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ACTA DE LA SESION ORDINARIA Nº 985, CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL DE COINCO, CON FECHA
29 DE DICIEMBRE DEL 2016 --------------------------------------------------------------------------------
En la Sala de Sesiones del Edificio Municipal de Coinco, procede a
reunirse el Concejo Municipal, constituido en su Sesión Ordinaria Nº 985.
Preside la Sesión el Sr. Alcalde de la Comuna don Gregorio Valenzuela
Abarca, asisten los Concejales que se indica:
Sr. Juan Abarca Padilla
Sr. Carlos Ramos Araya
Sra. María Sylvia Fuchslocher Emparanza
Sr. Rafael Marchant Rozas
Sra. Oriana Avilés Trincado
Sr. Oscar Orellana Trincado
La tabla a tratar en la ocasión consulta las siguientes materias:
1. Aprobación Acta Sesión anterior
2. Correspondencia
3. Presentación Equipo Senda Comunal
4. Aprobación Reglamento uso Internet y correo electrónico I.M. de Coinco
5. Modificación Presupuestaria N° 04/16 Daem
6. Informe Sr. Alcalde
7. Varios
Desarrollo de la Sesión
Se inicia la reunión a las 09:00 horas, cuando el Sr. Pdte., en nombre de
Dios declara abierta la Sesión.
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1.- Aprobación Acta Sesión anterior:
Se aprueba por la unanimidad de los Sres. Concejales presentes en la
Sala la Sesión Ordinaria N° 984, de fecha 22-12-2016, con la observación del
Sr. Concejal Abarca quien dice, que en el apartado donde se menciona la
modificación presupuestaria, yo le pregunto a la Sra. Directora de Finanzas, si
los ingresos son percibidos o estimados y ella dice que son percibidos, y en el
acta me parece que no indica aquello, ella me dice que están por llegar, y ella
me confirmo que los recursos están acá, me gustaría que se le eche una
mirada a esa parte.
El Sr. Secretario Municipal pregunta que como dice recursos percibidos,
eso se insertó en el acta.
El Sr. Concejal Orellana reitera que si está en el acta.
El Sr. Concejal Abarca dice que de ser así puedo estar equivocado, por lo
que apruebo el Acta.
2.- Correspondencia:
El Sr. Secretario Municipal da lectura a carta enviada por un grupo de
madres de niñas que participaron el taller de ballet dirigida al Sr. Gregorio
Valenzuela Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Coinco, presente, de nuestra
consideración, y por su intermedio hacer extensivo el saludo a todos los
honorables miembros del Concejo Municipal, que usted dignamente preside,
nos permitimos exponer a usted que en el segundo semestre participaron del
taller de Ballet realizado por medio del proyecto FNDR, presentado por el
Depto. de Cultura
El día 15 de Enero del año 2017, nuestras hijas fueron invitadas a
participar de una presentación en el Teatro Municipal de Rengo, si bien
contamos con el entusiasmo de las niñas estamos bastante complicadas con la
movilización por ello recurrimos a usted y a los Sr. Concejales a bien, poder
facilitarnos un vehículo Municipal que nos traslade, permitiendo así que las
pequeñas presenten con orgullo el nombre de nuestra comuna donde
participaran niñas de Rancagua y Santiago.
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Esperando la mejor de las acogidas y agradeciendo desde ya vuestra gestión
en pro de la Cultura de la Comuna, Taller de Ballet 2016.
El Sr. Pdte, hace saber a los demás que eso lo va a ver de forma interna
con Dideco.
Oficio N° 620 de fecha 26 de Diciembre del 2016, Antecedente Contrato
Patente de Alcohol, materia solicita pronunciamiento, de Director de Tránsito y
Patentes, a Sr. Gregorio Valenzuela Abarca, tengo el agrado de saludar a usted
y por intermedio de la presente solicitar al Concejo Municipal el traslado de una
patente de botillería (deposito), a nombre de Luz Mireya Garay Garay,
domiciliado en Libertador Bernardo O’Higgins N°120, a el local comercial a
nombre de Vitalicia de las Mercedes Abarca Padilla Rol N° 4-40033, letra A.
Todo esto de acuerdo a la Ley N°18.695 art 65 letra O, Ley Orgánica
Constitucional de Municipalidades, que debe ser analizado y requiere el
acuerdo del Concejo Municipal.
Saluda atentamente Rene González Urrutia, Director de Tránsito y
Patentes.
El Sr. Concejal Abarca hace saber al Sr. Pdte. que él se inhabilita de la
votación por razones obvias.
El Sr. Director de Control consulta si hay alguna carta de autorización de
la Junta de Vecinos.
El Sr. Secretario Municipal responde que si hay un oficio dirigido a la
Junta de Vecinos N°11 que está más cerca, la de los Deptos.
La Sra. Concejal Fuchslocher hace mención si hay alguna Ley porque
está muy cerca de los colegios del Liceo, por lo demás no importaría de
ninguna manera.
El Sr. Presidente le Pide al Sr. Director de Control que vaya a buscar la
norma.
El Director de Control a hace mención a lo que dice el Art.65° donde dice
que si el local está ubicado a 100 mts., donde está un establecimiento
educacional no se debería otorgar la patente.
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El Sr. Concejal Abarca hacen mención a las 2 entradas que están cerca
entrada del Jardín y entrada al Liceo, si está dentro de los 100 mts, yo no
daría la patente.
El Concejal Ramos dice que está de acuerdo mientras se cumpla con las
normas como corresponde.
El Sr. Pdte. cree que lo mejor es pedir al Depto. de Obras que valla a
medir y entregue un informe.
El Sr. Pdte. le da el pase a la presentación de Senda y pide permiso un
momento para salir y deja al Sr. Concejal. Abarca, presidiendo.
3.- Presentación de Senda Comunal:
Interviene Srta. Paulina Miranda Barrera, Coordinadora del Programa
Senda Previene, se presenta y da a conocer en lo que se trabajó durante el
año: El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol (SENDA), es la entidad del Gobierno de Chile responsable de
elaborar las políticas de prevención del consumo de drogas y alcohol, así como
de tratamiento, rehabilitación e integración social de las personas afectadas
por estas sustancias.
Radicado en el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, fue creado
el 21 de febrero de 2011 por la ley N°20.502.
Conforme a lo establecido en el decreto con fuerza de ley N° 2 – 20.502,
que creó la planta funcionaria, inició oficialmente sus funciones el 1 de octubre
de 2011.
Por ley, este organismo tiene como misión, la ejecución de las políticas en
materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias
psicotrópicas e ingesta abusiva de alcohol, la ejecución de políticas en materia
de tratamiento, rehabilitación e integración social de las personas afectadas
por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
La elaboración de una estrategia nacional de drogas y alcohol. Programa
PREVIENE (SENDA), este programa busca desarrollar, en el marco de la
Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol, políticas comunales de prevención, a
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través de un convenio de colaboración financiera entre SENDA y cada
municipio, donde ambas instituciones aportan recursos para la implementación
del programa.
El programa desarrolla vínculos directos con los principales actores y
organizaciones de la comunidad local y fomenta su participación para enfrentar el consumo de drogas en los territorios. Además, implementa localmente los programas preventivos nacionales, articulando y desarrollando directamente
diversas actividades que buscan generar condiciones adecuadas para la prevención del consumo de drogas en el territorio comunal, abarcando el
ámbito comunitario, de salud, familiar, educativo, laboral, jóvenes y las condiciones particulares de riesgo social.
Intervención en el ámbito comunitario (Gestión Territorial), Plan de trabajo barrial (basado en Diagnóstico barrial año 2015):
Dicho plan se ejecutó durante el presente año, en la Población Los Héroes de la Concepción. Dentro de las actividades destacan: 1.- Reunión para informar detalles del Plan a los Vecinos (20 Julio). 2.- encuentros barriales
(realizados el 8 de Septiembre y el 26 de Octubre). 3.- Jornadas de Capacitación de Parentalidad Positiva (realizadas el 3 de Noviembre y el 1 de
Diciembre). (Se muestran fotografías de las actividades realizadas). Área de Gestión Territorial (intersectorialidad), Comisión Comunal de
Drogas: comisión conformada por representantes de las distintas organizaciones, instituciones y programas existentes en la Comuna (Municipio,
DAEM, Carabineros, Bomberos y Hospital). Se realizaron 3 reuniones durante el año, donde se abordaron distintos
temas alusivos a la problemática (capacitaciones), realizando actividades
prácticas. Además, se logró comprometer a distintos miembros de la comisión, con las
diversas iniciativas llevadas a cabo por el Previene, donde la alianza con el intersector es clave, (Se muestran fotografías de las actividades realizadas).
Intervención en el ámbito educacional (Área de Prevención), durante el primer trimestre 2016, se actualizaron los Planes Preventivos de los siguientes
establecimientos educacionales focalizados: Colegio Municipal Huallilén y Escuela de Copequén. Los siguientes EE.EE implementaron el Continuo Preventivo: Liceo L.G.V.L, Escuela Municipal Chillehue, Escuela El Rulo y
Colegio CIMA (además de los EE.EE Focalizados mencionados anteriormente), se realizaron las siguientes Capacitaciones: Capacitaciones del Continuo
Preventivo (Prevención Universal), a la totalidad de los EE.EE de la Comuna. 2 Capacitaciones por EE.EE focalizados, de temáticas preventivas específicas,
estudiantes del Liceo L.G.V.L, participaron en jornada de Debates Estudiantiles, organizada por el SENDA Regional.
Se realizaron 2 sesiones de la Estrategia de Parentalidad Positiva, por
EE.EE Focalizado (Escuela Municipal Copequén y Colegio Municipal Huallilén).
Adicionalmente se realizó una Jornada de la misma, en el Colegio CIMA. Se
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implementó en conjunto con los siguientes EE.EE; Escuela Municipal de
Copequén y Colegio Huallilén, una Estrategia de Pares (4 sesiones por EE.EE).
Se realizaron reuniones (monitoreo) con las mesas educativas de los EE.EE
focalizados (Escuela Municipal Copequén y Colegio Municipal Huallilén). Se
realizó Corrida Escolar, donde se invitó a participar a la totalidad de los EE.EE
de la Comuna. Finalmente, se realizaron dos ferias preventivas en los EE.EE
focalizados, mencionados anteriormente. (Se muestran fotografías de las
actividades realizadas).
Intervención en el ámbito laboral (Área de Prevención), durante los años 2014-2016, la I. Municipalidad de Coinco, implementó el Programa TCV, y durante el presente año postuló para una nueva certificación. durante los años
2015-2016, el Hospital de Coinco, implementó el Programa TCV. Actualmente está en ejecución. El presente año, VIVEROS COPEQUÉN, implementó el
Programa PYME-Rubros, participando de Capacitaciones y acciones coordinadas en Conjunto con el SENDA Previene, (Se muestran fotografías de las
actividades realizadas). Área de Tratamiento, durante el presente año, se realizaron (a la fecha),
un total de 9 intervenciones breves, con aplicación de ficha ASSIST. Se realizó derivación de un paciente, a Programa Salud Mental del Hospital de Coinco
(consumo alcohol). Durante el año, constantemente se realizan atenciones de orientación, por consultas relacionadas con la temática.
Área de Comunicaciones, Campaña de Verano 2016: Participación en Fiesta del Agua (incluye fotografías). Día Internacional de la Prevención: En la
Comuna y participación en Peralillo (incluye fotografías), Campaña de Fiestas Patrias: Control Preventivo y Campaña Cuida tus límites. (incluye fotografías).
Área de Integración Social, durante el presente año, en alianza conjunta con el Programa de Salud Mental del Hospital de Coinco, se realizaron diversas
reuniones para levantar un catastro de redes y oportunidades, un catastro de oferta de tratamiento, y en la elaboración de un Plan de Integración Social (basado en levantamiento de necesidades), el cual será ejecutado durante el
año 2017.
Principales proyecciones y desafíos para el 2017, en el ámbito educacional, continuar con el trabajo conjunto, evaluando procesos de formalización de compromisos. En el ámbito laboral; dar continuidad a los
programas ejecutados el presente año. En el ámbito comunitario; continuar trabajo conjunto con el barrio focalizado. Y avanzar en ampliar la entrega de
herramientas preventivas a dirigentes sociales de la Comuna. En tratamiento; formalizar alianza con Programa Salud Mental (tratamiento e integración social). Formar parte y participar activamente del Consejo de Seguridad
Comunal. Interviene el Sr. Concejal Ramos primero que nada, Paulina felicitarte
siempre nos estas invitando a las actividades, son interesantes para la
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sociedad y para los jóvenes sobre todo en el tema de alcohol y droga dentro
del periodo uno ve cosas por ejemplo tu pasaste unos balones a la Junta de Vecinos yo no sé si el Pdte o Pdta., que estaba en ese tiempo, les decía que les
pasaba el balón, pero si lo hacían tira lo tenían que pagar entonces me moví y les conseguí un balón y no importa si se rompía, así como me conseguí ese, después les conseguiría otro, por eso si tienen que pagar un balón se retiran
del futbol, ellos pelearon con la Pdta., lo ideal es que los recursos se utilicen para eso son las cosas, son cosas que uno te traspasa para que tú lo converses
con ellos. Indica el Sr. Pdte. Considera que está bien que se les incentive a que
sean responsables y entre todos si rompen juntan dinero y compren otro.
La Srta. Coordinadora de Senda agradece las felicitaciones y las sugerencias, pero ya tenía conocimiento así que gracias de todas maneras.
El Sr. Concejal Abarca piensa que no fue bien percibido por la Junta de Vecinos le entregamos el elemento, me llama la atención algo nosotros tenemos hartos focos de delincuencia la verdad, todos sabemos dónde está
dirigido, tú tienes un registro todos sabemos a dónde está dirigido de consumo de tráfico algún dato más duro.
La Srta. Coordinadora de Senda le Responde al Sr Concejal Abarca que la verdad que no, pero este año se va a tener que hacer nuevamente un
catastro, pero con Seguridad Pública podamos tener un dato más duro. El Sr. Concejal Abarca recuerda que en la Escuela Huallilén, hubo un
chico que pillaron con drogas no sé si este chico está en el liceo.
La Srta. Coordinadora de Senda le responde al Concejal Abarca que la verdad el colegio se acercó a ver el tema, pero no tengo más información.
La Sra. Concejal Avilés ella cree que es bueno que los jóvenes tengas normas, porque son muy maldadosos.
El Sr. Pdte. Dice que él sabe que la PDI el GOPE, que han venido varias
veces, que algo pasa en la comuna porque parece que se pasan los datos, porque cuando buscan no encuentran nada, porque yo vi a un joven apurado
en una bicicleta con una mochila, algo llevaba. El Sr. Concejal Abarca recuerda de un funcionario de Carabineros le
costó el trabajo porque lo pillaron con droga.
La Sra. Concejal Fuchslocher cree que sería una muy buena idea tener monitores en los colegios a lo mejor se podría retomar la idea, ellos tienen
otras cercanía sería bueno. El Sr. Concejal Orellana reitera las felicitaciones, yo creo que los planteamiento se fueron para otro lado, ojala no se la lleven para otra
repartición, y el concejo creo que está de acuerdo conmigo, pero tiene todo nuestro apoyo.
El Sr. Concejal Marchant también felicita el trabajo de la Srta. Coordinadora Senda Previene, participe en varias actividades donde me contacto, puede contar conmigo en cualquier cosa.
La Srta. Coordinadora de Senda, comenta que igual ha ido avanzando porque hoy en día ya trabaja con una profesional en el equipo, eso quiere decir
que hemos hecho las cosas de buena forma. No habiendo más consultas se retira la Srta. Coordinadora Comunal de Senda.
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4.- Aprobación de Reglamento uso internet y correo electrónico I.M.
de Coinco:
El Sr. Pdte. Consulta si están de acuerdo, lo habían visto.
Por unanimidad los Sres. Concejales están de acuerdo.
El Sr. Concejal Abarca dice estar de acuerdo porque es importante estar
conectado a las redes Sociales, yo creo que tengamos nuestro marco legal nos
hace más protegidos. Por tanto, se aprueba Reglamento.
5.- Modificación Presupuestaria N° 04/16 Daem:
La Sra. Directora de Administración y Finanzas, dice que consiste
nuevamente como lo que paso con el tema Municipal, bien tenemos que dejar
las cuentas con saldos de aquí al 31 de Diciembre, tenemos unos ingresos y
con eso se decidió aumentar los gastos en personal de planta que nos faltaba,
honorarios, y los proyectos de Fortalecimiento a la Educación.
El Sr. Concejal Abarca cree que deberían ser más explícitos en el tema
de proyectos, será posible que nos envíen por correo para poder estudiarlos y
saber qué proyectos estamos aprobando para poder tener más claras las
Modificaciones Presupuestarias, para evitar esta ronda de preguntas esto
mismo podría habértelo preguntado por correo, sé que este es el mes más
complicado sé que se hacen varios modificaciones esta es la última, será
posible Sra. Administradora que nos manden los correos de los Directivos para
cuando tengamos que hacer preguntas y pedir que ojala vengan con más
información para saber bien que estamos aprobando, no sé con 5 días tal vez.
El Sr. Concejal Orellana, la verdad que yo en el último tiempo, tal como
lo advierte el Sr. Concejal Abarca son complejas, me costó mucho entenderlo,
ustedes saben cuántos millones estamos aprobando, porque yo antes no
aprobaba las Modificaciones Presupuestarias porque no se respetaban los
dineros, decíamos que en una cuenta había cierta cantidad de millones y el
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saldo lo destinábamos a otra cuenta, no quiero cuartar de dejar todo en orden,
sería bueno para los nuevos Concejales, pidan ser capacitados de cómo
funciona porque si se comete un error nosotros seriamos codeudores de todo
esto, yo tengo el ánimo hoy en día así que cuenta con mi aprobación, pero
hago la advertencia que es importante entender los riesgos y costos que esto
tiene, la apruebo Sr. Alcalde.
Aprobada por unanimidad de los Sres. Concejales.
6- Informe Sr. Alcalde:
El Sr. Pdte. Indica, quiero Pedirles el visto bueno para la donación de
algunos bienes muebles dados de baja, el año pasado creo que no se dio nada
no me acuerdo si mandamos unas pocas sillas a una sede.
La Sra. Concejal Fuchslocher pregunta que cosas son las que van a ser
donadas, se puede pedir.
El Sr. Pdte. Le responde que no se sabe aún.
Los Sres. Concejales por unanimidad están de acuerdo.
El Sr. Concejal Abarca esta de acuerdo, pero dice que ojala las cosas que
se regalen estén en buen estado.
EL Sr. Pdte. vuelve a preguntar estamos de acuerdo Sres. Concejales.
Le responden por unanimidad los Sres. Concejales, que están de acuerdo al
Sr. Pdte.
El Sr. Pdte. Hace mención que el día martes estuvo el Sr. Seremi de
Transporte y Telecomunicaciones para ver un temita, porque estamos
entrampados con Movistar se trata de algo no muy simple, tu Puedes explicar
Jorge bien de que se trata.
El Sr. Director de Control comenta que a nombre del Sr. Alcalde se
solicitó una audiencia con el Sr. Seremi de Transporte Don. Francisco Lara,
buen amigo nuestro, que tuvo la voluntad de venir, le manifestamos nuestra
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problemática sobre un contrato que nos provee la empresa Movistar que no
han cumplido con el servicio que se nos ofreció, es un servicio de Internet y
Telefonía, los vendió bajo algunas reglas de velocidad y no se ha cumplido,
hace mucho tiempo que se viene teniendo problemas se cae el servicio, se le
ha pedido explicación y nada, ellos también hicieron el reconocimiento que el
servicio que nos vendieron no da la capacidad, ellos quedaron de devolvernos
los dineros mal pagados y no ha pasado nada, se está pagando el servicio de
internet y no llega a los colegios, esto lo sabe Movistar lo reconocieron ellos
dijeron que iban a tratar de devolver el dinero de lo que efectivamente no se
está cumpliendo, hace como un mes a tras nos respondieron de Santiago que
no se van a devolver los dineros, tenemos tres alternativas, bueno una de
ellas era que el Seremi de Transporte y Telecomunicaciones actué como
mediador entre el cliente y el proveedor, la otra es ir al Sernac que es lo
mismo, y la tercera opción es demandar Civilmente a la empresa Movistar para
que nos devuelvan y nos indemnicen, se le conto la problemática se le van a
enviar los antecedentes y si no resulta se va a demandar a Movistar, igual el
Seremi dice que esto va a tomar tiempo, este servicio de internet viene
añadido a la fibra óptica, lo otro se está pagando en cuotas y no tenemos todo
el dinero para pagar de un paraguazo, pero si queremos tener una cosa
concreta pienso que tenemos que esperar a ver cómo le va al Seremi.
El Sr. Concejal Abarca, indica yo no sabía que el Sr. Seremi podía
intervenir como fiscalizador, pero que bueno, hay que tener en claro, pero si se
hizo un paquete no se puede hacer nada, pero la semana pasada recuerdo que
estábamos sin internet lo hable con Alejandro, esto es una fibra óptica, servicio
VPN IP, a qué punto quiero llegar me imagino que a Movistar no le va a gustar
que nosotros subamos el reclamo a la página de mercado público, el dato de
que solamente ha funcionado en el municipio lo tenemos, lo que pasa Sr.
Alcalde, es que ello son los pioneros a través de la telefonía, de brindar
internet a través de redes enlaces.
El Sr. Director Control hace mención que el contrato venia sin una hoja y
después mandaron el contrato completo, pero ellos reconocen que la capacidad
del servicio que ofrecieron no cumple, y tengo entendido que no hay más
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empresas que llegan acá, y no podemos terminar el contrato, además si yo no
pago voy a pasar a DICOM y no quiero eso para el Municipio.
El Sr. Concejal Abarca pregunta si se han medido a ver cuántos Megas
son los que llegan acá, yo sé que no llegan más de 5 si hay que considerar
cuando esto parte, tal vez nunca se medió. Donde yo trabajo tengo a cargo
este tema, y sería bueno tal vez separar cuando se contrata porque igual hay
que pensar que la gente se conecta al WIFI.
El Sr. Concejal Orellana, como normalmente comento que él lo advirtió,
la empresa Movistar no provee de mejor forma el servicio, igual lo sabían y no
se había hecho nada en los colegios, sabemos que claramente no se puede
terminar el contrato y someterse a todo lo que dice Jorge, hoy en día no
sabemos cuánto se va a demorar, mi niña ponía su teléfono en la escuela de
Chillehue y cuando fui a reclamar el Director se molestó.
El Sr. Concejal Abarca dice que podemos cometer un delito por contratar
otro, tenemos todo el registro de lo que hemos hecho, pero creo que tenemos
que enviarle un correo al encargado para que ponga un reclamo en mercado
público.
Indica el Sr. Director Control, lo otro que se habló con el Seremi porque
Harold le pidió si se podían ver puntos de Wifi en la Comuna, se traspasaron
datos para ponerse en contacto. Y el otro tema que se converso es ver la
posibilidad de tener locomoción colectiva hacia y desde Doñihue, Indica el Sr.
Concejal Orellana, que para eso se podría ver un tema de Subsidio, para llevar
a cabo aquello, le informa el Sr. Director de Control, que el Sr. Seremi vera
ese tema.
El Sr. Pdte. Hace mención ustedes habían citado al Inspector Municipal,
pero él tiene un jefe yo creo que es el jefe directo, que debe dar la cara.
Indica el Sr. Concejal Abarca, estoy de acuerdo de que él tiene su jefe
directo.
Informa el Sr. Concejal Marchant que se inundó una casa, un negocio en
Copequén de la Sra. Chechita y que la única salida es por la ciclovía y que pasa
con eso.
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El Sr. Concejal Abarca recuerda que eso se habló años atrás, bueno en
relación con el Inspector Municipal el tema es saber quién fiscaliza algunas
cosas. Por ejemplo en el sifón donde vive Rafael Aliaga, corre el agua es
responsabilidad de quien, la gente quiere tomar la micro y el agua salta hay
que esperar que pase la micro primero.
El Sr. Director de Obras (s) dice que él trabaja en base a reclamos, y ahí
mandan gente, lo otro que ahora está muy ocupado notificando a la gente que
ha construido casas en el sector del Cajón.
El Sr. Concejal Abarca cree que sería bueno venirse haciendo un
recorrido del primer sifón y ahí hacer una buena limpieza, ya que es
responsabilidad nuestra que estén limpios pensar que ahora con las cosechas
la gente bota mucha basura.
El Sr. Inspector le pide al Sr. Alcalde la palabra, él explica que como la
gente trabaja en la empresa de áreas verdes no se puede disponer de
personal cuando quiera, hay que coordinarse y se trata de dar soluciones lo
más que se pueda, ahora también lo que hablo el Sr. Concejal Marchant, la
casa está más baja, el agua se está tirando a los terrenos de los Sres. Pinto,
nos pidieron apoyo también para limpiar una acequia.
El Sr. Concejal Ramos quiere saber cómo usted dice que el Inspector son
los ojos de usted, cualquiera se da cuenta el pasto en la entrada de las casas,
Así como lo notifico a usted a mí también me notifico y que pasa con los
demás.
El Sr. Concejal Abarca pregunta que pasa con los escombros, los mismo
arreglos en los caminos que hay material y hay que pasar con cuidado en
vehículo, y las notificaciones tienen que ser cobradas con una multa, los temas
de iluminarias que se tocó que lo mejor es salir en la noche.
El Sr. Concejal Ramos Pregunta si el Inspector tiene un horario especial.
El Sr. Pdte. Le responde que el Inspector tiene muchas labores, y que le
consta que el sale a notificar con su librito.
El Sr. Inspector responde que es muy complicado enviar a una persona
al Juzgado de Policía Local, piden mucho papeleo.
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La Sra. Concejal Avilés pregunta que paso con un muro que hizo un
vecino y hay bastantes problemas con esa casa, el no deja entrar a nadie
porque dice que está todo correcto.
El Sr. Concejal Orellana recuerda que en otra oportunidad el Inspector
también vino, creo que hay que hacerle una mirada a la Ordenanza, y creo que
lo mejor, es hacer una reunión extraordinaria sé que la molestias bajan a la
mitad, porque tenemos una comuna sucia, entonces tenemos que asumir los
costos.
El Sr. Director de Control sugiere tal vez revisar todas las Ordenanzas
porque no todas tienen un valor para poder cobrar.
El Sr. Concejal Abarca quiere solicitar el contrato de áreas verdes e
iluminarias para saber qué es lo que se contrató y no echarle toda la culpa al
Inspector, para planificar y saber a qué atenernos y cual son sus funciones.
La Sra. Concejal Avilés pregunta porque le cambiaron el nombre al cartel
de la Villa Horizonte, era Conjunto Habitacional, y ahora lo cambiaron.
El Sr. Concejal Abarca menciona que el otro sector que es un micro
basural es el Chaval, otro tema es el basurero que se le cambio al vecino, en el
pasaje Garay, porque cambiaron el poste y pasa que cuando se cambió el
basurero, hay que tratar de ubicarlo porque no deja ver y se han producido
varios accidentes.
7.- Varios:
El Sr. Concejal Marchant pregunta si este año se va abrir la piscina.
El Sr. Pdte. Le responde que no porque ninguna empresa postulo para el
arreglo.
El Sr. Concejal Orellana dice que le llama la atención en relación a la
plata para la reparación de la piscina nos quedaron de traer una información
un detalle de qué pasa con la piscina, además recuerdo que el cheque era
2014 más una parte del 2015, el tema es un poco confuso, además han
pasado 4 Concejos.
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El Sr. Concejal Abarca, pregunta que pasa con las funciones que tenía el
Sr. Pavez, bueno a raíz de eso nos enteramos de su salida, quien va a quedar
a cargo, se le responde que el Sr. Marcelo González, se hará cargo de la
unidad, porque creo que tiene que ser una persona del área social, él va a
quedar a cargo del programa Chile Crece Contigo, otra cosa va haber un
planteamiento en relación a la carga de trabajo que tiene la Sra. Tonelli y la
Sra. Fresia se va a considerar el planteamiento.
El Sr. Pdte. Dice que lo va a haber de forma interna.
La Sra. Administradora Municipal, responde que el Sr. Marcelo González
es Técnico Social. También tengo que decir sobre un documento que me hizo
llegar Jorge en relación a las postulaciones de las Subvenciones que quien no
allá rendido a la fecha no va a poder postular el próximo año, y en esa
situación está la Asociación de Futbol de Coinco.
El Sr. Concejal Abarca Piensa que es un tema complejo, sancionar a la
Asociación de Futbol por dos años es un suicidio, los van a colgar de lo que
queda de la iglesia el resto de clubes, yo le dije ojala quede en acta si ustedes
no rinden los van a sancionar, porque este tema es muy delicado sé que Jorge
está apegado a la Ley.
El Sr. Director de Control dice que si Contraloría se da cuenta lo va a
sancionar y la plata voy a tenerla que devolver yo de mí su sueldo, de echo
que lo haga tarde me quita la presión de denunciarlo.
El Sr. Concejal Abarca dice haber conversado con el presidente de la
Asociación, y cree que la boleta está mal hecha, entonces sería muy fácil rendir
con esa boleta y devolver la diferencia, bueno como dice el Concejal Orellana
sería bueno citar a los dirigentes de los Clubes Deportivos para explicar la
situación.
El Sr. Director de Control hace mención que asistió con Mauricio a una
Reunión de Seguridad Publica, quedaron sorprendidos que éramos la única
Municipalidad que nos acercábamos a saber de qué se trata, lo otro se va
hacer un baile de año nuevo yo atendí a la persona, porque fue Carabineros
donde los organizadores y les solicito las autorizaciones, y le explique los
requerimientos que pide la Superintendencia ya que solo contaba con los
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permisos Municipales y no solo se pide eso, también hay unos temas de
aprobación de Intendencia Regional y Gobernación Provincial y esos se
solicitan con un mes de anticipación, así que no se si la persona en cuestión se
arriesgara a realizar el evento, porque le deje bien en claro, que si Carabineros
va le puede suspender el evento.
Ahora pasamos a ver cómo va a funcionar el Comité de Seguridad
Publica:
El Sr. Pdte, solicita al Sr. Concejal Abarca, que presida el resto de la
sesión, él se retirara porque tiene que dar cumplimiento a ciertos
compromisos.
Ley Nº20.965, Que Crea los Consejos y Planes de Seguridad Pública:
modifica la letra j) del artículo 4º Ley 18.695: Artículo 4º: las municipalidades
en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros
órganos de la administración del Estado, funciones relacionadas con: j) el
desarrollo, implementación, evaluación, promoción, capacitación y apoyo de
acciones de prevención social y situacional, la celebración de convenios con
otras entidades públicas para la aplicación de planes de reinserción social y de
asistencia a víctimas, así como también la adopción de medidas en el ámbito
de la seguridad pública a nivel comunal, sin perjuicio de las funciones del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y
Seguridad. Modifica el artículo 5º Ley 18.695: Para el cumplimiento de sus
funciones las municipalidades tendrán las siguientes atribuciones esenciales:
Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el plan comunal de seguridad pública.
Para realizar dichas acciones, las municipalidades tendrán es
consideración las observaciones efectuadas por el consejo comunal de
seguridad pública y por cada uno de sus consejeros. Modifica el artículo 6º Ley
Nº 18.695, La gestión municipal contará, a lo menos, con los siguientes
instrumentos: e) El plan comunal de seguridad pública. Creación artículo 16
bis Ley Nº 18.695: Establecimiento del Director de Seguridad Pública. Existirá
un director de seguridad pública en todas aquellas comunas donde lo decida el
concejo municipal, a proposición del alcalde.
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Para estos efectos, el alcalde estará facultado para crear dicho cargo
y para proveerlo en el momento que decida, de acuerdo a la disponibilidad del
presupuesto municipal.
Para desempeñar este cargo se requerirá estar en posesión de un
título profesional o técnico de nivel superior otorgado por un establecimiento
de educación superior del Estado o reconocidos por éste.
El director de seguridad pública será designado por el alcalde y podrá
ser removido por éste, sin perjuicio que rijan a su respecto, además, las
causales de cesación de funciones aplicables al personal municipal.
Dicho director será el colaborador directo del alcalde en las tareas de
coordinación y gestión de las funciones de la letra j) del artículo 4, en el
seguimiento del plan comunal de seguridad pública, y ejercerá las funciones
que le delegue el alcalde, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su
función.
La designación y remoción del director de seguridad pública deberá
ser informada a la Subsecretaría de Prevención del Delito y a la Intendencia
respectiva. Ambos órganos deberán llevar una nómina actualizada de los
directores de seguridad pública a niveles nacional y regional, según
corresponda. Modifica artículo 56 Ley Nº 18.695: El alcalde deberá presentar,
oportunamente y en forma fundada, a la aprobación del concejo, el plan
comunal de desarrollo, el plan comunal de seguridad pública, el presupuesto
municipal, el plan regulador, las políticas de la unidad de servicios de salud y
educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas
generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos. Modifica el
artículo 63 Ley Nº 18.695: El Alcalde tendrá las siguientes atribuciones: (letra
j) No puede delegar la presidencia del consejo de seguridad pública en
funcionarios de su dependencia o en otro que designe.
(letra m) Convocar y presidir con derecho a voto el concejo; asimismo
convocar y presidir el consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil y
el consejo comunal de seguridad pública.
(letra p) Requerir de la Fiscalía del Ministerio Público y de las Fuerzas de
Orden y Seguridad Pública, que ejerzan sus funciones en la comuna respectiva,
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los datos oficiales que éstas posean en sus sistemas de información, sobre los
delitos que hubiesen afectado a la comuna durante el mes anterior, con el
objetivo de dar cumplimiento a la función establecida en la letra j) del artículo
4 de la presente ley.
El funcionario policial de más alto rango en la unidad policial requerida, o
en quien éste delegue su función, deberá enviar dicha información al alcalde o
al funcionario municipal que éste designe, a través del medio más expedito,
dentro de los diez días hábiles siguientes a la solicitud, la cual en todo caso no
podrá contener datos que permitan la singularización de personas
determinadas. Modifica el artículo 65 Ley Nº 18.695: El alcalde requerirá el
acuerdo del concejo para: c) Aprobar el plan comunal de seguridad pública y
sus actualizaciones.
La no presentación del Plan Comunal de Seguridad Pública no es causal
de notable abandono de deberes. No obstante los concejales podrán presentar
al Tribunal Electoral Regional la aplicación de las siguientes medidas
disciplinarias: censura, multa o suspensión. Modifica el artículo 67 Ley Nº
18.695: El alcalde deberá dar cuenta pública al concejo, al consejo comunal de
organizaciones de la sociedad civil y al consejo comunal de seguridad pública,
a más tardar en el mes de abril de cada año, de su gestión anual y de la
marcha general de la municipalidad.
La cuenta pública se efectuará mediante informe escrito, el cual deberá
hacer referencia a lo menos a los siguientes contenidos:
c) La gestión anual del municipio respecto del plan comunal de
seguridad pública vigente, dando cuenta especialmente del contenido y
monitoreo del plan comunal de seguridad pública;
d) La gestión anual del consejo comunal de seguridad pública, dando
cuenta especialmente del porcentaje de asistencia de sus integrantes, entre otros; Modifica el artículo 82 Ley Nº 18.695: El alcalde, en la primera semana de octubre, someterá a consideración del concejo las orientaciones globales del
municipio, el presupuesto municipal y el programa anual, con sus metas y líneas de acción. En las orientaciones globales, se incluirán el plan comunal de
desarrollo y sus modificaciones, el plan comunal de seguridad pública y sus actualizaciones, las políticas de servicios municipales, como, asimismo, las políticas y proyectos de inversión. Establecimiento de un Título IV A Ley Nº
18.695, Del Concejo Comunal de Seguridad Pública y del Plan Comunal de Seguridad Pública. Artículo 104 A.- En cada comuna existirá un consejo
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comunal de seguridad pública. Éste será un órgano consultivo del alcalde en
materia de seguridad pública comunal y será, además, una instancia de coordinación interinstitucional a nivel local. Artículo 104 B.- El consejo comunal
de seguridad pública será presidido por el alcalde y lo integrarán, a lo menos, las siguientes personas:
a) El intendente o, en subsidio, el gobernador y, en defecto del
segundo, el funcionario que el primero designe. b) Dos concejales elegidos por el concejo municipal, en una votación
única. c) El oficial o suboficial de Fila de Orden y Seguridad de Carabineros
de Chile que ostente el más alto grado en la unidad policial territorial de mayor
categoría con presencia en la comuna. En el caso de las comunas que tengan más de una comisaría, éste será designado por la prefectura correspondiente.
d) El oficial policial de la Policía de Investigaciones de Chile que ostente la mayor jerarquía de la respectiva unidad o quien éste designe, o el oficial policial designado por el Jefe de la Prefectura correspondiente en
aquellas comunas que no sean asiento de unidad policial. e) El fiscal adjunto de la fiscalía local correspondiente del Ministerio
Público y en las comunas donde no tenga asiento una fiscalía local, el fiscal o abogado o asistente de fiscal que designe el respectivo fiscal regional.
f) Dos representantes del consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil, elegidos por éste.
g) Un funcionario municipal que será designado por el alcalde como
Secretario Ejecutivo del consejo. En los casos en que exista el director de seguridad pública, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 bis, el alcalde deberá designarlo siempre como Secretario Ejecutivo.
h) Un representante de la repartición de Gendarmería de Chile que
tenga a su cargo la vigilancia y orientación de las personas sujetas a penas sustitutivas a la reclusión domiciliadas en la comuna respectiva.
i) Un representante de la repartición del Servicio Nacional de Menores que tenga a su cargo la vigilancia y orientación de menores infractores de ley domiciliados en la comuna respectiva.
j) Un representante de la repartición del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol que tenga injerencia dentro
del territorio de la comuna respectiva. En aquellas comunas en cuyo territorio existan pasos fronterizos, puertos o aeropuertos, el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Nacional de Aduanas y uno del
Servicio Agrícola y Ganadero, designados por los respectivos directores regionales. En aquellas comunas en que el porcentaje de ruralidad supere el
20% de la población, según los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Estadísticas, el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Agrícola y Ganadero, designado en la forma señalada en el inciso
anterior. En aquellas comunas catalogadas como área turística de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley N° 20.423 (Sistema Institucional para
el Desarrollo del Turismo), el consejo será integrado, además, por un representante del Servicio Nacional de Turismo, designado por el director regional de ese organismo. Asimismo, la asistencia y participación en el
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consejo a que se refiere este artículo de los funcionarios públicos y de los
concejales mencionados en la letra b) no otorgará derecho a dieta, emolumento o remuneración de ningún tipo o naturaleza. Sin perjuicio de lo
anterior, el consejo podrá invitar al juez de garantía con competencia sobre el territorio de la comuna correspondiente o a otras autoridades o funcionarios públicos o a representantes de organizaciones de la sociedad civil cuya opinión
considere relevante para las materias que le corresponda abordar en una o más sesiones determinadas del consejo. La Secretaría Municipal asumirá
dentro del consejo el rol de ministro de fe, debiendo en dicho contexto levantar acta de todas las sesiones del consejo en la forma señalada por la ley. El alcalde deberá informar a la Subsecretaría de Prevención del Delito y a la
intendencia correspondiente, dentro de los diez días siguientes a su designación, el funcionario que asumirá la Secretaría Ejecutiva del consejo
comunal de seguridad pública. La Subsecretaría de Prevención del Delito y la intendencia deberán llevar una nómina actualizada de las personas que ejercen dicha función. El quórum para sesionar será la mayoría de los miembros
permanentes. Artículo 104 C.- En los casos de aquellas comunas cuyo número de habitantes no supere los 5.000, dos o más de ellas podrán constituir un
consejo intercomunal de seguridad pública, o bien alguna de ellas participar del consejo comunal de una comuna colindante de mayor número de habitantes.
Artículo 104 D.- La presidencia del consejo comunal de seguridad pública será indelegable, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 62.
En su calidad de presidente del consejo comunal de seguridad pública, el
alcalde convocará a sesión ordinaria, como mínimo, una vez al mes y, en forma extraordinaria, cada vez que lo estime necesario. En cumplimiento de
esta función, se deberá destinar cada semestre al menos una sesión del consejo para recoger la opinión de cada una de las instituciones que la integran acerca de las acciones concretas que las demás instituciones podrían
realizar para mejorar la seguridad pública comunal y para dar cumplimiento a lo propuesto en el plan comunal de seguridad pública. Dentro de los diez días
hábiles siguientes de celebrada una sesión del consejo comunal de seguridad pública, el alcalde deberá informar, mediante correo electrónico, o por otro medio de comunicación idóneo, expedido a través del ministro de fe del
consejo, a la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y a la intendencia respectiva, de la convocatoria y
celebración de la misma, los temas tratados y los acuerdos adoptados, si los hubiere. Artículo 104 E.- El consejo comunal de seguridad pública tendrá las siguientes funciones:
a) Efectuar, a petición del alcalde o del concejo municipal, el diagnóstico del estado de situación de la comuna en materia de seguridad pública, para
cuyo fin podrá solicitar los antecedentes, datos o cualquier otra información global y pertinente a los organismos públicos o de la Administración del Estado con competencias en la materia, incluidas las Fuerzas de Orden y Seguridad
Pública. En el ejercicio de la función referida en esta letra, el consejo deberá
asesorar al alcalde en la priorización de las acciones que deberán realizarse en la comuna, según factores tales como la frecuencia o gravedad de ciertos
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delitos o problemáticas en materia de seguridad que existan en el territorio del
respectivo municipio. b) Suministrar a través de sus integrantes los antecedentes e
información necesarios de las instituciones que éstos representen y entregar opinión al alcalde para la elaboración del plan comunal de seguridad pública y su presentación al concejo municipal.
c) Emitir opinión respecto de las ordenanzas que, de conformidad a los artículos 12 y 65, letra k), se dicten en materias de convivencia vecinal y
seguridad pública comunal, para lo cual el alcalde deberá solicitar su pronunciamiento en el plazo que este último establezca, el que no podrá ser menor a treinta días.
En caso que el consejo no se pronuncie respecto a estas ordenanzas, el alcalde citará a una sesión extraordinaria para que cumpla con dicha obligación
dentro del plazo que éste determine, el que no podrá ser menor a quince días. Si el consejo nuevamente no se pronuncia en el plazo señalado, se continuará la tramitación de la ordenanza, prescindiendo de su opinión. d) Efectuar el
seguimiento y monitoreo de las medidas contempladas en el plan comunal de seguridad pública.
Siempre que el alcalde constate el incumplimiento reiterado e injustificado de alguno de los compromisos suscritos por los representantes de
las instituciones del consejo en el marco del plan comunal de seguridad pública deberá oficiar de dicho incumplimiento al superior de su respectiva institución y a la Subsecretaría de Prevención del Delito.
e) Dar su opinión y apoyo técnico al diseño, implementación, ejecución y evaluación de los proyectos y acciones que se desarrollen en el marco del plan
comunal de seguridad pública. f) Constituirse en instancia de coordinación comunal, en materias de
seguridad pública, de la municipalidad, el Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y el Ministerio Público y demás miembros del consejo.
g) Emitir opinión, a petición del alcalde, del concejo municipal o del consejo de organizaciones de la sociedad civil, sobre cualquier materia relativa a su competencia que se someta a su conocimiento. h) Realizar observaciones
al plan comunal de seguridad pública que elabore el alcalde, previo a su presentación ante el concejo municipal.
El consejo deberá pronunciarse especialmente sobre las metas, objetivos y medios de control de gestión que consten en el plan, y que deberán incorporar en el ejercicio de sus labores cada una de las instituciones
participantes, en el ámbito de sus respectivas competencias. i) Proponer medidas, acciones, objetivos y mecanismos de control de
gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias, los que en todo caso deberán ser coherentes con las directrices generales de las respectivas instituciones.
Sin perjuicio de lo anterior, los consejeros deberán comprometer acciones concretas que la institución a la cual representan pueda desplegar
dentro del territorio comunal durante la vigencia del plan comunal de seguridad pública, y que puedan colaborar a mejorar la seguridad pública municipal.
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j) Cumplir las demás funciones determinadas por la ley. El plan comunal
deberá considerar, a lo menos, las siguientes materias: a) Medidas de prevención de conductas infractoras por parte de niñas,
niños y adolescentes. b) Medidas de prevención de deserción escolar y de reinserción de los
escolares desertores.
c) Prevención y rehabilitación del consumo de drogas. d) Fortalecimiento de la convivencia comunitaria.
e) Mejoramiento urbano en barrios vulnerables. f) Prevención de la violencia intrafamiliar y violencia contra las mujeres.
g) Proyectos específicos para prevenir los delitos de mayor relevancia y
ocurrencia en la comuna. h) Otras materias de interés comunal en el área de la seguridad pública.
Las municipalidades, con el objeto de ejecutar los objetivos y metas relacionados con el plan comunal de seguridad pública, que sean de su competencia y que cuenten con el financiamiento respectivo, deberán llevar a
cabo las acciones o medidas que correspondan en forma directa, o bien, a través de convenios celebrados con órganos públicos o privados, los que
deberán adjuntarse al respectivo plan. Asimismo, los órganos públicos sólo quedarán obligados al cumplimiento
de las metas u objetivos a los cuales se hayan comprometido expresamente en el mencionado plan o en un convenio celebrado en virtud de lo establecido en el inciso anterior, y siempre que dichas metas u objetivos se encuentren
dentro de la esfera de sus respectivas atribuciones legales. Respecto a las materias o problemáticas incorporadas en el plan
comunal de seguridad pública que no sean de competencia de la municipalidad, de los órganos públicos participantes del consejo ni de ninguna otra entidad con la que se haya celebrado un convenio en virtud de lo establecido en el
inciso sexto, la intendencia respectiva, al momento de recibir el plan comunal, procederá a derivarlo a las instituciones competentes para evaluar su
ejecución. La Subsecretaría de Prevención del Delito, en tanto, deberá dictar orientaciones técnicas y elaborar un formato de plan comunal de seguridad pública. La vigencia del Plan Comunal de Seguridad Pública será de cuatro
años, sin perjuicio de lo cual el alcalde, asesorado por el consejo comunal de seguridad pública, deberá actualizarlo anualmente. Las actualizaciones deberán
contar con la aprobación del concejo municipal. Las municipalidades deberán remitir los respectivos planes comunales de seguridad pública, dentro de los diez días siguientes a su aprobación, a la Subsecretaría de Prevención del
Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, al consejo regional de seguridad pública y al intendente.
Asimismo, dentro del mismo plazo señalado en el inciso anterior, las municipalidades deberán difundir los planes referidos a través de la página web municipal o por cualquier otro medio que asegure su debido conocimiento por
parte de la comunidad. El alcalde deberá convocar a la primera sesión del consejo comunal de seguridad pública dentro del plazo de noventa días
contado desde la publicación de la presente ley. (4 de febrero de 2017 como máximo)
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Las obligaciones relativas al plan comunal de seguridad pública, en
tanto, deberán cumplirse dentro de los ciento ochenta días siguientes a la total tramitación del acto administrativo que apruebe un convenio celebrado entre el
municipio y la Subsecretaría de Prevención del Delito, el cual podrá generar transferencias de recursos para dicho plan, conforme a la disponibilidad presupuestaria de esta última institución. Deberá dejarse expresa constancia
en este convenio que su aprobación traerá aparejado el cumplimiento de las obligaciones referidas en el presente inciso. Las municipalidades podrán
someterse voluntariamente a las obligaciones relativas al plan comunal de seguridad pública antes de la celebración del convenio con la Subsecretaría de Prevención del Delito. Para esto, deberán dictar un decreto alcaldicio que así lo
determine, debiendo el alcalde presentar el primer plan comunal de seguridad pública dentro de los ciento ochenta días siguientes a su dictación.
Sólo se procederá a la suscripción de los convenios referidos en el inciso segundo, o a la incorporación voluntaria mediante decreto alcaldicio señalada en el inciso anterior, una vez que se publique la resolución de la Subsecretaría
de Prevención del Delito que aprueba las orientaciones técnicas y el formato de plan comunal de seguridad pública a que hace referencia el artículo 104 F, en
el plazo de noventa días siguientes a la publicación de la ley. La Ley dice que se puede someter al plan a través de un decreto
alcaldicio, la falta del plan puede terminar en una sanción para el Alcalde. El Sr. Concejal Abarca Cree que sería bueno informar los 2 Concejales
que van a formar parte de la comisión, como los cinco Concejales tienen un
cargo yo me ofrezco para ser parte de esta comisión. El Sr. Pdte. Pregunta si hay algo más que tratar.
El Concejal Orellana solicita que las invitaciones de los colegios no sean todas a la misma hora y lo otro enviarnos la programación del verano.
Tratado el temario contenido en la convocatoria y no habiendo Señores
Concejales interesados en hacer uso de la palabra, el Sr. Pdte. del Concejo
Municipal de Coinco, da por terminada la Sesión, a las 11:50 horas.
GREGORIO VALENZUELA ABARCA Presidente
ALEJANDRO AGUIRRE CUADRA Secretario Municipal