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International Telecommunication Union
Actas fi nales CMR-15 Conferencia mundial de
radiocomunicacionesGinebra, 2015
Impreso en SuizaGinebra, 2016
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Unin Internacional de
TelecomunicacionesPlace des Nati ons
CH-1211 Ginebra 20Suiza
SAP idISBN 978-92-61-16563-5
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U n i n i n t e r n a c i o n a l d e t e l e c o m u n i c a c i o n e s
ACTAS FINALES CMR-15
CONFERENCIA MUNDIAL DE RADIOCOMUNICACIONES
(GINEBRA, 2015)
UIT 2016 Reservados todos los derechos. Ninguna parte de esta publicacin puede reproducirse por ningn procedimiento sin previa autorizacin escrita por parte de la UIT.
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III
NDICE
ACTAS FINALES
de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones
(CMR-15) Ginebra, 2015
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Prembulo ........................................................................................................................... XV
Protocolo Final .................................................................................................................... XXXIII
Declaraciones y reservas ........................................................................................... XXXIX
Declaraciones y reservas adicionales ........................................................................ XCI
Revisin parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones
Artculos ARTCULO 1 Trminos y definiciones ............................................................................ 3
ARTCULO 2 Nomenclatura ............................................................................................ 3
ARTCULO 4 Asignacin y empleo de las frecuencias ................................................... 4
ARTCULO 5 Atribuciones de frecuencia ........................................................................ 5
ARTCULO 9 Procedimiento para efectuar la coordinacin u obtener el acuerdo de otras administraciones ........................................................................................ 52
ARTCULO 11 Notificacin e inscripcin de asignaciones de frecuencia ......................... 55
ARTCULO 13 Instrucciones a la Oficina .......................................................................... 59
ARTCULO 16 Comprobacin tcnica internacional de las emisiones .............................. 59
ARTCULO 19 Identificacin de las estaciones ................................................................. 60
ARTCULO 21 Servicios terrenales y espaciales que comparten bandas de frecuencias por encima de 1 GHz ................................................................................. 61
ARTCULO 22 Servicios espaciales ................................................................................... 65
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ARTCULO 51 Condiciones de funcionamiento de los servicios martimos ..................... 68
ARTCULO 52 Disposiciones especiales relativas al empleo de las frecuencias ............... 69
ARTCULO 54 Llamada selectiva ...................................................................................... 72
ARTCULO 57 Radiotelefona ........................................................................................... 72
ARTCULO 59 Entrada en vigor y aplicacin provisional del Reglamento de Radiocomunicaciones ................................................................................ 73
Apndices APNDICE 4 (REV.CMR-15) Lista y cuadros recapitulativos de las caractersticas
que han de utilizarse en la aplicacin de los procedimientos del Captulo III ................................................................................................ 77
APNDICE 5 (REV.CMR-15) Identificacin de las administraciones con las que ha de efectuarse una coordinacin o cuyo acuerdo se ha de obtener a tenor de las disposiciones del Artculo 9 ................................................................. 90
APNDICE 7 (REV.CMR-15) Mtodos para determinar la zona de coordinacin alrededor de una estacin terrena en las bandas de frecuencias entre 100 MHz y 105 GHz ................................................................................. 95
APNDICE 8 (REV.CMR-15) Mtodo de clculo para determinar si se requiere la coordinacin entre redes de satlite geoestacionario que comparten las mismas bandas de frecuencias ................................................................... 108
APNDICE 15 (REV.CMR-15) Frecuencias para las comunicaciones de socorro y seguridad en el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Martimos (SMSSM) .................................................................................................. 109
APNDICE 17 (REV.CMR-15) Frecuencias y disposiciones de canales en las bandas de ondas decamtricas del servicio mvil martimo ...................................... 109
APNDICE 18 (REV.CMR-15) Cuadro de frecuencias de transmisin en la banda de frecuencias atribuida al servicio mvil martimo de ondas mtricas ........ 115
APNDICE 26 (REV.CMR-15) Disposiciones y Plan de adjudicacin de frecuencias asociado del servicio mvil aeronutico (OR) en las bandas de frecuencias atribuidas exclusivamente a ese servicio entre 3 025 kHz y 18 030 kHz ................................................................................................ 120
APNDICE 30 (REV.CMR-15) Disposiciones aplicables a todos los servicios y Planes y Lista asociados para el servicio de radiodifusin por satlite en las bandas de frecuencias 11,7-12,2 GHz (en la Regin 3), 11,7-12,5 GHz (en la Regin 1) y 12,2-12,7 GHz (en la Regin 2) .................................. 121
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APNDICE 30A (REV.CMR-15) Disposiciones y Planes asociados y Lista para los enlaces de conexin del servicio de radiodifusin por satlite (11,7-12,5 GHz en la Regin 1, 12,2-12,7 GHz en la Regin 2 y 11,7-12,2 GHz en la Regin 3) en las bandas de frecuencias 14,5-14,8 GHz y 17,3-18,1 GHz en las Regiones 1 y 3, y 17,3-17,8 GHz en la Regin 2 ........... 138
APNDICE 30B (REV.CMR-15) Disposiciones y Plan asociado para el servicio fijo por satlite en las bandas de frecuencias 4 500-4 800 MHz, 6 725-7 025 MHz, 10,70-10,95 GHz, 11,20-11,45 GHz y 12,75-13,25 GHz ..... 160
APNDICE 42 (REV.CMR-15) Cuadro de atribucin de series internacionales de distintivos de llamada ................................................................................ 176
Resoluciones y Recomendaciones Lista de Resoluciones suprimidas por la CMR-15................................................................... 179
Resoluciones RESOLUCIN 5 (REV.CMR-15) Cooperacin tcnica con los pases en desarrollo
para los estudios de propagacin en regiones tropicales y similares . 183
RESOLUCIN 12 (REV.CMR-15) Asistencia y apoyo a Palestina ............................... 185
RESOLUCIN 18 (REV.CMR-15) Relativa al procedimiento que ha de utilizarse para identificar y anunciar la posicin de los barcos y aeronaves de Estados que no sean partes en un conflicto armado ........................... 187
RESOLUCIN 28 (REV.CMR-15) Revisin de las referencias a los textos de las Recomendaciones UIT-R incorporados por referencia en el Reglamento de Radiocomunicaciones ............................................... 189
RESOLUCIN 31 (CMR-15) Medidas transitorias con miras a eliminar las notificaciones para publicacin anticipada presentadas por las administraciones de asignaciones de frecuencias a las redes y los sistemas de satlites sujetos a la Seccin II del Artculo 9 ................ 191
RESOLUCIN 33 (REV.CMR-15) Puesta en servicio de estaciones espaciales del servicio de radiodifusin por satlite antes de que entren en vigor acuerdos sobre el servicio de radiodifusin por satlite y sus planes asociados ............................................................................................ 192
RESOLUCIN 34 (REV.CMR-15) Introduccin del servicio de radiodifusin por satlite en la Regin 3 en la banda de frecuencias 12,5-12,75 GHz y comparticin con los servicios espaciales y terrenales en las Regiones 1, 2 y 3 ................................................................................ 197
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RESOLUCIN 40 (CMR-15) Utilizacin de una estacin espacial para poner en servicio asignaciones de frecuencias a redes de satlites geoestacionarios en distintas posiciones orbitales en un breve periodo de tiempo ............................................................................... 199
RESOLUCIN 42 (REV.CMR-15) Utilizacin de sistemas provisionales en la Regin 2 para los servicios de radiodifusin por satlite y fijo por satlite (enlaces de conexin) en la Regin 2 en las bandas de frecuencias indicadas en los Apndices 30 y 30A ............................. 201
RESOLUCIN 49 (REV.CMR-15) Debida diligencia administrativa aplicable a ciertos servicios de radiocomunicaciones por satlite........................ 207
RESOLUCIN 55 (REV.CMR-15) Presentacin electrnica de formularios de notificacin para redes de satlites, estaciones terrenas y estaciones de radioastronoma ............................................................................. 213
RESOLUCIN 76 (REV.CMR-15) Proteccin de las redes del servicio fijo por satlite geoestacionario y del servicio de radiodifusin por satlite geoestacionario contra la mxima densidad de flujo de potencia equivalente combinada producida por mltiples sistemas del servicio fijo por satlite no geoestacionario en las bandas de frecuencias donde han sido adoptados lmites de densidad de flujo de potencia equivalente ......................................................................................... 215
RESOLUCIN 81 (REV.CMR-15) Evaluacin del procedimiento de debida diligencia administrativa para las redes de satlite ............................................. 223
RESOLUCIN 99 (CMR-15) Aplicacin provisional de ciertas disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones en su versin revisada por la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 y anulacin de ciertas Resoluciones y Recomendaciones ..................................... 225
RESOLUCIN 114 (REV.CMR-15) Compatibilidad entre el servicio de radionavegacin aeronutica y el servicio fijo por satlite (Tierra-espacio) (limitado a enlaces de conexin de los sistemas de satlites no geoestacionarios del servicio mvil por satlite) en la banda de frecuencias 5 091-5 150 MHz ............................................. 227
RESOLUCIN 140 (REV.CMR-15) Medidas y estudios conexos sobre los lmites de la densidad de flujo de potencia equivalente (dfpe) en la banda de frecuencias 19,7-20,2 GHz ................................................................. 229
RESOLUCIN 144 (REV.CMR-15) Necesidades especiales de los pases geogrficamente pequeos o estrechos que explotan estaciones terrenas del servicio fijo por satlite en la banda de frecuencias 13,75-14 GHz ..................................................................................... 231
RESOLUCIN 148 (REV.CMR-15) Sistemas de satlites anteriormente enumerados en la Parte B del Plan del Apndice 30B (CAMR Orb-88) .................... 233
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RESOLUCIN 154 (REV.CMR-15) Consideracin de medidas tcnicas y reglamentarias para apoyar el funcionamiento actual y futuro de las estaciones terrenas del servicio fijo por satlite en la banda de frecuencias 3 400-4 200 MHz como ayuda a la explotacin de aeronaves en condiciones de seguridad y la difusin fiable de informacin meteorolgica en algunos pases de la Regin 1 ........... 235
RESOLUCIN 155 (CMR-15) Disposiciones reglamentarias relativas a las estaciones terrenas a bordo de aeronaves no tripuladas que funcionan con redes de satlites geoestacionarios del servicio fijo por satlite en determinadas bandas de frecuencias no sujetas a un Plan de los Apndices 30, 30A y 30B para el control y las comunicaciones sin carga til de sistemas de aeronaves no tripuladas en espacios areos no segregados ..................................................................................... 238
RESOLUCIN 156 (CMR-15) Utilizacin de las bandas de frecuencias de 19,7-20,2 GHz y 29,5-30,0 GHz por estaciones terrenas en movimiento que se comuniquen con estaciones espaciales geoestacionarias del servicio fijo por satlite ...................................................................... 245
RESOLUCIN 157 (CMR-15) Estudio de las cuestiones tcnicas y operativas y de las disposiciones reglamentarias para nuevos sistemas en las rbitas de los satlites geoestacionarios en las bandas de frecuencias 3 700-4 200 MHz, 4 500-4 800 MHz, 5 925-6 425 MHz y 6 725-7 025 MHz atribuidas al servicio fijo por satlite .............................. 251
RESOLUCIN 158 (CMR-15) Utilizacin de las bandas de frecuencias 17,7-19,7 GHz (espacio-Tierra) y 27,5-29,5 GHz (Tierra-espacio) para las comunicaciones de las estaciones terrenas en movimiento con estaciones espaciales geoestacionarias en el servicio fijo por satlite 254
RESOLUCIN 159 (CMR-15) Estudios sobre temas tcnicos y operacionales y disposiciones reglamentarias para sistemas de satlite no geoestacionarios, del servicio fijo por satlite en las bandas de frecuencias 37,5-39,5 GHz (espacio-Tierra), 39,5-42,5 GHz (espacio-Tierra), 47,2-50,2 GHz (Tierra-espacio) y 50,4-51,4 GHz (Tierra-espacio) .................................................................................. 258
RESOLUCIN 160 (CMR-15) Facilitacin del acceso a aplicaciones de banda ancha transmitidas por estaciones en plataformas de gran altitud ................ 261
RESOLUCIN 161 (CMR-15) Estudios relativos a las necesidades de espectro y la posible atribucin de la banda de frecuencias 37,5-39,5 GHz al servicio fijo por satlite ...................................................................... 264
RESOLUCIN 162 (CMR-15) Estudios relativos a las necesidades de espectro y la posible atribucin de las bandas de frecuencias 51,4-52,4 GHz al servicio fijo por satlite (Tierra-espacio) ........................................... 266
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RESOLUCIN 163 (CMR-15) Despliegue de estaciones terrenas del servicio fijo por satlite (Tierra-espacio) para usos distintos de los enlaces de conexin para el servicio de radiodifusin por satlite en algunos pases de las Regiones 1 y 2 en la banda de frecuencias 14,5-14,75 GHz .................................................................................. 268
RESOLUCIN 164 (CMR-15) Despliegue de estaciones terrenas en algunos pases de la Regin 3 en la banda de frecuencias 14,5-14,8 GHz en el servicio fijo por satlite (Tierra-espacio) para usos distintos de los enlaces de conexin para el servicio de radiodifusin por satlite ...................... 269
RESOLUCIN 205 (REV.CMR-15) Proteccin de los sistemas del servicio mvil por satlite que funcionan en la banda de frecuencias 406-406,1 MHz ... 270
RESOLUCIN 207 (REV.CMR-15) Medidas para hacer frente a la utilizacin no autorizada de frecuencias en las bandas de frecuencias atribuidas al servicio mvil martimo y al servicio mvil aeronutico (R) y a las interferencias causadas a las mismas ................................................. 274
RESOLUCIN 212 (REV.CMR-15) Introduccin de las telecomunicaciones mviles internacionales (IMT) en las bandas de frecuencias 1 885-2 025 MHz y 2 110-2 200 MHz ......................................................... 278
RESOLUCIN 223 (REV.CMR-15) Bandas de frecuencias adicionales identificadas para las Telecomunicaciones mviles internacionales ....................... 280
RESOLUCIN 224 (REV.CMR-15) Bandas de frecuencias para la componente terrenal de las Telecomunicaciones Mviles Internacionales por debajo de 1 GHz ................................................................................................. 285
RESOLUCIN 235 (CMR-15) Revisin de la utilizacin del espectro de la banda de frecuencias 470-960 MHz en la Regin 1 .......................................... 289
RESOLUCIN 236 (CMR-15) Sistemas de radiocomunicaciones ferroviarias entre el tren y el entorno ferroviario ............................................................... 292
RESOLUCIN 237 (CMR-15) Aplicaciones de los sistemas de transporte inteligentes .. 294
RESOLUCIN 238 (CMR-15) Estudios sobre asuntos relacionados con las frecuencias para la identificacin de las telecomunicaciones mviles internacionales, incluidas posibles atribuciones adicionales al servicio mvil a ttulo primario en partes de la gama de frecuencias comprendida entre 24,25 y 86 GHz con miras al futuro desarrollo de las IMT para 2020 y aos posteriores ................................................ 296
RESOLUCIN 239 (CMR-15) Estudios relativos a sistemas de acceso inalmbrico, incluidas redes radioelctricas de rea local (WAS/RLAN) en las bandas de frecuencias entre 5 150 MHz y 5 925 MHz ...................... 299
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IX
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RESOLUCIN 359 (CMR-15) Consideracin de disposiciones reglamentarias para actualizar y modernizar el sistema mundial de socorro y seguridad martimos ............................................................................................ 303
RESOLUCIN 360 (REV.CMR-15) Consideracin de disposiciones reglamentarias y atribuciones de espectro al servicio mvil martimo por satlite para habilitar la componente de satlite del sistema de intercambio de datos en las bandas de ondas mtricas y las radiocomunicaciones martimas avanzadas .......................................................................... 305
RESOLUCIN 361 (CMR-15) Consideracin de disposiciones reglamentarias para la modernizacin del sistema mundial de socorro y seguridad martimos y la implantacin de la navegacin electrnica ................ 308
RESOLUCIN 362 (CMR-15) Dispositivos autnomos de radiocomunicaciones martimas que funcionan en la banda de frecuencias 156-162,05 MHz ........................................................................................ 310
RESOLUCIN 417 (REV.CMR-15) Utilizacin de la banda de frecuencias 960-1 164 MHz por el servicio mvil aeronutico (R) ............................. 313
RESOLUCIN 418 (REV.CMR-15) Utilizacin de la banda de frecuencias 5 091-5 250 MHz por el servicio mvil aeronutico para aplicaciones de telemedida .......................................................................................... 316
RESOLUCIN 424 (CMR-15) Utilizacin de las comunicaciones avinicas inalmbricas internas en la banda de frecuencias 4 200-4 400 MHz . 320
RESOLUCIN 425 (CMR-15) Uso de la banda de frecuencias 1 087,7-1 092,3 MHz por el servicio mvil aeronutico (R) por satlite (Tierra-espacio) para facilitar el seguimiento mundial de vuelos de la aviacin civil ......... 322
RESOLUCIN 426 (CMR-15) Estudio de las necesidades de espectro y de las disposiciones reglamentarias para la introduccin y utilizacin del sistema mundial de socorro y seguridad aeronuticos ....................... 324
RESOLUCIN 507 (REV.CMR-15) Establecimiento de acuerdos y de planes asociados para el servicio de radiodifusin por satlite ...................................... 326
RESOLUCIN 517 (REV.CMR-15) Introduccin de emisiones con modulacin digital en las bandas de ondas decamtricas entre 3 200 kHz y 26 100 kHz atribuidas al servicio de radiodifusin ............................................... 327
RESOLUCIN 528 (REV.CMR-15) Introduccin de sistemas del servicio de radiodifusin por satlite (sonora) y la radiodifusin terrenal complementaria en las bandas de frecuencias atribuidas a estos servicios en la gama de frecuencias 1-3 GHz .................................... 329
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RESOLUCIN 535 (REV.CMR-15) Informacin necesaria para la aplicacin del Artculo 12 del Reglamento de Radiocomunicaciones ...................... 330
RESOLUCIN 539 (REV.CMR-15) Utilizacin de la banda de frecuencias 2 605-2 655 MHz en determinados pases de la Regin 3 por sistemas de satlites no geoestacionarios del servicio de radiodifusin por satlite (sonora)...................................................... 339
RESOLUCIN 552 (REV.CMR-15) Acceso a largo plazo y desarrollo de la banda de frecuencias 21,4-22 GHz en las Regiones 1 y 3 ................................. 342
RESOLUCIN 553 (REV.CMR-15) Medidas reglamentarias adicionales para redes del servicio de radiodifusin por satlite en la banda de frecuencias 21,4-22 GHz en las Regiones 1 y 3 para la mejora del acceso equitativo a esta banda de frecuencias ............................................... 346
RESOLUCIN 555 (REV.CMR-15) Disposiciones reglamentarias adicionales para redes del servicio de radiodifusin por satlite en la banda de frecuencias 21,4-22 GHz en las Regiones 1 y 3 para mejorar el acceso equitativo a esta banda de frecuencias .................................... 354
RESOLUCIN 556 (CMR-15) Conversin de todas las asignaciones analgicas que figuran en el Plan y la Lista de los Apndices 30 y 30A para las Regiones 1 y 3 en asignaciones digitales ........................................... 356
RESOLUCIN 557 (CMR-15) Consideracin de la posible revisin del Anexo 7 al Apndice 30 del Reglamento de Radiocomunicaciones .................... 357
RESOLUCIN 608 (REV.CMR-15) Uso de la banda de frecuencias de 1 215-1 300 MHz por sistemas del servicio de radionavegacin por satlite (espacio-Tierra) .................................................................................. 359
RESOLUCIN 646 (REV.CMR-15) Proteccin pblica y operaciones de socorro ......... 361
RESOLUCIN 647 (REV.CMR-15) Aspectos de las radiocomunicaciones, incluidas directrices sobre gestin del espectro para la alerta temprana, la prediccin, deteccin y mitigacin de los efectos de las catstrofes y las operaciones de socorro relacionadas con las emergencias y las catstrofes ........................................................................................... 367
RESOLUCIN 655 (CMR-15) Definicin de escala de tiempo y difusin de seales horarias a travs de sistemas de radiocomunicaciones ....................... 372
RESOLUCIN 656 (CMR-15) Posible atribucin al servicio de exploracin de la Tierra por satlite (activo) para sondas de radar en vehculos espaciales en la gama de frecuencias alrededor de 45 MHz .................................... 375
RESOLUCIN 657 (CMR-15) Necesidades de espectro y proteccin de sensores meteorolgicos espaciales .................................................................. 377
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RESOLUCIN 658 (CMR-15) Atribucin de la banda de frecuencias 50-54 MHz al servicio de aficionados en la Regin 1 ............................................... 379
RESOLUCIN 659 (CMR-15) Estudios para atender las necesidades del servicio de operaciones espaciales de satlites de la rbita de los satlites no geoestacionarios con misiones de corta duracin .............................. 380
RESOLUCIN 705 (REV.CMR-15) Proteccin mutua de los servicios de radiocomunicacin que funcionan en la banda de frecuencias 70-130 kHz ......................................................................................... 382
RESOLUCIN 739 (REV.CMR-15) Compatibilidad entre el servicio de radioastronoma y los servicios espaciales activos en ciertas bandas de frecuencias adyacentes o prximas ............................................... 384
RESOLUCIN 741 (REV.CMR-15) Proteccin del servicio de radioastronoma en la banda de frecuencias 4 990-5 000 MHz contra las emisiones no deseadas del servicio de radionavegacin por satlite (espacio-Tierra) que funciona en la banda de frecuencias 5 010-5 030 MHz ............................................................................... 390
RESOLUCIN 748 (REV.CMR-15) Compatibilidad entre el servicio mvil aeronutico (R) y el servicio fijo por satlite (Tierra-espacio) en la banda de frecuencias 5 091-5 150 MHz ............................................................ 392
RESOLUCIN 749 (REV.CMR-15) Utilizacin de la banda de frecuencias 790-862 MHz en pases de la Regin 1 y la Repblica Islmica del Irn para aplicaciones del servicio mvil y otros servicios ....................... 394
RESOLUCIN 750 (REV.CMR-15) Compatibilidad entre el servicio de exploracin de la Tierra por satlite (pasivo) y los servicios activos pertinentes ....... 399
RESOLUCIN 759 (CMR-15) Estudios tcnicos sobre la coexistencia del servicio de radiolocalizacin y los servicios de aficionados, aficionados por satlite y radioastronoma en la banda de frecuencias 76-81 GHz .... 404
RESOLUCIN 760 (CMR-15) Disposiciones relativas a la utilizacin de la banda de frecuencias 694-790 MHz en la Regin 1 por el servicio mvil, salvo mvil aeronutico, y por otros servicios ............................................ 405
RESOLUCIN 761 (CMR-15) Compatibilidad de las telecomunicaciones mviles internacionales y el servicio de radiodifusin por satlite (sonora) en la banda de frecuencias 1 452-1 492 MHz en las Regiones 1 y 3 ...... 410
RESOLUCIN 762 (CMR-15) Aplicacin de criterios de densidad de flujo de potencia para evaluar el potencial de interferencia perjudicial con arreglo al nmero 11.32A para las redes del servicio fijo por satlite y del servicio de radiodifusin por satlite en las bandas de frecuencias 6 GHz y 10/11/12/14 GHz no sujetas a un Plan ................................. 412
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RESOLUCIN 763 (CMR-15) Estaciones a bordo de vehculos suborbitales ................. 415
RESOLUCIN 764 (CMR-15) Examen de las repercusiones tcnicas y reglamentarias de incorporar por referencia las Recomendaciones UIT-R M.1638-1 y UIT-R M.1849-1 en los nmeros 5.447Fy 5.450A del Reglamento de Radiocomunicaciones .................................................................... 417
RESOLUCIN 765 (CMR-15) Establecimiento de lmites de potencia en la banda de frecuencias para las estaciones terrenas que funcionan en el servicio mvil por satlite, el servicio de meteorologa por satlite y el servicio de exploracin de la Tierra por satlite en las bandas 401-403 MHz y 399,9-400,05 MHz ................................................... 419
RESOLUCIN 766 (CMR-15) Consideracin de la posible conversin de ttulo secundario a primario de la atribucin al servicio de meteorologa por satlite (espacio-Tierra) y de una atribucin a ttulo primario al servicio de exploracin de la Tierra por satlite (espacio-Tierra) en la banda de frecuencias 460-470 MHz ............................................... 421
RESOLUCIN 767 (CMR-15) Estudios relativos a la identificacin de espectro para su utilizacin por las administraciones para aplicaciones de los servicios mvil terrestre y fijo que funcionan en la gama de frecuencias 275-450 GHz ................................................................... 424
RESOLUCIN 809 (CMR-15) Orden del da de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2019 ........................................................... 426
RESOLUCIN 810 (CMR-15) Orden del da preliminar de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2023 ........................................................... 430
RESOLUCIN 901 (REV.CMR-15) Determinacin de la separacin del arco orbital para la que ser necesaria la coordinacin entre dos redes de satlites que funcionen en un servicio espacial no sujeto a ningn Plan ......... 432
RESOLUCIN 903 (REV.CMR-15) Medidas transitorias para determinados sistemas del servicio de radiodifusin por satlite o del servicio fijo por satlite en la banda de frecuencias 2 500-2 690 MHz ........................ 434
RESOLUCIN 906 (REV.CMR-15) Presentacin electrnica de notificaciones para los servicios terrenales a la Oficina de Radiocomunicaciones e intercambio de datos entre administraciones ..................................... 436
RESOLUCIN 907 (REV.CMR-15) Utilizacin de medios electrnicos modernos de comunicacin para la correspondencia administrativa relativa a la publicacin anticipada, la coordinacin y la notificacin de redes de satlites, especialmente las relacionadas con los Apndices 30, 30A y 30B, estaciones terrenas y estaciones de radioastronoma .............. 439
RESOLUCIN 908 (REV.CMR-15) Presentacin y publicacin en formato electrnico de las notificaciones de redes de satlite ............................................ 441
RESOLUCIN 958 (CMR-15) Estudios urgentes necesarios para la preparacin de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2019 ................... 442
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Recomendaciones RECOMENDACIN 75 (REV.CMR-15) Estudio de la frontera entre los dominios
fuera de banda y no esencial de los radares primarios que utilizan magnetrones ................................................................. 447
RECOMENDACIN 207 (REV.CMR-15) Futuros sistemas IMT ................................... 448
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Prembulo La Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2012) resolvi, en su Resolucin 807 (CMR-12), recomendar al Consejo de la UIT la celebracin de una Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones en 2015 con una duracin de cuatro semanas.
En su reunin de 2012, el Consejo, mediante su Resolucin 1343, estableci el orden del da y resolvi que la Conferencia se celebrase en Ginebra del 2 al 27 de noviembre de 2015. El orden del da, las fechas y el lugar de celebracin fueron aprobados por la mayora necesaria de los Estados Miembros de la Unin.
La Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15) se reuni en Ginebra durante el periodo estipulado y realiz sus trabajos de conformidad con el orden del da, aprobado por el Consejo. Adopt una revisin del Reglamento de Radiocomunicaciones y de los Apndices al mismo, que figura en estas Actas Finales.
De acuerdo con su orden del da, la Conferencia tom asimismo otras decisiones que consider necesarias o apropiadas, incluido el examen y la revisin de Resoluciones y Recomendaciones existentes y adopt las nuevas Resoluciones y Recomendaciones que figuran en estas Actas Finales.
La mayora de las disposiciones revisadas por la CMR-15 e incluidas en la revisin del Reglamento de Radiocomunicaciones a que se hace referencia en el presente Prembulo entrarn en vigor el 1 de enero de 2017; las disposiciones restantes se aplicarn a partir de las fechas indicadas en las Resoluciones enumeradas en el Artculo 59 del Reglamento de Radiocomunicaciones revisado.
Al firmar el presente texto revisado del Reglamento de Radiocomunicaciones incluido en estas Actas Finales y sujeto a la aprobacin de sus autoridades competentes, los delegados declaran que, si un Estado Miembro de la Unin formula reservas con respecto a la aplicacin de una o varias disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones revisado, ningn otro Estado Miembro estar obligado a observar esa o esas disposiciones en sus relaciones con el Estado Miembro que haya formulado las reservas.
_______________
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los delegados de los Estados Miembros de la Unin Internacional de Telecomunicaciones mencionados a continuacin firman, en nombre de sus autoridades competentes respectivas, las presentes Actas Finales en un ejemplar. En caso de controversia, el texto francs dar fe. Este ejemplar quedar depositado en los archivos de la Unin. El Secretario General enviar copia certificada conforme del mismo a cada uno de los Estados Miembros de la Unin Internacional de Telecomunicaciones.
En Ginebra, a 27 de noviembre de 2015
AF
XVI
Por Afganistn: Hassam BARYALAI Naqibullah SAILAB
Por la Repblica de Albania: Milena HARITO Filloreta KODRA Alban KARAPICI Fatjon DEMNER Loreta ANDONI Piro BRACO (KOCI)
Por la Repblica Argelina Democrtica y Popular: Boudjemaa DELMI
Por la Repblica Federal de Alemania: Susanne DING Thomas EWERS Alexander KHN
Por la Repblica de Angola: Apolinrio Jorge CORREIA
Por el Reino de Arabia Saudita: Habeeb K. AL-SHANKITI Majed Abdulaziz M. ALKAHTANI Ali Sager ALAMRI Abdulrahman Khader M. ALSHAIBANI Mohammed A. AL ABDULQADER Turki M. YOUSEF Turki ALHARBI Fahad Abdullah ALAYAF Radhi A. ALHAMAD Fahad Mater ALOTAIBI
Por la Repblica Argentina: Juan Alberto MASCIOTRA Jos LEVI Mara Cristina LOZADA Matias CATTANEO Gustavo FERNNDEZ
AF
XVII
Por la Repblica de Armenia: Albert NALBANDIAN Konstantin KURBANYAN Narek HAKOBYAN
Por Australia: Maureen Cronin CAHILL Giles TANNER Christopher HOSE Neil MEANEY
Por Austria: Franz ZIEGELWANGER Ernst CERNY Florian CZICZATKA
Por la Repblica Azerbaiyana: Gulam ABDULLAYEV Shamil GASIMZADE
Por la Commonwealth de las Bahamas Randol DORSETT Waldon RUSSELL
Por el Reino de Bahrein: Hasan ALI
Por la Repblica Popular de Bangladesh: Md Wahid Uz ZAMAN
Por Barbados: Reginald BOURNE Clifford BOSTIC
Por la Repblica de Belars: Dzmitry SHEDKO Dzmitry KORZUN Zinaida AKSIONAVA Olga DASHKEVICH Irina DIVAKOVA Sergey DUDAREV Aleksei IVASHKIN Liudmila MATSEVILO Siarhei NOVIKAU
AF
XVIII
Evgeny PASHKEVICH Yury SIAMASHKA
Por Blgica: Michael VANDROOGENBROEK Frederic PIERARD
Por Belize John AVERY Justin BARROW Renell ALAMILLA Andrew ROBATEAU
Por la Repblica de Benin: D. Ambroise ZINSOU Ludovic BEHANZIN
Por Bosnia y Herzegovina: Lucija LJUBIC LEPINE
Por la Repblica de Botswana: Cecil MASIGA Tshoganetso KEPALETSWE Bathopi LUKE Thapelo MARUPING Ogotseng MOGOPODI Basebi MOSINYI Pako RALEHIKA-PHIRI Calvin GOILETSWE Thari PHEKO Joseph MATHAMBO Meshack MOSIME
Por la Repblica Federativa del Brasil: Tarcisio Aurlio BAKAUS Raphael GARCIA DE SOUZA Diana TOMIMURA
Por Brunei Darussalam: Hairul ABDUL KARIM Hjh Yusrina HAJI MAT YUSSOF Norrinnah Qaisyarah ABDULLAH ENGKARIN
Por la Repblica de Bulgaria: Dimitar DIMITROV
AF
XIX
Por Burkina Faso: Nbila Amadou YARO Evelyne ILBOUDO Richard ANAGO Abdoulaye OUEDRAOGO Pousbilo OUEDRAOGO Arnaud Arzouma Germain DAMIBA Rabi Jrmie ILBOUDO Di SANOU
Por la Repblica de Burundi: Pierre Claver NDAYIRAGIJE
Por la Repblica de Cabo Verde David GOMES Ana Cristina LIMA
Por el Reino de Camboya Channmeta KAN
Por la Repblica de Camern Minette LIBOM LI LIKENG Martin Francis ZOGO MBOLE Silvestre NOUBISSIE Didier KABA ALIGUEN Cornelius FOTINDONG FONZOUK Batholomew GA-AKEKU Solomon Enoma TATAH Jean-Louis BEH MENGUE Aboubakar ZOURMBA El Hadjar ABDOURAMANE Awallou MOUHAMADOU Raymond AYENE Grard ONDOUA Boniface TAKOU Djodji AHMADOU
Por Canad: Marc GIROUARD
AF
XX
Por la Repblica Centroafricana: Koumba BOUNANDELE Charles BANGA-ZOE Syntiche NALIMBI-NGOKI Paul Vincent MARBOUA
Por Chile: Raul LAZCANO
Por la Repblica Popular de China: Feibo XIE
Por la Repblica de Chipre: Polycarpos ARGYROU Alexis THEODOTOU
Por el Estado de la Ciudad del Vaticano: Sandro PIERVENANZI
Por la Repblica de Colombia: Beatriz LONDOO SOTO
Por la Repblica de Corea Hyangsuk SEONG Song-Wan HONG Jonghyeuk LEE
Por Costa Rica: Elayne WHYTE Erick SANABRIA Glenn FALLAS Gustavo MIRANDA
Por la Repblica de Cte d'Ivoire: Kouadio ADJOUMANI Angaman KESSE
Por la Repblica de Croacia: Vesna BATISTIC KOS Kreo ANTONOVI Zeljko TABAKOVIC
Por Cuba: Ana Julia MARINE LPEZ Manuel ZAYAS MARTNEZ
AF
XXI
Por Dinamarca: Robert LINDGAARD Henning ANDERSEN Peter Marlau KNUDSEN
Por la Repblica de Djibouti: Ahmed YOUSSOUF ELMI
Por la Repblica Dominicana: Carlos CEPEDA
Por la Repblica rabe de Egipto: Elsayed Elsayed AZZOUZ Wael SAYED Mohamed SOLIMAN Mohamed Ali EL MOGHAZI
Por la Repblica de El Salvador: Edgard Eduardo RODAS ABARCA
Por los Emiratos rabes Unidos: Hamad Obaid ALMANSOURI Majed Sultan ALMESMAR Tariq AL AWADHI Saleh AL MASABI Khalid AL AWADHI Mohammed AL MAZROUEI Sultan AL BALOOSHI
Por Ecuador: Len Pablo AVILS Harold MIRANDA
Por Espaa: Antonio FERNNDEZ PANIAGUA Julia Inmaculada CRIADO Celestino MENNDEZ ARGELLES
Por la Repblica de Estonia: Priit SOOM
Por los Estados Unidos de Amrica: Decker ANSTROM Julie ZOLLER
Por la Federacin de Rusia: Rashid ISMAILOV
AF
XXII
Por la Repblica de Fiji Ajendra PRATAP
Por Finlandia: Jarno ILME Petri LEHIKOINEN Pasi TOIVONEN
Por Francia: Jean-Pierre LE PESTEUR Eric FOURNIER
Por la Repblica Gabonesa: Pastor NGOUA N`NEME Lin MOMBO Jean Clotaire ELANGMANE
Por Georgia: Sergo SHAVGULIDZE
Por Ghana: Albert Ebenezer ENNINFUL Henry KANOR Florence MARTEY Emmanuel OFORI
Por Grecia: Stavros KALAFATIDIS Georgios SYNNEFAKIS
Por la Repblica de Guatemala: Flix Eduardo BARRIOS LPEZ Marco Antonio ESCALANTE HERRERA
Por la Repblica de Guinea: Moustapha Mamy DIABY Nfa Ousmane CAMARA Moussa KEITA
Por la Repblica de Guinea-Bissau Clode SANHA Pedrinho S
AF
XXIII
Por Hungra: Emlia ULELAY Zsuzsanna Erzsbet MAKARA Pter VRI Irn BLINT Pter GL Lszl KORONCZ Jnos BALOGH Tams PUSS Peter MAJOR
Por la Repblica de la India: Peeyush AGRAWAL Vinod Vihari SINGH Sukhpal SINGH Ashutosh PANDEY S. K. GUPTA P. V. KUMARAMOHAN K. KAMARAJU
Por la Repblica de Indonesia: Triyono WIBOWO Muhammad Budi SETIAWAN
Por la Repblica Islmica del Irn: Ali Asghar AMIDIAN Alireza DARVISHI
Por la Repblica del Iraq: Mohammed NOORI
Por Irlanda: Rory HINCHY Samuel RITCHIE
Por Islandia Hrdur HARDARSON Thorleifur JNASSON
Por el Estado de Israel: Shaul KATZ Judith GALILEE-METZER Henry MEYERHOFF
AF
XXIV
Por Italia: Eva SPINA Francesco AGELLO Antonio VELLUCCI Domenico SPOTO
Por Jamaica Wayne MCCOOK
Por Japn: Kansuke NAGAOKA
Por el Reino Hachemita de Jordania: Joma ALTAYEB
For the Republic of Kazajstn: Gulnara BUKEYEVA
Por la Repblica de Kenya: Abraham Ondeng OGAYE Andrew KIHURANI Francis W. WANGUSI Daniel OBAM Leo Kibet BORUETT
Por el Estado de Kuwait: Rashed AL OTHAINAH
Por la Repblica Democrtica Popular Lao: Hiem PHOMMACHANH
Por el Reino de Lesotho: Motlatsi Johannes MONYANE Lephoi NTSOEBEA
Por la Repblica de Letonia: Edmunds BELSKIS Janis KARKLINS
Por Lbano: Abdulmunhem YOUSSEF Majeed ABDULRAHMAN Antoine AOUN Yvonne SLEIMAN Khaled MAWAS
AF
XXV
Por la Repblica de Liberia: Angelique WEEKS
Por el Principado de Liechtenstein: Kurt BHLER
Por la Repblica de Lituania: Mindaugas ZILINSKAS
Por Luxemburgo: Anne BLAU Claude RISCHETTE
Por Malasia: Che Azemi HARON Norizan BAHARIN
Por Malawi: Justin SAIDI Clement Chinthu PHIRI Francis BISIKA Lloyd - Leyd MOMBA George KASAKULA
Por la Repblica de Mal: Choguel Kokalla MAIGA
Por Malta: John Paul GRECH Adrian GALEA
Por el Reino de Marruecos: Mohammed AUAJJAR Sidi Mohammed DRISSI MELYANI Hassan TALIB Sana ZAIRI Ismail SEMBATI Nabila EL MERNISSI Mohamed OUHADDOU Abdelilah TALEB Aroua HADANI Nabil KHALIL
Por la Repblica Islmica de Mauritania: Ahmed OULD MOHAMEDOU
AF
XXVI
Por Mxico: Andrs DE LA CRUZ
Por los Estados Federados de Micronesia: Wayne WHYTE
Por la Repblica de Moldova: Teodor CICLICCI Sergiu VOITOVSCHII
Por el Principado de Mnaco: Carole LANTERI
Por Mongolia: Gantugs TSEGMID
Por Montenegro: Marinela LAZAREVIC Amir MOLAZECIROVIC
Por la Repblica de Mozambique: Amrico MUCHANGA Martins Simio LANGA Virglio VARELA Francisco GIROTH Nomia da Graa LOURENO
Por la Repblica de Namibia: Sabine BHLKE-MLLER Festus MBANDEKA Jochen TRAUT Emilia NGHIKEMBUA Regina LE GRANGE Severinus KAULINGE
Por la Repblica Democrtica Federal de Nepal Sunil Bahadur MALLA
Por Nicaragua Juan Carlos MORALES CANO
Por la Repblica del Nger: Salou ABDOU Fati Djibo SIDIKOU
AF
XXVII
Por la Repblica Federal de Nigeria: Abdul-Raheem Adebayo SHITTU Umaru Garba DANBATTA Festus Yusufu Narai DAUDU Kilyobas Nyobanga BINGA Aminu TUKUR Kenneth Oguejiofor UZOEKWE Babagana Mallambe MUSTAPHA Charles Chike ASADU Joseph Ogoigbe AIGBAVBOA Usman MALAH Augustine Kaonyegwachie NWAULUNE Usman Aliyu MAHMUD Fidelis Ikechukwu ONAH
Por Noruega: John-Eivind VELURE Anton BOLSTAD
Por Nueva Zelandia: Kit Ming Tommy CHEE Cristian GOMEZ
Por la Sultana de Omn: Hamad AL-RAWAHI Yousuf AL BALUSHI Jamal AL MAHROOQI Mohammed AL BADI
Por la Repblica de Uganda: Godfrey MUTABAZI Vincent KASANGAKI Charles Lwanga AUK Patrick MWESIGWA Geoffrey SENGENDO Christine MUGIMBA Henry MUGABI Priscilla NAMUGERWA
Por la Repblica de Uzbekistn: Almira GATAULINA Anvarkhodja KADIROV Avaz KHASHIMKHODJAEV
AF
XXVIII
Por la Repblica Islmica del Pakistn: Saad Zaman ASIF
Por Papua Nueva Guinea: Kila GULO-VUI Panny Yankee YOKOPE Gibson TITO Hans Junior ADEG Flierl SHONGOL Tedros Aklilu LEMMA
Por la Repblica del Paraguay: Mirian Teresita PALACIOS
Por el Reino de los Pases Bajos: Fokko BOS Aljo VAN DIJKEN
Por Per Ana Teresa LECAROS TERRY
Por la Repblica de Filipinas: Pricilla DEMITION Arnel TALISAYON Jurmobin BADDIRI Jayroma Paula BAYOTAS
Por la Repblica de Polonia: Jerzy BAURSKI Wiktor SEGA Grzegorz LEWANDOWSKI Zbigniew BREWCZYNSKI
Por Portugal: Hlder DE VASCONCELOS Maria Lusa MENDES Jaime AFONSO
Por el Estado de Qatar: Noor AL SADA Mohammed AL MANNAI Saleh AL-KUWARI
AF
XXIX
Mohammad SADEQ Faisal AL SHUAIBI Ibrahim Abdulla ALI
Por la Repblica rabe Siria: Yahya ABDALLAH Manhal ISKANDAR Mahmoud AL HINDI
Por la Repblica Democrtica del Congo: Thomas LUHAKA LOSENDJOLA
Por la Repblica Kirguisa: Belek RYSPAEV
Por la Repblica Popular Democrtica de Corea: Chang Myong PAEK
Por la Repblica Eslovaca: Vladimir KESJAR
Por la Repblica Checa: Jaromir NOVAK
Por Rumania: Marius Ctlin MARINESCU Cristian Bogdan IANA
Por el Reino Unido de Gran Bretaa e Irlanda del Norte: Stephen Michael TALBOT Christopher WOOLFORD
Por la Repblica de Rwanda: Patrick NYIRISHEMA Jean-Baptiste MUTABAZI Christian TUYISHIME AHORANAYEZU James MUSINGUZI Georges KWIZERA
Por la Repblica de San Marino: Michele GIRI
AF
XXX
Por la Repblica del Senegal: Modou Mamoune NGOM Abdoul Karim SALL Mansour FAYE Abdou NDIAYE El Hadj Moda SEYE
Por la Repblica de Serbia: Irini RELJIN
Por la Repblica de Singapur: Cheow Yong LEE Wee Loong, Henry FOO Zhi Guo LIM
Por la Repblica de Eslovenia: Meta PAVSEK-TASKOV
Por la Repblica del Sudn: Mustafa ABDELHAFIZ
Por la Repblica de Sudn del Sur: Dut DEDUT
Por la Repblica Socialista Democrtica de Sri Lanka: Ravinatha ARYASINHA
Por la Repblica Sudafricana: Siyabonga Cyprian CWELE
Por Suecia: Anders JNSSON
Por la Confederacin Suiza: Philippe HORISBERGER Ren TSCHANNEN Alexandre KHOLOD
Por el Reino de Swazilandia: Thulani FAKUDZE
Por la Repblica Unida de Tanzana: Ally Yahaya SIMBA
AF
XXXI
Por la Repblica del Chad: Abbas Malloum BAMANGA Clment YONOUDJOUM Sileck ABDELKERIM ABOGOUROU Nazaire NDORDJI Haggar BACHAR SALIM Mahamat Acyl ACYL Poka BOBE
Por Tailandia: Songporn KOMOLSURADEJ
Por la Repblica Togolesa: Abayeh BOYODI
Por Tnez: Sadok TOUMI
Por Turqua: mer Fatih SAYAN
Por Ucrania: Leonid YEVDOCHENKO
Por la Repblica Oriental del Uruguay: Hctor BUD
Por la Repblica Bolivariana de Venezuela: Jess RIVERA
Por la Repblica Socialista de Viet Nam: Pham Hong HAI
Por la Repblica de Zambia: Patrick MUTIMUSHI
Por la Repblica de Zimbabwe: Samuel Muchineripi KUNDISHORA Baxton SIREWU Tapera Christopher KAZEMBE Revai MUKURUBA Cleophas MUKWASHI Melton Muchineripi PHIRI
AF
XXXIII
Protocolo Final Lista de pases clasificados segn el orden alfabtico y el nmero de sus declaraciones y reservas:
Alemania (Repblica Federal de) (36, 97, 100, 110, 119)
Arabia Saudita (Reino de) (41, 87)
Argelia (Repblica Argelina Democrtica y Popular) (52, 87)
Argentina (Repblica) (2)
Armenia (Repblica de) (83)
Australia (59, 110, 119)
Austria (36, 100, 119)
Azerbaiyana (Repblica) (70)
Bahrein (Reino de) (34, 87)
Bangladesh (Repblica Popular de) (98)
Barbados (15)
Belars (Repblica de) (83)
Blgica (36, 100)
Botswana (Repblica de) (82)
Brasil (Repblica Federativa del) (23)
Brunei Darussalam (5)
Bulgaria (Repblica de) (36, 100)
Burkina Faso (14)
Burundi (Repblica de) (38)
Camboya (Reino de) (42)
Camern (Repblica de) (73)
Canad (20, 110, 119)
Ciudad del Vaticano (Estado de la) (27, 100)
Colombia (Repblica de) (37)
Corea (Repblica de) (40, 108)
Costa Rica (65)
Cte d'Ivoire (Repblica de) (77)
Croacia (Repblica de) (36, 100, 110)
AF
XXXIV
Cuba (58)
Chile (62)
China (Repblica Popular de) (26, 113)
Chipre (Repblica de) (8, 36, 100)
Dinamarca (36, 100)
Dominicana (Repblica) (53)
Ecuador (51)
Egipto (Repblica rabe de) (33, 103)
Emiratos rabes Unidos (79, 87)
Eslovenia (Repblica de) (36, 100, 105, 119)
Espaa (24, 36, 68, 100, 114)
Estados Unidos de Amrica (48, 110, 111, 115, 119)
Estonia (Repblica de) (36, 95, 100, 119)
Federacin de Rusia (83, 85, 107)
Filipinas (Repblica de) (78)
Finlandia (36, 95, 100, 110)
Francia (36, 63, 100, 110)
Gabonesa (Repblica) (6)
Georgia (1, 95, 100, 119)
Ghana (Repblica de) (10)
Grecia (36, 80, 100, 101)
Guatemala (Repblica de) (13)
Guinea (Repblica de) (56)
Hungra (Repblica de) (36, 99, 100, 110)
India (Repblica de la) (69)
Indonesia (Repblica de) (29)
Irn (Repblica Islmica del) (75, 76, 87)
Iraq (Repblica del) (84, 87)
Irlanda (36, 100, 110)
Islandia (39, 100)
AF
XXXV
Israel (Estado de) (57, 117)
Italia (24, 32, 36, 100)
Jamaica (89)
Japn (35, 110)
Jordania (Reino Hachemita de) (22)
Kazajstn (Repblica de) (83)
Kenya (Repblica de) (44)
Kuwait (Estado de) (47, 87)
Lesotho (Reino de) (54)
Letonia (Repblica de) (36, 95, 100, 119)
Lbano (87, 116)
Liechtenstein (Principado de) (39, 100)
Lituania (Repblica de) (36, 95, 100, 119)
Luxemburgo (36, 100, 110, 119)
Malasia (7)
Malawi (21)
Mal (Repblica de) (31)
Malta (36, 100)
Marruecos (Reino de) (55, 87, 109)
Mauritania (Repblica Islmica de) (43, 87)
Mxico (81)
Micronesia (Estados Federados de) (49, 112)
Moldova (Repblica de) (83, 95, 100, 119)
Mnaco (Principado de) (100)
Mozambique (Repblica de) (28)
Nger (Repblica del) (46)
Nigeria (Repblica Federal de) (18)
Noruega (39, 71, 100, 110)
Nueva Zelandia (19, 110)
Omn (Sultana de) (25, 87)
AF
XXXVI
Pases Bajos (Reino de los) (36, 71, 100, 110, 119)
Pakistn (Repblica Islmica del) (87)
Papua Nueva Guinea (45)
Paraguay (Repblica del) (17)
Polonia (Repblica de) (36, 95, 100, 119)
Portugal (36, 100, 118)
Qatar (Estado de) (87)
Reino Unido de Gran Bretaa e Irlanda del Norte (36, 71, 100, 106, 110, 119)
Repblica rabe Siria (12)
Repblica Checa (36, 100)
Repblica Eslovaca (36, 100)
Repblica Kirguisa (83)
Rumania (36, 88, 100, 119)
Rwanda (Repblica de) (30)
San Marino (Repblica de) (16)
Senegal (Repblica del) (72)
Singapur (Repblica de) (3)
Sudafricana (Repblica) (93)
Sudn (Repblica del) (66, 87)
Sudn del Sur (Repblica de) (96)
Suecia (36, 92, 100, 110, 119)
Suiza (Confederacin) (60, 100, 110)
Tailandia (50, 102)
Tanzana (Repblica Unida de) (64)
Togolesa (Repblica) (74)
Tnez (87, 104)
Turqua (67, 100, 120)
Ucrania (86)
Uganda (Repblica de) (61)
Uruguay (Repblica Oriental del) (11)
AF
XXXVII
Uzbekistn (Repblica de) (83)
Venezuela (Repblica Bolivariana de) (9)
Viet Nam (Repblica Socialista de) (91)
Zambia (Repblica de) (4)
Zimbabwe (Repblica de) (94)
AF
XXXIX
Declaraciones y reservas1
En el acto de proceder a la firma de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), los delegados que suscriben toman nota de las declaraciones y reservas siguientes formuladas al final de la Conferencia:
1 Original: ingls
De Georgia: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15, Ginebra), la Delegacin de Georgia declara que reserva para su Gobierno el derecho de: tomar cuantas medidas considere necesarias para proteger sus intereses si cualquier
Estado Miembro de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT) no cumple plenamente o viola las disposiciones y Resoluciones que figuran en las Actas Finales y el derecho soberano de Georgia, o si las actuaciones o reservas de otros Estados Miembros comprometiesen de algn modo los servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones de Georgia;
tomar cualquier accin y medida preventiva que juzgue necesaria para reglamentar sus redes de telecomunicaciones y radiocomunicaciones internas en el territorio de Georgia de conformidad con la legislacin nacional vigente y los actos legislativos internacionales. A este respecto, se considerar ilegal el funcionamiento de todos los equipos de radiofrecuencia y dispositivos radioelctricos y electrnicos en el territorio de Georgia sin una licencia expedida por la institucin gubernamental autorizada de Georgia.
_______________ 1 Nota del Secretario General Los textos del Protocolo Final estn agrupados por orden cronolgico de su depsito.
En el ndice estn clasificados por orden alfabtico los nombres de los Estados Miembros que las han formulado.
AF
XL
2 Original: espaol
De la Repblica Argentina: La Repblica Argentina reitera sus legtimos derechos de soberana sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios martimos circundantes que son parte integrante de su territorio nacional y, estando ilegtimamente ocupados por el Reino Unido de Gran Bretaa e Irlanda del Norte, son objeto de una disputa de soberana entre ambos pases.
La Asamblea General de las Naciones Unidas ha adoptado las Resoluciones 2665 (XX), 3160 (XVIII), 31/49, 37/09, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25, en las que reconoce la existencia de una disputa de soberana referida a la Cuestin de las Islas Malvinas e insta a los Gobiernos de la Repblica Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaa e Irlanda del Norte a que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solucin pacfica, justa y definitiva de la controversia.
Por su parte, el Comit Especial de Descolonizacin de las Naciones Unidas se ha pronunciado reiteradamente en igual sentido, ms recientemente a travs de la Resolucin adoptada el 25 de junio de 2015. Asimismo, la Asamblea General de la Organizacin de los Estados Americanos adopt el 16 de junio de 2015, un nuevo pronunciamiento sobre la cuestin, que es declarada adems de inters hemisfrico permanente.
Asimismo, la Repblica Argentina declara que ninguna de las estipulaciones de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la UIT (Ginebra, 2015) deber interpretarse o aplicarse como afectando sus derechos sobre el Sector Antrtico Argentino, comprendido entre los meridianos de veinticinco grados (25) y setenta y cuatro grados (74) de longitud oeste y el paralelo de sesenta grados (60) de latitud sur, sobre el que ha proclamado y mantiene su soberana.
3 Original: ingls
De la Repblica de Singapur: La Delegacin de la Repblica de Singapur reserva para su Gobierno el derecho de tomar cuantas medidas considere oportunas para salvaguardar sus intereses en el caso de que otros Miembros de la Unin incumplan de cualquier modo las disposiciones de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), o si las reservas formuladas por otros Miembros de la Unin comprometen sus servicios de telecomunicacin, afectan su soberana o se traducen en un aumento de su parte contributiva a los gastos de la Unin.
AF
XLI
4 Original: ingls
De la Repblica de Zambia: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de la Repblica de Zambia declara: 1 que la Repblica de Zambia reserva para su Gobierno el derecho de tomar cuantas
medidas considere necesarias para proteger sus intereses si cualquier otro Estado Miembro de la Unin Internacional de Telecomunicaciones incumpliera de algn modo o no llevara a efecto las disposiciones de las Actas Finales del Reglamento de Radiocomunicaciones, o si reservas o declaraciones formuladas por otros Estados Miembros pusieran en peligro el funcionamiento adecuado de los servicios de telecomunicaciones de Zambia o afectaran directa o indirectamente a su soberana;
2 que no se considerar que la Delegacin de la Repblica de Zambia haya consentido en obligarse con respecto a la revisin del Reglamento de Radiocomunicaciones adoptada en la presente Conferencia, de no haber recibido la Unin Internacional de Telecomunicaciones una notificacin expresa de Zambia al respecto; y
3 que la Delegacin de Zambia se reserva el derecho de formular cualesquiera declaraciones o reservas o adoptar cualquier otra medida que considere adecuada, segn las necesidades, antes de proceder a la ratificacin de las Actas Finales.
5 Original: ingls
De Brunei Darussalam: La Delegacin de Brunei Darussalam reserva para su Gobierno el derecho de tomar todas las medidas que considere necesarias para proteger sus intereses en el caso de que otros Miembros de la Unin dejen de cumplir en alguna forma el Reglamento de Radiocomunicaciones modificado por las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), o formulen reservas que perjudiquen a los servicios de radiocomunicaciones o telecomunicaciones de Brunei Darussalam, afecten a su soberana o entraen un aumento de su contribucin al pago de los gastos de la Unin.
La Delegacin de Brunei Darussalam reserva adems para su Gobierno el derecho de formular las reservas adicionales que considere necesarias hasta el momento inclusive de la ratificacin de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015).
AF
XLII
6 Original: francs
De la Repblica Gabonesa: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, celebrada en Ginebra (Suiza) del 2 al 27 de noviembre de 2015, la Delegacin de la Repblica Gabonesa reserva para su Gobierno el derecho de: 1 adoptar todas las medidas necesarias para proteger sus intereses en el caso de que algn
Estado Miembro no respete en forma alguna las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, as como los instrumentos de enmienda aprobados por la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), o si las reservas formuladas por otros Estados Miembros, en el curso de la presente Conferencia, comprometen el funcionamiento de sus servicios de telecomunicacin;
2 aceptar o no las consecuencias financieras que pudieran entraar esas reservas; 3 formular todas las dems reservas que estime necesarias hasta el momento del depsito
de los instrumentos de ratificacin.
7 Original: ingls
De Malasia: La Delegacin de Malasia en la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015): 1 se reserva el derecho de adoptar cualquier accin o medida preventiva que considere
necesaria para proteger sus intereses nacionales si las Actas Finales de esta Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015) afectasen directa o indirectamente a su soberana o contraviniesen las disposiciones de la Constitucin, las Leyes y los Reglamentos de Malasia existentes o que puedan inferirse de algn principio del derecho internacional, o si las reservas formuladas por algn Miembro de la Unin comprometiesen los servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones de su pas o provocasen un aumento de su contribucin para sufragar los gastos de la Unin;
2 se reserva adems el derecho de formular las reservas que sean necesarias hasta el momento de la ratificacin de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015); y
3 declara que la firma de las Actas Finales de la presente Conferencia por la Delegacin de Malasia no es vlida para el Estado Miembro de la Unin que recibe el nombre de Israel, y que no implica en modo alguno su reconocimiento.
AF
XLIII
8 Original: ingls
De la Repblica de Chipre: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de la Repblica de Chipre reserva para su Gobierno el derecho de adoptar cuantas medidas considere necesarias para proteger sus intereses en el caso de que un Estado Miembro incumpla las disposiciones de las presentes Actas Finales o utilice sus servicios de radiocomunicaciones con fines contrarios a los estipulados en el Prembulo de la Constitucin de la Unin Internacional de Telecomunicaciones. Por consiguiente, la Repblica de Chipre se reserva el derecho de formular declaraciones o reservas adicionales al depositar sus instrumentos de ratificacin de las modificaciones aportadas al Reglamento de Radiocomunicaciones. No se considerar que la Repblica de Chipre haya consentido en obligarse con respecto a la revisin del Reglamento de Radiocomunicaciones adoptada en la presente Conferencia, de no haber recibido la Unin Internacional de Telecomunicaciones una notificacin expresa de la Repblica de Chipre al respecto.
9 Original: espaol
De la Repblica Bolivariana de Venezuela: La Delegacin de la Repblica Bolivariana de Venezuela reserva para su Gobierno, el derecho a adoptar cuantas medidas considere necesarias para proteger sus intereses, si otro pas no respeta de cualquier manera las condiciones especficas reflejadas en las Actas Finales de esta Conferencia, o si las reservas hechas por algn pas resultaren perjudiciales para los servicios de radiocomunicaciones de la Repblica Bolivariana de Venezuela.
AF
XLIV
10 Original: ingls
De Ghana: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), y tras haber tomado nota de las declaraciones formuladas por otras administraciones presentes en la Conferencia, la Delegacin de Ghana declara: 1 que reserva para su Gobierno el derecho soberano de adoptar cuantas medidas estime
necesarias para proteger sus intereses en el caso de que un Miembro de la Unin incumpla de alguna manera las disposiciones de la Constitucin y el Convenio de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT o las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015;
2 que en el caso de que la reserva formulada por cualquier Miembro de la Unin afectase directa o indirectamente al funcionamiento de sus servicios de telecomunicaciones, Ghana se reserva el derecho de tomar las medidas que considere necesarias;
3 que Ghana reitera e incorpora por referencia todas las declaraciones formuladas en todas las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones precedentes;
4 que la Delegacin de Ghana reserva para su Gobierno el derecho soberano de formular las declaraciones o reservas adicionales que considere necesarias hasta el momento de ratificar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 y durante dicha ratificacin.
La Delegacin de Ghana reserva adems para su Gobierno: el derecho a adoptar cualquier accin preventiva que considere necesaria para proteger
sus intereses en el caso de que algn Miembro no cumpliera en una u otra forma las disposiciones de la Constitucin o el Convenio de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (Conferencia de Plenipotenciarios, Busn, 2014), o si las reservas formuladas por un Miembro afectaran, directa o indirectamente, al funcionamiento de sus servicios de telecomunicaciones o a su soberana.
AF
XLV
11 Original: espaol
De la Repblica Oriental del Uruguay: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de la Repblica Oriental del Uruguay declara que reserva para su Gobierno el derecho a: adoptar las medidas que considere necesarias para proteger sus intereses en caso de que
otros Miembros de la Unin Internacional de Telecomunicaciones incumplan de cualquier modo las Actas Finales, sus Anexos y el Reglamento de Radiocomunicaciones o si las reservas formuladas por otros Miembros comprometen el buen funcionamiento de sus servicios de telecomunicaciones o la plenitud de sus derechos soberanos;
formular reservas adicionales, en virtud del Convenio de Viena sobre el Derecho de Tratados de 1969, a las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), en todo momento que juzgue oportuno entre la fecha de la firma y la fecha de la eventual ratificacin de los instrumentos internacionales que conforman dichas Actas Finales.
12 Original: rabe
De la Repblica rabe Siria: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 (Ginebra, CMR-15), la Delegacin de la Repblica rabe Siria reserva para el Gobierno de su pas los siguientes derechos, efectivos en el momento de depositar la aprobacin de dichos instrumentos: 1 el de confirmar todas las declaraciones escritas y verbales formuladas por su Delegacin
durante la presente Conferencia, por separado o conjuntamente con otras delegaciones de los Estados rabes participantes en la Conferencia, as como el de formular toda otra reserva adicional en el momento de proceder a la ratificacin;
2 el de tomar toda medida que considere necesaria para proteger sus intereses, en particular su derecho soberano a proteger las estaciones inalmbricas en su territorio contra las interferencias perjudiciales as como su territorio contra toda emisin inalmbrica que sea incompatible con sus derechos soberanos o que ponga en peligro su seguridad o sus valores culturales;
3 la firma de las Actas Finales se considerar vlida nicamente respecto de los Estados Miembros de la Unin Internacional de Telecomunicaciones que la Repblica rabe Siria reconoce.
AF
XLVI
13 Original: espaol
De la Repblica de Guatemala: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de la Repblica de Guatemala manifiesta: 1 Que la Administracin de Guatemala se reserva la adopcin de medidas que considere
necesarias de conformidad con su ordenamiento jurdico interno y al Derecho Internacional, para proteger sus intereses como resultado de la falta de observacin de estas Actas Finales por parte de otros Miembros de la Unin; o bien, se formulen reservas que perjudiquen la operacin de los servicios de telecomunicaciones dentro de su territorio.
2 Que la Administracin de Guatemala se reserva adems, el derecho de enmendar sus reservas y declaraciones anteriores as como formular nuevas, al momento que decida depositar ante la Unin Internacional de Telecomunicaciones su consentimiento a quedar vinculada a las reformas al Reglamento de Radiocomunicaciones que adopte la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones 2015.
14 Original: francs
De Burkina Faso: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15) de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT), celebrada en Ginebra (Suiza), del 2 al 27 de noviembre de 2015, la Delegacin de Burkina Faso reserva para su Gobierno el derecho soberano de: 1 emprender todas las medidas y acciones necesarias para garantizar sus intereses en caso
de que otros pases no observaran, en forma alguna, las condiciones expresadas en las Actas Finales, o si las reservas formuladas por otros pases son en perjuicio o atentan contra los intereses de Burkina Faso;
2 adems, Burkina Faso se reserva el derecho a formular reservas y declaraciones especficas antes de la ratificacin de las Actas Finales.
AF
XLVII
15 Original: ingls
De Barbados: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, la Delegacin de Barbados reserva para su Gobierno el derecho de adoptar todas las medidas que estime necesarias para proteger sus intereses si cualquier otro pas no respetara de alguna manera las condiciones especificadas en las Actas Finales o si las declaraciones formuladas por otro pas perjudicaran o menoscabaran los intereses de Barbados. Por otra parte, Barbados se reserva el derecho de formular las reservas especficas adecuadas que sean necesarias a las Actas Finales adoptadas por la presente Conferencia hasta el momento de depositar los instrumentos de ratificacin apropiados.
16 Original: ingls
De la Repblica de San Marino: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de la Repblica de San Marino declara que reserva para su Gobierno el derecho de: 1 tomar cualquier accin y medida de preservacin que juzgue necesaria si las
consecuencias de las reservas formuladas por cualquier Estado Miembro pusieran en peligro los servicios de radiocomunicaciones de San Marino o afectaran a su soberana para cumplir las disposiciones de las Actas Finales, sus Anexos o el Reglamento de Radiocomunicaciones;
2 formular declaraciones o reservas a las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015) cuando deposite ante la Unin Internacional de Telecomunicaciones los instrumentos de ratificacin pertinentes.
AF
XLVIII
17 Original: espaol
De la Repblica del Paraguay: La Delegacin de la Repblica del Paraguay declara, al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones 2015 (CMR-15) de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT), que reserva para su Gobierno el derecho a: adoptar las medidas que considere necesarias para proteger sus intereses en casos de que
otros Miembros de la Unin Internacional de Telecomunicaciones incumplan de cualquier modo las Actas Finales o si las reservas formuladas por otros Miembros comprometen el buen funcionamiento de sus servicios de telecomunicaciones o la plenitud de sus derechos soberanos; y
formular reservas o declaraciones adicionales a los Instrumentos Internacionales que conforman estas Actas Finales, en todo momento que juzgue oportuno, entre la fecha de su firma y la fecha de su eventual ratificacin, en virtud de la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969.
Adems, declara que la Repblica del Paraguay slo se vincula con los Instrumentos Internacionales que conforman estas Actas Finales, cuando manifieste en forma expresa y debida su consentimiento en obligarse respecto a los mismos, y previo cumplimiento de los procedimientos constitucionales correspondientes.
18 Original: ingls
De la Repblica Federal de Nigeria: La Delegacin de la Repblica Federal de Nigeria ante la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT) (Ginebra, 2015), al firmar las Actas Finales de la Conferencia, reserva para su Gobierno el derecho de formular declaraciones y/o reservas hasta el momento de depositar su instrumento de ratificacin de las enmiendas al Reglamento de Radiocomunicaciones.
El Gobierno de la Repblica Federal de Nigeria se reserva adems el derecho de tomar las medidas que estime necesarias para proteger sus intereses en el caso de que otros Estados Miembros incumplieran las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones o si sus continuas reservas e incumplimientos comprometieran o afectaran el funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones/TIC de Nigeria.
AF
XLIX
19 Original: ingls
De Nueva Zelandia: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de Nueva Zelandia reserva para su Gobierno el derecho a tomar las medidas que considere necesarias para salvaguardar sus intereses si otro pas incumpliera en cualquier modo las condiciones especificadas en las presentes Actas Finales o si las reservas formuladas por otro pas perjudicaran o menoscabaran los intereses de Nueva Zelandia. Adems, Nueva Zelandia se reserva el derecho de formular reservas y declaraciones especficas adecuadas antes de la ratificacin de las Actas Finales.
20 Original: ingls
De Canad: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de Canad reserva para su Gobierno el derecho de adoptar cuantas medidas considere necesarias para proteger sus intereses si otro Estado Miembro de la Unin no respeta de cualquier forma las condiciones especificadas en las Actas Finales, o si las reservas formuladas por algn Estado Miembro fueran perjudiciales para los servicios de radiocomunicaciones de Canad.
La Delegacin de Canad declara adems que reserva para su Gobierno el derecho de formular declaraciones o reservas al depositar su instrumento de ratificacin de las enmiendas adoptadas en esta Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015) en lo que se refiere al Reglamento de Radiocomunicaciones. Adems, Canad reitera e incorpora por referencia todas las reservas y declaraciones formuladas en Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones anteriores a la firma de las presentes Actas Finales.
La Delegacin de Canad reserva adems para su Gobierno el derecho de adoptar cuantas medidas considere necesarias para proteger sus intereses si un Estado Miembro no respeta las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones, en particular, las que se refieren a la utilizacin de frecuencias radioelctricas y rbitas conexas, incluida la rbita de los satlites geoestacionarios.
AF
L
21 Original: ingls
De Malawi: La Delegacin de la Repblica de Malawi, habiendo tomado nota de todas las declaraciones y reservas formuladas por otros Estados Miembros de la UIT, al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (Ginebra, 2015), declara que: 1 reserva para su Gobierno el derecho de tomar cuantas medidas considere necesarias para
salvaguardar y proteger su soberana y los intereses de su pas en todas las decisiones que adopte la Conferencia, si otros Estados Miembros de la Unin incumplen, de un modo u otro, las disposiciones de las Actas Finales, la Constitucin y el Convenio de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (Ginebra, 1992), y cualquier enmienda introducida ulteriormente, o los Anexos y Protocolos conexos, o si las reservas formuladas por otros Estados Miembros comprometen o perjudican los servicios de telecomunicaciones de Malawi;
2 reserva el derecho de no aceptar las repercusiones de las reservas formuladas por otros Gobiernos, que entraen un aumento de su parte contributiva a los gastos de la Unin;
3 reserva adems para su Gobierno el derecho de formular las declaraciones o reservas adicionales a las Actas Finales adoptadas por la presente Conferencia que estime necesarias hasta el momento de depositar los instrumentos correspondientes de ratificacin de las Actas Finales.
22 Original: ingls
Del Reino Hachemita de Jordania: Tras examinar las declaraciones consignadas en los documentos de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin del Reino Hachemita de Jordania, al firmar las Actas Finales de la Conferencia antes mencionada, declara lo siguiente: 1 que reserva para su Gobierno el derecho de tomar cuantas medidas considere necesarias
para proteger sus intereses si algn Miembro de la Unin incumple de alguna manera las disposiciones de la Constitucin y el Convenio de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT y las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015);
2 si las reservas formuladas por un Miembro de la UIT afectan directa o indirectamente al funcionamiento de sus servicios y/o sistemas de telecomunicaciones, el Reino Hachemita de Jordania se reserva el derecho de tomar cuantas medidas considere necesarias para proteger dichos servicios y/o sistemas.
AF
LI
23 Original: ingls
De la Repblica Federativa del Brasil: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de Brasil reserva para su Administracin el derecho a adoptar las medidas que considere necesarias para proteger sus intereses en el caso de que algn Miembro de la Unin deje de cumplir en alguna forma las condiciones especificadas en estas Actas Finales o formule reservas que perjudiquen el funcionamiento eficaz de los servicios de radiocomunicaciones en Brasil.
Brasil se reserva adems el derecho de formular otras declaraciones o reservas especficas cuando deposite ante la Unin Internacional de Telecomunicaciones su consentimiento a quedar vinculado con las revisiones del Reglamento de Radiocomunicaciones adoptadas por la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015).
24 Original: ingls
De Italia y Espaa: Gracias a la proteccin especial que el Reglamento de Radiocomunicaciones concede al servicio de radioastronoma, se estn llevando a cabo investigaciones punteras en la banda de frecuencias 76-79 GHz, con importantes logros cientficos. Habida cuenta de estas consideraciones, Italia y Espaa desean mantener el grado esencial de proteccin contra interferencia perjudicial de los observatorios de radioastronoma situados en sus territorios.
La Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 modificar el Reglamento de Radiocomunicaciones e introducir una atribucin a ttulo primario al servicio de radiolocalizacin en la banda de frecuencias 77,5-78,0 GHz, limitada a las aplicaciones de radar de corto alcance situadas en tierra, incluidos los radares de automviles.
Con objeto de proteger el servicio de radioastronoma y la labor de los observatorios de radioastronoma que utilizan la banda de frecuencias 76-79 GHz, Italia y Espaa adoptarn medidas oportunas, tales como el establecimiento de zonas de exclusin alrededor de los observatorios de radioastronoma.
AF
LII
25 Original: rabe
De la Sultana de Omn: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15), la Delegacin de la Sultana de Omn reserva para su Gobierno el derecho de: tomar todas las disposiciones y medidas que considere necesarias y convenientes para
proteger y salvaguardar sus intereses nacionales en el caso de que resultaran perjudicados por alguna Resolucin adoptada por la presente Conferencia o de que algn Estado Miembro de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT) no respetara cabalmente las disposiciones e instrumentos de modificacin de la Constitucin y el Convenio de la UIT, o de los Anexos, Protocolos y Reglamentos adjuntos a dichos instrumentos, comprendidas las Resoluciones de las Actas Finales, o dejara de observarlos, o si las reservas formuladas por cualquier Estado Miembro comprometiesen de alguna manera el buen funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones de la Sultana de Omn;
aplicar las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones adoptadas por la presente Conferencia, que las ha revisado y actualizado conforme con sus obligaciones en virtud de la poltica del sector de las comunicaciones en vigor en la Sultana de Omn, comprendidas reglamentaciones, normas y resoluciones pertinentes;
formular cualquier reserva adicional que estime necesaria hasta el momento de la ratificacin de las Actas Finales de la presente Conferencia.
26 Original: chino
De la Repblica Popular de China: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de la Repblica Popular de China declara que:
la Delegacin de China reserva para su Gobierno el derecho a tomar cuantas medidas y acciones considere necesarias para proteger sus intereses en caso de que otros Estados Miembros de la Unin Internacional de Telecomunicaciones incumplan de cualquier modo o dejen de ejecutar las disposiciones de las Actas Finales de esta Conferencia o el Reglamento de Radiocomunicaciones, o formulen reservas o declaraciones que comprometan la utilizacin legtima por parte del Gobierno de China de su espectro de radiofrecuencias y sus recursos de rbita de satlites, as como la seguridad de sus servicios de radiocomunicaciones o el buen funcionamiento de sus servicios de telecomunicaciones, o afecten al pleno ejercicio de sus derechos soberanos. Adems, reserva para su Gobierno el derecho a formular las reservas adicionales que considere necesarias hasta el momento de la deposicin del instrumento en que exprese su consentimiento a quedar obligada por las modificaciones que la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015) introduzca en el Reglamento de Radiocomunicaciones.
AF
LIII
27 Original: ingls
Del Estado de la Ciudad del Vaticano: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin del Estado de la Ciudad del Vaticano reserva para su Gobierno el derecho de adoptar cuantas medidas considere necesarias para proteger sus intereses si otro Estado Miembro de la Unin no respeta de cualquier forma las condiciones especificadas en las Actas Finales, o si las reservas formuladas por algn Estado Miembro fueran perjudiciales para los servicios de radiocomunicaciones del Estado de la Ciudad del Vaticano.
La Delegacin del Estado de la Ciudad del Vaticano declara adems que reserva para su Gobierno el derecho a formular declaraciones o reservas al depositar sus instrumentos de ratificacin de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015).
28 Original: ingls
De la Repblica de Mozambique: La Delegacin de la Repblica de Mozambique, habiendo tomado nota de todas las declaraciones y reservas formuladas por otros Estados Miembros de la UIT, al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (Ginebra, 2015) declara que: 1 reserva para su Gobierno el derecho de tomar cuantas medidas considere necesarias para
salvaguardar y proteger su soberana y los intereses de su pas en todas las decisiones que adopte la Conferencia, si otros Estados Miembros de la Unin no observan, de alguna manera, las disposiciones de las Actas Finales, la Constitucin y el Convenio de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (Ginebra, 1992), y cualquier enmienda introducida ulteriormente, o los Anexos y Protocolos conexos, o si las reservas formuladas por otros Estados Miembros comprometen o perjudican los servicios de telecomunicaciones de la Repblica de Mozambique;
2 reserva el derecho de no aceptar las repercusiones que puedan tener las reservas formuladas por otros Gobiernos que entraen un aumento de su parte contributiva a los gastos de la Unin;
3 reserva adems para su Gobierno el derecho de formular las declaraciones o reservas adicionales a las Actas Finales adoptadas por la presente Conferencia que estime necesarias hasta el momento de depositar los instrumentos correspondientes de ratificacin de las Actas Finales.
AF
LIV
29 Original: ingls
De la Repblica de Indonesia: En nombre de la Repblica de Indonesia, la Delegacin de la Repblica de Indonesia en la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 (CMR-15) (Ginebra, 2015): reserva para su Gobierno el derecho a adoptar cualquier accin y medida preventiva que
estime necesaria para proteger sus intereses nacionales si alguna disposicin de la Constitucin, el Convenio y las Resoluciones, as como toda decisin de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15) (Ginebra, 2015), afectara directa o indirectamente a su soberana o contraviniera la Constitucin, las leyes y la reglamentacin de la Repblica de Indonesia, as como los actuales derechos que ha adquirido como parte en otros tratados y convenios, y los principios derivados del derecho internacional;
reserva adems para su Gobierno el derecho a adoptar cualquier accin y medida preventiva que estime necesarias para proteger sus intereses nacionales en el caso de que algn Miembro no cumpliera de alguna manera las disposiciones de la Constitucin, el Convenio y las Resoluciones, as como toda decisin de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15) (Ginebra, 2015), o si las reservas formuladas por algn Miembro pusieran en peligro sus servicios de telecomunicaciones o entraaran un aumento de la parte contributiva que le corresponde para sufragar los gastos de la Unin.
30 Original: ingls
De la Repblica de Rwanda: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, la Delegacin de la Repblica de Rwanda declara que reserva para su Gobierno el derecho de tomar cuantas medidas considere necesarias de conformidad con la legislacin nacional y los tratados internacionales de los cuales Rwanda forma parte para salvaguardar y proteger sus intereses.
Si otro Estado Miembro de la Unin Internacional de Telecomunicaciones incumple de algn modo las disposiciones de estas Actas Finales y sus Anexos, o si las reservas formuladas por un Miembro de la Unin afectan a sus intereses, directa o indirectamente, la Repblica de Rwanda se reserva el derecho de tomar las medidas que considere necesarias.
AF
LV
31 Original: francs
De la Repblica de Mal: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de la Repblica de Mal reserva para su Gobierno el derecho a tomar todas las medidas que estime tiles para salvaguardar sus intereses en caso de que otro Miembro no cumpla las disposiciones de las presentes Actas Finales y sus Anexos, o de que las reservas formuladas por otros pases causen interferencias perjudiciales y comprometan el buen funcionamiento de sus servicios de telecomunicaciones.
Adems, la Repblica de Mal se reserva el derecho de formular las declaraciones o reservas adicionales que estime necesarias hasta el momento en que ratifique las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015).
32 Original: ingls
De Italia: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015), la Delegacin de la Repblica de Italia declara que reserva para su Gobierno el derecho a: 1 adoptar todas las acciones y medidas de proteccin que considere necesarias si las
consecuencias de las reservas formuladas por cualquier Estado Miembro pusieran en peligro los servicios de radiocomunicaciones del pas o afectaran su soberana para cumplir con las disposiciones de las Actas Finales, sus Anexos o el Reglamento de Radiocomunicaciones;
2 formular cualesquiera declaraciones o reservas al depositar los correspondientes instrumentos de ratificacin de las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015) ante la Unin Internacional de Telecomunicaciones.
AF
LVI
33 Original: ingls
De la Repblica rabe de Egipto: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015, la Delegacin de la Repblica rabe de Egipto declara: que reserva para su Gobierno el derecho a adoptar las medidas que considere necesarias,
de conformidad con su ordenamiento jurdico interno y el Derecho Internacional, para salvaguardar sus intereses en el caso de que algn Miembro de la Unin incumpla las disposiciones de la Constitucin y el Convenio de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT y las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015;
que siempre que alguna reserva de un Miembro de la Unin afecte, directa o indirectamente, al funcionamiento de sus servicios y sistemas de telecomunicacin, la Repblica rabe de Egipto se reserva el derecho de adoptar las medidas que estime necesarias;
que la Repblica rabe de Egipto reitera e incorpora por referencia todas las declaraciones formuladas en anteriores conferencias de radiocomunicaciones;
que la Delegacin de la Repblica rabe de Egipto se reserva el derecho de su Gobierno a formular las declaraciones y reservas adicionales que sean necesarias hasta el momento de la ratificacin de las Actas Finales de la Conferencia de Radiocomunicaciones de 2015, inclusive.
34 Original: rabe
Del Reino de Bahrein: Al firmar las Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15), la Delegacin del Reino de Bahrein declara lo siguiente: 1 que se reserva para el Reino de Bahrein todos los derechos a tomar cualquier medida,
emprender cualquier accin y/o adoptar cualquier precaucin que considere necesarias para salvaguardar y proteger sus intereses nacionales en el caso de que algn Miembro de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT) incumpla en algn extremo las disposiciones y Resoluciones de las Actas Finales o deje de respetarlas, o en el caso de que las medidas o reservas de algn Estado Miembro, durante la Conferencia o tras sta, ponga en peligro de algn modo el correcto funcionamiento de los servicios de telecomunicacin del Reino de Bahrein;
2 que la Delegacin del Reino de Bahrein se reserva adems el derecho a modificar las reservas y declaraciones previas y a formular declaraciones o reservas adicionales cuando presente en la UIT su consentimiento a estar obligado por las revisiones del Reglamento de Radiocomunicaciones adoptadas por la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (Ginebra, 2015);
3 que aceptar o rechazar las consecuencias financieras que puedan derivarse de dichas reservas.
AF
LVII
35 Original: ingls
D