“ 2015, Año de Lucha Contra el Cáncer ”
Acta No. 1475/14/2015. En la ciudad de Saltillo, Capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, siendo
las doce horas del día veintitrés de julio de dos mil quince, se reúnen en la Sala de Cabildo, con
objeto de celebrar la segunda Sesión ordinaria de Cabildo del mes de julio, a que fueron convocados
los integrantes del R. Ayuntamiento; preside la reunión el Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal; con
apoyo en lo dispuesto por los artículos 85, 86, 87, 89, 90, 104 y 176 del Código Municipal para el
Estado de Coahuila de Zaragoza, 11, 12 y 17 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del
Municipio de Saltillo. El Alcalde solicita a la Secretaría del Ayuntamiento, Lic. María Alicia García
Narro proceder con el desahogo de la lista de asistencia; en uso de la palabra esta última menciona
que como PRIMER punto del Orden del Día, hace constar que se encuentran presentes los C.C. José
Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto
Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón
de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando
Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña
Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la
Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa
Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta
Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz,
Décimo Séptima Regidora y Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico. Con excepción de Alfredo
Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor y Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de
Vigilancia, de quienes explicó la Secretaria, presentaron escrito comunicando la imposibilidad de
asistir a la Sesión.
El Alcalde manifiesta: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del código municipal, y como
SEGUNDO punto, pongo a consideración de este Honorable Cabildo para su respectiva aprobación,
el Orden del Día , por lo que solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a su lectura. La
Secretaria procede a dar lectura al siguiente
ORDEN DEL DÍA1. Lista de Asistencia.
2. Aprobación del Orden del Día.
3. Lectura de los acuerdos de la Sesión de Cabildo celebrada el día 09 de julio de dos mil quince.
4. Dictámenes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo no Utilizable y Adquisiciones
siguientes: A).- Desincorporación y venta de excedente de vialidad con superficie 32.48m2
sobre la Calle Crisantemo, en el Fraccionamiento Valle de las Flores, a favor de la C. Karen
Irais Morán Rosales; y B).- Baja y desincorporación de 63 unidades vehiculares para su venta,
por considerarse bienes no útiles.
5. Dictamen presentado por las Comisiones de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro
Histórico y de Gobernación y Reglamentos, relativo a propuesta de reforma al artículo 57
bis, del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo,
Coahuila.
6. Dictámenes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos siguientes: A).- Proyecto de reforma
a los artículos 28, fracción V, 34 y 47 fracción I, del Reglamento de la Administración Pública
Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza y B).- Proyecto de creación del Reglamento de
Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza. 7. Dictamen presentado por las Comisiones de Gobernación y Reglamentos y de Derechos
Humanos, Equidad y Género, relativo al proyecto de creación del Reglamento Interior del
Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de los Niños y las Niñas de
Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
8. Propuesta del Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal para celebrar Sesión Solemne para
conmemorar el 438 aniversario de la ciudad y hacer entrega de la Presea Saltillo, en su edición
2015, recinto oficial, orden del día y protocolo correspondientes.
9. Solicitud de licencia del Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal, con fundamento en el artículo 102
fracción I, numeral 9, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
10. Informe trimestral de los organismos públicos descentralizados.
11. Asuntos Generales
12. Clausura de la Sesión.
La Regidora Diana Carolina Castillo Díaz manifiesta: Solo para hacer la observación, en el orden del
día, al que fuimos convocados para esta sesión, en el punto número nueve la solicitud de licencia del
Alcalde, Ingeniero Isidro López Villarreal, con fundamento en el artículo 102 fracción 1 numeral nueve
del código Municipal de Estado de Coahuila de Zaragoza y con fundamento en el artículo 17 fracción
8 y que dice: al momento de abordar los temas del orden del día, los munícipes deberán de contar
con copia de los documentos que soporten los asuntos que pongan a consideración el Presidente
Municipal; en este punto me permito hacer de su conocimiento que no senos anexo ningún
documento que soporte este punto y siguiendo con el criterio que ustedes han llevado en cada
sesión, creo que lo lógico sería que lo retiraran del orden del día.
La Secretaria del Ayuntamiento contesta: Si me permite precisar este punto, precisamente el artículo
17 del Reglamento del Republicano Ayuntamiento, establece como una excepción que en el caso en
particular de los asuntos que se someten a consideración por parte del Presidente Municipal, ellos
pueden ser circulados previo al debate del propio asunto. Si revisamos el artículo 17 del reglamento
en su fracción octava, precisamente dice, al momento de abordar los temas del orden del día, no es al
momento de aprobar el orden del día, por esa razón en un momento más seles circulara
oportunamente esa solicitud de licencia.
El Alcalde somete a votación el Orden del Día resultando aprobado por unanimidad.
El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto. La Secretaria del Ayuntamiento comunica que el
TERCER punto consiste lectura de los acuerdos de la Sesión de Cabildo celebrada el día nueve de
julio de dos mil quince. Al proceder con el desahogo del punto, expone:
En la Sesión ordinaria en mención, se aprobó:
- El cambio de uso de suelo para la instalación de una agencia de automóviles, en predio ubicado
en la manzana 9 y fracción de la manzana 10, de la Colonia Lomas de Lourdes;
- El cambio de uso de suelo a Vivienda en Condominio, de predio con superficie de 600m2, ubicado
en la Calle Brasil No. 286, en la Colonia Los Alamos;
- El cambio de uso de suelo para una gasolinera con tienda de conveniencia, en predio ubicado
frente a la prolongación Otilio González No. 6039, de la Colonia Vista Hermosa;
- El cambio de uso de suelo a Habitacional Multifamiliar, de predio ubicado en esquina con el
Boulevard Pedro Figueroa y Paseo de los Zafiros;
- El cambio de uso de suelo para la regularización de una estancia infantil, de predio ubicado en la
Calle Chihuahua No. 461, de la Colonia República Oriente;
- El cambio de uso de suelo a superficie de 202.28m2, ubicada en el lote 15 de la manzana 46 en
Calle Avenida La Torre, del Fraccionamiento Privadas La Torre;
- El informe financiero del mes de junio de 2015, presentado por la Tesorería Municipal;
- El estado financiero correspondiente al segundo trimestre del año 2015, presentado por la
Tesorería Municipal.
- La convocatoria de la Presea Manuel Acuña en su edición 2015.
- La evaluación del Jurado para la Presea Saltillo en su edición 2015.
- La convocatoria del Galardón “Tlaloc”, al valor del Bombero, en su edición 2015.
- No se aprobó la propuesta del Regidor Abraham Tobías Hernández relativa al otorgamiento de un
estímulo del 10% adicional a los descuentos determinados en la Ley de Ingresos para el
ejercicio fiscal 2015, en el pago de las multas emitidas dentro del Programa de Soporte
Tecnológico de Medición de Tráfico y Medición de Multas Electrónicas de Tránsito.
- Se turnó a la Comisión de Desarrollo Social para su debido análisis y revisión, dándosele
celeridad, la propuesta de la Regidora Diana Carolina Castillo Díaz para crear oficina o
departamento municipal de objetos o documentos perdidos. Y
- Se aprobó el ajuste de la tarifa del transporte urbano de pasajeros.
El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el CUARTO punto
consiste en Dictámenes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo no Utilizable y Adquisiciones
siguientes: A).- Desincorporación y venta de excedente de vialidad con superficie 32.48m2 sobre la
Calle Crisantemo, en el Fraccionamiento Valle de las Flores, a favor de la C. Karen Irais Morán
Rosales; y B).- Baja y desincorporación de 63 unidades vehiculares para su venta, por considerarse
bienes no útiles. Se otorga la palabra a su Presidenta, Síndica, Laura Guadalupe Herrera Guajardo
para dar lectura al primer dictamen, mismo que se transcribe a continuación:
C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZAHONORABLE CABILDOPRESENTE.
La Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 fracción I numeral 10, fracción II numeral 2, 105 fracción V del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, 27 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo y el artículo 15 del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, somete a su consideración el siguiente dictamen con relación a la desincorporación del dominio público y enajenación a título oneroso mediante la figura jurídica de la compra venta, de un excedente de vialidad con una superficie de treinta y dos punto cuarenta y ocho metros cuadrados (32.48 M2), ubicado sobre la calle Crisantemo en el fraccionamiento Valle de las Flores, de esta ciudad a favor de la C. KAREN IRAIS MORÁN ROSALES.
RESULTANDO
PRIMERO: Que en fecha veinticuatro (24) de abril de dos mil catorce (2014), se recibió en la Dirección de Bienes Inmuebles, escrito dirigido al Ayuntamiento de Saltillo, mediante el cual la C. KAREN IRAIS MORÁN ROSALES, solicita adquirir por compraventa un excedente de vialidad que se encuentra contiguo a su propiedad sobre calle Crisantemo frente a la casa habitación marcada con el No. 385, en el fraccionamiento “Valle de la Flores” de esta Ciudad, fundando la necesidad de adquirirlo por el fomento a la vivienda y a la seguridad. Acredita su calidad de colindante mediante instrumento público número CIENTO CINCUENTA Y SIETE (157), de fecha veintisiete (27) de agosto de mil novecientos noventa y uno (1991), pasada ante la fe del Notario Público, número cuarenta y tres (43), del Distrito Judicial de Saltillo, LIC. RAMÓN OCEGUERA RAMOS, inscrita en el Registro Público, bajo la partida 6381, Libro 24-D, Sección I., de fecha cuatro (04) de septiembre de mil novecientos noventa y dos (1992). SEGUNDO: Que el R. Ayuntamiento de Saltillo, es titular del excedente de vialidad con una superficie total de treinta y dos punto cuarenta y ocho metros cuadrados (32.48 M2), ubicado en la calle Crisantemo en el fraccionamiento Valle de las Flores, de esta ciudad, y que cuenta con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE: 4.49 metros con lote 7. AL SUR: 4.47 metros con excedente de vialidad de la calle Crisantemo. AL ORIENTE: 7.26 metros con calle Crisantemo. AL PONIENTE: 7.26 metros con lote 8.
La anterior se avala con el Dictamen Técnico emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano de fecha diecinueve (19) de agosto de dos mil catorce (2014), mediante oficio NO.DDU/1388/14, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19, 20 y 21 del Reglamento de Construcciones para el Estado de Coahuila de Zaragoza, artículos 188, 189 y 190 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, así como el artículo 9 del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo.
TERCERO: Mediante oficio No. DBI/121/2014 de fecha ocho (08) de mayo de dos mil catorce (2014), la Dirección de Bienes Inmuebles solicitó a la Dirección de Desarrollo Urbano, emitiera dictamen técnico en relación al inmueble que nos ocupa, con el propósito de acreditar la factibilidad de otorgarlo en venta, con fundamento en los artículos 3° fracción VI, 11° y demás relativos del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo.
CUARTO: Mediante oficio No. DDU/1388/14 la Dirección de Desarrollo Urbano comunicó dictamen técnico de factibilidad en relación al excedente en comento, recibido por la Dirección de Bienes Inmuebles del día uno (1) de septiembre de dos mil catorce (2014).
QUINTO: El día ocho (8) de mayo de dos mil catorce (2014), la Dirección de Bienes Inmuebles solicitó por Oficio No. DBI/122/2014, a la Dirección de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana Municipal, se realizarán las encuestas precisadas en el artículo 7 del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo.
SEXTO: Mediante Oficio No. DRTT/202/14 de fecha dieciséis (16) de junio de dos mil catorce (2014), la Dirección de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana Municipal informó el resultado de las encuestas solicitadas, obteniendo como resultado el cien (100%) de aprobación de los vecinos colindantes.
SEPTIMO: La Dirección de Bienes Inmuebles requirió por Oficio No. DBI/117/2014 de fecha ocho (8) de mayo de dos mil catorce (2014) a la Dirección de Catastro Municipal a efecto de que otorgara el valor catastral del inmueble a enajenar, de conformidad con el artículo 11 del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo.
OCTAVO: A través del Oficio No. DC/374/2014, la Dirección de Catastro Municipal informó que el valor catastral por metro cuadrado en el Fraccionamiento Valle de las Flores es de $404.48 (CUATROCIENTOS CUATRO PESOS 48/100).
NOVENO: Que mediante oficio No. DBI/120/2014 de fecha ocho (08) de mayo de dos mil catorce (2014), se solicitó a la Dirección de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal, la emisión del dictamen técnico y cualquier opinión al respecto en relación al inmueble, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3° fracción X, 12° y relativos del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo.
DECIMO: Por conducto del Oficio No. DPPTM-DBIM/01/2014 recibido en fecha diecinueve (19) de junio de dos mil catorce (2014), la Dirección de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal comunicó el dictamen técnico correspondiente.
DECIMO PRIMERO: Por Oficio No. DBI7298/2014 de fecha nueve (09) de septiembre de dos mil catorce (2014), se solicitó a la Dirección de Obras Públicas realizara levantamiento físico/topográfico del excedente de vialidad, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo.
DECIMO SEGUNDO: En fecha veintidós (22) de octubre de dos mil catorce (2014) se recibió el Oficio No. DOPM/2792/2014, emitido por la Dirección de Obras Públicas acompañando el plano del levantamiento efectuado.
DECIMO TERCERO: Que mediante Avalúo Comercial relativo al multicitado excedente de vialidad, elaborado por el ING. MARIO VELAZQUEZ LOZANO (CED. PROFESIONAL 627925 Y CEDULA DE VALUADOR 4661399), se obtuvo un valor comercial de $910.00 (NOVECIENTOS DIEZ PESOS 00/100 M.N.) el metro cuadrado, obteniéndose un valor total de $29,556.80 (VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 80/100 M.N.) lo anterior en cumplimiento a lo señalado por el artículo 4 del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo.
Que en fecha 17 de marzo de dos mil quince (2015), la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza se reunió con la finalidad de analizar el asunto de mérito.
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que con fundamento en el artículo 107 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, y de los artículos 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, artículo 9° y demás relativos del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento de Saltillo, es competencia, facultad y obligación de las Comisiones,
estudiar los asuntos del ramo administrativo correspondiente o los asuntos que se les encomienden y para tal efecto, los analizarán y emitirán un dictamen que someterán a la consideración y aprobación, en su caso, del R. Ayuntamiento.
SEGUNDO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción I numeral 10 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos dictar, con el acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, las resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal, con arreglo a la ley.
TERCERO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción II numeral 2 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos acordar el destino o uso de los bienes muebles e inmuebles y de toda propiedad Municipal, así como otorgar concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes inmuebles del dominio público municipal, así como el de los servicios públicos.
CUARTO: Que con fundamento en los artículos 303, 304 y 305 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, los bienes del dominio público son inalienables e imprescriptibles y no podrán ser objeto de gravamen alguno y sólo procederá el acuerdo del Ayuntamiento autorizando la enajenación cuando se realice a favor de instituciones o asociaciones o particulares que requieran, para cumplir con su objeto social o disponer por otro motivo suficiente e indispensable del inmueble en beneficio de la comunidad, así como cuando sea para la creación, fomento o conservación de una empresa de beneficio social o colectivo.
QUINTO: Que una vez que los integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, estudiaron y analizaron el expediente en comento, acuerdan por unanimidad, proponer al Honorable Cabildo, la desincorporación del dominio público y enajenación a título oneroso mediante la figura jurídica de la compra venta, de un excedente de vialidad con una superficie de treinta y dos punto cuarenta y ocho metros cuadrados (32.48 M2), ubicado en la calle Crisantemo en el fraccionamiento Valle de las Flores, de esta ciudad, compra venta que se realizará en base al valor comercial obtenido del peritaje que presenta el requirente la C. KAREN IRAIS MORÁN ROSALES.
Por las razones antes mencionadas y fundamentadas se resuelve:
PRIMERO: La Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con el artículo 107 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, artículo 27 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, artículos 2°, 4° y 9° y demás relativos del Reglamento para Conceder el Uso y Goce de Bienes Inmuebles Propiedad del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.
SEGUNDO: Se autoriza la desincorporación del dominio público y enajenación a título oneroso mediante la figura jurídica de la compra venta a favor de la C. KAREN IRAIS MORÁN ROSALES, de un predio excedente de vialidad que colinda con su propiedad, en la calle de Crisantemo del fraccionamiento Valle de las Flores, de esta ciudad, con una superficie de treinta y dos punto cuarenta y ocho metros cuadrados (32.48 M2), con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE: 4.49 metros con lote 7. AL SUR: 4.47 metros con excedente de vialidad de la calle Crisantemo. AL ORIENTE: 7.26 metros con calle Crisantemo. AL PONIENTE: 7.26 metros con lote 8.
TERCERO: Que los gastos e impuestos que se ocasionen con motivo de la escrituración y registro, serán tramitados y cubiertos por la C. KAREN IRAIS MORÁN ROSALES, para lo cual tendrá un plazo de nueve meses.
CUARTO: El valor total de la operación es de $ 29,556.80 (VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 80/100), a razón de $ 910.00 (NOVECIENTOS DIEZ PESOS 00/100) por metro cuadrado, que tendrán que ser cubiertos en una sola exhibición por el solicitante, en base a los metros cuadrados que se señalan en el resolutivo SEGUNDO.
QUINTO: Se autoriza la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes al Presidente Municipal, Secretaria y Síndica del R. Ayuntamiento, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de Cabildo.
SEXTO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.
SÉPTIMO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento.
OCTAVO: Envíese al Congreso del Estado, para los efectos legales correspondientes.
Así lo acuerdan por unanimidad los Integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento: LIC. LAURA GPE. HERRERA GUAJARDO
(Presidenta) LIC. JORGE DE LA PEÑA QUINTERO (Secretario), LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO y DRA. BERTHA CRISTINA CASTELLANOS MUÑOZ (Integrantes) a los diecisiete días del mes de marzo de 2015.
LAURA GPE. HERRERA GUAJARDOPresidente(Rúbrica)
JORGE DE LA PEÑA QUINTEROSecretario(Rúbrica)
MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑOIntegrante(Rúbrica)
BERTHA CRISTINA CASTELLANOS MUÑOZIntegrante(Rúbrica)
Una vez que el Alcalde somete a la consideración el dictamen, resulta aprobado por unanimidad
procediéndose a formular el siguiente:
A C U E R D O 131/14/15
PRIMERO. Se aprueba el dictamen presentado por la Comisión de Bienes Municipales, Equipo no
Utilizable y Adquisiciones que ha quedado transcrito, en consecuencia, la desincorporación del
dominio público y enajenación a título oneroso mediante la figura jurídica de la compra venta a favor
de la C. KAREN IRAIS MORÁN ROSALES, de un predio excedente de vialidad que colinda con su
propiedad, en la calle de Crisantemo del fraccionamiento Valle de las Flores, de esta ciudad, con una
superficie de treinta y dos punto cuarenta y ocho metros cuadrados (32.48 m2), con las siguientes
medidas y colindancias:
AL NORTE: 4.49 metros con lote 7. AL SUR: 4.47 metros con excedente de vialidad de la calle Crisantemo. AL ORIENTE: 7.26 metros con calle Crisantemo. AL PONIENTE: 7.26 metros con lote 8.
SEGUNDO: Que los gastos e impuestos que se ocasionen con motivo de la escrituración y registro,
serán tramitados y cubiertos por la C. KAREN IRAIS MORÁN ROSALES, para lo cual tendrá un plazo
de nueve meses.
TERCERO: El valor total de la operación es de $ 29,556.80 (Veintinueve mil quinientos cincuenta y
seis pesos 80/100), a razón de $ 910.00 (Novecientos diez pesos 00/100) por metro cuadrado, que
tendrán que ser cubiertos en una sola exhibición por el solicitante, en base a los metros cuadrados
que se señalan en el resolutivo SEGUNDO.
CUARTO: Se autoriza la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes al Presidente
Municipal, Secretaria y Síndica del R. Ayuntamiento, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de Cabildo.
QUINTO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a
lugar.
SEXTO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento.
SEPTIMO: Envíese al Congreso del Estado, para los efectos legales correspondientes.
El Secretario de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo no Utilizable y Adquisiciones, Regidora
Jorge de la Peña Quintero, procede a dar a conocer el segundo dictamen, que presenta dicha
Comisión, mismo que se transcribe a continuación.
El Regidor Jorge de la Peña Quintero: Antes de dar lectura al siguiente dictamen, deseo solicitar a
todos los integrantes de este Cabildo, se me permita hacer esta adición al siguiente dictamen, que
consiste en lo siguiente; adición al acuerdo del punto número cuatro, inciso B del orden del día,
relativo al dictamen de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo no Utilizables y Adquisiciones, que
consiste en; baja y desincorporación de 63 unidades vehiculares para su venta, por considerarse
bienes no útiles. Al efecto previo a la consideración del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, sobre el
dictamen referido con antelación. Atentamente solicito en caso que sea aprobado por este cuerpo
colegiado se adicione en el acuerdo respectivo, la aprobación del avaluó emitido por el C. Ing. Mario
Velázquez Lozano, perito evaluador adscrito al registro de valuaciones de este Municipio con número
P258/14 y cédula profesional 4661399, respecto al lote de las 63 unidades vehiculares por un valor en
el mercado de $903,404,00 (Novecientos tres mil cuatrocientos cuatro pesos 00/100 M.N.), mismo
que sirvió de base y sustento dentro de las consideraciones del citado dictamen; lo anterior con la
única intención de dar cabal cumplimiento al procedimiento establecido en el artículo 306 del Código
Financiero para los Municipio del Estado de Coahuila, el cual establece que las enajenaciones de los
bienes en los términos de ley aprueben los Ayuntamientos se harán en subasta pública y el precio
que servirá de base para la enajenación será aquel que resulte del evaluó que se practique y
aprueben las dos terceras partes de los miembros del Ayuntamiento. Voy a proceder a dar lectura a
este dictamen.
La Secretaria del Ayuntamiento agrega: Yo creo digo de alguna manera que se lea, luego se somete
a votación, porque a la mejor el dictamen ni resulta aprobado.
El Regidor de la Peña Quintero agrega: Si al final del dictamen, solicitar la votación incluyendo la
adición que se dio lectura.
C. ING. ISIDRO LOPEZ VILLARREAL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZAHONORABLE CABILDOPRESENTE.
La Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102 fracción V numeral 11, 105 fracción V del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, 27 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, artículos 2 fracción III, 3 y 4 del Reglamento para la Desincorporación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila, somete a su consideración el siguiente dictamen con relación a la baja y desincorporación del dominio público, de 63 (SESENTA Y TRES) unidades vehiculares para su venta, por considerarse bienes no útiles.
RESULTANDO
PRIMERO: Que la presente administración municipal cuenta dentro de su patrimonio con un lote de 63 unidades vehiculares (SESENTA Y TRES) considerados como bienes no útiles y el cual en su momento estuvo bajo el resguardo de diferentes Direcciones del Municipio de Saltillo.
SEGUNDO: Que las 63 (SESENTA Y TRES) unidades vehiculares se comprenden en el siguiente listado:
FOLIO
UNIDAD DESCRIPCION
MODELO SERIE
VALOR FACTURA
MONTO DE AVALUO
1 4DNL9
6YAMAHA CUATRIMOTO
BRUIN 350 C.C. 4X4 2006 5Y4AH09Y76A029592 69,700.00 7,770.00
2 5DNL9
2YAMAHA CUATRIMOTO
BRUIN 350 C.C. 4X4 2006 5Y4AH09YX6A029585 69,700.00 7,770.00
3 6DNX5
3YAMAHA CUATRIMOTO GRIZZI 350 C.C. 4X4 2008 5Y4AH30Y88A000278 66,435.50 9,160.00
4 7DNL9
0YAMAHA CUATRIMOTO
BRUIN 350 C.C. 4X4 2006 5Y4AH09Y46A029582 69,700.00 7,770.00
5 11M091
6YAMAHA MOTOCICLETA
V STAR 2010 JYAVM01E5AA135468 179,400.00 12,470.00
6 12M091
4YAMAHA MOTOCICLETA
V STAR 2010 JYAVM01E8AA134881 179,400.00 12,470.00
7 13M091
8YAMAHA MOTOCICLETA
V STAR 2010 JYAVM01E0AA135863 179,400.00 12,470.00
8 14M091
7YAMAHA MOTOCICLETA
V STAR 2010 JYAVM01E9AA135862 179,400.00 12,470.00
9 15M091
3YAMAHA MOTOCICLETA
V STAR 2010 JYAVM01E0AA136043 179,400.00 12,470.00
10 16M091
5YAMAHA MOTOCICLETA
V STAR 2010 JYAVM01E3AA135467 179,400.00 12,470.00
11 19 7585 CHRYSLER AVENGER SE 20081B3KC46K28N11741
7 194,900.00 17,020.00
12 21 7864CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14X87M11017
1 188,031.00 16,920.00
13 24 7683CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14X17M11087
0 188,031.00 16,920.00
14 26 6136 DODGE STRATUS 20041B3DL46X24N39030
7 141,070.50 16,050.00
15 30DNL9
7YAMAHA CUATRIMOTO
BRUIN 350 C.C. 4X4 2006 5Y4AH09Y96A029593 69,700.00 7,770.00
16 32DNL9
4YAMAHA CUATRIMOTO
BRUIN 350 C.C. 4X4 2006 5Y4AH09Y56A029588 69,700.00 7,770.00
17 33DNL9
8YAMAHA CUATRIMOTO
BRUIN 350 C.C. 4X4 2006 5Y4AH09Y96A029594 69,700.00 7,770.00
18 34DNX5
5YAMAHA CUATRIMOTO GRIZZI 350 C.C. 4X4 2008 5Y4AH30Y18A000283 66,435.50 9,160.00
19 35 DJX04YAMAHA CUATRIMOTO
BRUIN 350 C.C. 4X4 2006 5Y4AH09Y36A029587 69,700.00 7,770.00
20 37 7576 CHRYSLER AVENGER SE 20081B3KC46K08N11736
6 194,900.00 17,080.00
21 40 7661DODGE AUTOMATICO
BLANCO 20081B3KC46K78N11742
8 194,900.00 17,080.00
22 42 7663 CHRYSLER AVENGER SE 20081B3KC46H88N11737
3 194,900.00 17,870.00
23 43 7580 DODGE AUTOMATICO 20081B3KC46K18N11738
9 194,900.00 14,480.00
24 45 6635CHEVROLET PICK UP 2
PTAS 6 CIL 20031GCEC14X53Z33677
1 161,000.00 9,960.00
25 53 7572 CHRYSLER AVENGER SE 20081B3KC46K08N11734
9 194,900.00 36,370.00
26 52 7695CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14X37M11103
4 188,031.00 26,590.00
27 73 7666 CHRYSLER AVENGER SE 20081B3KC46K98N11737
9 194,900.00 17,020.00
28 76 7859CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14X77M11035
5 188,031.00 16,920.00
29 77 7867CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14X87M11045
9 188,031.00 16,920.00
30 74 7678CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14X17M11029
9 188,031.00 16,920.00
31 75 7579 CHRYSLER AVENGER SE 20081B3KC46K18N11735
8 194,900.00 4,880.00
32 82 7874CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14XX7M11034
8 188,031.00 16,920.00
33 86 7865CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14X87M11039
5 188,031.00 16,920.00
34 87 7873CHEVROLET SILVERADO
1500 PAQ-C 20073GBEC14X97M11103
7 188,031.00 16,920.00
35 88 6829CHEVROLET PICK UP
SILVERADO 1500 C/AC 20063GBEC14X16M11676
4 161,178.25 16,920.00
36100 7590 CHRYSLER AVENGER SE 2008
1B3KC46K38N117426 194,900.00 15,000.00
37102 7858
CHEVROLET SILVERADO 1500 PAQ-C 2007
3GBEC14X77M110257 188,031.00 16,920.00
38134 7583 CHRYSLER AVENGER SE 2008
1B3KC46K28N117370 194,900.00 17,080.00
39150 7855
CHEVROLET SILVERADO 1500 PAQ-C 2007
3GBEC14X67M110766 188,031.00 16,920.00
40153 6624
CHEVROELT SILVERADO C15703H 2003
1GCEC14XX3Z336569 161,000.00 13,660.00
41161 7681
CHEVROLET SILVERADO 1500 PAQ-C 2007
3GBEC14X17M110772 188,031.00 17,080.00
42168 7869
CHEVROLET SILVERADO 1500 PAQ-C 2007
3GBEC14X87M110784 188,031.00 17,080.00
43169 6825
DODGE RAM 2500 CUSTOM TP 2006 1D7HU16N46J229547 200,580.00 29,460.00
17 CHEVROLET SILVERADO 3GBEC14X87M11046
TERCERO: Que este lote de 63 (SESENTA Y TRES) unidades vehiculares fue considerado como bienes no útiles por Administraciones pasadas, y cuenta con un valor factura de $10´156,452.23 (DIEZ MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS 23/100).
CUARTO: Que dicho lote está conformado por bienes no útiles, que de conformidad con el Reglamento para la Desincorporación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, son aquellos que por su estado físico o cualidades técnicas no resultan funcionales o no se requieren para el servicio al cual fueron destinados o es inconveniente seguirlos utilizando o su mantenimiento no resulta costeable para este municipio.
QUINTO: Que el lote de bienes no útiles ocupa un espacio amplio dentro de las instalaciones del corralón denominado Piedras Negras dependiente de la Dirección de Ingresos, siendo un foco de contaminación ambiental.
SEXTO: Que esta Administración Municipal tiene el compromiso de garantizar el funcionamiento eficiente de las dependencias Administrativas, mediante la utilización de bienes municipales en condiciones de estado físico y cualidades técnicas que permitan materializar los programas institucionales en beneficio de la sociedad saltillense.
SÉPTIMO: Que en fecha 22 de enero de 2014 el Ing. Isidro Aguirre Medina, Director de Servicios Primarios giro oficio DSP/042/2014 al Contralor del R. Ayuntamiento mediante el cual solicitó la baja de la unidad M0881 por resultar incosteable su reparación.
OCTAVO: Que en fecha 11 de febrero de 2014, el Ing. Juan Manuel Cabello delgado, Subdirector Administrativo de la Dirección de Desarrollo Social giro el oficio sin número Contralor del R. Ayuntamiento mediante el cual solicito la baja de la unidad M0886 por resultar incosteable la reparación.
NOVENO: Que en fecha 12 de febrero del 2014, el Ing. Jorge Candelas Ramírez, Director de Ecología Municipal, giro el oficio DEM/082-FB/2014 al Contralor del R. Ayuntamiento mediante el cual solicito la baja de las unidades M0880 y M0900 por resultar incosteable la reparación.
DECIMO: Que con fecha 12 de mayo de 2015, el Ing. Jorge Evelio González López, Director del Fideicomiso de Seguridad Pública, giro el oficio REF/FSP/0027/15 dirigido al Contralor del R. Ayuntamiento, por medio del cual le informa sobre la propuesta de baja de (59) cincuenta y nueve unidades anexando los datos particulares y acta de la sesión del Comité Técnico del Fideicomiso de Seguridad Pública, solicitando fueran dadas de baja y desincorporadas del patrimonio municipal, ya que el mantenimiento y reparación resulta incosteable.
DECIMO PRIMERO: Con fecha 06 de febrero del 2015, el Ing. Mario Velázquez Lozano, perito valuador adscrito al registro de valuaciones de este municipio con número P258/14 y cedula profesional número 4661399, proporciono el avaluó del lote en mención con los siguientes datos:
CONCLUSIÓN: A la fecha del presente avalúo el lote de 63 unidades vehiculares tiene un valor de mercado de $903,440.00 (NOVECINETOS TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M.N.)
DECIMO SEGUNDO: Que en fecha 20 de mayo de 2015, el M.C. Orlando Adalberto García Viesca, turnó a la Secretaria del R. ayuntamiento de Saltillo la desincorporación de un lote de 63 unidades vehiculares, para que se pusiera a disposición de la H. Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, así como el destino final de este y el uso del recurso obtenido de su venta.
DECIMO TERCERO: Con fecha 22 de mayo de 2015, el Lic. José Guadalupe Martínez Valero Subsecretario del R. Ayuntamiento, turnó a esta H. Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, la desincorporación de un lote de 63 unidades vehiculares considerado como bienes no útiles, así como el destino final de este y el uso del recurso obtenido de su venta.
DÉCIMO CUARTO: Que en fecha 29 de junio de 2015, la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, se reunió con la finalidad de analizar el asunto de mérito.
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que con fundamento en el artículo 107 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, de los artículos 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y artículos 2 fracción III, 3 fracción I, del Reglamento para la Desincorporación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila, es competencia, facultad y obligación de las Comisiones estudiar los asuntos del ramo administrativo correspondiente o los asuntos que se les encomienden y para tal efecto, los analizarán y emitirán un dictamen que someterán a la consideración y aprobación, en su caso, del R. Ayuntamiento.
SEGUNDO: Que con fundamento en el artículo 102 fracción I numeral 10 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, es competencia, facultad y obligación de los Ayuntamientos dictar, con el acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, las resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal, con arreglo a la ley.
TERCERO: Que el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es el legítimo propietario de los bienes muebles que se pretenden desincorporar para su venta, por considerarse como bienes no útiles.
CUARTO: Que una vez que los integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, estudiaron y analizaron el expediente en comento, y acuerdan por UNANIMIDAD, proponer al Honorable Cabildo la baja y desincorporación del dominio público de un lote de 63 unidades vehiculares para su venta, por considerarse bienes no útiles.
Por las razones antes mencionadas y fundamentadas se resuelve:
PRIMERO: La Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con el artículo 107 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, 27 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo y artículos 2 fracción III, 3 fracción I, del Reglamento para la Desincorporación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila.
SEGUNDO: Que resulta procedente dar de baja y desincorporar del dominio público un lote de 63 unidades vehiculares para su venta, por considerarse bienes no útiles por Administraciones pasadas.
TERCERO: Se autoriza a la Tesorería Municipal a realizar los trámites correspondientes para la venta del lote de 63 unidades vehiculares descrito en el presente dictamen, y se determina que el recurso obtenido de dicha venta se ingresará a las Arcas de la Tesorería Municipal.
Así mismo la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determina que del recurso obtenido de las subastas de las desincorporaciones autorizadas mediante acuerdos de cabildo No. 66/07/15 de fecha 16 de abril del 2015, 106/11/15, 107/11/15 del 12 de junio del 2015, la presente y las que se pudieren realizar hasta el 31 de octubre del 2015, al saber el monto total de las mismas se determinara el uso destino de dichos recursos.
CUARTO: Se determina que el adquirente del lote de 63 unidades vehiculares que se describe en el resultando segundo del presente dictamen, al momento de su adquisición será el responsable del destino final de éste, deslindando así, de cualquier responsabilidad al R. Ayuntamiento de Saltillo.
QUINTO: Se autoriza la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes al Presidente Municipal, Secretaria y Síndico del R. Ayuntamiento, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de Cabildo.
SEXTO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.
SÉPTIMO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento.
Así lo acuerdan por UNANIMIDAD los Integrantes de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones del R. Ayuntamiento: LIC. LAURA GPE. HERRERA GUAJARDO (Presidenta) LIC. JORGE DE LA PEÑA QUINTERO (Secretario), LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO y DRA. BERTHA CRISTINA CASTELLANOS MUÑOZ (Integrantes) a los 29 días del mes de junio de 2015.
LAURA GPE. HERRERA GUAJARDOPresidente(Rúbrica)
JORGE DE LA PEÑA QUINTEROSecretario(Rúbrica)
MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑOIntegrante(Rúbrica)
BERTHA CRISTINA CASTELLANOS MUÑOZIntegrante(Rúbrica)
Una vez que el Alcalde somete a la consideración el dictamen con la adición solicitada, resulta
aprobado por unanimidad procediéndose a formular el siguiente:
A C U E R D O 132/14/15
PRIMERO: Se aprueba el dictamen presentado por la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No
Utilizable y Adquisiciones, en consecuencia, resulta procedente dar de baja y desincorporar del
dominio público el lote descrito de 63 unidades vehiculares para su venta, por considerarse bienes no
útiles por Administraciones pasadas.
SEGUNDO: Con apoyo en lo dispuesto por el Artículo 306 del Código Financiero para los Municipios
del Estado de Coahuila de Zaragoza, se aprueba el avalúo del Ing. Mario Velázquez Lozano, perito
valuador adscrito al registro de valuaciones de este municipio con número P258/14 y cedula
profesional número 4661399, quien informa que a la fecha del citado avalúo, el lote de 63 unidades
vehiculares tiene un valor de mercado de $903,440.00 (NOVECINETOS TRES MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M.N.)
TERCERO: Se autoriza a la Tesorería Municipal a realizar los trámites correspondientes para la venta
del lote de 63 unidades vehiculares descrito en el dictamen que se aprueba, y se determina que el
recurso obtenido de dicha venta se ingresará a las Arcas de la Tesorería Municipal. Así mismo la
Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones determina que del recurso
obtenido de las subastas de las desincorporaciones autorizadas mediante acuerdos de cabildo No.
66/07/15 de fecha 16 de abril del 2015, 106/11/15, 107/11/15 del 12 de junio del 2015, la presente y
las que se pudieren realizar hasta el 31 de octubre del 2015, al saber el monto total de las mismas se
determinara el uso destino de dichos recursos.
CUARTO: Se determina que el adquirente del lote de 63 unidades vehiculares que se describe en el
resultando segundo del citado dictamen, al momento de su adquisición será el responsable del
destino final de éste, deslindando así, de cualquier responsabilidad al R. Ayuntamiento de Saltillo.
QUINTO: Se autoriza la suscripción de los instrumentos jurídicos correspondientes al Presidente
Municipal, Secretaria y Síndico del R. Ayuntamiento, a fin de dar cumplimiento al acuerdo de Cabildo.
SEXTO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a
lugar.
SÉPTIMO: Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de R. Ayuntamiento.
El Presidente Municipal solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el
QUINTO punto consiste en Dictamen presentado por las Comisiones de Planeación, Urbanismo,
Obras Públicas y Centro Histórico y de Gobernación y Reglamentos, relativo a propuesta de
reforma al artículo 57 bis, del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio
de Saltillo, Coahuila. Se otorga la palabra a su Presidenta, Regidora María Mayela Hernández Valdés
para dar lectura al documento, mismo que se transcribe a continuación:
ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL.PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.
Las Comisiones de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico; y de Gobernación y Reglamentos, someten a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo a la propuesta de reforma al artículo 57 bis, del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, Coahuila.
RESULTANDO
PRIMERO.- Que con fecha veintiocho de enero del dos mil catorce, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, una reforma al Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, a fin de especificar las dimensiones y alturas para las casas habitación.
SEGUNDO.- Que con fecha doce de septiembre del dos mil catorce, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico realizó una sesión de trabajo con la Cámara Nacional de Desarrolladores de Vivienda (CANADEVI), con la finalidad de analizar las consecuencias de la mencionada reforma al Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, que impactó la altura de las casas.
TERCERO.- Que para continuar con el análisis de la aplicación práctica de la mencionada reforma, con fecha nueve de octubre del dos mil catorce los integrantes de la Comisión sesionaron en la sala de juntas del área de Regidores de la Presidencia Municipal, con la asistencia de los titulares de las instituciones que manejan recursos públicos para la construcción de vivienda: Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en Coahuila (SEDATU), Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y la Comisión Estatal de Vivienda del Estado de Coahuila.
CUARTO.- Que con fecha treinta de enero del dos mil quince, las Regidoras y los Regidores integrantes de las Comisiones de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico; y de Gobernación y Reglamentos, presentaron en Sesión de Cabildo el dictamen de Comisiones unidas relativo a una propuesta de reforma al artículo 57 bis del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, Coahuila.
QUINTO.- Que con fecha veinte de febrero del dos mil quince, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, acuerdo en el que se aprueba el dictamen presentado por las Comisiones unidas de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y de Gobernación y Reglamentos, en consecuencia, la reforma al artículo 57 bis del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, Coahuila.
SEXTO.- Que con fecha veintitrés de junio del dos mil quince, sesionó la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, con la finalidad de estudiar los alcances de la reforma al artículo 57 bis del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, Coahuila; y mediante ACUERDO CPUOPCH/51/15 determinaron solicitar a la Cámara Nacional de Desarrolladores de Vivienda (CANADEVI) que presentara por escrito sus impresiones acerca de la aplicación práctica de la reforma al artículo 57 bis del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, Coahuila.
SÉPTIMO.- Que con fecha 1° de julio del dos mil quince, el Ing. Manuel González Zozaya, Presidente de la Cámara Nacional de Desarrolladores de Vivienda (CANADEVI), envió oficio al que anexa una propuesta para separar las superficies de las alturas de las casas, en la tabla contenida en el referido artículo 57 bis.
OCTAVO.- Que con fecha tres de julio del dos mil quince, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, sesionó para estudiar y analizar esta propuesta de reforma al artículo 57 bis del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, Coahuila, considerándose que es oportuna porque aporta claridad y evita confusiones respecto al cumplimiento de la normatividad al momento de la construcción de las casas habitación.
NOVENO.- Que los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, elaboraron un documento para proponer una reforma al artículo 57 bis del referido reglamento, mismo que turnaron a la Comisión de Gobernación y Reglamentos para su revisión y análisis, que concluyó con la opinión favorable de esta última Comisión.
Por los motivos y antecedentes expuestos, los integrantes de las Comisiones de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico; y de Gobernación y Reglamentos, presentamos la siguiente propuesta de reforma al Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, Coahuila.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los ayuntamientos poseerán facultades para expedir de acuerdo con las bases normativas que deberán establecer las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y buen gobierno y los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones.
SEGUNDO.- Que con fundamento en el artículo 158-U-I.1. de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y publicar los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones.
TERCERO.- Que con fundamento en los artículos 105 fracciones I y III; 173 y 174 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; y 28 fracción I del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar al Ayuntamiento iniciativas de reglamentos, bandos de policía y buen gobierno y demás disposiciones administrativas de observancia general o en su caso, de reformas y adiciones a las mismas así como presentar ante el Cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.
Por las razones expuestas y en apego al fundamento legal, se presenta la siguiente:
PROPUESTA DE REFORMA AL ARTÍCULO 57 BIS DEL REGLAMENTO DE DESARROLLO URBANO Y CONSTRUCCIONES PARA EL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA.
Artículo 57 bis: Las edificaciones, según su tipo, deberán tener como mínimo las dimensiones y características que se establecen en la siguiente tabla:
Tipología Dimensiones libres mínimas Observaciones
- Habitación Área o índice(m2)
Lado (ml)
Altura (ml)
Locales habitacionales: 7.00 2.70Recamara única o principalRecamaras adicionales y alcobas 6.00 2.50Estancias 7.30 2.60Comedores 6.30 2.40Estancia-comedor (integrados) 13.60 2.70Locales complementarios:Cocina 3.00 2.70
Cocineta integrada a estancia comedor 2.00
La dimensión de lado se refiere a la
longitud de la cocineta.
Cuarto de lavado, cuarto de aseo, despensas y similares
1.68 1.40
Baños y Sanitarios 1.15Altura de losas de entrepiso para viviendas 2.50Altura de losas de azotea con pendiente en la parte más baja para vivienda 2.50Altura de losas de azotea con pendiente en la parte más alta para vivienda 2.70Altura de losas de azotea sin pendiente para vivienda 2.70
Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:
PRIMERO.- Se autoriza la propuesta de reforma al artículo 57 bis, del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, Coahuila.
SEGUNDO.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.
Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de las Comisiones de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico; y de Gobernación y Reglamentos, a los quince días del mes de julio del dos mil quince.
A T E N T A M E N T E.
Mtra. Ma. Mayela Hernández Valdés
Presidenta de la Comisión de Planeación, Urbanismo,
Obras Públicas y Centro Histórico
Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez
Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos (Rúbrica)
(Rúbrica)
Lic. José Luis García De la Peña Secretario de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico (Rúbrica)
Lic. Diana Carolina Castillo Díaz
Secretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos (Rúbrica)
Ing. Eduardo Ramón De La Peña Padilla Integrante de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico
Lic. José Ángel Rodríguez Calvillo Integrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos (Rúbrica)
(Rúbrica)
Lic. Jorge De la Peña Quintero Integrante de la Comisión de
Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico
(Rúbrica)
Lic. Myrna Laura Gutiérrez Treviño Integrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos (Rúbrica)
Una vez que se sometió a votación, resulta aprobado por unanimidad, procediéndose a formular el
siguiente:
A C U E R D O 133/14/15
PRIMERO: Se aprueba el dictamen presentado por las Comisiones de Planeación, Urbanismo, Obras
Públicas y Centro Histórico y de Gobernación y Reglamentos, en consecuencia, la propuesta de
reforma al artículo 57 bis, del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio
de Saltillo, Coahuila.
SEGUNDO: Notifíquese y publíquese en la Gaceta, órgano de difusión oficial de este gobierno
municipal.
El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el SÉXTO punto
consiste en Dictámenes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos siguientes: A).- Proyecto de
reforma a los artículos 28, fracción V, 34 y 47 fracción I, del Reglamento de la Administración Pública
Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza y B).- Proyecto de creación del Reglamento de Ciudades
Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza. Se otorga la palabra a su Presidente,
Regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez para dar lectura al primer documento, mismo que se
transcribe a continuación.
DICTAMEN 009/CGR/2015.C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLAREAL.PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.PRESENTE.
Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, relativo al proyecto de reforma de los artículos 28, fracción V, 34 y 47 fracción I, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con respecto al proyecto de reforma de los artículos 28, fracción V y 34, del precitado ordenamiento, es importante señalar que el objetivo de la Dirección de Prevención, Atención y Control de Siniestros del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es el de proteger a la persona, la sociedad y su entorno ante la eventualidad de los riesgos y peligros que representan los agentes perturbadores y la vulnerabilidad en el corto, mediano o largo plazo, provocada por fenómenos naturales o antropogénicos, ello a través de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción mediante la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad.
Ahora bien, el artículo 17 de la Ley General de Protección Civil, establece que los gobernadores de los estados, el jefe de gobierno del Distrito Federal, los presidentes municipales y los jefes delegacionales del Distrito Federal, tendrán dentro de su jurisdicción la responsabilidad sobre la integración y funcionamiento de los sistemas de protección civil, conforme a lo que establezca la presente Ley y la legislación local correspondiente.
En el Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para dar cumplimiento a la disposición federal del precepto legal que antecede a este párrafo, establece en el artículo 28, fracción V, la Dirección de Prevención, Atención y Control de Siniestros; sin embargo con la finalidad de tener acceso a fondos estatales y federales en esta materia, favoreciendo así la seguridad de los ciudadanos saltillenses, se propone el cambio de nombre actual por el de Dirección de Protección Civil y Bomberos.
Dentro del Capítulo IV, relativo a la Tesorería Municipal, el artículo 47, fracción I, del multicitado ordenamiento, que a la letra dice: “La Dirección de Control y Seguimiento, a través de su titular, tendrá las facultades y obligaciones siguientes:
I. Realizar de manera preventiva auditorías internas respecto del cumplimiento de procedimientos, requerimientos y lineamientos instruidos por las disposiciones o autoridades relacionadas con la contabilidad gubernamental.”
Por otra parte, el artículo 129, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, establece que: Son facultades y obligaciones del Tesorero Municipal, además de las que señalen el Reglamento Interior, las siguientes:
IV. Vigilar y documentar toda la ministración de fondos públicos. De conformidad con lo establecido en el artículo 133 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, señala que: Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal:
IV. Establecer las bases generales para la realización de auditorías, inspecciones y evaluaciones a las Dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal y paramunicipal.
Con la finalidad de evitar confusión en la aplicación de los preceptos legales citados con antelación, e impedir una interpretación que pudiese generar duplicidad de facultades entre la Contraloría y la Tesorería Municipal, se propone reformar la fracción I, del artículo 47, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Mediante oficio DAJ/501/2015, con fecha 23 de junio de 2015, el Licenciado Roberto Castro Sifuentes, Director de Asuntos Jurídicos, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, el ocurso PAYCS/AJ0020/2015, signado el 18 de junio de 2015, por el Doctor Sergio Alberto Robles Garza, Director de Prevención, Atención y Control de Siniestros, el cual contiene la propuesta de reforma al Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, respecto a la modificación al artículo 28, fracción V y el artículo 34, relativo al cambio de nombre de la Dirección a su cargo, por el de Dirección de Protección Civil y Bomberos.
SEGUNDO. El día 24 de junio de 2015, Luis Fernando Aguirre Rodríguez, turna por oficio REG07LFA/063/2015, a los integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, con la finalidad de ser estudiada y analizada, la propuesta de reforma al Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, relativa al cambio de nombre de la Dirección de Prevención, Atención y Control de Siniestros por el de Dirección de Protección Civil y Bomberos; y la modificación al artículo 47, fracción I, respecto a las facultad de la Dirección de Control y Seguimiento de la Tesorería Municipal, para vigilar el cumplimiento de procedimientos en materia de contabilidad gubernamental.
TERCERO. La Comisión de Gobernación y Reglamentos, sesionó el día jueves 02 de julio de 2015, en punto de las 12:00 horas, en la sala de juntas de regidores, de la Presidencia Municipal, incluyéndose en el punto 7, como asunto general, el proyecto de reforma a los artículos 28, fracción V, 34 y 47 fracción I, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, el cual fue estudiado y analizado.
CUARTO. En fecha 08 de julio de 2015, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, sesionó en la sala de regidores de la Presidencia Municipal, para estudiar, analizar y en su caso dictaminar el proyecto de reforma a los artículos 28, fracción V, 34 y 47 fracción I, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
R E S U L T A N D O
PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108,111, 173, 175, 176, fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.
SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano tiene facultades para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del R. Ayuntamiento.
TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo, es competente para conocer del dictamen, de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.
CUARTO. Que la Comisión referida del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:
ACUERDOSe aprueba por unanimidad el proyecto de reforma a los artículos 28, fracción V, 34 y 47 fracción I, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
Por ello estima conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo, el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE REFORMA EL:
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA, EN SUS ARTÍCULOS 28, FRACCIÓN V, 34 Y 47 FRACCIÓN I.
TEXTO VIGENTEPROYECTO DE REFORMA
CAPÍTULO IIISECRETARÍA DEL R. AYUNTAMIENTO
CAPÍTULO IIISECRETARÍA DEL R. AYUNTAMIENTO
Artículo 28.-La Secretaría del R. Ayuntamiento se auxiliará de una Subsecretaría. Además contará con las unidades administrativas siguientes:
I. Dirección de Asuntos Jurídicos.II. Dirección del Archivo Municipal.III. Junta Municipal de Reclutamiento. IV. Dirección de Bienes Inmuebles.V. Dirección de Prevención, Atención y Control de Siniestros.VI. Coordinación de Jueces Calificadores y Médicos Dictaminadores.VII. Dirección de la Regulación de la Tenencia de la Tierra Urbana Municipal. VIII. Unidad de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.IX. Las demás que le sean adscritas por en términos de una ley o reglamento.
Artículo 28.-La Secretaría del R. Ayuntamiento se auxiliará de una Subsecretaría. Además contará con las unidades administrativas siguientes:
I. Dirección de Asuntos Jurídicos.II. Dirección del Archivo Municipal.III. Junta Municipal de Reclutamiento. IV. Dirección de Bienes Inmuebles.V. Dirección de Protección Civil y Bomberos.VI. Coordinación de Jueces Calificadores y Médicos Dictaminadores.VII. Dirección de la Regulación de la Tenencia de la Tierra Urbana Municipal. VIII. Unidad de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.IX. Las demás que le sean adscritas por en términos de una ley o reglamento.
Artículo 34.-La Dirección de Prevención, Atención y Control de Siniestros, a través de su titular, tendrá las facultades y obligaciones siguientes:
I. Coordinar y dirigir el trabajo de la Unidad de Protección Civil y la Unidad de Bomberos Municipal.II. Analizar la problemática y alternativas de solución que existen en el Municipio en materia de Protección Civil.III. Diseñar los programas de prevención, atención y combate de siniestros a implementar en el Municipio.IV. Coordinar las acciones, planes y programas de prevención, auxilio y apoyo a la población en las situaciones de emergencia.V. Coordinar la integración y
Artículo 34.-La Dirección de Protección Civil y Bomberos, a través de su titular, tendrá las facultades y obligaciones siguientes:
I. Coordinar y dirigir el trabajo de la Unidad de Protección Civil y la Unidad de Bomberos Municipal.II. Analizar la problemática y alternativas de solución que existen en el Municipio en materia de Protección Civil.III. Diseñar los programas de prevención, atención y combate de siniestros a implementar en el Municipio.IV. Coordinar las acciones, planes y programas de prevención, auxilio y apoyo a la población en las situaciones de emergencia.V. Coordinar la integración y
funcionamiento del Sistema Municipal de Protección Civil.VI. Fomentar la cultura de prevención en materia de Protección Civil, atención a Contingencias y Siniestros en general, mediante campañas de difusión y capacitación a la ciudadanía en el Marco de los programas autorizados.VII. Coordinar el auxilio al Estado y otros municipios, cuando le sea requerido, en las acciones de rescate y auxilio derivadas de situaciones de emergencia.VIII. Promover programas de capacitación y formación permanente para el personal adscrito a las unidades que integran la Dirección.IX. Coordinarse con otras organizaciones, públicas o privadas, municipales, estatales o federales para ofrecer un servicio de mayor calidad al Municipio y sus habitantes.X. Las demás que le sean encomendadas por alguna ley o reglamento.
funcionamiento del Sistema Municipal de Protección Civil.VI. Fomentar la cultura de prevención en materia de Protección Civil, atención a Contingencias y Siniestros en general, mediante campañas de difusión y capacitación a la ciudadanía en el Marco de los programas autorizados.VII. Coordinar el auxilio al Estado y otros municipios, cuando le sea requerido, en las acciones de rescate y auxilio derivadas de situaciones de emergencia.VIII. Promover programas de capacitación y formación permanente para el personal adscrito a las unidades que integran la Dirección.IX. Coordinarse con otras organizaciones, públicas o privadas, municipales, estatales o federales para ofrecer un servicio de mayor calidad al Municipio y sus habitantes.X. Las demás que le sean encomendadas por alguna ley o reglamento.
CAPÍTULO IVTESORERÍA MUNICIPAL
CAPÍTULO IVTESORERÍA MUNICIPAL
Artículo 47.-La Dirección de Control y Seguimiento, a través de su titular, tendrá las facultades y obligaciones siguientes:
I. Realizar de manera preventiva auditorías internas respecto del cumplimiento de procedimientos, requerimientos y lineamientos instruidos por las disposiciones o autoridades relacionadas con la contabilidad gubernamental.II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de información o resoluciones de autoridades en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de la Tesorería.III. Coordinar y supervisar el ejercicio de recursos y programas federales o de cualquier otro tipo, a cargo de la Tesorería.IV. Las demás que le sean encomendadas por alguna ley o reglamento.
Artículo 47.-La Dirección de Control y Seguimiento, a través de su titular, tendrá las facultades y obligaciones siguientes:
I. Vigilar el cumplimiento de procedimientos, requerimientos y lineamientos instruidos por las disposiciones o autoridades relacionadas con la contabilidad gubernamental.II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de información o resoluciones de autoridades en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de la Tesorería.III. Coordinar y supervisar el ejercicio de recursos y programas federales o de cualquier otro tipo, a cargo de la Tesorería.IV. Las demás que le sean encomendadas por alguna ley o reglamento.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Las reformas al presente reglamento entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independiente de que se haga lo propio en la Gaceta Municipal.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que contravengan al presente reglamento.
Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:
PRIMERO.- Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.
SEGUNDO.- Se aprueba por unanimidad la reforma de los artículos 28, fracción V, 34 y 47 fracción I, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
TERCERO.- Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya lugar.
CUARTO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de que se haga lo propio en la Gaceta Municipal.
Así lo acuerdan y firman el presente instrumento, los integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos que en él intervinieron y quisieron hacerlo, en la ciudad de Saltillo, capital del estado de Coahuila de Zaragoza, a los trece días del mes de julio de dos mil quince.
A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”
NOMBRE VOTO Y FIRMA_____________________________________________X___________________________________C. LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente___________________________________________X_____________________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria___________________________________________X_____________________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante___________________________________________X_____________________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante
Una vez que el Alcalde somete a la consideración el dictamen, resulta aprobado por unanimidad
procediéndose a formular el siguiente:
A C U E R D O 134/14/15
PRIMERO: Se aprueba el dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos que
ha quedado transcrito, en consecuencia, la reforma a los artículos 28, fracción V, 34 y 47 fracción I,
del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
SEGUNDO: La reforma al presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en
Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independiente de que se haga lo propio en la Gaceta
Municipal.
TERCERO: Se derogan todas las disposiciones que contravengan al citado reglamento.
La Regidora Myrna Laura Gutiérrez Treviño, integrante de la Comisión de Gobernación y
Reglamentos, procede a dar a conocer el segundo dictamen que presenta dicha Comisión, mismo
que se transcribe a continuación:
DICTAMEN 011/CGR/2015.
C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLAREAL.PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.PRESENTE.
Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, relativo al proyecto de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Saltillo goza de un marco histórico rico en tradiciones y costumbres las cuales definen la identidad de su gente. Actualmente, es el escenario de gran variedad de expresiones artísticas, que han dado renombre a nuestro municipio a nivel local e internacional, ello, aunado al desarrollo de sus instituciones y a la vida comunitaria que no se mantiene ajena a la modernidad, valorando y respetando ante todo su entorno, trascendiendo bajo un estado de derecho.
Es indiscutible que la dinámica de la comunidad internacional se ha caracterizado por una tendencia globalizadora que favorece la ampliación y diversificación de las relaciones entre los diferentes actores que la conforman; lo que antecede, por el surgimiento y proliferación de mecanismos de interacción distintos a los tradicionales. En este contexto, existe una conciencia mejor definida acerca de la potencialidad de quienes en él intervienen y que favorece la utilización creciente de modelos innovadores de cooperación; la colectividad local tiene un papel importante en la ampliación de los vínculos entre diferentes naciones y en el fortalecimiento de cooperación entre los Estados.
En este sentido, documentos rectores de planeación municipal, establecen como estrategias primordiales institucionalizar la formulación permanente de procedimientos, políticas, programas y acciones de readecuación y actualización institucional, la inclusión y la consolidación de cambios planeados, orientados a posibilitar el desarrollo del municipio, aceptando que una administración gubernamental en esencia es promotora de acciones cuyo propósito es satisfacer las necesidades de la vida en común de la sociedad.
Esforzarse por contar con una integración municipal más sólida, siendo congruentes con los valores que conforman nuestra identidad cultural y promoviendo los elementos culturales que continúan siendo su distintivo, es aspiración de los saltillenses. En concordancia con lo anterior, esta administración conocedora de las bondades y beneficios que trae consigo la convivencia, el intercambio de experiencias y colaboración entre las comunidades, tiene la intención de establecer la base legal para la regulación de los acuerdos interinstitucionales en el ámbito nacional o internacional, entre Saltillo y otras entidades gubernamentales del país o del extranjero u organizaciones internacionales, a fin de proyectar aún más a nuestro municipio en áreas como la comercial, turística, deportiva, cultural, entre otras.
Cabe puntualizar que en la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través del Programa Mexicano de Ciudades Hermanas y Cooperación Internacional se contempla en su etapa de Fortalecimiento Institucional, la creación de mecanismos institucionales que permitan dar continuidad a las relaciones internacionales de una localidad mexicana con una extranjera independientemente de la temporalidad constitucional de una administración municipal, y precisamente al promover la creación de Comités de Ciudades Hermanas, la mencionada Dependencia Federal, busca que los gobiernos locales de nuestro país fortalezcan sus propias capacidades para desarrollar mecanismos de vinculación con ciudades extranjeras a través de vías institucionales y en el marco de la suscripción de Acuerdos de Hermanamiento que cumplan con la legislación aplicable.
De tal forma que en el proyecto de reglamento en cuestión, sujeto a consideración de este H. Cabildo, se definen los lineamientos a seguir en el proceso de hermanamiento, con pleno respeto a las disposiciones que en materia internacional tiene definido el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Así mismo, establece el contenido del Acuerdo de Hermanamiento y sienta las bases para la integración del Comité de Ciudades Hermanas, además puntualiza las atribuciones de sus integrantes permitiendo trabajar coordinadamente con las dependencias del Ayuntamiento. Por lo anterior:
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Con fecha 02 de marzo de 2015, sesionó la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en la cual en el punto 7 del Orden del Día, el regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez, presentó el proyecto de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, el cual fue circulado de manera magnética a los integrantes del órgano colegiado en mención, para su estudio y análisis. SEGUNDO. Mediante ocurso REG07LFA/25/2015, con fecha 23 de marzo de 2015, el Licenciado Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, convoca a las mesas de trabajo que dieron inicio el día 24 de marzo de 2015 en punto de las 09:30
horas, en la sala de regidores de la Presidencia Municipal, a fin de estudiar y analizar el proyecto de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
TERCERO. Por medio del oficio REG07LFA/39/2015, de fecha 18 de mayo de 2015, suscrito por Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, se envía el proyecto de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, que fue previamente estudiado en las mesas de trabajo del órgano colegiado en comento, a la Lic. María Alicia García Narro, Secretaria del Ayuntamiento, con el fin de que la Dirección Jurídica a su cargo realizara las observaciones que se consideraren pertinentes y posteriormente fuesen remitidas a la Comisión de Gobernación y Reglamentos para dar seguimiento al análisis de la propuesta mencionada.
CUARTO. La Comisión de Gobernación y Reglamentos, sesionó el día 08 de junio de 2015, informando en el punto 5 del Orden del Día, que el proyecto de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, sigue en estudio y análisis.
QUINTO. El Licenciado Edgar Reyna Reyna, Director de la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaría del Ayuntamiento, conforme al oficio S.A 1588/15, suscrito el día 06 de julio de 2015, turna al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, el ocurso DAJ/532/2015, signado por el Lic. Roberto Castro Sifuentes, Director de Asuntos Jurídicos, mediante el cual manifestó que después de haber efectuado un análisis jurídico del proyecto de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, este se determinó apegado a derecho debiéndose tomar en cuenta dos observaciones para su estudio.
SEXTO. Con fecha 08 de julio de 2015, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, sesionó en la sala de regidores de la Presidencia Municipal, acordando en el punto 6 del Orden del Día, circular de manera electrónica para su para su estudio y análisis, el proyecto final de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, el cual incluye las observaciones realizadas por la Dirección de Asuntos Jurídicos.
SÉPTIMO. El Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, circuló de manera electrónica a los regidores integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, por medio del oficio REG07LFA/071/2015, signado en fecha 08 de julio de 2015, el proyecto final de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, en el cual se integraron las observaciones sugeridas por la Dirección de Asuntos Jurídicos, a fin de realizar el estudio y análisis del mismo, con el objetivo de presentarlas en el seno del órgano colegiado en comento.
OCTAVO. El día 16 de julio de 2015, sesionó la Comisión de Gobernación y Reglamentos, abordando en el punto 6 del Orden del Día, las observaciones con respecto al proyecto final, al no existir sugerencias adicionales, se aprueba por unanimidad de los presentes la creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
R E S U L T A N D O
PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108,111, 173, 175, 176, fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.
SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano tiene facultades para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del R. Ayuntamiento.
TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo, es competente para conocer del dictamen, de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.
CUARTO. Que la Comisión referida del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar los siguientes:
ACUERDO
Se aprueba por unanimidad la creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
ACUERDO
Se aprueba por unanimidad elaborar el Dictamen correspondiente al Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, que deberá ser sometido a consideración del H. Pleno del Cabildo de Saltillo, para su estudio, análisis y en su caso aprobación.
Por ello estima conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo, el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE CREA EL:
REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS DEL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.
CAPÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Las disposiciones del presente reglamento son de interés público y observancia obligatoria en el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, se expiden de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2 fracción II y 7 de la Ley sobre la Celebración de Tratados; artículos 158-C, 158-N y 158-U fracción I, numeral 1, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y los artículos 102, fracción I numeral 1 y 104 inciso A) fracción III y demás relativos del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Artículo 2.- El presente reglamento tiene por objeto normar las relaciones de Hermandad del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; con ciudades de nuestro país y del mundo, a través de sus respectivos Ayuntamientos u Órganos de Gobierno similares; estableciendo los mecanismos que contribuyan al desarrollo y fortalecimiento del marco de cooperación bilateral, así como de la necesidad de ejecutar proyectos y acciones que tengan efectiva incidencia en el avance económico, social, cultural, turístico, educativo, medio ambiente, seguridad, ciencia y tecnología, entre otros.
Artículo 3.- Para efectos de este reglamento se entenderá por:
I. Municipio.-Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.II. Ayuntamiento.-El Republicano Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, Órgano
Supremo del Gobierno Municipal.III. Cabildo.-El R. Ayuntamiento reunido en sesión y como cuerpo colegiado.IV. Reglamento.-El presente reglamento.V. Comité.-Comité Municipal de Ciudades Hermanas, Órgano interno estructural con facultades
para orientar las directrices de los Acuerdos de Hermanamiento.VI. Órgano de Gobierno Similar.-Entidad Pública que tiene el mismo rango que el Ayuntamiento.
VII. Presidente.-Titular del ejecutivo municipal que preside el Comité.VIII. Director Ejecutivo.-Responsable ejecutivo del Comité.IX. Secretario Técnico.-Auxiliar del Comité que funge como enlace para asegurar y gestionar la
adecuada organización y seguimiento de los acuerdos. X. Coordinador General de Comisiones.-Es aquella persona designada por el Director Ejecutivo, el
cual tiene como atribución organizar a los integrantes del Comité en grupos de trabajo.XI. Ley.-Ley sobre Celebración de Tratados.
XII. Acuerdo Interinstitucional.-Convenio regido por el Derecho Internacional Público, celebrado entre cualquier Dependencia u Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal y uno o varios Organismos extranjeros similares cualquiera que sea su denominación, sea que derive o no de un tratado previamente aprobado, el cual deberá circunscribirse a las atribuciones propias de las Dependencias y Organismos descentralizados de los niveles que lo suscriben.
XIII. Acuerdo de Hermanamiento.-Convenio celebrado por escrito entre el Ayuntamiento y uno o varios órganos de Gobierno similares, nacionales o extranjeros, cualquiera que sea su denominación y en el cual se establecen las áreas de cooperación por tema o sector.
XIV. Carta de Intención.-Documento mediante el cual el gobierno municipal se dirige al gobierno de la ciudad solicitada, señalando el interés de la localidad por hermanarse, estableciendo los fundamentos de apoyo y los motivos de interés para llevar a cabo este hermanamiento.
XV. Ciudad Solicitante.-Aquella que manifiesta su interés en celebrar el Acuerdo de Hermanamiento e inicia el procedimiento con el envío de la Carta de Intención.
XVI. Ciudad Solicitada.-Es aquella a la que se dirige la Carta de Intención a fin de decidir si celebra o no el Acuerdo de Hermanamiento.
XVII. Programa Operativo Anual.-Formato aprobado por la Secretaría de Relaciones Exteriores o su equivalente.
XVIII. Declaración Oficial.-Es el acto solemne mediante sesión de Cabildo en el cual se da validez a todos y cada uno de los actos establecidos en el Acuerdo de Hermanamiento.
Artículo 4.- Corresponde la aplicación del presente reglamento a:
I. R. Ayuntamiento.II. Presidente Municipal.
III. Síndicos.IV. Titular de la Secretaría del Ayuntamiento. V. Comité Municipal de Ciudades Hermanas.
Artículo 5.- Para el cumplimiento al objeto del presente reglamento, el Ayuntamiento a través del Cabildo, tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I. Aprobar a propuesta del Presidente Municipal los integrantes del Comité de Ciudades Hermanas los cuales durarán en su en encargo el periodo de la administración en turno.
II. Aprobar las iniciativas sobre compromisos de colaboración en los distintos ámbitos, incorporados en los Programas Operativos Anuales de los Acuerdos de Hermanamiento, buscando siempre el beneficio de la comunidad y el fortalecimiento del Municipio.
III. Disponer los apoyos administrativos, presupuestales y materiales indispensables, para el desarrollo de las actividades contempladas en los Programas Operativos Anuales de cada uno de los Acuerdos de Hermanamiento celebrados por el municipio.
IV. Las demás que determinen otros ordenamientos jurídicos en el ámbito de su competencia.
Artículo 6.- Le corresponde al Presidente:
I. Proponer al Cabildo a los integrantes del Comité de Hermanamiento para su aprobación.II. Poner a consideración del R. Ayuntamiento las solicitudes de hermanamiento, que a través del
Comité, reciba el Municipio.III. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité.IV. Representar al Comité.V. Impulsar la participación de los habitantes del municipio en los programas de cooperación y
eventos que deriven de los Acuerdos de Hermanamiento.VI. Participar en el intercambio de información y acciones específicas sobre diferentes temas de la
Administración Municipal, con órganos de Gobierno similares.VII. Promover al Municipio en otras ciudades, destacando sus cualidades y acciones de gobierno
emprendidas para el desarrollo del mismo.VIII. Presentar ante el Ayuntamiento el Programa Operativo Anual de cada Acuerdo de
Hermanamiento suscrito por el Municipio, que contenga los proyectos de cooperación a desarrollar.
IX. Presentar anualmente al Ayuntamiento el informe de actividades que se deriva del Comité, mismo que se hará llegar a la Secretaría de Relaciones Exteriores para su conocimiento.
X. Presentar, previo a su firma, el proyecto de Acuerdo de Hermanamiento a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a fin de obtener el dictamen de procedencia que exige la Ley sobre la Celebración de Tratados.
XI. Remitir copia del Acuerdo de Hermanamiento debidamente firmado por las partes, a la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicitando su inscripción en el Registro de Acuerdos Interinstitucionales.
XII. Las demás que determine el Ayuntamiento y las disposiciones legales aplicables.
Artículo 7.- Le corresponde a los Síndicos:
I. Revisar los aspectos legales del proyecto de Acuerdo de Hermanamiento, para su posterior análisis y aprobación por parte del Ayuntamiento.
II. Representar al Municipio en todo proceso legal que derive o pueda derivar de los hermanamientos vigentes o en trámite de formalizar.
III. Las demás que establezca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y los reglamentos municipales.
CAPÍTULO SEGUNDOORGANIZACIÓN E INTEGRACIÓN
DEL COMITÉ MUNICIPAL DE CIUDADES HERMANAS
Artículo 8.- El Comité de Ciudades Hermanas, es un órgano colegiado de carácter consultivo y propositivo que auxilia al Ayuntamiento en sus funciones relativas al hermanamiento con otras ciudades.
Artículo 9.- El Comité para su debido funcionamiento, se integrará de la siguiente manera:
I. El Presidente Municipal, con carácter de Presidente del Comité.II. El titular de Desarrollo Económico con carácter de Director Ejecutivo y suplente del Presidente
Municipal en su ausencia.III. Secretario Técnico, propuesto por el Presidente del Comité y electo por mayoría de votos de
los integrantes del mismo.IV. Los presidentes de las Comisiones Municipales de:
a) Educación.b) Cultura y Rescate de Valores Humanos.c) Fomento Económico y Turismo.d) Gobernación y Reglamentos.
V. Cinco ciudadanos que serán electos por el Cabildo a propuesta del Presidente Municipal, los cuales serán personas que se hayan distinguido por su dedicación y aportación en beneficio del Municipio.
En las sesiones del Comité Municipal de Ciudades Hermanas todos sus integrantes tendrán derecho a voz y voto, en los casos de empate el Presidente del Comité tendrá voto de calidad.
El cargo que ocupen los integrantes del Comité será honorífico, no recibirán remuneración, emolumentos, compensaciones o retribución alguna por su encargo. Artículo 10.- Los integrantes del Comité durarán en su encargo el periodo de la Administración Municipal que corresponda.
Artículo 11.- Si por fuerza mayor o alguna otra causa un integrante del Comité no pudiera continuar con sus funciones, deberá de justificarlo por escrito, en cuyo caso el Presidente Municipal someterá al pleno del R. Ayuntamiento una nueva propuesta.
CAPÍTULO TERCEROFUNCIONAMIENTO
DEL COMITÉ DE CIUDADES HERMANAS
Artículo 12.- El Comité Municipal de Ciudades Hermanas, sesionará ordinariamente una vez cada cuatro meses, debiendo convocarse con al menos cuarenta y ocho horas de anticipación. El Comité podrá sesionar de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario, en tal caso se deberá convocar con al menos veinticuatro horas de anticipación por conducto del Director Ejecutivo. En las sesiones extraordinarias sólo podrán tratarse los asuntos establecidos en el orden del día.
Para que sesione válidamente el Comité se requiere de la presencia de la mitad más uno de los integrantes, el Secretario tomará lista al inicio de las sesiones, para determinar si existe el quórum requerido, de no ser así se diferirá la sesión y se tendrá que convocar nuevamente. Las decisiones deberán ser colegiadas y se tomarán por mayoría simple de los presentes.
Artículo 13.- Las sesiones serán privadas y presididas por el Presidente o en su ausencia por el Director Ejecutivo del Comité. El Secretario levantará acta de la sesión y firmarán los que en ella intervengan, además tendrá bajo su responsabilidad llevar un registro del sentido de los votos de cada uno de los integrantes, el cual deberá quedar reflejado en el acta de cada sesión que sea elaborada. Las votaciones podrán ser secretas en caso que así lo determine el propio Comité.
Artículo 14.- El Ayuntamiento podrá destituir a los ciudadanos que integren el Comité cuando no asistan a dos sesiones consecutivas sin presentar causa justificada por escrito al Director Ejecutivo; o bien, cuando no cumplan con las tareas y responsabilidades que les son asignadas.
CAPÍTULO CUARTOFACULTADES Y OBLIGACIÓNES
DEL COMITÉ MUNICIPAL DE CIUDADES HERMANAS
Artículo 15.- Son facultades del Comité:
I. Aprobar los Protocolos, Acuerdos de Hermanamiento, compromisos de colaboración y documentos, entre otros, que de ellos deriven, los cuales impliquen la firma de autoridades del Municipio con otras ciudades que deberán ser puestos a consideración del Cabildo.
II. Elegir a las personas encargadas de la coordinación y elaboración de proyectos de colaboración.
III. Evaluar conjuntamente con las partes interesadas la viabilidad de los proyectos, tiempos y forma, con el propósito de garantizar la permanencia y las posibilidades reales de desarrollo.
IV. Crear mecanismos que permitan establecer lazos de fraternidad con otras ciudades.V. Dar continuidad a los vínculos de hermandad ya existentes con otras ciudades en el
ámbito de su competencia y conforme a lo establecido por este reglamento.
CAPÍTULO QUINTOFACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS INTEGRANTES
DEL COMITÉ MUNICIPAL DE CIUDADES HERMANAS
Artículo 16.- Los Integrantes del Comité, tendrán las siguientes facultades:
I. Proponer actividades que permitan el diseño de proyectos de cooperación que el Municipio pueda desarrollar con las ciudades hermanas.
II. Colaborar en las actividades que se definan en los proyectos de cooperación.III. Elegir al Secretario.IV. Proponer los asuntos que ameriten ser incluidos en el orden del día de las sesiones.
Artículo 17.-Son obligaciones de los integrantes del Comité:
I. Cumplir con las comisiones que se les encomienden.II. Asistir a las sesiones que celebre el Comité.III. Dar seguimiento a los objetivos, metas y avances de los Acuerdos de Hermanamiento
que hayan sido formalmente suscritos por el R. Ayuntamiento, de conformidad con la legislación aplicable.
IV. Evaluar el desarrollo de proyectos de hermandad con otras ciudades.V. Presentar un plan anual de trabajo, tomando como base los programas operativos
anuales que sean elaborados por cada uno de los Acuerdos de Hermanamiento celebrado por el Municipio.
Artículo 18.- El Director Ejecutivo del Comité, tiene las siguientes atribuciones:
I. Convocar a las sesiones ordinarias o extraordinarias.II. Informar a los integrantes del Comité sobre los compromisos de colaboración suscritos
en el Acuerdo de Hermanamiento.III. Presentar ante el Presidente del Comité, las propuestas de programas, proyectos y
acciones estratégicas que se deriven de los compromisos suscritos con la ciudad hermana, a efecto de que puedan ser considerados en la elaboración del Programa Operativo Anual que se presentará al Cabildo para su aprobación.
IV. Dar cuenta oportuna al Presidente de toda la correspondencia dirigida al Comité.V. Remitir, una vez aprobado por el Cabildo, el Programa Operativo Anual a la ciudad
hermana para su consideración y nuevamente al Cabildo para su aprobación final en caso de existir modificaciones.
VI. Rendir al Presidente Municipal, un informe trimestral, o cuando este lo requiera, de las actividades y proyectos que se deriven del Acuerdo de Hermanamiento.
VII. Proponer los asuntos que debe conocer el Comité.VIII. Velar por el cumplimiento de los fines encomendados al Comité.
IX. Suplir al Presidente del Comité en su ausencia.X. Designar de entre los miembros del Comité un Coordinador General de Comisiones de
trabajo.XI. Valorar los proyectos de cooperación que se pretendan desarrollar con las ciudades
hermanas y que sean presentados por el Coordinador General de Comisiones, con la finalidad de integrarlos a los Programas Operativos Anuales.
XII. Proponer al Presidente del Comité nuevos integrantes o la destitución de alguno, de acuerdo con lo estipulado en este Reglamento.
XIII. Las demás que determine el Ayuntamiento y las disposiciones legales aplicables.
Artículo 19.- El Secretario Técnico del Comité, tiene las siguientes atribuciones:
I. Preparar con anticipación la agenda de los asuntos que deban tratarse en las sesiones y formular, conjuntamente con el Director Ejecutivo, el orden del día.
II. Levantar el acta de la sesión que celebre el Comité y recabar la firma de los integrantes que asistieron.
III. Elaborar, previa solicitud y autorización del Director Ejecutivo, la convocatoria para cada sesión.
IV. Redactar las circulares, dictámenes y cualquier acuerdo que emane del Comité.
Artículo 20.- El Coordinador General de Comisiones, tiene las siguientes atribuciones:
I. Organizar a los integrantes del Comité en grupos de trabajo, los cuales se denominarán Comisiones y se clasificarán o distinguirán por temas o rubro.
II. Informar al Director Ejecutivo sobre el avance de los proyectos encomendados a las Comisiones.
III. Presentar al Director Ejecutivo del Comité, los proyectos de cooperación propuestos por las distintas Comisiones, a efecto de que sean valorados y en su caso, integrados al Programa Operativo Anual.
IV. Coordinar los proyectos y actividades de las Comisiones, para el cumplimiento de los objetos de Programa Operativo Anual.
V. Coordinar y dar seguimiento a las actividades que se encomiende a las Comisiones.VI. Estar al tanto de los requerimientos necesarios para el desarrollo de las actividades
que habrá de llevar a cabo el Comité, a fin de plantear estrategias que faciliten el cumplimiento de los objetivos de cada proyecto.
CAPÍTULO SEXTOPROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER EL ACUERDO DE HERMANAMIENTO
Artículo 21.- Concierne al Comité y a las diferentes áreas administrativas del Municipio, la elaboración de los proyectos de Acuerdo de Hermanamiento, en el cual se identificarán áreas de oportunidad relativas al intercambio de experiencias y la colaboración recíproca en materia de desarrollo económico, turístico, social, cultural, educación, medio ambiente, seguridad, ciencia y tecnología entre otros ámbitos. Posteriormente el Comité efectuará el primer contacto con el representante u órgano de Gobierno similar para determinar la conveniencia y factibilidad de celebrar
el Acuerdo de Hermanamiento, en caso afirmativo, convenir los objetivos, acciones de cooperación y los tiempos de ejecución.
Una vez que se determine la conveniencia del Acuerdo de Hermanamiento, corresponderá al Presidente Municipal presentarlo al Cabildo para su aprobación o rechazo.
Artículo 22.- Los Acuerdos de Hermanamiento que sean votados y en su caso aprobados, deberán contener los ámbitos de colaboración y los mecanismos mediante los cuales se regulan las relaciones de hermandad para dar cumplimiento a los compromisos de apoyo y fraternidad que correspondan.
Artículo 23.- Cuando se trate de Acuerdos de Hermanamiento con ciudades extranjeras, el Presidente Municipal deberá remitir a la Secretaría de Relaciones Exteriores, el proyecto de Acuerdo de Hermanamiento para que sea revisado por ésta y en su caso obtener el dictamen de procedencia correspondiente, lo anterior en cumplimiento a la Ley sobre Celebración de Tratados.
Artículo 24.- Cuando la Presidencia Municipal a través de la Secretaría del Ayuntamiento, reciba solicitudes de hermanamiento remitidas por otra ciudad, deberán turnarse al Comité Municipal de Ciudades Hermanas para su análisis de procedencia y dictamen respectivo, el cual se presentará al pleno del Cabildo para su aprobación o rechazo.
Artículo 25.- Además de lo previsto en las normas aplicables, el Ayuntamiento deberá considerar las siguientes acciones para suscribir un Acuerdo de Hermanamiento:
I. Generar acciones concretas que resulten en beneficio para las comunidades a través de programas y proyectos de cooperación.
II. Retomar los vínculos ya existentes entre diferentes comunidades como punto de partida para dotarlos de un marco legal que favorezca la continuidad y ampliación de la interacción entre ambas partes.
III. Identificar intereses comunes o complementarios entre comunidades distintas para detonar acciones y proyectos conjuntos de intercambio y cooperación, acordes a la naturaleza del hermanamiento.
IV. Velar por un intercambio productivo bajo los principios de buena voluntad, fraternidad y respeto entre ambas partes.
Artículo 26.- La relación de hermanamiento entre ciudades deberá iniciarse y mantenerse a nivel de autoridades gubernamentales sin intermediarios no oficiales y no reconocidos por las partes, por lo que en éste caso, el único intermediario oficial entre el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; el Comité Municipal de Ciudades Hermanas y las Ciudades a hermanar del país o del resto del mundo, lo serán las señaladas en el artículo 3º fracciones I, II y III de este reglamento y las demás que determine el H. Ayuntamiento de Saltillo.
CAPÍTULO SÉPTIMODE LA DECLARATORIA DE HERMANAMIENTO
Artículo 27.- Satisfechos los requisitos exigidos en este ordenamiento, la declaratoria oficial de hermandad la realizará el Cabildo en Sesión Solemne.
Artículo 28.- El Presidente Municipal en representación del H. Ayuntamiento, firmará el Acuerdo de Hermanamiento en la Sesión Solemne a la que se refiere el artículo anterior con el representante o autoridad de la ciudad declarada hermana.
Artículo 29.- Corresponde al Presidente Municipal, al H. Ayuntamiento, al Comité Municipal de Ciudades Hermanas y en general a las áreas administrativas municipales que correspondan, recibir y atender conjuntamente a los representantes de la ciudad hermana visitante.
CAPÍTULO OCTAVOARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.
SEGUNDO.-Se derogan los Acuerdos de Cabildo, Circulares y todas las disposiciones que contravengan al presente reglamento.
TERCERO.-En un plazo que no exceda los treinta días hábiles siguientes a la elección de los integrantes del Comité, éste deberá ser instalado.
La autoridad municipal, notificará a cada una de las Ciudades Hermanas con las que exista proyecto de Hermanamiento, el carácter oficial que desempeñará el Comité Municipal de Ciudades Hermanas para que a partir de esa fecha todo asunto sea tratado y canalizado con dicho Comité Municipal.
CUARTO.- A partir de la entrada en vigor del presente reglamento, el Comité Municipal de Ciudades Hermanas tendrá a su cargo el cumplimiento de los Acuerdos de Hermanamiento que a la fecha existan.
QUINTO.- La autoridad municipal, por conducto de la Secretaría del Ayuntamiento, una vez instalado el Comité, deberá en un término no mayor a 20 días hábiles:
I. Proporcionar al Comité, una copia del expediente de cada una de las ciudades hermanadas.
II. Proporcionar al Comité, una copia del expediente de cada una de las ciudades con las que exista proyecto de hermanamiento.
Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:
PRIMERO.- Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.
SEGUNDO.- Se aprueba por unanimidad la creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
TERCERO.- Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya lugar.
CUARTO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de que se haga lo propio en la Gaceta Municipal.
Así lo acuerdan y firman el presente instrumento, los integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos que en él intervinieron y quisieron hacerlo, en la ciudad de Saltillo, capital del estado de Coahuila de Zaragoza, a los dieciséis días del mes de julio de dos mil quince.
A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”
NOMBRE VOTO Y FIRMA______________________________________________X__________________________________C. LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente______________________________________________X__________________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante______________________________________________X__________________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante
La Regidora María Mayela Hernández Valdés manifiesta: Son unas observaciones en cuanto a creo
que pudieran darle un poco de congruencia al documento o digamos enriquecimiento a la integración;
en este sentido por ejemplo en el artículo dos se menciona por ahí los rubros en los que se desea o
en lo que es factible participar en este ejercicio de hermanamiento y compartir experiencias con otras
ciudades y se mencionan rubros como el aspecto económico, social, cultural, turístico, educativo,
medio ambiente, seguridad, ciencia y tecnología entre otros, y no se considera un aspecto
importantísimo que precisamente es el que ha dado origen a muchos viajes, que muchos de mis
compañeros han realizado, que es el de urbanismo, la movilidad, la manera como las ciudades
modernas se están construyendo se están moviendo, o sea no está considerado aquí esta parte y
creo que si dejamos fuera temas como ese, este comité se va a convertir digamos solamente en algo
va a venir cayendo lo cultural, lo cual creo es enriquecedor, pero creo que si queremos ser
congruentes con la exposición de motivos que dice aquí que estamos buscando fortalecer nuestras
capacidades, creo que debiera integrarse esa parte también, y por lo tanto tendría que agregarse en
el artículo nueve, donde se menciona la integración. Allí están faltando también, bueno si se integrara
el aspecto del urbanismo y para ser congruente con el artículo dos, estarían faltando también aquí en
la integración, las Comisiones de Seguridad y de Medio Ambiente, que sí se mencionan en el artículo
dos, mas no aparecen ya acá en el artículo nueve. Bueno en cuanto a la integración, por parte de los
Ediles, digámoslo así. Por parte de los ciudadanos en el mismo artículo nueve fracción quinta, se
menciona que cinco ciudadanos que serán electos por el Cabildo a propuesta del Presidente
Municipal, creo que nos faltaría aquí definir un poco más en qué áreas, que hayan destacado en qué
áreas, porque dice nada más que se hayan distinguido por su dedicación y aportación, pero en qué
áreas, nos interesa incorporar ciudadanos que nos enriquezcan y nos aporten en áreas específicas.
Yo creo que habría también que puntualizar aquí en qué áreas, y en el artículo 20 el Coordinador
General de Comisiones, tendrá las siguientes atribuciones, en la fracción primera dice que va a
organizar a los integrantes del Comité en grupos de trabajo, los cuales se dominaran en Comisiones
etcétera, no mencionamos tampoco cuales, yo creo que sería oportuno dejarlo al menos como que
tendrán que ser Comisiones temporales y permanentes, y si ya tenemos bien definida la integración,
podemos tener también ya bien definidas las Comisiones permanentes y dejarlas temporales para las
cosas que se vallan dando en contexto no, ya en los proceso del trabajo del propio Comité. Entonces
bueno esas son las aportaciones que yo le haría al documento, no sé si quisieran considerarlas en
este momento o que regrese a la Comisión para no sé.
El Alcalde expone: Yo creo que hay varias cosas, inclusive creo que definitivamente todavía le falta la
parte de alimentación, la parte de salud, la parte pues bueno desarrollo humano, ecología, y creo que
el ámbito municipal es tan amplio que creo que el propio Consejo debería estar incluyendo, cuando
así se requiera, se deberían estar incluyendo los temas que se vayan revisando, inclusive la parte
comercio, la parte industrial, que son uno de los temas que hemos tocado específicamente con el
área de con Austin; hemos tocado algo más por ejemplo con otras ciudades en la parte cultural y
otras en la parte como lo acaba de menciona usted, la parte de movilidad, y creo que son un grupo
muy importante. Tendríamos que ver si es la parte industrial, la parte comercial, la parte logística, la
verdad es una cantidad creo inclusive se menciona, creo que es muy importante lo que usted
menciona en el aspecto que bueno hay que incluir la parte de urbanismo, la parte de movilidad entre
otros. Entonces yo creo que entre otros incluye todos los demás, como sugerencia creo que,
entonces inclusive dentro del propio Consejo, el que determina de que áreas son, conforme vallan
llegando; porque si en algún momento se llegó hacer simplemente cultural, y creo que debemos
precisamente, por eso se menciona entre otras áreas creo que es importante su comentario, pero
creo que básicamente es seguir adicionando. Inclusive yo creo que como está el documento es
suficiente para poderlo votar y luego como todo seguirlo mejorando.
La Regidora Hernández Valdés agrega: Entonces usted está proponiendo que se vote como esta, y
entonces en la siguiente sesión yo presento una propuesta de reforma a lo que acabamos de votar.
Me parece que es más congruente que regrese a la Comisión, para que se presente ya con las
aportaciones, no sé si alguien más tenga alguna aportación, pero no tiene sentido seguir con el
ejercicio de parchadero que estamos haciendo con las cosas.
El Regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez expone: yo quiero comentar primero que este trabajo de
este reglamento no salió de la noche para la mañana, no claro que no y te voy a decir porque. Desde
el día dos de marzo de dos mil quince, se convocó a la Comisión de Gobernación y se les presentó el
proyecto de este Comité de Ciudades Hermanas; el día 23 de marzo se convocó a las mesas de
trabajo a los integrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, a las 9:30 horas, en la sala de
juntas de Regidores; el 18 de mayo de 2015, se envía el proyecto de creación de Reglamento de
Ciudades Hermanas, a la Lic. María Alicia García Narro, para que realice las observaciones que se
consideraran pertinentes; el día 08 de junio de 2015, en el punto quinto se les informó a los
integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, que seguía en estudio este proyecto de
reglamento; el día 06 de julio el Lic. Edgar Reyna, adscrito a la unidad de asuntos jurídicos de la
Secretaría del Ayuntamiento, manifestó que después de ver estudiado el proyecto en comento,
determinó que estaba apegado a derecho; el día 08 de julio la Comisión de Gobernación y
Reglamentos, aprobó circular de manera electrónica el proyecto final; el día 08 de julio se les entregó
a cada uno de los integrantes de la Comisión donde ese encuentra representada tu fracción edilicia, a
través de la Lic. Diana Carolina, como integrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos; el
día 16 de julio por unanimidad de los presente se aprobó este proyecto de reglamento. Estamos
hablando, marzo, abril, mayo, junio y julio, cinco meses para estudiar a profundidad una norma de 29
artículos. Voy hacer un poco de historia con respecto a esta información. Quiero comentarles que en
el mes de febrero el 09 de febrero se llevó a cabo una Comisión de Gobernación y Reglamentos por
un proyecto de decreto que presentaba el Congreso del Estado, que era propuesta del ejecutivo, del
Lic. Rubén Moreira, en el cual el código de justicia administrativa tenía 730 artículos y 6 transitorios,
así como la ley de responsabilidad patrimonial con 41 artículos y 6 transitorios; el día 09 de febrero de
este año se puso a consideración de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, porque teníamos
un período para nosotros manejar nuestra postura, y emitir un dictamen que iba a ser sometido a
consideración del Cabildo. Nosotros por la cuestión del tiempo decidimos que el día 10 de febrero nos
íbamos a reunir, un día después de haber sido presentada esta propuesta, y estamos hablando que
fueron un total de 783 artículos los que establecían tanto el código de justicia administrativa como la
ley de responsabilidad patrimonial, sito en el punto quinto de la minuta de esa sesión de comisión, lo
que allí se estableció. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, manifiesta que no fue posible realizar el
estudio y análisis completo, a la iniciativa del decreto en comento, porque fue solamente 24 horas, un
día, para emitir un estudio de 783 artículos, que era la propuesta del Congreso del Estado, propuesta
del ejecutivo del Lic. Rubén Moreira. La Lic. Diana Carolina Castillo Días, manifestó su opinión a favor
de la iniciativa de decreto, turnada por el Congreso del Estado, por el que se crea el Código de
Justicia Administrativa para el Estado de Coahuila de Zaragoza, fijando su postura y comenta que la
legitimación de un gobierno se finca en el ordenamiento jurídico, con lo que se da cumplimiento a un
mandato constitucional. Además de preciar que bastan dos horas, para poder formar una opinión o
postura respecto a la iniciativa, cuestiones de redacción ya la analizará el Congreso, pretender
legislar no es materia de esta Comisión. Obviamente al momento de manejar un punto de vista con
respecto a 783 artículos, era imposible por parte de la Comisión de Gobernación y Reglamentos,
tuvimos un día y la integrante de la fracción edilicia Federico Berrueto Ramón, manifestó estar de
acuerdo en ese momento para que se emitiera una opinión. Hoy hablamos de 5 meses, 5 meses en
los que estuvimos trabajando, con la Comisión de Gobernación y Reglamentos, con la Unidad de
Asuntos Jurídicos de la Secretaria del Ayuntamiento, con las mesas de trabajo por parte de la
Comisión de Gobernación y Reglamentos, y esto pues realmente se me hace un poco absurdo con
todo respeto, y en temas o posiciones o argumentos que nada dicen y menos dicen, significan, y lo
voy a decir porque lo digo claramente esto, porque la Comisión de Gobernación y Reglamentos al
momento de presentar este estudio en todos estos proyectos, se les informó y se les pidió a los
integrantes de la Comisión que realizaran las observaciones, en todos y están los documentos, donde
se les entregó, se les pedía, y la minuta firmada, y nunca se hicieron las observaciones. El día que se
dictamina, no estuvo presente la representante del PRI, en la Comisión de Gobernación y
Reglamentos. Quiero hacer precisión de esta situación porque hemos trabajado de una forma
coordinada, a diferencia de las demás Comisiones en la Comisión de Gobernación, pero si quiero
comentar adicionalmente, que estos Municipios que cuentan con reglamento de ciudades hermanas,
hay municipios desde el 2008 como; Cuernavaca, Guanajuato desde el 2012, Guadalajara del 2000,
San Luis 2012, La paz, Baja California 2009, nosotros tenemos que dar esta parte, otorgar esta parte
jurídica, pero si no se realizaran los argumentos por parte de la fracción del grupo edilicio del PRI, en
la Comisión de Gobernación y Reglamentos, donde se encuentran representados, con todo respeto
no vamos a estar esperando otros 5, 7, 8, 9 o 10 meses más para emitir una opinión con respecto a
un ordenamiento jurídico de 29 artículos. Con respecto a las observaciones que cometa la Regidora
Mayela, quiero comentarle que con respecto al artículo 2, es una cuestión de interpretación, en toda
norma jurídica, cuando se deja el espacio entre otro, es para interpretación y todo aquello que no se
encuentra incluido dentro de este artículo, pues va a ser parte de este supuesto. Adicionalmente
quiero comentarles que dentro de las facultades que tiene este Cabildo, si nosotros aprobamos este
reglamento, se va a conferir esta facultad, valga la redundancia, al pleno del Honorable Cabildo, para
que ellos decidan quienes son los que van a integrar estos ciudadanos, obviamente tienen que ser
que tengan que ver con el tema de ciudades hermanas. Adicionalmente quiero comentar, que con
respecto a la postura de las reformas, lo que usted le preguntaba ahorita al Presidente Municipal, con
respecto a los vacíos que pudieran existir en la ley, pues obviamente es una ley realizada por seres
humanos, si fuera una norma emitida por Dios, pues sería perfecta. Somos seres humanos y existen
imperfecciones en la ley y el propio derecho establece la imperfección de la norma, el derecho es el
conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades que establecen las
bases de convivencia social, y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos
de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia. El problema de los vacíos de la ley, no es
reconocer que aquello existe, pues la imperfección es obvia incluso admitida por la propia ley, así
como debemos actuar cuando estamos frente a un vacío legal, frente a un verdadero vacío legal, la
imperfección de la norma exige que se aclare de manera permanente y definitiva. Entonces el
legislador reforma o expide una nueva ley, lo cual constituye la interpretación auténtica porque emana
del propio autor de la ley o de la norma. Adicionalmente a esto quiero comentarles que a nivel
nacional tenemos una ley general sobre tratados, celebración de tratados y aprobación de tratados
perdón, que fue aprobada en 1992. Obviamente esta ley establecía creo que alrededor de 13
artículos. Si la norma fuera perfecta fuera una cuestión divina, no habría necesidad de generar una
modificación, por lo tanto el 10 de abril de 2012, se lleva a cabo esta propuesta, por el mismo partido
que lo propuso, que es del PRI en la cámara, y reforma esta ley porque existían vacíos en la norma,
entonces presentada por Rosario Gril precisamente, dicho ordenamiento concedió atribuciones a las
dependencias y organismos con la finalidad de establecer los mecanismos mínimos a fin de proveer a
la parte ejecutiva en cuestión de relaciones de hermanamientos, de acuerdos institucionales y de
más. Por lo anteriormente expuesto con todo respeto y el aprecio que les tengo a mis compañeros de
cabildo, creo que tuvieron 5 meses para realizar las observaciones, con respecto a esta norma, a final
de cuentas usted es la coordinadora del cuerpo edilicio del PRI, y es su responsabilidad la cual no es
mi responsabilidad ni de este Cabildo, el que usted este coordinando a sus compañeros, en cada una
de las Comisiones en las cuales se encuentra representado el Partido Revolucionario Institucional,
entonces si ya este punto fue estudiado, analizado, durante los meses que he señalado, creo que las
observaciones, en caso de que existieran, usted cuando ya sea aprobado y publicado en el Periódico
Oficial del Estado esta norma, si existen la imperfección de la norma, que repito es una obra realizada
por seres humanos, estará en su derecho de presentar un proyecto de reforma, al reglamento en
mención.
La Regidora Diana Carolina Castillo Díaz expresa: Yo solo quiero aclarar y decirles que no se trata de
5 meses compañeros, no nos dejemos engañar, a ver en la minuta del día de la sesión del día 08 de
julio se informa perfectamente que con posterioridad se no hará llegar el proyecto del reglamento que
está a discusión. Se nos iba hacer llegar en medio magnético, y el día 16 de julio fue aprobado por
unanimidad de los presentes, aquí quiero aclarar lo siguiente; en el orden del día de la sesión del día
08 de julio, se encontraba dentro del orden del día el estudio y análisis y en su caso dictaminación del
Reglamento de la Administración Pública Municipal, reglamento que acabamos, hace un momento,
hace un punto acabamos de enmendar. Después en el mismo orden del día en el punto número 6
viene, propuesta final de la creación del reglamento de Ciudades Hermanas, propuesta final que
apenas se nos estaba circulando. En el orden del día de la sesión 16 de julio, en el punto número 6
dice; recepción de observaciones respecto al proyecto final del reglamento, efectivamente a dicha
sesión de la Comisión no pudimos asistir; así mismo se le informó al Presidente de la Comisión que
se tenían observaciones. Aquí no se rata discutir más de lo que es, del 8 al 16 de julio se tenían
observaciones y no se pudieron hacer llegar, aquí el problema es que esto pudo haber salido
perfectamente por unanimidad y no tenía ningún caso estar aquí discutiendo temas, que pudieran
haberse resuelto en la Comisión de Gobernación y Reglamentos, lamentablemente no existió la
coordinación en este reglamento por parte del Presidente para incluir nuestras observaciones, ese es
el punto compañeros, entonces no hablemos que estuvimos estudiando un reglamento cinco meses,
porque no es verdad, fue solamente una semana, se puso a consideración, apenas se estaba
circulando, y en la siguiente sesión, como yo no estaba, aprovecharon el momento y lo aprobaron
como estaba no, entonces aquí el asunto es que en el orden del día no se encontraba el punto de
estudio y análisis y mucho menos el de aprobación o en su caso dictaminación del proyecto de
reforma que estamos ahorita discutiendo. Aquí no tiene caso discutir si otra ley, si en el caso que
mencionó ahorita el compañero Luis Fernando, del caso de la opinión que tenía el Congreso, de una
ley, porque en ese caso nada más era una postura, y en este caso es un reglamento que aquí están
saliendo las observaciones. Entonces si nada más, que aclare ese punto, que este tema pudo haber
salido perfectamente por unanimidad, lamentablemente no se manejó de la manera correcta, no se
nos permitió que nosotros pudiéramos hacer las observaciones pertinentes y pues es el caso, en este
sentido nosotros vamos a tener que votar el reglamento en contra, porque no queremos que suceda
lo que paso con el Reglamento de la Administración Pública Municipal, el cual del día 07 de enero del
presente año al día 23 de enero, fue aprobado, y es así que todavía le estamos metiendo mano y hay
cosas que están mal, y que lo vuelvo a repetir el Contralor, no sé si este por aquí, Orlando no me
dejara mentir, hay cosas todavía del Reglamento de la Administración Pública Municipal, que están
confusas, como lo es el caso de lo que acabamos de hacer hace un momento, de acomodarle el
nombre a la dirección para que tenga acceso a los fondos Federales no.
La Regidora Hernández Valdés agrega: Solamente para una reflexión, la verdad debiéramos de sentir
gusto, por ser una de las pocas ciudades del país, en que pudiese contar con el reglamento, una
norma que regule el funcionamiento de comité, de ciudades hermanas. En muchos lugares va a
quedar solo como una asociación civil, aquí ya va a ser algo oficial, algo institucional, algo que nos
representa de manera institucional, en otras ciudades, pero no podemos avanzar si mantenemos
siempre esa actitud, de que yo soy el único dueño de la verdad y de la razón, esto es por eso se
llaman estas Sesiones de Cabildo, porque aquí se deliberan, aquí se intercambian opiniones, aquí se
enriquecen los documentos, aquí se toman decisiones, aquí se hace el trabajo de cabildeo, si ya
estamos viendo que hay algunas cosas, algunas áreas de oportunidad en el documento, porque no
salir con un documentos más completo, si vamos a ser una de las pocas ciudades que tengamos un
reglamento, porque no hacerlo a la medida de nuestros intereses, no de cómo lo tengan las otras
ciudades, no de las Comisiones que tengan los demás, o sea cuales son nuestros intereses como
ciudadanos, a nosotros sobre que nos interesa intercambiar experiencias, así debe de estar
redactado el documento, sobre lo que a nosotros nos interesa. Yo tengo muy claro cuáles son los
temas que le interesan al Alcalde, porque en sus visitas a otras ciudades, siempre lo ha mencionado,
bueno esos temas no están mencionados aquí.
El Regidor Aguirre Rodríguez expone: Bueno a ustedes mejor que a nadie les queda el emblema, de
la verdad y la razón, y es como ejemplo lo tenemos en la historia más de 70 años de gobierno. Por
otro lado quiero comentar, que efectivamente nosotros acordamos el día 08 de julio, emitir el proyecto
de dictamen a los integrantes de la Comisión, y aquí está el 08 de julio, se remitió de forma
magnética, el mismo día que lo aprobamos se emitió y se aprobó, para que los integrantes de la
Comisión de Gobernación y Reglamentos, pudieran realizar sus observaciones, pero en todas las
minutas que constan y obran en poder de la Secretaría del Ayuntamiento, para su archivo y trámite,
así como la Presidencia, y cada uno de los integrantes de la Comisión de Gobernación y
Reglamentos, están las fechas específicamente desde cuando se le dio entrada a este documento,
desde cuando se circuló, desde cuando se llevan a cabo en las mesas de trabajo, desde cuando
recibimos la información, las observaciones por parte del área jurídica; créame que yo no soy amo ni
dueño de la verdad y la razón, con todo respeto y lo he demostrado porque soy amante del dialogo,
discusión y debate de altura, con argumentos sólidos, pero el hecho de tratar de revertir la
información o decir que no estuvimos en posibilidad de llevar a cabo estas observaciones al dictamen,
pues imagínese vamos a pasar tiempo y este período de la administración, que lleva ya un año y
medio de la administración, creo que es muy importante que asumamos este papel como
representantes populares ante este máximo órgano de decisión que como usted lo dice es el Cabildo.
Entonces conmino a todos mis compañeros Regidores y Síndicos, que nos apoyen en este proyecto
de reglamento de ciudades hermanas, en cual sí existen como lo quiero reiterar, existen
observaciones ante la imperfección de la norma. Seguramente el día de mañana como en toda
norma, en toda norma en toda parte del mundo puede ser modificada.
El Regidor Adrián de Jesús Herrera López expresa: Si bien es cierto, toda norma puede ser
modificada, si es real como dice el Regidor, esta echa por humanos, pero para que esperar, si ya
tenemos observaciones para poder tenerla un poco mejorada, o menos imperfecta como dice mí
compañero. Aquí es solamente utilizar el sentido común que es el más común de los sentidos, y que
creo que adolece en esta mesa, a veces no hay sentido común; si tenemos ahorita algunas
observaciones claras, como dice la Regidora Mayela, todo lo que el Señor Alcalde a pregonado en
sus viajes al extranjero, a las ciudades hermanas, no están en este documento, bueno vamos a
incorporarlo, y como podemos hacerlo, regresándolo a Comisiones y en la próxima Sesión de Cabildo
puede salir. Todo esto es repito, utilizando el sentido común, tiene razón lo que dice el compañero
Regidor Luis Fernando, no todas las normas son perfectas, si todas fueran perfectas pues viviríamos
en un mundo ideal. Entonces mi propuesta es que se regrese a Comisiones y en la próxima Sesión
de Cabildo estemos votando otra vez este reglamento.
Myrna: Con todo respeto; quiero referirme a nombre de mis compañeros de la fracción edilicia
Federico Berrueto Ramón del PRI; se estuvo trabajando diariamente en este proyecto.
Desafortunadamente en muchas ocasiones no asisten o tenemos que esperarlos a veces para
empezar las Comisiones porque llegan tarde o en otras como lo ha documentado la prensa, se
dedican a ver páginas indecentes en horas de trabajo, así que yo los culmino a involucrarse a estar
presentes en el día a día cuando se está haciendo las cosas y no venir aquí a esperar a la Sesión de
Cabildo a exponer sus motivos.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Yo les quiero pedir nada más que no nos salgamos del
debate, adelante Regidor pero no nos salgamos del debate, estamos hablando del debate del
reglamento.
El Regidor Federico Abraham Tobías Hernández expone: Ojala antes de que los otros compañeros se
salieran del debate usted culminara eso verdad, o sea yo estoy de acuerdo con el compañero Luis
Fernando, cuando hablamos de debate con fundamento y con base, si vamos a empezar agarrar
cositas así que nos molestan y que a la mejor nos calan, pues vamos a empezar hacer una chunga
aquí, y los primeros que van a salir llorando aquí son ustedes. Si compañero así es, como el
compañero Eduardo que se la pasa en todas las Sesiones de Cabildo (murmurando), y nunca ha
aportado una sola cosa en las Sesiones de Cabildo, entonces yo conmino a mis compañeros a que el
debate sea realmente el que tiene que ser y que en esta mesa también está para verse las
observaciones de lo que se ve en las Comisiones, nos guste o no, y las observaciones de la
compañera Mayela son tan legitimas como las que se vieron en las Comisiones, nos guste o no.
Entonces estamos en la mesa correcta para poder discutir también las observaciones de otros
compañeros que están, que no están en las Comisiones aunque pertenezcan a la misma fracción si,
entonces deslegitimar las observaciones de la compañera Mayela nada más porque no se participó o
no se fue a una Comisión y decir que yo hago todo y los demás no hacen nada compañera, pues es
incorrecto, porque a final de cuentas esta es la mesa final y la mesa de debate donde se deciden las
cosas. Entonces yo conmino a que se apruebe como lo propone la Comisión y que se tomen en
cuenta las observaciones de la Profesora Mayela, que al cabo es legítimo hacerlas y sumarlas para
mejorar el ordenamiento, propuesto por la Comisión de Gobernación y Reglamentos. Esa es mi
propuesta, sí que se apruebe y que se adicione lo de la Maestra Mayela.
La Regidora Castillo Díaz agrega: Yo solamente quiero que las cosas queden claras, si es verdad que
decimos que nos gusta ser amantes del diálogo, y que nos gusta ser abiertos, incluyentes en las
observaciones que se están dando, porque en el trabajo de la última Comisión, no se vio esa
intención, porque no se hizo de esta manera. La verdad es que es innecesario estar llegando a esto,
aunque mi compañera Myrna haya dicho hace un momento lo que manifestó, creo que mi compañero
José Ángel esta de acuerdo en que y hasta el mismo Luis Fernando, deben de estar de acuerdo en
que nunca hemos tenido un trabajo al interior de la Comisión, fuera de lo que es no, entonces aquí
realmente nos falta ser incluyentes en ese sentido y no nos afectaría en lo más mínimo una Sesión en
la, lo trabajemos, que se nos tome en cuenta las observaciones que no pudimos hacer, y que este
reglamento pueda salir por unanimidad porque en realidad no le veo ningún problema como para no
salir por esa vía, entonces aquí la forma en la que se están diciendo las cosas o como se están
haciendo, no son las correctas, puesto que si es cierto que se trabajó cinco meses, este reglamento,
como dice Luis Fernando por el área ejecutiva, es decir por jurídico etcétera, porque no se incluyeron
todas las cosas que el Alcalde acaba de hacer mención, entonces estamos aquí dando mensajes
equivocados no. Entonces la propuesta que seria es; regresémoslo a la Comisión, hagamos el
reglamento en una próxima Sesión bien con las observación que incluso pueda el Ingeniero hacer al
mismo reglamento, y que este reglamento salga como debe de ser y nosotros estar cumpliendo con
dar un reglamento como lo acaba de decir el compañero Tobías, menos imperfecto.
La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta: si no hay otro punto creo que aquí tenemos tres
propuestas que están que estarán sujetas a debate.
El Alcalde expone: Creo que es importante aclarar algo aquí que, primero me da mucho gusto que
sea uno de los Cabildos donde más participación ha habido, y donde pues bueno inclusive se toma
en cuenta a la minoría, a la fracción de minoría pues les damos la palabra y se toma en cuenta
porque yo creo. Regidora si me permite terminar y que escuche su comentario y luego voy hacer otro
comentario, si no les quisiéramos escuchar, ni siquiera les contestarían y simplemente se votaría, que
es lo que se hacía en la administración anterior, eso es lo que se hacía simplemente. Hoy
definitivamente considerarlos porque nosotros respetamos la dignidad de la persona, la dignidad de
los partidos, etcétera, creo que eso es lo que se está haciendo aquí y es por lo que se está abierto y
por lo que se contesta y no simplemente se mayoritea, creo que hay un respeto, creo que hay un
cambio muy fuerte y lo que me gustaría dejar claro en este momento es que las Comisiones se hacen
precisamente para que haya discusión, normalmente quien está interesado y lo he mencionado en
varias ocasiones, debe de participar en estas Comisiones y se debe de estar interesado en que se
está trabajando en cada una de las Comisiones. Lo ideal sería que ya pasara por estas Comisiones,
que a veces no se puede como en esta ocasión creo que no pudo asistir, pero sí llevaba un proceso
todo esto y tenemos lo que dicen si va a ver errores somos humanos al final de cuentas pero
precisamente estos esquemas en donde al final nos dice que tenemos tres intervenciones, es difícil
venir a discutir el todo de un proceso de un nuevo reglamento, de algo que va a impactar al municipio
a veces considerablemente, y tomar las decisiones en tres intervenciones de cada quien, y
precisamente eso es lo que yo quería poner en el esquema no o sea por eso son importantísimas las
Comisiones y aunque yo quisiera decir esto aquí porque veo a todos mis Regidores trabajando muy
fuerte en todas las Comisiones, a veces no tienen ni el tiempo y son la mayoría yo diría, que la verdad
se la pasan no como por ahí se dice venir nada más a dos Sesiones de Cabildo, sino que están
trabajando a veces más de 10 horas diarias yo diría considero de todos los partidos, tratando de
hacer lo mejor dentro de las Comisiones y que cuando se presenten, se presenten claramente las
propuestas para que entre menos intervenciones haya, claro bueno todo mundo tenemos derecho de
las tres intervenciones, pues ya no haya tanta discusión, pero ese es el tema que se discuta en las
Comisiones. Si nosotros empezáramos a decir si esto vótalo aquí así al rápido sobre las rodillas, creo
que pudiéramos cometer muchos errores, y a veces parece simple, a veces parece que no va a pasar
nada, pero luego si pasa, y precisamente creyendo en mis Regidores, y creyendo en los
representantes de cada Comisión, es que lo enviamos a la Comisión y si no es muy complicado
simplemente se modifica y se manda una propuesta de modificación y se vota aquí y se hace
rápidamente. Pero sí creo que es importantísimo este tema, creo que el estar aquí, estar escuchando
el tomar en consideración sus puntos de vista, creo que como en este caso creo que lo
mencionamos, inclusive el Regidor así lo mencionó, el Regidor Luis Fernando, es interesante las
propuesta que se establecieron, que se podían incluir pero también se dijo que están incluidas dentro
de al decir entre otras, y si no nos interesara realmente yo hablo, no nos interesara porque estoy
dentro de la fracción del PAN aunque estoy como Alcalde, pero soy un miembro más de este cabildo
y me considero igual que todos ustedes, pues definitivamente pues ni se hubiera hecho una
respuesta simplemente se mete a votación y tan tan. Entonces creo que me gustan estos debates
que se generan aquí creo que son importantes, creo que todo esto lo que estoy comentando en este
momento lo que comentó usted, lo que comento Luis Fernando, lo que comentaron todos los
Regidores, pues es algo nuevo, es algo que no se había dado en otras administraciones, y pues va a
ser para mejorar definitivamente trabajando en equipo, va a ser para mejorar, pero si quisiera dejar en
resumen es bien importante las Comisiones, que se trabaje dentro de las Comisiones, que se hagan
la mayor modificaciones posibles, aunque se hayan modificado todo lo que pudiera ser como quiera
pueden haber errores y esto es. Termino con un punto final, la mejora continua que si no tuviéramos
que tener la parte de la mejora continua, pues la única manera seria como decían, que fuéramos no
se perfectos, para no meter aquí religiones, pero que fuéramos perfectos y no lo somos por eso nos
divertimos, entonces creo que hay una propuesta hecha, hay tres propuestas.
La Secretaria del Ayuntamiento agrega: Hay tres propuestas para la primera es que se someta a
votación el dictamen tal y como fue presentado, la segunda es la propuesta del Regidor Adrián de
Jesús, de que se turne a Comisión para que se revise los comentarios que se han hecho en esta
mesa, y la tercera es que se vote el dictamen como esta, sin embargo con la salvedad de que se
analice por la Comisión de gobernación en un momento dado las propuestas de la Regidora, que se
añadan ahorita al dictamen original. Entonces estamos claros en las tres propuestas, la tercera seria
que se vote el dictamen tal como está añadiendo las propuestas de la Regidora Mayela a ese
dictamen. Ya agotó sus tres intervenciones; aclarar la votación nada más. Adelante.
La Regidora Hernández Valdés aclara: Tendríamos que estar votando aquí el reglamento tal y como
va a quedar, no así con la adición, entonces me parece que tendríamos que centrarnos, no para
poder estudiar con toda precisión, esto es bien importante porque además le va a dar digamos
certeza normativa a los viajes del Alcalde, o sea es bien importante establecer los temas aquí,
entonces creo que tampoco podemos dejarlo abierto o solamente seria las aportaciones que yo hice.
No sé.
El Regidor Aguirre Rodríguez expresa: La propuesta original de la Licenciada Mayela que es la misma
de Tobías, es que se hicieran las observaciones al reglamento y que se aprobaran; la propuesta del
Regidor Adrián, es que se regresen a Comisión, bueno yo para darle certeza jurídica, propondría que
primero se voten las propuestas de ellos dos y posteriormente la mía, que es la propuesta de que se
apruebe el dictamen tal cual y como se presentó por parte de la Comisión de Gobernación y
Reglamentos, no antes si no nada más se pongan, hay tres propuestas en la mesa y que se pongan a
consideración.
La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta: Entonces someteríamos en primer lugar la propuesta del
Regidor Adrián de Jesús de que se turne a Comisión para el estudio y análisis, entonces votaríamos
se sometería a votación primero, que se turne a Comisión el dictamen para que se consideren la
propuesta de la Regidora Mayela y cualquier otra para el reglamento de ciudades hermanas de
Saltillo Coahuila, es la primer propuesta Alcalde la sometemos a votación.
El Regidor Tobías Hernández se adhiere a la propuesta del Regidor Adrián.
Una vez que el Alcalde somete a la consideración la propuesta de que el dictamen se regrese a
Comisión, resulta que se desecha por mayoría, ya que votan a favor los Munícipes Adrián de Jesús
Herrera López, Décimo Segundo Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora;
Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo
Séptima Regidora votan en contra José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva
Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia
Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María
Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García
Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez
Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la Peña, Décimo Primer Regidor; y Laura Guadalupe
Herrera Guajardo, Síndico. Se abstiene Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora;
procediéndose a formular el siguiente:
A C U E R D O 135/14/15
UNICO: Se rechaza sea regresado a la Comisión de Gobernación y Reglamentos el dictamen relativo
al Proyecto de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de Saltillo, Coahuila de
Zaragoza.
En seguida se somete a votación la propuesta para que se apruebe el dictamen, resultando aprobado
por mayoría, ya que votan a favor los Munícipes José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María
Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia
Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María
Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García
Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez
Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la Peña, Décimo Primer Regidor y Laura Guadalupe
Herrera Guajardo, Síndico. Votan en contra Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo
Regidor; Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; María Mayela Hernández Valdés,
Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; y Diana
Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora, procediendo a formularse el siguiente:
A C U E R D O 136/14/15
UNICO: Se aprueba el dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en
consecuencia, el proyecto de creación del Reglamento de Ciudades Hermanas del Municipio de
Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el SÉPTIMO punto
consiste en Dictamen presentado por las Comisiones de Gobernación y Reglamentos y de Derechos
Humanos, Equidad y Género, relativo al proyecto de creación del Reglamento Interior del Consejo
Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de los Niños y las Niñas de Saltillo, Coahuila de
Zaragoza.
DICTAMEN 010/CGR/2015.C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLAREAL.PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.PRESENTE.
Dictamen de las Comisiones de Gobernación y Reglamentos y de Derechos Humanos, Equidad y Género, del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, relativo al proyecto de creación del Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los derechos de los niños, niñas y adolescentes, tienen como fundamento el respeto a la dignidad humana y el valor de cada individuo, independientemente de su raza, color, género, idioma, religión, opiniones, ideas, orígenes, nacimiento o capacidad, por consiguiente, son inalienables e irrenunciables y nadie puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia.
Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, la Convección sobre los derechos de los niños, adoptada de forma unánime por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, establece que todas las niñas, niños y adolescentes, sin ninguna excepción, tienen derechos y que su cumplimiento es obligatorio para todos los países que la han firmado, incluido México, que la ratificó en septiembre de 1990. De este modo los niños y niñas dejan de ser simples beneficiarios de los servicios y de la protección del Estado, pasando a ser concebidos como sujetos de derecho. Al firmarla los países asumieron el compromiso de cumplir cabalmente con sus disposiciones, adecuar sus leyes a estos principios, colocar a la niñez y la adolescencia en el centro de sus agendas a través del desarrollo de políticas públicas.
En el mismo sentido, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce los derechos de niñas, niños y adolescentes, en su artículo 4, que estipula: "Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos. El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez".
En nuestra Entidad Federativa, la Ley del Sistema Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas del Estado de Coahuila de Zaragoza, contempla en su artículo 16, el establecimiento a nivel municipal de un Consejo presidido por el titular del Ayuntamiento, e integrado por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Municipal, dependencias de la Administración Pública municipal y organizaciones de la sociedad civil, el cual tendrá como objetivo la promoción, garantía y protección de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, conforme al reglamento municipal que se expida para el efecto. Por lo tanto:
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Con fecha 12 de febrero de 2015, se celebró sesión ordinaria de Cabildo y en el punto 7 del orden del día, se presentó propuesta de la Licenciada Diana Carolina Castillo Díaz, para instalar el Consejo Municipal para la Promoción, Garantía y Protección de los Derechos Humanos de Niños y Niñas.
En la mencionada sesión de Cabildo, se analizó el artículo 16 de la Ley del Sistema Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas del Estado de Coahuila de Zaragoza, que a la letra dice: “En cada uno de los municipios se establecerá un Consejo Municipal presidido por la persona titular del Ayuntamiento e integrado por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Municipal, las Dependencias de la Administración Pública Municipal y organizaciones de la sociedad civil que en su función estén vinculadas al tema de Promoción, Garantía y Protección de Derechos de Niños y Niñas conforme al reglamento municipal que se expida para tal efecto”.
Por lo cual se colige que la instalación de este Consejo Municipal, queda sujeto a la creación del Reglamento del Consejo Municipal correspondiente.
SEGUNDO. Mediante oficio 0373/2015, con fecha 16 de febrero de 2015, la Licenciada, María Alicia García Narro, Secretaria del Ayuntamiento, remite a los Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos y a la Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género, el Acuerdo de Cabildo 37/03/15, con fecha 12 de febrero de 2015, en el cual se aprobó elaborar un proyecto de reglamento municipal derivado de la Ley del Sistema Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas del Estado de Coahuila de Zaragoza, que un su función esté vinculado a la promoción, garantía y protección de los derechos de niños y niñas.
TERCERO. Con fecha 25 de febrero, 04 de marzo, 10 de marzo, 24 de marzo de 2015, en coordinación con la Comisión de Gobernación y Reglamentos, la Comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género, llevó a cabo mesas de trabajo a fin de estudiar y analizar el proyecto de creación del Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
CUARTO. Con fecha 24 de marzo de 2015, mediante acuerdo 003/CDHEG/24/03/2015, se aprobó por unanimidad a autorizar a la Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género, a fin de remitir el Proyecto de Reglamento Interior del
Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de los Niños y las Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza a la Presidencia de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.
QUINTO. Mediante oficio CDGHE/020/15, de fecha 27 de marzo de 2015, la Licenciada Diana Carolina Castillo Díaz, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género, remite en cumplimiento al Acuerdo 003/CDHEG/24/03/2015, de fecha 24 de marzo de 2015, proyecto de Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
SEXTO. La Comisión de Gobernación y Reglamentos sesionó el día 08 de junio de 2015, tomando el Acuerdo 057/CGR/2015, que estipula: Se aprueba por unanimidad de los presentes enviar oficio a la regidora Carolina Castillo Díaz, a fin de solicitar haga llegar de forma íntegra a la Presidencia de esta Comisión el proyecto final de creación del Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de los niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, lo anterior para elaborar el proyecto de dictamen para ser presentado a consideración de este órgano colegiado.
SÉPTIMO. Con fecha 02 de julio de 2015, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, sesionó en la sala de regidores de la Presidencia Municipal, después de estudiar y analizar el proyecto fue aprobado por unanimidad.
R E S U L T A N D O
PRIMERO. Que las Comisiones de Gobernación y Reglamentos y de Derechos Humanos, Equidad y Género del Republicano Ayuntamiento de Saltillo son competentes para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108,111, 173, 175, 176, fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.
SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, estos órganos tienen facultades para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del R. Ayuntamiento.
TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo, es competente para conocer del dictamen, de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.
CUARTO. Que las Comisiones referidas del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinaron tomar los siguientes:
ACUERDO
Se aprueba por unanimidad la creación del Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
ACUERDO
Se aprueba por unanimidad elaborar el dictamen correspondiente al Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, que deberá ser sometido a consideración del H. Pleno del Cabildo de Saltillo, para su estudio, análisis y en su caso aprobación.
Por ello estiman conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo, el siguiente:
PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE CREA EL:
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE NIÑOS Y NIÑAS DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.
CAPÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las bases para la integración, organización y funcionamiento del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
Son de aplicación supletoria a este reglamento las disposiciones legales en materia de Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas, contempladas en la Ley del Sistema Estatal para la
Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas del Estado de Coahuila de Zaragoza y normas federales aplicables.
Artículo 2. El Consejo para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas, es un órgano rector cuyas facultades son esencialmente de carácter deliberativo y vinculante para la Administración Pública Municipal.
Artículo 3. El Consejo estará integrado por representantes de los sectores público, social y privado, conforme a lo dispuesto por el presente reglamento.
Artículo 4. El Consejo tendrá competencia y jurisdicción exclusivamente en la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
Artículo 5. Será sede del Consejo la cabecera municipal, sin embargo, cuando el propio Consejo así lo determine podrá trasladarse a otro lugar dentro de los límites territoriales del propio municipio.
CAPÍTULO SEGUNDODE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL CONSEJO
Artículo 6. El Consejo tendrá además de las facultades y obligaciones previstas en la Ley del Sistema Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas del Estado de Coahuila de Zaragoza y en los demás ordenamientos aplicables, las siguientes:
I. Promover, respetar, garantizar y proteger los derechos humanos reconocidos a favor de niños y niñas de acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo mediante la gestión y promoción de programas coordinados entre las dependencias municipales y entidades del Estado.
II. Analizar y en su caso aprobar los programas municipales que las dependencias generen a favor de los derechos humanos de niños y niñas.
III. Evaluar las políticas públicas que sean de su competencia, conforme al informe que presente la Secretaría Técnica y las demás dependencias municipales y entidades que sean requeridas.
IV. Formar equipos de trabajo para el estudio, planeación y ejecución de las actividades que el Consejo deba desarrollar.
V. Establecer los mecanismos administrativos procedentes para la prevención de situaciones de riesgo, amenaza o afectación de los derechos de niños y niñas.
VI. Establecer los lineamientos generales de coordinación con los Ayuntamientos, las dependencias municipales y entidades públicas, así como organizaciones de la sociedad civil e instituciones privadas con la finalidad de que sus actuaciones se apeguen al Plan Estatal de Desarrollo.
VII. Promover, diseñar e instrumentar modelos de intervención en los cuales las dependencias municipales y entidades públicas, así como organizaciones de la sociedad civil e instituciones privadas, puedan articular sus recursos financieros, humanos, materiales y operativos, conforme al Plan Estatal de Desarrollo, para la Prevención y Atención de la Problemática que afecta a Niños y Niñas de Saltillo y limita su desarrollo.
VIII. Fomentar y fortalecer la colaboración, concertación, coordinación y participación corresponsable de los diversos sistemas estatales regulados por la legislación del Estado de Coahuila de Zaragoza; de las dependencias municipales y entidades públicas, así como organizaciones de la sociedad civil e instituciones privadas para la realización de acciones que garanticen el ejercicio de los derechos de niños y niñas.
IX. Proponer los mecanismos e instrumentos tendientes a la consecución de aportaciones y donaciones que realicen las personas físicas y morales de carácter local, nacional o internacional, con el propósito de coadyuvar con el cumplimiento del objeto de este reglamento.
X. Impulsar acciones de difusión y socialización de los derechos y obligaciones de niños y niñas, así como promover a través de medios masivos de comunicación campañas de sensibilización en la comunidad saltillense.
XI. Promover medidas positivas encaminadas a generar un proceso de cambio social para hacer de los derechos de niños y niñas, una práctica cotidiana entre las familias del municipio, así como fomentar la cultura de la denuncia a violaciones de los mismos.
XII. Promover la participación permanente de niños y niñas en el conocimiento, difusión y puesta en práctica de la Convención sobre los Derechos del Niño y demás normas vigentes en la materia, a fin de permitirles actuar como agentes de cambio en sus propias vidas, la de sus familias y sus comunidades.
XIII. Establecer mecanismos para la promoción, difusión y fomento de los derechos humanos de niños y niñas en el Municipio de Saltillo.
XIV. Las demás que se deriven de leyes o reglamentos.
Artículo 7. El Consejo deberá además de las facultades y obligaciones establecidas en el artículo anterior, coordinarse con las autoridades estatales competentes en la materia, a fin de que sus actuaciones se apeguen al Plan Estatal de Desarrollo, tal como lo contempla la legislación estatal.
CAPÍTULO TERCERODE LA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO
Artículo 8. El Consejo estará integrado para su funcionamiento por:
I. Un Presidente, que será el titular del R. Ayuntamiento del Municipio.
II. Un Secretario Técnico que será el titular del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Municipal.
III. El presidente de la Comisión correspondiente.
IV. Cuatro vocales, tres vocales representantes de organizaciones de la sociedad civil y un vocal representante del área rural que tengan por objeto la promoción y protección de los derechos humanos de los niños y las niñas en el municipio, previo acuerdo de Cabildo.
Los cargos de los miembros del Consejo serán honoríficos por lo que no percibirán remuneración alguna.
Artículo 9. Para ser miembro del Consejo, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Ser de reconocida honorabilidad.
II. Estar relacionado, por su profesión o experiencia, con la materia objeto de este reglamento.
III. Tener conocimiento de los problemas y necesidades del municipio en materia de garantía de los derechos humanos de niños y niñas.
Artículo 10. Los integrantes del Consejo serán miembros titulares del mismo, quienes deberán designar a sus respectivos suplentes mediante escrito dirigido al Presidente del Consejo.
Artículo 11. Los miembros del Consejo permanecerán en su cargo durante el periodo correspondiente a la administración municipal en turno.
CAPÍTULO CUARTODE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO
Artículo 12. El Presidente del Consejo tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I. Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo a través de la Secretaría Técnica.
II. Emitir, en su caso, voto de calidad.
III. Promover, gestionar, impulsar, seguir y evaluar el cumplimiento de los acuerdos tomados en las sesiones del Consejo, en los plazos establecidos y las responsabilidades establecidas.
IV. Representar al Consejo en eventos o designar persona para tal efecto.
V. Coordinar y supervisar la organización y funcionamiento del Consejo, vigilando el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento.
VI. Fungir como conducto para comunicar a las autoridades municipales competentes, así como a la opinión pública, los acuerdos tomados por el Consejo.
VII. Presidir y moderar las sesiones ordinarias o extraordinarias del Consejo.
VIII. Aplicar las sanciones que se especifican en el capítulo séptimo de este Reglamento.
IX. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su cargo y aquellas que le atribuyen este reglamento y otras disposiciones aplicables.
Artículo 13. El Secretario Técnico del Consejo tendrá las facultades y obligaciones siguientes:
I. Convocar a solicitud del Presidente del Consejo, a las sesiones ordinarias o extraordinarias que se celebren.
II. Proponer a la Presidencia con anticipación el orden del día y los asuntos a tratar en la reunión que al efecto deba convocarse.
III. Elaborar el orden del día, las minutas y actas de acuerdos de las sesiones que celebre el Consejo.
IV. Organizar el archivo que contenga la documentación propia del Consejo, así como aquella que
se genere con motivo de las sesiones que celebre.
V. Entregar copia de las minutas y acuerdos a los miembros del Consejo.
VI. Proporcionar a los miembros del Consejo datos, conocimientos y experiencias con el fin de disponer de diagnósticos y herramientas que coloquen a niños y niñas como parte central de la formulación de las políticas.
VII. Seguir, monitorear y dar cumplimientos a los programas que correspondan al municipio de Saltillo en materia del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas que se desprendan del mismo, que hayan sido aprobados por el Consejo Estatal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas.
VIII. Promover y mantener la comunicación entre los integrantes del Consejo sobre la situación que guardan los asuntos del mismo.
IX. Las demás que le asigne el Presidente del Consejo.
Artículo 14. Los Vocales del Consejo tendrán las facultades y obligaciones siguientes:
I. Asistir, con voz y voto, a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo a las que sean convocados.
II. Emitir opinión, plantear propuestas o proporcionar la documentación necesaria que contribuya a la solución de los problemas que se planteen en las sesiones del Consejo.
III. Informar a la organización que representen, los acuerdos tomados por el Consejo, a fin de asegurar su debido cumplimiento por parte de sus representados.
IV. Las demás que les encomiende el Presidente del Consejo, así como el presente reglamento y
otras disposiciones aplicables.
CAPÍTULO QUINTODE LAS SESIONES DEL CONSEJO
Artículo 15. El Presidente a través de la Secretaria Técnica, convocará a reunión de Consejo con lugar, fecha y hora, para lo cual se dará aviso a los integrantes con veinticuatro horas de anticipación; las sesiones podrán ser ordinarias las cuales se llevarán a cabo de forma semestral, o extraordinarias cuando las circunstancias así lo requieran. Artículo 16. Para que las sesiones del Consejo sean válidas, se requiere la asistencia del cincuenta por ciento más uno de la totalidad de sus miembros.
Artículo 17. Las convocatorias de las sesiones que celebre el Consejo abordarán cuando menos, el siguiente Orden del Día:
I. Lista de asistencia.
II. Declaratoria de la apertura de la sesión.
III. Lectura del acta de la sesión anterior para su aprobación, en su caso.
IV. Asuntos específicos a tratar.
V. Asuntos Generales.
VI. Clausura de la sesión.
Artículo 18. Las sesiones extraordinarias se celebrarán a petición de cualquiera de los miembros del Consejo y con la aprobación del Presidente, sus miembros tratarán única y exclusivamente los asuntos para los que fueron convocados.
Artículo 19. A las sesiones que celebre el Consejo, se podrá invitar, con derecho a voz pero sin voto, a representantes de los sectores público y privado cuya participación se considere conveniente en la
atención de los asuntos que, conforme al orden del día, se ventilen. Estos participantes no estarán presentes en los momentos deliberativos y de toma de decisiones.
Artículo 20. Las sesiones del Consejo se sujetarán a las bases siguientes:
I. El Presidente someterá el orden del día a la aprobación de los miembros del Consejo, quienes lo podrán modificar si lo consideran necesario.
II. El Presidente dirigirá y moderará las sesiones y debates en los que podrán participar todos los integrantes del Consejo, en el orden en que soliciten su intervención.
III. Los miembros participantes podrán proponer, informar y discutir respecto de los asuntos a tratarse en las sesiones.
IV. De toda sesión del Consejo, se levantará el acta respectiva a través de la Secretaría Técnica.
Las actas deberán contener una síntesis del asunto tratado y el punto o puntos acordados y se resguardarán por la propia Secretaría.
V. La Secretaría Técnica del Consejo, al inicio de cada sesión, dará lectura al acta de la sesión anterior para su aprobación. La cual deberá contar con las firmas del Presidente y Secretario o en su caso de quien deba suplirlos.
VI. Las decisiones del Consejo se tomarán por mayoría de votos de los integrantes presentes, en caso de empate, la presidencia tendrá voto de calidad. Cuando así lo requiera algún consejero y a juicio del Presidente, la votación podrá ser cerrada y secreta.
CAPÍTULO SEXTODE LA APLICACIÓN DE SANCIONES A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO
Artículo 21. A los miembros del Consejo que dejen de asistir, sin causa justificada, a una o más sesiones ordinarias al año, o incumplan las demás obligaciones señaladas en el presente reglamento, podrán aplicarse las siguientes sanciones:
I. Apercibimiento privado.
II. Amonestación por escrito. Será firmado por los miembros del Consejo, el cual será enviado al titular de la dependencia o el organismo al cual representa.
III. Sustitución definitiva. La Presidencia solicitará al titular de la dependencia o el organismo
representado designe a otra persona para que lo sustituya en el Consejo.
Artículo 22. Las sanciones a que se refiere este Capítulo, serán aplicadas por el Presidente del Consejo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.
SEGUNDO. Los integrantes del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, que se encuentren en funciones al momento de la entrada en vigor de este reglamento, concluirán su participación hasta el 31 de diciembre de 2017.
Por lo anteriormente expuesto, estas Comisiones después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelven:
PRIMERO.- Que las Comisiones de Gobernación y Reglamentos y de Derechos Humanos, Equidad y Género, del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, son competentes para conocer del presente asunto.
SEGUNDO.- Se aprueba por unanimidad la creación del Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
TERCERO.- Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya lugar.
CUARTO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de que se haga lo propio en la Gaceta Municipal.
Así lo acuerdan y firman el presente instrumento, los integrantes de las Comisiones de Gobernación y Reglamentos y de Derechos Humanos, Equidad y Género, que en él intervinieron y quisieron hacerlo, en la Ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los catorce días del mes de julio de dos mil quince.
A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”
NOMBRE VOTO Y FIRMA______________________________________________X__________________________________C. LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.___________________________________________X_____________________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género.____________________________________________X____________________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante___________________________________________X_____________________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante__________________________________________X______________________________________C. LIC. TOMASA VIVES PRECIADO A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante___________________________________________X_____________________________________C. PROF. MARÍA CECILIA AGUIRRE GARZA A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante___________________________________________X_____________________________________C. LIC. JUANA MARÍA CALVILLO VALDÉS A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante
La Regidora Castillo Díaz agrega: Aquí, antes de que se someta a votación, solamente quisiera
preguntar. ¿Para cuándo se tiene estipulado la instalación del Comité?, en virtud de que ya va a estar
aprobado el reglamento, porque tengo entendido que Saltillo, es el único municipio que falta de contar
con dicho comité, además aunado a lo de los anteriores reglamentos, si ustedes se dan cuenta desde
el 12 de febrero hasta el día de hoy, por fin ya salió el reglamento, entonces preguntarle también a
nuestro Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos. ¿Cuáles son los reglamentos que
cuentan con ese privilegio de la vía rápida?, porque se aprobó el anterior en una semana y el
reglamento de la Comisión de para crear este reglamento y que Saltillo cuente con el Comité que la
ley nos obliga, pues se tardó marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto, fue casi agosto entonces fue
casi también cinco meses. Son solo esas dos preguntas.
El Regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez contesta: Pues si quiero hacer la precisión, Saltillo es el
único municipio que falta de instalarse este Consejo municipal, pero si bien es cierto Saltillo, es el
único municipio que cumple con el reglamento interior que establece la ley estatal en su artículo 16,
punto número uno, punto número dos, el tema del trabajo en la Comisión, lo conoce perfectamente
Regidora, porque lo que yo le turné, bueno el acuerdo que se tomó en la Comisión de Gobernación,
para que se remitiera a la Comisión de Derechos Humanos y se realizaran las observaciones,
efectivamente de una forma rápida regresó de la Comisión de Derechos Humanos; sin embargo
quiero decirles que tengo documentos que han sido turnados a las Presidencias de ustedes como
integrantes también de Comisiones, Presidentes de Comisiones y que a la fecha no han dado
respuestas a la Comisión de Gobernación y Reglamentos, no todos, sin embrago quiero decir que
tengo documentos turnados de Gobernación a las Comisiones que ustedes presiden, desde
diciembre del 2014, y no se ha recibido la información, y tal es esto que cuento con la minuta 16,
donde se dio informe a todos los integrantes de la cual usted tiene copia Regidora, me extraña su
pregunta porque usted sabe el estatus de cada uno de los proyectos de reglamento que tiene la
Comisión de Gobernación y Reglamentos, y que las Presidencias que ustedes tienen, desconozco si
se ha convocado o si no se ha convocado por parte de las Comisiones, sin embargo el trabajo de
Gobernación y Reglamentos hasta la fecha, ha estado al día 29 de mayo de 2015, perdón 08 de junio
de 2015, es donde tenemos la información, donde se encuentra en que estatus cada proyecto de
reglamento que ha sido emitido, por ya sea de forma particular por cada uno de los integrantes de
este Ayuntamiento o los que han sido turnados por parte del Honorable Cabildo a cada una de las
Comisiones. Me gustaría que en fechas próximas, porque yo sé que después de este comentario que
realizó en el Cabildo, próximamente van a darle celeridad a los trabajos sus Comisiones que no me
han emitido su opinión con respecto a los proyectos que han sido presentados por parte de la
Comisión de Gobernación y Reglamentos.
La Secretaria del Ayuntamiento agrega: Y con respecto a la pregunta, respecto a la integración, yo
creo que es un tema fundamental, le daremos la celeridad necesaria para tratar de presentarlo en la
próxima Sesión de Cabildo, sería muy bueno creo que todos coincidimos que eso es algo
indispensable para la ciudad.
Una vez que el Alcalde somete a la consideración el dictamen, resulta aprobado por unanimidad
procediéndose a formular el siguiente:
A C U E R D O 137/14/15
PRIMERO: Se aprueba el dictamen presentado por las Comisiones de Gobernación y Reglamentos y
de Derechos Humanos, Equidad y Género que ha quedado transcrito, en consecuencia, la creación
del Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de Niños y
Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.
SEGUNDO: Los integrantes del Consejo Municipal para la Garantía de los Derechos Humanos de
Niños y Niñas de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, que se encuentren en funciones al momento de la
entrada en vigor de este reglamento, concluirán su participación hasta el 31 de diciembre de 2017.
TERCERO: El citado reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación Periódico Oficial
del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.
CUARTO: Comuníquese a la Secretaría del R. Ayuntamiento para los efectos legales a que haya
lugar.
El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el OCTAVO punto
consiste en Propuesta del Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal para celebrar Sesión Solemne para
conmemorar el 438 aniversario de la ciudad y hacer entrega de la Presea Saltillo, en su edición 2015,
recinto oficial, orden del día y protocolo correspondientes. Continuando con el uso de la palabra la
Secretaria, procede con el desahogo del punto, de la siguiente forma:
Se dispone que serán Sesiones Solemnes aquéllas que merezcan un carácter de ceremonial y que
acuerde el Ayuntamiento, según lo previsto por el artículo 92 del Código Municipal para el Estado de
Coahuila de Zaragoza y 35 del Reglamento de Preseas y Premios del R. Ayuntamiento de Saltillo,
Coahuila de Zaragoza.
La Presidencia por mi conducto propone que para conmemorar el 438 aniversario de la fundación de la
ciudad y para entregar la “Presea Saltillo” correspondiente al año 2015, se celebre Sesión Solemne de
Cabildo el próximo día 25 de julio a las 12:00hs., en las instalaciones del Museo del Desierto, para lo
cual se declararía “Recinto Oficial”, con el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1. Lista de Asistencia.
2. Lectura del Acuerdo de Cabildo donde se designa a las personas que se hacen acreedoras a la
“Presea Saltillo” correspondiente al año 2015.
3. Presentación de la semblanza y entrega de la Presea Saltillo de cada galardonado, y mensaje
del homenajeado o su representante.
4. Mensaje del C. Ing. Isidro López Villarreal, Presidente Municipal de Saltillo, Coahuila de
Zaragoza.
5. Mensaje del representante del C. Lic. Rubén Ignacio Moreira Valdez, Gobernador del Estado.
6. Clausura de la Sesión.
Cabe aclarar que por tratarse de una Sesión conmemorativa se omitirá la lectura de los acuerdos de la
Sesión anterior para tratarse en la siguiente Sesión ordinaria.
PROTOCOLO
1. Lugar de la Sesión: Museo del Desierto.
2. Arribo del representante del C. Gobernador del Estado Lic. Rubén Ignacio Moreira Valdez, del
Presidente Municipal de Saltillo, Ing. Isidro López Villarreal; y en caso de considerarse
conveniente, del Comité de Recepción integrado por Munícipes de este Ayuntamiento de Saltillo.
3. Honores a la Bandera y entonación del Himno Nacional Mexicano.
4. Bienvenida de Autoridades, personalidades distinguidas y público en general.
5. Desahogo del orden del día.
6. Entonación del Himno Coahuilense.
7. Clausura de la Sesión.
Además en el protocolo se propone contar con un(a) maestro(a) de ceremonias que vaya marcando y
señalando los puntos a desahogarse del orden del día.
Se propone integrar un comité plural de munícipes, a fin de dar el recibimiento a las autoridades o
personalidades que nos acompañarán a este importante evento. El Presidente Municipal a través de mi
conducto propone la siguiente comitiva, como integrantes, los que han participado en el Comité de
Recepción de Preseas:
La Regidora Tomasa Vives Preciado, Presidenta de la Comisión de Cultura y Rescate de Valores
Humanos;
La Regidora Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Presidenta de la Comisión de Educación;
La Regidora Juana María Calvillo Valdés;
La Regidora María Cecilia Aguirre Garza;
El Regidor Abraham Tobías Hernández; y
El Regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez.
Serían los Munícipes propuestos para integrar la Comisión de Recepción.
La Regidora María Mayela Hernández Valdés manifiesta: Dado que digamos no es el guion lo que se
consigna en el acta correspondiente, si no el documento que senos circula. Es así verdad, entonces
tengo aquí cuatro observaciones a este documento que es perfectible como dice el compañero y ojala
que sean reconocidas y se puedan incorporar, puesto que se trata de una Sesión Solemne y debemos
de ser muy cuidadosos verdad. En el orden del día que se propone, aunque se lee 2015, en el punto
número dos aquí se nos presenta con un error el orden del día, porque en el punto número dos dice
lectura del acuerdo de cabildo donde se designan las personas que se hacen acreedoras a la Presea
Saltillo, correspondiente al año 2014.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Eso fue un error, es correcto.
La Regidora Hernández Valdés agrega: Exactamente entonces hay que corregirlo para que se asiente
en el acta como debe de ser. En el punto número cuatro del orden del día esta incorrecto el nombre de
nuestro Estado, Coahuila se llama, Coahuila de Zaragoza, entonces hay que corregirlo también; en el
punto número cinco esta incorrecto el nombre del Gobernador del Estado, su apellido es con zeta y sin
acento; bueno pasando al apartado del protocolo en el punto número dos es de nuevo el mismo error
en el apellido del Gobernador, y sabemos que si tenemos un error en el apellido, pues estas hablando
de una persona distinta. Son todas mis observaciones.
La Secretaria agrega: Es correcto, creo que son totalmente atendibles, le agradecemos sus
comentarios.
Una vez que el Alcalde somete a la consideración la propuesta con los ajusten solicitados por la
Regidora María Mayela Hernández Valdés, resulta aprobada por unanimidad procediéndose a
formular el siguiente:
A C U E R D O 138/14/15
UNICO: Se aprueba celebrar Sesión Solemne de Cabildo para conmemorar el 438 aniversario de la
ciudad y hacer entrega de la Presea Saltillo en su edición 2015; designar Recinto Oficial, las
instalaciones del Museo del Desierto; el Orden del Día, el protocolo, y la Comisión de Recepción,
Comité Plural de Munícipes a fin de dar el recibimiento a las autoridades.
El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el NOVENO punto
consiste en Solicitud de licencia del Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal, con fundamento en el artículo
102 fracción I, numeral 9, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Con el permiso de todos ustedes procederé con el desahogo de este punto.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87 del Código Municipal para el Estado de Coahuila
de Zaragoza y 17 apartado VIII del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo,
se les circula como integrantes del Cabildo de Saltillo, copia del oficio que hizo llegar el Presidente
Municipal a la Secretaría del Ayuntamiento, y que tiene relación con este punto:
“Saltillo, Coah. a 23 de julio de 2015. Oficio No. DDA/773/15. CC. INTEGRANTES DEL HONORABLE
CABILDO DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA. P R E
S E N T E.- ISIDRO LOPEZ VILLARREAL, Presidente del Republicano Ayuntamiento de Saltillo,
Coahuila de Zaragoza; por mi propio Derecho y en tal calidad, ocurro a Ustedes con fundamento en el
Artículo 102, párrafo I, numeral 9 y relativos del Código Municipal del Estado, a solicitar se me permita
separarme temporalmente del cargo que me fue concedido, del día veintiocho de julio hasta el once
de agosto del año en curso; y a efecto de permitirme disfrutar de uno de los períodos vacacionales a
que tengo derecho de conformidad con el Código en comento. Aplicándose, en caso de ser favorable
el planteamiento hecho; lo previsto por el párrafo primero del artículo 100 de la Legislación señalada.
Sin otro particular, y en atención a acceder a lo solicitado; reiterándoles plenamente mis
consideraciones agradezco la atención prestada a la presente. ATENTAMENTE, ING ISIDRO LOPEZ
VILLARREAL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.”
El Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza prevé, en su artículo 102, numeral 9: “…
los ayuntamientos tendrán las competencias, facultades y obligaciones siguientes: …9. Conceder
licencias hasta por quince días para separarse en lo individual de sus cargos, al presidente municipal,
síndicos y regidores.
Por su parte el diverso Artículo 100 del citado código municipal dispone, “Las faltas temporales hasta
por quince días del presidente municipal, serán suplidas por los regidores del ayuntamiento, según el
orden de su nombramiento”.
Es por ello que se propone se autorice al Alcalde a ausentarse por motivos personales del día 28 del
mes de julio, al día 11 del mes de agosto del presente año, quedando como encargado del despacho
del Alcalde, el Primer Regidor José Angel Rodríguez Calvillo, quien en su ausencia tendrá a su cargo
las competencias y facultades que le correspondan por ley.
El Regidor Federico Abraham Tobías Hernández pregunta: Es hasta por quince días verdad?
La Secretaria contesta: Si hasta por quince días.
El Regido Tobías Hernández agrega: Fundamental es el deber que tenemos de cumplir con el
mandato ciudadano por el cual fuimos postulados, no defraudando la voluntad popular. ¿Qué mayor
muestra de responsabilidad de un funcionario de elección popular que cumplir con el cargo
encomendado a cabalidad?. Ing. Isidro, ser Presidente Municipal de la Capital del Estado, implica
serlo todo momento y en todo lugar; como lo es la obligación de solventar las necesidades, brindar los
servicios públicos y sobretodo dar solución al sentir ciudadano como máximo Munícipe de nuestra
ciudad y representante social más cercano a la comunidad. Un acto de congruencia, responsabilidad
y de transparencia diría usted, es exponer ante este Cabildo, las razones que motivan su ausencia.
De ser el caso que la misma responda a compromisos personales por usted adquiridos, ¿no bastaría
simplemente con el hecho de disfrutar de los días de vacaciones que la Ley le otorga para cumplir
con ellos?, como cualquier otro funcionario público. Solicitar licencia implica perder de vista el
seguimiento de las obligaciones que se nos han encomendado, si bien es cierto que hay causas
justificadas que ameritan una separación del cargo, existen otras que pudieren parecer egoístas o
mezquinas. Deja preguntas que responden, ante posibles situaciones, ¿Qué hacer ante una
contingencia o urgente estado de necesidad de la Administración Municipal? A caso ¿su acción
responde a alguna próxima toma decisión que implique una molestia social o conflicto de interés?,
preguntas sin respuestas. Me permito señalar que la responsabilidad pública de los que gobiernan es
legal y política: la legal castiga la trasgresión del gobernante, a los límites que la ley impone a su
autoridad; y la política se refiere al costo de haber tomado decisiones inadecuadas o negligentes.
Usted puede pedir licencia por enfermedad, por un problema familiar, por una situación grave que lo
imposibilite ejercer su función, incluso para participar en una contienda electoral buscando seguir su
carrera política, pero ¿cree usted correcto pedir licencia para irse a vacacionar?. El Saltillo de su
discurso, el que se luce, el que confía en usted, en el que se hacen las cosas correctas, el
transparente, tiene problemas, por ejemplo: robos a casa habitación, robo a negocios, baches por
todos lados, la penumbra abunda por en las noches, la constante violación a la Constitución y a los
derechos que protege ella con las foto-multas, en plena época de lluvia, ayer hubo inundaciones por
citar algunos. Es tiempo de responderle a los Saltillenses, Saltillo requiere acciones que estén a su
altura, es momento de trabajar por mejorar la ciudad, no, no es el mejor momento para a Saltillo,
abandonar. Muchas gracias.
La Regidora María Oliva Delgado Purón manifiesta: Yo quiero felicitar al Alcalde por la trasparencia y
honestidad de solicitar licencia para sus vacaciones, es algo yo no recuerdo que se haya hecho con
anterioridad. Ningún Alcalde había solicitado anteriormente, había hecho esto y sabemos que lo
hacían, salían de vacaciones pero bueno, con acciones como esta pues bueno queda de manifiesto la
trasparencia con la que ha estado trabajado nuestro Alcalde.
El Regidor Tobías Hernández expresa: Numero dos. Nadie está en contra de que el Alcalde se vaya
de vacaciones, si es un derecho que tiene cualquier persona que trabaja, o sea el que está en la
fábrica, el que está en la escuela, tú, yo, todos aquí; todos lo que trabajamos tenemos un derecho
contemplado en la Constitución, que se llaman vacaciones. Sí eso no es la discusión, la discusión es
para que pedir licencia, para que desatenderse, porque en vacaciones puede suceder algo y tenemos
que regresar a atender lo que constitucionalmente nos responsabiliza, entonces desatenderse y decir
yo durante 15 días no voy hacer Alcalde de Saltillo por si pasa algo que se encargue otro, eso es lo
que es criticables y eso es lo que no es honesto. Muchas gracias.
La Regidora Nora García Astiazarán expresa: El motivo de mi intervención es para razonar mi voto, el
cual es a favor. Les voy a recordar el 01 de enero del 2014, protestamos guardar y hacer guardar la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado de Coahuila de
Zaragoza, y todas las leyes que de ella emanen. El día de hoy el Alcalde está solicitando licencia para
tomar sus vacaciones y si revisamos el Código Municipal, en el capítulo cuarto en el que se refiere a
las vacaciones, establece que el derecho que tenemos todos los trabajadores del Municipio a tener un
período de vacaciones y a recibir la prima vacacional, que por cierto, todos la hemos recibido.
También quiero reconocer el acto de responsabilidad que tiene nuestro Alcalde ya que al solicitar la
licencia abre la posibilidad para que entre un suplente, que en su calidad de primer Regidor, pienso,
tiene la capacidad para atender tan grande responsabilidad. Por lo tanto mi voto será a favor, es
cuanto Sr. Presidente.
El Alcalde expresa: Si es bien importante que quede claro, que el reglamento, que el Código
Municipal lo exige, que cuando un munícipe, sale de vacaciones y allí están los artículos, tiene que
pedir licencia, que no se haya hecho en otras ocasiones y que se quiera esconder este como que si
anda de trabajo, pues bueno ya son otras cosas. En lo personal, siendo congruente con lo que yo
quiero hacer, con la honestidad, cuando yo veo que tengo que hacer una solicitud por mis
vacaciones, pues la hago y simplemente ese es el tema, no hay ningún otro tema, no hay ninguna
como lo menciona usted, de elucubraciones futuras.
El Regidor José Luis García de la Peña expresa: Razonando mi voto y haciendo alusión a casos
similares que se han presentado, creo que este es un caso de transparencia, es un caso de legalidad
muy probablemente como lo dice aquí el compañero, tenemos derecho a vacaciones todo mundo, en
dos períodos o como lo queramos agarrar, en días separados, pero si bien en cierto hay más casos,
el caso de los Alcaldes Priistas, Héctor Vielma Ordoñez y Héctor Robles Peiro, de Zapopan Jalisco en
el 2011, y diciembre del 2014, respectivamente, Octavio Villasana, Delfín de León Guanajuato, en
abril de este año, son solo algunos antecedentes de ediles que recientemente han pedido licencia
para separarse del cargo, para gozar de su periodo vacacional. En ninguno de estos casos,
compañeros de fracciones edilicias del PRI, en esos Municipios, se han negado a votar el punto a
favor, creo que previsto lo que es en la ley para todos los servidores públicos y la solicitud de licencia
que está igualmente estipulado para el efecto de atender de asuntos personales, por parte de los
integrantes de este Ayuntamiento. Creo y los conmino a ver las cosas del lado positivo y no veamos
todo con el prietito en el arroz; creo que estamos siendo justos en el sentido de que el Alcalde tiene
un derecho natural, de ir de vacaciones a donde mejor le convenga y es así que él en su afán de no
dejar el trabajo, lo deja en la responsabilidad del primer Regidor, que como lo decía mi compañera
Nora, creo que cuenta con toda la capacidad para desarrollar el cargo, durante los días que el Alcalde
no se encuentra.
La Regidora García Astiazarán agrega: Hablando también de los derechos humanos, me extraña que
a veces aquí se ha venido con la bandera de defender los derechos humanos, pero ahorita se está
pasando por alto, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la que les voy a leer el
artículo veinticuatro, dice: Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una
limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. Todos hemos sido
testigos del trabajo incansable del Alcalde, que a veces tiene agendas de 12 a 16 horas y que los
fines de semana también los ocupa sábados y domingos, entonces yo compañeros los invito a que
apoyen la solicitud del Alcalde en su solicitud de vacaciones.
El Regidor Tobías Hernández agrega: Te puedo asegurar compañero que si yo fuera edil de Zapopan
o de León, haría el mismo reclamo; segundo en mi intervención anterior yo no dije que estuviera en
contra, nadie está en contra de las vacaciones del Alcalde, dije es un derecho que tiene y la
Constitución se los protege. Nadie está en contra de que el señor se vaya de vacaciones, es un
derecho; es más váyase de vacaciones, descanse no pasa nada, o sea no está prohibido ni nada,
pero pedir licencia significa desentenderse, y eso es algo muy distinto a gozar las vacaciones si, sus
argumentos son válidos y refuerzan lo que yo dije cuando empecé mi intervención anterior, tiene
derecho a su prima vacacional y tiene derecho a sus vacaciones, claro como todos los trabajadores
de este país deben de tenerlo y ojala así sea y él que no lo tenga tiene también derecho de exigirlo
verdad, entonces nadie se lo está negando, váyase de vacaciones, descanse, pero no se desentienda
en el asunto con una licencia. Muchas gracias.
El Alcalde expone: Está muy claro y que no me voy a desatender y por eso precisamente dejo a
alguien, en el cual yo confió plenamente que va a tomar las mejores decisiones, y para que no vaya a
haber ningún problema y porque así me lo pide el reglamento que cuando vaya a estar fuera por un
período importante, en este caso como voy a salir inclusive fuera del país, fuera del continente, puede
haber un riesgo y para que precisamente ese riesgo no se corra en el municipio y que de manera
inmediata se pudieran tomar las decisiones pertinentes, estoy dejando como responsable al Regidor
José Ángel Rodríguez, que así es como lo marca la Ley. Específicamente esto no lo estoy haciendo
como usted lo dijo por ningún motivo diferente a mis vacaciones, lo estoy haciendo nada más por mis
vacaciones y lo estoy haciendo de acuerdo a lo que me pide el reglamento y creo que es correcto lo
que pide el reglamento; yo lo que digo es que raro que otros munícipes no lo hayan hecho, cuando lo
deberían de haber hecho, y que precisamente cuando a mí me lo presentaron, dije bueno yo lo tengo
que hacer, y aunque me lo critiquen como he hecho ya, que todo lo que hago todo me lo critican, dije
bueno pues es lo mismo, entonces vamos hacer lo correcto y lo correcto precisamente es pedir
licencia. Para mí lo más fácil hubiera sido, no se pongo una excusa, que eso nunca lo haría, de que
voy a ver a no sé que voy a ver a la Alcaldesa de ahí de Londres no sé, pero la verdad es un período
de vacaciones es algo que se me presenta porque no normalmente una familiar directo se casa en
estos lugares tan alejados, es una persona muy querida para mí y definitivamente y como estaba
viendo que no era tan fácil regresar, también era y que estaba correcto el reglamento ya que si no
está o está en un lugar en que el Alcalde no pueda ser localizable porque se fue a la selva de no sé
dónde pues definitivamente aunque no sea localizable hay una manera de resolver las cosas, creo
que el reglamento está bien hecho, creo que Código Municipal está bien hecho y precisamente lo que
estoy haciendo es respetar el Código Municipal.
La Secretaria del Ayuntamiento expone: Nada más precisar en alcance un poco de lo que ha
manifestado el Regidor Abraham Tobías, es muy importante para el municipio la ausencia física del
Alcalde, más no implica un desentenderse; la distancia a veces complica hacer cumplimientos de
requerimientos de los jueces de distritos que en 24 horas le pide al Alcalde cumplir con alguna
ejecutoria, por la propia distancia sería imposible de manera legal cumplir con un requerimiento de
alguna autoridad judicial y por esa razón es importante contar con una certeza jurídica de quien
estaría facultado y autorizado para estar firmando en ese momento en casos de ausencia…
La Secretaria del Ayuntamiento agrega: No exactamente actúa por ministro de ley, pero hay que
completar esta parte.
La Regidora María Mayela Hernández Valdés dice: Ceci si quieres leer tu guion primero adelante.
La Regidora María Cecilia Aguirre Garza expone: Yo quiero felicitar al Alcalde, porque ha sido
congruente con lo que dice y hace, porque ha sido congruente al decir que es una administración
transparente. Lo quiero felicitar.
El Alcalde contesta: Gracias Regidora.
La Regidora Hernández Valdés expresa: Bueno yo coincido con mis compañeros, con el propio
digamos argumento que usted menciona aquí en la solicitud, en cuanto al derecho a gozar de un
período vacacional, pero yo creo que también los ciudadanos tienen derecho a un descanso verdad,
están cansados de órdenes contradictorias, están cansados de disposiciones encontradas, están
cansados de muchas cosas, tienen derecho a un descanso también, pero como servidores públicos
además de las obligaciones legales que adquirimos cuando protestamos, tenemos también otras
obligaciones pero que tienen que ver con los valores personales, con la ética personal de servicio que
cada quien tiene y efectivamente se deterioran en aras del cumplimiento de la responsabilidad; se
deteriora las responsabilidades personales, se deteriora las relaciones familiares, dejamos de cumplir
con todo mundo, dejamos de ver a las amigas, a los amigos, y eso es una realidad y todos los vivimos
no podemos este pues muchas veces quedamos mal. No podemos ir a todas las fiestas, a todas las
bodas, a todos los bautizos, a todos los cumpleaños, porque hacemos una cosa o hacemos la otra
verdad, o somos servidores públicos de tiempo completo o andamos de sociales, entonces también
hay que buscar el balance.
El Alcalde agrega: Así se hará y en un momento dado si hay que regresar, estaremos aquí de regreso
porque la responsabilidad nunca se pierde pero definitivamente lo buscamos hacer de la mejor
manera, entonces en un momento dado si es que es necesario regresarnos pues aquí estaremos.
Qué bueno creo que algunas otras gentes no lo han hecho, y ya no quisiera abundar en eso yo creo
que al final de cuentas como lo comenté hace un momento, el considerar todas las opiniones que
bueno son opiniones a final de cuentas de diferentes fracciones o de diferentes Munícipes, de
diferentes Regidores, Síndicas y Síndicos, pues yo creo que eso es lo que es importante en este tema
verdad, lo más fácil hubiera sido simplemente votarlo y tantán.
La Regidora Tomasa Vives Preciado expone: Bueno yo como estamos hablando de razonar el voto,
yo les quiero decir que mi voto va hacer en contra, definitivamente yo creo que usted desde que
pensó lanzarse a la Alcaldía sabia a lo que se enfrentaba, días asiegos, días de muy largas
actividades de muchas jornadas, sabia de las criticas asidas que se le iban hacer también, así es,
entonces a mí me parece que 15 días son muchos días para alejarse usted y más que se va de aquí
de México o trece, se me hacen muchos días la verdad es que usted sabe que tiene información
privilegiada de cómo esta Saltillo, muchos de nosotros no tenemos la información de cómo está la
ciudad en este momento, pero si usted en su conciencia cree que puede dejarlo e irse de vacaciones
pues bueno.
El Alcalde agrega: Completamente consiente con más policías, con mejores luminarias, con más
transparencia, con más rendición de cuentas, con la curva de…
La Regidora Vives Preciado agrega: Con los mismos directivos de alcoholes que piden moches, de
quince mil pesos, también.
El Alcalde agrega: Yo creo que esas son acusaciones que tendrían que llevarse a otro lado y que se
han estado revisando en todos los casos, y que cuando yo creo que es una acusación muy seria
Regidora, muy seria y si me gustaría que me dijera quien.
La Regidora Vives Preciado agrega: No y si es necesario lo ponemos en penal, yo se lo mostré a
usted, yo le lleve a usted los papeles y le lleve los testimoniales de las personas pero como usted dice
eso es otro, lo dejamos para cuando regrese.
El Alcalde contesta: Yo creo que el testimonial es prueba, para pero no estamos aquí para venir a
juzgar
La Regidora Vives Preciado adiciona: Pero los testimoniales son fidedignos, no pudo firmar el notario
porque era pariente del acusado y por eso no se le permite a él firmar pero son fidedignos.
El Alcalde adiciona: Son temas Regidora que no son de aquí, creo que esto se esa haciendo
transparente, creo que definitivamente, si usted...
La Regidora Vives Preciado agrega: Por eso le digo que usted tiene información privilegiada que
muchos de nosotros como Regidores no la tenemos.
El Alcalde agrega: No tengo información privilegiada porque usted también la tiene.
La Regidora Vives Preciado expresa: No, yo no sé cuantas bandas andan en las colonias, no sé
cuantos policías tengamos en la Comisión de Honor y Justicia que están por procesarse; no, no tengo
mucha información, si la tuviera pues a la mejor.
El Alcalde contesta: Pues está más transparente que muchas otras administraciones.
La Regidora Vives Preciado contesta: Yo eso no lo pongo a duda, yo sé que usted dice todo, pero no
significa que este todo transparente.
El Alcalde agrega: Gracias, gracias, es su opinión muy amable.
La Regidora Vives Preciado agrega: De nada, muchas gracias que le vaya muy bien y José Ángel, te
felicito la verdad ya para ti este esto es la culminación de muchos años de estar en la lucha de verdad
te felicito.
Una vez que el Alcalde somete a la consideración la propuesta, resulta aprobada por mayoría, ya que
votaron a favor los Munícipes José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado
Purón, Segunda Regidora; Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre
Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo
Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán,
Octava Regidora; Jorge de la Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño,
Décima Regidora; José Luis García de la Peña, Décimo Primer Regidor; y Laura Guadalupe Herrera
Guajardo, Síndico, y el Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal. Votan en contra Adrián de Jesús Herrera
López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; María Mayela
Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto
Regidor y Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; procediéndose a formular el
siguiente:
A C U E R D O 139/14/15
PRIMERO: Conforme lo dispone el artículo 102, fracción I, numeral 9 del Código Municipal para el
Estado de Coahuila de Zaragoza, se concede licencia hasta por quince días, del día 28 de julio al día
11 de agosto, ambos del presente año, para ausentarse por motivos personales para su período de
vacaciones, al Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal.
SEGUNDO: De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 100 del mismo ordenamiento legal, como
encargado del Despacho del Alcalde, estará el Primer Regidor José Angel Rodríguez Calvillo, quien
en ausencia del primero, tendrá a su cargo las competencias y facultades que le correspondan por
ley.
El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el DECIMO punto
consiste en Informe trimestral de los organismos públicos descentralizados.
La Secretaria continúa exponiendo:
Como se señala en el Código Municipal, en su artículo 138, los organismos descentralizados,
deberán rendir informes trimestrales al Ayuntamiento, sobre el ejercicio de sus funciones… Es por ello
que se les hizo llegar la documentación que al respecto se recibió de los organismos:
- Dirección de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores al Servicio del
Municipio;
- Instituto Municipal de Cultura;
- Instituto Municipal de Planeación;
- Instituto Municipal del Transporte;
- Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y
- Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento.
Para dar cumplimiento al mencionado precepto.
El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el DECIMO PRIMER punto consiste en Asuntos Generales.
La Secretaria continúa exponiendo: En los términos previstos por el artículo 87 del código municipal,
en relación con el artículo 17 fracción I del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de
Saltillo, no se hizo llegar a la Secretaría del Ayuntamiento, con la anticipación prevista en dichos
ordenamientos legales, la información necesaria para el tratamiento de asunto general alguno.
El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el DECIMO
SEGUNDO punto consiste en Clausura de la Sesión. El Alcalde procede al cierre de la Sesión, y
expone que habiendo agotado el Orden del Día, no habiendo otro asunto que tratar, siendo las doce
horas con quince minutos del día veintitrés de julio de dos mil quince, declara formalmente clausurada
ésta segunda Sesión ordinaria de Cabildo del mes de julio, firmando los que desearon hacerlo.
PRESIDENTE MUNICIPAL
ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL
PRIMER REGIDOR
JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO
SEGUNDA REGIDORA
MARÍA OLIVA DELGADO PURÓN
TERCER REGIDOR
ROBERTO CARLOS VILLA DELGADO
CUARTA REGIDORA
MARÍA CECILIA AGUIRRE GARZA
QUINTO REGIDOR
EDUARDO RAMÓN DE LA PEÑA PADILLA
SÉPTIMO REGIDOR
LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ
SEXTA REGIDORA
JUANA MARÍA CALVILLO VALDÉS
OCTAVA REGIDORA
NORA GARCÍA ASTIAZARÁN
NOVENO REGIDOR
JORGE DE LA PEÑA QUINTERO
DÉCIMA REGIDORA
MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO
DÉCIMO PRIMER REGIDOR
JOSÉ LUIS GARCÍA DE LA PEÑA
DÉCIMA TERCERA REGIDORA
DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR
ADRIÁN DE JESÚS HERRERA LÓPEZ
DÉCIMA QUINTA REGIDORA
TOMASA VIVES PRECIADO
DÉCIMO SEXTO REGIDOR
FEDERICO ABRAHAM TOBIAS HERNANDEZ
SÍNDICO
LAURA GUADALUPE HERRERA GUAJARDO
MARIA MAYELA HERNANDEZ VALDES
DÉCIMA SEPTIMA REGIDORA
DIANA CAROLINA CASTILLO DIAZ
SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
MARÍA ALICIA GARCÍA NARRO