ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4821
ANEXO - DECRETO N° 145/16
ANEXO I
MINISTERIO DE SALUD
INSTITUTO DE TRASPLANTE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DESIGNACIONES
NOMBRE Y APELLIDODOCUMENTO/CUIL.
FUNCION OBSERVACIONES
Dra. Cabezas, Dora Viviana
DNI N° 10.515.091
CUIL. N° 27-10515091-7
Directora del Ente Autárquico
Instituto del Trasplante de la
Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Retiene sin percepción de
haberes el cargo de
Especialista en la Guardia
Médica Consultor Principal
1 (Terapia Intensiva),
titular, con 40 horas
semanales, partida
4022.1006.MS.17, del
Hospital General de
Agudos “Dr. J. M. Ramos
Mejía”.
Dra. Fariña, María Adriana
DNI N° 13.277.398
CUIL N° 27-13277398-5
Directora del Ente Autárquico del
Instituto del Trasplante de la
Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
Retiene sin percepción de
haberes el cargo de
Profesional de Guardia
Médica Suplente, partida
4022.0606.Z25, del
Hospital General de
Agudos “Dr. Carlos G.
Durand”.
Déjase constancia de que
no se procederá a dar el
alta de la designación,
hasta tanto no se acredite
la norma legal de
otorgamiento de la licencia
IF-2016-05588197- -MSGC
página 1 de 2
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1
FIN DEL ANEXO
ANEXO - DECRETO N° 145/16 (continuación)
en el cargo de Médica de
Guardia con 48 hs. a
cargo del Área de
Fiscalización y Registro
del CUCAIBA.
IF-2016-05588197- -MSGC
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N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 2
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 3/SSBS/16
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Pág. 1 de 2
2016
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
SIGAF
Ejercicio: Área/OGESE
361Requerimiento Nº:
EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 4922367Nº: 04/02/2016Fecha:
Jurisdicción:
21-VICEJEFATURA DE GOBIERNOSubjurisdicción:
0Entidad:
20-JEFATURA DE GOBIERNO
UE
8801-DIRECCIONGENERAL DE DESARROLLOSALUDABLE 8801-DIRECCIONGENERAL DE DESARROLLOSALUDABLE 8801-DIRECCIONGENERAL DE DESARROLLOSALUDABLE 9987-DIRECCIONGENERAL DESARROLLOGASTRONOMICO 9987-DIRECCIONGENERAL DESARROLLOGASTRONOMICO 9987-DIRECCIONGENERAL DESARROLLOGASTRONOMICO 9987-DIRECCIONGENERAL DESARROLLOGASTRONOMICO 9987-DIRECCIONGENERAL DESARROLLOGASTRONOMICO 9988-DIRECCIONGENERAL PROMOCION DEPOLITICAS DE BIENESTARSOCIAL
Programa
16-POL.DESARR.SALUDABLE
16-POL.DESARR.SALUDABLE
16-POL.DESARR.SALUDABLE
33-DES. GASTRONOMICO
33-DES. GASTRONOMICO
33-DES. GASTRONOMICO
33-DES. GASTRONOMICO
33-DES. GASTRONOMICO
34-PROM POL BIENESTARSOCIAL
Subprograma
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Proyecto
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Actividad
1-
1-
1-
1-
1-
1-
1-
1-
1-
Obra
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Partida
3490
3290
3520
3490
2110
2560
3290
3590
3490
Importe
-2.272.000,00
-220.000,00
-352.000,00
1.130.000,00
61.600,00
61.600,00
26.400,00
26.400,00
1.142.000,00
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 4922367 Fecha: 04/02/2016
CREDITO
FueFin FinFun
11
11
11
11
11
11
11
11
11
31
31
31
31
31
31
31
31
31
IF-2016-05617401- -SSBS
página 1 de 2
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Pág. 2 de 2
2016
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
SIGAF
Ejercicio: Área/OGESE
361Requerimiento Nº:
EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 4922367Nº: 04/02/2016Fecha:
Jurisdicción:
21-VICEJEFATURA DE GOBIERNOSubjurisdicción:
0Entidad:
20-JEFATURA DE GOBIERNO
UE
9988-DIRECCIONGENERAL PROMOCION DEPOLITICAS DE BIENESTARSOCIAL 9988-DIRECCIONGENERAL PROMOCION DEPOLITICAS DE BIENESTARSOCIAL 9988-DIRECCIONGENERAL PROMOCION DEPOLITICAS DE BIENESTARSOCIAL 9988-DIRECCIONGENERAL PROMOCION DEPOLITICAS DE BIENESTARSOCIAL 9000-SUBSECRETARIA DEBIENESTAR SOCIAL 9000-SUBSECRETARIA DEBIENESTAR SOCIAL 9000-SUBSECRETARIA DEBIENESTAR SOCIAL 9000-SUBSECRETARIA DEBIENESTAR SOCIAL
Programa
34-PROM POL BIENESTARSOCIAL
34-PROM POL BIENESTARSOCIAL
34-PROM POL BIENESTARSOCIAL
34-PROM POL BIENESTARSOCIAL
4-ACTS COMUNES PROGS33 Y 34 4-ACTS COMUNES PROGS33 Y 34 4-ACTS COMUNES PROGS33 Y 34 4-ACTS COMUNES PROGS33 Y 34
Subprograma
0
0
0
0
0
0
0
0
Proyecto
0
0
0
0
0
0
0
0
Actividad
1-
1-
1-
1-
1-
1-
1-
1-
Obra
0
0
0
0
0
0
0
0
Partida
2110
2560
3290
3590
2110
2560
3290
3590
Importe
61.600,00
61.600,00
26.400,00
26.400,00
77.000,00
77.000,00
33.000,00
33.000,00
0,00Diferencia:
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 4922367 Fecha: 04/02/2016
CREDITO
FueFin FinFun
11
11
11
11
11
11
11
11
31
31
31
31
31
31
31
31
IF-2016-05617401- -SSBS
página 2 de 2
FIN DEL ANEXO
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 3
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 52/MJGGC/16
FIN DEL ANEXO
Anexo “I” MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA COORDINACIÓN Y PROMOCIÓN DE EVENTOS DESIGNACIONES
APELLIDO Y NOMBRE CUIL
OBSERVACIONES
Fernandez, Pablo Martín 20-32742620-7
Con 4000 Unidades Retributivas Mensuales.-
Assiz, Valeria Yamila 27-29119183-0
Con 4500 Unidades Retributivas Mensuales.
Nocito, Sebastián Horacio 20-24228143-9
Con 9500 Unidades Retributivas Mensuales.
PAGINA Nº 1/1
IF-2016-05614273- -DGALP
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 4
FIN DEL ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 53/MJGGC/16
CUIT APELLIDO Y NOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº EXPEDIENTE
20-39466971-8 PEREYRA IRAOLA, Justo 1/1/2016 12/31/2016 $ 25,000 $ 300,000 MJGGC MJGGC ADMINISTRATIVO PRIMARIO 4405765-MGEYA-DGTALMJG/16
23-33545253-4 MOLINA, Natalia Soledad 1/1/2016 12/31/2016 $ 15,000 $ 180,000 MJGGC DGTALMJG PROFESIONAL CONTADORA PUBLICA 3568556-MGEYA-DGTALMJG/1620-34249411-1 LIERN, Jose Nicolas 1/1/2016 12/31/2016 $ 18,500 $ 222,000 MJGGC UAI PROFESIONAL TEC. SUP. EN PUBLICIDAD 905276-MGEYA-DGTALMJG/16
TOTAL $ 702,000
IF-2016-05634449- -DGTALMJG
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 5
FIN DEL ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 71/MJYSGC/16
IF-2
016-
0553
4255
- -D
GA
LFPC
pági
na 1
de
1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 6
L.P. D.N.I. APELLIDO/S NOMBRE/S ORDEN DE PRELACION
608 17,526,653 ROSSI María Luisa 1
789 26,377,227 VAZQUEZ Fernando Martín 2
742 27,289,857 BELIZAN Jorge Sebastián Carlos 3
721 25,766,947 PALADINI Nelson César 4
795 27,071,146 RESTUCCIA Miguel Alejandro 5
710 28,531,331 PEDERNERA César Rodrigo 6
858 30,359,550 BILLANUEVA Sergio Daniel 7
812 25,631,520 ELIAS Claudio Alberto 8
901 30,762,416 DELGADO Alejandro Damián 9
898 26,861,978 PERALTA David Marcelo Nazareno 10
997 20,710,769 BAELLO Miguel Ángel 11
961 27,201,485 MIÑO Sergio Darío 12
1,102 24,768,602 ASCOLI Cristian Javier 13
1,107 28,890,901 SOUZA Maximiliano Walter 14
1,130 23,605,157 CORTASSA Juan Manuel 15
1,135 21,467,064 LUNA Facundo Ricardo 16
ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 7
937 31,245,988 BENITEZ Hernán Maximiliano 17
1,151 29,530,696 PERAZZO Yamila Grisel Elizabeth 18
1,153 31,272,576 PAPANDREA Esteban Damián 19
1,147 25,304,737 PEREIRA Gustavo Gabriel 20
1,161 31,687,374 MARTINEZ Verónica Silvana 21
1,150 26,621,741 GONZALEZ Rodrigo Gerardo 22
1,149 29,406,081 GARAY Miguel Ángel 23
1,164 28,122,165 ABRALDES LLANEZA
Gonzalo Javier 24
1,148 26,225,261 GOMEZ Marcos Javier 25
1,157 29,951,560 AGUIRRE Ana Mercedes 26
1,156 25,477,119 IRRAZABAL Arístides Vicente 27
1,146 27,860,892 GAUNA Nicolás Daniel 28
1,154 30,393,344 BARRIENTOS Walter Raúl 29
1,194 27,409,478 VILLEGAS Roberto Carlos 30
1,189 30,649,271 MOLINA BARBOSA Edgardo David 31
1,217 30,115,894 DE BLASIIS Lucas David 32
1,201 23,685,885 MONSONIS Martin Alberto 33
1,177 29,428,703 MARTINEZ Maria Carolina 34
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 8
1,198 26.625..950 MUÑOZ Daniel Patricio 35
1,185 26,038,210 SCUDERI Andrés Gabriel 36
1,203 27,479,811 CALLEJA Ariel Alejandro 37
1,187 25,967,723 SEGURA Carlos Omar 38
1,226 31,492,489 ABATE Ignacio Gabriel 39
1,204 24,178,278 BARROS Marcelo Damián 40
1,174 26,688,881 PORTAL Roberto Antonio 41
1,214 28,370,110 GAUNA Mariano Adrian 42
1,212 29,461,679 CORIA Leonardo Gabriel 43
1,207 31,281,468 GARECA José Ricardo 44
1,192 30,736,465 MIÑO Flavio Hernán 45
1,193 28,674,388 RIQUELME Cecilia Soledad 46
1,221 28,127,010 CAPDEVILLA Damián Raúl Sergio 47
1,200 31,374,956 SOZA Lázaro Raúl Horacio 48
1,190 31,380,150 CARDOZO Alejandro Hernán 49
1,186 26,146,853 AMENDOLA Gustavo Daniel 50
1,195 32,175,568 CARDOZO Pablo Alejandro 51
1,199 28,493,325 MARTINEZ Marcelo Fabián 52
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 9
1,219 30,632,785 AGUILAR Roque José Silvano 53
1,197 31,961,261 FLORES Gabriel Ernesto 54
1,209 29,374,750 PEREZ Cintia Natalia 55
1,202 25,497,294 DEL CASTILLO Walter Daniel 56
1,181 23,743,125 ALVEZ Sergio Daniel 57
1,225 27,315,275 PEREZ Matilde Soledad 58
1,178 18,286,527 BARCENA Roberto Eduardo Esteban 59
1,191 27,017,740 MENDEZ BAUTISTA
Fernando Oscar 60
1,205 30,527,555 GUZMAN Gustavo Javier 61
1,176 29,436,662 BARRERA SANCHEZ
Maricel Andrea 62
1,179 29,558,328 RIZZA Andrea del Rosario 63
1,183 29,273,188 SALCEDO Ramón Gustavo 64
1,222 24,072,539 GONZALEZ Elio Normando 65
1,180 27,888,517 PEZ Juan Matías 66
1,206 28,609,165 HARASENCHUK Maria Natalia 67
1,223 30,133,274 ITUARTE Gaspar Alejandro 68
2,002 26,209,350 ZARATE Claudia Marcela 69
2,219 31,059,158 NIEVES Natalia Soledad 70
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 10
2,004 26,399,104 TOMINAGA Gonzalo Martín 71
2,281 32,326,122 DE ASPE Sebastián 72
2,405 35,244,189 SANCHEZ Matías Ezequiel 73
2,268 32,033,469 PEREZ Pablo Sebastián 74
2,233 31,445,666 CHIRIBELO María Florencia 75
2,101 29,038,973 DEFFUNCIO Jorge Daniel 76
2,229 31,316,365 PERRONE Ivana Laura 77
2,353 34,046,525 CORREA Diego Gastón 78
2,276 32,243,730 MONTALVO Victoria 79
2,107 29,218,173 LINARES Lorena Vanesa 80
2,343 33,780,125 ROSSOTTI Bruno Fabricio 81
2,285 32,379,918 ACEVEDO Paola Soledad 82
2,223 31,160,192 CORONEL Matías Nicolás 83
2,294 32,533,765 TROGU Matías Sebastián 84
2,125 29,502,403 CANEDA Juan Manuel 85
2,087 28,839,389 HEMADI Maria José 86
2,185 30,440,415 LOPEZ Carlos Sebastián 87
2,275 32,242,977 JORGE Norberto José 88
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 11
2,327 33,396,063 CRIVELLA Mariano Sebastián 89
2,165 30,136,123 GRAPSAS Diego 90
2,310 33,004,925 TIZZANO Matías Gabriel 91
2,208 30,895,636 HERNANDEZ Roberto Alejandro 92
2,365 34,391,804 CABRAL Pablo Damián 93
2,072 28,465,567 BOYER Emiliano Martín 94
2,324 33,324,419 CUELLAR Johanna Jacqueline 95
2,417 36,162,340 DEROCCO CABRERA
Yamila Edith 96
2,026 27,116,977 VELIS Patricia Lorena 97
2,249 31,783,972 BOTTONE Mauro Roberto 98
2,330 33,409,151 FREGENAL Julio Ezequiel 99
2,213 30,954,293 RODRIGUEZ Anabella Soledad 100
2,131 29,584,561 MAMANI Patricia Soledad 101
2,211 30,934,021 DIAZ Luis Alberto 102
2,156 30,009,887 MITA Domingo Gastón 103
2,152 29,903,605 MENEGOTTO Hernán José 104
2,153 29,972,509 SUAREZ PLATA Carlos Federico Gabriel 105
2,271 32,131,436 GUARRIELLO Mariano Alejandro 106
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 12
2,070 28,438,728 ESCOBAR Laura Noemí 107
2,075 28,506,278 FERREIRO Cynthia Daniela 108
2,071 28,461,405 ESPINDOLA Patricio Samuel 109
2,315 33,062,851 CONTRERAS Juan Pablo 110
2,034 27,355,321 CORREA Roxana Marcela 111
2,059 28,258,188 MENICHELLI Cecilia Daniela 112
2,220 31,059,764 BARRIONUEVO Eliana Inés 113
2,181 30,401,067 TRUJILLO Alvaro Ezequiel 114
2,056 28,232,862 ZARRIELLO Jonathan Raúl 115
2,133 29,611,884 MONROY Mariano Facundo 116
2,080 28,650,523 ACUÑA Julio Manuel 117
2,103 29,055,335 SOLANO GARI Nicolás Martín 118
2,115 29,320,084 JARA Maria De Los Ángeles 119
2,050 27,979,247 TROPEANO Pablo Fabián 120
2,027 27,182,030 CAZON Diego Alberto 121
2,190 30,572,547 LINARES Nicolás Norberto 122
2,210 30,928,710 OROPEZA USAIN Mariana Noelia 123
2,199 30,744,130 MARIN Mariano Enrique 124
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 13
2,325 33,324,601 HEREDIA Estefanía Soledad 125
2,031 27,339,554 CARABAJAL Cora Elisabet 126
2,265 32,011,553 SANTILLAN Elizabeth Yanel Romina 127
2,195 30,711,810 ALVIRA Walter Eduardo 128
2,000 18,848,255 NAJERA ZURITA Claudia Silvia 129
2,167 30,193,348 COLLANTE Diego Ezequiel 130
2,001 26,192,654 SUAZO Lisandro Gustavo 131
2,069 28,409,191 REYES CORDOBA Andrea De Los Ángeles 132
2,414 35,804,307 GIRAUDO Rodrigo Ezequiel 133
2,394 34,966,989 TREGLIA Martín 134
2,146 29,780,997 GAMBALE Facundo Gastón 135
2,279 32,311,153 DIEGUEZ Cristian Gabriel 136
2,305 32,792,971 AGUIRRE Ángel Darío 137
2,177 30,340,729 PEREYRA Edgardo Damián 138
2,175 30,297,367 MONTES Leandro Ramón 139
2,048 27,941,938 RISPOLI Ariel Omar 140
2,197 30,725,063 PACHECO Juan Carlos 141
2,386 34,800,075 PERALTA Gabriela Elizabeth 142
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 14
2,139 29,661,159 SMIT Adrián Fortunato 143
2,130 29,565,680 TOMAS Mariela Elizabeth Silvina 144
2,290 32,465,697 VILLALBA Cristian Marcelo 145
2,161 30,053,788 FERRADAS Adriana Beatriz 146
2,346 33,813,580 AQUINO Nadia Verónica 147
2,045 27,755,893 VILLARREAL Natalia Lorena 148
2,003 26,383,153 TRAVERSO Mariela Yanina 149
2,292 32,475,307 SANCHEZ Jesica Daniela 150
2,032 27,343,452 HENRI Walter Raúl 151
2,221 31,107,420 GIMENEZ Emilce Cecilia 152
2,411 35,426,425 BALBUENA Sergio Leandro 153
2,224 31,164,673 ALVAREZ BERGUES
Agustín 154
2,053 28,100,414 MILLA Ramiro Ezequiel 155
2,311 33,019,421 LOPEZ PERCHLIK Diego Maximiliano 156
2,399 35,111,838 SANTUCHO Leonardo Agustín 157
2,368 34,398,025 URCOLA Nahuel Ezequiel 158
2,319 33,155,163 ZALAZAR Ariel Arnaldo 159
2,301 32,758,140 GOMEZ Leandro Matías 160
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 15
2,179 30,368,196 BETANZO Pablo Leonardo 161
2,222 31,147,335 PEREIRA Marcelo Alejandro 162
2,334 33,504,520 MAYTA Vanesa Giselle 163
2,058 28,253,283 RUIZ Pablo Andrés 164
2,203 30,834,083 ACOSTA Gonzalo Emiliano 165
2,040 27,503,628 BELDARRAIN Celia Soledad 166
2,135 29,637,530 PERUGINI Gustavo Martín 167
2,400 35,125,464 MIRANDA TOLABA Zulma Marlín 168
2,137 29,657,630 ACEVEDO Hernando Rubén Darío 169
2,186 30,461,366 POGGIO Eduardo Alfredo 170
2,329 33,404,015 ESCOBAR Nancy Rosana 171
2,354 34,077,713 DOMINGUES Mauro Esteban 172
2,100 29,033,013 GALLARDO Valeria Noelia 173
2,263 32,011,310 ESPINOZA Eduardo David 174
2,173 30,276,978 PINGITZER Solange Magali 175
2,300 32,710,063 LEZAOLA Javier Alejandro 176
2,299 32,691,155 PAREJA Erica Giselle 177
2,085 28,808,427 DUNJO Diego Edgardo 178
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 16
2,236 31,470,449 LEIVA Laura Mariana 179
2,323 33,294,766 PINEDA Melina Daniela 180
2,250 31,783,993 PALAU Claudia Daniela 181
2,378 34,559,874 SANCHEZ Diego Matías 182
2,021 26,953,823 VERGARA Natalia Rosalía 183
2,196 30,721,754 SMIT Leandro Andrés 184
2,350 33,996,879 GOMEZ Paola Gabriela 185
2,151 29,873,220 SORIA Adriana 186
2,067 28,372,533 IRIARTE Diego Gastón 187
2,247 31,732,553 FIAMMENGO Alejandro 188
2,041 27,534,435 DI VINCENZO Ezequiel Martín 189
2,194 30,632,704 CABRERA Rodrigo Daniel 190
2,333 33,501,748 CANTU Marcelo Nicolás 191
2,046 27,792,680 VILA Andrea Teresa 192
2,255 31,896,189 PEREIRA PAULA MARIEL 193
2,019 26,895,098 GALVAN Elisa Graciela 194
2,366 34,391,998 MENDOZA Iván Ezequiel 195
2,013 26,760,738 CABALLERO Ruth Vanesa 196
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 17
2,248 31,781,006 OVIEDO Karina Soledad 197
2,010 26,733,432 CASTRO Ismael Ezequiel 198
2,375 34,516,342 JARA Leila Yanel 199
2,122 29,467,681 RIVERO Mariana Alejandra 200
2,073 28,482,876 VELAZQUEZ Valeria Del Valle 201
2,267 32,033,372 ALBORNOZ Adrián Gabriel 202
2,132 29,611,574 BARCELO Silvia Teresa 203
2,341 33,747,989 ACEVEDO Roxana del Carmen 204
2,288 32,440,278 CIACCI Mariela Alejandra 205
2,243 31,583,572 GARAY Juan Pablo 206
2,043 27,677,702 BENITEZ Cristian Hernán 207
2,336 33,511,539 CLAVERA Lucas Nicolás 208
2,084 28,802,365 LO GIUDICE Maximiliano Alfredo Rubén 209
2,089 28,863,355 SILVESTRI Pablo Alejandro 210
2,392 34,879,062 PANIAGUA Leonardo Ariel 211
2,421 18,879,129 SANCHEZ ARCE Maria Laura Rossana 212
2,291 32,475,300 GALLARDO Cristian Abel 213
2,204 30,867,961 ALDERETE Vanesa Lourdes Soledad 214
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 18
2,259 31,946,593 CASTILLO Cynthia Lorena 215
2,309 32,948,868 PAJÓN Emilce Soledad 216
2,215 30,991,751 DOMINGUEZ Paulo Antonio 217
2,142 29,696,135 SANTUCHO Diego Luciano 218
2,241 31,555,142 CAMPOS Alejandra Valeria 219
2,057 28,235,271 MANSILLA Cecilia Graciela 220
2,093 28,985,803 VEGA Griselda Cyntia Edith 221
2,298 32,671,621 DIAZ Gonzalo Rodrigo 222
2,322 33,204,714 FERNANDEZ Romina Paola 223
2,261 31,982,901 BLATTER Iván Alberto 224
2,214 30,981,036 TEIGEIRO ROCHA Leonardo Sebastián 225
2,238 31,523,984 PEREIRA Etelvina Mabel 226
2,369 34,410,154 ALVARADO Jacqueline Haydee 227
2,068 28,405,314 FERNANDEZ Gabriela Fernanda 228
2,193 30,618,389 SABINI Francisco Miguel 229
2,018 26,887,728 QUIJANO Laura Alejandra 230
2,005 26,522,494 MARTINEZ Miriam Elisabeth 231
2,111 29,273,431 GOMEZ Emiliano Damián 232
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 19
2,313 33,037,261 LASARTE Romina Soledad 233
2,060 28,285,116 RICCI Carolina Elizabeth 234
2,253 31,839,850 STANCATI Iván Raúl 235
2,355 34,080,705 CAMPOS Rodrigo Luciano 236
2,363 34,340,479 SENA Mariela Anahí 237
2,377 34,553,799 PECKER Romina Natalí 238
2,047 27,853,864 GOMEZ Víctor Faustino 239
2,126 29,506,014 MENA Adrián Mario 240
2,074 28,488,315 SANDOVAL Víctor Hugo 241
2,356 34,108,913 BORDON Gabriela Alejandra 242
2,158 30,017,224 BOLLATTI Juan Baltasar 243
2,320 33,198,098 CARRERAS Maria Victoria 244
2,407 35,325,301 CARRIL Maria Roxana 245
2,182 30,409,453 JUAREZ Luis Alejandro 246
2,231 31,414,820 TRINIDAD Gladys Gisele 247
2,395 35,062,210 DAMIANI Natalia Paola 248
2,371 34,437,738 GERVASONI CARDOZO
Leonela Soledad 249
2,006 26,539,767 FRYMERMAN REY Vanina 250
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 20
2,105 29,130,812 ZAMUDIO Claudio Adrián 251
2,083 28,743,112 CANTERO Diego Maximiliano 252
2,024 27,011,464 TEMPONE Olegario 253
2,028 27,184,155 PALAVECINO María Agustina 254
2,178 30,342,141 MAMANI Mónica Silvana Vanesa 255
2,344 33,795,697 MARTI Jonatan Pablo 256
2,254 31,878,065 TRUGLIA Sebastián 257
2,017 26,864,562 RICCI Diego Fernando 258
2,014 26,787,214 NAVARRO Maximiliano David 259
2,016 26,837,298 GIMENEZ Romina Soledad 260
2,385 34,784,052 MENDOZA Maira Daiana 261
2,160 30,039,273 GOMEZ Gerardo Sebastián 262
2,408 35,336,724 CAPPELLINI Alejandro Emanuel 263
2,306 32,823,886 GONZALEZ ALDERETE
Romina Ayelen 264
2,251 31,791,342 MENA Rodrigo Maximiliano 265
2,035 27,409,844 ARCE Miguel Ángel 266
2,127 29,510,024 VARGAS Eduardo Ariel 267
2,200 30,765,318 QUISPE Marisa Analia 268
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 21
2,266 32,024,344 ARCE ESQUIVEL Alan Ezequiel 269
2,412 35,729,413 GARCIA IRIARTE Ricardo Leonel 270
2,082 28,733,041 TORRES Pablo Daniel 271
2,147 29,803,738 DOTTA Flavia Lorena 272
2,348 33,931,621 GAMBOA Yanina Anahí 273
2,308 32,932,614 YUGOVICH Hugo Alejandro 274
2,277 32,288,355 VALLEJOS Marcelo Horacio 275
2,393 34,957,347 RIOS Leandro Ezequiel 276
2,106 29,214,236 CHAPARRO Onilda Matilde 277
2,302 32,765,478 DIAZ Cesar Adrián 278
2,011 26,749,551 MELGAREJO Sabrina Beatriz 279
2,009 26,643,294 SASIN Pablo José Luis 280
2,264 32,011,476 BENITEZ Gustavo Eduardo 281
2,128 29,524,414 PANELO Mara Noelia 282
2,205 30,868,551 ALVAREZ Martín Federico 283
2,216 31,015,469 SILVEIRA Mario David 284
2,359 34,235,925 PENDOLA Víctor Ramón 285
2,088 28,848,936 GARCIA Cynthia Valeria 286
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 22
2,367 34,394,774 RAMIREZ Ivana Noemí 287
2,164 30,114,531 SANCHEZ Yamil Gabriel 288
2,349 33,994,408 LOPEZ Yanina Malen 289
2,180 30,377,465 CARDOZO Linnsy Patricia 290
2,225 31,223,939 ALBERTI Cristian Javier 291
2,044 27,727,942 SANCHEZ Perla Haydee 292
2,099 29,032,697 GONZALEZ Walter Sebastián 293
2,189 303,565,043 RAMIS ALFREDO OSVALDO 294
2,129 29,531,659 MANSILLA Mariano David 295
1,292 24,070,092 MORALES Guillermo German Néstor 296
1,317 27,027,830 VEGA Diego Martin 297
1,301 29,888,543 GEREZ BOSCO Agustín Luis 298
1,314 27,200,962 GUTIERREZ Julián Andrés 299
1,327 27,479,259 RIVADANEIRA Ernesto Ariel 300
1,330 25,592,353 TEPEDINO Gustavo Manuel 301
1,363 28,029,842 NEGRETTI DIETRICH
Carlos Patricio 302
1,360 31,675,507 MONTOYA José Manuel 303
1,298 28,395,899 REY Mariano 304
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 23
1,333 30,630,011 ZORZOLI Cristian Francisco 305
1,349 28,519,794 PERIQUE Francisco 306
1,368 30,795,414 MAIDANA Silvestre Javier 307
1,367 33,315,088 ZALAZAR Daniel Julián 308
1,351 34,245,522 PALMIERO Pablo Luis 309
1,311 27,231,372 SOSA Roberto Aldo 310
1,357 32,741,340 GIMENEZ Verónica Vanesa 311
1,279 24,074,071 PINO LUIS MARIANO 312
1,309 28,897,352 BURGOS Domingo Fabián 313
1,358 24,775,297 GUGLIARA Juan Gabriel 314
1,284 26,440,873 ESPINOZA Eduardo Martin 315
1,320 28,930,031 SOSA Víctor Manuel 316
1,354 29,732,288 DIOSQUEZ Paola Alejandra 317
1,319 30,016,571 MERCADO Oscar Adolfo 318
1,347 30,408,358 NICHEA Gustavo Nicolás 319
1,323 30,954,477 CATANZANO Carlos Antonio 320
1,364 32,616,571 REYNOSO Mariano Damián 321
1,312 26,784,759 ALANCAY Juan Carlos 322
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 24
1,278 26,338,313 LIZARDO Carlos Alejandro 323
1,316 28,862,856 OLIVERA Lucas Matías 324
1,328 32,547,254 SANCHEZ Nahuel Sergio Osiris 325
1,359 29,238,666 LUNA Nancy Gisele 326
1,371 31,445,340 GARCIA Lucia Yamila 327
1,337 29,947,579 MENCIA Rodrigo Ricardo 328
1,293 24,846,914 PEREYRA Raúl Eduardo 329
1,310 30,923,948 SCHEIERMANN Leandro Sebastián 330
1,365 32,323,377 SANCHEZ Ángel Antonio 331
1,341 29,498,563 CORREA Gastón Lucas Patricio 332
1,338 30,455,197 ROMERO Héctor Eduardo 333
1,287 24,548,733 CAÑETE Roque Javier 334
1,340 29,654,855 BARRERA Jimena Daniela 335
1,277 24,552,569 ARDAIZ Alejandro Ariel 336
1,285 27,048,831 LIZARDO Pablo Sebastián 337
1,342 31,973,544 CURTO Raúl Pedro 338
1,276 25,824,763 CIBILS Ariel Sebastián 339
1,290 26,920,250 ESCALADA Maximiliano Oscar 340
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 25
1,372 31,729,794 LOPEZ Yanina Solange 341
1,313 28,304,346 CIANFAGNA Marcelo Ricardo Maria 342
1,294 28,187,029 SANDOVAL Julio Cesar 343
1,302 28,929,923 MARTINEZ Luis Alfredo 344
1,297 27,691,238 MULLER Gabriel Mauricio 345
1,303 29,486,481 ALVARADO Pablo Jesús 346
1,295 26,950,950 CUFRE Fabián Andrés 347
1,362 33,179,404 NAVARRO Alejandro 348
1,339 30,496,045 TOLEDO Ariel Alberto 349
1,307 27,904,910 TEJERINA Juan Emilio 350
1,322 28,747,207 AMARILLA Hugo Joel 351
1,410 29,111,014 ROCA Sergio Martin 352
1,390 25,940,719 MICHELENA Hernán Eduardo 353
1,391 27,061,965 MORETTO Marcelo Eugenio 354
1,393 26,114,466 ZAMORANO Martin Antonio 355
1,394 22,947,781 PERALTA Carlos Romualdo 356
1,392 27,368,813 PERISSE Guillermo 357
1,395 25,591,087 MOLINA José Marcelo 358
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 26
1,400 25,960,217 CASTRO Fernando Mario Oscar 359
1,396 30,746,461 ARANDA Leandro Damián 360
1,406 28,435,082 ARINARI Valeria Alejandra 361
1,402 26,260,540 TRIPOLONE Rodrigo Daniel 362
1,388 27,483,911 SAINT GERMAN Fabricio Cesar 363
1,408 28,062,216 MONTANARI Sebastián Andrés 364
1,399 28,190,472 TABORDA Mario Raúl 365
1,404 27,289,407 SOSA Víctor Ariel 366
1,397 24,516,374 ESPINOSA Silvia Alicia 367
1,389 26,494,536 SANCHEZ Diego Javier 368
1,411 31,988,333 PAYERO Maximiliano Sebastián 369
1,414 29,627,047 MAIDANA Rocío De Los Milagros 370
1,401 29,468,366 NUÑEZ Walter Daniel 371
1,398 30,852,636 ROSALES Lino David 372
2,430 31,895,615 SANCHEZ Daniel Antonio 373
2,431 33,019,587 ABBAS Abel Alí 374
2,426 28,106,760 ROMANO Fermín Eduardo 375
2,432 34,846,783 ARANCEDO Fernando Ali 376
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 27
2,424 27,798,672 BANEGA CANTTI Roxana Elizabeth 377
2,429 31,694,767 CARTAMAN Daniel Alejandro 378
1,426 31,823,547 GOMEZ WALTER FERNANDO 379
1,423 24,373,421 CABREJOS SOTO Jose Antonio 380
1,424 29,637,979 MALDONADO Fernando Gabriel 381
580 24,846,586 VILCHES Valeria Alejandra 382
871 23,865,551 MAMANI Paula Daniela 383
1,155 31,980,693 BRAVO Dante Omar Gustavo 384
1,162 26,370,743 MATTA Guillermo Juan 385
1,170 25,469,294 CORDOBA Fabián Alejandro 386
1,224 21,648,377 MORENO Agustín 387
2,295 32,596,041 VILCHEZ Ruth Valeria Elizabeth 388
2,382 34,709,764 NAVARRO Edgar Hernán 389
2,095 29,004,533 RAMIREZ Marcos René 390
2,237 31,502,125 MANOLIA Luciano Raúl 391
2,419 36,324,897 DIAZ Marcos Eduardo 392
2,169 30,221,801 BOLL Daniel Andrés 393
2,033 27,346,795 FRETE Alberto Nicolás 394
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 28
2,077 28,622,339 RUEDA Ariel Maximiliano 395
2,332 33,475,664 VALDEZ Mariela Cecilia 396
2,049 27,966,506 ZARZA Graciela Susana 397
2,252 31,798,875 LEIVA Lucas Alejandro 398
1,366 29,531,203 TRONCHIN Marcela Elizabeth 399
1,361 27,602,471 MORENO Leandro Edmundo 400
1,305 28,216,530 LANGENHEM GRAVANO
Nicolás Abel 401
1,345 30,183,724 GONZALEZ Analia Elizabeth 402
1,374 35,960,229 COSIO Mauro Gabriel 403
1,409 32,792,861 ALBAGALI Lucas Javier 404
1,412 33,405,211 AQUINO Gregorio Fernando 405
2,418 36,179,021 GOMEZ PEDRAZA Nazareno Nicolás 406
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 4/PMCABA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 29
L.P. D.N.I. APELLIDO/S NOMBRE/S ORDEN DE PRELACION
558 17,543,295 PEREZ Juan Ramón 1
660 12,087,253 RODRIGUEZ Jorge Alfredo 2
526 23,470,039 MORALES Pablo Luís 3
527 25,295,553 RUIZ Pablo Adrian 4
514 16,966,511 IGLESIAS Sergio Horacio 5
513 17,260,075 ARANDA Hector Rene 6
522 16,938,289 DA CUNHA Fabian Enrique 7
556 13,368,915 PERIN Roberto Mario 8
877 10,760,245 ALFARO Oscar Martin 9
848 26,004,309 FRANCISQUEZ Walter Alberto 10
765 26,948,347 SCULARI Carlos Adrian 11
793 22,439,753 GREMOLICHE Sergio Adrian 12
851 22,409,369 MARTIN Marcelo Sebastián 13
688 16,736,157 GODOY Alejandro Emilio 14
766 20,636,368 MOLERO Carlos Daniel 15
916 23,732,097 PEREYRA Adriana Noemi 16
771 18,346,964 ROMERO Juan Carlos Daniel 17
750 23,469,032 SCARIMBOLO Maximiliano Oscar 18
ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5/PMCABA/16
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 30
554 16,299,698 VARAMO Miguel angel 19
711 21,314,670 MATEO Luis Dante 20
770 13,641,884 ZUNINI Roberto Eduardo 21
878 23,541,742 DE PALMA Norberto Javier 22
927 24,730,649 IZQUIERDO Alberto Francisco 23
775 24,871,331 CORZO Ricardo Ariel 24
1,049 25,318,665 INOSTROZA Luis Armando 25
1,082 14,165,683 VAZQUEZ Ramon Dario 26
1,129 22,572,182 TOSCANO Fernando 27
1,134 22,029,755 ASEGUIN Gladys Carina 28
1,137 10,641,465 MAINERO Fernando Alberto 29
462 12,924,730 SALGADO Maria Estela 30
1,131 28,113,201 SECCHIARI Juan Miguel 31
1,136 27,915,274 MARASCIO Lorena Elizabeth 32
1,139 14,823,286 DE NARDI Guillermo Jorge Gabriel
33
1,144 24,379,727 ALCAZAR Armando Blas 34
1,142 13,022,690 CALDERON Gladys Noemi 35
1,133 18,548,083 NUÑEZ Juan Carlos 36
1,172 22,708,387 DIAZ Gonzalo 37
1,165 10,293,010 GOMEZ Raul Alberto 38
1,167 17,436,838 LEDESMA Miguel Angel 39
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5/PMCABA/16 (continuación)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 31
1,169 25,178,971 HEREDIA Carlos Oscar 40
1,166 16,598,559 SANCHEZ Carlos Jose Luis 41
1,168 12,475,172 SAEZ Jorge Horacio 42
1,274 22,129,814 ZARZA Juan Alberto 43
1,273 22,623,103 LOMBARDO Sergio Fernando 44
1,387 24,152,617 MENDEZ Luis Ramon 45
1,385 22,090,518 PEREZ Osvaldo Alejandro 46
1,386 14,824,024 RIVERO Walter Alejandro 47
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5/PMCABA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 32
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 21/SECTRANS/16
IF-2016-04397438- -SECTRANS
página 1 de 2
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 33
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 21/SECTRANS/16 (continuación)
IF-2016-04397438- -SECTRANS
página 2 de 2
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 34
FIN DEL ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 21/SECTRANS/16 (continuación)
IF-2016-04397498- -SECTRANS
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 35
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9871/MCGC/15
FIN DEL ANEXO
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
RESOLUCION .
DIR.GRAL DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N°: 22875
Actuado Docum. Nro. Docum. Periodo Importe
Tipo-Nro.lAño Contratado/a Tipo CUITa Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1 ) Nro. Hasta Monto Total
Cuotas
EXP.34853416/2015 MUSSO GUSTAVO .1 DNI CUIT15-11.15
lOCACION DE SERVlCIO (CONTRATo)-1 1
I6.000,00 I 6.000.00
24308795 2024308795415.11.15 MUSICO FESTIVAL DE JAZZ
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág. 1 de 1
IF-2015-37687976- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 36
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9872/MCGC/15
FIN DEL ANEXO
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
RESOLUCION .
DIRGRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N°: 22879
Actuado Docum. Nro. Docum. Periodo ImporteTipo-Nro.lAño Contratado/a Tipo CUITa Representado/a por: Tipo Desde
Descripción de la función Nro.Nro. COI (1 ) Nro. Hasta Monto TotalCuotas
EXP.348523291201sl FRANCES RAUL NORBERTO
1
DNI1
CUIT
I I1"'""5 LOCACIONDESERVICIO(CONTRATo)-1 1
I5.000,00 5.000,00
11586103 20115861035 11.11.15 MUSICO FESTIVAL DE JAZZ
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legar y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág. 1 de 1
IF-2015-37688172- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 37
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9873/MCGC/15
FIN DEL ANEXO
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
RESOLUCION .
D1R.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N°: 22885
Actuado Docum. Nro. Docum. Período Importe
Tipo-Nro.lAño Contratado/a Tipo CUITa Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1 ) Nro. Hasta Monto Total
Cuotas
EXP-348471121201SI ASPIAZU SILVINA MARtANELA ONI CUIT 12-11-15 LOCACION DE SERVlCIO (CONTRATO>-I ,I
5.500,00 5.500,00
26733934 27267339347 12-11-15 MUSICO FESTIVAL DE JAU
(1) S610 para aquellos contratados que poseen representante legal ylo artístico (contrato de representación).
Pág. 1 de 1
FIRMA IIF-2015-37688348- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 38
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9874/MCGC/15
FIN DEL ANEXO
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
RESOLUCION .
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N°: 22888
Actuado Docum. Nro. Docum. Periodo Importe
Tipo-Nro.lAño Contratado/a Tipo CUITa Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. COI (1 ) Nro. Hasta Monto TotalCuotas
EXP-34855707/2015 SUCHERAS ANGEL
IONI
ICUIT 14-11-15 LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)-/ 1
I14.800.00 14.800,00
4363254 20043632540 14-11-15 MUSICO FESTIVAL DE JAU
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
PAg. 1 de 1
IF-2015-37688557- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 39
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9876/MCGC/15
FIN DEL ANEXO
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
RESOLUCION .
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N°: 22890
Acluado Docum. Nro. Docum. Período Importe
Tipo-Nro.lAño Conlralado/a Tipo CUITa Represenlado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. COI (1 ) Nro. Hasta Monto Tolal
Cuolas
EXP-34848110/201SI BAYON JUAN MANUEL ONI CUIT
I12.11-15 LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO) _1 1
I11.500,00 11.500,00
29499894 20294998943 15-11-15 MUSICO FESTIVAL DE JAZZ
(1) S610 para aquellos contratados que poseen representante legal yfo artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág. 1 de 1
IF-2015-37689144- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 40
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9877/MCGC/15
FIN DEL ANEXO
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
RESOLUCION .
DIRGRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N°: 22903
Actuado Docum. Nro. Docum. Periodo Importe
Tipo-Nro./Año Contratado/a Tipo CUITa Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1 ) Nro. Hasta Monto Total
Cuotas
EXP.34B8568912015 GODOY CAMILA DNI CUIT
1110-11-15 LOCACIONDESERVICIO(CONTRATo)-1 ,
I2.500.00 2.500.00
30586071 27305860714 15.11-15 ASISTENTE ARTlSTICO CULTURAL JAZ2
(1) S610 para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág. 1 de 1
IF-2015-37689345- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 41
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9878/MCGC/15
FIN DEL ANEXO
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
RESOLUCION .
DIRGRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N°: 22910
Actuado Docum. Nro. Docum. Período Importe
Tipo-Nro.lAño Contratado/a Tipo CUlTo Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. COI (1 ) Nro. Hasta Monto Total
Cuotas
EXP-3512015612015 TISCORNIA JULIA ONI CUIT 10-1'-15 LOCACION OE SERVICIO (CONTRA T~ 1
I3.500,00 3.500,00
33384568 27333845682 15-11-15 ASISTENTE EQUIPO DE INFORMES J
(1) S610 para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pég. 1 de 1
IF-2015-37689491- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 42
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9879/MCGC/15
FIN DEL ANEXO
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
RESOLUCION .
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N° : 22911
ActuadoDocum. Nro. Docum. Período Importe
Tipo-Nro.lAño Contratado/a Tipo CUlTo Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1 ) Nro. Hasta Monto Total
Cuotas
EXP-35131747/201SI CESAR ANDRES DNI CUIT
1
1'0.".,5 LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)-I 1
1
6.000,00 6.000.0027519220 20275192202 15-11-15 MUSrCOJAll
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág. 1 de 1
IF-2015-37689660- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 43
FIN DEL ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 9880/MCGC/15
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
RESOLUCION .
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
N°:22912
Acluado Docum. Nro. Docum. Período Importe
Tipo-Nro./Año Conlralado/a Tipo CUITa Represenlado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1 ) Nro. Hasta Monto TolalCuolas
EXP-32434741f2015 SIMONElLl NELSON IVAN ONI cUlr 01-10-15LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO). [ 1
I1.000,00 1.000,00
30224149 20302241490 04-10-15 ACTOR FIBA
(1) S610 para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág. 1 de 1
IF-2015-37689782- -MCGC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 44
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 25/SECLYT/16
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Pág. 1 de 2
2016
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
SIGAF
Ejercicio: Area/Entre sus Ogeses
328Requerimiento Nº:
EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 4368239Nº: 29/01/2016Fecha:
Jurisdicción:
0Subjurisdicción:
0Entidad:
20-JEFATURA DE GOBIERNO
UE
100-JEFE DE GOBIERNO 2025-SUBSECRETARIA DECONTENIDOS 9984-SUBSECRETARIA DECOMUNICACION
Programa
10-CONDUCCION SUPERIOR 6-ACT.COMUN. PROGR.19,
7-ACT.COM.PROG.SUBS.COMUNIC
Subprograma
0 0
0
Proyecto
0 0
0
Actividad
1- 2-
1-
Obra
0 0
0
Partida
3490 3490
3490
Importe
-3.500.000,00 1.500.000,00
1.500.000,00
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 4368239 Fecha: 29/01/2016
CREDITO
FueFin FinFun
11 11
11
13 13
13
IF-2016-05600238- -DGTAD
página 1 de 4
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Pág. 2 de 2
2016
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
SIGAF
Ejercicio: Area/Entre sus Ogeses
328Requerimiento Nº:
EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 4368239Nº: 29/01/2016Fecha:
Jurisdicción:
24-SECRETARIA LEGAL Y TECNICASubjurisdicción:
0Entidad:
20-JEFATURA DE GOBIERNO
UE
101-SECRETARIA LEGALY TECNICA
Programa
1-ACT. CENT. LEGAL Y T
Subprograma
0
Proyecto
0
Actividad
2-
Obra
0
Partida
3490
Importe
500.000,00
0,00Diferencia:
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 4368239 Fecha: 29/01/2016
CREDITO
FueFin FinFun
11 13
IF-2016-05600238- -DGTAD
página 2 de 4
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 45
FIN DEL ANEXO
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 25/SECLYT/16 (continuación)
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Pág. 1 de 2
2016
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
SIGAF
Ejercicio: Area/Entre sus Ogeses
350Requerimiento Nº:
EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 4368239Nº: 02/02/2016Fecha:
Jurisdicción:
0Subjurisdicción:
0Entidad:
20-JEFATURA DE GOBIERNO
UE
100-JEFE DE GOBIERNO 2025-SUBSECRETARIA DECONTENIDOS 2025-SUBSECRETARIA DECONTENIDOS 2025-SUBSECRETARIA DECONTENIDOS 2025-SUBSECRETARIA DECONTENIDOS
Programa
10-CONDUCCION SUPERIOR 6-ACT.COMUN. PROGR.19,
6-ACT.COMUN. PROGR.19,
6-ACT.COMUN. PROGR.19,
6-ACT.COMUN. PROGR.19,
Subprograma
0 0
0
0
0
Proyecto
0 0
0
0
0
Actividad
1- 1-
1-
1-
1-
Obra
0 0
0
0
0
Partida
3910 2110
3290
3520
3910
Importe
-500.000,00 500.000,00
500.000,00
500.000,00
1.000.000,00
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 4368239 Fecha: 02/02/2016
CREDITO
FueFin FinFun
11 11
11
11
11
13 13
13
13
13
IF-2016-05600238- -DGTAD
página 3 de 4
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Pág. 2 de 2
2016
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
SIGAF
Ejercicio: Area/Entre sus Ogeses
350Requerimiento Nº:
EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 4368239Nº: 02/02/2016Fecha:
Jurisdicción:
24-SECRETARIA LEGAL Y TECNICASubjurisdicción:
0Entidad:
20-JEFATURA DE GOBIERNO
UE
101-SECRETARIA LEGALY TECNICA
Programa
1-ACT. CENT. LEGAL Y T
Subprograma
0
Proyecto
0
Actividad
2-
Obra
0
Partida
3510
Importe
-2.000.000,00
0,00Diferencia:
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 4368239 Fecha: 02/02/2016
CREDITO
FueFin FinFun
11 13
IF-2016-05600238- -DGTAD
página 4 de 4
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 46
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwd5vG|9LVK62HJOcn3CBFKkdgLI|XO65KC7AHzvD9vndPvo3e/… 1/7
(/Default.aspx)
Jueves 11 de Febrero, 9:26:57
Proceso de compra
Número del proceso de compra
420-0070-LPU16
Número de expediente
EX-2016-05445129- -MGEYA-HGNRG
Nombre del proceso de compra
ACTH - C/A Endocrinologia
Unidad Operativa de Adquisiciones
420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ
Información básica del proceso
Nº de proceso
420-0070-LPU16
Nombre de proceso
ACTH - C/A Endocrinologia
Objeto de la contratación
ACTH - C/A
Procedimiento de selección
Licitacion Pública
Etapa
Única
Modalidad
Sin modalidad
Alcance
Nacional
Moneda
ARS-Peso Argentino
Encuadre legal
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 39/HGNRG/16
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 47
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwd5vG|9LVK62HJOcn3CBFKkdgLI|XO65KC7AHzvD9vndPvo3e/… 2/7
Ley Nº 2.095 Art. 31º
Tipo de cotización
Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial
Tipo de adjudicación
Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial
Tipo documento que genera el proceso
Orden de compra
Cantidad de Ofertas al proceso
No acepta más de una oferta
Lugar de recepción de documentación física
GALLO 1330
Plazo mantenimiento de la oferta
60 Días hábiles Acto de apertura
Acepta redeterminación de precios
Si
Requiere pago
No
Otras condiciones
Otros requisitos obligatorios
Acepta prórroga
Sí
Solicitudes de gasto asignadas al proceso
Número solicitud degasto Estado Unidad Ejecutora Rubro
Tipo deurgencia
Fechacreación
420-223-SG16 Autorizada enProceso
420 - HTAL. RICARDOGUTIERREZ
Salud Normal 21/01/2016
Detalle de productos o servicios
Númerorenglón
Objetodelgasto Código del ítem Descripción Cantidad
Preciounitario Subtotal Acciones
1 2-5-9-0 33.07.003.136.2 ACTH - HORMONA ADRENOCORTICOTROFICA -
800,00 U 138,88 111104,00
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 48
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwd5vG|9LVK62HJOcn3CBFKkdgLI|XO65KC7AHzvD9vndPvo3e/… 3/7
TOTAL: $ 2.977.984,00
ADRENOCORTICOTROPHINCaracteristica/sDeterminación por métodoquimioluminiscencia para ladeterminación de la hormonaadenocorticotrofina en plasma con EDTA.Sep Ver más
2 2-5-9-0 33.07.003.010.193 ANTICUERPOS A TIROGLOBULINA(TGAb)Caracteristica/s Método porquimioluminiscencia con dioxietanoVariedad/es A tiroglobulina (TGAb), tipoDPC - Immulite
3600,00U
138,88 499968,00
3 2-5-9-0 33.07.003.010.201 ANTICUERPOS A TIROPEROXIDAS(TPOAb)Caracteristica/s Método porquimioluminiscencia con dioxietanoVariedad/es A tiroperoxidas (TPOAb), tipoDPC - Immulite
5600,00U
138,88 777728,00
4 2-5-9-0 33.07.003.047.13 DHEA SULFATOCaracteristica/s (DHEA)Sulfato. Método por quimioluminiscenciacon dioxietano, tipo DPC - Immulite.Envase x 100 tubos
1000,00U
112,84 112840,00
5 2-5-9-0 33.07.003.217.7 HCG BETACaracteristica/s Beta. Métodopor quimioluminiscencia con dioxietano,tipo DPC - Immulite. Envase x 100 tubos
600,00 U 83,08 49848,00
6 2-5-9-0 33.07.003.492.4 hGHCaracteristica/s Método porquimioluminiscencia con dioxietano, tipoDPC - Immulite. Envase x 500 tubos
2200,00U
126,48 278256,00
7 2-5-9-0 33.07.003.041.32 PROTEINA TRANSPORTADORA DEINMUNOGLOBULINA F(IGF) 1-BP1Caracteristica/s Métodoinmunoradiométrico(IRMA),separaciónanticuerpo en fase sólida en tuboVariedad/es Transportadora deinmunoglobulina F(IGF Ver más
2200,00U
192,20 422840,00
8 2-5-9-0 33.07.003.143.6 DETERMINACION DECALCITONINACaracteristica/sDeterminación. Por método dequimioluminiscencia
600,00 U 155,00 93000,00
9 2-5-9-0 33.07.003.198.1 FACTOR DE CRECIMIENTO INSULINA-SIMILI (IGF-1)Caracteristica/s Métodoquimioluminiscencia
2800,00U
192,20 538160,00
10 2-5-9-0 33.07.003.221.4 TIROGLOBULINACaracteristica/s Métodopor quimioluminiscencia con dioxietano,tipo DPC - Immulite. Envase x 100 tubos
800,00 U 117,80 94240,00
Cronograma
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 49
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Fecha y hora estimada de publicación en el portal
17/02/2016 10:00:00 a.m.
Fecha y hora publicación en boletin oficial
17/02/2016 10:00:00 a.m.
Fecha y hora inicio de consultas
17/02/2016 12:00:00 p.m.
Fecha y hora final de consultas
25/02/2016 10:00:00 a.m.
Fecha y hora inicio recepción de documentos en soporte físico
17/02/2016 10:00:00 a.m.
Fecha y hora fin recepción de documentos en soporte físico
26/02/2016 10:00:00 a.m.
Cantidad de días a publicar
1
Fecha y hora acto de apertura
26/02/2016 10:00:00 a.m.
Pliego de bases y condiciones generales
Documento Número disposición aprobatoria Fecha creación Acciones
Pliego de Bases y Condiciones Generales Disposición Aprobatoria 4/6/2014
Requisitos mínimos de participación
I. Requisitos económicos y financieros
No se ingresaron requisitos económicos.
II. Requisitos técnicos
Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento
1 VENCIMIENTO: NO MENOR A 12 (DOCE) MESES A PARTIR DE CADAFECHA DE ENTREGA MUESTRAS DE CALIDAD: AL MOMENTO DE LAADJUDICACIÓN, LOS OFERENTES DEBERÁN PRESENTAR MUESTRAS DECALIDAD EN LOS RENGLONES REQUERIDOS.
No requiereadjuntardocumentación
III. Requisitos administrativos
Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento
1 PEDIDO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE 12 MESES FORMA DE No requiere
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 50
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ENTREGA: TRIMESTRALES IMPORTANTE: EL TIPO DE ENTREGAEXPRESADA ES AL SOLO EFECTO DE ESTABLECER UN MARCOESTIMADO DE PROVISION; LA CANTIDAD Y FORMA DE LAS ENTREGASCOMO ASI TAMBIEN LAS UNIDADES POR RENGLON SERAN PUESTASEN CONOCIMIENTO A LOS ADJUDICATARIOS AL MOMENTO DELGIRADO DE LAS ORDENES DE COMPRA. CABE ACLARAR QUE LAINSTITUCIÓN CONTRATANTE SE RESERVA EL DERECHO DE SOLICITARLA ENTREGA TOTAL O PARCIAL DE CUALQUIER RENGLÓN CUANDO LOCONSIDERE NECESARIO. NOTA: EN AQUELLOS PRODUCTOS QUE SEENCUENTREN INCLUIDOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE TRAZABILIDADDE PRODUCTOS MÉDICOS (MSAL), LOS OFERENTES DEBERÁNENCONTRARSE EN CONDICIÓN DE REALIZAR TRANSACCIONES EN ELSISTEMA AL MOMENTO DE LA OFERTA.
adjuntardocumentación
Garantías
Garantía de impugnación al pliego
Porcentaje
3,00%
La garantía de impugnación al pliego será entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) del presupuesto oficial omonto estimado de la compra.
Garantía de impugnación a la preadjudicación
Porcentaje
5,00%
La garantía de impugnación a la preadjudicación será de entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del montode la oferta del renglón o renglones impugnados.
Garantía de mantenimiento de oferta
Si No
Requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma no supere las 100.000 unidadesde compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley 4.764.
Garantía de cumplimiento de contrato
Si No
Requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumento contractual no supere las100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley4.764.
Si No
Requiere incorporar contragarantía.
Monto y duración del contrato
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 51
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Anexos
Nombre Tipo Descripción Acciones
TEXTO TECNICO-B 223-16 - IMULITE.doc Técnico Anexo Tecnico
Anexo Cláusulas Particulares al 04-02-16.doc Administrativo Anexo Clausulas particulares
CLAUSULAS MEDICAMENTOS-REACTIVOS 04-02-16.doc Técnico Cláusulas Reactivos
Monto
$ 2.977.984,00
Moneda
ARS - Peso Argentino
Periodicidad recepción
Diario
Fecha estimada del inicio del contrato
A partir del perfeccionamiento del documento contractual
Duración del contrato
12 Meses
Supervisor
Nombre Apellido Tipo documento Número documento Cargo Unidad Ejecutora
Sabrina Astrid Castiglione DNI 33850096 Administrativo 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ
Penalidades
Nºpenalidad Descripción
1 De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de conformidad con lo establecido en el Capítulo XIIde la Ley Nº 2095/06 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario.
Evaluadores del proceso de compra
Nombre y apellido Declaración Jurada Unidad Ejecutora Opciones
Sabrina Astrid Castiglione 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ
Fernado Javier Jover 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ
Osvaldo Jesús Lopez 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ
Gabriela Ropelato 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ
Iganacio Bergada 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ
Cantidad de Evaluadores considerados: 3
Actos administrativos
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 52
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Actos administrativos
Documento Número SADE Número especial Fecha vinculación Opciones
Autorización llamado DI-2016-05616396- -HGNRG DI-2016-39-HGNRG 11/02/2016
Autorización pliego DI-2016-05616396- -HGNRG DI-2016-39-HGNRG 11/02/2016
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Avisos sobre Navegadores | Términos y Condiciones de Uso
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 53
(INSTRUCTIVO) Indice 13 Anexos: ***LLEVA TEXTO TECNICO*** Tipo de anexo: (administrativo/técnico/económico/otros/Distribución de Cantidades) Nombre del archivo: (adjuntar al mail) Descripción:
N º SOLICITUD B 420-223-SG16
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO Y DE LA APARATOLOGIA El presente anexo forma parte integrante del pliego de bases y condiciones de la licitación.
DESCRIPCION DE EQUIPOS SOLICITADOS LA ADJUDICACION DE TODOS LOS RENGLONES RECAERA EN UNA UNICA OFERTA. Dicha cotización deberá incluir sin cargo, junto con la primera entrega de insumos, en carácter de PRESTAMO por consumo los siguientes equipos:
- ANALIZADOR POR QUIMIOLUMINISCENCIA SOSTENIDA EN EL TIEMPO CON DIOXETANO. - IMPRESORA PARA INFORME DE RESULTADOS.
Se aceptará otro analizador de inmunoensayos que opere con otra señal siempre que en el menú de prestaciones a realizar por el equipo se encuentre:
- La medición cuantitativa de hormona de crecimiento (hGH) en suero, por un ensayo inmunométrico, con un volumen de suero máximo de 30 uL, cuya curva de calibración sea trazable al 2º IS (Estandar Internacional) de la OMS NIBSC 98/574 y un rango de calibración de hasta 40 ng/mL.
- La medición cuantitativa de factor de crecimiento insulino-simil tipo 1 (IGF-1) en suero, por un ensayo inmunométrico, con un volumen de suero máximo de 30 uL, cuya curva de calibración sea trazable al WHO NIBSC 1st IRR 87/518) y un rango de calibración de hasta 1600 ng/mL.
- La medición cuantitativa de la proteína transportadora del factor de crecimiento insulino-simil (IGFBP-3) en suero, por un ensayo inmunométrico, con un volumen de suero máximo de 10 uL, cuya curva de calibración sea trazable al WHO NIBSC Reactivo 93/560) y un rango de calibración de hasta 16 ug/mL.
Cabe señalar que estas determinaciones son de real importancia en la evaluación, diagnóstico y tratamiento de los desórdenes del crecimiento que afectan a los pacientes que se atienden en la División de Endocrinología.
CARACTERÍSTICAS DE LA APARATOLOGIA:
-Software en español en entorno Windows, con pantalla Touch-screen e impresora incluida con interfase bidireccional para conexión con el sistema informático del laboratorio. -Capacidad de hasta 24 analitos simultáneos intercambiables durante el procesamiento, con refrigeración de reactivos (on Board) -Tiempo de procesamiento que permita el resultado en no más de 65 minutos, -Dilución automática de muestras cuyo valor supere el rango analítico -Pipeteo directo del tubo primario con detector de coágulos, con capacidad para 80 tubos como mínimo. Deberá admitir también muestras en tubo secundario y muestra pediátrica -Capacidad de procesamiento de hasta 200 muestras por hora, que permita el acceso continuo y aleatorio de muestras -Identificación de las muestras por lector de código de barras y capacidad para introducir y procesar muestras de urgencia, con interfase bidireccional para conexión con el sistema informático del laboratorio. -El sistema deberá proveer una etiquetadora de código de barras. -Proceso para muestras rápidas o de urgencias con refrigeración "in situ", -Que permita la repetición automática de muestras fuera del rango establecido, -Que procese tubo primario, tubo secundario y muestra pediátrica, -Conexión con el sistema informático del laboratorio. -Que asegure el resguardo de la información procesada en dicho equipo y que pueda ser transferida mediante un soporte electrónico al archivo del laboratorio -PENDRIVE O DISCO RIGIDO EXTERNO para backup.
CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO: -El proveedor deberá entregar todos los insumos necesarios para el perfecto procesamiento de las muestras y para el informe de los resultados. -SE DEBERAN PROVEER LOS CARTUCHOS Y PAPEL ACORDE AL NUMERO DE DETERMINACIONES SOLICITADAS -Se harán las entregas de reactivos a requerimiento del laboratorio en forma: TRIMESTRAL -Vencimiento de los reactivos: No menor de 6 meses a partir de cada fecha de entrega
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-Los Equipos se entregarán instalados y en perfecto funcionamiento en el lugar de operación , incluyendo su estiba, carga y descarga, y las adaptaciones necesarias de cableados, estabilizador, toma corrientes y adaptadores que sean necesarios y todo aquello que se necesite de modo que el hospital no sufra un costo extra al contractual de la presente licitación durante el período de la misma, incluyendo su conexión al sistema de gestión preexistente en el Laboratorio. La empresa adjudicataria debe realizar la adecuación física de la estructura para la adecuada operación del equipamiento así como también su refrigeración. Cuando se efectúen estas adecuaciones, la firma NO deberá omitir los sistemas de protección y seguridad necesarios para el personal que opere el equipamiento. -Correrán a cargo del adjudicatario los CONSUMIBLES, DESCARTABLES, INSUMOS, SOLUCIONES, CALIBRADORES Y CONTROLES DE CALIDAD INTERNO Y CONTROLES DE CALIDAD EXTERNO: CONSUMIBLES, DESCARTABLES, INSUMOS, SOLUCIONES: incluye soluciones detergentes, de lavado, diluyentes, lámparas, electrodos, jeringas, cintas de impresión, cartuchos, y todos los repuestos necesarios para el correcto funcionamiento. CALIBRADORES: Cantidad necesaria para consumir los reactivos solicitados. CONTROLES DE CALIDAD INTERNO: Cantidad necesaria para consumir todos los reactivos solicitados. CONTROLES DE CALIDAD DE TERCERA OPINIÓN Cantidad necesaria para consumir todos los reactivos solicitados. Dicho control debe ser suministrado en viales de al menos tres niveles de concentración, líquidos y basados en suero humano. El control de tercera opinión debe permitir la evaluación del desempeño de los analitos solicitados en esta licitación (especialmente de ATPO, ATG, IGF-1), debe operar con un software con presentación de los resultados de los controles en forma diaria y mensual por el Período que se ejerza esta contratación. CONTROLES DE CALIDAD EXTERNO INTERNACIONAL: para evaluar el desempeño de los analitos solicitados en esta licitación (especialmente para ACTH, CALCITONINA, FACTOR DE CRECIMIENTO INSULINA-SIMIL I (IGF-1)) con encuestas al menos trimestrales por el período que se ejerza esta contratación. -Reactivos de prueba: Los reactivos que se utilizaran durante el periodo de capacitación serán por cuenta del adjudicatario -En caso de que los equipos consuman para su funcionamiento agua obtenida por ósmosis reversa o resinas de intercambio , la cotización incluirá una unidad desmineralizadora de agua con resinas de intercambio iónico PARA CADA EQUIPO mediante la conexión a una canilla de agua corriente y deberá incluir la cantidad de resinas, Lámpara UV, Ultrafiltros y Pastillas sanitizantes, necesarias para 1 año de trabajo con recambio de las mismas cada vez que sea solicitado y todos los insumos necesarios para su funcionamiento, así como la instalación, mantenimiento y funcionamiento del mismo. -Se deberá tener en cuenta un mantenimiento anual para asegurar la calidad del agua suministrada y la calificación del instrumento que incluye la calificación de instalación, de operación y performance del mismo. -Los equipos deberán entregarse sin demoras y con servicio técnico original de la empresa radicada en la Ciudad de Buenos Aires. -Durante el tiempo de préstamo de los EQUIPOS, la empresa se hará cargo del servicio técnico dentro de las 12 hs, repuestos y mantenimiento preventivo, correctivo de los mismos, cada vez que sea requerido. El adjudicatario deberá contar con una línea telefónica las 24 horas para el servicio técnico. -En el caso que el aparato quedara fuera de servicio, la empresa citada deberá proveer uno de las mismas características y funciones dentro de las 24 hs. -Se aceptará únicamente aparatología original, que no tenga adaptaciones y/o modificaciones adicionales. -Deberán proveerse los manuales de operación técnica en castellano. Los cursos de capacitación del personal se darán en el Laboratorio. -Se deberá adjuntar junto con la oferta las características técnicas y / o folletos de los aparatos ofrecidos, y el Vademécum de Reactivos con todas sus características perfectamente definida en idioma español. -La empresa adjudicataria deberá contar con un seguro sobre los equipos que deberán cubrir riesgos tales como robo, hurto, etc. -Todo el equipamiento deberá ser registrado en la División Patrimonio de este establecimiento. -La firma oferente deberá proveer los reactivos originales y las habilitaciones correspondientes emitidas por el ANMAT. -Las ofertas deberán ajustarse a la ley 16463 y sus modificaciones, debiendo adjuntar fotocopias de los certificados de autorización de venta homologados por el Ministerio de salud de la Nación, caso contrario las ofertas será desestimada. -El oferente deberá indicar expresamente en su oferta el aparato que ofrece en carácter de préstamo -El período de préstamo del aparato es hasta consumir todos los reactivos. Importante: -La preadjudicación de todos los renglones se efectuará por PREADJUDICACIÓN TOTAL DE LOS MISMOS, o sea, recaerá en una única OFERTA GLOBAL, que conjuntamente con la aparatología ofertada en préstamo, sea la más conveniente para este Hospital. -DEBERÁ CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN 498/MSGC/2010, DONDE SE PROHÍBE LA COMPRA Y/O UTILIZACIÓN DE REACTIVOS QUE CONTENGAN CIANURO. -NO SE ACEPTARAN OFERTAS QUE NO INCLUYAN TODOS LOS RENGLONES. -SE DEJA CONSTANCIA QUE NO SE CONFORMARA LA RECEPCIÓN DE LOS REACTIVOS (AUNQUE ESTOS HUBIESEN SIDO ENTREGADOS) HASTA LA RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL EQUIPAMIENTO EN PRESTAMO Y CUMPLIDO EL PERIODO DE ADIESTRAMIENTO.
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ANEXO CLAUSULAS PARTICULARES IMPORTANTE: En aquellos casos en que la complejidad de la contratación lo justifique, el plazo establecido para la emisión del Dictamen de Evaluación de Ofertas será dentro de los 20 (veinte) días hábiles contados desde la fecha de apertura de propuestas. a) SOLO SERA NECESARIA LA PRESENTACION DE DOCUMENTOS EN SOPORTE FISICO EN EL CASO DE SOLICITARSE GARANTIAS Y CUALQUIER OTRA DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA QUE RESULTE NECESARIA PARA EVALUAR LA OFERTA. POR LO TANTO, LAS OFERTAS SERAN PRESENTADAS DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL ART. 12º DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LOS PROCESOS DE COMPRAS Y CONTRATACIONES MEDIANTE BAC. b) Ley 4764/13 - Artículo 101 - EXCEPCIONES. No resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta ni de cumplimiento de contrato según corresponda en los siguientes casos: a) Cuando el monto de la oferta no supere las cien mil (100.000) unidades de compra. b) Cuando el monto de la orden de compra o instrumento contractual no supere las cien mil (100.000) unidades de compra. POR LO TANTO NO SERA NECESARIA LA PRESENTACION DE GARANTIA DE OFERTA NI DE ADJUDICACION, CUANDO EL MONTO DE LA OFERTA Y/O ADJUDICACION NO SUPERE EL IMPORTE DE $ 975.000,00.- (Art. 28º inc b de la Ley Nº 5495 BOCBA Nº 4792). c) Para los procedimientos mediante BAC, al momento de presentar sus propuestas, los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad Operativa de Adquisiciones dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en la División Tesorería en el horario de Lunes a viernes de 09:00 a 12:00 hs., bajo apercibimiento de descarte de la oferta. EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA LA INTEGRACION DE LA GARANTIA DE OFERTA, SU NO PRESENTACION DARA LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA. (Art. 17º Pliego de Bases y Condiciones Generales) d) Este Hospital se reserva el derecho de solicitar a los Sres. Oferentes, toda documentación considerada complementaria que resulte necesaria para la evaluación de sus ofertas, la cual deberá ser aportada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, bajo apercibimiento de descartar la oferta. e) Los oferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto que se solicita, cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice, con el objeto de facilitar la comparación de precios. f) El oferente deberá indicar en cada renglón de su presupuesto la marca comercial de los productos cotizados, número de Certificado de Autorización de Venta otorgado por Autoridad Sanitaria Nacional, denominación del Establecimiento Elaborador, según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas g) Declaración Jurada de que el oferente no se encuentre incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública h) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA: Remito original y 3 (tres) copias en los que se indicará: orden de compra, número de renglón, cantidad de productos entregados, código de producto, fabricante y nombre comercial (este último sólo si corresponde), número de lote y/o partida y fecha de vencimiento. Ante la falta de individualización de las características mencionadas deberá la autoridad rechazar la entrega, siendo en consecuencia, imputable al proveedor i) Se deja constancia que serán preadjudicadas las ofertas que estén habilitadas al momento de la emisión del dictamen, si posteriormente algún oferente con documentación desactualizada cambiara su situación no será tenido en cuenta para la adjudicación. Por otro lado si un oferente preadjudicatario en el Dictamen cambiara su situación a NO habilitado tendrá 72hs para la regularización de su estado, de no hacerlo será considerada la oferta siguiente.-
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 56
a) Se deberá indicar la marca y nombre comercial de todos los productos cotizados. b) La fecha de vencimiento de los productos no será inferior a doce (12) meses. El Hospital se reserva el derecho de aceptar productos con vencimientos distintos a los solicitados. c) Es imprescindible el envase original. La Unidad Operativa de Adquisiciones Licitante, se reserva el derecho de considerar envases de capacidad distinta a la solicitada, en el presente Pliego de Bases y Condiciones, si a juicio de la Dependencia usuaria no ofrece inconveniente alguno para su uso o distribución. A los efectos de comparar precios, se tomara como base la unidad de medida. d) Laboratorios, Droguerías, Farmacias y Distribuidoras Nacionales deberán presentar, al momento del Acto de Apertura de Ofertas, copia de la Habilitación e Inscripción extendida por ANMAT, como elaborador, importador, o distribuidor de los productos cotizados y el certificado de GMP otorgado por dicho organismo (Disposición ANMAT 1930/95) y/o la constancia de aptitud para elaborar y controlar dicho producto expedida por ANMAT, firmada por Apoderado Legal y Director Técnico e) Fotocopia de la disposición del profesional responsable que figure como Director Técnico, extendido por el Ministerio de Salud y/o ANMAT, firmada por Director Técnico y Apoderado Legal. Se deberá presentar en soporte electrónico y soporte papel. f) Declaración Jurada debidamente firmada por el Director Técnico y Apoderado Legal, haciéndose responsable de que todos los productos cotizados se ajustan a la normativa vigente (Ley 16.463) g) Para aquellos medicamentos alcanzados por el Sistema Nacional de Trazabilidad de Medicamentos, deberán cumplir con la Resolución Nº 435/11 del Ministerio de Salud, y con las Disposiciones de la ANMAT Nº 3683/11, Nº 1831/12 y Nº 247/13 h) ASEGURAMIENTO DE LA CADENA DE FRÍO DE LOS INSUMOS A PROVEER Los productos que requieran cadena de frío deberán estar perfectamente identificados y se deberá asegurar la misma, cumpliendo con la Ley 26.492, y para vacunas también deberán cumplir con la Resolución ANMAT Nº 498/08. i) Este Hospital se reserva el derecho de solicitar a los Sres. Oferentes, toda documentación considerada complementaria que resulte necesaria para la evaluación de sus ofertas, la cual deberá ser aportada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, bajo apercibimiento de descartar la oferta.
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 39/HGNRG/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 57
3.00 GENERALIDADES
3.01 TRABAJOS PRELIMINARES Y TAREAS COMPLEMENTARIAS
3.02 DOCUMENTACIÓN PARA TRAMITACIONES Y PROYECTO EJECUTIVO
3.27 MATERIALES
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESMINISTERIO DE EDUCACIÓN
ESCUELA TECNICA Nº 12 - D.E. 1º - COMUNA 1AV. DEL LIBERTADOR 238
INDICE DE PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES
TRABAJOS A REALIZAR
DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR
1 de 1 08/10/2015
3.27 MATERIALES
3.30 INSTALACIONES PARA GAS
1 de 1 08/10/2015
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 148/DGAR/16
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 58
3.00 GENERALIDADES
3.00.1 FISCALIZACION DE LA OBRA La fiscalización de la obra estará a cargo de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento (D.G.I.y
E.), representada por el o los profesionales que ésta designe ya sea en calidad de Directores de Obra, Inspectores de Obra o Asesores Especializados, con referencia al cumplimiento del presente Contrato de Obra en sus aspectos técnicos y/o administrativos.
Esta fiscalización y las determinaciones o aprobaciones que se realicen en representación de la D.G.I. y E., no eximen al Contratista del cumplimiento de Leyes o Reglamentaciones vigentes, emanadas de Organismos de Gobierno o instancias superiores a ella.
3.00.2 ALCANCE DEL PLIEGO El presente Pliego de Especificaciones Técnicas Generales (PETG) expone las exigencias a cumplir respecto
a condiciones técnicas y calidades que deben cumplir los materiales y la ejecución de los trabajos. Estas condiciones serán complementadas y /o ampliadas por el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares (PETP) de la Obra licitada. Conforme a estas especificaciones el oferente deberá elaborar su propuesta y las mismas regirán para la ejecución de los trabajos hasta la Recepción Definitiva de las obras.
3.00.3 CALIDAD DE LA OBRA El Contratista adoptará todas las previsiones necesarias para el oportuno abastecimiento de los materiales y
demás medidas para el correcto acopio, protección y manipuleo de los mismos, de manera de proporcionar la mejor calidad y preservación a todos los materiales que deba incorporar a las obras.
Asimismo empleará para llevar a cabo los trabajos, mano de obra suficientemente competente y experimentada en cada una de las labores que deba desarrollar. De igual modo dispondrá de los equipos, enseres, herramientas y procedimientos constructivos requeridos o más apropiados para estas finalidades.
Las terminaciones, encuentros entre los distintos componentes, aplomados y nivelados serán en todos los casos irreprochables y ejecutados a regla de arte.
3.00.4 CONCEPTO DE OBRA COMPLETA La ejecución de la obra deberá responder acabadamente en su conjunto y en todos sus detalles, al fin para el
que fue proyectada, a cuyos efectos el proponente se obliga al total cumplimiento de lo que taxativamente se hubiese enunciado en la documentación licitatoria, y a la intención y al espíritu que tal enunciación conlleva. Consecuentemente serán exigibles por la D.G.I. y E. todos aquellos dispositivos, materiales, accesorios, trabajos etc., no solicitados, pero que de acuerdo con lo antedicho queden a su juicio comprendidos dentro del concepto de “obra completa de acuerdo a su fin” y mereciera calificarse como necesario, para prestaciones de una alta calidad y en concordancia con la mejor tradición de la ciencia y el arte de la Construcción.
3.00.5 UNION DE LAS OBRAS NUEVAS CON LAS EXISTENTES Cuando las obras a efectuar debieran ser únicas o pudieran afectar en forma cualquiera a obras existentes,
estará a cargo del contratista y se considerarán comprendidas sin excepción en la propuesta que se acepta: a) la reconstrucción de todas las partes removidas y la reparación de todos los desperfectos que a
consecuencia de los trabajos licitados se produzcan en la parte existente b) la provisión de todos los materiales y la ejecución de todos los trabajos necesarios para unir las obras
licitadas con las existentes. Todo material provisto o trabajo ejecutado en virtud de esta cláusula, será de la calidad, tipo, forma y demás
requisitos equivalentes y análogos a los similares previos o existentes, según corresponda a juicio de la D.G.I. y E..
El oferente y/o adjudicatario toma cabal conocimiento, al momento de la presentación de su oferta, de las tareas de refacción, remodelación y restauración que se realizan o puedan realizarse en el edificio objeto de esta licitación y contrato, por lo que en todo momento deberá ajustar sus trabajos a los que se encuentren concluidos, o estén en curso de ejecución, o habrán de contratarse, acordando en tal sentido con los adjudicatarios de la o las otras licitaciones con conocimiento y aprobación de la Administración.
3.00 Generalidades Página 1 de 2
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 59
3.00 GENERALIDADES
3.00.6 RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS Cuando así se haya previsto en el Contrato, el Contratista deberá facilitar la marcha simultánea o sucesiva de
los trabajos ejecutados por él y los que el organismo licitante u otras reparticiones del GCBA hubieran decidido realizar directamente o por intermedio de otros contratistas, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido formule la Inspección de Obra respecto al orden de ejecución de esos trabajos, incluyendo la provisión de la ayuda de gremios que correspondiera.
La vigilancia general de la obra quedará en estos casos a cargo del Contratista Principal; y este permitirá a los otros Contratistas, sin remuneración y según costumbre, el uso de andamios, escaleras, montacargas, etc. Convendrá, asimismo, con aquellos y con intervención decisiva del Inspector de Obra, en caso de desinteligencias, respecto a la ubicación de materiales, enseres, etc.
Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás Contratistas o a las que realice directamente la Administración, ajustándose a las indicaciones que a tal fin se impartan o al espíritu de los planos y especificaciones.
Si el Contratista experimentara demoras o fuere obstaculizado en sus trabajos por hechos, faltas, negligencias o retrasos de otros Contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección de Obra mediante Nota de Pedido, para que ésta tome las determinaciones a que haya lugar.
3.00.7 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El Contratista asumirá el carácter de Constructor e Instalador de los trabajos a su cargo, como calculista,
ejecutor estructural o instalador, con todas las obligaciones y responsabilidades que tal condición implica, actuando en carácter de tal ante las reparticiones oficiales, empresas prestatarias de servicios y entes de cualquier naturaleza, a los efectos de las tramitaciones y aprobaciones que estas obras requieran, tanto durante el transcurso de los trabajos como hasta la aprobación de los planos Conforme a Obra y la Recepción Definitiva.
3.00.8 PLAN DE TRABAJOS La Empresa deberá presentar con suficiente anticipación al inicio de las obras, un Plan de Trabajos Detallado,
con inclusión de todos los rubros e ítems que componen el presupuesto. La aprobación del mismo por parte de la D.G.I. y E. será requisito previo para autorizar el comienzo de los
trabajos. Este plan de trabajos deberá ser lo mas detallado posible, debiéndose desglosar los rubros en sus tareas
componentes, de modo de procurar una mayor precisión en los tiempos que se programen. Se deberán incluir fechas para relevamientos planialtimétricos y ensayos de suelos, cuando así corresponda,
como asimismo las fechas de presentación de Planos, ya sea los requeridos para Tramitaciones o los Planos de Replanteo o Planos de Obra del Proyecto Ejecutivo.
Se requerirá que este Plan de Trabajos posea condiciones para servir de útil herramienta de trabajo, y no una mera presentación formal.
Podrá graficarse en diagrama de Gantt, y para las tareas que así lo ameriten, se podrán anexar separadamente detalles accesorios.
Una vez aprobado este Plan de Trabajos pasará a formar parte del Contrato, exigiéndose su estricto cumplimiento respecto de los plazos parciales y/o totales que se hayan programado.
Si la D.G.I. y E. considerara que el Plan de Trabajos elaborado por el Contratista no proporciona un desarrollo confiable para la obra, o si durante el transcurso de los trabajos se evidenciaran desajustes que pudieran comprometer el Plazo previsto, se exigirá al Contratista la inmediata presentación de un Plan de Trabajos elaborado por el método de Camino Crítico (Pert), sin derecho a reclamaciones de ningún tipo.
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3.01 TRABAJOS PRELIMINARES Y TAREAS COMPLEMENTARIAS
3.01.1 CARTEL DE OBRA El contratista está obligado a colocar en el lugar que indique la Inspección de Obra, el o los letreros o
carteles de obra, en la cantidad que se indique, confeccionados de acuerdo al modelo que se establezca en la documentación licitatoria, o la que ésta formule, de acuerdo a especificaciones, a las dimensiones, tipografía y leyendas que se soliciten o con las directivas que oportunamente se impartan; no pudiendo colocarse en obra ningún otro letrero excepto los que pudiera exigir el Código de la Edificación (CE), sin la previa conformidad escrita de la Inspección de Obra. En ningún caso se permitirán letreros con publicidad de ningún tipo.
Dicho/s cartel/es de obra deberá/n ser instalado/s dentro de los cinco días posteriores a la firma de la Orden de Ejecución o de la Orden de Comienzo según correspondiera, y permanecerá en las condiciones especificadas hasta el momento que la Inspección de Obra determine su retiro, sucediendo ello en fecha posterior a la Recepción Provisional de la Obra. La instalación se realizará de modo tal que este se sitúe en un lugar visible y bien iluminado, debiendo en su caso contar con iluminación propia si correspondiera, tomando la previsión que dicha instalación se realice de modo tal que no dañe las construcciones existentes.
Los carteles deberán ser de chapa metálica, sobre bastidor del mismo material o de madera, perfectamente terminados y sin presentar salientes ni rebabas, y en todo el transcurso de la obra deberán hallarse en perfecto estado de conservación. Su fijación deberá ser completamente segura, particularmente en lo relacionado a las solicitaciones por acción del viento.
Además, deberá contarse con letreros móviles, caballetes, leyendas, conos y otros sistemas de señalización que indique el GCBA, y los que sean usuales y/u obligatorios según las normas y reglamentos vigentes, fundamentalmente los que hacen a la higiene y seguridad.
3.01.2 CONSTRUCCIONES AUXILIARES 3.01.2.1 CONSTRUCCIONES PROVISORIAS: a) Obrador: El Contratista tendrá obligación de construir las instalaciones de un obrador, adecuado a la importancia y
duración de las Obras. Atenderá las necesidades de practica corriente y a lo que se estipule en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares así como a las reglamentaciones vigentes, respecto a oficinas, depósitos, vestuarios y locales sanitarios, tanto para el personal propio de la Empresa y sus Subcontratistas, como para el personal de la Inspección de Obra.
Las instalaciones serán demolidas y retiradas por el Contratista en el plazo inmediato posterior al acta de constatación de los trabajos, en cuanto en ella se verifique que se consideran completamente terminados los trabajos y que solo quedan observaciones menores que no ameritan mantener tales instalaciones; de modo tal que, salvo expresa indicación en contrario por parte de la Inspección de la obra, para proceder a la Recepción Provisoria será condición desmantelar tales instalaciones, dejando libre, perfectamente limpio y en condiciones de uso los espacios asignados a ellas.
b) Provisión de agua: Para la construcción será obligación del Contratista efectuar las gestiones pertinentes ante la empresa
prestataria del servicio, así como el pago de los derechos respectivos, para asegurar el suministro de agua necesaria para la construcción, debiendo en todos los casos asegurar la provisión normal de agua de la red de acuerdo con las normas de dicha empresa o ente.
En caso de duda acerca de la potabilidad del agua el Contratista arbitrará los medios para garantizar el aprovisionamiento de agua potable para consumo debiendo realizar, por su cuenta y cargo, los análisis de calidad y potabilidad correspondientes, tanto físico-químico como bacteriológico, elevando los resultados de los mismos a la repartición licitante.
En todo lugar de trabajo que así se requiera, el Contratista deberá proporcionar recipientes para almacenamiento de agua, en buen estado y de capacidad adecuada, con sus correspondientes grifos de abastecimiento, mangueras, baldes, etc.
Se deberá mantener seca el área circundante, con el objeto de evitar anegamientos, daños a las obras y/o accidentes de trabajo.
c) Evacuación de aguas servidas: Se adoptarán las medidas necesarias y se ejecutarán las obras adecuadas para evacuar las aguas servidas de
los servicios sanitarios durante el período de la obra, evitando el peligro de contaminación, malos olores, etc, no
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3.01 TRABAJOS PRELIMINARES Y TAREAS COMPLEMENTARIAS permitiéndose desagüe de agua servida a canales o zanjas abiertas. Tales instalaciones se ajustarán a los reglamentos vigentes que haya dispuesto el ente prestatario del servicio.
d) Iluminación - fuerza motriz: El Contratista arbitrará los medios para el abastecimiento de la luz y fuerza motriz provenientes de las redes
de servicio propias del ente o empresa proveedora del servicio, observando las reglamentaciones vigentes haciéndose cargo del pago de los derechos y del consumo correspondiente.
La Inspección de Obra, si fuera absolutamente necesario a los fines de este contrato, podrá exigir el suministro de equipos electrógenos que aseguren la provisión y mantenimiento de la energía eléctrica, durante la ejecución de los trabajos y hasta la recepción provisional por cuenta y cargo del Contratista.
Toda iluminación necesaria para la realización de los trabajos, como así también la nocturna, estará a cargo del Contratista y se ajustará a las exigencias de las Compañías Aseguradoras y/o a los requerimientos de la Inspección de Obra. Si se realizaran trabajos en horas nocturnas o en zonas de obra sin iluminación natural, el Contratista proveerá la iluminación que posibilite a su personal, al de los gremios subcontratados y/o terceros contratados directamente por el GCBA el eficiente desarrollo de los trabajos que les correspondiere.
La instalación deberá responder a la propuesta de la Contratista debidamente conformada por la Inspección de Obra; y su ejecución aunque provisoria, será esmerada, ordenada, segura y según las reglas del arte, normas reglamentarias y las especificaciones técnicas para instalaciones eléctricas del Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.
Será rechazada toda instalación que no guarde las normas de seguridad para el trabajo o que presente tendidos desprolijos o iluminación defectuosa y todo otro vicio incompatible, al solo juicio de la Inspección de Obra.
Además, en lo que respecta a tableros de obra el contratista deberá prever un tablero que incluya tomas monofásicas y trifásicas, con disyuntores diferenciales y llaves termomagnéticas. Estos tableros deberán estar distribuidos uno por piso si correspondiera, y serán conectados al tablero principal de modo adecuado y seguro. Se proveerá de puesta a tierra a todos los tableros de obra.
e) Pavimentos provisorios del obrador: El Contratista asegurará el acceso de equipos, materiales, vehículos y personas mediante la ejecución de los
caminos de acceso que pudieran requerirse; cuyas características y especificaciones técnicas deberán satisfacer las necesidades propias de las obras a ejecutar, expuestas en los pliegos o de conformidad a las directivas que oportunamente se impartan. Además, el Contratista deberá mantenerlos en condiciones adecuadas de transitabilidad, durante la ejecución total de la obra y hasta la Recepción Definitiva, o hasta cuando lo indique la D.G-I. y E..
f ) Traslado de Equipos y Herramientas: El Contratista procederá al oportuno traslado al obrador o la obra, de todos los andamios, enseres,
maquinarias, herramientas y equipos que la misma fuera requiriendo en cada una de sus etapas. Estos equipos deberán ser los mas adecuados a cada labor y en cantidad suficiente para permitir un correcto
desarrollo y avance de las tareas. A medida que no sean requeridos por los trabajos serán retirados del recinto de la obra para evitar entorpecimientos en los trabajos.
g) Cierre de la Obra: El contratista deberá proveer e instalar un cerco o valla de obra de acuerdo a los planos o especificaciones de
esta documentación, si existieran. En su defecto cumplirá con las reglamentaciones vigentes dispuestas en el Código de la Edificación y/o con las directivas que oportunamente imparta la Inspección de Obra. Estas instalaciones involucran también los vallados, defensas, pantallas, bandejas, cortinas, protecciones tipo media sombra, etc. a los fines de atender la seguridad e higiene de los sectores de obra y de los linderos a ella.
El cerco estará pintado de acuerdo a las instrucciones que establezca la Inspección de Obra, no pudiendo utilizarse material de rezago, sino que han de utilizarse materiales nuevos y en buen estado, debiendo mantenerse en tales condiciones hasta su retiro por parte del contratista, previo a la Recepción Provisional de la Obra.
3.01.2.2) CASILLA PARA OFICINA DE LA INSPECCIÓN: En el área destinada a obrador deberá instalarse, según la importancia y/o plazo previsto para las obras, una
casilla para oficina de la Inspección.
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Su construcción deberá satisfacer respecto a tratamiento hidrotérmico las normas de habitabilidad. Estará provista de iluminación y ventilación natural. Contará con provisión de energía eléctrica e iluminación artificial y cuando se especifique contará con equipo/s de aire acondicionado frío-calor, con la capacidad apropiada.
Tendrá la superficie y equipamiento que establezcan los documentos licitatorios, de conformidad con el plantel que se haya previsto para Inspección y contralor de las obras.
. 3.01.3 VIGILANCIA E ILUMINACION El Contratista establecerá una vigilancia permanente en la obra para prevenir sustracciones y deterioros de
materiales y de estructuras propias o ajenas. Además distribuirá la cantidad necesaria de fuentes de iluminación que permitan un efectivo alumbrado y vigilancia.
Colocará luces indicadoras de peligro y tomará todas las medidas de precaución necesarias en aquellas partes que por su naturaleza o situación implican un riesgo potencial o que hagan posible que ocurran accidentes durante el transcurso de la obra, con el objeto de evitarlos.
3.01.4 SEGURIDAD EN OBRA El Contratista está obligado a observar estrictamente las disposiciones establecidas en los rubros respectivos
del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes No 24557 y 19587, el Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción: Decreto No 911/96, los programas y normas que formule la Superintendencia de los Riesgos del Trabajo y toda otra reglamentación vigente a la fecha de ejecución de la obra.
3.01.5 FISCALIZACION La Inspección y/o el Asesor Especializado de la D.G-I. y E.., fiscalizará/n periódicamente el cumplimiento de
las medidas de seguridad y protección en obra, estando facultados para exigir cualquier previsión suplementaria o adicional en resguardo de las personas, seguridad en la vía pública y/o predios linderos, siendo responsabilidad del Contratista cualquier accidente que pudiera producirse.
Exigirá asimismo la presentación avalada por Nota de Pedido, de fotocopias o constancias de las fiscalizaciones pertinentes que deban ser realizadas por las Compañías Aseguradoras (ART).
3.01.6 LIMPIEZA PERIÓDICA DE LA OBRA Y DEL OBRADOR El Contratista estará obligado a mantener los distintos lugares de trabajo (obrador, depósito, oficinas técnicas,
vestuarios, comedores, etc.) y la obra en construcción, en adecuadas condiciones de limpieza e higiene. Los locales sanitarios deberán estar permanentemente limpios y desinfectados, debiendo asegurar el correcto y permanente funcionamiento de todas sus instalaciones.
Los espacios libres circundantes de la obra, se mantendrán limpios y ordenados limitándose su ocupación con materiales o escombros al tiempo mínimo estrictamente necesario, procediendo periódicamente a retirarlos según lo disponga la Inspección de Obra.
3.01.7 LIMPIEZA FINAL DE LA OBRA Y DEL OBRADOR a) Exterior: Las superficies libres que queden dentro de los límites totales del terreno donde se ha realizado la obra se
entregarán perfectamente niveladas y enrasadas, libres de malezas, arbustos, residuos, etc., realizando el corte del césped si lo hubiera.
Asimismo deberá procederse a la remoción, cegado, cierre o desmantelamiento de toda construcción y/o instalación provisoria, dejando la totalidad del predio en condiciones de inmediato uso, retirando también todas las maquinarias utilizadas por el Contratista y procediendo al acarreo de los sobrantes de la obra (tierras, escombros, maderas, pastones, contrapisos, envases, bases de maquinarias, etc.), aún de aquellos que pudieran quedar sepultados respecto de los niveles definitivos del terreno. Al respecto, la Inspección determinará sobre la necesidad de remover o no, los elementos que se encuentren a una profundidad mayor de 50 cm.
b) Interior: Previo a la Recepción Provisoria, los locales se limpiarán íntegramente, cuidando los detalles y la
terminación prolija de los trabajos ejecutados, dejándolos en condiciones de inmediato uso.
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Los vidrios, espejos, herrajes y broncería se entregarán perfectamente limpios, debiéndose utilizar elementos o productos apropiados, evitando el deterioro de otras partes de la construcción. Las manchas de pintura, se eliminarán sin rayar las superficies.
Los revestimientos interiores y exteriores, se cepillarán para eliminar el polvo o cualquier otro material extraño al paramento, se limpiarán prolijamente sus juntas y se procederá a lavarlos con detergentes y agua. En caso de presentar manchas resistentes a esa limpieza primaria se lavarán nuevamente, con los productos adecuados siguiendo las indicaciones del fabricante del revestimiento para remover tales defectos y luego volver a lavarlos con agua y detergente.
Los artefactos sanitarios enlozados, se limpiarán con detergente rebajado, y en caso inevitable con ácido muriático diluido al 10% en agua, nunca con productos o pastas abrasivas. Acto seguido se desinfectará con hipoclorito de sodio (lavandina), diluido a razón de 1 parte en 7 de agua.
3.01.8 RELEVAMIENTO PLANIALTIMETRICO, CATEOS PREVIOS Cuando para la obra sea requerida la confección del Proyecto Ejecutivo, el Contratista deberá realizar, con la
intervención de un agrimensor u otro profesional idóneo, el relevamiento total del terreno o del área a intervenir, comprobando lados del mismo, ángulos, niveles, dimensiones y características de las medianeras, desniveles, subsuelos y demás datos de los linderos. Ubicación y dimensiones de construcciones existentes incluyendo las instalaciones que pudieran considerarse de incidencia para las obras, aljibes, pozos negros, árboles, solados, aceras, desniveles y niveles de cordones, pavimentos, ubicación exacta de las acometidas de servicios que existieran, bocas de tormenta, etc.
Estos datos se volcarán en un Plano de Relevamiento, que se completará con la cantidad de fotografías que pudieran ampliar o mejorar la información.
Cuando fuera adjuntado a la documentación licitatoria un relevamiento preliminar obtenido por parte de la D.G-I. y E., el Contratista podrá hacerlo suyo, previa verificación y deberá completarlo con los demás datos que pudieran resultar necesarios o de interés a los fines de la obra.
Cuando se utilicen para las obras a ejecutar, estructuras o instalaciones existentes, el Contratista deberá realizar los cateos previos tendientes a verificar las condiciones que presenten, su mantenimiento, estado, resistencia, etc., así como si quedan cumplidas las capacidades admisibles o requeridas para las obras completas.
Cuando se requieran en el PETP los Planos y Convenios de Medianería, se relevarán ajustadamente todos los muros y cercos vecinos existentes, de los cuales se deberá documentar su conformación, dimensiones y estado, mediante croquis acotados y fotografías fechadas.
3.01.9 ENSAYO DE SUELOS Toda obra donde se ejecuten fundaciones, salvo disposición en contrario en el PETP, requerirá la realización
de un Estudio de Suelos completo, que deberá incluir la detección de aguas subterráneas, profundidad y análisis de su agresividad, y según lo dispuesto en 5.3.2.0. “Estudio de suelos” del CE.
Cuando se adjunte a la Documentación Licitatoria el Estudio de Suelos gestionado por la D.G-I. y E., el proponente adoptará para el diseño de las fundaciones las tensiones y recomendaciones que se determinen en dicho estudio, o realizará si así fuera solicitado expresamente en el PETP, un nuevo estudio de suelos.
Cuando corresponda al Contratista presentar a aprobación el Estudio de Suelos del terreno, o del área parcial del mismo afectada a la construcción, lo realizará con una firma y/o profesionales especialistas en la materia, reconocidos y aceptados previamente por la D.G-I. y E..
Salvo otra disposición en el PETP, se establece que se deberán realizar un mínimo de 3 (tres) perforaciones y no menos de una por cada 200 m2 de planta cubierta ocupada por el edificio y sus patios. La profundidad de las perforaciones será de 10 m, o la que especifique el PETP. Durante la realización de las mismas y a intervalos de 1,00m se ejecutará el ensayo de penetración extrayéndose simultáneamente, la correspondiente muestra de suelo.
* Los ensayos de Laboratorio deberán proporcionar: a) Para Suelos finos cohesivos: Las muestras obtenidas serán ensayadas en laboratorio para la determinación de las siguientes
características: Peso unitario natural y seco, humedad natural, límite líquido, límite plástico, granulometría, resistencia a
compresión y deformación específica de rotura.- Sobre muestras representativas de los distintos estratos, se llevarán a cabo ensayos triaxiales escalonados no
drenados. b) Para Suelos gruesos: Granulometría y humedad natural. De cada muestra se realizará una descripción tacto-visual y se clasificará el suelo de acuerdo al Sistema
Unificado.
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c) Informe final Todos los datos obtenidos en el terreno y en laboratorio, deberán ser adecuadamente diagramados para una
fácil visualización e interpretación de los mismos. Del análisis de estos resultados y de las características de la obra a construir, que el profesional responsable
deberá conocer en todos sus aspectos, deberán surgir las recomendaciones para la formulación del proyecto ejecutivo para las fundaciones.
El Contratista deberá completar oportunamente esta presentación, con el agregado de un informe y memoria técnica de las fundaciones, con los detalles y demás datos necesarios para avalar el proyecto ejecutivo desarrollado, del que se demandará aprobación previa.
En caso de existir discrepancias entre el estudio proporcionado con la licitación y el realizado por el Contratista, se buscará consenso entre los profesionales responsables de ambos estudios, con la participación de los profesionales proyectistas que designe la D.G-I. y E. para resolver el criterio a adoptar sobre tales discrepancias.
En caso de no llegarse a un acuerdo compartido, se requerirá un nuevo estudio por cuenta del Contratista, que deberá realizar el asesor que a tal fin determine la D.G-I. y E..
La D.G-I. y E. decidirá finalmente, según su criterio, cual estudio o consideraciones deberán adoptarse para el proyecto de las fundaciones y/o movimiento de suelos.
3.01.10 REPLANTEO Y NIVELACION DE LAS OBRAS Será a cargo del Contratista el replanteo total de las obras, conforme a los Planos de Replanteo preparados
por él oportunamente y aprobados para construir. El replanteo de las obras requerirá la aprobación por Orden de Servicio, de la Inspección de obra. Esta
aprobación no eximirá al Contratista respecto a su responsabilidad exclusiva por el trazado, amojonado, ubicación y verificación de ejes y niveles de referencia, exactitud de ángulos, medidas, etc.
Dependiendo de la envergadura de la obra deberá realizarse con instrumentos ópticos y personal especializado y para la nivelación será obligatoria la utilización de herramientas de precisión adecuadas para topografía.
En planta baja se emplearán caballetes sólidos (de madera de 3" x 3"), convenientemente dispuestos y anclados de modo que no sufran desplazamientos u ocultamientos durante las posibles tareas de movimiento de tierras, o tablas fijadas sólidamente a las paredes medianeras en caso de existir.
Se establecerán ejes principales y ejes secundarios dispuestos de ser posible en forma fija y permanente, o en todo caso de fácil restablecimiento.
Deberán ser claramente identificables, resaltando y señalando con pintura inalterable su ubicación y descripción. Los soportes para extender los alambres o hilos tensados deberán contar con una ubicación exacta y deberán ser suficientemente resistentes.
Se deberán emplazar en sitios que admitan su correcto aplomado y traspaso a los diferentes niveles o pisos de la obra.
En plantas altas, para el replanteo de paredes en general, se preferirá el señalado de los filos de los distintos paramentos y sus encuentros entre sí, mediante líneas marcadas a cucharín con exactitud sobre pequeños mantos de concreto alisado a cuchara, adheridos sobre las propias losas. Con igual método se replanteará la posición de ejes de aberturas.
Será obligación del contratista solicitar de la Inspección de obra la aprobación del nivel definitivo al que deberá referir las obras, establecido en el proyecto ejecutivo y derivado del estudio en particular de las necesidades esbozadas en los planos de licitación y las exigencias originadas de considerar obras existentes y niveles para instalaciones pluviales o cloacales, etc. que pudieran condicionarlo.
Verificada la cota de nivel de la construcción, el Contratista construirá en un lugar poco frecuentado y bien protegido, un pilar de albañilería u hormigón de 0,30 x 0,30 m en cuya cara superior se empotrará un bulón cuya cabeza señale el nivel de referencia y que quede firmemente enrasada con concreto al pilar.
Otros mojones o puntos de referencia que puedan requerirse, se ejecutarán de modo similar. Dichos niveles deberán, permanecer hasta que la Inspección indique su demolición.
Sobre todas las columnas de hormigón armado u otras estructuras fijas, se deberá marcar en cada piso o diferente nivel de la obra, la cota del piso terminado que corresponda, para así facilitar la correcta ubicación de marcos, posicionar vanos para ventanas, definir niveles de contrapisos, etc.
Se deberá cuidar muy especialmente la exactitud acumulada de las medidas en altura de los distintos pisos, para poder uniformar ajustadamente las escaleras proyectadas.
En todo tipo de obra y a medida que avance la misma, se mantendrán materializadas en cada local y en forma permanente, no menos de dos cotas a +1,00 m. de piso terminado, preferentemente en marcos o mochetas de puertas y en sus paredes opuestas, para facilitar las operaciones de rutina con el nivel de manguera.
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3.02 DOCUMENTACIÓN PARA TRAMITACIONES Y PROYECTO EJECUTIVO
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3.02.1 GENERALIDADES Serán por cuenta del Contratista la preparación del total de Planos, Planillas, y documentos escritos que la
obra requiera. Los Planos serán ejecutados en Autocad 2000 al 2006 (no superior), cumplimentando los contenidos, tamaños, carátulas, etc. reglamentados en cada caso o lo solicitado en los Pliegos.
Se entregarán Originales y Copias en los soportes y cantidades que cada tramitación requiera. Deberán ir firmados por el Profesional o Instalador matriculado que represente al Contratista, según lo exija
cada Repartición o Empresa Prestataria de Servicios. 3.02.2 PLANOS Y DOCUMENTACIÓN PARA TRAMITACIONES 3.02.2.1 Planos de Edificación (Municipales): La confección de los Planos de Edificación, la presentación y gestión de todos los trámites, que en
cumplimiento del artículo 2.1.2.7. del Código de la Edificación sean solicitados, estarán a cargo del Contratista previa presentación para su visado por la D.G.I.ES., que actuará en carácter de Comitente.
A tales efectos el contratista presentará a esta repartición todos los planos que confeccionare debidamente firmados, según las exigencias del Código de Edificación. (CE). Una vez realizado el visado del Comitente, el Contratista realizará las presentaciones que correspondieran ante los organismos competentes del GCBA.
Si a los efectos de la tramitación y/o aprobación de los planos correspondiera la presentación de rigor de planos de: construcciones existentes, incendio, agrimensura y demolición, su confección y tramitación estará a cargo de la contratista, así como la realización de la desratización previa, exigida por el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.
3.02.2.2 Planos para solicitud de servicios: La empresa deberá presentar y tramitar ante las empresas proveedoras de servicios los planos que a tal efecto
confeccione, debidamente firmados como responsable de las instalaciones. 3.02.3 PLANOS DE OBRA O PROYECTO EJECUTIVO El Contratista deberá preparar con la debida anticipación y presentar para su aprobación por la D.G.I.ES. los
planos del Proyecto Ejecutivo (Planos de Obra) que requiera la obra y que a continuación se detallan: 3.02.3.1 Plano de Relevamiento y Plano de Obrador: Cuando fuera solicitado en las Especificaciones Técnicas Particulares, el Contratista realizará el plano de
Relevamiento Planialtimétrico del Terreno, atendiendo las disposiciones del presente pliego (Art.3.01.8) En todos los casos que así corresponda o se solicite en el PETP, deberá presentar a aprobación de la
Inspección un Plano del Obrador con indicación de vallados, accesos, protecciones, casillas, baños químicos u otros, depósitos, etc., con especificación de los materiales previstos e indicación de las instalaciones provisorias de agua, iluminación y fuerza motriz, con esquema unifilar y topográfico del tablero de luz de obra si la importancia de estas instalaciones así lo justificara (Art. 3.01.2.).
3.02.3.2 Fundaciones: Estudio de suelos, justificación del tipo de fundación adoptada, esquema estructural y memoria de cálculo
completa, planos generales de replanteo y de detalle, planillas, especificación del hormigón, del acero o de los materiales que se han de utilizar.
3.02.3.3 Estructuras: Esquema estructural y memoria de cálculo, planos generales, de replanteo (1:50) y de detalle, planillas de
armaduras, cómputo métrico, especificación del hormigón, del acero y/o de los materiales que se han de utilizar, planos de “ingeniería de detalle” para estructuras metálicas, u otras estructuras especiales.
En lo referido a las estructuras, en cimentaciones y/o en elevación, la documentación se ha de corresponder integralmente a las prescripciones que estipula el CIRSOC respecto a documentación técnica inicial.
3.02.3.4 Arquitectura y Detalles: Planos Generales de Replanteo (a escala 1:50, plantas de todos los niveles y techos, cortes, corte-vistas,
fachadas, etc.), Planos de detalles y planillas de locales, planos de montajes y de apuntalamientos o andamiajes si fuese necesario o requerido por la Inspección de Obra..
Se deberán presentar como mínimo los siguientes planos, con medidas y cotas de nivel verificadas según Relevamiento Planialtimétrico previo:
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3.02 DOCUMENTACIÓN PARA TRAMITACIONES Y PROYECTO EJECUTIVO
3.02. - Documentación para Tramitaciones y Proyecto Ejecutivo Página 2 de 5
3.02.3.4.1 Planta general 1:100, con ubicación de los ejes de replanteo principales y auxiliares, indicación de siluetas informativas de lo existente y a construir, etapas, niveles, juntas de dilatación, etc. 3.02.3.4.2 Plantas a escala 1:50 (Replanteos): Plantas de Sótanos, PB, Pisos Altos y Planta de Techos, según
corresponda a la obra, perfectamente acotados. Se indicarán paredes y muros diferenciados según materiales o espesores, incluyendo columnas, tabiques o pilares estructurales, proyecciones de aleros, vigas u otras estructuras, aberturas en general con indicación del modo de abrir, nomenclatura de los locales y carpinterías, acotaciones de locales, paredes, ubicación y filo de aberturas, indicación de cambios de solados, solias, umbrales y alféizares. Niveles de piso terminado, con indicación de los desniveles en corte, etc. Ver NOTA (1).- En Techos o Azoteas se aclararán materiales, juntas de dilatación, pendientes, cotas de nivel de cargas, cumbreras, etc., medidas de desagües, canaletas, babetas, conductos de ventilación, Tanques de agua, Salas de Maquinas, etc. 3.02.3.4.3 Cortes a escala 1:50: Se preverán 4 generales y 2 cortes particularizados (Salas de máquinas,
Subsuelos , etc.) Se indicarán cotas de nivel de pisos, antepechos, dinteles, apoyos de estructuras, espesores de entrepisos, características de los elementos constitutivos (cielorrasos, losas, contrapisos, solados, etc.). Acotaciones e indicación de materiales para techos inclinados (canaletas, babetas, sellados, material de cubiertas, aislaciones, estructuras, etc.)
3.02.3.4.4 Principales, Vistas de fachadas internas, Contrafrentes, etc.: Debidamente acotadas, con indicación de materiales, terminaciones, detalles ornamentales, buñas, resaltos, etc., si los hubiere.
3.02.3.4.5 Detalles de locales sanitarios: Escala 1:20 ó 1:25, planta y cuatro vistas de c/u, debidamente acotados, con indicación de los despieces de solados y revestimientos, con ubicación acotada de cajas de electricidad, artefactos, griferías, accesorios, rejillas de piso, etc.
3.02.3.4.6 Detalles constructivos: A escala 1:10 ó 1:5, para proporcionar una completa descripción 65 constructiva de los distintos elementos componentes del proyecto, y de todos aquellos que particularmente requiriera la D.G.PR Y O., según su criterio. (Según la obra de que se trate, se requerirán Detalles de Fundaciones, Capas Aisladoras, Escalones, Umbrales, Antepechos, Dinteles, Encadenados, Entrepisos, Balcones, Azoteas, Aislaciones térmicas, acústicas e hidrófugas, Techos especiales, canaletas, babetas, etc., además de los necesarios para determinadas instalaciones como ser: Bases de Máquinas, Sumideros, Cámaras, Interceptores, Tanques, Gabinetes de medidores, Conductos de humos, Ventilaciones, etc.)
NOTA (1): Para la correcta definición de los Niveles de Piso Terminado en el Replanteo de las Plantas
Bajas, el Contratista deberá elaborar y adjuntar un Plano de Niveles donde consten los niveles de Cordones de Vereda hacia donde acudan los desagües pluviales, el proyecto particular de los mismos desde las áreas mas alejadas, con dimensiones y pendientes de canales o cunetas, diámetros y acotaciones del intradós de cañerías, cotas de Bocas de Desagüe proyectadas, las cotas y pendientes previstas para pisos exteriores e interiores, cotas de terreno absorbente, etc. Para el proyecto y elaboración de los Planos de Detalle de las Capas Aisladoras y Fundaciones deberá contarse igualmente con este Plano de Niveles aprobado.
3.02.3.5 Carpinterías en general de Aluminio, Metálicas, de Madera y Muebles: Planos y/o Planillas de carpinterías a escala 1:20 (indicando planta y elevación, corte, tipo, dimensiones,
cantidad, modo de abrir, materiales, espesores, descripción de tipos y modelos de herrajes con el agregado de catálogos de referencia, accesorios, etc.) y planos de taller, incluyendo los detalles constructivos a escala 1:1, con indicación de los encuentros entre sus distintas partes constitutivas y los modos de unirse en todos sus contornos, con otros elementos y/o materiales donde deban emplazarse, debiendo señalarse además el modo de medirlas.
3.02.3.6 Instalaciones sanitarias e instalación de servicio contra incendio: Planos generales, memoria de cálculo, planos de replanteo y de detalle, folletos explicativos, manuales de
uso, planillas, etc. Toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto fijen los entes respectivos.
3.02.3.7 Instalación de Gas: Presentación de Factibilidad Aprobada, Planos generales, memoria de cálculo, planos de replanteo y de
detalle, planillas, folletos de artefactos, etc. Toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto establecen los entes respectivos.
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3.02 DOCUMENTACIÓN PARA TRAMITACIONES Y PROYECTO EJECUTIVO
3.02. - Documentación para Tramitaciones y Proyecto Ejecutivo Página 3 de 5
3.02.3.8 Instalación Eléctrica, iluminación, fuerza motriz, telefonía, cableado estructurado: Planos generales, memoria de cálculo, planos de replanteo y de detalle, planillas, esquemas topográfico y
unifilar de tableros, folletos explicativos, manuales de uso, etc. Toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto fijen los entes respectivos.
3.02.3.9 Instalación Electromecánica / Ascensores: Planos generales, memoria de cálculo, planos de replanteo y de detalle, planillas, esquemas topográfico y
unifilar de tableros, folletos explicativos, Homologaciones y/o Constancias de Aprobación del producto y/o componentes, manuales de uso, etc. Toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto determinen los entes respectivos.
3.02.3.10 Instalaciones termomecánicas, calefacción / refrigeración: Balance térmico, fundamentación de la propuesta, planos generales, memoria de cálculo, planos de replanteo
y de detalle, planillas, esquemas topográfico y unifilar de tableros, folletos explicativos, instructivos, manuales de uso, etc.; toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto fijen los entes respectivos.
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* Este listado es sólo indicativo y podrá ser modificado y/o ampliado en el pliego de Especificaciones
Técnicas Particulares o por la Inspección de Obra, la que podrá requerir se modifique según su criterio la documentación necesaria, para hacer enteramente comprensible el proyecto y optimizar el proceso de construcción de la obra.
Carátulas: Las carátulas para planos se basarán en el tamaño de hoja A4, para su doblado (210 x 297 mm). Se ajustarán a los siguientes requerimientos: * En el ángulo inferior derecho del plano, se ubicará el rótulo de la Empresa Contratista con una medida no
superior a los 175 x 120 mm. Contendrá: Nombre de la Empresa - Dirección y teléfonos – Mail. - Tel. Obr. (Teléfono del obrador) Designación del Plano --Nivel --Descripción -- Detalle -- etc. Escalas - Numero de Plano (Con Sigla y Nº; fuentes de 25 mm de altura). Fecha-Dibujante-Visado (del
Profesional responsable de la Empresa)-Archivo Nº… En el ángulo inferior izquierdo del rotulo se dejará un cuadro de 47 x 17 mm para uso de la D.G.I.ES. * Sobre el Rótulo se ubicará un Cuadro Descriptivo, de 175 x 22 mm en el cual se incluirán los siguientes
datos: Tipo de Obra: (Obra Nueva, Ampliación, etc.).Nivel: (Inicial, Primario, Medio, Superior) – Licitación Nº: - Expediente Nº: - Nº de Obra: ... -Establecimiento: Escuela Nº - Nombre - D.E.Nº:
Dirección: Tel.: * Finalmente se ubicará el cuadro para Control de Revisiones del plano: Se indicará Nº de Revisión, fecha,
Objeto o Detalle, fechas de presentación y aprobación. En el plano se emplearán “nubes”, destacando los cambios y /o actualizaciones. * Los planos serán dibujados de acuerdo con las normas IRAM respetando en su generalidad, las siguientes
escalas: Planos generales: 1:100 - Planos de replanteo: 1:50 - Planos de detalles: 1:20 / 1:10 / 1:5 / 1:1 3.02.3.11 Calidad del proyecto ejecutivo: Se aclara muy especialmente que la D.G.I.ES. exigirá que los planos, planillas, cálculos y demás documentos
que integren el proyecto ejecutivo, posean tanto en su “elaboración”, como particularmente en sus “contenidos”, un alto nivel técnico, acordes con la profesionalidad que las obras y trabajos licitados requieren de la Empresa Contratista.
La documentación gráfica que integra la documentación licitatoria, se deberá considerar como de “Anteproyecto”, razón por la cual es obligación del Contratista la completa elaboración del Proyecto Ejecutivo, siguiendo los lineamientos proporcionados en dicha documentación gráfica y completándola con lo que se haya definido en las Especificaciones Técnicas Particulares.
Para los Planos de Obra (Replanteos), no se exigirá inicialmente su elaboración en Autocad. Podrán ser dibujados a mano y aún las copias podrán ser heliográficas, a condición que el Contratista mantenga el cumplimiento de las condiciones de alta calidad técnica solicitada. En cambio para los planos “Conforme a Obra”, se exigirá su presentación en Autocad así como la entrega de soporte magnético para su archivado.
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3.02 DOCUMENTACIÓN PARA TRAMITACIONES Y PROYECTO EJECUTIVO
3.02. - Documentación para Tramitaciones y Proyecto Ejecutivo Página 4 de 5
Si el Contratista reiteradamente incumpliera los requerimientos de calidad que se estipulan para la
realización de la Documentación del Proyecto Ejecutivo, la D.G.I.ES. presumirá incapacidad técnica de la Empresa y podrá contratar la realización de esta documentación a terceros, con cargo a la Empresa.
3.02.3.12 Trámite y aprobación de los planos del Proyecto Ejecutivo: Será obligación del Contratista, a partir de recibir la notificación sobre la adjudicación de las obras, encarar
según corresponda, el relevamiento planialtimétrico del terreno y el ensayo de suelos. Igualmente deberá encarar con la premura y anticipación requeridas (previendo tiempos de aprobación), la
ejecución de los planos del Proyecto Ejecutivo, para cumplir debidamente con las fechas que específicamente queden determinadas en el Plan de Trabajos, atendiendo que no serán computadas en los plazos, las demoras surgidas por la corrección de las observaciones que resultara necesario formular.
De cada plano que se ejecute, se harán las presentaciones necesarias, siempre constatadas por “Nota de Presentación”, fechada, ante la Inspección de obra de la D.G.I.ES., entregando dos (2) copias para su revisión. Terminado el trámite, una de ellas quedará en poder de la Empresa y la otra quedará para la D.G.I.ES.
En ambas copias se deberán indicar las observaciones que pudiera merecer la presentación y según su importancia la Inspección de obra podrá optar entre: solicitar una nueva presentación indicando “Corregir y presentar nuevamente”; aprobar indicando “Aprobado con Correcciones”; o finalmente aprobarlo sin observaciones como: “Plano Aprobado”.
El Contratista no podrá ejecutar ningún trabajo sin la previa constancia por “Nota de Revisión de Planos” en la que se certifique que el plano que se vaya a utilizar posea la conformidad de “Aprobado con Correcciones” (con expresa aclaración y/o descripción de las mismas) o con calificación de “Plano aprobado”.
Los trabajos que se ejecuten sin este requisito previo, podrán ser rechazados y mandados a retirar o demoler por la Inspección sin derecho a reclamación alguna.
Se deja aclarado que la aprobación del Proyecto Ejecutivo por parte de la Inspección de Obra es a los efectos de verificar que la documentación presentada responda al anteproyecto licitatorio y permita por su contenido y definición garantizar la correcta ejecución y contralor de los trabajos a ejecutar. En ese sentido no sustituye, ni reemplaza en forma alguna las aprobaciones que la Contratista debiera tramitar ante otros Organismos oficiales . y/o empresas prestatarias de servicio, en un todo conforme a las normativas vigentes.
De los planos aprobados el Contratista deberá entregar a la Inspección con constancia por “Nota de Pedido”, antes de los cuatro (4) días hábiles siguientes, cuatro (4) copias actualizadas, con indicación de la fecha de aprobación y soporte digitalizado en disco flexible o CD, si se tratara de planos en Autocad.
La Inspección se expedirá por “Nota de Revisión de Planos”, dejando constancia de las observaciones que pudieran corresponder.
Para las instalaciones que requieran la intervención y/o aprobación de reparticiones oficiales y/o empresas prestatarias de servicios, se exigirá la previa aprobación de los planos, cálculos y/o planillas de cada especialidad, así como presentación de la constancia de dicho trámite ante la D.G.I.ES., en forma previa a la iniciación de los correspondientes trabajos.
3.02.4 PLANOS CONFORME A OBRA El Contratista deberá confeccionar anticipadamente y deberá entregar a la D.G.I.ES. al momento de solicitar
la Recepción Provisoria de la obra, los “Planos Conforme a Obra”, en un todo de acuerdo con lo realmente ejecutado, debidamente firmados por El Contratista, su Representante Técnico y/o matriculados responsables en las diferentes especialidades que hubiere designado, cumplimentando las reglamentaciones vigentes establecidas por el GCBA y las reparticiones oficiales y/o prestatarias de servicios intervinientes, con los respectivos Certificados Finales, debiendo entregar además una versión digitalizada de la totalidad de dichos planos (en Autocad 2000 al 2006 – no superior), memorias y relevamientos fotográficos. Esta documentación estará compuesta de los siguientes elementos gráficos y escritos:
3.02.4.1 Planos de Edificación (Municipales): Original en tela o en el material que la repartición exija y
tres copias. Contendrán Plantas, Cortes, Fachadas, Planillas de Iluminación y Ventilación, Estructura, etc., los que deberán ser firmados por el Representante Técnico del contratista.
3.02.4.2 Instalación Eléctrica, iluminación, fuerza motriz, telefonía, cableado estructurado: Planos Generales, Esquemas Topográfico y Unifilar de Tableros, Planillas, Memoria de Cálculo, Planillas, Folletos explicativos, instructivos, manuales de uso, etc.- Toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto fijen los entes y empresas prestatarias del servicio.
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3.02 DOCUMENTACIÓN PARA TRAMITACIONES Y PROYECTO EJECUTIVO
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3.02.4.3 Instalación Electromecánica / Ascensores: memoria de cálculo, planos de generales y de detalle, planillas, esquemas de tableros, Trámite de Habilitación, Libro de Conservación, manuales de uso, etc.; toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto establezcan las reparticiones y entes respectivos
3.02.4.4 Instalación Termomecánica, Calefacción / Refrigeración: balance térmico, planos generales y de detalle, planillas, esquemas de tableros, folletos explicativos, instructivos, manuales de uso, etc.; toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto fijen las reparticiones y entes respectivos.
3.02.4.5 Instalaciones Sanitarias e Instalación de Servicio contra Incendio: Planos Generales, Memoria de Cálculo, Planos Generales y de Detalle, folletos explicativos, instructivos, manuales de uso, planillas, etc.; toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto determinen los entes respectivos y/o empresas prestatarias del servicio.
3.02.4.6 Instalación de Gas: Planos Aprobados, Planos de Detalle, Memoria de Cálculo, folletos explicativos, instructivos, manuales de uso, etc. Toda esta documentación deberá adecuarse a las normas que al respecto fijen los entes y empresas prestatarias del servicio.
3.02.4.7 Arquitectura (Proyecto Ejecutivo): Planos generales y de Replanteo (plantas, cortes, cortes - vistas, fachadas, etc.), Planos de Detalles y Planillas de Locales, con los cambios o correcciones que pudieran haberse realizado con posterioridad a la aprobación de los planos aptos para construir.
3.02.4.8 Fundaciones: Estudio de Suelos, Esquema Estructural y Memoria de Cálculo, Planos Generales y de Detalle, Planillas, especificación del hormigón, del acero o de los materiales utilizados, resultados de ensayos y pruebas efectuadas si las hubiera, etc., firmadas por los profesionales responsables.
3.02.4.9 Estructuras: Esquema Estructural y Memoria de Cálculo, Planos Generales y de Detalle, Planillas de Armaduras, cómputo métrico, especificación del hormigón, del acero y/o de los materiales utilizados, resultados de los ensayos y pruebas que pudieran haberse efectuado, etc., firmadas según lo exigido.
En lo referido a las Estructuras, sea en Cimentaciones y/o en Elevación, la documentación se ha de corresponder íntegramente a las prescripciones que al respecto estipula el CIRSOC acerca de “documentación técnica final”.
3.02.4.10 Carpintería metálica / madera: Planilla de Carpintería (indicando tipo, dimensión, cantidad, herrajes, etc.) y Planos de Detalles.
3.02.4.11 Planos para Convenios de Medianería: El Contratista confeccionará los planos para la liquidación de las medianeras existentes y realizará las correspondientes tramitaciones y pagos que pudieran corresponder, según sea solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares
* Este listado es solo indicativo, pudiendo ser alterado según lo que se indique en el PETP, o por directivas
de la Inspección de Obra, siendo su intención primordial, que el GCBA posea la documentación gráfica y escrita que posibilite el conocimiento total del edificio, permita su operación y facilite el mantenimiento total del mismo, sus partes o instalaciones, al tiempo de proporcionar los antecedentes requeridos para futuras modificaciones o ampliaciones.
Con relación a los planos a presentar ante otras reparticiones, en los artículos o apartados correspondientes a cada especialidad, se detalla el trámite a seguir y los requerimientos a cumplimentar.
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3.27 MATERIALES 3.27.1 NORMAS GENERALES
Cuando en el PETP o demás documentos licitatorios se citen artículos o materiales de determinadas marcas o fábricas o el número de catálogo de determinadas marcas comerciales, tiene como único objeto definir lo que la D.G.I.ES. desea en cada caso, y el valor que se debe prever para los mismos. El Contratista podrá proponer artículos o materiales similares o de otras marcas siempre que reúnan las condiciones de calidad, dimensiones, características y precios iguales a los indicados, los que deberán ser sometidos a aprobación de la D.G.I.ES., antes de ser adquiridos. La no aceptación por parte de la D.G.I.ES. equivaldrá a exigir la marca expresamente establecida o la equivalente, al único juicio de la Inspección de Obra y/o el Personal Técnico designado por la Repartición. .
3.27.1.1 CALIDAD Los materiales, serán en general, de la mejor calidad en su clase y sus características responderán a las normas y/o condiciones mínimas especificadas en cada caso.
3.27.1.2 MUESTRAS
El Contratista deberá presentar muestras de todo material o elemento antes de su colocación en la obra. Una vez verificado el cumplimiento de las especificaciones contractuales, dichos materiales serán aprobados por la Inspección. Todas las muestras se devolverán al Contratista una vez finalizadas las obras, en caso de no ser afectadas por los ensayos que se practiquen, sin derecho de reclamo de adicional alguno.
3.27.1.3 ENSAYOS La Inspección podrá ordenar la ejecución de ensayos sobre los materiales que considere conveniente a efectos de determinar su calidad. Para tal fin, se extraerán muestras de cada una de las partidas ingresadas en obra, debiéndose individualizar en forma segura las pertenecientes a cada una de ellas. Estará a cargo del Contratista el pago de todas las obligaciones emergentes del ensayo (materiales, mano de obra, transporte, aranceles, etc.).
3.27.1.4 MATERIALES ENVASADOS Se entregarán en obra, en sus envases originales, perfectamente cerrados, rotulados de fábrica. Cuando se prescriba el uso de materiales "aprobados", deberán llevar la constancia de dicha aprobación en el rótulo respectivo o donde correspondiera. Ningún material envasado, podrá ser retirado del envase, hasta su colocación definitiva en obra.
3.27.1.5 ALMACENAMIENTO Todos los materiales embolsados (cales, cementos, yesos, pinturas, revestimientos, etc. ), se acopiarán en lugares cubiertos en capas sucesivas sobre un entablonado levantado a no menos de 10 cm del piso. Cualquier excepción a esta norma debe ser aprobada expresamente por la Inspección. Todos los materiales envasados en cajas (azulejos, baldosas de gres, broncería, etc. ) se acopiarán en lugares cubiertos. El hierro para armaduras se ubicará preferentemente en lugares cubiertos, evitando todo contacto con el terreno natural colocándose separadores para permitir una fácil identificación de los distintos diámetros y tipos.
3.27.1.6 NORMAS Y REGLAMENTACIONES ESPECIALES Los materiales cumplimentarán como mínimo las exigencias de las normas que se indican en cada caso particular y/o las correspondientes a los Reglamentos en vigencia, Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires y demás reparticiones públicas Nacionales, Provinciales o Municipales. Si alguna Norma de las citadas en este Pliego, hubiera sido anulada y/o reemplazada por otra con exigencias diferentes, será de aplicación respecto a calidad y/o valor, la más exigente de ellas, según el criterio que establezca el Inspector de Obra y/o el Personal Técnico designado por la D.G.I.ES.
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3.27 MATERIALES 3.27.2 MATERIALES AMORFOS 3.27.2.1 ADITIVOS PARA HORMIGONES
Deberán cumplir con las Normas IRAM 1660 y 1663 debiendo tenerse en cuenta para su aplicación las recomendaciones dadas por sus fabricantes.
3.27.2.1.1 ACELERADORES DE FRAGÜE Deberán cumplir con el CIRSOC prohibiéndose el uso de cloruro de calcio aún en pequeñas proporciones así como también los aditivos que lo contengan.
3.27.2.1.2 RETARDORES DE FRAGÜE Deberán cumplir con el CIRSOC.
3.27.2.1.3 INCORPORADORES DE AIRE Deberán cumplir con el CIRSOC.
3.27.2.1.4 PLASTIFICANTES
Deberán cumplir con el CIRSOC.
3.27.2.1.5 HIDROFUGOS Deberán cumplir con la Norma IRAM 1572.
3.27.2.1.6 COMPUESTOS LIQUIDOS PARA CURADO DE HORMIGON Deberán cumplir con el CIRSOC.
3.27.2.1.7 OTROS ADITIVOS Se permitirá el empleo de otros aditivos además de los especificados en el presente pliego, con autorización expresa de la Inspección de Obra y siempre que se cumplan las disposiciones establecidas en el CIRSOC y las Normas IRAM respectivas.
3.27.2.2 AGLOMERANTES
3.27.2.2.1 CALES Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 1516, no permitiéndose la mezcla de cales de marcas o clases diferentes aunque hayan sido aprobadas en los ensayos respectivos. Cales aéreas: (hidratada en pasta y en polvo). Deberán cumplir con la Norma IRAM 1626. Cales hidráulicas: (hidratada en polvo) deberán cumplir con la Norma IRAM 1508.
3.27.2.2.2 CEMENTOS Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en la norma IRAM 1509. Cementos de albañilería: Deberán cumplir con la Norma IRAM 1685 no pudiendo utilizarse para la ejecución de estructuras resistentes de hormigón armado. Cemento Portland: Deberán cumplir con la Norma IRAM 1504, así como con el CIRSOC. Cemento Portland normal: Deberá cumplir con la Norma IRAM 1503. Cemento Portland de alta resistencia inicial: Deberá cumplir con la Norma IRAM 1646 y el CIRSOC. Cemento Portland blanco: Deberá cumplir con la Norma IRAM 1691. Otros materiales: Se permitirá el empleo de otros materiales (cemento Portland de escorias de alto horno, cementos puzolánicos, etc.) con autorización expresa de la Inspección de Obra y siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el CIRSOC y Normas IRAM respectivas.
3.27.2.2.3 YESO Deberá cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 1607.
3.27.2.3 AGREGADOS INERTES FINOS Deberá cumplir con las Normas IRAM 1509, 1512, 1520, 1548, 1627 y 1682, así como las disposiciones del CIRSOC.
3.27.2.3.1 ARENAS Deberá cumplir con la Norma IRAM 1633.
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3.27 MATERIALES
3.27.2.4 AGREGADOS INERTES GRUESOS
Los agregados inertes gruesos (canto rodado, cascotes de ladrillo, granza, pedregullo, piedra partida), deberán cumplir con las características fijadas en las Normas IRAM 1531, 1677 y 1678; y con los ensayos fijados en las Normas IRAM 1505, 1506 y 1627, así como con las disposiciones establecidas en el CIRSOC.
3.27.2.5 AGREGADOS LIVIANOS Los agregados livianos (Filler calcáreo, granulado volcánico, granulados minerales, arcilla expandida, perlita, poliestireno expandido, espumas de poliestireno y poliuretano), deberán cumplir con la Norma IRAM 1688.
3.27.2.6 AGUA PARA MORTEROS Y HORMIGONES Deberá ajustarse a la Norma IRAM 1605 y al CIRSOC.
3.27.2.7 ANTIADHERENTES PARA ENCOFRADO Son productos emulsionados o en pasta destinados a facilitar las tareas de desencofrado, así como a proteger los mismos, tanto en encofrados de madera como metálicos. Su uso estará supeditado a la aprobación del tipo, rendimiento y forma de aplicación por parte de la Inspección de Obra, debiéndose respetarse las indicaciones dadas por los distintos fabricantes.
3.27.2.8 ASFALTOS
3.27.2.8.1 GENERALIDADES Deberán cumplirse con las características fijadas en las Normas IRAM 6775, 6604 y 6641.
3.27.2.8.2 EMULSIONES Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 6628.
3.27.2.8.3 MASAS ASFALTICAS DE APLICACION EN FRIO
Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en las Normas IRAM 6815, 6805 y 6806.
3.27.2.8.4 PINTURAS ASFALTICAS Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 6646.
3.27.2.9 MATERIALES PARA FRENTES Son materiales preparados en fábrica, aptos para su utilización en interiores y/o exteriores, de acuerdo a las normas fijadas por los distintos fabricantes. La Inspección exigirá la realización de muestras de los tipos, colores y texturas a ejecutar en la obra, sin cuya aprobación no podrán iniciarse estas tareas.
3.27.2.9.1 MATERIALES PARA FRENTES DE BASE CEMENTICIA Material preparado en fábrica a base de cemento blanco con colorantes. Su aplicación será siempre sobre fondos de absorción uniformes y en exterior, previo azotado impermeable. Deberán aplicarse mediante emulsiones ligantes para lograr adherencia y a la vez controlar la presencia de fisuras.
3.27.2.9.2 MATERIALES PARA FRENTES DE BASE PLASTICA Material preparado en fábrica a base de resinas sintéticas. Su aplicación a pincel, espátula o soplete según los casos. Deberán aplicarse mediante emulsiones ligantes para lograr adherencia y a la vez controlar la presencia de fisuras.
3.27.2.9.3 OTROS MATERIALES PARA FRENTES Se ajustarán a planos y P.E.T.P.
3.27.2.10 PINTURAS
3.27.2.10.1 GENERALIDADES Debe responder a las características fijadas en la Norma IRAM 1020; asimismo, deberán observarse las indicaciones dadas por los distintos fabricantes.-
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3.27 MATERIALES
3.27.2.10.2 BARNICES
Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 1228.
3.27.2.10.3 DISOLVENTES AGUARRÁS VEGETAL O ESENCIAS DE TREMENTINA. AGUARRÁS MINERAL: Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 1007. TOLUENO: Deberá cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 1017. XILENO: Deberá cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 1018.
3.27.2.10.4 ELEMENTOS DE PINTADO Brochas, pinceles, rodillos y/o proyectores o sopletes de pintura por pulverización.
3.27.2.10.5 ENDUIDOS Deberán cumplir con la Norma IRAM 1227.
3.27.2.10.6 PINTURAS AL LATEX Son pinturas a base de resinas sintéticas y pigmentos dispersos en agua.
3.27.2.10.7 PINTURA DE ALUMINIO Deberá cumplir con la norma IRAM 1115.
3.27.2.10.8 PINTURA ANTIOXIDO Deberá cumplir con las normas IRAM 1119,1182,1218 y 1196.
3.27.2.10.9 PINTURA DE BASE
Deberá cumplir con las Normas IRAM 1187 y 1188.
3.27.2.10.10 PINTURA EN POLVO A LA CAL: Deberá cumplir con la Norma IRAM 1190. La pintura preparada en obra, se ejecutará mediante el correcto mezclado del producto, no permitiéndose la aplicación de pinturas que tengan mas de 15 días de preparado o presenten indicios de fraguado y/o pérdida de adhesión a las superficies.
3.27.2.10.11 PINTURA ESMALTE BRILLANTE: Deberá cumplir con las Normas IRAM 1106,1107 Y 1120. SEMIMATE Y MATE: Deberán cumplir con las Normas IRAM 1111 y 1217.
3.27.2.10.12 REMOVEDORES Y DESOXIDANTES Deberán cumplir con las Normas IRAM 1059,1215 y 1222.
3.27.2.10.13 COMPLEJOS POLIMERIZADOS Son pintura de base sintética, de los tipos: epoxi, siliconas, vinilo, poliuretano, policloropreno, polietileno, clorosulfonado, etc. Los tipos, calidades y características serán adecuadas a la función prevista, ser de marca reconocida y en su aplicación se deberán seguir las indicaciones del fabricante. Deberán cumplir con las Normas IRAM 1196,1197 y 1198, las epóxicas; y las Normas IRAM 1207,1208 y 1209,las vinílicas; que serán aprobadas por la Inspección de Obra.
3.27.2.11 SELLADORES
Son materiales de base sintética que producen sellados elásticos y resistentes. Las juntas deberán tener una relación 1:1 a 2:1 y la profundidad no será menor de 8 mm. El espacio libre debajo del sellador se rellenará con material flexible (espuma sintética). Las superficies a tratar serán sanas, libre de polvo y grasas. Cuando así lo especifique el fabricante deberá aplicarse previamente una imprimación para lograr el anclaje necesario. Pueden ser de: Caucho butílico, Polisulfurado, siliconas, policloroprenos, poliuretanos, acrílicos. Serán de marca reconocida y en su aplicación se deberán seguir las indicaciones del fabricante.
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3.27 MATERIALES
El tipo y características físicas deberán ser aprobados por la Inspección de Obra previo a su utilización.
3.27.3 MATERIALES SIMPLES
3.27.3.1 ALAMBRES
3.27.3.1.1 ALAMBRES DE ACERO Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en la Norma IRAM 501. Cincado para cercos: Deberá cumplir con la Norma IRAM 519 y si se trata de malla romboidal con la Norma IRAM 721. Alambre cincado con púas: Deberá cumplir con las Normas IRAM 544 y 707. Cincado para líneas telefónicas y telegráficas: Deberá cumplir con la Norma IRAM 580.
3.27.3.1.2 ALAMBRES DE ALUMINIO Para uso eléctrico. Deberán cumplir con las Normas IRAM 2176,2177 y 2189.
3.27.3.1.3 ALAMBRES DE COBRE Para uso eléctrico. Deberán cumplir con las Normas IRAM 2002,2011 y 2243.
3.27.3.2 ACEROS
3.27.3.2.1 ACEROS PARA CONSTRUCCION Y DE USO GENERAL Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en las Normas IRAM 501,503,600,645 y con el CIRSOC.
3.27.3.2.2 BARRAS DE ACERO PARA HORMIGON ARMADO Conformadas, de dureza natural: Deberá cumplir con la Norma IRAM 528. Laminadas en caliente y estiradas en frío: Deberán cumplir con la Norma IRAM 537. Laminadas en calientes y torsionadas en frío: Deberán cumplir con las Normas IRAM 671,645,684 y 685.
3.27.3.2.3 ACEROS FORJADOS Deberán cumplir con las Normas IRAM 538 y 543.
3.27.3.2.4 ACEROS LAMINADOS Deberán cumplir con la Norma IRAM 613.
3.27.3.2.5 PERFILES Deberán cumplir con las Normas IRAM 503, 509, 511, 558, 560, 561, 566 y 627.-Los perfiles no férreos cumplirán con las Normas IRAM 648, 649, 650, 651 y 652.
3.27.3.2.6 MALLAS PARA ESTRUCTURAS DE HORMIGON ARMADO Deberán cumplir con las especificaciones del CIRSOC.-
3.27.3.3 ALUMINIO Deberá cumplir con las características, métodos de ensayo y formas de entrega fijados en la Norma IRAM 680.
3.27.3.3.1 PERFILES DE ALUMINIO Extruidos: Deberán cumplir con la Norma IRAM 687.
3.27.3.3.2 ALUMINIO PARA USO ELECTRICO
Deberá cumplir con la Norma IRAM 2189.
3.27.3.4 CABLES
3.27.3.4.1 CABLES DE ACERO Deberán cumplir con las características y ensayos fijados en las Normas IRAM 518, 547, 548, 622, 623 y 624.
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3.27 MATERIALES
3.27.3.4.2 CABLES DE ALUMINIO
Para electricidad. Deberán cumplir con las Normas IRAM 2160 y 2188.
3.27.3.4.3 CABLES DE COBRE Para electricidad. Deberán cumplir con las Normas IRAM 2004/73.
3.27.3.5 CAÑERIAS
3.27.3.5.1 CAÑERIAS PARA INSTALACION ELECTRICA Salvo indicación expresa en contrario, los caños a utilizar deben ser de las siguientes características: De acero: Esmaltados interior y exteriormente, de tipo liviano, respondiendo a las normas IRAM 2205. De acero: Esmaltados interior y exteriormente, de tipo semipesado; respondiendo a la Norma IRAM 2005. Flexibles: De acero galvanizado con revestimiento de material plástico, sujetos a aprobación de la Inspección. Rígidos: De Material plástico respondiendo a la Norma IRAM 2206. Telefónica: De policloruro de vinilo para canalizaciones telefónicas subterráneas, respondiendo a la Norma IRAM 13374 Y a las Reglamentaciones de las Empresas Prestatarias de Servicio Telefónico.
3.27.3.5.2 CAÑERIAS PARA INSTALACION SANITARIA Las dimensiones y pesos de caño y piezas especiales estarán aprobados por E.P.S. a la fecha de su utilización en obra. Cañerías de hormigón simple comprimido: Los caños y piezas especiales que se utilicen en instalaciones de desagüe cloacal o pluvial enterrados, serán del tipo "a espiga y enchufe", cumpliendo con la Norma IRAM 11513. Los caños rectos, ramales y tees serán corrugados; las piezas y uniones serán lisas. Cañería de hierro fundido: Los caños y piezas especiales que se empleen en desagües y ventilación serán del tipo " a espiga y a enchufe", cumpliendo con las Normas IRAM 2505, 2511, 2517, 2518, 2524, 2535, 2548, 2549, 2550, 2551, 2552, 2553, 2554, 2555 y 2569. Tanto los caños como las piezas tendrán superficies internas lisas y espesores uniformes de pared. Los caños serán de fundición centrífuga y las piezas y accesorios tales como codos, curvas, caños cortos, caños con tapa, piletas de patio, ramales, sombreretes, etc. , serán de fundición común. Cañerías de Fibro-cemento: Los caños para instalaciones de desagüe y ventilación será del tipo "a espiga y enchufe" cumpliendo con las Normas IRAM 11510, 11511, 11522 y 11524. El uso de las piezas especiales de Fibro-cemento, quedará limitado a cañerías de ventilación exclusivamente y se colocarán siempre con el enchufe hacia arriba. Los caños de Fibro-cemento de sección cuadrada y rectangular para circulación de gases, vapores y humos sin presión, cumplirán con la Norma IRAM 11512. Cañerías de plomo: El material de plomo que se utilice en instalaciones de desagües, ventilación y provisión de agua corriente, cumplirá con las Normas IRAM 2515 y 6005, tanto para la tubería recta como para los receptáculos y accesorios construidos total o parcialmente con plomo. Las chapas de plomo de los receptáculos prefabricados o construidos en obra, tendrán un peso por milímetro de espesor y por metro cuadrado de superficie, según las Normas del Ente Prestatario del Servicio. Cañería de hierro galvanizado: La tubería de hierro galvanizado, cualquiera sea su uso, será del tipo "con costura". El recubrimiento de zinc (galvanizado) tanto en los caños como en las piezas, deberá ser interior y exteriormente de aspecto liso y uniforme. Los caños y piezas especiales cumplirán con las Normas IRAM 2502,2603 y 2604. La Inspección de Obra podrá exigir la realización de ensayos del galvanizado, siguiendo las Normas IRAM oficiales al respecto. Para la ejecución de los mismos se extraerán muestras en cantidad de una por cada doscientas piezas iguales.
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3.27 MATERIALES
Si el resultado fuera de rechazo, se ensayarán dos piezas más de la misma partida. Si éstas dos piezas satisfacen el ensayo la partida se dará por aprobada. Si una o ambas no satisfacen el ensayo la partida será rechazada. Cañerías de latón para roscar: Las cañerías de latón para conducción de agua corriente fría o caliente, cumplirán con la Norma IRAM 2521, serán del tipo "pesado para roscar". Las piezas especiales, codo, curva, tees, cuplas, etc., serán fundidas y llevarán una pestaña de refuerzo en sus bordes. Cañerías de latón para soldar: Los tubos de latón a utilizarse en la distribución de agua fría o caliente, serán aprobadas por el Ente Prestatario correspondiente. Cañerías de latón para desagüe: En la ejecución de cañerías de desagüe en general de las instalaciones domiciliarias, podrá emplearse caños de latón elaborados por extrusión, sin costura, aprobados por el Ente Prestatario Correspondiente. Cañerías de cobre: Los caños de cobre cumplirán con las Normas IRAM 2522, 2566 y 2568. Cañerías de policloruro de vinilo (P.V.C.): Los caños de P.V.C. cumplirán con las Normas IRAM 13350, 13351 y 13352. Serán de tipo rígido y aprobados por el Ente Prestatario del Servicio. Las cañerías cloacales y pluviales de P.V.C. serán de 3,2mm de espesor mínimo de pared, los mismos deberán contar con la aprobación del Ente Prestatario del Servicio. Cañerías de polipropileno: Las cañerías de distribución de agua fría y caliente tendrán 3,4mm de espesor mínimo de pared. Las mismas cumplirán la Norma IRAM 13.413 y deberán contar con la aprobación del Ente Prestatario del Servicio. En virtud de los elevados coeficientes de dilatación de los plásticos en general, se deberán observar las recomendaciones del fabricante sobre la utilización de dilatadores, manguitos deslizantes, etc.
3.27.3.5.3 CAÑERIAS PARA INSTALACIONES SANITARIAS: REDES EXTERNAS Cañerías de Asbesto-cemento (fibras celulósicas y cemento): Cumplirán con las Normas IRAM 11516, 11521 y 11534, así como las normas correspondientes del Ente Prestatario. Cañerías de hormigón armado comprimido: Cumplirán con la Norma IRAM 11503 y con las Normas correspondientes del Ente Prestatario. Cañerías de hormigón pretensado: Cumplirán con la Norma IRAM 11519 y con las Normas correspondientes del Ente Prestatario. Aros de Goma: (Para redes externas e instalaciones domiciliarias) Caucho natural: Cumplirán con la Norma IRAM 113048. Caucho sintético tipo cloropreno: Cumplirán con la Norma IRAM 113047, 113080 y 113081.
3.27.3.5.4 CAÑERIAS PARA INSTALACIONES DE GAS Y CALEFACCION Acero para calderas: Los tubos de acero para calderas cumplirán con las Normas IRAM 2508 y 2514. Hierro galvanizado: Idem "cañerías para instalación sanitaria". Hierro negro (con costura): Cumplirán con las Normas IRAM 22509, 2592 y 2596. Será aprobado por la Empresa Prestataria del servicio cuando se use en las partes enterradas de la prolongación domiciliaria. Montantes y barrales de las baterías de medidores. Hierro Negro (sin costura): Cumplirá con las Normas IRAM 2591, 2593 y 2594. Acero (comunes): Cumplirá con las Normas IRAM 2502 y 2507. Accesorios para cañerías: Cumplirá con las Normas IRAM 2603, 2604, 2606, 2607, 2731, 2732 y 2530.
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3.27 MATERIALES 3.27.3.6 CHAPAS
3.27.3.6.1 CHAPAS DE ALUMINIO
Serán elementos de aleación de aluminio, temple duro, en espesor anchos y largos standard, de sección sinusoidal recta o trapezoidal. Deberán cumplir con las NORMAS IRAM 680, 681, 688,727 y 729.
3.27.3.6.2 CHAPAS DE FIBROCEMENTO Serán elementos constituidos por la mezcla y prensado de fibras celulósicas, cemento Portland, agua y colorantes, cuando así lo determine de espesor anchos y largos standard y de sección sinusoidal recta o especial. Deberán cumplir con las Normas IRAM 11518, 11520 y 11521.
3.27.3.6.3 CHAPAS DE ACERO Cumplirá con las Normas IRAM 507, 523 y 525.
3.27.3.6.4 CHAPAS DE HIERRO GALVANIZADO Serán elementos de hierro sometidos a un proceso de galvanizado. Deberán cumplir con las Normas IRAM 513, 103 y 252.
3.27.3.6.5 CHAPAS DECAPADAS Cuando se indiquen chapas decapadas o doblecapadas, se entenderá que las mismas serán del tipo "laminadas en frío", planchadas por estiramiento hidráulico, decapadas y aceitadas. Serán del tipo BWG y calibre correspondiente.
3.27.3.6.6 CHAPAS DE POLIESTER REFORZADAS Serán elementos constituidos por resinas poliéster con aditivos absorbentes de los rayos ultravioletas en dosajes adecuados y pigmentos estables. Tendrán un espesor mínimo de 1,5 mm y un peso no menor de 900 grs/m2. Sus anchos y largos serán Standard, con sección sinusoidal o trapezoidal, según especificaciones.
3.27.3.7 CLAVOS, TORNILLOS Y BULONES Clavos: Cumplirán con la NORMA IRAM 5120. Tornillos: Según sus tipos cumplirán con las normas IRAM 5151, 5152, 5153, 5211, 5213, 5215, 5216, 5217, 5244, 5246. Bulones: Cumplirán según los tipos con las Normas IRAM 5190, 5191, 5192, 5193, 5194, 5195 y 5196. Roscas: Cumplirán con las Normas IRAM 5030, 5036, 5057, 5058, 5060, 5063, 5066, 5067, 5134 y 5280.
3.27.3.8 MADERAS
3.27.3.8.1 CLASIFICACIÓN a) Maderas blandas: Se consideran maderas blandas aquellas que arrojan valores inferiores a 300 kg/cm2 en el ensayo Janka de dureza según la Norma IRAM 9570. b) Maderas semiduras: Son las que tienen valores y características intermedias entre a) y c). c) Maderas Duras: Se consideran maderas duras aquellas que arrojan valores superiores a 600 kg/cm2,en el ensayo de dureza Janka.
3.27.3.8.2 CARACTERÍSTICAS Las maderas blandas se caracterizan por su bajo peso específico aparente, colores claros y porosidad considerable proviniendo de árboles de crecimiento rápido. Las maderas duras tienen alto peso específico aparente, colores oscuros y anillos anuales poco visibles, proviniendo de árboles de crecimiento lento. Serán provistas bien secas y estacionadas, exentas de anomalías, alteraciones, deformaciones y/o defectos, debiendo cumplir con las Normas IRAM 9501, 9502, 9559 y 9560.
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3.27 MATERIALES 3.27.3.8.3 ENSAYOS
Deberá cumplir con la Norma IRAM 9503.
3.27.3.8.4 PROCEDIMIENTOS DE PRESERVACION Deberán cumplir con las Normas IRAM 9505, 9511, 9512, 9515, 9516, 9517, 9519 Y 9520.
3.27.3.8.5 COMPENSADOS DE MADERA PARA USOS GENERALES Deberán cumplir con las Normas IRAM 9506, 9561 y 9562.
3.27.3.8.6 AGLOMERADOS Y TABLEROS Deberán cumplir con las Normas IRAM 11532, 11533, 11545 y 11546, así como las especificaciones del P.E.T.P.
3.27.3.9 GRANITOS
3.27.3.9.1 GRANITO RECONSTITUIDO Las piezas serán monolíticas de forma y dimensiones indicadas en los planos y planillas, constituidas por una capa superficial pulida a piedra fina y plomo y dos capas de respaldo. La capa superficial estará compuesta por trozos de materiales producto de la trituración de mármoles, en granos de dimensión acorde al espesor de la capa, vinculados con cemento blanco entonado con colorantes, según la piedra elegida. La capa intermedia estará constituida por una mezcla de cemento y arena de grano medio en partes iguales. La capa de asiento estará constituida por una mezcla de cemento y arena gruesa en proporción 1:5. No se admitirán reconstituidos que tengan la capa superficial inferior a 1 cm de espesor y entre la piedra más de un 10% de mármol onix. Además ofrecerán superficialmente un aspecto regular, sin manchas, oquedades, cascaduras, fracturas o cualquier otra anomalía.
3.27.3.10 MAMPUESTOS
3.27.3.10.1 BLOQUES HUECOS DE CEMENTO PORTLAND a) Materiales: Cemento Portland normal o de alta resistencia inicial. Agua: pura sin impurezas. Agregados: Estos pueden estar constituidos por arena, binder, piedra partida, canto rodado, escorias de alto horno, cenizas de buena calidad obtenidas de la combustión de la hulla, arcillas expandidas, granulado volcánico, conchillas marinas, o cualquier otro material inerte o combinaciones de ellos. b) Características: Deberá cumplir con la Norma IRAM 1566. c) Control de calidad: Deberá cumplir con las Normas 1566 y 11561. d) Curado: El curado de los bloques serán de 20 días como mínimo en un ambiente sin corrientes de aire y deberán humedecerse todos los días, salvo que se dispongan de instalaciones más perfectas para el curado. En caso de requerirse curado especial, el mismo se efectuará en autoclaves de acuerdo a las normas vigentes. En todos los casos se someterá a aprobación de la Inspección el sistema a adoptar.
3.27.3.10.2 LADRILLOS Comunes: Cumplirán con las características y ensayos de las Normas IRAM 12518 Y 1549. Presentarán un color rojizo uniforme de superficies planas, aristas vivas y sin vitrificaciones. Su estructura no contendrá huecos, núcleos calizos o cuerpos extraños. La extracción de muestras se hará durante las operaciones de carga y descarga, en el horno o en la Obra. De cara vista: Destinados a mampostería sin revestimiento, cumplirán con las Normas IRAM 12518 y 1549 y además con los siguientes requerimientos: a) Perfecto estado de las caras que queden a la vista
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b) Ausencia de eflorescencias o de sales solubles que puedan formarlas. c) Uniformidad en la calidad y textura de superficie d) Pequeña absorción de agua y resistencia a la infiltración De máquina semiprensados: Deberán cumplir como mínimo con las exigencias estipuladas para los ladrillos comunes en cuanto a recepción, ensayos y control de calidad. Dadas las características de fabricación, su masa será homogénea y sus formas absolutamente regulares. De máquina prensados: Cumplirán con las exigencias de los ladrillos semiprensados acusando aún más sus características de homogeneidad y regularidad de formas y dimensiones. Refractarios: Cumplirán con las características y ensayos de las normas IRAM 12501, 12508, 12509, 12510, 12512, 12513, 12530, 12561 y 12562. Huecos no portantes: Serán de fabricación con arcillas elegidas, bien prensados y cocidos; compactos, con estructura homogénea, color uniforme, sin vitrificaciones y de dimensiones y formas regulares. Huecos portantes: Cumplirán con la Norma IRAM 12532. Las tolerancias dimensionales de los elementos cerámicos son las siguientes: Longitud: + 5% ; Altura: + 5%; Ancho: + 3%. Las variaciones dimensionales de los ladrillos deben ser tales que en la mampostería se compensen: Tolerancia entre la medida nominal y la real de diez ladrillos alineados según cualquiera de sus aristas debe ser inferior al 2%. Las variaciones formales deberán verificarse de las siguientes maneras: a) Rectitud de aristas: Colocada una regla metálica entre las aristas extremas, la desviación de la arista al filo de la regla no podrá superar los 5 mm y/o el 1% de la longitud de la arista considerada. b) Planeidad de las caras: Se aplica la misma tolerancia que para la rectitud de las aristas. c) Paralelismo entre las caras externas: Se mide en función de la variación relativa de las aristas que vinculan dichas caras, teóricamente paralelas. En tal caso, la tolerancia aceptada es del 1% de la distancia que separa dichas aristas. d) Dimensiones mínimas de perforaciones o huecos: Deben tener un porcentaje macizo no inferior al 40% del volumen total. Las paredes o tabiques internos de los ladrillos o bloques huecos no podrán tener un espesor inferior a 5 mm. Las paredes externas tendrán un espesor igual o superior a 8 mm.
3.27.3.11 METAL DESPLEGADO Se identificará por el espesor de la chapa, peso por metro cuadrado y dimensiones de la malla romboidal. Será motivo de rechazos la falta de uniformidad de la malla, roturas, oxidación o incumplimiento de valores fijados para las dimensiones.
3.27.3.12 PAVIMENTOS
3.27.3.12.1 BLOQUES ARTICULADOS
Los elementos estarán constituidos por una masa obtenida y conformada mediante procesos industriales de manera de presentar una estructura compacta, dura, tenaz y resistente tanto a las solicitaciones físicas y mecánicas como las que resulten de la acción de los agentes naturales o climáticos. Podrán presentar diversas formas y tamaños, debiendo tener todas sus caras de manera tal que permitan ser acuñados para lograr las siguientes características: a) Adecuada articulación que permita una efectiva transferencia de carga entre los elementos. b) Planos de superficie superior que se adapten a los perfiles de la calzada, bombeo, y pendientes exigidos en proyectos.
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3.27 MATERIALES
c) El formato de la piezas o elementos tendrá cualquier configuración, teniendo todas ellas igual trazado geométrico y dimensiones, a excepción de piezas especiales para formar bordes, arrimes a cordones o cunetas. d) Las dimensiones de los elementos deberán ser tales que la figura o diseño de la cara superior pueda inscribirse en un círculo de 0,40 m de diámetro como máximo, estableciéndose como límite inferior el que resulte de poder circunscribir en la misma figura un círculo de 0,15m de diámetro. El espesor o altura será como mínimo 1.3 del diámetro del círculo y en ningún caso inferior a 7,5 cm. Los valores de resistencia mínimos son los siguientes: A la compresión: 350 Kg/cm2. A la tracción: 45 Kg/cm2. Al desgaste: 0,6mm en recorrido de 1.000m según Norma IRAM 1527.
3.27.3.13 PISOS
3.27.3.13.1 BALDOSAS Los materiales cerámicos serán cementicios o de resinas sintéticas usados como revestimientos de suelo. Sus formas serán cuadradas, rectangulares, hexagonales u octogonales, según los casos, siendo asimismo su espesor variable, dependiente del tipo de material empleado, el tamaño y el uso que se le dará. Baldosas de techo: Serán de color rojo y tamaño 20 cm x 20 cm. La estructura será medianamente porosa, de poca permeabilidad y presentará estrías en una de sus caras para mejorar la fijación de las cubiertas. Cumplirán con la Norma IRAM 11560. Baldosas de piso: De las mismas características anteriormente citadas, presentarán un proceso de conformado más efectivo, serán regulares, con estructura más compacta y cara vista más lisa. Cumplirán con las Normas IRAM 11560, 11565,11568 Y 11569. Baldosas de gres cerámico: Serán piezas de máxima regularidad de forma, dureza y resistencia al desgaste. Inatacables por ácidos y no rayables por la punta de acero. Las formas y colores serán las determinadas en planos y planillas de proyectos. Baldosas aglomeradas en cemento (mosaico): Estarán constituidas por dos o tres capas superpuestas. Una capa superior de desgaste y una o dos capas inferiores de base. De acuerdo a la constitución de la cara superior en calcáreas y graníticas, debiendo cumplir con las normas IRAM 1522 y 11560. Calcáreas: Capa de desgaste a base de cemento y arena fina con adición de óxidos metálicos para lograr la colocación requerida. Terminación superficial, lisa o acanalada. Graníticas: Capa de desgaste a base de cemento blanco o entonado y trozos de materiales pétreos, productos de la trituración de piedras naturales. Baldosas de policloruro de vinilo – asbesto: Estarán compuestas por mezclas de policloruro de vinilo o copolímeros cuyo principal componente sea el cloruro de vinilo, adicionado con cantidades adecuadas de plastificantes, estabilizantes, materiales de carga y/o pigmentos estables. Cumplirán con las características y ensayos fijados en las Normas IRAM: 13401, 13402, 13403, 13404, 13405, 13407, 13408, 13409, 13410, 13411 y 13412. Baldosas de madera: Cumplirán con las Normas IRAM generales para maderas y con las especificaciones del P.E.T.P.
3.27.3.13.2 LOSETAS
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3.27 MATERIALES
Losetas aglomeradas con cemento: Cumplirán con la Norma IRAM 11563, tanto las del tipo calcáreo como las del tipo granítico. Según su destino podrán estar armadas con malla metálica.
3.27.3.13.3 CAUCHO Estarán constituidos por una o más capas de caucho con o sin base de arpillera, exentas de poros, impurezas u otras discontinuidades. La superficie expuesta estará libre de migraciones de azufre, plastificantes u otros compuestos. El color será uniforme en todo su espesor. Cumplirán con las características y ensayos fijados en las Normas IRAM 113070, 113071, 113072, 113073, 113074 Y 113076.
3.27.3.14 ZÓCALOS Cumplirán con las características y ensayos fijados para los pisos respectivos.
3.27.3.15 REVESTIMIENTOS
3.27.3.15.1 AZULEJOS Azulejo cerámico y piezas de terminación: Cumplirán con las características y ensayos fijados en las Normas IRAM 12529, 12552, 12555 y 12557.
3.27.3.15.2 PAPELES PINTADOS Estará compuesto por un papel especial, apto para revestimiento de interiores, una de cuyas caras ha sido tratada con una capa de pintura, continua y sin poros mientras que la otra cara mantendrá su textura natural y servirá como superficie adherente. La cara vista será de colores inalterables, de diseño a elección de la D.G.I.ES. y apta para ser lavada una vez adherida a la superficie y seca.
3.343.15.3 PAPELES PINTADOS VINILICOS Serán de características similares a las anteriormente descriptas con una terminación superficial de vinilo protector.
3.27.3.15.4 OTROS REVESTIMIENTOS Estarán sujetos a la aprobación de la inspección y al cumplimiento de las normas oficiales o de los fabricantes.
3.27.3.16 TECHADOS
3.27.3.16.1 ARMADURAS Velos de fibras de vidrio. Compuestos por fibras de vidrio asódico largas con diámetros promedio de 15 micrones y conformados con resinas fenólicas. Peso no inferior a 45/50 gr/m2. Resistencia: A la tracción longitudinal y transversal mínima de 1,4 kg/cm2 El material será homogéneo y continuo sin fallas ni agujeros. Absolutamente imputrecible e incombustible hasta 800ºC la fibra de vidrio y 350ºC el apresto. Esteras de fibras de vidrio asódico: Compuestos por fibras de vidrio asódico cortas, de 50 mm de largo, distribuídas multidireccionalmente y ligadas con resinas fenólicas. Peso no inferior a 180/200/gr/m2. Cumplirán con las mismas características generales de los velos de fibra de vidrio. Tramas. Serán de tipo poliamídico, reforzadas y tejidas en monofilamento, podrá utilizarse también manto de poliéster fibra larga.
3.27.3.16.2 BASE ASFALTICA Imprimación: El material asfáltico para imprimación de fieltros y techados cumplirá con la Norma IRAM 6638. Fieltros: Serán de fibras de vidrio impregnadas con asfalto oxidados y agregados minerales. Deberán cumplir con la Norma IRAM 1558.
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3.27 MATERIALES 3.27.3.16.3 MEMBRANAS
Serán laminas de compuestos sintéticos, preformados para ser unidos en obra. Los tipos, dimensiones, espesores, pesos y características físicas (dureza, elongación, resistencia a la tracción, etc) serán adecuados al uso destinado y deberán ser aprobados previamente a su aplicación en obra por la D.G.I.ES. La Composición mínima de las membranas será: Lámina polietileno inferior: esp. 20 micrones. Asfalto plástico: 2 mm. Polietileno central alta densidad 60 micrones. Asfalto plástico: 2 mm. Terminación lámina aluminio gofrado 60 micrones.
3.27.3.17 VIDRIOS
3.27.3.17.1 PLANOS TRANSPARENTES
Cumplirán las Normas IRAM 12540 y 12558. Serán fabricados por el procedimiento tipo "Float", flotado de caras paralelas superficies brillantes, pulidas a fuego y que no presenten distorsiones. Los espesores Standard son los siguientes: 3mm, 4mm, 5mm, 6mm y 10mm.
3.27.3.17.2 PLANOS TRASLUCIDOS O IMPRESOS Son vidrios con una transmisión media de luz difusa que varia entre el 10 y el 85%, según el tipo de dibujo y el espesor. Poseen en una o ambas caras texturas decorativas que impiden la visión clara. De acuerdo a sus espesores y colores se clasifican: Incoloros 4 mm Borealis – Lustre – Sparkel – Spoltyte – Acanalado – Artico – Austral – Stipolite – Yacaré -
Costwold - Floreal - Morisco - Martelé - Martillado
Incoloros 4 mm Borealis - Lustre - Sparkel - Spoltyte - Acanalado - Artico - Austral - Costwold - Floreal -
Morisco - Martelé - Yacare - Incoloros 6 mm Martelé – Stipolite - bronce 4mm y 6 mm Morisco Stipolite amarillo - 4 mm
Costwold - Morisco - Martelé - Yacaré - amarillo - 6 mm Vitraux.
3.27.3.17.3 PLANOS TRASLUCIDOS ARMADOS
Tendrán una malla de acero incorporada en cuadricula a 12,5mm, espesor 0,6 mm.
3.27.3.17.4 ESPECIALES Templados: Serán fabricados a partir de cristales "Float", manteniendo paralelismo y transparencia, sometidos a un tratamiento térmico que les confiere tensiones elevadas de compresión en su superficie y de tracción en el centro de la masa, logrando de esta forma, una resistencia entre 4 a 5 veces superior al "Float" común. Transparentes incoloros: 6 mm a 10 mm Transparentes color: 10 mm (Bronce, gris, verde)
Laminado de seguridad: Serán compuestos por dos o más hojas de cristal "Float", unidas íntimamente por interposición de láminas de Polivinil butiral que le confieren resistencia, adherencia, elasticidad y, que en caso de rotura, los trozos de cristal queden adheridos Transparentes incoloros: 6 mm a 12 mm Transparentes color: 6 mm a 12 mm (verde, gris, blanco y azul)
3.27.3.17.5 LADRILLOS HUECOS DE VIDRIO
Estarán compuestos por dos baldosas de vidrio soldadas en caliente, al vacío. La transparencia variará entre el 50 y el 70% para los de color natural. Podrán ser cuadrados, rectangulares o redondos según los casos.
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3.27 MATERIALES
3.27.4 MATERIALES COMPLEJOS
Son los productos, que constituidos por materiales y/o elementos simples, tienen forma, tamaño y características funcionales definidas.
3.27.4.1 CALEFACCION Las instalaciones de calefacción, calefactores, se ajustarán a las especificaciones del P.E.T.P. y a los planos correspondientes.
3.27.4.1.1 CALEFACTORES A GAS Los calefactores a gas de tiro natural o balanceado deberán asegurar que el calor circule por el ambiente por convección eliminando el vapor de agua y los gases de combustión. Reunirán las siguientes características: a) Gabinete en chapa de acero No 20, con pintura anticorrosiva, y resistente a altas temperaturas. b) Cámara de combustión en chapa de acero No 20, con chapas deflectoras. El conjunto deberá garantizar la hermeticidad en los de tiro balanceado. c) Quemador con dos cámaras distribuidoras y sus correspondientes alimentaciones de gas. d) La Ventilación al exterior en los de tiro balanceado deberán garantizar que los vientos y las lluvias no afecten el buen funcionamiento. e) Contarán con válvula de seguridad con posiciones: Piloto, máximo, mínimo y cerrado. f) Encendido: Podrá ser piezoeléctrico originando la chispa o bien manual. Los mismos serán aprobados por el Ente Prestatario del Servicio.
3.27.4.2 CALENTADORES DE AGUA
3.27.4.2.1 CALEFONES Podrán ser de tiro natural o balanceado. Los calentadores de agua a gas, instantáneos, deberán cumplir con las Normas IRAM 2701,2702 y 2703. Las válvulas automáticas cumplirán con la NORMA IRAM 2714. Reunirán como mínimo las siguientes condiciones: a) Gabinete en chapa de acero No 20, enlozado con junta desmontable. b) Intercambiador de calor constituido por serpentín de caño de cobre de 16mm de diámetro. c) Radiador compuesto por no menos de 60 láminas de cobre de 0,5 mm de espesor, atravesado por tres caños para paso de agua de 22 mm de diámetro. d) Uniones soldadas en plata con el conjunto totalmente estañado. e) Interceptor de contracorriente en la cabeza del intercambiador para evitar el apagado. f) Válvula hidrodinámica fundida, dimensionado para operar con 0,2 kg/cm2 y presión máxima de trabajo de 6 kg/cm2. g) Robinete forjado h) Quemador construido con tubos de sección rectangular unidos a la cámara de mezcla mediante soldadura oxiacetilénica, enlozado interior resistente a la corrosión y altas temperaturas i) Válvula de seguridad termoeléctrica j) Los calefones de tiro balanceado llevarán al exterior un sombrerete, para toma de aire y ventilación en chapa enlozada que derive los vientos frontales y las filtraciones de lluvia k) Encendido: Podrá ser piezoeléctrico o manual. Los mismos serán aprobados por el Ente Prestatario del Servicio.
3.27.4.2.2 TERMOTANQUES Son calentadores acumulativos de agua, de calentamiento directo para uso doméstico.- Reunirán como mínimo las siguientes condiciones: a) Gabinete exterior en chapa acero doble decapada con esmalte horneado.- b) Aislación de lana mineral espesor 30 mm. c) Caldera en chapa doble decapada con protección anticorrosiva mediante enlozado integral. Contará con ánodo de magnesio.- d) Quemador enlozado o pieza única de fundición especial. Serán fácilmente removibles para su limpieza o reparación. e) Termostato: Contará con la aprobación del Ente Prestatario del Servicio y permitirá: - Regular la temperatura gradualmente hasta 75C aproximadamente.
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3.27 MATERIALES
- Cerrar automáticamente la alimentación de gas al apagarse la llama piloto o al interrumpirse el paso del fluido. f) Válvula de seguridad de expansión evitará que se produzcan presiones excesivas por efecto de la dilatación de agua. Los mismos serán aprobados por el Ente Prestatario del Servicio.
3.27.4.3 COCINAS Las cocinas a gas para uso doméstico reunirán condiciones de diseño y construcción que faciliten su mantenimiento y limpieza. Cumplirán con: a) Gabinete exterior en chapa Nº: 20 enlozada en toda su superficie. b) Quemadores de hornallas, una de caudal grande y dos o tres de caudal medio, fundidos en aleación de aluminio con regulador de aire y borde dentado para formación de la llama. c) Horno: La puerta será regulable, enlozada, formando doble contacto con el marco. Estará rellena con lana mineral. El Techo y las paredes estarán térmicamente aisladas por corrugados de aluminio o lana mineral d) Quemador del horno: Será fácilmente desmontable y tendrá acabado anticorrosivo. e) Robinetes e inyectores en latón, tuercas de unión en bronce. Los mismas serán aprobados por el Ente Prestatario del Servicio.
3.27.4.4 INSTALACIONES CONTRA INCENDIO Deberán responder al Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires y a las prevenciones especiales que para cada caso particular fije la Dirección correspondiente del G.C.B.A.
3.27.4.4.1 MATAFUEGOS La distribución de los mismos responderá a la Norma IRAM 3517. Las cargas cumplirán con la Norma IRAM 3505. Matafuego a base de anhídrido carbónico (fuego eléctrico): Cumplirán con la Norma IRAM 3505. Matafuegos a base de polvo (fuego sólido): Cumplirán con las Normas IRAM 3503, 3522, 3523. Matafuegos a espuma (Fuego de combustible): Cumplirán con la Norma IRAM 3502.
3.27.4.4.2 MANGAS DE LINO
Cumplirán con las normas IRAM 3513 y 3514.
3.27.4.4.3 ACCESORIOS PARA MANGAS Lanzas: Serán de cobre y bronce, sin costura y de 45,51 o 64 mm de diámetro según las necesidades. Válvulas: Serán de bronce, tipo globo a 45° con tapa y cadenita de seguridad de 45 o 64mm, de diámetro según los casos. Armarios de chapa de acero – marco y puerta de hierro: Tendrán soporte para manguera y lanza, con frente de vidrio doble con inscripciones reglamentarias y cerradura tipo "Machón" accionada con llaves de emergencia.
3.27.4.4.4 BALDES Serán de chapa de acero para servicios contra incendio, de 10 litros de capacidad.
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3.30 INSTALACIONES PARA GAS
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3.30.1 DESCRIPCIÓN
3.30.1.1 ALCANCE DE LOS TRABAJOSLos trabajos de provisión de gas que se ejecutarán de acuerdo a las normas, Especificaciones Técnicas e intervención del ente prestatario del servicio, comprenden la instalación de acuerdo con los planos, de los siguientes servicios internos: 1) Prolongaciones domiciliarias: Incluyendo reguladores y desde éste hasta los medidores. 1.1.) Batería de medidores: Instalaciones propias de la batería, caños de enlace, flexibles, etc. 2) Cañerías internas: Desde los medidores hasta los artefactos. 3) Artefactos y toda obra que funcionalmente forme parte de la instalación de gas o constituya complemento de ella, pero cuya provisión o ejecución en obra, por razones técnicas o de especialidad corresponda a otro rubro (locales para medidores inclusive puertas de ventilación; nichos para reguladores inclusive puertas), no se incluyen en este capítulo, debe ser realizada, por cuenta y cargo del Contratista.
3.30.1.2 SUBCONTRATISTA Sólo podrán realizar la construcción de estas instalaciones, Empresas o Instaladores de primera categoría inscriptos en el ente prestatario del servicio que acrediten a sólo juicio de la Inspección su capacidad técnica. Bajo ningún concepto se autorizará al instalador de gas la Subcontratación de mano de obra total o parcial de los trabajos a su cargo, con la única excepción de la ejecución de zanjas y excavaciones y el relleno de las mismas.
3.30.1.3 DOCUMENTACION COMPLEMENTARIASe entiende por documentación complementaria a todas las Reglamentaciones pertinentes del E.P.S., las Normas IRAM, y del CIRSOC. La Empresa Contratista deberá atenerse a estas Reglamentaciones para la ejecución de los trabajos.-
3.30.1.4 PLANOS La D.G.I. y E. entregará planos, en base a los cuales el Contratista preparará la siguiente documentación que someterá a conocimiento de aquella: a) De replanteo a escala 1:50 de toda la instalación en planta y corte. b) De detalle de instalación en cocinas, en planta y cortes a escala 1:20, con especial indicación de paquetes de tubería verticales, incluso sus elementos de sujeción y sostén. c) De detalle de baterías de medidores, con especial indicación de montantes y barrales, en planta y corte a escala 1:20. d) De replanteo a escala 1:50 por modificaciones de recorrido o de ubicación de artefactos, en caso que las hubiere y previo a la ejecución de las mismas. e) Reglamentarios conforme a obra. La constancia de iniciación del trámite ante el E.P.S. deberá ser presentada antes de la Recepción Provisoria. Se aclara que no obstante la toma de conocimiento de los planos por parte de la D.G.I.y E., la aprobación quedará condicionada a las disposiciones del E.P.S.Cualquier modificación que sugiera esta repartición, será ejecutada por el Contratista por su cuenta y cargo. A los efectos de la confección de los planos reglamentarios se tendrá en cuenta que cada edificio o unidad vertical por constituir un edificio independiente con servicio de provisión de gas exclusivo, deberá ser dibujado separadamente, aunque se repita en el conjunto de la tira. Es decir que deberán dibujarse tantos planos completos como bloques existan.-
3.30.1.5 DERECHOS
Los derechos vigentes a la fecha del llamado a licitación a abonar al E.P.S. a la presentación de los planos de la instalación para gas, en concepto de aprobación de los mismos, así como otro derecho relacionado directa o indirectamente con estos trabajos estarán a cargo del Contratista.-
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3.30 INSTALACIONES PARA GAS
3.30 - Instalaciones para gas Página 2 de 2
3.30.1.6 COMIENZO DE OBRAEl contratista comunicará por escrito a la Inspección la fecha de comienzo de los trabajos de instalación de gas. No se permitirá la iniciación de los mismos sin la presentación de los planos aprobados por el E.P.S.
3.30.1.7 INSPECCIONES Y PRUEBASEl Contratista deberá solicitar por escrito inspecciones oculares a la Inspección en los períodos en que mejor puedan observarse los trabajos, dejando aclarado desde ya que no podrá cubrirse ninguna instalación o parte de ella que no haya sido previamente inspeccionada y aprobada. Una vez terminados los mismos y con los artefactos colocados, el Contratista, en presencia del personal de Inspección, deberá someter las instalaciones a las siguientes pruebas: a) De hermeticidad: Inyectando aire a presión en las cañerías y artefactos. La presión de prueba de la cañería interna y de la parte de prolongación domiciliaria que trabaja a baja presión será de 0,4 kg/cm2 durante 30 minutos. En cuanto a la parte de prolongación domiciliaria que trabaja a media presión, la presión de prueba durante el mismo tiempo será de 5 Kg/cm2,. b) De obstrucción: Terminada la prueba de hermeticidad, abiertos los robinetes de los artefactos y retirados los tapones se comprobará por la falta de salida de aire, las obstrucciones que pudiera haber. si las pruebas mencionadas dieran resultado satisfactorio y estando la instalación en condiciones de habilitarse, incluso regulador colocado, el Contratista previa conformidad de la Inspección, comunicará tal circunstancia a el E.P.S. presentando la nota de práctica.
3.30.1.8 TERMINACION DE OBRA La Contratista está obligada a proceder al pedido y colocación de todos los medidores de gas según reglamento del E.P.S., por su cuenta y cargo. Siendo solamente por cuenta y cargo del adjudicatario el pago del medidor. Las obras de provisión de gas se considerarán terminadas una vez inspeccionadas, aprobadas la totalidad de las instalaciones por el E.P.S. y entregado a la D.G.I.y E. el Certificado Final, requisito indispensable para la Recepción Definitiva.
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Año 2015
MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
ESCUELA TECNICA Nº 12 – D.E. 01
Av. Del Libertador General San Martin 238
INSTALACION DE GAS
P L I E G O D E E S P E C I F I C A C I O N E S T É C N I C A S P A R T I C U L A R E S
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1Pliego de Especificaciones Técnicas particulares
Av. Del Libertador General San Martín 238 / Ciudad Autónoma de Buenos AiresEscuela Técnica Nº 12 / Distrito Escolar N° 01
4.30 INSTALACIONES DE GAS4.30.1 Listado de Tareas4.30.2 Generalidades4.30.2.1 Alcance de los trabajos4.30.2.2 Normas a cumplir4.30.2.3 Verificación de proyecto4.30.2.4 Memorias de cálculo, planos de obra y de detalle4.30.2.5 Gestiones para la aprobación de las instalaciones4.30.2.6 Supervisión de los trabajos4.30.2.7 Planos conforme a obra4.30.2.8 Certificados de garantía4.30.2.9 Manuales de operación y mantenimiento4.30.2.10 Pruebas y mediciones4.30.2.11 Recepción provisoria4.30.2.12 Plazos de garantía de Instalaciones de Gas4.30.2.13 Recepción Definitiva4.30.2.14 Descripción de los trabajos a realizar4.30.2.14.1 Instalación en Laboratorio de Fisico-Qimica de la Escuela.4.30.2.14.2 Tendido de cañerías.4.30.2.14.3 Habilitación.4.30.2.15 Conexión artefactos nuevos en Lab. de Fisico-Quimica4.30.2.16 Ventilaciones4.30.2.17 Ventilación de artefactos y locales4.30.3 Calidad de los materiales4.30.3.1 Cañerías internas y externas4.30.3.2 Accesorios4.30.3.3 Fijaciones4.30.3.4 Protección de las cañerías4.30.3.5 Uniones roscadas
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 89
2Pliego de Especificaciones Técnicas particulares
Av. Del Libertador General San Martín 238 / Ciudad Autónoma de Buenos AiresEscuela Técnica Nº 12 / Distrito Escolar N° 01
4.30 INSTALACIONES DE GAS
Se intervendrá la Instalación de Gas existente en el Laboratorio de Fisico - Química delestablecimiento a los efectos de proveer e instalar Picos Bunsen sobre mesadas. Además, serevisará y acondicionará dicha dicha instalación incorporando elementos, dispositivos oventilaciones necesarios para que la misma se encuentre bajo Reglamento vigente.
4.30.1 Listado de tareas
Provisión e instalación de tres Picos Bunsen, uno por mesada.
Provisión e instalación de llaves de paso.
Ejecución de prueba de hermeticidad.
Ejecución de nuevos tramos de cañerías en Laboratorio.
Reparación y pintura de las partes afectadas por los trabajos.
Trámites y Habilitaciones en Metrogas y Municipalidad.
4.30.2 Generalidades.
4.30.2.1 Alcance de los trabajos
El presente Pliego de Especificaciones Técnicas tiene por objeto la descripción de los trabajos,materiales y mano de obra para la correcta realización de la Instalación de Gas que acontinuación se detalla:1) Ejecución de la instalación de gas según las normas de Metrogas únicamente en los sectoresque figuran en planos.2) Habilitación por medio de gasista matriculado de 1°ra categoría de la instalación completa dela escuela, ante Metrogas.3) Reparación de todo elemento afectado por los trabajos inherentes a la instalación.4) Colocación de todos los conductos de ventilación de los artefactos que los requieran, comoasí también las ventilaciones de ambientes que tengan artefactos de cámara abierta.El trabajo comprende todas las tareas necesarias para la ejecución completa de la obra tal cualqueda definida en los pliegos y planos. El Contratista proveerá todo lo necesario (materiales,mano de obra, equipos, herramientas, etc.) para que las instalaciones objeto de este concursoqueden totalmente terminadas conforme a su fin, en perfectas condiciones de funcionamiento,de acuerdo a las normas técnicas vigentes y las reglas del buen arte, aunque en las presentesespecificaciones se haya omitido indicar trabajos o elementos necesarios para ello.Se establece por lo tanto, para la obra contratada, que todo trabajo, material, equipo odispositivo, etc., que directa o indirectamente se requiera para completar el cumplimiento de lasobligaciones del Contratista, debe considerarse incluido en los precios unitarios que integran elreferido presupuesto.
4.30.2.2 Normas a cumplir
Disposiciones y Normas para Ejecución de Instalaciones Domiciliarias de Gas y su anexo deInstalaciones Industriales, Metrogas – ENARGAS.Normas IRAM.Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.Reglamentaciones de Energas y Metrogas.
4.30.2.3 Verificación de proyecto
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3Pliego de Especificaciones Técnicas particulares
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El contenido del plano de instalación que acompaña el presente pliego es de carácter indicativo.Los Oferentes deberán efectuar para la confección de su propuesta, las verificaciones de cálculoque correspondan. La sola presentación de la propuesta, sin observaciones al proyectoincorporado en este pliego, da por sentada la aceptación del mismo por el oferente.La existencia del proyecto que forma parte del presente Pliego, no exime al Contratista de lasresponsabilidades que, conforme la legislación vigente, le son propias en su carácter deConstructor.
4.30.2.4 Memorias de cálculo, planos de obra y de detalle.
El Contratista deberá presentar al Inicio de la Obra: el proyecto integral de las instalaciones degas junto al cálculo los caudales, las presiones y los diámetros de las cañerías y de losconsumos previstos, para su aprobación por la Inspección de Obra.Del mismo modo, el Contratista elaborará toda la documentación gráfica necesaria para eldesarrollo de la obra.
4.30.2.5 Gestiones para la aprobación de las instalaciones
El Contratista tendrá a su cargo todas las gestiones necesarias para la aprobación de lasinstalaciones por los organismos que correspondan, incluyendo el pago de las tasas y/oderechos, aún los que debiere pagar el propietario del edificio.
4.30.2.6 Supervisión de los trabajos
Los trabajos deberán ser supervisados permanentemente por personal matriculado en Metrogasde 1ª Categoría.
4.30.2.7 Planos conforme a obra
Una vez concluidos los trabajos, el Contratista confeccionará mediante software AutoCADR14/2000 los planos conforme a obra en escala 1:100, entregando a la Inspección de Obra dosjuegos impresos y un archivo en respaldo magnético en formato digital (Compact Disc) de todoslos documentos.
4.30.2.8 Certificados de garantía
El Contratista entregará, como condición previa a la Recepción Provisoria, los Certificados deGarantía de todos los equipos que instale.
4.30.2.9 Manuales de operación y mantenimiento
El Contratista entregará, como condición previa a la Recepción Provisoria, los Manuales deOperación y de Mantenimiento proporcionados por los fabricantes de todos los equipos que seinstalen.
4.30.2.10 Pruebas y mediciones
Las pruebas de hermeticidad de la instalación se efectuarán en las siguientes instancias de laobra:
Una vez terminada la instalación de cañerías engrapadas. De ser necesario, a criteriode la inspección, se efectuarán pruebas parciales, por tramos, dependiendo de lacomplejidad de la instalación.
Con los artefactos colocados y previo al pedido de inspección final ante Metrogas. Previo a la colocación del medidor y con la llave de paso de los artefactos abierta.
Estas pruebas se deberán registrar con fecha en la planilla N°1 adjunta al pliego. Esta planilladeberá llevar las firmas del representante técnico de la empresa actuante, del inspector por partede la D.G.I.Es. y del instalador matriculado interviniente.Será responsabilidad del inspector no aprobar el certificado de obra, si no se presenta la planillade pruebas, de la etapa que corresponda, debidamente firmada.
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4Pliego de Especificaciones Técnicas particulares
Av. Del Libertador General San Martín 238 / Ciudad Autónoma de Buenos AiresEscuela Técnica Nº 12 / Distrito Escolar N° 01
Las pruebas se efectuarán en cada caso cargando la instalación con aire comprimido a 0,2kg/cm2, con manómetro de rango máximo 0,5 kg/cm2. La lectura no deberá acusar descensoalguno durante 30 minutos.El Contratista llevará a cabo toda otra prueba o medición que exijan el ENARGAS y/o Metrogas,la empresa administradora de la red de distribución. De producirse un descenso en la presión deprueba, el contratista reparará la pérdida y someterá la cañería a una nueva prueba.
4.30.2.11 Recepción Provisoria
La obra será recibida provisionalmente por la Inspección de Obra cuando se encuentreterminada con arreglo al contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas de lasinstalaciones especiales establecidas en las Especificaciones Técnicas, labrándose un acta enpresencia del Contratista o representante autorizado, a menos que declare por escrito querenuncia a este derecho y que se conforma de antemano con el resultado de la operación.Previo al otorgamiento de la Recepción Provisoria, el Contratista deberá cumplimentar lossiguientes requisitos:
Certificado de aprobación de los ensayos de la Instalación. Entrega de Certificado finalde Habilitación, expedido por la G.C.B.A., o en su defecto nota conformada por laMunicipalidad de dejar librado a uso público la caldera existente, bajo la responsabilidaddel Representante Técnico hasta que se libre la habilitación correspondiente.
Entrega de planos conforme a obra revisados por la Inspección de Obra. Entrega de garantías, manuales de funcionamiento y mantenimiento de equipos e
instalaciones, en idioma castellano. Instrucción de manejo al personal dependiente de la Inspección de Obra que deberá
operar los equipos.4.30.2.12 Plazos de garantía de Instalaciones de Gas
Conforme lo indicado en el Pliego de Condiciones Particulares, el plazo de Garantía de todos loscomponentes de las instalaciones de gas es 12 meses a partir de la recepción provisoria.
4.30.2.13 Recepción Definitiva
Transcurrido el plazo de Garantía , a solicitud del Contratista, tendrá lugar la RecepciónDefinitiva, que se efectuará con las mismas formalidades que la Recepción Provisoria, a cuyoefecto se realizará una nueva inspección del buen estado de las obras y verificación de lasinstalaciones especiales (ensayos de recepción).Si en el momento de la inspección se observaran deficiencias, la Inspección de Obra otorgará unnuevo plazo a fin de que aquellas sean subsanadas.Si vencido el plazo acordado, el Contratista no hubiera iniciado las reparaciones, el Comitentequedara automáticamente autorizado a efectuar los trabajos por terceros y a cuenta delContratista, sin que deba medir otro tramite ni intimación judicial ni extrajudicial. A tal fin, elComitente podrá utilizar el fondo de reparo.La Recepción Definitiva de la obra no exime bajo ningún concepto al Contratista de laresponsabilidad que le adjudica el artículo 1646 del Código Civil.
4.30.2.14 Descripción de los trabajos a realizar
A continuación se describen las tareas mínimas que debe realizar el Contratista, pero dichadescripción tiene carácter indicativo, debiéndose llevar a cabo todos los trabajos necesarios paraque el sistema quede en perfectas condiciones de funcionamiento y con todas las seguridadesdebidas, aunque las presentes especificaciones no mencionen dichos trabajos en su totalidad.Todos las tareas a realizar se encuentran indicadas en el plano IG.
4.30.1.14.1 Instalación en el Laboratorio de Fisico-química de la Escuela
Empalme con instalación existente e instalación de tres tramos de cañerías de 80 cm. verticales.(Cada uno de éstos derivado desde la toma taponada del tramo vertical existente), según plano.
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5Pliego de Especificaciones Técnicas particulares
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Provisión e instalación de Llave de Paso para cada Pico Bunsen, según plano.Retiro de Llave de Paso existentesReparación y pintura de las partes afectadas por los trabajos.Trámites y Habilitaciones en Metrogas y Municipalidad.
4.30.2.14.2 Tendido de Cañerías
Las cañerías a la vista deberán quedar fijadas a los paramentos del edificio. Se fijarán con grampas, tipoOlmar, galvanizadas o calidad equivalente. Los tramos verticales se fijarán con grampas tipo Olmargalvanizadas o de acero inoxidable correctamente aisladas. Para la determinación de la distancia entregrampas en los tramos verticales, se tendrá en cuenta la posibilidad de acciones negligentes e inclusovandálicas que puedan dañar los mismos.(Se colocaran a una distancia promedio de 2mts).Las cañerías que vayan enterradas o por contrapiso, deberán tener en sus uniones, revestimiento tipoPolyguard o calidad equivalente. Idéntico proceder, en las cañerías que hayan perdido su revestimiento,lastimadas por herramientas o maltrato.
4.30.2.14.3 Habilitación
El Contratista tendrá a su cargo todas las gestiones necesarias para el suministro del fluido y aprobaciónde las instalaciones por los organismos que correspondan, incluyendo el pago de las tasas y/o derechos,aún los que debiere pagar el propietario del edificio.
4.30.2.15 Conexión de artefactos nuevos en Laboratorio de Fisico-Quimica
Provisión e instalación de 3 Picos Bunsen, 600 kcal/h, cada uno. (Uno por mesada), segúnplano.Provisión e instalación de 3 llaves de paso, 600 kcal/h), según planoProvisión e instalación de 1 llave de paso para corte general del Laboratorio, según plano.
Todos los artefactos, serán de igual capacidad calorífica o lo más próximos por exceso.
4.30.2.16 Ventilaciones
La totalidad de los artefactos instalados y todos aquellos locales donde se encuentren instaladosartefactos de gas existentes o nuevos a proveer e instalar deberán ser provistos de lasventilaciones correspondientes, en un todo según las actuales normas del ente regulador de esteservicio Metrogas.
4.30.2.17 Ventilación de artefactos y locales
Se deberán colocar rejillas de compensación en todos los locales indicados en el plano .
4.30.3 Calidad de los materiales
Para la ejecución de la obra se utilizarán exclusivamente materiales aprobados por el ENARGASy/o su concesionario distribuidor de red (Metrogas), y se aplicarán las normas técnicas deejecución dictadas por los mismos.
4.30.3.1 Cañerías Internas y externas
Serán de acero con recubrimiento epóxico, conforme a normas de ejecución vigentes.Las zonas expuestas de roscas, como también los sectores en donde el recubrimiento epóxicoresulte afectado, se pintarán con pintura epóxica color amarillo, para garantizar la protección delcaño.Asimismo, se protegerá la cañería con material aislante (caños de PVC de 3.2 mm de espesor osimilar), en correspondencia con las grampas de fijación.
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6Pliego de Especificaciones Técnicas particulares
Av. Del Libertador General San Martín 238 / Ciudad Autónoma de Buenos AiresEscuela Técnica Nº 12 / Distrito Escolar N° 01
4.30.3.2 Accesorios
Todos los cambios de dirección y derivaciones se efectuarán con accesorios del mismo materialque las cañerías (acero con recubrimiento epóxico). No se permitirá bajo ningún concepto elcurvado de caños, ni en frío ni en caliente.Se realizarán las conexiones rígidas, del mismo material que la instalación, no utilizando del tipoflexibles.No se permite el uso de uniones dobles, excepto en la unión de artefactos, en cuyo caso lasmismas deberán ubicarse aguas abajo de la llave de paso.
4.30.3.3 Fijaciones
Las cañerías a la vista deberán quedar fijadas a los paramentos del edificio.Las de hasta 2” de diámetro se fijarán con grampas, tipo Olmar, galvanizadas o calidadequivalente. Las de mayores diámetros se fijarán a ménsulas galvanizadas mediante varillasroscadas o perfiles Omega.Las cañerías deberán aislarse correctamente en los sectores en correspondencia con loselementos de fijación.La distancia promedio entre fijaciones será de 1.5 mts, tanto para tramos horizontales comoverticales.Para la determinación de la distancia entre grampas en los tramos verticales, se tendrá encuenta la posibilidad de acciones negligentes e incluso vandálicas que puedan dañar losmismos.
4.30.3.4 Protección de las cañerías
Cualquier parte de la cañería donde su recubrimiento epóxico original se encuentre dañado, serápintada con pintura epóxica amarilla.Si existiesen tramos embutidos en contrapiso serán protegidos con una envoltura de telasintética embreada (cinta tipo Polyguard). Para las que van enterradas se utilizará la mismacinta pero con envoltura doble.Los morteros que se utilicen en pilares y tapadas, no deberán contener cal.
4.30.3.5 Uniones roscadas
En todos los casos se usará como sellador una pasta formada por litargirio y glicerina o selladoradecuado, aprobado por las normas de ejecución de Metrogas - ENARGAS.La pasta se aplicará exclusivamente en la rosca macho para evitar que la misma ingrese en elconducto, reduciendo su sección.
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N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 95
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N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 96
ESCUELA TECNICA Nº 12 D.E. Nº 01Av. Del Libertador General San Martín 238
LISTADO DE PLANOS
PLANO DENOMINACION DETALLE ESCALA
IG-01 INSTALACION GAS PLANTA TERCER NIVEL 1:100
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 99
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Art. 1º ANUNCIOS: El llamado a Contratación Menor para la presente contratación se anunciará en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar y en la Pagina WEB del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (01) día y con no menos de dos (02) días de anticipación a la fecha fijada para la realización del acto. Art. 2° OBJETO: La presente contratación menor tiene por objeto la Instalación de Gas en Laboratorio de Físico-Química de la Escuela Técnica Nº 12 - D.E. 01 sita en Av. Del Libertador General San Martín 238. Los servicios solicitados en esta contratación deberán responder a los parámetros establecidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 3° REGIMEN, MODALIDAD Y MARCO NORMATIVO DE LA CONTRATACION: El presente es un procedimiento de llamado a contratación menor (Articulo 38° de la Ley N° 2.095 su modificatoria Ley 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 1.160/MHGC/2011, la Resolución Conjunta Nº 08/MHGC/MJGGC/SECLYT/11 el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición Nº 396/GCABA/DGCYC/14 y las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares). Art. 4° RESERVA DE REVOCACIÓN DEL LLAMADO A CONTRATACION MENOR: El Organismo contratante se reserva el derecho de revocar el llamado a contratación menor en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes Art. 5° VALOR DEL PLIEGO: El presente pliego carece de valor para su adquisición por parte de los interesados. La consulta y/o adquisición del mismo se efectúa directamente a través del Sistema Buenos Aires compras. Art. 6° PRESENTACIÓN DE OFERTA: Las ofertas deben ser presentadas a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar dando cumplimiento a todos los requisitos técnicos, administrativos y económicos que se establezcan en cada caso, y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ella en soporte electrónico, ajustadas al Art. 12° de las Cláusulas Generales. Art. 7° CONTENIDO DE LA OFERTA: A) Constancia de Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o constancia de inicio del trámite de inscripción (Art. 5 del Pliego Único de Cláusulas Generales).-
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 101
B) La documentación e información contenida en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de la oferta. ES CONDICIÓN PARA LA PREADJUDICACIÓN QUE EL OFERENTE SE ENCUENTRE INSCRIPTO EN EL RIUPP Y EN EL PADRON DE PROVEEDORES BAC.- C) Garantía de mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. No resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta Cuando el monto de la oferta no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2016=9,75). D) En el caso de las Uniones Transitorias de Empresas (U.T.E.), se deberá acompañar Declaración Jurada que contenga el compromiso de su constitución, en caso de resultar adjudicataria.- • Copia Certificada del Estatuto Social y Acta de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad y/o U.T.E.- E) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I del Pliego Único de Cláusulas Generales). En caso de UTE cada miembro deberá cumplir con este requisito. F) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia (Art 7 del Pliego Único de Cláusulas Generales). En caso de UTE idem punto anterior. G) Y demás especificaciones contenidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas. ART. 8° GARANTÍAS: A) De mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. No resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta Cuando el monto de la oferta no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2016= $ 9,75). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley 4764 y su correspondiente Decreto Reglamentario 95/14. Al momento de cargar su oferta en BAC, el oferente debe informar el nombre de la aseguradora, número de póliza y el monto asegurado, adjuntando una copia escaneada de la misma. A las 24hs del acto de apertura de ofertas, deberán presentar la póliza original en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Av. Paseo Colón 255, 2º Piso Frente. La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite. B) De cumplimiento del contrato: no menor al diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. No resulta necesario presentar garantías de cumplimiento del contrato cuando el monto del mismo no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2016= $ 9,75). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley 4764 y su correspondiente Decreto Reglamentario 95/14. El adjudicatario deberá integrar su garantía dentro del término de cinco (5) días de notificada la orden de compra. Vencido ese plazo será intimado a través de BAC a su
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 102
cumplimiento por el término de dos (2) días. En caso que el adjudicatario no integre la garantía en el plazo indicado, la autoridad competente rescindirá el contrato con la penalidad prevista en el artículo 125 de la Ley 2095. Las garantías deberán constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el oferente declara conocer y aceptar. Art. 9° CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES: La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas que rigen la presente contratación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la contratación, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la misma. Art. 10° FORMA DE COTIZAR: Precio unitario por renglón, Se deberá cotizar la totalidad del renglón. No serán admitidas cotizaciones parciales por renglón. Art. 11º MONEDA DE COTIZACIÓN: PESOS de curso legal de la República Argentina. Art. 12º LUGAR Y PLAZO DE OBRA: La obra, será realizada en la Av. Del Libertador General San Martín 238 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se encuentra la Escuela Técnica Nº 12 - D.E. 01. Según pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 13º. ACTO DE APERTURA: El Acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. Art. 14º CONDICIONES PARA SER OFERENTE: Para concurrir como oferentes a la presente contratación, deberán cumplir con los requisitos previstos para la presentación de ofertas. Art. 15º RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON PERSONAL Y TERCEROS: Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y provisionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente entendido que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 103
que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que este ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones o normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones provisionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario o locador. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato en general. Art. 16º DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Se considerará domicilio del oferente, el domicilio legal que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6 del Pliego Único de Cláusulas Generales). Todo cambio de domicilio deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se tendrá que comunicar fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el mismo surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El GCABA Ministerio de Educación – Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones constituye domicilio en Av. Paseo Colón 255 2º piso frente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se notifican en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 77/PG/06 (BOCBA Nº 2430).- Art. 17º CONSULTAS Y ACLARACIONES - CIRCULARES: Los oferentes podrán formular, a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura.- Las consultas y/o aclaraciones formuladas por los participantes deben efectuarse a través de BAC. Las Circulares de oficio en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o consultas, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a través de BAC a cada uno de los oferentes que hayan adquirido los Pliegos de la Licitación. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares. Art. 18° MANTENIMIENTO DE OFERTA: 20 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas, vencido el plazo se prorroga automáticamente por igual término. El oferente tendrá la posibilidad de retirar su oferta una vez fenecido el plazo mínimo de veinte días hábiles a contar desde la fecha de apertura, debiendo a tal efecto notificar en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento de dicho plazo. Art. 19° PARÁMETROS DE EVALUACIÓN:
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 104
Precio, calidad, idoneidad del oferente, demás condiciones de la oferta y según Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 20° RECHAZO DE OFERTA: Es rechazada de pleno derecho la oferta que incurriere en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 104 de la ley 2095 y su modificatoria Ley 4764, incisos c), d), e), g) y h). Asimismo, serán plausibles de rechazo aquellas ofertas que debiendo acompañar constancias en soporte papel:
a. No se presenten originales o copias debidamente certificadas. b. No estuvieran firmadas por el oferente o su apoderado o representante legal. c. Estuvieran escritas con lápiz d. Si tuvieren raspaduras, enmiendas o interlineas en alguna parte que hiciere a
la esencia del documento y no estuvieren debidamente salvadas. Art. 21º RECHAZO: El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se reserva el derecho de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas, sin que dicho decisorio pueda generar reclamo alguno de los Oferentes. Art. 22° CRITERIO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION DE OFERTAS: La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, teniendo en cuenta, el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, los costos asociados de usos y mantenimientos futuros, y demás condiciones de la oferta. Art. 23° ADJUDICACIÓN: La adjudicación será resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación y se notificará fehacientemente al/los adjudicatario/s y al resto de los oferentes dentro de los SIETE (7) días de emitido el acto administrativo. Podrá adjudicarse aún cuando se haya presentado una sola oferta. El órgano contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato sin que éste genere indemnización alguna. Art. 24° CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL: En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Cláusulas particulares y del Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 25° PERSONAL AFECTADO: Todo el personal afectado es de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. Art. 26° DAÑOS A TERCEROS: Los terceros afectados por el adjudicatario, al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros.
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 105
Art. 27º FACTURACIÓN: En caso de que los oferentes hagan entregas parciales, se aceptarán sus respectivas facturaciones en forma parcial. Art. 28° FORMA DE PAGO: El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura. Art. 29º IMPUGNACIÓN AL PLIEGO: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 17º inciso 1 apartado “e)” del Pliego de Cláusulas Generales el valor de impugnación al pliego es del 3% del monto estimado de la contratación. Art. 30° PRESENTACION DE LAS IMPUGNACIONES: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 21º del Pliego de Cláusulas Generales. El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente (Nº 26678/7) “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal actuante o entidad bancaria que indique la Jurisdicción respectiva, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente. Las impugnaciones deberán ser presentadas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 21º del Pliego de Cláusulas Generales y la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse en la sede de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Av. Paseo Colón 255, 2° piso frente, de forma previa a formalizar la impugnación. La impugnación debe ser deducida a través de BAC mediante el uso de los formularios correspondientes. Art. 31°.- PLAZO PARA IMPUGNAR: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del Pliego de Cláusulas Generales. Art. 32° OPCIÓN A PRORROGA AUMENTO Y/O DISMINUCIÓN: De acuerdo al artículo 117° de la Ley N° 2095/2006 y su modificatoria Ley 4764. Art. 33º JURISDICCIÓN: La participación en la presente licitación implica por parte del oferente la renuncia a todo fuero o jurisdicción que correspondiere para atender cuestiones que susciten en el proceso de licitación, adjudicación y ejecución del contrato, sometiéndose única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 7 del Pliego Único de Cláusulas Generales).- Art. 34° PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El contrato se perfeccionará con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario, a través de BAC, dentro del Plazo del mantenimiento de Oferta. El adjudicatario podrá rechazar la orden de compra dentro del plazo de los tres (03) días de su notificación, en el caso que se encuentre vencido el mantenimiento de su
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 106
oferta. De darse este supuesto la autoridad competente puede adjudicar el contrato al oferente que siga en orden de mérito. Art. 35° PROHIBICIÓN DE TRANSFERIR EL CONTRATO: Queda prohibida la transferencia total o parcial del contrato, suscripto con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a terceras personas por cualquier título y/o causa. Art. 36° PENALIDADES y SANCIONES: Los oferentes o contratantes pueden ser pasibles de las siguientes penalidades durante la ejecución del contrato, aún cuando el tiempo de su materialización, el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido:
a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta - desistimiento de ofertas (según artículo 124 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
b) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía (según artículo 125 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
c) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales. (según artículo 126 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
d) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra o venta. (según artículo 128 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
e) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (según artículo 129 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
f) Rescisión por culpa del cocontratante. prestaciones de carácter especial.(según artículo 130 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
g) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (según artículo 131 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).
h) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato.(según artículo 132 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).
i) Rescisión total o parcial. (según artículo 133 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).
j) caso fortuito o fuerza mayor. (según artículo 134 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).
k) Afectación de las multas. (según artículo 135 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas, los oferentes o cocontratantes pueden asimismo ser pasibles de las siguientes sanciones:
l) Apercibimiento. (según artículo 136 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) m) Suspensión. (según artículo 137 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) n) Inhabilitación. (según artículo 138 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) o) Rehabilitación. (según artículo 139 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
La Dirección General de Compras y Contrataciones, es el competente para imponer las sanciones administrativas. La aplicación de las penalidades es facultad de la Dirección General de Administración de Recursos. A los efectos de la aplicación de las penalidades antes mencionadas, a tal efecto se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad. La administración podrá aplicar multas y/o sanciones aun vencido el plazo contractual, cuando los incumplimientos se hubieran producido dentro de la vigencia del contrato, aun cuando el importe sea determinado con posterioridad a la conclusión del contrato.
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 107
Art. 37° CAUSALES DE PÉRDIDA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta - desistimiento de ofertas (según artículo 124 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).
Art. 38° CAUSALES DE RESCISIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO: El contrato se extinguirá y/o rescindirá por las siguientes causas:
a) Expiración del plazo contractual. b) Mutuo acuerdo. c) Quiebra y liquidación sin quiebra. d) Concurso preventivo del contratista, excepto que conserve la administración de
sus bienes mediante autorización judicial y en tanto no medie decisión judicial que le impida formular ofertas.
e) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra. (según artículo 128 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
f) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (según artículo 129 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
g) Rescisión por culpa del cocontratante. prestaciones de carácter especial.(según artículo 130 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
h) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (según artículo 131 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
i) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato.(según artículo 132 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
j) Rescisión total o parcial. (según artículo 133 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14)
k) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía (según artículo 125 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).
Art. 39° DEMÁS CONDICIONES SEGÚN “PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” ADJUNTO.
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 148/DGAR/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 108
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 38/DEEATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
DISPOSICION ......................................
Nº : 4918
Pág. 1 de 2
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
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- PRODUCTOR ASOCIADO
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SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- PRODUCTOR ASOCIADO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- PRODUCTOR ASOCIADO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- PRODUCTOR ASOCIADO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- PRODUCTOR ASOCIADO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- PRODUCTOR ASOCIADO
01-02-16
01-03-16
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01-10-16
01-11-16
15.000,00
15.000,00
15.000,00
15.000,00
15.000,00
15.000,00
15.000,00
15.000,00
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15.000,00
1
1
1
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29-02-16
31-03-16
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30-06-16
31-07-16
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30-09-16
31-10-16
30-11-16
165.000,0020308865372
Importe
EXP-3279936/2016
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-06009425- -EATC
página 1 de 2
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
DISPOSICION ......................................
Nº : 4918
Pág. 2 de 2
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- PRODUCTOR ASOCIADO
01-12-16 15.000,00131-12-16
Importe
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-06009425- -EATC
página 2 de 2
FIN DEL ANEXO
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 109
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 39/DEEATC/16
FIN DEL ANEXO
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: 541 EATC
ActuadoRepresentante Legal y Documento
PeríodoTipo-Nro/Año
Director Ejecutivo Tipo Nro.
Desde Hasta Monto Total
PAS
13BD69174
,
LES VISITEURS DU SOIRCONCIERTO SINFÓNICO VISUAL / OBRA:
"PRIMA DONNA"GLUZMAN OLIVIER $ 1,073,759.16
15/02/2016 AL 20/02/2016
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
ANEXO I
RESOLUCION .......................................................
Contratado/a Descripción de la función
EX. 2016-05625947-MGEYA-DGTALEATC
IF-2016-05978090- -EATC
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 110
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 40/DEEATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 1 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
11121169OLIVETO MARIA CRISTINA CUITDNI SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DEGESTION DE INGRESOS -
FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
01-01-16
01-02-16
01-03-16
01-04-16
01-05-16
01-06-16
01-07-16
10.350,00
10.350,00
10.350,00
10.350,00
10.350,00
10.350,00
10.350,00
1
1
1
1
1
1
1
31-01-16
29-02-16
31-03-16
30-04-16
31-05-16
30-06-16
124.200,0027111211693
Importe
EXP-441234/2016
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 1 de 11
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 2 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS -FUNCIONAMIENTO
01-08-16
01-09-16
01-10-16
01-11-16
01-12-16
10.350,00
10.350,00
10.350,00
10.350,00
10.350,00
1
1
1
1
1
31-07-16
31-08-16
30-09-16
31-10-16
30-11-16
31-12-16
Importe
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 2 de 11
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 111
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 40/DEEATC/16 (continuación)
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 3 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
31206894SANTARELLI FABIANA CUITDNI SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- OBTENER LA CANTIDAD DE 35CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVA
PARA CONTRIBUIR CON NUEVOSINGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DE
EL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVA
01-01-16
01-02-16
01-03-16
01-04-16
01-05-16
17.000,00
17.000,00
17.000,00
17.000,00
17.000,00
1
1
1
1
1
31-01-16
29-02-16
31-03-16
30-04-16
31-05-16
204.000,0027312068945
Importe
EXP-441234/2016
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 3 de 11
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 4 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
PARA CONTRIBUIR CON NUEVOSINGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DE
EL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
01-06-16
01-07-16
01-08-16
01-09-16
17.000,00
17.000,00
17.000,00
17.000,00
1
1
1
1
30-06-16
31-07-16
31-08-16
30-09-16
Importe
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 4 de 11
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 112
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 40/DEEATC/16 (continuación)
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 5 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- OBTENER LA CANTIDAD DE 35
CONTACTOS DE VENTA CORPORATIVAPARA CONTRIBUIR CON NUEVOS
INGRESOS PARA FINANCIAMIENTO DEEL TEATRO
01-10-16
01-11-16
01-12-16
17.000,00
17.000,00
17.000,00
1
1
1
31-10-16
30-11-16
31-12-16
Importe
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 5 de 11
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 6 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
6699547GAVENSKY VICTORIA IRENE CUITDNI SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
01-01-16
01-02-16
01-03-16
01-04-16
01-05-16
01-06-16
01-07-16
01-08-16
01-09-16
01-10-16
19.520,00
19.520,00
19.520,00
19.520,00
19.520,00
19.520,00
19.520,00
19.520,00
19.520,00
19.520,00
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
31-01-16
29-02-16
31-03-16
30-04-16
31-05-16
30-06-16
31-07-16
31-08-16
30-09-16
31-10-16
234.240,0027066995475
Importe
EXP-441234/2016
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 6 de 11
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 113
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 40/DEEATC/16 (continuación)
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 7 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASESOR COMERCIAL
01-11-16
01-12-16
19.520,00
19.520,00
1
1
30-11-16
31-12-16
Importe
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 7 de 11GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 8 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
28985199PATERSON FRANCISCO CUITDNI SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DEGESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
01-01-16
01-02-16
01-03-16
01-04-16
01-05-16
01-06-16
01-07-16
01-08-16
01-09-16
20.000,00
20.000,00
20.000,00
20.000,00
20.000,00
20.000,00
20.000,00
20.000,00
1
1
1
1
1
1
1
1
31-01-16
29-02-16
31-03-16
30-04-16
31-05-16
30-06-16
31-07-16
31-08-16
240.000,0020289851993
Importe
EXP-441234/2016
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 8 de 11
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 114
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 40/DEEATC/16 (continuación)
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 9 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DEGESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE INGRESOS
01-10-16
01-11-16
01-12-16
20.000,00
20.000,00
20.000,00
20.000,00
1
1
1
1
30-09-16
31-10-16
30-11-16
31-12-16
Importe
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 9 de 11GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 10 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
37339912REPETTO FEDERICO EDUARDO CUITDNI SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DEGESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
01-01-16
01-02-16
01-03-16
01-04-16
01-05-16
01-06-16
01-07-16
01-08-16
01-09-16
12.774,00
22.000,00
22.000,00
22.000,00
22.000,00
22.000,00
22.000,00
22.000,00
1
1
1
1
1
1
1
1
31-01-16
29-02-16
31-03-16
30-04-16
31-05-16
30-06-16
31-07-16
31-08-16
254.774,0020373399125
Importe
EXP-441234/2016
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 10 de 11
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 115
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 40/DEEATC/16 (continuación)
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
RESOLUCION ......................................
Nº : 2699
Pág. 11 de 11
Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a
Docum. Tipo Nro.
Nro.CUIT oCDI
Representado/a por: (1)
Docum. Tipo Nro.
Período Desde Hasta Descripción de la función Nro.
Cuotas Monto Total
- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DEGESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES- ASISTENTE GERENCIA OPERATIVA DE
GESTION DE GASTOS
01-10-16
01-11-16
01-12-16
22.000,00
22.000,00
22.000,00
22.000,00
1
1
1
1
30-09-16
31-10-16
30-11-16
31-12-16
Importe
SECRETARÍA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
IF-2016-05620024- -EATC
página 11 de 11
FIN DEL ANEXO
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 116
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 41/DEEATC/16
FIN DEL ANEXO
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: 541 EATC
ActuadoRepresentante Legal y Documento
PeríodoTipo-Nro/Año
Director Ejecutivo Tipo Nro.
Desde Hasta Monto Total
PAS
L3FZ7Y2T3
PAS
13BD69174
PAS
G58716943
PAS
C5HTRGWZN
PAS
F1242586 / 09AK71691
,
EX. 2016-00323453-MGEYA-DGTALEATC
FONDATION POUR L´ART DRAMATIQUE c/o THEATRE
VIDY - LAUSANNE
PERRUCHOUD DOMINIQUE CATHERINE / BAUDRILLER VINCENT NICOLAS MARIE
15/12/2015 AL 22/12/2015
PREPARACIÓN DE ENSAYOS DE ESCENA /STIFERS DINGE - LAS COSAS DE STIFER /
TEMPORADA 2016 $ 84,240.00
GLUZMAN OLIVIER10/12/2015 AL
22/12/2015
$ 700,000.00
EX. 2016-00323453-MGEYA-DGTALEATC
GOEBBELS HEINRICH MATTHIAS
-15/12/2015 AL
22/12/2015
PREPARACIÓN MUSICAL, COMPOSITOR Y DIRECTOR DE LA PUESTA /STIFTERS
DINGE/ TEMPORADA 2016 $ 71,776.00
SASHA WALTZ & GUESTSPREPARACIÓN DE ENSAYOS MUSICALES Y DE ESCENA /DIDO Y ENEAS / TEMPORADA
2016SANDIG JOCHEN CHISTIAN
EX. 2016-00323453-MGEYA-DGTALEATC
LANG LANG -15/12/2015 AL
23/12/15
PREPARACIÓN DE ENSAYOS MUSICALES /CICLO DE ABONO VERDE / TEMPORADA
2016
EX. 2016-00323453-MGEYA-DGTALEATC
LES VISITEURS DU SOIR
$ 1,695,728.00 02/12/2015 AL
23/12/2015
PREPARACIÓN DE ENSAYOS MUSICALES /PRIMA DONNA / TEMPORADA 2016
$ 683,760.00
G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S
ANEXO I
RESOLUCION .......................................................
Contratado/a Descripción de la función
EX. 2016-00323453-MGEYA-DGTALEATC
IF-2016-05963209- -EATC
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N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 117
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
1 ABREGU, FERNANDO ALEJANDRO 32.261.844
2 ABREGU,SEBASTIAN RAMON 28.950.770
3 ABUIN,VALERIA MARIA 18.671.020
4 ACARREGUI,MARIA SOLEDAD 4.769.541
5 ACHENBACH SEBASTIAN GABRIEL 30.401.283
6 ACIAR,GERARDO GUSTAVO 17.041.049
7 ACOSTA, GABRIEL MATIAS 31.559.711
8 ADAM,TEOFILO 4.080.468
9 ADANDIA, MAIA MORENA 35.594.248
10 ADAUTO, JOSE MARIA 33.860.676
11 ADIAMANIAN,GARBIS 11.386.413
12 AEPLI,VIKTOR HANS 92.729.838
13 AGUILAR ESPINOZA,EDGAR L 93.056.755
14 AGUIRRE, NORA ANDREA 22.016.551
15 AGUIRRE,GRACIELA ESTER 5.761.533
16 AGUIRRE,LINDORO RODOLFO 4.541.734
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
17 AKEL,SILVINA INES 12.290.263
18 ALARCON,JUAN RAMON 13.200.229
19 ALBERTI,GABRIELA SOLANGE 22.360.534
20 ALBINI, MARIA CLAUDIA 16.580.272
21 ALBORNOZ,RUBEN GUILLERMO 13.893.077
22 ALE,RICARDO HUGO 10.996.386
23 ALISCIONI,EMILCE 11.428.208
24 ALMADA,ALDO MARTIN 29.231.416
25 ALVAREZ, SILVINA VERONICA 27.079.060
26 ALVAREZ,MARIA AMELIA 2.473.356
27 ALVAREZ,MARIA CRISTINA 16.040.903
28 ALVENTOSA,ADRIANA PAULA 17.587.150
29 AMADO,BEATRIZ 17.142.211
30 AMBARTSOUMIAN,VAGRAN 18.825.449
31 AMERIO,IRENE MARIA 14.064.160
32 AMERISE,WALTER ANDRES 23.628.235
33 ANAPIOS,GABRIELA 16.009.509
34 ANGULEGUI,SEBASTIAN EDUARDO 26.520.285
35 ANTELO,MARCELO ALDO 16.822.951
36 ANTONINI, MARTIN OBDULIO 25.475.405
37 APICELLA,DEMIAN ESTEBAN 29.022.493
Hoja 1 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 118
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
38 ARCAJO,LUIS ALBERTO 12.791.828
39 ARCE,CLAUDIA ALEJANDRA 18.666.993
40 AREVALO,CRISTIAN ORLANDO 31.387.180
41 ARIAS SOLARI,LUCILA MARIA 18.204.752
42 ARIAS,JORGE ALFREDO 12.975.893
43 ARIGANELLO,OSCAR AMILCAR 12.088.017
44 ARMANINI,MARIA EMILIA 20.231.534
45 ARMENGOL, DIEGO SEBASTIAN 28.643.173
46 ARMENGOL,ALBERTO 7.961.347
47 ASAFF,NESTOR EDUARDO 16.791.072
48 ASTESIANO,DALMIRO 28.629.791
49 ASTOLFI,EMILIO ADRIAN 14.223.019
50 ASTUDILLO, GUILLERMO LUIS 29.848.791
51 ASTUTTI,NESTOR EUGENIO 5.140.280
52 AUFE FERRARI, NAZARETH ANTONIO 94.130.645
53 AUZA,MARTIN 16.582.635
54 AUZMENDI, MARIA 26.911.579
55 AVENDANO,ERICA LEONOR 22.517.629
56 AVILA, CAROLINA 30.974.470
57 AVILA,CARLOS FRANCISCO 12.403.890
58 AVILA,PEDRO RENE 13.720.893
59 AXT,CRISTIAN 27.000.286
60 AYUB,MARCELO RUBEN 23.067.371
61 AZZARITI,CLAUS MARTIN 25.024.485
62 AZZARITI,RICARDO JOSE 18.282.365
63 AZZINARI,ALBERTO VICENTE 13.022.880
64 AZZINARI,ANTONIO JORGE 11.334.947
65 AZZINARI,FERNANDO MARTIN 30.537.916
66 BAGATTIN,HERNAN JAVIER 23.770.856
67 BALAGNA,JORGE LORENZO 11.361.363
68 BALANESCO, PABLO GUSTAVO 18.885.454
69 BALLARATI,FABRICIO DANIEL 29.847.021
70 BALLESTEROS,IRMA CRISTINA 11.632.054
71 BARA,KRISTINE 93.756.266
72 BARBOZA,RAMONA GRACIELA 11.593.550
73 BARDON,MARIANGELES 22.965.195
74 BARILE,HECTOR CLAUDIO 13.965.355
Hoja 2 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 119
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
75 BARNA, AGUSTINA MARIEL 35.762.151
76 BARNA,PABLO MARTIN 28.963.234
77 BARONI,BEATRIZ 17.015.361
78 BARRAQUERO,CECILIA INES 24.207.174
79 BARREIRO, GERVASIO JULIAN 28.322.485
80 BARRERA,CESAR ADOLFO 14.059.662
81 BARRERA,SERGIO JAVIER 20.349.147
82 BARRESI,KARINA LAURA 16.147.018
83 BARRIENTOS, FLORENCIA 34.870.501
84 BARRIENTOS,EDUARDO JORGE 12.683.100
85 BARRIENTOS,RAUL ORLANDO 10.211.444
86 BARRILE,JUAN 13.262.438
87 BARRIOS GRAZIOZI,SYLVIA ELENA 18.831.007
88 BARRIRERO,LUCIANA 28.578.359
89 BARROSO,MYRIAM ADRIANA 20.947.693
90 BARZOLA,PATRICIA MARIELA 18.395.459
91 BASUALDO, PATRICIA HAYDEE 30.423.313
92 BATALLANOS RUIZ, JUAN PABLO 31.350.695
93 BATIPAGLIA,ANTONIO JOSE 11.257.379
94 BATTIPAGLIA, FACUNDO NICOLAS 34.739.625
95 BATTIPEDE,GABRIELA 18.109.185
96 BAUS,MARCELO CESAR 18.253.434
97 BAY,HENRY RICHARD 6.022.785
98 BAY,INGRID IVANNA 14.976.327
99 BAYSRE,MARIA ALEJANDRA 16.013.681
100 BAZAN,OSCAR ALBERTO 7.986.140
101 BECCACECI,LAURA MARCELA 18.029.192
102 BEDINI,CHRISTIAN LEONARDO 36.736.456
103 BEITIA, MARIA INES 33.257.515
104 BELDA, MARIA FERNANDA 31.531.131
105 BELLI, ADRIANA BEATRIZ 25.533.256
106 BELLINO,ADRIANA AMALIA 12.676.536
107 BELLISOMI,DAVID 16.464.923
108 BENEGAS NOELIA 31.009.988
109 BENINCASA,ADRIAN ALBERT 23.008.675
110 BENITEZ, LAURA 23.585.494
111 BENITEZ,ROSA ANA 12.702.823
Hoja 3 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 120
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
112 BENITEZ,SUSANA INES 6.478.662
113 BENTO, DIEGO ANSELMO 29.364.873
114 BERALDI,ALEJANDRO 14.769.364
115 BERGERO,JORGE ANDRES 16.684.642
116 BERNABEI,NATACHA 27.399.404
117 BERRETTA, MATIAS EMANUEL 29.319.201
118 BERRI, GUSTAVO SEBASTIAN 31.084.475
119 BESOAIN, AQUILES 31.408.566
120 BEVILACQUA,FABIAN DARIO 23.320.489
121 BIANCO, BRENDA 28.986.784
122 BIANCUZZO, JUAN MANUEL 32.760.345
123 BIANCUZZO,GUSTAVO ALEJANDRO 14.505.929
124 BILBAO, GUSTAVO FERNANDO 37.350.828
125 BILBAO,PABLO GUILLERMO 32.987.951
126 BILECKI,ALICIA CRISTINA 5.473.541
127 BISTOLETTI,GUSTAVO HERNAN 22.548.285
128 BLANCHARD, PIERRE JACQUES SAMUEL 95.177.807
129 BLANCO, MARTA BEATRIZ 10.398.365
130 BLEBEL,SABRINA 27.899.389
131 BONDAR,ESTEBAN JORGE 11.507.200
132 BONDI,GERARDO NESTOR 10.988.289
133 BORDOLINI, FLORENCIA 31.930.780
134 BORJA SALAZAR, JUAN EDUARDO JOFFRE VICENTE GIL 92.816.741
135 BORLENGHI, ENRIQUE NICOLAS 27.940.016
136 BOSIO,EDUARDO LUIS 26.258.450
137 BOTTAZZINI,CLAUDIA MARTA 17.286.167
138 BRIATICO,HERNAN 22.341.272
139 BRITO,VALERIA ALEJANDRA 27.193.330
140 BRIZZIO,GUILLERMO ALEJANDRO 5.512.105
141 BRU PESCE,BLAS MARCELO 13.474.219
142 BRUNETTI MATTION, LUANA 37.557.277
143 BRUNO VIDELA,LUCIO 20.567.110
144 BRUNO,GUSTAVO FABIAN 17.960.629
145 BRYLKA, LUCAS FEDERICO 32.478.964
146 BUONO,CIRO DANIEL 11.651.909
147 BUSTOS,ARMANDO 6.515.288
148 CABALEIRO,ANDRES DAMIAN 23.248.074
Hoja 4 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 121
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
149 CABALLERO, GUILLERMO ARIEL 30.534.487
150 CABRAL,DIEGO ALEJANDRO 20.910.892
151 CABRERA, PAMELA SABRINA 30.363.887
152 CABRERA,JORGE PABLO 28.480.431
153 CABRERA,PABLO JAVIER 17.730.160
154 CACERES VAZQUEZ,WALTER JACOBO 92.946.188
155 CACERES,PEDRO 22.746.739
156 CAIGUARA,ALBERTO 11.883.372
157 CALDELARI, JORGE RAFAEL 26.754.015
158 CALISE EZEQUIEL MARCOS 29.734.642
159 CALVO CARBALLA, MARIANA 23.375.897
160 CAMARA,VERONICA 20.568.218
161 CAMBIASSO, JOSE MATIAS NESTOR 8.442.432
162 CAMELLI, DEMIAN 30.407.862
163 CAMPANA,GRISELDA TERESITA 17.178.815
164 CAMPERO, MARIANO RAFAEL 30.450.701
165 CAMPIONI, FRANCO 36.950.497
166 CAMPO,VERONICA LORENA 26.566.081
167 CAMPOS, JUAN CARLOS 22.638.077
168 CAMPOS,ARMANDO MANUEL 8.562.147
169 CAMPS,IRIS NORA 12.076.356
170 CANDAL,DEMIAN 27.010.753
171 CANELA,DIANA CRISTINA 29.130.015
172 CANEPA,RICARDO GABRIEL 25.632.103
173 CANO MALDONADO, ALEJO JOAQUIN 36.819.113
174 CANO, VERONICA ANDREA 24.665.652
175 CAPANO,LUIS ALBERTO 14.774.735
176 CAPPIELLO,FERNANDO HORACIO 18.183.268
177 CAPUTO,SANDRA TERESA 21.957.117
178 CARDARELLI,ANTONIO 11.172.988
179 CARDARELLI,MARCO JAVIER 30.393.467
180 CARDENAS,GUILLERMO FABIAN 22.911.205
181 CARFI,AMILCAR ROBERTO 12.946.434
182 CARNUCCIO,CECILIA 17.709.424
183 CARRION, GABRIELA KARINA 26.074.614
184 CARUSO,MARIA ANGELICA 2.329.815
185 CARUZZO,FRANCO FABIAN 17.408.512
Hoja 5 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 122
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
186 CASA?AS, PATRICIA ISABEL 17.958.900
187 CASALIS, ARIEL GASTON 24.905.254
188 CASANOVA,MYRIAM ELIZABE 14.267.048
189 CASSANO,ADRIAN CLAUDIO 17.346.792
190 CASSANO,JULIA ELEONORA PAULA 16.910.640
191 CASSANO,PAULA 31.957.739
192 CASSE, LEANDRO DAVID 32.311.873
193 CASTELLANI,FERNANDO ADRIAN 22.923.388
194 CASTELLANOS, JUAN MANUEL 33.303.708
195 CASTELLI,CLAUDIO LUIS 16.749.331
196 CASTILLO ALTAMIRANO, CONSTANZA MACARENA 94.312.977
197 CASTILLO, MARIA FRANCISCA FLOR 19.023.840
198 CASTILLO,ARIEL DAVID 25.558.975
199 CASTILLO,JESUS ELVIO 10.157.231
200 CAVANNA,GERARDO BENJAMIN 12.089.535
201 CAZAS, JUAN CARLOS 20.272.591
202 CEAGLIO,MARIA GABRIELA 23.142.472
203 CECOTTI ALICIA MARIA 12.085.990
204 CENSABELLA,REINALDO EDUARDO 8.341.390
205 CENTENO,MARTIN ANIBAL 17.992.709
206 CERNIK PABLO ERNESTO 20.937.274
207 CESCUTTI, AGUSTINA 34.311.227
208 CESPEDES,CARLOS 21.792.450
209 CHACHARO, EVELINA MARICEL 27.340.779
210 CHACOMA, FERNANDO MATIAS 27.910.153
211 CHAPIRO,MATIAS EDUARDO 29.904.113
212 CHAVES SOSA, ALEJANDRO 94.256.117
213 CHIANALINO,ALICIA DEL C 13.925.207
214 CHIAPPERO,FERNANDO FEDERICO 22.961.228
215 CHUNCO, MARCOS SEBASTIAN 31.441.193
216 CHUNCO,ROBERTO LUJAN 13.354.827
217 CIANCIO,FERNANDO ANDRES 17.374.145
218 CIANI,ALFREDO ENRIQUE 13.531.477
219 CID,ADRIANA 11.702.357
220 CIRULLI,DIEGO RAUL 28.932.844
221 CITTANTI,GABRIEL EDUARDO 7.596.503
222 CLEMENTE,RODOLFO 14.431.490
Hoja 6 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 123
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
223 COCHELLA,VIVIANA BEATRIZ 16.161.605
224 COELHO,MIRIAM ESTELA 23.842.673
225 COIRADAS, DANIEL 17.978.677
226 COIRINI,ALEJANDRA PAULA 20.640.169
227 COLLADOS, JOSE FRANCISCO 28.985.235
228 COLLADOS,JUAN MARTIN 24.312.964
229 COLLIA,DANIEL ALEJANDRO 27.226.302
230 COLOM,ROBERTO EMILIO 12.315.122
231 COLOMBAROLLI,EUGENIO ARNALDO 6.031.072
232 COLOMBO,CONSTANZA BEATRIZ 27.602.130
233 CONDE, FABRIZIO GERMAN 32.530.134
234 CONDE,ARIEL ROMAN 29.250.976
235 CONDE,CHRISTIAN DAMIAN 28.232.393
236 CONDE,RUBEN DANIEL 12.425.405
237 CONS CAAMA?O,MARIA DEL CARMEN 18.126.273
238 CONTRERAS PIZARRO,MARCELO MARIANO 21.083.328
239 COPPO, FABRIZIO MARIA 95.082.918
240 CORBACHO,MARIA MARTA 4.775.465
241 CORDOBA, IVAN GUSTAVO 27.949.365
242 CORONEL,MARIA GUILLERMINA 18.199.139
243 COSATTINI,MARTA SUSANA 14.184.860
244 COSTA, MARIA FLORENCIA 28.987.082
245 COSTA,MARCELA SUSANA 22.811.194
246 COTIGNOLA, CELESTE ANDREA 31.941.118
247 COUDENHOVE, DAVID GUSTAVO 25.032.685
248 CREMONTE, MARIA DOLORES 22.471.828
249 CRESCENTE,JORGE CARLOS 18.284.224
250 CRESPO FAVIER,MARIANA 29.684.911
251 CRESPO, DANIEL MARCEL 95.147.420
252 CRINITI,PASCUAL PALMIRO 17.031.860
253 CROCE,SILVANA 24.157.449
254 CROSIO, MARIANO GABRIEL 30.557.411
255 CUADRA,MAXIMILIANO JAVIER 25.314.205
256 CUADRA,RODRIGO MARTIN 22.718.790
257 CUELLO,MARCELO ALBERTO 16.465.049
258 D?AMBROSIO, SERGIO CARLOS 22.352.500
259 DA SILVA,MARIA CLARA 93.892.356
Hoja 7 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 124
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
260 DAGNINO,ALICIA 9.169.357
261 D'ALOISIO,NICOLAS MATIAS 29.344.315
262 D'ALOISIO,VICTOR 12.589.016
263 D'AMORE,VERONICA 25.226.506
264 D'AQUINO,PABLO HERNAN 18.141.043
265 DARTIGUEPEYROU,ENRIQUE ERNESTO 8.264.006
266 D'ASTOLI,BRUNO 18.770.959
267 DE ASMUNDIS, ADRIAN 23.091.404
268 DE KEHRIG,GUIDO PABLO FRANCISCO 7.627.207
269 DE LA FUENTE,ALBERTO MAXIMILIANO 14.223.253
270 DE LA PE?A,HORACIO ERNESTO 11.097.119
271 DE LA VEGA,JORGE LUIS 13.184.434
272 DE LISIO,ALEJANDRA 17.219.720
273 DE MITRI,MARICEL SILVINA 20.010.088
274 DE PASQUALE,CARLOS ALBERTO 22.847.805
275 DE PILLA,SONIA 23.753.614
276 DE SANTIS,LUIS MATIAS 25.561.592
277 DE SIMONE,GABRIEL 11.962.176
278 DEBENEDETTI,GUIDO 14.526.275
279 DEFRANCHI, OSVALDO FEDERICO 24.827.794
280 DEHEZA, NICOLAS 33.716.381
281 DEL CASTILLO,FEDERICO HUGO 20.908.578
282 DEL GIORGIO,MARTA MONICA 13.724.399
283 DEL POZO YZA, MAIA LIS 35.243.695
284 DEL VALLE,ALICIA 3.992.775
285 DELGADO, RODRIGO MARTIN 34.517.227
286 DELVALLE MAÑOTTI,ISABEL 17.488.443
287 DEMARCHI,PATRICIA ALEJANDRA 16.599.020
288 DESPERES,MARTA IRENE 18.151.319
289 DI CHIAZZA, FRANCISCO 38.029.424
290 DI CHIAZZA, NICOLAS EDUARDO 31.507.947
291 DI DOMENICO,CLAUDIA INES 13.942.637
292 DI PALMA,FERNANDO 25.475.681
293 DI PASCUACIO, RAUL ALBERTO 28.867.838
294 DI PIETRANTONIO,ANTONIO JOSE 14.108.023
295 DI PIETRANTONIO,JUAN LORENZO 20.845.894
296 DI RENZO,RAUL MARCELO 16.046.234
Hoja 8 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 125
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
297 DI STEFANO,OSMAR JOSE LUIS 6.227.600
298 DIAZ GOMEZ NOELIA REGINA 27.938.984
299 DIAZ,ALEJANDRO CEFERINO 20.862.209
300 DIAZ,MARIA CECILIA 16.988.857
301 DIAZ,MARIA DOLORES 772.746
302 DITARELLI,ANIBAL EMILIO 13.965.304
303 DOCE,TULIA DANIELA 22.047.929
304 DOMINGO,MARIA LAURA 30.401.703
305 DOMINGUEZ ERICA ANDREA 26.753.869
306 DOMINGUEZ, JULIO DAVID 26.878.922
307 DOMINGUEZ,DANIEL ANDRES 20.425.029
308 DOMIZZI,ANALIA ESTHER 16.529.291
309 DONATI,RICARDO MARIO 12.834.550
310 DORAO,ANA MARIA 21.332.919
311 DORCHES, CARLOS 36.387.160
312 DOTTORI,SILVIA RAQUEL 16.568.284
313 DOY,ELIZABETH ALEJANDRA 20.442.047
314 DRAGUN,JAVIER PABLO 20.912.369
315 DUARTE, CRISTIAN 33.784.035
316 DUARTE, GUILLERMO FABIAN 26.523.783
317 DUARTE,CARLOS ENRIQUE 12.313.410
318 DUCA,HECTOR OMAR 11.843.643
319 DUROU, LORENA CELINA 23.416.389
320 ECHARREN,DANIEL ENRIQUE 25.669.508
321 ELGUETA, FERNANDA 22.504.531
322 ELIAS,MIGUEL ANGEL 13.414.070
323 ELIGGI,HUGO ANTONIO 12.147.568
324 ESCOBAR,CRISTIAN FERNANDO 25.879.978
325 ESOIN,MARCELA DORA 13.213.724
326 ESPECTOR, MARTA ALEJANDRA 12.600.301
327 ESQUIVEL, F 26.690.613
328 ESQUIVEL,ROMINA MARIANA 23.904.313
329 ESQUIVEL,TOMMY RONNIE 92.927.744
330 ESTANGA,DARIO SEBASTIAN 21.951.096
331 ESTELA MARÍA 29.041.590
332 ETCHEGARAY,CESAR NORBERTO 4.533.154
333 FABIANO,CARMEN ETEL 2.910.886
Hoja 9 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 126
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
334 FAILDE, VALERIA PAOLA 25.822.037
335 FAINGUERSCH, DIEGO NICOLAS 24.881.047
336 FAINGUERSCH, EZEQUIEL MARTIN 22.990.521
337 FALASCA,DANIEL JOSE LUIS 13.653.578
338 FALCONE, EMILIANO MANUEL 31.756.471
339 FALCONE, LAURA 17.129.856
340 FALCONI,GABRIEL 92.823.882
341 FANTONE,ROBERTO RAUL 8.642.045
342 FARIAS, ARIAN DAVID 35.406.019
343 FELIZIA, ADRIAN MARTIN 24.698.008
344 FERNANDEZ DIAZ, ANGELES 36.529.402
345 FERNANDEZ MONICA SUSANA 26.353.496
346 FERNANDEZ ROJAS, ELOY 34.810.438
347 FERNANDEZ, AGUSTIN ALEJANDRO 36.696.378
348 FERNANDEZ, ANABELLA 32.064.458
349 FERNANDEZ,CARLOS JOSE 12.767.012
350 FERNANDEZ,DELIA INES 10.831.773
351 FERNANDEZ,FEDERICO SERGIO 32.439.689
352 FERNANDEZ,MARGARITA TERESA 13.699.379
353 FERNANDEZ,MARIO EZEQUIEL 26.735.838
354 FERRACANI MONICA DIANA 14.013.482
355 FERRARI, PABLO HERNAN 36.073.775
356 FERREIRA, ALFREDO OSCAR 30.028.194
357 FERREIRO,PAULO SEBASTIAN 23.250.117
358 FERREIROS, JUAN IGNACIO 31.295.940
359 FERRENTINO, JUAN MANUEL 31.206.472
360 FERRERE,HORACIO ERNESTO 5.274.838
361 FERRERO,MARCELA VERONICA 22.419.903
362 FERRIGNO,FERNANDO DANIEL 18.561.229
363 FIEIRAS,FERNANDO ANTONIO 10.868.417
364 FIGUEREDO,ANDRES 92.202.902
365 FIORE VERONICA CRISTINA 25.049.585
366 FIORRUCCIO,ADRIAN ALEJANDRO 25.128.406
367 FLORES AGUIRRE, VALERIA ROMINA 30.515.219
368 FLORES OZAFRAN, FACUNDO NICOLAS 37.255.328
369 FLORES, GERARDO LUIS 33.914.982
370 FLORES, JUAN SEBASTIAN 34.417.975
Hoja 10 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 127
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
371 FLORES,CARLOS ALEJANDRO SAUL 8.667.396
372 FLORES,OSCAR OMAR 16.321.383
373 FONTANA, LEONARDO JOSE 27.304.331
374 FORNILLO,PATRICIA ELIZABETH 24.361.532
375 FORONDA,MARTIN GABRIEL 17.759.861
376 FRACCHIA CECILIA 27.024.067
377 FRADE ABAS, GERMAN SERGIO 20.319.172
378 FRANCI,PABLO VICENTE 17.623.975
379 FRANGI,SUSANA IRENE 5.795.447
380 FRETTE,CHRISTIAN ROBERTO 21.093.855
381 FRETTE,OMAR ANGEL 13.943.937
382 FUSCO,PABLO LUIS 18.558.103
383 GAETA,LUIS CARMELO 10.765.428
384 GALLELLI ESTEFANIA SOLEDAD 35.069.162
385 GALLELLI,VICENTE 14.466.728
386 GALVAN, MARIANO GABRIEL 29.133.727
387 GALVAN,JULIAN ERNESTO 22.539.911
388 GALVAN,JULIO CESAR 8.315.433
389 GAMBARTES, BEATRIZ ELVIRA 5.629.346
390 GANDARILLA, MYRIAM NOEMI 25.162.172
391 GANDINI,ALEJANDRA 26.932.437
392 GANGL,JORGE ANTONIO 20.313.555
393 GARAYCOCHEA NICOLAS ATILIO 33.811.598
394 GARCIA, MANUEL LEON 30.444.826
395 GARCIA, RODRIGO JAVIER 25.257.883
396 GARCIA,RICARDO NELSON 13.108.509
397 GARCILAZO,LUCAS 26.965.689
398 GAROFALO, ALEJANDRO ADRIAN 31.256.866
399 GARROTE,NESTOR JOSE 17.452.078
400 GASTIABURO, HERNAN 29.311.055
401 GATTI,SILVIA 13.943.981
402 GELDYMURADOV, SERDAR 94.442.500
403 GENZ, WILLIAM THOMAS 94.055.844
404 GERVINI,VICTOR HUGO RAMON 4.926.560
405 GHIORZI,MAURO 23.292.569
406 GIABBANELLI,JORGE HUGO 5.164.273
407 GIACOLETTI NADIA MARIA 31.775.655
Hoja 11 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 128
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
408 GIAI,SERGIO ADRIAN 16.298.183
409 GIANNONE, ERNESTO NICOLAS 36.458.457
410 GIARDINA, ANTONIO ANDRES 32.822.106
411 GIBERT,ENRIQUE JOSE AUG 11.643.111
412 GIL,FACUNDO NAHUEL 32.439.900
413 GIL,FRANCO RAMIRO 33.497.723
414 GIMENEZ, AMALIA 31.960.363
415 GIMENEZ, DAVID EMMANUEL 34.738.235
416 GIMENEZ, MACARENA CELESTE 37.252.729
417 GIMENEZ,RICARDO RUBEN 13.575.494
418 GIORDANO PISANO, NICOLAS MARTIN 95.178.456
419 GIOVINE,LILIAN ROSA 10.690.513
420 GIUGNO,ADRIANA CARMEN 13.000.114
421 GODOY,MARIA JOSE 23.127.786
422 GOLDZYCHER,ELIAS 14.925.407
423 GOLOB,MARIA VERA 17.663.737
424 GOMEZ ALONZO, ALEJANDRO FEDERICO 33.267.043
425 GOMEZ DE PI?A, PATRICIO 28.319.602
426 GOMEZ, ERIC HERNAN 34.522.893
427 GOMEZ, GUSTAVO JAVIER 33.116.764
428 GOMEZ,JUAN CARLOS 13.364.735
429 GONZALEZ CUETO,JUAN MARCOS 24.755.490
430 GONZALEZ LOPEZ VIVIANA ESTHER 94.213.001
431 GONZALEZ MARTIN 28.316.652
432 GONZALEZ, HERNAN ANDRES 36.827.052
433 GONZALEZ, RENE ORLANDO 29.444.773
434 GONZALEZ, ROCIO 27.181.366
435 GONZALEZ, ROMINA PAULA 28.937.977
436 GONZALEZ, VALENTINA JULIA 26.435.071
437 GONZALEZ,CARLOS EMILIO 7.869.166
438 GONZALEZ,LUCIO EDUARDO 22.733.006
439 GONZALEZ,WALTER OMAR 18.383.766
440 GONZALEZ,ZUNILDA 12.427.755
441 GOPKALO,IGOR 92.844.007
442 GORJON EMANUEL ROBERTO 29.497.036
443 GOROSITO, MARIANO JAVIER 37.341.209
444 GRANDE, MATIAS PABLO 23.479.333
Hoja 12 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 129
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
445 GREGORIAN, MARILE 30.669.164
446 GRIECO,MARIA TERESA 18.431.157
447 GRIMOLDI MARIANO 29.776.877
448 GRUN,SILVIA VANESA 22.644.100
449 GUASTELLA,FEDERICO DANIEL 17.969.425
450 GUASTELLA,JAVIER CEFERI 23.866.400
451 GUBAIDULLINA,ALFIJA 92.560.647
452 GUERRERO RENGIFO, ELIZABETH 95.216.566
453 GUEVARA CHACON, NELLY KARINA 95.096.089
454 GUIDOLIN, MARIA AGUSTINA 24.243.345
455 GUILLERMINI,JORGE LUIS 17.998.596
456 GULLACE BILECKI, EUGENIA MARINA 29.986.334
457 GUMA,NORMA ALICIA 5.946.120
458 GUZMAN,GABRIEL ALEJANDRO 23.656.070
459 HANCZYC,CLAUDIO 14.313.205
460 HARGAIN,VALERIA 21.938.821
461 HARRINGTON FRANCISCO 36.530.667
462 HERRERA, LUCIA ANALIA 33.017.106
463 HERRERO,ADRIANA NELLY 12.692.585
464 HERRERO,MARIA LUCRECIA 18.364.156
465 HERSCHEL, IRENE MARTA ESTHER 25.839.613
466 HESS,ALFREDO MARTIN 10.314.730
467 HIERTZ,BARBARA 23.060.511
468 HILDENBRAND, ESTEBAN HERNAN 27.119.245
469 HINZE,EVELINA ELIZABETH 23.549.102
470 HLAVADSKYY,VOLODYMYR 93.708.460
471 HOCHBAUM,SERGIO BRAULIO 14.882.345
472 HOMINAL, LARISA 34.360.129
473 HORTON,ROXANA EDITH 17.726.111
474 HOXTER,RUTH CARINA 17.197.531
475 HUERGA,MARTA PIEDAD 3.283.803
476 IGLESIAS, MAXIMILLIANO RODRIGO 38.009.679
477 IGLESIAS, NAHUEL LAUTARO 36.947.014
478 IHIDOYPE,EDUARDO ANDRES 14.010.850
479 INCHAUSTI JOAQUIN 34.583.701
480 INGOLOTTI,ALBERTO LUIS 16.961.160
481 ISGLEAS IVAN EZEQUIEL 34.482.190
Hoja 13 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 130
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
482 JAKUBOWICZ,CECILIA ANA 18.637.384
483 JAURENA,AMADEO HUGO 4.518.985
484 JAURENA,GUADALUPE 28.076.942
485 JOFRE, JAVIER OMAR 27.061.980
486 JOFRE,ORLANDO ERNESTO 12.270.757
487 JULIA,FERNANDO LUIS 21.552.183
488 JULIA,GUSTAVO CESAR LUIS 20.200.685
489 JURADO,RUBEN ANTONIO 18.123.365
490 KAEHLER,SILVIA BEATRIZ 4.091.688
491 KIM, HAE YON 92.586.154
492 KLINGENHAGEN,ROSA MARIA 6.139.423
493 KOVACICH,DANIEL 18.001.273
494 KYRKIRIS, LEANDRO SERGIO 27.287.598
495 KYRKIRIS, MELINA 29.952.721
496 KYRKIRIS,MARIO HECTOR 18.289.666
497 LA ROCCA,DANIEL PABLO 25.080.057
498 LA ROCCA,GABRIEL 16.906.966
499 LABRADOR,HERNAN ERNESTO 23.454.456
500 LABRADOR,JUAN CARLOS 17.366.360
501 LACUNZA,OSVALDO RUBEN 11.489.579
502 LAFICA,VICTORIO EDGARDO 14.539.850
503 LAGO, ALEJANDRO DARIO 32.765.129
504 LAGRASSA, IBARRA ALESSANDRO 39.208.760
505 LAGRASSA,HORACIO 11.179.955
506 LAINO, NORBERTO EZEQUIEL 14.495.212
507 LAMBERTI, CIRO EZEQUIEL 34.511.183
508 LANUSSE,JACINTA MARIA 10.390.817
509 LARA IERVASI,SELENE ROMINA 22.425.108
510 LARREATEGUI,ANA INES 16.940.264
511 LARROSA,ABEL CELEDONIO 4.562.404
512 LARTCHENKO,EKATERINA 93.895.601
513 LAUDIN, JUAN ABELARDO 31.110.180
514 LAVALLE, LUCAS 33.116.875
515 LAZARE,JONATHAN IVAN 32.439.891
516 LAZARE,ROBERTO DANIEL 14.585.315
517 LEDO, JUAN PABLO 28.023.783
518 LEGNAME,DARIO ANIBAL 17.103.395
Hoja 14 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 131
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
519 LEGUIZAMON,MIGUEL ANGEL 12.136.939
520 LEMOS JULIETA ALEJANDRA 35.272.921
521 LEYES,ENRIQUE 8.241.275
522 LIAND,ARIEL JULIO 24.025.010
523 LICCIARDONE,GASPAR ROQUE 7.735.514
524 LICITRA,MARIA VIRGINIA 11.895.572
525 LIGABUE, SANDRA ANABEL 29.118.229
526 LIVIO, ANSELMO HERNAN 31.438.462
527 LOBO,SILVIA MARIEL 21.113.978
528 LODOLO, MATIAS OSCAR 30.394.642
529 LOELLO,SALVADOR ALBERTO 16.101.239
530 LOJO BOCCA,JULIO ADRIAN 18.290.963
531 LOMBARDERO,MARCELO LORENZO 16.608.342
532 LOPEZ CASTRO,JUAN MANUEL 4.535.047
533 LOPEZ DE CALATAYUD,OSCAR ALBERTO 13.081.561
534 LOPEZ MARTINEZ,ALBINO 92.162.686
535 LOPEZ MASSE, ALELI DEVI 24.406.779
536 LOPEZ, ALBERTO ENRIQUE 16.718.661
537 LOPEZ, JONATHAN DAVID 33.995.967
538 LOPEZ,LEONARDO SEBASTIAN 29.824.781
539 LOPEZ,MARIA CRISTINA 16.975.526
540 LOPEZ,MARIA SILVIA 18.436.086
541 LOPEZ,PABLO ADRIAN 31.503.215
542 LOPEZ,STELLA MARIS 17.482.633
543 LORENZO,JUAN PABLO 31.656.825
544 LOZANO MARIA CELESTE 26.074.587
545 LOZANO,ARIEL OSCAR 30.664.470
546 LUCCHESI,ROSANA DANIELA 16.912.040
547 LUDUE?A,EDUARDO SEBASTI 22.564.554
548 LUNA,ALBERTO ISMAEL 12.673.852
549 MAC HNIGHT, MARIA BELEN 34.137.786
550 MACHUCA,FABIO DANIEL 17.321.573
551 MAGAN,MARIA ROSA 11.774.782
552 MAGIN,MARCELA EUGENIA ADRIANA 5.172.362
553 MAIDANA TORRES, LEANDRO ARIEL 32.742.602
554 MAIDANA,DARIO ALBERTO 14.618.517
555 MALDONADO DE MATO, MONSERRAT 94.639.937
Hoja 15 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 132
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
556 MALDONADO,CRISTIAN ANDRES 24.476.693
557 MALGA,HERMINDO JORGE 14.515.596
558 MALVINO, MARIA ALEJANDRA 14.611.630
559 MANDINO, LUCAS SAUL 32.005.279
560 MANZITTI,JULIA INES 702.514
561 MARICONDA,GUILLERMO HORACIO 12.153.470
562 MARMOL,RUBEN DARIO 13.002.700
563 MARTINELLI,CRISTIAN RENE 26.781.429
564 MARTINEZ, CESAR EMANUEL 35.363.692
565 MARTINEZ, JOSE DAVID 33.101.585
566 MARTINEZ, NICOLAS EZQUIEL 37.939.805
567 MARTINEZ, VICTOR NAHUEL 25.696.640
568 MARTINEZ,MIGUEL FABIAN 16.562.858
569 MASCI,SEBASTIAN 21.644.147
570 MASCIANDARO,FRANCISCO PABLO 10.650.036
571 MASTRANGO,HORACIO ATILIO 6.496.743
572 MATIENZO,MARIA LAURA 23.374.763
573 MAUTNER, VANESA 22.913.998
574 MAVROV,MARTCHO NIKOLOV 93.647.261
575 MAXIMO,CESAR FABIAN 14.265.733
576 MAZZITELLI,FABIO VICENTE 14.680.292
577 MEDEROS, MARIANA LIS 26.165.375
578 MEDINA,CLAUDIO LEONARD 20.188.363
579 MEDINA,GRACIA VIVIANA 92.029.608
580 MEIJIDE, MARIANA 26.168.094
581 MELICCHIO,LUIS GONZALO 25.559.631
582 MENDES,PABLO 26.488.588
583 MENDOZA, ARIEL NICOLAS 34.198.830
584 MENGEL, MARGARETE 18.903.958
585 MENGEL, WERNER 33.106.395
586 MENGELLE,MARIA CECILIA 11.988.510
587 MENIN CELA, MAXIMILIANO LEONEL 36.440.529
588 MENOSSI, JOSE DANIEL 27.905.679
589 MERELES GUERRERO, DAMIAN 38.325.348
590 MERELES SOSA,MARIA SANTA 18.813.698
591 MERENZON,ANDREA 16.672.920
592 MIHALICH,EMILIANO RONAN 26.405.639
Hoja 16 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 133
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
593 MODZELEWSKI DROBNI,ROMAN 94.003.141
594 MOGNI,ENRIQUE DAVID 14.951.060
595 MOLINA,NORMA CRISTINA 11.703.538
596 MOLITERNO RUIZ, MARTIN 32.355.633
597 MOLO,MARCOS ANGEL 5.179.466
598 MONASTEROLO,CRISTINA VIVIAN 12.662.047
599 MONCAGATTI,JORGE DANIEL 8.319.497
600 MONTAGNA,VALERIA CECILIA 18.263.602
601 MONTESANTI,SERGIO FABIAN 22.151.403
602 MONTICELLO, JUAN IGNACIO 35.270.402
603 MONZANI, MARCELO ANDRES 24.336.821
604 MONZANI,JUAN CARLOS 17.725.471
605 MORA,MARCELO EDUARDO 10.814.913
606 MORABITO,CHRISTIAN JAVIER 22.798.797
607 MORBELLI ANDREA MARIANA 24.911.773
608 MORELLI,CARLOS ERNESTO 24.030.218
609 MORELLI,FERNANDO 4.266.879
610 MORERA,ENRIQUE 10.141.177
611 MOYANO,SUSANA ELENA 12.116.141
612 MU?OZ, MARIA CECILIA 29.747.264
613 MURANO,SILVIO LEONARDO 17.781.560
614 MURTAGH,GRACIELA ELENA 10.892.030
615 MUZYCA,NADIA SOLEDAD 28.170.721
616 NALLI,ADRIAN 17.701.966
617 NATALIZIO AZZINARI, MIGUEL ANGEL 32.823.956
618 NAZER RAMIRO 36.785.839
619 NEGRI,JORGE LUIS 14.618.331
620 NEME,PATRICIA EUGENIA 10.791.667
621 NESTI, HUMBERTO 17.697.164
622 NEUMANN,RAUL 4.393.540
623 NICOLAS, SEBASTIAN ADRIAN 23.205.305
624 NIEDDU,CARMEN 13.465.932
625 NOBILE,NUNCIO DANIEL 14.774.412
626 NONIS, FACUNDO EZEQUIEL 32.531.567
627 NOVARA, VERONICA EUGENIA 23.194.568
628 NOZZI,CARLOS ALBERTO 8.617.431
629 NU?EZ, SANDRA EDITH 22.590.760
Hoja 17 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 134
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
630 NU?EZ,RAMON ANTONIO 18.457.652
631 OCAMPO,SANTIAGO 11.907.147
632 OCHOA,OSCAR RICARDO 7.639.849
633 OJEDA, FABIO LEANDRO 40.481.195
634 OLCESE,GABRIELA 17.540.057
635 OLIVA,VICTOR DANIEL 17.371.339
636 OLMEDO,KARINA VANESA 21.851.224
637 ORTIZ CARDENAS, ELIAN NELSON 94.615.276
638 ORTIZ, OSCAR OMAR 28.564.371
639 OTASO, LUCIA ANTONELLA 38.370.776
640 OVANDO GOMEZ, LIBORIO 18.861.954
641 OVIEDO, MELINA LEONELA 35.392.192
642 OVIEDO,FRANCISCO 22.006.213
643 PACHILLA,GERARDO JAVIER 12.345.074
644 PADELLA,LUCIANO SANTIAGO 27.508.571
645 PADILLA,MARCOS RAUL 16.252.242
646 PAEZ,EDITH SANDRA 18.199.140
647 PALACIOS,JULIO CESAR 8.347.126
648 PALAFOX,MARIA EUGENIA 22.171.865
649 PALAVECINO,MARTIN FEDERICO 25.809.571
650 PALLARES,GRACIELA MONICA 12.668.266
651 PALLARES,RAUL ALBERTO 7.745.623
652 PALLERO, AGUSTINA 35.729.894
653 PANDOLFI,MARIA EMILIA 13.276.853
654 PANE, SEBASTIAN ANGEL 34.654.088
655 PANISSE DEL VISO, JOAQUIN 33.799.153
656 PANKAEVA, GLORIA 93.779.804
657 PANTANO, LUIS ALFREDO 37.541.270
658 PAREDES KREFFT, JAVIERA 94.521.256
659 PARENTE,ALEJANDRO GUSTAVO 22.657.684
660 PARPAGNOLI,MAXIMO 12.148.118
661 PASCAL, MATIAS 39.001.429
662 PASCAL,LEANDRO DAMIAN 23.256.542
663 PATANE LEANDRO GUIDO 36.501.460
664 PAVON,CINTIA AMANCAY 30.131.586
665 PAZ NILDA 34.305.559
666 PAZ,MARIO MARCELO 24.119.048
Hoja 18 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 135
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
667 PE?A MARTIN,CARMEN 12.824.417
668 PE?A,GUSTAVO CARLOS RODOL 25.736.239
669 PELAYO PORRECA,NATALIA 31.491.452
670 PELLEGRINO,CARMEN BEATRIZ 6.558.009
671 PELUSO ARGIBAY,MARTA HAYDEE 10.625.029
672 PEPE SAMANTA ANASTASIA 29.067.728
673 PERALTA MARIA FERNANDA 34.049.433
674 PEREDO AGUIRRE, EMILIA HAYDEE 39.315.872
675 PEREGRINO,CHRISTIAN JORGE 22.539.625
676 PEREIRO,LUIS MANUEL 20.350.944
677 PERELMAN, LUCAS FABIAN 32.524.748
678 PERESSINI,HERMES JULIO 12.477.488
679 PEREYRA SABATO,CLAUDIA CELINA 16.895.275
680 PEREZ ALEJOS,FACUNDO J 32.173.728
681 PEREZ ALZUETA,AMALIA 33.192.544
682 PEREZ LASCANO,FLORENCIA 26.416.381
683 PEREZ, JOAQUIN ENRIQUE 34.128.633
684 PEREZ, RAMIRO 31.953.750
685 PEREZ,CARLOS ALBERTO 11.959.764
686 PEREZ,HECTOR OSCAR 10.777.259
687 PEREZ,MARTA E 14.384.733
688 PEREZ,ROSANA BEATRIZ 24.679.751
689 PEREZ,WALTER ALEJANDRO 25.718.326
690 PERI, EMANUEL FERNANDO OSCAR 35.275.332
691 PERILLO,SILVINA MABEL 20.430.070
692 PERIN,HILDA VIRGINIA 6.654.466
693 PERLMUTER,ELIAS ISRAEL 92.536.353
694 PERRETTA HERRERA,WALTER ALFREDO 18.072.372
695 PERRONE,ALBERTO CARLOS 23.881.457
696 PERUGGINI, PEREZ ANAHI 36.588.862
697 PETRONI,DORIS BEATRIZ 4.296.294
698 PHILIBERT,MONICA MARIA 13.653.888
699 PI?ERO,MONICA SANDRA 16.494.043
700 PIAZZA,JOSE ESTEBAN 8.271.585
701 PICONE, EDUVIGES 14.111.272
702 PIETRAPERTOSA,FERNANDO M 31.251.795
703 PISHENIN,OLEG 18.816.431
Hoja 19 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 136
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
704 POLIZZI,SERGIO GERARDO 8.425.771
705 POLVERINI,LAURA ISABEL 24.272.369
706 PONCE, MAURO NICOLAS 26.949.821
707 PONZONE,JORGE PEDRO 16.533.952
708 POWER,KATHRYN LOUISE 92.652.946
709 PRADO,AMADO GEORGINA 20.728.315
710 PRANZETTI, ANDREA 31.453.587
711 PRENTKI,ESTEBAN 92.615.757
712 PRIETO, FERMIN MANUEL 25.259.042
713 PROPATO,ROSA 13.340.711
714 PROZZI, NAHUEL LEANDRO 31.504.098
715 PULZOVAN,PEDRO 22.276.037
716 QUIJANO,ARACELI EDIT 11.138.020
717 QUIJANO,ZULEMA 3.995.342
718 QUIROGA, MANUEL 38.292.894
719 RABUFFETTI, LUCIA MARTINA 35.560.978
720 RABUFFETTI,JORGE LUIS 14.033.010
721 RACCA ANABEL BELEN 28.734.711
722 RACZKOWSKI,JUAN JOSE 24.203.968
723 RAGO,MARCELO ENRIQUE 17.802.540
724 RAMIREZ CACERES, JORGE LUIS 94.533.306
725 RAMIREZ, SILVIA LORENA 26.338.090
726 RAMIREZ,HECTOR FAUSTINO 10.611.061
727 RAMOS,CLAUDIO HORACIO 14.400.022
728 RANDAZZO,ANGEL OMAR 21.851.412
729 RANIERI,DANTE GUILLERMO 4.316.475
730 REALE,LEONARDO GASTON 24.406.702
731 REALE,SERGIO HECTOR 22.767.577
732 RENAULT GABRIEL LUIS 12.033.945
733 RETAMAR, SANDRA GRISELDA 23.485.944
734 REY,MARIANO 22.626.049
735 REYNOSO,ARIEL OSVALDO 17.825.513
736 REYNOSO,HUGO RAMON 14.070.379
737 RICCA BALDI,FERNANDO LEONEL 92.098.705
738 RIDOLFI,HUMBERTO ANGEL 18.125.525
739 RIDOLFI,ROSA CARMEN 16.161.942
740 RINALDI,MAURICIO ROMULO AUGUSTO 16.583.038
Hoja 20 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 137
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
741 RINGER,JUAN 5.184.043
742 RIOS, NATALIO LUIS 30.073.702
743 RIOS,FERNANDO ADRIAN 17.172.665
744 RISSO,DAMIAN ELISEO 32.382.630
745 RIVARA,SANTIAGO ANGEL 10.566.447
746 RIVAS,STELLA MARIS 5.142.930
747 RIVERO,ANTONIO REYNALDO 11.356.347
748 ROBALDO, GABRIEL ERNESTO 31.606.448
749 ROBIN,NADIA 22.134.357
750 ROBINSON, LIDICE JASMINA 94.123.735
751 ROCCHIO,DOMINGO ANTONIO 17.833.518
752 ROCCO, MARIA LUZ 27.320.031
753 ROCCO,LUIS JUAN BAUTISTA 8.485.235
754 RODA,DANIEL 11.477.658
755 RODIO, FABIAN LEONARDO 31.464.259
756 RODRIGUEZ ARGUIBEL, EDUARDO 8.341.297
757 RODRIGUEZ BARRESI, PAULA MERCEDES 92.844.600
758 RODRIGUEZ BOTTI, FLORENCIA 16.574.677
759 RODRIGUEZ ECHENIQUE, MANUELA 38.808.153
760 RODRIGUEZ, MARIA CECILIA 20.023.126
761 RODRIGUEZ, ROCIO 33.607.666
762 RODRIGUEZ,ALEJANDRO JAVIER 25.785.403
763 RODRIGUEZ,ANA ROSA 21.738.606
764 RODRIGUEZ,MARCELA ANDREA 21.645.484
765 RODRIGUEZ,SABRINA MARIEL 23.770.613
766 ROGNER,HORACIO ALBERTO 4.293.100
767 ROJAS CORIA FEDERICO JAVIER 34.240.100
768 ROJAS,MIRTA CONCEPCION 23.885.133
769 ROJAS,OSVALDO DANTE 11.602.792
770 ROMANO PAZ,CARLOS AUGUSTO 21.541.005
771 ROMERO, GABRIEL ALEJANDRO 37.304.817
772 ROMERO, GASTON NICOLAS 33.991.540
773 ROMERO,DANIEL 14.120.017
774 ROMERO,HUGO ORLANDO 23.266.452
775 ROSIANO, ELIZABETH ESTHER 22.981.771
776 ROSON, RODOLFO OMAR 16.793.175
777 ROSSETTI,RAQUEL ANGELICA 11.038.174
Hoja 21 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 138
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
778 ROSSI,NICOLAS MARTIN 30.183.547
779 ROTELA ALEM, NORBERTO CLAUDIO PASCUAL 18.243.097
780 ROUCO,SILVINA 17.824.697
781 RUANOVA,ANA LUCIA 5.626.444
782 RUDMINSKY GERMAN 29.298.394
783 RUIZ SCHULZE,MARCELO EDUARDO 10.200.583
784 RUIZ, DAIANA PAOLA 34.753.507
785 RUIZ, MARTIN 34.037.204
786 RUIZ, MAXIMILIANO ALBERTO 31.888.538
787 RUIZ,GUSTAVO DAMIAN 23.799.428
788 RUSSO,CECILIA VIOLETA 14.962.662
789 RUTKAUSKAS IVAN CRISTIAN 34.521.401
790 RUTKAUSKAS, AMARILIS BETINA 31.856.261
791 RYLISKIS,EDUARDO MARIANO 18.036.675
792 SABINO,MARIA DEL CARMEN 11.280.258
793 SAITTA, SANTIAGO DANIEL 27.923.549
794 SALADINO,STELLA MARIS 12.070.126
795 SALGADO GUILLERMO ADOLFO 20.450.279
796 SALVETTI,GASTON CLAUDIO 23.844.635
797 SALVETTI,PABLO ARIEL 27.089.711
798 SALVIOLI, IVAN 31.252.764
799 SAMANIEGO VALDEZ, REINALDO ALCIDES 94.462.201
800 SAMBUCETTI, PABLO JEREMIAS 37.009.993
801 SAMBUCETTI,PABLO IGNACIO 18.110.730
802 SAMPEDRO,CARLOS ARIEL 11.157.699
803 SANCHEZ ARTEAGA,HERNAN NORBERTO 23.952.544
804 SANCHEZ DIAZ,CORINA INES 14.886.427
805 SANCHEZ, AYELEN VANESA 34.386.033
806 SANCHEZ,SILVINA MARCELA 20.618.441
807 SANDOVAL,ANIBAL RICARDO 13.702.954
808 SANDRINI,JORGE DANIEL 12.280.194
809 SANGUINETTI, RICARDO 35.646.136
810 SANGUINETTI,RICARDO JOSE 18.206.828
811 SANGUINO,CARLOS ALBERTO 4.414.986
812 SANTA CRUZ,HUGO MARCELO 17.753.293
813 SANTOS,RICARDO MATIAS 29.694.330
814 SARACENO,NATALIA 25.097.399
Hoja 22 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 139
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
815 SARAVI,PABLO ALEJANDRO 14.783.157
816 SAULQUIN,MARIA MERCEDES 24.616.684
817 SAVA,LUIS ARIEL 23.372.692
818 SCAFIDI,JUAN PABLO 20.796.177
819 SCARAMELLINI, JULIETA ELIZABETH 29.129.964
820 SCHNEEBELI, FEDERICO EZEQUIEL 30.198.506
821 SCHNEEBELI,ENRIQUE VICTORIO 28.283.216
822 SEIBERT,HAYDEE IRENE 5.300.196
823 SELVA, JUAN BAUTISTA 35.714.883
824 SENA,EDMUNDO 13.644.140
825 SERRANO,JOSE LUIS 10.116.292
826 SEVILLA SERRANO,MARIO 11.369.285
827 SHISHMONINA,NATALIA 18.815.769
828 SIGAUD, DANIELA 32.340.527
829 SILIPO, NATALIA NOEMI 23.472.927
830 SILVA, CARLOS ESTEBAN 33.001.253
831 SILVERA, GONZALO LUIS 31.107.942
832 SILVERO ANGELES YANINA 37.431.892
833 SLABY,MARIANO 29.751.923
834 SMIGUEL ALLO, CLAUDIA GRACIELA 17.031.228
835 SNEIDER,SILVIA GUILLERMINA 10.353.166
836 SOCASTRO,DANIEL 16.262.164
837 SOLARI CAROLA 32.996.369
838 SOLOMON, SARAH GOLDIE 94.913.035
839 SOLOMONOFF,MARIO 4.359.622
840 SOPCZAK,IRENE 6.036.108
841 SOSA GUERRERO,ANALIA ZUNILDA 22.269.860
842 SOSA CRISTIAN EMANUEL 29.027.970
843 SOSA, LEANDRO 29.307.514
844 SOSA,MARCELA ALEJANDRA 18.201.227
845 SOSA,NESTOR ELEUTERIO 4.256.013
846 SPERTI, MIRIAM MABEL 11.848.263
847 STAMPONE,MIRTA 16.463.372
848 STAUBER,GERTRUDIS 12.089.149
849 STIGLICH,GUILLERMO EDUARDO 16.553.004
850 STORANI,CARLOS ENRIQUE 8.503.827
851 SUAREZ, CARLOS EMILIANO 36.484.867
Hoja 23 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 140
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
852 SUAREZ,CARLOS ALBERTO 10.088.003
853 SUAREZ,EDGARDO DANIEL 29.018.759
854 SUAREZ,ELVIO JULIO 5.798.426
855 SUAREZ,ENRIQUE EDUARDO 14.515.401
856 SUAREZ,JUAN CARLOS 28.497.646
857 SUAREZ,LEANDRO SAUL 32.770.721
858 SUAREZ,NIDIA GRACIELA 13.660.101
859 SUELDO,ARMANDO ALEJANDRO 18.423.206
860 SUMMA,JUAN 17.333.121
861 SZILAGYI, PATRICIA MARIANA 32.692.253
862 SZLESZYNSKI,DELIA NOEMI 22.302.099
863 SZURPIK,OLGA 12.439.030
864 TABBUSH,NICOLAS 24.128.918
865 TABOADA, FEDERICO MANUEL 36.946.335
866 TAGLIANI GERMAN OSCAR 34.400.345
867 TAGLIAVINI,HUGO EDUARDO 12.975.811
868 TALADRIZ,GABRIEL ERNESTO 23.511.151
869 TAPIA FERNANDEZ, CRISTIAN ERNESTO 24.498.943
870 TARANTO, LEANDRO DAVID 33.272.029
871 TARRAGONA, NICOLAS 28.232.607
872 TARRAGONA,RAUL LINO 12.058.831
873 TARRAGONA,SEBASTIAN 27.087.775
874 TARSITANO,LIVIA MARIA 8.349.156
875 TAURIELLO,ANA ISABEL 13.914.039
876 TAURIELLO,LUIS ANTONIO 11.120.157
877 TAVELLA, ROCIO 31.697.398
878 TAVELLA,DANIEL ALEJANDRO 14.171.645
879 TCHICOUREL,MATIAS 24.496.659
880 TEDESCO,NESTOR OMAR 13.131.253
881 TEJADA ARCE,GUILLERMO 14.012.885
882 TEJEDOR, DIEGO MANUEL 26.658.331
883 TERRIZZANO,MANUEL DANIEL 4.143.582
884 TESTA,RODRIGO MATIAS 23.995.193
885 TETELBAUM,DANIEL LEONARDO 13.146.128
886 TOBAR,VANESA PAULA 26.632.356
887 TODOROV, STANIMIR PENTCHEV 94.503.193
888 TOLOSA,LEANDRO ARIEL 26.478.357
Hoja 24 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 141
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
889 TONAZZI,MARIA SARA 14.188.097
890 TONELLI,MARIA CRISTINA 22.293.200
891 TORRES,CELINA ANGELICA 16.054.657
892 TOTTO,ALEJANDRO TULIO 10.258.368
893 TRABALON,EDGARDO JULIO 24.855.992
894 TRENTUNO, JUAN CRUZ 31.252.161
895 TRIMARCO,ENRIQUE ANTONIO 8.208.680
896 TRIPOLI,JUAN CARLOS 16.747.941
897 TROISI,MARIA EUGENIA 25.386.200
898 TRUFERO,DANIEL HORACIO 18.361.834
899 TRUPIA Y RODRIGUEZ, JUAN SALVADOR 92.442.780
900 TRUYOL,SEBASTIAN MAXIMILIANO 22.367.019
901 UGARTAMENDIA,JORGE LUIS 4.434.637
902 URRASPURO,OMAR HORACIO 17.802.054
903 VACAS, GABRIEL 31.010.651
904 VACCARELLI,SILVINA LORENA 22.001.351
905 VALANSI,ADRIAN ENRIQUE 11.632.294
906 VALERGA,CLAUDIA LUZ 16.557.708
907 VALLE,ROXANA ZULMA 21.645.239
908 VALLONE HEYL VON N,IGOR MARIA ALEJAND 31.877.300
909 VAN AKEN MARIA LUCIA 35.855.383
910 VAN AKEN MARIA TERESA 38.254.050
911 VARADY,ALEJANDRO FRANCISCO 16.492.115
912 VARELA MONTERO, FREDDY ANTONIO 94.470.932
913 VARELA,CECILIA BEATRIZ 92.758.509
914 VARGAS ODRIOZOLA,JORGE MARTIN 92.383.537
915 VAZQUEZ MARIA GISELA 23.303.564
916 VAZQUEZ, OSVALDO 4.386.766
917 VAZQUEZ,DIEGO HERNAN 25.784.956
918 VAZQUEZ,MARIELA VANESA 23.222.505
919 VEBER,MAURICIO LEON 12.082.216
920 VEGA,CARLOS ALBERTO 12.659.394
921 VEGA,CLAUDIA MARIANA 18.055.561
922 VELAZQUEZ PANADAM, JIVA JOSE 95.319.865
923 VELAZQUEZ, CINTIA DE BELEN 25.118.584
924 VELIZ,HUGO ARIEL 24.119.030
925 VERGARA,CUSTODIO ARTURO 92.309.822
Hoja 25 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 142
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
926 VERON, LEANDRO 32.754.727
927 VERSINI,LETICIA RAQUEL LILIANA 4.208.927
928 VIDAL,NORA LILIANA 14.413.392
929 VIDAURRE, MATIAS ALEJANDRO 27.798.645
930 VIDAURRE,HECTOR FABIAN 29.734.532
931 VIDAURRE,RODOLFO 11.455.732
932 VILLAFA?E,ELBIO MATIAS 23.510.249
933 VILLAGRA CLAUDIA JESICA 25.978.916
934 VILLALBA,BLANCA AZUCENA 11.367.147
935 VINCELLI,CARLA VANINA 27.086.496
936 VIOLA, PABLO SEBASTIAN 31.935.443
937 VISSER,DANIEL GUILLERMO 22.964.007
938 VITALE,ALEJANDRA IRENE 16.253.226
939 VIZCAINO,SEBASTIAN 27.738.224
940 WAISMAN,ALICIA EDITH 11.500.611
941 WAISSE,ELIZABETH 16.496.819
942 WAJNERMAN,ALEJANDRO LEONARDO 11.985.802
943 WONG, MO SHUN MICHELLE 95.200.652
944 WYSS,GERARDO FRANCISCO 32.049.520
945 YAZI,CLAUDIA ELENA ALEJANDRA 20.863.087
946 YEDRO, FELIX NICOLAS 27.288.704
947 YOLDI,HECTOR DANIEL 12.084.475
948 YZA,MARIA GRACIANA 10.705.593
949 ZABEO, ROMINA 33.782.366
950 ZAIONZ,ANA LIA MONICA 5.788.251
951 ZALAZAR,ALEJANDRA BEATRIZ 17.739.570
952 ZAMBARBIERI, LUCIANA GIMENA 35.370.886
953 ZAMBARBIERI,JUAN CARLOS 11.041.383
954 ZAPATA, LUCIA 30.180.469
955 ZAPPALA, ROSANA MIRIAM 23.590.138
956 ZARTMANN,PABLO LUCIANO 25.557.342
957 ZARZA,PRIMITIVA ZORAIDA 18.541.318
958 ZARZA,ROBERTO JAVIER 24.128.434
959 ZECCA,EDGARDO GASTON 11.634.316
960 ZIGER,ANA EVELINA 1.826.369
961 ZOPPI,JULIO SEBASTIAN 25.430.446
962 ZOZOULIA, ROZITA 93.634.223
Hoja 26 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 143
Nº APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº FIRMA VOTANTE FIRMA PRESIDENTE
Ente Autárquico Teatro Colón
Padrón Electoral Comicios 29/03/2016
963 ZULLO,DOMINGO 4.172.175
Hoja 27 de 27
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 48/DEEATC/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 144
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 10/DGTALPG/16
FIN DEL ANEXO
ANEXO I
INFORME GENERAL REINTEGRO DE GASTOS A MANDATARIOS RES 832 PG 2003 Y 180 PG 2006 DIC15
SEC N° ENTE MANDATARIO CUENTA CUIT TOTAL
3 25422 ARIAS TOMASA 12338/1 CC 27-10728090-7 795.004 94145 ZUPICICH FEDERICO CARLOS 22789/2 A 20-25888308-0 2,195.005 66416 DI NUZZO OLGA IRENE 19148/1 A 27-12447290-9 3,224.0010 43756 PEREZ AQUINO ALEJANDRO 21361/5 A 20-13120960-7 1,400.0011 80398 PINTO HORACIO SEGUNDO 20821/3 A 20-23327336- 9 560.0012 1920 VILLAGRA BELLO ALICIA NELIDA 11821/7 CC 27-11735106-3 170.0013 2441 DAMONTE RICARDO 12343/5 CC 20-08533913-4 3,421.0014 2442 EXENI ROYO OMAR ALEJANDRO 11945/6 A 20-14768744-4 8,596.0018 9488 TUSTANOSKI BEATRIZ NOEMI 14983/1 A 27-18089010-1 12,730.4525 2450 INZAGHI LEOPOLDO CESAR 2086/6 CC 20-04602177-1 2,990.0026 22329 RUIZ DANIEL OSVALDO 140955/4 A 20-13513715-5 2,985.0027 8863 BAGNAT JUAN CARLOS 15501/4 A 20-08464770-6 2,655.0030 14234 MORELLI FRANCISCO MARIO 13636/7 A 20-10492934-7 2,535.0033 75765 JANIN GABRIELA SARA 20008/0 A 27-17761953-7 965.0038 2479 PEREZ TABOADA MANUEL ANTONIO 12337/4 CC 20-04514417-9 630.0040 25440 MARTIN RAUL ENRIQUE 11941/8 A 20-12001249-6 7,246.3043 82636 BERTOLOTTO MARIEL NELLY 21350/9 A 27-12824466-8 5,388.5049 59330 CIEZA ARIEL ALBERTO 20714/2 A 20-23002775-8 1,140.0050 86847 CARERI LUIS 22312/8 A 20-13088772-5 7,451.0055 2499 VUOTTO DE BIANCHI BEATRIZ R. 10518/7 A 27-04455400-9 11,385.0056 80631 BLEJER FEDERICO 20687/3 A 20-21155332-5 2,760.0057 2466 TAPIA CARLOS DANIEL 10414/6 A 20-13184605-4 1,740.0058 2467 SPADA SUSANA ALICIA 11955/5 A 27-04787842-5 3,100.0060 8721 ARUJ JUDITH FLORA 15228/2 A 23-17660465-4 4,109.0061 2468 RAMALLO ALBERTO GUSTAVO 11942/5 A 20-10424764-5 1,225.0062 82630 ARIAS VENTURA CARMEN 21344/8 A 27-17932221-3 5,544.0063 2480 DATES LUIS ENRIQUE 11960/9 A 20-11355524-7 4,932.0064 2481 SECO MARIA ALEJANDRA 12388/6 CC 27-20070807-0 1,985.0065 178100 GABOR KARINA 38126/2 A 27-17820156-0 420.0066 117187 CASAS SILVIA ADRIANA 25968/6 A 27-17630989-5 3,192.0068 80391 LLERENA FELIPE RODOLFO 20978/0 A 20-08586126-4 1,680.0070 50745 LEYES LAZARO MIGUEL 17754/8 A 20-23093503-4 1,560.0071 80629 RAVAGNAN LUIS ALBERTO 20014/1 A 20-13995324-0 5,675.0074 23584 SUAYA EMILIANO ALBERTO 22719/9 A 20-23782888-8 7,410.0076 80392 SANDIANES ANALIA 20927/8 A 27-18093671-3 1,710.0085 21405 MOVSICHOFF BERNARDO ANDRES 801727/1 A 20-05222111-1 3,112.0088 21275 ILLIA LEANDRO HIPOLITO 10402/3 A 20-04554019-8 1,875.0091 13311 VIGO MARCELA ROSA 22901/0 A 27-20230528-3 935.0093 25441 CANDIOTI RAUL HORACIO 12391/6 CC 24-04360200-0 6,910.0095 9489 VALERA CECILIA LAURA 14984/8 A 27-06394011-4 3,176.0098 96311 RAMPERTI JULIETA GISELA 23018/2 A 27-22970748-0 1,359.00102 80409 MORAN MAESTRE PATRICIA GABRIELA 21534/5 A 27-18633477-4 1,840.00103 90246 LOCCISANO MARIA CECILIA 22572/8 A 27-22954305-4 1,777.50106 95197 GIUSTI SANDRA PATRICIA 22739/7 A 27-13102656-6 1,210.00112 100325 CAGNI FAZZIO JUAN MARTIN 24113/1 A 20-18778122-2 3,140.00113 106211 MIHANOVICH MARIA GABRIELA 23264/5 A 27-21495969-6 555.00116 102652 PASTORE ROMINA MARTA 24328/1 A 23-26382643-4 840.00125 2476 CARBIA SUSANA PILAR 10310/5 A 27-12676295-5 1,590.00
153,823.75
DI-2016-03160206- -DGTALPG
página 1 de 1
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 145
ANEXO - EO 190
,
. -"
I GOBIERNO DE LA CIUDAD i ""05 FISCALES CONTRIBUYE~'rt;. KANG HYUNG SOOK
DE BUENOS AIRES ,.0/2015 . . .'. __ r_ .. -.' . _ . -- - -- I
~~-O/RECCION GENERAL DE RENTAS
INSCRIPCION N" DOMICILIO: DR JUAN FELIPE ARANGUREN 3016 CASA
DIFERENCIAS DE VERIFICACION 1219433-06
G.C.B.A.I PERIODOS FISCALES. .
AÑO FISCAL: ; 201 O
RUBROS- AN AlIZADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
, DECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
dic-10 Confección de prendas de vestir 58.475,75 58.475,79 0,00% 3,00% 0,00 1.754,27
Venta Dor menor de prendas de vestir 111,57 111,57 3,00% 3,00% 3,35 3,35
Subtotal 58.587,32 58.587,36 3,35 1.757,62 1.754,27
-c-
TOTALES 58.587,32 58.587,36 3,35 1.757,62 1.754,27
AÑO.FISCAL: 2011
RUBROS ANALIZADOSMONTOIMPONIBLE ALlCUOTA(%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARDO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
ene-11 Confección de prendas de vestir 25.309,11 25.309,11 0,00% 3,00% 0,00 759,27
Venta por menor de mendas de vestir 289,26 289,26 3,00% 3,00% 8,68 8,68.
Subtotal 25.598,37 25.598,37 8,68 767,95 759,27
feb-11 Confección de prendas de vestir 3.973,11 3.973,12 0,00% 3,00% 0,00 119,19
Venta Dar menor de prendas de vestir . 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 3.973,11 3.973,12 0,00 119,19 119,19
TOTALES 29.571,48 29.571,49 8;68 887,14 878,47
----- \
AÑO FISCAL: 2011 -RUBROS ANALIZADOS
MONTO IMPONIBLE ALICUOTA (%) VERlflCACION DEL IMPUESTO
DF_ClARADO AJUSTADO DECLARAOO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
mar-11 Confección de Drendas de vestir 40.760,02 40.760,03 0,00% 3,00% 0,00 1.222,80
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 40.760,02 40.760,03 0,00 1.222,80 1.222,80
abr-11 Confección de orendas de vestir 46.042,60 46.042,60 0,00% 3,00% 0,00 1.381,28
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 46,042,60 46,042,60 0,00 1.381,28 1.381,28
TOTALES 86,802,62 86,802,63 0,00 2.604,08 2,604,08
AÑO FISCAL: 2011
RUBROS ANALIZADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARDO IAJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
mav-11 Confección de prendas de vestir 61.124,36 61.124,37 0,00% 3,00% 0,00 1.833,73
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00- - - ..
Subtotal 61.124,36 61,124,37 0,00. - - 1.833,73 1.833,73
jun-11 Confección de Drendasde.vestir- - - 57:936,02- .
- - 57.936,02 0,00% 3,00% 0,00 1.738,08
Venta por menor de prendas de vestir 188,43 188,43 3,00% 3,00% 5,65 5,65
Subtotal 58.124,45 58,124,45 5,65 1,743,73 1,738,08
TOTALES 119.248,81 119.248,82 5,65 3.577,46 3.571,81
Motivo de las diferencias: Se determinaron diferencias parciales en base a débitos fiscales, Indices progresivos y regresivos y Firma Contribuyente:
los Montos Declarados en ISIB; y diferencia de alicuota por ser improcedente la exención,
NOTA: En caso de aceptar el contribuyente las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello. Fi?4~ JÚL.......................................................................................................................................................................................... FERRARO, LAURA
V L/
'.
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 146
ANEXO - EO 190 (continuación)
•GOBIERNO DE LA CIUDAD AÑOS f,óCALES CONTRIBUYENTE: KANG HYUNG SOOK
DE BUENOSAIRES 2010/2015 ... . . ' . '..
o/RECCION GENERAL DE RENTAS~Z..: INSCRIPCION N" DOMICILIO: DR. JUAN FELIPE ARANGUREN 3016 CABA
DIFERENCIAS DE VERIFICACION 1219433.06
G.C.B.A.I. PERIODOSFISCALES
AÑOFISCAL:2011
RU SROS AN ALllADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
iul.11 Confección de prendas de vestir 30.953,96 30.953,97 0,00% 3,00% 0,00 928,62
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 30.953,96 30.953,97 0,00 928,62 928,62
ago.11 Confección de prendas de vestir 27.485,54 27.485,54 0,00% 3,00% 0,00 824,57
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Su btota I 27.485,54 27.485,54 0,00 824,57 824,57
TOTALES 58.439,50 58.439,51 0,00 1.753,19 1.753,19
AÑOFISCAL:2011
RU SROS AN ALllADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARDO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
seo-11 Confección de prendas de vestir 51.624,16 51.624,18 0,00% 3,00% 0,00 1.548,73
Venta oor menor de orendas de vestir 677,68 677,68 3,00% 3,00% 20,33 20,33
Subtotal 52.301,84 52.301,86 20,33 1.569,06 1.548,73
oct-11 Confección de prendas de vestir 79.052,01 79.052,01 0,00% 3,00% 0,00 2.371,56
Venta por menor de prendas de vestir 264,46 264,46 3,00% 3,00% 7,93 7,93
Subtotal 79.316,47 79.316,47 7,93 2.379,49 2.371,56
TOTALES 131.618,31 131.618,33 28,26 3.948,55 3.920,29
AÑO FISCAL 2011
RUBROS ANALIZADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (0A.) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO OECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
nov-11 Confección de orendas de vestir 51.547,76 51.547,78 0,00% 3,00% 0,00 1.546,43
Venta por menor de prendas de vestir 781,82 781,82 3,00% 3,00% 23,45 23,45
Subtotal 52.329,58 52.329,60 23,45 1.569,89 1.546,43
dic-ll Confección de mendas de vestir 60.635,22 60.635,24 0,00% 3,00% 0,00 1.819,06
Venta por menor de prendas de vestir 851,24 851,24 3,00% 3,00% 25,54 25,54
Subtotal 61.486,46 61.486,48 25,54 1.844,59 1.819,06
TOTALES 113.816,04 113.816,08 48,99 3.414,48 3.365,49
AÑO FISCAL: 2012
RUBROS ANALIZADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION OEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO OECLARDO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO
ene-12 Confección de orendas de vestir 33.837,23 33.837,23 0,00% 3,00% 0,00 1.015,12
Venta Dar menor de mendas de vestir- - - -
0,00 0,00 - .3,00% - 3;00% - - 0;00 0,00
- - - - - - -Subtotal 1.015,12- 33.837,23 33.837,23 0,00
feb-12 Confección de prendas de vestir 10.232,59 10.232,59 0,00% 3,00% 0,00 306,98
Venta Dar menor de mendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 10.232,59 10.232,59 0,00 306,98
TOTALES 44.069,82 44.069,82 0,00 1.322,09
SALDO
1.015,12
306,98
1.322,09
Motivo de las diferencias: Se determinaron diferencias parciales en base a débitos fiscales, Indices progresivos y regresivos y
los Montos Declarados en 1518; y diferencia de alicuota por ser improcedente la exención.
NOTA: En caso de aceptar el contribuyente las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello...........................................................................................................................................................................................
Firma Contribuyente:
~(~Firma '1spector:FERRARO, LAURA
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 147
ANEXO - EO 190 (continuación)
I GOBIERNO DE LA CIUDAD AÑOS.r.JSCALES CONTRIBUYENTE: Kf • ., HYUNG SOOK~;;::: DE BUENOS AIRES 2010/:
O/RECCION GENERAL OE RENTAS~~~. INSCRIPCION N° DOMICILIO: DR. JUAN FEliPE ARANGUREN 3016 CABA'C~-:-DIFERENCIAS DE VERIFICACION 1219433-06
G.C.B.A.I PERIODOSFISCALES
AÑOFISCAL::2012
RU BROS.AN ALiZADOS MONTO IMPONIBLE AlICUOTA (%) VERIFICACION DElIMP,::!ESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
mar-12 Confección de prendas de vestir 45.647,03 45.647,84 0,00% 3,00% 0,00 1,369,44
Venta Dar menor de mendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 45.647,03 45.647,84 0,00 1.369,44 1.369,44
abr-12 Confección de prendas de vestir 31.141,92 31.141,92 0,00% 3,00% 0,00 934,26
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 31.141,92 31.141,92 0,00 934,26 934,26
TOTALES 76.788,95 76.789,76 0,00 2.303,69 2.303,69
AÑOFISCAL: 2012
RUBROS ANAliZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARDO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
may-12 Confección de orendas de vestir 34.078,59 34.078,59 0,00% 3,00% 0,00 1.022,36
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 34.078,59 34.078,59 0,00 1.022,36 1.022,36
iun-12 Confección de orendas de vestir 27.075,03 27.075,03 0,00% 3,00% 0,00 812,25
Venta Dar menor de mendas de vesiir 262,81 262,81 3,00% 3,00% 7,88 7,88",Subtotal 27.337,84 27.337,84 7,88 820,14 . 812,25
TOTALES 61.416,43 61.416,43 7,88 1.842,49 1.834,61
'.AÑO FISCAL: 2b12 ,
RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTODECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
jul-12 Confección de orendas de vestir 20.624,39 20.624,39 0,00% 3,00% 0,00 618,73Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 20,624,39 20.624,39 0,00 618,73 '618,73aoo-12 Confección de orendas de vestir 24.742,03 24.742,03 0,00% 3,00% 0,00 742,26 ~i,,
Venta por menor de prendas de vestir 132,23 132,23 3,00% 3,00% 3,97 3,97Subtotal 24.874,26 24.874,26 3,97 746,23 742,26
TOTALES 45.498,65 45.498,65 3,97 1.364,96 1.360,99
AÑO FISCAL: 2012
RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALICUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTODECLARADO AJUSTADO OECLARDO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO .
seo-12 Confección de prendas de vestir 48.958,35 48.958,36 0,00% 3,00% 0,00 1.468,75VentBRor menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00 -
Subtolal 48.958,35 48.958,36 0,00 1.468,75 1.468,75oet.12 Confección de prendas de vestir 82.461,62 82.461,64 0,00% 3,00% 0,00 -2.473,85 - - --
'Jentapor menor-de prendas de vestir - -
0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 82.461,62 82.461,64 0,00 2.473,85 2.473,85TOTALES 131.419,97 131.420,00 0,00 3.942,60 3.942,60,
Motivo de las diferencias: Se determinaron diferencias parciales en base a débitos fiscales, Indices progresivos y regresivos y Firma Contribuyente:los Montos Declarados en 1518; y diferencia de alicuota por ser improcedente la exención.
J!:
NOTA: En caso de aceptar el contribuyente las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello. F;r~-:¡j~~e,U..........................................................................................................................................................................................FEAAA O, LAURA
{/
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 148
ANEXO - EO 190 (continuación)
- GOBIERNO DE LA CIUDAD ANoS FISCALESi). CONIKIt:SUYt:::N1t:: t\.ANI..;Jr1TUNl..:J;:,vv"
DE BUENOS AIRES 2010/2" <,
OIRECCION GENERAL DE RENTAS~-="'- INSCRIPCION N" DOMICILIO: DR. JUAN FELIPE ARANGUREN 3016 CABA:-~~
DIFERENCIAS DE VERIFICACION 1219433-06
G.C.B.A.I PERIODOS FISCALES
AÑO FISCAL: 2012
RU BROS AN ALlZADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA('lo) VERIFICAC10N DEL IMP.I'JESTO
. DECLARADO AJUSTADO OECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO~. SALDO
nov-12 Confección de prendas de vestir 56,453,22 56,453,23 0,00% 3,00% 0,00 1.693,60
Venta por menor de prendas de vestir 181,82 181,82 3,00% 3,00% 5,45 5,45
Subtotal 56.635,04 56.635,05 5,45 1.699,05 1.693,60
dic-12 Confección de prendas de vestir 36.071,01 36.071,03 0,00% 3,00% 0,00 1.082,13
Venta Dar menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 36.071,01 36.071,03 0,00 1.082,13 1.082,13
TOTALES 92.706,05 92.706,08 5,45 2.781,18 2.775,73
AÑO FISCAL: 2013
RU BROS AN AUZADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA ('lo) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARDO AJUSTADO DECLARADD AJUSTADO SALDO
ene-13 Confección de mendas de vestir 5.246,27 5.246,27 0,00% 3,00% 0,00 157,39
Venta por menor de prelidas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 5.246,27 5.246,27 0,00 157,39 157,39
feb-13 Confección de mendas de vestir 78,00 32.285,25 0,00% 3,00% 0,00 968,56
Venta Dar menor de mendas de vestir 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 78,00 32.285,25 0,00~ 968,56968,56.
TOTALES. 5.324,27 37.531,52 0,00 1.125,95 1.125,95
,,
'.
AÑO'FIS'CAL, 20'13 -- -_ •.. . -,- . ----" .< .•.•, -, -,~--~ .. " 0_ c._"~ _
RUBROS ANALIZADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO OECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
mar-13 Confección de prendas de vestir 32.613,32 32.613.32 0,00% 3,00% 0,00 978,40
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 32,613,32 32,613,32 0,00 978,40 978,40
abr-13 Confección de prendas de vestir 39.907,95 39,907,96 0,00% 3,00% 0,00 1.197,24
Venta por menor de prendas de vestir 82,64 82,64 3,00% 3,00% 2,48 2,48
Subtotal 39,990,59 39,990,60 2,48 1,199,72 1,197,24
TOTALES 72,603,91 72.603,92 2,48 2,178,12 2,175,64
AÑO FISCAL, 2013
RUBROS ANALIZADOSMONTO IMPONIBLE ALlCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECtARDO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
mav-13 Confección deprendas de vestir 150.710,75 150.710,75 0,00% 3,00% 0,00 4.521,32
Venta oor menor de orendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00 -' - --
- - Subtotal- - -
150,710,75 0,00- - - 150,710,75 4,521,32 4,521,32
iun-13 Confección de prendas de vestir 0,00 152.569,65 0,00% 3,00% 0,00 4,577,09
Venta por menor de prendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 0,00 152,569,65 0,00 4,577,09 4,577,09
TOTALES 150,710,75 303,280,40 0,00 9,098,41 9,098,41
Motivo de las diferencias: Se determinaron diferencias parciales en base a débitos fiscales, Indicas progresivos y regresivos y Firma Contribuyente:
los Montos Declarados en ISIB; y diferencia de alicuota por ser improcedente la exención,
NOTA: En caso de aceptar el contribuyente las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello. ~~ ,UFír a In ector:
.......................................................................................................................................................................................... FERRA O, LAURAV V
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 149
ANEXO - EO 190 (continuación)
FIN DEL ANEXO
.- GOBIERNO DE LA CIUDAD . AÑOS FI::'vALES CONTRIBUYENTE: KANG'HYUNG SOOK
~
DE BUENOS AIRES 2010/2015D/RECC/ON GENERAL DE RENTAS~~.:: INSCRIPCION N" DOMICILIO: DR. JUAN FELIPE ARANGUREN 3016 CABADIFERENCIAS DE VERIFICACION 1219433-06
G.C.B.A.\ PERIODOS FISCALES•
';fAÑO FISCAL: 2013
RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA tOlo) VERIFlCACION bEL IMPUESTODECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
iul-13 Confección de prendas de vestir 0,00 154.462,36 0,00% 3,00% 0,00 4.633,87Venta oar menar de mendas de vestir 0,00 0,00 3,00% 3,00% 0,00 0,00
Subtotal 0,00 154,462,36 0,00 4.633,87 4.633,87
"_'.
TOTALES 0,00 154.462,36 0,00 4.633,87 4.633,87
AÑO FISCAL:
RUBROS ANALIZADOS MONTOIMPONIBLE ALlCUOT A (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARDO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
'.;l,
e
TOTALES 0,00 0,00 C,OO 0,00 0,00
AÑO FISCAL:•. _, ",v. ,~_ , . - ." .~- ~~-. /- .•.. .. . .- -
MONTO IMPONIBLE AUCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTORUBROS ANALIZADOS DECLARADO AJUSTADO SALDODECLARADO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO
TOTALES 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
AÑO FISCAL:
RUBROS ANALIZADOSMONTO IMPONIBLE AUCUOTA (%) VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO AJUSTADO DECLARDO AJUSTADO DECLARADO AJUSTADO SALDO
TOTALES 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
Motivo de las diferencias: Se determinaron diferencias parciales en base a débitos fiscales, Indices progresivos y regresivos y Firma Contribuyente.
los Montos Declarados en 1518; y diferencia de alicuota por ser improcedente la exención.
NOTA: En caso de aceptar el contribuyente las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello. Fi~P >iL.......................................................................................................................................................................................... FERR RO, LAURA
V !/
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 150
ANEXO - EO 194
FIN DEL ANEXO
U.C Adjudicatario original o último cesionario deTransferencia aprobada por el Organismo DNI/LC/LE/CI
B.C.V oinstrumento
que haga susveces
Resolución Datos del Inmueble Barrio
45907 Corgnali, Angela Bernardina de Prado C.I. 8.757.373 18/10/1973 Block 35, Piso 2, Dto "F", Esc 102 Soldati50550 Albinotti, Osvaldo Humberto 2.238.482 15/02/1988 Block 42 B, Piso PB, Dto "B" Piedrabuena47687 Pellini, Angel Dante L.E. 4.367.878 30/10/1978 Block 13, Piso PB, Dto "D" Soldati
45339 Gainza, Anibal/ Dominguez, Juana C.I.3.531.515/10.579.307 25/08/1979 Block 56, Esc 57, Piso PB, Dto "A" Soldati
45590 Mendoza, Julio Esteban/ More, MercedesAngelica
7.051.752/C.I.10.270.573 24/09/1979 Block 64, Esc 75, Piso 2, Dto "F" Soldati
49538 Delacroix, Susana Iris 11.280.467 22/07/2014 Block 11, Escalera 12 A, Piso 8, Dto"B" Piedrabuena
26053 Moscato, Rosario C.I. 6.510.190 20/12/1982 1541/SS/82 Block 19, Piso 4, Dto "A" Copello 74775 Basualdo, Amelia Maria 4.932.362 28/10/1992 Block 9, Piso 8, Dto "A" Samore25909 Libonati, Francisco Orlando 4.310.464 01/03/1983 Block 16, Piso 7, Dto "C" Copello 74625 Godoy, Santiago Leon C.I. 4.237.971 09/01/1996 Block 8, Piso 1, Dto "B" Samore25593 Loureiro, Norberto Enrique C.I. 4.313.704 14/04/1983 Block 11, Piso 7, Dto "D" Copello 25209 Exposito, Liliana Olga 11.686.849 14/03/1983 690/ss/83 Block 5, Piso 3, Dto "A" Copello 73030 Arroyo, Pedro Manuel 12.980.178 13/11/1989 Mza 2, Casa 30 Illia
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 151
ANEXO - EO 201
FIN DEL ANEXO
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ADMINISTRACiÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOSDIRECCICN GENERAL DE RENTAS
ANEXO
EXP. N": 10934412013 NO1.51.8.: 901-0205837-5N' CUIT: 30-70897904-6
Contribuyente: PROTAK SERVICE S.A. (Resp. Extendida al Presidente de la firma SR. MARCELO DANIEL
FONTENLA ylo a quien resulte responsable hasta la actualidad)
PeriodoMonto Imponible Verificacion del Impuesto
DiferenciaDeclarado Determinado Declarado Determinado12/2009 AM $ 45.'J', le $ 4'.5J5, 1t ~ ~ 1.J66,0' ~ 6BJ,Dj0112010 AM $ 64.189,35 S 64.189,35 S 962,84 S 1.925,68 S 962,84
02 S 27.773,07 S 27.773,07 S 416,60 S833,19 S 416,6003 S 30.302,33 S 30.302,33 S 454,53 $ 909,07 S 454,5304 S 14.206,12 $14.206,12 S213,09 $426,18 S 213,0906 $ 17.452,35 S 17.452,35 $261,79 S 523,57 S 261,7907 $ 27,601,05 S 27,601,05 S 414,02 S 828,03 S 414,0208 $ 88,803,20 S 88.803,20 S 1.332,05 S 2.664,10 S 1.332,0509 S 20.820,45 $ 22.693,60 S 312,31 $ 680,81 $ 368,5010 S 19.433,88 $19.433,88 $ 291,51 S 583,02 $ 291,5111 $ 57,343,37 S 57.343,37 S 860,15 S 1.720,30 S860,1512 $ 29.612,99 S 40.438,07 S 444,19 S 1.213,14 $ 768,95
01/2011 AM S 11.124,15 S 11,124,15 S 166,86 S 333,72 $ 166,8602 S 14.930,64 $ 14.930,64 $ 223,96 S 447,92 $ 223,9603 S 35.664,31 $ 35.664,31 ' S 534,96 $ 1.069,93 $ 534,9604 S 31,682.47 $ 31.682,47 S 475,24 S 950,47 S 475,2405 S 69.228,33 S 69.228,33 $ 1.038,42 $ 2.076,85 S 1.038,4206 S 15.234,36 $ 15.234,36 $ 228,52 S 457,03 $ 228,5207 S 101.699,01 $ 101.699,01 $ 1,525,49 $ 3.050,97 $ 1.525,4908 $ 42.889,06 $ 42,889,06 $ 643,34 S 1.286,67 S 643,3409 S 155.267,47 S 155.267,47 $ 2.329,01 S 4.658,02 $ 2.329,0110 S 1.588,66 $ 1,588,66 $ 23,83 S 47,66 $ 23,8311 S 41.986,09 $ 41,986,09 $ 629,79 $ 1.259,58 $ 629,7912 $ 18.416,22 S 18.416,22 S 276,24 S 552,49 S 276,24
01/:2012 AM S 35.983,94 S 35.983,94 S 539,76 S 1.079,52 S 539,7602 S 16.078,04 S 16.078,04 S 241,17 S 482,34 S 241,1703 S 135.247,47 S 135.247,47 $ 2,028,71 $ 4,057,42 S 2,028,7104 S 54.356,05 $ 54,356,05 $ 815,34 $ 1.630,68 $ 815,3405 $ 185,218,22 $185.218,22 $ 2,778,27 S 5.556,55 $ 2.778,2706 $ 162.476,60 S 162.476,60 $ 2.437,15 S 4.874,30 S 2.437,1507 S41.886,11 S 41.886,11 $ 628,29 S 1,256,58 $ 628,2908 S 44.734,95 $ 44.734,95 $ 671 ,02 S 1.342,05 $671,0209 S 144,63 S 144,63 S 2,17 $ 4,34 S 2,1710 S 3.712,17 S 3.712,17 S 55,68 S11',37 S 55,6811 $ 131.006,82 S 131.006,82 S 1.965,10 S 3.930,20 S 1,965,10
01/2013 AM S 112,858,19 $112.858,19 S 1.692,87 $ 3.385,75 S 1.692,8703 S 246.365,56 $ 246.365,56 $ 3,695,48 $ 7,390,97 S 3,695,4804 S 113.010,16 $113.010,16 $1.695,15 S 3,390,30 $1,695,1505 $ 27,288,79 S 27,288,79 $ 409,33 S 818,66 S 409,3306 S 42.752,63 S 42.752,63 $641,29 S 1,282,58 S641,2907 S 46.482,52 S 46.482,52 $ 697,24 $ 1.394,48 S 697,2408 S 26.407,51 $ 26.407,51 $ 396,11 S 792,23 S 396,1109 S 151.884,16 $151.884,16 $ 2.278,26 $ 4.556,52 S 2,278,2610 S 86.335,67 S 86,335,67 $ 1,295,04 S 2.590,07 S 1.295,0411 S 17,500,23 $ 17.500,23 $ 262,50 $ 525,01 S 262,5012 S 72.487,16 $ 72.487,16 $ 1.087,31 $ 2,174,61 S 1,087,31
-TOla! $ 4'.4JO,"'
Impuesto Omitido:
Total Impuesto Adeudado:
Multa (Base de Imposición):
SI Impuesto Omitido:S/Amp!. Sumario:
Total Base de Imposición:
65%65%
S 41.435,97$ 41.435,97 '
(Pesos Cuarenta y Un Mil Cuatrocientos Treinta y Cinco con 971100)
$ 41.435,97$0,00
$ 41,435,97
$ 26.933,38$0,00
$ 26,933,38(Pesos Veintiseis Mil Novecientos Treinta y Tres con 381100)
N° 4821 - 16/2/2016 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 152