BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN
EL DÍA 26 DE MARZO DE 2012
SEÑORES ASISTENTES:ALCALDESA:Dª María José Ortega Gómez (PP)
TENIENTES DE ALCALDE:D. Jesús Ángel Aparicio Blanco (PP)D. Jesús Manuel Sevilla Rozas (PP)
CONCEJALESDª. Mª. Consuelo Hoyos Suero (PP)D. Luis Ángel Puebla González (PP)D. Aurelio Tejedor Mediavilla (PP)Dª. Raquel de Castro Becerril (PP)D. Carlos Sierra de los Mozos (PP)D. Jesús Guerrero Arroyo (PSOE)D. Jesús Tomás Medrano García (PSOE)Dª Guadalupe Alonso García (PSOE)Dª Montserrat Iglesias Amo (PSOE)D. José Antonio Villalba Sierra (AIA)
SECRETARIO:D. Fernando Burón ÁlvarezINTERVENTORA:Dª. Irene López Díaz
En Aguilar de Campoo, siendo las diecinueve horas del día veintiséis de marzo de dos mil doce, sereunió el Pleno de la Corporación, en el Salón de Actos de la Casa consistorial, habiendo asistido los Sres.Concejales que al margen se detallan, con el fin de celebrar sesión ordinaria para la que habían sidopreviamente convocados.
Presidió el acto la Sra. Alcaldesa Dª María José Ortega Gómez y actuó como Secretario, el que loes de la Corporación, D. Fernando Burón Álvarez.
Declarado abierto el acto público por la Presidencia y previa orden de la misma, se procede a tratarlos asuntos referentes a esta Sesión, según el Orden del día, sobre los que recayeron los siguientesacuerdos:
PARTE RESOLUTIVA
1.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESION CELEBRADA EL 30 DE ENERO DE 2.012.
Por unanimidad de los trece Concejales que integran la Corporación, se acuerda aprobar el acta dela sesión celebrada el día 30 de enero de 2012 con las siguientes rectificaciones, en la página 23 donde dice“centenas” debe decir “centenares”; en la página 25 donde dice “un millón” debe decir “un millar”-
HACIENDA Y PERSONAL
2- DACION DE CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO 2.011
Iniciado el punto del orden del día, la Srª. Alcaldesa otorga la palabra al Concejal de Hacienda Sr. Puebla. ElSr. Concejal da cuenta de la Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011 que arroja elsiguiente resultado, expresadas las cuantías en euros:
a) Derechos reconocidos netos 7.335.275,91
b) Obligaciones reconocidas netas 7.243.366,54
c) Resultado presupuestario 91.909,37
AJUSTES AL RESULTADO PRESUPUESTARIO
a) Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales137.889,39
b) Desviaciones de financiación negativas del ejercicio +211.256,73
c) Desviaciones de financiación positivas del ejercicio -422.718,58
RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO 18.366,91
Como consecuencia de la citada Liquidación del Presupuesto se determina el siguiente:
REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA 507.599,21Excesos de financiación afectada 411.530,70Saldos de dudoso cobro 68.031,15Remanente para gastos generales 28.037,36
El Pleno de Ayuntamiento queda enterado de la citada Liquidación, a los efectos del art. 193.4 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales.
Concedida la palabra al Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Guerrero pregunta por las obras previstasen el presupuesto del año 2.011 que no se han ejecutado y que no están en el expediente de incorporación deremanentes. Pregunta también si el equipo de Gobierno va a hacer lo que propone el gobierno de la nación enuna próxima reforma legislativa que supone la obligación de amortizar deuda con el remanente de tesoreríaexistente.
El Concejal de Hacienda, Sr. Puebla contesta que si conociese su pregunta previamente le contestaría aldetalle y que al no se así se informará en la siguiente comisión. A la segunda cuestión manifiesta que no sabeporque piensa el Sr. Concejal que no se va a cumplir la ley y que el remanente es exiguo.
3-MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL.- TASA POR UTILIZACION DE LOCALES MUNICIPALES Y TASASOBRE LICENCIAS URBANISTICAS EXIGIDAS POR LA LEGISLACIÓN DEL SUELO Y ORDENACIÓNURBANA
La Srª. Alcaldesa concede la palabra al Concejal del Área del grupo Municipal del Partido Popular. Sr. Puebla.Con carácter previo se indica que de conformidad con lo acordado en la mesa de portavoces se retira por lasposibles dudas sobre el tipo de figura tributaria a aplicar por la utilización del cine Amor.
Por el Sr. Concejal se da cuenta del dictamen de la comisión informativa con la lectura de las modificacionesde las ordenanzas que se someten a la consideración del Pleno.
Sobre la tasa sobre licencias urbanísticas indica que supone un incremento hasta el 4 % del importe de laobra por la gestión de los residuos con un mínimo de 10 €.
Se abre el debate con la intervención del portavoz de A.I.A. Sr. Villalba expone que su Grupo no votó a favorde la aprobación de las ordenanzas en la sesión plenaria de octubre de dos mil once y que si votaría a favorde la tasa por utilización de locales si se suprimiera la coletilla sobre el tratamiento de las actividades deinterés general por considerarla ambigua y discrepa, a su vez, de la bonificación del 50 % para los actospromovidos por los grupos municipales. Sobre la tasa sobre licencias urbanísticas exigidas por la legislacióndel suelo y ordenación urbana considera excesivo el cobro del 4 % del importe de la obra. Adelanta que elvoto no será favorable.
El portavoz del Grupo Socialista Sr. Guerrero coincide con los argumentos del Concejal precedente. Discrepadel cobro a asociaciones legalmente constituidas y considera que el Ayuntamiento debe ser más generoso.
También discrepa del cobro a los grupos municipales, aunque se establezca una bonificación. Sobre la tasasobre licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana afirma que se duplica loprevisto en octubre, propone que 2012 se mantenga como estaba y que en el 2013 se proceda, en su caso,al incremento con fundamento en informe técnico.
El Sr. Puebla considera que la tasa por utilización de locales municipales por los grupos políticos se exige poractos fuera de la campaña electoral y con las asociaciones se sigue el principio de reciprocidad. Sobre lasapreciaciones de los portavoces de los Grupos precedentes sobre la tasa sobre licencias urbanísticasexigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana indica que cuando se creó la tasa se estableció el 1% sabiendo que era una valoración baja sin conocer lo que iba a costar, ahora se conocen los costes que enlas últimas fechas se han matizado al existir la posibilidad de depósito en una planta de Herrera de Pisuerga.Indica que intervienen operarios municipales para reducir los costes pero que estos son elevados ya que losdepósitos se entregan mezclados y las labores de separación encarecen el servicio.
Sometido a votación ordinaria, el Pleno del Ayuntamiento, con el voto a favor de los ocho Concejales queintegran el Grupo Popular y con la abstención de los cuatro Concejales del Grupo Socialista y del Concejaldel Grupo de A.I.A., y por tanto con mayoría absoluta, adopta el siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de las ordenanzas municipales que se indican con elsiguiente articulado:
Artículo 2º. Obligados al pago.Están obligados al pago de la tasa regulada en esta Ordenanza, quienes utilicen los locales municipales que se
detallan a continuación: Aula Cultural Monzón, Sala exposiciones de Biblioteca y salones de actos de Casa Consistorial,edificio sindical, Sala La Compasión.
Artículo 3º. Cuantía.1.- La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en la tarifa contenida en el apartado siguiente,
para cada uno de los distintos locales. La liquidación de la tasa se hará efectiva en el momento de la solicitud, aunque estono presupondrá la concesión de la autorización.
En cualquier caso el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de firmar convenios de colaboración con otrasentidades o instituciones, en los que exista reciprocidad, para la realización de actividades de tipo cultural, social y depromoción que se consideren de especial interés para nuestro municipio y su comarca, en cuyo caso no será de aplicaciónlas tarifas reguladas en esta ordenanza.
2.- Las tarifas de esta tasa serán las siguientes:A.- Reuniones y otros actos.
Aula cultural Monzón, (las dos primeras horas) ............................................................................20,00 €. Salón de actos edificio sindical (por acto)........................................................................................30,26 €. Sala de exposiciones Biblioteca (por acto) .........................................................................................7,57 €. Sala “La Compasión”
o Por acto dos primeras horas ............................................................................................ 40,00 €o Por hora o fracción adicional...........................................................................................20,00 €
Excepto en el caso de la sala de exposiciones de la biblioteca en horario de la misma, las anteriores cuotas poruso del local se verán incrementadas por el coeficiente multiplicador 2 en caso de ser requerido el uso de calefacción oaire acondicionado.
En caso de que el uso del local requiriese, a criterio del Ayuntamiento a o petición de parte interesada, delpersonal auxiliar de control de accesos, portero, proyección, control de cabina, iluminación, sonido, carga y descarga,montaje u otras actividades complementarias se abonará el importe de 20 € por persona y hora.
B.- Bodas Salón de Plenos (por boda)................................................................................................................60,00 €.
C.- Exposiciones.- Biblioteca (en horario de la misma) Aula cultural Mozón (junio, Julio y Agosto)
o hasta 7 días ........................................................................................................................73,93 €o hasta 15 días ....................................................................................................................110,90 €
.... Las exposiciones realizadas en los meses de Junio, Julio y Agosto supondrán un incremento en las cuotas del 50%.
D.- Centro de Ocio Infantil: Niños:.....................................................................................................................................................2,00 € Varios hermanos (por hermano).........................................................................................................1,50 €
3.- Quedarán exentos del pago por los actos de reuniones y otros actos: En el Aula Cultural Monzón las Asociaciones Culturales legalmente constituidas colaboradoras con elAyuntamiento en eventos de interés general.
Asimismo los actos promovidos por Organizaciones Sindicales o Patronales que se celebren en el Salón deActos del edificio sindical estarán exentos siempre que tales actos no requieran la presencia del personal municipal, encuyo caso disfrutarán de una bonificación del 50% sobre las tarifas previstas en el apartado anterior. Los actos culturales o institucionales promovidos por otras Administraciones públicas así como por institucionesdocentes establecidas en esta Villa. Los actos políticos en campaña electoral respecto de los locales que el Ayuntamiento ponga a disposición de la JuntaElectoral.
Ordenanza número 4.- Tasa sobre licencias urbanísticas exigidas por el legislación del suelo yordenación urbana.
Artículo 5.- Tarifa.-La tarifa a que se refiere el artículo anterior se estructurará de la forma siguiente
………….Además, en las licencias de obra menor, se aplicará, por excavación y/o gestión de residuos de la
construcción el 4% del importe de la obra, con un mínimo de 10 €. La cantidad anterior será considerada comoimporte de fianza en caso de que los escombros sean gestionados en su integridad por un gestor autorizado delos mismos y no se haya producido depósito alguno en las instalaciones municipales.
SEGUNDO. Someter las modificaciones de las ordenanzas municipales a información pública y audienciade los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios delAyuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, queserán resueltas por la Corporación.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazoanteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales.
URBANISMO, OBRAS Y MEDIO AMBIENTE
4. APROBACION EN SU CASO, DE LA ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO DEACTIVIDADES SOMETIDAS A LICENCIA AMBIENTAL. REGIMEN DE COMUNICACIÓN Y TRANSMISIONDE LICENCIAS
La Srª. Alcaldesa concede la palabra al Concejal del Área del grupo Municipal del Partido Popular. Sr. SevillaRozas. El mismo presenta el marco legal establecido en la ley 11/2.003, de 8 de abril, de prevenciónambiental de Castilla y león indicando determinados supuestos del anexo V de la norma citada que estánsometidos al régimen de mera comunicación y que el Ayuntamiento viene exigiendo en virtud de la ordenanzade prevención ambiental que ahora se propone su derogación. Expone que con la nueva ordenanza sepretende facilitar la instalación de pequeños negocios, simplificando, agilizando trámites y abaratando costesde implantación. Se regula la forma de comunicación que permite iniciar la actividad, tomando conocimiento elAyuntamiento en un plazo de quince días para proceder a comprobar que se encuentra en los supuestos delanexo V y cumple con la normativa vigente, así como las actuaciones de verificación posterior. Informa quetambién se regula el régimen de comunicación de actividades inocuas y el régimen de transmisión delicencias. Informa que no se establece ninguna distancia mínima entre establecimientos de hostelería en líneacon la derogación de la limitación impuesta en la ley del ruido de castilla y león, y de acuerdo con la coberturaque permite la ley de drogodependencias autonómica según la última redacción, en este sentido afirma se hadecidido eliminar la distancia mínima para no dejar fuera de juego a muchos establecimientos y facilitar lainstalación de otras por la importancia de la actividad económica en este municipio. Informa que no se eximede la obtención de la licencia de obras si es preceptiva.
El portavoz de AIA Sr. Villalba afirma que pretende adaptarse a la ley de bases de régimen local, a la ley2/2.011 de economía sostenible y a la ley 3/1.994 de drogodependencia. Da la bienvenida a una normativaque permite agilizar los trámites a los emprendedores incluso con la ayuda documental del Ayuntamiento.Con ello los empresarios lo tendrán más fácil pudiendo iniciar la actividad cuando lo comuniquen alAyuntamiento. Considera que podría haber venido antes.
El portavoz del Grupo Socialista Sr. Guerrero se muestra conforme con el objetivo de facilitar elestablecimiento y apertura de actividades por mor de lo determinado en el artículo 84 de la ley de bases derégimen local. Destaca que en el plazo otorgado por la ley de economía sostenible la comunidad autónomano ha cumplido los deberes y el Ayuntamiento si.
Sometido a votación ordinaria, el Pleno del Ayuntamiento, con el voto a favor de los trece Concejales queintegran la Corporación, y por tanto con unanimidad, adopta el siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Derogar la ordenanza municipal de prevención ambiental.
SEGUNDO. Aprobar inicialmente la ordenanza municipal para el ejercicio de actividades no sometidas alicencia ambiental. Régimen de comunicación, verificación y transmisión de actividades que se indican conel siguiente articulado y los anexos correspondientes:
ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES NO SOMETIDAS A LICENCIA
AMBIENTAL. REGIMEN DE COMUNICACIÓN, VERIFICACION Y TRANSMISIÓN DE ACTIVIDADES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I- El Reino de España, en el ejercicio de las competencias exclusivas que tiene atribuidas en virtud del
artículo 149.1 de la Constitución para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva
2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, dictó en el año
2.009 la Ley 17, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la
Ley 25 de modificación de diversas Leyes para su adaptación a aquella.
Así la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
reconoce que la competencia de adaptación de la normativa existente a la Directiva 2006/123/CE y a la
propia Ley corresponde a cada Administración Pública en el ejercicio de sus competencias.
II- En su virtud la Comunidad Autónoma de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido en el estatuto de
autonomía, ejerció la competencia para aplicar y desarrollar el Derecho de la Unión Europea en su ámbito
territorial. Así por Decreto-Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de Medidas de Impulso de las Actividades de
Servicios en Castilla y León, de conformidad con el Título V del Estatuto de Autonomía, adoptó las medidas
necesarias en aplicación de la legislación básica de transposición de la Directiva relativa a los servicios en el
mercado interior; facilitando, de este modo, a las Entidades Locales de Castilla y León el cumplimiento de
sus competencias en materia de actividades de servicios en su condición de autoridades competentes.
Por el citado decreto-ley se modificó el régimen establecido en la ley 11/2.003, de 8 de abril, de prevención
ambiental de Castilla y León, el cual ha sido parcialmente reformado por la ley 1/2012, de 28 de febrero, de
medidas tributarias, administrativas y financieras con la modificación del artículo 27 al reducir el plazo de
exposición pública de las licencias ambientales de veinte a diez días, y al aumentar el plazo de caducidad de
las actividades de dos a cuatro años. A su vez se ha sustituido la precedente comisión de prevención
ambiental por la comisión territorial de medio ambiente y urbanismo en consonancia con el artículo 138 de la
ley 5/1.999, de 8 de abril, de urbanismo de Castilla y León.
III- El legislador estatal dictó la ley 2/2.011, de 4 de marzo, (boe 5 de marzo de 2.011) de economía
sostenible que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Con esta
reforma se añadió el nuevo artículo 84. bis con la siguiente redacción:«Sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo anterior, con carácter general, el ejercicio de actividades no se someterá a la obtención de licencia u
otro medio de control preventivo. No obstante, podrán someterse a licencia o control preventivo aquellas
actividades que afecten a la protección del medio ambiente o del patrimonio histórico-artístico, la seguridad o
la salud públicas, o que impliquen el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público, siempre que
la decisión de sometimiento esté justificada y resulte proporcionada. En caso de existencia de licencias o
autorizaciones concurrentes entre una entidad local y alguna otra Administración, la entidad local deberá
motivar expresamente en la justificación de la necesidad de la autorización o licencia el interés general
concreto que se pretende proteger y que éste no se encuentra ya cubierto mediante otra autorización ya
existente.»
Y el artículo 84 ter con la siguiente redacción: «Cuando el ejercicio de actividades no precise autorización
habilitante y previa, las Entidades locales deberán establecer y planificar los procedimientos de comunicación
necesarios, así como los de verificación posterior del cumplimiento de los requisitos precisos para el ejercicio
de la misma por los interesados previstos en la legislación sectorial.»
La misma ley 2/2.011 en la Disposición adicional octava denominada Evaluación de la normativa existente
sobre licencias locales de actividad establece que en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de
esta Ley, el Gobierno evaluará la existencia de razones incluidas en el nuevo artículo 84 bis de la Ley de
Bases de Régimen Local en las previsiones existentes sobre licencias locales de actividad. De acuerdo con
los resultados de dicha evaluación, el Gobierno presentará en el mismo plazo un proyecto de ley de
modificación de las normas en las que no concurran las razones citadas, eliminando la correspondiente
exigencia de licencia, sin perjuicio de su sustitución por otras formas de verificación y control administrativo.
En el ámbito de las Comunidades Autónomas y las Entidades locales determina que en un plazo de doce
meses tras la entrada en vigor de la presente ley y en el ámbito de sus competencias, adaptarán igualmente
su normativa a lo previsto en el citado artículo de la Ley de Bases de Régimen Local. Añade que los
Municipios deberán adoptar un acuerdo que de publicidad a los procedimientos en los que, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 84.bis de la Ley de Bases de Régimen Local, subsiste el régimen de sometimiento a la
licencia local de actividad, manteniendo dicha relación adecuada a la normativa vigente en cada momento.
Transcurrido el plazo citado el Estado ha dictado el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de
apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y
autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la
rehabilitación y de simplificación administrativa dedicando la sección III del capítulo VI a la modificación de
diversas leyes para su adaptación a la disposición adicional octava de la ley 2/2011, de 4 de marzo, de
economía sostenible, en materia de licencias locales de actividad (ley 4/2.011 de 16 de febrero, de régimen
de intervención administrativa aplicable a la valorización energética de harinas de origen animal procedentes
de la transformación de despojos y cadáveres de animales, texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio; Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control
Integrados de la Contaminación; Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido; Ley 26/2007, de 23 de
octubre, de Responsabilidad Medioambiental; Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y
Protección de la Atmósfera y Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
El legislador autonómico de Castilla y León no han dictado legislación de adaptación al artículo 84 bis de la
LBRL según la redacción de la ley 2/2.011 en materia de licencias locales de actividad, habiendo concluido el
plazo determinado en la disposición adicional octava de un año el 5 de marzo de 2.012.
IV- En el citado marco, se pretende que intervención administrativa en esta materia por el Ayuntamiento de
Aguilar de Campoo en el ejercicio por los ciudadanos de sus derechos y facultades facilite a estos el ejercicio
eficaz de sus derechos de una manera ajustada al interés público.
En este sentido, una de las prioridades para el Gobierno de este municipio es facilitar, en un marco de
seguridad jurídica, el inicio de actividades removiendo los obstáculos que demoren su ejercicio. Se cumplen
así los mandato establecido en el art. 71 bis de la ley 30/1.992, de 26 de noviembre, reguladora del régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en la redacción dada por
la ley 25/2.009, y el establecido en el artículo 84. ter de la ley 7/1.985 ya que con la presente ordenanza se
pretende como objeto principal establecer y planificar los procedimientos de comunicación necesarios, así
como los de verificación posterior del cumplimiento de los requisitos precisos para el ejercicio de actividades
sometidas al régimen de mera comunicación establecido en el anexo V de la ley 11/2.003, así como para las
actividades inocuas no sometidas a la citada ley en el término municipal. A su vez se regula el régimen de
transmisión de la titularidad de todas las actividades, el registro de las mismas y determina la
innecesariedad de distancias mínimas de los establecimientos determinados en la ley 3/1.994, de 29
de diciembre, de prevención, asistencia e integración social de drogodependientes en Castilla y León.
En todo caso el Ayuntamiento no podrá eximir de la exigencia de licencia si el legislador sectorial en el
ámbito de distribución de competencias determinado por la Constitución Española y el estatuto de autonomía
determina su necesidad.
El Ayuntamiento de Aguilar de Campoo tiene vigente la ordenanza de prevención ambiental aprobada por el
Pleno del Ayuntamiento de Aguilar de Campo en sesión de 6 de junio de 2.005, habiendo sido objeto de
modificación en sesión plenaria de 6 de septiembre de 2.007 que ahora se deroga y que venia exigiendo
licencia ambiental para determinadas actividades que el legislador autonómico somete a régimen de mera
comunicación. Derogación que se produce en consonancia con la directiva europea, por considerar que ese
acto de control previo constituye un obstáculo a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios,
sustituyéndolo por un régimen de comunicación y declaración responsable, que habilitan a la realización de
las referidas actividades desde el momento de la presentación determinada en la ordenanza.
Consta de dieciocho artículos, estructurados en seis títulos, una disposición adicional, una derogatoria y dos
finales.
TITULO PRIMERO
Articulo 1. Principios generales
La presente ordenanza que se dicta en virtud de las competencias que a este Ayuntamiento le atribuye la ley
7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, la ley 11/2.003, de 8 de abril, de prevención
ambiental de Castilla y León, y la ley 3/1.994, de 29 de marzo, de prevención, asistencia e integración social
de drogodependientes en Castilla y León, y de conformidad con lo establecido por el Decreto de 17 de Junio
de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y la ley 30/1.992,
de 26 de noviembre, reguladora del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento
administrativo común en la redacción dada por la ley 25/2.009.
Artículo 2. Objeto
Esta ordenanza tiene como objeto principal establecer y planificar los procedimientos de comunicación
necesarios, así como los de verificación posterior del cumplimiento de los requisitos precisos para el ejercicio
de actividades sometidas al régimen de mera comunicación establecido en el anexo V de la ley 11/2.003. Así
como para las actividades inocuas incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento de Servicios de las
Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de Junio de 1.995, no incluidas de forma expresa o por
asimilación en cualesquiera de las categorías calificadas como susceptibles de ocasionar molestias, alterar
las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgo para las personas o bienes
por la Ley 11/2003, de 8 Abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, el Decreto 159/1994, de 14 Julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Actividades Clasificadas y/o la restante normativa estatal,
autonómica o local que resulte aplicable en cada momento.
A su vez se regula el régimen de transmisión de la titularidad de todas las actividades, el registro de las
mismas y determina la innecesariedad de distancias mínimas de los establecimientos determinados
en la ley 3/1.994, de 29 de diciembre, de prevención, asistencia e integración social de
drogodependientes en Castilla y León.
Artículo 3. Ámbito de aplicación
Se entenderán incluidos en la presenta ordenanza todas las actividades que se ejerciten en el término
municipal de Aguilar de Campoo
Artículo 4.-Actuaciones administrativas.
Las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ordenanza se regirán por las disposiciones en materia de
procedimiento, impugnación y régimen jurídico establecidas en la normativa de Administración Local y
legislación de procedimiento administrativo.
ARTICULO 5. Declaración responsable y comunicación previa.
A los efectos de esta ordenanza por declaración responsable y comunicación previa se atenderá a lo
establecido en el art. 71 bis de la ley 30/1.992, de 26 de noviembre, reguladora del régimen jurídico de las
administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en la redacción dada por la ley 25/2.009.
Declaración responsable es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su
responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al
reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo
acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho
reconocimiento o ejercicio.
Comunicación previa aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la
Administración Pública competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de
un derecho o el inicio de una actividad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 70.1.
Las declaraciones responsables y las comunicaciones previas permitirán a los titulares de las actividades el
inicio de una actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de verificación,
comprobación, control e inspección que tiene atribuidas este Ayuntamiento y de las actuaciones
determinadas en el siguiente artículo de la presente ordenanza.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que
se acompañe o incorpore a una declaración responsable o a una comunicación previa, o la no presentación
ante la Administración competente de la declaración responsable o comunicación previa o de los documentos
determinados en los artículos siguientes, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del
derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de
las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. Asimismo, la resolución de la
Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de
restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la
actividad correspondiente.
Artículo 6. Toma de conocimiento por la Administración
La presentación de la documentación determinada en la presente ordenanza habilita a los titulares de la
actividad para iniciar su ejercicio sin perjuicio de que el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo remita a los
mismos toma de comunicación en el plazo de quince días, una vez emitidos los informes y, en su caso, las
comprobaciones oportunas por los técnicos municipales.
TITULO SEGUNDO- ACTIVIDADES SOMETIDAS A REGIMEN DE COMUNICACIÓN
CAPITULO I- PROCEDIMIENTO COMUNICACIÓN
Artículo 7.- Solicitudes. DECLARACION RESPONSABLE. COMUNICACIÓN
1.-La comunicación previa de actividades sometidas a régimen de comunicación se podrá formular bien a
instancia de cualquier persona interesada en iniciar una actividad de las referidas en el citado Anexo V, o
bien a través de representante autorizado.
2.-La comunicación se presentará conforme al modelo que se encuentra a disposición de los interesados en
las oficinas del registro general del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo, sitas en C/Modesto Lafuente, y en
la página web (https://www.aguilardecampoo.es).
3.-Dicha instancia se podrá presentar en cualquiera de los Registros señalados en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Igualmente podrá presentarse de forma telemática a través del registro electrónico del
Ayuntamiento de Aguilar de Campoo.
4.-La solicitud deberá contener los requisitos señalados en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
y deberá acompañarse de todos los documentos que se indican en el artículo ocho de la presente Ordenanza
según la actividad que se pretenda ejercer.
Artículo 8.-Documentación.
Sin perjuicio de que la legislación sectorial exija la presentación de proyecto, la instancia de comunicación
previa ambiental deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
1.-Memoria descriptiva de la actividad o instalación que detalle el cumplimiento de las Ordenanzas
Municipales y de cuanta normativa sectorial vigente sea aplicable en función de la actividad a desarrollar, con
especial referencia al cumplimiento de la normativa urbanística y medioambiental que resulte de aplicación,
las condiciones de seguridad en caso de incendio y demás requisitos preceptivos de acuerdo con la
legislación aplicable. A estos efectos será documento suficiente el modelo de memoria que figura en el anexo
IV de la presente ordenanza.
2.-Declaración responsable del firmante de la documentación técnica presentada, en donde se acredite su
identidad y habilitación profesional.
3.-Plano de ubicación de la actividad .
4.-Plano acotado a escala descriptivo del local y/o instalaciones donde se desarrolla la actividad.
5.-Impreso de autoliquidación de la tasa.
6.-Cualesquiera otras autorizaciones previas exigidas por la legislación sectorial de la Comunidad Autónoma
de Castilla y León o por la normativa estatal con determinación del apartado del anexo V de la ley 11/2.003 o
norma que lo sustituya, en la que se considera que se encuentra incluido
7.- Acreditación de haber comunicado a los vecinos o a la comunidad correspondiente, que se va a ejercer
una actividad.
8.- Un índice de la documentación
Artículo 9.-Comunicación previa ambiental y licencia de obras.
La comunicación ambiental previa no eximirá de la necesidad de obtener la licencia urbanística cuando se
realicen actos de uso del suelo conforme a lo determinado en la legislación urbanística de Castilla y León.
Artículo 10.-Requerimientos municipales.
1.-Si la documentación presentada fuera insuficiente o incorrecta el Ayuntamiento requerirá al solicitante para
que subsane la documentación o corrija las deficiencias observadas.
2.-Dicho requerimiento suspenderá, desde la fecha del mismo, en los términos del artículo 42-5º,a), de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, el cómputo de los plazos para resolver y notificar la toma de conocimiento de la
comunicación ambiental o, en su caso, para comunicar al interesado que la actividad pretendida no puede
ejercerse.
3.-Si dentro de los 15 días siguientes al de la comunicación, el Ayuntamiento considerara o comprobara que
la actividad comunicada no corresponde a ninguno de los supuestos recogidos en el Anexo V de la Ley
11/2003, de Prevención Ambiental podrá, previa audiencia al interesado, requerirle para que solicite la
oportuna licencia ambiental.
Artículo 11.-Órgano competente.
El órgano competente para tomar conocimiento de la comunicación ambiental previa o para comunicar al
interesado que la actividad no puede ejercerse es el titular de Alcaldía o, por delegación el Concejal del ramo
o la Junta de Gobierno Local.
CAPITULO II- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN
Artículo 12.-Verificación del cumplimiento de los requisitos.
El régimen de inspección y control posterior del cumplimiento de los requisitos precisos para el ejercicio de
las actividades sometidas a comunicación previa ambiental será el establecido en el Título VIII de la Ley
11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León.
TITULO TERCERO- ACTIVIDADES INOCUAS
CAPITULO I- PROCEDIMIENTO COMUNICACIÓN
Artículo 13. DECLARACION RESPONSABLE. COMUNICACIÓN
La comunicación previa de actividad inocua se podrá formular bien a instancia de cualquier persona
interesada en iniciar una actividad, o bien a través de representante autorizado.
Será de aplicación lo determinado en el artículo 7 apartados 2 a 4, y los artículos 9, 10 y 11 de la presente
ordenanza
Artículo 14.-Documentación.
Sin perjuicio de que la legislación sectorial exija la presentación de proyecto, la instancia de comunicación
previa deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
1.-Memoria descriptiva de la actividad o instalación que detalle el cumplimiento de las Ordenanzas
Municipales y de cuanta normativa sectorial vigente sea aplicable en función de la actividad a desarrollar, con
especial referencia al cumplimiento de la normativa urbanística y medioambiental que resulte de aplicación,
las condiciones de seguridad en caso de incendio y demás requisitos preceptivos de acuerdo con la
legislación aplicable. A estos efectos será documento suficiente el modelo de memoria que figura en el anexo
IV de la presente ordenanza.
2.-Declaración responsable del firmante de la documentación técnica presentada, en donde se acredite su
identidad y habilitación profesional.
3.-Plano de ubicación de la actividad .
4.-Plano acotado a escala descriptivo del local y/o instalaciones donde se desarrolla la actividad.
5.-Impreso de autoliquidación de la tasa.
6.- Cualesquiera otras autorizaciones previas exigidas por la legislación sectorial de la Comunidad Autónoma
de Castilla y León o por la normativa estatal.
7.- Acreditación de haber comunicado a los vecinos o a la comunidad correspondiente, que se va a ejercer
una actividad.
8.- Un índice de la documentación
CAPITULO II- PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN
Artículo 15.-Verificación del cumplimiento de los requisitos.
El régimen de inspección y control posterior del cumplimiento de los requisitos precisos para el ejercicio de
las actividades inocuas consistirá en verificar si la actividad se ajusta a las determinaciones de la normativa
urbanística, planeamiento urbanístico, ordenanzas municipales y legislación sectorial aplicable en el marco
de las competencias municipales.
TITULO CUARTO-RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y SANCIONADOR
Artículo 16.-Infracciones y sanciones.
Sin perjuicio de las infracciones que, en su caso, pudieran establecerse en la legislación sectorial, la no
realización de la comunicación a este Ayuntamiento de las actividades del Anexo V de la Ley 11/2003, de 8
de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, y del ejercicio de actividades inocuas constituye una
infracción leve que se sancionará en los términos del Título X de la misma.
TITULO QUINTO- REGIMEN DE TRANSMISICIÓN DE ACTIVIDADES
PROCEDIMIENTO DE TRANSMISION DE LICENCIAS.
Artículo 17. Transmisión de licencias de actividad y de actividades sometidas a régimen de comunicación y
actividades inocuas.
1. Será precisa la previa comunicación de las transmisiones al Ayuntamiento competente.
2. Si se produce la transmisión sin efectuar la correspondiente comunicación, el anterior y el nuevo titular
quedarán sujetos, de forma solidaria, a todas las responsabilidades y obligaciones derivadas del
incumplimiento de dicha obligación previstas en esta Ley.
3. Una vez producida la transmisión, el nuevo titular se subrogará en los derechos, obligaciones y
responsabilidades del anterior titular. No obstante, el anterior y el nuevo titular responderán solidariamente
respecto de las obligaciones y responsabilidades preexistentes en la transmisión.
4.- Las comunicaciones de cambio de titularidad de la licencia o actividades deberán ir acompañadas de los
siguientes documentos:
a) Declaración original, firmada por el peticionario, en la que se haga constar que la actividad no ha
experimentado variación alguna y se ejercerá en los términos y condiciones de la anterior licencia.
b) Declaración original de conformidad expresa del anterior titular de la licencia en la transmisión y fotocopia
de su Documento Nacional de Identidad, o en su defecto, declaración en comparecencia personal.
c) Plano de situación o emplazamiento, a escala 1:500
d) Plano de planta, a escala 1:50
e) Fotocopia de la licencia o comunicación anterior.
f) Fotocopia de la carta de pago de la tasa correspondiente.
g) Nombres comerciales del anterior y del nuevo establecimiento.
h) Permiso original de residencia y trabajo, así como fotocopia para su compulsa, en caso de que el
solicitante sea extranjero no comunitario.
i) Documento acreditativo de que tanto el transmitente de la licencia como el solicitante o adquirente se
encuentran al corriente del pago de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo.
Se aportará de oficio.
La conformidad exigida del anterior titular podrá ser sustituida por la acreditación de forma fehaciente de la
terminación de un procedimiento judicial de reclamación por impago, resolución de contrato y/o desahucio
contra el anterior titular de la licencia por parte del propietario del inmueble, o la justificación de la existencia
del acuerdo extrajudicial de resolución de la relación contractual existente entre ambos, de tal forma que se
acredite tanto la posesión legítima del solicitante como la falta de posesión del anterior titular.
No obstante lo establecido en el apartado anterior, mientras se encuentre pendiente el cumplimiento efectivo
de la totalidad o parte de una sanción, tanto económica como no económica, y hasta que aquélla no se haya
cumplido en su integridad, no se admitirán las solicitudes de cambio de titularidad de la licencia de apertura
de dicho establecimiento.
No obstante lo anterior, en casos justificados y debidamente acreditados, incapacidad, muerte, declaración
legal de fallecimiento o ausencia, etc., del transmitente, podrá exceptuarse al peticionario de la presentación
del Documento de cesión, concediéndose al mismo trámite de audiencia para la acreditación de las
circunstancias que imposibilitan la presentación de la documentación en otro caso exigible.
En ocasiones por las características del caso, y siempre para justificar su adaptación a la legislación vigente,
podrá ser requerida la presentación de un proyecto o Memoria Técnica firmada por técnico competente y
visado por el colegio profesional correspondiente, debiendo presentar con posterioridad el oportuno
certificado final de obra.
A criterio de los técnicos municipales, en casos justificados, podrá ser solicitado al titular del establecimiento,
un certificado emitido por un Organismo de Control Ambiental Acreditado.
TITULO SEXTO-REGISTRO MUNICIPAL
ARTICULO 18. Registro Municipal.
1.- En virtud de la presente Ordenanza se crea el Registro de actividades del Ayuntamiento de Aguilar de
Campoo, al que accederán mediante inscripción de oficio de las actividades o instalaciones con licencia
ambiental y comunicación de inicio de actividad con la documentación completa exigible.
2.- Se producirá la cancelación de oficio de tales inscripciones cuando durante la comprobación a efectuar
por los Servicios Técnicos Municipales de que las actuaciones realizadas se ajustan al proyecto aprobado y a
las medidas correctoras impuestas se detectaran incumplimientos o falta de correspondencia con la
documentación presentada. O cuando se declaren caducadas las licencias conforme al régimen determinado
en la ley 11/2.003 con respeto a los principios determinados en la ley de procedimiento administrativo.
3.- El acceso al Registro Ambiental Municipal no concede facultades al titular en contra de las prescripciones
de la Ley 11/2003, de 8 Abril, sus normas de desarrollo y la legislación sectorial aplicable
DISPOSICION ADICIONAL- Distancia y localización de establecimientos de venta de bebidas alcohólicas.
De conformidad con lo determinado en el artículo 23.2 de la ley 3/1.994, de 29 de marzo, de prevención,
asistencia e integración social de drogodependientes en Castilla y León no existirá distancia mínima entre las
puertas de acceso de los establecimientos de esa naturaleza.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
A partir de la entrada en vigor de esta ordenanza queda derogada la ordenanza municipal de prevención
ambiental del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo, y todas aquellas disposiciones municipales que se
opongan a la misma
DISPOSICIONES FINALES
Primera. La presente ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el BOP.
Segunda. Se faculta a la Alcaldía para dictar cuantas órdenes e instrucciones resulten necesarias para la
adecuada aplicación, interpretación y desarrollo de la presente ordenanza.
ANEXO I- MODELO DE COMUNICACIÓN EJERCICIO ACTIVIDAD DETERMINADA EN EL ANEXO V DE
LA LEY 11/2.003
ANEXO II- MODELO DE COMUNICACIÓN EJERCICIO ACTIVIDAD INOCUA
ANEXO III- MODELO DE COMUNICACIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD SOMETIDA A LICENCIA.
ANEXO IV- MODELO MEMORIA
TERCERO. Someter el acuerdo de derogación de la ordenanza de prevención ambiental y la ordenanzamunicipal para el ejercicio de actividades no sometidas a licencia ambiental. Régimen de comunicación,verificación y transmisión de actividades a información pública y audiencia de los interesados, conpublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo detreinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por laCorporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se consideraráaprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
PARTE DE CONTROL
5.-DACION CUENTA DE RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA.
Seguidamente se da cuenta de las resoluciones dictadas por la Alcaldía:
Nº FECHA EXTRACTO EXPEDIENTENOMBREEXPEDIENTE
70 27/01/2012Concesión licencia de obra menor 13/12 a Gas Natural Castilla y León,S.A. para acometida de gas natural en C/. Santa Eufemia 18. 74/2012 Licencia Urbanística 13/12
71 27/01/2012Conceder licencia de obra menor 11/12 a Ángel Bravo Calderón paraconstrucción de tejavana en Gama. 62/2012 Licencia Urbanística 11/12
72 27/01/2012Conceder licencia de obra menor 15/12 a Gas Natural Castilla y León,S.A. para canalización de gas natural en Plaza España 2. 76/2012 Licencia Urbanística 15/12
73 30/01/2012Conceder licencia de obra menor 14/12 a Gas Natural Castilla y León,S.A. para acometida de gas natural en C/. Las Huertas 16. 75/2012 Licencia Urbanística 14/12
74 30/01/2012
Conceder licencia de obra menor 9/12 para cambiar ventanas enautoescuela de C/. Modesto Lafuente 41-1º y denegar colocación deplaca anunciadora. 51/2012 Licencia Urbanística 9/12
75 31/01/2012
Detectado error en tarifa aplicada en la Tasa de control por laslicencias ambientales de tres casas rurales anular las liquidacionesefectuadas y practicar las correctas. 106/2012 Álvaro Gutiérrez Monzonís Álvaro Gutiérrez Monzonís
76 31/01/2012RECLAMACIÓN A VODAFONE POR FALTA DE PAGO DEL IMPORTETOTAL DEL ALQUILER DEL 2012
REQUERIMIENTO VODAFON XALQUILER
REQUERIMIENTOVODAFONEX ALQUILER
77 31/01/2012Inscripción en el registro de uniones convivenciales de hecho de D.Álvaro Perrote López y Dña. Anastasiya Lukashevich 24/2012 PAREJAS DE HECHO 2012
78 31/01/2012 Reclamación MONGU. O.VIA PÚBLICA. MONGU O VIA PUBLICA
79 31/01/2012
Imponer a Rafael Mata Villa, por incumplimiento de la retirada de 2casetas en Matamorisca no conformes con el planeamiento multascoercitivas por importe de 100 € mensuales. SANCIONADOR.MATAMORISCA Rafael Mata Villa
80 01/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 18/12 a Julio González Pascualpara cambiar caldera de vivienda en Urb. La Setura 6-3º I 18/12 Julio González Pascual Licencia Urbanística 18/12
81 01/02/2012Conceder licencia de obra menor 12/12 a Gran Café Restaurante SigloXX, S.L. para ampliación de derribo en Plaza España 9. 63/2012 Licencia Urbanística 12/12
82 01/02/2012
Conceder licencia de obra menor 10/12 la 1ª prórroga de la licencia31/11 para pintar escaparates en C/. Modesto Lafuente 47 aDecoraciones Carlos, S.L. 53/2012 Licencia Urbanística 10/12
83 01/02/2012
Conceder licencia de obra menor 169/11 a Félix de Hoyos Gutiérrezpara legalizar obras de arreglo de vivienda en C/. Matías Barrio y Mier7 ático. 169/11 Félix de Hoyos Gutiérrez Licencia Urbanística 169/11
84 01/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
85 01/02/2012Resolución procedimiento sancionador por reforma de vivienda en C/.Matías Barrio y Mier 7 ático. 169/11 Félix de Hoyos Gutiérrez Licencia Urbanística 169/11
86 01/02/2012 Decreto contrato obra o servicio 01/02 a 31/03 -2012 P10227Personal ContratadoTURISMO Y CULTURA
87 01/02/2012 Decreto aprobación liquidaciones tributarias L2 LIQUIDACIONES 2012APROBACION LIQUIDACIONESTRIBUTARIAS
88 01/02/2012Jubilación Parcial D. Eutiquiano Alonso Rodríguez y Contrato Relevo D.Jesús Redondo Varea P10101
Personal Laboral/FijoSERVICIOS GENERALES
89 01/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
90 01/02/2012 Decreto aprobación liquidaciones tributarias L1 LIQUIDACIONES 2012APROBACION LIQUIDACIONESTRIBUTARIAS
91 01/02/2012 Contrato Obra o S. 01/02 - 10/02 -12 P-10214Personal Contratado Serv.Advos.
92 01/02/2012 Contrato Interinidad 01/02/12 Carmen Terán Vélez P-10214Personal Contratado Serv.Advos.
93 02/02/2012
Orden a Román Sardina Ramos para que comunique titular actual delmesón La Casona de C/. Matías Barrio y Mier 43 y subsanedeficiencias en cocina. 116/2012 Román Sardina Ramos Mesón La Casona
94 02/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
95 02/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
96 02/02/2012 Tasa Ocupación Vía Publica Enero .2012 liq. 15 a liq. 33.2012 O V. PUBLICA 01.2012 O V. PUBLICA 01.2012
97 03/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 19/12 a Aurora Ruiz Estébanezpara arreglo de cocina en Avda. Constitución 12-1º D. 108/2012 Licencia Urbanística 19/12
98 03/02/2012 Resolución procedimiento abreviado 457/2011 CONTENCIOSO 457/2011 73/2012PROCEDIMIENTO ABREVIADO457/2011
99 03/02/2012
Proceder a emitir liquidación complementaria de acuerdo con elpresupuesto de ejecución material final de la obra 505/05 de acuerdocon la documentación presentada para lic. 1ª ocupación 1/12. 1/12 Óscar Javier Fernández Frutos
Licencia 1/12 de PrimeraOcupación/Utilización
100 03/02/2012 Convocatoria Junta de Gobierno Local el día 7 de febrero de 2012 124/2012CONVOCATORIA J.G.L. 7 DEFEBRERO DE 2012
101 03/02/2012 Exención IVTM, por minusvalía del titular: Manuel Nozal González 127/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
102 03/02/2012 Exención IVTM, por minusvalía del titular: Mª Jesús Cermeño Velasco 125/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
103 03/02/2012 Exención IVTM, por minusvalía del titular: Severino Valle Mediavilla 126/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
104 03/02/2012 Exención IVTM, vehículo Agrícola, Carlos Ruiz Lera 128/2012 IVTM EXENCION AGRICOLA
105 03/02/2012 Permiso lactancia acumulada y reducción jornada P10116Personal Laboral/FijoINSTALACIONES DEPORTIVAS
106 03/02/2012
Aceptar renuncia de D. José Antonio Camino Alonso de la licencia deobra menor 215/11 concedida para arreglar piso de garaje en C/.Marqués de Aguilar y anular liquidación generada. 35/2012 Licencia Urbanística 215/11
107 06/02/2012
Archivo expediente orden de ejecución a D. Eleuterio Diego Sampeiropara desmontar partes inestables de cubierta en Villanueva deHenares al haberse cumplido. 411/2011
Orden de ejecución enVillanueva de Henares
108 06/02/2012
Ordenar a Diego Pérez Cabezón, como resultado del acta decomprobación realizada en el bar de la C/. La Calleja 7 a suprimir losequipos de sonido que superen las condiciones de música ambientalen plazo máximo de 20 días. 8/11 Diego Pérez Cabezón Licencia Ambiental 8/11
109 06/02/2012Devolución cuota IBI Urbana 6715/2011 Paseo Soto 17 por alteracióncatastral DEVOLU. IBI URBANA
ALVAREZ FERNANDEZANTONIO
110 07/02/2012
Declara caducidad procedimiento sancionador e inicia nuevoprocedimiento por infracción urbanística por apertura de ventana enbajocubierta en C/. El Abad 1 a Fernando Salamanca Muñoz y RaquelAzpeitia Madrigal. FERNANDO SALAMANCA MUÑOZ SANCIONADOR
111 07/02/2012Decreto.- Canon Arrendamiento Canteras la Verde II 2012 y deduc.garantía de continuidad CANTERAS LA VERDE II
ARRENDAMIENTOS FINCAS2012
112 07/02/2012 Padrón E. Música Febrero/12 ESCUELA MUSICA 2012 PADRON FISCAL 2012
113 07/02/2012 Aprobación Cuotas Juntas Vecinales 2012 JUNTAS VECINALES JUNTAS VECINALES 2012
114 07/02/2012 Decreto E Pintura Febrero/12 ESCUELA PINTURA 2012 PADRON FISCAL 2012
115 08/02/2012 Decreto aprobación Padrón IVTM 2012, rectificación error material IVTM 2012 PADRON FISCAL 2012
116 08/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 31/12 para sustituir puerta denave en el Polígono Industrial 50 a Instalaciones Antonio Ruiz, S.L. 31/12 Instalaciones Antonio Ruiz, S.L. Licencia Urbanística 31/12
117 08/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 30/12 a Quirino Cabria Ruizpara cambiar caldera de calefacción en C/. Fuentequintana 8. 30/12 Quirino Cabria Ruiz Licencia Urbanística 30/12
118 08/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 29/12 a Higinio Ruiz Calderónpara cambio de caldera de calefacción en Avda. Santander 3. 29-dic Licencia Urbanística 29/12
119 09/02/2012Decreto exención IVTM, por minusvalía del titular: José María EstalayoVielba 136/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
120 09/02/2012 Contrato Interinidad (Francisco Díaz Gil) P10225 Personal Contratado PISCINAS
121 09/02/2012 Renovación de extranjeros. 140/2012Expediente extranjerosrenovación
122 09/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
123 09/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
124 10/02/2012Conceder cambio de titularidad VADO 217, a Juan Ignacio RodríguezCagigal LICENCIA VADO EJERCICIO 2012
125 10/02/2012
Prorrogar 3 meses plazo de resolución del procedimiento sancionadorincoado contra la Junta Vecinal de Cabria por extracción de áridos sinliencia. SANCIONADOR.CABRIA JUNTA VECINAL DE CABRIA
126 10/02/2012Concesión Bonificación Fiscal Plusvalia.adjudicacion herenciafallecimiento D. José María Estebanez García. BONIFICACION PLUSVALIA
BONIFICACION PLUSVALIA2012
127 10/02/2012 Aprobación liquidaciones tributarias: PLUSVALIAS núm. 1 al 24/2012 LIQUIDACIONES 2012APROBACION LIQUIDACIONESTRIBUTARIAS
128 10/02/2012Aprobación liquidación tributaria: T. LICENCIA AMBIENTAL, núm.1/2012 LIQUIDACIONES 2012
APROBACION LIQUIDACIONESTRIBUTARIAS
129 15/02/2012
Concesión de la licencia de obra 24/12 a Tomás Sobaler Pérez parareparar y pintar fachada y reparar cumbrera de nave en Avda.Santander 12. 24-dic Licencia Urbanística 24/12
130 15/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 22/12 a Gas Natural Castilla yLeón, S.L. para acometida de gas natural en Avda. Ronda 50. 22-dic Licencia Urbanística 22/12
131 15/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 21/12 a Gas Natural Castilla yLeón, S.A. para acometida de gas natural en C/. El Abad 3. 21-dic Licencia Urbanística 21/12
132 15/02/2012 Expediente Plusvalía. Siro Aguilar Protocolo 1646.2011, Siro Aguilar PLUSVALIAS 2012 SIRO SIRO AGUILAR PLUSVALIA
133 15/02/2012 Aprobación liquidaciones tributarias: I.V.T.M. - 2012 LIQUIDACIONES 2012APROBACION LIQUIDACIONESTRIBUTARIAS
134 15/02/2012Aprobación liquidaciones tributarias: Tasa Rieles, Postes y Palomillas-2012 LIQUIDACIONES 2012
APROBACION LIQUIDACIONESTRIBUTARIAS
135 15/02/2012 Dec baja recibo 102/12 -Música enero de José Ignacio Serrano Diez ESCUELA MUSICA 2012 PADRON FISCAL 2012
136 15/02/2012Aprobación exención IVTM, por minusvalía del titular; Jesús MillánCalvo 155/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
137 15/02/2012Pago 25% y resto Subvenciones actividades promoción deportivas2011 SUBVENCIONES DEPORTIVAS
SUBVENCIONES DEPORTIVAS2011
138 16/02/2012Inscripción en el registro de uniones convivenciales de hecho de D.Ramón Pérez Barrios y Dña. Ainara Alonso Iriondo 24/2012 PAREJAS DE HECHO 2012
139 16/02/2012Convocatoria Junta de Gobierno Local el día 22 de febrero a las 18:00horas 157/2012
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL22 DE FEBRERO DE 2012
140 16/02/2012
Resolución orden de ejecución a FEVE para que reparen la losa dehormigón y coloquen topes o barandillas que garanticen la seguridadde la vía pública bajo el paso elevado de Cordovilla de Aguilar. 61/2012 FEVE Orden ejecución - FEVE
141 17/02/2012 Adjudicación servicios Carnavales Aguilar de Campoo 2012 159/2012 CARNAVALES 2012
142 20/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
143 20/02/2012Bonificación fiscal Plusvalía. Dª Concepción González González.fallecimiento esposo Saiz Lantaron BONIFICACION PLUSVALIA
BONIFICACION PLUSVALIA2012
144 20/02/2012 (null) Nom. Febrero Expediente Libre
145 20/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 33/12 a Gas Natural Castilla yLeón, S.A. para canalización de gas natural en Barrio Peña Aguilón 13. 33/12 Licencia Urbanística 33/12
146 20/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 451/11 a Ramón ArandaHerencias para cerrar parcela en Villacibio. 451/11 Ramón Aranda Herencias Licencia Urbanística 451/11
147 20/02/2012 (null) P10225 Personal Contratado PISCINAS
148 20/02/2012Aportación a los gastos del parque comarcal de bomberos, ejercicio2010.
Aportación a los gastos deBOMBEROS
Aportación a los gastos deBOMBEROS
149 20/02/2012
Elevar a definitiva la propuesta de resolución del expedientesancionador incoado a Concepción Calvo Jménez por infracciónurbanística leve al no haber hecho efectiva la sanción propuesta. SANCIONADOR.VILLANUEVA CONCEPCIÓN CALVO JIMÉNEZ
150 21/02/2012Naturgas Anulación liq.2/2012 tasa rieles por error en declaracióndatos T.RIELES POSTES 1T.2012 T.RIELES POSTES 1T.2012
151 21/02/2012Modificación fecha efecto reducción jornada Dña. María del CarmenTerán Vélez P201
Personal FuncionarioSECRETARÍA
152 22/02/2012 Conceder VADO 332, Milagros Diego González LICENCIA VADO EJERCICIO 2012
153 22/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 45/12 a Begoña GutiérrezSedano para cambio de ventana en Coop. San Pedro 18-1º I. 45/12 Licencia Urbanística 45/12
154 22/02/2012
Concesión de la licencia de obra menor 44/12 a José María RoldánRuiz para arreglo de baño y cambio de ventanas en C/. Marqués deAguilar 4-1º A. 44/12 Licencia Urbanística 44/12
155 22/02/2012
Concesión de la primera prórroga de la licencia de obra 201/11 paraarreglo de tejado, reforma de baño y cambio de ventanas en Avda.Ronda 71 a Francisco Medrano Calvo. 34/12 Licencia Urbanística 34/12
156 22/02/2012
Concesión de la licencia de obra menor 27/12 a Mª Teresa FernándezAbad para cerramiento de terraza con carpintería de PVC imitaciónmadera en C/. Santiago Amón 2-3º I. 27-dic Licencia Urbanística 27/12
157 22/02/2012
Concesión de la licencia de obra menor 40/12 a la Comunidad deVecinos Avda. Constitución 8-10-12 para reparar aceras y jardín deespacio privado de uso público. 40/12 Licencia Urbanística 40/12
158 22/02/2012
Concesión de la licencia de obra menor 37/12 a Jaime Jesús RuizAlonso para hacer tabique de separación entre vivienda y garaje enC/. Pesquera 16. 37/12 Licencia Urbanística 37/12
159 23/02/2012 Devolución IVTM M Luisa de Celis Fuentes 161/2012 IVTM DEVOLUCIONES
160 23/02/2012 Devolución IVTM Serafin López Quirce 174/2012 IVTM DEVOLUCIONES
161 23/02/2012 Devolución IVTM Báscones SL 162/2012 IVTM DEVOLUCIONES
162 23/02/2012Contrato Interinidad Ángela Aguado Marcos para sustituir porreducción jornada a Carmen Terán Vélez. P-10214
Personal Contratado Serv.Advos.
163 23/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
164 23/02/2012Conceder exención IVTM por minusvalía del titular: Julio SánchezGonzález 168/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
165 23/02/2012Conceder exención IVTM por minusvalía del titular: José AntonioFresno Girón 166/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
166 23/02/2012 Devolución IVTM Minguez Torre SA 163/2012 IVTM DEVOLUCIONES
167 24/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
168 24/02/2012 Dev IVTM Arístegui Yáñez, Pedro 164/2012 IVTM DEVOLUCIONES
169 24/02/2012
Autorizar cambio no sustancial en licencia ambiental 46/06 concedidaa Pedro Herrero González para explotación de ganado equino enCorvio por inclusión de cabras, pollos, gallinas y conejos no superandolas 37 UGM autorizadas. 46/06 Pedro Herrero González Licencia Ambiental 46/06
170 24/02/2012 (null) Pagos Febrero 2012 Expediente Libre
171 24/02/2012
Orden a DIA de paralización actos de uso del suelo no autorizados ensupermercado de C/. Miguel de Cervantes 2 e inicio procedimiento derestauración de legalidad y sancionador. DIA %
SANCIONADOR YRESTAURACIÓN LEGALIDAD
172 27/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 43/12 a E.ON España parainstalación de armario urbano en C/. Comercio - C/. San Miguel. 43/12 E.ON España Licencia Urbanística 43/12
173 27/02/2012Concesión de la licencia de obra menor 42/12 a E.ON España parainstalación de armario urbano en C/. Pesquera. 42/12 E.ON España Licencia Urbanística 42/12
174 27/02/2012 LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2011 LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO 2011LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO2011
175 28/02/2012 Devolución IVTM 167/2012 IVTM DEVOLUCIONES
176 28/02/2012 Devolución IVTM 179/2012 IVTM DEVOLUCIONES
177 28/02/2012 Aprobación Padrón 2012 CAJEROS AUTOMATICOS CAJEROS AUTOMATICOS 2012 PADRON FISCAL 2012
178 28/02/2012 Devolución IVTM 180/2012 IVTM DEVOLUCIONES
179 01/03/2012Concesión de la licencia de obra menor 48/12 a José Antonio GómezRuiz para sustituir bañera por ducha en Plaza El Cierzo 3. 48/12 Licencia Urbanística 48/12
180 01/03/2012
Concesión de la licencia de obra menor 52/12 a la Comunidad deVecinos Avda. Ronda 18 para cambiar puerta principal y barandillasexteriores de ventanas.
52/12 Comunidad de Vecinos Avda.Ronda 18 Licencia Urbanística 52/12
181 01/03/2012
Concesión de la licencia de obra menor 51/12 a Emilio Revilla Ramírezpara apertura de puerta de paso peatonal en cochera de Coop. SanJuan Bautista 17. 51/12 Licencia Urbanística 51/12
182 02/03/2012 Aprobación DATAS IVTM 2012, mes febrero 191/2012 DATA RECIBOS
183 02/03/2012Convocatoria Junta de Gobierno Local el día 7 de marzo de 2012 a las18:00 horas 193/2012
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL 7DE MARZO DE 2012
184 02/03/2012 Tasa Ocupación Vía Pública Febrero 2012.- Liq. 34.2012 a 46.2012 O VIA PUBLICA FEBRERO O.VIA PUBLICA FEBRERO
185 02/03/2012Declara caducado procedimiento sancionador e inicia nuevo por laexplotación de áridos de Canteras La Verde II, S.L. CANTERAS LA VERDE-II
Explotación cantera de áridoscalizos
186 05/03/2012 Aprobación gasto y pago Libros registro para Juzgado a FIDES Pagos Marzo Expediente Libre
187 05/03/2012Aprobación y pago Factura Gas Natural Auditorio La Compasión de24.02.2012 Pagos Marzo Expediente Libre
188 06/03/2012 Aprobación facturas E.On Comercializadora U.lR. Pagos Marzo Expediente Libre
189 06/03/2012 Aprobación recibos E.On Energía Pagos Marzo Expediente Libre
190 06/03/2012
Inicio de procedimiento sancionador contra Luis Ángel de HoyosGómez por infracción urbanística por construcción de cochera enVillavega de Aguilar no amparada por licencia de obras. LUIS ÁNGEL DE HOYOS GÓMEZ
Sancionador (Villavega -cochera)
191 06/03/2012
Inicio procedimiento sancionador contra Ricardo Salas Diego porinfracción urbanística por construcción de vano sin licencia enVillavega de Aguilar. RICARDO SALAS DIEGO Sancionador (Villavega - vano)
192 07/03/2012Concesión de la licencia de obra 36/12 a Carlos Antonio del Río Millánpara sustitución de tejas en mal estado en Plaza España 19. 36/12 Carlos Antonio del Río Millán Licencia Urbanística 36/12
193 07/03/2012
Denegar la licencia de obra 32/12 solicitada para modificación de redde baja tensión en Avda. Barruelo 22 A, 36 y 52 de acuerdo con el art.129.2º del PGOU. 32/12 E.ON Distribución, S.L. Licencia Urbanística 32/12
194 07/03/2012
Concesión licencia de obra menor 59/12 para actuaciones previaspara transporte de aerogeneradores del parque Peña Miján a su pasopor el núcleo urbano de Aguilar de Campoo.
59/12 Suministros Eólicos del Norte,S.L. Licencia Urbanística 59/12
195 07/03/2012Baja recibo 4289/12 IVTM, por minusvalía del titular Manuel NozalGonzález, emitir liquidcº IVTM 1º Trimestre/12 127/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
196 07/03/2012Compensación Tasas Rieles y Facturas Suministro eléctrico EONEnergía T.RIELES POSTES 1T.2012 T.RIELES POSTES 1T.2012
197 07/03/2012 Decreto Escuela de Pintura del mes de marzo 2012 ESCUELA PINTURA 2012 PADRON FISCAL 2012
198 07/03/2012Emitir Liqdcº VADO 9-2012, por importe de 42,83 € , a nombre de D.Fernando Verduras Tejerina 199/2012
TASAS GENERALESRECLAMACIONES
199 07/03/2012 Decreto E. Música de marzo/2012 ESCUELA MUSICA 2012 PADRON FISCAL 2012
200 07/03/2012 (null) P10225 Personal Contratado PISCINAS
201 07/03/2012Conceder exención IVTM-8289FTZ, por minusvalía del titular: CristinaRuiz Ruiz 203/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
202 07/03/2012Conceder exención IVTM-7892DNB, por minusvalía del titular: DelfinaMartín Bravo 204/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
203 07/03/2012Baja recibo 3616/12 IVTM, por minusvalía de Mª Jesús CermeñoVelasco, emitir Liqdcº 75/12 por el 1º trimestre de 2012 125/2012 IVTM EXENCION MINUSVALIA
204 07/03/2012 (null) P10225 Personal Contratado PISCINAS
205 07/03/2012Fraccionamiento de presentación datos Plusvalías vivienda JosefaSalvador Rodríguez APLAZAMIENTO PLUSVALIAS SALVADOR MONTES
206 08/03/2012 Gutiérrez Pérez Eloina.- Bonificación Plusvalía.- BONIFICACION PLUSVALIABONIFICACION PLUSVALIA2012
207 08/03/2012 Calderón Peña, bonificación Plusvalía 2012 BONIFICACION PLUSVALIABONIFICACION PLUSVALIA2012
208 08/03/2012 Aprobación liquidaciones tributarias (L 7-2012) LIQUIDACIONES 2012APROBACION LIQUIDACIONESTRIBUTARIAS
209 08/03/2012Valdeprao Energía.- Anulación IBI Urbana 2012 por pago porLiquidación tributaria VALDEPRAO ENERGIAS
VALDEPRADO ENERGIADEUDA
210 09/03/2012Concesión de la licencia de obra menor 53/12 a Julián MorenoSegovia para sustituir ventana en Coop. San Pedro 23-3º I. 53/12 Licencia Urbanística 53/12
211 09/03/2012Concesión de la licencia de obra 54/12 a la Comunidad de VecinosPaseo El Soto 15 para cambiar puerta principal. 54/12 Licencia Urbanística 54/12
212 09/03/2012 Arrendamiento Fincas Rusticas Aguilar año 5: 2011/2012 ARRENDAMIENTOS FINCAS RUSTICASARRENDAMIENTOS FINCASRUSTICAS 2012
213 09/03/2012 Arrendamiento Fincas Rusticas Pueblos Periodo 5: 2011/2012 ARRENDAMIENTOS FINCAS RUSTICASARRENDAMIENTOS FINCASRUSTICAS 2012
214 09/03/2012Cambio de titularidad de inmuebles e Caja España a Banco de CajaEspaña de inversiones IBI 2012 IBI 2012
215 09/03/2012Requerimiento pago trabajos realizados por el Ayuntamiento NuevaFuneraria San Pedro
TRABAJOS REALIZADO POR ELAYUNTAMIENTO
ZARZOSA GONZALEZASUNCION
216 09/03/2012
Prorroga plazo para resolver procedimiento sancionador iniciadocontra Patricia Rodríguez Iglesias por obras sin licencia en bar de C/.Puente 42.
Sancionador (Patricia RodríguezIglesias)
Sancionador (Bar C/. Puente42)
217 12/03/2012
Concesión de la licencia de obra 47/12 a José Mª BasconcillosFernández para modificación de jardín para acceso a garaje en PlazaEspaña 26. 47/12 Licencia Urbanística 47/12
218 12/03/2012Cambio Titularidad Catastral y liq.IBI Urbana 2012 Marta GonzálezCastañeda. IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
219 13/03/2012 Alta Catastral D. José Peñala Orive, Liq. 16.2012 IBI Urbana IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
220 13/03/2012 Cambio titularidad IBI Urbana Caballero Barrio teresa. IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
221 13/03/2012Pago Tasas Registro Mercantil para expedición información sobreexpte subvención de LUGON AGUILAR 2006 Pagos Marzo Expediente Libre
222 13/03/2012 Cambio titularidad IBI Urbana Barrio Puente Teresa IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
223 13/03/2012Aprobación pago Indemnización a J.Luis Arroyo M. cumpliendoresolución Juzgado de lo Social Pagos Marzo Expediente Libre
224 13/03/2012 Cambio titularidad IBI Urbana 2012 Marcilla Fraile Esperanza IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
225 13/03/2012 Cambio titularidad Catastral liq.IBI Urbana Dª Máxima Vega Revilla IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
226 13/03/2012Jefatura Policía Acctal. Carlos J. Alonso Toribio de 15/03/12 a01/04/12 P20501 Personal Funcionario POLICÍA
227 13/03/2012 alteración Catastral liq.ibi Urbana González Castañeda IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
228 13/03/2012Anulac Decreto 2012-0170 y nuevo Decreto Carmen Chavez dos frasgratif serv extraordinarios 2011 Pagos Marzo Expediente Libre
229 13/03/2012 alteración Catastral IBI Urbana 2012 Roldan Ortega IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
230 13/03/2012 Alteración Catastral IBI Urbana Fernández Navas Javier IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
231 13/03/2012 Alta Catastral IBI Urbana Grupo Logístico Revilla Postigo IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
232 13/03/2012 Alteración Catastral IBI Urbana. -Hnos. Pérez rojo IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
233 13/03/2012 alteración catastral IBI Urbana INSTALACIONES ANTONIO RUIZ S.L. IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
234 13/03/2012 Alteración Catastral IBI Urbana Tome Felguera Henar IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
235 13/03/2012 alteración Catastral IBI Urbana Gutiérrez Santos M. Rosario IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
236 14/03/2012Autorizar 1ª prórroga de la licencia 135/11 para cerramiento metálicode finca en Polígono 545 parcela 5011 a AGUIL CAMPOO, S.L. 50/12 Licencia Urbanística 50/12
237 14/03/2012Concesión de la licencia de obra 60/12 a Jorge Sanz Pulido parasustituir bañera por ducha en C/. José Zorrilla 10. 60/12 Licencia Urbanística 60/12
238 14/03/2012Concesión de la licencia de obra 16/12 para sustituir ventanas en C/.Puente 43-1º B. 16-dic Licencia Urbanística 16/12
239 14/03/2012Concesión de la licencia de obra menor 63/12 a Carlos Calderón Sanzpara lijar y barnizar galería, ventanas y alero en C/. Santa Eufemia 12. 63/12 Licencia Urbanística 63/12
240 14/03/2012
Concesión de la licencia de obra menor 61/12 a la Comunidad deVecinos Avda. Constitución 15 para lijar y pintar verja de entrada avivienda, recoger desperfectos y pintar lateral sur de edificio. 61/12 Licencia Urbanística 61/12
241 15/03/2012
Se acuerda emitir liquidación 77/12, 1º trimestre de 2012, vehículomatrícula 8289FTZ, y baja lidcº 56/12, por minusvalía de titularCristina Ruiz Ruiz. 219/2012 IVTM RECLAMACIONES
242 15/03/2012 Alteración Catastral. IBI Urbana 2010 a 2012 Fernández Frutos Oscar IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
243 15/03/2012 alteración Catastral IBI 2012 Ruiz Fernández Inmaculada IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
244 15/03/2012Conceder exención IVTM, vehículo agrícola P48827VE, titular RaúlAbia Gutiérrez 217/2012 IVTM EXENCION AGRICOLA
245 15/03/2012Pago seguro local mpal edificio Avda Virgen Llano 25-29, a CdadVecinos Pagos Marzo Expediente Libre
246 15/03/2012 Decreto devolución IVTM de Delfina Martín Bravo 220/2012 IVTM DEVOLUCIONES
247 15/03/2012Alteración Catastral IBI Urbana 2012 PLATO NATURAL YCOMUNICACION. IBI URBANA ALTERACIONES IBI URBANA FEBRERO 2012
248 16/03/2012
Concesión de la licencia de obra 57/12 a Alfonso Calvo García paralegalizar sustitución de portón y solado y pintura de garaje en Avda.Burgos 3. 57/12 Alfonso Calvo García Licencia Urbanística 57/12
249 16/03/2012 Decreto Devolución IVTM de Julio Sánchez González 221/2012 IVTM DEVOLUCIONES
250 16/03/2012Convocatoria Junta de Gobierno Local para el día 21 de marzo de2012 226/2012
JUNTA DE GOBIERNO LOCALDE 21 DE MARZO DE 2012
251 16/03/2012 Decreto devolución IVTM de Miguel Ángel Hernández Hernández 222/2012 IVTM DEVOLUCIONES
252 20/03/2012 Incorporación de remanentes de crédito 2012 MODIFICACIÓN PPTO POR IR MODIFICACIÓN PPTO POR IR
253 21/03/2012Anticipo pago 60% trabajos Asesor local INE para Censos vivienda aNuria Vicario Pagos Marzo Expediente Libre
254 21/03/2012Pago 48 ayudas Programa Ayuda a Transeúntes a Mª Sirina MartínCabria Asistente Social del CEAS Pagos Marzo Expediente Libre
6.- MOCIONES PRESENTADAS POR EL GRUPO MUNICIPAL PSOE
6.1.- MOCIÓN PARA QUE SE PRECISE LA FINANCIACIÓN DE LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES ENEL PROCESO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.-
“Los concejales integrantes del Grupo Socialista del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo al amparo de loestablecido en el art. 97 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Localesformulan, para su discusión y, en su caso, aprobación en el Próximo Pleno Ordinario, la siguiente MOCIÓN.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Junta de Castilla y León, con al menos dos décadas de retraso sobre las necesidades de la ComunidadAutónoma, ha iniciado el debate sobre la ordenación del territorio. En este proceso se habla de incidir en ladefinición de competencias que desempeñarían las distintas entidades locales, tanto las actuales como lasque hipotéticamente se creen mancomunando municipios o asociándose en distritos de interés comunitario.Sin embargo no se pone encima de la mesa el elemento clave para detentar y desempeñar las competenciasadecuadamente, como es la financiación de las mismas. Por ello entendemos desde este grupo municipalque es necesario que se debatan juntamente ambos temas, ordenación del territorio con las competenciasque correspondan a cada entidad local y financiación de las mismas.
Por todo ello, el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo presenta para suaprobación la siguiente moción:
El Pleno del Ayuntamiento de Aguilar insta al Equipo de Gobierno municipal a reivindicar en todas lasmesas de trabajo que, sobre ordenación del territorio se celebren, y en las que, directa oindirectamente participen los representantes municipales, a que junto con la definición de lascompetencias que se atribuyen al municipio se acompañe la fórmula de financiación suficiente decada una de ellas, de modo que la asunción de nuevas competencias no suponga, en ningún caso, unincremento del déficit de las arcas municipales.
Defiende la Moción el Portavoz del Grupo Municipal Socialista. Da la bienvenida, tras veinte años, al debatede ordenación del territorio abierto por la Junta de Castilla y León pero echa en falta que se hable de lafinanciación de las entidades locales, determinando una formula de financiación suficiente.
El Portavoz del Grupo Municipal de A.I.A. Sr. Villalba considera que la moción es oportuna. Afirma que en elrepaso que ha efectuado a los trabajados de la Junta de Castilla y León no hay referencias claras sobre elmodelo financiación, se exponen los objetivos, la manera de cumplirlos pero se olvida de ese temafundamental. Se pretende la prestación de servicios más eficientes a través de los distritos rurales con ladelegación de competencias de los municipios. A su vez, se prevé la organización de conformidad con unosestatutos en la línea de las antiguas mancomunidades sin que conlleve retribuciones.
Interviene el Portavoz del Grupo Municipal del P.P. Sr. Sierra considera que la propuesta de ordenación delterritorio que plantea la Junta de Castilla y León es acertada. Afirma que la financiación afecta alAyuntamiento de Aguilar de Campoo ya que presta competencias impropias que suponen servicios a lacomarca. Expone que la Alcaldesa de ese municipio siempre ha defendido en diferentes foros, como son lafederación regional de municipios y provincias o la Diputación Provincial, que se definan las competencias delos municipios y se dote de una buena financiación.
El Sr. Guerrero considera que se trata que la ordenación del territorio no sea un monólogo, y se tiene queresolver por el interés del municipalismo que las competencias que se atribuyen a los entes locales esténfinanciadas. Considera que se trata de una cuestión de interés general y del Ayuntamiento de Aguilar deCampoo.
El Portavoz del Grupo Municipal del P.P. Sr. Sierra propone una modificación de la redacción en la mociónpresentada a la que condiciona el apoyo de su Grupo y que supone sustituir la referencia al equipo deGobierno por el de la Corporación Municipal.
Los Portavoces aceptan la modificación.
Cierra el debate la Srª. Alcaldesa, afirma que ha defendido una financiación adecuada de los municipios queasumen competencias impropias que les supone un coste no compensado. Añade que el reparto acorde conlos servicios y competencias prestados debe venir desde el Gobierno central. Sostiene que es cosa de todosno sólo del equipo de Gobierno.
Sometido a votación ordinaria, el Pleno del Ayuntamiento, con el voto a favor de los trece Concejales queintegran la Corporación, y por tanto con unanimidad, aprueba la siguiente moción:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Pleno del Ayuntamiento de Aguilar insta a la Corporación municipal a reivindicar en todas lasmesas de trabajo que, sobre ordenación del territorio se celebren, y en las que, directa oindirectamente participen los representantes municipales, a que junto con la definición de lascompetencias que se atribuyen al municipio se acompañe la fórmula de financiación suficiente decada una de ellas, de modo que la asunción de nuevas competencias no suponga, en ningún caso, unincremento del déficit de las arcas municipales.
6.2.- MOCIÓN EN CONTRA DE LA REFORMA LABORAL PROPUESTA POR EL GOBIERNO DEL PP.-
“Los concejales integrantes del Grupo Socialista del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo al amparo de loestablecido en el art. 97 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Localesformulan, para su discusión y, en su caso, aprobación en el Próximo Pleno Ordinario, la siguiente MOCIÓN.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las disposiciones contenidas en el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para lareforma del mercado laboral, aprobado por el Gobierno de España van a tener, en el caso de que seanaprobadas por las Cortes Generales, consecuencias muy negativas sobre los derechos de los trabajadores.
1.- La Reforma pretende que el despido sea la opción más fácil para que una empresa mejore sucompetitividad. Por lo tanto la reforma traerá más paro: en un momento de recesión como el queestamos viviendo una reforma laboral como esta, solo sirve para facilitar y abaratar el despido, para facilitarmás la destrucción de puestos de trabajo, pero no para incentivar la contratación. Además está pensada porun Gobierno que carece de una agenda de reformas para impulsar el crecimiento. El Gobierno solo tiene unaagenda de ajuste, de triple ajuste. Ajuste presupuestario, ajuste de rentas de trabajo (subida del IRPF) yajuste de los derechos de los trabajadores.
2.- La reforma supone un retroceso de los derechos de los trabajadores porque:
. Generaliza el abaratamiento del despido a 20 días, al vincularla a una situación habitual en elciclo recesivo de la economía, como es la caía durante 3 trimestres de los ingresos (independientemente deque los beneficios aumenten).
. Abre la puerta a una rebaja general de los sueldos sin necesidad de acuerdo. La reformalaboral reforzará el poder los empresarios en las relaciones de trabajo. Tendrán más fácil modificar lascondiciones laborales hasta el punto de que podrán bajar el sueldo a los trabajadores sin necesidad deacuerdo simplemente por razones competitividad o productividad.
. Crea un nuevo contrato con bonificaciones que permite el despido libre y gratuito durante elprimer año. Este contrato desvirtúa completamente el período de prueba y puede provocar unageneralización de contratos formalmente indefinidos pero que, en la práctica, no duren más de un año o queconcluyan a los tres años cuando finalicen las bonificaciones.
. Abre el camino de los despidos colectivos en el sector público. Esta reforma afecta a unmillón de empleados públicos, porque no solo incumbe a quienes trabajan en las empresas públicas, sinotambién al personal laboral contratado directamente por las entidades locales, las comunidades autónomas olos propios ministerios.
3.- La Reforma anula la capacidad de negociación de los sindicatos para defender los derechos de lostrabajadores.
Una gran reforma laboral precisa del pacto de los agentes sociales para ser garantía de éxito. La que hapresentado el gobierno facilita la inaplicación de lo pactado en los convenios (“descuelgues”). Se estableceun procedimiento para saltarse lo dispuesto en los convenios similar, pero más fácil, que el que se puedeusar para el despido por causas económicas. Suprime la autorización de la autoridad laboral de losexpedientes de regulación de empleo (ERE), con lo que se reduce seriamente la capacidad de los sindicatosa la hora de negociar y se asume un riesgo añadido de judicialización de las relaciones laborales.
En definitiva, la Reforma laboral no va a resolver la grave crisis que sufre la economía español y no vaa rebajar la alta tasa de paro existente. Lo que sí va a suponer es una degradación de las condiciones detrabajo, un empobrecimiento de la población y un ataque a la cohesión social.
La reforma propuesta va a derivar en incremento del número de despidos y rebajas en los sueldos delos trabajadores que afectará muy negativamente al consumo de las familias, deprimirá la demandainterna y en consecuencia producirá disminuciones del Producto Interior Bruto que a su vez supondrá másdesempleo.
La reforma es ineficaz, desde la perspectiva del empleo, porque favorece el despido y con ello elaumento del desempleo. Es injusta, porque los trabajadores pierden derechos y porque da todo el poder alos empresarios sobre los trabajadores creando además inseguridad en los trabajadores.
Por todo ello el grupo socialista presenta la siguiente PROPOSICIÓN:
El Pleno del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo:
1.- Insta al Gobierno de España a presentar en el Congreso de los Diputados un proyecto deley alternativo y pactado con los agentes sociales y las fuerzas políticas que tenga como objetivo lacreación de empleo de calidad y la estabilidad en el empleo.
2.- A prueba dará traslado de la presente Moción al Presidente del Gobierno, a la Ministra deEmpleo, al Presidente del Congreso de los Diputados, a los/as Portavoces de los GruposParlamentarios del Congreso de los Diputados y a los/as representantes de los agentes sociales.
Defiende la Moción el Portavoz del Grupo Municipal Socialista. En consonancia con lo determinado en lamoción, recalca los motivos por los que considera que la reforma supone un retroceso de los derechos de lostrabajadores considerando absolutamente justificada la huelga general del próximo día 29 de marzo. Afirmaque la moción sirve de argumento frente a la reforma o contrareforma planteada por el Gobierno al amparode la crisis en la que el P.P. quiere introducir su programa máximo, que supone una vuelta atrás al siglodiecinueve en el equilibrio trabajadores empresarios y que provocará mas paro. Afirma que hay razones deenorme peso para apoyar la moción para la que pide un apoyo unánime.
El Portavoz del Grupo municipal de A.I.A. Sr. Villalba apoya la moción. Supone que el grupo popular noapoyará la moción por razones obvias, cree que la reforma no resolverá la crisis, Entiende que exista unacolisión ideológica que ha supuesto para mucha gente una situación que no ha sido fácil con cambio deposición para que las cosas puedan ir mejor, y que esa confianza depositada se ha vuelto agresiva contralos derechos de los trabajadores. Considera que la reforma laboral perjudica los derechos de los trabajadoresen materias como el abaratamiento del despido y que es un pago muy alto e injusto el que se pasa altrabajador con retroceso de derechos. Considera que la moción, aun aprobada, no tendrá incidencia.
Interviene el Portavoz del Grupo Municipal del P.P. Sr. Sierra afirma que el decreto ley aprobado por elgobierno que será objeto de tramitación se enmarca en una situación en la que el Gobierno adoptadiferentes medidas encadenadas en varias materias como son la financiera o la transparencia de lasadministraciones. Su grupo considera necesaria la reforma porque hay 5,3 millones de parados con una tasade paro del 23 % y de paro juvenil del 50 %. Considera que es el momento de avanzar y no de retrocederante un sistema laboral que cree anquilosado en los años ochenta pese a las reformas laborales precedentesque no han solucionado problemas. Califica de bien encaminada la reforma. Considera el Concejal que por laintervención del portavoz del grupo municipal socialista parece que el PSOE no hubiese gobernado. Sostieneque en año 1.992 el PSOE quitó las prestación por desempleo, y que el Gobierno del Sr. Zapatero congelólas pensiones y rebajó el sueldo a los funcionarios un 5 %, y que en aquel momento no dijeron nada nihablaron de retroceso de los derechos de los trabajadores. Cree que se debe ser mas serio conindependencia de quien gobierne.
El Sr. Guerrero contesta al Concejal precedente que la moción es suficientemente seria aunque este plenono puede dar marcha atrás a la contrareforma pero sirve para que el pleno sea un altavoz en el que vean losciudadanos las posiciones de los grupos como puede ser el planteamiento prometido de no subir losimpuestos cuando se ha realizado la subida mas grande. Afirma que se prometió abaratar el despido y se haaprobado el despido libre. Cita las argumentaciones del catedrático C. Hugo Preciado Domenech contrarias ala reforma laboral que indican que la misma supone un ataque a los derechos de los trabajadores y a larepresentación sindical. Considera que la unión europea, los mercados y la Srª. Merkel imponen decisiones ala soberanía nacional. Critica que el Gobierno haya ocultado los presupuestos de este ejercicio y consideraque el descontento se ha manifestado en el último proceso electoral. Defiende la contestación planteada conla huelga general. Pide una reforma negociada en busca de la paz social.
El Portavoz del Grupo Municipal del P.P. Sr. Sierra afirma que la mejor política es poner en marcha leyespara crear empleo, y que de nada sirve la reforma laboral o todos los derechos si estamos en el paro. Dudade que haya leído bien la norma el encargado de elaborar el argumentario expuesto por el Sr. Concejalprecedente. Pasa a citar una serie de cuestiones con los que se muestra su posición favorable a la reformalaboral. Considera que se trata de una política buena para los jóvenes. Por todo ello, afirma que su Grupovotará en contra de la moción, y porque piensa en los parados. Espera que en el trámite correspondiente sepresenten enmiendas y mejoras a la propuesta del Gobierno, y cita como referencia las setenta enmiendasdel P.P. no aceptadas por el PSOE en la reforme de 2.010. Pide que el Portavoz del PSOE diga a susrepresentantes que propongan soluciones concretas para que colaboren y ayuden porque Rajoy se lo va aagradecer.
El Sr. Guerrero califica como inaudito que se pida la colaboración del PSOE después de la oposición, quecalifica con el entrecomillado de “responsable”, del PP. Afirma que la argumentación del Portavoz popularproviene directamente de Genova. Expone que se podría debatir punto por punto la reforma pero que esevidente que con la reforma se produce un retroceso de los derechos de los trabajadores por una posiciónneoliberal con la excusa de la crisis, sin que se cree empleo como ha reconocido el Gobierno. Pide que sepiense en las personas y no en los partidos. Solicita al Grupo de Gobierno que se pronuncie si va a utilizar lareforma laboral para despedir a trabajadores públicos.
Cierra el debate la Srª. Alcaldesa. Indica que existe una legitimación de las urnas para adoptar medidas enbusca del interés general. Afirma que hay que tomar decisiones que no nos gustan pero que son necesariascon el fin de acabar de una vez por todas con la crisis. Contesta que no puede hacer la afirmación que elConcejal le pide pero si que la voluntad es mantener los servicios y el personal, esforzándonos en cumplircon la normativa de estabilidad presupuestaria. Considera que es una ironía que el PSOE en unayuntamiento del país se acoja a la reforma laboral para expulsar a 65 trabajadores. Defiende que al PPnunca le ha temblado la mano para adoptar decisiones para salir de esta situación económica y social.
Sometido el asunto a votación, en votación ordinaria, con el voto en contra de los ocho Concejales del GrupoPopular y con el voto a favor de los cuatro Concejales del Grupo Socialista y del Concejal de AIA, esrechazada la moción.
6.3.- MOCIÓN PARA CREAR UNA ORDENANZA MUNICIPAL DE INSTALACIÓN DE ASCENSORES YELIMINACIÓN DE BARRERAS FÍSICAS EN EDIFICIOS EXISTENTES.-
“Los concejales integrantes del Grupo Socialista del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo al amparo de loestablecido en el art. 97 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Localesformulan, para su discusión y, en su caso, aprobación en el Próximo Pleno Ordinario, la siguiente MOCIÓN.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda, en su artículo 17, establece que:
1.- La Comunidad de Castilla y León impulsará medidas de fomento de la accesibilidad en las viviendas a finde que se lleven a cabo las obras de transformación necesarias para que los interiores de las mismas, o loselementos y los servicios comunes del edificio, sean utilizables por todas las personas y especial las quetengan algún tipo de discapacidad, con los requisitos establecidos en la legislación aplicable.
2.- Concurrirá interés social como causa para el ejercicio de la potestad expropiatoria por la AdministraciónLocal y la urgencia de los fines expropiatorios cuando deban llevarse a cabo en los edificios de viviendas lasobras necesarias para el cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad y supresión de barrerasarquitectónicas, eje conformidad con la legislación sectorial aplicable así como la normativa en materia depropiedad horizontal.
El beneficiario de la expropiación deberá justificar la necesidad de llevar a cabo las obras de adecuaciónmediante un informe técnico y memoria en el que se contenga la información precisa sobre la obra a realizarasí como la acreditación de la imposibilidad de acudir a otras alternativas que resulte menos gravosas alderecho de propiedad.
Este artículo declara el interés social a los efectos de los artículos 9 y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa,abriendo la puerta a que las administraciones locales puedan ejercer las facultades expropiatorias cuandosea necesario para garantizar la accesibilidad y la supresión de barreras de los edificios.
La modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales es un paso necesario para poder materializarla expropiación cuando concurran las circunstancias que hagan necesario utilizar ésta, para garantizar laaccesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas así como para establecer los procedimientos quehabrán de seguirse en estos procedimientos.
En este sentido se adjunta a esta moción, como documento para su estudio, la ordenanza aprobada en elAyuntamiento de Valladolid a instancias del grupo socialista de dicha localidad. Para que sea estudiada comomodelo y adaptada a las circunstancias de nuestro municipio. Sin que ello cierre el paso al estudio de otrosmodelos de ordenanzas sobre el asunto en cuestión.
Por todo ello, el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Aguilar de Campoo presenta para suaprobación por el Pleno Municipal, el siguiente ACUERDO:
El Ayuntamiento de Aguilar de Campoo elaborará una Ordenanza Municipal de instalación deAscensores y eliminación de barreras físicas en edificios existentes, con el objetivo de mejorar lascondiciones de accesibilidad a los edificios, facilitando la eliminación de las barreras físicas comomedida indispensable para la plena efectividad de los derechos de las personas con discapacidad,conforme al principio establecido en el artículo 49 de la Constitución Española y a las disposicionesestatales y autonómicas sobre la materia.
Defiende la Moción el Portavoz del Grupo Municipal Socialista. Indica que el objetivo de la moción es que elAyuntamiento de Aguilar de Campoo tenga una ordenanza similar a otros ayuntamientos sin necesidad de suaprobación inmediata sino para que sirva para reflexionar en beneficio de estas personas tomándose eltiempo necesario.
El Portavoz del Grupo Municipal de A.I.A. Sr. Villalba expone que muchos ayuntamientos tienen estáordenanza que encuentra su fundamento en la ley 9/2.011 del derecho a la vivienda. Considera que se tratade una moción de interés público y que supone un toque de atención a la corporación. La califica de muyoportuna y se ofrece a colaborar en el proceso de elaboración. Cree que la ordenanza no puede resolvertoda la casuística que se plantee y que el plan general tiene mucho que decir en esta problemática.
Interviene el Portavoz del Grupo Municipal del P.P. Sr. Sierra afirma que en el ámbito municipal no seencuentran muchos casos y que los pocos que haya habrá que resolverlos. Expone que al Grupo querepresenta le gustaría que se planteasen estas propuestas desde el debate de las comisiones informativaspara consensuarlas. Plantea que el tema se quede sobre la mesa.
El Sr. Guerrero pide que se adopte el compromiso como está planteado ya que dejarlo sobre la mesa notiene sentido con la flexibilidad en el tiempo que se plantea. Solicita que desde la Concejalía correspondientese trabaje en este sentido.
Cierra el debate la Srª. Alcaldesa afirma que rechazar o no la moción no implica redactar o no la ordenanzamunicipal. Considera que la propuesta podría haberse tratado en comisión y que se recoge la sugerencia.
Sometido el asunto a votación, en votación ordinaria, con el voto en contra de los ocho Concejales del GrupoPopular y con el voto a favor de los cuatro Concejales del Grupo Socialista y del Concejal de AIA, esrechazada la moción.
7.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-
7.- Ruegos y preguntas.-
7.1.-Sr. Villalba de AIA.-
7.1.1.- Expone que el pasado 23 de febrero fue citado como testigo al procedimiento contencioso-administrativo del propietario del Cine Campoo contra el Ayuntamiento por el cine Amor. Expone que elAbogado del Ayuntamiento intentó tacharle como testigo alegando enemistad manifiesta cuando su posiciónno es esa sino la de adversario político. Ruega se le informe sobre el particular.
La Sra. Alcaldesa responde que acogiéndose al art. 97.7 del R.O.F. se le dará traslado en el próximo Plenoordinario de todas las preguntas que van parejas a este Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de lacontestación por escrito que le enviará.
7.1.2.- Solicita se informe si ha conseguido el objetivo de que se acometan las inversiones de la pasarela dela Cascajera o el ensanche de la carretera de Villallano.
La Sra. Alcaldesa responde que consiguió buenas palabras y poca sustancia. Informa a los Concejales quese le hará llegar el escrito que esta misma mañana ha dirigido al Presidente de Diputación en el que pidemantener el compromiso de la institución con la inversión en la Cascajera. Expone que se permite la osadíade pedir al portavoz del Grupo Socialista municipal que insista por su parte, igual que el Ayuntamiento porotra para conseguir que las inversiones sean una realidad.
7.1.3.- Expone que el día en que se celebró la Comisión Informativa de Turismo no se informó sobre lareunión que se iba a mantener el día 17 de febrero con la Hostelería, ruega se explique sobre el contenido dela citada reunión.
La Sra. Alcaldesa contesta que se dará cuenta en la próxima Comisión Informativa por la Concejala del Área.
7.1.4.- Indica que le ha quedado sorprendido que en un folleto del Colegio San Gregorio de EducaciónPrimaria aparezca una foto de un Concejal del PP, el Sr. Carlos Sierra de los Mozos, considerando que tieneun tinte político, ruega información sobre el particular
La Sra. Alcaldesa, por alusiones, otorga la palabra al Sr. Carlos Sierra de los Mozos respondiendo quesimplemente es una foto de un antiguo alumno de ese centro sin ningún tipo de acento desde el punto devista político.
El Sr. Villalba responde que el Sr. Sierra no quiere ver la realidad política que trasmite.
La Sra Alcaldesa responde que hay que aprender a separar cada cosa.
7.1.5.- Expone que al derecho del pago del IBI fraccionado se le ha dado poca publicidad y ruega que puedapagarse el IBI fraccionado tenga o no el contribuyente el recibo domiciliado.
La Sra. Alcaldesa responde que el fraccionamiento del pago del IBI se realiza a petición del interesado,pudiéndose acoger al pago del 60 % y del 40 % de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal o pagofraccionado como se estaba admitiendo a petición del interesado. Añade que los que no tienen el recibodomiciliado también pueden solicitar el pago fraccionado. Afirma que se explicará otra vez si es preciso.
7.2.- Sr. Guerrero del P.S.O.E-
7.2.1.- Expresa su felicitación sobre la revista editada por el Grupo de Acción Local, ruega que en ComisiónInformativa se diera cuenta de las actividades de desarrollo comarcal y que no es justo quien se ha colgadolas medallas del citado trabajo.
La Sra. Alcaldesa contesta que parece ser que alguien se ha colgado medallas y se atribuyen algo con en loque no tienen más que una pequeña financiación. Afirma que la iniciativa ha sido del grupo de acción local yasí se ha mandado nota de prensa indicando que se trata de una iniciativa del Grupo de Acción LocalMontaña Palentina.
Y no habiendo más asuntos de que tratar se levanta la sesión cuando son las veinte horas ycincuenta y cinco minutos del día de su inicio, levantándose la presente acta que firma la Sra. Alcaldesa y delo que yo, como Secretario, doy fe.
(Este documento está firmado electrónicamente)