Date post: | 06-Nov-2015 |
Category: |
Documents |
Upload: | baez-papel-liz-ariana |
View: | 20 times |
Download: | 2 times |
Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Facultad de Ciencias Contables
y Finanzas Corporativas
Tributacin
Facilitador: Alfredo Quichiz Ch, CPC
Correo: [email protected]
63 Programa de Actualizacin Profesional
2014
Tributacin
Facilitador: Alfredo Quichiz Ch, CPC
Correo: [email protected] Sesin N 8
Impuesto a la Renta
Tercera Parte
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Co
nte
nid
o
02. Impuesto a la Renta de Empresas
1. Rgimen General Generalidades
2. Operaciones en Moneda Extranjera
3. Control de Existencias
a) Mtodos de Valuacin
b) Registro Auxiliar
4. Registro de Activos Fijos
5. Libro de Retenciones
6. Utilizacin de los PCGA y su conciliacin o
ajuste de los resultados para fines tributarios
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Bib
liogr
afa
Aguilar, H. y otro. (2014). Impuesto a la Renta 2013-2014.
Empresas y Personas Naturales. Lima: Entrelneas
S.R.L.
Alva, M. y otro. (2014). Aplicacin Prctica del Impuesto
a la Renta Ejercicio 2013-2014. Lima: Pacfico
Editores.
AELE. (2013). Impuesto a la Renta Edicin 2013. Lima:
AELE Asesoramiento y Anlisis Laboral S.A.C.
Bahamonde, M. (2013). Anlisis y Aplicacin Prctica de la
Ley del Impuesto a la Renta. Lima: Gaceta Jurdica.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
(1) Rgimen General - Generalidades
Son rentas de tercera categora las
derivadas del comercio, la industria o
minera; de la explotacin
agropecuaria, forestal, pesquera o de
otros recursos naturales; de la
prestacin de servicios comerciales,
industriales o de ndole similar, como
transportes, comunicaciones y en
general, cualquier otra actividad que
constituya negocio habitual de compra
o produccin y venta, permuta o
disposicin de bienes.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
La empresa CE&M brinda servicios
logsticos a REPSOL, concluidos los cuales
sta emite una O/S y H/E una vez
verificada la conformidad del servicio, luego
de lo cual CE&M emite las facturas.
Al cierre del ejercicio 2013, CE&M ha
concluido servicios logsticos por el valor
de US$ 2.5 millones; por los cuales no ha
recibido las O/S y H/E para emitir las
facturas.
Pregunta:
CE&M debe provisionar el ingreso al
31/12/2013 para fines tributarios?
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Amplia (Contribuyente): Permite la deduccin de todos aquellos
gastos necesarios para producir y/o
mantener la fuente generadora de la
renta, incluyendo los desembolsos que
contribuyan de manera indirecta.
Restrictiva (SUNAT):
Los gastos deben tener las
caractersticas de necesarios e
indispensables para producir el
ingreso o mantener la fuente.
Concepciones del Principio de Causalidad
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
Los ingresos que obtiene la empresa Los
Pelcanos EIRL no llegan al punto de
equilibrio, motivo por el cual los accionistas
deciden suspender las operaciones de la
empresa por 1 ao.
Luego de 6 meses de estar suspendidas las
actividades, la SUNAT les programa una
fiscalizacin del ltimo ao (que incluye 2 de
los 6 meses de suspensin) reparando los
gastos de limpieza y mantenimiento del local
al estar cerrado.
Pregunta:
Procede el reparo efectuado por SUNAT?
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin Con la finalidad de incrementar los ingresos del Gerente General, sin que esto le
signifique incurrir en un mayor pago de
impuestos el Contador de la empresa CE&M
le propone al Gerente General que los gastos
de vigilancia de su vivienda sean asumidos
por la empresa.
Posteriormente, en una fiscalizacin de
SUNAT estos gastos (S/. 50 mil ms IGV)
son reparados por no cumplir con el
principio de causalidad.
Pregunta:
Procede el reparo efectuado por SUNAT?
Cuantifique el costo de esta recomendacin.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
Inmobiliaria Casas S.A.C. contrata a un
arquitecto para que evale la factibilidad de
adquirir y construir un edificio en Lince,
acordando un honorario de S/. 20,000. Al final
del trabajo, el arquitecto recomienda no realizar
la inversin.
En una revisin efectuada por SUNAT, el
auditor le repara este gasto aduciendo que no
cumple con el principio de causalidad, ya que la
empresa no realiz la inversin en el local.
Pregunta:
Es posible correcto lo aducido por la SUNAT?
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Criterios para observar la causalidad de un gasto
Normalidad Razonabilidad
Generalidad Entre otros
Segn este criterio, los gastos
deben ser normales para la
actividad que genera la renta
gravada.
La normalidad depender de
cada caso en particular, pues lo
que es normal para una
empresa, puede no serlo para
otra.
Normalidad
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
La empresa AB Seguridad S.A.C., que
durante el ao 2013 tuvo un ingreso anual de
S/. 4 millones, tiene dentro de sus gastos el
consumo de combustible por S/. 250 mil. En
una fiscalizacin de SUNAT, el auditor
observa el crdito fiscal de este gasto
aduciendo que no cumplen con el criterio de
razonable y proporcional.
Pregunta:
Es correcto el reparo efectuado por la
SUNAT? Sustente su respuesta.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Razonabilidad
Normalidad Razonabilidad
Generalidad Entre otros
La razonabilidad de un gasto
est vinculada estrechamente a
la proporcionalidad del mismo.
Para que un gasto sea
deducible, el mismo debe ser
razonable en relacin con los
ingresos del contribuyente, lo
que debera implicar que exista
una proporcionalidad con
estos ltimos.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
El Gerente General de la empresa AB
Asesores S.A.C., que tiene una facturacin
mensual de S/. 12,000; adquiere a nombre de
la empresa un vehculo para uso gerencial
cuyo valor es de US$ 50 mil.
Pregunta:
Ante una fiscalizacin de SUNAT,
procedera que repare el gasto? Sustente su
respuesta
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Generalidad
Normalidad Razonabilidad
Generalidad Entre otros
Vinculado al otorgamiento de
beneficios extraordinarios a
los trabajadores.
Esto no implica otorgar los
beneficios a todos los
trabajadores, sino que el
contribuyente debe determinar
quienes son los beneficiarios,
tomando en cuenta la posicin
o condicin que tuvieran
dentro de la empresa.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
Con la finalidad de reducir la renta neta
imponible de la empresa, el Contador le
recomienda al Gerente General que otorgue
una bonificacin extraordinaria por
cumplimiento de metas de S/. 50,000
nicamente a la Gerencia General.
Pregunta:
Ante una fiscalizacin de SUNAT,
procedera reparar este gasto? Sustente su
respuesta
Alfredo Quichiz Ch, CPC
El devengo
Otra de las condiciones que debe
cumplirse para que un gasto sea
deducible, es que el mismo se haya
devengado. As lo seala el artculo 57
de la LIR segn el cual, las rentas, as
como los gastos de tercera categora, se
imputan en el ejercicio en que se
devengan.
Por otro lado, dado que la norma
tributaria no precisa el significado del
trmino devengado, se aplica la
definicin contable contenida en el
Marco Conceptual.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
La ptica Eyes Illusion S.A.C. autoriza a la empresa
pticas Unidas S.A.C. al uso de su marca, por lo cual,
pticas Unidas le pagar por concepto de regalas el
5% de la venta bruta mensual (valor de venta) segn
el contrato marcario firmado entre ellos.
Al 31/12/2013 Eyes Illusion S.A.C. no ha liquidado
el monto que debe cobrar por concepto de regalas,
ya que el auditor contratado para supervisar las ventas
de pticas Unidas no ha concluido su trabajo.
Pregunta:
Est Ojos de Ilusin S.A.C. obligada a emitir la
factura por regalas el 31/12/2013 o lo puede hacer
con fecha 2014?
Alfredo Quichiz Ch, CPC
La Fehaciencia de las Operaciones
Adems de los criterios antes sealados,
la Administracin Tributaria exige que
para la deduccin de los gastos, que
stos sean fehacientes.
La fehaciencia de un gasto tiene que ver
con elementos que prueben que
efectivamente el gasto fue consumido o
utilizado por la empresa.
Estos elementos pueden incluir desde
comprobantes de pago y dems
documentos pertinentes, guas de
remisin, contratos, hasta informes
internos o externos.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Alfredo Quichiz Ch, CPC
N Tema
RTF N 120-5-
2002 Para sustentar el crdito fiscal en forma fehaciente y
razonable, el adquirente no slo debe cumplir con
tener comprobantes de pago por adquisiciones que en
teora cumplan con los requisitos sustanciales y
formales establecidos en la Ley del IGV, sino que
fundamentalmente es necesario que dichos
comprobantes correspondan a operaciones reales.
RTF N 372-3-97 Corresponde a la Administracin Tributaria efectuar la
inspeccin, investigacin y control de las obligaciones
tributarias, con el objeto de determinar la certeza de las
operaciones que desarrollan el supuesto hecho previsto
en la norma.
Revisin de Jurisprudencias
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Los medios de pago a travs de
empresas del Sistema Financiero son:
a) Depsitos en cuenta.
b) Giros.
c) Transferencia de fondos.
d) rdenes de pago.
e) Tarjetas de dbito expedidas en el
pas.
f) Tarjetas de crdito expedidas en el
pas.
g) Cheques con la clusula no
negociable.
Bancarizacin
Para que un gasto sea deducible, el
mismo debe haber cumplido con las
normas de bancarizacin, en caso
corresponda, pues de no ser as, el
gasto no ser deducible.
La obligacin de utilizar medios de
pago es para operaciones superiores
a S/. 3,500 U$ 1,000.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Utilizacin de medios de pago (Resoluciones del Tribunal Fiscal)
Las normas que regulan la
utilizacin de medios de pago no
sealan que los cheques u otros
destinados a cancelar las
adquisiciones que sustentan la
deduccin del gasto o costo o la
utilizacin del crdito fiscal,
deban ser necesariamente
emitidos por el mismo adquirente. (RTF N 11862-2-2009)
Si bien se pag con cheques, al no
poder demostrar la existencia o
que se gir con la clusula no
negociable u otro similar,
conforme a las normas para la
lucha contra la evasin y la
informalidad as como la de
bancarizacin, es correcto
entender que no se utiliz medios
de pago para efectos tributarios. (RTF N 7339-4-2009)
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Utilizacin de medios de pago (Resolucin del Tribunal Fiscal e Informe de la SUNAT)
No resulta pertinente invocar
los principios de primaca de
la realidad y de verdad
material, cuando lo que est
en cuestin es el
cumplimiento de los
requisitos establecidos por la
Ley N 28194. (RTF N 3277-5-2006)
No se ha cumplido con la obligacin de
utilizar medios de pago, por no se un
depsito en cuenta, cuando a fin de
cancelar las obligaciones se emiten
cheques sin la clusula no negociable
u equivalente, y los cheques son
emitidos a nombre de los proveedores
y recepcionados por stos, siendo
endosados y depositados en su cuenta
corriente. (Informe N 48-2009-SUNAT/2B00000)
Alfredo Quichiz Ch, CPC
(2) Operaciones en Moneda Extranjera
Las diferencias de cambio por operaciones
habituales y prstamos obtenidos para
financiarlas
Son resultados computables
para determinar la renta neta
Artculo 61 de la LIR
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Operaciones en Moneda Extranjera
a) Las operaciones en moneda extranjera se contabilizarn al tipo de cambio
vigente a la fecha de la operacin.
b) Las diferencias de cambio que resulten del canje de la moneda extranjera por
moneda nacional, se considerarn como ganancia o como prdida en el
ejercicio en que se efecta el canje.
c) Las diferencias de cambio que resulten de pagos o cobranzas por operaciones
pactadas en ME, contabilizadas en MN, que se produzca durante el ejercicio se
considerarn como ganancia o como prdida en dicho ejercicio.
d) Las diferencias de cambio que resulten de expresar en MN los saldos en ME
correspondientes a activos y pasivos, debern ser incluidas en la determinacin
de la materia imponible del periodo en el cual la tasa de cambio flucta,
considerndose como utilidad o como prdida.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
La Administracin Tributaria ha reparado la
prdida por diferencia de cambio registrada en
la Contabilidad del ao 2013 de la empresa
ABC Comercial S.A.C. aduciendo que la misma
no cumple con el principio de causalidad, al
corresponder a operaciones de financiamiento,
y que las mismas no constituyen operaciones
habituales del negocio.
Pregunta:
Es correcto el reparo efectuado por SUNAT?
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Caso de Aplicacin
La empresa CE&M S.A.C. con la finalidad
de pagar los dividendos a los accionistas por
las utilidades obtenidas en el ejercicio 2012,
suscribe un prstamo con el BCP por US$
100 mil a una tasa del 12.5% anual.
Los gastos, tanto de intereses como de
diferencia de cambio, han sido observados
por la SUNAT en la fiscalizacin que le
viene realizando
Pregunta:
Es correcto el reparo efectuado por
SUNAT?
Alfredo Quichiz Ch, CPC
(3) Control de Existencias
(a) Mtodos de Valuacin
Primeras Entradas, primeras salidas
PEPS
Promedio diario, mensual o anual (Ponderado o mvil)
Promedio
Identificacin especfica
Identificacin
Inventario al detalle o por menor
Detalle
Existencias bsicas. (Tienen funcin de reserva)
Bsicas
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Control de Existencias
(b) Registro Auxiliar
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Alfredo Quichiz Ch, CPC
(4) Registro de Activos Fijos
El artculo 65 de la LIR seala que los
perceptores de rentas de Tercera
Categora, cuyos ingresos anuales
superen las 150 UITs debern llevar
Contabilidad Completa.
Encontrndose dentro de los libros y
registros especficos el Registro de
Activos Fijos.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
1) Registro de Ventas 1) Libros y Registros Generales
2) Registro de Compras a) Libro de Caja y Bancos
3) Diario de Formato Simplificado b) Libro de Inventarios y Balances
c) Libro Diario
d) Libro Mayor
e) Registro de Ventas
f) Registro de Compras
2) Libros y Registros Especficos
a) Libro de Retenciones, inc. e) y f) Art. 34
b) Registro de Activos Fijos
c) Registro de Costos
d) Registro de Inventarios Permanentes
en Unidades Fsicas
e) Registro de Inventarios Permanentes
Valorizado
Mayores a 150 UIT
Ingresos
Menores a 150 UIT
Libros y Registros Contables
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Formas de llevar el Registro de Activo Fijo
Alfredo Quichiz Ch, CPC
(5) Registro de Retenciones
El artculo 65 de la LIR seala que los
perceptores de rentas de Tercera
Categora, cuyos ingresos anuales
superen las 150 UITs debern llevar
Contabilidad Completa.
Encontrndose dentro de los libros y
registros especficos el Registro de
Retenciones.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
1) Registro de Ventas 1) Libros y Registros Generales
2) Registro de Compras a) Libro de Caja y Bancos
3) Diario de Formato Simplificado b) Libro de Inventarios y Balances
c) Libro Diario
d) Libro Mayor
e) Registro de Ventas
f) Registro de Compras
2) Libros y Registros Especficos
a) Libro de Retenciones, inc. e) y f) Art. 34
b) Registro de Activos Fijos
c) Registro de Costos
d) Registro de Inventarios Permanentes
en Unidades Fsicas
e) Registro de Inventarios Permanentes
Valorizado
Mayores a 150 UIT
Ingresos
Menores a 150 UIT
Libros y Registros Contables
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Los ingresos obtenidos por el trabajo prestado en forma independiente con contratos de prestacin de servicios, cuando el servicio sea prestado en el lugar y horario designado por el usuario, y ste proporcione los materiales y asuma los gastos.
(Inciso e) Artculo 34 LIR)
Los ingresos obtenidos por la prestacin de servicios considerados dentro de la cuarta categora, efectuados para un contratante con el cual mantenga simultneamente una relacin laboral de dependencia.
(inciso f) Artculo 34 LIR)
Son rentas de quinta categora
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Alfredo Quichiz Ch, CPC
(6) Utilizacin de los PCGA y su conciliacin o ajuste para fines tributarios
El artculo 223 de la LGS seala que los Estados
Financieros se preparan y presentan de conformidad con
las disposiciones legales sobre la materia y con los PCGA
en el pas, es decir, las NIIF y las NIC y sus
interpretaciones.
La NIC 12 reconoce dos (2) tipos de partidas que generan
diferencias: las partidas temporales y las partidas
permanentes.
Las primeras corresponden a aquellas que contablemente
son gastos y tributariamente son deducibles en un
momento distinto; mientras que las permanentes son
gastos para temas contables y nunca para temas tributarios.
Alfredo Quichiz Ch, CPC
Gastos no deducibles (Artculo 44 de la LIR)
Gasto Diferencia Contable Tributario
Gastos
personales
Permanente No deducible.
Principio de Ente
No deducible.
Inciso a) del
Artculo 44
Multas y
sanciones
Permanente No deducible.
Principio de
Causalidad
No deducible.
Inciso c) del
Artculo 44
Depreciacin Temporal Depreciacin
mayor en base a
un criterio
distinto
No se acepta la
depreciacin
acelerada.