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ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO
CELEBRADA EL DIA 30 DE MAYO DE 2013
En la Villa de Torre-Pacheco, provincia de
Murcia, siendo las veinte horas y veintisiete
minutos del día treinta de mayo de dos mil
trece, se reunieron los señores anotados al
margen, bajo la presidencia del Sr. Alcalde
y con asistencia del Sr. Interventor y de la
Sra. Secretaria General de la Corporación.
Esta sesión ordinaria se celebró en el Salón
de Sesiones de la Nueva Casa Consistorial,
situada en el Paseo de Villa Esperanza,
número 5, de esta localidad.
El Sr. Alcalde pidió disculpas por el retraso
con el que se daba comienzo la sesión.
También excusaron su falta de asistencia a
la sesión Dña. Encarnación Navarro Iniesta
(del Grupo Municipal del Partido Popular)
y D. José Andrés López Buendía (del
Grupo Municipal del Partido Socialista).
El objeto de la reunión fue celebrar sesión
ordinaria del Ayuntamiento Pleno con
arreglo al siguiente
ORDEN DEL DÍA
1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL
ACTA DE LA SESIÓN DE 4 DE ABRIL
DE 2013.
En primer lugar, el Sr. Alcalde sometió a
votación el borrador del acta
Asistencia:
Alcalde-Presidente:
D. Daniel García Madrid
Tenientes de Alcalde:
D. Antonio Madrid Izquierdo
Dª Mª Dolores Valcárcel Jiménez
D. Santiago Meroño León
Dª. Araceli Martínez Roca
Dª Concepción Sánchez Pérez
Concejales:
Dª. Ana Martínez Martínez
Dª Juana María Madrid Saura
D. Isidro Vivancos Ros
D. Ricardo Martínez Meroño
Dª Josefa Marín Otón
D. Francisco J. Rosique Martínez
D. Fernando C. Vera Albaladejo
D. Timoteo Buendía Azorín
Dª. Margarita Gabarrón Pérez
Dª Rosalía Rosique García
D. Antonio León Garre
Dª Inmaculada C. Martínez Sánchez
D. Francisco R. Martínez Meroño
Interventor:
D. Miguel Pérez Martínez
Secretaria:
Mª Dolores Bermejo López-Matencio
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correspondiente a la sesión plenaria celebrada, con carácter ordinario, el día 4 de abril
de 2013.
Y por unanimidad de los señores y señoras concejales presentes en esta sesión
(diecinueve de los veintiuno que conforman la Corporación), se acordó aprobar en todos
sus extremos la redacción del acta anteriormente citada.
2º.- DACIÓN DE CUENTA DE LOSDECRETOS DEL MES DE ABRIL DE 2013,
DEL Nº 398 AL 557.
Acto seguido, el Sr. Alcalde procedió a dar cuenta de las Resoluciones dictadas por la
Alcaldía y por las Concejalías Delegadas de Área durante el mes de abril de 2013, que
comprenden los números del 398 al 557 del año en curso.
Como en anteriores ocasiones, el Sr. Alcalde recordó que los documentos de los que se
daba cuenta en este punto, estaban a disposición de los señores y señoras concejales que
quisieran consultarlos, en las dependencias de la Secretaría General del Ayuntamiento.
Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado de lo anteriormente expuesto.
3º.- DACIÓN DE CUENTA DE LA CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN,
FORMACIÓN, PARTICIPACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA,
CONVIVENCIA Y CIUDADANÍA, SOBRE LAS NUEVAS ADSCRIPCIONES
DE CENTROS DOCENTES DEL MUNICIPIO, AL PROGRAMA COLEGIOS
BILINGÜES DE LA REGIÓN DE MURCIA, A LA OBTENCIÓN DEL NIVEL 2
DE LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS.
El Sr. Alcalde cedió la palabra a Dña. Ana Martínez Martínez, Concejal Delegada de
Educación, quien procedió a dar lectura al texto que se transcribe a continuación:
“Ana Martínez Martínez, Concejala Delegada de los Servicios de Educación,
Formación, Participación y Atención Ciudadana, Convivencia y Ciudadanía, expone al
Pleno, la siguiente:
DACIÓN DE CUENTA
La Educación en el municipio de Torre Pacheco, es una de las grandes apuestas del
Ayuntamiento, a la que viene destinando numerosos Recursos Económicos y Humanos;
La Educación y la Formación en su más amplio abanico, Reglada o no Reglada,
constituye el presente y el futuro de nuestro municipio. Desde la Concejalía de
Educación se colabora, se apoya, y se anima a nuestros Centros Educativos en
Proyectos que beneficien a los alumnos y contribuyan a su formación y desarrollo. La
Comunicación entre los Centros y el Ayuntamiento, y entre éste y la Consejería es
fluida y constante.
Uno de estos Proyectos que viene desarrollando la Consejería de Educación para los
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Centros Docentes de Educación Infantil y Primaria, es el "Programa Colegios Bilingües
de la Región de Murcia". Para el curso escolar 2013/2014, según la Resolución del 14
de mayo de 2013, de la Consejería de Educación, Torre Pacheco, va a contar con dos
nuevos Colegios adscritos a este Programa: el Colegio Hernández Ardieta de Roldán y
el Colegio Nuestra Señora de los Dolores, de Dolores de Pacheco. Con estos dos
Centros, ya son seis los Colegios Bilingües de Torre Pacheco.
Por otro lado La Escuela Oficial de Idiomas de Torre Pacheco, ha conseguido para el
Próximo curso 2013/2014 el Nivel Avanzado 2. Con este Nivel se completa todo el
ciclo de la Escuela Oficial de Idiomas que son seis cursos, permitiendo la Titulación
completa que equivale al B2. Lo que supone un gran logro, porque los alumnos no van a
tener que desplazarse a otras Escuelas para finalizar la Titulación.
Todo esto va a permitir que los ciudadanos de Torre Pacheco, tanto en los Colegios de
Primaria, como en la Escuela. Oficial de Idiomas tengan la oportunidad de adquirir una
segunda lengua, en este caso la inglesa, tan necesaria en la sociedad global que hoy
vivimos, dotando a nuestros habitantes de mejores oportunidades, sin tener que
desplazarse de nuestro propio municipio.
En Atención a todo 10 expuesto, se da cuenta al Pleno Municipal, de la adscripción al
Programa Colegios Bilingües de la Región de Murcia, para el curso 2013/2014, del
Colegio Hernández Ardieta de Roldán y del Colegio de Nuestra Señora de los Dolores,
de Dolores de Pacheco; así como también de la obtención del Nivel Avanzado 2 de la
Escuela Oficial de Idiomas de Torre Pacheco, completando los seis cursos de la
Formación de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Torre Pacheco a 21 de mayo de 2013”
De este asunto se dio cuenta a la Comisión Informativa de Asuntos Generales en sesión
celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado de lo anteriormente expuesto.
4º.- DACIÓN DE CUENTA DEL PROGRAMA “EL ESTIRÓN”.
El Sr. Alcalde cedió la palabra a Dña. Josefa Marín Otón, quien procedió a dar lectura,
al texto que se transcribe a continuación:
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“Josefa Marín Otón, Concejal Delegada de de los Servicios de Vía Pública, Obras y
Servicios Municipales, Mantenimiento de Edificios Públicos Municipales, Parques y
Jardines, al Pleno del Ayuntamiento, tienen el honor de elevar la siguiente
DACIÓN DE CUENTA DEL PROYECTO DESAYUNOS SALUDABLES
La obesidad se considera una epidemia de nuestro tiempo, con independencia de la
edad. Un estudio de la Fundación Dieta Mediterránea situaba a Murcia, tras Canarias y
Andalucía, como la tercera región con más obesidad. El informe “Obesidad en la
Región de Murcia” del Colegio de Farmacéuticos, estima en un 33% la tasa de obesidad
en nuestro municipio. En el caso de la población infantil, la prevalencia de obesidad se
ha triplicado en los últimos 15 años. En nuestro municipio, en el reciente estudio
realizado por la Universidad de Murcia referido a población infantil, la prevalencia de
sobrepeso es del 13,2% (frente al 20,6% regional) y la de obesidad del 18,1% (frente al
11,4% regional), lo que muestra que en Torre Pacheco la prevalencia de obesidad
infantil es un 58% superior a la registrada en la Región de Murcia.
La Concejalía de Sanidad, consciente de este problema de salud pública, en 2007 inició,
entre otros, el proyecto ‘Desayuno Saludable’ como una actividad dirigida a la
promoción de la salud y en concreto a la prevención de la obesidad infantil.
Los objetivos del proyecto son los siguientes:
• Enseñar a los niños cómo debe ser un adecuado desayuno así como los alimentos
que deben estar incluidos en el mismo.
• Ofrecer a los padres pautas para la adquisición o modificación de hábitos
relacionados con la alimentación y el ejercicio físico.
• Concienciar a los padres de los beneficios que una alimentación saludable tiene
para sus hijos, poniendo en evidencia las consecuencias de una inadecuada dieta.
• Desmontar creencias erróneas y otras dudas que puedan tener los padres en
cuanto a la alimentación de sus hijos.
• Enseñar las claves más importantes para llevar una vida saludable desde un
enfoque práctico y experimental, con la finalidad de que adquieran
conocimientos y motivación para mejorar su alimentación y aumentar la
realización de ejercicio físico en su vida diaria.
Los detalles técnicos del proyecto son los siguientes:
• Difusión: Se oferta el proyecto a los centros educativos del municipio. Se les
envía una carta dirigida a las familias invitándoles a participar en la jornada, a
esta carta se acompaña un folleto informativo en el que se incluye la
información necesaria para enseñar los hábitos de alimentación a los más
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pequeños. Asímismo se hace referencia a la importancia del desayuno para el
rendimiento escolar, se incluye un plan semanal de desayunos para el alumno y
se ofrecen una serie de recomendaciones para una alimentación saludable. Todo
esto se acompaña de cartelería, programas y cuñas de radio.
• Objeto: Desayuno saludable ofrecido a los alumnos de 1º de primaria del
municipio, junto a sus madres y padres. Posteriormente se invita a les invita a
una sesión formativa sobre alimentación y práctica de ejercicio físico.
• Implantación: 2007 hasta la fecha.
• Subvencionado parcialmente por la CARM hasta 2010.
• Población diana: Padres y madres de niños/as de 1º de primaria.
• Lugar de la actividad: Colegios con servicio de comedor.
• Centros que han participado:
o CEIP Nª Sra del Rosario
o CEIP San Antonio
o CEIP Fontes
o CEIP Virgen del Pasico 1
o CEIP Virgen del Pasico II
o CEIP Garre Alpañez
o CEIP Alba
o CEIP San Cayetano (cuando disponía de servicio de comedor)
• Desarrollo de la actividad: Para el desarrollo de la actividad se viene contando
con la colaboración de la asociación de diabéticos SODITOR que ha tenido una
implicación directa con la Concejalía de Sanidad en el desarrollo de este
proyecto desde sus inicios. Dicha colaboración quedó consolidada en el año
2010 mediante la firma de un convenio de colaboración entre el IMSAS y
SODITOR.
• Financiación: 2000 euros (referido a 2012).
El desarrollo del proyecto es el siguiente:
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El día acordado, a las 9 de la mañana tiene lugar el desayuno, compuesto por cereales,
leche, frutas, tostadas de tomate, aceite de oliva, etc. En este desayuno participan los
escolares junto a las madres y padres que lo deseen.
Tras el desayuno los niños vuelven a sus clases y los padres son invitados a participar en
una charla sobre nutrición en la que se informa de los beneficios de una alimentación
saludable y especialmente de la importancia del desayuno.
Además, durante el año 2011, contamos con la colaboración de un técnico del Patronato
Municipal de Deportes que informó a los participantes de los beneficios de practicar
ejercicio físico a estas edades y de las actividades deportivas que se ofertan desde el
Ayuntamiento de Torre Pacheco y de los diferentes clubes deportivos existentes en la
zona.
También se les informa sobre el libro de recetas saludables “Sabor a Salud. Recetas que
cuidan de ti”, editado por el Ayuntamiento de Torre Pacheco y publicado en su web,
como un apoyo a la alimentación familiar saludable.
El pasado 12 de abril, el Estirón (de Antena 3) reconoció con su Sello el proyecto
“Desayunos Saludables” del municipio de Torre Pacheco, porque (y leo textualmente)
“busca fomentar la alimentación saludable, incentivar la práctica de ejercicio físico y
evitar patologías asociadas a la obesidad infantil. También, proporciona a los padres
herramientas que les permiten educar a sus hijos en la adquisición de hábitos de
alimentación saludables”.
Este consolidado proyecto tiene una alta aceptación en los centros educativos del
municipio, de la que aquí se da cuenta. Hasta 2012 se han beneficiado de esta iniciativa
municipal 3.062 alumnos, 816 madres y 326 padres.
No obstante, el Ayuntamiento de Torre-Pacheco Pleno, con su superior criterio,
acordará aquello que estime más conveniente.
Torre-Pacheco, 27 de mayo de 2013.- La Concejala Delegada, Josefa Marín Otón”
Seguidamente, la Sra. Marín Otón explicó que este plan había surgido con el objetivo de
conseguir financiación para el proyecto denominado “Fontes Infantil”, consistente en la
instalación, en los aledaños del Centro Cívico de Torre-Pacheco, de un parque dotado
de elementos que fomenten el ejercicio físico entre los niños, como medida de lucha
contra la obesidad infantil. Dicha financiación podría venir de la empresa de
comunicación Antena 3 que, con su programa “El Estirón”, está destinando fondos a
proyectos como el que aquí se pretende llevar a cabo.
De este asunto se dio cuenta a la Comisión Informativa de Asuntos Generales en sesión
celebrada el día 27 de mayo de 2013.
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Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado de lo anteriormente expuesto.
5º.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE URBANISMO SOBRE
DENOMINACIÓN DE CALLES EN SAN CAYETANO.
El Sr. Alcalde cedió la palabra a D. Santiago Meroño León, Concejal Delegado del Área
de Urbanismo y Medio Ambiente, para que, como ponente de la misma, procediera a
dar lectura a la propuesta que a continuación se transcribe:
“D. Santiago Meroño León, Concejal Delegado del Área de Urbanismo, Medio
Ambiente, y de los Servicios de Planificación Urbana, Infraestructuras, Transportes y
Vivienda, al pleno tienen el honor de elevar la siguiente:
PROPUESTA
1.- Examinado el viario del núcleo urbano de San Cayetano, se detecta que Lugar Los
Roses, se encuentra incluido en el casco urbano de San Cayetano. En el mismo existen
habitantes empadronados y para evitarles molestias innecesarias se propone el cambio
de denominación de Lugar por Calle Los Roses.
2.- Examinado el viario del núcleo urbano de San Cayetano, se detecta que la
calificación Carlos Arniches, al día de la fecha se encuentra sin sitio dentro del casco
urbano de San Cayetano. En el mismo existen dos ubicaciones sin nombre por lo que se
propone que una de las dos calles existentes sin denominación pase a llamarse Calle
Carlos Arniches.
La citada propuesta ha sido informada favorablemente por el Arquitecto Técnico
municipal y por el Servicio de Estadística.
Y por todo lo expuesto, el Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Medio
Ambiente, propone la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO: La Calle N° 1, del plano adjunto, se pase a denominar Calle Los Roses, ya
que el acceso a la vivienda se realiza a través de este vial.
SEGUNDO: Proponer como emplazamiento de la Calle Carlos Arniches, las
ubicaciones especificadas en el plano adjunto, como Calle N° 2 o Calle N° 3.
No obstante, el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio, acordará lo que estime
más oportuno.
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Torre-Pacheco, a 8 de mayo de 2013.”
A continuación, el Sr. Meroño León añadió que denominando como Calle Los Roses a
lo que actualmente se denomina Lugar Los Roses, se evitaba molestias a los vecinos. Y
en segundo lugar propuso que fuera la calle señalada en el plano adjunto al expediente
con nº 2, que es perpendicular a la Calle los Roses, la que fuera denominada Calle
Carlos Arniches.
Los portavoces de todos los grupos políticos representados en el Pleno mostraron su
acuerdo con la propuesta.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los
veintiuno que componen la Corporación), acordó adoptar los siguientes acuerdos:
PRIMERO: Denominar Calle Los Roses a la calle señalada en el plano obrante en el
expediente como Calle nº 1, y que se corresponde con actual denominación de “Lugar
Los Roses”.
SEGUNDO: Denominar Calle Carlos Arniches el vial señalado en el plano obrante en el
expediente como Calle N° 2, y que es perpendicular a la anteriormente denominada
Calle Los Roses.
6º.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE PATRIMONIO SOBRE
CONCESIÓN DE DOMINIO PÚBLICO DE LAS ANTIGUAS ESCUELAS DE
ROLDÁN A LA PARROQUIA DE “SAN JOSÉ” (OBISPADO DE
CARTAGENA).
El Sr. Alcalde cedió la palabra a la ponente de esta propuesta, cuyo texto se transcribe
íntegramente a continuación:
“MARIA DOLORES VALCARCEL JIMÉNEZ, Concejala delegada del Área de
Patrimonio del Ayuntamiento de Torre-Pacheco, a la Corporación Plenaria, para su
debate y aprobación, si procede, tiene el honor de elevar la siguiente
P R O P O S I C I Ó N
Por Providencia de incoación de esta Concejalía, de fecha 6 de mayo de 2013, se
resolvió iniciar los trámites oportunos a los efectos de determinar el procedimiento
administrativo a seguir para la cesión del uso del inmueble de titularidad municipal
situado en la pedanía de Roldán utilizado, hasta la fecha, por las Hermanas Misioneras
de la Sagrada Familia; todo ello a petición de D. Antonio Martínez Sánchez, párroco de
la Iglesia de “San José” de Roldán mediante un escrito de fecha 3 de mayo de 2013, en
el que expone el gran interés de la parroquia en la utilización del citado local para el
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desarrollo de su labor social y humanitaria a los vecinos de Roldán y entre otros fines, la
realización en las instalaciones solicitadas de las catequesis, almacén de alimentos y
ropa, lugar de acogimiento a los necesitados, así como uso por la Hermandad de los
Caballeros de San José para sus actividades solidarias.
Vistos los Informes Jurídicos favorables obrantes en el expediente tanto de Secretaría
General como de Intervención en el que se concluye que queda acreditado por el
párroco de la Iglesia, que es una iglesia legalmente reconocida, pues así se desprende
del art. 137 de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, apartado b.
Considerando que dicho uso requiere concesión administrativa, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 78 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aunque,
según establece el artículo 93 de la LPAP, podrá acordarse el otorgamiento directo.
Visto que en el informe de Secretaría, quedan patentes las razones de oportunidad (fines
de interés público que redunden en beneficio de la comunidad), por su condición de
iglesia sin ánimo de lucro, que viene realizando una labor social a los vecinos de la
pedanía, mediante la distribución de alimentos, impartición de catequesis y apoyo
humanitario, entre otras.
Resultando que el Ayuntamiento de Torre Pacheco es propietario de un bien demanial,
destinado a servicio público, antiguas escuelas y viviendas de maestros en Roldán,
parcela de 1.135 m2, (320 m2 construidos), figurando en el Inventario de Bienes,
Derechos de este Ayuntamiento como bien demanial, destinado a servicio público,
valorado en 13.273’14 €. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torre-Pacheco,
Libro 240, folio 246, finca nº 16.203.
En atención a lo expuesto al Ayuntamiento Pleno se propone la adopción de los
siguientes
A C U E R D O S
Primero.- Ceder gratuitamente y libre de cargas, gravámenes y arrendamientos al
Obispado de Cartagena, el bien demanial, destinado a servicio público, antiguas
escuelas y viviendas de maestros en Roldán, parcela de 1.135 m2, (320 m2 construidos),
Segundo.- Señalar que en el expediente obran los informes jurídicos favorables
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correspondientes.
Tercero.- Determinar que esta cesión gratuita estará sujeta a las condiciones establecidas
en el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Torre-Pacheco y el Obispado
de Cartagena:
- La finca cedida deberá ser destinada al uso que se señala, durante diez años,
prorrogables por otros diez, a solicitud del interesado. Transcurrido el plazo máximo
de la concesión el inmueble revertirá automáticamente a la administración cedente.
- Así mismo, el Ayuntamiento de Torre-Pacheco tiene la facultad de dejar sin efecto
la concesión antes del vencimiento, si lo justificaren circunstancias sobrevenidas de
interés público, revocando unilateralmente la concesión, sin derecho a indemnización
alguna.
Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente o, en su caso, a la Concejalía que tenga
delegadas las atribuciones en materia de patrimonio (Decreto de Alcaldía de 13-06-11),
para la firma de cuanta documentación sea necesaria para la plena eficacia del presente
acuerdo.
Quinto.- Hacer constar en el Inventario Municipal de Bienes las modificaciones a que
den lugar los presentes acuerdos.
No obstante el Pleno, con su superior criterio, adoptará la resolución que estime más
oportuna.
Torre-Pacheco, 24 de mayo de 2013.”
A continuación se transcriben también los informes de Secretaría e Intervención que
obran en el expediente:
“INFORME DE SECRETARÍA
ASUNTO: Cesión de Inmueble de titularidad Municipal
La funcionaria que suscribe, en relación con el asunto arriba enunciado, y en virtud de
la providencia de Incoación de fecha 3 de mayo de 2013 de la Concejala delegada de
Patrimonio, tiene a bien INFORMAR:
PRIMERO. El régimen de bienes de las entidades locales se regirá:
a) Por la legislación básica del Estado en materia de Régimen Local. (LBRL 7/1985, de
2 de abril).
b) Por la legislación básica del Estado reguladora del régimen jurídico de los bienes de
las Administraciones Públicas. (LPAP 33/2003, de 3 de noviembre)
c) Por la legislación que en el ámbito de sus competencias dicten las Comunidades
Autónomas.
d) En defecto de la legislación a que se refieren los apartados anteriores, por la
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legislación estatal no básica en materia de Régimen Local y bienes públicos.(RBEL,
RD1372/1986, de 13 de junio)
e) Por las Ordenanzas propias de cada entidad.
f) Supletoriamente por las restantes normas de los ordenamientos jurídicos,
administrativo y civil
SEGUNDO. El inmueble solicitado tiene naturaleza de Bien Demanial de Servicio
público, según el Inventario de Bienes del Ayuntamiento, antiguas escuelas y 2
viviendas de maestros en Roldán. Parcela de 1.190m2, con valor de inventario de
13.273,14€.
TERCERO. Son bienes de servicio público los destinados directamente al
cumplimiento de fines públicos de responsabilidad de las Entidades Locales, tales como
Casas Consistoriales, Palacios Provinciales y, en general, edificios que sean de las
mismas, mataderos, mercados, lonjas, hospitales, hospicios, museos, montes
catalogados, escuelas, cementerios, elementos de transporte, piscinas y campos de
deporte, y, en general, cualesquiera otros bienes directamente destinados a la prestación
de servicios públicos o administrativos.
CUARTO. Nos encontramos ante una solicitud de uso privativo anormal de un bien
de dominio público. Considerando el artículo 75.2 del Reglamento de Bienes de las
Entidades Locales como "uso privativo" el constituido por la ocupación de una porción
del dominio público, de modo que limite o excluya la utilización por los demás
interesados y por "uso anormal" el que no fuere conforme con el destino principal del
dominio público a que afecte.
QUINTO. Dicho uso requiere concesión administrativa, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 78 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. No
obstante, de conformidad con el artículo 93 de la LPAP, básico, se establece que podrá
acordarse el otorgamiento directo en los supuestos previstos en el artículo 137.4 de esta
ley, cuando se den circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, o en otros
supuestos establecidos en las leyes.
Así el artículo 137.4 de la LPAP establece que: Se podrá acordar la adjudicación
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directa en los siguientes supuestos:
b) Cuando el adquirente sea una entidad sin ánimo de lucro, declarada de utilidad
pública, o una iglesia, confesión o comunidad religiosa legalmente reconocida.
SEXTO. En ningún caso podrá otorgarse concesión por tiempo indefinido. El plazo de
duración máximo de las concesiones será de noventa y nueve años, a no ser que por la
normativa especial se señale otro menor. El artículo 93.3 de LPAP establece plazo
máximo de duración de concesiones, incluidas las prorrogas en 75 años.
SÉPTIMO. Sin perjuicio de los demás extremos que puedan incluir las condiciones
generales o particulares, el acuerdo de autorización de uso de bienes y derechos
demaniales incluirá, al menos, los extremos regulados en el artículo 92.7 de la LPAP,
así como artículo 80 del RBEL.
OCTAVO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.2 de LPAP, cualquiera
que haya sido el procedimiento seguido para la adjudicación, una vez otorgada la
concesión deberá procederse a su formalización en documento administrativo. Este
documento será título suficiente para inscribir la concesión en el Registro de la
Propiedad.
NOVENO. El órgano competente es el Pleno de la Corporación por mayoría absoluta,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.2 j) de LBRL, y DA 2ª del Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Es todo cuanto cumple informar a la funcionaria que suscribe, salvo mejor criterio
fundado en derecho. En Torre Pacheco, a 6 de mayo de 2013.
La Secretaria General.- Mª Dolores Bermejo López-Matencio.”
“INFORME DE INTERVENCION
Visto el expediente que se tramita, para la cesión de uso de inmueble de titularidad
municipal, situado en Roldan, destinado a servicio público, antiguas escuelas y
viviendas de maestros. Parcela de 1.135 m2 (320 m2 construidos), valorada según
inventario, en 13.273,14 €.
Por esta Intervención se emite el siguiente
INFORME
1°. Que el Presupuesto del Ayuntamiento de Torre Pacheco se encuentra aprobado
definitivamente para el ejercicio 2013.
2°. Que los recursos ordinarios del Presupuesto (Capítulos 1° a 5°), asciende a la
cantidad de 30.695.857,58 €.
Por todo lo anterior, y a los efectos de lo previsto en el art. 89 del Reglamento de Bienes
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de las Entidades Locales, el valor del inmueble que se tramita la cesión de uso al
Obispado de la Diócesis de Cartagena, NO supera el 10% de los recursos ordinarios del
Presupuesto de 2013
Torre-Pacheco, a 17 de mayo de 2.013.- El Interventor, Miguel Pérez Martínez”
Abierto, por el Sr. Alcalde, el turno de intervenciones, comenzó el portavoz del Grupo
Municipal de Izquierda Unida-Verdes, D. Francisco Ramón Martínez Meroño, aseguró
no tener nada en contra de la Iglesia Católica, pero no estaba de acuerdo en ceder unos
locales municipales para que en ellos se imparta una creencia religiosa. Dijo que de
hacerse así, también habría que ceder locales a otras confesiones religiosas que lo
solicitaran. En cuanto al uso de estos locales como almacén de ropa y alimentos para
personas necesitadas, también aseguró no tener nada en contra, pero mostró su
preferencia por que estas labores se realizaran desde los Servicios Sociales. Del mismo
modo, en referencia otro de los usos planteados, el de reuniones y actividades de la
Hermandad de Caballeros de San José, aseguró que eran muchas las asociaciones y
colectivos culturales, sociales o deportivos que no contaban con local propio, por lo que
propuso que se ciñeran al uso puntual de locales municipales mediante su reserva para
eventos concretos. El Sr. Martínez Meroño destacó especialmente la celeridad con que
se estaba tramitando este expediente, iniciado a partir de una solicitud presentada el día
3 de mayo de 2013, sobre todo si se comparaba con casos como el de la asociación
“Murcia Acoge” para la que él mismo había solicitado la cesión de un local municipal
en la sesión plenaria de 28 de junio de 2012 y que a día de la fecha no tenía constancia
de que se le hubiese concedido.
Por todo lo expuesto anteriormente, su voto sería contrario a la propuesta.
En nombre del Grupo Popular del Partido Independiente intervino Dña. Inmaculada C.
Martínez Sánchez, quien aseguró que le parecía acertada la propuesta realizada desde la
parroquia de Roldán, puesto que, de atenderse la solicitud, el edificio estará destinado a
funciones asociativas y a labores sociales, como es el caso de Caritas, de la cual destacó
la importante labor social que estaba llevando a cabo, especialmente en estos tiempos de
crisis y cuyo dispensario en los salones parroquiales se había quedado pequeño.
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D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista, dijo
que su grupo no entendía la necesidad de tener que firmar un acuerdo con el Obispado
para el uso de este local, sobre todo cuando hay locales municipales infrautilizados,
cuyo uso se puede reservar de manera puntual. También expresó sus dudas sobre quién
asumiría los costes de mantenimiento del edificio. Por otro lado, consideró que la
aprobación de la propuesta supondría un agravio comparativo con otras confesiones
religiosas. Por todo ello el voto de su grupo sería desfavorable.
D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular,
afirmó que si bien era cierto que existen otras confesiones religiosas, la mayoritaria en
el pueblo de Roldán era la católica, con una gran demanda de espacio para la catequesis,
así como para Caritas, de la cual destacó su función social y aseguró que no sólo atiende
a católicos, sino que ayuda a cualquier persona que lo necesite. Por todo expuesto, el
voto de su grupo sería favorable a la propuesta.
El Sr. Alcalde aclaró que el convenio con el Obispado deja perfectamente claros los
compromisos que asumía cada cual, y que los gastos de mantenimiento corren por
cuenta de la parroquia. En cuanto al agravio comparativo con otras confesiones, aseguró
que la católica era la confesión claramente mayoritaria, y aún mayor su reflejo en la
sociedad. Destacó la función social desarrollada por Caritas, de la que dijo, como lo
había hecho anteriormente el portavoz popular, que atiende a las necesidades de las
personas, sin preguntar por su origen o religión.
Sólo hizo uso del turno de réplica el Sr. Martínez Meroño, quien se reafirmó en sus
argumentos anteriormente expuestos, aunque reconoció la importante labor social
llevada a cabo por Caritas.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:
VOTARON A FAVOR los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,
Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,
Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón, Rosique Martínez,
Rosique García, León Garre y Martínez Sánchez. En total QUINCE VOTOS
AFIRMATIVOS.
VOTARON EN CONTRA los señores y señoras: Vera Albaladejo, Buendía Azorín,
Gabarrón Pérez y Martínez Meroño. En total CUATRO VOTOS NEGATIVOS.
Y el Ayuntamiento Pleno, por quince votos a favor y cuatro en contra, acordó aprobar
en todos sus extremos la propuesta presentada por la Sra. Concejal Delegada del Área
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de Hacienda, Presupuestos y Promoción Económica, relativa a la concesión de las
antiguas escuelas de Roldán a la Parroquia de San José, en los términos expuestos ut
supra.
7º.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE TAXIS.
El Sr. Alcalde cedió la palabra a D. Santiago Meroño León, Concejal Delegado del Área
de Urbanismo y Medio Ambiente.
A continuación se transcribe la propuesta del Sr. Meroño León que obra en el
expediente:
“PROPUESTA DEL CONCEJAL DELEGADO
Visto el expediente de referencia Varios de la Sección de Asuntos Generales nº 74/12V,
que se tramita en este Ayuntamiento para la modificación del Reglamento Municipal del
Servicio Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros del Ayuntamiento
de Torre-Pacheco, del que resultan los siguientes
ANTECEDENTES
PRIMERO.- Por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión celebrada con
carácter ordinario el día 28 de julio de 2011, se aprobó definitivamente Reglamento
Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros del
Ayuntamiento de Torre-Pacheco, cuyo texto íntegro se publicó en el Boletín Oficial de
la Región de Murcia nº 182 de 9 de agosto de 2011.
SEGUNDO.- El 23 de marzo de 2012, D. Luis Torres Tello, en representación de la
Asociación Radio Taxi de Torre-Pacheco, presentó en el Registro General del
Ayuntamiento (RGE nº 2713), queja sobre le comportamiento de algunos de los
titulares de licencias de auto-taxi del municipio.
TERCERO.- El 13 de julio de 2012, por los Servicios de la Policía Local, se emitió
informe de inspección realizada a las licencias de autotaxi municipales (que obra en el
expediente), poniendo de manifiesto ciertas deficiencias. Asimismo, consta en el
expediente informe emitido por los mismos servicios de la Policía Local, al respecto de
varias quejas presentadas por algunos de los titulares de las licencias.
CUARTO.- Solicitado a la Sección de Asuntos Generales informe acerca de la
16
posibilidad de modificar el vigente Reglamento Municipal del Servicio Público de
Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros del Ayuntamiento de Torre-Pacheco,
con el fin de intentar solventar los inconvenientes puestos de manifiesto por los propios
titulares de las licencias y por la Policía Local, el mismo se emitió el día 26 de
noviembre de 2012, con el siguiente tenor literal:
“A petición verbal del sr. Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Medio
Ambiente, en relación con la posible modificación del vigente Reglamento
Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros/as en Automóviles
Ligeros, y como consecuencia de la documentación aportada por la Policía Local
de Torre-Pacheco que obra en el expediente, se puede informar:
Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido
de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL), en
relación con el artículo 22.2,d) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local (LBRL), así como del artículo 50.3 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
(ROF), la competencia para aprobar la modificación de las ordenanzas
municipales corresponde al Pleno de la Corporación, una vez cumplimentados
los trámites a que se refiere el artículo 49 LBRL.
Esta competencia es indelegable (art. 22.4 LBRL y 51 ROF), y para su ejercicio
debe seguirse el preceptivo procedimiento, que supone aprobación inicial por
mayoría simple del Pleno (art. 47 LBRL y 99 ROF), trámite de audiencia por un
mínimo de 30 días, para presentación de alegaciones y sugerencias, y aprobación
definitiva por mayoría simple del Pleno, no siendo preceptivo el informe previo
de la Secretaría General (art. 54 TRRL y art. 3 del Real Decreto 1174/1987, de
18 de septiembre, por el que se regula el Régimen jurídico de los Funcionarios
de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional). No obstante,
de no presentarse alegación o sugerencia alguna, se entenderá elevado a
definitivo el acuerdo inicial de aprobación. Finalmente, procederá la publicación
íntegra del texto aprobado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para su
público conocimiento y entrada en vigor (art. 70.2 LBRL), que no se producirá
hasta que hayan transcurrido, al menos, 15 días hábiles desde su publicación.
Segundo.- El artículo 10,s), así como el artículo 15 de la vigente ordenanza
reguladora del servicio de transporte urbano de viajeros en automóviles ligeros,
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disponen que los vehículos que presten el referido servicio deberán ir provistos
de un distintivo consistente en la rotulación de las puertas delanteras con una
banda roja que se tipifica en al licencia municipal y permiso de conducción. No
obstante, la ordenanza no especifica las medidas ni el diseño gráfico de este
distintivo, y como consecuencia de la falta de determinación de estos detalles,
algunos profesionales del taxi han manifestado no poder dar cumplimiento a lo
ordenado al respecto. Convendría, por tanto, encargar a los servicios técnicos
municipales la elaboración del diseño, con especificación de las medidas
correspondientes, y su inclusión como anexo a la ordenanza, añadiendo en el
texto de los artículos 10,s) y 15,párrafo 1º, una referencia a dicho anexo, de
manera que:
- Donde dice:
o “s) Los autotaxis, deberán llevar en sus puertas delanteras las
bandas tipificadas en la “Licencia municipal y el Permiso Municipal
de Conducción”.
o “Artículo 15. Rasgos distintivos y elementos identificativos. Los
vehículos automóviles adscritos al servicio de autotaxi en el ámbito
de aplicación de este Reglamento serán de color blanco, en cuyas
puertas delanteras de izquierda a derecha, llevaran la franja de
color rojo que se tipifica en la licencia y permiso municipal del
ayuntamiento.”
- Diga:
o “s) Los autotaxis, deberán llevar en sus puertas delanteras las
bandas tipificadas en la Licencia municipal y el Permiso Municipal
de Conducción, de conformidad con el modelo detallado en el anexo
II de la presente ordenanza”.
o “Artículo 15. Rasgos distintivos y elementos identificativos. Los
vehículos automóviles adscritos al servicio de autotaxi en el ámbito
de aplicación de este Reglamento serán de color blanco, en cuyas
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puertas delanteras de izquierda a derecha, llevaran la franja de
color rojo que se tipifica en la licencia y permiso municipal del
ayuntamiento, de conformidad con el modelo detallado en el anexo
II de la presente ordenanza.”
Tercero.- En cuanto a la homologación de los recibos, convendría incluir en el
artículo 34.2 de la ordenanza una habilitación para la aprobación del oportuno
modelo por la Alcaldía, de manera que:
- Donde dice: “2.- Los conductores/as de los vehículos vendrán obligados a
extender un recibo por el importe del servicio cuando lo soliciten los
usuarios/as. Dicho recibo deberá ajustarse al modelo oficial homologado
por la Corporación.”
- Diga: “2.- Los conductores/as de los vehículos vendrán obligados a extender
un recibo por el importe del servicio cuando lo soliciten los usuarios/as.
Dicho recibo deberá ajustarse al modelo oficial homologado por la
Corporación, que se aprobará por la Alcaldía-Presidencia, a propuesta del
concejal delegado del servicio. ”
Cuarto.- En cuanto a la determinación del cuadrante de descanso semanal, ya el
artículo 49.2 de la ordenanza prevé que se aprobará dicho cuadrante por la
Alcaldía, a propuesta del concejal delegado del servicio.
Quinto.- En cuanto a la implantación de un servicio de atención las 24 horas, de
considerarse oportuno por la Corporación, procedería establecer su
obligatoriedad en el artículo 50 de la ordenanza, incluyendo en el mismo un
segundo párrafo adicional que diga:
“En concreto, el Ayuntamiento podrá establecer un cuadrante de servicio 24
horas, aprobado por la Alcaldía-Presidencia, a propuesta del concejal delegado
del servicio, mediante el que se regule la disponibilidad de al menos un
profesional del taxi a cualquier hora del día y cualquier día del año.”
Es cuanto se puede informar. No obstante, V.S., con su superior criterio, decidirá
lo que considere más oportuno.”
QUINTO.- Consta en el expediente informe emitido por los Servicios Técnicos
Municipales, de fecha 14 de enero de 2013, mediante el que se aporta un nuevo diseño
para las bandas identificativas que deben portar los vehículos que presten en servicio de
auto-taxi.
SEXTO.- Concedida audiencia a los profesionales del taxi del municipio de Torre-
Pacheco, éstos han manifestado su disconformidad con el diseño de las bandas
19
identificativas de los vehículos, así como con la prestación de servicio las 24 horas, y
solicitan la inclusión de un plazo de adaptación a los nuevos modelos homogeneizados
de recibos.
En consecuencia, con base en lo expuesto, se propone al Pleno de la Corporación que, si
lo estima conveniente, adopte el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar inicialmente la modificación del vigente Reglamento Municipal del
Servicio Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros del Ayuntamiento
de Torre-Pacheco, en el sentido de que:
A) Con respecto al artículo 10,s)
- Donde dice: “s) Los autotaxis, deberán llevar en sus puertas delanteras las
bandas tipificadas en la “Licencia municipal y el Permiso Municipal de
Conducción”.
- Debe decir: “s) Los autotaxis, deberán llevar en sus puertas delanteras las
bandas tipificadas en la Licencia municipal y el Permiso Municipal de
Conducción, de conformidad con el modelo detallado en el anexo II de la
presente ordenanza”.
B) Con respecto al artículo 15,párrafo 1º
- Donde dice: “Artículo 15. Rasgos distintivos y elementos identificativos. Los
vehículos automóviles adscritos al servicio de autotaxi en el ámbito de
aplicación de este Reglamento serán de color blanco, en cuyas puertas
delanteras de izquierda a derecha, llevaran la franja de color rojo que se
tipifica en la licencia y permiso municipal del ayuntamiento.”
- Debe decir: “Artículo 15. Rasgos distintivos y elementos identificativos. Los
vehículos automóviles adscritos al servicio de autotaxi en el ámbito de
aplicación de este Reglamento serán de color blanco, en cuyas puertas
delanteras de izquierda a derecha, llevaran la franja de color rojo que se
tipifica en la licencia y permiso municipal del ayuntamiento, de
conformidad con el modelo detallado en el anexo II de la presente
ordenanza.”
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C) Con respecto al artículo 34.2:
- Donde dice: “2.- Los conductores/as de los vehículos vendrán obligados a
extender un recibo por el importe del servicio cuando lo soliciten los
usuarios/as. Dicho recibo deberá ajustarse al modelo oficial homologado
por la Corporación.”
- Debe decir: “2.- Los conductores/as de los vehículos vendrán obligados a
extender un recibo por el importe del servicio cuando lo soliciten los
usuarios/as. Dicho recibo deberá ajustarse al modelo oficial homologado
por la Corporación, que se aprobará por la Alcaldía-Presidencia, a
propuesta del concejal delegado del servicio.”
D) Incluir en el artículo 50 del Reglamento, un segundo párrafo con el siguiente
tenor literal: “En concreto, el Ayuntamiento podrá establecer un cuadrante de
servicio 24 horas, aprobado por la Alcaldía-Presidencia, a propuesta del concejal
delegado del servicio, mediante el que se regule la disponibilidad de al menos un
profesional del taxi a cualquier hora del día y cualquier día del año.”
E) Modificar el Anexo al Reglamento, sustituyéndolo por el modelo diseñado
por los Servicios Técnicos Municipales, según informe de 14 de enero de 2013,
que obra en el expediente de Asuntos Generales de referencia 74/12V.
F) Añadir la siguiente “Disposición Transitoria: El modelo homologado de
recibo a que se refiere el artículo 34.2 de la presente ordenanza, será de
obligada utilización a partir del día 1 de enero de 2014. Hasta entonces, podrán
utilizarse también los ya existentes.”
Segundo.- Someter el expediente a trámite de audiencia, mediante su publicación en el
Boletín oficial de la Región de Murcia, por un plazo de 30 días, para presentación de
alegaciones y sugerencias.
Tercero.- Declarar expresamente que, de no presentarse alegación o sugerencia alguna,
se entenderá elevado a definitivo el acuerdo inicial de aprobación.
Cuarto.- Facultar al Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente para
cuanto requiera el cumplimiento de lo acordado.
Torre-Pacheco, 17 de mayo de 2.013.- El Concejal Delegado del Área de Urbanismo y
Medio Ambiente, Santiago Meroño León.”
El Sr. Meroño León explicó que se trataba de modificar el Reglamento Municipal del
Servicio Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros, aprobado el 28 de
julio de 2011, en aras de atender las reclamaciones presentadas por alguna de las
asociaciones de taxistas, así como aclarar algunas cuestiones que no estaban
21
suficientemente precisadas en el texto del reglamento.
En el expediente también obra informe jurídico, el cual está insertado en el propio texto
de la propuesta
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y tras un breve intercambio de impresiones entre los portavoces, en el que se destacó la
importancia de asegurar el servicio 24 horas, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de
los miembros presentes (diecinueve de los veintiuno que componen la Corporación),
acordó aprobar la propuesta de modificación del Reglamento Municipal del Servicio
Público de Transporte de Viajeros en Automóviles Ligeros, en los términos expuestos
en la propuesta anteriormente transcrita.
8º.- APROBACIÓN INICIAL DE LA IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA SOBRE
TRATAMIENTO Y VERTIDO DE RESIDUOS SÓLIDOS.
El Sr. Alcalde cedió la palabra a Dña. Mª Dolores Valcárcel Jiménez, Concejal
Delegada del Área de Hacienda, Presupuestos y Promoción Económica, quien procedió
a dar lectura a la propuesta que se transcribe a continuación:
“Las tasas aparecen recogidas como un recurso de las Haciendas Locales, en general, y
la Ley los configura como recursos comunes a la mayor parte de las Entidades Locales.
Esta categoría financiera se regula de forma integral en el Título I Capítulo III del Rd.
Leg 2/2004, de 5 de marzo, TRLRHL, y más concretamente en los artículos 20 a 27.
Las tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o
aprovechamiento especial del dominio público local, así como por la prestación de
servicios públicos o la realización de actividades administrativas de competencia local
que se refieran beneficien o afecten de modo particular a los sujetos pasivos,
exigiéndose en este último supuesto que se produzca alguna de las circunstancias
siguientes:
� Que no sean de solicitud o recepción voluntaria para los administrados. A estos
efectos no se considera voluntaria la solicitud o la recepción por parte de los
22
interesados:
1. Cuando venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias.
2. Cuando los bienes, servicios o actividades requeridos sean imprescindibles
para la vida privada o social del solicitante.
� Que no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su
reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente.
Se entenderá que la actividad administrativa o servicio afecta o se refiere al sujeto
pasivo, cuando haya sido motivada directa o indirectamente por el mismo, en razón de
que sus actuaciones u omisiones obliguen a las entidades locales a realizar de oficio
actividades o a prestar servicios por razones de seguridad, de abastecimiento de la
población o de orden urbanístico, o cualesquiera otras.
La nueva redacción del artículo 20 del RD Leg. 2/2004 TRLRHL, introduce dos
apartados más, en los que siguiendo los criterios marcados por las S.T.C 185/1995 del
Tribunal Constitucional, efectúa una relación de supuestos que podrán ser gravados
mediante tasas; bien porque suponen la utilización privativa o aprovechamiento especial
del dominio público local (apartado 3º), bien porque son supuestos de prestación de
servicios o de realización de actividades administrativas de competencia local (apartado
4º). Ambos listados no aparecen numerados como numerus clausus.
Importe de las Tasas. Límites:
1.- Tasas por la prestación de un servicio o por la realización de una actividad.
El importe estimado para este tipo de tasas, base imponible global de la tasa, se
establecerá respetando los siguientes límites.
a) MÁXIMO: No podrá exceder, en su conjunto, del coste real o previsible del
servicio o actividad de que se trate, o en su defecto del valor de la prestación
recibida. Para la determinación de dicho COSTE se tomarán en consideración:
• Los gastos directos e indirectos que contribuyen a la formación del coste total
del servicio o de la actividad, incluso los de carácter financiero, amortización
del inmovilizado y los generales que sean de aplicación, no sufragados por
contribuciones especiales, todo ello con independencia del presupuesto con
cargo al cual se satisfagan o del organismo que los soporte.
• Y en su caso, los gastos necesarios para garantizar el mantenimiento y un
desarrollo razonable del servicio o actividad; debiéndose calcular con arreglo al
presupuesto y proyecto aprobado por el órgano competente.
b) MÍNIMO: RDL 2/2004 dispone en su artículo 24, que las Tasas tenderán a cubrir
el coste del servicio o de la actividad que constituya su hecho imponible.
23
Actualmente la Prestación del Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos se presta
mediante concesionario, no obstante, la propuesta de imposición y establecimiento de
esta Tasa entrará en vigor a partir de su publicación integra en el BORM.
Por todo lo anterior, y previo los trámites e informes oportunos se someterá a la
consideración del Pleno de la Corporación, el siguiente acuerdo:
1. La imposición y ordenación de la Tasa Fiscal Reguladora por la Prestación del
Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos.
Torre-Pacheco, a 16 de abril de 2.013.- La Concejal Delegada del Área de Hacienda,
Presupuestos y Promoción Económica, María Dolores Valcárcel Jiménez.”
Tras la lectura de su propuesta, la Sra. Valcárcel Jiménez explicó que se trataba de la
aprobación de una ordenanza fiscal nueva que regule la prestación del servicio de
tratamiento de residuos sólidos en la planta municipal de tratamiento de residuos
ubicada en el paraje de La Maraña.
A continuación se transcribe el texto íntegro de la ordenanza y el informe de
intervención que obra en el expediente:
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS
Articulo 1.-HECHO IMPONIBLE
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por el Ayuntamiento del
servicio público de residuos sólidos en la planta de tratamiento municipal ubicada en el
paraje La Maraña, Balsicas.
Articulo 2.- SUJETO PASIVO
Son sujetos pasivos de esta Tasa, en concepto de contribuyentes las personas físicas y
jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003 de 17 de
diciembre, General Tributaria, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por el
Servicio que origina el devengo de esta Tasa.
Así son los sujetos pasivos de este tributo aquellas personas naturales o jurídicas titulares
de establecimientos comerciales o industriales, almacenes, dependencias o locales del
término, así como las empresas privadas que efectúen recogida de basuras en zonas o
24
instalaciones que radiquen en el término municipal y en las que el Excmo. Ayuntamiento
no tengan establecido el servicio de recogida de basuras; y la obligación de contribuir
viene determinada por la obligatoriedad de trasladar y depositar los residuos en la planta
de tratamiento municipal, salvo para aquellos en que existan vertederos debidamente
autorizados por el Ayuntamiento y que cumplan con las condiciones higiénico-sanitarias
y de otra índole legalmente establecidas.
Artículo 3.- RESPONSABLES
Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas
físicas y jurídicas a que se refieren los artículos 41 y 42 de la Ley 58/2003 de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos,
intervenciones o liquidaciones de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general,
en los supuestos y con alcance que señala el artículo 43 de la Ley 58/2003 de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Artículo 4.- EXENCIONES, REDUCIONES Y BONIFICACIONES
No podrán reconocerse otros beneficiarios fiscales que los expresamente previstos en las
normas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de Tratados Internacionales, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
Quedan exentos de pago de la tasa regulada en la presente ordenanza:
1. Los entes públicos que procedan al tratamiento de basuras de sus centros o
dependencias.
2. Las Instituciones de carácter benéfico o benéfico-docente
Artículo 5.- CUOTA TRIBUTARIA
El importe estimado de esta tasa, no excede, en su conjunto del coste previsible de este
Servicio, para cuya determinación se han tenido en cuenta los informes técnico-
económicos a que hace referencia el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley Reguladora de las Haciendas
Locales.
La cuota tributaria se establece en relación con la unidad de peso (expresada en toneladas,
o fracción) de las vertidas en la planta de tratamiento.
La cuantía a exigir por esta Tasa es la siguiente:
25
TIPOS DE RESIDUOS PRECIO
SIN IVA/TM
RESIDUOS METÁLICOS 0,00 € EQUIPOS DESECHADOS DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN LOS CÓDIGOS 16 02 09 A 16 02 13.
32,00 €
EQUIPOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS DESECHADOS DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN LOS CÓDIGOS 20 01 21, 20 01 23, Y 20 01 35.
32,00 €
COMPONENTES RETIRADOS DE EQUIPOS DESECHADOS, DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN EL CÓDIGO 16 02 15
32,00 €
PILAS ALCALINAS (EXCEPTO EL CÓDIGO 16 06 03) 32,00 € OTRAS PILAS Y ACUMULADORES 32,00 € BATERIAS Y ACUMULADORES DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN EL CÓDIGO 20 01 33
32,00 €
NEUMATICOS FUERA DE USO. 45,00 € ABSORBENTES, MATERIALES DE FILTRACIÓN, TRAPOS DE LIMPIEZA Y ROPAS PROTECTORES DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN EL CÓDIGO 15 02 02
12,00 €
TEJIDOS Y ROPA 12,00 € PELICULAS Y PAPEL FOTOGRAFICO QUE CONTIENEN PLATA O COMPUESTOS DE PLATA
25,00 €
PELICULAS Y PAPEL FOTOGRAFICO QUE NO CONTIENEN PLATA NI COMPUESTOS DE PLATA
25,00 €
CAMARAS DE UN SOLO USO SIN PILAS NI ACUMULADORES 25,00 € CAMARAS DE UN SOLO USO CON PILAS O ACUMULADORES DISTINTAS DE LAS ESPECIFICADAS EN EL CODIGO 09 01 11
25,00 €
LODOS DE FOSAS SEPTICAS 23,00 € MEDICAMENTOS DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN EL 12 02 07
0,00 €
FRACCION RESTO DE RESIDUOS DOMESTICOS Y SIMILARES 37,00 € ENVASES LIGEROS 25,00 € VOLUMINOSOS Y MADERAS 39,00 € VIDRIOS, PAPEL/CARTON, CAJAS DE PLASTICO Y OTROS PLATICOS
0,00 €
OTRAS MEZCLAS DE RESIDUOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y SIMILARES A DOMESTICOS
33,00 €
MANTAS TERMICAS GRANEL 25,00 € BANDEJAS DE POLIEXPAN 50,00 € MANTAS TERMICAS BALAS. 10,00 € ACEITES VEGETALES USADOS 0,00 € ACEITES MINERALES USADOS 0,00 €
26
RESTOS DE PODA 15,00 € OTROS RESIDUOS PELIGROSOS AUTORIZADOS EN LA PLANTA 55,00 €
Artículo 6.- DEVENGO
Esta tasa se devengará cuando se inicie la prestación del servicio.
Artículo 7.- GESTIÓN, LIQUIDACIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN.
La gestión, liquidación, inspección y recaudación de esta Tasa se realizará de acuerdo con
lo prevenido en la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.”
“INFORME DE INTEVENCION
Quien suscribe, de conformidad con lo expresado por la Concejal Delegada del Área de
Hacienda, Presupuestos y Promoción Económica en su propuesta, y de los previsto en
los artículos 54 y 163 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, tiene el deber de informar:
Se formula propuesta de la imposición y ordenación de la Ordenanza fiscal reguladora
de la siguiente Tasa:
- Tasa Fiscal Reguladora por la Prestación del Servicio de Tratamiento de Residuos
Sólidos
La legislación aplicable viene contenida esencialmente en las siguientes disposiciones:
- Artículo 22.2, letras d) y e), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local.
- Artículos 15 a 19, 20 a 27, 41 a 47 y 59 a 103 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
La imposición propuesta de las tasas municipales se encuentra dentro de los límites
establecidos en el TRLRHL.
Examinados los proyectos de nueva redacción de los preceptos de las Ordenanza fiscal
afectada por la modificación, el informe técnico-económico obrante en el expediente de
fecha 21 de abril de 2013, en los que se pone de manifiesto que las cuotas tributarias de
las tasas, cuya modificación se propone, se adecuan a los actuales costes económicos de
los servicios públicos y actividades administrativas de competencia local, y los demás
antecedentes obrantes en el expediente, y verificada su adecuación a la legislación
aplicable,
Se informa favorablemente el expediente y se estima adecuado a la legalidad el acuerdo
propuesto, toda vez que están justificadas las modificaciones propuestas y lo tramitado
en el expediente se adecua a lo previsto en la sección 2.ª del capítulo III del título I del
27
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sobre imposición y ordenación de tributos
locales.
Corresponde al Pleno la aprobación del acuerdo propuesto, de acuerdo con el siguiente
procedimiento:
1.º- Aprobación provisional, siendo necesario el voto favorable de la mayoría simple de
los miembros presentes.
2.º- Exposición pública del acuerdo, por término de treinta días, mediante edicto que ha
de publicarse en el tablón de anuncios y en el “Boletín Oficial de la Comunidad
Autónoma”, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
3.º- Aprobación definitiva por el Pleno, resolviendo reclamaciones y aprobando la
redacción definitiva de las Ordenanzas, igualmente con el voto favorable de la mayoría
simple de los miembros presentes. No obstante, en el caso de que no se hubieran
presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta
entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
4.º- Publicación del acuerdo definitivo a que se refiere el apartado anterior, incluyendo
los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y del texto íntegro de la
Ordenanza fiscal, en el “Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma”, para su vigencia
y posibilidad de su impugnación jurisdiccional.
Torre-Pacheco, a 22 de abril de 2013.-El Interventor”
D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda
Unida-Verdes, expresó su molestia por el retraso en la presentación de esta ordenanza y
preguntó sobre el criterio seguido a la hora de cobrar a los usuarios de este servicio que
llevaba funcionando hacía algún tiempo sin contar con ordenanza fiscal que lo regulara.
Aseguró que, tras pedir por escrito información sobre el control municipal del
funcionamiento del Centro de Gestión de Residuos, no se les había aportado nada, por
lo que planteó sus dudas sobre la efectividad de la aplicación de una tasa sobre un
servicio del que se desconoce si la mercantil concesionaria está cumpliendo el pliego de
28
condiciones técnicas. Citó algunos de los servicios exigidos en el pliego de condiciones
y aseguró que no se había aportado información alguna sobre su funcionamiento. Por
todo lo expuesto, solicitó que se dejara el asunto sobre la mesa hasta una nueva sesión
plenaria en la que se contara con mayor información. De lo contrario, anunció que su
voto sería negativo.
El Sr. Alcalde aclaró que la propuesta no se refería al cumplimiento del pliego de
condiciones por parte de la empresa concesionaria, sino a la aprobación de una
ordenanza que cuenta con todos los informes preceptivos y que por tanto no se iba a
dejar sobre la mesa.
Dña. Rosalía Rosique García, portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente,
aseguró que el Centro de Gestión de Residuos se inauguró en 2007 y no entró en
funcionamiento hasta 2012, cuando se concede su gestión a una empresa privada que
lleva más de un año cobrando una tasa de forma irregular. Afirmó que fue el Partido
Independiente quien pusiera en conocimiento esta situación ante el Pleno en su sesión
de 31 de enero. Tras otra pregunta del Partido Independiente en el Pleno de 28 de
febrero, el equipo de gobierno reconoció que la actividad económica que se estaba
desarrollando en un inmueble de titularidad municipal aún no tenía la Calificación
Ambiental preceptiva, irregularidad que confió en que hubiera sido subsanada. Preguntó
si se había comprobado por parte del equipo de gobierno que el cuadro de tarifas que
propone la empresa concesionaria se corresponde con lo exigido en el pliego de
condiciones, ya que los informes técnicos y jurídicos que deberían corroborarlo no
habían sido facilitados a los grupos de la oposición ni obraban en el expediente. En
opinión de su grupo, la aprobación de la ordenanza debería haber sido anterior a la
concesión del servicio. También afirmó que en el Centro de Gestión de Residuos existe
un ecoparque en el que los vecinos pueden depositar residuos domésticos, metales,
pilas, etc. Sin embargo, en la ordenanza que se propone no recoge la posibilidad de este
servicio ni su gratuidad. Tampoco se especifica la tasa, o gratuidad en su caso, por la
recepción de escombros de obra o tuberías y accesorios de riego agrícola, tal y como se
recoge en el pliego de condiciones. Por todo lo anteriormente expuesto, la Sra. Rosique
García afirmó que la ordenanza propuesta era errónea, imprecisa e incompleta, sin
informes jurídicos y técnicos que aseguren el cumplimiento del contrato de adjudicación
por parte de la empresa concesionaria. Por ello, si no se dejaba sobre la mesa, cosa que
ya había descartado el Sr. Alcalde, el voto de su grupo sería desfavorable.
D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista se
limitó a anunciar el voto favorable de su grupo a la aprobación inicial de esta ordenanza.
29
Por su parte, el portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, D. Antonio Madrid
Izquierdo, al igual que había hecho el Sr. Alcalde tras la intervención del Sr. Martínez
Meroño, recordó que lo que se estaba debatiendo era la ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por la prestación de este servicio. Quiso poner en conocimiento de todos los
vecinos que este servicio está puesto en marcha y, tras citar algunas de las clases de
residuos que se pueden depositar en el centro y que están relacionados en la ordenanza,
anunció el voto favorable de su grupo a la propuesta. No obstante, dijo que si en
cualquier momento fuese necesario ampliar los servicios, se podría revisar o modificar
la ordenanza.
El Sr. Alcalde añadió que en el municipio existen dos ecoparques más, uno en Torre-
Pacheco y otro en Roldán y que no era necesario que la ordenanza dijera que su uso es
gratuito. También quiso aclarar que el Centro de Gestión de Residuos fue construido en
2008 por la Comunidad Autónoma, y que había estado en funcionamiento desde
entonces hasta 2010.
En el turno de réplica sólo pidió la palabra el portavoz socialista, D. Fernando Vera
Albaladejo, quien quiso poner de manifiesto la importancia de la entrada en
funcionamiento de este Centro de Gestión de Residuos para la resolución del problema
que tienen los agricultores para eliminar ciertos residuos como mantas térmicas y
bandejas de porexpan, evitando así la quema de los mismos y el consiguiente riesgo
para la salud de las personas y el medio ambiente.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:
VOTARON A FAVOR los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,
Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,
Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón, Rosique Martínez, Vera
Albaladejo, Buendía Azorín y Gabarrón Pérez. En total QUINCE VOTOS
AFIRMATIVOS.
VOTARON EN CONTRA los señores y señoras: Rosique García, León Garre, Martínez
30
Sánchez y Martínez Meroño. En total CUATRO VOTOS NEGATIVOS.
Y el Ayuntamiento Pleno, por quince votos a favor y cuatro en contra, acordó adoptar
los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Aprobar en todos sus extremos la propuesta de la Concejal Delegada del
Área de Hacienda, Presupuestos y Promoción Económica, Dña. Mª Dolores Valcárcel
Jiménez, sobre imposición y ordenación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa
por la Prestación del Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos.
SEGUNDO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la
Prestación del Servicio de Tratamiento de Residuos Sólidos.
TERCERO- Someter el presente acuerdo a exposición pública por término de treinta
días, mediante edicto que ha de publicarse en el tablón de anuncios y en el “Boletín
Oficial de la Comunidad Autónoma”, para que los interesados puedan examinar el
expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
CUARTO- Determinar que, en el caso de que no se presentaran reclamaciones, se
entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin
necesidad de acuerdo plenario. No obstante, en este caso, también procederá, como
establece el apartado 4 del art. 17 del R.D. Legislativo 2/2004, la publicación del
presente acuerdo y del texto íntegro de la Ordenanza fiscal, en el “Boletín Oficial de la
Comunidad Autónoma”, para su vigencia y posibilidad de su impugnación
jurisdiccional.
9º.-SOBRE LA BONIFICACIÓN DEL PAGO DEL I.C.I.O. DE LA LICENCIA
DE OBRAS CONCEDIDA PARA EL PROYECTO DE “IMPULSIÓN DESDE
EDAR DE LOS ALCÁZARES HASTA EL CANAL PRINCIPAL DEL CAMPO
DE CARTAGENA”.
Por el señor Alcalde, se dio cuenta de varios escritos presentado por la Comunidad de
Regantes del Campo de Cartagena, de fecha 25-02-2013 y 22-04-2013, en los que
solicitan la exención del I.C.I.O correspondiente a la licencia de obras Expte.: 95/2013
correspondiente a “Proyecto de Impulsión desde EDAR de Los Alcázares hasta el canal
principal del Campo de Cartagena”.
El señor Alcalde, informó a los señores/as asistentes que la Ordenanza Municipal no
contempla la exención del impuesto, pero sí la bonificación en el pago.
En el expediente consta informe de la Jefa del Negociado de Rentas y Exacciones, de
fecha 03-05-2013, que textualmente dice así:
“MARIA JOSE GARCERAN BALSALOBRE, JEFE DEL NEGOCIADO DE
GESTION DE TRIBUTOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORRE PACHECO
31
(MURCIA)
INFORMA: Que en relación a la solicitud de bonificación del 95% en la cuota del
Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras presentada por D. Francisco Sáez
Sáez, Presidente de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, por la
realización de obras de “Impulsión EDAR Los Alcázares hasta el Canal Principal del
Campo de Cartagena” resulta que, según los antecedentes obrantes en este Negociado a
mi cargo:
• Ha sido solicitada en plazo y forma, ya que las bonificaciones contempladas y la
Ordenanza fiscal vigente entraron en vigor el 25 de diciembre de 2012 y, tanto la
licencia de obras como la solicitud bonificación han sido presentadas en Registro de
Entrada con fecha 25 de febrero de 2013.
• La bonificación se solicita por tratarse de una asociación sin ánimo de lucro
Asimismo, se informa que de acuerdo con lo establecido en el vigente artículo 103.2 de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 4.1 de nuestra Ordenanza fiscal
reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, es competencia del
Pleno de la Corporación por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros el
declarar la citada obra de “Interés o Utilidad municipal” por concurrir circunstancias
sociales.
Es cuanto tiene el deber de informar la funcionaria que suscribe. Torre Pacheco, a 03 de
mayo de 2013. La Jefa de Gestión de Tributos. Fdo.: María José Garcerán Balsalobre.”
Continuó el señor Alcalde, diciendo que el “Interés y la Utilidad Municipal” a los que se
refiere el artículo 4.1 de nuestra Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de
Construcciones, Instalaciones y Obras, está más que justificado, ya que de dichas obras
se beneficiaran 1.011 agricultores que cultivan una superficie de 6.353 hectáreas
ubicadas en el Término Municipal de Torre-Pacheco.
Dicho lo anterior, el señor Alcalde cedió la palabra a D. Francisco R. Martínez Meroño,
portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes, el cual dijo que su voto será en sentido
favorable.
Hizo uso de la palabra Dª Rosalía Rosique García, portavoz del Partido Independiente
32
de Torre-Pacheco, para decir que desde su grupo consideran las obras de gran interés
para la economía del municipio, además de un paso más en los “vertidos cero” al Mar
Menor, y más aún, ya que cumple con los criterios de sostenibilidad de los recursos
naturales, por lo que el voto de su grupo municipal será favorable.
Seguidamente, tomó la palabra D. Fernando C. Vera Albaladejo, portavoz del grupo
municipal socialista, el cual anuncio el voto favorable de su grupo, e indicó al señor
Alcalde, a modo de ruego, que recordara al Presidente de la Comunidad de Regantes del
Campo de Cartagena, que faltan 114 días para presentar las alegaciones al “límite de
400 hectómetros cúbicos”, ya que si finalmente se aprueba sería la muerte de este
campo.
El señor Alcalde, cedió la palabra D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del grupo
municipal popular indicando que después contestaría al ruego formulado por el señor
Vera Albaladejo.
Hizo uso de la palabra el señor Madrid Izquierdo, para decir que el voto de su grupo
será favorable, y que coincide en todo lo dicho por la señora Rosique García, respecto la
lo importante de las obras y los vertidos cero al Mar Menor.
Seguidamente, el señor Alcalde contestó al ruego formulado por el señor Vera
Albaladejo, indicándole que tanto él como los señores Concejales de Agricultura y
Urbanísmo y Medio Ambiente, en una reunión mantenida con el Presidente de la
Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena y con técnicos de dicha comunidad
entregaron personalmente el acuerdo plenario adoptado al respecto, y quedaron que
cuando estuvieran redactadas las alegaciones, seria remitidas al Ayuntamiento para que
fueran presentadas desde el Ayuntamiento y con el membrete oficial.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y la Corporación Plenaria, por unanimidad de los/as señores/as concejales/as asistentes,
acordó practicar bonificación de 95% en la cuota del Impuesto sobre Construcciones
Instalaciones y Obras solicitada por D. Francisco Sáez Sáez, Presidente de la
Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena, correspondiente al Expte. de obras
Nº 95/2013, “Impulsión EDAR Los Alcázares hasta el Canal Principal del Campo de
Cartagena”.
10º.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO
Nº 1 DEL IMSAS.
El Sr. Alcalde explicó que se había acordado en el Consejo Rector del IMSAS una
modificación de crédito por la que se generaba una partida de 4.500 € mediante crédito
33
extraordinario, con la finalidad de firmar un convenio por esa cantidad con la asociación
Murcia Acoge.
“MEMORIA
justificativa de la necesidad de modificar crédito en el Presupuesto de gastos del vigente
ejercicio, mediante la concesión de un crédito extraordinario, redactada conforme a lo
previsto en el artículo 37.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
Que el Instituto Municipal de Servicios para la Acción Social está interesado,
materializándolo a través del oportuno Convenio de Colaboración, en promover la
inserción social y laboral de los ciudadanos procedentes de terceros países residentes en
el municipio de Torre Pacheco, mediante todas aquellas acciones que ambas parten
determinen a través de la Comisión de seguimiento del Convenio. La coordinación y
supervisión de los aspectos materiales y de ejecución del Convenio corresponderían al
Instituto Municipal de Servicios para la Acción Social, a través del Programa de
Inserción Social.
Dichos gastos no cuentan, en el estado de gastos del presupuesto, de crédito destinado a
esa finalidad específica, o resulta insuficiente el saldo de crédito no comprometido en la
partida correspondiente, en el nivel en que está establecida la vinculación jurídica.
En virtud de lo expuesto, se propone:
1º.- Conceder créditos extraordinarios en la partida que se detalla en el documento
ANEXO y cuyo resumen es el siguiente:
Euros
Créditos extraordinarios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.500,00
Total propuesta modificaciones de créditos. . . . . . . . . . .4.500,00
2º.- Financiar las expresadas modificaciones de la siguiente forma:
Con cargo al remanente líquido de tesorería. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .0
Con nuevos o mayores ingresos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .0
Mediante anulaciones o bajas de créditos. . . . . . . . . . . . . . . . .4.500,00
Concertando una operación de crédito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0
Total financiación modificaciones de créditos. . . . . . . . .4.500,00
34
Torre Pacheco, a 7 de mayo de 2013.- EL PRESIDENTE, Daniel García Madrid”
“INFORME DE INTERVENCIÓN
El Interventor que suscribe, vista la memoria de fecha 07/05/2013 por la que se propone
la concesión de crédito extraordinario en el Presupuesto de gastos de 2013, de
conformidad con los artículos 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y
37.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, tiene el honor de emitir el siguiente
INFORME:
1. Tratándose de dotar presupuestariamente crédito para gastos específicos y
determinados que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente, al no existir crédito
o ser el previsto insuficiente y no poder ser objeto de ampliación, es procedente la
concesión de crédito extraordinario, conforme a lo previsto en el artículo 177 del citado
texto refundido, y 35 a 38, ambos inclusive, del también citado Real Decreto y demás
documentación complementaria.
2. Examinados los antecedentes contables de que se dispone, resulta:
2.1. Que la partida 22799.233 de Servicio de Ayuda a Domicilio y Medidas
Complementarias, tiene un crédito inicial de 30.000,00 €uros, el cual se estima que
su dotación se puede reducir sin perturbar el servicio que se presta a los usuarios.
3. En cuanto a la imposibilidad de demorar a ejercicios posteriores los gastos
específicos y determinados que motivan el crédito extraordinario a que se contrae este
expediente, deberá apreciarla y pronunciarse el Consejo Rector del Instituto Municipal
de Servicios para la Acción Social del Ayuntamiento de Torre Pacheco.
4.- Una vez aprobado por el Consejo Rector del IMSAS se dará traslado para su
tramitación y aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Torre Pacheco.
No obstante, el Consejo Rector del Instituto Municipal de Servicios para la Acción
Social del Ayuntamiento de Torre Pacheco, acordará lo que estime procedente.
Torre Pacheco, a 7 de mayo de 2013.- EL INTERVENTOR, Miguel Pérez Martínez.”
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y, tras un breve intercambio de impresiones, el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de
los miembros presentes (diecinueve de los veintiuno que componen la Corporación),
acordó aprobar el expediente de modificación de crédito extraordinario nº 1 del IMSAS
en los términos expuestos anteriormente.
11º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE UN PLAN ESPECIAL DE REFORMA
INTERIOR EN LA AVDA. DE LA ESTACIÓN Y OTRAS.
35
En primer lugar, el Sr. Alcalde quiso aclarar que el asunto sobre el que se iba a tratar
consistía en la aprobación de un Plan Especial de Reforma Interior, y no de la
“modificación nº 60 de las NN.SS” tal y como figuraba en el orden del día adjunto a la
convocatoria de esta sesión plenaria (en consecuencia, dicho error ha sido subsanado en
el epígrafe de este punto). Se trata pues de un error material o de hecho, que se constata
por la simple observación del expediente, procediendo llevar a cabo la rectificación
correspondiente.
Acto seguido, el Sr. Alcalde cedió la palabra a D. Santiago Meroño León, Concejal
Delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente para que realizara la exposición
del asunto.
El Sr. Meroño León explicó que lo que se proponía en este punto era la aprobación
definitiva de un P.E.R.I que se aprobó inicialmente mediante Decreto de la Alcaldía de
7 de agosto de 2012. Durante su tramitación se presentaron alegaciones por la mercantil
propietaria de un inmueble colindante así como ciertas deficiencias evidenciadas por los
informe técnicos de la Dirección General de Urbanismo. Dichas deficiencias, a la vista
de los últimos informes técnicos y jurídicos, habrían sido subsanadas y las alegaciones
desestimadas.
A Continuación se transcriben tanto la propuesta de la Alcaldía-Presidencia como el
informe jurídico sobre el que se fundamenta, obrantes ambos en el expediente:
“DANIEL GARCIA MADRID, ALCALDE - PRESIDENTE del Ayuntamiento de
Torre-Pacheco, a la Corporación Plenaria tiene el honor de elevar la siguiente,
PROPUESTA
Por Resolución de 07-08-2012, se aprobó inicialmente, previos informes técnico y
jurídico favorables, el Plan Especial de Reforma Interior, promovido por Banco Mare
Nostrum, S.A., redactado por los Arquitectos D. Rafael García Sánchez y D. Juan
Manuel Salmerón Nuñez, que pretende facilitar la implantación de elementos de
referencia vertical, en manzana sita en Avda. Estación y otras de Torre-Pacheco, al
amparo de lo previsto en el artículo 295 de las Normas Subsidiarias de Torre-Pacheco
(en su nueva redacción dada por la Modificación Puntual nº 60).
36
El expediente se sometió a preceptiva información pública: BORM nº 199, de 28-08-
2012; La Verdad (Murcia): 27-08-2012; y La Opinión (Murcia) 24-08-2012. Obra en el
expediente certificado acreditativo al respecto. (Habiéndose formulado una alegación a
la aprobación inicial).
La Dirección General de Vivienda emitió informe el 12-02-2013, con entrada en el
Ayuntamiento de Torre-Pacheco el 25-02-2012, R.G.E. nº 1612, estableciéndose una
serie de observaciones para su consideración en el acuerdo de aprobación definitiva.
Habiéndose subsanado las referidas observaciones, tal y como consta en informe técnico
y jurídico obrante en el expediente.
Así como informado jurídicamente que procede desestimar las alegaciones formuladas.
Por todo lo anteriormente expuesto, al Ayuntamiento Pleno, se propone para su debate y
aprobación, si procede el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior promovido por
Banco Mare Nostrum, S.A. y redactado por los Arquitectos D. Rafael García Sánchez y
D. Juan Manuel Salmerón Nuñez.
Segundo.- Desestimar las alegaciones formuladas por D. José Luís Pérez Ros, en
representación de PRODOSA, S.A., en virtud del informe jurídico obrante en el
expediente.
Tercero.- Continuar con la restante tramitación legal.
En Torre-Pacheco, a 21 de mayo de 2013.”
“INFORME JURIDICO
Asunto: Aprobación definitiva P.E.R.I. Avda. Estación y otras.
H E C H O S
1º.- Por Resolución del Sr. Alcalde-Presidente de 07-08-2012, previos informes técnico
y jurídico favorables, se aprueba inicialmente el Plan Especial de Reforma Interior,
promovido por Banco Mare Nostrum, S.A., redactado por los arquitectos D. Rafael
García Sánchez y D. Juan Manuel Salmerón Núñez, que pretende facilitar la
implantación de elementos de referencia vertical, en manzana sita en Avda. Estación y
otras de Torre-Pacheco, al amparo de lo previsto en el artículo 295 de las Normas
Subsidiarias de Torre-Pacheco (en su nueva redacción dada por la Modificación Puntual
nº 60) redactada por los arquitectos D. Rafael García Sánchez y D. Juan Manuel
Salmerón Núñez.
2º.- En el expediente obran las notificaciones de la referida Resolución, al promotor y a
todos los titulares que constan en el catastro, (art. 140 a) y 141 Texto Refundido de la
Ley del Suelo de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, 10-
37
06).
3º.- Igualmente el expediente se sometió a INFORMACIÓN PUBLICA: (art. 141 en
concordancia con el art. 140 a) del TRLSRM), en el B.O.R.M. nº 199, de 28-08-2012;
“La Verdad” de Murcia: 27-08-2012 y “La Opinión” de Murcia, de 24-08-2012; por
plazo de dos meses.
Habiéndose personado los interesados en el Ayuntamiento para tomar vista del
expediente y obtener copia del mismo, previo pago de la tasa correspondiente,
presentando alegaciones D. José Luís Pérez Ros, en nombre de PRODOSA, S.A.
Consta en el expediente certificado de la Secretaria General de fecha 20-05-2013
acreditativo de que se ha presentado una alegación a la aprobación inicial del PERI.
4º.- El expediente se remite a la Dirección General de Vivienda y Territorio, para que
emita informe, emitiéndose el 14-02-2013, teniendo entrada en el Ayuntamiento de
Torre-Pacheco el 25-02-2013, RGE nº 1612, estableciéndose una serie de observaciones
para su consideración en el acuerdo de aprobación definitiva.
5º.- El 27-02-2013, R.G.E. nº 1705, se presenta por el promotor documentación que
subsana las observaciones puestas de manifiesto en informe de la Dirección General de
Vivienda y Territorio.
6º.- El 12-03-2013, se emite informe favorable por el Jefe de Sección de Urbanismo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Respecto a las observaciones puestas de manifiesto en informe de la
Dirección General de Vivienda y Territorio, señalar que tras ser examinada la
documentación aportada (2 nuevos proyectos) por los servicios jurídicos, se constata
que han sido subsanadas dichas observaciones; así:
a) En cuanto a que: “la superficie de espacio libre público aportada por el Plan
Especial ha de ser al menos el 20% de las manzanas normas vigentes, con lo cual, la
superficie de parcela neta lucrativa ha de ser inferior a 2.345 m2.”
Así en la página 10 de dichos proyectos se indica expresamente que la superficie de
parcela neta lucrativa se ve respetada al disponer la cantidad inferior de 2.344,95.
b) En cuanto a la Normativa:
38
- En el apartado Aparcamientos Públicos, los de uso para minusválidos deberán
cumplir lo establecido en la Orden VIV/581/2010 del Ministerio de Vivienda.
En la página 12 del referido proyecto en el segundo párrafo in fine expresamente
se hace referencia al cumplimiento de dicha Orden.
Por otra parte, referencia innecesaria puesto tal y como se señala en dicho texto
no se prevén plazas de aparcamientos públicos, siendo necesaria la aplicación de
dicha Orden para el caso de que existieran.
- Respecto a que se hace referencia al art. 266 NNSS refiriéndose en realidad al
art. 263, manifestar que la referencia al art. 266 NNSS es correcta.
- Se transcribe erróneamente la norma de zona 1 y Modificación NNSS nº 60, en
la página 13 del nuevo proyecto queda corregida esta deficiencia.
Segundo.- Respecto a las alegaciones (Recurso de reposición) presentadas por D. José
Luís Pérez Ros, en representación de la mercantil “PRODOSA, S.A.”, señalar:
- Desde el punto de vista formal las referencias legislativas son anacrónicas y
erróneas: la Ley 7/1982 no existe.
- Desde el punto de vista del contenido:
a) En cuanto a que la mercantil PRODOSA, SA no ha sido informado por
BMN, salvo mediante Decreto, de la existencia de modificación de las
condiciones urbanísticas de una parcela de su propiedad.
Señalar que:
1) El promotor está legitimado legalmente (art. 127.1 y 128.1 TRLSRM)
para acometer esta actuación urbanística.
2) El procedimiento seguido es el previsto legalmente, como ya se señaló en
informe jurídico emitido el 07-08-2012, que se suscribe, e igualmente se
señala en el Hecho 2º del presente informe, que en virtud de lo dispuesto por
el artículo 141 en concordancia con el artículo 140 a) TRLSRM, se han
practicado las notificaciones individuales a todos los titulares del Catastro, al
objeto de que formulen las alegaciones que crean oportunas.
El promotor de la actuación no tiene obligación legal de comunicar a los
titulares afectados, la intención de acometer dicha actuación urbanística.
b) En cuanto a que: “no se ha negociado el valor económico de la parcela
afectada (Hecho 1)” y “no se ha valorado económicamente” (Alegación
segunda).
El reclamante se contradice en sus manifestaciones, examinada la
documentación por los servicios jurídicos se constata que en el punto 1.6 de
39
la Memoria Justificativa se detalla la superficie de la propiedad afectada por
el PERI en concreto: 133,45 m2 y en el Estudio Económico punto 4 del
referido PERI se desglosa por capítulos el coste de ejecución de las obras e
implantación de servicios, estableciendo una partida para indemnizaciones
de 30.000€.
Para mayor claridad, se aporta Anexo de valoración desglosada de
indemnizaciones de acuerdo con el Reglamento de valoracones aprobado por
Real Decreto 1492/2001, de 24-10.
Además señalar que en virtud de lo dispuesto por el artículo 29 RDL 2/2008,
y el artículo 95 en concordancia con el artículo 152 TRLSRM, la aprobación
definitiva del PERI debidamente publicada tiene efectos legitimadores para
articular e iniciar expediente de expropiación ,en caso de ser
necesaria,(actuación aislada en suelo urbano: art 165 2.a) TRLSRM),por no
llegar a un acuerdo los propietarios afectados ,para la apertura efectiva de la
calle prevista en dicho PERI.(Esos terrenos ya están calificados como vial en
las NNSS, calle sin aperturar , en el momento de gestionar el PERI se
abrirá).
Tercero.- En cuanto a la TRAMITACIÓN, CONTENIDO MÍNIMO DEL
PROYECTO, etc., reiterar lo puesto de manifiesto en informe jurídico emitido el 12-08-
2012, señalando que el ÓRGANO COMPETENTE para la aprobación definitiva del
presente PERI es el Ayuntamiento Pleno: art. 22.2c) Ley 7/1985, 02-04, en su nueva
redacción dada por Disposición Adicional 9ª Ley 8/2007, bastando para la adopción del
acuerdo: mayoría simple: artículo 47.1 del mismo texto legal.
No obstante, realizar la siguiente observación: los proyectos aportados no van visados,
por no ser necesario en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2 del RD
1000/2010, 05-08, sobre visado colegial obligatorio.
Cuarto.- Por último, manifestar que respecto a la propuesta que se hace en el apartado
2.5 Normas de Ordenación, punto 2, Espacios Libres Públicos, cuando señala:
“Afecta la presente normativa de zona al espacio libre público dispuesto entre
40
la calle Joaquín Garrigues Walker y la parcela Z1-PE-AE1, que será de cesión
obligatoria y gratuita, constituyéndose de esta manera en un bien de dominio y uso
público. En planos de Zonificación se la denomina como parcela ELP-1.
Sin embargo el “interés” que determina el límite del subsuelo municipal bajo el
dominio público, es el interés del suelo público al que los bienes están destinados (en
este espacio peatonal). Por lo tanto el dominio público llega hasta donde sea necesario
para ese uso público. El espacio peatonal en este caso, no se verá en consecuencia
desnaturalizado por el hecho de que se respete la profundidad necesaria para el uso
público en éste caso el espacio peatonal.
Los planes de urbanismo en base al art. 106 TRLSRM indica que “... los
aparcamientos podrán localizarse en el subsuelo de los sistemas viarios, áreas
peatonales y espacios libres, siempre que no se menoscabe el uso de los mismos y sin
perjuicio del régimen jurídico aplicable...” a los efectos del aprovechamiento
independiente del mismo, siempre que sea compatible con el uso asignado (STS de 15
de julio de 1983).
No obstante y en definitiva, se propone para la parcela de espacio libre
peatonal de cesión obligatoria y gratuita, establecer una calificación jurídica distinta,
para el vuelo, el cual se calificaría de uso y dominio público, y del subsuelo, el cual se
clasificaría como bien patrimonial del Excmo. Ayuntamiento de Torre-Pacheco, a fin de
permitir, si ello fuera considerado oportuno, el uso privativo de dicho subsuelo.
Como ya se ha citado, las NNSS Municipales de Torre-Pacheco, en su art. 266
indican que es compatible el uso de garaje-aparcamiento en categoría 2ª, en sótanos y
semisótanos, por lo que el garaje-aparcamiento de iniciativa privada o pública se
podrá implantar bajo suelos clasificados como viales o espacios libres, siempre que en
superficie se mantenga el uso establecido por el Plan. A los efectos prevenidos en el
artículo 8.4 a) del RD 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento
de Bienes de las Entidades Locales, esta habilitación sería suficiente para la alteración
jurídica del subsuelo de los espacios de cesión libre y gratuita a favor del
Ayuntamiento, en las unidades de actuación en suelo urbano consolidado y no
consolidado, sometidas a los pertinentes procesos de gestión y urbanización y no
precisadas de ulteriores instrumentos de planeamiento urbanístico.”
La parcela de espacio libre peatonal de cesión obligatoria y gratuita , tanto vuelo como
subsuelo ,con la aprobación definitiva del PERI: en virtud de lo dispuesto por el artículo
84 a) Real Decreto 1372/1986, 13-06, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de
las Entidades Locales, tiene calificación jurídica de bien de dominio público (art. 79
41
Ley 7/1985, y art. 2 RBEL).
Cuyo uso y utilización regulan los art. 75 a 91 de dicho RBEL.
Estando sujeto el uso privativo de las mismas a concesión administrativa (art. 75.2ª en
concordancia con el art. 78 1a) RBEL).
Rechazándose de plano la propuesta de alteración de la calificación jurídica del
subsuelo por infringir la normativa arriba referenciada, circunstancia que deberá hacerse
constar en el acuerdo de aprobación del PERI.
Es por ello que, a la vista de la documentación obrante en el expediente,
legislación aplicable, informe técnico emitido, se informa jurídicamente favorable el
presente expediente, desestimándose las alegaciones formuladas por D. José Luis Pérez
Ros en representación de PRODOSA, S.A., procediendo la continuación del expediente,
adoptando resolución de aprobación definitiva, siento competente para ello el
Ayuntamiento Pleno.
Es cuanto puedo informar al respecto.
No obstante, el Pleno, con su superior criterio resolverá lo que estime más oportuno.
Torre-Pacheco, 20 de mayo de 2013.”
D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda
Unida Verdes, reconoció que, tal y como avalaban los informes obrantes en el
expediente, no había ningún inconveniente, aunque calificó la edificación proyectada
como “monstruosa”, y afirmó que, dada la actual situación del mercado inmobiliario,
tenía serias dudas sobre que el proyecto saliera adelante. Por todo ello anunció su
abstención en este asunto.
D. Antonio León Garre, portavoz adjunto del Grupo Municipal del Partido
Independiente, consideró conveniente que se plasmara en el acta las apreciaciones
realizadas en el informe jurídico, relativas al derecho de vuelo de la zona verde de
cesión obligatoria al Ayuntamiento, ya que el promotor se arroga el derecho de uso del
sótano de los espacios libres públicos, lo cual es inadmisible. En nombre de su grupo
propuso que, para evitar que pudieran producirse futuras confusiones o distintas
interpretaciones del planeamiento municipal, el promotor debería presentar un nuevo
42
texto refundido donde se recoja esa condición impuesta por el Ayuntamiento. Al mismo
tiempo, en dicho texto refundido, el promotor debería aclarar la contradicción planteada
en los documentos presentados actualmente y que impide saber si la ejecución de este
P.E.R.I va a ser llevada a cabo como gestión aislada o como gestión integrada. Si la
gestión va a ser integrada, debe especificar si la llevará a cabo por el sistema de
concertación directa, y de ser así, debería acreditar la propiedad del 100 % de la unidad
de actuación. Afirmó que si la corporación admitía las salvedades planteadas, el voto de
su grupo sería favorable.
D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,
aseguró que, dado que los informes de los técnicos municipales era favorable, el voto de
su grupo también lo sería.
El Sr. Alcalde cedió la palabra al Concejal Delegado de Urbanismo para que diera
respuesta a la puntualización realizada por el portavoz adjunto del Partido
Independiente.
El Sr. Meroño León aseguró que todas las consideraciones realizadas por el Sr. León
Garre, así como las aportadas en el informe jurídico, le parecían razonables. Valoró
positivamente la apreciación del Sr. León Garre relativa a la exigencia de elaboración de
un texto refundido que permitiera una mejor comprensión a quien lo consultara.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:
VOTARON A FAVOR los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,
Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,
Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón, Rosique Martínez, Vera
Albaladejo, Buendía Azorín, Gabarrón Pérez, Rosique García, León Garre y Martínez
Sánchez. En total DIECIOCHO VOTOS AFIRMATIVOS.
SE ABSTUVO el concejal de Izquierda Unida, Sr. Martínez Meroño. En total UNA
ABSTENCIÓN.
Y el Ayuntamiento Pleno, por dieciocho votos a favor y una abstención, acordó adoptar
los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior promovido por
Banco Mare Nostrum, S.A. y redactado por los Arquitectos D. Rafael García Sánchez y
D. Juan Manuel Salmerón Nuñez.
Segundo.- Desestimar las alegaciones formuladas por D. José Luís Pérez Ros, en
representación de PRODOSA, S.A., en virtud del informe jurídico obrante en el
43
expediente.
Tercero.- El promotor deberá aportar un texto refundido donde desparezca la referencia
al uso privativo del subsuelo correspondiente a la parcela de espacio libre peatonal y
donde se señale expresamente la forma de gestión del Plan Especial de Reforma
Interior.
Cuarto.- Continuar con la restante tramitación legal, con rectificación del error material
o de hecho señalado al principio del presente acuerdo.
12º.- PROPUESTA CONJUNTA DE TODOS LOS GRUPOS POLÍTICOS
SOBRE ONDA REGIONAL.
El Sr. Alcalde procedió a leer la propuesta conjunta que se transcribe a continuación:
“Los Concejales Portavoces de los Grupos Políticos Municipales en el Ayuntamiento de
Torre-Pacheco, Partido Popular, Partido Socialista Obrero Español, Partido
Independiente de Torre-Pacheco e Izquierda Unida-Verdes Región de Murcia, al Pleno
del Ayuntamiento, para su debate y aprobación si procede, tienen el honor de elevar la
siguiente
PROPUESTA CONJUNTA
Todos somos conscientes de la importancia del derecho a la información y en su
consecuencia de la importancia de los medios de comunicación. Y si importantes son
los que atienden a un ámbito nacional o internacional, no lo son menos aquellos que
tienen un ámbito regional o local.
Dar voz o imagen a los más cercanos, a las tradiciones y certámenes culturales, a los
eventos deportivos, a las actividades de los distintos colectivos, a las programaciones de
fiestas de pueblos, pedanías o diseminados, se han constituido, cuando menos en Torre-
Pacheco, desde hace varios años, con nuestra emisora de radio local y con nuestro
consorcio de televisión, en un elemento esencial de la construcción de la identidad
cultural, social y política de Torre-Pacheco y su entorno, sirviendo además como
elemento de vertebración territorial del municipio.
Igualmente, podemos decir que a nivel de la Región de Murcia, dicho papel ha sido
magníficamente pilotado por ONDA REGIONAL DE MURCIA. Allá por el 6 de
44
diciembre de 1990 comenzó sus emisiones, coincidiendo con la celebración del día de la
Constitución la cadena radiofónica pública de la Región de Murcia, y si bien es cierto
que desde dicha fecha ha tenido, como en todos los organismos, aciertos y errores, no es
menos cierto que hasta el día de hoy ha sabido dar visibilidad a la Región de Murcia, a
los cuarenta y cinco municipios que la componemos, consiguiendo llevar al conjunto de
la sociedad murciana las iniciativas de muchos colectivos locales y comarcales que, sin
esa presencia y sin el trabajo de los excelentes profesionales que la componen,
difícilmente hubieran podido trasladar o hacer públicas.
Pero también es cierto que en muchas ocasiones valoramos lo que tenemos cuando se
cierne una amenaza sobre ello y que en la actualidad nos encontramos ante una
tremenda crisis económica que ha hecho que todas las administraciones nos
replanteemos determinados servicios, en el ánimo (en la gran mayoría de los casos) no
de disolverlos, sino de adaptarlos a estos tiempos para garantizar su futuro, para
garantizar su viabilidad.
Es por todo ello, y ante la presentación por parte de la Dirección de Radio Televisión de
la Región de Murcia (RTRM) de un Expediente de Regulación de Empleo, que
pretende, según la información de que disponemos, extinguir 33 de los 82 puestos de
trabajo que actualmente mantiene, ante la presentación de una comunicación de la
Presidenta y del Secretario del Comité de Empresa y ante las noticias que se van
difundiendo por lo que el Ayuntamiento de Torre-Pacheco no debe quedar ajeno a este
proceso, debiendo pronunciarse para que en todo caso impere la cordura, se mantenga la
emisora pública Onda Regional, se adapte, en su caso, al actual escenario global de
contención del gasto, afecte en lo menos posible a los puestos de trabajo existentes en la
actualidad y si eso fuera imprescindible se hiciera, en todo caso, llegando a acuerdos
entre el Comité de Empresa y la Dirección de RTRM.
En atención a lo expuesto, los Concejales Portavoces de los Grupos Políticos
Municipales, al Ayuntamiento de Torre-Pacheco Pleno, proponen la adopción de los
siguientes
ACUERDOS
PRIMERO.- Manifestar públicamente nuestro reconocimiento a la labor realizada por
los medios de comunicación de carácter local y/o regional, y en especial a la emisora
ONDA REGIONAL DE MURCIA.
SEGUNDO.- Que en este contexto de contención del gasto público en el cual nos
encontramos, se alcance el necesario acuerdo donde, mostrando la madurez y
sensibilidad de los negociadores, se garantice el futuro de la emisora Onda Regional de
45
Murcia afectando en lo menos posible a su plantilla de trabajadores.
TERCERO.- Dar traslado del presente acuerdo al Presidente del Gobierno de la Región
de Murcia, a la Dirección de RTRM y a la Presidenta del Comité de Empresa de RTRM
y Onda Regional de Murcia.
No obstante, el Ayuntamiento de Torre-Pacheco Pleno, con su superior criterio,
acordará aquello que estime más conveniente.
Torre-Pacheco, 22 de mayo de 2013”
Tras la lectura de la propuesta, el Sr. Alcalde quiso agradecer la labor desempeñada por
Onda Regional, reconocimiento que quiso hacer extensivo a la Radio Municipal de
Torre-Pacheco y al consorcio de televisión local.
D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda
Unida-Verdes, destacó la importancia de la labor de esta emisora de radio y expresó su
solidaridad con los trabajadores afectados por el ERE.
Dña. Rosalía Rosique García, portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente,
se sumó a las manifestaciones de agradecimiento realizadas tanto por el Sr. Alcalde
como por el Sr. Martínez Meroño.
D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,
agradeció a título personal el apoyo de todos los grupos políticos a Onda Regional, por
ser él trabajador de esta emisora. Lamentó que este mismo día se había producido el
despido de 28 compañeros al no haberse alcanzado un acuerdo entre la empresa y el
Comité. También destacó la importante y diligente labor informativa desarrollada por
esta emisora y afirmó que la prensa estaba siendo uno de los sectores más afectados por
la crisis económica, y enumeró numerosos ejemplos de empresas de comunicación
afectadas por expedientes de regulación de empleo o que directamente habían
desaparecido. Por ello reivindicó el derecho, avalado por la Constitución, a recibir
información y aseguró que no hay sociedad más pobre que la que no está informada.
Finalmente se comprometió a dar traslado de la solidaridad expresada por este Pleno a
los trabajadores de Onda Regional de Murcia, y muy especialmente a los afectados por
el ERE.
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D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular,
lamentó la noticia del despido de 28 trabajadores por la falta de acuerdo y quiso
transmitirles el apoyo y la solidaridad de todo el municipio de Torre-Pacheco.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los
veintiuno que componen la Corporación), acordó aprobar en todos sus extremos la
propuesta conjunta anteriormente transcrita.
13º.- PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE LOS SERVICIOS DE SANIDAD,
CONSUMO, IGUALDAD Y VOLUNTARIADO SOBRE EL BORRADOR DEL
REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE SALUD DEL AYUNTAMIENTO
DE TORRE-PACHECO.
Ante la ausencia de la Sr. Concejal Delegada del Servicio de Sanidad, el Sr. Alcalde
procedió personalmente a exponer la propuesta que a continuación se transcribe
literalmente:
“Encarnación Navarro Iniesta, Concejala Delegada de los servicios de Sanidad,
Consumo, Igualdad y Voluntariado, del Ayuntamiento de Torre-Pacheco, al Pleno, para
su debate y aprobación si procede, eleva la siguiente
PROPUESTA
Mediante acuerdo Plenario de fecha 28 de febrero del presente año, se acordó iniciar los
trámites oportunos para la creación del Consejo Local Salud de Torre-Pacheco, como
instrumento de cooperación y coordinación, capaz de aglutinar los intereses de las
Administraciones públicas y Organizaciones ciudadanas y empresariales en materia de
salud comunitaria.
Así, la presencia del Consejo Local de Salud facilitará al Ayuntamiento la creación de
un marco de trabajo que permita la interacción de las Áreas municipales que intervienen
en la política sanitaria, y la convergencia con las actuaciones de los entes autonómicos y
estatales competentes en el bienestar social y las Asociaciones ciudadanas vinculadas en
esta materia.
En dicho acuerdo se aprobaba el encargo a los servicios municipales de la redacción de
un borrador de reglamento que regule la constitución y el funcionamiento de dicho
Consejo, habiendo sido redactado el borrador del mismo.
En atención a lo expuesto, se propone al Pleno la adopción del siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Dar traslado del borrador del Reglamento del Consejo Local de Salud del
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Ayuntamiento de Torre-Pacheco a todas las partes interesadas al objeto de solicitar sus
aportaciones y sugerencias.
SEGUNDO.- Recibidas, en su caso, dichas alegaciones, dar traslado de dicho borrador,
con las posibles alegaciones, a los Servicios Jurídicos Municipales y del texto final a la
Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para,
previos los informes oportunos, se proceda a la aprobación INICIAL del referido
Reglamento.
No obstante, el Ayuntamiento Pleno, con su superior criterio acordará lo que estime más
oportuno.
Torre-Pacheco, 22 de mayo de 2013.”
Tras la lectura comentó el Alcalde que se traía al Pleno este asunto con el objeto de
poder recoger el mayor número de aportaciones de las personas y organizaciones
afectadas, y posteriormente se volvería a llevar al Pleno de la Corporación el texto
definitivo para su aprobación inicial.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los
veintiuno que componen la Corporación), acordó aprobar en todos sus extremos la
propuesta de la Sr. Concejal Delegada del Servicio de Sanidad, transcrita anteriormente.
14º.- PROPUESTA DEL PORTAVOZ DE IZQUIERDA UNIDA-VERDES
SOBRE LA OBLIGACIÓN DE LA UTILIZACIÓN DEL CASCO PARA
CIRCULAR EN BICICLETA POR EL ENTORNO URBANO.
El Sr. Alcalde cedió la palabra al Sr. Martínez Meroño, quien procedió a dar lectura,
como ponente de la misma, a la propuesta que se transcribe a continuación:
“Francisco Ramón Martínez Meroño, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda
Unida-Verdes, en nombre y representación de dicho grupo, al amparo de lo establecido
en el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades
Locales, tiene el honor de elevar la siguiente propuesta.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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La bicicleta ha experimentado un notable auge en muchas ciudades españolas durante
los últimos años, de lo que debemos congratularnos por sus indudables efectos positivos
sobre el medio ambiente y la salud pública. La contribución de la bicicleta a un mejor
medio ambiente urbano es innegable y su contribución a la mejora de la salud pública
ha sido reconocida por la Organización Mundial de la Salud, que recomienda el uso
cotidiano de la bicicleta como medida preventiva frente a la obesidad y las
enfermedades coronarias. Así lo ha reconocido también la Dirección General de Tráfico
(DGT), al incluir el fomento de la bicicleta como medio de transporte preferente entre
los objetivos de su recientemente presentado Proyecto de Reforma del Reglamento
General de Circulación. Esta reforma contiene numerosos aspectos positivos que
favorecen la seguridad vial y pueden ayudar a promover el uso de la bicicleta,
especialmente la apuesta por la pacificación del tráfico. Sin embargo, el borrador
incluye una medida excepcional en nuestro entorno europeo, cuyo efecto global sobre la
seguridad del tráfico, la salud pública y la mejora del medio ambiente urbano.
El casco ciclista es una medida "de fin de tubería", de la que no cabe esperar una
reducción de la accidentalidad ciclista sino, en todo caso, una reducción de los peores
efectos de dicha accidentalidad; en especial, de la mortalidad o del número de
accidentes graves producidos por heridas cráneo-encefálicas. Hay que decir, en todo
caso, que dicha efectividad es muy dudosa cuando se trata de colisiones con vehículos a
motor que circulan a velocidades superiores 30 km/h. Este tipo de colisiones son, como
confirman los propios estudios de la DGT, la principal causa de accidentes ciclistas en
las ciudades españolas.
La mortalidad ciclista por accidente en las ciudades españolas no es muy elevada,
oscilando entre 10 y 15 fallecimientos al año (a efectos de comparación, el total de
fallecidos por accidente de tráfico en zona urbana ascendió a 457 en el año 2.011). Esta
mortalidad muestra una clara tendencia a la baja, pese al indudable aumento del uso de
la bicicleta como alternativa de movilidad urbana en muchas ciudades. Esta tendencia a
la baja muestra la efectividad de las medidas que ya se están tomando en muchas
ciudades españolas para mejorar la seguridad del tráfico ciclista, como la implantación
de redes de vías ciclistas y otras infraestructuras. También confirma el hecho de que, a
mayor número de ciclistas, mayor seguridad debido a la mayor visibilidad de la bicicleta
y al hecho de que cada vez más conductores son conscientes de la presencia de ciclistas
en la vía pública, y los respetan cada vez mas (entre otras razones porque muchos de
ellos son también ciclistas).
No parece por tanto que la situación reclame una medida tan drástica como imponer la
49
obligatoriedad del casco ciclista, lo que por otro lado podría tener efectos negativos
sobre el fomento de la bicicleta como modo de transporte en las ciudades. Existen
numerosos estudios que confirman este efecto, aparte del hecho significativo de que en
ninguno de los países donde la bicicleta ha llegado a ocupar un lugar importante en la
movilidad urbana es obligatorio el uso del casco para los ciclistas.
En particular, el impacto negativo de la obligatoriedad del uso del casco sobre los
sistemas de bicicletas públicas es evidente. Y no debemos olvidar que dichos sistemas
ocupan un lugar de primer orden en la estructura de la movilidad ciclista de muchas
ciudades españolas como Barcelona, Sevilla, Valencia, Zaragoza etc..., con importantes
porcentajes de uso sobre el número total de desplazamientos en bicicleta. El colapso de
tales sistemas significaría un notable retroceso en el uso de la bicicleta en dichas
ciudades, así como efectos negativos para su imagen exterior y la pérdida de una
inversión en muchos casos elevada.
Estimamos por tanto que los posibles efectos positivos de la imposición del uso del
casco como medida paliativa de las peores consecuencias de los accidentes de tráfico
que muy ocasionalmente sufren los ciclistas urbanos, podrían verse superados con
creces por sus efectos negativos. Estos efectos negativos serían consecuencia del
descenso del uso de la bicicleta y de su impacto sobre la salud pública (incremento de
los índices de obesidad y de enfermedades coronarias), sobre la calidad del medio
ambiente urbano y sobre la propia seguridad del tráfico en general. A este respecto no
debemos olvidar que la bicicleta, por sus especiales características, es un vehículo
potencialmente muy seguro tanto para el propio usuario como para los demás usuarios
de la vía. Mucho más seguro que otros vehículos privados, como las motocicletas o el
automóvil. En particular, un descenso en el uso de la bicicleta como consecuencia de la
obligatoriedad del uso del casco ciclista, podría ir acompañado de un incremento
paralelo del uso de motocicletas y ciclomotores, con las consecuencias negativas que
cabe imaginar para la seguridad global de tráfico urbano.
En consecuencia, y ante las dudas que suscita dicha imposición, se propone el siguiente
acuerdo:
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-Instar a la Dirección General de Tráfico a que en el Proyecto de Reforma del
Reglamento General de Circulación que está en fase de redacción, no incorpore la
obligación de utilizar casco para circular en bicicleta por la ciudad.
En Torre-Pacheco a 10 de mayo de 2013.”
Tras la lectura de su propuesta, el Sr. Martínez Meroño afirmó que en países donde se
había establecido la obligatoriedad del uso del casco para circular en bicicleta por vías
urbanas, se había podido apreciar un descenso en el uso de la bicicleta y un aumento de
la siniestralidad en los vehículos a motor en este tipo de vía. También añadió que
España sería el primer país de la Unión Europea en imponer esta obligación, y expresó
su temor de que ello desincentivara el uso de la bicicleta como medio de transporte
urbano.
D. Antonio León Garre, portavoz adjunto del Grupo Municipal del Partido
Independiente, dijo que este tema había generado un importante debate social, pero
expresó sus dudas sobre la conveniencia de convertir este asunto en un tema de debate
político, y consideró que deberían ser los expertos sobre este tema quienes aportaran las
sugerencias que estimaran oportunas al respecto. Por ello, adelantó la intención de su
grupo de abstenerse en este asunto.
D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,
coincidió con el Sr. León Garre en que deberían ser los expertos en este tema quienes
debatan sobre el asunto. Por ello su grupo también se abstendría en este asunto.
D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular,
mostró su acuerdo con los portavoces de los grupos socialista e independiente, y
propuso una transacción al ponente de la moción, consistente en sustituir la petición a la
Dirección General de Tráfico que plantea el Sr. Martínez Meroño, por una propuesta de
celebración de una ponencia en el seno de la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad
Sostenible del Congreso, en la que se escuche a todos los expertos y se puedan así
orientar las decisiones finales sobre este asunto. Consideró el Sr. Madrid Izquierdo que
estando el Pleno a favor del fomento del uso de la bicicleta y de la seguridad del mismo,
sería importante lograr un acuerdo que cuente con el máximo apoyo de todos los grupos
municipales.
Al plantearse una transacción, el Sr. Alcalde cedió la palabra al ponente de la propuesta
original, D. Francisco Ramón Martínez Meroño, quien comentó que eran numerosos los
ayuntamientos españoles que iban a presentar alegaciones en el mismo sentido de su
propuesta. No obstante, accedió a que se llevara a cabo la modificación planteada por el
portavoz popular.
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Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los
veintiuno que componen la Corporación), acordó adoptar el siguiente acuerdo:
Único.- Proponer a la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso
de los Diputados la creación, en el seno de la misma, de una ponencia en la que
participen los principales expertos sobre el tema y se puedan así orientar las decisiones
finales sobre el uso obligatorio del casco, por los ciclistas, en vías urbanas.
15º.- PROPUESTA DEL PORTAVOZ DE IZQUIERDA UNIDA-VERDES PARA
QUE SE DOTE DE UN CONSERJE AL COLEGIO RURAL AGRUPADO
BILINGÜE “ENTRETIERRAS”.
El Sr. Alcalde cedió la palabra al Sr. Martínez Meroño, quien procedió a dar lectura,
como ponente de la misma, a la propuesta que se transcribe a continuación:
“Francisco Ramón Martínez Meroño, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda
Unida-Verdes, en nombre y representación de dicho grupo, al amparo de lo establecido
en el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades
Locales, tiene el honor de elevar la siguiente propuesta.
EXPOSICION DE MOTIVOS:
La educación es un derecho fundamental esencial para poder ejercitar todos los demás
derechos, promueve la libertad y la autonomía personal y genera importantes beneficios
para el desarrollo.
Los instrumentos normativos de las Naciones Unidas y la Unesco estipulan las
obligaciones jurídicas del derecho a la educación. Corresponde a los gobiernos el
cumplimiento de estas obligaciones, tanto de índole jurídica como política, relativos al
suministro de educación de calidad para todos, la aplicación y la supervisión de las
estrategias más eficaces en materia educativa.
En cuanto al marco de las relaciones entre los ayuntamientos y el sistema educativo hay
establecidas toda una serie de normas:
- Ley 7/85 de 2 Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
52
• Art. 25.2.n. Los municipios establecerán competencias en los siguientes
términos: participar en la programación de la enseñanza y cooperar con la
Administración Educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los
centros docentes, intervenir en sus órganos de gestión y participar en la
vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
• Art.28: Los municipios pueden realizar actividades complementarias a las
propias de otras administraciones y, en particular, las relativas a la educación.
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación, LOE:
• Impulsa una relación más estrecha entre los Ayuntamientos (reflejada sobre todo
en la disposición adicional decimoquinta), y la administración educativa.
Destacamos que establece la competencia municipal en el mantenimiento,
conservación y vigilancia de los centros de primaria.
Dice textualmente: “2. La conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los
edificios destinados a centros públicos de educación infantil, educación primaria
o educación especial, corresponderán al municipio respectivo. Dichos edificios
no podrán destinarse a otros servicios o finalidades sin autorización previa de la
Administración educativa correspondiente”.
Por otro lado, tras consultar a la Unidad Técnica de Centros Educativos de la Dirección
General de Infraestructuras de la Consejería de Educación, Formación y Empleo de
Murcia, se constata que, en todos los casos, el titular de los edificios educativos
públicos donde se imparta el 2º ciclo de Ed. Infantil y la etapa de Ed. Primaria es el
Ayuntamiento correspondiente al municipio donde se encuentran, es decir, una vez
construidos por la administración autonómica son cedidos a los Ayuntamientos, salvo
cuando sean edificados por los propios Ayuntamientos, en cuyo caso serían titulares
desde el principio.
En el pasado pleno celebrado el 4 de Abril, se formuló un ruego por parte de este grupo
municipal instando a que se tomaran todas las medidas necesarias para que se dotara de
un conserje al CRA “'Entretierras”, la respuesta por parte de la Concejalía competente
en esta materia fue una negativa en redondo, incluso a evaluar esta posibilidad. Se
aludió a posibles reformas de leyes; se dijo que nunca lo había tenido y que no lo iba a
tener ahora; se afirmó que funciona muy bien sin necesidad de contar con un conserje e
incluso se aseguró tajantemente que nadie puede decir que existan deficiencias en
ningún colegio. De este modo la concejala responsable daba a entender que todo
funciona perfectamente e indicaba al concejal que presentó el ruego, que disponía datos
erróneos y debía informarse mejor.
53
Sin embargo, tos datos y la información que nos han trasladado la comunidad educativa
de este colegio no solamente a este grupo político, sino también al resto de grupos
políticos de la oposición, demuestran que existen quejas y que estas señalan
innumerables deficiencias, peticiones de reparación de averías y otros problemas de los
cuales el equipo de gobierno del PP ha tenido conocimiento desde el primer momento
pues han sido comunicados.
En nuestro municipio es el CRA “Entretierras”, con sus sedes de El Jimenado, Meroños
y Los Olmos, es el único colegio (incluidos más pequeños o que tienen menos alumnos)
que no dispone de conserje. Ciertamente nunca lo tuvo y el centro funcionó, pero no
todo lo bien que se espera de un colegio en cuanto al mantenimiento de instalaciones,
como demuestran las muchas peticiones de reparación de averías que se han formulado.
La mayoría de ellas podrían haberse resuelto en el mismo momento por un conserje.
Algunas de ellas han sido resueltas por la cuadrillas de operarios días, semanas e incluso
meses después de notificarse la avería. En algunos casos, dada la necesidad, han sido
resueltas por los propios padres de alumnos del centro e incluso por los profesores. Es
incomprensible que por el simple hecho de llamarse CRA y no CEIP, no se conceda
este servicio, cuando las instalaciones, funcionamiento y fines de este centro educativo
son idénticos a los del resto, salvo por contar con tres sedes.
Además, otros CRAs de la Región de Murcia, cuentan con este servicio a tiempo
completo, con la posibilidad de que la misma persona pueda atender todas sus sedes con
un reparto equilibrado de su horario.
Por todo lo expuesto se propone el siguiente acuerdo:
Que se preste este servicio, por parte del Ayuntamiento, nombrando un conserje para el
Colegio Rural Agrupado Bilingüe “Entretierras”.
En Torre-Pacheco a 17 de mayo de 2013.”
El Sr. Martínez Meroño añadió que lo que se estaba pidiendo era una mejora para estos
colegios subsanando el agravio comparativo que sufren con respecto a los demás
colegios.
Dña. Rosalía Rosique García, portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente,
54
afirmó que le parecía ajustada, justa y oportuna la propuesta del Sr. Martínez Meroño.
Reconoció los esfuerzos realizados por el Ayuntamiento en el mantenimiento y mejora
de estos colegios rurales agrupados, labor a la que hay que añadir la realizada por los
propios profesores y por la asociación de padres. Aseguró que la presencia de un
empleado municipal que desempeñe labores de conserjería y mantenimiento supone un
importante ahorro administrativo y de contratación. Por ello, entendía que no se podía
esperar a la próxima reforma de la Administración Local ni a una reclasificación de
puestos de trabajo, porque estos procesos se podrían alargar mucho en el tiempo. Abogó
por una optimización de los recursos humanos con los que cuenta el Ayuntamiento y
asignar un trabajador municipal como conserje o como técnico de mantenimiento, según
la forma que se considere más conveniente. Y anunció que el voto de su grupo sería
favorable a la propuesta.
D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,
aseguró conocer los problemas existentes en el CRA Entretierras, y afirmó que no eran
muy distintos de los existentes en cualquier otro colegio del municipio. Sin embargo,
había una serie de pequeñas carencias que se podrían solucionar si se aprobaba la
propuesta del Sr. Martínez Meroño. Aseguró entender el momento de dificultad
económica por el que atraviesa el Ayuntamiento y la problemática que supone tener un
conserje para un colegio que está diseminado, pero consideró incuestionable que la
presencia de este empleado haría que el colegio fuera aun mejor de lo que es. Por todo
ello, anunció el apoyo de su grupo a la propuesta, por considerarla razonable y
adecuada.
D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, negó
tajantemente que el CRA “Entretierras” tuviera problemas distintos de los que pueda
tener cualquier otro colegio. Reconoció que la idea de un encargado de mantenimiento
no era mala, pero insistió en la necesidad de elaborar una reclasificación de puestos de
trabajo. Por ello, el tiempo que quedaba de curso se seguiría encargando del
mantenimiento del CRA los de Servicios Municipales. Pero aseguró que para el curso
siguiente sí que estaría elaborada la RPT, y que, casi con total seguridad, habría una
persona de mantenimiento encargada del CRA. No obstante, dijo que su grupo iba a
votar en contra de la propuesta.
El Sr. Alcalde quiso agradecer la labor que la asociación de padres del centro están
llevando a cabo conjuntamente y en coordinación con la Dirección del centro y con el
Ayuntamiento. Explicó que existe un cuadrante en el que reparten entre el centro, los
padres y el Ayuntamiento, las tareas necesarias. Dijo que el cuadrante se está
55
cumpliendo de manera escrupulosa, pero de esas necesidades, unas se han podido
abordar de forma inmediata pero otras hay que dejarlas para realizarlas durante las
vacaciones escolares. También hizo la apreciación de que, lógicamente, las necesidades
de mantenimiento de un colegio con 800 alumnos son mayores que uno con 100.
Finalizó su intervención agradeciendo la labor desarrollada por las concejalías
implicadas en el mantenimiento de los colegios, por los directores de los centros y por
las asociaciones de madres y padres que colaboran con el Ayuntamiento.
En el turno de réplica, D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo
Municipal de Izquierda Unida-Verdes, agradeció el apoyo a su propuesta por parte de
los grupos socialista e independiente y expresó su satisfacción por el avance que
suponía el compromiso, adquirido hoy por el equipo de gobierno, de dotar de un
encargado de mantenimiento al CRA, pese al voto desfavorable de la propuesta por
parte del grupo popular.
Dña. Rosalía Rosique García, portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente,
también se mostró satisfecha por el compromiso del equipo de gobierno y reiteró el
apoyo de su grupo a la propuesta.
El portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular se ratificó en su intervención
anterior.
Finalmente el Sr. Alcalde explicó que no podían apoyar la propuesta del Sr. Martínez
Meroño porque en la redacción de la misma se querían hacer ver unos problemas que,
según él, no eran tales. También afirmó que la reivindicación de la asignación de un
encargado de mantenimiento era únicamente de los padres del colegio de El Jimenado,
puesto que los de los otros dos centros no se habían manifestado en este sentido. Y esta
reivindicación es debida al importante crecimiento que ha tenido el colegio del El
Jimenado en los últimos años. Por ello, el Ayuntamiento había ido adoptando medidas
como ampliación de espacios, construcción de un pabellón, construcción de un comedor
compartido con el PAI. Afirmó que nunca se termina de cubrir todas las necesidades de
los centros, pero que desde el Ayuntamiento se procuraba dar respuesta a todo lo que
era posible. Reiteró el compromiso de dotar de un responsable de mantenimiento al
56
CRA, pero advirtiendo que sería para el próximo curso, y reiteró que su grupo no podía
votar a favor este asunto por no estar de acuerdo con lo expresado en el texto de la
propuesta.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:
VOTARON A FAVOR los señores y señoras: Vera Albaladejo, Buendía Azorín,
Gabarrón Pérez, Rosique García, León Garre, Martínez Sánchez y Martínez Meroño. En
total SIETE VOTOS AFIRMATIVOS.
VOTARON EN CONTRA los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,
Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,
Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón y Rosique Martínez. En
total DOCE VOTOS NEGATIVOS.
Y el Ayuntamiento Pleno, por siete votos a favor y doce en contra, acordó desestimar la
propuesta del Sr. Martínez Meroño sobre asignación de un conserje al Colegio Rural
Agrupado Bilingüe “Entretierras”.
No obstante lo anterior, el equipo de gobierno se comprometió a asignar un encargado
de mantenimiento, para este colegio, para el siguiente curso escolar.
16º.- PROPUESTA DEL PORTAVOZ DEL GRUPO SOCIALISTA SOBRE LA
SANIDAD PÚBLICA.
El Sr. Alcalde cedió la palabra a D. Fernando Vera Albaladejo, para que procediera a la
lectura y exposición de su propuesta, la cual se transcribe íntegramente a continuación:
“Fernando Vera Albaladejo concejal del Ayuntamiento de Torre Pacheco y Portavoz del
Grupo Municipal Socialista, al Ayuntamiento Pleno, formula la siguiente,
MOCIÓN
La Sanidad Pública universal solo se garantiza y se cohesiona desde la gestión pública y
con profesionales dependientes directivamente de la Administración porque es un
derecho y solo desde las Administraciones Públicas se trabaja con una perspectiva única
y exclusivamente de servicio público sin ningún otro interés que desvíe los objetivos y
sin ninguna otra finalidad que no sea exclusivamente el interés general sin ánimo de
lucro.
Un análisis de la situación de los hospitales de la comarca del Campo de Cartagena-Mar
Menor pone de manifiesto el claro deterioro que ha sufrido la Sanidad pública en esta
comarca con los recortes llevados a cabo por el gobierno del Partido Popular.
El número total de camas en el Área de salud II y VIII, áreas a las que corresponde el
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Hospital General Universitario Santa Lucía, Hospital Sta. Mª del Rosell, y el Hospital
General Universitario Los Arcos-Mar Menor tienen un total de: 849 camas frente a las
1.275 prometidas.
La ratio es de 2,2 camas por cada 1000 habitantes.
LA CONSEJERA DE SANIDAD EN LA ASAMBLEA REGIONAL EN ABRIL DE
2009 se comprometió a contar en la Comarca con 1.275 camas, asumiendo el
compromiso de pasar en el área de Cartagena de una ratio de 1,82 camas por cada mil
habitantes a 3,47 camas por cada mil habitantes, y en la Comarca del Mar Menor, pasar
de una ratio de 1,82 camas por cada mil habitantes a 3,15 camas por cada mil
habitantes, compromisos ambos que no se han cumplido.
Esta situación viene motivada porque en el Hospital General Universitario Sta. Lucía
hay una o dos plantas sin abrir, en el Rosell se cuenta con 86 camas frente a las 328
prometidas, de las cuales 168 iban a ser socio-sanitarias y 128 de psiquiatría, en los
Arcos-Mar Menor que costó más de 100 millones de euros y se construyó con una
capacidad para 314 camas, sólo hay funcionando 162.
Esta es la situación de los hospitales en la comarca; preocupante también es el tema de
las listas de espera quirúrgica que a 31 de diciembre de 2012 era en el ÁREA II: más de
180 días de espera: 1132 personas (185 en diciembre de 2011). En un año se ha
multiplicado por 6 el número de personas que superan los tiempos máximos de espera,
con más de 365 días de espera hay unas: 186 personas. En el ÁREA VIII más de 180
días de espera se encuentran más de 130 personas (62 en diciembre de 2011). Se ha
duplicado el número de personas que superan los tiempos máximos de espera, cuando el
tiempo máximo de espera según decreto debería ser de 150 días.
No menos preocupante es el problema de la lista de espera para la primera consulta:
En el ÁREA II, con más de 61 días de espera se encuentran alrededor de 7.327 personas
(en diciembre de 2011 eran 5.773). Con más de 90 días de espera están unas 5.681
personas (en diciembre de 2011 eran 2.684), siendo el número de personas en lista de
espera más del doble que en 2011. Sin fecha para asistir a la primera consulta se
encuentran más de 1.318, cuando en diciembre de 2011 eran 839.
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En el ÁREA VIII, con más de 61 días de espera hay unas: 7.793 personas (en diciembre
de 2011 eran 4.365), con más de 90 días de espera están 6.926 personas (en diciembre
de 2011 eran 2.935), siendo más del doble, cuando el tiempo máximo de espera sería de
50 días según decreto.
En relación al Presupuesto para el 2013:
El ÁREA II, cuenta con 249,8 MILLONES DE EUROS (26,5 millones menos que en
2012).Los conciertos suben 6 millones de euros.
El ÁREA VIII, tiene un presupuesto de 75,7 millones de euros (8,4 millones menos que
en 2012).Los conciertos suben 1,8 millones de euros.
Ante esta situación de empobrecimiento de la sanidad pública en nuestra comarca al
Pleno Municipal se propone:
PRIMERO.- Instar al Gobierno Regional a garantizar el derecho a la salud, establecido
en la Constitución, en las mejores condiciones posibles, evitando los recortes en un
servicio tan importante como el sanitario.
SEGUNDO.- Solicitar al Gobierno Regional que no reduzcan las partidas
presupuestarias de los hospitales de la Comarca, al objeto de poder utilizar el número de
camas comprometido por la Consejera en su comparecencia del 9 de abril de 2009, así
como reducir las listas de espera.
TERCERO.- Pedir públicamente a la Comunidad de Murcia que no privatice los
servicios prestados por los hospitales de la Comarca, que, mantenga todos los puestos
de trabajo y la cartera de servicios, porque la privatización de estos servicios quebrarían
la cohesión y el sistema nacional de salud concebido para garantizar el derecho a la
salud recogido en la Constitución.
No obstante el Ayuntamiento Pleno con su superior criterio acordará lo que considere
más oportuno.
En Torre Pacheco a 22 de abril de 2013”
Tras la lectura de su propuesta, el Sr. Vera Albaladejo comentó que los datos ofrecidos
en la misma eran datos objetivos, aunque tenían una antigüedad de 90 días con respecto
a la fecha de la propuesta, pero expresó su convencimiento de que, lamentablemente, la
progresión no hubiera sido descendente hasta la fecha de esta sesión. Aseguró que los
datos ofrecidos sobre la evolución de las listas de espera no admitían controversia, ya
que eran datos públicos, ofrecidos por la propia Consejería. Reconoció que la
Comunidad Autónoma emplea cerca del 80% de su gasto en sanidad y en educación,
pero afirmó que no se puede engañar a los ciudadanos diciendo que todo sigue igual que
antes de comenzar a aplicar la política de recortes.
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D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda
Unida-Verdes, expresó su apoyo a la propuesta del Sr. Vera Albaladejo por considerar
que en ella se reflejaba el incumplimiento, por parte de la Consejería de Sanidad, de sus
competencias. Afirmó que estos datos ponían de manifiesto la pésima gestión
desarrollada por el gobierno autonómico en materia sanitaria. Dijo que la sanidad es un
derecho fundamental y que no se debía hacer negocio con ella.
Por parte del Grupo Municipal del Partido Independiente intervino Dña. Inmaculada C.
Martínez Sánchez, quien manifestó el apoyo total de su grupo al mantenimiento de una
sanidad pública y universal, gestionada racionalmente con criterios sanitarios e
impartida por buenos profesionales. Dijo que en ningún momento debe verse la sanidad
como un negocio económico, pues la salud es un derecho básico y no una transacción
comercial. Por todo ello anunció el voto favorable de su grupo a la propuesta del Sr.
Vera Albaladejo.
D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular,
aseguró que desde el punto de vista de su grupo, la percepción que tenían sobre la
evolución de los servicios sanitarios era de una gran mejora, y citó servicios como la
UME, el segundo centro de salud de Torre-Pacheco o la ampliación de los consultorios
médicos de las pedanías. Reconoció que en sanidad y en educación siempre es poca la
inversión que se haga, puesto que son dos de los principales pilares del estado del
bienestar. Dijo que el nuevo hospital de Los Arcos era mucho mejor que el antiguo y
ofrecía muchos más servicios, lo cual repercutía directamente en beneficio de los
ciudadanos. También se mostró de acuerdo con que la sanidad no debe ser un negocio,
pero afirmó que todos esos servicios, material, profesionales, etc, había que pagarlos.
En cuanto a los conciertos con empresas privadas, se mostró favorable si suponían un
ahorro para la sanidad pública, lo cual sería un ejemplo de gestión eficiente. Aseguró
que la percepción que tienen los vecinos del Área de Salud VIII, que es la que afecta a
Torre-Pacheco, es que se ha mejorado, aunque reconoció que faltan cosas por hacer y
que todo es mejorable. Por todo lo expuesto, anunció que el voto de su grupo sería
contrario a la propuesta.
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En el turno de réplica los portavoces intervinientes se ratificaron en sus posturas.
Finalmente intervino el Sr. Alcalde aseguró que su grupo estaba de acuerdo en que se
garantice el derecho a la salud, y añadió que lo que se estaba haciendo por parte de la
Comunidad Autónoma era intentar mantener un servicio y garantizar la sostenibilidad
del mismo. Para ello consideró necesaria la reforma de la financiación autonómica al
entender que modelo actual perjudicaba gravemente a la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Sometido el asunto a votación, se obtuvieron los siguientes resultados:
VOTARON A FAVOR los señores y señoras: Vera Albaladejo, Buendía Azorín,
Gabarrón Pérez, Rosique García, León Garre, Martínez Sánchez y Martínez Meroño. En
total SIETE VOTOS AFIRMATIVOS.
VOTARON EN CONTRA los señores y señoras: García Madrid, Madrid Izquierdo,
Valcárcel Jiménez, Meroño León, Martínez Roca, Martínez Martínez, Sánchez Pérez,
Madrid Saura, Vivancos Ros, Martínez Meroño, Marín Otón y Rosique Martínez. En
total DOCE VOTOS NEGATIVOS.
Y el Ayuntamiento Pleno, por siete votos a favor y doce en contra, acordó desestimar la
propuesta del Sr. Vera Albaladejo sobre la sanidad pública.
17º.- PROPUESTA DE LA PORTAVOZ DEL GRUPO INDEPENDIENTE
SOBRE LAS CONTRATACIONES POR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO,
INSTANDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN MUNICIPAL A INVITAR A
EMPRESAS DEL MUNICIPIO.
El Sr. Alcalde cedió la palabra a la portavoz del Grupo Municipal del Partido
Independiente para que procediera a la lectura y exposición de la propuesta que se
transcribe a continuación:
“ROSALÍA ROSIQUE GARCÍA, Concejal Portavoz del Partido Independiente de
Torre Pacheco, al Pleno Municipal eleva la siguiente
PROPUESTA
La continuada depresión en la que está sumida la situación económica precisa de
actuaciones urgentes y determinantes que puedan paliar, en la medida de lo posible, los
enormes daños estructurales que se están causando a la sociedad civil, también en
Torre-Pacheco. Sin embargo, nuestro municipio cuenta con un potencial humano capaz
de darle la vuelta a este estado de cosas, aunque nuestro tejido productivo necesita de
ayuda para desarrollar su tarea y que redunde en beneficio de todos.
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Nuestro Ayuntamiento debe ser un actor clave para favorecer la actividad económica,
especialmente a través de políticas de apoyo, de coordinación y de promoción de la
actividad empresarial y de acciones de gobierno para la creación de empleo, generando
las condiciones necesarias y las sinergias entre todos los agentes implicados para
conseguir que el municipio sea más competitivo.
Con cierta frecuencia, el Ayuntamiento de Torre Pacheco, a criterio del Equipo de
Gobierno, decide contratar determinados servicios a empresas privadas que,
supuestamente, no pueden ser desempeñados por los propios trabajadores municipales y
se suponen necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales.
Por ello, y según lo establecido en la legislación vigente, se inician los correspondientes
expedientes administrativos y algunos de estos, cuando su cuantía no supera cierta
cantidad, el órgano competente de contratación utiliza el procedimiento negociado, por
el que se solicitan, al menos, tres ofertas para desarrollar el servicio que se pretende
adjudicar.
La potestad de elección de las empresas a invitar a este proceso corresponde al órgano
de contratación, suponiendo que opta por aquellas de reconocida solvencia y
especializadas en el trabajo a contratar, tomando como base el interés público, el
ordenamiento jurídico y los principios de buena administración. En muchas ocasiones,
los servicios que se requieren pueden ser desempeñados perfectamente por empresas y
profesionales locales, por lo que resultaría procedente invitarles a participar, por el
órgano contratante, bajo los principios de igualdad de trato y transparencia.
A pesar de ello, se está observando cómo las empresas que están siendo seleccionadas
por el Ayuntamiento a participar en estos procesos administrativos no son de nuestro
municipio, incluso algunas ni siquiera son de la Región de Murcia, cuando nos
encontramos en Torre-Pacheco con empresas y emprendedores profesionales con el
mismo objeto social y que pueden desarrollar esas labores, cuando menos, con la misma
calidad y precio que pudieran aportar aquellas ajenas al municipio. Parece lógico, y en
ningún momento chocaría con los principios constitucionales, que nuestras empresas y
trabajadores también puedan acceder a realizar los servicios que el Ayuntamiento
62
contrata, con lo que se crearía una dinámica favorecedora del desarrollo local, la actitud
emprendedora dentro del municipio, la mejora económica y otros efectos beneficiosos
para nuestro tejido productivo, por lo que se propone un cierto proteccionismo hacía
nuestras empresas locales, compromiso de este Ayuntamiento Pleno con su tejido
empresarial a realizar con la adopción del siguiente acuerdo:
Instar, desde el Pleno Municipal, a los órganos competentes de contratación de este
Ayuntamiento que, en los casos de procedimiento negociado, las empresas a invitar para
participar en el proceso seleccionador sean del municipio de Torre-Pacheco, siempre y
cuando reúnan las condiciones necesarias para desarrollar sus servicios en igualdad con
otras mercantiles ajenas al término municipal.
LO QUE SE SOMETE AL PLENO PARA SU APROBACION y CUMPLIMIENTO
EN SU CASO.
Torre-Pacheco, a 20 de mayo de 2013.”
Tras la lectura de su propuesta, la Sra. Rosique García solicitó el voto favorable del
resto de grupos y su cumplimiento por parte de los órganos de contratación municipales,
expresando así el compromiso del Ayuntamiento con las empresas de Torre-Pacheco.
D. Francisco Ramón Martínez Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda
Unida-Verdes, expresó su apoyo a la propuesta y felicitó al grupo independiente por su
iniciativa.
D. Fernando Vera Albaladejo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Socialista,
también expresó su apoyo a la propuesta aunque advirtió sobre los posibles
impedimentos legales que pudiera tener esta iniciativa.
D. Antonio Madrid Izquierdo, portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, aclaró
que lo que se solicita en la propuesta ya se viene haciendo desde el departamento de
Contratación del Ayuntamiento, invitando a los procedimientos negociados a las
empresas que figuran en los listado del Departamento de Desarrollo Local. No obstante,
expresó el apoyo de su grupo a la propuesta del grupo independiente.
Este asunto había sido sometido al dictamen de la Comisión Informativa de Asuntos
Generales en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2013.
Y el Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros presentes (diecinueve de los
veintiuno que componen la Corporación), acordó aprobar en todos sus extremos la
propuesta presentada por Dña. Rosalía Rosique García sobre invitación a la
participación de las empresas del municipio en los procedimientos negociados de
contratación.
18º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
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Acto seguido se pasó a abordar el último punto de la sesión, siguiendo el orden de
presentación en el Registro General de entrada de los ruegos y preguntas planteados por
los grupos políticos municipales:
I. RUEGO.
En primer lugar se abordó un ruego presentado por D. Fernando Vera Albaladejo,
portavoz del Grupo Municipal Socialista, anotado en el Registro General de Entrada de
este Ayuntamiento con el número 5.501, dirigido a la Sra. Concejala Delegada del Área
de Educación, Cultura y Deportes, Dª Araceli Martínez Roca, el cual se transcribe
continuación:
“El pasado 31 de Enero de 2013, el Pleno Municipal aprobó por unanimidad una
moción para la puesta en marcha de un Club Senior de Lectura en la Biblioteca
Municipal, con la intención de que los estudiantes pudieran ocupar el aula de estudio del
edificio fuera de los horarios de atención al público, a través de un sistema de control de
accesos.
Casi 4 meses después, el proyecto no da señales de vida. Mientras, en la Sala del Centro
Integral de Seguridad, se concentran estudiantes de Bachillerato, Selectividad,
Universidad y opositores, con lo que se vuelven a producir los mismos problemas de
espacio que en Diciembre y Enero, lo que imposibilita que muchos alumnos puedan
estudiar al encontrase esta sala llena durante la mayor parte del día. Esto genera,
además, otros problemas, derivados de la poca idoneidad del espacio, como el calor
excesivo y los ruidos, y la falta de limpieza de la propia sala de estudio y los espacios
adyacentes, como el vestíbulo y los servicios, que acumulan desperfectos y roturas.
Preocupados por esta situación, los usuarios de la sala de estudio han iniciado una
recogida de firmas en la que solicitan al Ayuntamiento que amplíe el horario de la
Biblioteca Pública, como salida transitoria al problema que generó el consistorio con el
cierre del Aula 24 Horas de la Biblioteca Municipal.
Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Municipal Socialista eleva al Pleno el
siguiente ruego:
1. Que se dé cumplimiento, con carácter de urgencia, al acuerdo plenario de 31 de Enero
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de 2013, para poner en marcha el Club Senior de lectura y volver a abrir la sala de
estudio de la Biblioteca Municipal.
2. Que si, por algún motivo, no se puede dar cumplimiento de urgencia al acuerdo, se
atiendan las peticiones de los estudiantes, y se dote a la Biblioteca Municipal de los
medios necesarios para permanecer abierta en horario continuo de 9 de la mañana a 9 de
la noche, de lunes a domingo, durante la época de exámenes.
En Torre Pacheco, a 14 de mayo de 2013”
Dña. Araceli Martínez Roca respondió que si no se había dado respuesta inmediata no
había sido por dejadez, sino que la aprobación de los presupuestos había hecho que se
retrasara la adquisición del material que se había solicitado. Afirmó que era consciente
de la necesidad de reforzar este servicio y que se estaba trabajando en ello para
solucionar el problema lo antes posible.
Y la Corporación Plenaria quedó enterada de lo expuesto anteriormente.
II. RUEGO.
A continuación se atendió un ruego formulado por Dª Margarita Gabarrón Pérez,
concejala del Grupo Municipal Socialista, anotado en el Registro General de Entrada de
este Ayuntamiento con el número 5.502, el cual se transcribe continuación:
“Las dos rotondas que hay en la carretera F-21 entre Torre Pacheco y Roldán y que dan
acceso a la circunvalación norte V-TP, no tienen iluminación con lo que la visibilidad
por la noche es prácticamente nula, se perciben cuando prácticamente estás ya en ellas.
Consciente de la necesidad de realizar un ahorro energético, ruego que se iluminen
dichas rotondas para mejorar la visibilidad, evitar accidentes y con iluminación parcial,
ahorrar energía.
En Torre Pacheco, a 13 de mayo 2013”
Respondió al ruego el Concejal Delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente,
D. Santiago Meroño León, quien aseguró que en el Plan de Ahorro y Eficiencia
Energética está prevista la reducción de la iluminación pero no su supresión, para
garantizar la seguridad del tráfico. No obstante, el caso citado por la Sra. Gabarrón se
debe al robo de elementos de la conducción eléctrica, y que se estaba trabajando para
reponerlo y asegurar al máximo dichos componentes para evitar nuevas sustracciones.
También informó que se había requerido a la Dirección General de Carreteras la
limpieza de estos espacios.
Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado.
III. RUEGO.
A continuación se atendió un ruego formulado por Dª Margarita Gabarrón Pérez,
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concejala del Grupo Municipal Socialista, anotado en el Registro General de Entrada de
este Ayuntamiento con el número 5.503, el cual se transcribe continuación:
“Que se ponga un espejo en el cruce existente entre la Calle Río Miño y la Plaza de San
Antonio para permitir la visibilidad del tráfico proveniente de la Calle Los Albaladejos.
En Torre Pacheco, a 13 de mayo 2013”
Atendió el ruego el Concejal Delegado del Servicio de Tráfico, D. Isidro Vivancos Ros,
quien se comprometió a dar las órdenes oportunas a la Policía Local para que estudiara
la necesidad de dicho elemento y actuar en consecuencia.
Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado.
IV. PREGUNTA.
A continuación se trató una pregunta presentada por Dña. Rosalía Rosique García,
portavoz del Grupo Municipal del Partido Independiente, anotada en el Registro
General de Entrada de este Ayuntamiento con el número 5.567, la cual se transcribe
continuación:
“El Decreto 379/2006 del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia otorgó una
subvención de 8.000.000 €, en un único pago, para la construcción del Museo Regional
de Paleontología y Evolución Humana a ubicar en las inmediaciones del Cabezo Gordo,
debiendo estar concluidas las obras el 30 de junio de 2011. Unos días antes de esta
fecha, el Sr. Alcalde solicitó una prórroga de tres años motivada, según Boletín Oficial
de la Región, por la aparición de restos fósiles en el Puerto de la Cadena. A pesar de ello
y desde hace un tiempo, no se observa actividad alguna en esta obra, al menos de forma
aparente, por lo que se pregunta:
- ¿Están paralizados los trabajos de construcción del Museo junto al Cabezo Gordo?, en
caso afirmativo ¿cuál es el motivo?
- ¿Qué porcentaje de obra se encuentra certificado?
- ¿Qué cantidad económica ha sido pagada a la empresa contratista de la obra?
- ¿Cuál es la fecha prevista para la finalización de obra y musealización?
Torre-Pacheco, 20 de mayo de 2013”
Para responder a la pregunta el Sr. Alcalde cedió la palabra a Concejal Delegado del
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Área de Urbanismo y Medio Ambiente, D. Santiago Meroño León, quien confirmó que
las obras estaban paralizadas por el hecho de que se estaba redactando, por parte de los
arquitectos directores de obra, un proyecto modificado que contempla mejoras en la
eficiencia energética de la climatización del edificio, a obras de urbanización exterior y
también, y sobre todo, para la adaptación arquitectónica al proyecto de musealización.
Con respecto al porcentaje de obra certificado, afirmó que supera el 50%.
En cuanto a las cantidades abonadas dijo que se correspondían con la parte de la obra
que había sido certificada.
Y a la última de las cuestiones, el Sr. Meroño León indicó que la fecha de final de obra
sería la que se plantee en el proyecto modificado que se estaba redactando.
Y la Corporación Plenaria quedó enterada de lo anteriormente expuesto.
V. PREGUNTA.
Acto seguido se abordó una pregunta presentada por D. Francisco Ramón Martínez
Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Verdes, anotada en el
Registro General de Entrada de este Ayuntamiento con el número 5.576, la cual se
transcribe continuación y que estaba dirigida a la Sra. Concejala Delegada del Servicio
de Educación, Dña. Ana Martínez Martínez:
“1.- ¿Cual es el motivo por el que todavía no se ha abierto el plazo de preinscripción de
matriculas en la escuela infantil “Colorines III” de Balsicas, gestionada a riesgo y
ventura por la concesionaria mercantil Ana Naya García S.L?
En Torre-Pacheco, a 22 de mayo de 2013.”
El Sr. Alcalde cedió la palabra a la Sra. Martínez Martínez, quien informó que el plazo
de matrícula se había abierto ese mismo día, 30 de mayo, de lo cual se había empezado
a dar publicidad el día anterior.
Y la Corporación Plenaria quedó enterada de lo anteriormente expuesto.
VI. RUEGO.
Finalmente se dio cuenta de un ruego presentado por D. Francisco Ramón Martínez
Meroño, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida-Verdes, anotado en el
Registro General de Entrada de este Ayuntamiento con el número 5.577, el cual se
transcribe continuación y que estaba dirigido a la Sra. Concejala Delegada de los
Servicios de Educación, Formación, Participación y Atención Ciudadana, Convivencia
y Ciudadanía, Dña. Ana Martínez Martínez:
“- Que se pongan en marcha las juntas vecinales municipales aprobadas por el pleno del
Ayuntamiento.
En Torre-Pacheco, a 22 de mayo de 2013.”
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El Sr. Alcalde cedió la palabra a la Sra. Martínez Martínez, quien informó que no se iba
a atender el ruego. El motivo de esta negativa era que la última vez que se abordó en el
Pleno el tema de las Juntas Vecinales, en la sesión de 24 de septiembre de 2009, se
desestimó la creación de las mismas. Por otra parte, aseguró que el modelo de
participación ciudadana por el que se ha decantado el equipo de gobierno es el de tipo
asociativo, aprovechando el rico y variado tejido asociativo existente en el municipio
desde hace bastante tiempo y con el que existe una comunicación fluida y flexible.
Y el Ayuntamiento Pleno quedó enterado de lo anteriormente expuesto.
Antes de levantar la sesión, el Sr. Alcalde accedió a la petición de uso de la palabra
realizada por parte del vecino, y empleado de la Radio Municipal de Torre-Pacheco, D.
José Antonio Artero Romero, quien solicitó el uso de la misma para despedirse con
motivo de su jubilación. Tras unas emotivas palabras del Sr. Artero, el Sr. Alcalde
agradeció, en nombre de la Corporación, la labor de este periodista en la Radio
Municipal, y le felicitó por su jubilación.
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las cero horas del día treinta y uno de
mayo de dos mil trece, por el Sr. Alcalde-Presidente se levantó la sesión, de todo lo
cual, como Secretaria, doy fe.