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ADMINISTRACIÓN LOCAL · Formalización contrato de suministro Expediente 19/2015-SM ..... Página...

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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958 MARTES 17 DE NOVIEMBRE DE 2015 NÚMERO 221 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones.......................... Página 3 Formalización contrato de suministro Expediente 19/2015-SM ......... Página 4 AYUNTAMIENTOS Cabezuela del Valle Nombramiento del Juez de Paz Sustituto ....................................... Página 5 Coria Modificación de Ordenanza Fiscal y Aprobación Inicial de Reglamento Página 6 Delegación Función de Alcalde ..................................................... Página 7 Gargantilla Ordenanza por uso “Velatorio Municipal” ....................................... Página 8 Moraleja Aprobación Ordenanza Asistencia a Actividades Culturales y Artísticas Organiza- das........................................................................................... Página 10 Expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitante ..... Página 14 Navas del Madroño Corrección de error ................................................................... Página 15 Romangordo Aprobación Inicialmente Modificación Ordenanza Fiscal de la Tasa por Estancia, Asistencia y Utilización de los Servicios de Residencia de Ancianos y Centro de Día............ ............................................................................... Página 16 Aprobación Inicial Expediente n.º 3/2015 de transferencia de créditos Página 17 Valdemorales Revocación nombramiento de Tesorero Municipal ........................... Página 18 Zarza de Granadilla Convocatoria renovación cargo Juez de Paz ................................... Página 19
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Martes

17 de NovieMbre de 2015 NúMero 221

ADMINISTRACIÓN LOCALDIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones .......................... Página 3Formalización contrato de suministro Expediente 19/2015-SM ......... Página 4

AYuNTAMIeNTOSCabezuela del valle

Nombramiento del Juez de Paz Sustituto ....................................... Página 5

CoriaModificación de Ordenanza Fiscal y Aprobación Inicial de Reglamento Página 6Delegación Función de Alcalde ..................................................... Página 7

GargantillaOrdenanza por uso “Velatorio Municipal” ....................................... Página 8

Moraleja Aprobación Ordenanza Asistencia a Actividades Culturales y Artísticas Organiza-das ........................................................................................... Página 10Expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitante ..... Página 14

Navas del MadroñoCorrección de error ................................................................... Página 15

Romangordo Aprobación Inicialmente Modificación Ordenanza Fiscal de la Tasa por Estancia, Asistencia y Utilización de los Servicios de Residencia de Ancianos y Centro de Día............ ............................................................................... Página 16Aprobación Inicial Expediente n.º 3/2015 de transferencia de créditos Página 17

valdemoralesRevocación nombramiento de Tesorero Municipal ........................... Página 18

Zarza de GranadillaConvocatoria renovación cargo Juez de Paz ................................... Página 19

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MANCOMuNIDAD De MuNICIpIOS vALLe DeL AMbROZHervás

Delegación en vicepresidente atribuciones de la presidencia ............ Página 20Régimen de asistencias a sesiones de órganos colegiados ............... Página 21

ADMINISTRACIÓN DeL eSTADOMINISTeRIO DeL INTeRIORComisaría provincial de Cáceres

Incoación de expediente administrativo sancionador de multa .......... Página 23

MINISTeRIO De AGRICuLTuRA, ALIMeNTACIÓN Y MeDIO AMbIeNTeConfederación Hidrográfica del TajoMadrid

Modificación de la autorización para efectuar vertido de aguas residuales Página 25Concesión de un aprovechamiento de aguas .................................. Página 27

ADMINISTRACIÓN De JuSTICIATRIbuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRASeCReTARIA De GObIeRNOCáceres

Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz ............................... Página 29Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz ............................... Página 30Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz ............................... Página 31Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz ............................... Página 32Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz ............................... Página 33Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz ............................... Página 34Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz ............................... Página 35Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz ............................... Página 36

JuZGADO De LO SOCIAL N.º 1 De SevILLAProcedimiento núm. 967/2013 .................................................... Página 37

JuZGADO De LO SOCIAL N.º 2 De CáCeReSEjecución de títulos judiciales n.º 100/2015 ................................... Página 40

JuZGADO De INSTRuCCIÓN N.º 1 De pLASeNCIADiligencias Previas n.º 1097/2014 ................................................ Página 43

JuZGADO De 1.ª INSTANCIA e INSTRuCCIÓN N.º 2 De NAvALMORAL De LA MATA

Expediente de dominio sobre reanudación del tracto 232/2015 ........ Página 44Expediente de Dominio n.º 335/2014 ........................................... Página 45Expediente de Dominio. Inmatriculación 345/2015 ......................... Página 46Expediente de Dominio. Exceso de cabida 355/2015 ....................... Página 47

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

ANUNCIO. Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres en sesión extraordi-naria de 16 de octubre de 2015 adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

1) Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones:

El punto 17. del PES se modifica en los siguientes términos:

4. Asistencia y Desarrollo Municipal

Unidad Gestora Descripción Aplicación Presupuestaria

Importe

Desarrollo y Turismo Sostenible

Plan de Empleo Social 4.2410.45100 900.000,00

Cáceres, 10 de noviembre de 2015.

El Secretario,

Augusto Cordero Ceballos. 6187

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DIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

ANUNCIO. Formalización contrato de suministro Expediente 19/2015-SM

La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, ha formalizado la celebración del siguiente Contrato de Suministro con la empresa seguidamente rela-cionada:

1.- Entidad adjudicadora.a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceresb) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y Suministrosc) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es .(Compras y Suministros)

Expediente 19/2015-SM

2.- Objeto del contrato.a) Tipo: Privado b) Descripción: “Contrato del Suministro de equipos de telecomunicaciones

Sistema Digital (FDMA) para el servicio de prevención y extinción de incendios de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres”.

c) Número de Expediente: 19/2015-SM.División por lotes y número de lotes/número de unidades: No procede.d) CPV (referencia Nomenclatura): CPV: 3230000-6, Receptores de televisión y radio, aparatos de grabación

o reproducción de sonido o imagen.CPA: 3230 Aparatos de recepción, grabación y reproducción de sonido e

imagen.e) Medio de publicación del anuncio de licitación: BOP f) Fecha de publicación del anuncio de licitación: Publicación licitación BOP: 30 de Julio de 2015

3.- Tramitación y procedimiento adjudicación.

a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abierto

4.- Valor máximo estimado del contrato: 135.432,88 €

5.- Formalización del contrato: Adjudicatario: BAZAR 18, S.L. UNIPERSONAL Fecha de adjudicación: 16 de Septiembre de 2015. Importe de adjudicación: 102.646,72 €. Lo que se hace público para general conocimiento

Cáceres, 21 de octubre de 2015. -EL SECRETARIO

Augusto Cordero Ceballos6234

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AYuNTAMIeNTOS

CAbeZueLA DeL vALLe

EDICTO. Nombramiento del Juez de Paz Sustituto

Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se hace saber que por este Ayuntamiento se tramita expediente de nombramiento del Juez de Paz Sustituto. Las perso-nas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo solicitarán por escrito dirigido a esta Alcaldía, en el que harán constar nombre y apel-lidos, D.N.I., domicilio, estudios cursados y profesión actual, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la publicación de este anuncio en el B.O.P. de Cáceres, acompañado de la siguiente documentación:

• Fotocopia del DNI.• Certificado de nacimiento. • Certificado de antecedentes penales.

• Certificado médico de no padecer enfermedad que le incapacite para el desempeño del cargo.

• Declaración jurada de no estar incurso en causas de incompatibilidad para ejercer dicho cargo.

Cabezuela del Valle a 10 de Noviembre de 2015.

EL ALCALDE,

Natalio Núñez González.6153

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CORIA

ANUNCIO. Modificación de Ordenanza Fiscal y Aprobación Inicial de Re-glamento

El Pleno del Ayuntamiento de Coria, en sesión celebrada el día 9 de noviem-bre de 2015, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 16. Tasa por recogida de basuras, y la aprobación inicial del Regla-mento n.º 17. De funcionamiento interno de la Mesa General de Negación del Excmo. Ayuntamiento de Coria y del Organismo Autónomo Patronato Residencia de Ancianos, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régi-men Local, y en los artículos 17 y 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se someten los expedientes a información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el B.O.P., para que puedan ser examinados y se presenten las reclamaciones que se estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se con-siderarán aprobados definitivamente dichos acuerdos.

Coria a 10 de noviembre de 2015.

EL ALCALDE-PRESIDENTE,

José Manuel García Ballestero.6166

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CORIA

ANUNCIO. Delegación Función de Alcalde

Por Resolución de la Alcaldía de esta misma fecha, se ha dispuesto lo sigu-iente:

“Teniendo que ausentarme el día 11 de noviembre de 2015, y de con-formidad con lo dispuesto en el art. 23.3º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 47 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, HE RESUELTO delegar la totalidad de mis atribuciones en el Tercer Teniente de Alcalde, Don Juan José ALCÓN GAZAPO, por imposibilidad de los anteriores Tenientes de Alcalde.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

Coria a 10 de noviembre de 2015.

LA SECRETARIA GENERAL,

Alicia Vázquez Martín.6167

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GARGANTILLA

ASUNTO. Ordenanza por uso “Velatorio Municipal”

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR USO DE LAS INSTALA-CIONES DE SERVICIO DENOMINADAS “VELATORIO MUNICIPAL”

Artículo 1º.- Concepto: En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y por los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y de conformidad con lo previsto en el art. 20.4 b) del vigente Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece la TASA POR EL USO DE LAS INSTALACIONES DE VELATORIO MUNICIPAL, que se regirá por las citadas leyes, su normativa de desarrollo y la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 2º.- Hecho Imponible: El hecho imponible de esta tasa está consti-tuido por el uso privativo de las instalaciones de Velatorio Municipal propiedad del Ayuntamiento y sitas en Plaza Mirador de la Iglesia nº 6 de la localidad para velar los fallecidos que vayan a ser enterrados o incinerados, teniendo preferencia los difuntos de la propia localidad de Gargantilla. El servicio es de solicitud obligatoria cuando se pretenda obtener el uso de las instalaciones mencionadas.

Artículo 3º. Sujetos pasivos: Son sujetos pasivos del pago de la tasa regulada en esta ordenanza las empresas funerarias o familiares directos del difunto que soliciten el uso de las instalaciones a que se refiere el artículo anterior. En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria se estará a lo establecido en el arts. 42 y 43 de la Ley General Tributaria, Ley 58/2003 de 17 diciembre.

Artículo 4º. Cuota Tributaria: La cuota tributaria por el uso de dichas insta-laciones queda fijada en 150 euros por cada uso, entendiendo por uso la utilización de las instalaciones municipales para el depósito y velatorio de un cadáver hasta su traslado al cementerio. No existen bonificaciones ni exenciones en dicha tarifa única. La duración máxima de cada uso será de tres días naturales, no pudiendo superar dicho periodo de tiempo en ningún caso.

Artículo 5º. Nacimiento de la obligación y pago. La obligación del pago de la tasa regulada en esta ordenanza nace desde el momento en que se soliciten o se realicen de forma efectiva el uso de las instalaciones. La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación. El pago se podrá efectuar:

- en el momento de solicitar el uso de las instalaciones. - o tras haber utilizado las mismas.

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La forma de pago será mediante transferencia efectiva en las arcas munici-pales. La liquidación, gestión, inspección y recaudación de la tasa se realizará según lo dispuesto en la Ley 58/2003 de 17 de Diciembre, General Tributaria y su normativa de desarrollo. Las deudas no ingresadas dentro de periodo voluntario se pasarán al cobro en vía de apremio con arreglo al Reglamento General de Recaudación.

Artículo 6º. Gestión. Las empresas funerarias o familiares directos del cadáver a velar solicitarán de la Alcaldía el uso de las instalaciones, no pudiendo denegarse el mismo siempre que estén libres. Las instalaciones se utilizarán exclusivamente a la finalidad de su denominación y el solicitante usuario será responsable de los deterioros que se puedan producir en las mismas durante su utilización.

Artículo 7º.- Derechos y Obligaciones del sujeto pasivo. El usuario tiene derecho al uso del Velatorio Municipal en condiciones de higiene y habitabi-lidad adecuadas durante el periodo de tiempo del uso. Son obligaciones del sujeto pasivo:

- Respetar y usar adecuadamente las instalaciones del Velatorio y el mo-biliario allí existente.

- Solicitar al Ayuntamiento el uso del Velatorio Municipal. - Satisfacer la tasa por uso de Velatorio Municipal en periodo voluntario.

Artículo 8º.- Infracciones y sanciones tributarias. En todo lo relativo a la cali-ficación de infracciones y sanciones tributarias se estará a lo dispuesto en los artículos 181 y siguientes de la Ley General Tributaria de 17 de diciembre de 2003 y demás normativa aplicable y de desarrollo. Sera motivo de infracción y su correspondiente sanción, el deterioro de las instalaciones o mobiliario de las instalaciones, el uso para fines distintos del de velar a un difunto sin autorización municipal o el incumplimiento de órdenes o instrucciones desde el Ayuntamiento en relación con el uso de Velatorio Municipal.

DISPOSICIÓN ADICIONAL: En las instalaciones de referencia queda permitida la práctica de los actos que sean consecuentes con la religión o credo de los difuntos o de sus allegados.

DISPOSICION FINAL La presente ordenanza fiscal, entrará en vigor en el momento de su integra publicación en el BOP de Cáceres, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

En Gargantilla, noviembre de 2015.

LA ALCALDESA.6170

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MORALeJA

EDICTO. Aprobación Ordenanza Asistencia a Actividades Culturales y Artísticas Organizadas

El Alcalde del Ayuntamiento de Moraleja, dando cumplimiento al acuerdo adoptado el día 24 de septiembre de 2015, HACE SABER: Que ha quedado aprobada definitivamente la ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA ASISTENCIA A ACTIVIDADES CULTURALES Y ARTÍSTICAS ORGANI-ZADAS POR EL AYUNTAMIENTO Y UTILIZACIÓN DE LA CASA DE CULTURA Y DEMÁS INMUEBLES ADECUADOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES Y/O CULTURALES POR EMPRESAS U ORGANIZACIONES CULTU-RALES, cuyo texto íntegro, se publica a continuación y que es el siguiente:

ANEXO

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA ASISTENCIA A ACTIVIDADES CULTURALES Y ARTÍSTICAS ORGANIZADAS POR EL AYUNTAMIENTO Y UTILIZACIÓN DE LA CASA DE CULTURA Y DEMÁS INMUEBLES ADECUADOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS CULTURALES Y/O CULTURALES POR EMPRESAS U ORGANIZACIONES CULTURALES

ARTÍCULO 1. Objeto

Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 41 a 47 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, establece el presente precio público por la asistencia a actividades culturales y artísti-cas organizados y ofrecidos por el Ayuntamiento de Moraleja, así como la utilización de la Casa de Cultura y demás e inmuebles adecuados para la celebración de espectáculos culturales y/o artísticos por empresas u organ-izaciones culturales.

ARTÍCULO 2. Hecho Imponible

El hecho imponible está constituido por el acceso a recintos abiertos o cer-rados, sean o no de propiedad municipal, con motivo de la realización de actividades culturales y artísticas municipales, así como la utilización de la Casa de Cultura y demás e inmuebles adecuados para la celebración de espectácu-los culturales y/o artísticos por empresas u organizaciones culturales.

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ARTÍCULO 3. Obligados al Pago

Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza, quienes se beneficien de los servicios o actividades prestados o realizados por el Ayuntamiento de Moraleja, y en particular las personas que soliciten la correspondiente entrada a las instalaciones o recintos donde se preste la actividad, así como las empresas o asociaciones que utilicen la Casa de Cultura o demás inmuebles a que se refiere el artículo segundo de esta Or-denanza.

ARTÍCULO 4. Cuantía y exenciones

El importe de los precios públicos serán los siguientes:

Entradas a espectáculos culturales o artísticos organizados por el Ayuntami-ento:

CONCEPTO IMPORTEEntrada individual por persona 2,00 €

Estarán exentos de pago aquellos espectáculos organizados por el Ayuntami-ento calificados como gratuitos.

Utilización de la Casa de Cultura y demás e inmuebles adecuados para la celebración de es-

pectáculos culturales y/o artísticos por empresas u organizaciones culturales:

CONCEPTO IMPORTEPor cada espectáculo 60,00 €

Además del precio público el solicitante deberá prestar fianza por importe de 100,00€ a fin de responder de que se devuelve el inmueble en las mismas condiciones en que se puso a disposición.

Estarán exentos de pago del precio público la utilización de la Casa de Cul-tura y demás e inmuebles adecuados para la celebración de espectáculos culturales y/o artísticos por empresas u organizaciones culturales aquellos espectáculos cuya recaudación sea donada a fines sociales y solidarios, así como las asociaciones locales inscritas en el registro municipal de asocia-ciones.

ARTÍCULO 5. Gestión, obligación y Forma de Pago

La obligación de pagar el precio público nace:

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En los espectáculos organizados por el Ayuntamiento desde la solicitud de las correspondientes entradas a los recintos donde se realicen dichas activi-dades.

El pago del precio público se exigirá en régimen de autoliquidación y se hará efectivo en metálico, en el momento del acceso a los locales donde se vaya a efectuar la representación o actividad, o bien previa adquisición de la en-trada con anterioridad en las dependencias municipales o en las entidades colaboradoras.

Cuando por causas no imputables al obligado al pago el servicio no se preste, procederá la devolución del importe correspondiente.

En la utilización de la Casa de Cultura y demás e inmuebles adecuados para la celebración de espectáculos culturales y/o artísticos:

La empresa u organización cultural solicitará por escrito en el Registro Municipal su deseo de utilización de la Casa de Cultura y demás e inmuebles adecuados para la celebración de espectáculos culturales y/o artísticos que necesariamente deberá ser de acceso libre a todo el público, indicando en la solicitud:

Nombre de la empresa u organización cultural. Inmueble que se solicita Tipo del espectáculo a celebrar. Denominación del Espectáculo. En caso de cobro de entrada, el importe de esta deberá situarse entre

2,00 € y 6,00 €. Fecha y horas de utilización de la Casa de Cultura o inmueble solicitado

(se entenderá desde la entrada del solicitante a la Casa de Cultura hasta su salida y no podrá exceder de las 12::00 de la noche a ex-cepción de aquellos espectáculos que así lo justifiquen).

Declaración responsable del representante de la empresa u organiza-ción de que cumplen con todos los requisitos y autorizaciones legales para la celebración del espectáculo propuesto.

El inmueble deberá ser entregado en las mismas condiciones en que se puso a disposición.

Realizada la solicitud se evaluará por los Servicios Culturales el cumplimiento de la calificación del espectáculo como cultura, artístico, social y/o solidario, así como la disponibilidad en la fecha y horas señalada de la Casa de Cultura o inmueble solicitado emitiendo el correspondiente informe, resolviendo por la Junta de Gobierno o Alcaldía al respecto.

Recibida la notificación de la Resolución y con anterioridad a la celebración del espectáculo se deberá realizar el pago del importe del precio público.

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ARTÍCULO 6. Modificación

La modificación de los precios públicos fijados en la presente Ordenanza corresponderá al Pleno de la Corporación.

ARTÍCULO 7. Infracciones y Sanciones

Las deudas por los precios públicos aquí regulados podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio y de conformidad con la normativa de recaudación que sea de aplicación.

ARTÍCULO 8. Legislación Aplicable

En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aproba-do por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por este Ayuntamiento.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza, que fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2015, entrará en vigor y será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el Bo-letín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.

Lo que se pone en conocimiento público, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y 196.2 del Reglamento de Organización, Fun-cionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con el fin de que los interesados puedan interponer, en su caso, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente.

Moraleja a 11 de noviembre de 2015.

EL ALCALDE,

Julio César Herrero Campo 6164

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MORALeJA

ANUNCIO. Expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Hab-itante

Conforme al procedimiento del art. 72 del Reglamento de Población y De-marcación Territorial de las Entidades Locales, en el Servicio de Estadística de este Ayuntamiento se está instruyendo el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de las personas relacionadas en la lista que se adjunta.

Habiendo resultado infructuoso el intento de notificación personal a los in-teresados, se procede a practicarla a través del presente anuncio, dando con ello cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

EXPEDIENTE Nº: 5/2015Don Mohammed Amine LAKROUD, N.I.E. Y03899428EDomicilio: Calle Juan Bodón Lucio, núm. 22Plazo Alegaciones: 15 días.

EXPEDIENTE Nº: 7/2015Doña Cristina SUAREZ MAESTRO, D.N.I. nº 78.941.043-YDomicilio: Calle Zurbarán, núm. 14Plazo Alegaciones: 15 días.

EXPEDIENTE Nº: 7/2015Iniciales de los menores: C.R.S., D.R.S. y I.S.M.Domicilio: Calle Zurbarán, núm. 14Nombre y Apellidos del representante legal: Doña Cristina Suarez MaestroD.N.I. del representante legal: 78.941.043-YPlazo Alegaciones: 15 días. Lugar donde los interesados podrán comparecer para conocer el contenido íntegro del acto (art. 61 Ley 30/1992 de 26 de noviembre): AYUNTAMIENTO DE MORALEJA (Negociado de Estadística), Plaza de España, núm. 1. Moraleja (Cáceres).

Moraleja a 9 de noviembre de 2015

LA SECRETARIA GENERAL,

Julia LAJAS OBREGÓN.6152

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NAvAS DeL MADROñO

EDICTO. Corrección de error

Detectado error en el Edicto de esta Alcaldía-Presidencia, de fecha 3 de noviembre de 2015, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 216, correspondiente al martes, 10 de noviembre de 2015, consistente en la omisión en el mismo de la aprobación inicial de la modificación de la Orde-nanza Fiscal n.º 41 Tasa por EDAR y simultáneamente en la consignación indebida de la aprobación inicial de la Ordenanza Fiscal nº 18 Tasa por Ap-ertura de Establecimientos, mediante el presente se procede a su corrección, quedando redactado tal y como sigue:

“El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Navas del Madroño, Cáceres, HACE SABER: Que el Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión ordinaria de fecha 30 de octubre de 201, aprobó inicialmente la modificación de las sigu-ientes Ordenanzas:

- Ordenanza Fiscal n.º 1: Tasa por Suministro de Agua.- Ordenanza Fiscal n.º 22: Tasa por Alcantarillado.- Ordenanza Fiscal n.º 41: Tasa por Saneamiento en Alta y Depuración de Aguas Residuales.- Ordenanza n.º 48: Precio Público por la prestación del Servicio de Es-cuela Municipal de Música”.

El expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 41, así como la Ordenanza y tarifa que regula dicha Tasa, se encuentra expuesto en la Sec-retaría de este Ayuntamiento, por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales podrán examinarse y presentar cuantas rec-lamaciones y sugerencias estimen pertinentes los interesados legítimos.

Lo que se publica a efectos de alegaciones en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haci-endas Locales.

Navas del Madroño, 12 de noviembre de 2015.

EL ALCALDE-PRESIDENTE,

Manuel Mirón Macías6203

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ROMANGORDO

EDICTO. Aprobación Inicialmente Modificación Ordenanza Fiscal de la Tasa por Estancia, Asistencia y Utilización de los Servicios de Residencia de Ancianos y Centro de Día

El Pleno de este Ayuntamiento en Sesión Extraordinaria y Urgente de fecha 6 de noviembre de 2015, aprobó inicialmente la modificación de la Orde-nanza Fiscal reguladora de la Tasa por Estancia, Asistencia y Utilización de los Servicios de Residencia de Ancianos y Centro de Día de Romangordo.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla de manifiesto al pú-blico en la Secretaría de este Ayuntamiento el expediente sobre modificación e imposición del referido tributo local, así como la Ordenanza y tarifas que regula dicho tributo, por el plazo de treinta días , durante los cuales podrá examinarse y presentar cuantas reclamaciones y sugerencias se estimen pertinentes.

Romangordo a 9 de noviembre de 2015.

LA ALCALDESA.

Rosario Cordero Martin.6148

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ROMANGORDO

ANUNCIO. Aprobación Inicial Expediente n.º 3/2015 de transferencia de créditos

El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el dia 6 de Noviembre de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente n.º 3 /2015 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el ex-pediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Pro-vincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Romangordo a 9 de noviembre de 2015,

LA ALCALDESA,

Rosario Cordero Martin.6149

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vALDeMORALeS

ANUNCIO. Revocación nombramiento de Tesorero Municipal

Dña. María del Rosario Jiménez Búrdalo, Primera Teniente de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Valdemorales (Cáceres), actuando por Delegación de la Alcaldía, Decreto nº 33/2015, de 23-10-2015, BOP Cáceres nº 208, de 28-10-2015, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación de fecha 05-11-2015, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tengo a bien dictar la siguiente

RESOLUCIÓN Nº 56/2015

PRIMERO. REVOCACIÓN NOMBRAMIENTO DE TESORERO MUNICI-PAL.

Visto el Informe emitido al efecto por la Sra. Secretaria-Interventora de este Ayuntamiento, y de conformidad con el Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, Boletín Oficial del Estado nº 219, de fecha Doce de Septiembre de 2015, se revoca el nombramiento como TESORERO MUNICIPAL a D. ABEL JESÚS GARCÍA CERRATO

SEGUNDO.- Se dará cuenta de esta Resolución al Pleno Municipal, en la próxima Sesión que celebre.

En Valdemorales, a cinco de noviembre de 2015.

La Primera Teniente de Alcalde,

María del Rosario Jiménez Búrdalo.6172

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ZARZA De GRANADILLA

EDICTO. Convocatoria renovación cargo Juez de Paz

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se comunica que se va a proceder por el Pleno de esta Corporación, a la renovación del los cargos de JUEZ DE PAZ SUSTITUTO de esta localidad, para proponer sus nombramientos a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Los interesados en este nombramiento deberán presentar en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud en el plazo de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de los siguientes documentos:

- Certificado de nacimiento o fotocopia del D.N.I. - Certificado de antecedentes penales.- Certificado médico de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de Paz SUSTITUTO- Declaración jurada de no estar incurso en causas de incompatibilidad.

Zarza de Granadilla a 11 de noviembre de 2015

EL ALCALDE,

Jesús Carlos Alonso Hernández6169

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MANCOMuNIDAD De MuNICIpIOS vALLe DeL AMbROZ

HeRváS

ANUNCIO. Delegación en vicepresidente atribuciones de la presidencia

Celebradas las elecciones locales el pasado día 24 de mayo de 2015, vista la sesión constitutiva de la mancomunidad de fecha 10 de agosto de 2015, se hace público la siguiente:

DELEGACIÓN

PRIMERO. Delegar en el vicepresidente don César Martín Villares las atribuciones que tiene conferidas la presidencia en las áreas de personal, contratación, servicios, deportes y asuntos sociales, que conllevará tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en general, excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y exceptuando los que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean delegables.

SEGUNDO. Notificar personalmente la presente resolución al designado, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la resolución del nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios de la mancomunidad, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por la presidenta.

En Hervás, a 16 de octubre de 2015.

La presidenta,

Patricia Valle Corriols6134

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MANCOMuNIDAD De MuNICIpIOS vALLe DeL AMbROZ

HeRváS

EDICTO. Régimen de asistencias a sesiones de órganos colegiados

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con fecha 3 de septiembre de 2015, el pleno de la Mancomunidad de Municipios “Valle del Ambroz”, adoptó el siguiente acuerdo:

«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la corporación acuerda por unanimidad determinar el siguiente régimen de asistencias por la concur-rencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la corporación:

PRIMERO. Por la asistencia a cada sesión del pleno de la corporación la cantidad de 35,00 €, excepto para los que tengan reconocida dedicación exclusiva o parcial.

SEGUNDO. Por la asistencia a cada sesión de comisión informativa perma-nente o mesa de contratación la cantidad de 20,00 €, excepto para los que tengan reconocida dedicación exclusiva o parcial.

TERCERO. Por indemnización de comisiones de servicios fuera de la lo-calidad la cantidad de 60,10 € la dieta reducida y 150,00 € la dieta entera, desglosada en 80,00 € por alojamiento y 70,00 € por manutención, siendo estos los importes máximos autorizados debiendo justificarse hasta dicho importe con las correspondientes facturas.

CUARTO. Los gastos de viaje, incluidos los desplazamientos desde los muni-cipios de la mancomunidad hasta la capitalidad, se abonarán por el importe correspondiente a la utilización de cualquier medio de transporte previa jus-tificación documental. En el supuesto de utilizar vehículo propio se abonará la cantidad de 0,19 € por kilómetro recorrido, o la que en lo sucesivo pueda establecer la Administración General del Estado».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con fecha 21 de octu-bre de 2015, el pleno de la Mancomunidad de Municipios “Valle del Ambroz”, adoptó el siguiente acuerdo:

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«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la corporación acuerda por siete votos ponderados a favor del grupo PSOE y tres en contra del grupo PP determinar el siguiente régimen de dedicación parcial del cargo de vicepresidente de la mancomunidad:

PRIMERO. Don César Martín Villares, vicepresidente de la mancomunidad, desempeñará el cargo en régimen de dedicación parcial del 75 por 100 de la jornada, con unas retribuciones por el ejercicio del cargo de 1.355,07 € brutos mensuales por 14 pagas, con alta en el Régimen General de la Segu-ridad Social, asumiendo la corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.

SEGUNDO. La percepción de retribuciones en régimen de dedicación exclusiva es incompatible con cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las administraciones públicas y de los entes, organismos y empresas de ellos dependientes, en los términos previstos en la ley».

Hervás, a 6 de noviembre de 2015.

La presidenta,

Patricia Valle Corriols6140

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ADMINISTRACIÓN DeL eSTADO

MINISTeRIO DeL INTeRIOR

Comisaría ProvinCial de CáCeres

EDICTO. Incoación de expediente administrativo sancionador de multa

No habiendo sido posible notificar a DIEGO ALEJANDRO VILLEGAS AL-VAREZ, con N.I.E. X-7316333-X, la incoación de expediente adminis-trativo sancionador núm. 215/2015, iniciado por la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Cáceres con fecha 26-10-2015, cuya parte dispositiva dice:

“SE REALIZA LA SIGUIENTE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE ADMINIS-TRATIVO SANCIONADOR DE MULTA a DIEGO ALEJANDRO VILLEGAS ALVAREZ, como responsable de la infracción prevista en el art. 52.a) de la L.O. 4/2000 de 11 de Enero, modificada por la L.O. 2/2009, de 11 de diciembre, siendo la sanción que puede llegar a imponerse una multa en cuantía de hasta 500 euros.

Comuníquense el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas y notifíquese al interesado, con las menciones expresas legalmente establecidas. Cáceres, 26 de octubre de 2015.- EL IN-SPECTOR-JEFE, JEFE PROV. ACCTAL.- Fdo. Felipe Marín Paule

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto se da traslado a Ud. para su cono-cimiento y demás efectos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 239 del Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas 8/2000 de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de septiembre, 14/2003 de 20 de noviembre y 2/2009, de 11 de diciembre aprobada por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (B.O.E. núm. 103 de 30 de abril de 2011), advirtiéndole que, al amparo de los dispuesto en el apartado 1, párrafo 2º del citado precepto, dispone de un plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la recepción del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime con-venientes y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, significándole que transcurrido dicho plazo se formulará propuesta de resolución que será remitida directamente y sin más trámite al Órgano competente para su resolución. Cáceres a 26 de octubre de 2015. EL INSTRUCTOR, Fdo 74.411

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 24BOPCáceres

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Habiendo resultado fallida la notificación del mismo por no haber sido hal-lado y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, modificada por el Ley 4/99, de 13 de Enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la presente notificación a fin de que surta los efectos prevenidos en la Ley.

Cáceres, 11 de noviembre de 2015.

EL COMISARIO JEFE PROVINCIAL.,

Luis Ochagavía Sánchez6165

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MINISTeRIO De AGRICuLTuRA, ALIMeNTACIÓN Y MeDIO AMbIeNTe

ConfederaCión HidrográfiCa del Tajo

ANUNCIO. Modificación de la autorización para efectuar vertido de aguas residuales

En esta Confederación Hidrográfica del Tajo, se tramita a instancia del AY-UNTAMIENTO DE SERREJÓN, con NIF P1017900J y domicilio social en Serrejón (Cáceres), Plaza de Hernán Cortés, 1, C.P. 10528, expediente relativo a la modificación de la autorización otorgada con fecha 9 de marzo de 2010, para efectuar un vertido de aguas residuales procedentes del núcleo urbano de Serrejón, al afluente del arroyo Valbuena, en el t.m. Serrejón (Cáceres).

Lo que conforme al Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (B.O.E. nº 176, de 24 de julio de 2001), y el Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo por el que se modifica el Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, (B.O.E. nº 135, de 6 de junio), se hace público a fin de que en el plazo de TREINTA (30) DÍAS, puedan presentar reclamaciones quienes se consideren afectados por esta petición en la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO, sita en la, Avenida de Portugal 81, 28071 Madrid, en cuyas oficinas se halla de manifiesto el ex-pediente de referencia 362.236/87.

NOTA EXTRACTO

Para el tratamiento de las aguas residuales se ha previsto la instalación de un sistema de depuración de las siguientes características:

CARACTERÍSTICAS DEL VERTIDO: Urbano hasta 1.999 habitantes-equiva-lentes. Sólidos en suspensión ≤ 35 mg/l, DBO5 ≤ 25 mg/l, DQO ≤ 125 mg/l, Nt ≤ 15 mg/l, PT ≤ 2 mg/l

VOLUMEN DE VERTIDO: 55.000 m3/año

DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES:

Línea de agua:− Aliviadero de crecidas y bypass general de planta− Canal de pretratamiento con: desbaste de gruesos, desbaste de finos

y desarenado – desengrasado.− Canal de pretratamiento auxiliar (existente)

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− Arqueta de regulación y medición de caudal− Tanque de tormentas (4 ud de 4,80 m3 cada uno – antiguos decan-

tadores-digestores) con aliviadero− Decantación – digestión de 60 m3− Tratamiento biológico mediante Contactor Biológico Rotativo (CBR)− Dosificación de cloruro férrico− Decantación secundaria (existente)− Tratamiento de afino mediante balsa de fitodepuración− Arqueta de control

Línea de fangos: − Recirculación de fangos secundarios a decantador digestor− Purga de fangos del decantador-digestor− Eras de secado (2 ud de 50 m2 cada una). Existentes

PUNTO DE VERTIDO: Afluente del arroyo Valbuena, margen derecha. pK= 485 metros. Coordena-das UTM (huso 30 – ETRS 89) X= 260.530 Y= 4.412.775 (m).

EL JEFE DE ÁREA DE CALIDAD DE LAS AGUAS

Antonio Yáñez Cidad6163

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 27BOPCáceres

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MINISTeRIO De AGRICuLTuRA, ALIMeNTACIÓN Y MeDIO AMbIeNTe

ConfederaCión HidrográfiCa del Tajo

ASUNTO. Concesión de un aprovechamiento de aguas

NOTA-ANUNCIO

Ref. Local: 354717/09 Ref. Alberca: 1067/2009

Por resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de fecha 23 de julio de 2015 se otorga a D. MIGUEL ÁNGEL DÍAZ GARCIA (6.967.167-F), D.ª MARÍA ESPERANZA DIAZ GARCIA (6.987.573-N), la concesión de un aprove-chamiento de aguas con las características que se indican a continuación y con sujeción a las condiciones que figuran en la resolución citada.

CARACTERÍSTICAS DEL APROVECHAMIENTO

TITULAR: D. MIGUEL ÁNGEL DIAZ GARCIA (6.967.167-F) D.ª MARIA ESPERANZA DIA GARCIA (6.987.573-N) USO: Riego por goteo de 2,5 Ha., de árboles frutales y abrevadero de 20 cabezas de ganado bovino. CLASIFICACIÓN DEL USO: Usos agropecuarios. Regadíos. Apartado b) 1° del Art. 49 bis del RDPH Usos agropecuarios. Ganadería. Apartado b) 2° del Art. 49 bis del RDPH VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 5.100 VOLUMEN MÁXIMO MENSUAL (m3): 1.530 CAUDAL MÁXIMO INSTANTÁNEO (l/s): 1,71 PROCEDENCIA DEL AGUA: Aguas subterráneas PLAZO CONCESIÓN: 25 años TÍTULO EN QUE SE FUNDA EL DERECHO: Concesión otorgada por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de fecha 23 de julio de 2015.

N° DE CAPTACIONES: 1 N° DE USOS: 2

CARACTERÍSTICAS DE LA CAPTACIÓN

PROCEDENCIA DEL AGUA: Acuífero 03-99 DE INTERÉS LOCAL MASA DEL AGUA: --- TIPO DE CAPTACIÓN: Sondeo VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 5.100 VOLUMEN MÁXIMO MENSUAL (m3): 1.530 CAUDAL MÁXIMO INSTANTÁNEO (l/s): 1,71 DIÁMETRO SONDEO (m): 0,13 PROFUNDIDAD SONDEO (m): 73

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POTENCIA INSTALADA (C.V.): 1,5 LOCALIZACIÓN DE LA CAPTACIÓN:

TOPÓNIMO: Pradocerrado TÉRMINO MUNICIPAL: Casas del Castañar PROVINCIA: Cáceres POLÍGONO: 6 PARCELA: 386 COORDENADAS U.T.M. ETRS 89; (X, Y): 252.336; 4.445.162 HUSO: 30

CARACTERÍSTICAS DEL USO N° 1 TIPO DE USO: Riego (Árboles frutales) CLASIFICACIÓN DEL USO: Usos agropecuarios. Regadíos. Apartado b) 2º del Art. 49 bis del RDPH VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 4.900 VOLUMEN MÁXIMO MENSUAL (m3): 1470 LOCALIZACIÓN: TÉRMINO PROVINCIA POLÍGONO PARCELAS Casas del Castañar Cáceres 6 386 y 387 SUPERFICIE DE RIEGO (Ha): 2,45 SISTEMA DE RIEGO: Goteo

CARACTERÍSTICAS DEL USO N° 2 TIPO DE USO: Abrevadero de ganado CLASIFICACIÓN DEL USO: Usos agropecuarios. Ganadería. Apartado b) 2° del Art. 49 bis del RDPH VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3): 200 VOLUMEN MÁXIMO MENSUAL (m3): 60 LOCALIZACIÓN: TÉRMINO PROVINCIA POLlGONO PARCELAS Casas del Castañar Cáceres 6 386 y 387 N° CABEZAS DE GANADO: 20 vacas

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el arto 116 del reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de Abril (B.O.E. de 30 de abril).

En Madrid a 23 de julio de 2015.

EL COMISARIO DE AGUASP.A. El COMISARIO ADJUNTO

Lorenzo Aguilera Orihuel6241

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ADMINISTRACIÓN De JuSTICIA

TRIbuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCreTaria de goBierno

EDICTO. Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz

Por renovación del cargo de Juez de Paz de la localidad de Extremadura, que a continuación se expresa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIALOCALIDAD DE SANTA CRUZ DE PANIAGUA

JUEZ DE PAZ SUSTITUTO Los que deseen solicitar dicho cargo, deberán presentar sus solicitudes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del Partido, extendi-das en papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provincia, o su exposición en el Tablón de Anuncios correspondiente. En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios cursados y Profesión actualA dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a con-tinuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad

Cáceres a 10 de noviembre de 2015.

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO DE GOBIERNO

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ ISABEL MARIA COLLADO CASTAÑO6155

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TRIbuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCreTaria de goBierno

EDICTO. Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz

Por renovación del cargo de Juez de Paz de la localidad de Extremadura, que a continuación se expresa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIALOCALIDAD DE ALAGON DEL RIO

JUEZ DE PAZ SUSTITUTO Los que deseen solicitar dicho cargo, deberán presentar sus solicitudes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del Partido, extendi-das en papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provincia, o su exposición en el Tablón de Anuncios correspondiente. En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios cursados y Profesión actualA dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a con-tinuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad

Cáceres a 10 de noviembre de 2015

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO DE GOBIERNO

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ ISABEL MARIA COLLADO CASTAÑO6156

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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

TRIbuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCreTaria de goBierno

EDICTO. Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz

Por renovación del cargo de Juez de Paz de la localidad de Extremadura, que a continuación se expresa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE LOGROSAN LOCALIDAD DE CAÑAMERO

JUEZ DE PAZ TITULAR Los que deseen solicitar dicho cargo, deberán presentar sus solicitudes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del Partido, extendi-das en papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provincia, o su exposición en el Tablón de Anuncios correspondiente. En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios cursados y Profesión actualA dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a con-tinuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad

Cáceres a 10 de noviembre de 2015.

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO DE GOBIERNO

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ ISABEL MARIA COLLADO CASTAÑO6157

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TRIbuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCreTaria de goBierno

EDICTO. Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz

Por renovación del cargo de Juez de Paz de la localidad de Extremadura, que a continuación se expresa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE TRUJILLOLOCALIDAD DE HERGUIJUELA

JUEZ DE PAZ SUSTITUTO Los que deseen solicitar dicho cargo, deberán presentar sus solicitudes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del Partido, extendi-das en papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provincia, o su exposición en el Tablón de Anuncios correspondiente. En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios cursados y Profesión actualA dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a con-tinuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad

Cáceres a 10 de noviembre de 2015.

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO DE GOBIERNO

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ ISABEL MARIA COLLADO CASTAÑO6158

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TRIbuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCreTaria de goBierno

EDICTO. Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz

Por renovación del cargo de Juez de Paz de la localidad de Extremadura, que a continuación se expresa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIALOCALIDAD DE LADRILLAR

JUEZ DE PAZ TITULAR Los que deseen solicitar dicho cargo, deberán presentar sus solicitudes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del Partido, extendi-das en papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provincia, o su exposición en el Tablón de Anuncios correspondiente. En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios cursados y Profesión actualA dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a con-tinuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad

Cáceres a 10 de noviembre de 2015

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO DE GOBIERNO

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ ISABEL MARIA COLLADO CASTAÑO6159

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EDICTO. Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz

Por renovación del cargo de Juez de Paz de la localidad de Extremadura, que a continuación se expresa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE TRUJILLOLOCALIDAD DE PLASENZUELA

JUEZ DE PAZ SUSTITUTO Los que deseen solicitar dicho cargo, deberán presentar sus solicitudes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del Partido, extendi-das en papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provincia, o su exposición en el Tablón de Anuncios correspondiente. En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios cursados y Profesión actualA dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a con-tinuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad

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EDICTO. Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz

Por renovación del cargo de Juez de Paz de la localidad de Extremadura, que a continuación se expresa, se publica el presente Edicto

PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIALOCALIDAD DE REBOLLARJUEZ DE PAZ SUSTITUTO

Los que deseen solicitar dicho cargo, deberán presentar sus solicitudes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del Partido, extendi-das en papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provincia, o su exposición en el Tablón de Anuncios correspondiente. En dicha solicitud se harán constar: Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios cursados y Pro-fesión actual A dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a con-tinuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad

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TRIbuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

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EDICTO. Convocatoria renovación cargo de Juez de Paz

Por renovación del cargo de Juez de Paz de la localidad de Extremadura, que a continuación se expresa, se publica el presente Edicto PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIA LOCALIDAD DE SANTA CRUZ DE PANIAGUA JUEZ DE PAZ TITULAR Los que deseen solicitar dicho cargo, deberán presentar sus solicitudes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano del Partido, extendi-das en papel común y dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia en Extremadura, con sede en Cáceres, dentro del término de VEINTE días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, bien en el Boletín Oficial de la Provincia, o su exposición en el Tablón de Anuncios correspondiente. En dicha solicitud se harán constar:Nombre y Apellidos, D.N.I., Domicilio, Estudios cursados y Profesión actual A dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a con-tinuación:

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

A) Certificación de Nacimiento o fotocopia del D.N.I.B) Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.C) Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de PazD) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad

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JuZGADO De LO SOCIAL Nº 1 De SevILLA

EDICTO. Procedimiento núm. 967/2013

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZ-GADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE SEVILLA.

HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 967/2013, sobre So-cial Ordinario, a instancia de MARIA PUERTO LOPEZ ACEBO contra COCALIM SLU, en la que con fecha se ha dictado Resolución que sustancialmente dice lo siguiente:

D E C R E T O

Secretario Judicial Dª ROSA MARÍA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

En SEVILLA, a cinco de septiembre de dos mil trece

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- D/Dª MARIA PUERTO LOPEZ ACEBO, presentó demanda de reclamación de cantidad frente a COCALIM SLU

SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 967/2013.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art 82,1 Ley 36/2011, de 10 de octu-bre, reguladora de la jurisdicción social. procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a. Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTE DISPOSITIVADISPONGO:

- Admitir la demanda presentada.

- Señalar el día 11/4/16 A LAS 10:00 HORAS para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en AVDA. DE LA

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BUHAIRA, S/N, EDIF. NOGA, 1ª. PLANTA, SALA DE VISTAS Nº 8,

- Citar para conciliación a celebrar el mismo día A LAS 9:30 HORAS EN LA 5ª. PLANTA-SECRETARÍA, para acreditación de las partes y de su represent-ación procesal ante el/ la Secretario/a Judicial, conforme a lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011 de RJS.

"Artículo 83. 83. Suspensión de los actos de conciliación y juicio.2. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del juicio, el secretario judicial en el primer caso y el juez o tribunal en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda.3. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de de-clarar su rebeldía.”

- El/la Secretario/a Judicial no está presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social.

- Que habiendo presentado previamente la actora proceso monitorio, que se encuentra archivado al no poder ser requerio el demandado coforme a lo dispuesto en el art. 101 LRJS, se acuerda traer a la presente demanda la documentación original aportada, dejando testimonio en el monitorio.

-Dar traslado a S.Sª de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda.

-Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182 LEC.

-Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de Letrado.

-Notifíquese la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles sigu-ientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recur-rente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en forma a COCALIM SLU, cuyo actual domi-cilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 39BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

el Boletín Oficial de la provincia de CÁCERES, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 6154

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JuZGADO De LO SOCIAL Nº 2 De CáCeReS

EDICTO. Ejecución de títulos judiciales nº 100/2015

D. DAVID MÉNDEZ CALVO, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social nº 2 de CÁCERES, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES Nº 100/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de JUAN LINO FLORIANO DONCEL, contra la empresa MADERAS RABADAN SL., PAVIMENTOS DE MAD-ERA RABADAN SLU. Y JUAN CARLOS HUERTAS ANGEL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo tenor literal es el siguiente:

D E C R E T O

LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA D/Dª DAVID MÉNDEZ CALVO.

En CÁCERES, a once de noviembre de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de JUAN LINO FLORIANO DONCEL, contra MADERAS RABADAN SL., PAVIMENTOS DE MADERA RABADAN SLU. Y JUAN CARLOS HUERTAS ANGEL.

SEGUNDO: Por Auto de fecha 06.11.15, se declaró extinguida la relación laboral que unía a las partes, debiendo abonar el ejecutado al ejecutante la cantidad de 41.977,45 €, en concepto de indemnización, más 24.391,5 €, en concepto de salarios de tramitación.

TERCERO: Al ejecutante se le adeuda en este procedimiento la cantidad de 66.368,95 €, en concepto de principal, más 10.619,03 €, que se presupuestan para intereses legales y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que con-tiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 41BOPCáceres

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las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LJS. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

Requerir a los ejecutados MADERAS RABADAN SL., PAVIMENTOS DE MADERA RABADAN SLU. Y JUAN CARLOS HUERTAS ANGEL, a fin de que en el plazo de cinco días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no veri-ficarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se acuerda el embargo de los saldos acreedores que tuvieren los ejecutados en todas las entidades bancarias con convenio, para lo cual llévese a efecto a través del Punto Neutro Judicial. E, igualmente, se acuerda el embargo de las devoluciones que por todos los conceptos pudiere percibir de la Agencia Tributaria, remitiéndose al efecto comunicación telemática.

Y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades rec-lamadas, a saber, 66.368,95 euros de principal, más 10.619,03 €, que se calculan prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesion-

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 42BOPCáceres

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ales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos inten-tadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o ben-eficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº abierta en ESPAÑOL DE CRÉDITO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Enti-dades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y para que sirva de notificación en legal forma a MADERAS RABADAN SL., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CACERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CACERES, a once de Noviembre de dos mil quince.

LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA6173

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 43BOPCáceres

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JuZGADO De INSTRuCCIÓN Nº 1 De pLASeNCIA

EDICTO. Diligencias Previas nº 1097/2014

D. MIGUEL ÁNGEL CAVERO COLL, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE PLASENCIA

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en las Diligencias Previas nº 1097/2014 seg-uidas en este Juzgado se ha dictado Auto de sobreseimiento provisional el 5 de junio de 2015; resolución que se halla en la oficina Judicial de este Juzgado, a disposición de ANA BELEN GALINDO BENITO, donde puede acudir para tener conocimiento íntegro del acto.

Y para que conste y sirva de notificación a ANA BELEN GALINDO BENITO, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Plasencia a nueve de noviembsre de dos mil quince.

EL SECRETARIO JUDICIAL6141

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JuZGADO De 1.ª INSTANCIA e INSTRuCCIÓN Nº 2 De NAvAL-MORAL De LA MATA

EDICTO. Expediente de dominio sobre reanudacion del tracto 232/2015

DOÑA YOLANDA GONZALEZ CARRO SECRETARIO DEL JUZGADO DE 1ª IN-STANCIA E INSTRUCCION N.2 DE NAVALMORAL DE LA MATA.

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue EXPEDIENTE DE DOMINIO SOBRE REANUDACION DEL TRACTO 232/2015 a instancia de ANIBAL RUIZ APARICIO, expediente de dominio la reanudación del tracto sucesivo de:

FINCA RUSTICA sita al paraje de “Los Morales” o los “Noques”. Tiene una superficie de una hectárea, veintiocho áreas y ocho cen-tiáreas. Linda, al frente, con Calle Pública; derecha, con calle pública e izquierda, con Justo Esteban Muñoz. Término Municipal de Mesas de Ibor

Figura inscrito el pleno domino en régimen de gananciales a nom-bre de D. LUCIANO SANCHEZ SERRANO Y DOÑA EUGENIA SANCHEZ MARTIN; al tomo 432; libro 10; folio 234. Por el presente y en virtud de lo acordado en decreto de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En NAVALMORAL DE LA MATA, a 27 de Julio de 2015.

LA SECRETARIO/A JUDICIAL6175

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 45BOPCáceres

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JuZGADO De 1.ª INSTANCIA e INSTRuCCIÓN Nº 2 De NAvAL-MORAL De LA MATA

EDICTO. Expediente de Dominio nº 335/2014

D. FÉLIX MANUEL DÍAZ TRUJILLO, SECRETARIO DEL JDO. 1A. INST. E IN-STRUCCIÓN N.2 DE NAVALMORAL DE LA MATA.

HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EX-PEDIENTE DE DOMINIO para la REANUDACIÓN DEL TRACTO SUCESIVO, Nº 335/2014, a instancia de D.ª MARÍA JUANA ORTÍZ GUILLÉN, respecto de la siguiente finca:

FINCA RÚSTICA, sita en Villanueva de la Vera, parcela 70, polígono 4, con una superficie de 9415 metros cuadrados, según catastro, y de 5128 metros cuadrados según consta en el Registro de la Propiedad de Jarandilla de la Vera, siendo la finca registral nº 5098, inscripción 2ª, al tomo 696, libro 76, folio 191.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En NAVALMORAL DE LA MATA, a veintinueve de julio de 2014.

EL SECRETARIO JUDICIAL6178

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 46BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

JuZGADO De 1.ª INSTANCIA e INSTRuCCIÓN Nº 2 De NAvAL-MORAL De LA MATA

EDICTO. Expediente de Dominio. Inmatriculación 345/2015

DON FÉLIX MANUEL DÍAZ TRUJILLO, SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRI-MERA INSTANCIA Nº 2 DE NAVALMORAL DE LA MATA.

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACIÓN 345/2015 a instancia de MARÍA DEL PI-LAR DORADO ARROYO, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas:

Vivienda unifamiliar entre medianeras con referencia catastral 4401215UK0040S0001RR, es una construcción entre medianeras, dentro de una manzana cerrada, situándose en una de las esquinas, que presenta fachada a la C/ Pizarro y a una calle transversal (sin salida). El solar sobre el que se ubica tiene una superficie de 69,00 metros cuadrados y una superficie construida total de 207,00 met-ros cuadrados y, la construcción ocupa el 100% de la superficie del solar contando tres plantas sobre rasante, situados en las fachadas a la C/Pizarro y a la calle lateral de Valdelacasa de Tajo.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En NAVALMORAL DE LA MATA a veinticuatro de Julio de dos mil quince.

EL SECRETARIO6176

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Número 221/Martes 17 de Noviembre de 2015 Página 47BOPCáceres

https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

JuZGADO De 1.ª INSTANCIA e INSTRuCCIÓN Nº 2 De NAvAL-MORAL De LA MATA

EDICTO. Expediente de Dominio. Exceso de cabida 355/2015

DON JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE NAVALMORAL DE LA MATA.

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento EXPEDIENTE DE DOMINIO. EXCESO DE CABIDA 355 /2015 a instancia de CLOTILDE SAN JUAN PEREZ, expediente de dominio para hacer constan mayor cabida de finca urbana: la propiedad de Navalmoral de la Mata, al folio 176, del tomo 1204 del archivo, libro 38 del ayuntamiento de Romangordo, siendo la finca registral número 1649, no estando gravada, en la actualidad, por derecho real alguno.

“corral con cuadra en Romangordo, en la calle de la Fragua, número 17, hoy catastralmente número 19. Tiene una superficie total de ses-enta metros cuadrados, correspondiendo veinte metros cuadrados a la casa y cuarenta al corral. Linda todo por la derecha entrando, edificio de Teófilo González y herederos de Juan Rodríguez; izquierda, casa y corral de Isaac Sanjuán; y espalda con calleja. Hoy sus linderos son por la derecha entrando Dª Cándida Rubio Aliaga y D. Reyes Moreno Risco, respectivamente; por la izquierda, con Dª Victoriana Sanjuán González, fondo, con calle pública y, frente, con calle de situación”

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En NAVALMORAL DE LA MATA a veintisiete de Julio de dos mil quince.

EL/LA SECRETARIO6177

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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958


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