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153 9. El Presidente tuvo la culpa Donde ponemos el dedo ... sale pus. Juan Manuel Santos, marzo 2 de 2011, citando al superintendente de Notariado y Registro. Las pérdidas económicas descomunales sufridas por la clientela de Inter- bolsa son imputables al Presidente de la República. Esta no es una apre- ciación, ni una argumentación, ni una crítica, ni es una arremetida contra el Presidente Juan Manuel Santos. Es sencillamente la constatación de los hechos derivada de la Constitución Nacional. Corresponde al Presidente de la República, de acuerdo con el artículo 189 de la Constitución, numeral 24: Ejercer, de acuerdo con la ley, la inspección, vigilancia y control sobre las per- sonas que realicen actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. La Constitución señala además que la bolsa de valores afecta el interés público: ARTICULO 335. Las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos de captación a las que se refiere el literal d) del numeral 19 del artículo 150 son de interés público y sólo pueden ser ejercidas previa autorización del Estado, conforme a la ley, la cual regulará la forma de intervención del Gobierno en estas materias y promoverá la democratización del crédito. 1 1. El citado literal d) dice que es función del Congreso por medio de las leyes: “Regular las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público”.
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9. El Presidente tuvo la culpa

Donde ponemos el dedo ... sale pus.

Juan Manuel Santos,marzo 2 de 2011,

citando al superintendentede Notariado y Registro.

Las pérdidas económicas descomunales sufridas por la clientela de Inter-bolsa son imputables al Presidente de la República. Esta no es una apre-ciación, ni una argumentación, ni una crítica, ni es una arremetida contra el Presidente Juan Manuel Santos. Es sencillamente la constatación de los hechos derivada de la Constitución Nacional.

Corresponde al Presidente de la República, de acuerdo con el artículo 189 de la Constitución, numeral 24:

Ejercer, de acuerdo con la ley, la inspección, vigilancia y control sobre las per-sonas que realicen actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público.

La Constitución señala además que la bolsa de valores afecta el interés público:

ARTICULO 335. Las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos de captación a las que se refiere el literal d) del numeral 19 del artículo 150 son de interés público y sólo pueden ser ejercidas previa autorización del Estado, conforme a la ley, la cual regulará la forma de intervención del Gobierno en estas materias y promoverá la democratización del crédito.1

1. El citado literal d) dice que es función del Congreso por medio de las leyes: “Regular las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público”.

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¿Quién es el encargado de interpretar la Constitución? La Corte Constitu-cional. Y la doctrina de la Corte en esta materia es contundente y terminante.

En 2007 la Corte afirmó que la inspección, vigilancia y control:

... es desarrollada por el Presidente de la República en su condición de Suprema Autoridad Administrativa y que (...) lo hace a través de organismos técnicos especializados dependientes del Gobierno, concretamente a través de las su-perintendencias, bajo su orientación.2

En la misma sentencia conceptuó la corporación que la inspección, vigi-lancia y control sobre la bolsa de valores:

... es una función pública indelegable que le corresponde ejercer al Presidente de la República, por expreso mandato constitucional, y que se lleva a cabo a través de la Superintendencia Financiera de Colombia.3

De acuerdo con el magistrado Rodrigo Escobar Gil las compañías bur-sátiles se encuentran sometidas a “un régimen estricto de intervención del Estado”.

¿Cómo debe entenderse ese régimen estricto? Lo explicó el magistrado:

... en el sentido de requerir autorizaciones previas para su funcionamiento, y estar constantemente vigiladas y controladas por organismos gubernamentales de carácter técnico, llamados a ejercer funciones de policía administrativa, como lo es precisamente la Superintendencia Financiera de Colombia.4 (subrayado no es del original).

¿Con qué finalidad se ejerce esa vigilancia constante? Lo aclara el ma-gistrado Escobar Gil:

Con el propósito de asegurar la confianza en el sistema financiero, garantizar la transparencia de las actividades realizadas por las entidades vigiladas, evi-tar la comisión de delitos y proteger los intereses de terceros de buena fe que pueden resultar lesionados por operaciones de mercado irregulares, inseguras o inadecuadas.5 (subrayado no es del original).

En la misma sentencia quedó dicho que “el mercado bursátil se encuentra sometido al poder de policía administrativo”, con la finalidad de:

2. Sentencia C-692/07, septiembre 5 de 2007, Magistrado Ponente: Dr. Rodrigo Escobar Gil, Corte Constitucional.

3. Ibidem.4. Ibidem.5. Ibidem.

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... mantener el mercado bursátil debidamente organizado, y velar porque quienes participan en él desarrollen su actividad en condiciones de igualdad, transparencia y no se ponga en peligro ni se lesione el interés público y espe-cíficamente el interés de los inversionistas.6 (subrayado no es del original).

El gobierno, según la Corte, define cuáles negociaciones deben efectuarse a través de la bolsa de valores y “qué montos y cómo deberá efectuarse cada transacción”. Destaca la sentencia del magistrado Rodrigo Escobar Gil que

Se trata igualmente de una actividad [la bursátil] sometida a autorización gu-bernamental previa, intervenida por el Estado de forma especial para prevenir conductas delictivas, tales como el lavado de activos y la utilización de esta labor para fines diferentes al interés público.7

En una sentencia más reciente, de 2012, proferida días después de la intervención de Interbolsa, la Corte Constitucional declaró que la Superin-tendencia Financiera debe ejercer sus funciones:

... de manera que asegure la confianza comunitaria hacia los sistemas controla-dos, garantizando su ortodoxia y transparencia, evitando que los manejadores de las entidades vigiladas incurran en comportamientos criminosos, o realicen operaciones de mercado irregulares, inseguras o inadecuadas.8 (subrayado no es del original).

El magistrado Nilson Pinilla Pinilla explicó en ese fallo que entre las funciones de la Superintendencia Financiera se cuentan las siguientes:

(v) de información consistente en cuidar que los establecimientos sometidos a su vigilancia provean suficiente información al público acerca de su situación y las características de sus productos;(ix) de prevención consistente en la emisión de órdenes o instrucciones necesa-rias para que se suspendan de inmediato las prácticas ilegales, no autorizadas o inseguras.9

Es de fundamental importancia otra sentencia, dictada por el ma-gistrado Humberto Antonio Sierra Porto, según la cual los directivos de las

6. Ibidem.7. Ibidem.8. Sentencia C-909/12, noviembre 7 de 2012, magistrado ponente: Dr. Nilson Pinilla

Pinilla, Corte Constitucional.9. Ibidem. De acuerdo con el magistrado Pinilla Pinilla: “La Constitución no es, en modo

alguno, neutra ni indiferente frente a las actividades financieras pues, por el contrario, les reconoció la relevancia que implica catalogarlas como de interés público y ordenar su permanente supervisión por parte del Estado”.

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entidades financieras no pueden realizar ni autorizar actos contrarios a los estatutos de esas entidades. Esa obligación:

... se encuentra justificada, debido a las particularidades de este sector, que, se repite, no sólo maneja dineros ajenos sino que, además, tiene una incidencia decisiva en el desarrollo económico del país.10

Las preguntas pertinentes después de este repaso de la jurisprudencia podrían ser estas: ¿A partir del 7 de agosto de 2010 vigiló constantemente la Superintendencia Financiera a Interbolsa? ¿Evitó el gobierno del Presi-dente Santos la comisión de delitos y los “comportamientos criminosos” que llevaron a la desaparición de 50 millones de dólares en los títulos TEC de Luxemburgo, buena parte de los 174 millones de dólares captados en Interbolsa para Premium, 20 mil millones de pesos prestados por el banco BBVA a la comisionista, 70 mil millones de pesos del desfalco en la cartera Credit vía Clínica Candelaria? ¿Protegió su administración a los terceros de buena fe? ¿Veló para que en Interbolsa no se pusiera en peligro el interés de los inversionistas? ¿Evitó la administración Santos las operaciones irre-gulares, inseguras e inadecuadas que se registraron en Interbolsa?

Entre las escasísimas declaraciones del Jefe del Estado sobre la banca-rrota sobresale la entrevista que dio el 18 de diciembre de 2012 a La W, cuando dijo:

La Superintendencia Financiera actuó en forma oportuna, ni muy temprano ni muy tarde. El doctor Gerardo Hernández es una de las personas más res-petables en este país, con una amplísima experiencia, lo que pasa es que ha venido descubriendo que detrás de esto había cosas mayores, y eso también lo ha manejado con mucha discreción.

Ha venido descubriendo cosas mayores. Cosas mayores que debía haber descubierto antes si hubiera vigilado constantemente, si hubiera evitado y controlado oportunamente las operaciones irregulares, inseguras o inadecua-das. Según la Corte Constitucional, el deber del gobierno era velar porque no se pusiera en peligro el interés de los inversionistas, la obligación de la Superintendencia al tenor de la Constitución era llegar a tiempo al conoci-miento de las prácticas no autorizadas o ilegales. No son la respetabilidad y la experiencia las que permiten juzgar si un funcionario cumplió con sus deberes. Lo esencial es averiguar si adhirió a la Constitución y a las leyes, tal como las interpreta la Corte Constitucional.

10. Sentencia C-860/06, octubre 18 de 2006, magistrado ponente: Dr. Humberto Antonio Sierra Porto, Corte Constitucional.

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El superintendente financiero no sabía. El presidente tampoco conocía las “cosas mayores”. Lo reconoció de manera explícita Juan Manuel Santos cuando afirmó:

Yo ni siquiera había estado enterado de qué estaba sucediendo en Interbolsa.

Para que no se crea que esta frase está citada fuera de contexto o dicha en otro contexto, conviene citar todo el encadenamiento verbal para que quede confirmado que se trató de una confesión en la que Juan Manuel Santos reveló que el Presidente de la República, cuya función indelegable es ejercer la inspección y vigilancia sobre las actividades financieras y bursátiles, prevenir las conductas delictivas en las comisionistas de bolsa y evitar las operaciones irregulares, no cumplió con esos deberes constitucionales pues no estaba enterado de qué estaba sucediendo en Interbolsa.

Cuando le preguntaron a Santos por los aportes a su campaña de dos socios de Interbolsa, respondió:

No he hablado con ningún socio de Interbolsa desde que yo me posesioné, así de sencillo. Y creo que no se ha actuado ni a favor ni en contra de Interbolsa. Por lo menos que yo esté enterado, en la Presidencia de la República, sino hasta que me preguntaron lo que Julio me estaba preguntando, hasta ese momento yo ni siquiera había estado enterado de qué estaba sucediendo en Interbolsa.

Fue en el transcurso de la explicación para desvirtuar cualquier favo-ritismo derivado de la contribución a la campaña cuando Santos hizo la histórica, y seguramente involuntaria, revelación. Admitió el Presidente que hasta antes del momento en que le empezaron a preguntar por las donaciones de Rodrigo y Tomás Jaramillo a su campaña –preguntas que se le hicieron después de la intervención del 2 de noviembre– él “ni siquiera había estado enterado de qué estaba sucediendo en Interbolsa”.

Esto no es todo. En la misma entrevista Santos afirmó:

Este gobierno no llegó tarde. Este gobierno llegó en el momento que le tocaba llegar. Cuando una empresa, sea un banco o sea un comisionista de bolsa, comienza a incumplir un pago, ahí es cuando la Superintendencia tiene que ir a intervenir. Antes si está cumpliendo con sus pagos...

La frase quedó incompleta porque la entrevistadora Camila Zuluaga interrumpió a Santos con esta tempestiva ráfaga:

Pues no porque mire lo que pasó con DMG, DMG no incumplía con los pagos y la intervinieron directamente, porque por ejemplo en Interbolsa lo que podía

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estar ocurriendo es que el dinero de los inversionistas se estaba gastando en otras cosas y ahí es lo que uno no entiende, cómo a pesar de que estaban pa-gando, no estaban incumpliendo, había una irregularidad dentro de Interbolsa utilizando los dineros de las personas en otras cosas.

Retomó la palabra el Presidente para reiterar el desconocimiento del go-bierno sobre las “cosas mayores” –y purulentas– que ocurrían en Interbolsa:

Pero la Superintendencia no tenía por qué saber eso. La Superintendencia actúa cuando se presentan unos hechos y aquí se presentó un hecho evidente, aquí hubo la falta de un pago dentro del sistema y entonces la Superintendencia actuó, se dio cuenta de la situación e inclusive intervino la compañía con mu-cha rapidez. Pero intervenir antes cuando está haciendo los pagos, ¿Con base en qué va a intervenir?

¿La Superintendencia no tenía por qué saber que el dinero de los inver-sionistas de Interbolsa se estaba gastando en otras cosas? Lo desmiente a usted la Corte Constitucional, Señor Presidente. Vide ut supra.

Fue ésta otra histórica confesión de Santos, cuyo impacto de opinión pública La W, asombrosamente, no reclamó como propio, merecedora como es la entrevista de varios premios de periodismo. No sucede todos los días que un puñado de periodistas madrugados arrinconen al Jefe del Estado durante un interrogatorio al aire y logren que admita, no una sino dos veces, que faltó a sus deberes constitucionales.

En realidad, la confesión fue triple. Cuando Santos intentó reducir y rebajar las atribuciones de la Superintendencia a la intervención por in-cumplimiento de un pago, no pudo mencionar un solo ejemplo de hechos criminosos que hubiera evitado el superintendente, ni se refirió a las prácticas no autorizadas o inseguras que su gobierno pudo detectar, porque que se sepa cuando las descubrió en la cartera Credit con los préstamos a Corri-dori y ordenó reversarlas, y tuvo por ende la primera advertencia sobre el peligro mortal que representaba la especulación sobre Fabricato, no obró a fondo para evitar la metástasis de los repos, que aparentemente migraron de Credit hacia Premium y la comisionista.

El énfasis del gobierno en la prontitud con que se obró el día de la in-tervención y los subsiguientes ha servido de sofisma de distracción para no tener que mencionar la deficiente o inexistente vigilancia sobre las conductas torcidas que venían desde muchos meses atrás, que si se hubieran detectado y corregido a tiempo no habrían desembocado en el desmadre que arrastró a la ruina a miles de inversionistas, a centenares de accionistas, a los propios

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administradores de Interbolsa y a la principal comisionista de la bolsa de valores.

En septiembre de 2012 en la asamblea de los comisionistas de bolsa en Cartagena el superintendente afirmó que en los dos últimos años se había hecho “un esfuerzo muy grande para fortalecer la labor de la Superinten-dencia Financiera en el tema de conductas buscando que el comportamiento del mercado se haga sobre unas bases de transparencia e integridad”.

A la hora de dictar sentencia sobre las demandas que por falla en el servicio seguramente se presentarán contra la Nación por las pérdidas de-rivadas de la quiebra dolosa de Interbolsa, quizá no se tendrá en cuenta el esfuerzo muy grande sino la negligencia superlativa en la vigilancia. Los magistrados del contencioso-administrativo contrastarán los alcances pre-ventivos que la Corte Constitucional y el propio Consejo de Estado le han dado a la función de inspección y vigilancia, con la realidad escueta de una superintendencia que solamente después de la intervención descubrió que había “cosas mayores” y que existían otras más sobre las cuales “no tenía por qué saber eso”.

Entrevistado por el noticiero de televisión CMI, el superintendente fi-nanciero hizo esta confesión ante Yamid Amat casi cuatro meses después del cierre de Interbolsa:

Si hay alguna duda sobre por qué nosotros no pudimos actuar antes en el tema de la manipulación [de la acción de Fabricato], lo que resulta muy claro es que buena parte de la información surgió a raíz de la intervención. Fíjese usted Yamid que con la intervención se vino a destapar el tema de los bonos que había en Luxemburgo. El emisor de esos bonos no los había reportado dentro de la información relevante a los mercados. Entonces se vino a saber a raíz de la intervención.11

Es decir, las autoridades se enteraron al tiempo con los damnificados. No podrán alegar los abogados que defiendan a la Nación de las indemniza-ciones abrumadoras que solicitarán las víctimas el argumento de que había contracción en la economía, circunstancia que durante la crisis de 1998 y 1999 sí llevó a la intervención y liquidación de algunos bancos y entidades financieras. La catástrofe de Interbolsa ocurrió con buen tiempo y cielo despejado en un día soleado, mientras los somnolientos controladores de vuelo pasaban las horas en la torre de control. Como dijo acertadamente el superintendente en Cartagena dos meses antes de la debacle:

11. Pregunta Yamid, www.cmi.com.co, febrero 19 de 2013.

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La actividad financiera, el sistema financiero en su conjunto, sigue mostrando resultados sumamente positivos, sigue presentando un dinamismo muy im-portante cualquiera que sea el indicador que se tome, si se toma el indicador de crecimiento de activos, de crecimiento de inversiones, de crecimiento de cartera. Seguimos viendo un sistema financiero sólido, dinámico y con sufi-cientes recursos para acompañar el crecimiento de la economía.

Las conductas no vigiladas, no descubiertas, no sancionadas, serán el meollo de la responsabilidad estatal. Para demostrar el despiste de la Super-intendencia Financiera tal vez los abogados demandantes se valdrán de las declaraciones que Gerardo Hernández dio el 9 de noviembre en La República, conservadas en youtube, donde empezó por lanzar una afirmación carente de transparencia sobre la inexistencia de insolvencia en la comisionista:

El problema de Interbolsa es un problema fundamentalmente de liquidez, no de solvencia. Si bien sabíamos que la firma tenía un apalancamiento, espe-cialmente en los repos de Fabricato, grande, se agudizó en el momento en que algunas líneas de crédito se les venció y tuvieron que pagarlas y no fueron prorrogadas. En ese momento se evidenció por parte de la comisionista y de la Superintendencia que había un problema de liquidez que se iba a ir pre-sentando paulatinamente y que les iba a tocar a ellos hacer un esfuerzo más grande por fondear sus operaciones en el mercado.

A renglón seguido el superintendente insistió en su interpretación benigna –o distraída– de los hechos:

Yo le decía a alguien que yo sigo convencido que si uno le sacara a la firma el tema de Fabricato muy seguramente no hubiera tenido ninguna dificultad de fondear su actividad permanente, pero en este caso los inversionistas, los banqueros, sintieron que había un apalancamiento excesivo. En ese momento lo que se le pidió a la firma fue que procediera ya fuera a través de capital fresco o con créditos de mediano plazo, que pudieran resolver la situación, gestiones que no resultaron. Después se volvió a arrancar con la posibilidad de vender la firma, lo que tampoco se concretó. En esas dos semanas los problemas de liquidez se dan, en cuestión de días o de horas, esa es la magia que tiene el mercado de valores, que la gente tiene confianza en la contraparte. En el caso de Interbolsa en dos semanas se empezó a apretar muchísimo las líneas de crédito y eso llevó a que el día de la toma tuvieron dificultad para renovar esas líneas e incumplieron una obligación de esas líneas de crédito. Creo que lo hemos hecho de una manera responsable.

Los damnificados de Interbolsa ya no ven el hechizo del mercado que deslumbra al superintendente. Por arte del mago Corridori, de los magos

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Jaramillo, se esfumaron sus capitales. En este relato del superintendente se habla de Interbolsa sin atar cabos, como si “el tema de Fabricato” fuera una operación normal, prudente, razonable. No hay ninguna alusión crítica del funcionario al hecho de que Interbolsa lo apostó todo por Fabricato, lo propio y lo ajeno. ¿Apalancamiento excesivo? Eso lo califican los inversionistas, los banqueros, no la neutralísima Superintendencia Financiera del laissez faire.

El superintendente o alguno de sus delegados debería ser un Sherlock Holmes financiero. Pero Gerardo Hernández se ve como un clérigo:

La labor del superintendente financiero es como la de un padre confesor. Si yo tuviera que contarle a todo el mundo todo lo que cada una de las entidades habla conmigo o encuentro en la supervisión, ustedes pueden entender que eso no sería prudente.

Clerical o detectivesca, la comparación no es lo que cuenta. La gestión de la Superintendencia se califica según los criterios establecidos por la Corte Constitucional: ¿Protegió preventivamente a los inversionistas de buena fe? ¿Previno las conductas delictivas? ¿Evitó las operaciones inseguras o no autorizadas o las extirpó de raíz? ¿Aseguró la transparencia e integridad en Interbolsa?

El superintendente Gerardo Hernández admitió que las funciones pre-ventivas y precautelativas que debe cumplir la Superintendencia no se ejer-cieron oportunamente frente a Interbolsa. Este es el reconocimiento tácito:

Hay una duda de si en todas estas operaciones que están cuestionadas la firma cumplió con su deber de asesoría, es decir, si se les informó a los clientes sobre los riesgos de las operaciones. Esa es una de las funciones principales y es un tema de conductas que tendremos que ver.

Con esta admisión de responsabilidad, con este anuncio de que se ave-riguará si falló el deber de asesoría, confiesa el gobierno que no se cumplió con uno de los deberes del supervisor financiero, tal como lo definió el magistrado Nilson Pinilla Pinilla en sentencia de 2012:

Cuidar que los establecimientos sometidos a su vigilancia provean suficien-te información al público acerca de su situación y las características de sus productos.12

12. Sentencia C-909/12, noviembre 7 de 2012, magistrado ponente: Dr. Nilson Pinilla Pinilla, Corte Constitucional.

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Ese cuidado se debe ejercer a priori, no a posteriori. Sí, la omisión en que incurrió Interbolsa se puede sancionar ex post facto. Pero ese solo hecho ya indica que no se vigiló a tiempo, como debe ser, preventivamente, para evitar las consecuencias del engaño a los clientes. Es un hecho notorio que en el caso del fondo Premium, uno de los productos que ofrecía, Interbolsa no dio suficiente información pues la concentración de las inversiones en Fabricato –más de la mitad del portafolio– nunca se reveló a los clientes que fueron embaucados a lo largo de mucho tiempo.

Aunque el Presidente Santos cree que la Superintendencia actuó oportu-namente, ni muy tarde ni muy temprano, ¿Cómo calificar esta declaración del superintendente Hernández sobre la información que descubrió después de la intervención?:

Segundo tema: si a través de las compras de acciones hay un incumplimiento de las normas del mercado de valores para adquirir una empresa. Otro tema: si hubo una manipulación del precio. El otro tema es ya relacionado con ac-tuaciones de orden puramente penal que se derivará de toda la información que con la toma de posesión empezó a salir. Pero en este momento toda esta cantidad de información, declaraciones, va a servir para que nosotros poda-mos rápidamente mirar y actuar. Nuestra prioridad es estabilizar el mercado de valores, proteger a los inversionistas preocupados y naturalmente al tomar posesión y llegar nosotros a la firma recopilar toda la información (alguna que ya teníamos) para poder llegar a concretar información, otra que en este momento está saliendo, para las actuaciones que sean del caso llevar.

La Superintendencia anunciaba que iba a mirar y a actuar rápidamente, pero después del desenlace fatal. Era cuando Interbolsa tenía salvación que la mirada de la Superintendencia debía haberse enfocado sobre la comisio-nista, para proteger a los inversionistas en ese momento, no cuando ya los había arrastrado la corriente hacia el naufragio económico.

La responsabilidad del gobierno Santos derivada de la vigilancia laxa o inexistente, adquiere una magnitud todavía más grave si se tiene en cuenta que nueve años antes del cierre definitivo de Interbolsa los organismos de supervisión financiera habían decretado el cierre temporal de la comisionista, como sanción por las mismas conductas que en 2012 condujeron a la quiebra,

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a saber, apoderarse de la plata de los clientes sin permiso y sin contarles en qué se iba a invertir, prometerles una cosa y hacer otra, manipular la bolsa.

Existía un antecedente que la Superintendencia Financiera estaba obli-gada a conocer, pues la sanción la impuso una entidad que en 2005 fue incorporada a la Superintendencia. Los accionistas y administradores de 2003 y de 2012 eran casi los mismos. Había motivo para sospechar de esos administradores pues ya se habían hecho acreedores a la mayor sanción aplicable a una sociedad comisionista de bolsa.

Una de las víctimas de Interbolsa en ese primer tiro fue la Asociación de Padres de Familia del Gimnasio Moderno. Tenía $62 millones para inver-tir. Por carta le dio instrucciones a Interbolsa para comprar bonos de una entidad oficial. La comisionista sin permiso tomó el dinero para adquirir acciones de Interbolsa.

Este abuso ocurrió en 1999 y no fue un caso aislado. Interbolsa realizó desde ese año operaciones ilegales destinadas a conquistar una lucrativa licencia del gobierno que le permitió entrar a un enorme negocio –sostén de crecimiento de la comisionista– y consolidar el primer lugar entre todas las firmas inscritas en la bolsa de valores.

Las operaciones ilícitas fueron detectadas y sancionadas por la Superin-tendencia de Valores y las conoció personalmente en 2003 el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla Barrera.

Sin embargo, el Ministerio de Hacienda nada hizo entonces ni después para excluir a Interbolsa como creador de mercado de los títulos TES de deuda pública, que fue el negocio bandera de Interbolsa durante más de diez años, gracias a la licencia que desde el año 2000 le otorgó la Dirección General de Crédito Público de ese ministerio.

Se denomina creador de mercado a la entidad financiera que tiene licencia para comprar en subasta bonos del gobierno y luego negociarlos en bolsa.

Se comprobó en 2003 que Interbolsa tomó sin autorización dinero de sus clientes para poder cumplir un requisito esencial que se exige a los creadores de mercado, la capitalización mínima.

Las mismas prácticas que llevaron al cierre definitivo de Interbolsa en noviembre de 2012 –invertir la plata de los clientes sin permiso y sin con-tarles en qué, prometerles una cosa y hacer otra, manipular la bolsa–, el gobierno las detectó en la comisionista un decenio antes.

Esas actuaciones prohibidas se descubrieron tras una investigación que adelantaron desde 2001 funcionarios de la Superintendencia de Valores,

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adscrita al Ministerio de Hacienda, y que vigilaba las comisionistas. La Su-pervalores se fusionó con la Superintendencia Bancaria para dar paso en 2005 a la actual Superintendencia Financiera, que tiene atribuciones sobre comisionistas de bolsa, bancos, aseguradoras y otras entidades.

En 2003 el ministro Carrasquilla Barrera se reunió con el superintendente de Valores, Clemente del Valle, y otros funcionarios.

Analizaron los resultados de la visita que agentes de Del Valle habían iniciado dos años antes en Interbolsa. Según el expediente, la comisionista no tenía al día los libros de órdenes y operaciones de los clientes. También había operaciones no registradas en la contabilidad. La Universidad La Gran Colombia, por ejemplo, figuraba con TES por $14 mil millones pero el dinero pertenecía a Interbolsa. A la universidad le pagaron una comisión de $54 millones por utilizar su nombre. En la jerga bursátil eso se conoce como una “vuelta”.

Otra acusación fue la manipulación bursátil. Durante veinte meses Inter-bolsa hizo operaciones no representativas del mercado con su propia acción. Es decir, la acción no subió y bajó por la libre oferta y demanda sino por manipulaciones ilegales. Además, esas maniobras se hicieron utilizando sin permiso la plata de los clientes.

Pero hubo un hecho todavía más grave que los anteriores. Interbolsa quería ser creador de mercado de los TES, designación que depende del Ministerio de Hacienda y que permitía a los bancos, corporaciones financieras y comisionistas de bolsa, comercializar la deuda pública, que es el negocio más grande de la bolsa. El Ministerio exigía a Interbolsa una capitalización mínima de $5.500 millones para participar en el programa. A Interbolsa le faltaban $1.500 millones. Entonces emitió acciones por ese valor. ¿Cómo las pagó? Tomando el dinero de las cuentas de los clientes para suscribir las acciones, pero sin pedirles permiso.

Una de las víctimas documentadas por Supervalores fue la Asociación de Padres de Familia del Gimnasio Moderno, a la cual sin autorización en 1999 le compraron $62 millones en acciones de Interbolsa, pese a que había dado orden escrita de invertir esa suma en bonos del IFI (el desaparecido Instituto de Fomento Industrial). Para justificar su conducta, Interbolsa manifestó a Supervalores que las acciones mostraban una rentabilidad que respaldaba la inversión realizada.13

13. Interbolsa demandó la sanción, pero el Tribunal Administrativo de Cundinamarca sentenció que “cuando los dineros de los comitentes son destinados a fines diferentes

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Supervalores concluyó:

Los recursos de los clientes se invertían en renta fija por períodos de tiempo relativamente cortos y fueron reinvertidos en acciones de la propia sociedad comisionista, también temporalmente, sin contar con la autorización expresa y escrita de los inversionistas.En efecto, se estableció que Interbolsa S.A. invirtió recursos por cuenta de un número plural de personas en acciones emitidas por la propia firma, pese a lo cual no se encontraron en sus archivos las requeridas cartas de instrucciones de los clientes con quienes la comisionista tenía suscritos contratos de admi-nistración de valores, en las cuales dieran indicaciones precisas y escritas sobre la venta de títulos de renta fija y la posterior reinversión de sus recursos en acciones de Interbolsa S.A.14

Solicitada la explicación a la entidad investigada, esto alegó Interbolsa:

... lamentablemente la sociedad comisionista no encontró en sus archivos los soportes escritos de algunas de las órdenes de compra que emitieron los clientes de la firma, aun cuando continuamos buscándolas en nuestros archivos, en el momento no nos es posible aportarlas.15

En la reunión con el ministro Carrasquilla se estudiaron las sanciones que la Supervalores pensaba imponer. Las multas por las distintas infracciones sumaban $160 millones. Además la resolución que se iba a dictar contem-plaba un castigo nunca antes impuesto por la Superintendencia: el cierre de Interbolsa por tres días. “Eso era como cerrar el Banco de Bogotá por tres días”, dijo un funcionario que estuvo en la reunión. Se analizó el efecto que pudiera tener sobre el mercado. “Interbolsa ya tenía una importancia relativamente alta y la sanción de cierre era costosa para la firma en pres-tigio”, indicó el ex funcionario. Al final de la reunión se decidió proceder tal como lo planteaba la Supervalores. “No es usual cerrar una firma pero los temores fueron vencidos”, dijo la fuente.

De parte del ministro Carrasquilla “hubo respaldo absoluto a la sanción”, indicó el participante en la reunión. “La sanción era para darle una lección conforme a derecho a Interbolsa”.

a los previstos en el mandato y, en consecuencia, se distorsiona la información sobre el destino de los mismos, así se obtengan utilidades del manejo hecho por el comisionista, no cabe duda de que tal circunstancia debilita la confianza como bien del mercado”. Ver Expediente N° 25000-23-24-000-2004-00311-01.

14. Resolución 0679, octubre 22 de 2003, Superintendencia de Valores, hoja 20.15. Ibidem.

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La resolución se dictó el 22 de octubre de 2003 y quedó en firme el 5 de diciembre, aunque las multas se rebajaron a $140 millones.16 Interbolsa tuvo que cerrar sus oficinas el 22, 23 y 24 de diciembre y abtenerse de negociar en bolsa. Fue como cerrar el Banco de Bogotá por tres días. La resolución contra Interbolsa “es un hito”, indicó un ex funcionario de Supervalores. El ex superintendente Clemente del Valle, hoy especialista en mercado de capitales del Banco Mundial, señaló que “la sanción era un precedente que no se había dado”.

El senador Juan Mario Laserna Jaramillo, del Partido Conservador, era director de Crédito Público en 2000 cuando Interbolsa fue reconocida por primera vez como creador de mercado para la deuda pública. El senador Laserna dijo que nada sabía de las actuaciones ilegales que permitieron a Interbolsa cumplir con los requisitos exigidos para ser creador de mercado. Tiene razón. Esas operaciones solamente salieron a la luz pública en octubre de 2003. Tampoco pudo haberlas conocido el entonces ministro de Hacien-da, Juan Camilo Restrepo, ministro de Agricultura del gobierno Santos. Ni las pudo conocer su sucesor, Juan Manuel Santos, ministro de Hacienda de agosto 2000 a agosto 2002.

El primer ministro en enterarse de la trampa fue Alberto Carrasquilla Barrera. Aunque la sanción se divulgó ampliamente ni él ni sus sucesores –Oscar Iván Zuluaga y Juan Carlos Echeverry– tomaron medidas contra una firma que accedió con ardides a un programa estrella del Ministerio de Hacienda. Año tras año Interbolsa fue admitida como creador de mercado de los TES. A fines de diciembre la Dirección General de Crédito Público emite una resolución señalando cuáles entidades cumplen los requisitos para ser creadores de mercado a partir del año siguiente. Interbolsa quedó incluida todos los años hasta 2012. Hubo años en que Interbolsa figuró en la lista como única comisionista de bolsa, al lado de Bancolombia, Banco de Bogotá, Citibank y otras grandes entidades financieras.

El ministro de Hacienda Mauricio Cárdenas, canceló la inscripción de Interbolsa el 2 de noviembre de 2012, fecha de la intervención. El negocio de los TES que manejaba Interbolsa pasó a Bancolombia.

Alberto Carrasquilla, hoy banquero de inversión, escribió poco después de la intervención de Interbolsa que “la actividad financiera consiste, preci-samente, en tomar riesgos. En hacer apuestas, si se quiere, con dinero ajeno

16. La utilidad de Interbolsa ese año fue de $10.000 millones. Ver Jorge Gabriel Taboada, “Informe sobre Ciegos”. Revista Dinero, noviembre 21 de 2012.

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y eso, a veces, sale muy mal.” Agregó: “El telón de fondo del episodio de Interbolsa es muy positivo”.

La sanción y la trampa de Interbolsa se conocieron públicamente y se reflejaron en un artículo de la revista Semana: “El señalamiento más delicado que hace la Supervalores a Interbolsa es haber usado plata de los clientes para comprar transitoriamente acciones de la propia firma. Interbolsa bus-caba convertirse en creador de mercado.”17

El Tiempo del 10 de diciembre de 2003 también mencionó la infracción:

Para la época en que la firma comisionista trataba de ser creador de mercado necesitaba contar con un capital mínimo de 5.500 millones de pesos, y le faltaban 1.500 millones. Se comprobó que la firma utilizó recursos de sus clientes ... para comprar acciones de la propia comisionista ... sin contar con la autorización expresa y escrita de los inversionistas.

El martes 23 de diciembre de 2003 Interbolsa estaba clausurada por suspensión de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Interme-diarios. No podía negociar TES ni comprar acciones para sus clientes. Ese cierre lo había decretado un organismo adscrito al Ministerio de Hacien-da. Pero en esa misma fecha un funcionario del Ministerio de Hacienda, Carlos Alberto Rodríguez López, director general de crédito público, firmó la resolución18 que designó a Interbolsa como creador de mercado para la vigencia siguiente, la de 2004.

La Supervalores acababa de demostrar que Interbolsa entró al programa de creadores de mercado de la deuda pública con una capitalización obte-nida por medios ilegales. No obstante, el Ministerio de Hacienda hizo caso omiso y le renovó a Interbolsa la licencia para continuar en el programa.

Cada mes las comisionistas de bolsa clasificadas como creadoras de mer-cado tenían que reportar su patrimonio por medio de certificación del revisor fiscal. La certificación presentada cuando Interbolsa ingresó al programa tenía solamente valor formal, pues la capitalización fue producto de la vio-lación de normas legales. Pero el Ministerio no cuestionó la certificación.

El requisito de la certificación mensual lo estableció en el Ministerio de Hacienda César Alberto Mendoza Sáenz, como director encargado de crédito público en 2002. Mendoza Sáenz fue luego suplente de la junta directiva de Interbolsa. Gerencia la Compañía Colombiana de Capitales, a la cual el fondo Premium, de Curazao, le dio un crédito por 1.995.000 dólares. Por

17. Revista Semana, noviembre 30 de 2003.18. Resolución 2372, diciembre 23 de 2003, Diario Oficial de diciembre 31 de 2003.

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uso de información privilegiada está inhabilitado por 5 años para ejercer cargos de administración o dirección en el sector financiero, según sanción confirmada por el superintendente Gerardo Hernández Correa.19

Rodríguez López, en 2013 vicepresidente internacional del Grupo Banco-lombia, señaló que estaba enterado de la sanción en 2003 pero que Crédito Público “no es un regulador ni es un supervisor, se dedica a financiar a la Nación. Su función no es la de supervisar a la gente”. Para el programa de creadores de mercado los “criterios son objetivos, no hay elección a dedo, el que cumple los requisitos es aceptado, no hay subjetividad en la desig-nación”, indicó.

En el 2003 ¿qué podía uno decir? El programa está abierto a todos, las caracte-rísticas que definían si se incluye una entidad hacían referencia a patrimonio, haber solicitado la inclusión, no había consideración de sanciones. Interbolsa no incumplía con nada. En el 2003 estaban sobrados de patrimonio. Interbolsa siempre tuvo capital suficiente.

Le pregunté si entonces no contaban los antecedentes de la firma y Rodrí-guez López manifestó que habiendo criterios objetivos no se podía después, por decreto, decir que se excluía si había sido sancionada. “Supervalores los debió haber cerrado totalmente, era el regulador y el supervisor”.

En el mundo financiero fue vox populi el papel significativo que jugaba Interbolsa en el mercado de los TES. En un artículo de 2006 sobre Inter-bolsa, la revista Semana escribió que los TES “forman parte primordial de su activo”. Era tan importante para la comisionista la designación que le concedía anualmente el Ministerio de Hacienda que Interbolsa registró la marca “Interbolsa Creadores de Mercado” con el número 78766276 ante la oficina de marcas y patentes del gobierno federal en Washington, D. C.

El mercado de deuda pública es el más líquido del país y el más líquido de cualquier economía, dijo el senador Juan Mario Laserna. “Los volúme-nes son gigantescos”. El negocio de los TES en que se movía Interbolsa no solamente es el más grande de la bolsa sino superior a la deuda externa de Colombia, indicó.

El programa de creadores de mercado surgió en 1997 para financiar el presupuesto nacional con deuda pública, y se consolidó en el año 2000. Los creadores de mercado comercializan los TES, son un distribuidor mayorista de la inversión considerada más segura de la bolsa, pues el que responde es la Nación, que en teoría no se puede quebrar. “Los TES son cero riesgo”,

19. Resolución 0910 de 2011, Superintendencia Financiera.

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expresó el senador Laserna. Entre 2001 y 2005 los promedios diarios de deuda pública negociados en bolsa aumentaron 14 veces, según Planeación Nacional. Interbolsa ganaba comisión cada vez que negociaba los TES.

Uno de los padres del mercado de los TES es Juan Carlos Ortiz Zárate, accionista de Interbolsa y fundador del fondo Premium. El 8 de noviembre en entrevista con Julio Sánchez Cristo se adjudicó la responsabilidad por el ingreso de Interbolsa al programa:

Es un negocio gigante, es un negocio maravilloso. Durante los 15 años que he estado vinculado con el Grupo Interbolsa hicimos algo que fue desarrollar la deuda pública colombiana, hoy es la deuda interna, casi del mundo, más líquida, más transparente, más perfecta. Cuando arrancamos en el año 97, cuando yo pertenecía a Interbolsa, hicimos un trámite muy complejo para ser creadores de mercado, sacamos esa licencia con tanto esfuerzo. Ese es el negocio que se llevó Bancolombia ayer.

Cuando Interbolsa demandó las sanciones impuestas por Supervalores ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca se puede decir que fue por lana y salió trasquilada. El magistrado Luis Manuel Lasso Lozano confirmó el castigo impuesto por Supervalores y además lanzó una especie de sanción moral que, si la hubieran conocido, habría servido de alerta a los clientes de Interbolsa que hoy lamentan la pérdida de su dinero.

“Hubo un manejo indebido de los dineros de los clientes de la comi-sionista”, anotó el magistrado Lasso Lozano en la sentencia de 2008 y añadió:

Para convertirse en creador de mercado Interbolsa S. A. se vio en la necesidad de incrementar su capital suscrito y pagado en $1.500 millones lo que la llevó en diciembre de 1999 a la emisión y colocación de 1’500.000 acciones a un precio unitario de $1.000.oo y los dineros para completar la mencionada suscripción provinieron en parte de las cuentas de orden fiduciario de la misma sociedad en las que se manejaban. La rentabilidad obtenida por Interbolsa S. A. entre el 10 de diciembre de 1999 y el 23 de agosto de 2001 no obedeció a un crecimiento real, ella correspondió, en realidad, a los continuos e injustificados fondeos a partir de la estructuración de operaciones, registrando a nombre de sus clientes, en forma ajena a su voluntad, compras definitivas cuyo propósito fue facilitar recursos para que sus propios accionistas suscribieran acciones emitidas por la sociedad comisionista y, así, favorecer el proceso de capitalización adelantado por la firma con miras a convertirse en creador de mercado.20

20. Sentencia de septiembre 4 de 2008, Magistrado Ponente: Dr. Luis Manuel Lasso Lozano, Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A, Expediente N° 25000-23-24-000-2004-00311-01.

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Para el magistrado, Interbolsa incurrió en “maniobras que persiguieron únicamente el interés de la comisionista y desconocieron el de los comitentes y el de los demás agentes del mercado”.

Un abogado que trabajó en organismos de control financiero anotó sobre las sanciones impuestas a la comisionista en 2003: “Los de Interbolsa ya jugaban tute desde el útero”.

Otro abogado que trabajó en Supervalores cuando Interbolsa fue clausu-rada, comentó: “Las actuaciones [de Supervalores] fueron impecables. En cambio, en los últimos nueve, diez años, ha habido una convivencia feliz de las autoridades con Interbolsa”.

Aunque la publicidad de Interbolsa proclamaba “Somos fruto de una buena semilla”, al lado de la fotografía de un árbol frondoso, la conclusión ineludible de la sanción impuesta en 2003 por la hoy muy significativa Resolución 0679 es que el crecimiento de Interbolsa estuvo cimentado en el fraude. No se sabe si se adelantaron entonces pesquisas para sancionar a los administradores que realizaron las conductas sancionadas nueve años antes del cierre final de Interbolsa. Pero no es exagerado afirmar que los superintendentes financieros siguientes debían conocer la sanción más severa jamás impuesta a una firma inscrita en la Bolsa de Valores de Colombia. Y estar alertas.

Por lo demás, ¿No debía el Ministerio de Hacienda sospechar que una fir-ma que violó la ley para cumplir con un requisito del programa de creadores de mercado podía también hacer trampa en las subastas de los TES y que estaría dispuesta a tomar cualquier atajo para triunfar, como obtener infor-mación interna del Ministerio o acortar camino por otros medios indebidos?

El manejo de recursos de terceros es una gestión de confianza. Esa gestión de confianza en cuanto al negocio de los TES se la ganó Interbolsa con una trampa, no obstante lo cual el gobierno le permitió perpetuarse en el negocio.

Retrospectivamente, todo el programa de creadores de mercados está hoy bajo sospecha. La participación de Interbolsa como contraparte del gobierno desde 2000 debería investigarse internamente por parte del Ministerio de Hacienda y externamente por parte de la Superintendencia Financiera, la Procuraduría y la Contraloría. La confianza en el mercado más grande de la Bolsa de Valores de Colombia, el de los TES, no es asunto de poca mon-ta. Si se encuentra que Interbolsa no solamente hizo trampa para entrar al programa sino cuando fue jugador estrella de ese onceno –al comienzo los designados eran once–, son varios los ministros de Hacienda y los di-rectores de Crédito Público que deben rendir cuentas y ser investigados.

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En diciembre de 2012 el principal banco suizo, UBS, pagó una multa de un mil quinientos millones de dólares (US$1.500.000.000) por hacer trampa en la fijación de la tasa Libor, un indicador que afecta las tasas de interés en todos los mercados financieros del mundo. No se puede confiar que el mercado de los TES ha sido el más líquido, el más transparente y el más perfecto solamente porque lo dice Juan Carlos Ortiz.

En Colombia, el gobierno puso el plante. Ya Interbolsa no es un operador en el mercado de los TES. Pero ello no es razón para tender un manto de olvido e impunidad sobre los posibles fraudes, ardides, argucias, engaños, artificios y otras violaciones de la ley que Interbolsa haya cometido en los 13 años en que fue creador de mercado autorizado por el Ministerio de Hacienda. Y si no infringió la ley, debe establecerse de manera fehaciente.

Cuando El Espectador21 publicó un informe sobre la sanción a Interbolsa en 2003 titulado “Ministerio le premió la trampa a Interbolsa”, el ex ministro Alberto Carrasquilla escribió un artículo titulado “Presuntas sagacidades”:

Antes de exponer las cinco principales razones por las cuales el argumento no solamente es falso, sino que linda con el absurdo, alguito de contexto. Colombia tomó la decisión, en parte a nivel constitucional, de desarrollar un mercado de deuda pública, sustituyendo así las prácticas arcaicas mediante las cuales el Estado se financiaba, hasta bien entrados los años noventa del siglo pasado, por un esquema más alineado con la modernidad fiscal.El mercado de deuda pública hoy en día constituye, de muy lejos, el componen-te más importante del mercado de capitales, y su creación implicaba muchos desafíos, entre los cuales se destaca una pregunta sencilla: ¿cómo hacemos, operativamente, para recibir la plata que necesitamos que nos presten? La decisión que se tomó fue muy atinada: se forma un grupo muy selecto de entidades y se subastan TES solamente entre sus miembros. Estos “creadores de mercado”, como se les vino a llamar, reciben, paralelamente, un manda-to de distribuirlos entre los miles o millones de personas y entidades que los necesitan. Para ser seleccionado creador de mercado es necesario, entre otras muchas cosas, tener calificación AAA, tener un patrimonio alto, contar con acceso al sistema transaccional del Banco de la República y, desde 2003 también, a sus ventanillas de liquidez, y demostrar agilidad y eficiencia en la distribución de los títulos.El esquema de creadores de mercado ha funcionado a la perfección durante la década larga que lleva de vida y sin lugar a dudas es una de las razones por las cuales los TES gozan de la confianza absoluta de inversionistas nacionales e internacionales.

21. El Espectador, febrero 17 de 2013.

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Ahora sí, a lo que vinimos. Primero, me gustaría mucho saber qué hubieran opinado los accionistas de Interbolsa en su momento sobre la afirmación de Donadio de que yo los premié en 2003. Al contrario, tras recibir un informe de la entonces Supervalores sobre algunos incidentes que databan de 1999, apoyé con convicción plena la decisión –que carecía, y creo que aún carece, de antecedentes– de cerrar la empresa por tres días, además de clavarles una multa. Hasta el mismo Donadio así lo reconoce en una mención difusa al final de su informe investigativo.Segundo, el propósito de una sanción es castigar para que el sancionado me-jore su desempeño. La recomendación de Donadio de sustituir la figura de la sanción –que es común ocurrencia aquí y en Cafarnaúm– por la del cierre definitivo, además de ser completamente ilegal, fácilmente nos dejaría sin sistema financiero. Lo cierto es que como creadora de mercado, Interbolsa no volvió a ser sancionada jamás. Antes de que alguna mente retorcida plantee la hipótesis de que eso se explica porque nos tenían sobornados a todos los ministros y supervisores, quiero invitar a Donadio a que nos muestre una ac-tuación concreta efectuada por Interbolsa que constituya una violación de sus compromisos como creadora del mercado de deuda pública. Y que por favor no incluya aquellos actos por los cuales recibió la sanción más fuerte de la historia del mercado de capitales colombiano.Tercero, contrario a las insinuaciones del sagaz autor, lo cierto es que entre las actividades de Interbolsa como creadora de mercado y los hechos que llevaron a su quiebra –relacionados con la iliquidez de acciones con las cuales efectuaba repos– no existe ninguna relación. Los riesgos excesivos que tomó en 2012 y las medidas desesperadas y posiblemente delictivas que tomó para cubrir sus efectos son completamente independientes de su papel como creadora del mercado de deuda pública en 2004.Cuarto, como creadora de mercado, Interbolsa compitió duro y parejo con los más talentosos y capaces operadores del mercado de renta fija de Colombia, al amparo de reglas del juego transparentes y de un régimen sancionatorio fuerte. Los márgenes y las ganancias obtenidos por esa participación reflejan esta feroz competencia entre profesionales de primerísima línea y aseguran que, lejos de haber perdido un centavo, el Estado ganó billones respecto de mecanismos alternativos de colocación.Quinto, en 2002, por la turbulencia internacional del momento y en línea con lo que sucedió a otros países emergentes, el mercado de TES sufrió un remezón que amenazó con deteriorar marcadamente los balances de numerosas enti-dades. Desde ese momento, y bajo mi orientación, todas las medidas tomadas en relación con los creadores del mercado de manera igualitaria fueron en la dirección de endurecer las exigencias y los requerimientos, jamás de suavi-zarlos para premiarlos.

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A la luz de estos cinco hechos y de muchos otros, que se quedaron sin espacio, es muy claro que el informe de marras es completamente falaz en su contenido e inaceptable en sus insinuaciones.22

A las afirmaciones del ex ministro contesté con este texto:

El ex ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, señala que es “falso, absurdo y falaz” afirmar que Interbolsa fue premiada por el Ministerio de Hacienda al permitírsele su continuación como creador de mercado de la deuda pública pese a que acreditó ilegalmente el capital mínimo que necesitaba para entrar a ese programa.En otras palabras, el Dr. Carrasquilla afirma que fue suficiente la actuación estatal en 2003 cuando sancionó con multa y cierre por tres días a Interbolsa porque tomó abusivamente fondos de los clientes para capitalizarse y que esa trampa no debía tenerse en cuenta hacia el futuro en relación con la partici-pación de Interbolsa como creador de mercado. Es decir, el Dr. Carrasquilla cree que quienes hurtaban el dinero de los clientes de la comisionista podían manejar la deuda pública sin ningún riesgo. Es admirable la franqueza del Dr. Carrasquilla en la defensa de un exabrupto. La diferencia de interpretación y de apreciación de los hechos es insalvable.Afirma el Dr. Carrasquilla que a los creadores de mercado se les exigía una calificación AAA y un patrimonio alto. ¿Entonces para las agencias calificado-res no contaba que a Interbolsa se le impuso la sanción más alta? Parece que para el Ministerio fue irrelevante cómo consiguió Interbolsa el patrimonio que necesitaba para acceder al programa.El Dr. Carrasquilla formuló cuatro observaciones que constituyen abierta exal-tación de Interbolsa, una firma que, entre el mar de revelaciones recientes, se sabe que le entregó más de $80 mil millones a un particular, Alessandro Corridori, sin garantías, sin pagaré, con una simple anotación del nombre y de la cédula de extranjería, como señaló el liquidador Pablo Muñoz en entrevista con Yamid Amat.1. Dijo el ex ministro: “Como creadora de mercado, Interbolsa no volvió a ser sancionada jamás”.2. Afirmó también: “Quiero invitar a Donadio a que nos muestre una actua-ción concreta efectuada por Interbolsa que constituya una violación de sus compromisos como creadora del mercado de deuda pública”.3. Según el Dr. Carrasquilla: “Entre las actividades de Interbolsa como creadora de mercado y los hechos que llevaron a su quiebra –relacionados con la iliqui-dez de acciones con las cuales efectuaba repos– no existe ninguna relación”.4. Finalmente aseveró: “Interbolsa compitió duro y parejo con los más talen-tosos y capaces operadores del mercado de renta fija de Colombia, al amparo de reglas del juego transparentes”.

22. El Espectador, febrero 24 de 2013.

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Los medios de comunicación deben aceptar el reto que lanzó el ex ministro e investigar si efectivamente en todos los años como creadora de mercado Interbolsa se comportó con la pulcritud y la transparencia con las cuales re-trospectivamente la absuelve el Dr. Carrasquilla. Pero como los periodistas no tienen facultades de policía judicial, la última palabra sobre un tema de la mayor importancia para conocer si los funcionarios del Ministerio de Hacienda obraron debidamente, la tiene la Procuraduría.Si la Procuraduría confirma que efectivamente Interbolsa no violó los compro-misos como creadora de mercado y que ningún funcionario del Ministerio de Hacienda ayudó a Interbolsa, por ejemplo, suministrando información reser-vada, y que las subastas de TES estuvieron exentas de escándalos como el que afectó a Salomon Brothers23 en Wall Street en 1991, habría que darle la razón al Dr. Carrasquilla y aceptar que Interbolsa solamente actuó ilegalmente en dos momentos de su vida, cuando se le descubrió, a saber, por los hechos que llevaron a la sanción de 2003 y por los que condujeron a la quiebra en 2012. Sería una conclusión improbable pero hipotéticamente posible. Vaca ladrona no olvida el portillo.Independientemente de lo anterior, la otra tarea fundamental que debe cumplir la Procuraduría es deducir responsabilidades a los funcionarios encargados de la vigilancia financiera, los cuales, pese a que sancionaron a Interbolsa en 2003 por apoderarse de la plata de los clientes, no tomaron en 2012 las medidas necesarias para evitar que la reincidencia en esa conducta ocasionara la catás-trofe de pérdidas que hoy experimentan miles de ciudadanos. En noviembre, el magistrado Nilson Pinilla Pinilla dijo en una sentencia de la Corte Constitucional que la Superfinanciera debe ejercer sus funciones “evitando que los maneja-dores de las entidades vigiladas incurran en comportamientos criminosos, o realicen operaciones de mercado irregulares, inseguras o inadecuadas”. Está claro, más allá de toda discusión, que el gobierno no evitó ni unos ni otras.24

23. Para decirlo de manera muy provinciana, Salomon Brothers era el Interbolsa de Wall Street. Se le reconocía como el más grande y poderoso creador de mercado o “primary dealer” de los bonos del tesoro americano. Como estaba prohibido participar en subas-tas por más del 35% de los bonos que se ofrecían, un ejecutivo de Salomon presentó a la subasta posturas falsas con nombres de clientes de la firma. Tras el escándalo, derivado de una trampa, el ejecutivo fue condenado a pena de cárcel, la plana mayor de Salomon renunció y la firma pagó una multa de 290 millones de dólares. Warren Buffet, el hombre más rico del mundo, como principal accionista de Salomon, asumió la presidencia de la compañía para sanearla. En esa ocasión dijo que él necesitaba ban-queros que se acomodaran a sus principios, no al revés, principios que se acomodaran a sus banqueros. Ver Alice Schroeder, The Snowball, Warren Buffett and the Business of Life (New York: Bantam Books, 2008), p. 609.

24. Publicado en el blog "Detrás de Interbolsa", www.elespectador.com, febrero 25 de 2013.

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Cuando David Murcia Guzmán fue capturado en noviembre de 2008, el ministro de Defensa, Juan Manuel Santos, declaró:

Entre las propiedades de Murcia se hallaron tres yates, dos aviones, 12 lujo-sos vehículos e innumerables inmuebles que demuestra un alto nivel de vida propio de narcotraficantes.25

En un artículo en el principal diario del Ecuador se publicó:

El ministro de Defensa de Colombia, Juan Manuel Santos, indicó que Murcia alquilaba pisos completos en hoteles de lujo, como el Marriott y el Hilton en Panamá, para hospedarse. Dijo que la última cuenta que Murcia canceló en un lujoso hotel fue de 57.000 dólares.26

Tiempo después un artículo en el periódico digital www.lasillavacia.com fundado por Juanita León señaló:

Juan Manuel Santos salió a los medios a denunciar que había indicios de que David Murcia tenía relaciones con delincuentes como alias "Macaco"y alias "Chupeta" y el CTI filtró a los medios grabaciones en las que Murcia se mostraba preocupado de que estos dos narcotraficantes revelaran sus relaciones con él. Santos también reveló que Murcia tenía doce vehículos de lujo, tres yates y dos aviones. “En esto es en lo que se gastaba la plata de los pobres en Colombia, la plata de la gente que él desfalcaba”, dijo el entonces Ministro de Defensa.27

El Presidente Santos no ha mencionado la palabra desfalco en el caso Interbolsa. No ha emitido una sola condena, ni de tipo genérico, contra los autores de las pérdidas sufridas por los clientes de la comisionista. No ha dado una voz de aliento a los pensionados, viudas y pequeños inver-sionistas, y tampoco a los grandes, que no pueden recuperar la plata que entregaron a la principal comisionista de la Bolsa de Valores de Colombia. No ha comparado a los administradores de Interbolsa con ninguna profe-sión, mucho menos con la de narcotraficante. No ha señalado ningún gasto extravagante de los accionistas y directivos de Interbolsa. No ha emitido ningún calificativo en relación con los repos de Fabricato, los falsos bonos de Luxemburgo, el fondo Premium, el faltante en la cartera Credit, que hoy,

25. Agencia EFE, noviembre 21 de 2008.26. El Universo, noviembre 23 de 2008.27. Lina Marcela Marín Moreno, www.lasillavacia.com, agosto 6 de 2009.

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pese a la revaluación del peso, suena más grave en dólares, 38 millones de dólares, que en la moneda nacional, $70 mil millones. Santos no ha dicho que su gobierno castigará a la delincuencia de cuello blanco.

El Presidente Santos no ha salido a los medios a afirmar que hubo indicios de que los autores de la defraudación cometida en el seno de la primera firma de la Bolsa de Valores de Colombia tuvieran relación con nadie, ni siquiera con la propia defraudación.

En cambio, el Presidente Santos sí ha permitido que el Superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Vélez Cabrera, ante el fraude cometido contra los inversionistas del fondo Premium formule declaraciones que exculpan a los responsables de los faltantes, pese a que los inversionistas entregaron la plata en Colombia a una firma que realizaba sus negocios y operaciones a través de la Bolsa de Valores de Colombia. Por ejemplo:

Luis Guillermo Vélez resaltó que los inversionistas del Fondo Premiun eran accionistas de una sociedad comercial en Curazao.El superintendente de Sociedades recordó que ese tipo de actividades realiza-das con el Fondo Premium se deben analizar bajo la ley de Curazao, ya que el fondo está domiciliado y administrado por ciudadanos en Curazao e incluso su contabilidad es llevada por una firma de ese país.28

El Presidente Santos ha tolerado la banalización del Superintendente Vélez sobre la estafa cometida en Interbolsa:

Aunque el caso de Interbolsa y sus entes vinculados, o posiblemente vincula-dos, aún está en evolución, es especialmente pertinente hacer un llamado para que se usen prudentemente los precedentes analógicos cuando se formulen decisiones, políticas públicas o incluso, juicios de responsabilidades.

Hay que tener en cuenta la gran distancia entre La Hormiga, Putumayo y la Avenida 82 de Bogotá. (...).

Cabe insistir en la necesidad de abordar cada caso de insolvencia financiera en su complejidad y características únicas. De lo contrario, se corre el riesgo de confundir los hechos, los responsables y sobre todo los problemas, lo cual, además de hacer mucho más difícil la solución de los mismos, oscurece las lecciones que se deben aprender de estos.29

Sí hay diferencias entre la estafa de DMG en el Putumayo y la cometida desde el edificio de Interbolsa en Bogotá, pero: ¿Acaso no abusaron unos y

28. Primera Página, agencia de noticias, enero 31 de 2013.29. Columna de Luis Guillermo Vélez Cabrera, Portafolio, diciembre 19 de 2012.

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otros de la confianza depositada por los clientes? Interbolsa estaba obligada a cuidar los intereses ajenos cuya custodia le estaba encomendada.

No se corre ningún riesgo de confundir los hechos, pues las diferencias las entiende cualquiera. David Murcia Guzmán empezó a embaucar a la gente desde una remota localidad del Putumayo y luego amplió su radio de acción por todo el país, mas no estaba vigilado por la Superintendencia Financiera ni era miembro de la Bolsa de Valores de Colombia. Interbolsa sí estaba vigilada, no operaba en la clandestinidad, o eso se creía, y capta-ba fondos y confianza en buena parte gracias a que era la más importante comisionista de la Bolsa de Valores de Colombia. Y gracias a que tenía al-tísimos niveles de solvencia, como lo recordó Juan Luis Mejía, ex ministro de Cultura y rector de Eafit, universidad de Medellín que tenía repos por casi $4 mil millones en la comisionista:

Estamos absolutamente desmoralizados, desconsolados. Esto significa una pérdida inmensa de confianza inversionista. Tenemos unos protocolos para saber cómo invertir en empresas triple A y esta era la firma más reputada en Colombia en su campo. La Superintendencia les exige a los corredores un 9% de solvencia y ellos aparecían con niveles superiores al 21%. Esperamos que los órganos de control nos digan qué pasó y por qué no alertaron a los que invirtieron de buena fe estos recursos. No sé si hubo omisión del Estado, pero esto sí quiebra todos los niveles de confianza.30

Con toda prudencia en la formulación de juicios de responsabilidades cabe afirmar que la presencia de Rodrigo Jaramillo Correa como presidente del consejo directivo de la Bolsa de Valores de Colombia fue un factor que facilitó el fraude perpetrado por Interbolsa. Ante el conglomerado social, la Bolsa es sinónimo de prestigio financiero. ¿Quién podía dudar de la ho-norabilidad de una persona que presidía la junta del organismo rector del mercado de valores? Por disposición constitucional la Bolsa es además un organismo en cuyo funcionamiento está involucrado el interés público. Por norma de gobierno corporativo los miembros del consejo directivo deben gozar de buena reputación moral, social y comercial.31

No fue David Murcia Guzmán sino Rodrigo Jaramillo Correa quien tuvo asiento en el consejo directivo de la Bolsa de Valores de Colombia, al lado de ex ministros de Estado y junto a los presidentes de empresas muy recono-

30. El Espectador, noviembre 9 de 2012.31. Principales lineamientos de gobierno corporativo de la Bolsa de Valores de Colombia,

Cartagena de Indias, 8 de noviembre de 2005.

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cidas en Colombia. Estos fueron algunos de los miembros independientes32 del consejo directivo en los últimos años:

– Rodrigo Junguito Bonnet, ministro de Hacienda en los gobiernos de Betancur y de Uribe.

– Hernán Beltz Peralta, ministro de Obras Públicas y Transporte en el gobierno Betancur.

– Oscar Rivera Arbeláez, que fue presidente de Carvajal.– Javier Jaramillo Velásquez, presidente de Inversiones Mundial.– Juan David Vieira Fernández, presidente de Imusa.– Javier Genaro Gutiérrez Pemberthy, ha sido presidente de ISA y de Ecopetrol.– Julián Jaramillo Escobar, presidente de Alpina.– Sergio Clavijo Vergara, fue miembro de la junta directiva del Banco de la

República.– Bernardo Guzmán Reyes, presidente de Smurfit Kappa Cartón de Colombia.

El público confía en que las personas enumeradas y las empresas que representan no tienen vínculos con el narcotráfico, con la guerrilla, con los paramilitares. Con mayor razón, tiene derecho a creer que sus prácticas comerciales no incluyen apoderarse indebidamente del dinero ajeno. El aval tácito de honorabilidad comercial que la Bolsa de Valores de Colombia otorgaba a Rodrigo Jaramillo Correa abrevió el camino al engaño.

Un juicio mucho más severo cabe contra la Bolsa de Valores de Colombia que contra DMG. La BVC supo que Interbolsa fue clausurada durante tres días en 2003 y no podía desconocer las razones que motivaron la sanción oficial. No obstante, llevó a Rodrigo Jaramillo Correa a su consejo directivo y luego a la presidencia del mismo. Durante casi ocho años Juan Pablo Córdoba y Rodrigo Jaramillo Correa coincidieron en los vértices más importantes de la BVC. Córdoba como presidente desde marzo de 2005, Jaramillo como miembro del consejo directivo y presidente en algunos períodos. El consejo directivo, no sobra aclararlo, nombra al presidente de la BVC y le fija la re-muneración. La BVC sabía que la comisionista de Rodrigo Jaramillo Correa había desviado sin autorización los dineros de los clientes con violación de las disposiciones legales. No obstante ese antecedente, la BVC se solidarizó con una conducta prohibida y enalteció a Rodrigo Jaramillo Correa nombrándolo y manteniéndolo en el consejo directivo. Fueron los demás miembros del consejo directivo los que lo nombraron presidente de esa junta.

32. El consejo directivo de la BVC tiene siete miembros independientes, es decir que no trabajan en el mercado de valores, y seis miembros no independientes, vinculados a comisionistas de bolsa.

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Cuando Interbolsa reincidió desde 2011 y durante el año 2012 en la conducta censurable ya sancionada en 2003, que no otra cosa fue el gigan-tesco endeudamiento con repos de Fabricato financiado por los clientes incautos, la BVC no actuó para forzar a la firma a retornar a los cauces de la prudencia financiera. Dejó avanzar la maniobra especulativa, que derivó en descomunal lesión patrimonial para miles de inversionistas que confiaban en la Bolsa de Valores de Colombia.


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