2
AGRADECIMIENTO
Definitivamente este modesto trabajo quedaría inconcluso sin agradecer de manera
particular a las Autoridades del ITSQMET, por imprimir un tinte de actualidad,
apoyándonos siempre de forma oportuna con su equipo creativo, elemento indispensable
para la exitosa conclusión de la presente obra.
Al Instituto Tecnológico Superior Quito Metropolitano, por aportar con las ideas, siempre
enmarcadas en su orientación y rigurosidad, han sido la clave del buen trabajo que hemos
realizado los docentes, el cual no se puede concebir sin su siempre acertada participación.
Y también por facilitar siempre los medios suficientes para llevar a cabo todas nuestras
actividades, por su paciente orientación en la noble tarea de la educación superior.
3
Tabla de contenido AGRADECIMIENTO ........................................................................................... 2 PRÓLOGO ............................................................................................................. 6 INTRODUCCIÓN ................................................................................................. 7 CAPÍTULO I ........................................................................................................ 10
1. GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO ORGANIZACIÓN ......................................... 10 1.1. Unidad de Seguridad e Higiene (SH) ........................................................................... 10 1.2. Servicios médicos de la empresa y planta física .......................................................... 11 1.3. Certificación de competencias laborales. ..................................................................... 12
CAPÍTULO II ...................................................................................................... 14
2. GESTIÓN DOCUMENTAL ........................................................................................... 14 2.1. Comité - Subcomité de Seguridad e Higiene del Trabajo. ........................................... 14 2.2. Delegado de Seguridad y Salud Ocupacional. ............................................................. 17 2.3. Política de Seguridad y Salud en el Trabajo ................................................................ 17 2.4. Aprobación del Reglamento de Higiene y Seguridad. ................................................. 17 2.5. Registro del programa de prevención de riesgos psicosociales ................................... 18 2.6. Programa de prevención integral al uso y consumo de drogas. ................................... 18 2.7. Riesgos laborales y plan de acción .............................................................................. 18 2.8. Capacitación de los colaboradores. .............................................................................. 19 2.9. Aprobación de jornadas especiales de trabajo .............................................................. 20
CAPÍTULO III ..................................................................................................... 22
3. GESTIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ....................................... 22 3.1. Capacitación, formación e información en SST. .......................................................... 22 3.2. Diagnóstico de factores de riesgos laborales. ............................................................... 23 3.3. Equipos de protección individual para el cráneo. ........................................................ 24 3.4. Equipos de protección individual para el cuerpo ......................................................... 25 3.5. Equipos de protección para cara y ojos. ....................................................................... 27 3.6. Equipos de protección auditiva. ................................................................................... 27 3.7. Equipos de protección para vías respiratorias. ............................................................. 28 3.8. Equipos de protección para extremidades superiores................................................... 28 3.9. Equipos de protección para extremidades inferiores. ................................................... 29 3.10. Prevención contra caída de objetos y personas. ......................................................... 30 3.11. Limpieza de locales. ................................................................................................... 33 3.12. Máquinas y herramientas ........................................................................................... 33 3.13. Factores de Riesgos Laborales. .................................................................................. 34 3.14. Trabajos de alto riesgo. .............................................................................................. 43 3.15. Señalización. .............................................................................................................. 50
CAPÍTULO IV ..................................................................................................... 53
4. AMENAZAS NATURALES Y RIESGOS ANTRÓPICOS .......................................... 53 4.1. Plan de emergencia ................................................................................................. 53
4
4.2. Brigadas de emergencia .......................................................................................... 53 4.3. Prevención, mitigación y protección contra incendios. ........................................... 54 CAPÍTULO V ....................................................................................................... 57
5. GESTIÓN EN SALUD EN EL TRABAJO .................................................................... 57 5.1. Historia médica ocupacional. ....................................................................................... 57 5.2. Accidentes de trabajo. .................................................................................................. 58 5.3. Programas preventivos de la salud. .............................................................................. 59 5.4. Identificación de grupos vulnerables............................................................................ 59 5.5. Ausentismo al trabajo. .................................................................................................. 60 5.6. Botiquín de emergencia para primeros auxilios. .......................................................... 61
BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................. 62
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Índice de Tablas
Tabla 1: Tiempo de exposición por jornada / hora ......................................................... 35
Tabla 2: Nivel de presión sonora permitida por hora de trabajo..................................... 36
Índice de Ilustración
Ilustración 1: Gestión documental Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo ............ 16
Ilustración 2: Factores de Riesgo Laborales ................................................................... 23
Ilustración 3: Equipo de protección de cabeza ............................................................... 25
Ilustración 4: Ropa de trabajo ......................................................................................... 27
Ilustración 5: Equipo de protección de manos Guantes .................................................. 29
Ilustración 6: Riesgos producidos a extremidades inferiores ......................................... 29
Ilustración 7: Factores de Riesgo Físico ......................................................................... 34
Ilustración 8: Nivel de iluminación ................................................................................ 37
Ilustración 9: Riesgos Químicos ..................................................................................... 38
Ilustración 10: Señalización de Químicos ...................................................................... 39
Ilustración 11: Riesgos Biológicos ................................................................................. 40
Ilustración 12: Riesgo Ergonómico ............................................................................... 41
Ilustración 13: Ciclo de levantamiento manual de carga ................................................ 42
Ilustración 14: Izaje de carga .......................................................................................... 48
Ilustración 15: Puente Grúa ............................................................................................ 49
Ilustración 16: Clasificación de señalización .................................................................. 50
Ilustración 17: Extintor PQS ........................................................................................... 55
6
PRÓLOGO
La seguridad en el trabajo es una disciplina que contiene técnicas, normas,
procedimientos los que tienen por objeto eliminar o disminuir el riesgo con la finalidad
de evitar que se produzcan accidentes de trabajo o presencia de enfermedades laborales.
Los riesgos específicos y los agentes más derivados de las condiciones y ambiente de
seguridad en el trabajo se han agrupado en subtemas, los cuales se recomienda, mantener
las medidas preventivas, correctivas y procedimientos de trabajo.
Los planteamientos previstos sobre la implementación de acciones en seguridad y salud
en el trabajo respaldada en la normativa legal vigente del Ecuador, determinan que los
riesgos que se presentan en el área de trabajo son de responsabilidad y obligatoriedad del
empleador, quien realiza la prevención y cumplimiento técnico – legal y vela por la
integridad físico – mental de sus colaboradores.
Por otra parte, son obligaciones del colaborador dar cumplimiento a la gestión integral
implementada en su ambiente laboral, comunicar y gestionar la presencia de factores
dañinos que se presenten en sus actividades laborales.
Este proceso preventivo de integración en el área productiva y en los distintos niveles
jerárquicos serán ejecutados por los profesionales con formación especializada y
apoyados por la empresa de manera integral.
7
INTRODUCCIÓN
Marco Legal.
La implementación de acciones en seguridad y salud en el trabajo, se respalda en el Art.
326, numeral 5 de la Constitución del Ecuador, Normas Comunitarias Andinas,
Convenios Internacionales de la OIT, Código del Trabajo, Reglamento de Seguridad y
Salud de los Colaboradores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo, Acuerdos
Ministeriales.
Dentro de la normativa legal vigente y de cumplimiento para las Pequeñas Y Medianas
Empresa (PYMES) son:
─ ACUERDOS INTERNACIONALES:
Decisión 584. Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Resolución 957. Reglamento del Instructivo Andino de Seguridad y Salud en el
Trabajo;
─ LEYES NACIONALES:
Código de trabajo;
Ley de Comercialización y empleo de plaguicidas;
Ley de defensa contra Incendios;
Ley de minería;
Ley Orgánica de Discapacidad, LOD;
Ley Orgánica de Empresas Públicas, LOEP;
Ley Orgánica de prevención Integral Fenómeno socio económico drogas;
Ley Orgánica de Servicios Públicos, LOSEP;
Ley Orgánica justicia laboral y reconocimiento del trabajo en el hogar;
Reglamento General a la ley de minería;
─ DECRETO EJECUTIVOS:
DECRETO EJECUTIVO 860. Sistema Nacional de cualificaciones y Capacitación
Profesional;
8
DECRETO EJECUTIVO2393. Reglamento de Seguridad y Salud de los
Colaboradores y Mejoramiento del Medio Ambiente del Trabajo;
─ ACUERDOS MINISTERIALES:
AM13. Reglamento de Riesgos de Trabajo en Instalaciones Eléctricas;
AM 82. Normativa Erradicación de la Discrimación en el Ámbito Laboral;
AM135. Instructivo para el cumplimiento de las Obligaciones de Empleadores;
AM174. Reglamento de Seguridad para la construcción y Obras Públicas;
AM 398. Prohibición de la terminación de relación laboral a personas con VIH-
SIDA;
AM 1404. Reglamento de los servicios médicos de las empresas;
ACUERDO INTERINSTITUCIONAL SETED-MDT-2016-01-A. Directrices para
el desarrollo e implementación del programa de prevención integral al uso y
consumo de drogas en los espacios laborales públicos y privados;
─ NORMATIVA TÉCNICA INEN
La visión empresarial es la implementación de políticas y el cumplimiento de
obligaciones en seguridad y salud en el trabajo, que nos permitirá salvaguardar la
integridad, la salud y la vida de los colaboradores.
Como misión de las empresas e instituciones privas y públicas, consiste en identificar,
evaluar, medir y controlar la implementación de un sistema de gestión de seguridad en
los centros de trabajo, a través de normativas, guías técnicas e instrumentos, que permitan
minimizar la presencia de riesgos laborales.
Beneficios de cumplimiento de la normativa de seguridad y salud en el trabajo.
El cumplimiento de la normativa legal es una eficaz estrategia de prevención de los
riesgos laborales que nos permite evaluar los puntos importantes que se presentan durante
9
una inspección de seguridad, además, estandarizar los criterios de cumplimiento para los
empresarios en su organización y esto dependerá de la categorización de riesgo y el
número de colaboradores de su organización.
Beneficios principales de Seguridad y Salud en el Trabajo son:
• Mejorar las condiciones referentes a Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Desarrollar consciencia preventiva y prácticas de trabajo seguros.
• Disminuir los accidentes y enfermedades ocupacionales provocados por el
trabajo.
• Mejorar la producción mediante la misión empresarial y visión preventiva.
• Cumplimiento de la legislación vigente.
• Integración de la prevención de riesgos laborales en todos los niveles de la
organización.
• Promoción y mejora continua de la Seguridad y la Salud Laboral.
• Mejora continua de la imagen corporativa ante los clientes, proveedores,
entidades gubernamentales, otros.
• Reducir el tiempo de inactividad y costos relacionados, por la disminución de
accidentes e incidentes.
• Demostrar al personal del compromiso de la organización con la seguridad y
salud laboral.
10
CAPÍTULO I
1. GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO ORGANIZACIÓN
El Sistema Integrado de Seguridad y Salud en el Trabajo partirá desde los documentos técnico-
legales como son los manuales, procedimientos, instrucciones y registros, además del
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo actual aprobado por el Ministerio de
Relaciones Laborales.
Se deberá contar con las siguientes unidades o estructuras preventivas con responsables
y funciones definidas: (aplicada para empresas con más de 10 colaboradores).
1.1. Unidad de Seguridad e Higiene (SH)
La Unidad de Seguridad e Higiene de Trabajo considerado un departamento para
desarrollar, proteger, afianzar la responsabilidad del empleador y colaborador en temas
de prevención de riesgos laborales
Será creada en las empresas que cuenten con cien o más colaboradores estables, dirigida
por un técnico calificado y competente en la materia y se reportará a la más alta
autoridad de la empresa o entidad.
Las principales funciones de la Unidad de Seguridad e Higiene, son las siguientes:
— Reconocimiento y evaluación de riesgos;
— Control de Riesgos;
— Promoción y adiestramiento de colaboradores;
— Registro de la accidentalidad, ausentismo;
— Evaluación estadística de los resultados.
Las empresas como unidad productiva y dedicadas a una actividad económica se
clasifican por su sector económico, su tamaño, capital, número de propietarios, función
social.
Por su sector económico; industria, mineras, agropecuaria, servicios, comercial,
11
financiera; realizan la evaluación e identificación de los factores de riesgos existentes
priorizando los puestos críticos y existentes.
Los profesionales que forman parte de la Unidad de Seguridad son:
Técnico de Seguridad
Las principales funciones del Profesional responsable en materia de Seguridad son:
─ Identificar, evaluar, medir y controlar los riesgos laborales existentes en cada puesto
de trabajo;
─ Vigilar Cumplimiento de normas de seguridad;
─ Capacitación, formación, adiestramiento e información en programas de seguridad;
─ Establecer medidas preventivas.
─ Implementación de cultura preventiva;
El cumplimiento de las actividades permitirá la disminución o ausencia de accidentes de
trabajo y enfermedades ocupacionales.
Médico ocupacional
La gestión de salud en el trabajo será realizada por el médico ocupacional quien verificará,
y solicitará se realicen los exámenes pre-ocupacionales, ocupacionales y post-
ocupacionales, así como también examinará y resguardará la salud de los colaboradores.
Mientras que el empleador será responsable de que los colaboradores se realicen los
exámenes médicos de pre empleo, periódicos y de retiro, de acuerdo a los riesgos que
están expuestos en sus actividades labores. Dichos exámenes serán practicados, en
laboratorios calificados con médicos especialistas en salud ocupacional y no aplica
ningún costo.
1.2. Servicios médicos de la empresa y planta física
Las empresas e instituciones que cuenten con centros de trabajo mayor a cincuenta
colaboradores y son calificados de alto riesgo, deberán contar con la Unidad de Seguridad
y el Servicio Médico, liderados por profesionales con formación especializada en la
materia y debidamente acreditados ante el Ministerio de Trabajo y Empleo.
Según Código de Trabajo. Art. 430. Numeral 2 el empleador que cuente en su
organización con más de cien colaboradores designará un área adecuado para el servicio
12
médico permanente, el mismo que, dará medicina laboral preventiva. Servicio que contará
con médico y paramédico.
El régimen de cumplimiento legal para instituciones públicas como lo es el Reglamento
General LOSEP en el Art. 228 aclara que los servidores públicos tienen derecho a realizar
sus labores en un ambiente adecuado y propio done se garantice su salud ocupacional,
física, mental, social y espiritual.
El personal de enfermería trabajará a tiempo completo, cubriendo todos los turnos de
labor de la empresa.
El horario médico mínimo se cumplirá de acuerdo a la siguiente tabla:
— de 100 a 200 colaboradores 3 horas día médico;
— de 201 a 400 colaboradores 4 horas día médico;
— de 401 a 600 colaboradores 5 horas día médico;
— de 601 a 800 colaboradores 6 horas día médico;
— de 801 a 1000 colaboradores 8 horas día médico;
Las empresas que sobrepasen los 1.000 colaboradores por cada 200 de exceso dispondrán
de una hora día médico de atención adicional (Ministerio de Trabajo, 1978, págs. 2,3).
1.3. Certificación de competencias laborales.
La actividad de la construcción y obra civil es considerada en un nivel de alto riesgo,
por lo que se deberán obtener la certificación de competencias laborales en prevención
de riesgos laborales y será emitida por entes acreditados por la Secretaria Técnica del
Sistema Nacional de Cualificaciones y Capacitación Profesional (SETEC).
Todo el personal que se encuentra realizando las actividades del sector de la
construcción, incluidos: gerente de obra, superintendente de obra, residente de obra,
supervisores, maestros mayores, contratistas, deben recibir información e
instrucción específica en materia de prevención de riesgos laborales y la obtención de
una certificación de competencias laborales en prevención de riesgos laborales ante los
organismos evaluadores de la conformidad.
La disposición previamente descrita incluye a los colaboradores que realizan las
13
siguientes actividades, mismas que son consideradas como peligrosas:
— actividades mineras;
— equipo caminero, construcciones;
— operadores de aparatos elevadores;
— operadores de vehículos de transporte de carga y movimiento de tierras;
— colaboradores que se ocupan de montaje y desmontaje de andamios;
— Operador del montacargas;
— colaboradores que realizan excavaciones profundas;
— obras subterráneas, galerías y túneles o terraplenes;
— colaboradores que manipulan explosivos;
— los que ejecutan montaje y desmontaje de estructuras metálicas o prefabricadas de
gran altura;
— operadores de vehículos a motor mencionados, requisito indispensable licencia
profesional tipo G.
Certificación de competencias prevención de riesgos laborales eléctricos
La certificación o licencia de prevención de riesgos laborales es de estrictica
obligatoriedad para todos los colaboradores que presten servicios de instalaciones
eléctricas y deberán obtener la acreditación correspondiente.
Licencia de conducción
Las licencias son de tipo: no profesionales, profesionales y especialistas, serán emitidas
por el organismo competente.
14
CAPÍTULO II
2. GESTIÓN DOCUMENTAL
2.1. Comité - Subcomité de Seguridad e Higiene del Trabajo. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es un órgano bipartito y paritario
constituido por 6 representantes del empleador y 6 de los colaboradores, con facultades y
obligaciones previstas en la legislación y la práctica nacionales. Apoya al desarrollo de
los programas de seguridad y salud en el trabajo dentro de la organización.
De acuerdo a lo previsto en el Decreto Ejecutivo 2393 Art,14. Numeral 1 es de
cumplimiento obligatorio que:
• Todo centro de trabajo en el que laboren más de quince colaboradores deberá
organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo.
• Estará integrado en forma paritaria por: tres representantes de los colaboradores
y tres representantes de los empleadores los cuales tendrán un suplente elegido
de la misma forma que el titular y que será principal izado en caso de falta o
impedimento de éste
• Se designarán un Presidente y Secretario que durarán un año en sus funciones y
pueden ser reelegidos indefinidamente.
• Si el Presidente representa al empleador, el Secretario representará a los
colaboradores y viceversa.
El Ministerio del Trabajo como ente regulador de cumplimiento de la normativa legal en
materia de Seguridad y Salud en el trabajo ha implementado la plataforma del Sistema
Único de Trabajo, el cual permite a las empresas e instituciones públicas y privadas
realizar los siguientes registros:
a) Registro del informe anual de la gestión del Comité de Seguridad e
15
Higiene del Trabajo
Mediante Actas de constitución serán comunicado por escrito al Ministerio del Trabajo y
Recursos Humanos, y mediante reunión se realizará la convocatoria al empleador y a los
representantes de los colaboradores.
De forma obligatoria en el mes de enero se emite el informe anual sobre los principales
asuntos tratados en las sesiones del año anterior.
El Departamento de Seguridad, Salud en el Trabajo deberá mantener los documentos de
respaldo físicos que avalen los reportes y declaración en la plataforma informática (SUT),
para los controles técnicos de cumplimiento del Ministerio de Trabajo. El ente de control
de no obtener la información podrá solicitar la sanción por incumplimiento de las
obligaciones, mediante informe técnico al Director Regional del Trabajo y Servicio
Público.
b) Acta de constitución del Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá, las siguientes funciones:
a) Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las
políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la
prevención de accidentes y enfermedades profesionales;
b) Considerar las circunstancias y colaborar con la investigación de las causas de todos
los accidentes, enfermedades profesionales e incidentes que ocurran en el lugar de trabajo;
c) Hacer recomendaciones pertinentes para evitar la repetición de los accidentes y la
ocurrencia de enfermedades profesionales;
d) Hacer inspecciones periódicas del lugar de trabajo y de sus instalaciones, maquinarias
y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva;
e) Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio
ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su
eficiencia;
f) Vigilar el cumplimiento de la legislación, normas internas y las especificaciones
técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo;
g) Procurar el compromiso, colaboración y participación activa de todos los
colaboradores en el fomento de la prevención de riesgos en el lugar de trabajo;
16
h) Promover que todos los nuevos colaboradores reciban una formación sobre prevención
de riesgos, instrucción y orientación adecuada;
i) Garantizar que todos los colaboradores estén informados y conozcan los reglamentos,
instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o
gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo;
j) Supervisar los servicios de salud en el trabajo, la asistencia y asesoramiento al
empleador y al colaborador;
k) Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean
necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la
actividad del servicio de prevención, en su caso;
c) Sesiones mensuales del Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo.
Las sesiones que ejecutare el Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo serán ordinarias
cada mes y extraordinarias cuando ocurriere algún accidente grave o al criterio del
Presidente o a petición de la mayoría de sus miembros.
Ilustración 1: Gestión documental Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo
GESTIÓN DE COMITÉ SHT
Reuniones ordinarias mensuales
Identificación, evaluación de riesgos en
puestos de trabajo
Fomentar la cultura organizacional de los
colaboradores y empleador
Supervisión de servicio de salud
Inspecciones programadas de instalaciones, equipos, maquinarias.
Diundir Reglamentos, procedimientos, planes
de SHT
Dar cumplimientocon las prácticas de
prevención establecidas
Registro de gestión de comite SHT en plataforma SUT
17
2.2. Delegado de Seguridad y Salud Ocupacional.
En las empresas que cuenten con un número menor de 12 empleados estables, el
empleador a encargará un Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo quien colabora
al interior de la empresa en materia de Prevención de Riesgos y será elegido
democráticamente por los colaboradores, de entre ellos mismos.
2.3. Política de Seguridad y Salud en el Trabajo
La política de seguridad y salud en el trabajo es la declaración del grado de compromiso,
en función del tipo de empresa u organización, teniendo en cuenta el nivel de exposición
a peligros y riesgos de los colaboradores, el número de colaboradores expuestos o no y
su participación en el sistema de gestión de seguridad y salud del trabajo.
El Departamento de Recursos Humanos y el Departamento de Médico son los encargados
de desarrollar e implantar la política de seguridad y salud en el trabajo, puesto que son
los responsables de elaborar los objetivos, programas, recursos, materiales.
La política se dará a conocer a todos los colaboradores de la organización, mediante la
entrega física, electrónica y capacitaciones que servirán de evidencia para el
Dentro de la política se deberá prever los objetivos, recursos, responsables y programas
en materia de seguridad y salud en el trabajo.
2.4. Aprobación del Reglamento de Higiene y Seguridad.
El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo es una herramienta importante
y de apoyo para la cultura de prevención, a través del cual la Gerencia General/Alta
Dirección de la empresa u organización pública o privada, promueve una cultura de
prevención de riesgos laborales.
En toda empresa e institución pública y privada que cuente con más de diez
colaboradores, es obligatorio la elaboración del Reglamento Interno el cual será aprobado
por el Ministerio de Trabajo y renovado cada dos años; deberá ser revisado
periódicamente de acuerdo a lo que determine el Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Se realizará la entrega a todos los colaboradores, de forma física o digital un ejemplar del
18
reglamento, la empresa o institución pública o privada es la responsable de la aplicación
y cumplimiento.
2.5. Registro del programa de prevención de riesgos psicosociales
El objetivo principal de la implementación de un programa de prevención de riesgos
psicosociales es fomentar el bienestar mental, social y físico de los colaboradores de una
organización, proporcionando una garantía ante la discriminación entre compañeros y
teniendo en cuenta la igualdad de oportunidades.
Toda empresas e institución pública y privada que cuenten con más de 10 colaboradores,
deberán implementar el programa de prevención de riesgos psicosociales, basada en los
parámetros y formatos establecidos, y deberá contener acciones.
La planificación y ejecución de dicho programa, deberá ser registrado y declarado en la
plataforma informática (SUT) anualmente, una vez que el empleador decida realizar su
implementación.
2.6. Programa de prevención integral al uso y consumo de drogas.
El principal objetivo del sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo radica en
el cuidado y protección a los colaboradores y principalmente la estabilidad emocional –
familiar para que su rendimiento productivo sea eficiente y eficaz; por este motivo es
importante implementar estos tipos de programas y fomentar el bienestar laboral de los
colaboradores.
El programa de prevención integral al uso y consumo de drogas en el ámbito laborales
busca eliminar el consumo de cualquier sustancia dañina para la salud, con el único
propósito de desarrollar las actividades laborales de manera correcta y con seguridad
dentro de la organización.
Este programa aplica a todas las organizaciones con más de diez colaboradores.
2.7. Riesgos laborales y plan de acción
Es obligatorio en materia de seguridad, salud del trabajo y gestión de riesgos que el
empleador realice el registro, aprobación, notificación y/o reporte de obligaciones
laborales en materia de seguridad y salud en el trabajo (programas, planes de seguridad,
19
evaluación de riesgos, entre otros), respecto de los siguientes temas:
• Accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, incidentes;
• Identificación y evaluación, medición de riesgos laborales;
• Planes de seguridad, higiene, salud ocupacional, emergencia, contingencia,
planos, otros;
• Programas; Reglamente de higiene y seguridad;
• Unidad de seguridad e higiene; vigilancia de la salud, Responsables de seguridad
e higiene, Servicio médico de empresa;
• Organismos paritarios:
• Brigadas; simulacros; matriz de recursos;
• Formación y capacitación del personal;
• Adecuación de puestos de trabajo para personas con discapacidad;
2.8. Capacitación de los colaboradores.
El programa de capacitación dentro de la organización contribuye a la gestión de
prevención del riesgo y es una herramienta de orientación, formación, actualización y
mejora continua dirigido a los colaboradores. Contiene las metodologías y estrategias de
capacitación, obteniendo resultado de sensibilización, aporte de responsabilidad con el
autocuidado, para prevenir accidentes y enfermedades laboral producidas por las
actividades.
Las capacitaciones serán consideradas mediante dos aspectos:
• Capacitación en condiciones de salud: Como complemento fundamental de las
campañas de medicina preventiva, el colaborador recibirá conocimientos teóricos
y prácticos en prevención y control de enfermedades profesionales, accidentes e
incidentes de trabajo, salud general, salud mental y primeros auxilios.
20
• Capacitación en prevención: Dentro del ámbito de la prevención se debe contar
con manuales de seguridad, en los que se debe describir las normas y los
procedimientos correctos del trabajo. Dicha metodología nos permite identificar
los riesgos, procedimientos de trabajo seguro, instructivos, señalización y
elementos de protección personal.
Condiciones de trabajo: Son cualquier aspecto subjetivo y objetivo del ambiente,
entorno en que esta se realiza las actividades labores e incluye el análisis de aspectos de
la organización, tarea, quipos, instrumentos y materiales que determina la situación de
trabajo.
Las capacitaciones serán de asistencia obligatoria para todo el personal y se impartirán
cada vez que se aplique un nuevo procedimiento el cual modifique las condiciones de
trabajo. Serán de manera periódica para retroalimentación de los conocimientos y tratar
temas de interés en la materia de Seguridad y Salud
La Empresa también contará con un programa de inducción para los colaboradores, con
el objetivo de informará sobre los riesgos laborales generales a los que estará expuestos
según su actividad.
Los reportes y plan de capacitación serán reportados al Sistema Único de Trabajo
anualmente.
2.9. Aprobación de jornadas especiales de trabajo
Las jornadas especiales de trabajo son aquellas que se cumplen en horarios o turnos
diferentes a la jornada ordinaria dentro de la organización. Son especiales por sus
características y particularidades.
Se consideran especiales por las siguientes consideraciones:
a. Circunstancias geográficas: la actividad de trabajo demanda la persistencia de dos
o más días en campamentos, campos de reunión o instalaciones de la institución,
las cuales son programaciones de 8 horas por día.
b. Laborar en diferente turno: Las actividades que justifique la necesidad de cumplir
y desarrollar ininterrumpidamente durante las 24 horas del día o en períodos de
21
tiempo que no puedan ser ejecutados por un único grupo de colaboradores sin
exceder las 8 horas consecutivas.
c. En horarios especiales no consecutivos que no excedan las 8 horas.
d. Horario nocturno: Únicamente realizadas en la noche y/o madrugada, es decir
realizada entre las 19H00 y las 06H00 del día siguiente.
e. Jornadas especiales de menor duración: Realizadas con la finalidad de limitar la
exposición a determinados riesgos de trabajo, inherente a su puesto.
Las condiciones peligrosas consideradas para estos efectos podrán resultar de exposición
a agentes de riesgo físicos (energía), químicos (materia) y biológicos (organismos o partes
de ellos).
22
CAPÍTULO III
3. GESTIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Medio ambiente de trabajo puede considerarse a todo aquello que envuelve al
colaborador, condicionándolo en la realización de su trabajo, ya que, en muchas ocasiones
se encuentra expuesto a factores de riesgo para su salud.
Para garantizar el bienestar del colaborador, el Estado, los empleadores y los
colaboradores han sido partícipes de la mejora de las condiciones laborales, mediante
leyes, reglamentos, acuerdos para su aplicación dentro de las organizaciones, de esta
manera se promueve y protege la salud y seguridad de todos los colaboradores.
3.1. Capacitación, formación e información en SST.
Para la Gestión del sistema de Seguridad y Salud del trabajo es importante hacer cumplir
uno de los derechos de los colaboradores; como es la información y formación continua
en materia de prevención y protección de la salud en el trabajo.
La instrucción, conocimiento, entrenamiento, métodos de prevención sobre los riesgos de
trabajo, es responsabilidad del empleador, para la prevención y cuidado de los empleados.
Las capacitaciones son de cumplimiento obligatorio a todos los cargos de la organización
y con especial atención a los directivos técnicos y mandos medios.
Las capacitaciones que son impartidas por el empleador dentro de la organización, deben
ser registradas por los colaboradores participantes con su firmar de recibidas y aprobadas
como constancia y respaldo de que se les informo sobre toda la normativa de seguridad y
salud en trabajo.
Los colaboradores recibirán la notificación por escrito o por cualquier medio de
comunicación sobre los riesgos laborales a los que están expuestos y capacitarlos a fin de
prevenirlos, minimizarlos y eliminarlos. Los horarios y lugar en donde se llevará a cabo
la capacitación se establecerán previo acuerdo de las partes interesadas.
23
3.2. Diagnóstico de factores de riesgos laborales.
La identificación y evaluación de riesgos laborales, de manera inicial y periódicamente,
se lo ejecuta con la finalidad de minimizar y realizar la vigilancia epidemiológica
ocupacional específicos mediante las acciones preventivas.
Para el control debido de los factores de riesgo laborales existentes en la organización se
ejecuta las siguientes acciones:
— Identificación de factores de riesgo;
— Evaluación de factores de riesgo;
— Medición de factores de riesgo y;
— Control de factores de riesgo;
Existen varias metodologías para ejecutar la evaluación de riesgos como son: NTP 330,
GTC-45, método 3x3, Lista de Análisis – Verificación, entre otros
Las empresas, instituciones u organizaciones, dependiendo de su actividad económica se
encuentra expuesta a los diferentes factores de riesgos como son:
Ilustración 2: Factores de Riesgo Laborales
Factor de Riesgo Físico
Factor de Riesgo Mecánico
Factor de Riesgo Biológico
Factor de Riesgo Ergonómico
Factor de Riesgo Psicosocial
Factor de Riesgo Químico
24
Para prevenir el riesgo se debe controlar desde la fuente, en el medio de transmisión y en
el receptor (colaborador), con la finalidad de evitar accidente y presencia de
enfermedades ocupacionales en la organización. Se realiza evaluaciones periódicas
basadas en mapas de riesgos.
En caso de que las medidas de prevención colectivas resulten insuficientes, el empleador
deberá proporcionar, sin costo alguno para el colaborador, las ropas y los equipos de
protección individual adecuados.
3.3. Equipos de protección individual para el cráneo.
El cráneo es una de las partes más sensibles e importantes de nuestro cuerpo, motivo por
el cual es de vital importancia el cuidado que se debe mantener durante el desarrollo de
cualquier actividad constructiva para evitar los golpes en la cabeza, caídas de pequeños
objetos y materiales, caída de altura, de proyección violenta de objetos sobre la cabeza,
será obligatoria la utilización de cascos de seguridad.
En las obligaciones del empleador se manifiesta que: se debe entregar gratuitamente a
sus colaboradores ropa de trabajo y los medios de protección personal y colectiva
necesarios para realizar sus actividades laborales.
Los equipos de protección personal o colectivos no evitan el accidente, ayudan a que una
posible lesión sea más leve. Dentro de la protección individual para el cráneo,
encontramos los cascos los cuales ayudan a prevenir lesiones severas en dicha parte del
cuerpo.
En los puestos de trabajo que exista riesgo de enganche de los cabellos por proximidad a
máquinas o aparatos en movimiento, o cuando se produzca acumulación de sustancias
peligrosas o sucias, será obligatoria la cobertura del cabello con cofias, redes u otros
medios adecuados; eliminándose en todo caso el uso de lazos o cintas.
En áreas de trabajo a temperaturas extremas por calor, frío o lluvia, será obligatorio el uso
de cubrecabezas adecuados.
Los cascos de seguridad deberán cumplir con las siguientes características generales:
a) Los materiales constitutivos serán incombustibles o de combustión lenta y no
25
deberán afectar la piel del usuario.
b) Carecerán de bordes, aristas o partes salientes que puedan lastimar al
colaborador.
c) Debe existir una separación entre casquete y arnés, salvo en la zona de
acoplamiento.
Para la ejecución de trabajos eléctricos en que, requiriéndose el uso de casco, deberá
poseer la suficiente rigidez dieléctrica.
Los cascos se guardarán en lugares preservados de las radiaciones solares, calor, frío,
humedad y agresivos químicos e impedir la acumulación de polvo en su interior.
Los colaboradores deberán cumplir las normas de mantenimiento y conservación.
Se debe sustituir cuando haya sufrido cualquier tipo de choque, corte, rayadura o desgaste
por su tiempo de uso. Su uso será únicamente personal.
Ilustración 3: Equipo de protección de cabeza
3.4. Equipos de protección individual para el cuerpo
Los equipos de protección individual para el cuerpo deben ser cómodos para el uso del
colaborador y su confección será de acuerdo al puesto de trabajo.
ROPA DE TRABAJO.
1. Siempre que el trabajo implique por sus características un determinado riesgo de
accidente o enfermedad profesional, o sea marcadamente sucio, deberá utilizarse
ropa de trabajo que será entregada por el empleador.
2. La elección de la ropa de trabajo se realizará de acuerdo a la naturaleza del riesgo
y tiempos de exposición al mismo.
3. La ropa de protección personal deberá reunir las siguientes características:
26
a) Ajustar bien, sin causar incomodidad al colaborador, y facilite movimiento.
b) No tener partes sueltas, desgarradas o rotas.
c) No ocasionar afecciones cuando se halle en contacto con la piel.
d) Carecer de elementos que cuelguen o sobresalgan, los cuales produzcan
atrapamiento en máquinas o elementos en movimiento.
e) Tener dispositivos de cierre o abrochados seguros.
f) Ser de tejido y confección adecuados a las condiciones de temperatura y
humedad del puesto de trabajo.
g) Las mangas serán cortas, y cuando sea largas, ajustarán perfectamente por
medio de terminaciones de tejido elástico.
h) Se eliminarán o reducirán en todo lo posible los elementos adicionales como
bolsillos, bocamangas, botones, cordones o similares, para evitar la suciedad
y el peligro de enganche; así como el uso de corbatas, bufandas, cinturones,
tirantes, pulseras, cadenas, collares y anillos.
i) En las zonas en que existen riesgos de explosión o inflamabilidad, deberán
utilizarse prendas que no produzcan chispas.
j) Las prendas empleadas en trabajos eléctricos serán aislantes, excepto en
trabajos especiales al mismo potencial en líneas de transmisión donde se
utilizarán prendas perfectamente conductoras.
k) Se utilizará ropa de protección personal totalmente incombustibles en aquellos
trabajos con riesgos derivados del fuego.
l) En aquellos trabajos en que sea necesaria la manipulación con materiales a
altas temperaturas, el aislamiento térmico de los medios de protección debe
ser suficiente para resistir contactos directos.
m) En los trabajos con riesgos provenientes de radiaciones, se utilizará la ropa
adecuada al tipo y nivel de radiación, garantizándose la total protección de las
zonas expuestas al riesgo.
27
Ilustración 4: Ropa de trabajo
3.5. Equipos de protección para cara y ojos.
Los equipos de protección para cara y ojos serán de estricto uso en las áreas de trabajo
donde se presente impactos de partículas o cuerpo sólidos, polvo, humos, salpicadura de
líquidos fríos, calientes y metales, sustancias tóxicas, deslumbramiento.
Deberán poseer, las siguientes características:
a) Ser ligeros de peso y diseño adecuado al riesgo;
b) Buen acabado, sin bordes o aristas cortantes, que puedan dañar al que los use.
c) No alteren la visión normal del que los use.
Para la protección de los ojos se utilizará gafas, monogafas.
El equipo de protección para evitar lesiones de cara son las pantallas faciales los cuales
deberán mantener limpieza adecuada, cambio por deterioro, evitar rose, desinfección y
serán estrictamente personales.
3.6. Equipos de protección auditiva.
El ruido es un sonido confuso que suele causar una sensación auditiva desagradable y es
nociva para la salud, lo cual puede producir pérdida de la audición.
Cuando el nivel de ruido en un puesto o área de trabajo sobrepase el establecido en este
Reglamento, será obligatorio el uso de elementos individuales de protección auditiva.
Los equipos de protección auditivos son: protectores auditivos y orejeras.
28
Los protectores auditivos deben ser colocados de manera adecuada sobre el pabellón
auditivo (protectores externos) o introducidos en el conducto auditivo externo
(protectores insertos), y ofrecerán la atenuación suficiente del ruido.
Deberán ser inspeccionados antes de su uso; son de uso personal e intransferible.
El mantenimiento correcto es el lavado diario con jabón suave y evitar el contacto con
objetos sucios, se debe desinfectar sin que esto afecte a sus características técnicas y
funcionales.
Se guardarán, limpios y secos en sus correspondientes estuches.
3.7. Equipos de protección para vías respiratorias.
Dentro de las áreas de trabajo existen ambientes contaminados (polvos, gases, aerosoles,
vapor, humo), con concentraciones superiores a los límites permisibles, será obligatorio
el uso de equipos de protección personal de vías respiratorias, que cumplan las
características siguientes:
a) Adaptable a la cara del colaborador.
b) No originen excesiva fatiga a la inhalación y exhalación.
Un ambiente que contenga contaminantes tóxicos, sean gaseosos y partículas o
únicamente partículas, y con deficiencia de oxígeno, se usará un equipo independiente.
Los contaminantes gaseosos con riesgos de intoxicación presentes en el ambiente de
trabajo, se usarán equipos con filtros de retención física o química.
En el caso de contaminantes gaseosos y partículas se usarán equipos con filtros mixtos,
cuando no haya riesgo de intoxicación inmediata.
3.8. Equipos de protección para extremidades superiores.
Las partes del cuerpo que se encuentren en contacto con materiales manipulables de
peligrosidad deben estar siempre protegidos.
1) La protección de las extremidades superiores se realizará, principalmente, por
medio de los trabajos que impliquen, entre otros los siguientes riesgos:
a) Contactos con químicos agresivos, impactos o salpicaduras peligrosas;
29
b) Cortes, pinchazos o quemaduras;
Los equipos de protección de las extremidades superiores reunirán las características
generales siguientes:
3) Su uso será cuando se manipulen sustancias tóxicas o infecciosas.
4) En los trabajos con riesgo de contacto eléctrico, deberá utilizarse guantes aislantes
y serán flexibles
5) En ningún caso se utilizarán elementos de caucho natural para trabajos que exijan
un contacto con grasa, aceites o disolventes orgánicos.
Ilustración 5: Equipo de protección de manos Guantes
3.9. Equipos de protección para extremidades inferiores.
Los medios de protección de las extremidades inferiores serán utilizados a la presencia
de los siguientes riesgos:
Ilustración 6: Riesgos producidos a extremidades inferiores
Prot
ecci
ón E
xtre
mid
ades
in
ferio
res
riesgos de caída
riesgos de perforación
riesgo contaminación
30
La protección de las extremidades inferiores se completará con el uso de cubrepiés y
polainas.
El calzado de protección será de uso personal e intransferible.
3.10. Prevención contra caída de objetos y personas.
Plataformas de trabajo.
Las plataformas de trabajo serán construidas con materiales sólidos con el objetivo de
cuidar la salud e integridad de los colaboradores, en ningún caso serán menor de 800
milímetros.
Los pisos de trabajo y los pasillos estarán sólidamente unidos.
Las plataformas con más de tres metros de altura, estarán protegidas por barandillas y
rodapiés.
Cuando se trabaje sobre plataformas móviles se aplicarán dispositivos de seguridad que
eviten su desplazamiento o caída.
Normas de las barandillas y rodapiés
Las barandillas y rodapiés son de materiales rígidos, no deben tener clavos salientes,
estructuras mal adecuadas, y sólidamente fijas.
La altura de las barandillas será de 900 milímetros a partir del nivel del piso.
Los rodapiés tendrán una altura mínima de 200 milímetros sobre el nivel del piso y serán
sólidamente fijados.
Normas de las escaleras fijas y de servicio
Las escaleras, ofrecerán gran resistencia para soportar una carga móvil no menor de 500
kilogramos por metro cuadrado y con un coeficiente de seguridad de cuatro.
Las escaleras de material perforado no tendrán orificios que permitan la caída de objetos.
Ninguna escalera debe tener más de 2,70 metros de altura de una plataforma de descanso
a otra.
Las escaleras, tendrán al menos 900 milímetros de ancho y estarán libres obstáculos.
Toda escalera de cuatro o más escalones deberá estar provista de su correspondiente
barandilla.
Las escaleras entre paredes estarán provistas de al menos un pasamano.
31
Las barandillas de las escaleras deberán cumplir con todos los requisitos de la ley.
Se prohíbe la utilización de escaleras de caracol.
Cadenas, cuerdas, cables, eslingas, ganchos, poleas, tambores de izar. Son instrumentos de uso exclusivo para el izaje y manipulación de carga:
CABLES.
1) Serán de construcción y tamaño apropiado para las operaciones a las que se destinen.
2) El coeficiente de seguridad no será menor de seis bajo la carga máxima.
3) Los lazos para los ganchos, anillos y demás accesorios, irán previstos de guardacabos.
4) Los cables estarán siempre libres de nudos, sin torceduras permanentes u otros
defectos.
5) Se inspeccionarán diariamente antes de su uso y serán desechados aquellos que
contengan más de un 10% de hilos rotos.
6) Los extremos de los cables estarán atados o inmovilizados, para evitar su destrenzado.
7) Los cables deberán cumplir con todos los requisitos técnicos de ley.
CADENAS
1) La máxima carga tolerada deberá estar impresa en una placa en todas las cadenas
para izar.
2) Las cadenas nuevas o reparadas serán probadas antes de utilizarlas.
3) Los anillos, ganchos, eslabones o argollas serán del mismo material que las cadenas.
4) Todas las cadenas para izar se enrollarán solamente en tambores, ejes o poleas.
5) Las cadenas serán revisadas antes de ponerse en servicio.
6) Las cadenas deberán cumplir con todos los requisitos técnicos de ley.
7) El almacenamiento de las cadenas debe realizarse colgándolas de soportes, de tal
forma que puedan ser manipuladas sin peligro y esfuerzo excesivo.
CUERDAS.
1) Las cuerdas para izar o transportar cargas deberán ser de buena calidad, de fibra
resistente, con un factor de seguridad mínimo de 10.
2) No se deslizarán sobre superficies ásperas o en contacto con tierras, arenas o sobre
ángulos o aristas cortantes, a no ser que vayan protegidas.
32
3) No se depositarán en locales donde estén expuestas a contactos con sustancias
químicas corrosivas, ni se almacenarán con nudos, ni sobre superficies húmedas.
4) Las cuerdas estarán en perfectas condiciones de uso no presentando fibras rotas,
cortes, desgastes, raspaduras ni otros desperfectos que puedan reducir su resistencia,
revisándose periódicamente a fin de comprobar tales circunstancias.
5) Queda prohibido el empalme de cuerdas, salvo para eslingas, si bien las utilizadas
para este uso no deben volver a empalmarse.
ESLINGAS.
1) Las eslingas para izar serán construidas con cadenas, cables o cuerdas, de suficiente
resistencia en función de los trabajos a que se destinen. La carga máxima tolerada
estará indicada adecuadamente en las eslingas.
2) Las eslingas para izar serán inspeccionadas:
a) Siempre antes de ser usadas.
b) Periódicamente, pero con intervalos inferiores a tres meses, por personal
especializado.
3) Las eslingas, exceptuando el sinfín, estarán provistas de anillos, argollas u otros
dispositivos.
4) Las eslingas para izar que presenten cortes, desgastes u otros daños, serán destruidas.
5) Las eslingas deberán cumplir la fabricación de acuerdo a la norma establecida.
GANCHOS.
1) Los ganchos de los aparatos de izar serán de acero o de hierro forjado o compuestos
de planchas de acero.
2) Estarán equipados con pestillos u otros dispositivos de seguridad.
3) Las partes que estén en contacto con cadenas, cables o cuerdas serán redondeadas.
POLEAS.
1) El diámetro de las poleas se ajustará a la disposición del cable y a la utilización del
aparato elevador, exigiéndose siempre como mínimo que el diámetro de aquéllas sea
20 veces superior al del cable.
2) Las gargantas de las poleas se acomodarán para el fácil desplazamiento y enrollado
de los eslabones de las cadenas.
33
3) Las poleas deben estar provistas de guarda cables o dispositivos equivalentes para
impedir que el cable salga de la garganta.
TAMBORES DE IZAR.
1) Los tambores de los aparatos de izar, estarán provistos de pestañas, en cada extremo,
de forma que eviten la salida de los cables, cadenas o cuerdas cuando estén totalmente
enrollados.
2) Con el fin de obtener un enrollamiento regular de los cables, cadenas o cuerdas, los
tambores deberán ser ranurados o dotados de guías, salvo en el caso de los tornos
accionados manualmente.
3.11. Limpieza de locales.
Las áreas de trabajo deberán mantenerse limpios, esto se debe realizar fuera de las horas
de trabajo.
1) Los locales de trabajo y dependencias anexas deberán mantenerse siempre en buen
estado.
2) En los locales susceptibles de que se produzca polvo, la limpieza se efectuará
preferentemente por medios húmedos o mediante aspiración en seco.
3) Todos los locales deberán limpiarse perfectamente, fuera de las horas de trabajo.
4) Cuando el trabajo sea continuo, se extremarán las precauciones para evitar los efectos
desagradables o nocivos del polvo o residuos.
5) Las operaciones de limpieza se realizarán con mayor esmero en las inmediaciones de
los lugares ocupados por máquinas.
6) Los aparatos, máquinas, instalaciones, herramientas e instrumentos, deberán
mantenerse siempre en buen estado de limpieza.
Corredores, pasillos y galerías libres de obstáculos y objetos almacenados
Por seguridad de los colaboradores, los pasillos y corredores se deben mantener siempre
limpios, sin obstáculos.
3.12. Máquinas y herramientas
Señalización de equipos de parada, pulsadores de parada y dispositivos de parada de
emergencia
34
Estos dispositivos tienen la finalidad de prevenir situaciones que puedan poner en riesgo
a los colaboradores, deben estar perfectamente señalizados en las máquinas de alto riesgo.
Pulsadores de parada. - Los pulsadores de parada serán fácilmente accesibles desde
cualquier punto del puesto de trabajo, sobresaliendo de la superficie en la que estén
instalados.
Resguardo de motores y dispositivos de seguridad
Los accesorios de las maquinarias que sean cortantes, lacerantes deberán poseer
resguardos de seguridad para no lastimar con facilidad a los colaboradores.
Instalación de resguardos y dispositivos de seguridad. - Todas las partes fijas o
móviles de motores, órganos de transmisión y máquinas serán eficazmente protegidos
mediante resguardos de seguridad.
Condiciones de las herramientas de mano
Las herramientas deben estar en buenas condiciones para su manipulación, si no se
encuentran en perfecto estado se les darán un mantenimiento, pero si un accesorio
cortante de la herramienta presenta fisuras o imperfectos se deberá cambiar dicho
accesorio.
3.13. Factores de Riesgos Laborales.
Riesgo Físico
Ilustración 7: Factores de Riesgo Físico
FACTOR DE RIESGO FÍSICO
TEMPERATURA
VIBRACIÓN
RADIACIÓNILUMINACIÓN
RUIDO
35
Medidas de prevención de riesgos por Ruido
Se considerará una medida de prevención de riesgos por ruido cuando no es posible
reducir el sonido de la maquinaria hasta un nivel seguro que es 85 decibeles para el
colaborador.
RUIDOS Y VIBRACIONES.
1) La prevención de riesgos por ruidos y vibraciones se efectuará aplicando la
metodología expresada en el apartado 4 del artículo 53.
2) El anclaje de máquinas y aparatos que produzcan ruidos o vibraciones se efectuará
con las técnicas que permitan lograr su óptimo equilibrio estático y dinámico.
3) Las máquinas que produzcan ruidos o vibraciones se ubicarán en recintos aislados si
el proceso de fabricación lo permite.
4) Se prohíbe instalar máquinas o aparatos que produzcan ruidos o vibraciones,
adosados a paredes o columnas excluyéndose los dispositivos de alarma o señales
acústicas.
5) Los conductos con circulación forzada de gases, líquidos o sólidos en suspensión,
especialmente cuando estén conectados directamente a máquinas que tengan partes
en movimiento siempre y cuando contribuyan notablemente al incremento de ruido y
vibraciones.
6) Límite máximo de presión sonora el de 85 decibeles escala A del sonómetro, medidos
en el medio que labora el colaborador y mantiene habitualmente la cabeza, para el
caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo.
7) Para el caso de ruido continuo, los niveles sonoros, medidos en decibeles con el filtro
"A", estarán relacionados con el tiempo de exposición según la siguiente tabla: Tabla 1: Tiempo de exposición por jornada / hora
Decibeles / dB A
Tiempo de exposición en
jornada / horas 85 8 90 4 95
100 110 115
2 1
0.25 0.125
36
Ruido de impacto. - Se considera ruido de impacto a aquel cuya frecuencia de impulso
no sobrepasa de un impacto por segundo y aquel cuya frecuencia sea superior, se
considera continuo.
El nivel de presión sonora máxima de exposición por jornada de trabajo de 8 horas
dependerá del número total de impactos en dicho período de acuerdo con la siguiente
tabla: Tabla 2: Nivel de presión sonora permitida por hora de trabajo
N° impulsos / por hora
Nivel de presión sonora
(dB) 100 140 500 135
1000 5000
10000
130 125
120
Las máquinas-herramientas que originen vibraciones deberán estar provistas de
dispositivos amortiguadores y al personal se les proveerá de equipo de protección anti
vibratorio.
Medidas de prevención de por Iluminación
Se determinarán medidas de prevención por falta o sobre iluminación cuando podamos
determinar con un luxómetro el nivel de iluminación en el puesto de trabajo.
1) Todos los lugares de trabajo y tránsito deberán estar dotados de suficiente
iluminación natural o artificial.
Niveles de iluminación mínima para trabajos específicos y similares
37
Ilustración 8: Nivel de iluminación
2) Los valores especificados se refieren a los respectivos planos de operación de las
máquinas o herramientas.
3) Se realizará una limpieza periódica y la renovación, en caso de que sea necesario.
Medidas de prevención de Temperaturas Extremas (frio/caliente)
Las medidas de prevención para los trabajos en temperaturas altas principalmente es el
consumir abundantes líquidos, además de tenerla en reposo.
Condiciones generales ambientales: ventilación, temperatura y humedad.
1) En los locales de trabajo se mantiene, por medios naturales o artificiales.
2) En los locales de trabajo cerrados el suministro de aire fresco y limpio por hora y
colaborador será por lo menos de 30 metros cúbicos.
3) La circulación de aire en locales cerrados se procurará acondicionar de modo que los
colaboradores no estén expuestos a corrientes molestas.
4) Se fijan como límites normales de temperatura o de bulbo seco y húmedo aquellos
que indiquen una sensación confortable.
Medidas de prevención de Radiaciones Ionizantes
Radiaciones ionizantes. - Se consideran radiaciones ionizantes capaces de producir
directa o indirectamente iones por la materia.
20 luxer
•Pasillos,• Patios y•Lugares de
paso.
50 luxer
• Operación de materias,
• Desechos de mercancías, embalaje, servicios higiénicos.
100 luxer
•Fabricación de productos de hierro y acero,
• Taller de textiles y de industria manufacturera,
• Salas de máquinas y calderos, ascensores.
200 luxer
•Talleres de metal mecánica, costura,
• Industria de conserva, imprentas.
300 luxer
• Ttrabajos de montaje, pintura a pistola, tipografía, contabilidad, taquigrafía.
500 luxer
•Trabajos de fina distinción de detalles, bajo condiciones de contraste, tales como: corrección de pruebas, fresado y torneado, dibujo.
38
1) Las personas que realicen trabajos en áreas de radiación son las que están debidamente
autorizadas mediante licencia concedida por la Comisión Ecuatoriana de Energía
Atómica
2) Se prohíbe a los menores de 18 años y mujeres gestantes, realizar cualquier tipo de
trabajo sometido al riesgo de exposición a las radiaciones ionizantes.
3) Todas las personas e instituciones que trabajan con radiaciones ionizantes están
obligadas a cumplir con el Reglamento de Seguridad Radiológica.
4) Los colaboradores expuestos a radiaciones ionizantes deberán ser informados de los
riesgos.
5) Las áreas deben ser señalizadas e identificadas de acuerdo a la normativa establecida.
Medidas de prevención de Radiaciones Ultravioletas
1) Señalización del riesgo e instrucción a los colaboradores.
2) Apantallamiento de la fuente de radiación.
3) Protección personal.
Riesgo Químico
Ilustración 9: Riesgos Químicos
Son considerados químicos peligrosos al producto que por sus características físico-
químicas pueden presentar riesgo de afección a la salud, al ambiente o destrucción de
bienes, lo cual obliga a controlar su uso y limitar la exposición a él.
QUÍMICOS
39
Por su comportamiento puede ser: explosivo, inflamable, susceptible de combustión
espontánea, oxidante, inestable térmicamente, tóxico, infeccioso, corrosivo, liberador de
gases tóxicos o inflamables, y aquellas que, por algún medio, luego de su eliminación,
puedan originar algunas de las características anteriores.
Almacenamiento de materiales inflamables
Los productos y materiales inflamables se almacenarán en locales distintos a los de
trabajo, o en espacios completamente aislados.
No se puede almacenar Inflamables con: explosivos, tóxicos, radiación, comburente.
Explosivos con: Inflamables, tóxicos, radiación, comburente, irritante.
Tóxicos con: Inflamable, explosivos, radiación, comburente.
Comburente con: Inflamable, explosivos, tóxico, radiación.
Irritante con: Explosivo, radiación.
Rotulación de materiales inflamables
La importancia de la rotulación de materiales inflamables es reconocer los daños que
pueden causar dichos materiales (explosiones) si los manipulamos de manera incorrecta.
Rotulación e indicaciones de precauciones y peligro de productos corrosivos
Las rotulaciones de materiales corrosivos deben contener identificaciones de peligro,
consejos de prudencia, y debe estar establecida la correcta manipulación de dichos
materiales.
Ilustración 10: Señalización de Químicos
40
Riesgo biológico
Los contaminantes biológicos son seres vivos, organismos que al penetrar en el hombre
ocasionan enfermedades de tipo infeccioso o parasitario. Pueden causar distintos tipos de
enfermedades que en muchos casos se transmiten de los animales al hombre y viceversa.
Los agentes biológicos son:
Ilustración 11: Riesgos Biológicos
Las medidas de higiene personal para los colaboradores que manipulen cualquier tipo de
bacteria es el reconocimiento médico continuo, uso correcto de equipos de protección
personal, orden y limpieza, desinfección continua.
Los espacios de trabajo deberán estar libres de acumulación de materias orgánicas en
estado de putrefacción
Los colaboradores que se encuentren expuestos a cualquier tipo de bacterias se les
proporcionará la adecuada vestimenta para realizar su trabajo. Todo colaborador expuesto
deberá ser protegido en la forma indicada por la ciencia médica.
VIRUS
BACTERIAS
HONGOS
PARASITOS
41
Riesgo Ergonómico
Ilustración 12: Riesgo Ergonómico
Medidas para el levantamiento manual de cargas
Una medida de prevención en el riesgo ergonómico cuando realizamos levantamiento
manual de cargas, es evitar los esfuerzos prolongados sobre todo en movimientos de
flexo-tensión (levantar cajas).
Establecer pausas activas que permitan un descanso apropiado para el cuerpo.
Manipulación de materiales.
1) El transporte de materiales en lo posible deberá ser mecanizado.
2) Los colaboradores deben ser instruidos, capacitados.
3) Si la carga es pesada, se deberá realizar entre dos o más colaboradores, y la operación
será dirigida por una sola persona.
4) El peso máximo de la carga que puede soportar un colaborador es:
Varones hasta 16 años.......................35 libras
Mujeres hasta 18 años.......................20 libras
Varones de 16 a 18 años...................50 libras
Mujeres de 18 a 21 años...................25 libras
Mujeres de 21 años o más.................50 libras
Varones de más de 18 años...............55 libras.
RIESGO ERGONÓMICO
POSTURAS FORZADAS
MANIPULACIÓN DE CARGA
MOVIMIENTOS REPETITIVOS
42
No se deberá exigir ni permitir a un colaborador el transporte manual de carga cuyo peso
puede comprometer su salud o seguridad.
Levantamiento manual de cargas.
1) Se entrenará al personal sobre el correcto manejo de levantamiento de cargas.
2) Usar equipos mecánicos siempre que sea posible hacerlo.
3) Para manipular, levantar cargas, dentro de los límites establecidos, se debe realizar
los siguientes movimientos:
Ilustración 13: Ciclo de levantamiento manual de carga
4) Cuando la carga supere los 23 Kg. debe levantarse entre 2 o más personas
dependiendo del peso.
5) Se deberá evaluar ergonómicamente el levantamiento de cargas según el método
internacionalmente reconocido.
6) A los colaboradores que levantan cargas se les debe realizar exámenes periódicos de
la columna.
Doblar las
rodillas.
Agarrar firmemente
la carga.
Mantener la espalda
recta.
Usar los músculos
de las piernas
para subir.
Mantener la carga lo más cerca posible del
cuerpo.
No girar el cuerpo
para hacerlo.
43
Posiciones forzadas
Son las posturas incorrectas, extremas que sobrecargan la estructura oseomuscular por
un mal diseño del lugar de trabajo, lo cual produce, malestar o incluso enfermedad en el
sistema musculoesqueletico.
Planificar como realizar la tarea con el objetivo de minimizar desplazamientos con la
carga.
Movimientos repetitivos
Es considerado movimiento repetitivo el ciclo de trabajo inferior a 30 segundos,
movimientos elementales se repiten durante mas del 50% del tiempo total del ciclo, o
cuando se repiten los mismos movimientos durante más de dos horas al día o durante
más de 1 hora en forma continuada.
a) Posturas forzadas de muñecas, brazos, hombros y cuello
b) Períodos de descanso insuficientes.
c) Las medidas preventivas recomendadas: Uso de herramientas ergonómicas,
pausas activas, rotación de puesto de trabajo.
Riesgo Psicosocial
Gestión en la prevención de riesgos psicosociales
Los factores de riesgo psicosocial son condiciones que se encuentran presentes en el
ámbito laboral, en los procedimientos y métodos de trabajo, relaciones entre
colaboradores, contenido del trabajo y con la realización de las tareas. Pueden afectar en
el desempeño de las actividades y en la salud tanto psicológica y fisiológica.
El riesgo psicosocial provoca estrés, debido al acoso laboral, o demasiado trabajo.
Identificar y evaluar los riesgos, en forma inicial y periódicamente, con la finalidad de
planificar adecuadamente las acciones preventivas.
3.14. Trabajos de alto riesgo.
Trabajos en altura. - Se considerarán trabajos en altura los que se ejecuten a una altura
superior a 1,80 m.
44
Medidas preventivas
1) Antes de ejecutar trabajos en cubiertas y tejados, es obligatorio inspeccionar los
elementos y asegurarse que tengan la resistencia suficiente para soportar el peso de los
colaboradores y materiales.
2) Para evitar las caídas por los contornos perimetrales, se deberá utilizar uno o más de
los siguientes elementos:
a) Andamios de seguridad que cumplirán las condiciones establecidas para los
mismos.
b) Redes de protección.
c) Barandillas reglamentarias.
3) Cuando deban realizarse trabajos sobre cubiertas y tejados cuyos materiales sea de
resistencia deficiente, dudosa o de naturaleza frágil y en su empleo se cumplirán las
siguientes condiciones:
a) Se colocarán de forma que apoyen sobre dos o más elementos resistentes.
b) Podrán ser desplazados sin necesidad de que el colaborador se apoye sobre la
cubierta.
c) En caso de imposibilidad de utilizar los medios anteriores deberá instalarse un
sistema de recogida (red o similar) bajo la cubierta.
4) Uso de medios de sujeción. - Todo trabajo realizado a partir de un metro ochenta
centímetros del nivel del suelo, requerirá del uso de un arnés de seguridad.
5) Condiciones climatológicas. - Se prohíbe realizar trabajos en tejados, andamios o
cualquier otro lugar a la intemperie con riesgo de caída de altura.
6) Ganchos de amarre. - En los edificios, obras públicas, chimeneas de fábricas, y en
general, en todos los lugares donde deban realizarse trabajos de mantenimiento con riesgo
de caída de altura.
Andamios: Son estructuras metálicas fijas o móviles de uso exclusivo para la
construcción, remodelación de edificios o trabajos realizados en altura.
Son usados para ejecutar actividades y transportar materiales.
Los andamios deberán cumplir las siguientes condiciones:
45
1) Todo el contorno de los andamios será protegido por barandas y rodapiés
reglamentarios.
2) El diseño, armado de andamios, y verificación periódica, será realizada por personal
calificado y autorizado.
3) Inspeccionados diarias.
4) En la utilización de cables como medio de sustentación y elevación de andamios, se
empleará para su cálculo un coeficiente de seguridad de 6 sobre su carga efectiva de
rotura.
5) Los cables metálicos que se utilicen para la sustentación y elevación de andamios,
estarán exentos de deformaciones permanentes y nudos.
Andamios sobre pórticos reticulares metálicos:
1) Para este tipo de andamios, cada uno de los pórticos sustentadores de la plataforma
de trabajo, deberá tener la rigidez y estabilidad suficiente.
2) Será obligatorio el arriostramiento entre pórticos en andamios de alturas
superiores a los tres metros.
Andamios colgados:
1) Los andamios colgados que no estén constituidos por módulos metálicos
prefabricados no excederán en longitud de 8 metros.
2) Las barandas exteriores y laterales reglamentarias, reunirán las condiciones de
seguridad para evitar caídas de colaboradores y de materiales.
3) Se establecerán sistemas de amarre del andamio a la estructura para mantener la
estabilidad de aquél y asegurar una separación máxima de 300 milímetros entre la
estructura y el andamio.
4) La distancia máxima entre dos puntos de cuelgue, no excederá de 3 metros.
Está prohibido:
a) Utilizar escaleras de mano como andamios;
b) Hacer fuego cerca o sobre los andamios;
c) Dejar herramientas o materiales;
d) Cambiar de tipo de andamio sin la autorización respectiva.; y,
e) Subir más de dos colaboradores a los andamios colgantes.
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Protección colectiva
Para los trabajos que se realicen en alturas, se adoptará un sistema de protección colectiva
contra calda de personas y objetos, tales como:
Redes de protección. - con resistencia capaz de detener en cada una masa de 100
kilogramos desde 6 metros de altura, y que reúnan las siguientes características:
1) Sus materiales de construcción deben tener la resistencia adecuada y la
flexibilidad suficiente para formar bolsas de recogida.
2) El ancho del voladizo de la red a partir del plano vertical más saliente de la
estructura complicará con la normativa respectiva:
3) Los soportes rígidos de sustentación de las redes, no estarán en contacto directo
con la red.
4) La abertura del tejido de la red no sobrepasará de 150 x 150 milímetros cuadrados.
Accesos a los lugares de trabajo.
a) Los lugares en que se realicen los trabajos deberán disponer de accesos que
permitan el paso seguro.
b) Las gradas en proceso de construcción, hasta no disponer de sus pasamanos
definitivos, deberán estar protegidas del lado del hueco por barandillas reglamentarias.
Protección individual
A más de la protección colectiva, se dispondrá de protección individual o personal EPIs,
dependiendo de la necesidad particular de los puestos de trabajo.
1) Arnés de seguridad con una resistencia de 5000 libras en donde existe riesgo de
caídas.
2) Cascos y barbiquejo de seguridad que cumplan con las normas internacionales
y nacionales.
3) Guantes de trabajo
4) Protección respiratoria adecuada para los trabajos en atmósferas contaminadas.
Trabajos en Caliente
La Gestión de trabajo en caliente se enfoca en prevenir los riesgos que pueden causar
explosiones e inclusive incendios, se necesita capacitar a las personas y verificar los
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equipos periódicamente por lo mínimo 2 veces al año.
Trabajos en Espacios Confinados
Un espacio o recinto confinado es aquel que dispone de una sola entrada y salida con poca
ventilación natural y escaso oxígeno, en la cual se concentran gases tóxicos, inflamables
Trabajos en instalaciones eléctricas energizadas
Los trabajos que se realizan con energía eléctrica, deben tener un plan diseñado por una
persona competente en el área de electricidad y todas las herramientas deben tener
aislamiento.
Intervención en instalaciones eléctricas energizadas
1) El personal que intervenga en trabajos, instalaciones energizadas deberá ser
calificado, capacitado, para la ejecución de actividades eléctricas.
2) Se utilizarán herramientas y equipos de protección con aislamiento (dialécticas).
3) Cumplir con el procedimiento de trabajo establecido para el servicio de instalación
eléctrica.
4) No se realizará ningún trabajo en una instalación energizada.
Trabajos en Excavaciones
La gestión de trabajos en excavaciones procura reducir el porcentaje de desplomes,
derrumbes, o movimientos de tierras, adoptando mejores estudios de los terrenos para
evitar muertes.
Excavación. - Dentro de la fase de excavación se tomará en cuenta lo siguiente:
a) En los trabajos de excavaciones se adoptarán las precauciones necesarias para
prevenir accidentes según la naturaleza, condiciones del terreno y forma de
realización de los trabajos.
b) En todos los trabajos de excavación que se realicen con taludes no estables, se
dispondrá una adecuada entibación o contención.
c) Se adoptarán las medidas apropiadas para evitar la caída de materiales sobre el
personal que trabaje en su interior.
d) Las paredes de las excavaciones y los bordes superiores de los taludes deben
despejarse de los bloques y/o piedras cuya caída pudiera provocar accidentes.
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e) Las aberturas de las excavaciones estarán protegidas con barandas.
Izajes de cargas (Montacargas / Grúas)
El operar un equipo de izaje requiere altos conocimientos prácticos y teóricos, saber
cuánto puede cargar la maquinaria y como desarrollar de correcta manera el trabajo.
Normas generales.
1) Las grúas serán utilizadas de acuerdo con las disposiciones generales y las
especificaciones señaladas por el fabricante.
2) Todos los engranajes y demás dispositivos mecánicos de transmisión de fuerza
serán cubiertos con las protecciones adecuadas.
3) Sólo se permitirá permanecer en las cabinas o en los camiones de grúas, a las
personas debidamente autorizadas.
4) Se realizará las maniobras evitando el contacto con circuitos eléctricos.
5) Se prohíbe el paso de personas, cuando la grúa esté funcionando, señalizándose
adecuadamente el área del trabajo.
6) Todas las grúas estarán provistas de limitadores de altura de izaje y carga máxima.
7) Queda prohibido izar cargas con tiro oblicuo.
8) El operador debe dejar los mandos en punto muerto, colocando el freno de
traslación.
9) Antes de poner en marcha la máquina, es obligatorio verificar que los mandos
estén en punto muerto y que no se encuentre ninguna persona u obstáculo en el
camino.
Ilustración 14: Izaje de carga
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Puentes - grúas.
1) Estarán provistos de accesos fáciles y seguros, desde el suelo de los pisos o
plataformas hasta la cabina de la grúa, y de la cabina a los pasillos del puente, por
medio de escaleras.
2) Se dispondrán de pasillos y plataformas de ancho no inferior a 400 milímetros,
medido desde la parte móvil más saliente, a todo lo largo del puente.
3) Los pasillos y plataformas serán de construcción sólida y estarán provistas de
barandillas y rodapiés.
Ilustración 15: Puente Grúa
Grúas - torre.
1) Se emplazarán preferentemente en lugares libres de obstáculos que pudieran
entorpecer los movimientos de la grúa.
2) Cuando dos grúas o más operen en la misma zona, se instalarán de tal forma que
no puedan entrar en contacto sus plumas.
3) Los carriles ofrecerán una resistencia adecuada a las cargas que hayan de soportar
estarán debidamente alineados horizontalmente.
4) Los carriles se colocarán sobre durmientes, asegurándose previamente de la
solidez y firmeza del suelo.
5) Se colocarán dispositivos de fin de carrera solidarios a las vías, que impidan que
las ruedas salgan por los extremos de las mismas.
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6) La distancia entre las partes más salientes de la base de la grúa y la estructura del
edificio, nunca será inferior a 700 milímetros.
7) Las piezas de lastre de la pluma deben ser gruesas y uniformes, compuestas por
material homogéneo, de peso específico conocido.
3.15. Señalización.
Las señales preventivas tienen como finalidad advertir a los colaboradores la existencia
de uno o más riesgos dentro de la organización.
Colores de seguridad
Los colores de seguridad cumplirán con las especificaciones contenidas en las normas
INEN.
1) Tendrán una duración conveniente, en las condiciones normales de empleo, por
lo que se utilizarán pinturas resistentes al desgaste y lavables.
2) Su utilización se hará de tal forma que sean visibles en todos los casos, sin que
exista posibilidad de confusión con otros tipos de color.
3) La señalización óptica a base de colores se utilizará únicamente con las
iluminaciones adecuadas para cada tipo de color.
Clasificación de las señales.
1) Las señales se clasifican por grupos en:
Ilustración 16: Clasificación de señalización
Señales de prohibición
Señales de obligación
Señales de
prevención o
advertencia
Señales de información
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a) Señalización prohibición: Tienen como finalidad advertir de un riesgo
potencial de una práctica insegura, como su nombre lo indica prohíben algunos
movimientos.
b) Señalización de obligación: Su importancia es aplicar reglas de seguridad para
los colaboradores en áreas específicas de la empresa.
c) Señalización de prevención: Señales que nos permiten prevenir o dar
advertencia a la presencia de riesgos existentes.
d) Señalización de información: Este tipo de señalización tiene como objetivo
proporcionar avisos e indicaciones referentes a la salud y seguridad en el trabajo.
Otros tipos de señalización son:
Señalización de equipos contra incendios: La importancia de este tipo de señalización
es indicar de una manera sencilla y clara donde se localizan los equipos contra incendios.
Señalización que oriente la fácil evacuación del recinto laboral en caso de
emergencia: Es de suma importancia tener las vías de evacuación en todas las partes de
la empresa.
Salidas de emergencia.
Las salidas de emergencia son una vía de escape ante cualquier situación de riesgo, estas
deben tener visibilidad y deben estar sin interrupciones, es decir, estar vacías.
1) En todas las instalaciones se deberá mantener salidas de emergencia o evacuación.
2) Las salidas de emergencia tendrán un ancho mínimo de 1,20 metros, debiendo
estar siempre libres de obstáculos y debidamente señalizados.
3) La evacuación en locales con riesgos de incendios, deberá realizarse
inmediatamente y de forma ordenada y continua.
4) Las puertas o dispositivos de cierre de las salidas de emergencia, se abrirán hacia
el exterior y en ningún caso podrán ser corredizas o enrollables.
5) Las puertas y dispositivos de cierre, de cualquier salida de un local con riesgo de
incendio, estarán provistas de un dispositivo interior fijo de apertura, con mando
sólidamente incorporado.
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6) Las salidas estarán debidamente señalizadas y se mantendrán en perfecto estado
de conservación y libres de obstáculos que impidan su utilización.
1) El ancho mínimo de las puertas de salida cumplirá con lo especificado en la ley.
2) Todo operario deberá conocer las salidas existentes.
3) No se considerarán salidas utilizables para la evacuación, los dispositivos
elevadores, tales como ascensores y montacargas.
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CAPÍTULO IV
4. AMENAZAS NATURALES Y RIESGOS ANTRÓPICOS 4.1. Plan de emergencia
Un plan de emergencia es una preparación ante posibles desastres que se presenten dentro
de una organización y tiene como objetivo principal minimizar las consecuencias de los
daños materiales y humanos.
4.2. Brigadas de emergencia
Es un grupo conformado por personas con conocimientos en primeros auxilios y está
orientada a salvaguardar la vida de quienes se encuentren en un estado de emergencia
Obligaciones de los brigadistas.
a) Participar en el control de desastres, prevención de riesgos y
mantenimiento de la higiene.
b) Asistir a los cursos sobre control de desastres y prevención de
riesgos.
c) Formar parte de las brigadas establecidas por el empleador:
Brigada de emergencia, primeros auxilios, Brigada contra
incendios, y Evacuación y comunicación.
d) La intervención de las brigadas es antes, durante y después de
cualquier evento producido en la organización.
e) Asistir a las capacitaciones continua y de actualización que se
realice para cada brigada.
Simulacros
Simulacro es una práctica de cómo se debe actuar en caso de producirse una emergencia
en área de trabajo, siguiendo un plan establecido en el procedimiento de seguridad. Se
realizará los simulacros con el objetivo de verificar tiempos y reacciones de las personas.
El empleador deberá efectuar el registro, aprobación, y reporte de los simulacros
realizados en el período anual.
54
Para lo cual se requiere el cumplimiento de las siguientes condiciones.
a. Salidas de emergencias libre de obstáculos y objetos almacenados.
b. Los corredores, galerías y pasillos deberán tener un ancho adecuado a su
utilización.
c. Las salidas y puertas exteriores de los centros de trabajo, cuyo acceso será
visible o debidamente señalizado.
d. Las puertas de comunicación en el interior de las instalaciones reunirán las
condiciones suficientes para una rápida salida en caso de emergencia.
e. En los accesos a las puertas, no se permitirán obstáculos que interfieran la
salida normal de los colaboradores.
f. El ancho mínimo de las puertas exteriores será de 1,20 metros cuando el
número de colaboradores que las utilicen normalmente no exceda de 200.
g. Las puertas deberán abrir hacia el exterior.
Evacuación de locales.
a. La evacuación deberá realizarse inmediatamente y de forma ordenada y
continua.
b. Todos los colaboradores, subcontratistas, visitas, clientes deberán conocer
las salidas existentes.
c. No se considera salidas utilizables a los ascensores y montacargas.
d. Cuando las formas de evacuación, no fuesen suficientes se dotará de
salidas o sistemas de evacuación de emergencia.
e. Se realizará la evacuación priorizando la salida de los grupos vulnerables.
4.3. Prevención, mitigación y protección contra incendios.
Sistemas de detección de humo
Es una alarma que debe ser colocada cada 60 metros cuadrados, la cual emite una señal
de emergencia a la presencia de humo.
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En las áreas de alta concurrencia o peligrosidad se deben instalar de manera obligatoria.
Serán de la clase y sensibilidad adecuada para detectar el incendio y para emitir el aviso
pertinente.
El número, situación y distribución de los detectores son los siguientes:
a) Detectores térmicos: 1 detector al menos cada 30 metros cuadrados e instalados a una
altura máxima sobre el suelo de 7,5 metros.
b) Detectores de humos: 1 detector al menos cada 60 metros.
c) En pasillos deberá disponerse de un detector al menos cada 12 metros cuadrados.
Extintores
Los extintores deben estar en lugares de fácil accesibilidad y visibilidad, para su uso en
alguna emergencia a una altura no mayor de 1.55 metros desde la base de dicho accesorio.
Se colocarán extintores adecuados junto a equipos o aparatos con especial riesgo de
incendio, y cubrirán un área entre 50 a 150 metros cuadrados.
Ilustración 17: Extintor PQS
Bocas de incendio
El propósito de una boca de incendio es proporcionar una cantidad de agua abundante en
caso de un incendio.
La separación máxima entre dos bocas de incendio equipadas será de 50 metros. Red de
agua
Será de acero, de uso exclusivo para instalaciones de protección contra incendios y
protegida contra acciones mecánicas en los puntos en que se considere necesario.
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Existirá un depósito adicional con capacidad suficiente y equipos de bombeo adecuados,
abastecido por dos fuentes de suministro, en previsión de desabastecimiento de la red
pública de agua.
Dispositivos de iluminación de emergencia: La fuente de iluminación de emergencia
será independiente de la fuente de iluminación, para mantener una iluminación adecuada
hasta que el personal pueda abandonar sus zonas de trabajo.
1) Se lo ubicara en los centros de trabajo en los que se realicen labores nocturnas, o en
los que, por sus características, no se disponga de medios de iluminación de
emergencia adecuados a las dimensiones de los locales y número de colaboradores
ocupados simultáneamente.
2) En aquellas áreas de trabajo en las que se exija la presencia permanente de
colaboradores en caso de interrupción del sistema general de iluminación.
57
CAPÍTULO V
5. GESTIÓN EN SALUD EN EL TRABAJO
La salud y conservación del estado físico, mental y psicológico de los colaboradores,
como beneficio fundamental de la organización se lo debe ejecutar bajo el control del
programa de vigilancia de la salud.
El programa de control y la vigilancia de la salud de sus colaboradores con la finalidad
de prevenir la presencia de enfermedades ocupacionales, toma en consideración los
factores de riesgo a los cuales están expuestos los colaboradores en cada puesto de trabajo.
Se debe llevar los registros epidemiológicos necesarios.
Medicina preventiva y del trabajo. - El plan contemplará un programa de medicina
preventiva y del trabajo, a través del cual se desarrollarán todas aquellas actividades
tendientes a promover y mejorar la salud.
5.1. Historia médica ocupacional.
Es un documento confidencial donde se registran cronológicamente las condiciones de
salud del colaborador, antecedentes médicos, procedimientos diagnósticos, tratamiento y
rehabilitación relacionados con exposición a factores de riesgo en su historial laboral.
Examen médico de ingreso a los colaboradores
Con la finalidad de complementar el proceso de selección de los colaboradores e ingresar
a ocupar los distintos puestos de trabajo, además de conocer el estado de salud del
colaborador para su adaptación en el trabajo e identificar colaboradores especialmente
sensibles o susceptibles se realizan los exámenes médicos de ingreso de los colaboradores
que es responsabilidad del empleador y no implicarán ningún costo para los
colaboradores.
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Examen médico periódico a los colaboradores:
Realizar los exámenes médicos periódicos a los colaboradores es responsabilidad de los
empleadores con el objetivo de determinar la probable existencia daños potenciales para
la salud derivados del trabajo.
Los empleadores serán responsables de que los colaboradores se sometan a los exámenes
médicos, periódicos, acorde con los riesgos a que están expuestos en sus labores diarias.
Dichos exámenes serán practicados, preferentemente, por médicos especialistas en salud
ocupacional y no implicarán ningún costo para los colaboradores.
Para el colaborador es obligatorio realizarse dichos exámenes.
Examen médico de retiro a los colaboradores:
Todo personal que se desvincule de la Empresa, será sometido al examen médico de
retiro, con la finalidad de establecer el estado de salud del colaborador al momento de su
salida y el historial médico laboral durante su estancia.
Los colaboradores tendrán derecho a recibir la comunicación de los resultados obtenidos
de los exámenes médicos ocupacionales practicados con ocasión de la relación laboral a
los que se han sometido, estos exámenes son confidenciales.
5.2. Accidentes de trabajo.
Los colaboradores tienen derecho a interrumpir su actividad cuando, por motivos
razonables, consideren que existe un peligro inminente que ponga en riesgo su seguridad
o la de otros colaboradores.
Mantener un sistema de registro y notificación de los accidentes de trabajo, incidentes y
enfermedades profesionales además investigar y analizar los mismos son de
obligatoriedad dentro del programa de salud.
Los colaboradores, el comité se seguridad del Trabajo son los participantes principales en
el análisis de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.
Notificación. - La notificación de los accidentes de trabajo y presunción de enfermedad
profesional se realizará ante la Dirección de Riesgos del Trabajo del IESS.
Registro y estadística. - Todas las empresas llevarán, un registro de incidentes,
accidentes y enfermedades de origen laboral.
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Investigar las enfermedades ocupacionales que se puedan presentar en la empresa.
Llevar la estadística de todos los accidentes producidos, dentro de las áreas de trabajo.
5.3. Programas preventivos de la salud.
Las empresas deben tener una constante capacitación para mantener a su personal
informado sobre:
a) La prevención de la salud en el trabajo.
b) Divulgar los conocimientos indispensables para la prevención de enfermedades y
accidentes.
c) Organizar programas de educación para la salud.
d) Los horarios y el lugar en donde se llevará a cabo la referida capacitación se
establecerán previo acuerdo de las partes interesadas;
5.4. Identificación de grupos vulnerables.
Todas las empresas deben evaluar los riesgos para planificar medidas preventivas y
disminuir a presencia de los riesgos.
Combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de transmisión y en el
colaborador, privilegiando el control colectivo e individual de cada grupo existente en la
organización.
Diseñar y elaborar una estrategia para los grupos vulnerable garantizando un mayor nivel
de protección de la seguridad y salud de los colaboradores mediante la adopción de
medidas preventivas, debe incluir los métodos eficientes y necesarios para realizar el
trabajo eficiente y con mayor nivel de producción.
Se manejará la informar a los colaboradores por escrito y por cualquier otro medio sobre
los riesgos laborales a los que están expuestos y capacitarlos a fin de prevenir posibles
daños.
El empleador deberá garantizar la protección de los colaboradores que por su situación
de discapacidad sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal
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fin, deberán tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos, en la
adopción de medidas preventivas y de protección necesarias.
El Estado a través de sus organismos y entidades reconoce y garantiza que las personas
con discapacidad pueden trabajar dentro de una organización, la cual tiene como
obligación contratar una persona con discapacidad y no podrá despedirla.
El Estado garantizará a las personas con discapacidad el derecho a la salud y asegurará el
acceso a todos los servicios estipulados por la ley.
Las personas con discapacidad, con deficiencia o condición discapacitante tienen derecho
a acceder a un trabajo remunerado en condiciones de igualdad y a no ser discriminadas.
Las personas con discapacidad tendrán derecho a gozar de permiso para tratamiento y
rehabilitación, de acuerdo a la prescripción médica debidamente certificada, tanto en el
sector público como en el privado, de conformidad con la Ley.
5.5. Ausentismo al trabajo.
El ausentismo es un aspecto importante a considerar dentro de la organización, por lo cual
hay que planificar y desarrollar estrategias que controlen las causas, tomando decisiones
para reducir la ausencia de los colaboradores al trabajo.
Las empresas llevarán un control estadístico de los días que se han ausentado sus
colaboradores ya sea por enfermedades o accidentes dentro o fuera de la organización.
Las causas del ausentismo, no siempre ocurre por causa del colaborador; también pueden
ser causadas por la organización, de las tareas, o falta de motivación, y el impacto
psicológico de una dirección deficiente.
Algunas de las causas son:
• Enfermedad comprobada y no comprobadas
• Calamidad doméstica (familiar)
• Tardanzas involuntarias por motivos de fuerza mayor.
• Motivos personales, financieros o de transporte.
• Falta de motivación para trabajar.
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• Clima organizacional deficiente.
• Falta de adaptación del trabajador a su puesto de trabajo.
5.6. Botiquín de emergencia para primeros auxilios.
Dentro del cumplimiento de la vigilancia de la salud de la organización, deberá disponer
de un botiquín de emergencia con todos los implementos necesarios para la atención
primaria en un evento de emergencia, accidente de trabajo que se presente en la empresa.
El botiquín deberá ser inspeccionado periódicamente por el personal médico, y deberá
remplazar o completar los insumos que sean necesarios.
62
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