Anexo “Solicitud de registro, actualización, modificación y/o cancelación de la información de los
trámites en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios”
Sección Campo Información
Datos Generales del
trámite
Homoclave En trámite
*Nombre oficial del trámite o servicio
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO
PROVISIONAL DE PROTECCIÓN
DEL BUQUE CON RESPECTO AL
CÓDIGO INTERNACIONAL PARA
LA PROTECCIÓN DE LOS
BUQUES Y DE LAS
INSTALACIONES PORTUARIAS.
*Nombre ciudadano del trámite
CERTIFICADO INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN DE BUQUE PROVISIONAL.
Nombre de la modalidad (si existe)
CERTIFICADO INTERNACIONAL
DE PROTECCIÓN DEL BUQUE
PROVISIONAL.
Fundamento Jurídico que da origen al trámite:
-Artículo 8 Bis fracción VI de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
-Artículos 1 y 7 del
Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
-Capítulo XI-2, Regla 1,
Sección 1.8, 1.10 y Regla 2 y 6 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Convenio SOLAS 1974 enmendado, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11/02/2004).
-Parte A, Sección 3.1.1 y 19.4,
19.4.1 y 19.4.2 Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP).
Descripción del trámite
Tipo de trámite o servicio
Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y avisos
* ¿En qué casos se debe presentar el trámite?
1. Cuando las empresas navieras, exploten un buque o artefacto naval.
2. Cuando el Buque carezca de Certificado en su fecha de entrega o antes de su entrada en servicio o de su reincorporación al servicio.
3. Cuando el Buque cambie el pabellón de un Gobierno Contratante por el de otro
1
Sinónimos
I
gobierno Contratante (SOLAS).
4. Cuando el Buque cambie el pabellón de un Estado que no sea un Gobierno Contratante por el de un Gobierno Contratante.
* ¿Quién puede solicitar el trámite?
- Representante o apoderado legal de la empresa naviera. -Oficial de la Compañía para la Protección Marítima (OCPM)
* Descripción Ciudadana
Acreditación de que los buques o artefactos navales están en posibilidades de certificarse conforme a las prescripciones establecidas en el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP).
¿Qué efectos tendría la eliminación de este trámite?
Los Buques o Artefactos
Navales, no estarán en
posibilidades de certificarse
conforme a las prescripciones
establecidas en el Código
Internacional para la
Protección de los Buques y de
las Instalaciones Portuarias
(Código PBIP), incumpliendo
con los ordenamientos
internacionales de aplicación
obligatoria.
* Sinónimos (palabras clave de búsqueda):
Buque, Certificado de Buque,
Certificado Provisional,
Protección de Buque.
* Nombre(s) Marianna.
* Apellido paterno Núñez.
* Apellido materno Olivares.
* Cargo Jefe de Departamento
* Correo electrónico
b.mx
* Teléfono
01 55 56246500 Extensión
7807 / 8347
Teléfono adicional
01800-6274621 Extensión 7807
/ 8347
Canales de atención
*Nivel de digitalización 3
100% Digitalizado ----------
2
Plazo máximo
Plazo de prevención
* Canales de atención (medios de presentación del trámite) Presencial.
Fundamento jurídico de canales de atención:
-15, 15 A, y 42 primer párrafo
de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo.
* Enlace o link al sitio en línea
www.gob.mx/semar/unica
pam
Enumera las acciones que el usuario tiene que hacer para realizar el
trámite:
Consultar los requisitos del
trámite, en línea o vía
telefónica o de manera
presencial en la Ventanilla
de Gestión de Trámites de
la Unidad de Capitanías de
Puerto y Asuntos Marítimos
(UNICAPAM) o de la
Capitanía de Puerto.
Presencial:
1. Presentarse en la
Ventanilla de Gestión de
Trámites de la Unidad de
Capitanías de Puerto y
Asuntos Marítimos o de la
Capitanía de Puerto con
la solicitud
correspondiente del
permiso solicitado y con
los requisitos solicitados,
en los días y horario
hábiles
2. Solicitar el trámite,
realizar el pago de
derechos y recibir el
acuse de recibo.
Plazo máximo:
20 días.
Tipo de ficta: Si al término del
plazo máximo de resolución, la
autoridad no ha respondido, se
entenderá que la solicitud fue
resuelta en sentido: NEGATIVA.
Fundamento jurídico del plazo de respuesta:
-Artículos 6 y 70 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
-Artículos 16 fracción X, 17, 17 B y 28 Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
*Plazo de prevención:
05 días hábiles.
Inicio de plazo: 1día hábil.
Fin de plazo: 05 días hábiles.
Fundamento jurídico del plazo de prevención: Artículo 17-A de la Ley Federal
3
Plazo real
Tipo de resolución
Criterios de resolución
de Procedimiento
Administrativo.
*Plazo real Inicio de plazo: 1día hábil.
Fin de plazo: 05 días hábiles.
*Tipo de resolución
Certificado Internacional de
Protección del Buque
Provisional.
Criterio de resolución del trámite
1. Los documentos que el
interesado exhiba en copias
u originales, según
corresponda, debe ser
legibles en su totalidad.
2. El interesado debe exhibir
los requisitos solicitados
para realizar el trámite.
3. Previamente debió haber
efectuado la evaluación,
cumpliendo con lo
dispuesto en el Capítulo XI-2
del SOLAS, y Parte A del
Código PBIP.
4. El Certificado Internacional
de protección del Buque
provisional sólo se expedirá
cuando la Autoridad
Marítima o la organización
de protección reconocida
que actué en su nombre,
haya verificado que:
a) Se haya llevado la
evaluación y plan de
protección del Buque
prescrita en la parte A del
código PBIP
b) El Certificado Internacional
de protección del Buque
provisional será válido por
un periodo máximo de 6
meses, la vigencia es
anterior, no podrá
prorrogarse.
Monto de los derechos, productos y aprovechamientos aplicables
- Por la verificación de la implantación del Plan de Protección y, en su caso, certificación o renovación anual:
a).- De más de 10 y hasta 200 unidades de arqueo bruto $4,096.21 MXN.
b).- De más de 200 y hasta
500 unidades de arqueo bruto 5,103.36 MXN.
c).- De más de 500 y hasta
1,000 unidades de arqueo bruto $6,105.77
4
Comentarios generales
MXN.
d).- De más de 1,000 y hasta
5,000 unidades de arqueo bruto $8,697.57 MXN.
e).- De más de 5,000 y hasta
10,000 unidades de arqueo bruto $12,139.18 MXN.
f).- De más de 10,000
unidades de arqueo bruto $20,108.13 MXN.
Fundamento jurídico de montos:
Artículos 1, 3 y demás relativos
aplicables de la Ley Federal de
Derecho.
* Consultas frecuentes del ciudadano
¿En dónde se puede realizar el
trámite?
¿Qué costo tiene?
* Volumen de consultas anuales (frecuencia) 0
* Quejas frecuentes del ciudadano 0
* Volumen de molestias o quejas anuales 0
* Comentarios respecto al trámite 0
* Notas adicionales del trámite
-Los documentos que el
interesado exhiba en copias o
originales, según corresponda,
debe ser legibles en su
totalidad.
-El pago de derechos se realiza
cuando el interesado presenta
el trámite ante la Ventanilla de
Gestión de Trámites. La factura
o documento de pago debe
especificar el nombre del
interesado y trámite que paga.
* Más información No aplica
Procesos económicos
* Subsector económico Transporte por agua.
* Proceso económico Transporte marítimo.
BTIC
* ¿El trámite cuenta con un sistema de gestión del trámite? Sí
* Nombre descriptivo del sistema
Sistema Institucional de
Puertos y Marina Mercante
SIPYMM
5
Hechos vitales
* Tecnología del sistema
JEE / Java – Servidor de
aplicaciones comercial (Oracle,
APACHE-TOMCAT,IBM)
* Grado de adaptación del sistema para envío/recepción de
solicitudes electrónicas
Alto
* Esfuerzo y complejidad de realizar modificaciones al sistema
para recibir y enviar solicitudes electrónicas
Bajo
* Criticidad del sistema Sí
* Disponibilidad de servicio mediante Webservice No
* Latitud No aplica
* Longitud No aplica
* Peticiones diarias 0
* ¿Es posible iniciar el trámite por Internet? NO
* ¿Es posible cargar o subir documentos en línea? NO
* ¿Se puede dar seguimiento al trámite por Internet? NO
* ¿La resolución o respuesta es por Internet? No
* ¿Utiliza firma electrónica avanzada? No
* ¿Utiliza Clave RUPA? No
Hechos vitales
El trámite se dirige a Personas
Físicas y Morales.
¿El trámite es para una
persona y/o una empresa o
persona física con actividad
empresarial?
Empresa o Persona Física con
Actividad Empresarial (PFAE)
¿En qué momentos se podría
encontrar la empresa o PFAE al
realizar el trámite?
Operación/Crecimiento
Mi Negocio
Bienes de mi negocio
Agrupaciones Sin Fines De
Lucro/ Gremios
Otros trámites (Gremios)
Banca Y Bolsa
Otros trámites (Bolsa)
Trabajadores/Subcontratacion
es Y Seguridad Social
Otros trámites (Trabajadores)
Actividad Económica,
Adquisiciones/ Ventas
(Importaciones/
6
Categorías
Procesos
Exportaciones)
Mi actividad económica
Pagos, Cobros, Obligaciones
Otros trámites (Pagos)
Justicia Y Derechos
Otros trámites (Derechos)
Medio Ambiente Y Manejo De
Residuos Peligrosos
Otros trámites (Medio
ambiente)
Financiamiento Y Apoyos
Otros apoyos
Categorías agregadas
Categoría: Capitanías de Puerto
y Asuntos Marítimos
Subcategoría: Matriculación y
Abanderamiento.
Selecciona el tipo de trámite o servicio al que corresponda
* Autorizaciones, certificados, concesiones, informes, registros y
avisos
Autorizaciones administrativas.
* ¿El trámite es de resolución inmediata? No
* ¿En qué momento se realiza el pago? Previo al inicio del trámite.
Documentos / Requisitos
de entrada al trámite
Documentos agregados (Datos y documentos solicitados)
DATOS:
Debe presentar 1 original(es) y
1 copia(s).
Utilizando el formato: Formato
de solicitud para el Certificado
Internacional de Protección de
Buque Provisional o mediante
escrito libre que debe
contener:
1. El órgano
administrativo a que
se dirigen.
2. Nombre del
solicitante,
denominación o razón
social de quienes
promueva, en caso de
Representante legal,
señalar su nombre,
domicilio y clave del
RFC y CURP.
3. Deberá precisar su
Registro Federal de
Contribuyentes (RFC) o
tratándose de
personas físicas, la
legalizado ante el
cónsul mexicano
respectivo, salvo
cuando tal requisito no
sea necesario por
haber sido apostillado
7
8
de conformidad con el
Convenio
Internacional en la
materia.
4. Domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas.
5. Debe contener,
además: a. Nombre de la
embarcación. b. Dirección. c. Señal distintiva de
llamada. d. Puerto de
Matrícula, nombre de la Compañía.
e. Tipo de buque. f. Arqueo bruto. g. Número OMI
6. La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición.
7. Mención de los
anexos que se
agregan.
8. Lugar y Fecha de su
emisión.
9. Firma autógrafa del
interesado o su
representante legal. Si
el interesado o el
representante legal no
pueden firmar,
deberán imprimir la
huella digital de su
pulgar.
DOCUMENTOS
Debe presentar 1 original(es)
(sólo para cotejo) y 1 copia(s).
1.Solicitud al
trámite/Formato de
solicitud para el Certificado
Internacional de Protección
de Buque Provisional
Emisor: Solicitante o
Interesado.
El escrito libre debe contener los datos solicitados. Tipo de documento: Escrito
libre.
Descripción: Es el documento
que debe contener los datos
9
solicitados.
2.Mandato, Carta Poder o
Instrumento Público con el
que el representante legal
acredite su personalidad, si
el interesado no actúa por
sí mismo, o se trate de
personal moral.
Emisor del documento:
Fedatarios, Notario Público,
Corredor Público, Propietario
de la Embarcación.
Institución de origen:
Fedatarios.
Breve descripción del
documento
PERSONAS FÍSICAS. - Es el
documento idóneo para
acreditar ante la autoridad
marítima la representación de
las personas físicas cuanto
éstas no actúan por sí mismas,
la cual podrá ser mediante una
carta firmada ante dos testigos
y con firma ratificada ante la
autoridad marítima o fedatario
público. PERSONAS MORALES. -
Es el documento idóneo para
acreditar ante la autoridad.
Deben contener el nombre y
apellidos del interesado,
nombre, denominación o razón
social de la personal moral,
nombre y apellidos del
representante, firma del
interesado y del representante
legal, así como las facultades
de este último.
3.Identificación Oficial
(credencial de elector para
votar o pasaporte).
4. Que el buque cuente con el
Sistema de Alerta del
Buque para la Protección
(SSAS).
5. Rutina de Inspección del
Código PBIP, elaborado por
10
inspectores adscritos a las
Capitanías de Puerto.
En caso de no presentar la
rutina de inspección:
a. Los datos de
identificación,
certificación y
autorización por
parte de la Compañía
del Oficial de la
Compañía de
Protección del Buque
(OCPM) y del Oficial
de Protección del
Buque (OPB).
b. Los datos de
identificación,
certificación y
autorización por
parte de la Compañía
del Plan de
Protección a bordo
del Buque, con el que
se estén aplicando las
medidas de
Protección del Buque.
c. El capitán, el oficial
de protección del
buque y el resto del
personal del buque
con funciones
específicas de
protección debe
están familiarización
con sus tareas,
responsabilidades y
con las disposiciones
del Plan de
Protección a bordo.
6. Documento con el que
acredite haber realizado el
pago de derechos que
corresponda por la
Dimisión de Bandera
(Recibo de pago de
derechos, a nombre del
interesado, especificando
el tipo de trámite que está
pagando).
Emisor: Secretaría de Marina,
Institución Bancaria.
Tipo de documento:
Comprobante de pago de
derechos, productos o
aprovechamientos.
Descripción: Es el documento
mediante el cual se acredita
que se realizó el pago de
derechos correspondiente al
trámite.
Debe contener la fecha en la que
se realiza el pago, el nombre de
la denominación o razón social
de quien realiza el pago y la
indicación del trámite
del que se realiza el pago.
Observaciones respecto a los documentos
-Los documentos que se
presenten en original y copia
deberán encontrarse
plenamente legibles.
-En caso de que el interesado
sea naviero o empresa naviera,
número de folio de inscripción
en el Registro.
-En caso de representante
legal, señalar su nombre,
domicilio y clave del Registro
Federal de Contribuyentes y la
Clave Única de Registro de
Población.
-El Instrumento Público con el
cual el representante legal
acredite su personalidad, si el
solicitante no actúa por sí
mismo, o se trate de persona
moral, deberá constar ante
fedatario público, o bien en
carta poder con dos testigos y
ratificar las firmas ante el
Capitán de Puerto.
Fundamento jurídico de datos y documentos solicitados:
DATOS:
- Artículos 15, 17-A primer
párrafo, y 19 de la Ley
Federal de Procedimiento
Administrativo.
DOCUMENTOS:
- Artículo 15, párrafo tercero,
15-A y 19 segundo párrafo
de la Ley Federal de
11
Documentos de salida al
trámite
Cadenas
Interacciones dependencia
o entidad-Ciudadano
Oficinas agregadas
Procedimiento
Administrativo.
- Artículos 1 y 3 de la Ley
Federal de Derechos.
Formato:
Solicitud de trámite / Ventanilla
de Gestión de Trámites/
Formato de solicitud para el
Certificado Internacional de
Protección de Buque
Provisional.
Liga para descarga del formato aplicable:
www.gob.mx/semar/unic
apam
Fecha de publicación del formato en el DOF: No se ha publicado
Documentos agregados: (documento emitido por la dependencia):
* Observaciones respecto a los documentos
Documentos agregados:
-Instrumento Público con el
que el representante legal
acredite su personalidad, si el
interesado no actúa por sí
mismo, o se trate de personal
moral.
-Identificación Oficial
(credencial de elector para
votar o pasaporte).
-Documento en el que conste que está cubierto o garantizado el pago de los créditos laborales y fiscales.
Documentos agregados:
-Certificado Internacional de
Protección del Buque
Provisional.
El documento se entrega
físicamente.
Cadenas agregadas: No aplica
* Cantidad de pasos fuera de la dependencia o entidad 0
Oficinas
-Unidad de Capitanías de
Puerto y Asuntos Marítimos.
- Capitanías de Puerto.
Tipo de Ficta Negativa
Fundamento jurídico de Ficta
-Artículo 06 del Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
-Artículo 69-M.- Fracción VII, Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Vigencia
Máxima de 6 meses.
Observaciones: El tiempo de
vigencia se contará a partir de
la fecha de expedición del
12