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DIRECCIÓN COMUNAL DE SALUD
BASES DE CONCURSO PÚBLICO PARA DIRECTOR/A DEL CENTRO DE SALUD
FAMILIAR CERRO NAVIA Y CENTRO DE SALUD FAMILIAR STEEGER.
CARGO A PROVEER.
Director/a del Centro de Salud Familiar Cerro Navia y Centro de Salud
Familia Steeger, regulado por la ley Nº19.378.
De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 19.378, “Estatuto de Atención
Primaria de Salud Municipal”, en relación a lo establecido en la Ley Nº
18.883 “Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales”, la
Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia, representada
por su Secretario General, llama a Concurso Público de antecedentes para
proveer los siguientes cargos:
Director/a CESFAM Cerro Navia
Director/a CESFAM Steeger
Las presentes bases de concurso han sido aprobadas por el Honorable
Concejo Municipal, con fecha 04 de Octubre de 2016, mediante acuerdo
N° 838, aprobada en Sesión Ordinaria N° 141.
GENERALIDADES.
DESCRIPCION GENERAL DEL CARGO.
El cargo requiere un profesional con alta vocación de servicio, compromiso
Institucional y capacidad de liderazgo efectivo para conducir al equipo de
salud, y el funcionamiento del establecimiento al que postula, para la
consecución de la misión institucional.
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OBJETIVO O PROPÓSITO DEL CARGO.
Favorecer y propiciar innovación en la gestión del Centro de Salud
Familiar, de acuerdo a los nuevos desafíos en el campo sanitario, y
consolidar el Modelo de Salud Familiar, con enfoque biosicosocial,
ambiental, comunitario e intercultural, en las diversas unidades operativas
de salud de la Comuna de Cerro Navia.
FUNCIONES PRINCIPALES.
a) Dirigir y liderar al equipo de salud del establecimiento y la comunidad
en la continuación del proceso de desarrollo del Modelo de Salud
Familiar, con enfoque biosicosocial, ambiental, comunitario e
intercultural.
b) Gestionar de manera eficiente y eficaz los recursos humanos, técnicos,
físicos y presupuestarios asignados a su establecimiento, para satisfacer
en forma oportuna las necesidades y expectativas sanitarias de la
población asignada.
c) Gestionar el cumplimiento de objetivos comprometidos en metas
sanitarias, APS, compromisos de gestión, convenios y programas
complementarios.
d) Colaborar en el proceso de gestión de la red de salud comunal.
e) Proponer y dar cumplimiento a la cartera de prestaciones en los centros
de salud de la comuna.
f) Activar y posibilitar el trabajo intersectorial, integrando instituciones y
Organizaciones sociales de la comunidad.
g) Atender permanentemente la misión de otorgar el mejor servicio de
atención a beneficiarios/as, velando por el buen trato y, en general,
resguardando la mejor interacción humana.
h) Liderar, estimular y coordinar programas y actividades orientados a
fortalecer y facilitar la participación social con grupos y organismos de
la comunidad.
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i) Participar en el proceso de programación de la red comunal de salud
en coordinación con la red del Servicio Metropolitano de Salud
Occidente.
j) Gestionar y favorecer el desarrollo de nuevas capacidades y
competencias de las personas que trabajan en los establecimientos.
k) Apoyar en la gestión de los proyectos de desarrollo o inversión en los
establecimientos de su dependencia.
l) Elaborar y enviar oportunamente los informes necesarios para la gestión
de la Dirección Comunal de Salud de la Corporación.
m) Mantener actualizado y de acuerdo a la normativa vigente, los
antecedentes de los funcionarios bajo su dependencia y su Carrera
Funcionaria.
CARGO A PROVEER.
Director/a del Centro de Salud Familiar Cerro Navia, ubicado en
calle Sado N° 7965, Comuna Cerro Navia;
Director/a del Centro de Salud Familiar Steeger, calle Huelén 1629,
Comuna Cerro Navia;
PLAZO DEL CONTRATO.
El cargo de Director/a del Centro de Salud, tendrá una vigencia de tres
años, en conformidad al artículo 33 del Estatuto de Atención Primaria de
Salud, con un cumplimiento de 44 horas semanales, a contar de las fechas
contenidas en el cronograma del presente proceso concursar, que forma
parte integrante de las bases para todos los efectos legales.
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REMUNERACIÓN.
La renta correspondiente al cargo estará compuesta por los conceptos
señalados en el Párrafo 3 de la Ley Nº 19.378 y Título III del D.S. 1.889 de
1995; además de las asignaciones legales contempladas en el
ordenamiento jurídico.
Con todo se asegura una renta de $2.000.000 líquidos. En los casos en que
el profesional no llegue al monto reseñado precedentemente, dada su
carrera profesional, conforme a la ley, en tal caso, se convendrá un bono
para alcanzar la remuneración referida.
ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO.
Este concurso se entiende público y, como tal, abierto a todas aquellas
personas que cumplan con los requisitos legales exigidos para desempeñar
el cargo concursado, por tanto, todos los postulantes deberán regirse
estrictamente por lo señalado en las presentes bases, en igualdad de
condiciones.
El concurso es un proceso que, en su conjunto, tiene por objetivo escoger
de entre los y las postulantes al profesional más idóneo para el cargo de
Director/a, y consistirá en un procedimiento técnico y objetivo, en el que se
ponderarán diversos factores tales como: antecedentes de estudio de
formación y capacitación, de experiencia laboral y competencia
profesional, a través de una evaluación psicológica y entrevista personal.
De ello, se obtendrá un puntaje que servirá a la Comisión del Concurso
como indicador para efectuar la selección del o los y las postulantes.
Se desechará toda documentación presentada fuera de plazo, por lo que,
se recomienda a todos los postulantes cautelar la recepción debida en la
Secretaría del Departamento de Recursos Humanos de la Corporación de
Desarrollo Social de Cerro Navia.
Una vez recepcionados los antecedentes por parte de la Corporación, los
o las postulantes no podrán agregar otros documentos, ni retirar los ya
presentados.
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Los antecedentes presentados deberán ser originales o copias
debidamente legalizadas ante Notario Público. Las postulaciones deberán
ser presentadas en sobre sellado, indicando en su fase superior el cargo a
que postula.
Los sobres serán abiertos y revisados, en sesión especialmente convocada
al efecto, por la Comisión del Concurso, la que elaborará un Acta con el
contenido de éstos, dejando fuera de las fases siguientes del concurso a
aquellos postulante que les haya faltado alguno de los documentos
exigidos en las presente Bases.
Los antecedentes no serán devueltos a los postulantes una vez terminado
el proceso.
COMISION DE CONCURSO.
La Comisión del Concurso, en virtud de las facultades que la ley le confiere,
revisará los antecedentes y rechazará a los/as postulantes que no cumplan
los requisitos exigidos en la ley y en las presente Bases.
Además, la Comisión de Concurso verificará la autenticidad de los
documentos y, si lo estima conveniente, requerirá mayores antecedentes y
referencias a los postulantes.
Si se comprobase falsedad de alguno de los documentos entregados por
los postulantes, el o la postulante será eliminado/a en forma inmediata y
definitiva del concurso, lo cual, le será notificado por escrito.
La Comisión del Concurso, en conformidad al artículo 35 del Estatuto de
Atención Primaria de Salud, estará integrada por las siguientes personas:
El Director del Departamento de Salud de la Corporación, o su
subrogante en caso de ausencia del mismo.
El o la Director/a de otro Centro de Salud de la comuna, elegido/a
por sorteo entre sus pares.
El Director del Servicio de Salud Metropolitano Occidente o su
representante, quien actuará en calidad de Ministro de Fe.
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Formarán parte, además, de la Comisión de Concurso, en calidad de
Ministros de Fe, y sin derecho a voto, las siguientes personas:
La Contralora Interna de la Corporación o la persona que ésta
designe en caso de ausencia o impedimento legal.
Un Representante de las Asociaciones de Funcionarios nombrados
por todas ellas, para este efecto.
Las personas antes mencionadas, velarán porque el proceso se desarrolle
conforme lo establece la ley y las presentes bases, sin que tengan derecho
a voto o decisión en la elección de los postulantes.
ASESORÍA EXTERNA A LA COMISIÓN DE CONCURSO.
La corporación ha contratado los servicios externos de la empresa “Yo
Recluto”, en adelante “La Consultora”, cuyo objeto es la selección de
profesionales idóneos en la búsqueda de directores de CESFAM Cerro
Navia y Steeger, mediante la modalidad de Head Hunting.
Su objetivo es presentar a la Comisión de Concurso los postulantes más
idóneos, además de prestar asesoría en las distintas etapas del proceso
concursal, a través de una metodología rigurosa y exhaustiva, que permita
evaluar los servicios de búsqueda, dentro de los principales medios de
reclutamiento en línea a nivel nacional y redes sociales, lo que permite una
mayor cobertura y cantidad de postulantes en un tiempo más reducido.
La consultora realizará una asesoría integral a la Comisión de Concurso con
el objeto de prestar un servicio de búsqueda, planificación, dirección,
coordinación y control de todas las actividades realizadas por ésta para
cumplimiento a la ley y las presentes bases, con el fin de obtener los
postulantes más idóneos al cargo concursado, con pleno apego a los
principios de transparencia y calidad requerido.
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ETAPAS DEL CONCURSO.
PRIMERA ETAPA.
CONSTITUCION COMISION DE CONCURSO.
La Comisión de concurso se constituirá en la fecha contenida en el
Cronograma adjunto a las presentes bases, que forma parte integrante de
las mismas para todos los efectos legales.
La Comisión, una vez instalada, se reunirá con “La Consultora” con el fin de
definir el perfil del profesional para el cargo requerido, respetando las
disposiciones legales y las disposiciones contenidas en las presentes bases.
Con ello, se definirá el perfil de búsqueda, que incluye aspectos, tales
como, funciones y responsabilidades asociadas al cargo, objetivos de la
posición, proyecciones de desarrollo y competencias laborales.
SEGUNDA ETAPA.
PUBLICACION CONCURSO.
La publicación del Concurso Público en un periódico de Circulación
Nacional, Regional o Provincial, según lo estipulado en la Ley 19.378, Titulo
II, párrafo 1, artículo 34.
ARTÍCULO 34°:
“Todo concurso deberá ser suficientemente publicitado en un diario o
periódico de los de mayor circulación nacional, regional o provincial, si los
hubiere, sin perjuicio de los demás medios de difusión que se estime
conveniente adoptar y, con una anticipación no inferior a 30 días”.
Además “La Consultora” publicará el presente concurso en los principales
medios laborales existentes en el país.
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TERCERA ETAPA.
ENTREGA DE LAS BASES DE CONCURSO.
Distribución de las Bases.
Las Bases del Concurso Público serán publicadas vía Internet, en la página
Web de la Corporación Municipal de Desarrollo Social Cerro Navia,
www.cmcerronavia.cl, y estarán a disposición de los postulantes en la
Secretaría del Departamento de Recursos Humanos de la Corporación,
ubicada en calle del Consistorial Nº 6600, primer piso, comuna de Cerro
Navia, de lunes a jueves, en horario de 9:00 a 13:00 horas, y de 15:00 a
17:00 horas; y viernes, de 9:00 a 13:00 horas.
REQUISITOS PARA POSTULAR AL CONCURSO.
REQUISITOS GENERALES.
Los requisitos generales para postular al concurso, serán los establecidos en
el artículo 13 de la Ley Nº 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud
Municipal, que son los siguientes:
1.- Ser ciudadano.
En casos de excepción, determinados por la Comisión de Concurso,
y conforme lo establecido en el artículo 35 de la Ley Nº 19.378,
podrán ingresar a la dotación, profesionales extranjeros que posean
título legalmente reconocido. En todo caso, en igualdad de
condiciones se preferirá a los profesionales chilenos.
2.- Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, si ello
fuere procede.
3.- Tener una salud compatible con el desempeño del cargo.
4.- Cumplir con los requisitos a que se refieren los artículos 6, 7, 8 y 9 de la
Ley N° 19.378.
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5.- No estar inhabilitado o suspendido en el ejercicio de funciones o cargos
públicos, ni hallarse condenado o sometido a proceso por crimen o simple delito
que merezca pena aflictiva.
6.- No haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida
disciplinaria, aplicada en conformidad a la Ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo,
o conforme lo dispone la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios
Municipales, a menos que hayan transcurrido cinco o más años, desde el
término de los servicios.
REQUISITOS ESPECÍFICOS.
Para ser Director/a del establecimiento de Atención Primaria de Salud
concursado, se deberá estar en posesión de un Título correspondiente a los
siguientes Profesionales:
-Categoría A: Médicos Cirujanos, Farmacéuticos, Químico- Farmacéuticos,
Bioquímicos y Cirujano-Dentistas.
-Categoría B: Matronas/es, Asistentes Sociales, Enfermeras/os,
Kinesiólogos/as,
Nutricionistas, Tecnólogos Médicos, Terapeutas Ocupacionales,
Fonoaudiólogos/as y otros Profesionales, con título profesional de una
carrera de a lo menos 8 semestres de duración, con formación en el área
de Salud Pública, debidamente acreditada.
El requisito de título profesional, se acreditará mediante los certificados
conferidos en la calidad correspondiente, de acuerdo a las normas legales
vigentes en materia de educación superior.
El postulante deberá tener experiencia acorde al cargo a postular en
Atención Primaria de Salud, debidamente acreditada por el
Departamento de Recursos Humanos de la Entidad respectiva o de la
Institución de la cual proviene la persona que postula al cargo.
Debido a las características del cargo a postular, se ponderará por parte
de la Comisión de Concurso, a aquel postulante que tenga experiencia en
Atención Primaria de Salud, o en Instituciones Públicas de Salud.
La Comisión de Concurso ponderará, además, a los postulantes que
tengan formación en Salud Familiar, Salud Pública y/o Administración en
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Salud debidamente acreditada mediante el certificado correspondiente.
Se ponderará especialmente a aquel postulante que tenga un post título,
sea diplomado u otro de similares características, en dicha área.
El postulante deberá completar la Ficha de Postulación del Concurso
Público, contenida en Anexo N° 1.
El postulante deberá, además, presentar Currículum Vitae, según modelo
adjunto, contenida en Anexo N° 3.
CUARTA ETAPA.
RECEPCION DE ANTECEDENTES.
Cada postulante, al momento de entregar sus antecedentes, deberá
presentar su expediente de postulación en un sobre sellado, indicando, en
su tapa principal, el cargo al cual postula, con los antecedentes en el
siguiente orden:
1. “Ficha Postulación Concurso Público”, la cual se encuentra adjunta a las
presentes Bases. Anexo N° 1.
2. Fotocopia legalizada de la Cédula de Identidad.
3. Certificado de Antecedentes.
4. Certificado de situación militar al día, cuando corresponda.
5. Declaración Jurada otorgada ante Notario Público, de no haber
cesado encargo público por calificación deficiente o medida
disciplinaria, aplicada en conformidad a la Ley Nª 18.834, o por la Ley N°
18.883.
6. Currículo Vitae, según modelo adjunto a las presentes bases. Anexo N°
3.
7. Acreditación de estudios mediante fotocopia legalizada de los
respectivos Certificados de Titulo.
8. Otros antecedentes que estime el postulante sean pertinentes al
concurso, para mejor evaluación y ponderación de la Comisión de
Concurso.
El expediente, deberá tener foliadas cada una de las hojas que lo
componen en el costado superior derecho desde la última hoja hasta la
primera.
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Los y las postulantes de regiones deberán remitir sus expedientes de
postulación por carta certificada, siempre y cuando el matasellos de
correo señale expresamente que los antecedentes fueron despachados
dentro del plazo preestablecido.
No se aceptarán documentos enviados por correo electrónico.
Al momento de presentar sus antecedentes, los y las postulantes recibirán
un comprobante, cuyo consignará el número de registro de ingreso y el
número de fojas de su expediente. Para los postulantes de regiones, su
comprobante será el recibo de correos, el que contendrá el número de
registro de ingreso y el número de fojas del expediente.
No se aceptarán entregas parciales de antecedentes, ni se podrán
agregar nuevos antecedentes, una vez recibida la postulación en
dependencias de la Corporación.
Igualmente, no se aceptarán postulaciones recibidas fuera de plazo.
Sólo se considerarán aquellos antecedentes que cumplan estrictamente
con lo señalado en el artículo 13, párrafo 1 de la Ley Nº 19.378 y en las
presentes bases.
El sólo hecho de que cada postulante presente su postulación, constituye
plena aceptación de las presentes bases.
Los antecedentes no serán devueltos una vez terminado el proceso.
Para efectos de la citación a entrevistas personales, notificaciones o
cualquier otra información requerida, durante el desarrollo del concurso, y
que deba ser puesta en conocimiento de los postulante, se deja expresa
constancia que el medio oficial de comunicación será vía correo
electrónico, a la dirección indicado/a por él o la postulante en la ficha de
postulación, siendo elemento obligatorio al momento de la postulación.
“La Consultora”, una vez recepcionado todos los antecedentes remitido
por parte de los postulantes, en los plazos reseñados en el cronograma de
estas bases, se reunirá con la Comisión de Concurso, con el fin de realizar
las siguientes tareas encomendadas por la Comisión, cual es, filtro de los
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postulantes, screening a candidatos, proceso de reclutación de los
postulantes, y validación de antecedentes de los postulantes.
Una vez obtenida toda la información reseñada precedentemente, “La
Consultora”, emitirá un informe a la Comisión de Concurso.
QUINTA ETAPA.
ANALISIS DE ANTECEDENTES Y APLICACIÓN DE INSTRUMENTOS DE
EVALUACION POR PARTE DE LA COMISION DE CONCURSO.
La Comisión elaborará un acta, una vez recepcionados los antecedentes,
y después de recibir el informe de “La Consultora”, de acuerdo al orden
decreciente de los postulantes, conforme a la experiencia acompañada y
acreditada.
De acuerdo a los puntajes obtenidos, los postulantes serán ordenados en
una tabla de acuerdo a un orden decreciente. Este orden será la base
para las siguientes etapas del proceso.
INSTRUMENTOS DE EVALUACION.
1.- Experiencia Profesional para el cargo.
- Puntaje Máximo 25 puntos.
Los y las postulantes al cargo serán evaluados por la Comisión de Concurso
de acuerdo a los siguientes factores:
a) Área administrativa y de Gestión en Salud:
-Puntaje Máximo 20 puntos.
Se considerarán años trabajados en cargos directivos, como Jefes/as de
Área de Salud Municipal y Director/a de Centro de Salud. Se asignará 2
puntos por año con un máximo de 20 puntos.
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En el caso de haber ejercido en forma exclusiva otras funciones de
responsabilidad, tales como Subdirección, Jefes/as de Sector, Jefes/as de
Programa y Coordinadores Técnicos se considerarán el 80% del puntaje
anterior.
Si, paralelamente, se ejercieron 2 o más jefaturas, se considerará la de
mayor puntaje.
A los meses trabajados, se les asignará puntaje en forma proporcional por
cada mes, correspondiéndole 0,166 puntos por mes.
b) Área Asistencial o Clínica:
-Puntaje Máximo 5 puntos.
Se considerarán años de trabajo en Atención Primaria en el Sector Público
de Salud y/o en el Sistema Nacional de Servicios de Salud. A los años
trabajados sin considerar jefatura se le asignará 1 punto por año con un
máximo de 5 puntos.
A los meses trabajados, se les asignará puntaje en forma proporcional por
cada mes 0,083 puntos por mes.
En el caso de haber ejercido en forma paralela otras funciones de
responsabilidad, tales como Subdirección, Jefes/as de Sector, Jefes/as de
Programa y Coordinadores Técnicos se le asignará 1.67 puntos por año con
un máximo de 5 puntos.
La Comisión efectuará un análisis respecto a la formación profesional y
otorgará el puntaje asignado en las bases, elaborando un Acta al
respecto.
Una vez finalizado el análisis precedente, los puntajes de cada postulante
quedarán ordenados en un acta que califique en orden decreciente de
sus puntajes.
1.- Formación profesional para el cargo:
- Puntaje Máximo 25 puntos.
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Será requisito indispensable tener capacitación en el área de Salud
Pública, o Administración y Gestión o Salud Familiar, la que deberá ser
avalada con certificados que acrediten dicha capacitación.
Se tomará en consideración sólo la capacitación específica para el cargo
al que se postula y que esté vinculada con: Administración de Recursos
Humanos, Físicos y Financieros, Gestión en Salud, Metodología en
Elaboración de Proyectos, Elaboración de Planes y Programas de Salud,
Desarrollo Personal y Liderazgo, Modelo de Salud Familiar y Comunitaria
etc.
a) Cursos de Capacitación:
- Puntaje Máximo de 10 puntos.
Se considerará la duración de los cursos, y se asignará puntaje de acuerdo
a la siguiente escala:
CURSO INFERIOR A 30 HORAS 1 PUNTO
CURSO SUPERIOR A 30 HORAS HASTA 80
HORAS
2 PUNTOS
CURSOS SUPERIORES A 80 HORAS 3 PUNTOS
b) Formación de Post-grado específicos para el cargo que conduzcan a
pos título:
- Puntaje Máximo de 15 puntos.
POR CADA DIPLOMADO 5 PUNTOS
POR CADA GRADO DE MAGISTER O
ESPECIALIDAD PERTINENTE AL CARGO
QUE POSTULA
10 PUNTOS
Será requisito para cada postulante poseer un mínimo de 10 puntos
considerando la suma de puntaje por experiencia y formación profesional
para continuar en el concurso, de otra manera, el postulante quedará
descartado y no seguirá con las siguientes etapas de evaluación.
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SEXTA ETAPA.
1.- Competencia e Idoneidad para el Cargo:
-Puntaje Máximo 50 puntos.
Se aplicará una evaluación psicológica y una entrevista personal,
semiestructurada, donde evaluará la competencia profesional del
postulante.
a) Evaluación Psicológica:
-Puntaje Máximo 15 puntos.
La evaluación psicológica será efectuada por “La Consultora” quien
informará, en su oportunidad, a la Comisión del Concurso, el resultado de
la misma.
Dicha evaluación está destinada a evaluar factores de personalidad que
sean considerados de mayor conveniencia o aptitud para el cargo,
determinando la clasificación de los postulantes en las siguientes
categorías y otorgando los siguientes puntajes:
MUY RECOMENDADO PARA EL CARGO 15 PUNTOS
RECOMENDADO PARA EL CARGO 10 PUNTOS
RECOMENDADO CON OBSERVACIONES 0 PUNTO
NO RECOMENDADO 0 PUNTO
Los o las postulantes que obtengan el puntaje de recomendado con
observaciones y no recomendado, no podrán continuar en el proceso
concursal, quedando eliminados del mismo.
b) Entrevista Personal:
-Puntaje Máximo 35 puntos.
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La entrevista personal será efectuada por “La Consultora” quien informará,
en su oportunidad, a la Comisión del Concurso, el resultado de la misma.
SÉPTIMA ETAPA.
ENTREVISTA POR PARTE DE LA COMISION DE LOS POSTULANTES
SELECCIONADOS.
A los postulantes que cumplan con las bases del concurso, y hayan sido
informados del examen psicológico y de la entrevista personal realizada
por “La Consultora”, y que hayan sido seleccionado dentro de los primeros
diez mejores puntajes, se les realizará una Entrevista Personal por parte de
la Comisión de Concurso.
El puntaje obtenido por el postulante se basará en la calificación a
conciencia de la evaluación que cada integrante de la Comisión haga
del postulante.
El Concurso considerará los siguientes factores de medición, para lo cual,
la Comisión se auxiliará del instrumental técnico pertinente que permita
medir: experiencia, formación profesional y competencias que el cargo
amerita.
Ponderación de los factores para el cargo:
1. Experiencia Profesional: de 0 a 25 puntos
2. Formación Profesional: de 0 a 25 puntos
3. Competencia Técnica: de 0 a 50 puntos
MAXIMO PUNTAJE POSIBLE: 100 puntos
Antes del inicio del proceso de las entrevistas personales, la Comisión de
Concurso acordará los criterios a considerar para asignar individualmente
el puntaje en cada uno de los factores del perfil del cargo.
Cada uno de los integrantes de la Comisión de Concurso colocará puntaje
de 1 a 7 en los siguientes factores:
1. Empatía, sociabilidad
2. Iniciativa, creatividad
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3. Autocrítica, capacidad de análisis.
4. Liderazgo, don de mando y Capacidad de Trabajo en Equipo.
5. Capacidad de Gestión y Visión Estratégica.
OCTAVA ETAPA.
SELECCIÓN DE LOS POSTULANTES Y ELABORACION DE INFORME QUE
CONTIENE TERNA DE POSTULANTES.
Será labor de la Comisión del Concurso una vez aplicado todo el
instrumental de selección, elaborar una terna con los postulantes más
idóneos para el cargo y emitirá un informe fundado que proporcionará la
cuenta en detalle de las calificaciones obtenidas por cada postulante en
estricto orden decreciente, todo lo cual, será remitido al Sr. Secretario
General de la Corporación Municipal, quien lo hará llegar al Sr Alcalde,
para que resuelva y emita el Decreto de nombramiento correspondiente.
Tendrán derecho preferencial al cargo, ante igualdad de puntaje en el
concurso respectivo, los funcionarios de los servicios de salud que postulen
a un establecimiento municipal de atención primaria de salud, de acuerdo
a lo establecido en el Artículo 21º del Estatuto de Atención Primaria.
NOVENA ETAPA.
DE LA RESOLUCIÓN Y NOTIFICACION DEL CONCURSO.
Las decisiones de la Comisión de Concurso serán adoptadas en las fechas
consignadas en el Cronograma de Concurso anexo a las presentes bases.
Para los efectos del presente Concurso, la Comisión podrá celebrar las
reuniones que estime necesarias. En todo caso, deberá quedar constancia
de todas sus actuaciones en actas que deberán suscribir todos sus
integrantes, incluidos aquellos que actúan como ministros de fe.
La Comisión de Concurso establecerá un estricto orden de puntaje, según
los aspectos ponderados y reseñados en las presentes bases.
La Comisión enviará un informe fundado al Secretario General de la
Corporación, quien, a su vez, lo remitirá al Señor Alcalde, en el plazo de
cinco días corridos, contados desde la selección de la terna.
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Para ser nombrado/a como titular en el cargo al que se concursa, será
requisito obtener, al menos, el 60% del puntaje total máximo esperado.
Si ningún concursante alcanzara dicho puntaje se declarará el concurso
desierto.
Cualquier situación no prevista en estas bases, será resuelta por la Comisión
de Concurso.
Los antecedentes una vez remitidos por la Corporación al Señor Alcalde, se
elaborará el decreto alcaldicio que adjudica el concurso al seleccionado
informado por la Comisión de Concurso.
El postulante seleccionado, será notificado por el Departamento de
Recursos Humanos de la Corporación.
DECIMA ETAPA.
DE LA ASUNCION DEL CARGO
Una vez notificado el seleccionado del decreto alcaldicio por parte del
Departamento de Recursos Humanos de la Corporación, tendrá un plazo
de dos días corridos para aceptar el cargo y asumir las funciones en el
plazo contenido en el Cronograma anexo a las presentes bases.
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ANEXOS DE CONCURSO
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ANEXO 1.
FICHA DE POSTULACIÓN CONCURSO PÚBLICO DIRECCION DE SALUD
CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL CERRO
NAVIA (Use solo letras en mayúsculas)
INGRESO N°
Apellidos *
Nombres *
Rut * Fecha Nacimiento
Estado Civil *
Nacionalidad *
Domicilio *
Teléfonos Correo Electrónico *
Domicilio
Comuna*
Región*
Título Profesional* Año
Nombre de
establecimientos que
postula (según
prioridad)*
Fecha postulación*
Firma del postulante*
Declaro conocer y aceptar las Bases del Concurso Público de la
Corporación de desarrollo Social de Cerro Navia.
Señalo que la información proporcionada tanto en lo personal como la
documentación que la certifica, es fidedigna.
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Autorizo a Corporación de Desarrollo Social de Cerro Navia para que
ejecute las acciones que estime pertinentes para la verificación de mis
antecedentes.
Acepto la anulación absoluta de mi postulación en el evento de
comprobarse la falsedad de alguno de los antecedentes presentados.
____________________________ FIRMA DEL/A POSTULANTE
Esta ficha debe ser pegada sobre el sobre o la carpeta con los antecedentes entregados en RR.HH.- El
postulante debe recibir una copia firmada por el funcionario que recibe estos antecedentes.
*Campos obligatorios.
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ANEXO 2.
DECLARACION JURADA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA ASUMIR EL
CARGO,TENER SALUD COMPATIBLE Y ACEPTACION DE BASES.
MODELO DE DECLARACION JURADA
YO................................................................................................RUT.....................................
DEPROFESION/ACTIVIDAD………………………………………………………………………
CON DOMICILIO EN..……………………………………………………………………………..
VENGO EN DECLARAR BAJO JURAMENTO QUE:
a) Tengo salud compatible para el cargo al cual postulo.
b) No he cesado en cargo público como consecuencia de haber obtenido
unacalificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco
años, desde la fecha de expiración de funciones.
c) No estoy inhabilitado (a) para el ejercicio de funciones o cargo público, no he
sidocondenado (a), ni me encuentro procesado (a) por crimen o simple delito.
d) No me encuentro inhabilitado (a) por el artículo 56, puntos a), b) y c) de la Ley
19.653, sobre Probidad Administrativa.
FORMULO ESTA DECLARACIÓN, PARA SER PRESENTADA EN EL CONCURSO PUBLICO
DE ANTECEDENTES PARA PROVEER CARGOS EN CALIDAD DE TITULARES EN
ESTABLECIMIENTOS DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL DEPENDIENTES DE LA
CORPORACIONMUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CERRO NAVIA.
.........................................................................
F I R M A
FECHA…………………………………………………
NOTA: La falsedad de esta Declaración, hará incurrir en las penas del artículo N°
210 del Código Penal.
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CORPORACION MUNICIPAL
DE DESARROLLO SOCIAL DE CERRO NAVIA
DIRECCIÓN COMUNAL DE SALUD
Anexo 3.
MODELO DE CURRICULUM VITAE
1.- ANTECEDENTES PERSONALES
NOMBRE COMPLETO
FECHA DE NACIMIENTO
R.U.T.
NACIONALIDAD
ESTADO CIVIL
DOMICILIO
TELEFONOS DE CONTACTO
2.- ANTECEDENTES DE ESTUDIO: según categoría del postulante
TITULO E INSTITUCION DONDE LO OBTUVO:………………………………… (se refiere a
los antecedentes de estudio que se solicitan según la categoría del postulante)
CURSOS: sólo los que cumplen lo exigido en las bases, ordenados desde lo actual
hacia atrás
FECHA NOMBRE
DEL CURSO CALIFICACIÓN
DURACIÓN
EN HORAS INSTITUCIÓN QUE
IMPARTIÓ EL CURSO
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DIRECCIÓN COMUNAL DE SALUD
3.- ANTECEDENTES DE EXPERIENCIA LABORAL EN APS: ordenados desde lo actual
hacia atrás.
FECHA
INICIO Y
TÉRMINO
PERIODO EN AÑOS Y
MESES
CARGO INSTITUCION
4.- OTROS ANTECEDENTES: incluir otros cursos, publicaciones, docencia, etc., si
procede.
_______________________________
FIRMA DEL POSTULANTE
FECHA, En sistema Word se pueden agregar en cada caso las filas que sean necesarias ya sea para señalar
Capacitación u Experiencia al cargo que postula.
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DIRECCIÓN COMUNAL DE SALUD
ANEXO 4.
CRONOGRAMA
1. Constitución de Comisión:
06/10/2016
2. Fecha de publicación:
09/10/2016
3. Entrega de las bases:
10/10/2016 al 19/10/2016
4. Recepción de antecedentes:
Hasta el 10/11/2016 12:00
5. Análisis curricular:
18 al 24/11/2016
6. Test psicolaboral:
29/11 al 02/12/2016
7. Entrevista Personal:
05 al 10/12/2016
8. Entrevista Personal por parte de la Comisión de Concurso:
14 al 20/12/2016
9. Elaboración Informe Final por parte de la Comisión de Concurso:
23 al 29/12/2016
10. Resolución y Notificación:
02 al 09/01/2017
11. Asunción de cargos:
Director/a CESFAM CESFAM Cerro
Navia
Del 21/03/2017 al 28/02/2020
Director/a CESFAM
CESFAM Steeger
Del 21/03/2017 al 28/02/2020