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APRUEBA CONTRATO LICITACIÓN PÚBLICA FINANCIEROS DE LA ... Los servicios contratados corresponden a...

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APRUEBA CONTRATO LICITACIÓN PÚBLICA N°2020-4-LE17 PARA CONTRATACIÓN DE LOS "SERVICIOS DE AUDITORIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, PARA EL PERIODO FINANCIERO, CONTABLE Y PRESUPUESTARIO 2017-2018". RESOLUCIÓN N° Q 5 O £ SANTIAGO, 2 5 OCT. 2017 VISTOS: Lo dispuesto en Ia Ley N°20.981 de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; Ia Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su Reglamento; Ia Resolución N° 392 del 26 de junio del 2015, que aprueba el nuevo Manual de Abastecimiento de Ia Biblioteca del Congreso Nacional y sus procedimientos de compra; Ia Resolución N°340 de fecha 11 de julio de 2017 que aprueba Bases de Licitación para Ios "Servicios de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el Periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017-2018"; Ia licitación pública ID mercado público N°2020-4-LE17; Ia Resolución N° 473 de 26 de septiembre de 2017 que adjudica Ios servicios de auditoria;; el acuerdo primero del Acta de Ia Honorable Comisión Biblioteca N° 12 de 14 de Diciembre de 2012 y teniendo presente Ias facultades que me confiere, en mi calidad de Jefe de Servicio, Ia legislación vigente; y CONSIDERANDO: 1.- Que Ia Biblioteca del Congreso Nacional -BCN-, requiere contratar Ios "Servicios de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el Periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017-2018". 2.- Que mediante Ia Resolución N°340, de julio 11 de 2017, de Ia BCN, se aprobaron Ias Bases Administrativas, Técnicas, Económicas y Documentos Anexos, para Ia contratación de Ios "Servicios de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el Periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017-2018". 3.- Que, mediante Resolución N° 473 de fecha 26 de septiembre de 2017 se adjudicó Ia propuesta pública a Ia Empresa Ossandón & Ossandón Auditores Consultores Limitada. RESUELVO: 1.- Apruébase el contrato suscrito con fecha 15 de octubre de 2017 para proveer Ios "Servicios de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el Periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017-2018"; Ia licitación pública ID mercado público N°2020-4-LE17; entre Ia Biblioteca del Congreso Nacional y Ia Empresa Ossandón & Ossandón Auditores Consultores Limitada, cuyo cláusulas son del siguiente tenor:
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APRUEBA CONTRATO LICITACIÓN PÚBLICA

N°2020-4-LE17 PARA CONTRATACIÓN DE LOS

"SERVICIOS DE AUDITORIA DE LOS ESTADOS

FINANCIEROS DE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO

NACIONAL, PARA EL PERIODO FINANCIERO, CONTABLE Y PRESUPUESTARIO 2017-2018".

RESOLUCIÓN N° Q 5 O £

SANTIAGO, 2 5 OCT. 2017

VISTOS:

Lo dispuesto en Ia Ley N°20.981 de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; Ia Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su Reglamento; Ia Resolución N° 392 del 26 de junio del 2015, que aprueba el nuevo Manual de Abastecimiento de Ia Biblioteca del Congreso Nacional y sus procedimientos de compra; Ia Resolución N°340 de fecha 11 de julio de 2017 que aprueba Bases de Licitación para Ios "Servicios de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el Periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017-2018"; Ia licitación pública ID mercado público N°2020-4-LE17; Ia Resolución N° 473 de 26 de septiembre de 2017 que adjudica Ios servicios de auditoria;; el acuerdo primero del Acta de Ia Honorable Comisión Biblioteca N° 12 de 14 de Diciembre de 2012 y teniendo presente Ias facultades que me confiere, en mi calidad de Jefe de Servicio, Ia legislación vigente; y

CONSIDERANDO:

1.- Que Ia Biblioteca del Congreso Nacional -BCN-, requiere contratar Ios "Servicios de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el Periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017-2018".

2.- Que mediante Ia Resolución N°340, de julio 11 de 2017, de Ia BCN, se aprobaron Ias Bases Administrativas, Técnicas, Económicas y Documentos Anexos, para Ia contratación de Ios "Servicios de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el Periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017-2018".

3.- Que, mediante Resolución N° 473 de fecha 26 de septiembre de 2017 se adjudicó Ia propuesta pública a Ia Empresa Ossandón & Ossandón Auditores Consultores Limitada.

RESUELVO:

1.- Apruébase el contrato suscrito con fecha 15 de octubre de 2017 para proveer Ios "Servicios de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el Periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017-2018"; Ia licitación pública ID mercado público N°2020-4-LE17; entre Ia Biblioteca del Congreso Nacional y Ia Empresa Ossandón & Ossandón Auditores Consultores Limitada, cuyo cláusulas son del siguiente tenor:

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En Santiago, a 15 de octubre de 2017, entre Ia BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, RUT N9 60.203.000-8, representada por su Director Don Manueí Aífonso Pérez Guíñez, Cédula Nacional de Identidad N ̂5.547.569-5, ambos domiciliados, para estos efectos, en calle Huérfanos # 1117, piso 2, oficina 221, comuna y ciudad de Santiago, en adelante Ia "Biblioteca", por una parte, y por Ia otra, Ia Empresa, OSSANDON & OSSANDON AUDITORES CONSULTORES LIMITADA, RUT: 76.448.420-7 representada por don Miguel Ossandón López, Cédula Nacional de Identidad N ̂ 5.233.410-1, en adelante Ia Empresa, ambos domiciliados para estos efectos en Montaña N°853 oficina 702, Comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, se acuerda el siguiente contrato de servicios, en adelante, el "Contrato".

PRIMERO: ANTECEDENTES

1.- La Biblioteca del Congreso Nacional, mediante Ia Resolución N9340, de 11 de julio de2017, aprobó Ias Bases Administrativas, Técnicas y Documentos Anexos, para Ia Licitación Pública destinada a contratar el Servicio de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, Ias que se entienden reproducidas en SU integralidad en el presente contrato.

2.- Mediante Resolución N° 473 de fecha 26 de septiembre de 2017, Ia Biblioteca del Congreso Nacional adjudicó Ia licitación pública denominada "Servicio de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional," ID N ̂ 2020-4-LP17, al oferente OSSANDON & OSSANDON AUDITORES CONSULTORES LIMITADA, RUT; 76.448.420-7 por Ia suma total y única de $ 14.000.000 (catorce millones de pesos), impuestos incluidos.

3.- La Biblioteca certifica que al momento de ofertaryde Ia firma del presente contrato Ia Empresa se encuentra habilitada en el portal www.chileproveedores.cl

SEGUNDO: DE LOS SERVICIOS QUE SE CONTRATAN

Por el presente contrato, Ia Biblioteca encarga a Ia Empresa OSSANDON & OSSANDON AUDITORES CONSULTORES LIMITADA, RUT: 76.448.420-7 Ia realización del Servicio de Auditoría de Ios estados financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el periodo financiero, contable y presupuestario 2017-2018, dentro de Ios plazos previstos para ello y bajo Ias condiciones técnicas y económicas ofertadas.

TERCERO: REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS.

Los servicios contratados se regirán íntegramente por Ias Bases Administrativas, especificaciones técnicas, consultas y respuestas, anexos y por Ia oferta técnica y económica presentada por Ia empresa.

La Empresa, asimismo, deberá considerar Io necesario para Ia ejecución del contrato de buena fe, y por tanto cualquier elemento, o tarea aquí no descrita, se deberá considerar parte del mismo y es de su responsabilidad costearla y considerarla para una correcta ejecución de Io solicitado.

1.- Objetivo General: La Biblioteca del Congreso Nacional requiere Ia realización de una Auditoria a Ios Estados Financieros, Ejecución Presupuestaria y Ia evaluación del Control Interno para el periodo Financiero, Contable y Presupuestario 2017 y 2018.

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2.- Objetivos Específicos: La Empresa se obliga a prestar, conforme Ios requerimientos de Ia Biblioteca y su oferta formulada, Ios siguientes servicios específicos, por cada año presupuestario objeto de revisión:

A.- Auditoría de Estados Financieros: La Empresa deberá emitir dos dictámenes de opinión sobre Ia razonabilidad de Ios Estados Financieros, el primero por periodo comprendido desde el Ol de enero 2017 al 31 de diciembre 2017 y segundo por el periodo comprendido desde e! 01 de enero 2018 al 31 de diciembre 2018. Estos informes deberán emitirse conforme Ias instrucciones y normas contenidas, entre otras en: Ia Ley Orgánica de Ia Administración Financiera del Estado, Decreto Ley NS 1.263 de 1975; Ia normativa del sistema de Contabilidad General de Ia Nación, Resolución NS 16 de Contraloría General de Ia República, que aprueba normativa del sistema de contabilidad general de Ia nación de fecha 18-02-2015 que recogen Ia normas internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) emitidas por Ia Federación Internacional de Contadores (IFAC) y Ios Procedimientos contables vigentes impartidos por Ia Contraloría General de Ia República, además del cumplimiento de Ia normativa interna de Ia institución y demás normas legales y reglamentarias que resulten aplicables. Se deberá emitir un informe preliminar con corte al 30 de junio para ambos periodos auditados.

B.- Ejecución Presupuestaria: Deberá auditar Ia gestión y ejecución presupuestaria de Ia institución al corte del 30 de junio y al 31 de diciembre periodo de ejercicios 2017 y2018, conforme a Ia Ley Orgánica de Ia Administración Financiera del Estado, Decreto Ley N2 1.263 de 1975 y Ia Ley de Presupuesto del Sector Público; Decreto N° 854 de 29 de Septiembre de 2004, del Ministerio de Hacienda, que determina Ias calificaciones presupuestarias, en cuanto al presupuesto aprobado, sus modificaciones y grado de avance de Ia ejecución presupuestaría en sus partidas de ingresos y gastos.

C.- Control Interno: Deberá emitir un informe del control interno con corte al 31 de Octubre de cada año presupuestario respectivo, formulando Ias observaciones y recomendaciones que validen Ios procesos internos de preparación y presentación de Ia información financiera presupuestaria y otros relacionados, evaluando Ias estructuras de control interno, como también el ambiente de control de Ios sistemas de información que Io sustentan y que podría afectar desfavorablemente Ia capacidad de Ia Biblioteca para registrar, procesar, resumir y presentar información financiera uniforme.

D.- Convergencia a Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP): Emitir opinión y validar el proceso de primera adopción a Ias normas NlCSP- CGR al 30 de junio y 31 de diciembre de Ios años 2017 y 2018 de Ia Biblioteca, en todos Ios ámbitos en que dicha norma incida.

La empresa deberá contemplar en el plan de trabajo y cronograma de actividades un mínimo de horas de trabajo presenciales, para cada uno de Ios años a auditar (2017 y 2018), según el siguiente detalle:

CONCEPTO Horas/Hombre

Auditoría de Estados Financieros y Ejecución Presupuestaria con corte al 30 dejunio.

88 hrs.

Auditoría de control interno. 72 hrs.

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Los servicios contratados corresponden a Ios periodos Ol de enero a 31 de diciembre años 2017 - 2018 y consideran:

-Informe Preliminar de Auditoría de Estados Financieros, Ejecución Presupuestaria y proceso de primera adopción a Ias NICSP-CGR al 30 de junio.-Informe de Control Interno al 30 de octubre.-Informe Final de Auditoría de Estados Financieros, Ejecución Presupuestaria y proceso de primera adopción a Ias NICSP-CGR al 31 de diciembre.

Elementos suministrados por Ia BCN

-Espacio físico para Ia realización del trabajo.-Acceso a redes de Internet.-Acceso a Ios sistemas CGU+Plus (SIGPER-SIGAS-SIGFIN)-Acceso a toda Ia documentación de respaldo sin importar el formato en que se encuentren.

La prestación de Ios servicios será dentro del horario de trabajo de Ia Biblioteca, esto es, de lunes a jueves entre Ias 9:00 y 18:00 horas, y el viernes de 9:00 a 17:00 horas, con una hora para colación.

Toda excepción, será comunicada por anticipado, tanto por Ia BCN, respecto a cambios en el horario producto de eventos propios. Asi también, el proveedor deberá comunicar con anticipación inasistencias o cambios puntuales o permanentes de Ios profesionales destinados a Ia consultoría.

CUARTO: PRECIO

El costo total del contrato es de $14.000.000 (catorce millones de pesos) I.V.A incluido, costo que se pagará conforme se cumplan Ios siguientes hitos:

Hito Producto FechaPorcentaje de pago

Hito1

Informe Preliminar de Auditoría de Estados Financieros y Ejecución Presupuestaria con corte al 30 de junio de 2017.

Este informe deberá ser presentado dentro de 30 días hábiles, contados desde Ia fecha de firma delpresente contrato.

Ts%

Hito2

Informe de Control Interno para el año 2017.

Este informe deberá ser presentado al 25 de noviembre de 2017.

T s%

Hito3

Informe Preliminar Final de Auditoría de Estados Financieros y Ejecución Presupuestaria al 31 de diciembre de 2017.

Este informe deberá ser presentado al 31 de marzo del año 2018.

"20%

Auditoría de Estados Financieros y Ejecución Presupuestaria con corte al 31 92 hrs. de diciembre.

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La Biblioteca podrá solicitar de manera permanente, como medio de verificación de cumplimiento del presente contrato, un detalle de servicios que especifique Ios trabajos realizados, el detalle de Ios procedimientos gestionados, en caso de que Ios hubiera y cualquier otro antecedente que permita una correcta definición y evaluación del servicio prestado.

La empresa deberá presentar un detalle de Ias medidas que permitan Ia revisión, preparación, control de calidad y en general todas Ias acciones necesarias que permitan asegurar Ia correcta ejecución de Ias actividades definidas y el cumplimiento de Ios plazos, manteniendo permanente y continúo contacto con Ia contraparte BCN y el/la auditor/a interno.La revisión y aprobación de Ios informes, hitos o estados de avance de Ia consultorfa serán realizadas por Ia Biblioteca en Ia forma que se estime más adecuada a Ias características de Ia prestación de servicios contratada, materias que serán de Ia competencia de Ia contraparte BCN, que se designa más adelante.

EI no acatamiento a Ios requerimientos solicitados por parte de Ia Biblioteca para cada hito e informe y/o Ia no entrega dentro de plazo podrá ser causal de rechazo de informes, revisión y corrección de estos, aplicación de multas y/o término anticipado de contrato, materias que quedarán consignadas en dicho documento y evaluadas por Ia Biblioteca.

A efectos de asegurar el pago de remuneraciones y prestaciones sociales aI personal de Ia Empresa que se desempeñe en el contrato que se derive de Ia presente licitación y durante Ia vigencia del contrato se deberá acreditar a Ia Biblioteca, en cada estado de pago, que no existen saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social pendientes de pago y en caso de que registre dichos saldos, deberá destinar eI pago respectivo a subsanar Ios mismos, debiendo acreditar esta situación. En caso de persistir esta circunstancia Ia Biblioteca se reserva eI derecho de poner término anticipado al contrato, sin derecho a reclamación alguna. En caso de que Ia empresa

Informe Final (opinión) de Auditoría de Estados Financieros y Ejecución Presupuestaria al 31 de diciembre de 2017.

Este informe deberá ser presentado al 15 de abril del año 2018.

Hito4

Informe Preliminar de Auditoría de Estados Financieros y Ejecución Presupuestaria con corte al 30 de junio de 2018.

Este informe deberá ser presentado al 12 de agosto del año 2018.

15%

Hito5

Informe de Control Interno para el año 2018.

Este informe deberá ser presentado al 25 de noviembre del año 2018.

l [ 5%

Hito6

Informe Preliminar Final de Auditoría de Estados Financieros y Ejecución Presupuestaria al 31 de diciembre de 2018.

Este informe deberá ser presentado al 31 de marzo del año 2019.

10%

Informe Final (opinión) de Auditoría de Estados Financieros y Ejecución Presupuestaria al 31 de diciembre de 2018.

Este informe deberá ser presentado al 15 de abril del año 2019.

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pague Ias cotizaciones previsionales a través de Ia página web PREVIRED u otra similar, deberá habilitar a un usuario de Ia Biblioteca como usuario secundario, de modo de poder verificar el pago efectivo de Ias cotizaciones del personal. En caso de que Ia Empresa no use el sistema web PREVIRED deberá acompañar certificados fidedignos que den cuenta de Ios pagos realizados.

Será requisito para cursar el pago contar con Ia siguiente documentación:Por parte del proveedor:

• Factura/boleta.

• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario F30, gratis en www.dt.gob.cl) del mes que se paga.

• Informe de actividades/productos/servicios realizados.

Por parte de Biblioteca del Congreso Nacional:

• Formulario de Recepción de Productos/Servicios y Reevaluación de

Proveedores firmado por el/la Encargado/a de Ia Unidad Requirente de Ios Servicios.

• Informe de actividades señalando Ios productos/servicios realizados por el proveedor.

• Resolución Aprobatoria de Contrato.

QUINTO: CON TRAPARTES

Contraparte Técnica:Corresponderá al/la Jefe/a de Departamento de Administración y Finanzas, ser Ia contraparte institucional. En el cumplimiento de estas funciones Ie corresponderá:(!) Autorizar el pago contra seguimiento técnico y administrativo del contrato y sus garantías (2) Autorizar el pago contra entrega de Ios productos de Ia consultoría. (3) Tramitar Ios requerimientos de información de Ia empresa auditora necesarios para el normal desempeño del trabajo (4) disponer una oficina para el trabajo de permanencia de Ios auditores en Ias dependencias de Ia BCN.(5) Verificar el cumplimiento del contrato dentro de Ios plazos y en Ias condiciones fijadas por Ia Biblioteca, haciendo efectivas Ias multas y sanciones que corresponda, calificar y resolver Ias presentaciones que formulé Ia Empresa o Persona Adjudicada a efectos de requerir el no cobro de multas aduciendo hechos fortuitos o fuerza mayor. (6) Ejecutar todas Ias acciones que resulten necesarias y efectivas y que tiendan a Ia correcta ejecución del contrato y Ia ejecución de gastos contra respaldos y comprobantes de ejecución, se cuentan dentro de estas responsabilidades, a modo meramente enunciativo, Ia de darvisto bueno a Ios informes entregados, dar visto bueno y aprobar pagos de facturas, asegurar Ia entrega de Ia totalidad de Ia información que Ie sea requerida a efectos del cumplimiento del contrato, así como asegurar Ia entrega de Ia información resultante tanto a Ia auditora interna como al comité de auditoría parlamentaria.

Sin perjuicio de ello, Ia Biblioteca consigna de manera expresa que podrá intervenir en este proceso en cualquier momento a efectos de requerir antecedentes, corregir errores, dar instrucciones que faciliten Ia gestión del contrato, requerir informes específicos, copias, revisar estados de pago y Ios demás antecedentes que estime pertinentes, el/la auditor/a interna.

Contraparte de Ia Dirección:

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Corresponderá al/la Auditor/a Interno de Ia BCN ser Ia Contraparte de Ia Dirección en el desarrollo de Ia consultoría, en mérito de Io anterior, deberá informar permanentemente al Director de Ia BCN sobre el desarrollo de Ia consultoría, participar en todas Ias reuniones formales de avance que se realicen entre Ia BCN y Ia empresa auditora y monitorear el desempeño del trabajo de Ia empresa auditora y de Ia contraparte BCN.Contraparte Operativa:Corresponderá a! Jefe de Ia Sección Finanzas y/o quien designe, ser Ia contraparte con Ios auditores en terreno para Ia ejecución y coordinación de Ios documentos solicitados. Tramitar Ios requerimientos de información de Ia empresa auditora necesarios para el normal desempeño del trabajo, disponer una oficina para el trabajo de permanencia de Ios auditores en Ias dependencias de Ia BCN.

SEXTO: PLAZO DEL CONTRATO.

La contratación tendrá una vigencia de 2 años continuos, y comenzará con Ia total tramitación de Ia resolución que aprueba ei presente contrato de prestación de servicios.

Si Ia finalización de Ia vigencia de Ia contratación recayera en día iníiábil, se prorrogará automáticamente hasta el día liábil siguiente.

El contrato podrá ser renovado y/o prorrogado por acuerdo de Ias partes, por una sola vez, y solo si Ia BCN Io estima beneficioso para Ios intereses institucionales, si existe disponibilidad presupuestaria para tal efecto y si existe una adecuada justificación técnica/económica realizada por el Área Requirente de Ios Servicios, en forma previa al término de Ia prestación (30 días de anticipación).

La Biblioteca podrá aumentar en el contrato Ias cantidades de servicios y/o productos debido a nuevas situaciones no contempladas en bases técnicas y que son fundamentales para una gestión de resultado de calidad, hasta en un 20% del monto del contrato inicial, en cuyo caso el proveedor tendrá derecho a su pago y a un aumento del plazo, proporcional al aumento que haya tenido el contrato original, Si fuese necesario, obligándose a modificar Ias garantías constituidas.

SÉPTIMO: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

Para todos Ios efectos, se considerará que Ias siguientes causales, cuya enumeración en ningún caso es taxativa, podrán justificar Ia terminación administrativa del contrato, con pérdida de Ia garantía para Ia empresa:

a) Si Ia empresa es declarada en quiebra, solicita su quiebra o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.b) Si hay orden de ejecución y embargo de todo o parte de sus bienes.c)Si ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes en favor de SU S acreedores.d) Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de su/sus acreedor/es.e) Si Ia empresa es una sociedad y va a su liquidación.f) Si a Ia empresa Ie fueren protestados documentos comerciales que mantuviere impagos durante 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.g) Si el gerente o alguno de Ios directores fuere condenado por delito que merezca pena aflictiva, o algún socio de una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima.h) Si por errores de Ia empresa Ios servicios son de defectuosa calidad a juicio de Ia insoección técnica y/o comprometieren Ia finalidad de Ia inversión.

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i) En caso de muerte deI gerente o alguno de Ios directores que implique término de glro de Ia empresa.j) Incumplimiento grave de Ias obligaciones contraídas por el contratante, según Io señalado en el punto 19 de Ias bases administrativas.k) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores. (Para ello deberá presentar certificados que acrediten Io contrario)

A SU turno, se podrá poner término anticipado al contrato, sin Ia pérdida de Ia caución para Ia empresa, por:a) Resciliación o mutuo acuerdo entre Ios contratantes.b) Por exigirlo el interés público o Ia seguridad nacional.c) Por muerte deI oferente persona natural.

OCTAVO: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Cualquier diferencia en Ia interpretación de Ia reglamentación y antecedentes indicados en Ias presentes Bases y o en el Contrato, será resuelta administrativamente por Ia Biblioteca sin perjuicio de Ia decisión que Ie corresponda a Ios Tribunales de Justicia, según corresponda.

NOVENO: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El contratista ha presentado garantía por fiel cumplimiento del contrato que cumple con Ios siguientes requisitos: Boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato "Servicio de Auditoría de Ios Estados Financieros de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, para el periodo financiero, contable y presupuestario 2017-2018," a nombre de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, instrumento N° 0377579, del Banco de Crédito e Inversiones, porunvalorde27UFconvigencia al31deenerode2020.

La garantía de fiel cumplimiento asegura, además, el pago de Ias obligaciones laborales y sociales con Ios trabajadores de Ios contratantes, sin perjuicio de Io dispuesto en el artículo 20 de Ia Iey N° 17.322, y permanecerá vigentes hasta 60 días hábiles después de recepcionadas Ias obras o culminados Ios contratos.

DÉCIMO: PROPIEDAD INTELECTUALYCONFIDENCIALIDAD

La propiedad intelectual de Ios Informes, bases de datos, borradores y, en general, todo producto, documento e información de cualquier especie, sea física, digital o electrónica, resultante o generada por Ia aplicación e implementación de este Contrato, serán de propiedad de Ia Biblioteca.

La Empresa y sus dependientes se obligan a mantener Ia más estricta confidencialidad respecto de Ia información señalada en el párrafo precedente, quedándole expresamente prohibido divulgar, emitir, compartir, donar, vender, prometer vender, arrendar, o negociar de cualquier modo o forma dicha información, sea que Ie importe o no un lucro directo.

El incumplimiento de Io anterior implica una grave violación de Ias obligaciones que impone el presente contrato, y dará origen al ejercicio de Ias acciones que en derecho correspondan, tanto respecto del presente contrato, como respecto de eventuales indemnizaciones de perjuicios, sin perjuicio de ser causal determinante para su término anticipado.

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Se deja constancia que en caso que el personal de Ia Empresa disponga de información relevante del servicio y/o tenga acceso a bases de datos, que sean necesarios para el debido cumplimiento de Ias funciones encomendadas, serán responsables de su resguardo, de reportar cualquier incidente relacionado con Ios activos de información de Ia Institución; de su clasificación, manejo, confidencialidad y propiedad intelectual. EI deber de resguardo de Ios activos de información se extiende tanto en horario laboral como fuera de éste, siendo responsable de todo daño, accidente, deterioro, menoscabo o pérdida, o en general, de cualquier hecho que importe Ia pérdida, destrucción o daño, ya sea total o parcial de Ios mismos.

UNDÉCIMO: INEXISTENCIA DE DEPENDENCIA

Las partes declaran que el presente contrato no crea vínculo laboral ni de dependencia ni subordinación alguna respecto del personal de Ia Empresa dedicado al cumplimiento del contrato.

Las partes declaran que el presente contrato no crea vínculo laboral ni de dependencia ni subordinación alguna respecto del personal de Ia Empresa dedicado al cumplimiento del contrato. En mérito de Io anterior será de exclusiva y absoluta responsabilidad de Ia Empresa el pago de sus remuneraciones, imposiciones legales, seguros contra accidentes y por daños a terceros, indemnizaciones o cualquier otra prestación que corresponda respecto de sus dependientes destinados al cumplimiento del contrato, liberando por tanto a Ia Biblioteca de cualquier responsabilidad con estos trabajadores.

La Empresa deberá promover y garantizar a Ia Biblioteca el cumplimiento y observancia de Ias normas laborales vigentes para con sus empleados, sean éstas relativas a sus derechos laborales individuales o colectivos, a Ias normas de orden y seguridad en el desarrollo de su trabajo, como aquellas relativas a sus derechos previsionales. Garantizará, además, su irrestricto respeto a Ia irrenunciabilidad de Ios derechos consagrados por Ia legislación laboral, durante toda Ia vigilancia del presente contrato de prestación de servicios.

En caso de incumplimiento de Io anterior y/o de existir reclamos de sus trabajadores ya sea ante Ia Inspección del Trabajo o Juzgados competentes por materias de esta naturaleza, se faculta a Ia Biblioteca para poner término anticipado al contrato, pudiendo ejercer el derecho legal de retención de Ios pagos adeudados Ios que se destinarán, preferentemente, a asegurar el pago de Ias obligaciones laborales y sociales con Ios trabajadores de Ia Empresa y que se puedan derivar de Ia resolución de estos reclamos.

DUODÉCIMO: INCUMPLIMIENTOS, ATRASOS Y MULTAS

En caso de incumplimiento de Ias obligaciones contraídas por el contratista, Ia Contraparte tendrá Ia obligación de determinar, mediante informe técnico fundado, el porcentaje exacto de Ia prestación efectivamente cumplida, en forma cabal, precisa y oportuna, informando a Ia Unidad de Administración General, aplicándose Ios procedimientos y sanciones aplicables según corresponda.

En base al referido informe Ia Biblioteca podrá determinar Ia resolución y/o término anticipado del contrato.

Si durante Ia implementación y ejecución de Ia prestación del servicio, por causas imputables aI contratado se produjeran atrasos, retrasos, o simple mora respecto de Ia ejecución pactada, éste deberá presentar su justificación por escrito ante Ia contraparte con copia a Ia Unidad de Administración General, dentro del plazo de

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ejecución de Ia contratación y , a su vez, dentro del plazo máxinno de 5 días hábiles desde que se produce el hecho, circunstancia o evento que justifica Ia petición, solicitando que se Ie conceda plazo adicional, según proceda.

En dicha carta, deberá adjuntar todos Ios antecedentes que acrediten objetivamente que el atraso se debe a causas justificadas de fuerza mayor o por presunta responsabilidad de Ia BCN. Si el atraso se produjera por razones atribuibles a Ia BCN, Ia Unidad Requirente deberá fundadamente informar por escrito a Ia Unidad de Servicios Generales, respecto de Ias causas del atraso y el nuevo plazo por el cual se deberá prorrogar Ia entrega del servicio.

La Sección de Finanzas autorizará dicho nuevo plazo y supervisará Ia ejecución de Ia contratación en todas sus etapas y el incumplimiento que pudiere ocurrir, particularmente en relación al cronograma de trabajos, teniendo Ia facultad de aplicar multas, de acuerdo a Ios siguientes rangos y porcentajes, según el precio final del producto/servicio, por cada día corrido de atraso:

>̂ Por concepto de atraso en Ia ejecución de Ios servicios comprometidos, el 2% del monto del contrato anual por día de atraso, con un tope de 5 días corridos. En este caso se tomará como referencia el detalle de actividades y Ia oferta realizada por el proveedor en el portal de compras públicas.

^ Por detalles de servicios y/o informes de reclamos. En el evento de que existan reclamos no subsanados al término de cada uno de Ios servicios comprometidos, dicha circunstancia será informada a efectos del cobro de multas equivalentes al 2% del monto anual de Ia contratación respectiva por cada día de atraso en que pesista dicha falla, con un tope de 5 días corridos.

Se hará excepción a Ia aplicación de Ias multas en Ios siguientes casos:

^ Fuerza mayor o caso fortuito, circunstancias que deberán ser comunicadas por escrito a Ia Dirección de Ia Biblioteca, con su debida justificación. Estos casos serán apreciados y calificados por Ia Dirección, desestimándose Ias presentaciones que se efectúen después de 3 días hábiles contados desde Ia ocurrencia del hecho. Se entenderá por fuerza mayor o caso fortuito aI imprevisto a que no es posible resistir.

^ Alteración impuesta por Ia Biblioteca en el tipo o formato de Ios servicios requeridos, en caso que, por razones técnicas, de conveniencia, de fuerza mayor u otras, calificadas por Ia Biblioteca, ésta solicite Ia alteración de!cronograma de Ios servicios y consecuencialmente, de Ios estados de pago,sin que ello altere el plazo total del contrato.

EI monto resultante de Ia aplicación de Ias multas se deducirá deI valor del Hito del contrato y/o de Ios servicios en específico que se deban pagar.

Sobre 5 días de atraso, considerados en base a Ia propuesta formulada por Ia Empresa, Ia Biblioteca podrá poner término anticipado al contrato, por indicaciones de Ia contraparte técnica, pagando sólo Ios productos efectivamente entregados y recepcionados conformes, con ejecución de Ias garantías constituidas a su favor.

1. La Jefatura de Finanzas notifica al proveedor vía correo electrónico informándoleque se aplicará multa, su monto, Ia respectiva fundamentación y plazo de 5 díashábiles desde su notificación para apelar y/o entregarjustificación.

2. La Jefatura de Finanzas estudia Ias argumentaciones del Proveedor, en caso de acoger tales argumentaciones, podrá ser en forma parcial o total, siendo parcial se recalcula el monto de Ia multa y en caso de desestimarse totalmente Ias

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argumentaciones se mantiene el monto inicialmente informado. Cualquiera sea Ia opción adoptada respecto de Ia procedencia de Ia multa, en un plazo de 5 días hábiles se notificará al proveedor vía correo electrónico. Tratándose del rechazo de Ias argumentaciones del proveedor, total o parcial, en el plazo de 5 días hábiles se Ie solicitará manifestar su conformidad o rechazo, vía correo electrónico, respecto al monto parcial o total de Ia multa aplicada.

3. Aprobada o Rechazada Ia multa por parte del proveedor, Ia BCN dictará una Resolución fundada que aplica dicha multa y se notificará mediante correo electrónico.

Se entenderá que el proveedor ha sido notificado desde Ia fecha de envío del respectivo correo.

DÉCIMO TERCERO: SUBCONTRATACIÓN

Atendida Ia naturaleza de Ia contratación y Ia relevancia de Ia evaluación del staff profesional objeto de evaluación personal, queda expresamente prohibida Ia subcontratación sea total o parcial, o convenir Ia prestación de servicios con terceros para Ia realización y/o entrega de Ios servicios requeridos; ni menos ceder a tercera persona natural o jurídica ni total ni parcialmente.

En el evento de que Ia Empresa requiera modificar y/o cambiar a un miembro del equipo presentado, podrá hacerlo siempre que cuente con Ia aprobación y acuerdo de Ia contraparte BCN con visto bueno de Ia auditora interna, y que se presente en su reemplazo un profesional de igual o superior categoría de aquel que se requiere reemplazar.

DÉCIMO CUARTO: CESIÓN DEL CONTRATO

La Empresa no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, Ios derechos y obligaciones que nacen del presente contrato, salvo que norma legal especial permita Ias referidas cesiones.Lo anterior es sin perjuicio que Ios documentos justificativos de Ios créditos que emanen de estos contratos, puedan transferirse de acuerdo a Ias normas de derecho común.

La infracción a esta obligación autorizará a Ia Biblioteca a poner término inmediato al contrato.

En caso de celebrar Ia Empresa un contrato de factoring, éste deberá notificar a Ia Biblioteca por intermedio de Ia Unidad Técnica dentro de Ias 48 horas siguientes a su celebración. Asimismo, Ia empresa de factoring deberá tomar Ias providencias necesarias y oportunas de notificación a este Mandante de dicho contrato, a fin de hacer efectivo eI cobro de Ia respectiva factura, siempre que no existan obligaciones o multas pendientes.

En todo caso Io anterior no implica de modo alguno Ia aceptación anticipada del eventual contrato de factoring por parte de Ia Biblioteca, toda vez que dicha aceptación deberá efectuarse en Ia oportunidad correspondiente, en conformidad con Ias disposiciones de Ia Iey N° 19.983, que regula Ia transferencia y otorga mérito ejecutivo a Ia copia de Ia factura.

La Biblioteca no se obliga al pago del factoring en caso de existir obligaciones y/o multas pendientes de Ia Empresa. Tratándose del cobro de facturas, el Mandante no se

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obliga al pago de facturas en el caso de que Ia misma no se haya debidamente aceptada por SU parte, o exista inejecución o falta de prestación de servicios y/o incumplimiento de Ias obligaciones encomendadas a Ia Empresa y demás casos de conformidad con Ia normativa Iegal vigente.

DÉCIMO QUINTO: DECLARACIÓN Y CONSTANCIA

En este mismo acto Ia Empresa declara bajo juramento no registrar a Ia fecha deudas fiscales y declara, además, para Ios efectos de Io dispuesto en el artículo 4° de Ia Ley N°19.886, que no se encuentra afecto a ninguna de Ias inhabilidades previstas en Ia aludida norma, no teniendo entre sus socios a una o más personas que tengan Ia calidad de funcionarios directivos de Ia entidad licitante, ni que estén unidas a ellos por Ios vínculos de parentesco descritos en Ia letra b) del artículo 54 de Ia Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Ia Administración del Estado; ni constituir una sociedad de personas de Ia que aquellos o éstas formen parte, ni una sociedad comandita por acciones o anónimas cerradas en Ias que aquéllos o éstas sean accionistas, ni una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más de capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de Ias sociedades antedichas. Como, asimismo, que no ha sido condenada por infracción a Ios derechos fundamentales del trabajador, dentro de Ios anteriores dos años; como tampoco a alguna de Ias penas establecidas en el artículo 8° de Ia Ley N°20.393 que establece Ia responsabilidad penal de Ias personas jurídicas en Ios delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. Declara también que no tiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores o con trabajadores contratados en Ios últimos dos años.

DÉCIMO SEXTO: EJEMPLARES.

El presente contrato se firma en tres ejemplares de idéntico tenor, quedando dos en poder de Ia Biblioteca y uno en poder de Ia Empresa.

DÉCIMO SÉPTIMO: PERSONERÍAS

La personería de don Manuel Alfonso Pérez Guíñez, para actuar como Director de Ia Biblioteca del Congreso Nacional, consta en eI acuerdo primero de Ia sesión N ̂ 12/2012 de Ia Honorable Comisión Biblioteca de fecha 14 de diciembre de 2012.

La personería de don Miguel Ossandón López para representar a Ia Empresa, consta en escritura pública repertorio N° 620/2006 suscrita ante el Notario Público Carlos Swett Muñoz, de fecha 22 de marzo de 2006.

El presente contrato se firma en tres (3) ejemplares, quedando dos en poder de Ia Biblioteca y uno en poder de Ia empresa.

2.- Impútese el gasto que demande el cumplimiento del contrato al presupuesto vigente de Ia Biblioteca del Congreso Nacional año 2017 y presupuesto 2018.Partida 02, Capítulo 03, Programa 01:Subtítulo 22, ítem 11, Asignación Presupuestarla 999

3.- Considérese parte integrante del presente contrato, el Acta de Ia Comisión Evaluadora, y Ia propuesta técnica y económica del oferente seleccionado.

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4.- Publíquese esta resolución y Ios documentos fundantes de Ia misma, en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones, www.mercadopublico.cl.


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