"2015 - ANO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES"
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BUENOSAIRES, \% NOV 2015
VISTO el Expediente N° 1.667.069/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley
N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolucion de la SECRETARIA DE
TRABAJO N° 1139 del 14 de agosto de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 19/21 del Expediente N° 1.667.069/15 obran las escalas
salariales pactadas entre la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA
INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, por la parte sindical y la
ASOCIACION DE FRIGORIFICOS E INDUSTRIALES DE LA CARNE (AFIC), la
FEDERACION DE INDUSTRIAS FR IGORIF ICAS REGIONALES ARGENTINAS
(FIFRA), la C A M A R A DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE (CAFRISA), la U N I O N DE
LA INDUSTRIA C A R N I C A ARGENTINA (UNICA), la C A M A R A DE LA INDUSTRIA Y
COMERCIO DE CARNES Y DERIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(CICCRA) y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS
(CECA), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
56/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociacion Colectiva N° 14.250 (t.o.
2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la
Resolucion S.T. N° 1139/15 y registrado bajo el N° 939/15, conforme surge de fojas
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Kyftim.iileitio de ^dycwafo,
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D.N.RR.T.
68/71 y 74, respectivamente.
Que el segundo parrafo del articulo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y
sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligacion de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que a fojas 94/105, obra el informe tecnico elaborado por la Direccion
Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaria, por el que se
indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el calculo del
promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope
indemnizatorio resultante, cuyos terminos se comparten en esta instancia y al cual
se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el
segundo parrafo del articulo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002,
modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30
de diciembre de 2010, respectivamente.
Porello,
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LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
A R T l C U L O 1°.- Fi jase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el
tope indemnizatorio, segun los terminos del articulo 245 de la Ley de Contrato de
Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo
homologado por la Resolucion de la SECRETARiA DE TRABAJO N° 1139 del 14 de
agosto de 2015 y registrado bajo el N° 939/15 suscripto entre la F E D E R A C I O N
GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS
DERIVADOS, por la parte sindical y la A S O C I A C I O N DE FRIGORIFICOS E
INDUSTRIALES DE LA CARNE (AFIC), la F E D E R A C I O N DE INDUSTRIAS
FRIGORlFICAS REGIONALES ARGENTINAS (FIFRA), la C A M A R A DE
FRIGORIFICOS DE SANTA FE (CAFRISA), la U N I O N DE LA INDUSTRIA C A R N I C A
ARGENTINA (UNICA), la C A M A R A DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE CARNES
Y DERIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CICCRA) y el CONSORCIO DE
EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS (CECA), por la parte empleadora,
conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ART iCULO 2°.- Registrese la presente Resolucion por la Direccion General de
Registro, Gestion y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE
o.H.iSa.T.1 COORDINACION. Cumpl ido ello, pase a la Direccion Nacional de Relaciones del
Y* \ Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de ias remuneraciones fijado por
este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTiCULO 3°.- Girese a la Direccion de Negociacion Colectiva para la notificacion a
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las partes signatarias, posteriormente procedase a la guarda del presente legajo.
ARTlCULO 4°.- Comuniquese, publiquese, dese a la Direccion Nacional del Registro
Oficial y archivese.
2 03 f RESOLUCION S.T. N°
Or:-. i-^OEMI Rl/i.] r>rCRrrAR!A DE •IR/»JJ^..'0
"2015 - ANO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES"
K.yd'u/nf^iUc- de ddra/xMO,
wm/ilec- p ^epwiHcuia doc i ad
2 031
ATVIEXO
Expediente N° 1.667.069/15
•.SLRR.T.
PARTES SIGNATARIAS
FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS
0/
ASOCIACION DE FRIGORIFICOS E INDUSTRIALES DE LA CARNE (AFIC), FEDERACION DE INDUSTRIAS FRIGORlFICAS REGIONALES ARGENTINAS (FIFRA), C A M A R A DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE (CAFRISA), UNION DE LA INDUSTRIA C A R N I C A ARGENTINA (UNICA), C A M A R A D E LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE CARNES Y DERIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CICCRA) y CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS (CECA)
CCT N° 56/75
FECHA DE ENTRADA EN
VIGENCIA
PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES
TOPE 1 INDEMNIZATORIO
RESULTANTE 1
General
01/04/2015
01/08/2015
01/12/2015
$10,403,98
$11,560,27
$ 12.217,68
$31,211,94
$ 34.680,81
$ 36.653,04
Zona Chubut
01/04/2015
01/08/2015
01/12/2015
$11,388,38
$ 12.655,49
$ 13.375,25
$ 34.165,14
$ 37.966,47
$40,125,75
Zona Santa Cruz y Tierra del Fuego
01/04/2015
01/08/2015
01/12/2015
$ 12.372,78
$ 13.750,72
$ 14.532,82
$37,118,34
$41,252,16
$ 43.598,46
"2015 - Aflo del Bicentenario del Congreso de fos Pueblos Libres"
Expediente N° 1.667.069/15
Buenos Aires, 20 de noviembre de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2031/15 se ha
tomado razon del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia,
quedando registrado con el numero 670/15 T.-
LIC. ALEJANDRO INSUA REGISTRO DE CONVENIOS COLECTIVOS
DEPARTAMENTO COORDINACION - D.N.R.T