BOLETÍN INFORMATIVO Nº: 123/2020 Madrid, 17 de julio de 2020
Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de UGT Madrid C/Antonio Grilo nº 10. 28015-Madrid. Tel: 91 589 70 33
E-mail: [email protected] – http://www.fespugtmadrid.es /
RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SUMMA 112 DEL
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, POR LA QUE SE CONVOCA LA PROVISIÓN MEDIANTE
NOMBRAMIENTO INTERINO DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN
ADMINISTRATIVA (Grupo A-1) PARA EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DEL
SUMMA 112 (GESTIÓN DE NÓMINAS Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO).
1 Plaza: Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo A1 para el Departamento de
Recursos Humanos, Gestión de nóminas y seguimiento
presupuestario del SUMMA 112 (En Anexo I se Adjuntan Bases completas)
RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SUMMA 112 DEL
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, POR LA QUE SE CONVOCA LA PROVISIÓN MEDIANTE
NOMBRAMIENTO DE SUSTITUCIÓN POR COMISIÓN DE SERVICIO DE TITULAR, UNA PLAZA
DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (GRUPO A-1) PARA EL
DEPARTAMENTO DE GESTION DE COMPRAS, CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y
SUMINISTROS DEL SUMMA 112
1 Plaza: Grupo Técnico de la Función Administrativa (Grupo A-1) para el DEPARTAMENTO
DE GESTION DE COMPRAS, CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y SUMINISTROS DEL
SUMMA 112, (En Anexo II se Adjuntan Bases completas)
RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SUMMA 112 DEL
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, POR LA QUE SE CONVOCA LA PROVISIÓN MEDIANTE
NOMBRAMIENTO INTERINO DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN
ADMINISTRATIVA (GRUPO A-1) PARA EL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ECONÓMICA,
LOGÍSTICA Y APROVISIONAMIENTO DEL SUMMA 112.
1 Plaza: Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo A1 para el Departamento de
Gestión Económica, Logística y Aprovisionamiento del SUMMA 112, (En Anexo III se Adjuntan
Bases completas)
Titulación: Se especifican en cada una de las convocatorias
PLAZO DE SOLICITUDES: 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 15 de julio de 2020. PRESENTACION DE SOLICITUDES: La presentación de
solicitudes se hará preferiblemente de forma telemática, en la Unidad de Registro del SUMMA
112 (calle Antracita, nº 2, Madrid), o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Grupo Técnico de la Función Administrativa SUMMA 112
DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
Los datos aquí publicados tienen carácter informativo. Es conveniente consultar las bases correspondientes para evitar posibles errores de transcripción.
1
RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SUMMA 112 DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, POR LA QUE SE CONVOCA LA PROVISIÓN MEDIANTE NOMBRAMIENTO INTERINO DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (Grupo A-1) PARA EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DEL SUMMA 112 (GESTIÓN DE NÓMINAS Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO).
En base a lo establecido en el artículo 9.1 y 33 de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre (B.O.E. de 17 de diciembre) del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en la disposición transitoria sexta, punto 1 c) de la misma ley, donde se establece que “se mantendrá vigente, con rango reglamentario y sin carácter básico, y en tanto se proceda a su modificación en cada servicio de salud, el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.”
Mientras no se desarrolle por el servicio de salud correspondiente la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se mantiene con carácter temporal y con rango reglamentario el Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero (B.O.E. de 9 de enero) sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
Existiendo puesto vacante dotado presupuestariamente y con el fin de atender a las necesidades organizativas y asistenciales, en uso de las competencias delegadas en la Resolución de 12 de junio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, sobre delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal (BOCM de 19 de junio de 2018), esta Dirección Gerencia:
ACUERDA
Convocar una plaza de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo A1 para el Departamento de Recursos Humanos, Gestión de nóminas y seguimiento presupuestario del SUMMA 112, conforme a las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA
BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1. Seleccionar un Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo A1 para el Departamento de Recursos Humanos, Gestión de nóminas y seguimiento presupuestario del SUMMA 112, según las funciones y el baremo de méritos establecidos en el Anexo I de esta convocatoria.
2. El régimen retributivo aplicable es el fijado en el Capítulo IX de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre (BOE de 17 de diciembre), del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, dependiendo de la cuantía de los diferentes conceptos del grupo o categoría a que pertenezca el puesto de trabajo, en todo caso, será fijada
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presupuestariamente para cada ejercicio económico, mediante la correspondiente Ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid y Orden de Retribuciones aplicable.
BASE SEGUNDA.- REQUISITOS GENERALES.
Los aspirantes que participen en esta convocatoria habrán de poseer los siguientes requisitos:
1. Tener nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Asimismo podrá participar el cónyuge de los españoles y de nacionales de otros Estados miembros de la UE, siempre que no estén separados de derecho, igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
2. Haber cumplido dieciséis años el día en que termine el plazo de la presentación de solicitudes y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en las normas de Seguridad Social.
3. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado 2.1, no encontrarse inhabilitado por sanción o pena para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones de servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
4. Reunir los requisitos mínimos de titulación y formación que figuran en el ANEXO I 5. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que
se deriven del correspondiente nombramiento. 6. No tener la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud o
interino en el Servicio Madrileño de Salud en la categoría que se convoca cualquiera que sea su situación administrativa
7. Acreditar, el requisito previsto en el art. 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Los requisitos anteriores se deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso. La acreditación de dichos requisitos se efectuará en el momento de formalizar el nombramiento que haya sido ofertado al candidato.
BASE TERCERA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACION A PRESENTAR.
1. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria irán dirigidas a
la Dirección Gerencia del SUMMA 112 y se ajustarán al modelo que se adjunta
como ANEXO III a estas bases.
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2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día
siguiente a su publicación.
3. Finalizado dicho plazo no se admitirá ni será tenida en consideración ninguna otra
documentación que pudiera ser aportada por los candidatos, siendo susceptibles
de valoración únicamente aquellos documentos entregados en plazo.
4. La presentación de solicitudes se hará preferiblemente de forma telemática, en la
Unidad de Registro del SUMMA 112 (calle Antracita, nº 2, Madrid), o en la forma
establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Junto con la solicitud, los aspirantes deberán aportar la siguiente
documentación:
a) Copia del documento nacional de identidad o pasaporte
b) Fotocopia del título exigido en el Anexo I apartado C.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario
fijo en el sistema Nacional de Salud, o interino en el Servicio Madrileño de Salud,
cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se
accede.
e) Fotocopia de los méritos indicados en el Anexo II de esta convocatoria
f) Fotocopia de los servicios prestados indicados en el Anexo II de esta
convocatoria.
5. Sólo podrán ser valorados los méritos alegados por los aspirantes durante el plazo
de presentación de solicitudes.
Para los aspirantes que presten servicios en el SUMMA 112, no será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal de la Dirección Gerencia del Centro.
La no presentación de la documentación dentro del plazo de presentación de solicitudes impedirá la valoración de los mismos.
BASE CUARTA.- COMISIÓN DE SELECCIÓN
1.- La Comisión de Selección estará integrada por:
Director de Gestión y Servicios Generales o persona en quien delegue. Subdirectora de Gestión de RRHH o persona en quien delegue. Subdirector de Gestión Económica o persona en quien delegue. Grupo Técnico de la Función Administrativa.
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La Comisión se considerará válidamente constituida con la presencia de 3 miembros.
2.- Esta comisión será responsable de:
Verificar que los candidatos reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria. Valorar los méritos aportados por los participantes de acuerdo con el baremo de
méritos establecido en el Anexo I de la convocatoria. Valorar el Currículum profesional de los candidatos según los criterios
establecidos en el Anexo I. Resolver las reclamaciones presentadas por los aspirantes. Levantar Actas de sus deliberaciones, donde constarán de forma motivada las
puntuaciones otorgadas a cada participante en cada uno de los apartados.
3.- Podrá plantear a los aspirantes, todas las cuestiones que estime oportunas relacionadas con el Currículum profesional y el Proyecto Técnico de Organización y Planificación.
4.- Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección publicará valoración provisional de los candidatos presentados conforme al baremo de esta convocatoria, otorgando un plazo de 5 días hábiles para presentar reclamaciones. Pasado el plazo de reclamación, las mismas se considerarán resueltas en la publicación de listado definitivo de valoración.
5.- Tras la publicación del listado definitivo con puntuación conforme a baremo, la Comisión elevará al Director Gerente la propuesta de nombramiento del candidato que haya obtenido la mayor puntuación.
BASE QUINTA.- SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
SELECTIVO.
1. El sistema selectivo será el de concurso de conformidad con los criterios de
objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia,
El procedimiento de selección se basará en la valoración de méritos alegados y
acreditados por los candidatos (experiencia profesional, y formación) aportados, de
acuerdo con lo establecido en el Anexo II. Asimismo, se realizará una entrevista
personal por parte de la Comisión de Selección, al objeto de determinar la idoneidad
de los candidatos para las plazas ofertadas, conforme a los criterios recogidos en
el Anexo II.
Dichos méritos estarán referidos al día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, y conforme al baremo establecido en el Anexo II de la presente
Convocatoria.
2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de
anuncios, intranet y página web de la Dirección del SUMMA 112 la lista provisional
de aspirantes admitidos y excluidos indicando la causa/s de inadmisión, en su caso.
3. Los aspirantes excluidos y los que no figuren en la relación de admitidos ni excluidos
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al
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de la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, a fin de
subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión
expresa.
4. Una vez finalizado el plazo, se publicará en los mismos lugares mencionados la
relación definitiva de admitidos/excluidos, indicando día, hora y lugar para la
entrevista personal
5. La Dirección Gerencia publicará en los mismos lugares establecidos en el apartado
2, las puntuaciones provisionales obtenidas por los méritos acreditados y por la
entrevista personal.
6. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación de las puntuaciones provisionales, para interponer
reclamación contra las mismas.
7. Una vez resueltas las reclamaciones por la Comisión de Selección, la Dirección
Gerencia publicará en la Intranet/ página web/ tablón de anuncios del Centro, las
puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes. En los supuestos de empate,
el orden vendrá determinado por la mayor puntuación obtenida en el bloque de
experiencia profesional; de persistir el empate, por la mayor puntuación obtenida en
el apartado del bloque de experiencia profesional en el Sistema Nacional de Salud.
Si se mantuviese dicho empate, se dirimirá atendiendo al orden alfabético, conforme
a la letra que resulte del sorteo público establecido para la determinación del orden
de actuaciones de los aspirantes en los procesos selectivos de acceso para la
última Oferta de Empleo Público (K).
8. Una vez finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección, elevará al
Director Gerente la relación definitiva de los candidatos con la puntuación asignada.
9. El Director Gerente, dictará Resolución que contendrá los candidatos ordenados
por puntuación, que se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección de
Recursos Humanos.
La Comisión de Selección podrá proponer, de manera motivada, que la presente
convocatoria sea declarada desierta cuando considere que no concurren
candidatos idóneos para el desempeño de la plaza.
El personal temporal estará sujeto a un período de prueba en los términos recogidos
en el artículo 33.2 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud.
Estará exento del período de prueba quien ya lo hubiera superado con ocasión de
un anterior nombramiento temporal para la realización de funciones de las mismas
características en el Servicio Madrileño de Salud en los nombramientos finalizados
en los dos años anteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
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BASE SEXTA.-NOMBRAMIENTO Y EFECTOS DE DESIGNACIÓN
1. La Dirección Gerencia del SUMMA 112, dictará Resolución por la que seadjudicará la plaza de Grupo Técnico de la Función Administrativa (A-1) delDepartamento de Gestión de RRHH (ÁREA DE NÓMINAS Y SEGUIMIENTOPRESUPUESTARIO CAPITULO I de SUMMA 112), que será publicada en lostablones de anuncios correspondientes y en la Intranet del centro.
2. El plazo de toma de posesión será de 15 días hábiles a contar desde el díasiguiente al de la publicación de la Resolución de Adjudicación.
3. Si el candidato designado está adscrito a otro Centro o Institución Sanitaria delServicio Madrileño de Salud, se tramitará, con anterioridad a la toma deposesión, y con destino en el SUMMA 112, una comisión de servicio al amparodel artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco o el acto que proceda enrelación a su vinculación jurídica.
4. La plaza que se convoca podrá ser declarada desierta, mediante resoluciónmotivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño.
BASE SEPTIMA.- RECURSOS
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Viceconsejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
Madrid, 15 de julio de 2020
El DIRECTOR GERENTE DEL SUMMA 112
Diligencia: Para hacer constar que la presente Resolución se publica, el 15 de jul io de 2020 en el tablón de anuncios del SUMMA 112.
EL DIRECTOR DE GESTIÓN
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ANEXO I
CONVOCATORIA PARA LA PROVISION MEDIANTE NOMBRAMIENTO INTERINO DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA,
(GRUPO A1), EN EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS ÁREA DE NÓMINAS Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO EN EL SUMMA 112
DENOMINACIÓN: Grupo Técnico de la Función Administrativa (Grupo A-1) en el Departamento de Recursos Humanos (Área de Gestión de Nóminas y Seguimiento Presupuestario).
UBICACIÓN DEL PUESTO: Gerencia de SUMMA 112.
DEPENDENCIA:
Adscripción orgánica: Dirección de Gestión y Servicios Generales. Adscripción funcional: Subdirección de RRHH
JORNADA: Lunes a viernes
FUNCIONES A DESARROLLAR:
- Responsabilizarse de la coordinación de la gestión integral de las nóminas de la Gerencia.
- Definir y elaborar los procesos que se dan en el ámbito de la gestión de los recursos humanos y tengan repercusión en la nómina en coordinación con el Jefe de Sección de contratación y situaciones administrativas y bajo instrucciones de la Subdirección de RRHH.
- Responsabilizarse de la coordinación de los procesos que configuran la gestión integral de las cotizaciones y liquidación de cuotas a la Seguridad Social.
- Responsabilizarse de la coordinación de los procesos que configuran la gestión integral de las retenciones del IRPF.
- Responsabilizarse de la coordinación de las reclamaciones judiciales: embargos, etc. junto al área de Relaciones Laborales.
- Responsabilizarse de la coordinación de los procesos de contestación a los requerimientos de los juzgados o/y de la Agencia Tributaria que estén relacionados con su campo de actuación.
- Responsabilizarse de la coordinación de los procesos de gestión de la acción social y prestaciones.
- Definición de cuadros de mandos. - Implantación People-net y GPT. - Responsabilizarse de la coordinación de la realización de encuestas y cualquier
otro tipo de petición de información, que provenga de los diferentes organismos oficiales que estén relacionados con su campo de actuación.
- Organizar, dirigir y supervisar el trabajo del personal a su cargo.
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- Responsabilizarse de la formación en el puesto de trabajo del personal a su cargo. Asimismo, responsabilizarse de que el personal del departamento conozca todos los procedimientos de gestión relacionados con nóminas y que actúe en consonancia con las pautas que en ellos se definan.
- Responsabilizarse del seguimiento presupuestario del capítulo I, para lo que deberá coordinar cuantos procesos sean necesarios.
- Responsabilizarse de la coordinación de los procesos de traspaso de Nóminas a Contabilidad.
- Cualquier otra función que, en relación al puesto convocado, le sea encomendada por la Dirección.
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ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 45 puntos)
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, incluido el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación, bajo el régimen de personal estatutario, laboral o funcionario: 0,30 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,15 puntos por mes trabajado.
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Empresas Concesionadas dependientes del Servicio Madrileño de Salud (H. Infanta Elena, H. Rey Juan Carlos de Móstoles, H. Torrejón de Ardoz, H. General de Villalba y aquellos que en un futuro puedan crearse bajo esta modalidad de gestión) y la Fundación Jiménez Díaz: 0,20 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,10 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en distinta categoría profesional, en Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, incluido el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación, bajo el régimen de personal estatutario, laboral o funcionario: 0,15 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,07 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Instituciones de Administraciones Públicas diferentes al Sistema Nacional de Salud o a los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea: 0,10 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,05 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en la misma categoría profesional o equivalente, en Organismos o Entidades privadas, debidamente acreditados: 0,05 puntos por mes trabajado.
Si los solicitantes acreditaran certificaciones con diferentes servicios prestados en un mismo período sólo se computarán una vez, valorando los servicios que mayor puntuación tengan según los apartados anteriores.
El cómputo del tiempo trabajado a tiempo parcial se realizará de forma proporcional al tiempo completo, a excepción de los periodos de reducción de jornada por guarda legal de los titulares, que se hará a tiempo completo. Sin embargo, las sustituciones de estas reducciones por guarda legal se valorarán en proporción a la jornada trabajada. Los períodos de permiso de gestación, descanso maternal, lactancia acumulada y permiso de paternidad, así como, las situaciones de excedencia por cuidado de hijos o familiares computarán como tiempo trabajado.
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1. FORMACIÓN (máximo 25 puntos)
Cursos de formación continuada relacionados con la categoría y con las funciones a realizar, obtenidos con posterioridad a la fecha de finalización de los estudios que habilitan para el desarrollo profesional de la categoría convocada, impartidos por Instituciones Sanitarias Públicas, Administración Central, Autonómica, Universidades o por otras Instituciones acreditados:
Con duración de 15 a 30 horas lectivas: 0,15 puntos por cada curso. Con duración de 31 a 60 horas lectivas: 0,30 puntos por cada curso. Con duración de 61 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos por cada curso. Con duración de 101 a 200 horas lectivas: 0,75 puntos por cada curso. Con duración de 201 a 600 horas lectivas: 1,2 puntos por cada curso. Con duración de más de 600 horas: 1,5 puntos por cada curso.
Cuando figuren en la acreditación horas y créditos, se tomará como referente para la valoración de los cursos los créditos. La equivalencia de horas y créditos será la siguiente: 1 crédito equivale a 10 horas y 1 crédito europeo equivale a 25 horas.
2. ENTREVISTA (máximo 30 puntos).
Experiencia en el desempeño de puestos del área de gestión de RRHH
en el sector sanitario.
Formación y conocimiento en materia de Orden de retribuciones de
personal de la Comunidad de Madrid.
Conocimientos de normativa de recursos humanos.
Experiencia en el área de gestión de seguros sociales y planificación
presupuesto capitulo I.
Conocimiento de los programas informáticos implementados en la
Comunidad de Madrid para las áreas descritas, y específicamente la
aplicación People-Net, Saint, M-3, SIRIUS, Meta 4 etc.
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ANEXO III SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA PROVISIÓN MEDIANTE NOMBRAMIENTO
INTERINO DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (GRUPO A-1) EN EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
HUMANOS ÁREA DE GESTIÓN DE NÓMINAS Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO DEL SUMMA 112
Datos Personales: APELLIDOS
NOMBRE D.N.I.
-
DOMICILIO Nº Esc. Piso Let.
POBLACION PROVINCIA Código Postal
TELF. FIJO TELF. MOVIL CORREO ELECTRONICO ( EMAIL)
Datos Administrativos: CATEGORIA
SITUACION ADMINISTRATIVA PUESTO QUE OCUPA
CENTRO DONDE PRESTA SERVICIOS
LOCALIDAD PROVINCIA
Títulos Académicos Oficiales:
SOLICITA: Ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante nombramiento interino de UNA PLAZA DE TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA EN EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS ÁREA DE GESTIÓN DE NÓMINAS Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO D E L SUMMA 112 de fecha 15 de julio de 2020.
DECLARA: Que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud y que reúne las condiciones exigidas para participar en la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que le soliciten
Madrid a ___ de _________ de 2020.
Firma A DIRECTOR GERENTE DEL SUMMA 112
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ANEXO IV
DECLARACION JURADA
D./D.ª___________________________ realiza declaración jurada o promesa de no
haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier servicio de salud o
administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución
judicial. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar,
además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de
no estar sometido a sanción disciplinaria o equivalente, o condena penal que impida en
su Estado el acceso a la Función Pública.
Madrid, de de 2020
FDO.:
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RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SUMMA 112 DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, POR LA QUE SE CONVOCA LA PROVISIÓN MEDIANTE NOMBRAMIENTO INTERINO DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (GRUPO A-1) PARA EL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ECONÓMICA, LOGÍSTICA Y APROVISIONAMIENTO DEL SUMMA 112.
En base a lo establecido en el artículo 9.1 y 33 de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre (B.O.E. de 17 de diciembre) del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en la disposición transitoria sexta, punto 1 c) de la misma ley, donde se establece que “se mantendrá vigente, con rango reglamentario y sin carácter básico, y en tanto se proceda a su modificación en cada servicio de salud, el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.”
Mientras no se desarrolle por el servicio de salud correspondiente la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se mantiene con carácter temporal y con rango reglamentario el Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero (B.O.E. de 9 de enero) sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
Existiendo puesto vacante dotado presupuestariamente y con el fin de atender a las necesidades organizativas y asistenciales, en uso de las competencias delegadas en la Resolución de 12 de junio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, sobre delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal (BOCM de 19 de junio de 2018), esta Dirección Gerencia:
ACUERDA
Convocar una plaza de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo A1 para el Departamento de Gestión Económica, Logística y Aprovisionamiento del SUMMA 112, conforme a las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA
BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1. Seleccionar un Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo A1 para el Departamento de Gestión Económica, Logística y Aprovisionamiento en el SUMMA 112, según las funciones y el baremo de méritos establecidos en el Anexo I de esta convocatoria.
2. El régimen retributivo aplicable es el fijado en el Capítulo IX de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre (BOE de 17 de diciembre), del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, dependiendo de la cuantía de los diferentes conceptos del grupo o categoría a que pertenezca el puesto de trabajo, en todo caso, será fijada presupuestariamente para cada ejercicio económico, mediante la correspondiente Ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid y Orden de Retribuciones aplicable.
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Ref: 47/249924.9/20
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BASE SEGUNDA.- REQUISITOS GENERALES.
Los aspirantes que participen en esta convocatoria habrán de poseer los siguientes requisitos:
1. Tener nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Asimismo podrá participar el cónyuge de los españoles y de nacionales de otros Estados miembros de la UE, siempre que no estén separados de derecho, igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
2. Haber cumplido dieciséis años el día en que termine el plazo de la presentación de solicitudes y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en las normas de Seguridad Social.
3. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado 2.1, no encontrarse inhabilitado por sanción o pena para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones de servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
4. Reunir los requisitos mínimos de titulación y formación que figuran en el ANEXO I 5. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que
se deriven del correspondiente nombramiento. 6. No tener la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud o
interino en el Servicio Madrileño de Salud en la categoría que se convoca cualquiera que sea su situación administrativa
7. Acreditar, el requisito previsto en el art. 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Los requisitos anteriores se deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso. La acreditación de dichos requisitos se efectuará en el momento de formalizar el nombramiento que haya sido ofertado al candidato.
BASE TERCERA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACION A PRESENTAR.
1. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria irán dirigidas a
la Dirección Gerencia del SUMMA 112 y se ajustarán al modelo que se adjunta
como ANEXO III a estas bases.
2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día
siguiente a su publicación.
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3. Finalizado dicho plazo no se admitirá ni será tenida en consideración ninguna otra
documentación que pudiera ser aportada por los candidatos, siendo susceptibles
de valoración únicamente aquellos documentos entregados en plazo.
4. La presentación de solicitudes se hará preferentemente de forma telemática en la
Unidad de Registro del SUMMA 112 (calle Antracita, nº 2, Madrid), o en la forma
establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Junto con la solicitud, los aspirantes deberán aportar la siguiente
documentación:
a) Copia del documento nacional de identidad o pasaporte
b) Fotocopia del título exigido en el Anexo I apartado C.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario
fijo en el sistema Nacional de Salud, o interino en el Servicio Madrileño de Salud,
cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se
accede.
e) Fotocopia de los méritos indicados en el Anexo II de esta convocatoria
f) Fotocopia de los servicios prestados indicados en el Anexo II de esta
convocatoria.
5. Sólo podrán ser valorados los méritos alegados por los aspirantes durante el plazo
de presentación de solicitudes.
Para los aspirantes que presten servicios en el SUMMA 112, no será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal de la Dirección Gerencia del Centro.
La no presentación de la documentación dentro del plazo de presentación de solicitudes impedirá la valoración de los mismos.
BASE CUARTA.- COMISIÓN DE SELECCIÓN
1.- La Comisión de Selección estará integrada por:
Director de Gestión y Servicios Generales o persona en quien delegue. Subdirectora de Gestión de RRHH o persona en quien delegue. Subdirector de Gestión Económica o persona en quien delegue. Jefe de Servicio de Servicios Generales. Grupo Técnico de la Función Administrativa.
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La Comisión se considerará válidamente constituida con la presencia de 3 miembros.
2.- Esta comisión será responsable de:
Verificar que los candidatos reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria. Valorar los méritos aportados por los participantes de acuerdo con el baremo de
méritos establecido en el Anexo I de la convocatoria. Valorar el Currículum profesional de los candidatos según los criterios
establecidos en el Anexo I. Resolver las reclamaciones presentadas por los aspirantes. Levantar Actas de sus deliberaciones, donde constarán de forma motivada las
puntuaciones otorgadas a cada participante en cada uno de los apartados.
3.- Podrá plantear a los aspirantes, todas las cuestiones que estime oportunas relacionadas con el Currículum profesional y el Proyecto Técnico de Organización y Planificación.
4.- Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección publicará valoración provisional de los candidatos presentados conforme al baremo de esta convocatoria, otorgando un plazo de 5 días hábiles para presentar reclamaciones. Pasado el plazo de reclamación, las mismas se considerarán resueltas en la publicación de listado definitivo de valoración.
5.- Tras la publicación del listado definitivo con puntuación conforme a baremo, la Comisión elevará al Director Gerente la propuesta de nombramiento del candidato que haya obtenido la mayor puntuación.
BASE QUINTA.- SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
SELECTIVO.
1. El sistema selectivo será el de concurso de conformidad con los criterios de
objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia,
El procedimiento de selección se basará en la valoración de méritos alegados y
acreditados por los candidatos (experiencia profesional, y formación) aportados, de
acuerdo con lo establecido en el Anexo II. Asimismo, se realizará una entrevista
personal por parte de la Comisión de Selección, al objeto de determinar la idoneidad
de los candidatos para las plazas ofertadas, conforme a los criterios recogidos en
el Anexo II.
Dichos méritos estarán referidos al día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, y conforme al baremo establecido en el Anexo II de la presente
Convocatoria.
2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de
anuncios, intranet y página web de la Dirección del SUMMA 112 la lista provisional
de aspirantes admitidos y excluidos indicando la causa/s de inadmisión, en su caso.
3. Los aspirantes excluidos y los que no figuren en la relación de admitidos ni excluidos
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al
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de la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, a fin de
subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión
expresa.
4. Una vez finalizado el plazo, se publicará en los mismos lugares mencionados la
relación definitiva de admitidos/excluidos, indicando día, hora y lugar para la
entrevista personal
5. La Dirección Gerencia publicará en los mismos lugares establecidos en el apartado
2, las puntuaciones provisionales obtenidas por los méritos acreditados y por la
entrevista personal.
6. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación de las puntuaciones provisionales, para interponer
reclamación contra las mismas.
7. Una vez resueltas las reclamaciones por la Comisión de Selección, la Dirección
Gerencia publicará en la Intranet/ página web/ tablón de anuncios del Centro, las
puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes. En los supuestos de empate,
el orden vendrá determinado por la mayor puntuación obtenida en el bloque de
experiencia profesional; de persistir el empate, por la mayor puntuación obtenida en
el apartado del bloque de experiencia profesional en el Sistema Nacional de Salud.
Si se mantuviese dicho empate, se dirimirá atendiendo al orden alfabético, conforme
a la letra que resulte del sorteo público establecido para la determinación del orden
de actuaciones de los aspirantes en los procesos selectivos de acceso para la
última Oferta de Empleo Público (K).
8. Una vez finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección, elevará al
Director Gerente la relación definitiva de los candidatos con la puntuación asignada.
9. El Director Gerente, dictará Resolución que contendrá los candidatos ordenados
por puntuación, que se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección de
Recursos Humanos.
La Comisión de Selección podrá proponer, de manera motivada, que la presente
convocatoria sea declarada desierta cuando considere que no concurren
candidatos idóneos para el desempeño de la plaza.
El personal temporal estará sujeto a un período de prueba en los términos recogidos
en el artículo 33.2 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud.
Estará exento del período de prueba quien ya lo hubiera superado con ocasión de
un anterior nombramiento temporal para la realización de funciones de las mismas
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características en el Servicio Madrileño de Salud en los nombramientos finalizados
en los dos años anteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
BASE SEXTA.-NOMBRAMIENTO Y EFECTOS DE DESIGNACIÓN
1. La Dirección Gerencia del SUMMA 112, dictará Resolución por la que se adjudicará la plaza de Grupo Técnico de la Función Administrativa (A-1) del Departamento de Gestión Económica, Logística y Aprovisionamiento de SUMMA 112, que será publicada en los tablones de anuncios correspondientes y en la Intranet del centro.
2. El plazo de toma de posesión será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de Adjudicación.
3. Si el candidato designado está adscrito a otro Centro o Institución Sanitaria del
Servicio Madrileño de Salud, se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, y con destino en el SUMMA 112, una comisión de servicio al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco o el acto que proceda en relación a su vinculación jurídica.
4. La plaza que se convoca podrá ser declarada desierta, mediante resolución
motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño.
BASE SEPTIMA.- RECURSOS
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Viceconsejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
Madrid, 15 de julio de 2020
El DIRECTOR GERENTE DEL SUMMA 112
Diligencia: Para hacer constar que la presente Resolución se publica, el 15 de julio de 2020 en el tablón de anuncios del SUMMA 112.
EL DIRECTOR DE GESTIÓN
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ANEXO I
CONVOCATORIA PARA LA PROVISION MEDIANTE NOMBRAMIENTO INTERINO DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA,(GRUPO A1), EN EL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ECONÓMICA, LOGÍSTICA Y APROVISIONAMIENTO EN EL SUMMA 112
DENOMINACIÓN: Grupo Técnico de la Función Administrativa, (Grupo A-1), en el Departamento de Gestión Económica, Logística y Aprovisionamiento.
UBICACIÓN DEL PUESTO: Gerencia de SUMMA 112.
DEPENDENCIA:
Adscripción orgánica: Dirección de Gestión y Servicios Generales. Adscripción funcional: Subdirección de Gestion Económica-Financiera.
JORNADA: Lunes a viernes
FUNCIONES A DESARROLLAR:
En el área de Gestión Económica: Seguimiento de la ejecución presupuestaria
de gastos e ingresos, análisis de desviaciones, contabilidad analítica, gestión de
CECOS, cierres de contabilidad financiera, elaboración del anteproyecto de
presupuestos y previsiones de necesidades, coordinación del área de
facturación a terceros, modificaciones presupuestarias, gestión de
amortizaciones, bajas y resto de procesos de contabilidad pública.
En el área de Logística y Aprovisionamientos: Elaboración de planes de
necesidades y programas anuales de compras, planificación de la contratación
administrativa, elaboración de memorias económicas, análisis de inventarios,
punto muerto y stock de seguridad.
Elaboración de cuadros de mandos e indicadores sobre ejecución
presupuestaria de gastos e ingresos, análisis de desviaciones, sobre
ejecuciones de los planes de necesidades y de compras, gestión de la
facturación terceros y resto de procesos de contabilidad pública y
presupuestaria.
Elaboración y optimización de protocolos en todas las áreas descritas. Coordinación de la actividad del departamento con el resto de unidades de la
Gerencia del SUMMA 112.
Elaboración y seguimiento de los objetivos del departamento.
Elaboración de informes para la Dirección y Servicios Centrales.
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ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 45 puntos)
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, incluido el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación, bajo el régimen de personal estatutario, laboral o funcionario: 0,30 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,15 puntos por mes trabajado.
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Empresas Concesionadas dependientes del Servicio Madrileño de Salud (H. Infanta Elena, H. Rey Juan Carlos de Móstoles, H. Torrejón de Ardoz, H. General de Villalba y aquellos que en un futuro puedan crearse bajo esta modalidad de gestión) y la Fundación Jiménez Díaz: 0,20 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,10 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en distinta categoría profesional, en Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, incluido el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación, bajo el régimen de personal estatutario, laboral o funcionario: 0,15 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,07 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Instituciones de Administraciones Públicas diferentes al Sistema Nacional de Salud o a los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea: 0,10 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,05 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en la misma categoría profesional o equivalente, , en Organismos o Entidades privadas, debidamente acreditados: 0,05 puntos por mes trabajado.
Si los solicitantes acreditaran certificaciones con diferentes servicios prestados en un mismo período sólo se computarán una vez, valorando los servicios que mayor puntuación tengan según los apartados anteriores.
El cómputo del tiempo trabajado a tiempo parcial se realizará de forma proporcional al tiempo completo, a excepción de los periodos de reducción de jornada por guarda legal de los titulares, que se hará a tiempo completo. Sin embargo, las sustituciones de estas reducciones por guarda legal se valorarán en proporción a la jornada trabajada. Los períodos de permiso de gestación, descanso maternal, lactancia acumulada y permiso de paternidad, así como, las situaciones de excedencia por cuidado de hijos o familiares computarán como tiempo trabajado.
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1. FORMACIÓN (máximo 25 puntos)
Cursos de formación continuada relacionados con la categoría y con las funciones a realizar, obtenidos con posterioridad a la fecha de finalización de los estudios que habilitan para el desarrollo profesional de la categoría convocada, impartidos por Instituciones Sanitarias Públicas, Administración Central, Autonómica, Universidades o por otras Instituciones acreditados:
Con duración de 15 a 30 horas lectivas: 0,15 puntos por cada curso. Con duración de 31 a 60 horas lectivas: 0,30 puntos por cada curso. Con duración de 61 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos por cada curso. Con duración de 101 a 200 horas lectivas: 0,75 puntos por cada curso. Con duración de 201 a 600 horas lectivas: 1,2 puntos por cada curso. Con duración de más de 600 horas: 1,5 puntos por cada curso.
Cuando figuren en la acreditación horas y créditos, se tomará como referente para la valoración de los cursos los créditos. La equivalencia de horas y créditos será la siguiente: 1 crédito equivale a 10 horas y 1 crédito europeo equivale a 25 horas.
2. ENTREVISTA (máximo 30 puntos).
Experiencia en el desempeño de puestos del área de gestión económica,
logística y aprovisionamientos en el sector sanitario.
Formación y conocimiento en materia de contabilidad pública y sistema
presupuestario de la Comunidad de Madrid.
Conocimientos de contabilidad analítica y facturación a terceros.
Experiencia en el área de logística y aprovisionamientos del sector
sanitario sobre planificación de necesidades y elaboración de planes de
compras.
Conocimiento de los programas informáticos implementados en la
Comunidad de Madrid para las áreas descritas, y específicamente la
aplicación Sap NEXUS ECCL (módulo contabilidad, compras, analítica,
facturación a terceros, mantenimiento, portafirmas electrónico, perfil del
contratante, licitación electrónica licit@, etc.)
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ANEXO III SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA PROVISIÓN MEDIANTE NOMBRAMIENTO
INTERINO DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (A-1) EN EL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ECONÓMICA,
LOGÍSTICA Y APROVISIONAMIENTO DEL SUMMA 112
Datos Personales: APELLIDOS NOMBRE D.N.I.
-
DOMICILIO Nº Esc. Piso Let.
POBLACION PROVINCIA Código Postal
TELF. FIJO TELF. MOVIL CORREO ELECTRONICO ( EMAIL)
Datos Administrativos: CATEGORIA SITUACION ADMINISTRATIVA PUESTO QUE OCUPA
CENTRO DONDE PRESTA SERVICIOS
LOCALIDAD PROVINCIA
Títulos Académicos Oficiales:
SOLICITA: Ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante nombramiento interino de UNA PLAZA DE TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA EN EL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ECONÓMICA, LOGÍSTICA Y APROVISIONAMIENTO SUMMA 112 de fecha 15 de julio de 2020. DECLARA: Que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud y que reúne las condiciones exigidas para participar en la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que le soliciten
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ANEXO IV
DECLARACION JURADA
D./D.ª___________________________ realiza declaración jurada o promesa de no
haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier servicio de salud o
administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución
judicial. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar,
además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de
no estar sometido a sanción disciplinaria o equivalente, o condena penal que impida en
su Estado el acceso a la Función Pública.
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RESOLUCIÓN DE 15 DE JULIO DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SUMMA 112 DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, POR LA QUE SE CONVOCA LA PROVISIÓN MEDIANTE NOMBRAMIENTO DE SUSTITUCIÓN POR COMISIÓN DE SERVICIO DE TITULAR, UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (GRUPO A-1) PARA EL DEPARTAMENTO DE GESTION DE COMPRAS, CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y SUMINISTROS DEL SUMMA 112
En base a lo establecido en el artículo 9.1 y 33 de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre (B.O.E. de 17 de diciembre) del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en la disposición transitoria sexta, punto 1 c) de la misma ley, donde se establece que “se mantendrá vigente, con rango reglamentario y sin carácter básico, y en tanto se proceda a su modificación en cada servicio de salud, el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.”
Mientras no se desarrolle por el servicio de salud correspondiente la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se mantiene con carácter temporal y con rango reglamentario el Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero (B.O.E. de 9 de enero) sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
Existiendo puesto vacante dotado presupuestariamente y con el fin de atender a las necesidades organizativas y asistenciales, en uso de las competencias delegadas en la Resolución de 12 de junio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, sobre delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal (BOCM de 19 de junio de 2018), esta Dirección Gerencia:
ACUERDA
Convocar una plaza de Grupo Técnico de la Función Administrativa (Grupo A-1) para el DEPARTAMENTO DE GESTION DE COMPRAS, CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y SUMINISTROS del SUMMA 112 para proveer mediante nombramiento de sustitución por comisión de servicio de titular, conforme a las siguientes bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1. Seleccionar un Grupo Técnico de la Función Administrativa (Grupo A-1) para el DEPARTAMENTO DE GESTION DE COMPRAS, CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y SUMINISTROS DEL SUMMA 112, según las funciones y el baremo de méritos establecidos en el Anexo I de esta convocatoria.
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Ref: 47/249932.9/20
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2. El régimen retributivo aplicable es el fijado en el Capítulo IX de la Ley 55/2003 de 16 de diciembre (BOE de 17 de diciembre), del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, dependiendo de la cuantía de los diferentes conceptos del grupo o categoría a que pertenezca el puesto de trabajo, en todo caso, será fijada presupuestariamente para cada ejercicio económico, mediante la correspondiente Ley de presupuestos de la Comunidad de Madrid y Orden de Retribuciones aplicable.
BASE SEGUNDA.- REQUISITOS GENERALES.
Los aspirantes que participen en esta convocatoria habrán de poseer los siguientes requisitos:
1. Tener nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Asimismo podrá participar el cónyuge de los españoles y de nacionales de otros Estados miembros de la UE, siempre que no estén separados de derecho, igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
2. Haber cumplido dieciséis años el día en que termine el plazo de la presentación de solicitudes y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en las normas de Seguridad Social.
3. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado 2.1, no encontrarse inhabilitado por sanción o pena para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones de servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
4. Reunir los requisitos mínimos de titulación y formación que figuran en el ANEXO I 5. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que
se deriven del correspondiente nombramiento. 6. No tener la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud o
interino en el Servicio Madrileño de Salud en la categoría que se convoca cualquiera que sea su situación administrativa
7. Acreditar, el requisito previsto en el art. 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Los requisitos anteriores se deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso, o en su caso en el momento de presentación de la solicitud de incorporación. La acreditación de dichos requisitos se efectuará en el momento de formalizar el nombramiento que haya sido ofertado al candidato.
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BASE TERCERA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACION A PRESENTAR.
1. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria irán dirigidas a
la Dirección Gerencia del SUMMA 112 y se ajustarán al modelo que se adjunta
como ANEXO III a estas bases.
2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día
siguiente a su publicación.
3. Finalizado dicho plazo no se admitirá ni será tenida en consideración ninguna otra
documentación que pudiera ser aportada por los candidatos, siendo susceptibles
de valoración únicamente aquellos documentos entregados en plazo.
4. La presentación de solicitudes se hará preferentemente de forma telemática, en la
Unidad de Registro del SUMMA 112 (calle Antracita, nº 2, Madrid), o en la forma
establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Junto con la solicitud, los aspirantes deberán aportar la siguiente
documentación:
a) Copia del documento nacional de identidad o pasaporte
b) Fotocopia del título exigido en el Anexo I apartado C.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
d) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario
fijo en el sistema Nacional de Salud, o interino en el Servicio Madrileño de Salud,
cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se
accede.
e) Fotocopia de los méritos indicados en el Anexo II de esta convocatoria
f) Fotocopia de los servicios prestados indicados en el Anexo II de esta
convocatoria.
5. Sólo podrán ser valorados los méritos alegados por los aspirantes durante el plazo
de presentación de solicitudes.
Para los aspirantes que presten servicios en el SUMMA 112, no será necesario aportar aquellos documentos acreditativos de estar en posesión de requisitos exigidos que ya consten en el expediente personal de la Dirección Gerencia del Centro.
La no presentación de la documentación dentro del plazo de presentación de solicitudes impedirá la valoración de los mismos.
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BASE CUARTA.- COMISIÓN DE SELECCIÓN
1.- La Comisión de Selección estará integrada por:
Director de Gestión y Servicios Generales o persona en quien delegue. Subdirectora de Gestión de RRHH o persona en quien delegue. Subdirector de Gestión Económica o persona en quien delegue. Jefe de Servicio de Servicios Generales. Grupo Técnico de la Función Administrativa.
La Comisión se considerará válidamente constituida con la presencia de 3 miembros.
2.- Esta comisión será responsable de:
Verificar que los candidatos reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria. Valorar los méritos aportados por los participantes de acuerdo con el baremo de
méritos establecido en el Anexo I de la convocatoria. Valorar el Currículum profesional de los candidatos según los criterios
establecidos en el Anexo I. Resolver las reclamaciones presentadas por los aspirantes. Levantar Actas de sus deliberaciones, donde constarán de forma motivada las
puntuaciones otorgadas a cada participante en cada uno de los apartados.
3.- Podrá plantear a los aspirantes, todas las cuestiones que estime oportunas relacionadas con el Currículum profesional y el Proyecto Técnico de Organización y Planificación.
4.- Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección publicará valoración provisional de los candidatos presentados conforme al baremo de esta convocatoria, otorgando un plazo de 5 días hábiles para presentar reclamaciones. Pasado el plazo de reclamación, las mismas se considerarán resueltas en la publicación de listado definitivo de valoración.
5.- Tras la publicación del listado definitivo con puntuación conforme a baremo, la Comisión elevará al Director Gerente la propuesta de nombramiento del candidato que haya obtenido la mayor puntuación.
BASE QUINTA.- SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
SELECTIVO.
1. El sistema selectivo será el de concurso de conformidad con los criterios de
objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia,
El procedimiento de selección se basará en la valoración de méritos alegados y
acreditados por los candidatos (experiencia profesional, y formación) aportados, de
acuerdo con lo establecido en el Anexo II. Asimismo, se realizará una entrevista
personal por parte de la Comisión de Selección, al objeto de determinar la idoneidad
de los candidatos para las plazas ofertadas, conforme a los criterios recogidos en
el Anexo II.
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Dichos méritos estarán referidos al día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, y conforme al baremo establecido en el Anexo II de la presente
Convocatoria.
2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de
anuncios, intranet y página web de la Dirección del SUMMA 112 la lista provisional
de aspirantes admitidos y excluidos indicando la causa/s de inadmisión, en su caso.
3. Los aspirantes excluidos y los que no figuren en la relación de admitidos ni excluidos
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, a fin de
subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión
expresa.
4. Una vez finalizado el plazo, se publicará en los mismos lugares mencionados la
relación definitiva de admitidos/excluidos, indicando día, hora y lugar para la
entrevista personal
5. La Dirección Gerencia publicará en los mismos lugares establecidos en el apartado
2, las puntuaciones provisionales obtenidas por los méritos acreditados y por la
entrevista personal.
6. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación de las puntuaciones provisionales, para interponer
reclamación contra las mismas.
7. Una vez resueltas las reclamaciones por la Comisión de Selección, la Dirección
Gerencia publicará en la Intranet/ página web/ tablón de anuncios del Centro, las
puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes. En los supuestos de empate,
el orden vendrá determinado por la mayor puntuación obtenida en el bloque de
experiencia profesional; de persistir el empate, por la mayor puntuación obtenida en
el apartado del bloque de experiencia profesional en el Sistema Nacional de Salud.
Si se mantuviese dicho empate, se dirimirá atendiendo al orden alfabético, conforme
a la letra que resulte del sorteo público establecido para la determinación del orden
de actuaciones de los aspirantes en los procesos selectivos de acceso para la
última Oferta de Empleo Público (K).
8. Una vez finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección, elevará al
Director Gerente la relación definitiva de los candidatos con la puntuación asignada.
9. El Director Gerente, dictará Resolución que contendrá los candidatos ordenados
por puntuación, que se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección de
Recursos Humanos.
La Comisión de Selección podrá proponer, de manera motivada, que la presente
convocatoria sea declarada desierta cuando considere que no concurren
candidatos idóneos para el desempeño de la plaza.
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El personal temporal estará sujeto a un período de prueba en los términos recogidos
en el artículo 33.2 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud.
Estará exento del período de prueba quien ya lo hubiera superado con ocasión de
un anterior nombramiento temporal para la realización de funciones de las mismas
características en el Servicio Madrileño de Salud en los nombramientos finalizados
en los dos años anteriores a la expedición del nuevo nombramiento.
BASE SEXTA.-NOMBRAMIENTO Y EFECTOS DE DESIGNACIÓN
1. La Dirección Gerencia del SUMMA 112, dictará Resolución por la que se designará la plaza de Grupo Técnico de la Función Administrativa (A-1) mediante nombramiento de sustitución para el Departamento de Gestión de compras, contratación administrativa y suministros de SUMMA 112, que será publicada en los tablones de anuncios correspondientes y en la Intranet del centro.
2. El plazo de toma de posesión será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de Adjudicación.
3. Si el candidato designado está adscrito a otro Centro o Institución Sanitaria del
Servicio Madrileño de Salud, se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, y con destino en el SUMMA 112, una comisión de servicio al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco o el acto que proceda en relación a su vinculación jurídica.
4. La plaza que se convoca podrá ser declarada desierta, mediante resolución
motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño.
BASE SEPTIMA.- RECURSOS
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Viceconsejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
Madrid, 15 de julio de 2020
El DIRECTOR GERENTE DEL SUMMA 112
Diligencia: Para hacer constar que la presente Resolución se publica, el 15 de julio de 2020 en el tablón de anuncios del SUMMA 112.
EL DIRECTOR DE GESTIÓN
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ANEXO I
CONVOCATORIA PARA LA PROVISION MEDIANTE NOMBRAMIENTO DE SUSTITUCIÓN DE UNA PLAZA DE GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN
ADMINISTRATIVA (GRUPO A-1)EN EL DEPARTAMENTO DE GESTION DE COMPRAS,CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y SUMINISTROS EN EL
SUMMA 112
DENOMINACIÓN: Grupo Técnico de la Función Administrativa (Grupo A-1) en el DEPARTAMENTO DE GESTION DE COMPRAS,CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y SUMINISTROS DEL SUMMA 112.
TIPO DE CONTRATO: Estatutario de sustitución
UBICACIÓN DEL PUESTO: Gerencia de SUMMA 112 (Sede central del SUMMA 112 y/o Centro Logístico ubicado en Getafe).
DEPENDENCIA:
Adscripción orgánica: Dirección de Gestión y Servicios Generales. Adscripción funcional: Subdirección de Gestión Área Económica.
JORNADA: Lunes a viernes
FUNCIONES A DESARROLLAR:
En el ámbito de las áreas de compras, suministros y contratación administrativa:
Gestión y registro de las adquisiciones de bienes y servicios, recepciones,
conformidades y logística de aprovisionamientos.
Tramitación y registro de expedientes de contratación, publicaciones en
boletines, portal de transparencia y de contratación.
Elaboración de pliegos de prescripciones técnicas y expedientes de contratación.
Elaboración de cuadros de mandos sobre la gestión de suministros, gestión de
almacenes, planificación de necesidades, control stock, consumos, inventarios
anuales y bimensuales.
Elaboración y seguimiento presupuestario asignado así como control de costes.
Planificación y supervisión de rutas para abastecimiento de dispositivos y control
de los distintos almacenes periféricos.
Coordinación de la actividad del departamento con el resto de unidades de la
Gerencia del SUMMA 112.
Elaboración y seguimiento de los objetivos del departamento.
Elaboración de informes para la Dirección y Servicios Centrales.
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ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo 45 puntos)
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, incluido el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación, bajo el régimen de personal estatutario, laboral o funcionario: 0,30 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,15 puntos por mes trabajado.
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Empresas Concesionadas dependientes del Servicio Madrileño de Salud (H. Infanta Elena, H. Rey Juan Carlos de Móstoles, H. Torrejón de Ardoz, H. General de Villalba y aquellos que en un futuro puedan crearse bajo esta modalidad de gestión) y la Fundación Jiménez Díaz: 0,20 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,10 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en distinta categoría profesional, en Instituciones Sanitarias Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, incluido el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación, bajo el régimen de personal estatutario, laboral o funcionario: 0,15 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,07 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en la misma categoría profesional, en Instituciones de Administraciones Públicas diferentes al Sistema Nacional de Salud o a los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea: 0,10 puntos por mes trabajado. Si los servicios prestados lo han sido en el área específica objeto de la convocatoria se añadirán 0,05 puntos por mes trabajado
Por servicios prestados en la misma categoría profesional o equivalente, , en Organismos o Entidades privadas, debidamente acreditados: 0,05 puntos por mes trabajado.
Si los solicitantes acreditaran certificaciones con diferentes servicios prestados en un mismo período sólo se computarán una vez, valorando los servicios que mayor puntuación tengan según los apartados anteriores.
El cómputo del tiempo trabajado a tiempo parcial se realizará de forma proporcional al tiempo completo, a excepción de los periodos de reducción de jornada por guarda legal de los titulares, que se hará a tiempo completo. Sin embargo, las sustituciones de estas reducciones por guarda legal se valorarán en proporción a la jornada trabajada. Los períodos de permiso de gestación, descanso maternal, lactancia acumulada y permiso de paternidad, así como, las situaciones de excedencia por cuidado de hijos o familiares computarán como tiempo trabajado.
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1. FORMACIÓN (máximo 25 puntos)
Cursos de formación continuada relacionados con la categoría y con las funciones a realizar, obtenidos con posterioridad a la fecha de finalización de los estudios que habilitan para el desarrollo profesional de la categoría convocada, impartidos por Instituciones Sanitarias Públicas, Administración Central, Autonómica, Universidades o por otras Instituciones acreditados:
Con duración de 15 a 30 horas lectivas: 0,15 puntos por cada curso. Con duración de 31 a 60 horas lectivas: 0,30 puntos por cada curso. Con duración de 61 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos por cada curso. Con duración de 101 a 200 horas lectivas: 0,75 puntos por cada curso. Con duración de 201 a 600 horas lectivas: 1,2 puntos por cada curso. Con duración de más de 600 horas: 1,5 puntos por cada curso.
Cuando figuren en la acreditación horas y créditos, se tomará como referente para la valoración de los cursos los créditos. La equivalencia de horas y créditos será la siguiente: 1 crédito equivale a 10 horas y 1 crédito europeo equivale a 25 horas.
2. ENTREVISTA (máximo 30 puntos).
Experiencia en el desempeño de puestos del área de gestión de compras,
contratación administrativa, económica, logística y aprovisionamientos en
el sector sanitario.
Formación y conocimiento en materia de contratación pública y gestión
de almacenes de la Comunidad de Madrid.
Conocimientos de gestión de compras.
Experiencia en el área de logística y aprovisionamientos del sector
sanitario sobre planificación de necesidades y elaboración de planes de
compras.
Conocimiento de los programas informáticos implementados en la
Comunidad de Madrid para las áreas descritas, y específicamente la
aplicación Sap NEXUS ECCL (módulo contabilidad, compras, analítica,
facturación a terceros, mantenimiento, portafirmas electrónico, perfil del
contratante, licitación electrónica licit@, etc.)
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ANEXO III SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE
GRUPO TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (GRUPO A-1) MEDIANTE NOMBRAMIENTO DE SUSTITUCIÓN EN EL DEPARTAMENTO DE GESTION DE COMPRAS,CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y SUMINISTROS DEL SUMMA
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Datos Personales: APELLIDOS NOMBRE D.N.I.
-
DOMICILIO Nº Esc. Piso Let.
POBLACION PROVINCIA Código Postal
TELF. FIJO TELF. MOVIL CORREO ELECTRONICO ( EMAIL)
Datos Administrativos: CATEGORIA SITUACION ADMINISTRATIVA PUESTO QUE OCUPA
CENTRO DONDE PRESTA SERVICIOS
LOCALIDAD PROVINCIA
Títulos Académicos Oficiales:
SOLICITA: Ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante nombramiento de sustitución de UNA PLAZA DE TÉCNICO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA (A-1) EN EL DEPARTAMENTO DE GESTION DE COMPRAS, CONTRATACION ADMINISTRATIVA Y SUMINISTROS DEL SUMMA 112 de fecha 15 de julio de 2020. DECLARA: Que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud y que reúne las condiciones exigidas para participar en la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que le soliciten
Madrid a ___ de _________ de 2020.
Firma A DIRECTOR GERENTE DEL SUMMA 112
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ANEXO IV
DECLARACION JURADA
D./D.ª___________________________ realiza declaración jurada o promesa de no
haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier servicio de salud o
administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución
judicial. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar,
además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de
no estar sometido a sanción disciplinaria o equivalente, o condena penal que impida en
su Estado el acceso a la Función Pública.
Madrid, de de 2020
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