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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO SECRETARÍA GENERAL
Recibido por: Fecha:
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Nuestro objetivo: "LA EXCELENCIA"
362 Oficio No. -SG-UNACH-2014 Riobamba, 09 de abril de 2014
Ingeniero Diego Barahona DIRECTOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES - ICITS. Presente.-
De mi consideración:
Cúmpleme informar a usted que, el H. Consejo Universitario en sesión de fechas 03 y 07 de abril de 2014, resolvió lo siguiente:
3.3. BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO TECNOLÓGICO Y SABERES ANCESTRALES ICITS UNACH 2014:
RESOLUCIÓN No. 0080-HCU-03/07-04-2014:
El H. Consejo Universitario de conformidad con las atribuciones determinadas en el artículo 18, numeral 09 del Estatuto Institucional, resuelve en forma unánime aprobar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS UNACH 2014, conforme al planteamiento realizado por el Vicerrectorado de Posgrado Investigación.
Para los fines uientes.
Atentament
Dr Arturo Guerrero H., S CRETARIO GENERAL RIA
4,
C.c. Archivo. Elab. Dr. Arturo Guerrero H.
Campus Universitario "Ms.C. Edison Riera Rodríguez" Av. Antonio José de Sucre Km 1 1/2 camino a Guano
Teléfonos: (03) 3730880 Ext. 1003 -1004 -1005 -1006 aguerrero@unach.edu.ec
RIOBAMBA • CHIMBORAZO • ECUADOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO Vicerrectorado de Posgrado e Investigación
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Riobamba, 2 de abril de 2014 Oficio No. 0280-VPI-UNACH-2014
Doctora María Angélica Barba M. Rectora de la Universidad Nacional de Chimborazo Presente.-
MUTADACIIIAL DE CriliBORAZO SECRETARÍA GENE RAL
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Fecha:,r 754 Hora:
2 --------------------------------------- FUNCIONARIO PFSPONS 73t1.1
De nuestra consideración:
Comedidamente me permito hacerle llegar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS UNACH -2014, aprobado en primera instancia en el Consejo de Investigación con Resolución No. 13-C.I. 2014-03-24, por lo que solicito sea considerado en el seno del H. Consejo Universitario para su aprobación final, considerando que los proyectos ganadores de la convocatoria 2014, serán ejecutados en el año 2015.
Por su gentil atención, le agradezco.
Atentamente,
Ms.C. Lexinton Cepeda Astudillo. Vicerrector de Postgrado e Investigación.
Adj: oficio No. 022-C.I. UNACH-2014, Bases.
Silvana z.
Ora. %lada rfa RECTORA
Fecha: 0 2 ABR 2.014 /61/3()
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Dirección: Campus "La a ch.eschkec
4 94, 0-0 Alfaro y 10 de Agosto Tel: (03) 2628115 / 2628115 /2628 119
Riobamba - Ecuador
Riobamba, 2 de abril de 2014 Oficio No. 0280-VPI-UNACH-2014
Doctora María Angélica Barba M. Rectora de la Universidad Nacional de Chimborazo Presente.-
De nuestra consideración:
Comedidamente me permito hacerle llegar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS UNACH -2014, aprobado en primera instancia en el Consejo de Investigación con Resolución No. 13-C.I. 2014-03-24, por lo que solicito sea considerado en el seno del H. Consejo Universitario para su aprobación final, considerando que los proyectos ganadores de la convocatoria 2014, serán ejecutados en el año 2015.
Por su gentil atención, le agradezco.
Atentamente,
Ms. . Lexinton Cepeda Astudillo. Vicerrector de Postgrado e Investigación.
Adj: oficio No. 022-C.I. UNACH-2014, Bases.
S ilvana z.
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO VICERRECTORADO DE POSTGRADO E INVESTIGACIÓN
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO
CONSEJO DE INVESTIGACIÓN
Oficio No. 022-CLUNACH-2014 Riobamba, marzo 26 de 2014
Máster Lexínton Cepeda VICERRECTOR DE POSGRADO E INVESTIGACIÓN Presente
Señor Vicerrector:
Cumplo con el deber de informar a usted la Resolución adoptada por el Consejo de Investigación de la Universidad, en sesión ordinaria del 24 de marzo de 2014:
RESOLUCION 13 - CL- 2014-03-24.-
Aprobar las Bases de la Convocatoria de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico y Saberes Ancestrales ICITS-UNACH 2014 para su ejecución en el año 2015 y trasladar al H. Consejo Universitario para conocimiento y aprobación definitiva.
Particular que comunico para los fines consiguientes.
Atentamente,
FECHA v,19-
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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO
TECNOLÓGICO Y SABERES ANCESTRALES ICITS-UNACH 2014
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Objetivo general
Impulsar el desarrollo de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales en la Universidad Nacional de Chimborazo, a través de la gestión para el financiamiento de los mismos para su ejecución en el año 2015, en concordancia con las líneas de investigación de la institución, las necesidades locales, regionales y nacionales de acuerdo al Plan Nacional del Buen Vivir.
Objetivos específicos
a) Promover la vinculación y colaboración de la Universidad Nacional de Chimborazo realizando
actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, con los usuarios y
beneficiarios de los resultados.
b) Gestionar el financiamiento para la ejecución de proyectos de investigación científica,
desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, cuyos resultados estén orientados a la
obtención de productos, procesos o servicios, nuevos o mejorados para solucionar
problemas de la comunidad.
c) Desarrollar mayores y mejores capacidades científicas y tecnológicas, a través de la
promoción de las actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, que
se orienten a beneficiar a las Unidades Académicas proponentes y a otras organizaciones
sociales, generando importantes impactos económicos y sociales para la región y el
país.
d) Contribuir al desarrollo local, provincial y regional, garantizando que los resultados de los
proyectos se orienten a la solución de problemas de esos territorios, teniendo en
consideración el impacto social, económico y productivo, aprovechando capacidades y
recursos disponibles.
1.2 Definiciones
Para la correcta comprensión y aplicación de estas bases de la convocatoria, los términos
tienen las siguientes definiciones:
1.2.1 ICITS: Es el Instituto de Ciencia, Innovación, Tecnología y Saberes de la Universidad
Nacional de Chimborazo que dirige y coordina el Sistema de Investigación Institucional,
desarrollando y ejecutando las políticas del Vicerrectorado de Postgrado e Investigación
en estos ámbitos.
1.2.2 Convocatoria: Es el proceso por el cual el ICITS, en forma pública y transparente,
invita al Personal Académico de las diferentes Unidades de la Universidad Nacional de
Chimborazo para que presenten sus proyectos y programas de investigación científica,
desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, para evaluarlos, calificarlos y optar o no por
su financiamiento y su ejecución para el 2015.
1.2.3 Recepción: Es el proceso por el cual el ICITS obtiene de los(as)potenciales
Investigadores(as) y Profesores(as) de las diferentes Unidades Académicas de la
Universidad Nacional de Chimborazo convocados(as), los programas y proyectos de
investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales para su posible
financiamiento (tanto en forma digital así como una copia física).
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1.2.4 Formato: Es el esquema para la presentación de programas y proyectos de
investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales para su posible
financiamiento, para esta convocatoria, se utilizará el “Formulario para la presentación de
Programas o Proyectos” establecida por la SENESCYT.
1.2.5 Calificación: Se considerará propuesta calificada aquella que haya sido entregada
de acuerdo a las bases, reglamento, instructivo y formato establecido para esta
convocatoria dentro de la fecha y hora señaladas. Las propuestas calificadas serán
elegibles para ser evaluadas y eventualmente podrán o no ser seleccionadas, aprobadas
y financiadas.
1.2.6 Evaluación: Es un proceso imparcial por el cual el ICITS realiza el análisis y la
calificación del proyecto para conocer su viabilidad técnica, económica, financiera,
institucional y ambiental, mediante evaluadores calificados tanto internos como externos.
1.2.7 Selección: Las propuestas que alcancen el puntaje suficiente, serán aprobadas por
el Comité Técnico de Investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo.
1.2.8 Programa: Hace referencia a un conjunto organizado, coherente e integrado de
actividades y procesos investigativos expresados en varios proyectos de similar naturaleza
y generalmente, encaminados a responder un mismo objetivo general, en un periodo de
tiempo previamente definido y respetando un presupuesto establecido.
En el caso de programas se deberá completar el formato hasta la justificación. Además,
es necesario llenar un formulario de aplicación completo para cada uno de los proyectos
del programa.
1.2.9 Proyecto: Conjunto de actividades coordinadas e interrelacionadas que buscan
cumplir con objetivos específicos de investigación muy claramente delimitados, en un
periodo de tiempo previamente definido y respetando un presupuesto establecido.
1.2.10 Unidad Beneficiaria: Es aquella Unidad Académica de la Universidad Nacional de
Chimborazo que recibe por gestión del ICITS el financiamiento para la realización de un
proyecto o programa contemplado en esta convocatoria.
1.2.11 Financiamiento: Son aquellos recursos de la Universidad Nacional de Chimborazo canalizados a través del ICITS, destinados a la realización de programas y proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales.
1.2.12 Consejo de Investigación: Está conformado por el(la) Vicerrector(a) de Postgrado e
Investigación, los(as) Vicedecanos(as) de las Unidades Académicas, el(la) Director(a) del
ICITS, etc. encargado de la ejecución de los procesos de convocatoria, calificación,
evaluación, selección, aprobación y adjudicación del financiamiento para la ejecución de
programas y proyectos de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes
ancestrales, que sean presentados en virtud de la presente convocatoria.
1.2.13 Comisión Técnica: El Consejo de Investigación, designará una Comisión Técnica para
realizar el estudio e informe pertinente en cada proceso de evaluación. Su conformación
la realizará el Consejo de Investigación a través de una resolución.
1.2.14 Director del programa o proyecto: Es el autor intelectual del programa o proyecto
que, para efectos administrativos, representa al programa o proyecto y su desarrollo
posterior, ante el ICITS, el Vicerrectorado de Posgrado e Investigación de la UNACH, y demás
instancias internas y/o externas que correspondan. Además es quien adquiere el
compromiso de la administración del mismo, realiza las gestiones pertinentes a su ejecución
con apoyo de la Unidad de Gestión de Proyectos; presenta los informes técnicos, financieros
y demás requerimientos.
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1.2.15 Investigador “Junior”: Se considera al Personal Académico con título de tercer nivel
que está terminando o terminó su titulación de maestría más reciente dentro de los últimos
cinco años.
1.2.16 Investigador “Sénior”: Se considera al Personal Académico que terminó su título
de maestría más reciente hace más de cinco años y un índice de producción
intelectual de al menos 0.25 o posee título de Ph.D. o su equivalente.
2 TIPOS, CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS
2.1 Categorías y Tipos de programas o proyectos
2.1.1 Categorías
Para la presente propuesta se tomarán en cuenta tres categorías de proyectos: 1) Programas,
2) proyectos de continuación y 3) proyectos nuevos.
2.1.2 Tipos
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA.- Es la búsqueda intencionada de conocimientos o de soluciones
a problemas de carácter científico; el método científico indica el camino que se ha de transitar
en esa indagación y las técnicas precisan la manera de recorrerlo.
INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA.- Es la búsqueda de soluciones a problemas y situaciones
concretas de la sociedad, en base a la aplicación del conocimiento.
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN BÁSICA.- Son trabajos teóricos con apoyo experimental que
se emprenden fundamentalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los
fundamentos de fenómenos y hechos observables, sin que su objetivo sea ninguna aplicación
o utilización determinada. Analiza propiedades, estructuras y relaciones y, formula hipótesis,
teorías y leyes.
PROYECTOS DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.- Son trabajos sistemáticos basados en los
conocimientos existentes, derivados de la investigación o la experiencia práctica, dirigidos a la
producción de nuevos materiales, productos o dispositivos, al establecimiento de nuevos
procesos, sistemas y servicios, o a la mejora sustancial de los existentes, que incidan en el
desarrollo tecnológico, agregando al haber técnico y al método científico, un posible beneficio
económico.
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN SOCIAL.- Son proyectos que dan soluciones a problemáticas
amplias detectadas en los diferentes sectores de la realidad social, como los “observatorios”
sobre indicadores macro y micro económicos, sobre empleo, mercados laborales y
profesionales, estructuras agrarias, conflictividad socio-política, violencia urbana y demás que
permitan generar innovaciones en los sectores social, industrial y empresarial.
Estas condiciones deberán ser rigurosamente fundamentadas en la formulación de los
programas o proyectos y en el formulario de presentación de propuestas, deberá indicarse la
tipología de proyecto de que se trate. El formulario de presentación de propuestas se
encontrará disponible en el sitio web de la UNACH.
NOTA: Eventualmente un programa o proyecto de Investigación científica, desarrollo
tecnológico y saberes ancestrales puede pertenecer simultáneamente a más de uno de los
tipos indicados, en cuyo caso el investigador deberá marcar en los casilleros respectivos en el
formulario de aplicación.
2.2 Condiciones y requisitos de los programas o proyectos
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Los programas o proyectos deberán ser de investigación científica de excelencia, transferencia
tecnológica o innovación, con miras a dar soluciones a problemas concretos o al
aprovechamiento de oportunidades que contribuyan al desarrollo humano sostenible. Los
resultados de los programas y proyectos deberán tener potencial (investigación) o demostrar
(innovación) la generación de un impacto positivo económico y/o social.
Los programas y proyectos deberán cumplir con todas y cada una de las condiciones y
requisitos que se indican a continuación:
• Cumplir con las líneas de investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo, los
objetivos de esta convocatoria y los especificados en el Plan Nacional para el Buen Vivir,
así como con las Políticas de Ciencia y Tecnología.
• Las propuestas en innovación deberán contribuir a solucionar problemas o carencias
internas, aprovechar oportunidades y/o satisfacer o crear mercados interno y/o externo.
• Los resultados esperados en proyectos de innovación deberán diferenciarse
claramente de opciones alternativas existentes en el mercado nacional e internacional
o que sean de conocimiento público y que estarán disponibles en el mediano plazo.
• Contribuir a elevar el conocimiento, la formación académica de talento humano, y las
capacidades, con que cuenta el país, en las áreas científica y tecnológica.
• Las actividades del programa o proyecto, sus resultados y las innovaciones esperadas
no deberán tener un impacto ambiental negativo; y de tenerlo se adjuntarán al estudio
ambiental los respectivos planes de control, mitigación y manejo del posible impacto
ambiental.
• En esta convocatoria se considerarán proyectos que hayan recibido financiamiento en
procesos anteriores, que hayan sido evaluados satisfactoriamente, y que por su
naturaleza demuestren la necesidad de continuación para mejorarlos resultados de la
investigación. Se deberá indicar claramente en su formulación que se trata de proyectos
de continuidad, y que cumplan con los siguientes criterios:
o El proyecto deberá ser idealmente presentado y ejecutado por el mismo
investigador principal,
o El proyecto deberá complementar y ampliar los resultados de la investigación.
3 PLAZO Y MONTOS DE FINANCIAMIENTO OTORGADOS POR EL ICITS
3.1 Plazos de ejecución de programas y proyectos
Los proponentes deberán considerar un plazo de hasta 24 meses para la ejecución de los
proyectos, con el objetivo de obtener los resultados e impactos propuestos en el menor tiempo
posible. Excepcionalmente se podría considerar un plazo mayor a 24meses, sin llegar a exceder
los 36 meses, para aquellos proyectos que debido a la naturaleza de los temas abordados y
plenamente justificados así lo requieran. En el caso de los programas estos podrían tener una
duración de 48 meses y excepcionalmente se podría considerar hasta 60 meses si se justifican
plenamente las razones.
Los programas y proyectos serán objeto de una evaluación periódica, que tendrá como
propósito principal verificar el avance científico, tecnológico y social que ofrecen así como
verificar el cumplimiento de las metas propuestas de estos proyectos. Los resultados de
estas evaluaciones condicionarán la continuidad o no del financiamiento para las etapas
posteriores de estos programas o proyectos, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento
del SCiTIS de la UNACH.
3.2 Montos de financiamiento de programas y proyectos
Los montos de financiamiento máximo para las diferentes categorías de proyectos es la
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siguiente:
1) Programas presentados por investigadores “Sénior”: 100.000,00 USD
2) Proyectos presentados por investigadores “Sénior”: 50.000,00 USD
3) Proyectos nuevos presentados por investigadores “Junior”: 20.000,00 USD
NOTA: Excepcionalmente se financiarán, proyectos plurianuales sobre los montos indicados
siempre que se consideren su prioridad, con la respectiva justificación técnica y financiera.
3.4 Duplicidad de financiamiento.
Un programa o proyecto podría recibir otros Fondos del Estado, en caso de que este
financiamiento sea pertinente y cuando se requiera complementar ciertas categorías de
inversión que no estén cubiertos con el financiamiento con fondos propios de la Universidad
Nacional de Chimborazo y que son inversiones necesarias para la ejecución normal del
proyecto. Este financiamiento complementario deberá ser incluido y explicado en el
presupuesto total del proyecto.
4 ÁREAS DE INVESTIGACIÓN A SER CONSIDERADAS
Las líneas temáticas de postulación y motivo de esta convocatoria están de acuerdo con
las prioridades del Plan Nacional del Buen Vivir, y son las siguientes:
Ingeniería, Industria y Construcción
Ciencias
Servicios
Salud y Servicios Sociales
Educación
Humanidades y Artes
Ciencias Políticas, Educación Comercial y Derecho.
NOTA: Otros temas que se enmarquen dentro de las prioridades nacionales de Investigación
científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales podrían ser eventualmente
considerados.
5 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
5.1 Elegibilidad de las propuestas
Una propuesta debe reunir los requisitos mínimos de índole general que determinan su
elegibilidad, entre los que se considera:
- Que sea presentado por un postulante elegible.
- Que esté dentro de los temas y áreas arriba indicados.
- Que se enmarque dentro de las Políticas de Ciencia, Tecnología y el Plan Nacional para el
Buen Vivir.
- Que tenga impacto positivo científico y social.
- Que cumpla con los requerimientos de ética, bioética, y conservación del ambiente.
5.3 Participación internacional en los programas o proyectos
Los programas o proyectos a ser presentados, deberán aprovechar al máximo las experiencias
y capacidades científicas internacionales de tal forma que aumenten su calidad, efectividad y
eficiencia. Para ello, se podrá incorporar a asociados internacionales pertinentes, promoviendo
la participación de expertos, universidades e institutos tecnológicos extranjeros en la
formulación, desarrollo, ejecución y transferencia tecnológica de los proyectos.
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5.4 Regulaciones específicas
Los programas y proyectos en los que se considere que pueden generar impacto ambiental
deberán presentar una consulta al Ministerio de Ambiente sobre la necesidad de una evaluación
de impacto ambiental, para en lo posterior, dependiendo de la respuesta obtener la ficha o
licencia ambiental, según el caso.
Los programas y proyectos que consideren la introducción de especies vegetales, animales o
fúngicas (terrestres, marinas o dulceacuícolas) al Ecuador, deberán incluirla autorización de
los organismos competentes (MAGAP, MAE u otros) o un documento que indique la
presentación de la solicitud a alguno de los organismos, por parte de los proponentes, como
parte integrante de la postulación. El programa o proyecto no podrá iniciar sin la autorización
pertinente.
Los programas o proyectos que involucren estudios en especies protegidas, sitios
arqueológicos y áreas silvestres protegidas deberán presentar las autorizaciones emitidas por
los organismos correspondientes.
En los programas y proyectos en los que se involucre la participación de material genético
humano o animal, o animales de experimentación se deberá incluir un informe positivo de un
comité de bioética debidamente reconocido por la Autoridad Sanitaria Nacional de acuerdo al
Reglamento para la Aprobación, Monitoreo, Seguimiento, Evaluación de los Comités de
Bioética que se Relacionan con las áreas atinentes al Ministerio de Salud Pública, publicado en
el Registro Oficial # 361, de 21 de septiembre de 2006. Los investigadores deberán tomar en
cuenta la Política Nacional de Bioética y todos los aspectos éticos y jurídicos establecidos
en las normas nacionales e internacionales.
Los postulantes beneficiarios de un programa o proyecto que pudiera comprometer aspectos
bioéticos (estudios de seres humanos y manipulación genética, entre otros) deberán presentar
una declaración juramentada anexa al proyecto, en la que exprese que sus actividades, sus
posibles resultados y las innovaciones esperadas no presentan controversias de carácter
bioético y que ellas serán prevenidas y corregidas si surgen durante la ejecución del programa
o proyecto. Los programas o proyectos que involucren investigación en seres humanos y en
transgénicos deberán atenerse a lo establecido en las leyes y sus reglamentos
correspondientes.
Los programas o proyectos que incluyan experimentación con animales, deberán adjuntar
una declaración juramentada de los proponentes beneficiarios que participan en el programa
o proyecto de que sus actividades, posibles resultados y las innovaciones esperadas han sido
analizadas cuidadosamente y no presentan controversia de carácter bioético y que ellas serán
prevenidas y corregidas si surgen durante la ejecución del programa o proyecto.
6 RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deben presentarse en digital y adicionalmente se entregará una copia física
en el ICITS, dentro de los plazos previstos y en los formatos aprobados, mismos que
estarán disponibles en la página web de la institución.
El programa o proyecto deberá estar firmado por el Director postulante.
Listado de documentos y requisitos que se deben presentar adjuntos a la propuesta:
Oficio de presentación de propuesta según formato preestablecido. Detalle que especifique los bienes y recursos que la Unidad beneficiaria pondrá a disposición del proyecto.
Declaración juramentada de que el programa o el proyecto no ha sido presentado para financiamiento con otros Fondos del Estado u otras fuentes de financiamiento y de que el director del programa o proyecto presentado es el autor del mismo, y no pertenece a un tercero.
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Certificaciones respecto de la consulta que se menciona en el punto 5.4 de esta convocatoria o de ser el caso el informe de un comité de ética debidamente reconocido.
Toda la documentación descrita deberá ser actualizada, original o copia certificada.
Aquellas propuestas que no cumplan con lo establecido en las presentes bases serán
descalificadas automáticamente.
6.1 Documentación y fecha límite para la presentación de propuestas
Las bases de la convocatoria, y demás documentación correspondiente para la presentación
de la propuesta estarán disponibles en la página web de la institución.
Las propuestas se receptarán en el ICITS desde el 13 de Mayo de 2014 hasta las 17h00 del 13
de Junio de 2014.
Los términos aquí mencionados deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el
contexto del mismo. En caso de dudas se regirá a lo establecido en el Diccionario de la real
Academia de la Lengua Española.
6.2 Preguntas y aclaraciones
Las preguntas relativas a esta convocatoria, deberán ser dirigidas a la Dirección del ICITS, durante el tiempo que media entre la publicación de la convocatoria y la fecha de cierre de la misma, ya que se prestará asesoría a los postulantes, de modo que se cumpla con estas bases, a través de correo electrónico (icits@unach.edu.ec).
Una vez que el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e
Innovación, ha receptado las propuestas dentro de la hora y día señalados en esta
convocatoria, iniciará el proceso que consta de las siguientes fases:
Fase1. Calificación
Fase2. Evaluación
Fase3. Aclaración de dudas
Fase4. Selección
Fase5. Aprobación
7 CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
En esta fase se verificará que las propuestas cumplan con todas las condiciones y requisitos
establecidos en las bases. Cumplidos todos estos requerimientos las propuestas se
considerarán calificadas y pasarán a las fases siguientes de: Evaluación, Aclaración de dudas
y Selección.
8 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas CALIFICADAS serán sometidas a la respectiva evaluación, en los siguientes
aspectos:
Evaluación Científico-Técnica;
Evaluación Institucional;
Evaluación Financiera y Económica;
8.1 Evaluación Científico-Técnica
Las propuestas serán evaluadas científica y técnicamente por uno o más pares externos
nacionales o internacionales, seleccionados de acuerdo a sus perfiles y designados por el
Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación del ICITS.
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La calidad Científico-Técnica de una propuesta se evaluara de acuerdo a los siguientes
criterios:
8.1.1 Metodología de la Investigación Científica
Lo(s) postulante(s) deberá(n) diferenciar claramente el programa o proyecto propuesto de
otros de las mismas características, realizado so en ejecución, que hayan sido financiados con
aporte de otros Programas o fondos del Estado. Para esto se deberá identificar:
a) Diagnóstico de la situación actual o línea base en el que se establecerá a través del marco
teórico el problema o necesidad y la importancia de realizar la investigación y el aporte
especial que el programa o proyecto aporta con relación a otros anteriores.
b) La calidad de la hipótesis, de los objetivos generales y específicos, las metodologías, los
resultados esperados y la coherencia entre los aspectos anteriores.
c) Descripción de fuentes de información, el análisis bibliográfico y el estado del arte de la
realidad tecnológica pertinente.
Para proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se identificará además:
d) Características de las innovaciones, resultados esperados, y su nivel de desarrollo, además
se indicará la factibilidad de aplicación y las ventajas competitivas.
d) Articulación con el sector productivo y fortalecimiento de las capacidades físicas.
f) Búsqueda de patentes que demuestre la inexistencia de productos, procesos o servicios
similares.
8.1.2 Impacto científico y tecnológico
Este criterio se refiere a la vinculación que debe existir entre los resultados esperados y la
contribución de los mismos en el desarrollo social, económico, científico y tecnológico del
país, en el marco del Plan Nacional del Buen Vivir.
Se relaciona con las contribuciones esperadas de los programas o proyectos al desarrollo
científico y tecnológico del país, y se tomará en cuenta los siguientes criterios:
a) La generación de nuevos conocimientos científicos.
b) La generación de nuevas líneas de investigación y desarrollo.
c) La formación académica formal y de capacidades.
d) Generación de propiedad intelectual.
e) Perspectivas de desarrollo en el corto y mediano plazo de una línea de investigación en
el tema propuesto.
Para los proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se tomara en cuenta además:
f) Impacto potencial de los resultados del programa o proyecto en el ámbito comercial y
la generación de empleo.
g) La generación de tecnologías nuevas y/o mejoradas y sus usos potenciales
(Productos procesos, servicios tecnológicos).
h) Factibilidad de aplicación y transferencia de los resultados.
8.1.3 Transferencia de resultados
La transferencia de resultados en proyectos de investigación científica no siempre podrá
cumplirse, a diferencia de los proyectos de Innovación y Desarrollo tecnológico en los que
obligatoriamente debe existir este proceso.
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a) Sectores que podrían beneficiarse de los resultados
b) Nivel de aplicabilidad de los resultados.
c) Registros de propiedad intelectual e industrial de la tecnología que propone el
proyecto.
d) La metodología de transferencia de resultados.
e) Las capacidades de negociación y de comercialización reflejadas en un modelo de
negocios.
8.1.4 Capacidad de gestión
Este criterio tiene relación con la coherencia que debe existir entre el plan de trabajo
(Cronograma de actividades y valorado), la metodología y los resultados esperados
(programación y organización de las actividades, recursos humanos, recursos materiales,
recursos financieros, presupuesto y plazos asignados al proyecto). Se tomara en cuenta:
a) La congruencia de la programación y de la organización de las actividades, la coherencia
con la metodología, los resultados esperados, detalle y descripción de equipos a ser
adquiridos y el presupuesto del proyecto.
b) La asignación pertinente de responsabilidades a profesionales de las instituciones de
investigación y a profesionales de otras instituciones nacionales y extranjeras participantes
en el proyecto.
c) La formación académica, capacidad y o experiencia, tiempo de dedicación al proyecto del
director y del equipo.
d) La formación académica, capacidad y/o experiencia de los colaboradores de otras
instituciones que intervienen en la ejecución y gestión del proyecto.
e) En el caso de proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se tomara en cuenta la
participación de especialistas en transferencia tecnológica, desarrollo de planes de negocios
o de masificación de productos y servicios, e inserción de productos en el mercado.
f) Compromiso y grado de participación de las instituciones que colaboran en el proyecto,
que posibilitarán un proceso de transferencia.
Tomando en cuenta los criterios de evaluación, el ICITS asignará una calificación sobre 10
puntos a cada uno de los criterios. Para obtener el puntaje científico-técnico del proyecto, las
calificaciones se ponderarán de la siguiente forma:
CRITERIO CALIFICACIÓN PONDERACIÓN PUNTAJE
1.-Metodología de la Investigación
Científica
20 1,5 30
2.- Impacto Científico-Tecnológico
20 1,5 30
3.- Difusión/Transferencia de resultados
5 1,0 5
4.- Capacidad de
Gestión
5 1,0 5
TOTAL 70
La ponderación se refiere a la importancia de la calificación en este sistema. 8.2 Evaluación de Capacidades Técnicas, de Gestión y experiencia.
Esta evaluación se relaciona con las capacidades técnicas, de gestión y la experiencia de la(s)
Unidad(es) académica(s) y/o proponente(s) que ejecutará(n) el proyecto, que posibilitará un
adecuado desarrollo del mismo. Esta evaluación será realizada internamente por el ICITS por
una(s) Comisión(es) Técnica(s), que será designada por el Comité de Proyectos de
Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
10
Los criterios serán los siguientes:
a) Desempeño del postulante en otros proyectos.
b) Contar con la adecuada capacidad científica técnica, administrativa y financiera que
garantice el cabal cumplimiento de los objetivos del proyecto.
c) Contar con la infraestructura y equipamiento necesarios para la ejecución del proyecto.
d) Relación con otras instituciones, es decir, aquellos proyectos propuestos por dos o más
instituciones en un programa de cooperación interinstitucional, además tendrán un valor
agregado las propuestas que tengan cooperación internacional.
e) Se tomará en cuenta la inclusión de investigadores a nivel de maestría o Ph.D
formados con becas.
f) Que el proyecto contemple investigaciones que conlleven a la obtención de un titulo de
maestría o Ph.D
g) Que en el equipo técnico se incluya estudiantes para su formación y capacitación
h) En los programas o proyectos planteados en que se utilice al menos un 30% de
equipamiento que pertenezca o esté siendo utilizado por la unidad académica postulante,
ésta tendrá una puntuación adicional de 2 puntos, sobre el puntaje total.
COMPONENTE
Calif./10
PONDERACIÓN CALIFICACIÓN
FINAL
1. Experiencia en la ejecución
proyectos.
10
0,5
5
2. Capacidad Científico Técnica,
Administrativa y Financiera
10
0,2
2
3. Contar con la
infraestructura y
equipamiento
necesarios para la
ejecución del proyecto
10
0,2
2
4. Relación con otras unidades
académicas y/o instituciones.
10
0,3
3
5. Inclusión de ex
becarios con maestría o Ph.D
10
0.3
3
6. Que el proyecto
incluya investigaciones que
conlleven a la
formación de M.S o
Ph.D.
10
0.3
3
7. Que incluya la
formación de
estudiantes en general.
10
0.2
2
Total 20
8.3 Evaluación Financiera y Económica
Esta evaluación se relaciona con la determinación de la viabilidad financiera del proyecto y
serán evaluadas internamente por el ICITS por una(s) Comisión (es) Técnica(s), que será
designada por el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e
Innovación, conforme lo dispone el Reglamento de Proyectos del ICITS.
Se tomaran en cuenta los siguientes criterios:
a) Costo total del programa o proyecto.- El monto total debe enmarcarse en las categorías
de inversión y los montos máximos de financiamiento determinados por el ICITS, y al
compromiso asumido por la entidad postulante respecto a su contribución de la
contraparte.
b) Presupuesto.- Se hará un análisis presupuestario para verificar la concordancia del
programa o proyecto con los parámetros establecidos en el plan de actividades,
11
categorías de inversión y la precisión y claridad en la asignación de recursos.
c) Equipo Financiero: Contar con un equipo humano de calidad, claramente definido para la
administración financiera del proyecto y un responsable del equipo.
COMPONENTE
Calif./10
PONDERACIÓN CALIFICACIÓN
FINAL Costo total del proyecto
enmarcado en las líneas de
investigación.
10
0,5
5
Presupuesto detallado en
concordancia con el plan de
actividades y categorías de
inversión.
10
0,2
2
Contar con un equipo
humano de calidad,
claramente definido para la
administración financiera
del proyecto y un
responsable del equipo.
10
0,3
3
TOTAL
10
8.3.1 Categorías de Inversión Financiables por el ICITS
En este sentido, se aplica lo establecido en el Reglamento de Proyectos de Investigación
Científica, Innovación y Desarrollo Tecnológico.
En el caso de los miembros del equipo de investigación participantes del programa o proyecto
que tengan relación de dependencia en cualquiera de las instituciones
participantes se les pagará hasta un máximo de 60 horas extraordinarias o
suplementarias al mes. Estas horas serán destinadas para la ejecución del programa o
proyecto, de conformidad a lo establecido en el Art. 121 de la Ley Orgánica de Servicio Civil
y Carrera Administrativa. El valor de las horas extraordinarias se calculará en base a la
remuneración mensual unificada de cada uno de los miembros del equipo de investigación.
Por ejemplo, si un profesor tiene un salario de $1.590 dólares por mes (servidor público7
MRL) el monto por 60 horas extraordinarias de trabajo sería de $596.25 dólares por mes.
En el caso de personal nuevo que no tenga relación de dependencia con la UNACH se aplicará
la siguiente tabla establecida por el DATH de la UNACH que corresponde a la escala salarial
del Ministerio de Relaciones Laborales, así como la modalidad de contratación.
8.3.2 Rubros elegibles
Con los fondos otorgados por el ICITS podrán financiarse únicamente los siguientes
rubros con los topes máximos de los porcentajes indicados:
RUBROS PORCENTAJES 1. Recursos humanos 30% 2. Viajes técnicos 25% 3. Equipos 50% 4. Recursos bibliográficos y software 15% 5. Materiales y suministros 50%
12
6. Producción Científica y/o Técnica 20% 7. Subcontratos y servicios 25%
8. ACLARACIÓN DE DUDAS
El Comité podrá convocar al Director del proyecto, como parte del proceso de evaluación, a
una presentación oral o escrita de aspectos concretos del mismo, en temas técnicos
financieros, éticos y ambientales, que contribuya a determinar la consistencia y la viabilidad
global del programa o proyecto. Como por ejemplo:
a) Requerimiento de información complementaria.
b) Ejecución parcial del programa o proyecto.
c) Modificaciones a la estructura de costos.
d) Modificaciones al título del programa o proyecto, cuando los cambios al mismo lo
hicieren recomendable.
e) Fortalecimiento del equipo de investigación.
f) Inclusión de aspectos considerados importantes para el desarrollo del programa o
proyecto.
g) De ser el caso, presentación de un plan de protección ambiental.
h) Redefinición de los objetivos específicos del programa o proyecto.
El tiempo límite de esta fase será de una semana a partir de la fecha de notificación.
9. SELECCIÓN
Los resultados de las evaluaciones serán resumidos y reportados por el Equipo Técnico del
ICITS en un informe que contenga detalles de la evaluación y posibles recomendaciones a la
Comisión Técnica. Con esta información se elaborará un informe que será enviado
oportunamente a los directores de proyectos. Los directores de programas y proyectos no
seleccionados podrán solicitar este informe, aunque no podrán apelar al mismo.
En esta fase el Equipo Técnico del ICITS tomará en cuenta el puntaje final de las propuestas
que se obtendrá de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los aspectos científico- técnico,
financiero e institucional. Para que una propuesta sea seleccionada, deberá alcanzar como
mínimo un puntaje equivalente al 80% en cada una de las tres evaluaciones. Para el
financiamiento de las propuestas se priorizará aquellas que hayan alcanzado un mayor
puntaje y que aporten en mayor medida a alcanzar las metas y objetivos establecidos en el
Plan Nacional del Buen Vivir. Además el comité considerará el presupuesto disponible del
ICITS.
La Comisión Técnica podrá solicitar al Equipo Técnico del ICITS aclaraciones y/o ampliaciones
del informe presentado, dentro del plazo que considere pertinente.
Los resultados de esta fase serán publicados en la página de la UNACH,
dos días laborables después que se haya completado todo el proceso de acuerdo al
cronograma establecido. Esta publicación tendrá una duración de 15 días calendario tiempo
en el cual los proyectos estarán en una fase de oposición y dentro de este plazo podrán ser
objetados documentadamente, en relación a plagios, duplicaciones de financiamiento, falta
de originalidad, o cualquier otra ilegalidad.
10. APROBACIÓN
La aprobación de los programas y proyectos se efectuará mediante resolución del Comité de
Proyectos de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales.
La resolución de aprobación será notificada a cada postulante, mediante oficio y correo
electrónico.
Las aprobaciones se regirán a las Resoluciones de la Contraloría General del Estado, que fija
13
Normas y Procedimientos sobre Rendición de Cuentas y las beneficiarias deberán dar
cumplimiento a lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas, en cuanto al manejo, administración
y registro de los fondos públicos.
Luego de la aprobación el ICITS, se reserva el derecho de solicitar cambios puntuales en
aspectos del proyecto que juzgue importantes.
11.1 Licencia Ambiental
En los casos en los que el Ministerio de Ambiente determine que se necesita realizar un estudio
de impacto ambiental, previo a la firma del convenio o contrato será necesaria la obtención de
la licencia y ficha ambiental pertinente.
11.2 Evaluación ética
De considerar conveniente la Comisión Técnica podrá conformar un comité AD-HOC integrado
por un representante del Ministerio de Ambiente, uno del Ministerio de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura y Pesca, uno del Ministerio de Salud y un delegado del Secretario Nacional de
Ciencia y Tecnología, para revisar las evaluaciones de responsabilidad ética y social de las
propuestas, y resolverá en última instancia el tema propuesto.
11. SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS
Los postulantes beneficiarios deberán dar todas las facilidades necesarias para realizar el
seguimiento, control y evaluación de los programas o proyectos, cuatrimestralmente,
conforme a los procedimientos establecidos por el ICITS.
13. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y DE LA
CONFIDENCIALIDAD
De Conformidad con lo establecido en el artículo 322 de la Constitución de la República del
Ecuador en la cual se reconoce a la propiedad intelectual como un tipo de “Propiedad”, es
obligación del ICITS garantizar que se respete estos derechos, para lo cual se solicita a los
postulantes adjuntar a la presentación de sus proyectos, la declaración expresa de la autoría
responsabilizándose sobre la originalidad de la investigación en todas sus etapas.
La propiedad de los inventos, innovaciones tecnológicas o procedimientos de propiedad
intelectual que resulten de los proyectos, será propiedad de la UNACH y de los proponentes,
en los siguientes porcentajes:1) UNACH 82,5% 2) E l investigador principal 17,5%. En el
caso de existir aportes adicionales porcentajes corresponderán a los montos de aporte.
La divulgación de los resultados del proyecto, deberá hacerse resguardando las necesidades
de confidencialidad que se establezcan para el efecto y, en ningún caso podrá atentar contra
la eventual obtención de derechos sobre la propiedad intelectual e industrial generada por el
proyecto. En particular, la divulgación de la información obtenida o hallada durante la ejecución
de los proyectos deberá contar, necesariamente, con el acuerdo de las partes.
Lo expuesto no obstará al derecho de la UNACH a través del ICITS a publicar los informes que
reciba, siempre que a su juicio, tal publicación no afecte a los propósitos establecidos en el
presente numeral.
14. EXTENSIÓN DEL PLAZO Y MONTO DE LOS PROYECTOS
Los postulantes beneficiarios podrán solicitar la extensión del plazo de ejecución, sin embargo,
en ningún caso será aplicable la ampliación del monto del financiamiento. Esta ampliación se
aprobará por causas de fuerza mayor, caso fortuito o por causas técnicas debidamente
justificadas.
Para efectos de extensión de plazos, los postulantes beneficiarios deberán realizar una
solicitud fundamentando detalladamente las razones que a su juicio ameritarían dicha
14
extensión. La extensión del plazo no podrá exceder en ningún caso de un año adicional al plazo
fijado en el proyecto inicialmente aprobado, tal como consta en el numeral 3.1.
15. CALENDARIO
a) Convocatoria: 04 de Abril de 2014.
b) Preguntas y respuestas: hasta el 30 de Abril de 2014. c) Acompañamiento UGP: desde el 02 de Mayo hasta el 30 de Mayo de 2014. d) Cierre de recepción de propuestas: 13 de Junio de 2014, a las 17h00. e) Convalidación de errores: hasta el 16 de Junio de 2014. f) Evaluación: del 16 al 30 de Junio de 2014. g) Aclaraciones: hasta el 04 de Julio de 2014.
h) Selección: hasta 11 de Julio de 2014.
i) Notificación de resultados: hasta el 18 de Julio de 2014.
NOTA. La no adjudicación del financiamiento de proyectos no dará lugar a ningún tipo de
reclamo por parte de los proponentes; pero si podrán solicitar la devolución de toda la
documentación física entregada al ICITS. El presente documento fue discutido y aprobado en la sesión del H. Consejo Universitario de fechas 03 y 07 de abril de 2014. REFERENCIAS
1.- SENACYT. (2010). Bases de la Convocatoria al Concurso de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico
e Innovación.
2.- UNACH. (2009). Reglamento para la presentación de Proyectos de Investigación y desarrollo tecnológico.
3.- UNACH. (2012). Reglamento del Sistema de Ciencia Tecnología Innovación y Saberes Ancestrales.