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AGENDA DIA 1AGENDA DIA 1 InauguraciónInauguración Marco Legal, Beneficios de la Marco Legal, Beneficios de la
Subcuenta ECAT para personas Subcuenta ECAT para personas jurídicas.jurídicas.
Requisitos para Presentación de Requisitos para Presentación de Reclamaciones por Gastos Md-Qxs Reclamaciones por Gastos Md-Qxs y traslado de víctimas y traslado de víctimas
RefrigerioRefrigerio Diligenciamiento de FormatosDiligenciamiento de Formatos..
AGENDA DIA 2AGENDA DIA 2 Causales de Devolución de Causales de Devolución de
Fondo más frecuentesFondo más frecuentes Manual Tarifario SOATManual Tarifario SOAT RefrigerioRefrigerio Taller aplicativo de conceptos Taller aplicativo de conceptos
y procedimientos para la y procedimientos para la facturación al FOSYGA.facturación al FOSYGA.
ANTECEDENTEANTECEDENTES DEL FOSYGAS DEL FOSYGA
CREACION DEL CREACION DEL SOATSOAT
DECRETO 1032 DE 1991DECRETO 1032 DE 1991
Además, creó el FONSAT como una Además, creó el FONSAT como una cuenta especial de la nación … para el cuenta especial de la nación … para el pago de siniestros ocasionados por pago de siniestros ocasionados por vehículos no identificados o no vehículos no identificados o no asegurados.asegurados.
(Sustituido e incorporado al Decreto 0663 1993 -(Sustituido e incorporado al Decreto 0663 1993 -
Estatuto Financiero)Estatuto Financiero)
CREACION DEL CREACION DEL FOSYGAFOSYGA
LEY 100 DE 1993 LEY 100 DE 1993 Artículo 218:Artículo 218:
Créase El Fondo de Solidaridad y Créase El Fondo de Solidaridad y
Garantía (FOSYGA), como una cuenta Garantía (FOSYGA), como una cuenta
adscrita al Ministerio de Salud, que adscrita al Ministerio de Salud, que
se manejará por encargo fiduciario, se manejará por encargo fiduciario,
sin personería jurídica ni planta de sin personería jurídica ni planta de
personal propia.personal propia.
FOSYGA: FOSYGA: ESTRUCTURAESTRUCTURA
LEY 100 DE 1993 LEY 100 DE 1993 Artículo 219:Artículo 219:El El Fondo tendrá las siguientes subcuentas Fondo tendrá las siguientes subcuentas
independientes:independientes: De Compensación Interna del Régimen De Compensación Interna del Régimen
ContributivoContributivo De solidaridad del régimen de subsidios en De solidaridad del régimen de subsidios en
saludsalud De promoción de la saludDe promoción de la salud Del Seguro de Riesgos Catastróficos y Del Seguro de Riesgos Catastróficos y
Accidentes de Tránsito, según el artículo Accidentes de Tránsito, según el artículo 167 de esta Ley.167 de esta Ley.
FOSYGA: FOSYGA: DERECHOSDERECHOS
LEY 100 DE 1993 LEY 100 DE 1993 Artículo 167:Artículo 167:En los casos de urgencias generadas en En los casos de urgencias generadas en
accidentes de tránsito , en acciones accidentes de tránsito , en acciones terroristas ocasionadas por bombas o terroristas ocasionadas por bombas o artefactos explosivos, en catástrofes artefactos explosivos, en catástrofes naturales u otros eventos expresamente naturales u otros eventos expresamente aprobados por el CNSSS tendrán derecho al aprobados por el CNSSS tendrán derecho al cubrimiento de los servicios médico-cubrimiento de los servicios médico-quirúrgicos, indemnización por incapacidad quirúrgicos, indemnización por incapacidad permanente y por muerte, gastos funerarios permanente y por muerte, gastos funerarios y gastos de transporte al centro asistencial.y gastos de transporte al centro asistencial.
FOSYGA: FOSYGA: DERECHOSDERECHOS
LEY 100 DE 1993 LEY 100 DE 1993 Artículo 167:Artículo 167:
El FOSYGA pagará directamente a la El FOSYGA pagará directamente a la Institución que haya prestado el Institución que haya prestado el servicio a las tarifas que establezca servicio a las tarifas que establezca el Gobierno Nacional de acuerdo con el Gobierno Nacional de acuerdo con los criterios del CNSSS.los criterios del CNSSS.
FOSYGA: FOSYGA: DERECHOSDERECHOS
LEY 100 DE 1993 LEY 100 DE 1993 Artículo 168:Artículo 168:
Atención Inicial de Urgencias:Atención Inicial de Urgencias: Prestación obligatoriaPrestación obligatoria IPS públicas y privadasIPS públicas y privadas El costo será pagado por el FOSYGA en El costo será pagado por el FOSYGA en
los casos del artículo anterior o la EPS o los casos del artículo anterior o la EPS o ARS correspondiente si se trata de otro ARS correspondiente si se trata de otro evento.evento.
Las tarifas serán las definidas por el Las tarifas serán las definidas por el Gobierno Nacional.Gobierno Nacional.
FOSYGA - FOSYGA - FONSATFONSAT
LEY 100 DE 1993 LEY 100 DE 1993
ARTICULO 223:ARTICULO 223:
Incorporó a la Subcuenta ECAT Incorporó a la Subcuenta ECAT los recursos del FONSATlos recursos del FONSAT
FOSYGA: FOSYGA: REGLAMENTACIONREGLAMENTACION
Decreto 1896 de agosto 3 de Decreto 1896 de agosto 3 de 1994:1994:
Reglamentó inicialmente el FOSYGA, Reglamentó inicialmente el FOSYGA, definiendo su naturaleza y estructura definiendo su naturaleza y estructura y características de cada una de las y características de cada una de las subcuentas que lo conforman.subcuentas que lo conforman.
(Derogado por el Decreto 1283/96)(Derogado por el Decreto 1283/96)
FOSYGAFOSYGA
DECRETO 1283 DE JULIO DECRETO 1283 DE JULIO 23 DE 199623 DE 1996
Por el cual se reglamenta el Por el cual se reglamenta el funcionamiento del funcionamiento del FOSYGA del SGSSSFOSYGA del SGSSS
ADMINISTRACION DE ADMINISTRACION DE
LAS SUBCUENTASLAS SUBCUENTAS
Cada una de las subcuentas Cada una de las subcuentas
que compone el FOSYGA que compone el FOSYGA
deberá ser administrada deberá ser administrada
mediante encargo fiduciario.mediante encargo fiduciario.
SUBCUENTA DE SEGURO DE RIESGOS SUBCUENTA DE SEGURO DE RIESGOS CATASTROFICOS Y ACCIDENTES DE CATASTROFICOS Y ACCIDENTES DE
TRANSITO (ECAT)TRANSITO (ECAT)
Su objetivo:Su objetivo: garantizar la garantizar la
atención integral a las víctimas que atención integral a las víctimas que
han sufrido daño en su integridad han sufrido daño en su integridad
física como consecuencia directa de física como consecuencia directa de
accidentes de tránsito, eventos accidentes de tránsito, eventos
terroristas y catastróficos.terroristas y catastróficos.
FIDUCAFEFIDUCAFE
QUIENES CONFORMAN FISALUD?
FIDUPREVISORA
FISALUD
FIDUCOLOMBIA
SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECATEVENTOS CATASTROFICOS Y EVENTOS CATASTROFICOS Y ACCIDENTES DE TRANSITOACCIDENTES DE TRANSITO
ACCIDENTE DE ACCIDENTE DE TRANSITOTRANSITO
Intervención de un Intervención de un vehículo vehículo automotorautomotor
EEn una n una vía pública o privada vía pública o privada con acceso al públicocon acceso al público
A A consecuencia de su consecuencia de su circulacióncirculación, o , o violación de violación de una norma de tránsitouna norma de tránsito
Cause dañoCause daño en laen la integridad integridad física de las personas.física de las personas.
EVENTOS EVENTOS TERRORISTASTERRORISTAS
Son aquellos Son aquellos
producidos con bombas producidos con bombas
o artefactos explosivos o artefactos explosivos
que provocan pánico a que provocan pánico a
una comunidad y daño una comunidad y daño
físico a las personas y físico a las personas y
a los bienes materialesa los bienes materiales
CATASTROFES DE CATASTROFES DE ORIGEN NATURALORIGEN NATURAL
Son aquellos cambios en el Son aquellos cambios en el
medio ambiente físico medio ambiente físico
identificables en el tiempo identificables en el tiempo
y en el espacio, que y en el espacio, que
afectan una comunidad, afectan una comunidad,
tales como: tales como: sismos, sismos,
maremotos, erupciones maremotos, erupciones
volcánicas, deslizamientos volcánicas, deslizamientos
de tierra, inundaciones y de tierra, inundaciones y
avalanchas.avalanchas.
OTROS EVENTOSOTROS EVENTOS Expresamente aprobados por Expresamente aprobados por
el CNSSSel CNSSS, que tengan origen , que tengan origen
natural o sean provocados por natural o sean provocados por
el hombre en forma accidental el hombre en forma accidental
o voluntaria, cuya magnitud o voluntaria, cuya magnitud
supere la capacidad de supere la capacidad de
adaptación de la comunidad adaptación de la comunidad
en la que aquel se produce y en la que aquel se produce y
que la afectan en forma que la afectan en forma
masiva e indiscriminada, masiva e indiscriminada,
generando la necesidad de generando la necesidad de
ayuda externaayuda externa
OTROS EVENTOSOTROS EVENTOS
CNSSSCNSSS
POBLACION POBLACION DESPLAZADA POR LA DESPLAZADA POR LA VIOLENCIAVIOLENCIA
BENEFICIOS DE LA SUBCUENTA BENEFICIOS DE LA SUBCUENTA ECATECAT
Servicios médico quirúrgicos.Servicios médico quirúrgicos.
Indemnización por incapacidad Indemnización por incapacidad
permanente.permanente.
Indemnización por muerteIndemnización por muerte
Gastos funerariosGastos funerarios
Transporte y movilización de la Transporte y movilización de la
víctima.víctima.
¡ IMPORTANTE !¡ IMPORTANTE ! Los beneficios de Los beneficios de
indemnización por indemnización por
incapacidad permanente, por incapacidad permanente, por
muerte y los gastos muerte y los gastos
funerarios solo se otorgan funerarios solo se otorgan
con cargo al FOSYGA cuando con cargo al FOSYGA cuando
se trate de víctimas no se trate de víctimas no
afiliadas al Sistema General afiliadas al Sistema General
de Pensiones o al Sistema de de Pensiones o al Sistema de
Riesgos Profesionales, según Riesgos Profesionales, según
el caso.el caso.
Aporte mensual del 50% cobrado en adición a las primas SOAT emitidas por las Compañías Aseguradoras.
Aporte bimestral del 20% de las primas SOAT emitidas por las Compañías Aseguradoras.
Rendimientos financieros del portafolio Excedentes financieros vigencia anterior Recaudo procesos de repetición Reintegro liquidación convenios vigencias anteriores
Multas y Sanciones
Aporte mensual del 50% cobrado en adición a las primas SOAT emitidas por las Compañías Aseguradoras.
Aporte bimestral del 20% de las primas SOAT emitidas por las Compañías Aseguradoras.
Rendimientos financieros del portafolio Excedentes financieros vigencia anterior Recaudo procesos de repetición Reintegro liquidación convenios vigencias anteriores
Multas y Sanciones
RECURSOS DE LA RECURSOS DE LA SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECAT
DESTINACION RECURSOS DESTINACION RECURSOS SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECAT
VICTIMAS ACCIDENTES DE TRANSITOVICTIMAS ACCIDENTES DE TRANSITO RECLAMACIONES VICTIMAS ACCIONES RECLAMACIONES VICTIMAS ACCIONES
TERRORISTASTERRORISTAS RECLAMACIONES VICTIMAS CATASTROFES RECLAMACIONES VICTIMAS CATASTROFES
NATURALES.NATURALES. OTROS EVENTOS APROBADOS POR EL OTROS EVENTOS APROBADOS POR EL
CNSSS.CNSSS. PROGRAMAS INSTITUCIONALES PROGRAMAS INSTITUCIONALES - Fortalecimiento Red de Urgencias- Fortalecimiento Red de Urgencias.. REASEGUROS RESERVA ESPECIALREASEGUROS RESERVA ESPECIAL RECUPERACION PROCESOS DE REPETICIONRECUPERACION PROCESOS DE REPETICION PAGO FALLOS DE TUTELAPAGO FALLOS DE TUTELA SERV ASISTENCIALES A LA POBLACION SERV ASISTENCIALES A LA POBLACION
VINCULADA NO AMPARADA.VINCULADA NO AMPARADA. APOYO TECNICO, AUDITORIA Y APOYO TECNICO, AUDITORIA Y
REMUNERACION FIDUCIARIA - FOSYGAREMUNERACION FIDUCIARIA - FOSYGA
A QUIENES CUBRE UNA A QUIENES CUBRE UNA POLIZA SOAT?POLIZA SOAT?
TIENEN DERECHO A LOS BENEFICIOS:TIENEN DERECHO A LOS BENEFICIOS:
LOS OCUPANTESLOS OCUPANTES DEL VEHICULO DEL VEHICULO AUTOMOTOR AL CUAL PERTENECE EL AUTOMOTOR AL CUAL PERTENECE EL
SOATSOAT
LOS PEATONESLOS PEATONES
CUBRIMIENTO DEL SOAT PARA CUBRIMIENTO DEL SOAT PARA
GASTOS MEDICOS Y TRASLADO GASTOS MEDICOS Y TRASLADO
DE VICTIMASDE VICTIMAS
POLIZA VIGENTEPOLIZA VIGENTE
GASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOSGASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOS
500 SMDLV 500 SMDLV
TRASLADO PRIMARIOTRASLADO PRIMARIO
10 SMDLV10 SMDLV
CUBRIMIENTO DEL FOSYGA CUBRIMIENTO DEL FOSYGA PARA GASTOS MEDICOS Y PARA GASTOS MEDICOS Y TRASLADO DE VICTIMASTRASLADO DE VICTIMAS
POLIZA FALSA, VENCIDA, NO ASEGURADO POLIZA FALSA, VENCIDA, NO ASEGURADO O VEHICULO FANTASMAO VEHICULO FANTASMA
GASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOSGASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOS
800 SMDLV 800 SMDLV
TRASLADO PRIMARIOTRASLADO PRIMARIO
10 SMDLV10 SMDLV
POLIZA VIGENTE
EXCEDENTE DE GASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOS300 SMDLV
PRESENTACION DE PRESENTACION DE RECLAMACIONES A FISALUDRECLAMACIONES A FISALUD
SUBCUENTA ECAT SUBCUENTA ECAT
ACCIDENTES DE TRANSITO
FUSOAT 01
CERTIFICADO DE ATENCION MEDICA
FUSOAT 02 (CUENTA DE COBRO)
ANEXO PARA TRASLADO Y MOVILIZACION DE VICTIMAS (AMBULANCIA)
TOPES PARA PAGO DE TOPES PARA PAGO DE ACCIDENTES DE ACCIDENTES DE
TRANSITOTRANSITO
SE CALCULAN SE CALCULAN TENIENDO EN CUENTA TENIENDO EN CUENTA
LA FECHA DEL LA FECHA DEL ACCIDENTEACCIDENTE
PRESENTACION DE PRESENTACION DE RECLAMACIONES A FISALUDRECLAMACIONES A FISALUD
SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECAT
EVENTOS CATASTROFICOS
FOSGA 01
CERTIFICADO DE ATENCION MEDICA
FOSGA 02 (CUENTA DE COBRO)
ANEXO PARA TRASLADO Y MOVILIZACION DE VICTIMAS (AMBULANCIA)
CERTIFICACION DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO
TERRORISTAALCALDE
ORIGEN NATURALCOORDINADOR DEL GRUPO DE
EMERGENCIAS Y DESASTRES (ALCALDE)
CNSSS (Población Desplazada)
RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL
CERTIFICACION DE LA CERTIFICACION DE LA OCURRENCIA DE LOS OCURRENCIA DE LOS
EVENTOS CATASTROFICOSEVENTOS CATASTROFICOS
CERTIFICACION DE LA CERTIFICACION DE LA OCURRENCIA DE LOS OCURRENCIA DE LOS
EVENTOS CATASTROFICOSEVENTOS CATASTROFICOS
POBLACION DESPLAZADAPOBLACION DESPLAZADA
CIRCULAR CONJUNTA DE CIRCULAR CONJUNTA DE MINISTERIO DE SALUD Y RED MINISTERIO DE SALUD Y RED
DE SOLIDARIDAD SOCIAL DE SOLIDARIDAD SOCIAL DEL 17 DE AGOSTO DE 2001DEL 17 DE AGOSTO DE 2001
NO EXISTEN TOPES PARA NO EXISTEN TOPES PARA EL PAGO DE SERVICIOS EL PAGO DE SERVICIOS
MEDICOS Y QUIRURGICOS MEDICOS Y QUIRURGICOS A VICTIMAS DE EVENTOS A VICTIMAS DE EVENTOS
CATASTROFICOSCATASTROFICOS
REGISTRO INDIVIDUAL DE REGISTRO INDIVIDUAL DE PRESTACION DE SERVICIOS PRESTACION DE SERVICIOS
DE SALUD (RIPS)DE SALUD (RIPS)
RESOLUCION 3374 DEL 27 DE RESOLUCION 3374 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2000DICIEMBRE DE 2000
CIRCULAR 009 DEL MINISTERIO DE CIRCULAR 009 DEL MINISTERIO DE SALUD DEL 30 DE MARZO DE 2001SALUD DEL 30 DE MARZO DE 2001
LAS TARIFAS DE LOS LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS MEDICOS Y SERVICIOS MEDICOS Y
QUIRURGICOSQUIRURGICOS
SE FACTURAN A LA FECHA SE FACTURAN A LA FECHA DE PRESTACION DEL DE PRESTACION DEL
SERVICIOSERVICIO
DECRETO 2423DECRETO 2423
DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1996DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1996
Decreto 2423Decreto 2423 del 31 de diciembre de del 31 de diciembre de
19961996
Por el cual se determina la Por el cual se determina la nomenclatura y clasificación de nomenclatura y clasificación de
los procedimientos médicos, los procedimientos médicos, quirúrgicos y hospitalarios del quirúrgicos y hospitalarios del
Manual Tarifario y se dictan otras Manual Tarifario y se dictan otras disposiciones.disposiciones.
MANUAL TARIFARIO SOAT MANUAL TARIFARIO SOAT ESTRUCTURAESTRUCTURA
CAPITULO I:CAPITULO I: Campo de AplicaciónCampo de Aplicación CAPITULO II:CAPITULO II: DefinicionesDefiniciones CAPITULO III:CAPITULO III: Nomenclatura y Nomenclatura y Clasificación Clasificación
segúnsegún Grupos Quirúrgicos Grupos Quirúrgicos CAPITULO IV:CAPITULO IV: Tarifas en Salarios Mínimos Tarifas en Salarios Mínimos
Legales Diarios VigentesLegales Diarios Vigentes CAPITULO V:CAPITULO V: Servicios intrahospitalarios y Servicios intrahospitalarios y
ambulatorios, estancias, ambulatorios, estancias, servicios servicios profesionales, Derechos de profesionales, Derechos de sala, sala, materiales, suministros y equiposmateriales, suministros y equipos
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATCampo de Aplicación Campo de Aplicación
(DECRETO 887 DEL 11 DE MAYO DE 2001)(DECRETO 887 DEL 11 DE MAYO DE 2001) Es de obligatorio cumplimiento para:Es de obligatorio cumplimiento para: Los Los
casos de accidentes de tránsito, casos de accidentes de tránsito, desastres naturales, atentados desastres naturales, atentados terroristas y los demás eventos terroristas y los demás eventos catastróficoscatastróficos definidos por el CNSSS;definidos por el CNSSS; también la atención inicial de urgencias de otra también la atención inicial de urgencias de otra naturaleza, si no hay acuerdo entre las partes.naturaleza, si no hay acuerdo entre las partes.
La prestación de otros servicios en IPS públicas La prestación de otros servicios en IPS públicas o privadas se pagarán de acuerdo a las tarifas o privadas se pagarán de acuerdo a las tarifas acordadas, para lo cual se tendrán como acordadas, para lo cual se tendrán como referencia las establecidas en el Decreto referencia las establecidas en el Decreto 2423/96.2423/96.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Radiología: Artículo Radiología: Artículo 2323
Son los valores que se reconocen por la Son los valores que se reconocen por la práctica de los estudios con sus práctica de los estudios con sus proyecciones convencionales y cuando proyecciones convencionales y cuando el informe lleve el respectivo informe el informe lleve el respectivo informe escrito del médico especialista escrito del médico especialista radiólogo. radiólogo.
Si no se realiza la lectura del radiólogo, Si no se realiza la lectura del radiólogo, al valor se le descontará elal valor se le descontará el 25%.25%.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATBanco de Sangre: Artículo Banco de Sangre: Artículo
3232 Las pruebas a la unidad de Las pruebas a la unidad de
sangre o componentes previa sangre o componentes previa a su transfusión (Decreto a su transfusión (Decreto 1571/93) 1571/93) están incluidas en están incluidas en la tarifala tarifa de procesamiento, al de procesamiento, al igual que la bolsa recolectora.igual que la bolsa recolectora.
El equipo de admón de sangre El equipo de admón de sangre y elementos usados en la y elementos usados en la féresis son facturablesféresis son facturables..
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEcografías Vasculares no Ecografías Vasculares no
InvasivasInvasivas Artículo 33 Artículo 33
Cuando el examen se Cuando el examen se realice con Doppler realice con Doppler Color, se reconocerá Color, se reconocerá adicionalmente un adicionalmente un 30%30% sobre el valor sobre el valor de la tarifa de la tarifa establecida para el establecida para el estudio practicado.estudio practicado.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATResonancia Magnética:Resonancia Magnética: Artículo Artículo
3333
La tarifa incluye cortes axiales, La tarifa incluye cortes axiales, sagitales y coronales.sagitales y coronales.
Cuando realizado el examen Cuando realizado el examen inicial se requiera uno adicional inicial se requiera uno adicional con medio de contraste, se con medio de contraste, se cobrará el cobrará el 25%25% adicional del adicional del valor inicial.valor inicial.
El medio de contraste se El medio de contraste se reconoce por el precio reconoce por el precio comercial.comercial.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATSalud Oral: Artículo 38Salud Oral: Artículo 38
La mano de obra y La mano de obra y materiales utilizados en la materiales utilizados en la elaboración y reparación elaboración y reparación de prótesis y órtesis se de prótesis y órtesis se pagarán a precios oficiales pagarán a precios oficiales de los laboratorios de los laboratorios dentales.dentales.
Los materiales en cirugía Los materiales en cirugía periodontal con reposición periodontal con reposición ósea se pagarán a precio ósea se pagarán a precio comercial.comercial.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATProcedimientos de Dx y Procedimientos de Dx y
Terapéuticos: Artículo 39Terapéuticos: Artículo 39 La tarifa del procedimiento La tarifa del procedimiento
37508 Colecistectomía 37508 Colecistectomía Laparoscópica Laparoscópica corresponde a su corresponde a su realización de forma realización de forma integral (Honorarios integral (Honorarios médicos, materiales, sala médicos, materiales, sala de cx, controles pre y de cx, controles pre y postqx, medicamentos, postqx, medicamentos, anestésicos, patología)anestésicos, patología)
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia: Artículo 40Estancia: Artículo 40
Comprende:Comprende: Médico General HospitalarioMédico General Hospitalario EnfermeraEnfermera Auxiliar de EnfermeríaAuxiliar de Enfermería Dotación básica de elementos de enfermeríaDotación básica de elementos de enfermería Material de CuraciónMaterial de Curación Alimentación (excepto sustancias de nutrición Alimentación (excepto sustancias de nutrición
enteral o parenteral)enteral o parenteral) Ropa de camaRopa de cama AseoAseo Servicios públicos de energía eléctrica y aguaServicios públicos de energía eléctrica y agua Hotelería (ascensores, tel local, aire Hotelería (ascensores, tel local, aire
acondicionado)acondicionado)
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia: Artículo 40Estancia: Artículo 40
Dotación Básica de Elementos de Dotación Básica de Elementos de EnfermeríaEnfermería
Aquella utilizada durante Aquella utilizada durante la realización de control de la realización de control de signos vitales, valoración signos vitales, valoración de talla y peso, admón de de talla y peso, admón de medicamentos por VO ó medicamentos por VO ó tópica, elementos de tópica, elementos de protección personal, protección personal, necesarios para el cuidado necesarios para el cuidado de pacientes aislados o de de pacientes aislados o de cuidado especialcuidado especial
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia: Artículo 40Estancia: Artículo 40
Material de CuraciónMaterial de Curación
Suministros utilizados en Suministros utilizados en el lavado, desinfección el lavado, desinfección y protección de y protección de lesiones de piel, lesiones de piel, cualquiera que sea el cualquiera que sea el tipo de elementos tipo de elementos empleados.empleados.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia: Artículo 40Estancia: Artículo 40
Materiales por complicaciones Materiales por complicaciones intrahospitalariasintrahospitalarias
Adicional a la tarifa de estancia Código 39300Adicional a la tarifa de estancia Código 39300 Complicación POP con fascitis necrosante, fístulas, Complicación POP con fascitis necrosante, fístulas,
osteomielitis y abscesos de pared abdominal o se osteomielitis y abscesos de pared abdominal o se le realicen curación en abdomen abiertole realicen curación en abdomen abierto
Quemaduras o heridas o heridas traumáticas que Quemaduras o heridas o heridas traumáticas que presentan pérdida de sustanciapresentan pérdida de sustancia
Con escaras de decúbito, úlceras isquémicas o Con escaras de decúbito, úlceras isquémicas o gangrena gaseosa.gangrena gaseosa.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia U.C.I.: Artículo 43Estancia U.C.I.: Artículo 43
Comprende (38525): Servicios básicos La atención de especialista en
cuidado intensivo El personal paramédico Utilización de equipos de:
Monitoría cardioscópica, presión, ventilación mecánica, de presión y volumen, desfibrilación, cardioversión
EKG, EEG y gasimetrías
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia U.C.I.: Artículo 43Estancia U.C.I.: Artículo 43
Los servicios profesionales de especialistas, diferentes a los comprendidos en la estancia y que deban intervenir en la atención del paciente de Cuidado Intensivo, se reconocerá según tarifa de interconsulta (Artículo 49)
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia U.C.Intermedio: Estancia U.C.Intermedio:
Artículo 44Artículo 44
Comprende (Código 38825)
Los servicios establecidos para la Unidad de Cuidado Intensivo, con excepción de la asistencia ventilatoria.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia en Unidad de Estancia en Unidad de
Quemados:Quemados: Artículo 45 Artículo 45
Comprende Los servicios básicos La atención médica
especializada en el manejo de este tipo de pacientes
Personal de enfermería y nutrición capacitado en esta disciplina
Utilización de los equipos médicos especializados.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Estancia en Unidad de Estancia en Unidad de
Quemados:Quemados: Artículo 45 Artículo 45
: Los materiales de curación, utilizados en la Unidad de Quemados están excluidos de la tarifa de la estancia y se reconocerán hasta por el precio comercial
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATClasificación Estancia por Clasificación Estancia por
niveles de complejidad: Artículo niveles de complejidad: Artículo 4646
Se tendrá en cuenta la siguiente clasificación de las Instituciones a que hace referencia el Decreto 1760 de 1.990:
Instituciones de Primer Nivel Instituciones de Segundo Nivel Instituciones de Tercer Nivel
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia: Artículo 47Estancia: Artículo 47
Por la estancia hospitalaria, hasta 24 horas, cuando se garanticen en forma integral los servicios determinados en los Artículos 40 al 45. En caso de que por cualquier circunstancia no se suministre alguno de ellos, su valor será descontado de la tarifa de la estancia, liquidado con base en el costo que se genere.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia: Artículo 47Estancia: Artículo 47
Permanencia en la sala de observación de urgencias:
Inferior a seis(6) horas: se reconocerán los valores señalados en el numeral 9.
Cuando supere las 6 horas: Se reconocerán los valores señalados para habitación de 4 ó mas camas, según el nivel de la I.P.S.; es decir, códigos (38114 - 38124 -38134)
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATEstancia: Artículo 47Estancia: Artículo 47
Cuando el paciente se encuentre en la sala de observación, para el servicio de hidratación, los líquidos que consuma, se reconocerán hasta por el precio comercial
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATServicios Profesionales: Servicios Profesionales:
Artículo 48Artículo 48 En los exámenes y
procedimientos de dx y tratamiento, relacionados en el Capítulo IV, que según el médico tratante, necesiten de anestesia general, se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) de la tarifa establecida para el mismo.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATServicios Profesionales: Servicios Profesionales:
Artículo 48Artículo 48El servicio de ayudantía
quirúrgica: Se pagará únicamente en las
intervenciones qx, cuando se requiera de este recurso
Las tarifas corresponden al servicio total, cualquiera que sea el número de profesionales que participen.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATServicios Profesionales: Servicios Profesionales: Artículo 48 Parágrafo 1Artículo 48 Parágrafo 1
El cuidado diario intrahospitalario se reconocerá por el número de días de permanencia del paciente incluido el de ingreso y el de egreso.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATServicios Profesionales: Servicios Profesionales: Artículo 48 parágrafo 2Artículo 48 parágrafo 2
La consulta prequirúrgica y preanestésica, se reconocerán para las intervenciones clasificadas del grupo 04 en adelante
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATServicios Profesionales: Servicios Profesionales: Artículo 48 parágrafo 3Artículo 48 parágrafo 3
Los servicios profesionales de médico general correspondientes a los códigos 39131, 39133 y 39135, se reconocerán únicamente en aquellos lugares en donde por carencia del especialista, la actividad la realiza un médico general.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATServicios Profesionales: Servicios Profesionales: Artículo 48 parágrafo 6Artículo 48 parágrafo 6
La la atención diaria en la sala de observación de urgencia, se pagará adicional al valor de la consulta de urgencia
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATServicios Profesionales: Servicios Profesionales: Artículo 48 parágrafo 7Artículo 48 parágrafo 7
La tarifa correspondiente a la atención diaria intrahospitalaria, por el especialista tratante, del paciente quirúrgico y obstétrico, únicamente se reconocerá en el caso de que el paciente requiera de hospitalización mayor de quince días o cuando la embarazada ingrese por tratamiento diferente.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos de Sala de Cirugía Derechos de Sala de Cirugía
Artículo 49 Artículo 49 Intervenciones y procedimientos
quirúrgicos cruentos Dotación básica del quirófano Equipos, sus accesorios e implementos Instrumental Ropa reutilizable o desechable Servicios de enfermería, esterilización,
instrumental, circulantes Recuperación hasta 6 horas según G. Qx
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos de Sala de Cirugía Derechos de Sala de Cirugía
Artículo 49 Parágrafo 1Artículo 49 Parágrafo 1
En las intervenciones bilaterales:
50% adicional sobre la tarifa establecida para este servicio, de acuerdo con el G.Qx al que corresponda a la intervención realizada.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos de Sala de Cirugía Derechos de Sala de Cirugía
Artículo 49 Parágrafo 1Artículo 49 Parágrafo 1
En las intervenciones múltiples:
En un acto, mismo cirujano, distinta región operatoria o cirujano de diferente especialidad en la misma u otra región, se reconocerá el 100% de la tarifa para la cirugía mayor, incrementada en el 50% del valor de cada una de las adicionales.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos de Sala de Cirugía Derechos de Sala de Cirugía
Artículo 49 Parágrafo 2Artículo 49 Parágrafo 2
No se reconocerá valores adicionales por el empleo de accesorios e implementos de los equipos que se utilicen en la práctica de las intervenciones y procedimientos, aunque éstos no sean reutilizables.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos de Sala de Parto Derechos de Sala de Parto
Artículo 50Artículo 50Comprenden:
Dotación básica de la sala, los equipos, accesorios e implementos
Instrumental Ropas reutilizables o desechables Servicios de esterilización, instrumentación y
enfermería Materiales, drogas, medicamentos y
soluciones, oxígeno y gases anestésicos Sala de trabajo de parto, post-parto y de
observación del recién nacido.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos de Sala de Parto Derechos de Sala de Parto
Artículo 50Artículo 50Cuando el parto Cuando el parto
sea por cesárea, sea por cesárea, los derechos de los derechos de sala de cirugía sala de cirugía se reconocerán se reconocerán de acuerdo al de acuerdo al grupo quirúrgico grupo quirúrgico en que está en que está clasificada.clasificada.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos Sala Derechos Sala RecuperaciónRecuperación Artículo 51 Artículo 51
Comprenden:
La dotación básica Los equipos sus accesorios e
implementos Ropas reutilizables o desechables Los servicios de enfermería
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos Sala Derechos Sala
Procedimientos Incruentos: Procedimientos Incruentos: Artículo 52Artículo 52
Aquellos que para su realización
requieran el uso de salas quirúrgicas o
especiales dotadas para tal fin, se
reconoce por el derecho a su uso, el
45% adicional de acuerdo con el G.Qx o
la tarifa establecida para cada
procedimiento.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos Sala Derechos Sala
Procedimientos Incruentos: Procedimientos Incruentos: Artículo 52Artículo 52
Cateterismos Reducción cerrada de
fracturas y luxaciones Fotocoagulación de retina Algunos procedimientos
Endoscópicos Etc.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos Sala Derechos Sala
Procedimientos Incruentos: Procedimientos Incruentos: Artículo 52Artículo 52
comprende:
La dotación básica
Ropas de enfermería
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos Sala de YesosDerechos Sala de Yesos
Artículo 53 Artículo 53
En los procedimientos ortopédicos, que se practiquen en sala dotada para tal fin, se pagará así:
Código 39221Derechos de sala de yesos 2.32
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos Sala en Urgencias Derechos Sala en Urgencias y Consulta Externa: Artículo y Consulta Externa: Artículo
5454En urgencias y consulta
externa los derechos de sala se pagarán así:
39201 Derechos de sala para suturas
39202 Derechos de sala para curaciones
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATDerechos Sala en Urgencias Derechos Sala en Urgencias y Consulta Externa: Artículo y Consulta Externa: Artículo
5454
Los derechos de sala para suturas o curaciones, incluyen : uso de consultorio o salainstrumentalmaterial de sutura y curación anestesia local servicio de enfermería
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55Aquellos consumidos en el
acto qx y sala de recuperación, durante un procedimiento cruento, se reconocerán de acuerdo con el grupo qx.
INCLUYEN: Materiales de sutura Materiales de curación Medicamentos y soluciones Oxígeno, agentes y gases
anestésicos
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55PARAGRAFO 1: Los materiales de sutura y curación,
definidos en el Artículo 55 parágrafo 5 y los elementos de anestesia, tales como: tubos endotraqueales y de conexión, máscaras y catéteres intravasculares, que se utilicen en las intervenciones de los grupos especiales 20 a 23, se pagarán hasta por el precio comercial
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55
Para los Grupos Qx 20 a 23 las drogas, medicamentos y soluciones, oxígeno, agentes y gases anestésicos, quedan incluídos en los derechos de sala; se exceptúan las drogas, medicamentos y soluciones que se consuman durante Cirugías cardiovasculares, clasificados en los grupos 22 a 23 en los cuales se reconocerán hasta por el precio comercial.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55PARAGRAFO 2En los procedimientos incruentos a que se
refiere el Artículo 52 por concepto de material de sutura y curación, drogas, medicamentos y soluciones, oxígeno, agentes y gases anestésicos, cualesquiera sea el grupo en el que esté clasificado, o su tarifa, cuando se trate de un procedimiento del Capítulo IV , se reconocerá según el código 39305
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55PARAGRAFO 3En los procedimientos obstétricos de
parto, legrado uterino obstétrico y ginecológico, el valor del material de sutura y curación, drogas, medicamentos y soluciones, oxígeno y agentes anestésicos que se consuman en la atención del procedimiento está incluído en los derechos de sala
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55PARAGRAFO 4En las intervenciones
bilaterales, se reconocerá un 75% adicional sobre la tarifa establecida por materiales de sutura y curación, drogas, medicamentos y soluciones, oxígeno, agentes y gases anestésicos, de acuerdo con el G.Qx. que corresponda.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55En las intervenciones múltiples
practicadas en un mismo acto y diferente región operatoria, por este concepto se reconocerá el (100%) de la tarifa para la cirugía mayor, de acuerdo con el grupo de clasificación, incrementada en el (75%) del valor del grupo de cada una de las adicionales.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55
PARAGRAFO 5Los materiales de sutura y curación incluyen:
Algodón, aplicadores, apósitos, compresas, mechas, gasas, torundas, cotonoidesCierres umbilicales, esponjas exceoti de silicón, gelatinas absorbibles, cera para huesosEsparadrapo, soluciones desinfectantes, vendajes, guantes, hojas de bisturí
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOATMateriales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55 Artículo 55Agrafes, sutura de cualquier tipo ( catguts, absorbibles sintéticas, no absorbibles, como: sedas, nylon, poliester, polipropileno, acero inoxidable, etc.). Catéteres pericraneales, equipos de venoclisis, buretras, agujas de cualquier clase, jeringas, llaves de dos o más vías
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 56 Artículo 56
Las drogas, medicamentos y soluciones, incluídos los elementos que se requieran en su aplicación (jeringas, agujas, equipos), diferentes a las de los quirófanos, sala de parto, salas especiales para procedimientos y de recuperación, se pagarán hasta por el precio comercial.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 57 Artículo 57
Las prótesis y ortesis, injertos, válvulas, catéteres y sondas, tubos de cualquier clase, máscaras, cánulas y electrodos, no reutilizables; algodón laminado, vendas, mallas, medias ortopédicas, equipos de presión venosa central, marcapasos, elementos ortopédicos; esponjas y bandas de silicón, sustitutos del plasma, bolsas colectoras de fluídos y otros elementos de uso médico distintos a los definidos en el Parágrafo 5 del Artículo 55, utilizados en cualquier procedimiento md-qx se reconocerán hasta por el precio comercial.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Atención Prehospitalaria Atención Prehospitalaria
MóvilMóvilArtículo 60Artículo 60
39601Atención de urgencias de
tipo prehospitalario y apoyo terapéutico en unidades móviles
15.41 SMDLV
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Atención Prehospitalaria Atención Prehospitalaria
MóvilMóvilArtículo 60Artículo 60
Incluye: Servicios de médicos, enfermeros y personal auxiliar, capacitados en emergencias; Uso de las unidades de cuidado intensivo, instrumental y equipos en los vehículos; Drogas, medicamentos, soluciones y materiales de sutura y curación, usados en la emergencia y estabilización del paciente durante el traslado, desde el sitio de la emergencia al centro hospitalario
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Atención Prehospitalaria Atención Prehospitalaria
MóvilMóvilArtículo 60Artículo 60
Cuando se requiera la movilización de pacientes en ambulancia, para traslados interinstitucionales, se debe reconocer las tarifas oficiales de la IPS.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Conjuntos Integrales de Conjuntos Integrales de
AtenciónAtención
ARTÍCULO 64
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Conjuntos Integrales de Conjuntos Integrales de
AtenciónAtención
PARÁGRAFO 3:Cirugía de conjunto
bilateral
Sobre el valor total del Conjunto por el servicio profesional que se preste, se adicionará el (75 %)
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Conjuntos Integrales de Conjuntos Integrales de
AtenciónAtención
PARÁGRAFO 4: Cirugías Múltiples en el mismo acto quirúrgico:
Una cirugía de Conjunto La intervención mayor: liquidación 100% las demás cirugías se pagarán de acuerdo
con los porcentajes, sobre el valor de cada una, definidos en los Artículos 49, 55, 71, 72 y 73
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Conjuntos Integrales de Conjuntos Integrales de
AtenciónAtenciónPARÁGRAFO 4: Cirugías Múltiples en el mismo
acto quirúrgico:
Más de una cirugía de Conjunto
Si las realiza el mismo especialista por igual vía de acceso, la cirugía de Conjunto con tarifa superior se considera la principal y se liquida al 100% y se adiciona el 25% sobre el valor del Conjunto que le preceda según la cuantía.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Conjuntos Integrales de Conjuntos Integrales de
AtenciónAtenciónPARÁGRAFO 4: Cirugías Múltiples en el mismo
acto quirúrgico:
Más de una cirugía de Conjunto
El valor de la intervención principal, se incrementa en el 70% de cada una de las demás consideradas por Conjunto, cuando el mismo especialista utiliza diferente vía de acceso o las practican médicos de distinta especialidad.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Conjuntos Integrales de Conjuntos Integrales de
AtenciónAtención
PARÁGRAFO 5: En la tarifa de los Conjuntos
correspondientes a intervenciones quirúrgicas y procedimientos están consideradas las complicaciones menores y su tratamiento lo asume el proveedor del servicio dentro del valor integral del Conjunto.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 68Artículo 68
Las suturas simples en partes blandas concomitantes con lesiones mayores, se consideran parte integrante del tratamiento quirúrgico de la lesión
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 69Artículo 69
La vía de acceso para la práctica de un acto quirúrgico no da derecho cobro de valores adicionales sobre la tarifa de la operación realizada, excepto cuando se efectúe con fines diagnósticos y no haga parte de otra intervención.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 70Artículo 70
Servicios profesionales de cirujano, anestesiólogo y ayudante
quirúrgico en las intervenciones bilaterales
Se reconocerán en un 75% adicional sobre la tarifa establecida para cada profesional, de acuerdo con el grupo quirúrgico que corresponda a la intervención realizada.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 70Artículo 70
Intervenciones bilateralesa) Intervenciones en los órganos o elementos
anatómicos pares: ojo, oído, glándula salival, maxilar superior o inferior, malar, seno paranasal, plejo nervioso (cervical, braquial y lumbar), mama, glándula suprarrenal, riñón, uréter, testículo, epidídimo, ovario y trompa de falopio ( excepto ligadura).
b) Intervenciones en los dos miembros superiores o inferiores
c) Herniorrafia inguinal, femoral o crural
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 71Artículo 71
Intervenciones múltiples que practique un mismo cirujano en un acto e igual vía de
acceso
Los servicios profesionales del Cx, el anestesiólogo y el ayudante quirúrgico, se reconocerá con el 100% de la tarifa establecida para cada profesional, de acuerdo con el grupo quirúrgico que corresponda a la intervención mayor realizada, incrementada en el 50% del valor de c/u de las adicionales
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 72Artículo 72
Intervenciones múltiples que practique un mismo cirujano en un acto y diferente
vía de acceso
Los servicios profesionales de éste, el anestesiólogo y el ayudante quirúrgico, se reconocerán al 100% de la tarifa establecida para cada profesional, de acuerdo con el grupo quirúrgico que corresponda a la intervención mayor realizada, incrementada en el 75% del valor de cada una de las adicionales
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 73Artículo 73
Intervenciones múltiples que practiquen dos o más cirujanos de distinta
especialidad, en un mismo acto, en igual o diferente vía de acceso
Los servicios profesionales que intervengan, se reconocerán con el 100% de la tarifa de acuerdo con el grupo quirúrgico que corresponda por la intervención mayor que cada uno practicó, incrementada en el 50% del valor de cada una de las adicionales
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 73Artículo 73
PARÁGRAFO 1:
servicios profesionales de anestesiólogo
Se reconocen con el 100% de la tarifa del grupo quirúrgico de la intervención mayor que cada uno practicó, incrementada en el 75% correspondiente al grupo de cada una de las adicionales
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 73Artículo 73
PARÁGRAFO 2:
Servicios profesionales de ayudante quirúrgico
Se reconocen al 100% de la tarifa establecida para éste, de acuerdo con el G.Qx de la cirugía mayor, incrementada en el 50% de la tarifa correspondiente al grupo de la adicional que tenga mayor grado de clasificación.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 75Artículo 75
La consulta preanestésica y preqx de las intervenciones clasificadas en los grupos 02 y 03, la premedicación, la valoración intrahospitalaria del Cirujano previa al acto quirúrgico, los controles intra-hospitalarios y ambulatorios, posteriores a la realización de la Cx, están incluídos en las tarifas de servicios profesionales de los Cx, GO, anestesiólogos y demás especialistas, hasta la recuperación del paciente, considerándose como máx. 15 días.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 75Artículo 75
Servicios profesionales en la atención del
parto (normal, intervenido o cesárea),
incluyen: Consulta preanestésica, Controles médicos
preparto ambulatorios a partir del octavo mes y de trabajo de parto
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 76Artículo 76
Interconsulta Con fines de aclarar un diagnóstico o establecer un tratamiento Concepto de otro profesional, siempre y cuando sea de especialidad o subespecialización distinta a la del md tratante.
No habrá derecho a reconocimiento de interconsulta, cuando ésta origine la práctica de intervención o procedimiento que deba realizar el especialista consultado.
ANUAL TARIFARIO SOATANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 87Artículo 87
Cuando alguna IPS realice un procedimiento que no se encuentre definido y por lo tanto no tenga asignada tarifa, éste se reconocerá por la tarifa que tenga definida la Institución, previa la comprobación de que dicho procedimiento no se encuentra relacionado en el presente Decreto ni siquiera bajo otra denominación .
Los valores resultantes de la aplicación de las tarifas contenidas en el presente decreto deberán ajustarse a centena más próxima.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT Artículo 89Artículo 89
FACTOR X SMDLV X CANTIDAD AJUSTE CENTENA