+ All Categories
Home > Documents > BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS...

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS...

Date post: 09-May-2020
Category:
Upload: others
View: 3 times
Download: 0 times
Share this document with a friend
200
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA 3131 Aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenanza específica que regula el régimen general de ayudas y subvenciones en materia de educación, cultura y juventud........................................................................................................................ 3135 Emplazamiento a los interesados en los procedimientos 75/13 y 441/13, promovido por la Consejería de Presidencia y Justicia.................................................................................................................................................................................. 3136 Lista definitiva de admitidos y excluidos de 3 plazas de técnico de recursos humanos, y otras ......................................... 3132 Notificación a Cristian Daniel Santana Arrocha.................................................................................................................. 3133 Notificación a Iván Fuentes García...................................................................................................................................... 3134 Notificación a David de la Cuadra Martín ........................................................................................................................... CONSORCIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUAS A FUERTEVENTURA 3087 Adjudicación de contrato administrativo a la empresa Degremont, S.A. ............................................................................ EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA 3027 Modificación de la plantilla de personal de la Corporación ................................................................................................ 3028 Delegación de competencias en los titulares de las distintas Consejerías de esta Corporación .......................................... 3101 Decreto nº 15/13 de 5/03/13 de nombramiento de representantes del Cabildo en el Consejo de Salud.............................. 3060 Notificación a Bartolomé Elías Bolaños Bolaños y otro ..................................................................................................... CONSORCIO URBANÍSTICO PARA LA REHABILITACIÓN DE LAS ZONAS TURÍSTICAS DE SAN AGUSTÍN, PLAYA DEL INGLÉS Y MASPALOMAS 3141 Licitación de procedimiento de contratación de la obra “Rehabilitación de la infraestructura ciclista existente en la zona turística de Maspalomas Costa Canaria” ............................................................................................................................. EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE 3084 Formalización del contrato del servicio para la inserción laboral consistente en la eliminación de malezas y limpieza en las zonas de dominio público, servidumbre y afección de las carreteras dependientes del Cabildo ................................... 3083 Convocatoria de procedimiento abierto de adjudicación de contrato para el suministro de gasoil para las dependencias de la Granja Experimental y todos aquellos vehículos y maquinaria que conforman la flota del Cabildo ......................... BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS GOBIERNO DE CANARIAS Año LXXXVIII Miércoles, 13 de Marzo de 2013 Número 34 SUMARIO Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas Depósito Legal G.C. 1/1958 Edita: Secretaría General Técnica Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad Secretaría Territorial Edificio de Usos Múltiples I, planta baja C/ Profesor Agustín Millares Carló, 22 Tfno.: (928) 30.63.84. Fax: (928) 30.67.00 35071 Las Palmas de Gran Canaria Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A. C/ Doctor Juan de Padilla, 7 Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36 Correo electrónico: [email protected] 35002 Las Palmas de Gran Canaria TARIFAS Inserción: 0,81 euros/mm de altura Suscripción anual: 60,10 euros más gastos de franqueo Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad mediante oficio 4190 4191 4191 4191 4193 4194 4196 4196 4197 4198 4198 4199 4201 4202 NÚMERO REGISTRO PÁGINA
Transcript
Page 1: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

III. ADMINISTRACIÓN LOCALEXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA

3131 Aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenanza específica que regula el régimen general de ayudas y subvencionesen materia de educación, cultura y juventud........................................................................................................................

3135 Emplazamiento a los interesados en los procedimientos 75/13 y 441/13, promovido por la Consejería de Presidencia yJusticia..................................................................................................................................................................................

3136 Lista definitiva de admitidos y excluidos de 3 plazas de técnico de recursos humanos, y otras .........................................3132 Notificación a Cristian Daniel Santana Arrocha..................................................................................................................3133 Notificación a Iván Fuentes García......................................................................................................................................3134 Notificación a David de la Cuadra Martín...........................................................................................................................

CONSORCIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUAS AFUERTEVENTURA3087 Adjudicación de contrato administrativo a la empresa Degremont, S.A.............................................................................

EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA3027 Modificación de la plantilla de personal de la Corporación ................................................................................................3028 Delegación de competencias en los titulares de las distintas Consejerías de esta Corporación ..........................................3101 Decreto nº 15/13 de 5/03/13 de nombramiento de representantes del Cabildo en el Consejo de Salud..............................3060 Notificación a Bartolomé Elías Bolaños Bolaños y otro .....................................................................................................

CONSORCIO URBANÍSTICO PARALAREHABILITACIÓN DE LAS ZONAS TURÍSTICAS DE SAN AGUSTÍN,PLAYADEL INGLÉS YMASPALOMAS

3141 Licitación de procedimiento de contratación de la obra “Rehabilitación de la infraestructura ciclista existente en la zonaturística de Maspalomas Costa Canaria” .............................................................................................................................EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE

3084 Formalización del contrato del servicio para la inserción laboral consistente en la eliminación de malezas y limpieza enlas zonas de dominio público, servidumbre y afección de las carreteras dependientes del Cabildo ...................................

3083 Convocatoria de procedimiento abierto de adjudicación de contrato para el suministro de gasoil para las dependenciasde la Granja Experimental y todos aquellos vehículos y maquinaria que conforman la flota del Cabildo .........................

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DELAS PALMAS

GOBIERNO DE CANARIAS

Año LXXXVIII Miércoles, 13 de Marzo de 2013 Número 34

SUMARIO

Boletín Oficial de la Provincia deLas PalmasDepósito Legal G.C. 1/1958Edita: Secretaría General TécnicaConsejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

Secretaría TerritorialEdificio de Usos Múltiples I, planta bajaC/ Profesor Agustín Millares Carló, 22Tfno.: (928) 30.63.84. Fax: (928) 30.67.0035071 Las Palmas de Gran Canaria

Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A.C/ Doctor Juan de Padilla, 7Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36Correo electrónico: [email protected] Las Palmas de Gran Canaria

TARIFASInserción: 0,81 euros/mm

de alturaSuscripción anual: 60,10 euros

más gastos de franqueo

Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de laConsejería de Presidencia, Justicia y Seguridad mediante oficio

4190

41914191419141934194

4196

4196419741984198

4199

4201

4202

NÚMEROREGISTRO PÁGINA

Page 2: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

4186 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

3082 Convocatoria de procedimiento abierto de adjudicación de contrato para el suministro de apósitos absorbentes (pañales)con destino al Hospital Insular de Lanzarote.......................................................................................................................

3093 Exposición al público del expediente de modificación de crédito nº 1/13, mediante crédito extraordinario......................3089 Información pública de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos de cursos de formación impartidos

por el Servicio Insular Agrario del Cabildo.........................................................................................................................3091 Información pública de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos de los servicios de laboratorio

insular del Servicio Insular Agrario del Cabildo .................................................................................................................3092 Información pública de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos por el uso de la maquinaria

del servicio insular agrario del Cabildo...............................................................................................................................3090 Información pública de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos de los servicios del matadero

insular del Cabildo...............................................................................................................................................................3094 Información pública del expediente de modificación de crédito nº 2/13, mediante crédito extraordinario ........................3088 Información pública del reglamento para la creación de la comisión insular sobre la violencia de género de Lanzarote ....3085 Notificación a los propietarios desconocidos de fincas en relación con el proyecto de recuperación de espacios agrícolas

degradados y rehabilitación de sendero en el espacio natural protegido de La Geria (Expte. Nº 71).................................EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

3156 Concurso de Promoción de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, S.A., para la prestación del servicio de vigilanciay protección para el Castillo de Mata e instalaciones denominadas Manuel Lois ..............................................................

2864 Notificación a Laura Isabel Ramos Hernández ...................................................................................................................3034 Notificación a Clara Isabel Ortega Umpiérrez ....................................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES3040 Licitación para la adjudicación del contrato de “servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de hidros de edificios

públicos municipales y colegios” ........................................................................................................................................3061 Bases genéricas que han de regir en la convocatoria pública municipal para la concesión de subvenciones destinadas a

entidades deportivas ............................................................................................................................................................3062 Bases genéricas que han de regir en la convocatoria pública municipal para la concesión de subvenciones destinadas a

entidades culturales..............................................................................................................................................................3041 Exposición al público de la modificación de la ordenanza urbanística reguladora de instalaciones de telecomunicación .....3038 Notificación a José Miguel Ramírez Felipe y otros ............................................................................................................3039 Notificación a José Ramírez Sánchez..................................................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA3143 Ordenanza reguladora de la realización de actividades en la vía pública ...........................................................................3138 Notificación a Alfavima Management, S.L. y otro .............................................................................................................

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE3139 Notificación a Tomás Acosta Arrocha y otros.....................................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARTENARA3058 Licitación para la contratación de la obra “Restitución parcial de instalaciones y pavimento en las calles Avda. Matías

Vega, Alcalde Manuel Luján y Camino a las Moradas”......................................................................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE BETANCURIA

3168 Exposición al público de la ordenanza fiscal del precio por prestación de los servicios de estacionamiento y uso de lasinstalaciones del Parking Municipal....................................................................................................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE FIRGAS

3142 Ordenanza de tramitación de licencias, actuaciones urbanísticas y declaraciones responsables para la primera ocupación,utilización de edificaciones e instalaciones en general, y para la habitabilidad de las viviendas de la Villa de Firgas ......ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LAOLIVA

3137 Notificación a Orlando Morales Rodríguez y otros.............................................................................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN

3184 Exposición al público del proyecto “Reposición de lucernario en el Centro de Servicios Sociales de Arguineguín” .......ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE PÁJARA

2865 Exposición al público de la ordenanza reguladora de viviendas municipales en supuestos de emergencia social .............3035 Propuesta del Concejal Delegado de Personal relativa a la aplicación de lo dispuesto por la Ley de Presupuestos Generales

del Estado para 2013 en Orden a la contratación laboral ....................................................................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE

3080 Notificación a Faicán González Espinosa y otros ...............................................................................................................ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍADE TIRAJANA

3021 Notificación a Gustavo García Perera .................................................................................................................................

42034204

4205

4206

4206

420642074207

4207

420842094213

4215

4217

4221422542254226

42264234

4234

4241

4242

4242

4261

4262

4263

4263

4264

4266

Page 3: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4187

3022 Notificación a Maartje Hermanda .......................................................................................................................................3023 Notificación a Fernando Pizarro Ruiz .................................................................................................................................3025 Notificación a Marco F. Proaño Ruiz ..................................................................................................................................3024 Notificación a Diarra Adama Traore y otros .......................................................................................................................3026 Notificación a El Mostapha Jabbour y otros .......................................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEGUISE3140 Notificación a Rosie Estefanía Peraza Gragg......................................................................................................................

M.I. AYUNTAMIENTO DE TELDE3014 Normativa y ordenanzas de aplicación en el ámbito del plan parcial del sector S.U.S.N.O. 10-B-Aguadulce, instado por

Inversiones Inmobiliarias Félix Machín, S.A. .....................................................................................................................3055 Normativa y ordenanzas de aplicación en el ámbito del sector de Los Marinos-Melenara, instado por el Ayuntamiento

de Telde................................................................................................................................................................................3020 Ordenanza municipal para la defensa de los consumidores y usuarios del Ayuntamiento..................................................3018 Notificación a Francisco José Quintana Medina .................................................................................................................3019 Notificación a Attsara García Jiménez ................................................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TEROR3057 Notificación a María del Mar Medina Machín....................................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TÍAS3189 Aprobación definitiva del presupuesto general para el ejercicio 2013................................................................................3081 Notificación a Tasmina Messa Latchen y otros...................................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VALSEQUILLO2813 Notificación a Sebastiana Cristina Medina Vega y otros ....................................................................................................

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VEGADE SAN MATEO3086 Delegación de competencias en el Concejal Máximo Alexis Ramos Ramírez...................................................................

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIATRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS

3044 Recurso 1.410/10, Instituto Nacional de la Seguridad Social contra Miguel Arbelo Rodríguez y otros ............................3047 Recurso 1.045/10, Manuel Santana Arocha contra Fundación Laboral Canaria Sector Automóvil y otro.........................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12945 Juicio 961/12, Iván Manuel Melo Vaca contra A.B.T. Canarias, S.L..................................................................................2944 Juicio 955/12, María Carmen Benítez Ramos contra Hergora Catering, S.L. y otros.........................................................2946 Juicio 45/12, María Araceli Barreto González contra Distucan, S.L. y otros .....................................................................3043 Juicio 137/11, Cosme Juan Esparragón Quevedo contra Decan Pinturas, S.L. y otro ........................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE ARRECIFE3042 Juicio 757/12, Hahn Silke contra Art Canary Islands, S.L. y otros.....................................................................................3048 Juicio 112/13, Stefan Todoroy Kostadinov contra Pulidos Canarios, S.L. y otro ...............................................................3049 Juicio 715/12, Miguel Jesús Leyva Leyva contra Restauración Lanzaigua, S.L. y otros ...................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE GÁLDAR2859 Juicio 612/12, Paula González Aguiar contra Centro de Apoyo al Estudiante y otros .......................................................3045 Juicio 726/12, Armando González Sánchez contra Caper Gáldar, S.L. y otro....................................................................3046 Juicio 676/12, Manuel Saavedra Pérez contra Indarocan, S.L. y otro.................................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 22893 Juicio 316/11, Santiago González Casimiro contra Transportes y Logística Mercurio, S.L. y otros..................................2942 Juicio 1.047/09, Ángel Camacho Felipe contra Obras Marítimas y Soluciones, S.L. y otros ............................................2943 Juicio 35/13, Rita Benítez Medina contra Grupo Diniz España, S.L. .................................................................................2895 Juicio 1.252/10, Matías Dávila Silva contra Alejandro Jesús Negrín Rodríguez y otro .....................................................3063 Juicio 210/12, José María Ruiz Marrero contra Clanumi, S.L. y otros ...............................................................................3010 Juicio 230/12, Fernando Silva Marrero contra Construcciones Metálicas Davited, S.L. y otro .........................................3011 Juicio 30/13, Francisco Navarro Machín y otros contra Trabican, S.L. y otro ...................................................................3012 Juicio 280/12, Susana Mateo Saavedra contra Number One UCS, S.L. y otro...................................................................

JUZGADODELOSOCIALNÚMERO2DEARRECIFE-SEDEENPUERTODELROSARIO (FUERTEVENTURA)3188 Juicio 546/12, Juan Manuel Gutiérrez de León contra Rosa Dolores Costas Iglesias y otros ............................................3127 Juicio 420/12, Milagros Marisqual Fernández contra Frutafuer Maxorata, S.L. y otro ......................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 32911 Juicio 38/13, Carmelo del Rosario Suárez contra Dialse Seguridad, S.L. y otro ................................................................2993 Juicio 859/12, Roberto Ventura Miranda Bermúdez contra Carmelo Alexander León Guedes y otro ...............................

42674267426842684269

4270

4271

4281429142924292

4293

42944295

4298

4310

43104311

4312431243134313

431443154315

431643174317

43184318431843194319432043204321

43214321

43224323

Page 4: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

4188 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 43124 Juicio 186/12, Miguel Ortega Pestana contra Pavimento Compavi, S.L. y otros................................................................2958 Juicio 49/13, Rolf Hermann Frierichs contra Marcus Ricobonno y otro ............................................................................2959 Juicio 755/12, Haridian Ico Cárdenes Sosa contra Calvican, S.L. y otros ..........................................................................2922 Juicio 59/12, Daniel Rodríguez Santana contra Inslacons 7 Construcciones y Reformas, S.L. y otro ...............................2923 Juicio 248/12, María Joao Sequeira de Alburquerque Azevedo contra Delizia Bisnessinvest, S.L. y otro ........................2890 Juicio 1/13, Laura Soledad Marcuzzi Gruber contra Fisis Distribuciones Técnicas, S.L.L. y otro ....................................2891 Juicio 324/12, Rosa María Ballesteros González contra Asinmi Centro Especial de Formación, S.L. y otro....................2892 Juicio 297/12, Miguel Díaz Bautista contra Decoraciones La Laja, S.L.U. y otro .............................................................2868 Juicio 1.178/10, Cristian Borja Suárez Suárez contra Grupo MGO, S.A. y otros...............................................................2869 Juicio 267/11, Héctor Francisco Soto Méndez contra Copymagen, S.L. y otro..................................................................2870 Juicio 576/12, Omaira María Martel Escoz contra 750 Milésimas, S.L. y otros.................................................................2871 Juicio 763/11, Manuel López Valle contra Universidad de Las Palmas de Gran Canaria F.C. y otros ...............................2872 Juicio 211/11, Nayra Suárez Alemán y Soraya Alemán Caballero contra Imprenta Papelería San Rafael, S.L. y otro .....2873 Juicio 38/11, Tanausú Emilio González Nolasco contra Anjoivan Construcciones, S.L. y otro.........................................2874 Juicio 713/12, Amasaoud Mourd, Manuel Madroño Sevillano y otro ................................................................................2875 Juicio 68/11, Juan Medina Rojas y otro contra Construc - Montajes Alum. Can, S.L........................................................2876 Juicio 752/11, Moisés Javier Trujillo Suárez contra Universidad de Las Palmas de Gran Canaria Club de Fútbol y otros.....2877 Juicio 277/11, Juan Jesús Santana Díaz contra Infoelga Montajes Eléctricos, S.L.N.E. y otro ..........................................2878 Juicio 920/10, Pedro Lorenzo Velasco contra Tejeda Soluciones, S.L. y otro ....................................................................2879 Juicio 339/11, Pedro Juan Cano Robaina contra Jerez Peña, S.L. y otra ............................................................................2880 Juicio 726/12, José Ramón Prado Hernández contra Manuel Madroño Sevillano y otro ...................................................2881 Juicio 1.075/11, Brígida Florido Santana contra Canalizaciones y Construcciones del Atlántico, S.L. y otro...................2882 Juicio 882/11, Francisco de Paula Cruz Freire contra Cardom, S.L. y otro ........................................................................2883 Juicio 261/11, Armando Carlos Cedrés Guerra contra Decoraciones La Laja, S.L.U. y otro .............................................2884 Juicio 824/11, Francisco Sanz Martín contra Fachadas Castoron, S.L.U. y otro ................................................................2885 Juicio 871/11, Francisco Jonás Santana Bolaños contra Fachadas Castoron, S.L.U. y otro ...............................................2949 Juicio 1.174/11, Mónica Isabel Padrón Déniz contra Icono de Moda, S.L. y otro..............................................................2950 Juicio 606/12, Esther Vanessa Perdomo Casimiro contra Argelio Medina Santana y otros ...............................................2951 Juicio 532/12, Daniel Israel León Lacave contra Mabaco 010405, S.L. y otro ..................................................................2952 Juicio 150/12, Diana del Pino Rodríguez Benítez contra Sopladera Encarnada, S.L. y otro ..............................................2953 Juicio 1.171/11, Felisa Medina Mayor contra Administración de Fincas Yuna, S.L. (Taberna La Flamenca) y otro.........2954 Juicio 475/12, María Magdalena Castro González contra Cocere Canarias, S.L.U. y otro ................................................2955 Juicio 1.089/11, Laura Inmaculada Valerón Galván contra Soluciones Profesionales Externas, S.L. y otro......................2956 Juicio 9/13, Josué Lorenzo Rodríguez y otros contra Empresa de Montajes y Obras Industriales Canarias, S.L. y otro...2957 Juicio 294/12, María Pilar Pérez Alonso contra Pilper Management Comunicaciones, S.L.U. y otro ...............................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 52887 Juicio 795/12, Juan González Díaz contra Antonio Medina Hernández y otros .................................................................2894 Juicio 426/12, Renato Óliver Pérez Rodríguez contra Coelica Construcciones, S.L. y otros .............................................2902 Juicio 925/12, Keyla Melián García contra Roberto Gastón Cáceres y otro.......................................................................2914 Juicio 113/13, Pedro Talavera Reyes contra Las Palmeras Golf, S.L. y otros.....................................................................2916 Juicio 133/13, Efraín Armando Conde Alvarado contra Sánchez Méndez Francisco, S.L.N.E. Unipersonal y otro .........2888 Juicio 631/12, Sixto Medina Hernández y otro contra Imprenta San Nicolás, S.A. y otros ...............................................2901 Juicio 288/12, Domingo Tarajano Mesa contra Milagros Díaz Santana .............................................................................2903 Juicio 233/12, Jessica Fabelo Farray contra Marcos Vélez Martel .....................................................................................2904 Juicio 312/12, Iraya Pulido Tremearne contra Macabo 010405, S.L. Restaurante Liria y otro ..........................................2905 Juicio 855/11, Linley Díaz Matos contra Monaris Alimentación, S.L. y otro.....................................................................2906 Juicio 380/11, Andrés Palencia Sosa contra Gloria Esther Rosario Rosario.......................................................................2907 Juicio 992/10, María Ángeles Afonso Acosta contra Instituto Nacional de la Seguridad Social .......................................2908 Juicio 444/10, Víctor Manuel Cañada Ojeda contra Decoración Marcial, S.L. ..................................................................2909 Juicio 314/12, Inmaculada Concepción Medina Ramírez contra Astros L.B. Recreativos, S.L. y otro..............................2910 Juicio 787/12, Roberto Matías Pulido contra Construcciones Reforcan Canarias, S.L.U. y otro .......................................2915 Juicio 883/11, Mohamed Fall Ould Baba contra INEM......................................................................................................2924 Juicio 277/12, Sonia Alia Eid Suárez contra Avícola Los Almendros, S.L. y otro .............................................................2925 Juicio 882/11, Juliet Esmeralda Velasco Romero contra Haltz Beauty, S.L. y otro ............................................................2926 Juicio 870/11, Cristina Montesdeoca Machín contra Terrazas de Vegueta, S.L. y otro ......................................................

43234324432443254325432543264327432843294330433143314332433343344335433543364337433743384339433943404341434243434344434443454345434643464347

4349434943504350435043514352435243524352435343534353435443544354435543554355

Page 5: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4189

2927 Juicio 47/13, Francisco García Melián y otros contra Fabricantes Aluminios Canarios, S.L. y otro..................................2928 Juicio 895/11, Carolina Jorge Goñi contra Asociación Jesús María del Bienestar y de la Salud de la Tercera Edad

y otro....................................................................................................................................................................................2929 Juicio 848/11, Juan José Falcón Olivares contra B Navarro Construcciones, S.L. y otro...................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 62886 Juicio 77/2007, Manuel Carlos Martel Revuelta contra Miguel Corpas Martínez ..............................................................2939 Juicio 29/13, Francisco Santana de la Cruz contra Construcciones Patrimonial Gran Canaria, S.L.U. y otro ...................2940 Juicio 28/13, Luis Diego Aragón Pascuas contra Pavimento Compavi, S.L. y otro ...........................................................2941 Juicio 47/13, Julián Pérez Rivero contra Mesón La Cuadra, S.L. y otro.............................................................................2966 Juicio 827/12, Daniel Díaz Kirjonen contra Esabe Vigilancia, S.A. y otro.........................................................................3129 Juicio 885/12, Mónica del Carmen Matías Suárez contra Esabe Vigilancia, S.A. y otros ..................................................3125 Juicio 885/12, Mónica del Carmen Matías Suárez contra Esabe Vigilancia, S.A. y otros ..................................................3009 Juicio 508/11, Daniel Díaz Kirjonen contra Esabe Vigilancia, S.A. y otro .........................................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 72897 Juicio 215/12, Jesús Aridane Martín Segura contra Peng Xu y otro ...................................................................................2896 Juicio 310/12, María Cecilia Pizarro contra Andrea Pariboni, S.L. y otros ........................................................................2917 Juicio 243/12, María del Carmen Trujillo Ramírez contra Jardines Canarios e Innovaciones Florales, S.L.U. y otro.......2918 Juicio 310/12, María Cecilia Pizarro contra Andrea Pariboni, S.L. y otros ........................................................................2919 Juicio 137/12, Juan Carlos García Souza Pampín contra Casa Miranda, S.L. y otros ........................................................2920 Juicio 262/12, Domingo Alemán Guerra contra Revestimientos Limia, S.L. y otros .........................................................2921 Juicio 276/12, Mohamed Kouhous contra Disfruta del Ocio, S.L. y otro ...........................................................................2938 Juicio 129/12, María Teresa Rodríguez Pérez contra Cresar, S.L. y otro ............................................................................2947 Juicio 170/12, Inmaculada C. Marrero Santana contra Abelardo Curbelo Perera y otro ....................................................2866 Juicio 912/12, María Narcisa González Medina contra Hergora Catering, S.L. y otros .....................................................2867 Juicio 914/12, Inmaculada Cárdenes Naranjo contra Hergora Catering, S.L. y otros .........................................................2889 Juicio 913/12, Lidia Inmaculada Alonso Álvarez contra Hergora Catering, S.L. y otros ...................................................3015 Juicio 936/12, Elena Ramírez Marrero contra Free Tendency, S.L. y otros ........................................................................3016 Juicio 696/11, María del Pino Cazorla Santana contra Palmbrok, S.L. y otros ...................................................................3017 Juicio 937/12, Antonio Luis Alvarado Montesdeoca contra Iberia L.A.E., S.A. y otros ....................................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 92948 Juicio 144/11, Tomás Orlando Padrón Vega y otro contra Limpydes & Distribuciones Canarias, S.L. .............................2961 Juicio 312/11, Javier Suárez Pérez contra Are Transportes Canarias, S.L.U. y otro ...........................................................2989 Juicio 291/11, David Nicomedes Vega Suárez y otra contra Arconsyc, S.L. y otros ..........................................................2990 Juicio 255/11, Fabián García Barbero contra Construcciones Patrimonial Gran Canaria, S.L. y otro................................2991 Juicio 418/10, Francisco Ramírez Cabrera contra The Irish Tavern (Disfruta del Ocio, S.L.) ...........................................2992 Juicio 239/11, Clara Mora Blazquez contra Helena Siugzdiene, S.L. .................................................................................2960 Juicio 810/12, Carmelo Aaron Jiménez Santana contra Coelica Construcciones, S.L. y otros...........................................3051 Juicio 927/12, Rita María Sánchez Sánchez contra Grupo Diniz España, S.L. y otro ........................................................3050 Juicio 70/12, Claudio Guerra Díaz contra Islacons 7 Construcciones y Reformas, S.L. y otro ..........................................

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 102912 Juicio 11/13, Laura Pérez Ramón contra Chief Centress, S.L. y otro .................................................................................2913 Juicio 85/12, Pedro Antonio Santana Bonilla y otros contra Pavimento Compavi, S.L. y otro ..........................................2899 Juicio 86/12, Ramón López Mateo contra Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y otro.........................................2900 Juicio 20/13, Francisco Javier Torres Francisco contra Enribata, S.R.L.U. y otro..............................................................2930 Juicio 15/13, Roberto Cortés Sánchez contra Enribata, S.R.L.U. y otro .............................................................................2931 Juicio 14/13, Mauricio David García Vanegas contra Enribata, S.R.L.U. y otro ................................................................2932 Juicio 467/12, Zaida María Luján Santana contra Guayedra Bus, S.L. y otro ....................................................................2933 Juicio 570/12, Gustavo Vega Tadeo contra Acymaq, S.L. y otro ........................................................................................2934 Juicio 895/12, Cesar Luis Ramírez Vega contra Iban Quintana Nieves y otros ..................................................................2935 Juicio 93/12, Walter Sebastián Ortega Almeida contra Anacleto María Cheloni Devotto y otro .......................................2936 Juicio 41/13, José Luis López Zabala contra Oca Las Palmas, S.L. y otro .........................................................................2937 Juicio 971/12, Juan Lorenzo Martín Sosa contra Projosan 2006, S.L. y otro......................................................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 2 DE SANTAMARÍADE GUÍA3073 Expediente de dominio 256/12, de Ana Rosa González Díaz (Santa María de Guía).........................................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 3 DE ARRECIFE2986 Juicio 1.061/11, Francisco Pérez Martín contra Emilia Ferreras Ferreras...........................................................................

4355

43564356

43564357435743584358435943594359

436043604361436143614362436243624363436343634364436543654365

436643674367436843694369437043714371

437243724373437343734373437443744375437543754376

4376

4377

Page 6: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

III. ADMINISTRACIÓN LOCALEXCMO. CABILDO INSULAR

DE FUERTEVENTURA

ANUNCIO2.888

Publicado provisionalmente mediante inserción enel B.O.P. número 14, de fecha 30 de enero de 2013,el acuerdo plenario de fecha 25 de enero de 2013, relativoa modificaciones en la Ordenanza Específica queregula el Régimen General de Ayudas y Subvencionesen materia de Educación, Cultura y Juventud ytranscurrido el plazo de exposición pública sin quese haya presentado alegación o reclamación alguna,en cumplimiento con lo establecido en los artículos49 y 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local, se publica laaprobación definitiva del citado acuerdo, así como eltexto de las modificaciones realizadas, haciendoconstar que el texto integro de las Ordenanza Específicaque regula el Régimen General de Ayudas ySubvenciones en materia de Educación, Cultura yJuventud fueron publicadas en el B.O.P. número 67de fecha 21 de mayo de 2007.

Modificaciones aprobadas.

1.1. ARTÍCULO 2º. Se deberá añadir al primerpárrafo lo siguiente:

En cualquier caso, se estará a lo dispuesto en el artículo30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de

Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

1.2. ARTÍCULO 5º. Requisitos Específicos de cadalínea de ayudas. En la línea 2: Subvenciones deCarácter Cultural, apartado b) del Punto 5.2.

Se añade el siguiente punto:

4. Edición de productos audiovisuales tales comodocumentales y grabaciones musicales incluidos enproyectos culturales de las asociaciones y entidadescon personalidad jurídica sin ánimo de lucro quetengan previsto en sus Estatutos el desarrollo deActividades Culturales, en cualquiera de sus modalidades,grupos de música, folclóricos, de teatro, de danza, ocualquier otra de las disciplinas artísticas.

1.3. ARTÍCULO 12. Plazo de Ejecución de lasActividades Subvencionadas. Se sustituye el texto integrodel artículo 12 por el siguiente:

Las actividades subvencionadas deberán realizarseen el plazo previsto en la memoria presentada, dichoplazo deberá estar incluido, obligatoriamente, en elperiodo comprendido entre el día 1 de octubre del ejercicioanterior a la convocatoria y el 30 de septiembre delejercicio correspondiente a la convocatoria. No se podrásolicitar la ampliación de plazo para la realización dela actividad objeto de subvención.

1.4. ARTÍCULO 13. Justificación y Abono de laSubvención. En el punto 2 párrafo primero:

Donde dice: « El plazo máximo de justificación dela subvención será hasta el 31 de enero del ejercicio

4190 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 3 DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA3013 Juicio 708/11, Banco Santander, S.A. contra Manuel Hernández Artiles y otra .................................................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 4 DE PUERTO DEL ROSARIO2967 Expediente de dominio 1.106/11, de Lorenzo González Reyes (Puerto del Rosario).........................................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 6 DE PUERTO DEL ROSARIO10824/12 Expediente de dominio 436/12, de Yeray Santos Matos (Tuineje) .....................................................................................

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 143130 Juicio 901/09, Artes Gráficas del Atlántico, S.A. contra El Lunes Siglo XXI....................................................................

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE ARRECIFE3052 Juicio 349/13, María del Pilar Izquierdo González contra Aaron Westmoreland y otro.....................................................

V. ANUNCIOS PARTICULARESNOTARÍADE DON LESMES GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ-MOLDES (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

3128 Venta extrajudicial de finca hipotecada en la calle Schubert, lugar Casablanca, punto El Lasso, Las Palmas de Gran Canaria...SOCIEDADMUNICIPALDEGESTIÓNURBANÍSTICADELAS PALMASDEGRANCANARIA, S.A. (GEURSA)

3078 Concurso para proyecto de desmantelamiento de la planta desaladora LAS PALMAS II..................................................

4378

4379

4381

4381

4382

4383

4384

Page 7: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

siguiente al de cada convocatoria. En caso de que hayasido concedida prórroga, el plazo para presentar lajustificación será de un mes, a partir de la finalizacióndel plazo otorgado para realizar la actividad ».

Debe decir: El plazo máximo de justificación de lasubvención será hasta el 31 de octubre de cadaconvocatoria.

En Puerto del Rosario, a siete de marzo de dos miltrece.

EL CONSEJERO DELEGADO DE CULTURA YPATRIMONIO HISTÓRICO, Juan Jiménez González

3.131

ANUNCIO2.889

En relación con los procedimientos 75/2013 y441/2013 del Juzgado de lo Contencioso - AdministrativoNúmero 2 de Las Palmas de Gran Canaria, promovidopor la Consejería de Presidencia y Justicia, contra losDecretos números 1960/2012 y 1961/2012, de 6 dejulio de 2011, dictados por el Consejero Delegado delCabildo Insular de Fuerteventura sobre indemnizaciónpor jubilación del personal funcionario, se emplazaa todos los posibles interesados en el expedienteadministrativo correspondiente para que puedanpersonarse ante aquel Juzgado en el proceso anteriormentecitado, debidamente asistidos y representados, en elplazo de NUEVE DÍAS HÁBILES a contar desde lainserción de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia de Las Palmas, todo ello de conformidadcon el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en relación con el artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

En Puerto del Rosario, a ocho de marzo de dos miltrece.

EL CONSEJERO DELEGADO DE RECURSOSHUMANOS, Juan Jiménez González.

3.135

ANUNCIO2.900

Mediante el presente se anuncia que por Resolucióndel Consejero Delegado de Recursos Humanos de fecha7 de marzo de 2013 ha sido aprobada la Lista Definitivade Admitidos y Excluidos de 3 plazas de Técnico deRecursos Humanos, 3 plazas de Técnico de Culturay 2 plazas de Técnico en informática, todas ellasdentro del grupo de clasificación A2, Correspondientea la Convocatoria publicada en el Boletín Oficial delEstado de fecha 5 de noviembre de 2012, en ejecucióndel “Acuerdo de la Mesa General de Negociación sobreestabilización y consolidación del empleo temporalestructural” aprobado en sesión plenaria el 15 dediciembre de 2006 y por el “Acuerdo de la MesaGeneral de Negociación sobre las plazas pendientesde regularización” de fecha 19 de marzo de 2007.

Las Listas completas definitivas de Admitidos yExcluidos, la Designación del Tribunal Calificadory la fecha, hora y lugar de la realización de la primeraprueba se publicarán en la página webwww.cabildofuer.es, en el Tablón de Anuncios y enlas Oficinas de Atención al Ciudadano del Excmo.Cabildo Insular de Fuerteventura.

En Puerto del Rosario, a ocho de marzo de dos miltrece.

EL CONSEJERO DELEGADO DE RECURSOSHUMANOS, Juan Jiménez González.

3.136

ANUNCIO2.901

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 dela Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoComún, se notifica por medio de este anuncio que porla Consejera de Obras Públicas y Carreteras de esteCabildo Insular, se ha dictado la siguiente resolución,ya que, intentada la notificación en el último domicilioconocido del interesado, ésta no ha podido practicarse

Por el presente pongo en su conocimiento que porla Consejera Delegada de esta Corporación, doñaEdilia Pérez Guerra, ha sido adoptada en fecha 28 deenero de 2013, la Resolución del tenor literal siguiente:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4191

Page 8: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

DECRETO DE LA CONSEJERA-DELEGADA

RESPONSABLE

Nombre del conductor del vehículo: Cristian DanielSantana Arrocha

Domicilio: Datos Protegidos

Vehículo matrícula: 4250-FHX

UBICACIÓN DEL HECHO DENUNCIADO

Carretera: FV-2

P. k.: 46,745

Margen: derecho

Según parte del Equipo de Conservación y Explotación,se han causado daños en la ubicación arriba indicadaen fecha 15 de febrero de 2012 debido a accidentede circulación del vehículo.

RESULTANDO: Que por considerarse urgente lareparación de los daños de referencia, se procedió ala subsanación inmediata de los mismos, formulandoseguidamente propuesta de liquidación detallada delgasto.

RESULTANDO: Que en aplicación del artículo 84de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. número285 de 27 de noviembre) se concedió al presuntoresponsable un plazo de DIEZ DÍAS para formularalegaciones respecto del daño causado y de laliquidación practicada.

RESULTANDO: Que no se hicieron alegaciones enel plazo que le fue concedido.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lodispuesto en el artículo 40.5 de la Ley 9/91, de 8 demayo, de Carreteras de Canarias y 78.5 de su Reglamento131/95, de 18 de mayo, en el caso de que fuera urgentela reparación del daño, el servicio competente la haráde forma inmediata, pasando seguidamente liquidacióndetallada del gasto al causante.

CONSIDERANDO: Que la liquidación del gastoocasionado para la reparación del daño asciende a 447,12euros y se ajusta a la cuantía del coste correspondiente,

en los términos detallados en la nota de gastos yanotificada.

CONSIDERANDO: Que la compañía aseguradorano ha presentado escrito ante este Cabildo Insular,subrogándose en la obligación de pago.

Vista la propuesta de resolución del Jefe de Unidadde Carreteras, don Tomás Quesada de Saá, de fecha9 de enero de 2013, fiscalizada y conforme el 15 deenero del presente.

Considerando el artículo 4.1.f) de la Ley de Basesde Régimen Local, el artículo 42 de la Ley 9/1991de 8 de mayo de Carreteras de Canarias y preceptosconcordantes de su Reglamento, en relación con elDecreto de Delegación de Competencias número1.862/2011, de 20 de junio, la competencia correspondea la Consejera Delegada de Obras Públicas y Carreteras.

HE RESUELTO

PRIMERO. Aprobar la liquidación anteriormentenotificada por importe de 447,12 euros e imponer aCristian Daniel Santana Arrocha, con D.N.I. númeroXXXXXXXX, la obligación de hacer efectivo suimporte.

SEGUNDO. Notifíquese al interesado con indicaciónde los recursos procedentes.

Lo que se comunica a Vd. a los efectos procedentes,debiendo ingresar el importe de la valoración de losdaños ocasionados, mediante transferencia bancariao ingreso en la c/c número 2052 8032 88 3500001200de La Caja de Canarias, debiendo comunicar estehecho a la Sección de Carreteras de este CabildoInsular

El pago del citado importe deberá efectuarse en lossiguientes plazos, según el artículo 20.0 del ReglamentoGeneral de Recaudación:

a. Las notificadas entre los días 1 y 15 de cadames, desde la fecha de notificación hasta el día 5 delmes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b. Las notificadas entre los días 16 y último decada mes, desde la fecha de notificación hasta el día20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Transcurrido dicho plazo, sin haber realizado elpago, se procederá por vía de apremio con el recargo

4192 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 9: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

del 20 por 100, como establece el Reglamento Generalde Recaudación en sus artículos 93 a 103.

Contra el acuerdo que se notifica podrá interponerRecurso de Reposición ante el órgano administrativoque lo dictó en el plazo de UN MES a contar desdeel día siguiente al del recibo de esta notificación, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales. No obstante,podrá interponerse cualquier otro recurso que seestime pertinente en Derecho

En Puerto del Rosario, a veintiséis de febrero de dosmil trece.

LA CONSEJERA DELEGADA DE OBRASPÚBLICAS Y CARRETERAS, Edilia Pérez Guerra.

3.132

ANUNCIO2.902

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 dela Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoComún, se notifica por medio de este anuncio que porla Consejera de Obras Públicas y Carreteras de esteCabildo Insular, se ha dictado la siguiente resolución,ya que, intentada la notificación en el último domicilioconocido del interesado, ésta no ha podido practicarse

Por el presente pongo en su conocimiento que porla Consejera Delegada de esta Corporación, doñaEdilia Pérez Guerra, ha sido adoptada en fecha 31 deenero de 2013, la Resolución del tenor literal siguiente:

DECRETO DE LA CONSEJERA-DELEGADA

RESPONSABLE

Nombre del conductor del vehículo: Iván FuentesGarcía.

Domicilio: Datos Protegidos

Vehículo matrícula: 6858-BKS

UBICACIÓN DEL HECHO DENUNCIADOCarretera: FV-20

P.k.: 15,220

Margen: ISLETA TRIANGULAR

Según parte del Equipo de Conservación y Explotación,se han causado daños en la ubicación arriba indicadaen fecha 17 de junio de 2012 debido a accidente decirculación del vehículo.

RESULTANDO: Que por considerarse urgente lareparación de los daños de referencia, se procedió ala subsanación inmediata de los mismos, formulandoseguidamente propuesta de liquidación detallada delgasto.

RESULTANDO: Que en aplicación del artículo 84de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. número285 de 27 de noviembre) se concedió al presuntoresponsable un plazo de diez días para formularalegaciones respecto del daño causado y de laliquidación practicada.

RESULTANDO: Que no se hicieron alegaciones enel plazo que le fue concedido.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lodispuesto en el artículo 40.5 de la Ley 9/91, de 8 demayo, de Carreteras de Canarias y 78.5 de su Reglamento131/95 de 18 de mayo, en el caso de que fuera urgentela reparación del daño, el servicio competente la haráde forma inmediata, pasando seguidamente liquidacióndetallada del gasto al causante.

CONSIDERANDO: Que la liquidación del gastoocasionado para la reparación del daño asciende a 185,29euros y se ajusta a la cuantía del coste correspondiente,en los términos detallados en la nota de gastos yanotificada.

CONSIDERANDO: Que la compañía aseguradorano ha presentado escrito ante este Cabildo Insular,subrogándose en la obligación de pago.

Vista la propuesta de resolución del Jefe de Unidadde Carreteras, don Tomás Quesada de Saá, de fecha24 de enero de 2013, fiscalizada y conforme en fecha28 de enero del mismo.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4193

Page 10: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Considerando el artículo 4.1,f) de la Ley de Basesde Régimen Local, el artículo 42 de la Ley 9/1991de 8 de mayo de Carreteras de Canarias y preceptosconcordantes de su Reglamento, en relación con elDecreto de Delegación de Competencias número1.862/2011, de 20 de junio,

HE RESUELTO

PRIMERO, Aprobar la liquidación anteriormentenotificada por importe de 185,29 euros e imponer aIván Fuentes García, con D.N.I. número XXXXXXXX,la obligación de hacer efectivo su importe.

SEGUNDO Notifíquese al interesado con indicaciónde los recursos procedentes.

Lo que se comunica a Vd. a los efectos procedentes,debiendo ingresar el importe de la valoración de losdaños ocasionados, mediante transferencia bancariao ingreso en la c/c número 2052 8032 88 3500001200de La Caja de Canarias, debiendo comunicar estehecho a la Sección de Carreteras de este CabildoInsular.

El pago del citado importe deberá efectuarse en lossiguientes plazos, según el artículo 20.0 del ReglamentoGeneral de Recaudación:

a. Las notificadas entre los días 1 y 15 de cadames, desde la fecha de notificación hasta el día 5 delmes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b. Las notificadas entre los días l6 y último de cadames, desde la fecha de notificación hasta el día 20 delmes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Transcurrido dicho plazo, sin haber realizado elpago, se procederá por vía de apremio con el recargodel 20 por 100, como establece el Reglamento Generalde Recaudación en sus artículos 93 a 103.

Contra el acuerdo que se notifica podrá interponerRecurso de Reposición ante el órgano administrativoque lo dictó en el plazo de UN MES a contar desdeel día siguiente al del recibo de esta notificación, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales. No obstante,podrá interponerse cualquier otro recurso que seestime pertinente en Derecho.

En Puerto del Rosario, a uno de marzo de dos miltrece.

LA CONSEJERA DELEGADA DE OBRASPÚBLICAS Y CARRETERAS, Edilia Pérez Guerra.

3.133

ANUNCIO2.903

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 dela Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoComún, se notifica por medio de este anuncio que porla Consejera de Obras Públicas y Carreteras de esteCabildo Insular, se ha dictado la siguiente resolución,ya que, intentada la notificación en el último domicilioconocido del interesado, ésta no ha podido practicarse.

Por el presente pongo en su conocimiento que porla Consejera Delegada de esta Corporación, doñaEdilia Pérez Guerra, ha sido adoptada en fecha 20 defebrero de 2013, la Resolución del tenor literalsiguiente:

DECRETO DE LA CONSEJERA-DELEGADA

RESPONSABLE

Nombre del conductor del vehículo: David de la CuadraMartín.

Domicilio: Pérez Galdós, 100 Bajo izquierda 35.628Pájara.

Vehículo matrícula: 0885.GDN

UBICACIÓN DEL HECHO DENUNCIADO

Carretera: FV-2

P.k.: 56,975

Margen: derecho

Según parte del Equipo de Conservación y Explotación,se han causado daños en la ubicación arriba indicadaen fecha 03 de abril de 2012 debido a accidente decirculación del vehículo.

4194 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 11: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

RESULTANDO: Que por considerarse urgente lareparación de los daños de referencia, se procedió ala subsanación inmediata de los mismos, formulandoseguidamente propuesta de liquidación detallada delgasto.

RESULTANDO: Que en aplicación del artículo 84de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. número285 de 27 de noviembre) se concedió al presuntoresponsable un plazo de DIEZ DÍAS para formularalegaciones respecto del daño causado y de laliquidación practicada.

RESULTANDO: Que no se hicieron alegaciones enel plazo que le fue concedido.

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lodispuesto en el artículo 40.5 de la Ley 9/91, de 8 demayo, de Carreteras de Canarias y 78.5 de su Reglamento131/95 de 18 de mayo, en el caso de que fuera urgentela reparación del daño, el servicio competente la haráde forma inmediata, pasando seguidamente liquidacióndetallada del gasto al causante.

CONSIDERANDO: Que la liquidación del gastoocasionado para la reparación del daño asciende a 141,45euros y se ajusta a la cuantía del coste correspondiente,en los términos detallados en la nota de gastos yanotificada.

CONSIDERANDO: Que la compañía aseguradorano ha presentado escrito ante este Cabildo Insular,subrogándose en la obligación de pago.

Vista la propuesta de resolución del Jefe de Unidadde Carreteras, don Tomás Quesada de Saá, de fecha29 de enero de 2013, fiscalizada y conforme en fecha15 de febrero del presente.

Considerando el artículo 4.1.f) de la Ley de Basesde Régimen Local, el artículo 42 de la Ley 9/1991de 8 de mayo de Carreteras de Canarias y preceptosconcordantes de su Reglamento, en relación con elDecreto de Delegación Competencias número1.862/2011, de 20 de junio, por el presente,

HE RESUELTO

PRIMERO. Aprobar la liquidación anteriormentenotificada por importe de 141,45 euros e imponer a

David de la Cuadra Martín, con permiso de conducirnúmero XXXXXXXX la obligación de hacer efectivosu importe.

SEGUNDO. Notifíquese al interesado con indicaciónde los recursos procedentes.

Lo que se comunica a Vd. a los efectos procedentes,debiendo ingresar el importe de la valoración de losdaños ocasionados, mediante transferencia bancariao ingreso en la c/c número 2052 8032 88 3500001200de La Caja de Canarias, debiendo comunicar estehecho a la Sección de Carreteras de este CabildoInsular.

El pago del citado importe deberá efectuarse en lossiguientes plazos, según el artículo 20.0 del ReglamentoGeneral de Recaudación:

a. Las notificadas entre los días 1 y 15 de cadames, desde la fecha de notificación hasta el día 5 delmes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b. Las notificadas entre los días 16 y último decada mes, desde la fecha de notificación hasta el día20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Transcurrido dicho plazo, sin haber realizado elpago, se procederá por vía de apremio con el recargodel 20 por 100, como establece el Reglamento Generalde Recaudación en sus artículos 93 a 103.

Contra el acuerdo que se notifica podrá interponerRecurso de Reposición ante el órgano administrativoque lo dictó en el plazo de UN MES a contar desdeel día siguiente al del recibo de esta notificación, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales. No obstante,podrá interponerse cualquier otro recurso que seestime pertinente en Derecho.

En Puerto del Rosario, a cinco de marzo de dos miltrece.

LA CONSEJERA DELEGADA DE OBRASPÚBLICAS Y CARRETERAS, Edilia Pérez Guerra.

3.134

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4195

Page 12: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

CONSORCIO DE ABASTECIMIENTODE AGUAS A FUERTEVENTURA

ADJUDICACIÓN DE CONTRATOADMINISTRATIVO

2.9904El Presidente del Consorcio de Abastecimiento de

Aguas a Fuerteventura,

HACE SABER:

Que a los efectos de lo previsto en el Real DecretoLegislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el quese aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratosdel Sector Público, se publica la adjudicación realizadapor esta Presidencia, mediante Decreto número 127/12de fecha 26 de diciembre de 2012 del contrato deSUMINISTRO DE MEMBRANAS DE OSMOSISINVERSAPARAUN MÓDULO DE DESALACIÓNDE LA PLANTA DESALADORA FUERTE-VENTURA IV, EN PUERTO DEL ROSARIO Y DEUN MÓDULO DE DESALACIÓN DE LAPLANTADESALADORA DE CORRALEJO, DIVIDIDO ENDOS LOTES”, por el procedimiento abierto, tramitaciónordinaria. El Lote número 1, se adjudicó a la empresaDEGREMONT, S.A, por un importe de (179.410,00euros) y el Lote número 2, se adjudicó a la empresaDEGREMONT, S.A, por un importe de (20.000,00euros).

En Puerto del Rosario, a veintisiete de febrero dedos mil trece.

EL PRESIDENTE, Mario Cabrera González.

3.087

EXCMO. CABILDO INSULARDE GRAN CANARIA

Consejería de Gobierno de Presidencia,Recursos Humanosy Nuevas Tecnologías

Servicio de Gestiónde Recursos Humanos

ANUNCIO2.905

Por el presente se hace saber que en Sesión Ordinaria

celebrada por el Pleno de este Cabildo, el día 28 defebrero de 2013 -dentro del Presupuesto vigente-fueron aprobados inicialmente los expedientes sobremodificación de las Plantillas de Personal de laCorporación, que en el siguiente resumen se detallan;los cuales se encuentran expuestos al público para que,en el plazo de QUINCE DÍAS establecido en elartículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,puedan examinarse y presentarse las reclamacionesque se estimen oportunas, considerándose definitivamenteaprobados si transcurrido dicho período no se presentancontra los mismos observación ni reclamación alguna.

A) AMORTIZACIÓN:

Servicio de Juventud e Igualdada.1. Plaza vacante de la plantilla de personal

funcionario, denominada Técnico Medio deAdministración Especial número 636-F, Grupo A,Subgrupo A2, Escala de Administración Especial.

a.2. Plaza vacante de la plantilla de personalfuncionario, denominada Administrativo número836-F de la Escala de Administración General SubescalaAdministrativa, Grupo C, Subgrupo Cl.

B) CREACIÓN:

Servicio de Juventud e Igualdad

b.1. Una plaza de Educador/a, de la plantilla de personallaboral, Grupo II, con Titulación de Diplomado/a enMagisterio o en Educación Social, con número 1206-L.

C) TRANSFORMACIÓN:

Servicio de Política Social / Centros Atención aMenores:

c1. Transformar, en ejecución de la Sentencia dictadapor la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, de 16 de marzo de 2012; la plaza de laplantilla de personal funcionario, n° 371-F de Operario/aLimpieza, Grupo OAP, ocupada por la funcionaria doñaConcepción Rodríguez Amador, en plaza de Cocinerade Admón. Especial, Grupo C, Subgrupo C2.

Servicio de Museos:

c.2. Transformar la plaza vacante de la plantilla de

4196 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 13: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

personal funcionario, número 164-F de Conservador/ade Admón. Especial, Grupo A, Subgrupo Al, en plazade Técnico Superior de Administración Especial -Licenciado/a en: Historia, Historia del Arte, Filología,Filosofía y Letras, o Humanidades- Grupo A, SubgrupoAl.

Las Palmas de Gran Canaria, a uno de marzo de dosmil trece.

LA CONSEJERA DE GOBIERNO DEPRESIDENCIA, RECURSOS HUMANOS YNUEVAS TECNOLOGÍAS, (P.D.: Acuerdo delConsejo de Gobierno Insular de 30.06.11), MaríaAuxiliadora Pérez Díaz.

3.027

Consejería de Gobierno de Presidencia,Recursos Humanosy Nuevas Tecnologías

Servicio de Gestiónde Recursos Humanos

ANUNCIO2.906

Visto el acuerdo adoptado en el punto 1.2. de la SesiónExtraordinaria celebrada por el Consejo de GobiernoInsular de esta Corporación, el día 26 de diciembrede 2012, sobre delegación de firma en la aplicaciónSIHCAB a los titulares de las Consejerías, respectode los empleados públicos que tengan adscritosorgánicamente; se procede a publicar el acuerdo,cuyo tenor es el siguiente:

“Visto que el Consejo de Gobierno Insular en sesiónextraordinaria de fecha 30 de junio de 2011, acordó“Delegar en el titular de la Consejería de Área de RecursosHumanos, Organización, Patrimonio, Seguridad yEmergencias: a) La gestión del personal (artículo127.1.g) y la aprobación de las bases de las convocatoriasde selección y provisión de puestos de trabajo, eldespido del personal laboral, el régimen disciplinarioy las demás decisiones en materia de personal que noestén expresamente atribuidas a otros órganos (artículo127.1.h) ...

Visto que el Cabildo de Gran Canaria -de conformidadcon lo dispuesto en el Título III de la Ley 7/2007, de

12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público-se encuentra en proceso de implantación progresivade un sistema de control horario (SIHCAB), basadoen la lectura biométrica de la huella dactilar, queincluye la gestión telemática de las vacaciones,permisos y licencias reconocidos legalmente a losempleados públicos.

Visto que en la gestión de las vacaciones, permisosy licencias del personal del Cabildo de Gran Canariaresulta necesario arbitrar fórmulas de tramitaciónque incidan en la eficacia en la prestación de losservicios y en la eficiencia en la utilización de los recursos,favoreciendo a los titulares de las distintas Consejeríasla coordinación de los empleados que tengan adscritos,de forma que se consigan las metas establecidas y seasegure el correcto funcionamiento del serviciopúblico que se presta.

Visto lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, así como lo señalado en elartículo 8 del Reglamento Orgánico de Gobierno yAdministración del Excmo. Cabildo Insular de GranCanaria que en su apartado 1 refiere que “la delegaciónde competencias podrá ser genérica o para cometidosespecíficos. El Decreto, Resolución o Acuerdo dedelegación especificará en cada caso el tipo dedelegación de que se trata así como el alcance oámbito funcional de la misma”.

Visto el informe técnico del Servicio de Gestión deRecursos Humanos de fecha 3 de diciembre de 2012,el Consejo de Gobierno Insular, acuerda por unanimidad,aprobar lo siguiente:

Primero. Avocar para el Consejo de GobiernoInsular, conforme al artículo 14 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, parte de la competencia delartículo 127.1.g) de la Ley 7/1985, delegada a la Sra.Consejera de Gobierno de Presidencia, RecursosHumanos y Nuevas Tecnologías por Acuerdo delConsejo de Gobierno Insular de 30-06-2011, únicamenterespecto a la firma en la aplicación SIHCAB de lasresoluciones de vacaciones, permisos y licenciasreconocidos a los empleados públicos.

Segundo - Delegar en los titulares de las distintasConsejerías de esta Corporación, conforme a los

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4197

Page 14: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

artículos 13 de la Ley 30/1992 y 127.2 de la Ley 7/1985,la función objeto de avocación señalada en el apartadoanterior, relativa a la firma en la aplicación SIHCABde las peticiones de vacaciones, permisos y licencias,únicamente respecto de los empleados públicos quetengan adscrito orgánicamente a la Consejería de laque sean titulares.

Tercero. La Sra. Consejera de Gobierno de Presidencia,Recursos Humanos y Nuevas Tecnologías mantendráintactas el resto de atribuciones conferidas pordelegación del Consejo de Gobierno Insular, todavez que dicho órgano avoca para sí, únicamente, elcometido específico de la firma en la aplicaciónSIHCAB de las vacaciones, permisos y licencias delpersonal, de conformidad con los dispuesto en elartículo 8.1 del Reglamento Orgánico de Gobiernoy Administración del Excmo. Cabildo Insular deGran Canaria.

Cuarto. De acuerdo con lo previsto respectivamenteen el artículo 13.3 y 64 de la expresada Ley 30/92,de 26 de noviembre y Real Decreto 256/1986, de 28de noviembre, respectivamente, el presente acuerdodeberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provinciade Las Palmas y en la sede electrónica del CabildoInsular de Gran Canaria; así como, dar cuenta alPleno Corporativo en la primera sesión que se celebre.”

Las Palmas de Gran Canaria, a uno de marzo de dosmil trece.

LA CONSEJERA DE GOBIERNO DEPRESIDENCIA, RECURSOS HUMANOS YNUEVAS TECNOLOGÍAS, (P.D.: Acuerdo delConsejo de Gobierno Insular de 30.06.11), MaríaAuxiliadora Pérez Díaz.

3.028

Consejería de Gobierno de Presidencia,Recursos Humanos y Nuevas Tecnologías

Órgano de Apoyo al Consejode Gobierno Insular

ANUNCIO2.907

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.2

del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administracióndel Cabildo Insular de Gran Canaria; se hace públicopara general conocimiento que con la fecha y tenorque se indica se han dictado por el Excmo. Sr.Presidente del Cabildo de Gran Canaria el siguienteDecreto:

Decreto número 15/13, de 05-03-13 de Nombramientode representantes del Cabildo en el Consejo.

PRIMERO.- Designar como vocal representante delCabildo de Gran Canaria en el Consejo de Salud delÁrea de Salud de Gran Canaria al Consejero deGobierno Sr. don Máximo Bautista García, completandoasí la designación de cinco vocales en representaciónde esta Administración Local, tal como dispone lalegislación anteriormente citada.

Las Palmas de Gran Canaria, a cinco de marzo dedos mil trece.

EL PRESIDENTE, P.D., LA CONSEJERA DE LAPRESIDENCIA, RECURSOS HUMANOS YNUEVAS TECNOLOGÍAS (Decreto número 51/11,de 05.07.11), María Auxiliadora Pérez Díaz.

3.101

Consejería de Medio Ambientey Emergencias

Servicio de Medio Ambiente

ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN PORCOMPARECENCIA

2.908Por el presente anuncio se cita a los interesados que

se relacionan, para ser notificados por comparecencia,de los actos administrativos derivados de un expedientesancionador en materia de medio ambiente, al nohaber sido posible practicar la notificación por causasno imputables a esta Administración y, habiéndoserealizado los intentos de notificación que son exigidospor la Ley 30/1992.

Los interesados o sus representantes deberáncomparecer en el plazo máximo de QUINCE DÍASNATURALES, contados desde el día siguiente al depublicación del presente, en horario de 09:00 a 13:00horas, de lunes a viernes, en este Servicio de Medio

4198 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 15: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Ambiente del Cabildo de Gran Canaria en la calle Profesor Agustín Millares Carló (Edificio Insular I) en lasPalmas de Gran Canaria.

Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todoslos efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Las actuaciones que se notifican son las siguientes:

Expediente Nombre y Apellidos NIE Asunto Fecha Denuncia

IM 238/2012 D. Bartolomé Elías Bolaños Bolaños 52.842.219-H Quema (Incoación) 29/09/2012

IM 274/2012 D. Víctor Trujillo Martel 42.870.969-G Acampada (Incoación) 09/12/2012

Las Palmas de Gran Canaria, a cuatro de marzo de dos mil trece.

EL TITULAR ACCIDENTAL DEL ÓRGANO DE APOYO AL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, P.D.(Decreto número 49/11, de 05/07/2011), EL JEFE DE SERVICIO, Santiago Caro Quintana.

3.060

CONSORCIO URBANÍSTICO PARALAREHABILITACIÓNDE LAS ZONAS TURÍSTICAS DE SAN AGUSTÍN, PLAYADEL INGLÉS

YMASPALOMAS

Consorcio MaspalomasGran Canaria

ANUNCIO DE LICITACIÓN2.909

De conformidad con la Resolución número 39 de esta Gerencia, de fecha 7 de marzo de 2013, por medio delpresente anuncio se efectúa convocatoria procedimiento abierto, atendiendo a la oferta económicamente másventajosa, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de la obra denominada“REHABILITACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA CICLISTA EXISTENTE EN LA ZONA TURÍSTICADE MASPALOMAS COSTA CANARIA”, conforme a los siguientes datos:

1. ENTIDAD ADJUDICADORA:

DATOS GENERALES Y DATOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA INFORMACIÓN:

a) Organismo: Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de las zonas turísticas de San Agustín, Playa delInglés y Maspalomas.

b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección del Área Jurídica

c) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Dirección del Área Jurídica.

2) Domicilio: Centro Comercial Sonnenland, local 211, Maspalomas.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4199

Page 16: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

3) Localidad y código postal: San Bartolomé deTirajana 35100.

4) Teléfono: 928.140.866, extensiones 20 y 24.

5) Telefax: 928.145.371.

6) Correo electrónico: [email protected]

7) Dirección de Internet del perfil del contratante:consorciomaspalomasgc.com

8) Fecha límite de obtención de documentación einformación: 2 de abril de 2013.

d) Número de expediente: 13/COABIERT/00/01.

2. OBJETO DEL CONTRATO:

a) Tipo: Obra.

b) Descripción: OBRA DE REURBANIZACIÓNY, EN SU CASO, MANTENIMIENTO.

c) División por lotes y número de lotes/número deunidades: No.

d) Lugar de ejecución:

1) Domicilio: Según proyecto, en zona Playa delInglés y San Agustín.

2) Localidad y código postal: San Bartolomé deTirajana 35100.

e) Plazo de ejecución: CUATRO (4) MESES.

f) Admisión de prórroga: No.

g) CPV 452331 40-2, Obras viales.

3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Criterios de adjudicación: precio, mejora consistenteen el mantenimiento de la obra, según la ponderacióny definición que figura en el Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares (PCAP en adelante) porel que se rige el procedimiento de referencia.

4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:

CUATROCIENTOS CUATRO MIL CIENTOVEINTISIETE EUROS CON DIECIOCHOCÉNTIMOS (404.127,18 EUROS).

5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:

a) Importe neto: TRESCIENTOS OCHENTA YCUATRO MILOCHOCIENTOS OCHENTAYTRESEUROS CON TRES CÉNTIMOS (384.883,03EUROS).

b) Importe total I.G.I.C. al 7%: VEINTISÉIS MILNOVECIENTOS CUARENTA Y UN EUROS CONOCHENTAY UN CÉNTIMOS (26.941,81 EUROS).

6. GARANTÍAS EXIGIDAS.

Provisional (importe): No.

Definitiva (%): Cinco por ciento (5%) del preciode adjudicación.

7. REQUISITOS ESPECÍFICOS DELCONTRATISTA:

a) Clasificación: Grupo G, subgrupo 6, categoríad.

b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnicay profesional: según PCAP.

8. PRESENTACIÓN DE OFERTAS O DESOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:

a) Fecha límite de presentación: 2 de abril de 2013.

b) Modalidad de presentación: en el registro deesta entidad, sito en el Centro Comercial Sonnenland,local 211, Maspalomas, San Bartolomé de Tirajana-35100; y en cualquiera de los modos admitidos en laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, comunicandosu presentación al Gerente, vía fax o correo electrónicodentro del plazo de presentación de las ofertas, sin

4200 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 17: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

perjuicio de lo previsto en el pliego de cláusulasadministrativas particulares

c) Admisión de mejoras: Sí, según lo dispuesto enel PCAP.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligadoa mantener su oferta: TRES MESES a contar desdeel día siguiente a la finalización del plazo para lapresentación de proposiciones.

9. APERTURA DE OFERTAS:

a) Descripción: En acto público el sobre 2.

b) Dirección: Oficinas del Consorcio.

c) Fecha y hora: el sobre 2 se abrirá el día 25 deabril de 2013, a las 11:00 horas.

10. GASTOS DE PUBLICIDAD:

Acargo de la adjudicataria, con un importe máximode 2.000 euros.

11. MESA DE CONTRATACIÓN:

Integrada por las personas expresadas en el PCAP.

En San Bartolomé de Tirajana, a siete de marzo dedos mil trece.

EL GERENTE, Juan César Muñoz Sosa.

3.141

EXCMO. CABILDO INSULARDE LANZAROTE

ANUNCIO DE FORMALIZACIÓNDE CONTRATO

2.9101. ENTIDAD ADJUDICADORA:

a) Organismo: Cabildo Insular de Lanzarote.

b) Dependencia que tramita el expediente: Contrataciónde Obras, Servicios y Suministros.

c) Número de expediente: 070/12.

d) Dirección de Internet del perfil del contratante:www.cabildodelanzarote.com

2. OBJETO DEL CONTRATO:

a) Tipo de Contrato: Servicios.

b) Descripción del objeto: “SERVICIO PARA LAINSERCIÓN LABORAL CONSISTENTE EN LAELIMINACIÓN DE MALEZAS Y LIMPIEZA ENLAS ZONAS DE DOMINIO PÚBLICO,SERVIDUMBRE Y AFECCIÓN DE LASCARRETERAS DEPENDIENTES DEL CABILDOINSULAR DE LANZAROTE”.

c) CPV (Referencia de Nomenclatura): 77312100-1.

d) Medio de publicación del anuncio de licitación:Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y perfildel contratante del Cabildo de Lanzarote.

e) Fecha de publicación del anuncio de licitación:7 de noviembre de 2012.

3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto, varios criterios deadjudicación.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:

Importe total: 142.990,65 euros más 10.009,35euros en concepto de I.G.I.C.

5. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:

a) Fecha de adjudicación: 28 de diciembre de 2012.

b) Fecha de formalización del contrato: 15 de enerode 2013.

c) Contratista: TALHER, S.A.

d) Importe de adjudicación: 139.944,95 euros más9.796,15 euros en concepto de I.G.I.C.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4201

Page 18: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Por ser la ofertamás ventajosa, conforme a los criterios de adjudicaciónestablecidos en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares.

Arrecife, a veintisiete de febrero de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.084

ANUNCIO2.911

CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTOABIERTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO

1) ENTIDAD ADJUDICADORA:

a) Organismo: Excelentísimo Cabildo Insular deLanzarote.

b) Dependencia que tramita el expediente: Contrataciónde Obras, Servicios y Suministros.

c) Número de expediente: 007/13.

2) OBJETO DEL CONTRATO:

a) Tipo: Suministro.

b) Descripción del objeto: SUMINISTRO DEGASOIL PARA LAS DEPENDENCIAS DE LAGRANJAEXPERIMENTALYTODOS AQUELLOSVEHÍCULOS YMAQUINARIAQUE CONFORMANLA FLOTA DEL CABILDO INSULAR DELANZAROTE.

c) Número de unidades a entregar: Según pliego.

d) División por lotes y número: No

e) Lugar de entrega: Según pliego.

f) Plazo de entrega: Según pliego, desde suformalización hasta el 31 de diciembre de 2013 ó hastaque se agote el presupuesto máximo del contrato.

g) CPV: 09134100-8

3) TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Subasta electrónica: No

d) Criterios de adjudicación:

- Precio (descuento sobre el precio de referencia):5 hasta puntos.

4) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:

CIENTO OCHENTA MIL (180.000,00) EUROS.

5) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:

Importe total: CIENTO OCHENTAMIL(180.000,00)EUROS más 0,00 EUROS en concepto de I.G.I.C.

6) GARANTÍAS:

a) Provisional: No se exige.

b) Definitiva: No se exige.

6) OBTENCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN EINFORMACIÓN:

Cabildo Insular de Lanzarote (Servicio de Contrataciónde Obras, Servicios y Suministros), sito en la AvenidaFred Olsen, s/n, Arrecife de Lanzarote, código postal35500, teléfono 928.598.500, fax 928.800.353 ycorreo electrónico:

[email protected]”, así comoen el perfil del contratante de la página web delCabildo de Lanzarote: (www.cabildodelanzarote.com).

7) REQUISITOS ESPECÍFICOS DELCONTRATISTA:

La solvencia aparece especificada en el Pliego deCláusulas Administrativas Particulares.

8) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS OSOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:

a) Pueden dirigirse redactadas en castellano a la

4202 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 19: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Secretaría General de esta Corporación, sita en laavenida Fred Olsen, s/n, Arrecife de Lanzarote,ajustadas al modelo oficial que se incluye en el pliegode cláusulas Administrativas Particulares, en el plazode QUINCE (15) DÍAS NATURALES, a contar desdeel siguiente al de la publicación del presente anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

b) Plazo durante el cual el licitador estará obligadoa mantener su oferta: Quince (15) días.

c) Admisión de variantes: No.

9) APERTURA DE LAS OFERTAS:

Tendrá lugar el primer y tercer miércoles de cadames a las 09:30 a.m., en acto público, en la Mesa deReuniones del Servicio de Contratación de Obras,Servicios y Suministros, planta baja de la CasaCabildo, en el que pueden intervenir representantesde los licitadores debidamente acreditados; para laapertura de ofertas en aquellos expedientes que, porhaber vencido su plazo de presentación y, en su caso,el de corrección de defectos subsanables, estén encondiciones de ser examinadas. Caso de que elmiércoles en cuestión, sea festivo, la reunión de la Mesase celebrará, a la misma hora el primer día hábilsiguiente. Las empresas interesadas podrán informarseen el Servicio de Contratación de este Cabildo en elteléfono 928.598.500, de la fecha en que se procederáa la apertura de su oferta.

10) GASTOS DE ANUNCIOS:

Serán de cuenta del adjudicatario y asciendenaproximadamente a la cantidad de novecientoscincuenta (950,00) euros.

Arrecife, a cuatro de marzo de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.083

ANUNCIO2.912

CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTOABIERTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO

1) ENTIDAD ADJUDICADORA:

a) Organismo: Excelentísimo Cabildo Insular deLanzarote.

b) Dependencia que tramita el expediente: Contrataciónde Obras, Servicios y Suministros.

c) Número de expediente: 006/13.

2) OBJETO DEL CONTRATO

a) Tipo: Suministro.

b) Descripción del objeto: SUMINISTRO DEAPÓSITOS ABSORBENTES (PAÑALES) CONDESTINO AL HOSPITAL INSULAR DELANZAROTE.

c) Número de unidades a entregar: según pliego.

d) División por lotes y número: No

e) Lugar de entrega: Según pliego.

f) Plazo de entrega: Según pliego, durante el plazode un (1) año o hasta que se agote el presupuesto delcontrato.

g) CPV: 33751000-9.

3) TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Subasta electrónica: No.

d) Criterios de adjudicación:

- Oferta económica: de 0 a 6 puntos.

- Valoración técnica: de 0 a 4 puntos (absorción, 1punto; adhesivo reposicionable, 1 punto; dobleprotección, 1 punto; protección antialérgica, 1 punto).

4 ) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:

NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS(92.400,00) EUROS.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4203

Page 20: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

5) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:

Importe total: NOVENTA Y DOS MILCUATROCIENTOS (92.400,00) EUROS más DOSMIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS (2.772,00)EUROS en concepto de I.G.I.C.

6) GARANTÍAS:

a) Provisional: No se exige.

b) Definitiva: Cinco por ciento (5%) del precio deadjudicación del contrato, excluido el I.G.I.C.

6) OBTENCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN EINFORMACIÓN:

Cabildo Insular de Lanzarote (Servicio de Contrataciónde Obras, Servicios y Suministros), sito en la AvenidaFred Olsen, s/n, Arrecife de Lanzarote, código postal35500, teléfono 928.598.500, fax 928.800.353 ycorreo electrónico:

[email protected]”, así comoen el perfil del contratante de la página web delCabildo de Lanzarote: (www.cabildodelanzarote.com).

7) REQUISITOS ESPECÍFICOS DELCONTRATISTA:

La solvencia aparece especificada en el Pliego deCláusulas Administrativas Particulares.

8) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS OSOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:

a) Pueden dirigirse redactadas en castellano a laSecretaría General de esta Corporación, sita en laavenida Fred Olsen, s/n, Arrecife de Lanzarote,ajustadas al modelo oficial que se incluye en el pliegode cláusulas Administrativas Particulares, en el plazode QUINCE (15) DÍAS NATURALES, a contar desdeel siguiente al de la publicación del presente anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

b) Plazo durante el cual el licitador estará obligadoa mantener su oferta: Dos meses.

c) Admisión de variantes: No.

9) APERTURA DE LAS OFERTAS:

Tendrá lugar el primer y tercer miércoles de cadames a las 09:30 a.m., en acto público, en la Mesa deReuniones del Servicio de Contratación de Obras,Servicios y Suministros, planta baja de la CasaCabildo, en el que pueden intervenir representantesde los licitadores debidamente acreditados; para laapertura de ofertas en aquellos expedientes que, porhaber vencido su plazo de presentación y, en su caso,el de corrección de defectos subsanables, estén encondiciones de ser examinadas. Caso de que elmiércoles en cuestión, sea festivo, la reunión de la Mesase celebrará, a la misma hora el primer día hábilsiguiente. Las empresas interesadas podrán informarseen el Servicio de Contratación de este Cabildo en elteléfono 928.598.500, de la fecha en que se procederáa la apertura de su oferta.

10) GASTOS DE ANUNCIOS:

Serán de cuenta del adjudicatario y asciendenaproximadamente a la cantidad de novecientoscincuenta (950,00) euros.

Arrecife, a veintisiete de febrero de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.082

ANUNCIO2.913

El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insularde Lanzarote

HACE SABER:

Que el Pleno de esta Corporación Insular, en sesiónordinaria celebrada el día 4 de marzo de 2013, adoptó,entre otros, acuerdo relativo a la aprobación inicialdel EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DECRÉDITO NÚMERO 1/2013, MEDIANTE CRÉDITOEXTRAORDINARIO, por importe de 30.000,00euros, YDE LANOMINACIÓN EN PRESUPUESTODE LAS SIGUIENTES SUBVENCIONES:

4204 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 21: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Aplicación Denominación Importe €

230.48008 Subv. Asociación Familiares Enf. Alzheimer y otras demencias Lanzarote (AFA Lanzarote):Programa “Servicio de atención a domicilio a personas con demencia y sus familias 13.000,00

230.48009 Subv. Asociación Tinguafaya: Programa “Respiro Familiar a menores con discapacidad” 13.000,00

230.48010 Subv. Ángel Valiente Moreno-Cid (La Botica Audiovisual): Proyecto “Cortometraje de Alzheimer” 2.000,00

230.4811 Subv. Club Deportivo CIAL: Proy. “El ajedrez una buena opción para los mayores” 2.000,00

Lo que se hace público de conformidad con el acuerdo Corporativo referido y con los artículos 169 y 177 delR.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, concediéndose un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la inserción de esteAnuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en cuyo tiempo podrán formularse reclamacionesy sugerencias ante la Corporación.

De conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones vigentes en la materia, en el supuesto de no presentarsereclamaciones contra dichas aprobaciones iniciales, se elevarán a definitivas sin necesidad de nuevo acuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Arrecife, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.093

ANUNCIO2.914

El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote

HACE SABER:

Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de marzo de 2013, acordó aprobar inicialmentela MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS DE CURSOSDE FORMACIÓN IMPARTIDOS POR ELSERVICIO INSULAR AGRARIO DELCABILDO DE LANZAROTE.

De conformidad con cuanto establecen los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora delas Bases del Régimen Local, se somete el citado acuerdo a información pública por un período de TREINTADÍAS HÁBILES, contados a partir de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia deLas Palmas, a fin de que pueda ser examinado en la Secretaría General de este Cabildo Insular por las personasinteresadas en formular las alegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes. De no presentarse reclamacionesen el referido plazo, se entenderá aprobada con carácter definitivo sin necesidad de nuevo acuerdo.

Arrecife, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.089

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4205

Page 22: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

ANUNCIO2.915

El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insularde Lanzarote

HACE SABER:

Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinariacelebrada el día 4 de marzo de 2013, acordó aprobarinicialmente la MODIFICACIÓN DE LAORDENANZAREGULADORADE LOS PRECIOSPÚBLICOS DE LOS SERVICIOS DELLABORATORIO INSULAR DEL SERVICIOINSULAR AGRARIO DEL CABILDO DELANZAROTE.

De conformidad con cuanto establecen los artículos49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local, se somete el citadoacuerdo a información pública por un período deTREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir de lapublicación de este Anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia de Las Palmas, a fin de que pueda serexaminado en la Secretaría General de este CabildoInsular por las personas interesadas en formular lasalegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes.De no presentarse reclamaciones en el referido plazo,se entenderá aprobada con carácter definitivo sinnecesidad de nuevo acuerdo.

Arrecife, a cinco de marzo de dos mil trece.EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.091

ANUNCIO2.916

El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insularde Lanzarote

HACE SABER:

Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinariacelebrada el día 4 de marzo de 2013, acordó aprobarinicialmente la MODIFICACIÓN DE LAORDENANZAREGULADORADE LOS PRECIOSPÚBLICOS POR EL USO DE LA MAQUINARIADEL SERVICIO INSULAR AGRARIO DELCABILDO DE LANZAROTE.

De conformidad con cuanto establecen los artículos49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local, se somete el citadoacuerdo a información pública por un período deTREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir de lapublicación de este Anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia de Las Palmas, a fin de que pueda serexaminado en la Secretaría General de este CabildoInsular por las personas interesadas en formular lasalegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes.De no presentarse reclamaciones en el referido plazo,se entenderá aprobada con carácter definitivo sinnecesidad de nuevo acuerdo.

Arrecife, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.092

ANUNCIO2.917

El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insularde Lanzarote

HACE SABER:

Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinariacelebrada el día 4 de marzo de 2013, acordó aprobarinicialmente la MODIFICACIÓN DE LAORDENANZAREGULADORADE LOS PRECIOSPÚBLICOS DE LOS SERVICIOS DELMATADEROINSULAR DEL CABILDO DE LANZAROTE.

De conformidad con cuanto establecen los artículos49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local, se somete el citadoacuerdo a información pública por un período deTREINTA DÍAS HÁBILES, contados a partir de lapublicación de este Anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia de Las Palmas, a fin de que pueda serexaminado en la Secretaría General de este CabildoInsular por las personas interesadas en formular lasalegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes.De no presentarse reclamaciones en el referido plazo,se entenderá aprobada con carácter definitivo sinnecesidad de nuevo acuerdo.

4206 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 23: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Arrecife, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.090

ANUNCIO2.918

El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insularde Lanzarote

HACE SABER:

Que el Pleno de esta Corporación Insular, en sesiónordinaria celebrada el día 4 de marzo de 2013, adoptó,entre otros, acuerdo relativo a la aprobación inicialdel EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DECRÉDITO NÚMERO 2/2013, MEDIANTE CRÉDITOEXTRAORDINARIO, por importe de 1.160.863,68euros.

Lo que se hace público de conformidad con elacuerdo Corporativo referido y con los artículos 169y 177 del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, concediéndose un plazo deQUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de lainserción de este Anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia de Las Palmas, en cuyo tiempo podránformularse reclamaciones y sugerencias ante laCorporación.

De conformidad con lo dispuesto en las Disposicionesvigentes en la materia, en el supuesto de no presentarsereclamaciones contra dicha aprobación inicial, seelevará a definitiva sin necesidad de nuevo acuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Arrecife, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.094

ANUNCIO2.919

El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insularde Lanzarote

HACE SABER:

Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinariacelebrada el día 4 de marzo de 2013, acordó aprobarinicialmente el “REGLAMENTO PARA LACREACIÓN DE LACOMISIÓN INSULAR SOBRELAVIOLENCIADE GÉNERO DE LANZAROTE”.

Dada su condición reglamentaria en cumplimientode lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, modificada por la Ley 57/2003, de 16 dediciembre, de Medidas para la Modernización delGobierno Local, se somete a información públicapor un período de TREINTA DÍAS HÁBILES,contados a partir de la publicación del presente anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas,a fin de que pueda ser examinado en la Secretaría Generalde este Cabildo Insular, durante el indicado plazo, porlas personas interesadas en formular alegaciones oreclamaciones que estimen oportunas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Arrecife, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.3.088

ANUNCIO2.920

PROYECTO RECUPERACIÓN DE ESPACIOSAGRÍCOLAS DEGRADADOS YREHABILITACIÓNDE SENDERO EN EL ESPACIO NATURALPROTEGIDO DE LA GERIA

Realizada la notificación de Resolución del Consejerode Promoción Económica del Cabildo, así como laexposición edictal en la sede de este Cabildo,comunicando a cada uno de los propietarios conocidosel Proyecto a ejecutar por esta institución de PROYECTORECUPERACIÓN DE ESPACIOS AGRÍCOLASDEGRADADOS Y REHABILITACIÓN DESENDERO EN EL ESPACIO NATURALPROTEGIDO DE LA GERIA (Expediente Número71) que consiste en la limpieza de especies invasorasen el camino público, Barranco de los Guinios ymargen de carretera (LZ 30) en la zona conocida

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4207

Page 24: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

como el “el Chupadero” en la Geria, y no habiendosido posible llevar a cabo la misma por ser desconocidoslos propietarios de las finca con los números dereferencia catastral 35034A006003350000QF Polígono6 parcela 335 y 35034A006001630000QH Poligono6 Parcela 163 de conformidad con lo establecido enlos artículos 59.6 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,por medio del presente anuncio se comunica a los mismospara que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILEScontados desde el día siguiente al de la publicaciónde este Anuncio, comparezcan por si mismos o através de sus representantes debidamente acreditados,en el Cabildo de Lanzarote, área de PromociónEconómica, sito en la Avenida Fred Olsen s/n, en Arrecifede Lanzarote.

Se advierte que, de conformidad con lo dispuestoen los referidos artículos 59.5 y 61 de la citada Ley,transcurrido el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES sinque se hubiese producido la comparecencia para sernotificados, la notificación se entenderá producida,a todos los efectos legales, desde el día siguiente aldel vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Arrecife, a uno marzo de dos mil trece.EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.

3.085

EXCMO. AYUNTAMIENTODE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Promoción de Las Palmasde Gran Canaria

ANUNCIO2.921

SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS

PROCEDIMIENTO ABIERTO PARAADJUDICAREL CONTRATO, NO SUJETO A REGULACIÓNARMONIZADA, DE PRESTACIÓN DEVIGILANCIAYPROTECCIÓN PARAELCASTILLODE MATA E INSTALACIONES DENOMINADASMANUEL LOIS.

IMPORTE:

CIENTO OCHENTAYSIETE MILNOVECIENTOSVEINTE (187.920,00) EUROS MÁS TRECE MILCIENTO CINCUENTA Y CUATRO EUROS CONCUARENTA CÉNTIMOS (13.154,40 EUROS) deI.G.I.C.

PROCEDIMIENTO ABIERTO:

Varios criterios de adjudicación

PUBLICIDAD DE PLIEGOS:

Perfil del Contratante de Promoción de la Ciudadde Las Palmas de Gran Canaria, S.A.

Pagina Web: www.lpafilmfestival.com

DISPONIBILIDAD DE DOCUMENTACIÓN YPRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:

En oficinas de Promoción de la Ciudad de LasPalmas de Gran Canaria, S.A., calle León y Castillo,322, 4ª planta, Casa del Marino, teléfono 928.446.831,de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas, durante elplazo de QUINCE DÍAS NATURALES a contardesde el siguiente al de la publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

APERTURA DE OFERTAS:

Tendrá lugar en las oficinas de la Sociedad a las 10:00horas, del día 3 de abril de 2013.

- Publicidad: El importe de este anuncio será porcuenta del adjudicatario/os.

Las Palmas de Gran Canaria, a cinco de marzo dedos mil trece.

LA PRESIDENTA Y CONSEJERA DELEGADADEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, MaríaIsabel García Bolta.

3.156

4208 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 25: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Dirección General de Edificacióny Actividades

Servicio de Protección del Paisaje

NOTIFICACIÓN2.922Expediente: PCD-54/2011/112909 (845/11-SAN)

TRÁMITE: Notificación

ASUNTO: Resolución sancionadora

FECHA: 5 de febrero de 2013

NÚMERO DE RESOLUCIÓN: 3.336/2013

Doña Laura Isabel Ramos Hernández

Calle Sargento Llagas, número 39, bajo. A -Apartamento 102

35007- Las Palmas de Gran Canaria

La Directora General de Edificación y Actividades,ha dictado la siguiente,

“RESOLUCIÓN de la Directora General deEdificación y Actividades, por la que se acuerdasancionar a doña Laura Isabel Ramos Hernández,por la infracción urbanística cometida en el inmueblesito en la calle Sargento Llagas, número 39-bajo-B-apartamento 102.

Visto el expediente de la referencia en el que seacreditan los siguientes

ANTECEDENTES:

I. Vista la tramitación de expediente sancionador dereferencia incoado contra Laura Isabel RamosHernández, por las obras realizadas en el inmueblesito en la calle Sargento Llagas, número 39, Bajo-B-apartamento 102, consistentes en la cubrición de unpatio de luz colectivo con obras de fontanería ysaneamientos por ejecución de división horizontal delbajante de PVC y por la elevación del muro deseparación de las terrazas del patio sin la obtenciónde la preceptiva licencia urbanística.

II. Que mediante resolución número 6.235/2012, defecha 29 de marzo, se acordó la incoación de dichoexpediente sancionador por la comisión de la infracción

urbanística, consistentes en la cubrición de un patiode luz colectivo con obras de fontanería y saneamientospor ejecución de división horizontal del bajante dePVC y por la elevación del muro de separación delas terrazas del patio sin la obtención de la preceptivalicencia urbanística, del inmueble sito en la calleSargento Llagas, 39, Bajo-B-apartamento 102,instándole a que legalizara en el plazo de tres meses,las obras en cuestión.

III. Que según Informe Técnico Municipal el 13 deseptiembre de 2012, se desprende lo siguiente:

“No consta, tras consultar los archivos informáticosdel Servicio de Edificación y Actividades, solicitudde legalización de las obras denunciadas.”

IV. Que el coste de la reposición de las obras a suestado anterior asciende a la cantidad de DOS MILOCHOCIENTOS TREINTAEUROS CON NOVENTACÉNTIMOS (2.830,90 euros), según la valoraciónrealizada, asimismo, en el Informe Técnico Municipalde fecha 13/09/2012.

V. Que con fecha 19 de octubre de 2012, el Instructordel procedimiento formuló propuesta de resoluciónen la que se proponía imponer a “Laura Isabel RamosHernández”, una sanción pecuniaria de OCHO MIL(8.000,00) EUROS, por la infracción cometida, asícomo, la obligación de restaurar la realidad físicaalterada a su estado anterior, en el plazo de UN MES.

VI. Que con fecha 28 de enero de 2013, se emitió,el siguiente Informe Jurídico, del que se desprendelo siguiente:

“Vista la tramitación del expediente sancionador dereferencia incoado contra Laura Isabel RamosHernández, por las obras realizadas en el inmueblesito en la calle Sargento Llagas, número 39 Bajo-B,apartamento 102 consistentes en la cubrición de unpatio de luz colectivo con obras de fontanería ysaneamientos por ejecución de división horizontal delbajante de PVC y por la elevación del muro deseparación de las terrazas del patio sin la obtenciónde la preceptiva licencia urbanística y habiéndoseconcedido el preceptivo trámite de audiencia a laPropuesta de Resolución dictada por el Instructor delexpediente el 19 de octubre de 2012, se constata, trasdos Intentos infructuosos de notificación, y supublicación finalmente en el Boletín Oficial de laProvincia el 23 de noviembre de 2012, que la infractora

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4209

Page 26: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

no ha presentado alegaciones ni aportado documentoso justificaciones que desvirtúen la realidad y naturalezade los hechos denunciados. Es por ello, que a la vistade toda la documentación obrante en el expediente,se propone, por tanto, confirmar la sanción propuestaa Laura Isabel Ramos Hernández, con D.N.I.:43.762.326-L, por la infracción urbanística gravecometida, con una multa que asciende a la cantidadde OCHO MIL (8.000) EUROS.

En este sentido, se propone igualmente, imponer laobligación de restaurar la realidad física alterada a LauraIsabel Ramos Hernández, requiríéndola como promotorade las obras, para que en el plazo de UN MES, procedacon la demolición de las obras realizadas sin lapreceptiva licencia urbanística y que están descritasen el Informe del Técnico Municipal de fecha 20 defebrero de 2012.”

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

I. Que la infracción ha sido cometida, y que los actosque se le imputan están tipificados como infraccióngrave a tenor de lo dispuesto en el artículo 202.3 b)del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación delTerritorio de Canarias y de Espacios Naturales deCanarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,de 8 de mayo, el cual dispone que “son infraccionesgraves, la realización de actos y actividades detransformación del suelo mediante la realización deobras, construcciones, edificaciones o instalacionessin la cobertura formal de la o las aprobaciones,calificaciones territoriales, autorizaciones, declaracionesresponsables, licencias cuando correspondan u órdenesde ejecución preceptivas o contraviniendo las condicionesde las otorgadas, salvo que se trate de obras menorescon escasa repercusión en el ambiente urbano, ruralo natural.”

II. Que resulta plenamente responsable de los hechos,“Laura Isabel Ramos Hernández” de conformidad conlo establecido en el artículo 189.1 del referenciadoTRELOTENC’00, que dispone que “serán responsableslas personas físicas o jurídicas que infrinjan loprevenido en este Texto Refundido, y en especial, lospromotores, constructores, titulares, directores oexplotadores de los establecimientos, las actividadeso los usos y los técnicos titulados directores de lasobras e instalaciones. Asimismo, según el apartado2 del referido artículo, se considerará también comopromotor al titular del derecho a edificar o usar el suelosobre el cual se cometa o hubiera cometido la infracción,

cuando haya tenido conocimiento de las obras,instalaciones, construcciones, actividades o usosinfractores.”

III. Que para la cuantificación de la sanción se hatenido en cuenta los criterios establecidos en el artículo203.1b) del TRELOTENC’00, que establece para lasinfracciones graves multa de 6.010,13 euros a150.253,03 euros.

IV. Que se observa en el presente expediente lasiguiente circunstancia modificativa de la responsabilidad;

a) La circunstancia atenuante prevista en el artículo198.a) del Trelotenc’00, relativa a la ausencia decausar un daño tan grave a los intereses públicos oprivados afectados.

V Que a tenor de lo dispuesto en el artículo 196.1del TRELOTENC’00, “cuando en el procedimientose aprecie alguna circunstancia agravante o atenuantede las recogidas en los dos artículos siguientes, la multadeberá imponerse por una cuantía de la mitad superioro inferior de la correspondiente escala, respectivamente,fijándose la misma, en función de la ponderación dela incidencia de dichas circunstancias en la valoraciónglobal de la infracción. Las mismas reglas se observaránsegún los casos cuando concurra alguna o algunas delas circunstancias mixtas establecidas en el artículo199.”.

VI. Que según lo dispuesto en el artículo 195 delTRELOTENC’00, “en ningún caso podrán lasinfracciones reportar a ninguno de sus responsablesun beneficio económico. Cuando la suma de la multay, en su caso, del coste de la reposición de las cosasa su primitivo estado arroje una cifra inferior a dichobeneficio, se incrementará la cuantía de la multahasta alcanzar el montante del mismo”.

VII. Que es de aplicación lo dispuesto en el artículo179.1 del Texto Refundido de Las Leyes de Ordenacióndel Territorio de Canarias y Espacios Naturales deCanarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,de 8 de mayo, el cual dispone que “en las propuestasde resolución que se formulen en todos los procedimientossancionadores deberán incluir las medidas que seestimen precisas para la reposición de las cosas, alestado inmediatamente anterior a la presunta infracción,incluida la demolición, en los siguientes supuestos:

c) Cuando no se haya instado la legalización en el

4210 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 27: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

plazo concedido al efecto, y, de la instrucción delprocedimiento resulte la incompatibilidad de lorealizado y proyectado, con las determinaciones dela ordenación ambiental, territorial y urbanísticaaplicables.”

VII. Que de conformidad con el artículo 182 delTRELOTENC’00, si los responsables de la alteraciónde la realidad física repusieran éstos en ‘los términosdispuestos por la Administración, tendrán derecho ala reducción en un noventa por ciento (90%) de la multaque se haya impuesto en el procedimiento sancionador,siempre que se solicite con anterioridad a la finalizacióndel correspondiente procedimiento de recaudación,mediante el correspondiente pago.

Si el restablecimiento del orden jurídico perturbadotuviera lugar mediante la legalización obtenida trasla imposición de la multa, los responsables de laperturbación que hubiesen instado la legalizacióndentro del plazo habilitado al efecto, tendrán derechoa la reducción en un sesenta por ciento (60%) de lamulta que se haya impuesto en el procedimientosancionador, siempre que se solicite con anterioridada la finalización del procedimiento de recaudaciónmediante el correspondiente pago.

IX. Que a tenor de lo dispuesto en el artículo 192del TRELOTENC’00, “las multas por la comisión deinfracciones se imponen con independencia de las demásmedidas previstas en este Texto Refundido”.

X. Que el expediente se ha tramitado conforme alo previsto en los artículos 11 y siguientes delReglamento del Procedimiento para el Ejercicio dela Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto1.398/1993, de 4 de agosto (RPS), en relación con losartículos 134 a 138 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

XI. Que es competencia de este Municipio, laordenación, gestión y disciplina urbanística, según loprevisto en el artículo 25.2d) de la Ley 7/1985, de 2de abril, de Bases de Régimen Local, modificada porla Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas parala Modernización del Gobierno Local (LBRL).

XII. Que de conformidad con las facultades previstasen el artículo 190.1a) del TRELOTENC’00, modificadopor la Ley 4/2006, de 22 de mayo, y con el artículo10 del RPS, en relación con el artículo 124.4ñ) de la

LBRL, el órgano competente para la resolución delpresente procedimiento sancionador es esta Alcaldía.

XIII. Vistos los informes emitidos y en virtud delas atribuciones que me confiere la normativa vigentey en uso de las facultades conferidas por Decreto15.708/2011, de 17 de junio, del Alcalde de la Ciudadde Las Palmas de Gran Canaria, publicado en el BOPnúmero 98, de fecha 01.08.11 y por Decreto 527/2012,de 5 de enero,.del Alcaide de la Ciudad de Las Palmasde Gran Canaria, esta Directora General,

RESUELVE

Primero. Sancionar a “doña Laura Isabel RamosHernández”, con D.N.I. número 43.762.326-L, comopromotora responsable de la infracción urbanística gravecometida consistente en la cubrición de un patio deluz colectivo en obras de fontanería con obras defontanería y saneamientos por ejecución de divisiónhorizontal del bajante de PVC y por la elevación delmuro de separación de las terrazas del patio, sin laobtención de la preceptiva licencia urbanística en elinmueble sito en la calle Sargento Llagas núm. 39-bajo, apartamento 102, con una multa de OCHO MIL(8.000,00) EUROS.

Segundo. Imponer la obligación de restaurar larealidad física alterada a “doña Laura Isabel RamosHernández”, requiriéndole como promotora de las obras,para que en el plazo de UN MES, contado a partir deldía siguiente a la recepción de la notificación, procedacon la demolición de las obras realizadas sin lapreceptiva licencia urbanística y que según informedel Técnico Municipal de fecha 13 de septiembre de2013 son las siguientes:

“Demolición de la cubrición del patio de luz colectivo;Obras de fontanería y saneamiento; Muro de separaciónde las terrazas del patio.”

Tercero. Apercibir a “Laura Isabel Ramos Hernández”de que si transcurrido el plazo concedido de UNMES, no hubiere demolido las obras realizadas sinlicencia, se llevará a cabo por el Ayuntamiento porel procedimiento de ejecución subsidiaría, previstoen el artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, y concargo al obligado.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4211

Page 28: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Cuarto. Comunicar a la infractora que los recursosrelativos a la carta de pago deberán dirigirse al Serviciode Tributos y Exacciones Municipales en los términosque en la misma se señalan y de manera independiente.

Quinto. Notificar el presente acuerdo a los sujetosresponsables y a los interesados, significándole que,contra el citado acto expreso, que es definitivo en víaadministrativa, podrá interponer en el plazo de DOSMESES, contados desde el día siguiente al de larecepción de la presente notificación, RecursoContencioso-Administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Las Palmas que porreparto corresponda, a tenor de lo establecido en elartículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 dediciembre, del Poder Judicial, en concordancia conel artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

No obstante, con carácter potestativo y previo alRecurso Contencioso-Administrativo, señalado enel párrafo anterior, contra la resolución expresa quese le notifica, podrá usted interponer Recurso deReposición, ante el mismo órgano que la dictó, en elplazo de UN MES que se contará desde el día siguienteal de la fecha de la recepción de la presente notificación,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada porla Ley 4/1999, de 13 de enero.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolucióndel Recurso Potestativo de Reposición será UN MES,según el artículo 117.2 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero;transcurrido dicho plazo, producido el silencioadministrativo negativo, puede interponer RecursoContencioso-Administrativo en el plazo de SEISMESES, computados desde el día siguiente en el queel Recurso de Reposición Potestativo debe entendersepresuntamente desestimando, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de

13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción orecurso que estimare oportuno interponer para lamejor defensa de sus derechos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de2013. La Directora General de Edificación y Actividades(Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de enero de2012). Carmen Nieves Martín Pérez.

Dado/a con la intervención del Secretario GeneralTécnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de LasPalmas de Gran Canaria, conforme a lo establecidoen la disposición adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Localy los artículos 68 de la Ley 14/1990, de 26 de julio,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasde Canarias, y 28 del Reglamento Orgánico delGobierno y de la Administración del Ayuntamientode Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de2013. El Secretario General Técnico de la Junta deGobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.P.D. La Jefa del Servicio de Protección del Paisaje(Resolución 14.588/2012, de 12 de julio) IrenePedrianes García.”

Lo que se comunica de conformidad con lo dispuestoen el artículo 58 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Notificación a Laura Isabel Ramos Hernández.Calle Sargento Llagas, número 39, bajo. A- Apartamento102. 35007- Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a catorce de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LAJUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LASPALMAS DE GRAN CANARIAP.D. LAJEFADELSERVICIO DE PROTECCIÓN DEL PAISAJE(Resolución 14.588/2012, de 12 de julio), IrenePedrianes García.

2.864

4212 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 29: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Área de Gobierno de MovilidadCiudadana y Medioambiente

Servicio de Tráfico y Transportes

ANUNCIO2.923

Expediente: 2.516/2012

No habiéndose podido practicar notificación de laResolución número 4.246/2012, de 18 de febrero,del Concejal de Gobierno de Movilidad Ciudadanay Medio Ambiente que posteriormente se relaciona,a pesar de haberse intentado de forma legal, se procede,de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, a efectuar lacorrespondiente notificación mediante el presenteanuncio que se publicará en el BOP y en el Tablónde Edictos Municipal:

Destinatario: Clara Isabel Ortega Umpiérrez. Últimodomicilio conocido: Calle Agustín Rodríguez Correa,número 3, C.P. 35014 - Las Palmas de Gran Canaria

“RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNOLOCAL, Y POR SU DELEGACIÓN, DELCONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DEMOVILIDAD CIUDADANAYMEDIO AMBIENTE,POR LA QUE SE ACUERDA LA IMPOSICIÓNDE DOS MULTAS EN CUANTÍA DE 400 Y 50EUROS, A DONA CLARA ISABEL ORTEGAUMPIÉRREZ, CON D.N.I. 42.803.862-B, PORINFRACCIÓN, RESPECTIVAMENTE, DE LOSARTÍCULOS 60.1 Y 59.3, AMBOS DELREGLAMENTO MUNICIPAL DEL TAXI.

Visto el expediente número 2.516/2012, tramitadopor la funcionaria instructora del mismo, incoado aClara Isabel Ortega Umpiérrez por infracción alvigente Reglamento Municipal del Taxi, en el que seacreditan los siguientes

I. ANTECEDENTES:

I. Denuncia formulada por la Policía Local el día10 de agosto de 2012, a las 11:55 horas, en la calleEduardo Benott, contra doña Clara Isabel OrtegaUmpiérrez, titular del auto-taxi matrícula -2079-FGN, adscrito a la licencia municipal número 1.553,con fecha de entrada en la Sección de Transportes el

día 14 del mismo mes, cuyo hecho denunciado diceliteralmente: “Realizar servicio público en la licencianúmero 1.553, no presentando carnet municipal ni recibode la Seguridad Social”.

2. Consulta de los antecedentes obrantes en laSección de Transportes, donde se constata que la Sr.Ortega Umpiérrez está en posesión del carné municipalnúmero 10.334, el cual está vencido desde el 27 dejulio de 2011.

3. Acuerdo de inicio del procedimiento sancionadordel Concejal de Gobierno de Movilidad Ciudadanay Medio Ambiente de fecha 31 de agosto de 2012,por el que se imputa a Clara Isabel Ortega Umpiérrezla comisión de dos infracciones al ReglamentoMunicipal del Taxi en sus artículos 60.1 y 59.3, ésteúltimo en relación con el artículo 57.1., letra k), delmismo texto reglamentario.

4. Notificado que le fue el anterior a la inculpadamediante anuncio hecho público en el Boletín Oficialde la Provincia número 116, el día 12 de septiembrede 2012, y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamientodesde el 13/09/2012 hasta el 01/10/2012, al no habersepodido practicar aquella en el domicilio que figuraen el expediente, la nombrada inculpada no presentóalegaciones ni presentó documentos o información algunaen defensa de su derecho en el plazo de quince díasque expresamente le fue conferido al efecto, segúnconsta acreditado todo ello en el expediente.

5. Propuesta de Resolución de la Instructora delexpediente de fecha 18 de febrero de 2013, cuyasconsideraciones jurídicas son del siguiente tenorliteral:

“PRIMERA. Los anteriores hechos relatados sonconstitutivos de dos presuntas infracciones al ReglamentoMunicipal del Taxi:

1ª. Artículo 60.1, en relación con el artículo 51.1.letra a) y artículo 53, que establecen respectivamente:

Artículo 60.1: “Circular con el permiso municipalcaducado”.

Artículo 51.1, a) “El permiso municipal de conductorde taxi: a) Tendrá validez por un periodo de cinco años,al término de los cuales deberá ser solicitada surenovación, disponiendo de un plazo de tres meses”.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4213

Page 30: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2ª Artículo 59.3. “No llevar en el vehículo losdocumentos que se relacionan en el artículo 57 delReglamento Municipal del Taxi.

Artículo 57.1.k) “TC-2 en vigor y, en caso de sertitular, el último recibo de autónomo”.

Dichas presuntas infracciones están tipificadas, laprimera de ellas como Grave y sancionada con multaen la cuantía de 277 a 1.382 euros, de conformidadcon el artículo 62.1. b) del citado Reglamento. La segundaestá tipificada como LEVE y sancionada conapercibimiento o multa de hasta 276 euros, conformeal artículo 62.1 a) del referido texto reglamentario.

SEGUNDA. Tal y como se expuso en el apartado“alegaciones, letra b)“ del acuerdo de incoación deexpediente sancionador, al no haberse presentadoalegaciones en el plazo dispuesto al efecto, dichoacuerdo se considera Propuesta de Resolución alcontener un pronunciamiento preciso sobre laresponsabilidad imputada.

TERCERA. Para establecer la cuantía de las diferentessanciones se han valorado las siguientes circunstancias:

1. Para la primera sanción, teniendo en cuenta queno existen antecedentes en la comisión de la falta descrita,pero con el agravante de que no hay constancia deque la inculpada hubiera solicitado la renovación desu carné o la admisión al examen para la obtencióndel carné municipal de conductor de autotaxi, seimpone sanción con multa de 400 euros.

2. Para la segunda sanción, teniendo en cuenta queno existen antecedentes en la comisión de falta de lamisma naturaleza, se impone sanción de 50 euros.

Conforme a lo expuesto, es del parecer de quiensuscribe, que por el Concejal de Gobierno del Áreade Movilidad Ciudadana, se imponga sanción, con multade 400 euros por la comisión de la primera de lassanciones y, para la segunda, de 50 euros.”

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO:

I. Las disposiciones legales que regulan la materiaobjeto del presente procedimiento sancionador vienendeterminadas en:

1. Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación delTransporte por Carretera de Canarias, publicada en

el Boletín Oficial de Canarias núm. 104, el 24 de Mayode 2007. (En adelante LOTCC).

2. Decreto 74/2012, de 2 de agosto, por el que seaprueba el Reglamento del Servicio del Taxi, publicadoen el Boletín Oficial de Canarias núm. 157, el 10 deagosto de 2012. (En adelante RST).

3. Reglamento Municipal del taxi, publicado en elBoletín Oficial de la Provincia número 58, el 15 demayo de 2002, declarada su vigencia en la disposiciónTransitoria Séptima, apartado 1, de la referida Ley13/2007, en todo lo que no se oponga o contradiga ala misma, hasta que se proceda a su adaptación al referidoDecreto 74/2012, conforme dispone su DisposiciónFinal Tercera.

II. La competencia para conocer y resolver elpresente expediente le viene atribuida a este órganoadministrativo en virtud de lo establecido en el artículo111.2 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenacióndel Transporte por Carretera de Canarias, y competesu resolución a la Junta de Gobierno Local de esteAyuntamiento, y por su delegación, al Concejal deGobierno de Movilidad Ciudadana y Medioambiente,según acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión defecha 23 de junio de 2011, de delegación de competenciasde este órgano en los titulares de las Áreas de Gobierno,las Delegadas, los Directores Generales y los ConcejalesPresidentes de Distrito.

III. Vista la propuesta de resolución formulada, yen virtud de las funciones que me confiere el artículo124-4-b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local, modificada por laLey 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas parala Modernización del Gobierno Local atribuye a laAlcaldía y, por delegación de ésta, al Concejalcompetente en materia de Movilidad Ciudadana y MedioAmbiente, según Decreto 3.356/2012, de 17 de febrero,de Alcaldía-Presidencia,

RESUELVE

Primero. Imponer a Clara Isabel Ortega Umpiérrez,en concepto de infracción del artículo 60.1 delReglamento Municipal del Taxi, una multa de 400 eurosy, en concepto de infracción del artículo 59.3, enrelación con el artículo 57.1, letra k), multa de 50 euros,por la comisión de las infracciones administrativasobjeto del presente expediente sancionador.

4214 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 31: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Segundo: Contra el citado acto expreso, que esdefinitivo en vía administrativa, podrá interponer enel plazo de DOS MESES, contados desde el díasiguiente al de la recepción de la presente notificación,Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas quepor reparto corresponda, a tenor de lo establecido enel artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 dediciembre, del Poder Judicial, en concordancia conel artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

No obstante, con carácter potestativo y previo alRecurso Contencioso-Administrativo, señalado enel párrafo anterior, contra la resolución expresa quese le notifica, podrá usted interponer Recurso deReposición, ante el mismo órgano que la dictó, en elplazo de UN MES que se contará desde el día siguienteal de la fecha de la recepción de la presente notificación,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada porla Ley 4/1999, de 13 de enero.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolucióndel Recurso Potestativo de Reposición será UN MES,según el artículo 117.2 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero;transcurrido dicho plazo, producido el silencioadministrativo negativo, puede interponer RecursoContencioso-Administrativo en el plazo de SEISMESES, computados desde el día siguiente en el queel Recurso de Reposición Potestativo debe entendersepresuntamente desestimado, de conformidad con lodispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción orecurso que estimare oportuno interponer para lamejor defensa de sus derechos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de 2013.Firmado. El Concejal de Gobierno del Área deMovilidad Ciudadana y Medio Ambiente. Ángel LuisSabroso Ramírez.

Dado con la intervención del Secretario GeneralTécnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de LasPalmas de Gran Canaria, conforme a lo establecidoen la disposición adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,y los artículos 68 de la Ley 14/1990, de 26 de julio,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasde Canarias, y 28 del Reglamento Orgánico delGobierno y de la Administración del Ayuntamientode Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de febrero de 2013.Firmado. El Secretario General Técnico de la Juntade Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria,Felipe Mba Ebebele”.

Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LAJUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LASPALMAS DE GRAN CANARIA, Felipe Mba Ebebele.

3.034

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE AGÜIMES

ANUNCIO2.924

Don Antonio Morales Méndez, Alcalde - Presidentedel Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes,

HACE SABER:

Que la Junta de Gobierno Local en sesión ordinariacelebrada el día 4 de febrero de 2013, acordó llevara cabo la licitación para la adjudicación del contratode “SERVICIO DE MANTENIMIENTOPREVENTIVO Y CORRECTIVO DE HIDROS DEEDIFICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES YCOLEGIOS”, mediante procedimiento abierto de lossiguientes datos:

1. ENTIDAD ADJUDICADORA:

a) Organismo: Ayuntamiento de Agüimes.

b) Dependencia que tramita el expediente. Contratación.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4215

Page 32: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

c) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Contratación.

2) Domicilio: Calle Dr. Joaquín Artiles, número 1.

3) Localidad y código postal: 35260 Agüimes.

4) Teléfono: 928.789.980.

5) Telefax. 928.783.663.

6) Correo electrónico: contratació[email protected]

7) Dirección de Internet del perfil del contratante:www.aguimes.es

8) Fecha límite de obtención de documentación einformación: Hasta el último día de presentación deofertas.

d) Número de expediente: 02-007/2013.

2. OBJETO DEL CONTRATO:

a) Tipo: Contrato de servicios.

b) Descripción: MANTENIMIENTO PREVENTIVOY CORRECTIVO DE HIDROS DE EDIFICIOSPÚBLICOS MUNICIPALES Y COLEGIOS.

c) División por lotes y número de lotes/Número deunidades: —-.

d) Lugar de ejecución/entrega:

1) Domicilio: —-.

2) Localidad y código postal: —-.

e) Plazo de ejecución/entrega: El contrato seadjudicará por un plazo máximo de tres (3) años.

f) Admisión de prórroga: Puede ser prorrogado pordos años más.

g) Establecimiento de un acuerdo marco (en sucaso): —-.

h) Sistema dinámico de adquisición (en su caso):—..

i) CPV (Referencia de Nomenclatura): 50000000-5.

3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Subasta electrónica: No

d) Criterios de adjudicación, en su caso:

1. Oferta económica: 80 Puntos.

2. Mejoras: 20 puntos.

4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:

TREINTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA(30.550,00) EUROS.

5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:

SEIS MIL CIENTO DIEZ (6.110,00) EUROSANUALES, más el correspondiente I.G.I.C.

6. GARANTÍAS EXIGIDAS:

Provisional: No se exige.

Definitiva: El cinco por ciento (5%) del importe deadjudicación del contrato.

7. Requisitos específicos del contratista:

a) Clasificación, en su caso (grupo, subgrupo ycategoría): No se exige.

b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnicay profesional, en su caso: Ver cláusula 4 del pliego.

c) Otros requisitos específicos: —-.

d) Contratos reservados:

8. PRESENTACIÓN DE OFERTAS O DESOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:

a) Fecha límite de presentación: VEINTICINCODÍAS HÁBILES a partir del día siguiente de lapublicación de este anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia.

4216 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 33: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

b) Modalidad de presentación: Mediante sobres.

c) Lugar de presentación.

1. Dependencia: Registro General del Ayuntamiento.

2. Domicilio: Calle Doctor Joaquín Artiles, número1.

3. Localidad y código postal: Agüimes. 35260.

4. Dirección electrónica: —-.

d) Número previsto de empresas a las que se pretendeinvitar a presentar ofertas (procedimiento restringido):—-.

e) Admisión de variantes, si procede: No es posible.

f) Plazo durante el cual el licitador estará obligadoa mantener su oferta: 2 meses contados desde laapertura de las proposiciones.

9. APERTURA DE OFERTAS:

a) Descripción: Según Cláusula 16 del Pliego.

b) Dirección: Calle Dr. Joaquín Artiles número 1.

c) Localidad y código postal. Agüimes, 35260

d) Fecha y hora: La apertura del Sobre Número 2tendrá lugar el décimo día hábil siguiente al definalización del plazo para la presentación de ofertas,salvo que coincida con sábado, en cuyo caso pasaráal siguiente día hábil. 10:00 horas.

10. GASTOS DE PUBLICIDAD:

A cargo del contratista adjudicatario.

11. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL«DIARIO OFICIALDE LAUNIÓN EUROPEA» (ENSU CASO):

No procede.

12. OTRAS INFORMACIONES:

En el Departamento de Contratación del Ayuntamiento.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Villa de Agüimes, a cuatro de marzo de dos mil trece.

EL ALCALDE.

3.040

ANUNCIO2.925

Don Antonio Morales Méndez, Alcalde y Presidentedel Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes,

HACE SABER

Que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local deeste Ayuntamiento celebrada el día 25 de febrero de2013, se aprueban las BASES GENÉRICAS QUE HANDE REGIR EN LA CONVOCATORIA PÚBLICAMUNICIPAL PARA LA CONCESIÓN DESUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADESDEPORTIVAS, de conformidad con la OrdenanzaReguladora de las Subvenciones del Ayuntamientode Agüimes, publicada en el BOP número 97 de 1 deagosto de 2005.

Que de conformidad con lo establecido en la Ley7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local yen la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/99,de Procedimiento Administrativo, se procede a lapublicación de dichas Bases y al mismo tiempo suConvocatoria para el presente ejercicio 2013, en elsentido siguiente:

“BASES DE CONVOCATORIA DESUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS

Las presentes bases de convocatoria de subvencionesa entidades deportivas se establecen conforme a laOrdenanza Reguladora de las Subvenciones delAyuntamiento de Agüimes, publicadas en el BOPnúmero 97, de 1 de agosto de 2005.

1. CONTENIDO GENÉRICO.

1.1. DEFINICIÓN DEL OBJETO Y FINALIDADDE LA SUBVENCIÓN.

Se convoca las Subvenciones para EntidadesDeportivas con el objeto de fomentar la práctica dediferentes modalidades deportivas, a través de los

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4217

Page 34: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

clubes deportivos federados del municipio de Agüimes,y con la finalidad de apoyar a los niños, jóvenes ypersonas mayores, vecinos y vecinas del municipiode Agüimes, que practican deporte a través de estosclubes.

1.2. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LASENTIDADES DEPORTIVAS:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, orealizar la actividad que fundamenta la concesión dela subvención.

b) Haber justificado las subvenciones concedidaspor este Ayuntamiento correspondientes a precedentesconvocatorias y relativas a cualquier clase o tipo deárea de actuación.

c) Asumir las responsabilidades que la organizacióndel proyecto o actividad conlleve y suscribir lasoportunas pólizas de seguro que garanticen dicharesponsabilidad.

d) Justificar ante el órgano concedente o a la entidadcolaboradora, en su caso, el cumplimiento de lafinalidad que conlleva la concesión o disfrute de lasubvención, mediante la presentación de facturas ydemás documentos de valor probatorio equivalentecon validez en el tráfico jurídico mercantil o coneficacia administrativa. Cuando las actividades hayansido financiadas además de con la subvención con fondospropios u otras subvenciones o recursos, deberáacreditarse en la justificación el importe, procedenciay aplicación de tales fondos a las actividadessubvencionadas.

e) Obligación de aportar, para garantizar la adecuadajustificación de la subvención concedida en caso deser requerido para ello, los libros y registros contablesespecíficos que deban llevar las personas jurídicas oentidades colaboradoras en los términos exigidos porla legislación mercantil.

f) Acreditar hallarse al corriente en el cumplimientode sus obligaciones tributarias (con el Ayuntamientode Agüimes, con la Agencia Tributaria Canaria ycon la Agencia Tributaria Estatal) y frente a laSeguridad Social, en la forma que se determinereglamentariamente.

g) Someterse a las actuaciones de comprobación aefectuar por el órgano concedente o la entidadcolaboradora, debiendo facilitar la información ycuanta documentación le sea requerida al caso.

h) Comunicar al órgano concedente o a la entidadcolaboradora la obtención de otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos que financien las actividadessubvencionadas.

Esta comunicación deberá efectuarse tan prontocomo se conozca y, en todo caso, con anterioridad ala justificación de la aplicación dada a los fondospercibidos.

i) Conservar los documentos justificativos de laaplicación de los fondos recibidos.

j) Proceder al reintegro de los fondos percibidos cuandomedie las causas legales de reintegro y en particularcuando se hubiera disuelto la entidad beneficiaria ono se hubiera dispuesto total o parcialmente de lasubvención concedida o la ayuda concedida no se hubieradestinado a los fines previstos en el proyecto oactividad subvencionada.

k) En todo caso los beneficiarios deberán hacerconstar que el programa, actividades, inversiones oactuaciones objeto de subvención cuenta con lacolaboración económica del Ayuntamiento de Agüimes.

1.3. SOLICITUD, PLAZOS Y DOCUMENTOS EINFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑARSEALAPETICIÓN YSUBSANACIÓN DE DEFECTOSDE LA SOLICITUD.

La solicitud deberá ajustarse al modelo normalizado,cuyos formularios podrán ser retirados en las OficinasMunicipales de Atención al Ciudadano del Ayuntamientode Agüimes y a través de la página web www.aguimes.es,junto con el compromiso de destinar la subvencióna la ejecución del objetivo, proyecto o actividadsolicitada.

El plazo de presentación de solicitudes será de UNMES, contado a partir del día siguiente a la publicacióndel anuncio de convocatoria en el B.O.P. de LasPalmas. Dichas solicitudes se presentarán en losRegistros Generales de esta Corporación sitos en lacalle Doctor Joaquín Artiles, número 1, CP 35.260,Agüimes, y en la Oficina Municipal del Cruce de Arinaga,Avenida de Ansite, número 115, planta alta, CP35.118, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00horas, y lunes de 16:00 a 18:00 horas o en cualquierade las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (en adelante LRJAPPAC).

4218 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 35: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

A la solicitud se acompañará la siguientedocumentación, que deberá tener carácter auténticoo copias compulsadas conforme a la legislaciónvigente:

a) Proyecto de la actividad o programa para la quese solicita subvención.

b) Presupuesto de ingresos y gastos de la actividado programa con expresión de la financiación previstapara la que se solicita subvención.

c) Estatutos por los que se rige la entidad (originalo fotocopia compulsada).

d) Certificación acreditativa de los cargosrepresentativos y del domicilio social.

e) Fotocopia compulsada del código de identificaciónfiscal (CIF, personas jurídicas).

f) Fotocopia compulsada del número de identificaciónfiscal (NIF, personas físicas).

g) Certificación de los datos bancarios de la entidadsolicitante (original expedido por la entidad bancaria).

h) Certificación acreditativa del nombramiento delrepresentante de la entidad.

i) Fotocopia compulsada del DNI o del NIF delrepresentante.

j) Certificado de estar al corriente de las obligacionestributarias con el Ayuntamiento.

k) Certificado de estar al corriente de las obligacionestributarias con la Agencia Tributaria Canaria.

1) Certificado de estar al corriente de las obligacionestributarias con la Agencia Tributaria Estatal.

m) Certificado de estar al corriente de las obligacionestributarias con la Seguridad Social.

Si algún documento ha sido registrado con anterioridaden el Ayuntamiento de Aguimes, y no ha sidomodificado, podrá declarar que ya consta en esteayuntamiento.

Recibida la solicitud se examinará por el Serviciode Deportes del Ayuntamiento de Agüimes si reúnelos requisitos exigidos y si se acompaña a la misma

la preceptiva documentación. Si la solicitud no reúnelos requisitos exigidos en las presentes bases de laconvocatoria y/o cualquiera de los datos previstos enel artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, serequerirá al interesado para que, en un plazo de DIEZDÍAS HÁBILES, subsane las faltas o acompañe losdocumentos preceptivos, con indicación de que, si asíno lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,previa resolución que deberá ser dictada en lostérminos previstos en el artículo 42 de la LRJAPPAC,de acuerdo con los términos y efectos establecidosen el artículo 71.1 de la LRJAPPAC.

2. CONTENIDO ESPECÍFICO.

2.1. CRITERIOS OBJETIVOS DEOTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN Y, ENSU CASO, PONDERACIÓN DE LOS MISMOS.

2.1.1. Criterios de graduación del montante de lasubvención:

a) El número de equipos, por categorías, por cadaclub deportivo.

b) El número total de fichas federativas de cada clubdeportivo.

c) Los equipos que militan en las máximas categoríassuperiores, dentro de su modalidad deportiva.

2.1.2. Cada criterio de valoración podrá ser valoradode 1 a 5 puntos. La entidad deportiva que no cumplaalguno de los criterios, éstos serán valorados con 0puntos.

2.2. CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LASUBVENCIÓN O CRITERIOS PARA SUDETERMINACIÓN.

La dotación presupuestaria destinada en esta líneade subvenciones de conformidad con el PresupuestoGeneral de la Corporación será aquella que se establezcapara cada ejercicio económico, quedando la concesiónde la subvención sometida a la condición suspensivade existencia de crédito adecuado y suficiente parafinanciar las obligaciones derivadas de las convocatoriasanuales.

El importe de la subvención, en ningún caso, podrá

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4219

Page 36: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrenciacon subvenciones o ayudas de otras administracionespúblicas o de otros entes públicos o privados, ya seanautonómicas, nacionales o transnacionales, supereel presupuesto del proyecto para el que se solicita, esdecir, la cuantía de la ayuda aprobada no podrá superarel 100% del valor de los gastos susceptibles de lasubvención.

2.3. ÓRGANOS COMPETENTES PARA LAORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓNDEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LASUBVENCIÓN.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento deAgüimes será quien ordene la citada convocatoria, siendoel Departamento Administrativo de la Concejalía deDeportes (Secretaría de la Comisión Informativa)quien instruirá y resolverá esta convocatoria desubvenciones, bajo la dirección del Concejal delÁrea, que realizará cuantas actuaciones estimenecesarias para la determinación, conocimiento ycomprobación de datos en virtud de los cuales debeformularse la propuesta de resolución, como así seestablece en el artículo 16, de la Ordenanza Reguladorade las Subvenciones.

Estas actuaciones comprenden:a) Petición de cuantos informes se estime conveniente

para resolver o que sean exigidos por las normas queregulan la subvención. El plazo para su emisión seráde DIEZ DÍAS, salvo que el órgano instructor establezcaotro plazo.

b) Fase de preevaluación en la que se verificará elcumplimiento de las condiciones impuestas paraadquirir la condición de beneficiario de la subvención.En el expediente constará informe que acredite quelos beneficiarios cumplen con todos los requisitos paraacceder a la subvención.

c) Evaluación de las solicitudes o peticiones,efectuada conforme con los criterios objetivos devaloración establecidos en la norma reguladora de lasubvención.

d) Una vez evaluadas las solicitudes, el órganoinstructor formulará la propuesta de resoluciónprovisional, debidamente motivada, que deberánotificarse a los interesados por escrito con la causade su no concesión, concediéndole al interesado unplazo de 10 días para presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuandono figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuentaotros hechos ni otras alegaciones y pruebas que laspresentadas por los interesados, en este caso, lapropuesta de resolución tendrá carácter de definitiva.

Una vez examinadas las alegaciones de los interesados,se formulará la propuesta de resolución definitiva, quedeberá expresar el solicitante o relación de solicitantespara los que se propone la concesión de la subvención,y su cuantía, especificando su evaluación y los criteriosde valoración seguidos para efectuarla.

2.4. ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN PORPARTE DE LOS BENEFICIARIOS.

En el caso de no ser posible deberán renunciar a ellaexpresa y motivadamente, en el plazo de quince díascontados a partir del siguiente en que reciban lanotificación de la concesión de la subvención.

2.5. PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓNPOR PARTE DEL BENEFICIARIO O DE LAPERSONA JURÍDICA O DE LA ENTIDADCOLABORADORA, EN SU CASO, DELCUMPLIMIENTO DE LA FINALIDAD PARA LAQUE SE CONCEDIÓ LA SUBVENCIÓN Y DE LAAPLICACIÓN DE LOS FONDOS PERCIBIDOS.

Según se establece en el artículo 18, Justificaciónde la subvención, de la Ordenanza Reguladora de lasSubvenciones, la acreditación de la realización delproyecto o actividad subvencionada se efectuará porlos siguientes medios:

a) La presentación en documento original o fotocopiacompulsada de facturas y demás documentos de valorprobatorio, con el desglose de cada uno de los gastosque incluya, acompañado de la cuenta justificativa.

En todo caso las facturas habrán de estar fechadasen el ejercicio económico para el que se haya concedidola subvención.

b) La declaración responsable de que la documentaciónque se aporta como justificantes se corresponden conlos gastos derivados de la realización de las actividadespara las que fue concedida la subvención.

c) Memoria explicativa y detallada de la realizaciónde la totalidad del proyecto o actividad con expresamención de los resultados obtenidos (comprensiva ensu caso del programa, cartel anunciador, fotografías

4220 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 37: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

y demás documentación gráfica elaborada en o parael desarrollo del proyecto o actividad subvencionada).

d) Cuando las actividades hayan sido financiadasademás con fondos propios u otras subvenciones orecursos deberá acreditarse su importe, procedenciay aplicación de tales fondos.

e) Acreditar en forma legal o reglamentaria hallarseal corriente en el cumplimiento de sus obligacionestributarias y frente a la Seguridad Social.

f) El plazo para la justificación de la subvenciónconcedida será de DOS MESES contado a partir dela finalización del plazo para la ejecución de laactividad, sin que pueda superar el mes de febrero delejercicio siguiente.

2.6. La entidad deportiva beneficiaria estará en laobligación de disponer de los libros y registroscontables específicos que deberán llevar las personasjurídicas o entidades colaboradoras en los términosexigidos por la legislación mercantil.

Las presentes bases tendrán carácter indefinido,mientras no se produzca su modificación entrarán envigor a partir de su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia de Palmas.

En la Villa de Agüimes, a veintiocho de febrero dedos mil trece.

EL ALCALDE, Antonio Morales Méndez.

3.061

ANUNCIO2.926

Don Antonio Morales Méndez, Alcalde y Presidentedel Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes,

HACE SABER

Que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local deeste Ayuntamiento celebrada el día 25 de febrero de2013, se aprueban las BASES GENÉRICAS QUE HANDE REGIR EN LA CONVOCATORIA PÚBLICAMUNICIPAL PARA LA CONCESIÓN DESUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADESCULTURALES, de conformidad con la Ordenanza

Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamientode Agüimes, publicada en el BOP número 97 de 1 deagosto de 2005.

Que de conformidad con lo establecido en la Ley7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local yen la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/99,de Procedimiento Administrativo, se procede a lapublicación de dichas Bases y al mismo tiempo suConvocatoria para el presente ejercicio 2013, en elsentido siguiente:

BASES DE CONVOCATORIA DESUBVENCIONES AENTIDADES CULTURALES

Las presentes bases de convocatoria de subvencionesa entidades culturales se establecen conforme a laOrdenanza Reguladora de las Subvenciones delAyuntamiento de Agüimes, publicadas en el BOPnúmero 97, de 1 de agosto de 2005.

1. CONTENIDO GENÉRICO.

1.1. DEFINICIÓN DEL OBJETO Y FINALIDADDE LA SUBVENCIÓN.

Se convocan las Subvenciones para EntidadesCulturales con el objeto de fomentar la actividadcultural en el municipio, a través de las asociacionesculturales de Agüimes, con la finalidad de enriquecerla propuesta cultural en el municipio de Agüimes.

1.2. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LASENTIDADES CULTURALES:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, orealizar la actividad que fundamenta la concesión dela subvención.

b) Haber justificado las subvenciones concedidaspor este Ayuntamiento correspondientes a precedentesconvocatorias y relativas a cualquier clase o tipo deárea de actuación.

c) Asumir las responsabilidades que la organizacióndel proyecto o actividad conlleve y suscribir lasoportunas pólizas de seguro que garanticen dicharesponsabilidad.

d) Justificar ante el órgano concedente o a la entidad

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4221

Page 38: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

colaboradora, en su caso, el cumplimiento de lafinalidad que conlleva la concesión o disfrute de lasubvención, mediante la presentación de facturas ydemás documentos de valor probatorio equivalentecon validez en el tráfico jurídico mercantil o coneficacia administrativa. Cuando las actividades hayansido financiadas además de con la subvención con fondospropios u otras subvenciones o recursos, deberáacreditarse en la justificación el importe, procedenciay aplicación de tales fondos a las actividadessubvencionadas.

e) Obligación de aportar, para garantizar la adecuadajustificación de la subvención concedida en caso deser requerido para ello, los libros y registros contablesespecíficos que deban llevar las personas jurídicas oentidades colaboradoras en los términos exigidos porla legislación mercantil.

f) Acreditar hallarse al corriente en el cumplimientode sus obligaciones tributarias (con el Ayuntamientode Agüimes, con la Agencia Tributaria Canaria ycon la Agencia Tributaria Estatal) y frente a laSeguridad Social, en la forma que se determinereglamentariamente.

g) Someterse a las actuaciones de comprobación aefectuar por el órgano concedente o la entidadcolaboradora, debiendo facilitar la información ycuanta documentación le sea requerida al caso.

h) Comunicar al órgano concedente o a la entidadcolaboradora la obtención de otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos que financien las actividadessubvencionadas.

Esta comunicación deberá efectuarse tan prontocomo se conozca y, en todo caso, con anterioridad ala justificación de la aplicación dada a los fondospercibidos.

i) Conservar los documentos justificativos de laaplicación de los fondos recibidos.

j) Proceder al reintegro de los fondos percibidos cuandomedie las causas legales de reintegro y en particularcuando se hubiera disuelto la entidad beneficiaria ono se hubiera dispuesto total o parcialmente de lasubvención concedida o la ayuda concedida no se hubieradestinado a los fines previstos en el proyecto oactividad subvencionada.

k) En todo caso los beneficiarios deberán hacer

constar que el programa, actividades, inversiones oactuaciones objeto de subvención cuenta con lacolaboración económica del Ayuntamiento de Agüimes.

1.3. DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUEDEBEN ACOMPAÑARSE A LA PETICIÓN YSUBSANACIÓN DE DEFECTOS DE LASOLICITUD:

La solicitud deberá ajustarse al modelo normalizado,cuyos formularios podrán ser retirados en las OficinasMunicipales de Atención al Ciudadano del Ayuntamientode Agüimes y a través de la página web www.aguimes.es,junto con el compromiso de destinar la subvencióna la ejecución del objetivo, proyecto o actividadsolicitada.

El plazo de presentación de solicitudes será de UNMES, contado a partir del día siguiente a la publicacióndel anuncio de convocatoria en el B.O.P. de LasPalmas. Dichas solicitudes se presentarán en losRegistros Generales de esta Corporación sitos en lacalle Doctor Joaquín Artiles, número 1, CP 35.260,Agüimes, y en la Oficina Municipal del Cruce de Arinaga,Avenida de Ansite, número 115, planta alta, CP35.118, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00horas, y lunes de 16:00 a 18:00 horas o en cualquierade las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (en adelante LRJAPPAC).

A la solicitud se acompañará la siguientedocumentación, que deberá tener carácter auténticoo copias compulsadas conforme a la legislaciónvigente:

a) Proyecto de la actividad o programa para la quese solicita subvención.

b) Presupuesto de ingresos y gastos de la actividado programa con expresión de la financiación previstapara la que se solicita subvención.

c) Estatutos por los que se rige la entidad (originalo fotocopia compulsada).

d) Certificación acreditativa de los cargosrepresentativos y del domicilio social.

e) Fotocopia compulsada del código de identificaciónfiscal (CIF, personas jurídicas).

4222 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 39: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

f) Fotocopia compulsada del número de identificaciónfiscal (NIF, personas físicas).

g) Certificación de los datos bancarios de la entidadsolicitante (original expedido por la entidad bancaria).

h) Certificación acreditativa del nombramiento delrepresentante de la entidad.

i) Fotocopia compulsada del DNI o del NIF delrepresentante.

j) Certificado de estar al corriente de las obligacionestributarias con el Ayuntamiento.

k) Certificado de estar al corriente de las obligacionestributarias con la Agencia Tributaria Canaria.

l) Certificado de estar al corriente de las obligacionestributarias con la Agencia Tributaria Estatal.

m) Certificado de estar al corriente de las obligacionestributarias con la Seguridad Social.

Si algún documento ha sido registrado con anterioridaden el Ayuntamiento de Agüimes, y no ha sidomodificado, podrá declarar que ya consta en esteayuntamiento.

Recibida la solicitud se examinará por el Serviciode Cultura del Ayuntamiento de Agüimes si reúne losrequisitos exigidos y si se acompaña a la misma lapreceptiva documentación. Si la solicitud no reúnelos requisitos exigidos en las presentes bases de laconvocatoria y/o cualquiera de los datos previstos enel artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, serequerirá al interesado para que, en un plazo de DIEZDÍAS HÁBILES, subsane las faltas o acompañe losdocumentos preceptivos, con indicación de que, si asíno lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,previa resolución que deberá ser dictada en lostérminos previstos en el artículo 42 de la LRJAPPAC,de acuerdo con los términos y efectos establecidosen el artículo 71.1 de la LRJAPPAC.

2. CONTENIDO ESPECÍFICO.

2.1. CRITERIOS OBJETIVOS DEOTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN Y, ENSU CASO, PONDERACIÓN DE LOS MISMOS.

2.1.1. Criterios de graduación del montante de lasubvención:

a) El número de actividades organizadas en el añopor cada entidad cultural en el municipio.

b) Presupuesto de gasto previsto para cada actividad.

c) Número de socios que integran la Asociación.

d) Interés cultural del proyecto presentado.

2.1.2. Cada criterio de valoración podrá ser valoradode 1 a 5 puntos. La entidad cultural que no cumplaalguno de los criterios, éstos serán valorados con 0puntos.

2.2. CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LASUBVENCIÓN O CRITERIOS PARA SUDETERMINACIÓN.

La dotación presupuestaria destinada en esta líneade subvenciones de conformidad con el PresupuestoGeneral de la Corporación será aquella que se establezcapara cada ejercicio económico, quedando la concesiónde la subvención sometida a la condición suspensivade existencia de crédito adecuado y suficiente parafinanciar las obligaciones derivadas de las convocatoriasanuales.

El importe de la subvención, en ningún caso, podráser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrenciacon subvenciones o ayudas de otras administracionespúblicas o de otros entes públicos o privados, ya seanautonómicas, nacionales o transnacionales, supereel presupuesto del proyecto para el que se solicita, esdecir, la cuantía de la ayuda aprobada no podrá superarel 100% del valor de los gastos susceptibles de lasubvención.

2.3. ÓRGANOS COMPETENTES PARA LAORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓNDEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LASUBVENCIÓN.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento deAgüimes será quien ordene la citada convocatoria, siendoel Departamento Administrativo de la Concejalía deCultura (Secretaría de la Comisión Informativa) quieninstruirá y resolverá esta convocatoria de subvenciones,bajo la dirección del Concejal del Área, que realizarácuantas actuaciones estime necesarias para ladeterminación, conocimiento y comprobación dedatos en virtud de los cuales debe formularse lapropuesta de resolución, como así se establece en elartículo 16, de la Ordenanza Reguladora de lasSubvenciones.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4223

Page 40: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Estas actuaciones comprenden:

a) Petición de cuantos informes se estime convenientepara resolver o que sean exigidos por las normas queregulan la subvención. El plazo para su emisión seráde DIEZ DÍAS, salvo que el órgano instructor establezcaotro plazo.

b) Fase de preevaluación en la que se verificará elcumplimiento de las condiciones impuestas paraadquirir la condición de beneficiario de la subvención.En el expediente constará informe que acredite quelos beneficiarios cumplen con todos los requisitos paraacceder a la subvención.

c) Evaluación de las solicitudes o peticiones,efectuada conforme con los criterios objetivos devaloración establecidos en la norma reguladora de lasubvención.

d) Una vez evaluadas las solicitudes, el órganoinstructor formulará la propuesta de resoluciónprovisional, debidamente motivada, que deberánotificarse a los interesados por escrito con la causade su no concesión, concediéndole al interesado unplazo de DIEZ DÍAS para presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuandono figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuentaotros hechos ni otras alegaciones y pruebas que laspresentadas por los interesados, en este caso, lapropuesta de resolución tendrá carácter de definitiva.

Una vez examinadas las alegaciones de los interesados,se formulará la propuesta de resolución definitiva, quedeberá expresar el solicitante o relación de solicitantespara los que se propone la concesión de la subvención,y su cuantía, especificando su evaluación y los criteriosde valoración seguidos para efectuarla.

2.4. ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN PORPARTE DE LOS BENEFICIARIOS.

En el caso de no ser posible deberán renunciar a ellaexpresa y motivadamente, en el plazo de quince díascontados a partir del siguiente en que reciban lanotificación de la concesión de la subvención.

2.5. PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓNPOR PARTE DEL BENEFICIARIO O DE LAPERSONA JURÍDICA O DE LA ENTIDADCOLABORADORA, EN SU CASO, DELCUMPLIMIENTO DE LA FINALIDAD PARA LA

QUE SE CONCEDIÓ LA SUBVENCIÓN Y DE LAAPLICACIÓN DE LOS FONDOS PERCIBIDOS.

Según se establece en el artículo 18, Justificaciónde la subvención, de la Ordenanza Reguladora de lasSubvenciones, la acreditación de la realización delproyecto o actividad subvencionada se efectuará porlos siguientes medios:

a) La presentación en documento original o fotocopiacompulsada de facturas y demás documentos de valorprobatorio, con el desglose de cada uno de los gastosque incluya, acompañado de la cuenta justificativa.

En todo caso las facturas habrán de estar fechadasen el ejercicio económico para el que se haya concedidola subvención.

b) La declaración responsable de que la documentaciónque se aporta como justificantes se corresponden conlos gastos derivados de la realización de las actividadespara las que fue concedida la subvención.

c) Memoria explicativa y detallada de la realizaciónde la totalidad del proyecto o actividad con expresamención de los resultados obtenidos (comprensiva ensu caso del programa, cartel anunciador, fotografíasy demás documentación gráfica elaborada en o parael desarrollo del proyecto o actividad subvencionada).

d) Cuando las actividades hayan sido financiadasademás con fondos propios u otras subvenciones orecursos deberá acreditarse su importe, procedenciay aplicación de tales fondos.

e) Acreditar en forma legal o reglamentaria hallarseal corriente en el cumplimiento de sus obligacionestributarias y frente a la Seguridad Social.

f) El plazo para la justificación de la subvenciónconcedida será de dos meses contados a partir de lafinalización del plazo para la ejecución de la actividad,sin que pueda superar el mes de febrero del ejerciciosiguiente.

2.6. La entidad cultural beneficiaria estará en laobligación de disponer de los libros y registroscontables específicos que deberán llevar las personasjurídicas o entidades colaboradoras en los términosexigidos por la legislación mercantil.

Las presentes bases tendrán carácter indefinido,

4224 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 41: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

mientras no se produzca su modificación y entrarán en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia de Las Palmas.

En la Villa de Agüimes, a veintiocho de febrero de dos mil trece.EL ALCALDE, Antonio Morales Méndez.

3.062

ANUNCIO2.927

Don Antonio Morales Méndez, Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Agüimes.

HACE SABER:

Que por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2013, se aprobó inicialmentela MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA URBANÍSTICA REGULADORA DE INSTALACIONES DETELECOMUNICACIÓN, estableciéndose un plazo de TREINTA(30) DÍAS HÁBILES, a partir de la publicaciónde este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, plazo durante el cual se pueden formular las alegacionesque se estimen pertinentes.

El expediente se puede consultar en la Secretaría General del Ayuntamiento de Agüimes.

De no presentarse reclamaciones, se entenderá aprobada definitivamente dicha modificación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Villa de Agüimes, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL ALCALDE.3.041

EDICTO NOTIFICACIÓN2.928

Habiéndose intentado la notificación individual sin éxito alguno, de requerimientos efectuados por esteAyuntamiento, relativa a la cumplimentación de expediente tramitado por esta entidad, a los interesados que seindican en la siguiente relación, procede hacer las notificaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de Procedimiento Administrativo.

Los correspondientes expedientes obran en la Concejalía de Servicios Sociales de este Ayuntamiento, sita enla calle Barbuzano, número 16, de Agüimes casco, ante la cual les asiste el derecho de presentar por escrito lasalegaciones y justificaciones que se consideren necesarias, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contadodesde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo ser presentadasigualmente en el registro general de este Ayuntamiento, durante el indicado plazo.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya procedido a lo indicado, quedan informados de que se da por cumplidoel procedimiento de notificación, con las consecuencias que establece la vigente Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadapor la Ley 4/99, de Procedimiento Administrativo.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4225

Page 42: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

EXP. TITULAR DNI OBJETO

1336.2012 RAMÍREZ FELIPE, JOSÉ MIGUEL 78473993V Notificación instrucción expediente sancionador animales domésticos

1970.2011 ORTEGA SANTANA, JORGE 42201503E Notificación resolución licencia tenencia animales domésticos

2804.2011 RAMÍREZ TOBOSO, LESVIAN X4401055M Notificación resolución licencia tenencia animales domésticos

Villa de Agüimes, a veintidós de febrero de dos mil trece.

EL ALCALDE-PRESIDENTE.

3.038

EDICTO NOTIFICACIÓN2.929

Habiéndose intentado la notificación individual sin éxito alguno, de requerimientos efectuados por esteAyuntamiento, relativa a la cumplimentación de expediente tramitado por esta entidad, a los interesados que seindican en la siguiente relación, procede hacer las notificaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de Procedimiento Administrativo.

Los correspondientes expedientes obran en la Concejalía de Servicios Sociales de este Ayuntamiento, sita enla calle Barbuzano, número 16, de Agüimes casco, ante la cual les asiste el derecho de presentar por escrito lasalegaciones y justificaciones que se consideren necesarias, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contadodesde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo ser presentadasigualmente en el registro general de este Ayuntamiento, durante el indicado plazo.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya procedido a lo indicado, quedan informados de que se da por cumplidoel procedimiento de notificación, con las consecuencias que establece la vigente Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadapor la Ley 4/99, de Procedimiento Administrativo.EXP. TITULAR DNI OBJETO

3219/2012 RAMÍREZ SÁNCHEZ, JOSÉ 43268692B Notificación resolución tramitación Prestación Canaria Inserción (PCI)

Villa de Agüimes, a veintidós de febrero de dos mil trece.EL ALCALDE-PRESIDENTE, Antonio Morales Méndez.

3.039

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ANTIGUA

ANUNCIO2,930

Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 18 dediciembre de 2012, la “Ordenanza reguladora de la Realización de Actividades en la Vía Pública”, e insertadoanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia número 11 de fecha 23 de enero de 2013, y una vez transcurridoel plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones al respecto, es por lo que queda aprobadadefinitivamente, y se hace público el texto íntegro de dicha Ordenanza, según lo dispuesto en el artículo 49 y70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, al objeto de su entrada en vigor:

4226 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 43: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

“ORDENANZA REGULADORA DE LAREALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN LA VÍAPÚBLICA

TÍTULO PRELIMINAR

FUNDAMENTO

Artículo 1. Fundamento y naturalezaCon el fin de regular el régimen jurídico a que debe

someterse el uso común especial o privativo que, deforma temporal, puede desarrollarse en los terrenosde dominio público municipal, cuando no sean objetode regulación expresa en otra norma reglamentariamunicipal, se aprueba la presente Ordenanza en la quese regulan una serie de medidas, criterios y directricestendentes a la consecución de la distribución equitativay razonable de los espacios públicos. Todo ello al amparode lo dispuesto en el artículo 84 y siguientes de la Ley33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de lasAdministraciones Públicas, así como en el Reglamentode Bienes de las Entidades Locales, aprobado medianteReal Decreto 1.372/1986, de 13 de junio.

TÍTULO I

DISPOSICIONES COMUNES

Artículo 2. Objeto.

1. Serán objeto de regulación por las normascontenidas en la presente Ordenanza las actividadesmusicales y artísticas de toda índole y la prestaciónde servicios y la venta de productos realizados insitu que, promovidas por particulares, se pretendanrealizar en la vía pública.

Artículo 3. Emplazamiento.

1. Las actividades reguladas en la presente Ordenanzase realizarán en puestos o instalaciones desmontablesque sólo podrán ubicarse en el lugar o lugares queespecifique la correspondiente autorización municipaly con las medidas que en ésta se indiquen. Dichos puestoso instalaciones no podrán situarse en los accesos aedificios de uso público, establecimientos comercialese industriales ni a sus escaparates o exposicionescuando dificulten la visión de los mismos, ni enlugares que dificulten el acceso y la circulación.Tampoco podrán instalarse en lugares en los queinterfiera el tráfico de vehículos rodados, pasos depeatones, paradas de guaguas o de taxis.

2. El Ayuntamiento de Antigua determinará, medianteDecreto de la Alcaldía o Concejal Delegado y previoinforme del técnico municipal competente, las zonasdel municipio en las que se podrá ejercer la prestaciónde servicios y venta de productos realizados in situ,pudiendo variar las mismas siempre que las necesidadesde ordenación y buen funcionamiento municipales asílo aconsejen, así como el número máximo deautorizaciones que pueden concederse. A títulomeramente enunciativo, se consideran lugares idóneospara la instalación de las actividades objeto de lapresente ordenanza los siguientes:

- Plaza pública de Caleta de Fuste, exteriores delCentro Comercial Happy Center, exteriores CentroComercial El Castillo, exteriores Centro ComercialMontecastillo, exteriores Centro Comercial Atlántico,exteriores Tenencia de Alcaldía de Caleta de Fuste,Plaza pública de Antigua, Las Salinas del Carmen,paseo peatonal Alcalde Santiago García Urquía ypaseo marítimo playa de El Castillo/ peatonal Orchilla.

Artículo 4. Autorizaciones.

1. La autorización deberá definir, al menos, el plazode validez, los datos identificativos del titular, ellugar o lugares en que puede ejercerse la actividad,los horarios y las fechas en las que se podrá llevar acabo y, en su caso, la actividad autorizada o losproductos autorizados para la venta.

2. Las autorizaciones tendrán una vigencia máximade seis meses coincidentes con el primer o con el segundosemestre natural del año, de conformidad con loprevisto en el Anexo I de la presente Ordenanza. Elhorario para el desarrollo de las actividades autorizadasserá de 10:00 a 22:00 horas.

3. La autorización municipal estará sometida a lacomprobación previa del cumplimiento de los requisitoslegales exigidos para el ejercicio de la actividad, quedeberá acreditarse documentalmente, junto con lasolicitud correspondiente, de conformidad con lodispuesto en la presente Ordenanza.

4. No se otorgará, con carácter general, autorizacióncuando la actividad pudiera repercutir manifiestamente,de forma negativa, en la limpieza u ornato de las víaspúblicas o dar lugar al deterioro de los espaciospúblicos o de cualquiera de las instalaciones oelementos que lo compongan.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4227

Page 44: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Asimismo, no se otorgará autorización cuando porlas previsiones del público asistente, las característicasdel propio espacio público u otras circunstanciasdebidamente acreditadas, las actividades autorizadaspuedan poner en peligro la seguridad, la convivenciao el civismo, todo ello sin perjuicio de la posibilidadde proponer otros espacios alternativos en los que puedadesarrollarse la actividad, cuando ello sea posible. Ladenegación de dichas solicitudes se llevará a cabo deforma motivada.

4. La autorización municipal se concederá sinperjuicio de la obtención de otros permisos procedentesy del cumplimiento de determinados requisitos cuandovengan exigidos por las disposiciones que rigen enla materia.

5. En desarrollo de la presente Ordenanza se podrándictar con carácter anual, mediante resolución municipal,las normas reguladoras de determinadas actividadesdiversas en la vía pública, cuando se trate de solicitudesperiódicas o repetitivas que impliquen la resoluciónnumerosa de un número de procedimientos y existaidentidad sustancial o íntima conexión entre lasmismas, especificando para cada ejercicio anual el númeromáximo de puestos susceptibles de autorización y suposible ubicación, así como los requisitos y obligacionesespecificas a observar en cada caso concreto.

Artículo 5- Procedimiento de selección.

1. El procedimiento para el otorgamiento de lasautorizaciones a las que hace referencia la presenteOrdenanza será determinado mediante resolución dela Alcaldía o Concejal Delegado, previo informe deltécnico municipal competente, respetando, en todo caso,el régimen de concurrencia competitiva, así como lasprevisiones contenidas en los artículos 86 y siguientesde la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimoniode las Administraciones Públicas, así como del capítuloII de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre ellibre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio,y demás legislación de concordante aplicación.

2. El procedimiento será público y su tramitacióndeberá desarrollarse conforme a criterios claros,sencillos, objetivos y predecibles. En la resolución delprocedimiento se fijarán los requisitos de la autorización,que habrán de ser necesarios, proporcionales y nodiscriminatorios.

Artículo 6. Condiciones generales de obligadocumplimiento

1. Los titulares adjudicatarios estarán obligados, concarácter general y sin perjuicio de las condicionesespecíficas contenidas en cada una de las autorizaciones,al efectivo cumplimiento de las siguientes obligaciones:

a) Se deberá ocupar exclusivamente el espacioadjudicado para el ejercicio de la actividad, sinmodificar su emplazamiento ni exceder de sus límitesy de conformidad con los términos concretos en losque autorizada.

b) La estructura de la instalación, en caso deprecisarse, tendrá que ser conforme a los requisitostécnicos fijados por el Servicio Técnico.

c) Mantener en forma fácilmente visible la autorizaciónmunicipal.

d) El espacio utilizado deberá quedar expedito y enperfectas condiciones de uso y limpieza al finalizarla actividad.

A estos efectos, el titular de la autorización deberávelar por que los espacios públicos utilizados no seensucien con motivo de la misma y sus elementos urbanoso arquitectónicos no se deterioren, quedando obligados,en su caso, a la correspondiente reparación, reposicióny/o limpieza. En el supuesto de incumplimiento dedicha obligación, ésta se realizará en ejecuciónsubsidiaria a costa del obligado.

e) Se arbitrarán por parte del interesado las medidasnecesarias para producir las menores molestias posiblesa los vecinos, controlando los niveles de ruidoproducidos por el ejercicio de la actividad autorizada.

2. En garantía del debido cumplimiento de losanteriores condicionantes, los autorizados deberán atenderen todo momento las indicaciones que les pudieranser formuladas por los agentes de la Policía Local.

Artículo 7- Revocación de la autorización.

La autorización podrá ser revocada unilateralmentepor la Administración municipal en cualquier momentopor los siguientes motivos:

- Comprobación de la falta de veracidad de ladocumentación aportada.

4228 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 45: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

- Comisión de infracción tipificada como muygrave en la presente Ordenanza.

Artículo 8. Tasas

La autorización estará sujeta al pago de la tasacorrespondiente, en aplicación de lo dispuesto en laOrdenanza Fiscal reguladora de la tasa por realizaciónde actividades en la vía pública. La autorizaciónotorgada no tendrá validez sin el justificante de su abono.

TÍTULO II

ACTIVIDADES MUSICALES Y ARTÍSTICAS

Artículo 9. Actividades musicales y artísticas.

Con carácter general, se podrán autorizar actividadesde carácter lúdico, artístico o musical tales comocantantes, músicos, mimos, malabaristas, payasos, queno supongan menoscabo de las normas obligadas deconvivencia, seguridad pública y civismo, con eldebido respeto de los derechos de terceros.

Artículo 10. Obligaciones específicas.

a) Queda prohibida la utilización de animales,incluso como compañía del artista, mientras sedesarrolla la actividad, excepto en el caso de perrosguías de invidentes.

b) No podrán utilizarse con carácter general, aparatosreproductores de sonido ni altavoces, debiendorealizarse las actividades musicales de viva voz omediante los instrumentos musicales autorizados alefecto, sin amplificadores de sonido.

c) La posible percepción lucrativa por parte delautorizado derivada del ejercicio de la actividad será,en todo caso, de carácter voluntario por parte de losciudadanos que transiten por la vía pública. No sepermitirá en ningún caso la venta de discografía ofilmografía o de cualquier otro producto o artículo,ni el ejercicio de actividad comercial o mercantildurante el ejercicio de la actividad autorizada.

Artículo 11. Solicitudes.

Las solitudes para autorizaciones deberán dirigirsea la Alcaldía-Presidencia por medio de instancia enla que se indicará la zona o lugar en la que se pretendeejercer la actividad.

En la señalada solicitud habrá de acreditarse los datossiguientes:

- Nombre, apellidos domicilio del peticionario y D.N.I.acompañando fotocopia del mismo. Si no poseenacionalidad española deberá aportar número yfotocopia del pasaporte, y acreditar estar en posesióndel permiso de residencia.

- Memoria explicativa de la actividad a desarrollardetallando sus características, con indicación delperíodo -que no podrá exceder de seis meses- yhorario para el que se solicita la ocupación y superficiede ocupación prevista. Asimismo, deberá señalar elemplazamiento concreto donde pretende desarrollarla actividad, así como otras zonas alternativas parael supuesto de que no pueda otorgarse autorizaciónen el lugar indicado. Podrá exigirse cuando se estimenecesario, plano de situación a escala 1/200 queincluya el cruce de calles más próximo, debidamenteacotado tanto el ancho de acera como distancia entrelos distintos elementos urbanos que puedan existir enla misma, detallando la parte de suelo público que sepretende ocupar, con indicación de las dimensionescorrespondientes, así como la distancia a fachada, bordilloy esquina más próxima.

- Declaración expresa de que el solicitante conocelas normas a las que debe ajustarse su actividad y seobliga a su observancia.

- Certificado acreditativo del seguro de responsabilidadcivil que cubra cualquier clase de riesgo que se derivede la actividad a desarrollar, acompañado de recibode pago actualizado, cuando la actividad conlleve elmontaje de estructuras o el empleo de dispositivossusceptibles de producir algún riesgo.

Artículo 12. Período de ocupación y horarioautorizados.

Tanto el período de ocupación como horario permitidopara el ejercicio de la actividad se determinará, en sumomento, de forma individualizada en lascorrespondientes autorizaciones, con sujeción a laslimitaciones y condicionantes contenidas en la presenteOrdenanza y las que se determinen mediante lasnormas genéricas que para cada actividad se aprueben,en su caso, anualmente, mediante resolución municipal.

Artículo 13. Instalaciones susceptibles de autorización.

1. Cualquier elemento o artilugio cuya instalación

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4229

Page 46: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

en la vía pública se precise para el ejercicio de lasactividades recogidas en las presentes normas será denaturaleza desmontable debiendo reunir los requisitostécnicos que determine en cada caso concreto, losservicios técnicos municipales.

2. Se comprobará en la descarga de cualquiera delos materiales o maquinaria que se precise, la resistenciade la calzada o acera. Las presiones transmitidas a lacalzada o acera serán inferiores a las máximasadmisibles.

TÍTULO III

PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y VENTA NOSEDENTARIAEN VÍAPÚBLICADE PRODUCTOSELABORADOS IN SITU

Artículo 14. Objeto.

1. Serán objeto de regulación por las normascontenidas en el presente Título la prestación deservicios y la venta de productos realizadas in situ que,promovidas por particulares, se pretendan realizaren la vía pública.

2. Con carácter general, se podrá autorizar laprestación de servicios y la venta de productosrealizados in situ con carácter eminentemente artesanaltales como actividades pictóricas, fotográficas,artesanías, realización de trenzas y similares.

3. No podrá autorizarse la venta de productosalimenticios.

Artículo 15. RequisitosPara el ejercicio de la venta no sedentaria los

comerciantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar dados de alta en el epígrafe o epígrafescorrespondientes al Impuesto de Actividades Económicasy al corriente del pago.

b) Estar dados de alta en el régimen de la seguridadsocial que les corresponda.

c) Cumplir todos los requisitos que establezcan lasreglamentaciones específicas aplicables a los productosque tengan en venta.

d) Cuando se trate de comerciantes extranjeros nocomunitarios, acreditar que están, además, en posesión

de los permisos de residencia y de trabajo por cuentapropia, en su caso, así como acreditar el cumplimientode lo establecido en la normativa específica vigente.

e) Disponer de la autorización municipal para elejercicio de la venta no sedentaria en el lugar preciso.Esta autorización deberá exhibirse de modo visibley permanente en los puestos de venta.

f) Satisfacer los tributos que las ordenanzas municipalesestablecen para este tipo de ventas.

Artículo 16. Solicitudes.

Las solicitudes se formularán mediante instanciadirigida a la Alcaldía-Presidencia. En la señaladasolicitud habrá de acreditarse los datos siguientes:

- Nombre, apellidos domicilio del peticionario y D.N.I.acompañando fotocopia del mismo. Si no poseenacionalidad española deberá aportar número yfotocopia del pasaporte, y acreditar estar en posesióndel permiso de residencia y trabajo “por cuentapropia”.

- Descripción del servicio o producto que se ofrecerá.

- Tiempo por el que se solicita la autorización, queno podrá exceder de seis meses.

- Declaración expresa de que el solicitante conocelas normas a las que debe ajustarse su actividad y seobliga a su observancia.

- Indicación exacta de su ubicación con aportaciónde un croquis de la instalación que se solicita y metroscuadrados que se pretenden ocupar.

- Documentación acreditativa de estar dado de altaen el epígrafe o epígrafes correspondientes del Impuestode Actividades Económicas y al corriente del pago,así como de estar dado de alta en el régimen de laseguridad social que corresponda.

- Certificado acreditativo del seguro de responsabilidadcivil que cubra cualquier clase de riesgo que se derivede la actividad a desarrollar.

TÍTULO IV

INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 17. Infracciones.

4230 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 47: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Las infracciones a los preceptos regulados en estaOrdenanza serán tipificadas como leves, graves omuy graves dentro del correspondiente expedientesancionador, y a tal efecto constituirán:

a) Infracciones leves:

- El exceso en la ocupación de la vía públicaautorizada en una proporción de hasta un 20%.

- No dejar en las debidas condiciones de limpiezala zona de la vía pública autorizada cuando finalicela actividad, siempre que no constituya infracción grave.

- Cualquier otra acción u omisión que constituyaincumplimiento de las obligaciones contenidas en elpresente Título, y que no esté tipificada como graveo muy grave.

b) Infracciones graves:

- El exceso en la ocupación de la vía públicaautorizada en una proporción superior a un 20% e inferiora un 50%.

- El ejercicio de la actividad por persona no autorizada.

- La no conservación de la zona ocupada en perfectoestado de salubridad, limpieza y ornato, cuando seacon carácter grave o reiterado.

El incumplimiento del horario fijado.

- Que el modelo y estructura de la instalación noreúnan las condiciones exigidas por el Ayuntamiento.

- El incumplimiento de cualquiera de las condicionesque justificaron la autorización y no sean calificadascomo infracción muy grave.

- La falta de respeto o consideración a los ciudadanosdurante el ejercicio de la actividad.

- No proceder de forma inmediata, una vez finalizadala actividad al desmontaje y retirada inmediata decualquier instalación autorizada con objeto de laactividad, quedando en perfectas condiciones de usoy limpieza el espacio público.

- El incumplimiento de cualesquiera condicionesgenerales o específicas de obligado cumplimientocontenidas en la propia autorización y que no venganrecogidas expresamente en la presente Ordenanza.

c) Infracciones muy graves:

- El exceso en la ocupación de la vía públicaautorizada en una proporción superior a un 50%.

- El ejercicio de la actividad sin la preceptivaautorización municipal.

- El ejercicio de la actividad en lugar no autorizado.

- La venta de productos o artículos no autorizadosexpresamente, aprovechando la autorización concedidapara el ejercicio de la actividad.

- La desobediencia o desacato ante las instanciasde los agentes de autoridad.

Artículo 18. Responsabilidad.

1. Podrán ser sancionados por los hechos tipificadosen esta Ordenanza las personas físicas o jurídicasque resulten responsables de los mismos aun a títulode simple inobservancia.

2. Las responsabilidades administrativas que sederiven del procedimiento sancionador serán compatiblescon la exigencia al infractor de la reposición de la situaciónalterada por el mismo a su estado originario, así comocon la indemnización por los daños y perjuicioscausados, que podrán ser determinados por el órganocompetente. Asimismo, el responsable responderáde los desperfectos que puedan producirse en losbienes de titularidad municipal, quedando sujeto alreintegro total de los gastos de reconstrucción yreparación de los mismos, que serán, en todo caso,independientes de la sanción y de los derechosliquidados por los aprovechamientos efectuados. ElAyuntamiento, previa tasación por los serviciostécnicos competentes, determinará el importe de lareparación, que será comunicado al infractor para suingreso en el plazo que se establezca al efecto.

3. Cuando el cumplimiento de las obligacionesprevistas en esta Ordenanza corresponda a variaspersonas conjuntamente, responderán de formasolidaria de las infracciones que, en su caso, secometan y de las sanciones que se impongan.

4. En el caso de que, una vez practicadas lasdiligencias de investigación oportunas dirigidas aindividualizar a la persona o personas infractoras,no sea posible determinar el grado de participaciónde los diversos sujetos que hayan intervenido en la

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4231

Page 48: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

comisión de los hechos, la responsabilidad serásolidaria.

Artículo 19. Procedimiento sancionador.

1. Las acciones u omisiones que infrinjan lo prevenidoen esta Ordenanza generarán responsabilidad denaturaleza administrativa, sin perjuicio de la exigibleante la jurisdicción penal o civil, en su caso.

2. La competencia para la incoación de losprocedimientos sancionadores objeto de la presenteOrdenanza, así como para la imposición de sancionesy de las otras exigencias y responsabilidades compatiblescon las mismas, corresponde a la Alcaldía-Presidenciao Concejalía-Delegada, en su caso.

3. En lo no previsto en la presente Ordenanza seránde obligada observancia las disposiciones contenidasen el Reglamento del Procedimiento para el Ejerciciode la Potestad Sancionadora, de conformidad a losprincipios recogidos en la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Artículo 20. Medidas provisionales.

1. El órgano competente para resolver podrá adoptaren cualquier momento, mediante acuerdo motivado,las medidas de carácter provisional que resultennecesarias para asegurar la eficacia de la resoluciónque pudiera recaer, el buen fin del procedimiento, evitarel mantenimiento de los efectos de la infracción y lasexigencias de los intereses generales. En aplicaciónde las mismas y sin perjuicio de la sanción quecorresponda, el Ayuntamiento podrá acordar lasuspensión de las autorizaciones, así como disponerel desmantelamiento o retirada de los elementosinstalados, así como la intervención de los objetos,materiales o productos que sean objeto de la actividad,con reposición de las cosas al momento anterior a suinstalación.

2. Las órdenes de desmontaje o retirada de loselementos en cuestión deberán cumplirse por lostitulares en el plazo máximo fijado en la correspondienteresolución, transcurrido el cual, se podrá proceder ala retirada de dichos elementos ya sea por los propiosagentes de la autoridad, ya por los Servicios municipaleshabilitados al efecto, mediante ejecución subsidiaria,quedando depositados en los almacenes municipales,siendo a cargo del titular todos los gastos que se

generen de su traslado, mantenimiento y depósito.

3. En caso de urgencia inaplazable se podrá acordar,con anterioridad a la iniciación del procedimiento, lasuspensión inmediata de las actividades que se realicensin autorización, así como la retirada inmediata de bienes,objetos, materiales o productos objeto de la infracción,sin más requerimiento previo al titular, en caso de hallarsepresente el mismo, que la comunicación «in situ» delas circunstancias que lo motiven por parte de los agentesactuantes, cuando se dé alguna de las circunstanciassiguientes:

a) Cuando la actividad desarrollada no cuente conla pertinente autorización municipal o su titular resulteanónimo.

b) Cuando a juicio de los Servicios Técnicosmunicipales o de los agentes de la Policía Local, laactividad suponga un riesgo objetivo para la integridadde los peatones o el tráfico rodado o impidamanifiestamente su tránsito normal por la vía pública.

c) Cuando se incumplan las prohibiciones expresamentecontenidas en la presente Ordenanza, siendo laactividad susceptible de generar algún daño a laspersonas y bienes, o suponga una vulneración manifiestade las normas de convivencia y civismo de obligadaobservancia.

4. En los casos previstos en los apartados anteriores,correrán igualmente por cuenta del titular responsable,los gastos de ejecución subsidiaria, transporte yalmacenaje, sin perjuicio de las demás responsabilidadesque pudiera corresponderle. En el supuesto previstoen el presente apartado, las medidas adoptadas deberánser confirmadas, modificadas o levantadas en elacuerdo de iniciación del procedimiento.

5. No tendrá carácter de sanción la incautación delos elementos instalados en el marco de una medidaprovisional adoptada al efecto, quedando aquellosdepositados a disposición del Excmo. Ayuntamiento,en tanto que se estime oportuno en garantía de laresolución que pudiera recaer, todo ello sin perjuiciode la incoación del correspondiente expedientesancionador.

6. Podrá ser levantado el depósito, de oficio o a solicituddel interesado, cuando por el órgano competente nose estime necesario su mantenimiento para asegurarla eficacia de la resolución que pudiera recaer, el

4232 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 49: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

buen fin del procedimiento, evitar los efectos de lainfracción o las exigencias de los intereses generales.

7. Transcurrido el plazo de diez días, a contar desdela fecha de la resolución que ponga fin al procedimiento,sin haberse personado el interesado debidamenteacreditado, a efectos de proceder a la retirada de loselementos intervenidos, se entenderá como renunciaa los mismos, procediendo potestativamente y sinmás trámite, en atención a la naturaleza de los bienes,ya a su destrucción o reciclaje, ya a su destino a finesbenéficos.

Artículo 21. Sanciones.

1. Las infracciones reguladas en la presente Ordenanzadarán lugar a la imposición de las siguientes sanciones:

a) Por la comisión de faltas leves: apercibimiento;multa en la cuantía comprendida entre 150 hasta 300euros y/o suspensión de la autorización hasta un mes.

b) Por la comisión de faltas graves: multa en la cuantíacomprendida entre 301 hasta 600 euros y/o suspensiónde la autorización de hasta tres meses.

c) Por la comisión de faltas muy graves: multa enla cuantía comprendida entre 601 hasta 3.000 eurosy/o suspensión de la autorización de hasta seis meses.

2. La reincidencia en la comisión de una falta muygrave podrá suponer, adicionalmente a la multa, larevocación definitiva de la autorización o imposibilidadde obtenerla en el término municipal de Antiguadurante un año.

3. Las sanciones se graduarán atendiendo a criteriostales como:

- La perturbación u obstrucción causada al normalfuncionamiento de un servicio público.

- La gravedad de los perjuicios, incomodidad ydaños causados a la Administración o a los ciudadanos.

- La existencia de intencionalidad o premeditación.

- La reincidencia, por comisión en el término de unaño de más de una infracción de la misma naturalezacuando así haya sido declarado por resolución firme.

4. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 delReglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora,aprobado mediante Real Decreto 1.398/1993, de lassanciones de multa previstas en la presente Ordenanza,podrán hacerse efectivas con una reducción del 50 %sobre la cuantía propuesta en el decreto de iniciacióndel correspondiente expediente sancionador, siempreque dicho pago voluntario se efectúe durante los 15días naturales siguientes a aquel en que tenga lugarla notificación del mismo, lo que implicará laterminación del procedimiento, sin perjuicio de laposibilidad de interponer los recursos procedentes.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza entrará en vigor una vezaprobada definitivamente, publicado su texto íntegroen el Boletín Oficial de la Provincia y transcurridoel plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igualo inferior rango se opongan o contradigan a lo dispuestoen la presente Ordenanza. En particular, quedanderogados los artículos 27 y 62 de la OrdenanzaMunicipal Medioambiental.

ANEXO I

PLAZOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LASAUTORIZACIONES PARA EL DESARROLLODE ACTIVIDADES ARTÍSTICAS

A) Ejercicio de la actividad durante el primersemestre del año natural (enero a junio, ambosinclusive):

Plazo de presentación de instancias: hasta el 8 dediciembre o en caso de ser festivo, día hábilinmediatamente posterior.

Exposición de solicitudes admitidas y de adjudicacionesprovisionales: 21 de diciembre o, en caso de serfestivo, día hábil inmediatamente posterior.

B) Ejercicio de la actividad durante el segundosemestre del año natural (julio a diciembre, ambosinclusive):

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4233

Page 50: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Plazo de presentación de instancias: hasta el 8 de junio o en caso de ser festivo, día hábil inmediatamenteposterior.

Exposición de solicitudes admitidas y de adjudicaciones provisionales: 21 de junio o, en caso de ser festivo,día hábil inmediatamente posterior.

Se admitirá la presentación de solicitudes de autorización fuera de los plazos señalados en los supuestos enque, tras la celebración del correspondiente procedimiento de selección, quedarán puestos vacantes.”

Antigua, cinco de marzo de dos mil trece.

LA ALCALDESA, Genara C. Ruiz Urquía.3.143

EDICTO2.931

De conformidad a lo dispuesto por los artículos 59.5 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la siguiente notificación por Edicto a laspersonas o entidades que a continuación se relacionan, al no haberse podido practicar la notificación interesadade forma personal o por correo:

Interesado OBJETO

ALFAVIMA MANAGEMENT S.L. Notificación acuerdo Junta de GobiernoLocal de fecha 24.01.13, declarandocaducidad del expediente 242-1/14-2002

RASHWAND MOHAMED RASHWAN ABOUELELA Notificación acuerdo Junta de GobiernoLocal de fecha 24.01.13, declarandocaducidad del expediente 242-1/05-99

Antigua, a cuatro de marzo de dos mil trece.

LA ALCALDESA, Genara C. Ruiz Urquía.

3.138

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE

ANUNCIO2.932

Habida cuenta del procedimiento que se sigue sobre la justificación de la subvención municipal al transporteconcedida por acuerdo plenario de este Ayuntamiento en fecha 10 de septiembre de 2012 para el curso 2011/2012,visto el informe técnico, de don Óscar Lorenzo García Vizcaíno, de fecha 4 de marzo de 2013 sobre elprocedimiento de justificación de la subvención ya dicha, visto el artículo 11 de la Ordenanza MunicipalReguladora de la citada subvención (BOP número 23 de 10 de febrero de 2012), y a tenor de lo previsto en elartículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por medio del presente anuncio:

4234 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 51: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Se requiere a los interesados que se expresan a continuación para que aporten ante este Ayuntamiento, en elplazo improrrogable de QUINCE DÍAS, la documentación necesaria para ejercer válidamente el acto dejustificación. Advirtiendo que, conforme dispone la legislación vigente aplicable en materia de subvenciones,en particular el artículo 70 de la ley ya dicha, la falta de presentación de la justificación llevará consigo la exigenciadel reintegro y demás responsabilidades previstas legalmente por la legislación aplicable en materia desubvenciones.

Nº DE EXPEDIENTE NOMBRE APELLIDOS271/2012 TOMAS ACOSTA ARROCHA092/2012 JUAN ACUÑA ROBAYNA453/2012 NEREIDA MARIA ALCHAPAR HERNANDEZ015/2012 JULIO MANUEL ALONSO GONZALEZ212/2012 VICTORIA ALONSO PERDOMO481/2012 NAIRA ALVAREZ RODRIGUEZ234/2012 DAVID ARBELO LEMES021/2012 LUCIA DEL CARMEN ARMAS CAMEJO245/2012 PATRICIA ARMAS CASTRO325/2012 JOSE AQUILINO ARROCHA RODRIGUEZ160/2012 ADRIAN ANDRES ARROYO VERGARA407/2012 MARIA ERICA AVILES PEDREGOSA436/2012 DEVORA BARRERA VEGA017/2012 LAURA BARRERO BERNAL367/2012 MIRIAM DOLORES BARRIOS HERNANDEZ073/2012 KEVIN ANTONIO BAYON CURBELO324/2012 LINA VANESSA BEJARANO HINCAPIE352/2012 DANIEL BERENGUER CABRERA288/2012 JOSE ALEXANDRE BETANCOR ARROCHA029/2012 JUAN CARMELO BETANCORT ACOSTA135/2012 YERAY ALEXIS BETANCORT HERNANDEZ247/2012 NAUZET BETANCORT MELIAN116/2012 ALBERTO BETANCORT RODRIGUEZ117/2012 ADRIAN JESUS BETANCORT RODRIGUEZ389/2012 GUIZE BLANCAS HERNANDEZ391/2012 AYOZE BLANCAS HERNANDEZ330/2012 NISAMAR BOLAÑOS MARTIN014/2012 INES VERONICA BRITO CABRERA228/2012 MIRYAM BUENO SAINZ229/2012 OSCAR BUENO SAINZ437/2012 PATRICIA CABRERA ACOSTA079/2012 LETICIA CABRERA ALAYON309/2012 SARA CABRERA ARENCIBIA

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4235

Page 52: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

220/2012 ROMAN MACIOT CABRERA CEDRES482/2012 BEATRIZ CABRERA FERNANDEZ151/2012 CARLOS DAVID CABRERA FIGUEROA163/2012 GARA CABRERA MENDOZA307/2012 ANA CABRERA MERINO349/2012 MARIA TERESA CABRERA ROBAYNA221/2012 SONIA MARIA CABRERA UMPIERREZ063/2012 JORGE CACERES HERNANDEZ348/2012 JOSE ANTONIO CALLERO LEIVA388/2012 MARIA CRISTINA CALLERO LEON251/2012 FRANCISCO JOSE CAMACHO LEMES434/2012 AYTHAMI DAVID CARABALLO ARROCHA148/2012 SUSANA CARABALLO GARCIA196/2012 JOSE ANTONIO CARRASCO SANGINES052/2012 CARMEN CARRO SABINA419/2012 UBAY CASANOVA BLANCAS297/2012 ROCIO DEL CARMEN CASTILLO REDONDO371/2012 MARIA GORETTI CASTRO CALLERO246/2012 FRANCISCO JOSE CASTRO LEON336/2012 IRIS SARAY CEDRES AYALA422/2012 DAILOS JAVIER CEDRES GANZO357/2012 CLAUDIA CODORNIU GALLARDO338/2012 JORGE AITOR CONCEPCION ARROCHA440/2012 FAYNA TERESA CONCEPCION MARTIN045/2012 MARIA CORUJO CORUJO358/2012 MARTA CORUJO HERNANDEZ141/2012 ITAHISA NOEMI CORUJO VIÑOLY122/2012 LIONEL CURBELO GARCIA392/2012 (BIS) ANTONIO CURBELO TORIBIO439/2012 CATHAYSA DELGADO REYES457/2012 SILVIA DELGADO TOLEDO107/2012 INMACULADA BELEN DIAZ GONZALEZ169/2012 LAURA DIAZ LAFUENTE284/2012 SEBASTIAN JAVIER DUARTE FASSINA455/2012 MARIA DEL PINO DUQUE NEGRIN051/2012 WILFREDO ENCARNACION GALVAN431/2012 MARIA FERNANDEZ BETHENCOURT125/2012 JUAN CARLOS FERNANDEZ JUNQUERA470/2012 NAIRA FERNANDEZ LITAGO441/2012 ALEJANDRO FERRER MACHIN

4236 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 53: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

152/2012 NATALIA FERRER VILLALBA128/2012 VLADIMIR GARCES DELGADO267/2012 SERGIO NAST GARCIA ELVIRA248/2012 SARA GARCIA GARCIA007/2012 AZAHARA EUGENIA GARCIA GONZALEZ290/2012 GUZMAN JESUS GARCIA HERNANDEZ068/2012 DOLORES ARIANA GARCIA ROBAYNA129/2012 ANA GARCIA SANTOS415/2012 NATIVIDAD GARRIDO RODRIGUEZ343/2012 FABIAN GOMEZ FERNANDEZ261/2012 ANTONIO MIGUEL GONZALEZ BLANCO257/2012 RUBEN ANTONIO GONZALEZ GARCIA463/2012 XERACH GONZALEZ GUILLEN465/2012 ABIGAIL GONZALEZ GUILLEN231/2012 JOSE ALBERTO GONZALEZ MARTIN444/2012 LUIS FERNANDO GONZALEZ MUÑOZ355/2012 SALVADOR TOMAS GONZALEZ RAMIREZ159/2012 HECTOR GONZALEZ RODRIGUEZ218/2012 RAFAEL GOPAR MARTIN025/2012 JOSEFINA GROBA BERAÑA403/2012 ANA GUERRA SCHULZ192/2012 JACOBO GUILLEN DUARTE193/2012 SHEILA GUILLEN DUARTE404/2012 ANTONIO GUTIERREZ ZAMORA402/2012 JUAN ANTONIO HERNANDEZ BETANCORT442/2012 CRISTINA HERNANDEZ CASANOVA413/2012 ANGEL MANUEL HERNANDEZ GUTIERREZ334/2012 TARA MARIA HERNANDEZ MORALES374/2012 RAQUEL HERNANDEZ MORALES408/2012 HECTOR HERNANDEZ NAVARRO397/2012 GERARDO RUBEN HERNANDEZ PERDOMO138/2012 SALOME HERNANDEZ RODRIGUEZ302/2012 ROSAURA HERNANDEZ RODRIGUEZ285/2012 NOELIA HERNANDEZ SAN GINES445/2012 EVA HERNANDEZ TOLEDO478/2012 MARIA ALMUDENA HERNANDEZ TOLEDO282/2012 RAQUEL HERNANDEZ VALIENTE425/2012 MANUEL HERNANDEZ VIÑOLY426/2012 MARIA TERESA HERNANDEZ VIÑOLY398/2012 MARIA HOZ PERDOMO

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4237

Page 54: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

274/2012 DANIEL ANGEL IGLESIAS TORO378/2012 ICO THAIS JOLLY FRAHIJA339/2012 ELSA DE DIOS JULIA SANCHEZ479/2012 NURIA PILAR JURADO MARIN242/2012 REBECA LADO MARTINEZ458/2012 MARIA DOLORES LAGO ALAYON460/2012 CARLA LAGO ALAYON303/2012 JOSE ANTONIO LAREO DOMINGUEZ249/2012 JEREMIAS LASSO QUINTERO451/2012 SARA MAY LEMES BRITO172/2012 SARAY LEMES LEON031/2012 CRISTINA LEON BARRETO028/2012 BRENDA AMPARO LEON ESCOBAR296/2012 PATRICIA LEON LEMES409/2012 SONIA LEON MARQUES034/2012 LUCIA LEON MESA039/2012 CRISTINA LEON MESA010/2012 EMMA LEUNG RAMIREZ293/2012 LEXLY JOHANA LLANOS PEREZ054/2012 RAQUEL LOSADA RIVAS055/2012 YAGO LOSADA RIVAS345/2012 PEDRO JONAY LUIS FERNANDEZ424/2012 JOSE ANTONIO LUNA CABRERA173/2012 CRISTINA LUNA QUESADA005/2012 JUAN DAVID MACHADO GUTIERREZ342/2012 IDUBAREN MACHIN CALERO253/2012 ALEJANDRA MANTERO CABRERA391/2012 (BIS) FRANCISCO YERAY MARRERO CABRERA401/2012 ARANCHA BEATRIZ MARTIN FEO224/2012 MIRIAM ATENEA MARTIN HERNANDEZ466/2012 NOELIA MARTIN LUZARDO329/2012 SILVIA MARTIN MARTIN427/2012 SERGIO MARTIN MEDINA176/2012 MIGUEL MARTIN MORALES175/2012 PAULA MARTINEZ ABAD291/2012 ANA MARIA MARTINEZ LEON464/2012 JUAN MARTINEZ MANRIQUE144/2012 MARIA ELIZABETH MEDINA GUTIERREZ385/2012 BORJA MEDINA HERNANDEZ098/2012 MOISES MEDINA TEJERA

4238 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 55: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

326/2012 MAIRA ALEJANDRA MENDOZA LOAIZA209/2012 EYNAR ESAU MINA LOZANO102/2012 MARIA MIRANDA HERNANDEZ LORENZO383/2012 LAURA MONTELONGO CARABALLO462/2012 VICTOR ALFONSO MONTOYA GUERRERO350/2012 EDENIA MORALES ARRAEZ351/2012 DALIA ELENA MORALES ARRAEZ155/2012 IDAIRA MORALES CABRERA227/2012 HIMAR ADAY MORALES GARCIA153/2012 ALVARO MORALES MORIN130/2012 ITZIAR MOSCOSO RODRIGUEZ377/2012 CRISTINA NORBERTA NICOLAS LUIS149/2012 JOSE DANIEL NODA CARABALLO164/2012 MARCELO OÑATE MUÑOZ399/2012 LAURA PARADA SILVA423/2012 NILSA MARIA PERDOMO MARTIN013/2012 ALICIA PEREZ HERNANDEZ214/2012 HECTOR PEREZ MONTERO048/2012 ELISABETH PEREZ RODRIGUEZ049/2012 NOEMI PEREZ TOLEDO038/2012 PAOLA KRYSTEL PINILLOS ESPINOZA040/2012 PRISCILA LORENA PINILLOS ESPINOZA382/2012 NOEMI PLA TORRES446/2012 MARIA DEL VALLE PONCE FERNANDEZ410/2012 VICTOR QUESADA MARQUES412/2012 ALEJANDRO QUESADA MARQUES418/2012 ADELINA QUINTANA CAMEJO027/2012 SAMUEL RAMOS HERRERA477/2012 BARBARA RAMOS TOLEDO333/2012 JOSE ANTONIO REAL CASTRO084/2012 CRISANTO JOSE REYES EUGENIO082/2012 ADRIAN RODRIGUEZ ARMAS428/2012 JUAN PABLO RODRIGUEZ BETANCORT110/2012 AARON JACOBO RODRIGUEZ CABRERA414/2012 SIOMARA RODRIGUEZ CACERES137/2012 PAULA RODRIGUEZ GUERRA146/2012 ROSA RODRIGUEZ GUTIERREZ356/2012 DAVID RODRIGUEZ HERNANDEZ198/2012 ELENA RODRIGUEZ LEON213/2012 PENELOPE RODRIGUEZ MARTIN

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4239

Page 56: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

195/2012 ADRIAN RODRIGUEZ PEREZ299/2012 MANUEL ALEJANDRO RODRIGUEZ SANTANA233/2012 AITOR DAILOS ROJAS PEREZ167/2012 JOSE ADAY ROJO BETANCORT075/2012 FRANCISCO JOSE ROMERO CRUZ194/2012 DIANA CAROLINA RUIS LLUMIQUINGA316/2012 SERGIO RULL TELLO317/2012 ALVARO RULL TELLO365/2012 JEROME SAMSON SOTTO420/2012 MIRIAM SANCHO PLACERES273/2012 VIRGINIA SANTANA GARCIA319/2012 NETEIMBA SIBICE SANTANA GUZMAN406/2012 MARIA SANTIAGO CARMONA405/2012 ROCIO SIMON FUENTES131/2012 ALVARO SIVERA RODRIGUEZ474/2012 VALENA SOSA MANCHADO411/2012 FATIMA SOSA SAAVEDRA450/2012 TEGADAY SOSA VIÑOLY264/2012 BETANIA SUAREZ MARTIN461/2012 SARA SUAREZ RODRIGUEZ396/2012 ISIDRO RAMON TAVIO SUAREZ180/2012 ELENA TEJERA GONZALEZ344/2012 LINDA SOL TIMANA OSES108/2012 ERICK JEFFERSON TOLEDO MENDOZA042/2012 MARIA DEL PILAR UMPIERREZ GARCIA260/2012 O´HARA VALDERAS SANTANA244/2012 JOSE MIGUEL VARELA FERNANDEZ312/2012 CHRISTIAN ESTEBAN VARON MANZANO275/2012 CRISTINA VARONA TORRES387/2012 MANUEL VAZQUEZ DIAZ335/2012 CARLA HERMINIA VERA CACERES320/2012 SAUL VILLANES HERNANDEZ100/2012 ANGELES SELENE VIZOSO BETANZOS421/2012 CRISTINA ZERPA MACHIN

Arrecife, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL ALCALDE ACCIDENTAL, José Francisco Montelongo Espinosa.

3.139

4240 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 57: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE ARTENARA

ANUNCIO2.933

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local enSesión celebrada el día 7 de marzo de 2013, pormedio del presente anuncio se efectúa convocatoriadel procedimiento abierto, con un único criterio deadjudicación, al precio más bajo, para la adjudicacióndel contrato de obras de “RESTITUCIÓN PARCIALDE INSTALACIONES Y PAVIMENTO EN LASCALLES AVENIDA MATÍAS VEGA, ALCALDEMANUELLUJÁN YCAMINO ALAS MORADAS“,conforme a los siguientes datos:

1. ENTIDAD ADJUDICADORA:

a) Organismo. Excmo. Ayuntamiento de Artenara.

b) Dependencia que tramita el expediente. Secretaría

2. OBJETO DEL CONTRATO:

a) Descripción del objeto: RESTITUCIÓN PARCIALDE INSTALACIONES Y PAVIMENTO EN LASCALLES AVENIDA MATÍAS VEGA, ALCALDEMANUEL LUJÁN Y CAMINO ALAS MORADAS.

b) Plazo de ejecución: Seis meses

3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:

a) Tramitación. Ordinaria.

b) Procedimiento. Abierto.

4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:

- Presupuesto base de licitación: CIENTO SETENTAMIL CIENTO TRES EUROS CON CINCUENTA YCINCO CÉNTIMOS (170.103,55 EUROS) y ONCEMIL NOVECIENTOS SIETE EUROS CONVEINTICINCO CÉNTIMOS (11.907,25 EUROS)de I.G.I.C.

5. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EINFORMACIÓN:

a) Entidad: Ilustre Ayuntamiento de Artenara.

b) Domicilio: Avenida Matías Vega, número 1.

c) Localidad y código postal: Artenara-35350.

d) Teléfono: 928.666.117.

e) Fax: 928.666.388.

f) Perfil del Contratante: www.artenara.es

6. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LASOFERTAS:

- El criterio de valoración único establecido es elprecio.

7. REQUISITOS ESPECÍFICOS DELCONTRATISTA: -

-No se exige clasificación al contratista.

8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:

a) Plazo de presentación. VEINTISÉIS DÍASNATURALES contados a partir del día siguiente ala publicación del presente anuncio en el BoletínOficial de la Provincia.

b) Lugar de presentación:

- Entidad: Ayuntamiento de Artenara

- Domicilio: Avenida Matías Vega, número 1.

- Localidad y código postal: Artenara 35350.

9. APERTURA DE OFERTAS:

a) Lugar: Salón de Plenos del Ayuntamiento deArtenara.

b) Dirección: Avenida Matías Vega, número 1.

c) Localidad y código postal: Artenara-35350

d) Fecha y hora: El segundo día hábil siguiente ala finalización del plazo de presentación de las ofertas,a las 11:00 horas.

10. GASTOS DE PUBLICIDAD:

A cargo del adjudicatario.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4241

Page 58: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

En Artenara, a siete de marzo de dos mil trece.

LA ALCALDESA, Josefa Díaz Melián.

3.058

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE BETANCURIA

ANUNCIO2.934

ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL

El Pleno del Ayuntamiento de Betancuria, en sesiónordinaria celebrada el día 16 de enero de 2013, acordóla aprobación inicial de Ordenanza fiscal del PrecioPúblico por Prestación de los Servicios deEstacionamiento y Uso de las Instalaciones del ParkingMunicipal del municipio de Betancuria, y encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, y en el artículo 56 del RealDecreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por elque se aprueba el Texto Refundido de las DisposicionesLegales vigentes en materia de Régimen Local, se someteel expediente a Información Pública por el plazo deTREINTA DÍAS, a contar desde el día siguiente a lainserción de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia, para que pueda ser examinado y se presentenlas reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentadoalegaciones, se considerará aprobado definitivamentedicho Acuerdo.

En Betancuria, a uno de febrero de dos mil trece.

EL ALCALDE, Marcelino Cerdeña Ruiz.

3.168

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE FIRGAS

ANUNCIO2.935

El Pleno Corporativo, en sesión celebrada el día 14de enero de 2013, acordó la aprobación inicial de la

“ORDENANZA DE TRAMITACIÓN DELICENCIAS, ACTUACIONES URBANÍSTICASY DECLARACIONES RESPONSABLES PARALA PRIMERA OCUPACIÓN, UTILIZACIÓN DEEDIFICACIONES E INSTALACIONES ENGENERAL, Y PARA LA HABITABILIDAD DELAS VIVIENDAS DE LAVILLADE FIRGAS”, asícomo considerar definitivamente aprobada la mismasi no se presentasen alegaciones durante el periodode información pública.

El referido acuerdo fue expuesto al público, aefectos de reclamaciones y sugerencias, en el Tablónde Anuncios de esta Entidad y en el Boletín Oficialde la Provincia número 12, de fecha 25 de enero de2013, por plazo de treinta días, durante cuyo periodono se presentó reclamación alguna.

Al no haberse presentado reclamaciones durante elplazo de exposición al público, queda automáticamenteelevado a definitivo el Acuerdo plenario inicialaprobatorio de la Ordenanza, cuyo texto íntegro sehace público, para su general conocimiento y encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local:

ORDENANZA REGULADORA DELPROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DELICENCIAS, ACTUACIONES URBANÍSTICASY DECLARACIONES RESPONSABLES PARALA PRIMERA OCUPACIÓN, UTILIZACIÓN DEEDIFICACIONES E INSTALACIONES ENGENERAL, Y PARA LA HABITABILIDAD DELAS VIVIENDAS DE LA VILLA DE FIRGAS.

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.CAPÍTULO I.Objeto y Ámbito de aplicación.Artículo 1. Objeto de la ordenanza.1. La presente ordenanza tiene por objeto regular

la tramitación de los procedimientos de otorgamientode las licencias urbanísticas en el término municipalde la Villa de Firgas, la presentación de la declaraciónresponsable de las primeras utilizaciones y ocupacionesde edificaciones e instalaciones en general y lahabitabilidad de las viviendas, los documentos quese han de acompañar a la declaración responsable parala verificación por los servicios técnicos municipalesdel cumplimiento de la normativa de aplicación, así

4242 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 59: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

como regular la publicidad por medio de las consultas,informes y certificados urbanísticos, con la finalidadde facilitar al administrado cualquier tipo de informaciónque desee relacionada con la actividad urbanística deeste Ayuntamiento.

2. La ordenanza desarrolla la legislación urbanísticay de ordenación de la edificación, así como las NormasUrbanísticas vigentes del municipio de la Villa de Firgas.

Artículo 2. Licencia urbanística y declaraciónresponsable.

1. La licencia urbanística es un acto reglado de laadministración municipal por el cual, previacomprobación de las condiciones establecidas por lanormativa aplicable, se autoriza al solicitante elejercicio de su derecho preexistente a edificar o adesarrollar determinadas actividades.

2. En el documento de la licencia urbanística se indicaráel tipo de actuación autorizada de acuerdo con laclasificación de actuaciones urbanísticas contenidasen la presente ordenanza, indicando las condicionestécnicas y jurídicas, y, en su caso, de funcionamientoa que quede sometida.

3. Por declaración responsable se entiende eldocumento suscrito por un interesado en el quemanifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple conlos requisitos establecidos en la normativa vigente paraacceder al reconocimiento de un derecho o facultado para su ejercicio, que dispone de la documentaciónque así lo acredita y que se compromete a mantenersu cumplimiento durante el período de tiempo inherentea dicho reconocimiento o ejercicio, todo ello deconformidad a lo establecido en el artículo 71 bis dela Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en su redaccióndada por el artículo 2 de la Ley 25/2009 de 22 dediciembre.

Artículo 3. Actos sujetos a licencia urbanística.

1. Están sujetos a licencia urbanística, en los términosestablecidos en la presente Ordenanza y en TextoRefundido de las Leyes de Ordenación del Territorioy Espacios Naturales de Canarias, y sin perjuicio delas demás autorizaciones que sean procedentes conarreglo a la legislación sectorial aplicable, todos losactos de uso del suelo, subsuelo, vuelo, construccióny edificación para la implantación y el desarrollo deactividades y, en particular, los siguientes:

a) Actos de edificación:

• Las obras de construcción, edificación e implantaciónde instalaciones de toda clase de nueva planta.

• Las obras de ampliación de construcciones,edificaciones e instalaciones de toda clase existentes.

• Las obras de modificación o reforma que afectena la estructura o al aspecto exterior de las construcciones,las edificaciones y las instalaciones.

• Las obras que modifiquen la disposición interiorde las edificaciones, cualquiera que sea su uso, así comola modificación del número de sus unidades funcionalessusceptibles de uso independiente.

• Las obras que hayan de realizarse con carácterprovisional y la ubicación provisional o permanentede edificaciones y construcciones prefabricadas einstalaciones similares.

• La demolición de las construcciones, salvo enlos casos declarados de ruina inminente.

• La colocación de antenas de cualquier clase.

• La instalación y funcionamiento de grúas.

• La instalación de invernaderos y de cortavientos.

• Los cerramientos de fincas, muros y vallados.

• Los usos de carácter provisional.

• La instalación de tendidos eléctricos, telefónicosu otros similares.

• La construcción de presas, balsas, obras de defensay corrección de cauces públicos, vías públicas oprivadas, puertos de abrigo, diques de protección ydefensa del litoral, accesos a playas, bahías y radas.

• Cualquier tipo de obras o usos que afectan a laconfiguración del territorio.

b) Los actos de disposición:

• Las parcelaciones, segregaciones, modificacioneso cualesquiera otros actos de división de fincas encualquier clase de suelo, no incluido en proyectos decompensación o reparcelación.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4243

Page 60: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

c) Actos de uso del suelo o subsuelo:

• Los movimientos de tierra y las obras de desmontey explanación en cualquier clase de suelo, salvo quetales actos estén detallados y programados comoobras a ejecutar en un Proyecto de Urbanización.

• Los trabajos de abancalamiento y sorriba para lapreparación de parcelas de cultivos, sin que lasoperaciones para labores agrícolas tengan talconsideración.

• La extracción de áridos y la explotación de canteras.

• La acumulación de vertidos y el depósito demateriales.

• La tala o poda de masas arbóreas, de vegetaciónarbustiva o de árboles aislados que, por sus características,puedan afectar al paisaje o estén protegidos por lalegislación sectorial correspondiente.

• La colocación de carteles y vallas de propagandavisibles desde la vía pública.

• Las construcciones e instalaciones que afecten alsubsuelo.

d) Los demás actos que señalen los instrumentosde planeamiento de ordenación de recursos naturales,territorial o urbanístico.

Artículo 4. Actos no sujetos a licencia urbanística.

No será exigible licencia urbanística en los siguientessupuestos:

a) La primera utilización y ocupación de instalacionesen general, y la cédula de habitabilidad cuando se tratede viviendas que deberán ser precedidas por unadeclaración responsable en los términos establecidosen la presente ordenanza.

b) Las parcelaciones, segregaciones, modificacioneso cualesquiera otro acto de división de fincas o prediosque hayan sido incluidas en instrumentos de gestiónurbanística con capacidad reparcelatoria.

c) La demolición de construcciones declaradas enruina inminente y las obras de apuntalamiento, cuandosean precisas.

d) Las obras de urbanización previstas en los

proyectos de urbanización aprobados por elAyuntamiento.

e) Las obras que sean objeto de órdenes de ejecucióndictadas por el Ayuntamiento.

f) Las actuaciones urbanísticas promovidas por elAyuntamiento en su propio término municipal.

En estos casos, el acuerdo municipal que las autoriceo apruebe estará sujeto a los mismos requisitos yproducirá los mismos efectos que la licencia urbanística,sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación derégimen local.

g) Las obras públicas eximidas expresamente porla legislación sectorial, siempre que la Administraciónpromotora de las mismas ultime el procedimientoalternativo de intervención municipal al efectoestablecido.

h) Obras de conservación consistentes en la sustituciónde acabados interiores y exteriores con criteriosestéticos similares conformes a condiciones estéticasdel Instrumento de Planeamiento Urbanística, de unasola vivienda o local como solados, alicatados, yesosy pinturas, cuando no estén protegidosarquitectónicamente, así como, la sustitución de lasinstalaciones propias y de la carpintería con criteriosestéticos similares, o conformes a condiciones estéticasdel Instrumento de Planeamiento Urbanístico.

i) Los cambios de titularidad de las licenciasurbanísticas, para lo cual bastará la mera comunicacióna que alude el artículo 16 de esta Ordenanza.

j) Las obras de apuntalamiento de construccionesdeclaradas en ruina.

k) En aquellos otros supuestos que lo contemple laley.

Artículo 5. Órganos competentes para otorgarlicencias.

Corresponde al Alcalde u órgano municipal enquien delegue el otorgamiento de las licenciasurbanísticas.

Artículo 6. Sujetos obligados a licencia urbanística.

1. El deber de obtener la previa licencia urbanísticase extiende tanto a personas físicas como a jurídicas,

4244 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 61: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

esto es, entidades de derecho privado o público y aAdministraciones Públicas, salvo en los casosexpresamente exceptuados en la legislación vigente.

2. Los particulares que pretendan actuacionesurbanísticas en suelo de dominio público son sujetosobligados a la petición, independientemente de lasautorizaciones o concesiones que sean pertinentesotorgar por parte de la Administración titular deldominio público.

3. Las Administraciones Públicas o sus órganos yentidades de derecho público que administren bienesde las mismas se ajustarán a los procedimientosestablecidos en la legislación estatal o autonómica poractos promovidos por las mismas.

Artículo 7. Actuaciones que requieran autorizacioneso aprobaciones de otras Administraciones con carácterprevio a la licencia urbanística.

1. Los actos de uso del suelo o edificación quepretendan llevarse a cabo en suelo rústico no podránobtener licencia urbanística municipal sin quepreviamente se haya aprobado el proyecto de ActuaciónTerritorial o autorizado la Calificación Territorial,cuando ello fuera procedente, conforme determina lalegislación vigente.

2. Tampoco podrán otorgarse las correspondienteslicencias urbanísticas cuando los actos de edificacióno uso del suelo requieran autorización previa de otrasAdministraciones con competencia sectorial en lamateria.

3. Las licencias que se otorgaren sin el concurso detales autorizaciones serán nulas de pleno derecho.

Artículo 8. Alcance del control de legalidad de lalicencia urbanística.

1. La intervención municipal, a través de la licenciaurbanística, se circunscribirá estrictamente a lacomprobación de la integridad formal y la suficiencialegal del proyecto técnico y cualquier otra documentaciónexigible para ser ejecutadas las obras e instalacionese implantadas las actividades y de la conformidad ono de lo proyectado o pretendido con la ordenaciónurbanística de pertinente aplicación.

2. En ningún caso la intervención municipal, através de la licencia urbanística, controlará los aspectostécnicos relativos a la seguridad estructural de las

construcciones o la calidad de los elementos omateriales empleados.

3. El control de legalidad realizado a través de lalicencia urbanística alcanzará a las condiciones de laedificación establecidas en el instrumento deplaneamiento urbanístico vigente y en las Ordenanzasmunicipales de Edificación y Urbanización que en sucaso se aprueben, así como a las exigidas por otrasnormativas sectoriales cuando expresamente sometanla observancia de su cumplimiento a la misma.

4. La intervención municipal en el control de lasinstalaciones especializadas de los edificios que nosean objeto de regulación específica por ordenanzamunicipal se limitará a la comprobación de su existenciacomo dotación al servicio de los edificios, así comode la reserva de espacios o locales técnicos concondiciones reglamentarias para su alojamiento y delcumplimiento de las disposiciones contenidas en lanormativa aplicable para aminorar sus repercusionesambientales. No incluirá la comprobación de lasnormativas específicas, cuando su control medianteautorizaciones, certificados o boletines correspondaa otra Administración Pública.

5. En aquellas actividades que por su naturaleza esténsujetas a autorizaciones administrativas previas de otrasAdministraciones Públicas, la intervención municipalse limitará a requerir, junto con la solicitud, la copiade las mismas o la acreditación de que han sidosolicitadas. Las licencias urbanísticas, en el caso deno haberse acreditado aún todas las restantesautorizaciones, no podrán otorgarse mientras no seobtengan todas ellas.

6. Cuando la licencia solicitada se refiera a laintervención parcial en un edificio, local o actividad,el control municipal se circunscribirá a la actuaciónpretendida y, en su caso, a la repercusión que puedatener en el resto del edificio, local o actividad o suentorno.

En el caso anterior la licencia solicitada se tramitará,sin perjuicio de las medidas de protección de lalegalidad urbanística que puedan proceder pararegularizar situaciones preexistentes distintas de laactuación solicitada.

CAPÍTULO II.

Información urbanística e instrumentos para lamodernización en la tramitación de procedimientos.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4245

Page 62: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Artículo 9. Servicios de asesoramiento e informaciónurbanística.

1. Los servicios municipales informarán, asesorarány orientarán de forma individualizada a los interesadossobre las condiciones técnicas, jurídicas y procedimentalesque puedan plantearse ante una determinada solicitudde licencia.

2. Los servicios de asesoramiento e información delicencias urbanísticas estarán coordinados con losservicios municipales de información general yatención al ciudadano del Ayuntamiento.

3. En general, cualquier persona podrá examinar losdocumentos escritos o gráficos del Instrumento dePlaneamiento Urbanístico en vigor. Se facilitará al públicola obtención de las copias de los documentos deplaneamiento, con los costes previstos en la OrdenanzaFiscal correspondiente.

Artículo 10. Consultas urbanísticas.1. Se podrán formular consultas relativas al régimen

urbanístico aplicable a una determinada finca, polígonoo sector, parcela, solar, edificio y/ o local, así comode los actos o usos del suelo o subsuelo permitidos,y, del procedimiento de tramitación aplicable para laactuación que se trate.

2. La consulta se presentará en documento normalizadoy será contestada en el plazo de un mes. La solicitudde informe deberá acompañarse de plano deemplazamiento de la finca sobre la cartografía oficialdel Ayuntamiento, o bien, la denominación precisadel área objeto de consulta, acompañada de cuantosdocumentos se estimen oportunos para su clarificación.

3. La respuesta a la consulta no exime del deber deobtener la licencia urbanística correspondiente.

4. Deberá señalarse si se solicita certificación,simple informe o fotocopia compulsada de ladocumentación obrante en el instrumento o expedienteconcreto.

Artículo 11. Alineación oficial.1. De acuerdo con lo establecido en las determinaciones

de las Normas Subsidiarias, se denomina alineaciónoficial a la línea definida en los planos correspondientes,que constituye el límite entre los terrenos dedicadosa la edificación adjuntos a la misma, sea privada opública y los dedicados a viales o espacio público.

2.Como documento jurídico-urbanístico, la alineaciónoficial es el plano formalizado por la administraciónmunicipal, suscrito por técnico competente, en el quese señalan además de las circunstancias de deslindecontempladas en el párrafo anterior, el estado de laurbanización, si la parcela reúne o no la condición desolar, la superficie aproximada de cesión gratuita ode expropiación, en su caso, su formalización y el importeaproximado de los gastos de urbanización que, en sucaso, tuviera que asumir el promotor para dotar al terrenode la condición de solar.

3. La alineación oficial deberá ser expedida en unplazo máximo de diez días. El procedimiento seiniciará mediante presentación de la solicitud enimpreso normalizado. Dicha solicitud deberá iracompañada de la siguiente documentación porduplicado:

a) Plano a escala 1:500, realizado sobre CartografíaDigital Oficial en el que se señalen la forma y superficiede la parcela, y fincas colindantes, anchos de las víasque definen sus fachadas y situación respecto al viariode conformidad con el callejero municipal.

b) Excepcionalmente, y en el plazo máximo decinco días hábiles contados desde la presentación dela solicitud, la administración municipal podrá solicitarlevantamiento topográfico de la parcela cuando existandiscordancias entre la realidad y el planeamiento y/onota simple del Registro de la Propiedad. En tanto nose aporte el levantamiento topográfico quedaráinterrumpido el plazo de expedición de la alineaciónoficial.

4. Las alineaciones oficiales tendrán vigenciaindefinida.

5. No obstante, cualquier alteración del planeamientodará lugar a que queden sin efecto las alineacionespracticadas con anterioridad a su aprobación, pudiendorehabilitarse en el caso de que no se hubieran alterado.

6. Cuando entre la documentación a aportar paracada tipo de licencia según los anexos de la ordenanza,figure la alineación oficial, tan solo deberá acompañarsecon carácter preceptivo en suelo urbano consolidado.

No será preceptiva su aportación en el suelo ordenadopor un Estudio de Detalle aprobado definitivamenteni en unidades de ejecución de suelo urbano noconsolidado o sectores de suelo urbanizable que

4246 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 63: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

cuenten con instrumentos de gestión urbanística concapacidad reparcelatoria definitivamente aprobados,siempre que en la solicitud se haga constar talcircunstancia.

Artículo 12. Administración urbanística electrónica.

El Ayuntamiento potenciará la AdministraciónUrbanística Electrónica con la finalidad de que lasactuaciones procedimentales y gestiones administrativaspuedan realizarse, tanto por los servicios municipalescomo por los interesados, a través de medios informáticos,electrónicos o telemáticos, especialmente internet,con plena validez jurídica y total confidencialidad.

TÍTULO II. - LICENCIAS URBANÍSTICAS.

CAPITULO I

Régimen jurídico de las licencias urbanísticas.

Artículo 13. Objeto, contenido y efectos de lalicencia urbanística.

1. Las licencias urbanísticas facultarán a los titularespara realizar la actuación solicitada y produciránefectos entre el Ayuntamiento y el sujeto a cuyaactuación se refieran, pero no alterarán las situacionesjurídicas privadas entre éste y las demás personas.

2. Las licencias urbanísticas se entenderán otorgadasdejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuiciode tercero.

3. No podrán ser invocadas para excluir o disminuirla responsabilidad civil o penal en que hubieranincurrido los titulares en el ejercicio de las actuacionesautorizadas.

Artículo 14. Vigencia de las licencias urbanísticas.

1. Las licencias urbanísticas se otorgarán por un plazodeterminado, tanto para iniciar como para terminarlas obras, salvo las referidas al uso del suelo para elejercicio de actividades, que tendrán vigencia indefinida,sin perjuicio de la obligación legal de adaptarse, ensu caso, a las normas que en cada momento lasregulen.

2. El plazo comenzará a contar al día siguiente a lafecha de notificación al interesado de la resoluciónde otorgamiento de la licencia, con independencia deque la eficacia del acto quede sujeta al cumplimiento

de una condición o a la realización de alguna actuaciónprevia.

3. En el caso de que la licencia deba entenderse otorgadapor silencio administrativo o de que, habiéndoseconcedido expresamente, no contenga indicaciónexpresa sobre dichos plazos, éstos serán de seis mesesy dos años para iniciar y terminar respectivamente lasobras menores; y de seis meses y cuatro años para iniciary terminar respectivamente las obras mayores.

4. En todo caso, el titular de la licencia deberánotificar al Ayuntamiento, a través de la retirada dela licencia, la fecha de iniciación de las obras con almenos diez días de antelación. El mismo régimen seseguirá en el caso de pretenderse la realización de obrasal amparo de una licencia obtenida por silencioadministrativo.

5. Si en el plazo de diez días desde la comunicaciónno se hubiere personado un representante de losservicios técnicos municipales a efectos de señalar lasalineaciones y rasantes, podrá levantarse el acta dereplanteo firmada por el promotor, el contratista, ensu caso, y la dirección facultativa. Un ejemplar de lamisma será presentado en el Ayuntamiento en elplazo de diez días.

Artículo 15. Prórroga de las licencias urbanísticas.Los plazos establecidos en las licencias podrán

prorrogarse a instancia del titular y con anterioridada la conclusión de los plazos expresamente establecidosen aquéllas, siempre que los actos de edificación ouso del suelo sigan siendo conformes con la ordenaciónde los recursos naturales, territorial y urbanísticaentonces vigente. En cualquier caso, la prórroga solopodrá concederse por una sola vez y por un plazo queno sea superior al inicialmente acordado.

Artículo 16. Transmisión de la licencia urbanística.

1. Las licencias urbanísticas serán transmisibles, perotanto el antiguo como el nuevo titular deberán notificarlopor escrito al Ayuntamiento, facilitando los datosque permitan identificar a la administración, la licenciade que se trate, sin lo cual quedarán ambos sujetos alas responsabilidades derivadas de la actuaciónamparada por la licencia. La notificación del titularanterior podrá ser sustituida por el documento públicoo privado que acredite la transmisión “intervivos” o“mortis causa” de la propiedad o posesión del inmueble,local o solar.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4247

Page 64: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2. Los deberes urbanísticos sobre terrenos,construcciones y edificaciones tienen carácter real.

Las transmisiones realizadas por actos “intervivos”o “mortis causa” no modificarán la situación jurídicadel titular, quedando el adquirente subrogado en ellugar y puesto del transmitente, tanto en sus derechosy deberes urbanísticos como en los compromisos queeste hubiera acordado con la Administración y hayansido objeto de inscripción registral.

3. El titular recibirá, en un plazo de veinte días, undocumento acreditativo de la transmisión que deberáunirse a la licencia.

4. Para la transmisión de las licencias relativas aactuaciones en bienes de dominio público se estaráa lo establecido expresamente para tales casos, biencon carácter general o en las prescripciones de lapropia licencia.

Artículo 17. De las modificaciones de las licenciasurbanísticas.

1. Las alteraciones que pretendan introducirsedurante la ejecución de las obras autorizadas precisaránaprobación municipal previa únicamente cuandosupongan cambios de uso o afecten a las condicionesde volumen y forma de los edificios, a la posición yocupación del edificio en la parcela, a la edificabilidad,al número de viviendas, a las condiciones de seguridado a la estética si se trata de obras en áreas o elementosprotegidos y a la habitabilidad de las viviendas.

2. Cuando la modificación sea requerida de oficio,el requerimiento indicará las alteraciones existentes,motivando la necesidad de la modificación de lalicencia.

3. La licencia que se conceda se limitará a recogerel contenido de la modificación, haciendo referenciaa la licencia que se modifica.

4. En todo caso, será necesario solicitar una nuevalicencia si las modificaciones que se introducensuponen una variación sustancial del objeto de lalicencia originariamente concedida.

Artículo 18. Caducidad de las licencias urbanísticas.

1. Las licencias caducarán en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se hubiera iniciado la ejecución de

las actuaciones amparadas por las mismas en el plazofijado en la correspondiente licencia o, en defecto deplazo, el señalado en el artículo 14, salvo causa noimputable al titular de la licencia.

b) Cuando no se cumpliese el plazo de terminaciónestablecido o, en defecto de plazo fijado, el señaladoen el artículo 14, salvo causa no imputable al titularde la licencia.

2. La declaración de caducidad de la licencia, deoficio o a instancia de cualquier persona, será efectuadapor el órgano competente para conceder la licencia,previa audiencia al interesado una vez transcurridose incumplidos cualesquiera de los plazos a que se refiereel párrafo anterior.

3. La declaración de caducidad extinguirá la licencia,no pudiéndose iniciar ni proseguir las obras o ejercerla actividad, salvo trabajos de seguridad y mantenimientode los cuales se dará cuenta al Ayuntamiento para sucontrol.

CAPÍTULO II

Procedimiento de tramitación de licencias urbanísticas.

Artículo 19. Normativa aplicable.

Las solicitudes de licencias urbanísticas se ajustarána los procedimientos señalados en este capítulo quese aplicarán conforme a las disposiciones establecidasen la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,así como a las especialidades contenidas en lalegislación urbanística y sectorial de la ComunidadAutónoma de Canarias, y ello sin perjuicio de laspeculiaridades y requisitos que, por razón del contenidoespecífico de la actuación urbanística que se proyecte,se establezcan en otras normas de rango superior ala presente ordenanza.

Artículo 20. Principio de celeridad procedimental.

Los procedimientos regulados en esta Ordenanzamunicipal, están sometidos al principio de celeridad,y se impulsarán de oficio en todos sus trámites,acordándose en un solo acto todos aquellos que, porsu naturaleza, admitan una impulsión simultánea yno sea obligado su cumplimiento sucesivo.

Artículo 21. Deberes de los interesados.

4248 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 65: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Los interesados tendrán, además de los legales oderivados del planeamiento vigente, los deberessiguientes:

1. Colocar en lugar donde se vaya a realizar laactuación urbanística, en el punto de mayor visibilidaddesde el exterior, cartel informativo que indique el númeroy la fecha de la licencia urbanística (o referencia alacuerdo de aprobación del proyecto, en el caso de tratarsede una obra promovida por una AdministraciónPública), la denominación descriptiva de la obra,plazo de ejecución, nombre y apellidos del promotory, además en las obras mayores, director/es de obra,coordinador de seguridad y salud y empresa constructora.El citado cartel será facilitado por el Ayuntamiento.

2. Notificar al Ayuntamiento la fecha de iniciaciónde la actuación.

Artículo 22. Documentación.

1. Para la tramitación de las solicitudes de licenciaurbanística deberá aportarse la documentación que seindica en los Anexos de esta Ordenanza, según el tipode actuación solicitada.

2. Concedida la licencia, ésta será debidamentenotificada al interesado.

3. Cuando se soliciten licencias de obras de nuevaedificación o demolición, el promotor, constructor osolicitante de la misma deberá acreditar documentalmenteel afianzamiento de la correcta ejecución de las obrasen relación con los servicios públicos que sean visiblesdesde el exterior y la vía pública, mediante laconstitución de garantía en cualquiera de las formaslegalmente establecidas. El importe de dicha garantíase calculará en función de los metros cuadrados deurbanización colindantes con la alineación exteriordel solar sobre el que se pretenda la construcción, obrao demolición. El depósito de la garantía se efectuarácon carácter previo a la concesión de la licencia.

Artículo 23. Los proyectos técnicos.

1. Se entiende por proyecto técnico el conjunto dedocumentos que definen las actuaciones a realizar, conel contenido y detalle que permita a la AdministraciónMunicipal conocer el objeto de las mismas y determinarsi se ajusta a la normativa urbanística aplicable. Losproyectos técnicos pueden clasificarse en proyectostécnicos de obras de edificación para las actuacionesincluidas en el ámbito de aplicación de la Ley de

Ordenación de la Edificación, que deberá venirfirmado por el técnico que la propia Ley establece,y otros proyectos técnicos para actuaciones urbanísticasno contempladas en dicha Ley, en los casos establecidoen esta Ordenanza y en la legislación aplicable.Cuando sea exigible, el Estudio de Seguridad y Saludo el Estudio Básico, según proceda, formará parte delproyecto técnico.

2. A efectos de su tramitación administrativa, todoproyecto de edificación podrá desarrollarse en dos etapas:la fase de proyecto básico y la fase de proyecto deejecución. Cada una de estas fases deberá cumplir lascondiciones y tener los contenidos establecidos,respectivamente, en el artículo 6 y en el Anejo I delReal Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el quese aprueba el Código Técnico de la Edificación.

3. Los proyectos técnicos deberán estar suscritos portécnico o técnicos competentes y reunir los requisitosformales exigibles con arreglo a la legislación envigor.

4. La documentación técnica o el proyecto técnico,una vez concedida la correspondiente licencia, quedaránincorporados a ella como condición material de la misma.

5. La presente Ordenanza determina las actuacionesque, por su naturaleza o menor entidad técnica, norequieren la presentación de proyectos técnicos,enumerando los documentos exigidos en cada casosegún el tipo de actuación de Obra Menor que se trate.

Igualmente, se establece el contenido que han detener los proyectos de Obra Mayor.

Artículo 24. Estudio de seguridad y salud.

En los casos previstos por el Real Decreto 1.627/1997,de 24 de octubre, por el que se establecen lasdisposiciones mínimas de seguridad y de salud en lasobras de construcción, se deberá aportar, en los casosque la obra requiera legalmente proyecto técnico, ypreviamente a la entrega de la licencia, un estudio deseguridad y salud o, en su caso, un estudio básico, queserá requisito necesario para la expedición de lalicencia municipal y demás autorizaciones.

Artículo 25. Medios de presentación de documentos.

La presentación de solicitudes, escritos, planos,comunicaciones y documentos podrá efectuarse, conplenos efectos jurídicos, en papel o en soporte

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4249

Page 66: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

informático, electrónico o telemático de acuerdo conlo que se establezca por el Ayuntamiento de Firgaspara la utilización de las nuevas tecnologías.

Artículo 26. Solicitud de licencia.

1. El procedimiento de tramitación de licenciasurbanísticas se iniciará mediante solicitud normalizadaobrante en el departamento de urbanismo, acompañadade la correspondiente documentación.

2. Las solicitudes contendrán los datos exigidospor la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común para la iniciaciónde los procedimientos administrativos en cuanto aidentificación del interesado, solicitud, lugar, fechay firma, y órgano a quien se dirige, especificando, además,si se dispusiera, el número de teléfono, fax y direcciónde correo electrónico donde el Ayuntamiento puedaenviar las comunicaciones o notificaciones. Losservicios municipales competentes dispondrán de unplazo de diez días para examinar la solicitud y ladocumentación aportada.

Artículo 27. Subsanación y mejora de la solicitud.

1. En el plazo de diez días indicado en el artículoanterior, si la solicitud de licencia no reuniera los requisitosseñalados o si la documentación estuviera incompleta,se requerirá el interesado para que en el plazo dediez días subsane la falta o acompañe la documentaciónpreceptiva con indicación de que, si así no lo hiciera,se le tendrá por desistido de su petición previaresolución.

2. Se entenderá como fecha de inicio del expedientea todos los efectos la de entrada de la solicitud cuandose acompañe la documentación completa en el registrodel órgano competente para resolver, o bien la fechade la terminación del plazo concedido para subsanarlas deficiencias detectadas.

Artículo 28. Informes.

1. Cuando en la tramitación del procedimiento deconcesión de licencia sea preceptivo informe de unórgano distinto a aquel que tiene la competencia pararesolver, éste deberá ser solicitado en el plazo dediez días y emitido en idéntico plazo; de no emitirseel informe en dicho plazo, se podrán proseguir lasactuaciones cualquiera que sea el carácter del informey se considerará evacuado favorablemente, excepto

en el supuesto de informes preceptivos que seanvinculantes para la resolución del procedimiento,siempre que una ley así lo establezca.

2. La solicitud de informes que sean preceptivos yvinculantes del contenido de la resolución a órganode la misma o distinta Administración, suspenderá elplazo máximo para resolver el procedimiento ynotificar la resolución, por el tiempo que medie entrela petición, que deberá comunicarse a los interesados,y la recepción del informe, que igualmente deberá sercomunicada a los mismos. El plazo máximo desuspensión será el establecido legalmente para cadacaso.

Artículo 29. Requerimientos para subsanación dedeficiencias.

1. El transcurso del plazo para tramitar el procedimientode concesión de licencia podrá interrumpirse por unasola vez mediante un único requerimiento parasubsanación de deficiencias.

2. El requerimiento deberá precisar las deficienciasdetectadas, incluyendo la advertencia expresa de lacaducidad del procedimiento en caso de no corrección,en tiempo y forma, de los reparos comunicados.

3. Si el solicitante no contesta se procederá, sin mástrámite, a declarar la caducidad del procedimientomediante resolución adoptada por el órgano competentey notificada al interesado.

4. Si el requerimiento no se cumplimenta de formacompleta o se efectúa de manera insuficiente, lasolicitud de licencia será denegada.

Artículo 30. Resolución del procedimiento.

1. Los servicios municipales competentes emitiráninforme técnico y jurídico que contendrá la propuestade resolución de:

A) Otorgamiento, indicado los requisitos o lasmedidas correctoras que la actuación solicitada deberácumplir para ajustarse al ordenamiento urbanístico envigor.

B) Denegación, motivando detalladamente lasrazones de la misma.

2. La resolución del órgano competente deberáproducirse en el plazo máximo legalmente establecido,

4250 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 67: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

contando desde la fecha en que se considere iniciadoel expediente, transcurrido el cual sin haberse notificadoresolución expresa concurrirá el régimen jurídico delsilencio administrativo.

3. La resolución que se dicte será notificada alsolicitante de acuerdo con lo dispuesto en laLRJAPyPAC”92.

TÍTULO III. PRIMERA OCUPACIÓN Y/OUTILIZACIÓN YCÉDULAS DE HABITABILIDAD.

Artículo 31. Generalidades.

1. Acabada la totalidad de las obras, instalacioneso fases independientes, a efectos de la primeraocupación o utilización de las mismas, el promotoro el propietario de la edificación, o el titular de underecho real sobre la misma, deberá presentar anteeste Ayuntamiento una declaración responsable deprimera ocupación o utilización, conforme al modelonormalizado, donde se acredite la adecuación de laactividad o instalación al proyecto presentado basede la licencia urbanística, a la licencia de obrasconcedida y sus condicionantes, a la normativaurbanística, ordenanzas municipales, legislaciónsectorial aplicables y en particular, cuando se trate deviviendas, la adecuación a las condiciones dehabitabilidad vigentes.

2. A los efectos de esta ordenanza, se entenderá pordeclaración responsable el documento suscrito por uninteresado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad,que cumple con los requisitos establecidos en lanormativa vigente para acceder al reconocimientode un derecho o facultad para su ejercicio, que disponede la documentación que así lo acredita y que secompromete a mantener su cumplimiento durante elperiodo de tiempo inherente a dicho reconocimientoo ejercicio.

3. Los requisitos a los que se refiere el párrafoanterior deberán estar recogidos de manera expresa,clara y precisa en la correspondiente declaraciónresponsable.

4. La declaración responsable de primera ocupaciónpermitirá el reconocimiento o ejercicio del derechode ocupación y/o utilización de la edificación desdeel día de su presentación, sin perjuicio de las facultadesde comprobación, control e inspección que tenganatribuidas el Ayuntamiento.

5. La inexactitud, falsedad u omisión de carácteresencial, en cualquier dato o manifestación de ladeclaración responsable o documento que se acompañeo se incorpore a la misma, o la no presentación anteel Ayuntamiento, determinará la imposibilidad decontinuar con el ejercicio del derecho o actividadafectada desde el momento en que se tenga constanciade tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidadespenales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

6. Asimismo, la resolución del Ayuntamiento quedeclare tales circunstancias podrá determinar laobligación del interesado de restituir la situaciónjurídica al momento previo al reconocimiento, o alejercicio del derecho, o al inicio de la actividadcorrespondiente, así como la imposibilidad de instarun nuevo procedimiento con el mismo objeto duranteel periodo de tiempo determinado conforme a lostérminos establecidos en las normas sectoriales deaplicación.

7. El Ayuntamiento de la Villa de Firgas tendrápermanentemente publicados y actualizados modelosde declaración responsable, que se facilitarán alpromotor, propietario o titular del derecho real en elmomento de su presentación.

8. En cualquier momento posterior a la presentaciónde la declaración responsable de primera ocupaciónpor el promotor, propietario o titular del derecho real,y con el fin de comprobar la realidad de la obraejecutada y el cumplimiento de las ordenanzasmunicipales de aplicación, el Ayuntamiento de laVilla de Firgas podrá realizar las inspecciones técnicasque considere necesarias para comprobar la idoneidady acabado de la urbanización e infraestructurasobligatorias, acometidas de servicios municipales,mobiliario urbano, acabado de fachada y su correlacióncon la carta municipal de colores, ausencia de escombroso restos de obras, ausencia de daños en infraestructurasmunicipales y mobiliario urbano y, en definitiva,cualquier circunstancia que pudiera afectar a lasfachadas, entorno, alineaciones y rasantes y serviciose infraestructuras municipales.

Artículo 32. Procedimiento para la presentaciónde declaración responsable de primera ocupación.

1. El promotor, propietario o titular del derecho realpresentará la declaración responsable de primeraocupación de acuerdo con el modelo normalizado quese establezca.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4251

Page 68: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2. En el momento de la presentación de ladocumentación, el Ayuntamiento extenderá el sellode autenticación a la copia a que se refiere el artículo172 del TRLOTCyENC’00 siempre que ladocumentación aportada fuese completa.

3. En caso contrario se extenderá copia incorporandosello de documentación no presentada, y se extenderárequerimiento para su aportación.

4. Asimismo tras la pertinente comprobaciónrealizada por la oficina técnica-jurídica se detectaque es necesario complementar la documentaciónpresentada o subsanar defectos, se extenderá diligenciaen la que se hará constar que la declaración responsablepresentada no ha surtido sus efectos, requiriéndoseal interesado para que en el plazo de diez días a contardesde la notificación de dicho requerimiento, acompañelos documentos o subsane los defectos referidos, conindicación expresa de que, si así no lo hiciera, se letendrá por no realizada su declaración responsable deprimera utilización y ocupación o su declaraciónresponsable de habitabilidad cuando se trate deviviendas, mediante resolución que deberá ser dictadaen los términos del artículo 42 de la Ley 30/1992 de26 de noviembre.

5. Una vez comprobada la idoneidad de ladocumentación presentada con la declaración responsabley extendida la correspondiente diligencia, los serviciosmunicipales practicarán, en el plazo máximo de unmes desde la presentación en forma de la indicadadeclaración responsable, una inspección final conacta de conformidad o no de las obras ejecutadas yde su adecuación al uso y actividad a la que vayan aser destinadas.

6. En el supuesto de que en la inspección se detectaranirregularidades, se iniciará el correspondienteprocedimiento de restablecimiento del orden jurídicoperturbado y el sancionador, siguiendo el procedimientoestablecido en los artículos 176 y siguientes delTRLOTC-ENC aprobado por D.L. 1/2000 de 8 de mayo.De estos procedimientos se dará traslado a lascorrespondientes empresas suministradoras de servicios.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.

Se podrán celebrar Convenios y Acuerdos con los

colegios profesionales que determinen distintos gradosde colaboración en orden a la comprobación formaldel contenido de los proyectos técnicos o, en su caso,la expedición de un visado especial que acredite queaquél cumple con la normativa aplicable en losprocedimientos de otorgamiento de licencias.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.

Mediante resolución de alcaldía se establecerá losmodelos normalizados y la documentación requeridapara la presentación de solicitudes, de declaraciónresponsable y de comunicación previa previstos enla presente Ordenanza.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.

Quedan derogadas cuantas normas de igual rangose opongan a lo establecido en la presente Ordenanza.

DISPOSICIÓN FINAL.

De conformidad con lo previsto en el artículo 70.2de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Basesde Régimen Local, la presente ordenanza entrará envigor una vez se haya publicado su texto en el BoletínOficial de la Provincia y transcurrido el plazo previstoen el artículo 65 del mismo texto legal.

ANEXO 1

OBRAS MENORES

1. CONCEPTO:

Al no existir una definición de obras menores enel Texto Refundido de las Leyes de Ordenación delTerritorio de Canarias y de los Espacios Naturales deCanarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,de 8 de mayo, ni en legislación estatal en la materia,se entenderá por éstas, de acuerdo con sentada doctrinajurisprudencial, todas aquellas obras que no afectena la estructura o elementos sustentantes de un inmueble,y que, además, sean de sencilla técnica, de escasa entidadconstructiva y económica, de simple reparación,decoración o cerramiento y que no precisan depresupuesto elevado; y, en particular, son obrasmenores, todas aquellas no consideradas como mayoresde acuerdo con la definición prevista para éstas en el

4252 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 69: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

artículo 3.5 del Anexo del Decreto Legislativo 1/2000,de 8 de mayo, es decir, las que NO alteren el volumen,superficie construida, número de plantas, uso, númerode viviendas, locales o plazas turísticas, afecte aldiseño exterior, a la cimentación, a la estructura o alas condiciones de habitabilidad o seguridad de lasconstrucciones, los edificios y las instalaciones de todaclase.

2. DOCUMENTACIÓN:

Dependiendo de las características y tipo de obraa realizar, se deberá aportar la siguiente documentación:

1. Solicitud dirigida al Sr. Alcalde-Presidente porduplicado ejemplar, con identificación del peticionario.En caso de persona jurídica, comunidad de propietarios,o representante, acreditación fehaciente la representación.

2. Memoria descriptiva de las obras a realizar, conenumeración de las mismas y Presupuesto de EjecuciónMaterial detallado, con indicación de las unidades quecomprenden, basado en el valor de precios del CIECdel año correspondiente.

3. Fotografía de la fachada del inmueble donde seactúa o zona afectada por las obras a ejecutar.

4. Plano de Situación.

5. Croquis acotado.

6. Plano de Planta o Alzado, a escala y acotado, querefleje el estado actual y, en su caso, el reformado trasla intervención.

7. Plano de Planta, Alzado, Alzado Lateral y Sección,a escala y acotado.

8. Proyecto técnico suscrito por técnico competentey visado por el Colegio Oficial correspondiente,acompañado de las hojas de encargo de las direccionesfacultativas.

9. Certificación del Secretario o Acuerdo de laComunidad de Propietarios, en su caso.

10. Declaración responsable del peticionario derestituir el dominio público afectado, con garantía dedejarlo en condiciones adecuadas para su uso.

11. Planos, a escala y acotados, de la canalización:trazado en planta y secciones.

12. Póliza de seguros y certificado de la compañíacon cobertura total de cualquier género de accidentesque pudieran producirse durante el montaje,funcionamiento, desmontaje y su estancia en obra.

13. Contrato de obras con instalador autorizado, yacreditación oficial de la empresa responsable de lainstalación y funcionamiento de la grúa.

14. Certificado de técnico facultativo habilitadolegalmente, visado por el Colegio Oficial correspondiente,sobre el cumplimiento de los requisitos del artículo63.2.c) Texto Refundido de las Leyes de Ordenacióndel Territorio de Canarias y de los Espacios Naturalesde Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,de 08 de mayo, en cuanto:

1) Clasificación, calificación y categorización delsuelo.

2) Que las obras a ejecutar no están expresamenteprohibidas por las determinaciones del Plan Insularde Ordenación, Planes Territoriales ni por el planeamientovigente del municipio de Firgas

3) Que las obras tienen por finalidad el establecimientoo mejora de las condiciones técnico-económicas deexplotación de la actividad agraria, ganadera opiscícola.

4) Justificar de forma fehaciente la vinculación dela obra con la actividad agrícola o ganadera.

5) Garantizar los aspectos técnicos de seguridad dela obra o instalación a ejecutar.

15. Certificado de técnico facultativo habilitadolegalmente, visado por el Colegio Oficial correspondiente,sobre solidez y seguridad estructural del inmueble.

16. Justificante de pago de la Tasa Municipal.

17. Fotomontajes y simulación gráfica del impactovisual en el paisaje arquitectónico urbano y certificaciónde la acreditación oficial de la empresa responsablede las obras e instalaciones.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4253

Page 70: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

4254 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 71: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4255

Page 72: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

4256 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 73: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4257

Page 74: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

4258 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 75: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4259

Page 76: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

4260 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 77: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985,de 2 de abril, RBRL, contra el presente acuerdo losinteresados podrán interponer el correspondienterecurso contencioso-administrativo en la forma yplazos que establece la Ley Reguladora de dichaJurisdicción.

Villa de Firgas, a cinco de marzo de dos mil trece.

LA ALCALDESA-PRESIDENTA, Paola Maríadel Carmen Hernández Marrero,

3.142

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE LAOLIVA

NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA2.936

Doña María Dolores Martínez Rodríguez, Instructoradel Procedimiento del Ayuntamiento de La Oliva.

HACE SABER:

Que habiéndose intentado por este Ayuntamientonotificar las denuncias por infracciones de tráfico, alas personas o entidades que se relacionan, y nohabiendo sido posible realizar dichas notificacionespersonalmente a los interesados, de acuerdo con lodispuesto 58 y sucesivos de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común;así como lo dispuesto en el Real Decreto 339/1990,de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articuladode la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos aMotor y Seguridad Vial (en adelante LSV), modificadapor la Ley 18/2009 de 23 de noviembre, y lo dispuestoen el Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, porel que se aprueba el Reglamento de ProcedimientoSancionador en materia de tráfico, circulación devehículos y seguridad vial, por medio del presente Edictose hace publica la notificación de las mismas.

En el caso de que el conductor del vehículo en elmomento de cometer la infracción no fuera el titulardel mismo, se requiere a éste, para que en el plazo dequince días naturales lo identifique, en el que consteel nombre y apellidos, número de D.N.I. y domiciliocompleto del infractor, contra el que se iniciará elprocedimiento sancionador de acuerdo con lo establecido

en el artículo 81.2 de la LSV. El incumplimiento dela obligación recogida en el artículo 9 bis de este textolegal conllevará la imposición de sanción pecuniariaa tenor de lo establecido en el artículo 65.5.j) de laLSV. En los mismos términos responderá el titular delvehículo cuando no sea posible notificar la denunciaal conductor que aquél identifique, por causa imputablea dicho titular. Por los menores de 18 años, responderánsolidariamente con él, estrictamente en cuanto a lapecuniaria derivada de la multa impuesta, sus padres,tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho,por este orden. Lo que le notifico para su conocimientoy efectos.

El presente edicto surtirá efectos de notificación dela denuncia en el supuesto de que Vd. fuera elconductor del vehículo, participándole el derechoque le asiste en este caso, de presentar las alegacionesen los plazos establecidos.

INICIACIÓN: De conformidad con lo dispuesto enel artículo 10 del Real Decreto 320/1994, se lecomunica que con esta notificación de denuncia quedaincoado el correspondiente procedimiento sancionador.

INSTRUCCIÓN: Se le concede el plazo de veintedías naturales contados a partir del día siguiente a lapublicación de este edicto en el Boletín Oficial de laProvincia de Las Palmas, para que alegue cuantoconsidere conveniente en su defensa y proponga laspruebas que estime oportunas, quedando enteradoque de las mismas se dará traslado al agente actuantepara que emita su informe en el plazo de quince días.Caso de no presentarse alegaciones, esta notificacióntendrá los efectos de Propuesta de Resolución, segúnseñala el artículo 13.2 del Reglamento de ProcedimientoSancionador, con los efectos previstos en los artículos18 y 19 del mismo Reglamento.

PLAZO DE PAGO: El importe de la multa, conreducción del 50%, se puede pagar durante los 20 díasnaturales a partir del siguiente a la presente notificación:

El abono del importe de la multa en el plazo indicadoanteriormente implica:

- La renuncia a formular alegaciones, en el caso enque se hiciera se tendrán por no presentadas

- La terminación del procedimiento, sin necesidadde dictar resolución expresa, el día en que se realiceel pago

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4261

Page 78: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

- El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, cuyo plazo se iniciará el día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago

- La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que setrate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos.

Esto no será de aplicación a las infracciones recogidas en el artículo 65.5 h) y j) y artículo 65.6 según lo dispuestoen el artículo 79.2 de la LSV.

El transcurso del plazo de VEINTE DÍAS NATURALES desde la notificación de la denuncia sin haber procedidoal pago de la misma o haber presentado alegaciones surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador.En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos TREINTA DÍAS NATURALES desde la notificaciónde la denuncia. Esto sólo será de aplicación en el caso de infracciones leves, graves que no lleven asociada lapérdida de puntos o en el caso de graves o muy graves cuya notificación se efectuase en el acto de denuncia.Nº EXPTE DENUNCIADO NIF/CIF LUGAR DE LA INFRACCION ARTICULO INFRACCION MATRICULA

20120000001424 MORALES RODRIGUEZ,ORLANDO 042887145 B CALLE PLAYA CIR.094.2.5X 03/07/2012 9:23:00 -9509 -GYX

20120000001669 WESTON,STEVEN JAMES X5918408 W CALLE VICTOR NCI.154.-.5A 14/10/2012 12:00:00 -0834 -BFG

20120000001670 HUANG,SHUPING X03342995 Z CALLE ACACIA NCI.094.02C.5U 15/11/2012 10:35:00 -8632 -HKR

20120000001708 BOMPAR,KATIA JULIA X7238856 C CALLE ANTONIO NCI.094.02E.5X 20/11/2012 12:27:00 -3731 -FYZ

20120000001774 BONET,CONSUELO 017685922 A AVDA GRANDES NCI.094.02E.5X 02/12/2012 15:35:00 B -8543 -US

20120000001785 FEDERICI,GIOVANNI X3154536 V CALLE NCI.094.02A.5J 13/12/2012 19:40:00 -5611 -FGP

20130000000001 FERNANDEZ PERNIL,ANA 010883601 R CALLE HERNAN NCI.094.02C.5U 05/12/2012 12:33:00 -5301 -DDX

20130000000010 VILLAGESSELL SL B3559382 1 CALLE ANTONIO NCI.094.02A.5R 14/12/2012 11:40:00 GC-2277 -BJ

20130000000012 REYES FIGUEROA,DILAILA 078535822 E CALLE GERARDO NCI.094.02A.5R 17/12/2012 18:08:00 -7005 -BZF

20130000000026 BLANARIU,MANUELA Y1027683 B CALLE JESUS NCI.094.02E.5X 18/12/2012 12:06:00 GC-9475 -CJ

20130000000032 PERAZZONE,SUSANNA X9272111 Y CALLE HERNAN NCI.154.-.5A 18/12/2012 13:15:00 GC-1217 -CK

TOTAL: 11

La Oliva, a cinco de marzo de dos mil trece.LA INSTRUCTORA DEL PROCEDIMIENTO, María Dolores Martínez Rodríguez

3.137

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN

ANUNCIO2.937

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de enero de 2013, ha sido aprobado el Proyecto de“Reposición de lucernario en el Centro de Servicios Sociales de Arguineguín”, el cual se expone al público porplazo de veinte (20) días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficialde la Provincia, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica que quiera examinarel procedimiento en la Sección de Obras y Servicios del Departamento Técnico Municipal para deduciralegaciones.

En Mogán, a siete de marzo de dos mil trece.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco González González.

3.184

4262 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 79: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE PÁJARA

ANUNCIO2.938

Se hace público que el Ayuntamiento de Pájara, ensesión celebrada el día 21 de febrero de 2013, adoptó,el acuerdo de aprobar inicialmente la “OrdenanzaReguladora de Viviendas Municipales en supuestosde Emergencia Social”.

Cuantos estén interesados, podrán examinar elexpediente en la Secretaría Municipal dentro de lostreinta días siguientes a la inserción del presenteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, sinperjuicio de su publicación en otros medios de difusióny formular las alegaciones que tengan por convenientes.

Pájara, a veintiocho de febrero de dos mil trece.

EL ALCALDE, Rafael Perdomo Betancor.

2.865

ANUNCIO2.939

Por el que se hace público, en cumplimiento de lodispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local, que el Pleno Municipal,en sesión celebrada el día 21 de febrero de 2013, haadoptado, en extracto, el siguiente acuerdo:

Primero. En aplicación de lo dispuesto por el artículo23. Dos de la Ley 17/2012 de Presupuestos Generalesdel Estado para 2013, y en el ámbito del Ayuntamientode Pájara, y a los efectos de la posible contratacióno nombramiento de personal laboral temporal, personalestatutario temporal o funcionarios interinos, seconsiderarán servicios esenciales o sectores prioritarioslos siguientes:

a) Aquellos servicios públicos de prestación obligatoriapara el Ayuntamiento de Pájara contemplados en elartículo 26 1. a), b) y c) de la Ley 7/1985 reguladorade las Bases de Régimen Local.

b) Aquellos servicios públicos que, sin estar incluidosen el apartado precedente, resulten de prestación

obligatoria en el Ayuntamiento de Pájara en virtud delas leyes sectoriales vigentes en la ComunidadAutónoma de Canarias.

c) Tendrán asimismo la consideración de serviciosesenciales, cuya provisión se considerará en todocaso urgente e inaplazable, los puestos de trabajo delos servicios administrativos e instrumentales comunese imprescindibles para el funcionamiento de losservicios públicos obligatorios a que se refieren losdos apartados anteriores. Y en particular los siguientes:

a. Fe Pública y asesoramiento jurídico.

b. Fiscalización de la gestión económica financiera.

c. Contabilidad, Tesorería y Recaudación.

d) Se entenderá acreditada la existencia de necesidadurgente e inaplazable en las contrataciones temporalesque se produzcan bajo la modalidad de contrato derelevo para sustitución de trabajadores jubiladosparcialmente en aplicación de la legislación al respectode Seguridad Social. Los citados contratos deberánser formalizados con estricto cumplimiento de lanormativa vigente. Asimismo, el contrato de relevoque se celebre tendrá que ser a tiempo parcial y conuna jornada igual a la dejada de realizar por eltrabajador que se pretende jubilar parcialmente, sinque, en ningún caso, la suma de ambas jornadaspueda superar el 100 por 100 de la jornada que veníarealizado este último. En todo caso, la relación laboralde las contrataciones formalizadas para la sustituciónde trabajadores con jubilación parcial se extinguiráal producirse la jubilación total del trabajador.

e) Las Escuelas Infantiles Municipales.

Segundo. Publicar este Acuerdo en los TablonesMunicipales de Edictos, en la página Web delAyuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provinciade Las Palmas.

En Pájara, a veintiocho de febrero de dos mil trece.

EL ALCALDE, Rafael Perdomo Betancor.

3.035

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4263

Page 80: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DESAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE

Medio Ambiente

ANUNCIO2.940

Habiéndose intentado notificación por dos veces,a titulares de vehículos en situación de abandono enlas vías y terrenos adyacentes, de dominio público oprivado, según relación adjunta, sin que se hayapodido practicar, se notifica por medio del presenteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en tablónde Edictos del Ayuntamiento en su último domicilioconocido, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, siendoel tenor de la citada RESOLUCIÓN DE ACUERDODE INICIO DE EXPEDIENTE SANCIONADOR,el que a continuación se transcribe:

Esta Concejalía ha tenido de la existencia de variosvehículos en estado de abandono en las vías y terrenosadyacentes, de dominio público o privado, del términomunicipal de San Bartolomé.

El artículo 10 de la Ordenanza Reguladora delRégimen Aplicable a Vehículos Abandonados delMunicipio de San Bartolomé, (B.O.P. de Las Palmasnúmero 40 de 26 de marzo de 2010), determina quequeda prohibido abandonar vehículos en la vía públicay terrenos adyacentes, de dominio público o privado,siendo los responsables de tales actos sus titulares.

Los hechos relatados pueden ser constitutivos deinfracción administrativa, calificada como grave, deconformidad con la tipificación establecida en elartículo 13 de la Ordenanza Reguladora del RégimenAplicable a Vehículos Abandonados del Municipiode San Bartolomé, en relación con el artículo 3.2 dela citada Ordenanza, que dispone que se consideraráque un vehículo está abandonado si concurre algunade las circunstancias siguientes: 2. Cuando permanezcaestacionado por un periodo superior a treinta días naturalesen el mismo lugar y presente desperfectos que permitanpresumir una situación de desuso o la imposibilidadde desplazamiento por sus propios medios, o le faltenlas placas de matrícula, así como en virtud del artículo

71.1 del Texto Articulado de la Ley de Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de2 de marzo que se pronuncia en los mismos términos.

Para la infracción señalada, y sin perjuicio de lo queresulte de la instrucción del procedimiento, puedencorresponder la siguiente sanción pecuniaria: Multade 90 euros hasta 1.500 euros, según determina el artículo14 de la citada Ordenanza.

Esta Concejalía es el órgano competente para incoar,instruir y resolver los procedimientos sancionadorespor delegación de la Alcaldía, en virtud de Decretonúmero 805/2010 de fecha 3 de mayo de 2010.

Vistas las disposiciones citadas, y de conformidadcon lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba elReglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora,vengo a decretar lo siguiente:

Primero. Iniciar expediente sancionador a los titularesde vehículos en situación de abandono cuyos datosse reseñan al final de este escrito, para determinar lainfracción en que hubiera podido incurrir y la aplicación,en su caso, de la sanción que proceda.

Manifestar a los interesados lo siguiente:

a) Al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.2 delReglamento del Procedimiento para el ejercicio de lapotestad sancionadora, aprobado por Real Decreto1.398/1993, de 4 de agosto, los interesados tienederecho a formular alegaciones y a aportar losdocumentos que consideren convenientes en cualquiermomento del procedimiento a partir de la notificacióndel presente acuerdo y con anterioridad al trámite deaudiencia.

b) Al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.1 delcitado Reglamento, los interesados disponen de unplazo de 1 MES, a contar desde la notificación delpresente acuerdo, para adoptar cuantas alegaciones,documentos o informaciones estimen convenientesy, en su caso, proponer pruebas concretando losmedios de que pretendan valerse. De no presentarsealegaciones en dicho plazo, a tenor de lo dispuesto

4264 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 81: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

en el artículo 13.2 del mismo texto legal, el presenteacuerdo de iniciación podrá considerarse comoPropuesta de Resolución, toda vez que contiene unpronunciamiento preciso acerca de la responsabilidadimputada.

c) Una vez notificada la Propuesta de Resolución,los interesados dispondrán de un plazo de audienciade quince días para formular alegaciones, así comopara presentar los documentos que estimen pertinentes,según lo dispuesto en el artículo 19 de dicho Reglamento.

d) El expediente administrativo se encuentra adisposición de los interesados en la Oficina de MedioAmbiente de este Ayuntamiento, sita en la calle Dr.Cerdeña Bethencourt, 17 de San Bartolomé, en horariode 08:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes, puesto queel procedimiento sancionador se desarrolla de acuerdocon el principio de acceso permanente.

e) A tenor de lo dispuesto en el artículo 42.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, el plazomáximo para resolver el presente procedimiento esde seis meses, transcurrido el cual se producirá lacaducidad del mismo, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 44.2 de la citada ley.

f) De conformidad con el artículo 8.1 del Reglamentodel Procedimiento para el ejercicio de la PotestadSancionadora, si el inculpado reconoce su culpabilidad,concluirá el procedimiento con la sanción que proceda,sin suponer obstáculo para la interposición de losrecursos que contra dicha resolución sean procedentes.En igual sentido el pago voluntario de la sanciónpecuniaria, antes de dictarse la resolución definitivapodrá implicar la finalización del procedimiento, sinperjuicio de la interposición de los recursos queprocedan.

Segundo. Requerir a los interesados para que en unplazo máximo de 1 MES, proceda a la retirada de losvehículos, con el apercibimiento de que, en caso deno ser atendido dicho requerimiento en el plazoindicado, este Ayuntamiento habrá adquirido supropiedad de conformidad a lo establecido en la Ley10/1998, de 21 de abril de Residuos, Ley 1/1999, de29 de enero, de Residuos de Canarias, así como el artículo

86.1 del Texto Articulado de la Ley de Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de2 de marzo, y se procederá a su tratamiento como ResiduoPeligroso, de conformidad con el Real Decreto1.383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión devehículos al final de su vida útil.

Tercero. Nombrar como Instructor de este procesoa don Salvador González Rodríguez, Funcionario dela Escala de la Administración General, subescala deAdministrativo de este Ayuntamiento de San Bartolomé,y Secretario al de la Corporación, don José ManuelFiestas Perdomo, indicando que cualquiera de ellospodrá ser recusado, en su caso, conforme a lo establecidoen el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las Administraciones Publicasy del Procedimiento Administrativo Común (modificadapor la Ley 4/1999 de 13 de enero), y de acuerdo conel establecido en el artículo 18.1 del Real Decreto1.398/1993, de 4 de agosto por el que se aprueba elreglamento del procedimiento para el ejercicio de lapotestad sancionadora.

Cuarto. Comuníquese la presente resolución a losnombrados Instructor y Secretario, y notifíquese a losinteresados.

Lo que le comunico a usted, haciéndole saber losiguiente:

l°. Contra este Acuerdo de iniciación puede presentaralegaciones y tomar audiencia en el procedimiento,en el plazo de quince días, teniendo el derecho aconocer en cualquier momento el estado de tramitacióny a acceder y obtener copias de los documentoscontenidos en el mismo. En caso de no efectuaralegaciones en el plazo indicado sobre el contenidode este acuerdo, éste podrá ser considerado propuestade resolución a los efectos previstos en los artículos18 y 19 del Real Decreto 1,398/1993 de 4 de agostopor el que se aprueba el Reglamento para el ejerciciode la potestad sancionadora.

2°. Una vez iniciado el procedimiento sancionador,si el inculpado reconoce su responsabilidad en lostérminos expresados en este acuerdo de iniciación,concluirá el procedimiento con la sanción que proceda,sin suponer obstáculo para la interposición de losrecursos que contra dicha resolución sean procedentes.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4265

Page 82: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

RELACIÓN DE TITULARES DE VEHÍCULOS EN SITUACIÓN DE ABANDONO:Nº EXP. MATRÍCULA MARCA-MODELO TITULAR LOCALIZACIÓN

010/13 2884CBH M.G. MG ZR GONZÁLEZ ESPINOSA FAICAN C/ARRECIFE. SAN BARTOLOMÉ

012/13 O-2992-BV PUBLILANZA SL CITROEN C15 C/ FAYNA ESQUINA VELERO. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

014/13 GC-9174-BT OPEL ASTRA GALLOWAY DAVID NICHOLAS C/ ALISIOS 131. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

015/13 GC-5012-BM RENAULT TWINGO QUESADA GUILLAUME MICHEL C/ MIRAFONDO. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

026/13 8534BHN RENAULT CLIO MARTIN RIZO JENNIFER ZONA NDUSTRIAL. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

027/13 GC-8756-BG OPEL CORSA FERNANDEZ PORTAS MARÍA AMPARO ZONA INDUSTRIAL. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

028/13 GC-5971-AL RENAULT R21 LEÓN SANTANA JORGE C/ ANCLA. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

029/13 GC-0297-BC OPEL CORSA FERNANDEZ FUENTES LUIS C/ GUANARAME. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

030/13 GC-4492-AL RENAULT EXPRESS GONZÁLEZ ARMAS JUAN CARLOS C/ SOTAVENTO 2. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

031/13 GC-8632-BD DAIHATSU FEROZA PALLARES LASSO AGUSTÍN C/ FAYNA.PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

032/13 GC-9372-AW RENAULT EXPRESS SANTANA MEDINA ATANASIO JUAN C/ CORBETA. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

033/13 GC-2219-BS RENAULT LAGUNA RAMÍREZ ROMERO DOLORES C/ GRUMETE. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

034/13 TF-1659-BK FORD ESCORT RODRÍGUEZ MEDINA MARÍA C/ PESCANTE. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

035/13 GC-9664-PH CITROEN JUMPER VIMOR LAS PALMAS C/ PESCANTE. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOMÉ

041/12 GC-7996-AP PEUGEOT 309 BONILLA MONCAYO CARLOS AMILKAR C/ BERGANTIN 63. PLAYA HONDA. SAN BARTOLOME

En San Bartolomé de Lanzarote, a cuatro de marzo de dos mil trece.EL CONCEJAL DELEGADO DE MEDIO AMBIENTE (Decreto número 1.023/2011, de fecha de 14 de junio

de 2011), Andrés Stinga Perdomo.

3.080

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTALUCÍADE TIRAJANA

ANUNCIO2.941

Habiéndose intentado la notificación del requerimiento, dictada por Decreto de la Concejalía Delegada deÁrea de Servicios Públicos de este Iltre. Ayuntamiento de fecha 08 de febrero de 2013, en relación al expedientenúmero 11/2012 o.e., a Gustavo García Perera, y no pudiéndose practicar la misma, se procede, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 59.5 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a su notificación a través de su publicaciónen el Boletín Oficial de Provincia de las Palmas, por la que se resuelve:

“PRIMERO: Requerir a los Servicios Técnicos Municipales para que, acompañados de la Policía Local, segire visita de inspección a la vivienda sita en la calle Ayacata, número 67, de este término municipal, el próximodía 21 de marzo de 2013, a las 10:00 horas, y se informe si se ha dado cumplimiento a lo requerido.

SEGUNDO: Requerir a (...) para que, por sí mismos o por medio de cualquier persona autorizada, se personenel mismo día y a la misma hora indicados en el apartado anterior en la vivienda sita en la calle Ayacata, número67, de este término municipal, a fin de facilitar la entrada a los Servicios Técnicos Municipales de esteAyuntamiento y al Agente de la Policía Local para llevar a cabo la inspección anteriormente referida.

Se les advierte que de no presentarse en el día y la hora indicados o en el supuesto de negarse el acceso de laPolicía Local y los Servicios Técnicos Municipales se solicitará la pertinente autorización judicial de entradadomiciliaria sin perjuicio de la incoación de un expediente sancionador por la comisión de una infracción urbanísticagrave consistente en la obstaculización de la labor inspectora de conformidad con el artículo 202.3 e) del Texto

4266 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 83: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Refundido de las Leyes de Ordenación del Territoriode Canarias y de Espacios Naturales de Canariasaprobado por Decreto Legislativo 1/2000 de 8 demayo sancionable con multa de entre 6.010,13 eurosy 150.253,3 euros.

TERCERO: Dar traslado del presente Decreto a losinteresados, a los Servicios Técnicos Municipales ya la Policía Local para que se personen el día, horay lugar indicados.

Lo que se notifica, haciéndoles saber que contra lapresente resolución, como acto de trámite, no caberecurso alguno”.

Se hace saber que el texto íntegro de la resoluciónde referencia figura en el expediente de su razón quepodrá ser examinado por el interesado, y retirada lacorrespondiente notificación en las Oficinas Municipalesde este Ayuntamiento, sitas en la calle Avenida de lasTirajanas, número 151, término municipal de SantaLucía, en horario de atención al público, sin perjuiciode que con la publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia se entenderá notificada laindicada resolución.

Santa Lucía, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.

3.021

ANUNCIO2.942

Por el presente anuncio se cita a Maartje Hermanda,para ser notificada por comparecencia, de los actosadministrativos derivados de un expediente sancionadornúmero 68/2012 p., al no haber sido posible practicarla notificación por causas no imputables a estaAdministración y, habiéndose realizado los intentosde notificación que son exigidos por el artículo 59 dela Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

La interesada o su representante podrán compareceren el plazo máximo de QUINCE DÍAS NATURALES,contados desde el día siguiente al de publicación delpresente, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunesa viernes, en las Oficinas Municipales sito en la calleAvenida de las Tirajanas, número 151, términomunicipal de Santa Lucía.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido,la notificación se entenderá producida a todos los efectoslegales desde el día siguiente al del vencimiento delplazo señalado en la notificación.

Santa Lucía, a veintiséis de febrero de dos miltrece.

EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.3.022

EDICTO2.943

Se procede a citar a Fernando Pizarro Ruiz, titulardel D.N.I. número 32.016.340-H, a efectos de notificarpor comparecencia el Decreto de Alcaldía, de 22 defebrero de 2013, referente al expediente deresponsabilidad civil por daños número 62/2010.

Habiéndose intentado la notificación al interesadoen su domicilio, por los cauces previstos a tal efectoen el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, sin quehaya sido posible practicarla por causas no imputablesa la Administración, y apreciando que el contenidode la misma puede lesionar derechos e intereseslegítimos, en aplicación del artículo 61 de la citadaLey 30/1992, de 26 de noviembre, por el presente Edictose cita al interesado con el fin de notificarle porcomparecencia el texto íntegro del Decreto de Alcaldíaantes mencionado.

A tal efecto, deberá personarse en el plazo máximode DÍEZ DÍAS HÁBILES, contados desde el díasiguiente al de la publicación de este Edicto en el BoletínOficial de la Provincia de Las Palmas, en las oficinasmunicipales de este Ayuntamiento sitas en la Avenidade las Tirajanas, número 151, de Vecindario, enhorario de atención al público.

Si transcurrido el citado plazo no se hubiesecomparecido, la notificación se entenderá producidaa todos los efectos legales desde el día siguiente aldel vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Santa Lucía, a cuatro de marzo de dos mil trece.

LA SECRETARIA GENERAL ACCIDENTAL,María del Carmen Sosa Santana.

3.023

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4267

Page 84: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

EDICTO2.944

Se procede a citar a Marco F. Proaño Ruiz, titular del N.I.E. número X-3727941-G, a efectos de notificar porcomparecencia el Decreto de Alcaldía, de 3 de diciembre de 2012, referente al expediente sancionador número20/2012 B.

Habiéndose intentado la notificación a la persona interesada en su domicilio, por los cauces previstos a talefecto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que haya sido posible practicarla por causas noimputables a la Administración, y apreciando que el contenido de la misma puede lesionar derechos e intereseslegítimos, en aplicación del artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por el presente Edictose cita a la persona interesada con el fin de notificarle por comparecencia el texto íntegro del Decreto de Alcaldíaantes mencionado.

A tal efecto, deberá personarse en el plazo máximo de DÍEZ DÍAS HÁBILES, contados desde el día siguienteal de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en las oficinas municipalesde este Ayuntamiento sitas en la Avenida de las Tirajanas, número 151, de Vecindario, en horario de atenciónal público.

Si transcurrido el citado plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos losefectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Santa Lucía, a veinticinco de febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA GENERAL ACCIDENTAL, María del Carmen Sosa Santana.

3.025

ANUNCIO2.945

Por no haberse podido entregar la notificación en el último domicilio de los interesados y por lo dispuesto enlos artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy Procedimiento Administrativo Común, por el presente Anuncio se cita a los interesados, que a continuaciónse relaciona, para ser notificados por comparecencia del acto administrativo derivado del procedimiento que,igualmente, se especifica.

Los interesados citados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en el plazo de DIEZDÍAS, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o a partirdel día siguiente a la finalización del plazo de QUINCE DÍAS de exposición en el tablón de edictos delAyuntamiento, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, ante el Departamento de Acción Socialy Mayores del Ilustre Ayuntamiento de Santa Lucía, como órgano competente para la tramitación del citadoprocedimiento, sito en la calle Acusa, número 4, Vecindario, Santa Lucía, de Las Palmas de Gran Canaria.

Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, las notificaciones se entenderán producidas a todos los efectoslegales desde el día siguiente al del vencimiento de dicho plazo.

Fecha RegistroNombre DNI Expte. Referencia Reg. Salida de Salida

Diarra Adama Traore X6119935A PCI2011GC00932 MRPO/scc 18.02.2013 4152Comunicación de Vencimiento de Prestación Canaria de Inserción.

4268 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 85: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Manuel García Mosteiro 31323760-Z PCI2011GC01555 MRPO/scc 18.02.2013 4149Comunicación de Vencimiento de Prestación Canaria de Inserción.

Elena Manoliu X8560380X PCI2011GC01935 MRPO/scc 18.02.2013 4156Comunicación de Vencimiento de Prestación Canaria de Inserción.

Reina Yamilet Avis Llorca 42269979-G PCI2012GC00946 MRPO/scc 18.02.2013 4048Subsanación de Solicitud de Prestación Canaria de Inserción.

Santa Lucía, a cuatro de marzo de dos mil trece.

EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.

3.024

ANUNCIO2.946

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 de la Ley 30/1992, de fecha 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285 de 27 de Noviembrede 1992), mediante este anuncio se realiza la notificación de la denuncia por el hecho que pudiera constituirinfracción a la normativa de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, al titular del vehículo,al haberse intentado sin efecto la notificación del requerimiento del expediente sancionador, cuyo tenor es elsiguiente:

Abreviaturas:

OM: Ordenanza Municipal de Circulación RGC: Reglamento General de Circulación LSV: Ley de SeguridadVialN° EXPED APELLIDOS, NOMBRE DNI MATRÍCULA LUGAR INFRACCIÓN FECHA NORMA

20130000000055 EL MOSTAPHA JABBOUR X4381453E GC-6655-BZ AVDA DE CANARIAS, 256 25/11/2012 17:20 OM 53.1

20130000000209 JORGE LUIS HERNANDEZ CUBAS X8555913M 5500-BRZ CL CAMINO DE LA MADERA 14/12/201 208:45 OM 53.1

20130000000454 ROBERTO BETHENCOURT TRUJILLO 42208665P GC-6829-BS CL PRIMERO DE MAYO, 135 28/12/2012 11:20 OM 46.1

20130000000455 SALVADOR FERNANDEZ FERNANDEZ 43279446R 3933-CBR CL BLAS PASCAL 20/01/2013 18:30 OM 53.1

20130000000458 ANTONIO DAVID FALCON SANTANA 78524014J 4391 FDH AVDA CANARIAS 218 24/01/2013 21:40 OM 53.1

En el lugar, fecha y hora arriba señalados, Agentes encargados de la vigilancia del tráfico han formulado denunciapor infracción a la norma de Tráfico y Seguridad Vial, no pudiendo ser notificada la denuncia en el acto por losmotivos justificados que constan en la misma (artículo 73.2 LSV).

Como titular del vehículo, tienen obligación legal de identificar verazmente al conductor responsable de lainfracción cometida, en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, contados desde el día siguiente a la recepciónde este escrito, (artículo 9. bis LSV), indicando los datos correctos, rellenando el cuadro ubicado en la parteinferior, siendo todos los campos obligatorios, por cualquiera de los siguiente medios:

1) En la oficina de atención al ciudadano sita en la Avenida de las Tirajanas, número 151, edificio Anexo.

2) En la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Éste requerimiento no permite abonar la multa correspondiente a la infracción cometida, ni presentaralegaciones, para lo cual será necesario que primero identifique al conductor responsable.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4269

Page 86: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

No identificación del conductor: En el supuesto deque no identifique al conductor responsable de lainfracción, se iniciará contra Ud. expediente sancionadorpor incumplimiento del artículo 9 bis 1 LSV, ycorrespondiendo una sanción de 600 euros.

En Santa Lucía, a cuatro de marzo de dos mil trece.

LA CONCEJAL DELEGADA DE SSPP, MaríaPino Sánchez González.

3.026

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE TEGUISE

ANUNCIO2.947

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE LAALCALDÍADEL AYUNTAMIENTO DE TEGUISE

SERVICIO DE ESTADÍSTICA INICIACIÓNEXPEDIENTES DE BAJAS DE OFICIO PORINSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓNMUNICIPAL DE HABITANTES

Primero. Por el presente, a requerimiento del SeñorAlcalde Presidente mediante Resolución de dichaautoridad de fecha 26 de febrero de 2013 y, a los efectosde lo establecido y dispuesto en el artículo 59.4 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, se procede a practicar a laspersonas afectadas y relacionadas a continuación, lanotificación expresa del contenido de las Resolucionesdel Señor Alcalde Presidente del Ayuntamiento deTeguise cuyas fechas igualmente se detallan y cuyotexto es el siguiente:

Resultando primero que a través de las correspondientesResoluciones de la Alcaldía del Ayuntamiento deTeguise, se procedió a acordar la iniciación deexpediente de baja de oficio por inscripción indebidaen el Padrón Municipal de Habitantes, de los afectadoscuyos datos identificativos a continuación se transcriben,iniciación cuya efectividad se estableció a partir delas fechas de expedición de las mencionadas Resolucionesde la Alcaldía mediante las que se acordó la iniciaciónde expedientes que igualmente a continuación seespecifican:

Fecha Resolución Alcaldía, a notificar: 26.02.13.Apellidos y nombre: Peraza Gragg, Rosie Estefania.D.N.I./Pasaporte/N.I.E.: —-.

Resultando segundo que las notificaciones de lasResoluciones de la Alcaldía de razón, no pudieron,por diversas causas ser practicadas a los destinatariosde las mismas.

Resultando tercero que es imprescindible, para lalegitimación de las actuaciones contenidas en losexpedientes de bajas de oficio por inscripción indebidaanteriormente detallados, proceder a la notificaciónde las Resoluciones de razón.

Resultando cuarto que el artículo 59.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común regula la práctica de lanotificación, en el caso de que, entre otros, “losinteresados en un procedimiento sean desconocidos,se ignore el lugar de la notificación o el medio a quese refiere el punto 1 del mismo artículo 59, o bienintentada la notificación, no se hubiese podido practicarla misma.

Resultando quinto que se toma conocimiento delcontenido del informe de referencia en el Registro Interiorde Informes 1.018/06, de 9 de marzo, emitido arequerimiento de esta Alcaldía por el Servicio deSecretaría General, en relación con el procedimientode notificación.

Considerando lo anteriormente expuesto, vista ladocumentación obrante en los expedientes incoadosal efecto y, al amparo de las atribuciones que meconfiere la vigente legislación, por el presente vengoen RESOLVER:

Primero. Se proceda por el Servicio de SecretaríaGeneral, a los efectos de lo establecido y dispuestoen el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,a la notificación, mediante la publicación delcorrespondiente anuncio en el Boletín Oficial de LaProvincia de Las Palmas y Tablón de Edictos delAyuntamiento de Teguise, de las Resoluciones de laAlcaldía detalladas en el Resultando primero delpresente documento

Segundo. A dichos efectos, se confeccionara el

4270 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 87: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

correspondiente anuncio de notificación por elmencionado Servicio Municipal

Lo manda y firma el Señor Alcalde Presidente, enTeguise, a veintiséis de febrero de dos mil trece.

Segundo. Lo que le comunico haciéndole saberque contra dicha resolución, que pone fin a la víaadministrativa, de conformidad con lo establecido enlos artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,podrá interponer con carácter potestativo Recursode Reposición ante el mismo organismo que lo ha dictado,en el plazo de UN MES contado a partir de la fechade la notificación de la presente resolución, o a su elección,formular directamente Recurso ContenciosoAdministrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, en el plazo de DOSMESES a contar desde la fecha de notificación de lapresente resolución.

En caso de que se interponga Recurso de Reposición,no podrá formularse Recurso Contencioso-Administrativohasta que aquel sea resuelto expresamente o se hayaproducido la desestimación presunta. El plazo parala interposición de este recurso será de DOS MESESsi el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo seráde SEIS MESES, contados a partir del día siguienteque se produzca el acto presunto, todo ello, sinperjuicio de interponer cualquier otro recurso queestime le asista en derecho.

Así mismo, y de conformidad con el artículo 105.2de la Ley 4/1999 podrán instar a rectificación de loserrores materiales, de hecho o aritméticos existentesen dicha resolución.

En Teguise, a veintiséis de febrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO GENERAL.3.140

M.I. AYUNTAMIENTODE TELDE

Concejalía de Gobierno de Urbanismo

ANUNCIO2.948

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio

Ambiente de Canarias (COTMAC), en sesión defecha 26 de noviembre de 2012, aprueba definitivamenteel PLAN PARCIAL DEL SECTOR S.U.S.N.O. 10-B - AGUADULCE del P.G.O. de Telde en el (Exp.2008/1909), por lo que se procede a la publicaciónde NORMATIVA Y ORDENANZAS DEAPLICACIÓN EN EL SECTOR, para su entrada envigor, expediente administrativo número 1.855/05, delárea de Planeamiento de la Concejalía de Urbanismode este Ayuntamiento de Telde.

En la Ciudad de Telde, a cinco de marzo de dos miltrece.

EL JEFE DE LOS SERVICIOS DE URBANISMO(Resolución: 2.964 de 04/07/2011), José Luis MenaSantana.

NORMATIVA

INTRODUCCIÓN

Las presentes Ordenanzas tienen aplicación en elámbito del Plan Parcial del Sector SUSNO-10-b“Aguadulce” definido como sector único en el PlanGeneral de Ordenación de Telde.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 40.3del DL 1/2000 de 8 de mayo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Leyes de Ordenación delTerritorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias(en adelante TRLOTENC’00), los instrumentos deplaneamiento urbanístico no podrán establecerdeterminaciones propias de las Ordenanzas Municipalesde Urbanización, debiendo remitirse a las mismas deforma genérica o específica.

El PGO vigente considera como uso característicoel industrial en edificación aislada y como compatibleel industrial en edificación adosada, se ha tomado un51,223% de tipología aislada frente al 48,777% detipología adosada, dado que sería inviable hacer unaordenación del 100% con edificación aislada, dadalas altas cesiones de zona verde y red viaria del sector(superiores al 44,50% del mismo) y jamás se podríaagotar el aprovechamiento dado en el vigente PGO,además de que todo el suelo urbano del Goro tienela tipología de adosado. Por tanto, no se aplicanexactamente las ordenanzas “H” e “I” del vigente PGOal no tener posibilidad de llegar a su edificabilidad

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4271

Page 88: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

de 1,00 m2/m2, pero respetando sensiblemente el resto de sus parámetros. Al resto de parámetros que no sedefinan en este apartado, les será de aplicación subsidiaria los del vigente PGO para estas ordenanzas. Veamosa continuación un cuadro comparativo de dichas ordenanzas:

Concepto PGO. Ord. “H” PGO. Ord. “I” Plan Parcial

Parcela mínima 1.000 600 1.000

Retranqueo frontal 5 mts 3 mts 6 mts

Retranqueo lateral/trasero 5 mts —- 5 / 5 mts

Edificabilidad 1,00 m2/m2 1,50 m2/m2 0,70 a 0,80 m2/m2

Altura 15,00 mts 11,50 mts 11,50 mts

NORMATIVAURBANÍSTICA

Son aquellas que concretan las condiciones particulares de aplicación a la edificación de las parcelas y hacenreferencia al uso, aprovechamiento y condiciones de situación y altura de la edificación.

En general se admite la agregación de parcelas, hasta formar todo el lote una única parcela con losaprovechamientos que resulten de las sumas de cada parcela y con los retranqueos a viales señalados de 6 mts.

1.- LOTES B(Parcelas B-1 y B-4), C(Parcelas C-9 y C11) y F(Parcelas F-3 y F-5)

Uso: Industrial (se considera compatible con este uso el destinado a talleres de reparación y mantenimientode vehículos).

Uso Tolerado: Comercial mayorista afecto a la industria y aerogeneradores para consumo propio.

Edificabilidad: 0,70 m2/m2.

Ocupación máxima del suelo: 55%.

Nº de plantas: Dos plantas sobre rasante.

Altura máxima: 11,50 mts a parte inferior forjado de cubierta o cumbrera de cubierta, en caso de que esta seainclinada (1).

Retranqueo fijo a vial: 6,00 mts

Separación mínima al resto de linderos: Nula.

Parcela mínima: Las parcelas son indivisibles.

Aparcamientos: No se exigen.

(1) Rasante para establecer la altura de la edificación:

Parcelas con frente a un vial o en esquina: Se estará a lo dispuesto en el artículo 78 de las Ordenanzas Municipales.

4272 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 89: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2.- LOTES B y C (resto de parcelas que no están en esquina)

Uso: Industrial (se considera compatible con este uso el destinado a talleres de reparación y mantenimientode vehículos).

Uso Tolerado: Comercial mayorista afecto a la industria y aerogeneradores para consumo propio.

Edificabilidad: 0,80m2/m2.

Ocupación máxima del suelo: 80%.

Nº de plantas: Dos plantas sobre rasante.

Altura máxima: 11,50 mts a parte inferior forjado de cubierta o cumbrera de cubierta, en caso de que esta seainclinada (1).

Retranqueo fijo a vial: 6,00 mts

Separación mínima al resto de linderos: Nula.

Parcela mínima: Las parcelas son indivisibles.

Aparcamientos: No se exigen.

(1) La altura se medirá de acuerdo con lo expuesto en el artículo 78 de las Ordenanzas Municipales.

3.- PARCELA A1 a A6

Uso: Industrial (se considera compatible con este uso el destinado a talleres de reparación y mantenimientode vehículos).

Uso Tolerado: Comercial mayorista afecto a la industria y aerogeneradores para consumo propio.

Edificabilidad: 0,70m2/m2, excepto en A1 y A3 que es de 0,65 m2/m2.

Ocupación máxima del suelo: 70%, excepto en A1 y A3 que es de 60%.

Nº de plantas: Dos plantas.

Altura máxima: 11,50 mts a parte inferior forjado de cubierta o cumbrera de cubierta, en caso de que esta seainclinada (1).

Retranqueo fijo a vial: 6,00 mts a viales

Retranqueo trasero: 2,00 mts.

Separación mínima al resto de linderos: Nula.Parcela mínima: Las parcelas son indivisibles.

Aparcamientos: No se exigen.

(1) La altura se medirá de acuerdo con lo expuesto en el artículo 78 de las Ordenanzas Municipales.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4273

Page 90: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

4.- LOTE F (resto de parcelas que no están en esquina)

Uso: Industrial (se considera compatible con este uso el destinado a talleres de reparación y mantenimientode vehículos).

Uso Tolerado: Comercial mayorista afecto a la industria y aerogeneradores para consumo propio.

Edificabilidad: 0,75m2/m2

Ocupación máxima del suelo: 75%

Nº de plantas: Dos plantas sobre rasante.

Altura máxima: 11,50 mts a parte inferior forjado de cubierta o cumbrera de cubierta, en caso de que esta seainclinada (1).

Retranqueo fijo a vial: 6,00 mts

Separación mínima al resto de linderos: Nula.

Parcela mínima: Las parcelas son indivisibles.

Aparcamientos: No se exigen.

(1) La altura se medirá de acuerdo con lo expuesto en el artículo 78 de las Ordenanzas Municipales.

5.- PARCELAS D, E y G

Uso: Industrial en tipología aislada.

Uso Tolerado: Comercial mayorista afecto a la industria y aerogenerador para consumo propio.

Edificabilidad: 0,7389m2/m2 en parcela D; 0,7366 m2/m2 en parcela E y 0,773 m2/m2 en parcela G.

Ocupación máxima del suelo: 73% en D y E; 75% en parcela G

Nº de plantas: Dos plantas sobre rasante.

Altura máxima: 11,50 mts a parte inferior forjado de cubierta o cumbrera de cubierta, en caso de que esta seainclinada (1).

Retranqueo fijo a vial: 6,00 mts

Retranqueo lateral/trasero: En el caso de parcelación de estas parcelas, cada una de ellas tendrá un retranqueolateral y trasero de cinco metros.

En la parcela G, se está obligado a plantar con árboles de gran porte sus últimos 5 metros hacia el barranco,tal y como se refleja en el plano parcelario. Se establece un retranqueo lateral a la parcela social de 5 mts.

Parcela mínima: 1.000 m2.

Aparcamientos: No se exigen.

(1) La altura se medirá de acuerdo con lo expuesto en el artículo 78 de las Ordenanzas Municipales.

4274 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 91: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

6.- PARCELA C (Comercial)

Uso: Equipamiento Comercial

Superficie: 4.450,00 m2.

Edificabilidad: 0,545 m2/m2.

Ocupación máxima del suelo: 50%

Nº de plantas: Dos plantas sobre rasante.

Altura máxima: 11,00 mts a parte inferior forjado de cubierta.

Separación linderos: Seis (6) metros a viales y peatonal, salvo en el lindero con el ramal de la GC-1, dondesegún se grafía en el plano adjunto, la línea de edificación estará más allá de los treinta metros de la raya blancade la GC-1.

Parcela mínima: La parcela es indivisible.

Aparcamientos: 228 plazas

Los accesos a esta parcela deberán estar obligatoriamente en las calles transversales a la GC-1, no pudiendoaccederse directamente desde el ramal ni de la glorieta del enlace de la GC-1.

7.- PARCELA 17 (IN)

Uso: Industrial.

Uso Tolerado: Comercial mayorista afecto a la industria y aerogeneradores para consumo propio.

Edificabilidad: 0,92m2/m2

Ocupación máxima del suelo: La definida por retranqueos

Nº de plantas: Dos plantas sobre rasante.

Altura máxima: 11,50 mts a parte inferior forjado de cubierta o cumbrera de cubierta, en caso de que esta seainclinada (1).

Retranqueo fijo a vial: 6,00 mts

Separación mínima al resto de linderos: Libre.

Parcela mínima: 600 m2.

Aparcamientos: No se exigen.

(1) La altura se medirá de acuerdo con lo expuesto en el artículo 78 de las Ordenanzas Municipales.

8.- PARCELA S (SOCIAL)

Uso: Dotación asistencial y oficinas para centro administrativo.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4275

Page 92: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Superficie: 1.385,00 m2

Edificabilidad: 0,80 m2/m2.

Ocupación del suelo: 50 %.

Nº de plantas: Dos plantas sobre la rasante del vial de acceso en el punto medio.

Altura máxima: 7,00 mts a parte inferior forjado de cubierta.

Separación linderos: ≥ 6,00 mts al vial principal y cinco (5) al lindero con el suelo rústico y la zona verde ycinco metros con parcela G.

Parcela mínima: La parcela es indivisible.

Aparcamientos: No se exigen.

9.- PARCELA ZV

Uso: Zona verde ajardinada de uso público.

Se permiten la instalación de mobiliario urbano.

10.- ESPACIO LIBRE PROTECCIÓN DE BARRANCO

Sera objeto de proyecto de ejecución, donde se podrán realizar obras de infraestructura hidráulica y viaria, yconcretamente la conexión con el sector colindante 10-C, que a modo indicativo, como se refleja en el esquemaadjunto, se resolverá con un viaducto que respete el actual barranco Hondo:

4276 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 93: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

NORMATIVAAMBIENTAL

FASE PREOPERATIVA.

a) Retirada y acopio de tierra vegetal:

Se retirará de las zonas afectadas por la realización de edificaciones y la ejecución de la red viaria, tratándoloadecuadamente, para lo cual, antes del comienzo de cada etapa de desmonte, se procederá como sigue:

- Retirada, manejo y almacenamiento de la capa de suelo vegetal:

Se deberá realizar con sumo cuidado para evitar compactaciones que destruyan la estructura del suelo, la muertede microorganismos aerobios, riesgo de contaminación, etc.

Para evitar esta compactación, durante el proceso de retirada se evitará su manipulación si no está seca o comomínimo presenta un grado de humedad menor del 75%.

Se almacenará en capas delgadas que en suma no sobrepasen los 3 metros de altura, durante periodos no superioresa 12 meses, en lugares llanos para evitar el deslizamiento y consecuente pérdida de los acopios.

- Conservación y tratamiento de la tierra vegetal:

Antes de la reutilización de la tierra vegetal acopiada se le dará un tratamiento con materia orgánica a basede estiércol y turba oscura nacional de carácter neutro (pH=7), así como abono inorgánico mineral complejo(tipo 15/15/15).

FASE DE CONSTRUCCIÓN: OBRAS Y EDIFICACIONES.

a) Emisiones, ruidos y vibraciones:

Se realizara un riego continuo en los viales no asfaltados, en áreas de acopio de materiales, en las superficiesde excavación y terraplenado, etc.

Se regará al menos tres veces al día, antes de empezar la jornada de trabajo, a las cuatro horas siguientes y alfinalizar la jornada de trabajo.

Durante el transporte de las tierras de excavación que se puedan generar en la parcelación, construcción, aperturade zanjas correspondientes a los sistemas de energía, aguas residuales, adecuación del sistema viario, etc., loscamiones irán con la carga permanentemente cubierta por un toldo, para evitar la producción de polvo por elbarrido del aire al circular, así como la caída de materiales.

Por otro lado, la salida de camiones desde el ámbito de estudio se efectuará con una distribución temporal deal menos diez minutos entre un vehículo y el siguiente.

Se evitará en lo posible el tránsito y concentración de maquinaria de obras y camiones en las vías de accesoa la zona, así como que los motores de los vehículos permanezcan en funcionamiento innecesariamente. Se tendrátambién cuidado con los horarios de trabajo, evitando, en lo posible, producir alteraciones, sobres las comunidadesanimales residentes en las proximidades, especialmente en sus horas de descanso nocturno, etc.

Se recomienda la instalación de cerramientos adecuados en las zonas de obras, no sólo para evitar accidentes,o la intrusión de personas no autorizadas, sino para que estas funcionen como barreras visuales, acústicas y dedetención de emisiones de polvo, ya que cortan el barrido efectuado por los vientos.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4277

Page 94: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

b) Residuos y Vertidos.

Los residuos generados por el personal laboral en la fase de obra serán debidamente segregados en recipientescomunes, trasladándose hasta los contenedores de propiedad municipal más cercanos con la finalidad de queentren en la dinámica del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos. El peso diario estimado es 0,6 Kg./ persona.

Todos los residuos se trasladarán a un vertedero autorizado. No se permitirá almacenar o invadir con cualquierclase de vertidos o residuos las zonas externas al ámbito del Plan Parcial, aunque sea de forma temporal.

Con respecto a la hidrología superficial y subterránea, se tomarán las medidas necesarias para evitar que durantelas obras los vertidos accidentales de aceites o gasoil contaminen las aguas superficiales y subterráneas.

Los cambios de aceites de la maquinaria, si se realizaran dentro de la parcela afectada, se realizarán en unlugar previamente acondicionado, parque de maquinaria, mediante la ejecución de una plataforma hormigonadade carácter impermeable de 50 m2 de superficie. El aceite usado de la maquinaria pesada y de los camionesque intervengan en las obras, deberá ser recogido en recipientes estancos para posteriormente ser retirados porun gestor autorizado para su correcto tratamiento, ya que se trata de un residuo peligroso.

c) Reutilización de la tierra vegetal:

La reutilización se realizará sobre el terreno seco, con un perfil similar al original, con maquinaria de ruedasde goma y ligeras en cuanto al peso, que aseguren la no compactación del suelo.

Se escarificará la superficie de cada capa de 15 cm de espesor antes de cubrirla, y de no menos de 65 cm siel material sobre el que se fuera a extender estuviera compactado, para favorecer el buen contacto entre las sucesivascapas de material previniendo la laminación en capas, la mejora de la infiltración y el movimiento del agua, asímismo, se evita el deslizamiento de tierra extendida y se facilita la penetración de las raíces de las especies quese planten. Además, se evitará, en todo caso, el paso de maquinaria pesada sobre el material ya extendido.

Si al terreno vegetal no se le ha aportado abono previamente, será conveniente la aplicación al hoyo de materiaorgánica y abono mineral para facilitar el arraigo de las especies que se vayan a plantar.

d) Medidas de integración paisajística.

- Vegetación:

En la zona verde de 20.030 m2 se procederá a la plantación de árboles, arbustos, etc., adecuando un entornoverde singular.

También se revegetarán las medianas del viario interno al ámbito del Plan Parcial y las rotondas del mismo(palmeras cada 8 m en las medianas, además de arbustos y planta viváceas), así como la franja de retranqueoal sur del Lote G en contacto con el suelo rustico del Bco. Hondo.

Para el acondicionamiento de todas estas áreas verdes y zonas ajardinadas se emplearán ejemplares botánicosque se encuentren disponibles en viveros comerciales de la isla, y que bien por su carácter autóctono o bien porsu incapacidad probada para dispersarse por sí mismos, aún sin ser autóctonos, se consideran adecuados, siendola relación de especies a utilizar en los diferentes espacios a acondicionar la siguiente (* especies autóctonas):

- Arbóreas:

Phoenix canariensis (Palmera canaria).*

4278 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 95: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Schinus molle (Falso pimentero)

Jacaranda mimosifolia (Jacaranda)

- Arbustivas:

Euphorbia canariensis (cardón).*

Euphorbia balsamifera (tabaiba dulce).*

Plocama pendula (balo).*

Argyranthemum frutescens (margarita).*

Limonium pectinatum (siempreviva).*

Salvia canariensis (salvia).*

Schizogyne sericea (salado)*

Convolvulus floridus (Guaydil)*

Lantana camara (Lantana)

- Viváceas:

Lotus sp.

Asteriscus graveolens *Para realizar las plantaciones de las zonas verdes y jardines, en especial para las arbóreas, se tendrá en cuenta

que los hoyos de la nueva ubicación sean dimensionados de forma que alrededor del diámetro quede un espaciomínimo de 30 centímetros y una profundidad por debajo del límite inferior del sistema radical de 15 centímetrosmínimo. En el hoyo se introducirá tierra de cabeza, fertilizada y el relleno del resto del hoyo se efectuará contierra vegetal debidamente abonada.

El primer riego será profundo de unos 10 litros por especie vegetal, posteriormente se hará una vez por semanadurante los tres primeros meses, a una dosis media de 5-10 litros/planta.

Las características del agua a utilizar para realizar los riegos deben ser las siguientes:

- El pH debe estar comprendido entre 6 y 8.

- La conductividad eléctrica a 25° C debe ser menor de 2,25 mmhos/cm.

- El oxígeno disuelto deberá ser inferior a 2 g/l.

Se instalará una boca de riego en la zona verde de tal forma que se pueda regar toda el área cuando las condicionesmeteorológicas lo hagan necesario. Además todas las especies plantadas dispondrán una red de riego por goteocorrectamente dimensionada que permita la supervivencia de las mismas.

- Muros de contención y paredes de delimitación de terrenos o parcelas.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4279

Page 96: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Se determina el empleo de roca natural con fines ornamentales en áreas libres, rocallas en zonas verdes, edificaciones,revestimiento de muros que salven desniveles, de contención o delimiten espacios, en pavimentos, etc., comomedida positiva en lo que a calidad e integración paisajística de la nueva estructura urbana se refiere.

- Consideraciones estéticas de las edificaciones.

Con la finalidad de garantizar el mayor grado de integración paisajística de la urbanización y en particular delas parcelas edificables en contacto con el suelo rústico, se prohíbe la ubicación de fachadas traseras en la edificaciónque ocupe parcelas edificables situadas en el borde del Plan Parcial. Esta medida será de especial aplicación enlas superficies edificables en contacto directo con el Barranco Hondo y con la zona verde situada al este, dondeademás la edificación se posicionará ocupando la zona más interna de la parcela, la más alejada respecto alborde perimetral del Plan Parcial, y adoptará especial cuidado en la ultimación de la fachada enfrentada al exterior.En la superficie libre que defina el frente de la parcela se efectuarán plantaciones cuidadas que asimismo contribuyana la integración paisajística de los edificios.

Se cuidará especialmente el tratamiento y uso de las cubiertas, que se considerarán como una fachada másdel edificio, teniendo especial atención en las fachadas traseras de las edificaciones a ubicar en Lote G. Losconductos y chimeneas de evacuación tendrán adecuada solución estética en concordancia con las fachadas ycubiertas.

- Medidas de integración del vial de conexión del sector con la GC-1.

En la configuración del vial de acceso al ámbito desde la GC-1 se procederá a acondicionar la mediana medianteel desarrollo de las plantaciones indicadas, en la configuración de los muros de contención que establezcan eltránsito de dicho vial hacia el suelo rústico adyacente se deberá guardar el equilibrio más adecuado paragarantizar el menor grado de invasión de terrenos adscritos al Barranco Hondo, estimándose apropiada la confecciónde un muro vertical de contención configurada con piedra natural para garantizar la mejor integración paisajísticade estas superficies.

e) Protección del suelo exterior al sector.

Se colocará un vallado perimetral en la línea que separa ambas superficies, en el perímetro de la zona verde,con lo que se asegurará la no afección a los terrenos externos al Plan Parcial (ni por maquinaria ni por acopios)y se reduce considerablemente el riego de vertidos u otros accidentes que pudieran degradar las condicionesactuales de estas áreas.

f) Protección del patrimonio etnográfico e histórico – arqueológico.

Se tomarán todas las medidas necesarias con la finalidad de evitar cualquier posible incidencia negativa significativasobre posibles restos de interés cultural y/o histórico-arqueológico no evidentes en superficie dentro del ámbitodel Plan Parcial, contando con el asesoramiento de un arqueólogo cualificado que determine la importancia deposibles hallazgos durante el periodo de movimientos de tierras, en caso de que se encuentre algún tipo de yacimiento.Esta situación significará la paralización de las obras y la comunicación al Departamento de PatrimonioHistórico del Cabildo de Gran Canaria de modo inmediato.

FASE OPERATIVA: FUNCIONAMIENTO.

a) Mantenimiento y conservación de infraestructuras

Se realizará, antes del comienzo de las épocas de lluvia una limpieza de cunetas de las vías y puntos de desagüedel sistema de drenaje de aguas pluviales, para evitar que se produzcan inundaciones de zonas no deseadas,

4280 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 97: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

evitando producir un aumento de la erosión y una pérdida de los materiales, sobre todo en las zonas verdes yjardines, y el posible arrastre de estos materiales a las zonas de desagüe.

b) Residuos y vertidos

Para el almacenamiento y evacuación de residuos urbanos se dispondrán, en la proximidad de las diferentesedificaciones, contenedores con la capacidad suficiente para almacenar la producción diaria, y con garantías deestanquidad ante la producción de malos olores.

Si alguna de las empresas produce, debido a su actividad, algún tipo de residuo peligroso, deberá disponerdentro de sus instalaciones de los correspondientes contenedores homologados para almacenar este tipo de residuos,para que posteriormente puedan ser retirados y tratados por un gestor autorizado.

c) Vegetación

Sólo se usarán fitosanitarios autorizados conforme a lo establecido en el Real Decreto 2.163/1994, de 4 denoviembre, por el que se traspone la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio, sobre comercializaciónde productos fitosanitarios, y sus posteriores modificaciones..

f) Iluminación

El nivel de iluminación será de 10 lux.

3.014

Concejalía de Gobierno de Urbanismo

ANUNCIO2.949

La Comisión de Ordenación del territorio y medio Ambiente de canarias (COTMAC(, en sesión de fecha 29de mayo de 2012, aprueba definitivamente la revisión del P.G.O. de Telde en al zona de LOS MARINOS –MELENARA (Expediente 2010/1519), por lo que se procede a la publicación de Normativa y ordenanzas deAplicación en el Sector, para su entra en vigor, expediente administrativo número 835/2010, del Área dePlaneamiento de la Concejalía Urbanismo de este Ayuntamiento de Telde.

En la Ciudad de Telde, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL JEFE DE LOS SERVICIOS DE URBANISMO, resolución 2.964, de 04.07.11, José Luis Mena Santana.

REVISIÓN PARCIAL DEL PLAN GENERAL DE TELDE (LOS MARINOS)

NORMATIVA

En este sector de suelo urbanizable sectorizado ordenado, le será de aplicación de la normativa vigente delPlan General, en las parcela dotacionales las vigentes de la normativa general y en las parcelas edificables, concretamentelas ordenanzas B1, B2 y D2. En el suelo urbano ordenado serán de aplicación la ordenanza J para la parceladotacional y la K2 para la parcela de uso comercial.

Con carácter general, y en conformidad con el informe del Ministerio de Fomento, se regula lo siguiente:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4281

Page 98: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

a) Es necesario que cualquier emisor radioeléctrico u otro tipo de dispositivo que pudiera dar origen aradiaciones electromagnéticas perturbadoras del normal funcionamiento de las instalaciones radioeléctricas aeronáuticas,aun vulnerando las superficies limitadoras de obstáculos, requerirá de la correspondiente autorización conformelo previsto en el artículo 16 del Decreto 584/72 de Servidumbres Aeronáuticas. Estas servidumbres constituyenlimitaciones legales al derecho de propiedad en razón de la función social de ésta, y la resolución que a talesefectos se evacuase no generara ningún tipo de derecho a indemnización.

b) La ejecución de cualquier construcción o estructura (postes, antenas, aerogeneradores, etc.) y la instalaciónde los medios necesarios para su construcción (incluidas las grúas de construcción y similares), requeriráresolución favorable previa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), conforme a los artículos 29 y30 del decreto sobre servidumbres aeronáuticas.

Las ordenanzas de aplicación serán las vigentes en el actual Plan General y que se trascriben a continuación,matizando que en las parcelas donde irán reubicados los actuales edificios (B1, B2 y C1) podrán ejecutarse aparcamientossubterráneos conjuntos para las tres parcelas, que ocupen incluso el peatonal exterior, para aumentar sucapacidad.

La parcela dotacional tendrá un uso compatible con la afección de la huella sonora.

Por otro lado, al ser un área de renovación urbana y 100% de propiedad municipal, la totalidad de las viviendasserán en régimen de protección.

CAPÍTULO 3. PROCESO TIPOLÓGICO TRADICIONAL, CON PARCELACIÓN SERIADAY MANZANAREGULAR.

ORDENANZA BArtículo 226. Ordenanza B.DEFINICIÓNSon aquellos procesos más comunes en la colonización del espacio en el área de las islas, en los que a partir

de una tipología de vivienda sancionada por la experiencia, se divide el territorio para recibir un tipo edificatoriobasado en dicha tipología de vivienda, dando lugar a una parcelación seriada, que puede alterarse o no en elmomento de la edificación, y a una manzana con características regulares. El trazado viario, al contrario queen caso anterior, es más un resultado que un dato proyectual, siendo la relación parcela/tipología de viviendael nexo más estable del proceso.

OBJETIVOS

Los objetivos que el Plan fija para este tipo de procesos se dirigen a impedir la transformación de la tipologíaedificatoria que puede darse en situaciones de localización central. En este sentido:

1. Restablecer la tipología edificatoria original basada en la mera agrupación vertical en 2/3 plantas de unatipología falsa de vivienda socialmente aceptada como tal.

2. Mantener las características formales de la manzana en su relaciones con el espacio público.

3. Facilitar la implantación de usos no residenciales en plantas bajas como forma de elevar su calidad urbana,que frecuentemente se encuentra en el límite suburbano.

CONDICIONES DE LA PARCELA

1. Superficie de la parcela: parcela mínima indivisible 100 m². con un ancho también mínimo en el linderofrontal de 6 metros.

4282 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 99: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2. Alineación: La alineación oficial exterior será la existente, salvo fijación expresa por el Plan General oPlaneamiento que lo desarrolle de otras alineaciones. Para el caso de proyectos de edificación que afecten a unfrente completo de manzana se puede admitir la corrección conjunta de la alineación del proyecto unitario, mediantepropuesta razonada a la Comisión Municipal correspondiente.

3. Rasantes: Las rasantes actuales serán consideradas como oficiales, salvo modificación expresa por el PlanGeneral o el planeamiento posterior de desarrollo.

En el caso de parcelas con fachada a dos vías públicas a distinto nivel, la rasante será en todos los casos la dela vía inferior. En el caso de que la diferencia de nivel fuera inferior a la altura máxima permitida por la Ordenanza,la edificación no podrá superar en ningún caso dicha altura. En el caso de que la diferencia fuese mayor, no seadmiten fachadas aparentes hacia la rasante inferior superiores a una planta más de las permitidas por laOrdenanza.

CONDICIONES DE POSICIÓN DE LA EDIFICACIÓN

1. Retranqueos: Nulos.

CONDICIONES DE OCUPACIÓN

1. Fondo edificable: No se establece.

2. Coeficiente de ocupación: 100%

3. Ocupación bajo rasante: Se permite solo una planta.

Se admitirá la existencia de una segunda planta bajo rasante con el único fin de ser destinada a aparcamiento,que no computará a efectos de edificabilidad.

CONDICIONES DE APROVECHAMIENTO

1. Edificabilidad: Se establece los siguientes índices de edificabilidad referida a su superficie neta de parcelas:

a) Planta bajo rasante: 1 m²/m².

b) Restantes plantas: Ordenanza B1 = 2,8 m²/m².

Ordenanza B2 = 1,9 m²/m².

2. Excepciones de edificabilidad: en el caso de parcela que por su carácter residual o por su forma geométricafuera posible cumplir con las condiciones de habitabilidad sin necesidad de patios, la edificabilidad podría aumentarsehasta el total de las plantas edificables.

CONDICIONES DE FORMA

1. Altura de pisos:

a) 3,60 metros como mínimo para planta baja.

b) 2,90 metros como mínimo para cada planta de pisos.

c) En el caso de proyectar viviendas en planta baja su nivel de piso se elevará de tal forma que la altura delprimer forjado sea la misma que si en esta planta baja existiera un local a nivel de calle.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4283

Page 100: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2. Altura libre:

a) 3,20 metros como mínimo para planta baja.

b) 2,50 metros como mínimo para cada planta de pisos.

3. Altura en plantas:

a) B1 - 3 plantas.

b) B2 - 2 plantas.

4. Altura de coronación:

a) B1 - 11,00 metros como máximo.

b) B2 - 8,20 metros como máximo.

CONDICIONES HIGIÉNICAS

1. Vivienda exterior: Las viviendas deberán ser exteriores, entendiéndose por tales las que cuenten al menoscon una habitación vividera a fachada y el resto a patios que cumplan las condiciones exigidas en estas Normas.

2. Patios: Se prohiben los patios ingleses; los patios abiertos a fachada se admiten siempre que su profundidadno sea superior a su longitud con un máximo de 2,50 m. medidos desde la alineación de parcela.

3. La insonorización de las construcciones conforme al documento básico DB-HR “Protección frente alruido” del CTE serán a cuenta del promotor de la edificación.

CONDICIONES ESTÉTICAS

1. Salientes: No se admiten otros salientes que los aleros y cornisas.

2. Vuelos: Se admiten solo balcones y miradores con las condiciones fijadas con carácter general; en el casode fachadas que abran a espacios libres, entendiendo por tales aquellos cuya distancia a la alineación enfrentadasea superior a 20 m., se admiten vuelos de hasta la mitad de la longitud de fachada con un máximo de 1 m.abiertos o miradores acristalados.

3. Entrantes: Se prohiben terrazas entrantes salvo en el caso de que las fachadas se abran hacia grandes espacioslibres en que podrán ser permitidas siempre que su profundidad no sea superior a su longitud, con un máximode 2,50 m. medidos desde la línea de fachada.

4. En todos los casos deberá tratarse los paños medianeros para evitar las medianerías al descubierto.

CONDICIONES DE CUBIERTA

1. Cubiertas: En todo caso serán no transitables.a) Procesos B1 y B2: Planas o con tejado a dos aguas como mínimo.

b) El tejado ocupará la totalidad de la edificación, la cumbrera del faldón de fachada será paralela a la misma,su pendiente será del 36,4% ó 20 grados sexagesimales de inclinación y sus características serán las tradicionalesde la zona. El remate del tejado en la línea de fachada podrá resolverse mediante alero o con pretil de 0,50 mts.

4284 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 101: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

de altura. En ambos casos deberá existir canalón longitudinal de recogida de aguas. La altura máxima de lacumbrera se establece en 3.00 metros medida desde el borde del alero o del pretil.

c) En el caso de cubierta plana se dispondrá un pretil perimetral de 0,50 mts. de altura, medidos desde la carasuperior del último forjado.

2. Edificabilidad: El exceso de edificabilidad que pueda generarse entre el último forjado y el tejado no computaráa efectos de superficie total edificada pero se valorará monetariamente al 10% del valor del módulo de VPO.

3. Las condiciones de habitabilidad del espacio generado por la cubierta inclinada deberán resolverse a travésde los patios interiores generales del edificio o mediante aberturas en el tejado en los faldones traseros,transitables, cuya dimensión mayor no será superior a 2,50 mts.

4. Construcciones permitidas por encima de la altura máxima:

Las que se establecen con carácter general.

5. Ningún elemento de las construcciones (incluidos todos los elementos como antenas, pararrayos, chimeneas,equipos de aire acondicionado, cajas de ascensores, carteles, remates decorativos, etc.) no podrán pasar la cotade 60,00 metros sobre el nivel del mar.

APARCAMIENTOS

1. Se estará a lo dispuesto en las condiciones generales.

CONDICIONES DE USO

1. Usos permitidos:

USOS COMPATIBLES COEFICIENTE DE PONDERACIÓN DE USO

Vivienda unifamiliar entre medianeras. 1,00

Vivienda colectiva. 1,00

Alojamientos Hoteleros. 1,20

Almacenes en planta baja y semisótano 1,10

Talleres y artesanía. 1,10

Comercial 1,20

Terciario 1,20

Todos los usos de equipamiento. 0,90

Protección ciudadana, salvo instalaciones militares. 0,80

Servicios urbanos.

2. Usos prohibidos: Todos los demás usos pormenorizados.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4285

Page 102: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

CAPÍTULO 5. PROCESO TIPOLÓGICO DE EDIFICACIÓN RESIDENCIAL COLECTIVA CON PATIODE MANZANA.

ORDENANZA DArtículo 228. Ordenanza DDEFINICIÓNEste tipo de procesos, normalmente resultado directo de una planificación, corresponden a situaciones en las

que, sobre un trazado preciso, se dispone una edificación perimetral sobre las manzanas resultantes, dejandoamplios espacios reglados en su interior. Ello da lugar a un modelo de integración de funciones en términos desustitución, codificando la localización de espacios para funciones fijas, primordialmente la residencia colectiva,y espacios para funciones cambiantes, tanto en sentido horizontal como vertical. Cuando el trazado es ortogonalel paradigma podría ser el ensanche de Cerdá. El resultado es siempre una gran facilidad para la integración defunciones y un alto grado de ordenación de los espacios urbanos que si encuentran el desarrollo arquitectónicoadecuado, dan lugar a procesos tipológicos de gran calidad.

OBJETIVOS

Los objetivos que el Plan fija para este tipo son la introducción de estos procesos de desarrollo urbano de laciudad por las dos razones apuntadas: integración funcional y calidad espacial, por lo cual las zonas donde seintroducen corresponden a las áreas más importantes del suelo urbanizable.

CONDICIONES DE LA PARCELA

1. Superficie de la parcela: parcela mínima indivisible 160 m².

2. Frente mínimo de parcela: 10 m.

CONDICIONES DE POSICIÓN DE LA EDIFICACIÓN

1. Alineaciones exteriores: La alineación oficial que corresponde a este proceso viene reflejada en los planosde ordenación de este Plan.

2. Alineaciones interiores: Se establece una alineación interior que viene recogida en planos y que marca unfondo edificable de 16 m. que podrá ser aumentado hasta 17 m. si, por razones de ajuste de aprovechamiento,así lo demandara el reparto de las parcelas.

3. Rasantes: Vienen determinadas en los planos correspondientes del Plan Parcial.

4. Retranqueos: Nulos.

CONDICIONES DE OCUPACIÓN

1. Fondo edificable: 16 m. (dieciséis metros). (18 máximo en reparcelación).

2. Coeficiente de ocupación: No se establece.

3. Ocupación bajo rasante: Los sótanos podrán ocupar un fondo máximo de 30 m. excepto si se destina a aparcamientocomunitario en cuyo caso se podrá ocupar la totalidad de la manzana. Los semisótanos, caso de existir, no podránrebasar la superficie delimitada por las líneas de edificación de las plantas sobre rasante.

4. Superficie edificable: Será la resultante del producto en metros cuadrados de la dimensión del lindero frontal

4286 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 103: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

de la parcela por el fondo edificable y por la altura en número de plantas, diferenciando las que se sitúan sobrela rasante de la calle, que computan a efectos de aprovechamiento, de las bajo rasante que no computan, siempreque su destino sea el de aparcamiento y accesorios de la vivienda.

CONDICIONES DE APROVECHAMIENTO

El aprovechamiento de este proceso tipológico será la magnitud resultante de la combinación de los parámetrosde número de plantas y ocupación.

Edificabilidad: Se establece los siguientes índices de edificabilidad referida a su superficie neta de parcelas.

D-1 - Planta bajo rasante: 2,0 m²/m² como máximo.

- Restantes plantas: 2,8 m²/m².

D-2 - Planta bajo rasante: 2,0 m²/m² como máximo.

- Restantes plantas: 4,8 m²/m².

CONDICIONES DE FORMA

1. Altura en número de plantas: Se establecen para

Ordenanza D-1, 3 plantas.

Ordenanza D-2, 5 plantas.

2. Altura de pisos:

3,70 metros para planta baja.

3,10 metros para cada planta de pisos.

3. Altura de cornisa:

D-1, 11,00 metros como máximo.

D-2, 17,30 metros como máximo.

4. Plantas bajo rasante: Se admite un máximo de dos plantas bajo rasante.

CONDICIONES HIGIÉNICAS

1. Vivienda exterior: Las viviendas deberán ser exteriores, entendiéndose por tales las que cuenten en todassus habitaciones vivideras con huecos a fachada o a patio de manzana.

2. Se prohibe que las habitaciones vivideras den a patios interiores de parcela.

3. La insonorización de las construcciones conforme al documento básico DB-HR “Protección frente alruido” del CTE serán a cuenta del promotor de la edificación.

CONDICIONES ESTÉTICAS

1. Se prohiben los patios ingleses en fachada exterior.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4287

Page 104: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2. Salientes y vuelos: Se admiten con las condiciones previstas en las Normas Urbanísticas del Plan General.

3. Entrantes: Se admiten terrazas entrantes y los patios abiertos a fachada por encima de la planta baja.

4. Cubiertas: La cubierta será en todo caso no transitable, no permitiéndose acceso colectivo a las mismas yningún tipo de construcción, excepto los elementos propios al servicio de la edificación (ventilaciones forzadas,maquinaria de ascensores y climatización, etc). La cubierta será accesible desde la última planta vivideramediante acceso restringido para labores de mantenimiento.

OTRAS CONDICIONES

1. Usos en planta baja: se estiman adecuados, aunque no sean obligatorios, los usos pormenorizados no residenciales(comercial, terciario, oficinas).

2. Patios de manzana: Se admiten construcciones en el interior de los patios de manzana siempre que se destinena usos de equipamiento comunitario, no sobrepasen una planta de altura y estén separadas de la edificación principaluna distancia igual a la altura de ésta.

3. Acceso a los patios: Los patios de manzana deberán estar comunicados con el espacio viario exterior. A talfin deberán buscarse soluciones de discontinuidad en la edificación que permitan el acceso al interior del patioo bien plantas bajas aporticadas, pasajes, etc.

4. Ningún elemento de las construcciones (incluidos todos los elementos como antenas, pararrayos, chimeneas,equipos de aire acondicionado, cajas de ascensores, carteles, remates decorativos, etc) no podrán pasar la cotade 60,00 metros sobre el nivel del mar.

CONDICIONES DE USO

1. Son usos permitidos los usos pormenorizados siguientes:

USOS COMPATIBLES COEFICIENTE DE PONDERACIÓN DEUSO

Vivienda entre medianeras. 1,00

Vivienda colectiva. 1,00

Alojamientos Hoteleros. 1,20

Almacenes en planta baja 1,10

Talleres y artesanía. 1,10

Comercial 1,20

Terciario 1,20

Todos los usos de equipamiento. 0,90

Protección ciudadana, salvo instalaciones militares. 0,80

Servicios urbanos. 0,80

2. Usos prohibidos: Todos los demás.

4288 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 105: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

CAPÍTULO 11. EQUIPAMIENTOS DENTRO DE TEJIDOS URBANOS.

Artículo 234. Ordenanza J.

DEFINICIÓN

La localización de los equipamientos colectivos en el interior de la ciudad, tanto a la escala de sector comoa escala urbana y de sistemas generales, presentan el problema fundamental, de que, históricamente han sidolos elementos singulares de definición de la morfología urbana, y al propio tiempo pueden significar rupturasimportantes en el tejido básico residencial. Por ello la presente Revisión del Plan General se propone observarlos equipamientos desde una doble óptica; de un lado como elementos edificados que se integran en el procesogeneral de construcción de la ciudad, para lo cual adoptan las variables fundamentales del proceso tipológicoque afecta a la zona donde se localizan, y de otro lado como elementos que destacan por su singularidad en elinterior del tejido urbano.

OBJETIVOS

De acuerdo con la premisa anterior, aquellos equipamientos que vienen asignados por el Plan General a laocupación de una parcela concreta en el interior del tejido residencial, deberán cumplir con los parámetros básicosdel proceso tipológico que rige para dicho tejido, dichos parámetros básicos son el número de plantas máximo,la edificabilidad igualmente máxima y la referencia a la alineación viaria como elementos de obligadocumplimiento, el resto de los parámetros de ordenanza vendrán fijados por los requerimientos propios del equipamientodel que se trate.

De otro lado, es obligado que un Plan General defina a nivel tipológico aquellas edificaciones, generalmenteaisladas y generalmente para usos no residenciales, como elementos estructurantes del futuro desarrollo urbano,que configuren su estructura fundamental, cuando su localización sea aislada y sin referencia directa a procesotipológico en la misma unidad de localización.

OTRAS CONDICIONES

Deberán cumplir las condiciones generales establecidas en Las Normas, sobre higiene, estética, aparcamientos,etc.

CAPÍTULO 12. EDIFICACIÓN DE USO COMERCIAL.

ORDENANZA K

Artículo 235. Ordenanza K.

DEFINICIÓN

Incluye las áreas y edificios donde se desarrolla la actividad comercial, entendiendo por tal la que se defineen la Ley 4/1994 de 25 de Abril, de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias, en parcelas que el PlanGeneral destine a albergar este uso. Las Parcelas destinadas a equipamiento comercial en sectores que disponendel correspondiente Plan Parcial o Especial aprobado se seguirán rigiendo por su propia normativa, caso de queésta exista. En caso contrario, se adecuarán a la presente Ordenanza.

OBJETIVOS

Son objetivos del Plan, la regulación de este tipo de edificios, estableciendo la jerarquización pertinente enfunción del tipo de comercio y de su ubicación.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4289

Page 106: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

CONDICIONES DE LA PARCELA

1. Dimensiones de la parcela:

Ordenanza K2

Superficie de parcela: La que posea la parcela que el planeamiento destine a este uso

Frente de parcela: El que posea la parcela

2. Alineación: La alineación oficial exterior será la existente salvo que el propio Plan General establecieraotra cosa.

3. Rasante: Será la existente salvo que el propio Plan General estableciera lo contrario.

CONDICIONES DE POSICIÓN DE LA EDIFICACIÓN

Retranqueo frontal:

Ordenanza K1: Será de cinco metros como mínimo a cada uno de sus linderos.

Ordenanza K2: Serán los señalados en el Plan General. En caso de no venir definidos serán de cinco metroscomo mínimo a cada uno de sus linderos para parcelas exentas y de 5 m a vía pública y 3 m a medianeras enel caso de que el Plan General permita el adosamiento a otra edificación.

CONDICIONES DE OCUPACIÓN

1. Ocupación bajo rasante:

Ordenanza K2: Será el 100% de la parcela

2. Ocupación sobre rasante: Será del 75% en todos los casos.

CONDICIONES DE APROVECHAMIENTO

Edificabilidad: sobre rasante 1,5 m²/m².

CONDICIONES DE FORMA

1. Altura Total:

Ordenanza K2: Las edificaciones no podrán sobrepasar la altura máxima de 7,5 m.

2. Altura en plantas:

Ordenanza K2: 2 Plantas como máximo.

3. Por encima de la altura sólo se permitirán los elementos previstos en las Normas Generales.

CONDICIONES HIGIÉNICAS

Todos los locales habitables o donde se desarrollen trabajos con la permanencia constante de personas deberáncontar con luces a calle o patio de luces, que cumplan con la dimensión mínima H/2 ó 4 m., como mínimo.

4290 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 107: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

OTRAS CONDICIONES

1. En obras de nueva planta las operaciones de carga y descarga se resolverán en el interior de la edificación,quedando expresamente prohibido realizarlas en la calle.

2. Igualmente en obras de nueva planta deberán preverse en el interior de la parcela o de la edificación, ladotación de aparcamientos a razón de una plaza por cada 25 m². de superficie edificada en el caso de laOrdenanza K1 y de una plaza cada 75 m² de superficie edificada en el caso de la ordenanza K2.

3. Del mismo modo deberán preverse instalaciones de corte en fachada, a fin de poder controlar, por partedel servicio de extinción de incendios, el riesgo que se produciría al entrar en contacto el agente extintor conla electricidad.

4. En el caso de la Ordenanza K1 la zona de parcela definida por los retranqueos deberá estar dotada del correspondientearbolado perimetral.

5. Las parcelas destinadas a este uso que vengan afectadas por el Plan Especial Conjunto de la GC-1, deberáncumplir las condiciones de altura señaladas en aquél, esto es de 6,5 m para los 50 primeros metros desde la Víay 9,5 m a partir de dicha distancia.

CONDICIONES DE USO

1. Usos Característicos: Serán únicamente aquellos de carácter comercial relacionados en el Plan General, enlas condiciones que establece la vigente legislación en materia de Ordenación de la Actividad Comercial deCanarias.

2. Usos Compatibles: Se admiten los usos de almacén y de restaurante en el interior de parcela cuyo uso característicosea comercial en un porcentaje máximo de un 20% de dicho uso característico, en el mismo contenedoredificado.

Todos los usos de equipamiento

3. Usos prohibidos: Son usos prohibidos para estas zonas todos los demás usos pormenorizados definidos enlas Normas.

3.055

ANUNCIO2.950

El Pleno del M.I. Ayuntamiento de Telde, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de enero de 2013, acordó laaprobación inicial de la Ordenanza Municipal para la Defensa de los Consumidores y Usuarios del Ayuntamientode Telde, sometiendo la referida Ordenanza a información pública y audiencia a los interesados, mediante lainserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por un plazo mínimo de TREINTADÍAS para el examen del expediente, la presentación de reclamaciones y sugerencias, entendiéndose laaprobación elevada a definitiva, hasta entonces provisional, en el caso de que no se hubiera producido ningunareclamación o sugerencia. Debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia íntegramente, y no entraráen vigor hasta que se haya publicado completamente su texto.

Los interesados pueden examinar el expediente en la Sección Administrativa de Consumo, en horario de oficinasde 08:30 a 13:30 horas, y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4291

Page 108: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Ciudad de Telde, a uno de marzo de dos mil trece.

EL CONCEJAL DE GOBIERNO DE CONSUMO,Decreto 4.532/11, Fidel Ruiz Rebollo.

3.020

ANUNCIO2.951

No habiendo sido posible realizar la notificación delacto administrativo que después se dirá a la personainteresada o a su representante, por causas no imputablesa esta Administración, y una vez intentado por dosveces, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo58 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas,mediante el presente acto se viene a citar a la personainteresada seguidamente identificada para quecomparezca ante esta Administración Local, al objetode ser notificada de las actuaciones que les afectanen relación al procedimiento que igualmente se indica.

IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONAINTERESADA

Persona física/Jurídica: Francisco José QuintanaMedina. N.I.F./C.I.F.: 42.779.704-A. Último domicilioconocido: Término Municipal de Telde. Acto cuyanotificación se intenta: Requerimiento. Expediente:37/13.

La persona interesada o su/s representante/s, deberá/ncomparecer para ser notificado/s en la unidadAdministrativa de Recursos, oficina de Sanidad, sita,en la calle León y Castillo, número 32 de Telde, enel plazo de QUINCE DÍAS NATURALES, contadosdesde el siguiente al de la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia.

Asimismo se le advierte a la persona interesadaque no se hubiere comparecido en el plazo señaladola notificación se entenderá producida a todos los efectoslegales desde el día siguiente al del vencimiento dedicho plazo así como las sucesivas actuaciones ydiligencias de dicho procedimiento sin perjuicio delderecho que le asiste de comparecer en cualquiermomento del mismo

Contra el/los acto/s que motiva/n el/los procedimiento/sreferenciado/s, podrá interponerse Recurso de Reposiciónante el Alcalde-Presidente, en el plazo de UN MES

a contar desde el día en que tenga efectividad lanotificación de dicho acto, de acuerdo con lo establecidoen el artículo 14.2.c) del R.D. Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

No obstante, podrá interponerse cualquier otrorecurso que se estime procedente.

En la ciudad de Telde, a cuatro de marzo de dos miltrece.

EL CONCEJAL DELEGADO, Decreto número4.633/12, Daniel Martín Castellano.

3.018

ANUNCIO2.952

No habiendo sido posible realizar la notificación delacto administrativo que después se dirá a la personainteresada o a su representante, por causas no imputablesa esta Administración, y una vez intentado por dosveces, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo58 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas,mediante el presente acto se viene a citar a la personainteresada seguidamente identificada para quecomparezca ante esta Administración Local, al objetode ser notificada de las actuaciones que les afectanen relación al procedimiento que igualmente se indica.

IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONAINTERESADA

Persona física/Jurídica: Attsara García Jiménez.N.I.F./C.I.F.: 44.721.268-E. Último domicilio conocido:Término Municipal de Telde. Acto cuya notificaciónse intenta: Requerimiento. Expediente: 56/13

La persona interesada o su/s representante/s, deberá/ncomparecer para ser notificado/s en la [ad Administrativade Recursos, oficina de Sanidad, sita, en la calle Leóny Castillo, número 32 de Telde, en el plazo de QUINCEDÍAS NATURALES, contados desde el siguiente alde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficialde la Provincia.

Asimismo se le advierte a la persona interesadaque no se hubiere comparecido en el plazo señaladola notificación se entenderá producida a todos los efectoslegales desde el día siguiente al del vencimiento de

4292 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 109: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

dicho plazo así como las sucesivas actuaciones ydiligencias de dicho procedimiento, sin perjuicio delderecho que le asiste de comparecer en cualquiermomento del mismo

Contra el/los acto/s que motiva/n el/los procedimiento/sreferenciado/s, podrá interponerse Recurso de Reposiciónante el Alcalde-Presidente, en el plazo de UN MESa contar desde el día en que tenga efectividad lanotificación de dicho acto, de acuerdo con lo establecidoen el artículo 14.2.c) del R.D. Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

No obstante, podrá interponerse cualquier otrorecurso que se estime procedente.

En la ciudad de Telde, a cuatro de marzo de dos miltrece.

EL CONCEJAL DELEGADO, Decreto número4.633/12, Daniel Martín Castellano.

3.019

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE TEROR

ANUNCIO2.953

De conformidad con lo dispuesto en el artículo59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, se notificaa través de este anuncio que se ha formulado lasubsanación de deficiencias en el expediente que serelaciona, ya que habiéndose intentado la notificaciónal interesado en el último domicilio conocido, no hapodido practicarse.

Expediente: Solicitud de Calificación Territorial -Subsanación de deficiencias. Nombre: Doña Maríadel Mar Medina Machín. D.N.I.: 43.753.343-Y.Municipio de comunicación: Teror. Propuesta:Subsanación de deficiencias. Fecha del acuerdo: 19de noviembre de 2012.

“- VISTA la instancia presentada por Doña Maríadel Mar Medina Machín, con registro general deentrada número 6.467, de fecha 9 de noviembre de

2012, en la que se solicita Calificación Territorial parala “legalización de vallado de terreno” en el lugarconocido como Barranco del Zapatero, número 9 deeste municipio.

- VISTO el informe realizado por el ArquitectoMunicipal, de fecha 15 de noviembre de 2012, quedice lo siguiente:

“PRIMERO: Revisada la documentación presentada,y al objeto de poder continuar con los trámites quehagan posible la tramitación de la CalificaciónTerritorial solicitada, se hace necesario que se aportela siguiente documentación:

- Se deberá presentar en el Registro General delAyuntamiento correspondiente al término municipaldonde esté ubicada la actuación el modelo de solicitudnormalizado así como la documentación anexa porQUINTUPLICADO.

- Carta acreditativa o justificante del pago de la tasacorrespondiente a la tramitación de la CalificaciónTerritorial.”

- En uso de las atribuciones conferidas por elapartado q) del artículo 21.1 de la Ley Reguladorade las Bases de Régimen Local por medio de lapresente

HE RESUELTO

PRIMERO: Otorgar un plazo de 10 días hábiles,contados a partir del día siguiente a la notificacióndel presente, para aportar la documentación requerida,y así poder continuar con la tramitación del expediente,conforme a lo dispuesto en el artículo 71 (subsanacióny mejora de la solicitud) de la Ley 30/92 del RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada porla Ley 4/1999, que establece literalmente lo siguiente.

1. Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitosque señala el artículo anterior y los exigidos en su caso,por la legislación específica aplicable, se requerirá alinteresado para que, en un plazo de diez días, subsanelas faltas o acompañe los documentos preceptivos, conindicación de que, así no lo hiciera, se le tendrá pordesistido de su petición, previa resolución que deberáser dictada en los términos previstos en el artículo 42.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4293

Page 110: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2. Siempre que no se trate de procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva, este plazo podrá serampliado prudencialmente, hasta cinco días, a petición del interesado o iniciativa del órgano, cuando laaportación de los documentos requeridos presente dificultades especiales.

3. En los procedimientos iniciados a solicitud de los interesados, el órgano competente podrá recabar del solicitantela modificación o mejora voluntaria de los términos de aquella. De ellos se levantará acta sucinta, que se incorporaráal procedimiento.

SEGUNDO: Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer elpotestativo Recurso de Reposición, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación,o de manera alternativa y directa Recurso Contencioso Administrativo contra la misma ante el Juzgado de loContencioso Administrativo de Las Palmas que por turno corresponda en el plazo de DOS MESES, contadosa partir del día siguiente al de su notificación, conforme establece el artículo 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, advirtiendo que la interposición del recursopor sí sola no suspende la ejecución de la resolución, a tenor de artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello,sin perjuicio de que pudiera interponer cualquier otro recurso que estime procedente en Derecho.

En el supuesto de que interpusiese Recurso Ordinario de Reposición, deberá saber que no podrá interponerRecurso Contencioso-Administrativo hasta que el Recurso de Reposición sea resuelto expresamente o se hayaproducido la desestimación presunta del mismo por silencio, entendiéndose, con carácter general, que existeacto presunto por silencio cuando el recurso no haya sido resuelto de forma expresa en el plazo de UN MESdesde su interposición. En el supuesto de resolución presunta por silencio, deberá entenderse desestimatoria,teniendo el administrado un plazo de SEIS MESES que se contará, para el solicitante y otros posibles interesados,a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzca el acto presuntoconforme a los dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa. Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el RecursoExtraordinario de Revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para suresolución, sólo en los supuestos tasados y plazos que se recogen en el artículo 118 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento administrativo común,modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.”

En la Villa de Teror, a cinco de marzo de dos mil trece.

EL CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO, (Por Resolución de fecha 28/10/2011), Armando SantanaYánez.

3.057

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TÍAS

ANUNCIO2.954

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal y 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez adoptado acuerdopor el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de enero de 2013, aprobando inicialmenteel Presupuesto de esta Entidad para 2013, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamación algunadurante el plazo de exposición pública, se hace público lo siguiente:

4294 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 111: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

ESTADO DE INGRESOS

Capítulo

1 IMPUESTOS DIRECTOS 13.720.731,68

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 90.000,00

3 TASAS Y OTROS INGRESOS 3.960.130,00

4 TRANSF. CORRIENTES 8.822.905,05

5 INGRESOS PATRIMONIALES 54.500,00

6 ENAJENACIONES 0,00

7 TRANSF. CAPITAL 0,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 130.000,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00

TOTAL 26.778.266,73

ESTADO DE GASTOS

Capítulo

1 GASTOS DE PERSONAL 9.162.335,55

2 BIENES CORRIENTES Y SERV. 10.826.101,59

3 GASTOS FINANCIEROS 824.000,00

4 TRANSF. CORRIENTES 1.187.900,00

6 INVERSIONES REALES 821.101,00

7 TRANSF. CAPITAL 30.000

8 ACTIVOS FINANCIEROS 130.000

9 PASIVOS FINANCIEROS 1.927.607,00

TOTAL 24.909.045,14

En Tías (Lanzarote), a cuatro de marzo de dos mil trece.

EL ALCALDE, José Francisco Hernández García

3.189

ANUNCIO2.955

ESTADÍSTICA

En uso de las facultades que me confiere el artículo 15 y siguientes de la LRBRL (Ley 7/85 de 2 de abril);

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4295

Page 112: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

artículo 53 y siguientes del RPyDT (RD 1690/1986, de 11 de julio y RD 2.612/1996, de 20 de diciembre); artículo7 del RD 240/2007, de 16 de febrero; y demás Resoluciones dictadas por la Presidencia del Instituto Nacionalde Estadística y del Director General de Cooperación Territorial por la que se dictan instrucciones técnicas alos Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal.

HE RESUELTO

Declarar que las siguientes inscripciones padronales, cuyo listado se adjunta, han finalizado según fecha relacionaday por tanto se acuerda su Baja de Oficio por Inscripción Indebida en el Padrón Municipal de Habitantes, cuyafecha de efectos será, según el artículo 72 del Real Decreto 2.612/1996, de 20 de diciembre, la de la reuniónque lo acuerde el Consejo de Empadronamiento.

Que habiéndose practicado notificación infructuosa y/o no habiendo acudido los interesados a formalizar sucorrespondiente confirmación de residencia , se proceda según lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, a la notificación mediante la publicación del correspondiente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provinciay Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Lo que le comunico haciéndole saber que contra la anterior Resolución, que pone fin a la vía administrativa,de conformidad con lo establecido en la Ley 4/99, de 13 de enero, puede interponer, potestativamente, recursode reposición en el plazo de un mes, ante el mismo Órgano que ha dictado la presente resolución, o en su caso,de conforme a lo establecido en la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa,puede interponer, directamente, sin perjuicio de cualquier otro que considere le asiste en derecho, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, o en su caso, ante la Salacorrespondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Las Palmas), en el plazo de dos meses computadosde fecha a fecha a partir del día de la notificación.

Sin perjuicio de lo que antecede, los interesados, al amparo del artículo 105.2 de la citada Ley, podrán instardel órgano administrativo que ha dictado el acto, la rectificación en cualquier momento de los errores materiales,de hecho o aritméticos en que aquel incurra.

Nombre y apellidos Fecha Nac. Pasaporte/Tarjeta Resid Fecha Mov. Baja II

Tasmina Messa Latchem 01-10-2010 01-10-2012

Christopher John Parkyn 15-08-1970 X1427194K 10-09-2012

Pernilla Maria Brink 20-08-1970 X9029653Z 11-09-2012

Bruce Graham 23-02-1941 X1070532C 11-09-2012

Edwina Graham 28-11-1939 X1070531L 11-09-2012

Carla Morotti 06-05-1940 X9075199C 12-09-2012

Andrei Catalin Ciulurca 25-08-1989 X9082557H 14-09-2012

Luigi Helge Avantario 01-10-1963 X9088016A 15-09-2012

June Valerie Berry 27-08-1934 X3546880G 17-09-2012

Ronald Berry 10-06-1934 X3546954D 17-09-2012

Daniela Friemel 20-10-1981 X9001122A 17-09-2012

4296 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 113: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Benjamin William Kerry 04-03-1989 X2443936W 17-09-2012

Dorinda Houtby 16-01-1962 X3800286L 18-09-2012

Sandra Hutchinson 28-03-1948 X5511036Y 18-09-2012

Maria Desiree Schroder 22-03-1960 X0334026C 19-09-2012

Jeremy Paul Benson 31-12-1955 X3129727W 20-09-2012

Andrea Giovanni Araldi 04-06-1974 X8356176T 21-09-2012

Fabio Avantario 07-03-2000 X9122437Q 22-09-2012

Charlotte B. Hessevik 26-12-1981 X8818615R 26-09-2012

Ricarda Erika R. Von Keller 31-12-1981 X9137965L 29-09-2012

Heinz Kuzinna 31-03-1956 X8534538C 01-10-2012

Medy Maria K. Kuzinna 18-06-1958 X8534549P 01-10-2012

Caroline Andrade Jensen 21-01-1988 X9144164P 02-10-2012

Roger Lionel Forder 03-03-1943 X1046489N 03-10-2012

Anne Mchugh 05-04-1956 X8268002P 03-10-2012

Heike Stephan 17-03-1980 X8579322T 04-10-2012

Karl Heinz Ewald 21-01-1966 X4219840F 05-10-2012

Klaus Uwe Walter Richter 16-05-1953 X8402770L 06-10-2012

Sarah Margaret Rabbitt 21-01-1939 X6322997K 04-11-2012

John Francis Rabbitte 09-06-1943 X6322929E 04-11-2012

Lily May Barber 10-11-2010 10-11-2012

Margot María Lindstron Hesselstal 10-03-1943 X1861335Z 17-11-2012

Edna June Briggs 07-06-1934 X1763668M 22-11-2012

Geoffrey Briggs 18-05-1936 X1763667G 22-11-2012

Malcolm Kaye 02-09-1948 X2540199X 25-11-2012

En Tías (Lanzarote), a veintisiete de febrero de dos mil trece.

EL ALCALDE, José Francisco Hernández García.

3.081

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4297

Page 114: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE VALSEQUILLO

Negociado de Estadística

Padrón Municipal de Habitantes

NOTIFICACIÓN2.956

Fecha: 10/09/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:124/12. Destinatario: José Atacayte Viera Quevedo,calle Los Manueles número 3- Valsequillo de GranCanaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor Sebastiana Cristina Medina Vega, con D.N.I./N.I.F.número 52855026Z, se le ha iniciado un procedimientode baja de oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha treinta de octubre de dosmil doce para que, en el plazo de diez días, formulelas alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 474-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha veintitrésde octubre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de José Atacayte Viera Quevedo,

con D.N.I./N.I.F. número 45367631Q, en el domiciliode la calle Los Manueles número 3, que consta en elvigente Padrón Municipal a los efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a treinta de octubre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiuno denoviembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a José Atacayte Viera Quevedo, calleLos Manueles, número 3, 35.217 Valsequillo de GranCanaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 13/09/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:125/12. Destinatario: Paula del Pino Robaina Morales,calle Alejandro del Castillo, número 11 P01- Valsequillode Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor María Ángeles Gómez Robaina, con D.N.I./N.I.F.número 54067221V, en representación de Ana MaríaRobaina Robaina, con D.N.I./N.I.F. número 78464238Z,se le ha iniciado un procedimiento de baja de oficiopor inscripción indebida en el Padrón Municipal deHabitantes, por supuesto incumplimiento de losrequisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de la

4298 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 115: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha treinta de octubre de dosmil doce para que, en el plazo de diez días, formulelas alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 475-2012Resolución de Alcaldía iniciando el procedimiento

de verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha veintitrésde octubre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Paula del Pino Robaina Morales,con D.N.I./N.I.F. número 52839912B, en el domiciliode la calle Alejandro del Castillo, número 11 P01, queconsta en el vigente Padrón Municipal a los efectosoportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a treinta de octubre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiuno denoviembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Paula del Pino Robaina Morales,calle Alejandro del Castillo, número 11 P01, 35.217Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓNFecha: 2/10/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:

131/12. Destinatario: Francisco Javier Calderín Suárez,calle Brezo número 62- Valsequillo de Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de las solicitudes formuladaspor Inmaculada Ramírez Peñate, con D.N.I./N.I.F. número52854635Z, y por Miguel Calderín Suárez, conD.N.I./N.I.F. número 52852353D, se le ha iniciadoun procedimiento de baja de oficio por inscripciónindebida en el Padrón Municipal de Habitantes, porsupuesto incumplimiento de los requisitos establecidosen el artículo 54 del vigente Reglamento de Poblacióny Demarcación de las Entidades Locales y en aplicacióndel artículo 72 de la misma norma, y del artículo 16de la Ley de Bases de Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha treinta y uno de octubrede dos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 481-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha veinticuatrode octubre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Francisco Javier CalderínSuárez, sin documento, en el domicilio de la calle Brezo,número 62, que consta en el vigente Padrón Municipala los efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4299

Page 116: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiuno denoviembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Francisco Javier Calderín Suárez,calle Brezo, número 62, 35.217 Valsequillo de GranCanaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 5/11/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:137/12. Destinatario: Ahmed Boumalik, Avenida LosAlmendros número 29 P01 De. Valsequillo de GranCanaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor Jmiaa Harouch, con tarjeta de residencia númeroX08484742L, se le ha iniciado un procedimiento debaja de oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha veintidós de noviembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 513-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha diecinuevede noviembre de dos mil doce, por el cual se indicael procedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y la

residencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Ahmed Boumalik , con tarjetade residencia número X6771829P, en el domicilio dela Avenida Los Almendros, número 29 P01 Dcha.,que consta en el vigente Padrón Municipal a losefectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a veintidós de noviembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, Marta

Garrido Insúa”.Es cuanto se tiene a bien comunicar.En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiocho de

noviembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Ahmed Boumalik, Avenida LosAlmendros, Número 29 Pbj De. 35.217 Valsequillode Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 5/11/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:138/12. Destinatario: El Kaouriya Harouch, AvenidaLos Almendros número 29 P01 De. Valsequillo de GranCanaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor Jmiaa Harouch, con tarjeta de residencia númeroX08484742L, se le ha iniciado un procedimiento debaja de oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

4300 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 117: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha veintitrés de noviembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 512-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha diecinuevede noviembre de dos mil doce, por el cual se indicael procedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de El Kaouriya Harouch, contarjeta de residencia número Y2358983W, en eldomicilio de la Avenida Los Almendros, número 29P01 De., que consta en el vigente Padrón Municipala los efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a veintitrés de noviembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiocho denoviembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a El Kaouriya Harouch, Avenida LosAlmendros, número 29 P01 De, 35.217 Valsequillode Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 21/11/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:

140/12. Destinatario: Juan Alcides Ponce Martínez,Avenida Los Almendros número 50 A01- Valsequillode Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante del procedimiento derenovación de la inscripción padronal para extranjerosno comunitarios sin autorización de residenciapermanente, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha veintiocho de noviembrede dos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 539-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha veintitrésde noviembre de dos mil doce, por el cual se indicael procedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Juan Alcides Ponce Martínez,con tarjeta de residencia número X7837346G, en eldomicilio de la Avenida Los Almendros, número 50A01, que consta en el vigente Padrón Municipal a losefectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a veintiocho de noviembre de dos mil doce.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4301

Page 118: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a cuatro de diciembrede dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Juan Alcides Ponce Martínez,Avenida Los Almendros, número 50 A01, 35.217Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 27/11/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:142/12. Destinatario: Sissel Breivik, calle Montesde Malpedrocillo número 7- Valsequillo de GranCanaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante del procedimiento deconfirmación de residencia para extranjeros comunitarioso con autorización de residencia permanente, se le hainiciado un procedimiento de baja de oficio porinscripción indebida en el Padrón Municipal deHabitantes, por supuesto incumplimiento de losrequisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha doce de diciembre de dosmil doce para que, en el plazo de diez días, formulelas alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 561-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha cuatro dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Sissel Breivik, con tarjeta deresidencia número X09096149V, en el domicilio dela calle Montes de Malpedrocillo, número 7 (Era deMota), que consta en el vigente Padrón Municipal alos efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a doce de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veinte de diciembrede dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Sissel Breivik, calle Montes deMalpedrocillo, número 7 P01, 35.216 Valsequillo deGran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 27/11/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:143/12. Destinatario: José Manuel Sosa Rodríguez,calle Montes de Malpedrocillo número 7- Valsequillode Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de datos y documentaciónobrante en este ayuntamiento, se le ha iniciado unprocedimiento de baja de oficio por inscripciónindebida en el Padrón Municipal de Habitantes, por

4302 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 119: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

supuesto incumplimiento de los requisitos establecidosen el artículo 54 del vigente Reglamento de Poblacióny Demarcación de las Entidades Locales y en aplicacióndel artículo 72 de la misma norma, y del artículo 16de la Ley de Bases de Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha doce de diciembre de dosmil doce para que, en el plazo de diez días, formulelas alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 563-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha cuatro dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de José Manuel Sosa Rodríguez,con D.N.I./N.I.F. número 29019480N, en el domiciliode la calle Montes de Malpedrocillo, número 7 P01,que consta en el vigente Padrón Municipal a losefectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a doce de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veinte de diciembrede dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a José Manuel Sosa Rodríguez, calle

Montes de Malpedrocillo, número 7 P01, 35.216Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 27/11/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:144/12. Destinatario: Sissel Breivik/José ManuelSosa Rodríguez, calle Montes de Malpedrocillo,número 7- Valsequillo de Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante del procedimiento deconfirmación de residencia para extranjeros comunitarioso con autorización de residencia permanente, a LeifSamuel Sosa Breivik se le ha iniciado un procedimientode baja de oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha trece de diciembre de dosmil doce para que, en el plazo de diez días, formulelas alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 567-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha cuatro dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Leif Samuel Sosa Breivik, contarjeta de residencia número X09289518W, en eldomicilio de la calle Montes de Malpedrocillo, número7, que consta en el vigente Padrón Municipal a losefectos oportunos.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4303

Page 120: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a trece de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veinte de diciembrede dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a José Manuel Sosa Rodríguez/SisselBreivik, calle Montes de Malpedrocillo, número 7 P0135.216 Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

fecha: 27/11/2012. Asunto: Baja padronal Expediente:145/12. destinatario: Sissel Breivik/José Manuel SosaRodríguez, calle Montes de Malpedrocillo número 7-Valsequillo de Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante del procedimiento deconfirmación de residencia para extranjeros comunitarioso con autorización de residencia permanente, a JoséGabriel Sosa Breivik se le ha iniciado un procedimientode baja de oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha doce de diciembre de dosmil doce para que, en el plazo de diez días, formulelas alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 562-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha cuatro dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de José Gabriel Sosa Breivik, contarjeta de residencia número X09289497G, en eldomicilio de la calle Montes de Malpedrocillo, número7 (Era de Mota), que consta en el vigente PadrónMunicipal a los efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a doce de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veinte de diciembrede dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a José Manuel Sosa Rodríguez/SisselBreivik, calle Montes de Malpedrocillo, número 7 P0135.216 Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 3/12/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:146/12. Destinatario: Ambrus Nagy, calle Tajinastenúmero 3 P01 Pta. A- Valsequillo de Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

4304 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 121: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor José López Martel, con D.N.I./N.I.F. número42728572T, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha dieciocho de diciembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 586-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha once dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Ambrus Nagy, con tarjeta deresidencia número X8224093Y, en el domicilio de lacalle Tajinaste, número 3 P01 Pta. A, que consta enel vigente Padrón Municipal a los efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a dieciocho de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiséis dediciembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Ambrus Nagy, calle Tajinaste,número 3 P01 Pta. A, 35.217 Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 3/12/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:147/12. Destinatario: Florin Vrinceanu, calle Tajinastenúmero 3 P01 Pta. A- Valsequillo de Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor José López Martel, con D.N.I./N.I.F. número42728572T, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha diecisiete de diciembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 575-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha once dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Florin Vrinceanu, con tarjetade residencia número X3809586G, en el domiciliode la calle Tajinaste, número 3 P01 Pta. A, que constaen el vigente Padrón Municipal a los efectos oportunos.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4305

Page 122: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a diecisiete de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veinte de diciembrede dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Florin Vrinceanu, calle Tajinaste,número 3 P01 Pta. A, 35.217 Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 3/12/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:148/12. Destinatario: Livia Mariana Vrinceanu, calleTajinaste número 3 P01 Pta. A- Valsequillo de GranCanaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor José López Martel, con D.N.I./N.I.F. número42728572T, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha diecisiete de diciembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 580-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha doce dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Livia Mariana Vrinceanu, contarjeta de residencia número X3807257K, en eldomicilio de la calle Tajinaste, número 3 P01 Pta. A,que consta en el vigente Padrón Municipal a losefectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a diecisiete de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiséis dediciembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Livia Mariana Vrinceanu, calleTajinaste, número 3 P01 Pta. A, 35.217 Valsequillode Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 3/12/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:149/12. Destinatario: Ildiko Kiss, calle Tajinastenúmero 3 P02 Pta. B- Valsequillo de Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

4306 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 123: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor José López Martel, con D.N.I./N.I.F. número42728572T, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha diecisiete de diciembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 577-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha once dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Ildiko Kiss, con tarjeta deresidencia número Y0278176M, en el domicilio dela calle Tajinaste, número 3 P02 Pta. B, que constaen el vigente Padrón Municipal a los efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a diecisiete de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veinte de diciembrede dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Ildiko Kiss, calle Tajinaste, número3 P02 Pta. B, 35.217 Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 3/12/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:150/12. Destinatario: Janos Volf, calle Tajinastenúmero 3 P02 Pta. B- Valsequillo de Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor José López Martel, con D.N.I./N.I.F. número42728572T, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha diecisiete de diciembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 578-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha once dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Janos Volf, con tarjeta deresidencia número Y0204215N, en el domicilio dela calle Tajinaste, número 3 P02 Pta. B, que constaen el vigente Padrón Municipal a los efectos oportunos.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4307

Page 124: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a diecisiete de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiséis dediciembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Janos Volf, calle Tajinaste, número3 P02 Pta. B, 35.217 Valsequillo de Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 3/12/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:151/12. Destinatario: María Elena Romero Calzadilla,calle Tajinaste número 3 P02 Pta. B- Valsequillo deGran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor José López Martel, con D.N.I./N.I.F. número42728572T, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha diecisiete de diciembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 581-2012

Resolución de Alcaldía iniciando el procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha doce dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de María Elena Romero Calzadilla,con D.N.I./N.I.F. número 49496916L, en el domiciliode la calle Tajinaste, número 3 P02 Pta. B, que constaen el vigente Padrón Municipal a los efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a diecisiete de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiséis dediciembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a María Elena Romero Calzadilla,calle Tajinaste, número 3 P02 Pta. B, 35.217 Valsequillode Gran Canaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 3/12/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:152/12. Destinatario: María Sztakone Nagy, AvenidaLos Almendros número 48- Valsequillo de GranCanaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

4308 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 125: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor José López Martel, con D.N.I./N.I.F. número42728572T, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha diecisiete de diciembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 579-2012Resolución de Alcaldía iniciando el procedimiento

de verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha doce dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de María Sztakone Nagy, contarjeta de residencia número X8413730P, en eldomicilio de la Avenida Los Almendros, número 48,que consta en el vigente Padrón Municipal a losefectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a diecisiete de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiséis dediciembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a María Sztakone Nagy, Avenida LosAlmendros, número 48. 35.217 Valsequillo de GranCanaria

NOTIFICACIÓN

Fecha: 3/12/2012. Asunto: Baja padronal. Expediente:153/12. Destinatario: Peter Marko, Avenida LosAlmendros número 48- Valsequillo de Gran Canaria

Notificación de resolución de inicio del procedimientode verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Por la presente traslado a su conocimiento a los efectosoportunos que, dimanante de la solicitud formuladapor José López Martel, con D.N.I./N.I.F. número42728572T, se le ha iniciado un procedimiento de bajade oficio por inscripción indebida en el PadrónMunicipal de Habitantes, por supuesto incumplimientode los requisitos establecidos en el artículo 54 del vigenteReglamento de Población y Demarcación de lasEntidades Locales y en aplicación del artículo 72 dela misma norma, y del artículo 16 de la Ley de Basesde Régimen Local.

Al efecto, vengo en participarle el contenido de laresolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valsequillode Gran Canaria, de fecha diecisiete de diciembre dedos mil doce para que, en el plazo de diez días,formule las alegaciones que estime oportunas. Transcritoliteralmente, DICE ASÍ:

“Decreto número 582-2012Resolución de Alcaldía iniciando el procedimiento

de verificación en expediente de baja de oficio en elPadrón Municipal de Habitantes

Visto el informe de Secretaría de fecha doce dediciembre de dos mil doce, por el cual se indica elprocedimiento jurídico necesario para la verificaciónde la adecuación a la realidad de las diversas situacionesde hecho existentes entre el Padrón Municipal y laresidencia efectiva en este municipio, por la presentese entiende necesario que se realice la actuaciónnecesaria de comprobación de verificación sobreresidencia efectiva de Peter Marko, con tarjeta deresidencia número X8432337P, en el domicilio de laAvenida Los Almendros, número 48, que consta enel vigente Padrón Municipal a los efectos oportunos.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4309

Page 126: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Francisco ManuelAtta Pérez, y ante mí, la Secretaria General de laCorporación, a los efectos de dar fe y su inclusión enel registro de resoluciones, en Valsequillo de GranCanaria, a diecisiete de diciembre de dos mil doce.

EL ALCALDE, Francisco Manuel Atta Pérez.

Ante mí, LA SECRETARIA GENERAL, MartaGarrido Insúa”.

Es cuanto se tiene a bien comunicar.

En Valsequillo de Gran Canaria, a veintiséis dediciembre de dos mil doce.

LA SECRETARIA GENERAL, Marta GarridoInsúa.

Notificación a Peter Marko, Avenida Los Almendros,número 48, 35.217 Valsequillo de Gran Canaria

2.813

ILUSTRE AYUNTAMIENTODE VEGADE SAN MATEO

DECRETO DE ALCALDÍA2.957

Teniendo en cuenta que el artículo 51 del CódigoCivil, redactado conforme a la Ley 35/1994 de 23 deDiciembre, se establece la posibilidad de delegar enun Concejal la facultad de celebrar matrimoniosciviles.

Teniendo en cuenta que el artículo 21.3 de la Ley7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal, atribuye al Alcalde la facultad de delegardeterminadas atribuciones.

Por todo ello HE RESUELTO:

PRIMERO: Delegar en el Concejal, don MáximoAlexis Ramos Ramírez, la celebración del matrimoniocivil entre don Francisco Javier Suárez Rodríguez ydoña Estefanía Rodríguez Reyes, que tendrá lugar elpróximo día 16 de marzo de 2013 a las 12:00 horasen Vega de San Mateo.

SEGUNDO: La delegación conferida requerirápara su eficacia su aceptación, se publicará en el

Boletín Oficial de la Provincia y se dará cuenta al Plenoen la primera sesión que se celebre.

En la Vega de San Mateo, a uno de marzo de dosmil trece.

EL ALCALDE, Antonio Ortega Rodríguez.

3.086

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIORDE JUSTICIADE CANARIAS

Sala de lo Social

CÉDULA2.958

Rollo: Recursos de Suplicación 1.410/2010. Materia:Prestaciones. Procedimiento origen: Demanda 503/2008-00. Órgano origen: Juzgado de lo Social NúmeroOcho de Las Palmas de Gran Canaria. Recurrente:Instituto Nacional de la Seguridad Social. Recurridos:Miguel Arbelo Rodríguez, Imprenta Cofima, S.L. yTesorería General de la Seguridad Social. Abogado:Carmen Castellano Carballo.

En el procedimiento 1.410/2010, sobre Recursos deSuplicación, en materia de Prestaciones, seguido enesta Sala a instancias de Instituto Nacional de laSeguridad Social contra Imprenta Cofima, S.L. yOtros, ha recaído la anterior sentencia de fecha 15 denoviembre de 2012, que por copia autorizada seacompaña a la presente.

Y para que sirva de notificación en legal forma aImprenta Cofima, S.L. (paradero desconocido), librola presente que firmo en Las Palmas de Gran Canaria,a veintiocho de febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de noviembrede 2012.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia

4310 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 127: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en LasPalmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres.Magistrados don Humberto Guadalupe Hernández(Presidente), doña María Jesús García Hernández ydon Ángel Miguel Martín Suárez, ha pronunciado:

En nombre del Rey la siguiente:FALLAMOS: Desestimamos el Recurso de

Suplicación interpuesto por el Instituto Nacional dela Seguridad Social contra la sentencia del Juzgadode lo Social de referencia de fecha 24 de febrero de2010 en Reclamación de Prestaciones y en consecuenciaconfirmamos la sentencia de instancia.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al MinisterioFiscal de esta Tribunal Superior de Justicia.

ADVERTENCIAS LEGALES.Contra esta sentencia cabe Recurso de Casación para

Unificación de doctrina, que se preparará por laspartes o el Ministerio Fiscal por escrito ante esta Salade lo Social dentro de los DIEZ DÍAS siguientes ala notificación de la sentencia de acuerdo con lodispuesto en los artículos 220 y 221 de la Ley 36/2011de 11 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Para su admisión será indispensable que todorecurrente que no tenga la condición de trabajador ocausahabiente suyo, o beneficiario del RégimenPúblico de la Seguridad Social, y no goce del beneficiode justicia gratuita efectúe, dentro del plazo depreparación del recurso, el depósito de 600 eurosprevisto en el artículo 229, con las excepcionesprevistas en el párrafo 4º, así como así como elimporte de la condena, dentro del mismo plazo, segúnlo previsto en el artículo 230, presentando loscorrespondientes resguardos acreditativos de haberseingresado en el Banesto c/c número3537/0000/37/1410/10 pudiéndose sustituir dichaconsignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario en el que se hará constar laresponsabilidad solidaria del avalista, y que habrá deaportarse en el mismo plazo. Si la condena consistiereen constituir el capital-coste de una pensión deSeguridad Social, el ingreso de éste habrá de hacerloen la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para el supuesto de ingreso por transferencia bancada,deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta:0030-1846-42-0005001274.

Consignándose en el campo Beneficiario la Cuentade la Sala y en Observaciones o Concepto de la

Transferencia los 16 dígitos que corresponden alprocedimiento.

Remítase testimonio a la Fiscalía de este Tribunaly líbrese otro testimonio para su unión al rollo de surazón, incorporándose original al Libro de Sentencias.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos,mandamos y firmamos.

Diligencia. En Las Palmas de Gran Canaria. Dadaha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Presidenteque la suscribe a los efectos de su notificación,uniéndose certificación literal de la misma a los autosoriginales, conforme a lo dispuesto en los artículos266.1 de la L.O.P.J. y 212 de la L.E.C., archivándosela presente en la Secretaría de este Juzgado en elLibro de su clase. Doy fe.

3.044

CÉDULA2.959

Rollo: Recursos de Suplicación 1.045/2010. Materia:Cantidad. Procedimiento origen: Demanda 798/2009-00. Órgano origen: Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Las Palmas de Gran Canaria. Recurrente:Manuel Santana Arocha. Recurridos: FundaciónLaboral Canaria Sector Automóvil y Fondo de GarantíaSalarial. Abogado: Manuel Dévora González.

En el rollo de Sala número 1.045/2010, formado pararesolver el Recurso de Suplicación interpuesto contrala resolución dictada por el Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de Las Palmas de Gran Canaria en losautos número 798/2009 la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado,con fecha 27 de febrero de 2013 la firmeza, que porcopia autorizada se acompaña a la presente.

Y para que sirva de notificación, y, en su caso,citación en legal forma a Fundación Laboral CanariaSector Automóvil (ignorado paradero), libro la presenteque firmo en Las Palmas de Gran Canaria, a veintisietede febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicialdoña María Belén Zapata Monge.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de febrero de2013.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4311

Page 128: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Habiendo sido notificada la anterior resolución a laspartes, sin que se haya formulado recurso contra lamisma por ninguna de las partes, se declara su firmeza,con fecha 19 de noviembre de 2012 y en su virtud,procédase a la devolución de los autos originales alJuzgado de lo Social de procedencia, junto concertificación de ¡a resolución de la Sala, interesandoacuse de recibo; y una vez recibido, únase al rollo,procediéndose al archivo del mismo en Secretaría ydejando las notas oportunas.

Modo de Impugnación. Recurso de Reposición, enel plazo de CINCO DÍAS ante esta Secretaria Judicial.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.LA SECRETARIA JUDICIAL.

3.047

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1

DILIGENCIADE ORDENACIÓN2.960

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 961/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: IvánManuel Melo Vaca. Demandado: A.B.T. Canarias, S.L.

Diligencia de Ordenación del Secretario Judicial donIsidoro Prieto González.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de diciembrede 2012.

Habiendo sido presentada y turnada a este Juzgadola anterior demanda por Iván Manuel Melo Vacacontra A.B.T. Canarias, S.L., sobre Despido - Cantidad,y observándose que adolece de determinados defectosu omisiones en relación con los presupuestos procesalesnecesarios que pudieran impedir la válida prosecucióny término del proceso, así como en relación con losdocumentos de preceptiva aportación con la demanda,se acuerda requerir a la parte actora para su subsanaciónen el plazo de CUATRO DÍAS, bajo apercibimientode archivo sin más trámite para el caso de dejartranscurrir dicho plazo sin subsanarlo de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 81.2 de la Ley deReguladora de la Jurisdicción Social.

REQUERIMIENTOS:Se requiere a la parte actora a fin de justifique la

solicitud de declaración de Despido como nulo.

Que indique los siguientes extremos conforme alartículo 104 LRJS:

- Tiempo y forma de pago del salario, especificandoel día o días en los que mensualmente el trabajadorpercibía su salario.

- Lugar de trabajo.- Modalidad de contrato y jornada de trabajo.- Si el trabajador ostenta o ha ostentado en el año

anterior al Despido la condición de representantelegal o sindical de los trabajadores, así como cualquierotra circunstancia relevante para la declaración de nulidado improcedencia o para la titularidad de la opciónderivada, en su caso.

- Hechos alegados por el empresario, acompañandola comunicación recibida, en su caso, o menciónsuficiente de su contenido.

Que determine si pretende comparecer en el juicioasistido de abogado o representado técnicamente porgraduado social colegiado o representado por procurador,apercibiéndole de que la falta de cumplimiento de esterequisito supone la renuncia de la parte al derecho devalerse en el acto de juicio de abogado, procuradoro graduado social colegiado, si no lo hicese tambiénel demandado.

Modo Impugnación: Recurso de Reposición en elplazo de TRES DÍAS ante este Secretario Judicial,expresando la infracción en que la resolución hubieraincurrido.

Lo acuerdo y firmo; doy fe.EL SECRETARIO JUDICIAL.

2.945

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.961

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 955/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: MaríaCarmen Benítez Ramos. Demandados: HergoraCatering, S.L., Instituto de Atención Social ySociosanitaria de Gran Canaria, Cabildo Insular deGran Canaria, Vanyera, S.A., Administración Concursalde Vanyera, S.A., Vanyera 3, S.L., AdministraciónConcursal de Vanyera 3, S.L., Instituto Canario deOrtopedia y Traumatología (I.C.O.T.), Catering

4312 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 129: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Carben, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Gobiernode Canarias y Administración Concursal Hergora.

Don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 955/2012, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de María Carmen Benítez Ramos, contraHergora Catering, S.L., Instituto de Atención Socialy Sociosanitaria de Gran Canaria, Cabildo Insular deGran Canaria, Vanyera, S.A., Administración Concursalde Vanyera, S.A., Vanyera 3, S.L., AdministraciónConcursal de Vanyera 3, S.L., Instituto Canario deOrtopedia y Traumatología (I.C.O.T.), CateringCarben, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Gobiernode Canarias y Administración Concursal Hergora,se ha acordado citarle mediante edictos dado suignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 09.05.13, a las 11:10horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar al interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aVanyera, S.A., en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia,en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho defebrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.944

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.962

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 45/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:

María Araceli Barreto González. Demandados:Distucan, S.L., Tefar Tenerife Armarios, S.L., JoséEduardo González Pérez y Fondo de Garantía Salarial.

Don Isidoro Prieto González, Secretario Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Uno de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 45/2012, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de María Araceli BarretoGonzález, contra Distucan, S.L., Tefar TenerifeArmarios, S.L., José Eduardo González Pérez y Fondode Garantía Salarial, se ha acordado citarle medianteedictos dado su ignorado paradero, para el acto de vistaoral que tendrá lugar el próximo día 06.11.14, a las10:10 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aDistucan, S.L., Tefar Tenerife Armarios, S.L. y JoséEduardo González Pérez, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveinticinco de febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.946

AUTO2.963

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 137/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Cosme Juan Esparragón Quevedo. Demandados:Decan Pinturas, S.L. y Fogasa.

En Las Palmas de Gran Canana, a 18 de febrero de2013.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4313

Page 130: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Dada cuenta; Por presentado el anterior escritoúnase, dese a la copia su destino legal. Vistos los preceptoslegales dictados y demás de general y pertinenteaplicación al caso,

PARTE DISPOSITIVAPor presentado el anterior escrito únase, dese a la

copia su destino legal. Se despacha ejecución ainstancia de Cosme Juan Esparragón Quevedo, contraDecan Pinturas, S.L., por un principal de 5.903,26 euros,más 590 euros de intereses provisionales y la de 590euros de costas provisionales.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y ala parte ejecutante de conformidad con lo preceptuadoen el artículo 276 LRJS a fin de que puedan instar lapráctica de las diligencias que a su derecho convengay designar bienes concretos del ejecutado/a sobre losque continuar la ejecución, lo que deberán verificaren el plazo de CINCO DÍAS bajo apercibimiento deque en caso de no manifestar nada al respecto seprocederá a dictar la insolvencia de la ejecutada.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Reposición,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,y al concepto clave 3486000064013711.

Así lo acuerda, manda y firma por doña Gemma LópezFernández, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Las Palmas de Gran Canaria. Doyfe.

LA MAGISTRADO-JUEZ.EL SECRETARIO JUDICIAL.

3.043

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE ARRECIFE

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNSENTENCIA

2.964Procedimiento: Despidos/Ceses en General 757/2012.

Demandante: Hahn Silke. Demandados: Art CanaryIslands, S.L., Bente Estrid El Azem y Fondo deGarantía Salarial.

Don Fernando Blasco Lices, Secretario Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Uno de Arrecife,

HACE SABER: Que en el procedimiento número757/2012, en materia de Resolución Contrato, ainstancia de Hahn Silke, contra Art Canary Islands,S.L. y Bente Estrid El Azem y Fondo de Garantía Salarial,por su S.Sª., se ha dictado Sentencia número 34/2013,con fecha 14/02/2013, cuya parte dispositiva es el tenorliteral siguiente:

FALLO: Que, estimando la demanda interpuesta porHahn Silke, contra Art Canary Islans, S.L., Bente EstridEl Azem y Fondo de Garantía Salarial, debo declarary declaro la improcedencia, por razones de forma, deldespido producido a la actora con efectos del 24 deoctubre de 2012, y en consecuencia condenosolidariamente a las dos demandadas Art CanaryIslans, S.L., Bente Estrid El Azem, a que, a su opción,que deberán ejercitar en el plazo de los CINCO DÍASsiguientes a la notificación de la sentencia, medianteescrito o comparecencia ante la Secretaria de este Juzgadode lo Social, proceda:

a) A la readmisión de la demandante en las mismascondiciones que regían antes de producirse el despidojunto al abono de los salarios dejados de percibirdesde la fecha del despido y hasta que la readmisióntenga lugar, a razón de un salario diario de 33,01euros/día.

b) O bien a abonarle una indemnización por importeascendente a 13.130,87 euros, quedando extinguidala relación laboral con efectos de la fecha del despido,y entendiéndose, caso de no ejercitar esta opción enel plazo indicado, que procede la readmisión.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

4314 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 131: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Canarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 5637/0000/65/0757/12.Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, intente interponer Recurso deSuplicación, deberá efectuar un depósito de 300euros, que ingresará con independencia a la consignaciónen su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendoel recurrente hacer entrega del resguardo acreditativoen la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponerel Recurso de Suplicación.

Así, por ésta, mi sentencia, de la que se llevarácertificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aArt Canary Islands, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para publicación en el Tablón de Anunciosde este Juzgado y Boletín Oficial de la Provincia, enArrecife, a cuatro de marzo de dos mil trece.

EL SECRETARIO.3.042

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.965

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 112/2013.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Stefan Todoroy Kostadinov. Demandados: PulidosCanarios, S.L. y Fogasa.

Don Fernando Blasco Lices, Secretario Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Uno de Arrecife.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 112/2013, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de Stefan Todoroy Kostadinov,contra Pulidos Canarios, S.L., se ha acordado citarlemediante edictos dado su ignorado paradero, para el

acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 16.05.13,a las 12:00 horas Acto de Conciliación y a las 12:45horas Acto de Juicio, advirtiéndole de lo dispuestoen los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a PulidosCanarios, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Arrecife, a uno de marzo de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.3.048

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.966

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 715/2012.Materia: Resolución Contrato. Demandante: MiguelJesús Leyva Leyva. Demandados: RestauraciónLanzaigua, S.L., Iguaden, S.L., Gestiones Picafort,S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Fernando Blasco Lices, Secretario Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Uno de Arrecife.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 715/2012, en materia de Resolución Contrato,a instancia de Miguel Jesús Leyva Leyva, contraRestauración Lanzaigua, S.L., Iguaden, S.L. y GestionesPicafort, S.L., se ha acordado citarle mediante edictosdado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 17.04.13, a las 11:30y 12:00 horas respectivamente, advirtiéndole de lodispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladorade la Jurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordó

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4315

Page 132: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

por resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aGestiones Picafort, S.L., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Arrecife, a uno de marzo de dos miltrece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.3.049

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE GÁLDAR

EDICTO2.967

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 612/2012.Materia: Despido Objetivo. Demandante: PaulaGonzález Aguiar. Demandados: Centro de Apoyo alEstudiante, Félix Manuel González Vega, Fondo deGarantía Salarial del Estado y Carlos Javier GonzálezVera.

Doña Yolanda Josefa García Espino, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social Número Uno de Gáldar,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 612/2012, a instancia de PaulaGonzález Aguiar contra Centro de Apoyo al Estudiante,Félix Manuel González Vega, Fondo de GarantíaSalarial del Estado y Carlos Javier González Vera seha dictado Sentencia de 19/12/12 y cuyo tenor es delliteral siguiente:

SENTENCIAEn Gáldar, a 19 de diciembre de 2012.Visto por mí, don Óscar González Prieto, Magistrado

del Juzgado de lo Social Número Uno de los deGáldar y su provincia, en audiencia pública, el juiciosobre Despido Objetivo, seguido ante este Juzgadobajo número 612/2012, promovido a instancia dePaula González Aguiar con D.N.I. número 78518591H,contra Centro de Apoyo al Estudiante, Félix ManuelGonzález Vega, Fondo de Garantía Salarial del Estado

y Carlos Javier González Vera, atendiendo a lossiguientes:

FALLO: Estimar la demanda interpuesta por PaulaGonzález Aguiar frente a la entidad Centro de Apoyoal Estudiante, S.L. y Fogasa, sobre Despido Improcedente,y declarar la Improcedencia del Despido de la parteactora condenando a la entidad Centro de Apoyo alEstudiante, S.L. a estar y pasar por tal declaración ya que le indemnice con la suma de 7.804,11 euros,condenándola igualmente a que le abone los salariosdejados de percibir desde la fecha del Despido yhasta la fecha de la presente resolución, ascendiendoa la suma de 3.520,65 euros. Declarando Extinguidala Relación Laboral con fecha de efectos de la presenteresolución. Y al Fogasa a estar y pasar por la anteriordeclaración.

Y absolver a Félix Manuel González Vera y CarlosJavier González Vera de todas las pretensionesdeducidas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias en Las Palmas de GranCanaria, anunciándolo ante este Juzgado mediante meramanifestación, comparecencia o escrito de la parte,su abogado, graduado social colegiado o su representanteen el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES siguientesa la notificación del presente fallo, de conformidadcon lo dispuesto por los artículos 194 y ss de la nuevaLey 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción social; siendoindispensable que al tiempo de anunciarlo acredite laparte que no ostente el carácter de trabajador y no gocedel beneficio de justicia gratuita, haber consignadoel importe íntegro de la condena en el banco Banestode Gáldar de este Juzgado, Cta. número3511/0000/65/0612/2012 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo importe. Asímismo deberá constituir otro depósito por importe de300 euros en la misma cuenta, del referido banco,presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Diligencia de Publicación. La extiendo yo la Sra.

Secretaria para dar fe de que la anterior resoluciónse publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr.Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública.

4316 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 133: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Reitero fe.Y para que sirva de notificación en legal forma a

Félix Manuel González Vega y Carlos Javier GonzálezVera, en ignorado paradero, y haciéndole saber quelas Resoluciones íntegras se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado y que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resoluciónen la oficina judicial, expido la presente para supublicación en el B.O. Prov. En Gáldar, a uno demarzo de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.859

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNSENTENCIA

2.968Procedimiento: Procedimiento Ordinario 726/2012.

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Armando González Sánchez. Demandados: CaperGáldar, S.L. y Fondo de Garantía Salarial del Estado.

Doña Yolanda Josefa García Espino, SecretariaJudicial de este Juzgado de lo Social Número Uno deGáldar.

HACE SABER: Que en el procedimiento número726/2012, en materia de Reclamación de Cantidad,a instancia de Armando González Sánchez, contra CaperGáldar, S.L. y Fondo de Garantía Salarial del Estado,por su S.Sª., se ha dictado Sentencia con fecha 28 defebrero de 2013, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:

“FALLO: Estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones, promovida por ArmandoGonzález Sánchez, frente a la empresa Caper Gáldar,S.L. y el Fogasa, sobre Cantidad, debo condenar ycondeno a la empresa demandada, a que abone aldemandante la cantidad de 25.444,74 euros, enconcepto de indemnización por despido, más el 10%de mora en el pago. Y al Fondo de Garantía Salariala estar y pasar por dicha declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias en Las Palmas de GranCanaria, anunciándolo ante este Juzgado mediante meramanifestación, comparecencia o escrito de la parte,

su Abogado, Graduado Social Colegiado o surepresentante en el plazo de los CINCO DÍASHÁBILES siguientes a la notificación del presente fallo,de conformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss de la nueva Ley 36/2011, Reguladora de laJurisdicción social; siendo indispensable que al tiempode anunciarlo acredite la parte que no ostente elcarácter de trabajador y no goce del beneficio dejusticia gratuita, haber consignado el importe íntegrode la condena en el Banco Banesto de Gáldar de esteJuzgado, Cta. número 3511/0000/65/0726/2012, opresentar aval solidario de Entidad Financiera por elmismo importe. Así mismo deberá constituir otrodepósito por importe de 300 euros en la misma cuenta,del referido banco, presentando el resguardocorrespondiente a este último depósito en la Secretaríadel Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y eldel primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyosrequisitos no podrá ser admitido.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando yfirmo“.

Y para que sirva de notificación en legal forma aCaper Gáldar, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para publicación en el Boletín Oficial de laProvincia, en Gáldar, a cinco de marzo de dos mil trece.

LA SECREJARIA JUDICIAL.

3.045

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNSENTENCIA

2.969Procedimiento: Procedimiento Ordinario 676/2012.

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Manuel Saavedra Pérez. Demandados: Indarocan,S.L. y Fondo de Garantía Salarial del Estado.

Doña Yolanda Josefa García Espino, SecretariaJudicial de este Juzgado de lo Social Número Uno deGáldar.

HACE SABER: Que en el procedimiento número676/2012, en materia de Reclamación de Cantidad,a instancia de Manuel Saavedra Pérez, contra Indarocan,S.L. y Fondo de Garantía Salarial del Estado, por suS.Sª., se ha dictado Sentencia número 78/2013, confecha 28 de febrero de 2013, cuyo fallo es el tenorliteral siguiente:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4317

Page 134: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

“FALLO: Estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones, promovida por Manuel SaavedraPÉREZ frente a la empresa Indarocan, S.L. y elFogasa, sobre Cantidad, debo condenar y condeno ala empresa demandada, a que abone al demandantela cantidad de 1.528,82 euros por los conceptosreclamados en la demanda, más el 10% de mora enel pago. Y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasarpor dicha declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando yfirmo.”

Y para que sirva de notificación en legal forma aIndarocan, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia, en Gáldar, a cinco de marzo de dos miltrece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.046

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2

EDICTO2.970

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 316/2011.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: SantiagoGonzález Casimiro. Demandados: Transportes yLogística Mercurio, S.L., Distribuciones ExclusivasAbreu S, Cardom, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmasde Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 316/2011, a instancia de SantiagoGonzález Casimiro contra Transportes y LogísticaMercurio, S.L., Distribuciones Exclusivas Abreu S,Cardom, S.L. y Fondo de Garantía Salarial se hadictado Sentencia de fecha 15 de febrero de 2013.

Y para que sirva de notificación en legal forma aTransportes y Logística Mercurio, S.L., en ignoradoparadero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,

expido la presente para su publicación en el B.O.Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.893

EDICTO2.971

Procedimiento: Demanda 1.047/2009. Materia:Impugnación de Resolución. Demandante: ÁngelCamacho Felipe. Demandados: Tesorería General dela Seguridad Social, Instituto Nacional de la SeguridadSocial, Servicio Canario de la Salud, Mutua Mac deAccidentes de Trabajo y E.P. de la S.S. Número 272y Obras Marítimas y Soluciones, S.L.

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmasde Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 1.047/2009, a instancia de ÁngelCamacho Felipe contra Tesorería General de laSeguridad Social, Instituto Nacional de la SeguridadSocial, Servicio Canario de la Salud, Mutua Mac deAccidentes de Trabajo y E.P. de la S.S. Número 272y Obras Marítimas y Soluciones, S.L. se ha dictadoSentencia de fecha 14 de febrero de 2013.

Y para que sirva de notificación en legal forma aObras Marítimas y Soluciones, S.L., en ignoradoparadero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el B.O.Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.942

EDICTO2.972

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales35/2013. Materia: Despido Disciplinario. Ejecutante:Rita Benítez Medina. Ejecutado: Grupo Diniz España,S.L.

4318 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 135: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmasde Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado con nro. de ejecución 35/2013(demanda 379/2012), a instancia de Rita BenítezMedina contra Grupo Diniz España, S.L. se ha dictadoAuto y Decreto de 26/02/13 contra el que cabe Recursode Reposición y Revisión (respectivamente) a interponeren este Juzgado en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aGrupo Diniz España, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones integras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el B.O.Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.943

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.973

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1.252/2010.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Matías Dávila Silva. Demandados: Alejandro JesúsNegrín Rodríguez y Fogasa.

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 1.252/2010, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de Matías Dávila Silva, contraAlejandro Jesús Negrín Rodríguez y Fogasa, se haacordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 15.04.13, a las 10:20 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la LeyReguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo sele requiere para que concurra al acto al efecto decontestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte,si así se hubiese interesado, así como para que aportela documental que se indica en la demanda, cuya

admisión se acordó por resolución judicial, haciéndolesaber que las copias de la misma se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aAlejandro Jesús Negrín Rodríguez, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en elBoletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de GranCanaria, a diecinueve de febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.895

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.974

Procedimiento: Impugnación de Actos Administrativosen Materia Laboral y Seguridad Social, Excluidos losPrestacionales 210/2012. Materia: Impugnación deResolución. Demandantes: José María Ruiz Marrero,Antonio Reina González, José Juan Suárez Viera,Agustín Reina González, Juan Jesús Vélez Medina,José Magín Espino Rivero, Carlos Mario EcheverryCano, José Juan Suárez Viera, Juan Teodoro RodríguezHenríquez, José Ramón Santana Prieto, Juan CarlosGonzález Gutiérrez, Manuel Medina Silva, JuanManuel Santiago Hernández, Roque Suárez González,Hipólito Quintana Sosa, José Valido Suárez, FranciscoJ. Estévez Moreno, Nicolás Santana Sosa, José LuisCastellano Suárez, Agustín Tacoronte Reyes y AntonioValido Peñate.

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 210/2012, en materia de Impugnación deResolución, a instancia de José María Ruiz Marrero,Antonio Reina González, José Juan Suárez Viera,Agustín Reina González, Juan Jesús Vélez Medina,José Magín Espino Rivero, Carlos Mario EcheverryCano, José Juan Suárez Viera, Juan Teodoro RodríguezHenríquez, José Ramón Santana Prieto, Juan CarlosGonzález Gutiérrez, Manuel Medina Silva, JuanManuel Santiago Hernández, Roque Suárez González,Hipólito Quintana Sosa, José Valido Suárez, Francisco

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4319

Page 136: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

J. Estévez Moreno, Nicolás Santana Sosa, José LuisCastellano Suárez, Agustín Tacoronte Reyes, AntonioValido Peñate, Luis Mederos Sosa y Bruno MejíasSantana, contra Consejería de Empleo, Industria yComercio, Clanumi, S.L., Mequinso, S.L., MequinsoObras y Construcciones, S.L., Administración ConcursalMequinso, Miguel Quintana Sosa, Germán QuintanaMedina, Ad. Concursal Mequinso Obras yConstrucciones, Pedro Rodríguez Rodríguez y GermánQuintana Sosa, se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 19.03.13, a las 11:10horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a GermánQuintana Sosa, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a seis demarzo de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.063

EDICTO2.975

Procedimiento: Ejecución 230/2012. Materia:Despido. Ejecutante: Fernando Silva Marrero. Ejecutado:Construcciones Metálicas Davited, S.L. Demandado:Fondo de Garantía Salarial.

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmasde Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al número de autos 1.096/11 entrámite de Ejecución número 230/2012, a instanciade Fernando Silva Marrero contra ConstruccionesMetálicas Davited, S.L. se ha dictado Decreto de

fecha 3 de diciembre de 2012 contra el que cabeRecurso de Revisión en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aConstrucciones Metálicas Davited, S.L., en ignoradoparadero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el B.O.Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.010

EDICTO2.976

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales30/2013. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutantes:Francisco Navarro Machín, José Ramón GarcíaRosario, José Juan Mendoza Martín, José YeraySantana Ruiz, Ángel Pino Ayala Jiménez, Antonio F.Ponce Medina y Leonardo Macías Mendoza. Ejecutado:Trabican, S.L. Demandado: Fondo de Garantía Salarial.

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmasde Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al número de autos 1.155/10 entrámite de Ejecución número 30/2013, a instancia deFrancisco Navarro Machín, José Ramón GarcíaRosario, José Juan Mendoza Martín, José YeraySantana Ruiz, Ángel Pino Ayala Jiménez, Antonio F.Ponce Medina y Leonardo Macías Mendoza contraTrabican, S.L. se ha dictado Auto de Ejecución de fecha26/02/13 contra el que cabe Recurso de Reposiciónen el plazo de TRES DÍAS y Decreto de fecha26/02/13 contra el que cabe Recurso de Revisión enel plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aTrabican, S.L., en ignorado paradero, y haciéndolesaber que las Resoluciones íntegras se encuentran asu disposición en la Secretaría de este Juzgado y quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución en la oficina judicial, expido lapresente para su publicación en el B.O. Prov. de LasPalmas de Gran Canaria.

4320 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 137: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.011

EDICTO2.977

Procedimiento: Ejecución 280/2012. Materia:Cantidad. Ejecutante: Susana Mateo Saavedra.Ejecutado: Number One UCS, S.L. Demandado:Fondo de Garantía Salarial.

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Las Palmasde Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al número de autos 761/10 en trámitede ejecución número 280/2012, a instancia de SusanaMateo Saavedra contra Number One UCS, S.L. se hadictado Decreto de Insolvencia de fecha 26/02/13contra el que cabe interponer Recurso de Revisión enel plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aNumber One UCS, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el B.O.Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.012

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE ARRECIFE

(Sede en Puerto del Rosario)FuerteventuraEDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.978

Procedimiento: Derechos Fundamentales 546/2012.Materia: Derechos Fundamentales. Demandante: JuanManuel Gutiérrez de León. Demandados: SindicatoComisiones Obreras, Rosa Dolores Costas Iglesias,

Abdelhadi Koucham, Manuel Calonge Lucas, JoséManuel Rodríguez Alfonso, Ruth Díaz María, DiegoCarlos Comesaña, Monserrat Lorenzo Núñez, JuanOmar Prino Sellanes, Flamenco Fuerteventura, S.L.y Ministerio Fiscal.

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 546/2012, en materia de DerechosFundamentales, a instancia de Juan Manuel Gutiérrezde León, contra Sindicato Comisiones Obreras,Flamenco Fuerteventura, S.L., Rosa Dolores CostasIglesias, Abdelhadi Koucham, Manuel Calonge Lucas,José Manuel Rodríguez Alfonso, Ruth Díaz María,Diego Carlos Comesaña, Monserrat Lorenzo Núñez,Juan Omar Prino Sellanes y Ministerio Fiscal, se haacordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 19.03.13, a las 09:30 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la LeyReguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo sele requiere para que concurra al acto al efecto decontestar al interrogatorio de preguntas de la contraparte,si así se hubiese interesado, así como para que aportela documental que se indica en la demanda, cuyaadmisión se acordó por resolución judicial, haciéndolesaber que las copias de la misma se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a DiegoCarlos Comesaña, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Puerto del Rosario, a once de marzo dedos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.3.188

(Sede en Puerto del Rosario)FuerteventuraEDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.979

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 420/2012.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4321

Page 138: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Materia: Extinción Contrato Temporal. Demandante:Milagros Marisqual Fernández. Demandados: FrutafuerMaxorata, S.L. y Fogasa.

Don Eugenio Félix Ortega Ugena, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Dos de Arrecifecon Sede en Puerto del Rosario, Fuerteventura.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajonúmero 420/2012, en materia de Extinción ContratoTemporal, a instancia de Milagros Marisqual Fernández,contra Frutafuer Maxorata, S.L., se ha acordadocitarle mediante edicto dado su ignorado paradero, parael acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día09.04.13, a las 12:10 horas, advirtiéndole de lodispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladorade la Jurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar al interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aFrutafuer Maxorata, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia, en Puerto del Rosario, a ocho demarzo de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.3.127

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3

EDICTOCÉDULADE NOTIFICACIÓN

2.980Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales

38/2013. Materia: Reclamación de Cantidad.Demandante: Carmelo del Rosario Suárez. Demandados:Dialse Seguridad, S.L. y Fogasa.

En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de este Juzgado, en resolución de esta fechacuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,

que en este Juzgado se siguen a instancia de Carmelodel Rosario Suárez, contra Dialse Seguridad, S.L., sobreReclamación de Cantidad, por la presente se le notificaa Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenorliteral y recurso que contra la misma cabe interponer,Órgano y plazo al efecto.

AUTOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de febrero de

2013.Dada cuenta;Vistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso,PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución ainstancia de Carmelo del Rosario Suárez contra DialseSeguridad, S.L., por un principal de 3.512,18 euros,más 351,21 euros de intereses provisionales y la de351,21 euros de costas provisionales.

Se autoriza solicitar información patrimonial delejecutado a la Administración Tributaria.

Modo de Impugnación. Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deReposición, deberá efectuar un depósito de 25,00euros en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 00301846 42 0005001274, y al concepto clave3488/0000/64/0038/13.

Así se acuerda, manda y firma por doña RosarioArellano Martínez, Magistrado Juez del Juzgado delo Social Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria.Doy fe.

Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicialdoña Margarita Betancor Rodríguez.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de febrero de2013.

4322 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 139: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Habiendo sido declarada la Insolvencia de la empresaejecutada en los autos que se siguen en el juzgado delos Social Número Ocho y localidad de Las Palmasbajo el número de ejecución 346/2012, se acuerda daraudiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parteejecutante de conformidad con lo preceptuado en elartículo 276 de la LRJS a fin de que puedan instar lapráctica de las diligencias que a su derecho convengay designar bienes concretos del ejecutado/a sobre losque continuar la ejecución, lo que deberán verificaren el plazo de QUINCE DÍAS bajo apercibimientode que caso de no manifestar nada al respecto seprocederá a dictar la Insolvencia de la ejecutada.

Modo Impugnación: Recurso de Reposición en elplazo de TRES DÍAS ante esta Secretaria Judicial,expresando la infracción en que la resolución hubieraincurrido.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.Y para que sirva de notificación a la empresa Dialse

Seguridad, S.L. con domicilio desconocido, haciéndolelos apercibimientos del artículo 59 de la LRJS, expidola presente en Las Palmas de Gran Canaria, a quincede febrero de dos mil trece.

LASECRETARIA, Margarita Betancor Rodríguez.2.911

CEDULADE CITACIÓN2.981

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 859/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: RobertoVentura Miranda Bermúdez. Demandados: CarmeloAlexander León Guedes y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de este Juzgado, en resolución de esta fecha, dictadaen los autos de Juicio número 859/2012, que en esteJuzgado se sigue a instancia de Roberto VenturaMiranda Bermúdez, contra Carmelo Alexander LeónGuedes y Fondo de Garantía Salarial, sobre DespidoDisciplinario, por la presente se le cita a Vd., para quecomparezca el día 03.04.13, a las 10:10 horas, a lacelebración de los actos de conciliación si procede yJuicio, bajo apercibimiento de que no se suspenderápor falta de asistencia y que debe concurrir con laspruebas de que intente valerse. Al propio tiempo sele cita para que concurra al acto al efecto de contestarel interrogatorio de preguntas de la contraparte si asíse hubiese interesado, bajo apercibimiento de tenerse

por ciertos los hechos que le perjudiquen y de multade 180 a 600 euros. Asimismo se le requiere para queaporte la documentación a que se refiere la resolucióncuya copia se adjunta, bajo los apercibimientos legales.

La declaración de las personas que hayan actuadoen los hechos litigiosos en nombre del empresario,cuando sea persona jurídica privada, bajo laresponsabilidad de éste, como administradores,gerentes o directivos, solamente podrá acordarsedentro del interrogatorio de la parte por cuya cuentahubieran actuado y en calidad de conocedores personalesde los hechos, en sustitución o como complementodel interrogatorio del representante legal, salvo que,en función de la naturaleza de su intervención en loshechos y posición dentro de la estructura empresarial,por no prestar ya servicios en la empresa o para evitarindefensión, el juez o tribunal acuerde su declaracióncomo testigos.

Y para que tenga lugar la citación ordenada deCarmelo Alexander León Guedes, expido la presenteen Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho defebrero de dos mil trece.

LASECRETARIAJUDICIAL, Margarita BetancorRodríguez.

ADVERTENCIA: Si el receptor de la presente nofuese el propio destinatario, se le hace saber que decumplir el deber público que se le encomienda de hacerlallegar al interesado a la mayor brevedad, o darleaviso, o en su defecto comunicar al Órgano Judicialla imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimientode poder ser sancionado con multa de 20 a 200 euros,significándole que tiene derecho al resarcimiento delos gastos que se le ocasionen.

2.993

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2982

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 186/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Miguel Ortega Pestana. Demandados: PavimentoCompavi, S.L., Comsa Emte y Fondo de GarantíaSalarial.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, Secretaria

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4323

Page 140: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Judicial de este Juzgado de lo Social Número Cuatrode Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 186/2012, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de Miguel Ortega Pestana,contra Pavimento Compavi, S.L., Comsa Emte yFondo de Garantía Salarial, se ha acordado citarlemediante edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 15.03.13,a las 10:55 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar el interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aPavimento Compavi, S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a ochode marzo de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.124

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.983

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 49/2013.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Rolf Hermann Frierichs. Demandados: MarcusRicobonno y Fondo de Garantía Salarial. Procurador:José Lorenzo Hernández Peñate.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial de este Juzgado de lo Social Número Cuatrode Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 49/2013, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de Rolf Hermann Frierichs,contra Marcus Ricobonno y Fondo de Garantía

Salarial, se ha acordado citarle mediante edicto dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 20.01.14, a las 09:30horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a MarcusRicobonno, en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia,en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho defebrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.958

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL2.984

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 755/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: HaridianIco Cárdenes Sosa. Demandados: Calvican, S.L.,Fondo de Garantía Salarial, Francisco Aguiar Brito,Antonio Fasero Laiz y Nicarnor Cárdenes Dávila.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial de este Juzgado de lo Social Número Cuatrode Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 755/2012, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Haridian Ico Cárdenes Sosa, contraCalvican, S.L., Fondo de Garantía Salarial, FranciscoAguiar Brito, Antonio Fasero Laiz y Nicarnor CárdenesDávila, se ha acordado citarle mediante edicto dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 05.04.13, a las 09:40horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto al

4324 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 141: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

efecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aCalvican, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a uno demarzo de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.959

EDICTO2.985

Procedimiento: Ejecución 59/2012. Materia: Despido.Demandante: Daniel Rodríguez Santana. Demandados:Fondo de Garantía Salarial e Inslacons 7 Construccionesy Reformas, S.L.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 59/2012, a instancia de DanielRodríguez Santana contra Inslacons 7 Construccionesy Reformas, S.L. se ha dictado Decreto de Insolvenciade fecha 19/02/2013 y contra dicha resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aInslacons 7 Construcciones y Reformas, S.L., enignorado paradero, y haciéndole saber que lasResoluciones íntegras se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado y que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resoluciónen la oficina judicial, expido la presente para supublicación en el B.O. Prov. de Las Palmas de GranCanaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.922

EDICTO2.986

Procedimiento: Ejecución 248/2012. Materia:Cantidad. Demandante: María Joao Sequeira deAlburquerque Azevedo. Demandados: DeliziaBisnessinvest, S.L. y Fondo de Garantía Salarial

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 248/2012, a instancia de María JoaoSequeira de Alburquerque Azevedo contra DeliziaBisnessinvest, S.L. se ha dictado Decreto Insolvenciade fecha 20/02/2013 contra la que cabe Recurso deRevisión en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aDelizia Bisnessinvest, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el B.O.Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.923

EDICTO2.987

Procedimiento: Ejecución 1/2013. Materia: Despido.Demandante: Laura Soledad Marcuzzi Gruber.Demandados: Fisis Distribuciones Técnicas, S.L.L.y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 1/2013, a instancia de Laura

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4325

Page 142: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Soledad Marcuzzi Gruber contra Fisis DistribucionesTécnicas, S.L.L. se ha dictado Auto de fecha 19 defebrero de 2013.

Contra esta resolución cabe interponer Recurso deReposición en el plazo de TRES DÍAS ante esteórgano, expresando la infracción en que la resoluciónhubiera incurrido

Y para que sirva de notificación en legal forma aFisis Distribuciones Técnicas, S.L., en ignoradoparadero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el B.O.Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.AUTO

En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de2013.

Dada cuenta;PARTE DISPOSITIVA

1. Se declara Extinguida la Relación Laboral entrelas partes a la fecha de la presente Resolución.

2. En sustitución de la obligación de readmisiónincumplida, se condena a la empresa Fisis DistribucionesTécnicas, S.L.L. a que pague a la parte actora LauraSoledad Marcuzzi Gruber, la cantidad de 5.748,14 eurosen concepto de indemnización.

3. Se condena además a la citada empresa a que paguea la parte actora la cantidad de 34,42 euros, en conceptode salarios de tramitación desde la fecha de lanotificación de la Sentencia hasta la de este Auto yque sumados a los devengados desde la fecha del Despidoa la de dicha notificación da la cantidad toral de9.981,80 euros que en concepto de salarios de trámitese encuentra obligada a pagar la empresa a la parteactora.

Firme que sea, procédase al archivo de las actuacionesponiendo nota en el Libro de Registro de su razón,sin perjuicio de que pueda instarse su ejecución.

Modo de Impugnación. Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Reposición en el plazo deTRES DÍAS ante este órgano, expresando la infracciónen que la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deReposición, deberá efectuar un depósito de 25,00euros en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde este Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 00301846 42 0005001274, y al concepto clave3499.0000.31.0001.13.

Así, lo acuerda, manda y firma, doña Marina MasCarrillo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Doyfe.

LA MAGISTRADO-JUEZ.LA SECRETARIA JUDICIAL.

2.890

EDICTO2.988

Procedimiento: Ejecución 324/2012. Materia:Cantidad. Demandante: Rosa María BallesterosGonzález. Demandados: Asinmi Centro Especial deFormación, S.L. y Fogasa.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 324/2012, a instancia de RosaMaría Ballesteros González contra Asinmi CentroEspecial de Formación, S.L. se ha dictado Decretode 19 de febrero de 2013.

Contra esta resolución cabe interponer Recurso deRevisión, en el plazo de TRES DÍAS ante este Juzgado,expresando la infracción en que la resolución hubieraincurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAsinmi Centro Especial de Formación, S.L., enignorado paradero, y haciéndole saber que lasResoluciones íntegras se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado y que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resoluciónen la oficina judicial, expido la presente para supublicación en el B.O. Prov. de Las Palmas ate GranCanaria.

4326 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 143: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.DECRETO

En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de febrero de2013.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral aplicación.

PARTE DISPOSITIVASe declara al ejecutado Asinmi Centro Especial de

Formación, S.L. en situación de Insolvencia concarácter provisional por un importe de 4.947,74 eurosy sin perjuicio de continuar la ejecución si en losucesivo se conoce bienes del ejecutado.

Una vez firme el presente, expídanse los testimoniosoportunos para su entrega a la parte actora a losefectos de reclamación al Fogasa, una vez los soliciteen este Juzgado aportando las copias oportunas al efecto.

Expídase testimonio del presente para su unión alos autos, quedando el original en el legajo de Decretos.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Notifíquese la presente resolución a las partes enlegal forma y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deRevisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 eurosen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de estaJuzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 184642 0005001274, y al concepto clave3499.0000.31.0324.12.

Así lo acuerda y firma doña Rosa María de MiguelSánchez, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro. Doy fe.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.891

EDICTO2.989

Procedimiento: Ejecución 297/2012. Materia:Despido. Demandante: Miguel Díaz Bautista.Demandados: Decoraciones La Laja, S.L.U. y Fogasa.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 297/2012, a instancia de MiguelDíaz Bautista contra Decoraciones La Laja, S.L.U.se ha dictado Auto de Ejecución de fecha 10 dediciembre de 2012.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Y para que sirva de notificación en legal forma aDecoraciones La Laja, S.L.U., en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el B.O.Prov. de Las Palmas de Gran Canaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.AUTO

En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de diciembrede 2012.

Dada cuenta;Vistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso,PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución ainstancia de Miguel Díaz Bautista contra DecoracionesLa Laja, S.L.U., por un principal de 1.616 euros, más64,64 euros de intereses provisionales y la de 161 decostas provisionales.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y ala parte ejecutante de conformidad con lo preceptuado

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4327

Page 144: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

en el artículo 276 LRJS a fin de que puedan instar lapráctica de las diligencias que a su derecho convengay designar bienes concretos del ejecutado/a sobre losque continuar la ejecución, lo que deberán verificaren el plazo de CINCO DÍAS bajo apercibimiento deque en caso de no manifestar nada al respecto seprocederá a dictar la Insolvencia de la ejecutada.

Modo de Impugnación. Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deReposición, deberá efectuar un depósito de 25,00euros en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 00301846 42 0005001274, y al concepto clave3499.0000.31.297.12.

Así se acuerda, manda y firma por don José ManuelDíaz Pavón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro. Doy fe.

EL MAGISTRADO-JUEZ.LA SECRETARIA JUDICIAL.

2.892

EDICTO2.990

Procedimiento: Seguridad Social en MateriaPrestacional 1.178/2010. Materia: Recargo Prestacionespor Accidente. Demandante: Cristian Borja SuárezSuárez. Demandados: Grupo MGO, S.A., InstitutoNacional de la Seguridad Social, Tesorería Generalde la Seguridad Social, Rubidan, S.L., DemetrioJavier Benítez Talavera, Fremap y Decobenit, S.L.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Demetrio Javier Benítez Talavera a finde que se publique bajo apercibimiento de que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia de

la resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

Un I.as Palmas de Gran Canaria a 1 de febrero de2013.

Vistos por mí. Marina Mas Carrillo. Magistrado-Juezdel Juzgado de lo Social Número Cuatro de estaciudad y su partido, los autos arriba referenciados enlos que han sido partes:

Demandante: Cristian Borja Suárez Suárez,representado por el Letrado Juan Morales de Jesús.

Demandada: Instituto Nacional de la SeguridadSocial, representado y asistido por el Letrado TeresaBáez Martín, Grupo MGO, S.A., representado porFernando de la Viuda Fernández de Heredia, y asistidopor el Letrado Miguel Becerril, Rubidan, S.L.,representada por Javier Benítez Talavera, y asistidapor el Letrado Mario Ramírez Molina, DemetrioJavier Benítez Talavera y Decobenit, S.L., representadapor Enrique Benítez Santana.

OBJETO: Impugnación de Recargo de Prestacionesde Seguridad Social.

FALLO: Que desestimando la demanda presentadapor Cristian Borja Suárez Suárez contra el InstitutoNacional de la Seguridad Social, Tesorería Generalde la Seguridad Social, Grupo MGO. SA, Rubidan,S.L. y Demetrio Javier Benítez Talavera y Decobenit,S.L., debo confirmar la resolución impugnada yabsolver a los codemandados de todas las pretensionescontra ellos formuladas en la demanda.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274

4328 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 145: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

y al concepto clave 3499/0000/65/1178/10. Se significaademás que todo el que sin tener la condición detrabajador o causahabiente suyo, beneficiario delRégimen Público de la Seguridad Social o de justiciagratuita, intente interponer Recurso de Suplicación,deberá efectuar un depósito de 300 euros, que ingresarácon independencia a la consignación en su caso, enla indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrentehacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaríadel Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. La anterior sentencia fue leída y

publicada en audiencia pública por la lima. Sra. quela suscribe, en el día de su fecha Doy fe.

AUTOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de

2013.Dada cuenta;En los autos sobre Recargo Prestaciones por

Accidente, seguidos en este Órgano bajo el número1.178/2010, a instancia de Cristian Borja SuárezSuárez, contra Grupo MGO, S.A., Instituto Nacionalde la Seguridad Social, Tesorería General de laSeguridad Social, Rubidan, S.L., Demetrio JavierBenítez Talavera, Fremap y Decobenit, S.L., siendoMagistrado-Juez, doña Marina Mas Carrillo.

Vistos los preceptos legales citados,PARTE DISPOSITIVA

Lo acuerdo: No aclarar la Sentencia de fecha 1 defebrero del 2013, por cuanto el fallo es congruentecon el suplico de las demandas que sólo solicita lacondena de las empresas indicadas en el escrito deaclaración, por tanto la absolución sólo afecta a éstepronunciamiento, manteniéndose íntegros todos suspronunciamientos.

Contra este Auto no cabe recurso. Contra la Sentenciacabe el recurso indicado al notificarse la misma,contándose el plazo desde la notificación de ésteAuto. (Artículo 267.8° de la LOPJ, y 407 de la LEC,en relación con la Disposición Decimoséptima de laLey 1/2000).

Así por este nuestro Auto, lo pronunciamos,mandamos y firmamos.

Diligencia. En Las Palmas de Gran Canaria y 18

de febrero de 2013, me ha sido entregada la presenteresolución una vez firmada por Magistrado-Juez,procediendo a unir el original a la Sentencia, y dejandotestimonio de la presente en autos. Doy fe.

2.868

EDICTO2.991

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 267/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Héctor Francisco Soto Méndez. Demandados:Copymagen, S.L. y Fogasa.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Copymagen, S.L. a fin de que se publiquebajo apercibimiento de que ias siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria a 21 de febrero de2013.

Vistos por mí, Marina Mas Carrillo, Magistrado-Juezdel Juzgado de lo Social Número Cuatro de los de estaCiudad y su partido, en audiencia pública, los autosseguidos ante este Juzgado bajo número arribareferenciado, siendo partes:

Demandante: Héctor Francisco Soto Méndez,representado y asistido por el Letrado Eulogio CondeGarcía.

Demandada: Copymagen, S.L. que no comparecepese a haber sido citada en legal forma, y el Fogasa.

OBJETO: Reclamación de Cantidad.FALLO: Que estimando la demanda interpuesta

por Héctor Francisco Soto Méndez contra la empresaCopymagen, S.L., siendo parte el Fogasa, debocondenar y condeno a la empresa s que abone al actora suma de 6.402 euros, más la que devengue al 10 %de interés anual por mora, y ello con absolución delFogasa.

Notifíquese las presente resolución a las partes

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4329

Page 146: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

haciéndoles saber que la misma no es firme y que contraella Notifíquese la presente Resolución a las partesen legal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274y al concepto clave 3499/0000/65/267/11. Se significaademás que todo el que sin tener la condición detrabajador o causahabiente suyo, beneficiario delRégimen Público de la Seguridad Social o de justiciagratuita, intente interponer Recurso de Suplicación,deberá efectuar un depósito de 300 euros, que ingresarácon independencia a la consignación en su caso, enla indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrentehacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaríadel Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. La anterior sentencia fue leída y

publicada en audiencia pública por la Ilma. Sra.Magistrada doña Marina Mas Carrillo, que la suscribe,en el día de su fecha. Doy fe.

2.869

EDICTO2.992

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 576/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Omaira María Martel Escoz. Demandados: 750Milésimas, S.L., Administración Concursal de 750Milésimas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.Procuradora: Gloria Sigrid Mantecón León.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a 750 Milésimas, S.L. y AdministraciónConcursal de 750 Milésimas, S.L. a fin de que se publiquebajo apercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 576/2012 seguidos ainstancia de Omaira María Martel Escoz, representadapor Letrado don Carmelo Juan Jiménez León, frentea 750 Milésimas, S.L., Administración Concursal yFondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobreReclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Omaira MaríaMartel Escoz, frente a 750 Milésimas, S.L.,Administración Concursal y Fondo de GarantíaSalarial sobre Reclamación de Cantidad, debo condenary condeno a las demandadas a estar y pasar por la presentedeclaración, y a la empresa que abone a la parteactora la cantidad de 6.428,26 euros por los conceptosde la demanda establecidos en el Hecho ProbadoTercero, más los intereses por mora de conformidadcon el Fundamento de Derecho Tercero.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgadonúmero 0030/1846/42/0005001274 y al conceptoclave 3499/0000/65/0576/12 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito al

4330 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 147: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.870

EDICTO2.993

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 763/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Manuel López Valle. Demandados: Universidad deLas Palmas de Gran Canaria F.C., Carlos LópezSpicoli y Fogasa.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Universidad de Las Palmas de GranCanaria F.C. a fin de que se publique bajo apercibimientode que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en el tablón deanuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell losprecedentes autos número 763/2011 seguidos ainstancia de Manuel López Valle representado por Letradodon Jesús María Martínez Santana, frente a Universidadde Las Palmas de Gran Canaria, Club de Fútbol y Fondode Garantía Salarial, que no comparecen, sobreReclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Manuel LópezValle frente a Universidad de Las Palmas de GranCanaria, Club de Fútbol y Fondo de Garantía Salarialsobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y

condeno a las demandadas a estar y pasar por lapresente declaración, y a la empresa que abone a laparte actora la cantidad de 3.250 euros por los conceptosde la demanda establecidos en el Hecho ProbadoTercero, más los intereses por mora de conformidadcon lo previsto en el Fundamento de Derecho Tercerode la presente.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS: siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgadonúmero 0030/1846/42/0005001274 y al conceptoclave 3499/0000/65/0763/11 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.871

EDICTO2,994

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 211/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandantes: NayraSuárez Alemán y Soraya Alemán Caballero.Demandados: Imprenta Papelería San Rafael, S.L.Demandado Fogasa

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4331

Page 148: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

se notifica a Imprenta Papelería San Rafael, S.L. afin de que se publique bajo apercibimiento de que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia dela resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria a 21 de febrero de2013.

Vistos por mí, Marina Mas Carrillo, Magistrado-Juezdel Juzgado de lo Social Número Cuatro de los de estaCiudad y su partido, en audiencia pública, los autosseguidos ante este Juzgado bajo número arribareferenciado, siendo partes:

Demandante: Soraya Alemán Cabrera y NayraSuárez Alemán, representado y asistido por el LetradoEulogio Conde García.

Demandada: Imprenta Papelería S. Rafael, S.L.,que no comparece pese a haber sido citada en legalforma, y el Fogasa.

OBJETO: Reclamación de Cantidad.FALLO: Que estimando la demanda interpuesta

por Soraya Alemán Cabrera y Nayra Suárez Alemáncontra Imprenta Papelería S. Rafael, S.L. siendo parteel Fogasa debo condenar y condeno a la empresa aque abone al actor la suma de:

5.613,83 euros a Soraya Alemán Cabrera.3.930,33 Euros a Nayra Suárez AlemánMás la que devengue al 10 % de interés anual por

mora, y ello con absolución del Fogasa.Notifíquese las presente resolución a las partes

haciéndoles saber que la misma no es firme y que contraella Notifíquese la presente Resolución a las partesen legal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval

bancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c, 0030 1846 42 0005001274y al concepto clave 3499/0000/65/211/11. Se significaademás que todo el que sin tener la, condición detrabajador o causahabiente suyo, beneficiario delRégimen Público de la Seguridad Social o de justiciagratuita, intente interponer Recurso de Suplicación,deberá efectuar un depósito de 300 euros, que ingresarácon independencia a la consignación en su caso, enla indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrentehacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaríadel Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. La anterior sentencia fue leída y

publicada en audiencia pública por la Ilma. Sra.Magistrada doña Marina Mas Carrillo, que la suscribe,en el día de su fecha. Doy fe.

2.872

EDICTO2.995

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 38/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Tanausú Emilio González Nolasco. Demandados:Anjoivan Construcciones, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Anjoivan Construcciones, S.L. a fin deque se publique bajo apercibimiento de que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia dela resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas a 14 de febrero de 2013.Vistos por mí, Marina Mas Carrillo. Magistrado-Juez

del Juzgado de lo Social Número Cuatro de los de estaciudad y su partido, en audiencia pública, los autosarriba referenciados, seguidos ante este Juzgado bajonúmero arriba referenciado, siendo partes:

4332 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 149: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Demandante: Tanausú Emilio González Nolasco,representado y asistido por el Letrado María del MarSánchez Reyes.

Demandada: La empresa Anjoivan, S.L., que nocomparece pese a haber sido citada en legal forma,y el Fogasa.

OBJETO: Reclamación de Cantidad.FALLO: Que estimando la demanda interpuesta

por Tanausú Emilio González Nolasco, contra Anjoivan,S.L., que no comparece pese a haber sido citada enlegal forma, y el Fogasa, debo condenar y condenoa la empresa a abonar al demandante la suma de5.771,52 euros, más al pago de los intereses por moracalculados al 10 %, y ello con absolución del Fogasa.

Notifíquese las présenle resolución a las parteshaciéndoles saber que la misma no es firme y que contraella notifíquese la presente Resolución a las parles enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274y al concepto clave 3499/0000/65/38/11. Se significaademás que lodo el que sin tener la condición detrabajador o causahabiente suyo, beneficiario delRégimen Público de la Seguridad Social o de justiciagratuita, intente interponer Recurso de Suplicación,deberá efectuar un depósito de 300 euros, que ingresarácon independencia a la consignación en su caso, enla indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrentehacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaríadel Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. La anterior sentencia fue leída y

publicada en audiencia pública por la Ilma. Sra.Magistrado doña Marina Mas Carrillo, que la suscribe,en el día de su fecha. Doy fe.

2.873

EDICTO2.996

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 713/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandados: AmasaoudMourd, Manuel Madroño Sevillano y Fogasa.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Manuel Madroño Sevillano a fin de quese publique bajo apercibimiento de que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la OficinaJudicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Jueza del Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria y su partido, doña Margarita FonsCarbonell, los precedentes autos número 713/2012seguidos a instancia de Amasaoud Muorad representadopor Letrada Sra. Martínez Tarajano, frente a ManuelMadroño Sevillano (Café Central) y Fondo de GarantíaSalarial, que no comparecen, sobre Despido.

FALLO: Que estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones, promovida por D. AmasaoudMuorad frente a Manuel Madroño Sevillano (CaféCentral) y Fondo de Garantía Salarial sobre Despido,debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido,condenando a las demandadas a estar y pasar poresta declaración, y a la empresa demandada a que asu opción o bien indemnice a la parte demandante conla cantidad de 10.994,73 euros sin devengo de salariosde tramitación; o bien la readmita en su puesto de trabajoen las mismas condiciones que regían con anterioridadal Despido, con abono de salarios de tramitacióndesde el día siguiente al de la fecha de Despido,31.08.2012, y hasta la notificación de la presentesentencia; debiendo advertir por último a la empresademandada que la opción señalada, habrá de efectuarseante este Juzgado de lo Social en el plazo de losCINCO DÍAS siguientes a la notificación de laSentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se optapor la readmisión

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4333

Page 150: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

saber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de esteJuzgado, número de CC 0030/1846/42/0005001274con el concepto clave 3499/0000/65/0713/12 opresentar aval solidario de Entidad Financiera por elmismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciada

y publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública; Doyfe.

2.874

EDICTO2.997

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 68/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandantes: JuanMedina Rojas y Rafael Pimentel Ibáñez. Demandados:Fogasa y Construc - Montajes Alum. Can, S.L.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Construc - Montajes Alum. Can, S.L. afin de que se publique bajo apercibimiento de que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia dela resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.

SENTENCIAEn Las Palmas a 14 de febrero de 2013.Vistos por mí, Marina Mas Carrillo, Magistrado-Juez

del Juzgado de lo Social Número Cuatro de los de estaCiudad y su partido, en audiencia pública, los autosarriba referenciados, seguidos ante este Juzgado bajonúmero arriba referenciado, siendo partes:

Demandante: Juan Medina Rojas y Rafael PimentelIbáñez, asistidos por la Letrada María del Mar SánchezReyes.

Demandada: La empresa Construcciones y Montajesen Aluminio Canarias, S.L., que no comparece pesea haber sido citada en legal forma, y el Fogasa.

OBJETO: Reclamación de Cantidad.FALLO: Que estimando la demanda interpuesta

por Juan Medina Rojas y Rafael Pimentel Ibáñez, contraConstrucciones y Montajes en Aluminio Canarias, S.L.y el Fogasa, debo condenar y condeno a la empresaa abonar al demandante la suma de 18.854,64 euros,9.788,47 euros a Juan Medina Rojas y 9.066,17 eurosa Rafael Pimentel Ibáñez, más al pago de los interesespor mora calculados al 10 %, y ello con absolucióndel Fogasa.

Notifíquese las presente resolución a las parteshaciéndoles saber que la misma no es firme y que contraella Notifíquese la presente Resolución a las partesen legal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274y al concepto clave 3499/0000/65/68/11. Se significaademás que todo el que sin tener la condición detrabajador o causahabiente suyo, beneficiario delRégimen Público de la Seguridad Social o de justiciagratuita, intente interponer Recurso de Suplicación,deberá efectuar un depósito de 300 euros, que ingresarácon independencia a la consignación en su caso, enla indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrentehacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría

4334 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 151: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

del Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. La anterior sentencia fue leída y

publicada en audiencia pública por la Ilma. Sra.Magistrada doña Marina Mas Carrillo, que la suscribe,en el día de su fecha. Doy fe.

2.875

EDICTO2.998

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 752/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Moisés Javier Trujillo Suárez. Demandados: Universidadde Las Palmas de Gran Canaria Club de Fútbol,Carlos López Spicoli y Fogasa.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Universidad de Las Palmas de GranCanaria Club de Fútbol a fin de que se publique bajoapercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 752/2011 seguidos ainstancia de Moisés Javier Trujillo Suárez representadopor Letrado don Jesús María Martínez Santana, frentea Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Clubde Fútbol y Fondo de Garantía Salarial, que nocomparecen, sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO: Que. estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Moisés JavierTrujillo Suárez frente a Universidad de Las Palmasde Gran Canaria, Club de Fútbol y Fondo de GarantíaSalarial sobre Reclamación de Cantidad, debo condenary condeno a las demandadas a estar y pasar por la presente

declaración, y a la empresa que abone a la parte adorala cantidad de 24.000 euros por los conceptos de lademanda establecidos en el Hecho Probado Tercero,más los intereses por mora de conformidad con lo previstoen el Fundamento de Derecho Tercero de la presente.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgadonúmero 0030/1846/42/0005001274 y al conceptoclave 3499/0000/65/0752/11 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.876

EDICTO2.999

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 277/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Juan Jesús Santana Díaz. Demandados: InfoelgaMontajes Eléctricos, S.L.N.E. y Fogasa.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Infoelga Montajes Eléctricos, S.L.N.E.a fin de que se publique bajo apercibimiento de quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copia

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4335

Page 152: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

de la resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de enero de2013.

Vistos por don José Manuel Díaz Pavón, JuezSustituto del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentesautos número 27/11, sobre Juicio Ordinario porReclamación de Cantidad en virtud de demandainterpuesta por Juan Jesús Santana Díaz, frente aInfoelga Montajes Eléctricos, S.L.N.E. y el Fogasaque no comparecieron pese a haber sido debidamentecitados, se procede a dictar sentencia de acuerdo conlos siguientes:

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones, promovida por Juan JesúsSantana Díaz, frente a Infoelga Montajes Eléctricos,S.L.N.E. debo condenar y condeno a la demandadaa que abone al demandante la cantidad de 3.305,50euros, más el 10 % de intereses moratorios, debiendoel Fogasa estar y pasar por tal declaración.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto. Se significa además que todo elque sin tener la condición de trabajador o causahabientesuyo, beneficiario del Régimen Público de la SeguridadSocial o de justicia gratuita, intente interponer Recursode Suplicación, deberá efectuar un depósito de 300euros, que ingresará con independencia a la consignaciónen su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendoel recurrente hacer entrega del resguardo acreditativoen la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponerel Recurso de Suplicación

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior

sentencia por el Juez, que la dicta en su fecha, estandocelebrando Audiencia ante mí, el Secretario, de lo quedoy fe.

2.877

EDICTO3.000

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 920/2010.Materia: Otros Derechos Laborales Individuales.Demandante: Pedro Lorenzo Velasco. Demandados:Tejeda Soluciones, S.L. y Fogasa.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Tejeda Soluciones, S.L. a fin de que sepublique bajo apercibimiento de que las siguientescomunicaciones se harán fijando copla de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la OficinaJudicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de diciembrede 2012.

Vistos por don José Manuel Díaz Pavón, JuezSustituto del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentesautos número 920/10, sobre Juicio Ordinario porReclamación de Cantidad en virtud de demandainterpuesta por Pedro Lorenzo Velasco, frente a TejedaSoluciones, S.L. y el Fogasa que no comparecieronpese a haber sido debidamente citados, se procede adictar sentencia de acuerdo con los siguientes:

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones, promovida por Pedro LorenzoVelasco, frente a Tejeda Soluciones, S.L. y el Fogasadebo condenar y condeno a la empresa demandadaa que abone al demandante la cantidad de 590,96 euros,más el 10% de intereses moratorios, debiendo elFogasa estar y pasar por tal declaración.

Notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma no cabe recurso.

4336 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 153: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior

sentencia por el Juez, que la dicta en su fecha, estandocelebrando Audiencia ante mí, el Secretario, de lo quedoy fe.

2.878

EDICTO3.001

Procedimiento: Procedimiento Impugnación Sanciones339/2011. Materia: Sanción a Trabajador. Demandante:Pedro Juan Cano Robaina. Demandados: Jerez Peña,S.L. y Administración Concursal Jerez Peña, S.L.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Jerez Peña, S.L. a fin de que se publiquebajo apercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de2013.

Visto por mí, Marina Mas Carrillo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de losde I.as Palmas de Gran Canaria y su partido judicial,en audiencia pública, el juicio arriba referenciado enel que han sido partes:

Demandante: Pedro Cano Robaina, representado yasistido por el Graduado Social José Ramón DámasoArtiles.

Demandada: Jerez Peña, S.L. y AdministraciónConcursal, que no comparecen pese a haber sidocitados en legal forma.

OBJETO: Impugnación de Sanción por Falta Grave.FALLO: Que estimando íntegramente la demanda

interpuesta por Pedro Cano Robaina, contra JerezPeña, S.L., siendo parte la administración concursalde la empresa, debo revocar y revoco la sanciónimpugnada, condenando a la empresa demandada aabonar al actor la suma de 938,37 euros, y a la misma

y a la administración concursal a estar y pasar por estadeclaración.

Contra la presente sentencia no cabe recurso alguno.Así, por ésta, mi sentencia, de la que se llevará

certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. Leída y publicada fue la anterior

sentencia por el Magistrado que la suscribe, en el díade su fecha y en audiencia pública. Doy fe.

2.879

EDICTO3.002

Procedimiento: Despido Objetivo Individual 726/2012.Materia: Despido Objetivo. Demandante: José RamónPrado Hernández. Demandados: Manuel MadroñoSevillano y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Manuel Madroño Sevillano a fin de quese publique bajo apercibimiento de que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la OficinaJudicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Jueza del Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria y su partido, doña Margarita FonsCarbonell, los precedentes autos número 726/2012seguidos a instancia de José Ramón Prado Hernández,asistido por Letrado Sra. Martínez Tarajano, frente aManuel Madroño Sevillano (Café Central) y Fondode Garantía Salarial, que no comparecen, sobreDespido.

FALLO: Que estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones, promovida por José Ramón PradoHernández frente a Manuel Madroño Sevillano (CaféCentral) y Fondo de Garantía Salarial sobre Despido,debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido,condenando a las demandadas a estar y pasar por

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4337

Page 154: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

esta declaración, y a la empresa demandada a que asu opción o bien indemnice a la parte demandante conla cantidad de 23.234,57 euros sin devengo de salariosde tramitación; o bien la readmita en su puesto de trabajoen las mismas condiciones que regían con anterioridadal Despido, con abono de salarios de tramitacióndesde el día siguiente al de la fecha de Despido,31.08.2012, y hasta la notificación de la presentesentencia; debiendo advertir por último a la empresademandada que la opción señalada, habrá de efectuarseante este Juzgado de lo Social en el plazo de losCINCO DÍAS siguientes a la notificación de laSentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se optapor la readmisión

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de esteJuzgado, número de CC 0030/1846/42/0005001274con el concepto clave 3499/0000/65/0726/12 opresentar aval solidario de Entidad Financiera por elmismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmoDiligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciada

y publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública; Doyfe.

2.880

EDICTO3.003

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1.075/2011.

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Brígida Florido Santana. Demandados: Canalizacionesy Construcciones del Atlántico, S.L. y Fondo deGarantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Canalizaciones y Construcciones delAtlántico, S.L. a fin de que se publique bajoapercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 1.075/2011 seguidos ainstancia de Brígida Florido Santana, representada porGraduado Social don Yerout Bermúdez Navarro,frente a Canalización y Construcciones del Atlántico,S.L. y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen,sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Brígida FloridoSantana frente a Canalización y Construcciones delAtlántico, S.L. y Fondo de Garantía Salarial sobreReclamación de Cantidad, debo condenar y condenoa las demandadas a estar y pasar por la presentedeclaración, y a la empresa que abone a la parteactora la cantidad de 3.406,96 euros por los conceptosde la demanda establecidos en el Hecho ProbadoTercero.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justicia

4338 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 155: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

gratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgadonúmero 0030/1846/42/0005001274 y al conceptoclave 3499/0000/65/1075/11 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.881

EDICTO3.004

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 882/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Francisco de Paula Cruz Freire. Demandados: Cardom,S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Cardom, S.L. a fin de que se publiquebajo apercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 882/2011 seguidos ainstancia de Francisco de Paula Cruz Freire representadopor Letrado don Ricardo Navarro Nieto, frente a

Cardom, S.L., y Fondo de Garantía Salarial, que nocomparecen, sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Francisco de PaulaCruz Freire representado por Letrado don RicardoNavarro Nieto, frente a Cardom, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial sobre Reclamación de Cantidad, debo condenary condeno a las demandadas a estar y pasar por la presentedeclaración, y a la empresa que abone a la parteactora la cantidad de 7.564,90 euros por los conceptosde la demanda establecidos en el Hecho ProbadoTercero, más los intereses de demora de conformidadcon lo previsto en el Fundamento de Derecho Tercerode la presente.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgadonúmero 0030/1846/42/0005001274 y al conceptoclave 3499/0000/65/0882/11 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.882

EDICTO3.005

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 261/2011.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4339

Page 156: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Armando Carlos Cedrés Guerra. Demandados:Decoraciones La Laja, S.L.U. y Fondo de GarantíaSalarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Decoraciones La Laja, S.L.U. a fin deque se publique bajo apercibimiento de que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia dela resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas, a 5 de febrero de 2013.Vistos por mí, Marina Mas Carrillo, Magistrado-Juez

del Juzgado de lo Social Número Cuatro de los de estaCiudad y su partido, en audiencia pública, los autosarriba referenciados, seguidos ante este Juzgado bajonúmero arriba referenciado, siendo partes:

Demandante: Carlos Cedrés Guerra, representadoy asistido por el Graduado Social Juan Ramón LujánPerera.

Demandada: La empresa Decoraciones La Laja,S.L.U., que no comparece pese a haber sido citadaen legal forma, y el Fogasa.

OBJETO: Reclamación de Cantidad.FALLO: Que estimando la demanda interpuesta

por Carlos Cedrés Guerra, contra Decoraciones La Laja,S.L. siendo parte el Fogasa, debo condenar y condenoa la empresa a abonar al demandante la suma de3.708,45 euros, más los intereses por mora calculadosal 10%, y ello con absolución del Fogasa.

Notifíquese las presente resolución a las parleshaciéndoles saber que la misma no es firme y que contraella notifíquese la presente Resolución a las partes enlegal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justicia

gratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Líanoslo, en la c.c.c. 0030 1846 420005001274 y al concepto clave 3499/0000/65/261/11.Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, intente interponer Recurso deSuplicación, deberá efectuar un depósito de 300euros, que ingresará con independencia a la consignaciónen su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendoel recurrente hacer entrega del resguardo acreditativoen la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponerel Recurso de Suplicación.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. La anterior sentencia fue leída y

publicada en audiencia pública por la Ilma. Sra.Magistrada doña Marina Mas Carrillo, que la suscribe,en el día de su fecha. Doy fe.

2.883

EDICTO3.006

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 824/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Francisco Sanz Martín. Demandados: FachadasCastoron, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Fachadas Castoron, S.L.U. a fin de quese publique bajo apercibimiento de que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la OficinaJudicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo del

4340 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 157: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 824/2011 seguidos ainstancia de Francisco Sanz Martín asistido porGraduado Social don José María Soler Martínez,frente a Fachadas Castorón, S.L.U. y Fondo deGarantía Salarial, que no comparecen, sobre Reclamaciónde Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Francisco SanzMartín frente a Fachadas Castorón, S.L.U. y Fondode Garantía Salarial sobre Reclamación de Cantidad,debo condenar y condeno a las demandadas a estary pasar por la presente declaración, y a la empresaque abone a la parte actora la cantidad de 4.240,51euros por los conceptos de la demanda establecidosen el Hecho Probado Tercero, más los intereses pormora de conformidad con lo previsto en el Fundamentode Derecho Tercero de la presente.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgadonúmero 0030/1846/42/0005001274 y al conceptoclave 3499/0000/65/0824/11 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.884

EDICTO3.007

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 871/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Francisco Jonás Santana Bolaños. Demandados:Fachadas Castoron, S.L.U. y Fondo de GarantíaSalarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Fachadas Castaron, S.L.U. a fin de quese publique bajo apercibimiento de que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la OficinaJudicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve defebrero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 871/2011 seguidos ainstancia de Francisco Jonás Santana Bolaños asistidopor Letrado don Jesús María Martínez Santana, frentea Fachadas Castorón, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial,que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando Parcialmente la demandaorigen de las presentes actuaciones promovida porFrancisco Jonás Santana Bolaños frente a FachadasCastorón, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial sobreReclamación de Cantidad, debo condenar y condenoa las demandadas a estar y pasar por la presentedeclaración, y a la empresa que abone a la parteactora la cantidad de 4.786,93 euros por los conceptosde la demanda establecidos en el Hecho ProbadoTercero, más los intereses por mora de conformidadcon lo previsto en el Fundamento de Derecho Tercerode la presente, absolviéndola del resto de pedimentoscontenidos en la demanda en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4341

Page 158: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

siguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgadonúmero 0030/1846/42/0005001274 y al conceptoclave 3499/0000/65/0871/11 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo importe.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.885

EDICTO3.008

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1.174/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Mónica Isabel Padrón Déniz. Demandados: Iconode Moda, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Icono de Moda, S.L. a fin de que se publiquebajo apercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo del

Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 1.174/2011 seguidos ainstancia de Mónica Isabel Padrón Déniz asistidopor Graduado Social don Juan Esteban Pérez Morales,frente a Icono de Moda, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Mónica IsabelPadrón Déniz frente a Icono de Moda, S.L. y Fondode Garantía Salarial sobre Reclamación de Cantidaddebo condenar y condeno a las demandadas a estary pasar por la presente declaración, y a la empresaque abone a la parte actora la cantidad de 13.199,17euros por los conceptos de la demanda establecidosen el Hecho Probado Tercero, más los intereses pormora de conformidad con lo previsto en el Fundamentode Derecho Tercero de la presente.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Canarias/Las Palmas,anunciándolo ante este Juzgado por comparecenciao por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILESsiguientes a la notificación del presente fallo, deconformidad con lo dispuesto por los artículos 194y ss del LRJS: siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente el carácterde trabajador y no goce del beneficio de justiciagratuita, haber consignado el importe íntegro de lacondena en el banco Banesto, en la cuenta de este Juzgadonúmero 0030/1846/42/0005001274 y al conceptoclave 3499/0000/65/1174/11 o presentar aval solidariode Entidad Financiera por el mismo.

Así mismo deberá constituir otro depósito porimporte de 300 euros en la misma cuenta del referidobanco, presentando el resguardo correspondiente a ésteúltimo depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempode interponer el Recurso y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podráser admitido.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.949

4342 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 159: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

EDICTO3.009

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 606/2012.Materia: Despido Disciplinario. Denunciante: EstherVanessa Perdomo Casimiro. Demandados: ArgelioMedina Santana, Fondo de Garantía Salarial, Yeme,S.C.P. y Eulogio Hernández Viera.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Yeme, S.C.P. y Eulogio Hernández Vieraa fin de que se publique bajo apercibimiento de quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución o de la cédula en el tablón de anunciosde la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de febrero de2013.

Vistos por mí, Marina Mas Carrillo, Magistrado-Juezdel Juzgado de lo Social Número Uno de los de estaCiudad y su partido, en audiencia pública, el juicioseguido ante este Juzgado bajo número arribareferenciado, siendo partes:

Demandante: Esther Vanessa Perdomo Casimiro,asistido por el Letrado don Domingo Tarajano Mesa.

Demandada: Argelio Medina Santana asistido de laletrada doña Sisesia Cárdenes Morales, EulogioHernández Viera que comparece actuando en supropio nombre y la entidad Yeme, S.C.P y Fondo deGarantía Salarial que no comparece pese a estarcitada.

OBJETO: Extinción de Contrato de Trabajo por CausasObjetivas.

FALLO: Que estimando la demanda presentadapor Esther Vanessa Perdomo Casimiro contra Yeme,SCP, Argelio Medina Santana y Eulogio HernándezViera, siendo parte el Fogasa debo declarar y declarola Improcedencia del Despido de fecha 3 de julio de2012, condenando a los codemandados solidariamentea que a su opción, o bien le indemnicen con la cantidadde 425,03 euros sin devengo de salarios de tramitación,lo que determinará la Extinción del Contrato deTrabajo, que se entenderá producida en la fecha delcese efectivo en el trabajo, o la readmita en su puesto

de trabajo en las mismas condiciones que regían conanterioridad al Despido debiendo abonar los salariosde tramitación desde el día siguiente al de la fechade Despido y hasta la notificación de la presentesentencia a razón de 46,08 euros al día, manteniendode alta en la Seguridad Social a la parte actora durantetodo el periodo; debiendo advertir por último a la empresademandada que la opción señalada, habrá de efectuarseante este Juzgado de lo Social en el plazo de losCINCO DÍAS siguientes a la notificación de laSentencia, por medio de escrito o de comparecenciaante la Oficina del Juzgado de lo Social, entendiéndoseque de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Asimismo, debo condenar y condeno a las demandadassolidariamente a abonar a la parte actora la cantidadde 7.894,68 euros, más los intereses por mora calculadosal 10% anual.

Y ello con absolución del Fogasa.Notifíquese la présenle Resolución a las partes en

legal forma, haciéndose saber al tiempo que contrala misma cabe Recurso de Suplicación, para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia deCanarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274y al concepto clave 3499/0000/05/0606/12. Se significaademás que todo el que sin tener la condición detrabajador o causahabiente suyo, beneficiario delRégimen Público de la Seguridad Social o de justiciagratuita, intente interponer Recurso de Suplicación,deberá efectuar un depósito de 300 euros, que ingresarácon independencia a la consignación en su caso, enla indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrentehacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaríadel Juzgado, al tiempo de interponer el Recurso deSuplicación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Publicación. La anterior Sentencia ha sido pronunciada

y publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública; Doyfe.

2.950

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4343

Page 160: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

EDICTO3.010

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 532/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Daniel Israel León Lacave. Demandados: Mabaco010405, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Mabaco 010405, S.L. a fin de que se publiquebajo apercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETADO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 532/2012 seguidos ainstancia de Daniel Israel León Lacave, asistida porLetrado don Miguel A. Redondo Rodríguez, frentea Mabaco 010405, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Daniel Israel LeónLacave frente a Mabaco 010405, S.L. y Fondo deGarantía Salarial sobre Reclamación de Cantidad,debo condenar y condeno a las demandadas a estary pasar por la presente declaración, y a la empresaque abone a la parte actora la cantidad de 1.292 eurospor los conceptos de la demanda establecidos en elHecho Probado Tercero, más los intereses por morade conformidad con el Fundamento de DerechoTercero.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno porrazón de su cuantía.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.951

EDICTO3.011

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 150/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Diana del Pino Rodríguez Benítez. Demandados:Sopladera Encarnada, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Sopladera Encarnada, S.L. a fin de quese publique bajo apercibimiento de que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la OficinaJudicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 576/2012 seguidos ainstancia de Diana del Pino Rodríguez Benítez, asistidapor Letrada doña Yaiza Quesada Santana, frente aSopladera Encarnada, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial, que no comparecen, sobre Reclamación deCantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Diana del PinoRodríguez Benítez frente a Sopladera Encarnada,S.L., y Fondo de Garantía Salarial sobre Reclamaciónde Cantidad, debo condenar y condeno a las demandadasa estar y pasar por la presente declaración, y a laempresa que abone a la parte actora la cantidad de1.292,98 euros por los conceptos de la demandaestablecidos en el Hecho Probado Tercero, más losintereses por mora de conformidad con el Fundamentode Derecho Tercero.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno porrazón de su cuantía.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciada

4344 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 161: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

y publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.952

EDICTO3.012

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1.171/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Felisa Medina Mayor. Demandados: Administraciónde Fincas Yuna, S.L. (Taberna La Flamenca) y Fondode Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Administración de Fincas Yuna, S.L.(Taberna La Flamenca) a fin de que se publique bajoapercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria. doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 1.171/2011 seguidos ainstancia de Felisa Medina Mayor, representada porLetrada Graduado Social don Juan Esteban PérezMorales, frente a Administración de Fincas Yuna, S.L.y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobreReclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Felisa MedinaMayor frente a Administración de Fincas Yuna, S.L.y Fondo de Garantía Salarial sobre Reclamación deCantidad, debo condenar y condeno a las demandadasa estar y pasar por la presente declaración, y a laempresa que abone a la parte actora la cantidad de1.980 euros por los conceptos de la demanda establecidosen el Hecho Probado Tercero, más los intereses pormora de conformidad con el Fundamento de DerechoTercero.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno porrazón de su cuantía.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.953

EDICTO3.013

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 475/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:María Magdalena Castro González. Demandados:Cocere Canarias, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Cocere Canarias, S.L.U. a fin de que sepublique bajo apercibimiento de que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resolucióno de la cédula en el tablón de anuncios de la OficinaJudicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 475/2012 seguidos ainstancia de Magdalena Castro González, representadapor Letrado don Mohammed El Hajoui El Hajoui, frentea Cocere Canarias, S.L.U. y Fondo de GarantíaSalarial, que no comparecen, sobre Reclamación deCantidad.

FALLO: Que. estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por MagdalenaCastro González frente a Cocere Canarias, S.L.U. yFondo de Garantía Salarial sobre Reclamación deCantidad, debo condenar y condeno a las demandadas

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4345

Page 162: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

a estar y pasar por la presente declaración, y a laempresa que abone a la parte actora la cantidad de276,60 euros por los conceptos de la demandaestablecidos en el Hecho Probado Segundo, más losintereses por mora de conformidad con el Fundamentode Derecho Tercero.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por ésta, mi sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.954

EDICTO3.014

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1.089/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Laura Inmaculada Valerón Galván. Demandados:Soluciones Profesionales Externas, S.L. y Fondo deGarantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presentese notifica a Soluciones Profesionales Externas, S.L.a fin de que se publique bajo apercibimiento de quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución o de la cédula en el tablón de anuncioscié la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de febrero de2013.

Vistos por mí, Magistrada-Juez de Refuerzo delJuzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmasde Gran Canaria, doña Margarita Fons Carbonell,los precedentes autos número 576/2012 seguidos ainstancia de Laura Inmaculada Valerón Galván,representada por Letrado don Juan Rodríguez Guerrero,frente a Soluciones Profesionales Externas, S.L. y Fondode Garantía Salarial, que no comparecen, sobreReclamación de Cantidad.

FALLO: Que, estimando la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por Laura InmaculadaValerón Galván frente a Soluciones ProfesionalesExternas, S.L. y Fondo de Garantía Salarial sobreReclamación de Cantidad, debo condenar y condenoa las demandadas a estar y pasar por la presentedeclaración, y a la empresa que abone a la parteactora la cantidad de 2.820,36 euros) por los conceptosde la demanda establecidos en el Hecho ProbadoTercero, más los intereses por mora de conformidadcon el Fundamento de Derecho Tercero.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno porrazón de su cuantía.

Así por ésta, mí sentencia, definitivamente lopronuncio, mando y firmo.

Diligencia. La anterior Sentencia ha sido pronunciaday publicada por la Magistrada que la suscribe en elmismo día de su fecha y en Audiencia Pública. Doyfe.

2.955

EDICTO3.015

Procedimiento: Ejecución 9/2013. Materia: Despido.Demandantes: Josué Lorenzo Rodríguez, ManuelRodríguez Rodríguez, Wilfredo Laugart Maren, YdarsiContreras Pompa y Francisco Daniel Quesada Melián.Demandados: Empresa de Montajes y Obras IndustrialesCanarias, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 9/2013, a instancia de Josué LorenzoRodríguez, Manuel Rodríguez Rodríguez, WilfredoLaugart Maren, Ydarsi Contreras Pompa y FranciscoDaniel Quesada Melián contra Empresa de Montajesy Obras Industriales Canarias, S.L. se ha dictadoDecreto de 27 de febrero de 2013.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aEmpresa de Montajes y Obras Industriales Canarias,S.L., en ignorado paradero, y haciéndole saber que

4346 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 163: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

las Resoluciones íntegras se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado y que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resoluciónen la oficina judicial, expido la presente para supublicación en el B.O. Prov. de Las Palmas de GranCanaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.DECRETO

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de febrero de2013.

Vistos los preceptos legales citados y demás degeneral aplicación.

PARTE DISPOSITIVASe declara al ejecutado Empresa de Montajes y

Obras Industriales Canarias, S.L. en situación deInsolvencia con carácter Provisional por un importede 59.826,75 euros y sin perjuicio de continuar laejecución si en lo sucesivo se conoce bienes delejecutado.

Una vez firme el presente, expídanse los testimoniosoportunos para su entrega a la parte actora a losefectos de reclamación al Fogasa, una vez los soliciteen este Juzgado aportando las copias oportunas al efecto.

Expídase testimonio del presente para su unión alos autos, quedando el originas en el legajo de Decretos.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Notifíquese la presente resolución a las partes enlegal forma y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deRevisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 eurosen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de estaJuzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 184642 0005001274, y al concepto clave3499.0000.31.0009.13.

Así lo acuerda y firma doña Rosa María de MiguelSánchez, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro. Doy fe.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.956

EDICTO3.016

Procedimiento: Ejecución 294/2012. Materia:Despido. Demandante: María Pilar Pérez Alonso.Demandados: Fondo de Garantía Salarial y PilperManagement Comunicaciones, S.L.U.

Doña Rosa María de Miguel Sánchez, SecretariaJudicial del Juzgado de lo Social Número Cuatro deLas Palmas de Gran Canaria,

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 294/2012, a instancia de María PilarPérez Alonso contra Pilper ManagementComunicaciones, S.L.U. se ha dictado Auto y Decretode Ejecución de 26.02.13.

Modo de Impugnación. Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Y para que sirva de notificación en legal forma aPilper Management Comunicaciones, S.L.U., enignorado paradero, y haciéndole saber que lasResoluciones íntegras se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado y que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resoluciónen la oficina judicial, expido la presente para supublicación en el B.O. Prov. de Las Palmas de GranCanaria.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.AUTO

En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de febrero de2013.

Dada cuenta,Vistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso,

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4347

Page 164: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

PARTE DISPOSITIVASe acuerda ordenar y se despacha la ejecución a

instancia de María Pilar Pérez Alonso contra PilperManagement Comunicaciones, S.L.U., por un principalde 35.422,10 euros, más 1.416,88 euros de interesesprovisionales y la de 3.542,21 euros de costasprovisionales.

Se autoriza solicitar información patrimonial delejecutado a la Administración Tributaria.

Modo de Impugnación. Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deReposición, deberá efectuar un depósito de 25,00euros en la Cuenta de Depósitos y Consignacionesde esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 00301846 42 0005001274, y al concepto clave3499.0000.31.0294.12.

Así se acuerda, manda y firma por doña Marina MasCarrillo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Doyfe.

LA MAGISTRADO-JUEZ.LA SECRETARIA JUDICIAL.

DECRETOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de febrero de

2013.Vistos los preceptos legales citados y demás de

general y pertinente aplicación,PARTE DISPOSITIVA

Se decreta:- Recábese información, a través del Punto Neutro

Judicial, de las bases de datos de las entidades yorganismos a que este Juzgado tiene acceso y que debantener constancia de bienes o derechos susceptibles deembargo, y líbrese otros despachos que resulten

necesarios a otros Organismos a fin de que remita/na este órgano relación de bienes y derechos de laparte ejecutada Pilper Management Comunicaciones,S.L.U.

Requerir de pago al ejecutado, Pilper ManagementComunicaciones, S.L.U., por la cantidad reclamadaen concepto de principal e intereses devengados, ensu caso, hasta la fecha de la demanda, y, sí no pagase,en el acto, procédase al embargo de sus bienes en lamedida suficiente para responder por la cantidad porla que se ha despachado ejecución más las costas deésta con el resultado de la averiguación patrimonialque se obtenga a través del sistema de aplicacióninformática de este Juzgado.

El embargo de cantidades pendientes de devoluciónal ejecutado por parte de la AEAT, así como decantidades a la vista en entidades financieras adheridasal Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a travésde la aplicación de Banesto o del Punto Neutro Judicialen cantidad suficiente a cubrir la suma total por la quese despachó ejecución por importe total de 40.381,19euros.

Hágase saber a la parte ejecutada que puede evitarel embargo si efectúa el pago de las cantidadesreclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitosy Consignaciones de esta Juzgado abierta en Banestoen el numero de C/C 0030 1846 42 0005001274 connumero de expediente 3499.0000.64.0294.12.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la Infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deRevisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 eurosen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de estaJuzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 184642 0005001274, y al concepto clave3499.0000.31.0294.12.

Así lo acuerdo y firmo doña Rosa María de MiguelSánchez, Secretaria Judicial de Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro. Doy fe.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.957

4348 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 165: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 5

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.017

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 795/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Juan González Díaz. Demandados: Antonio MedinaHernández, Fondo de Garantía Salarial y Herederosde Antonio Medina Hernández.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 795/2012, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de Juan González Díaz, contraAntonio Medina Hernández, Fondo de GarantíaSalarial y Herederos de Antonio Medina Hernández,se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 24.02.14, a las 10:40 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la LeyReguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo sele requiere para que concurra al acto al efecto decontestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte,si así se hubiese interesado, así como para que aportela documental que se indica en la demanda, cuyaadmisión se acordó por resolución judicial, haciéndolesaber que las copias de la misma se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a RufinaMaría Corina Rodríguez, en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveinticinco de febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.887

EDICTOCITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL

3.018Procedimiento: Despidos/Ceses en General 426/2012.

Materia: Resolución Contrato. Demandante: RenatoÓliver Pérez Rodríguez. Demandados: CoelicaConstrucciones, S.L., Reformas Faosur, S.L., Fondode Garantía Salarial, Ángel Cabrera Gutiérrez, AntonioJosé Díaz Santana, Eladio Mesa León, Marcos MorenoLorenzo, Antonio Ojeda Alemán, Iván RodríguezMartel, Rayco Suárez Hernández, Echedey VeraLópez, Administrador Concursal de CoelicaConstrucciones, S.L. y Administrador Concursal deFaosur, S.L.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 426/2012, en materia de Resolución Contrato,a instancia de Renato Óliver Pérez Rodríguez, contraCoelica Construcciones, S.L., Reformas Faosur, S.L.,Fondo de Garantía Salarial, Ángel Cabrera Gutiérrez,Antonio José Díaz Santana, Eladio Mesa León, MarcosMoreno Lorenzo, Antonio Ojeda Alemán, IvánRodríguez Martel, Rayco Suárez Hernández, EchedeyVera López, Administrador Concursal de CoelicaConstrucciones, S.L. y Administrador Concursal deFaosur, S.L., se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 11.06.13, a las 11:40horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a EladioMesa León e Iván Rodríguez Martel, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en elBoletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de GranCanaria, a veintidós de febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.894

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4349

Page 166: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.019

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 925/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Keyla Melián García. Demandados: Roberto GastónCáceres y Fogasa.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 925/2012, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de Keyla Melián García, contraRoberto Gastón Cáceres y Fogasa, se ha acordado citarlemediante edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 31.03.14,a las 11:00 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar el interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a RobertoGastón Cáceres, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintidósde febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.902

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.020

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 113/2013.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: PedroTalavera Reyes. Demandados: Las Palmeras Golf, S.L.,Golf Spa y Eventos Las Palmas de Gran Canaria yFondo de Garantía Salarial.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 113/2013, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Pedro Talavera Reyes, contra LasPalmeras Golf, S.L., Golf Spa y Eventos Las Palmasde Gran Canaria y Fondo de Garantía Salarial, se haacordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 02.07.13, a las 11:20 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la LeyReguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo sele requiere para que concurra al acto al efecto decontestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte,si así se hubiese interesado, así como para que aportela documental que se indica en la demanda, cuyaadmisión se acordó por resolución judicial, haciéndolesaber que las copias de la misma se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a LasPalmeras Golf, S.L. y Golf Spa y Eventos Las Palmasde Gran Canaria, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséisde febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.914

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.021

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 133/2013.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: EfraínArmando Conde Alvarado. Demandados: SánchezMéndez Francisco, S.L.N.E. Unipersonal y Fogasa.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 133/2013, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Efraín Armando Conde Alvarado,contra Sánchez Méndez Francisco, S.L.N.E. Unipersonal

4350 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 167: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

y Fogasa, se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 16.07.13, a las 09:40horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a SánchezMéndez Francisco, S.L.N.E. Unipersonal, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en elBoletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de GranCanaria, a veintiséis de febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.916

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.022

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 631/2012.Materia: Resolución Contrato. Demandantes: SixtoMedina Hernández y Carmelo Herrera Medina.Demandados: Imprenta San Nicolás, S.A., CarlosBravo de Laguna Navarro, Matías Hernández Gil yFogasa.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 631/2012, en materia de Resolución Contrato,a instancia de Sixto Medina Hernández y CarmeloHerrera Medina, contra Imprenta San Nicolás, S.A.,Carlos Bravo de Laguna Navarro, Matías HernándezGil y Fogasa, se ha acordado notificarle, mediante edictodado su ignorado paradero, decreto desistimiento defecha 21 de febrero de 2013.

Y para que sirva de citación en legal forma, a

Imprenta San Nicolás, S.A. y Admón. ConcursalImprenta San Nicolás, S.A., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintiuno de febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.DECRETO

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 631/2012.Materia: Resolución Contrato. Demandantes: SixtoMedina Hernández y Carmelo Herrera Medina.Demandados: Imprenta San Nicolás, S.A., CarlosBravo de Laguna Navarro, Matías Hernández Gil yFogasa.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de febrero de2013.

PARTE DISPOSITIVADecreto: Tener por desistido a Sixto Medina

Hernández y Carmelo Herrera Medina, de su demandafrente a Imprenta San Nicolás, S.A., Carlos Bravo deLaguna Navarro, Matías Hernández Gil y Fogasa.

Procédase al archivo de las actuaciones, expidiéndosetestimonio de la presente para su unión a los autos,archivándose el original en el Legajo de Decretosdefinitivos de esta oficina judicial.

Notifíquese la presente a las partes.Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe

interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Revisión,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,y al concepto clave 3500/0000/31/0631/12.

Así lo acuerdo y firmo, doña Gloria Alonso Santana,

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4351

Page 168: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.888

EDICTO3.023

Procedimiento: Ejecución 288/2012. Materia:Cantidad. Ejecutante: Domingo Tarajano Mesa.Ejecutada: Milagros Díaz Santana.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 288/2012, a instancia de DomingoTarajano Mesa, contra Milagros Díaz Santana, se hadictado Decreto de 21/02/13, contra el cual cabeRecurso de Reposición en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aMilagros Díaz Santana, en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.901

EDICTO3.024

Procedimiento: Ejecución 233/2012. Materia:Cantidad. Demandado: Fondo de Garantía Salarial.Ejecutante: Jessica Fabelo Farray. Ejecutado: MarcosVélez Martel.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado en número de ejecución 233/2012,a instancia de Jessica Fabelo Farray, contra MarcosVélez Martel, se ha dictado Decreto en fecha 10-12-12 y Decreto en fecha 28-01-13, contra los cuales cabeRecurso de Revisión en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aMarcos Vélez Martel, en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL, Gloria AlonsoSantana.

2.903

EDICTO3.025

Procedimiento: Ejecución 312/2012. Materia:Despido. Ejecutante: Iraya Pulido Tremearne. Ejecutados:Macabo 010405, S.L. Restaurante Liria y Fondo deGarantía Salarial.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 312/2012, a instancia de IrayaPulido Tremearne, contra Macabo 010405, S.L.Restaurante Liria, se ha dictado Auto en fecha22/02/2013, contra el que cabe Recurso de Reposiciónen el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aMacabo 010405, S.L. Restaurante Liria, en ignoradoparadero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.904

EDICTO3.026

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 855/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:

4352 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 169: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Linley Díaz Matos. Demandados: Monaris Alimentación,S.L. y Fogasa.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la L.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presentese notifica a Monaris Alimentación, S.L., Sentenciade fecha 04/02/13, contra la que no cabe recurso,haciéndole saber que la misma esta a su disposiciónen la Secretaria del Juzgado, bajo apercibimiento deque las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en el Tablón deAnuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.905

EDICTO3.027

Procedimiento: Ejecución de Títulos No Judiciales380/2011. Materia: Reclamación de Cantidad.Ejecutante: Andrés Palencia Sosa. Ejecutada: GloriaEsther Rosario Rosario.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado como Ejecución número 380/2011,a instancia de Andrés Palencia Sosa, se ha dictado Autode fecha 31 de enero de 2013, contra el que cabeinterponer Recurso de Reposición en el plazo deTRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aJuan Manuel Mayor Tejera, en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.

2.906

EDICTO3.028

Procedimiento: Seguridad Social en MateriaPrestacional 992/2010. Materia: Incapacidad Permanente.Demandante: María Ángeles Afonso Acosta. DemandadoInstituto Nacional de la Seguridad Social.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 992/2010, a instancia de María AngelesAfonso Acosta, contra Instituto Nacional de laSeguridad Social, se ha dictado Diligencia de fecha06/09/12, contra la que cabe Recurso de Reposición.

Y para que sirva de notificación en legal forma aMaría Ángeles Afonso Acosta, en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.907

EDICTO3.029

Procedimiento: Ejecución 444/2010. Materia:Cantidad. Ejecutante: Víctor Manuel Cañada Ojeda.Ejecutada: Decoración Marcial, S.L.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado a la ejecución número 444/2010, ainstancia de Domingo Manuel Medina Socorro, contraVíctor Manuel Cañada Ojeda, se ha dictado Diligenciade Fecha 04-10-12, contra la que cabe Recurso deReposición en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aVíctor Manuel Cañada Ojeda, en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4353

Page 170: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.908

EDICTO3.030

Procedimiento: Ejecución 314/2012. Materia:Despido. Ejecutante: Inmaculada Concepción MedinaRamírez. Ejecutados: Astros L.B. Recreativos, S.L.y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al ejecución número 314/2012, ainstancia de Inmaculada Concepción Medina Ramírez,contra Astros L.B. Recreativos, S.L., se ha dictadoAuto de fecha 25-02-13 contra el que cabe Recursode Reposición en el plazo de TRES DÍAS, y Decretode fecha 25-02-13 contra el que cabe Recurso deRevisión en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAstros L.B. Recreativos, S.L., en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaria de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL, Gloria AlonsoSantana.

2.909

EDICTO3.031

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 787/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: RobertoMatías Pulido. Demandados: Fondo de GarantíaSalarial y Construcciones Reforcan Canarias, S.L.U.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial del

Juzgado de lo Social Número Cinco de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 787/2012, a instancia de RobertoMatías Pulido, contra Construcciones ReforcanCanarias, S.L.U., se ha dictado Sentencia de 25/02/13,contra la cual cabe Recurso de Suplicación en elplazo de CINCO DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aConstrucciones Reforcan Canarias, S.L.U., en ignoradoparadero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.910

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.032

Procedimiento: Seguridad Social en MateriaPrestacional 883/2011. Materia: Reintegro de PrestacionesIndebidas. Demandantes: Mohamed Fall Ould Babae INEM.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 883/2011, en materia de Reintegro dePrestaciones Indebidas, a instancia de Mohamed FallOuld Baba, contra INEM, se ha dictado acta y decretode fecha 21 de enero de 2013, contra la que cabe Recursode Reposición.

Y para que sirva de notificación en legal forma, aMohamed Fall Ould Baba, en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, aveintiséis de febrero de dos mil trece.

4354 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 171: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.915

EDICTO3.033

Procedimiento: Ejecución 277/2012. Materia:Despido. Ejecutante: Sonia Alia Eid Suárez. Ejecutados:Avícola Los Almendros, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 277/2012, a instancia de Sonia AliaEid Suárez, contra Avícola Los Almendros, S.L., seha dictado Decreto de 26/02/13, contra el cual cabeRecurso de Revisión en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAvícola Los Almendros, S.L., en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.924

EDICTO3.034

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 882/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Juliet Esmeralda Velasco Romero. Demandados:Haltz Beauty, S.L. y Fogasa.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 882/2011, a instancia de JulietEsmeralda Velasco Romero, contra Haltz Beauty,

S.L., se ha dictado sentencia en fecha 28/02/13, contrala que no caber recurso alguno.

Y para que sirva de notificación en legal forma aHaltz Beauty, S.L., en ignorado paradero, y haciéndolesaber que las Resoluciones íntegras se encuentran asu disposición en la Secretaría de este Juzgado y quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución en la oficina judicial, expido lapresente para su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.925

EDICTO3.035

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 870/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Cristina Montesdeoca Machín. Demandados: Terrazasde Vegueta, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 870/2011, a instancia de CristinaMontesdeoca Machín, contra Terrazas de Vegueta, S.L.,se ha dictado Sentencia número 72, de fecha 28 defebrero de 2013, contra la que no cabe interponer recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma aTerrazas de Vegueta, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.926

EDICTO3.036

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales47/2013. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutantes:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4355

Page 172: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Francisco García Melián, Cristo Cáceres Cabrera,Fernando Sosa Martín y Jesús Oliverio Moran García.Ejecutados: Fabricantes Aluminios Canarios, S.L. yFondo de Garantía Salarial.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 47/2013, a instancia de FranciscoGarcía Melián, Cristo Cáceres Cabrera, FernandoSosa Martín y Jesús Oliverio Moran García, contraFabricantes Aluminios Canarios, S.L., se ha dictadoAuto de 25/02/13, contra el cual cabe Recurso deReposición en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aFabricantes Aluminios Canarios, S.L., en ignoradoparadero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.927

EDICTO3.037

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 895/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Carolina Jorge Goñi. Demandados: Asociación JesúsMaría del Bienestar y de la Salud de la Tercera Edady Fondo de Garantía Salarial.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59de la L.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presentese notifica a Asociación Jesús María del Bienestar yde la Salud de la Tercera Edad, Sentencia de fecha28/02/13, contra la que no cabe recurso, estando a sudisposición en las dependencia del Juzgado, bajoapercibimiento de que las siguientes comunicacionesse harán fijando copia de la resolución o de la cédulaen el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.928

EDICTO3.038

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 848/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Juan José Falcón Olivares. Demandados: B NavarroConstrucciones, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Gloria Alonso Santana, Secretaria Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Cinco de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 848/2011, a instancia de Juan JoséFalcón Olivares, contra B Navarro Construcciones,S.L., se ha dictado Sentencia de 04/02/13, contra lacual cabe Recurso de Suplicación en el plazo deCINCO DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aB Navarro Construcciones, S.L., en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.929

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6

EDICTO3.039

Procedimiento: Pieza Separada de Jura de Cuentas77/2007. Materia: Jura de Cuentas. Demandante:Manuel Carlos Martel Revuelta. Demandado: MiguelCorpas Martínez

Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicialdel Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 77/2007, a instancia de Manuel CarlosMartel Revuelta, contra Miguel Corpas Martínez, seha dictado decreto de archivo de fecha 22/02/13.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES

4356 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 173: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Revisión,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274.

Y para que sirva de notificación en legal forma aMiguel Corpas Martínez, en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco defebrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.886

EDICTO3.040

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales29/2013. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:Francisco Santana de la Cruz. Ejecutados: ConstruccionesPatrimonial Gran Canaria, S.L.U. y Fogasa.

Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicialdel Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 29/2013, a instancia de FranciscoSantana de la Cruz contra Construcciones PatrimonialGran Canaria, S.L.U. y Fogasa, se ha dictado auto ydecreto de ejecución de 26/02/13.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,

beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Reposición,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274.

Y para que sirva de notificación en legal forma aConstrucciones Patrimonial Gran Canaria S.L.U., enignorado paradero, y haciéndole saber que lasResoluciones íntegras se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado y que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resoluciónen la oficina judicial, expido la presente para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.939

EDICTO3.041

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales28/2013. Materia: Despido Disciplinario. Ejecutante:Luis Diego Aragón Pascuas. Ejecutados: Fondo deGarantía Salarial y Pavimento Compavi, S.L.

Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicialdel Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 28/2013, a instancia de Luis DiegoAragón Pascuas, contra Fondo de Garantía Salarialy Pavimento Compavi, S.L., se ha dictado auto ydecreto de ejecución de 26/02/13.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Reposición,

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4357

Page 174: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274.

Y para que sirva de notificación en legal forma aPavimento Compavi, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.940

EDICTO3.042

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales47/2013. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:Julián Pérez Rivero. Ejecutados: Mesón La Cuadra,S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicialdel Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 47/2013, a instancia de JuliánPérez Rivero, contra Mesón La Cuadra, S.L. y Fondode Garantía Salarial se ha dictado auto y decreto deejecución de 26/02/13.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Reposición,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274.

Y para que sirva de notificación en legal forma aMesón La Cuadra, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.941

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.043

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 827/2012.Materia: Otros Derechos Laborales Individuales.Demandante: Daniel Díaz Kirjonen. Demandados: EsabeVigilancia, S.A. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 827/2012, en materia de Otros DerechosLaborales Individuales, a instancia de Daniel DíazKirjonen, contra Esabe Vigilancia, S.A. y Fondo deGarantía Salarial, se ha acordado citarle medianteedicto dado su ignorado paradero, para el acto de vistaoral que tendrá lugar el próximo día 08.05.13, a las10:05 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar el interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a EsabeVigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintede febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de este

4358 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 175: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Juzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.966

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.044

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 885/2012.Materia: Resolución Contrato. Demandante: Mónicadel Carmen Matías Suárez. Demandados: EsabeVigilancia, S.A., Esabe Limpiezas Integrales, S.L., SequorSeguridad, S.A. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 885/2012, en materia de Resolución Contrato,a instancia de Mónica del Carmen Matías Suárez, contraEsabe Vigilancia, S.A., Esabe Limpiezas Integrales,S.L., Sequor Seguridad, S.A. y Fondo de GarantíaSalarial, se ha acordado citarle mediante edicto dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 10.04.13, a las 08:55horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a EsabeVigilancia, S.A. y Esabe Limpiezas Integrales, S.L.,en ignorado paradero, expido la presente para suinserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en LasPalmas de Gran Canaria, a siete de marzo de dos miltrece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.3.129

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓN3.045

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 885/2012.Materia: Resolución Contrato. Demandante: Mónicadel Carmen Matías Suárez. Demandados: EsabeVigilancia, S.A., Esabe Limpiezas Integrales, S.L., SequorSeguridad, S.A. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número885/2012, en materia de Resolución Contrato, ainstancia de Mónica del Carmen Matías Suárez, contraEsabe Vigilancia, S.A., Esabe Limpiezas Integrales,S.L., Sequor Seguridad, S.A. y Fondo de GarantíaSalarial, se ha dictado Diligencia de Ordenación confecha 11/12/12, del tenor literal siguiente:

“Por presentado el anterior escrito con número deregistro de entrada 5.212/12, por la parte actora,únase y fórmese pieza separada de medidas cautelares.

A la vista de la solicitud de medida cautelar, desetraslado al demandado, por plazo de UNAAUDIENCIApara que formule por escrito las alegaciones que a suderecho convenga.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este Secretario Judicial,expresando la infracción en que la resolución hubieraincurrido“.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma aEsabe Vigilancia, S.A. y Esabe Limpiezas Integrales,S.L., en ignorado paradero, expido la presente parapublicación en el Tablón de Anuncios de este Juzgado,en Las Palmas de Gran Canaria, a ocho de marzo dedos mil trece.

EL SECRETARIO.3.125

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.046Procedimiento: Procedimiento Ordinario 508/2011.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4359

Page 176: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Daniel Díaz Kirjonen. Demandados: Esabe Vigilancia,S.A. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicialde este Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número508/2011, en materia de Reclamación de Cantidad,a instancia de Daniel Díaz Kirjonen, contra EsabeVigilancia, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, se hadictado diligencia con fecha 19/11/2012, y acta de juiciode fecha 23/01/2012, cuya tenor literal siguiente,respectivamente:

Dada cuenta. Por presentado el anterior escrito connúmero de entrada 5.064/12, por el Letrado donPlácido Castellano Bolaños, únase a los autos de surazón y dese a las copias su uso legal. Visto sucontenido, se tienen por hechas las manifestacionescontenidas en el mismo, y dese traslado a la mercantildemandada Esabe, S.A., poniéndole en conocimientode la renuncia de su letrado y manifestándole si lo creeconveniente nombre a un nuevo letrado que lerepresente.

ACTAEn Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de enero de

2013.Siendo el día y la hora señalada para la celebración

del acto de conciliación ante mí el Secretario Judicialdon Lauro Arellano Martínez, son llamadas las partespor el funcionario de auxilio judicial compareciendoal efecto:

De la actora: Daniel Díaz Kirjonen, asistido por DiegoLeón Socorro.

De la demandada: Esabe Vigilancia, S.A. y Fondode Garantía Salarial, no comparecen.

Abierto el acto, se suspende por no constar citadaen legal forma la empresa demandada.

En vista de lo cual se acuerda la suspensión del mismo,señalando nuevamente para la celebración del actodel Juicio oral el día 08.05.13, a las 10.10 horas,quedando las partes asistentes citadas en este acto.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a

Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expidola presente para publicación en el Tablón de Anunciosde este Juzgado, en Las Palmas de Gran Canaria, aveinte de febrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO.3.009

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.047Procedimiento: Ejecución 215/2012. Materia:

Cantidad. Demandante: Jesús Aridane Martín Segura.Demandados: Peng Xu y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número215/2012, en materia de Cantidad, a instancia deJesús Aridane Martíin Segura, contra Peng Xu yFondo de Garantía Salarial, por su S.Sª., se ha dictadoauto despachando ejecución y decreto que adopta lasmedidas ejecutivas concretas, en fecha 14.12.12.Contra dichas resoluciones cabe interponer Recursosde Reposición y Revisión respectivamente, en elplazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aPeng Xu, haciéndole saber que las resorciones dictadasestán a su disposición en la Secretaría de este Juzgado,expido el presente, en Las Palmas de Gran Canaria,a dieciocho de febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.897

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.048Procedimiento: Ejecución 310/2012. Materia:

Cantidad. Demandante: María Cecilia Pizarro.Demandados: Fondo de Garantía Salarial, AndreaPariboni, S.L. y Andrea Pariboni.

4360 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 177: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número310/2012, en materia de Cantidad, a instancia deMaría Cecilia Pizarro, contra Fondo de GarantíaSalarial, Andrea Pariboni, S.L. y Andrea Pariboni, porsu S.Sª., se ha dictado auto despachando ejecución ydecreto que adopta las medidas ejecutivas concretas,en fecha 11.01.13. Contra dichas resoluciones cabeinterponer Recursos de Reposición y Revisiónrespectivamente, en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAndrea Pariboni, S.L., haciéndole saber que lasresoluciones dictadas están a su disposición en laSecretaría de este Juzgado, expido el presente, enLas Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.896

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.049Procedimiento: Ejecución 243/2012. Materia:

Despido. Demandante: María del Carmen TrujilloRamírez. Demandados: Jardines Canarios e InnovacionesFlorales, S.L.U. y Fogasa.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número243/2012, en materia de Despido, a instancia deMaría del Carmen Trujillo Ramírez, contra JardinesCanarios e Innovaciones Florales, S.L.U. y Fogasa.Se ha dictado auto ejecución y decreto 07.02.13,adoptando las medidas ejecutivas en fecha 07.02.13.Contra los que interponer Recurso de Reposición yRevisión, respectivamente en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aJardines Canarios e Innovaciones Florales, S.L.U., enignorado paradero, expido la presente haciéndolesaber que las resoluciones dictadas están íntegramentea su disposición en la Secretaría de este Juzgado, en

Las Palmas de Gran Canaria, a siete de febrero de dosmil trece.

LA SECRETARIA.2.917

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.050Procedimiento: Ejecución 310/2012. Materia:

Cantidad. Demandante: María Cecilia Pizarro.Demandados: Fondo de Garantía Salarial, AndreaPariboni, S.L. y Andrea Pariboni.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número310/2012, en materia de Cantidad, a instancia deMaría Cecilia Pizarro, contra Fondo de GarantíaSalarial, Andrea Pariboni, S.L. y Andrea Pariboni, porsu S.Sª., se ha dictado auto despachando ejecución ydecreto que adopta las medidas ejecutivas concretas,en fecha 11.01.13. Contra dichas resoluciones cabeinterponer Recursos de Reposición y Revisiónrespectivamente, en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAndrea Pariboni, haciéndole saber que las resolucionesdictadas están íntegramente su disposición en laSecretaría de este Juzgado, expido el presente, enLa$ Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.918

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.051Procedimiento: Ejecución 137/2012. Materia:

Despido. Demandante: Juan Carlos García SouzaPampín. Demandados: Fogasa, Casa Miranda, S.L.y Víctor Miranda Cabrera.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4361

Page 178: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

HACE SABER: Que en el procedimiento número137/2012, en materia de Despido, a instancia de JuanCarlos García Souza Pampín, contra Fogasa y VíctorMiranda Cabrera, por su S.Sª., se ha dictado autodespachando ejecución y decreto que adopta lasmedidas ejecutivas concretas, en fecha 19.02.13.Contra dichas resoluciones cabe interponer Recursosde Reposición y Revisión respectivamente, en elplazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aVíctor Miranda Cabrera, haciéndole saber que lasresoluciones dictadas están a su disposición en laSecretaría de este Juzgado, expido el presente, enLas Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.919

EDICTOCÉDULANOTIFICACIÓN

3.052Procedimiento: Ejecución 262/2012. Materia:

Despido. Ejecutante: Domingo Alemán Guerra.Ejecutados: Revestimientos Limia, S.L., PavimentoCompavi, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número262/2012, en materia de Despido, a instancia deDomingo Alemán Guerra, contra RevestimientosLimia, S.L. y Pavimento Compavi, S.L., por su S.Sª.,se ha dictado Auto con fecha 14/02/13, por el que seordenar y se despacha ejecución a instancia deDomingo Alemán Guerra, contra RevestimientosLimia, S.L. y Pavimento Compavi, S.L., y Decretode la misma fecha acordando medidas ejecutivas.

Modo de Impugnación: Recurso de Reposición enel plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Y para que sirva de notificación en legal forma aRevestimientos Limia, S.L., en ignorado paradero,haciéndole saber que tiene a su disposición lasresoluciones íntegras en la Secretaría de este Juzgado,

expido la presente para publicación en el BoletínOficial de la Provincia, en Las Palmas de GranCanaria, a catorce de febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.920

EDICTOCÉDULANOTIFICACIÓN

3.053Procedimiento: Ejecución 276/2012. Materia:

Cantidad. Demandante: Mohamed Kouhous.Demandados: Fogasa y Disfruta del Ocio, S.L.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número276/2012, en materia de Cantidad, a instancia deMohamed Kouhous, contra Fogasa y Disfruta delOcio, S.L., por su S.Sª., se ha dictado Decreto con fecha13/02/13, por el que se declara al ejecutado Disfrutadel Ocio, S.L., en situación de insolvencia con carácterprovisional.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aDisfruta del Ocio, S.L., en ignorado paradero, haciéndolesaber que tiene a su disposición la resolución íntegraen la Secretaría de este Juzgado, expido la presentepara publicación en el Tablón de Anuncios de esteJuzgado, en Las Palmas de Gran Canaria, a trece defebrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.921

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.054Procedimiento: Ejecución 129/2012. Materia:

Cantidad. Demandante: María Teresa RodríguezPérez. Demandados: Cresar, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial

4362 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 179: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número129/2012, en materia de Cantidad, a instancia deMaría Teresa Rodríguez Pérez, contra Cresar, S.L. yFondo de Garantía Salarial. Se ha dictado Auto en fecha20.02.13, contra el que no cabe recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma aMaría Teresa Rodríguez Pérez, en ignorado paraderoexpido el presente haciéndole saber están íntegramentea su disposición en la Secretaría de este Juzgado enLas Palmas de Gran Canaria, a veinte de febrero dedos mil trece.

LA SECRETARIA.2.938

EDICTOCÉDULANOTIFICACIÓN

AUTO3.055

Procedimiento: Ejecución 170/2012. Materia:Cantidad. Demandante: Inmaculada C. MarreroSantana. Demandados: Abelardo Curbelo Perera y Fondode Garantía Salarial.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número170/2012, en materia de Cantidad a instancia deInmaculada C. Marrero Santana, contra AbelardoCurbelo Perera y Fondo de Garantía Salarial, por suS.Sª., se ha dictado Decreto de insolvencia con fecha28.02.13, y que contra el mismo cabe Recurso deRevisión en el plazo de TRES DÍAS.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAbelardo Curbelo Perera, en ignorado paradero,expido la presente para publicación en el Tablón deAnuncios de este Juzgado, en Las Palmas de GranCanaria, a uno de marzo de dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.947

EDICTOCITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL

3.056Procedimiento: Despidos/Ceses en General 912/2012.

Materia: Despido Disciplinario. Demandante: MaríaNarcisa González Medina. Demandados: HergoraCatering, S.L., Instituto de Atención Social ySociosanitaria de Gran Canaria, Cabildo Insular deGran Canaria, Vanyera, S.A., Administración Concursalde Vanyera, S.A., Vanyera 3, S.L., AdministraciónConcursal de Vanyera 3, S.L., Instituto Canario deOrtopedia y Traumatología, S.L.U., Catering Carben,S.L., Fondo de Garantía Salarial, Consejería Cultura,Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y AdministraciónConcursal de Hergora Catering, S.L.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 912/2012, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de María Narcisa González Medina, contraVanyera, S.A. y Administración Concursal de HergoraCatering, S.L., se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 09.05.13, a las 09:00horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aVanyera, S.A., en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia,en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de febrerode dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.866

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.057

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 914/2012.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4363

Page 180: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Materia: Despido Disciplinario. Demandante: InmaculadaCárdenes Naranjo. Demandados: Hergora Catering,S.L., Instituto de Atención Social y Sociosanitaria deGran Canaria, Cabildo Insular de Gran Canaria,Vanyera, S.A., Administración Concursal de Vanyera,S.A., Vanyera 3, S.L., Administración Concursal deVanyera 3, S.L., Instituto Canario de Ortopedia yTraumatología, (I.C.O.T.), Catering Carben, S.L.,Fondo de Garantía Salarial, Gobierno de Canarias yAdministración Concursal Hergora Catering, S.L.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 914/2012, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Inmaculada Cárdenes Naranjo, contraHergora Catering, S.L., Instituto de Atención Socialy Sociosanitaria de Gran Canaria, Cabildo Insular deGran Canaria, Vanyera, S.A., Administración Concursalde Vanyera, S.A., Vanyera 3, S.L., AdministraciónConcursal de Vanyera 3, S.L., Instituto Canario deOrtopedia y Traumatología, (I.C.O.T.), CateringCarben, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Gobiernode Canarias y Administración Concursal HergoraCatering, S.L., se ha acordado citarle mediante edictodado su ignorado paradero, para el acto de vista oralque tendrá lugar el próximo día 09.05.13, a las 09:00horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aVanyera, S.A. y Administración Concursal de Vanyera,S.A., en ignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, enLas Palmas de Gran Canaria, a veintidós de febrerode dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.867

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.058

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 913/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: LidiaInmaculada Alonso Álvarez. Demandados: HergoraCatering, S.L., Instituto de Atención Social ySociosanitaria de Gran Canaria, Cabildo Insular deGran Canaria, Vanyera, S.A., Administración Concursalde Vanyera, S.A., Vanyera 3, S.L., AdministraciónConcursal de Vanyera 3, S.L., Instituto Canario deOrtopedia y Traumatología, (I.C.O.T.), CateringCarben, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Gobiernode Canarias y Administración Concursal HergoraCatering, S.L. (Antonio Almendros).

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 913/2012, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Lidia Inmaculada Alonso Álvarez,contra Hergora Catering, S.L., Instituto de AtenciónSocial y Sociosanitaria de Gran Canaria, CabildoInsular de Gran Canaria, Vanyera, S.A., AdministraciónConcursal de Vanyera, S.A., Vanyera 3, S.L.,Administración Concursal de Vanyera 3, S.L., InstitutoCanario de Ortopedia y Traumatología, (I.C.O.T.),Catering Carben, S.L., Fondo de Garantía Salarial,Gobierno de Canarias y Administración ConcursalHergora Catering, S.L. (Antonio Almendros), se haacordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 09.05.13, a las 09:00 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la LeyReguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo sele requiere para que concurra al acto al efecto decontestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte,si así se hubiese interesado, así como para que aportela documental que se indica en la demanda, cuyaadmisión se acordó por resolución judicial, haciéndolesaber que las copias de la misma se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aVanyera, S.A. y Administración Concursal de Vanyera,S.A., en ignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, enLas Palmas de Gran Canaria, a veintidós de febrerode dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientes

4364 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 181: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

comunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.889

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.059

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 936/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: ElenaRamírez Marrero. Demandados: Free Tendency, S.L.,Rita Cabrera Berenguer y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 936/2012, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Elena Ramírez Marrero, contra FreeTendency, S.L., Rita Cabrera Berenguer y Fondo deGarantía Salarial, se ha acordado citarle medianteedicto dado su ignorado paradero, para el acto de vistaoral que tendrá lugar el próximo día 17.04.13, a las09:50 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar el interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a RitaCabrera Berenguer, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a cincode marzo de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.015

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.060

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 696/2011.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:María del Pino Cazorla Santana. Demandados:Palmbrok, S.L., Ministerio de Defensa y Fondo deGarantía Salarial.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 696/2011, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de María del Pino CazorlaSantana, contra Palmbrok, S.L., Ministerio de Defensay Fondo de Garantía Salarial, se ha acordado citarlemediante edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 23.04.13,a las 12:10 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar el interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aPalmbrok, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a cincode marzo de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.016

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.061

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 937/2012.Materia: Otros Derechos Laborales Individuales.Demandante: Antonio Luis Alvarado Montesdeoca.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4365

Page 182: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Demandados: Iberia L.A.E., S.A. Operadora S.U.,Compañía Aérea Iberia, Groundforce Gran CanariaU.T.E. y Eurohandling U.T.E.

Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 937/2012, en materia de Otros DerechosLaborales Individuales, a instancia de Antonio LuisAlvarado Montesdeoca, contra Iberia L.A.E., S.A.Operadora S.U., Compañía Aérea Iberia, GroundforceGran Canaria U.T.E. y Eurohandling U.T.E., se haacordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 09.04.13, a las 11:20 horas, advirtiéndolede lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la LeyReguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo sele requiere para que concurra al acto al efecto decontestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte,si así se hubiese interesado, así como para que aportela documental que se indica en la demanda, cuyaadmisión se acordó por resolución judicial, haciéndolesaber que las copias de la misma se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aEurohandling U.T.E., en ignorado paradero, expidola presente para su inserción en el Boletín Oficial dela Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a cincode marzo de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.017

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.062Procedimiento: Ejecución 144/2011. Materia:

Actividad Administrativa. Sanciones. Demandantes:

Tomás Orlando Padrón Vega. y C.C.O.O. Demandada:Limpydes & Distribuciones Canarias, S.L.

Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicialde este Juzgado de Juzgado de lo Social NúmeroNueve de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número144/2011, en materia de Actividad Administrativa.Sanciones, a instancia de Tomás Orlando PadrónVega y C.C.O.O., contra Limpydes & DistribucionesCanarias, S.L., por su S.Sª., se ha dictado Diligenciacon fecha 03/09/12, cuya parte dispositiva es el tenorliteral siguiente:

DECRETOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de febrero de

2013.PARTE DISPOSITIVA

Decreto: Aprobar la Liquidación de Interesespracticada en fecha 03/09/12 por 18,62 euros.

Expídase mandamiento a favor de la parte ejecutantepor dicho importe para su retirada en la Secretaría delJuzgado.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Revisión,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,y al concepto clave 3497 0000 64 0144/11.

Así lo acuerdo y firmo, doña Marian Oyola Reviriego,Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social NúmeroNueve. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma aLimpydes & Distribuciones Canarias, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para publicación en elBoletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de GranCanaria, a veinticinco de febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.948

4366 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 183: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNAUTO

3.063Procedimiento: Ejecución 312/2011. Materia:

Extinción de Contrato. Demandante: Javier Suárez Pérez.Demandados: Fondo de Garantía Salarial y AreTransportes Canarias, S.L.U.

Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicialde este Juzgado de Juzgado de lo Social NúmeroNueve de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número312/2011, en materia de Extinción de Contrato, ainstancia de Javier Suárez Pérez, contra Fondo de GarantíaSalarial y Are Transportes Canarias, S.L.U., por suS.Sª., se ha dictado Decreto con fecha 25/02/13, cuyaparte dispositiva es el tenor literal siguiente:

DECRETOEn Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de febrero de

2013.Vistos los preceptos legales dictados y demás de general

y pertinente aplicación al caso,PARTE DISPOSITIVA

Se declara al ejecutado Are Transportes Canarias,S.L.U., en situación de insolvencia con carácterprovisional por un importe de 49.109,60 euros y sinperjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivose conoce bienes del ejecutado.

Igualmente cuando sea firme, hágase constar lainsolvencia en el Registro Mercantil o en su defectoel registro correspondiente según la naturaleza de laentidad ejecutada (artículo 276.5 LRJS).

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Expídase testimonio del presente para su unión alos autos, quedando el original en el Legajo deDecretos.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social

o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Revisión,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,y al concepto clave 3497 0000 64 0312/11.

Así lo acuerdo y firmo, doña Marian Oyola Reviriego,Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social NúmeroNueve. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAre Transportes Canarias, S.L.U., en ignorado paradero,expido la presente para publicación en el BoletínOficial de la Provincia, en Las Palmas de GranCanaria, a veinticinco de febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.961

EDICTONOTIFICACIÓN

3.064Procedimiento: Ejecución 291/2011. Materia:

Prestaciones. Ejecutantes: David Nicomedes VegaSuárez y Mutua Universal. Ejecutados: Arconsyc,S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social yTesorería General de la Seguridad Social.

Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicialde este Juzgado de Juzgado de lo Social NúmeroNueve de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 291/2011 en materia de Prestaciones a instanciade David Nicomedes Vega Suárez y Mutua Universal,contra Arconsyc, S.L., Instituto Nacional de laSeguridad Social y Tesorería General de la SeguridadSocial, se ha dictado Decreto de 22/02/13, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

“Se declara al ejecutado Arconsyc, S.L., en situaciónde insolvencia con carácter provisional por un importede 203.086,03 euros y sin perjuicio de continuar laejecución si en lo sucesivo se conoce bienes delejecutado y continuando asimismo la presente ejecuciónrespecto del Instituto Nacional de la Seguridad Socialy la Tesorería General de la Seguridad Social debiendomanifestar ésta en el plazo de DIEZ DÍAS si se hacumplido la sentencia.

Una vez firme el presente, expídanse los testimoniosoportunos para su entrega a la parte actora a los

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4367

Page 184: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicitecompareciendo en esta Oficina Judicial para suretirada. Igualmente cuando sea firme, hágase constarla insolvencia en el Registro Mercantil o en su defectoel registro correspondiente según la naturaleza de laentidad ejecutada (artículo 276.5 LRJS).

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Revisión,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,y al concepto clave 3497 0000 64 0291 11.

Así lo acuerdo y firmo, doña Marian Oyola Reviriego,Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social NúmeroNueve. Doy fe”.

Y para que sirva de notificación en legal forma, aArconsyc, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Socialy Tesorería General de la Seguridad Social, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en elBoletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de GranCanaria, a veintidós de febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.989

EDICTO

NOTIFICACIÓN3.065

Procedimiento: Ejecución 255/2011. Materia:Despido. Ejecutante: Fabián García Barbero. Ejecutados:Fogasa y Construcciones Patrimonial Gran Canaria,S.L.

Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicialde este Juzgado de Juzgado de lo Social NúmeroNueve de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 255/2011, en materia de Despido, a instanciade Fabián García Barbero, contra ConstruccionesPatrimonial Gran Canaria, S.L., se ha dictado Decretode 27/02/13, cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente:

“Se declara al ejecutado Construcciones PatrimonialGran Canaria, S.L., en situación de insolvencia concarácter provisional por un importe de 28.115,10euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conoce bienes del ejecutado.

Expídase testimonio del presente para su unión alos autos, quedando el original en el Legajo deDecretos.

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Notifíquese la presente resolución a las partes enlegal forma y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,entidades locales y organismos autónomos dependientesde ellos, intente interponer Recurso de Revisión,deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuentade Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enla entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,y al concepto clave 3497 0000 64 0255 11.

Así lo acuerda y firma doña Marian Oyola Reviriego,Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Social NúmeroNueve. Doy fe.”

Y para que sirva de notificación en legal forma, aConstrucciones Patrimonial Gran Canaria, S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserciónen el Boletín Oficial de la Provincia, en Las Palmasde Gran Canaria, a veintisiete de febrero de dos miltrece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los Estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.990

4368 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 185: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

EDICTO3.066

Procedimiento: Ejecución 418/2010. Materia:Extinción de Contrato. Ejecutante: Francisco RamírezCabrera. Ejecutada: The Irish Tavern (Disfruta del Ocio,S.L.).

Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicialde este Juzgado de Juzgado de lo Social NúmeroNueve de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en la ejecución número418/2010, seguida ante este Juzgado a instancias deFrancisco Ramírez Cabrera, contra The Irish Tavern(Disfruta del Ocio, S.L.), se ha acordado sacar apública subasta los bienes embargados al apremiadoque a continuación se describen seguidos de su valorpericial:

1Tv37”LG, 91,25 euros;1 Tv 32” Samsung, 75,00 euros,1 Tv 42” Samsung, 100,00 euros,1 Tv 42” Belson, 87,50 euros,54 sillas, 646,38 euros,2 Altavoces “EV”, 144,50 euros,1 Caja Registradora “ECR”, 60,00 euros,1 Mesa pequeña con dos sillas, 63,00 euros,1 Lavavajillas LC 2300 Lines Blanca, 321,00 euros1 Mesa Mantenedora baja de cuatro puertas “Infrico”,

332.00 euros,1 Freidora de dos cuerpos, 276,80 euros,1 Plancha, 160,00 euros y13 Mesas de madera bajas de 1.10 x 0.70m, 585,00

euros.El acto del remate tendrá lugar en la sede de este

Juzgado, Avenida Marítima, s/n, Edificio San Ignaciode Loyola, Las Palmas de Gran Canaria, en ÚNICASUBASTA el DÍA DOCE DE ABRIL a las 10.15HORAS.

Para tomar parte en la subasta, los licitadores, salvoque se trate del ejecutante, deberán presentar resguardode que han depositado en la Cuenta de Depósitos yConsignaciones de este Juzgado abierta en Banestouna cantidad por los menos igual al VEINTE PORCIENTO del valor de tasación de los bienes o hanprestado aval bancario por la misma cantidad, sin cuyo

requisito no serán admitidos. El referido ingreso hade efectuarse en la cuenta de expediente núm. 34970000 64 0418 10.

Las consignaciones se devolverán a los consignantesacto seguido de la aprobación del remate, excepto laque corresponda al mejor postor, la cual se reservaráen depósito como garantía del cumplimiento de suobligación de completar el precio del remate y, en sucaso, como parte del precio de la venta.

En todas las subastas, desde el anuncio hasta sucelebración podrán hacerse posturas por escrito en pliegocerrado, presentando en la Secretaría de este Juzgado,junto a aquél, resguardo acreditativo de la consignacióna que se refiere la advertencia anterior o aval bancario.Los sobres se conservarán cerrados y serán abiertosal inicio del acto de la subasta y las posturas que contenganse harán públicas con las demás, surtiendo los mismosefectos que las que se realicen oralmente.

Sólo el ejecutante o los responsables legales solidarioso subsidiarios podrán hacer postura reservándose lafacultad de ceder el remate a un tercero.

Los bienes a subastar se encuentran depositados enla Avenida de Tirajana, número 19 de Playa del Ingles,donde podrán ser examinados por los interesados.

Lo que se hace público para general conocimientoen Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete defebrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO.2.991

EDICTO

CÉDULANOTIFICACIÓNDILIGENCIADE ORDENACIÓN

3.067Procedimiento: Ejecución 239/2011. Materia:

Cantidad. Ejecutante: Clara Mora Blazquez. Ejecutada:Helena Siugzdiene, S.L.

Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicialde este Juzgado de Juzgado de lo Social NúmeroNueve de Las Palmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en el procedimiento número239/2011, en materia de Cantidad, a instancia deClara Mora Blazquez, contra Helena Siugzdiene,S.L., por su S.Sª., se ha dictado Diligencia de Ordenaciónde esta fecha, del tenor literal siguiente:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4369

Page 186: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

“Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial,doña Marian Oyola Reviriego

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de2013.

1. El anterior escrito únase a los autos de su razón.2. De conformidad con lo solicitado, procédase a

la subasta de los bienes embargados que deberáanunciarse con al menos VEINTE DÍAS de antelacióna su celebración, señalándose para que la mismatenga en las dependencias de este Juzgado.

3. Anúnciese por medio de edicto que se fijará, conveinte días de antelación en el tablón de anuncios deeste Juzgado y otros sitios públicos de costumbre, sehará constar lo siguiente:

1°. Bien que se saca a subasta Finca número 47029,garaje, Registro de Santa Lucia de Tirajana; inscritaal tomo 3030, libro 896, folio 896, Indufir35015001031911; Plaza de Garaje-aparcamientonumero cinco, situada en la planta semisótano del Edificiode cinco plantas semisótano, baja, primera, segunday tercera, denominado “Hermanos Sarmiento VIII”señalado con el número ocho de gobierno de la calle“APARCERÍA”, esquina a la calle “TRISTANA”, pordonde esta señalado con el numero cincuenta y un degobierno, en el Doctoral del Termino Municipal deSanta Lucía, con un valor 6.655,13 euros.

2°. La subasta se celebrará el día DOCE DE ABRILdel corriente año a las DIEZ HORAS.

3°. La certificación registral está de manifiesto enla Secretaría del Juzgado.

4°. Los licitadores deberán identificarse de formasuficiente, declarar que conocen las condicionesgenerales y particulares de subasta y presentar resguardoacreditativo de haber depositado en la Cuenta deDepósitos y consignaciones de este Juzgado en el Banestonúmero 0030 1846 42 0005001274, al concepto 34970000 64 0239 11, o que han presentado aval bancario,por el 20% del valor de tasación de los bienes. Si ellidiador realiza el depósito con cantidades recibidasen todo o en parte de un tercero deberá hacerlo constaren el resguardo de ingreso a los efectos previsto enel artículo 652.2 L.E.C.

5°. Solo el ejecutante podrá hacer postura reservándosela facultad de ceder el remate a un tercero.

6°. Podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado,

desde el anuncio de la subasta hasta su celebraciónhaciéndose el depósito al que se ha hecho menciónanteriormente.

7°. Cuando la mejor postura sea igual o superior al70% del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejorpostor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en elartículo 670 L.E.C.

8°. Las cargas o gravámenes anteriores, si loshubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentesy que, por el solo hecho de participar en la subasta,el licitador los admite y acepta quedar subrogado enla responsabilidad derivada de aquéllos, si el rematese adjudicare a su favor.

9°. NO CONSTA SITUAC. POSESORIA.Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s con

antelación de veinte días, en el domicilio que constaen el Registro o, caso de no haber sido posible,practicar el requerimiento en el mismo, se le notificaráen idéntica forma en la que dicho requerimiento sehaya practicado, de acuerdo con el artículo 686 de laLey de Enjuiciamiento Civil.

Modo Impugnación: Recurso de Reposición en elplazo de TRES DÍAS ante esta Secretaria Judicial,expresando la infracción en que la resolución hubieraincurrido.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.LA SECRETARIA JUDICIAL”.Y para que sirva de notificación en legal forma a

Helena Siugzdiene, S.L., cuantos pudieran estarinteresados, expido la presente para publicación enel Tablón de Anuncios de este Juzgado así como enel Boletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas deGran Canaria, a veintidós de febrero de dos mil trece.

LA SECRETARIA.2.992

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.068

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 810/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: CarmeloAaron Jiménez Santana. Demandados: CoelicaConstrucciones, S.L., Fondo de Garantía Salarial,Administración Concursal Coelica, S.L., ÁngelCabrera Gutiérrez, Antonio José Díaz Santana, Eladio

4370 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 187: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Mesa León, Marcos Moreno Lorenzo, Antonio OjedaAlemán, Iván Rodríguez Martel, Rayco SuárezHernández y Echedey Vera López.

Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicialde este Juzgado de lo Social Número Nueve de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 810/2012, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Carmelo Aaron Jiménez Santana, contraCoelica Construcciones, S.L., Fondo de GarantíaSalarial, Administración Concursal Coelica, S.L.,Ángel Cabrera Gutiérrez, Antonio José Díaz Santana,Eladio Mesa León, Marcos Moreno Lorenzo, AntonioOjeda Alemán, Iván Rodríguez Martel, Rayco SuárezHernández y Echedey Vera López, se ha acordado citarlemediante edicto dado su ignorado paradero, para elacto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 02.05.13,a las 10:00 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en losartículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Social. Asimismo se le requiere paraque concurra al acto al efecto de contestar el interrogatoriode preguntas de la contraparte, si así se hubieseinteresado, así como para que aporte la documentalque se indica en la demanda, cuya admisión se acordópor resolución judicial, haciéndole saber que lascopias de la misma se encuentran a su disposición enla Secretaría de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a IvánRodríguez Martel, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséisde febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.2.960

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.069

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 927/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Rita María Sánchez Sánchez. Demandados: Grupo DinizEspaña, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicial

de este Juzgado de lo Social Número Nueve de LasPalmas de Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 927/2012, en materia de Reclamación deCantidad, a instancia de Rita María Sánchez Sánchez,contra Grupo Diniz España, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial, se ha acordado citarle mediante edicto dadosu ignorado paradero, para el acto de vista oral quetendrá lugar el próximo día 23.04.13, a las 11:15horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto alefecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma a GrupoDiniz España, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiochode febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.051

DECRETO3.070

Procedimiento: Ejecución 70/2012. Materia: Despido.Demandante: Claudio Guerra Díaz. Demandados:Fondo de Garantía Salarial e Islacons 7 Construccionesy Reformas, S.L.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de febrero de2013.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de generaly pertinente aplicación al caso,

PARTE DISPOSITIVASe declara al ejecutado Islacons 7 Construcciones

y Reformas, S.L. en situación de Insolvencia concarácter Provisional por un importe de 12.663,20euros y sin perjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conoce bienes del ejecutado.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4371

Page 188: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Procédase al archivo de las presentes actuaciones,dejando nota en el Libro de Registro de su razón.

Expídase testimonio del presente para su unión alos autos, quedando el original en el legajo de Decretos.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabeinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Se significa además que todo el que sin tener lacondición de trabajador o causahabiente suyo,beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Socialo de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,Entidades Locales y Organismos Autónomosdependientes de ellos, intente interponer Recurso deRevisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 eurosen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de estaJuzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 184642 0005001274.

Así lo acuerdo y firmo, doña Marián Oyola Reviriego,Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social NúmeroNueve. Doy fe.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.050

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10

EDICTO3.071

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales11/2013. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:Laura Pérez Ramón. Ejecutados: Chief Centress, S.L.y Fogasa.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 11/2013, a instancia de LauraPérez Ramón, contra Chief Centress, S.L., se hadictado auto de fecha 18/01/2013, contra el que cabe:Recurso de Reposición en el plazo de TRES DÍASante este órgano, expresando la infracción en que laresolución hubiera incurrido, en el que podrá deduciroposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento,prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos

o excluyentes de responsabilidad (artículo 239.4LRJS), y Decreto de igual fecha, contra el podráinterponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRESDÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción enque la resolución hubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aChief Centress, S.L., en ignorado paradero, y haciéndolesaber que las Resoluciones íntegras se encuentran asu disposición en la Secretaría de este Juzgado y quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución en la oficina judicial, expido lapresente para su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós defebrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.912

EDICTO3.072

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales85/2012. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutantes:Pedro Antonio Santana Bonilla, Rayco José SantanaGonzález, y Juan Francisco Santana Bonilla. Ejecutados:Pavimento Compavi, S.L. y Fogasa.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 85/2012, a instancia de PedroAntonio Santana Bonilla, Rayco José Santana Gonzálezy Juan Francisco Santana Bonilla, contra PavimentoCompavi, S.L., se ha dictado Decreto de fecha 21 deenero de 2013, Contra esta resolución cabe interponerRecurso de Revisión, en el plazo de TRES DÍASante este Juzgado, expresando la infracción en quela resolución hubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aPavimento Compavi, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

4372 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 189: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós defebrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.913

EDICTO3.073

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales86/2012. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:Ramón López Mateo. Ejecutados: Universidad deLas Palmas de Gran Canaria y Fondo de Garantía Salarial.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 86/2012, a instancia de Ramón LópezMateo, contra Universidad de Las Palmas de GranCanaria se ha dictado Decreto 20.02.2013.

Y para que sirva de notificación en legal forma aUniversidad de Las Palmas de Gran Canaria, enignorado paradero, y haciéndole saber que lasResoluciones íntegras se encuentran a su disposiciónen la Secretaría de este Juzgado y que las siguientescomunicaciones se harán fijando copia de la resoluciónen la oficina judicial, expido la presente para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.899

EDICTO3.074

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales20/2013. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:Francisco Javier Torres Francisco. Ejecutados: Enribata,S.R.L.U. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 20/2013, a instancia de FranciscoJavier Torres Francisco, contra Enribata, S.R.L.U. seha dictado Auto 20.02.2013.

Y para que sirva de notificación en legal forma a

Enribata, S.R.L.U., en ignorado paradero, y haciéndolesaber que las Resoluciones íntegras se encuentran asu disposición en la Secretaría de este Juzgado y quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución en la oficina judicial, expido lapresente para su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.900

EDICTO3.075

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales15/2013. Materia: Despido Disciplinario. Ejecutante:Roberto Cortés Sánchez. Ejecutados: Enribata, S.R.L.U.y Fondo de Garantía Salarial.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 15/2013, a instancia de RobertoCortés Sánchez, contra Enribata, S.R.L.U., se hadictado Auto de fecha 25/2/13.

Contra dicha Resolución cabe Recurso de Recursode Reposición en el plazo de TRES DÍAS ante esteórgano, expresando la infracción en que la resoluciónhubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aEnribata, S.R.L.U., en ignorado paradero, y haciéndolesaber que las Resoluciones íntegras se encuentran asu disposición en la Secretaría de este Juzgado y quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución en la oficina judicial, expido lapresente para su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco defebrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.930

EDICTO3.076

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales14/2013. Materia: Despido Disciplinario. Ejecutante:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4373

Page 190: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Mauricio David García Vanegas Ejecutados: Enribata,S.R.L.U. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 14/2013, a instancia de MauricioDavid García Vanegas, contra Enribata, S.R.L.U., seha dictado Auto de fecha 25/02/13.

Contra dicha Resolución cabe Recurso de Recursode Reposición en el plazo de TRES DÍAS ante esteórgano, expresando la infracción en que la resoluciónhubiera incurrido

Y para que sirva de notificación en legal forma aEnribata, S.R.L.U., en ignorado paradero, y haciéndolesaber que las Resoluciones íntegras se encuentran asu disposición en la Secretaría de este Juzgado y quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución en la oficina judicial, expido lapresente para su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco defebrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.931

EDICTO3.077

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 467/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Zaida María Luján Santana. Demandados: GuayedraBus, S.L. y Fogasa.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 467/2012, a instancia de Zaida MaríaLuján Santana, contra Guayedra Bus, S.L. y Fogasase ha dictado Sentencia de fecha 20/02/13.

Contra la misma cabe Recurso de Suplicación, paraante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justiciade Canarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta Sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haber

consignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario, y además efectuar un depósito de 300 euros,que ingresará con independencia a la consignacióndebiendo el recurrente hacer entrega del resguardoacreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempode interponer el Recurso de Suplicación.

Y para que sirva de notificación en legal forma aGuayedra Bus, S.L., en ignorado paradero, y haciéndolesaber que las Resoluciones íntegras se encuentran asu disposición en la Secretaría de este Juzgado y quelas siguientes comunicaciones se harán fijando copiade la resolución en la oficina judicial, expido lapresente para su publicación en el Boletín Oficial dela Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.

2.932

EDICTO3.078

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 570/2012.Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:Gustavo Vega Tadeo. Demandados: Acymaq, S.L. yFondo de Garantía Salarial

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 570/2012, a instancia de GustavoVega Tadeo, contra Acymaq, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial, se ha dictado Sentencia de fecha 20/02/13.

Contra la misma cabe Recurso de Suplicación, paraante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justiciade Cananas, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta Sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario, y además efectuar un depósito de 300 euros,que ingresará con independencia a la consignacióndebiendo el recurrente hacer entrega del resguardoacreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempode interponer el Recurso de Suplicación.

4374 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 191: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

Y para que sirva de notificación en legal forma aAcymaq, S.L., en ignorado paradero, y haciéndole saberque las Resoluciones íntegras se encuentran a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado y que lassiguientes comunicaciones se harán fijando copia dela resolución en la oficina judicial, expido la presentepara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.933

EDICTO3.079

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 895/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: CesarLuis Ramírez Vega. Demandados: Iban QuintanaNieves, Paquisan, S.C.P. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 895/2012, a instancia de Cesar LuisRamírez Vega, contra Iban Quintana Nieves, Paquisan,S.C.P. y Fondo de Garantía Salarial se ha dictadoSentencia de fecha 20/2/13.

Contra la misma cabe Recurso de Suplicación, paraante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justiciade Canarias, y que deberá anunciarse ante este Juzgadoen el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes ala notificación de esta Sentencia, siendo indispensableque el recurrente que no goce del beneficio de justiciagratuita acredite, al anunciar el recurso, haberconsignado la cantidad objeto de la condena, quepodrá sustituirse por el aseguramiento mediante avalbancario, y además efectuar un depósito de 300 euros,que ingresará con independencia a la consignacióndebiendo el recurrente hacer entrega del resguardoacreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempode interponer el Recurso de Suplicación.

Y para que sirva de notificación en legal forma aIban Quintana Nieves y Paquisan, S.C.P., en ignoradoparadero, y haciéndole saber que las Resoluciones íntegrasse encuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.934

EDICTO3.080

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales93/2012. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:Walter Sebastián Ortega Almeida. Ejecutados: AnacletoMaría Cheloni Devotto y Fondo de Garantía Salarial.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitadoen este Juzgado al 93/2012, a instancia de WalterSebastián Ortega Almeida, contra Anacleto MaríaCheloni Devotto, se ha dictado Decreto de Insolvenciacon fecha 27 de febrero de 2013, y contra dicharesolución cabe interponer Recurso de Revisión, enel plazo de TRES DÍAS ante este Juzgado, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aAnacleto María Cheloni Devotto, en ignorado paradero,y haciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de febrerode dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.935

EDICTO3.081

Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales41/2013. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:José Luis López Zabala. Ejecutados: Oca Las Palmas,S.L. y Fondo de Garantía Salarial

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas deGran Canaria.

HACE SABER: Que en procedimiento tramitado

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4375

Page 192: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

en este Juzgado al 41/2013, a instancia de José LuisLópez Zabala, contra Oca Las Palmas, S.L., se ha dictadoAuto y Decreto de fecha 25/02/2013.

Contra el Auto dictado cabe Recurso de Reposiciónen el plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresandola infracción en que la resolución hubiera incurrido,en el que podrá deducir oposición a la ejecuciónaduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otroshechos impeditivos, extintivos o excluyentes deresponsabilidad (artículo 239.4 LRJS).

Contra el Decreto dictado cabe interponer Recursode Revisión, en el plazo de TRES DÍAS ante esteJuzgado, expresando la infracción en que la resoluciónhubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma aOca Las Palmas, S.L., en ignorado paradero, yhaciéndole saber que las Resoluciones íntegras seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado y que las siguientes comunicaciones se haránfijando copia de la resolución en la oficina judicial,expido la presente para su publicación en el BoletínOficial de la Provincia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco defebrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.936

EDICTO

CITACIÓN ALACTO DE VISTAORAL3.082

Procedimiento: Despidos/Ceses en General 971/2012.Materia: Despido Disciplinario. Demandante: JuanLorenzo Martín Sosa. Demandados: Projosan 2006,S.L. y Fondo de Garantía Salarial.

Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial deeste Juzgado de lo Social Número Diez de Las Palmasde Gran Canaria.

HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo elnúmero 971/2012, en materia de Despido Disciplinario,a instancia de Juan Lorenzo Martín Sosa, contraProjosan 2006, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, seha acordado citarle mediante edicto dado su ignoradoparadero, para el acto de vista oral que tendrá lugarel próximo día 15.04.13, a las 10:00 horas de sumañana, advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.Asimismo se le requiere para que concurra al acto al

efecto de contestar el interrogatorio de preguntas dela contraparte, si así se hubiese interesado, así comopara que aporte la documental que se indica en lademanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,haciéndole saber que las copias de la misma seencuentran a su disposición en la Secretaría de esteJuzgado.

Y para que sirva de citación en legal forma aProjosan 2006, S.L., en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el Boletín Oficial de laProvincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veintiunode febrero de dos mil trece.

Se advierte al destinatario que las siguientescomunicaciones se harán en los estrados de esteJuzgado, salvo las que revistan forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.

EL SECRETARIO JUDICIAL.2.937

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 2

DE SANTAMARÍADE GUÍA

EDICTO3.083

Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.REANUDACIÓN DEL TRACTO NÚMERO0000256/2012.

Materia: SIN ESPECIFICAR.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Demandante: DOÑA ANA ROSA GONZÁLEZDÍAZ. Interesado: HEREDEROS DE I. DÍAZ DÍAZ,C. DÍAZ MOLINA, DON JOSÉ JULIÁN DÍAZDÍAZ. Procurador: DON FRANCISCO JAVIERARTILES MARTÍNEZ.

Doña Sandra Batista Ortega Secretaria Judicial delJuzgado de Primera Instancia e Instrucción NúmeroDos de Santa María de Guía de Gran Canaria.

HACE SABER:

Que en este Juzgado se sigue el Expediente de

4376 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 193: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

dominio. Número 256/2012 a instancia de DOÑAANAROSA GONZÁLEZ DÍAZ, expediente de dominiopara la reanudación del tracto sucesivo interrumpidode la siguiente:

FINCA

RÚSTICA.- En el Pago de Ingenio Blanco dondellaman Laderas de Martín del término municipal deSanta María de Guía, trozada de terreno de labradíoy arrifes, secano, bajo riego.

Cuenta con una superficie según reciente mediciónde dos mil ciento dieciocho metros cuadrados.

LINDA: Naciente, con doña Dominga Díaz Díaz;Poniente y Sur, con los herederos de don ManuelDíaz Díaz y en parte con los herederos de don JuanQuintana González; Norte, con los herederos de donAgustín Manrique de Lara y en parte con los herederosde don Manuel Díaz Díaz, Sur, con los herederos dedon Manuel Díaz Díaz.

Tiene derecho a las servidumbres de acceso paravehículos, y queda gravada por la servidumbre paravehículos para predios interiores a la que también tienederecho. Tiene como accesorio dentro de su cabiday linderos, una cueva gañanía con su pajar deconstrucción muy antigua y prácticamente inserviblesen la actualidad.

Por el presente y en virtud de lo acordado enprovidencia de esta fecha se convoca a HEREDEROSDESCONOCIDOS DE DON ISIDRO DÍAZ DÍAZY DOÑACARMEN DÍAZ MOLINAEN CALIDADDE TITULAR REGISTRAL A HEREDEROS DEDON MANUEL DÍAZ DÍAZ, A HEREDEROS DEDON JUAN QUINTANAGONZÁLEZ; HEREDEROSDE DON AGUSTÍN MANRIQUE DE LARA ENCALIDAD DE COLINDANTE y a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada para que en el término de los DIEZ DÍASsiguientes a la publicación de este edicto puedancomparecer en el expediente alegando lo que a su derechoconvenga.

En Santa María de Guía de Gran Canaria, a diez deoctubre de dos mil doce.

LA SECRETARIA.3.073

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 3 DE ARRECIFE

EDICTO3.084

Procedimiento: FAMILIA. DIVORCIOCONTENCIOSO NÚMERO 0001061/2011.

Materia: SIN ESPECIFICAR.Demandante: DON FRANCISCO PÉREZ MARTÍN.Demandado: DOÑA EMILIA FERRERAS

FERRERAS.Procurador: DON JOSÉ JUAN MARTÍN JIMÉNEZ.Don Rafael Cubillo Palomino, Secretario Judicial

del Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Arrecifey su Partido:

HACE SABER:Que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los

autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallotienen el siguiente tenor literal:

En Arrecife, a 20 de febrero de 2012.SENTENCIA

Procedimiento de Divorcio Contencioso número1.061/2011.

Demandante: DON JOSÉ FRANCISCO PÉREZMARTÍN. Procurador: DON JOSÉ JUAN MARTÍNJIMÉNEZ. Letrado: DON ANTONIO MARTINÓNLÓPEZ. Demandada: DOÑA EMILIA FERRERASFERRERAS (en rebeldía). Juez que la dicta: DONJERÓNIMO ALONSO HERRERO.

FALLO:Estimando la demanda interpuesta por el Procurador

José Juan Martín Jiménez en nombre y representaciónde DON JOSÉ FRANCISCO PÉREZ MARTÍN,contra DOÑA EMILIA FERRERAS FERRERAS(en rebeldía), declaro la disolución por divorcio delmatrimonio celebrado entre DON JOSÉ FRANCISCOPÉREZ MARTÍN y DOÑA EMILIA FERRERASFERRERAS, en fecha 26 de enero de 2000, con todoslos efectos inherentes a ello, referidos tanto a larevocación de todos los poderes y consentimientosque hubieran otorgado los cónyuges entre sí, cesandola posibilidad de vincular los bienes privativos del otrocónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica,como a la disolución del régimen económico matrimonial.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4377

Page 194: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

No procede hacer especial imposición de costas aninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.Esta resolución no es firme y contra ella puede

interponer Recurso de Apelación mediante escritopresentado en este Juzgado en el plazo de veinte díasa contar desde el siguiente al de su notificación y queserá resuelto por la Audiencia Provincial de LasPalmas.

Llévese el original de la presente resolución alLibro de Sentencias.

Firme que se esta Sentencia, procédase a su inscripciónen el Registro Civil Central, en cuyo Tomo 1581, página69, del Tomo Complementario 00015MC, página133, de la Sección 2ª, consta inscrito el matrimonio.

Así por esta mi Sentencia, de la que se deducirátestimonio para su unión a los autos, lo pronuncio,mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada fue la anteriorresolución por el mismo Juez que la dictó, estandocelebrando audiencia pública en el día de su fecha.

Y para que sirva de notificación a la demandada enparadero desconocido Emilia Ferreras Ferreras, expidoy libro el presente en Arrecife, a cuatro de marzo dedos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.

2.986

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 3

DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA

EDICTO3.085

Procedimiento: EJECUCIÓN HIPOTECARIANÚMERO 0000708/2011.

Materia: SIN ESPECIFICAR.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Ejecutante: BANCO SANTANDER, S.A. Ejecutado:DON MANUEL HERNÁNDEZ ARTILES, DOÑAFRANCISCA TEJERA HERNÁNDEZ. Procurador:DOÑA GLORIA MARÍA MORA LAMA.

Doña Mónica Vera Hartmann, Secretaria Judicialdel Juzgado de Primera Instancia Número Tres de SanBartolomé de Tirajana.

HACE SABER:

Que en el proceso de ejecución seguido en dichoJuzgado con el número 0000708/2011 a instanciaBANCO SANTANDER, S.A., contra DON MANUELHERNÁNDEZ ARTILES Y DOÑA FRANCISCATEJERAHERNÁNDEZ sobre ejecución hipotecaria,se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazode VEINTE DÍAS, los bienes que, con su precio detasación se enumeran a continuación:

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA

Y SU VALORACIÓN

Urbana: Vivienda Unifamiliar emplazada en laparcela de terreno o solar distinguida con el númerosetenta y siete en la Urbanización “Las Chácaras”,actualmente denominada calle Obispo Vela, en elPago de Sardina, término municipal de Santa Lucíade Tirajana.

Superficie: Consta de dos plantas: La baja con unasuperficie útil de cincuenta y cuatro metros y cuarentay seis decímetros cuadrados y construida de sesentay cinco metros y setenta y cinco decímetros cuadrados,componiéndose de distribuidor, salón-estar-comedor,cocina, baño y despacho; y la alta que ocupa unasuperficie útil de cincuenta y tres metros y treinta ytres decímetros cuadrados y construida de sesenta yseis metros y veintitrés decímetros cuadrados y secompone de tres dormitorios, vestidor y baño.

La parcela donde se asienta ocupa una superficiede ciento cincuenta metros cuadrados, estando destinadoel resto no ocupado por la edificación a zona deajardinamiento.

Inscripción 6ª de la hipoteca, al tomo 1.710, libro234, folio 94 de la finca 19.573 del Registro de laPropiedad de Santa Lucía.

Con un valor de subasta de CIENTO CINCUENTAY CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOSEUROS CON CATORCE CÉNTIMOS (155.662,14EUROS).

4378 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 195: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

2°.- Que la subasta se celebrará el día NUEVE DEMAYO DE DOS MILTRECE, ALAS DIEZ HORAS.

CONDICIONES DE LA SUBASTA

1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientesrequisitos:

1°.- Identificarse de forma suficiente.

2°.- Declarar que conocen las condiciones generalesy particulares de la subasta.

3°.- Presentar resguardo de que han depositado enla Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esteJuzgado en el Banesto número 3521/0000/06/070811o de que han prestado aval bancario por el veinte porciento del valor de tasación de los bienes, conformeal art. 669 de la LEC, reformado por R.D. Ley 8/2011de 1 de julio.

Cuando el licitador realice el depósito con cantidadesrecibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constarasí en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en elapartado 2 del artículo 652 de la Ley de EnjuiciamientoCivil (LEC).

4.- Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándosela facultad de ceder el remate a un tercero.

5.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebraciónpodrán hacerse posturas por escrito en sobre cerradoy con las condiciones expresadas anteriormente.

6.- Cuando la mejor postura sea igual o superior alsetenta por ciento del avalúo, se aprobará el rematea favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estaráa lo previsto en el artículo 670 LEC.

7.- Que la certificación registral y la titulación sobreel/los inmueble/s que se subasta/n, está de manifiestoen la Secretaría de este Juzgado, entendiéndose porel mero hecho de participar en la subasta que todo licitadoracepta como bastante la titulación existente, así comoque las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere,al crédito del actor, continuarán subsistentes y que ellicitador los admite y acepta quedar subrogado en laresponsabilidad derivada de aquéllos, si el remate seadjudicase a su favor.

8.- No consta en el proceso si el inmueble que sesubasta se encuentra o no ocupado por personasdistintas del ejecutado.

9- Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado opor error se hubiere señalado un domingo o día festivoy no pudiera celebrarse la subasta en el día y horaseñalados, se entenderá que se celebrará al día siguientehábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

En San Bartolomé de Tirajana, a veinte de febrerode dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.

3.013

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 4

DE PUERTO DELROSARIO

EDICTO3.086

Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.INMATRICULACIÓN NÚMERO 0001106/2011.

Materia: SIN ESPECIFICAR.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Demandante: DON LORENZO GONZÁLEZREYES. Procurador: DON AGUSTÍN DAVIDTRAVIESO DARIAS.

Don José Carlos Hernández Acosta SecretarioJudicial del Juzgado de Primera Instancia e InstrucciónNúmero Cuatro de Puerto del Rosario.

HACE SABER:

Que en este Juzgado se sigue el procedimientoExpediente de dominio. Inmatriculación, 0001106/2011a instancia de DON LORENZO GONZÁLEZ REYES,expediente de dominio para la inmatriculación de lassiguientes:

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4379

Page 196: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

FINCAS

1.- Trozo de terreno erial en Guisguey, denominadoCASCAJO PILETAS.

Tiene una superficie según el Catastro de Rústica,TRES HECTÁREAS, OCHENTAYNUEVE ÁREASY CUARENTA Y SEIS CENTIÁREAS.

LINDA: Norte, con Maleza de la Solana; Sur, condon Miguel de León, hoy don Francisco González Brito;Naciente, con don Cándido Alonso; y Poniente, condon Miguel de León, hoy sus herederos.

2- Otro trozo de terreno de bebedero con árboles,mitad labradío y mitad erial donde llaman LAMANTAen Guisguey.

Mide catastralmente SEIS HECTÁREAS,VEINTIDÓS ÁREAS y SESENTA Y DOSCENTIÁREAS.

LINDA: Naciente, con don Benito Gutiérrez, hoydoña Juana Calero Quintana, actualmente sus herederos,don Victoriano González, hoy sus herederos; Poniente,con don Elías González, hoy sus herederos; Norte,con Maleza de la Solana; y Sur, con Barranco deGuisguey.

3.- Trozo de terreno en Guisguey, en el lugarconocido por LAS PLACETAS, con dos gaviaspequeñas.

Mide según el Catastro de Rústicas VEINTIDÓSÁREAS YCINCUENTAYCUATRO CENTIÁREAS.

LINDA: Norte, caño denominado de LOSTARAHALES; Sur, con doña Juana González deLeón, hoy sus herederos; Naciente, terrenos de losherederos de don Diego Rodríguez Martín; y Poniente,con los herederos de don Juan González Reyes.

4.- Una gavia en Guisguey donde denominan LASPLACETAS.

Mide según la realidad catastral VEINTINUEVEÁREAS Y CUATRO CENTIÁREAS.

LINDA: Norte, con caño denominado LASPLACETAS; Sur, con doña Felicidad González Reyes;Naciente, con caño de esta y otras fincas; y Poniente,con don Cándido Alonso, hoy sus herederos.

5.- Trozo de terreno erial en Guisguey y lugardenominado “EL MOJÓN” o LA HERRADURA.

Mide de superficie según Catastro, SETENTAYSIETEÁREAS Y SESENTA Y CUATRO CENTIÁREAS.

LINDA: Norte, con doña Dominga Castañeyra dela Fe, hoy sus herederos; Sur, con serventía de paso;Naciente, con ignorados dueños; y Poniente, con donÁngel González Brito, hoy sus herederos.

6.- Otro trozo de terreno erial en Guisguey y lugardenominado LAS MAJADILLAS o morro de estas.

Tiene una extensión superficial catastral de UNAHECTÁREA, VEINTINUEVE ÁREAS Y TREINTAY SIETE CENTIÁREAS.

LINDA: Naciente, con don Miguel Montañez, hoysus herederos; Poniente, con don Melquiades ReyesBarrios, hoy sus herederos; Norte, con Maleza; ySur, con camino público.

7.- Un trozo de terreno labradío donde dicen LOSCASCAJOS, en Valhondo del Pago de Guisguey.

Mide catastralmente UNA HECTÁREA,VEINTISIETE ÁREAS Y OCHENTA Y SEISCENTIÁREAS.

LINDA: Naciente, con doña Dolores Reyes Mora,hoy sus herederos; Norte con Barranco de Valhondo;Poniente, con herederos de don Antonio Calero; y Sur,con herederos de don Francisco Cerpa.

Por el presente y en virtud de lo acordado enprovidencia de esta fecha se convoca a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripciónsolicitada para que en el término de los DIEZ DÍASsiguientes a la publicación de este edicto puedancomparecer en el expediente alegando lo que a su derechoconvenga.

Asimismo se cita a DOÑA JUANA CALEROQUINTANA. Se desconoce tanto su existencia comosus paraderos. HEREDEROS DE DON VICTORIANOGONZÁLEZ. Se desconocen, tanto su existenciacomo sus paraderos. DOÑAJUANAGONZÁLEZ DELEÓN. Se desconoce tanto su existencia comoparadero. HEREDEROS DE DON JUAN GONZÁLEZ

4380 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 197: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

REYES. Se desconoce su existencia paradero,HEREDEROS DE DON MIGUEL MONTAÑEZ.Se desconoce su existencia y paradero. HEREDEROSDE DON ANICETO CALERO. Se desconoce suexistencia y paradero de los mismos. HEREDEROSDE DON FRANCISCO CERPA. También sedesconocen su existencia y sus paraderos. HEREDEROSDE DON CLEMENTE DE LEÓN RODRÍGUEZ. Sedesconoce su existencia y su paradero. DOÑAVICENTA ASUNCIÓN GONZÁLEZ Y DOÑAANDREA VALDIVIA DE LEÓN. Se desconocecompletamente, su existencia y paradero, para que dentrodel término anteriormente expresado puedan compareceren el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Puerto del Rosario, a catorce de febrero de dosmil trece.

EL SECRETARIO.2.967

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 6

DE PUERTO DELROSARIO

EDICTO3.087

Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.INMATRICULACIÓN NÚMERO 0000436/2012.

Materia: SIN ESPECIFICAR.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Demandante: DON YERAY SANTOS MATOS.Procurador: DON AGUSTÍN D. TRAVIESO DARIAS.

Doña María Rosario Pérez Cabrera SecretariaJudicial del Juzgado de Primera Instancia e InstrucciónNúmero Seis de Puerto del Rosario.

HACE SABER:

Que en este Juzgado se sigue el procedimientoExpediente de dominio. Inmatriculación, 0000436/2012a instancia de DON YERAY SANTOS MATOS,

expediente de dominio para la inmatriculación de lasiguiente:

FINCA

“Trozo de terreno erial e improductivo en el lugardenominado “CUCHILLETE” de Cornado en LaRosa de Los James, término municipal de Tuineje.

Tiene una superficie de DOS HECTÁREASSETENTA Y SIETE ÁREAS (27.700 m2).

LINDA: Naciente, con Barranco de la Calabaza; Norte,con terreno vendido a doña Bienvenida Matos Torres;Poniente, con don Francisco Torres Torres; y Sur, condoña Carmen Torres Torres.

Por el presente y en virtud de lo acordado en decretode esta fecha se convoca a las personas ignoradas aquienes pudiera perjudicar la inscripción solicitadapara que en el término de los DIEZ DÍAS siguientesa la publicación de este edicto puedan comparecer enel expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Puerto del Rosario, a tres de septiembre de dosmil doce.

LA SECRETARIA.10.824/12

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIANÚMERO 14

EDICTO3.088

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIONÚMERO 0000901/2009.

Materia: RECL. CANTIDAD -200 MILLONESPTAS.

INTERVENCIÓN, INTERVINIENTE YPROCURADOR:

Demandante: ARTES GRÁFICAS DELATLÁNTICO, S.A. Demandado: EL LUNES SIGLOXXI. Procurador: DOÑARITAMARÍARODRÍGUEZGUERRA.

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4381

Page 198: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

DON LUIS GÓMEZ HERNÁNDEZ, SecretarioJudicial del Juzgado de Primera Instancia NúmeroCatorce de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER:

Que en este Juzgado se ha dictado sentencia en losautos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallotienen el siguiente tenor literal:

En Las Palmas de Gran Canaria a 4 de febrero de2013.

Vistos por S.Sª. Don Cosme Antonio López Rodríguez,Magistrado-Juez del Juzgado de Primera InstanciaNúmero Catorce de Las Palmas de Gran Canaria ysu partido, los presentes autos de Juicio Verbal,seguidos en éste Juzgado con el número 901/2009promovidos por el demandante Procuradora de losTribunales DOÑA RITA RODRÍGUEZ GUERRA,representando a ARTES GRÁFICAS DELATLÁNTICO, S.A., contra la parte demandada ELLUNES SIGLO XXI, que fue declarada en rebeldía,en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, yvistos los siguientes;

Que estimando la demanda formulada por laProcuradora de los Tribunales DOÑA RITARODRÍGUEZ GUERRA, representando a ARTESGRÁFICAS DEL ATLÁNTICO, S.A., contra la partedemandada ELLUNES SIGLO XXI, que fue declaradaen rebeldía, debo CONDENAR Y CONDENO:

- al demandado, a abonar al demandante la sumade TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOSDIECIOCHO EUROS CON NOVENTA Y CINCOCÉNTIMOS (36.418,95 EUROS) de principal, másTRESCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CONCUATRO CÉNTIMOS (372,04 EUROS) en conceptode gastos de devolución, y SIETE MIL VEINTISÉISEUROS CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS(7.026,87 EUROS) de intereses moratorios deconformidad con la Ley 3/2004, todo ello más losintereses legales en la forma estipulada en el fundamentotercero de la presente resolución.

- Al demandado al abono de las costas.

Llévese certificación de la presente resolución a losautos de su razón, uniéndose el original al libro desentencias de éste Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partesconforme lo establecido en el Art. 248-4° de la LeyOrgánica del Poder Judicial, con indicación de quecontra esta sentencia cabe Recurso de Apelación antela Audiencia Provincial, a interponer en este Juzgadodentro del plazo de los VEINTE DÍAS siguientes ala notificación, previa consignación en la cuenta deeste juzgado del depósito referido en la Disposiciónadicional decimoquinta de la LOPJ, según la modificaciónefectuada por la LO 1/2009 de 3 noviembre.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primerainstancia en nombre de S.M. el Rey, lo pronuncio, mandoy firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sidola anterior sentencia por el Sr. Juez que la ha dictado,estando celebrando Audiencia Publica en el día de sufecha por ante mí el Sr. Secretario de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado enparadero desconocido EL LUNES SIGLO XXI,expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria,a cinco de febrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.

3.130

JUZGADO DE INSTRUCCIÓNNÚMERO 1 DE ARRECIFE

(Antiguo Mixto Número 6)

EDICTO3.089

Procedimiento: Juicio de Falta Inmediata 349/2013.Denunciante: María del Pilar Izquierdo González.Denunciados: Aaron Westmoreland y James RyanEdward.

Don Víctor Manuel Mateo García, Secretaria delJuzgado de Instrucción Número Uno (Antiguo MixtoNúmero Seis) de Arrecife.

HACE SABER: Que en este Juzgado de mi cargose sigue Juicio de Falta Inmediata 349/2013 porDaños habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamientoy parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

4382 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

Page 199: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

FALLO: Que debo absolver y absuelvo a AaronWestmoreland de la falta de daños por la que fuedenunciado, declarando de oficio las costas procesales.

La presente resolución no es firme y contra lamisma cabe interponer Recurso de Apelación en elplazo de CINCO DÍAS ante este Juzgado para antela Iltma. Audiencia Provincial de Las Palmas,permaneciendo durante dicho plazo las actuacionesa disposición de las partes en la Secretaría del mismo.A dicho recurso se le dará el trámite previsto en losartículos 976, con relación al 790 y 792 de la Ley deEnjuiciamiento Criminal.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncia, manda yfirma don Arturo Valdés Trapote, Juez Titular del Juzgadode Instrucción Número Uno de Arrecife y su Partido.Doy fe.

Y para que sirva de notificación a James RyanEdward hoy en ignorado paradero, expido y firmo elpresente en Arrecife, a veintiocho de febrero de dosmil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL.3.052

V. ANUNCIOS PARTICULARES

NOTARÍADEDON LESMES GUTIÉRREZRODRÍGUEZ-MOLDES

(LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

SUBASTANOTARIAL3.090

Don Lesmes Gutiérrez Rodríguez-Moldes, Notariodel Ilustre Colegio de Las Islas Canarias. con residenciaen Las Palmas de Gran Canaria,

HAGO SABER:

Que en mi Notaría, sita en Las Palmas de Gran Canaria,calle Buenos Aires, número 10, 4º, se tramita ventaextrajudicial, conforme al artículo 129 de la LeyHipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

URBANA. NUMERO TRES, VIVIENDA delbloque cuatro, torre I, planta tercera, en la calleSchubert, lugar Casablanca, punto El Lasso, LasPalmas de Gran Canaria.

Superficie útil: sesenta y siete metros setenta y tresdecímetros cuadrados.

LINDA: Naciente, o frontis, calle Schubert; Poniente,solar de uso exclusivo de la vivienda número 1; Norte,resto de finca matriz; y Sur, caja de escaleras.

Cuota: 4,545%.

Inscripción: Registro de la Propiedad de Las Palmas1, tomo 2326, libro 747, folio 108, finca 5960.

Procediendo una única subasta, conforme al RD 6/2012de 9 de marzo, por ser vivienda habitual de la deudora,se hacen saber sus condiciones: Tendrá lugar en miNotaría el DOS DE MAYO DE DOS MIL TRECEA LAS DIECISIETE HORAS, siendo el tipo base elde ciento cincuenta y cinco mil doscientos cincuentay ocho euros con ochenta y ocho céntimos de euro.

La documentación y certificación del Registro a quese refieren los artículos 236 a) y 236 b) del ReglamentoHipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunesa viernes de 09:00 a 13:00 horas. Se entenderá quetodo licitador acepta corno bastante la titulaciónaportada. Las cargas, gravámenes y asientos anterioresa la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.Los licitadores deberán consignar, previamente a lasubasta. en la Notaría una cantidad equivalente al treintapor ciento (30%) del tipo base mediante chequebancario a nombre del Notario. Podrán hacerseposturas por escrito en pliego cerrado. acompañandoel justificante del depósito previo, hasta el momentode la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedorrequirente o el remate a favor del mismo o de un acreedorposterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Las Palmas de Gran Canaria, siete de marzo de dosmil trece.

EL NOTARIO.

3.128

Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013 4383

Page 200: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMASBoletínOficialdelaProvinciadeLasPalmas.Número34,miércoles13demarzode2013 4189 2927 Juicio 47/13,FranciscoGarcíaMeliányotroscontraFabricantesAluminiosCanarios,S.L

SOCIEDAD MUNICIPALDE GESTIÓN URBANÍSTICADE

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, S.A.

GEURSA

ANUNCIO DE LICITACIÓN3.091

De conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP seanuncia concurso-subasta mediante procedimientoabierto, para adjudicar las obras del ”PROYECTO DEDESMANTELAMIENTO DE LA PLANTADESALADORALAS PALMAS II” y enajenación comomaterial reciclable de los bienes muebles obtenidosy calificados como efectos no utilizables, propiedaddel Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de GranCanaria, conforme al siguiente contenido:

1. OBJETO:

El objeto del contrato es la ejecución de las obrasdel ”PROYECTO DE DESMANTELAMIENTODE LAPLANTADESALADORALAS PALMAS II”y enajenación como material reciclable de los bienesmuebles obtenidos y calificados como efectos noutilizables, propiedad del Excmo. Ayuntamiento deLas Palmas de Gran Canaria.

2. PLAZO:3 meses.3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:

QUINIENTOS VEINTINUEVE MILSEISCIENTOSNOVENTA Y SIETE EUROS CON VEINTISÉISCÉNTIMOS (529.697,26 EUROS) sin incluir IGIC.

4. DOCUMENTACIÓN:

Las empresas interesadas pueden consultarla en lasoficinas de GEURSA, Plaza de la Constitución, nº 2,planta 4ª. Teléfono: 928.446.600, Las Palmas de GranCanaria, a partir de su publicación en el presenteBoletín, y en el perfil de contratante de la página webde GEURSA (www.geursa.es).

5. PROPUESTA ECONÓMICA:

De acuerdo con el pliego de cláusulas administrativasparticulares de la obra.

6. ADMISIÓN DE PROPOSICIONES:

Hasta el último día del plazo de la convocatoria, queserá de VEINTISÉIS DÍAS NATURALES a contardesde el siguiente al de la publicación de este anuncio,es decir a las 12:00 horas del día 8 de abril de 2013.

7. APERTURA DE PROPOSICIONES:

Tendrá lugar en las oficinas de GEURSA, enpresencia de los concursantes, 13 días después de laconclusión del plazo de presentación de proposiciones,es decir a las 12:00 horas del día 22 de abril de 2013.

Las Palmas de Gran Canaria, a once de marzo dedos mil trece.

EL CONSEJERO APODERADO, José ManuelSetién Tamés.

3.078

4384 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 34, miércoles 13 de marzo de 2013

BOLETÍN OFICIALDE LAPROVINCIADE LAS PALMAS

Año LXXXVIII Miércoles, 13 de Marzo de 2013 Número 34

Franqueoconcertado

23/1GOBIERNO DE CANARIAS


Recommended