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17.Bases LP obra_2.0_20150316_175110_800

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73 INVERSION PÚBLICA SUNAT LICITACION PUBLICA Nº 002-2015-SUNAT/800010 - Primera Convocatoria BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS 1 LICITACIÓN PÚBLICA Nº Nº 002-2015-SUNAT/800010 - Primera Convocatoria Ejecución de la Obra del PIP: "Implementación del Nuevo Centro de Servicios al Contribuyente y Centro de Control y Fiscalización en la Ciudad de Huánuco" 1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición: Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
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INVERSION PÚBLICA SUNATLICITACION PUBLICA Nº 002-2015-SUNAT/800010 - Primera Convocatoria

BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1

LICITACIÓN PÚBLICA NºNº 002-2015-SUNAT/800010 - Primera Convocatoria

Ejecución de la Obra del PIP: "Implementación del Nuevo Centro de Servicios al Contribuyente y Centro de Control y

Fiscalización en la Ciudad de Huánuco"

1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:

Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. BASE LEGAL

- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CALIFICACIÓN PREVIA

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratación de la ejecución de una obra sea igual o superior a veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), en la sección específica de las Bases deberá preverse el requisito de calificación previa.

1.3. CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor

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información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

1.5. FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento.

1.6. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.

IMPORTANTE:

No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.7. FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento.

1.8. ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.

El Comité Especial debe incluir en el pliego de absolución de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.9. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;

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2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y

3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.

La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

1.10. INTEGRACIÓN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.

Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.11. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor

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público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.

En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

IMPORTANTE:

Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.

1.12. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le

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tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.11, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.

En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.

En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como

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veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.13. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2

1.14. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.14.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación

2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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económica.

1.14.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Si la propuesta económica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

IMPORTANTE:

En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.15. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.

El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.

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Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

IMPORTANTE:

De conformidad con el artículo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite del ciento diez por ciento (110%), deberá contarse con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial.

1.16. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.17. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

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CAPÍTULO IISOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

1.18. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

1.19. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO IIIDEL CONTRATO

1.20. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, según corresponda.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Constancia de capacidad libre de contratación. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Designación del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su

propuesta técnica. Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de

Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra3, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

1.21. DE LAS GARANTÍAS

1.21.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

3 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

1.21.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

1.22. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

1.23. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.

1.24. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA4

El plazo de ejecución de obra se inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, según corresponda.2. Que la Entidad entregue el expediente técnico de obra completo al contratista.3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutará la obra al contratista.4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al

contratista, cuando en la sección específica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligación.

5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la sección específica de las Bases, salvo que en dicha sección no se haya previsto la entrega de este adelanto.

6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales5 señalados en su propuesta técnica.

4 En las obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, estos requisitos deberán ser considerados para el inicio de la ejecución de la obra.

5 Ingenieros o arquitectos.

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Estas condiciones deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la suscripción del contrato.

En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.

Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climática no permitiera el inicio de la ejecución de la obra, la Entidad podrá acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecución. Dicha decisión deberá ser sustentada en un informe técnico que formará parte del expediente de contratación de la obra.

IMPORTANTE:

De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.

1.25. RESIDENTE DE OBRA6

Profesional7 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad8, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designación, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.

La sustitución del residente sólo procederá previa autorización por escrito del funcionario de la Entidad que, según sus normas de organización interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorización, y siempre que el profesional reemplazante reúna calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.

El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitución del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerará aprobada la sustitución.

1.26. INSPECTOR O SUPERVISOR9 DE OBRA

Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente.

En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta deberá designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

6 De acuerdo con el artículo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.

7 Ingeniero o arquitecto, según lo requerido en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.

8 En el expediente técnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales para el profesional propuesto como residente de obra, según la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.

9 De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.

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1.27. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS

El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deberá ser firmado en cada una de sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor.

El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podrá impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día en que se impida el acceso.

Sólo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarán los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra, firmando al pie de cada anotación que efectúen. También se anotarán en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, así como la respuesta de este último.

Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán directamente a la Entidad, por medio de comunicación escrita.

El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.

IMPORTANTE:

El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.

1.28. ADELANTOS

La Entidad entregará adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artículo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases10.

En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la sección específica de las Bases, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.

1.29. VALORIZACIONES

La valorización es la cuantificación económica del avance físico en la ejecución de la obra en un periodo determinado, tendrá el carácter de pago a cuenta y deberá ser realizada el último día de cada periodo de valorización previsto en la sección específica de las Bases, por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, este último la realizará.

10 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación.

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En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.

1.30. REAJUSTES

Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones deberán ser ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.

Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes deberán calcularse teniendo en consideración el coeficiente de reajuste “K” conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los índices que se deben aplicar, se calculará el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarán con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.

IMPORTANTE:

Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC.

1.31. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La penalidad por retraso injustificado en la ejecución de la obra y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

1.32. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA

El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 211 del Reglamento. No procederá la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.

Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuado el pago del saldo de la liquidación, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo.

Las controversias sobre pagos podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la sección específica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación.

1.33. VIGENCIA DEL CONTRATO

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En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene, hasta que la liquidación quede consentida y se efectúe el pago correspondiente.

1.34. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

IMPORTANTE:

Cuando se trate de obras bajo la modalidad de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarán, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogación de mayores fondos públicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarán las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecución de obras.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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CAPÍTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : INVERSION PUBLICA SUNAT

RUC Nº : 20535690643

Domicilio legal : Av. República de Colombia 643, piso 6 - San Isidro- Lima

Teléfono/Fax: : 6343300 - Anexo 54439

Correo electrónico: : [email protected]

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de la Ejecución de la Obra del PIP: "Implementación del Nuevo Centro de Servicios al Contribuyente y Centro de Control y Fiscalización en la Ciudad de Huánuco"

1.3. VALOR REFERENCIAL11

El valor referencial asciende a S/. 6´382,444.19 (Seis millones trescientos ochenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con 19/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de noviembre 2014.

Valor Referencial (VR)

Límites

Inferior Superior

S/. 6´382,444.19 S/. 5´744,199.78 S/ 7´020,688.60

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante Formato de Aprobación N° 17-2015-SUNAT/800013, del 12 de marzo 2015.

Asimismo, el expediente técnico de obra fue aprobado mediante Formato de Aprobación de Expediente Técnico, febrero 201512.

11 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

12 No considerar este párrafo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

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1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Diretamente Recaudados.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Llave en mano.

1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

La obra a ser ejecutada está definida en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección, en el capítulo III.

1.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de 270 DÍAS CALENDARIO días calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.

1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

S/.10.00 (Diez nuevos soles con 00/100). INCLUYE REPRODUCICON DEL EXPEDIENTE TECNICO.

1.11. BASE LEGAL

- Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.- Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.- Ley Nº 30282 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el

año Fiscal 2015.- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante el Reglamento.- Directivas del OSCE.- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.- Código Civil.- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de

la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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CAPÍTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.12. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 13

Etapa Fecha, hora y lugar

Convocatoria : 16-03-15

Registro de participantes : Del: 17-03-15Al: 16-04-15

Formulación de Consultas : Del: 17-03-15Al: 24-03-15

Absolución de Consultas : 25-03-15

Formulación de Observaciones a las Bases

: Del:26 -03-15Al: 9-04-15

Absolución de Observaciones a las Bases

: 14-04-15

Integración de las Bases : 15-04--15

Presentación de Propuestas : 22-04-15 A LAS 10:30

* El acto público se realizará en : en acto público sito en Sala de Usos Múltiples, sito en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1472, piso 1, Cercado de Lima.

Calificación y Evaluación de Propuestas

: Del 23 al 27 de abril 2015

Otorgamiento de la Buena Pro14 : 28 – 04- 2015 A LAS 10: 30

* El acto público se realizará en : en acto público sito en Sala de Usos Múltiples, sito en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1472, piso 1, Cercado de Lima.

IMPORTANTE:

1.13. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina de Inversión Pública – SUNAT, sito en Av. República de Colombia Nº 643, piso 6, San Isidro, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas, por derecho de participación, adjuntando el Formato N° 01.

En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente técnico de obra, salvo en la modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya su elaboración, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.

13 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

14 De acuerdo con el artículo 76 del Reglamento, el plazo para otorgar la Buena Pro no excederá de diez (10) días hábiles contados desde la fecha prevista en el cronograma del proceso de selección para el otorgamiento de la Buena Pro, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

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1.14. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Av. República de Colombia Nº 643, piso 6, San Isidro, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 002-2015-SUNAT/800010, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: [email protected].

IMPORTANTE:

Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.

1.15. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en sito en la Av. Garcilaso de la Vega Nº 1472, Piso 1, Cercado de Lima, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de notario.

Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 002-2015-SUNAT/800010, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

Señores

Unidad Ejecutora de Inversion Pública SUNAT

Av. República de Colombia Nº 643, piso 6, San IsidroAtt.: Comité Especial

LICITACIÓN PÚBLICA N° 002-2015-SUNAT/800010Denominación de la convocatoria: Ejecución de la Obra del PIP: "Implementación del Nuevo Centro de Servicios al Contribuyente y Centro de Control y Fiscalización en la

Ciudad de Huánuco"

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

Señores

Unidad Ejecutora de Inversion Pública SUNAT

Av. República de Colombia Nº 643, piso 6, San IsidroAtt.: Comité Especial

LICITACIÓN PÚBLICA N° 001-2015-SUNAT/800010Denominación de la convocatoria: Ejecución de la Obra del PIP: "Implementación del Nuevo Centro de Servicios al Contribuyente y Centro de Control y Fiscalización en la Ciudad de Huánuco"

SOBRE N° 1: PROPUESTA ECONOMICA[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

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1.16. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

1.16.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA

Se presentará en un original y una copia15.

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos16, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Declaración jurada de datos del postor.Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados (Anexo Nº 1).

b)Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección17 (Anexo Nº 2).

Además se deberá adjuntar el Anexo N° 2 A, a fin de acreditar lo siguiente:

1. Perfil del contratista

Acreditación: La experiencia del postor de obras similares se acreditara con copias simples de i) copia simple de contratos y su respectiva acta de recepción y conformidad o ii) con la copia simple de contratos con la resolución de liquidación de obra o iii) con la copia simple de contratos acompañada de cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que esta fue concluida; en este supuesto, dicha documentación también deberá consignar el monto total de la obra

2. Perfil del personal

Acreditación:

La experiencia del personal propuesto, se podrá acreditar con cualesquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

En caso de acreditarse periodos superpuestos para el cómputo del tiempo de experiencia, solo considera uno de ellos.

La colegiatura y habilitación de los profesionales se requerirá para el inicio de su participación efectiva, habilitación que deberán mantener hasta la culminación de su participación.

15 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

16 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

17 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

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. Declaración Jurada simple que garantice la disponibilidad en obra de

los equipos mínimos ofertados, en las fechas requeridas en el Calendario de Avance. Anexo N° 2B

c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo Nº 4).

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra (Anexo Nº 5).

IMPORTANTE:

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

Documentación de presentación facultativa:

a) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad ó; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación de obra; o con copia simple de contratos acompañada de cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que esta fue concluida; en este supuesto, dicha documentación también deberá consignar el monto total de la obra. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 6, referido a la experiencia en obras en general del postor.

b) Factor experiencia en obras similares: i) copia simple de contratos y su respectiva acta de recepción y conformidad o ii) con la copia simple de contratos con la resolución de liquidación de obra o iii) con la copia simple de contratos acompañada de cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que esta fue concluida; en este supuesto, dicha documentación también deberá consignar el monto total de la obra. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 7, referido a la experiencia en obras similares del postor.

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c) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentará copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.

La experiencia del personal propuesto, se podrá acreditar con cualesquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

d) Factor cumplimiento de ejecución de obras: Copia simple de un máximo de diez (10) constancias de prestación.

Deberán acreditar que las obras se efectuaron y liquidaron sin que haya incurrido en penalidades, estos certificados o constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor.

IMPORTANTE:

En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

1.16.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA18

El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 9).

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.

En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

1.17. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

18 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

Se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. = 0.70

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. = 0.30

Donde: c1 + c2 = 1.00

1.18. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b) Constancia de capacidad libre de contratación.c) Carta Fianza como garantía de fiel cumplimiento del contrato d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.e) Código de cuenta interbancario (CCI). f) Domicilio de la Empresa o Consorcio.g) Copia de DNI del Representante Legal.h) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.i) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.j) Copia de la Ficha RUC de la empresa.k) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de

Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

l) Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra19, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

m) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada.

n) Póliza de Seguro para las Obras, de Responsabilidad Civil (que tengan como asegurado y beneficiario a Inversión Pública SUNAT), y Complementario de Trabajo de Riesgo.

IMPORTANTE:

La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.

1.19. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo dentro del cual el postor ganador y la Entidad deberán realizar las acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas en el numeral 1 del artículo 148 del Reglamento.

La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de INVERSIÓN PÚBLICA SUNAT, sito en Av. República de Colombia 643, piso 6 - San Isidro, de 08:30 a 16:30

19 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.

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horas.

1.20. ADELANTOS20

1.20.1. ADELANTO DIRECTO

La Entidad podrá otorgar el adelanto directo por el 20% del monto del contrato original.

El contratista debe solicitar formalmente el desembolso del adelanto directo dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos21 mediante carta fianza y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.

Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.

En el supuesto que no se entregue el adelanto en la oportunidad prevista, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.”

1.20.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS

El porcentaje de adelanto de materiales que se otorgue al contratista será evaluado por la Entidad al momento  de la solicitud de acuerdo al avance de obra y otros criterios técnicos, determinando la Entidad qué porcentaje de adelanto por materiales otorgará al contratista, el cual podrá ser hasta un máximo del 40%.

Para dicho efecto, el contratista deberá entregar la garantía por adelantos22 mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente.”

1.21. VALORIZACIONES

Las valorizaciones serán elaboradas por el Contratista conjuntamente con el Supervisor.

El Contratista consignará en sus valorizaciones todos los trabajos ejecutados, de acuerdo a las cantidades establecidas en las mediciones.

La valorizaciones, que son pagos a cuenta y no implican conformidad, serán revisadas por la Entidad, pudiendo ésta determinar un monto a pagar menor que el planteado por el Contratista o Supervisor, si es que los cálculos del Contratista y/o Supervisor no se ajustan a lo realmente ejecutado o existieran penalidades o multas.

Los metrados de obra ejecutados serán formulados y valorizados conjuntamente por el contratista y el inspector o supervisor, y presentados a la Entidad dentro de los cinco (5)

20 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 186 y 187 del Reglamento.

21 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución de la obra sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.

22 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y mantenerse vigente hasta la utilización de los materiales o insumos a satisfacción de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.

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días contados a partir del primer día hábil del mes siguiente. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, éste la efectuará. El inspector o supervisor deberá revisar los metrados durante el período de aprobación de la valorización.

VALORIZACIONES MENSUALESEl plazo máximo de aprobación por el Inspector o el Supervisor de las valorizaciones y su remisión a la Entidad para períodos mensuales es de cinco (5) días contados a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva. Se presentarán acompañadas según sea el caso por los cómputos métricos resultantes de las mediciones de los trabajos ejecutados hasta la fecha y verificados por el Supervisor.

Se tiene que un período mensual comprende desde el primer día calendario hasta el último día calendario del mes a valorizar. En caso la obra iniciara en fecha distinta al primer día del mes, el periodo de valorización será desde el día de inicio de obra hasta el último día calendario del mes de la valorización de obra.

VALORIZACION – MES DE DICIEMBREExcepcionalmente para la valorización que corresponda al mes de diciembre, el período corresponderá desde el primer día del mes hasta el día quince (15) día calendario de dicho mes para su respectiva valorización y será presentada a los cinco (5) días posteriores a dicha fecha, por el supervisor de la obra a la Entidad.

El período del 16 al 31 de diciembre la valorización será presentada a la Entidad a los cinco (5) días contados a partir del primer día hábil del mes siguiente, por el supervisor de la obra.

De acuerdo con los párrafos quinto y sexto del artículo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deberá contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, según corresponda; a la que deberá adjuntarse el comprobante de pago respectivo.

1.22. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA

La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de diez (10) días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.

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CAPÍTULO IIIREQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EJECUCIÓN DE OBRA

1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

Ejecución de la obra del Proyecto “Implementación del Nuevo Centro de Servicios al Contribuyente y Centro de Control y Fiscalización en la ciudad de Huánuco”.

2. FINALIDAD PÚBLICA

Dotar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT de infraestructura suficiente para las actividades de control y fiscalización de los contribuyentes de la ciudad de Huánuco.

En tal sentido, se necesita proponer un diseño arquitectónico acorde con las necesidades de las áreas operativas optimizándose a la vez los espacios y compartiendo otros de uso común, obteniéndose con ello una eficiencia en la parte de arquitectura y de funcionalidad. Además, el terreno donde se edificará la obra es de propiedad de la Entidad.

3. ANTECEDENTES

En cumplimiento a la programación anual y el ejercicio presupuestal de inversiones, la Unidad Ejecutora INVERSIÓN PÚBLICA SUNAT (en adelante LA ENTIDAD), ha dispuesto llevar a cabo la fase de inversión del Proyecto mediante la Ejecución de la Obra “Implementación del Nuevo Centro de Servicios al Contribuyente y Centro de Control y Fiscalización en la ciudad de Huánuco”, con Código SNIP N° 180504, la cual deberá ejecutarse sobre la base de la información técnica desarrollada en el Estudio de Pre inversión a Nivel de Perfil aprobado y declarado viable.

4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN

Objetivo General: Contratar la ejecución de la obra del Proyecto de Inversión Pública denominado “Implementación del Nuevo Centro de Servicios al Contribuyente y Centro de Control y Fiscalización en la ciudad de Huánuco”, de acuerdo con el Expediente Técnico aprobado por la Entidad.

Objetivo Específico: Señalar y establecer las condiciones mínimas bajo las cuales el Contratista ejecutará íntegramente la obra así como las prestaciones contenidas en el presente documento con el fin de cumplir las metas previstas en dicho Proyecto.

5. ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRA

5.1 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

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Edificación funcional creada según necesidades, con adecuada distribución, estructura, instalaciones sanitarias, eléctricas, de comunicaciones (voz-data), de seguridad integral e implementación para almacenamiento.

AMBIENTEA. PARCIAL

(m2)TOTAL A. TECHADA

(m2)

SOTANO 61.55 61.55

1ER PISO 594.45 594.45

2DO PISO 477.25 477.25

3ER PISO 324.62 324.62

AZOTEA 69.63 69.63

TOTAL GENERAL 1,527.50

Edificación planteadaEl diseño parte de un núcleo, de donde se desarrollan espacios y circulaciones horizontales y verticales, tanto en los ambientes del primer, segundo piso, tercer piso y azotea.

Cuenta con cuatro escaleras, tres para los tres niveles (una principal y dos de evacuación una de ellas va hasta el sótano para el cuarto de máquinas del equipo de bombeo) y una que del tercer al cuarto nivel para llegar al cuarto de máquinas del ascensor.

También cuenta con un ascensor que tiene tres paradas, primero, segundo y tercer nivel. Además cuenta con un cuarto de máquinas ubicado en un cuarto nivel.

FuncionalidadEl estudio ha sido concebido teniendo en cuenta las áreas requeridas para el funcionamiento de un centro de servicios y centro de control y fiscalización al contribuyente, en concordancia con las disposiciones vigentes y el perfil proporcionado.

Se han establecido tres accesos, cada uno independiente entre sí. Un acceso vehicular, un acceso principal para el público hacia el CSC y CCF y un acceso para personal (contigua al acceso vehicular); todos frente al jirón libertad. Existe además una puerta que es de salida de emergencia del edificio.

La circulación del público está circunscrita al ingreso principal en forma restringida y en Horarios autorizados, existe una articulación vertical a todas las oficinas previstas con un hall central cubierto. Para el planteamiento del diseño se ha tenido en cuenta el perfil, las Normas Edilicias, el contexto y la Topografía.

Como descripción tenemos una zona predominante de construcciones de mediana altura con niveles bajos de densificación, el terreno en una zona plana. Con las condiciones expuestas se ha diseñado un edificio de tres niveles al ingreso por el nivel más bajo, esto nos da una volumetría equilibrada con el entorno.

El sistema estructural es de Pórticos de un nivel con losas nervadas y aligeradas, columnas, vigas y placas de concreto armado. Se ha incluido elementos para el

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control del esfuerzo cortante sísmico y de los desplazamientos haciendo estos mínimos y dentro de la norma.

Las Instalaciones Sanitarias cuentan con un almacenamiento adecuado de cisternas de Agua Potable y de Agua Contra Incendio. La descarga de los desagües se realiza hacia la red pública por gravedad.

Las Instalaciones Eléctricas cuentan con un sistema de alimentación normal y uno de emergencia y resuelven las dotaciones de equipos e iluminación en todos los sectores. Se cuenta con un sistema de voz-data que resuelve las necesidades con la tecnología más adecuada a la época.

5.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTASin exclusión de las obligaciones que corresponden al Contratista, conforme a los dispositivos legales vigentes y que son inherentes como tal, entre otros, para la Ejecución de la Obra se obliga a:

Ejecutar la obra de manera integral de acuerdo a los Planos, Especificaciones Técnicas y en general a toda la documentación que conforma el Expediente Técnico, las Bases, su Propuesta Técnica – Económica, y de conformidad con las Normas de Construcción, Reglamento Nacional de Edificación, Normas Técnicas Peruanas, Normas Ambientales, Normas y Reglamentos para la Prevención de Riesgo (Seguridad), Medio Ambiente y otras Normas aplicables, así como la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento incluye sus modificaciones. Esta obligación implica la permanencia diaria e ininterrumpida del Residente en la Obra durante la ejecución de la misma.

Ejecutar correctamente la obra, lo cual comprende la movilización y utilización de Equipos Mecánicos presentados a la ENTIDAD, así como la adquisición de materiales e insumos adecuados para la obra, de acuerdo al Expediente Técnico, los Calendarios de Avance de Obra, los presupuestos adicionales y/o deductivos a que hubiere lugar, respetando los materiales y equipos aprobados por la Supervisión y/o la Entidad. En caso de detectar en la ejecución de la obra algún error o hecho sobreviniente que requiera una modificación o aclaración de las especificaciones técnicas, planos y demás documentos técnicos de la obra, deberá formular oportunamente las consultas y propuestas técnicas que correspondan de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley de Contrataciones del estado y su Reglamento.

Utilizar el adelanto directo y el adelanto de materiales para la ejecución de la obra contratada, cuyo propósito es la movilización de equipo, gastos iniciales y adquisición de materiales y todo aquello necesario para una óptima ejecución de la obra.

Es responsable por la calidad de los materiales que se emplearan en la obra así como su correcto traslado, almacenamiento y utilización durante la ejecución de la obra, el incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la resolución del contrato por culpa del Contratista y las consiguientes consecuencias que ello implica.

Ejecutar la obra de acuerdo al Programa PERT-CPM y/o Diagrama de Barras (Gantt) aprobado por la Entidad, con el detalle suficiente de cada una de las actividades desde el inicio hasta su conclusión.

En ese sentido, deberá adoptar las medidas necesarias o correctivas si fuera el caso, ante el atraso en el avance de obra, pudiendo ser causal de aplicación de la

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penalidad correspondiente o resolución de contrato, previo requerimiento de la Entidad.

Efectuar detallada y oportunamente la medición y valorización de las cantidades de obra ejecutada, mediante la utilización de programas de cómputo, con el fin de contar con los metrados realmente ejecutados, correspondientes a cada una de las partidas conformantes del presupuesto de obra. Tanto el Supervisor como la Entidad podrán verificar en cualquier etapa las mediciones y valorizaciones reportadas, efectuando los descuentos correspondientes en caso de detectarse menores cantidades que las reportadas por el Contratista, pudiendo incluso ser causal de resolución de contrato la reiterada comisión de esta infracción.

Cumplir y hacer cumplir el Reglamento de Seguridad y las Normas de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Ocupacional a todo el personal directo e indirecto involucrado en la obra, y de toda persona que ingrese a la obra durante toda la etapa de ejecución de la misma, así como la Prevención de Riesgos y daños que se pueden producir a terceros durante la ejecución de la obra. El incumplimiento de esta obligación podrá ser causal de resolución contractual, sin perjuicio de la responsabilidad del Contratista por cualquier daño material y/o personal que ocasione.

Contar con servicios profesionales especializados (arquitectos e ingenieros especialistas), de acuerdo al requerimiento de personal del presente, cuando las condiciones de la obra lo requieran, teniendo una participación de acuerdo con el detalle de su propuesta económica presentado a la suscripción del contrato, contribuyendo eficazmente a la mejor ejecución de la obra. Esta obligación implica la presencia permanente del Residente de obra.

Durante las etapas de la Obra tales como: Ejecución de obra y Recepción de Obra tomará en cuenta para dichas etapas: la conservación y medidas ambientales exigidas y descritas en el Estudio de Impacto Ambiental, Especificaciones Técnicas del Expediente Técnico, Manual Ambiental y Guía de Supervisión Ambiental de la OPS, disposiciones y normas emitidas por DIGESA, y otras aplicables.

Contar en obra con todas las instalaciones de los servicios de agua, desagüe, energía eléctrica y red de comunicaciones, a fin de verificar la culminación de la obra de acuerdo al expediente técnico de obra, y poder efectuar todas las pruebas necesarias a fin de proceder a la Recepción de Obra.

Cumplir con lo establecido en los planos, en el estudio de suelos y en las normas de construcción respecto de la profundidad de las excavaciones para cimentaciones, y de la calidad e instalación de los materiales a ese nivel.

Realizar la correcta colocación de encofrados, colocación de armadura de refuerzo, medios de protección, ductos, y otros según especificaciones del Expediente Técnico, así como la correcta elaboración, colocación y curado del concreto utilizado en la obra.

Realizar las pruebas y elaborar los protocolos de pruebas de las instalaciones eléctricas, instalaciones electromecánicas, instalaciones sanitarias, instalaciones de telecomunicación, ductos, tuberías, canalizaciones y otras instalaciones que quedaran dentro de los muros, techos y pisos. No obstante el Contratista deberá aplicar sus conocimientos especializados para asegurar el funcionamiento de estos y todos los sistemas instalados por él en la obra que deberán tener un rendimiento óptimo durante todo el periodo de garantía de la obra.

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La calidad de los niveles de iluminación en el interior y el exterior de la edificación deberán estar en concordancia con el Expediente Técnico.

Realizar los siguientes trabajos contemplados en el Expediente Técnico:o Armado, montaje de las estructuras metálicas, y manejo de carga pesada.o Acabados de interiores y exteriores, pintura de paredes, techos, pórticos,

pintura de barandas, vigas metálicas y otros.o Instalación y montaje de las puertas y ventanas y sus accesorios.o Instalaciones eléctricas en general (fuerza e iluminación), señales débiles

(comunicación) e instalaciones del sistema de computo (Data).o Montaje e instalación de las subestación de energía, grupo electrógeno,

sistemas de aire acondicionado, sistemas contra incendios, sistema de montacargas, sistema de puesta a tierra, sistema de detección de humo, sistema de sensores indicados y otros.

o Adquisición e instalación del mobiliario, según cantidad, especificaciones técnicas, calidad y lineamientos vigentes de estandarización aprobados por SUNAT; debiendo ser suministrado de modo oportuno, a fin de que su retraso no sea causal de ampliaciones de plazo.

5.3 CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

5.3.1 EJECUCION DE LA OBRA

El Contratista ejecutará la obra en estricto cumplimiento del Expediente Técnico aprobado por la Entidad. Los materiales, equipos, herramientas y mano de obra, serán tomando en consideración lo definido en dicho expediente técnico. Asimismo el contratista deberá mantener en obra, una copia completa del expediente técnico en un lugar asequible y seguro de la obra.

Los criterios de diseño involucrarán, sin excepción, las mejores prácticas de ejecución de obras, empleando procedimientos constructivos de calidad, equipos y técnicas de última generación acordes con las tecnologías vigentes y con la consideración que se trata de una edificación institucional de atención al público, a fin de asegurar un producto de calidad, estando sujetos a la aprobación y plena satisfacción de la Entidad.

Por otra parte, los procedimientos de construcción reflejan la suposición básica que el Contratista es el especialista y conoce las prácticas de construcción y equipamiento de sedes institucionales de atención al público.

Todo procedimiento constructivo indicado será de primera calidad, y estará sujeto a la aprobación de la Entidad, quien tiene además el derecho de rechazar aquel que no cumpla con los estándares utilizados en infraestructura.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA

A continuación se presenta una relación de las actividades del Contratista, sin que sea limitativa debiendo los proponentes aumentar y detallar sus actividades considerando lo indicado líneas abajo: Recepcionar el terreno donde se ejecutara la obra.

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Apertura el Cuaderno de Obra conjuntamente con el Supervisor y/o Inspector de obra.

Asistir y participar en las reuniones que organice el Supervisor y la ENTIDAD.

Realizar las pruebas de control de calidad de los trabajos que sean necesarias y/o requeridas durante la ejecución de las obras, así como pruebas de verificación de materiales y etapas constructivas en las cantidades y condiciones establecidas en las normas técnicas correspondientes.

Mantener una permanente comunicación (telefónica, correo electrónico), con los representantes designados por la ENTIDAD sobre la ejecución contractual.

Valorizar mensualmente la obra correspondiente a las partidas ejecutadas según presupuesto contratado y los reintegros que le corresponden; así como los presupuestos adicionales, y/o deductivos si fuera el caso, sustentándolos con la documentación técnico – económica que los respalde (memoria descriptiva, sustento de metrados, resumen de ensayos, certificados de garantía de equipamiento puesto en obra, etc.). La Entidad y/o el Supervisor podrá observar dichas valorizaciones ajustándolas a lo realmente ejecutado.

Ejecutar todas las actividades directas e indirectas durante la obra que están referidas a la Prevención de Riesgos (Seguridad) con la totalidad de trabajadores, visitantes, peatones, transeúntes, así como la prevención de daños a terceros. Asimismo, deberá mantener actualizada las planillas del personal, vigencia de todas las Pólizas de Seguros contra accidentes y daños a terceros, durante la ejecución de las Obras, hasta la recepción final. El incumplimiento de esta obligación podrá ser causal de resolución de contrato, si no corrige su omisión luego de ser requerido.

Ejecutar todas las actividades directas e indirectas durante la obra que están referidas a la gestión del medio ambiente debiendo disponer y coordinar las gestiones para la eliminación o mitigación de interferencias físicas en el terreno donde se ejecuta la obra, el manejo de residuos sólidos, la polución y otros.

Coordinar oportunamente con la Municipalidad Distrital, Municipalidad Provincial y/o Gobierno Regional, así como con otras entidades, cuyas instalaciones puedan afectarse o verse afectadas con las obras a ejecutar. Será responsable de tramitar, gestionar y/o recabar oportunamente cualquier autorización y/o licencia que pudiera requerirse de Entidades Públicas y/o Privadas o Empresas prestadoras de servicios públicos para la ejecución total de la obra.

Deberá mantener el tránsito público y comercial a su costo durante el período de ejecución de la obra de tal manera que los trabajos no interfieran innecesaria o indebidamente con la comodidad pública respecto al acceso, utilización y ocupación de la vía; de ser necesario deberá comunicar oportunamente y por medios adecuados a los vecinos y público en general sobre la ejecución de los trabajos, cualquier sanción derivada del incumplimiento de esta obligación será de exclusiva responsabilidad y cargo del Contratista.

El Contratista deberá implementar ambientes temporales que permitan, tanto al contratista, a la supervisión y al Coordinador de la Entidad, el normal desarrollo de sus actividades, considerando oficinas, almacenes de equipos y materiales, los mismos que deberán quedar habilitados y equipados a los quince (15) días calendario de iniciado el plazo de ejecución de la obra y conservarse hasta la recepción de la obra. Los gastos que demande la implementación, el funcionamiento y conservación de los ambientes para la ejecución de la obra, se extenderán hasta la

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recepción de la obra y corren por cuenta del contratista. El contratista deberá, contemplar a su costo cualquier alquiler y/o acondicionamiento temporal que pudiera necesitar para la ejecución de la obra, así mismo será responsable de cualquier perjuicio que ocasione como consecuencia de esta obligación.

Asumir, por su cuenta y responsabilidad, desde el inicio de la obra hasta la recepción de la misma, los pagos correspondientes al costo mensual por el suministro de corriente eléctrica, el abastecimiento de agua y demás que sea necesario para la ejecución de la obra; así como las sanciones que se impongan por cualquier mal uso de dichos servicios.

Deberá obtener oportunamente la información oficial de las redes existentes, de las empresas encargadas de la administración de los servicios de Energía Eléctrica, Telefonía y, Agua y desagüe a fin de evitar y/o solucionar posibles interferencias.

Asumir los costos de reparación de los daños que ocasionen a las redes eléctricas, agua, desagüe, teléfonos y los daños que ocasionen a terceros, sin perjuicio que las Empresas de Servicio ejecuten los trabajos con cargo a las valorizaciones del Contratista y/o garantías de Fiel Cumplimiento, de ser el caso.Asimismo, será de entera responsabilidad del CONTRATISTA las afectaciones a los predios aledaños durante la ejecución de la obra. Debiendo asumir los daños ocasionados, el gasto que genere su reparación; así como las sanciones o penalidades determinadas por terceros.

Deberá levantar un Acta de Verificación de las condiciones físicas en que se encuentran los predios colindantes a la nueva edificación, antes del inicio de los trabajos, el cual además deberá contener un registro fotográfico y estar firmado por las partes de interés.

El Contratista deberá entregar a la Entidad junto con la Liquidación de Obra los planos post construcción aprobados por la Entidad, y con las firmas correspondientes, la minuta de declaratoria de fábrica con la respectiva autorización de la Municipalidad correspondiente, y la memoria descriptiva valorizada aprobada, en concordancia con el artículo 213° del Reglamento. El Contratista solicitará y entregará el certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones-ITSE, emitido por el Órgano Ejecutante del lugar de trabajo, dentro del marco del Decreto Supremo 058-2014-PCM del 14SET2014.

Se compromete a actuar debidamente en cumplimiento de sus obligaciones contractuales, asumiendo en caso de incumplimiento las responsabilidades civiles y/o penales a que hubiere lugar.

Mantener habilitado y vigente el correo electrónico señalado en el Contrato a efectos de las comunicaciones y/o notificaciones que debe efectuar la Entidad durante la ejecución del contrato, siendo que con el acuse de envío a dicha dirección se entenderá válidamente notificado el Contratista. Asimismo, el Contratista deberá contar con un domicilio en la ciudad de Lima, cuyo horario de atención, debe ser como mínimo, desde las 8:30 a.m. hasta las 5:30 p.m. a efectos que la Entidad proceda a efectuar las notificaciones en dicho domicilio, el cual podrá ser modificado por el Contratista mediante comunicación escrita a la Entidad, con una anticipación no menor a tres días de ejecutarse dicho traslado, pero sólo dentro del ámbito de la ciudad de Lima.

De ser el caso, coordinar y tramitar con el Instituto Nacional de Cultura (INC) el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), gestionando oportunamente y con la debida diligencia la obtención del mismo.

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Fotografías y filmacionesEl Contratista deberá obtener y suministrar información fotográfica y en vídeo en CD de la evolución de la obra, de acuerdo a las indicaciones del Supervisor y de acuerdo a las siguientes cantidades:

12 Vistas (mínimo) al inicio de los trabajos y un vídeo en CD (15 minutos mínimos).

24 Vistas mensuales (mínimo) tomadas el último día del mes valorizado, captadas desde los mismos puntos de vista a los efectos de la verificación del avance de las obras y un vídeo en CD (20 minutos mínimos).

24 Vistas (mínimo) al finalizar los trabajos y un video en CD (20 minutos mínimos).

Todas las fotografías serán en color de tamaño 12 x 15 cm aproximadamente con indicación marginal de lo que representan.

Cada entrega fotográfica se efectuará en dos (2) ejemplares pegadas en hojas A4, con indicación de las fechas respectivas y en medios digitales.

El costo de las fotografías y los videos en CD estará incluido en los gastos generales del Contratista.

Programa de trabajosDentro de los quince (15) días siguientes al inicio de obra, el Contratista deberá presentar para consideración del Supervisor, un programa detallado de suministro de equipos y materiales ajustado a las fechas calendario de iniciación y terminación contractual de la obra, en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecución de los diferentes trabajos, guardando equivalencia con relación al programa del Expediente Técnico aprobado.

De no ser presentado en el plazo establecido será de aplicación la penalidad que corresponda.

Este programa de trabajos deberá ser elaborado utilizando el Método del Camino Crítico (CPM), el Método PERT o cualquier otro sistema similar que sea satisfactorio al Supervisor.

El diagrama de barras de GANTT no se considerará suficiente para cumplir el requisito establecido en este numeral.

Adicionalmente, el Contratista presentará una curva de avance y un cronograma de desembolsos basado en los montos estimados de facturación mensual de acuerdo a su programación.

Al actualizar su programa de trabajo y/o cronograma, el Contratista deberá tomar en cuenta las restricciones originadas por caso fortuito o de fuerza mayor.

El Contratista estará obligado a presentar la reprogramación de sus trabajos cada vez que le sea aprobada una prórroga justificada del plazo de ejecución de la obra en un plazo no mayor de diez (10) días, contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación al Contratista. Cuando el Supervisor lo requiera como consecuencia del atraso en el cumplimiento del cronograma vigente, estando el nuevo programa de trabajos sujeto a la revisión y aprobación del Supervisor, en este caso la reprogramación será presentada al Supervisor en un plazo no mayor de cinco (5) días de la fecha de notificación al Contratista. La aprobación de la reprogramación de trabajos se sujeta a

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los plazos establecidos en el artículo 201° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

La presentación del programa de trabajos y su aprobación por el Supervisor, no eximirán al Contratista de ninguna de las obligaciones y responsabilidades emergentes del Contrato.

De incumplir el Contratista lo antes citado se aplicará la penalidad correspondiente.

Calidad especificadaEs obligación del Contratista el realizar una correcta planificación de la obra, así como realizar el aseguramiento de la calidad durante la ejecución y realizar el control de la calidad verificando que los resultados obtenidos de los diversos ensayos en obra, estén acorde a las normativas de calidad.

A tal efecto el Supervisor establecerá los sistemas de control de ejecución y demás actividades de control de calidad.

El Contratista realizará las pruebas o ensayos de los materiales, estructuras o equipos, previstos o no en las Especificaciones Técnicas del expediente técnico (estas pruebas o ensayos deberán realizarse en laboratorios de Universidades y/o laboratorios certificados), en una cantidad y calidad no menor que la establecida en las normas técnicas peruanas vigentes.

Los resultados de cualquier prueba, ensayo y/o análisis realizados por el Supervisor serán comunicados por escrito al Contratista, tan pronto como sea posible, a fin de que tome las medidas correctivas, de ser el caso.

Toda partida ejecutada bajo el Contrato, podrá ser rechazada por el Supervisor o por la Entidad debido a su inconformidad o defectos, en cualquier etapa de construcción y/o recepción de la obra.

Todo equipo suministrado y/o utilizado durante la vigencia del Contrato podrá estar sujeto a rechazo del Supervisor o la Entidad, debido a fallas en la calidad del trabajo o rendimiento insatisfactorio, garantías del equipamiento no conformes o con períodos no solicitados, no obstante la aceptación previa.

Toda partida, equipos electromecánicos y/o sus partes componentes que hayan sido rechazadas, deberán ser reparadas o reemplazadas por y a expensas del Contratista dentro del plazo otorgado por el Supervisor y deberá contar con la aprobación del mismo.

El Contratista también será responsable de los costos de mano de obra, gastos varios, daños o pérdidas, ya sean directos o indirectos, que resulten del uso de materiales que el Supervisor considere con defectos de fabricación o como resultado de un defectuoso manipuleo o instalación.

Cuando el Contratista ingrese materiales a la obra o utilice para la ejecución de la obra materiales de menor calidad que los especificados en el Expediente Técnico, será de aplicación la penalidad respectiva, sin perjuicio de la responsabilidad y costo que dicho incumplimiento irrogue; asimismo, cuando el Contratista utilice para la ejecución de la obra materiales de menor calidad que los especificados en el Expediente Técnico, con autorización del Supervisor, ambos serán solidariamente responsables por la reparación y los daños y perjuicios que ocasionen.

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El costo de todas las pruebas inherentes a la obra, que deba efectuar para verificar la buena calidad de los materiales utilizados en la obra y la correcta ejecución de la misma, correrán por cuenta del Contratista.

5.3.2 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA POR VICIOS OCULTOS

El Contratista será responsable por un periodo de 07 años, contados desde la recepción definitiva de la obra, por la calidad ofrecida y por los defectos y vicios ocultos en la ejecución de la obra, tanto de la obra civil como de los equipos electromecánicos detallados en las especificaciones técnicas del Expediente Técnico, Planos, Memoria Descriptiva y/o propuesta técnica-económica adjudicada, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

Cualquier defecto o vicio oculto que se detecte en fecha posterior a la recepción deberá ser subsanado por el CONTRATISTA a su costo, sin perjuicio que la ENTIDAD proceda ante su negativa u omisión a subsanar dichos defectos o vicios con cargo a cualquier deuda que mantenga a favor del Contratista, inclusive podrá hacerse cobro con cargo a la garantía de Fiel Cumplimiento, de ser necesario.

Sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños y perjuicios irrogados, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse al CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.

El inicio de obra y plazo de la ejecución de la misma se dará con el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 184 y ss del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y en los presentes términos de referencia.

El Contratista será responsable por la destrucción, total o parcial, o bien que presente evidente peligro de ruina, graves defectos o vicios de la construcción durante el período de siete (07) años desde la recepción definitiva de la obra, este período de responsabilidad incluye la obra civil y los equipos electromecánicos que detalla el Expediente Técnico, sin perjuicio de la subsanación y/o reemplazo que deba efectuar dentro del periodo de garantía.

En caso que el contratista no atienda la solicitud de reparación o cambio de equipos, instalaciones, estructuras o cualquier parte de la obra que cuenta con garantía, dentro de las 48 horas de requerido, la Entidad podrá disponer directamente la reparación y/o reemplazo por un tercero, sin que esto perjudique la vigencia y validez de la garantía, y con cargo a descontar el costo de la subsanación de la liquidación de obra, o incluso de las garantías que estuvieran vigentes si no existiera saldo a favor del contratista y éste se negara a pagar, o repetir el cobro contra el CONTRATISTA si es que ya se le hubiese cancelado el saldo de liquidación.

PERSONAL

El Contratista deberá indicar los nombres de los profesionales que serán los responsables de la dirección de la obra, la que deberá estar siempre a cargo de una persona responsable (Ingeniero Residente), cuya permanencia es obligatoriamente de carácter permanente durante todo el periodo de ejecución de la obra y durante el proceso de recepción de la misma.

El Contratista empleará obligatoriamente a los Profesionales propuestos para la Dirección Técnica de la Obra, salvo que la Supervisión solicite su sustitución y/o cambio aprobado por la Entidad.

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El Contratista deberá emplear personal técnico calificado, obreros especializados y demás personal necesario para la correcta ejecución de la obra.

El Contratista tiene la obligación de reemplazar el personal no competente o no satisfactorio, de acuerdo a las órdenes del Supervisor y/o Entidad.

El Contratista tiene la obligación de suministrar a los trabajadores las condiciones más adecuadas de salubridad e higiene, así como dar el debido cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-98-TR, y sus normas complementarias y modificatorias.

El Contratista tiene la obligación de asegurar a todos sus trabajadores asignados a la obra en cumplimiento de la Ley N° 26790, Ley de Modernización en la Seguridad Social en Salud, reglamentada por el Decreto Supremo N° 003-98-SA.

El Contratista tiene la obligación de velar por la seguridad de los trabajadores durante la ejecución de todos y cada uno de los trabajos brindando el equipo y material necesario para tal efecto, cumpliendo todas las obligaciones establecidas en las normas de salud y seguridad en el trabajo vigente y aplicable.

El Contratista deberá suministrar a solicitud del Supervisor o la Entidad, la nómina detallada de todo el personal superior y de los obreros que están empleados a la fecha de dicho requerimiento.

El Contratista no podrá modificar el listado de personal profesional designado a la obra y consignado en su propuesta sin el consentimiento previo y por escrito de la Entidad.

DEL RESIDENTE DE OBRA

El Contratista, designará al Residente de Obra a cargo de la dirección técnica de la obra, previo a la suscripción del Contrato, cuya permanencia es obligatoriamente de carácter permanente durante todo el periodo de ejecución de la obra y durante el proceso de recepción de la misma.

Las decisiones adoptadas por el profesional designado como Residente de Obra, a cuyo cargo estará la dirección técnica de la obra tendrán validez, y no podrán ser alteradas por otra persona o autoridad propia del Contratista.

De ser el caso, el reemplazo del citado profesional será comunicado formalmente por el Contratista a la Entidad, debiendo reunir el reemplazante calificaciones profesionales iguales o superiores al de profesional reemplazado; teniendo la Entidad la potestad de aceptar o rechazar dicho cambio de considerarlo que no cumple con las condiciones señaladas.

El Residente de Obra deberá contar con su certificado de habilidad vigente emitido por el respectivo colegio profesional durante la ejecución de la obra hasta la recepción formal de la obra, en forma permanente y presentado en cada informe mensual de valorización, su incumplimiento será sujeto a la aplicación de la penalidad correspondiente. Para el caso de los profesionales que integran el equipo propuesto por el Contratista, deberán contar con su certificado de habilidad vigente emitido por el respectivo colegio profesional durante el período que le corresponda permanecer en la obra.

LEYES, NORMAS Y ORDENANZAS

El Contratista debe conocer y cumplir estrictamente:

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a) Todas las leyes, reglamentos y ordenanzas que, en cualquier forma, esténrelacionadas con la ejecución de los trabajos.En caso de existir divergencias entre estos TDRs y dichas leyes, normas o reglamentos, es obligación del Contratista poner en conocimiento del Supervisor esta situación previa a la realización de los trabajos a fin de que éste determine la acción a seguir.

b) Todas las normas técnicas y prescripciones de los presentes documentos referentes a materiales y trabajos. Los daños y/o problemas causados por infracciones a este punto corren por cuenta del Contratista y deberán ser reparados por éste sin derecho a pago alguno.El Contratista tendrá a su cargo la confección de toda la documentación que fuera necesaria y su tramitación respectiva ante los entes que pudieran tener jurisdicción sobre el sitio de obra.

c) Todas las normas laborales y las de seguridad e higiene ocupacional, vigente y aplicable a la obra.

d) La Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus modificatorias vigentes.

SEGURIDAD

El Contratista está obligado a tomar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar peligros contra la integridad, la vida y la propiedad de las personas, instituciones o firmas durante la realización del proyecto. En este sentido deberá dotar a su personal y a todo aquel que ingrese a la obra, de los equipos y herramientas pertinentes para la realización de todos los trabajos, quedando terminantemente prohibida la realización de trabajos en condiciones peligrosas que pongan en riesgo la integridad, la salud o la vida de las personas.

El incidente o accidente resultante de la inobservancia de esta obligación, correrá únicamente por cuenta del Contratista y podrá ser causal de resolución de contrato, pudiendo la Entidad repetir contra el Contratista cualquier desembolso que deba hacer producto de una multa, indemnización o pago derivado de esta inobservancia, que le sea requerido directamente como dueña de la obra, con cargo a la liquidación de contrato y/o hacerse cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si fuera el caso.

El Contratista está obligado a hacer notar a la Entidad, por escrito e inmediatamente, cuando se haya dado una orden que va en contra de las medidas de seguridad, a fin de tomar conocimiento, lo cual no lo exime de asumir la responsabilidad exclusiva por cualquier resultado dañoso.

MATERIALES Y EQUIPOS

Todos los materiales y equipos destinados a la Obra, deberán cumplir con las características técnicas exigidas en las especificaciones técnicas del Expediente Técnico, Planos, Memoria Descriptiva y/o propuesta técnica-económica adjudicada, de ser el caso, y se deberán someter a los ensayos necesarios para verificar sus características.

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Correrán por cuenta del Contratista las muestras de materiales requeridos por el Supervisor y todas las pruebas y/o los ensayos necesarios para verificar la calidad de los materiales y las pruebas de los equipos.

La aprobación de los materiales y/o de los equipos por el Supervisor no libera al Contratista de su responsabilidad sobre la calidad de los materiales y/o equipos.

EQUIPOS Y MAQUINARIAS

Los Equipos requeridos en obra se indican en el Expediente Técnico, adicional a ello se ha elaborado el Anexo 01, el cual contempla el listado de los referidos equipos, los cuales son de obligatorio cumplimiento para el Contratista.

Todos los equipos, maquinarias, herramientas e instrumentos serán puestos a disposición de la obra en óptimas condiciones de operación. La relación del equipo indicado en el Anexo 01, no es limitativa, pudiendo incrementarla y/o optimizarla, en caso que el avance de la obra así lo requiera, sin que ello represente pago adicional alguno.

Los equipos, herramientas e instrumentos a emplearse en la ejecución de la obra, no deberán tener una antigüedad mayor a 10 años de fabricación, contados desde la presentación de la propuesta.

Todos los equipos y maquinarias necesarios para la ejecución satisfactoria de los trabajos a realizar, deberán llevarse a obra en forma oportuna y no podrán retirarse de la misma salvo autorización escrita del Supervisor, que no podrá negarla sin justa razón.

Las pérdidas o daños causados a los equipos y maquinarias o materiales durante la ejecución de las obras, corren por cuenta del Contratista.

Si el Supervisor demuestra que los equipos, maquinarias, herramientas y andamiajes son insuficientes o inapropiados para asegurar la calidad de la obra y el cumplimiento de los plazos, el Contratista está obligado a efectuar enmiendas y/o adiciones necesarias, por su cuenta y costo.

El postor presentará en su Propuesta Técnica una Declaración Jurada que garantice la disponibilidad en obra de los equipos requeridos en las fechas establecidas en el Calendario de Avance.

ERRORES O CONTRADICCIONES

El Contratista debe hacer notar a la ENTIDAD cualquier error o contradicción en los documentos, poniéndolo de inmediato en conocimiento del Supervisor, proponiendo la salida técnica que considere más conveniente, la cual podrá ser tomada en cuenta o no por el Supervisor y/o la Entidad al momento de absolver la consulta.

OTRAS NORMAS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

Obras ProvisionalesLos locales implementados por el Contratista para el normal desarrollo de sus actividades en obra ofrecerán adecuadas condiciones de estabilidad, aislamiento, ventilación e iluminación y deberán estar provistos de adecuadas instalaciones eléctricas, sanitarias y comunicaciones, el costo de dichas obras provisionales es de cuenta y costo del Contratista.

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Asimismo, el Contratista instalará las facilidades en función de la magnitud de la obra a realizar, debiendo reunir en cualquier caso las siguientes condiciones:

El almacenaje de los materiales excepto los no perecederos se realizará bajo parte cubierta, exigiéndose cerramientos laterales que tengan ventilación natural mediante aberturas practicables.

La obra dispondrá de servicios sanitarios adecuados a la cantidad de personal obrero empleado.

Los depósitos o almacenes, talleres, casilla de vigilancia, vestuarios para el personal, servicios higiénicos, etc., cumplirán con las condiciones de higiene imprescindible para su uso, a criterio del Supervisor.

Estas prescripciones no son excluyentes de otras previsiones que pudiera adoptar el Contratista para el más eficaz desarrollo de las operaciones, pero en cualquier caso, deberá mantener informado al Supervisor de las modificaciones que sobre el particular llevará a cabo, debiendo merecer su visto bueno.El Contratista será responsable de la vigilancia general de las obras en forma continua, para prevenir sustracciones o deterioros de los materiales, enseres, estructuras y otros bienes propios o ajenos; en caso de pérdida correrá por su cuenta con los gastos que demande su sustitución.

El Contratista deberá colocar cercos, protecciones, barreras, letreros, señales y luces de peligro y tomar las demás precauciones necesarias en todas las maquinarias y partes del campamento donde puedan producirse accidentes.

El Contratista deberá cuidar que todo el material, insumos, personal, obras provisionales, maquinarias, equipos y demás utilizados por aquél para ejecutar la obra no invadan la vía pública ni ocasionen molestias innecesarias a los vecinos y transeúntes, bajo exclusiva responsabilidad del Contratista.

Mantenimiento de la Obra en EjecuciónEl Contratista deberá mantener la obra en ejecución y todas sus partes terminadas, en buenas condiciones de mantenimiento, evitando que la acción de los agentes atmosféricos o el tránsito de su personal o equipo ocasionen daños a la obra o a propiedades de terceros que, de producirse, deberán ser inmediatamente reparados a su costo y a satisfacción del Supervisor. La negligencia del Contratista en el cumplimiento de esta obligación dará lugar a que las cantidades de obra afectadas sean descontadas de los volúmenes de obra ejecutados hasta que su reconstrucción haya sido satisfactoriamente realizada. Asimismo, su incumplimiento determinará la aplicación de una penalidad diaria.

Sondeos y Excavaciones ExploratoriasEl Contratista deberá efectuar a su costo los sondeos y excavaciones exploratorias que fueran necesarias y/o requeridas por el Supervisor durante la ejecución de la Obra.Trabajos TopográficosEl Contratista procederá a la ejecución y control de los trabajos topográficos iniciales consistentes en el replanteo del eje de diseño, nivelación y levantamiento de secciones transversales, y/o longitudinales de ser el caso, lo que será sometido a la aprobación de la Supervisión.

Quedarán a cargo del Contratista, todos los trabajos topográficos complementarios relativos a la ejecución y terminación de la Obra, los que consistirán en la colocación de estacas, y/o hitos fijos de construcción y puntos topográficos de referencia, y otras indicadas por el Supervisor. Estas estacas, y/o hitos fijos y puntos fijos constituirán el control en el campo o en la obra, por cuyo intermedio y de acuerdo con los cuales el

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Contratista deberá dirigir y ejecutar la Obra. Asimismo, el Contratista deberá conservar todas las estacas, y/o hitos fijos y referencias y reponerlas en caso de destrucción.

Todas las mediciones realizadas por el Contratista para la correcta ejecución de la Obra serán aprobadas por la Supervisión.

El Contratista proporcionará al Supervisor todas las facilidades y cooperación necesarias para esta verificación.

La verificación de cualquier trazado o de cualquier línea o nivel por el Supervisor, no lo eximirá de ninguna manera al Contratista de su responsabilidad por la exactitud de los mismos.

Limpieza General y Retiro de Obras ProvisionalesCuando la obra se haya terminado, todas las instalaciones provisionales, depósitos, ambientes, y otros, construidos deberán ser removidos y eliminados por el CONTRATISTA a su costo, y de ser el caso serán restablecidos y/o mejorados respecto de su forma original, dejando limpio el lugar.Al terminar la obra se deberá proceder a la limpieza de los desperdicios que existen, ocasionados por los trabajos, materiales y equipos empleados en su ejecución.

Conservación del Medio AmbienteEl Contratista deberá identificar y utilizar a su costo, botaderos autorizados para colocar los residuos de materiales que por efecto de la obra se genere, evitando el impacto negativo en el medio ambiente.

El Contratista tiene la obligación de velar por la conservación del Medio Ambiente, para lo cual deberá cumplir con todas las consideraciones del Estudio de Impacto Ambiental.

El Contratista deberá asumir su responsabilidad por las infracciones que pudiera cometer, contra la legislación relacionada con la preservación del medio ambiente.

5.3.3 TAREAS EN HORAS EXTRAORDINARIAS

Cuando por distintas circunstancias sea necesario efectuar tareas fuera de la jornada normal de trabajo o en días feriados el Contratista deberá solicitar autorización al Supervisor con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la iniciación de las mismas. El Supervisor controlará los trabajos autorizados durante dicho período.En los casos en que estas situaciones sean imprevistas o que exista peligro, el Contratista podrá realizar las tareas imprescindibles en horas extraordinarias, pero deberá comunicarlo al Supervisor inmediatamente antes de su iniciación. El Supervisor controlará estos trabajos durante dicho período.

En cada caso el Supervisor procederá a dejar constancia en el Cuaderno de Obra de la situación y de su autorización o denegación según corresponda, para la ejecución de las horas extraordinarias.

En todos los casos, salvo los que tuvieran origen en orden expresa de la ENTIDAD, correrán por cuenta del Contratista los recargos de jornales por horas extraordinarias de su personal.

5.3.4 CARTELES DE OBRA

El Contratista proveerá, montará y mantendrá los carteles de obra de acuerdo a las especificaciones técnicas señaladas en el Expediente Técnico, según el modelo que entregará la ENTIDAD.

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El Contratista colocará el cartel de obra en el lugar indicado por la Entidad, dentro de los cinco (05) días de entregado el modelo.

El cartel de obra deberá mantenerse visible (en buenas condiciones) durante toda la ejecución de la obra. En caso de deterioro del cartel el contratista se obliga, a su costo, a la reposición del mismo.

5.3.5 ENTREGA DEL TERRENO

La Entidad comunicará dentro de los diez (10) días siguientes a la firma del contrato, el día que tendrá lugar la Entrega del Terreno de la obra.

El Supervisor designado por la Entidad y/o representantes de la Entidad efectuarán la entrega del Terreno, quedando a partir de esa fecha y hasta la recepción definitiva de la obra bajo responsabilidad del CONTRATISTA la integridad y custodia del terreno.

5.3.6 SEGUROS

El Contratista está obligado a contratar y presentar las siguientes pólizas de seguros, como requisito previo para la firma del contrato y mantenerla vigente para la ejecución de obra hasta la recepción definitiva de la obra.

Póliza de Seguro para las ObrasEl Contratista está obligado a contratar y presentar a la Entidad antes de la firma del Contrato, la póliza Contra Todo Riesgo (Construction All Risk - CAR) debiendo mantenerla vigente y al día en sus pagos hasta la suscripción del Acta de Recepción de Obra, dicha póliza deberá contemplar la cobertura Básica (“A”), así como coberturas adicionales: Terremoto “B”, Inundación “C”, Mantenimiento “D”, Huelga, conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo, con una suma asegurada igual al monto de la obra.

Adicionalmente, la póliza CAR deberá contar con otras coberturas tales como: “G” Remoción de escombros, Propiedad adyacente (OPA), Riesgo de diseño, Vibraciones y debilitamiento de bases, Flete aéreo y gastos extraordinarios.

EL CONTRATISTA contratará estas pólizas endosadas a favor de Inversión Pública SUNAT cuyos originales (sus renovaciones y actualizaciones, de corresponder) deberán ser entregados a esta Entidad para su custodia respectiva.

Dichas pólizas deben estar permanentemente en vigencia hasta la suscripción del Acta de Recepción de Obra.

El Contratista podrá pagar el íntegro de la póliza a la Compañía de Seguros, de ser así deberá adjuntar a la firma del Contrato la póliza con una vigencia no menor al plazo de ejecución de la obra y su respectivo pago, o podrá realizar los pagos en cuotas de acuerdo a un convenio, por lo que deberá adjuntar a la póliza el primer pago correspondiente; los demás pagos del convenio deberá realizarlos como máximo según el cronograma establecido en el mencionado convenio, remitiendo a la Entidad la copia de los pagos realizados dentro del quinto día hábil de realizado.

De haber adicionales, el Contratista deberá remitir a la Entidad en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario, contados a partir del día siguiente de la notificación de la aprobación del adicional, la póliza con el monto de la obra actualizado.

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Cuando la póliza se encuentre por vencer, el Contratista deberá renovarla ante la Compañía de Seguros y deberá remitirla a la Entidad como máximo al día siguiente de vencida la póliza, debiendo adjuntar el único pago o el primer pago de acuerdo a convenio, según corresponda. La no entrega oportuna o la falta de renovación o pago (único o de acuerdo a convenio, según corresponda) de dicha póliza será de entera responsabilidad del Contratista, así como la aplicación de la penalidad correspondiente y de ser el caso, la ejecución de la garantía y/o resolución de contrato si es que no subsana la omisión luego e ser requerido.

Póliza de Seguro de Responsabilidad CivilEl Contratista está obligado a contratar una póliza de seguro por responsabilidad civil (RC) por un monto no menor de cincuenta mil nuevos soles (S/. 50,000.00), por daños a personas afectadas, incluyendo muerte accidental y un monto no menor de setenta mil nuevos soles (S/. 70,000) por daños materiales sobre bienes de terceros; dicha póliza cubrirá cualquier daño, pérdida o lesión que pudiere sobrevenir como consecuencia de cualquier acción u omisión del Contratista, sus subcontratistas, sus funcionarios y/o dependientes en el marco de la ejecución de la obra.

En esta póliza se deberá incluir como asegurado adicional a Inversión Pública SUNAT cuyos originales (y sus renovaciones) deberán ser entregados a esta Entidad para su custodia respectiva. Dicha póliza debe estar permanentemente en vigencia hasta la suscripción del Acta de Recepción definitiva de la Obra.

Cuando la póliza se encuentre por vencer, el Contratista deberá renovarla ante la Compañía de Seguros y deberá remitirla a la Entidad como máximo al día siguiente de vencida la póliza, debiendo adjuntar el único pago o el primer pago de acuerdo a convenio, según corresponda. La no entrega oportuna o la falta de renovación o pago (único o de acuerdo a convenio, según corresponda) de dicha póliza será de entera responsabilidad del Contratista, así como la aplicación de la penalidad correspondiente y de ser el caso, la ejecución de la garantía.

Cabe señalar no será necesaria contratar la póliza de seguro por responsabilidad civil en caso la póliza CAR incluya la cobertura “E” y “F” de Responsabilidad civil cruzada por el mismo monto requerido como suma asegurada.

Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de RiesgoEl Contratista deberá cumplir con contratar y presentar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de todos los trabajadores (profesionales, obreros, administrativos, entre otros) que se encuentren trabajando en la obra, incluyendo el Residente de Obra, y todas las pólizas que exigen las Leyes aplicables para sus trabajadores. Estos seguros deberán ser contratados considerando como mínimo las coberturas y requerimientos exigidos por las Leyes aplicables.

Asimismo, el Contratista deberá verificar que las empresas de servicios especiales, agentes contratistas o subcontratistas con los que el Contratista vaya a emplear o contratar, también cumplan con las normas señaladas en el párrafo anterior, o, en su defecto, deberá contratar directamente dicho seguro por cuenta de ellas. Cualquier incumplimiento de esta obligación será exclusiva responsabilidad del Contratista. En caso la Entidad verifique que durante la ejecución de la obra el Contratista haya incumplido esta obligación, podrá requerirlo para su cumplimiento, y en caso de persistir podrá resolver el Contrato.

El Contratista para la firma del Contrato presentará las pólizas y/o contrato de SCTR-Pensión y SCTR-Salud con su respectivo pago único o pago de acuerdo a convenio y la constancia detallando el mes que corresponda y el listado del personal asegurado. Para los meses siguientes hasta la suscripción del Acta de Recepción de la Obra, deberá

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remitir a la Entidad las constancias que correspondan, adjuntando el respectivo pago y el listado del personal asegurado.

Las mencionadas constancias (SCTR-Pensión y SCTR-Salud), deberán ser remitidas a la Entidad conjuntamente con la valorización de la obra.

5.3.7 ACCIDENTES Y NOTIFICACIONES

El Contratista proveerá, en el lugar de la obra, de todo lo necesario para proporcionar primeros auxilios al personal accidentado como consecuencia de la ejecución de la obra. Dentro de las veinticuatro (24) horas, después de ocurrido un accidente o de otro acontecimiento, del que resultara o que pudieran resultar daños a persona o propiedades de terceros y que fueran consecuencia de alguna acción u omisión del Contratista o cualquiera de sus empleados, durante la ejecución de la obra, el Contratista deberá comunicar a las autoridades competentes, bajo responsabilidad, y enviar un informe escrito de tal accidente o acontecimiento a la ENTIDAD por medio del Supervisor describiendo los hechos en forma precisa y completa para conocimiento, lo cual no exime al Contratista de ser exclusivo responsable de los daños personales o materiales que se ocasionen.

Asimismo, el Contratista deberá remitir inmediatamente a la ENTIDAD por medio del Supervisor, copias de cualquier comparendo, citación, notificación y otro documento oficial recibido por el Contratista en relación con cualquier causa y con cualquier acto, que fuera consecuencia de la ejecución de la obra contratada para conocimiento, lo cual no exime al Contratista de ser exclusivo responsable de las sanciones que se pudieran derivar de su incumplimiento.

Nada de lo aquí incluido, eximirá al Contratista de la formulación de los informes oficiales sobre los accidentes, que sean requeridos por la ENTIDAD o por cualquier otra Autoridad competente.

En caso de incumplimiento se aplicará la penalidad correspondiente, pudiendo la Entidad repetir contra el Contratista cualquier desembolso que deba hacer producto de una multa, indemnización o pago derivado de esta inobservancia, que le sea requerido directamente como dueña de la obra, con cargo a la liquidación de contrato y/o hacerse cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si fuera el caso.

5.3.8 CONFIDENCIALIDAD

El Contratista deberá mantener a perpetuidad confidencialidad y reserva absoluta en el manejo de cualquier información y documentación a la que se tenga acceso a consecuencia de la ejecución del contrato, quedando prohibido de revelarla a terceros. El contratista deberá dar cumplimiento a todas las políticas y estándares definidos por la Entidad en materia de seguridad de la información.

Dicha obligación comprende la información que se entrega como también a la que se genera durante la ejecución del contrato de obra y la información producida una vez que se haya concluido los trabajos. Dicha información puede consistir en mapas, dibujos, fotografías, videos, mosaicos, planos, informes, recomendaciones, cálculos, documentos, estudios, grabaciones, películas, programas informáticos y demás datos compilados o recibidos por el contratista, el incumplimiento de esta obligación acarreará las responsabilidades civiles y penales correspondientes.

5.3.9 CUADERNO DE OBRA

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En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra debidamente legalizado y foliado, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el supervisor y por el residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.

El Cuaderno de Obra debe constar de una hoja original con tres (03) copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la Entidad, otra al contratista, y la tercera al supervisor. El original de dicho cuaderno debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, no pudiendo ser retenido por ninguna de las partes. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.

En el cuaderno de obra se anotarán los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de ella, firmando al pie de cada anotación el supervisor o residente, según sea el que efectuó la anotación. Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se harán directamente a la Entidad por el contratista o su representante legal, por medio de comunicación escrita.

Asimismo, el Contratista anotará las instrucciones del Supervisor y sus observaciones, además de cualquier hecho o acontecimiento importante de la Obra. La Entidad y el Supervisor tendrán derecho a examinar este cuaderno en cualquier momento y anotar en él sus observaciones.

El Contratista deberá entregar mensualmente a la Entidad o al Supervisor, copias del Cuaderno de Obra.

El Cuaderno de Obra será cerrado por el supervisor cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la Entidad.

En caso de resolución contractual por cualquiera de la partes, el Cuaderno de Obra será entregado a la Entidad, bajo apercibimiento de aplicarse la penalidad por la no entrega del Cuaderno de Obra a la Entidad.

De incumplir el Contratista lo antes citado se aplicará la penalidad correspondiente.

5.3.10 RESPONSABILIDAD POR MATERIALES

Cuando sea requerido por la Entidad, el Contratista deberá retirar de la Obra, el equipo o material excedente que no vaya a ser utilizado en su ejecución, todo costo que se genere a la Entidad por incumplir esta obligación será de cargo del Contratista.

En caso de resolverse el Contrato, el Contratista deberá retirar los materiales, insumos, herramientas y demás que hayan quedado en la obra, en el plazo de cinco (05) días de efectuado el inventario de obra, en caso de no cumplir con esta obligación la ENTIDAD procederá a retirar de la obra dichos bienes con cargo a las valorizaciones, liquidación y/o garantías que tuviera pendientes el Contratista, y será de responsabilidad del Contratista cualquier pérdida, robo o detrimento de dichos bienes, no procediendo ningún tipo de pago o reconocimiento a favor del Contratista por los bienes dejados en obra, por tratarse de un contrato a suma alzada.

De incumplir el Contratista lo antes citado se aplicará la penalidad correspondiente.

5.3.11 RECEPCIÓN DE LA OBRA

A la terminación de la obra o cuando se considere conveniente por la ENTIDAD y luego de una inspección conjunta entre representantes de la ENTIDAD, del Supervisor y del Contratista, si no existen observaciones con relación a la calidad y terminación de la

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Obra y estén en funcionamiento todos los sistemas y equipos que la conforman, se procederá a la Recepción, suscribiéndose el Acta correspondiente, en la que se indicará claramente el estado final de la obra.

Previo a la recepción de obra, el contratista deberá de realizar pruebas a las instalaciones electromecánicas y sanitarias; por lo que el suministro de energía y el abastecimiento de servicios públicos de agua, desagüe y otros (de ser el caso), deberán de ser coordinadas oportunamente para efectos que se puedan realizar las pruebas sin contratiempos el día de la Recepción de la Obra.

El Comité no recepcionará la obra sin verificar el funcionamiento satisfactorio de todos los equipos y sistemas que conforman la obra, usándose energía eléctrica y abastecimiento de agua conectados a los servicios públicos correspondientes.

En caso que LA ENTIDAD crea necesario contar con parte de la infraestructura ejecutada antes del término total de la obra, LA ENTIDAD podrá disponer la recepción parcial de la misma de acuerdo a lo indicado en el artículo 210° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El levantamiento de observaciones en la etapa de recepción de obra se realizará de acuerdo al plazo estipulado en el artículo 210 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En caso de retraso en la subsanación de las observaciones que exceda el plazo otorgado se aplican las penalidades que correspondan, con la posibilidad que la Entidad resuelva el Contrato por incumplimiento.

5.3.12 OBLIGACIONES DE TÉRMINO DE OBRA

El Contratista al término de la obra y máximo 5 días calendario luego que la Entidad les comunique la conformación del Comité de Recepción de Obra, deberá presentar al Supervisor de la Obra los siguientes documentos para su revisión, verificación y conformidad, y para facilitar la verificación de la culminación de los trabajos en la Recepción de la Obra, esto sin perjuicio de su obligación de presentarlo nuevamente en la Liquidación de la Obra:

1. Catálogos, manuales y garantías de todos los sistemas y equipos que conforman la obra.

2. Inventario detallado y valorizado del mobiliario implementado.3. Protocolos de prueba de todos los sistemas y equipos que conforman la obra.4. Inventario valorizado de Equipos instalados y muebles de ser el caso, según formato

que será entregado al inicio de obra, con sus respectivos manuales y protocolos de prueba.

5. Actas donde conste la capacitación al personal que designe la Entidad en la operatividad de los equipos y sistemas que conforman la obra: Sistema de Media Tensión, Grupo Electrógeno, Aire Acondicionado, Tableros eléctricos, Sistema Contra Incendio, Ascensor, Sistema de Agua, UPS, etc.

6. Planos de Replanteo donde se hayan incorporado todas las modificaciones autorizadas a la obra para efectos que pueda ser verificado por el Comité de Recepción de la Obra.

De no presentar en la fecha programada y/o encontrar observaciones a los documentos antes señalados, el Supervisor le otorgará un plazo para la subsanación, sin perjuicio de la aplicación de la penalidad correspondiente.

Adicional a los documentos arriba indicados y para efectos de la Liquidación de Obra, el Contratista deberá entregar al Supervisor lo siguiente:

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1. Memoria Descriptiva Valorizada 2. Planos de Replanteo o post construcción (los que reflejarán fielmente el estado final

de construcción de la obra) con la firma y sello correspondiente.3. Declaratoria de Fábrica (Formulario Único de Edificaciones - FUE) aprobada por la

Municipalidad correspondiente.4. Cierre del Libro de Planillas de la Obra.5. Declaración Jurada de haber cumplido con los pagos correspondientes a

remuneraciones, horas extras, indemnizaciones, vacaciones y todos los derechos laborales de los trabajadores de la Obra y no tener reclamos laborales pendientes de solución.

6. Declaración Jurada simple, consignando que no tiene adeudo alguno por concepto de pago de tributos generados por la ejecución de la Obra.

7. Inventario valorizado de Equipos instalados según formato que será entregado al inicio de obra, con sus respectivos manuales y protocolos de prueba (teniendo en cuenta lo señalado en el numeral referido al Equipamiento instalado en obra).

De encontrar observaciones a los documentos antes señalados, el Supervisor le otorgará un plazo para la subsanación, sin perjuicio a la aplicación de la penalidad correspondiente.

Previo cumplimiento de lo señalado anteriormente, para efectos del pago del Saldo de Liquidación de Obra (de corresponder saldo a favor del Contratista), se verificará que EL CONTRATISTA haya cumplido con entregar a LA ENTIDAD: (1) Memoria Descriptiva Valorizada, (2) Planos post construcción (los que reflejarán fielmente el estado final de construcción de la obra), (3) la Declaratoria de Fábrica aprobada por la Municipalidad correspondiente, y (4) No tener adeudo pendiente con la Entidad por cualquier concepto derivado de la ejecución de la obra.Corresponde al Contratista el levantamiento de las observaciones comunicadas por la Entidad con posterioridad a la recepción de la obra (tanto la obra civil como los equipos electromecánicos) y durante el período de responsabilidad de siete (7) años, bajo apercibimiento de proceder a la subsanación de las observaciones con cargo a cualquier deuda pendiente a favor del Contratista o de ser el caso de incurrir en responsabilidad por defectos o vicios ocultos que generen el resarcimiento respectivo.

5.3.13 DERECHOS LEGALES IRRENUNCIABLES DE LA ENTIDAD

La ENTIDAD no podrá ser privada o impedida, en virtud de cualquier medición, cálculo o valorización, realizados antes o después de la terminación y aceptación de la Obra y de los pagos correspondientes efectuados, de verificar las características de calidad de los materiales utilizados, las condiciones de la obra ejecutada y el verdadero monto reembolsable al Contratista, ni de demostrar que tales mediciones, cálculos o valorizaciones estuvieran incorrectos o que los materiales y la obra no estuviesen de acuerdo con las estipulaciones del Contrato.

La ENTIDAD no podrá ser privada ni impedida, no obstante la existencia de dichas mediciones, cálculos, valorizaciones y pagos realizados, de su derecho de recuperar del Contratista, de sus garantías o por cualquier otro medio, el importe de los daños que considere ocasionados por no haber cumplido el Contratista con lo establecido en los Documentos de Contrato.

La aceptación por parte del Supervisor, o cualquier pago efectuado en concepto de aceptación de una parte o la totalidad de la Obra, cualquier tiempo transcurrido o cualquier posición adoptada por el Supervisor, no podrán significar una renuncia a los derechos legales de la ENTIDAD sobre cualquier parte del Contrato, o de cualquier potestad o derecho de Indemnización.5.3.14 DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA

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Forman parte integrante del Contrato, las Bases y todos los documentos indicados en los requerimientos técnicos mínimos proporcionados por la ENTIDAD; así como los planos y toda otra documentación referente a la Obra, que tienen por finalidad complementarse mutuamente.En caso de discrepancia entre diferentes partes de los Documentos de Contrato, se aplicará el siguiente orden de precedencia entre los mismos: La normativa pertinente Contrato Condiciones Generales del Contrato Bases del proceso de selección Propuesta del CONTRATISTA Garantías: De Fiel Cumplimiento de Contrato, De Adelantos (Directos y/o por

materiales, insumos o servicios puestos a disposición del objeto del Contrato). Otros documentos que forman parte del Contrato.

En caso de alguna dificultad en la interpretación de los Documentos de Contrato, el Supervisor será el encargado de transmitir al CONTRATISTA las aclaraciones necesarias, luego de que éstas sean establecidas en consulta con la ENTIDAD.

5.3.15 EQUIPAMIENTO INSTALADO EN OBRA

El equipamiento instalado en obra deberá de cumplir con lo indicado en los planos y con las especificaciones técnicas indicadas en el Expediente Técnico así como las normas técnicas nacionales obligatorias exigibles en cada caso así no estén expresamente indicadas en el expediente técnico y con las Normas Internacionales que se indiquen el expediente técnico para cada equipo.El contratista debe entregar protocolo de pruebas de cada equipo (es posible agrupar varios equipos en un sistema) donde se deje constancia de que cada equipo se encuentra en perfecto estado de funcionamiento suscrito por el profesional especialista responsable de la prueba y elaboración del protocolo de prueba y del Ingeniero Residente así como de la Supervisión en señal de haberle constatado que dicha prueba se realizó; los protocolos de prueba deben entregarse a la Supervisión antes de la recepción de obra y dentro de los 10 días calendario siguientes a la ejecución de las pruebas (en caso las pruebas se realicen en una fecha próxima a la recepción de obra se debe entregar las hojas de trabajo de campo de la prueba donde se incluya la firma del profesional especialista responsable de la prueba y elaboración del protocolo de prueba y del Ingeniero Residente así como de la Supervisión) el siguiente equipamiento instalado en obra, de corresponder en la presente convocatoria:

ITEM EQUIPO – SISTEMA CANTIDADTIEMPO DE GARANTÍA

comercial mínima(años)

1 Media tensión - Sub estación 01 02

2 Tableros en General 01 lote 02

3 Red Eléctrica 01 lote 02

4 Sistema grupo electrógeno 01 lote01 año o 500 horas de operación lo que ocurra

primero

5Sistema UPS (tablero trasformador, UPS, cableado, receptáculos)

01 lote 01

6 Red Estabilizada 01 lote 02

7Sistema de aire acondicionado convencional (incluye ventilación mecánica)

01 lote 01

8Sistema de aire acondicionado de precisión

01 lote 01

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9Sistema de bombeo de agua potable

01 lote 01

10 Sistema de bombeo de desagüe (bombas sumidero)

01 lote 01

11Sistema de bombeo de agua contraincendios listada con certificación UL

01 lote 01

12

Red de alarma contra incendio y control de acceso Puerta Cortafuego listada con certificación UL

01 lote 02

13

Sistema de ventilación contraincendios Puerta Cortafuego listada con certificación UL

01 lote 02

14

Sistema de iluminación (a excepción de los consumibles que se rigen por las horas de operación)

01 lote 02

15 Sistema de CCTV 01 lote 02

16Sistema de puesta a tierra y Pararrayos

01 lote 02

17Cableado estructurado (incluye cableado, gabinetes, conexiones, receptáculos)

01 lote 02

18 Sistema ascensor 01 lote 01

17 Terma 01 01

En la fecha prevista para la recepción de obra el Contratista deberá entregar a la Entidad el programa de capacitación en la operación y funcionamiento, así como el programa de mantenimiento de los equipos y/o sistemas correspondientes a los Item 1, 4, 5, 7, 8, 11, 12, 13, 15 y 18.

En el caso de la capacitación, será de manera presencial con una duración mínima de dos (02) horas y estará dirigida a dos (02) personas designadas por la Entidad. En el programa a presentar el Contratista señalará el tiempo de duración en cada caso. Concluida la capacitación se suscribirá el acta de conformidad por cada equipo.

En caso que el contratista no atienda la solicitud de reparación o cambio de equipos, instalaciones, estructuras o cualquier parte de la obra que cuenta con garantía, dentro de las 48 horas de requerido, la Entidad podrá disponer directamente la reparación y/o reemplazo por un tercero, sin que esto perjudique la vigencia y validez de la garantía, y con cargo a descontar el costo de la subsanación de la liquidación de obra, o incluso de las garantías que estuvieran vigentes si no existiera saldo a favor del contratista y éste se negara a pagar, o repetir el cobro contra el CONTRATISTA si es que ya se le hubiese cancelado el saldo de liquidación.

5.3.16 MOBILIARIO INSTALADO EN OBRA

El mobiliario instalado en obra deberá cumplir con lo indicado en los planos y con las especificaciones técnicas indicadas en el Expediente Técnico así como los lineamientos exigibles por SUNAT. Los muebles ofertados deberán corresponder a los diseños establecidos por la Entidad, los mismos que deberán ser elaborados por proveedores con amplia experiencia en la fabricación e instalación de mobiliario de oficina con aplicación de tecnología moderna que permita un fácil y correcto cableado eléctrico y de comunicaciones. Asimismo, deberán ser construidos para un trabajo permanente y pesado, con una alta durabilidad de las partes así como facilidad en su mantenimiento y conservación.

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Las medidas señaladas en las especificaciones técnicas de mobiliario deberán ser verificadas in situ, en el cual se deberán tener en cuenta criterios de medidas, conexiones eléctricas, de data, entre otros. Están permitidas modificaciones que garanticen la correcta ubicación de los muebles y/o que no alteren la funcionalidad de los muebles, siempre previa aprobación de la Entidad.

Para el caso del mobiliario, el color es referencial por lo tanto el proveedor deberá verificar el color final que requiera la Entidad a la solicitud y aprobación de la misma, no se podrá suministrar ningún mobiliario sin la aprobación de la entidad de las características finales.

El Contratista deberá garantizar la calidad de los materiales, los acabados de los muebles solicitados, en lo referente a los materiales utilizados en su fabricación, a los procesos constructivos (uniones, soldaduras, accesorios, armados, etc.); así como los refuerzos necesarios para su funcionalidad, estabilidad, usos y conservación. Además, el Contratista deberá garantizar el normal funcionamiento de los equipos suministrados en los lugares de destino

La Entidad determinará medidas de control (visitas de supervisión, inspección, entre otros), a ser realizadas durante la ejecución del mobiliario. Las medidas de control tienen por finalidad verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el párrafo anterior; por lo que el Contratista queda obligado a comunicar a la Entidad el lugar donde se viene fabricando el mobiliario.

El Contratista garantizará al momento de la entrega en obra, el perfecto estado de los muebles, sin ralladuras, abolladuras u otro desperfecto. Asimismo, el Contratista deberá entregar el mobiliario ubicado según el plano de equipamiento respectivo.

La conformidad final de recepción del mobiliario se otorgará de acuerdo al cronograma de ejecución de mobiliario presentado por el contratista y aprobado por la Entidad, el mismo que deberá desarrollarse dentro del plazo establecido para la ejecución de la obra.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes ofertados será de cuarenta y ocho (48) meses contados a partir de la fecha de otorgada la conformidad final por parte de la Entidad

De reportarse averías por defecto o fabricación durante el periodo de garantía, la Entidad comunicará mediante correo electrónico o carta simple al Contratista. Por lo que el Contratista deberá mantener habilitado y vigente el correo electrónico y domicilio señalado en el contrato. De surgir cambios en ello, el Contratista queda obligado a comunicar por medio escrito a la Entidad, con la debida anticipación.

En caso de cualquier avería que haga necesario retirar un mueble de alguna de las instalaciones de SUNAT para su reparación o mantenimiento, el contratista se compromete a entregar en calidad de préstamo un mueble con características similares o superiores al averiado, el que será devuelto una vez que el mueble reparado haya retornado a dicha oficina de la SUNAT. Asimismo, el contratista asumirá el costo total del traslado (ida y vuelta a su destino) de los muebles que sean reportados por la entidad como consecuencia de una falla de fabricación dentro del periodo de garantía, cuando las fallas correspondan a defectos de fabricación.

5.4 REQUERIMIENTOS DEL CONTRATISTA Y DE SU PERSONAL

REQUISITOS DEL CONTRATISTAEstar inscrito en el RNP como ejecutor de obras.

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El postor deberá contar con una capacidad libre de contratación mayor o igual que el valor referencial del proceso, en caso de ser consorcio al menos uno de los consorciados, deberá contar con este requisito.

PERFIL DEL CONTRATISTAExperiencia en ejecución de obras similares durante los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto acumulado equivalente a una (1) vez el Valor Referencial del presente proceso de selección, acreditado con:

i) Copia simple de contratos y su respectiva acta de recepción y conformidad o ii) con la copia simple de contratos con la resolución de liquidación de obra o iii) con la copia simple de contratos acompañada de cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que esta fue concluida; en este supuesto, dicha documentación también deberá consignar el monto total de la obra.

Estar inscrito en el RNP como ejecutor de obras. Dicha acreditación podrá ser realizada de manera individual o mediante la conformación de un consorcio.

El postor deberá contar con una capacidad libre de contratación mayor o igual que el valor referencial del proceso, en caso de ser consorcio al menos uno de los consorciados, deberá contar con este requisito.

PERFIL DEL PERSONALPersonal clave:

Un (1) Residente de Obra: Profesional en Ingeniería Civil colegiado y habilitado. Debe tener una experiencia mínima de tres (03) años de haber participado como Residente y/o Supervisor y/o Inspector de obras similares.

Un (1) Arquitecto: Profesional en Arquitectura colegiado y habilitado. Debe tener una experiencia mínima de dos (02) años de haber participado como Especialista en Arquitectura de obras similares.

Un (1) Ingeniero Especialista en Seguridad: Profesional en Ingeniería Civil o Ingeniero Industrial colegiado y habilitado. Debe tener una experiencia mínima de dos (02) años de haber participado como Ingeniero de Seguridad en obras similares.

Un (1) Ingeniero Especialista en Estructuras: Profesional en Ingeniería Civil colegiado y habilitado. Debe tener una experiencia mínima de dos (02) años de haber participado como Especialista en Estructuras en obras similares.

Un (1) Ingeniero Electromecánico o Mecánico - Eléctrico: Profesional en Ingeniería Electromecánica o Ingeniería Mecánica Eléctrica colegiado y habilitado. Debe tener una experiencia mínima de dos (02) años de haber participado como Especialista Electromecánico o Mecánico Eléctrico en obras similares.

Un (1) Ingeniero Especialista en Instalaciones Sanitarias: Profesional en Ingeniería Sanitaria colegiado y habilitado. Debe tener una experiencia mínima de dos (02) años de haber participado como Especialista en Instalaciones Sanitarias en obras similares.

La experiencia requerida para cada profesional requerido será acreditada con la presentación de:

(i) Copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

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Cabe señalar que la colegiatura y habilitación de los profesionales propuestos se requerirá para el inicio de su participación efectiva, debiendo además mantener vigente dicha habilitación durante todo el tiempo que se ejecute la obra.

El postor adjudicado para la firma del contrato presentará el Presupuesto detallado desagregado por partidas que dio origen a su propuesta.

NOTA IMPORTANTE: Para el postor y el personal propuesto se consideran como Obras similares a todas aquellas obras de Edificación públicas o privadas, tales como: Infraestructura de Salud (Hospitales, Clínicas, Centros de Salud y Postas médicas); Infraestructura educativa (Universidades, Institutos y Colegios); Infraestructura de Entidades bancarias, crediticias y de seguros; Infraestructura hotelera; Infraestructura de Centros Comerciales; y Edificaciones de oficinas administrativas.

5.5 LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

LUGARLa ubicación del Proyecto y el terreno donde se ejecutará la Obra está situado en:

Departamento : Huánuco Provincia : HuánucoDistrito : HuánucoLocalización : Jr. Libertad Nº 664 - 668

PLAZO DE EJECUCIÓNEjecución de obra : 270 días calendario.

La obra se desarrollará de acuerdo al cronograma de ejecución de obra contenido en el Expediente técnico.

Vigencia del Contrato: El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidación de la obra y se efectúe el pago correspondiente.

Requisitos para el inicio del plazo de ejecución: El plazo de ejecución de obra inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones establecidas en el artículo 184º del Reglamento:

o Que se designe al Inspector o Supervisor, según corresponda. o Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo.o Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la

obra.o Que la Entidad, de ser el caso haya entregado el adelanto directo para la

ejecución de la obra al Contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 187° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Cabe señalar que las condiciones antes detalladas deberán cumplirse dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato.

Asimismo, la Entidad deberá haber hecho entrega de la licencia de edificación o el documento municipal de autorización para la construcción.

5.6 SUPERVISIÓN DE LA OBRA CONTRATADA POR LA ENTIDAD

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Obligaciones del Supervisor contratado por la EntidadLa Entidad contratará los servicios de un profesional o firma consultora para que realice las labores de Supervisión de la Obra en calidad de Supervisor, siendo el Supervisor el encargado de velar por la correcta y oportuna ejecución de la obra.

Metrados de obra El Supervisor notificará al Contratista, o a su agente autorizado o representante con tres (3) días de anticipación para la elaboración de los metrados de obra que sustentaran la valorización de la obra. El Contratista preparará todo lo necesario para poder realizarlas sin obstáculos y con la exactitud necesaria.

Las mediciones se realizarán únicamente para los trabajos ya efectuados y se harán de acuerdo a las unidades de medida estipuladas en cada caso.

Salvo que en el Contrato se acuerde lo contrario, en las planillas de mediciones y pagos no se considerarán los materiales almacenados por el Contratista.

Pago a la Supervisión en caso de atraso en la finalización de la obra por causa imputable al ContratistaDe acuerdo con lo indicado en el artículo 192° del Reglamento de la Ley de Contrataciones, en caso de atraso en la finalización de la obra por causas imputables al Contratista, con respecto a la fecha consignada en el calendario de avance de obra vigente, y considerando que dicho atraso producirá una extensión de los servicios de la supervisión, lo que genera un mayor costo, el Contratista asumirá el pago del monto equivalente al de los servicios indicados, lo que se hará efectivo deduciendo dicho monto de la liquidación de la obra.

5.7 OTRAS PENALIDADES Y MULTASAdemás de las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio aplicadas de conformidad con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la ENTIDAD ha considerado la aplicación de otras penalidades según lo establece el Artículo 166° del citado Reglamento.

Las penalidades en tanto por mil del monto del contrato, se describen en la siguiente tabla:

N° PENALIDADES SOBRE EL MONTO CONTRACTUAL MULTA

1

SEGURIDAD DE OBRA Y SEÑALIZACIÓNCuando el contratista no cuente con los dispositivos de seguridad en la obra tanto peatonal o vehicular incumpliendo las normas, además de las señaliza-ciones solicitadas por la municipalidad. La multa es por cada día.

1/4000

2

INDUMENTARIA E IMPLEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONALCuando el contratista no cumpla con dotar a su personal y/o cualquier tercero que ingrese con su autorización a la obra, de los elementos de seguridad que correspondan. La multa es por cada día.

1/2000

3

CALIDAD DE LOS MATERIALESCuando el contratista ingrese materiales a la obra o utilice para la ejecución de la obra materiales de menos calidad que los especificados en el Expediente Técnico, sin la autorización del supervisor, la multa es por cada material no autorizado o no adecuado para el contratista y supervisor.

1/2000

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N° PENALIDADES SOBRE EL MONTO CONTRACTUAL MULTA

4

ENTREGA DE INFORMACION INCOMPLETA Y/O CON ERRORES Y/O EXTEMPORANEO

Cuando el contratista entregue documentación incompleta (faltante) o con errores o fuera del plazo normativo, perjudicando el trámite normal de los mismos (solicitudes de adelanto, valorizaciones de obra, prestaciones adicionales de obra, resultados de los controles de calidad, certificados de habilidad de los profesionales integrantes de su plantel técnico, documentación obligatoria para la recepción de obra (según numeral 5.3.12 Obligaciones de Termino de Obra), liquidación de obra, programas de trabajo: pert o cpm, informes). La multa será por cada trámite documentario.

1/4000

5

GARANTÍA Y/O PÓLIZAS NO VIGENTES O NO PAGADASCuando el contratista no cumpla con mantener vigente sus garantías, la multa será por cada día de atraso contabilizado desde el día siguiente que venció hasta el día que fue recibida por la Entidad; sin perjuicio de ejecutar las mismas si la Entidad lo cree necesario: - Garantías: de fiel cumplimiento, por adelanto directo, por adelanto de materiales, por prestaciones accesorias, por el monto diferencial de propuesta.Cuando el contratista no cumpla con mantener vigente sus pólizas o no cumple con mantener al día sus pago de las pólizas, la multa será por cada día de atraso contabilizado desde el día siguiente que venció hasta el día que fue recibida. - Pólizas: CAR, Responsabilidad civil, Póliza de seguro complementario de trabajo de riesgo (Salud y Pensiones).

1/200

6

CARTEL DE OBRACuando el contratista no coloque el cartel de obra dentro de los 5 días calendarios del inicio contractual de la obra, la penalidad es por día no colocado y por cartel. Hay obligación de mantener el cartel de obra durante la ejecución de la obra, se penalizara de la misma forma, cuando no se mantenga en el tiempo establecido y por cartel.

S/. 1,000.00

7

CRONOGRAMA VALORIZADO AL INICIO DEL PLAZO CONTRATUAL Y/O CRONOGRAMA DE OBRA REPROGRAMADOCuando el contratista no cumpla con entregar el calendario valorizado adecuado a la fecha de inicio del plazo contractual, en un plazo de 2 días calendario; o en el caso de demoras injustificadas los cronogramas acelerados de trabajo, dentro del plazo indicado en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, la penalidad será por día de atraso.

1/2000

8

PRUEBAS Y ENSAYOSCuando el contratista no realiza las pruebas o ensayos en la oportunidad indicada en el expediente técnico y requerida por la supervisión, para verificar la calidad de los materiales y los trabajos ejecutados. La multa es por cada incumplimiento.

1/2000

9RESIDENTE DE OBRACuando el Ingeniero Residente no se encuentra en forma permanente en la obra. La multa es por cada día de inasistencia.

1/4000

10EQUIPOS DECLARADOS EN LA PROPUESTA TECNICACuando el contratista no presente los equipos declarados en la propuesta técnica. La multa es por cada equipo.

1/2000

11

POR ATRASO EN SUBSANAR LAS OBSERVACIONES PENDIENTES.Cuando el contratista de manera injustificada, no presente la subsanación y levantamiento de observaciones señaladas por el Supervisor o la Entidad de forma final o de manera completa, tanto durante la ejecución de la obra como durante el periodo de recepción de la misma, exigidos en el expediente técnico o en el Acta de Observaciones respectiva. La multa es por cada día de retraso a partir de vencido el plazo otorgado por la Supervisión o por la Entidad.

1/2000

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N° PENALIDADES SOBRE EL MONTO CONTRACTUAL MULTA

12

POR INASISTENCIA DE LOS ESPECIALISTAS DEL CONTRATISTA A REUNION CONVOCADAS POR LA ENTIDAD CONTRATANTECuando el contratista de manera injustificada, no asista con sus especialistas a reuniones convocadas por la Entidad, según su propuesta técnica. La multa es por cada día de inasistencia por profesional. El contratista a fin de cumplir deberá reprogramar la reunión.

1/2000

13

POR NO DISPONIBILIDAD DEL CUADERNO DE OBRA O LA NO ENTREGA DEL MISMO A SOLICITUD DE LA ENTIDAD Cuando el contratista de manera injustificada, no disponga del cuaderno de obra durante la ejecución, o la no entrega del mismo cuando lo solicite la Entidad. La multa será por cada incumplimiento.

1/2000

14

POR NO ESTAR AL DÍA CON LAS ANOTACIONES EN EL CUADERNO DE OBRA Cuando el contratista de manera injustificada no presente el cuaderno de obra con las anotaciones al día. La multa será por cada día que no figure anotación.

1/2000

15

POR NO ENTREGAR EL CUADERNO DE OBRA A LA ENTIDAD EN CASO DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL, O CONJUNTAMENTE CON LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA, EL QUE CORRESPONDACuando el contratista no presente a la Entidad el cuaderno de obra por la resolución contractual de cualquiera de las partes, ya sea conjuntamente con la notificación de resolución del contrato de obra (en caso de resolución por parte del contratista) o luego de tres de días calendario de notificada la resolución del contrato de obra por parte de la Entidad.Cuando el contratista no presente el cuaderno de obra conjuntamente con la liquidación del contrato.Se aplicará una penalidad por cada día de demora en la entrega del cuaderno de obra.

1/2000

16

POR NO CONTAR EL RESIDENTE DE OBRA CON EL CERTIFICADO DE HABILIDAD VIGENTE DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRACuando el contratista no presente el certificado de habilidad vigente del Residente de obra al día siguiente de su vencimiento. O la Entidad detecte que no está habilitado durante el periodo de ejecución de la obra. La multa será por cada día que demore en presentar el certificado de habilidad ó por cada día que se detecte que no está o no estuvo habilitado, respectivamente.

1/4000

17

POR ATRASO EN EL RETIRO DE EQUIPOS O MATERIALESCuando el contratista incurra en atraso en el retiro de equipos o materiales de la obra. Se aplicará una penalidad por cada día de demora respecto del plazo otorgado por la Entidad.

1/2000

5.8 VALORIZACIONESLas valorizaciones serán elaboradas por el Contratista conjuntamente con el Supervisor.

El Contratista consignará en sus valorizaciones todos los trabajos ejecutados, de acuerdo a las cantidades establecidas en las mediciones.

La valorizaciones, que son pagos a cuenta y no implican conformidad, serán revisadas por la Entidad, pudiendo ésta determinar un monto a pagar menor que el planteado por el Contratista o Supervisor, si es que los cálculos del Contratista y/o Supervisor no se ajustan a lo realmente ejecutado o existieran penalidades o multas.

Los metrados de obra ejecutados serán formulados y valorizados conjuntamente por el contratista y el inspector o supervisor, y presentados a la Entidad dentro de los cinco (5) días contados a partir del primer día hábil del mes siguiente. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, éste la efectuará. El inspector o supervisor deberá revisar los metrados durante el período de aprobación de la valorización.

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VALORIZACIONES MENSUALESEl plazo máximo de aprobación por el Inspector o el Supervisor de las valorizaciones y su remisión a la Entidad para períodos mensuales es de cinco (5) días contados a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva. Se presentarán acompañadas según sea el caso por los cómputos métricos resultantes de las mediciones de los trabajos ejecutados hasta la fecha y verificados por el Supervisor.

Se tiene que un período mensual comprende desde el primer día calendario hasta el último día calendario del mes a valorizar. En caso la obra iniciara en fecha distinta al primer día del mes, el periodo de valorización será desde el día de inicio de obra hasta el último día calendario del mes de la valorización de obra.

VALORIZACION – MES DE DICIEMBREExcepcionalmente para la valorización que corresponda al mes de diciembre, el período corresponderá desde el primer día del mes hasta el día quince (15) día calendario de dicho mes para su respectiva valorización y será presentada a los cinco (5) días posteriores a dicha fecha, por el supervisor de la obra a la Entidad.

El período del 16 al 31 de diciembre la valorización será presentada a la Entidad a los cinco (5) días contados a partir del primer día hábil del mes siguiente, por el supervisor de la obra.

5.9 PAGO DE VALORIZACIONES

PAGO DE VALORIZACIONES MENSUALESEl pago de la valorización mensual aprobada se realizará considerando lo siguiente:

El monto acumulado por los trabajos ejecutados hasta la fecha. Menos el total facturado por trabajos ejecutados hasta el mes anterior. Menos la amortización de los adelantos otorgados, si los hubiera, de acuerdo a los

porcentajes establecidos. Menos cualquier otra retención o penalidad que sea necesario aplicar según lo

previsto en estos términos de referencia o en el Contrato.

Tomando en cuenta el valor resultante se realizará el pago.

Las estimaciones del progreso de los trabajos pueden ser reajustadas conforme se efectúen las estimaciones finales. La inclusión de cualquier trabajo o material en las estimaciones de pagos mensuales, no deberá ser interpretada como aceptación de tal trabajo o material y en consecuencia no impedirá el rechazo de aquel trabajo, así estuviera cancelado parcialmente, si se descubre que el mismo no está en estricto acuerdo con las especificaciones.

Este rechazo incluirá también el trabajo posteriormente ejecutado, si hay secuencia de dependencia.

Todos los equipos instalados, materiales y trabajos comprendidos en los pagos mensuales ejecutados, serán considerados como propiedad de la Entidad, pero esta disposición no libera al Contratista de la responsabilidad total del mantenimiento hasta la conclusión del Contrato.

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PAGO DE LA VALORIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN FINALCon la previa autorización del Supervisor, la valorización de la Liquidación Final de Pago confeccionado, conforme lo indicado en las Obligaciones de Término de Obra, seguirá el trámite de aprobación final y pago por la Entidad.

5.10 REAJUSTE DE PRECIOSLos precios propuestos e incluidos como parte del Contrato se encuentran sujetos a las Fórmulas de Reajuste, el cual se efectuará mediante aplicación de la fórmula polinómica precisada en el Expediente Técnico, los mismos que se sujetan a lo dispuesto en el D.S. N° 11-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

Las valorizaciones deberán ser ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.

Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes deberán calcularse teniendo en consideración el coeficiente de reajuste “K” conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los índices que se deben aplicar, se calculará el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarán con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.

5.11 ADELANTOS

ADELANTO DIRECTOLa Entidad podrá otorgar el adelanto directo por el 20% del monto del contrato original.

El contratista debe solicitar formalmente el desembolso del adelanto directo dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la carta fianza a nombre de Inversión Pública SUNAT por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado, y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.

Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.

ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOSLa Entidad podrá otorgar adelantos para materiales o insumos hasta por el 40% del monto del contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos.

La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de 15 días calendario previo a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que el Contratista pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, el Contratista deberá solicitar la entrega del adelanto en un plazo de cinco (5) días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la carta fianza a nombre de Inversión Pública SUNAT por idéntico monto y mantenerse vigente hasta la utilización de los materiales o insumos a satisfacción de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo, y el comprobante de pago respectivo.

La primera solicitud de El CONTRATISTA solo procederá una vez iniciada la ejecución

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de la obra. No procederá la entrega de los adelantos cuando las solicitudes sean realizadas con posterioridad a la fecha prevista para cada adquisición en el calendario de adquisición de materiales o insumos.En caso de resolución contractual y de existir saldo pendiente de amortizar por parte del CONTRATISTA respecto de los adelantos directo o de materiales, se procederá a la inmediata ejecución de la carta fianza correspondiente a ambos conceptos, en tanto ya no es factible que el contratista amortice dichos adelantos por haberse resuelto el contrato lo que implica la paralización de la obra; salvo que el CONTRATISTA devuelva a la ENTIDAD el dinero del saldo restante de el(los) adelanto(s) pendientes dentro de los tres días posteriores a la notificación de la resolución contractual.

5.12 MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUALLa ejecución de la obra se rige por el sistema de suma alzada.

5.13 SUBCONTRATACIONNo podrá transferir, de manera parcial o totalmente, a favor de terceros, la prestación materia de este Contrato teniendo la responsabilidad total sobre su ejecución y cumplimiento íntegro.

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ANEXO 01

RELACIÓN DE EQUIPO MINIMO A SER PROVISTO POR EL CONTRATISTA

La Relación de Equipo mínimo será conforme al siguiente detalle:

ITEM EQUIPO CANTIDAD

1 Mezcladora de Concreto 11 p3 = 16HP 2

2 Volquetes de 15 m3 1

3 Vibrador de 3/4" para concreto de 4HP 2

4 Equipo de corte 1

5 Plancha Compactadora de 5.8HP 2

6 Equipo de Bombeo agua y desagüe 1

7 Cargador sobrellantas de 125-135HP - 3Yd3 1

8 Retroexcavadora sobrellantas de 110HP – 0.5Yd3 1

9 Tractor de Orugas de 190-240HP 1

10 Grupo Electrógeno 1

11 Teodolito 1

12 Winche Eléctrico 1

13 Nivel 1

14 Mira Topográfica 1

15 Maquina de Soldar 1

16 Equipos de pintura 1

17 Andamios Metálicos de 5 cuerpos 3

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CAPÍTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.

FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN23

A. EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL (20 puntos)

Criterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras en general, durante un periodo NO MAYOR A DIEZ (10) AÑOS a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente A CUATRO (4) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN.

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación de obra; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total.

En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deberá indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la experiencia en obras en general del postor.

La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares servirá para acreditar la experiencia en obras en general.

M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras en general

M >= 04 veces el valor referencial:

20 puntos

M >= 03 veces el valor referencial y < 04 veces el valor referencial:

15 puntos

M >= 02 veces el valor referencial y <03 veces el valor referencial:

10 puntos24

23 De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.

24 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

B. EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES (35 puntos)

Criterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras similares, durante un periodo NO MAYOR A DIEZ (10) AÑOS a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a UNA VES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN.

Se considerará obra similar a todas aquellas obras de edificación pública o privada tales como infraestructura de salud (hospitales, clínicas, centros de salud y postas médicas), infraestructura educativa (universidades, institutos y colegios), infraestructura entidades bancarias, crediticias y de seguros, infraestructura hotelera, infraestructura de centros comerciales y edificaciones de oficinas administrativas, cuyo valor mínimo de cada obra sea equivalente al quince por ciento (15%) del valor referencial.

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación de obra; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total.

En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deberá indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7, referido a la experiencia en obras similares del postor.

M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras iguales o similares

M >= 1 vez el valor referencial: 35 puntos

M >= 0.5 veces el valor referencial y <1 vez el valor referencial:

25puntos

M = 0.5 veces el valor referencial:

15 puntos25

C. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO

( 30 puntos)

C.1 EXPERIENCIA DEL RESIDENTE DE OBRACriterio:

25 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.

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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN

Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto para la ejecución de la obra como RESIDENTE Y/O SUPERVISOR Y/O INSPECTOR DE OBRAS SIMILARES.

Se considerará obra similar a todas aquellas obras de edificación pública o privada tales como infraestructura de salud (hospitales, clínicas, centros de salud y postas médicas), infraestructura educativa (universidades, institutos y colegios), infraestructura entidades bancarias, crediticias y de seguros, infraestructura hotelera, infraestructura de centros comerciales y edificaciones de oficinas administrativas,

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.

Acreditación:Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados.

Más de 3 años: 30 puntos

D. CUMPLIMIENTO DE EJECUCIÓN DE OBRAS (15 puntos)

Criterio:Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de las obras en general o similares presentadas para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.

Acreditación:Mediante la presentación de copia simple de un máximo de diez (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:

1. La identificación del contrato, indicando como mínimo su objeto.

2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.

3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.

Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación26:

PCP= PF x CBC NC

Donde:

PCP = Puntaje a otorgarse al postor.PF = Puntaje máximo al postor.NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor.CBC = Número de constancias de prestación válidas.

PUNTAJE TOTAL 100 puntos27

IMPORTANTE:Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de

26 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe

27 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.

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los requerimientos técnicos mínimos.

Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de sesenta (60) puntos.

NOTA: La documentación presentada para la experiencia del cumplimiento de los RTM, podrá ser presentada para los factores de evaluación, teniendo en consideración que para alcanzar algún puntaje estos deberán superar el cumplimiento de los RTM.

Cabe precisar que la normativa de contratación pública ha dispuesto que no debe calificarse la experiencia mínima requerida, sin embargo ello no implica que el documento que la contiene no pueda servir también para acreditar el cumplimiento del factor de evaluación relacionado a la experiencia, pues un solo documento podría servir para ambos propósitos.

NOTA: Precisamos que los montos de las experiencias, tanto en la actividad como en la especialidad, tanto para requerimientos técnicos mínimos como para criterios de evaluación, para acreditar experiencia de postor, deberán ser actualizados de acuerdo a la siguiente fórmula:

MA = MF x (Ir/Io)

MA = Monto final del servicio actualizado a la fecha del valor referencial. MF = Monto final del servicio.Ir = Índice de precios al consumidor en la fecha del valor referencial.Io = Índice de precios al consumidor en la fecha de culminación de la obra.

CAPÍTULO VPROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:

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CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTESCon fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [CONSIGNAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Requerimientos Técnicos Mínimos.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.28

Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO29

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorización [CONSIGNAR MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la sección específica de las Bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DÍAS] días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRAEl plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las Bases.

Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en lugar del párrafo anterior, deberá considerarse lo siguiente, según corresponda:

“El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las Bases.” 30

“El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBERÁ

28 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.

29 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.

30 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico.

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ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.” 31

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATOEl presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora32 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍASEL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato33: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias34: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓNLA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO35

“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 20% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL]36 del monto del contrato original.

31 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.

32 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

33 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

34 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de obras que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

35 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 186 y 187 del Reglamento.

36 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto

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EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el [CONSIGNAR ADELANTO O PRIMER DESEMBOLSO DEL ADELANTO DIRECTO] dentro de los ocho (8) días calendario siguientes [CONSIGNAR, SEGÚN CORRESPONDA, A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO O AL INICIO DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA]37, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos38 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA.

Asimismo, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega de los demás adelantos directos en [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD] 39. La entrega del o los adelantos se realizará en [CONSIGNAR PLAZO Y OPORTUNIDAD].40

Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.

En el supuesto que no se entregue [CONSIGNAR EL O LOS ADELANTOS] en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.”

Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelantos para materiales o insumos a EL CONTRATISTA, deberá consignar la siguiente cláusula:

CLÁUSULA DÉCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS41

“LA ENTIDAD otorgará adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 40%] del monto del [CONSIGNAR, SEGÚN CORRESPONDA, DEL CONTRATO ORIGINAL O DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA]42.

de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación.

37 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato. En el caso de obras que se ejecuten bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, para el adelanto directo que corresponda a la elaboración del expediente técnico deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato; en cambio, para el adelanto directo que corresponda a la ejecución de la obra deberá indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente del inicio de la ejecución de la obra.

38 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución de la obra sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.

39 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá indicarse el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratación. En el caso de obras que se ejecuten bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, para el adelanto directo que corresponda a la elaboración del expediente técnico y/o a la ejecución de la obra deberá indicarse que el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratación. En este último (adelanto directo para la ejecución de la obra), el plazo y oportunidad que se contemplen deben ser posteriores al inicio de la ejecución de la obra.

40 Este párrafo solo deberá ser incluido cuando la Entidad prevea la entrega de más de un adelanto directo al contratista.

41 En caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, este adelanto solo cabe para la prestación consistente en la ejecución de la obra.

42 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico, deberá consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto del contrato original. En el caso de obras que se ejecuten bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, deberá consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto original de la prestación consistente en la ejecución de la obra.

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La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] días calendario previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar la entrega del adelanto en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos43 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago respectivo.

La primera solicitud de El CONTRATISTA solo procederá una vez iniciada la ejecución de la obra. No procederá la entrega de los adelantos cuando las solicitudes sean realizadas con posterioridad a la fecha prevista para cada adquisición en el calendario de adquisición de materiales o insumos.

En el supuesto que no se entreguen los adelantos en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.”

CLÁUSULA UNDÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRALa conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.

CLÁUSULA DUODÉCIMA : DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA : RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.

El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE 7 AÑOS] años.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o del monto del ítem vigente que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria =0.10 x Monto

F x Plazo en días

Donde:

F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.

43 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y mantenerse vigente hasta la utilización de los materiales o insumos a satisfacción de la Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.

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Esta penalidad será deducida en la liquidación final, o si fuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

IMPORTANTE:

De preverse en los Requerimientos Técnicos Mínimos penalidades distintas a la penalidad por mora, se deberá consignar en esta cláusula el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad; los montos o porcentajes que se aplicarán por cada tipo de incumplimiento; y la forma o procedimiento mediante el que se verificará su ocurrencia.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 169 y 209 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOSólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 44 Todo litigio y controversia resultante de este contrato o relativo a éste, se resolverá mediante Conciliación y/o Arbitraje Ad- Hoc dentro del plazo de caducidad previsto, en el artículo 52.2° de la Ley de Contrataciones del Estado. 

Cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al Arbitraje Ad- Hoc en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial, conforme al artículo 52.1°de la Ley y al 215° del Reglamento.

Las partes acuerdan que en caso de recurrir al Arbitraje Ad-Hoc se encargará la secretaría del proceso arbitral a la Dirección de Arbitraje Administrativo del OSCE.

44 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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Las partes acuerdan que el proceso arbitral será llevado por un Árbitro Único.

El Laudo Arbitral emitido será inapelable, vinculante para las partes, y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia, la ejecución del laudo estará a cargo del Árbitro que laudo.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICACualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUALLas partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO Nº 1

REGISTRO DE PARTICIPANTES

TIPO DE PROCESO AL QUE SE PRESENTA:

Licitación Pública ( X ) LP N° 002-2015-SUNTA/800010

Concurso Público ( )

Adjudicación Directa Pública ( )

Adjudicación Directa Selectiva ( )

Adjudicación de Menor Cuantía ( )

Denominación del proceso: IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO CENTRO DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE Y CENTRO DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN EN LA CIUDAD DE HUÁNUCO

DATOS DEL PARTICIPANTE:

(1) Nombre o Razón Social:

G & M ARQUITECTOS INGENIEROS CONSULTORES Y CONSTRUCTORES S.A.C

(2) Domicilio Legal:

Av. Encalada Nro. 1383 dpto. 502 int. t.4 Urb. Monterrico Chico ( frente al centro empresarial el polo) Lima-Lima-Santiago de Surco

(3) R. U. C Nº (4) Nº Teléfono (s) (5) Nº Fax

20565667671 013431357 013431357

(6) Correo(s) Electrónico(s):

[email protected] ; [email protected]

El que suscribe, Srta.: GRACE VERAMENDI JANAMPA, identificado con DNI Nº 47585153, representante Legal de la empresa G & M ARQUITECTOS INGENIEROS CONSULTORES Y CONSTRUCTORES S.A.C, que para efecto del presente proceso de selección, solicito ser notificado al correo electrónico consignado en el cuadro precedente, comprometiéndome a mantenerlo activo durante el período que dure dicho proceso.

Lima, 31 de marzo de 2015

……………..…………….…………………..

Firma, Nombres y Apellidos del postor

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FORMATO N° 245

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la LICITACIÓN PÚBLICA N° [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.46

…..………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

45 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.

46 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Estimados Señores:

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :Domicilio Legal :RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece LA EJECUCIÓN DE LA OBRA [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente Técnico, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO Nº 2A

ACREDITACION DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA

Señores

COMITÉ ESPECIAL

LICTACION PUBLICA Nº …….

Presente.-

Estimados Señores:

El que suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............. en calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad ……………………y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito de conformidad con los Términos de Referencia y demás condiciones de las Bases, declaro y acredito lo siguiente:

1. PERFIL DEL CONTRATISTA

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

ENTIDAD CONTRATANTE

PERIODOMONTO

CONTRACTUAL *

INICIO

TÉRMINO

S/. % Part.

Notas:

- En caso el Monto del Contrato Original hubiera sufrido modificaciones debe considerar el monto final, y sustentar las modificaciones con copia simple de las Adendas y sus respectivas conformidades.

- Se debe sustentar el % de participación en caso presente servicios ejecutados en Consorcio.

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2. PERFIL DEL PERSONAL

CARGO: RESIDENTE DE OBRA

N° NOMBRE

EXPERIENCIA:

Nº DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ENTIDAD CONTRATANTEPERIODO

INICIO TÉRMINO

Total años, meses, días

CARGO: ARQUITECTO

N° NOMBRE

EXPERIENCIA:

Nº DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ENTIDAD CONTRATANTEPERIODO

INICIO TÉRMINO

Total años, meses, días

CARGO: ESPECIALISTA EN SEGURIDAD

N° NOMBRE

EXPERIENCIA:

Nº DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ENTIDAD CONTRATANTEPERIODO

INICIO TÉRMINO

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Total años, meses, días

CARGO: ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS

N° NOMBRE

EXPERIENCIA:

Nº DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ENTIDAD CONTRATANTEPERIODO

INICIO TÉRMINO

Total años, meses, días

CARGO: INGENIERO ELECTROMECANICO O MECANICO – ELECTRICO

N° NOMBRE

EXPERIENCIA:

Nº DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ENTIDAD CONTRATANTEPERIODO

INICIO TÉRMINO

Total años, meses, días

CARGO: ESPECIALISTA EN INSTALACIONES SANITARIAS

N° NOMBRE

EXPERIENCIA:

Nº DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ENTIDAD CONTRATANTE PERIODO

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INICIO TÉRMINO

Total años, meses, días

(Fecha) …………………………………..

…….………………………….…………………..

Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

ANEXO N° 2b

DECLARACION JURADA EQUIPO MINIMO

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SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece lo siguiente, de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Requerimientos Técnicos Mínimos:

ITEM EQUIPO CANTIDAD MARCA MODELO AÑO

1 Mezcladora de Concreto 11 p3 = 16HP

2

2 Volquetes de 15 m3 1

3 Vibrador de 3/4" para concreto de 4HP

2

4 Equipo de corte 1

5 Plancha Compactadora de 5.8HP

2

6 Equipo de Bombeo agua y desagüe

1

7 Cargador sobrellantas de 125-135HP - 3Yd3

1

8 Retroexcavadora sobrellantas de 110HP – 0.5Yd3

1

9 Tractor de Orugas de 190-240HP

1

10 Grupo Electrógeno 1

11 Teodolito 1

12 Winche Eléctrico 1

13 Nivel 1

14 Mira Topográfica 1

15 Maquina de Soldar 1

16 Equipos de pintura 1

17 Andamios Metálicos de 5 cuerpos

3

En ese sentido, me comprometo a cumplir con el objeto del proceso de selección en estricto cumplimiento con los términos de referencia establecidos en las Bases.

Lima,………………………………………

…….………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.

4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor oRepresentante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. …………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 6

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS EN GENERAL

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL:

Nº CLIENTEOBJETO DEL CONTRATO

N° CONTRATO FECHA47 MONEDA IMPORTETIPO DE CAMBIO

VENTA48MONTO FACTURADO

ACUMULADO49

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

TOTAL

47 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.

48 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.

49 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 7

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS SIMILARES

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES:

Nº CLIENTEOBJETO DEL CONTRATO

N° CONTRATO FECHA50 MONEDA IMPORTE TIPO DE CAMBIO

VENTA51MONTO FACTURADO

ACUMULADO52

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

TOTAL

50 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.

51 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.

52 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 9

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIALLICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]Presente.-

De nuestra consideración,

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección, y el expediente técnico de obra53, mi propuesta económica es la siguiente:

CONCEPTOCOSTO TOTAL

[CONSIGNAR MONEDA]

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

En caso de tratarse de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a suma alzada, el postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para su ejecución, según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra contenidos en el expediente técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripción del contrato, es referencial.

53 Salvo en obras ejecutadas bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.


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