Post on 25-Apr-2020
transcript
UNO DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL TALLER:
Presentar y discutir las amenazas que enfrentan estos ecosistemas así como los retos de manejo y
adecuada conservación
M A R C O L E G A L A M B I E N TA L E N M É X I C O :
Gestión Ambiental:
Capacidad de una sociedad para decidir sobre el uso y manejo de sus recursos naturales de conformidad con marcos y procedimientos legales, político-administrativos y de participación social.
Nivel de Competencia:
A los tres niveles de gobierno Federal, Estatal y Municipal e incluye instrumentos legales de carácter internacional, como convenios y tratados que orientan las políticas nacionales.
J E R A R Q U Í A N O R M A T I V A :
EL OBJETO DEL DERECHO AMBIENTAL:
Es regular las conductas humanas y fenómenos para perpetuar la vida y asegurar la continuidad de los procesos naturales.
PIRÁMIDE KELSENIANA
Es la ordenación jerárquica o escalonada de las normar jurídicas de modo que las normas de rango inferior no puedan contradecir o vulnerar lo establecido por una norma de rango superior.
TOMEMOS COMO EJEMPLO EL CASO DEL PARQUE NACIONAL TULUM.
La controversia constitucional número 72/2008, promovida por el Ejecutivo Federal a través de la (SEMARNAT/CONANP).
Donde la (SCJN) resolvió por unanimidad, la inconstitucionalidad, e invalidez, del Acuerdo de Cabildo del Municipio de Tulum, publicado el 9 de abril de 2008, en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, a través del cual se estableció la “Actualización del Programa de Desarrollo Urbano (PDU) 2006-2030″ del Centro de Población de Tulum.
La invalidez del acuerdo se debió, a que el Municipio se extralimitó en el ejercicio de sus atribuciones, al incluir en su PDU los Bienes Nacionales del Dominio Público de la Federación, y que en este caso fueron el Parque Nacional Tulum y la Zona de Monumentos
Arqueológicos Tulum-Tancah.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 4to establece que:
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar.
El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la Ley.
ANTECEDENTES DE LA GESTIÓN AMBIENTAL EN MÉXICO:
En 1988 se promulga la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA). Ley Marco y que incluye a las Áreas Naturales Protegidas .
En 1995 se crea la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), a la par se hicieron importantes modificaciones a la LGEEPA.
En el año 2000 se adoptó el criterio de sustentabilidad como principio rector e integrador de las normas aplicables a los sistemas ecológicos y nace como tal la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).
Actualmente, para las políticas publicas el tema de la biodiversidad comprende criterios normativos, administrativos y operativos.
4.4.3. Fortalecer la política nacional de
cambio climático y cuidado al medio
ambiente para transitar hacia una economía
competitiva, sustentable, resiliente y de bajo
carbono.
1. Promover y facilitar el
crecimiento sostenido y
sustentable de bajo
carbono con equidad y
socialmente incluyente.
2. Incrementar la
resiliencia a efectos del
cambio climático y
disminuir las emisiones de
compuestos y gases de
efecto invernadero
4. Recuperar la
funcionalidad de cuencas
y paisajes a través de la
conservación, restauración
y aprovechamiento
sustentablemente del
patrimonio natural.
6. Desarrollar, promover y
aplicar instrumentos de
política, información
investigación, educación,
capacitación, participación y
derechos humanos para
fortalecer la gobernanza
ambiental.
ESTRATEGIA
META
NACIONAL
OB
JE
TIV
OS
PR
OM
AR
NA
T
4.4.1 Implementar una política integral
de desarrollo que vincule la
sustentabilidad ambiental con costos y
beneficios para la sociedad.
4.4.4. Proteger el patrimonio natural
4.4. Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al
mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo.
4. MÉXICO PRÓSPERO O
BJ
ET
IVO
S C
ON
AN
P
Economía de la
Conservación
Conservación y Manejo de
la Biodiversidad
Manejo Integrado del
Paisaje
Fortalecimiento de la
Coordinación Estratégica
Intra-Sectorial
Atención a los efectos del
Cambio Climático y
disminución de emisiones
de GEI
Comunicación, Educación,
Cultura y Participación
Social para la Conservación
OBJETIVO
META
NACIONAL
Fortalecimiento Institucional
Fomento a la Coordinación
Intersectorial
Marco Legal para la
Conservación del Patrimonio
Natural
META
NACIONAL
PND
N O R M AT I V I D A D A M B I E N TA L E N M É X I C O :
NORMAS OFICIALES
MEXICANAS APLICABLES EN
LA MATERIA
REGLAMENTO LGEEPA EN
MATERIA DE ANP´s
REGLAMENTO LGEEPA EN
MATERIA DE IMPACTO
AMBIENTAL
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO
ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL
AMBIENTE (LGEEPA)
CÓDIGO
PENAL
FEDERAL
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
INSTRUMENTOS DE POLÍTICA AMBIENTAL QUE CONTRIBUYEN A PROTEGER LA BIODIVERSIDAD
En materia de política ambiental existen instrumentos legales que contribuyen a la protección de la biodiversidad entre los que se encuentran los siguientes:
• Programas de Ordenamiento Ecológico
I.- General del Territorio;
II.- Regionales;
III.- Locales, y
IV.- Marinos.
• Unidades de Conservacion, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMA).
• Las Áreas Naturales Protegidas (ANP).
• Evaluación del Impacto Ambiental (MIA)
TIPOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
En el artículo 46 de la LGEEPA.- Se consideran áreas naturales protegidas:
FEDERALES
• I.- Reservas de la biosfera,
• III.- Parques nacionales,
• IV.- Monumentos naturales,
• VI.- Áreas de protección de recursos naturales,
• VII.- Áreas de protección de flora y fauna,
• VIII.- Santuarios,
• XI.- Áreas destinadas voluntariamente a la
conservación.
ESTATALES
• IX.- Parques y Reservas Estatales.
MUNICIPALES
• X.- Zonas de conservación ecológica municipales.
PROGRAMAS DE SUBSIDIO EN ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
PROCER (Programa de Conservación
de Especies en Riesgo)
PROMOBI (Programa de Monitoreo
Biológico)
PROCODES (Programa de Conservación
para el Desarrollo Sustentable)
PROVICOM, PROMAC, PROMANP
PROCODES DE CONTINGENCIAS
QUINTANA ROO EN CIFRAS AMBIENTALES
Actualmente en Quintana Roo se protege bajo el esquema de Áreas Naturales Protegidas (ANP) una superficie de 1, 632, 493 ha, lo que corresponde a 30 ANP, de las cuales:
• 03 destinadas voluntariamente a la conservación.
• 16 Federales,
• 10 Estatales y
• 01 Municipal (Ombligo Verde)
Como metas y áreas de oportunidad, se tiene que todas estas ANP cuenten con su Programa de Manejo.
Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional Convenio RAMSAR
• En 1986 México se incorpora a
la Convención de Ramsar.
• La CONANP es la dependencia
del Gobierno Federal encargada,
de llevar a cabo la aplicación de
la Convención.
• México cuenta con 142 Sitios
Ramsar con una superficie total
de casi 9 millones de ha.
• Estos incluyen, entre otros
humedales, manglares,
arrecifes de coral, selva baja y
sitios con especies amenazadas.
PROPUESTA DE SOLICITUD DE DESIGNACIÓN DE SITIO «RAMSAR»
el Gobierno del estado, a través de la SEMA, los Municipios de Bacalar y Othon P. Bco, en colaboración con ECOSUR Unidad Chetumal y el Instituto de Ecología de la UNAM, firmaron una propuesta de solicitud de designación de sitio «RAMSAR» al Corredor Transversal Costero Bacalar- Bahía de Chetumal como Humedal de Importancia Internacional.
PROPUESTA DE SOLICITUD DE DESIGNACIÓN DE SITIO «RAMSAR»
Hernández-Arana, et al. 2015
PARQUE NACIONAL ARRECIFES DE XCALAK
El Parque Nacional "Arrecifes de Xcalak" se localiza en la costa sur del Estado de Quintana Roo, en el Municipio Othón P.
Abarca una superficie de 17,949.4 Ha, de las cuales 13,495 Ha corresponden a ecosistemas marinos y 4,543 Ha a humedales.
En su zona de influencia se encuentran diversos ecosistemas interdependientes: arrecifes de coral, humedales, lagunas costeras, playas y selva, en buen estado de conservación y que son susceptibles de ser aprovechados de manera sustentable mediante actividades económicas alternativas que beneficien a las comunidades asentadas en la zona.
Decreto de creación "Parque Nacional Arrecifes de Xcalak" en el DOF el 27 de noviembre de 2000
PM publicado en el DOF 08 de Oct de 2004