AÑO CXLIV - MES III Caracas, martes 13 de diciembre de 2016 Número 41.051
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA BANCA Y FINANZAS
Superintendencia Nacional de ValoresProvidencia mediante la cual se declara culminado el Proceso
de liquidación de Asefin Sociedad Administradora de Entidades de Inversión Colectiva, C.A., domiciliada en Caracas y, en consecuencia, la culminación de las funciones de los ciudadanos que en ella se señalan, como Coordinadores del Proceso de Liquidación de esa sociedad mercantil.
Providencia mediante la cual se declara culminado el Proceso de Liquidación de Asefin Fondo Mutual de Inversión de Capital Abierto, C.A., Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil que en ella se menciona y, en consecuencia, la culminación de las funciones de los ciudadanos que en ella se indican, como Coordinadores de ese Proceso de Liquidación.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECOSOCIALISMO Y AGUAS
Resolución mediante la cual se designa a la ciudadana Carolina Sequera González, como Presidenta de la Fundación de Educación Ambiental (FUNDAMBIENTE), de este Ministerio.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA JUVENTUD Y EL DEPORTE
Instituto Nacional del Poder Popular de la JuventudProvidencia mediante la cual se designa a la ciudadana Jenny
Carolina París Sifontes, como Auditora Interna, en calidad de Encargada, de este Instituto.
MINISTERIO PÚBLICOActa.-(Se reimprime por fallas en los originales).
SUMARIO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADecreto N° 2.592, mediante el cual se acuerda una Modificación
Presupuestaria con cargo a la partida Rectificaciones, por la cantidad que en él se menciona, para el Presupuesto de Egresos del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información.
Decreto N° 2.593, mediante el cual se acuerda una Modificación Presupuestaria con cargo a la partida Rectificaciones, por la cantidad de doscientos treinta y cinco millones de bolívares (Bs. 235.000.000,00), para el Presupuesto de Egresos del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno.
Decreto N° 2.594, mediante el cual se acuerda una Modificación Presupuestaria con cargo a la partida Rectificaciones, por la cantidad de cien millones de bolívares (Bs. 100.000.000,00), para el Presupuesto de Egresos del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno.
Decreto N° 2.595, mediante el cual se acuerda una Modificación Presupuestaria con cargo a la partida Rectificaciones, por la cantidad que en él se señala, para el Presupuesto de Egresos del Ministerio del Poder Popular de Planificación.
Decreto N° 2.596, mediante el cual se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al Presupuesto de Egresos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, hasta por la cantidad que en él se indica.
Decreto N° 2.597, mediante el cual se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al Presupuesto de Egresos del Territorio Insular Francisco de Miranda, hasta por la cantidad que en él se menciona.
Decreto N° 2.598, mediante el cual se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito Capital, hasta por la cantidad que en él se especifica.
Decreto N° 2.599, mediante el cual se nombra a la ciudadana María de Jesús Vásquez Rodríguez, como Superintendente Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SUNAVI).
Decreto N° 2.600, mediante el cual se autoriza la creación de una Fundación del Estado la cual se denominará “Fundación Misión Jóvenes de la Patria Robert Serra” con personalidad jurídica y patrimonio propio, adscrita al Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno.
Decreto N° 2.601, mediante el cual se nombra a la ciudadana Mayelin Raquel Arias, como Presidenta de la “Fundación Misión Jóvenes de la Patria Robert Serra”.
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(Bs. 220.000.000,00), para el presupuesto de egresos del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria:
MINIST!RIO DEL PODEll POP\11.All PARA LA COMUNICACIÓN 11! INFORMACIÓN Bs. 220,000.000,00
Acd6n Centralluda:
Ao:lórl Espedllca :
Partida:
Sul>-Partldas Genértcas, Especificas y
360002000
360002001
~.03
Sul>-Específlca: 07.02.00 10.99.00
ºGestión admlnlstrattva• 220.000.000,00
-~ LOStltudonal a las acclO«lcS e:specif iCas ele IOs provectos de4 orga~ismo· 220.000.JOO,DD
ºServk:los no pe,sona1es· ZlQ !!!ll:I Q!ll:l,QQ • Ingresos Ordinarios
160.000.000,00 "Imprenta y rep'Oduc:dónº ºOtros servidos p,ofeslonales y técnieosº 60.000.000,00 ""
Artículo 20. Los Ministros del Poder Popular para la Banca y Finanzas, y del Poder Popular para la Comunicación e Información, quedan encargados de la ejecución de este Decreto.
Artfculo 30. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia, 157° de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (L.S.)
Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (LS.)
Refrendado
ARISTÓBULO IZTIJRlZ ALMEIDA
La Encargada del M,nisteno del Poder Popular del Despacho de la Presldencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)
Refrendado La Mir11stra del Poder Popular para Relaciones Exteriores y Vicepresidenta Sectorial de Soberanía Politlca, Seguridad y Paz (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS
OELCY ELOINA ROOIÚGUEZ GÓMEZ
par!l Relaciones Interiores, Justicia y Paz (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la ComunlcackSn e Información {L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Banca y Ananzas (L.S.)
NESTOR LUIS REVEROl TORRES
VLADIMIR PADRINO LÓPEZ
ERNESTO EMIUO VIUfGAS POl.lAK
RODOLFO MEDINA DEL RÍO
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Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Industria y Comercio y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)
CARLOS RAFAEL FARÍA TORTOSA
Refrendado El M,n,stro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)
JUAN BAlJTISTA ARIAS PALACIO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio Exterior e Inversión lntemaclonal {L.S.)
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agr'ICIJlt\Jra Productiva y Tierras (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular de Agricultura Urbana (L.S.)
Refrendado El Mlmstro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para !a AJ,mentadón (L.S.)
Refrendado La M1n1Stra del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELOO
LORENA FREITEZ MENDOZA
ÁNGEL Al.FONZO BEUSARIO MARTINEZ
RODOLFO ClfMENTE MARCO TORRES
MARLENY JOSEANA CONTRERAS HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la 5alud (L.S.)
Refrendado
EULOGIO ANTONIO DEL PINO DÍAZ
ROBERTO IGNACIO M!RABAL ACOSTA
RICARDO JOSÉ MENÉNOEZ PRIETO
LUISANA MELO SOLÓRZANO
La Encargada del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas {L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑEZ G\JTIÉRREZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género
(L.S.) BLANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para ,la Jwentud y el Deporte (L.S.)
MERVIN ENRIQUE MALOONADO URDANETA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servido Penitenoar1o (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Socia l de Trabajo (L.S.)
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
OSWALDO EMILIO VERA ROJAS
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Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
FREDDY ALFRED NAZARET ÑAÑEZ CONTRERAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educaoón (L.S.)
RODULFO HUMBERTO PlREZ HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educad6n Universitaria, Oenda y Tecnología y Vk:epresldente Sectorial para el Desarrollo Sodal y la Relloludón de las Misiones (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ecosodalismo y Aguas (L.S.)
Refrendado
JORGE ALBERTO ARREAZA MOl'ITSERRAT
ERNESTO JOSÉ PANA SALAS
El Ministro del Poder Popular para H6bitllt y VJVlenda (L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sodales y Vicepresidenta Sectorial de Desarrollo del SOCialismo Territorial (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Obras Púbficas y Vicepresidente Sectorial de Obras Públicas y Servtcíos {L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía ElédJ1ca (L.S.)
Refrendado 8 Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz {LS.)
Decreto Nº 2.593
ERIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA
RICARDO At-lTONIO MOUNA PEÑALOZA
LUIS ALFREDO MOTTA DOMfNGUEZ
GERARDO JOSl IZQUIERDO TORRES
13 de diciembre de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la Repúbllca
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación de la nación venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la Patria y del colectivo, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el numeral 2 del artículo 84 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, sobre el Sistema Presupuestario, en Consejo de Ministros.
DECRETO
Artículo 1 º. Se acuerda una modificación presupuestaria con cargo a la partida Rectificaciones, por la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DE BOÚVARES (Bs. 235.000.000,00), para el Presupuesto de Egresos del MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL
DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GEmÓN DE GOBIERNO, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestaria:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOaIERNO Proyecto: 379999000 "Aportes y Transferendu
Acdóo Especifica:
Partida:
Sub-Partidas Genétbs, Especificas y SubEspecíflc:a:
para Flnandar los Proyecto. de 101 Entes Descentnllzados"
379999029 • Aportes y Transferencias para Financiar los Proyectos del Ente Fundación centTO Nacional de HIStorla"
4.07
01.03.02
A0486
"Transferencias y donaciones" Ingresos OfdinarlOS
"Transferencias comentes a entes descentralizados sin fines empresariales • Fundación Centro Nacional de la Histo<"la
235.000.000,00
235.000.000,00
235.000.000,00
235 000 000 QO
235.000.000,00
235.000.000,00
Artículo 20. La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, y el Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas, quedan encargados de la ejecución de este Decreto.
Artículo 30. Este decreto entrará en vigencia a partlr de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia, 157° de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (L.S.)
Refrendado
Refrendado
AR1STÓBULO IZTÚRIZ ALMEIOA
La Encargada del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno {L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para Relaciones Exteriores y Vicepresidenta sectorial de Soberanía Política, Seguridad y Paz (L.S.)
Refrend<ldo El Ministro del Poder Popular
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RNAS
OELCY ELOINA RODRÍGUEZ GÓMEZ
para Reladones Interiores, Justicia y Paz (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa {LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Informad6n (L.S.)
NESTOR LUIS REVEROL TORRES
VLAOIMIR PADRINO LÓPEZ
ERNESTO EMILIO VlllfGAS POUAK
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Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Industria y Comercio y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para
RODOLFO MEDINA DEL RÍO
CARLOS RAFAEL FARÍA TORTOSA
Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)
JUAN BAUTISTA ARIAS PALAOO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio Exterior e Inversión Intemadonal (L.S.)
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular de Agricultura Urbana (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Pesca y Aculcultura (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Turismo
WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO
LORENA FREITEZ MENDOZA
ÁNGEL ALFONZO BEUSARIO MARTINEZ
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
(L.S.) MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planlflcaclón y Vicepresidente Sectorial de Planificación (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (L.S.)
Refrendado
EULOGIO ANTONIO DEL PINO DÍAZ
ROBERTO IGNACIO MIRABAL AC!JSTA
RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO
LUISANA MELO SOLÓRZANO
l:a Encargada del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas {L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑEZ GUTIÉRREZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)
BLANCA ROSA EEKHOlJT GÓMEZ
MERVIN ENRIQUE MALDONADO URDANETA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Sodal de Trabajo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
OSWALDO EMILIO VERA ROJAS
FREDDY ALFRED NAZARET ÑAÑEZ CONTRERAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación (L.S.)
RODULFO HUMBERTO PÉREZ HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y Vicepresidente Sectorial para el Desarrollo Social y la Revolución de las Misiones (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ecosodalismo y Aguas (L.S.)
Refrendado
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
ERNESTO JOSÉ PANA SALAS
El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda (L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales y Vicepresidenta Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas y Vicepresidente Sectorial de Obras Públicas y Servicios (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Elécbica (L.S.)
Refrendado El Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)
Decreto Nº 2.594
ERIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
LUIS ALFREDO MOTTA DOMÍNGUEZ
GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES
13 de diciembre de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la Repübllca
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación de la nación venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la Patria y del colectivo, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el numeral 2 del artículo 84 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración Flnandera del Sector Público, sobre el Sistema Presupuestario, en Consejo de Ministros.
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.631
DECRETO
Articulo 1 °. Se acuerda una modiflcación presupuestarta con cargo a la partida rectlflcaciones, par la cantidad de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 100.000.000,00), para el presupuesto de egresos del MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO, de acuerdo con la siguiente imputación presupuestarta:
MINISTERIO DEL POOER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUJMJEHTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO as. 100.000.000,00
Proyecto: 379119SKIOO ·~ y Transt..-.ncia, para Rnandar loa Proyectos ck los Entu D-trallDdosº 100.000.000,00
379999005 "Apottes y Tra~ pora Rnanoar los Prvyectos cid Ente Fundadón OflóN P,esldencl.,I de Planes y ~ ESPCóales"
Paltlda: ~.07 "Transterenc:IM y donacionesº -Ingresos Ordinarios
Su~!Udos Genérica, Espeato Y Sub-Es¡)ecif,c.a: 01.03.02 -na~ oon-1ente> a entes
~traffzadoS sin fino empresanates •
Al604 Fu~ Ofidna ~I de Planes v ~ Espeda!es
Artículo 20. La Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Segu1m1ento de la Gestión de Gobierno, Y el Ministro del Poder Popular para la Banca y Ananzas, quedan encargados de la ejecución de este Decreto.
Artículo 30. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206º de la Independencia, 157° de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (L.S.)
Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Pr1mer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)
Refrendado
ARISTÓBULO IZT\JRIZ ALMElDA
La Encargada del M1nlsteno del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Goblemo {L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para Relaciones Exterio~ y Vic:eprestdenta Sectona1 de Soberanía Política, Segundad y Paz {LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular
CARMEN TERESA MELÉNDEZ R!VAS
DELCY ELOINA RODRIGUEZ GÓMEZ
para Relaciones lnteno-es, JusUda y Paz (LS.)
NESTOR LUIS REVEROL TORRES Refrendado B Ministro del Poder Popular para la Defensa (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación e lnformadÓn (L.S.)
V\ADIMIR PADRINO LÓPEZ
ERNESTO EMILIO VILI.E(;AS POUAK
100.000.000,00
100 ooo 000 QO
100.000.000,00
100 000.000,00
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Banca y Rnanzas {L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Industria y Comercio y Vicepresidente Sectonal de Economía (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para
RODOlfO MEDINA DEL IÚO
CARLOS RAFAEL FAAÍA TORTOSA
Industrias Básicas, Estratégicas y SocialiStas {LS.)
JUAN BAUTISTA ARIAS PA~ao
Refrendado El M1niSlro del Poder Popular para el Comercio Extet1or e lr,;ersióo lntemaoona (L.S.)
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agncultura ProductiVa y Tierras (L.S.)
Refrendado La Ministra del ~ Popular de Agrtcultura Urbana (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (LS.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Turismo
WJLMAR ALFREDO CASTRO SOTELOO
LORENA FREITEZ MENDOZA
ÁNGEL AlfONZO BEUSARIO MARTINEZ
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
(L.S.) MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de P1aniflcadóo y Vicepresidente Sectorlal de P1anlf1cación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (L.S.)
Refrendado
EULOGIO ANTONIO DEL PINO DfAz
R0BER10 IGNAOO MIRABAL ACOSTA
RJCARDO JOSÉ MENÉNOEZ PRJETO
LUISANA MELO SOI.ÓRZANO
La Encargada del M1n1steno del Poder Popular para los Pueblos (ndógenas {L.S.)
ALOHA lOSELYN NÚÑEZ GUTIERREZ
Refrendado La Encargada del M,n1steno del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
Refrendado El MmtstTo del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (LS.)
BLANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ
MERVIN ENR!QUE MALOONADO UROANETA
Refrendado La M1n1stra del Poder Popular para el Servtoo Pen1tendano (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)
MARÍA IRJS VARELA RANGEL
OSWALDO EMILIO VERA ROJAS
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, C.A
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IF: J
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7804
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432.632 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 13 de diciembre de 2016
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
FREDDY AlfREO NAZAAET ÑAÑEZ COITTRERAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación (LS.)
ROOULFO HUMBERTO ~REZ HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación Unlversltarta, Oenda y Tecnologla y Vicepresidente Sectonal para el Desarrollo Social y la Revolución de las MisiOnes (LS.)
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Refrendado El Ministro de! Poder Popular para el Ecosoclallsmo y Aguas (L.S.)
ERNESTO JOSÉ PANA SALAS Refrendado El Ministro del Poder Popular para Hábitat y VMenda (L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales y V,cepresidenta Sectorial de Desarrollo del Socialismo Temtonal (L.S.)
ERIKA DEL VAllf FARÍAS PEÑA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas y Vicep<esklente Sector1al de Obras Púb!Jcas y SeMdos (L.$.)
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
Refrendado El Ministro de! Poder Popular para la Energía Eléctrlca (L.S.)
LUIS ALFREDO MOTTA OOMfNGUEZ
Refrendado El Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)
GERAROO J0st IZQUIERDO TORRES
Decreto Nº 2.595 13 de diciembre de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcdón del socialismo, la refundación de la nación venezolana, basado en prínciplos humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la Patria y del colectivo, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el numeral 2 del artículo 84 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, sobre el Sistema Presupuestario, en Consejo de Ministros.
DECRETO
Artículo 1 °. Se acuerda una modificación presupuestaria con cargo a la partida Rectificaciones, por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIUONES DE BOÚVARES (Bs. 2so.ooo.ooo,oo), para el Presupuesto de Egresos del MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN, de acuerdo con la siguiente imputación presupuesta na:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACÓN
Proyecto: 719999000 "Apoites y Tranrfuw,cias para Flnandar loe Proyectos de los Ent .. OelClentnlludos"
... 250.000.000,00
iso.000.000,00
Acoc)o
Especf"oca 719999014
Partida: 4,07
Sub-Paftl<lo Genérica, Espec~lta y Sub-Espccíflca: 01.03.07
A0296
• Apo<tes y T=sterenctas para Financiar los Proyectos del Ente Cotpotad6n de Desarrollo de la Cuenca del Río Tuy "Frandsco de Miranda", S.A. (CORPOMIRANDA, S.A.)"
"Transferencias y donaclon .. • ·Ingresos Ordl""rlos
"Transferencias COfflcotes a ente. desantnllbdos con fines empresartaies no~Corpo,adón de OesalTOllo de la Cuenai del Río Tuy ºfnnds(x> de "lltllnda", S.A. (CXllU'Of,\IAANDA. $.A.)
250.000.000,00
250.000.000,00
250.000.000,00
250.000.000,00
Artículo 2°. Los Mimstros del Poder Popular de P1anificadón, y del Poder Popular para la Banca y Finanzas, quedan encargados de la ejecución de este Decreto.
Artículo 3°. Este decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bollvariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia, 157° de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana
Ejecútese, (L.S.)
R~ El \/l(epresldente EjecutNo de la República y Primer Vicepresidente del ConseJo de Ministros (L.S.)
Refrendado
ARISTÓBUI.O IZTÚRIZ AL.MEIOA
La Encargada del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Goblemo (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popvlar para Relaciones Exteriores y Vicepresidenta Sectorial de Soberanía Política, Segundad y Paz (LS.)
Refrendado El Mlnlstro del Poder Popular
CARMEN TERESA MEl.fNDEZ RNAS
OELCY ElOINA RODRÍGUEZ GÓMEZ
para Relaciones lnteri0<es, Justicia y Paz (L.S.)
NESTOR LUIS REVEROL TORRES
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas (l.S.)
Refrendado El MiniStto del Poder Popular para la Industria y Comerdo y V,cepr!Sldente Seaonal de Economía (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para
VlADIMIR PADRINO LÓPEZ
ERNESTO EMILIO VlLlfGAS POLJAK
ROOOLFO MEDINA DEL RÍO
CARLOS RAFAEL FARIA TORTOSA
Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)
JUAN BAlJTISTA ARIAS PALAOO
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.633
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio Exterior e Inversión Internacional (L.S.)
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular de Agricultura Urbana (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Turismo
WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO
LORENA FREITEZ MENDOZA
ÁNGEL ALFONZO BELISARIO MARlÍNEZ
RODOLFO UfMENTE MARCO TORRES
(L.S.) MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (l.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Plantficación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (L.S.)
Refrendado
EULOGJO ANTONIO DEL PINO DÍAZ
ROBERTO JGNAOO MJRABAL ACOSTA
RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO
LUISANA MELO SOLÓRZANO
La Encargada del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)
ALOHA JOSEL YN NÚÑEZ GUTIÉRREZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género {LS.)
BlANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)
MERVIN ENRIQUE MALDONADO URDANETA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servido Penitenciario (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
OSWALDO EMILIO VERA ROJAS Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)
FREDDY ALFRED NAZARET ÑAÑEZ CONTRERAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación (L.S.)
RODULFO HUMBERTO PÉREZ HERNÁNDEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y Vicepresidente Sectorial para el Desarrollo Social y la Revolución de las Misiones (L.S.)
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ecosociallsmo y Aguas (L.S.)
Refrendado
ERNESTO JOSÉ PANA SALAS
El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda (L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales y Vicepresidenta Sectorial de Desarrollo del Sodallsmo Terrttorial (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas y Vicepresidente Sectorial de Obras Públicas y Servicios (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctr1ca (l.S.)
Refrendado El Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)
Decreto Nº 2.596
ERIKA Da VALLE FARÍAS PEÑA
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
LUIS ALFREDO MOTTA DOMINGUEZ
GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES
13 de diciembre de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación de la Nación venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la Patria y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo previsto en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 ejusdem, concatenado con el numeral 11 del artículo 2° del Decreto Nº 2.452 de fecha 13 de septiembre de 2016, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, prorrogado mediante Decreto Nº 2.548, de fecha 13 de noviembre de 2016; en concordancia con los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, en Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que en el marco del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica y su prórroga, se requiere realizar erogaciones no previstas en la Ley de Presupuesto, que permitan enfrentar la situación excepcional hasta alcanzar el restablecimiento del orden financiero nacional¡ de manera tal que se asegure a los venezolanos y venezolanas el disfrute pleno de sus derechos,
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional ha dispuesto todo su esfuerzo en la recuperación económica del País y la construcción de un nuevo
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432.634 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 13 de diciembre de 2016
modelo econom1co sustentable, productivo, independiente y diversificado,
CONSIDERANDO
Que la crisis derivada de la guerra económica y sus nefastas consecuencias sobre el pueblo venezolano, ha sido reconocida por los Poderes Públicos, quienes han unido esfuerzos y diferentes acciones para contrarrestar sus efectos,
CONSIDERANDO
Que es obligación y firme compromiso del Gobierno Revolucionario impedir que se generen daños a la economía del país, garantizando el direccionamiento preferente de los recursos económicos disponibles hacia los proyectos sociales y la generación de la infraestructura necesaria que permita el mejoramiento de la calidad de vida del pueblo venezolano, aún en condiciones de estado de emergencia económica, formalmente declarado y vigente,
CONSIDERANDO
Que a los fines de materializar la ejecución de los proyectos enmarcados en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, se requiere transferir recursos adicionales a proyectos y acciones centralizadas que garanticen el desarrollo de las políticas públicas y el buen vivir de los venezolanos y venezolanas.
DICTO
El siguiente,
DECRETO Nº 31 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS ADICIONALES CON CARGO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ,
Artículo 1 °. Se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al presupuesto de egresos del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ hasta por la cantidad de DOSCIENTOS MILLONES DE BOÚVARES (Bs. 200.000,000), los cuales serán destinados para la protección social del pueblo del estado Bolivariano de Cojedes, en aras de atender a la población con altos niveles de vulnerabilidad, sobre todo en aquellos lugares donde persisten las expresiones de pobreza extrema, brindándoles el cuidado y la protección que ameritan.
Artículo 2º. Los recursos a que se refiere este Decreto, provienen de Otros Ingresos Extraordinarios, previa certificación de la Oficina Nacional del Tesoro.
Artículo 3º. La distribución de los recursos a los que se refiere el artículo 1 ° de este Decreto, se realizará según la siguiente imputación presupuestaria:
MINISTERIO DEL PODER POP\JUR PARA REUCIONES lNTERIOltES, lUfflCIA Y PAZ
Proyecto:
Partida:
Sub-Partida Genénc:a, Especiflea y SUbEspecífica:
260035000 ºTranlferendaa para Flrwindar loa Programaa y Proyectos de Entidades Federales y Munldptoa•
260035001 "Transferencias para Flnal\dar los Programas y Proyectos de Entidades Federales"
4.07 "Transferencias y donaciones" -Otras Fuentes
01.03.10
ES800
"Transferencias corrientes al Poder Estadar Estado Co)edes "Destinados a la atención lntegn,1 del pueblo de Cojedes, l)<Jesto en funcionamiento de cuatro (04) Centros de Atención NutrldOnal y SeiS (06) Comedores Populares·
Bs. 200.000.000
200.000.000
200.000.000
200.000.000
200.000.000 200.000.000
200.000.000
Artículo 4°. El Vicepresidente Sectorial de Economía y el Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas quedan encargados de la ejecución de este Decreto.
Articulo 5°. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia, 157º de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (L.S.)
Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)
Refrendado
ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
La Encargada del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para Relaciones Exteriores y Vicepresidenta Sectorial de Soberanía Política, Seguridad y Paz (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS
DELCY ELOINA RODRÍGUEZ GÓMEZ
para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (L.S.)
NESTOR LUIS REVEROL TORRES
VLADIMIR PADRINO LÓPEZ
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.635
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Industria y Comercio y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para
ERNESTO EMILIO VILLEGAS POUAK
RODOLFO MEDINA DEL RÍO
CARLOS RAFAEL FARÍA TORTOSA
Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)
JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio Exterior e Inversión Internacional (L.S.)
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tlerras (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular de Agricultura Urbana (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO
LORENA FREITEZ MENDOZA
ÁNGEL ALFONZO BEUSARIO MARTINEZ
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)
EULOGIO ANTONIO DEL PINO DÍAZ
ROBERTO IGNACIO MIRABAL ACOSTA
RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (L.S.)
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas
LUISANA MELO SOLÓRZANO
(L.S.) ALOHA JOSELYN NÚÑEZ GUTIÉRREZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
BLANCA ROSA EEKHOVT GÓMEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)
MERVIN ENRIQUE MALDONADO URDANETA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servido Penitenciario (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
OSWALDO EMILIO VERA ROJAS
(L.S.) FREDDY ALFRED NAZARET ÑAÑEZ CONTRERAS
Refrendado El Mínístro del Poder Popular para la Educación (L.S.)
RODULFO HUMBERTO PÉREZ HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y Vicepresidente Sectorial para el Desarrollo Social y la Revolución de las Misiones (L.S.)
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ecosoclalismo y Aguas (L.S.)
Refrendado
ERNESTO JOSÉ PAIVA SALAS
El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda (L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales y Vicepresidenta Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas y Vicepresidente Sectorial de Obras Públicas y Servicios (L.S.)
ERIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
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432.636 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 13 de diciembre de 2016
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (L.S.)
Refrendado El Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)
Decreto Nº 2.597
LUIS ALFREDO MOTTA DOMÍNGUEZ
GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES
13 de diciembre de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundadón de la Nación venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la Patria y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo previsto en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en ejercido de tas atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 ejusdem, en concordancia con el numeral 11 del artículo 2° del Decreto Nº 2.452 de fecha 13 de septiembre de 2016, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, prorrogado mediante Decreto N:> 2.548, de fecha 13 de noviembre de 2016; de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepdón, en Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que en el marco del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica y su prórroga, se requiere realizar erogaciones no previstas en la Ley de Presupuesto, que permitan enfrentar la situación excepcional hasta alcanzar el restablecimiento del orden financiero nacional; de manera tal que se asegure a los venezolanos y venezolanas el disfrute pleno de sus derechos,
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional ha dispuesto todo su esfuerzo en la recuperación económica del País y la construcción de un nuevo modelo económico sustentable, productivo, independiente y diversificado,
CONSIDERANDO
Que la crisis derivada de la guerra económica y sus nefastas consecuencias sobre el pueblo venezolano, ha sido reconocida por los Poderes Públicos, quienes han unido esfuerzos y diferentes acciones para contrarrestar sus efectos,
CONSIDERANDO
Que es obligación y firme compromiso del Gobierno Revolucionario impedir que se generen daños a la economía del
país, garantizando el direccionamiento preferente de los recursos económicos disponibles hacia los proyectos sociales y la generación de la Infraestructura necesaria que permita el mejoramiento de la calidad de vida del pueblo venezolano, aún en condiciones de estado de emergencia económica, formalmente declarado y vigente,
CONSIDERANDO
Que a los fines de materializar la ejecución de los proyectos enmarcados en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, se requiere transferir recursos adicionales a proyectos y acciones centralizadas que garanticen el desarrollo de las políticas públicas y el buen vivir de los venezolanos y venezolanas.
DICTO
El siguiente,
DECRETO Nº 32 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y EMERGENCA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS ADICIONALES CON CARGO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA.
Artículo 1 º· Se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al presupuesto de egresos del TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA, hasta por la cantidad de CIENTO VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLÍVARES (Bs. 124,591,483,00), los cuales serán destinados para cubrir gastos de personal generados por el incremento del salario mínimo nacional y el ajuste del ticket alimentación socialista, decretados durante el ejercicio económico financiero 2016.
Artículo 2°. Los recursos a que se refiere este Decreto, provienen de Otras Fuentes Ordinarias, previa certificación de la Tesorería del Gobierno del Territorio Insular Francisco de Miranda.
Artículo 3º. El Jefe de Gobierno del Territorio Insular Francisco de Miranda, en ejercicio de sus competencias, procederá a dictar el correspondiente Decreto en el marco de la autorización a que se refiere este Decreto.
Artículo 4°. La distribución de los recursos a los que se refiere el artículo 1 ° de este Decreto, se realizará según la siguiente imputación presupuestaria:
TERRITORIO INSULAR FRANCISCO DE MIRANDA
Acción Centnillzada: E77000001000 "Dlrea:16n y coorcllnadón
de loa gasto. de loa tnibajaclores y lnbajadoru"
Acción &pedftca:
Partida:
E77000001001 "A81gnad6n y control de '°8 recul'IOI para galtc>1 de loa tnibajadoru y lnbaJadora•"
4.01 "Gastos de pel'IOnal" (Otras Fuentes Ordinarias)
Bs. 124.591.483,00
124,591.483,00
124.591.483,00
124.591.483.00
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.637
Sub-Partidas Genénc:as, Espec:iflc;as y SubEspecillcas: 01.10.00
01.18.01
01.19.00
03.03.00
03.08.00
03.09.00
03.17.00
03.18.00
03.21.00
03.37.00
03.38.00
03.'40.00
03.41.00
04.06.00
04.08.00
04.18.00
04.24.00
04.26.00
04.96.00
05.01.00
05.ol.OO 05.04.00 05.06.00 05.07.00
05.08.00
05.13.00
06.04.00
06.05.00
06.10.00
06.13.00
06.25.00
06.26.00
06.27.00
06.95.00
07.11.00
07.25.00
07.84.00
07.8S.OO
94.01.00
96.01.00
97.01.00
·sarartos a obreros en puesto, permanentes a tiempo completo" "Remuneraciones al perwnal oontratado a tiempo detennlnado" "Retribuciones por becas salarios, bolsas de traba.)(>, pasantlas y s1m11arcs·
"Primas por hogar a empicados" "Primas de profcslonallzaci6n a empicados"
"Pnmas por antlgúcdad a empicados" "Pr1ml$ de transporte a obreros" "Pnmas por hogar a obreros"
"l'nmas por antigüedlld a obreros" "Primas de transporte al personal contratado" "Primas por hogar al personal contratado" "Primas de profeslonallzlldón al personal oontratado" "Primas por antlgOcdad al personal contratado" "Complemento a empleados por comisión de servidos •
"Bono compensatono de allmentadón a empicados" "Bono compensatDno de aUmentzlclón a obrero$"
"Complemento ª' personal contratado por horas extraordlnarlaS o por ~ tiempo. "Bono compensatcno de alimentad6n al persona 1 contratado" "Otros complementos a empleados" "A91Jlnaldcs a empleados"
"8ono 'IIIC3donal a cmplcados" "Agulnatdos a obreros" "8ono VIICIICIOnlll a obreros" • Aguinaldos al personal contratado" "Bono VllCildonal al personal contratado" "Aguinaldos a altos t\JndonarlOS y altas t\Jndonar1as del poder público y de elecci6n popular" • Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por empleados" "Aporte patronal ª' Fondo de Ahorro ObllgatDno pa111 11 VMenda por empicados" "Aporte patronal al lnstltU!D Venezolano de los Seguros Sodales (IVSS) por obreros" • Aporte patronal al Fondo de Ahorro ObligatDno pa111 la Vllllcnda por obreros" "Aporte tegal al lnsat\Jto Venezolano de los Seguros Sodales (IVSS) por personal contratado' • Aporte patronal al Fondo de Ahorro Obl!Qatono para 1a Vl\/lcrlda por personal contratado" "Aporte patronal al Fondo de Seguro de Paro Forzoso por personal contratado" "Otros aporte$ tegales por perwnal contratado" "Aporte patronal para gastos de guarderias y preescolar para hijos de empicados •
'Ayudas a obreros para adqulSldón de uniforme$ y Útiles escolares de sus hijos • "Aporte patronal para gastos de guarderías y preesa:,jar para hijos del personal contratado" "Aportes para la adqulSldón de Juguetes para los hl)os det personal contratlldo" "Otros gastos de los altos funcionarios y altas fundonanas det poder público y de etecdón popular' "Otros gastos del personal empleado' "Otros gastos del perwnal obrero"
2.120.000,00
5.200.000,00
35.000,00
2~5.000,00
180.000,00
400.000,00
520.000,00
752.000,00
505.000,00
l.8'40.000,00
2.560.000,00
560.000,00
705.000,00
30.000,00
6.000.000,00
9.000.000,00
365.000,00
30.000.000,00
35.000,00
7.200.000,00 2.500.000,00 6.500.000,00 3,250.000,00
23.500.000,00
15.000.000,00
308.000,00
30.000,00
91.000,00
440.000,00
108.000,00
350.000,00
390.000,00
250.000,00
223.000,00
11.000,00
9.200,00
167.000,00
150.000,00
90.000,00
1.700.000,00
1.2n.283,00
Artículo 5°. El Vicepresidente Sectorial de Economía y el Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas quedan encargados de la ejecución de este Decreto.
Artículo 6°. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia, 157° de la Federación y 17° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (L.S.)
Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)
Refrendado
ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
La Encargada del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para Relaciones Exteriores y Vicepresidenta Sectorial de Soberanía Política, Seguridad y Paz (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS
DELCY ELOINA RODRÍGUEZ GÓMEZ
para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas (L.S.)
Refrendado Et Ministro del Poder Popular para la Industria y Comercio y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)
Refrendado
NESTOR LUIS REVEROL TORRES
VLADIMIR PADRINO LÓPEZ
ERNESTO EMILIO VILLEGAS POLJAK
RODOLFO MEDINA DEL RÍO
CARLOS RAFAEL FARÍA TORTOSA
El Ministro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)
JUAN BAVTISTA ARIAS PAlACTO
ED
ICIO
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AJO
, C.A
. R
IF: J
-001
7804
1-6
432.638 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 13 de diciembre de 2016
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio Exterior e Inversión Internacional (L.S.)
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tlerras (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular de Agricultura Urbana (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Turismo
WILMAR ALFREOO CASTRO SOTELDO
LORENA FREITEZ MENDOZA
ÁNGEL ALFONZO BEUSARIO MARTINEZ
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
(L.S.) MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (L.S.)
Refrendado
EULOGIO ANTONIO DEL PINO DÍAZ
ROBERTO IGNAOO MIRABAL ACOSTA
RICAROO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO
LUISANA MELO SOLÓRZANO
La Encargada del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑEZ GUTIÉRREZ Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)
BLANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ
MERVIN ENRIQUE MALOONADO URDANETA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
OSWALDO EMILIO VERA ROJAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (LS.)
FREDDY ALFRED NAZARET ÑAÑEZ CONTRERAS
Refrendado 8 Ministro del Poder Popular para la Educación (L.S.)
RODULFO HUMBERTO PÉREZ HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y Vicepresidente Sectorial para el Desarrollo Social y la Revolución de las Misiones (L.S.)
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas (L.S.)
Refrendado
ERNESTO JOSÉ PANA SALAS
El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda (L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales y Vicepresidenta Sectorial de Desarrollo del Socialismo Tenitorial (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas y Vicepresidente Sectorial de Obras Públicas y Servicios (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (L.S.)
Refrendado El Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)
Decreto Nº 2.598
ERIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
LUIS ALFREDO MOTIA OOMÍNGUEZ
GERAROO JOSÉ IZQUIERDO TORRES
13 de diciembre de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República
Con :1 sup;~mo con:ipromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia pohtica y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación de la Nación venezolana basado en pr!nciplos hum_anistas, sustentado en condiciones' morales y
• éticas que persiguen el progreso de la Patria y del colectivo, por ma.ndato del pueblo, de conformidad con lo previsto en el articulo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del ~rtículo 236 ejusdem, en concordancia con el numeral 11 del artia..ilo 2° del Decreto Nº 2.452 de fecha 13 de septiembre de 2016, mediante el cual se declara el
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.639
Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, prorrogado mediante Decreto Nº 2.548, de fecha 13 de noviembre de 2016; de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, en Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que en el marco del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica y su prórroga, se requiere realizar erogaciones no previstas en la Ley de Presupuesto, que permitan enfrentar la situación excepcional hasta alcanzar el restablecimiento del orden financiero nacional; de manera tal que se asegure a los venezolanos y venezolanas el disfrute pleno de sus derechos,
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional ha dispuesto todo su esfuerzo en la recuperación económica del País y la construcción de un nuevo modelo económico sustentable, productivo, independiente y diversificado,
CONSIDERANDO
Que la crisis derivada de la guerra económica y sus nefastas consecuencias sobre el pueblo venezolano, ha sido reconocida por los Poderes Públicos, quienes han unido esfuerzos y diferentes acciones para contrarrestar sus efectos,
CONSIDERANDO
Que es obligación y firme compromiso del Gobierno Revolucionario impedir que se generen daños a la economía del país, garantizando el direccionamiento preferente de los recursos económicos disponibles hacia los proyectos sociales y la generación de la infraestructura necesaria que permita el mejoramiento de la calidad de vida del pueblo venezolano, aún en condiciones de estado de emergencia económica, formalmente declarado y vigente,
CONSIDERANDO
Que a los fines de materializar la ejecución de los proyectos enmarcados en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, se requiere transferir recursos adicionales a proyectos y acciones centralizadas que garanticen el desarrollo de las políticas públicas y el buen vivir de los venezolanos y venezolanas.
DICTO
El siguiente,
DECRETO Nº 33 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y EMERGENCIA ECONÓMICA, MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS ADICIONALES CON CARGO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL.
Artículo 1 °. Se autoriza la distribución de recursos adicionales con cargo al presupuesto de egresos del GOBIERNO DEL
DISTRITO CAPITAL, hasta por la cantidad de DOS MIL CUARENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ BOLÍVARES (Bs. 2.047.476.810,00), destinados al cumplimiento de compromisos con los trabajadores y trabajadoras del Gobierno del Distrito capital y sus entes descentralizados funcionalmente, generados por el incremento del 20% del salario mínimo y el ajuste del cestaticket socialista.
Artículo 2°. Los recursos a que se refiere este Decreto, provienen del Situado Constitucional, previa certificación de la Tesorería del Gobierno del Distrito capital.
Artículo 3°. El Jefe de Gobierno del Distrito capital, en ejercicio de sus competencias, procederá a dictar el correspondiente Decreto en el marco de la autorización a que se refiere este Decreto.
Artículo 4°. La distribución de los recursos a los que se refiere el artículo 1 ° de este Decreto, se realizará según la siguiente imputación presupuestaria:
GOBIERNO DEL DISTRJTO CAPITAL
Acdón Central Izada:
Acdón &pedftca:
Sub-Partidas Genblcas, Especilic:as y Sut,. Espeótlc:as:
Partida:
Sub-Partidas Genénca, Espeóflca y Sut,.Especit'lca:
Acdón
E50000001000 ºD1recd6n y coordinación dtt los gasto• de tos trabajadOru y traba)adoraaº
E50000001001 • Aalgnadón y cx,ntn,1 de tos ...curso, para ~ de tos traba)a~ y trabaJactora,•
4,01 ºGatto. de i--w,I" (Situado Consdtudonal)
04.08.00 'Bono compensatorio de •~•empleados"
04.18.00 ·eono compensatorio de allme<Qdón I otnros·
04.26.00 "Bono compensatorlo de alimenaodón al personal oontnl!lldo •
4.03 ºSetvldoa no personal•º (Situado Constltuclonal)
19.0t.<)O "Comisiones por ser.1dos para rumpllr con los benelldos sodates·
Centralizada: E50000002000 "Gestión Admlnlatnt1va•
Acdón &pedflca:
Partida:
Sut,.Partldas Genéricas, Especificas y Sub-Especificas:
Su~Paltldas Genérica, Específica y Sub-Especifica:
E50000002003 "Apoyo lnatltudonal al Netor púbtlcx,"
4.07
01.03.02
A0227
A0211
A0494
Al349
Al354
01.03.07
"Transferendu donadonff" (Situado Consffludonal)
y
"Transfem>das comentes a entes descent11111zados sin nnes empresanales •
Fundadóti PI"' loo Niños, Nlilas y Adolescentes del ots!JflD capital Fundación para la ldenUdad caraqueña del Olstl'l1X> capru,1
Fundación para el OesarTOllo Endógeno Comunal Agroallmentar1o Fundeca Yerba caracas Servicio Autónomo l.o(ena de caracas Cuerpo de Bomberos del Gobierno del Otstrtto Capital
"'Ttllnsf~s comentes a entes descentrallzado5 con nnes emp,esanales no petroleros"
11$. 2.047.476.810,00
1.373.239.425,95
1.373.239.425,95
1.367.642,458.95
919.636.196,95
326.714.267,00
121.291.995,00
5.596.967.00
5.596.967,00
674.237 .384,05
674.237.384,05
671,237.lH,QS
99.000.000,00
10.000.000,00
10.000.000,00
15.000.000,00
4.000.000,00
60.000.000,00
$65.000.000,00
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A0510
AOS21
A1536
SUo-Partldas Genérb, Es pecillca V Sui>-Espedllca: 01.03.11
E7600
can~as del Olstrtto cap11a1, S.A. Cotpotadón para la <:onstruc:dón V Gestlón de Urbanismos en el Olst11to capital, S.A. (CORPOCAP!T.t.L, S.A.) Corporadón de SeMdos del Olstrlto Cllpttal, S.A.
"llansferendas con1enles al Poder Munldpar
Área Melropolrtana de caracas
35.000.000,00
80.000.000,00
450 000.000,00
10.237.384,05
10.237.384,05
Artículo 5°. El Vicepresidente Sectorial de Economía y el Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas, quedan encargados de la ejecución de este Decreto.
Artículo 6°. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia, 157° de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (L.S.)
Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S,)
Refrendado
ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
La Encargada del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Goblemo (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para Relaciones Exteriores y Vicepresidenta Sectorial de Soberanía Política, Seguridad y Paz (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS
DELCY ELOINA RODRÍGUEZ GÓMEZ
para Relaciones Interiores, Justicia y Paz (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Defensa (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Banca y Flnanzas (L.S.)
NESTOR LUIS REVEROL TORRES
VLADIMIR PADRINO LÓPEZ
ERNESTO EMILIO VILLEGAS POUAK
RODOLFO MEDINA DEL RÍO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Industria y Comercio y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)
CARLOS RAFAEL FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)
JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio Exterior e Inversión Internacional (L.S.)
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y llerras (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular de Agricultura Urbana (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO
LORENA FREITEZ MENOOZA
ÁNGEL ALFONZO BEUSARIO MARTINEZ
ROOOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (LS.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (LS.)
Refrendado
EULOGIO ANTONIO DEL PINO DÍAZ
ROBERTO IGNACIO MIRABAL ACOSTA
RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO
LUISANA MELO SOLÓRZANO
La Encargada del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (LS.)
ALOHA JOSEL YN NÚÑEZ GUTIÉRREZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
BLANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.641
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)
MERVIN ENRIQUE MALDONADO URDANETA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servido Penitenciario (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
OSWALDO EMILIO VERA ROJAS
(L.S.) FREDDY ALFRED NAZARET ÑAÑEZ CONTRERAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación (L.S.)
RODULFO HUMBERTO PÉREZ HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación Unlversltarta, Oenda y Tecnología y Vicepresidente Sectorial para el Desarrollo Soclal y la Revoluci6n de las Misiones (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ecosodallsmo y Aguas (L.S.)
Refrendado
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
ERNESTO JOSÉ PANA SALAS
El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda (L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales y Vicepresidenta Sectorial de Desarrollo del Socialismo Territorial (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas y Vicepresidente Sectorial de Obras Públicas y Servidos (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (L.S.)
Refrendado El Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)
ERIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
LUIS ALFREDO MOTIA DOMÍNGUEZ
GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES
Decreto Nº 2.599 13 de diciembre de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4°, 18, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 26 de la Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
DECRETO
Artículo 1 °. Nombro a la ciudadana MARÍA DE JESÚS VÁSQUEZ RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.954.160, como SUPERINTENDENTE NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA (SUNAVI), con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 20. Delego en el Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, la juramentación de la referida ciudadana.
Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206º de la Independencia, 157° de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (L.S.)
Refrendado El Vicepresidente Ejecutlvo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)
Refrendado
ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda (L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
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432.642 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 13 de diciembre de 2016
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.643
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DESPACHO DEL PRESIDENTE
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432.644 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 13 de diciembre de 2016
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Industria y Comercio y Vicepresidente Sectorial de Economía (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para
CARLOS RAFAEL FARÍA TORTOSA
Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas (L.S.)
JUAN BAUTISTA ARIAS PALACIO
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Comercio Exterior e Inversión Internacional {L.S.)
JESÚS GERMÁN FARÍA TORTOSA
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y lierras (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular de Agricultura Urbana (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Pesca y Aculcultura {L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Alimentación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Turismo (L.S.)
WILMAR ALFREDO CASTRO SOTELDO
LORENA FREITEZ MENDOZA
ÁNGEL ALFONZO BEUSARIO MARTÍNEZ
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
MARLENY JOSEFINA CONTRERAS HERNÁNDEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Petróleo (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S.)
Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud (L.S.)
Refrendado
EULOGIO ANTONIO DEL PINO DÍAZ
ROBERTO IGNACIO MIRABAL ACOSTA
RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIETO
LUISANA MELO SOLÓRZANO
La Encargada del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑEZ GUTIÉRREZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (L.S.)
BLANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Juventud y el Deporte (L.S.)
MERVIN ENRIQUE MALDONADO URDANETA
Refrendado La Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo {L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
OSWALDO EMILIO VERA ROJAS
(L.S.) FREDDY ALFRED NAZARET ÑAÑEZ CONTRERAS
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación (L.S.)
RODULFO HUMBERTO PÉREZ HERNÁNDEZ Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, aencla y Tecnología y Vicepresidente Sectorial para el Desarrollo Social y la Revolución de las Misiones {L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ecosociallsmo y Aguas {L.S.)
Refrendado
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
ERNESTO JOSÉ PAIVA SALAS
El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda {L.S.)
MANUEL SALVADOR QUEVEDO FERNÁNDEZ
Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales y Vicepresidenta Sectorial de Desarrollo del Socialismo Tenitorial (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas y Vicepresidente Sectorial de Obras Públicas y Servicios (L.S.)
Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica (L.S.)
Refrendado El Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)
ERIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
LUIS ALFREDO MOTTA DOMÍNGUEZ
GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.645
Decreto Nº 2.601 13 de diciembre de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con el artículo 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública y en concordancia con los artículos 4°, 18, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Articulo 1°. Nombro a la ciudadana MAYELIN RAQUEL ARIAS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.745.373, PRESIDENTA DE LA FUNDACIÓN MISIÓN JÓVENES DE LA PATRIA ROBERT SERRA, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Articulo 2º. Delego en la Ministra del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno la juramentación de la referida ciudadana.
Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en caracas, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia, 157° de la Federación y 17° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (l.S.)
Refrendado El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)
Refrendado
ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
La Encargada del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (L.S.)
CARMEN TI:RESA MELÉNDEZ RIVAS
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARALABANCA YFINANZAS
REPÚBUCA BOUVARIANA OE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA BANCA Y FINANZAS
SUPERINTENDENOA NACIONAL DE VALORES
Providencia Nº 029 /2016 Caracas, 23 de noviembre de 2016
206°, 157° y 17°
Visto que las Entidades de Inversión Colectiva, sus Sociedades Administradoras y las personas que intervengan directa o indirectamente en la oferta de los valores emitidos por estas entidades, se encuentran sometidos al control de la Superintendencia Nacional de Valores, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 numeral 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores.
Visto que la sociedad mercantil Asefin Sociedad Administradora de Entidades de Inversión Colectiva, C.A., R.I.F. Nº J003671029 (en proceso de liquidación), fue autorizada para actuar como Sociedad Admínlstra<lora de Inversión Colec;tiva, por la Comisicífl Naaonal de Valores, hoy Superintendencia Nacional de Valores, mediante Resolución Nº 20·2003 de fecha 26 de febrero de 2003.
Visto que la sooedad mercantil Asefln Sociedad Administradora de Entidades de Inversión Colectfva, C.A., R.I.F. Nº 3003671029 (en proceso de liquidación), en Asamblea Extraord1nana de Acoon1stas celebrada en fecha 02 de noviembre de 2011, acordó la disolución antiopada de la sooedad administradora y su posterior liquidación, designando a los oudadanos Juan Andrés Suárez Otaola y Hernán Alexander Torres González, titulares de las cédulas de 1dent1dad Nº V·ll.735.377 y Nº V-10.543.871, respectivamente, como coordinadores del proceso de liquidación de la otada sociedad mercantil.
Visto que esta Supennteodenda Nacional de Valores, mediante Resolución Nº 054 de fecha 10 de mayo de 2012, otorgó el visto bueno a la designación de los oudadanos arriba mencionados para actuar como liquidadores de Asefin Sociedad Administradora de Entidades de Inversión Colectiva, C.A., R.I.F. Nº J003671029 (en proceso de liquidación).
Visto que en fecha 14 de abnl de 2016, fue celebrada la Asamblea General Extraord1nana de Acaornstas de Asefin Sociedad Administradora de Entidades de Inversión Colectiva, C.A., R.I.F. Nº J003671029 (en proceso de liquidación), en la cual los OtJdadaoos Juan Andrés Suárez Otaola y Hernán Alexander Torres González, arnba identificados, en su condición de Coordinadores del Proceso de Liqu1dac1ón de la citada sociedad administradora, presentaron el Balance de Liquidación Definitivo al 30 de ¡unio de 2015 e Informe de UQuidadón Definitivo, aprobados por este Ente regulador mediante oficio signado Nº DSNV/GCIAI/0332/2016 de fecha 09 de marzo de 2016. -;.
/ . Visto que en la refencla Asamblea de Asefin Sociedad Administradora de Entidades de Inversión Colectiva, C.A., R.I.F. Nº J003671029 (en proceso de liquidación}, se aprobó el Balance e Informe de liquidación Definitivos presentados, y se acordó la liquidaoón definitiva y por ende la extinción de la personalidad ¡uridica de la citada sociedad mercantil.
La Superintendenta Nacional de Valores en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 94, 98 numeral 1 y 144 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores y los artículos 33 y 34 de las "Normas para la Liquidación Administrativa de los Operadores de Valores Autorizados,. Casas de Bolsa Agrícola, Entidades de Inversión Colectiva y sus Sociedades Administradoras".
DECIDE
l.- Oedal1w" rulmiMdo el pn)(8SO de ~ de ANfi,\ 5odedlid Administradora de Entidades de Inversión Colectiva, C.A., R.I.F. Nº J003671029, sociedad mercantil domioliada en Caracas, e insaita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Oramscripción Judicial del Distrito ~l•{hoy Dlstntx>Captt:al)y Estado Miranda en fecha 24 de enero de 1992, bajo ií-ftró. <?2; tomo 25-A-Sgdo, y en consecuenda la culmlnad6n de las funciones de los ciudadanos Juan Andrés Suárez otaola y Hemán Alexander Torres González, titulares de las cédulas de identidad Nº V·ll.735.377 y Nº V·l0.543.871, respecbvamente, como Coordinadores del Proceso de üquidación de la citada sociedad mercantil.
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432.646 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 13 de diciembre de 2016
2.- Asentar en el Registro Nacional de Valores, la culminación del proceso de liquidación y la cancelación de la autorización otorgada a Asefln SOdedad Administradora de Entidades de Inversión Colectiva, C.A., R.I.F. Nº J0036710ai,
3.- Notificar a los ciudadanos Juan Andrés Suárez otaola y Hemán Alexander Torres González, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.735.377 y Nº V-10.543.871, respectivamente, y al Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito
Capital) Y Estado Miranda, la presente Providencia de conformidad con lo establecido en el artículo 105 ~el Decreto con Rang~, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores y el articulo 72 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
~quese y Publíquese,
REPÚBLICA BOUVARJ.ANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA BANCA Y FINANZAS
SUPERINTENDENOA NACIONAL DE VALORES
Providencia Nº 030/2016 Caracas, 23 de noviembre de 2016
206°, 157° y ¡ 70
Visto que las Entidades de Inversión Colectiva, sus Sociedades Adm1n1stradoras y las personas que intervengan directa o indirectamente en la oferta de los valores emitidos por estas entidades, se encuentran sometidos al control de la Superintendencia Nacional de Valores, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 numeral 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores.
Visto Que la sociedad mercantil Asefin Fondo Mutual de Inversión de Capital Abierto, C.A., R.I.F. Nº )300597563, en Asamblea Extraordinaria de Acc,onrstas celebrada en fecha 02 de noviembre de 2011, acordó la disolución ant1c1pada del fondo y su posterior liquidación, designando a tos ciudadanos Juan Andrés Suárez Otaola y Hernán Alexander Torres Gonzalez, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.735.377 y Nº V-10.543.871, respectivamente, como coordinadores del proceso de hquidaoón del otado fondo mutual.
V~to que esta Superintendencia Nacional de Valores, mediante Resoluoón N 055 d_e fecha 10 de mayo de 2012, otorgó el visto bueno a la designación de los ciudadanos arriba mencionados para actuar como liquidadores de
Asefin Fondo Mutual de Inversión de Capital Abierto, C.A. R.I.F. Nº J300597563.
Visto que en fecha 17 de mayo de 2016, fue celebrada la Asamblea General Extraord1nana de Accionistas de Asefin Fondo Mutual de Inversión de Capital Abierto, C.A., R.I.F. Nº )300597563 (en proceso de liquidación), en la cual los ciudadanos Juan Andrés Suárez Otaola y Hernán Alexander Torres González, arriba 1dent1ficddos, en su condición de Coordinadores del Proceso de L1qu1daoón del citado fondo mutual, presentaron el Balance de Liquidación Defin1t1vo al 30 de Junio de 2015 e Informe de liqu1dac1on Definitivo, aprobados por este Ente regulador mediante oficio signado Nº DSNV/GCIAI/0333/2016 de fecha 09 de marzo de 2015.
Visto que en la referida Asamblea de Asefin Fondo Mutual de Inversión de Capital Abierto, C.A., R.I.F. Nº J300597563 (en proceso de liquidación), se aprobó el Balance e Informe de Liqu1daeión Definitivos presentados, y se acordó la l1quidac1ón definitiva asi como la extmoón ele la personalidad ¡urídica del citado fondo mutual.
La Superintendenta Nacional de Valores en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 94, 98 numeral 1 y 144 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores y los artículos 33 y 34 de las "Normas para la Uqu1dac:ón Administrativa de los Operadores de Valores Autorizados, Casas de Bolsa Agrícola, Entidades de Inversión Colectiva y sus Sociedades Adm1n1stradoras".
DECIDE
1.- Declarar culminado el proceso de liquidación de Asefin Fondo Mutual de Inversión de Capital Abierto, C.A., R.I.F. Nº )300597563, sociedad mercantil domiciliada en Caracas, e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Orcunscnpc1ón Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda el día 23 de noviembre de 1992, bajo el Nro. 27, tomo 96-A-Sgdo, y en consecuencia la culminación de las funciones de los ciudadanos Juan Andrés Suárez Otaola y Hernán Alexander Torres González, titulares de las cédulas de identidad Nº v-11. 735.377 y N° V-10.543.871, respectivamente, como Coordinadores del Proceso de Uquidaoón del citado fondo mutual.
2.- Asentar en el Registro Nacional de Valores, la culminación del proceso de liquidación y la cancelación de la autorización otorgada Asefln Fondo Mutual de Inversión de Capital Abierto, C.A., R.I.F. Nº 1300597563, para hacer oferta pública de unidad de inversión.
3.- Notificar a los ciudadanos Juan Andrés Suárez Otaola y Hernán Alexander Torres González, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.735.377 y V-10.543.871, respectivamente y al Registro Mercantil Segundo de la Orcunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y estado Miranda, la presente Providencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores y el artículo 72 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Comuníquese y Publíquese,
Superi /.; ' Oec-- l.il9dol-03do-dol016 ,, ,·.,·~ G«NO'"'"'deltRo¡)Ublic.o_do_N'<OJl42defed>I03dofeMrodo20l6 ,, ,•
Re,,,,,..,,., "' e.e ... or1c¡,,1 oe lo ~ Bo1o,1r11na c1t venuoe.11 ~· <0&0 do recna <><do,_ oe 20\ •. ··.::,
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.647
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECOSOCIALISMO Y AGUAS
,,f PÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
ECOSOCIALISMO Y AGUAS DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCIÓN Nº 1 5 5 S Q__! de DIC de 2016 206°, 157° y 17°
El Ministro del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas, designado mediante Decreto Nº 2.181 de fecha 06 de enero de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela Nº 40.826 de fecha 12 de enero de 2016, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 65 y 78, numeral 3 y 19
del Decreto cor1 Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la
Admin1stración Pública, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.147 Extraordinario de
fecha 17 de noviembre de 2014, concatenado con el artículo 5, numeral 2 y el artículo 19 en su último aparte de la Ley del
Estatuto de la Función Pública;
RESUELVE
Artículo l. Se designa a la ciudadana CAROLINA SEQUERA GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.406.539, como PRESIDENTA, de la FUNDACIÓN DE EDUCACIÓN AMBIENTAL (FUNDAMBIENTE) del Ministerio del Poder Popular
para Ecosocialismo y Aguas.
Artículo 2. La Presidenta de la Fundación de Educación Ambiental
(FUNDAMBIENTE), deberá cumplir con las atribuciones conferidas
en el Documento Constitutivo Estatutario, debiendo a su vez, rendir cuenta al Ministro del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas, de
los actos realizados en ejercicio de tales atribuciones.
Artículo 3. Los actos y documentos emitidos y firmados de conformidad con esta Resolución y en ejercicio de sus funciones, deberán indicar seguidamente bajo la firma de la ciudadana designada, nombre de quien lo suscribe, titularidad con la que actúa, la fecha, número de Resolución y Gaceta Oficial donde haya
sido publicada, según lo establecido en el artículo 18, numeral 7 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Artículo 4 La presente designación entrará en vigencia a partir de 01 de diciembre de 2016.
Comuníquese y Publíquese,
(L.S.)
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARALAJUVENTUDYELDEPORTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA JUVENTUD Y EL DEPORTE
INSTITUTO NACIONAL DEL PODER POPULAR DE LA JUVENTUD DESPACHO DEL PRESIDENTE
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N' INPPJ/0014/2016
A/los 206'. 157' y 17'
Caracas. 01 de drcremhre de 2016
El ciudadano MERVIN ENRIQUE MALDONADO URDANETA. titular de la Cédula de
Identidad N' V-17.456.328. Presidente en calidad de encargado y a su vez Presidente de la
Juma Direc1,va del Instituto "lac,onal del Poder Popular de la Juventud. designado mediante
Decreto Pres,denc,al N" 2.273 de fecha 11 de marzo del 2016. publicado en la Gaceta Oficoal
de la República Bolovanana de Venezuela N' 6.219 Extraord1nar10 de techa 11 de marzo de
2016. en eJerc,c,o de las a1nbuc1ones previstas en el ariículo 56 numeral 16 de la Ley para el
Poder Popular de la Juventud, en concordancia con lo establecido en los ar11culos s. 19
último apar1e y 20 numeral 8 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. docta la s,gu1enie
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
ARTÍCULO 1. Se designa a la ciudadana JENNY CAROLINA PARÍS SIFONTES. titular de
la cédula de 1dent1dad N' V-12.472.941. como AUDííORA INTERNA en calidad de
Encargada del 1nso1uto Nacional det Poder Popular de la Juventud. cargo este de a110 novel
y de libre nombramiento y remocoón
ARTICULO 2. QuP.da ~on etec10 la Providencia Admín1s11a1,va N ' PRE/0037/2013. de techa
2 ce agos10 de 2013. publicada en 1a Gaceta Of1c1al de r., Republ1ca BOiivariana de
Venezcela r, 40 226. de techa 12 de agosto de 2013.
ARTÍCULO 3. La presente Providencia Admon1suabva entrará en vigencia a parn1 de su
publicación en la Gaceta or,cial de la Republ1ca Bolovanana de Venezuela.
Comuníquese y publiquese
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432.648 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Martes 13 de diciembre de 2016
MINISTERIO PÚBLICO REPÚBLICA BOLIVA"IANA DE ENEZUELA
REGISTRO PUBLICO DE:.. EGUNDO CIR:Ul,.0 MUNICI 10 LIBERTADOR DISTRITO
~APITt..L
- MINISTERIO DEL P¡ER POPULAR PARJ. REI.ACIONES I ERIORES Y JUSTICIA•• •• SER CIO AUTÓNOMO DE REr.!STROS Y N TARIAS '"
Pn,n!'r<> ~o·. cte- o,:, -rnbre oel :iqs: nu1 a1ee1se1s (201:,\
206" ,¡ 157·
E' a~•enor ~o<:ume1110 'Ue 1eda9tado p~, el(la, Abg. GERLIND . DE JESUS GARCIA OE VENTO
.o•o~to(al en el lnprealX>oado 1º· 20062: 1C1&nlif1ca~o cor· ~I Numero 215.2016.4.2123. derecha
01/1212016 Pr~sentct(10 Pcf.fil s~1 re-91t:.tro rtl)r LUISA MARVEtllA ORTEGA DIA.2, CÉDULA Nº
v44.5fi5.6~\i i:ut- :~1~0 ,; ::onr, tado c1;11 :i·J$ c.1013S g~, 10s orctoc~los v 11rn:ados ef'I estos 'I en
e! oceseote on¡¡,M! por ;u¡sl ot l\lanle(s, ame,,,, v los test,go¡; LUISANI' JUOITH GUTIERREZ
OIAZ y RODOLFO JúSF. VAR LA MONTILLA cc!t CEOULA Nº V-17.752.-110 f CEDULA N'
V-1:i.527.386. La Revisión Leg y ·a ,P.11s1vr~ de P(l:h1b1i:1onel fueror, re<1i12ada oor el(laJ Abo.
ROSAURA DEL CARMEN PA EDES ROMERO con CEDU~A N' V-12.398.847 tunc•onaroo111
:le esta Oficina de Registro. La 1enufic~ci611 je ,.los, Otorganrs) tue atec.tuada as!: GERUNDA
IJE JESUS GARCIA PE VENT nac,onalidad VENEZOLAN . estado CIVIi CASADA, CEDULA
Nº V-l.882.259 Ei Recau<10 A TA ASAM&•.F.:.L\ agregado t:11 riderno '1e Comprobantes oajo e!
ni.mero 3622 1 íol1c 7?10-72 O resi:.,ec11-,B.Mame E: fleca~, e, Documento de ldenlidad fue
P'~sentado Ad f.ffect<:m t/oden 1. Este documonlo Quedó i crito bajo el(losl Número(s) ·,
folio(s) 44 del (de ,os) Tor o(s) 35 dal Protocolo de anscripcion del presente aiio
respoctivame~)e. E~'.e docu nto quedó otorgado en esta oficina a las 04:37 p.m.
La •.'.)torg3'flte: ~ ;/
/.
.\;/'>' ~• .,.. ...... ~\ --·---- r--¡-,·-
·.; ¡1 1 ', 11 1 i I, j
1 '! ¡ ---·--' ..... ~. .
(. ! ·.
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El(La: Reg1strador(aj 'Íf ca).
/~
PARA LA tNVESTIGACI N, CAPACITACIÓN ¡Y DESARROLLO DE l;A''"'
ACTA DE ASAMBLEA ElRAORDINARIA Nº E, ~6-16 DE LA "FUNDACtON
FUNCIÓN FISCAL". DE F CHJ> PRIME~O (01) DE DICIEMBRE DE 2016 ......... .
se nac.-e constar que el dla .f'nmero \01 ¡ o~ <11c1embre de 2016 siendo fas diez de
1a manana (10:0l! a.m.l. en:1a Quinta Nro. J 1Jt1cadalen la Avenida Los Naranjos
oe la Urbarnzación La Flonda de :a P,moouia l:1 Recteo. Municipio Libertador del
o,stnto Capital. sede de f\a Funoa,:;1011 o..tro la 11¡ves1,gac,on Capac,tac,ón ·¡
Desarrollo de la Función 1scal creaoa meo,ante Acta Const,tut,va y Estatutos
Sociales, protocolizada ant~ el Registro Púohcu de! $bgundo.C1r(:u1to oel Mun1c1010
Libertador del Distrito Capital. ba¡c '.ll Nro 25 Foloo: ,:l6 Tome:: 40 Protocolo de 1
1 ranscrloción de fecha ".!iecmueve \ 1 s·, ae octvbre de 20, 1. publicados en la ,. ··Gaceta Oficial de la República 8olovar,ana :ic Ven~ue1a Nro 39 788. Clo fecha
veir-tiocho (28) de octubre de 2011 fue celf'or-oda !a Asamblea E•traordinaria Nro
f- 006-16, en la cual se enfontraban presentes. 1a Ora. Luisa Ortega Díaz, titular
de la cédula de 1dent1dad 1'º· 4 555.6.3: 1'1,cal Gefera1 de la República. Abog.
Mayra Cecilia Rlvaro Sán,hez, til~lar de la cédula e identidad Nro 9.485.679
Presidenta de la ,lunta 01rectM1 de la Funda 1ón oara ra lnvestigacron
Copacitación y Desarrollo.d la Ft;nc,011 F:sca: .la Lic. Gipsl Medina García, titular
c:e la .cédula de 1dentidao N o 5.463.52& M,emoro Suolente oe la Junta Oirect1~a.
1a Abog. Argenla Merced¡ Santos Lov11ra. '.llular 9e la céoula de identidad Nro.
6.206.236, Miembrc Principal de la Junta Cnrecuva la Lic. Evelyn Betz.abé
Abrahán Jlménez, titular 9e la céoUta ae 1den!lr1a~ Nro. 10 470.310. Miemriros
Principales de la Junta 0Ject1va v 'ª Abo11. GeHlnda de Jesús Garcla da
Vento tltular de iél c::l!du a de 1denlldaO Nro 3 ~82 259 en su carácter oe
Secretaria E¡ecutiva Suple e e!e la Junta Diri:c1iva Presidio !a Asamblea la Abog.
Mavra Cecilia Rivero Sán nez Pre!.rOenla de ,a Jur¡ta Ql(ect,va de.'ª Fundac1óro
ante,1ormente idenuficada quier, la veclarc ·1áhdarnente const1lu1da, previa ,
¡;onvocatoria. ta, y como ,e estaulece e1 an1cu10 f 11 del Acta Constitutiva v
Estatutos Sociales de la F :idac1ón. . .... . . . . . . ..
~SdgUidameme la Abog. ~ayra Cecilia R1vero Sá chez, !111;90 de venf,car el ,. ouorurn. ;:,rocedió a dar lectura " la mder. del <!1a · I \
PUNTO ÚNICO: Modif1ca11ón del articule 33 del Acta Constitutiva y Estatutos
S0,:1ales de ia Fundac1on r virtud cte la rom:nc,a c.+ns1gnada por la Pres1oenta
de IR Junta Directiva de lf Fundación. ar,te la r.1uqaoan:1 Fiscal Gener,;il de la
He pública. Dra. Luisa Orta¡ia Diaz .. 1
·,e sometió a la corislderaciOn lel pu roto ú:•,cc, del orden del d la y le fue ace¡:ltada la
renuncia · a la ciudadana A'fº9· Mayra Cecilia Rivera Sá~chez. titula., c!e la
códl!la de ;dentidad Nro. j 9.485.679, Presidenta de la Junta D"ect1va.
Seguidamente 10 Fiscal Genrral de la Repúbl,ca. Dra. Luisa Ortega Diaz, de
1::o~formidad con lo previsto rn el artículo 13 d.el Act~ Constitutiva y Estatutos
$or.iales de la F1Jndac1ón el tal contempla que ... en caso de faltas absolutas se
,ealizaran nuevas designac ones por parte del o la Fiscal General de la
~epública· p1ocedió a oes1g l'ªr al Lic. Guillermo Enrt11ue Moreno Zapata, titular
•1e la r,édula de idem1dad Nrp. 5 967 1370, Presiaente Cle la Junta Directiva de la
Fundación As1m1smo hab1dl cuenta de la des1gnac1ór. del ciudadano ya arriba
identificado, como Presiden e de la Junta 01rectivl1. el articulo 33 del Acta
Constitutiva v Estatutos Soc1 les de la Fundación queda modificado de la manera
siguiente: . j • Artlculo 33 .. ~~· Fi~~i ·~er~ral de 1a República d!isigna en este acto como
Presidente de la Junta ot,=tiva de la Fur.dacion ª': ciudadano Lic. Guillermo
Enrique Moreno Zapat4. titular de la cédula de identidad Nro.
5.367.670. .... . ....... ....... ... .. .. ........................... .
i=:nalmente. se autoriza a III ciudadana Abog. Gerilnda de Jesús García da
Vento, titular de la cédulf de i~entidad Nro 3 882.259, en su carácter de
Sscretaria Eiecutiva Suplente de la Junta Directiva, para que realice los trámrtes a
que hubiere lugar a los fine de que certifique y prot<fOlice la presente Acta ente
la r,t;cina de Registro Pú lico correspondiente. tol)'lando en consideración la
exención dei pago de aran les y otras tasas prevista~ en la legislación que regule
12 actividad Notarial y Regis ral de cqnformidad con 101 dispuesto en el Articulo 111
del Decreto Nro. 1.424. m iante el cual se dicta el becreto con Rango, Valor y
:=uerza de Ley Orgánica la Administración Públlca, publicada en la Gaceta
Oficial de la República Bo ivanana ae Venezuela ~ro. 6.147 Extraordinario. de
fecha diecisiete (17) de no 1embre de 2014 .. . .... .
No habiendo más asunta e tratar, se declaró concluida ia reunión v confonmes
rirman: j.. . .................................... . L.ulsa Ortega Dtaz, F1sca1 $eneral de la Repúbl1c3 (FpO) ..................... ..
Gulllermo Enrique Moren! Zapata, Presidente (FDO) .................................. ..
Gipsi Medina Garcia. M1erpbro S:.iplente (FDO¡. .. ................. .
1\rgenia Mercedes SantoJ l.overa, Miembro Principal (FDO) ...... .
Ev~lyn Betzabé Abrahán himénez, Miembr('t Principal (FDO) .... ..
Quien suscribe. Abog. Getlnda de Jesús García ~e Vento, titular de la cédula
de identidad Nro 3.882.f 9, actuanao en m1 carácter de Secretaria Ejecutiva
Suplente de la Fundación.- debidamente autorizada por los Miembros de la Junta
Directiva certifico que el Acta de la Asamblea Extraordinaria transcrita. distinguida
cor, el Nro e .. 006·-16 de !1a "FundaC1óo1 para la lnvestigac,on, Capacitac16n y
Oesarrollo de 1a Función Fispat· de fech.: 01 de diciembre del 2016 ..
corre inserto en el on¡unal ,1 Libro de Act.is ae 1a Asamblea de la Fundación
se de¡a constancia y se pr:1c1pa que ,a• Abogada que figura visando e, presente
documento no percibe non ranos profesionales por oarte de la Fundación para la
1r1vP.stigac1on. Capac11ac1ón y üesarrollo de la Función hscal, en virtud de ser
3ecretana E:.¡ecutiva Sup1en e de 1a .ltHlla 01rect"'ª . . . . .
'.\ " \.\; ·.~ ... ·, . .
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Martes 13 de diciembre de 2016 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 432.649
/ El trámite es PERSONAL . ..¡ En caso de no acudir la persona, un familiar deberá consignar autorización con parentesco hasta 3er grado de consanguinidad (Padres, hijos, abuelos, hermanos, nietos, tíos o sobrinos) . ./ En su defecto consignar poder debidamente autenticado.
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AÑO CXLIV - MES III Número 41.051 Caracas, martes 13 de diciembre de 2016
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