Date post: | 02-Apr-2015 |
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Antecedentes de la Exportación de Productos de la Pesca a la Unión
Europea
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Órgano desconcentrado de la SSA encargado de proteger a la población contra riesgos sanitarios ocasionados por el uso y consumo de alimentos, bebidas, medicamentos, equipos médicos, productos de perfumería, belleza y aseo, nutrientes vegetales, plaguicidas y otros productos y sustancias.
COFEPRIS
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• Aparatos y dispositivos• Medicamentos• Tejidos• Transplantes• Servicios de Salud
AMBITO DE COMPETENCIA (producción, comercialización, importación, exportación y publicidad)
• Plaguicidas• Fertilizantes• Precursores químicos• Químicos esenciales
• Alimentos• Bebidas• Tabaco• Perfumería y belleza• Biotecnológicos
Medicamentos y tecnologíaspara la salud
Sustancias tóxicas opeligrosas
Alimentos y otros productos de uso y consumo
Salud ocupacionalRiesgos derivados de factores ambientales
Saneamiento básico
SISTEMA FEDERAL DE PROTECCION SANITARIA
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-
ProcesosSistemas, asesoría jurídica, evaluación apoyo internacional, etc.
Evidencia y Manejo de Riesgos Sanitarios
Staff administrativo Secretaría General
Educación, Vinculación,
Comunicación
OPERACION DEL SISTEMA FEDERAL SANITARIO
Control analítico y ampliación de cobertura
Operación Sanitaria
Autorizaciones sanitarias
Medidas fiscales y no regulatorias
Fomento Sanitario
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Legislación, Consulta y
De lo Contencioso
Sistema Federal Protección Contra Riesgos Sanitario
Constatación yAmpliación de
Cobertura
Operación Sanitaria
Autorización Sanitaria
FomentoSanitari
o
Evidencia y Manejo de
RiesgosSanitarios
Comisionado Federal para la
Protección ContraRiesgos Sanitarios
Flujo de información
Apoyo Apoyo
Apoyo
Secretaría General
Estructura Orgánica
COFEPRIS
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SISTEMA FEDERAL SANITARIO
ENTIDADES FEDERATIVAS
COMISION FEDERAL PARA LA
PROTECCION CONTRA RIESGOS
SANITARIOS
• Evidencia y Manejo de Riesgos Sanitarios
• Normas y Políticas-Fomento Sanitario-Operación Sanitaria-Control Analítico
• Operativa, ejecutora• Regulación, Control y
Fomento Sanitarios• Control Analítico
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NORMAS OFICIALES MEXICANAS Y GUIAS TECNICAS
REGLAMENTO DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS; REGLAMENTO DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS.
LEY GENERAL DE SALUD
MARCO LEGAL CONSTITUCION POLITICA DE LOS E.U.M. (Art. 4º)
LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
REGLAMENTO DE LA COFEPRIS
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Apoyo a las Exportaciones:Emisión de Certificados
Existen tres modalidades de certificados, de acuerdo con el requerimiento específico del país de destino:
1. Certificado de Libre Venta
2. Certificado de Análisis de Producto
3. Certificado de Conformidad de Buenas Prácticas Sanitarias
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1. Certificado de Libre Venta
El documento se emite a solicitud del exportador, cuando la autoridad sanitaria del país importador solicite un documento emitido por la autoridad sanitaria mexicana, donde se indique que el o los productos que en él se señalen, se venden libremente en la República Mexicana, o que son fabricados exclusivamente para exportación, o importados exclusivamente para exportación
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2. Certificado de Análisis de Producto
Se expide cuando la autoridad sanitaria del país importador solicite un documento emitido por la autoridad sanitaria mexicana, en el que se dan a conocer los resultados de los análisis de laboratorio, considerando el lote del producto muestreado.
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3. Certificado de Conformidad de Buenas Prácticas Sanitarias
•Se emite por requerimiento del país importador;•Avala que el producto a exportar se realiza bajo
buenas prácticas sanitarias;•De ser el caso, utilizando Análisis de Riesgo,
Identificación y Control de Puntos Críticos (HACCP); •Cumplimiento con la legislación sanitaria mexicana;
y•Con la del país a donde se realizará la exportación,
cuando éste fuera el caso.
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Trámite: Procedimiento para la Certificación
Solicitud del procesador
Visita de verificación
Dictamen de acta y resultados de análisis
Notificación de Dictamen Favorable
Notificación de dictamen desfavorable
Visitas de seguimiento
Corrección deAnomalías
Captura de Acta Análisis de Muestras
Desfavorable
Favorable
Habilitación en el sistema y emisión de certificados
Listado del establecimiento por la UE (una sola vez)
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Visita de verificación:
Personal especializado de COFEPRIS y del Estado.
Revisión de expediente (previo a la visita).
Aplicación del acta de verificación cerrada, así como formatos para evaluación de procesos y del riesgo de contaminación cruzada. Evaluación Plan HACCP
Obtención de documentación que evidencie los hallazgos a efecto de sustentar/facilitar el dictamen.
Rastreo documental de origen y control de proceso de un lote que se haya producido.
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Toma de muestra (en su caso)
La muestra corresponde a los productos que se pretenden exportar Las muestras se dejan en poder del interesado para
su envío a laboratorio
Análisis de la muestra
Envío de muestras y costo de análisis por cuenta del interesado
Análisis en el Laboratorio de Referencia de la
COFEPRIS o en laboratorios terceros autorizadosLos resultados son remitidos a COFEPRIS
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Dictamen de acta
Criterios para un dictamen favorable
• Por personal especializado de COFEPRIS• Apoyado por el Sistema Informático
• Cumplimiento de BPHS y HACCP• Cumplimiento de requisitos establecidos en la
Legislación mexicana y de ser necesario del país de destino
• Muestras de productos dentro de especificaciones
Captura del acta
Los resultados del acta y del análisis son capturados en el sistema informático
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- Reglamento de control sanitario de productos y servicios.
- NOM-120 Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas.
- Normas específicas para cada tipo de alimento
- Para establecimientos que procesan productos de la pesca, la “NOM-128 Bienes y servicios. Que establece la aplicación de un sistema de análisis de riesgos y control de puntos críticos en la planta industrial procesadora de productos de la pesca.”
Legislación mexicana que se debe cumplir:
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Visitas de Seguimiento
• Son parte del Programa de Certificación y su objetivo es constatar la corrección de las anomalías encontradas durante la visita de certificación.
• Se realizan independientemente de la vigencia otorgada.
• Pueden ser realizadas por personal federal o estatal.
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Para exportar a la Unión Europea, los países terceros deben ajustarse a la legislación comunitaria, por lo que la autoridad responsable del control sanitario debe garantizar el cumplimiento de los requisitos en materia de higiene y salud pública, establecidos en diferentes reglamentos, directivas y decisiones europeas.
CERTIFICACIÓN DE PLANTAS PESQUERAS A LA UNIÓN EUROPEA
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INCLUSIÓN DE MÉXICO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR
PRODUCTOS DE LA PESCA A LA UE
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A raíz de los requerimientos de las autoridades europeas establecidos en 1992, la Secretaría de Salud inició el proceso para que México fuera reconocido como país tercero autorizado para exportar productos de la pesca, facilitando con ello el comercio de éstos productos a la UE.
Inicio de la Gestión
INCLUSIÓN DE MÉXICO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR
PRODUCTOS DE LA PESCA A LA UE
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Acciones realizadas por la Secretaría de Salud en la Federación:
INCLUSIÓN DE MÉXICO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR
PRODUCTOS DE LA PESCA A LA UE
• Difusión de normatividad europea• Oficios, pláticas, conferencias.
• Capacitación a personal federal y estatal
• Implementación de Procedimientos (Certificación, Verificación y dictamen)
• Publicación de NOM-128 que establece como requisito la aplicación del HACCP
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Acciones realizadas por la Secretaría de Salud en las Entidades Federativas:
INCLUSIÓN DE MÉXICO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR
PRODUCTOS DE LA PESCA A LA UE
•Difusión de normatividad europea
•Réplica de capacitación recibida al personal asignado a las acciones de vigilancia.
•Incremento de la vigilancia sanitaria a las plantas procesadoras de productos de la pesca.
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Acciones realizadas por las plantas procesadoras:
INCLUSIÓN DE MÉXICO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR
PRODUCTOS DE LA PESCA A LA UE
• Capacitación del personal de proceso
• Implementación de Buenas Prácticas de Manufactura.
• Implementación de sistemas de calidad HACCP.
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En 1994 México a través de la SS, sometió a la UE un primer listado de 35 plantas pesqueras que cumplían con los requisitos sanitarios establecidos.
Las autoridades europeas incluyeron a México en un listado preliminar de países autorizados, sujeto a una auditoria para su inclusión en un listado definitivo.
EL LISTADO
INCLUSIÓN DE MÉXICO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR
PRODUCTOS DE LA PESCA A LA UE
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A finales del 1997, un grupo de expertos de la UE visitó nuestro país para evaluar el sistema de vigilancia sanitaria.
La evaluación consideró que los sistemas de regulación de México eran equivalentes a los de la UE, reconociendo a la Secretaría de Salud como la autoridad competente (Decisión de la Comisión 98/695/CE, 24 de noviembre de 1998).
INCLUSIÓN DE MÉXICO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR
PRODUCTOS DE LA PESCA A LA UE
Obtención del Reconocimiento como Autoridad Competente
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¿En qué consisten las auditorias?
•Revisión de documentos en la Federación sobre el sistema de certificación
– Procedimientos, registros y planes.•Constatación de la implementación en sitio
– Se visitan las oficinas de las entidades federativas involucradas
– Se visitan plantas (de acuerdo a volumen exportado y riesgo del producto principalmente)
INCLUSIÓN DE MÉXICO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR
PRODUCTOS DE LA PESCA A LA UE
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A partir de la Reorganización de la UE y la calendarización de las auditorias a países terceros, se dio la primera auditoría a México.
A la fecha nuestro país ha recibido dos visitas de auditoria.
SOSTENIMIENTO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR PRODUCTOS
DE LA PESCA A LA UE
Seguimiento de Auditorias
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La primera se realizó a mediados de 2004, en la cual se detectaron deficiencias, comprometiéndose la COFEPRIS y las plantas pesqueras a realizar los ajustes necesarios para subsanarlas.
Seguimiento de Auditorias
SOSTENIMIENTO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR PRODUCTOS
DE LA PESCA A LA UE
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• Dejar de emitir certificados en tanto se realizaron las correcciones.• Actualizar procedimientos e instrucciones de trabajo• Coordinación con las Entidades Federativas para implementar
ajustes• Actualización en materia de regulación europea de todo el personal
involucrado en el proceso de certificación: Desde titulares hasta personal técnico.
• Coordinación con las plantas para la implementación de los ajustes• Enviar la evidencia de las correcciones a la UE por mensajería y
correo electrónico• Todo en menos de dos meses para no afectar las exportaciones
Acciones para subsanar observaciones de 2004
SOSTENIMIENTO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR PRODUCTOS
DE LA PESCA A LA UE
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A finales de 2004 se realizó el seguimiento para corroborar las acciones realizadas, obteniéndose un resultado favorable.
La segunda auditoria se realizó en el segundo semestre de 2007, obteniéndose también un resultado favorable.
Seguimiento de Auditorias
SOSTENIMIENTO COMO PAÍS TERCERO AUTORIZADO PARA EXPORTAR PRODUCTOS
DE LA PESCA A LA UE
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UBICACIÓN, NÚMERO DE LAS PLANTAS Y TIPO DE PRODUCTOS CERTIFICADOS
2Langosta, camarón, calamar, pescado
8Camarón, sardina
17Pulpo, Camarón, langosta, jaiba
2Atún
5Camarón, calamar, atún
Actualmente hay 36 plantas listadas, en Baja California, Colima, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán, y 22 buques congeladores
1Camarón
1Sushi
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Exportaciones de productos de la pesca a la UE*
Periodo 2004 – 2009
2004: 9732
2005: 10855
2006: 8401
2007: 14310
2008: 12855
2009: 17742
* En toneladas
34*En toneladas
Pulpo Túnidos Camarón Langosta Calamar Jaiba Sushi
2004 8136 515 62 60 690
2005 3502 6356 618 28 351
2006 6922 870 210 104 295
2007 7813 4642 1080 56 718
2008 1302 7434 1085 56 2966 6 6
2009 8109 4183 2689 25 2693 31
Total 27675 19817 3055 304 5020 6 6
Exportaciones de productos de la pesca a la UE* Por producto *
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Por su atención: ¡Gracias!
Monterrey No.33, Col. Roma, Del. Cuauhtémoc, México, D.F.
C.P. 06700www.cofepris.gob.mx