GERENCIA DE SERVICIOS A USUARIOS
COMISION NACIONAL
DEL AGUA
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
EN
MATERIA DE DESCARGA DE
AGUAS RESIDUALES
QFB. Blanca Cecilia Gómez Ramírez 23 de agosto de 2010.
LA COMISION NACIONAL DEL AGUA
está facultada para otorgar:
Permisos para descarga de aguas residuales a
cuerpos receptores de propiedad nacional
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al
Ambiente,
Ley de Aguas Nacionales,
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales,
Ley Federal de Derechos,
Registro Federal de Trámites y Servicios,
Normas Oficiales Mexicanas y
Declaratorias de Clasificación de Cuerpos Receptores
GERENCIA DE SERVICIOS A USUARIOS
DESCARGA
ACCIÓN DE VERTER, INFILTRAR, DEPOSITAR O INYECTAR AGUAS RESIDUALES A UN CUERPO RECEPTOR.
CUERPOS RECEPTORES
CORRIENTE O DEPÓSITO NATURAL DE AGUA
PRESAS
CAUCES
EL MAR
BIENES NACIONALES (ZONAS Y TERRENOS
FEDERALES).
CUALQUIER TERRENO CUANDO A TRAVÉS DEL
MISMO PUEDA CONTAMINARSE EL SUBSUELO O
LOS ACUÍFEROS.
PERSONAS FISICAS O MORALES QUE
DESCARGUEN EN FORMA
PERMANENTE O INTERMITENTE,
AGUAS RESIDUALES EN AGUAS Y
BIENES NACIONALES, INCLUYENDO
AGUAS MARINAS, ASI COMO CUANDO
CONTAMINEN EL SUBSUELO Y LOS
ACUIFEROS. (Art. 88 LAN)
REQUIEREN CONTAR CON
PERMISO DE DESCARGA
CNA-01-001
• Art. 89 LAN: Para otorgar permisos de descarga,
tomar en cuenta: Declaratorias de Clasificación de
cuerpos receptores, las Normas Oficiales
Mexicanas, y las Condiciones Particulares de
Descarga (CPD) que debe cumplir la descarga ...
• Art. 140 RLAN: para determinar las CPD, también se
tomará en cuenta las consideraciones de interés
público o de salubridad general que establezcan
restricciones adicionales para la descarga
DECLARATORIA de clasificación
del río Lerma
establece su capacidad de asimilacióny dilución, las metas de calidad delagua, los plazos para alcanzarlas y losparámetros que deberán considerarsepara el cumplimiento de las descargasde aguas residuales. ( DOF del lunes 1de abril de 1996).
NEGATIVA
DE PERMISOS DE DESCARGA
•Que el sitio de descarga no sea de propiedad
nacional
•Que la descarga o el uso u origen de la misma
se encuentre prohibido en un Decreto o Acuerdo
de establecimiento de Zonas de Restauración,
Reglamentadas, de Veda o de Reserva, o en una
Declaratoria de Área Natural Protegida
(cualquier modalidad)
NEGATIVA …(2)
•Que se contravenga al Reglamento para prevenir
la Contaminación del Mar, que establece: “No se
otorgará permiso alguno para vertimientos que
alteren las normas y calidad del agua o que
pongan en peligro la salud humana, su bienestar o
el medio marino, sistemas ecológicos o
potencialidades económicas y que afecten las
áreas recreativas tales como balnearios en las
playas, "marinas" y zonas deportivas.”
Modificación Administrativa
Corrección Administrativa
Cambio de Condiciones Particulares de Descarga (CPD)
Cambio de Volumen
Cambio de Cuerpo Receptor
MODIFICACIONES
♠ Recirculación,
♠ Aumento en proceso que genere mayor descarga,
♠ Reúso de aguas residuales dentro de las plantas de proceso o de tratamiento o en ambas,
♠ Separación de descargas de enfriamiento y de proceso, o
♠ Separación de drenajes pluvial, de proceso y de servicios.