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1, · 1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación, en términos de...

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PODER JUDICIAL DE LA FEDE:1ACIÓN CORH DE JUSTI CIA DE LA NAC IÓN CONTRATO DE DONACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SUPREMA CORTE", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO RODOLFO HÉCTOR LARA PONTE, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR Y, POR LA OTRA, LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE IMPARTIDORES DE JUSTICIA, A.C., EN LO SUCESIVO "LA ASOCIACIÓN", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU SECRETARIO EJECUTIVO, MAGISTRADO ARMANDO ISMAEL MAITRET HERNÁNDEZ; Y A QUIENES EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES l. DECLARA "LA SUPREMA CORTE" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: 1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1°, fracción 1, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. 2. El Acuerdo General de Administración 1/2012 del Comité de Gobierno y Administración por el que se regulan los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su artículo 148 establece que "LA SUPREMA CORTE" podrá realizar donativos en numerario, los que en todo caso mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales, a asociaciones no lucrativas, órganos del Estado Mexican o, Estata l, Municipal o del Distrito Federal y organismos e instituciones nacionales e internacionales, vinculadas a funciones de impartición de justicia. 3. Mediante escrito de 18 de enero de 2016, el Magistrado Armando Ismael Maitret Hernández, en su carácter de Secretario Ejecutivo de la Asociación Mexicana de lmpartidores de Justicia, A.C., solicitó a "LA SUPREMA CORTE" la aportación de un donativo por la cantidad de $4'000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) 4. El Comité de Gobierno y Administración de "LA SUPREMA CORTE", en la sesión celebrada el 28 de enero de 2016, autorizó un donativo por la cantidad de $4'000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) con el objeto de impulsar acciones de mejora para una expedita impartición de justicia. 5. Cuenta con la suficiencia presupuesta! para cumplir con las obligaciones que le impone el presente contrato. 6. El Licenciado Rodolfo Héctor Lara Ponte, en su carácter de Oficial Mayor de "LA SUPREMA CORTE" está facultado para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en el artículo 20, fracción XIX, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 7. Cuenta con el registro federal de contribuyentes SCJ9502046P5, expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a nombre de "LA SUPREMA CORTE". 8. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle de José María Pino Suárez, número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, Distrito Federal. 1
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Page 1: 1, · 1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos

PODER JUDICIAL DE LA FEDE:1ACIÓN su~RfMA CORH DE JUSTICIA DE LA NAC IÓN

CONTRATO DE DONACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SUPREMA CORTE", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO RODOLFO HÉCTOR LARA PONTE, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR Y, POR LA OTRA, LA ASOCIACIÓN MEXICANA DE IMPARTIDORES DE JUSTICIA, A.C., EN LO SUCESIVO "LA ASOCIACIÓN", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU SECRETARIO EJECUTIVO, MAGISTRADO ARMANDO ISMAEL MAITRET HERNÁNDEZ; Y A QUIENES EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

l. DECLARA "LA SUPREMA CORTE" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE:

1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1°, fracción 1, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

2. El Acuerdo General de Administración 1/2012 del Comité de Gobierno y Administración por el que se regulan los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su artículo 148 establece que "LA SUPREMA CORTE" podrá realizar donativos en numerario, los que en todo caso mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales, a asociaciones no lucrativas, órganos del Estado Mexicano, Estatal, Municipal o del Distrito Federal y organismos e instituciones nacionales e internacionales, vinculadas a funciones de impartición de justicia.

3. Mediante escrito de 18 de enero de 2016, el Magistrado Armando Ismael Maitret Hernández, en su carácter de Secretario Ejecutivo de la Asociación Mexicana de lmpartidores de Justicia, A.C., solicitó a "LA SUPREMA CORTE" la aportación de un donativo por la cantidad de $4'000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.)

4. El Comité de Gobierno y Administración de "LA SUPREMA CORTE", en la sesión celebrada el 28 de enero de 2016, autorizó un donativo por la cantidad de $4'000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) con el objeto de impulsar acciones de mejora para una expedita impartición de justicia.

5. Cuenta con la suficiencia presupuesta! para cumplir con las obligaciones que le impone el presente contrato.

6. El Licenciado Rodolfo Héctor Lara Ponte, en su carácter de Oficial Mayor de "LA SUPREMA CORTE" está facultado para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en el artículo 20, fracción XIX, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

7. Cuenta con el registro federal de contribuyentes SCJ9502046P5, expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a nombre de "LA SUPREMA CORTE".

8. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle de José María Pino Suárez, número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, Distrito Federal.

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PODrn JUDICIAL DE LA FEDrnACIÓN 5U~RcMA Cüf\TE D E JUS TICIA DE LA NA(IÜN

11. DECLARA "LA ASOCIACIÓN" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE:

1. Está constituida como persona moral que se encuentra en los supuestos del Título 111, "Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos" de la Ley del Impuesto sobre la Renta, según consta en la foja 25 de la protocolización del Acta de Asamblea General Constitutiva y Estatutos Sociales de "LA ASOCIACIÓN", levantada el trece de julio de dos mil siete, ante la Fe del licenciado Eduardo J. Muñoz Pinchetti, Notario Público Número 71, en el Distrito Federal.

2. De conformidad con el artículo segundo de sus Estatutos, su objeto y fines sociales, entre otros, consisten en la realización de acciones conjuntas a favor de la impartición de justicia a nivel nacional y del cumplimiento de la garantía jurisdiccional prevista en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respetando en todo momento los ámbitos de competencia de cada uno de los órganos jurisdiccionales que la integran.

3. En términos del artículo décimo sexto de sus Estatutos Sociales, su patrimonio se integra con el conjunto de bienes, derechos, valores y demás, que recibe por aportación de sus asociados, donaciones, legados, herencia o por cualquier otro ingreso lícito y que la totalidad de su patrimonio se destina para los fines para los que fue creada.

4. Requiere de apoyos económicos para dar viabilidad a la ejecución y seguimiento de su objeto social, específicamente lo relativo al proyecto denominado "Acciones de Mejora Para la lmpartición de Justicia en México. Plan 2016", que busca coadyuvar en el fortalecimiento de acciones tendientes a una impartición de justicia más expedita en México; la recopilación y difusión de las sentencias destacadas en materia de acceso a la justicia y equidad de género y proyectos de excelencia e innovación judicial, así como a la adopción de buenas prácticas en la gestión judicial, el acceso a la justicia , la transparencia y la rendición de cuentas por parte de los órganos impartidores de justicia.

5. El Magistrado Armando Ismael Maitret Hernández cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato, lo cual acredita con el testimonio de la escritura pública número 155050 de 10 de enero de 2012, otorgada ante la Fe del licenciado Cecilia González Márquez, Notario Público Número 151 del Distrito Federal.

6. Cuenta con autorización del Servicio de Administración Tributaria para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta, lo cual acredita con el oficio

- de 22 de noviembre de 2012.

7. Tiene como domicilio legal el ubicado en Avenida San Antonio número 225, colonia San Pedro de los Pinos, Delegación Benito Juárez, Código postal 03800, Ciudad de México,

Distrito Federal.

111. DECLARAN "LAS PARTES" QUE:

De conformidad con las declaraciones anteriores se reconocen la personalidad jurídica que ostentan, asimismo conocen el alcance y contenido de este instrumento jurídico y están de acuerdo a someterse a las siguientes:

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUt'MMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

PRIMERA. OBJETO.

CLÁUSULAS

"LAS PARTES" convienen en que el objeto del presente contrato lo constituye la donación que otorga "LA SUPREMA CORTE" a "LA ASOCIACIÓN", y ésta la acepta para la realización , en lo general, de acciones a favor de la impartición de justicia y del cumplimiento de la garantía jurisdiccional prevista en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en 1.o particular para el cumplimiento de los objetivos contenidos en el Proyecto denominado "Acciones de Mejora Para la lmpartición de Justicia en México. Plan 2016", que contempla, entre otros, coadyuvar en el fortalecimiento de acciones tendientes a una impartición de justicia más expedita en México; la recopilación y difusión de las sentencias destacadas en materia de acceso a la justicia y equidad de género y proyectos de excelencia e innovación judicial, así como a la adopción de buenas prácticas en la gestión judicial , el acceso a la justicia, la transparencia y la rendición de cuentas por parte de los órganos impartidores de justicia; donativo que deberá destinarse exclusivamente a dichos fines .

SEGUNDA. MONTO DE LA DONACIÓN. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el donativo consiste en la cantidad de $4 '000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 moneda nacional).

TERCERA. FORMA DE LA ENTREGA DE LA DONACIÓN. "LAS PARTES" convienen en que la donación se entregará en una sola exhibición, en la fecha de la firma de este documento jurídico, mediante transferencia electrónica a la cuenta definida por "LA ASOCIACIÓN".

CUARTA. OBLIGACIONES DE "LA ASOCIACIÓN". "LAS PARTES" acuerdan que la presente donación se. considerará onerosa, comprometiéndose "LA ASOCIACIÓN" a cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Administrar y destinar el monto donado de $4'000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 moneda nacional) para la realización, en lo general, de acciones a favor de la impartición de justicia a nivel nacional y del cumplimiento de la garantía jurisdiccional prevista en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y en lo particular al cumplimiento de los objetivos· contenidos en el Proyecto denominado "Acciones de Mejora Para la lmpartición de Justicia en México. Plan 2016".

b) Aplicar el monto donado para la operación y funcionamiento de la Asociación para el cumplimiento de sus fines, consistente en coadyuvar en el fortalecimiento y modernización de la impartición de justicia en México, fomentar la formación de excelencia en materia jurisdiccional, trabajar por estandarizar prácticas administrativas y procesales, así como la realización de proyectos específicos con alcance regional y nacional y, para tal efecto, "LA ASOCIACIÓN" presenta el Proyecto denominado "Acciones de Mejora para la lmpartición de Justicia en México. Plan 2016", el cual se anexa al presente instrumento como ANEXO ÚNICO.

c) Entregar a "LA SUPREMA CORTE" el recibo fiscal correspondiente de donativo deducible del impuesto sobre la renta .

d) Proporcionar a "LA SUPREMA CORTE" la información que requieran la Auditoría Superior de la Federación o cualquier otro órgano de fiscalización facultado en materia de control, vigilancia y fiscalización de recursos públicos.

e) Rendir, de manera trimestral, ante el Comité de Gobierno y Administración de "LA SUPREMA CORTE", un informe detallado sobre el cumplimiento, avances y

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PODrn JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SU ~RfMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION

f) Rendir ante su órgano máximo un informe de la aplicación de los recursos y sus resultados del donativo objeto de este contrato.

QUINTA. FOMENTO A LA TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento contractual constituye información pública en términos de lo previsto en los artículos 1 º, 70, 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

SEXTA. LEGISLACIÓN APLICABLE. El acuerdo de voluntades del presente instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el Acuerdo General de Administración 1/2012 del catorce de junio de dos mil doce del Comité de Gobierno y Administración por el que se regulan los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y en lo no previsto en éstos, por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimiento Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO. "LAS PARTES" convienen en que este instrumento es producto de la buena fe, por lo que real izan todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento. Cualquier controversia derivada de la aplicación o interpretación del presente contrato, será resuelta por "LAS PARTES" de común acuerdo. En caso de subsistir la controversia, "LAS PARTES" se someten expresamente al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su resolución, órgano competente en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

ANEXO ÚNICO. Forma parte integrante del presente contrato el siguiente anexo: Proyecto. "Acciones de Mejora para la lmpartición de Justicia en México. Plan 2016" (enero 2016).

Leído que fue el presente contrato y enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance, lo firman en tres tantos, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de febrero de dos mil dieciséis.

MA IS RADO ARMANDO ISMAEL MAITRET-HERNÁNDEZ ____ ___,

SECRETARIO EJECUTIVO

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