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ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE LOS NUEVOS PROCESOS DE GESTIÓ N … · Igualmente serán...

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N. o Expediente: 2016/01700 Pliego de Condiciones Particulares 1/31 RENFE Viajeros S.M.E., S.A. Gerencia de Área de Control de Gestión y Compras Gerencia de Compras de Suministros y Servicios Jefatura de Contratación de Servicios de Limpieza y Mantenimiento e Ingresos Madrid, febrero de 2017 PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA: ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE LOS NUEVOS PROCESOS DE GESTIÓN COMERCIAL, MARKETING Y ATENCIÓN AL CLIENTE
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Madrid, febrero de 2017

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN POR

PROCEDIMIENTO ABIERTO

PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA:

ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO DE LOS

NUEVOS PROCESOS DE GESTIÓN COMERCIAL, MARKETING Y

ATENCIÓN AL CLIENTE

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Í N D I C E

1. OBJETO.

2. PLAZO.

3. IMPORTE MÁXIMO DE LICITACIÓN.

4. PRESENTACIÓN DE OFERTAS.

5. ANÁLISIS DE LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y VALORACIÓN DE

OFERTAS.

6. APERTURA PÚBLICA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS.

7. ADJUDICACIÓN.

8. CARÁCTER DE LOS PRECIOS.

9. CONSULTAS.

10. FACTURACIÓN.

11. FORMA DE PAGO.

12. GARANTÍAS.

13. INCUMPLIMIENTOS, RESOLUCIÓN E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS.

14. INSPECCIÓN Y CONTROL.

15. RECEPCIÓN PROVISIONAL.

16. GARANTÍAS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.

17. RECEPCIÓN DEFINITIVA.

18. FORMACIÓN DEL PERSONAL Y/O DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.

19. CONFIDENCIALIDAD.

20. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES.

21. SEGUROS.

22. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.

23. OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES.

24. IMPUESTOS.

25. LICENCIAS.

26. SOMETIMIENTO AL FUERO.

27. RÉGIMEN JURÍDICO.

28. USO DE LAS MARCAS DE RENFE-Operadora O DE RENFE Viajeros S.M.E., S.A.

29. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

30. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL.

31. PUBLICIDAD.

32. ÍNDICE DE ANEXOS.

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1.- OBJETO.

El objeto de este Pliego de Condiciones Particulares (en adelante, “PCP”) recoge las condiciones de la licitación para la adjudicación mediante “Procedimiento Abierto” de la Asistencia Técnica para el desarrollo de los nuevos procesos de gestión comercial, marketing y atención al cliente, a los efectos de implementar las nuevas funcionalidades para dichos procesos acorde a los requerimientos comerciales y a la optimización del proceso de negocio de RENFE Viajeros S.M.E., S.A.

El alcance y las condiciones en las que se debe efectuar el objeto de la presente licitación figuran en el Anexo 1, que conforma las Especificaciones Técnicas, que se adjunta al presente PCP. Durante el año 2013, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto-Ley 22/2012, de 20 de julio, y su normativa de desarrollo, la entidad pública empresarial RENFE-Operadora acometió un proceso de reestructuración empresarial que supuso la creación de un holding empresarial que ha dado lugar a la creación del "Grupo RENFE-Operadora", del cual forma parte RENFE Viajeros S.M.E., S.A., sociedad cuyo capital pertenece íntegramente a RENFE-Operadora y que ha asumido las funciones y obligaciones que, hasta diciembre de 2013, venía desarrollando la unidad de negocio/área operativa de Viajeros de RENFE-Operadora, motivo por el cual esta sociedad continúa aplicando, transitoriamente, y hasta la aprobación de sus propias instrucciones de contratación, las Instrucciones de contratación que venía aplicando como unidad de negocio/área operativa de Viajeros de RENFE-Operadora, es decir, la INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA IN-SGC-001/08 (Rev. 01) INSTRUCCIONES POR LAS QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE RENFE-OPERADORA, con excepción de lo previsto en el Título VII (“Reclamaciones y otras medidas de control de los procedimientos”). Para todo aquello no establecido en el presente PCP y sus anexos, se estará a lo dispuesto en la Instrucción Administrativa IN-SGC-001/08 (Rev. 01), por la que se regulan los procedimientos de contratación de RENFE-Operadora, de fecha 30 de octubre de 2013 (en adelante, “Instrucción”), que recoge las normas pertinentes del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aplicables a RENFE Viajeros S.M.E., S.A., que en todo caso tendrá prevalencia sobre el presente PCP. Asimismo, y en todo lo que no esté en contradicción con lo anterior, serán de aplicación los siguientes documentos, con el siguiente orden:

• Pliego de Condiciones Generales para los Contratos de Prestación de Servicios, DCC-CG-CC-07, Rev. 03, de julio de 2003.

• Plan Básico de Prevención de Riesgos Laborales para empresas Contratistas de RENFE-Operadora, P.O.P./12, Doc: Circular administrativa CI-SCP-004/99-0, de fecha 07 de septiembre de 1999.

• Directrices generales aplicables a empresas que realicen actividades en centros de trabajo de RENFE, P.O.P./16, de diciembre de 2006.

Estos documentos están a disposición de los licitadores en el apartado “Perfil del Contratante”: http://www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/index.html, y forman parte integrante del presente PCP. Igualmente serán de aplicación los documentos que se adjuntan como anexos al presente PCP:

• Especificaciones Técnicas de la Asistencia Técnica para el desarrollo de los nuevos procesos de gestión comercial, marketing y atención al cliente. Anexo 1.

• Cuadro de presentación de la Oferta Económica. Anexo 2. El contrato a establecer como resultado de esta licitación será un Contrato de Prestación de Servicios, de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del apartado 1 del Capítulo I del Título I de la Instrucción.

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2.- PLAZO. El plazo de duración del contrato será de DOS (2) AÑOS, estimándose el comienzo de su vigencia el 01/04/2017, según resulte la resolución de la presente licitación, si bien, se comunicará la fecha de inicio definitiva mediante la carta de adjudicación elaborada al efecto. 3.- IMPORTE MÁXIMO DE LICITACIÓN. El importe máximo de licitación para el período de vigencia del contrato asciende a DOSCIENTOS OCHENTA MIL EUROS (280.000,00 €), I.V.A. excluido. 4.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS. El licitador es el único responsable de la veracidad de los datos suministrados y de la información facilitada a lo largo del proceso de licitación. La falsedad de alguno de ellos en los términos establecidos en el apartado 1.1. e) Capítulo II, Título II de la Instrucción será considerada como posible causa de prohibición para contratar con RENFE Viajeros S.M.E., S.A., procediéndose a iniciar el oportuno procedimiento para su declaración, si procede, conforme indica los apartados 1.2.2. y 1.3. del mismo Capítulo II de la Instrucción. Toda la documentación presentada con la Oferta, quedará en poder de RENFE Viajeros S.M.E., S.A., a excepción de la garantía provisional, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo I del Título III de la Instrucción. Cada licitador sólo podrá presentar una proposición, bien lo haga individualmente o formando parte de agrupación, no pudiendo aparecer en más de una agrupación de empresas. El incumplimiento de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 4.1. Forma y plazo de presentación.

Las ofertas se presentarán en sobre cerrado y sellado o lacrado, de forma que se garantice su integridad e inviolabilidad, haciendo constar en el mismo el nombre de la empresa y del apoderado que presenta la oferta, el número de expediente y el objeto de la licitación que aparece en la portada del PCP. Dicho sobre, que deberá llevar la identificación de la empresa licitadora, será dirigido a: RENFE Viajeros S.M.E., S.A.; Gerencia de Compras de Suministros y Servicios, Gerencia de Área de Control de Gestión y Compras; Avda. de la Ciudad de Barcelona, N.º 6, 2ª Planta; 28007 - MADRID. El plazo límite para la presentación de las ofertas es el que figura en el anuncio de la convocatoria de licitación. Podrán entregarse “en mano" o enviarse por correo. Cuando las ofertas se presenten por correo, para su aceptación, deberán cumplir las condiciones que al efecto se indican en el apartado 2 del Capítulo Único del Título V de la Instrucción, antes de la fecha y hora límites de recepción de ofertas. Podrá ser solicitado recibo acreditativo de la presentación realizada. 4.2. Contenido.

Dicho sobre contendrá a su vez otros tres (3), señalados con las letras A, B y C, igualmente cerrados y sellados o lacrados, con la misma identificación que el anterior, conteniendo cada uno de ellos la documentación que

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se indica a continuación. Estos sobres contendrán documentación original, en soporte papel. Asimismo, la documentación incluida en los Sobres A y B, de manera independiente en cada caso y dentro de cada uno de los sobres, deberá ser remitida en soporte CD-ROM no regrabable, con una etiqueta indicativa de la razón social de la empresa solicitante y el n.º de expediente de licitación, teniendo en cuenta que en este soporte los documentos serán copia fiel de los presentados en papel, por lo que en caso de que los documentos contengan firmas, deberán incluirse con las mismas. El CD-ROM incluirá, también, una carta en la que el licitador declare la veracidad de la información y de los documentos remitidos. Toda la documentación solicitada en los diferentes sobres, deberá ser presentada en el orden que figura, precedida del título y debidamente encuadernada. Cada documento de cada uno de los CD-ROM (poder, aceptación expresa, certificaciones, oferta técnica) deberá incluirse en un único fichero en formato PDF, digitalizando las imágenes a una resolución de 72 p.p.p. tamaño real y denominado con la siguiente tipología:

“nombre de empresa-poder de representación. pdf” “nombre de empresa-aceptación expresa. pdf” “nombre de empresa-oferta técnica. pdf” etc.

En caso de discrepancia entre la información en formato papel y su versión digitalizada, prevalecerá el contenido del formato papel. SOBRE A: Documentación administrativa, solvencia técnica y económica. Contendrá la siguiente documentación: A.1. Acreditación de tener personalidad física o jurídica y capacidad de obrar, en relación a la actividad objeto de esta licitación, conforme se indica en el Título II, Capítulo II, apartado 2 de la Instrucción, indicada en la Condición Particular 1 de este PCP. Este requisito se acreditará mediante los medios expuestos en el Título II, Capítulo II, apartado 2.6. de la Instrucción. En acreditación de este requisito también se admitirá certificado emitido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), de acuerdo con lo estipulado al efecto por la normativa vigente, siempre y cuando en él consten los datos relativos a la acreditación de personalidad jurídica y capacidad de obrar del licitador, así como su objeto social, caso de que el licitador sea una empresa. Caso de aportar el citado Certificado del ROLECE, también deberán aportar, conjuntamente, una declaración responsable, debidamente sellada, firmada y cumplimentada por persona con poder bastante para representar al licitador, certificando que los datos que figuran en dicho Certificado no han sufrido ninguna modificación respecto a lo acreditado, conforme al modelo denominado “Declaración Responsable Empresas Inscritas en el ROLECE” que puede consultarse en el perfil del contratante de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora. A.2. Poder de representación bastante del apoderado de la empresa que presente la oferta (siendo igualmente válido al respecto el certificado emitido por el ROLECE), y copia de su DNI o documento equivalente, legitimado notarialmente, o bien copia del DNI legitimado notarialmente, si la oferta la presenta

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una persona física. A.3. Acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente. Se acreditará, respectivamente, mediante los siguientes documentos: Empresarios españoles:

- Certificación administrativa vigente de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, a los efectos

de lo establecido en el art. 60.1 d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

- Certificación Administrativa, expedida por el Órgano competente a los efectos del art. 60.1 d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, emitida en los 30 días inmediatamente anteriores a la fecha límite de presentación de ofertas.

- Certificación positiva de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias durante los 12 meses anteriores a la participación en la presente licitación, emitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria donde figure como solicitante el licitador, y como persona o Entidad con la que se contrata, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. (con CIF A-86868189), a efectos de no resultarle exigible a ésta la responsabilidad subsidiaria a la que se refiere el art. 43.1.f) de la vigente Ley General Tributaria, exigencia que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. efectúa como acto de autotutela, sin que ello suponga prejuzgar la naturaleza de la actividad objeto del contrato.

De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, las certificaciones referidas podrán ser sustituidas por certificados telemáticos o por transmisión de datos, siguiéndose en ambos casos para su expedición y tratamiento lo dispuesto el articulo 3 del citado Real Decreto 209/2003 que modifica el artículo 14 y siguientes del Real Decreto 772/1999.

Empresarios extranjeros:

- Certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la autoridad

competente del Estado miembro de que se trate.

- Certificado de que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, expedido por la autoridad competente del Estado miembro de que se trate en los 30 días inmediatamente anteriores a la fecha límite de presentación de ofertas.

Dichas certificaciones podrán ser sustituidas por:

- Declaración jurada por parte de persona con poder suficiente para representar al licitador, indicando que éste se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, emitida en los 30 días inmediatamente anteriores a la fecha límite de presentación de ofertas.

- Declaración solemne que el interesado efectúe ante la autoridad judicial o administrativa competente (notario u organismo profesional cualificado del país de origen o de procedencia) de que el licitador se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, emitida en los 30 días inmediatamente anteriores a la fecha límite de presentación de ofertas.

A.4. Compromiso, firmado por el apoderado de la empresa firmante de la oferta, por el que, en el caso de resultar adjudicataria, se presentará ante RENFE Viajeros S.M.E., S.A., antes del inicio de la operación,

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certificación expedida por su compañía aseguradora que acredite la cobertura de responsabilidad civil, en los términos establecidos en la Condición Particular 21 del presente PCP. A.5. Se presentará una Garantía Provisional en la cuantía y forma indicada en este PCP, según modelo que se adjunta y lo indicado en la Condición Particular 12.1. A.6. Aceptación expresa del presente PCP y todos los documentos que lo integran suscrita por representante con capacidad y poder suficientes, cumplimentando el modelo que puede obtenerse en el perfil del contratante, http://www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/index.html. A.7. Datos de contacto del licitador a efectos de comunicaciones/notificación, cumplimentando el modelo que puede obtenerse en el perfil del contratante, http://www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/index.html. A.8. El licitador deberá declarar que la citada entidad, sus consejeros, directivos, representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las circunstancias enumeradas en el apartado 1 del Capítulo II del Título II de la Instrucción ni en ninguna de las causas establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cumplimentando el modelo que puede obtenerse en el perfil del contratante (http://www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/index.html). A.9. El licitador deberá cumplimentar el modelo de declaración responsable relativo al sometimiento a los Tribunales de Madrid, según lo establecido en la Condición Particular 26 del presente PCP, que puede obtenerse en el perfil del contratante, http://www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/index.html. A.10. Documentación acreditativa de la solvencia económico-financiera y técnica y profesional. En cuanto a la solvencia en general será de aplicación lo establecido en el Título II, Capítulo II, apartado 3 de la Instrucción. Si el licitador se basa en la solvencia y medios de otras entidades, deberá aportar escrito legalizado notarialmente de manifestación de voluntad y compromiso según se indica en el referido apartado 3 de dicha Instrucción. a) Solvencia económico-financiera:

Declaración sobre el volumen global de negocios del licitador que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años, deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. se reserva la facultad de verificar los datos aportados, mediante solicitud a los licitadores para que aporten las cuentas a los que aquéllos se refieran. En el supuesto de que los datos aportados no concuerden con los figurados en las mismas, se podría incurrir en la causa e) del apartado 1.1. de prohibición para contratar con RENFE Viajeros S.M.E., S.A. del Título II, Capítulo II de la Instrucción.

b) Solvencia técnica y profesional:

Presentación de al menos tres trabajos o servicios realizados, establecidos en los últimos cinco años indicando su objeto, fechas de realización, importes y entidades contratantes, cuyo objeto se corresponda con esta licitación, que estén certificados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o a falta de este certificado mediante una declaración del empresario. A efectos de cálculo de importe, se atenderá a que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato.

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• Información adicional relativa al Sobre A: En todos los casos, los documentos que no estén redactados en español deberán ir acompañados de la correspondiente traducción jurada. Todas las declaraciones antedichas deberán estar suscritas por los representantes de los licitadores, según lo indicado en el punto A.2. Los requisitos establecidos en este apartado deberán cumplirse por todos los licitadores ya concurran de forma individual o conjuntamente con otros. Para el supuesto de presentación conjunta, los licitadores, además de acreditar el cumplimiento de los requisitos anteriores, deberán acompañar los documentos que se refieren en el Capítulo II del Título II, apartado 2.4. de la Instrucción. En el caso de las empresas a las que la entidad pública empresarial RENFE-Operadora hubiera comunicado el usuario y contraseña de acceso al Portal de Proveedores no resultará necesario que aporten la documentación que ya está incluida en dicho Portal de Proveedores siempre que ésta se encuentre debidamente actualizada y vigente (caso contrario, deberán aportar la documentación correspondiente, de acuerdo con lo que se indica en cada apartado). No obstante, deberán aportar declaración responsable firmada por persona con capacidad y poder suficiente donde manifiesten que las circunstancias reflejadas en la documentación que obra en el Portal de Proveedores no han experimentado variación, conforme al modelo de declaración responsable expresa: Documentación Registro Proveedores. Dicho modelo se encuentra en el perfil del contratante: http://www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/modelos_declaracion.html. En todo caso, será responsabilidad de los licitadores el comprobar, antes de preparar la documentación para presentarse a la presente licitación, los documentos que figuran en dicho Portal de Proveedores, y la vigencia de los mismos. En los modelos referidos anteriormente y que se encuentran en el perfil del contratante, se ha de modificar la previsión que en los mismos se hace a RENFE-Operadora (CIF Q-2801659-J) por RENFE Viajeros S.M.E., S.A. (CIF: A-86868189). SOBRE B: Oferta Técnica. Se presentará un sobre cerrado y sellado o lacrado. Este sobre contendrá original y copia de la Oferta Técnica completa, sin ninguna referencia a los aspectos económicos. La Oferta Técnica se presentará estructurada de la forma que se indica a continuación, encarpetada y precedida del correspondiente índice: B.1. Enfoque y memoria explicativa. Se desarrollará con suficiente detalle la solución propuesta tanto desde el punto de vista técnico como funcional para llevar a cabo las tareas descritas en el apartado 2 de las Especificaciones Técnicas, herramientas y procedimientos a utilizar. Todo ello para cumplir los alcances recogidos en dicho apartado. B.2. Organización y planificación del proyecto. Se incluirá y explicará el plan de proyecto que asegure el cumplimiento del objetivo del mismo, teniendo en cuenta todo lo recogido en las Especificaciones Técnicas. Se facilitará un Diagrama de Gantt con los tiempos de ejecución. B.3. Equipo de proyecto. Descripción del equipo humano a disposición del servicio, indicando perfiles profesionales, dedicación, roles dentro del equipo y currículum de los integrantes, así como experiencia en trabajos similares y antigüedad en la categoría profesional, todo ello teniendo en cuenta lo establecido en el apartado 5.1. de las Especificaciones Técnicas.

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Asimismo se indicará la dedicación en horas para cada tarea de cada uno de los roles propuestos. En la medida de lo posible, el licitador procurará presentar los perfiles profesionales de los equipos propuestos de forma agregada, sin facilitar datos de carácter personal. Será responsabilidad del titular de los datos el haberlos recabado y suministrado a terceros con arreglo a las disposiciones de la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.

SOBRE C: Oferta Económica. Se presentará en sobre cerrado y sellado o lacrado. Contendrá la Oferta Económica para el servicio, que se presentará INEXCUSABLEMENTE en los cuadros recogidos en el Anexo 2, firmado, fechado y sellado por el representante acreditado del licitador, cumplimentando TODAS Y CADA UNA DE SUS CASILLAS, sin introducir cambios ni modificaciones en los mismos, pudiendo ser causa de desestimación su incumplimiento. A este impreso se tendrá que acompañar toda la documentación adicional de desglose, cálculos y justificación que se estime oportuna, teniendo en cuenta en todo caso las horas dedicadas por los perfiles propuestos, en virtud de lo establecido en las Especificaciones Técnicas. El desglose indicado en este documento adicional generará los importes que el licitador establecerá en el Anexo 2 y deberá incluirse en el mismo Sobre C, siendo vinculante para el adjudicatario. La no presentación de este documento podrá ser causa de desestimación de la oferta. El precio se establecerá con el nivel de detalle que se indica en el Anexo 2, desglosándose en la oferta económica el precio/hora para cada uno de los perfiles profesionales que formarán parte del equipo de trabajo propuesto en la Oferta Técnica (Sobre B). El importe total ofertado en ningún caso podrá ser superior al importe máximo de licitación establecido en la Condición Particular 3 del presente PCP. La oferta económica que supere dicho importe será desestimada. Las horas mínimas estimadas por la Gerencia de Sistemas de Venta (apartado 10 de las Especificaciones Técnicas), son las horas mínimas a tener en cuenta, si el licitador ofertase en el Sobre B o dedicase durante el desarrollo del contrato un número superior de las mismas, no supondrá EN NINGÚN CASO una facturación superior al importe total ofertado, es decir, el importe que facturará el adjudicatario, en cualquier caso, será el importe total ofertado en el Anexo 2. El importe ofertado recogerá la totalidad de actuaciones a llevar a cabo para el óptimo desarrollo de las prestaciones a realizar en virtud de lo establecido en las Especificaciones Técnicas. Se rechazarán aquellas ofertas que incluyan la proposición económica en alguno de los otros sobres de la oferta. Los precios deberán ser ciertos y determinados, y expresados en euros, con un máximo de dos (2) decimales. 4.3. Idioma. Las ofertas se presentarán redactadas en idioma español. En caso de que se presenten en otra lengua distinta, deberán acompañarse de una traducción jurada completa al español, primando esta última en caso de duda o discrepancia.

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4.4. Validez de la oferta. La oferta será válida por un período de 6 MESES. 5.- ANÁLISIS DE LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA, Y VALORACIÓN

DE OFERTAS. La Mesa de Apertura se constituirá y procederá conforme a lo establecido en el Título II, Capítulo I, apartado 2 de la Instrucción. En primer lugar se procederá a la apertura del Sobre A y a calificar los documentos presentados en tiempo y forma. Si se observaran defectos materiales en la documentación administrativa presentada, podrá concederse un plazo no inferior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error, bajo apercibimiento de exclusión definitiva si en el plazo concedido no se procede a la subsanación de la documentación. En el supuesto de que dicha documentación resulte incompleta o no válida, el licitador será excluido del procedimiento. En este caso, podrá ser retirada la oferta por el licitador o su representante, una vez transcurrido el plazo para interposición de recursos. A continuación se procederá a la apertura y análisis del Sobre B “Oferta Técnica”, de aquellos licitadores que hubieran superado la fase anterior. 5.1. Criterios de adjudicación. La adjudicación se sustentará sobre criterios técnicos y económicos. La valoración técnica se ponderará con un 20% de la valoración global y la valoración económica con el 80% restante de la misma. VALORACIÓN TÉCNICA

La puntuación total de la oferta técnica será el resultado de la suma de la puntuación obtenida por el licitador en cada uno de los apartados que se indican a continuación:

ASPECTOS PUNTUACIÓN

MÁXIMA PUNTUACIÓN

MÍNIMA

B.1. Enfoque y memoria explicativa. - Solución propuesta a nivel técnico. - Solución propuesta a nivel funcional. - Procedimientos a emplear. - Definición de la arquitectura de la solución propuesta. - Requerimientos HW necesarios para la correcta implantación del

proyecto, desglosando por entornos y fases de implantación. - Descripción de los procedimientos a utilizar para la depuración y

normalización de los datos a migrar con el fin de asegurar la calidad e integridad de la información cargada en el sistema de destino.

10 3 3 1 1 1

1

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B.2. Organización y planificación del proyecto. - Modelo de gestión del proyecto. - Lista de actividades, plan de hitos. - Diagrama de Gantt.

3 1 1 1

-

B.3. Equipo de proyecto. - Roles dentro del equipo y currículum de los perfiles. - Certificados de los perfiles. - Dedicación en horas para cada tarea de cada uno de los roles

propuestos. - Dedicación en horas por tarea.

7 2 1 2

2

-

PUNTUACIÓN TOTAL 20 10

Sólo se considerarán ofertas de posible adjudicación aquéllas que alcancen al menos 10 puntos de los asignados a este apartado técnico, siendo rechazadas en caso contrario. Por tanto, en el supuesto de que la oferta no alcance el mínimo de calidad técnica, no se procederá a la apertura del Sobre C que podrá ser retirado, excepcionalmente y previa petición, por el licitador o su representante firmando un recibí donde conste la documentación entregada y devuelta, una vez transcurrido el plazo para interposición de recursos. VALORACIÓN ECONÓMICA

Las ofertas económicas que, tras el análisis de la documentación administrativa y proposición técnica presentadas, sean aceptadas, serán las consideradas a la hora de la valoración conjunta de ofertas. La valoración de las ofertas económicas se realizará asignando 80 puntos a la oferta de menor importe, valorándose las restantes con criterios de proporcionalidad inversa mediante la siguiente fórmula:

Valoración económica = 80 x importe de la oferta más económica Importe de la oferta. VALORACIÓN GLOBAL

La valoración global de las ofertas se realizará mediante la siguiente fórmula:

Valoración global: = valoración económica + valoración técnica 6.- APERTURA PÚBLICA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS. Una vez analizada la documentación administrativa y las ofertas técnicas, se procederá a la apertura pública de las proposiciones económicas de aquellas ofertas admitidas. Previo a la apertura de las ofertas económicas se procederá a dar lectura de la puntuación técnica total alcanzada por todos los licitadores.

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La apertura pública de las ofertas tendrá lugar en: Gerencia de Compras de Suministros y Servicios, Gerencia de Área de Control de Gestión y Compras. Avda. de la Ciudad de Barcelona, N.º 6, 2ª Planta. 28007 - MADRID. La fecha de apertura de ofertas será comunicada oportunamente a todos los licitadores que hayan participado en la licitación y hayan presentado oferta. La MESA DE APERTURA dará lectura a los precios de las ofertas económicas en su importe global. 7.- ADJUDICACIÓN. La adjudicación recaerá en la oferta considerada en su conjunto más favorable teniendo en cuenta sus aspectos técnicos y económicos, de la forma indicada en la Condición Particular 5 de este PCP. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente, o incluso anular o declarar desierta la presente convocatoria, motivadamente. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. se reserva, asimismo, el derecho de efectuar cuantas comprobaciones considere necesarias antes de la adjudicación, así como, caso de resultar incompleta o no válida la información facilitada, desestimar la oferta presentada. Las ofertas válidas recibidas serán consideradas “ofertas anormalmente bajas” en relación con la prestación que se ha de ejecutar, conforme a los siguientes supuestos:

Cuando, concurriendo un solo licitador, el importe total ofertado sea inferior al presupuesto base de

licitación en más de 25 unidades porcentuales, para la opción de que se trate. Cuando concurriendo dos licitadores, para la opción de que se trate, el importe total ofertado por uno

de ellos, sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. Cuando concurriendo tres licitadores, el importe total ofertado, sea inferior en más de 10 unidades

porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas, para la opción de que se trate. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.

Cuando concurran cuatro o más licitadores, el importe total ofertado sean inferior en más de 10

unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas, para la opción de que se trate. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.

Cuando hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquélla que fuere más baja, y ello con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal.

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Si alguna oferta resultase anormalmente baja, de acuerdo con lo indicado anteriormente, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. procederá de acuerdo con lo establecido en el Título V, Capitulo Único, apartado 6 de la Instrucción. 7.1. Consideraciones sobre la adjudicación. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. notificará al adjudicatario correspondiente la adjudicación por medio de la correspondiente carta de adjudicación, en la que se le requerirá, asimismo, para presentar la documentación exigible que resulte pertinente de acuerdo con lo establecido en el presente PCP (ej. garantía definitiva, seguros, etc.). Con posterioridad, el adjudicatario será requerido para formalizar el contrato correspondiente a la citada adjudicación, indicándosele el plazo pertinente a tal efecto. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en dicho plazo, en atención a las circunstancias concurrentes, se podrá entender por parte de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. que el licitador ha retirado su oferta, en cuyo caso se recabará la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, todo ello sin perjuicio de las consecuencias jurídicas correspondientes que se produzcan en relación con el licitador cuya oferta se entienda retirada, de acuerdo con lo previsto en el presente PCP y en la normativa vigente aplicable. 8.- CARÁCTER DE LOS PRECIOS. Los precios ofertados serán fijos e irrevisables durante la vigencia del contrato, e incluirán todos los conceptos, impuestos y gastos que los conformen, con la única excepción del IVA, que será facturado en forma desglosada en cada una de las facturas, de conformidad con lo previsto en la ley reguladora de dicho impuesto y en su reglamento de desarrollo. 9.- CONSULTAS. Cualquier consulta de tipo TÉCNICO relacionada con el alcance de los trabajos objeto de la presente licitación deberá ser dirigida a la Gerencia de Sistemas de Venta, e-mail: [email protected], con copia a la Gerencia de Compras de Suministros y Servicios, e-mails: [email protected] y [email protected]. Cualquier consulta de tipo ADMINISTRATIVO Y/O ECONÓMICO relacionada con el alcance de los trabajos objeto de la presente licitación deberá ser dirigida a la Gerencia de Compras de Suministros y Servicios, e-mails: [email protected] y [email protected]. 10.- FACTURACIÓN. Para la percepción del importe de los trabajos realizados en cada mes, el adjudicatario presentará, en la Jefatura de Área de Administración, una factura según se indica a continuación:

- Importe mensual junto con un resumen de los trabajos realizados, debidamente conformados por el responsable del servicio.

Las facturas, en triplicado ejemplar, serán presentadas en la Jefatura de Área referida, en la fecha que corresponda y en la forma que regula el Pliego de Condiciones Generales para los Contratos de Prestación de Servicios. En cada factura deberá figurar necesariamente, además de lo indicado en los Pliegos:

* NIF del adjudicatario y de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. * Nombre y domicilio social de ambos.

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* Número del Contrato. * I.V.A. desglosado en la forma determinada por la legislación reguladora. Para la presentación de la primera factura, será requisito indispensable la presentación, junto con ésta, de los siguientes documentos:

Resguardo de haber constituido la Garantía Definitiva, según lo establecido en la Condición Particular 12.2. del presente PCP.

Póliza de seguros a los que se refiere la Condición Particular 21 del presente PCP.

El adjudicatario deberá presentar, junto con la/s factura/s correspondiente/s, la siguiente documentación:

- Una certificación administrativa vigente, expedida por el órgano competente, de que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. puede retrasar el pago de la/s factura/s hasta la aportación de dicho certificado. En caso de no presentarse puede ser causa de resolución, según se establece en la Condición Particular 13.5.

- La certificación expedida a los efectos del art. 43.1 f) de la vigente Ley General Tributaria se presentará por el adjudicatario anualmente o cuando proceda (por haber finalizado su vigencia), ante el administrador del contrato. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. puede retrasar el pago de las facturas hasta la aportación o renovación de dicho certificado. En caso de no presentarse puede ser causa de resolución, según se establece en la Condición Particular 13.5.

Las facturas emitidas por el adjudicatario con los requisitos señalados en los párrafos anteriores, serán remitidas a: RENFE Viajeros S.M.E., S.A.; Jefatura de Área de Administración; Avda. de la Ciudad de Barcelona, n.º 6, 2ª planta; 28007 - MADRID. En ningún caso el importe total facturado podrá superar el importe total de la oferta económica. 11.- FORMA DE PAGO. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. abonará las facturas a los 60 días desde la aceptación o recepción efectiva de los trabajos realizados, de acuerdo con lo establecido en el presente PCP. Será necesario obtener, antes de proceder al pago por RENFE Viajeros S.M.E., S.A., la conformidad a las prestaciones objeto de las facturas por parte del administrador del contrato. Para la realización del pago por parte de RENFE Viajeros S.M.E., S.A., el adjudicatario deberá presentar con la 1ª Factura el resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva, según lo fijado en la Condición Particular 12.2. de este PCP. 12.- GARANTÍAS. El régimen de garantías es el establecido en los Capítulos I y II del Título III de la Instrucción. Los modelos, de entre los tipos de garantías admitidos por RENFE Viajeros S.M.E., S.A., se adjuntan al presente PCP. 12.1. Garantía provisional.

El licitador establecerá una garantía provisional para participar en la presente licitación por un importe de 5.000,00 €.

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12.2. Garantía definitiva.

Antes de la firma del contrato, el adjudicatario deberá depositar en la Gerencia de Área de Control de Gestión y Compras de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. (Avda. de la Ciudad de Barcelona, 6 - 2ª planta. 28007 - Madrid), una garantía definitiva, mediante Aval Bancario, por Certificación de Seguro de Caución o de Sociedades de Garantía Reciproca debidamente registradas, y aceptadas por RENFE Viajeros S.M.E., S.A., según modelo anexo, por una cantidad del 5% del importe de adjudicación del contrato/s que se establezca/n. Si por circunstancias excepcionales no la hubiera constituido, deberá hacerlo dentro de los 15 días siguientes a la firma del contrato y en caso de no efectuarlo en ese plazo, expresamente acepta que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. detraiga un importe equivalente de cualquier factura que el contratista presente al cobro, para afectarlo a tal fin. 13.- INCUMPLIMIENTOS, RESOLUCIÓN E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. Sin perjuicio de lo establecido al respecto en el apartado 5, Capítulo I del Título IV de la Instrucción, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. podrá aplicar las penalizaciones que se indican a continuación, en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato objeto de la presente licitación, tanto referidas a su realización, como a los requisitos, condiciones y niveles de calidad exigidos. Los partes de reparación que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. curse por averías ocasionadas por una incorrecta o incompleta intervención del adjudicatario, serán atendidos por éste sin ningún cargo adicional para RENFE Viajeros S.M.E., S.A. 13.1. Ejecución de la garantía a favor de RENFE Viajeros S.M.E., S.A.

En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones figuradas en el contrato que se establezca, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. podrá ejecutar a su favor las garantías constituidas. 13.2. Penalizaciones por incumplimiento del nivel de servicio.

El adjudicatario garantizará que la resolución de las incidencias reportadas por RENFE Viajeros S.M.E., S.A. durante el período de garantía, se realizará cumpliendo con los niveles de servicio establecidos en el apartado 11.4. de las Especificaciones Técnicas “Niveles de Servicio”. El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación del objeto del contrato a establecer, tanto referidas a la realización del mismo como a los requisitos, condiciones, niveles de calidad exigidos, determinará la aplicación de las penalizaciones contempladas en la presente Condición Particular. - El incumplimiento de los plazos parciales comprometidos podrá dar lugar a la aplicación de una

penalización calculada a razón de un 5‰ (cinco por mil) del importe total del contrato, por cada semana completa vencida de retraso.

- Por falta de calidad manifiesta de los trabajos/servicios realizados, o porque éstos no se ajusten con

suficiente rigor y profundidad a los diferentes aspectos recogidos en las Especificaciones Técnicas, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. podrá optar por no dar los trabajos por recibidos, no firmando el acta de recepción que corresponda, o recibirlos aplicando una penalización, que podrá llegar hasta el 20% del importe total del contrato, en función del nivel de calidad comprobado.

- Será considerado incumplimiento por parte del contratista, el incumplimiento del nivel de conocimientos

ofertado para los diferentes perfiles de los equipos de trabajo destinados a la ejecución del trabajo en todas sus fases. Asimismo, será considerado incumplimiento la configuración de un equipo distinto del ofertado,

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así como la rotación/sustitución de los perfiles asignados al proyecto no comunicada a RENFE Viajeros S.M.E., S.A., salvo causa de fuerza mayor, o la asignación de personal al equipo cuyo perfil (perfil académico y/o experiencia profesional) sea inferior a la inicialmente ofertada. Los citados incumplimientos podrán dar lugar a la aplicación de una penalización, para cada una de dichas conductas, por un importe correspondiente al 0,16% del importe de adjudicación.

- Si se producen sustituciones respecto a los perfiles asignados al proyecto, en el caso de que dichas

sustituciones supongan de un 10% a un 15% respecto a los inicialmente ofertados y afecten de forma negativa al avance del proyecto, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. queda facultada para imponer una penalización al contratista por este motivo. El importe de esta penalización será calculado por RENFE Viajeros S.M.E., S.A. para cada caso en función del número de horas a emplear para recuperar el nivel de conocimientos y aportación al proyecto anteriores a la rotación, calculado según el precio medio hora del contrato. Todo ello, sin perjuicio de la sustitución del personal que incumpliera el nivel de conocimientos ofertado por otro que sí los cumpla, de acuerdo con la oferta del adjudicatario.

- Por retraso en la resolución de las incidencias reportadas por RENFE Viajeros S.M.E., S.A. durante el período

de garantía de cada hito entregado, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. podrá aplicar las siguientes penalizaciones:

1. Hasta un 0,32% del importe de adjudicación, por incidencia, para el tipo 1.

2. Hasta un 0,16% del importe de adjudicación, por incidencia, para el tipo 2.

3. Hasta un 0,08% del importe de adjudicación, por incidencia, para los tipos 3 y 4.

El porcentaje máximo se podrá aplicar para retrasos del 100% o superiores. Para porcentajes inferiores se podrá aplicar una penalización correspondiente a un porcentaje del importe máximo que será equiparable al porcentaje de retraso en que se incurra.

13.3. Penalizaciones por otros incumplimientos.

También darán lugar a penalización los siguientes incumplimientos imputables al adjudicatario:

- Por uso indebido de la energía suministrada por RENFE Viajeros S.M.E., S.A. y su consumo incontrolado, así como de cualquier material, repuesto o complemento suministrado por RENFE Viajeros S.M.E., S.A., 0,5% mensual del importe de adjudicación.

- Por retrasos en la realización de los trabajos contratados, cuando impliquen perturbación en el funcionamiento del servicio ferroviario, y siempre que la causa sea imputable al adjudicatario, 0,2% diario del importe de adjudicación.

- Por incumplimiento de la reglamentación legal vigente para cada tipo de instalación, 0,1% mensual del importe de adjudicación.

- Por incumplimiento de las obligaciones laborales, sociales y fiscales, 5% mensual del importe de adjudicación.

- Por incumplimiento de las instrucciones dadas por el personal responsable del contrato de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. al responsable del adjudicatario, 0,06 % del importe de adjudicación.

- Por la falta de aportación por parte del adjudicatario de la actualización de la documentación con caducidad periódica cuando esta actualización sea requerida en el contrato que se establezca u otro documento anexo al mismo, podrá imponerse una penalización de 0,8% mensual del importe de adjudicación.

- Por incumplir los compromisos medioambientales, relativos al reciclaje y utilización de productos homologados de acuerdo con la política medioambiental de RENFE Viajeros S.M.E., S.A., 0,02% mensual del importe de adjudicación.

- Por no realizar la recogida selectiva de residuos en aquellas estaciones o dependencias donde RENFE

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Viajeros S.M.E., S.A. y el municipio afectado haya dispuesto los medios para dicha recogida, 0,01% mensual del importe de adjudicación.

- Por incumplir las Normativas Medioambientales tanto Municipales como Estatales, 0,02% mensual del importe de adjudicación.

- También será objeto de penalización la no presentación en tiempo y forma ante RENFE Viajeros S.M.E., S.A., durante la vigencia del contrato, de la correspondiente certificación positiva de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, emitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria , donde figure como solicitante el adjudicatario, y como persona o entidad con la que se contrata, RENFE Viajeros S.M.E., S.A., a efectos de no resultarle exigible a esta la responsabilidad subsidiaria a la que se refiere el art. 43.1.f) de la vigente Ley General Tributaria.

El incumplimiento anterior dará lugar a una penalización del 5% del importe de la facturación pendiente de abono a la fecha de falta de cobertura del certificado, por cada semana o fracción de semana de retraso en su presentación hasta que alcance el 20% del importe total del contrato, en cuyo momento, sin perjuicio de aplicarle penalización, será causa de resolución contractual y ejecución además de la garantía definitiva que tuviere constituida.

13.4. Tramitación de penalizaciones.

La tramitación de penalizaciones al adjudicatario se regirá por el procedimiento que se indica a continuación:

- RENFE Viajeros S.M.E., S.A. comunicará por escrito al adjudicatario la propuesta de penalización con la enumeración de los hechos que lo motiven.

- Una vez recibida por el adjudicatario la comunicación indicada en el párrafo anterior, éste dispondrá de un plazo de diez días hábiles para presentar las alegaciones que estime oportunas, en su caso.

- Una vez analizadas las alegaciones remitidas por el adjudicatario dentro del plazo indicado en el párrafo precedente, o una vez expirado el citado plazo sin que se haya recibido alegación alguna del adjudicatario, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. determinará lo que estime procedente, anulando la propuesta de penalización, modificándola o ratificándola, dándole traslado de ello a la empresa en el plazo de diez días. Caso de que la propuesta de penalización sea ratificada por RENFE Viajeros S.M.E., S.A., su liquidación se efectuará conforme se establece en el párrafo siguiente.

Las penalizaciones impuestas conforme el procedimiento anterior serán objeto de las correspondientes facturas rectificativas emitidas por RENFE Viajeros S.M.E., S.A., que podrán ser compensadas contra facturas emitidas por el adjudicatario, de existir acuerdo entre las partes en este sentido. En caso de impago, el importe de las penalizaciones impuestas podrá ser detraído de la fianza definitiva, quedando obligado el adjudicatario a reponerla en su valor inicial, hasta la recepción definitiva. La imposición de penalizaciones es, en todo caso, independiente del resarcimiento de daños y perjuicios que hayan podido causar a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. o a terceros los hechos penalizados. 13.5. Resolución del contrato.

Sin perjuicio de lo establecido en el Título IV, Capítulo I, apartado 5.2. de la Instrucción, serán causa de resolución contractual las siguientes:

- Si se acumulasen en el plazo de un mes diez o más incidencias por incumplimiento de horario no justificadas y aceptadas por RENFE Viajeros S.M.E., S.A.

- Cuando las penalizaciones por incumplimiento del nivel de servicio (apartado 13.2. anterior) alcancen el importe equivalente al 1% de la facturación anual del importe total del contrato, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. se considerará facultada para resolver el contrato.

- Salvo en el caso especificado en el párrafo anterior, cuando las penalizaciones alcancen un importe del

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20% del importe total del contrato que se suscriba, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. se considerará facultada para resolver el contrato. En esta causa de resolución se incluirán también las penalizaciones por incumplimiento de nivel de servicio, siempre y cuando las mismas no alcancen el 1% de facturación anual, lo cual conformará la causa de resolución establecida en el párrafo anterior.

- Si en el período de un mes la aplicación de penalizaciones ascendiera a una cantidad superior al 15% de la facturación mensual. En esta causa de resolución se incluirán también las penalizaciones por incumplimiento de nivel de servicio, siempre y cuando las mismas no alcancen el 1% de facturación anual, lo cual conformará la causa de resolución arriba indicada.

- El incumplimiento de las obligaciones laborales, sociales o fiscales sin que, una vez detectado y notificado el hecho por RENFE Viajeros S.M.E., S.A., se proceda con carácter inmediato a su subsanación.

- La negativa a resarcir a RENFE Viajeros S.M.E., S.A., a su personal, o a terceros, a su requerimiento, de los daños o perjuicios causados con motivo de un trabajo realizado inadecuadamente por parte del adjudicatario.

- Por no tener en vigor las licencias y autorizaciones legalmente necesarias para la realización del objeto del contrato.

- La no aportación por el adjudicatario del certificado expedido a efectos del art. 43.1.f) de la vigente Ley General Tributaria, cuando durante la vigencia del contrato hubiera expirado su vigencia y no se hubiera renovado, alcanzando la penalización el 20% del importe total del contrato.

- La no aportación de una certificación administrativa vigente, expedida por el órgano competente, de que la empresa está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.

En caso de resolución del contrato RENFE Viajeros S.M.E., S.A. procederá conforme a lo establecido en el Título IV, Capítulo I, apartado 5.2. de la Instrucción. 14.- INSPECCIÓN Y CONTROL. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. se reserva todas las facultades para inspeccionar, vigilar y controlar la ejecución de los trabajos objeto de la presente licitación. RENFE Viajeros S.M.E., S.A., como destinataria de los trabajos, supervisará las tareas para lograr los objetivos de los trabajos en base las Especificaciones Técnicas y a la propia oferta del licitador. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. también puede proponer las modificaciones que convenga introducir, y, en su caso, la suspensión de los trabajos si existe causa motivada. A estos efectos, el adjudicatario dará a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. las máximas facilidades para que puedan ejercitarse las mencionadas facultades de inspección y control sobre el objeto de la presente licitación, suministrando al personal inspector que ésta designe, cuantos datos se le solicite. Por su parte, el adjudicatario efectuará un riguroso control sobre la calidad de los trabajos prestado, para constatar la perfecta realización de las operaciones programadas o atendidas. De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario asume, bajo su exclusiva responsabilidad, cualquier defecto en las operaciones realizadas. Caso de que los trabajos inspeccionados no reunieran las condiciones exigidas, se indicará al adjudicatario que corrija los defectos que hubiese.

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15.- RECEPCIÓN PROVISIONAL. Con carácter general se establece el criterio de que la presentación y aceptación periódica de los documentos asociados a las facturas indicadas en la Condición Particular 10, significará el cumplimiento con el nivel establecido a efectos de Recepción Provisional de los trabajos. La no conformidad o aceptación de los documentos indicados, y consiguientemente de las facturas, llevará aparejada la corrección de los supuestos incumplimientos y en su caso la aplicación de las penalizaciones que correspondan. 16.- GARANTÍAS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. El adjudicatario garantiza la perfecta ejecución de los trabajos objeto de la presente licitación. Cuando sea el adjudicatario quien formule la denuncia o aviso de resolución del contrato, vendrá obligado a continuar en la prestación de los trabajos por el plazo razonable que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. pudiera precisar para el establecimiento de un nuevo contrato, siempre dentro del plazo inicial del contrato originario, sin perjuicio de la indemnización que proceda realizar a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. por los daños y perjuicios causados. A la finalización del contrato que se suscriba se fija un plazo de UN (1) AÑO para que se realice la recepción definitiva de los trabajos prestados, que permita la comprobación del cumplimiento, tanto de los aspectos relativos al correcto desarrollo de los trabajos, como cualquier otro requisito u obligación contractual (estar al corriente en las obligaciones de Seguridad Social, Hacienda, obligaciones/liquidaciones con sus trabajadores, etc.), que pudieran tener repercusiones de cualquier tipo para RENFE Viajeros S.M.E., S.A. 17.- RECEPCIÓN DEFINITIVA. La recepción definitiva tendrá lugar una vez comprobado el cumplimiento de los trabajos según lo recogido Condición Particular anterior. En dicho momento se establecerá el Acta de Recepción Definitiva que dará lugar a la liberación de la garantía definitiva, previa solicitud al efecto efectuada por el adjudicatario. 18.- FORMACIÓN DEL PERSONAL Y/O DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. En estas materias rige lo indicado en el PCP y el Anexo que conforma las Especificaciones Técnicas de la presente licitación. 19.- CONFIDENCIALIDAD. En el caso de que los licitadores presenten información o documentación que éstos designen como confidencial (en particular, secretos técnicos o comerciales y aspectos confidenciales de las ofertas) RENFE Viajeros S.M.E., S.A. tratará dicha documentación/información bajo criterios de confidencialidad. Asimismo, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. indicará qué documentación o información facilitada a los licitadores tiene carácter confidencial, debiendo ser tratada por éstos como tal.

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Una vez adjudicado el contrato objeto de la licitación, si RENFE Viajeros S.M.E., S.A. facilitara al adjudicatario información adicional necesaria para la realización de los trabajos que tuviera carácter confidencial, el adjudicatario deberá tratarla como tal, tanto él como cualquiera de sus trabajadores, estén o no relacionados con la ejecución del contrato, debiendo devolverla a Renfe en el momento de finalización del contrato. El adjudicatario no podrá utilizar la información confidencial relacionada con Renfe con otros fines distintos a los indicados, excepto si previamente hubiera obtenido la correspondiente autorización expresa y por escrito de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. Quedará excluida de la condición de “confidencial” toda aquella información o documentación:

a) Que haya sido conocida por el adjudicatario antes de serle suministrada por RENFE Viajeros S.M.E., S.A.

b) Que haya sido suministrada al adjudicatario por terceros de forma lícita y sin incumplir ningún acuerdo de confidencialidad.

c) Que sea o devenga de dominio público. d) Que sea requerida por las Autoridades competentes en materia de protección de datos, así como por

Autoridades fiscales o judiciales. 20.- INDEPENDENCIA DE LAS PARTES. El adjudicatario ejercerá de forma exclusiva la dirección, supervisión y control de todas las actividades que realice el personal necesario asignado a la realización de los trabajos objeto del contrato. La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:

a) Recibir y transmitir cualquier comunicación que el personal de la empresa contratista deba realizar a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. en relación con la ejecución del contrato se realizará a través del coordinador, técnico o interlocutor designado al efecto.

b) Controlar el cumplimiento de las normas laborales de la empresa, en particular en materia de asistencia

del personal al lugar de trabajo y disfrute de vacaciones, de manera que no se perturbe la prestación del servicio contratado.

c) Informar a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. de los empleados del contratista que dejen de estar adscritos a la

ejecución del contrato, en especial a los efectos de poder gestionar adecuadamente los medios de trabajo de que aquéllos hubieran dispuesto.

El adjudicatario por tanto, tiene la consideración de empleador único y responsable a todos los efectos de ese personal. En consecuencia corresponde al adjudicatario cumplir todas las disposiciones legales, tanto las presentes como futuras, que en materia laboral, de prevención de riesgos laborales, de Seguridad Social y fiscal deban aplicarse en la conformación y posterior gestión del conjunto de personas necesarias para atender los trabajos objeto del presente contrato. Si el adjudicatario incumpliese alguna de sus obligaciones legales, o como consecuencia del ejercicio de cualquier acción judicial o administrativa, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. resultare responsable económica o empresarialmente, por virtud de resolución firme, de cualquier obligación derivada directa o indirectamente del incumplimiento de las obligaciones contenidas en el párrafo anterior, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. ejecutará la Garantía Definitiva y retendrá el pago de las liquidaciones pendientes hasta cubrir el importe de las indemnizaciones a que hubiera sido condenada, pudiendo incluso, repercutir al adjudicatario el resto de

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los daños y perjuicios sufridos en el supuesto de que la indemnización que hubiera sido condenada a pagar resultare mayor que la garantía y el importe de las cantidades pendientes. Para velar por el cumplimiento de las disposiciones legales de aplicación en la materia, y como acto cautelar, RENFE Viajeros S.M.E., S.A. podrá exigir en cualquier momento al adjudicatario que le exhiba los documentos justificativos de hallarse al corriente de pago de primas y cuotas correspondientes a la Seguridad Social, así como de los salarios del personal que emplee en la realización de los trabajos contratados y, en caso de incumplimiento de dichas obligaciones o de su falta de acreditación, retener de las facturas pendientes de abono, las cantidades aproximadas a que ascienda el montante de la liquidación de lo incumplido, y hasta tanto se acredite su cumplimiento. En relación con los trabajadores destinados a la ejecución de este contrato, la empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, la imposición - cuando proceda- de sanciones disciplinarias, las obligaciones en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. En las Especificaciones Técnicas del procedimiento se especifica si para la ejecución del contrato los servicios se prestarán en las dependencias de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados de los que ocupan los empleados de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. En todo caso, el adjudicatario exonerará a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. de toda responsabilidad frente a terceros, como consecuencia de cualquier incumplimiento de sus propias obligaciones de cualquier índole en relación con los trabajos, obligándose a mantener indemne a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. de los daños y perjuicios que como consecuencia de dicho incumplimiento hubiera podido sufrir. Una vez finalizada la vigencia del contrato que se suscriba, o si el mismo se resolviere antes de finalizar la vigencia contractual pactada, el adjudicatario deberá dejar vacíos y libres los locales e instalaciones propiedad de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. El CONTRATISTA se obligará a:

- Disponer en todo momento de personal suficiente, de acuerdo con el equipo ofertado, debidamente

formado y capacitado técnicamente para asegurar la eficacia de los servicios contratados, debiendo mantener dichos recursos a los efectos del cumplimiento del contrato.

- Garantizar a RENFE Viajeros S.M.E., S.A., y de acuerdo con el equipo ofertado, la disponibilidad del

personal suficiente, con la cualificación profesional requerida, de tal forma que la prestación de los servicios contratados en virtud de este contrato no se vean afectados, en el caso de que el adjudicatario se viera obligado a sustituir a aquel personal que, participando en el desarrollo de los servicios encomendados por RENFE Viajeros S.M.E., S.A. en virtud del presente contrato, dejara de prestar sus servicios para el adjudicatario.

21.- SEGUROS. Las posibles responsabilidades de toda índole, así como la obligación de indemnizar de cuantos daños o perjuicios puedan producirse como consecuencia de las operaciones ejecutadas en el desarrollo del contrato, serán de la exclusiva cuenta y cargo del adjudicatario.

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El adjudicatario deberá tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil general, con una Compañía solvente, por un importe mínimo no inferior al importe de adjudicación, que cubra los riesgos de cualquier tipo de daños o perjuicios causados en las personas y en las cosas a los usuarios, trabajadores de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. o del adjudicatario, a la propia RENFE Viajeros S.M.E., S.A. o a terceros, en la totalidad de la cuantía en que se produzcan. Para el caso de que la cuantía de la póliza no fuera suficiente, el adjudicatario asumirá la diferencia. Antes de la firma del contrato y en todo caso antes del inicio del objeto del mismo, el adjudicatario se compromete a presentar ante el órgano de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. que se le indique, una certificación original expedida por la Entidad aseguradora acreditativa, de la existencia del Seguro para la actividad de la empresa, en cuantía suficiente, que deberá constar en el Seguro de Responsabilidad Civil, y que cubra el periodo de ejecución del objeto de la presente licitación, y acredite igualmente, el pago de la prima, conforme al modelo adjunto. Asimismo, será necesario presentar ante el Administrador del Contrato una nueva certificación acreditativa de que el adjudicatario ha renovado y realizado el pago de la prima correspondiente si durante la ejecución del objeto de la presente licitación contratado, venciera el seguro concertado. 22.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN. En esta materia regirá lo dispuesto en los Capítulos I y II del Título VI de la Instrucción. Además, y en lo que no contradiga a la Instrucción, se tendrá en cuenta lo siguiente: - En el supuesto de que el licitador tenga previsto subcontratar parte de los trabajos que se licitan, es

condición imprescindible que lo haya comunicado y que cuente con la aprobación por escrito de RENFE Viajeros S.M.E., S.A.

- Las empresas que se propongan como subcontratistas (se incluirá en la documentación del Sobre A),

deberán cumplir con las mismas cualificaciones exigidas para el licitador, para lo que deberán aportar los certificados, cualificaciones, clasificación del estado, etc., exigida en la licitación para la realización de los trabajos que se propone subcontratar.

- Se deberá indicar, al final de la oferta técnica a presentar (Sobre B), los trabajos a subcontratar, el

porcentaje que supone sobre el total de la licitación y el perfil profesional de las personas que lo integrarán.

- Se incluirá en la oferta económica (Sobre C), en documento aparte, los importes relacionados con los

trabajos subcontratados. - En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas

inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico, o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60.1 del Texto Refundido de la LCSP.

- El incumplimiento de las condiciones anteriormente indicadas será motivo de descalificación y quedarán

fuera de la licitación. Igualmente si una vez adjudicados los trabajos se incumpliera lo indicado anteriormente, será motivo de resolución de contrato.

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23.- OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES. La empresa adjudicataria se obliga al estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de medio ambiente y de la Ley del Ruido. Asimismo, deberá poder acreditar el cumplimiento de la legislación sectorial autonómica y/o local que en estos campos resulte de aplicación en cada momento y lugar. 24.- IMPUESTOS. La totalidad de los impuestos y tributos de cualquier clase, que recaigan sobre el contrato que se establezca para regularizar el objeto de esta Convocatoria o sobre cualquiera de las operaciones físicas o jurídicas que motiven, serán abonados por las partes con arreglo a la Ley. El Impuesto sobre el Valor Añadido no está incluido en los precios ofertados, por lo que será cargado en las correspondientes facturas de forma desglosada, con expresión de su importe y tipo impositivo, de conformidad con las normas reguladoras de dicho impuesto en cada momento. 25.- LICENCIAS. La posesión, tramitación, obtención, etc. de cuantas licencias o autorizaciones administrativas de cualquier otro tipo para la realización de las actividades objeto de este PCP serán de la exclusiva cuenta y riesgo del adjudicatario, siendo causa de resolución del contrato que se suscriba el no disponer de ellas o tenerlas caducadas. 26.- SOMETIMIENTO AL FUERO. Con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, los licitadores se someten expresamente al Derecho español y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudiesen derivar de la presente licitación o del correspondiente contrato que, caso de resultar adjudicatarios, sea formalizado. 27.- RÉGIMEN JURÍDICO. El contrato objeto de adjudicación mediante el presente procedimiento se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por la Instrucción, que recoge las normas pertinentes de la Ley de Contratos del Sector Público y, en cuanto a su cumplimiento, efectos y extinción, por el ordenamiento jurídico privado que resulte de aplicación. 28.- USO DE LAS MARCAS DE RENFE-Operadora O DE RENFE Viajeros S.M.E., S.A. En caso de que resultara necesario para el cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones dimanantes de la presente licitación, la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora y/o RENFE Viajeros S.M.E., S.A. facilitarán al mismo los signos distintivos de sus marcas (entendiendo por éstas bien las de su propiedad, bien aquellas sobre las cuales ostente los derechos correspondientes) en un formato apto para su correcta incorporación a los soportes pertinentes, así como instrucciones precisas sobre el uso que debe hacerse de las citadas marcas.

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El adjudicatario tendrá la obligación de presentar los signos distintivos de la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora y/o RENFE Viajeros S.M.E., S.A. según las características gráficas, de colores y denominativas que se le faciliten, y utilizarlos únicamente para las finalidades previstas en la presente licitación. La utilización por el adjudicatario, en el marco de las obligaciones derivadas de la presente licitación, de los logotipos e imagen corporativa de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. requerirá en todo caso la previa supervisión y aprobación expresa y por escrito de esta última que, además, deberá prestar su conformidad a la colocación y ubicación final de sus signos distintivos en la documentación o soporte de que se trate elaborada por el adjudicatario. La utilización por el adjudicatario de las marcas y cualesquiera otros derechos de propiedad industrial titularidad de Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora y/o RENFE Viajeros S.M.E., S.A. a los fines previstos en el contrato que se suscriba no comportará en modo alguno la adquisición por aquel de derecho alguno sobre los mismos. El adjudicatario queda obligados a devolver a la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora y/o RENFE Viajeros S.M.E., S.A., el estado que resulte de su uso razonable, o destruir, a elección de esta última, los elementos, soportes y signos distintivos que hubiera recibido de la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora y/o RENFE Viajeros S.M.E., S.A., una vez termine la relación contractual entre ambas partes, todo ello sin coste o gasto alguno para Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora y/o RENFE Viajeros S.M.E., S.A. El adjudicatario se obliga a no volver a utilizar la marca de la Entidad Pública Empresarial RENFE-Operadora y/o RENFE Viajeros S.M.E., S.A. en soporte alguno a partir de ese momento, salvo previa autorización expresa y por escrito de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. 29.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. En relación con los datos de carácter personal a que acceda el adjudicatario como consecuencia de la prestación de los trabajos objeto de la presente licitación, se hace constar expresamente, en aplicación del artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que el adjudicatario de los trabajos únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de RENFE Viajeros S.M.E., S.A., no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figure en el correspondiente contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas, salvo con autorización expresa y por escrito de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. Adicionalmente, el adjudicatario implantará, respecto a dichos datos, las medidas de seguridad de nivel básico, medio o alto que, conforme a la legislación vigente, fueran aplicables a los ficheros y, una vez finalizados los trabajos objeto del contrato, los datos de carácter personal serán destruidos o devueltos a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. al igual que cualquier soporte o documento en que consten dichos datos de carácter personal. Caso de que el adjudicatario realice transmisiones de datos a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. empleando redes de telecomunicaciones, expresamente se hace constar que el adjudicatario se obliga a que la transmisión de datos de carácter personal de nivel alto a través de redes de telecomunicaciones se realizará cifrando dichos datos o bien utilizando cualquier otro mecanismo que garantice que la información no sea inteligible ni manipulada por terceros. El adjudicatario, en tanto intervenga en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal mencionados en el párrafo precedente, está obligado al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente sobre protección de

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datos de carácter personal, subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo. En el supuesto de que el licitador facilite datos de carácter personal a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. con motivo de la prestación de los trabajos cuya licitación se regula en el presente PCP, será responsabilidad del licitador el haberlos recabado y suministrado a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. con arreglo a las disposiciones de la normativa vigente en materia de protección de datos personales. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones incluidas en la presente cláusula, el adjudicatario/licitador será responsable del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta a RENFE Viajeros S.M.E., S.A., así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra RENFE Viajeros S.M.E., S.A. como consecuencia de dicho incumplimiento. Cuando la instalación disponga de videocámaras para vigilancia, el adjudicatario estará obligado a informar a sus empleados de la existencia de éstas en cumplimiento del Art. 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y legislación concordante. 30.- PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL.

Los trabajos realizados por el adjudicatario al amparo del correspondiente contrato, se llevarán a cabo por encargo, dirección, instrucciones y planificación de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. En consecuencia, la posesión y los derechos de explotación de la propiedad intelectual (y/o industrial si procede) que generen dichos trabajos pertenecerán a RENFE Viajeros S.M.E., S.A., siéndole cedidos en virtud de dicho contrato todos los derechos alienables, incluidos todos los derechos de explotación contenidos en, o derivados, de los trabajos solicitados. A tales efectos se entiende que la realización de los trabajos comprende la realización del Informe final y cualesquiera otros materiales, objetos o documentos necesarios para lograr el resultado previsto, acorde con el encargo de RENFE Viajeros S.M.E., S.A., desarrollado por el adjudicatario y a entregar a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. Asimismo, el adjudicatario se compromete a proporcionar a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. toda la documentación elaborada, de manera que sea posible su posterior utilización. RENFE Viajeros S.M.E., S.A., como cesionario en exclusiva de los derechos de explotación, podrá anteponer a su nombre el símbolo © con precisión del lugar y año de su divulgación.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Condición 3.4. del Pliego de Condiciones Generales para los Contratos de Prestación de Servicios, el licitador garantiza que, de acuerdo con la vigente legislación de propiedad intelectual, es titular de todos los derechos necesarios para cumplir con las obligaciones dimanantes de la presente licitación, tanto para el software objeto de la misma, como sobre cualquier otro software que, por ser necesario para el uso de dichas aplicaciones, ponga a disposición de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. en virtud de lo indicado en el presente PCP, garantizando así que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. pueda utilizar dicho software sin infringir derecho de terceros. En tal sentido el adjudicatario será responsable de cualquier reclamación que terceros puedan dirigir a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. sobre vulneración de derechos de propiedad industrial y/o intelectual que se deriven del uso adecuado del mencionado software, exonerándose explícitamente a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. de cualquier responsabilidad al respecto.

Consecuentemente, esta entidad se compromete a informar al adjudicatario de cualquier reclamación que pudiera recibir por estos motivos, y colaborará con él en la defensa de sus derechos.

En caso de que, con motivo del cumplimiento de la presente licitación, se produzca cualquier tipo de desarrollo de software específico para RENFE Viajeros S.M.E., S.A., el adjudicatario reconoce expresamente la titularidad de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. sobre el correspondiente desarrollo software, pudiendo en tal caso

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la citada entidad, en ejercicio de sus derechos de propiedad intelectual correspondiente. En consecuencia, el adjudicatario se compromete a colaborar con RENFE Viajeros S.M.E., S.A., en la medida que fuere necesario, hasta lograr la inscripción de dicho software en el referido Registro. RENFE Viajeros S.M.E., S.A. declina cualquier responsabilidad para el caso de que la actividad a realizar por el adjudicatario diese comienzo sin contar con las credenciales, licencias y autorizaciones preceptivas. Siempre que el adjudicatario no sea el autor o el único autor de los trabajos realizados se compromete a adquirir la titularidad completa sobre los derechos de explotación de los mismos de forma absoluta, sin que pueda quedar ningún derecho, aparte de los inalienables establecidos por la Ley, en poder de ningún autor persona física u otra persona jurídica salvo RENFE Viajeros S.M.E., S.A. El adjudicatario facilitará copia fehaciente a dicha entidad de los documentos en virtud de los cuales haya adquirido la titularidad de los derechos de explotación, para los fines que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. considere oportunos, especialmente los de inscripción a su nombre de los derechos exclusivos de explotación relativos a los trabajos realizados. En todo caso, el adjudicatario será responsable ante cualquier reclamación por derechos de propiedad intelectual y, en su caso, industrial, derivados del contrato, exonerándose explícitamente a RENFE Viajeros S.M.E., S.A. de cualquier responsabilidad al respecto. 31.- PUBLICIDAD. El presente Procedimiento Abierto ha sido publicado en el perfil del contratante, http://www.renfe.com/empresa/perfilcontratante/index.html. 32.- ÍNDICE DE ANEXOS. Anexo 1 – Especificaciones Técnicas de la Asistencia Técnica para el desarrollo de los nuevos procesos de

gestión comercial, marketing y atención al cliente.

Anexo 2 - Cuadro de presentación de la Oferta Económica.

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GARANTÍAS PROVISIONALES DE PROVEEDORES MEDIANTE AVAL

En ...... a ..... de ...... de 20..

RENFE Viajeros S.M.E., S.A. Avda. de Pío XII, 110 28036-MADRID Muy Sres. nuestros: (1) ..................... , y en su nombre (2) D. ..............................., D.N.I. núm.......... con representación bastante para obligarse en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha .............., ante el Notario de .............., D. ........ ..............., nº de Protocolo ........, garantizamos a RENFE Viajeros S.M.E., S.A., la cantidad de (3) .......................... euros, por cuenta de (4) ........................, C.I.F., N.I.F. (o documento equivalente) ..................., cuya cantidad es representativa de la garantía que se le exige para responder de la veracidad de los datos e información facilitados en el procedimiento de licitación al que concurre, del mantenimiento de la oferta y para el supuesto de resultar adjudicatario de la formalización del contrato, del pago de los gastos de publicidad, de la constitución de la garantía definitiva y cualesquiera otras obligaciones derivadas del procedimiento de adjudicación del expediente núm. (5) ......................., y objeto "..........................." y por plazo hasta el buen fin del proceso de licitación. Declara esta Entidad que renuncia a toda discusión y se obliga, en caso de incumplimiento de las obligaciones que garantiza, a pagar en su lugar y derecho hasta la suma antes indicada, al primer requerimiento de RENFE Viajeros S.M.E., S.A., sin que ésta deba justificar su incumplimiento, insolvencia o negativa al pago, puesto que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. puede recurrir, para cubrirse de la suma de que se trata, bien contra el deudor principal, bien contra la entidad que garantiza, ya que una y otra quedan solidariamente obligadas. En todo caso, el firmante se somete a la legislación española y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. Les saludamos atentamente, Firma: INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO: (1)- Se expresará la Razón Social completa de la Entidad. (2)- Nombre y apellidos del o los Apoderados y D.N.I. o documento equivalente. (3)- Se expresará el importe en letras y números. (4)- Denominación social o nombre del Proveedor. Si en la licitación concurrieran varios proveedores, deberán

figurar todos ellos de forma conjunta y solidaria. (5)- Se identificará el número del expediente y su objeto. ADVERTENCIAS: - Sólo se admitirán avales de bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de

crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. - Se redactarán en papel con membrete de la Entidad. - No se admitirán si su redacción difiere del texto de este modelo. - Debe figurar el número de aval y del registro.

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MODELO DE GARANTÍA PROVISIONAL CONSTITUIDA MEDIANTE CONTRATO DE SEGURO DE CAUCIÓN

Certificado nº ........ (1) ..................... , (en adelante el asegurador), con domicilio en ..................., calle/avda........., nº...... y C.I.F. ........., debidamente representado por (2) D. ....., D.N.I. núm.......... con representación bastante para obligarle en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha ......., ante el Notario de ......., D. ........, nº de protocolo ........,

C E R T I F I C A que mediante contrato de seguro de caución de fecha ........, asegura a (3) ............, C.I.F., N.I.F. (o documento equivalente) núm. ........ (en adelante el tomador del seguro), ante RENFE Viajeros S.M.E., S.A., (en adelante el asegurado), hasta el importe de euros (4) ..........., para responder de la veracidad de los datos e información facilitados en el procedimiento de licitación al que concurre, del mantenimiento de la oferta y para el supuesto de resultar adjudicatario de la formalización del contrato, del pago de los gastos de publicidad, de la constitución de la garantía definitiva y de cualesquiera otras obligaciones derivadas del procedimiento de adjudicación del expediente núm. (5) ......................., y objeto "..........................." y por plazo hasta el buen fin del proceso de licitación, en las siguientes condiciones: La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador renuncia a toda discusión, comprometiéndose a no oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro y se obliga a indemnizar hasta la suma garantizada de .............. Euros, al primer requerimiento de RENFE Viajeros S.M.E., S.A., sin que ésta deba justificar lo incumplido, la insolvencia o la negativa al pago del tomador del seguro. El contrato de seguro de caución estará en vigor hasta la finalización del procedimiento de licitación al que concurra el tomador del seguro, no pudiendo cancelarse hasta que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. lo autorice emitiendo el correspondiente certificado. En todo caso, el asegurador se somete a la legislación española y a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. En ........, a ........ de ...... de 20... Firma Asegurador INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO: (1)- Se expresará la Razón Social completa de la Entidad Aseguradora. (2)- Nombre y apellidos del o los apoderados y D.N.I. o documento equivalente. (3)- Denominación social o nombre del proveedor. Si a la licitación concurren varios licitadores, deberán figurar

todos ellos como Tomadores del seguro. (4)- Se expresará el importe en letras y números. (5)- Se identificará el número del expediente y su objeto.

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MODELOS DE GARANTÍAS DEFINITVAS DE PROVEEDORES CONSTITUIDAS MEDIANTE AVAL

En ...... a ..... de ...... de 20..

RENFE Viajeros S.M.E., S.A. Avda. de Pío XII, 110 28036-MADRID Muy Sres. nuestros: (1) ..................... , y en su nombre (2) D. ...............................D.N.I. núm.... con representación bastante para obligarse en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha .............., ante el Notario de .............., D. ........ ..............., nº de Protocolo ........, garantizamos a RENFE Viajeros S.M.E., S.A., la cantidad de (3) .......................... euros, por cuenta de (4) ........................, C.I.F., N.I.F. (o DOCUMENTO EQUIVALENTE) ..................., cuya cantidad es representativa de la garantía que le exige esa empresa para responder de todas las obligaciones, penalidades, gastos y demás condiciones derivadas del contrato, núm. (5) ......................., y objeto "..........................." y por plazo hasta el buen fin de la operación. Declara esta Entidad que renuncia a toda discusión y se obliga, en caso de incumplimiento de las obligaciones que garantiza, a pagar en su lugar y derecho hasta la suma antes indicada, al primer requerimiento RENFE Viajeros S.M.E., S.A., sin que ésta deba justificar su incumplimiento, insolvencia o negativa al pago, puesto que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. puede recurrir, para cubrirse de la suma de que se trata, bien contra el deudor principal, bien contra la entidad que garantiza, ya que una y otra quedan solidariamente obligadas. En todo caso, el firmante se somete a la legislación española y a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. Les saludamos atentamente, Firma: INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO: (1)- Se expresará la Razón Social completa de la Entidad. (2)- Nombre y apellidos de o los apoderados y D.N.I. o documento equivalente. (3)- Se expresará el importe en letras y en números. (4)- Denominación social o nombre del Proveedor. Si la adjudicación hubiere recaído en una U.T.E, ésta será la

que figure como tal proveedor. Si se hubiera adjudicado en régimen de responsabilidad conjunta y solidaria, las entidades adjudicatarias deberán figurar como proveedores en este apartado.

(5)- Se identificará el número completo del CONTRATO y la descripción exacta ajustada a su objeto. ADVERTENCIAS: - Sólo se admitirán avales de bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de

crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. - Se redactarán en papel con membrete de la Entidad. - No se admitirán si su redacción difiere del texto de este modelo. - Debe figurar el número de aval y del registro.

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N.o Expediente: 2016/01700 Pliego de Condiciones Particulares

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MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA CONSTITUIDA MEDIANTE CONTRATO DE SEGURO DE CAUCIÓN

Certificado nº ........ (1) ..................... , (en adelante el asegurador), con domicilio en ..................., calle/avda........., nº...... y C.I.F. ........., debidamente representado por (2) D. ...... D.N.I. núm.......con representación bastante para obligarle en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha ......., ante el Notario de ......., D. ........, nº de protocolo ........, C E R T I F I C A que mediante contrato de seguro de caución de fecha ........, asegura a (3) ............, C.I.F., N.I.F. (o documento equivalente) núm. ........ (en adelante el tomador del seguro), ante RENFE Viajeros S.M.E., S.A., (en adelante el asegurado), hasta el importe de euros (4) ..........., para responder de todas las obligaciones, penalidades, gastos y demás condiciones derivadas del contrato, (5) núm. ......................., y objeto "..........................." en las siguientes condiciones: La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador renuncia a toda discusión, comprometiéndose a no oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro y se obliga a indemnizar hasta la suma garantizada de .............. euros, al primer requerimiento de RENFE Viajeros S.M.E., S.A., sin que ésta deba justificar lo incumplido, la insolvencia o la negativa al pago del tomador del seguro. El contrato de seguro de caución estará en vigor hasta la recepción definitiva del contrato que garantiza, no pudiendo cancelarse hasta que RENFE Viajeros S.M.E., S.A. lo autorice emitiendo el correspondiente certificado. En todo caso, el asegurador se somete a la legislación española y a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital. En ........, a ........ de ...... de 20... Firma Asegurador INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO: (1)- Se expresará la Razón Social completa de la Entidad Aseguradora. (2)- Nombre y apellidos del o los apoderados y D.N.I. o documento equivalente. (3)- Denominación social o nombre del Proveedor. Si la adjudicación hubiere recaído en una U.T.E, ésta será la

que figure como tal proveedor. Si se hubiera adjudicado en régimen de responsabilidad conjunta y solidaria, las entidades adjudicatarias deberán figurar como proveedores en este apartado.

(4)- Se expresará el importe en letras y números. (5)- Se identificará perfectamente el CONTRATO mediante la indicación de su número completo y la descripción

exacta ajustada a su objeto.

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N.o Expediente: 2016/01700 Pliego de Condiciones Particulares

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MODELO DE CERTIFICACIÓN DE SEGURO

Dª/D..................................., en nombre y representación de (Compañía aseguradora), con domicilio social en...........………………………, en virtud de las facultades concedidas mediante escritura pública otorgada ante el Notario de ………… D……………………………. el … de ………. de …….. con el nº de Protocolo …….. CERTIFICA: Que la empresa..........................., tiene contratada y en vigor para el período ...................., la póliza de responsabilidad civil general n.º ...............encontrándose incluida dentro de las garantías que las mismas otorgan y conforme a sus Condiciones Generales, Particulares y Especiales, las consecuencias económicas derivadas de los daños ocasionados en las personas y en las cosas que se pudieran producir como consecuencia de la actividad desarrollada por la empresa ................(especificar la actividad). Y ello hasta un límite máximo de indemnización por siniestro de ............... Asimismo certifica que la póliza se encuentra al corriente de pago de su recibo y con sus garantías totalmente en vigor. Y para que conste a los efectos oportunos, se emite el presente certificado. En ………………… a ……. de ……………. de ……… (Firma y sello de la Compañía Aseguradora)


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