==== ACTA 35/2013 NUMERO TREINTA Y CINCO DIAGONAL DOS MIL TRECE ===
“En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 12:15 Doce Horas con Minutos
del día 13 Trece de Noviembre del año 2013 dos mil trece, fueron presentes en el Salón
Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Vigésima Séptima Sesión
Ordinaria de Ayuntamiento, con fundamento con fundamento en lo dispuesto por la Ley
Orgánica Municipal en sus Artículo 61, 62, 63; así como los numerales 22, 23 y 26 del
Reglamento Interior, los Ciudadanos Presidente Municipal C. Ismael Pérez Ordaz, Síndicos: C.
Salvador Ortega Estrada, C. Eduardo Guillen Hernández, Regidores, C. Dulce María Gallego
Hinojosa, C. Antonio Rodríguez Alvarado, C. Rebeca Lomelín Velasco(quien Justifica su
ausencia), C. Rosa Isela Hernández Herrera, C. David Alfonso Orozco Pérez, C. Arq. José Alberto
Pérez Quiroga (quien Justifica su ausencia), C. Rodolfo Segura Montes, C. Rubén Guerrero
Merino, C. Georgina Suárez Díaz, C. Martha Guadalupe Gomez Cruces, C. Marco Heroldo Gaxiola
Romo, C. Francisco Eduardo Briseño Domínguez, así como el Secretario del Ayuntamiento C.
Vicente Caracheo Gómez. =========================================
PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. =====================
En uso de la voz el C. Vicente Caracheo Gómez, Secretario del H. Ayuntamiento, informa al C.
Ismael Pérez Ordaz, Presidente Municipal, que se encuentra la Mayoría de los integrantes del
Ayuntamiento, por lo que procede a declarar válida la Vigésima Septima Sesión Ordinaria de
Ayuntamiento. ================================================
PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ====================
En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, da lectura al Orden del Día con la cual se
regirá la presente Sesión, misma que contempla los siguientes puntos: 1.- Lista de Presentes.
2.- Declaración de Quórum legal. 3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Lectura y Aprobación de
las actas anteriores. 5.- Dictámenes y asuntos de comisiones. 6.- Asuntos Generales. 7.-
Clausura de la Sesión, Terminada la lectura, el Secretario del Ayuntamiento C. Vicente Caracheo
Gómez, somete a votación del Pleno el contenido del Orden del Día, misma que se aprueba por
unanimidad de los presentes. ========================================
PUNTO NUMERO CUATRO.- LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS ANTERIORES. =
en esta ocasión se deja pendiente la aprobación del acta anterior.- =================
PUNTO NUMERO CINCO.- DICTÁMENES Y ASUNTOS DE COMISIONES: ==========
COMISIÓN DE HACIENDA PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA. ==============
En uso de la voz el Sindico C. Salvador Ortega Estrada, Presidente de la Comisión, solicita
al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno
la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes a
los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a
consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad de los
presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes de Hacienda. ==
DICTAMEN HDA-243/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza una prórroga para el pago de la regularización del
asentamiento humano denominado Alfredo V. Bonfil. CONSIDERANDO.- Que en fecha 05 de
octubre del 2012, en la Septuagésima Quinta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento, se aprobó el
Dictamen HDA-670/2012, mediante el cual se autorizó una nueva prórroga para el pago de
regularización del asentamiento humano Alfredo V. Bonfil siendo esta al 31 de diciembre del
2012, así como la modificación al costo por metro cuadrado, siendo este de $280.00
(Doscientos ochenta pesos 00/100m.n.). Que mediante oficio No. DJ/661/2013 de fecha 21 de
octubre del 2013, suscrito por el Director Jurídico, manifiesta que en atención a las condiciones
que hay en la Colonia Alfredo V. Bonfil de esta ciudad, misma que es producto de decreto de
regularización por parte del Congreso del Estado de Guanajuato de 1994, en donde de manera
clara se estableció que el municipio de Celaya, deberá de regularizarse el Asentamiento Humano
a través de una venta a los poseedores respecto a la lotificación existente. Consecuentemente
ante llevadas las actitudes propias por las administraciones predecesoras aun se encuentra
pendiente aproximadamente un 10% de ocupantes que no han regularizado su posesión y por
CONSECUENCIA no cubren el impuesto predial a favor del municipio por falta de formalización
de las compraventas. Ahora bien, no debe soslayarse la instrucción por parte del Congreso,
respecto a la celebración de compraventa y las condiciones imperantes de los poseedores del
asentamiento irregular a efecto que la Comisión que usted preside considere dichos factores
para un valor físico directo asequible a los poseedores al momento de fijar el valor de la
operación. Tomando como referencia histórica a esta petición los antecedentes siguientes:
Dictamen HDA-533/006 de fecha septiembre del 2006, se autorizó el pago por la cantidad de
$25.00 por M2, en una sola exhibición y $35.00 por M2 cuando el pago sea en abonos
mensuales un plazo de tres meses (por ser una zona de escaso recurso económicos) y el ultimo
dictamen autorizando esta misma cantidad fue el Dictamen HDA-327/2011 de fecha 28 de
marzo del 2011. Dictamen HDA-670/2012 de fecha 24 de septiembre del 2012, donde se otorgó
una prórroga para el pago de las regularizaciones venció el 31 de diciembre del 2012. (Este
dictamen se autorizó con la finalidad para que un poseedor pudiera regularizarse). Haciendo de
su conocimiento que con esta última prorroga ningún poseedor que está pendiente por
regularizar su ´predio pudieron adquirir este beneficio, ya que la nueva cantidad de $280.00 por
M2 que se autorizó en este último dictamen fue muy alto para pagar en una sola exhibición.
(Por así manifestarlo los poseedores). Por lo que se le solicita que a través de la Comisión que
usted preside, se pueda autorizar una nueva prórroga y bajo su consideración de poder
aprobarlo en los mismos términos del dictamen HDA-533/006, y de esa manera dar seguimiento
a la regularización del Asentamiento humano antes mencionado y continuar con los tramites de
escrituración. No debemos soslayar la temporalidad del decreto que a esta fecha cualquier
poseedor puede usar como beneficio jurídico (prescripción). Una vez analizada dicha solicitud, y
con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato; esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se otorga una nueva prórroga para el
pago de la escrituración de la regularización a los poseedores de casa habitación del
asentamiento humano denominado “Alfredo V. Bonfil”, como sigue: *Tendrán de plazo hasta el
31 de diciembre del 2013, para que se registren de que tienen interés en su escrituración. *El
costo del pago por metro cuadrado será de $55.00 (Cincuenta y cinco pesos 00/100 m.n.),
pagaderos en una sola exhibición dentro de un plazo de seis meses, contados a partir del
1º de enero del 2014. SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección Jurídica continúe con el proceso
de escrituración del asentamiento humano denominado “Alfredo V. Bonfil”, conforme al
resolutivo anterior y únicamente a poseedores de casa habitación. TERCERO.- Se instruye a la
Dirección Jurídica informe a esta Comisión de Hacienda, el estado que guarda el procedimiento
de escrituración haciendo mención de cuantos predios son los que ya están regularizados; así
como los que faltan por concluir. CUARTO.- A los poseedores que no cumplan con lo previsto
en el resolutivo primero, se aplicará el Procedimiento Administrativo de Ejecución. QUINTO.-
Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el
artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. SEXTO.-
Sométase a la consideración del pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su
aprobación. SEPTIMO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su
debida constancia los integrantes de la comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en
fecha 04 de noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo
que se aprueba por unanimidad de los presentes ============================
DICTAMEN HDA-244/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Desarrollo Social, otorgar un
apoyo económico a la Comunidad de la Cruz, para llevar a cabo la terminación de la obra de
drenaje. CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c),
último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 69, fracción IV inciso a) de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para
ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por
quién éste autorice conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
en su artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado
presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su
artículo 235, establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del
presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que mediante oficio No.
MC/DGDS/SD/5503/2013 de fecha 25 de octubre del 2013, suscrito por la Subdirectora de
Desarrollo Social, mediante el cual solicita poner a consideración de esta Comisión la
autorización del convenio DGDS/CONVENIO/290/2013, a nombre del C. JUAN MELECIO
CENTENO, Delegado de la Comunidad de la Cruz, por la cantidad de $40,000.00 (Cuarenta mil
pesos 00/100 M.N.), con relación a la adquisición de tubos para la comunidad, en la calle de av.
Morelos, para finalizar primera etapa del drenaje, beneficiando a 20 personas. Documentos que
se anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anteriormente
expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza a la Dirección General de
Desarrollo Social, otorgar un apoyo económico a favor del C. JUAN MELECIO CENTENO,
Delegado de la Comunidad de la Cruz, por la cantidad de $40,000.00 (Cuarenta mil pesos
00/100 M.N.), con relación a la adquisición de tubos para la comunidad, en la calle de av.
Morelos, para finalizar primera etapa del drenaje, beneficiando a 20 personas), mediante
Convenio DGDS/CONVENIO/290/2013. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar
cumplimiento al punto anterior según convenio elaborado por la Dirección General de Desarrollo
Social. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo
establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente
dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y
firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, en fecha 04 de noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el
Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación
del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes. =================
DICTAMEN HDA-245/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Desarrollo Social, otorgar un
apoyo económico al C. J. Guadalupe Razo Razo, Presidente de la Col. Las Américas del Bajío,
para la construcción del salón de usos múltiples del Centro comunitario. CONSIDERANDO.- Con
la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c), último párrafo de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política para el
Estado de Guanajuato y el artículo 69, fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que
integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quién éste autorice
conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126,
establece la prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así
mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235, establece
que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo
autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Que mediante oficio No.
MC/DGDS/SD/5506/2013 de fecha 25 de octubre del 2013, suscrito por la Subdirectora de
Desarrollo Social, mediante el cual solicita poner a consideración de esta Comisión la
autorización del convenio DGDS/CONVENIO/296/2013, a nombre del J. Guadalupe Razo Razo,
Presidente de la Col. Las Américas del Bajío, por la cantidad de $180,000.00 (Ciento ochenta mil
pesos 00/100 M.N.), con relación a la construcción de Espacio Publico “Salón de Usos Múltiples”
“Centro Comunitario” Col. Las Américas del Bajío, beneficiando a 5000 personas. Documentos
que se anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo
anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza a la Dirección
General de Desarrollo Social, otorgar un apoyo económico a nombre del C. J. Guadalupe Razo
Razo, Presidente de la Col. Las Américas del Bajío, por la cantidad de $180,000.00 (Ciento
ochenta mil pesos 00/100 M.N.), con relación a la construcción de Espacio Público “Salón de
Usos Múltiples” “Centro Comunitario” Col. Las Américas del Bajío, beneficiando a 5000
personas, mediante Convenio DGDS/CONVENIO/296/2013. SEGUNDO.- Se instruye a la
Tesorería Municipal dar cumplimiento al punto anterior según convenio elaborado por la
Dirección General de Desarrollo Social. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H.
Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del
Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese
para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de
la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 04 de noviembre del 2013.
finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente
Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por
unanimidad de los presentes.- =======================================
DICTAMEN HDA-247/2013Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,
mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, realizar la reasignación de recursos
presupuestales de las diferentes Dependencias de la Administración Municipal.
CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el artículo 115 fracción IV inciso c) último
párrafo de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la
Constitución Política del Estado de Guanajuato y el artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Que conforme a lo establecido por la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126 establece la prohibición
de realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica
Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235 establece que ningún gasto podrá
efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo
disponible para cubrirlo. Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 69 de la Ley para el
Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, es
competencia del Ayuntamiento resolver toda propuesta de creación y modificación de sus
respectivos presupuestos. Que mediante Oficios PCP/T/051/13 y PCP/T/052/13, de fecha 04 y
11 de noviembre del 2013, suscritos por la C. Tesorero Municipal, envía los formatos de
reasignación de recursos de las diferentes Dependencias que integran la Administración
Municipal, con el propósito de someterlos para su aprobación de la Comisión y posterior
autorización del H. Ayuntamiento, los siguientes: =======================
DEPENDENCIA: Secretaria del H. Ayuntamiento Fecha: 21/10/2013
TITULAR: Lic. Vicente Caracheo Gómez
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0501 0042 3751 1-CP13
Viáticos nacionales
para servidores
públicos en el
desempeño de
funciones oficiales
$15,000.00
31111-
0501 0043 2491 1-CP13 Materiales diversos $8,000.00
31111-
0501 0042 2212 1-CP13
Productos
alimenticios para el
personal en las
instalaciones de las
dependencias y
entidades
$10,000.00
31111-
0501 0043 3852 1-CP13
Gastos de las
oficinas de
servidores públicos
superiores y
mandos medios
$13,000.00
31111-
0501 0043 2491 1-CP13 Materiales diversos $5,000.00
31111-
0501 0043 5151 1-CP13
Computadoras y
equipo periférico $5,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $28,000.00 $28,000.00
JUSTIFICACIÓN: Se requiere dar suficiencia por las diferentes actividades de la Secretaria y
Coordinación de Delegados (Se requiere la apertura de la partida 5151 por compra de
multifuncional para Delegación de la Luz).
DEPENDENCIA: Contabilidad y Presupuestos Fecha: 17/10/2013
TITULAR: C.P. Ana Jeannette Kinney García
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0702 0073 3551 1-cp13
Mantenimiento y
conservación de
vehículos terrestres,
aéreos, marítimos,
lacustres y fluviales
$106,602.00
31111-
0705 0076 3391 1-cp13
Servicios
profesionales,
científicos y técnicos
integrales
$106,602.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $106,602.00 $106,602.00
JUSTIFICACIÓN: Se solicita reasignación de recursos para dar suficiencia a al partida para el
pago a tasadores del área de Catastro.
DEPENDENCIA: Dirección General de Obras Públicas Fecha: 25/10/2013
TITULAR: Ing. Carlos Enrique Arteaga Tovar
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0901 0095 2421 1-cp13
Materiales de
construcción de
concreto
$485,000.00
31111-
0901 0095 3551 1-cp13
Mantenimiento y
conservación de
vehículos terrestres,
aéreos, marítimos,
lacustres y fluviales
$485,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $485,000.00 $485,000.00
JUSTIFICACIÓN: Es necesario para la reparación de la jetpatcher (bacheadora), petrolizadora e
instalación del aire acondicionado del vehículo aveo 2012 asignado a Dirección General de Obras
Públicas.
DEPENDENCIA: Tesorería Municipal Fecha: 22/10/2013
TITULAR: C.P. Angélica María Camarena Hernández
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0701 0071 2112 1-cp13
Equipos menores de
oficina $1,000.00
31111-
0701 0071 5151 1-cp13
Computadoras y
equipo periférico $1,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $1,000.00 $1,000.00
JUSTIFICACIÓN: Pago de cargador de Laptop del Subtesorero
DEPENDENCIA: Servicios Municipales Fecha: 25/10/2013
TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair-Nara
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
1101 0106 2521 1-cp13 Fertilizantes y abonos $32,298.39
31111-
1101 0106 5151 1-cp13
Computadoras y
equipo periférico $8,576.81
31111-
1101 0106 5691 1-cp13 Otros equipos $40,875.20
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $40,875.20 $40,875.20
JUSTIFICACIÓN: Se solicita reasignación de recursos para dar suficiencia a partidas necesarias
según contratos 142/DJ/2013 SEMARNAT: RECONVERSION DE ESPECIES VEGETALES para uso
de forestación y reforestación de Municipio de Celaya.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 28/10/2013
TITULAR: Marco Heroldo Gaxiola Romo
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0115 0001 2111 1-cp13
Materiales y útiles de
oficina $2,500.00
31111-
0115 0001 2121 1-cp13
Materiales y útiles de
impresión y
reproducción
$780.00
31111-
0115 0001 3361 1-cp13
Impresiones de
documentos oficiales
para la prestación de
$500.00
servicios públicos,
identificación,
formatos
administrativos y
fiscales, formas
valoradas, certificados
y títulos
31111-
0115 0001 4411 1-cp13
Gastos relacionados
con actividades
culturales, deportivas
y de ayuda
extraordinaria
$1,000.00
31111-
0115 0001 2212 1-cp13
Productos
alimenticios para el
personal en las
instalaciones de las
dependencias y
entidades
$2,780.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,780.00 $3,780.00
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a diferentes gastos de operación, gestoría y apoyo en las
diferentes necesidades de la ciudadanía.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 22/10/2013
TITULAR: Georgina Suarez Díaz
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0114 0001 3852 1-cp13
Gastos de las oficinas
de servidores
públicos superiores y
mandos medios
$6,252.40
31111-
0114 0001 3341 1-cp13
Servicios de
capacitación $6,252.40
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $6,252.40 $6,252.40
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a partida presupuestal de Servicios de Capacitación, con el
fin de asistir al Foro Nacional: “Desarrollo Integral y la Asistencia Social” a realizarse el 28 y 29
de Noviembre en Puerto Vallarta.
DEPENDENCIA: Oficialía Mayor Fecha: 22/10/2013
TITULAR: C.P. Victor Joaquín Moreno Mendoza
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
FinanciamientNombre de la partida Aumento Reducción
o
31111-
0201 0002 3314 1-cp13
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31111-
1001 0097 3314 1-cp13
Otros servicios
relacionados $11,423.14
31111-
1001 0101 3314 1-cp13
Otros servicios
relacionados $13,607.54
31111-
1101 0104 3314 1-cp13
Otros servicios
relacionados $5,155.37
31111-
1101 0106 3314 1-cp13
Otros servicios
relacionados $647,573.93
31111-
1101 0110 3314 1-cp13
Otros servicios
relacionados $332,947.47
31111-
1101 0116 3314 1-cp13
Otros servicios
relacionados $223,429.13
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $2,311,437.
55
$2,311,437.5
5
JUSTIFICACIÓN: Contar con suficiencia presupuestal para cubrir los compromisos de nómina
contratada bajo tiempo determinado
DEPENDENCIA: Servicios Municipales Fecha: 22/10/2013
TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair-Nara
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
1101 0113 3111 1-cp13
Servicio de energía
eléctrica $7,000.00
31111-
1101 0107 3111 1-cp13
Servicio de energía
eléctrica $7,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $7,000.00 $7,000.00
JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia al pago de consumo de luz de Noviembre y Diciembre 2013 de
relleno sanitario.
DEPENDENCIA: Servicios Municipales Fecha: 22/10/2013
TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair-Nara
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
1101 0104 2212 1-cp13
Productos
alimenticios para el
personal en las
instalaciones de las
dependencias y
entidades
$1,600.00
31111-
1101 0110 3852 1-cp13
Gastos de las oficinas
de servidores públicos
superiores y mandos
medios
$4,000.00
31111-
1101 0104 3751 1-cp13
Viáticos nacionales
para servidores
públicos en el
desempeño de
funciones oficiales
$1,600.00
31111-
1101 0113 3852 1-cp13
Gastos de las oficinas
de servidores públicos
superiores y mandos
medios
$4,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,600.00 $5,600.00
JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia para reposiciones de caja chica.
DEPENDENCIA: Servicios Municipales Fecha: 22/10/2013
TITULAR: Arq. Jorge Javier Caracheo Jair-Nara
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
1101 0108 3851 1-cp13
Gastos inherentes a
la investidura del H
Ayuntamiento
$125,000.00
31111-
1101 0108 2461 1-cp13
Material eléctrico y
electrónico $125,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $125,000.00 $125,000.00
JUSTIFICACIÓN: Para adquisición de adornos navideños de la fachada de presidencia municipal.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 01/11/2013
TITULAR: Rebeca Lomelin Velasco
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0107 0001 4411 1-cp13
Gastos relacionados
con actividades
culturales, deportivas
y de ayuda
extraordinaria
$69,680.00
31111-
0107 0001 3341 1-cp13
Servicios de
capacitación $5,100.00
31111-
0107 0001 2112 1-cp13
Equipos menores de
oficina $2,000.00
31111-
0107 0001 2111 1-cp13
Materiales y útiles de
oficina $2,240.00
31111-
0107 0001 2121 1-cp13
Materiales y útiles de
impresión y
reproducción
$4,240.00
31111-
0107 0001 2612 1-cp13
Combustibles,
lubricantes y aditivos
para vehículos
terrestres
$40,000.00
31111-
0107 0001 3361 1-cp13
Impresiones de
documentos oficiales
para la prestación de
servicios
$2,300.00
31111-
0107 0001 3852 1-cp13
Gastos de las oficinas
de servidores
públicos superiores y
mandos medios
$20,000.00
31111-
0107 0001 5111 1-cp13
Muebles de oficina y
estantería $8,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $76,780.00 $76,780.00
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a las cuentas mencionadas ya que se requiere dar apoyos
económicos a la ciudadanía, así como se requiere equipo para oficina y asistir a Congreso
DEPENDENCIA: Contabilidad y Presupuestos Fecha: 21/10/2013
TITULAR: C.P. Ana Jeannette Kinney García
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0702 0073 3551 1-cp13
Mantenimiento y
conservación de
vehículos terrestres,
aéreos, marítimos,
lacustres y fluviales
$141,511.88
31111-
0707 0083 3821 1-cp13
Gastos de orden
social y cultural $141,511.88
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $141,511.88 $141,511.88
JUSTIFICACIÓN: Se solicita reasignación de recursos para dar suficiencia a partidas necesarias
para el cumplimiento del evento de Feria del Alfeñique.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 04/11/2013
TITULAR: Lic. Eduardo Guillén Hernández
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0104 0001 2121 1-CP13
Materiales y útiles
de impresión y
reproducción
$1,000.00
31111-
0104 0001 2111 1-CP13
Materiales y útiles
de oficina $1,372.00
31111-
0104 0001 3361 1-CP13
Impresiones de
documentos
oficiales para la
prestación de
servicios públicos
$2,039.00
31111-
0104 0001 3751 1-CP13
Viáticos nacionales
para servidores
públicos
$8,863.00
31111-
0104 0001 4411 1-CP13
Gastos
relacionados con
actividades
culturales,
deportivas y de
ayuda
extraordinaria
$13,634.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $13,634.00 $13,634.00
JUSTIFICACIÓN: Se requiere dar suficiencia para cubrir gastos programados.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 04/11/2013
TITULAR: Ing. Rosa Isela Hernández Herrera
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0108 0001 3751 1-CP13
Viáticos nacionales
para servidores
públicos
$5,001.92
31111-
0108 0001 3341 1-CP13
Servicios de
capacitación $5,001.92
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,001.92 $5,001.92
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las
actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia
social)
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 04/11/2013
TITULAR: Martha Guadalupe Gómez Cruces
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0113 0001 3751 1-CP13
Viáticos nacionales
para servidores
públicos
$5,001.92
31111-
0113 0001 3341 1-CP13
Servicios de
capacitación $5,001.92
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,001.92 $5,001.92
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las
actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia
social)
DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 23/10/2013
TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0301 0005 2491 1-cp13 Materiales diversos $5,000.00
31111-
0307 0035 2161 1-cp13 Material de limpieza $5,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,000.00 $5,000.00
JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida para materiales de limpieza de las oficinas de
Desarrollo Social.
DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 23/10/2013
TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0302 0008 2212 1-cp13
Productos
alimenticios para el
personal en las
instalaciones de las
dependencias y
entidades
$13,607.82
31111-
0301 0005 2212 1-cp13
Productos
alimenticios para el
personal en las
instalaciones de las
dependencias y
entidades
$13,607.82
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $13,607.82 $13,607.82
JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida de fondo fijo y consumos de Desarrollo Social.
DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 05/11/2013
TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0301 0005 4411 1-cp13
Gastos relacionados
con actividades
culturales, deportivas
y de ayuda
extraordinaria
$88,000.00
31111-
0301 0005 3221 1-cp13
Arrendamiento de
edificios y locales $88,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $88,000.00 $88,000.00
JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida de arrendamiento de edificios para el edificio de la
calle Guadalupe #127 de Desarrollo Social.
DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 05/11/2013
TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0301 0005 4411 1-cp13
Gastos relacionados
con actividades
culturales, deportivas
y de ayuda
extraordinaria
$30,000.00
31111-
0304 0018 2221 1-cp13
Productos
alimenticios para
animales
$30,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $30,000.00 $30,000.00
JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida para Alimento del Centro de Control Animal.
DEPENDENCIA: Desarrollo Social Fecha: 05/11/2013
TITULAR: Lic. Sandra Diez Alvarado
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0301 0005 4411 1-cp13
Gastos relacionados
con actividades
culturales, deportivas
y de ayuda
extraordinaria
$35,000.00
31111-
0306 0034 3511 1-cp13
Conservación y
mantenimiento de
inmuebles
$35,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $35,000.00 $35,000.00
JUSTIFICACIÓN: Dar suficiencia a la partida para dar mantenimiento a infraestructura deportiva
M.A.V.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 05/11/2013
TITULAR: Alberto Pérez Quiroga
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0110 0001 3852 1-CP13
Gastos de las
oficinas de
servidores públicos
superiores y
mandos medios
$3,000.00
31111-
0110 0001 2212 1-CP13
Productos
alimenticios para el
personal en las
instalaciones de las
dependencias y
entidades
$3,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $3,000.00 $3,000.00
JUSTIFICACIÓN: Para dar mayor suficiencia a la partida de productos alimenticios
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 05/11/2013
TITULAR: Dulce María Gallego Hinojosa
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0113 0001 3751 1-CP13
Viáticos nacionales
para servidores
públicos
$5,001.92
31111-
0113 0001 3341 1-CP13
Servicios de
capacitación $5,001.92
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,001.92 $5,001.92
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a la partida de servicios de capacitación, debido a las
actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia
social)
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 07/11/2013
TITULAR: Arq. Rodolfo Segura Montes
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0111 0001 3852 1-CP13
Gastos de las
oficinas de
servidores públicos
superiores y
$2,085.00
mandos medios
31111-
0111 0001 3341 1-CP13
Servicios de
capacitación $2,085.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $2,085.00 $2,085.00
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las
actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia
social)
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 07/11/2013
TITULAR: Lic. Rubén Guerrero Merino
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0112 0001 3852 1-CP13
Gastos de las
oficinas de
servidores públicos
superiores y
mandos medios
$2,085.00
31111-
0112 0001 3341 1-CP13
Servicios de
capacitación $2,085.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $2,085.00 $2,085.00
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las
actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia
social)
DEPENDENCIA: IMJUV Fecha: 07/11/2013
TITULAR: Ing. Mariano Zavala Díaz
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31120-
9201 0132 4151 1-cp13
Transferencias para
servicios personales $124,098.59
31120-
9201 0132 4152 1-cp13
Transferencias para
materiales y
suministros
$26,720.00
31120-
9201 0132 4153 1-cp13
Transferencias para
servicios básicos $28,481.12
31120-
9201 0132 4154 1-cp13
Transferencias,
asignaciones,
subsidios y otras
ayudas
$42,897.47
31120-
9201 0132 4155 1-cp13
Transferencias para
bienes muebles,
inmuebles e
intangibles
$26,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $124,098.59 $124,098.59
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia hasta el mes de Noviembre en cuanto a nomina del IMJUV
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 07/11/2013
TITULAR: Antonio Rodríguez Alvarado
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31111-
0106 0001 2111 1-CP13
Materiales y útiles de
oficina $500.00
31111-
0106 0001 2121 1-CP13
Materiales y útiles de
impresión y
reproducción
$700.00
31111-
0106 0001 2612 1-CP13
Combustibles,
lubricantes y aditivos
para vehículos
terrestres servidores
públicos
$10,000.00
31111-
0106 0001 3152 1-CP13 Radiolocalización $5,000.00
31111-
0106 0001 3852 1-CP13
Gastos de las oficinas
de servidores públicos
superiores y mandos
medios
$816.00
31111-
0106 0001 4411 1-CP13
Gastos relacionados
con actividades
culturales, deportivas
y de ayuda
extraordinaria
$7,016.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $12,016.00 $12,016.00
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a diferentes partidas presupuestales
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 07/11/2013
TITULAR: Georgina Suarez Díaz
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0114 0001 3852 1-CP13
Gastos de las
oficinas de
servidores públicos
superiores y
mandos medios
$1,250.00
31111-
0114 0001 3341 1-CP13
Servicios de
capacitación $1,250.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $1,250.00 $1,250.00
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a al partida de servicios de capacitación, debido a las
actividades propias de esta regiduría (asistir al foro nacional de desarrollo integral y la asistencia
social)
DEPENDENCIA: Sistemas Fecha: 08/11/2013
TITULAR: L.I. José Consepción Padrón Huizache
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0708 0084 3332 1-CP13
Servicios de
procesos, técnica y
en tecnologías de
la información
$50,000.00
31111-
0708 0085 5641 1-CP13
Sistemas de aire
acondicionado,
calefacción y de
refrigeración
industrial y
comercial
$50,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $50,000.00 $50,000.00
JUSTIFICACIÓN: Para adquisición de un equipo de aire acondicionado para el SITE de la
Dirección de Sistemas
DEPENDENCIA: Tesorería Municipal Fecha: 08/11/2013
TITULAR: C.P. Angélica María Camarena Hernández
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0701 0071 3251 1-CP13
Arrendamiento de
vehículos
terrestres, aéreos,
marítimos,
$100,000.00
lacustres y fluviales
para la ejecución
de programas de
seguridad pública y
nacional
31111-
0601 0136 4451 1-CP13
Donativos a
instituciones sin
fines de lucro
$100,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $100,000.00 $100,000.00
JUSTIFICACIÓN: Para cubrir con la operatividad del 2013
DEPENDENCIA: IMEC Fecha: 08/11/2013
TITULAR: Biol. José Leobardo Cornejo Ramírez
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la partida Aumento Reducción
31120-
8701 0131 4153 1-cp13
Transferencias para
servicios básicos $14,400.00
31120-
8701 0131 4155 1-cp13
Transferencias para
bienes muebles,
inmuebles e
intangibles
$14,400.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $14,400.00 $14,400.00
JUSTIFICACIÓN: Para dar suficiencia a la partida 4153 para el cumplimiento de convenio
IEE/FOAM/CELAYA/26/2013
DEPENDENCIA: Secretaria del H. Ayuntamiento Fecha: 11/11/2013
TITULAR: Lic. Vicente Caracheo Gómez
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0501 0042 3341 1-CP13
Servicios de
capacitación $18,000.00
31111-
0501 0042 4411 1-CP13
Gastos
relacionados con
actividades
culturales,
deportivas y de
ayuda
extraordinaria
$12,000.00
31111-
0501 0042 2212 1-CP13
Productos
alimenticios para el
personal en las
instalaciones de las
dependencias y
entidades
$6,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $18,000.00 $18,000.00
JUSTIFICACIÓN: Se requiere dar suficiencia por las diferentes actividades de la Secretaria y los
diferentes apoyos que la misma otorga.
DEPENDENCIA: Obras Públicas Fecha: 21/10/2013
TITULAR: Ing. Carlos Enrique Arteaga Tovar
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0901 0093 2121 1-CP13
Materiales y útiles
de impresión y
reprod
$5,224.00
31111-
0901 0093 2111 1-CP13
Materiales y útiles
de oficina $2,600.00
31111-
0901 0094 2111 1-CP13
Materiales y útiles
de oficina $1,624.00
31111-
0901 0093 2121 1-CP13
Materiales y útiles
de impresión y
reprod
$1,000.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $5,224.00 $5,224.00
JUSTIFICACIÓN: Es necesario para la compra de consumibles de emergencia.
DEPENDENCIA: Síndicos y Regidores Fecha: 11/11/2013
TITULAR: Lic. David Alfonso Orozco Pérez
Código Presupuestario
CeGe Program
a Partida
Fuente
Financiamient
o
Nombre de la
partida Aumento Reducción
31111-
0109 0001 3751 1-CP13
Viáticos nacionales
para servidores
públicos en el
desempeño de
funciones oficiales
$3,857.00
31111-
0109 0001 3361 1-CP13
Impresiones de
documentos
oficiales para la
prestación de
servicios públicos.
$2,293.00
31111-
0109 0001 3852 1-CP13
Gastos de las
oficinas de
servidores públicos
superiores y
mandos medios
$12,000.00
31111-
0109 0001 2121 1-CP13
Materiales y útiles
de impresión y
reproducción
$3,000.00
31111-
0109 0001 2212 1-CP13
Productos
alimenticios para el
personal en las
instalaciones de las
dependencias y
entidades
$3,000.00
31111-
0109 0001 4411 1-CP13
Gastos
relacionados con
actividades
culturales,
deportivas y de
ayuda
extraordinaria
$18,150.00
TOTAL DE MOVIMIENTOS COMPENSADOS $21,150.00 $21,150.00
JUSTIFICACIÓN: Se requiere dar suficiencia para cubrir gastos programados.
Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren: Por lo
anteriormente expuesto y con fundamento el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se aprueban las
reasignaciones de recursos presupuestales de las diferentes Dependencias de la Administración
Pública Municipal, conforme a los formatos descritos en el párrafo cuarto de los Considerandos y
contenidos en los Oficios PCP/T/051/13 y PCP/T/052/13 anexo al presente dictamen.
SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento a lo establecido en el
resolutivo anterior. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé
cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para
el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H.
Ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su
cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la
comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 11 de noviembre del 2013.
finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente
Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por
unanimidad de los presentes.- =======================================
DICTAMEN HDA-248/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza el cambio de Pensión por vejez a Pensión por incapacidad
provisional al C. MARIO AVELLA CAMPOS. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, establece en su articulo 135 fracción VIII, que el Ayuntamiento
garantizara a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los derechos que les reconocen
las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento Interior de Trabajo para los
Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato; en su artículo LII,
faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de pensiones y concede el gozo de las mismas a
los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió
el oficio No. D.P.-925/2013, de fecha 31 de octubre del 2013, suscrito por los CC. Directora de
Personal y Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor, mediante el cual hacen la aclaración que
con fecha 02/julio/2013, se solicitó ante la Comisión de Hacienda la aprobación de la pensión de
jubilación por vejez del C. Avella Campos Mario, del 70% de su sueldo, equivalente a un monto
de $2,715.72, conforme al artículo 11 del Reglamento de Jubilaciones del Municipio de Celaya,
Gto., la cual fue autorizada mediante Dictamen HDA-155/2013 el 30/julio/2013. Sin embargo, el
trabajador tenía pendiente ante el IMSS un Dictamen de Incapacidad Permanente (IPP)
derivado de un accidente de trabajo ocurrido el 04/enero/2013; por lo tanto no se pudo aplicar
el pago de la pensión en la nomina, para esperar la resolución final, ocasionando que el
trabajador continuara laborando. Con fecha 16/octubre/2013 se recibió en esta Oficialía Mayor
el dictamen de incapacidad Permanente Parcial (IPP) a dos años, emitido por el Instituto
Mexicano del Seguro Social con vigencia hasta el 30/junio/2015, y la petición por parte del Sr.
Mario Avella Campos para que se modifique la pensión tanto en concepto como en cantidad.
Con fundamento en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones para los Trabajadores del
Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 21 dice textualmente: “La incapacidad permanente
total o permanente parcial derivada de un riesgo o enfermedad profesional causada a
consecuencia del deber, dará derecho a la pensión correspondiente. La percepción económica
será del 80% del salario que percibe al momento de presentarse la incapacidad…” Derivado de
lo anterior se concluye que en total le corresponde una pensión mensual del 80% de su salario,
equivalente a un monto de: $3,103.68 (tres mil ciento tres pesos 68/100 m.n.) mensuales. La
diferencia entre la pensión de vejez vs pensión por incapacidad (IPP) es de $387.96 (trescientos
ochenta y siete pesos 96/100 m.n.) mensuales. Por lo que le agradeceré someter a
consideración del H. Ayuntamiento en la próxima sesión de Cabildos, la aprobación para
cambiar la Pensión de Vejez por la de Invalidez (IPP). Documentos que se anexan y se tienen
por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el
artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión:
RESUELVE: PRIMERO. Se autoriza el cambio de Pensión por vejez a pensión por incapacidad
provisional (IPP) a dos años al C. MARIO AVELLA CAMPOS, correspondiente al 80% de su
salario y con una vigencia hasta el 30 de junio del 2015. SEGUNDO. Se instruye a la Dirección
de Personal realizar los trámites para los efectos legales correspondientes. TERCERO. Se
instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el
artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.
Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su
aprobación. QUINTO. Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su
debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en
fecha 11 de noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo
que se aprueba por unanimidad de los presentes. ============================
DICTAMEN HDA-250/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se autoriza otorgar un apoyo económico a favor de la Promotora
Deportiva “M”, para llevar a cabo la promoción del deporte en el Municipio de Celaya, Gto.
CONSIDERANDO.- Que con la facultad que confiere el artículo 115, fracción IV, inciso c), último
párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; el Ayuntamiento tiene atribuciones para
ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por
quién éste autorice conforme a la Ley. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
en su artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado
presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su
artículo 235 establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del
presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Ahora bien, mediante
escrito dirigido al Presidente Municipal, suscrito por la Directora Administrativa del Club Celaya
FC, y turnado a esta Comisión, solicitando el apoyo económico por la cantidad de $1’000,000.00
el día 11 de enero del 2014 y $700,000.00 el día 15 de noviembre del 2013, ambos como apoyo
para la infraestructura Deportiva del Club Celaya F.C.. Documento que se anexa y se tiene por
reproducido como si a la letra se insertare. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en
el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión:
RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza otorgar un apoyo económico por la cantidad de
$1’700,000.00 (un millón setecientos mil pesos 00/100 m.n.), a favor de la Promotora Deportiva
“M”, para llevar a cabo la promoción del deporte, así como apoyo para la Infraestructura
Deportiva del Club Celaya F.C., de la siguiente manera: *Un primer pago por $700,000.00
(setecientos mil pesos 00/100 m.n.), en el mes de noviembre del año 2013. *Un segundo y
último pago por $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 m.n), en el mes de enero del año
2014. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, elabore el convenio correspondiente
para otorgar el apoyo mencionado en el punto anterior con cargo a la partida presupuestal que
para efectos corresponda. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal dar cumplimiento
haciendo los pagos, de conformidad al resolutivo primero del presente Dictamen. CUARTO.- Se
instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el
artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.-
Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su
aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su
debida constancia los integrantes de la comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en
fecha 13 de noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo
que se aprueba por unanimidad de los presentes. ============================
DICTAMEN HDA-251/2013.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta
Pública, mediante el cual se aprueba el Instructivo de Valuación, que será complementario a la
Ley de Ingresos para el Municipio de Celaya, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2014.
CONSIDERANDO.- Conforme al artículo 115, fracciones I, II y IV incisos a), b) y c), de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 121, incisos a), b) y c) y último
párrafo, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, artículo 76 fracción IV, incisos
a) y b), 198 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, artículo 1º y 2º de la
Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato, establecen que cada Municipio
será gobernado por un Ayuntamiento, asimismo los municipios estarán investidos con
personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, administraran libremente su
Hacienda, los recursos que integran ésta, serán ejercidos en forma directa por el Ayuntamiento,
o por quien éste autorice conforme a la Ley. El artículo 117, fracción VIII, de la Constitución
Política para el Estado de Guanajuato, concede la facultad al Ayuntamiento dentro del ámbito
de su competencia, de proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a
impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y tablas de valores unitarios del suelo y
construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad
inmobiliaria, en los términos que señale la Ley. Ahora bien, para la aplicación del Artículo 5
donde nos indican los valores que se aplicarán a los inmuebles para el año 2014, en inciso I.
Tratándose de inmuebles urbanos y suburbanos a) valores del terreno, b) valores de
construcción. Es necesario contar con un instructivo de valuación para poder llevar a cabo la
valuación fiscal y catastral donde el instructivo tiene un papel fundamental, ya que es el que
regulará los procedimientos de valuación en cuanto a criterios, normas y especificaciones de
cómo se realizarán los avalúos. Para la obtención del valor de un terreno, se considerará el
factor de eficiencia, de acuerdo a las características propias del terreno, donde engloba forma
del terreno, superficie, perímetro, profundidad, falla geológica, pendiente, etc. En la obtención
del valor de las construcciones se realizará un análisis de la forma en que impacta en relación
porcentual el modelo de depreciaciones a las construcciones a partir de un valor de reposición
nuevo, aplicando deméritos a partir del análisis de la vida útil total, la vida transcurrida, estado
de conservación, situación estructural y la calidad del proyecto. Cabe destacar que la Ley de
Ingresos 2013, establece los criterios de las construcciones a partir de estados de conservación
tales como: nuevo, bueno, regular y malo. Para el efecto del análisis se consideraron las
aplicaciones de los factores a partir de edades estimadas correspondientes con las
clasificaciones mencionadas en la Ley de Ingresos 2013 para poder hacer relativas las
comparaciones de ambos métodos. Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, y con
la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,
ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se aprueba el Instructivo de Valuación, que será
complementario al rubro del Impuesto Predial, establecido en la Ley de Ingresos para el
Municipio de Celaya, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2014, mismo que se anexa al presente
dictamen. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, a través de la Dirección de
Impuesto Inmobiliario y Catastro, llevar a cabo la aplicación del Instructivo de Valuación.
TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo
establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento, el presente
dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron
en lo General por unanimidad y firmaron para su debida constancia los integrantes de la
Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 13 de noviembre del 2013.
finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente
Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por
unanimidad de los presentes. =======================================
COMISIÓN DE GOBIERNO, REGLAMENTOS Y JUSTICIA MUNICIPAL. =========
En uso de la voz el Sindico C. Eduardo Guillen Hernandez, Presidente de la Comisión,
solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración
del Pleno la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los
dictámenes a los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete
a consideración del pleno la propuesta del Sindico, misma que se aprueba por unanimidad de
los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes de Gobierno. ==
DICTAMEN GOB-049/2013 Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, mediante el cual se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de
reforma al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; formulada por el
Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; remitida por la Comisión de
Gobernación y Puntos Constitucionales. C O N S I D E R A N D O.- Con fundamento en el
artículo 106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en el cual se establece que:
“El Municipio libre, base de la división territorial del Estado y de su organización política y
administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una comunidad de
personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al
artículo 117 del mismo ordenamiento en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A
los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que
expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y
disposiciones administrativas de observancia general; que organicen la administración pública
municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Así mismo en el Artículo 76,
fracción I, inciso a) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se establece que
el Ayuntamiento tendrá dentro de las atribuciones en materia de gobierno y régimen interior:
“... emitir opinión sobre las iniciativas de leyes o decretos que incidan en la competencia
municipal, dentro del término que establezca la Comisión Dictaminadora”. Por lo que conforme
al Artículo 67, inciso b) del Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le
corresponde a la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, “emitir el dictamen
que contenga las iniciativas de reformas, adiciones o nuevos proyectos de ley que se pretenda
enviar al Congreso del Estado, o emitir opinión de las enviadas por el Congreso o por el
Ejecutivo del Estado”. Por tal motivo, en reunión ordinaria de la Comisión de Gobierno,
Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada el día 07 de noviembre de 2013, se analizó la
iniciativa de reforma al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato,
formulada por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y remitida
mediante Oficio Circular No. 86, signada por el Diputado Presidente y Secretario de la Comisión
de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado. Por lo que, esta Comisión
con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato: R E S U E L V E.- PRIMERO.- Se emite opinión positiva respecto de la
iniciativa de reforma al artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato;
formulada por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; remitida por la
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. SEGUNDO.- Sométase a consideración del
Pleno del H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. TERCERO.- Se instruye a
la Secretaría del Ayuntamiento, envíe inmediatamente el presente acuerdo al H. Congreso del
Estado, para que surta sus efectos legales correspondientes. Así lo resolvieron y firmaron para
su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha 07 de noviembre de 2013.
finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente
Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por
unanimidad de los presentes.- =======================================
DICTAMEN GOB-050/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y
Justicia Municipal, mediante el cual se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de
reforma de la fracción II del artículo 45 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato;
formulada por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; remitida por la
Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. C O N S I D E R A N D O.- Con
fundamento en el artículo 106 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en el cual
se establece que: “El Municipio libre, base de la división territorial del Estado y de su
organización política y administrativa, es una institución de carácter público, constituida por una
comunidad de personas, establecido en un territorio delimitado, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la Administración de su
Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en relación a la facultad
reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las
Leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado; los Bandos de Policía y
Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de observancia general; que
organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y
servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Así
mismo en el Artículo 76, fracción I, inciso a) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, se establece que el Ayuntamiento tendrá dentro de las atribuciones en materia de
gobierno y régimen interior: “... emitir opinión sobre las iniciativas de leyes o decretos
que incidan en la competencia municipal, dentro del término que establezca la Comisión
Dictaminadora”. Por lo que conforme al Artículo 67, inciso b) del Reglamento Interior del
Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le corresponde a la Comisión de Gobierno,
Reglamentos y Justicia Municipal, “emitir el dictamen que contenga las iniciativas de reformas,
adiciones o nuevos proyectos de ley que se pretenda enviar al Congreso del Estado, o emitir
opinión de las enviadas por el Congreso o por el Ejecutivo del Estado”. Por tal motivo, en
reunión ordinaria de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, celebrada el día
07 de noviembre de 2013, se analizó la iniciativa de reforma a la fracción II del artículo 1 de la
Constitución Política para el Estado de Guanajuato, formulada por el Grupo Parlamentario del
Partido de la Revolucionario Institucional, y remitida mediante Oficio Circular No. 88, signada
por el Diputado Presidente y Secretario de la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales del Congreso del Estado. Por lo que, esta Comisión con la facultad que otorga
el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V
E.- PRIMERO.- Se emite opinión positiva respecto de la iniciativa de reforma a la fracción II
del artículo 1 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, formulada por el Grupo
Parlamentario del Partido de la Revolucionario Institucional, y remitida mediante Oficio Circular
No. 88, signada por el Diputado Presidente y Secretario de la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales del Congreso del Estado. SEGUNDO.- Sométase a consideración del Pleno del
H. Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. TERCERO.- Se instruye a la
Secretaría del Ayuntamiento, envíe inmediatamente el presente acuerdo al H. Congreso del
Estado, para que surta sus efectos legales correspondientes. Así lo resolvieron y firmaron para
su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha 07 de noviembre de 2013.
finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente
Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por
unanimidad de los presentes.- =======================================
DICTAMEN GOB-051/2013.- Que emite la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia
Municipal, mediante el cual se emite el Reglamento del Patronato de la Feria Regional Puerta de
Oro del Bajío del Municipio de Celaya, Gto. C O N S I D E R A N D O S.- Que
conforme al artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
el cual establece la facultad reglamentaria del ayuntamiento, señalándose literalmente lo
siguiente: “Los Municipios estarán investidos de personalidad Jurídica y manejarán su hacienda
conforme a la Ley… Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las
leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los estados, los bandos de
policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia
general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública
Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Así mismo, se establece en el
artículo 106 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, que “El Municipio libre,
base de la división territorial del Estado y de su organización política y administrativa, es una
institución de carácter público, constituida por una comunidad de personas, establecido en un
territorio delimitado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su Gobierno
interior y libre de la Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo
ordenamiento, en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos
compete: I.- Aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia municipal que expida el Congreso
del Estado; los Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones
administrativas de observancia general; que organicen la administración pública municipal,
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y
aseguren la participación ciudadana y vecinal”. Subsecuentemente en el Artículo 76, fracción I,
inciso b) de Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, se establece que los
ayuntamientos tendrán como atribución en materia de gobierno y régimen interior: ” b) Aprobar
de acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado, los bandos
de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de
observancia general, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación
ciudadana y vecinal”. Y de igual forma en correlación con el artículo 236 de dicha Ley Orgánica
se establece la facultad reglamentaria de los Ayuntamientos. Y en el artículo 67, inciso A) del
Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., señala que, a la Comisión de
Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal le corresponde: “A) El dictamen que contenga las
iniciativas de reformas y adiciones o nuevos proyectos de Reglamentos Municipales, para ser
aprobadas por el Ayuntamiento y remitidas al Congreso del Estado para su revisión y
aprobación conforme al artículo 236 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
Por lo que con fundamento en lo anterior, la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia
Municipal, concluyo el día 05 de septiembre de 2013, concluyo el análisis de del proyecto de
Reglamento del Patronato de la Feria Regional Puerta de Oro del Bajío del Municipio de Celaya,
Gto., conforme a la siguiente exposición de motivos: El organismo descentralizado de la
administración pública municipal denominado Patronato de la Feria Regional Puerta de Oro del
Bajío, del Municipio de Celaya, Gto., busca la factibilidad económica y financiera que le permita
ser autosustentable en el corto plazo y que el resultado final sea un centro exposiciones y
eventos feriales para la ciudad de Celaya. El Patronato prevé contribuir al desarrollo de nuestro
municipio mediante el impulso de la actividad turística, comercial, industrial, cultural y de
esparcimiento. De manera que impacte en los Sectores Productivos. Así mismo ampliar el
campo de acción del Patronato, así como definir la estructura administrativa con la que contara,
la implementación de acciones con la denominación que se establece para las instalaciones
propias, que administre u opere, con la denominación de ECOFORUM, así como las atribuciones
y facultades para constituir fideicomisos y actos jurídicos que permitan lograr el objeto del
Patronato. Expuesto lo anterior, con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, esta comisión: R E S U E L V E.- PRIMERO. Se emite el
Reglamento del Patronato de la Feria Regional Puerta de Oro del Bajío del Municipio de Celaya,
Gto. SEGUNDO. Se abroga el Reglamento del Patronato de la Feria Regional Puerta de Oro del
Bajío del Municipio de Celaya, Gto., publicado el 25 de febrero de 2003, en el Periódico Oficial
del Estado de Guanajuato, número 32. TERCERO. Sométase a la consideración del Pleno del H.
Ayuntamiento para su aprobación el presente dictamen. CUARTO. Se instruye a la Secretaría
del H. Ayuntamiento, realice los trámites necesarios para su publicación en el Periódico Oficial
de Gobierno del Estado de Guanajuato. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia
los integrantes de la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal en fecha 26 de
septiembre 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento,
C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba
por unanimidad de los presentes. =====================================
COMISIÓN DE EDUCACIÓN . =================================
En uso de la voz la Regidora C. Rosa Isela Hernández Herrera, Presidente de la Comisión,
solicita al Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración
del Pleno la propuesta de que se omita la lectura del considerando y resolutivo del dictámen al
que dará lectura, para únicamente referirse al rubro del mismos, se somete a consideración del
pleno la propuesta de la Regidora, misma que se aprueba por unanimidad de los presentes, por
lo que se procede a transcribir íntegramente el dictámen. =======================
DICTAMEN EDU-007/2013.- Que emite la Comisión de Educación, mediante el cual se da
respuesta al Oficio Circular Núm. 71 enviado por la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología
y Cultura de la Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado. C O N S I D E R A
N D O.- Con fundamento en el artículo 106 de la Constitución Política del Estado de
Guanajuato, en el cual se establece que: “El Municipio libre, base de la división territorial del
Estado y de su organización política y administrativa, es una institución de carácter público,
constituida por una comunidad de personas, establecido en un territorio delimitada, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su Gobierno interior y libre de la
Administración de su Hacienda”. Y de acuerdo al artículo 117 del mismo ordenamiento en
relación en relación a la facultad reglamentaria, se señala que: “A los Ayuntamientos compete:
I.- Aprobar, de acuerdo con la leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado, los
Bandos de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de
observancia general; que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación
ciudadana y vecinal”. Así mismo el artículo 76, fracción V, inciso a) de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, se establece que el Ayuntamiento tendrá dentro de las
atribuciones en materia de participación social, asistencial y económico, salud pública,
educación y cultura: “ promover el desarrollo económico, social, educativo, cultural y recreativo
del Municipio”. Por lo que conforme al Artículo 73 inciso D) del Reglamento Interior del
Honorable Ayuntamiento de Celaya, Gto., le corresponde a la Comisión de Educación, “Fomentar
y promover el desarrollo educativo integral del Municipio en el ámbito de su competencia”. Así
mismo el día 11 de noviembre del año en curso en la reunión ordinaria de la Comisión de
Educación, se llevó a cabo el análisis de las respuestas que dieron las diferentes Dependencias
a las preguntas que se les realizaron en base a la Ley de Educación para el Estado de
Guanajuato. Por lo que se anexan al presente como si a la letra se insertare (anexo1) de las
respuestas que dieron las Dependencia a las preguntas en base a la Ley de Educación para el
Estado de Gto. Con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Guanajuato, se resuelve lo siguiente: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se da
contestación a las preguntas realizadas por la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología y
Cultura de la Sexagésima Segunda Legislatura del Estado del H. Congreso del Estado, mediante
Oficio Circular Núm. 71 (Anexo1). SEGUNDO: Sométase a la consideración del Pleno del H.
Ayuntamiento para su aprobación el presente Dictamen. TERCERO: Se instruye a la Secretaria
del H. Ayuntamiento, envíe inmediatamente el Presente Dictamen al H. Congreso del Estado,
para que surta sus efectos legales correspondientes. CUARTO: Notifíquese para su
cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la
Comisión de Educación en fecha 11 de Noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen
anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a
votación del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes. ===========
COMISIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y SERVICIO CIVIL DE CARRERA. ========
En uso de la voz el Regidor C. Ruben Guerrero Merino, Presidente de la Comisión, solicita al
Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno la
propuesta de que se omita la lectura del considerando y resolutivo del dictámen al que dará
lectura, para únicamente referirse al rubro del mismos, se somete a consideración del pleno la
propuesta del Regidor, misma que se aprueba por unanimidad de los presentes, por lo que se
procede a transcribir íntegramente el dictámen. =============================
DICTAMEN RHYSCC-HDA-008/2013.- Que emiten las Comisiones Unidas de Recursos
Humanos y Servicio Civil de Carrera; y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, mediante el
cual se valida la Plantilla de Personal de la Administración Pública Centralizada por el periodo
del 21 de septiembre al 04 de octubre de 2013; y del 05 al 18 de octubre de 2013.
CONSIDERANDO.- Que en el artículo 28 fracción IV de la Ley para el Ejercicio y Control de los
Recursos Públicos para el Estado y los Municipio de Guanajuato, se establece que: “El proyecto
de presupuesto de egresos municipal y la iniciativa de Ley del Presupuesto General de Egresos
del Estado para el ejercicio fiscal correspondiente contendrán la siguiente información: IV. La
indicación de las plazas presupuestadas que incluye y la remuneración integrada mensual y
anual que les corresponda”. Y que en la Séptima Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento de fecha
21 de diciembre de 2012, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio
Fiscal 2013, mismo que incluyó lo referido en la fracción IV del artículo 28 de la Ley para el
Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato. Que
la Comisión de Recursos Humanos y Servicio Civil de Carrera, es competente para conocer el
tema en referencia, conforme al artículo 76 del Reglamento Interior del Honorable
Ayuntamiento de Celaya, Gto., se establece que: “Compete a la Comisión de Recursos Humanos
y Servicio civil de Carrera: A) Vigilar el ambiente laboral de la administración pública municipal;
B) Garantizar la estabilidad y seguridad del empleo; C) Fomentar la vocación de servicio,
mediante una motivación adecuada; D) Promover la capacitación permanente del personal; E)
Procurar la lealtad de las instituciones del Municipio; F) Promover la eficiencia y eficacia de los
servidores públicos municipales; G) Garantizar promociones justas y otras formas de progreso
laboral; H) Garantizar a los servidores públicos, el ejercicio de los derechos que les reconocen
las Leyes y otros ordenamientos jurídicos; I) Contribuir al bienestar de los servidores públicos
municipales y sus familias, mediante el desarrollo de actividades educativas, de asistencia,
culturales, deportivas, recreativas y sociales; y J) Los demás asuntos que expresamente le
encomiende el H. Ayuntamiento; así como también es competencia de la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta pública lo establecido en el articulo 6 letras D y G del mismo citado
ordenamiento. Que mediante oficio No. DP 927/2013 recibido en fecha 30 de septiembre del
2013, suscrito por el C.P. Víctor Joaquín Moreno Mendoza, Oficial Mayor, se solicita poner a
consideración de estas Comisiones la aprobación de la plantilla de personal ejercida en las
catorcenas del 21 de septiembre al 04 de octubre de 2013; y del 05 al 18 de octubre de 2013.
que se menciona a continuación: =====================================
Catorcena Periodo que comprende Aprobación
1ra. de octubre de
2013
21 de septiembre al 04 de
octubre de 2013
De manera retroactiva al 21
de septiembre de 2013
2da. de octubre de
2013
05 al 18 de octubre de 2013 De manera retroactiva al 05
de octubre de 2013
Con la finalidad de dar cumplimiento con el precepto legal antes mencionado. Por lo
anteriormente expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal
para el Estado de Guanajuato, estas Comisiones: RESUELVEN: PRIMERO.- Se valida la
Plantilla de Personal de la Administración Pública Centralizada por las catorcenas del 21 de
septiembre al 04 de octubre de 2013; y del 05 al 18 de octubre de 2013, quedando de
la siguiente manera: =============================================
Catorcena Periodo que comprende Aprobación
1ra. de octubre de
2013
21 de septiembre al 04 de
octubre de 2013
De manera retroactiva al 21
de septiembre de 2013
2da. de octubre de
2013
05 al 18 de octubre de 2013 De manera retroactiva al 05
de octubre de 2013
(Documento que se anexa al presente) SEGUNDO. Notifíquese para su cumplimiento a la
Oficialía Mayor y a la Tesorería Municipal dar cumplimiento al resolutivo anterior. TERCERO.-
Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el
artículo 128 fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.-
Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente dictamen para su
aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su
debida constancia los integrantes de las Comisiones unidas de Recursos Humanos y Servicio
Civil de Carrera, y de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 04 de noviembre del
2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente
Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo que se aprueba por
unanimidad de los presentes. =======================================
COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO ECOLOGICO
TERRITORIAL . =========================================
En uso de la voz el Regidor C. Rodolfo Segura Montes, Presidente de la Comisión, solicita al
Secretario del H. Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, someta a consideración del Pleno
la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos de los dictámenes a
los que dará lectura, para únicamente referirse al rubro de los mismos, se somete a
consideración del pleno la propuesta del Regidor, misma que se aprueba por unanimidad de los
presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes. ==========
DICTAMEN DUOET 067/2013.- Que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Ecológico Territorial, mediante el cual se modifican los ANTECEDENTES
SEXTO y OCTAVO, así como el RESOLUTIVO TERCERO del DICTAMEN DUOET 036/2013,
aprobado en la Décimo Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento asentada en Acta 22/2013
de fecha 29 de Mayo del 2013. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Que en la Trigésima Séptima
Reunión Ordinaria de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial,
de fecha 30 de Octubre del 2013 y con la facultad que establece el artículo 52 del Reglamento
Interior del Honorable Ayuntamiento, para adicionar, modificar o revocar por mayoría calificada
de sus miembros los Acuerdos del mismo, se analizó mediante Oficio No 1110/IMIPE-
TEC/2013, signado por el Director General del Instituto Municipal de Investigación, Planeación
y Estadística (IMIPE), Arq. Sergio Martínez León; la solicitud de los C. Arq. Eduardo Silva
Vázquez en su calidad Representante Legal de la empresa AYALCAR, S.A. de C.V. de acuerdo a
Carta poder firmada por la C. Ana Carolina Hernández Sánchez en calidad de Apoderada Legal
de acuerdo al Acta Constitutiva 36332 de fecha 7 de febrero del 2013, para modificar la
Restricción Norte del predio anexando oficio por parte de la Comisión Nacional del Agua con
numero de oficio No.BOO.E.52.4.1/004841 de fecha 29 de Julio del 2013; La restricción a que
se refieren en su solicitud el Arq. Eduardo Silva Vázquez y la C. Ana Carolina Hernández
Sánchez, se incluye en el DICTAMEN DUOET 036/2013, aprobado en la Décimo Sexta Sesión
Ordinaria del H. Ayuntamiento asentada en Acta 22/2013 de fecha 29 de Mayo del 2013. 2.-
Que la Dirección de Protección Civil y Bomberos, a través de su Titular, recomienda que, aún
en el caso que se realice la modificación de la restricción materia de este dictamen, misma que
se apega a derecho en base a lo dispuesto por el artículo 3, fracción XLVII de la Ley de Aguas
Nacionales, vigente; los solicitantes deben tener pleno conocimiento de que, por las
características del cauce del arroyo sobre el que se establecen las restricciones, se respeten los
10 metros que se habían señalado inicialmente, para efectos de realizar las labores de
mantenimiento que sean necesarias y contar con una franja de amortiguamiento para la
seguridad de aquéllos que se establezcan en esa zona. 3.- Atendiendo a la solicitud y en
consecuencia de que en el dictamen de comisión se inserta esta restricción a modificarse en
varias partes del documento, se modifican en éste los ANTECEDENTES SEXTO y OCTAVO, así
como el RESOLUTIVO TERCERO del DICTAMEN DUOET 036/2013, aprobado en la Décimo
Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento asentada en Acta 22/2013 de fecha 29 de Mayo
del 2013., estableciéndose el planteamiento de la siguiente manera: EL ANTECEDENTE
SEXTO, DICE: “…SEXTO: Mediante oficio Nº BOO.E.52.4.1/ de fecha 26 de noviembre de
2012 la Dirección Local Guanajuato Residencia General Técnica, Departamento de Aguas
Superficiales e Ingeniería de Ríos oficio signado por el Ing. Roberto Castañeda Tejeda, en su
calidad de Director Local de la Comisión Nacional del Agua, dirigido al C. Arturo Roberto
Bocanegra Jiménez, en ese entonces propietario del predio Rancho Tío Pepe, se manifiesta
que los cauces colindantes con el predio en cuestión son bienes de propiedad Nacional, y a los
cuales les corresponde una faja de terreno federal de 10.00 m de ancho contiguas al cauce
en ambos márgenes, con base en lo dispuesto en el art. 3, fracción XLVII de la Ley de Aguas
Nacionales y 4º, fracción I, del Reglamento de la propia Ley....”. EL ANTECEDENTE OCTAVO,
DICE: ¨… OCTAVO: El promovente presenta la siguiente documentación: Solicitud de fecha
08 de Mayo del 2013, Escritura Pública Nº 36392, Acta Constitutiva Nº36332, Estudio de
Compatibilidad Urbanística, Levantamiento Topográfico que avala la superficie de
121,898.917m2. Oficio BOO.E.52.4.1/ respecto a la restricción al cauce de agua colindante
al predio. Título de Concesión a nombre de C. José Bocanegra Ugalde para explotar, usar o
aprovechar aguas Nacionales del Subsuelo por un volumen de 240,000.00 m3 de fecha 23 de
Diciembre de 1999 con vigencia de Diez años a partir de la fecha de expedición.…” EL
RESOLUTIVO TERCERO, DICE: “…TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento
Territorial del Municipio de Celaya, Gto., el predio referido, tiene las siguientes restricciones
viales: En su colindancia Nororiente, para el canal que corre de poniente a oriente,
deberá respetar una sección 10.00 mts de NAME a partir del borde del canal en ambos lados
(de acuerdo a oficio BOO.E.52.4.1), 16.00 mts de arroyo dada la naturaleza de los vehículos
que se proyecta circulen por ahí y 2.00 mts de banqueta del lado norte del arroyo,
correspondiéndoles una restricción total de RST=7,293.53 m2. En su colindancia Oriente,
se localiza la carretera Celaya-Salvatierra, debiendo respetar una sección de 40.00 m,
considerando 20.00 m, a cada lado del eje de la carretera, correspondiéndoles una restricción
total de RST=1,278.50 m2. El predio se ve atravesado de Nor-Poniente a Sur-
Oriente por dos líneas de alta tensión, donde deberá respetar el derecho de vía de C.F.E.,
que comprende 724.03 m2, para la línea del lado Poniente y 3,308.75 m2, para la línea del
lado Oriente, donde no podrá construir cosa alguna de acuerdo a Normativa de C.F.E., así
mismo existe una afectación vial que corresponde a una superficie de 168.21 m2 (superficie
correspondiente a la banqueta).…” SE MODIFICAN, QUEDANDO DE LA SIGUIENTE
MANERA: EL ANTECEDENTE SEXTO, DEBERÁ DECIR: “… SEXTO: Mediante oficio Nº
BOO.E.52.4.1/004841 de fecha 29 de Julio de 2013 la Dirección Local Guanajuato
Residencia General Técnica, Departamento de Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos oficio
signado por el Ing. Jorge Octavio Mijangos Borja , en su calidad de Director Local de la
Comisión Nacional del Agua, dirigido al C. Ing. Fernando Vera Noble, Director General de
Desarrollo Económico, donde manifiesta que el escurrimiento a que se hace referencia es el
denominado Arroyo de Yeguas, que nace en el Cerro de la Gavia, también conocido como
Cerro Grande a una elevación de 2300 msnm, principal formado ´por el Dren la Luz, tributario
de Izquierdo del rio Laja, y considerando que tiene las características señaladas por la fracción
XI y XLVII del articulo 3 y 113 de la Ley de Aguas Nacionales se trata de un bien nacional a
cargo de esta CONAGUA, y que considerando que la cárcava del cauce tiene un ancho medio
de menos de 5.0m, tiene una zona federal que es la faja de terreno de 5.00 mts de ancho
en ambas márgenes, medidas desde el hombro exterior del cauce. …” EL ANTECEDENTE
OCTAVO, DEBERÁ DECIR: ¨… OCTAVO: El promovente presenta la siguiente
documentación: Solicitud de fecha 08 de Mayo del 2013, Escritura Pública Nº 36392, Acta
Constitutiva Nº36332, Estudio de Compatibilidad Urbanística, Levantamiento Topográfico que
avala la superficie de 121,898.917m2. Oficio BOO.E.52.4.1//004841 respecto a la
restricción al cauce de agua colindante al predio. Título de Concesión a nombre de C. José
Bocanegra Ugalde para explotar, usar o aprovechar aguas Nacionales del Subsuelo por un
volumen de 240,000.00 m3 de fecha 23 de Diciembre de 1999 con vigencia de Diez años a
partir de la fecha de expedición.…” EL RESOLUTIVO TERCERO, DEBERÁ DECIR: “…
TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Celaya, Gto., el
predio referido, tiene las siguientes restricciones viales: En su colindancia Nororiente, para
el canal que corre de poniente a oriente, deberá respetar una sección 5.00 mts de NAME
a partir del borde del canal en ambos lados (de acuerdo a oficio No.BOO.E.52.4.1/004841),
16.00 mts de arroyo dada la naturaleza de los vehículos que se proyecta circulen por ahí y
2.00 mts de banqueta del lado norte del arroyo, correspondiéndoles una restricción total de
RST=4,855.27m2. En su colindancia Oriente, se localiza la carretera Celaya-Salvatierra,
debiendo respetar una sección de 40.00 m, considerando 20.00 m, a cada lado del eje de la
carretera, correspondiéndoles una restricción total de RST=1,625.98 m2. El predio se ve
atravesado de Nor-Poniente a Sur-Oriente por dos líneas de alta tensión, donde
deberá respetar el derecho de vía de C.F.E., que comprende 692.80 m2, para la línea del lado
Poniente y 3,308.75 m2, para la línea del lado Oriente, donde no podrá construir cosa alguna
de acuerdo a Normativa de C.F.E., así mismo existe una afectación vial con una sección de
24.00 mts, de los cuales 2.00 mts son de banqueta ambos lados, 7.00 mts de arroyo en ambos
lados y 6.00 mts de camellón que corresponde a una superficie de 164.33 m2 (superficie
correspondiente a la banqueta ya que se integró la superficie de la línea de alta tensión con la
superficie de 692.80 m2). …” 2.- El resto del documento se mantiene sin ninguna otra
modificación, existiendo congruencia en todas sus partes. Expuesto lo anterior, apegándose
a lo dispuesto por el artículo 3, fracción XLVII de la Ley de Aguas Nacionales, vigente y con la
facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,
esta comisión: RESUELVE: PRIMERO: Se modifican los ANTECEDENTES SEXTO y OCTAVO,
así como el RESOLUTIVO TERCERO del DICTAMEN DUOET 036/2013, aprobado en la Décimo
Sexta Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento asentada en Acta 22/2013 de fecha 29 de Mayo
del 2013., quedando las modificaciones de la siguiente manera: EL ANTECEDENTE SEXTO,
DICE: “…SEXTO: Mediante oficio Nº BOO.E.52.4.1/ de fecha 26 de noviembre de 2012 la
Dirección Local Guanajuato Residencia General Técnica, Departamento de Aguas Superficiales
e Ingeniería de Ríos oficio signado por el Ing. Roberto Castañeda Tejeda, en su calidad de
Director Local de la Comisión Nacional del Agua, dirigido al C. Arturo Roberto Bocanegra
Jiménez, en ese entonces propietario del predio Rancho Tío Pepe, se manifiesta que los cauces
colindantes con el predio en cuestión son bienes de propiedad Nacional, y a los cuales les
corresponde una faja de terreno federal de 10.00 m de ancho contiguas al cauce en ambos
márgenes, con base en lo dispuesto en el art. 3, fracción XLVII de la Ley de Aguas Nacionales
y 4º, fracción I, del Reglamento de la propia Ley....”. EL ANTECEDENTE OCTAVO, DICE: ¨…
OCTAVO: El promovente presenta la siguiente documentación: Solicitud de fecha 08 de Mayo
del 2013, Escritura Pública Nº 36392, Acta Constitutiva Nº36332, Estudio de Compatibilidad
Urbanística, Levantamiento Topográfico que avala la superficie de 121,898.917m2. Oficio
BOO.E.52.4.1/ respecto a la restricción al cauce de agua colindante al predio. Título de
Concesión a nombre de C. José Bocanegra Ugalde para explotar, usar o aprovechar aguas
Nacionales del Subsuelo por un volumen de 240,000.00 m3 de fecha 23 de Diciembre de 1999
con vigencia de Diez años a partir de la fecha de expedición.…” EL RESOLUTIVO TERCERO,
DICE: “…TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Celaya,
Gto., el predio referido, tiene las siguientes restricciones viales: En su colindancia
Nororiente, para el canal que corre de poniente a oriente, deberá respetar una sección
10.00 mts de NAME a partir del borde del canal en ambos lados (de acuerdo a oficio
BOO.E.52.4.1), 16.00 mts de arroyo dada la naturaleza de los vehículos que se proyecta
circulen por ahí y 2.00 mts de banqueta del lado norte del arroyo, correspondiéndoles una
restricción total de RST=7,293.53 m2. En su colindancia Oriente, se localiza la carretera
Celaya-Salvatierra, debiendo respetar una sección de 40.00 m, considerando 20.00 m, a cada
lado del eje de la carretera, correspondiéndoles una restricción total de RST=1,278.50 m2.
El predio se ve atravesado de Nor-Poniente a Sur-Oriente por dos líneas de alta
tensión, donde deberá respetar el derecho de vía de C.F.E., que comprende 724.03 m2, para
la línea del lado Poniente y 3,308.75 m2, para la línea del lado Oriente, donde no podrá
construir cosa alguna de acuerdo a Normativa de C.F.E., así mismo existe una afectación vial
que corresponde a una superficie de 168.21 m2 (superficie correspondiente a la banqueta).…”
SE MODIFICAN, QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA: EL ANTECEDENTE SEXTO,
DEBERÁ DECIR: “… SEXTO: Mediante oficio Nº BOO.E.52.4.1/004841 de fecha 29 de
Julio de 2013 la Dirección Local Guanajuato Residencia General Técnica, Departamento de
Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos oficio signado por el Ing. Jorge Octavio Mijangos
Borja , en su calidad de Director Local de la Comisión Nacional del Agua, dirigido al C. Ing.
Fernando Vera Noble, Director General de Desarrollo Económico, donde manifiesta que el
escurrimiento a que se hace referencia es el denominado Arroyo de Yeguas, que nace en el
Cerro de la Gavia, también conocido como Cerro Grande a una elevación de 2300 msnm,
principal formado ´por el Dren la Luz, tributario de Izquierdo del rio Laja, y considerando que
tiene las características señaladas por la fracción XI y XLVII del articulo 3 y 113 de la Ley de
Aguas Nacionales se trata de un bien nacional a cargo de esta CONAGUA, y que considerando
que la cárcava del cauce tiene un ancho medio de menos de 5.0m, tiene una zona federal que
es la faja de terreno de 5.00 mts de ancho en ambas márgenes, medidas desde el hombro
exterior del cauce. …” EL ANTECEDENTE OCTAVO, DEBERÁ DECIR: … OCTAVO: El
promovente presenta la siguiente documentación: Solicitud de fecha 08 de Mayo del 2013,
Escritura Pública Nº 36392, Acta Constitutiva Nº36332, Estudio de Compatibilidad Urbanística,
Levantamiento Topográfico que avala la superficie de 121,898.917m2. Oficio
BOO.E.52.4.1//004841 respecto a la restricción al cauce de agua colindante al predio.
Título de Concesión a nombre de C. José Bocanegra Ugalde para explotar, usar o aprovechar
aguas Nacionales del Subsuelo por un volumen de 240,000.00 m3 de fecha 23 de Diciembre
de 1999 con vigencia de Diez años a partir de la fecha de expedición.…” EL RESOLUTIVO
TERCERO, DEBERÁ DECIR: … TERCERO: De acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial
del Municipio de Celaya, Gto., el predio referido, tiene las siguientes restricciones viales: En su
colindancia Nororiente, para el canal que corre de poniente a oriente, deberá
respetar una sección 5.00 mts de NAME a partir del borde del canal en ambos lados (de
acuerdo a oficio No.BOO.E.52.4.1/004841), 16.00 mts de arroyo dada la naturaleza de los
vehículos que se proyecta circulen por ahí y 2.00 mts de banqueta del lado norte del arroyo,
correspondiéndoles una restricción total de RST=4,855.27m2. En su colindancia Oriente,
se localiza la carretera Celaya-Salvatierra, debiendo respetar una sección de 40.00 m,
considerando 20.00 m, a cada lado del eje de la carretera, correspondiéndoles una restricción
total de RST=1,625.98 m2. El predio se ve atravesado de Nor-Poniente a Sur-
Oriente por dos líneas de alta tensión, donde deberá respetar el derecho de vía de C.F.E.,
que comprende 692.80 m2, para la línea del lado Poniente y 3,308.75 m2, para la línea del
lado Oriente, donde no podrá construir cosa alguna de acuerdo a Normativa de C.F.E., así
mismo existe una afectación vial con una sección de 24.00 mts, de los cuales 2.00 mts son de
banqueta ambos lados, 7.00 mts de arroyo en ambos lados y 6.00 mts de camellón que
corresponde a una superficie de 164.33 m2 (superficie correspondiente a la banqueta ya que
se integró la superficie de la línea de alta tensión con la superficie de 692.80 m2). …”
SEGUNDO: El resto del documento queda sin ninguna otra modificación existiendo total
congruencia en sus partes. TERCERO: Sométase a la consideración del Pleno del H.
Ayuntamiento para su aprobación el presente dictamen. CUARTO: Notifíquese para su
cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la
Comisión en fecha 30 de Octubre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el
Secretario del H. Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación
del Pleno, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.
===================================================
DICTAMEN DUOET 069/2013.- Que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Ecológico Territorial, mediante el cual se autoriza considerar un porcentaje
de la afectación por afectación vial a cuenta de áreas de donación para los polígonos B y C del
resto del predio de la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada de esta ciudad de Celaya
Gto. C O N S I D E R A N D O.- 1. Que en materia de zonificación y uso de suelo, se
establece en el artículo 115 fracción V incisos a) y d) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, que los Municipios en los términos de la Leyes Federales y Estatales,
estarán facultados para: “a) formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de
Desarrollo Urbano Municipal y, d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el
ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales”. Por lo que una vez reconocida
tal facultad al Municipio, y siendo este gobernado por un Ayuntamiento, en la Constitución
Política para el Estado de Guanajuato, se señala en su Artículo 117, fracción II, inciso d), que
le compete al Ayuntamiento, “autorizar controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito
de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales”. 2.- Así mismo se establece en la Ley
Orgánica Municipal, en el artículo 76 fracción I, inciso n) que es atribución del Ayuntamiento
en materia de gobierno y régimen interior: “Otorgar licencias, permisos y autorizaciones...”; y
en materia de desarrollo urbano, fracción II inciso i): “Autorizar, controlar y vigilar la utilización
del suelo en el ámbito de su competencia”. 3.- Que el Código Territorial para el Estado y los
Municipios y de Guanajuato, en el artículo 33, Fracciones IV, XXIII y XXV señala que:
“Corresponden al Ayuntamiento las atribuciones siguientes:… IV. Determinar los usos y
destinos del suelo en el territorio municipal y establecer las restricciones y modalidades
correspondientes;… XXIII. Aprobar e implementar las medidas, proyectos y acciones para la
protección, restauración y preservación del patrimonio cultural urbano y arquitectónico, las
áreas de valor escénico, el paisaje y la imagen urbana, incluyendo el establecimiento de
restricciones y modalidades a los usos del suelo y a las construcciones;…” y “… XXV. Recibir
las áreas de donación, las vialidades urbanas y las obras de urbanización de los
fraccionamientos y desarrollos en condominio, siempre que se haya cumplido con los requisitos
previstos en el Código;..”. También, en el artículo 445 del Código en cita se establece que: “En
los fraccionamientos o desarrollos en condominio que sufran afectaciones derivadas del
programa municipal, por instalaciones de equipamiento urbano o el trazo de vialidades
urbanas o cualquier otra vía de comunicación, dichas afectaciones se podrán considerar…” Con
fundamento en lo anterior, en la Trigésima Octava Reunión Ordinaria de la Comisión de
Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, celebrada el día 06 de Octubre del
2013, se presentó el Oficio 835/DGDU-FRACC/2013, signado por el Director General de
Desarrollo Urbano Arq. Antonio Fuentes Malacatt, (documento que se tiene como anexado y
reproducido como si a la letra se insertare), mediante el cual se somete a consideración la
solicitud de aprobación para considerar un porcentaje de la afectación vial a cuenta de áreas
de donación, para el desarrollo habitacional correspondiente a la Tercera Etapa del desarrollo
denominado “La Cantera 3” propuesto a ser construido en los polígonos B y C del resto del
predio de la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada de este Municipio de Celaya, Gto.,
presentando para su análisis los siguientes: A N T E C E D E N T E S.- PRIMERO: Con fecha
24 de Octubre del 2013, “Promotora de Casas Platino, S.A. de C.V” solicita a la Dirección de
Desarrollo Urbano, la aprobación para considerar el área restrictiva determinada sea al 100%
del área de donación por concepto de dotación de equipamiento urbano, para el desarrollo en
Condominio Habitacional “La Cantera 3” situado dentro de los polígonos “B” y “C” de la del
resto del predio de la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada dentro de la ciudad de
Celaya, Guanajuato. SEGUNDO: Se acredita propiedad de la Fracción “B” de la Fracción V de
la Antigua Hacienda de Estrada, mediante escritura numero 53419, de fecha 30 de Noviembre
de 2011, a favor de la empresa denominada “Promotora de Casas Platino, S.A. de C.V.” con las
siguientes medidas y colindancias: Fracción “B” de la Fracción V de la Antigua Hacienda
de Estrada de este Municipio, con una superficie de 52,076.68 m2 y las siguientes medidas
y linderos: Al Norte: En tres líneas 1ra. 162.20 m; 2da. En 65.50 y 3ra. En 53.39 m; con predio
que se divide fracción C. Al Norponiente: en 4 líneas la primera que va al nororiente en 122.30
m; en la misma dirección en 51.01 m; la segunda, gira al suroriente en 3.637 m; la tercera, la
cuarta gira al nororiente en 21.032 m; con Fraccionamiento La Cantera. Al Oriente: en tres
líneas: 1ra. En 5.48 m; 2da. En 30.16 m; y 3ra. en 102.08 m; con Fraccionamiento Los
Álamos. Al Surponiente: 356.21 m; con fracción A. Documento inscrito en el Registro Público
de la Propiedad y del Comercio con Folio Real R7*136111. TERCERO: Se acredita propiedad
de la Fracción “C” de la Fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada, mediante escritura
numero 53291, de fecha 04 de Junio del 2013, a favor de la empresa denominada “Promotora
de Casas Platino, S.A. de C.V.” con las siguientes medidas y colindancias: Fracción C, de la
Fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada de este Municipio, con una superficie de
20,966.13 m2y las siguientes medidas y linderos: Al Norte: Del Oeste al Este, en tres líneas,
con dirección al Sureste con 151.93 metros; 67.87 metros y 25.19 metros, colindando con el
derecho de vía de carretera Celaya-San José de Guanajuato. Al Sur: Del Oeste al Este en tres
líneas, con dirección al Sureste con 162.20 metros; 65.50 metros y 51.86 metros, colindando
con la fracción B del a fracción V quinta de la Antigua Hacienda de Estrada. Al Este: De Norte a
Sur en dos líneas con dirección al Sur con 50.36 metros y 31.32 metros, colindando con el
fraccionamiento “Los Álamos”. Al Oeste: De Sur a Norte y con dirección al Noreste con 80.76
metros colindando con la fracción 1 de la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada.
Documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con Folio Real
R7*94281. CUARTO: Presenta Levantamiento Topográfico que arroja una superficie real de
52,076.68 m2 para la Fracción B, realizado por el Ing. Arturo Cruz Cano con Cedula
profesional No. 2652920. QUINTO: Presenta Levantamiento Topográfico que arroja una
superficie real de 20,966.13 m2 para la Fracción C, realizado por el Ing. Arturo Cruz Cano con
Cedula profesional No. 2652920. SEXTO: Presenta Carta de Factibilidad de Servicios de la
Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (JUMAPA), mediante Oficio 597/DT-EX/2013
EXP. 024/2013 de fecha 05 de Septiembre del 2013, con derechos de incorporación a las
redes de agua potable y drenaje (interés medio) para 362 viviendas, debiendo apegarse a las
restricciones señaladas en dicho documento. SEPTIMO: Presenta Carta de Factibilidad de la
Comisión Federal de Electricidad (CFE), otorgada mediante Oficio No. PLAN-468/2013 del 26
de Junio del 2013, debiendo sujetarse a las indicaciones que se señalan. OCTAVO: Presenta
Dictamen de Congruencia de forma positiva para las parcelas en cuestión, mediante oficio No.
799/IMIPE-TEC/2013, de fecha 08 de Agosto del 2013, expedido por el Instituto Municipal de
Investigación Planeación y Estadística; para el cual, deberá respetar la Normativa siguiente: =
HABITACIONAL H2.5
Densidad Media 201 a 250 Hab/Ha.
Restricción Frontal 2.00 mts
Coeficiente de Ocupación del Suelo 0.60
Coeficiente de Utilización del Suelo 1.20
Coeficiente de Recarga Acuífera 0.30
Superficie de Lote Mínimo 135 m2
Frente Mínimo 7.00 mts
Altura Máxima 9.00 mts
Expuesto lo anterior, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico
Territorial, analizan lo siguiente: I. Que el Honorable Ayuntamiento de Celaya es la Autoridad
Facultada para resolver las solicitudes para la aprobación para considerar un porcentaje de la
afectación por afectación vial a cuenta de áreas de donación, conforme a lo señalado en los artículos
115 fracción V inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción II
inciso b) y d) de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 33 fracciones IV, XXIII y XXV
del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, artículo 8 fracción III del
Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de Celaya,
Guanajuato. II. Que la solicitud de Damaris Birai Roque Rubio, en su calidad de Promotora de Casas
Platino Celaya, Gto., para el predio en cuestión la cual consiste en que se tomen las a cuenta de áreas
de donación la Restricción Norte, señalada en el Dictamen de Congruencia. III. Que el artículo 43 del
Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de Celaya,
Guanajuato señala que: “En los fraccionamientos que sufran afectaciones derivadas del POT, Planes,
Programas de Desarrollo Urbano o las declaratorias de reservas correspondientes, por instalaciones de
equipamiento urbano o el trazo de vías públicas, dichas afectaciones se podrán considerar hasta 30%
como parte de donación a excepción de las vialidades que el POT establezca en restricciones
federales.” IV. Que el H. Ayuntamiento por causas de interés público debidamente justificadas,
tomando en cuenta las características de la zona, podrá autorizar hasta el 100% como área de
donación, acuerdo a las siguientes consideraciones: ==============================
TIPO DE AFECTACIÓN PORCENTAJE
CONTINUIDAD DE VIALIDADES
PRIMARIAS 30%
CONTINUIDAD DE VIALIDADES
SECUNDARIAS 30%
CONTINUIDAD DE VIALIDADES
COLECTORAS 20%
CONSERVACIÓN DE BARRERA DE
ÁRBOLES EXISTENTES 30%
CONSERVACIÓN DE PATRIMONIO
CULTURAL O HISTÓRICO 30%
REQUERIMIENTO DE EQUIPAMIENTO
URBANO EN LA ZONA 30%
V. Que cuenta con Dictamen de Congruencia con oficio No. 799/IMIPE-TEC/2013, de fecha 08
de Agosto del 2013, expedido por el Instituto Municipal de Investigación Planeación y
Estadística, así como, de acuerdo a la inspección física y levantamiento topográfico
presentado por el desarrollador, que arroja una superficie real de 73,042.81 m2, realizado por
el Ing. Arturo Cruz Cano con Cedula profesional No. 2652920, se tiene las siguientes
restricciones, en materia vial: “En su colindancia Norte con el camino a San José de
Guanajuato (vialidad clasificada como primaria de velocidad moderada en el Plan de
Ordenamiento Territorial vigente): debe considerar la ampliación de la Avenida, de acuerdo al
proyecto ejecutivo, elaborado por la Dirección de Obras Públicas Municipales, teniendo una
sección de 45.00 m, de los cuales son 2.50 mts de banqueta (lado sur), 7.00 mts. De arroyo,
camellón de 5.00 mts integrado por 1.50 de área verde de protección, 2.50 de ciclovía y 1.00
mts área verde de protección, 10.50 mts de arroyo, camellón central de 3.50 mts, arroyo de
10.50 mts y banqueta y estacionamiento de 6.00 mts (lado norte) lo que representa una
restricción de RST=1,983.35 m2”. En razón a lo anterior, y en el caso concreto que nos ocupa,
el artículo 43 del Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el
Municipio de Celaya, Guanajuato, establece que para el supuesto de que la afectación que
sufra un predio destinado al desarrollo de un condominio por afectación de una vialidad
primaria y secundaria, el porcentaje que se puede autorizar como área de donación es de un
30%. VI. Que al estar dicho predio afectado por restricciones en materia de vialidad, el IMIPE
señala que ES PROCEDENTE, al actualiza el supuesto establecido en el artículo 43 del
Reglamento de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio para el Municipio de Celaya,
Guanajuato, CONSIDERAR UN 30% SOBRE LA RESTRICCION NORTE COMO PARTE DE ÁREA
DE DONACIÓN. Tal y como lo prevé el último párrafo del artículo 445 del Código Territorial
para el Estado y los Municipios de Guanajuato. VII. Que de conformidad con lo establecido en
la fracción primera del citado numeral, le corresponde, de acuerdo a la superficie a desarrollar
que es de 73,042.81 m2, (acorde con el levantamiento topográfico), aplicando el 4% de área
de Donación, la superficie de donación correspondiente es de 2,921.71 m2. De tal forma, que
si se autorizara que las afectaciones viales de 1,983.35 m2 se tomen a cuenta de áreas de
donación hasta un 30%, como lo pide el solicitante, las superficies que se tomarían en el
desarrollo serán de 595 m2. Así, a la superficie total del área de donación que le corresponde
de conformidad con el 4% cuatro por ciento es 2,921.71 m2 , a la cual, se le restaría la
superficie de 595 m2 que corresponde si se aplica en un 30% sobre la Restricción Norte por
afectación vial, debiendo donar a favor del municipio la superficie de 2,326.71 m2. En
consecuencia, en términos de lo establecido el Articulo 43 del Reglamento de Fraccionamientos
y Desarrollos en Condominio para el Municipio de Celaya, Guanajuato, es procedente que se
consideren las afectaciones, establecidas por el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio
de Celaya, Guanajuato para los polígonos B y C del resto del predio de la fracción V de la
Antigua Hacienda de Estrada de esta ciudad de Celaya Gto, por afectación vial a cuenta de
área de donación el siguiente porcentaje: Es procedente considerar la afectación para el trazo
de la vialidad primaria, en un porcentaje del 30 % sobre la superficie de afectación a cuenta
de las áreas de donación. Expuesto lo anterior y con la facultad que otorga el artículo 81 de la
Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta comisión por unanimidad de los
presentes: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se autoriza considerar un porcentaje de la
afectación vial a cuenta de áreas de donación, para los polígonos B y C del resto del predio de
la fracción V de la Antigua Hacienda de Estrada de esta ciudad de Celaya Gto. SEGUNDO:
Con respecto a la afectación de los polígonos B y C del resto del predio de la fracción V de la
Antigua Hacienda de Estrada de esta ciudad de Celaya, Guanajuato y por tratarse de
afectaciones por el trazo de una vialidad primaria, se tomará el 30% para Área de Donación.
Se considera procedente que se considere la superficie de afectación a cuenta de las áreas de
donación por las razones expuestas y por encontrarse dentro de lo dispuesto por los artículos
445 del Código Territorial para el Estado y los Municipios y de Guanajuato y 43 del Reglamento
Municipal de Fraccionamientos y Desarrollos en Condominio. TERCERO: En base a lo
estipulado por la Fracción IV del artículo 128 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Guanajuato, se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que notifique a la Dirección de
Desarrollo Urbano. CUARTO: Sométase a consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el
presente dictamen para su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia
los integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial, en
fecha 06 de Noviembre del 2013. finalizada la lectura del dictamen anterior,el Secretario del H.
Ayuntamiento, C. Vicente Caracheo Gómez, procede a someterlo a votación del Pleno, mismo
que se aprueba por unanimidad de los presentes. ===========================
PUNTO NÚMERO SEIS.- Asuntos Generales.- ============================
1.- Se Recibió Oficio Numero 05526 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De
Recibido, La Opinión Positiva En Lo General De La Iniciativa De Reformas Y Adiciones A La Ley
Para El Ejercicio Y Control De Los Recursos Públicos Para El Estado Y Los Municipios De
Guanajuato, A La Ley Del Patrimonio Inmobiliario Del Estado, Y A La Ley De Deuda Pública
Para El Estado Y Los Municipios Del Estado De Guanajuato. =====================
2.- Se Recibió Oficio Numero 05504 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De
Recibido, La Opinión Positiva En Lo General De La Iniciativa De Reformas Y Adiciones A La Ley
Para El Ejercicio Y Control De Los Recursos Públicos Para El Estado Y Los Municipios De
Guanajuato, A La Ley Del Patrimonio Inmobiliario Del Estado, Y A La Ley De Deuda Pública
Para El Estado Y Los Municipios Del Estado De Guanajuato. =====================
3.- Se Recibió Oficio Numero 05529 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De
Recibido, La Aprobación De La Minuta Proyecto De Decreto, Por La Que Se Reforma El Artículo
1 De La Constitución Política Para El Estado De Guanajuato. ====================
4.- Se Recibió Oficio Numero 05533 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De
Recibido, La Aprobación De La Minuta Proyecto De Decreto, Por La Que Se Reforma El Artículo
61 De La Constitución Política Para El Estado De Guanajuato. ===================
5.- Se Recibió Oficio Numero 05535 Del H. Congreso Del Estado, En El Que Se Acusa De
Recibido, La Aprobación De La Minuta Proyecto De Decreto, Por La Que Se Reforma Varios
Artículos De La Constitución Política Para El Estado De Guanajuato. ================
PUNTO NÚMERO SIETE.- Clausura de la sesión. En uso de la voz el Secretario del H.
Ayuntamiento C. Vicente Caracheo Gómez, informa al C. Presidente Municipal Arq. Ismael
Pérez Ordaz, que han sido agotados los asuntos inscritos en el orden del día, por lo que el
Mandatario Municipal procede a declarar clausurados los trabajos de la Vigésima Séptima
sesión ordinaria de H. Ayuntamiento, siendo las 12: 30 Doce Horas con treinta Minutos del día
13 de Noviembre del 2013, levantándose para constancia la presente acta, misma que
firman quienes en ella intervinieron y quisieron hacerlo. Doy fe. ==================