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EL SISTEMA REGISTRAL EL SISTEMA REGISTRAL PERUANOPERUANO
IVAN CASIANO LOSSIOIVAN CASIANO LOSSIOProfesor de la Universidad San Martin de Porres
2009
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PRINCIPIOS JURÍDICOSPRINCIPIOS JURÍDICOS
DEL SISTEMADEL SISTEMA
REGISTRAL PERUANOREGISTRAL PERUANO
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Principios RegistralesPrincipios Registrales
• RELATIVOS A LA CALIFICACIÓN: Rogación, Relevancia, Legalidad, Tracto Sucesivo y Prioridad.
• RELATIVOS A LA INSCRIPCIÓN: Especialidad o Determinación.
• RELATIVOS A LA PUBLICIDAD: Oponibilidad, Legitimación, Fe Pública Registral
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• ROGACIÓN: Determinación de la situación jurídica o derecho que se solicita inscribir
• RELEVANCIA O TRASCENDENCIA: Determinación del carácter inscribible de la situación jurídica o derecho correspondiente
Calificación RegistralCalificación Registral
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LEGALIDAD
• Título Formal – Formalidad– Suficiencia
• Título Material– Validez
Calificación RegistralCalificación Registral
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OBSTÁCULOS
• Adecuación: Sujeto, Objeto y Tracto Sucesivo.
• Incompatibilidad: Prioridad Excluyente. El Registro excluye los derechos incompatibles
• Rango: Prioridad Preferente. El Registro ordena los derechos compatibles
Calificación RegistralCalificación Registral
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Relación con los TribunalesRelación con los Tribunalesde Justiciade Justicia
• Calificación
• Revisión Judicial
• Salvaguarda de los Tribunales
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• La calificación registral se encuentra restringida en el caso de títulos que contienen mandatos judiciales.
• El registrador no puede calificar ni la validez, ni la eficacia, ni los fundamentos del mandato judicial.
CalificaciónCalificación
9
• La calificación se limita básicamente a la forma y a los obstáculos que pudieran emanar de la partida.
• El Juez tiene la facultad de ordenar al registrador, bajo responsabilidad, la inscripción de un mandato judicial, aun cuando existan obstáculos para su inscripción.
CalificaciónCalificación
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• Frente a las denegatorias y demás decisiones de los registradores, los usuarios pueden apelar ante el Tribunal Registral, órgano especializado de segunda instancia administrativa registral, cuyas resoluciones ponen fin al procedimiento.
Revisión JudicialRevisión Judicial
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• Las decisiones del Tribunal Registral son recurribles ante los Tribunales de Justicia, a través de la acción contencioso-administrativa, quienes en última instancia y con fuerza de cosa juzgada se pronunciarán sobre el tema en cuestión.
Revisión JudicialRevisión Judicial
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Procedimiento Registralen el Perú
Registrador PúblicoCalifica el título
Tribunal RegistralEvalúa en segunda instancia administrativa la calificación
del Registrador
Poder JudicialSe pronuncia sobre Resolución del Tribunal Registral
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• Cualquier rectificación o cancelación de un asiento registral que involucre su nulidad sólo puede ser declarada por el Poder Judicial.
• Se exceptúan los casos de extensión de asientos registrales sin causa o título material que los origine.
Salvaguarda de los Salvaguarda de los TribunalesTribunales
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ESPECIALIDAD
Técnicas de Inscripción: a. Folio Real - Folio Personal - Folio Causal b. Folio Continuado - Encasillado c. Inscripción - Transcripción
Inscripción RegistralInscripción Registral
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•La inscripción debe su causa a un título material (negocio obligacional), de modo tal que si el título es nulo la inscripción también lo es.
•No se admite el “consentimiento formal” del derecho germano, salvo para la cancelación de hipotecas.
•El título material que da origen a la inscripción debe constar en el correspondiente asiento.
Inscripción RegistralInscripción Registral
CAUSALIDAD
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Publicidad RegistralPublicidad Registral
OPONIBILIDADRegistro declarativo que genera oponibilidad de lo inscrito frente a lo no inscrito.
- Supuesto Genérico Para oponer derechos reales a otros derechos, es preciso que el derecho que se opone esté primeramente inscrito.
- Supuestos Específicos Tratándose de derechos de distinta naturaleza, se aplicarán las normas del derecho común.
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CONEXI ÓN TRANSVERSALCONEXI ÓN TRANSVERSAL((OPONI BI LI DAD)OPONI BI LI DAD)
A
B CTERCERO CIVIL(NO INSCRITO) (INSCRITO)
TERCERO REGISTRAL
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CONEXIÓN TRANSVERSALCONEXIÓN TRANSVERSAL(OPONIBILIDAD - CONCURRENCIA)(OPONIBILIDAD - CONCURRENCIA)
A
B
C
D USUFRUCTO ARRENDAMIENTO
PROPIEDAD (CV)
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Se recogen las dos presunciones de exactitud quereconoce la doctrina y el derecho comparado:
•Relativa - Legitimación RegistralSe presume cierto el contenido de las inscripciones.•Absoluta - Fe Pública Registral Se protege al tercero adquiriente de buena fe y atítulo oneroso que se basa en el Registro.
Publicidad RegistralPublicidad Registral
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A
B
C
NULO
TERCERO REGISTRAL
Conexión Lineal Conexión Lineal FE PUBLICA REGISTRAL
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PRESCRIPCION CONTRA EL PRESCRIPCION CONTRA EL REGISTROREGISTRO
A
B
C D POSESION INSCRITO
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Eventos internacionales Eventos internacionales en materia registralen materia registral
• Declaración de La Antigua:
I Encuentro Iberoamericano de Sistemas Registrales (La Antigua, Guatemala, febrero 2003).
• Conclusiones de Cartagena:
II Encuentro Iberoamericano sobre Relaciones entre el Registro de la Propiedad y los Tribunales de Justicia (Cartagena de Indias, Colombia, marzo 2004).
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Declaración de La AntiguaDeclaración de La Antigua
• El Registro de derechos o de fe pública es el sistema registral más eficiente y se encuentra en clara expansión.
• Este sistema registral desempeña respecto del adquirente una doble función:
– Publicidad
– Garantía de lo publicado.
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Declaración de La AntiguaDeclaración de La Antigua
• Características del Registrador: Cualificación, independencia, estabilidad y responsabilidad.
• Principios aplicables a un sistema registral de fe pública: Responsabilidad, calificación, autonomía financiera, prioridad, rogación, especialidad, tracto sucesivo y publicidad.
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Conclusiones de CartagenaConclusiones de Cartagena
• Existe una estrecha relación entre los Tribunales de Justicia y el Registro de Derechos. Su correcto y eficiente funcionamiento reporta múltiples beneficios.
• A fin que el Registro de derechos pueda producir los efectos que le son propios es preciso que los Tribunales apliquen adecuadamente los principios jurídicos que lo informan.
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Conclusiones de CartagenaConclusiones de Cartagena
Registro de Derechos
• Garantiza la eficacia de la ejecución de las sentencias.
• Provee a los Tribunales la información necesaria para su labor.
• Reduce considerablemente el nivel de litigiosidad ante los Tribunales.
• Disminuye los tiempos y costos de ejecución de las cargas inscritas.
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Conclusiones de CartagenaConclusiones de Cartagena
Administración de Justicia
• Salvaguarda los asientos registrales, que al no convalidar los actos o contratos nulos, pueden ser objeto de impugnación judicial.
• Resuelve los recursos que se interpongan contra las denegatorias de inscripción.
• Facilita el acceso de las titularidades al Registro.
• Realiza una rápida ejecución de las garantías.
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Sistemas RegistralesSistemas Registrales
1. EFECTOS DE LA INSCRIPCIÓN
1.1. Constitutivos - Declarativos
1.2. Presunciones de Exactitud. - Relativa - Legitimación - Absoluta - Fe Pública Registral
2. OBLIGATORIEDAD DE LA INSCRIPCIÓN
- Obligatoriedad - Voluntariedad
3. RELACIÓN NEXO CAUSAL
- Realistas - Abstractos
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Sistemas RegistralesSistemas Registrales
4. ORGANIZACIÓN DEL FOLIO
- Real - Personal - Causal
5. FORMA EXTENSIÓN INSCRIPCIÓN
- Inscripción : Resumen - Extracto
- Transcripción : Literal - Físico