Actividades y Profesiones No Financieras Designadas a Administrar el Riesgo del Lavado de Activos
Responsabilidades y Cumplimiento
Roberto Mella Cohn, Socio DirectorCAMS, FIU-FIBA AMLC, CTC, CPA
17 DE JULIO DE 2015
Agenda 1. Introducción al Lavado de Activos: No se puede controlar lo
que no se conoce. 2. Sujetos Obligados y sus Obligaciones 3. Mitos y Realidades del Lavado de Activos. 4. Qué son las Actividades y Profesionales no Financieras
Designadas (APNF's). 5. Importancia de la figura en el lavado de activos. 6. Las APNF's y las recomendaciones del GAFI. 7. Normas internacionales de referencia para el sector no
financiero. 8. Realidad República Dominicana. 9. Caso de estudio.
Se entiende como la realización de actos y operaciones que buscan darle apariencia lícita a los ingresos y utilidades que son el producto de actividades delictivas. El objetivo es ocultar el origen de los recursos y la propiedad de los mismos, a los fines de poderlos utilizar en las operaciones comerciales y financieras normales sin levantar sospechas de las autoridades de aplicación de la ley. Entre las actividades que dan origen al lavado de activos se encuentran el narcotráfico, el terrorismo, el tráfico de armas, el fraude financiero, la extorsión, el secuestro, el contrabando, los juegos de azar, el negocio ilegal de divisas y otras actividades parecidas, incluyendo la evasión fiscal.
LAVADO DE ACTIVOS
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• LAVADO DE ACTIVOS = NARCOTRAFICO
• EL LAVADO DE ACTIVOS ES POSITIVO PARA LAS ECONOMIAS.
• EL LAVADO SOLO SE GENERA EN EFECTIVO: Lavado de Dinero VS. Lavado de Activos.
• SE REQUIEREN UNA SENTENCIA DEL DEL ITO PRECEDENTE.Ø Procedencia de los Fondos.
• CEGUERA VOLUNTARIA
• EL LAVADO DE ACTIVOS Y SU PREVENCION SE LLEVA A CABO EXCLUSIVAMENTE EN LAS ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS.Ø Responde a un enfoque tradicional del proceso de lavado.Ø Papel del sector no financiero y sus regulaciones.
• EL CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS ES UNA RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DE LAS AUTORIDADES.Ø La información es generada por los Sujetos Obligados.Ø Modelo: Cruces Fiscales.
• Reportar operaciones sospechosas de clientes se considera una acusación o una certeza del delito.
LAS APNFD’S Y EL LAVADO DE ACTIVOS
APNFD’S
METODO TRADICIONAL
ACTIVIDADES QUE ORIGINAN EL DINERO ILICITO Art. 1 Ley 72-02
Ø El tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas. Ø Tráfico ilícito de armas. Ø Cualquier crimen relacionado con el terrorismo. Ø Tráfico ilícito de seres humanos (incluyendo inmigrantes ilegales). Ø Tráfico ilícito de órganos humanos. Ø Las extorsiones relacionadas con las grabaciones y fílmicas.
electrónicas realizadas por personas físicas o morales. Ø Robo de vehículos cuando el objeto sea trasladarlos a otro territorio
para su venta. Ø Proxenetismo, Secuestro. Ø Falsificación de monedas, valores o títulos. Ø Estafa contra el Estado, desfalco, concusión y soborno relacionado
con el narcotráfico. Ø Todos aquellos delitos sancionados con una pena no menor de tres (3)
años.
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Comete el delito de concusión el servidor público que con el carácter de tal y a título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, exija, por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquiera otra cosa que sepa no ser debida, o en mayor cantidad que la señalada por la ley.
La pena aplicable a este delito dependerá de Las leyes y normativas vigentes en cada país.
Delito de Concusión
Juan Machete es dueño del colmado “La Milagrosa”, quien tiene 4 neveras de “las verdes” de donde sólo salen novias para el altar. Juan teme que le llegue la luz muy alta por eso “pega” un cable directo para llevar energía a los freezers.
Don Chocholo, Banilejo, quien al nacer su hijo, Juan “Machete” Peguero, determina que será el heredero de su imperio (“La Milagrosa”), vive al lado del colmado y “pega” los dos aires acondicionados todas las noches al acostarse.
• De acuerdo a la definición de Lavado de Activos cual de estos incurre en lavado de activos?
• De acuerdo a nuestra ley, cual es de estos incurre el Lavado de Activos?
Caso de Estudio: Fraude Elétrico
CIFRAS
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Responsabilidades de los sujetos obligados. Art.41 Ley 72-02
• Información - Actualización • Documentación • Verificación
Identificar al cliente
• Determinar la verdadera identidad del beneficiario final.
• Ej. abogados
Identificación de terceros
• No podrá invocar el secreto profesional para rechazar, revelar la identidad de la tercera parte de la transacción, cuando actúa en el ejercicio de su profesional COMO INTERMEDIARIO FINANCIERO
Profesionales Liberales
DEBIDA DILIGENCIA DEL CLIENTE
Recomendación 10 del GAFI!
Ley 72-02!Art. 41!
Instructivo Conozca su Cliente (SB -11-14) / DDA PEPS y Corresponsales (SB 14-10)!
- Quién /quienes es / son? - Procedencia de los fondos. - Realiza una actividad lícita? - Alguno de los socios están contenidos en
listas de alto riesgo o con informaciones negativas en prensa.
Enfoque Tradicional
MISMO LABOR DE CONOCIMIENTO DEL CLIENTE
NUEVO ENFOQUE
CONOZCA SU CLIENTE: Volver a nuestra infancia.
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Responsabilidades de los sujetos obligados. Art.41 Ley 72-02
• US$10 mil o más, o su equivalente en otra moneda.
• Durante un mismo día. • Disposición de su cuenta bancaria para
depósito
Reporte de Transacciones en
Efectivo
• Operaciones no sustentadas y/o que puedan estar vinculadas al lavado de activos.
• Cuantiosas, inusuales, insólitas
Reportar Operaciones Sospechosas
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Responsabilidades de los sujetos obligados. Art.41 Ley 72-02
• 10 años. • Documentos de operaciones y de identificación
del cliente. • LOS CONTADORES SON ESPECIALISTAS
EN ESTO!
Conservar Documentos
• Comunicar por iniciativa propia, hechos y operaciones que exista INDICIO o EXISTENCIA de LA.
• Facilitar información que requiera para investigaciones.
Colaborar con el Comité Nacional
Contra el LA
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Responsabilidades de los sujetos obligados. Art.41 Ley 72-02
• No revelación a clientes o terceros sobre reportes a la autoridad o que estan siendo investigados. Confidencialidad
• Poseer procedimientos y órganos adecuados. • Oficial de Cumplimiento a nivel gerencial. • Manual de Prevención.
Procedimientos de órgano y
control interno
• Aplicar un plan permanente de capacitación de personal.
• asegurar un alto nivel de integridad del personal y un sistema para evaluar los antecedentes personales, laborables y patrimoniales.
Conocimiento de los
Empleados
RIESGO INHERENTE DE VIVIR EN EL CARIBE: MOJARSE EN LA LLUVIA
EVALUACION DE RIESGO: PROBABILIDADES / EVENTOS DE SINIESTRO O EFECTO
MITIGADORES DE RIESGO:
RIESGO RESIDUAL
PROBLEMATICA: RIESGO REPUTACIONAL
ACTIVIDAD Y PROFESIONES NO FINANCIERAS DESIGNADAS (APNFD’s):
personas físicas y/o jurídicas que componen el sistema comercial de una sociedad cualquiera y se dedican a la
compra y/o venta de bienes y servicios
Sujetos Obligados
Las personas físicas o morales que realicen operaciones sistemáticas de: • Canje de cheques u otro tipo de valor negociable. • Emisión, venta o rescate de cheques de viajeros o giro postal, la emisión
de tarjetas de crédito, débito y otros instrumentos similares. • Transferencias de fondos, sea por vía de las entidades financieras, por
correos especiales, por medios electrónicos o cualquier otro medio. • Canje de Divisas. • Corretaje o intermediacion de títulos o valores, de inversiones y ventas a
futuro.
Ley 72-02 Art.38-40
Sujetos Obligados
• Las entidades financieras legalmente reguladas, incluyendo las offshore.
• Los casinos de juego. • Las Inmobiliarias o la compra-venta de inmuebles; • Compra y venta de vehículos. • Las compañías y corredores de seguros. • Las empresas o personas que se dediquen a la compra y venta de
armas de fuego, metales, artes, objetos arqueológicos, joyas, barcos, aviones, entre otros artículos de alto valor.
• Los servicios profesionales. • El Banco Central de la República Dominicana.
Ley 72-02 Art.38-40
Cualquier otra act ividad c o m e r c i a l q u e , p o r l a n a t u r a l e z a d e s u s operaciones, pueda ser utilizada para el lavado de activos o para el FT o las actividades comerciales que, atendiendo a la utilización habitual de billetes u otros instrumentos al portador como medio de cobro, al alto valor unitario de los objetos o servicios ofrecidos, o a otras circunstancias relevantes.
Casas de Empeños. Art. 33 Proyecto de
Modificación!
Cooperativas!
NACIONALMENTE SECTOR FINANCIERO: CIRCULAR 009/12 DE LA SIB
ANEXO I: ALCANCE Y NATURALEZA DE LAS ACTIVIDADES DE AUDITORIA INTERNA ACAPITE E: El alcance de las actividades de la función de cumplimiento deberá ser objeto de revisión por parte de Auditoría Interna, debiendo abarcar como mínimo los aspectos siguientes:
Numeral II. El cumplimiento del sistema de prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo;
INTERNACIONALMENTE: LEY PATRIOTICA
RECOMENDACIÓN 19 del GAFI
Describe la Auditoría Independiente de los controles antilavado como uno de los PILARES del programa de cumplimiento.
¿Cómo Puede un Empresario Verse Involucrado?
LA 1. Administrar 2. Adquirir 3. Transportar 4. Custodiar 5. Transformar 6. Invertir 7. Otra actividad
FT 1. Administrar 2. Proveer 3. Guardar 4. Custodiar 5. Aportar 6. Recolectar 7. Entregar 8. Otra actividad
Riesgos 1. Proceso Penal (Nacional o
Internacional). 2. I n c l u s i ó n e n l i s t a s
internacionales. 3. P é r d i d a R e p u t a c i o n a l
(rumores). 4. Pérdida de acceso a servicios
y p r o d u c t o s d e l s i s t . Financiero y comerciales.
40 recomendaciones! Evaluación país.!
Las 40 Rec’s y las APNFD’s Recomendación 1
Los países deben exigir a l a s i n s F t u c i o n e s financieras y ac,vidades y p r o f e s i o n e s n o financieras designadas (APNFD) que idenFfiquen, evalúen y tomen una acción eficaz para mi,gar sus riesgos de lavado de ac,vos y financiamiento del terrorismo.
Las 40 Rec’s y las APNFD’s
Recomendación 22 y 23
22. Los requisitos de debida diligencia del cliente y el mantenimiento de
registros establecidos en las Recomendaciones 10, 11, 12, 15 y 17 aplican a las AcFvidades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD).
23. Los requisitos plasmados en las
Recomendaciones 18 a la 21 se aplican a todas las acFvidades y
profesiones no financieras designadas.
Rec’s: 10. Debida diligencia del cliente. 11. Mantenimiento de registros. 12. Personas expuestas políticamente. 20. Reporte de operaciones sospechosas. 21. Revelación y Confidencialidad.
Actividades y Profesiones Aplicables: Debida Diligencia con Clientes
Rec 22 y 23 y Notas Interpretativas
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Casinos
Um b r a l : U S$3,000.00
Agentes Inmobiliarios
En la compra y venta de bienes
Metales Preciosos
Al realizar transacciones en efecFvo
Umbral: US$15,000
Abogados, notarios, otros profesionales jurídicos independientes y contadores
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Al realizar operaciones para sus clientes
compra y venta de bienes inmobiliarios.
administración del dinero, valores u otros activos del cliente; cuentas bancarias.
creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas.
compra y venta de entidades comerciales.
Abogados, notarios, otros profesionales jurídicos independientes y contadores
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Secreto Profesional
Cuando actúan como profesionales jurídicos independientes, no tienen que reportar operaciones sospechosas si la información relevante se obtuvo en circunstancias en las que éstos están sujetos al secreto profesional o el privilegio profesional legal.
Cada país debe determinar los asuntos que deberían estar supeditados al secreto profesional: : (a) al momento de verificar el estatus legal de sus clientes, o (b) en el desempeño de su tarea de defender o representar a ese cliente en o con respecto a procesos judiciales, administrativos, arbitraje o mediación. (Art.13 Ley 72-02)
Proveedores de servicios societarios y fideicomisos
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Al realizar operaciones para sus clientes
Actuación como agente de creación de personas jurídicas;
Actuación como director o apoderado de una sociedad mercantil, un socio de una sociedad;
Provisión de un domicilio o espacio físico para una sociedad.
Actuación como fiduciario de un fideicomiso.
Actuación como un accionista nominal para otra persona.
Supervisión de las APNFD’s (Rec 28)
• Las APNFD deben estar sujetas a sistemas eficaces de monitoreo y asegurar el cumplimiento con los requisitos ALA/CFT.
• Tomar las medidas legales o normativas necesarias para prevenir que los criminales o sus asociados tengan, o sean el beneficiario final de, o que tengan una participación significativa o mayoritaria en, o que ostenten una función administrativa.
• Tener sanciones efectivas, adecuadas y disuasivas.
ESFUERZOS DE LAS CAMARAS DE COMERCIO - COLOMBIA LEY 1727 DE JULIO DE 2014
APNFD’S
Ar^culo 13. Condiciones para ser afiliado. Para ser afilado o conservar esta calidad, las personas naturales o jurídicas, deberán acreditar que no seencuentran incursas en cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Haber sido sancionadas en procesos de responsabilidad disciplinaria con desFtución o
inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas’ 2. Haber sido condenadas penalmente por delitos dolosos; 3. Haber sido condenadas en procesos de responsabilidad fiscal; 4. Haber sido excluidas o suspendidas del ejercicio profesional del comercio o de su
acFvidad profesional; 5. Estar incluidas en listas inhibitorias por lavado de acFvos o financiación del terrorismo y
cualquier acFvidad ilícita. Las Cámaras de Comercio deberán abstenerse de afiliar o deberán cancelar la afiliación de la persona natural o jurídica, cuando conozcan que no cumple o ha dejado de cumplir alguno de los requisitos establecidos en el presente ar^culo. En caso de que el representante legal del afiliado no cumpla o deje de cumplir los requisitos, la Cámara de Comercio lo requerirá para que subsane la causal, en un término no superior a dos (2) meses, so pena de proceder a la desafiliación.
APFND: República Dominicana
Evaluación del GAFI 8vo Informe de Seguimiento Feb-‐2013
No Cumplidas (NC) 9. Terceros e intermediarios presentadores
12. APNFD – R.5, 6, 8-11 16. APNFD – R.13-15 & 21
20. Otros APNF y técnicas seguras para transacciones 24. APNFD - regulación, supervisión y monitoreo
32. Estadísticas 34. Acuerdos legales – beneficiarios
RE.I Implementación de instrumentos de las UN RE.II Penalización financiamiento del terrorismo
RE.III Congelamiento y confiscación de activos terroristas RE.IV Reporte de transacciones sospechosas
RE.V Cooperación internacional RE.VIII Organizaciones sin fines de lucro
RESULTADO DEL INFORME DE REVISION Falta emitir normativa específica para cada sector, de tal manera que estos cumplan con las obligaciones que la Ley 72-02 establece, de una forma adecuada y acorde a las naturalezas de sus operaciones. Informar, normar y supervisar los ROS en los APNFD’s Definir las funciones que los oficiales de cumplimiento de los APNFD’s tienen designadas, así como sus obligaciones. No hay seguimiento al comportamiento de los Casinos, ni supervisión en materia de cumplimiento de lavado de activos.
APNFD’S
RESULTADO DEL INFORME DE REVISION Elaborar el instrumento legal que permita darle cumplimiento al régimen sancionador que será aplicado a las APNFD’s, o bien se modifique la Ley 72-02, para que sea la UAF, la encargada de la imposición de la sanción correspondiente. La UAF ha sostenido reuniones con Colegio Dominicano de Notarios, con la Asociación de Empresas Inmobiliarias (AEI), la Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (ACOFAVE), la Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos (ANADIVE) y el Ministerio de Hacienda, con el fin de informar la obligatoriedad de la ley 72-02 sobre Lavado de Activos y programar talleres de capacitación.
APNFD’S
40 Rec del GAFI - Novedades
Caso Fiscal Vs. Lavado: Fraudes de Comprobantes Fiscales
Por primera vez en la historia de la lucha contra la evasión fiscal, la jusFcia penal conoce a fondo las acusaciones contra un grupo de empresas y personas implicadas en el fraude fiscal con comprobantes fiscales por más de RD$1,500 millones en contra de Impuestos Internos. El imputado, quien guarda prisión desde hace dos años, fue asesor tributario de varias empresas entre el 2007 y 2010. El tribunal presidido por la magistrada Elka Reyes acogió como buenas y válidas las pruebas presentadas y todas las acusaciones contra los implicados para el juicio de fondo por los delitos de estafa, defraudación fiscal, asociación de malhechores, falsificación de documentos públicos y privados, delito de lavado de ac,vos y abuso de confianza. Fuente: Periódico El Hoy. 2013
APNFD’S: MODELOS LEGALES INTERNACIONALES
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
- México -17 de octubre de 2012
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Sujeto obligado: Los juegos, concursos y sorteos, la compra venta de inmuebles, vehículos (aéreos, maríFmos y terrestres), Joyas, obras de arte, tarjetas de
prepago; así como ciertas operaciones realizadas por agentes intermediarios.
IdenFficar las operaciones riesgosas.
Restricciones al uso de efectivo
OBLIGACIONES
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Ø Alta: registro ante el Servicio de Administración Tributaria, previo a la presentación del primer Aviso.
Ø Identificar Clientes y Usuarios.
Ø Presentar los Avisos e informes a la UIF, por conducto del SAT de forma electrónica. ü Datos generales de quien realiza la Actividad Vulnerable. ü Datos generales del Cliente o Usuario o, en su caso, del Dueño Beneficiario, así como información sobre su actividad preponderante. ü Descripción general de la Actividad Vulnerable.
Ø Conservacion de Documentos (5 años)
UMBRALES Y LIMITE DE USO DE EFECTIVO
Ac,vidad
Umbral de Iden,ficación Umbral de Aviso
Uso de efec,vo y metales (límite)
Juegos con apuesta, concursos y sorteos
325 SM* ($21,869**)=US
$1,648.00
645 SM ($43,402) = US$3,270.69
3210 SM $216,001 = US$16,277.39
Tarjetas de crédito o de servicios
805 SM ($54,168)= US$4,081.99
1,285 SM ($86,468)= US$6,516.05 NA
Tarjetas prepagadas 645 SM ($43,402)= US$3,270.69
645 SM ($43,402) = US$3,270.69 NA
Cheques de viajero Siempre 645 SM ($43,402) = US$3,270.69 NA
Préstamos o créditos, con o sin garan^a Siempre 1,605 SM ($108,000) =
US$8,138.66
Servicios de construcción, desarrollo o
comercialización de bienes inmuebles
Siempre 8,025 SM
($540,002)= US$40,693.44
8025 SM $540,002 =US$40,693.44
Comercialización de Piedras y Metales
Preciosos, Joyas y relojes
805 SM ($54,168) = US$4,081.99
1,605 SM ($108,000efecFvo) =
US$8,138.66
3210 SM $216,001= US$16,277.39
Subasta y comercialización de
obras de arte
2,410 SM ($162,169)= US$12,220.72
4,815 SM($324,001)= US$24,416.05
Distribución y comercialización de
todo Fpo de Vehículos (terrestres, marinos,
aéreos)
3,210 SM ($216,000)= US$16,277.32
6,420 SM($432,002)= US$32,554.79
3210 SM $216,001= US$16,277.39
Servicios de blindaje (Vehículos y bienes
inmuebles)
2,410 SM ($162,169) = US$12,220.72
4,815 SM ($324,001)= US$24,416.05
3210 SM $216,001 = US$16,277.39
Transporte y custodia de dinero o valores Siempre
3,210 SMVDF ($216,001)= US$16,277.39
3210 SM $216,001 = US$16,277.39
Derechos personales de uso y goce de bienes inmuebles
1,605 SM ($108,000mensual)=
US$8,138.66
3,210 SM ($216,001mensual)=
US$16,277.39
3210 SM (mensuales) $216,001= US$16,277.39
Recepción de donaFvos por parte de organizaciones sin fines de lucro
1,605 SM ($108,000)= US
$8,138.66
3,210 SM ($216,001) =US$16,277.39 NA
* SMVDF.-‐ Salario Mínimo Vigente en el Distrito Federal. **Montos de acuerdo al SMVDF al día 30 de enero del año 2014 ($67.29)
Ac,vidad Umbral de Iden,ficación Umbral de Aviso
Uso de efec,vo y metales (limite)
Compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos
Siempre
Cuando en nombre y
representación de un Cliente, se realice alguna operación
financiera que esté relacionada con los actos señalados
Administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro acFvo de sus clientesManejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valoresOrganización de aportaciones de capital o cualquier otro Fpo de recursos para la consFtución, operación y administración de sociedades mercanFles
ConsFtución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporaFvos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de enFdades mercanFles
Prestación de servicios profesionales de manera independiente, sin relación laboral:
Prestación de fe pública por notarios públicos respecto de:
Ac,vidad Umbral de Iden,ficación Umbral de Aviso
Uso de efec,vo y metales (limite)
Transmisión o consFtución de derechos reales sobre inmuebles
Siempre
16,000 SM ($1,076,640)= US
$81,133.38Otorgamiento de poderes para actos de administración o dominio otorgados con carácter irrevocable
Siempre
ConsFtución de personas morales y su modificación patrimonial
8,025 SM ($540,002)= US$40,693.44
ConsFtución o modificación de fideicomisos traslaFvos de dominio o de garan^a sobre inmuebles
8,025 SM ($540,002)= US$40,693.44
Otorgamiento de contratos de mutuo o crédito, con o sin garan^a
Siempre
Tipologías y Administración del Riesgo en la APNFD’S
REACCIONES FACIALES
Una de las formas que usan los ‘’lavadores’’ para legalizar su dinero es comprar mercancía, pagarla y posteriormente solicitar la devolución del dinero (generalmente en cheque) así sea perdiendo un porcentaje del valor de la compra realizada.
De este modo el ‘’lavador’’ entrega dinero ilícito en efectivo y recibe un cheque de una empresa que opera legalmente, y justifica recursos. Administracion del Riego: Establecer un procedimiento de devolución de dinero donde se identifiquen las situaciones en las que se deben realizar devoluciones (por calidad del producto, garantías, etc.), montos, plazos, clientes, políticas de reposición de mercancías.
Política de devolución de dinero por mercancía vendida.
Una de las formas de lavar activos es ingresar clandestinamente divisas (que generalmente son pagos de narcotráfico), y posteriormente se venden en la calle. Estas divisas son compradas por las empresas que buscan ahorros respecto a las que ofrecen los intermediarios del mercado cambiario.
Administración de Riesgos: Establecer una política de legalidad para las operaciones que realice la empresa con moneda extranjera. Se recomienda utilizar únicamente los servicios ofrecidos por un Intermediario del Mercado Cambiario con licencia.
Política de manejo de las divisas
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• Agentes comerciales o distribuidores que reportan ventas por montos grandes y altas rotaciones en el inventario de mercancías en regiones que por sus características socio-económicas son de baja demanda, y que no cuentan con la infraestructura o capacidad instalada necesaria.
• Empresas o personas que realizan prácticas contrarias a la libre competencia (dumping), como vender productos a precios por debajo del promedio de la competencia. Estos pueden ser productos de contrabando o pagos en especie de delitos.
• Empresas que reportan alta rotación de inventarios sin estar acorde a las ventas de la empresa y su capacidad instalada.
RIESGOS DEL MERCADO
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• Empresas que desarrollan grandes proyectos de inversión en zonas inusuales, por ejemplo, en zonas con presencia de grupos armados al margen de la ley o donde la demanda es mínima.
• Empresas con incremento exagerado en el volumen de ventas o que sin explicación suficiente experimentan una importante recuperación económica después de atravesar por dificultades financieras.
• Compra-venta de empresas quebradas o en dificultades económicas, por parte de personas sin trayectoria en el sector.
• Empresas recientemente creadas que al poco tiempo tienen una posición dominante en el mercado.
SECTOR NO FINANCIERO: Que debe hacer Fuente: UIAF -‐ Colombia
Recomendaciones: APNFD’s
• Dude de negocios “fáciles”. • Nunca preste su nombre. • Nunca preste sus productos financieros. • Siempre pregunte el origen de los bienes y dinero con los cuales va a
hacer negocios importantes. • Siempre documente las transacciones que realice. • “Aplique mecanismos de conocimiento del cliente. • Conozca su mercado y de sus clientes. • Apóyese en la tecnología para determinar clientes, mercados, y
operaciones riesgosas. • Reporte Operaciones Sospechosas y mayores de US$10,000 o su
equivalente en otra moneda realizadas en efectivo.
Soy una empresa vulnerable? Cuales son mis factores de vulnerabilidad? EfecFvo, personas extranjeras, clientes de ubicaciones de alto riesgo, PEPS, etc. Cuáles de clientes son más riesgosos? Qué tanto conozco mis clientes vulnerables? Conozco mis empleados, proveedores y accionistas? Como puedo integrar mi evaluación de crédito a conocer la procedencia de los fondos?