BASES DE LA TERCERA CONVOCATORIA AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN
DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES PARA TÍTULO PROFESIONAL
AÑO 2016
1. OBJETIVO DE LAS BASES DE CONVOCATORIA
1.1 EL objetivo de las presentes Bases de Convocatoria al Fondo Concursable de
Formación de Funcionarios Municipales es regular el tercer concurso de
becas de estudio para funcionarios municipales conducentes a títulos
profesionales que tiene como meta otorgar hasta 117 (ciento diecisiete)
becas.1
1.2 El Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, creado por
la Ley N° 20.742 de 2014, tiene por objeto el financiamiento parcial o total de
estudios para la formación de los funcionarios municipales, de planta y
contrata, con una antigüedad mínima de 5 años al momento de postular, en
competencias específicas, habilidades y aptitudes que requieran para el
desempeño y ejercicio de un determinado cargo municipal, según las áreas
prioritarias de formación definidas por las municipalidades para el año 2016
1.3 :Este Fondo de Becas, que depende de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en
adelante “SUBDERE”, financia 4 tipos de becas para estudios conducentes a
a) Título técnico
b) Título profesional.
c) Diplomado.
d) Postítulo.
2. DEFINICIONES
Para efectos de esta convocatoria de concurso de becas se establecen las siguientes
definiciones:
2.1 Fondo de Becas: Se refiere al Fondo Concursable de Formación de
Funcionarios Municipales creado por la Ley N° 20.472.
2.2 Funcionario Municipal: Persona que desempeña un cargo municipal y a quien
se le aplican las disposiciones de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo
Para Funcionarios Municipales.
2.3 Categoría o Tipo de Estudio: Estudios formales dictados por una universidad
o instituto profesional, acreditado por la Comisión Nacional de Acreditación,
conducentes a título profesional, título técnico, diplomado o postítulo que son
financiables por el Fondo de becas.
2.4 Patrocinio: Es el respaldo oficial que cada municipalidad otorga al funcionario
que postula a la presente convocatoria del Fondo de becas, de acuerdo a lo
establecido en el Plan Anual que cada municipio elabora.
1 En las presentes bases de convocatoria, cuando se señala funcionario municipal, se refiere a
funcionario y funcionaria. De la misma manera, cuando se utiliza los pronombres el o los es
también para hacer referencia a ambos géneros.
2.5 Plan Anual: Es un documento elaborado por la municipalidad en el que se
establecen las áreas prioritarias de estudio para ésta, los criterios de
selección de los postulantes al Fondo de becas y las condiciones que
permitan el acceso igualitario de sus funcionarios a este beneficio. El Plan
Anual debe presentarse al concejo junto con el presupuesto municipal para
ser aprobado por éste. Sin embargo, para la presente convocatoria el Plan
Anual puede presentarse al concejo, para su aprobación, hasta antes de la
fecha de postulación del funcionario.
2.6 Áreas Prioritarias de Formación: Son aquellas áreas relacionadas con la
gestión y funciones propias de la municipalidad, que están definidas en el
reglamento del Fondo de Becas, a las que cada municipio dará prioridad de
acuerdo a las necesidades de desarrollo de la comuna, y será dentro de
estas áreas seleccionadas que el postulante deberá elegir un programa de
estudio para ser financiado por el Fondo Concursable de Formación de
Funcionarios Municipales. Ver en anexo 1 el listado de áreas prioritarias
definidas por el reglamento.
2.7 Beca de Estudios: Consiste en los recursos económicos que se entregan al
funcionario municipal para que ésta financie el arancel y la matrícula de su
programa de estudios conducentes a la obtención de un título profesional, así
como un monto de manutención mensual según lo establecen las presentes
bases.
2.8 Matrícula: Es el pago que, mediante los documentos pertinentes y los
requisitos exigidos, da derecho a inscribirse en el programa académico
seleccionado.
2.9 Arancel: Costo que debe pagar un estudiante para cursar un año de carrera
en una institución de Educación Superior.
2.10 Beca de Manutención: Consiste en un apoyo económico mensual de hasta
trece Unidades Tributarias Mensuales, por un máximo de dos años, con el
que se busca que el becario pueda sustentar gastos de alimentación,
transporte, libros, materiales de estudio, y alojamiento, en el caso de ser
necesario, para el desarrollo de su programa académico.
2.11 Programa Académico: Es el conjunto de cursos, actividades teóricas y
prácticas que se desarrollan mediante la interrelación de profesores y
alumnos buscando lograr una formación en determinadas áreas del
conocimiento y a la obtención de un título profesional.
2.12 Postulante: Es el funcionario municipal que solicita, a través del Sistema de
Postulación en Línea del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios
Municipales, una beca de estudio.
2.13 Becario: Es el postulante quien, luego de participar de un proceso de
postulación a becas de estudio, se adjudica el financiamiento a algún
programa de estudio o académico conducente a la obtención de título
profesional, título técnico, diplomado o postítulo.
2.14 Comité de Evaluación Externo: Es un grupo de personas, entre los que se
encuentran expertos, académicos, investigadores y profesionales del sector
público, especialistas en materias de gestión pública y/o funciones propias de
las municipalidades, de destacada trayectoria y reconocido prestigio, que se
reúnen con el objetivo de evaluar las postulaciones de los funcionarios
municipales al Fondo de Becas y proponer al Subsecretario de Desarrollo
Regional y Administrativo quiénes se adjudicarán las becas.
2.15 Tipología de Comuna: Categorización de las comunas del país en cinco
niveles que es utilizada por la SUBDERE para la distribución anual del Fondo
de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal. Para estas bases de
convocatoria al Fondo de Becas la tipología de comuna es uno de los criterios
de evaluación para la selección de los postulantes. Las categorías se
encuentran en el Anexo 2 de estas bases.
2.16 Modalidad de Estudios: Corresponde a la forma en que los programas de
académicos imparten sus actividades, la que puede ser presencial, semi
presencial, también conocida como blended learning o b-learning, o
totalmente por medios virtuales, también conocida como electronic learning o
e-learning.
2.17 Modalidad Presencial: Es la forma de estudio tradicional en la que los
alumnos asisten a las salas de clases en las que las instituciones imparten
los programas e interactúan con los profesores y demás alumnos.
2.18 Modalidad Semi presencial o B-learling: Es el aprendizaje facilitado a través
de la combinación eficiente de diferentes métodos de impartición de clases y
modelos de enseñanza, los que se realizan de manera presencial y virtual,
con una periodicidad determinada.
2.19 Modalidad virtual o E-learning: Es un sistema de enseñanza a distancia que
se realiza totalmente a través de Internet. Las instituciones que imparten
estudios por medio de este método cuentan con plataformas pedagógicas
informáticas virtuales, diseñadas especialmente para el proceso de
enseñanza-aprendizaje a distancia.
2.20 Formulario de Postulación: Corresponde al formulario único de postulación
que los funcionarios municipales interesados en participar en la presente
convocatoria deben llenar y enviar para ser evaluados. Este formulario de
postulación es el único medio de postulación al Fondo de becas y se
encuentra disponible en el Sistema de Postulación en Línea.
2.21 Sistema de Postulación en Línea: Es el sistema informático que permite
administrar el proceso de postulaciones de los funcionarios municipales al
Fondo de Becas. Este Sistema se encuentra en la plataforma de la página
web de la Academia de Capacitación Municipal y Regional
www.academia.subdere.gov.cl.
3. FECHAS DEL PROCESO DE POSTULACIÓN Y SELECCIÓN
3.1 Publicación de bases de la convocatoria e inicio del proceso de postulación: una vez tramitada completamente la resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo que aprueba las presentes Bases de Convocatoria al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales para Carreras Profesionales, la fecha y la convocatoria serán publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl y en un diario de circulación nacional.
3.2 Plazo de recepción de postulaciones en línea: Cuatro semanas desde la
fecha de publicación del llamado a la convocatoria en la página web www.academia.subdere.gov.cl y en un diario de circulación nacional. Las fechas específicas y horarios se publicarán en la página web www.academia.subdere.gov.cl.
3.3 Plazo para realizar consultas a través del sistema de consulta telefónica: De
lunes a viernes de 8:30 horas a 19:00 horas (hora de Chile continental) desde
el primer día de iniciado el plazo de recepción de postulaciones hasta el día
anterior al cierre de la recepción de postulaciones. Las fechas específicas
serán publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl.
3.4 Periodo de evaluación de las postulaciones: Hasta cinco semanas desde el
término de la recepción de postulaciones. Las fechas específicas serán
publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl. . No obstante lo
anterior, la evaluación de admisibilidad a que se refiere el numeral 7 de las
presentes bases se podrá realizar desde el momento de la recepción de la
postulación en el Sistema de Postulación en Línea.
3.5 Plazo límite para la publicación de los resultados: Hasta una semana
después del término de la evaluación. Las fechas específicas serán
publicadas en la página web www.academia.subdere.gov.cl.
4. REQUISITOS DE POSTULACIÓN
4.1 Los funcionarios municipales interesados en postular a la presente
convocatoria deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario de planta o contrata, regido por las disposiciones de la
Ley 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al
menos cinco años de antigüedad en la municipalidad inmediatamente
anteriores al momento de la postulación. Para determinar el requisito de la
antigüedad se considerará la totalidad de años que el funcionario se haya
desempeñado en calidad jurídica de planta y contrata.
b) No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro
años, o estar sometido, al momento de la postulación, a sumario
administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado.
c) No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso
penal.
d) No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o
con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas.
e) Estar cursando, haber sido aceptado o estar en proceso de postulación a
un programa académico conducente a un título profesional, de una
universidad o instituto profesional, que haya sido seleccionado para
efectos de este Fondo. Es responsabilidad del postulante verificar con la
institución de educación respectiva los requisitos de postulación para ser
aceptado al programa académico de su interés. La SUBDERE no tiene
influencia alguna en los procesos de postulación e ingreso de las
universidades e institutos profesionales porque, al ser programas
regulares, se rigen por sus propias políticas y requerimientos académicos.
La SUBDERE sólo tiene la responsabilidad de seleccionar los programas
que son parte de la oferta que se pone a disposición de los funcionarios
para su elección. Los programas académicos a los que pueden postular
los funcionarios municipales son exclusivamente los que se indican en el
Anexo 3 de estas bases.
f) Contar con el patrocinio oficial de la municipalidad respectiva para
postular al Fondo de becas.
g) Presentar una carta de postulación que contenga los objetivos y razones
en los que el funcionario funda su postulación al Fondo Concursable de
Formación de Funcionarios Municipales.
h) Presentar dos (2) cartas de recomendación del funcionario que avalen su
postulación a la beca, las que deben ser emitidas por funcionarios
municipales, de la misma municipalidad en que está postulando o de otra
municipalidad, que sean o hayan sido jefes directos del funcionario que
está postulando; que hayan ejercido funciones de supervisión directa o
indirecta del mismo; o que cumplan o hayan cumplido funciones
jerárquicas del mismo nivel en el caso de aquellos funcionarios que están
postulando a la beca y que desarrollan funciones de jefatura. No son
aceptables cartas de personal bajo la supervisión directa o indirecta, o
que dependan jerárquicamente, del funcionario que está postulando, ni de
personas de otras instituciones públicas y/o privadas.
i) Adjuntar a la postulación en línea los Formularios N°1 al N°8, así como
las certificaciones correspondientes a etnia o discapacidad, según
corresponda, que acrediten los antecedentes que el postulante declare en
el Formulario de Postulación y documentos que se detallan en el numeral
6.11. de las presentes bases.
4.2 Los requisitos de postulación a que se refieren las letras a), b) y d), en lo
relativo a las deudas con la municipalidad, del numeral 4.1 serán verificados a
través de las certificaciones extendidas por la respectiva municipalidad, las
que deben ser suscrita por el Secretario Municipal. Estas certificaciones se
deben presentar completando los Formularios N°1, Formulario N°2 y
Formulario N°3, anexos a estas bases y que se describen en el numeral 6.11.
4.3 Los requisitos de postulación a que se refiere la letra c) y lo relativo a las
deudas con otras instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas
que señala la letra d) del numeral 4.1, se acreditarán a través de una
declaración notarial que deberá realizar el postulante y que se deberá
adjuntar al formulario de postulación. El formato de esta declaración se
encuentra en el Formulario N°4, anexo a estas bases y que se describe en el
numeral 6.11.
4.4 El requisito de postulación a que se refiere la letra e) del numeral 4.1 se
acreditará a través de una carta de la respectiva institución de educación
superior en la que se señalará la condición del postulante en relación al
programa académico. El formato de esta carta se encuentra en el Formulario
N° 5 que se anexa a estas bases y que se describe en el numeral 6.11.
4.5 El requisito de postulación al que se refiere la letra f) del numeral 4.1, se
presentará a través de una carta de patrocinio, firmada por el alcalde
respectivo, indicando que el funcionario ha sido seleccionado por la
municipalidad para postular al concurso de becas de acuerdo a lo establecido
en el plan anual para efectos del presente fondo. El formato de la carta de
patrocinio se encuentra en el Formulario N° 6, anexo a estas bases y que se
describe en el numeral 6.11.
4.6 El requisito de postulación al que se refiere la letra g) del numeral 4.1, se
presentará a través de una carta de postulación. El formato de esta carta se
encuentra en el Formulario N° 7 que se anexa a estas bases y que se
describe en el numeral 6.11.
4.7 El requisito de postulación al que se refiere la letra h) del numeral 4.1, se
presentará a través de dos (2) cartas de recomendación. El formato de esta
carta se encuentra en el Formulario N° 8, que se anexa a estas bases y que
se describe en el numeral 6.11.
5. BENEFICIOS QUE OTORGA LA BECA
5.1 Los beneficios que otorga la beca de estudios para funcionarios municipales
contemplan lo siguiente:
5.1.1 Un monto equivalente al costo total o parcial del arancel y matrícula del
programa de formación correspondiente, según lo solicitado por el becario
en la ficha de postulación a la presente convocatoria. Este pago se
realizará por el plazo total de la duración del programa académico.
5.1.2 Una asignación mensual de manutención, hasta por un máximo de trece
unidades tributarias mensuales (UTM), por el período correspondiente a la
beca, con un máximo de dos años.
5.2 Los beneficios que se describen en los numerales 5.1.1 y 5.1.2, son
incompatibles con cualquier otra beca de estudios con financiamiento del sector
público.
5.3 Cualquier gasto que exceda los montos de los beneficios señalados en el
numeral anterior de esta convocatoria o que diga relación a conceptos distintos
de los señalados precedentemente, serán de cargo del beneficiario.
5.4 Los montos equivalentes a los beneficios del costo del arancel y matrícula serán
pagados directamente por la SUBDERE a la institución de educación donde el
becario curse su programa de estudios, para lo cual el becario deberá proveer la
información necesaria en forma oportuna.
5.5 El pago del arancel y matrícula, total o parcial según lo haya solicitado el becario
en su postulación, se reconocerá desde el año, semestre o trimestre, u otro
periodo que utilice la universidad o instituto profesional para dictar sus cursos en
que el becario inicie sus estudios, previa firma del respectivo convenio de
asignación de beca entre el becario, la municipalidad y la SUBDERE. No
obstante lo anterior, para realizar el pago a la universidad o instituto profesional
se deberá haber tramitado totalmente la respectiva resolución que aprueba el
convenio de otorgamiento de la beca. En el caso que el becario esté cursando
el respectivo programa académico como alumno regular, al momento del
otorgamiento de la beca, no se harán pagos retroactivos ni reintegros de
ninguna especie por años, semestres o trimestres que haya cursado con
anterioridad al año del otorgamiento de la beca del Fondo Concursable de
Formación de Funcionarios Municipales.
5.6 El monto equivalente al beneficio de la manutención mensual será pagado
directamente al becario, a través de una transferencia electrónica de fondos.
5.7 Criterios de asignación de manutención. Para la presente convocatoria de
concurso de becas, el monto máximo de asignación mensual de manutención
para cada modalidad de estudios será determinado en términos porcentuales,
según los porcentajes asignados, entre paréntesis, a los siguientes criterios:
5.7.1 Modalidad de estudio presencial: i) asignación base por modalidad de
estudio (30%); ii) tipo de comuna de procedencia laboral del becario:
Comunas Tipo 1 (10%), Comunas Tipo 2 (20%), Comunas Tipo 3 (30%),
Comunas Tipo 4 (40%), Comunas Tipo 5 (50%); y iii) distancia entre la
sede del programa y el domicilio del becario: 19,9 kilómetros (diecinueve
coma mueve) o menos (15%) y 20,0 (veinte coma cero) kilómetros o más
(20%).
5.7.2 Modalidad de estudio semi presencial, conocida como b-learning o
blended learning: i) asignación base por modalidad de estudio (20%); ii)
tipo de comuna de procedencia laboral del becario: Comunas Tipo 1
(10%), Comunas Tipo 2 (20%), Comunas Tipo 3 (30%), Comunas Tipo 4
(40%), Comunas Tipo 5 (50%); y iii) distancia entre la sede del programa
y el domicilio del becario: 19,9 kilómetros (diecinueve coma mueve) o
menos (15%) y 20,0 (veinte coma cero) kilómetros o más (20%).
5.7.3 Modalidad de estudio impartido totalmente por medios virtuales, conocida
como e-learning o electronic learning: i) asignación base por modalidad de
estudio (10%); ii) tipo de comuna de procedencia laboral del becario:
Comunas Tipo 1 (10%), Comunas Tipo 2 (15%), Comunas Tipo 3 (20%),
Comunas Tipo 4 (25%), Comunas Tipo 5 (30%).
5.8 El tipo de comuna de procedencia laboral del becario es aquella que se
encuentra en la tipología municipal utilizada por la SUBDERE para la
distribución anual del Fondo de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión
Municipal, adoptado por la Resolución N°190 de fecha 16 de junio de 2014, de
la Secretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. Las comunas según esta
tipología se encuentran en el Anexo N° 2 de estas bases.
5.9 El pago de la asignación mensual de manutención se realizará en pesos
equivalentes al respectivo porcentaje total de Unidades Tributarias Mensuales
que resulte de la suma de los diferentes criterios de asignación. Para el cálculo
del monto de la asignación en pesos, se utilizará durante todo el año 2016 el
valor de la Unidad Tributaria Mensual del mes de enero de 2016, determinado
por el Servicio de Impuestos Internos. Este monto será actualizado anualmente,
según el valor de la Unidad Tributaria Mensual del mes de enero de cada año y
regirá para el cálculo de la asignación mensual durante todo el año.
5.10 La siguiente tabla muestra el resumen del cálculo de la beca de manutención,
según los respectivos criterios:
Porcentaje de asignación Base por
Tipo de Estudio
Porcentaje de asignación por Tipo de Comuna de Procedencia
Laboral del Becario
Porcentaje de asignación por Distancia del Domicilio del becario
y Sede del Programa
Porcentaje Total de Asignación (100% =
13 UTM)
Estudios Presenciales
(30%)
Municipalidades Grupo 1 (10%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 55%
20,0 Kilómetros y más (20%) 60%
Municipalidades Grupo 2 (20%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 65%
20,0 Kilómetros y más (20,0%) 70%
Municipalidades Grupo 3 (30%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 75%
20,0 Kilómetros y más (20%) 80%
Municipalidades Grupo 4 (40%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 85%
20,0 Kilómetros y más (20%) 90%
Municipalidades Grupo 5 (50%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 95%
20,0 Kilómetros y más (20%) 100%
Estudios Semi Presenciales (b-learning)
(20%)
Municipalidades Grupo 1 (10%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 45%
20,0 Kilómetros y más (20%) 50%
Municipalidades Grupo 2 (20%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 55%
20,0 Kilómetros y más (20%) 60%
Municipalidades Grupo 3 (30%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 65%
20,0 Kilómetros y más (20%) 70%
Municipalidades Grupo 4 (40%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 75%
20,0 Kilómetros y más (20%) 80%
Municipalidades Grupo 5 (50%)
19,9 Kilómetros y menos (15%) 85%
20,0 Kilómetros y más (20%) 90%
Estudios Totalmente Virtuales
(e-learning)
(10%)
Municipalidades Grupo 1 (10%) No aplica 20%
Municipalidades Grupo 2 (15%) No aplica 25%
Municipalidades Grupo 3 (20%) No aplica 30%
Municipalidades Grupo 4 (25%) No aplica 35%
Municipalidades Grupo 5 (30%) No aplica 40%
5.11 Este pago de manutención se reconocerá desde el mes en que el funcionario
haya sido designado para obtener el beneficio de la beca por medio de una
resolución de la SUBDERE, en caso de estar cursando, a la fecha de la
resolución, el programa de estudios, y desde el mes en que inicia su programa
de estudio en caso que éste no haya empezado los mismos al momento de ser
designado a obtener el beneficio de la beca. No se harán pagos retroactivos ni
reintegros de ninguna especie por los años, semestres o trimestres que el
funcionario haya cursado con anterioridad al mes de la designación del beneficio
de la beca del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales.
6 POSTULACIÓN AL FONDO CONCURSABLE
6.1 Las postulaciones para el Fondo de becas, se deben realizar mediante el
Sistema de Postulación en Línea (SIPEL), que es una plataforma única de
postulación, cuyo acceso se encuentra disponible a través de la página web
www.academia.subdere.gov.cl.
6.2 El postulante debe llenar el formulario de postulación, disponible en el Sistema
de Postulación en Línea. Dicho formulario debe ser completado, adjuntando
toda la documentación requerida, y enviado dentro de los plazos establecidos
en el numeral 3.2 de esta convocatoria.
6.3 Los postulantes serán responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de
la información consignada en dicho formulario de postulación, así como de la
documentación requerida.
6.4 Cada documento solicitado deberá ser adjuntado como un archivo digital en
formato PDF, JPG, JPEG o PNG de no más de 10 Mb cada uno, pudiendo
contener más de una página, siempre y cuando todas las páginas sean parte de
un mismo archivo.
6.5 Todos los antecedentes requeridos deberán ser presentados en papel, una vez
adjudicada la beca, antes de la firma del correspondiente convenio para su
debida verificación.
6.6 El postulante deberá realizar sólo una postulación al concurso de becas para
estudios conducentes a un título profesional que se convoca por estas bases.
6.7 Los documentos de postulación que se detallan en el numeral 6.11. se
consideran indispensables para dejar constancia indubitable del cumplimiento
de los requisitos exigidos y evitar perjuicio a los interesados, por lo que la no
presentación de uno o más de ellos, será causal de inadmisibilidad. La lista que
se detalla tiene carácter taxativo por lo que se debe cumplir con la presentación
de todos y cada uno los documentos señalados. Al mismo tiempo, estos tienen
carácter de esencial y obligatorio por lo que no pueden ser reemplazados por
ningún otro.
6.8 La omisión o declaración falsa de cualquier dato solicitado en el formulario de
postulación o en los documentos de respaldo, y/o la no presentación de los
documentos de respaldo solicitados en las bases del concurso de beca al
momento de la postulación, serán causales de inadmisibilidad del postulante al
proceso de selección.
6.9 Para apoyar el proceso de postulación de esta convocatoria estará disponible un
sistema de consulta telefónica a los número 2 27203737 y 2 27203736 del
Fondo de Formación de Funcionarios Municipales, cuyo horario de
funcionamiento será de lunes a viernes, entre las 08:30 horas y las 19:00 horas
de Chile continental.
6.10 Adicionalmente, se dispondrá de la siguiente dirección de correo electrónico
[email protected] para hacer consultas relacionadas con el
proceso de postulación de la presente convocatoria del Fondo de becas.
6.11 Se requiere adjuntar en formato digital (PDF, JPG, JPEG o PNG), los siguientes
formularios obligatorios, en un solo archivo por tipo de formulario, al formulario
único de postulación que se encuentra disponible en el Sistema de Postulación
en Línea:
6.11.1 FORMULARIO N° 1: CERTIFICADO LABORAL, extendido por la municipalidad y suscrito por el Secretario Municipal, indicando el tipo de calidad jurídica, de planta o contrata, y la antigüedad que tiene el funcionario en la municipalidad. Este formulario se encuentra en el Anexo 4 de las presentes bases de convocatoria. Este formulario debe estar contenido en un solo archivo digital.
6.11.2 FORMULARIO N° 2: CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, extendido por la municipalidad y suscrito por el Secretario Municipal, indicando que el funcionario no ha sido sancionado con medida disciplinaria en los últimos cuatro años y que a la fecha de emisión no está sometido a sumario administrativo o investigación sumaria en calidad de inculpado. Este formulario se encuentra en el Anexo 5 de las presentes bases de convocatoria. Este formulario debe estar contenido en un solo archivo digital.
6.11.3 FORMULARIO N° 3: CERTIFICADO DE DEUDA MUNICIPAL: extendido
por la municipalidad y suscrito por el Secretario Municipal, indicando que
el funcionario no tiene, a la fecha de emisión, deudas con la municipalidad
derivadas del otorgamiento de becas. Este formulario se encuentra en el
Anexo 6 de las presentes bases de convocatoria. Este formulario debe
estar contenido en un solo archivo digital.
6.11.4 FORMULARIO N° 4: DECLARACIÓN NOTARIAL, firmada por el postulante ante notario público en la que indique que, a la fecha, el funcionario no se encuentra formalizado en un proceso judicial ni mantiene deudas con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas. Este formulario se encuentra en el Anexo 7 de las presentes bases de convocatoria. Este formulario debe estar contenido en un solo archivo digital.
6.11.5 FORMULARIO N° 5: CERTIFICADO DE ESTADO DEL POSTULANTE EN EL PROGRAMA ACADÉMICO, firmado por la autoridad académica del instituto profesional o universidad competente, que indique los años de acreditación que tiene el programa de estudios y acredite que el funcionario se encuentra en alguna de las siguientes situaciones en relación al programa de estudios que está postulando al concurso de becas:
6.11.5.1 EN PROCESO DE POSTULACIÓN FORMAL en caso de quienes se encuentran postulando al programa, o
6.11.5.2 ACEPTADO, en el caso de quienes se encuentren aceptados en el programa, o
6.11.5.3 COMO ALUMNO REGULAR, en caso que ya se encuentre
estudiando en el programa.
Este formulario se encuentra en el Anexo 8 de las presentes bases de
convocatoria. Este formulario debe estar contenido en un solo archivo digital.
6.11.6 FORMULARIO N°6: CARTA DE PATROCINIO OFICIAL DE LA
MUNICIPALIDAD, firmada por el Alcalde la cual debe señalar:
6.11.6.1 Que los estudios que pretende efectuar el postulante, se relacionan con materias afines a la gestión y funciones propias de la institución.
6.11.6.2 Que los estudios que pretende efectuar el postulante, se relacionan con las áreas prioritarias definidas en el Plan Anual Municipal para las postulaciones de los funcionarios al Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales.
6.11.6.3 Que el postulante ha sido seleccionado para ser patrocinado de
acuerdo a los criterios del Plan Anual.
Este formulario se encuentra en el Anexo 9 de las presentes bases de
convocatoria. Este formulario debe estar contenido en un solo archivo digital.
6.11.7 FORMUARIO N°7: CARTA DE POSTULACIÓN, que contenga los
objetivos y razones en los que el funcionario funda su postulación. Este formulario se encuentra en el Anexo 10 de las presentes bases de convocatoria. Este formulario debe estar contenido en un solo archivo digital.
6.11.8 FORMULARIO N°8: CARTAS DE RECOMENDACIÓN LABORAL, emitidas por funcionarios municipales, de la misma municipalidad en que
está postulando o de otra municipalidad, que sean o hayan sido jefes
directos del funcionario que está postulando; que hayan ejercido
funciones de supervisión directa o indirecta del mismo; o que cumplan o
hayan cumplido funciones jerárquicas del mismo nivel en el caso de
aquellos funcionarios que están postulando a la beca y que desarrollan
funciones de jefatura. No son aceptables cartas de personal bajo la
supervisión directa o indirecta, o que dependan jerárquicamente, del
funcionario que está postulando, ni de personas de otras instituciones
públicas y/o privadas. Se deben presentar dos cartas (2) de
recomendación laboral. Este formulario se encuentra en el Anexo 11 de
las presentes bases de convocatoria. Cada uno de estos dos (2)
formularios debe estar contenido en un solo archivo digital.
6.11.9 CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE CALIDAD INDIGENA, si
corresponde, emitido por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) para postulantes que pertenezcan a una etnia indígena. Copia de este certificado se puede obtener en forma electrónica en la sección “Oficina Internet. Certificados en Línea” de la página web de la Comisión Nacional del Desarrollo Indígena (CONADI), en la dirección www.conadi.gob.cl.
6.11.10 CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD, si corresponde, emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o por el Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación, para postulantes que posean algún grado de discapacidad.
7 REVISIÓN DE ADMISIBILIDAD DE LAS POSTULACIONES
7.1 Todas las postulaciones serán sometidas a una revisión de admisibilidad en la
cual se verificará si estas cumplen con la presentación de toda la documentación solicitada, las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases.
7.2 Si durante la revisión de admisibilidad se identifica que la postulación presentada no adjunta uno o más de los formularios obligatorios que se mencionan en el numeral 6.11 o, si habiéndolos presentado, están incompletos o carecen de las firmas y/o timbres correspondientes, u otro aspecto formal, se procederá a notificar al postulante, vía correo electrónico, desde [email protected], a la dirección registrada en el formulario de
postulación en línea. Dicha notificación se podrá realizar desde el momento en que el funcionario envíe la postulación y hasta la finalización del periodo de evaluación de postulaciones. El postulante deberá, en un plazo de 48 horas contadas desde el momento que se envíe el respectivo correo electrónico, adjuntar el o los formularios faltantes y/o completar los antecedentes faltantes en los formularios, los que deberán ser enviados a [email protected]. Si los antecedentes faltantes o incompletos no se reciben en el plazo indicado, se considerará como no presentados a la postulación, siendo declarada inadmisible. Es responsabilidad del postulante revisar el correo electrónico provisto para responder a lo requerido y no podrá acusar falta de conocimiento de la solicitud realizada por esta vía como excusa para no remitir los antecedentes en el plazo estipulado. En todo caso, las postulaciones a las que se le adjunten los antecedentes faltantes y/o incompletos solicitados en el plazo señalado se les descontará el 10% (diez por ciento) del puntaje final obtenido como resultado de la suma de los respectivos puntajes y ponderaciones de los criterios de selección que se mencionan en el numeral 8.
7.3 Las postulaciones que aprueben la etapa de admisibilidad, serán consideradas postulaciones admisibles y pasarán a la etapa de evaluación. En caso contrario, serán declaradas inadmisibles y no pasarán a la etapa de evaluación.
7.4 Los postulantes serán responsables de la veracidad, integridad, legibilidad y consistencia de la información consignada en la postulación. Asimismo, los postulantes deberán estar en condiciones de presentar todos los antecedentes e información que el Fondo de Becas juzgue necesarios durante el proceso de firma del convenio de otorgamiento de beca y/o durante el período en que se esté percibiendo la beca.
7.5 En caso de verificarse la existencia del incumplimiento de cualquiera de los requisitos y/o condiciones establecidos en las presentes bases o la omisión o declaración falsa de cualquier dato, o que no se cumpla con la entrega de uno o más de los documentos solicitados, o que la documentación e información presentada en su postulación sea inexacta, no verosímil y/o induzca a error
durante el proceso de postulación, se considerará causal para que la
postulación sea declarada inadmisible.
8 PROCESO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN.
8.1 Las postulaciones que cumplan con los requisitos y formalidades establecidos
en estas bases serán admisibles para ser evaluadas por la SUBDERE con la
asesoría de un comité de evaluación externo, constituido especialmente para
cada convocatoria de concurso de becas. La declaración de admisibilidad le
corresponderá a la SUBDERE, previa revisión de los antecedentes de cada
postulación.
8.2 La evaluación será realizada por un Comité de Evaluación Externo, el
que será designado por el Subsecretario de Desarrollo Regional y
Administrativo, a proposición del Jefe del Departamento de la Academia de
Capacitación Municipal y Regional, previa consulta al Directorio de éste, y estará
integrado por expertos, académicos, investigadores, y profesionales del sector
público, especialistas en materias de gestión pública y/o funciones propias de
las municipalidades, de destacada trayectoria y reconocido prestigio, quienes
participarán a título personal. Su número será determinado según el número de
postulaciones recibidas en la presente convocatoria de concurso de becas.
8.3 La evaluación de las postulaciones a las becas que contempla el Fondo se
realizará por los miembros del Comité de Evaluación Externo, de acuerdo a los
siguientes criterios, forma de medición de los mismos y ponderación del puntaje
final que obtendrá el funcionario al sumar los respectivos valores ponderados
que arroje cada criterio:
8.3.1 Experiencia laboral del postulante: medido por la cantidad de años que se
haya desempeñado en la municipalidad que lo patrocina. El criterio tendrá
los siguientes valores: 1= 5 años de experiencia laboral; 2 = 6 años de
experiencia laboral; 3= 7 años de experiencia laboral; 4 = 8 años de
experiencia laboral; y 5= 9 y más años de experiencia laboral. Este
criterio tendrá una ponderación del 10% del puntaje final.
8.3.2 Objetivos y razones en que el candidato funda su postulación, medido
según el grado de coherencia entre los objetivos y razones y el programa
académico al que postula. El criterio tendrá los siguientes valores: 0= si
los objetivos y razones en que el candidato funda su postulación no están
presentes; 1= si los objetivos y razones en que el candidato funda su
postulación están presentes, pero no son coherentes con el programa
académico que postula; 2= si los objetivos y razones en que el candidato
funda su postulación están presentes y son poco coherentes con el
programa académico que postula; 3= si los objetivos y razones en que el
candidato funda su postulación están presentes y son medianamente
coherentes con el programa académico que postula; 4 = si los objetivos y
razones en que el candidato funda su postulación son altamente
coherentes con el programa académico que postula; y 5= si los objetivos
y razones en que el candidato funda su postulación son totalmente
coherentes con el programa académico que postula. Este criterio tendrá
una ponderación del 10% del puntaje final.
8.3.3 Cartas de recomendación que presente el postulante, medido según se
explicita la recomendación y el conocimiento de la trayectoria laboral que
fundamenta la recomendación del postulante. El criterio tendrá los
siguientes valores: 0= si las dos cartas no hacen referencia alguna a la
recomendación del funcionario; 1= si las dos cartas se refieren a la
recomendación pero no son explícitas en recomendar al funcionario; 2= si
sólo una carta señala explícitamente la recomendación del funcionario; 3=
si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario;
4= si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación del
funcionario y sólo una declara conocimiento de la trayectoria laboral que
avala la postulación; y 5= si las dos cartas señalan explícitamente la
recomendación del funcionario y declaran conocimiento de la trayectoria
laboral que avala la postulación. Este criterio tendrá una ponderación del
10% del puntaje final.
8.3.4 Calidad del programa académico conducente a un título profesional,
medido por los años continuos de acreditación otorgados al respectivo
programa por las agencias acreditadoras autorizadas para estos efectos
por la Comisión Nacional de Acreditación. El criterio tendrá los siguientes
valores: 0= sin acreditación; 1= 1 año de acreditación; 2= 2 años de
acreditación; 3= 3 años de acreditación; 4= 4 años de acreditación; y 5= 5
años y más de acreditación. Este criterio tendrá una ponderación del 20%
del puntaje final.
8.3.5 Comuna de procedencia laboral del postulante, medido según la tipología
municipal utilizada por la SUBDERE para la distribución anual del Fondo
de Incentivo al Mejoramiento de la Gestión Municipal. El criterio tendrá los
siguientes valores: 1= municipalidades del Grupo 1; 2= municipalidades
Grupo 2; 3= municipalidades Grupo 3; 4= municipalidades Grupo 4; y 5=
municipalidades Grupo 5: Este criterio tendrá una ponderación del 20%
del puntaje final. La tipología de municipalidades se encuentra en el
Anexo 2 de estas bases de convocatoria.
8.3.6 Calidad de la universidad o instituto profesional que ofrece el título
profesional, medido por los años de acreditación otorgados a la respectiva
institución de educación superior por la Comisión Nacional de
Acreditación. El criterio tendrá los siguientes valores: 1= 1 año de
acreditación; 2= 2 años de acreditación; 3= 3 años de acreditación; 4= 4
años de acreditación; y 5= 5 años y más de acreditación. Este criterio
tendrá una ponderación del 5% del puntaje final.
8.3.7 Modalidad de estudio, medido por la forma en que los programas
académicos imparten sus actividades. El criterio tendrá los siguientes
valores: 1 = modalidad virtual; 2 = modalidad semipresencial; y 3 =
modalidad presencial. Este criterio tendrá una ponderación del 5% del
puntaje final
8.3.8 Región de residencia o zonas rezagadas, medido según la procedencia
de comunas de zonas extremas del país, tales como la Región de Arica y
Parinacota; la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo; y
la Región de Magallanes y Antártica Chilena; según lo establecen los
Decretos Supremos N° 1.233, de 16 de junio de 2014; N° 1.242 de 18 de
junio de 2014; y N° 1.243, de 18 de junio de 2014, respectivamente, o de
comunas integrantes del Plan de Desarrollo Para Territorios Rezagados,
tales como Monte Patria, Punitaqui, Combarbalá y Canela en la Región de
Coquimbo; Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno, en la Región de
Los Ríos; Cauquenes, Empedrado, Pelluhue y Chanco, en la Región del
Maule; Lebu, Arauco, Cañete, Contulmo, Curanilahue, Los Alamos,
Cobquecura, Coelemu, Ninhue, Portezuelo, Quirihue, Quillón, Ránquil,
San Nicolás, Trehuaco y Tirúa, en la Región del Bío Bío; y Chaitén en la
Región de Los Lagos, según lo establecen los Decretos Supremos N°
1.116, de 27 de mayo de 2014, N° 1.459, de 13 de agosto de 2014 y N°
1.929, de 03 de diciembre de 2014. El criterio tendrá los siguientes
valores: 1 = si el funcionario procede de municipalidades de comunas de
las regiones de zonas extremas o de territorios rezagados mencionadas
anteriormente; y 0 = si el funcionario no procede de municipalidades de
zonas extremas o zonas territorios rezagados del país. Este criterio tendrá
una ponderación del 10% del puntaje final.
8.3.9 Etnia indígena, medido según la pertenencia del funcionario a una de las
etnias indígenas reconocidas por la Ley N° 19.253. El criterio tendrá los
siguientes valores: 1= si el funcionario pertenece alguna etnia indígena; y
0= si el funcionario no pertenece a una etnia indígena. Este criterio tendrá
una ponderación del 5% del puntaje final.
8.3.10 Discapacidad física; medida como la presencia de algún grado de
discapacidad física del funcionario calificada como tal por la Comisión de
Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o por el Registro Nacional de
Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación. El criterio
tendrá los siguientes valores: 1= si el funcionario presenta algún grado de
discapacidad física; y 0= si el funcionario no presenta algún grado de
discapacidad física. Este criterio tendrá una ponderación del 5% del
puntaje final.
8.3.11 El resumen de los criterios y sus ponderaciones se presentan en forma
resumida en la siguiente tabla:
Criterios Valoración Ponderación
Criterio
Experiencia Laboral
1= 5 años
10%
2= 6 años
3= 7 años
4= 8 años
5= 9 y más años
Objetivos y razones en que funda la postulación
0= Objetivos y razones no están presentes
10%
1= Objetivos y razones están presentes pero no son coherentes con el programa académico
2= Objetivos y razones presentes y son poco coherentes con el programa académico
3= Objetivos y razones presentes y son medianamente coherentes con el programa académico
4= Objetivos y razones presentes y son altamente coherentes con el programa académico
5= Objetivos y razones presentes y son totalmente coherentes con el programa académico
Cartas de recomendación
0= si las dos cartas no hacen referencia alguna a la recomendación del funcionario
10%
1= si las dos cartas se refieren a la recomendación pero no son explícitas en recomendar al funcionario
2= si sólo una carta señala explícitamente la recomendación del funcionario
3= si la dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario
4= si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario y sólo una declara conocimiento de la trayectoria laboral que avala la postulación
5 = si las dos cartas señalan explícitamente la recomendación del funcionario y declara conocimiento de la trayectoria laboral que avala la postulación
Calidad y trayectoria del programa académico (acreditación)
0= Sin acreditación
20%
1= 1 año de acreditación
2= 2 años de acreditación
3= 3 años de acreditación
4= 4 años de acreditación
5= 5 años y más de acreditación
Comuna de procedencia
1= Municipalidades Grupo 1
20%
2= Municipalidades Grupo 2
3= Municipalidades Grupo 3
4= Municipalidades Grupo 4
5= Municipalidades Grupo 5
Calidad de la universidad e instituto profesional (acreditación)
1= 1 año de acreditación
5%
2= 2 años de acreditación
3= 3 años de acreditación
4= 4 años de acreditación
5= 5 años y más de acreditación
Modalidad de estudio
1= Modalidad virtual
5% 2= Modalidad semipresencial
3= Modalidad presencial
Procedencia de Zonas Extremas/Zonas Rezagadas
0= No procede de zonas extremas/zonas rezagadas 10%
1= Procede de zonas extremas/zonas rezagadas
Presencia de discapacidad 0= No presenta discapacidad
5% 1= Presenta discapacidad
Presencia de etnia indígena 1= Presenta procedencia indígena
5% 0= No presenta Procedencia indígena
Totales 100%
9 ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
9.1 Los postulantes evaluados serán ordenados por el Comité de Evaluación
Externo en un listado del mayor al menor puntaje final que resulte de la
valoración de los diferentes criterios y sus respectivas ponderaciones.
9.2 El Comité de Evaluación Externo propondrá al Subsecretario de Desarrollo
Regional y Administrativo los postulantes que estén en los 117 primeros lugares
del listado de postulantes evaluados para asignarles una beca de estudios del
Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales para la
obtención de un título profesional.
9.3 En todo caso, el número de becas propuestas para ser asignadas en la
modalidad totalmente e-learning no podrá superar las 35, lo que corresponde al
30% del total de becas a ser asignadas durante el año 2016. Tendrán prioridad
para obtener las becas en esta modalidad los postulantes que procedan
laboralmente de comunas de zonas extremas del país o de las comunas
integrantes del Plan de Desarrollo Para Territorios Rezagados, las que se
identifican en el numeral 8.3.8 de estas bases.
9.4 El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo presentará al Directorio
de la Academia de Capacitación Municipal y Regional la propuesta del Comité
de Evaluación Externo para su sanción final de la selección de los postulantes.
9.5 En caso que existan recursos disponibles del Fondo de Becas para financiar a
un número mayor de becas, el Directorio de la Academia de Capacitación
Municipal y Regional podrá asignar un número mayor de becas que las
mencionadas en el numeral 9.2.
9.6 La SUBDERE determinará, mediante resolución, a los funcionarios municipales
que sean beneficiados con una beca del Fondo, así como a quienes no fueron
beneficiados, y publicará en la página web www.academia.sundere.gov.cl la
respectiva nómina, la que considerará la individualización de todos los
postulantes seleccionados para la obtención de los beneficios de la beca, así
como los no seleccionados.
9.7 Los postulantes serán notificados en su calidad de seleccionados por medio de
una carta certificada a la dirección que haya señalado en el formulario de
postulación. Sin perjuicio de lo anterior, adicionalmente, los seleccionados
podrán ser notificados por medio de correo electrónico. No obstante, respecto
de aquellos postulantes que al momento de postular manifiesten expresamente
su voluntad de ser notificados mediante correo electrónico, indicando la
respectiva dirección, no será necesario remitirles carta certificada.
9.8 En la notificación se incluirá un instructivo donde se señalarán los trámites que
el postulante seleccionado debe realizar, así como los antecedentes que debe
acompañar para suscribir el convenio que hará efectivos los beneficios que
otorga la beca.
9.9 El funcionario seleccionado con el beneficio de la beca podrá cambiar de
programa académico y/o institución de educación superior a otro que sea
equivalente en contenido y calidad, en el caso que el programa al que postuló
no fuera dictado por la universidad o instituto profesional, o que no fuera
aceptado en el programa. Para ello, deberá solicitarlo enviando una carta a la
Secretaría Ejecutiva del Fondo de Becas, donde señale que el programa no
será dictado por la universidad o instituto profesional, o que no fue aceptado en
el programa. En ambos casos deberá adjuntar una constancia de la respectiva
universidad o instituto profesional.
9.10 La Secretaría Ejecutiva determinará el programa e institución de educación
superior en que se podrá hacer efectivo el beneficio de la beca, lo cual se
formalizará mediante una resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional
y Administrativo.
9.11 El funcionario seleccionado podrá postergar por un año los beneficios de la beca
Para ello, deberá solicitarlo enviando una carta a la Secretaría Ejecutiva del
Fondo de Becas, donde señale las causas que fundamenten la postergación del
inicio del programa académico. La postergación se formalizará mediante una
resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
9.12 El funcionario seleccionado podrá renunciar a los beneficios de la beca antes de
firmar el convenio con la municipalidad y la SUBDERE, para lo cual deberá
expresarlo por escrito a la Secretaría Ejecutiva del Fondo Concursable de
Formación de Funcionarios Municipales. La renuncia se formalizará mediante
una resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
9.13 Al funcionario seleccionado para recibir los beneficios de la beca que no
presente los antecedentes para la elaboración del convenio que debe firmar con
la municipalidad y la SUBDERE dentro de dos meses desde la notificación de
calidad de seleccionado o que no entregue el convenio firmado dentro de los
dos meses siguientes a su envío por parte de la Secretaría Ejecutiva del Fondo
de becas, se le dejará sin efecto los beneficios asignados, lo que se formalizará
mediante una resolución de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y
Administrativo.
10 FIRMA DEL CONVENIO DE OTORGAMIENTO DE BECA
10.1 Una vez seleccionado el beneficiario, deberá suscribir con la municipalidad y
con la SUBDERE un convenio, firmado ante notario público, en el que se
establecerán, al menos, las siguientes menciones:
10.1.1 Beneficios que corresponden al becario;
10.1.2 Compromisos y obligaciones del becario;
10.1.3 Plazo de vigencia del convenio;
10.1.4 Duración del programa de estudios;
10.1.5 La obligación del becario de permanecer prestando sus servicios en su
municipalidad de origen una vez finalizados sus estudios, al menos, por
idéntico tiempo al de la duración del programa de estudios;
10.1.6 La obligación del becario de restituir todos los gastos en que se hubiere
incurrido, con motivo de la beca, en el caso de que perdiere la calidad de
alumno regular.
10.2 Con el objeto de garantizar las obligaciones del becario, al momento de suscribir
el convenio, deberá presentar a la SUBDERE uno de los siguientes
instrumentos:
10.2.1 Una póliza de seguro de responsabilidad personal, de conformidad con
las normas dispuestas por la Ley Nº10.336, Ley orgánica de la Contraloría
General de la República. Dicha póliza deberá tener como vigencia el
doble del tiempo de duración del programa académico que financia la
beca, aumentado en seis meses y su monto deberá corresponder a la
totalidad del beneficio económico que implica la respectiva beca.
10.2.2 Un pagaré firmado ante Notario Público en el formato enviado por la
SUBDERE.
10.3 Antes de la firma del convenio, la SUBDERE procederá a verificar la exactitud
de los antecedentes presentados en la postulación, así como el respaldo de los
certificados o documentos correspondientes para estos efectos. En caso que los
antecedentes sean inexactos, así como ante la falta de dichos certificados o
documentos se dejará sin efecto la adjudicación de la beca.
10.4 El becario deberá entregar sus antecedentes bancarios para gestionar la
transferencia electrónica de recursos correspondientes a la asignación mensual
de manutención según lo definido en el respectivo convenio.
11 OBLIGACIONES DEL BECARIO
11.1 El becario del Fondo tendrá las siguientes obligaciones:
a) Informar periódicamente a la SUBDERE sobre el estado de avance de los
estudios realizados. En aquellos casos en que el programa académico que
curse el becario sea de más de un año este informe será anual.
b) Aprobar, en tiempo y forma, el programa de formación del que participe, sin
perjuicio de quedar liberado de esta obligación en caso de caso fortuito o
fuerza mayor o cualquiera otra circunstancia calificada por la SUBDERE como
justificación suficiente.
c) Permanecer prestando sus servicios en su municipalidad de origen una vez
finalizados sus estudios, al menos, por idéntico tiempo al de duración del
programa de estudios.
d) Restituir todos los gastos en que se hubiere incurrido, con ocasión de la beca,
en el caso de que perdiere la calidad de alumno regular.
12 PRORROGA, SUSPENSIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DE LA BECAS
12.1 El financiamiento del programa de estudios se podrá prorrogar, suspender o dar
término anticipado en circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor o
cualquiera otra circunstancia calificada por la SUBDERE como justificación
suficiente.
12.2 El beneficio de manutención mensual se mantendrá por un periodo máximo de
dos años. Este beneficio será suspendido temporalmente cuando el becario
suspenda sus estudios, volviendo a ser efectivo cuando éste reanude los
mismos, y será suspendido definitivamente si el becario termina
anticipadamente sus estudios.
13 SANCIONES
13.1 Los becarios que no cumplan con las obligaciones señaladas en el numeral 11.1
de las presentes bases, estarán sujetos a las siguientes sanciones:
a) La SUBDERE estará facultada para exigir a los becarios la restitución de la
totalidad de los beneficios económicos entregados respecto de quienes
sean eliminados, suspendan o abandonen sus estudios sin causa
justificada, lo cual será calificado por esta Subsecretaría.
b) La restitución referida en la letra precedente se exigirá también en el caso
de quienes no cumplan con las obligaciones inherentes a su condición de
beneficiario establecidas en las letras a), b) y c) del numeral 11.1 anterior o
hayan alterado sus antecedentes o informes.
c) En el caso de incumplimiento de la obligación de restitución a que se
refieren las letras a y b de este numeral, así como los otros requisitos que
establezca el convenio que firme el becario con la SUBDERE y la
municipalidad, y una vez transcurrido 60 días desde la notificación por carta
certificada de la resolución que dispone la correspondiente restitución, la
SUBDERE procederá a hacer efectivo el instrumento a que se refiere el
numeral 10.2 de estas bases.
d) Asimismo, los becarios que no cumplan con sus obligaciones no podrán
postular o participar en nuevas convocatorias que otorguen beneficios de
formación establecidos en este reglamento.
14 INTERPRETACIÓN DE LAS BASES DE CONVOCATORIA AL FONDO
CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y
RECURSOS.
14.1 En caso de existir la necesidad de interpretar y determinar el sentido y alcance
de las presentes Bases de Convocatoria al Fondo Concursable de Formación de
Funcionarios Municipales para carreras profesionales, le corresponderá
privativamente a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
hacerlo.
14.2 Los anexos, aclaraciones y notas al pie de página, generados con motivo de la
presente convocatoria, pasarán a formar parte integrante de estas bases para
todos los efectos legales y se publicarán en la página web
www.academia.subdere.gov.cl.
14.3 En caso de tener diferencias con la resolución de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo en relación a alguna decisión de los procesos de
postulación; evaluación y selección; adjudicación y notificación de resultados;
firma de convenio; y operación de la beca; así como a la prórroga, suspensión y
término anticipado de la beca, o sanciones del becario, el postulante o becario
podrá hacer uso de los recursos que permitan la revisión de los respectivos
actos administrativos que la normativa jurídica le permite.
ANEXO 1
Áreas de estudio financiables con los recursos del Fondo Concursable de
Formación de Funcionarios Municipales
Las áreas de estudios que se financiarán con los recursos del Fondo son aquellas cuyos
contenidos estén directamente relacionados con materias afines a la gestión y funciones
propias de las municipalidades y que a su vez hayan sido declaradas por cada municipio
en su Plan Anual
Para efectos de este Fondo, se entenderá como materias afines a la gestión y funciones
propias de las municipalidades las siguientes:
1) Gestión de las municipalidades, de acuerdo a las áreas que se señalan:
i) Desarrollo social:
a) Desarrollo comunitario y social;
b) Desarrollo de las organizaciones comunitarias y sociales;
c) Vivienda;
d) Seguridad ciudadana;
e) Cultura;
f) Medio ambiente, y
g) Deporte.
ii) Desarrollo territorial:
a) Gestión territorial;
b) Proyectos;
c) Obras;
d) Desarrollo económico local;
e) Turismo;
f) Pesca;
g) Agropecuario;
h) Participación ciudadana.
iii) Gestión interna:
a) Administración;
b) Auditoría;
c) Planificación;
d) Secretaría;
e) Control;
f) Calidad;
g) Transparencia;
h) Tránsito;
i) Personal;
j) Recursos humanos;
k) Asesoría jurídica;
l) Riesgos;
m) Comunicaciones;
n) Informática, y
ñ) Partes e informaciones.
iv) Gestión financiera:
a) Finanzas;
b) Contabilidad;
c) Presupuesto;
d) Tesorería;
e) Rentas y patentes municipales, y
f) Licitaciones, compras públicas y abastecimiento.
2) Funciones propias de las municipalidades, según lo establecido en la Ley N° 18.695:
i) Elaboración, aprobación y modificación del plan comunal de desarrollo; ii) Planificación y regulación de la comuna y confección del plan regulador comunal; iii) Promoción del desarrollo comunitario; iv) Aplicación de las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos dentro de la comuna; v) Aplicación de las disposiciones sobre construcción y urbanización; vi) Aseo y ornato de la comuna; vii) Educación y cultura; viii) Salud pública y protección del medio ambiente; ix) Asistencia social y jurídica; x) Capacitación, promoción del empleo y fomento productivo; xi) Turismo, deporte y recreación; xii) Urbanización y vialidad urbana y rural; xiii) Construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias; xiv) Transporte y tránsito público; xv) Prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia o catástrofes; xvi) Apoyo y fomento de medidas de prevención en materia de seguridad ciudadana y colaboración en su implementación; xvii) Promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y xviii) Desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.
ANEXO 2
Tipología Comunal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
Según Resolución N° 190 de 16 de junio de 2014
GRUPOS MUNICIPALIDADES
Grupo 1: 47 Municipalidades de Comunas Metropolitanas con Alto y/o Medio Desarrollo
ANTOFAGASTA, VALPARAÍSO, VIÑA DEL MAR, QUILPUÉ, VILLA ALEMANA, RANCAGUA, TALCA, CONCEPCIÓN, CHIGUAYANTE, SAN PEDRO DE LA PAZ, TALCAHUANO, HUALPÉN, TEMUCO, SANTIAGO, CERRILLOS, CERRO NAVIA, CONCHALI, EL BOSQUE, ESTACION CENTRAL, HUECHURABA, INDEPENDENCIA, LA CISTERNA, LA FLORIDA, LA GRANJA, LA PINTANA, LA REINA, LAS CONDES, LO BARNECHEA, LO ESPEJO, LO PRADO, MACUL, MAIPU, ÑUÑOA, PEDRO AGUIRRE CERDA, PEÑALOLEN, PROVIDENCIA, PUDAHUEL, QUILICURA, QUINTA NORMAL, RECOLETA, RENCA, SAN JOAQUÍN, SAN MIGUEL, SAN RAMÓN, VITACURA, PUENTE ALTO SAN BERNARDO
Grupo 2: 37 Municipalidades de Comunas Mayores, con Desarrollo Medio
IQUIQUE, ALTO HOSPICIO, CALAMA, COPIAPÓ, LA SERENA, COQUIMBO, CONCON, QUILLOTA, LA CALERA, LA CRUZ, SAN ANTONIO, CARTAGENA, EL TABO, SANTO DOMINGO, MACHALÍ, CURICÓ, CORONEL, LOTA, PENCO, TOMÉ, LOS ÁNGELES, CHILLÁN, CHILLÁN VIEJO, PUERTO MONTT, PUERTO VARAS, OSORNO, COYHAIQUE, PUNTA ARENAS, PIRQUE, COLINA, LAMPA, BUIN, TALAGANTE, PADRE HURTADO, PEÑAFLOR, VALDIVIA, ARICA
Grupo 3: 56 Municipalidades de Comunas Urbanas Medianas, con Desarrollo Medio
TALTAL, TOCOPILLA, CALDERA, CHAÑARAL, VALLENAR, ANDACOLLO, ILLAPEL, OVALLE, QUINTERO, LOS ANDES, RINCONADA, HIJUELAS, EL QUISCO, SAN FELIPE, LIMACHE, OLMUE, DOÑIHUE, GRANEROS, SAN FRANCISCO DE MOSTAZAL, PICHILEMU, CONSTITUCIÓN, CAUQUENES, MOLINA, LINARES, PARRAL, SAN JAVIER, LEBU, CAÑETE, CURANILAHUE, LOS ÁLAMOS, CABRERO, MULCHÉN, NACIMIENTO, SAN ROSENDO, SANTA BÁRBARA, QUIRIHUE, SAN CARLOS, YUNGAY, GORBEA, LAUTARO, LONCOCHE, PADRE LAS CASAS, PITRUFQUÉN, VILLARRICA, ANGOL, COLLIPULLI, CURACAUTÍN, RENAICO, TRAIGUEN, VICTORIA, CASTRO, ANCUD, PUERTO NATALES, EL MONTE, LANCO, RIO BUENO
Grupo 4: 96 Municipalidades de Comunas Semi Urbanas y Rurales, con Desarrollo Medio
POZO ALMONTE, PICA, MEJILLONES, SIERRA GORDA, SAN PEDRO DE ATACAMA, MARÍA ELENA, TIERRA AMARILLA, DIEGO DE ALMAGRO, FREIRINA, HUASCO, PAIHUANO, VICUÑA, LOS VILOS, CASABLANCA, PUCHUNCAVÍ, CALLE LARGA, SAN ESTEBAN, LA LIGUA, CABILDO, PAPUDO, ZAPALLAR, NOGALES, ALGARROBO, CATEMU, LLAY LLAY, PANQUEHUE, SANTA MARIA, CODEGUA, COINCO, COLTAUCO, LAS CABRAS, OLIVAR, PEUMO, QUINTA DE TILCOCO, RENGO, REQUINOA, SAN VICENTE, LA ESTRELLA, SAN FERNANDO, CHIMBARONGO, NANCAGUA, PALMILLA, SANTA CRUZ, ROMERAL, TENO, VICHUQUÉN, ARAUCO, LAJA, BULNES, RÁNQUIL, CUNCO, PUCÓN, VILCÚN, CALBUCO, COCHAMÓ, FRESIA, FRUTILLAR, LOS MUERMOS, LLANQUIHUE, MAULLÍN, CHONCHI, DALCAHUE, QUELLÓN, QUINCHAO, PUERTO OCTAY, PURRANQUE, PUYEHUE, RIO NEGRO, SAN PABLO, CHAITÉN, FUTALEUFÚ, HUALAIHUÉ, PALENA, AYSÉN, CISNES, COCHRANE, CHILE CHICO, RÍO IBÁÑEZ, SAN GREGORIO, CABO DE HORNOS, PORVENIR, PRIMAVERA, SAN JOSE MAIPO, TIL-TIL, CALERA DE TANGO, PAINE, MELIPILLA,
ALHUE, CURACAVI, ISLA DE MAIPO, LOS LAGOS, MÁFIL, MARIQUINA, PAILLACO, LA UNIÓN, FUTRONO
Grupo 5: 109 Municipalidades de Comunas Semi Urbanas y Rurales con Bajo Desarrollo
CAMIÑA, COLCHANE, HUARA, OLLAGÜE, ALTO DEL CARMEN, LA HIGUERA, CANELA, SALAMANCA, COMBARBALA, MONTE PATRIA, PUNITAQUI, RIO HURTADO, JUAN FERNANDEZ, ISLA DE PASCUA, PETORCA, PUTAENDO, MALLOA, PICHIDEGUA, LITUECHE, MARCHIGÜE, NAVIDAD, PAREDONES, CHÉPICA, LOLOL, PERALILLO, PLACILLA, PUMANQUE, CUREPTO, EMPEDRADO, MAULE, PELARCO, PENCAHUE, RÍO CLARO, SAN CLEMENTE, SAN RAFAEL, CHANCO, PELLUHUE, HUALAÑÉ, LICANTÉN, RAUCO, SAGRADA FAMILIA, COLBÚN, LONGAVÍ, RETIRO, VILLA ALEGRE, YERBAS BUENAS, FLORIDA, HUALQUI, SANTA JUANA, CONTULMO, TIRÚA, ANTUCO, NEGRETE, QUILACO, QUILLECO, TUCAPEL, YUMBEL, ALTO BIOBÍO, COBQUECURA, COELEMU, COIHUECO, EL CARMEN, NINHUE, ÑIQUEN, PEMUCO, PINTO, PORTEZUELO, QUILLÓN, SAN FABIÁN, SAN IGNACIO, SAN NICOLÁS, TREHUACO, CARAHUE, CURARREHUE, FREIRE, GALVARINO, MELIPEUCO, NUEVA IMPERIAL, PERQUENCO, SAAVEDRA, TEODORO SCHMIDT, TOLTÉN, CHOLCHOL, ERCILLA, LONQUIMAY, LOS SAUCES, LUMACO, PURÉN, CURACO DE VÉLEZ, PUQUELDÓN, QUEILEN, QUEMCHI, SAN JUAN DE LA COSTA, LAGO VERDE, GUAITECAS, O´HIGGINS, TORTEL, LAGUNA BLANCA, RIO VERDE, TIMAUKEL, TORRES DEL PAINE, MARIA PINTO, SAN PEDRO, CORRAL, PANGUIPULLI, LAGO RANCO, CAMARONES, PUTRE, GENERAL LAGOS
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ANEXO 3
Oferta de Programas Académicos para Título Profesional
OFERTA DE PROGRAMAS |Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales
1. Región de Antofagasta: 2 programas.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN CON MENCIÓN EN MARKETING SEMIPRESENCIAL VESPERTINO ANTOFAGASTA
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MENCIÓN MARKETING -
CONTINUIDAD DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIAL VESPERTINO ANTOFAGASTA
2. Región de Coquimbo: 2 programas.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO LA SERENA
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO LA SERENA
3. Región de Valparaíso: 39 programas.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS CONTADOR AUDITOR PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO PSICOPEDAGOGIA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN FISICA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN PARVULARIA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TERAPIA OCUPACIONAL PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO SOCIOLOGÍA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO PSICOLOGÍA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA INDUSTRIAL PRESENCIAL OTRO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL OTRO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS PRESENCIAL OTRO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN ACUICULTURA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA COMERCIAL PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA COMERCIAL PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO ECOTURISMO PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO DERECHO PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO DERECHO PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO CONTADOR AUDITOR PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO CONTADOR AUDITOR PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO ARQUITECTURA PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR INGENIERO COMERCIAL PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR CONTADOR AUDITOR PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR INGENIERÍA EN CONSTRUCCIÓN PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR INGENIERÍA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR PSICOPEDAGOGÍA PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR DERECHO PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR PSICOLOGÍA PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR PEDAGOGÍA EN INGLÉS PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS PRESENCIAL VESPERTINO VIÑA DEL MAR
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO VIÑA DEL MAR
4. Región Metropolitana de Santiago: 81 programas.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) AUDITORÍA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) CONSTRUCCION CIVIL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESUCOMEX AUDITORÍA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESUCOMEX AUDITORÍA SEMIPRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
INSTITUTO PROFESIONAL ESUCOMEX INGENIERÍA EN GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS SEMIPRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO TRABAJO SOCIAL VESPERTINO PRESENCIAL VESPERTINO PROVIDENCIA
UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO CIENCIA POLÍTICA Y RELACIONES INTERNACIONALES PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO CONTADOR PUBLICO AUDITOR - CONTINUIDAD DE ESTUDIOS PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO INGENIERÍA COMERCIAL PARA PROFESIONALES PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO ARQUITECTURA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO CONTADOR AUDITOR PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO CONTADOR AUDITOR PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO DERECHO PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO ECOTURISMO PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN FISICA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN FISICA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN PARVULARIA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN PARVULARIA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA AMBIENTAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA COMERCIAL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA COMERCIAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS PRESENCIAL OTRO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN CONSTRUCCIÓN PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL OTRO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA INDUSTRIAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA INDUSTRIAL PRESENCIAL OTRO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO PERIODISMO PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO PSICOLOGÍA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO PSICOPEDAGOGIA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO SOCIOLOGÍA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TERAPIA OCUPACIONAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD CATÓLICA SILVA HENRIQUEZ CONTADOR PUBLICO Y AUDITOR PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD CATÓLICA SILVA HENRIQUEZ CONTADOR PUBLICO Y AUDITOR PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD CATÓLICA SILVA HENRIQUEZ INGENIERO COMERCIAL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD CATÓLICA SILVA HENRIQUEZ INGENIERO COMERCIAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD CENTRAL DE CHILE CARRERA PROFESIONAL ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES CONTADOR AUDITOR – CONTADOR PÚBLICO (AUDITORÍA) PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MENCIÓN GESTIÓN FINANZAS PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MENCIÓN GESTIÓN MARKETING PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES INGENIERÍA EN INDUSTRIA Y LOGÍSTICA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES
INGENIERÍA EN INFORMÁTICA Y GESTIÓN:
HTTP://WWW.UDP.CL/FACULTADES_CARRERAS/INGENIERIA/I_INFO_GESTION_CARACTE
RISTICAS.ASP
PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROSECUCIÓN DE ESTUDIOS PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR CONSTRUCCIÓN CIVIL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR CONSTRUCCIÓN CIVIL PROSECUCIÓN DE ESTUDIOS PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR CONTADOR PÚBLICO Y AUDITOR PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR DERECHO PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA CIVIL ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES PROSECUCIÓN DE ESTUDIOS PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA (PROSECUCIÓN DE ESTUDIOS) PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL EN OPERACIONES PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL EN OPERACIONES CONTINUIDAD DE ESTUDIOS PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA COMERCIAL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA ELECTRÓNICA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN CON MENCIÓN EN MARKETING SEMIPRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MENCIÓN MARKETING - CONTINUIDAD
DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN INFORMÁTICA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN PREVENCIÓN DE RIESGO SEMIPRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA INDUSTRIAL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA LOGÍSTICA SEMIPRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR PROGRAMA ESPECIAL DE TITULACIÓN Y ACTUALIZACIÓN EN INGENIERÍA FORESTAL PRESENCIAL DIURNO PROVIDENCIA
UNIVERSIDAD MAYOR SOCIOLOGÍA PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD MAYOR SOCIOLOGÍA PROSECUCIÓN DE ESTUDIOS PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA (UTEM) ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA (UTEM) INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL (PROSECUCIÓN DE ESTUDIO) PRESENCIAL VESPERTINO SANTIAGO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA (UTEM) INGENIERÍA EN GESTIÓN TURÍSTICA PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA (UTEM) INGENIERÍA EN TRANSPORTE Y TRÁNSITO PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA METROPOLITANA (UTEM) TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO SANTIAGO
5. Región del Libertador Bernardo O’Higgins: 1 programa.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO RANCAGUA
6. Región del Maule: 3 programas.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS SERVICIO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO CURICÓ
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL VESPERTINO CURICÓ
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN EJECUCIÓN EN ADMINISTRACIÓN PRESENCIAL VESPERTINO CURICÓ
7. Región del Biobío: 20 programas.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN MENCIÓN GESTIÓN PUBLICA PRESENCIAL VESPERTINO CHILLÁN
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL VESPERTINO CHILLÁN
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS CARRERA DESARROLLO SOCIAL Y TERRITORIAL PRESENCIAL VESPERTINO CHILLÁN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO PSICOPEDAGOGIA PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN FISICA PRESENCIAL VESPERTINO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN FISICA PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO EDUCACIÓN PARVULARIA PRESENCIAL VESPERTINO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO TERAPIA OCUPACIONAL PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO PSICOLOGÍA PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA INDUSTRIAL PRESENCIAL OTRO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS PRESENCIAL OTRO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA COMERCIAL PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO ECOTURISMO PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO DERECHO PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO CONTADOR AUDITOR PRESENCIAL VESPERTINO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO CONTADOR AUDITOR PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO CONCEPCIÓN
8. Región de la Araucanía: 14 programas
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA DE EJECUCIÓN EN ADMINISTRACIÓN PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS CONSTRUCCIÓN CIVIL PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN INFORMÁTICA PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS SERVICIO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS SERVICIO SOCIAL PRESENCIAL DIURNO TEMUCO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MENCIÓN MARKETING -
CONTINUIDAD DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN CON MENCIÓN EN MARKETING SEMIPRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
UNIVERSIDAD MAYOR PROGRAMA ESPECIAL DE TITULACIÓN Y ACTUALIZACIÓN EN INGENIERÍA FORESTAL PRESENCIAL DIURNO TEMUCO
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS CARRERA DE PSICOLOGÍA PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS INGENIERÍA COMERCIAL - LICENCIADO EN CIENCIAS EN LA ADMINISTRACIÓN DE
EMPRESAS. PRESENCIAL VESPERTINO TEMUCO
9. Región de Los Lagos: 2 programas.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MENCIÓN MARKETING -
CONTINUIDAD DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIAL VESPERTINO PUERTO MONTT
UNIVERSIDAD MAYOR INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN CON MENCIÓN EN MARKETING SEMIPRESENCIAL VESPERTINO PUERTO MONTT
10. Región de Magallanes y de la Antártica Chilena: 8 programas
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS SERVICIO SOCIAL PRESENCIAL VESPERTINO PUNTA ARENAS
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PRESENCIAL VESPERTINO PUNTA ARENAS
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERIA DE EJECUCION EN ADMINISTRACION PRESENCIAL VESPERTINO PUNTA ARENAS
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN MENCIÓN GESTIÓN PUBLICA SEMIPRESENCIAL VESPERTINO PUNTA ARENAS
INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS CONTADOR AUDITOR SEMIPRESENCIAL VESPERTINO PUNTA ARENAS
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP INGENIERIA EN INFORMATICA PRESENCIAL VESPERTINO PUNTA ARENAS
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP INGENIERIA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MENCION FINANZAS PRESENCIAL VESPERTINO PUNTA ARENAS
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP INGENIERIA EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS MENCION GESTION DE PERSONAS PRESENCIAL VESPERTINO PUNTA ARENAS
11. Todas las Regiones (Programas E-learning): 10 programas.
NOMBRE INSTITUCIÓN NOMBRE PROGRAMA MODALIDAD JORNADA COMUNA
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL VIRTUAL OTRO TODAS
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL VIRTUAL OTRO TODAS
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) TRABAJO SOCIAL VIRTUAL OTRO TODAS
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) AUDITORÍA VIRTUAL OTRO TODAS
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) AUDITORÍA VIRTUAL OTRO TODAS
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) AUDITORÍA VIRTUAL OTRO TODAS
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) AUDITORÍA VIRTUAL OTRO TODAS
INSTITUTO PROFESIONAL DE CHILE (IP-CHILE) AUDITORÍA VIRTUAL OTRO TODAS
UNIVERSIDAD MAYOR CONTINUIDAD DE ESTUDIOS ADMINISTRACIÓN PÚBLICA VIRTUAL OTRO TODAS
UNIVERSIDAD MAYOR ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROSECUCIÓN DE ESTUDIOS - ONLINE VIRTUAL OTRO TODAS
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Anexo 4
Formulario N°1: Certificado Laboral
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°1
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CERTIFICADO LABORAL
DE: SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL I. MUNICIPALIDAD DE
A: SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN
MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el presente, el(la) Secretario (a) Municipal firmante certifica que Rut: , es funcionario (a) municipal, cumpliendo funciones en la calidad jurídica de (planta o contrata), según lo establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que, a la fecha, tiene una antigüedad de años en la municipalidad. Atentamente, (Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal) Fecha:
Anexo 5
Formulario N°2: Certificado de Responsabilidad Administrativa
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°2
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
DE: SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL I. MUNICIPALIDAD DE
A: SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN
MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el presente, el(la) Secretario (a) Municipal firmante certifica que Rut: , es funcionario (a) municipal, cumpliendo funciones en la calidad jurídica de (planta o contrata), según lo establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que no ha sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años, ni está siendo sometido, a la fecha, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado. Atentamente, (Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal)
Fecha:
Anexo 6
Formulario N°3: Certificado de Deuda Municipal
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°3
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CERTIFICADO DE DEUDA MUNICIPAL
DE: SR.(A) SECRETARIO (A) MUNICIPAL I. MUNICIPALIDAD DE
A: SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN
MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el presente, el(la) Secretario (a) Municipal firmante certifica que Rut: , es funcionario (a) municipal, cumpliendo funciones en la calidad jurídica de (planta o contrata), según lo establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales, y que, a la fecha, no tiene deudas con la municipalidad derivadas del otorgamiento de becas Atentamente, (Nombre timbre y firma del/la Secretario/a Municipal)
Fecha:
Anexo 7
Formulario N°4: Declaración Notarial
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°4
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
DECLARACIÓN NOTARIAL
Yo, Rut: , funcionario (a) de la municipalidad de declaro ante el Notario Público Sr. (Sra.) que, a la fecha, no me encuentro formalizado en un proceso judicial ni mantengo deudas con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas.
(Nombre y firma del/la funcionario(a) municipal)
Fecha:
Anexo 8
Formulario N°5. Certificado de Estado del Postulante en el Programa
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°5
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CERTIFICADO DE ESTADO DEL (DE LA) POSTULANTE EN EL PROGRAMA PROFESIONAL
DE: SR.(A): A: SECRETARIA EJECUTIVA
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Mediante el presente, se certifica que Rut: , se encuentra (en proceso de postulación/ aceptado/ como alumno regular) al/en el programa que se imparte en modalidad (presencial, semi presencial--b-learning, o totalmente virtual —e-learning ) de esta institución de educación superior, a dictarse desde el (día, mes y año) hasta el (día, mes y año) en la ciudad de (sólo en el caso de programas en modalidad presencial o b-learning). El programa se encuentra (En proceso de acreditación/No acreditado/Acreditado - indicar años de acreditación) por una agencia acreditadora autorizada para estos efectos por la Comisión Nacional de Acreditación. Costo Total del Programa (señale el valor en pesos y en palabras) Arancel (colegiatura):$ , (en palabras) Matrícula: $ (en palabras) Costo Anual del Programa (señale el valor en pesos y en palabras) Arancel (colegiatura):$ , (en palabras) Matrícula: $ (en palabras) (Nombre, Institución, timbre y firma del responsable del programa)
Fecha:
Anexo 9
Formulario N°6. Carta de Patrocinio
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°6
POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CARTA DE PATROCINIO
DE: SR. (A) ALCALDE (SA) I. MUNICIPALIDAD DE
A: SECRETARÍA EJECUTIVA FONDO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN
MUNICIPAL Y REGIONAL Mediante el presente, el (la) Alcalde (sa) firmante, patrocina oficialmente la postulación a la tercera convocatoria del Fondo Concursable de Funcionarios Municipales, año 2016, de: Rut: , funcionario (a) municipal, que cumple funciones en la calidad jurídica de (planta o contrata), según lo establece la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo Para Funcionarios Municipales. Los estudios que pretende cursar el/la funcionario(a), corresponden a la(a él) (nombre programa) que se imparte en modalidad (presencial, semi presencial--b-learning, o totalmente virtual—e-learning), en la/el (nombre institución de educación superior), a dictarse desde el (día, mes y año) hasta el (día, mes y año) en la ciudad de (sólo en el caso de programas en modalidad presencial o b-learning). El programa de estudios mencionado se relaciona con materias afines a la gestión y funciones propias de la municipalidad, además de ser coherente con las áreas prioritarias de estudio definidas en nuestro Plan Anual, según lo establecido en el Artículo 9° de la Ley 20.742 y su respectivo reglamento, el que ha sido presentado y aprobado por el Concejo Municipal. El (la) funcionario(a) ha sido seleccionado(a) para ser patrocinado (a) de acuerdo a los criterios del Plan Anual mencionado en el párrafo anterior. Atentamente, (Nombre timbre y firma del/la Alcalde/sa)
Fecha:
Anexo 10
Formulario N°7. Carta de Postulación
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°7 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CARTA DE POSTULACIÓN
Nombre Completo:
RUT:
Cargo que desempeña:
Municipalidad en la que actualmente se desempeña:
Programa al que postula:
Instrucciones: Usted deberá completar este formulario para señalar los objetivos y
razones en las que fundamenta su postulación. Este documento, que no deberá tener
una extensión total superior a 2 (dos) páginas, permitirá a los miembros del comité de
expertos que evaluará su postulación, realizar un análisis completo de su postulación.
Los objetivos se refieren a cuáles son los propósitos, fines o metas laborales que quiere
lograr con las competencias, habilidades y/o aptitudes adquiridas al realizar los estudios
a los que está postulando.
Las razones se refieren al por qué desea adquirir las competencias, habilidades y/o
aptitudes que le otorgaría el programa postulado, en el ámbito laboral.
Explique de forma concisa los objetivos y razones que le llevan a postular a este Fondo
de Becas:
1. Objetivos
2. Razones:
(Nombre completo y firma del funcionario/a)
Fecha:
Anexo 11
Formulario N°8: Carta de Recomendación
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO ACADEMIA DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y REGIONAL
Formulario N°8 POSTULACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES AL
FONDO CONCURSABLE DE FORMACIÓN DE FUNCIONARIOS
MUNICIPALES
CARTA DE RECOMENDACIÓN
NOMBRE DEL POSTULANTE:
1. ¿Cuál es su área de especialización académica/profesional, y cuál es su relación con el/la postulante?
2. ¿Desde cuándo conoce al/a la postulante y cuál ha sido su relación laboral
desde entonces a la actualidad?
3. Describa las principales fortalezas y debilidades del/de la postulante en el ámbito laboral.
4. ¿Recomienda al/la postulante para obtener una beca de estudios del Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales?
5. Fundamente su recomendación del/de la postulante para el Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales.
(Nombre completo, cargo y firma)
Fecha: