AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (A4-05-160-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades vanadas de apoyo a un sistema administrativo.
Actividades similares a las de Auxiliar de Sistemas Administrativos, 1
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
ACTIVIDADES TIPICAS
Analiza y clasifica información así como, apoya la ejecución de procesos
técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales.
Efectúa trámite y/o procesa información de cierta complejidad.
Mantiene actualizado los registros, fichas y documentación de sistema
administrativo según métodos técnicos.
Prepara informes de alguna complejidad en el área de su competencia.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESP0NSABILIDAD
Depende del Técnico Administrativo I dentro de la misma Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria.
Amplia experiencia en labores variadas de oficina
ELECTRICISTA III (T4-45-320-3)
NATURALEZA DE LA CLASE
Supervisión de labores especializadas de reparación mantenimiento de equipos
eléctrico complejos.
Actividades similares a las de Electricista II, diferenciándose en la mayor
complejidad responsabilidad.
Supervisa la labor del personal técnico.
ACTIVIDADES TIPICAS
Supervisa las labores de instalación, reparación y mantenimiento de circuitos y
equipos eléctrico complejos.
Inspecciona y controla los sistemas de suministro de energía eléctrica.
Programa el mantenimiento preventivo de equipos y motores eléctricos.
Formula informes técnicos sobre funcionamiento de plantas eléctricas y sistemas
d telecomunicación.
Calcula costos de mantenimiento de planta eléctrica y sistema y sistemas de
comunicación.
Puede corresponderle impartir enseñanzas teórico-práctico en el área.
139
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios
Generales.
Tiene mando sobre el Auxiliar de Electricidad y de los obreros que están
laborando en el área de su competencia.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo profesional no universitario de un Centro de Estudios Superiores,
relacionados en el área
Experiencia en labores de la especialidad
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios relacionados con el área o educación secundaria
completa.
Amplia experiencia en labores técnicas de electricidad.
Alguna experiencia en conducción de personal.
AUXILIAR DE ELECTRICIDAD I (A1-45-120-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de labores de apoyo en instalaciones y reparaciones eléctricas
sencillas.
ACTIVIDADES TIPICAS
Efectúa instalaciones sencillas y mantenimiento de equipos eléctricos
Presta apoyo en la revisión y/o reparación de sistemas eléctricos.
Informa sobre las necesidades de materiales para el equipo de trabajo.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Electricista III
Tiene mando sobre el personal obrero asignado al área de su trabajo.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
OPERADOR DE CENTRAL TELEFONICA I (A4-10-555-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Labores operativas de transmisión.
ACTIVIDADES TIPICAS
Comprueba circuitos telefónicos.
Opera la central telefónica transmitiendo las llamadas telefónicas a los diversos
anexos.
Transmite y recibir mensajes telefónicos nacionales e internacionales.
Lleva un control de llamadas telefónicas y de las tarifas de larga distancia y/o
internacionales.
Coordina con los servicios correspondientes para el buen mantenimiento y
reparación de la Central Telefónica
140
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios Generales
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa y haber recibido entrenamiento práctico en
operación de Centrales Telefónicas.
Alguna experiencia en operación de Centrales Telefónicas.
AUXILIAR DE ARTESANIA II (A2-30-346-l)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de labores variadas en artesanía.
Actividades similares a la de auxiliar de artesanía I, diferenciándose en la mayor
complejidad y responsabilidad.
Ocasionalmente supervisa labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta labores variadas de conservación y mantenimiento de muebles e
inmuebles, zapatería, cerrajería, talabartería, herrería, sastrería, modistería y
similares.
Realiza el mantenimiento y control de materiales, equipos y herramientas a su
cargo.
Prepara material, herramientas, equipos a emplearse y solicitar su reposición.
Participa bajo supervisión en el mantenimiento y conservación de máquinas
industriales.
Puede corresponderle apoyar en la confección de vestidos y ropas de cama y
similares.
Otras tareas a fines que se le designe.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios
Generales.
Tiene mando sobre el personal obrero que está laborando en el área de su
competencia.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa.
Experiencia en labores diversas de artesanía y/o mantenimiento.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
TRABAJADOR EN SERVICIOS II (A2-05-870-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de vigilancia y/o labores manuales de cierta dificultad.
Actividades similares a las de trabajador de servicio I, diferenciándose de la
mayor complejidad y responsabilidad.
Ocasionalmente supervisa la labor del Personal Auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
141
Controla y custodia locales, oficinas, equipos, materiales y/o personal que
ingresa y/o sale del local.
Ayuda en la confección e instalación de decorados mecanográficos.
Prepara jugos y bebidas diversas.
Puede corresponderle realizar cortes de cabello.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica al cuál está adscrito.
REQUISITOS MÍNIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Alguna experiencia en el área correspondiente.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia
142
OFICINA GENERAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
VICE RECTORADO
ADMINISTRATIVO
DIRECCIÓN GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE
APOYO
OFICINA TÉCNICA DE
SERVICIO SOCIAL Y SALUD
OFICINA TÉCNICA DE
DEPORTES Y RECREACIÓN
143
TITULO SEGUNDO
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE BIENESTAR
UNIVERSITARIO
La Oficina General de Bienestar Universitario es un órgano de apoyo, dependiente del
Vice Rectorado Administrativo encargado organizar, dirigir y ejecutar actividades
relacionadas con el bienestar de la comunidad universitaria. Brinda servicios de salud,
asistencia social y psicopedagógica; organiza actividades de deporte y recreación y,
promueve y participa en programas de ayuda integral a toda la comunidad universitaria.
Está a cargo de un docente, Profesor Principal o Asociado, designado por el Consejo
Universitario de una terna propuesta por el Rector, su mandato dura el mismo tiempo
por el cual fue elegido el Rector, tiene como funciones generales las siguientes:
a. Administra los servicios de asistencia social, asistencia médica y
psicopedagógica;
b. Promueve y asesora las actividades de deporte y recreación:
c. Coordina con las Facultades y la Asamblea Nacional de Rectores el
otorgamiento de Carnets Universitarios.
d. Administra en coordinación con las Facultades, la Comisión de Becas de
Estudio y Estímulo, así como las bolsas de trabajo para estudiantes de bajos
recursos económicos y de alto rendimiento académico.
e. Formula en coordinación con el Comité Consultivo la política de la Oficina
General de Bienestar Universitario.
f. Informa a los Órganos de Gobierno de la Universidad, el Sistema Operativo de
la Oficina;
g. Otros que en el ámbito de su competencia le asigne el Rector y/o Vicerrector
Administrativo
2. ESTRUCTURA ORGANICA
Para el cumplimiento de sus funciones la estructura orgánica de la Oficina General de
Bienestar Universitario, de la Universidad Nacional de Cajamarca, es la siguiente.
2.1. ORGANO DE DIRECCION
- Dirección General
2.2. ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
- Comité Consultivo
2.3. ORGANO DE APOYO
- Equipo de Apoyo
2.4. ORGANOS DE LINEA
- Oficina de Servicio social y Salud
- Oficina de Deportes y Recreación
3. RELACIONES JERÁRQUICAS DE UNIDADES ORGANICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.
a. La Oficina General de Bienestar Universitario depende jerárquicamente
del Rectorado a través del Vicerrector Administrativo de la Universidad
Nacional de Cajamarca.
144
b. El Director General de la Oficina General de Bienestar Universitario es la
máxima autoridad en la misma, y es responsable ante el Vicerrector
Administrativo y el Rector de las acciones que le competen.
c. Los Directores de las Oficinas Técnicas ejercen autoridad dentro de sus
respectivas áreas y son responsables ante el Director General de todas las
actividades realizadas dentro del campo de su competencia.
d. El personal asignado a cada Oficina Técnica es responsable de las
actividades que realiza ante el Director General de Bienestar
Universitario a través de su respectivo Director Técnico
3.2. LINEAS DE COORDINACION
La Oficina General de Bienestar Universitario con el objeto de cumplir con sus
funciones asignadas, coordina con:
a. Rector
b. Vicerrectores
c. Jefes de Oficinas Académicas
d. Decanos de cada Facultad
e. Comité Consultivo
f. Directores Generales de otras Oficinas
g. Directores Técnicos de la Oficina
4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Anexo N° 01)
TITULO TERCERO
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO.
a. Establece los lineamientos de política del Sistema de Prestación de Atención y
Servicios a la población universitaria en función a los fines y objetivos de la
oficina en coordinación con el Comité Consultivo.
b. Realiza diagnósticos periódicos para establecer situación de salud en la
comunidad universitaria.
c. Formula los planes de trabajo para la atención de acuerdo a necesidades.
d. Establece mecanismos de atención para la prestación de servicios a la población
en aspectos de salud, física, social, psicológica y recreativa.
e. Coordina y conduce acciones dirigidas a lograr el bienestar universitario.
f. Evalúa los planes de trabajo.
g. Realiza la supervisión de las acciones programadas.
h. Coordina permanentemente, con el Restaurante Universitario para la atención
apropiada de los usuarios.
i. Controla el cumplimiento de las normas sanitarias de acuerdo Código Sanitario
vigente en todos los lugares de expendio de alimentos.
j. Otras que en el ámbito de su competencia le asignen las autoridades.
145
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
2.1. DEL DIRECTOR GENERAL
a. Establece los lineamientos de política de la Oficina General de Bienestar
Universitario.
b. Planifica, dirige, supervisa y evalúa las acciones para el cumplimiento de
los objetivos de la oficina.
c. Preside las comisiones que en el ámbito de competencia le encarguen los
Órganos de Gobierno de a Universidad.
d. Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo.
e. Coordina con los diversos órganos de la Universidad, las acciones
relacionadas con sus funciones que contribuyan al logro de sus objetivos.
f. Presenta a la alta dirección de la Universidad Nacional de Cajamarca el
plan de funcionamiento de la Oficina General de Bienestar Universitario,
para su respectiva aprobación.
g. Promueve la capacitación del personal asignado a su oficina.
h. Es el representante legal de la oficina ante los Órganos internos e
instituciones externas de la Universidad.
i. Informa a los Órganos de gobierno de la universidad sobre los asuntos
señalados en el Estatuto y que tengan implicancia con el normal
funcionamiento de la oficina.
j. Delega autoridad a los Directores Técnicos.
k. Otras que le asignen los Órganos de Gobierno.
CAPITULO II
ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE
COORDINACIÓN
1.1. COMITE CONSULTIVO.
Este órgano está presidido por el Director de la Oficina General de Bienestar
Universitario y/o constituyen los Docentes que cumplen la labor de tutoría en
cada Facultad que, en caso de no existir la Facultad acreditará un delegado, un
delegado de la Federación de Estudiantes, un delegado del Sindicato de
Docentes y un delegado del Sindicato de Trabajadores No Docentes; quienes se
reunirán mensualmente a citación del Director General de la Oficina.
Sus funciones son las siguientes:
a. Establece la política general para la prestación de servicio, a través de
una adecuada reglamentación.
b. Controla y evaluar la prestación de servicios y su impacto en la
comunidad universitaria, en función de accesibilidad, calidad,
cobertura y efectividad.
c. Formula las actividades y/o necesidades de atención y prestación de
servicios.
d. Establece la política general para la participación masiva de los
estudiantes, docentes y administrativos en las diferentes actividades
deportivas.
146
e. Promueve la participación de los equipos representativos de la
Universidad, en eventos deportivos de nivel local, regional y nacional.
CAPITULO III
ORGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
El Órgano de Apoyo es el encargado de centralizar y sistematizar las actividades
referentes a documentación y archivo a fin de que la Oficina General de Bienestar
Universitario cumpla con sus objetivos.
Tiene como responsabilidad la elaboración de toda la documentación y trámite de la
misma, el archivo y el control de los bienes asignados a la Oficina General de Bienestar;
la atención al público y otras que le encargue el Jefe de la Oficina.
Está a cargo de un(a) Secretaria(o) quien es la responsable de coordinar el trabajo con el
personal de apoyo que se le asigne.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO
SECRETARIO(A) 1V (T4-O5-675-4)
NATURALEZA DE LA CLASE
Coordinación, ejecución y supervisión de actividades de apoyo
secretarial de gran complejidad administrativa.
Actividades similares a las de Secretaria (o) III diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recepciona, analiza, sistematiza y archiva la documentación clasificada.
Toma dictado taquigráfico y mecanográfico de documentos
confidenciales.
Coordina reuniones y prepara la agenda respectiva.
Prepara y ordena la documentación para reuniones y/o conferencias.
Puede corresponderle realizar traducciones de uno o más idiomas.
Utiliza sistema de cómputo
Mantiene al día el inventario físico
Atiende al público y proporciona la información autorizada.
Otras que en el ámbito de su competencia le sean asignadas por el
Director General de la Oficina de Bienestar.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General de Bienestar
Universitario.
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar del Equipo de Apoyo.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa y título de Secretariado Ejecutivo.
Experiencia en la interpretación de idioma(s) requerido(s).
Experiencia en labores administrativas de oficina
147
Alguna experiencia en conducción de personal;
Capacitación en Sistema Operativo DOS, curso de procesador de textos y
hoja de cálculo.
ALTERNATIVA
De no poseer titulo de Secretariado Ejecutivo, debe contar con
certificado de estudios secretariales concluidos no menores de un año.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LÍNEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Está a cargo de un(a) Secretaria(o) quien es la responsable de coordinar el trabajo con el
personal de apoyo que se le asigne.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO
SECRETARIO(A) IV (T4-55-675-4)
NATURALEZA DE LA CLASE
Coordinación, ejecución y supervisión de actividades de apoyo
secretarial de gran complejidad administrativa
Actividades similares a las de Secretaria (o) III diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar;
ACTIVIDADES TIPICAS
Recepciona, analiza sistematiza y archiva la documentación clasificada.
Toma dictado taquigráfico y mecanográfico de documentos
confidenciales.
Coordina reuniones y prepara la agenda respectiva.
Prepara y ordena la documentación para reuniones y/o conferencias.
Puede corresponderle realizar traducciones de uno o más idiomas.
Utiliza sistema de cómputo.
Mantiene al día el inventario físico.
Atiende al público y proporciona la información autorizada.
Otras que en el ámbito de su competencia le sean asignadas por el
Director General de la Oficina de Bienestar.
LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General de Bienestar
Universitario.
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar del Equipo de Apoyo.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa y título de Secretariado Ejecutivo.
Experiencia en la interpretación de idioma(s) requerido(s).
Experiencia en labores administrativas de oficina.
Alguna experiencia en conducción de personal.
Capacitación en Sistema Operativo DOS, curso de procesador de textos y
hoja de cálculo.
148
ALTERNATIVA
De no poseer título de Secretariado Ejecutivo, debe contar con
certificado de estudios secretariales concluidos no menores de un año.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LÍNEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los órganos de línea o ejecución de la Oficina General de Bienestar Universitario son
las Oficinas Técnicas de Servicio Social y Salud, y Deportes y Recreación, encargadas
de la formulación y elaboración de las acciones, para el cumplimiento de las funciones
de la Oficina. Son Órganos con la capacidad necesaria para abordar las actividades
propias de su ámbito.
Estas Oficinas están a cargo de un trabajador administrativo con categoría de Director,
designado por el Consejo Universitario de una terna propuesta por el Rector en
coordinación con el Director General de la Oficina.
2.1. OFICINA DE SERVICIO SOCIAL Y SALUD
Son funciones de la Oficina de Servicio Social y Salud:
a. Elabora el Plan Anual de Funcionamiento de la Oficina, señalando metas
y objetivos de corto, mediano y largo plazo.
b. Planifica, coordina y asesora actividades relacionadas con programas de
asistencia social y prevención de la salud, a través de acciones concretas
de promoción, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud de la
comunidad universitaria.
c. Programa y ejecuta las acciones de los servicios de asistencia social,
salud y psicopedagógica para la comunidad universitaria y dietética para
los beneficiarios del restaurante universitario.
d. Coordina con las Facultades y la Asamblea Nacional de Rectores el
otorgamiento del Carnet Universitario.
e. Coordina con las Facultades la concesión de becas de estudio y
estímulos; así como el otorgamiento de bolsas de trabajo a los
estudiantes.
f. Mantiene relaciones permanentes y cristaliza la asistencia de las
Instituciones Públicas y Privadas para dar solución a los problemas
sociales de la Universidad.
g. Programa y maneja la Base de Datos como única fuente de información
para la prestación de los servicios asistenciales, de salud y alimentación.
h. Formula, en coordinación con el Comité Consultivo la reglamentación
para la prestación de los servicios.
i. Supervisa y evalúa la aplicación de las normas y procesos técnicos en el
campo de su competencia, haciendo posible una distribución equitativa y
oportuna de los servicios.
j. Elevar informes trimestrales de la labor realizada, en las áreas que la
constituyen.
k. Otras que le encargue el Director General de la Oficina General.
149
2.2. OFICINA DE DEPORTES Y RECREACIÓN
Tiene las funciones siguientes:
a. Planea dirige y coordina la realización de las actividades deportivas y de
recreación en la comunidad universitaria.
b. Organiza y programa las Olimpiadas Universitarias y otros eventos
deportivos.
c. Dirige la participación de los equipos representativos de la Universidad,
en eventos locales, regionales y nacionales.
d. Supervisa la aplicación de normas técnicas relativas a la recreación,
educación física y deporte en actividades dirigidas a estudiantes con
proyección a la familia de los docentes y administrativos de la
Universidad.
e. Controla el uso adecuado de los ambientes, infraestructura, equipos y
materiales deportivos.
f. Conforma los representativos oficiales de la Universidad en las diferentes
disciplinas deportivas, en coordinación con la especialidad de Educación
Física.
g. Presenta informes trimestrales de la labor realizada en las áreas que la
constituyen.
h. Otras funciones que le asigne el Director General de la Oficina.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE SERVICIO SOCIAL Y SALUD
DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos en
asistencia social y salud.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de un sistema administrativo
en asistencia social y salud.
Participa en la formulación de políticas institucionales del sistema de
asistencia social y salud.
Evalúa actividades del sistema y determina las medidas correctivas para
el buen funcionamiento del mismo.
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General.
Tiene mando sobre el personal que está adscrito a la Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
150
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de asistencia social y
salud.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia.
MEDICO II (P4-50-525-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Supervisión y/o ejecución de actividades de diagnósticos y asistencia
médica.
Actividades similares a los del Médico I, diferenciándose en la mayor
complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor de personal de profesional y técnico.
ACTIVIDADES TIPICAS
Supervisa labores de diagnóstico y tratamiento médicos.
Ejecuta intervenciones quirúrgicas y actividades de asistencia médica en
las áreas especializadas.
Supervisa campañas de medicina preventiva.
Participa en investigaciones científicas integrando equipos.
Otras que Le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia
Social y Salud.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Asistencia
Social y Salud.
Tiene mando sobre el Cirujano Dentista I, Enfermera y la Nutricionista.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo de Médico Cirujano.
Capacitación en la especialidad requerida.
Experiencia en actividades de la especialidad.
Experiencia en conducción de personal.
CIRUJANO DENTISTA 1 (P3-50-215-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Asistencia odontológica, clínica y quirúrgica
ACTIVIDADES TIPICAS
Realiza exámenes, curaciones, extracciones dentales, tratamiento
profiláctico y/o intervenciones quirúrgicas dentomaxilares.
Toma radiografías dentales.
Orienta sobre profilaxis odontológicas.
Confecciona fichas de filiación en la programación de actividades de
medicina odontológica, confecciona y repara prótesis dental.
151
Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia
Social y Salud.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Médico II
Tiene mando sobre Enfermera I cuando está trabajando en su área.
REQUISITOS MINIMOS
Título de Cirujano Dentista.
Capacitación en la especialidad requerida.
Experiencia en actividades de la especialidad.
PSICOLOGO I (P3-55-640-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de estudios y análisis psicológicos.
ACTIVIDADES TIPICAS
Aplica e interpreta pruebas psicológicas individuales o de grupo.
Atiende consultas y trata a pacientes para su rehabilitación.
Realiza investigaciones en el medio social del paciente para recomendar
tratamiento adecuado.
Interviene en el desarrollo de los procesos de evaluación, selección de
personal, aplicando test, encuestas y similares.
Elabora programas de comunicación, participación e integración entre
los servidores del Organismo.
Puede corresponderle aplicar cuestionarios de aptitud, habilidad e interés
para recomendar la mejor utilización de los recursos humanos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Asistencia
Social y Salud
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está a su
disposición.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de Psicólogo.
Experiencia en labores de investigación psicológica
Experiencia en actividades de la especialidad.
Experiencia en conducción de personal.
ASISTENTA SOCIAL I (P3-55-078-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de programas de servicio social.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Realiza investigaciones de problemas sociales del individuo, grupo y/o
comunidad, a fin de orientar la solución de los mismos.
Ejecuta programas de bienestar social.
152
Realiza el pre-diagnóstico social y aplica el tratamiento de acuerdo a los
recursos disponibles.
Coordina con entidades públicas y/o privadas la aplicación de métodos y
sistemas de servido social.
Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia
Social y Salud.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Asistencia
Social y Salud.
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está a su
disposición.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de Asistente Social.
Capacitación en la especialidad.
Experiencia en actividades de la especialidad.
Experiencia en conducción de personal.
ENFERMERA I (P3-50-325-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Atención profesional a pacientes en apoyo de actividades médicas.
ACTIVIDADES TIPICAS
Brinda cuidados de enfermedad y aplicar terapéutica médica.
Presta apoyo al médico en los exámenes clínicos y en la elaboración de
historias clínicas.
Prepara a pacientes para intervenciones quirúrgicas y/o exámenes
médicos.
Toma presión arterial y otros controles vitales.
Solicita equipos y/o materiales de trabajo para curaciones, intervenciones
quirúrgicas e inmunizaciones.
Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia
Social y Salud-
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Médico II
Tiene mundo sobre el personal técnico y auxiliar que está a su
disposición.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de Enfermera/o, de rango universitario.
Capacitación en la especialidad.
Experiencia en actividades de la especialidad.
NUTRICIONISTA I (P3-50-535-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades en el desarrollo de la terapia nutricional.
Investigación y/o educación alimentaria nutricional.
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
153
ACTIVIDADES TIPICAS
Realiza investigaciones de los problemas nutricionales del individuo,
grupo y/o comunidad con fines de orientación.
Realiza el pre - diagnóstico nutricional, evalúa y aplica el tratamiento de
acuerdo a las necesidades individuales.
Imparte educación alimentaria al individuo, grupo y/o comunidad
Elabora el plan de alimentación para los estudiantes y demás usuarios del
Restaurante Universitario, controlando su cumplimiento.
Coordina con el equipo de salud, la aplicación de los métodos
terapéuticos y/o programas de nutrición.
Vela por la conservación del equipo y material de trabajo.
Absuelve consultas en el Área de su competencia y prepara informes de
la especialidad.
Participa en la programación de trabajos de nutación y en la elaboración
de manuales de dietas.
Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia
Social y Salud.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Médico II
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está a su
disposición.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de Nutricionista, de nivel universitario.
Capacitación en la especialidad.
Experiencia en actividades de la especialidad
Experiencia en conducción de personal.
ESPECIALISTA EN CAPACITACION I (P3-25-345-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de capacitación en deporte y
recreación
Ejecución de actividades de enseñanza técnica en el campo atlético-
deportivo.
ACTIVIDADES TIPICAS
Realiza estudios de investigación sobre formación y capacitación de
deportistas.
Elabora planes de trabajo para adiestramiento deportivo.
Colabora en la formulación y desarrollo de planes y programas para el
dictado de asignaturas de formación deportiva.
Selecciona y entrena a grupos de atletas o deportistas en actividades de
su especialidad.
Prepara material audiovisual para el dictado de clases.
Dieta charlas y conferencias en el campo de la especialidad.
Integra el jurado de selección de participantes deportistas.
Dieta clases en diferentes asignaturas relacionadas con el deporte.
Evalúa el rendimiento de los participantes deportistas.
154
Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia
Social y Salud.
LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Deportes y
Recreación.
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está a su
disposición.
REQUISITOS MÍNIMOS
Título Profesional universitario de Profesor de Educación Física o
similares.
Capacitación en la especialidad.
Experiencia en actividades de la especialidad.
Experiencia en conducción de personal.
155
OFICINA GENERAL DE INFRAESTRUCTURA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
VICE RECTORADO
ADMINISTRATIVO
DIRECCIÓN
GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE
APOYO
OFICINA TÉCNICA DE
PROYECTOS
OFICINA TÉCNICA DE OBRAS
156
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE
INFRAESTRUCTURA
Son funciones de la Oficina General de Infraestructura:
a. Formula el Plan Anual de obras y el presupuesto correspondiente, previa
coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto.
b. Planea, dirige y controla la elaboración y ejecución de los proyectos de
infraestructura de la Universidad.
c. Coordina con las Dependencias de la Universidad para la elaboración de los
proyectos de infraestructura.
d. Ejecuta los proyectos y obras de la Universidad por Administración Directa o
por contrato, según lo establecido por la normatividad vigente.
e. Recomienda soluciones a los problemas de infraestructura de la Universidad en
coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto.
f. Informa a los órganos de gobierno de la Universidad en los aspectos de su
competencia señalados por el Estatuto.
g. Otras que en el ámbito de su competencia le asigne el Vicerrector
Administrativo:
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Infraestructura, cuenta con
la estructura orgánica siguiente:
a. ORGANO DE DIRECCION
- Dirección General
b. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
- Comité Consultivo
c. ORGANO DE APOYO
- Equipo de Apoyo
d. ÓRGANOS DE LÍNEA
- Oficina Técnica de Proyectos
- Oficina Técnica de Obras
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
(LÍNEAS DE AUTORIDAD, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN)
- Líneas de la autoridad y responsabilidad:
a. La Oficina General de Infraestructura depende jerárquicamente del Vice
Rectorado Administrativo, través del Director General de la Oficina General.
b. El Director de la Oficina General de Infraestructura, es responsable ante el Vice
Rectorado Administrativo.
c. Los Directores de las Oficina Técnicas de Proyectos y Obras, son responsables
ante el Director General.
d. El personal asignado a cada Oficina, res responsable ante el Director de su
respectiva Oficina.
- De la Coordinación
Con el objeto de cumplir las funciones, la Dirección coordinará con:
157
a. Rector y Vicerrectores.
b. Decanos.
c. Directores de las demás Oficinas.
d. Responsables de otras dependencias.
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ÓRGANO DE DIRECCIÓN
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE DIRECCIÓN
El órgano ejecutivo de la Oficina General de Infraestructura es la Dirección General, y
está a cargo de un docente, Profesor Principal o Asociado, o de un trabajador no
docente, con categoría de Director General, designado por el Consejo Universitario
entre una terna propuesta por el Rector.
Son funciones de la Dirección General, las siguientes:
a. Representa legalmente a la Oficina General ante los órganos internos de la
Universidad y organismos externos.
b. Dirige, controla y evalúa las acciones necesarias para el cumplimiento de los
objetivos de la Oficina.
c. Coordina con los diversos órganos de la Universidad por asuntos relacionados
con las funciones de la Oficina.
d. Participa con voz voto en el Consejo Administrativo de la Universidad.
e. Cumple las funciones que señala el Estatuto de la Universidad, para la Oficina
General de Infraestructura.
f. Promueve la capacitación del personal asignado a la Oficina.
g. Otras funciones que en el ámbito de su competencia le asigne el Vicerrector
Administrativo.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO
DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE
INFRAESTRUCTURA DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO III (D5-
05-295-3)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.
Actividades similares a las de Director de Sistema Administrativo II,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de su área.
Participa en la formulación de políticas institucionales referidas a
programas de infraestructura universitaria.
Evalúa actividades relacionadas con su especialidad y determina medidas
correctivas para el buen cumplimiento de sus funciones.
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad
158
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Vice Rectorado Administrativo.
Tiene mando directo sobre los Directores de las Oficinas Técnicas de
Proyectos y Obras, así como en la Secretaria de la Oficina General.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de infraestructura
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
1. DEL ORGANO CONSULTIVO
COMITE CONSULTIVO
Está conformado por profesionales idóneos, encargados de brindar asesoramiento y
absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las actividades de la Oficina
General de Infraestructura. Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el
Director General de la Oficina General, ante el Rector de la Universidad, quien dispone
se emite la Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta designación
concluye por las razones siguientes:
a. Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación;
b. A solicitud del Director General de la Oficina General de Infraestructura;
c. A solicitud del designado.
CAPITULO III
ÓRGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO
El Organo de Apoyo es único para la Oficina y está conformado por todo el personal de
apoyo asignado a ella, está a cargo de una Secretaria, la que es responsable de la
coordinación general del órgano.
Son funciones Generales del Órgano de Apoyo:
a. La elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina.
b. Organiza y controla el archivo y la biblioteca especializada.
c. Atiende al público.
d. Controla y verifica la permanencia de todos los bienes asignados a la Oficina.
e. Otras que en el ámbito de sus funciones le asigne el Director de la Oficina.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (A4-05-160-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
159
Ejecución de actividades de apoyo a un sistema administrativo.
ACTIVIDADES TIPICAS
Analiza y clasifica información así como, apoya la ejecución de procesos
técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales.
Efectúa trámite y/o procesa información de cierta complejidad.
Mantiene actualizados los registros, fichas y documentación técnica y
administrativa de la Oficina, según métodos técnicos.
Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área
de su competencia.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende jerárquicamente del Director General.
Tiene mando sobre el personal del Equipo de Apoyo asignado a la
Oficina General.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa.
Amplia experiencia en labores variadas de oficina.
CAPITULO IV
ÓRGANOS DE LÍNEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA
Los órganos de línea de la Oficina General de Infraestructura son las Oficinas Técnicas
de Proyectos y Obras, encargadas de la elaboración de las acciones completas para el
cumplimiento de las funciones de la Oficina, son órganos tecnificados con la capacidad
necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de sus ámbitos.
Están a cargo de un trabajador no docente con categoría de Director, designado por el
Consejo Universitario de una terna propuesta por el Rector en coordinación con el
Director de la Oficina General.
Son funciones generales de las Oficinas Técnicas:
a. Planea, dirige y supervisa las acciones técnicas de la Oficina respectiva.
b. Elabora todos los informes, normas, directivas, etc, que le sean solicitadas por el
Director de la Oficina General.
c. Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la Alta
Dirección.
d. Ejecuta las acciones de rutina, en cumplimiento de las funciones señaladas por el
presente Manual.
e. Supervisa las acciones desarrolladas por el personal a su cargo e informa al
Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas, por cada uno de
ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.
OFICINA TECNICA DE PROYECTOS
Son funciones específicas las siguientes:
a. Elabora, coordina y propone los estudios y proyectos correspondientes a la
infraestructura de la Universidad.
b. Dirige la correcta formulación de los expedientes técnicos de las obras
programadas en el presupuesto de inversiones.
160
c. Planea y programa, conforme a la normatividad vigente, las actividades de
supervisión de obras.
d. Elabora diseños técnicos y presupuestos para la remodelación y adecuación de
los ambientes de la UNC.
e. Apoya la dirección y ejecución de las obras por administración directa.
f. Evalúa y opinar técnicamente acerca de los informes de avance de obras.
g. Otras que le asigne el Director de la Oficina General.
OFICINA TECNICA DE OBRAS
Son funciones específicas las siguientes:
a. Coordina, programa y ejecuta los proyectos de infraestructura física de la
Universidad.
b. Planea y programa el abastecimiento de mano de obra, materiales, maquinaria y
equipo para la ejecución de obras.
c. Planea, ejecuta y realiza el mantenimiento de parques y jardines en los locales de
la Universidad.
d. Dirige y ejecuta las obras por administración directa.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE OFICINA TECNICA
DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.
Actividades similares a las de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de su área.
Participa en la formulación de políticas institucionales referidas a
programas de infraestructura universitaria.
Evalúa actividades relacionadas con su especialidad y determina medidas
correctivas para el buen cumplimiento de sus funciones.
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General de la Oficina General.
Tiene mando directo sobre el personal asignado la Oficina Técnica de su
competencia.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de infraestructura.
161
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia.
INGENIERO II (P4-35-435-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución y coordinación de proyectos y estudios especializados de
ingeniería.
Supervisa la labor de personal profesional y técnico.
ACTIVIDADES TIPICAS
Proyecta y dirige obras de ingeniería especializada.
Evalúa y recomienda proyectos en sus diversas fases, dentro del área de
su especialidad.
Estudia presupuestos de proyectos de obras, estableciendo prioridades en
su ejecución.
Formula proyectos de inversión para la ejecución de programas de
ingeniería.
Programas y realizar estudios de investigación en su especialidad.
Supervisa actividades en áreas especializadas de la ingeniería civil.
Presenta programas de construcción, reconstrucción, ampliación de
ambientes y otros.
Prepara análisis evaluativos de estudios técnicos.
Efectúa visitas técnicas en materia de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Obras.
Tiene mando directo sobre el Ingeniero y demás personal asignado a las
obras.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de ingeniero civil.
Experiencia en el área de su especialidad
INGENIERO I (P3-35-435-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades especializadas en ingeniería civil.
Generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Ejecuta proyectos y programas de ingeniería civil.
Calcula y/o diseña estructuras, planos y especificaciones de proyectos y
obras.
Participa en estudios de factibilidad de obras.
Elabora presupuestos de valorización, cotizaciones de obras y equipos,
así como las bases de licitación.
Efectúa delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en
extinciones de terreno.
Propone la adquisición de equipos, herramientas y materiales necesarios
para el desarrollo de programas de ingeniería civil.
162
Analiza, evalúa y prepara informes técnicos sobre aspectos relacionados
con su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica a la cual está
adscrita.
Tiene mando directo sobre el personal asignado a su jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de ingeniero civil.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
DIBUJANTE III (T4-35-255-3)
NATURALEZA DE LA CLASE
Supervisa y/o ejecuta las actividades de dibujo especializado.
Actividades similares a las de Dibujante II, diferenciándose en la mayor
complejidad y responsabilidad.
Ejecución de actividades variadas de dibujo.
ACTIVIDADES TIPICAS
Copia planos de arquitectura, ingeniería, cartas topográficas y similares.
Realiza ampliaciones y/o reducciones de planos.
Confecciona croquis, organigramas, diagramas, señales informativas,
signos convencionales ilustraciones de acuerdo a indicaciones.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del ingeniero responsable de los proyectos.
Tiene mando directo sobre el personal asignado a su jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completo.
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de dibujo
TOPÓGRAFO I (T3-35-865-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas en el delineamiento y descripción de
extensiones de terreno.
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Efectúa levantamiento topográfico y planimétricos de terrenos.
Efectúa mediciones y correcciones barométricas.
Representa en croquis los datos obtenidos a través de cálculos.
Realiza mediciones de terrenos urbanos y rurales para la confección de
planos catastrales.
Controla los trabajos de señalización de terrenos u otros similares.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del ingeniero responsable de los proyectos.
163
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa.
Capacitación técnica en topografía
Alguna experiencia en labores similares.
AUXILIAR DE ARTESANÍA II (42-30-090-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de labores de carpintería
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta labores variadas de carpintería y ebanistería.
Realiza el mantenimiento y control de materiales, equipos y herramientas
a su cargo.
Prepara material, herramientas, equipos a emplearse y solicitar su
reposición.
Otras tareas afines que se le sean asignadas.
REQUISITOS MÍNIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Experiencia en labores diversas de carpintería.
ALTERNATIVAS
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
164
OFICINA GENERAL DE INVESTIGACIÓN
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
VICE RECTORADO
ACADÉMICO
DIRECCIÓN GENERAL CONSEJO DE
INVESTIGACIÓN
EQUIPO DE APOYO
CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE
ENERGÍAS NO
CONVENCIONALES
CENTRO DE DESARROLLO Y
PROMOCIÓN PISCICOLA
CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE
CONTROL DE ENFERMEDADES
TRANSMISIBLES
165
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE
INVESTIGACION
La Oficina General de Investigación tiene las funciones siguientes:
a. Promueve, coordina y supervisa la investigación científica de la Universidad.
b. Propone la política de investigación y las estrategias para el desarrollo de la
Universidad.
c. Planifica y coordina la investigación científica y tecnológica de la Universidad.
d. Propone el establecimiento de convenios de investigación ínter universitario.
e. Vela por el cumplimiento de la política de investigación a nivel de las
Facultades.
f. Incentiva y apoya la capacitación de los investigadores.
g. Apoya el Sistema de Información y documentación científica y tecnológica de la
Universidad, así como difundir los resultados de la investigación.
h. Brinda asesoramiento y apoyo técnico a los investigadores en la ejecución de sus
proyectos de investigación.
i. Elabora manuales normas inherentes a su dependencia.
j. Otras funciones que le sean asignadas por el Vice Rectorado Académico.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Investigación cuenta con
la Estructura Orgánica siguiente:
a. ORGANO DE DIRECCIÓN
o Dirección General
b. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
o Consejo de Investigación
c. ORGANO DE APOYO
o Equipo de Apoyo
d. ORGÁNOS DESCONCENTRADOS (A nivel de Coordinación)
o Centros e Institutos de Investigación.
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. LÍNEAS DE AUTORIDAD
a. La Oficina General de Investigación depende jerárquicamente del Vice
Rectorado Académico.
b. La Oficina General de Investigación está representada por su Director el
que es designado de una terna propuesta por el Rector ante el Consejo
Universitario.:
c. El Director de la Oficina General de Investigación ejerce autoridad sobre
el personal, tanto docente como no docente de su Oficina.
d. En ausencia temporal del Director de la Oficina, la Dirección será
asumida por un miembro del Consejo de Investigación con más
antigüedad en la docencia.
e. El Director de la Oficina General de investigación designa a un docente
como asistente para la gestión de la Investigación.
166
3.2. LINEAS DE RESPONSABILIDAD:
a. El Director de la Oficina General de investigación es responsable ante el
Vicerrector Académico.
b. Los diferentes Directores de Institutos o Centros de Investigación, son los
responsables de la actividad de investigación a desarrollarse en su ámbito
de acción y responderán ante cualquier solicitud hecha por el Director de
la Oficina General de Investigación.
c. El personal no docente es responsable ante su Jefe inmediato respectivo.
3.3. LINEAS DE COORDINACION
El Director de la Oficina General de Investigación estará en continua relación
con:
a. Con el Vicerrector Académico. en todas las actividades inherentes a su
cargo.
b. Con los Directores de los Centros o Institutos de Investigación de las
Facultades.
c. Con las diferentes dependencias de la Universidad con la finalidad de
encausar una mejor marcha institucional en el campo de la investigación.
CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR ORGANOS
(Anexo N° 01)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA OFICINA
GENERAL DE INVESTIGACIÓN
a. Desarrolla proyectos de investigación interdisciplinarios y multidisciplinarios
que permitan la producción científica, tecnológica y humanística como
contribución y respuestas a las interrogantes de la realidad regional y nacional.
b. Forma recursos humanos a través de distintas actividades de ciencia, tecnología
y humanidades principalmente de ejecución de proyectos de investigación en los
que participen profesores, estudiantes y graduados.
c. Fomenta y facilitar la cooperación empresarial, tecnológica y científica con
entidades que conduzcan al desarrollo de productos, procesos y servicios;
adaptando, creando y validando científicamente tecnología moderna.
d. Apoya la formación de Centros de Información. Documentación Científica y
Tecnología moderna.
e. Fomenta la edición de publicaciones de libros, textos, informe de investigación,
revistas y boletines de ciencia, tecnología, humanidades y artes.
f. Propicia la subvención de Provectos de Investigación por la Universidad y
organismos nacionales e internacionales, así como el establecimiento de
convenios con instituciones de alto nivel nacionales o extranjeras.
167
g. Coordina las actividades de investigación con las Facultades, Escuelas
Académico Profesionales Departamentos, Institutos o Centros de Investigación y
la Escuela de Post Grado.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
DEL DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL
El Organo Directivo del Oficina General de Investigación, es la Dirección General y
está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal o Asociado a
Dedicación Exclusiva; designad por el Consejo Universitario entre una terna propuesta
por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que lo ha propuesto.
Son funciones del Director General de la OFICINA GENERAL DE
INVESTIGACIÓN
a. Es el representante legal de la Oficina General ante los Órganos internos y
organismos externos de la Universidad.
b. Convoca y preside las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de
Investigación.
c. Eleva a la Alta Dirección los acuerdos que se tomen en las sesiones del Consejo
de Investigación.
d. Dirigir, supervisar y evaluar las acciones necesarias para el cumplimiento de los
objetivos de la Oficina General.
e. Coordina con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos relacionados
con las funciones de la Oficina de Investigación.
f. Participa con voz y voto en el Consejo Académico de la UNC
g. Preside las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encargue los
Órganos de Gobierno y de Dirección de la universidad.
h. Presenta a la Alta Dirección de la UNC el Plan Anual de Funcionamiento de la
Oficina General de Investigación.
i. Elabora el presupuesto de la Oficina General de Investigación en base al Plan
Operativo Anual en coordinación con los Directores de los Centros de
Investigación.
j. Autoriza y supervisar la publicación de la Revista ―CAXAMARCA‖ Órgano
oficial de difusión científica de la Universidad Nacional de Cajamarca y otras
publicaciones afines.
k. Presenta la Memoria de su gestión.
l. Otras que en el ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la
UNC.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACIÓN
DEL CONSEJO DE INVESTIGACIÓN
El Consejo de investigación es el órgano deliberativo y normativo de la Oficina,
General de Investigación está constituido por los miembros del Comité de Gestión. Este
último está integrado por:
Un representante de cada Centro o Instituto de las Facultades
Un representante de cada Centro o Instituto de Investigación no dependiente de
las Facultades.
Un representante de la Escuela de Post Grado
168
Son funciones del Consejo de Investigación:
a. Propone los lineamientos de política de investigación para su aprobación por los
Órganos pertinentes.
b. Promueve la investigación a través de proyectos preferentemente
interdisciplinarios.
c. Evalúa con sentido crítico, los resultados de la investigación.
d. Vincula la investigación con el sector productivo y los usuarios, para asegurar su
participación en los procesos de innovación tecnológica.
e. Propicia la interrelación de los diferentes grupos de investigación.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO
EQUIPO DE APOYO
El equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General: tiene a
su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentado de la Oficina
General, el Archivo, control de la bibliografía especializada de los bienes asignados a la
Oficina General: la atención al público y las demás que le encargue el Director General.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
OFICINISTA I A2-05-550-1 (Secretaría)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de oficina.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Recibe, revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación
variada.
Redacta comunicaciones tales como: proveídos, memoranda y otros
documentos de rutina.
Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra
documentación similar. Efectúa cálculos y registros aritméticos variados.
Lleva archivo variado, libros de consulta mapas y similares.
Informa a empleados y público en general sobre los servicios trámites
que cumple la Oficina.
Torna dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros:
Mecanografía y recepciona mensajes por fax, confeccionar inventarios
sencillos, llevar controles diversos de personal controla el stock de útiles
y materiales similares.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General
REQUISITOS MÍNIMOS
Instrucción secundaria completa.
Alguna experiencia en labores sencillas de oficina.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
169
CAPITULO IV
ORGANOS DESCONCENTRADOS (Coordinación)
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
1.1. CENTROS DE INVESTIGACION
Los Centros e Institutos de Investigación son Órganos encargados de realizar
investigación científica como fuente de creación y superación en la vida académica Está
ligado principalmente a la solución de problemas locales, regionales y nacionales. Está a
cargo de un docente nombrado y se rige por su reglamento aprobado rnediante
Resolución Rectoral.
Las Centros e Institutos de Investigación tienen las funciones siguientes:
a. Establecen las líneas de investigación de cada Facultad y Centro e instituto de
Investigación.
b. Realizan Investigación a través de los docentes, alumnos y trabajadores no
docentes de los Departamentos Académicos. Laboratorios. Museos y Campos
Experimentales, en función de las líneas de investigación previamente
establecidas acorde con la Política de Investigación de la Universidad Nacional
de Cajamarca.
c. Aprueban o desaprueban los proyectos de investigación presentado por los
docentes de cada Facultad o por los docentes que sustenten sus proyectos a
través de los Centros e Institutos de investigación dependientes de las
Facultades.
d. Presentan al Director de la Oficina General de Investigación el Plan Operativo
Anual que desarrollarán los Centros e institutos de Investigación de la UNC
e. Envían a la OGI, una copia de los Proyectos de Investigación aprobados en sus
respectivas unidades académicas.
f. Envían a la OGI, trimestralmente informes no documentados de los avances
parciales de los trabajos de investigación realizados en las respectivas unidades
académicas.
g. Envían a la OGI, los informes documentados de los trabajos de investigación
concluidos adjuntando el artículo correspondiente de cada trabajo de
investigación concluido
170
CENTRO DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN PISCICOLA (CEDEPPIS)
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE PROMOCIÓN PISCÍCOLA
a. Promueve, organiza y orienta la investigación, extensión y promoción en
función de las prioridades de la zona.
b. Desarrolla y logra una infraestructura y equipamiento adecuado y justo, tanto
para la evaluación limnológicas -pesquera de los recursos hídricos como para la
siembra y crianza de peces, camarones y otras especies.
c. Promueve investigaciones para determinar el impacto ambiental asociados a la
pesca y acuicultura, dentro de un programa de vigilancia y conservación de los
recursos hidrobiológicos.
2. DE LOS OBJETIVOS
2.1. OBJETIVOS GENERALES
El CEDEPIS orientará sus propósitos bajo la concreción de los siguientes
objetivos generales
a. Desarrollar y promocionar la piscicultura rural mediante la permanente
capacitación y asesoramiento al campesino regional.
b. Insertar la piscicultura dentro del programa de Desarrollo Rural Integral
logrando la transformación gradual de la tecnología acorde a las
características de la economía campesina regional.
c. Evaluar las actividades limnológíca-pesquera de los principales recursos
hídricos proponiendo pautas viables para su mejor uso y administración.
2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Se propone los siguientes objetivos específicos.
a. Priorizar la promoción y desarrollo de actividades piscícolas en las áreas
de influencia del Proyecto del esquema de desarrollo rural integral,
orientando prioritariamente al autoconsumo familiar para incrementar la
oferta proteica de la población campesina.
b. Realizar ensayos y experimentos que permitan desarrollar métodos y
técnicas sobre el cultivo de peces que se adecuen a las posibilidades de la
región.
c. Implementar operar un Centro de Reproducción para la obtención de
semilla que permita la oferta oportuna a los campesinos y otras
instituciones interesadas.
d. Promover la formación y capacitación de promotores pesqueros de origen
campesino, así como de estudiantes y profesionales, tanto en aspectos de
acuicultura, limnología y manejo de cuencas.
e. Apoyar en el dictado de la asignatura de acuicultura y piscicultura de las
Facultades de Ciencias Veterinaria y Zootecnia.
f. Mejorar los hábitos alimentarios y alimenticios mediante charlas
3. ESTRUCTURA ORGÁNICA Para el cumplimiento de sus funciones, el Centro de Promoción Piscícola (CEDEPPIS),
cuenta con la Estructura Orgánica siguiente:
171
a. ORGANO DE DIRECCION
- Dirección del Centro
b. ORGANO DE ASESORAMIENTO
- Equipo Asesor
c. ORGANO DE APOYO
- Secretaria
- Alumnos y Graduados
- Dirigentes y Promotores Campesinos
- Chofer
- Obreros
d. ORGANOS DE LINEA
- Área de Investigación
- Área de Producción
- Área de Promoción
- Área de Acuarística (Proyectada)
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Y COORDINACION
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. El CEDEPPIS depende jerárquicamente del Rector a través de la Oficina
General Investigación.
b. El Director del CEDEPPIS es responsable ante el Director de la Oficina
General Investigación.
c. La Dirección está en condiciones de ordenar a todo el personal del
Centro.
d. Los diferentes Jefes de Área son los responsables de las actividades a
desarrollarse en su acción y responderán ante cualquier solicitud hecha
por el Director del Centro.
e. El personal que conforma cada rea coordinará e informará del trabajo al
responsable del Arc respectiva.
3.2. LINEAS DE COORDINACION
El Director del CEDEPPIS estará en continua relación con:
a. Con el Director General de la Oficina General de investigación de la
Universidad.
b. Con el Vicerrector Académico, en todas las actividades inherentes a su
cargo.
c. Con los diferentes Centros de Extensión y Proyección de la Universidad.
d. Con las diferentes Facultades y Centros de Investigación que necesiten o
desarrollen actividades afines al Centro.
e. Con las diferentes dependencias de la Universidad, con la finalidad de
encausar una rnejor marcha Institucional.
f. Con los Jefes de Áreas, personal y prestatarios del CEDEPPIS
CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS
(Ver Anexo N° 01)
172
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION DEL CEDEPPIS
La Dirección del CEDEPPIS está a cargo de un docente nombra en la categoría de
Profesor Principal o Asociado.
a. Es el representante legal del Centro ante los Órganos internos de la Universidad
y organismos externos.
b. Administra el Centro con sujeción del Estatuto de la Universidad y el
Reglamento, tanto de la Universidad corno del Centro.
c. Convoca y preside las sesiones con los Jefes de las Áreas.
d. Promueve la difusión de los resultados obtenidos en coordinación con otras
entidades con los cuales existen convenios.
e. Supervisa la ejecución de los provectos aprobados mediante salidas periódicas a
las comunidades del Área de Sección.
f. Vela por el mantenimiento del Centro, debiendo presentar anualmente el
Inventario de los bienes del Centro a las dependencias correspondientes.
g. Promueve convenios con entidades nacionales e internacionales con los fines de
investigación, promoción tecnológica y el perfeccionamiento de los integrantes
del Centro.
h. Presenta oportunamente las necesidades presupuestales para que sea considerado
en el Presupuesto de la Universidad.
i. Presenta oportunamente los informes semestrales y la Memoria Anual al
Director de la Oficina General de Investigación, quien a su vez remitirá al Vice
Rectorado Académico.
j. Comunica en el menor tiempo posible de la adquisición, donación, etc. de algún
bien que obtenga el Centro, para su incorporación en el Patrimonio de la
Universidad.
k. Aprueba y evalúa los planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo.
l. Ratifica a los Jefes de Área previa evaluación de su dedicación, desempeño y
responsabilidad, por el periodo de un año, pudiendo ser nuevamente designados.
m. Aprueba el rol de vacaciones del personal de acuerdo a las necesidades del
Centro.
n. Propone ante las Agencias Financieras, contratos de servicios no personales, de
acuerdo a las necesidades del proyecto.
o. Propone la cancelación de contratos, suspensiones o destaques de personal a
otras dependencias por incumplimiento de las funciones encomendadas o por
medidas disciplinarias.
CAPITULO II
ORGANO DE ASESORAMIENTO
DEL EQUIPO ASESOR
a. Estará conformado por profesionales de diferentes especialidades que tengan
una formación afín a las actividades, planificadas por el Centro.
b. Sus servicios serán solicitados de acuerdo a las políticas de trabajo de cada área.
c. Existen reuniones del Centro cuando sean requeridas.
173
DE LOS DOCENTES
a. Las Facultades de nuestra Universidad que dicten asignaturas afines al Centro
podrían designar un docente para realizar trabajos de Investigación y Proyección
Universitaria.
b. Dichos Docentes serán designados por la Facultad con un número determinado
de horas.
c. Cumple con el horario establecido para su proyección y/o investigación en los
Informes Trimestrales.
d. Asistirán a reuniones de Coordinación.
e. Presentan un Informe Trimestral por triplicado de sus actividades a la
Coordinación con la finalidad de hacer llegar a la Facultad correspondiente.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO
OFICINISTA I (A2-05-550-2)
SECRETARIA
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de oficina.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Recibe la correspondencia oficial y lo registra en el Libro
correspondiente y lo presenta a la Dirección del Centro y en casos
necesarios acompaña antecedentes que faciliten su tramitación.
Redacta documentos de acuerdo a instrucciones generales.
Lleva y mantiene al día el archivo del Centro.
Lleva una estadía de la producción documentaria del Centro.
Atiende al público y proporciona la información requerida y autoriza,
observando buen trato.
Es responsable de los bienes patrimoniales asignados para el
desenvolvimiento de sus actividades.
Apoya en las labores administrativas de las Áreas cuando sean
solicitadas.
Cumple con las tareas y encargos que la Dirección del Centro le asigna.
LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director del Centro.
Tiene mando sobre el personal auxiliar y obrero está bajo su
responsabilidad.
REQUISITOS
Instrucción Secundaria Completa.
Diploma de Secretaría.
Conocimientos de Computación.
Experiencia en labores de oficina.
CHOFER I (T2-60-245-1)
NATURALEZA DE LA CLASE
Conducción de vehículos motorizados.
ACTIVIDADES TÍPICAS
174
Conduce y conserva la unidad que esta bajo su cargo, estando prohibido
conducirla en estado de ebriedad.
Observa un buen trato a los miembros de la comunidad que se sirve.
Anota bajo su responsabilidad en el cuaderno de Bitácora las horas de
funcionamiento, kilometraje, trabajo realizado y cualquier incidencia
Cultiva las buenas relaciones humanas.
No faltar en firma injustificada al servicio.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director del Centro.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Brevete profesional
Experiencia en conducción de vehículos motorizados.
LOS ALUMNOS Y GRADUADOS
Presentan su Plan de Trabajo en donde se indicará el cronograma semestral y/o
anual, en base a objetivos y metas de su Proyecto.
Se presentan al Centro con la autorización de su Facultad.
Coordinan con el responsable del Área de acuerdo a la naturaleza del trabajo a
quien presentarán informes periódicos.
Son responsables del material que soliciten para el desarrollo de sus actividades.
Se someten al Reglamento Interno del Centro.
DE LOS COOPERANTES NACIONALES Y/O EXTRANJEROS
Los Cooperantes voluntarios o expertos extranjeros (según sea el caso), se rigen
bajo las normas vigentes de la cooperación internacional tal y como se explica
en el Manual de Procedimientos de la Cooperación Internacional, (Resolución
Suprema N° 450-84-MP) publicado por el Ministerio de la Presidencia.
Los cooperantes voluntarios o expertos extranjeros serán a solicitud del Centro.
Las acciones a realizar por los cooperantes deben ser claramente definidos por el
Área que le solicite.
La Universidad debe asignar una contraparte por cada cooperante.
El cooperante y su contraparte deberán presentar un Informe Anual a la
Dirección del Centro, el mismo que será enviado al Rectorado a la Asamblea
Nacional de Rectores.
Se someterán al reglamento Interno del Centro.
DE LOS OBREROS
Realizan acciones que le competen dentro del Área de la cual dependen.
Apoyan a las Áreas que le soliciten previa coordinación con el Director del
Centro.
Apoya a las acciones propias del almacén.
Otras acciones que le encargue el Director del Centro.
175
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LAS AREAS
1.1. AREA DE INVESTIGACION
a. Realiza evaluaciones limnologicas-pesqueras en el CEA, en el Fundo ―La
Victoria‖, en la Laguna ―San Nicolás‖, Reservorio de ―Gallito Ciego‖,
piscigranjas rurales y otros ambientes lénticos y lóticos que se asuman
progresivamente dentro de la necesidad regional.
b. Asesora y apoya trabajos de tesis universitarias sobre biología,
crecimiento y reproducción natural e inducida ictiopatología en especies
nativas, formulación de dietas para peces, estudios socioeconómicos y
tecnología primaria para la transformación de productos pesqueros.
1.2. ÁREA DE PRODUCCION
a. Realiza inducción hormonal para la maduración sexual y obtención de
semilla cíe peces.
b. Maneja, selecciona y estabula planteles de reproductores.
c. Realiza la evaluación biológica méristica en pequeñas piscigranjas
rurales.
1.3. AREA DE PROMOCION
a. Organiza programas de difusión: comunicados, entrevistas, charlas, spots
a través de los medios de comunicación masiva (radio, televisión) y
murales a nivel interno.
b. Organiza ciclos de capacitación en comunidades usuarios mediante
charlas, cursillos y cursos de carácter técnico-práctico y con sistema
audiovisual en lo posible para la implementación de pscigranjas
familiares.
c. Organiza programas de formación de Promotores Pesqueros Comunales
para asegurar el nexo operativo y de transferencia tecnológica, así como
el efecto multiplicador entre el Centro y la población beneficiaria.
d. Realiza eventos sobre educación y orientación para el buen manejo y
consumo de los recursos hidrobiológicos.
e. Promueve y fomenta la organización y/o participación comunal en ferias
agropecuarias locales.
1.4. ÁREA DE ACUARISTICA (Proyectada)
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DE LOS JEFES DE AREAS
a. Los Jefes de Áreas son responsables del cumplimiento de las actividades
programadas por el Centro.
b. Los Jefes de Áreas serán profesionales, de preferencia Biólogos Pesqueros o
aquellos que hayan realizado actividades piscícolas por un período no menor de
dos años.
c. Presentan a la Dirección del Centros sus Informes Trimestrales y participarán en
la elaboración de la Memoria Anual.
d. Elaboran el Plan de Trabajo Anual para ser discutido y aprobado en el Centro.
176
e. Elaboran su Plan de Actividades Semanal y lo presentan a la Dirección del
Centro para las gestiones de movilidad y otros relacionados con las actividades
programadas.
f. Son responsables de los materiales a su cargo e informan al Director del Centro
sobre cualquier impase o percance presentado.
g. Llevan un control estricto de recursos directamente recaudados generados por
sus Áreas e informan mensualmente a la Dirección del Centro, bajo su
responsabilidad.
177
OFICINA GENERAL DE ADMISIÓN
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
VICE RECTORADO
ACADÉMICO
OFICINA GENERAL DE
ADMISIÓN COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE APOYO
COORDINACIÓN ACADÉMICA COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA
178
CONTENIDO
TITULO I
GENERALIDADES
0. INTRODUCCION
1. OBJETIVOS
2. FINALIDAD DEL MANUAL
3. BASE LEGAL
4. ALCANCE
5. APROBACION Y ACTUALIZACION
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANIGO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE ADMISION
2. ESTRUCTURA ORGANICA
3. RELACION JETRARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
3.2. DE LA COORDINACION
4. ORGANIGRAMA (Anexo N° 1)
5. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Anexo N° 2)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION DE LA OFICINA GENERAL
DE ADMISION
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
CAPITULO II
ORGANOS CONSULTIVO Y DE COORDINACION
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE
COORDINACION
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
CAPITULO III
ORGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE APOYO
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
179
INTRODUCCION
La Oficina General de Admisión de la Universidad Nacional de Cajamarca, alcanza el
presente Manual de Organización y Funciones (MOF) a todas las dependencias de
nuestra Institución, el cual ha sido elaborado de acuerdo a las normas y directivas
vigentes.
El documento detalle en el Título I: Objetivos, Finalidad, Base Legal, Alcance,
Aprobación y Actualización. En el Título II: Funciones Generales de la Oficina
General de Admisión, Estructura Orgánica y la Relación Jerárquica de Unidades
Orgánicas. Finalmente en el Título III, referente al Manual, comprende las Funciones
Generales y Específicas del Órgano de Dirección, Órgano de Coordinación y Órgano
de Apoyo.
El presente documento tiene por finalidad, modificar y actualizar las funciones de la
Oficina General de Admisión, acorde con la nueva estructura orgánica académico-
administrativa y funciona de la UNC.
Cajamarca, setiembre de 1996
180
TITULO I
GENERALIDADES
1. OBJETIVOS
Establecer los lineamentos básicos del contenido y el procedimiento para
formulación, aprobación, actualización, control y difusión del Manual de
Organización y Funciones (MOF) de los órganos que conforman la Oficina General
de Admisión.
2. FINALIDAD DEL MANUAL
El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), tiene como finalidad
proporcionar la información necesaria acerca de las funciones de la Oficina General
de Admisión y de las actividades del personal a nivel de cargos.
3. BASE LEGAL
El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), tiene su base legal en los
dispositivos siguientes:
- Ley N° 14015 de creación de la UNC.
- Ley Universitaria N° 23733
- Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 31198-95-UNC.
- Reglamento General de la UNC, aprobado por R.R de Consejo Universitario
N° 0001-69-UNC.
- Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por R.R. N°
30618-95-UNC y Of. N° 105-95-INAP/DNR.
- Cuadro para Asignación de Personal (CAP), aprobado por R.R N° 30619-
95-UNC y Of. N° 105-95-INAP/DNR.
- Directiva 004-94-INAP/DNR Normas para la Formulación de Manuales de
Organización y Funciones (MOF).
- D.S N° 74-95-PCM, disposiciones referidas a la transferencia de funciones
desempeñadas por el INAP.
- Reglamento de la Comisión de Admisión de la UNC.
4. ALCANCE
El contenido del Manual de Organización y Funciones (MOF), es de aplicación para
todos los trabajadores asignados a la Oficina General de Admisión, para los
miembros que conforman el Organo Consultivo y de Coordinación y para las
diferentes comisiones específicas de apoyo durante el proceso de admisión a la
Universidad.
5. APROBACION Y ACTUALIZACION
El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), será aprobado mediante
Resolución Rectoral, previa revisión y conformidad de la Oficina de
Racionalización y Estadística.
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE ADMISION
La Oficina General de Admisión, es el órgano de apoyo dependiente del Vice Rectorado
Académico, y tiene las siguientes funciones:
181
a. Formular orientar y dirigir los procesos de ingreso de los estudiantes a la
Universidad.
b. Programar, conducir y dirigir los procesos de admisión de estudiantes, en sus
diferentes modalidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el
Consejo Universitario.
c. Elaborar normas y manuales que orienten el proceso de admisión.
d. Organizar y administrar el banco de preguntas.
e. Otras que le sean asignadas.
2. ESTRUCTURA ORGANICA
a. ORGANO DE DIRECCION
- DIRECCION GENERAL
b. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
- COMITE CONSULTIVO
c. ORGANO DE APOYO
- EQUIPO DE APOYO
d. ORGANOS DE LINEA
- COORDINACION ACADEMICA
- COORDINACION ADMINISTRATIVA
3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. La Oficina General de Admisión depende jerárquicamente del
Vicerrector Académico, a través del Director General de la Oficina.
b. El Director de la Oficina General de Admisión, es responsable ante el
Vicerrector Académico.
c. Los Coordinadores Académico y Administrativo, son responsables ante
el Director General.
d. Los miembros del Comité Consultivo, dependen jerárquicamente de su
respectiva unidad orgánica.
e. El personal profesional y de apoyo, son responsables ante su superior
inmediato.
3.2. DE LA COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General de
Admisión, el Director General coordinará con el Rector y Vicerrector
Académico, con los Decanos de las Facultades, Director de la Escuela de Post
Grado, Directores de Escuelas Académico Profesionales y Jefes de
Departamentos Académicos, Directores de Sección de las Subsedes Jaén, Chota
y Celendín. Además coordinará con los Directores de las Oficinas Generales de
Abastecimientos, Económico Financiera, Planificación, Bienestar Universitario,
Investigación, Biblioteca, Asesoría Jurídica y otros organismos que el caso lo
amerite.
4. ORGANIGRAMA
(Ver Anexo N° 01).
5. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
(Ver Anexo N° 02)
182
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE ADMISION
La Oficina General de Admisión, es el órgano de apoyo dependiente del Vicerrectorado
Académico, encargado de formular, orientar y dirigir los procesos de ingreso de los
estudiantes a la UNC. Está a cargo de un docente, Profesor Principal o Asociado, con
categoría de Director General, designado por el Consejo Universitario de una terna
propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que lo ha
propuesto.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
2.1. DEL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GENERAL
El Director General de la Oficina General de Admisión es la primera autoridad
responsable de la Oficina, y es su personero legal.
Son atribuciones y obligaciones del Director General de la Oficina:
a. Dirigir, supervisar y evaluar las actividades de cada una de sus Áreas y
de su Personal Administrativo.
b. Proponer el Reglamento específico de cada Concurso de Admisión para
su aprobación oportuna por el Consejo Académico.
c. Informar periódicamente al Vicerrectorado Académico sobre el
funcionamiento y las decisiones académicas y administrativas de la
Oficina General de Admisión.
d. Elaborar el Plan Operativo de la Oficina General de Admisión, en
coordinación con cada una de las áreas, en base a metas programadas.
e. Elaborar el Cuadro de Méritos de los postulantes exonerados por
primeros puestos.
f. Elaborar, en coordinación con las Comisiones Académicas de cada
Facultad, el Cuadro de Méritos de los Traslados Internos y Externos.
g. Visar el credencial del personal docente, estudiantil, técnico y de
servicios que intervienen en cada examen de admisión.
h. Firmar el carnet del postulante al examen de admisión.
i. Elevar al Vicerrectorado Académico los resultados finales y el Informe
General de cada examen de admisión.
j. Solicitar a las Facultades que, a propuesta de los respectivos Centros
Federados, acrediten a los alumnos que en representación del Tercio
Estudiantil, participarán en condición de observadores de acuerdo a Ley.
k. Otros que señale el Vicerrectorado Académico.
183
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE
COORDINACION
El Organo Consultivo y de Coordinación está constituido por persona profesional que
brinda asesoramiento en los diferentes aspectos requeridos para el desarrollo de la
Oficina General de Admisión.
1.1. DEL ORGANO CONSULTIVO
Está conformado por profesionales idóneos, encargados de brindar
asesoramiento y absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las
actividades de la Oficina General de Admisión. Los miembros del Comité
Consultivo son propuestos por el Director General de la Oficina General de
Admisión, ante el Rector de la Universidad, quien dispone emitir la Resolución
Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por las
razones siguientes:
a. Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación.
b. A solicitud del designado.
c. A solicitud del Director General de la Oficina General de Admisión.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General de
Admisión; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite
documentario de la Oficina General, el archivo, control de la biblioteca especializada y
de los bienes asignados a la Oficina General; la atención al público y las demás que le
encargue el Director General de la Oficina.
El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado
a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está e cargo de una
Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo, designada por el
Director General de la Oficina General de Admisión.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
2.1. FUNCIONES DEL TECNICO ADMINISTRATIVO I
A. NATURALEZA DE LA CLASE
a. Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos
de apoyo de la entidad.
b. Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
B. ACTIVIDADES TIPICAS
a. Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro,
distribución y archivo de documentos técnicos.
b. Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y
documentos técnicos en las áreas de los sistemas.
184
c. Coordinar actividades administrativas sencillas.
d. Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes
preliminares.
e. Recopilar y preparar información para estudios de
investigaciones.
f. Apoyar las acciones de comunicación, información y RR.PP.
g. Colaborar en la programación de actividades técnico
administrativas y en reuniones de trabajo.
h. Verificar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
C. REQUISITOS MINIMOS
a. Instrucción Secundaria Completa.
b. Capacitación técnica en el área.
c. Alguna Experiencia en labores de la especialidad.
2.2. AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II
A. NATURALEZA DE LA CLASE
a. Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema
administrativo.
b. Actividades similares a las de Auxiliar de Sistema Administrativo
1, diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
B. ACTIVIDADES TIPICAS
a. Analizar y clasificar información así como apoyar la ejecución de
procesos técnicos de un sistema administrativo, siguiendo
instrucciones generales.
b. Efectuar trámite y/o procesar información de cierta complejidad.
c. Mantener actualizados los registros, fichas y documentos de
sistema administrativo según método técnico.
d. Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en
el área de su competencia.
C. REQUISITOS MINIMOS
a. Instrucción Secundaria Completa.
b. Amplia experiencia en labores variadas de oficina.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea, son las Coordinaciones Académica y Administrativa, encargadas
de la elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las funciones de la
Oficina General de Admisión, con capacidad necesaria para abordar íntegramente la
ejecución de acciones propias de su área.
Están a cargo de un Coordinador, designado por el Rector a propuesta del Director
General de la Oficina General de Admisión. Los Coordinadores son docentes
nombrados en la categoría de principal o asociado, su designación es por un período
igual al del Director General de la Oficina General y requiere la emisión de la
Resolución Rectoral de designación correspondiente. Pueden ser removidos previa
evaluación de su gestión.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
185
2.1. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO
Son funciones del Coordinador Académico:
a. Promover el incremento de las preguntas del Banco.
b. Fomentar la formulación de preguntas a través de docentes invitados.
c. Clasificar las preguntas por su naturaleza, conocimiento, razonamiento y
cultura general.
d. Seleccionar y clasificar las propuestas por su grado real de dificultad.
e. Aplicar la Prueba de Admisión, de conformidad a la estructura,
parámetros y presentación, aprobados por la Oficina General de
Admisión.
f. Elaborar la Guía de Postulante e informaciones pertinentes.
g. Otras que señale la Oficina General de Admisión.
2.2. DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO
Son funciones del Coordinador Administrativo:
a. Proponer ante el Director General de la Oficina General de Admisión, el
Cuadro de Necesidades Logísticas y el Presupuesto General para cada
Examen de Admisión.
b. Proponer ante el Director General de la Oficina General de Admisión, el
Programa del Procesamiento Administrativo sobre:
- Orientación del postulante.
- Inscripción.
- Identificación.
- Listado y distribución.
- Administración y control de la aplicación de la prueba.
- Publicación de resultados en forma general.
c. Administrar los recursos financieros y materiales asignados a la Oficina
General de Admisión.
d. Otras que señale la Oficina General de Admisión.
2.2.1. DEL ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I
El Especialista Administrativo I, depende jerárquicamente de la
Coordinación Administrativa, cuyas funciones son las siguientes:
A. NATURALEZA DE LA CLASE
a. Ejecución de actividades especializadas de los sistemas
administrativos de apoyo de la entidad.
b. Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
B. ACTIVIDADES TIPICAS
a. Ejecutar y coordinar el desarrollo de procesos técnicos, proponiendo
metodologías de trabajo, normas y procedimientos de los sistemas
administrativos de contabilidad, presupuesto, abastecimiento,
tesorería y control.
b. Absolver consultas relacionadas con el campo de su competencia.
c. Clasificar la documentación contable y/o ejecutar el proceso de
evaluación.
d. Revisar y/o estudiar documentos administrativos y emitir informes
respectivos.
e. Participar en la programación de actividades.
f. Efectuar exposiciones y participar en comisiones y reuniones
especializadas.
186
C. REQUISITOS MINIMOS
a. Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con
la especialidad.
b. Experiencia en labores de la especialidad.
187
OFICINA GENERAL DE DESARROLLO ACADÉMICO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
VICE RECTORADO
ACADÉMICO
DIRECCIÓN GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE
APOYO
OFICINA TÉCNICA DE CURRÍCULO
Y EVALUACIÓN
OFICINA TÉCNICA DE SERVICIOS
ACADÉMICOS
188
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE DESARROLLO
ACADÉMICO
a. Asesora a la Alta Dirección en las materias que están dentro de su competencia
b. Propone a la Alta Dirección los lineamientos de Política Institucional
Académica y el Plan de Desarrollo Académico.
c. Coordina la programación y evaluación de las actividades referentes al Sistema
de Currículum, Evaluación y Servicios Académicos.
d. Realiza la evaluación trimestral y semestral del Presupuesto, y el Plan de
Trabajo de esta Unidad Operativa.
e. Hacer cumplir las normas legales vigentes respecto al ámbito de su competencia.
f. Otras funciones que le sean asignadas por el Vice Rector Académico.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Desarrollo Académico
cuenta con la Estructura Orgánica siguiente:
a. ORGANO DE DIRECCION:
- DIRECCION GENERAL
b. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
- COMITE CONSULTIVO.
c. ORGANO DE APOYO
- EQUIPO DE APOYO
d. ORGANOS DE LINEA:
- OFICINA DE CURRICULO Y EVALUACION
- OFICINA DE SERVICIOS ACADEMICOS
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. LINEAS AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. La Oficina General de Desarrollo Académico depende
jerárquicamente del Vice Rector Académico, a través del Director
General de la Oficina General.
b. El Comité Consultivo, es el Organo Consultivo de la Oficina y cada
uno de sus miembros depende de su respectiva autoridad.
c. El Director de la Oficina General de Desarrollo Académico, es
responsable ante el Vice Rector Académico.
d. Los Directores de las Oficina Técnicas, son responsables ante el
Director General de la Oficina General.
e. El personal asignado a la Oficina General de Desarrollo Académico y
a las Oficina Técnicas, es responsable ante su Director inmediato.
3.2. DE LA COORDINACION
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el
Director General coordinará con el Rector y Vice Rector Académico, con los
Decanos de las Facultades, Director de la Escuela de Post Grado, Directores de
Escuelas Profesionales y Jefes de Departamentos Académicos.
CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
Ver Anexo N° 01)
189
TITULO III
DEL. MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE lA OFICINA GENERAL DE DESARROLLO
ACADEMICO
a. Formula, ejecuta y evalúa el Plan Anual de la Oficina.
b. Promover orienta y supervisa el desarrollo académico de la Universidad, en
armonía con las necesidades locales, regionales y nacionales.
c. Asesora a los Órganos de Gobierno de la Universidad en materia de política
académica
d. Establece lineamientos de política curricular a nivel institucional.
e. Promueve la ejecución del Plan de Desarrollo de la Universidad en cuanto
concierne a su ámbito académico.
f. Organiza eventos de actualización y capacitación dirigidos a la docencia
universitaria.
g. Implementa los servicios académicos en concordancia con las necesidades y
requerimientos institucionales.
h. Emite opinión técnica acerca de la creación o supervisión de programas u
Órganos académicos de la Universidad.
i. Emite opinión técnica frente a documentos normativos y de trabajo, y ante
decisiones de las Facultades que involucren aspectos importantes de índole
académico.
j. Participa en certámenes académicos internos, regionales, nacionales e
internacionales que fueran de provecho para la Universidad.
k. Otros que en ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y la
Alta Dirección.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DEL DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL
El Órgano Directivo de la Oficina General de Desarrollo Académico, es la Dirección
General y está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal o
Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo Universitario entre una
terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que
lo ha propuesto.
Son Funciones del Director General de la OFICINA GENERAL DE
DESARROLLO ACADEMICO:
a. Es el representante legal de la Oficina General ante los Órganos Internos y
organismos externos a la Universidad.
b. Convoca y preside las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité
Consultivo.
c. Eleva a la Alta Dirección los acuerdos que se tornen en las sesiones del Comité
Consultivo.
d. Dirige, supervisar y evaluar las acciones necesarias para el cumplimiento de los
objetivos de la Oficina General.
190
e. Coordina con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos relacionados
con las funciones de la Oficina General de Desarrollo Académico.
f. Participa con voz y voto en el Consejo Académico de la UNC.
g. Preside las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encarguen los
Órganos de Gobierno de la Universidad.
h. Cumple las funciones que señala el Estatuto de la Universidad para la Oficina
General de Desarrollo Académico.
i. Presenta a la Alta Dirección de la UNC, el Plan Anual de Funcionamiento de la
Oficina General, para su aprobación.
j. Promueve la capacitación del personal asignado a la Oficina General.
k. Otras que en el ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la
UNC.
l. En caso de ausencia del Director General de la Oficina General, asumirá sus
funciones un miembros designado por el Director General, con conocimiento del
Vice Rector Académico.
CAPITULO II
ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
1. DEL COMITE CONSULTIVO
Está conformado por dos Directores representantes de las Escuelas Académico-
Profesionales y dos jefes representantes de los Departamentos Académicos.
El Comité está encargado de brindar asesoramiento y absolver consultas en todos los
asuntos relacionadas con las actividades de la Oficina General de Desarrollo
Académico. Los representantes de las Escuelas Académico-Profesionales y de los
Departamentos Académicos, son propuestos por el Director de la Oficina General de
Desarrollo Académico ante el Vice Rector Académico, para la emisión de la Resolución
Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por las siguientes
razones:
a. Al finalizar el mandato del Director de la Oficina General de Desarrollo
Académico.
b. A solicitud del designado.
c. A solicitud del Director de la Oficina General de Desarrollo Académico.
CAPITULO III
ÓRGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO
El equipo de apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo
para el normal desarrollo de las funciones de la Oficina General; tiene a su cargo la
elaboración de toda la documentación y trámite documentado de la Oficina General, el
Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes asignados a la Oficina
General, la atención al público y las demás que le encargue el Director General de la
Oficina
El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado
a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentado, está a cargo de una
Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del Equipo, designada por
191
el Director General de la Oficina General. En caso de ausencia sus funciones son
cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la oficina de acuerdo al ordenamiento
previamente establecido
El Equipo de Apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le
sean encargas por medio del Director General de la OGDA, o por los Directores de las
Oficina Técnicas.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO.
TECNICO ADMINISTRATIVO I - T3-05-707-1
(SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de
apoyo de la Entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos.
Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos
técnicos en las áreas de los sistemas administrativos.
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.
Recopilar y preparar información para estudios e investigaciones.
Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas yen
reuniones de trabajo.
Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
Otras que le asigne el Director de la Oficina General.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Capacitación técnica en el Área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad
CAPITULO IV
ÓRGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea de la OGDA son las Oficinas Técnicas, encargadas de la
elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las funciones de la
Oficina General. Son Órganos tecnificados y de asesoramiento, con capacidad necesaria
para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.
Están a cargo de mi trabajador no docente, con categoría de Director, designado por el
Consejo Universitario a de una terna propuesta por el Rector en coordinación con el
Director General de la Oficina General de Desarrollo Académico, para que se
desempeñe a dedicación exclusiva en la indicada Oficina. Su designación es por un
periodo similar al del Director General de la Oficina General nombrado, y requiere la
emisión de la Resolución Rectoral de designación. Pueden ser removidos previa
evaluación de su labor, requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.
192
Para ser Director de Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la Oficina
General podrá encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de
la Dirección de la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.
1.1. OFICINA DE CURRICULO Y EVALUACION
La Oficina de Currículo y Evaluación es el Órgano de Línea de la Oficina
General de Desarrollo Académico, encargada de dirigir y coordinar las
actividades del sistema de Currículo y Evaluación, de conformidad con las
normas y dispositivos emanados de los organismos del Estado y de la propia
Universidad.
Son Funciones de la OFICINA DE CURRICULO Y EVALUACION:
a. Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina Técnica de
Currículo y Evaluación.
b. Coordina los procesos de formulación, programación, aprobación y evaluación
de las actividades del sistema a su cargo.
c. Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas al
Sistema de Currículo y Evaluación.
d. Emite opinión técnica en asuntos referentes al Sistema de Currículo y
Evaluación.
e. Brinda asesoramiento absolviendo consultas que le formulen en asuntos
relacionados al Sistema de Currículo y Evaluación.
f. Establece lineamientos para la elaboración, ejecución y evaluación del currículo
a nivel de las diferentes facultades.
g. Coordina la aplicación y mejoramiento del sistema de evaluación académica
h. Asesora a las Facultades y Escuelas Académico-Profesionales y Departamentos
Académicos, en la planificación, ejecución y evaluación curricular.
i. Propone opciones de programación silábica.
j. Fomenta la capacitación y actualización del docente en materia de investigación
y tecnología educativa.
k. Asesora directamente la constitución y funcionamiento de las cátedras en los
Departamentos Académicos.
l. Asesora directamente y permanentemente, a las Facultades y Departamentos
Académicos en asuntos puntuales de índole técnico-pedagógica.
m. Realiza investigaciones para el mejoramiento continuo de las actividades
académicas de la Universidad.
n. Publica el boletín de la OGDA.
o. Administra el archivo de su Oficina.
p. Otras funciones que le asigne el Director General.
1.2. OFICINA DE SERVICIOS ACADÉMICOS
La Oficina de Servicios Académicos es el Órgano de Línea de la Oficina General de
Desarrollo Académico, encargada de dirigir y coordinar las actividades del sistema
de servicios académicos, de conformidad con las normas y dispositivos emanados
de los organismos del Estado y de la propia Universidad.
193
Son Funciones de la OFICINA DE SERVICIOS ACADEMICOS:
a. Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina de Servicios
Académicos.
b. Coordina los procesos de formulación, programación, aprobación y evaluación
de las actividades del sistema de Servicios Académicos.
c. Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas al
Sistema de Servicios Académicos.
d. Brindar asesoramiento absolviendo consultas en asuntos relacionados al Sistema
de Servicios Académicos.
e. Emite opinión técnica en asuntos de su competencia.
f. Programa y coordinar las impresiones y publicaciones de carácter académico.
g. Prevé los materiales y equipos de enseñanza necesarios para el desarrollo de las
actividades académicas.
h. Coordina con las Facultades y Escuelas para brindar un servicio oportuno y
eficiente.
i. Centraliza información académica.
j. Sistematiza la información académica y difundirla en la comunidad.
k. Publica el boletín de la OGDA.
l. Administra el archivo de su Oficina.
m. Otras funciones que le asigne el Director General
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS:
DIRECTOR DE LA OFICINA TÉCNICA DE CURRÍCULO Y EVALUACIÓN
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II- D4-02--295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional
ACTIVIDADES
Planea, dirige, ejecuta y supervisa las actividades técnico pedagógico y
administrativo de la Oficina a su cargo.
Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la
Alta Dirección.
Elabora informes, normas, directiva, etc. que le son solicitados por el
Directos General de la Oficina General, en los asuntos de su
competencia.
La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de
las funciones señaladas en el MOF de la Oficina General
Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al
Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno
de ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director General de la Oficina General.
Tiene mando sobre el personal que está adscrito a su Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área
194
SON FUNCIONES DEL DIRECTOR DE LA OFICINA DE SERVICIOS
ACADEMICOS
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II- D4-02-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE.
Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisar la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES
Planea, dirige, ejecuta y supervisa las acciones técnicas de la Oficina a su
cargo.
Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la
Alta Dirección.
Elabora informes, normas, directiva, etc. que son solicitados por el
Director de la Oficina General, en las competencias asignadas a la
Oficina.
La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de
las funciones señaladas en el MOF.
195
OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
VICE RECTORADO
ACADÉMICO
DIRECCIÓN
GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE
APOYO
OFICINA TÉCNICA DE
PROCESOS TÉCNICOS
OFICINA TÉCNICA DE
SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS Y
BIBLIOTECA ESPECIALIZADA
196
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECA
a) Planifica, dirige y supervisa las actividades técnicas y administrativas de las
oficinas de su competencia.
b) Evalúa los lineamientos y procesos sobre recepción, clasificación y
catalogación bibliográfica, siguiendo criterios técnicos de acuerdo a las
especialidades.
c) Supervisa el inventario físico del patrimonio a su cargo.
d) Conocer y adecuar las normas nacionales e internacionales, referentes a
bibliotecología y disciplinas afines para su aplicación durante el desarrollo de
sus funciones.
e) Actualiza los catálogos de la Biblioteca.
f) Prepara informes técnicos del área de su competencia.
g) Otras funciones que le asigne el Vice Rectorado Académico.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Biblioteca cuenta con la
Estructura Orgánica siguiente:
a) ORGANO DE DÍRECCION
- Dirección General
b) ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION
- Comité Consultivo
c) ORGANO DE APOYO
- Equipo de Apoyo
d) ORGANOS DE LINEA
- Oficina de Procesos Técnicos
- Oficina de Servicios Bibliográficos y Bibliotecas Especializadas
3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. Líneas de Autoridad y Responsabilidad
a) La Oficina General de Biblioteca depende jerárquicamente del Vice Rector
Académico, a través del Director General de la Oficina General de Biblioteca.
b) El Comité Consultivo, es el Organo Consultivo de la Oficina y cada uno de sus
miembros depende de su respectiva autoridad.
c) El Director de la Oficina General de Biblioteca, es responsable ante el Vice
Rector Académico.
d) Los Directores de las Oficina Técnicas, son responsables ante el Director
General de la Oficina General.
e) El personal asignado a la Oficina General de Biblioteca y a las Oficina
Técnicas son responsables ante u Director inmediato.
f) El personal de las Bibliotecas Especializadas depende de su respectiva
Facultad.
3.2. De la Coordinación
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el Director
General coordinará con el Rector y Vicerrectores, con los Decanos de las Facultades,
Director de la Escuela de Post Grado, Directores de Escuelas Profesionales y Jefes de
Departamentos Académicos.
197
4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
(Ver Anexo 01)
TITULO III DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECA. a) Formula, ejecuta y evalúa el Plan Anual de la Oficina.
b) Promueve, orienta y supervisa el desarrollo de las actividades de la
Biblioteca Central y de las Bibliotecas Especializadas de las Facultades y de
la Escuela de Post Grado.
c) Establece lineamientos de política en servicios bibliotecarios.
d) Implementa los servicios bibliotecario en concordancia con las necesidades
y requerimientos institucionales.
e) Otros que en ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y
la Alta Dirección.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DEL DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL
El Organo Directivo de la Oficina General de Biblioteca, es la Dirección General y está
a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal o Asociado a
Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo Universitario entre una terna propuesta
por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que lo ha propuesto.
Son Funciones del Director General de la OFICINA GENERAL DE
BIBLIOTECA
a) Es el representante legal de la Oficina General ante los Órganos internos y
organismos externos a la Universidad.
b) Convoca y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité
Consultivo.
c) Eleva a la Alta Dirección los acuerdos que se tomen en las sesiones del
Comité Consultivo.
d) Dirige, supervisar y evaluar las acciones necesarias para el cumplimiento de
los objetivos de la Oficina General.
e) Coordina con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos
relacionados con las funciones de la Oficina General de Biblioteca.
f) Participa con voz y voto en el Consejo Académico de la UNC.
g) Preside las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encarguen los
Órganos de Gobierno y la Alta Dirección de la Universidad.
h) Cumple las funciones que señalan el Estatuto y el Reglamento General de la
Universidad.
i) Presenta a la Alta Dirección de la UNC el Plan Anual de Funcionamiento de
la Oficina General, para su aprobación.
j) Promueve la capacitación del personal asignado a la Biblioteca Central y las
Bibliotecas Especializadas.
198
k) Presenta anualmente la Memoria de su gestión.
l) Otras que en el ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la
UNC.
En caso de ausencia del Director General de la Oficina General, asumirá sus funciones
un Director de Oficina Técnica designado por el Director General, con conocimiento del
Vice Rector Académico.
CAPITULO II
ORGANO CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
1. Del Comité Consultivo
Está conformado por los Presidentes de las Comisiones Académicas de las Facultades y
de la Escuela de Post Grado.
El Comité Consultivo es el encargado de brindar asesoramiento y absolver consultas en
todos los asuntos relacionadas con las actividades de la Oficina General de Biblioteca.
Los representantes de las Facultades y de la Escuela de Post Grado, son propuestos por
el Director de la Oficina General de Biblioteca en coordinación con los Decanos y el
Director de la Escuela de Post Grado ante el Vice Rector Académico, para la emisión de
la Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por
las siguientes razones:
La no asistencia a 03 sesiones consecutivas ó a 05 sesiones alternadas
durante un año;
A solicitud del designado.
A solicitud del Director de la Oficina General de Biblioteca.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
1.1. Equipo de Apoyo
El Equipo de Apoyo está encargado de cena1izar y sistematizar las actividades de
apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General tiene
a su cargo la elaboración, de toda la documentación y trámite documentado de la
Oficina General, el Archivo, control de los bienes asignados a la Oficina General la
atención al público y las demás que le encargue el Director General de la Oficina.
El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo
asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentado, está a
cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del
Equipo, designada por el Director General de la Oficina General. En caso de
ausencia sus Funciones son cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la
oficina de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.
199
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO
TECNICO ADMINISTRATIVO I T3-30-705-1
(SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de la entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos.
Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos
en las áreas de los sistemas administrativos.
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares
Recopila y prepara información para estudios e investigaciones.
Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.
Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo.
Verifica el cumplimiento de disposiciones y procedimientos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General de Biblioteca
Tiene mando sobre el personal que está bajo su jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa.
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea de la Oficina General de Biblioteca son las Oficinas Técnicas,
encargadas de la elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las
funciones de la Oficina General. Son Órganos tecnificados y de asesoramiento, con
capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su
ámbito.
Están a cargo de un trabajador no docente, con categoría de Director, designado por el
Rector a propuesta del Director General de la Oficina General de Biblioteca, para que se
desempeñe a dedicación exclusiva en la Oficina Técnica. Su designación es por un
periodo similar al del Director General de la Oficina General nombrado, y requiere la
emisión de la Resolución Rectoral de designación. Pueden ser removidos previa
evaluación de su labor, requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.
200
Para ser Director de Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la Oficina
General podrá encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de
la Dirección de la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.
1.1. OFICINA DE PROCESOS TECNICOS
La Oficina de Procesos Técnicos es el Órgano de Línea de la Oficina General de
Biblioteca, encargada de dirigir y coordinar las actividades de los procesos técnicos,
de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos del
Estarlo y de la propia Universidad.
Son Funciones de la OFICINA DE PROCESOS TECNICOS:
a) Formula los lineamientos y procesos sobre recepción, catalogación
bibliográfica, siguiendo criterios técnicos de acuerdo a las especialidades.
b) Apoya y coordina las actividades de bibliotecología de las Bibliotecas
Especializadas.
c) Procesa el material específico de su competencia.
d) Otras funciones que le asigne el Director de la Oficina General.
1.2. OFICINA DE SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS Y BIBLIOTECAS
ESPECIALIZADAS
La Oficina de Servicios Académicos es el Organo de Línea de la Oficina General de
Biblioteca, está encarnada de dirigir y coordinar las actividades del sistema de
servicios académicos, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de
los organismos del Estado y de la propia Universidad.
Son Funciones de la OFICINA DE SERVICIOS BIBLIOGRAFICOS Y
BIBLIOTECAS ESPECIALIZADAS
a) Apoya y coordina las actividades de bibliotecología de las Bibliotecas
Especializadas.
b) Recomienda la adquisición del material bibliográfico, sobre la base de los
requerimientos de las diversas facultades y escuelas.
c) Informa periódicamente a los docentes sobre el nuevo material
bibliográfico, solicitando sus opiniones para la mejor orientación de los
usuarios.
d) Otras funciones que le asigne el Director de la Oficina General.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS:
Son Funciones del DIRECTOR DE LA OFICINA DE PROCESOS TECNICOS
DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas del sistema administrativo de
Biblioteca.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisar la labor de personal directivo y profesional.
201
ACTIVIDADES TIPICAS
Programar, dirigir, las actividades propias del sistema administrativo de
Biblioteca
Participar en la formulación de políticas institucionales del sistema
administrativo de Biblioteca.
Evaluar actividades del sistema y determinar las medidas correctivas para el
buen funcionamiento del mismo.
Asesorar a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General de Biblioteca
Tiene mando directo sobre el personal adscrito a la Oficina Técnica a su
cargo.
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema
administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la
especialidad o educación secundaria completa.
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
Son Funciones del DIRECTOR DE SERVICIOS BLBLIOGRAFICOS Y
BIBLIOTECA ESPECIALIZADAS
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas del sistema administrativo de
Biblioteca.
Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,
diferenciándose en la mayo complejidad y responsabilidad.
Supervisar la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa, dirige, las actividades propias del sistema administrativo de
Biblioteca.
Participa en la formulación de políticas institucionales del sistema
administrativo de Biblioteca.
Evalúa actividades del sistema y determinar las medidas correctivas para el
buen funcionamiento de mismo.
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
202
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General de Biblioteca
Tiene mando directo sobre el personal adscrito a la Oficina Técnica a su
cargo.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el área.
Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema
administrativo.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la
especialidad o educación secundaria completa.
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia
Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.
Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la
Oficina.
TÉCNICO ADMINISTRATIVO II T4-05-707-2
NATURALEZA DE SU CLASE
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad.
Actividades similares a las de un Técnico Administrativo I diferenciándose
en la mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor del personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta y coordinar actividades relacionadas con el registro, procesamiento,
clasificación, verificación‘ archivo del movimiento documentado.
Recoge información y apoyar en la formulación y/o modificación de
normas y procedimientos técnicos.
Emite opinión técnica de expedientes.
Recepcionar, almacenar, entregar e inventariar materiales y equipos
solicitando su reposición.
Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.
Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su
competencia.
Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal.
Dar información relativa al área de su competencia.
Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las
actividades de Relaciones Públicas.
Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico-
administrativas y en reuniones de trabajo.
203
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios
Bibliográficos y Biblioteca Especializada
Tiene mando sobre el personal auxiliar que está bajo su jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados
con la especialidad.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluya materiales relacionadas con el área
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Alguna capacitación en el área
TECNICO EN ARCHIVO II T3-730-2
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de archivo.
Actividades similares a las de Técnico en Archivo I, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor de personal técnico.
ACTIVIDADES TIPICAS
Clasifica, legaja, rotula fondos documentales, codificar y organizar fichas.
Participa en la selección de documentos para expurgo y transferencia de
fondos documentales.
Formula informes estadísticos del registro de investigadores.
Orienta al usuario sobre los servicios que brinda el archivo y absolver
consultas.
Participa en la recolección de información relacionada con la actividad
archivística.
Puede corresponderle participar en actividades de restauración de
documentos.
Orienta al usuario sobre los servicios que brinda e] archivo y absolver
consultas.
Participa en la recolección de información relacionada con la actividad
archivística.
Puede corresponderle participar en actividades de restauración de
documentos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica a la cual está
adscrito.
Tiene mando sobre el personal auxiliar y obrero que está bajo su
jurisdicción.
REQUISITOS MÍNIMOS
Jurisdicción secundaria completa.
204
Capacitación técnica en archivo.
Experiencia en labores variadas de archivo.
AUXILIAR DE BIBLIOTECA I A3-25-100-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de labores de apoyo en el área de bibliografía.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recibe ingresar la colección bibliográfica y documental.
Acomoda en estantes y anaqueles libros y/o revistas, catálogos y ficheros.
Orienta a los lectores en el uso de catálogos y/o fichas de biblioteca.
Mantiene registro de los libros y documentos prestados así como la
renovación de los plazos vencidos.
Vigila el servicio en la sala de lectura, velando por la buena conservación
del material bibliográfico.
Puede corresponderle colaborar con las labores auxiliares de reprobaría
(ceros, microfichas, película etc.).
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Técnico en Archivo II, dentro de su misma
Oficina Técnica
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria.
Conocimientos en mecanografía
Alguna experiencia en labores afines
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
AUXILIAR DE CONTABILIDAD I A3-05-l10-l
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades sencillas en el registro de operaciones.
ACTIVIDADES TIPICAS
Recepciona, revisa y registra documentos de operaciones contables.
Contra planillas de pagos, recibos, cheques, comprobantes y otros
documentos contables.
Confecciona el estado consolidado de la estadística por objeto del gasto y
los ingresos por partidas específicas.
Interviene en la elaboración de las partes diarios por áreas de fondos, bienes
y presupuesto.
Chequea planillas de pagos, cuadros de estados financieros, presupuestos y
similares.
Colabora en la realización de inventarios patrimoniales.
Archiva la documentación contable.
205
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Técnico en Archivo II de la misma Oficina
Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa.
Experiencia en labores de apoyo en el área de contabilidad
ALTERNATIVA
Poseer una combinación de equivalencia y formación y experiencia.
TRABAJADOR DE SERVICIOS II A2-05-870-3
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de Actividades de vigilancia y/o labores manuales de cierta
dificultad.
Actividades similares a las de Trabajador de Servicios I, diferenciándose en
la mayor complejidad y responsabilidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Controla y custodia locales, oficinas equipos, materiales y/o personal que
entra y sale del local.
Ayuda a confección o instalación de decorados escenográficos.
Prepara jugos y bebidas.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Técnico en Archivo II
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa
Experiencia en el área correspondiente.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
206
OFICINA GENERAL DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
|
VICE RECTORADO
ACADÉMICO
DIRECCIÓN GENERAL COMITÉ
CONSULTIVO
EQUIPO DE APOYO
OFICINA TÉCNICA DE
PROMOCIÓN Y DESARROLLO A
LA COMUNIDAD
OFICINA TÉCNICA DE
EXTENSIÓN CULTURAL Y
ARTÍSTICA
COORDINADORA
ZONAL
CENTROS DE
PROYECCIÓN Y
EXTENSIÓN DE
PROVINCIAS
207
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE EXTENSION Y
PROYECCIÓN UNIVERSITARIA
La extensión y proyección universitaria es consustancial a la Universidad. Se da en
todos sus niveles, especialmente a través de sus Facultades, Centros e Institutos. El
órgano responsable de su organización, coordinación y ejecución es la Oficina General
de Extensión y Proyección Universitaria.
La Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria - OGEPU, es el Órgano de
Apoyo, dependiente del Vice Rectorado Académico y tiene las siguientes
FUNCIONES:
a) Asesora a la Alta Dirección en las materias que están dentro de su
competencia.
b) Coordina, asesora y apoya la labor de Extensión y Proyección Universitaria
que se desarrolla dentro y fuera de la Universidad.
c) Formula y propone ante el Vice Rectorado Académico los lineamientos
generales de política de Extensión y Proyección Universitaria
d) Elabora y propone las directivas y reglamentos internos para el
cumplimiento de fines y objetivos.
e) Establece relaciones con organismos nacionales y extranjeros, a fin de
lograr convenios para el apoyo de las actividades de Extensión y proyección
Universitaria.
f) Promueve la participación de la Universidad en la solución de los problemas
de la comunidad, coordinando la movilización de los recursos humanos,
materiales y financieros disponibles.
g) Promueve la participación de la Universidad en la solución de problemas de
la comunidad.
h) Fomente la participación de la comunidad universitaria en el quehacer
artístico y cultural y.
i) Otras Funciones que le asigne el Vice Rectorado Académico
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones la Oficina General de Proyección y Extensión
Universitaria, cuenta con la Estructura Orgánica siguiente:
a) ORGANO DE DIRECCIÓN
- Dirección General
b) ORGANO DE ASESORAMIENTO
- Comité Consultivo
c) ORGANO DE APOYO
- Equipo de Apoyo
d) ORGANOS DE LÍNEA
- Oficina Técnica de Promoción y Desarrollo a la Comunidad
- Oficina Técnica de Extensión, Cultural y Artística
e) ORGANOS DESCONCENTRADOS
- Centros de Proyección y Extensión Universitaria de Provincias
208
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
Líneas de autoridad y responsabilidad
3.1 De sus Instancias Operativas
3.1.1 La Oficina General de Proyección y Extensión Universitaria depende
jerárquicamente del Vice Rectorado Académico.
3.1.2 Director de la Oficina General de Proyección y Extensión Universitaria, es
responsable ante el Vice Rector y ante su Comisión respectiva.
3.1.3 Tiene como instancias deliberativas, de asesoramiento y ejecución, de los
lineamientos de política, objetivos, planes, programas, proyectos y/o actividades
a:
a. La Oficina Técnica de Promoción Desarrollo a la Comunidad.
b. La Oficina Técnica de Extensión Cultural y Artística y.
c. Los Centros de Extensión y Proyección Universitaria en Provincias.
3.1.4 El personal asignado a las Oficinas Técnicas son responsables ante su
Director y el personal asignado a los Centros de Proyección y Extensión
Universitaria, son responsables ante su Coordinador respectivamente.
3.2 Del Comité Consultivo y de Coordinación
Estará integrado por los representantes de los Centros de Proyección y Extensión
Universitaria de la Facultades. También se podrá invitar a personas de instituciones,
a fin de contribuir a los requerimientos Institucionales de la Oficina General de
Proyección y Extensión Universitaria y la propia Universidad.
3.3 De las Coordinadoras
La Coordinadora de los Centros de Extensión y Proyección Universitaria, es una
instancia de planificación y ejecución de las actividades a desarrollar en cada una de
las Zonas de Trabajo localizados en base a las cuencas hidrográficas y ejes viales
identificados y que articula a los CPEUs provinciales. Esta conformada por los
Coordinadores de las Zonas de Trabajo identificada.
3.4 De la Coordinación Zonal
La Coordinación de Zona esta a cargo de un Coordinador, el cual es un Profesor
Asociado o Auxiliar a Dedicación Exclusiva, designado a través de Resolución
Rectoral y la propuesta del Director General.
4. ESTRUCTURA ORGANICA DE LA OFICINA GENERAL DE EXTENSION
Y PROYECCION UNIVERSITARIA
5. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Anexo N° 01)
209
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE DIRECCIÓN
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA
OFICINA GENERAL DE EXTENSION Y PROYECCION UNIVERSITARIA
a. Apoya a la Alta Dirección, en especial al Vice Rectorado Académico, en la
formulación de lineamientos generales de política y alternativas sobre la
proyección y extensión universitaria.
b. Coordina y conducir todas las actividades inherentes a la proyección y extensión
universitaria.
c. Contribuye a la formulación de los Planes y Programas Estratégicos de
Desarrollo de la Universidad.
d. Formula, coordinar y conducir los Planes Operativos de la Oficina General.
e. Coordina, evaluar; supervisar y conducir las actividades programadas por sus
instancias operativas: Oficina de Promoción y Desarrollo a la Comunidad:
Oficina de Extensión Cultural y Artística y los Centros de Proyección y
Extensión Universitaria de Provincias.
f. Informa a los Órganos de Gobierno de la Universidad en los aspectos señalados
en el Estatuto.
g. Otros que en el ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y
la Alta Dirección.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS:
DEL DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL
El Organo Directivo de la Oficina General de Proyección y Extensión Universitaria, es
la Dirección General y está a cargo de un docente nombrado en la categoría de Profesor
Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo Universitario
entre una terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del
Rector que lo ha propuesto.
Son Funciones del Director General de La Oficina General de Extensión y
Proyección Universitaria:
a. Es el representante legal de la Oficina General de Proyección y Extensión
Universitaria.
b. Participa con voz y voto en el Consejo Académico, presidida por el Vice Rector
Académico de la UNC.
c. Dirige, supervisa y evalúa las acciones planificadas y su cumplimiento con los
Objetivos de la Oficina General.
d. Coordina con los diferentes Órganos de la Universidad en cuanto a la ejecución de
acciones de proyección y extensión universitaria.
e. Cumple con las funciones que le señale el Estatuto y su Reglamento de la
Universidad.
f. Integra las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encarguen los
Órganos de Gobierno de la Universidad.
210
g. Presenta al Vice Rector Académico el Plan Anual de Funcionamiento de la Oficina
General para su aprobación.
h. Promueve y facilita la capacitación del personal asignado a la Oficina General.
i. Es responsable de la gestión técnico-administrativa, contable, financiera y de
establecimiento de convenios interinstitucionales.
j. Otros que en ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la
Universidad.
k. En caso de ausencia del Director General de la Oficina General de Proyección y
Extensión Universitaria, asumirá sus funciones un miembro designado por el
Director General, con conocimiento del Vice Rector Académico y del Rector.
CAPITULO II
ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
1. FUNCIONES GENERALES DEL COMITÉ CONSULTIVO
Esta es una instancia de apoyo que contribuye a la toma de decisiones de la Dirección y
está conformada por profesionales idóneos encargados de brindar asesoramiento y
absolver consultas especializadas así como participan en actividades puntuales, cuando
la Dirección de la Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria lo solicite.
a Intervienen en el análisis, discusión y formulación de alternativas de extensión y
proyección universitaria a ser planteadas al Vice Rectorado Académico.
b Acompañan y asesoran en la ejecución de actividades sustentadas en los Planes
Operativos de la Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria.
c Comprometen su experiencia y aporte intelectual para el desarrollo local.
d Se integra a la dinámica de trabajo de la OGEPU, respetando y acatando los
lineamientos de política, objetivos y dispositivos legales de la Universidad.
e Los miembros del Comité Consultivo son los representantes de los Centros de
Proyección y Extensión de las diferentes Facultades de la Universidad, y personas
invitadas de Instituciones Nacionales y Extranjeras.
CAPITULO III ORGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
EQUIPO DE APOYO
El Equipo de Apoyo esta encargado de centralizar y sistematizar las actividades que
contribuyen al normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General de
Proyección y Extensión Universitaria.
Tiene a su cargo: la elaboración de toda la documentación y trámite documentado de
la Oficina General; el Archivo; la administración contable de los Centros de
Extensión y Proyección Universitaria de Provincias; del Centro de Cómputo e
Informática y los bienes asignados a la Oficina General; la atención al público y las
demás que le encargue el Director General de la Oficina.
El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo
asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentado, está a
cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo,
211
designada por el Director General de la OGEPU. En caso de ausencia sus funciones
son cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la oficina de acuerdo al
ordenamiento previamente establecido.
El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le
sean encargadas por medio del Director General de la OGEPU, o por los Directores
de las Oficinas Técnicas.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO PROGRAMADOR DE SISTEMA PAD I T3-05-630-1
(SECRETARIA)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de programación de procesamiento automático de
datos.
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Diseña o analiza formularios para diagramar y codificar programas de
computadoras electrónicas.
Formula manuales de operación y programación.
Codifica instrucciones en lenguaje de programación.
Prepara procesos de computación de acuerdo con instrucciones del
programa.
Mantiene actualizado el archivo de programas.
Puede corresponderle preparar y organizar el plan de pruebas; revisar los
programas y aplicaciones que son procesadas en el computadora.
Contribuye en la administración contable financiera de la OGEPU.
LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General.
Tiene mando sobre el personal auxiliar que está bajo su jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa
Capacitación técnica en el Área: Informática y Programación.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
Conocimientos básicos de administración contable.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LÍNEA
Los Órganos de Línea de la Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria,
son las Oficinas Técnicas de Promoción y Desarrollo a la Comunidad, y de Extensión
Cultural y Artística, encargadas de la elaboración de acciones completas para el
cumplimiento de las funciones de la Oficina General. Son Órganos técnicos y de
asesoramiento, con capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de
acciones propias de su ámbito.
212
Están a cargo de un Director de Sistema Administrativo II, designado por el Rector a
propuesta del Director General de la Oficina General de Extensión Universitaria, de
entre los profesionales nombrados asignados a la Oficina General. Su designación esta
sujeta al periodo similar del Director General de la Oficina General de Extensión y
Proyección Universitaria designado, y requiere la emisión de la Resolución Rectoral de
designación. Pudiendo ser removidos previa evaluación de su labor, requiriéndose una
nueva Resolución Rectoral.
Para ser Director de la Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director la Oficina General de
Extensión y Proyección Universitaria podrá encargar las funciones de alguna Dirección
de Oficina. Los encargos de la Dirección de la Oficina Técnica no pueden ser por más
de un año.
Las Oficinas Técnicas están a cargo de un trabajador no docente con categoría de
Director, nombrado por el Consejo Universitario a propuesta del Director de la Oficina
General
1.1. Son funciones de OFICINA DE PROMOCION Y DESARROLLO A LA
COMUNIDAD a. Apoya y coordina la ejecución de los programas de Extensión y Proyección
Universitaria y los de Desarrollo Rural integral.
b. Apoya los programas autofinanciados de Extensión Universitaria.
c. Apoya los programas de Asistencia Universitaria a la Comunidad.
d. Coordina con los Centros de Extensión y Proyección Universitaria de las
Facultades para la participación de sus docentes, estudiantes y administrativos
en actividades inherentes a la actividad.
e. Contribuye a la formación del Banco de Datos computarizarlo.
f. Posibilita la firma de convenios interinstitucionales marco.
g. Coordina con el Instituto Universitario para el Desarrollo Regional - IUDER y
con la Oficina General de Cooperación Técnica a fin de coordinar y concertar
acciones.
h.Otras Funciones que le asigne el Director de la Oficina General.
1.2. Son funciones de la OFICINA DE EXTENSION CULTURAL Y ARTISTICA
a. Difundir las diversas manifestaciones artístico-culturales y humanísticas fuera
del medio universitario.
b. Organizar y mantener en funcionamiento los grupos de teatro, música y danzas,
de la Universidad, supervisando y conduciendo su desarrollo.
c. Promover y organizar eventos culturales y artísticos.
d. Fomentar la participación de la Comunidad Universitaria en el quehacer
artístico y cultural.
e. Rescatar y difundir los valores culturales y artísticos de la comunidad.
f. Otras funciones que le asigne el Director de la Oficina General
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DIRECTOR DE LA OFICINA DE PROMOCION Y DESARROLLO A LA
COMUNIDAD
(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4-05-295-2)
213
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de desarrollo integral local y
regional
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de un especialista en desarrollo
local y regional.
Participa en la formulación de políticas locales y regionales sobre
promoción y desarrollo Asesorar a la Dirección de la OGEPU en materias
de su competencia
Evalúa las actividades de desarrollo comunal planificadas y determinar las
medidas correctivas para el buen funcionamiento del mismo.
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Promoción y
Desarrollo a la Comunidad.
Tiene mando directo sobre el personal que está adscrito a la Oficina
Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional universitario que incluyan estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el Área.
Amplia experiencia en la conducción de programas sobre extensión y
proyección a la comunidad
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia.
INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS II P4-45-440-2
NATURALEZA DE LA CLASE
Supervisión, coordinación y/o ejecución de actividades agropecuarias
especializadas.
Funciones similar a las de Ingeniero en Ciencias Agropecuarias I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad
Supervisa la labor de personal profesional y técnico.
ACTIVIDADES TIPICAS
Elabora proyectos de investigación, experimentación, producción,
desarrollo agrícola, forestal y/o ganadero, así como proyectos de reforma
agraria, colonización y otros.
Coordina y/o presta asistencia técnica especializada a organizaciones
agrícolas y/o ganaderas.
214
Coordina y supervisa la aplicación de dispositivos legales y normas
técnicas relacionadas con actividades agrícolas, ganaderas,
industrialización de productos, reforma agraria y otros.
Realiza inspecciones, cuantificar áreas con fines de reforma agraria,
participar en el proceso de reversión e incorporación de tierras
abandonadas y/o eriazas.
Participa en actividades de control hidrobiológico.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica al cual está
adscrito.
Tiene mando sobre el Ingeniero en Ciencias Agropecuarias I
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de un Programa Académico de Ciencias Agropecuarias.
Experiencia en actividades de la especialidad.
Alguna experiencia en conducción de personal.
INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS I P3-45-440-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades profesionales en programas agrícolas y/o
pecuarias.
Generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS
Efectúa actividades de promoción agrícola, pecuaria y/o forestal
Realiza campañas sanitarias para el control de plagas y enfermedades que
afectan cultivos y ganados.
Proporciona asesoría técnica a los agricultores y ganaderos en la selección,
compra de semilla, oportunidad de siembra, riego, abono, cosecha,
obtención de créditos agropecuarios, construcciones de silos, almacenes,
corrales; selección, adquisición y mejoramiento de tipos de ganado y otros.
Controla la aplicación de dispositivos legales y normas técnicas referidas a
actividades agrícolas y/o pecuarias, de reforma agraria y otros.
Efectúa valorización de terrenos, construcciones, instalaciones, maquinaria
agrícola, ganado y otros.
Supervisa labores de construcción y mantenimiento de canales de regadío y
otras instalaciones.
Presta asistencia técnica y/o realizar estudios sobre investigación agrícola
y/o pecuaria, así como aumento y calidad de producción, formas de
abastecimiento, comercialización de producción y otros.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica al cual está
adscrito.
Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está bajo su
jurisdicción.
215
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de un Programa de Ciencias Agropecuarias.
Alguna experiencia en actividades de la especialidad.
INGENIERO I P3-35-435-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades especializadas en una rama de ingeniería
Generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar
ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecuta proyectos y programas de minería, irrigación, industrialización,
electrónica, petróleo, pesquera, mecánica, sanitaria, geológica, ingeniería
civil, entre otras.
Calcula y/o diseña estructuras, planos y especificaciones de proyectos de
obras.
Participa en la elaboración de estudios de factibilidad de obras, inversiones,
y proyectos de explotación e industrialización.
Efectúa trabajos de investigación científica y técnica dentro del área de su
especialidad.
Elabora presupuestos de valorizaciones, cotización de obras y equipos, así
como, las bases de licitaciones.
Efectúa delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en extensiones
de terreno.
Propone la adquisición de equipos, herramientas y material necesario para
el desarrollo de programas de ingeniería
Analiza, evalúa y prepara informes técnicos sobre denuncios, concesiones,
posibilidades de explotación de yacimientos: de conservación de equipos y
maquinarias; sobre otras áreas especializadas de la ingeniería.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica
Tiene mando sobre el personal técnico que está bajo su jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Título profesional de ingeniero en la especialidad requerida.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
MÉDICO VETERINARIO I P3-45-530-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de diagnóstico y tratamiento de enfermedades de
animales.
Ocasionalmente supervisa la labor de persona técnico.
ACTIVIDADES TIPICAS
Examina, diagnostica y presta tratamiento médico veterinario en casos de
enfermedades infecto contagiosas, parasitarias y orgánicas.
Promueve y coordina programas de profilaxis y de sanidad animal.
216
Realiza campanas de divulgación y extensión pecuaria
Realiza autopsias de animales.
Efectúa inspecciones sanitarias.
Elabora informes sanitarios.
Elabora informes pertinentes.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica.
Tiene mando sobre el personal técnico que está bajo su jurisdicción
REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional de Médico Veterinario.
Alguna experiencia en actividades de la especialidad.
AUXILIAR DE ASISTENTA SOCIAL I A2-55-095-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de apoyo a programas de asistencia.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Recopilar, clasificar y tabular información necesaria para la ejecución de
programas y actividades de asistencia social.
Colabora en el desarrollo de actividades asistenciales recreativas y
deportivas.
Proporciona al público información sobre aspectos diversos relativos a las
actividades correspondientes.
Mantiene el archivo clasificado del servicio de asistencia
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica a la cual esta
adscrito.
Tiene mando sobre el personal auxiliar y obrero que está bajo su
jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Alguna experiencia en labores similares.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA EXTENSION CULTURAL Y
ARTISTICA
DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4-05-295-2)
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección y coordinación de programas de extensión cultural y artística.
Actividades similares a la de Director I, diferenciándose por la mayor
complejidad y responsabilidad.
217
Supervise la labor de personal directivo y profesional.
ACTIVIDADES TIPICAS
Programa y dirige las actividades propias de un programa de extensión
cultural y artística
Participa en la formulación de políticas locales y regionales de extensión
cultural y artística.
Evalúa actividades de los programas de extensión cultural y artística y
determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento.
Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina General.
Tiene mando sobre el personal asignado a su Oficina Técnica.
REQUISITOS MINIMOS
Titulo profesional universitario que incluyan estudios relacionados con la
especialidad.
Capacitación especializada en el Área.
Amplia experiencia en la conducción de programas artísticos y culturales.
CONSERVADOR DE MUSEO I T2-25-220-l
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de conservación y coordinación del museo.
ACTIVIDADES TIPICAS
Participa en las acciones de búsqueda de piezas y/o documentos históricos
en un museo.
Vela, orienta y coordina las actividades del personal auxiliar del museo.
Coordina el mantenimiento y restauración de piezas históricas.
Vela por el mantenimiento, restauración y publicación del museo.
Inventaría piezas arqueológicas que se exhiben y/o ingresan al museo.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Extensión
Cultural y Artística.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa
Capacitación técnica en conservación de museos.
Experiencia en labores de conservación de museo.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
ARTISTA INTERPRETE II T4-25-062-2
NATURALEZA DE LA CLASE
Dirigir, supervisar actividades de creación e interpretación artística
218
Actividades similares a la del Artística Interprete I, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisar la labor de personal técnico.
ACTIVIDADES TIPICAS
Dirige ensayos de grupos musicales y corales.
Elabora programas de estudio de Escuela de Músicos.
Absuelve consultas de carácter técnico sobre capacitación de instrumentos
y adquisición de artículos musicales.
Participa en el proceso de selección y evaluar el rendimiento técnico de
bandas e instrumentistas.
Puede corresponderle formar parte del jurado de concurso para himnos,
marchas y obras de carácter musical
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Extensión
Cultural y Artística.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa
Capacitación en el campo requerido.
Amplia experiencia en labores de dirección musical
ALTERNATIVA
Poseer una combinación de formación y experiencia.
CAPITULO V
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS GEOGRÁFICAMENTE
1. LOS CENTROS DE PROYECCIÓN Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
Son Órganos desconcentrados geográficamente, dependientes de la Oficina General de
Extensión y Proyección Universitaria, encargados de extender, proyectar y difundir la
actividad universitaria en las provincias que conforman el área de influencia de la
Universidad.
El Centro de Proyección y Extensión Universitaria en Provincias, está a cargo de un
Docente Auxiliar Nombrado o Contratado, a Dedicación Exclusiva o a Tiempo
Completo y que viene prestando sus servicios en alguna de las Facultades de la
Universidad.
Asimismo se cuenta con el apoyo de m Equipo Residente constituido por profesionales,
técnicos y/o auxiliares en calidad de Residentes, integrados por personal administrativo
nombrado y/o contratado por la Universidad o mediante el aporte de otras instituciones,
como el gobierno local. El Equipo Residente se encarga de ejecutar y apoyar todas las
acciones planificadas y concertadas que contribuyan al desarrollo de su jurisdicción y de
acuerdo a las necesidades de los Grupos de Base actuando de acorde a la disponibilidad
de recursos ofrecidos por la Universidad.
219
Todos los Centros de Proyección y Extensión Universitaria se organizan y conducen a
través de una Coordinadora Zonal, que involucra a más de 2 CPEUs localizados dentro
de una cuenca hidrográfica y articulada a un eje vial principal e integrado a mercados
primarios y secundarios locales y regionales.
Dichos Centros asumen los lineamientos, objetivos y estrategias de política aprobados
por la Universidad e implementados por su Oficina General de Extensión y Proyección
Universitaria, en coordinación con las Facultades.
La creación de Centros de Extensión y Proyección Universitaria en Provincias está
basada en la necesidad de las poblaciones y en el análisis del potencial humano,
económico y cultural, comprometido en la ejecución de alternativas que contribuyan en
la promoción y al desarrollo sostenible local y regional, mediante la participación
concertadas interinstitucional. Esta tarea implica superar estilos de trabajo localismos y
aislados y sumar esfuerzos de coordinación y trabajo para lograr resultados efectivos.
La existencia de los Centros de Extensión y Proyección Universitaria en provincias crea
condiciones para obtener recursos externos de uso compartido, donación de terrenos e
infraestructura y desplazamiento de recursos humanos según las necesidades
priorizadas.
Son funciones Generales de los CENTROS DE PROYECCIÓN Y EXTENSIÓN
DE PROVINCIAS
a. Establece convenios con los gobiernos locales provinciales y distritales, para la
identificación de las necesidades poblacionales y elaboración de planes, programas
y proyectos concertados y estratégicos para el desarrollo local.
b. Fomenta la difusión de conocimientos en ciencia y tecnología, producida por la
Universidad mediante el desarrollo de actividades de extensión y proyección
universitaria, facilitando la retroalimentación académica.
c. Ejecuta actividades a nivel provincial, priorizando su atención en los caseríos y
distritos ubicados dentro del Mapa de la Pobreza Departamental.
d. Concentra esfuerzos principalmente en la elaboración de propuestas que involucren
la participación de las Áreas de capacitación, producción agropecuaria, recursos
naturales, recursos hídricos, gestión empresarial y constitución de Bancos de Datos.
e. Administra y cuida los recursos asignados para su funcionamiento.
f. Acoge y brinda facilidades para que los docentes, estudiantes y administrativos
desarrollen las actividades de proyección y extensión universitaria en su ámbito.
g. Propicia el establecimiento de Centros Piloto, localizados en los ámbitos distritales.
h. Otras funciones que le asigne el Director de la Oficina General.
Son Funciones Generales COORDINACION DE ZONAS
Es una instancia que integra a los Coordinadores de las Zonas de Trabajo, como
Representantes de los Centros de Extensión y Proyección Universitaria de Provincias
localizados en su ámbito. Es presidida por el Director de la OGEPU y tiene las
siguientes Funciones:
a. Formula planes, programas y proyectos de desarrollo sostenible en función al
enfoque sistémico de cuencas hidrográficas, visión holística del mundo andino y
articulación a los grandes ejes viales y de mercado identificados.
220
b. Plantea estrategias de intervención universitaria, concertando y/o coordinando
acciones, con instituciones públicas, privadas y, principalmente, con los gobiernos
locales provinciales y distritales localizados en el ámbito de cada CPEUs.
c. Administra los recursos económico-financieros otorgados por la Universidad para la
ejecución de actividades de proyección y extensión universitaria.
d. Evalúa las acciones ejecutadas, efectos e impactos socioeconómicos, culturales y
productivos, producidos por cada CPEU.
e. Coordina permanentemente con las Oficinas Técnicas de la OGEPU, con la
finalidad de viabilizar la participación de docentes, estudiantes y administrativos, en
acciones planificadas y priorizadas por los grupos meta.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS POR CADA CPEU:
FUNCIONES GENERALES DEL COORDINADOR DE ZONA
a. Es responsable de la viabilización de los planes, programas, proyectos y/o
actividades planificados por la Coordinadora.
b. Canaliza la ejecución presupuestal para las actividades planificadas por cada CPEUs
integrante de su zona de trabajo.
c. Coordina permanentemente con la Dirección General de la GEPU y con sus
Oficinas Técnicas a fin de movilizar los recursos humanos especializados de la
Universidad, para la coparticipación en las actividades programadas por los CPEUs.
d. Formula el presupuesto de su zona de trabajo conjuntamente con los Profesionales
Residentes de cada CPEU.
e. Centraliza la información técnica y económica ejecutados por los CPEUs e informa
a las instancias administrativa respectivas de la OGEPU.
f. Propicia la concertación con los gobiernos locales provinciales e instituciones
públicas y privadas, participando en la formulación y ejecución de planes de
desarrollo provincial
DOCENTES DE LOS CPEUs: (sin clasificar)
OBREROS AGROPECUARIOS (sin clasificar).
221
INSTITUTO UNIVERSITARIO PARA EL DESARROLLO REGIONAL
(IUDER)
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
DIRECTORIO COMITÉ
CONSULTIVO
PRESIDENCIA
EQUIPO DE APOYO
OFICINA TÉCNICA
DE PROYECTOS DE
INVERSIÓN
OFICINA TÉCNICA DE
COORDINACIÓN DE
DESARROLLO REGIONAL
OFICINA TÉCNICA
DE INVESTIGACIÓN
222
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE INSTITUTO UNIVERSITARIO PARA EL
DESARROLLO REGIONAL (IUDER)
a. Identificar los grandes problemas de naturaleza social, que retardan el Desarrollo
Regional, a fin de proponer alternativas de solución.
b. Brindar asesoramiento especializado a los Gobiernos Locales, Gobierno
Regional y otras instituciones, tanto públicas como privadas, en los asuntos de
competencia del Instituto.
c. Promover y difundir en la comunidad local, regional y nacional la problemática
regional.
d. Identificar, formular y evaluar proyectos de inversión promotores del desarrollo
local y regional.
e. Promover y ejecutar estudios de investigación socio económico y poner a
disposición de la comunidad los avances de la investigación científica y técnicas
relativas al progreso de la región.
f. Coadyuvar las acciones de la planificación del desarrollo local y regional.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO PARA EL
DESARROLLO REGIONAL
Para el cumplimiento de sus funciones, del Instituto Universitario para el Desarrollo
Regional cuenta con la estructura orgánica siguiente:
a. ORGANO DE DIRECCION
- Directorio
- Presidencia
b. ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
- Comité Consultivo
c. ORGANO DE APOYO - Equipo de Apoyo
d. ORGANOS DE LINEA (Proyectado) - Oficina Técnica de Investigación.
- Oficina Técnica de Proyectos de Inversión.
- Oficina Técnica de Coordinación del Desarrollo Regional.
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1 LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. El Instituto Universitario para el Desarrollo Regional depende
jerárquicamente del Rectorado, a través del Presidente del Directorio.
b. El Presidente del Directorio es responsable ante el Rector y el Directorio.
c. El Comité Consultivo es el órgano consultivo y de coordinación y
absolución de consultas en investigación, estudios, formulación y
evaluación de proyectos.
d. Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el
Presidente del Directorio del Instituta Universitario para el Desarrollo
Regional.
e. El personal asignado a las Oficinas Técnicas son responsables ante su
Director inmediato.
223
f. El personal especialista que forman los equipos de trabajo, se adscribe a
la Oficina Técnica en relación la actividad que se desarrolla y son
responsables ante el Director inmediato.
3.2. DE LA COORDINACION
Con la finalidad de cumplir con las funciones asignadas al Instituto Universitario
para el Desarrollo Regional el Presidente del Directorio coordina con el Rector,
Vicerrectores, Instituciones Públicas, privadas de la Región y los miembros del
directorio.
4. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL (ANEXO N° 01)
TITULO III DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANOS DE GOBIERNO
1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL DIRECTORIO DEL IUDER
El Directorio es el máximo órgano deliberativo y normativo de las políticas del IUDER,
conformado por el Presidente del Directorio quien lo preside, dos miembros designados
por el Rector y los delegados de las Instituciones públicas o Privadas, definidos estos
según convenios. (Art. N° 318 del Reglamento General de UNC).
Los delegados de otras instituciones públicas o privadas que según convenios
celebrados entre éstas y la Universidad se integran al Directorio del Instituto
Universitario para el Desarrollo Regional, asumen sus funciones previa acreditación
ante el Presidente del Directorio, por parte del más alto funcionario de dicha Institución.
El Directorio del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional tendrá un secretario
encargado de llevar al día el Libro de Actas de las sesiones Ordinarias y
Extraordinarias, con derecho a voz pero sin voto. El cargo de secretario será
desempeñado por el Director de una de las oficias técnicas del Instituto Universitario
para el Desarrollo Regional, su participación, no interviene para la determinación del
quórum de sesiones. El Secretario es el encargado de tramitar los documentos de las
sesiones.
Sus funciones son las siguientes:
a. Analizar y aprobar el plan de trabajo del IUDER presentado con anticipación por el
Presidente.
b. Analizar y aprobar las alternativas propuestas. Los acuerdos se aprueban en
sesiones, por mayoría simple, cuyos resultados son elevados a la Alta Dirección
cuando la naturaleza de la alternativa así lo requiera, a través del Presidente del
Directorio.
c. Formular la política de gestión institucional que garantice el logro de los objetivos.
d. Revisar y aprobar los estados financieros.
224
CAPITULO II
ORGANOS DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION DEL INSTITUTO
UNIVERSITARIO PARA EL DESARROLLO REGIONAL.
El órgano Directivo del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional, es la
presidencia y está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal
o Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el consejo Universitario entre una
tema propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo que EL del Rector que lo ha
propuesto.
Las sesiones ordinarias del Directorio se realizarán por lo menos una vez el mes, previa
citación escrita del Presidente del Directorio, se realizarán sesiones extraordinarias a
convocatoria del Presidente y/o por mayoría simple de los delegados del Directorio, con
indicación expresa de la agenda a tratar.
La citación para las sesiones de Directorio se hará con un mínimo de 24 horas de
anticipación. Las sesiones ordinarias y extraordinarias se desarrollarán con un quórum
igual al entero inmediato superior a la mitad del número total de sus miembros.
Son sus Funciones de la Presidencia:
a. Es el representante legal de la Oficina General del Instituto Universitario para el
Desarrollo Regional ante los órganos internos y organismos externos a la
Universidad. Está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de profesor
principal o asociado a dedicación exclusiva.
b. En caso de ausencia del Presidente del Directorio, asumirá sus funciones un
miembro designado por él, con conocimiento del Rector.
c. Coordinar y apoyar en la investigación, el estudio, formulación y evaluación de
proyectos, planes y programas de Desarrollo Institucional, propuestos por la Alta
Dirección y/o Unidades Operativas de Gasto de la UNC en relación con las políticas
y objetivos del plan 4e desarrollo Universitario.
d. Ejecutar y/o asesorar al Gobierno Regional, Sub Regionales, Concejos Municipales
y Locales en la investigación, el estudio, formulación y evaluación de proyectos de
inversión.
e. Brindar los servicios de consultaría, asesoría e investigación empresarial, a
entidades publicas, personas naturales y jurídicas de la Región.
f. Realizar el diagnóstico regional e identificar oportunidades de inversión tendientes a
impulsar el desarrollo de la UNC y la Región.
g. Implementar el Banco de Proyectos y el Banco de Datos, con el apoyo de Unidades
Operativas de Gestión de la Universidad Nacional de Cajamarca y de terceros.
h. Otras que en el ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y la
Alta Dirección.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS:
DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
a. Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Directorio y las
reuniones del Comité Consultivo.
b. Elevar al Rectorado los acuerdos que se tomen en las sesiones del Directorio y
acciones propias de la presidencia que por su naturaleza así lo requiera
225
c. Formular el Plan de Trabajo Anual en coordinación con los Directores de las
Oficinas Técnicas y trarnitarlo ante el Directorio para su aprobación.
d. Dirigir, supervisar y evaluar las gestiones del IUDER
e. Coordinar con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos relacionados
con las funciones del IUDER.
f. Cumplir y hacer cumplir las funciones que señala el Estatuto y disposiciones
legales y administrativas inherentes al IUDER.
g. Elevar al Rectorado el Plan Anual de Funcionamiento del HIDER aprobado por
el Directorio.
h. Promueve la capacitación del personal asignado del IUDER.
i. Supervisar y controlar los recursos financieros, materiales y humanos destinados
al IUDER y suscribir convenios.
j. Otras que en el ámbito de su competencia, le asigne el Rector de la UNC.
CAPITULO II ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION
1. DEL COMITE CONSULTIVO
Está conformado por profesionales idóneos, los mismos que son propuestos por el
Presidente el Directorio ante el Directorio, quienes aprueban la designación. Serán
acreditados por el Presidente. Esta designación concluye por las razones siguientes:
Al finalizar el mandato del Presidente del Directorio que propuso su
designación.
A solicitud del designado.
A solicitud del Presidente del Directorio.
Brindar asesoramiento y absolver consultas relacionados con las actividades del
Instituto Universitario para e Desarrollo Regional.
CAPITULO III
ORGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO
EQUIPO DE APOYO
El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado
a ella, con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a cargo de una
secretaria (o), la que es responsable de la coordinación general del equipo, designada
por el Presidente del Directorio. En caso de ausencia sus funciones son cubiertas por el
personal técnico y/o auxiliar de la oficina de acuerdo al ordenamiento previamente
establecido.
El equipo de apoyo sirve al Instituto Universitario para el Desarrollo Regional,
cumpliendo las acciones que le sean encargadas por medio del Presidente del
Directorio, o por los Directores de las oficinas técnicas.
Son sus funciones:
226
a. Encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo para el normal
desenvolvimiento de las funciones del Instituto Universitario para el Desarrollo
Regional.
b. Elaboración, trámite y archivo de toda la documentación del Instituto Universitario
para el Desarrollo Regional.
c. Control y custodia de la bibliografía y de los bienes asignados al Instituto
Universitario para el Desarrollo Regional.
d. Atención al público y otras en el ámbito de su competencia que le sean asignadas.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO
PROGRAMADOR DE SISTEMAS PAD II
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Supervisión y coordinación de actividades de programación en el
procesamiento de datos.
Actividades similares a la del Programador de Sistemas PAD I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa labor de personal técnico y auxiliar.
2. ACTIVIDADES TÍPICAS
Coordinar y supervisar las labores de programación y procesamiento de
datos.
Realizar estudios y propone reformas en los trabajos de programación.
Programar actividades susceptibles de automatización.
Formular y elaborar manuales de programación.
Elabora Diagramas de Flujo y/o de Procesos para completar los programas
creados.
3. REQUISITOS MÍNIMOS
Título no Universitario de un Centro de Estudios Superiores, relacionados
con el Área.
Experiencia en el área.
4. ALTERNATIVA
Estudios universitarios relacionados con la especialidad y capacitación
especializada
Amplia experiencia en labores de programación.
Alguna experiencia en conducción de personal.
SECRETARIA III
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución y supervisión de actividades de gran complejidad de apoyo
secretarial, en órgano del tercer nivel
jerárquico.
Actividades similares de la Secretaria U, diferenciándose en la mayor
complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor del personal técnico y/o auxiliar.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
227
Recepcionar, analizar, sistematizar y archivar la documentación clasificada
del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional.
Coordinar, distribuir y supervisar la labor de los servidores a su cargo
Tomar dictado taquigráfico y mecanográfico de documentos confidenciales.
Coordinar reuniones y preparar la agenda respectiva.
Preparar y ordenar la documentación para reuniones y/o conferencias.
Redactar documentos con criterio propio de acuerdo con indicaciones
generales.
3. REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria completa y Título de Secretaria Ejecutiva.
Experiencia en Labores administrativas de oficina y en supervisión de
personal auxiliar.
4. ALTERNATIVA
De no haber título de Secretaria Ejecutiva, poseer Certificado de Concluido
con estudios no menores de un año.
CAPITULO IV
ORGANOS DE LINEA (Proyectado)
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
Los Órganos de Línea están conformado por las Oficina Técnica de: Investigación.
Proyectos de Inversión Coordinación del Desarrollo Regional.
Están a cargo de un Director, designado por el Rector a propuesta del Presidente del
Directorio del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional, de entre los
profesionales asignados a la Oficina General. Su designación e por un periodo similar al
del Presidente del Directorio, y requiere la emisión de la Resolución Rectoral de
designación Pueden ser removidos previa evaluación de su labor, requiriéndose una
nueva Resolución Rectoral.
Son órganos tecnificados y de asesoramiento con capacidad necesaria para absolver
íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.
Para ser Director de la Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos
exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Presidente del Directorio podrá
encargar las funciones de alguna Dirección de oficina. Las encargaturas de la Dirección
de la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.
Las Oficinas Técnicas están encargadas de la elaboración de acciones concretas para el
cumplimiento de las funciones del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional.
1.1 OFICINA TECNICA DE INVESTIGACION (Art. 27 Estatuto del IUDER)
(Requerimiento)
La Oficina Técnica de Investigación es el Órgano de Línea del Instituto Universitario
para el Desarrollo Regional, encargada de dirigir y coordinar las actividades de
investigación en el ámbito regiona1.
228
Son funciones de la Oficina Técnica de Investigación:
a. Promocionar y ejecutar actividades de investigación relativas al desarrollo regional.
b. Elaborar diagnósticos integrales de la realidad regional.
c. Centralizar, conservar y sistematizar el acervo intelectual vinculado al desarrollo
regional.
1.2 OFICINA TECNICA DE PROYECTOS DE INVERSION (Art. 29 Estatuto
del IUDER) (Requerimiento)
La Oficina Técnica de Proyectos de Inversión es el Órgano de Línea del Instituto
Universitario para el Desarrollo Regional, encargada de efectuar estudios sobre la mejor
oportunidad de inversión, procesar estudios, formulación y evaluación de proyectos de
inversión.
Son funciones de las Oficina Técnica de Proyectos de Inversión:
a. Identificar y precisar líneas y sectores donde se requiera orientar la inversión.
b. Formular proyectos de inversión a solicitud de instituciones públicas y privadas.
c. Evaluar y priorizar proyectos de inversión.
1.3. OFICINA TECNICA DE COORDINACION DE DESARROLLO
REGIONAL (Art. 31 Estatuto del IUDER) (Requerimiento)
La Oficina Técnica de Coordinación de Desarrollo Regional es el Órgano del Instituto
Universitario para el Desarrollo Regional, encargada de formular políticas económicas y
sociales que permitan impulsar el desarrollo del país, orientándose a la descentralización
como eje de desarrollo.
Son funciones de la Oficina Técnica de Coordinación de Desarrollo Regional:
a. Estudiar las relaciones inter regionales de la región.
b. Analizar el proceso de descentralización económica para apoyar el desarrollo
local. subregional y regional.
c. Diseñar programas de desarrollo integral acorde con la problemática económica,
social y política de la región.
d. Coordinar acciones con entidades públicas y privadas.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS
Son funciones del Director de la Oficina Técnica de Investigación y Oficina Técnica de
Coordinación de Desarrollo regional
DIRECTOR SISTEMA ADMINISTRATIVO II
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Dirección, Coordinación y Control de programas de administración de
Recursos.
Desarrollo de actividades de mayor complejidad y de responsabilidad.
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Dirigir y coordinar las actividades técnico administrativas.
Participar en la formulación de la política general de administración.
229
Supervisar y coordinar el cumplimiento de normas y procedimientos de las
áreas administrativas que integran las Oficinas Técnicas.
Formular directivas para la administración de recursos y supervisa su
cumplimiento.
Presidir comisiones por encargo del Presidente del Directorio en el ámbito
de su competencia.
3. REQUISITOS MINIMOS
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Capacidad especializada en el área.
Experiencia en dirección de programas administrativos.
Amplia experiencia en conducción de personal.
4. ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia.
ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución y coordinación de actividades especializadas de los sistemas
administrativos de apoyo de la Oficina Técnica de Investigación.
Actividades similares a los del Especialista Administrativo I
diferenciándose de mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa labor profesional y técnico.
2. ACTIVIDADES TÍPICAS
Coordinar la implementación de los procesos técnicos del Sistema
Administrativo respectivo y evaluar su ejecución.
Proponer normas y procedimientos técnicos.
Asesorar en aspectos de su especialidad.
Efectuar estudios e investigaciones referentes a la aplicación de la
normatividad y emitir informes técnicos.
Coordinar la programación de actividades.
Efectuar charlas y exposiciones relacionadas con su especialidad.
Participar en comisiones y reuniones de trabajo de su especialidad.
Puede participar en la formulación de políticas.
3. REQUISITOS MÍNIMOS:
Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la
especialidad.
Experiencia en labores de la especialidad.
Alguna experiencia en la conducción de personal.
Alguna capacitación especializada en el área.
DIRECTOR DE LA OFICINA TÉCNICA DE PROYECTOS DE INVERSIÓN:
(DIRECTOR SISTEMA ADMINISTRATIVO II)
1. NATURALEZA DE LA CLASE
230
Dirección, Coordinación y Control de planificación y supervisión de
estudios y programación de la problemática económica-financiera.
Actividades similares a las del Director Sistemas Administrativo II,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad
Supervisa la labor de personal directivo y profesional.
2. ACTIVIDADES TÍPICAS
Dirigir y Coordinar las actividades de planificar programas económico-
financieros a nivel global sectorial y regional.
Analizar y evaluar programas especiales de desarrollo global y sectorial.
Elaborar alternativas de política económica-financiera.
Supervisar y coordinar el cumplimiento de normas y procedimientos de las
Áreas Administrativas que integran la Oficina Técnica.
Formular Directivas para la Administración de Recursos y Supervisa su
cumplimiento; diseñar modelos econométricos.
Participar en la conformación de grupos técnicos de trabajo especializado.
Representar por designación del Presidente del Instituto Universitario para
el Desarrollo Regional en eventos Nacionales en asuntos relacionados de la
Oficina Técnica.
3. REQUISITOS MINIMOS
Titulo Profesional Universitario de Economista.
Capacitación especializada en el campo económico-financiero.
Amplia Experiencia en labores especializadas de la actividad económico-
financiera.
Experiencia en conducción de personal.
Son funciones del Equipo de Profesionales de la Oficinas Técnicas.
a. Ejecutar técnicamente las actividades de acuerdo a su especialidad en el trabajo que
se les asigna.
b. Realizar informes periódicos de las actividades técnicas profesionales que se van
realizando al Director de la Oficina Técnica Correspondiente.
c. Establecer cronograrnas de acciones específicas de la actividad asignada y obtener
su aprobación por la Oficina Técnica correspondiente.
TECNICO ADMINISTRATIVO II
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de Actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo de la entidad.
Actividades similares a las de Técnico Administrativo I diferenciándose en
la mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
2. ACTIVIDADES TÍPICAS
Ejecutar y coordinar actividades relacionadas con el registro,
procesamiento, clasificación, verificación y archivo del movimiento
documentario.
231
Recoger información y apoyar en la formulación y/o modificación de
normas y procedimientos técnicos.
Emitir opinión técnica de expedientes.
Verificar procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos.
Recepcionar, almacenar, entregar o inventariar materiales y equipos,
solicitando su reposición.
Registrar operaciones contables y preparar balances de comprobación.
Elaborar cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de
competencia.
Ejecutar procesos técnicos sencillos de administración de personal.
Dar información relativa al área de su competencia.
Participar en la elaboración y diseño de materiales de información y en las
actividades de Relaciones Públicas.
Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico-
administrativa y en reuniones de trabajo.
3. REQUISITOS MINIMOS
Título universitario de un Centro Superior relacionado con la especialidad.
Experiencia en las labores técnicas de la especialidad.
4. ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con la
especialidad.
Experiencia en labores de la especialidad.
Alguna capacitación en el área
232
CONSEJO DE CENTROS PRODUCTIVOS
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
CONSEJO DE CENTROS
PRODUCTIVOS
COMITÉ
CONSULTIVO
PRESIDENCIA
EQUIPO DE APOYO
DIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA DEL
CENTRO PRODUCTIVO
UNIDAD
ADMINISTRATIVA
UNIDAD PRODUCTIVA UNIDAD DE TRANSFERENCIA
TECNOLÓGICA
233
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE CENTROS
PRODUCTIVOS
El Consejo de Centros Productivos es un órgano desconcentrado, encargado de dirigir,
integrar y supervisar la actividad de los Centros de Producción de Bienes y Prestación
de Servicios de la UNC. Está conformado por cinco miembros designados por el
Consejo Universitario a propuesta del Rector, de los cuales uno de ellos lo preside.
Junto con los Centros Productivos conforman el Sistema de Gestión Productiva de la
UNC.
Para ser integrante del Consejo de Centros Productivos se requiere poseer título
universitario en administración o afines, o ser profesional con experiencia en
actividades de producción.
De no contarse, en el medio, con profesionales que reúnan los requisitos previstos en el
Artículo 321° del Reglamento General, se podrá eximir de ellos temporalmente a no
más de dos de los integrantes del Consejo de Centros Productivos.
Están impedidos de integrar el Consejo de Centros Productivos:
a. Los incapaces absolutos y relativos.
b. Los declarados judicialmente en quiebra.
c. Las Autoridades Universitarias.
d. Los que tengan proceso judicial o administrativo pendiente.
e. Los que estén vinculados o tengan interés en actividades productivas particulares
análogas o similares a las de los centros productivos.
Sus funciones del Consejo de Centros Productivos:
a. Propone la política de Gestión Productiva de la UNC.
b. Dirige, supervisa y fiscaliza las actividades económicas, administrativas y
tecnológicas de los Centros Productivos.
c. Fiscaliza el manejo económico de las empresas universitarias.
d. Propone al Consejo Universitario la creación de Centros Productivos y la
constitución de empresas universitarias.
e. Evalúa los lineamientos y procesos sobre recepción, clasificación y catalogación
bibliográfica, siguiendo criterios técnicos de acuerdo a las especialidades.
f. Asegura que las actividades de producción de bienes y prestación de servicios sean
autofinanciados y generen remanentes financieros para la Universidad.
g. Promueve en las Unidades Académicas y Administrativas la optima utilización de
los recursos.
h. Establece procedimientos adecuados para el manejo de centros productivos.
i. Planifica la constitución y financiamiento de Centros Productivos, en atención a
requerimientos de la Universidad y la comunidad en general.
j. Contribuye a la formación profesional, técnica y empresarial de los estudiantes.
k. Informa anualmente al Consejo Universitario los resultados de la gestión productiva
l. Las demás que le sean asignadas.
234
Son funciones Específicas del Presidente del Consejo de Centros Productivos:
a. Convoca y preside las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Centros
Productivos.
b. Dirige, supervisa y evalúa las gestiones de los Centros Productivos.
c. Eleva la Rectorado los acuerdos que se tomen en las sesiones y acciones propias de
la presidencia que por su naturaleza así lo requiera.
d. Propone el Plan Anual de Trabajo en coordinación los Administradores del los
Centros Productivos y lo presenta la Consejo de Centros Productivos para su
aprobación.
e. Coordina con los diversos órganos de la Universidad los asuntos relacionados con
las funciones del Consejo de Centros Productivos.
f. Cumple y hace cumplir las funciones que cuenta el Estatuto, el Reglamento General
y demás disposiciones administrativas inherentes al Consejo de Centros
Productivos.
g. Eleva la Rectorado el Plan Anual de Funcionamiento aprobado por el Consejo de
Centros Productivos.
h. Supervisa y controla la captación de los recursos financieros.
i. Otras que le sean asignadas.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CONSEJO DE CENTROS
PRODUCTIVOS
Para el cumplimiento de sus funciones, el Consejo de Centros Productivos cuenta con la
Estructura Orgánica siguiente:
A) ÓRGANO DE DIRECCIÓN:
- Consejo de Centros Productivos.
B) ÓRGANO DE APOYO
- Equipo de Apoyo
El Sistema de Gestión Productiva de la Universidad (Centros Productivos) tiene la
organización siguiente:
a) ÓRGANO DE DIRECCIÓN
- Dirección Administrativa.
b) ÓRGANO DE APOYO
- Unidad Administrativa
c) ÓRGANOS DE LINEA
- Unidad Productiva
- Unidad de Transferencia Tecnológica.
3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1 Líneas de Autoridad y Responsabilidad
a. El Consejo de Centros Productivos depende jerárquicamente del Rector, a través
del Presidente de este Consejo.
b. Los administradores de los Centros de Producción y Prestación de Servicios son
responsables ante el Consejo de Centros Productivos.
c. El personal profesional y técnico que presta servicios en esta Oficina es
responsable ante el Presidente del Consejo de Centros Productivos.
235
3.2 De la Coordinación
Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a este Consejo, el Presidente
coordinará con el Rector, Vicerrectores, Decanos, Jefes de Departamentos
Académicos, Directores de Escuelas Académico Profesionales, Directores de
Oficinas, Administradores de los diferentes Centros.
4. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE APOYO DEL CONSEJO DE CENTROS PRODUCTIVOS
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO DEL CONSEJO DE
CENTROS PRODUCTIVOS
Está conformado por todo el personal asignado al Consejo de Centros Productivos, está
encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo secretarial y/o trámite
documentado, para el normal desarrollo de las funciones del Consejo de Centros
Productivos; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite
documentado, el archivo, la biblioteca especializada y de los bienes asignados al
Consejo: la atención al público y los demás que le encargue el Presidente del Consejo.
Está a cargo de una secretaria (o), la que es responsable de las funciones de Secretaria,
es designada por el Presidente del Consejo de Centros Productivos.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
SECRETARIA I (T1-05-675-l)
NATURALEZA DE LA CLASE:
Ejecución de actividades variadas de apoyo secretarial
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TIPICAS:
Recepciona, clasifica, registra, distribuye y archiva la documentación de la
Oficina.
Toma dictado taquigráfico y mecanografía documentos variados.
Redacta documentos de acuerdo a instrucciones específicas.
Efectúa llamadas telefónicas y concerta citas.
Vela por la seguridad y conservación de documentos.
Mantiene la existencia de útiles de oficina y se encarga de su distribución.
Orienta al público en general sobre gestiones a realizar y situación de
documentos.
REQUISITOS MINIMOS:
Instrucción secundaria completa y título secretarial.
Experiencia en labores variadas de oficina
236
ALTERNATIVA
De no tener título secretarial, contar con certificado de estudios
secretariales, no menor de un año.
CAPITULO II
DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE LOS CENTROS PRODUCTIVOS
1. FUNCIONES ESPEC1FICAS DE LOS CENTROS PRODUCTIVOS.
Los Centros Productivos, son órganos ejecutivos del sistema de Gestión Productiva de
la Universidad, destinados a la producción masiva de bienes, prestación de servicios y
generación de recursos. Gozan de autonomía administrativa bajo la dirección,
coordinación y supervisión del Consejo de Centros Productivos.
Son funciones de los Centros Productivos:
a. Produce bienes y/o presta servicios estratégicos para la colectividad.
b. Propende a la participación activa de la Comunidad Universitaria en sus
actividades.
c. Generar recursos económicos - financieros que contribuyan a la consecución de
los fines de la UNC.
d. Sirve para el desarrollo de actividades académicas y docentes.
1.1.DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS CENTROS PRODUCTIVOS
DE LA UNC.
La Dirección Administrativa de los Centros Productivos es el Órgano de Dirección,
está a cargo de un Administrador, designado por el Consejo Universitario a
propuesta del Rector o del Decano según corresponda en coordinación con el
Consejo de Centros Productivos.
El Administrador de un Centro Productivo es responsable de su aspecto económico
financiero. Todo dinero que reciba de la Administración Central deberá devolverlo
en el plazo fijado por la Oficina General Económico Financiera, y en montos que
mantengan su valor adquisitivo. Está a cargo de un Profesional especializado en la
producción de bienes y prestación de servicios, y depende del Consejo de Centros
Productivos encargado de organizar, ejecutar y evaluar las actividades del Centro
Productivo
Son funciones de la Dirección Administrativa de los Centros Productivos:
a. Administra los recursos del Centro.
b. Ejecuta las funciones propias de producción de bienes o prestación de servicios.
c. Promover la generación de ingresos propios del Centro a su cargo.
1.2. UNIDAD ADMINISTRATIVA
La Unidad Administrativa de los Centros Productivos es el órgano de apoyo
encargado del manejo de los fondos, bienes, personal y seguridad, así romo de la
comercialización de los productos finales. Está a cargo de un Profesional con
experiencia en asuntos comerciales, jerárquicamente depende del Administrador.
Son funciones de la Unidad Administrativa de los Centros Productivos:
237
a. Apoya las actividades de control económico-financiero, de personal de bienes y
servicios.
b. Ejecuta la comercialización de los productos finales de acuerdo a los
lineamientos emitidos por el Consejo de Centros Productivos.
c. Otras que le asigne la Dirección Administrativa.
1.3. UNIDAD DE PRODUCCIÓN
La Unidad de Producción los Centros Productivos es el órgano de línea encargado
de producir los bienes o servicios a terceros o a la UNC, en forma competitiva en
calidad y precios. Está a cargo de un Profesional o técnico especializado en la
producción de los bienes o servicios específicos del Centro, quien depende del
Administrador.
Son funciones de la Unidad de Producción de los Centros Productivo:
a. Desarrollar las actividades de generación, producción, de los bienes y servicio
específicos del Centro, en armonía con las políticas dictada por el Consejo de
Centros Productivos.
b. Otras que le asigne la Dirección Administrativa.
1.4. UNIDAD DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA
La Unidad de Transferencia Tecnológica de los Centros Productivos es el órgano de
línea encargado de capacitar y prestar servicios de su tecnología a los usuarios
demandantes, previo proyecto aprobado por el Consejo de Centros Productivos.
Son funciones de la Unidad de Transferencia Tecnológica de los Centros
Productivos:
a. Capacitar tecnológicamente al personal que labora en el Centro Productivo al
cual pertenece.
b. Intercambiar los conocimientos tecnológicos de su competencia con otros
Centros Productivos y Escuelas Académico-Profesionales afines.
c. Prestar servicios tecnológicos a la colectividad, en conformidad con las
directivas dictadas por el Consejo de Centros Productivos.
d. Otras que le asigne el Administrador.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
ADMINISTRADOR DE CENTRO DE PRODUCCIÓN II
NATURALEZA DE LA CLASE:
Planificación, dirección y control de actividades en un Centro de
Producción y/o comercialización.
Actividades similares a las de Administrador de Centro de Producción I
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa labor de personal profesional y técnico.
238
ACTIVIDADES TÍPICAS:
Planifica, dirige, y controla actividades técnico-administrativas en un centro
de producción y/o comercialización.
Formula política general de la dependencia.
Aprueba y formula normas técnicas para una mejor gestión administrativa
de la dependencia.
Formula, supervisa y controla la programación del presupuesto de insumos.
Coordina con los usuarios la comercialización de productos y/o servicios
que brinda a diferentes entidades dependencias.
Representa a la entidad en eventos de la especialidad; dicta charlas y
conferencias relacionadas con la actividad.
REQUISITOS MÍNIMOS:
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados en la
especialidad.
Amplia experiencia en la conducción de actividades de producción y
comercialización.
Experiencia en conducción de actividades de la especialidad.
ALTERNATIVA:
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia.
JEFE DE UNIDAD
ADMINISTRADOR DE CENTRO DE PRODUCCIÓN I
NATURALEZA DE LA CLASE:
Dirección de actividades en un Centro de Producción y/o comercialización.
Supervisa labor de personal profesional y técnico.
ACTIVIDADES TÍPICAS:
Dirige, coordina y controla actividades técnico - administrativas de un
centro de producción y/o comercialización.
Proyecta planes y procedimientos de trabajo para mantener y/o mejorar
índice de producción.
Verifica calidad de producción obtenida.
Controla costos de producción.
Coordina y controla el mantenimiento de los abastecimientos y sistemas de
segundad del centro.
Elabora informes técnicos sobre la conducción y/o dirección del centro de
producción y/o comercialización.
REQUISITOS MÍNIMOS:
Título profesional universitario que incluya estudios relacionados en la
especialidad.
Experiencia en actividades de producción y comercialización.
Experiencia en conducción de personal.
239
ALTERNATIVA:
Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y
experiencia.
240
CONSEJO DE CENTROS PRODUCTIVOS
LABORATORIO DE CARNES
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN:
LABORATORIO DE CARNES
Son funciones del Centro Productivo: Laboratorio de Carnes:
a. Asegura que las actividades de producción de bienes y prestación de servicios
sean autofinanciadas y generen remanentes financieros para la Universidad.
b. Fila la política de desarrollo y explotación del Centro de Producción
Laboratorio de Carnes.
c. Coordina con los miembros del Consejo de Centros Productivos de la
Universidad Nacional de Cajamarca acciones tendientes al planeamiento
estratégico de la Producción y Comercialización de los bienes y servicios
ofertados.
d. Repotencia al Centro de Producción: Laboratorio de Carnes para convertirlo
en un modelo de gestión empresarial en coordinación con el Consejo de
Centros Productivos.
e. Autoriza los trabajos de investigación y Prácticas Pre- Profesionales, en el
ámbito de acción del Laboratorio de Carnes, en coordinación con los señores
docentes.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones el Centro de Producción Laboratorio de Carnes
cuenta con la estructura orgánica siguiente:
A) ÓRGANO ADMINISTRATIVO
- La Administración
B) ÓRGANO DE APOYO
- Secretaria
C) ÓRGANOS DE LINEA
- Unidad de Producción (Embutidos)
- Unidad de Planta
- Unidad de Comercialización
3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. Líneas de Autoridad y Responsabilidad:
a. El Centro de Producción Laboratorio de Carnes, depende jerárquicamente del
Consejo de Centros Productivos de la UNC.
b. El Centro de Producción Laboratorio de Carnes, depende administrativamente
del Vice-Rectorado Administrativo.
c. El personal técnico y obrero que presta servicios en este Centro, es
responsable ante el Administrador del Centro de Producción Laboratorio de
Carnes.
241
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ÓRGANO ADMINISTRATIVO
1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL CENIRO DE PRODUCCIÓN:
LABORATORIO DE CARNES
A) ÁREA ADMINISTRATIVA
a. Fijar la política de desarrollo y de explotación
b. Aprobar y controlar el movimiento económico del Laboratorio de
Carnes, así como la ejecución del presupuesto.
c. Autorizar la ejecución de los trabajos de investigación, Prácticas Pre-
Profesionales, en el Ámbito de Acción del Laboratorio de Carnes, en
coordinación con los Señores Docentes.
d. Autorizar las adquisiciones y/o ventas necesarias para el buen
funcionamiento del Laboratorio.
e. Aprobar mensualmente el cuadro de compromisos y comprobar su
trámite correspondiente.
f. Recabar los cheques que corresponden a anticipos y los de descuentos
por Planilla y entrega en efectivo el importe a la Oficina de Tesorería.
B) ÁREA DE PRODUCCIÓN (UNIDAD DE PLANTA)
a. Adquisición de materia prima.
b. Clasificación de la carcaza.
c. Elaboración de los productos cárnicos con las técnicas específicas y
necesarios, empleando materia prima, tanto carne de porcino y vacuno e
insumos de primera calidad.
d. Evaluar la distribución de la materia prima e insumos por cada producto,
es decir, preparar su formulación para la elaboración de los costos de
producción.
e. Distribución y control del trabajo del personal obrero, quien debe tener la
maquinaria, equipo y utensilios en buen estado de funcionamiento y
limpieza.
f. Controla el abastecimiento de las necesidades de materia prima e
insumos; así como preocuparse del estado de las Cámaras Frigoríficas,
maquinaria y equipo para su inmediata reparación en caso necesario.
C) ÁREA DE COMERCIALIZACIÓN
a. Elabora las liquidaciones de descuentos por Planillas, por concepto de
consumo de embutidos, de todo el personal de la Universidad.
b. Factura las ventas diarias de productos cárnicos.
c. Elabora los informes de las ventas de créditos, para remitirlo a la Oficina
de Personal para el descuento respectivo.
d. Elabora los informes eco0nómicos para las Oficinas: Económico-
Financiera, Planificación y Presupuesto Consejo de Centros Productivos
y otros.
242
e. Archivo de la documentación en general y realiza su trámite
documentado.
f. Realiza todas las labores administrativas necesarias para el mayor
funcionamiento de la unidad de planta y de comercialización.
243
FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
CONSEJO DE
FACULTAD
COMISIÓN
ACADÉMICA
COMISIÓN DE
PLANIFICACIÓN
DECANATO
DPTO. ACAD. DE
AGRONOMÍA
SECRETARÍA
ACADÉMICA
DPTO. ACAD.
FORESTALES
ESCUELA ACAD. PROFES. DE
AGRONOMÍA
ESCUELA ACAD. PROFES. DE ING.
FORESTAL
ESCUELA ACAD. PROF. DE ING.
AMBIENTAL
ESCUELA ACAD. PROF. INDUSTRIAS
ALIMENTARIAS
CENTROS DE
INVESTIGACIÓN
SECCIÓN JAÉN
CENTROS DE EXTENS.
Y P.U
CENTROS DE
PRODUCCIÓN B.P.S.
244
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
AGRÍCOLAS Y FORESTALES.
a. Formación y perfeccionamiento de profesionales humanistas, investigadores,
científicos, técnicos y empresarios de alta calidad académica en el campo de la
producción agrícola, forestal, ambiental e industrias alimentarias, acorde con las
necesidades del desarrollo regional y nacional.
b. Realiza investigación científica y tecnológica como base del proceso enseñanza
aprendizaje y de la proyección a la comunidad, en armonía con los objetivos de
la Facultad, los planes de desarrollo de la Universidad, de la Región y del País.
c. Periódicamente realiza la revisión y actualización de sus Planes de Estudio,
Currículo y contenidos de las asignaturas, adecuándolos a las exigencias de la
competitividad y modernidad de la producción agraria.
d. Capacitación y perfeccionamiento de sus Docentes. Estudiantes, Graduados y
Personal Administrativo, para una mayor eficiencia y eficacia en su labor.
e. A través de sus Unidades Operativas, delinca y reglamente sus acciones de
formación profesional, investigación, extensión y proyección Universitaria, así
como la producción de bienes y prestación de servicios, enmarcados en la nueva
estructura orgánica de la Universidad y en armonía con el cumplimiento de sus
objetivos.
f. Generación desarrollo, fomento y difusión de tecnologías apropiadas a la Región
para el incremento de la producción y mejoramiento de la Productividad agraria,
posibilitando su uso masivo e intensivo.
g. Realiza diagnósticos de la realidad regional y nacional en el campo agrario y
propone planes alternativos de desarrollo.
h. Comparte e intercambia experiencias y coordina acciones con otras Facultades e
Instituciones afines, nacionales y del extranjero.
i. Posibilita a través de convenios la realización de Prácticas Pre Profesionales de
sus estudiantes en Centros y Empresas dedicadas a la investigación, extensión y
producción agraria.
j. Realiza la evaluación trimestral y semestral del presupuesto y el Plan de Trabajo.
k. Propone el número de vacantes para el Concurso de Admisión de la UNC, en
base a sus recursos y a las necesidades de profesionales en el campo de la
producción agrícola, forestal, ambiental y en industrias alimentarias.
l. Propone a la Alta Dirección y órganos pertinentes, los aspectos relacionados con
la contratación, ratificación, ascensos, ceses y otros del proceso de personal de la
Facultad.
m. Fomenta la creación intelectual y artística, así como la práctica deportiva y
relaciones sociales entre sus miembros.
n. Fomente entre sus miembros los valores éticos y cívicos, las actitudes de
responsabilidad y solidaridad, así como las necesidades de unión, integración y
participación para el progreso institucional.
o. Desarrollar sus acciones enmarcadas en los lineamientos de política de la
Universidad, tomándolos en cuenta en la elaboración de su Plan de Desarrollo y
de sus Planes Operativos.
p. Practica una política de evaluación integral permanente y funcional que permita
asumir decisiones responsables.
245
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones y el logro de sus objetivos, la Facultad de
Ciencias Agrícolas y Forestales cuenta con la Estructura Orgánica siguiente.
A. ÓRGANO DE GOBIERNO
Consejo de Facultad
B. ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Decanato
C. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
Comisión Académica
Comisión de Planificación
D. ÓRGANOS DE APOYO
Secretaria Académica
Departamento Académico de Agronomía
Laboratorio de Cereales Harinas y Pastas
Laboratorio Edafología y Física de Suelos
Laboratorio Entomología
Laboratorio de Entomopatógenos
Laboratorio Fitopatología
Laboratorio Fitogenotecnia
Laboratorio Fisiología Vegetal
Laboratorio Análisis de Suelos
Laboratorio Rhizobiología
Laboratorio de Semillas y Recursos Fitogéneticos Andinos
Laboratorio de Biotecnología e Ingeniería Genética
Laboratorio de Agroindustrias
Laboratorio de Cultivo de Tejidos
Laboratorio de Dendrología
Laboratorio de Estudios Ambientales
Museo de Herramientas Andinas
Gabinete de Horticultura
E. ÓRGANOS DE LÍNEA
Escuela Académico Profesional de Agronomía
Escuela Académico Profesional de Ingeniería Forestal
Escuela Académico Profesional de Ingeniería Ambiental
Escuela Académico Profesional de Industrias Alimentarias
Centro de Investigación agrícola
Centro de Investigaciones Agrometeorológicas
Centro de Servicios de Maquinaria Agrícola
Centro Académico y de producción y Tartar (y la Victoria)
Servicio Silvo Agropecuario
Instituto de Estudios Agrarios Andinos - Cajamarca
F. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS.
a. Dependientes del Decanato
Centro Experimental de Producción Agrícola Tartar.
Centro Experimental y de Producción Agrícola La Victoria
246
Servicio Suyo Agropecuario
Centro de Producción y Prestación de Servicios
G. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS GEOGRÁFICAMENTE
SECCIONES EN PROVINCIAS
Sección de Ingeniería Forestal de Jaén.
Sección de Ingeniería Ambiental de Celendín.
3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales, depende jerárquicamente
del Rector y funcionalmente de los Vice Rectorados Académico y
Administrativo, a través de su Decano.
b. El Consejo de Facultad, es el máximo Organo de Gobierno de la
Facultad, presidio por el Decano e integrado por 12 representantes de los
Docentes, por los representantes del tercio estudiantil y un representante
de los graduados.
c. El Decanato, es el órgano de dirección de la Facultad, ejerce esta función
el Decano, quien es la máxima autoridad representativa de la Facultad.
d. Los Directores de las Escuelas Profesionales de: Agronomía, Ingeniería
Forestal, Ingeniería Ambiental y de Industrias Alimentarias, asumirán las
funciones de las Escuelas, orientadas a organizar y conducir el aspecto
académico y administrativo, en concordancia con los planes de la
Facultad.
e. El Jefe del Departamento de Agronomía, se encarga de coordinar la
actividad académica, investigación y extensión de los miembros del
Departamento, en función a los lineamientos de la Facultad.
f. Los Directores de los Centros de Investigación Agrícolas, Centro de
Proyección y Extensión Universitaria, Centros de Producción Agrícola,
Forestal, Ambiental y en Industrias Alimentarias, diseñan, organizan y
dirigen las actividades inherentes a sus funciones y responsabilidades,
dando cuenta al Decano y al Consejo de Facultad.
g. El Secretario Académico, depende jerárquicamente del Decano.
h. Los Presidentes de las Comisiones Académica y de Planificación,
dependen jerárquicamente del Decano y son responsables de brindar
apoyo y asesoramiento en los aspectos académicos, sistemas
administrativos de presupuesto, técnico y otros.
i. Los Jefes y Administradores de los órganos Desconcentrados de la
Facultad, dependen jerárquicamente del Decanato y del Jefe del
Departamento de Agronomía.
j. El personal docente y no docente asignado a las oficinas Académicas y
Técnicas, son responsables ante su Director o Jefe inmediato.
3.2 DE LA COORDINACIÓN
La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales, para el logro de sus fines y
objetivos, mantiene relaciones de coordinación interna y externa.
a. Coordinación Interna. A través de su Decano con el Rector, Vice Rectores,
Decanos de otras Facultades: del mismo modo a través de su Decano o sus
representantes, con la Oficina de Planificación y Presupuesto, Oficina de Asesoría
Legal, Oficina de Desarrollo Académico, Oficina General de Investigación, Oficina
247
General de Extensión y Proyección Universitaria, Oficina General de
Abastecimientos y otras dependencias internas de la Universidad.
Asimismo al interior de la Facultad se desarrolla mecanismos de coordinación
estrecha, entre las diferentes unidades académicas y técnicas de la Facultad.
b. Coordinación Externa. Al amparo de los dispositivos legales vigentes, la
Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales, mantiene relaciones de apoyo,
colaboración e intercambio de experiencias con instituciones similares, con los
gobiernos regionales. con los municipios, empresas, organizaciones de productores,
organizaciones de bases, tanto del país como del extranjero.
4. ORGANIGRAMA
5. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR ÓRGANOS (Ver Anexo 01)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I ÓRGANO DE GOBIERNO
1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE FACULTAD.
El Consejo de Facultad, es el máximo Organo de Gobierno de la Facultad, está
presidido por el Decano y conformado por 12 representantes de los docentes, elegidos
por y entre los docentes de cada categoría pertenecientes a la Facultad, por un periodo
de tres (03) años pudiendo ser reelegidos; por seis (06) representantes de los estudiantes
que constituyen el tercio del número total de los miembros del Consejo de Facultad
elegidos por y entre los estudiantes por un período de un año (01), no reelegibles y por
un representante de graduados, en calidad de supernumerario.
Son atribuciones del Consejo de Facultad:
a. Aprueba y modifica el Reglamento Interno de la Facultad.
b. Aprueba el Ante Provecto del Presupuesto de la Facultad, propuesto por su
Comisión de Planificación.
c. Aprueba el Plan de Desarrollo y Funcionamiento de la Facultad.
d. Propone al Consejo Universitario la creación de órganos de investigación, de
Extensión y Proyección Universitaria. Centros Experimentales, Cursos de
Profesionalización y Secciones de Post Grado, Centros de Producción de Bienes
y Prestación de Servicios: así como becas, convenios, distinciones honoríficas y
otros.
e. Promueve y autoriza las publicaciones oficiales de la Facultad.
f. Propone al Consejo Universitario la creación y supresión de plazas a propuesta
del Departamento de Agronomía y en base al presupuesto aprobado de la
Facultad.
g. Aprueba a propuesta del Departamento de Agronomía la convocatoria a
Concurso de Plazas docentes y sus resultados y proponer ante el Consejo
Universitario el Contrato, Nombramiento, ratificación y ascenso de profesores
adscritos al Departamento.
248
h. Aprueba licencias del personal docente hasta por el término de 03 meses al año.
i. Aprueba los grados académicos y títulos profesionales que otorga la Facultad.
j. Toma conocimiento de la renuncia del Decano y se pronuncia al respecto.
k. Aprueba la carga horaria proyectos de investigación y proyección social de sus
docentes, entre otros.
l. Propone ante el Consejo Universitario, para su ratificación a los profesores que
tengan que hacer uso de licencia, para estudios de perfeccionamiento o Post
Grado, así como gozar de beneficio de año sabático a propuesta del
Departamento de Agronomía.
m. Aprueba y modifica el currículo de las Escuelas Académico Profesionales de la
Facultad a su propuesta.
n. Recomienda las características del examen de admisión mediante las cuales se
debe evaluar los interese vocacionales, aptitudes, rasgos de personalidad y
conocimientos más adecuados del postulante, para su mejor desempeño como
alumno de la Facultad. a propuesta de la respectivas Escuelas Académico
Profesionales.
o. Propone ante Consejo Universitario, para su ratificación al personal
administrativo de la Facultad, para hacer uso de licencia con fines de estudios de
perfeccionamiento fuera de la Universidad.
p. Elige o ratifica a los directores de las Escuelas Académicos Profesionales,
Directores de Centros de Investigación, de Extensión y Proyección
Universitaria, Jefes de Laboratorio y Gabinetes, a los Administradores de
Centros de Producción y Experimentación entre otros, bajo la modalidad de
votación democrática, a propuesta del Decano o de los miembros del Consejo de
Facultad o del Jefe del Departamento Académico de Agronomía, según sea el
caso.
q. Todas las demás que señale el Consejo Universitario y la Asamblea
Universitaria.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
Forman parte del Consejo de Facultad: el Decano, que lo preside, 12 Docentes,
respectivamente el tercio estudiantil y el representante de los graduados; las funciones
especificas del Decano se detallan en el Capitulo II del presente Manual, el Reglamento
y Estatuto de la Universidad, siendo las funciones de sus miembros, las siguientes:
2.1. DE LOS DOCENTES MIEMBROS DEL CONSEJO DE FACULTAD
a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo, convocadas por el Decano.
b. Participar con voz y voto en forma activa y responsable en las sesiones de
Consejo de Facultad.
c. Elegir y ser elegido para los cargos o encargos que el desarrollo y
funcionamiento de la Facultad así lo requiera, cargos que serán irrenunciables.
d. Cumplir con responsabilidad y en forma oportuna con las tareas que se le
encarguen.
e. Otras que el Consejo o Decano les encarguen.
La designación del Consejo de Facultad como miembros se pierde por las siguientes
causales:
a. Por cese del docente.
b. Por cambio de Categoría.
c. Por ausencia a la Universidad, por un período de seis mes o más de licencia.
249
d. Por acumulación de tres faltas que no hayan sido oportunas y debidamente
justificadas.
2.2. DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANTES DEL TERCIO
ESTUDIANTIL
a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo.
b. Participar con voz y voto en Los asuntos que se traten en el Consejo.
c. Cumplir con las tareas o encargos que se les asigne.
d. Otras que el Consejo o el Decano les encargue. Los estudiantes son también
elegidos en forma democrática, por un periodo de un (01) año y no podrán ser
reelegidos.
La designación como miembros del Consejo de Facultad se pierde por:
Por acumulación de tres faltas a las Sesiones de Consejo de Facultad.
Por faltas graves en contra de docentes, personal administrativo o de otros
estudiantes.
2.3. DEL REPRESENTANTE DE LOS GRAD UADOS
a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo de Facultad.
b. Participar con voz y voto en las Sesiones del Consejo de Facultad.
c. Cumplir con las tareas o encargos que se les asigne.
El representante de los graduados, también será elegido democráticamente, por un
periodo de tres (03) años, no reelegible y pierde su designación, por causas similares
a las de los representantes estudiantiles.
CAPITULO II
ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN
El Decanato es el árgano de Dirección de la Facultad, ejerce esta función el Decano,
quien es la máxima autoridad representativa, preside las Sesiones de Consejo de
Facultad y ejecuta sus acuerdos. El Decanato es el órgano responsable de la gestión
académico - administrativa de la Facultad.
En caso de ausencia prolongada en el país o fuera de él o por renuncia del Decano, el
Decano Sustituto asumirá el Decanato con todas sus funciones, atribuciones y
prerrogativas, previa Resolución Rectoral de encargo. En caso de ausencias de corta
duración del Decano, el Decano Sustituto ejerce únicamente las funciones expresamente
delegadas por el titular.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL CARGO DE DECANO DE LA
FACULTAD DE CIENCIAS AGRICOLAS Y FORESTALES
El Decano es el representante legal de la Facultad cumple funciones de dirección y
ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad. El cargo de Decano es a dedicación
exclusiva e incompatible con cualquier otra función empleo público o privado, es
elegido en virtud a los artículos 97°, 98° y 100° del Estatuto, siendo sus funciones las
siguientes:
a. Preside el Consejo de Facultad.
250
b. Ejerce la gestión académico - administrativa de la Facultad.
c. Representa a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario.
d. Cumple y hace cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria, Consejo
Universitario y Consejo de Facultad. así como las disposiciones relativas a la
Facultad.
e. Propone ante el Consejo de Facultad la terna para la elección del Secretario de la
Faculta
f. Cumple y hace cumplir los Planes de Desarrollo y de Funcionamiento de la
Facultad.
g. Autoriza la ejecución del Presupuesto de la Facultad y velar por su estricto
cumplimiento.
h. Supervisa la labor del personal docente y personal administrativo de la Facultad.
i. Remite a la Oficina General de Planificación y Presupuesto para su
compatibilización. el Plan de Funcionamiento y Desarrollo, aprobado por el Consejo
de Facultad
j. Dicta medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia, en
coordinación con el Jefe Departamento y/o Directores de Escuelas Académico
Profesionales; con cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los 15 días
siguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencia que las
provocaron.
k. Propone al Consejo de Facultad la conformación de Comisiones especiales, para
asuntos que estime conveniente.
l. Refrenda los diplomas de bachiller, los títulos profesionales y de segunda
especialización, así como otras certificaciones que expida la Facultad,
m. Propone al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la conformación de la
Comisión Académica, otras Comisiones y el delegado del Consejo ante la Comisión
de Planificación.
n. Propone, con sujeción al artículo 25° del Estatuto, ante el Consejo de Facultad, la
terna para el cargo de Directores de las Escuelas Académico Profesionales.
o. Propone al Consejo de Facultad la designación del Administrador del Centro de
Producción Tartar, de La Victoria, Centro de Servicios de Maquinaria Agrícola y del
Centro de Cómputo, dando cuenta al Consejo de Facultad y a los Órganos
pertinentes.
p. Consolida y presenta al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual de la
Facultad.
q. Otros que establezca el Reglamento Interno de la Facultad.
Son causas de vacancia del cargo de Decano las establecidas en el artículo 105° del
Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca.
CAPITULO IV
ÓRGANO DE ASESORAMIENTO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO
La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de
Cajamarca, cuenta con la Comisión Académica y la Comisión de Planificación, como
órganos de asesoramiento.
251
1.1. DE LA COMISIÓN ACADÉMICA
La Comisión Académica de la Facultad, está integrada por dos profesores
nombrados, principales o asociados elegidos por el Consejo de Facultad, por un
período de 03 años, reelegibles y por el tercio estudiantil, designado por el
respectivo Centro Federado, seré presidido por un docente miembro del Consejo de
Facultad.
Son funciones de la Comisión Académica:
a. Propone al Consejo de Facultad, las bases y lineamientos generales para el
diseño curricular de las carreras profesionales.
b. Propone al Consejo de Facultad, para su aprobación, la normatividad y criterios,
según los cuales se organizan y funcionan las actividades académicas de la
Facultad.
c. Actúa como Organo Consultivo y de Coordinación del Consejo de Facultad.
d. Asesorar a las unidades orgánicas, que integran la Facultad en asuntos de su
competencia.
e. La elaboración y evaluación del currículo de estudios de las carreras
profesionales.
f. Elaboración de Reglamentos Específicos de la Facultad.
g. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decanato.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
A. Funciones del Presidente
a. Preside las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión.
b. Representa a la Comisión Académica ante el Consejo de Facultad.
c. Coordina las labores académicas con los órganos pertinentes.
d. Vela y supervisa el cumplimiento de las acciones programadas.
e. Presenta ante el Consejo de Facultad los informes de las actividades de la
Comisión.
f. Dispone que el Secretario de la Comisión Académica cite a las sesiones
ordinarias y extraordinarias. Delega por escrito al Secretario, su
representación en caso de ausencia temporal.
g. Otras que le encargue el Decanato o el Consejo de Facultad.
B. Funciones del Secretario
a. Registra en el Libro de Actas los acuerdos de las sesiones de la Comisión
Académica.
b. Recepciona la documentación dirigida a la Comisión y lo presenta
oportunamente al Presidente para su trámite respectivo.
c. Mantiene al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el
archivo de la Comisión.
d. Elabora remite toda la documentación que emane de la Comisión.
e. Gestiona ante la Comisión de Planificación de la Facultad, los materiales
necesarios para el buen funcionamiento de la Comisión.
f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión Académica.
252
C. Funciones del Representante del Tercio Estudiantil
a. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Comisión.
b. Participar activamente en las sesiones y cumplir los encargos que asigne la
Comisión.
1.2. DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN
La Comisión de Planificación de la Facultad, está integrada por cinco profesores
nombrados, principales o asociados, uno representante del Departamento
Académico de Agronomía, otro del Centro de Extensión y Proyección, otro de los
Centros Experimentales de Producción Agrícola y Forestal y un delegado del
Consejo de Facultad, los 04 primeros son elegidos por sus respectivos órganos y el
quinto por el Consejo de Facultad, todos por un período de tres años, reelegibles, se
agrega el tercio estudiantil designado por el respectivo Centro Federado
Son funciones de la Comisión de Planificación:
a. Elabora los horarios de clases, en coordinación con las Escuelas Académico
Profesionales, Departamento Académico de Agronomía y la Comisión
Académica.
b. Formula el Proyecto del Plan de Desarrollo Institucional Integrado de la
Facultad, en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina General de
Planificación y Presupuesto.
c. Formulación y actualización del Plan de Trabajo Institucional (PTI) de la
Facultad.
d. Formula el Proyecto y evaluar la ejecución del Presupuesto Integrado de la
Facultad.
e. Asesora para el buen funcionamiento del Centro de Cómputo y otros servicios
que ofrece la Facultad.
f. Asesora a las unidades orgánicas de la Facultad.
g. Releva, actualiza y difunde la estadística de la Facultad.
h. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decanato.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
A. Funciones del Presidente
a. Representar a la Comisión ante el Decanato, Consejo de Facultad y otros
organismos de la Universidad.
b. Disponer que el Secretario cite a las sesiones ordinarias y extraordinarias de
la Comisión.
c. Dirigir las sesiones de la Comisión.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión.
e. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de ausencia
temporal.
f. Presentar los planes y provectos formulados por la Comisión ante el Consejo
de Facultad en los plazos establecidos.
B. Funciones del Secretario
a. Registra en el Libro de Actas los acuerdos tomados en las sesiones de la
Comisión.
253
b. Recepciona la documentación dirigida a la Comisión y presentarla
oportunamente ante el Presidente, para el respectivo trámite.
c. Mantiene al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el archivo
de la Comisión.
d. Redacta y tramita toda la documentación que emane de la Comisión.
e. Gestiona los materiales necesarios para el normal funcionamiento de la
Comisión.
C. Funciones de los Vocales
a. Asiste con puntualidad y participa adecuadamente en todas las sesiones de la
Comisión.
b. Cumple oportunamente con los encargos que se les asigne por acuerdos de la
Comisión o a solicitud del Presidente.
D. Funciones del Alumno Representante del Tercio Estudiantil
a. Asiste y participa en todas las sesiones de la Comisión.
b. Cumple oportunamente con los encargos que les asigne la Comisión.
CAPITULO IV
ÓRGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO
La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de
Cajamarca, cuenta con la Secretaría Académica, Secretaría Administrativa y
Laboratorios.
1.1. DE LA SECRETARIA ACADÉMICA
Es el órgano de apoyo encargado de organizar y controlar el servicio de trámite
documentado, archivo, matriculas, notas, certificados, grados, títulos, biblioteca
especializada, abastecimiento general y otros. Depende jerárquicamente del Decano
y está a cargo de un profesor nombrado, de la Categoría Principal o Asociado y
designado por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el Decano, su
designación es por un periodo de 03 años.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
A. SECRETARIA ACADÉMICA
La Oficina de la Secretaria Académica para cumplir con sus funciones estará
integrada de la siguiente manera:
El Secretario Académico
Técnico Administrativo II
Técnico Administrativo I
Técnicos de Laboratorio II
Técnicos de Laboratorio I
Auxiliares de Sistemas Administrativos I
Además de los requisitos establecidos en el Artículo 24° del Estatuto, para ser
Secretario Académico se requiere, ser titulado o post graduado en las carreras
profesionales de la Facultad y no ser miembro del Consejo de Facultad.
254
Son funciones del Secretario Académico:
a. Actúa como Secretario del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.
b. Administra los sistemas de información, archivo, trámite documentario de la
Facultad en particular del Consejo de Facultad.
c. Actúa como Fedatario de la Facultad.
d. Proyecta, registra y notifica las Resoluciones del Consejo de Facultad y del
Decanato.
e. Mantiene actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.
f. Custodia el patrimonio institucional a su cargo.
g. Controla el desempeño de funciones de personal administrativo y de servicios,
asignado a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decanato sobre los
aspectos que transciendan sus atribuciones.
h. Refrenda diplomas de grados académicos y títulos profesionales que confiere la
Facultad.
i. Refrenda las certificaciones o constancias que expida la Facultad.
j. Organiza y conduce el registro de matrículas, notas, grados y títulos
profesionales.
k. Coordinar, supervisar y controlar la organización y funcionamiento de la
biblioteca especializada.
l. Otras que le asigne el Consejo de Facultad o el Decanato.
TÉCNICO ADMINISTRATIVO II T4-05-707-2
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad.
Actividades similares a las de Técnico Administrativo I, diferenciándose en
la mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,
clasificación, verificación y archivo del movimiento documentado.
Recoge información y apoyar en la formulación y modificación de normas y
procedimientos técnicos.
Emite opinión técnica de expedientes.
Verifica procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos.
Recepciona, almacena, entrega o inventariar materiales y equipos,
solicitando su reposición.
Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.
Elabora cuadros sutentatorios sobre procedimientos técnicos de su
competencia.
Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal.
Dar información relativa al Área de su competencia.
Participa en la elaboración y diseño de materiales de Información y en las
actividades de Relaciones Públicas.
Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico -
administrativas y en reuniones de trabajo.
255
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Secretario Académico
Tiene mando sobre el Técnico Administrativo I
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados
con la especialidad.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
ALTERNATIVA
Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con el Área.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Alguna capacitación en el área.
TÉCNICO ADMINISTRATIVO I T3-05-707-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de una entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Ejecuta actividades de recepción, clasificación registro, distribución y
archivo de documentos técnicos.
Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos
técnicos en las áreas de los sistemas administrativos.
Coordina actividades administrativas sencillas.
Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.
Recopila y preparar información para estudios e investigaciones.
Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.
Puede corresponderle colaborar en la programación de actividades técnico -
administrativas y en reuniones de trabajo.
Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y
procedimientos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende del Secretario Académico.
Tiene mando sobre el personal auxiliar dentro del área de su jurisdicción.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa
Capacitación Técnica en el área
TÉCNICO DE LABORATORIO II T5-50-785-2
NATURALEZA DE LA CLASE
Supervisión y ejecución de actividades de cierta complejidad, en análisis,
producción e investigación en un laboratorio.
Actividades similares a las de Técnico en Laboratorio I, diferenciándose en
la mayor complejidad y responsabilidad.
256
Supervisa la labor del personal técnico y auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Supervisa la producción de biológicos, VXK, radiofármacos, kits,
radioanálisis y/o electroanálisis en los campos clínicos, químico,
microbiológico y similares, así como la crianza y manejo de animales de
laboratorio para experimentación.
Participa en las investigaciones relacionadas con la especialidad.
Prepara, ejecuta y controlar el proceso de las pruebas químicas,
bacteriológicas, inmunológicas, biológicas, así como cortes histiológicos.
Recepciona, cataloga y codifica muestras especimenes y animales de
laboratorio, de acuerdo a las normas establecidas.
Prepara muestras, soluciones químicas y medios de acuerdo a las
necesidades.
Efectúa dosajes de composición química para determinar elementos o
cuerpos orgánicos.
Informa sobre los trabajos efectuados y mantener en respectivo registro.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Jefe del Laboratorio al cual está adscrito.
Tiene mando sobre el Técnico en Laboratorio I.
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados
con el área.
Amplia experiencia en labores de la especialidad
TÉCNICO EN LABORATORIO I T4-50-785-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de apoyo con fines de análisis, producción e
investigación en un laboratorio.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Toma y recolecta muestras para análisis e investigaciones en los campos
químicos, microbiológicos y Otros similares.
Prepara material, soluciones variadas, cultivos y/o productos biológicos para
trabajos de laboratorio siguiendo instrucciones.
Efectúa análisis químicos cualitativos y cuantitativos de productos
alimentarios, bebidas y otros similares, con fines de investigación.
Inocular, sembrar y recolectar materiales biológicos.
LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
Depende directamente del Jefe del Laboratorio al cual está adscrito.
Tiene mando sobre el personal auxiliar dentro del mismo Laboratorio.
REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con
el área. e Experiencia en labores de la especialidad.
257
ALTERNATIVA
Estudios universitarios relacionados con el área o educación secundaria
completa con capacitación técnica en el área.
Experiencia en labores de apoyo en laboratorio de acuerdo al nivel de
formación.
AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo.
Actividades similares a las de un Auxiliar Administrativo y. diferenciándose
en la mayor complejidad y responsabilidad.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Analiza y clasifica información así como, apoyar la ejecución de procesos
técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales.
Efectúa trámite y/o procesa información de cierta complejidad.
Mantiene actualizada los registros, fichas y documentación de sistema
administrativo, según métodos técnicos.
Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de
su competencia
Todas las que le asigne el Secretario Académico
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Amplia experiencia en labores variadas de oficina.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
1.2. DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE AGRONOMÍA
Es una entidad de servicio académico que se integra a la Facultad, sin pérdida de su
capacidad funcional y presta servicios a la Universidad en general en las disciplinas
de las ciencias agrícolas, forestales, ambientales e industrias alimentarias.
Está a cargo de un Jefe, elegido de entre sus miembros, por un período de 03 años,
reelegible. Para ser Jefe del Departamento se requiere, ser profesor nombrado,
principal o asociado; para su gestión y funcionamiento, cuenta con los órganos
siguientes:
a. Asamblea del Departamento.
b. Consejo de Coordinación.
c. Jefatura.
Son Funciones Generales del DEPARTAMENTO ACADEMICO DE
AGRONOMÍA:
a. Coordina la actividad académica de sus miembros en función de los
requerimientos curriculares de las respectivas carreras profesionales en
coordinación con estas Escuelas y la Escuela de Post Grado que lo requiera.
258
b. Determina y actualiza los silabos, de acuerdo con los requerimientos curriculares
de las Escuelas Académico Profesionales a las que sirve.
c. Administra los laboratorios, gabinetes y museos siguientes: Cereales Harinas y
Pastas, Fisiología Vegetal, Rhizobiología, Entomología, Fitopatología, Análisis
de Suelos, Edafología y Física de Suelos, Fitogenotecnia, Semillas y Recursos
Fitogenéticos Andinos, Cultivo de Tejidos Vegetales, Pastos y forrajes,
Biotecnología e Ingeniería Genética, Agroindustrias, Micorrizas, Dentrología,
Estudios ambientales. Museo de Herramientas Andinas, Gabinete de
Horticultura y otros bienes y servicios que están a su cargo.
d. Elabora su Plan de Trabajo y su Proyecto Anual de Presupuesto.
e. Propone para su aprobación por el Consejo de Facultad la convocatoria a
concurso de plazas docentes y sus resultados.
f. Proponer la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección social de
sus docentes, entre otros e informar a las Escuelas Académico Profesionales para
efectos de supervisión del desarrollo de los contenidos curriculares.
g. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.
h. Emite opinión con respecto a las licencias de sus docentes.
i. Organiza las actividades académicas de sus docentes en base a la cátedra.
j. Presenta al Decanato la Memoria Anual de sus actividades.
k. Las demás que le asigne el Decano y el Consejo de Facultad.
1.2.1 DE LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE
AGRONOMÍA
Esta conformada por la totalidad de docentes ordinarios, adscritos al
Departamento Académico de Agronomía, según Resolución Rectoral N° 0347-
96-UNC. Los no ordinarios asisten sólo con derecho a voz. Son sus funciones:
a. Elige al Jefe del Departamento Académico de Agronomía, se pronuncia
sobre su renuncia y declara su vacancia.
b. Elige de entre sus miembros a los responsables de los laboratorios, gabinetes
y museos, dependientes del Departamento.
c. Organiza y conduce eventos de naturaleza académica, previa aprobación del
Consejo de Facultad.
d. Evalúa anualmente, los resultados de la gestión académica y administrativa
del Departamento.
e. Elabora, modifica o reformar el Reglamento Interno del Departamento, que
deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.
f. Determina, elaborar y actualizar los silabos de acuerdo a los requerimientos
curriculares.
g. Administra los laboratorios, gabinetes museos y otros bienes y servicios que
están a su cargo.
h. Organiza las actividades académicas de sus docentes en base a la cátedra.
1.2.2. DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN
Esta conformado por el Jefe del Departamento Académico de Agronomía, quien
lo preside y los Coordinadores de la Áreas Académicas que conforman el
Departamento. Sus funciones son:
a. Propone ante la Asamblea los lineamientos de política académica,
investigación y producción intelectual de sus miembros.
259
b. Difunde la producción intelectual, científica, tecnológica y hurnanística de
sus integrantes.
c. Coordina la realización de eventos de actualización, capacitación y
perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.
d. Se pronuncia sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento o
contrato.
e. Formula, ejecuta y evalúa sus planes de funcionamiento y desarrollo, así
como presenta sus requerimientos presupuestales al Consejo de Facultad.
f. Emite opinión con respecto a la licencia de los docentes.
g. Proponer la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección
social de sus docentes, entre otros e informar a las Escuelas Académico
Profesionales para efectos de supervisión del desarrollo de los contenidos
curriculares.
h. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.
i. Emite opinión con respecto a las licencias de sus docentes.
j. Organiza las actividades académicas de sus docentes en base a la cátedra.
k. Presenta al Decanato la Memoria Anual de sus actividades.
l. Las demás que le asigne el Decano y el Consejo de Facultad.
1.2.3. DE LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE
AGRONOMÍA
Esta conformada por la totalidad de docentes ordinarios, adscritos al
Departamento Académico de Agronomía, según Resolución Rectoral N° 0347-
96-UNC. Los no ordinarios asisten sólo con derecho a voz. Son sus funciones:
a. Elige al Jefe del Departamento Académico de Agronomía, se pronuncia
sobre su renuncia y declara su vacancia.
b. Elige de entre sus miembros a los responsables de los laboratorios, gabinetes
y museos
c. Dependientes del Departamento.
d. Organiza y conduce eventos de naturaleza académica, previa aprobación del
Consejo de Facultad.
e. Evalúa anualmente, los resultados de la gestión académica y administrativa
del Departamento.
f. Elabora, modificar o reformar el Reglamento Interno del Departamento, que
deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.
g. Determina, elaborar y actualizar los silabos de acuerdo a los requerimientos
curriculares.
h. Administra los laboratorios, gabinetes museos y otros bienes y servicios que
están a su cargo.
i. Organiza las actividades académicas de sus docentes en base a la cátedra.
1.2.4. DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN
Esta conformado por el Jefe del Departamento Académico de Agronomía, quien
lo preside y los Coordinadores de la Áreas Académicas que conforman el
Departamento. Sus funciones son:
a. Propone ante la Asamblea los lineamientos de política académica,
investigación y producción intelectual de sus miembros.
260
b. Difunde la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística de
sus integrantes.
c. Coordina la realización de eventos de actualización, capacitación y
perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.
d. Se pronuncia sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento o
contrato.
e. Formula ejecuta y evalúa SUS planes de funcionamiento y desarrollo, así
como presenta sus requerimientos presupuestales al Consejo de Facultad.
f. Emite opinión con respecto a la licencia de los docentes.
1.2.5 DEL JEFE DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE
AGRONOMÍA
Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ciencias Agrícolas y
Forestales. Son atribuciones y funciones del Jefe del Departamento Académico
de Agronomía las siguientes:
a. Representa legalmente al Departamento.
b. Preside la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.
c. Propone al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso y
contrato de docentes del Departamento.
d. Propone al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la Escuela
de Post Grado, los candidatos al goce del año sabático.
e. Propone al Consejo de Facultad, los docentes para conformar Jurados en el
Concurso de Cátedra, así como para sustentación de Tesis y demás
modalidades de Titulación.
f. Cumple y hace cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de
Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos
competentes.
g. Coordina la actividad académica de sus miembros en función a los
requerimientos curriculares de las respectivas Carreras Profesionales en
coordinación con las Escuelas Académico Profesionales.
h. Elabora su Plan de Trabajo y su proyecto anual de presupuesto.
i. Propone la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección social
de sus docentes entre otros e informar a la respectiva Escuela Académico
Profesional para efectos de supervisión del desarrollo de contenidos
curriculares.
j. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.
El Cargo del Jefe del Departamento Académico de Agronomía queda vacante
por:
a. Las causales establecidas para los Decanos en el Artículos 105° del Estatuto.
b. Muerte.
c. Término de su condición de docente ordinario.
El Departamento Académico de Agronomía, cuenta con un Secretario Docente,
designado por el Jefe en el mismo momento de su elección y con funciones
análogas a los Secretarios de las Comisiones Académica y de Planificación de la
Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales.
261
3. LABORATORIOS, GABINETES Y MUSEOS
3.1 LABORATORIO DE CEREALES HARINAS Y PASTAS
a. Determina las características agronómicas y biométricas de los
principales cereales.
b. Realiza trabajos de tesis en trigo, cebada, triticale y otros granos de
cereales.
c. Realiza investigación
d. Apoya en la realización de prácticas de las asignaturas a fines y de
prácticas pre-profesionales.
e. Hace pruebas de panificación de diferentes tipos de harinas.
f. Apoyo académico para cumplir con las prácticas de las asignaturas de
cereales, agrotecnia, cultivos industriales, cultivos tropicales y cultivos
andinos.
g. Trabajos de apoyo a la comunidad.
3.2. LABORATORIO DE EDAFOLOGIA Y FÍSICA DE SUELOS
a. Realiza el análisis físico de los suelos que comprende: análisis de textura,
estructura, estabilidad estructural, retención de agua por el suelo.
b. Preparación de humus de lombriz para comprobar la estabilidad del
suelo.
c. Desarrolla las prácticas de las asignaturas de geología, Edafología, suelos
y cursos afines.
d. Realiza trabajos de tesis con fines de graduación profesional y maestría.
e. Apoyo con las prácticas pre profesionales para títulos profesionales de
ingenieros.
3.3. LABORATORIO DE ENTOMOLOGÍA
a. Realiza colección de insectos, plagas y enemigos naturales, su
identificación y clasificación.
b. Apoyo académico en las clases teórico prácticas de formación
profesional y maestría.
c. Apoyo académico para desarrollar la asignatura de apicultura y
entomología a los alumnos de formación profesional.
d. Apoyo en las prácticas profesionales de graduación profesional.
e. Realización de trabajos de tesis.
3.4. LABORATORIO DE ENTOMOPATOGENOS
a. Apoyo en aspectos académicos de las asignaturas de las asignaturas
relacionadas al Laboratorio
b. Apoyo en trabajos de Investigación, tesis y prácticas pre-profesionales
c. Realizar estudios para producir productos de acción biocida para el
control de plagas y enfermedades
3.5. LABORATORIO DE FITOPATOLOGIA
a. Realiza diagnósticos y control de fitoenfermedades de los cultivos de la
Región.
b. Trabajos de investigación para control de enfermedades con pesticidas
biológicos
262
c. Implementación constante de un muestrario de enfermedades a través de:
muestras húmedas, maquetas, fotografías, etc.
d. Apoyo académico con la asignatura de Fitopatología, prácticas pre
profesionales, trabajos de investigación en formación de pre y post
grado.
3.6. LABORATORIO DE FITOGENOTECNIA
a. Presta apoyo académico en las prácticas de las asignaturas de genética y
Fitogenotecnia.
b. Realiza trabajos de investigación en mejoramiento genético y
agronómico de plantas cultivadas como: maíz, papa, frijol, etc.
c. Apoyo en prácticas pre profesionales para graduación.
d. Trabajos de Investigación bajo la modalidad de tesis para graduación de
pre y post grado.
3.7. LABORATORIO DE FISIOLOGÍA VEGETAL
a. Realiza apoyo académico con las prácticas de la asignatura de fisiología
vegetal. propagación de plantas, hortalizas y Agroindustria..
b. Trabajos de investigación en la modalidad de tesis para graduación
profesional y maestría.
c. Apoyo con las prácticas pre profesionales para graduación profesional y
post grado.
d. Realiza cultivo de tejidos in vitro.
3.8. LABORATORIO DE ANÁLISIS DE SUELOS
a. Realiza la determinación de las características físico químicas del suelo
que comprende: análisis textura, pH, materia orgánica, macro y micro
nutrientes.
b. Trabajos de investigación en la clasificación de suelos de la Región.
c. Apoyo académico para realizar las prácticas pre profesionales para
graduación profesional
d. Apoyo académico para realizar las prácticas de las asignaturas afines,
trabajos de investigación bajo la modalidad de tesis en pre y post grado.
3.9. LABORATORIO DE RHIZOBIOLOGIA
a. Realiza la producción de fertilizantes biológicos para leguminosas,
gramíneas y otros cultivos
b. Labor de investigación a nivel de laboratorio, invernadero y campo sobre
fijación biológica del nitrógeno.
c. Instalación de parcelas demostrativas a nivel de campo sobre los
resultados de la investigación.
d. Difusión de la tecnología de fertilizantes biológicos.
e. Apoyo académico con las prácticas pre profesionales, tesis para
graduación de pre y post grado.
3.10. LABORATORIO DE SEMILLAS Y RECURSOS FITOGENETICOS
ANDINOS
a. Realiza el análisis de semillas y leguminosas.
b. Conducción del banco de germoplasma de leguminosas.
c. Acopio del material fitogenético de la zona de Cajamarca.
263
d. Trabajos de investigación de tesis en leguminosas para formación
profesional y maestría.
e. Apoyo académico con las prácticas pre profesional.
3.11. LABORATORIO DE PASTOS Y FORRAJES
a. Realización de análisis de semillas de pastos y forrajes
b. Estudio de los pastos y forrajes naturales y exóticos para la alimentación
animal.
c. Apoyo a la realización de las prácticas de las asignaturas a fines al
laboratorio.
d. Trabajos de investigación en pastos y forrajes.
3.12. LABORATORIO DE BIOTECNOLOGÍA E INGENIERÍA GENÉTICA
a. Realiza investigación relacionada con ADN recombinante, para obtener
productos mas eficientes.
b. Evalúa los resultados obtenidos
c. Apoyo académico a las cátedras de Genética y Biología
d. Ejecución de trabajos de tesis y apoya prácticas pre profesionales.
e. Difusión de las tecnologías generadas.
3.13. LABORATORIO DE AGROINDUSTRIAS
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
3.14. LABORATORIO DE MICORRIZAS
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
3.15. LABORATORIO DE BIOTECNOLOGIA VEGETAL
a. Promueve la investigación en Biotecnología Vegetal con el fin de
contribuir a la producción de semilla de calidad., conservación de
recursos filogenéticos y/o incremento de la biodiversidad vegetal.
b. Enfatizar las aplicaciones tecnológicas del cultivo in vitrio de me
sistemas, clonaje de plantas ―libres‖ de patógenos, microinjertación y
variación somaclonal, entre otras, con miras a buscar soluciones
prácticas a los problemas de virosis y susceptibilidad de las variedades
cultivadas a los factores ambientales adversos, que caracterizan a
Cajamarca.
c. Contribuir permanentemente a la innovación y mejoramiento de la
educación de estudiantes de pre y postgrado de la UNC.
264
3.16. LABORATORIO DE DENDROLOGIA
a. Facilitar las prácticas de botánica General, Botánica Sistemática,
Dendrología I y II.
b. Intercambiar las muestras botánicas con el Herbario de la Universidad de
Cajamarca y otras Universidades del país.
c. Implementar con muestras botánicas de la zona (Jaén) y otras que se
podría conseguir.
3.17. LABORATORIO DE ESTUDIOS AMBIENTALES
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
3.18. MUSEO DE HERRAMIENTAS ANDINAS
a. Contribuye a preservar el instrumental de uso agrícola y de servicios de
la cultura andina.
b. Trabajos de investigación sobre las características técnicas y capacidad
de uso de las herramientas.
c. Labor de difusión de las herramientas de la cultura andina.
d. Apoyo académico con las prácticas pre profesional.
e. Apoyo con trabajos de investigación en la modalidad de tesis para
graduación profesional.
f. Atención a los visitantes de índole turística local, regional, nacional y del
extranjero.
3.19. GABINETE DE OLERICULTURA
a. Realiza el almacenamiento y distribución de las herramientas de
labranza, injertos, podas, equipos y maquinaria.
b. Control y manejo de los materiales de agroindustrias para las prácticas
académicas y de investigación.
c. Prácticas de viveros e invernadero hortícola.
d. Apoyo académico con las prácticas pre profesional.
e. Apoyo con trabajos de investigación en la modalidad de tesis de pre y
post grado.
La administración de los Laboratorios y Museos está a cargo de un JEFE DE
LABORATORIO O MUSEO que además se contará con el apoyo de un TECNICO.
3.20. GABINETE DE EXPERIMENTACIÓN AGRÍCOLA
A. DEL JEFE DE LABORATORIO, MUSEO (DE HERRAMIENTAS
ANDINAS Y OTROS)
El Jefe del Laboratorio y/o Museo es un docente nombrado en la Categoría de
Asociado o Principal, con experiencia en el área, adscrito al Departamento
265
Académico de Agronomía, designado por el Consejo de Facultad, por un
periodo de 03 años.
El Jefe del Laboratorio o Museo depende directamente del Jefe del
Departamento Académico de Agronomía, siendo sus funciones las siguientes:
a. Formula y ejecuta la política de funcionamiento del Laboratorio o Museo.
b. Elabora e1 cuadro de necesidades y requerimientos presupuestales, a ser
remitidos a la Comisión de Planificación, para que sean considerados en los
presupuestos y planes de la Facultad.
c. Administra los recursos, insumos, materiales, instrumentos, equipos y
máquinas de Laboratorio o Museo en forma adecuada, para el cumplimiento
de, sus fines.
d. Coordina con docentes y estudiantes en la realización de los programas que
se ejecutarán en el Laboratorio o Museo.
e. Colabora con docentes y estudiantes en la realización de las actividades
programadas.
f. Elabora los informes técnicos económicos trimestral y anual que serán
presentados al Jefe del Departamento Académico de Agronomía y al
Consejo de Facultad.
g. Elabora los inventarios físicos anualmente o cuando se lo requiera.
h. Colabora con la atención a delegaciones visitantes a nuestra universidad.
i. Otras que le asigne el Jefe del Departamento Académico de Agronomía y el
Consejo de Facultad.
j. Presenta una memoria anual
B. DEL JEFE DE GABINETE
El Jefe del Gabinete, es un docente Ordinario con grado de Magíster o Doctor,
(en la categoría de Asociado o Principal), adscrito al Departamento Académico
de Agronomía, nombrado por el ―Consejo de Facultad‖ por un período de tres
años. El Jefe del Gabinete, depende del Jefe del Departamento Académico de
Agronomía, siendo sus funciones las siguientes:
a. Formula y ejecuta la política de funcionamiento del Gabinete.
b. Elaborar el cuadro de necesidades y requerimientos presupuestales del
Gabinete, que son remitidos a la Comisión de Planificación, para que sean
considerados en los presupuestos y planes de la Facultad.
c. Administra adecuadamente los materiales, instrumentos y equipos del
Gabinete.
d. Coordina con docentes y estudiantes para la adecuada programación de
actividades y usos de los instrumentos y equipos del Gabinete.
e. Otras que le asigne el Jefe del Departamento Académico de Agronomía o el
Consejo de Facultad
f. El Jefe de Gabinete y/o Laboratorio es responsable de todos los bienes
asignados a su dependencia.
g. Elabora una memoria anual
266
CAPITULO V
ÓRGANO DE LÍNEA
La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de
Cajamarca, cuenta como órganos de línea, con las Escuelas Académicos Profesionales
de Agronomía. Forestales y Ambientales, el Centro de Investigaciones Agrarias (CIA),
Centro de Investigación Tartar, Centro de Servicios de Maquinaria Agrícola y Servicio
Suyo Agropecuario.
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA
1.1. DE LAS ESCUELAS ACADÉMICOS PROFESIONALES DE LA
FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES
Las Escuelas Académicos Profesionales de la Facultad de Ciencias Agrícolas y
Forestales, son entes integrados a la Facultad, encargados de la administración
curricular, con sujeción a los lineamientos generales de la Facultad y depende
jerárquicamente del Decanato, a través de su Director Tienen las siguientes
funciones:
a. Diseña1 currículos, en coordinación con la Comisión Académica, para
proponerlo al Consejo de Facultad y aplicarlo una vez aprobado por éste.
b. Aprobar los sílabos elaborados por los Departamentos Académicos y
ponerlo a disposición de los alumnos, al inicio de cada período lectivo.
c. Supervisar y evaluar desarrollo de las asignaturas e informar los
resultados al Consejo de Facultad.
d. Propone al Consejo de Facultad las asignaturas a dictarse, en cada ciclo o
periodo académico (en concordancia con el currículo vigente).
e. Opinar sobre la distribución de carga lectiva, propuesta por el
Departamento Académico de Agronomía, en las asignaturas de su
competencia.
f. Propone anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para
cada Escuela.
g. Opinen las solicitudes de traslado interno de los estudiantes, así como en
las convalidaciones de estudios, realizados en otras Escuelas o
Universidades.
FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA
1.2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
1.2.1. ESCUELAS ACADÉMICOS PROFESIONALES DE LA
FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES
Cada Escuela Académico Profesional cuenta con un Consejo Directivo y un
Director y un Secretario Administrativo.
1.2.1.1. Del Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional
Esta conformado por:
a. El Director, quien lo preside.
b. Dos docentes, designados por el Consejo de Facultad, de una
terna propuesta por el Director.
c. Un estudiante regular de los últimos años, designado por el
Consejo de Facultad
267
Los Consejos Directivos de la Escuelas Académicos Profesionales de la
Facultad se reúnen por lo menos una vez al mes.
Sus funciones las siguientes:
a. Evaluar, actualizar y reformar el currículo de las carreras
profesionales.
b. Formul1os lineamientos de política educativa de la Escuela
Profesional.
c. Solicita los Departamentos Académicos, correspondientes la
atención de las necesidades de carga horaria docente.
d. Proponer anualmente al Consejo de Facultad el número de
vacantes para admisión de estudiantes.
e. Emite opinión para traslados internos de estudiantes, así como
para convalidación de asignaturas.
f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de matricula.
g. Coordina con el Jefe del Departamento respectivo, para la
propuesta de designación de jurados de Tesis, prácticas pre-
profesionales y el nombramiento de jurados para la subsanación
de asignaturas
h. Otras que le sean asignadas.
A parte del Director, los otros dos miembros del Consejo Directivo,
asumirán los cargos de Secretario y vocal, con las funciones inherentes a
los cargos.
1.2.1.2. De los Directores de las Escuelas Académicos Profesionales
de la Facultad
Los Directores de las Escuelas Académicos Profesionales de la Facultad
son designados por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el
Decano, su designación es por tres años renovables y son sus funciones:
a. Representa a la Escuela y asiste al Consejo de Facultad y al
Consejo Académico sólo con derecho a voz.
b. Preside el Consejo Directivo de la Escuela.
c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas, de acuerdo
con los silabos e informar los resultados al Decano.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de
los órganos de gobierno de la Universidad.
e. Otras que le asignen el Consejo de Facultad.
f. Supervisa el registro adecuado de notas y la expedición de
certificados de estudios, bajo responsabilidad.
1.3. EL CENTRO DE SERVICIO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA
E1 Centro de Servicios de Maquinaria Agrícola de la Facultad de Ciencias Agrícolas y
Forestales depende jerárquicamente del Consejo de Facultad y tiene como funciones:
a. Impulsar la agricultura de la Región a través de la prestación de servicios de
alquiler de maquinaria agrícola generando recursos propios.
268
b. Sirve como material de enseñanza aprendizaje que se requiere en la formación
profesional de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales, Zootecnia,
Veterinaria y otros.
c. Prestar 1os servicios de capacitación para operadores calificados.
d. Cumplir con la labor de investigación en e] área de maquinaria agrícola.
e. Organiza cursos especializados para los alumnos de la Facultad y público en
general
1.3.1. DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE SERVICIOS DE MAQUINARIA
AGRÍCOLA
La administración del Centro de Servicios de maquinaria agrícola está a cargo de un
Director, es un docente nombrado en la Categoría de Principal o Asociado adscrito
al Departamento Académico de Agronomía y depende jerárquicamente del Decano,
es designado por el Consejo de Facultad, por un período de tres años renovables.
Cuenta con asesoramiento de docentes de la Facultad y tiene por funciones:
a. Formula y ejecuta la política de gestión del Centro.
b. Elabora el Plan de Desarrollo, los planes operativos del Centro, que
comprende el plan empresarial y anual; y presenta Consejo de Facultad.
c. Administra adecuadamente los recursos del Centro orientándolos a la
generación de recursos propios.
d. Cumple con la aplicación de las tarifas de alquiler fijadas para el servicio
de prestado.
e. Colabora con los docentes y estudiantes de las Facultades que las
requieren para la realización de las actividades académica, investigación,
proyección a la comunidad, practicas pre profesionales y otros
f. Elabora1os informes técnicos económicos trimestrales y anuales que son
presentados al Consejo de Facultad y a los órganos pertinentes.
g. Cumple con los trabajos de mantenimiento, reparación y conservación de
máquinas que conforman el Centro manteniéndolas operativas.
h. Planifica la renovación actualización del pool de maquinaria del centro
i. Otras que le asigne el Decano.
1.4. EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROMOCIÓN AGRÍCOLA
Es un ente encargado de realizar Investigación, Extensión y Producción en sus
diferentes niveles en las especialidades de Agricultura, Forestales. Ambientales e
Industrias Alimentarias. No tiene fines de lucro y debe tener autonomía administrativa.
Los trabajos específicos los realizan los Programas de Investigación, Centros de
Producción, Docentes y Alumnos individuales.
Los productos de dichos trabajos serán aportes a la ciencia y a la tecnología, que
contribuyan a mejorar el aspecto teórico y a resolver problemas de la producción. El
Centro está conformado por un Director, un Asistente Administrativo, el Consejo de
Investigación y Promoción Agrícola y los Programas de Investigación. El Consejo de
Investigación y Promoción Agrícola estará conformado por 3 miembros, cada uno de
una especialidad diferente (Agronomía de cultivos, Semillas y transformación de
productos y Mejoramiento de cultivos).
El Director y miembros del Consejo de Investigación son propuestos por el decano y
ratificados por el Consejo de Facultad. Los programas de investigación deberán ser
269
propuestos por uno o un grupo de Docentes ante el CIA, quien seguirá su gestión hasta
obtener su aprobación.
1.4.1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE INVESTIGACION
AGRÍCOLA
a. Promover la formulación de proyectos de Investigación, Producción y
Extensión
b. Hace el seguimiento y evaluación de todas las acciones de Investigación,
Producción y Extensión
c. Difundir los resultados de Investigación, Producción y Extensión
d. Todos los miembros del Centro son Docentes adscritos a la Facultad que
gozan de remuneración mensual de la Universidad.
1.4.2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR
a. Promueve y recepciona proyectos de Investigación, producción y
Extensión formulados por los Programas de Investigación Centro de
Producción. Docentes y Alumnos
b. Convoca y Preside las reuniones del Consejo de Investigación, donde se
evalúa y aprueba los proyectos presentados.
c. Representa ante la Facultad y la Universidad a los diferentes proyectos en
gestión y en ejecución.
d. Apoya en la búsqueda de financiamiento tanto a nivel nacional como
internacional, para los proyectos aprobados.
e. Reúne los resultados de investigación, Producción y Extensión obtenidos
con los diferentes proyectos ejecutados
1.4.3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CONSEJO DE INVESTIGACIÓN
a. Evalúa y aprueba y asigna recursos a los diferentes proyectos
presentados.
b. Hace la evaluación y seguimiento de los proyectos en ejecución.
c. Cada miembro del consejo de investigación recepcionará y hará una
evaluación previa de los proyectos de su área.
d. Emite opinión sobre los proyectos observados.
1.5. CENTROS DE PRODUCCION
a. Producen bienes y/o prestan servicios estratégicos para la colectividad.
b. Propenden a la participación activa de la Comunidad Universitaria en sus
actividades.
c. Generan recursos económico—financieros que contribuyan a la consecución de
los fines de la Universidad Nacional de Cajamarca.
d. Sirven para el desarrollo de actividades académicas y docentes.
1.6. SERVICIO SILVO AGROPECUARIO
(Manual aparte)
1.7. CENTRO DE INVESTIGACIONES AGROMETEOROLÓGICAS
a.
b.
c.
270
d.
e.
f.
271
SERVICIO SILVO AGROPECUARIO
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
FACULTAD DE CIENCIAS
AGRÍCOLAS Y FORESTALES
SERVICIO SILVO AGROPECUARIO (SESA)
COORDINACIÓN
Secretaría Administrativa ASESORES
UNIDAD DE
ORNAMENTALES
UNIDAD DE
HORTICULTURA
Y
FRUTICULTURA
UNIDAD DE
FORESTALES Y BIOFERTILIZANTES
UNIDAD DE
PRODUCCIÓN
PECUARIA Y
APICULTURA
UNIDAD DE
PRODUCCIÓN Y
ARTESANÍA Y
ECOTURISMO
272
CAPITULO I
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO SILVO AGROPECUARIO
El Servicio Silvo Agropecuario, es una Oficina sin fines de lucro, dependiente de la
Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de Cajamarca,
cuyas funciones se resumen a continuación:
a. Proporciona sus áreas de investigación, extensión y producción para el
desarrollo de las prácticas de los cursos afines con sus objetivos.
b. Contribuye con el fortalecimiento de la formación profesional aplicada de los
estudiantes de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales y otras de la
Universidad Nacional de Cajamarca.
c. Propaga en forma diversificada especies vegetales con carácter de investigación,
extensión y capacitación.
d. Facilita en forma real y experimentada sus trabajos, ámbitos e infraestructura
con fines de capacitación.
e. Fomenta y promociona actividades contribuyentes a un desarrollo sustentable de
la región y del país.
f. Constituye a través de sus instalaciones y centro de experimentación e
investigación, espacios de recreo y esparcimiento.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
2.1. La Coordinación del Servicio Silvo Agropecuario (SESA) comprende:
A) Órgano de Dirección
- Coordinador del Servicio Suyo Agropecuario (SESA).
- Coordinador adjunto.
B) Órganos de Apoyo
- Secretaría Administrativa
C) Órganos de Línea
- Unidad de Ornamentales.
- Unidad de Horticultura y Fruticultura.
- Unidad de Forestales y Biofertilizantes.
- Unidad de Artesanía y Ecoturismo.
- Unidad de Producción Pecuaria y Apicultura.
3. LINEA DE AUTORIDAD, RESPONSABILIDAD Y COORDINACION
3.1 La Coordinación del Servicio Silvo Agropecuario (SESA) depende
jerárquica, funcional y administrativamente de la Facultad de Ciencias
Agrícolas y Forestales de la UNC, ante la cual es responsable del
cumplimiento de sus funciones, objetivos y planes operativos.
3.2 Las Unidades del Servicio Suyo Agropecuario (SESA) dependen
jerárquica y administrativamente del Coordinador del Servicio Silvo
Agropecuario (SESA), el mismo que es responsable del cumplimiento de sus
funciones, objetivos y planes operativos. Además coordina sus acciones con
la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de
Cajamarca para el mejor cumplimiento de sus funciones.
273
CAPITULO II
DEL ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR DEL SESA
El Coordinador del Servicio Silvo Agropecuario (SESA) cumple con las siguientes
funciones:
a. Representa legalmente al Servicio Suyo Agropecuario en todos los actos
inherentes al mismo.
b. Formula los lineamientos de política del Servicio Silvo Agropecuario de la
Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales.
c. Convoca y dirige las reuniones mensuales de trabajo con todo el personal del
SESA para evaluar avances, problemas y programar actividades de trabajo y
confraternidad.
d. Dirige las reuniones para la aprobación del Manual de Organización y
Funciones, Planes de Trabajos Anuales en base a los lineamientos de la Facultad
de Ciencias Agrícolas y Forestales así como aprobar las Memorias Anuales.
e. Orienta la programación y ejecución del trabajo de las Unidades.
f. Supervisa el trabajo del Servicio Silvo Agropecuario (SESA).
g. Sistematiza las experiencias del SESA.
h. Difunde el trabajo del Servicio Silvo Agropecuario a nivel regional.
i. Organiza la retroalimentación de las experiencias del Servicio Silvo
Agropecuario al interior de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales y de
la Universidad Nacional de Cajamarca en general.
j. Realiza gestiones ante instituciones locales, regionales, e internacionales, que
contribuyan a mejorar el trabajo de intervención.
k. Realiza el manejo y control de las labores administrativas y financieras del
SESA.
l. Coordina con los docentes de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales los
diferentes trabajos de campo de los alumnos que se realicen en las instalaciones
del SESA.
2. FUNCIONES DEL COORDINADOR ADJUNTO
a. Cumple con las mismas funciones del Coordinador en caso de ausencia, cese,
renuncia u otros casos que determine la Facultad de Ciencias Agrícolas y
Forestales con la finalidad de mantener activo el Servicio Silvo Agropecuario.
b. Asume o comparte algunas funciones en mutuo acuerdo con el Coordinador.
CAPITULO III
ORGANOS DE ASESORAMIENTO
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ASESORES.
1.1. Los Asesores del SESA y las Unidades respectivas son propuestos por el
Coordinador del Servicio Suyo Agropecuario ante el Consejo de Facultad, por
un período igual al de su mandato.
1.2. Los Asesores del SESA podrán ser docentes de la Universidad Nacional de
Cajamarca y/o de otras instituciones afines y de reconocida trayectoria. Tienen
las siguientes funciones.
a. Asesorar a las Unidades del Servicio Silvo Agropecuario (SESA) en el
desarrollo y la implementación de estrategias de intervención:
274
b. Asesora procesos de planificación al interior del SESA.
c. Contribuye al desarrollo de un sistema de planificación, monitoreo y evaluación
del Servicio Silvo Agropecuario y de sus Unidades.
d. Asesora y apoya la coordinación interinstitucional.
e. Canaliza convenios interinstitucionales.
CAPITULO IV
ORGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE APOYO
DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA
La secretaría administrativa del SESA depende jerárquicamente y
administrativamente del Coordinador del SESA y tiene las siguientes funciones:
a. Ejecuta el trámite documentario del SESA.
b. Organiza el archivo del SESA.
c. Asume la responsabilidad de la biblioteca, materiales y equipos de la
Coordinación del SESA.
d. Concerta citas para reuniones previstas oportunamente.
e. Redacta las actas de sesiones del SESA
f. Apoya en la elaboración de planes, informes y memorias a solicitud de
los jefes de Unidades.
g. Otras actividades de su competencia encargadas por el Coordinador del
SESA
h. Apoya en la elaboración del cuadro de necesidades y requerimientos de
cada Unidad y del SESA en general.
i. Canaliza la venta de la producción de las diferentes Unidades en
coordinación de los jefes de cada Unidad.
j. Consolida las rendiciones de cuentas de las ventas.
k. Se encarga del control de entrada y salida de bienes del a1macen.
l. Mantiene al día el inventario, actualizándolo bajo la supervisión del
Coordinador y/o jefes de unidades.
m. Otras actividades de su competencia encargadas por el Coordinador del
SESA o jefes de Unidades.
1.2. DE LOS TESISTAS Y PRACTICANTES
a. Los estudiantes de la UNC que se integran al trabajo del SESA bajo la
modalidad de tesistas o practicantes, son seleccionados por el
Coordinador del SESA y los jefes de Unidades en sus Facultades de
origen en coordinación con sus asesores.
b. La integración de tesistas y practicantes al trabajo del SESA es
reglamentada mediante la Coordinación y jefes de Unidades.
c. Los tesistas y practicantes responden de sus actividades ante el jefe de su
Unidad respectiva y el Coordinador del SESA.
275
CAPITULO V
ORGANOS DE LÍNEA
1.1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE LINEA
a. Las Unidades del Servicio Suyo Agropecuario (SESA) están a cargo de un
profesional que cumple las funciones de Jefe de Unidad. Es designado por el
Coordinador por un periodo igual al de su gestión.
b. Los Jefes de Unidades dependen jerárquicamente y administrativamente del
Coordinador del Servicio Suyo Agropecuario.
1.2. UNIDAD DE ORNAMENTALES
a. Programa, dirige y ejecuta todas las actividades de producción de
ornamentales del Servicio Silvo Agropecuario.
b. Propaga difunde y promociona especies ornamentales.
c. Produce con fines de investigación, extensión y comercialización
especies ornamentales.
d. Promueve la realización de trabajos de investigación con practicantes y/o
tesistas de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales y otras
facultades afines.
1.3. UNIDAD DE HORTICULTURA Y FRUTICULTURA
a. Propaga difunde y promociona especies hortícolas y frutales.
b. Produce con fines de investigación, extensión y comercialización
especies hortícolas y frutales.
c. Promueve la realización de trabajos de investigación y de promoción con
practicantes y/o tesistas de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales
y otras facultades atines.
1.4. UNIDAD DE FORESTALES Y BIOFERTILIZANTES
a. Propaga difunde y promociona especies forestales nativos y exóticos.
b. Produce con fines de investigación, extensión y comercialización
especies forestales.
c. Promueve la realización de trabajos de investigación, extensión y
promoción con practicantes y/o tesistas de la Facultad de Ciencias
Agrícolas y Forestales y otras facultades afines.
d. Produce y promueve la utilización de los diferentes abonos orgánicos
como alternativa agro ecológica.
e. Administra y controla en coordinación del Coordinador del SESA, los
bosques del Servicio Silvo Agropecuario.
1.5. UNIDAD DE ARTESANÍA Y ECOTURISMO
a. Dirige y controla el taller de artesanía de Aylambo.
b. Produce y promociona productos artesanales.
c. Supervisa y ejecuta las acciones programadas para el taller de cerámica.
d. Promueve y difunde el turismo ecológico.
e. Constituye un centro de Capacitación y Promoción.
1.6. UNIDAD DE PRODUCCIÓN PECUARIA Y APICULTURA
a. Dirige y controla la producción de animales menores y el manejo de
colmenas.
276
b. Promociona la actividad pecuaria a nivel interno y fiera de la
Universidad.
c. Articula las actividades de su unidad con fines de capacitación.
d. Promueve la ejecución de trabajos de investigación, extensión y
promoción a través de tesistas y/o practicantes de las facultades afines a
esta labor
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
2.1. DEL JEFE DE UNIDAD
El Jefe de Unidad tiene las siguientes funciones.
a. Planifica, coordina y ejecuta las actividades de la Unidad correspondiente en
base al Plan de trabajo institucional.
b. Solicita y ejecuta los requerimientos de su Unidad considerados en su plan de
trabajo que cuenten con el financiamiento respectivo.
c. Solicita y ejecuta los requerimientos no programados de su Unidad que
contribuyan al fortalecimiento institucional.
d. Realiza informes trimestrales por escrito de sus actividades realizadas, a la
coordinación.
e. Propone en base a los requerimientos y disponibilidad presupuestal la
contratación de nuevo personal.
f. Establece coordinaciones interinstitucionales, gestiona y propone la firma de
convenios.
g. Realiza acciones de monitoreo y auto evaluación en la Unidad a su cargo.
h. Vela por el cumplimiento de las actividades del Plan Operativo por parte del
personal a su cargo, de acuerdo al cumplimiento de los requerimientos
solicitados ante la coordinación.
i. Gestiona ante la Facultad la incorporación de practicantes y tesistas.
j. Co asesora tesis y prácticas pre profesionales.
k. Desarrolla trabajos de investigación preferentemente relacionados con el Plan
Operativo del SESA.
l. Controla y evalúa el personal a su cargo.
m. Brinda asistencia técnica a nivel local y regional.
n. Promueve y propone eventos de capacitación técnico - profesional tanto al
interior corno exterior de la Universidad.
o. Participa en las actividades programadas por el SESA.
p. Propone a la Coordinación las bajas de equipos, materiales y herramientas
deterioradas. Desarrolla trabajos de promoción, extensión y difusión dentro de
las líneas del SESA
q. Otras actividades de su competencia.
2.2. DEL TÉCNICO
1. Ejecuta y/o supervisa todas las actividades concernientes a la propagación de
especies vegetales según su unidad.
2. Vela por la integridad y el mantenimiento de los equipos, materiales y
herramientas de su unidad respectiva.
3. Apoya al jefe en la supervisión del personal de la Unidad respectiva.
4. Reemplaza al jefe de la Unidad en su ausencia o cuando este le encargue
funciones específicas.
5. Supervisa el trabajo de los obreros de su unidad.
277
6. Lleva y mantiene al día los cuadros de movimientos de plantas y semillas así
como de las donaciones.
2.3. DE LOS OBREROS
a. Ejecuta en forma directa y asesorada todas las actividades de la unidad
respectiva.
b. Vela por la integridad de los bienes y enseres del Servicio Silvo Agropecuario.
c. Otras actividades que le asigne el técnico, jefe de unidad o el Coordinador.
2.4. DE LOS TESISTAS Y PRACTICANTES
a. Realizan sus investigaciones y/o practicas en los plazos y términos nombrados
por Facultad de origen, bajo el seguimiento y supervisión de cada jefe de
Unidad.
b. Apoyan a los jefes de Unidades y al Coordinador en actividades de capacitación
y promoción.
c. Otras actividades que contribuyan al fortalecimiento del Servicio Silvo
Agropecuario.
278
FACULTAD DE INGENIERÍA
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
CONSEJO DE FACULTAD
COMISIÓN
ACADÉMICA
COMISIÓN DE
PLANIFICACIÓN
DECANATO
DPTO. ACAD. DE CC.
INGENIERÍA SECRETARÍA
ACADÉMICA
DPTO. ACADÉMICO DE
FÍSICA
DPTO. ACADÉMICO DE
ING. DE R.H.
DPTO. ACADÉMICO
SIST. ESTAD. E
INFORMÁTICA
ESCUELA ACADÉMICO
PROF. DE INGENIERÍA
ESCUELA ACAD. PROF.
DE ING. DE SISTEMAS
ESCUELA ACAD. PROF.
DE ING. GEOLÓGICA
CENTRO DE
INVESTIGACIÓN
CITAEVE
CENTRO DE EXTENS. Y
P.U DE INGENIERÍA
CENTRO DE
PRODUCCIÓN DE
INGENIERÍA APLICADA
279
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA
a. Las Facultades son las unidades fundamentales de organización, formación
académica y profesional, investigación, proyección y extensión universitaria.
b. De conformidad con el artículo 21 del Estatuto, cada Facultad cuenta con
centros productivos como Órganos Desconcentrados dependientes del Decanato,
con sujeción a lo previsto en el artículo 31 del mismo. Cuentan también con
Escuelas y Secciones Profesionales en Provincias, como Órganos
Desconcentrados de las Facultades o Escuelas Académico Profesionales, según
el caso.
c. Las Facultades pueden organizar Programas de Segunda Especialización en sus
líneas profesionales, con una duración no menor de un año. Su creación y
funcionamiento deben ser aprobados por el Consejo Universitario, a propuesta
del Consejo de Facultad correspondiente, en concordancia con lo dispuesto en la
Novena Disposición Complementaria del Estatuto.
d. La gestión académica de cada Facultad se ejerce a través de su Consejo, Decano,
Escuelas Académico Profesionales, Departamentos Académicos, Secretario
Académico y Comisión Académica.
e. La gestión administrativa de cada Facultad la ejerce su Decano. Comisión de
Planificación y órganos desconcentrados.
f. La Facultad de Ingeniería es una Unidad Fundamental de Organización,
Formación Académica y Profesional, Investigación y Proyección y Extensión
Universitaria.
g. La Facultad es autónoma y tiene capacidad para adoptar mecanismos
académicos, administrativos y económico financieros que faciliten su
funcionamiento, de acuerdo a los planes de desarrollo y lineamientos generales
de la Universidad.
h. Establece Centros Productivos como Órganos Desconcentrados dependientes del
Decanato concordantes con los artículos 2l° y 31° del Estatuto.
i. Administra el currículo de las Carreras Profesionales a través de las Escuelas
Académicas Profesionales.
j. Organiza Programas de Segunda especialización en sus líneas Profesionales y
proponiendo al Consejo Universitario para su creación y funcionamiento.
k. Gestión Académica a través del Consejo de Facultad, Decano, Escuelas
Académico, Profesionales, Departamentos Académicos, y Comisión Académica.
l. Gestión administrativa a través del Decano, Comisión de Planificación Órganos
Desconcentrados.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones, la Facultad de Ingeniería cuenta con la
Estructura Orgánica siguiente:
A) ORGANO DE GOBIERNO
- Consejo de Facultad.
B) ORGANO DE DIRECCION
- Decanato
C) ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
- Comisión Académica
- Comisión de Planificación
280
- Comisión de Investigación
- Comisión de Extensión y Proyección Universitaria
D) ÓRGANOS DE APOYO
- Departamento Académico de Ciencias de la Ingeniería.
- Departamento Académico de Física.
- Departamento Académico de Ingeniería de los Recursos Hídricos.
- Departamento Académico de Sistemas, Estadística e Informática.
- Secretaría Académica.
E) ÓRGANOS DE LINEA
- Escuela Académico Profesional de Ingeniería Civil.
- Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Sistemas.
- Centros de Investigación de Tecnologías Apropiadas de Elementos
Estructurales para la Vivienda Económica.
- Centros de Extensión y Proyección Universitaria
F) ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
- Centro de Ingeniería Aplicada
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1 LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. El Consejo de Facultad es el máximo órgano de gobierno de la Facultad.
b. El Decano es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de
Dirección y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad.
c. La Comisión Académica es un órgano de asesoramiento académico de la
Facultad tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad.
d. La Comisión de Planificación es el órgano de Asesoramiento y Consulta de la
Facultad, tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad.
e. La Comisión de Investigación es el órgano de asesoramiento en materia de
proyectos de investigación de la Facultad.
f. La Comisión de Proyección y Extensión Universitaria es el Órgano de
Asesoramiento en materia de Proyectos de Proyección de la Facultad hacia la
sociedad.
g. Los Departamentos son Órganos de Apoyo a las Facultades, presta servicios
académicos a las Facultades y el Jefe de Departamento depende jerárquicamente
del Decano de Facultad.
h. La Secretaría Académica es un Órgano de Apoyo, tiene a su cargo la
administración del Sistema de archivo y trámite documentado, depende
jerárquicamente del Decano de la Facultad.
i. Las Escuelas Académico Profesionales son Órganos de Línea, integrados a la
Facultad, encargados de la administración curricular de una determinada Carrera
Profesional, depende jerárquicamente del Decanato a través de sus Directores.
281
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE GOBIERNO
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CONSEJO DE FACULTAD
El Consejo de Facultad es el máximo Órgano de Gobierno de la Facultad y cumple
funciones de decisión, ejecución, coordinación y supervisión, está presidido por el
Decano y conformado por 12 representantes de los Docentes, elegidos por y entre los
Docentes de cada categoría, pertenecientes a la Facultad, por un período de tres años y
reelegibles; por los representantes de los estudiantes, que constituyen el tercio del
número total de miembros del Consejo de Facultad, elegidos por y entre los estudiantes
por un período de un año, y por un representante de los graduados, en calidad de
supernumerario.
El Consejo de Facultad celebra sesiones ordinarias cuando menos una vez al mes, y
extraordinarias cuando convoque el Decano o lo pida por escrito la mayoría absoluta del
número legal de sus miembros.
Son Funciones y Atribuciones las siguientes:
a. Formula modifica el Reglamento de la Facultad.
b. Aprueba el Anteproyecto de Presupuesto de la Facultad, propuesta por la
Comisión de Planificación.
c. Aprueba el Plan de Desarrollo y Funciones de la Facultad.
d. Propone ante el Consejo Universitario la creación de Órganos de Investigación y
Extensión y Proyección Universitaria, Centros Experimentales, Cursos de
Profesionalización. Secciones de Postgrado, así como becas, convenios
distinciones honoríficas y otros.
e. Promueve y autoriza las publicaciones oficiales de la Facultad.
f. Propone ante el Consejo Universitario la creación y supresión de plazas a
propuesta de los Departamentos Académicos, y sobre la base del Presupuesto
aprobado de la Facultad.
g. Aprueba a propuesta del respectivo Departamento Académico, la convocatoria a
concurso de plazas docentes y los resultados; y propone ante el Consejo
Universitario el contrato, nombramiento, ratificación y ascenso de profesores
adscritos a la Facultad
Aprueba las licencias del personal docente a su cargo, hasta por el término de
tres meses al año.
h. Aprueba los grados académicos y títulos profesionales.
i. Conoce la renuncia del Decano y se pronuncia sobre la misma.
j. Aprueba la carga horaria, proyectos de investigación y proyección social de sus
docentes entre otros.
k. Propone ante el Consejo Universitario para su ratificación., a los profesores que
tengan que hacer uso de licencia para estudios de perfeccionamiento o
postgrado, así como para gozar del derecho de año Sabático, a propuesta del
respectivo Departamento Académico.
l. Aprueba y modifica los currículos de las Escuelas Académico Profesionales de
la Facultad a su propuesta
282
m. Recomienda las características del examen mediante las cuales se deben evaluar
los intereses vocacionales.
n. aptitudes, rasgos de personalidad y conocimientos mas adecuados del postulante
para su mejor desempeño como alumno de la Facultad: a propuesta de la
respectiva Escuela Académico Profesional.
o. Elige a los Directores de las Escuelas Académico Profesionales.
p. Todos los demás que señale el Estatuto, el Consejo Universitario y la Asamblea
Universitaria.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
SON FUNCIONES DE LOS DOCENTES MIEMBROS DEL CONSEJO DE
FACULTAD:
a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo de Facultad, convocados por el
Decano.
b. Participe con voz y voto en forma activa y responsable en las sesiones del
Consejo de Facultad.
c. Elegir y ser elegido para los cargos o encargos que el desarrollo y
funcionamiento de la Facultad así lo requieran, cargos que serán irrenunciables.
d. Cumplir con responsabilidad y en forma oportuna con las tareas que se le
encargue.
e. Otras que el Consejo o el Decano les encarguen.
Los docentes miembros del Consejo de Facultad, son docentes ordinarios en sus
respectivas categorías, son elegidos por un periodo de tres años, al cabo de los
cuales podrán ser reelegidos, la designación como miembros del Consejo de
Facultad se pierden por los motivos:
a. Por cese del docente.
b. Por cambio de categoría.
c. Por ausencia de la Universidad, por un período de seis meses o más de licencia.
d. Por acumulación de 03 faltas que no hayan sido debidamente justificadas.
SON FUNCIONES DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANTES DEL
TERCIO ESTUDIANTIL
a. Asisten puntualmente a las sesiones del Consejo de Facultad.
b. Participan con voz y votos en los asuntos que se traten en el Consejo de
Facultad.
c. Cumplen con las tareas o encargos que se les asigne.
d. Otras que el Consejo o el Decano les encargue.
Los estudiantes también son elegidos en forma democrática, por un periodo de un
año y no podrán ser reelegidos, la designación como miembros del Consejo de
Facultad se pierden por:
a. Por acumulación de 03 faltas a sesiones de Consejo de Facultad.
b. Por faltas graves en contra de docentes, personal administrativo o de otros
estudiantes.
283
SON FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS GRADUADOS
a. Asiste puntualmente a las sesiones de Consejo de Facultad.
b. Participa con voz, pero no con voto en las sesiones del Consejo de Facultad.
c. Cumplir con las tareas o encargos que se le asigne.
CAPITULO II
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DECANO DE LA FACULTAD
El Decanato es el Organo de Dirección de la Facultad, ejerce esta función el Decano,
quien es la máxima autoridad representativa, preside las sesiones de Consejo de
Facultad y ejecuta sus acuerdos; el Decanato es el Organo responsable de la gestión
académico-administrativa de la Facultad.
En caso de ausencia prolongada en el país o fiera de él o por renuncia del Decano, el
Decano Sustituto asumirá el Decanato con todas sus atribuciones, funciones y
prerrogativas, previa Resolución Rectoral de encargo. En caso de ausencias de corta
duración del Decano, el Decano Sustituto ejerce únicamente las funciones expresamente
delegadas por el titular.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO
El Decano es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de dirección y
ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad. El cargo de Decano es a dedicación
exclusiva e incompatible con cualquier otra función, empleo público o privado, es
elegido en virtud a los artículos 97°, 98° y 100° del Estatuto.
SON FUNCIONES DEL DECANO
a. Convoca y preside el Consejo de Facultad.
b. Ejerce, Supervisa y fiscaliza la gestión académica y administrativa de la
Facultad.
c. Representa a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y Consejo
Universitario.
d. Cumple y hace cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria, Consejo de
Facultad, así como las disposiciones relativas a la Facultad.
e. Propone ante el Consejo de Facultad la terna para le elección de Secretario de la
Facultad.
f. Cumple y hace cumplir los Planes de Desarrollo y de Funcionamiento de la
Facultad.
g. Autoriza la ejecución del Presupuesto de la Facultad y vela por su estricto
cumplimiento.
h. Supervisa la labor del personal docente y personal administrativo de la Facultad.
i. Remite a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su
compatibilización del Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo, aprobados
por el Consejo de su Facultad.
j. Dicta medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia, con
cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los quince (15) días
subsiguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencia
que las provocan.
284
k. Propone al Consejo de Facultad la conformación de comisiones especiales para
asuntos que estime conveniente.
l. Refrenda los diplomas de bachiller, los títulos profesionales y de segunda
especialización, así como otras certificaciones que expida la Facultad.
m. Propone al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la conformación de
la Comisión Académica, otras comisiones y el delegado de dicho Consejo ante
la Comisión de Planificación de su Facultad.
n. Propone, con sujeción al artículo 25° del Estatuto, ante el Consejo de Facultad,
la terna para el cargo de Director de las Escuelas Académico profesionales
integrantes de ésta.
o. Propone ante el Consejo de la Facultad las ternas para los cargos de director de
Centros e Institutos de Investigación o de Centros de Proyección y Extensión
Universitaria.
p. Consolida y presenta al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual
de la Facultad.
q. Otras que establezca el Reglamento de la Facultad.
CAPITULO III
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS COMISIONES:
1.1. LA COMISION ACADEMICA
La Comisión Académica de la Facultad de Ingeniería estará integrada por dos
profesores nombrados, principales o asociados, elegidos por el Consejo de Facultad,
por un período de 3 años, reelegibles y por el tercio estudiantil, designado por el
respectivo Centro Federado, será presidido por un docente miembro del Consejo de
Facultad:
SON SUS FUNCIONES:
a. Gestión académica, y asesoramiento académico a la Facultad de Ingeniería.
b. Propone al Consejo de Facultad las bases y lineamientos generales para el
diseño curricular de las carreras profesionales que ofrece la Facultad.
c. Propone al Consejo de Facultad para su aprobación, las normas y criterios según
los cuales se organizan y funcionan las actividades académicas de la Facultad.
d. Actúa como órgano consultivo del Consejo de Facultad.
e. Asesora a Las unidades orgánicas que integran la Facultad.
f. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.
1.1.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
FUNCIONES DEL PRESIDENTE
a. Preside las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión
b. Representa a la Comisión Académica ante el Consejo de Facultad.
c. Coordina las labores académicas con los Órganos pertinentes.
d. Vela y supervisa el cumplimiento de las acciones programadas.
e. Presenta ante el Consejo de Facultad los informes de las actividades de la
Comisión.
f. Dispone que el Secretario de la Comisión Académica cite a las sesiones
ordinarias y extraordinarias.
g. Delega por escrito al Secretario, su representación en caso de ausencia
temporal.
285
h. Otras que le encarguen el Decanato o el Consejo de Facultad.
FUNCIONES DEL SECRETARIO
a. Registra en el Libro de Actas los cuerdos de las sesiones de la Comisión
Académica.
b. Recepciona la documentación dirigida a la Comisión y presenta
oportunamente al Presidente para su trámite respectivo.
c. Mantiene al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el
archivo de la Comisión.
d. Elabora y remite toda la documentación que emane de la Comisión.
e. Gestiona ante la Comisión de Planificación de la Facultad, los materiales
necesarios para el buen funcionamiento de la Comisión.
f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión Académica.
FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DEL TERCIO ESTUDIANTIL
a. Asiste con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Comisión.
b. Participar activamente en las sesiones y cumplir los encargos que asigne
la Comisión.
1.2. LA COM1SION DE PLANIFICACION
Es el órgano de consulta y asesoramiento de la Facultad en los sistemas de
Planificación, Presupuesto, Estadística, Informática, Racionalización, Personal,
Abastecimiento, Tesorería, Contabilidad, Información, Control, Bibliotecas y
Archivo. Es presidida por el miembro delegado del Consejo de Facultad.
Son sus funciones:
a. Elabora los horarios de clase, en coordinación con las Escuelas Académico
Profesionales y Departamentos Académicos.
b. Formula el proyecto del Plan de Trabajo institucional integrado de la Facultad,
en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina General de
Planificación y Presupuesto.
c. Formula el proyecto y evalúa la ejecución del presupuesto integrado de la
Facultad.
d. Supervisa el funcionamiento de los centros de cómputo y otros servicios que
preste la Facultad.
e. Asesora a las unidades orgánicas de la Facultad.
f. Releva, actualiza y difunde la estadística de la Facultad.
g. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.
CAPITULO IV
ÓRGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE APOYO
La Facultad de Ingeniería con Órganos de Apoyo a la Secretaría Académica y los
Departamentos Académicos de: Ciencias de la Ingeniería, Física, Ingeniería de los
Recursos Hídricos y de Sistemas, Estadística e Informática.
1.1. SECRETARIA ACADEMICA.
286
Es el Órgano de Apoyo encargado de organizar y controlar el servicio de trámite
documentado, archivo, matriculas, notas y certificados, grados y títulos, bibliotecas
especializadas, abastecimiento general y otros. Depende jerárquicamente del Decano
y está a cargo de un profesor nombrado, de la categoría Principal o Asociado y
designado por el Consejo de Facultad, de una terna propuestas por el Decano, su
designación es por un período de 03 años.
Además de los requisitos establecidos en el artículo 24° del Estatuto, para ser
Secretario Académico se requiere ser titulado o postgraduado en una de las carreras
profesionales que ofrece la Facultad y no ser miembro del Consejo de ésta.
El Secretario Académico tiene como sustitutos a los demás integrantes de la terna
propuesta por el Decano para su designación por el Consejo de Facultad.
Son funciones del Secretario Académico:
a. Actúa como Secretario del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.
b. Administra los Sistemas de Información, Archivo y Trámite Documentado de la
Facultad, y, en particular, del Consejo de Facultad.
c. Actúa como fedatario de la Facultad.
d. Proyecta, registra y notifica las resoluciones, del Consejo de Facultad y del
Decanato.
e. Mantiene actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.
f. Custodia el patrimonio institucional a su cargo.
g. Controla el desempeño de funciones del personal administrativo y de servicios
asignados a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decano sobre los aspectos
que trasciendan sus atribuciones.
h. Refrenda diplomas de grados académicos y títulos profesionales que confiera la
Facultad.
i. Refrenda las certificaciones o constancias que expida la Facultad.
j. Organiza y conduce el registro de matriculas, notas, grados y títulos
profesionales, de conformidad con la Quinta Disposición Complementaria del
Estatuto.
k. Coordina, supervisa y controla la organización y funcionamiento de la biblioteca
especializada.
l. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.
1.1. DEPARTAMENTOS ACADEMICOS
La Facultad de Ingeniería cuenta con los Departamentos Académicos de: Ciencias
de la Ingeniería, Física, Ingeniería de los Recursos Hídricos y de Sistemas,
Estadística e Informática.
Los Departamentos Académicos son unidades de servicio académico que se integran
a una Facultad, sin pérdida de su capacidad funcional, y prestan servicios a la
Universidad en general, de acuerdo a las disciplinas que cultivan.
Los Departamentos Académicos reúnen a docentes que cultivan las mismas
disciplinas o disciplinas afines. Para su gesti6n y funcionamiento, cuentan con los
órganos siguientes:
a. Asamblea de Departamento.
b. Consejo de Coordinación.
287
c. Jefatura.
SON FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS DEPARTAMENTOS
ACADEMICOS
Los Departamentos Académicos son unidades de servicio académico de la Facultad
de Ingeniera que sirven a la propia Facultad y otras que lo soliciten.
Los Departamentos Académicos, reúnen a los docentes que cultivan las disciplinas
afines. Está a cargo de un Jefe, elegido de entre sus miembros, por un período de 03
años, reelegible. Para ser Jefe de Departamento se requiere, ser profesor nombrado,
principal o asociado; para su gestión y funcionamiento, cuenta con los Órganos
siguientes:
1. Asamblea de Departamento.
2. Consejo de Coordinación.
3. Jefatura.
Son sus funciones de la ASAMBLEA DE DEPARTAMENTO ACADEMICO:
a. Elige al Jefe de Departamento, se pronuncia sobre su renuncia y declara su
vacancia.
b. Elige, de entre sus miembros, a los responsables de los laboratorios, gabinetes y
museos dependientes del Departamento.
c. Organiza y conduce eventos de naturaleza académica, previa aprobación del
Consejo de Facultad.
d. Evalúa anualmente los resultados de la gestión académica y administrativa del
Departamento.
e. Elabora, modifica o reforma el Reglamento Interno del Departamento, que
deberá ser aprobado por Consejo de Facultad.
f. Determina, elabora y actualiza los sílabos de acuerdo con los requerimientos
curriculares.
g. Administra los Laboratorios, Gabinetes, Museos y otros bienes y servicios que
están a su cargo.
h. Organiza las actividades académicas de sus docentes sobre la base de la cátedra.
El Consejo de Coordinación está conformado por el Jefe del Departamento, quien lo
preside, y los Coordinadores de las Áreas Académicas que conforman el Departamento.
Son funciones del CONSEJO DE COORDINACION:
a. Propone ante la Asamblea de Departamento los lineamientos de política
académica, investigación y producción intelectual de los miembros del
Departamento.
b. Difunde la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística de los
integrantes del Departamento.
c. Coordina la realización, de eventos de actualización, capacitación y
perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.
d. Se pronuncia sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento o
contrato, con sujeción al dictamen conjunto de las Oficinas Generales de
Planificación y Presupuesto y Desarrollo Académico.
288
e. Formula, ejecuta y evalúa sus Planes de Funcionamiento y Desarrollo, así como
presenta sus requerimientos presupuestales al Consejo de Facultad
correspondiente.
f. Emite opinión con respecto a las licencias de los docentes.
Los Departamentos Académicos cuentan con un Secretario Docente, designado por el
Jefe en el mismo acto de su elección.
Para efectos de operatividad, el Departamento se organiza en Cátedras, Líneas
Curriculares y Áreas Académicas.
Cátedra es el sistema organizado de trabajo docente en una determinada asignatura, con
la finalidad de optimizar el proceso enseñanza aprendizaje, la producción intelectual,
científica y humanística, así como el uso de recursos.
Los Departamentos Académicos propician el trabajo docente a través de Cátedras
Integradas.
Las Áreas Académicas están a cargo de un Coordinador, elegido por y entre los
docentes ordinarios que las integran, por un período de tres (03) años renovables.
Para ser Coordinador de Área Académica se requiere ser docente principal o asociado.
Las asignaturas de las carreras profesionales serán atendidas por los Departamentos
Académicos con docentes de la Cátedra, Línea Curricular Área Académica a que
corresponden dichas asignaturas. En casos que el Departamento no cuente con docentes
que reúnan tales requisitos, las atenderá con los que pertenecen a Cátedras o Áreas
Académicas más afines.
Las asignaturas de postgrado, segunda especialización y programas autofinanciados,
serán atendidas por los Departamentos Académicos con docentes que reúnan, además,
los requisitos académicos exigidos para cada caso.
Para la distribución de la carga horaria se tendrá en cuenta la categoría docente, en el
orden de preferencia siguiente: a) Principal, b) Asociado y c) Auxiliar. Sólo después de
éstos, se tendrá en cuenta a los docentes contratados.
El orden jerárquico o de, preferencia de los docentes, en sus respectivas categorías, está
dado por el grado académico alcanzando, antigüedad en la categoría y antigüedad en la
docencia en la Universidad.
Además, se respetará la especialidad y asignaturas o materias que el docente tuvo a su
cargo en los últimos años.
El respeto de la especialidad de los docentes conforme al artículo 164° del Reglamento
General, es de responsabilidad del Jefe de Departamento, Decano y Consejo de
Facultad, según corresponda.
La aprobación de la carga horaria docente se materializa, obligatoriamente, mediante
Resolución de Facultad, para cada periodo lectivo.
289
La carga horaria lectiva normal para los docentes ordinarios a tiempo completo y
dedicación exclusiva, es la siguiente:
a. Con una asignatura, dieciséis (16) horas lectivas.
b. Con dos asignaturas, catorce (14) horas lectivas.
c. Con tres asignaturas, doce (12) horas lectivas.
En los cuadros de distribución de carga horaria debe consignarse, obligatoriamente, la
carga lectiva normal de todos los docentes que refiere el artículo anterior del presente
Reglamento.
Las horas de descarga de un docente comprendido en el artículo anterior, se asignarán a
personal contratado, salvo que existan docentes ordinarios con disponibilidad horaria.
En cualquier caso, el docente que gozaba de descarga horaria, al dejar el cargo, asume la
totalidad de su carga lectiva normal.
Los laboratorios, gabinetes, museos y otros que refiere el artículo 44 del Estatuto, son
administrados por los Departamentos Académicos, y prestan servicios a toda la
Universidad.
El Jefe de Departamento Académico depende jerárquicamente del Decano de la
Facultad a la cual se encuentra adscrito dicho Departamento.
Es elegido por mayoría absoluta de los docentes ordinarios adscritos al Departamento
correspondiente. De no obtenerse esta mayoría, en la votación del caso, se encarga la
jefatura, por un año, al docente que adquiera mayoría de votos. De producirse empate, al
que tenga mayor grado académico.
En ausencia del Jefe de Departamento, asumen sus funciones, en orden de precedencia,
los coordinadores de Área.
SON FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL JEFE DE DEPARTAMENTO
ACADÉMICO:
a. Representa legalmente al Departamento.
b. Preside la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.
c. Propone al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso y
contrato de docentes del Departamento.
d. Propone al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la Escuela de
Postgrado, los candidatos al goce de año sabático.
e. Propone al Consejo de Facultad los docentes para conformar jurados en los
concursos de cátedra, así como para sustentación de tesis y demás modalidades
de titulación.
f. Cumple y hace cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de Coordinación
del Departamento y los emanados de otros órganos competentes:
g. Coordina la actividad académica de sus miembros, en función de los
requerimientos curriculares de las respectivas carreras profesionales, en
coordinación con las Escuelas Académico profesionales.
h. Elabora su Plan de Trabajo y su Proyecto Anual de Presupuesto.
i. Propone la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección social de
sus docentes, entre otros, e informa a la respectiva Escuela Académico
290
Profesional para efectos de supervisión del Desarrollo de los contenidos
curriculares.
j. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR DE ÁREA
a. Preside las reuniones de trabajo del Área Académica.
b. Coordina las actividades de las Cátedras Integradas.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS DOCENTES
Los docentes, según las materias o asignaturas a su cargo, se integran a una Cátedra,
Línea Curricular y Área Académica Ningún docente puede pertenecer a más de una
Área Académica.
Los docentes que ocupan los cargos que refiere el Reglamento General, en condición de
titulares, gozan de descarga horaria, con los límites que se indican:
a. Rector, Vicerrectores, Decanos, Directores de la Escuela de Postgrado,
Secretario General, Directores Generales de las Oficinas Generales de
Planificación y Presupuesto, Económico Financiera, Abastecimiento, y de
Personal, descarga a cero horas.
b. Jefes de Departamento, Directores de Escuela Académico Profesional, Director
de la Escuela de Estudios Generales, Director General de la Oficina General de
infraestructura, descarga a cinco (05) horas.
c. Directores Generales de las Oficinas Generales de Investigación. Extensión y
Proyección Universitaria, Desarrollo Académico, Información, Informática,
Biblioteca, Admisión, Bienestar Universitario, Cooperación Técnica.
d. Secretarios Académicos de las Escuelas de Estudios Generales y Postgrado y de
Facultades y Administradores de centros Productivos, descarga a diez (10)
horas.
e. Los docentes miembros titulares del Comité Electoral y del Tribunal de Honor,
no gozan de descarga horaria, pero están dispensados de atender cualquier otra
actividad académica o administrativa en la Universidad.
f. Los docentes ordinarios están adscritos a un determinado Departamento
Académico, según su especialidad o profesión.
g. Se entiende por adscripción, a la acción administrativa por la cual un docente se
integra a los cuadros de personal de un determinado Departamento Académico.
Se establece de oficio, en la resolución de nombramiento, ratificación y ascenso,
según el caso.
h. Los docentes contratados se incorporan al Departamento que se quiere su
contratación, por el período y en las condiciones establecidas en su respectivo
contrato de empleo.
i. Los Jefes de Práctica y Ayudantes de Cátedra se incorporan a los Departamentos
Académicos en atención a la Cátedra a la cual sirven. Su incorporación finaliza
cuando pierden aquellas condiciones.
j. Los Docentes Extraordinarios que refiere el artículo 216° del Estatuto, no se
adscriben a ningún Departamento Académico.
k. Un docente no puede adscribirse a más de un Departamento Académico.
l. Para todo efecto, la adscripción de un docente a un Departamento Académico,
implica su adscripción a la Facultad a la cual está integrado dicho Departamento.
291
CAPITULO V
ORGANO DE LINEA
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE LINEA
La Facultad de Ingeniería tiene como órganos línea a las Escuelas Académico
Profesionales de Ingeniería Civil, Ingeniería de Sistemas, el Centro de Investigación de
Elementos Estructurales para Vivienda Económica y los Centros de Extensión y
Proyección Universitaria.
1.1. DE LAS ESCUELAS ACADEMICO PROFESIONALES
Son entes integrantes a la Facultad, que se encargan de la administración cunicular,
con sujeción a los lineamientos generales de la Facultad, dependen jerárquicamente
del Decanato, a través de su Director.
Las Escuelas Académico Profesionales, se encargan de ejecutar, orientar y conducir
la formación profesional de los estudiantes, organizar y conducir el aspecto
académico, en concordancia con los Planes de Desarrollo de la Facultad. Las
Escuelas Académico Profesionales, están conformadas por:
a. El Consejo Directivo de Escuela Académico Profesional está conformada por.
b. El Director, quien lo preside.
c. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por
el Director, de entre los que sirven a la Escuela y están adscritos a la Facultad
correspondiente.
d. Un estudiante regular de los dos últimos años de la carrera profesional
correspondiente, designado por el Consejo de Facultad.
Son funciones del CONSEJO DIRECTIVO DE ESCUELA ACADEMICO
PROFESIONAL:
a. Evalúa, actualiza o reforma los currículos de la respectiva carrera profesional.
b. Formula los lineamientos de política educativa de la respectiva Escuela.
c. Solicita a los Departamentos Académicos correspondientes la atención de las
necesidades de carga horaria docente
d. Propone anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para
admisión de estudiantes.
e. Emite opinión para traslados internos de estudiantes, así como para
convalidación de asignaturas.
f. Se pronuncia sobre las solicitudes de licencia nulidad de matrícula.
g. Otras que le sean asignadas.
El Consejo Directivo de Escuela Académico Profesional se reúne cuando menos una
vez al mes.
El Director de Escuela Académico Profesional es designado por el Consejo de
Facultad de una terna propuesta por el Decano. Su designación es por tres años,
renovables.
Además de los requisitos establecidos en el artículo 25° del Estatuto, para ser
Director de Escuela Académico Profesional se requiere estar adscrito a la Facultad a
292
que pertenece la Escuela, con sujeción a lo estipulado en el artículo 39° del mismo
cuerpo normativo.
Cuando para designar Director de Escuela Académico Profesional no existan
candidatos que reúnan los requisitos, el Consejo de Facultad encarga la dirección al
docente que reúna el mayor número de ellos. En tal caso los encargos por un año, de
conformidad con el artículo 98° y Sexta Disposición Complementaria del Estatuto.
Son funciones del DIRECTOR DE ESCUELA ACADÉMICO
PROFESIONAL:
a. Representa a la Escuela y asistir al Consejo de Facultad y al Consejo
Académico, sólo con derecho a voz.
b. Preside el Consejo Directivo de su Escuela.
c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con los Sílabos e
informa los resultados al Decano.
d. Cumple y hace cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de los Órganos de
Gobierno de la Universidad.
e. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.
1.2 CENTRO DE INVESTIGACION DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES
PARA VIVIENDA ECONOMICA
Son sus Funciones:
a. Capta proyectos referentes a Vivienda.
b. Promueve proyectos relacionados con la vivienda en el ámbito de la Región.
c. Optimiza diseños con fines económicos en lo concerniente a vivienda.
d. Evaluar y Recomendar, tipos de vivienda a utilizar en el ámbito Regional, en
función al costo.
1.3. EL CENTRO DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNWERSITARIA
Son sus funciones:
a. Prioriza y tipifica los trabajos de Proyección Social presentados por las
Instituciones del medio, para ser realizados mediante la Elaboración de Tesis o
vía T.P.P.S. (Trabajos Prácticos de Proyección Social).
b. Aprueba los T.P.P.S. una vez concluidos.
c. Propone un miembro integrante para la Comisión de Planificación.
d. Otras tareas afines que le asigne la Facultad.
CAPITULO VI
ORGANOS DESCONCENTRADOS
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS
La Facultad de Ingeniería cuenta con Órganos Desconcentrados a los Centros de
Producción de Bienes y Prestación de Servicios.
a. Promueve y ejecuta estudios socioeconómicos en beneficio de la sociedad.
b. Identifica y orienta programas de Inversión Laborales para el desarrollo de la
Universidad y la Región.
293
c. Brinda servicio de consultoría.
d. Propone al Consejo Universitario, la constitución de empresas.
e. Otros que le sean asignados por la Facultad.
1.1. CENTRO DE INGENIERIA APLICADA
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE INGENIERÍA APLICADA
a. Producir bienes y prestar servicios estratégicos para la colectividad.
b. Generar recursos económicos financieros que contribuyan a la consecución de
los fines de la Facultad y de la Universidad.
c. Servir para el desarrollo de actividades académicas y docentes de la Facultad y
de la Universidad.
2. DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
De acuerdo al Art. 9° del Reglamento, la estructura orgánica del CIAP es la siguiente:
A) ÓRGANO DE DIRECCIÓN
- Administración
B) ÓRGANO DE APOYO
- Unidad Administrativa
C) ÓRGANOS DE LÍNEA
- Unidad de Producción
- Unidad de Transferencia Tecnológica
3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. Líneas de Autoridad y Responsabilidad
a. El CIAP depende jerárquicamente del Consejo de Facultad de la Facultad de
Ingeniería, a través del Administrador del Centro, en los aspectos académicos y
de Investigación, y del Consejo de Centros. Productivos en los aspectos técnico
administrativos.
b. El Administrador es responsable ante el Decano de la Facultad de Ingeniería.
c. Los Jefes de Unidad son responsables ante el Administrador del CIAP.
d. El personal asignado a las Unidades es responsable ante su Jefe de Unidad
inmediato.
3.2. De la Coordinación
a. El Administrador coordina con las dependencias de la Universidad y
especialmente con el Decano de la Facultad y el Presidente del Consejo de
Centros Productivos, todo lo concerniente a la marcha del CIAP.
b. El Administrador coordina con personas naturales o jurídicas del país y del
extranjero los aspectos relacionados a los asuntos que competen al CIAP.
4. ORGANIGRAMA
294
TITULO II
DEL MANUAL
CAPITULO I
ÓRGANO DE DIRECCIÓN
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN
El Art. 10° del Reglamento indica que la Dirección Administrativa es el órgano de
dirección encargado de organizar, ejecutar y evaluar las actividades del CIAP, está a
cargo de un Administrador, quien es un profesional especializado en el campo de la
Ingeniería con experiencia en la producción de bienes y prestación de servicios,
depende del Decano de la Facultad en los aspectos académicos y de investigación, y del
Consejo de Centros Productivos en los aspectos técnico administrativos. El
Administrador es designado por el Consejo Universitario a propuesta del Consejo de
Facultad, en coordinación con el Consejo de Centros Productivos y por un período de
tres años.
2. FUNCIONES GENERALES DEL ADMINISTRADOR
Las funciones y atribuciones del Administrador del CIAP están contempladas en el Art.
11° del Reglamento y son las siguientes:
a. Representa legalmente al CIAP.
b. Dirige, supervisa y evalúa las gestiones del CIAP, dando cuenta al Consejo de la
Facultad y al Consejo de Centros Productivos.
c. Vela por el desarrollo y prosperidad del CIAP.
d. Cumple y hace cumplir las funciones que señala el Reglamento, el Estatuto y
demás disposiciones legales y administrativas inherentes al CIAP.
e. Coordina con el Consejo de Centros Productivos las acciones relacionadas con
el planeamiento estratégico de la producción, comercialización, financiamiento y
ejecución de las funciones propias del CIAP.
f. Es responsable de la producción de bienes y la prestación de servicios del CIAP.
El Consejo de Centros Productivos supervisa las diferentes acciones para que el
producto o servicio sea de óptima calidad, aprovechando en lo posible el
máximo de la capacidad instalada.
g. Formula el Plan de Trabajo Anual del CIAP en coordinación con los Jefes de las
Unidades y lo tramita al Consejo de la Facultad y al Consejo de Centros
Productivos para su aprobación.
h. Supervisa y controla los recursos económicos financieros, materiales y humanos
destinados al CIAP.
i. Promueve la capacitación del personal asignado al CIAP.
j. Administra los recursos del CIAP.
k. Selecciona y contrata al personal técnico necesario para la producción y/o
administración.
l. Presenta oportunamente al Consejo de Centros Productivos, los documentos
contables del CIAP, así como los informes sobre producción para su
procesamiento correspondiente.
m. Deposita en Tesorería de la Universidad, semanalmente la captación de recursos
financieros del CIAP.
n. Apoya las labores académicas y de investigación de docentes, personal
administrativo y graduado que lo solicite.
295
o. Solicita al Consejo de Centros Productivos, el asesoramiento del personal
especializado a fin de mejorar los aspectos de planeamiento estratégico,
producción. comercia1ización control de calidad, resultados de gestión y oros
aspectos inherentes al CIAP.
3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ADMINISTRADOR
1. Promociona los productos y servicios que ofrece el CIAP ante organismos
públicos y privados, instituciones, organizaciones y población en general,
pudiendo utilizar los medios de comunicación que crea más conveniente, tales
como: impresos, radio, televisión, entrevistas u otros, debiendo cubrir todos los
gastos que ocasione con los recursos captados por el CIAP.
2. Establece contactos con instituciones y personas que brindan servicios que
pueda requerir el CIAP y negociar las condiciones de su utilización.
3. Establece un Registro de Profesionales (docentes y graduados), Técnicos y
Alumnos que estén interesados en trabajar en el CIAP, así como de los servicios
que prestan los laboratorios, gabinetes y otras unidades de la Universidad que
pueda requerir el CIAP y acordar las condiciones.
4. Gestiona ante organismos locales, nacionales e internacionales apoyos para el
financiamiento de las actividades del CIAP.
5. Efectúa, ante los órganos internos de la Universidad y/o instituciones externas,
operaciones de financiamiento para las actividades del CIAP, contempladas en
los presupuestos aprobados.
6. Negocia con los interesados en alguno de los servicios o programas que ofrece el
CIAP, los términos de referencia, los presupuestos, el financiamiento, los
cronogramas de actividades y los detalles que contribuyan hacia la buena calidad
del servicio.
7. Establece política de gestión dentro del CIAP.
8. Propone ante los órganos competentes las modificaciones al presente MOF.
9. Formula el planeamiento estratégico del CIAP, en coordinación con el Consejo
de la Facultad de Ingeniería y el Consejo de Centros Productivos.
10. Formula la planificación operativa del CIAP, en coordinación con los Jefes de
las Unidades.
11. Formula los perfiles de proyectos estratégicos para la población.
12. Diseño los proyectos productivos, de los servicios, programas y propuestas.
13. Ejecuta los provectos, servicios y programas.
14. Monitorea y evalúa todas las actividades del CIAP.
15. Elabora el Plan de Trabajo Anual en coordinación con los Jefes de las Unidades
Operativas del CIAP, utilizando los formularios aprobados por el Consejo de la
Facultad de Ingeniería y el Consejo de Centros Productivos, y lo presenta a
dichos órganos para su aprobación.
16. Organiza la instrumentalización y mecanización de los procesos administrativos
internos (planificación, contabilidad, tesorería, presupuesto, personal,
abastecimiento, documentación y archivo), en armonía con las disposiciones de
la Universidad.
17. Apertura cuentas bancarias para el manejo de los recursos financieros del CIAP.
18. Aprueba los estados financieros elaborados por la Unidad Administrativa, para
presentarlos a los órganos superiores.
19. Autoriza los pagos a efectuarse por el CIAP, según el presupuesto aprobado, al
Jefe de la Unidad Administrativa.
296
20. Determina el número y los perfiles del personal que requiere el CIAP y
selecciona a los candidatos.
21. Celebra y rescinde contratos por servicios profesionales con el personal
profesional o técnico que laborará en el CIAP.
22. Brinda todas las facilidades que pueda ofrecer el CIAP al personal docente y
administrativo, así como a los alumnos y graduados que lo soliciten.
23. Apoya las labores académicas y de investigación de docentes, personal
administrativo y graduados que lo soliciten, de acuerdo a la disponibilidad de los
recursos del CIAP.
El Art. 13° del Reglamento específica que el cargo de Administrador queda vacante por:
a. La renuncia aceptada por el Consejo Universitario.
b. El impedimento físico o mental debidamente comprobado que lo incapacite para
el desempeño del cargo.
c. La sentencia judicial condenatoria que lleve consigo pena privativa de la
Libertad.
d. La negligencia en el ejercicio de sus funciones.
e. El atentar contra los principios, fines y funciones de la Universidad.
f. Fallecimiento.
El procedimiento a seguir en el caso de plantearse la denuncia referente al inciso b) o d)
será el siguiente:
a. El o los demandantes presentarán por escrito la denuncia, adjuntando las pruebas
que crean convenientes, ante el Consejo de la Facultad si la presunta incapacidad
o negligencia se refiere al aspecto académico o de investigación o ante el
Consejo de Centros Productivos si se refiere a aspectos técnicos productivos.
b. El Consejo de la Facultad o el Consejo de Centros Productivos califica la
denuncia y si encuentra indicios razonables de veracidad realiza la investigación
correspondiente para la obtención de las pruebas necesarias; caso contrario
archiva el expediente.
c. En el caso de que el Consejo de Facultad acuerde archivar el expediente, la parte
demandante tiene el derecho de apelar dicha decisión, para lo cual presentará el
pedido por escrito, al mismo Consejo, dentro de los 5 días útiles siguientes al día
del acuerdo. El pedido de apelación es enviado al Consejo Universitario. El
Consejo Universitario califica la denuncia y de encontrar indicios de veracidad,
designa a una Comisión Investigadora para que transcriba el expediente al
Administrador, acopie las pruebas, analice los descargos, escuche a ambas partes
y emita un criterio sobre la existencia o no de causal de vacancia. El Consejo
Universitario toma la decisión final.
d. En el caso de aceptar la denuncia, el Consejo de la Facultad o el Consejo de
Centros Productivos, tiene la obligación de transcribir el texto completo de la
denuncia al Administrador para que efectúe los descargos que crea convenientes,
así mismo tiene la obligación de escuchar tanto a la parte demandante como al
demandado y de acopiar las pruebas y verificar su veracidad.
e. Una vez finalizado el proceso de investigación, el Consejo contempla el caso y
determina si existe o no causal de vacancia. En el caso de determinar que si
existe causal enviará el expediente completo al Consejo Universitario para que
sea contemplado en segunda instancia: en caso contrario archivará el expediente.
297
f. El Consejo Universitario podrá acordar la ampliación de la investigación si lo
creyera conveniente, así como escuchar a las partes demandante y demandada.
Si no se refutan las pruebas presentadas, el Consejo Universitario acuerda la
vacancia del cargo de Administrador.
g. Acordada la vacancia del cargo, el CIAP procede a efectuar la liquidación final
del Administrador saliente.
En el caso de presentarse el causal de vacancia referente al inciso e), la copia de la
sentencia judicial debidamente certificada, presentada por el demandante ante el
Consejo Universitario, es suficiente para que dicho órgano declare la vacancia del
cargo.
CAPITULO II
DEL ÓRGANO DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
El Art. 14° del Reglamento indica que la Unidad Administrativa es el órgano de apoyo
encargado del manejo de los fondos, bienes, personal y seguridad, así como de la
comercialización de los productos finales. Está a cargo de un profesional o técnico con
experiencia en asuntos comerciales, quien depende del Administrador.
El Art. 15° sea como funciones de la Unidad Administrativa las siguientes:
a. Apoya las actividades de control económico-financiero, de personal, de bienes y
servicios.
b. Ejecuta la comercialización de los productos finales de acuerdo a los
lineamientos emitidos por el Consejo de Centros Productivos.
c. Otras que le asigne el Administrador.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL JEFE DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA
a. Recauda los ingresos provenientes de la venta de productos, de la prestación de
servicios o de los programas que oferta el CIAP, emitiendo el comprobante de
pago según las disposiciones de la Oficina de Abastecimiento y de la Oficina
Económico Financiera de la Universidad.
b. Registra los ingresos en el sistema de contabilidad establecido en el CIAP.
c. Deposita los ingresos en la cuenta comente bancaria, destinada para tal efecto.
d. Lleva una caja chica por el monto autorizado por el Consejo de Centros
Productivos.
e. Efectúa los pagos previstos en los presupuestos aprobados, que sean autorizados
por el Administrador, recabando los comprobantes pertinentes. Todos los pagos
se efectúan mediante cheque, excepto aquellos que correspondan a la caja chica.
f. Registra todos los egresos en el sistema de contabilidad del CIAP.
g. Emite los reportes semanales de la contabilidad específica de cada línea de
producto, servicio, programa y caja chica, así como los consolidados, con la
indicación expresa de los montos que corresponden a la Universidad y
presentarlos al Administrador.
Emite semanalmente los cheques por los montos que corresponden a la
Universidad, para ser depositados en la Tesorería de la Universidad, recaudando
los comprobantes respectivos.
h. Recaba los estados de las cuentas bancarias y efectuar la conciliación bancaria.
298
i. Emite los reportes mensuales de cada línea, servicio, programa y caja chica y los
consolidados y presentarlos al Administrador.
j. Lleva al día el sistema de contabilidad interno establecido en el CIAP, tanto para
la venta de bienes (control de inventarios, ingresos, salidas, saldos y registro de
ventas), como para la prestación de servicios (Libro de Caja. Ingresos, egresos,
saldos, control de ejecución presupuestal de cada servicio.
k. Alcanza al Consejo de Centro Productivos y a la Oficina General Económico-
Financiera, la información que sea requerida para los efectos del Art. 23° del
Reglamento.
l. Efectúa las adquisiciones de los materiales de oficina y equipos que requiere el
CIAP, según las normas legales vigentes.
m. Se encarga del mantenimiento y de la reparación de los bienes que lo requieran,
previa autorización del Administrador.
n. Se encarga de la adquisición de los insumos necesarios para la producción de
bienes, de acuerdo a las especificaciones técnicas pertinentes y a las normas
legales vigentes.
o. Elabora y presenta al Administrador los informes mensuales sobre la
producción, en los formularios que se diseñen para tal fin.
p. Emite los reportes según los requerimientos del CIAP.
q. Elabora los contratos correspondientes, según los modelos establecidos.
r. Lleva los controles de pagos individuales de los trabajadores del CIAP; así como
sus fichas personales en el sistema establecido.
s. Custodia los bienes, equipos, insumos, etc. de la oficina, de las plantas de
producción y de los locales de comercialización, delegando las funciones
necesarias al personal idóneo.
t. Verifica el cumplimiento de las normas de seguridad personal por parte de los
trabajadores de las plantas de producción.
u. Apoya las actividades de control económico-financiero, de personal, de bienes y
servicios consistentes en: ingresar al sistema de control establecido en el CIAP
la información requerida y emitir los reportes requeridos por el Administrador.
v. Propone y ejecuta las campañas de difusión y promoción de los productos que
elabora el CIAP; aprobados por el Administrador.
w. Recibe opiniones de los clientes con relación a los productos adquiridos, los
consolide y presenta al Administrador.
x. Efectúa las operaciones de la venta propiamente dicha, para lo cual expedirá los
comprobantes de pago, recepcionando el dinero, elaborando La orden de salida
de los bienes respectivos. Para este efecto se dispondrá de un software
específico.
y. Elabora normas y Manuales de Procedimientos, así como directivas de control
interno, que eran presentadas al Administrador para su aprobación.
CAPITULO III
DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA
1. FUNCIONES GENERALES
Los órganos de línea están conformados por las Unidades de Producción y de
Transferencia Tecnológica, encargadas de producir los bienes o servicios a terceros o a
la Universidad en forma competitiva en calidad y precios, así como de capacitar y
prestar servicios de su tecnología a los usuarios demandantes, previo proyecto aprobado
por el Consejo de Centros Productivos. Están a cargo de un profesional o técnico
299
especializado en la producción de los bienes o servicios específicos del CIAP, dependen
del Administrador.
1.1. DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN
Son funciones generales de la Unidad de Producción:
a. Desarrollar las actividades de generación y producción de los bienes y servicios
específicos del CIAP, en armonía con las políticas dictadas por el Consejo de
Centros Productivos.
b. Otras que le asigne el Administrador.
La unidad de Producción se encarga de la implementación y operación de las líneas
de producción cuyo proyecto haya sido aprobado por el Consejo de la Facultad y el
Consejo de Centros Productivos.
La implementación de la fábrica puede realizarse por administración directa, por
encargo o por contrata, dependiendo de las características del equipamiento
requerido.
En caso de realizarse por administración directa, la unidad asume la responsabilidad
de la ejecución: bajo otras modalidades la Unidad se encarga de la supervisión y
control de calidad.
La operación y mantenimiento de la fábrica es responsabilidad directa de la Unidad
de Producción.
300
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
CONSEJO DE
FACULTAD
DECANATO
COMISIÓN
ACADÉMICA
COMISIÓN DE
PLANIFICACIÓN
DPTO. ACAD. C.C.
BIOLÓGICAS
SECRETARÍA
ACADÉMICA
DPTO. ACAD. DE
ENFERMERÍA
DPTO. ACAD.
OBSTETRICIA
DPTO. ACAD. DE
MEDICINA HUMANA
ESC. PROF. DE
ENFERMERÍA
CAJAMARCA
ESC. PROF. DE
OBSTETRICIA
CENTRO DE
INVESTIGACIÓN
CENTRO DE
EXTENSIÓN Y
PROYECCIÓN UNIV.
SECCION PROF.
ENFERMERÍA JAÉN
SECCIÓN PROF.
ENFERMERÍA CHOTA
CENTRO DE PROD.
DE BIENES Y/O
PRESTACIÓN DE
SERVICIOS
301
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD.
La Facultad de Ciencias de la Salud, es la Unidad fundamental de organización y
formación académico profesional en las Carreras de Enfermería, Obstetricia y Medicina
Humana, está integrada por docentes y alumnos que han ingresado a ella mediante
concurso público.
Son funciones de la Facultad:
a. El incentivo y la práctica permanente de la investigación, de conformidad con
los objetivos de la Facultad, los planes de desarrollo de la Universidad de la
región y del país, orientados a la búsqueda de soluciones realistas a los diversos-
problemas socioeconómicos y culturales.
b. La extensión y proyección universitaria en beneficio de la sociedad.
c. El currículo que evite todo tipo de individualismo y propicie un desarrollo
integral, a fin de organizar al estudiante una formación teórica.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA FACULTAD.
La Facultad de Ciencias de la Salud tiene la Estructura Orgánica siguiente:
A. ORGANO DE GOBIERNO
- Consejo de Facultad.
B. ORGÁNO DE DIRECCION
- Decanato
C. ORGANO DE ASESORAMIENTO
- Comisión Académica
- Comisión de Planificación
D. ORGÁNO DE APOYO
- Secretaria Académica
- Departamento Académico de Ciencias Biológicas
- Departamento Académico de Enfermería
- Departamento Académico de Obstetricia
- Departamento Académico de Medicina Humana
E. ORGANOS DE LINEA
- Escuela Académico Profesional de Enfermería
- Escuela Académico Profesional de Obstetricia
- Centros de Investigación
- Centros de Proyección y Extensión Universitaria.
F. ORGANOS DESCONCENTRADOS
a. Dependientes del Decanato.
- Centros de Producción de Bienes y Prestación de Servicios.
b. Dependientes de las Escuelas Académico Profesionales de Enfermería.
- Sección de Enfermería en Jaén
302
- Sección de Enfermería en Chota
3. RELACIÓN JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
Las Unidades Orgánicas de la Facultad de Ciencias de la Salud, cumplen las siguientes
relaciones jerarquías:
3.1. El Consejo de Facultad es el máximo Órgano de Gobierno de la Facultad y
cumple funciones de gobierno, coordinación y supervisión.
3.2. El Decanato esta a carao del Decano, el mismo que es representante legal de la
Facultad. Cumple funciones de dirección y ejecución de los acuerdos de
Consejo de Facultad.
3.3. La Comisión Académica es el máximo Órgano de asesoramiento académico de
la Facultad, tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad y esta
representada por su Presidente.
3.4. La Comisión de Planificación es el máximo órgano de consulta de asesoramiento
de la Facultad en los sistemas de: planificación, presupuesto, estadística
informática, racionalización, personal, abastecimiento, tesorería, contabilidad,
información, control, bibliotecas, archivo. Tiene responsabilidad ante el Consejo
de Facultad y está representada por su Presidente.
3.5. La Secretaría Académica es un Órgano de Apoyo de la Facultad, tiene a su cargo
la administración del sistema de archivo y trámite documentario: la representa el
Secretario Académico, quien depende jerárquicamente del Decano.
3.6. Los departamentos académicos de la Facultad de Ciencias de la Salud, son
órganos de apoyo y constituyen unidades de servicios académico específico,
coordinan sus labores académicas con las Escuelas Profesionales. Cada
Departamentos Académico está a cargo de un Jefe quien depende directamente
del Decano.
3.7. Las Escuelas Académico Profesionales de la Facultad, son Órganos de Línea que
tienen a su cargo la ejecución, orientación y conducción de la formación
profesional de los estudiantes, cada Escuela Profesional depende del Decanato a
través de su Director.
3.8. Los Centros de Investigación son órganos de línea encargados de realizar
investigación científica como fuente de creación, descubrimiento y superación
en la vida académica de la Facultad. El Centro de Investigación se rige por su
Reglamento específico; está a cargo de un docente nombrado en calidad de
Director y éste depende directamente del Decano.
3.9. Los centros de Proyección y Extensión Universitaria son Órganos de Línea de la
Facultad, encargados de realizar actividades en beneficio de la comunidad. El
centro de proyección y extensión universitaria se rige por su reglamento
especifico Esta a cargo de un docente nombrarlo y este depende directamente del
Decano.
3.10. Los centros de producción de bienes y prestación de servicios, son órganos
desconcentrados de la Facultad que depende del Decanato, están a cargo de un
docente nombrado en calidad de Director. Estos Centros están destinados a la
producción masiva de bienes prestación de servicios con el propósito de generar
recursos para la Facultad. Se rigen por sus reglamentos específicos.
3.11. Las Secciones que funcionan en provincias son órganos desconcentrados
geográficamente de la Facultad que dependen de las escuelas profesionales:
están a carao de un docente nombrado en calidad de Director, que depende del
303
Director de la Escuela Profesional respectiva Actualmente la Facultad cuenta
con las secciones de Enfermería en Jaén y Chota.
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE FACULTAD
Son funciones del Consejo de Facultad:
a. Formular, y modificar el Reglarnento de la Facultad.
b. Aprobar el Anteproyecto de Presupuesto de la Facultad, propuesto por su
Comisión de Planificación.
c. Aprobar el Plan de Desarrollo y Funciones de la Facultad.
d. Proponer al Consejo Universitario la creación de Órganos de Investigación, y
Extensión y Proyección Universitaria Centros Experimentales, cursos de
profesionalización, secciones de Post Grado, así como becas, convenios
distinciones honoríficas y otros.
Promover autorizar las publicaciones oficiales de la Facultad.
e. Proponer ante el Consejo Universitario la creación y supresión de plazas a
propuesta de los Departamentos Académicos, y en base al presupuesto aprobado
de la Facultad.
f. Aprobar a propuesta del respectivo Departamento Académico, la convocatoria a
concurso de plazas docentes y los resultados: y proponer ante el Consejo
Universitario el contrato, nombramiento, ratificación y ascenso de profesores
adscritos a la Facultad.
g. Aprobar las licencias del personal docente a su cargo hasta por el tiempo de tres
meses al año.
h. Aprobar los Grados Académicos Títulos Profesionales.
i. Conocer la renuncia del Decano y pronunciarse sobre la misma.
j. Aprobar la carga horaria, provectos de Investigación y Proyección Social de sus
docentes entre otras.
k. Proponer ante el Consejo Universitario para su ratificación a los profesores que
tengan que hacer uso de la licencia para estudios de perfeccionamiento o Post
Grado, así como para gozar del derecho de Año Sabático, a propuesta del
respectivo Departamento Académico.
l. Aprobar y modificar los Currículos de las Escuelas Profesionales de la Facultad,
a su propuesta.
m. Recomendar, las características del Examen de Admisión mediante las cuales se
deben evaluar los intereses vocacionales, aptitudes, rasgos de personalidad y
conocimientos más adecuados del postulante para su mejor desempeño corno
alumno de la Facultad.
n. Elegir a los Directores de las Escuelas Académico Profesionales.
o. Todos los demás que señale el Estatuto, el Consejo Universitario y la Asamblea
Universitaria.
304
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE
FACULTAD
Los delegados que conforman al Consejo de Facultad estas obligadas a cumplir las
funciones que se indican.
a. Tener conocimiento pleno sobre la normatividad interna de la Facultad y velar
por su cumplimiento.
b. Participar activa y democráticamente en las sesiones de Consejo de Facultad y
acarar los acuerdos aprobados corporativamente.
c. Conformar las comisiones permanentes y especiales que determine el Consejo
de Facultad.
d. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo y
Asambleas Generales de la Facultad.
e. Otras que le asigne el Reglamento interno de la Facultad.
CAPITULO II
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES GENERALES DEL DECANATO
El Decanato es el Organo de Dirección de la Facultad, ejerce esta función el Decano,
quien es la máxima autoridad representativa, preside las sesiones de Consejo de
Facultad y ejecuta sus acuerdos, el Decanato es el Órgano responsable de la gestión
Académico - Administrativa de la Facultad.
En caso de ausencia prolongada en el País o fuera de él o por renuncia del Decano, el
Decano sustituto asumirá el Decanato, con todas sus atribuciones, funciones y
prerrogativas, previa RR del encargado, el Decano sustituto ejerce únicamente las
funciones expresamente delegados por el Estatuto.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DECANO
a. Convocar y presidir el Consejo de Facultad.
b. Ejercer, supervisar y fiscalizar la gestión Académico-Administrativo de la
c. Facultad.
d. Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y Consejo
Universitario.
e. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria Consejo
Facultad, así como las disposiciones relativas a la Facultad.
f. Proponer ante el Consejo de Facultad la terna para la elección del Secretario de
la Facultad.
g. Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y de funcionamiento de la
Facultad.
h. Autorizar la ejecución del presupuesto de la Facultad y velar por su estricto
cumplimiento.
i. Supervisar la labor del personal docente y administrativo de la Facultad.
j. Remitir a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su
compatibilización el Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo, aprobados por
el Consejo de su Facultad.
k. Dictar medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia con
careo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los quince (15) días
305
siguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencias que
las provocaron.
l. Proponer al Consejo de Facultad la conformación de comisiones especiales para
asuntos que estime conveniente.
m. Refrendar los Diplomas de Bachiller, los Títulos Profesionales y de Secunda
Especialización: así corno otras certificaciones que expida su Facultad.
n. Proponer al Consejo Facultad los candidatos Docentes para la conformación de
la Comisión Académica otras comisiones y el Delegado de dicho Consejo ante
la Comisión de Planificación de su Facultad.
o. Proponer, con sujeción al Artículo 25, del Estatuto, ante el Consejo de su
Facultad, terna para el cargo de Director de las Escuelas Académico
Profesionales integrantes de ésta.
p. Proponer ante el Consejo de su Facultad los temas para los cargos de Director de
Centros e Institutos de Investigación o de Centros de Proyección y Extensión
Universitaria.
q. Consolidar y presentar al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual
de su Facultad.
r. Otras que establezca el Reglamento de la Facultad.
CAPITULO III
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
Son órganos de Asesoramiento de la Facultad de Ciencias de la Salud la Comisión
Académica y Comisión de Planificación.
1.1. DE LA COMISIÓN ACADÉMICA
La Comisión Académica de la Facultad de Ciencias de la Salud está integrada por
cuatro profesores nombrados, Principales o Asociados, elegidos por el Consejo de
Facultad, representantes de las Escuelas Académico Profesionales, por un período
de tres años, reelegibles y por el Tercio Estudiantil, designado por su respectivo
Centro Federado, es presidido por un miembro del Consejo de Facultad.
La Comisión Académica cumple las funciones siguientes:
a. Proponer al Consejo de Facultad, las bases y lineamientos generales para el
diseño curricular de las carreras profesionales que ofrece la Facultad.
b. Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación la normatividad y criterios
según los cuales se organizan y funcionan las actividades académicas de la
Facultad.
c. Actuar como órgano consultivo del Consejo de Facultad.
d. Asesorar a las unidades orgánicas que integran la Facultad.
e. Las demás que la sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.
1.1.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
- Funciones del Presidente:
a. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión.
b. Representar a la Comisión Académica ante el Consejo de
Facultad.
306
c. Coordinar las labores académicas con los órganos pertinentes.
d. Velar y supervisar el cumplimiento de las acciones programadas.
e. Presentar ante el Consejo de Facultad los informes de las
actividades de Comisión.
f. Disponer que el Secretario de la Comisión Académica cite a las
sesiones ordinarias y extraordinarias.
g. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de
ausencia temporal
h. Otras que le encargue el Decano o el Consejo de Facultad.
- Funciones del Secretario:
a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos de las sesiones de la
Comisión Académica.
b. Recepcionar la documentación dirigida a la Comisión y
presentarla oportunamente al Presidente para su trámite
respectivo.
c. Mantener al día el Libro de Actas. la tramitación de documentos y
el archivo de la Comisión.
d. Elaborar y remitir toda la documentación que emane de la
Comisión.
e. Gestionar ante la Comisión de Planificación de la Facultad, los
materiales necesarios para el buen funcionamiento de la
Comisión.
f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión Académica.
- Funciones del Presidente del Tercio Estudiantil
a. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias
de la Comisión.
b. Participar activamente en las sesiones y cumplir los encargos que
asigne la Comisión.
1.2. DE LA COMISION DE PLANIFICACION.
La Comisión de Planificación de la Facultad, está integrado por cuatro profesores
nombrados, principales o asociados, uno representante de los Jefes de Departamento
Académico otro de los Centros de Investigación, otro de los Centros de Extensión y
Proyección Universitario y un Delegado del Consejo de Facultad, los tres primeros
por el Consejo de Facultad, todos por un periodo de 3 años reelegibles, se agrega al
Tercio Estudiantil designado por el respectivo Centro Federado. La Comisión de
Planificación es presidida por un docente miembro del Consejo de Facultad.
La comisión de planificación cumple las funciones siguientes:
a. Elaborar los horarios de clase, en coordinación con las Escuelas Académico
Profesionales y Departamentos Académicos.
b. Formular el proyecto de Plan de Trabajo Institucional integrado de la Facultad,
en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina General de
Planificación y Presupuesto.
c. Formular el proyecto y evaluar la ejecución del presupuesto integrado de la
d. Facultad.
307
e. Supervisar el funcionamiento de los centros de cómputo y otros servicios que
preste la Facultad.
f. Asesorar a las Unidades Orgánicas de la Facultad.
g. Relevar, actualizar y difundir la estadística de la Facultad.
h. Las demás que sean asignadas por el Consejo de Facultad, o por el Decano.
1.2.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DE LOS
MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISION DE PLANIFICACIÓN.
Los miembros de la Comisión de Planificación deben cumplir las siguientes
funciones:
- Funciones del Presidente:
a. Representar a la Comisión ante el Decanato, Consejo de Facultad y otros
organismos de la Universidad.
b. Disponer que el Secretario cite a las sesiones ordinarias extraordinarias
de la Comisión.
c. Dirigir las sesiones de la Comisión.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión.
e. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de ausencia
temporal.
f. Presentar los planes y proyectos formulados por la Comisión ante el
Consejo de Facultad, en los plazos establecidos.
- Funciones del Secretario:
a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos tomados en las sesiones de la
Comisión.
b. Recepcionar la documentación dirigida a la Comisión y presentarla
oportunamente ante el Presidente para el respectivo trámite.
c. Mantener al día el Libro de Actas la tramitación de documentos y el
archivo de la Comisión.
d. Redactar y tramitar toda la documentación que emane de la Comisión.
e. Gestionar los materiales necesarios para el normal funcionamiento de la
Comisión.
- Funciones de los Vocales:
a. Asistir con puntualidad y participar adecuadamente en todas las sesiones
de la Comisión.
b. Cumplir oportunamente con los encargos que se les asigne por acuerdos
de la Comisión o a solicitud del Presidente.
- Funciones del Representante del Tercio Estudiantil:
a. Asistir y participar en todas las sesiones de la Comisión.
b. Cumplir oportunamente con los encargos que le asigne la Comisión.
CAPITULO IV
ORGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE APOYO
Son órganos de apoyo de la Facultad, la Secretaria Académica y los Departamentos
Académicos de: Ciencias Biológicas, Enfermería, Obstetricia y Medicina Humana.
308
1.1 DE LA SECRETARIA ACADEMICA
Es el órgano de apoyo encanado de organizar y controlar el servicio de trámite
documentario, Grados y Títulos, Bibliotecas Especializadas, abastecimiento general
y otros, Depende jerárquicamente del Decano y está a cargo de un profesor
nombrado de la categoría de Principal o Asociado y designado por el Consejo de
Facultad de una terna propuesta por el Decano, su designación es por un periodo de
3 años.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL SECRETARIO ACADEMICO
La Secretaria Académica cumple las siguientes funciones:
a. Actuar como Secretario de Consejo de Facultad solo con derecho a voz.
b. Administrar los sistemas de información, archivo y trámite documentario de la
Facultad, y en particular, del Consejo de Facultad.
c. Actuar como Fedatario de la Facultad.
d. Proyectar, registrar y notificar las Resoluciones del Consejo de Facultad y del
Decanato.
e. Mantener actualizado el Registro de Evaluaciones de los estudiantes.
f. Custodiar el patrimonio de la Facultad a su cargo.
g. Controlar el desempeño de funciones del personal administrativo y de servicios
asignados a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decano sobre los aspectos
que trasciendan sus atribuciones.
h. Refrendar diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales que otorga la
Facultad.
i. Refrendar las certificaciones o constancias que expida la Facultad.
j. Organizar y conducir el registro de matriculas, notas, Grados y Títulos
Profesionales, hasta la implementación de la Quinta Disposición
Complementaria del Estatuto.
k. Coordinar, supervisar y controlar la organización y funcionamiento de la
Biblioteca Especializada.
l. La demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.
CARGOS ADMINISTRATIVOS
TECNICO ADMINISTRATIVO II (Secretaria)
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas
administrativos de apoyo a la entidad.
Actividades similares a la de Técnico Administrativo I diferenciándose
en la mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecutar y coordinar actividades relacionadas con el registro,
procesamiento, clasificación, verificación y archivo del movimiento
documentario. Recoger información y apoyar en la formulación y/o
modificación de normas y procedimientos técnicos.
Emitir opinión técnica de expediente.
Recepcionar, almacenar, entregar o inventariar materiales y equipos,
solicitando su reposición.
309
Elaborar cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su
competencia.
Ejecutar procesos técnicos sencillos de administración de personal.
Dar información relativa al área de su competencia.
Participar en la elaboración y diseño de materiales de información y en
las actividades de Relaciones Públicas.
Participar en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo.
3. REQUISITOS MÍNIMOS
Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados
con la especialidad.
Experiencia en labores técnica de la especialidad.
4. ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materiales relacionadas con el área
de trabajo.
Experiencia en labores técnicas de la especialidad.
Alguna capacitación en el área de trabajo.
TECNICO ADMINISTRATIVO I
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de
apoyo de una entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro distribución y
archivo de documentos técnicos.
Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas, y documentos
técnicos en las áreas de los sistemas.
Coordinar actividades administrativas sencillas
Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.
Recopilar y preparar información para estudios de investigaciones.
Apoyar las acciones de comunicación, información y R.R.P.P.
Colaborar en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo.
Verificar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
3. REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
1.2. FUNCIONES GENERALES DE LOS DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS
La Facultad de Ciencias de la Salud cuenta con los Departamentos Académicos de:
Ciencias Biológicas, Enfermería, Obstetricia y Medicina Humana, los que cuentan los
órganos siguientes:
310
a) Asamblea de Departamento
b) Consejo de Coordinación
c) Jefatura.
1.2.1. SON FUNCIONES DE LA ASAMBLEA DE DEPARTAMENTO
ACADEMICO
a. Elegir al Jefe de Departamento, pronunciarse sobre su renuncia y declarar
su vacancia.
b. Elegir de entre sus miembros, a los responsables de los laboratorios,
gabinetes y museos dependientes del Departamento.
c. Organizar y conducir eventos de naturaleza Académica, previa
aprobación del Consejo de Facultad.
d. Evaluar anualmente los resultados de la gestión académica y
administrativa del Departamento.
e. Elaborar, modificar o reformar el Reglamento Interno del Departamento,
que deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.
f. Determinar, elaborar y actualizar los Silabos de acuerdo con los
requerimientos curriculares.
g. Administrar los Laboratorios, Gabinetes, Museos y otros bienes y
servicios que están a su cargo
h. Organizar las actividades Académicas de sus docentes en base a la
Cátedra.
1.2.2. SON FUNCIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN
a. Proponer ante la Asamblea de Departamento los Lineamientos de Política
Académicas Investigación y producción intelectual de los miembros del
Departamento.
b. Difundir la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística
de los integrantes del Departamento.
c. Coordinar la realización de eventos de actualización, capacitación y
perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.
d. Pronunciarse sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento
o contrato con sujeción al dictamen conjunto de las Oficinas Generales
de Planificación Presupuesto y Desarrollo Académico.
e. Formular, ejecutar y evaluar sus planes de funcionamiento y desarrollo
así como presentar sus requerimientos presupuestales al Consejo de
Facultad correspondiente.
f. Emitir opinión con respecto a las licencias de los docentes.
1.2.3. SON FUNCIONES DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO
ACADEMICO:
a. Representar lealmente al Departamento.
b. Presidir la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.
c. Proponer al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso y
contrato de docentes del Departamento.
d. Proponer al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la
Escuela de Pos Grado, los candidatos al goce del Año Sabático.
311
e. Proponer al Consejo de Facultad los docentes para conformar jurados en
los concursos de cátedra, convocatoria a concurso, resultados, así como
sustentación de Tesis y demás modalidades de titulación.
f. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de
Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos
competentes.
g. Coordinar la actividad académica de sus miembros en función de los
requerimientos curriculares de las respectivas carreras profesionales en
coordinación con las Escuelas Académico Profesionales.
h. Elaborar su Plan de Trabajo y su Provecto Anual de Presupuesto.
i. Proponer la carga horaria y los proyectos de Investigación, Proyección
Social de sus docentes entre otros e informar a la respectiva Escuela
Académico Profesional para efectos de supervisión del desarrollo de los
contenidos curriculares.
j. Velar por la capacitación permanente de sus docentes.
CARGOS ADMINISTRATIVOS
TÉCNICO EN LABORATORIO I
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de apoyo con fines de análisis, producción e
investigación en un laboratorio.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Tomar y recolectar muestras para análisis e investigaciones en los campos
clínicos, químicos, microbiológicos y otros similares.
Preparar material, soluciones variadas, cultivos y/o productos biológicos para
trabajos de laboratorio siguiendo instrucciones.
Efectuar análisis químicos cualitativos y cuantitativos de productos alimentarios,
bebidas otros con fines de investigación.
Inocular, sembrar y recolectar materiales biológicos en animales de laboratorio:
colorear lámina de biopsia, autopsia y de cortes de congelación.
Procesar, incluir y colorear órganos extracerebrales y del sistema nervioso.
Llevar registros de las muestras, insumos, resultados a informes que se procesan
en el laboratorio según la especialidad.
Puede corresponderle interpretar resultados de análisis, formular informes según
instrucciones y realizar actividades técnicas de crianza y manejo de animales de
laboratorio.
3. REQUISITOS MINIMOS
Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con el
área
Experiencia en labores de la especialidad.
4. ALTERNATIVA
Estudios universitarios relacionados con el área o educación secundaria
completa con capacitación técnica en el área.
312
Experiencia en labores de apoyo en laboratorios de acuerdo al nivel de
formación.
AUXILIAR DE LABORATORIO I
1. NATURALEL DE LA CLASE
Ejecución de labores auxiliares en un laboratorio.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Tomar muestras para efectuar análisis químicos.
Controlar y distribuir certificados de análisis.
Colaborar en la ejecución de cortes histológicos y coloraciones de los mismos
Limpiar y esterilizar materiales, instrumental y ambientes de laboratorio.
3. REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria
Alguna experiencia en labores similares.
4. ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
CAPÍTULO V
ORGANOS DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
La Facultad de Ciencias de la Salud, cuenta con los órganos de línea siguientes: Escuela
Académico Profesional de Enfermería. Escuela Académico Profesional de Obstetricia,
Escuela Académico Profesional de Medicina Humana. Centro de Investigación del
Centro de Extensión y Proyección Universitaria.
1.1. DE LAS ESCUELAS ACADÉMICO PROFESIONALES
Las Escuelas Académico a Profesionales de la Facultad de Ciencias de la Salud, son
entes integrados a la Facultad, que se encargan de la administración curricular con
sujeción a los lineamientos generales de la Facultad, dependen jerárquicamente del
Decanato a través de sus respectivos Directores.
Las Escuelas Académico Profesionales de: Enfermería, Obstetricia, y Medicina
Humana, se encargan de ejecutar, orientar y conducir la formación profesional de
los estudiantes, organizar y conducir el aspecto académico curricular en
concordancia con los planes de la Facultad
1.1.1- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo de las Escuelas Académico Profesionales están
conformados por:
a. El Director, quien lo preside.
b. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad de una terne
propuesta por el Director, de entre los que sirven a la Escuela y están
adscritos a la Facultad de Ciencias de la Salud.
313
c. Un estudiante regular de los últimos años de la carrera profesional
correspondiente, designado por el Consejo de Facultad.
Son funciones del Consejo Directivo de la Escuela Académico
Profesional
a. Evaluar, actualizar, o reformar el currículo de la respectiva carrera
profesional.
b. Formular los lineamientos de política educativa de la respectiva Escuela.
c. Solicitar a los Departamentos Académicos correspondientes a la atención
de las necesidades de carga horaria docente.
d. Proponer anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para
admisión de estudiantes.
e. Emitir opinión para traslados internos de estudiantes, así corno para
convalidación de asignatura.
f. Pronunciare obre solicitudes de licencia y nulidad de matrícula.
g. Otras que les sean asignadas.
1.1.1.1 DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA ACADEMICO
PROFESIONAL
Los Directores de las Escuelas Académico Profesionales son designados por el
Consejo de Facultad de una terna propuesta por el Decano. Su designación es
por tres años renovables.
Cuando para designar Directores de las Escuelas Académico Profesionales no
existan candidatos que reúnan los requisitos, el Consejo de Facultad encarga la
dirección al docente que reúna el mayor número de ellos. En tal caso el
encargo es por un año, de conformidad con el Estatuto y el Reglamento
General.
Son funciones del Director de Escuela Académico Profesional:
a. Representar a la Escuela y asistir al Consejo de Facultad y al Consejo
Académico, sólo con derecho a voz.
b. Presidir el Consejo Directivo de su Escuela.
c. Supervisar y evaluar el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con
Sílabos e informar los resultados al Decano.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de los
Órganos de Gobierno de la Universidad.
e. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.
CARGOS ADMINISTRATIVOS
TECNICO EN LABORATORIO II
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Supervisión y ejecución de actividades de cierta complejidad, en análisis,
producción e investigación en un laboratorio.
Actividades similares a las de Técnico en laboratorio I, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor del personal Técnico y Auxiliar.
314
2. ACTIVIDADES TÍPICAS
Supervisa la producción de biológicos, inoculaciones, radiofármacos kits,
radioanálisis y/o electroanálisis en los campos clínicos, químicos,
microbiológicos y similares; así como, la crianza y manejo de animales de
laboratorio para experimentación.
Participar en las investigaciones relacionadas con la especialidad.
Preparar, ejecutar y controlar el proceso de las pruebas químicas,
bacteriológicas, inmunológicas, biológicas, así como cortes histológicos.
Recepcionar, catalogar y codificar muestras, especimenes y animales de
laboratorio, de acuerdo a normas establecidas.
Preparar muestras, soluciones químicas para determinar elementos o cuernos
orgánicos.
Informar sobre los trabajos efectuados y mantener el registro respectivo.
3. REQUISITOS MINIMOS
Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con el
área.
Amplía experiencia en labores de la especialidad.
4. ALTERNATIVA
Estudios universitarios relacionados con el área o educación secundaria
completa con capacitación técnica en el área.
Experiencia en labores similares y en conducción de personal de acuerdo al nivel
de formación.
TECNICO EN LABORATORIO I
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de apoyo con fines de análisis, producción e
investigación en un laboratorio.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Tomar y recolectar muestras para análisis e investigaciones en los campos
clínicos, químicos, microbiológicos y otros similares.
Preparar material, soluciones variadas, cultivos y/o productos biológicos para
trabajos de laboratorio siguiendo instrucciones.
Efectuar análisis químicos cualitativos y cuantitativos de productos alimentarios,
bebidas y otros similares con fines de investigación.
Inocular, sembrar y recolectar materiales biológicos en animales de laboratorio;
colorear lámina de biopsias, autopsias y de cortes de congelación.
Procesar, incluir y colorear órganos extracerebrales y del sistema nervioso.
Llevar registros de las muestras, insumos, resultados e informes que se procesan
en el laboratorio según la especialidad.
Puede corresponderle interpretar resultados de análisis, formular informes según
instrucciones y realizar actividades técnicas de crianza y manejo de animales de
laboratorio.
315
3. REQUISITOS MINIMOS
Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con el
área.
Experiencia en labores de la especialidad.
4. ALTERNATIVA
Estudios universitarios relacionados con el área o educación secundaría
completa con capacitación técnica en el área.
Experiencia en labores de apoyo en laboratorio de acuerdo al nivel de
formación.
1.2- FUNCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACION
El Centro de Investigación de la Facultad de Ciencias de la Salud, cumple las siguientes
funciones:
a. Realizar investigación Científica y Tecnológica como fuente de descubrimiento
y superación en la vida académica y profesional de la Facultad.
b. Desarrollar proyectos de investigación que se encuentran enmarcados
fundamentalmente en el campo de la salud, dirigidos a la solución de problemas
locales, regionales y nacionales.
c. Institucionalizar mecanismos que sirvan para el fomento y estimulo de
programas y proyectos de investigación.
d. Coordinar con los centros de investigación y proyección universitaria, con la
finalidad de poner a disposición de la comunidad local, regional y nacional, los
resultados obtenidos en los trabajos de investigación.
e. Administrar los recursos destinados por la Facultad para la investigación, con el
propósito de optimizar su aprovechamiento.
f. Proponer al Consejo de Facultad, los proyectos de convenios con instituciones
nacionales y extranjeras, para la obtención de apoyo económico y financiero en
la realización de programas y proyectos de investigación.
g. Formar cuadros de docentes y estudiantes investigadores, los mismos que
desarrollarán sus actividades en un ambiente de libertad y sustentadas en los
principios de autonomía y participación multidisciplinaria.
h. Elaborar sus reglamentos específicos y elevarlos al Consejo de Facultad para su
aprobación y posterior revisión por la Oficina de Planificación y Presupuesto.
i. Presentar anualmente el informe de su gestión real izada el mismo que debe ser
aprobada por el Consejo de Facultad.
j. Otras que establezca el Reglamento de la Facultad. Decanato o Consejo de
Facultad.
1.2.1 FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE INVESTIGACION
Para ser Director del Centro de investigación, se requiere ser profesional nombrado
en la categoría de Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad.
Son funciones del Director:
a. Representar legalmente al Centro de Investigación así mismo asistir a las:
sesiones del Consejo de Facultad sólo con derecho a voz.
b. Formular los planes de trabajo del centro, en concordancia con el plan de
desarrollo de la Facultad y planes operativos de la Oficina General de
316
investigación de la Universidad los mismos que deben ser aprobados por el
Consejo de Facultad.
c. Coordinar con la Oficina General de Investigación, escuelas profesionales,
departamentos académicos y otras unidades orgánicas de la Facultad, para la
ejecución de actividades de investigación.
d. Velar por el cumplimiento de las actividades de investigación que se encuentren
vinculadas con el centro.
e. Administrar los bienes y recursos del Centro de investigación velar por su
mantenimiento, conservación y adecuada utilización.
f. Controlar y fiscalizar la labor que desempeña el personal adscrito al Centro.
g. Otras que le asigne el Reglamento interno de la Facultad. Decano o Consejo de
Facultad.
1.3. FUNCIONES DEL CENTRO DE PROYECCION Y EXTENSION
UNIVERSITARIA
Los centros de proyección y extensión universitaria de la Facultad de Ciencias de la
Salud cumplen las siguientes funciones:
a. Realizar actividades de extensión y proyección social en beneficio de la
comunidad, enmarcada dentro de la zona de influencia de la Universidad.
b. Mantener un vínculo indisoluble entre la colectividad y la Universidad formando
conciencia sobre la realidad local y nacional.
c. El desarrollo, la consolidación y difusión de la cultura, educación, artes, ciencia
y tecnología en la región y el país.
d. Reforzar la formación Académica y profesional de la Facultad, mediante un
proceso de retroalimentación de los resultados obtenidos en cada trabajo de
servicio a la comunidad.
e. Administrar los recursos destinados por la Facultad para la realización de la
extensión y proyección universitaria.
f. Organizar museos, salas de exposición, talleres de teatros, danzas, música,
cursos de capacitación, foros, seminarios y otros eventos, que sean de interés
para la Facultad.
g. Asesor técnica y profesionalmente a las zonas de menor desarrollo, que están
enmarcadas en el área de influencia de la Universidad.
h. Organizar cuadros de defensa civil y participación cívica.
i. Planificar, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos de extensión y proyección
universitaria.
j. Elaborar sus planes de trabajo, lineamientos de política institucional y
reglamentos específicos, elevando la propuesta al Consejo de Facultad para su
aprobación.
k. Otras que le asignen el Reglamento de la Facultad, Decano o Consejo de
Facultad.
1.3.1. FUNCIONES DEL DIRECTOR
Director del Centro de Proyección y Extensión Universitaria se requiere ser
Profesor nombrado Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad.
Son funciones del Director:
317
a. Representar legalmente al Centro de Proyección y Extensión Universitaria,
asimismo asistir a las sesiones del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.
b. Formular los planes de trabajo del Centro en concordancia con el plan de
desarrollo de la Facultad y planes operativos de la Oficina General de
Planificación Universitaria de la Universidad, los mismos que deben ser
aprobados por el Consejo de Facultad.
c. Coordinar con las escuelas profesionales, centros de investigación,
departamentos académicos y otras unidades orgánicas de la Facultad, para
ejecutar actividades de extensión y proyección universitaria.
d. Velar por el cumplimiento de las actividades de proyección social y extensión
universitaria planificadas por la Facultad.
e. Administrar los bienes y recursos del centro y velar por su mantenimiento,
conservación y adecuada utilización.
f. Controlar y fiscalizar la labor que desempeña el personal adscrito al Centro.
g. Formular ante el Consejo de Facultad, para su aprobación, los proyectos de sus
reglamentos específicos.
h. Proponer al Consejo de Facultad los lineamientos de política en el campo de la
proyección y extensión universitaria de la Facultad.
i. Presentar anualmente el informe de su gestión realizada, el mismo que debe ser
aprobado por el Consejo de Facultad.
CAPITULO VI
ORGANOS DESCONCENTRADOS
Los Órganos Desconcentrados de la Facultad de Ciencias de la Salud son:
a) Dependencias del Decanato:
- Los Centros de Producción d Bienes Prestación de Servicios
b) Dependencias de las Escuelas Académico Profesionales
- Las Secciones de Provincias
1. FUNCIONES DEL CENTRO DE PRODUCCION DE BIENES Y
PRESTACION DE SERVICIOS
Cumple las siguientes funciones:
a. Organizar, planificar, ejecutar, supervisar y evaluar la producción de bienes y
prestación de servicios de la Facultad.
b. Destinar la producción de bienes y prestación de servicios, al servicio de los
docentes, estudiantes de la Facultad, para el desarrollo de prácticas Pre
Profesionales, trabajos de investigación, Proyección y Extensión Universitaria.
c. Generar recursos propios para la Facultad.
d. Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación, los lineamientos de política
institucional del Centro en concordancia con el plan de desarrollo de la Facultad
y de la Universidad.
e. Establecer, implementar y evaluar la organización interna del Centro.
f. Aprobar la programación, implementación y ejecución de las actividades y
proyectos del Centro.
g. Elaborar la normatividad específica del Centro
318
h. Otras funciones que señalen el Reglamento de la Facultad, decanato o Consejo
de Facultad
2.- FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE PRODUCCION DE
BIENES Y PRESTACION DE SERVICIOS
Son funciones del Director:
a. Representar legalmente al Centro.
b. Elaborar el plan operativo del Centro, debiendo proponerlo al Consejo de
Facultad para su aprobación.
c. Ejecutar la política de gestión del Centro.
d. Administrar los bienes, recursos del Centro y velar por su mantenimiento,
conservación muy buena utilización.
e. Controlar y fiscalizar la labor que desempeña el personal adscrito al Centro
f. Proponer al Consejo de Facultad el Proyecto de su Reglamento específico, para
su aprobación; asimismo velar su cumplimiento y actualización.
g. Presentar anualmente al Decano de la Facultad el informe de su cuestión
realizarla.
h. Otras que cumple el Reglamento de la Facultad. Decano o Consejo de Facultad.
3.- FUNCIONES DE LAS SECCIONES DE PROVINCIAS
La Facultad de Ciencias de la Salud, actualmente cuenta con las Secciones de
Enfermería de Jaén y Chota dependientes de la Escuela Profesional de Enfermería sus
funciones son las siguientes:
(Sus funciones son simulares a las de la Sección de la Sede Central)
4.- FUNCIONES DEL DIRECTOR DE LA SECCION
(Sus funciones son similares a las del Director de la Sección de la Sed Central).
CARGOS ADMINISTRATIVOS
TÉCNICO ADMINISTRATIVO III
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución y supervisión de actividades técnicas complejas de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad.
Actividades similares a las de Técnico Administrativo II, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor del personal técnico y auxiliar.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e
investigación preliminares de procesos técnicos.
Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.
Formular el registro de proveedores y mantener actualizada la documentación
sobre la administración de abastecimiento.
Recopilar y consolidar información contable.
Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios comisiones de
trabajo.
319
Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia.
Participar en la programación de actividades técnico administrativas en
reuniones y comisiones de trabajo.
Intervenir en trabajos de reclutamiento, selección, clasificación, evaluación,
promoción, capacitación y otros procesos de personal.
Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines,
revistas, periódicos murales y otros materiales de divulgación, comunicación e
información.
3. REQUISITOS MÍNIMOS
Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con el
área.
Amplia experiencia en labores de la especialidad.
4. ALTERNATIVA
Estudios universitarios que incluyan materias relacionados con el área.
Amplia experiencia en labores técnicas del área.
Capacitación técnica en la especialidad.
TECNICO ADMINISTRATIVO I
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de
una entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo
de documentos técnicos.
Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y documentos técnicos
en las áreas de los sistemas administrativos.
Coordinar actividades administrativas sencillas.
Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.
Recopilar y preparar información para estudios e investigaciones.
Apoyar las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.
Puede corresponderle colaborar en la programación de actividades técnico
administrativas y en reuniones de trabajo.
Puede corresponderle colaborar en la programación de actividades técnico
administrativas y en reuniones de trabajo.
Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y
procedimientos.
3. REQUISITOS MÍNIMOS
Instrucción secundaria completa.
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
320
TRABAJADOR EN SERVICIOS III
1. NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades de vigilancia y seguridad yo labores manuales de cierto
riesgo y dificultad.
Actividades similares a la de Trabajador de Servicios II, diferenciándose en la
mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal auxiliar.
2. ACTIVIDADES TIPICAS
Custodiar locales y los bienes que existen en su interior de acuerdo a las
condiciones de seguridad y control establecidas.
Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos,
materiales y/o vehículos de la Institución.
Operar equipos de seguridad y ascensores, transportando personas y/o materiales
en general de acuerdo a instrucciones.
Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos
de documentos.
3. REQUISITOS MINIMOS
Instrucción secundaria.
Experiencia en labores similares
Capacitación especializada de corta duración en el área
4. ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia
321
FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
CONSEJO DE
FACULTAD
COMISIÓN
ACADÉMICA
COMISIÓN DE
PLANIFICACIÓN
DPTO. ACAD. DE
CC. VETERINARIAS
SECRETARÍA
ACADÉMICA
ESCUELA PROF. DE
MEDICINA VETERINARIA
CENTRO DE INVESTIG.
DE CC. VETERINARIAS
CENTRO DE EXTENSIÓN
Y PROYECCIÓN
UNIVERSITARIA
CENTRO DE PROD.
BIENES Y P.S
―TARTAR‖
CENTRO DE PROD. BIENES Y P.S. ―LAB. PROD.
DERIVA. LÁCTEOS‖
DECANATO
322
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
VETERINARIAS
a. La Facultad de Ciencias Veterinarias es una unidad fundamental de
Organización, Formación Académica y Profesional, Investigación y Extensión y
Proyección Universitaria.
b. La Facultad es autónoma y tiene capacidad para adoptar mecanismos
académicos, administrativos y económico financiero que faciliten su
funcionamiento, de acuerdo a los planes de desarrollo y lineamientos generales
de la Universidad Nacional de Cajamarca.
c. Establece Centro Productivos como Órganos Desconcentrados dependientes del
decanato concordante con los Art. 21° y 31° del Estatuto.
d. Administra la currícula de las Carreras Profesionales a través de las Escuelas
Académico Profesionales de la Facultad.
e. Organiza programas de Segunda Especialización en sus líneas profesionales y
propone al Consejo Universitario su creación y funcionamiento.
f. Gestión Académica a través del Consejo de Facultad, Decano, Escuelas
Académico Profesionales, Departamentos Académicos y Comisión Académica.
g. Gestión Administrativa a través del Decano, Comisión de Planificación y
Órganos Desconcentrados de la Facultad.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones, la Facultad de Ciencias Veterinarias cuenta con
la Estructura Orgánica siguiente:
a. ÓRGANO DE GOBIERNO
- Consejo de Facultad
b. ÓRGANO DE DIRECCIÓN
- Decanato
c. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
- Comisión Académica
- Comisión de Planificación.
- Comisión de Extensión y Proyección Universitaria.
d. ÓRGANOS DE APOYO
- Secretaría Académica
- Departamento Académico de Ciencias Veterinarias.
e. ÓRGANOS DE LÍNEA
- Escuela Académico Profesional de Medicina Veterinaria.
- Centro de Investigación en Ciencias Veterinarias.
- Centro de Extensión y Proyección Universitaria.
f. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
- Centros de Producción de Bienes y Servicios
3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1 LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. El Consejo de Facultad, es el máximo Órgano de Gobierno de la
Facultad.
323
b. El Decano es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de
Dirección y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad.
c. La Comisión Académica, es un Órgano de Asesoramiento académico de
la Facultad tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad.
d. La Comisión de Planificación, es el Órgano de Asesoramiento y Consulta
de la Facultad, tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad.
e. La Comisión de Extensión y Proyección Universitaria, es el Órgano de
Asesoramiento en materia de Proyectos de Extensión y Proyección de la
Facultad hacia la sociedad.
f. La Secretaría Académica, es un Órgano de Apoyo a la Facultad, tiene a
su cargo la administración del sistema de archivo y trámite
documentario, depende jerárquicamente del Decano de la Facultad.
g. El Departamento Académico de Ciencias Veterinarias, es el Órgano de
Apoyo a la Facultad y presta servicios académicos a las Facultades que
lo soliciten. El Jefe del Departamento Académico depende
jerárquicamente del Decano de la Facultad a la que se encuentra adscrito
el Departamento Académico.
h. La Escuela Académico Profesional de Medicina Veterinaria, es un
órgano de línea integrado a la Facultad, encargado de la administración
curricular de una determinada carrera profesional, depende
jerárquicamente del Decanato a través de sus directores.
4. ORGANIGRAMA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE GOBIERNO
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CONSEJO DE FACULTAD
a. El Consejo de Facultad es el máximo Órgano de Gobierno de la Facultad y
cumple funciones de decisión, ejecución, coordinación y supervisión.
b. El Consejo de Facultad celebra sesiones ordinarias cuando menos una vez al
mes, y extraordinarias cuando convoque el Decano, o lo pida por escrito la
mayoría absoluta del número legal de sus miembros.
c. Además de las establecidas en el artículo 106° del Estatuto, el Consejo de
Facultad tiene las atribuciones siguientes.
d. Crea comisiones especiales para atender encargos específicos.
e. Supervisa y fiscaliza el funcionamiento de departamentos académicos, centros o
institutos de investigación, de extensión y proyección universitaria.
f. Designa, a propuesta del Departamento Académico respectivo, los jurados para
concursos de cátedra.
g. Propone a la Escuela de Postgrado la creación y funcionamiento de secciones de
postgrado en áreas de su competencia.
h. Emite opinión corporativa sobre problemas nacionales relacionados con su
campo académico profesional.
i. Gestiona a través de la oficina correspondiente la cooperación internacional para
las actividades y áreas que le son propias.
324
j. Propone ante el Consejo Universitario, para su aprobación, el Reglamento
Interno de la Facultad, así como su modificación o reforma.
k. Aprueba o reforma la normatividad interna que jerárquicamente este por debajo
del Reglamento Interno de la Facultad.
l. Aprueba los traslados internos y la convalidación de asignaturas.
m. Propone ante el Consejo Universitario la convalidación o revalidación de títulos
profesionales y grados académicos expedidos por Universidades Extranjeras.
n. Designa el Secretario Académico de una terna propuesta por el Decano.
o. Aprueba y propone ante el Consejo Universitario el nombramiento de docentes
extraordinarios.
CAPITULO II
ORGANO DE DIRECCION
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
VETERINARIAS
Las Facultades son las unidades fundamentales de organización, formación académica y
profesional, investigación, proyección y extensión universitaria.
De conformidad con el artículo 21° del Estatuto, cada Facultad cuenta con centros
productivos como órganos desconcentrados dependientes del Decanato, con sujeción a
lo previsto en el artículo 31° del mismo. Cuentan también con escuelas y Secciones
Profesionales en Provincias, como órganos desconcentrados de las Facultades o
Escuelas Académico Profesionales, según el caso.
Las Facultades pueden organizar programas de segunda especialización en sus líneas
profesionales, con una duración no menor de un año. Su creación y funcionamiento
deben ser aprobados por el Consejo Universitario, a propuesta del Consejo de Facultad
correspondiente, en concordancia con lo dispuesto en la novena disposición
complementaria del estatuto.
La gestión académica de cada Facultad se ejerce a través de su Consejo, Decano,
Escuelas Académico Profesionales, Departamentos Académicos, Secretario Académico
y Comisión Académica.
La gestión administrativa de cada Facultad la ejercen su Decano, Comisión de
Planificación y órganos desconcentrados.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DECANO DE LA FACULTAD
a. El Decano es el representante legal de la Facultad. Cumple funciones de
dirección y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad.
b. Además de lo establecido en el artículo 104° del Estatuto, el Decano tiene las
funciones siguientes.
c. Convoca y preside el Consejo de Facultad.
d. Remite a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su
compatibilización, el Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo, aprobados
por el Consejo de su Facultad.
e. Dicta medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia, con
cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los quince (15) días
325
siguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencia que
las provocan.
f. Propone al Consejo de Facultad la conformación de comisiones especiales para
asuntos que estime conveniente.
g. Refrenda los diplomas de bachiller, los títulos profesionales y de segunda
especialización, así como otras certificaciones que expida la Facultad.
h. Propone al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la conformación de
la Comisión Académica, otras comisiones y el delegado de dicho Consejo ante
la Comisión de Planificación de su Facultad.
i. Supervisa y fiscaliza la gestión académica y administrativa de la Facultad.
j. Propone, con sujeción al artículo 25° del Estatuto, ante el Consejo de Facultad,
la terna para el cargo de Director de las Escuelas Académico Profesionales
integrantes de ésta.
k. Propone ante el Consejo de la Facultad los temas para los cargos de director de
centros e institutos de investigación o de centros de proyección y extensión
universitaria.
l. Consolida y presenta al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual
de la Facultad.
CAPITULO III
ORGANOS DE ASESORAMIENTO
1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS COMISIONES:
1.1. La Comisión Académica realiza las funciones siguientes:
a. Gestión académica, y asesoramiento académico a la Facultad de Ciencias
Veterinarias.
b. Propone al Consejo de Facultad las bases y lineamientos generales para
el diseño curricular de las carreras profesionales que ofrece la Facultad.
c. Propone al Consejo de Facultad para su aprobación, la normatividad y
criterios según los cuales se organizan y funcionan las actividades
académicas de la Facultad.
d. Actúa como árgano consultivo del Consejo de Facultad.
e. Asesora a las unidades orgánicas que integran la Facultad.
1.2. La Comisión de Planificación; Realiza las funciones siguientes:
a. Es el órgano de consulta y asesoramiento de la Facultad en los sistemas
de planificación, presupuesto, estadística, informática, racionalización,
personal, abastecimiento, tesorería, contabilidad, información, control,
bibliotecas y archivo.
b. Es presidida por un miembro delegado del Consejo de Facultad.
c. Elabora los horarios de clase, en coordinación con las Escuelas
Académico Profesionales y Departamentos Académicos.
d. Formula el proyecto del Plan de Trabajo Institucional integrado de la
Facultad., en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina
General de Planificación y Presupuesto.
e. Formula el proyecto y evalúa la ejecución del presupuesto integrado de la
Facultad.
f. Supervisa el funcionamiento de los centros de cómputo y otros servicios
que preste la Facultad.
326
g. Asesora a las unidades orgánicas de la Facultad.
h. Releva, actualiza y difunde las estadísticas de la Facultad.
CAPITULO IV
ORGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE APOYO
1.1. SECRETARIA ACADEMICA.
Es el órgano encargado de organizar y controlar el servicio de trámite documentario,
archivo, matrículas, notas y certificados, grados y títulos, biblioteca especializada,
abastecimiento general y otros. Depende jerárquicamente del Decano y está a cargo
de un profesor nombrado, con categoría de principal o asociado y elegido por el
Consejo de Facultad, de un tema propuesta por el Decano, su elección es por un
período de tres (03) años.
Además de los requisitos establecidos en el artículo 24° del Estatuto, para ser
Secretario Académico se requiere ser titulado o postgraduado en una de las carreras
profesionales que ofrece la Facultad y no ser miembro del Consejo de ésta.
La designación de Secretario Académico es por tres (03) años, renovables. Puede ser
revocada por el Consejo de Facultad.
El Secretario Académico tiene como sustitutos a los demás integrantes de la tema
propuesta por el Decano para su designación por el Consejo de Facultad.
Son Funciones Específicas del SECRETARIO ACADEMICO
a. Actúa como Secretario del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.
b. Administra los sistemas de información, archivo y trámite documentario
de la Facultad, y, en particular, del Consejo de Facultad.
c. Actúa como fedatario de la Facultad.
d. Proyectar, registra y notifica las resoluciones, del Consejo de Facultad y
del Decanato.
e. Mantiene actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.
f. Custodia el patrimonio institucional a su cargo.
g. Controla el desempeño de funciones del personal administrativo y de
servicios asignados a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decano
sobre los aspectos que trasciendan sus atribuciones.
h. Refrenda los grados académicos, títulos profesionales, certificaciones y/o
constancias que confiera la Facultad.
i. Organiza y conduce el registro de matrícula, notas, grados y títulos de
acuerdo con la Quinta Disposición Complementaria del Estatuto.
j. Coordina, supervisa y controla la organización y funcionamiento de la
biblioteca especializada.
1.2. DEPARTAMENTOS ACADEMICOS DE CIENCIAS VETERINARIAS
Los departamentos académicos son unidades de servicio académico que se integran
a una Facultad, sin pérdida de su capacidad funcional, y prestan servicios a la
Universidad en general, de acuerdo a las disciplinas que cultivan.
327
Los departamentos académicos reúnen a docentes que cultivan las mismas
disciplinas o disciplinas afines. Para su gestión y funcionamiento, cuentan con los
órganos siguientes:
a) Asamblea de Departamento.
b) Consejo de Coordinación.
c) Jefatura.
Son Funciones Específicas de los DEPARTAMENTOS ACADEMICOS
1.2.1. La Asamblea de Departamento Académico está conformada por la
totalidad de docentes ordinarios adscritos al Departamento. Los no ordinarios
asisten sólo con derecho a voz.
Son sus funciones:
a. Elige al Jefe de Departamento, se pronuncia sobre su renuncia y declarar
su vacancia.
b. Elige, de entre sus miembros, a los responsables de los laboratorios,
gabinetes y museos dependientes del Departamento.
c. Organiza y conduce eventos de naturaleza académica, previa aprobación
del Consejo de Coordinación.
d. Evalúa anualmente los resultados de la gestión académica y
administrativa del Departamento.
e. Elabora, modifica o reforma el Reglamento Interno del Departamento,
que deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.
f. Las establecidas en los incisos b), c) y h) del artículo 40° del Estatuto.
1.2.2 El Consejo de Coordinación está conformado por el Jefe del
departamento, quien lo preside, y los coordinadores de las áreas académicas que
conforman el Departamento.
Son sus funciones:
a. Propone ante la Asamblea de Departamento los lineamientos de política
académica, investigación y producción intelectual de los miembros del
Departamento.
b. Difunde la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística
de los integrantes del Departamento.
c. Coordina la realización de eventos de actualización, capacitación y
perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.
d. Se pronuncia sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento
o contrato, con sujeción al dictamen conjunto de las Oficinas Generales
de Planificación y Presupuesto y Desarrollo Académico.
e. Formula, ejecuta y evalúa sus Planes de Funcionamiento y Desarrollo, así
corno presentar sus requerimientos presupuestales al Consejo de
Facultad correspondiente:
f. La establecida en el inciso g) del artículo 400 del Estatuto.
Los Departamentos Académicos cuentan con un Secretario Docente, designado por el
Jefe en el mismo acto de su elección.
328
Para efectos de operatividad, el Departamento se organiza en Cátedras. Líneas
Curriculares y Áreas Académicas.
Cátedra es el sistema organizado de trabajo docente en una determinada asignatura, con
la finalidad de optimizar el proceso enseñanza aprendizaje, la producción intelectual,
científica y humanística, así como el uso de recursos.
Los Departamentos Académicos propician el trabajo docente a través de Cátedras
Integradas.
Las Áreas Académicas están a cargo de un Coordinador, elegido por y entre los
docentes ordinarios que las integran, por un periodo de tres (03) años renovable.
Para ser Coordinador de Área Académica se requiere ser docente principal o asociado.
Las asignaturas de las carreras profesionales serán atendidas por los departamentos
académicos con docentes de la Cátedra, Línea Curricular y Área Académica a que
corresponden dichas asignaturas. En casos que el Departamento no cuente con docentes
que reúnan tales requisitos, las atenderá con los que pertenecen a cátedras o áreas
académicas más afines.
Las asignaturas de postgrado, segunda especialización y programas autofinanciados,
serán atendidas por los departamentos académicos con docentes que reúnan; además, los
requisitos académicos exigidos para cada caso.
Para la distribución de la carga horaria se tendrá en cuenta la categoría docente, en el
orden de preferencia siguiente: a) Principal, b) Asociado y c) Auxiliar. Sólo después de
éstos, se tendrá en cuenta a los docentes contratados.
El orden jerárquico o de preferencia de los docentes, en sus respectivas categorías, está
dado por el grado académico alcanzando, antigüedad en la categoría y antigüedad en la
docencia en la Universidad.
Además, se respetará la especialidad y asignaturas o materias que el docente tuvo a su
cargo en los últimos años.
El respeto de la especialidad de los docentes conforme al artículo 164° del Reglamento
General, es de responsabilidad del Jefe de Departamento, Decano y Consejo de
Facultad, según corresponda.
La aprobación de la carga horaria docente se materializa, obligatoriamente, mediante
Resolución de Facultad, para cada periodo lectivo.
La carga horaria lectiva normal para los docentes ordinarios a tiempo completo y
dedicación exclusiva es la siguiente:
a) Con una asignatura, dieciséis (16) horas.
b) Con dos asignaturas, catorce (14) horas.
c) Con tres asignaturas, doce (12) horas.
329
En los cuadros de distribución de carga horaria debe consignarse, obligatoriamente, la
carga lectiva normal de todos los docentes.
Las horas de descarga de un docente se asignarán a personal contratado, salvo que
existan docentes ordinarios con disponibilidad horaria.
En cualquier caso, el docente que gozaba de descarga horaria, al dejar el cargo, asume la
totalidad de su carga lectiva normal.
Los laboratorios, gabinetes, museos y otros que refiere el artículo 44° del Estatuto, son
administrados por los departamentos académicos, y prestan servicios a toda la
Universidad.
El Jefe del Departamento Académico depende jerárquicamente del Decano de la
Facultad a la cual se encuentra adscrito dicho Departamento.
Es elegido por mayoría absoluta de los docentes ordinarios adscritos al Departamento
correspondiente. De no obtenerse esta mayoría, en la votación del caso» se encarga la
jefatura, por un año al docente que adquiera mayoría de votos. De producirse empate, al
que tenga mayor grado académico.
En ausencia del Jefe de Departamento, asumen sus funciones, en orden de precedencia,
los coordinadores de Área.
Son Atribuciones y Funciones del JEFE DE DEPARTAMENTO ACADEMICO:
a. Representar legalmente al Departamento.
b. Presidir la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.
c. Proponer al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso y
contrato de docentes del Departamento.
d. Proponer al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la Escuela de
Postgrado, los candidatos al goce de año sabático.
e. Proponer al Consejo de Facultad los docentes para conformar jurados en los
concursos de cátedra, así como para sustentación de tesis y demás modalidades
de titulación.
f. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de Coordinación
del Departamento y los emanados de otros órganos competentes.
g. Los señalados en los incisos a), d), e) y f) del artículo 400 del Estatuto.
Son Funciones Específicas del COORDINADOR DE ÁREA
a. Presidir las reuniones de trabajo del Área Académica.
b. Coordinar las actividades de las cátedras integradas.
Son Funciones Específicas de los DOCENTES
Los docentes, según las materias o asignaturas a su cargo, se integran a una Cátedra,
Línea Curricular y Área Académica. Ningún docente puede pertenecer a más de una
Área Académica.
Los docentes que ocupan los cargos que refiere el Reglamento General, en condición de
titulares, gozan de descarga horaria, con los límites que se indican
330
a. Rector, Vicerrectores, Decanos, Directores de la Escuela de Postgrado,
Secretario General, Directores Generales de las Oficinas Generales de
Planificación y Presupuesto, Económico Financiera, Abastecimiento, y de
Personal, descarga a cero horas.
b. Jefes de Departamento, Directores de Escuela Académico Profesional, Director
de la Escuela de Estudios Generales, Director General de la Oficina General de
Infraestructura, descarga a cinco (05) horas.
c. Directores Generales de las Oficinas Generales de Investigación, Extensión y
Proyección Universitaria, Desarrollo Académico, Información, Informática,
Biblioteca, Admisión, Bienestar Universitario, Cooperación Técnica, Secretarios
Académicos de las Escuelas de Estudios Generales y Postgrado y de Facultades
y Administradores de centros Productivos, descarga a diez (10) horas.
Los docentes miembros titulares del Comité Electoral y del Tribunal de Honor, no
gozan de descarga horaria, pero están dispensados de atender cualquier otra actividad
académica o administrativa en la Universidad.
Los docentes ordinarios están adscritos a un determinado Departamento Académico,
según su especialidad o profesión.
Se entiende por adscripción, a la acción administrativa por la cual un docente se integra
a los cuadros de personal de un determinado Departamento Académico. Se establece de
oficio, en la resolución de nombramiento, ratificación y ascenso, según el caso.
Los docentes contratados se incorporan al Departamento que requiere su contratación,
por el periodo y en las condiciones establecidas en su respectivo contrato de empleo.
Los Jefes de Práctica y Ayudantes de Cátedra se incorporan a los departamentos
académicos en atención a la Cátedra a la cual sirven. Su incorporación finaliza cuando
pierden aquellas condiciones.
Los Docentes Extraordinarios que refiere el artículo 2l6° del Estatuto, no se adscriben a
ningún Departamento Académico.
Un docente no puede adscribirse a más de un Departamento Académico.
Para todo efecto, la adscripción de un docente a un Departamento Académico, implica
su adscripción a la Facultad a la cual está integrado el Departamento.
CAPITULO V
ORGANO DE LINEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA
1.1. ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE MEDICINA
VETERINARIA
La Facultad de Ciencias Veterinarias tiene como órganos de línea a la Escuela
Académica Profesional de Medicina Veterinaria, el Centro de Investigación en
Ciencias Veterinarias y el Centro de Extensión y Proyección Universitaria.
331
La Escuela Académico Profesional cuenta con un Consejo Directivo y un Director.
El Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional está conformado por.
a. El Director, quien lo preside.
b. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad, de una tema
propuesta por el Director, de entre los que sirven a la Escuela y están
adscritos a la Facultad
c. Un estudiante regular de los dos últimos años de la carrera profesional
correspondiente, designado por el Consejo de Facultad.
Son funciones del Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional:
a. Evaluar, actualizar o reformar el currículo de la respectiva carrera
profesional.
b. Formular los lineamientos de política educativa de la respectiva Escuela.
c. Solicitar a los Departamentos Académicos correspondientes la atención de
las necesidades de carga horaria docente.
d. Proponer anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para
admisión de estudiantes.
e. Emitir opinión para traslados internos de estudiantes, así como para
convalidación de asignaturas.
f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de matrícula.
g. Otras que le sean asignadas.
El Consejo Directivo de la Escuela Académica Profesional se reúne cuando menos
una vez al mes.
Son Funciones Específicas del DIRECTOR DE LA ESCUELA ACADEMICO
PROFESIONAL DE MEDICINA VETERINARIA
El Director de Escuela Académico Profesional es designado por el Consejo de
Facultad de una terna propuesta por el Decano. Su designación es por tres años,
renovables.
Además de los requisitos establecidos en el artículo 25° del Estatuto, para ser
Director de Escuela Académico Profesional se requiere estar adscrito a la Facultad a
que pertenece la Escuela, con sujeción a lo estipulado en el artículo 39° del mismo
cuerpo normativo.
Cuando para designar Director de Escuela Académico Profesional no existan
candidatos que reúnan los requisitos, el Consejo de Facultad encarga la dirección al
docente que reúna el mayor número de ellos. En tal caso el encargo es por un año,
de conformidad con el artículo 98° y Sexta Disposición Complementaria del
Estatuto.
Son funciones del Director de la Escuela Académica Profesional:
a. Representar a la Escuela y asistir al Consejo de Facultad y al Consejo
Académico, sólo con derecho a voz.
b. Presidir el Consejo Directivo de su Escuela.
332
c. Supervisar y evaluar el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con los Syllabus
e informar los resultados al Decano.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de los Órganos de
Gobierno de la Universidad.
e. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.
1.2. SON FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CENTRO DE INVESTICACION
EN CIENCIAS VETERINARIAS
a. Captar y promover proyectos referentes a ciencias veterinarias tanto de sus
docentes como estudiantes.
b. Optimizar recursos en la ejecución de proyectos en ciencias veterinarias.
1.3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CENTRO DE EXTENSION Y
PROYECCION UNIVERSITARIA
a. Prioriza y tipifica los trabajos de proyección social presentados por las
Instituciones del medio, para ser realizados mediante la elaboración de tesis o
vía T.P.P.S. (Trabajos Prácticos de Proyección Social).
b. Aprueba los T.P.P.S. una vez concluidos.
c. Propone un miembro integrante para la Comisión de Planificación.
d. Otras tareas afines que le asigne la Facultad.
CAPITULO VI
ORGÁNOS DESCONCENTRADOS
1. CENTROS DE PRODUCCION DE BIENES Y PRESTACION DE SERVICIOS
Los Centros productivos y de Servicios de la Facultad de Ciencias Veterinarias, tienen
como propósito servir para el desarrollo de las actividades académicas inherentes a la
formación profesional de sus estudiantes, además de la generación de utilidades.
Estos Centros planifican, organizan, ejecutan, supervisan la producción de bienes y
servicios, tendientes a servir a los docentes y estudiantes en el desarrollo de sus
prácticas de investigación y proyección social, así como a la generación de recursos
propios.
SON FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS CENTROS DE PRODUCCIÓN
DE LA FACULTAD, LOS SIGUIENTES:
a. Formula, ejecuta y evalúa la política de gestión del Centro de Producción.
b. Establece, implementa y evalúa la organización interna del Centro.
c. Aprueba la programación y ejecución de las actividades de los proyectos del
Centro.
d. Otros que le sean asignados por la Facultad.
DEL DIRECTOR DE LOS CENTROS DE PRODUCCIÓN
Director de los Centros de Producción será un docente nombrado., en la categoría de
Asociado o Principal, adscrito al Departamento de Ciencias Veterinarias, designado por
el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el Decano, por un periodo de 3 años
reelegibles, siendo sus funciones:
a. Representa al Centro Productivo ante el Consejo de Facultad, Consejo de
Centros Productivos de la UNC y otros órganos que lo requieran.
333
b. Aprueba en primera instancia los planes y presupuestos del Centro.
c. Coordina estrechamente con los Administradores, para el buen funcionamiento
del Centro y para el cumplimiento de sus fines.
d. Convoca y preside reuniones periódicas con los Administradores y Personal,
para analizar y evaluar el funcionamiento del Centro.
e. Presenta oportunamente los informes técnico-económicos trimestral y anual,
elaborados por los Administradores de los Centros, al Consejo de Facultad, al
Consejo Directivo de Centros Productivos y otros órganos pertinentes.
f. Gestiona y suscribe convenios, para obtener recursos y medios que coadyuven al
adecuado funcionamiento y al cumplimiento de los objetivos del Centro.
g. Cumple y hace cumplir las disposiciones emitidas del Decanato y del Consejo
de Facultad.
h. Otras que le sean encomendadas por el Decano y/o el Consejo de Facultad.
334
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS CONTABLES Y
ADMNISTRATIVAS
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
CONSEJO DE
FACULTAD
COMISIÓN
ACADÉMICA
COMISIÓN DE
PLANIFICACIÓN
DECANATO
DPTO. ACAD. DE
CONTAB. Y ADMINIST.
DPTO. ACAD. DE
ECONOMÍA
SECRETARÍA
ACADÉMICA
ESCUALE ACAD. PROF.
DE CONTABILIDAD
CENTRO DE INVESTIGACIÓN
CONTABLE
CENTRO DE INVEST.
ECONÓMICA
CENTRO DE PROYEC. Y EXTENS. ECONÓMICO
CONTABLE
ESCUELA ACAD. PROF.
DE ECONOMÍA
CENTRO DE PROD. BIENES
Y P.S. LAB. CONTABLE
335
TITULO II
DEL DISEÑO ORGÁNICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CECA
a. Formación y perfeccionamiento de profesionales humanistas, investigadores,
científicos y técnicos de alta calidad académica en el campo de las Ciencias
Económicas y Contables, acorde con las necesidades del desarrollo de los
sectores económicos de Cajamarca, la región y del país.
b. Realiza investigación científica y tecnológica como base del proceso enseñanza -
aprendizaje y de la proyección a la Comunidad, acorde con los objetivos de la
Facultad, los Planes de Desarrollo de la Universidad, de la región y del país.
c. Periódicamente realiza la revisión y actualización de los Planes de Estudio,
currículos y contenidos de las asignaturas, adecuándolas a las exigencias de la
competitividad y modernidad.
d. Capacitación y perfeccionamiento de docentes, estudiantes, graduados y
personal administrativo, buscando eficiencia y eficacia en el desempeño de sus
labores.
e. A través de sus Unidades Operativas; delinear y reglamentar sus acciones de
formación profesional, investigación, extensión y proyección universitaria, así
como la producción de bienes y prestación de servicios enmarcados en la nueva
estructura orgánica de la Universidad y en armonía con el cumplimiento de sus
objetivos.
f. Realiza diagnósticos de la realidad regional y nacional en el campo económico –
contable – administrativo y propone planes alternativos de desarrollo.
g. Comparte e intercambia experiencias y coordina acciones con otras Facultades e
instituciones afines, nacionales y extranjeras.
h. Posibilita a través de convenios la realización de Prácticas Pre Profesionales de
sus estudiantes con Centros y empresas dedicadas a la producción y a los
servicios.
i. Realiza la evaluación trimestral y semestral del Presupuesto y el Plan de
Trabajo.
j. Propone el número de vacantes para el Concurso de Admisión de la UNC, en
base a sus recursos y a las necesidades de profesionales en el campo de las
ciencias económicas y contables.
k. Propone a la Alta Dirección y órganos pertinentes, los aspectos relacionados con
la contratación, ratificación y ascensos, ceses y otros del proceso de personal de
la Facultad.
l. Fomenta la creación intelectual y artística, así como la práctica deportiva y
relaciones sociales entre sus miembros.
m. Fomenta entre sus miembros los valores éticos y cívicos, las actitudes de
responsabilidad y solidaridad, así como las necesidades de reunión, integración
y participación para el progreso institucional.
n. Desarrolla sus acciones enmarcadas en los lineamientos de política de la
Universidad.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones y en logro de sus objetivos, la Facultad de CECA
cuenta con la estructura orgánica siguiente:
A. ÓRGANO DE GOBIERNO
336
- Consejo de Facultad
B. ÓRGANO DE DIRECCIÓN - Decanato
C. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
- Comisión Académica
- Comisión de Planificación
D. ÓRGANOS DE APOYO
- Secretaría Académica
- Departamento Académico de Contabilidad y Administración
- Departamento Académico de Economía
E. ÓRGANOS DE LÍNEA
- Escuela Académico Profesional de Contabilidad.
- Escuela Académico Profesional de Economía.
- Centro de Investigaciones Contables (CIC).
- Centro de Investigaciones Económicas (CIE).
- Centro de Proyección y Extensión Económico – Contable.
F. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
- Dependiente del Decano
- Centro de Producción ―Laboratorio Contable‖
3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS
3.1. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS CONTABLES Y
ADMINISTRATIVAS, depende jerárquicamente del Rectorado y
funcionalmente de los Vice Rectorados Académico Administrativo a través
de su Decano.
b. EL CONSEJO DE FACULTAD, es el máximo Órgano de Gobierno de la
Facultad CECA, presidido por el Decano e integrado por doce (12)
representantes de los docentes, por los representantes del tercio estudiantil y
por un representante de los graduados.
c. EL DECANATO, es el Órgano de Dirección de la Facultad, ejerce ésta
función el Decano, quien es la máxima autoridad representativa de la
Facultad.
d. LOS DIRECTORES DE LAS ESCUELAS ACADÉMICO
PROFESIONALES DE CONTABILIDAD Y ECONOMÍA, asumirán las
funciones de las escuelas, orientadas a organizar y conducir el aspecto
académico – curricular, en concordancia con los planes de la Facultad.
e. LOS JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE
CONTABILIDAD, ADMINISTRACIÓN Y DE ECONOMÍA, que se
encargan de coordinar las actividades académicas de los miembros de los
Departamentos, en función a los lineamientos curriculares de la Facultad,
dando cuenta al Decano y al Consejo de Facultad.
f. LOS DIRECTORES DE LOS CENTROS DE INVESTIGACIÓN
CONTABLES Y ECONÓMICAS, EL DIRECTOR DEL CENTRO DE
PROYECCIÓN Y EXTENSIÓN ECONÓMICO CONTABLE Y DEL
CENTRO DE PRODUCCIÓN ―Laboratorio Contable‖ quienes diseñaran,
organizarán y dirigirán las actividades inherentes a sus funciones y
responsabilidades, dando cuenta al Decano y al Consejo de Facultad.
g. EL SECRETARIO ACADÉMICO, depende jerárquicamente del Decano.
337
h. LOS PRESIDENTES DE LAS COMISIONES ACADÉMICA Y DE
PLANIFICACIÓN, dependen jerárquicamente del Decano y son
responsables de brindar apoyo y asesoramiento en los aspectos académicos,
sistemas administrativos de presupuesto, técnicos y otros.
i. EL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE, asignado a las oficinas
académicas y técnicas, son responsables ante su Director o Jefe inmediato.
3.2. DE LA COORDINACIÓN
La Facultad de CECA para el logro de sus fines y objetivos, mantiene relaciones de
coordinación interna y externa:
a. COORDINACIÓN INTERNA: A través de su Decano con el Rector, Vice
Rectores, Decanos de Otras Facultades; del mismo modo a través de su
Decano o sus representantes, con la Oficina General de Planificación y
Presupuesto, Oficina de Asesoría Legal, Oficina de Desarrollo Académico,
Oficina General de Investigación, Oficina General de Extensión y
Proyección Universitaria y otras dependencias internas de la Universidad.
Asimismo, al interior de la Facultad se desarrollarán mecanismos de
coordinación estrecha entre las diferentes unidades académicas y técnicas de
la Facultad.
b. COORDINACIÓN EXTERNA: Al amparo de los dispositivos legales
vigentes, la Facultad de CECA podrá mantener relaciones de apoyo,
colaboración e intercambio de experiencias con instituciones similares, los
gobiernos regionales, municipios, empresas, organizaciones de productores,
organizaciones de base, tanto de la región, del país, como del extranjero.
4. ORGANIGRAMA: Ver anexo N° 01
5. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR ÓRGANOS: Ver anexo
N° 02
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ÓRGANO DE GOBIERNO
1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE FACULTAD
EL CONSEJO DE FACULTAD, es el máximo órgano de gobierno de la Facultad;
está presidido por el Decano y representado por 12 representantes de los docentes
elegidos por entre los docentes elegidos por y entre los docentes de cada categoría,
pertenecientes a la Facultad por un periodo de tres años y reelegibles por los
representantes de los estudiantes que constituyen el tercio del número total de miembros
del Consejo de Facultad, elegidos por y entre los estudiantes por un periodo de un año
no reelegibles y por un representante de los graduados en calidad de un supernumerario.
Son atribuciones del Consejo de Facultad:
a. Aprobar y modificar el Reglamento Interno de la Facultad.
b. Aprobar el Proyecto de Presupuesto de la Facultad, propuesto por su Comisión
de Planificación.
338
c. Aprobar el Plan de Desarrollo y Funcionamiento de la Facultad.
d. Proponer al Consejo Universitario la creación de órganos de investigación, de
extensión y proyección universitaria, centros experimentales, cursos de
profesionalización, secciones de post grado, centros de producción de bienes y
prestación de servicios, así como becas, convenios, distinciones honoríficas y
otros.
e. Promover y autorizar las publicaciones oficiales de la Facultad.
f. Proponer al Consejo Universitario la creación y supresión de plazas, a propuesta
de los Departamentos Académicos de Contabilidad y Administración y del de
Economía, en base al presupuesto aprobado de la Facultad.
g. Aprobar a propuesta de los Departamentos Académicos de Contabilidad y de
Economía, la convocatoria a concurso de plazas docentes y sus resultados; y
proponer ante el Consejo Universitario el contrato, nombramiento, ratificación y
ascensos de profesores adscritos al Departamento.
h. Aprobar las licencias de personal docente, hasta por el término de tres meses al
año.
i. Aprobar los Grados Académicos y Títulos Profesionales que otorga la Facultad.
j. Conocer la renuncia del Decano y pronunciarse sobre ella.
k. Aprobar la carga horaria, proyectos de investigación y proyección social entre
otros.
l. Proponer ante el consejo Universitario para su ratificación, a los profesores que
tengan que hacer uso de licencia para estudio de perfeccionamiento o post grado,
así como para gozar del beneficio de año sabático a propuesta de los
Departamentos Académicos respectivos.
m. Aprobar y modificar los currículos de la Escuela Académico Profesional
Contabilidad y la Escuela Académico Profesional de Economía.
n. Recomendar las características del Examen de Admisión, mediante los cuáles se
debe evaluar los intereses vocacionales, aptitudes, rasgos de personalidad y
conocimientos más adecuados del postulante, para su mejor desempeño como
alumno de la Facultad, a propuesta de la respectiva Escuela Académico
Profesional.
o. Proponer ante el Consejo Universitario para su ratificación, al personal
administrativo de la Facultad y para hacer uso de licencia con fines de estudios
de perfeccionamiento fuera de la Universidad.
p. Elegir o ratificar a los Directores de las Escuelas Académicos Profesionales, a
los jefes del Departamento Académico de Contabilidad y al Jefe del
Departamento Académico de Economía, de los Centros de Investigación, de
Extensión y Proyección Universitaria, al Director del Centro de Producción,
bajo la modalidad de votación democrática, a propuesta del Decano o de los
miembros del Consejo de Facultad, del Director de la Escuela Académico
Profesional o de los Jefes de los Departamentos, según sea el caso.
q. Todas las demás que le señale el Consejo Universitario y la Asamblea
Universitaria.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
Forman parte del Consejo de Facultad: el Decano, que lo preside, 12 docentes,
representantes del tercio estudiantil y el representante de los graduados; las funciones
respectivas del Decano se detallan en el CAPITULO II del presente Manual, siendo las
funciones de los demás miembros del Consejo las siguientes:
339
2.1. De los docentes miembros del Consejo de Facultad:
a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo, convocadas por el Decano.
b. Participar con voz y voto en forma activa y responsable en las sesiones del
Consejo de Facultad.
c. Elegir y ser elegido para los cargos o encargos que el desarrollo y
funcionamiento de la Facultad así lo requiera, cargos que serán
irrenunciables
d. Cumplir con responsabilidad en forma oportuna con las tareas que se le
encargue.
e. Otras que el Consejo de Facultad o el Decano les encargue.
Los demás miembros del Consejo de Facultad son docentes ordinarios en sus
respectivas categorías, son elegidos por un periodo de tres años, al cabo de los
cuáles podrán ser reelegidos como miembros del Consejo de Facultad se pierde
por lo siguiente:
a. Por cese del docente.
b. Por cambio de categoría
c. Por ausencia de la Universidad por un periodo de seis meses con licencia.
d. Por acumulación de tres (3) faltas consecutivas o cinco (5) no
consecutivas a las sesiones de Consejo de Facultad; faltas que no hayan
sido debidamente justificadas.
2.2. De los estudiantes representantes del Tercio Estudiantil a. Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo de Facultad.
b. Participar con voz y voto en los asuntos que se tratan en el Consejo de
Facultad.
c. Cumplir con las tareas o encargos que se les asigne.
d. Otras que el Consejo de Facultad o el Decano se encargue
Los estudiantes también son elegidos en forma democrática, por un periodo de un
año y no podrán ser reelegidos. La designación como miembro del Consejo de
Facultad se pierde por:
a. Acumulación de tres (3) faltas consecutivas o cinco (5) no consecutivas a
las sesiones del Consejo de Facultad.
b. Por faltas graves en contra de docentes, personal administrativo o de
otros estudiantes.
2.3. Del representante de los Graduados
a. Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo de Facultad.
b. Participar con voz, pero no con voto en las sesiones del Consejo.
c. Cumplir con las tareas o encargos que se le asigne.
El representante de los graduados, también será elegido democráticamente por un
periodo de tres (03) años, no reelegible y pierde su designación por causas similares
a las de los demás representantes de los estudiantes.
340
CAPÍTULO II
ÓRGANO DE DIRECCIÓN
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN
EL DECANATO, es el órgano de Dirección de la Facultad; ejerce esta función el
DECANO, quien es la máxima autoridad representativa, preside las sesiones del
Consejo de Facultad y ejecuta sus acuerdos; el Decanato es el órgano responsable de la
gestión académico administrativa de la Facultad.
En caso de ausencia prolongada en el país o fuera de ella o por renuncia del Decano, el
Decano Sustituto asumirá el Decanato con todas sus atribuciones, fundones y
prerrogativas, previa Resolución Rectoral de encargo. En caso de ausencias de corta
duración del Decano, el Decano Sustituto ejerce únicamente las funciones expresamente
delegadas por el titular.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO
2.1 Del Decano de la Facultad de CECA
El Decano es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de gestión y
dirección y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad. El cargo de Decano es a
dedicación exclusiva e incompatible con cualquier otra función, empleo público o
privado; es elegido en virtud a los artículos 97°, 98° y 100° del Estatuto; siendo sus
funciones las siguientes:
a. Presidir el Consejo de Facultad.
b. Ejercer la gestión académica administrativa de la Facultad.
c. Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y el Consejo
Universitario.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria,
Consejo Universitario y Consejo de Facultad, sí como las disposiciones
relativas a la Facultad.
e. Proponer ante el Consejo de Facultad la terna para la elección del
Secretario Académico de la Facultad.
f. Cumplir y hacer cumplir los Planes de Desarrollo y de funcionamiento de
la Facultad.
g. Autorizar la ejecución del presupuesto de la Facultad y velar por su
estricto cumplimiento.
h. Supervisar la labor del personal docente y personal administrativo de la
Facultad.
i. Remitir a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su
compatibilización, el Plan General de Funcionamiento y Desarrollo,
aprobado por el Consejo de Facultad.
j. Dictar medidas extraordinarias para solucionar situaciones de
emergencia, con cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los
15 días siguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de
emergencia que las provocarán.
k. Proponer al Consejo de Facultad la conformación de comisiones
especiales para asuntos que estime conveniente.
l. Refrendar los diplomas de Bachiller, los Títulos Profesionales y de
Segunda Especialización; así como otras certificaciones que expida la
Facultad.
341
m. Proponer al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la
conformación de la Comisión Académica, otras comisiones y el delegado
del Consejo ante la Comisión de Planificación.
n. Proponer, con sujeción al Art. 25° del estatuto, ante el consejo de
Facultad, la terna para el cargo de Director de la Escuela Académico
Profesional de Contabilidad y de la Escuela Académico Profesional de
Economía.
o. Proponer ante el Consejo de Facultad, las ternas para los cargos de
Director de Institutos de Investigación, de Centros de Proyección y
Extensión Universitaria y del Centro de Producción.
p. Consolidar y presentar al Consejo de Facultad y al Rectorado, la
Memoria Anual de la Facultad de CECA.
q. Otras que establezca el Reglamento Interno de la Facultad de CECA.
Son causas de vacancia del cargo de Decano, las establecidas en el artículo 105° del
Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca.
CAPITULO III
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO
La Facultad de CECA de la UNC, cuenta con la Comisión Académica y la Comisión de
Planificación como órganos de asesoramiento:
1.1. DE LA COMISIÓN ACADÉMICA
La Comisión Académica de la Facultad de CECA está integrada por tres profesores
nombrados, principales o asociados, elegidos por el Consejo de Facultad, por un
periodo de tres (03) años reelegibles y por un representante del Tercio Estudiantil,
designado por el respectivo Centro Federado, será presidido por un docente miembro
del Consejo de Facultad.
Son funciones de la Comisión Académica de la Facultad de CECA:
a. Proponer al Consejo de Facultad las bases y lineamientos generales para el
diseño curricular de las Carreras Profesionales de Contabilidad y
Economía y de otras que se podrían crear.
b. Proponer al Consejo de Facultad, para su aprobación, la normatividad y
criterios según los cuales se organizan y funcionan las actividades
académicas de la Facultad.
c. Actuar como órgano consultivo del Consejo de Facultad.
d. Asesorar a las unidades orgánicas que integran la Facultad, en asuntos de
su competencia.
e. La elaboración de reglamentos específicos de la Facultad que sean de su
competencia.
f. Los demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el
Decano.
1.2. DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN
La Comisión de Planificación de la Facultad de CECA está integrado por tres (3)
profesores nombrados, principales o asociados, uno de ellos, delegado del Consejo de
Facultad; elegidos por el Consejo de Facultad, todos por un periodo de tres años,
342
reelegibles; se agrega el tercio estudiantil designado por el respectivo Centro
Federado.
La Comisión de Planificación será presidida por un docente miembro de la Comisión
y del Consejo de Facultad.
Son funciones de la Comisión de Planificación de la Facultad de CECA:
a. Elaborar los horarios de clase, en coordinación con las Escuelas
Académico – Profesionales de Contabilidad y Economía y los
Departamentos Académicos respectivos; racionalizando el uso de aulas,
laboratorio, equipos y otros.
b. Formular el Proyecto del Plan de Desarrollo Institucional Integrado de la
Facultad, en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina
General de Planificación y Presupuesto.
c. Formulación y actualización del Plan de Trabajo Institucional.
d. Formular el Proyecto y evaluar la ejecución del presupuesto integrado de
la Facultad.
e. Supervisar el funcionamiento del Centro de Cómputo y otros servicios que
ofrece la Facultad.
f. Asesorar a las Unidades orgánicas de la Facultad.
g. Revelar, actualizar y difundir las estadísticas de la Facultad.
h. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el
Decano.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
2.1. COMISIÓN ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE CECA
La Comisión Académica de la Facultad de CECA, está integrada por tres (03)
docentes nombrados, un Presidente, un Secretario y un Vocal, las Escuelas
Académico- Profesionales necesariamente deben tener por lo menos un miembro en
la Comisión, mas un representante del tercio estudiantil.
2.1.1 DEL PRESIDENTE
a. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión.
b. Representar a la Comisión Académica ante el Consejo de Facultad.
c. Representar a la Facultad ante el Consejo Académico de la Universidad.
d. Coordinar las labores académicas con los organismos pertinentes
e. Velar y supervisar el cumplimiento de las acciones programadas.
f. Presentar ante el Consejo de Facultad los informes de las actividades de
la Comisión.
g. Disponer que el secretario de la Comisión Académica cite a las sesiones
ordinarias y extraordinarias.
h. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de ausencia
temporal.
i. Otras que le encargue el Consejo de Facultad o el Decano.
2.1.2 DEL SECRETARIO
a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos de la Comisión Académica.
b. Decepciona la documentación dirigida a la comisión y presentarla
oportunamente al Presidente para su trámite respectivo.
343
c. Mantener al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el
Archivo de la Comisión.
d. Elaborar y remitir toda la documentación que emane de la Comisión.
e. Gestionar ante la Comisión de Planificación de la Facultad, los materiales
necesarios para el buen funcionamiento de la Comisión.
f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión Académica.
2.1.3 DEL VOCAL
a. Asistir obligatoriamente a las sesiones de trabajo de la Comisión.
b. Participar de manera activa y funcional en las sesiones y cumplir con los
encargos que le asigne la Comisión.
2.1.4 DEL REPRESENTANTE DEL TERCIO ESTUDIANTIL
a. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Comisión.
b. Participar activamente en las sesiones y cumplir con los encargos que le
asigne la Comisión.
2.2. COMISION DE PLANIFICACIÓN DE LA FACULTA DE CECA
La Comisión de Planificación de la Facultad de CECA, está integrada por tres (03)
profesores nombrados, principales o asociados y un representante del tercio
estudiantil. Está conformada por un Presidente, un Secretario y un Vocal y serán
elegidos entre los docentes integrantes de la Comisión.
2.2.1. DEL PRESIDENTE
a. Representar a la Comisión ante el Decanato, Consejo de Facultad y otros
organismos de la Universidad.
b. Disponer que el Secretario cite a las sesiones ordinarias y extraordinarias
de la Comisión.
c. Dirigir las sesiones de la Comisión.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión.
e. Delegar por escrito al secretario, su representación en caso de ausencia
temporal.
f. Presentar los planes y proyectos formulados por la Comisión, ante el
Consejo de Facultad en los plazos establecidos.
2.2.2. DEL SECRETARIO
a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos tomados en las sesiones de la
Comisión.
b. Decepciona la documentación dirigida a la Comisión y presenta
oportunamente ante el Presidente para el respectivo trámite.
c. Mantener al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el
Archivo de la Comisión.
d. Redactar y tramitar toda la documentación que emanan de la Comisión.
e. Gestionar los materiales necesarios para el normal funcionamiento de la
Comisión.
f. Otras que le encomiende el Presidente de la Comisión.
2.2.3. DEL VOCAL
a. Asistir con puntualidad y participar adecuadamente en todas las sesiones
de la Comisión.
344
b. Cumplir oportunamente con los encargos que se les asigne por acuerdo
de la Comisión o a la solicitud del Presidente.
2.2.4. DEL REPRESENTANTE DEL TERCIO ESTUDIANTIL
a. Asistir y participar en todas las sesiones de la Comisión.
b. Cumplir oportunamente con los encargos que le asigne la Comisión.
CAPITLO IV
ÓRGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE APOYO
La Facultad de CECA cuenta con la Secretaría Académica y los Departamentos
Académicos de Contabilidad, Administración y el de Economía como órganos de
apoyo:
DE LA SECRETARÍA ACADÉMICA
Es el órgano de apoyo encargado de organizar y controlar el servicio de trámite
documentario, archivo, matrículas, notas y certificados, grados y títulos, biblioteca
especializada, abastecimiento general y otros. Depende jerárquicamente del Decano
y está a cargo de un profesor nombrado, con categoría de principal o asociado y
elegido por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el Decano, su
elección es por un periodo de tres (03) años.
La Oficina de la Secretaría Académica, para cumplir con sus funciones estará
integrada de la siguiente manera:
a. El Secretario Académico.
b. Técnico Administrativo I (Secretaria del Decano).
c. Técnico Administrativo I (Notas, matrículas, Grados y Títulos)
d. Técnico Administrativo I (Biblioteca Especializada)
e. Oficinista I (Apoyo secretaría).
DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CONTABILIDAD Y
ADMINISTRACIÓN
Es una Unidad de Servicio Académico de la Facultad de CECA, pero que también
puede servir a otras Facultades, a la Escuela de Post Grado y a otras dependencias
universitarias que lo requieran. Reúne a los docentes que cultivan las disciplinas de
las ciencias contables, financieras y afines.
Está a cargo de un Jefe, elegido de entre sus miembros, por un periodo de tres años,
reelegible. Para ser jefe de departamento se requiere ser profesor nombrado, en la
categoría de Principal o asociado: para su gestión y funcionamiento, cuenta con los
órganos siguientes:
a. Asamblea del Departamento.
b. Consejo de Coordinación
c. Jefatura.
1.2.1. DE LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE
CONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN
Está conformado por la totalidad de docentes ordinarios adscritos al
Departamento, Los no ordinarios asisten sólo con derecho a voz.
345
Sus funciones son:
a. Elegir al Jefe de Departamento, pronunciarse sobre su renuncia y
declarar su vacancia.
b. Elegir, de entre sus miembros, a los responsables de los Laboratorios,
Gabinetes y Museos dependientes del Departamento.
c. Organizar y conducir eventos de naturaleza académica, previa
aprobación del Consejo de Facultad.
d. Evaluar anualmente los resultados de la gestión académica y
administrativa del Departamento.
e. Elaborar, modificar o reformar el Reglamento Interno del Departamento,
que deberá ser aprobada por el Consejo de Facultad.
f. Determinar, elaborar y actualizar los silabeos de acuerdo con los
requerimientos curriculares.
g. Administrar los laboratorios, Gabinetes, Museos y otros bienes y servicio
que están a su cargo.
h. Organizar las actividades académicas de sus docentes en base a la
cátedra.
1.2.2. DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN
Está conformado por el Jefe de Departamento de Contabilidad y Administración,
quien lo preside, y los coordinadores de las Áreas Académicas del
Departamento.
Sus funciones son:
a. Proponer ante la Asamblea de Departamento los lineamientos de política
académica, investigación y producción intelectual de los miembros del
Departamento.
b. Difundir la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística
de los integrantes del Departamento.
c. Coordina la realización de Eventos de Actualización, capacitación y
Perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.
d. Pronunciarse sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento
o contrato con sujeción al dictamen conjunto de las Oficinas Generales
de Planificación y Presupuesto y Desarrollo Académico.
e. Formular, ejecutar y evaluar sus planes de funcionamiento y desarrollo
así como presentar sus requerimientos presupuestales al Consejo de
Facultad correspondiente.
f. Emitir opinión con respecto a las licencias de los docentes.
DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMÍA
Es una Unidad de Servicio Académico de la Facultad de CECA, pero que también
puede servir a otras Facultades, a la Escuela de Post Grado y a otras dependencias
universitarias que lo requieran. Reúne a los docentes que cultivan las disciplinas de
las ciencias Económicas y afines.
DE LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE
ECONOMÍA
346
(Funciones similares a la Asamblea del Departamento de Contabilidad y
Administración)
DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN DE DEPARTAMENTO
ACADÉMICO DE ECONOMÍA
(Funciones similares a las del Consejo de Coordinación del Departamento
Académico de Contabilidad y Administración).
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
DEL SECRETARIO ACADÉMICO
Además de los requisitos establecidos en le Artículo 24° del Estatuto, para ser
Secretario Académico, se requiere ser titulado o post graduado en las Carreras
Profesionales de las Ciencias Económicas, Contables, Financieras o Administrativas
y no ser miembro del Consejo de Facultad.
El Secretario Académico es designado por el Consejo de Facultad de una terna
propuesta por el Decano, para un periodo de 03 años, renovables; tiene como
sustituto a los demás integrantes de la terna. Tiene las funciones siguientes:
a. Actúa como Secretario del Consejo de Facultad, solo con derecho a voz.
b. Administra los sistemas de información, archivo, trámite documentad de la
Facultad y en particular, del Consejo de Facultad.
c. Actúa como fedatario de la Facultad de CECA.
d. Proyecta, registra y notifica las resoluciones del Consejo de Facultad y del
Decanato.
e. Mantiene actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.
f. Custodia el patrimonio de la Facultad a su cargo.
g. Controla el desempeño de funciones el personal administrativo y de
servicios asignados a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decano,
sobre los aspectos que trascienden sus atribuciones.
h. Refrenda diplomas de grados académicos y títulos profesionales que otorga
la Facultad.
i. Refrenda las certificaciones o constancias que expide la Facultad.
j. Organiza y conduce el registro de matrículas, notas, grados y títulos
profesionales; hasta la implementación de la quinta disposición
complementaria del Estatuto.
k. Coordina, supervisa y controla la organización y funcionamiento de la
biblioteca especializada.
l. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.
DE LA SECRETARIA DEL DECANATO
TÉCNICO ADMINISTRATIVO I T3-05-707-1
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo
de la Facultad.
Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y
archivo de documentos técnicos.
347
Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y documentos
técnicos en las áreas de los sistemas.
Coordinar actividades administrativas sencillas.
Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.
Recopilar y preparar información para estudios e investigaciones.
Apoyar las acciones de comunicación, información y RR.PP
Colaborar en la programación de actividades técnico administrativas y en
reuniones de trabajo.
Verificar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.
REQUISITOS MINIMOS
Instrucción Secundaria Completa
Capacitación técnica en el área.
Alguna experiencia en labores de la especialidad.
OFICINISTA I A2-05-550-1
(Apoyo Secretaría)
NATURALEZA DE LA CLASE
Ejecución de actividades variadas de Oficina.
ACTIVIDADES TÍPICAS
Recibir, revisar, registrar y/o clasificar correspondencia y/o documentación
variada.
Redactar comunicaciones tales como: proveídos, memorandum y otros
documentos de rutina.
Mecanografiar oficios, circulares, matrices para impresiones y otra
documentación similar.
Llevar archivo variado, libros de consulta, mapas y similares.
Informar a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que
cumple la oficina.
Tomar dictado taquigráfico de ka correspondencia, dictámenes y otros.
Puede corresponderle mecanografiar y decepciona mensajes por fax,
confeccionar inventarios sencillos, llevar controles diversos de personal,
controlar el stock de útiles y materiales similares.
REQUISITOS MÍNIMOS
Instrucción Secundaria Completa.
Alguna experiencia en labores sencillas de Oficina.
ALTERNATIVA
Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.
DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y
ADMINISTRACIÓN
Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de CECA. Son sus atribuciones
y funciones del Jefe del Departamento Académico de Contabilidad y
Administración, las siguientes:
348
Sus funciones son:
a. Representar legalmente al Departamento Académico.
b. Presidir la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.
c. Proponer al Consejo de Facultad, el nombramiento, ratificación, ascenso y
contrato de docentes del Departamento.
d. Proponer al Consejo de Facultad, correspondiente o al Consejo de la Escuela
de Post Grado, los candidatos al goce de Año Sabático.
e. Proponer al Consejo de Facultad, los docentes para conformar Jurados en el
concurso de Cátedra, así como para sustentación de tesis y demás
modalidades de titulación.
f. Cumplir y hacer cumplir los Acuerdos de la Asamblea y Consejo de
Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos
competentes.
g. Los señalados en los incisos a), d), e), f) del artículo 40° del Estatuto.
El cargo de Jefe de Departamento Académico de Contabilidad y Administración
vaca por:
a. Las causales establecidas para los Decanos en el artículo 105° del Estatuto.
b. Muerte
c. Término de su condición de docente ordinario.
El Departamento Académico de Contabilidad y Administración cuenta con un
Secretario Docente, designado por el Jefe en el mismo momento de su elección y
con funciones análogas a las de los Secretarios de las Comisiones Académicas y
Planificación de la Facultad de CECA.
DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMÍA
Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de CECA. Son atribuciones y
funciones del Jefe de Departamento Académico de Economía, las siguientes:
Sus funciones son:
a. Representa legalmente al Departamento Académico.
b. Preside la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.
c. Propone al Consejo de Facultad, el nombramiento, ratificación, ascenso y
contrato de docentes del Departamento.
d. Propone al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la Escuela
de Post Grado, los candidatos al goce de Año Sabático.
e. Propone al Consejo de Facultad, los docentes para conformar Jurados en el
concurso de cátedra, así como para sustentación de tesis y demás
modalidades de titulación.
f. Cumple y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea y Consejo de
Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos
competentes.
g. Coordina la actividad académica de sus miembros, en función de los
requerimientos curriculares de las respectivas carreras profesionales, en
coordinación con las Escuelas Académicos Profesionales.
h. Elabora su Plan de Trabajo y su Proyecto Anual de Presupuesto.
i. Propone la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección social
de sus docentes, entre otros, e informar a la respectiva Escuela Académico
349
Profesional para efectos de supervisión del desarrollo de los contenidos
curriculares.
j. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.
El cargo de Jefe de Departamento Académico de Economía vaca por:
a. Las causales establecidas para los decanos en el artículo 105° del
Estatuto.
b. Muerte
c. Término de su condición de docente ordinario.
El Departamento Académico de Economía, cuenta con un Secretario Docente,
designado por el Jefe en el mismo momento de su elección y con funciones
análogas a las de los Secretarios de las Comisiones Académica y Planificación
de la Facultad de CECA.
CAPITULO IV
ÓRGANOS DE LÍNEA
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA
La Facultad de CECA cuenta con Órganos de Línea con la Escuela Académico
Profesional de Contabilidad y la Escuela Académico Profesional de Economía, el
Centro de Investigaciones Contables, el Centro de Investigaciones de Económicas y el
Centro de Extensión y Proyección Económico – Contables (en vías de oficialización).
1.1. LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
La Escuela Académico Profesional de Contabilidad, es un órgano integrado a la
facultad CECA, que se encarga de la administración curricular, con sujeción a los
lineamientos generales de la Facultad; depende jerárquicamente del Decano a través
de su Director.
La Escuela Académico Profesional de Contabilidad se encarga de ejecutar, orientar
y conducir la formación profesional de los estudiantes, organizar y conducir el
aspecto académico-curricular en concordancia con los Planes de la Facultad. Son sus
funciones y atribuciones de la Escuela, las siguientes:
a. Diseña el Currículo en coordinación con la Comisión Académica, para
proponerlo al Consejo de Facultad y aplicarlo una vez aprobado por éste.
b. Aprueba los sílabos elaborados por los Departamentos Académicos y ponerlo
a disposición de los alumnos, a inicio de cada periodo lectivo.
c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas e informar los resultados al
Consejo de Facultad.
d. Proponer al Consejo de Facultad, las asignaturas a dictarse en cada ciclo o
periodo académico.
e. Opina sobre la distribución de carga lectiva propuesta por el Departamento
Académico de Contabilidad y Administración, en las asignaturas de su
competencia.
f. Propone anualmente al Consejo de Facultad en número de vacantes para la
Escuela.
g. Opina en las solicitudes de traslado interno del estudiante, así como en las
convalidaciones de estudios realizados en otras Escuelas o Universidades.
350
La Escuela Académico Profesional de Contabilidad cuenta con un Consejo
Directivo y un Director.
1.1.1. DEL CONSEJO DIRECTIVO
Está conformado por:
a. El Director, quien lo preside.
b. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad, de una terna
propuesta por el Director.
c. Un estudiante regular de los dos últimos años, designado por el Consejo
de Facultad.
El Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad, se
reúne por lo menos una vez al mes, son sus funciones:
a. Evaluar, actualizar o reformular el currículo de la Carrera Profesional de
Contador Público.
b. Formular los lineamientos de política educativa de la Escuela Académico
Profesional de Contabilidad.
c. Solicita al Departamento Académico correspondiente, la atención de las
necesidades de carga horaria docente.
d. Propone anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para
admisión de estudiantes.
e. Emite opinión para traslados internos de estudiantes, así como en las
convalidaciones de asignaturas
f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de matrícula.
g. Otras que le sean asignadas.
A parte del Director, los otros dos miembros del Consejo Directivo asumirán los
cargos de Secretario y Vocal, con las funciones inherentes a los cargos.
1.2. LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ECONOMÍA
La Escuela Académico Profesional, depende jerárquicamente del Decano a través de
su Director.
La Escuela Académico Profesional de Economía, se encarga de ejecutar, orientar y
conducir la formación profesional de los estudiantes, organizar y conducir el
aspecto académico-curricular en concordancia con los Planes de la Facultad. Son sus
funciones y atribuciones de la Escuela, las siguientes:
a. Diseña el Currículo en coordinación con la Comisión Académica, para
proponerlo al Consejo de Facultad y aplicarlo una vez aprobado por éste.
b. Aprueba los sílabos elaborados por los Departamentos Académicos y
ponerlo a disposición de los alumnos, a inicio de cada periodo lectivo.
c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas e informar los resultados
al Consejo de Facultad.
d. Proponer al Consejo de Facultad, las asignaturas a dictarse en cada ciclo o
periodo académico.
e. Opina sobre la distribución de carga lectiva propuesta por el Departamento
Académico de Economía, en las asignaturas de su competencia.
351
f. Propone anualmente al Consejo de Facultad en número de vacantes para la
Escuela.
g. Opina en las solicitudes de traslado interno del estudiante, así como en las
convalidaciones de estudios realizados en otras Escuelas o Universidades.
La Escuela Académico Profesional de Economía cuenta con un Consejo Directivo y
un Director.
1.1.2. DEL CONSEJO DIRECTIVO
Está conformado por:
a. El Director, quien lo preside.
b. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad, de una terna
propuesta por el Director.
c. Un estudiante regular de los dos últimos años, designado por el Consejo
de Facultad.
El Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional de Economía, se
reúne por lo menos una vez al mes, son sus funciones:
a. Evaluar, actualizar o reformular el currículo de la Carrera Profesional de
Economista.
b. Formular los lineamientos de política educativa de la Escuela Académico
Profesional de Economía.
c. Solicita al Departamento Académico correspondiente, la atención de las
necesidades de carga horaria docente.
d. Propone anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para
admisión de estudiantes.
e. Emite opinión para traslados internos de estudiantes, así como en las
convalidaciones de asignaturas
f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de matrícula.
g. Otras que le sean asignadas.
A parte del Director, los otros dos miembros del Consejo Directivo asumirán los
cargos de Secretario y Vocal, con las funciones inherentes a los cargos.
1.3 DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES CONTABLES (CIC)
La investigación es una función esencial de la Facultad y de la Universidad, es
realizada por sus docentes y estudiantes con la colaboración del personal
administrativo.
El Centro de Investigación Contable (CIC) de la Facultad de CECA, es un órgano
encargado de realizar investigación científica en el campo de las ciencias contables
y financieras, como fuente de creación y elemento de modernización académica,
actividades ligadas principalmente a la solución de los problemas locales, regionales
y nacionales, dicho centro está a cargo de un docente nombrado, elegido por el
Consejo de Facultad de una terna, propuesta por el Decano.
Son funciones del Centro de Investigaciones Contables (CIC) de la Facultad de
CECA, las siguientes:
352
a. Propone los lineamientos de la política de investigación de la Escuela
Académico Profesional de Contabilidad para su aprobación por el Consejo
de Facultad.
b. Promueve la investigación en el campo de las ciencias contables y
financieras, preferentemente a través de proyectos interdisciplinarios.
c. Evalúa con sentido crítico los resultados de la investigación.
d. Mantiene relaciones con el CONCYTEC, con Centros de Investigación de
otras Facultades y con otras instituciones similares.
e. Apoya la asistencia de los docentes investigadores a certámenes científicos
nacionales o internacionales.
f. Publica anualmente lo resultados de la investigación.
g. Promueve la optimización en el aprovechamiento de los recursos económico
financieros, a fin de contribuir a mejorar los niveles de producción y
rendimientos.
El Centro de Investigaciones Contables (CIC), depende jerárquicamente del Consejo
de Facultad, esta presidido por un Director, se designarán coordinadores, unos por
cada línea de investigación; el Director y los coordinadores formarán el Consejo
Directivo del CIC; serán elegidos por el Consejo de Facultad por un periodo de tres
(03) años, reelegibles; así mismo forman parte del Consejo Directivo del CIC, un
alumno representante del Tercio Estudiantil.
1.4. DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES ECONÒMICAS (CIE)
La investigación es una función esencial de la Facultad y de la Universidad, es
realizada por sus docentes y estudiantes con la colaboración del personal
administrativo.
El Centro de Investigaciones Económicas (CIE) de la Facultad de CECA, es un
órgano encargado de realizar investigación científica en el campo de las ciencias
económicas, como fuente de creación y elemento de modernización académica,
actividades ligadas principalmente a la solución de los problemas locales, regionales
y nacionales; dicho Centro está a cargo de un docente nombrado, elegido por el
Consejo de Facultad de una terna propuesta por el Decano.
Son funciones del Centro de Investigaciones Económica (CIE) de la Facultad de
CECA, las siguientes:
a. Propone los lineamientos de la política de investigación de la Escuela
Académico Profesional de Economía para su aprobación por el Consejo de
Facultad.
b. Promueve la investigación en el campo de las ciencias económicas, en líneas
de desarrollo económico, proyectos de inversión, las finanzas y otras
actividades académicas, preferentemente a través de proyectos
interdisciplinarios.
c. Evalúa con sentido crítico los resultados de la investigación.
d. Mantiene relaciones con el CONCYTEC, con Centros de Investigación de
otras Facultades y con otras instituciones similares.
e. Apoya la asistencia de los docentes investigadores a certámenes científicos
nacionales o internacionales.
f. Publica anualmente los resultados de la investigación.
353
El Centro de Investigaciones Económicas (CIE), depende jerárquicamente del
Consejo de Facultad, está presidido por un Director, se designarán coordinadores,
uno por cada línea de investigación; el Director y los coordinadores formarán el
Consejo Directivo del CIE serán elegidos por el Consejo de Facultad por un periodo
de tres (03) años, reelegibles, asimismo formarán parte del Consejo Directivo del
CIE un alumno representante del Tercio Estudiantil.
1.5. DEL CENTRO DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA
DE LA FACULTAD CECA
Adscrito a la Facultad de CECA, es el órgano encargado de realizar actividades de
extensión y proyección universitaria en el ámbito de influencia de la Facultad, está a
cargo de un docente nombrado por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano.
Son funciones del Centro:
a. Formula y propone ante el Consejo de Facultad, los lineamientos generales
de la política de extensión y proyección universitaria de la Facultad en
coordinación con la Oficina General de Extensión y Proyección
Universitaria de la Universidad.
b. Coordina, asesora y apoya la labor de extensión y proyección universitaria
de los docentes y alumnos, en beneficio de empresarios y productores de la
zona y de la región, con énfasis en el sector agropecuario y agroindustrial.
c. Elabora y propone las directivas y reglamentos internos para el
cumplimiento de sus fines y objetivos.
d. Promueve l participación de la facultad en la solución de los problemas de
los sectores productivos y de servicios, coordinando la movilización de los
recursos humanos y materiales disponibles.
e. Asesoramiento profesional y técnico a empresarios y productores de la zona
y la región, así como a instituciones y a la promoción, organización y
desarrollo de eventos.
f. Establecer relaciones con los organismos nacionales y extranjeros a fin de
lograr convenios para lograr apoyo de las actividades de Extensión y
Proyección de la Facultad.
g. Programa y desarrolla actividades culturales, educativas y artísticas con la
participación de docentes y alumnos de la facultad.
h. Cumple con los convenios y acuerdos que se les encargue.
i. Evalúa con sentido crítico positivo los resultados de la proyección realizada
por la Facultad.
El Consejo Directivo del CEPU-CECA, está constituido por tres profesores
nombrados, adscritos a los Departamentos Académicos de Contabilidad y
Administración y de Economía respectivamente; quienes serán designados por el
Consejo de Facultad por un periodo de tres (03) años reelegibles; está presidido por
un Directos y completan los cargos el Secretario y el Vocal; además forma parte del
CEPU-CECA, el alumno representante del Tercio Estudiantil.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
2.1. DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE
CONTABILIDAD
El Director de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad es designado por
el Consejo de Facultad de una terna propuesta por el Decano, su designación es por
tres años renovables.
354
Sus funciones son:
a. Representa a la Escuela y asiste al Consejo de Facultad y al Consejo
Académico, sólo con derecho a voz.
b. Preside el Consejo Directivo de la Escuela.
c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con los sílabos
e informar los resultados al Decano.
d. Cumple y hace cumplir los Acuerdos del Consejo Directivo y de los Órganos
de Gobierno de la Universidad.
e. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.
2.2. DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE
ECONOMÍA
El Director de la Escuela Académico Profesional de Economía es designado por el
Consejo de Facultad de una terna propuesta por el Decano, su designación es por
tres años renovables.
Sus funciones son:
f. Representa a la Escuela y asiste al Consejo de Facultad y al Consejo
Académico, sólo con derecho a voz.
g. Preside el Consejo Directivo de la Escuela.
h. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con los sílabos
e informar los resultados al Decano.
i. Cumple y hace cumplir los Acuerdos del Consejo Directivo y de los Órganos
de Gobierno de la Universidad.
j. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.
2.3. DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES
CONTABLES (CIC)
Para ser Director del CIC, se requiere ser profesor nombrado en la categoría de
Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad, adscrito al Departamento
Académico de Contabilidad y Administración, en la profesión correspondiente.
Son sus funciones:
a. Preside el Consejo Directivo del CIC.
b. Administra el Centro con sujeción al Estatuto de la UNC, a sus reglamentos,
a los reglamentos de la Facultad y al reglamento del Centro.
c. Representa legalmente al Centro ante la Oficina General de Investigación de
la UNC en los diferentes eventos y actividades que éstos realicen y en los
que sea requerido.
d. Aprueba en primera instancia los Planes y Presupuesto del Centro, así como
elaborar el Manual de Organización y Funciones del Centro para su
aprobación por el Consejo de Facultad.
e. Vela por el buen funcionamiento y mantenimiento del CIC, así como por la
ejecución de las actividades programadas.
f. Presenta oportunamente el Informe Semestral y la Memoria Anual al
Consejo de Facultad.
g. Cumple y hace cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y del Consejo de
facultad en relación a la labor de investigación.
h. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.
355
2.3.1. DEL COORDINADOR DE LÍNEA DE INVESTIGACIÓN
Podrán ser designados como Coordinadores de Líneas de Investigación los
profesores nombrados en la categoría de Principal o Asociado, adscritos al
Departamento Académico de contabilidad y Administración.
Son sus funciones:
a. Planifica y ejecuta las acciones y metas a cumplir en el corto, mediano y
largo plazo, enmarcados en las políticas y líneas del Centro, en
coordinación con el Director.
b. Coordina la labor de investigación de docentes y estudiantes de la
Facultad.
c. Presenta oportunamente el Informe Semestral y Anual de la línea a su
cargo, que servirán de base para la elaborar los informes del Centro.
d. Asiste y participa en las sesiones del Consejo Directivo del CIC,
convocados por el Director.
e. Cumple con los acuerdos del Consejo Directivo y con los encargos del
Director.
2.4. DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN ECONÓMICAS
(CIE)
Para ser Director del CIE, se requiere ser profesor nombrado en la categoría de
Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad, adscrito al Departamento
Académico de Economía, con la profesión de Economista.
Sus funciones son:
a. Preside el Consejo Directivo del CIC.
b. Administra el Consejo con sujeción al Estatuto de la UNC, a sus
reglamentos, a los reglamentos de la Facultad y al reglamento del centro.
c. Representa legalmente al Centro ante la Oficina General de Investigación de
la UNC en los diferentes eventos y actividades que éste realice y en los que
sea requerido.
d. Aprueba en primera instancia los Planes y Presupuestos del Centro, así como
elaborar el Manual de Organización y Funciones del Centro para su
aprobación por el Consejo de Facultad.
e. Vela por el buen funcionamiento y mantenimiento del CIE.
f. Gestiona y suscribe convenios con los organismos pertinentes para obtener
los medios y recursos que coadyuven al adecuado funcionamiento del
Centro.
g. Presenta oportunamente el Informe Semestral y la Memoria Anual al
Consejo de Facultad.
h. Cumple y hace cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y del Consejo de
Facultad en relación a la labor de investigación.
i. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.
2.4.1. DEL COORDINADOR DE LÍNEA DE INVESTIGACIÓN
Podrán ser designados como Coordinadores de Líneas de Investigación los
profesores nombrados en la categoría de Principal o Asociado, adscritos al
Departamento Académico de Economía.
Sus funciones son:
356
a. Planifica y ejecuta las acciones y metas a cumplir en el corto, mediano y
largo plazo, enmarcados en las políticas y líneas del Centro, en
coordinación con el Director.
b. Coordinar la labor de investigación de docentes y estudiantes de la
Facultad.
c. Presenta oportunamente el Informe Semestral y anual de la línea a su
cargo, que servirán de base para elaborar los informes del Centro.
d. Asiste y participa en las sesiones del Consejo Directivo del CIC,
convocados por el Director.
e. Cumple con los acuerdos del Consejo Directivo y con los encargos del
Director.
DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN
UNIVERSITARIA (CEPU) DE LA FACULTAD DE CECA
Para ser designado Director de éste Centro se requiere ser profesor nombrado en la
categoría de Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad y haber
realizado actividades relacionadas con la Extensión y Proyección a la comunidad.
Sus funciones son:
a. Representa al CEPU ante la Oficina General de Extensión y Proyección
Universitaria de la UNC, así como ante el Consejo de Facultad y otras en
las que sea requerido.
b. Preside el Consejo Directivo del CEPU – CECA.
c. Elabora en coordinación con los otros miembros del Consejo Directivo,
los Planes y Presupuesto para su aprobación por el Consejo de Facultad,
también deberá elaborar el Manual de Organizaciones y Funciones del
CEPU para su aprobación.
d. Vela por el cumplimiento de las acciones programadas y un adecuado
funcionamiento del Centro.
e. Cumple y hace cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, del Consejo
de Facultad y de la Oficina General de Extensión y Proyección
Universitaria.
f. Gestiona y suscribe convenios con los organismos pertinentes para
coadyuvar a la ejecución de las acciones del CEPU-CECA.
g. Presenta oportunamente los informes semestrales y el informe anual del
CEPU-CECA.
h. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.
2.5.1. Del SECRETARIO
El Secretario del Consejo Directivo del CEPU-CECA, será un profesor
nombrado, adscrito a cualquiera de los Departamentos Académicos de la F-
CECA; siendo sus funciones:
a. Representa al Director en caso de ausencia.
b. Lleva al día el Libro de Actas del CEPU.
c. Asiste y participa en las reuniones del Consejo Directivo del CEPU.
d. Otras que le asigne al Director del CEPU.
2.5.2. Del VOCAL
Son funciones del Vocal del Consejo Directivo del CEPU:
a. Asiste y participa en las reuniones del Consejo Directivo.
357
b. Cumple con los acuerdos del Consejo Directivo.
c. Otras que le encargue el Director del CEPU.
CAPITULO VI
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
La Facultad de Ciencias Económicas, Contables y Administrativas cuenta con un
órgano desconcentrado: el Laboratorio de Cómputo, ―Segundo García Araujo‖, está
ubicado en los ambientes del Pabellón de la Facultad en la Ciudad Universitaria.
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DESCONCENTRADO
El Laboratorio de Cómputo ―SGA‖ de CECA, tiene como propósito servir para el
desarrollo de las actividades, de investigación y de extensión y proyección universitaria
de los docentes y estudiantes de la Facultad; además de la generación de recursos
propios a través del dictado de paquetes de computación a la comunidad en general.
El Centro de Cómputo planifica, organiza, ejecuta y supervisa las actividades de
servicio, priorizando la atención a los docentes y estudiantes en el desarrollo de sus
prácticas de investigación y proyección social.
Son funciones y atribuciones de los Centros de Producción de la Facultad, los
siguientes:
a. Formula, ejecuta y evalúa la política de gestión del Centro de Producción.
b. Establece, implementa y evalúa la organización interna del centro.
c. Aprueba la programación, implementación y ejecución de las actividades y
proyectos del centro y prestarlo al Consejo de Facultad para su aprobación
oficial.
d. Otras funciones que le asigne al Decano.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
El Laboratorio de Cómputo estará a cargo de un Director designado por el Consejo de
Facultad:
2.1. DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL LABORATORIO DE
CÓMPUTO ―SGA‖
El Presidente del Directorio del Centro será un docente nombrado en la categoría de
Principal o Asociado, adscrito a la F-CECA, elegido por el Consejo de Facultad de
una terna propuesta por el Decano, por un periodo de tres (03) años, reelegibles;
siendo sus funciones las siguientes:
a. Representa al Centro ante el Consejo de Facultad, Consejo de Centros
Productivos de la UNC y otros órganos que lo requieran.
b. Aprueba en primera instancia el Plan y Presupuesto del Centro.
c. Coordina estrechamente con el Decano, Directores de las Escuelas
Académico Profesionales y Jefes de los Departamentos Académicos de la F-
CECA para el buen funcionamiento del Centro y para el cumplimiento de
sus fines.
d. Convoca y preside reuniones periódicas del Directorio y personal del Centro
para analizar y evaluar el funcionamiento.
358
e. Presenta oportunamente los informes técnico-económicos, trimestrales y
anuales, al Consejo de Facultad, al Directorio y otros órganos pertinentes.
f. Gestiona y suscribe convenios con los organismos pertinentes para obtener
recursos y medios que coadyuven al adecuado funcionamiento y al
cumplimiento de los objetivos del Centro.
g. Cumple y hace cumplir las disposiciones emitidas del Decanato y Consejo
de Facultad.
h. Colabora con Docentes y estudiantes de la Facultad para la realización de
actividades académicas, de investigación, de extensión y proyección y
prácticas pre-profesionales que serán ejecutadas utilizando los ambientes del
Centro.
i. Otras que le sean encargadas por el Decano o el Consejo de Facultad.
2.2. DEL DIRECTOR DEL CENTRO
El Técnico Asistente del Centro es un profesional o un técnico con experiencia en el
área, dependerá del Presidente del Directorio, siendo sus funciones las siguientes:
a. Apoya al Presidente del Directorio en la programación y ejecución de
actividades que se programarán en el Centro.
b. Apoya y colabora con los docentes y estudiantes en las actividades
académicas, investigación y proyección y las prácticas pre – profesionales
que se programan en el Centro.
c. Vela por el uso adecuado de los materiales, instrumental, equipos y
maquinaria con que cuenta el Centro.
d. Vela por el mantenimiento y conservación de los materiales, instrumentos,
equipos y máquinas del Centro serán de su responsabilidad.
e. Lleva al día y tramita los documentos que ingresan y salen del laboratorio,
con previo conocimiento del Jefe del Laboratorio.
f. Otras que le asigne el Jefe del Laboratorio.
EL DECANATO
FACULTAD DE ZOOTECNIA
359
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL
RECTORADO
CONSEJO DE
FACULTAD
COMISIÓN
ACADÉMICA
COMISIÓN DE
PLANIFICACIÓN
DECANATO
DPTO. ACAD. DE
CIENCIAS PECUARIAS
SECRETARÍA
ACADÉMICA
ESCUALE ACAD. PROF. DE
ZOOTECNIA
CENTRO DE INVEST.
PECUARIA
CENTRO DE EXYENSIÓN Y
PROYECCIÓN UNIVERSITARIA
CENTRO DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN
DE SERVICIOS
360
TITULO II
DEL DISEÑO ORGANICO
1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE ZOOTECNIA.
a. Formación y perfeccionamiento de profesionales humanistas, investigadores,
científicos y técnicos de alta calidad académica, en el campo de la producción
animal, acorde con las necesidades del desarrollo agropecuario de Cajamarca, la
Región y del País.
b. Realizar investigación científica y tecnológica, como base del proceso
enseñanza—aprendizaje y de la proyección a la comunidad, acorde con los
objetivos de la Facultad, los planes de desarrollo de la Universidad, de la Región
y del País.
c. Periódicamente realizar la revisión y actualización de sus Planes de Estudio,
Currículo y contenidos de las asignaturas, adecuándolos a las exigencias de la
competitividad y modernidad de la producción animal.
d. Capacitación y perfeccionamiento de sus Docentes, Estudiantes, Graduados y
Personal Administrativo, para una mayor eficiencia y eficacia en su labor.
e. A través de sus Unidades Operativas, delinear y reglamentar sus acciones de
formación profesional, investigación, extensión y proyección universitaria, así
como la producción de bienes y prestación de servicios, enmarcados en la nueva
estructura orgánica de la Universidad y en armonía con el cumplimiento do sus
objetivos.
f. Generación, desarrollo, fomento y difusión de tecnologías apropiadas a la
Región para el incremento de la producción y mejoramiento de la productividad
animal, posibilitando su uso masivo e intensivo.
g. Realizar diagnósticos de la realidad regional y nacional en el campo pecuario y
proponer planes alternativos de desarrollo.
h. Compartir e intercambiar experiencias y coordinar acciones con otras Facultades
e Instituciones afines, nacionales y del extranjero.
i. Posibilitar a través de convenios la realización de Prácticas Pre-Profesionales de
sus estudiantes en Centros y Empresas dedicadas a la producción animal.
j. Realizar la evaluación trimestral y semestral del presupuesto y el Plan de
Trabajo.
k. Proponer el número de vacantes para el Concurso de Admisión de la UNC, en
base a sus recursos y a las necesidades de profesionales en el campo de la
producción animal.
361
l. Proponer a la Alta Dirección y órganos pertinentes, los aspectos relacionados
con la contratación, ratificación y ascensos, ceses y otros del proceso de personal
de la Facultad.
m. Fomentar la creación intelectual y artística, así como la práctica deportiva y
relaciones sociales entre sus miembros.
n. Fomentar entre sus miembros los valores éticos y cívicos, las actitudes de
responsabilidad y solidarias, así como las necesidades de unión, integración y
participación para el progreso institucional.
o. Desarrollar sus acciones enmarcadas en los lineamientos de política de la
Universidad, tomándolos en cuenta en la elaboración de su Plan de Desarrollo y
de sus Planes Operativos.
2. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Para el cumplimiento de sus funciones y el logro de sus objetivos, la Facultad de
Zootecnia cuenta con la estructura orgánica siguiente.
A. ORGANO DE GOBIERNO
- Consejo de Facultad
B. ÓRGANO DE DIRECCIÓN
- Decanato
C. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
- Comisión Académica.
- Comisión de Planificación.
D. ÓRGANOS DE APOYO
- Secretaría Académica.
- Departamento Académico de Ciencias Pecuarias:
* Laboratorio de Control de Alimentos.
* Laboratorio de Pastos y Forrajes.
* Gabinete de Zootecnia.
* Otros
E. ÓRGANOS DE LÍNEA
- Escuela Académico Profesional de Zootecnia.
- Centro de Investigaciones Pecuarias.
- Centro de Proyección y Extensión Universitaria.
F. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
a. Dependientes del Decano
- Centro Experimental de Producción Pecuaria ―Huayrapongo‖
- Centros Experimentales de Producción Pecuaria Ciudad Universitaria.
- Módulo de Productos Lácteos.
3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS
3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD
a. La Facultad de Zootecnia, depende jerárquicamente del Rector si
funcionalmente de los Vice Rectorad Académico y Administrativo, a
través de su Decano.
362
b. El Consejo de Facultad, es el máximo órgano de gobierno de la Facultad
de Zootecnia, presidido por el Decano e integrado por 12 representantes
de los Docentes, por los representantes del tercio estudiantil y un
representante de los graduados.
c. El Decanato, es el órgano de dirección de la Facultad, ejerce esta función
el Decano, quien es la máxima autoridad representativa de la Facultad.
d. El Director de la Escuela Profesional de Zootecnia., asumirá las
funciones de la escuela, orientadas a organizar y conducir el aspecto
académico curricular en concordancia con lo planes de la Facultad.
e. El Jefe Del Departamento de Ciencias Pecuarias, que se encargará de
coordinar la actividad académica de los miembros del Departamento, en
función a los lineamientos curriculares de la Facultad, dando cuenta al
Decano y al Consejo de Facultad.
f. Los Directores del Centro de Investigaciones Pecuarias, del Centro de
Proyección y Extensión Universitaria y de los Centros Experimentales de
Producción Pecuaria, diseñarán, organizarán y dirigirán las actividades
inherentes a sus funciones y responsabi1idades, dando cuenta al Decano
y al Consejo de Facultad.
g. El Secretario Académico, depende jerárquicamente del Decano.
h. Los Presidentes de las Comisiones Académica y de Planificación.,
dependen jerárquicamente del. Decano y sor responsables de brindar
apoyo y asesoramiento en los aspectos académicos, sistemas
administrativos de presupuesto, técnico y otros.
i. Los Jefes y Administradores de los Órganos Desconcentrados de la
Facultad de Zootecnia, dependen jerárquicamente del Decanato de la
Facultad y del Departamento de Ciencias Pecuarias.
j. El personal docente y no docente, asignado a las Oficinas Académicas y
Técnicas, son responsables ante su Director o Jefe inmediato.
3.2. DE LA COORDINACION
La Facultad de Zootecnia para el logro de sus fines y objetivos, mantiene
relaciones de coordinación interna y externa.
a. Coordinación interna, A través de su Decano con el Rector, Vicerrectores,
Decanos de otras Facultades del mismo modo a través de su Decano o sus
representantes, con la Oficina de Planificación y Presupuesto, Oficina de
Asesora Legal. Oficina de Desarrollo Académico, Oficina General de
Investigación, Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria y otras
dependencias internas de la Universidad.
Asimismo, al interior de la Facultad se desarrollarán mecanismos de
coordinación estrecha, entre las diferentes unidades académicas y técnicas de la
Facultad.
b. Coordinación externa. Al amparo de los dispositivos legales vigentes la
Facultad de Zootecnia, podrá mantener relaciones de apoyo, colaboración e
intercambio de experiencias con instituciones similares, con los gobiernos
regionales, con los municipios, empresas, organizaciones de productores,
organizaciones de base, tanto del País como del extranjero.
363
4. ORGANIGRAMA.
(Ver Anexo N° 1)
5. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS
(Ver Anexo N° 2)
TITULO III
DEL MANUAL
CAPITULO I
ORGANO DE GOBIERNO
1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE FACULTAD.
El Consejo de Facultad, es el máximo órgano de gobierno de la Facultad, está presidido
por el Decano y conformado por 12 representantes de los Docentes, elegidos por y entre
los Docentes a cada categoría, pertenecientes a la Facultad, por un periodo de tres años
y reelegibles, por los representantes de los estudiantes, que constituyen el tercio del
número total de miembros el Consejo de Facultad, elegidos por y entre los estudiantes
por un periodo de un año, no reelegibles y por un representante de graduados, en calidad
de supernumerario.
Son atribuciones del Consejo de Facultad:
a. Aprobar y modificar el Reglamento Interno de la Facultad.
b. Aprobar el anteproyecto del presupuesto de la Facultad, presupuesto por su
Comisión de Planificación.
c. Aprobar el Plan de Desarrollo y Funcionamiento de la Facultad.
d. Proponer al Consejo Universitario la creación de Órganos de Investigación, de
Extensión y Proyección Universitaria, Centros Experimentales, Cursos de
Profesionalización y Secciones de Post Grado, Centros de Producción de Bienes
y Prestación de Servicios; así como becas, convenios, distinciones honoríficas y
otros.
e. Promover y autorizar las publicaciones oficiales de la Facultad.
f. Promover al Consejo Universitario la creación y supresión de plazas, a
propuesta del Departamento de Ciencias Pecuarias y en base al presupuesto
aprobado de la Facultad.
g. Aprobar a propuesta del Departamento de Ciencias Pecuarias, la convocatoria a
Concurso de plazas docentes y sus resultados y proponer ante el Consejo
Universitario el contrato, nombramiento, ratificación y ascenso de profesores
adscritos al Departamento.
h. Aprobar licencias del personal docente hasta por el término de tres meses al
año.
i. Aprobar los grados académicos y títulos profesionales que otorga la Facultad.
j. Conocer la renuncia del Decano y pronunciarse sobre ella.
k. Aprobar la carga horaria, proyectos de investigación y proyección social de sus
docentes entre, otros.
l. Proponer ante el Consejo Universitario, para su ratificación a los profesores que
tengan que hacer uso de licencia, para estudios de perfeccionamiento o post
grado; así como gozar del beneficio de año sabático, a propuesta del
Departamento de Ciencias Pecuarias.
364
m. Aprobar y modificar el curriculo de la Escuela Académico Profesional de
Zootecnia.
n. Recomendar las características del examen de admisión, mediante las cuales se
debe evaluar los intereses vocacionales, aptitudes, rasgos de personalidad y
conocimientos más adecuados del postulante, para su mejor desempeño como
alumno de la Facultad, a propuesta de la respectiva Escuela Académico
Profesional.
o. Proponer ante Consejo Universitario, para su ratificación al personal
administrativo de la Facultad, para hacer uso de licencia con fines de estudios
de perfeccionamiento fuera de la Universidad.
p. Elegir o ratificar a los Directores de las Escuelas Académicos Profesionales, al
Jefe del Departamento Académico de Ciencias Pecuarias, Directores de Centro
de Investigación, de Extensión y Proyección Universitaria, Jefes de Laboratorio
y Gabinetes de Zootecnia, a los Administradores de Centros de Producción y de
Experimentación Pecuaria entre otros, bajo la modalidad de votación
democrática, a propuesta del Decano o de los miembros de Consejo de Facultad
o del Jefe del Departamento, según sea el caso.
q. Todas las demás que señale el Consejo Universitario y la Asamblea
Universitaria.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
Forman parte del Consejo de Facultad: el Decano, que lo preside, 12 docentes,
representantes del tercio estudiantil y el representante de los graduados; las funciones
específicas del Decano se detallan en el CAPITULO II del presente manual, siendo las
funciones de los demás miembros del Consejo las siguientes:
2.1. DE LOS DOCENTES MIEMBROS DEL CONSEJO DE FACULTAD
a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo, convocados por el Decano.
b. Participar con voz y voto en forma activa y responsable en las sesiones del
Consejo de Facultad.
c. Elegir y ser elegido para los cargos o encargos que el desarrollo y
funcionamiento de la Facultad así lo requieran, cargos que serán
irrenunciables.
d. Cumplir con responsabilidad y en forma oportuna con las tareas que se le
encargue.
e. Otras que el Consejo o Decano les encarguen.
Los Docentes miembros del Consejo de Facultad, son docentes ordinarios en sus
respectivas categorías, son elegidos por un periodo de tres años, al cabo de los
cuáles podrán ser reelegidos, la designación como miembros del Consejo de
Facultad se pierde por lo siguiente:
a. Por cese del docente.
b. Por cambio de categoría.
c. Por ausencia de la Universidad, por un periodo de seis meses o más de
licencia.
d. Por acumulación de 03 faltas que no hayan sido debidamente justificadas.
2.2. DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANTES DEL TERCIO
ESTUDIANTIL
365
a. Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo de Facultad.
b. Participar con voz y voto
c. Cumplir con las tareas y encargos que se les asigne.
d. Otras que el Consejo o Decano les encarguen.
Los estudiantes también son elegidos en forma democrática, por un periodo de un
año y no podrán ser reelegidos, la designación como miembro del Consejo de
Facultad se pierde por:
a. Por acumulación de tres faltas a las sesiones de Consejo de Facultad.
b. Por faltas graves en contra de docentes, personal administrativo o de otros
estudiantes.
2.3. DEL REPRESENTANTE DE LOS GRADUADOS
a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo de Facultad.
b. Participar con voz, pero no con voto en las sesiones del Consejo de Facultad.
c. Cumplir con las tareas o encargos que se le asigne.
El representante de los Graduados, también será elegido democráticamente, por un
periodo de 03 años, no reelegibles y pierde su designación, por causas similares a
las de los representantes de los estudiantes.
CAPITULO II
ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN
El Decanato es el órgano de dirección de la Facultad, ejerce esta función el Decano,
quien es la máxima autoridad representativa, preside las sesiones de Consejo de
Facultad y ejecuta sus acuerdos; el Decanato es el órgano responsable de la gestión
académico administrativa de la Facultad.
En caso de ausencia prolongada en el País o fuera de él o por renuncia del Decano,
el Decano Sustituto asumirá el Decanato con todas sus atribuciones, funciones y
prerrogativas, previa Resolución Rectoral de encargo. En caso de ausencias de corta
duración del Decano, el Decano Sustituto ejerce únicamente las funciones
expresamente delegadas por el titular.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO
- DEL DECANO DE LA FACULTAD DE ZOOTÉCNIA
El Decanato es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de dirección
y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad. El cargo de Decano es a dedicación
exclusiva e incompatible con cualquier otra función, empleo público o privado, es
elegido en virtud a los artículos 97° 98° y 100° del Estatuto, siendo sus funciones las
siguientes:
a. Presidir el Consejo de Facultad.
b. Ejercer la gestión académico administrativo de la Facultad.
c. Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y el Consejo
Universitario.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria, Consejo
Universitario, Consejo de Facultad, así como las disposiciones relativas a la
Facultad.
366
e. Proponer ante el Consejo de Facultad la terna para la elección del Secretario de
la Facultad.
f. Cumplir y hacer cumplir los Planes de Desarrollo y de funcionamiento de la
Facultad.
g. Autorizar la ejecución del Presupuesto de la Facultad y velar por su estricto
funcionamiento.
h. Supervisar la labor del personal docente y personal administrativo de la
Facultad.
i. Remitir a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su
compatibilización, el Plan de Funcionamiento y Desarrollo, aprobado por el
Consejo de Facultad.
j. Dictar medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia, con
cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de lo 15 días siguientes de
dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencia que las
provocaron.
k. Proponer al Consejo de Facultad la conformación de Comisiones especiales,
para asuntos que estime convenientes.
l. Refrendar los diplomas de bachiller, los títulos profesionales y de segunda
especialización; así como otras certificaciones que expida la Facultad.
m. Proponer al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la conformación
de la Comisión Académica, otras Comisiones y el delegado del Consejo ante la
Comisión d Planificación.
n. Proponer, con sujeción al artículo 25º del Estatuto, ante el Consejo de Facultad,
la terna para el argo del Director de la Escuela Académico Profesional de
Zootecnia.
o. Designar al Administrador de los Centros Experimentales de Producción
Pecuaria y del Centro Experimental de Producción Pecuaria ―Huayrapongo‖,
dando cuenta al Consejo de Facultad y a los órganos pertinentes.
p. Consolidar y presentar al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual
de la Facultad de Zootecnia.
q. Otros que establezcan el Reglamento Interno de la Facultad de Zootecnia.
Son causas de vacancia del cargo de Decano las establecidas en el Art. 105º del Estatuto
de la Universidad Nacional de Cajamarca.
CAPITULO III
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO La Facultad de Zootecnia de la UNC, cuenta con la Comisión Académica y la Comisión
de Planificación, como órganos de asesoramiento.
1.1. DE LA COMISIÓN ACADÉMICA
La Comisión Académica de la Facultad de Zootecnia, estará integrada por dos
profesores nombrados, principales o asociados, elegidos por el Consejo de
Facultad, por un periodo de tres años, reelegibles por el tercio estudiantil,
designado por el respectivo Centro Federado, será presidido por un docente
miembro del Consejo de Facultad.
Son funciones de la Comisión Académica de la Facultad de Zootecnia:
367
a. Proponer al Consejo de Facultad, las bases y lineamientos generales para
el diseño curricular de la carrera profesional de Zootecnia y de otras que
se podrían crear.
b. Proponer al Consejo de Facultad, para su aprobación, la normatividad y
criterios según los cuales se organizan y funcionan las actividades
académicas de la Facultad.
c. Actuar como órgano consultivo y de coordinación del Consejo de
Facultad.
d. Asesorar a las unidades orgánicas, que integran la Facultad en asuntos de
su competencia.
e. La elaboración y evaluación del currículo de estudios de la carrera
profesional de Zootecnia.
f. La elaboración de Reglamentos Específicos de la Facultad.
g. Administrar el Centro de Cómputo de la Facultad.
h. Las demás que le serán asignadas por el Consejo de facultad o por el
Decano.
1.1.1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
- FUNCIONES DEL PRESIDENTE
a. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Comisión
b. Representar a la Comisión Académica ante el Consejo de
Facultad.
c. Coordinar las labores académicas con los órganos pertinentes.
d. Velar y supervisar el cumplimiento de las acciones
programadas.
e. Presentar ante el Consejo de Facultad los informes de las
actividades de la Comisión.
f. Disponer que el Secretario de la Comisión Académica cite a
las sesiones ordinarias y extraordinarias.
g. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de
ausencia temporal.
h. Otras que le encargue al Decano o al Consejo de Facultad.
- FUNCIONES DEL SECRETARIO
a. Registrar en el libro de actas los acuerdos de las sesiones de
la Comisión Académica.
b. Decepcionar la documentación dirigida a la Comisión y
presentarla oportunamente al presidente para su trámite
respectivo.
c. Mantener al día el Libro de Actas, la tramitación de
documentos y el archivo de la Comisión.
d. Elaborar y remitir toda la documentación que emane de la
Comisión.
e. Gestionar ante la Comisión de Planificación de la Facultad,
los materiales necesarios para el buen funcionamiento de la
Comisión.
f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión
Académica.
368
- FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DEL TERCIO
ESTUDIANTIL
a. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y
extraordinarias de la Comisión.
b. Participar activamente en las sesiones y cumplir los encargos
que asigne la Comisión.
1.2. DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN
La Comisión de Planificación de la Facultad de Zootecnia, está integrada por
cinco profesores nombrados, principales o asociados; uno representante del
Departamento de Ciencias Pecuarias, otro del Centro de Investigaciones
Pecuarias, otro del Centro de Extensión y Proyección, otro de los Centros
Experimentales de Producción pecuaria y de un Delegado de Consejo de
Facultad; todos por un periodo de tres años, reelegibles; se agrega al tercio
estudiantil, designado por el respectivo centro Federado.
La Comisión de Planificación será presidida por un docente miembro de la
Comisión y del Consejo de Facultad.
Son funciones de la Comisión de Planificación:
a. Elaborar los horarios de clase, en coordinación con la Escuela
Académico Profesional de Zootecnia, Departamento de Ciencias
Pecuarias y la Comisión Académica.
b. Formular el Proyecto de Plan de Desarrollo Institucional Integrado de la
Facultad, en conformidad con las Directivas emitidas por la Oficina
General de Planificación y Presupuesto.
c. Formulación y actualización del Plan de Trabajo Institucional de la
Facultad.
d. Formular el Proyecto y evaluar la ejecución del Presupuesto integrado de
la facultad.
e. Asesorar par el buen funcionamiento del Centro de Cómputo y otros
servicios que ofrece la Facultad.
f. Asesorar a las unidades orgánicas que ofrece la Facultad.
g. Revelar, actualizar y difundir la estadística d la Facultad.
h. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el
Decano.
1.2.1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
- FUNCIONES DEL PRESIDENTE
a. Representar a la Comisión ante el Decanato, Consejo de Facultad
y otros organismos de la Universidad.
b. Disponer que el Secretario cite a las sesiones ordinarias y
extraordinarias de la Comisión.
c. Dirigir las sesiones de la Comisión.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión.
e. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de
ausencia temporal.
f. Presentar los planes formulados con la Comisión, ante el Consejo
de facultad en los plazos establecidos.
- FUNCIONES DEL SECRETARIO
369
a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos tomados en las
sesiones de la Comisión.
b. Decepcionar la documentación dirigida a la Comisión y
presentarla oportunamente ante el Presidente, para el respectivo
trámite.
c. Mantener al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y
el archivo de la Comisión.
d. Redactar y tramitar toda la documentación que emane d la
Comisión.
e. Gestionar los materiales necesarios para el normal
funcionamiento de la Comisión.
- FUNCIONES DE LOS VOCALES
a. Asistir con puntualidad y participar adecuadamente en todas las
sesiones de la Comisión.
b. Cumplir oportunamente con los encargos que se les asigne pr
acuerdos de la Comisión a solicitud del Presidente.
- FUNCIONES DEL ALUMNO REPRSENTANTE DEL TERCIO
ESTUDIANTIL.
a. Asistir y participar en todas las sesiones de la Comisión.
b. Cumplir oportunamente con los encargos que les asigne la
Comisión.
CAPITULO IV
ÒRGANOS DE APOYO
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE APOYO
La Facultad de Zootecnia, cuenta con al Secretaría Académica y el Departamento de
Ciencias Pecuarias como órganos de apoyo.
DE LA SECRETARÌA ACADÈMICA
Es el órgano de apoyo encargado de organizar y controlar el servicio de trámite
documentario, archivo, matrículas, notas y certificados, grados y títulos,
biblioteca especializada, abastecimiento general y otros. Depende
jerárquicamente del Decano y está a cargo de un profesor nombrado, de la
categoría de Principal o Asociado y designado por el Consejo de Facultad, de
una terna propuesta por el Decano, su designación es por un periodo de tres
años.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
SECRETARÍA ACADÉMICA
La Oficina de la Secretaría Académica para cumplir con sus funciones estará
integrada de la siguiente manera:
a. El Secretario
b. Técnico Administrativo II
c. Técnico Administrativo I
d. Técnico en Laboratorio I
e. Técnico en Laboratorio II
370
f. Auxiliar de Sistemas Administrativos I
Además de los requisitos establecidos en el Art. 24º del Estatuto, para ser
Secretario Académico se requiere, ser titulado o post graduado en la carrera
profesional de Zootecnia y no ser miembro del Consejo de Facultad.
Son funciones del Secretario Académico:
a. Actuar como Secretario del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.
b. Administrar los sistemas e información, archivo, trámite documentario
de la Facultad y en particular del Consejo de Facultad.
c. Actuar como Fedatario de la Facultad de Zootecnia.
d. Proyectar, registrar y notificar las resoluciones del Consejo de Facultad y
del Decanato.
e. Mantener actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.
f. Custodiar el patrimonio institucional a su cargo.
g. Controlar el desempeño de funciones del personal administrativo y de
servicios, asignado a la Secretaria Académica, dando cuenta al Decano
sobre los aspectos que trasciendan sus atribuciones.
h. Refrendar diplomas de grados académicos y títulos profesionales que
confiere la facultad.
i. Refrendar las certificaciones o constancias que expida la Facultad.
j. Organizar y conducir el registro de matrículas, notas, grados y títulos
profesionales.
k. Coordinar, supervisar y controlar la organización y funcionamiento de la
biblioteca especializada.
l. Otras que le asigne el Consejo de Facultad o el Decanato.
2.1.1.TÉCNICO ADMINISTRATIVO II
a. Naturaleza de la Clase
Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los
sistemas administrativos de apoyo de una entidad.
Actividades similares a las de Técnico Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.
b. Actividades Típicas
Ejecutar y coordinar actividades relacionadas con el registro,
procesamiento, clasificación, verificación y archivo del
movimiento documentario.
Recoger información y apoyar en la formulación y
modificación de normas y procedimientos técnicos.
Emitir opinión técnica de expedientas.
Verificar procedimientos técnicos y emitir los informes
respectivos.
Recepcionar, almacenar, entregar o inventariar materiales y
equipos
Registrar operaciones contables y preparar balances de
comprobación.
Elaborar cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos
de su competencia.
371
Ejecutar procesos técnicos sencillos de administración de
personal.
Dar información relativa al área de su competencia.
Participar en la elaboración y diseño de materiales de
Información y en las actividades de Relaciones Públicas.
Puede corresponderle participar en la programación de
actividades técnico administrativas y en reuniones de trabajo.
2.2.2.TÉCNICO ADMINISTRATIVO I
a. Naturaleza de la Clase
Ejecución de actividades técnicas de los sistemas
administrativos de apoyo de una entidad.
Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.
b. Actividades Típicas
Ejecutar actividades técnicas de los sistemas administrativos
de apoyo de una entidad.
Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y
documentos técnicos en las áreas de los sistemas
administrativos.
Coordinar actividades administrativas sencillas.
Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes
preliminares.
Recopilar y preparar información para estudios de
investigaciones.
Apoyar las acciones de comunicación, información y
relaciones públicas.
Puede corresponderle colaborar en la programación de
actividades técnico administrativas y en reuniones de trabajo.
Puede corresponderle verificar el cumplimiento de
disposiciones y procedimientos.
2.1.3. TÉCNICO EN LABORATORIO II
a. Naturaleza de la Clase
Supervisión y ejecución de actividades de cierta complejidad,
en análisis producción e investigación en un laboratorio.
Actividades similares a las de Técnico en Laboratorio I,
diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.
Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.
b. Actividades Típicas
Supervisar la producción de biológicos VXK, radiofármacos
kits, radioanálisis y/o electroanálisis en los campos clínicos,
químicos, microbiológicos y similares, así como la crianza y
manejo de animales de laboratorio para experimentación.
Participar en las investigaciones relacionadas con la
especialidad.
Preparar, ejecutar y controlar el proceso de las pruebas
químicas, bacteriológicas, inmunológicas, biológicas, así
como cortes de histiológicos.
372
Recepcionar, catalogar y codificar muestras de especimenes y
animales de laboratorio, de acuerdo a las normas establecidas.
Preparar muestras, soluciones químicas y medios de acuerdo
a las necesidades.
Efectuar dosajes de composición química para determinar
elementos o cuerpos orgánicos.
Informar sobre los trabajos efectuados y mantener el registro
respectivo.
2.1.4. TÉCNICO EN LABORATORIO I
a. Naturaleza de la clase
Ejecución de actividades de apoyo con fines de análisis,
producción e investigación en un laboratorio.
b. Actividades típicas
Tomar y recolectar muestras para análisis e investigaciones en
los campos clínicos, químicos, microbiológicos y otros
similares.
Preparar material, soluciones variadas, cultivos y/o productos
biológicos para trabajos de laboratorio siguiendo
instrucciones.
Efectuar análisis químicos cualitativos y cuantitativos de
productos alimentarios bebidas y otros similares, con fines de
investigación.
Inocular, sembrar y recolectar materiales biológicos en
animales de laboratorio: colorear láminas de biopsias,
autopsias y de cortes de congelación.
Proceso, incluir y colorear órganos extracerebrales y del
sistema nervioso.
Llevar registros de las muestras, insumos, resultados e
informes que se procesan en el laboratorio según la
especialidad.
Puede corresponderle interpretar resultados de análisis,
formular informes según instrucciones y realizar el manejo de
animales de laboratorio.
2.1.5. AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO
a. Naturaleza de la clase
Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema
administrativo.
Actividades similares a las de Auxiliar Administrativo I,
diferenciándose en la mayor complejidad.
b. Actividades Típicas
Analizar y clasificar información así como, apoyar la
ejecución de procesos técnicos de un sistema administrativo,
siguiendo instrucciones generales.
Efectuar trámite y/o procesar información de cierta
complejidad.
Mantener actualizados los registros, fichas y documentación
del sistema administrativo, según métodos técnicos.
373
Puede corresponderle preparar informes de alguna
complejidad en el área de su competencia.
DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS PECUARIAS
Es una unidad de servicio académico de la Facultad de Zootecnia, pero que
también puede servir a otras facultades, a la Escuela de Post Grado y a otras
dependencias universitarias que los requieran.
El departamento Académico de Ciencias Pecuarias, reúne a los docentes que
cultivan las disciplinas de la producción animal y afines.
Está a cargo de un Jefe, elegido de entre sus miembros, por un periodo de tres
años, reelegible. Para ser Jefe de Departamento se requiere ser profesor
nombrado o principal o asociado; para su gestión y funcionamiento, cuenta con
los órganos siguientes:
- Asamblea del Departamento
- Consejo de Coordinación
- Jefatura
Son funciones del Departamento Académico de Ciencias Pecuarias:
a. Coordinar la actividad académica de sus miembros en función de los
requerimientos curriculares de la Facultad de Zootecnia y de otras
Escuelas Académico Profesionales que lo requieran.
b. Evaluar y actualizar los sílabos, de acuerdo con los requerimientos
curriculares de la Facultad.
c. Administrar los Laboratorios de Control de Alimentos y de Pastos y
Forrajes, el Gabinete de Zootecnia, el Museo Avícola y otros bienes y
servicios que están a su cargo.
d. Elaborar su Plan de Trabajo y su Proyecto Anual de Presupuesto.
e. Proponer para su aprobación por el Consejo de Facultad, la convocatoria
a concurso de plazas docentes y sus resultados.
f. Proponer la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección
social de sus docentes, entre otros e informar a la Escuela Académica
Profesional de Zootecnia para efectos de supervisión del desarrollo de los
contenidos curriculares.
g. Velar por la capacitación permanente de sus docentes.
h. Emitir opinión con respecto a las licencias de sus docentes.
i. Organizar las actividades académicas de sus docentes en base a la
cátedra.
j. Presentar al Decanato la memoria anual de sus actividades.
k. Las demás que le asigne el Decano y el Consejo de Facultad.
2.2.1. De la Asamblea del Departamento Académico de Ciencias
Pecuarias
Está conformado por la totalidad de docentes ordinarios, adscritos al
Departamento. Los no ordinarios asisten solo con derecho a voz. Son sus
funciones:
a. Elegir al Jefe del Departamento, pronunciarse sobre su renuncia y
declarar su vacancia.
374
b. Elegir de entre sus miembros a los responsables de los laboratorios,
gabinetes, museos dependientes del Departamento.
c. Organizar y conducir eventos de naturaleza académica, previa
aprobación del Consejo de Facultad.
d. Evaluar anualmente, los resultados de la gestión académica y
administrativa del Departamento.
e. Elaborar, modificar o reformar el reglamento interno del
Departamento, que deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.
f. Las establecidas en los incisos b), c) y h) del Art. 40° del Estatuto.
2.2.2. Del consejo de Coordinación
Está conformado por el Jefe del Departamento de Ciencias Pecuarias, quien
lo preside y los Coordinadores de las Áreas Académicas del Departamento.
Sus funciones son:
a. Proponer ante la Asamblea del Departamento los lineamientos de
política académica, investigación y producción intelectual de sus
miembros.
b. Difundir la producción intelectual, científica, tecnológica y
humanística de sus integrantes.
c. Coordinar la realización de eventos de actualización, capacitación y
perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.
d. Pronunciarse sobre la necesidad de plazas docentes, para
nombramiento o contrato.
e. Formular, ejecutar y evaluar sus planes de funcionamiento y
desarrollo; así como presentar sus requerimientos presupuestales al
Consejo de Facultad.
f. La establecida en el inciso g) del artículo 40° del Estatuto.
2.2.3. Del Jefe del Departamento de Ciencias Pecuarias
Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Zootecnia. Son
atribuciones y funciones del Jefe de Departamento de Ciencias Pecuarias, las
siguientes:
a. Representar legalmente al Departamento.
b. Presidir la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.
c. Proponer al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso
y contrato de docentes del Departamento.
d. Proponer al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la
Escuela de Post Grado, los candidatos al goce del año sabático.
e. Proponer al Consejo de Facultad, los docentes para conformar jurados en
el concurso e Cátedra, así como para sustentación de tesis y demás
modalidades de titulación.
f. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de
Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos
competentes.
g. Los señalados en los incisos a), d), e) y f) del Artículo 40º del Estatuto.
El cargo de Jefe de Departamento de Ciencias Pecuarias vaca por:
a. Las causales establecidas para los Decanos en el Artículo 105º del
Estatuto.
b. Muerte
375
c. Término de su condición de docente ordinario.
El Departamento Académico de Ciencias Pecuarias, cuenta con un Secretario
Docente, designado por el Jefe en el mismo momento de su elección y con
funciones análogas a los Secretarios de las Comisiones Académicas y de
Planificación de la Facultad de Zootecnia.
A. LABORATORIO DE CONTROL DE ALIMENTOS
Este Laboratorio sirve para el análisis de alimentos y otros insumos, que se
utilizan en la alimentación animal, sus materiales y equipos sirven
prioritariamente para el desarrollo de actividades académicas, trabajos de
investigación y de extensión y proyección universitaria de los docentes y
estudiantes de la Facultad de Zootecnia y de otras Facultades que lo
requieran, previa coordinación. Este Laboratorio está adscrito al
Departamento Académico de Ciencias Pecuarias y genera recursos propios, a
través de los servicios que brinde a la Comunidad Universitaria, a los
Productores Agropecuarios y a la Colectividad en general.
La Administración del Laboratorio está a cargo del JEFE DEL
LABORATORIO, además se contará con un TÉCNICO DE
LABORATORIO.
- Del Jefe del Laboratorio de Control de Alimentos
El Jefe del Laboratorio es un Docente nombrado en la categoría de
Asociado o Principal, con experiencia en el área, adscrito al
Departamento de Ciencias Pecuarias, designado por el Consejo de
Facultad, por un periodo de tres años.
El Jefe de Laboratorio depende directamente del Jefe del Departamento
de Ciencias Pecuarias, siendo sus funciones las siguientes:
a. Formular y ejecutar la política de funcionamiento del
Laboratorio.
b. Elaborar el cuadro de necesidades y requerimientos
presupuestales, a ser remitidos a la Comisión de Planificación,
para que sean considerados en los presupuestos y planes de la
Facultad.
c. Administrar los recursos, insumos, materiales, instrumental,
equipos y máquinas de Laboratorio en forma adecuada, para el
cumplimiento de sus fines.
d. Coordinar con docentes y estudiantes para la adecuada
programación de actividades que se ejecutarán en el Laboratorio.
e. Colaborar con docentes y estudiantes en la realización de las
actividades programadas.
f. Elaborar los informes técnico-económicos trimestral y anual, que
serán presentados al Jefe del Departamento y al Consejo de
Facultad.
B. LABORATORIO DE PASTOS Y FORRAJES
Este Laboratorio sirve para la realización de actividades académicas, de
investigación y de proyección que en el área de la planificación, producción,
administración y conservación de pastos y forrajes ejecuten los docentes y
376
estudiantes de la Facultad de Zootecnia que lo requieran, previa
coordinación
El Laboratorio está adscrito al Departamento de Ciencias Pecuarias, brinda
servicios para la ejecución de las actividades antes mencionadas y está a
cargo de un JEFE, contándose además con un TÉCNICO DE
LABORATORIO.
- Del Jefe del Laboratorio de Pastos y Forrajes
El Jefe del Laboratorio, es un docente nombrado en la categoría de
Asociado o Principal, con experiencia en el área, adscrito al
Departamento de Ciencias Pecuarias, designado por el Consejo de
Facultad, por un periodo de tres años. El Jefe del Departamento de
Ciencias Pecuarias, siendo sus funciones las siguientes:
a. Formular y ejecutar la política de funcionamiento del laboratorio.
b. Elaborar el cuadro de necesidades y requerimientos
presupuestales del Laboratorio, que serán remitidos a la Comisión
de Planificación para que sean considerados en los presupuestos y
planes de la Facultad.
c. Administrar los recursos, materiales, insumos y máquinas del
laboratorio en forma adecuada.
d. Coordinar con docentes y estudiantes, para la adecuada
programación de actividades académicas de investigación y de
proyección, que se ejecutarán en el Laboratorio.
e. Otras que le asigne el Jefe del Departamento o Consejo de
Facultad.
C. EL GABINETE DE ZOOTECNIA
El Gabinete de Zootecnia, está ubicado en un ambiente en el que se
colecciona instrumentos y equipos propios para la enseñanza, sobre todo
práctica, de las Ciencias Zootécnicas.
La función general de Gabinete de Zootecnia es acopiar, coleccionar,
proporcionar instrumentos y equipos propios para la enseñanza,
especialmente práctica de las ciencias de la producción animal.
El Gabinete de Zootecnia, está adscrito al Departamento de Ciencias
Pecuarias y brinda servicios para la ejecución de actividades académicas, de
investigación y de proyección; está a cargo de un JEFE y contará además
con un TÉCNICO DE GABINETE.
- Del Jefe del Gabinete de Zootecnia
El Jefe de Gabinete de Zootecnia, es un docente nombrado, en la
categoría de Asociado o Principal, adscrito al Departamento de Ciencias
Pecuarias, designado por el Consejo de Facultad por un periodo de tres
años, El Jefe del Gabinete depende del Jefe del Departamento de
Ciencias Pecuarias, siendo sus funciones las siguientes:
a. Formular y ejecutar la política de funcionamiento del Gabinete.
b. Elaborar el cuadro de necesidades y requerimientos
presupuestales del gabinete, que son remitidos a la Comisión de
Planificación, para que sean considerados en los presupuestos y
planes de la facultad.
377
c. Administrar adecuadamente los materiales, instrumentos y
equipos del Gabinete.
d. Coordinar con docentes y estudiantes para la adecuada
programación de actividades y usos de los instrumentos y equipos
del Gabinete
e. Otras que le asigne el Jefe del Departamento o el Consejo de
Facultad.
CAPITULO V
ÓRGANOS DE LÍNEA
La Facultad de Zootecnia cuenta como órganos de línea, con la Escuela Académico
Profesional de Zootecnia, el Centro de Investigaciones Pecuarias y el Centro de
Extensión y Proyección Universitaria.
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA
1.1. DE LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ZOOTECNIA
La Escuela Académico Profesional de Zootecnia, es un ente integrado a la
Facultad, que se encarga de la administración curricular, con sujeción a los
lineamientos generales de la Facultad, depende jerárquicamente del Decanato, a
través de su Director.
La Escuela Académico Profesional de Zootecnia, se encarga de ejecutar, orientar
y conducir la formación profesional de los estudiantes, organizar y conducir el
aspecto académico curricular, en concordancia con los planes de la Facultad.
Son funciones y atribuciones de la Escuela las siguientes:
a. Diseñar el currículo, en coordinación con la Comisión académica, para
proponerlo al Consejo de Facultad y aplicarlo una vez aprobado por éste.
b. Aprobar los sílabos elaborados por los Departamentos Académicos y
ponerlo a disposición de los alumnos, a inicio de cada periodo lectivo.
c. Supervisar y evaluar el desarrollo de las asignaturas e informar los
resultados al Consejo de Facultad.
d. Proponer al Consejo de Facultad las asignaturas a dictarse, en cada ciclo
o periodo a dictarse.
e. Opinar sobre la distribución de carga lectiva, propuesta por el
Departamento Académico de Ciencias Pecuarias, en las asignaturas de su
competencia.
f. Proponer anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para
la Escuela.
g. Opinar en las solicitudes de traslado interno de los estudiantes, así como
en las convalidaciones de estudios, realizados en otras Escuelas o
Universidades.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
2.1. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ZOOTECNIA
La Escuela Académico Profesional de Zootecnia cuenta con un Consejo
Directivo y un Director.
378
2.1.1. Del Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional de
Zootecnia
Está conformado por:
a. El Director, quien lo preside.
b. Dos docentes, designados por el Consejo de Facultad, de una
terna propuesta por el Director.
c. Un estudiante regular de los dos últimos años, designado por el
Consejo de Facultad.
El Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia,
se reúne por lo menos una vez al mes. Son funciones del Consejo
Directivo de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia, las
siguientes:
a. Evaluar, actualizar o reformar el currículo de la carrera
profesional del Ingeniero Zootecnista.
b. Formular los lineamientos de política educativa de la Escuela
Académico Profesional de Zootecnia.
c. Solicitar a los Departamentos Académicos correspondientes, la
atención de las necesidades de carga horaria docente.
d. Proponer anualmente al Consejo de Facultad, el número de
vacantes para la admisión de estudiantes.
e. Emitir opinión para traslados internos de estudiantes, así como
para la convalidación de asignaturas.
f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de
matricula.
g. Otras que le sean asignadas.
A parte del Director, los otros dos miembros del Consejo Directivo,
asumirán los cargos de Secretario y Vocal, con las funciones inherentes a
los cargos.
2.1.2. Del Director de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia
El Director de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia, es
designado por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el
Decano, su designación es por tres años renovables. Son funciones del
Director de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia:
a. Representar a la Escuela y asistir al Consejo de Facultad y al
Consejo de Facultad y al Consejo Académico, sólo con derecho
a voz.
b. Presidir el Consejo Directivo de la Escuela.
c. Supervisar y evaluar el desarrollo de las asignaturas, de acuerdo
con los silabos e informar los resultados al Decano.
d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y
de los órganos de gobierno de la Universidad.
e. Otras que le asigne el Consejo de Facultad.
1.2. DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES PECUARIAS
El Centro de Investigaciones Pecuarias de la Facultad de Zootecnia, es un
órgano encargado de realizar investigación científica, en el campo de la
producción animal, como fuente de creación y superación en la vida académica.
379
Investigaciones que están ligadas principalmente a la solución de problemas
locales, regionales y nacionales en el campo de la producción pecuaria: dicho
Centro está a cargo de un docente nombrado, elegido por el Consejo de Facultad
en una terna propuesta por el Decano.
La investigación es su función esencial de la Facultad y de la Universidad, es
realizada por sus docentes y estudiantes, con la colaboración del personal
administrativo.
El Centro de Investigaciones Pecuarias, depende jerárquicamente del Consejo de
Facultad, estará presidido por un Director, se designará Coordinadores, uno por
cada línea de investigación; el Director y los Coordinadores formarán el Consejo
Directivo del CIPE, serán elegidos por el Consejo de Facultad, por un periodo de
tres años, reelegibles. Asimismo, forma parte del CIPPE, el alumno
representante del Tercio Estudiantil.
Son funciones del Centro de Investigación Pecuaria (CIP) de la Facultad de
Zootecnia, las siguientes:
a. Proponer los lineamientos de la práctica de investigación de la Facultad,
para su aprobación por el Consejo de Facultad, líneas que se basan en los
problemas de los productores y el avance de la ciencia para generar
tecnologías viables a fin de contribuir a mejorar los niveles de
producción y rendimientos.
b. Promover la investigación en el campo de la producción animal,
preferentemente a través de proyectos interdisciplinarios.
c. Evaluar con sentido crítico los resultados de la investigación.
d. Mantener relaciones con el CONCYTEC, con Centros de Investigación
de otras Facultades afines y con otras instituciones similares.
e. Vincular la investigación con el sector productivo y los usuarios, para
asegurar su participación en el proceso de innovación tecnológica.
f. Apoyar la asistencia de los docentes investigadores a certámenes
científicos nacionales o internacionales.
g. Publicación anual de los resultados de la investigación.
h. Promover el óptimo aprovechamiento de los recursos naturales y la
preservación y conservación del ambiente, orientando las investigaciones
al aprovechamiento racional y equilibrado de los recursos pecuarios, para
producir alimentos de origen animal.
1.2.1. Del Director del CIPE
Para ser Director del CIPE, se requiere ser profesional nombrado en la
categoría de Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad,
adscrito al Departamento de Ciencias Pecuarias, de profesión Ingeniero
Zootecnista o Ingeniero Agrónomo, especialidad de Zootecnia.
Sus funciones son:
a. Presidir del Consejo del CIPE.
b. Administrar el Centro con sujeción al Estatuto de la UNC, a sus
reglamentos, a los reglamentos de la Facultad y al Reglamento
del Centro.
380
c. Representar legalmente al Centro ante la Oficina General de
Investigación de la UNC, en los diferentes eventos y actividades
que éste realice y en los que sea requerido.
d. Aprobar en primera instancia los planes y presupuestos del
Centro; así como elaborar el manual de organización y funciones
del Centro para su aprobación por el Consejo de Facultad.
e. Velar por el buen funcionamiento y mantenimiento del CIPE, así
como por la ejecución de las acciones programadas.
f. Gestionar y suscribir convenios con los órganos pertinentes, para
obtener los medios y recursos, que coadyuven al adecuado
funcionamiento del Centro.
g. Presentar oportunamente el informe semestral y la memoria anual
al Consejo de Facultad.
h. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y del
Consejo de Facultad, en relación a la labor de investigación.
i. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.
1.2.2. De los Coordinadores de Línea de Investigación
Podrán ser designados como Coordinadores de Línea de Investigación,
los profesores nombrados en la categoría de Principal o Asociado,
adscritos al Departamento de Ciencias Pecuarias.
Son funciones de los Coordinadores de Línea de Investigación:
a. Planificar y ejecutar las acciones y metas a cumplir en el corto,
mediano y largo plazo enmarcados en las políticas y líneas del
centro, en coordinación con el Director.
b. Coordinar la labor de investigación de docentes y estudiantes de
la Facultad.
c. Presentar oportunamente el Informe Semestral y Anual de la
Línea a su cargo que servirán de base para elaborar los Informes
del Centro.
d. Asistir y participar en las sesiones del Consejo Directivo del
CIPE, convocadas por el Director.
e. Cumplir con los acuerdos del Consejo Directivo y con los
encargos del Director.
1.3. DEL CENTRO DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN
UNIVERSITARIA DE LA FACULTAD
Adscrito a la Facultad de Zootecnia, es el órgano encargado de realizar
actividades de extensión y proyección universitaria en el ámbito de influencia de
la Facultad, está a cargo de un docente nombrado por el Consejo de Facultad, a
propuesta del Decano. Son funciones del Centro:
a. Formular y proponer ante el Consejo de Facultad, los lineamientos
generales de la política de extensión y proyección universitaria de la
Facultad, en coordinación con la Oficina General de Extensión y
Proyección de la UNC.
b. Coordinar, asesorar y apoyar la labor de extensión y proyección
universitaria, de los docentes y alumnos en beneficio de los productores
agropecuarios de la zona y la región.
381
c. Elaborar y proponer las directivas y reglamentos internos, para el
cumplimiento de sus fines y objetivos.
d. Promover la participación de la Facultad en la solución de los
productores pecuarios, coordinando la movilización de los recursos
humanos y materiales disponibles.
e. Asesoramiento profesional y técnico a los productores pecuarios de la
zona y la Región; así como a instituciones y a la organización y
desarrollo de eventos como Ferias Agropecuarias y otras.
f. Establecer relaciones con organismos nacionales y extranjeros, a fin de
lograr convenios, para el apoyo de las actividades de extensión y
proyección de la Facultad.
g. Programar y desarrollar actividades culturales, educativas y artísticas con
la participación de docentes y alumnos de la Facultad.
h. Cumplir con los convenios y acuerdos que se les encarguen.
i. Evaluar con sentido crítico positivo los resultados de la proyección
realizada por la Facultad.
El Centro de Extensión y Proyección de la Facultad de Zootecnia cuenta con un
Consejo Directivo del CEPU, está constituido por tres profesores nombrados,
adscritos al departamento de Ciencias Pecuarias, quienes serán nombrados por el
Consejo de Facultad por un periodo de tres años reelegibles, está presidido por
un Director y completan los cargos el Secretario y el Vocal; además forma parte
del CEPU el alumno representante del Tercio Estudiantil.
1.3.1. Del Director del Centro de Extensión y Proyección de la
Facultad de Zootecnia
Para ser designado Director de este Centro se requiere ser profesor
nombrado en la categoría de Principal o Asociado, miembro del Consejo
de Facultad, y haber realizado actividades relacionadas con la Extensión
y Proyección a la comunidad.
Son funciones del Director del CEPU, las siguientes:
a. Representar al CEPU ante la Oficina General de Extensión y
Proyección Universitaria de la UNC, así como ante el Consejo de
Facultad y otras en las que sea requerido.
b. Presidir el Consejo Directivo del CEPU.
c. Elaborar en coordinación con los otros miembros del Consejo
Directivo, los Planes y Presupuesto, para su aprobación por el
Consejo de Facultad; así como elaborar el manual de
organización y funciones del CEPU para su aprobación.
d. Velar por el cumplimiento de las acciones programadas, y el
adecuado funcionamiento del Centro.
e. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, del
Consejo de Facultad y de la Oficina General de la Extensión y
Proyección Universitaria.
f. Gestionar y suscribir convenios con los organismos pertinentes,
para coadyuvar a la ejecución de las actividades del CEPU.
g. Presentar oportunamente los informes semestrales y el informe
anual del CEPU.
h. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.
382
1.3.2. Del Secretario
El Secretario del Consejo Directivo del CEPU, será un profesor
nombrado, adscrito al Departamento de Ciencias Pecuarias, siendo sus
funciones:
a. Representar al Director en caso de ausencia.
b. Llevar al día el libro de actas y el archivo del CEPU.
c. Asistir y participar en las reuniones del Consejo Directivo.
d. Otras que le asigne el Director del CEPU.
1.3.3. Del Vocal
Son funciones del vocal del Consejo Directivo:
a. Asistir y participar en las reuniones del Consejo Directivo.
b. Cumplir con los acuerdos del Consejo Directivo.
c. Otras que le encargue el Director del CEPU.
CAPITULO VI
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
La Facultad de Zootecnia cuenta con los siguientes órganos desconcentrados: Centro
Experimental de Producción Pecuaria (CEPP) ―Huayrapongo‖, los Centros
Experimentales de Producción Pecuaria (Vacunos de Carne, Porcinos, Aves, Cuyes y
Conejos), ubicados en la Ciudad Universitaria, Módulo de Productos Lácteos y otros
que se crearán en el futuro, como el Módulo de Productos Cárnicos.
1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS
DESCONCENTRADOS
Los Centros Productivos y de servicios de la Facultad de Zootecnia, tienen como
propósito servir para el desarrollo de las actividades académicas inherentes a la
formación profesional de sus estudiantes, además de la generación de utilidades.
Estos Centros planifican, organizan, ejecutan y supervisan la producción de
bienes y servicios, tendientes a servir a los docentes y estudiantes en el
desarrollo de sus prácticas de investigación y proyección social, así como a la
generación de recursos propios.
Son funciones y atribuciones de los Centros de Producción de la Facultad, los
siguientes:
a. Formular, ejecutar y evaluar la política de gestión del centro de
producción.
b. Establecer, implementar y evaluar la organización interna del Centro.
c. Aprobar la programación y ejecución de las actividades de proyectos del
centro.
d. Otras funciones que le asigna el Decanato.
2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS
383
Los Centros Experimentales de Producción Pecuaria y el Módulo de Productos Lácteos,
que no dependen del Departamento de Ciencias Pecuarias, estarán a cargo de un
DIRECTOR.
2.1. DEL DIRECTOR DE LOS CENTROS EXPERIMENTALES DE
PRODUCCIÓN PECUARIA
El Director de estos Centros será un docente nombrado, en la categoría de
Asociado o Principal, adscrito al Departamento de Ciencias Pecuarias, Ingeniero
Zootecnista o Ingeniero Agrónomo, especialidad Zootecnia, designado por el
Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el Decano, por un periodo de 3
años reelegibles, siendo sus funciones:
a. Representar a los Centros ante el Consejo de Facultad, Consejo de los
Centros Productivos de la UNC y otros órganos que lo requieran.
b. Aprobar en primera instancia los planes y presupuestos del los Centros.
c. Coordinar estrechamente con los Administradores, para el buen
funcionamiento de los Centros y para el cumplimiento de sus fines.
d. Convocar y presidir reuniones periódicas con los Administradores y
Personal, para analizar y evaluar el funcionamiento de los Centros.
e. Presentar oportunamente los informes técnico-económicos trimestrales y
anuales, elaborados por los Administradores de los Centros, al Consejo
de Facultad, al Consejo Directivo de los Centros Productivos y otros
organismos pertinentes.
f. Gestionar y suscribir convenios, para obtener recursos y medios que
coadyuven al adecuado funcionamiento y al cumplimiento de los
objetivos de los Centros.
g. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emitidas del Decano y del
Consejo de Facultad.
h. Otras que le sean encargadas por el Decano y/o el Consejo de Facultad.
- CENTRO EXPERIMENTAL DE PRODUCCIÓN PECUARIA
―HUAYRAPONGO‖
Este Centro se encarga de la producción de bienes y servicios, que sirve
prioritariamente para el desarrollo de actividades académicas, de
investigación y de extensión y proyección universitaria de los Docentes y
Estudiantes de la Facultad.
El CEPP ―Huayrapongo‖ también genera recursos propios, a través de la
comercialización de sus productos a la Comunidad Universitaria y a la
colectividad en general.
Su administración, está a cargo de un profesional especializado en la
producción pecuaria, es decir un Ingeniero Zootecnista, quien dependerá
directamente del Decanato de la Facultad y además cuenta con el
personal de campo necesario para el adecuado funcionamiento, se tiene
también el asesoramiento de docentes de la Facultad y la participación
directa de los estudiantes. Este Centro es administrado, bajo la
perspectiva de la autogestión.
Del Administrador del CEPP ―Huayrapongo‖
384
El Administrador del CEPP ―Huayrapongo‖, es un Ingeniero
Zootecnista o un Ingeniero Agrónomo de especialidad Zootecnia,
adscrito o no al Departamento de Ciencias Pecuarias, depende
directamente del Decanato y sus funciones son las siguientes:
a. Formular y ejecutar la política de gestión del Centro.
b. Elaborar el plan de desarrollo y los planes operativos del
Centro, para ser presentados al Consejo de Facultad.
c. Administrar los recursos del Centro, orientándolos a
generación de recursos propios.
d. Ejecutar la comercialización de los productos, de acuerdo
a los dispositivos establecidos, por las instancias
pertinentes.
e. Colaborar con docentes y estudiantes de la Facultad, para
la realización de actividades académicas, de investigación
y prácticas pre profesionales, que son ejecutadas
utilizando los recursos de éste Centro.
f. Elaborar los informes técnico económico trimestral y
anual; que son presentados al Consejo de Facultad y a los
órganos pertinentes.
g. Otras que le asigne al Decanato.
- CENTROS EXPERIMENTALES DE PRODUCCIÓN PECUARIA
(CEPP) DE LA FACULTAD DE ZOOTECNIA
Los Centros Experimentales de Producción Pecuaria están ubicados en la
Ciudad Universitaria y son los siguientes: Centro Experimental de
Producción de Vacunos de Carne, CEP de Porcinos, CEP de Aves y el
CEP de Cuyes y Conejos.
Estos Centros son administrados por un docente nombrado, adscrito al
Departamento de Ciencias Pecuarias, depende directamente del Decano y
es designado por un periodo de 3 años renovables.
Los CEP de la Facultad son apoyados por un Comité de Asesoramiento y
cuentan con el personal de campo y los recursos e insumos, que son
proporcionados por la Universidad, a través de la Facultad.
Del Administrador de los Centros Experimentales de
Producción Pecuaria
a. Formular y ejecutar la política de gestión de los Centros.
b. Elaborar el plan operativo y el presupuesto de los Centros,
que son presentados al Consejo de Facultad.
c. Administrar adecuadamente los Centros, para que
cumplan con sus fines.
d. Ejecutar la comercialización de sus productos, de acuerdo
a lo establecido por las instancias pertinentes.
e. Viabilizar las actividades académicas, de investigación, de
proyección y de prácticas preprofesionales de los docentes
y estudiantes de la Facultad.
f. Elaborar los informes técnico-económicos trimestral y
anual, que serán presentados al Consejo de Facultad y a
los órganos pertinentes.
385
g. Otras que le asigne el Decano.
Del Comité de Asesoramiento de los Centros de Producción
Pecuaria.
Este Comité es un órgano de asesoramiento, que contribuye al
adecuado funcionamiento de los Centros, está constituido por 5
docentes adscritos al Departamento de Ciencias Pecuarias, de la
categoría de Asociado o Principal, con experiencia en cada línea
de producción de los Centros, designados por el Consejo de
Facultad, por un periodo de 3 años reelegibles.
Son funciones de este Comité:
a. Colaborar en la formulación de los planes y presupuesto
de los Centros.
b. Asesorar y colaborar con el Administrador de los Centros.
c. Coordinar y apoyar a los docentes, para la ejecución de
actividades programadas en los Centros.
d. Asistir puntualmente y participar en las reuniones que
convoque el Administrador de los Centros.
- EL MODULO DE PRODUCTOS LÁCTEOS
El Módulo de productos Lácteos de la Facultad de Zootecnia, se encarga
de la producción de bienes y servicios, que servirán prioritariamente para
el desarrollo de actividades académicas, de investigación y de extensión
y proyección universitaria de los docentes y estudiantes de la Facultad.
Este módulo también genera recursos propios, a través de la
comercialización de los productos derivados de la leche que se
producirán, comercializándolos a la comunidad universitaria y a la
colectividad en general.
Este módulo es administrado bajo la perspectiva de la autogestión, dicha
administración está a cargo de un profesional especializado, con
experiencia en éste tipo de producción y se cuenta además con el
personal de apoyo necesario, para su adecuado funcionamiento.
Así mismo, se cuenta con el asesoramiento de los docentes de la Facultad
y la participación directa de los estudiantes en el proceso de producción y
comercialización.
Del Administrador del Módulo de Productos Lácteos
El Administrador del Módulo es un Ingeniero Zootecnista o
Ingeniero Agrónomo, especialidad Zootecnia, adscrito o no al
Departamento de Ciencias Pecuarias, depende directamente del
Decanato, siendo sus funciones las siguientes:
a. Formular y ejecutar la política de gestión del módulo.
b. Formular el plan de desarrollo y el plan operativo del
Módulo, los que son presentados al Decanato y al
Consejo de Facultad.
c. Administrar los recursos del Módulo, orientándoles a la
Generación de ingresos propios de este Centro a su cargo.
386
d. Ejecutar la comercialización de los productos de acuerdo
a los dispositivos establecidos por las instancias
pertinentes.
e. Coordinar y colaborar con docentes y estudiantes de la
Facultad, para la realización de actividades académicas,
de investigación, de extensión y proyección y de prácticas
pre profesional.
f. Elaborar informe técnico-económico, trimestral y anual,
que son presentados al Decanato, al Consejo de Facultad
y a los organismos pertinentes.
g. Otras que le asigne el Decanato.
Asimismo, el Módulo contará con un Técnico para apoyar la
ejecución de las actividades que se realicen en el Módulo.
Cajamarca, Mayo de 1996
ING. LUIS H. ACEIJAS PAJARES
Director del CIPE
Presidente Comisión de Planificación
Responsables elaboración del MOF