Date post: | 27-Dec-2015 |
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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE COTOPAXIUNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS
ADMINISTRATIVAS Y HUMANÍSTICAS
Carrera de ingeniería en contabilidad y
auditoría
MATERIA:
Laboratorio tributario
NOMBRE:
SANDY TIPANLUISA
CICLO:
NOVENO “A”
DOCENTE:
DRA. MYRIAN HIDALGO
TEMA:
ANEXOS QUE EL CONTRIBUYENTE DEBE PRESENTAR AL SRI
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE COTOPAXI
MISIÓN
La Universidad “Técnica de Cotopaxi”, es pionera en desarrollar una educación para la emancipación; forma profesionales humanistas de alto nivel académica, científica y tecnológico; sobre la base de los principios de solidaridad, justicia, equidad y libertad; genera y difunde el conocimiento, la ciencia, el arte y la cultura a través de la investigación científica: y se vincula con la sociedad para contribuir a la transformación social-económica del país.
VISIÓN
En el año 2015 seremos una universidad acreditada y líder a nivel nacional en la formación integral de profesionales críticos, solidarios y comprometidos con el cambio social; en la ejecución de proyectos de investigación que aportan a la solución de los problemas de la región y del país, en un marco de alianzas estratégicas nacionales e internacionales; dotada de infraestructura física y tecnológica moderna, de una planta docente y administrativa de excelencia; que mediante un sistema integral de gestión le permita garantizar la calidad de sus procesos y alcanzar reconocimiento social.
INGENIERÍA EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MISIÓN
La Carrera de Ingeniería en Contabilidad y Auditoría forma profesionales integrales con alto nivel académico, científico y humanístico, para contribuir a la solución de los problemas relacionadas con la gestión contable-financiera de las organizaciones y necesidades de la sociedad ecuatoriana.
VISIÓN
La Carrera de Ingeniería en Contabilidad y Auditoría conlleva un liderazgo en los sistemas contables, tributarios y de verificación de información, apoyado en la docencia, investigación y vinculación con la sociedad, con docentes calificados e infraestructura física y tecnológica, basada en la concepción dialéctica del mundo y la práctica de valores como la transparencia, objetividad, respeto, identidad, libertad, democracia y compromiso social en organizaciones públicas o privadas para contribuir a la transformación de la sociedad.
INTRODUCCIÓNEl servicio de Rentas Internas es una entidad técnica y autónoma que tiene la responsabilidad de recaudar los tributos internos establecidos por Ley mediante la aplicación de la normativa vigente.
Su finalidad radica en consolidar la cultura tributaria en el país a efectos de incrementar sostenidamente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
Es así que por lo expuesto anteriormente la entidad solicita a los contribuyentes la presentación de los anexos de conformidad con la actividad económica que desarrollen.
Existen diversos tipos de anexos que son:
Anexo Gastos Personales Anexo Transaccional Simplificado (ATS) Anexo de Retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta por otros conceptos
(REOC) Anexo de Retenciones en la fuente por relación de dependencia (RDEP) Anexo de ICE Anexo Movimiento Internacional de Divisas (ISD) Anexo de Declaración Patrimonial (DPT) Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas del Exterior (OPRE) Anexo de notarios, registradores de la propiedad y registradores mercantiles
(ANR)
Y se los debe presentar de acuerdo a los calendarios que establece el Servicio de Rentas Internas en concordancia con el noveno digito del RUC.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Investigar todo lo concerniente a los anexos que los contribuyentes deben presentar mediante la investigación bibliográfica en el Servicio de Rentas
Internas para de esta forma obtener los conocimientos necesarios del tema tratado.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Analizar cada uno de los requisitos que se debe cumplir para presentar los anexos a través de la investigación realizada en diversas fuentes de información para su adecuada aplicación y realización.
Conocer los anexos a presentarse al SRI de conformidad con la actividad económica mediante una lectura comprensiva de la información recopilada para comprender su importancia en cuanto a su aplicación en el ámbito empresarial.
Determinar el grado de importancia de la presentación de los anexos en sus fechas establecidas a través del análisis de la información obtenida para su correcta presentación a la entidad recaudadora de impuestos.
Contribuyentes Especiales, Instituciones del Sector Público, Autoimpresores, Quienes soliciten devoluciones de IVA Instituciones Financieras, Emisoras de tarjetas de crédito, Administradoras de Fondos y Fideicomisos.
CONTRIBUYE-NTES
BASE LEGAL
Resolución NAC-DGER-2007-1319 los contribuyentes deben presentar un reporte de las transacciones correspondientes a compras, ventas, exportaciones y retenciones de IVA y de I.R.
DEDUCCIÓN Y SUSTENTTO
Sin IVA ni ICE, no podrá superar el 50% del total ingresos, los de su cónyuge e hijos menores de edad o con discapacidad, que dependan del contribuyente; deberán sustentarlos con comprobantes de venta.
Las personas naturales que superen en sus gastos personales el 50% de la fracción básica desgravada de I.R. vigente.
BASE IMPONIBLE
BASE LEGAL De acuerdo a la Resolución NAC-DGERCGC11-00432 deben presentar la información relativa a los gastos personales.
Anexo Transaccional Simplificado
(ATS)
Anexo Gastos Personales
Si no se genera ningún tipo de movimiento para un determinado mes, no tendrá la obligación de presentar el anexo. En caso de que exista error en la información presentada, el contribuyente deberá presentar una sustitutiva de esta información. La información se entrega en medio magnético en formato xml.
Las sociedades Personas naturales obligadas a llevar
contabilidad (que no tengan la obligación de presentar el ATS).
CONTRIBUYE-NTES
BASE LEGAL
La Resolución NAC-DGER-2007-1319 señala que deben presentar la información mensual relativa a las compras o adquisiciones detalladas por comprobante de venta y retención, y los valores retenidos en la Fuente de Impuesto a la Renta por Otros Conceptos
PRESENTACIÓN
PRESENTACIÓN
Si no se genera ningún tipo de movimiento en el mes, no se tendrá la obligación de presentar el anexo. La información se entrega en medio magnético, a través de un archivo comprimido en formato xml.
Los fabricantes e importadores de bienes y quienes presten servicios sujetos al ICE remitirán en forma mensual, un informe acerca de las ventas de sus productos y servicios gravados con ICE.
PRESENTACIÓN
BASE LEGAL
Según lo dispuesto en el artículo 204 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y en la Resolución No. NAC-DGERCGC09-00052 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 510 de 20 de enero de 2009.Anexo de ICE
Esta información deberá ser presentada a través de la página web institucional www.sri.gob.ec Servicios en Línea inclusive en aquellos casos en que durante el período mencionado, no se haya generado ninguna retención.
PRESENTACIÓN
BASE LEGAL
Resolución No. NAC-DGER2013-0880 publicada en S.R.O. 149 el 23-12-2013, deberán presentar en medio magnético la información relativa al trabajo bajo relación de dependencia, período entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año.
Anexo de Retenciones en la
fuente por relación de
dependencia (RDEP)
Estos anexos deben ser presentados por los contribuyentes de acuerdo al tipo de actividad que realizan.
La Administración Tributaria requiere para efectos de control que los contribuyentes presenten información adicional a las declaraciones de impuestos.
ANEXOS
Deben presentar anexo mensual con la información detallada de las transferencias, traslados, envíos o retiros realizados durante el mes anterior. La información será presentada según el noveno digito del RUC en formato xml.
PRESENTACIÓN
BASE LEGAL
De acuerdo a la Resolución NAC-DGERCGC09-00567 todos los de agentes de retención del Impuesto de la Salida de Divisas (ISD) excepto el Banco Central del Ecuador, así como los agentes de percepción de este impuesto.
Anexo Movimiento Internacional de
Divisas (ISD)
Adicionalmente, este anexo se presentará cada vez que exista una modificación de los precios de venta al público sugeridos durante el año. La información se entrega en medio magnético, a través de un archivo comprimido en formato xml.
PRESENTACIÓN
BASE LEGAL
Según lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Régimen Tributario Interno y en la Resolución No. NAC-DGERCGC09-00051 publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 510 de 20 de enero de 2009 deberán los precios de venta al público.Anexo de Precio de
Venta al Público (PVP)
Las personas naturales cuyos activos al primero de enero de cada año superen los USD 200.000, deben declarar su patrimonio considerando para el cálculo, el porcentaje que les corresponda en la sociedad conyugal o unión de hecho que integren, y el de sus hijos no emancipados. En sociedad conyugal o unión de hecho deben presentar una declaración conjunta si sus activos comunes superan los USD 400.000
PRESENTACIÓN
BASE LEGAL Las Resoluciones NAC-DGER2008-1510, NAC-DGERCGC09-00089 y DGERCGC09-00257.
Anexo de Declaración
Patrimonial (DPT)
Los notarios, registradores de la propiedad y los registradores mercantiles, deberán reportar a la administración el detalle de las transacciones realizadas de forma mensual o anual según corresponda.
PRESENTACIÓN
BASE LEGAL Resolución NAC-DGERCGC10-00132.Anexo Notarios,
Registradores de la Propiedad y
Registradores Mercantiles (ANR)
Los contribuyentes que hayan efectuado operaciones con partes relacionadas domiciliadas en el exterior, dentro de un mismo período fiscal en un monto acumulado superior a tres millones de dólares (USD 3.000.000), deben presentar el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas; aquellos que sobrepasen los 5000.000 adicionalmente presentaran el Informe Integral de Precios de Transferencia.
PRESENTACIÓN
BASE LEGAL Resolución NAC-DGERCGC09-00286.Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas del Exterior (OPRE).
CONCLUSIONES
Es indispensable verificar por parte del contribuyente los requisitos a cumplir en cuanto a la presentación de los anexos al Servicio de Rentas Internas de lo contrario su presentación no se considerara valida y puede incurrir en multas e interés.
Es pertinente que el contribuyente tenga un conocimiento general de los anexos a presentar y que debe cumplir con los mismos en acatamiento a las actividades económicas que desempeña ya sean estas en nuestro país o a su vez se generen en el exterior.
El contribuyente debe estar consciente de que la declaración y pago de los anexos es imprescindible puesto que esta recaudación pasa a ser parte de los recursos con los que cuenta nuestro país para cumplir con la actividad social que exige la ciudadanía.
RECOMENDACIONES
Para dar cumplimiento a lo que son los anexos se debe conocer los mismos mediante la revisión y análisis de la Ley y el Reglamento Tributario que expide el Servicio de Rentas Internas para no tener inconvenientes con su presentación establecida.
Todo contribuyente debe informarse de las responsabilidades que adquiere cuando inicia una actividad económica, es así que debe saber cuándo debe presentar los anexos que le conlleva su actividad económica.
Generar en toda la sociedad una buena cultura tributaria para que de este modo el contribuyente cumpla con sus obligaciones de forma espontánea y el Servicio de Rentas Internas no tenga que incurrir en acciones incluso legales para el cumplimiento de la recaudación de impuestos.