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CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Date post: 10-Mar-2016
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Políticas culturales para un Estado Plural Políticas culturales para un Estado Plural Confluencia ■ Cuaderno de observación activa 2009 Confluencia ■ Cuaderno de observación activa 2009
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Políticas culturales para un Estado Plural Construcción del Estado Plural desde la interpretación comunitaria de la cultura, los derechos colectivos, el territorio y el poder Confluencia Cuaderno de observación activa 2009 Políticas culturales para un Estado Plural Construcción del Estado Plural desde la interpretación comunitaria de la cultura, los derechos colectivos, el territorio y el poder Confluencia Cuaderno de observación activa 2009
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Page 1: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Políticas culturales para un Estado Plural

Construcción del Estado Plural desde

la interpretación comunitaria

de la cultura, los derechos

colectivos, el territorio

y el poder

Confluencia ■ Cuaderno de observación activa 2009

Políticas culturales para un Estado Plural

Construcción del Estado Plural desde

la interpretación comunitaria

de la cultura, los derechos

colectivos, el territorio

y el poder

Confluencia ■ Cuaderno de observación activa 2009

Page 2: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

CANEK – Observatorio Cultural

POLÍTICAS CULTURALES PARA UN ESTADO PLURAL

Confluencia/ Cuaderno de observación activa 2009

Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A.

Primera edición, noviembre de 2009

Segunda edición, diciembre de 2009

CANEK – Observatorio Cultural

Teléfono (502) 42850522, [email protected]; www.canek.info

Asociación Centro Civitas

Comunicación, Cultura y Desarrollo, con vos y con tu voz

0 C. “A” 30-05, Z. 7, Utatlán I, Ciudad de Guatemala, C.A.

Teléfono (502) 2434-6655 y 2434-7694

[email protected] y [email protected]

Centro Cultural de España en Guatemala

Vía 5, 1-23, Z. 4, Ciudad de Guatemala, C.A.

Teléfono (502) 2385-9066 / 67 / 70

[email protected]; www.centroculturalespana.com.gt

Este libro es una realización de CANEK – Observatorio Cultural gracias al apoyo

financiero del Centro Cultural de España en Guatemala, entidad que asume todos los

gastos de edición y publicación. Se enmarca dentro de la estrategia de Cultura y

Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo,

y por ello es absolutamente gratuito. Queda, por tanto, prohibida su venta.

Se autoriza la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o

procedimiento, conocido o por conocer, comprendidas la reprografía y el

tratamiento informático, siempre y cuando se cite adecuadamente la fuente.

Con el apoyo de

Asociación Sotz’il. Centro para la Investigación y

Planificación del Desarrollo Maya.

4to. callejón Colonia San Rafael zona 2 Chimaltenango,

Guatemala. [email protected] – Teléfono (502) 78394477

www.sotzil.org

Centro Cultural Casa No’j

7a. calle 12-12 zona 1. Quetzaltenango.

Teléfono (502) 7768-3139

http://casanoj.blogspot.com; [email protected]

Page 3: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Políticas culturales para un Estado Plural

Construcción del Estado Plural desde

la interpretación comunitaria

de la cultura, los derechos

colectivos, el territorio

y el poder

Confluencia ■ Cuaderno de observación activa 2009

Políticas culturales para un Estado Plural

Construcción del Estado Plural desde

la interpretación comunitaria

de la cultura, los derechos

colectivos, el territorio

y el poder

Confluencia ■ Cuaderno de observación activa 2009

Page 4: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural
Page 5: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

(…) se hablaron, pensaron, y meditaron; se juntaron

y se pusieron de acuerdo en pensamientos y palabras;

se quisieron y se amaron bajo esta claridad.

RELATO DE LO QUE TODAVÍA ERA SILENCIO,

VIBRACIÓN, FERMENTACIÓN. VIBRABA,

ESPASMABA, PALPITABA, ES DECIR CUANDO

EL CIELO ESTABA VACÍO.

Pop Wuj

Page 6: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Baba le seiribei anihen aburemein buma,

seremin wamutibu luagun habagari sun wabiriña

waunagubei

watiua luagu bareini lu badireirunei urinbani lidagie

wabagari

luagu afigouhadiwala, lau wasamina luma wagubu.

Watiua luagu bubafu, bugudemehabu tuagun lafurugu

Marcos Sanchez Diaz hau sun lisudaranigu, babinirunia

wasanigu, hasanigu wasanigu hama su girigia ya ubouagu

barübawa tida banigi gumugua dan, itara la.

Kaj uleu kqatz'on che la pikiwi le kajib' tinimit winaq

le jawi kqatawi, kqil wi qib' pa we tinimit amaq'

chya b'a la ri saqil, ri ch'ojch'ojil qa chuq'ab'il,qano'j

rech uk'amik uq'ab' qab'e pa we qakomon jawi jalajoj

taq wi qawach.

Page 7: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

7

O ou' kajna' tata'pulay na xandiwinahli yahla ixij nay.

O ou' kajna' tata' pulay na naru, na uy, yajla ixij nay.

O ou' kajna' tata pulay pari ukxumo, na moohla ta'wu'

anima gra'wa, amuhli, jurakhli na ayahli.

Oh Dios, padre y madre de todos los pueblos y culturas, que acompañas a

todos los hombres y mujeres y te haces presente en su historia. Nos abrimos

a ti como humanidad, a Ti que eres misterio cercano y entrañable, que eres

aliento en el camino tortuoso de la vida. Soñamos con una vida plena,

cargada de retos y dificultades, para todos los pueblos y etnias. Muchas veces

tropezamos en esta historia compleja de la que todos somos gestores y,

muchas veces, no nos entendemos con otros pueblos. Contamos con tu

aliento para la construcción de una humanidad plural en el diálogo y respeto

de las identidades de cada pueblo. Nos acogemos a tu mirada y abrazo de

padre y madre. AMEN

Page 8: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

8

Page 9: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Adolfo Santos Ajanel

Aída Velásquez

Alba Gloria

Albestina Coz

Alejandro Flores

Alfonso Guárquez Ajquichi

Alfonso Saquil Sunuc

Alfredo Cuz

Álvaro Castellanos

Álvaro Gabino Galindo Guevara

Ana Chub

Ana Florinda Xol Pop

Ana Lucrecia Garcia Guzman

Ana Silvia Monzón

Anne Marie Gefflaut

Antonia Guantá

Antonina Sánchez

Antonio Gómez

Armando René Calel

Armando Sarazua

Astrid Vanesa Canà Jimenez

Augusto Latín

Augusto Salazar

Beatriz Covos

Benito Hernández

Benito Morales

Benjamín García García

Berta Englenton

Berta Tuy

Bertha E. Rax

Blanca Franzua

Byron Alonso Chicap

Byron González

Byron Paredes

Cándido López y López

Carlos Amílcar López

Carlos Barrientos

Carlos Chex

Carlos E. Mota

Carlos Escalante

Carlos Fuentes

Carlos Humberto Sal

Carlos Lacán

Carlos Z. Sal

Catalina Pérez Rivera

Catarina Maria Brita Ramírez

Celestino Martinez Perez

Celia Ovalle

César Hernández

César Joel Bojorquez Curtidor

Claudia Aracely Pérez

Clementino Baltazar

Cosme Baltazar

Cóstulo González

Debora Julissa Brizuela Mendez

Débora López

Demetrio Cojtí

Demetrio López de la Cruz

Diani Cabrera

Diego Iván

Domingo Aspuac

Donaldo Anibal Rax

Dorotco Buch Qualle

Edelberto Hernández

Edgar Rancancoj

Edson Manuel García Ramírez

Eduardo Sáez

Eduardo Xia

Elida Trinidad Soto de Garcia

Elsa Angélica Blanco

Eluvia Margarita Herrera

Ely López

Encarnación García

Enrique Gordillo

Erika Yesenia Ciego

Ermerindo Gómez

Ernesto Lorenzana

Erwin Gonzales Bonilla

Eugenio Col Valle

Evaristo Mena

Evelyn Blanck

F. Armando Sarazùa

Fabián Gaspar

Fabiola Morales

Faustino Ruiz

Felix Sarauza Patzan

Flor de María Campos

Florentino Gómez

Floriano López López

Francisco Castro

Francisco Cut Chán

Francisco Ramos

Gabriel Caleb

Gaspar Mendoza

Gemma Gil

Gilberto Apen Lopez

Gilda Rosus

Gladis Rosales

La construcción de las propuestas que presentamos a continuación, los

análisis y la elaboración de diagnósticos comunitarios así como sus

resultados son fruto de un proceso abierto, participativo y voluntario que se

ha realizado durante el año 2009. Por ello, deseamos agradecer las

aportaciones de las siguientes personas e instituciones, las cuales

constituyen juntas el contenido del documento que tiene en sus manos.

Page 10: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

10

Gladis Yunilda Gamboa

Glenda Joanna Welherborn

Gloria Buch

Gloria Estela García

Gloria Francisca Salazar

Gloria García

Gloria Ixpancoc

Gregoria Chile Gallina

Gregoria Chin

Gregorio Sandoval

Guillermo Pablo Mich

Gustavo Chavaz Sicai

Harleen Priscila Chimilio

Hector García

Hirineo Sal Musinin

Hortensia Simón

Hugo García Montenegro

Irma Alicia Velásquez

Ixel Mueres Vicente

Jaceline XX

Jacobo Estrada Hernández

Jacobo Sicay

Janto de Paz Perez

Jaquelyn Galindo

Jennifer Costanza

Jeremías Emmanuel

Jerónimo Carias

Jerson Ordóñez

Jonatan Ruiz Yoc

Jorge Castrillón

José Alberto Chic Cardona

José Antonio Puac

José Aspuac

José Boc Peren

José Carmen Díaz

José Cruz

José del Carmen Ceno

Juan Antonio Cabán

Juan Carlos Estrada

Juan Carlos Sánchez

Juan Cusanero

Juan Elfego Valenzuela Calvillo

Juan Francisco

Juan Gabriel Calel Roquel

Juan Pablo López

Juan Pérez

Juana Esther Pérez

Julia Maria Nimatuj

Julián Burgos García

Julián Ordóñez

Julio Ruperto Noj

Karen Mishel Gomez Lopez

Katja Winkler

Kelita Ordóñez

Kevin Miguel Flores

Laura Gabriela Lopez Morales

Laura Luja

Lidia Mijangos

Lino Cos Socoy

Luany

Lucas Ché Ical

Lucía Menéndez

Lucía Xiloj

Luciana Leonardo

Luís Cruz

Luís Fernando Joj Mus

Luís Gerardo Murillo Guillen

Madelin Ciego

Madge Suset Palacios

Magdalena Jocholá

Magdalena Velasco

Magdalena Xicay Chicol

Marcia Gladis Algasoto

Marco Tulio Chancho

Marco Tulio de la Cruz

Marcos González Morales

Maria Antonina Sánchez

Maria Clementina Funes

María Cristina Tabico

María del Mar Velásquez

María Rosalía

María Salomé Chocoyo

Maria Sinay

Mariana Leiva

Mario Alfonso Bravo Soto

Mario Booac

Mario Ellington

Mario Figueroa

Marta Juana López

Marta Marroquín

Marta Saloj Saloj

Martín Coc Caal

Marvin Chirix

Maynor Caté

Merci Velásquez

Miguel Angel Lopez

Miguel Ángel Reyes

Miguel Socoy

Milagro Jolón

Mildred Magaly Myca Guevara

Miriam Axpuac

Miriam Carmelina Batz Yax

Mirza Adela Shol Culul

Mirza Colindres

Nancy Melisa Martinez H.

Nehemias Yoc Colaj

Nicolás Pacheco

Nitrato González

Norma Saqtik

Notrato Caal Ich

Odilia Chavajay

Okayma Flores

Page 11: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

11

Olga Gamboa

Olga Kisquinay

Olga Marina Azurdia

Olga Martínez

Oscar Boj

Oscar Conde

Oswaldo R. Cumez

Otto René Marroquín

Padre Cirilo

Patrocinio Martínez Velásquez

Paula Ávila

Paulino Sánchez

Pavio Hul Pop

Pedro Mejía

Pedro Ortega

Perdo Anibal

Pero Sunnuc Chuy

Petrona Cuy Saloj

Polanco Rosa López

Rafael González Yos

Ramiro Batzín

Ramiro López

Renata Ávila

Rigoberto Cuz Caal

Rodolfo López

Rodrigo Tot

Romeo Tiu

Rony Mijangos

Rosa Mucu

Ruben Gregorio

Saknicté Racancoj

Santi Gamboa

Santiago Bastos

Sitlaly Cumatz Sinay

Suly González

Susan Catalina Galuindo

Susana López Ramirez

Teywi Álvarez

Vanesa Karlo Chinchilla Urbina

Venancio Oliveira

Vicente Sis Sis

Víctor Vicente Chávez

Wilfredo Velásquez

Wilses Sinay Corado

Yovani Cux

Y el apoyo de las siguientes

instituciones

Asociación Cultura Maya Los

Alisos

Asociación Centro Civitas

Asociación Política de Mujeres

Mayas Moloj

Bufete Popular de la Universidad

Rafael Landívar

Cadisogua

Casa de la Cultura de

Chimaltenango

Casa de la Cultura Garinagu de

Livingston

Casa No’j

Centro Cultural de España en

Guatemala

COCODE de San Bartolomé

Milpas Altas

COCODE Quetzaltenango

Comisión de la Mujer de

Concepción Chiquirichapa

Comité ADOC La Esperanza

Consejo de Ancianos de

Concepción Chiquirichapa

Consejo Coordinador del Pueblo

Xinka de Guatemala

Consejo Mam

Defensoría de la Mujer Indigena

Escuela Los Ajanel

Grupo de Mujeres de Villa

Hermosa

Grupo Cajolá

Hermandades Garinagu de

Livingston

Jun Chowen

Municipalidad de Acatenango

Municipalidad de Concepción

Chiquichapa

Municipalidad de la Esperanza

Municipalidad de

Quetzaltenango

Municipalidad de San Antonio

Aguas Calientes

Municipalidad de San Bartolomé

Milpas Altas

Representativa Flor del Maíz

Sotz’il. Centro para la

investigación y planificación del

desarrollo maya

Tob’nel Tinamit. Defensa Legal

Indígena

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La propuesta:

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2

ÍNDICE 1

Q’ANIL

1 UN ACERCAMIENTO AL CONTENIDO DE ESTE

DOCUMENTO…

25 LA PROPUESTA: CAMBIAR EL SISTEMA

2 CONSTRUCCIÓN SOCIAL Y POLÍTICA DEL TERRITORIO DESDE LA INTERPRETACIÓN

COMUNITARIA

9 CULTURA, DERECHOS COLECTIVOS, TERRITORIO, Y

DISTRIBUCIÓN DEMOCRÁTICA DEL PODER ANTE LA

DESIGUALDAD ESTRUCTURAL

Síntesis de memorias de trabajo 2009

10 La cultura como forma de vida, como sistema de relaciones

regulado por una comprensión íntima del tiempo

14 La importancia de interpretar el tiempo desde la comunidad

15 El proceso de interpretación del tiempo

15 El pueblo xinka , maya, “mestizo” y garinagu

19 El colectivo: construcción social y política del territorio

24 Los derechos colectivos

29 Algunos ejemplos de regionalización desde la interpretación

comunitaria del territorio y de los derechos colectivos

32 Marco jurídico legal nacional e internacional sobre la consulta

popular: vía para el ejercicio del derecho colectivo a la

autodeterminación

33 Marco jurídico nacional

36 Marco jurídico internacional

38 Casos en la región mesoamericana sobre el reclamo y ejercicio de

los derechos colectivos

38 El Estatuto de Kuna Yala

39 Consideraciones relevantes para el ejercicio de autonomía y el

autogobierno en los Estados Federados Mexicanos

40 La experiencia mexicana del régimen multimunicipal en el marco

de los Acuerdos de San Andrés

41 El reclamo por la aprobación del proyecto de ley de desarrollo

autónomo de los pueblos de Costa Rica

42 El Estatuto de Autonomía de las dos regiones de la costa atlántica

de Nicaragua

43 La cooperación intermunicipal o intermunicipalidad en

Guatemala

45 La relevancia de las estructuras en la regulación del tiempo

46 El capitalismo y el sometimiento del tiempo comunitario

49 La desigualdad estructural

56 Conclusiones: La estructura piramidal del poder

Page 15: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

3

57 HISTORIA DE CONQUISTA Y EXPLOTACIÓN EN LA

CONSTRUCCIÓN POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DE

GUATEMALA

Por Enrique Gordillo

59 Introducción

62 El período colonial: la definición de los primeros territorios

63 Conquista y definición de primeras fronteras: los derechos de

conquista

64 La implantación de la autoridad real: las leyes nuevas de 1542 y

la creación de la audiencia de los confines

66 Instituciones político-administrativas menores: ayuntamientos,

corregimientos, alcaldías mayores y gobernaciones

68 Las reformas político administrativas del siglo XVIII: el régimen

de intendencias

69 La primera experiencia ciudadana: el período de las Cortes de

Cádiz y la ciudadanía española, 1808-1814

70 El peso histórico de las regiones

71 La independencia y el periodo nacional: la primera constitución

guatemalteca y la nueva administración político-territorial

74 Territorios perdidos por el Estado de Guatemala después de la

independencia

74 La fragmentación del territorio nacional

75 El impacto del café

76 Ferrocarriles y bananos

77 Reflexiones finales

78 Enrique Gordillo Castillo

79 MECANISMOS DE INDIVIDUALIZACIÓN DEL

DERECHO EN ÁMBITOS LOCALES Y SU REPERCUSIÓN

EN LA SUBSISTENCIA Y DESARROLLO DE SUJETOS

COLECTIVOS

Por Byron Paredes

80 Introducción

82 Mecanismos del Estado para el sometimiento y asimilación de

la organización local

82 Mecanismos de descentralización del Estado

84 Mecanismos legales

84 Mecanismos económicos

85 Mecanismos políticos

89 Conclusiones

89 Byron Paredes

91 EL RECLAMO DEL DERECHO COLECTIVO A LA

TIERRA: EL CASO DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS

ANCESTRALES PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD

XINKA DE JUMAYTEPEQUE

Por Odilia Chavajay

1 Datos históricos de la comunidad xinca de Jumaytepeque

95 Introducción a la problemática sobre reclamos como derecho

colectivo del caso xinca

96 Exposición general del caso

96 La titulación supletoria, principal mecanismo de despojo de las

tierras xincas

Page 16: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

4

97 Fundamento legal

97 Cronología de los mecanismos legales y políticos utilizados

100 Resultas del proceso penal

100 Resultas del proceso civil

100 Acción constitucional de amparo

101 Apelación de la sentencia de amparo

101 Mecanismos de diálogo adoptados para la resolución final

102 Medidas adoptadas en la negociación

103 Concluye el conflicto de tierras en la comunidad indígena de

Jumaytepeque

104 Conclusiones e interrogantes

104 Odilia Chavajay Pérez

105 LA EXPERIENCIA DE PODER LOCAL Y ORGANIZACIÓN

COMUNITARIA EN LOS 48 CANTONES DE

TOTONICAPÁN. ENTREVISTA CON ROMEO TIU

111 LA (AUSENCIA DE LA) DEMANDA AUTONÓMICA EN

GUATEMALA

Por Santiago Bastos

113 Introducción

114 El entorno de la revolución posible (1976-1985)

114 El avance desde la izquierda

115 Las propuestas soberanistas indígenas

117 El momento de la paz y el reclamo de participación (1986-1996)

117 La autonomía en el surgimiento del movimiento maya

120 Debate y convergencia sobre autonomía y otros temas

122 El acuerdo de identidad

123 El contexto del multiculturalismo cosmético del post-conflicto

(1997-2007)

123 Las comisiones paritarias

124 La ausencia de la demanda autonómica en la Guatemala

multiculturalizada

126 ¿El inicio de una nueva fase?

127 Las diferentes versiones de la demanda autonómica

127 La acción política: de la autonomía al reconocimiento

128 La ausencia de lo local en las demandas autonómicas

129 Los avatares de la autonomía territorial: entre la nación

guatemalteca y el pueblo maya

132 Santiago Bastos Amigo

133 LAS COMUNIDADES EMERGENTES DE

CONOCIMIENTO: GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO

PLURAL AL SERVICIO DEL CAMBIO

Síntesis de memorias de trabajo 2009

134 La generación de conocimiento plural y su aplicación práctica

para la transformación de la realidad: Las comunidades

emergentes de conocimiento

134 ¿Qué son las CEC’s?

137 La CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al

149 La creación de un sistema de indicadores para la observación

comunitaria de los derechos colectivos

149 ¿Qué es un sistema de indicadores?

151 Claves para evaluar y mejorar el sistema

Page 17: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

5

153 Mapa general del sistema de indicadores

154 El proceso de búsqueda y recolección de información

156 La configuración del sistema según la realidad cultural

comunitaria

157 La plataforma web de gestión de indicadores para sistematizar,

relacionar y comparar datos y generar gráficas

161 El sistema de indicadores

161 Indicadores marco

165 Indicadores de la cultura simbólica

175 Indicadores de la cultura material

187 Indicadores de la cultura social política

3 POLÍTICAS CULTURALES

201 EL PROCESO DE LAS POLÍTICAS CULTURALES

205 EN LAS RELACIONES INTERPERSONALES

(COMUNIDAD)

211 EN LAS RELACIONES INSTITUCIONALES

(COMUNIDAD – REGIÓN)

215 EN LAS RELACIONES NORMATIVAS

(REGIÓN – ESTADO)

219 EN LAS RELACIONES ESTRUCTURALES

(ESTADO)

4 CAMBIOS CONSTITUCIONALES Y DEL MARCO

JURÍDICO LEGAL

221 REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA

CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO PLURAL

Por Elsa Blanco

222 Algunos antecedentes sobre la reforma constitucional en

Guatemala 1982- 1985

224 Los Acuerdos de Paz

225 Las reformas constitucionales y la consulta popular en

Guatemala

225 El modelo pluralista de la década de los noventa

226 Propuesta de reforma constitucional para la construcción de un

Estado Plural

234 Elsa Angélica Blanco

235 CAMBIOS NECESARIOS PARA ESTABLECER UN

SISTEMA EDUCATIVO PLURAL

Por Benito Morales

236 ¿Educación propia que responda a principios y valores,

cosmovisión, lengua, historia y forma de ver y entender el

mundo de los Pueblos Indígenas?

237 Los Acuerdos de Paz y el No a la reforma constitucional

Page 18: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

6

239 ¿Qué hacer?: Reforma constitucional

240 Conclusiones

240 Benito Morales

241 CONSOLIDACIÓN DE GOBIERNOS REGIONALES QUE

PERMITAN LA AUTODETERMINACIÓN DE LOS

PUEBLOS

Por Lucía Xiloj

242 Resumen

242 Introducción

243 Fortalecimiento de los espacios de participación de pueblos

indígenas en los consejos de desarrollo urbano y rural y las

mancomunidades, como un camino para la construcción de un

gobierno regional autónomo

246 Propuesta de consolidación de un gobierno regional para la

promoción y respeto de los derechos individuales y colectivos

de los pueblos indígenas

247 Conclusiones

247 Lucía Xiloj

249 UN CAMBIO ESTRUCTURAL PARCIAL PERO POSIBLE,

SIN CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN

Por Renata Ávila

250 Resumen

250 Introducción

250 Repaso de las memorias de la asamblea nacional constituyente

de 1985 desde distintas ópticas de la comisión de redacción

252 Un cambio estructural parcial pero posible, sin cambiar la

constitución

255 Algunos caminos hacia un Estado Plural

255 Estructura propuesta y pasos a seguir

257 Conclusión

258 Renata Ávila

1 KAME

259 DOCUMENTOS DE APOYO

260 BIBLIOGRAFÍAS, REFERENCIAS Y ANEXOS

260 Bibliografía general

277 Referencia I: El consejo jurídico interinstitucional de

interpretación y asistencia a los derechos colectivos

283 Referencia II: CANEK – Observatorio Cultural

286 Anexo I: Mapas del proceso histórico de división departamental

de Guatemala de 1824 a 1985

Page 19: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

7

Q’ANIL

1 Un acercamiento al contenido de este documento…

2 La propuesta: cambiar el sistema

Page 20: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

8

Page 21: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

UN ACERCAMIENTO AL CONTENIDO DE ESTE DOCUMENTO…

El desafío de la interculturalidad es solamente al monopolio de una

sola cultura como patrimonio universal de la humanidad.

Diana de Vallescar1

Guatemala posee una rica y profunda diversidad cultural. Ésta, lejos de lo

deseado, sigue cautiva en el ámbito inmediato de lo doméstico y comunitario ya

que las estructuras que sostienen el actual Estado guatemalteco, construidas

desde una lógica occidental y sobre un proceso colonial que no termina, impiden

la apertura suficiente para que florezca y tenga un alcance institucional

organizado regional y estatal. Las expresiones que le son permitidas son el

folclor y los símbolos de identidad, expresiones fácilmente convertibles en

producto que convienen para el desarrollo del capital/Estado. La

mercantilización de la diversidad cultural impulsa su paulatina inmersión en un

proceso completo de asimilación. Quedan por ello excluidas sus formas propias

de organización sociopolítica de los espacios clave de toma de decisiones. Su

pleno ejercicio supondría la emergencia de nuevos puntos de poder y la

(re)construcción de nuevas estructuras que cambiarían, sin duda, las relaciones

actuales de exclusión y desigualdad.

1 De Vallescar, Diana. Cultura, multiculturalismo, interculturalismo. Hacia una racionalidad

intercultural. P.S. Editorial. Madrid, 2000.

Page 22: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

2

CANEK – Observatorio Cultural, junto a la Asociación Centro Civitas y al

Centro Cultural de España, inició en el 2008 un proceso de trabajo dedicado a la

diversidad cultural en Guatemala. Este proceso se inició y continúa planteándose

hoy como una conversación plural y horizontal en la que, a la luz de datos

estadísticos de primera mano obtenidos en contextos comunitarios, se pueda ir

construyendo, poco a poco y de abajo hacia arriba, un Estado verdaderamente

plural. En esta conversación en múltiples vías, pero siempre de ida y vuelta, de

decir para escuchar y aprender, se han sumado hasta la fecha numerosos actores

sociales y políticos que constituyen parte de la profunda y rica diversidad

cultural del país. El trabajo de CANEK no ha sido el de decir y el de proponer, el

de analizar y decidir, ni el de reflexionar y accionar, sino que se ha centrado en

hacer posible que surjan las voces y decidan qué y cómo decir, proponer y hacer

desde su interpretación del mundo y desde su propia comprensión del curso que

tiene que seguir su destino. Para entender la magnitud de este proceso es preciso

tener en cuenta cuán dolorosa deviene la experiencia de tomar la palabra en

Guatemala.

Con estas inquietudes, desde CANEK hemos creído poco sensato (si no es que

poco honesto) pensar que el trabajo del observatorio sea el de observar, sobre

todo cuando el ámbito de observación es la cultura, sus relaciones y el ejercicio

de los derechos colectivos. Sostenemos que cada colectivo debe emerger desde su

interior, interpretándose a sí mismo y sin aplicar ningún molde. Por ello, hemos

creído más razonable comprender el observatorio por su condición (la de

facilitar la observación) y no por su función (la de observar). Desde esta lógica,

CANEK se ha ido construyendo poco a poco durante estos dos años como una

casa donde muchos (diversos), comunicados por los medios que hoy nos ofrecen

las nuevas tecnologías, se observan a sí mismos y observan al sistema dominante

donde están inmersos, cada uno desde su cosmovisión o cosmovisiones, y de

forma sistemática.

No hay peor pobreza que la pobreza de la mente; y no hay peor crimen que

silenciar las voces para urdir una sociedad fundamentada en la unidad de un

solipsismo alienador. Claros en esto, estos dos años nos hemos sumado a la

apertura del diálogo para facilitar la interpretación compleja que precisa un

problema complejo. Como dijo Albert Einstein, gran parte de la solución de un

problema se encuentra en su correcta formulación, y para ello es imprescindible

reunirse, sentarse, reflexionar y dialogar.

Políticas culturales para un Estado Plural es un esbozo resumido pero completo

que combina interpretación, análisis y propuesta para la construcción política y

social, desde el fundamento del derecho y las libertades individuales y colectivas,

de un Estado no sólo reconocedor sino ante todo representativo de la realidad

plural que compone Guatemala. Las propuestas que incluye pretenden reunir

iniciativas para romper con esta dinámica que mantiene a una gran parte de la

población excluida y sin voz.

Este documento es una encrucijada de muchos caminos donde cerca de 400

personas de todo el país se han encontrado durante el 2009 para aportar sus

propuestas acerca de la distribución del poder para el desarrollo de su cultura y

de su territorio. El resultado es esperanzador, voces procedentes de los cuatro

pueblos de Guatemala discuten y proponen juntas sobre cómo construir un

Estado desde la comunidad, que no sea sólo reconocedor sino ante todo

representativo de la diversidad de formas de ver, pensar e interpretar su propio

destino y el mundo. Se expone un recorrido formulado desde la interpretación

comunitaria de la cultura y de los derechos colectivos que vincula la comunidad

con su región y ésta con el Estado, de abajo hacia arriba, y finaliza con una serie

de propuestas de cambios constitucionales y del marco jurídico legal actual

necesarios para sustentar el futuro Estado Plural.

Page 23: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

3

Consta de tres partes de contenido, más una de apertura y cierre. La primera,

Construcción social y política del territorio, expone las bases teóricas y

conceptuales sobre las que se sustentan las propuestas sobre regionalismo y de

cambios de los límites político-administrativos del país en base a la

interpretación que han hecho algunas comunidades sobre qué significa territorio

y cómo deberían emerger sus formas propias de organización y toma de

decisiones. Todo ello para asegurar el ejercicio de los derechos colectivos

(derechos que sólo se pueden ejercer de forma grupal, como el derecho colectivo

al idioma, a la posesión y gestión del territorio y del patrimonio natural o a la

autodeterminación, por ejemplo). En esta primera parte es de especial relevancia

el último capítulo, La generación de conocimiento plural, donde se expone el

esfuerzo de dos Comunidades Emergentes de Conocimiento en la construcción

de un sistema de indicadores con plataforma web que permite a cualquier grupo

organizado analizar la situación de los derechos colectivos en realidades

culturales muy diversas, hacer comparativas con entre realidades y con ello

sustentar políticas comunitarias y regionales para el pleno ejercicio de estos

derechos.

La segunda parte, Políticas culturales, presenta una serie de estrategias cuya

finalidad es crear, desde la comunidad, regiones representativas del sentir

comunitario con facultades específicas para crear, finalmente, un Estado Plural

donde esté representada la diversidad.

Finalmente, en la tercera parte, tres abogadas y un abogado exponen, en base a

todas estas propuestas, los cambios necesarios que se deben de hacer a la

Constitución Política de la República de 1985 y al marco jurídico legal actual

para su legalización y para abrir el camino hacia la pluralidad de estado.

El método de trabajo para la elaboración de esta serie de propuestas se ha

construido también de forma participativa. En el 2008 CANEK abrió espacios

para la construcción de una propuesta intercultural (publicada en el libro

Construcción de la comunicación intercultural aplicada) que nos ha servido de

base para trabajar y abrir el tipo de conversación que permitiera relaciones entre

iguales con respeto a la diversidad. En base a esta metodología de trabajo, se

abrió la discusión en el 2009 para elaborar las propuestas que contiene este

documento. Entre los espacios que se abrieron destacan los ciclos

intergeneracionales de debate, la creación y desarrollo de Comunidades

Emergentes de Conocimiento (encargadas de interpretar los derechos colectivos

y hacer consultas comunitarias) y los ciclos de trabajo, con extensa participación

de personas de todo el país, que se llevaron a cabo en Ciudad de Guatemala,

Chiquimulilla y Livingston.

El resultado de este proceso amplio de trabajo es un documento contradictorio.

No hemos pretendido en ningún momento atenuar o anular la contracción, más

bien la hemos fomentado. Ser capaces de hacer emerger la belleza y el poder de

lo diverso se encuentra precisamente en nuestra capacidad (la de todos) de situar

la contradicción en el epicentro de la propuesta y que ésta no vuele en pedazos,

sino que se mantenga sólida y unida por múltiples voces firmemente

entrelazadas, como si se tratara de un petate. Nuestra preocupación ha sido

entonces más bien la de propiciar espacios donde la diferencia fuera respetada y

en donde formas diferentes de pensar pudieran convivir y construir

conjuntamente, sin por ello anularse bajo una homogeneización alienante.

Creemos que la consiguiente creación de un Estado Plural pasará por la

capacidad de crear mecanismos que permitan precisamente sostener la

contradicción como forma de trabajo y de construcción de una sociedad justa y

equitativa; una sociedad donde la igualdad y la diferencia se mantengan en

equilibrio gracias a la cooperación armoniosa entre diversos. Creemos

firmemente también que la lógica del sistema actual debe dejar de ser la igualdad

formal ante una realidad que es desigual y diversa. Ante tan obvia realidad

plural, el actual sistema no tiene más opción que la de desaparecer.

Page 24: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

4

Es importante señalar que la consideración conceptual y teórica que se presenta

aquí alrededor de cultura, territorio, poder, colectivo y derechos colectivos no

está vinculada única y exclusivamente a los Pueblos Originarios. Los derechos

colectivos no son los llamados derechos de los pueblos indígenas, porque no son

derechos de grupos específicos, del mismo modo que los derechos individuales

no son sólo para unos individuos, sino que son universales. La vinculación

crítica que fundamenta este documento no es la relación colectivo – étnia, sino

la de colectivo – territorio con diversidad de pueblos organizados en una

institucionalidad compartida.

Para CANEK resulta imperante profundizar en el desarrollo de la teoría política,

económica, jurídica y social referente a la colectividad en Guatemala desde el

prisma de la cultura y el fundamento de la pluralidad. Ello facilitará sin duda la

ruptura de procesos de colonización como lo es la reiterada perpetuación de lo

indígena y lo ladino, palabras y conceptos de origen netamente colonial. Sin

duda, la mayor conquista del colonialismo ha sido colonizar la mente de los

sometidos, hablar por su boca. El triunfo del colonialismo ha sido la

construcción mental del otro prescindible y atroz, del inexistente, del fracaso del

diálogo entre distintos. Su cenit se encuentra en su expresión más terrible: la

colonización del pensamiento. Éste es el catalizador a partir del cual se

reproduce la lógica del divisionismo entre personas, comunidades, iniciativas y

pueblos; cristalizado en principios en la elaboración de políticas: la

discriminación, la exclusión, el individualismo y el racismo; un país

fragmentado y dividido donde la más cruda explotación surca con estruendo las

hendiduras de sus cortes y tajaduras.

Si vemos de cerca esta lógica de la separación, cimentada para asegurar la

perpetuación y la relevancia de conflictos de carácter étnico sobre problemas

estructurales de fondo (como lo son la concentración de la riqueza, de la tierra y

del poder político, ideológico y bélico), nos daremos cuenta que la condición

plural se extingue y se propone de manera uniforme, desde los más diferentes

bandos, la segregación y la brutalidad mística de la pureza. Sumémosle a esto el

financiamiento externo de infinidad de proyectos unitarios sin noción de

conjunto y reducidos al ámbito comunitario de lo inmediato, que disipa aún más

la condición vinculante, organizativa y de relación amplia que precisa la

construcción de colectivos. Sin duda, referirse a la colectividad por su

vinculación territorial, en base a las relaciones, y superando (pero no borrando)

el principio étnico por la institucionalidad compartida (propuesta fundamental

nacida de entornos comunitarios que sitúa al pluralismo en el mero centro del

debate y de la propuesta política) saldará esta problemática, siempre y cuando la

conformación sociopolítica y de representación del colectivo responda a la

realidad comunitaria y a las necesidades de la colectividad desde la participación

local, es decir, desde las bases, hacia lo regional y de ahí hacia al Estado.

Avanzamos entonces en la ruptura de los procesos de colonización (y de

colonización del pensamiento sobre todo) aún hoy plenamente vigentes en el

país.

Equipo CANEK

Guatemala, diciembre de 2009

Page 25: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

LA PROPUESTA: CAMBIAR EL SISTEMA

Uniones, federaciones, confederaciones y hasta consociaciones son otros tantos

sistemas políticos desarrollados en el mundo occidental para circunstancias

occidentales. Las circunstancias de Sudáfrica son tan diferentes... que ninguno de

esos sistemas podría trasladarse con éxito a estas partes del mundo sin notables

adaptaciones. Por eso estamos en el proceso de diseñar y desarrollar nuestro

sistema particular en Sudáfrica, un sistema que sin duda incorpora algunos de los

rasgos de alguno o todos esos sistemas, pero no responderá a la descripción de

ninguno de ellos en particular. Desarrollaremos nuestro propio sistema de acuerdo

a los requerimientos de nuestras propias circunstancias. Dejemos después que los

teóricos sueñen un nombre para ello

Palabras de Stoffel van der Merwe en 1986 al referirse al proceso de

transformación constitucional de Sudáfrica1

1 Citado en Albó C., Xavier y Barrios, Franz. Por una Bolivia plurinacional e intercultural con

autonomías. Bolivia: Cuaderno de Futuro 22. Informe sobre desarrollo humano. Programa de

las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). 1ª edición. Bolivia, 2007.

Page 26: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

6

La propuesta general, fruto de la apertura de múltiples espacios de discusión y

debate en el 2009, se expone de la siguiente forma:

1111 PRIMERO

Reconstruir la historia de los pueblos y su temporalidad para que, desde su

interpretación de la realidad y del mundo, decidan su propio destino y se

constituyan como sujetos históricos.

Para ello es imperante construir un Estado compuesto, es decir que rompa con el

actual monopolio del poder legislativo concentrado en un solo órgano, con el fin

de consolidar un modelo matricial del poder y la construcción de tantos puntos

de poder como sujetos colectivos se consoliden, sustentados éstos en la

interpretación y ejercicio de los derechos colectivos, en la horizontalidad, la

ascendencia del poder y el desarrollo de la ciudadanía diferenciada.

2222 SEGUNDO

Guatemala, su forma de Estado y sus límites político – administrativos son

producto del proceso colonial iniciado hace más de 500 años. Por ello,

rechazamos esta forma de Estado y estos límites que fragmentan nuestro espacio

vital de relación y de construcción social y política del territorio.

Entendemos por territorio el espacio natural, socio político y simbólico en el que

transcurre (en el tiempo) la existencia de un grupo humano con formas

organizativas nacidas de su propia experiencia, constituido como sujeto

colectivo y por lo tanto con capacidad para ejercer derechos colectivos; basado

en una espiritualidad sustentada en principios y valores solidarios y de respeto y

armonía con la naturaleza, entre personas y comunidades y el cosmos.

Ubicamos el territorio natural que abarca la construcción del Estado Plural aquí

planteado como el territorio que han ocupado históricamente los pueblos

originarios de Mesoamérica (sur de México-Chiapas, Guatemala, Belice,

Honduras, El Salvador, Nicaragua y el nor-occidente de Costa Rica).

Como elementos principales para la construcción del Estado Plural, se toman en

cuenta los siguientes elementos, siempre desde el espacio mesoamericano:

� Desarrollo de la estructura social y política propia, forma de organización

libre y autónoma.

� Recuperación de la armonía entre las relaciones histórico-culturales (arte,

idiomas, dietas alimenticias, costumbres y tradiciones, desarrollo político y

económico, etc.) y las relaciones cosmogónicas, las cuales vinculan nuestra

cultura a una posición geográfica particular y a la biodiversidad que existe en

ella.

3333 TERCERO

Entendemos por cultura como el sistema de relaciones simbólicas (de

significación), materiales (con la naturaleza) y sociopolíticas (entre personas y

comunidades) que dan sentido de unidad y comunidad a una población.

Entendemos por colectividad como la expresión comunitaria y regional de la

cultura. Hablar de colectivo implica hablar de un sistema de relaciones culturales

anclado a un territorio, con estructuras organizativas y de representación

Page 27: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

7

propias, y capaz de generar instituciones donde la realidad plural, a todo nivel,

esté representada.

Nos referimos a colectivo como aquella organización territorial de individuos

que poseen y reclaman una ciudadanía diferenciada; demandan ser considerados

como ciudadanos con igualdad de derechos ante el Estado, pero capaces también

de expresar como colectivo humano su alteridad y su derecho a ser diferentes

colectivamente dentro de su territorio. En consecuencia, cada sujeto colectivo es

singular y sólo puede identificarse y emerger desde su interior.

4444 CUARTO

Para la construcción del Estado Plural es preciso desarrollar las siguientes

políticas desde el interior de cada sujeto colectivo:

� Consolidación de una propuesta de región autónoma con su propio

ordenamiento territorial cuya implementación permita interpretar y ejercer

los derechos colectivos.

� Desarrollar espacios de decisión política comunitaria y regional que

permitan el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales

como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de

instituciones estatales de representación.

� Desarrollo de un órgano regional que autorregule y administre el marco

jurídico y el reglamento legal en función de la realidad cultural plural, de sus

instituciones propias y de sus propios principios y valores.

� Creación de unas finanzas públicas regionales por un órgano fiscal propio

que permita la autogestión financiera y el desarrollo de las propias

instituciones y la ejecución de las propias políticas públicas.

� Creación de una institución educativa pública propia de nuestra región que

responda a nuestros principios y valores, a nuestra cosmovisión, a nuestras

lenguas, historia y forma de ver y entender el mundo, y capaz de crear una

universidad autónoma propia.

� Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica que

permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de

una mejor equidad económica y de posesión del territorio apto para el

cultivo, así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo

de la soberanía alimentaria.

� Generar un proceso de cambio constitucional y del marco jurídico-legal

actual que abra las puertas a la generación de relaciones plurales y que

permita la constitución de sujetos colectivos unidos en un solo Estado

Plural.

5555 QUINTO

Los principios que se usarán en la construcción de nuevas estructuras que

permitirán el desarrollo del sujeto colectivo y su legalización son:

� El pluralismo: el sujeto colectivo no es un sistema étnico de dominación sino

que permite la expresión de la diversidad.

� La soberanía: El poder ejercido por el pueblo y administrado por sus

representantes.

� La autonomía: Autodeterminación, autogestión, autogobierno y

autorregulación del sujeto colectivo mediante sus estructuras organizativas y

de representación.

Page 28: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

8

� La legitimidad: Autoridades y representantes tradicionales, originarios con

prestigio, ética, credibilidad y reconocimiento a nivel local. Debe existir una

representación real de la población en todos los espacios de relación, de

manera que no excluya o exponga a represalias los diferentes puntos de vista

y formas de pensar.

� La representatividad: Real en función de los intereses y las necesidades reales

del colectivo, desde su propia historia y experiencia. El Estado

(reconstruido) con toda su estructura e institucionalidad fundamentada en

la perspectiva plural del reconocimiento y representación de la diversidad.

Organismos construidos con el principio de representatividad real, con base

en los criterios señalados anteriormente

� Formas tradicionales: No únicamente políticas, sociales o simbólicas, sino

también de producción, porque aunque pertenecen más a la esfera de la

cultura material, su desarrollo permiten tanto el desarrollo de la cultura

simbólica como la cultura social y política.

6666 SEXTO

Por ello, proponemos:

PRIMERO Generar un proceso amplio de consulta que permita identificar a los

sujetos colectivos y con ello reconfigurar el mapa político administrativo de la

región desde la interpretación comunitaria del territorio.

SEGUNDO Crear un consejo territorial en cada sujeto colectivo (conformado

por los consejos, representantes y autoridades propios de cada sujeto colectivo y

respectivos de cada una de las esferas de la cultura), que permita avanzar en un

nuevo ordenamiento territorial nacido desde las bases y la construcción de

nuevos órganos de poder regional desde la comunidad, con atribución específica

de facultades según lo estipulado en los derechos colectivos y la interpretación

que hacen de ellos las comunidades.

Este consejo territorial debe permitir la distribución horizontal y real del poder,

facilitar el intercambio y apoyo entre regiones, situar la cosmovisión de los

pueblos como vértebra para la construcción y desarrollo de las instituciones y de

sus formas de organización.

Formado por representantes electos por las comunidades sin pago de salario.

Con respeto a la pluralidad ideológica, consensuando alternativas para un

bienestar común.

Page 29: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

9

CONSTRUCCIÓN SOCIAL Y POLÍTICA DEL TERRITORIO DESDE LA

INTERPRETACIÓN COMUNITARIA

5555 La experiencia de poder local y organización

comunitaria en los 48 Cantones de Totonicapán.

Entrevista con Romeo Tiu

6666 La (ausencia de la) demanda autonómica en

Guatemala

7777 Las Comunidades Emergentes de Conocimiento:

generación de conocimiento plural al servicio del

cambio

1 Cultura, derechos colectivos, territorio y distribución

democrática del poder ante la desigualdad estructural

2222 Historia de conquista y explotación en la construcción

político-administrativa de Guatemala

3333 Mecanismos de individualización del derecho en

ámbitos locales y su repercusión en la subsistencia y

desarrollo de sujetos colectivos

4444 El reclamo del derecho colectivo a la tierra: El caso de

expropiación de terrenos ancestrales propiedad de la

comunidad xinka de Jumaytepeque

Page 30: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

10

Page 31: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Síntesis de memorias de trabajo 2009 CULTURA, DERECHOS COLECTIVOS, TERRITORIO Y DISTRIBUCIÓN DEMOCRÁTICA DEL PODER ANTE LA DESIGUALDAD ESTRUCTURAL ÍNDICE

La cultura como forma de vida, como sistema de relaciones regulado por una

comprensión íntima del tiempo

El colectivo: construcción social y política del territorio desde la comunidad

Los derechos colectivos

Algunos ejemplos de regionalización desde la interpretación comunitaria del territorio

y de los derechos colectivos

La importancia de interpretar el tiempo desde la comunidad

El proceso de interpretación del tiempo

El pueblo xinka , maya, “mestizo” y garinagu

La relevancia de las estructuras en la regulación del tiempo

El capitalismo y el sometimiento del tiempo comunitario

La desigualdad estructural

La estructura piramidal del poder

Page 32: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

10

LA CULTURA COMO FORMA DE VIDA, COMO SISTEMA DE RELACIONES REGULADO POR UNA COMPRENSIÓN ÍNTIMA DEL TIEMPO

De vez en cuando

Camino al revés:

Es mi modo de recordar

Si caminara sólo hacia delante,

Te podría contar

Como es el olvido.

Humberto Ak’abal1

En su sentido más clásico y abstracto, la cultura es la expresión del ser de la

sociedad, es decir, de grupos humanos que comparten elementos de identidad

fundamentados en el idioma, las emociones, una historia compartida, un

territorio con el que se identifican, las simbologías, los significados y sus

producciones materiales y sociopolíticas. Al posmodernismo se le atribuye haber

reconstruido esta visión de cultura y considerarla no sólo como una mera

producción y reproducción de formas de ser y de ver la vida, sino también como

la generación de relaciones entre los individuos, con la naturaleza y el cosmos.

Ésta última es una consideración occidental al respecto de la cultura en un

intento por rescatar su propia forma de pensamiento. Ante la angustia que

1 Citado en Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la

Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto Nº 3. Guatemala, enero

de 2008

genera en la filosofía occidental presentir (si no declarar ya abiertamente) el fin

de la historia, dado el impacto que el capitalismo ha generado en la

interpretación del tiempo, del progreso y, en consecuencia, del desarrollo; la

interpretación que plantean los pueblos originarios de estas latitudes puede dar

una visión más sustantiva sobre la cultura, al menos más viva. La cultura,

definitivamente, se considera también como un sistema de relaciones, como una

forma de vida completa que no se conoce sólo por los elementos que la

componen sino por la relación que hay entre ellos. Su diferencia estriba de la

occidental en que la consideran siempre gravitando sobre una temporalidad

enraizada en un sujeto histórico, capaz por sí mismo de interpretar, generar,

transformar y rejuvenecer el tiempo. En consecuencia, la inexorable línea recta

que fundamenta la idea de progreso en las relaciones culturales del pensamiento

occidental, se tuerce y se arremolina en las culturas precolombinas. Aunque con

sus múltiples diferencias, en el interior de su diversidad todas son determinantes

en que el ser humano es una metáfora del universo que refleja en su ser

individual la imagen de una unidad cósmica colectiva, universal y

fundamentalmente diversa. Esta(s) cosmovisión(es) de las culturas

precolombinas tiñe las relaciones de temporalidad, de vida. Es desde esta

interpretación íntima del tiempo que se da sentido y contenido al espacio, al

territorio, y a todo lo que en él existe.

Si observamos con este pensamiento, la cultura no se ve como un cúmulo de

rasgos distintivos sino que se concibe como un sistema integrado de relaciones

regulado por un continuum propio, es decir una temporalidad marcada por un

latido que se escucha y se siente en toda forma. Por consiguiente, todo está

interconectado en un mismo pulso sanguíneo que marca el desarrollo del tiempo

en una pauta y un código de relación compartidos. El sistema de relaciones está

marcado por este compás, por esta interpretación del tiempo que se expresa en

la forma con la que el ser humano está vinculado con la naturaleza, el cosmos y

en sociedad. Esta temporalidad (re)genera un ciclo de vida que comparten todos

los seres animados e inanimados. En la cosmovisión propia de cada cultura se

Page 33: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

11

narra precisamente la creación del tiempo y en consecuencia de ella se

desprende la forma propia que tiene cada cultura de ver y entender el mundo.

Los ancestros viven junto a nosotros, vivimos con ellos. Cuando los garífunas nos juntamos, nos reunimos, no sólo consultamos a los vivos, también a los muertos, porque ellos conocen el pasado, el origen, y pueden guiarnos mejor.

Intergeneracional, 06/09

Los nawales en la cultura maya, por ejemplo, unen a cada uno de los individuos

al flujo temporal de su calendario, es decir, enlazan a la persona con el sistema

de relaciones propio de su cultura y unen el latido de cada uno de sus corazones

al del universo. El tiempo, entonces, es hacedor de vida porque da sentido a la

persona en su comunidad y en la historia de su pueblo. Esta comprensión del

tiempo es la base con la que se interpretan los símbolos de la vida de cada uno de

los miembros de la cultura maya y la forma en la que se compone y se desarrolla

la estructura de su sistema organizativo, tanto social como político, espiritual y

productivo.

Para elegir autoridades se toma en cuenta la espiritualidad; el nawal de la persona, para determinar qué cargo puede ocupar. Según el calendario, se fijan fechas de reunión y de selección de autoridades, y su número idóneo y sus cargos. La espiritualidad y la cosmovisión abarcan muchos aspectos de la vida, ocupa aspectos sociales, de salud, y de naturaleza política... La identidad es mucho más que folclor, es organización, es vida. Por eso nuestra lucha. Sin identidad estamos muertas.

Intergeneracional, 06/09

Podemos entender ahora la importancia que tiene en la cultura maya el ombligo

y el cordón umbilical, y el profundo simbolismo que se les otorga: la unión con

una memoria compartida (la historia del pueblo maya) mediante la relación del

ser humano con la Madre Tierra; tiempo y espacio entrelazados. Es por ello que,

siguiendo la tradición, al nacer se entierra el ombligo en el lugar de origen,

porque se sigue percibiendo alimento pero no de la madre, sino de la tierra;

dañar la naturaleza es como envenenar la placenta.

La tierra no es nuestra. Nosotros somos de la tierra.

CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al. 04/09

El tiempo en la cultura maya muere y renace cada cierto periodo, tal y como lo

hacen los seres vivos, regenerándose de esta forma la historia y el marco

ecológico de relaciones en el que se sostiene su cultura.

Aquí entreabrimos ya el desastre que supone, para los ecosistemas en los que

están inmersos los pueblos que componen la diversidad cultural del mundo, la

imposición de una sola forma de entender el tiempo y la destrucción cultural

que implica la obligación de vivir una comprensión aliena del proceso de

relación entre personas, con la naturaleza y con el cosmos, el cual impacta

directamente y destroza su organización social, económica, política y espiritual.

La destrucción de nuestro medio por la industria azucarera destruye también nuestra cultura. Nuestra razón de ser, nuestra forma de organizarnos y de vivir como pueblo xinka, está en cómo cambian los árboles, los animales, los insectos, y el tiempo, que ahora no conocemos, porque, por ejemplo, no llueve cuando debe, y cuando lo hace, por la falta de bosques, todo se inunda y destruye, derribando nuestras casas y matando nuestra fauna. No hablemos ya de lo que nos afecta la quema de la caña.

Ciclo Chiquimulilla, 09/09

Como veremos más adelante en este capítulo, el capitalismo se ha enraizado en

el núcleo regulador de relaciones, y desarrolla una temporalidad marcada por

una velocidad desbocada, que descompone las interacciones de los sistemas

culturales de relación ya que excluye al sujeto de su realidad temporal y lo remite

a una interacción fundamentada en el lucro desenfrenado y la explotación

empresarial, bases de significación de su realidad invasora. «Como lo dice S.

Page 34: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

12

Tombazos (en Bensaid, 2003, 144): “El capital es justamente una organización

conceptual del tiempo. No es ni una cosa, ni una simple relación social, sino una

racionalidad viva, un concepto activo, la abstracción in actu” »”2. Carente de

sustrato vital, el capitalismo obtiene su sustento existencial absorbiendo la

temporalidad de los múltiples sistemas de relación que componen la diversidad

cultural. El resultado es el desarrollo de “una misma dinámica económica que

nos engloba a todos y nos uniformiza culturalmente”3.

Los principales responsables de la pérdida de nuestra cultura somos nosotros mismos. Luego las iglesias, los terratenientes y grandes familias de este país. El gobierno. Ahora, además, las empresas y los narcos. Sólo nosotros solos podemos salir de esto, que ya dura demasiado. Estamos siendo gobernados con un Estado tipo finca, donde se utiliza la violencia (represión) como mecanismo naturalizado de control.

CEC Moloj Naoj Kaqchikel, 09/09

La filosofía occidental, cristalizada la mayor de las veces en la teoría científica, a

la vista de las consecuencias que ha generado en el mundo este tiempo abstracto

y depredador del capitalismo, ha hecho increíbles esfuerzos por rejuvenecer su

propio tiempo, detener la explosiva homogeneización y centralización que

produce su pensamiento y regenerar así su cultura con el propósito de construir

una nueva historia. Al respecto es admirable el trabajo de Daniel Matul,

referencia de la intelectualidad maya actual, que hace admirables vínculos entre

la milenaria cultura maya y la teoría científica occidental de las últimas décadas4.

2 Citado en Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la

Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto Nº 3. Guatemala, enero de

2008 3 Noëlle Chamoux, Marie y Contreras, Jesús. La gestión comunal de los recursos. Economía y

poder en las sociedades locales de España y América Latina. Icaria. Institut Català

d’Antropologia. Barcelona, 1993. 4 Véase Matul, Daniel. La emergencia de las ciencias contemporáneas y Una fecundidad

insospechada en CANEK – Observatorio Cultural (2008). Construcción de comunicación

Profundicemos ahora en esta visión de la cultura y veámosla como una forma de

vida colectiva que se desarrolla gracias a las relaciones que generan las personas

que la conforman. Desde este punto de vista, la cultura deja de ser un conjunto

de elementos estáticos o de rasgos distintivos; deja de ser algo eminentemente

paralizado para convertirse en un sistema de relaciones dinámico, vivo,

complejo, íntimamente interrelacionado, holístico y en constante transformación

del presente y hacedora del futuro gracias a la interpretación que hacen sus

miembros de su propia historia.

Si la cultura no es una unidad fija e inmutable sino que se encuentra en

constante transformación, un análisis profundo sobre sus niveles de desarrollo o

degradación no puede basarse en el método científico tradicional, es decir, no

podemos diseccionar sus partes y examinar sus componentes. Dado que, desde

esta perspectiva, la cultura no está compuesta por unidades sino por relaciones

impulsadas por un marco temporal propio, para comprender su estado es

preciso entender las transformaciones que se dan en ese conjunto de relaciones

que le dan vida.

Muy a conveniencia de esta línea de análisis se encuentra la perspectiva con la

que Xavier Albó y Franz Barrios abordan la problemática social, económica y

política de Bolivia en su libro Por una Bolivia plurinacional e intercultural con

autonomías.5 Establecen tres esferas o dimensiones de relaciones estrechamente

interrelacionadas: la material, la social o política y la simbólica.

En la cultura material ubicamos las relaciones con la naturaleza, en otras

palabras, lo relacionado con la producción, la ciencia y tecnología, la vivienda, la

intercultural aplicada. Guatemala: Centro Cultural de España en Guatemala, Ediciones

Librovisor. Guatemala, 2008. 5 Albó C., Xavier y Barrios, Franz (2007). Por una Bolivia plurinacional e intercultural con

autonomías. Bolivia: Cuaderno de Futuro 22. Informe sobre desarrollo humano. Programa de

las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). 1ª edición, pp. 75-77.

Page 35: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

13

alimentación y todos aquellos vínculos que se generan con los elementos

naturales existentes en el territorio. La cultura social y política se refiere a las

relaciones entre personas y grupos como la familia, la comunidad y la política

(obviamente no sólo partidista). En la cultura simbólica se desarrollan las

relaciones que dan sentido al conjunto y que conforman la cosmovisión propia

de cada cultura, por eso en ella se ubica el lenguaje, los valores, el arte, los

medios de comunicación (modernos y ancestrales), la educación y la

espiritualidad. Estas tres esferas no se desarrollan de forma separada sino que se

encuentran estrechamente vinculadas. Un cambio en una de ellas afecta a las

demás. Por ejemplo, cambiar el tipo de vivienda o la alimentación (esfera de la

cultura material) redunda en un cambio en las relaciones intrafamiliares y en las

decisiones sobre qué producir (esfera social o política) y en un cambio en las

relaciones de lenguaje y de valores (esfera simbólica). Ninguna de las partes es

más prominente ni más importante. Todas integran un sistema mayor a la suma

de sus partes: la cultura. Todas juntas dan vida a la cultura. Con ello queremos

decir que entender una de sus partes implica necesariamente conocer el

conjunto de relaciones con las que se sustenta. En otras palabras, significa

entender su cosmovisión, y ésa es la forma con la que el grupo de individuos que

conforman una cultura demuestran, mediante el tipo de relaciones que

mantienen, cómo interpretan la vida y el mundo. Por ello, como dijimos, toda

relación es integral. Otro ejemplo: las decisiones que toma un colectivo respecto

al ejercicio de su colectividad se dan en un lugar emblemático, con unas

personas y de una forma particular, con un protocolo determinado y en un

idioma o idiomas específicos. Como vemos en este segundo ejemplo las tres

esferas también se dan al mismo tiempo. Con ello queremos dar un salto

cualitativo a la comprensión de la cultura: pasamos de verla sólo como expresión

artística o de símbolos de identidad, lo que la reduce a un mero producto, a

ahondar en la profundidad, totalidad y complejidad (e implicaciones) que

significa verla como un sistema de relaciones gravitando dentro de un marco

temporal propio, que marca el compás de sus signos vitales.

Tiempo

Cultura material

Producción,

alimento,

vivienda…

Cultura simbólica

Lenguaje, valores,

religión, arte…

Cultura social o

política

Familia,

comunidad,

política…

Esfera de relación significadora

que da sentido al conjunto

Esfera de relación entre personas

y grupos

Esfera de relación con la

naturaleza

LA CULTURA COMO FORMA DE VIDA, COMO

SISTEMA DE RELACIONES REGULADO POR UNA

COMPRENSIÓN ÍNTIMA DEL TIEMPO

Page 36: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

14

LA IMPORTANCIA DE INTERPRETAR EL TIEMPO DESDE LA COMUNIDAD

La utopía basada en la instauración del cuerpo colectivo que surge con su

propio lenguaje (…). Este es el lenguaje de la autonomía, en tanto cultura

con su propia expresividad y su propia temporalidad.

Sergio Tischler Visquerra

Si profundizamos en cómo un pueblo entiende el tiempo, descubriremos los

principios que regulan las relaciones sobre las que se sostiene su cultura. Esta

comprensión del tiempo es lo que da contenido cultural al territorio porque,

obviamente, las relaciones se dan en un espacio concreto. En otras palabras, el

tiempo comunitario da sentido y contenido al espacio vital donde se habita. En

esta comprensión se manifiesta el código (estructura) a partir del cual se regulan

las relaciones que dan sentido de pertenencia a un grupo de personas en el lugar

donde habitan.

La interpretación del tiempo (o la síntesis de cómo está relacionada nuestra

visión del pasado, del futuro y del presente) y los valores que guían su uso

establecen nuestros principios de desarrollo. Es decir, entender qué es desarrollo

para cada pueblo es entender la forma y el uso que cada uno de ellos hace de su

temporalidad. En consecuencia, desarrollar la comprensión que las

comunidades tienen del tiempo implica que éstas generen su propio destino, es

decir, que éstas tejan su propio tiempo y escriban su propia historia. Supone,

entonces, ver a las comunidades como sujetos históricos. Eso sucede cuando las

comunidades son capaces de agruparse, organizarse y recoger la memoria de sus

ancestros, de desarrollar su comprensión moderna de la historia y de decidir

sobre el futuro de sus miembros. Por eso damos tanta importancia a la

interpretación comunitaria del tiempo: cuando uno siente que forma parte del

tiempo en el que vive, se genera un enorme sentimiento de pertenencia, ya que

se tiene un sentido integral de relación con todo lo que está vinculado al tiempo

en el que se vive y a todo aquello que lo representa. Cuando los pueblos escriben

su propia historia es porque dirigen su propio destino.

Preguntémonos ahora, ¿quién ha escrito la historia de Guatemala? ¿Qué historia

aprenden los niños y las niñas? ¿Qué sucedería si los diferentes sujetos históricos

de Guatemala, construidos desde la comunidad, fueran poseedores de su propio

tiempo y contaran su propia historia con su propia voz?

Me sorprende que los jóvenes de hoy no sepan que vivimos una guerra hace apenas 10 años. Ahora hay violencia en las calles, antes había violencia política. Reunirse y hablar estaba perseguido.

Intergeneracional, 05/09

Hay una gran brecha intergeneracional. El pueblo maya padece una pérdida muy grave de la memoria. Las relaciones que unía el conocimiento de nuestra historia, nuestra historia compartida, se desvanecen.

Intergeneracional, 06/09

Podemos afirmar que vivir la propia concepción del tiempo (lineal, circular,

espiral…) implica decidir sobre cómo se recuerda el pasado, sobre cómo se

comprende la actualidad y sobre cómo debería de ser el futuro. Eso nos muestra

que la cosmovisión de cada pueblo se sustenta en una comprensión particular

del tiempo como sistema regulador de relaciones simbólicas, materiales y

sociopolíticas, es decir, de la persona con su comunidad y con su territorio. Vivir

la propia concepción del tiempo es, en última instancia y como dijimos,

establecer y planificar el propio proceso (sucesión del tiempo) de desarrollo.

Apropiarse del tiempo es restablecer el sentido mismo de la propia existencia: la

interrelación entre sistema de relaciones y territorio, entre tiempo y espacio,

genera el marco de vida definidor de relaciones múltiples de las personas y

grupos que concreta el marco ecológico de su existencia.

Page 37: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

15

EL PROCESO DE INTERPRETACIÓN COMUNITARIA DEL TIEMPO

Como expusimos anteriormente, entender cómo los pueblos interpretan y

miden el tiempo nos dará las claves sobre cómo éstos entienden las relaciones

que fundamentan su cultura y, en consecuencia, cómo comprenden el

desarrollo. Este concepto de desarrollo lo contrastaremos más adelante en el

contexto de desigualdades estructurales para saber si pueden o no pueden

llevarlo a cabo como sujetos históricos y qué propuestas existen para

recuperarlo. Los pasos que se siguieron para este ejercicio fueron los siguientes:

PRIMERO: Observar el contexto de prácticas y relaciones

Reflexionar sobre

� Factores determinantes que inciden en la interpretación del tiempo en cada

esfera de la cultura.

� Factores con que se mide y actores que miden el tiempo por esfera de la

cultura.

� Factores estructurales que no permiten el desarrollo del tiempo comunitario

en cada esfera de la cultura.

SEGUNDO: Escribir el texto del discurso

Reflexionar sobre

� ¿Qué pensamos del análisis del tiempo que se ha hecho antes?

� ¿Por qué creemos que sucede y qué crítica tenemos ante esta realidad?

TERCERO: Determinar acciones organizadas para lograr el cambio del contexto

Reflexionar sobre

� ¿Qué podemos hacer conjuntamente para cambiar esta realidad?

Los resultados que hemos sintetizado de las conversaciones que se sostuvieron:

EL PUEBLO XINKA

El tiempo “es el espacio inmaterial o ciclo de vida que permite convivir,

expresar, armonizar, relacionarse con todos los elementos de la cultura y realizar

acciones con medida y exactitud en un lugar determinado para que el hombre

logre sus objetivos”. “El tiempo es el ciclo de vida que Dios le da a cada ser

viviente y es el conocimiento de las formas ancestrales de vida.” “Como valores

dados en el tiempo hay el respeto a la naturaleza, valor a las personas, sentido

comunitario, ayuda mutua y el respeto a la palabra dada”. “El tiempo es la base

para organizarnos y buscar proyectos productivos”. “El tiempo propio de la

Gracias al apoyo del Consejo Coordinador del Pueblo Xinka de Guatemala y del Proyecto Fomento y Salvaguarda de la cultura Garífuna, se elaboró un ciclo de debate en el 2009 que llevó por nombre Construcción de un Estado

Plural desde la interpretación comunitaria del territorio. En este ciclo, compuesto de tres reuniones, se reunieron más de 200 personas de todo el país con representación etnolingüística casi completa y, entre muchas otras cuestiones, se profundizó en la interpretación comunitaria del tiempo, base de significación para entender más tarde el espacio y, con él, el territorio. En la realización de los debates se utilizaron las formas propias de reunión, consenso y representación de los pueblos xinka y garinagu, que exponemos en el capítulo Políticas culturales en el apartado El proceso de construcción

de las políticas culturales. Mostramos a continuación los resultados de este diálogo entre los cuatro pueblos de Guatemala respecto a la interpretación comunitaria del tiempo.

Page 38: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

16

comunidad surge cuando nos adaptamos a la naturaleza y en base a ella

podemos trabajar, porque somos parte de la naturaleza”.

“La forma de entender el tiempo es algo que

se ha transmitido de generación en

generación”. Los factores que son

determinantes en la interpretación del tiempo

y que permiten medirlo son “la forma de

trabajo comunitario y uso de la tierra”, “el

conocimiento de los abuelos respecto a la

relación con el hombre y la naturaleza”. Los signos de la naturaleza son

fundamentales para interpretar el tiempo, por lo que hay una relación muy

estrecha, ya que “los efectos o fases de la luna indican el tiempo en el que

debemos cortar madera para la elaboración de instrumentos. También lo es la

entrada del invierno que nos indica el tiempo de siembra de los productos”. “La

posición de los astros como orientación para hacer nuestras cosas. Por ejemplo,

los movimientos lunares para siembra o cosecha. En la mujer juega un papel

importante también la fase lunar”. Al respecto de los fenómenos atmosféricos,

“la ubicación de nubes o de donde llueve para saber si es o no buena el agua”.

La relación con la naturaleza es básica, “el agua,

luna, animales, sol, día, noche. La cosmovisión

encierra un sentir de cada uno de las cosas que

existen dentro del contexto”. “Los animales

como presagio de acciones buenas o malas que

pueden suceder”. Por ejemplo, “cuando la

hormiga cambia de un lugar a otro más seguro

es porque el invierno se acerca”. “Cuando va a ser mal tiempo o se aglomera, la

hormiga saca sus huevos a otro lugar más seguro”. “Cuando truena más y

relampaguea fuerte los cangrejos del río se salen de las cuevas, buscan un lugar

seguro para que la corriente no los arrastre”. “También según nuestra creencia

cuando a las primeras aguas sale a media lluvia el escarabajo quiere decir que el

invierno va a ser malo”. La naturaleza regula los tiempos de producción.

“Invierno siembra, verano cosecha” y ello regula “las acciones de las personas en

su comunidad”. Implica que “dentro de las juntas directivas comunitarias

tengamos ciertos tiempos de desarrollo de las actividades”. Así “fueron

enseñados nuestros abuelos”. “Los abuelos y abuelas determinaban diferentes

tiempos para realizar cualquier actividad y sabían cuándo, por ejemplo con los

cambios de la luna que era hora de cortar madera. De esta forma y muchas más

se medía el tiempo”.

“Un factor que no permite la relación con

nuestro tiempo es la tala de árboles para la

siembra de caña, que altera el clima y toda

nuestra relación con la naturaleza” y la

“contaminación”. Tampoco lo permite el hecho

de que “no hay unidad”, y de que existe

“desunión colectiva en nuestra comunidad. La

poca atención e información de cómo estamos organizados. También es

importante en ello nuestra historia de sumisión y esclavitud” y la “auto

discriminación”. En consecuencia “se pierde la cosmovisión de los ancestros”.

“Perdemos nuestra tradición porque somos como el hombre quiere y no como la

naturaleza quiere”. “Nuestros antepasados cuidaban las montañas, las que hoy

destruimos. Tenemos poco conocimiento de nuestra cultura en la escuela, que

no la conocen ni las autoridades que nos gobiernan, y por eso ni piensan en

ponerla en práctica”. Otros factores son “los electoreros, la conquista y colonia,

los económicos, la no aceptación y reconocimiento de las comunidades, la

deforestación y destrucción de la tierra por la mano del ser humano”.

Es importante “adaptarnos a la naturaleza y en base a ella poder trabajar porque

somos parte de la naturaleza”. Y “recuperar en las escuelas, puestos de salud y

gobierno la presencia y el conocimiento de nuestros abuelos y abuelas”.

Page 39: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

17

EL PUEBLO MAYA

“Sabemos que ya perdimos el concepto de vida y por eso es que a veces no

podemos dar el concepto de tiempo, ya que parece que la vida ya no nos

interesa. Nos interesa ganar más. Ahora todo es monetario y mercantilista, es

por eso que perdemos la razón de toda nuestra cultura cuando las cuatro

culturas son ricas, en experiencia y conocimiento y para seguir evolucionando

en la vida”. El tiempo “es el círculo de la vida que une a la naturaleza, al cosmos

y a nosotros los seres humanos”. “Nuestros ancestros manejaban el tiempo en su

siembra, en la naturaleza, en el espacio y en la formación de la vida. El tiempo se

conoce mediante el conocimiento de la cosmovisión”. “Se trata de un sistema

donde el pasado, presente y futuro están relacionados”, “es la madre en gestación

constante”. “Estar en armonía con la naturaleza es ser consciente de nuestra

propia identidad y de nuestro propio tiempo”. En definitiva, “el tiempo es un

elemento fundamental en la vida del ser humano para manejarse en la

convivencia armoniosa y equilibrada con la madre naturaleza”.

“A veces no se quiere aceptar que las mujeres descubrieron el tiempo, pero así

es, porque ellas eran las recolectores de los primeros alimentos, y con el pastoreo

de los animales también se dieron cuenta del ciclo sagrado de vida, descubrieron

con los cerdos cuanto tiempo duraba el embarazo. Así es cómo se descubren los

calendarios sagrados a través del trabajo de las mujeres. Esa es la aportación más

grande que tienen las mujeres ante la humanidad en la civilización maya: ellas

descubrieron el tiempo. Esta sabiduría se trasladó a los contadores de tiempo,

científicos que construyeron los calendarios que regulan nuestra vida. Para

nosotros los mayas el tiempo es la energía, es la fuerza del nawal que nos une en

un solo pueblo. Pero ahorita después de la firma de la paz, solo nos entretienen

con talleres, capacitaciones y seminarios. Es hora de que despertemos de nuestra

realidad y aquí es bueno empezar por desarrollar de una vez nuestro tiempo,

nuestra historia. Sentémonos y construyamos nuestra consciencia para volver a

encontrar nuestro espíritu. Aprendamos a leer el tiempo en el 2012: el universo

ha llegado a su vejez, todo está en contra de nosotros, la radio, los medios de

comunicación, el consumismo y la repartición que se hizo del universo.

Necesitamos disciplina para romper este cerco de opresión que nos han

impuesto y nos imponemos”.

Nuestra crítica ante la situación actual es que hemos descuidado nuestra cultura,

nuestros valores, y que nos hemos vuelto consumistas y que hemos aceptado la

invasión de otras culturas. “Se da el desconocimiento porque existe un rechazo a

la propia cultura”.

Los factores que no permiten el desarrollo de nuestro propio tiempo son la

“globalización, la minería, el TLC y los productos químicos”, así como “la

comercialización de productos extranjeros” y los que “cultivan nuestra riqueza la

venden en el extranjero”. También repercute “la falta de participación de las

comunidades en la toma de decisiones ante las autoridades”. También influye el

“sistema estructural de gobierno y estado, que genera una educación, un sistema

judicial, y una política económica y social en la que no está representado nuestro

pueblo”.

“Somos minorías porque estamos divididos. Con un plan unido seremos

mayoría”. En consecuencia, “unifiquemos esfuerzos entre las organizaciones

para accionar ante la problemática”. Por ello, “la comunidad debe establecer el

rumbo a seguir partiendo del uso que se le da a los recursos humanos y

materiales en base al análisis de nuestra historia”. “Es muy importante entonces

tomar en cuenta el conocimiento ancestral para rectificar las acciones del

presente”. Es preciso generar propuestas que “respeten la cultura de cada uno de

los pueblos y que exista una representación equitativa de cada pueblo”, es decir

“crear propuesta colectivas en beneficio de los pueblos, de acuerdo al contexto

coyuntural y de necesidades”.

Page 40: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

18

EL PUEBLO “MESTIZO”

“El tiempo es una cadena de eventos o sucesos que se entrelazan y que a veces

chocan en donde ocurren cambios, transformaciones, evolución o involución”.

“El tiempo es lineal, donde todo tiene un inicio y un final. Los factores con que

se mide son los procesos históricos, la tecnología que va evolucionando, el

desarrollo y el capital, entendido como trabajo y autonomía. Hoy en día nos

encontramos que parece que nunca hay tiempo para nada, que todo va muy

rápido. Para la mejora de las relaciones proponemos un reencuentro con la

naturaleza y sus tiempos. Para ello creemos necesario dejar a un lado el

consumismo y buscar la autarquía, es decir producir lo que se va a consumir, en

donde cada individuo o familia debe buscarse una forma autónoma de vivir y no

depender de elementos externos. También la autodeterminación individual

(elegir por nosotros mismos) y colectivo, igualdad (jornada de trabajo,

económica y de oportunidades), el respeto (entre etnias y culturas), y amor”.

EL PUEBLO GARINAGU

“Dan liguia”

“Lida le lere leiba guduna ahen busenbubei bachuluru ni hin lu bei bachulura

hosubidi. Libe saguanda runi ligía adugubei lun lada rasaru wawanseru kei

garinagu lun waduguni lanina lunina. Wasamina luagu dan ligira hama binadu

waguburigu gasaminara ditiame ha laumeha harihini we ru subudi hamali

kaladan bei harihi meha luagutugudi gañi subudi hamali lau buidu harula”.

“Ladugu hondaru garinagu sagu hati lun gawarala lichugu subudi hon garinagu

luagu awanseruni. Lida katañadiwala halion badiwala keisi garinagu. Suame

lumutiwa wasamina luagu linaru le wanibei keisi garinagu ibagaragei. Mabu

leida wamei saruoü”.

“El tiempo”

Cuando la corriente del agua es muy fuerte y quieres llegar a tu destino debes de ir

por la orilla.

“La idea que nos trae la vida de nuestros ancestros en aquellos tiempos guiada

por sus conocimientos astrológicos, pronosticaban el correr del tiempo con los

movimientos de la naturaleza. El calendario occidental marca el tiempo, pero

culturalmente para medir el tiempo los antepasados se concentraban en

elementos como el desplazamiento del sol en el día y de la luna por la noche, las

alertas que dan los animales, la dirección del viento, la posición, forma y color de

las nubes; etc. En el sol, la luna, los ciclos de la naturaleza y el canto de los gallos

para saber cuánto tiempo transcurría. Hoy el pueblo se ha adoptado a las

jornadas oficiales de educación y de trabajo, con lo que se ha roto con la

organización social propia”.

“Con el tema de las modas se ha abandonado mucho el uso de los trajes

regionales o típicos; incluso la comida ya no se elabora de forma tan artesanal,

con la introducción de aparatos tecnológicos y productos procesados, se ha

modificado la elaboración de alimentos, que nos congregaba, incluso se ha

adoptado el consumo de muchos productos no locales. Con ello, se ha destruido

el tiempo doméstico, el tiempo de la familia en la elaboración de nuestro propio

sustento, y con ello la pesca, que genera las relaciones que nos sostienen como

pueblo y nos unen con la naturaleza. Se ha destruido el tiempo espiritual, que

nos relacionaba con los ancestros. Se ha destruido el tiempo social, que nos

reunía en comunidad para tratar los problemas que nos afectan y así hablar con

nuestros muertos. El tiempo está destruido, el tiempo está mudo, ya no se le oye,

y por eso estamos divididos”.

Page 41: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

19

EL COLECTIVO: CONSTRUCCIÓN SOCIAL Y POLÍTICA DEL TERRITORIO DESDE LA COMUNIDAD

La colectividad es la expresión comunitaria y regional de la cultura; es decir es su

expresión territorial. Hablar de colectivo implica hablar de un sistema de

relaciones anclado a un territorio (vea la definición anterior de cultura y sistema

de relaciones en La cultura como forma de vida). Esta acotación territorial es

fundamental para dar sentido a lo comunitario y a lo regional desde una lógica

cultural de construcción y desarrollo ascendente, es decir, de abajo hacia arriba,

con consideración de la pluralidad, y no de dominación descendente, de arriba

hacia abajo, con consideración monista (de una sola cultura).

Entendamos esta doble personalidad del sujeto colectivo: tiene una personalidad

inmediata, expresada en el ámbito territorial de lo comunitario, y otra

personalidad mediata, expresada en el ámbito territorial de una región. Vendría

a ser algo así como “yo soy de esta comunidad, en la que vivo, y pertenezco a esta

región, en la que me identifico porque en ella desarrollo las relaciones propias de

mi cultura”. La cultura entonces no queda reducida al ámbito doméstico de la

familia y de la comunidad, sino que tiene un alcance territorial amplio. En esta

doble personalidad del sujeto colectivo vamos entreviendo, poco a poco, la

construcción de un Estado Plural desde la comunidad.

Lo local está más circunscrito a la concepto estatal de municipio, tiene una connotación que lo vincula a lo municipal, y lo comunitario posee otra connotación menos viciada por el sistema; más bien el sistema rechaza lo comunitario, lo ha abandonado. El ejercicio comunitario es más legítimo y vinculado a la colectividad y a su territorio, al derecho colectivo y a su ejercicio, desde esta interpretación de cultura fundamentada en relaciones y a la comprensión original del tiempo.

CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al. 04/09

Pero volvamos antes a la definición de colectivo. La consideración de lo

colectivo como expresión territorial de la cultura, como construcción social del

territorio desde la interpretación comunitaria, tiene además un propósito de

carácter jurídico, legal y político: como veremos más adelante, podemos vincular

las tres esferas de la cultura con los derechos colectivos. Esta capacidad por

derecho de ejercer la colectividad, y en última instancia de ejercer la cultura con

toda su complejidad en un territorio específico, tiene implicaciones políticas, ya

que por derecho los colectivos, —dentro del territorio que consideran como

espacio vital para desarrollar su cultura— tienen el derecho de autodeterminarse,

de decidir su propio destino (es decir recuperar su memoria y re-construir su

propia historia). Como podemos ver, aquí estamos vinculando la cultura al

concepto de colectivo mediante la variable “construcción social y política del

territorio”, lo que confiere a la diversidad cultural, en última instancia, una voz,

un cariz político,6 y no, como es usual, una expresión meramente folklórica y

carente del sustento social, económico y organizativo que es en realidad lo que

da vida a estas expresiones. Definamos colectivo desde esta perspectiva.

Nos referimos a colectivo como aquella organización territorial de individuos

que poseen y reclaman una ciudadanía diferenciada; demandan ser considerados

como ciudadanos con igualdad de derechos ante el Estado, pero capaces también

de expresar como colectivo humano su alteridad y su derecho a ser diferentes

colectivamente dentro de su territorio.

La colectividad posee la característica de grupo humano organizado, con un sentimiento de pertenencia e identidad

CEC Colectiva I

Un colectivo es un Conjunto de habitantes que pertenecen a un territorio en el que existe convivencia con armonía, confianza entre habitantes,

6 Díaz Polanco, Héctor (2007). La Rebelión Zapatista y la autonomía. México: Siglo veintiuno

editores.

Page 42: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

20

donde se persigue el objetivo de la unidad, tomando sus propias decisiones con sus formas propias de organización.

CEC Moloj Naoj Kaqchikel, 09/09

Un colectivo puede definirse a partir del hecho de si las personas que lo componen comparten un territorio, una organización y un sentimiento de identidad, pero se cuestiona sobre la condición del idioma como criterio único, debido a la diversidad, donde grupos etnolingüísticamente diferentes están unidos en un mismo territorio, superando el factor lingüístico como único principio de relación; obviamente es importante tenerlo en cuenta, pero creemos que son más determinantes los lazos sociales y políticos nacidos de la comunidad en esta comprensión de territorio más amplia, regional y compleja.

Ciclo Guatemala, 02/09

Se considera colectivo a un grupo de personas con determinada territorialidad e intereses en común. Enfatizando que el concepto de territorio no se reduce a un espacio geográfico, más bien se construye una relación simbiótica unida a la identidad, el sentimiento de pertenencia y la organización que pueda generar las condiciones apropiadas para que cada persona pueda desarrollarse y alcanzar una realización plena, tanto individual como social. (…) Inclusive, cuando ocurren desplazamientos o migraciones, es posible reivindicar los derechos colectivos, fundamento normativo de la colectividad, partiendo por el reconocimiento por parte del Estado de la existencia de una ciudadanía diferenciada, independientemente de la zona geográfica.

Ciclo Livingston, 11/09

Pongamos un ejemplo de ciudadanía diferenciada: todas las personas tienen

derecho por igual a un servicio público, de calidad y gratuito de educación y de

salud, porque todos somos ciudadanos con igualdad de derechos. Ahora bien, la

salud y la educación son concebidas, con toda certeza, de forma muy distinta por

un garífuna, un mam o un xinka. ¿Quién, cómo, dónde, cuándo y qué se educa,

se sana o se previene la enfermedad? Necesariamente, cada cultura debe de tener

la potestad de responder estas preguntas y (re)construir con ellas sus propias

relaciones (simbólicas, materiales y sociopolíticas). Incluyamos un ejemplo más,

preguntémonos ¿qué entiende un garífuna, un mam y un xinka (para seguir con

el ejemplo anterior) por representación, por gobierno, por territorio y, en última

instancia, por desarrollo? Como vemos aquí, la ciudadanía diferenciada posee

una clara cadencia hacia la autodeterminación.

Los colectivos, para sostenerse y desarrollarse, poseen una estructura

organizativa propia, es decir, una institucionalidad que permite la

representación y el desarrollo de las relaciones propias de su ser colectividad, de

su propia cultura o, como veremos más adelante, alianza de culturas en su

territorio. El respeto por la ciudadanía diferenciada significa que el colectivo

puede crear y desarrollar sus propias instancias de representación, instituciones

públicas (sociales, económicas, jurídicas y políticas) y mecanismos de

tributación o autogestión financiera afines a sus diferencias culturales que

permiten financiar su ser colectividad. Dicho de otro modo: pueden crear las

políticas públicas comunitarias y regionales adecuadas para el correcto

desarrollo de sus relaciones. Esto implica que estas instituciones propias, junto

con el territorio y sus recursos naturales, sean gestionadas política y

administrativamente de forma autónoma por los representantes del colectivo

dentro de un mismo Estado.

Debemos hacer hincapié en que aquí no nos referimos a colectivo como grupo

de individuos relacionados por un tema prioritario (mujer, niñez, campesinado,

juventud, orientación sexual, entre muchos otros catalogados normalmente

como grupos sociales), que reclaman la igualdad política para ser tratados con

los mismos derechos que el resto de la población.

Un colectivo posee entonces tres elementos fundamentales: un territorio, una

población con uno o varios sistemas culturales de relación (completos y aliados),

y una institucionalidad que permite la representación de los miembros del

colectivo y la toma de decisiones para su autogobierno (según sus formas

Page 43: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

21

propias de relación). Un colectivo consolidado es capaz de desarrollar su

ciudadanía diferenciada porque posee el poder de desarrollar su diferencia

dentro de su territorio.

Entendemos por territorio el área geográfica que posee una población de diversas culturas que se encuentran unidas por sus idiomas, espiritualidades, costumbres, música, tradiciones, visión y unión, que están organizados. (…) El territorio es el área geográfica donde llega la competencia, jurisdicción y capacidad de ser una colectividad.

CEC Moloj Naoj Kaqchikel, 04/09

En base a esta definición, hemos identificado la condición que aparece como la

más elegible para identificar colectivos: la existencia de instituciones propias que

representan al colectivo dentro de su territorio. Su estudio, además, nos permite

identificar cuál es su jurisdicción: qué espacio territorial representan y sobre qué

ordenamiento territorial se regulan.

Los criterios de idioma y símbolos de identidad —denominados

tradicionalmente como “culturales”— son los que prevalecen normalmente para

identificar a colectivos. No obstante, tras una serie de conversaciones con

representantes comunitarios, estos criterios demostraron no tener consistencia

suficiente para determinar a un colectivo. Esto se debe principalmente a:

� En algunos casos debido a su fuerte degradación. De hecho, es preciso

revitalizarlos para entrelazar nuevamente su sistema de vida. Partir de un

criterio lingüístico o de expresión de símbolos de identidad dejaría fuera, por

ejemplo, a individuos que ya no hablan el idioma, pero que comparten la vida

cultural de la comunidad.

� En otros, debido al factor de diversidad etnolingüística que puede componer

un colectivo. La riqueza cultural que existe en Guatemala no puede ser usada

para dividir grupos humanos que conviven en un mismo espacio territorial y

que se encuentran entrelazados por múltiples relaciones, más allá del

lingüístico. Es decir, la distribución del poder que se encuentra en la espina

dorsal de los derechos colectivos no debe de ser pretexto para reproducir el

sistema de desigualdad y dominación en el que se encuentra la diversidad

cultural de Guatemala hoy en día. Además, aunque los derechos colectivos se

formulan en singular, sustentan la posibilidad de un colectivo por tener

idiomas, espiritualidades, formas de representatividad distintas… Partir de un

criterio lingüístico para determinar a un colectivo puede fraccionar su

identidad como pueblo y crear subdivisiones dentro de un colectivo unificado

por encima de las diferencias de relación significadora y simbólica, pese a que

éstas deben de estar adecuadamente reconocidas y representadas. A eso le

podemos agregar las migraciones internas, como consecuencia de la guerra o

la búsqueda de oportunidades, que no pueden redundar en el ejercicio de

derechos colectivos de unos en detrimento de otros.

A partir de estas consideraciones previas, la condición que aparece como

parámetro básico para considerar que un colectivo ejerce su colectividad es el

ejercicio de la libre determinación, es decir, su libre capacidad para decidir su

estatus político. Esto implica:

� La capacidad de organizarse según sus propios principios, valores, tradiciones

e interpretación, no necesariamente reconocidos por el Estado como

instancias “oficiales” de decisión política.

� La auto-identificación como reconocimiento y comprensión de sí y su

pertenencia, representatividad y relación con sistemas superiores de

organización política: de la comunidad a la región y de la región al Estado.

� La autonomía o capacidad para elegir su sistema de gobierno, sus gobernantes

y representantes, sus propias formas de derecho y poder legislativo y judicial

(separación del poder desde una lógica occidental que puede tener otras

formas desde percepciones culturales diferentes).

Page 44: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

22

De estos tres puntos podemos deducir que el factor clave para identificar a los

colectivos es, definitivamente, la comprensión del territorio como variable que

cohesiona la colectividad como sujeto diferenciado. La identidad del colectivo

reside entonces en la interpretación (ancestral e histórica) y la capacidad de

gestión del territorio a partir de sistemas propios de representación y de toma de

decisiones, así como en la protección y desarrollo de sus estructuras

organizativas.

Podemos afirmar entonces que un colectivo, más allá de sus diferencias internas,

se caracteriza por concentrarse alrededor de una institucionalidad o ente rector

propio (comunitario o regional) que regula las relaciones y representa a los

individuos y a los grupos que lo componen dentro de un espacio territorial. Para

definirlo es preciso considerar y reconocer:

� El proceso histórico de su constitución y los principios cosmológicos y

ancestrales que le han dado forma y lo relacionan con el territorio.

� Los procesos comunitarios de consulta, representación, gobernabilidad,

resolución de conflictos, formación de consejo y transmisión de valores y de

la identidad colectiva.

� Las múltiples formas que toma la organización comunitaria y regional en las

distintas zonas del país.

Dicha institucionalidad no acepta criterios estándares, sobre todo debido a la

rica y compleja diversidad que compone el país: se trata de una expresión

singular y particular de la colectividad comunitaria y regional hacia su territorio.

Es decir, la fórmula de libre determinación y su operatividad no puede ser dada

ni interpretada desde el exterior sino que debe se ser originada, formulada y

gestionada desde el interior de la comunidad y de la región, lo cual implica

procesos de reflexión comunitaria mediante cauces comunitarios propios (valga

la redundancia) de generación de consejo, negociación y toma de decisiones.

En Guatemala a pesar de que hay tantos convenios internacionales, éstos no funcionan porque en las comunidades los conceptos no encajan (…) Hay que ir con las comunidades para ver cuál es el concepto que ellos utilizan. Hay qué investigar de dónde salió eso. Cómo lo denominan, qué significado le dan, cómo lo ejercen (…) A nosotros nos interesa basarnos en cómo entienden las colectividades los distintos términos. Es fundamental un proceso de interpretación comunitaria, con la dimensión plural que ello significa. (…) Si yo tengo que hacer un monitoreo de justicia social, por ejemplo, es sencillo porque hay procesos, estados de los casos, medidas, sentencias, procedimiento. Pero en el tema de las formas propias en comunidad, no es lo mismo siempre su accionar, como en Sololá, Chichicastenango, pues ahí es muy difícil poner una guía para ambos casos, y hay que estudiarlos por separado, pues aunque existan patrones comunes, siempre existen diferencias determinantes.

Ciclo Guatemala, 02/09

El Estado lo pone a uno a chocar con su mismo grupo y costumbres sociales (…) crea polos opuestos generando confrontación, división. (…) ¿Si un país como éste ha negado los derechos de los distintos grupos, puede en realidad considerarse como un país democrático? Yo diría que no… Nosotros a veces caemos en la tarea de deslegitimarnos. Eso favorece al Estado. Cuando nosotros con otra organización planteamos un amparo en el caso de un lugar sagrado, los tribunales nos preguntaron sobre la personería jurídica, y ello implica hacer un trabajo para poder demostrarlo y llevar el proceso, cuando un lugar sagrado, obviamente, no se ajusta, no encaja con la idea de personería jurídica como lo entiende el derecho oficial. El significado de propiedad es radicalmente distinto, son dos realidades diferentes. Es en este proceso, cuando nos acoplamos al sistema imperante y nos esforzamos en cumplir su ley, que nos deslegitimamos, y muchas veces no nos damos cuenta. El Estado pretende salirse con lo más fácil, y nosotros permitimos a veces que eso suceda. Hay que buscar procesos previos para saber a quién acudir, con quien consultar, a quién preguntar, pues es bastante complicado hacer la defensa de derechos colectivos: para hacerla tenemos que regresar a la comunidad, interpretar y hablar desde la comunidad como comunidad.

Ciclo Guatemala, 02/09

Page 45: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

23

No son pocos los casos en los que el territorio de un colectivo se encuentra

dividido entre tres o más límites de la administración política oficial actual. Esto

se debe a que, en muchos casos, el límite municipal y departamental no

responde a la lógica comunitaria sino a la lógica colonial de división y

reproducción del sistema de centralización y dependencia administrativa y

política. La estructura administrativa que crea la división política actual del país

es incoherente y alejada de las estructuras organizativas comunitarias. La

división territorial actual de Guatemala no responde a otra lógica que la de

fragmentar y descomponer los colectivos y su interrelación interna regional,

manteniendo su espacio vital reservado únicamente en la comunidad (ambos

mecanismos son una consecuencia colonial) para hacer operativa la explotación

económica y el divisionismo, mediante la ruptura de posibles instancias de

decisión regional propias de los pueblos, instancias que podrían permitir la

organización y la defensa colectiva ante el saqueo y la dominación. Eduardo

Gordillo, en el capítulo Historia de conquista y explotación en la construcción

político-administrativa de Guatemala, hace un análisis minucioso al respecto.

Podemos concluir que para identificar los sujetos colectivos es preciso abrir

espacios que permitan (re)construir conceptos y prácticas de representación a

partir de los códigos de comunicación propios de cada espacio comunitario (ver

los experiencias de interpretación comunitaria del territorio y de los derechos

colectivos que mostramos más adelante). Un ejemplo es la forma de

representatividad y desarrollo de las autoridades de los pueblos originarios, que

son diferentes, en muchos casos, de una zona a otra. Por tal motivo, en

consideración a la pluralidad, hay que tratar cada caso de forma singular, para

detectar las similitudes y las diferencias, y poder, cuando sea posible, establecer

patrones comunes mínimos. Esta construcción de patrones, incluso de la misma

conciencia colectiva dentro del propio colectivo, implica en un país como

Guatemala un proceso de construcción intercultural (interculturalidad7

entendida como proceso de construcción conjunta de relaciones horizontales

entre culturas, y de relaciones sociopolíticas, simbólicas y materiales) que

permita la construcción no sólo de relaciones interpersonales (que se encuentran

en un plano comunitario-individual), sino también de relaciones institucionales,

normativas y estructurales (de carácter colectivo).

Abrir espacios de reflexión para este tipo de construcción social y política del

territorio desde la comunidad permitiría la posibilidad de avanzar en el

establecimiento de un Estatuto epistemológico del colectivo como sujeto de

derechos, base fundamental para la construcción de un Estado Plural fruto de

una decisión colectiva desde la comunidad.

7 Ver CANEK – Observatorio Cultural (2008). Construcción de comunicación intercultural

aplicada. Guatemala: Centro Cultural de España en Guatemala, Ediciones Librovisor.

Page 46: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

24

LOS DERECHOS COLECTIVOS

Dado que el ser humano es eminentemente social, si entendemos la cultura

como una forma de vida colectiva, como un sistema de relaciones, ésta tiene

tanto valor como la vida individual de cada ser humano. Sin relaciones sociales,

políticas, materiales y simbólicas el sentido mismo de ser humano se pierde. Por

eso, junto a los Derechos Humanos Fundamentales, referidos al individuo y que

se ejercen de forma individual (el derecho a la vida, por ejemplo), existen los

Derechos Humanos Fundamentales referidos al colectivo (el derecho al idioma,

por ejemplo) que, obviamente, sólo se pueden ejercer de forma colectiva.

Como podemos ver en el cuadro que incluimos más adelante, hemos vinculado

los derechos colectivos a cada esfera de relación de la cultura. Los derechos

colectivos se sustentan también sobre su interdependencia e inseparabilidad. No

podemos hablar de un derecho colectivo sin hacer mención al cumplimiento e

interrelación del conjunto. Por ejemplo, tener derecho a la educación sin tener

acceso al derecho a la ciencia y tecnología, a la autosuficiencia y al territorio, es

decir, a su aplicación práctica en relación con la naturaleza, ni tener acceso al

derecho a participar en la vida política como colectivo para regular las

instituciones educativas públicas es como no tener derecho a la educación. Una

educación que traduce la educación oficial y que no reconoce la historia contada

por el colectivo no es una educación de la colectividad, aunque esté en su

idioma. En conclusión, todos los derechos están vinculados y se hace precisa una

visión integral para ser capaces de ejercerlos también de forma integral.

Con la finalidad de que cada derecho colectivo que se presenta en el cuadro

siguiente tuviera sustento jurídico y legal, nos hemos basado en las siguientes

declaraciones y convenios internacionales que comprometen al Estado a ofrecer

los mecanismos necesarios para la aplicación de cada uno de ellos. Para su

ejercicio se hace necesario primeramente su interpretación comunitaria y la

identificación territorial que defina los diferentes colectivos que existen en

Guatemala.

El marco jurídico y legal en el que se fundamentan los derechos colectivos es el

siguiente8:

CONVENIO 169 DE LA OIT SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES

EN PAÍSES INDEPENDIENTES

� Primer instrumento internacional referido íntegramente a la protección y

defensa de los derechos de Pueblos Indígenas.

� El convenio es el resultado final de discusiones, debates, votaciones y

consensos (habidos entre 1986 y 1989) que decidieron la revisión parcial del

Convenio No. 107 y desembocaron en el texto del Convenio No. 169 que

aprobó la Conferencia Internacional del Trabajo en su septuagésima sexta

reunión realizada en Ginebra en 1989.

� Es un instrumento de carácter vinculante, es decir, un tratado a través del

cual el Estado, con la ratificación, soberanamente, adquiere o acepta

obligaciones y/o compromisos internacionales con respecto a los pueblos

indígenas que viven dentro de su territorio geográfico-administrativo

internacionalmente reconocido; es decir, el Estado que ratifica “se obliga” a

cumplir todas y cada una de las disposiciones contenidas en el Convenio.9

� Adoptado el 27 de junio de 1989, en Ginebra, Suiza, por la Conferencia

General de la Organización Internacional de Trabajo.

� Ratificado por Guatemala el 5 de Junio de 1996.

8 Para una exposición amplia y detallada de estos instrumentos legales y otros vinculados, vea

los Documentos de apoyo expuestos en el apartado Kame de esta publicación.

9 Mario Ibarra – “Notas Sobre Algunos Instrumentos, Documentos y Actividades

Internacionales para una Discusión e Implementación del Derecho de Libre Determinación de

los Pueblos Indígenas”, Ensayo, Primera Impresión, Guatemala, Año, 2007; Pág. 360

Page 47: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

25

� Otorgó una nueva dimensión a la importancia e interpretación a los

Acuerdos de Paz que tuvieron lugar ese mismo año.

� Posteriormente a su ratificación, se ha llevado el proceso de implementación

y aplicación en cuanto a los compromisos que implica dicho convenio,

otorgando mayor importancia a la actuación de las organizaciones de

pueblos indígenas.

DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS

DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

� Constituye un importante instrumento que precisa sobre derechos colectivos

e individuales de los pueblos indígenas

� El documento final es el resultado de negociaciones y votaciones (en

Consejo de Derechos Humanos y en la Asamblea General) de Estados

miembros de la ONU.10

� Aprobado el 13 de Septiembre de 2007 en Nueva York, Estados Unidos, por

la Asamblea General de las Naciones Unidas

CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS

LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL

� Conforma uno de los principales tratados en materia de Derechos Humanos,

con énfasis a principios de igualdad y no discriminación.

� Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de

Diciembre de 1965.

� Ratificada por Guatemala el 18 de Enero de 1983.

10 Mario Ibarra – “Notas Sobre Algunos Instrumentos, Documentos y Actividades

Internacionales para una Discusión e Implementación del Derecho de Libre Determinación de

los Pueblos Indígenas”, Ensayo, Primera Impresión, Guatemala, Año, 2007; Pág. 84

� Su ratificación originó recomendaciones y esfuerzos por eliminar formas de

discriminación, sobre todo teniendo en cuenta a la población indígena de

Guatemala.

CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA

� Es el primer acuerdo mundial enfocado en la conservación y uso sostenible

de la biodiversidad.

� Este documento es clave para los pueblos indígenas porque en él se afirman

y se reconocen las contribuciones de estos pueblos al mantenimiento de la

diversidad biológica del planeta y la importancia de sus conocimientos

tradicionales.

� Implica entre sus objetivos a la conservación de la diversidad biológica, el

uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de los

beneficios resultantes de la utilización de los recursos genéticos.

� Adoptado el 5 de Junio de 1992 en la Conferencia de las Naciones Unidas

sobre Medio Ambiente y Desarrollo, denominada “Cumbre de la Tierra”.

� Ratificado por Guatemala el 14 de junio de 1995.

� Constituye un elemento adicional en el marco jurídico guatemalteco que

corresponde a biodiversidad y temas relacionados con recursos naturales, en

un país donde tales objetos de atención son de gran importancia, tanto por

su condición medioambiental como política.

DECLARACIÓN DE NYÉLÉNI

� Importante instrumento en materia de soberanía alimentaria, con la

intervención de delegados de grandes proveedores de alimentación de varios

pueblos de más de 80 países del mundo.

Page 48: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

26

� Derivado del foro para la soberanía alimentaria con lugar en Sélingué, Malí,

el 27 de febrero de 2007.

� Describe a la soberanía alimentaria como “el derecho de los pueblos a

alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de

forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema

alimentario y productivo”.

Derecho colectivo al

patrimonio cultural y a los

símbolos de identidad

Derecho colectivo al

idioma

Derecho colectivo a

los medios de

comunicación

Derecho colectivo a la

educación

Derecho colectivo a la

espiritualidad

Derecho colectivo a la

autonomía,

autodeterminación,

autogobierno,

autorregulación y libre

ejercicio de la soberanía

Derecho colectivo a

la autosuficiencia y al

desarrollo de la

industria autóctona

Derecho colectivo a

la propiedad y

posesión del

territorio y del

patrimonio natural

Derecho colectivo a

la ciencia y

tecnología

Derecho colectivo a

la participación en la

vida política

Derecho colectivo a

libertad, paz y

seguridad

Cultura social o

política

Familia, comunidad,

política…

Esfera de relación entre

personas y grupos

Cultura material

Producción, alimento,

vivienda…

Esfera de relación con la

naturaleza

Cultura simbólica

Lenguaje, valores, religión, arte…

Esfera de relación significadora

CULTURA

Los derechos colectLos derechos colectLos derechos colectLos derechos colectivosivosivosivos Como la cultura, los derechos colectivos están firmemente relacionados. Por ejemplo, tener acceso a al derecho colectivo a la

espiritualidad, sin tener derecho

colectivo a la propiedad y

posesión del territorio donde están asentados los lugares sagrados ni tener acceso al derecho colectivo a la

participación en la vida política para su regulación, es sencillamente como no tener acceso al derecho colectivo a la espiritualidad.

Page 49: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

27

Entreabramos ahora un poco las implicaciones profundas y estructurales que

supone ejercer estos derechos colectivos: implica reconfigurar al Estado, para

que no esté al servicio de un solo grupo de poder sino con diversos puntos de

poder, tantos como sujetos colectivos se establezcan; un poder cuya distribución

horizontal proviene, primero, de la comunidad, y después, de la región que

representa el sujeto colectivo con sus derechos y que se consolida en un Estado

representativo de la diversidad que lo compone. Como vemos, ejercer los

derechos colectivos significa, en última instancia, una reconfiguración radical de

las estructuras que sustentan el Estado actual. Dado que este cambio no se ha

dado, tenemos un Estado que reconoce los derechos colectivos, pero que es

incapaz de hacerlos operativos dada su configuración centralista donde las

decisiones se toman de arriba hacia abajo. Profundizaremos en estas inquietudes

más adelante, cuando hablemos de las desigualdades estructurales.

En cuanto al Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, es muy importante recordar que quedaron fuera de consideración los aspectos sobre Libre Determinación, Territorio y Autonomía.

Ciclo Guatemala, 02/09

La pregunta sale sola: ¿qué camino (cuál sistema) es el más viable para ejercer los derechos colectivos? Tengamos en cuenta que la unión es seguramente la más grande debilidad en esta nuestra realidad guatemalteca. Reestructurar el Estado implica involucrar como ejes centrales la participación representativa, los derechos colectivos y las formas originarias de interpretar el mundo y la realidad. Implica ver a las personas como ciudadanos y fomentar espacios para la participación ciudadana desde la diferencia, la diversidad de formas de participar. Ciclo Livingston, 11/09

Un grupo de consejo de guías espirituales, hoy es una asociación de vecinos en San Juan Sacatepéquez. A veces se convierten en COCODES11. Eso es terrible.

Ciclo Guatemala, 02/09

11 Consejos Comunitarios de Desarrollo.

El revalorizar la organización comunitaria no consiste en cambiarle el nombre y registrarla como COCODE. Las organizaciones tradicionales responden a un sistema de cargos y reconocimiento comunitario.

Ciclo Livingston, 11/09

Desde los COCODES es posible priorizar las formas de organización y de autoridades tradicionales y genuinas. Los valores culturales de solidaridad, el respeto y la colectividad no deben ser absorbidos por los nuevos valores del sistema capitalista. Pero muchas veces los COCODES quedan sólo como entes de ejecución, mas no de planificación que es donde se ven las relaciones de poder. Los intereses personales y políticos de las personas que integran la municipalidad ejercen cierta presión en los COCODES.

Ciclo Livingston, 11/09

Veamos ahora una síntesis de cada uno de los derechos colectivos; resumen

procedente únicamente del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y

Tribales en Países Independientes (recordemos su condición vinculante) por su

gran importancia al respecto de los derechos colectivos, aunque no es el único.

Invitamos a la revisión de todos los instrumentos legales relacionados con los

derechos colectivos, sistematizados en Documentos de apoyo en el apartado

Kame de esta publicación. Como reiteramos anteriormente, se hace precisa su

interpretación comunitaria.

DERECHOS COLECTIVOS REFERIDOS A LA CULTURA SIMBÓLICA

Derecho colectivo al idioma

C169OIT - Art. 28: 1. Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los

pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indígena o en la

lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan. (…) 3.

Deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas de los

pueblos interesados y promover el desarrollo y la práctica de las mismas.

Page 50: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

28

Derecho colectivo a la espiritualidad

C169OIT – Art. 5: Al aplicar las disposiciones del presente Convenio: a. deberán

reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y

espirituales propios de dichos pueblos (…).

Derecho colectivo al patrimonio cultural y a los símbolos de identidad

C169OIT – Art. 1: (…) 2. La conciencia de su identidad indígena o tribal deberá

considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se

aplican las disposiciones del presente Convenio (...).

Derecho colectivo a la educación

C169OIT – Art. 26: Deberán adoptarse medidas para garantizar a los miembros

de los pueblos interesados la posibilidad de adquirir una educación a todos los

niveles, por lo menos en pie de igualdad con el resto de la comunidad nacional.

C169OIT – Art. 27: (…) 3. Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho

de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación (…). Derecho colectivo a los medios de comunicación

C169OIT – Art. 30: 1. Los gobiernos deberán adoptar medidas acordes a las

tradiciones y culturas de los pueblos interesados, a fin de darles a conocer sus

derechos y obligaciones (…) 2. A tal fin, deberá recurrirse, si fuere necesario, a

traducciones escritas y a la utilización de los medios de comunicación de masas

en las lenguas de dichos pueblos.

DERECHOS COLECTIVOS REFERIDOS A LA CULTURA MATERIAL

Derecho colectivo a la autosuficiencia

C169OIT – Art. 23: 1. La artesanía, las industrias rurales y comunitarias y las

actividades tradicionales y relacionadas con la economía de subsistencia de los

pueblos interesados, como la caza, la pesca, la caza con trampas y la recolección,

deberán reconocerse como factores importantes del mantenimiento de su

cultura y de su autosuficiencia y desarrollo económicos (…).

Derecho colectivo a la ciencia y tecnología

C169OIT – Art. 11: 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y

revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a

mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras

de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños,

ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas (…).

C169OIT - Art. 24: 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias

medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud (…).

Derecho colectivo a la propiedad y posesión del territorio y patrimonio

natural

C169OIT – Art. 14: 1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho

de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan (...).

C169OIT – Art. 15: 1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos

naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente (…).

DERECHOS COLECTIVOS REFERIDOS A LA CULTURA SOCIAL O

POLÍTICA

Derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política

C169OIT – Art. 6: 1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los

gobiernos deberán:

a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en

particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean

medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente

b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan

participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la

población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones

electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas

y programas que les conciernan (…).

Page 51: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

29

Derecho colectivo a la libertad, paz y seguridad

C169OIT – Art. 3: 1. Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente

de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni

discriminación (…).

C169OIT – Art. 24: Los regímenes de seguridad social deberán extenderse

progresivamente a los pueblos interesados y aplicárseles sin discriminación

alguna.

Derecho colectivo a la autonomía, autodeterminación, autogobierno

C169OIT – Art. 7: 1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir

sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo (…).

C169OIT – Art. 27: 3. Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho de

esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación (…).

ALGUNOS EJEMPLOS DE REGIONALIZACIÓN DESDE LA INTERPRETACIÓN COMUNITARIA DEL TERRITORIO Y DE LOS DERECHOS COLECTIVO

La conciencia colectiva es un ejercicio permanente, es decir, no es un fin ni un

resultado de la acción individual en grupo, sino que forma parte de un proceso

cíclico en el que se encuentra entrelazada la conciencia individual.

El ser colectivo es un proceso de retroalimentación constante. Al mismo tiempo se es colectivo y se es individual.

CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al. 06/09

En el seno de este ciclo de retroalimentación constante se encuentra la

vinculación de identidad con un territorio, entendida dicha vinculación como

elemento que cohesiona las partes y hace de los individuos algo más grande y

con mayor poder de acción que la mera suma de sus capacidades individuales.

Esta identidad como colectivo parte de saber quién es uno, de dónde viene, a qué

pueblo pertenece, con qué otros pueblos convive y de poder verse representado

en las instituciones que regulan las relaciones que se dan en el territorio. Lo

colectivo deviene, en última instancia, de la capacidad para poder expresar la

propia identidad y verla aceptada y representada en la colectividad. Por eso, lo

colectivo es inherente al ser humano, ya que no es únicamente un medio de

defensa, de resolución de conflictos o de maximización de la cobertura de

necesidades y eficiencia de recursos; se trata del pilar en el que se fundamenta a

su vez la conciencia y la identidad individual.

Entonces, el ejercicio del derecho por parte de un colectivo surge de una

decisión puramente individual. Lo que afecta al individuo afecta al colectivo y

viceversa. De esta manera, a la persona individual no le resultará posible ejercer

derechos de manera individual siempre y cuando su colectivo tampoco pueda

ejercer derechos de manera colectiva y viceversa. La capacidad de acción

colectiva, que ampara al individuo porque éste se encuentra representado en la

colectividad, se convierte finalmente en un derecho. Así, el fomento del derecho

colectivo, desde una interpretación y ejercicio comunitario en un territorio

determinado, es fundamental para revitalizar tanto la colectividad como la

individualidad.

Sin pretender profundizar aquí sobre el proceso histórico de la formulación y

ratificación por el Estado de los derechos colectivos12, así como los elementos del

debate que sigue hoy abierto entre derecho colectivo y derecho individual13, es

12 Al respecto recomendamos la lectura de Ibarra, Mario. Notas Sobre Algunos Instrumentos,

Documentos y Actividades Internacionales para una Discusión e Implementación del Derecho de

Libre Determinación de los Pueblos Indígenas. Ensayo, Primera Impresión, Guatemala, 2007. 13 Al respecto recomendamos la lectura de Ansuátegui Roig, Francisco Javier (diversos autores).

Una discusión sobre derechos colectivos. Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las

Casas”. Universidad Carlos III de Madrid. Dykinson, 2001.

Page 52: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

30

importante no perder de vista que un aspecto de reflexión fundamental es que

los derechos individuales se ejercen siempre en sociedad, dentro de alguna

colectividad.

Es muy importante entender que el derecho no es una atribución exclusivamente individual debido a su fundamento de regulación social.

Ciclo Guatemala, 02/09

El sujeto colectivo poseedor de derechos está vinculado a un territorio cuya

administración política está a cargo de las instituciones propias de las personas

que habitan en él. En conclusión, para que el pleno ejercicio de los derechos

colectivos se haga efectivo desde la comunidad, hay dos aspectos principales que

hay que tomar en consideración:

� La adaptación del lenguaje y la interpretación comunitaria de los derechos

colectivos, así como su articulación regional, para que lo comunitario deje de

ser un fin en sí mismo y participe en la construcción de un Estado Plural.

� La compresión del territorio y la generación de relaciones intercomunitarias

entre instituciones propias con la finalidad de dar forma y contenido al sujeto

colectivo.

A continuación mostramos dos ejemplos de interpretación comunitaria del

territorio en base a los derechos colectivos. Éstos fueron elaborados por los

integrantes de las Comunidades Emergentes de Conocimiento de Moloj Naoj

Kaqchikel y Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al. En el mapa vemos los

sujetos colectivos dentro del área punteada en rojo. Para conocer a profundidad

el proceso de interpretación comunitaria, vea los capítulos Las comunidades

emergentes de conocimiento: generación de conocimiento plural al servicio del

cambio y El proceso de construcción de las políticas culturales.

LA COMUNIDAD EMERGENTE DE CONOCIMIENTO JUN K'OLIB'AL

KECH ACHLAXINEM PA QANO'JIB'A

Partimos de un aspecto cosmogónico para entender qué es un territorio. Partimos

de la idea de que la tierra no es nuestra sino que somos de la tierra. Por ello lo

definimos como: nuestro territorio colectivo es el espacio de vida en el cual se

generan relaciones económicas, sociales, políticas y culturales. Desde nuestra

visión holística esta convivencia se da entre el ser humano, la naturaleza y el

cosmos. Partimos de los siguientes principios para delimitar nuestro territorio:

� Históricamente se define como área comarcal que agrupa distintos

municipios más allá del criterio cultural y de los límites políticos impuestos

por el Estado monista.

� Este principio pretende hacer frente a los procesos de asimilación y división–

segregación de los pueblos.

� Se parte del contexto del cosmos y de la naturaleza en la ubicación geográfica

de asentamientos humanos y lugares espirituales.

Fuente: Mapas elaborados a partir de los

ofrecidos en http://www.googlemaps.com

Page 53: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

31

LA COMUNIDAD EMERGENTE DE CONOCIMIENTO MOLOJ NAOJ

KAQCHIKEL

Área geográfica que posee una población de diversas culturas que se encuentran

unidas por sus idiomas, espiritualidades, arte, costumbres y tradiciones. Los

principios que guían nuestra comprensión del territorio son:

� La solidaridad – Kuch es nuestro principio de cohesión.

� Lo que confiere unidad a nuestros miembros es el pensamiento cosmogónico

maya. Por ello, delimitamos nuestro territorio en donde se ubican los 49

municipios kaqchikeles

Fuente: Mapas elaborados a partir de los

ofrecidos en http://www.googlemaps.com

Principios de relación entre sujetos colectivos pPrincipios de relación entre sujetos colectivos pPrincipios de relación entre sujetos colectivos pPrincipios de relación entre sujetos colectivos para la conformación conjunta de un ara la conformación conjunta de un ara la conformación conjunta de un ara la conformación conjunta de un Estado PluralEstado PluralEstado PluralEstado Plural El ejercicio pleno de los derechos colectivos permitiría crear un Estado desde la interpretación comunitaria del territorio y del poder, consolidada en sujetos colectivos. A continuación presentamos una propuesta de principios de relación entre sujetos colectivos para la conformación de un Estado Plural. Ésta está tomada del marco ético que presentó CANEK en el 2008 en la propuesta intercultural como parte de su declaración normativa. Como señalamos entonces, con la finalidad de dar más consistencia a los tres principios que tradicionalmente se asocian a la interculturalidad, los hemos desglosado según orientaciones textuales que Xavier Albó y Franz Barrios abordan en Por una Bolivia plurinacional e intercultural con autonomías.1 Principio de ciudadanía o de igualdad: poder vivir una vida plena en sociedad. � Horizontalidad: igualdad de derechos, oportunidades y responsabilidades. � Solidaridad: cooperación en busca del bien común, quienes tienen mejores oportunidades apoyan y se preocupan por los que tienen más necesidades.

� Participación: distribución democrática del poder. Principio de pluralismo o de diferencia: derecho a la alteridad, a ser diferente y a ser respetado como tal. � Subsidiaridad: una estructura social de orden superior no debe de interferir en la vida interna de un grupo social de orden inferior.

� Bien común concurrente: lo que es necesario para todos y que se hace y cumple mejor desde arriba no debe pasarse a niveles inferiores.

� Empatía: valorar la diversidad para el conocimiento y el crecimiento propio. Principio de armonía o de convergencia: unidad en la diversidad. � Reciprocidad: correspondencia entre el cumplimiento de obligaciones y la exigencia de derechos.

� Proporcionalidad: los medios que se proponen no deben ser excesivos si las metas pueden obtenerse con menos esfuerzo. Hay que ponderar el peso relativo de los diversos factores en juego sin enfatizar sólo uno en desmedro de los demás.

� Interacción positiva: hay un todo distinto a la suma de sus partes que permite la convivencia en armonía sin el menoscabo de ninguna de las partes.

Principio de construcción cíclica: consecuencia. � Aprendizaje: es imprescindible conocer el pasado y recuperar el recuerdo y la memoria histórica para sabernos consecuencia y para fundamentar el presente y el futuro.

� Crecimiento integral: es imprescindible fundamentar las acciones presentes para un cambio a largo plazo e integral y no para una retribución a corto plazo y parcial de resultados.

� Retorno: las acciones que se realizan en el presente regresan tarde o temprano en el futuro.

Page 54: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

32

MARCO JURÍDICO LEGAL NACIONAL E INTERNACIONAL SOBRE LA CONSULTA POPULAR, VÍA PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO COLECTIVO A LA AUTODETERMINACIÓN

Un eje lo constituiría el derecho colectivo a la consulta, el cual aglutina en función de cuestiones comunes al territorio (…) la consulta dirige al ejercicio del derecho colectivo a la libre determinación.

Ciclo Livingston, 11/09

A diferencia de otros países, en la legislación nacional no existe una definición

propiamente dicha del término “consulta popular”. Sin embargo, se considera

acertada la definición contenida en la Ley 134-94 de Colombia14, referente a las

normas sobre mecanismos de participación ciudadana:

"La consulta popular es la institución mediante la cual, una pregunta, de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto. En todos los casos la decisión es obligatoria. Cuando la consulta se refiera a la conveniencia de convocar una asamblea constituyente, las preguntas serán sometidas a consideración popular mediante ley aprobada por el Congreso de la República”

En el caso de Guatemala, efectivamente la consulta popular podrá ser

convocada, además del Tribunal Supremo Electoral Respectivo, por el

Presidente de la República y el Congreso y, además, se reconoce legalmente

como sistema de participación a nivel municipal según las regulaciones del

Código respectivo, al mismo tiempo que le incluye un sentido más local, pues

reconoce a los Consejos de Desarrollo como conducto provisional de consulta. A

14 Ley 134-94, Congreso de Colombia, República de Colombia, Gobierno Nacional, 1994

AUTONOMÍA INDÍGENA AUTONOMÍA INDÍGENA AUTONOMÍA INDÍGENA AUTONOMÍA INDÍGENA Artículo de Estuardo Zapeta. . . . Publicado en Siglo XXI. ERA LIBERTARIA. Guatemala, 12 de junio 09 Las clases tienen sentido en el contexto del Estado monista, no en uno que refleje una Nación diversa. Propongo repensar el Estado de Guatemala en Autonomías Indígenas, o no les digamos Indígenas sino Regionales.

La crítica del Movimiento Indígena al Estado, guatemalteco en nuestro caso, es que éste ha sido excluyente, racista, centralista, y que con base en esas características —además de su sistema de Justicia monista— ha servido para garantizar privilegios y protecciones a grupos de poder que tienen su mejor representación en el sistema de partidos políticos, en la dizque propiedad privada, y que buscan seguir una relación de explotador-explotado como sistema económico. (Lo sé, esto suena como el regreso a aquellos oscuros años del conflicto armado, y a la discursividad fosilizada, muy lejos de la dinámica global, pero, nos guste o no, esa es la crítica poco evolucionada, porque, debe admitirlo, tampoco el Estado, en sus versión latinoamericana, ha evolucionado).

Sin embargo, me parece una sonora contradicción que cuando propongo el tema de Autonomía Indígena todos mis interlocutores indígenas, con quienes me gustaría tener un debate en esta línea, me acusen de separatista y balcanizador, desestabilizador, y también de racismo por antirracismo.

El problema fundamental para los líderes indígenas al rechazar de entrada el argumento de la Autonomía Indígena está en que muchos fueron formados dentro de las filas de la ex guerrilla, o dentro de un marxismo light, y por lo tanto jamás aceptarían un Estado no unitario que les impida el control central, clave de su persecución del poder en la otrora lucha de clases, y por lo tanto la repartición y redistribución —esa palabreja surge con frecuencia— en la solidificación, pero de ellos, en el poder. Autonomía significa ceder poder y recursos centralizados.

De hecho, las clases tienen sentido sólo en el contexto del Estado monista, no en un Estado que refleje una Nación diversa que pueda coexistir dentro del imaginario Guatemala, y que localmente pueda tomar decisiones para puntualizadas colectividades sin tener que recurrir “al centralismo racista, excluyente, ¡ah! sí, y también monista”, y el rosario de adjetivos que mucho de los cuales comparto.

Para mí, hasta hoy, el argumento indígena contra el Estado es sólo una protesta que se basa en una ideología que ha probado estar equivocada, y que ante la prueba de la Autonomía —una especie de prueba de ácido— se cae. El otro proceso de cambio sería una revolución, pero a eso —y correctamente—renunciaron tanto el Movimiento Indígena, como la ex guerrilla, así como los mismos entes militares que soñaban alcanzar el poder por esos medios arcaicos y poco aconsejables, como el golpe de Estado.

Entonces propongo repensar el Estado guatemalteco en Autonomías Indígenas, vaya pues, no les digamos indígenas sino Regionales, sin un ente central y racista, en el cual las comunidades de manera independiente tomen sus decisiones aún de aplicación de Justicia, sea pertinentemente cultural, autosostenible, y que se reinvente a sí mismo sin centro.

Los primeros en oponerse son mis líderes indígenas; le siguen los izquierdistas estatistas y centralistas, y de la mano con esos dos, no se ría, los derechistas librecambistas y mercantilistas que también usan el Estado central para privilegios y protecciones, y maman de esa vaca central.

Quién lo creería, ¿verdad?

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33

la vez, la ley establece el carácter obligatorio de la consulta en asuntos de

reformas constitucionales.

MARCO JURÍDICO NACIONAL

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

La Constitución15 se refiere al procedimiento de consulta en su artículo173, el

cual fue adicionado por las reformas constitucionales del año 93 (Acuerdo

Legislativo 18-93).

Artículo 173. (Adicionado). Procedimiento consultivo. Las decisiones políticas de especial trascendencia deberán ser sometidas a procedimiento consultivo de todos los ciudadanos. La consulta será convocada por el Tribunal Supremo Electoral a iniciativa del Presidente de la República o del Congreso de la República, que fijarán con precisión la o las preguntas que se someterán a los ciudadanos. "La Ley Constitucional Electoral regulará lo relativo a esta Institución".

La Constitución contempla 2 casos específicos en que el resultado de una

consulta es obligatorio: A) La ratificación de las reformas constitucionales

aprobadas por el Congreso; y B) La aprobación del acuerdo definitivo que

resuelva la situación de los derechos de Guatemala respecto a Belice.

Artículo 19. Belice. El Ejecutivo queda facultado para realizar las gestiones que tiendan a resolver la situación de los derechos de Guatemala respecto a Belice, de conformidad con los intereses nacionales. Todo acuerdo definitivo deberá ser sometido por el Congreso de la República al procedimiento de consulta popular previsto en el artículo 173 de la Constitución. (…)

Artículo 280. Reformas por el congreso y consulta popular. Para cualquier otra reforma constitucional, será necesario que el Congreso de la

15 “Constitución Política de la República de Guatemala” - Asamblea Nacional Constituyente,

Guatemala, 1985

República la apruebe con el voto afirmativo de las dos terceras partes del total de diputados. Las reformas no entrarán en vigencia sino hasta que sean ratificadas mediante la consulta popular a que se refiere el artículo 173 de esta Constitución. Si el resultado de la consulta popular fuere de ratificación de la reforma, ésta entrará en vigencia sesenta días después que el Tribunal Supremo Electoral anuncie el resultado de la consulta.

Existen otras disposiciones en la Carta Magna que no se encuentran

relacionadas de manera directamente concerniente a la consulta, pero sí son

importantes para la aplicación de otras disposiciones pertinentes:

Artículo 46.- preeminencia del derecho internacional. Se establece el principio general de que en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho interno.

Artículo 66.- protección a grupos étnicos. Guatemala está formada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya. El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos.

Artículo 253.- autonomía municipal. Los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: a. Elegir a sus propias autoridades; b. Obtener y disponer de sus recursos; y c. Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.

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34

CÓDIGO MUNICIPAL

Al tratar los derechos y obligaciones de los vecinos de un municipio, el Código

Municipal16 reconoce el derecho a la consulta popular:

Artículo 17. Derechos y obligaciones de los vecinos. Son derechos y obligaciones de los vecinos: (…) j) Participar en las consultas a los vecinos de conformidad con la ley. (…) k) Pedir la consulta popular municipal en los asuntos de gran trascendencia para el municipio, en la forma prevista por este Código.

En la parte dedicada a la Creación o Modificación de Municipios, el Código

Municipal señala, en ese sentido, un proceso de consulta a los pobladores en su

artículo 31.

Artículo 31. Procedimientos consultivos. Si el Congreso de la República lo considerase necesario podrá someter a consulta de las poblaciones del o de los municipios o departamentos afectados, cualquier asunto dirigido a dividir o modificar su circunscripción, antes de emitir la ley que lo decida.

En el capítulo relativo a la información y participación ciudadana, se regulan

aspectos importantes sobre la consulta a los vecinos, estableciendo 3 clases de

consulta distintas:

Artículo 63. Consulta a los vecinos. Cuando la trascendencia de un asunto aconseje la conveniencia de consultar la opinión de los vecinos, el Concejo Municipal, con el voto de las dos terceras (2/3) partes del total de sus integrantes, podrá acordar que tal consulta se celebre tomando en cuenta las modalidades indicadas en los artículos siguientes.

Artículo 64. Consulta a solicitud de los vecinos. Los vecinos tienen el derecho de solicitar al Concejo Municipal la celebración de consultas cuando se refiera a asuntos de carácter general que afectan a todos los vecinos del municipio. La solicitud deberá contar con la firma de por lo menos el diez por ciento (10%) de los vecinos empadronados en el

16 “Código Municipal” - Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, Guatemala,

2002

municipio. Los resultados serán vinculantes si participa en la consulta al menos el veinte por ciento (20%) de los vecinos empadronados y la mayoría vota favorablemente el asunto consultado.

Artículo 65. Consultas a las comunidades o autoridades indígenas del municipio. Cuando la naturaleza de un asunto afecte en particular los derechos y los intereses de las comunidades indígenas del municipio o de sus autoridades propias, el Concejo Municipal realizará consultas a solicitud de las comunidades o autoridades indígenas, inclusive aplicando criterios propios de las costumbres y tradiciones de las comunidades indígenas.

LEY DE CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL

Se considera importante el señalamiento que hace La Ley de Consejos de

Desarrollo17 al respecto de su incidencia en la participación de la población en

gestión pública:

Articulo 1. Naturaleza. EJ Sistema de Consejos de Desarrollo es el medio principal de participación de la población maya, xinca y garífuna y la no indígena, en la gestión pública para llevar a cabo el proceso de planificación democrática del desarrollo, tomando en cuenta principios de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca.

La Ley de Consejos de Desarrollo reconoce la necesidad de la emisión de una

Ley de Consulta a Pueblos indígenas en su artículo 26, y se refiere a un sistema

provisional en ese sentido:

Artículo 26. Consultas a los pueblos indígenas. En tanto se emite la ley que regule la consulta a los pueblos indígenas, las consultas a los pueblos Maya, Xinca y Garífuna sobre medidas de desarrollo que impulse el

17 “Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural” - Decreto 11-2002 del Congreso de la

República, Guatemala, 2002

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Organismo Ejecutivo y que afecten directamente a estos pueblos, podrán hacerse por conducto de sus representantes en los Consejos de Desarrollo.

SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE CONSULTA A PUEBLOS INDÍGENAS

Al respecto de los antecedentes de esta ley, se presenta de manera seguida un

extracto de una entrevista al director Ejecutivo del Consejo de Organizaciones

Mayas, Ricardo Cajas, contenida en un Boletín del Centro de Investigaciones

Regionales de Mesoamérica:18

“La ley de consulta de pueblos indígenas de Acuerdo al Convenio 169 de la OIT, tiene antecedentes desde el año 2006 y fue el Consejo de Organizaciones Mayas de Guatemala COMG, quien presentó un anteproyecto de ley de consulta de pueblos indígenas, el cual se logró a través de una sociabilización que se hizo a nivel de organizaciones, con la Asesoría del Licenciado Emilio Sequén.

En 2007 se da la segunda versión y allí hay participación de una coordinadora interinstitucional de ONG’s indígenas y la Comisión de Comunidades indígenas del Congreso de la República. Más reciente se decidió redactar una versión mejorada en el año 2008, y para ello recogimos todas las iniciativas anteriores, para luego socializarlo con varias instituciones del Estado y sociedad civil. En este proceso se contó con la participación de un equipo consultor de la Fundación CEDIM y del Mecanismo de Apoyo de Pueblos Indígenas de Oxlajuj Tz´ikin. En noviembre del 2008 se llevó a cabo un Foro Nacional sobre la consulta, donde participaron más de 35 organizaciones y también comunidades donde se han realizado consultas. Este foro fue interesante porque por primera vez hubo una articulación entre los parlamentarios indígenas del Congreso, organizaciones civiles y organizaciones comunitarias. Este Proyecto de iniciativa de Ley ha sido respaldado por:

� La Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso de la República. � El Foro Indígena Parlamentario.

18 “Derecho Maya” – Boletín Electrónico, Centro de Investigaciones Regionales de Mesoamérica

(CIRMA), Guatemala, 2009

� Diversas Organizaciones Indígenas de la Sociedad Civil. � Diferentes entidades públicas.”

Al respecto del objeto de la iniciativa, el señor Cajas se pronuncia de la siguiente

manera:

“El objeto de la ley es establecer la obligatoriedad de la observancia del Convenio 169, así como establecer no solo la reglamentación sino preceptos y procedimientos apropiados para el ejercicio del derecho de consulta. Lo que significa que no habrá una sola forma de hacer la consulta sino que tendrá que ser en las formas propias de las comunidades, es decir que hay comunidades en las que sólo se consulta a los principales, otros levantando la mano, otros participando a una voz en una reunión y en otros casos por representante de cada una de las comunidades o de las aldeas, y debe ser en el propio idioma de la comunidad y de buena fe.”

Por su parte, una publicación de la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso

de la República19, al tratar las generalidades de dicha iniciativa explica:

“La presente iniciativa de Ley de Consulta a los Pueblos Indígenas tiene por objetivo llenar un vacío en la legislación del país referente a los pueblos indígenas, y busca contribuir a resolver un impasse vigente en la sociedad, cual es la validez y el alcance de las consultas a la población indígena sobre decisiones y medidas adoptadas por el Estado que pudieran perjudicar sus intereses y su integridad étnica, cultural, económica y social.

La elaboración de la misma ha tenido como sujetos a dos actores, uno público como la Comisión de Comunidades Indígenas del Congreso y uno civil como las organizaciones e instituciones civiles indígenas interesadas en el avance de la legislación indígena. El proceso y la coordinación de estos actores contaron con la facilitación del Programa de Valores Democráticos y Gerencia Política de la Organización de los Estados Americanos (OEA), con el auspicio de las embajadas de Suecia y de Noruega en Guatemala.

19 “Iniciativa de Ley de Consulta a Pueblos Indígenas” – Comisión de Comunidades Indígenas

del Congreso de la República, Programa Valores Democráticos y Gerencia Política OEA,

Guatemala, 2007

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36

La elaboración de la iniciativa de ley implicó diferentes etapas: a) Inventario de los anteproyectos de ley elaborados y presentados a distintas Comisiones del Congreso. b) Priorización del anteproyecto de ley de Consulta en función de su importancia y urgencia para el país. c) Inventario de los anteproyectos de ley existentes en materia de Consulta y Participación de Pueblos Indígenas con el objeto de integrarlos en uno sólo. d) Análisis comparado de la legislación vigente en la materia tanto en Guatemala como en otros países de América Latina. e) Conocimiento de las propuestas de armonización legal que ya se habían realizado entre la legislación nacional y los preceptos del Convenio 169. En el marco de una colaboración técnica, un equipo de abogados indígenas proporcionó asistencia en la formulación de la ley, en puntos álgidos de la consulta a pueblos indígenas.

Mediante una consultoría específica se integraron las diferentes iniciativas de ley preexistentes y se elaboró la versión articulada de la misma. Un borrador fue distribuido para consulta y retroalimentación sobre el contenido. Los aportes quedaron registrados en un documento que sistematizó dichas observaciones, las que se refirieron a diferentes aspectos de la ley en cuestión.

La iniciativa de Ley consta del Estudio de Antecedentes, de la Exposición de Motivos y de la Iniciativa de Ley propiamente dicha.”

MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL

El principal instrumento internacional relacionado con la consulta popular a

pueblos indígenas es el Convenio 169 de la OIT. Este Convenio incluye en sus

primeros artículos lineamientos para su observancia general basadas en la

participación de los pueblos:

Artículo 2. 1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad. (..)

Artículo 5. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio: (…) c) deberán adoptarse, con la participación y cooperación de los pueblos

interesados, medidas encaminadas a allanar las dificultades que experimenten dichos pueblos al afrontar nuevas condiciones de vida y de trabajo.

En la parte de política general de este Convenio20, se establecen algunas

consideraciones sobre la consulta que debe hacerse a los pueblos para aplicar las

disposiciones de ese instrumento:

Artículo 6. 1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente; b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan; c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin. 2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

En la sección correspondiente a tierras, el instrumento hace alusión a procesos

de consulta a los pueblos:

Artículo 15. 1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos. 2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con

20 “Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes” –

Organización Internacional de Trabajo. Año 1989 * Ratificado por Guatemala el 5 de Junio de

1996.

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37

miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.

Artículo 17. 1. Deberán respetarse las modalidades de transmisión de los derechos sobre la tierra entre los miembros de los pueblos interesados establecidas por dichos pueblos. 2. Deberá consultarse a los pueblos interesados siempre que se considere su capacidad de enajenar sus tierras o de transmitir de otra forma sus derechos sobre estas tierras fuera de su comunidad. 3. Deberá impedirse que personas extrañas a esos pueblos puedan aprovecharse de las costumbres de esos pueblos o de su desconocimiento de las leyes por parte de sus miembros para arrogarse la propiedad, la posesión o el uso de las tierras pertenecientes a ellos.

Se considera que en el contenido del artículo séptimo, al tratar las disposiciones

relativas a la aplicación de ese instrumento, se tratan puntos importantes sobre

la participación de los pueblos:

Artículo 7. 1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente. 2. El mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados, con su participación y cooperación, deberá ser prioritario en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan. Los proyectos especiales de desarrollo para estas regiones deberán también elaborarse de modo que promuevan dicho mejoramiento. 3. Los gobiernos deberán velar por que, siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas puedan tener sobre

esos pueblos. Los resultados de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas. 4. Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan.

En la parte que corresponde a formación profesional, artesanía y artes rurales, a

pesar de no referirse a un procedimiento formal de consulta propiamente dicho,

se menciona el ejercicio de consulta a los pueblos al respecto de estudios sobre

los programas especiales de formación.

Artículo 22. 1. Deberán tomarse medidas para promover la participación voluntaria de miembros de los pueblos interesados en programas de formación profesional de aplicación general. 2. Cuando los programas de formación profesional de aplicación general existentes no respondan a las necesidades especiales de los pueblos interesados, los gobiernos deberán asegurar, con la participación de dichos pueblos, que se pongan a su disposición programas y medios especiales de formación. 3. Estos programas especiales de formación deberán basarse en el entorno económico, las condiciones sociales y culturales y las necesidades concretas de los pueblos interesados. Todo estudio a este respecto deberá realizarse en cooperación con esos pueblos, los cuales deberán ser consultados sobre la organización y el funcionamiento de tales programas. Cuando sea posible, esos pueblos deberán asumir progresivamente la responsabilidad de la organización y el funcionamiento de tales programas especiales de formación, si así lo deciden.

Se habla de consulta a los pueblos, en la parte de educación y medios de

comunicación, al tratar la creación de instituciones y sistemas de educación; y la

adopción de medidas para enseñar a los niños de los pueblos en su propia

lengua:

Artículo 27. 1. Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades particulares, y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales. 2. La autoridad

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competente deberá asegurar la formación de miembros de estos pueblos y su participación en la formulación y ejecución de programas de educación, con miras a transferir progresivamente a dichos pueblos la responsabilidad de la realización de esos programas, cuando haya lugar. 3. Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos. Deberán facilitárseles recursos apropiados con tal fin.

Artículo 28. 1. Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indígena o en la lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan. Cuando ello no sea viable, las autoridades competentes deberán celebrar consultas con esos pueblos con miras a la adopción de medidas que permitan alcanzar este objetivo. 2. Deberán tomarse medidas adecuadas para asegurar que esos pueblos tengan la oportunidad de llegar a dominar la lengua nacional o una de las lenguas oficiales del país. 3. Deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas de los pueblos interesados y promover el desarrollo y la práctica de las mismas.

CASOS EN LA REGIÓN MESOAMERICANA SOBRE EL RECLAMO Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS

EL ESTATUTO DE KUNA YALA

El pueblo Kuna Yala está constituido sobre el territorio de Panamá y porción de

Colombia. El capítulo segundo de la Ley Fundamental de Kuna Yala21, referente

a su Gobierno y Administración, contiene disposiciones relevantes en el tema de

su autonomía. En ese sentido, el artículo 3 se refiere al régimen especial al que se

encuentran sujetos:

Art. 3: La Comarca Kuna Yala constituye una división política, cuya organización, administración y funcionamiento estarán sujetos a régimen especial, establecido en esta Ley y en el Estatuto de la Comarca. Para los efectos de este artículo se consideran sujetas a este régimen especial las comunidades de Puerto Obaldía, la Miel y sus alrededores, salvo en aquellos aspectos etno-culturales propios de sus pobladores.

Los siguientes artículos se refieren a las autoridades propias que poseen:

Art. 4: Las comunidades de la Comarca Kuna Yala estarán sujetas a sus autoridades propias, las cuales son: a. Congreso General de la Cultura Kuna; b. Congreso General Kuna; c. Saila Dummagan; d. Congreso Local; e. Saila. Estas autoridades ejercerán sus funciones según las disposiciones de esta ley y conforme a las normas y costumbres kunas. Además de estas autoridades, cada comunidad podrá tener otras cuyas facultades desarrollará el Estatuto de la Comarca. Art. 5: El Estado reconoce la existencia y la jurisdicción de los Congresos y autoridades mencionados en el artículo anterior como organismos y representantes de carácter religioso, cultural, y político-administrativo de la

21 “Ley Fundamental de Kuna Yala” – Aprobada por delegados de todas las comunidades de la

Comarca Kuna Yala, Kuna Yala, 1995

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Comarca, cada uno en su respectivo nivel y facultades que establece esta ley y el Estatuto de la Comarca.

Se trata la existencia de un Congreso que promueve aspectos culturales además

del Congreso General en asuntos de política, como máximos órganos de

representación en cada materia:

Art. 7. El Congreso General de la Cultura Kuna es el máximo organismo de expresión religiosa, de protección, conservación y divulgación del patrimonio histórico-cultural del Pueblo. Art. 9. El Congreso General Kuna es el máximo organismo político-administrativo de deliberación y decisión de la Comarca; sus pronunciamientos y resoluciones serán de cumplimiento obligatorio para todas las autoridades y comunidades de la Comarca, a partir de su divulgación. El incumplimiento de los mismos será sancionado de acuerdo con las normas que fije el Estatuto de la Comarca.

En materia política, existen figuras especiales denominados Saila Dummagan,

que describe la ley de la siguiente manera:

Art. 15: Se reconocen tres Saila Dummagan en Kuna Yala, quienes serán representantes y portavoces del Congreso General y de la Comarca ante el Estado, autoridades públicas y privadas y organismos internacionales. Su elección, mecanismo de representación, sanciones y el periodo de su gestión comarcal serán establecidos en el Estatuto de la Comarca.

Se trata a congresos locales para las comunidades en Kuna Yala, a la vez que se

refiere también a figuras denominadas “Sailagan” como sus autoridades

respectivas.

Art. 21: El Congreso Local es el máximo organismo de expresión religiosa, cultural y político-administrativa de una comunidad; sus decisiones son de cumplimiento obligatorio para las autoridades y miembros de esa comunidad y demás personas que se encuentren en ella. Art. 22: Los Sailagan de las comunidades son las legítimas autoridades en sus respectivos pueblos. En cada comunidad o pueblo hay un Saila principal, que es la primera autoridad de la misma, y otros subalternos. Su

elección, remoción y ejercicio de sus funciones se realizarán de acuerdo a las prácticas sociales y religiosas propias.

CONSIDERACIONES RELEVANTES PARA EL EJERCICIO DE

AUTONOMÍA Y EL AUTOGOBIERNO EN LOS ESTADOS FEDERADOS

MEXICANOS

El artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos22 vigente garantiza las bases para la libre determinación de los

pueblos y su autonomía en materia política.

Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible.La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas. Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentada en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres. El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico. A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la

22 “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” - Constitución publicada en el

Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, Última Reforma: 1-06-09, Cámara de

Diputados del H. Congreso de la Unión, México, 1917

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40

autonomía para: I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural. (…) B. La Federación, los Estados y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos. (…)

LA EXPRIENCIA MEXICANA DEL RÉGIMEN MULTIMUNICIPAL EN EL

MARCO DE LOS ACUERDOS DE SAN ANDRÉS

Los Acuerdos de San Andrés son el resultado de la primera mesa de discusión

sobre el diálogo por la paz entre el Ejercito Zapatista de la Liberación Nacional y

el Gobierno de México. 4 Documentos firmados el 16 de febrero de 1996 por los

representantes de las partes antes relacionadas, así como de la Comisión de

Concordia y Pacificación (COCOPA) y la Comisión Nacional de Intermediación

(CONAI) integraron dichos instrumentos. Ese trabajo tuvo como base al

Convenio No. 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países

Independientes, que para entonces constituía el máximo instrumento en materia

de derechos indígenas, ratificado por México en 1990.

En base a los acuerdos, la Comisión Nacional de Intermediación elaboró una

propuesta de ley donde se pretendía el reconocimiento constitucional de las

comunidades y pueblos indígenas como entidades de derecho público,

brindando la posibilidad que por primera vez en la historia éstos pudieran elegir

libre y democráticamente a sus representantes, en el pleno ejercicio de su

Autonomía y buscando su reivindicación. En ese sentido, las organizaciones

afectadas han manifestado: “La reivindicación de los derechos indígenas es

condición mínima para la reconstitución de los pueblos originarios y un modelo

de desarrollo alternativo a la globalización del pensamiento único, la destrucción

de la naturaleza y la crisis agrícola de nuestro país.”23

Sin embargo, la propuesta aludida terminó sin recoger en su totalidad a los

acuerdos, y sólo de esa manera los legisladores se habrían involucrado en la

misma, ante su negativa sobre el abordaje de ese tema en dicha propuesta de

manera más extensa, y aprobando un material que no reconocía los derechos

básicos que se pretendían hacerse valer desde un principio, con los acuerdos. De

esa manera, el tema fue abandonado por el Estado pero no por el pueblo

indígena, surgiendo a lo largo del territorio mexicano diversidad de experiencias

de autonomía, siendo muestra de ello las Justas de Buen Gobierno y los

Caracoles creadas por los zapatistas en el esfuerzo por la implementación de los

acuerdos de San Andrés.

A 13 años de su aprobación, los acuerdos de San Andrés han constituido una

base para distintas clases de manifestaciones indígenas, en aspectos como la

economía (con cooperativas de artesanía y café), educación, salud, tecnologías

apropiadas y en medios de comunicación. Existe actualmente, una Campaña de

Origen Europeo en la que se conmemora la firma de éstos Acuerdos y su

vigencia en la lucha de los pueblos indígenas de México, en la que se busca la

aportación de ideas e iniciativas para buscar acciones con propósito de conseguir

que el Gobierno de México comience a cumplirlos, reconocerlos y respetarlos.24

Al hablar de una propuesta de reforma a la Constitución Mexicana,

específicamente del artículo 15, en vista de cumplir con lo comprometido en los

23 “Acuerdos de San Andrés sobre Derechos y Cultura Indígena” – Bufete Jurídico

Tierra y Libertad AD, sección de Derechos Indígenas, Lic. Bárbara Zamora,

México D. F., 2009,

http://www.geocities.com/tierraylibertad_ac/Indigenas/acsnandres.htm 24 Ver página web www.europazapatista.org que sirve de contexto intangible para el

movimiento aludido.

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41

Acuerdos de San Andrés al respecto del reconocimiento constitucional de los

derechos de libre determinación y autonomía indígena, un artículo de una

revista digital25 hace referencia al régimen multicipal de la siguiente manera:

(…) “Ésta debería de estar orientada a modificar el régimen del municipio libre que es universal para todos los municipios del país y establecer, a cambio, un régimen multimunicipal que dé cabida a la diversidad municipal de México. Esta reforma permitiría, por lo menos, hacer realidad el autogobierno indígena, al hacer posible que el ayuntamiento se integre de acuerdo a las características sociopolíticas del municipio, y no con la obligatoriedad de que lo haga por presidente, síndico y regidores”. (…)

Tratando a la misma reforma aludido, ese artículo se refiere al régimen

multimunicipal al pronunciarse sobre los beneficios que implicaría aquélla:

(…) “con tal reforma se abrirían nuevos caminos para la constitucionalización de las formas de organización sociopolítica, de autogobierno y de renovación de la autoridad local, abriendo puertas al círculo vicioso en el que se ha entrampado la interpretación de los Acuerdos, aprendiendo lecciones de otros países, como Venezuela, que han avanzado en este sentido. Además, un régimen multimunicipal beneficiaría a todos los indígenas de México y no solo a aquellos que viven en los "municipios indígenas", en zonas culturalmente compactas. En la actualidad miles de indígenas en el país no habitan en territorios en donde ellos sean mayoría, sino en espacios territoriales multiétnicos. En un régimen multimunicipal los indígenas que viven en esa situación podrían crear nuevos tipos de municipios como por ejemplo el "municipio pluriétnico". Un régimen multimunicipal alentaría la creatividad indígena para la innovación en las instituciones y formas de gobierno local democráticas, que ahora se encuentran impedidas por los pobres alcances de la reforma constitucional del artículo 2º que sólo reconoce las formas de gobierno indígena por "usos y costumbres", que no siempre dan respuesta

25 Extracto del artículo Reformar el municipio: autogobierno indígena y régimen

multimunicipal, de Araceli Burguete Cal y Mayor. Publicado en Enlace - Expresiones de la

Sociedad Civil: Revista Digital de la Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales.

Nueva Época, año 4, número 3, Chiapas, México, 2006. Consulta de junio 2009.

http://www.organizacionessociales.segob.gob.mx/UAOS-Rev4/autogobierno_indigena.html

a la diversidad que existe al interior de los pueblos indígenas, que por cierto se caracterizan por su "diversidad en la diversidad". Un régimen multimunicipal contiene adicionalmente un plus democrático para todo el país, ya que con él no serían beneficiados solo los indígenas, sino todos los municipios mexicanos. Con un régimen multimunicipal no se intentaría reconocer solamente la diversidad de las formas de gobierno local indígena, sino la de todos los municipios de México. La diversidad cultural no es patrimonio exclusivo de los pueblos indios; ellos tienen el mérito de insistir en el reclamo, pero sus beneficios pueden irradiar a todos los municipios del territorio nacional. Un régimen multimunicipal reconocería la diversidad como un valor polisémico y no solo étnico”.

EL RECLAMO POR LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE

LEY DE DESARROLLO AUTÓNOMO DE LOS PUEBLOS EN

COSTA RICA

En el mes de marzo de 2009, representantes de los 8 pueblos indígenas en Costa

Rica manifestaron su exigencia frente al Congreso por el envío de parte del

presidente Arias al Legislativo para que éste conozca el Proyecto de Ley de

Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas, el cual instrumentaliza la

aplicación del Convenio 169 de la OIT, ratificado por Costa Rica desde 1992,

pero que no se aplica por falta de una ley interna. Pretenden dicha propósito

buscando el respeto principalmente de sus derechos colectivos que conciernen a

la autonomía, cultura, y sobre tierras. De hecho, éstos representantes motivan a

los habitantes de ese país y a las organizaciones y grupos sociales, así como

comunidades e Iglesias, a apoyarles para mantenerse en el reclamo por la

aprobación de esa ley, pues declaran que no regresarán a sus pueblos de origen

sino hasta lograr dicho objetivo.26

26 “Pueblos Indígenas de Costa Rica reinician la Lucha por sus Derechos” – Agencia

Latinoamericana y Caribeña de Comunicación, Buenos Aires, Argentina, 2009,

http://www.alcnoticias.org/interior.php?codigo=13582&format=pulpito&PHPSESSID=c6bb8c

d90f517f8afb29a

Page 64: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

42

EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LAS DOS REGIONES DE LA COSTA

ATLÁNTICA DE NICARAGUA, LEY NO. 28

Entre los principios fundamentales contenidos en el primer capítulo del

Estatuto27, destacan los siguientes. El artículo 1 se refiere al Estatuto como

creador del Régimen de Autonomía respectivo:

Arto. 1. El presente Estatuto establece el Régimen de Autonomía de las Regiones en donde habitan las comunidades de la Costa Atlántica de Nicaragua y reconoce los derechos y deberes propios que corresponden a sus habitantes, de conformidad con la Constitución Política.

El artículo Cuarto se refiere al Régimen de Autonomía del que gozan las

comunidades de la Costa Atlántica:

Arto. 4. Las Regiones en donde habitan las Comunidades de la Costa Atlántica gozan, dentro de la unidad del Estado Nicaragüense, de un Régimen de Autonomía que les garantiza el ejercicio efectivo de sus derechos históricos y demás, consignados en la Constitución Política.

En cuanto al Régimen Político, el artículo sexto divide en dos regiones al

territorio de las Comunidades de la Costa Atlántica, para el ejercicio de su

autonomía:

Arto. 6. Para el pleno ejercicio del derecho de Autonomía de las Comunidades de la Costa Atlántica, se establecen dos Regiones Autónomas-en lo que comprende el Departamento de Zelaya: 1. "La Región Autónoma Atlántico Norte" tiene su jurisdicción sobre el territorio de la Zona Especial I, y las Islas y Cayos adyacentes. Su sede administrativa es la ciudad de Puerto Cabezas". 2. "La Región Autónoma Atlántico Sur" tiene su jurisdicción sobre el territorio de la Zona Especial II, y las islas y Cayos adyacentes. Su sede administrativa es la ciudad de Bluefields." En circunstancias

27 “Estatuto de Autonomía de las Dos Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua” – Ley No.

28, Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, Nicaragua

extraordinarias las administraciones regionales podrán funcionar en otras partes de sus respectivos territorios.

El artículo séptimo se refiere a la división municipal y administrativa de cada

Región Autónoma:

Arto. 7. El territorio de cada Región Autónoma se dividirá para su administración en municipios, que deberán ser establecidos, hasta donde sea posible, conforme a sus tradiciones comunales y se regirán por la ley de la materia. La subdivisión administrativa de los municipios será establecida y organizada por los Consejos Regionales correspondientes, conforme a sus tradiciones.

En cuanto a su administración regional, el Título Segundo contiene las

disposiciones pertinentes, y describe al Consejo y Coordinador Regionales como

las autoridades superiores en las Regiones Autónomas:

Arto. 15. En cada una de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica funcionarán, sujetos a la Constitución Política de Nicaragua y a este Estatuto, los siguientes órganos de administración: 1.- Consejo Regional. 2.- Coordinador Regional. 3.- Autoridades Municipales y Comunales. 4.- Otros correspondientes a la subdivisión administrativa de los municipios. Arto. 16. El Consejo Regional y el Coordinador Regional serán, en sus respectivas esferas, las autoridades superiores de la Región Autónoma correspondiente.

El estatuto regula también al presupuesto de las Regiones Autónomas:

Arto. 32. El Consejo Regional elaborará en coordinación con el Ministerio de Finanzas, el proyecto de presupuesto de su Región Autónoma para el financiamiento de los proyectos regionales, el que estará conformado por: 1.- Los impuestos regionales de conformidad con el Plan de Arbitrios que incluirá gravámenes sobre los excedentes de las empresas que operan en la región. 2.- Fondos provenientes del Presupuesto General de la República.

Page 65: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

43

LA COOPERACIÓN INTERMUNICIPAL O INTERMUNICIPALIDAD EN

GUATEMALA

Los casos de reclamo de los derechos colectivos en Guatemala son múltiples. En

este mismo libro analizamos varios de ellos en los siguientes capítulos, sobre

todo en El reclamo del derecho colectivo a la tierra: el caso de expropiación de

terrenos ancestrales propiedad de la comunidad xinka de Jumaytepeque y en La

experiencia de poder local y organización comunitaria en los 48 Cantones de

Totonicapán. Aquí pero deseamos hacer especial hincapié en las iniciativas de

regionalismo nacidas de ámbitos locales, expresadas en el esfuerzo de

cooperación entre algunas municipalidades en la conformación de regiones que

respondan a criterios comunitarios y que significan el ejercicio de su ser

colectividad.

En la obra “La intermunicipalidad y el despertar del municipalismo

iberoamericano”, se hace referencia a la intermunicipalidad de la siguiente

manera:

“La intermunicipalidad implica, en su esencia, el contacto estable y con propósito de profundización para el conocimiento de las realidades singulares de cada comunidad. (…) Junto a ello, la intermunicipalidad también supone una abierta intencionalidad de intercambio para el mejoramiento común de las condiciones de solidez institucional y funcionalidad de las entidades locales, en sus responsabilidades públicas, que comportan no solamente la prestación de servicios comunales, sino también -lo que es tal vez más trascendente y significativo- la configuración del espacio primario de convivencia social, de expresión civilizada de la vida política, en fin, de coexistencia pacífica y constructiva en el espacio público, a través de la fórmula esencial de la democracia, que radica en la práctica efectiva del reconocimiento y el respeto absoluto e irrestricto a las diferencias, dentro de las pautas propias de la civilidad. Como se ha dicho, se trata de un contacto estable, sostenido, ordenado, no eventual, lo que lo transforma en un sistema, susceptible de organizarse bajo criterios de intencionalidad racionalizada. Con ello, es factible perfilar metodologías,

fórmulas operativas de plantearse, concretarse y producirse esos contactos y, a partir de allí, aparecen las correspondientes técnicas de multiplicación de sus expresiones y evaluación de sus resultados para el mejoramiento del comportamiento hacia la búsqueda de nuevas oportunidades de intercambio y la consolidación de las ya existentes (es decir, las fórmulas de contacto impregnadas con un objetivo central de eficiencia).” 28

Por otra parte, un documento en línea denominado “La Cooperación

Intermunicipal en Guatemala: Un perfil de nuevas formas de Gestión del

Desarrollo Local”, al tratar iniciativas de cooperación intermunicipal en

Guatemala y la manera en que éstas se han manifestado bajo el contexto del

proceso de descentralización, expone:

En Guatemala se han impulsado diversas formas organizativas intermunicipales tales como: empresas intermunicipales, asociaciones de municipalidades a nivel departamental, mancomunidades de municipios, asociaciones de municipios fronterizos, asociaciones gremiales de tesoreros y jueces de asuntos municipales y redes intermunicipales. (…) No obstante que la mayoría de estas entidades impulsan proyectos de infraestructura, algunas se plantean como objetivos apoyar y fomentar el desarrollo económico (así aparece en los estatutos) de sus respectivas microrregiones o regiones; (…) Por lo tanto, esta nueva institucionalidad del sector público municipal empieza a conscientizarse sobre la necesidad de promover el desarrollo económico local de sus territorios. Con la idea de visualizar la importancia que en los últimos años han tenido estas formas de cooperación intermunicipal con orientación a fomentar el desarrollo económico local y otros temas.29

28 “La intermunicipalidad y el despertar del municipalismo iberoamericano” – Armando

Rodríguez García, Valladolid en América: El Municipalismo y su proyección Iberoamericana,

Universidad Central de Venezuela, Venezuela, 2007, http://ar.vlex.com/vid/intermunicipalidad-

despertar-iberoamericano-41777900. Consulta: 19 de junio de 2009 29 “La Cooperación Intermunicipal en Guatemala: Un perfil de nuevas formas de Gestión del

Desarrollo Local” – Rolando Alonzo Gutiérrez, Reestructuración Económica y

Transformaciones Institucionales en Centroamérica y México, Revista Pueblos y Fronteras

Digital, Número 1, Universidad Autónoma de México, México, 2006,

http://www.pueblosyfronteras.unam.mx/a05n1/art_03.html. Consulta: 19 de Junio de 2009.

Page 66: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

44

El mismo documento se refiere a las limitaciones de las cooperaciones

intermunicipales en Guatemala:

En el caso de las Mancomunidades de Municipios, estas limitaciones se concretan (…), primero porque la legislación actual es insuficiente para normar la conformación y funcionamiento de las Mancomunidades y diversas modalidades de cooperación intermunicipal; (…) solamente aparecen seis artículos en el Código Municipal relacionados a Mancomunidades y Asociaciones de Municipalidades. (…) Por otra parte, en el artículo 49 del Código Municipal, se define a la Mancomunidad como una Asociación de Municipios constituida “...para la formulación común de políticas públicas municipales, planes, programas y proyectos, la ejecución de obras y la prestación eficiente de servicios de sus competencias” (INFOM:2002: 28). En este caso, la Mancomunidad debería entenderse como un instrumento de gestión pública municipal (enfoque funcional) cuyas finalidades es cumplir en forma más eficiente y efectiva las competencias municipales que son primordialmente la prestación de servicios públicos. En este caso, la mancomunidad se encargaría de gestionar una o más competencias municipales (pero no todas) delegadas mediante acuerdos municipales y estatutos por los mismos municipios. Sin embargo, en la práctica y en la operativización de las Mancomunidades, se ha dado una mezcla de ambos enfoques. Así, la mayoría de mancomunidades en Guatemala se han propuesto objetivos muy amplios y diversos, que implica en cierta medida sustituir al municipio y sus competencias. (…) Por otro lado, otra limitación del movimiento de cooperación intermunicipal, es la ausencia de capacidades institucionales de entidades públicas que estén orientadas a la asesoría y asistencia técnica al sector municipal. (…)“.30

Por otro lado, el mismo texto explica que entre los cambios relevantes que

implicó la reforma del marco legal de la descentralización en Guatemala del año

2002, se encuentra el reconocimiento de las mancomunidades de municipios

30 “La Cooperación Intermunicipal en Guatemala: Un perfil de nuevas formas de Gestión del

Desarrollo Local” – Rolando Alonzo Gutiérrez, Reestructuración Económica y

Transformaciones Institucionales en Centroamérica y México, Revista Pueblos y Fronteras

Digital, Número 1, Universidad Autónoma de México, México, 2006,

http://www.pueblosyfronteras.unam.mx/a05n1/art_03.html; Consulta: 19 de Junio de 2009.

como nuevas formas de cooperación internacional. En ese sentido, el Código

Municipal31 reconoce la asociación de municipios:

Articulo 49. Definición. Las mancomunidades de municipios son asociaciones de municipios con personalidad jurídica, constituidas mediante acuerdos celebrados entre los concejos de dos o más municipios, de conformidad con la ley, para la formulación común de políticas públicas municipales, planes, programas y proyectos, la ejecución de obras y la prestación eficiente de servicios de sus competencias.

Articulo 50. Asociación de municipios en mancomunidades. Los municipios tienen el derecho de asociarse con otros en una o varias mancomunidades. Las mancomunidades tendrán personalidad jurídica para el cumplimiento de sus fines y se regirán por sus propios estatutos. Las mancomunidades no podrán comprometer a los municipios que la integran más allá de los límites señalados en el estatuto que les dio origen. En los órganos directivos de la mancomunidad deberán estar representados, todos los concejos municipales de los municipios que la integran.

Al respecto de las experiencias en la conformación de mancomunidades, es

destacable el caso de la Mancomunidad de la Cadena Volcánica Central

Kaqchikel, o MANKAQCHIKEL.

“En marzo del año 2008, Sotz´il plantea la idea de integrar a los municipios de Chimaltenango y Sacatepéquez en una mancomunidad para resolver problemas de interés regional, promover el desarrollo social, económico y ambiental en beneficio de los municipios de la región kaqchikel; promoviendo la gestión y ejecución de proyectos de beneficio para los municipios que integran la mancomunidad en materia de prestación de servicos y obras de infraestructura sin descuidar el uso y manejo sostenible de los recursos naturales; teniendo de esta manera una visión a largo plazo y con la finalidad de que la mancomunidad sea siempre de utilidad para quienes la integran.

31 “Código Municipal” – Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, Guatemala,

Año 2002

Page 67: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

45

El 15 de noviembre de 2008 se realizó un acta constitutiva de conformación de la mancomunidad en el municipio de Patzún y el 4 de febrero de 2009 se constituye legalmente la mancomunidad de la cadena volcánica central kaqchikel MANKAQCHIKEL, protocolo de escritura número veintiuno (21) siendo los municipios integrantes de esta mancomunidad: Tecpán Guatemala, Acatenango, Chimaltenango, Zaragoza, Patzicia, Patzún, Santa Apolonia, Santa Cruz Balanyá, San Martín Jilotepeque, San José Poaquil y Comalapa, estos del departamento de Chimaltenango. Este proceso ha contado con el acompañamiento de insituciones gubernamentales y no gubernamentales: Sotz´il, INAB, Proyecto PARPA, MARN y MAGA”.32

LA RELEVANCIA DE LAS ESTRUCTURAS EN LA INTERPRETACIÓN Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DESDE LA COMUNIDAD

Ahora enfrentemos la teoría, los conceptos y los derechos colectivos expuestos a

la realidad de Guatemala y pensemos ¿cómo son las relaciones entre personas y

grupos en Guatemala? ¿Son desiguales? ¿O son horizontales y equitativas? ¿Por

qué son así y no de otra manera? Entender cuál es el tipo de relaciones que se

dan en Guatemala es descubrir el tipo de código, de normatividad, sobre las que

se desarrollan.

32 Para conocer más sobre su conformación, estrategias y acciones, les recomendamos consultar

los siguientes vínculos web. Sobre el historial de conformación de la mancomunidad,

http://www.box.net/shared/3qijlxv9y9, sobre su información institucional,

http://www.box.net/shared/o568y4o7vc, para información actualizada de sus acciones,

http://mankaqchikel.blogspot.com

Como anotamos anteriormente, el código se rige por la comprensión del tiempo

que da forma a las relaciones. Cuando este código está establecido socialmente,

es decir, cuando en la sociedad se dan un tipo de relaciones de forma sistemática,

hablamos de estructura. Las estructuras constituyen el andamiaje normativo: los

principios y valores que regulan el funcionamiento de los sujetos colectivos y

repercuten en cómo las personas y los grupos se relacionan entre sí. En

resumidas cuentas, son el código a partir del cual se fundamenta el

funcionamiento de los sujetos colectivos.

Donde hay personas, hay sociedad; donde hay sociedad debe haber normatividad de relaciones, sobre la base de las normas y consejos que han existido desde hace mucho tiempo, herencia de los abuelos y abuelas y que hoy en día, aun se practican en distintas comunidades mayas.33

Una estructura es algo que uno no puede ver con los ojos, es algo que sólo puede

verse con la mente. Son las reglas que organizan la vida en sociedad; en otras

palabras, son las reglas sociales, económicas, jurídicas y políticas que regulan

nuestra vida en sociedad en la comunidad, en la región y en el país. Pongamos

un ejemplo de cómo esta construcción mental tiene repercusiones en nuestra

vida cotidiana: podemos afirmar que el paisaje de Chiquimulilla es resultado de

la estructura económica que rige las relaciones materiales, sociopolíticas y

simbólicas en Guatemala y en el mundo entero: el comercio internacional, en ese

lugar en concreto, expresado en la producción extensiva de caña de azúcar.

Recordemos que en la definición inicial de cultura dijimos que un cambio en

una esfera de relaciones implica cambios en todas las relaciones del sistema.

Entonces preguntémonos: ¿qué impacto supone en las relaciones culturales de

los xinkas el hecho de que se extienda de forma intensiva el cultivo de caña de

azúcar en su territorio?

33 Pú Cach, Higinio.Sistema de cargos y funciones de las autoridades indígenas. Defensoría

Indígena Wajxaquib’ No’j. Guatemala, 2008.

Page 68: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

46

Como podemos comprobar, en las estructuras encontramos el código que

establece cómo se debe construir y desarrollar la sociedad. Vendría a ser como el

ADN del sistema sobre el que se construye y se desarrolla el Estado. Ahora bien,

¿quién decide la construcción de las estructuras en Guatemala? La cuestión es

plantearnos si las estructuras actuales están creadas desde la comprensión del

tiempo de la comunidad, desde esa comprensión íntima de desarrollo que regula

las relaciones, si las estructuras nos conducen a través de un proceso de

desarrollo propio y si se puede participar de su (re)construcción.

En una actividad había un 95% de jóvenes graduandos de distintas comunidades lingüísticas de idioma no español. Me acuerdo que se les preguntó sobre cuántas veces habían sido citados, tratados y se les había impartido capacitación como jóvenes pertenecientes a distintos grupos lingüísticos por parte del Ministerio de Educación. Contestaron que ninguna vez. También dijeron que dentro de su pensum no se ha incluido nada al respecto. La realidad diversa queda aplastada bajo una imposición de igualdad, de igualarse al ladino. Eso afecta al joven, no llevan formación a la hora de regresar a sus comunidades y en sus comunidades sucede el rechazo. Y no se trata sólo del idioma: la forma en la que se educa es esencial. Por ejemplo, entre los garífunas siempre tiene que haber un anciano. Ahora el anciano ha perdido toda legitimidad. Ahora ya no son ancianos, personas de conocimiento, ahora son simplemente viejos.

Ciclo Guatemala, 02/09

En definitiva, lo que realmente queremos ver es hasta qué punto las estructuras,

tal y como han funcionado y funcionan, impactan o no en los colectivos

comunitarios y regionales, y en qué medida destruyen o no la diversidad cultural

en pro de una forma única y centralizada de ver y entender el mundo. Esto nos

conduce a un nuevo concepto: la desigualdad estructural. Cuando existe

desigualdad estructural es porque un grupo de personas, amparadas por el sujeto

colectivo —en este caso el Estado—, es capaz de determinar el destino y la vida

en común de otros grupos y relegarlos de la posibilidad de participar en la

construcción estructural.

Como veremos más adelante, las estructuras en Guatemala están diseñadas para

que sólo un grupo pueda desarrollar su propia concepción del tiempo, su

cultura. Y la repercusión de las estructuras es profunda: dado que tienen un

factor normativo, es decir, son lo que debe ser, se da por sentado que las otras

formas de desarrollo no son válidas. De esta manera se excluye, de facto,

cualquier otra forma de ver y entender el mundo que no sea la que rigen las

estructuras establecidas. Entonces, reflexionemos: ¿Cuál es la comprensión del

tiempo sobre la que se han construido las estructuras que hoy rigen las

relaciones en Guatemala?

Los sistemas democráticos han sido construidos con intereses económicos y sus marcos legales se crean para servir a estas economías. Los derechos colectivos van a chocar con estos sistemas democráticos donde el Estado se sustenta sobre la lógica del capital. Además, hay sistemas democráticos inconclusos, lo que ocasiona conflictos más severos. Ello también impide procesos de diálogo para buscar soluciones. No es raro encontrar diversos problemas en pueblos indígenas debido a esos choques.

Ciclo Guatemala, 02/09

EL CAPITALISMO Y EL SOMETIMIENTO DEL TIEMPO COMUNITARIO Capitalismo y colonialismo son dos caras de un mismo sistema que ha

desempeñado y desempeña hoy un papel fundamental en la construcción y

mantenimiento de estructuras en todo el mundo.

Aquí partimos de una visión compleja del capital donde éste no está sólo

referido a la posesión y mensuración de productos, ya sean físicos o intangibles,

como el conocimiento, sino a la posesión y mensuración del tiempo. Nos

referimos a mensurar no sólo en su acepción de medir, sino también de juzgar y

Page 69: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

47

valorar. El capitalismo, muy lejos de considerarse un sistema económico,

constituye un sistema de relaciones completo pero, a diferencia de la cultura,

estéril en la generación tiempo. Existe depredando tiempo.

El capital es, ante todo, una relación social vacía que se sostiene mediante la

generación de artificios de temporalidad. Ello lo realiza a partir de la aplicación

de valor, es decir mediante la transformación de los sujetos y sus relaciones

(constelaciones de tiempo) en mercancías, y su consecuente transformación en

dinero.

La base sobre la que se fundamenta el desarrollo capita es el de poder disponer

del tiempo de las personas a cambio de dinero para invertir dicho tiempo en

acciones para generar ganancia. El capitalismo es un sistema de relaciones en el

que se compra y vende tiempo de vida de las personas, y cuanto más rápido es el

retorno del tiempo más aumenta la ganancia. Por eso, la velocidad deviene en

virtud, y disponer del tiempo de las personas, poder. Cuánto mayor es la

reducción del proceso de inversión, más explotación se ejerce sobre el proceso

de trabajo y mayor creación de valor y plusvalía. Así, para desarrollar el sistema,

es preciso que cada vez haya mayor velocidad y mayor volumen de tiempo al

servicio de la producción, el cual se absorbe, obviamente, de las relaciones no

capitalistas. En conclusión, la disposición del tiempo en forma exponencial de

las personas para la generación de ganancia supone, en último término, pérdida

significativa de la apreciación de las personas sobre su propia cultura, ya que el

capital ejerce control sobre su tiempo de trabajo activo (propiamente de

producción) y sobre el tiempo de trabajo pasivo (el de consumo). El capitalismo

genera desarrollo capitalista pero, ante su insaciable depredación de tiempo,

produce subdesarrollo cultural, es decir, humano. Deshace las relaciones que

generan el tiempo propio de los pueblos e inserta a sus miembros en un

solipsismo alienador.

La base de su increíble desarrollo reside en su origen: el colonialismo.

Capitalismo y colonialismo comparten un mismo origen histórico y ambos

subsisten de la base hipócrita del sistema que juntos conforman, porque precisan

de:

� De sociedades capitalistas de consumo sobre las que rotar el capital y poner

como únicos modelos posibles de desarrollo, es decir, de interpretación y

gestión del tiempo.

� De sociedades sometidas a la explotación del proceso de trabajo para abaratar

costos, a las que expone a la velocidad y, por ende, a la depredación con el fin

de generar vías artificiosas hacia su modelo de desarrollo que generen

ambición por acercarse al modelo de las sociedades capitalistas de consumo.

Su evolución, no obstante, es imposible, ya que el capitalismo depende

precisamente de extensas sociedades sometidas para sustentar pequeñas

sociedades con gran capacidad de consumo. El modelo de riqueza del

capitalismo se fundamenta en la existencia de enormes capas de pobreza.

El capitalismo no puede sobrevivir sin el sometimiento de los pueblos. Por eso,

aquí observamos que, por un lado, el capitalismo es un sistema completo porque

posee su propio modelo de desarrollo, a expensas de la pluralidad de modelos de

desarrollo; y, por el otro, que hoy no ser sujeto de consumo significa no formar

parte del sistema y, como tal, no formar parte de la historia, actualmente escrita

por las sociedades capitalistas. Por consiguiente, el capitalismo genera

sociedades paralelas sin historia oficial que conforman la historia subalterna de

los sometidos, de los que no existen, a los que se les extrae el tiempo mediante el

establecimiento del binomio capital/Estado (construcciones políticas

evolucionadas del colonialismo).

Lo nuevo, como temporalidad emergente, implica una lucha entre constelaciones de poder no superadas y la insurgencia de otras. En su forma

liberal, la autonomía es parte de una constelación burguesa del poder. Pensada como categoría crítica, la autonomía es un movimiento de negación de la hegemonía en tanto categoría de dominación consustancial a la forma capital/Estado. En ese sentido, la autonomía es un proceso de rebasamiento

Page 70: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

48

de la dominación que se mueve produciendo una temporalidad de emancipación; esto es, un modo de organización del tiempo radicalmente diferente a la temporalidad abstracta y vacía del capital y de las instituciones definidas por la forma valor.

Sergio Tischler Visquerra34

En Guatemala observamos claramente el mantenimiento de procesos de

colonización tan necesarios para mantener activo el sistema capitalista. Vemos la

colonización interna, liderada por la oligarquía, y externa, liderada por las

transnacionales y las organizaciones internacionales del capital, que prefieren:

• Exportar e importar productos para el perfeccionamiento de un solo modelo

de desarrollo, antes que generar estabilidad económica y soberanía

alimentaria interna, porque la estabilidad generaría sujetos colectivos y

ciudadanos de pleno derecho que reclamarían su propia historia y liderar su

propio destino.

• Reducción a su mínima expresión del Estado (privatizando servicios públicos,

reducción de impuestos al proceso de desarrollo capitalista), porque un

Estado fuerte generaría ciudadanos de pleno derecho capaces de crear sujetos

colectivos con su propio tiempo y su propia interpretación de desarrollo.

Ésta es la base a partir de la cual se construyen las estructuras en Guatemala,

cuyo mantenimiento permite:

• Orientar el proceso de desarrollo de los pueblos hacia una sola visión del

mundo y de la vida, que supone por ende su destrucción.

• Mantener una estructura que reduce los pueblos a mano de obra poco

cualificada y, por ello, barata.

34 Tischler Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la

Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto Nº 3.Guatemala, enero de

2008

• Mantener a gran parte de la población como engranajes del proceso de

producción.

Ante esta exposición observamos claramente la consumación del racismo

estructural en el código mismo que regula las relaciones entre personas y grupos

en Guatemala debido a que, a raíz del colonialismo, se han construido las

estructuras en pro de una sola forma de relacionarse y en detrimento de todas las

demás.

Como vimos en la interpretación del tiempo que hacían anteriormente los

diversos pueblos de Guatemala, la ruptura de sus relaciones, causadas por la

ruptura de su temporalidad, genera, ante todo, divisionismo, precisamente por

la destrucción de sus relaciones complejas propias de su sistema cultural. El

capitalismo, y su constitución política en capital/Estado genera, en última

instancia, homogeneización y exterminio de la diversidad cultural.

El área ixil ha sido objeto de malas experiencias en relación a la ayuda externa obtenida. Hay una sospecha que planea sobre nuestra conciencia comunitaria. Si nuestra fuente de financiamiento no viene de la comunidad sino del exterior, de la cooperación internacional y los programas sociales paternalistas y existenciales para ser claros, ¿no estamos siendo algo hipócritas con nuestras demandas? Recibiendo apoyo externo estamos matando la verdadera raíz de la organización comunitaria. En el área ixil hemos tratado de incrementar la autoayuda, la autogestión. Eso genera comunidad, eso nos hace hablar entre comunidades, pero es complicado ante tanta ong y agencia de cooperación. La cooperación internacional ha funcionado para que nuestras iniciativas pierdan autonomía en su desenlace, rivalicen para obtener el dinero, pierdan contacto con la realidad y se marchite la cooperación entre comunidades, fuente de trabajo que en realidad debería de ser la principal promotora y sostenedora de los procesos de nuestro desarrollo. Nos tratan como beneficiarios y no como usuarios con capacidad de decisión, con voz. Aquí para ellos sólo somos pobres necesitados de ayuda. La corrupción, aunque no es una consecuencia solo suya, es su resultado más claro, y con ella la debilidad de nuestras instituciones.

Intergeneracional, 06/09

Page 71: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

49

LA DESIGUALDAD ESTRUCTURAL

Existe un desequilibrio cada vez menos favorable en la sociedad guatemalteca, y

es que la incoherencia entre los planes de gobierno y la estructura del Estado

(sujeto colectivo) ante la realidad plural dificulta grandemente que los colectivos

que lo componen puedan ejercer sus derechos colectivos y exigir que se

cumplan. Las estructuras del Estado se reproducen en lo comunitario mediante

fuertes mecanismos de alienación que fragmentan la colectividad e inducen a

una comprensión de la diversidad cultural desligada de cualquier raíz de

reivindicación política y territorial, es decir, la desnudan de toda capacidad de

transformación y la presentan como mera expresión artística y folklórica con el

fin de convertirla en mercancía. La diversidad cultural queda anclada al pasado,

estática y muerta, aun pese al reconocimiento de los derechos colectivos y la

planificación de soluciones (de escasa o nula implementación).

El impacto de las desigualdades estructurales en la formación y desarrollo de

colectivos en Guatemala es un hecho. Realizar un análisis profundo de su forma

de operar y sus expresiones tanto a nivel comunitario como regional y estatal, así

como sus repercusiones en las relaciones interpersonales, institucionales,

normativas y estructurales, puede ayudarnos a conocer el grado de pluralismo o

monismo con el que se fundamenta y se desarrolla el Estado. Este aspecto es

crucial para hacer dos cosas: primero, para visualizar hasta qué punto el Estado

es o no en realidad un órgano etnocida y monista cuyas estructuras operan como

un sistema integral y complejo que fragmenta los colectivos culturales e

individualiza la acción de sus miembros; y segundo, para visualizar cómo opera

este sistema y construir de forma colectiva acciones alternativas para la

reconstrucción plural del Estado desde lo comunitario, en base a la diversidad

cultural, a la realidad de las bases y a partir de la generación de conciencia

colectiva.

A lo largo del 2008, y a partir de una serie de mesas de debate, foros, entrevistas

e investigaciones, se analizaron, con la participación de académicos, miembros

de organizaciones civiles, de la cooperación internacional, de la administración

pública e investigadores, las relaciones que a nivel estructural se dan en los

ámbitos económico, jurídico, político, social y cultural en Guatemala. El objetivo

era establecer cuáles eran los mecanismos que imposibilitan el desarrollo de

colectivos así como su capacidad para interpretar y ejercer sus derechos. En base

a este objetivo, se concretó una definición de desigualdad estructural:35

DeDeDeDesigualdad estructuralsigualdad estructuralsigualdad estructuralsigualdad estructural

Reproducción sistemática de relaciones asimétricas por parte del Estado con la finalidad de mantener la hegemonía de grupos de poder. Excluye otras visiones y no responde a la realidad plural del país.

En el proceso de análisis se identificaron las desigualdades estructurales, sus

efectos, mecanismos, dinámicas y causas. Este proceso de consulta y debate se

volvió a abrir en el 2009. Se redefinieron, constatando lo siguiente.

Las desigualdades estructurales son:

DDEE1. El Estado está organizado para garantizar la concentración de la

riqueza de los medios productivos y del sistema financiero en manos

de una minoría para perpetuar la hegemonía económica, actualmente

bajo la forma del sistema económico neoliberal. No existe acceso al uso

político y administrativo del territorio más para los que detentan el

poder político, económico y militar.

DDEE2. El Estado se caracteriza por ser etnocéntrico, hecho que se observa en

la aplicación monista del derecho de participación política y de

35 CANEK – Observatorio Cultural (2008). Construcción de comunicación intercultural aplicada.

Guatemala: Librovisor. Ediciones alternativas del del Centro Cultural de España en Guatemala.

Page 72: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

50

igualdad de oportunidades en una realidad que es plural y desigual.

Esto implica la perpetuación de un sistema que centraliza y concentra

las decisiones en la formulación de políticas públicas, las cuales son

sesgadas, incompletas, mono-culturales e insostenibles, ya que

responden a los intereses de las élites, que ideológicamente son

conservadoras y neoliberales. Las pocas políticas que se refieren a la

consideración positiva de la diversidad cultural no son implementadas

plenamente y son tratadas de forma superficial.

DDEE3. El desigual acceso a los medios de comunicación y de difusión se

expresa en la defensa de los intereses de los sectores dominantes y en la

criminalización o silenciamiento de las reivindicaciones de los

movimientos sociales.

DDEE4. Existe una hegemonía de la lógica occidental, patriarcal y del español

como lengua oficial y franca que no responde a la diversidad lingüística

ni a la pluralidad de formas de pensamiento, de organización y de

expresión del país.

Los efectos de las desigualdades estructurales afectan a la capacidad

individual para construir relaciones interpersonales horizontales. En su

identificación se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden actitudes y

conductas individuales y colectivas de aceptación tanto de la propia identidad

cultural como del culturalmente distinto. También se tomaron en cuenta los

fenómenos que impiden establecer, mantener y fomentar la comunicación

destinada al conocimiento mutuo, a la interacción positiva entre culturas y a la

toma de decisiones de forma conjunta. Se identificaron los siguientes efectos:

E1. Concentración de la riqueza. Se reproduce la estructura de desigualdad

mediante la distribución sin equidad del recurso financiero, la tierra, la

tecnología y los medios de producción.

E2. Agravamiento del desempleo.

E3. Agravamiento de la pobreza y de la extrema pobreza.

E4. La carga tributaria privilegia a ciertos sectores de poder y no hay regreso

del impuesto para el desarrollo local.

E5. No existe un proyecto nacional que convoque a todos y a todas. En

consecuencia, lo local se convierte en un fin en si mismo.

E6. No hay acceso a servicios sociales y públicos que cubran las necesidades

esenciales básicas y que tengan en cuenta la realidad plural.

E7. Aunque la mayoría de actos de discriminación y racismo están tipificados

por la ley, éstos siguen impunes.

E8. Se niega el acceso a la justicia impartida por los pares y se mantiene la

brecha entre organización político-jurídica y la realidad plural.

E9. Se niega el ejercicio de la ciudadanía por ser indígena y/o pobre.

E10. Eliminación y enajenación del y la ciudadana.

E11. Los servicios sociales reproducen la visión de que el indígena forma parte

de una cultura monolítica y atrasada.

E12. El sistema estructural se fundamenta en el racismo, y propicia la

discriminación y la desconfianza en el espacio público local.

E13. Las instituciones cambian, pero se mantiene el esquema de reproducción

de relaciones sociales desiguales y, por ello, perdura la represión de la

organización local.

E14. La migración interna y externa aumenta. Existe un aumento de la

movilidad humana en busca de mejoras en la calidad de vida, con la

fragmentación social que ello implica a nivel local.

E15. Politización de la justicia y generación de leyes y reglamentos para intereses

particulares. El sistema de justicia y el sistema de partidos políticos

responden al modelo económico.

E16. Paulatina ruptura del sistema local étnico de dominación y del modelo de

propiedad (paso de propiedades de ladinos a indígenas) en el marco de un

mimetismo político que no permite cambios reales de fondo.

Page 73: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

51

E17. Se procede a la alienación36 cultural: negación de lo propio para acceder al

sistema. Para existir es preciso insertarse en el espacio público y para ello es

necesario obviar la cultura y despojarse de los rasgos de identidad. El

resultado es el exterminio de mentes y el fascismo colectivo.

E18. Existe una escasa capacidad para generar una renovación generacional y

hay ausencia de liderazgos orgánicos.

E19. Los movimientos sociales solo aparecen en los medios de difusión cuando

acontecen actos de violencia. Se niega su acceso para la construcción de

historias alternas al discurso oficial.

E20. El movimiento social está fragmentado y dividido. En su interior se

reproduce la ideología dominante.

E21. En todo trámite ante una instancia pública la documentación y el proceso

se realizan estrictamente en español, hecho que excluye a una parte

importante de la población que no entiende o domina totalmente el idioma

oficial.

E22. Se aplica un sistema de educación mono cultural que no permite el

desarrollo de la identidad local. Hay una gran carencia de gente capacitada,

es decir, de profesionales, formada según sus propios cánones culturales.

E23. Los operadores de justicia no responden a las necesidades de la población y

no están articulados con las instituciones locales/comunitarias de justicia.

E24. El dominio del idioma oficial genera elitismo en las esferas de poder de los

ámbitos locales.

E25. El etnocentrismo y los intereses particulares imperan en el diseño e

implementación de políticas públicas.

36 Alienación [cultural]: La alienación cultural consiste, en esencia, en la interiorización

espontánea o inducida de un pueblo de la conciencia y de la ideología de otro, correspondiente

a una realidad que les es extraña y a intereses opuestos a los suyos. Darcy. Dilema de América

Latina. Siglo XXI, México 1971 (en: Revista Confluencia, año 1, invierno 2003. Mendoza,

Argentina).

Los mecanismos de las desigualdades estructurales afectan a la construcción

conjunta de relaciones institucionales plurales. En su identificación se

tomaron en cuenta los fenómenos que impiden las transformaciones

institucionales internas necesarias para un cambio de paradigma de lo monista a

lo plural. También se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden a todos los

actores individuales y colectivos de poder vivir en sociedad y de poder converger

en una unidad que permita su convivencia pacífica sin menoscabo de ninguno

de ellos. Se identificaron:

M1. Mantenimiento subdesarrollado de las capacidades de conciencia y

práctica ciudadana.

M2. Imposición de modelos de consumo que son externos, alienantes y

deshumanizadores.

M3. Distribución incoherente y sin pertinencia del presupuesto público.

Disminución y mal uso del gasto público.

M4. El privilegio que concede el Estado a los intereses del capital nacional

monopólico y a la inversión extranjera antes que la posesión y

administración local del territorio.

M5. Uso del sistema económico para determinar el sistema político.

M6. Los movimientos sociales empujan avances económicos y políticos, pero

no empujan cambios ideológicos a nivel estructural.

M7. La aplicación del terror y el miedo.

M8. El análisis jurídico: aplicación sesgada del Derecho para garantizar los

intereses de las elites económicas y militares.

M9. La operación de instituciones públicas y el ofrecimiento de servicios

básicos carecen de una visión de la realidad plural y de una práctica

consecuente.

M10. Manipulación según intereses particulares de las políticas públicas.

M11. Privatización de servicios públicos.

M12. La limitación e inadecuación de las consultas populares.

Page 74: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

52

M13. Inserción forzada y desigual en la globalización.

M14. La declaración de Estado de Prevención se utiliza para disuadir reuniones

de los movimientos sociales.

M15. La ausencia de medios de comunicación alternativos y la generación de

desinformación, información falsa y naturalización de la desigualdad por

parte de los medios de difusión, los cuales criminalizan la defensa de

derechos y territorios.

M16. Las negociaciones y sus acuerdos se realizan estrictamente en español.

M17. Incoherencia de la enseñanza monista del Derecho ante una realidad

plural.

M18. El sistema educativo y los medios de difusión son los principales

reproductores de la ideología dominante.

Las dinámicas de las desigualdades estructurales afectan a la construcción

conjunta de relaciones normativas plurales. En su identificación se tomaron en

cuenta los fenómenos que impiden nuevas transformaciones o síntesis culturales

resultantes de intercambios culturales, y de los principios, valores y leyes que

establecen. Se tomaron en los fenómenos que impiden generar normativa

fundamentada en la realidad plural y con legitimidad. También se tomaron en

cuenta los fenómenos que impiden situar la diversidad como principio

constituyente vertebrador de la sociedad, es decir de considerar decisiones

colectivas y la plena distribución democrática del poder. Se identificaron:

D1. Se prioriza una economía nacional abocada a la exportación antes que la

consolidación de una política de seguridad alimentaria para los más

desprotegidos.

D2. Se privilegia el pacto capitalista por encima del factor trabajo.

D3. Se antepone la comprensión de la tierra como un bien de producción

antes que la comprensión de territorio de la localidad.

D4. Existe un fuerte centralismo estatal que se encuentra desarticulado de la

realidad local. En consecuencia no hay garantías de que la participación

local permita la incidencia y la participación nacional.

D5. Se aplica la igualdad formal en un contexto plural y desigual.

D6. El Estado y sus instituciones carecen de legitimidad debido al monismo

cultural que fundamenta sus estructuras y al no reconocimiento de

sistemas jurídicos y de representación local alternos.

D7. Los partidos políticos no responden ni a la voluntad colectiva de la

localidad ni de los movimientos sociales nacionales.

D8. El mimetismo político induce a la reproducción del sistema imperante.

D9. La primacía del poder económico permite a las elites el control y

monopolio del poder político, el cual margina la pluralidad ideológica.

D10. La práctica monista es reiterada en el diseño de políticas públicas. Existe

el control e imposición de un pensamiento único.

D11. Existe una escasa capacidad para la formación de nuevos liderazgos.

D12. Las agencias de cooperación internacional generan una política de Estado

de dependencia tanto financiera como política.

D13. El monopolio de los medios de difusión.

D14. Se impone el concepto de democracia funcional y participativa del

modelo dominante.

D15. El ejercicio de poder es en extremo vertical y jerárquico.

D16. La doctrina y la legislación sin carácter plural.

Las causas de las desigualdades estructurales afectan a la construcción

conjunta de relaciones políticas y estructurales plurales. En su identificación

se tomaron en cuenta los fenómenos que impiden la adquisición de nuevas

modalidades en las instituciones y estructuras estatales. Se tomaron en cuenta

los fenómenos que impiden a todos los actores colectivos de poder vivir en

sociedad y de poder converger en una unidad que permita su convivencia

pacífica sin menoscabo de ninguno de ellos. Se identificaron:

Page 75: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

53

C1. La economía de privilegios y la inequidad en el sistema

tributario.

C2. Herencia de un Estado racista y colonial excluyente y

discriminador que mantiene procesos de colonización interna y

que permite la concentración y centralización del poder

económico, político, religioso, ideológico, social y cultural en

manos de la oligarquía.

C3. El androcentrismo no permite un cambio generacional ni

ideológico.

C4. El miedo fragmenta la sociedad: genera división y una visión de

la otredad deformada y amenazadora, lo que implica la

incapacidad de ver al otro y a la diversidad cultural como

riqueza.

C5. La división política y administrativa del país.

Los efectos, mecanismos, dinámicas y causas de las desigualdades estructurales

no son fenómenos diferenciados: se trata de cuatro dimensiones, cuatro formas

de ver las desigualdades estructurales según el nivel de observación que

adoptemos. Si observamos los efectos estamos viendo el impacto y la influencia

de las desigualdades estructurales a nivel comunitario, en las relaciones entre

personas; en los mecanismos estamos viendo su impacto e influencia en las

instituciones; en las dinámicas estamos viendo su impacto e influencia en la

generación y ejecución de la normatividad, es decir de la parte legal; y en las

causas estamos viendo su impacto e influencia en las decisiones políticas a nivel

estructura.

Estas cuatro dimensiones muestran una verdadera radiografía del tipo de

sistema que opera en Guatemala en todas sus vertientes y niveles de relación.

Como ejemplifica el gráfico siguiente, estas cuatro dimensiones de las

desigualdades estructurales están interrelacionadas y se sostienen entre sí.

Todos los fenómenos que expusimos anteriormente están interrelacionados, es

decir no operan de forma individual sino en conjunto y una acción sobre ellos

debe ser también integral para ser eficaz. Con la finalidad de analizar con más

precisión su impacto en la capacidad de los colectivos para desarrollarse y

transformar su realidad, y la manera en que afectan al ejercicio de los derechos

colectivos, los agrupamos de las siguientes áreas de incidencia, para saber cómo

afectan en:

� Los aspectos económicos

� Los aspectos de acceso a servicios del Estado

� Los aspectos de acceso a la justicia

� Los aspectos sociopolíticos y de organización

� Los aspectos de expresión y transmisión de valores

� Los aspectos de racismo y discriminación

Mostramos seguidamente los resultados del análisis:

Dinámicas de las DDEE

Causas de las DDEE

Mecanismos de las DDEE

Efectos de las DDEE

Sistema de relación de las desigualdades estructurales (DDEE)

Page 76: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

54

EN LOS ASPECTOS ECONÓMICOS

Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo a la propiedad y posesión del territorio y del patrimonio natural

El derecho colectivo al desarrollo de la ciencia y la tecnología

El derecho colectivo a la autosuficiencia y al desarrollo de la industria autóctona

DDEE 1

DDEE 2

DDEE 4

La esfera de la

Cultura material está afectada por

Desigualdades

Estructurales (DDEE)

C 1

C 5

Causas (C)

D 1

D 3

D 4

D 9

Dinámicas (D)

M 1

M 2

M 3

M 7

Mecanismos (M)

M 11

M 12

M 13

M 16

Efectos (E)

E 1

E 2

E 3

E 4

E 14 EN LOS ASPECTOS DE ACCESO A SERVICIOS DEL ESTADO

Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política

El derecho colectivo a la paz, la libertad y la seguridad

El derecho colectivo a la autonomía, a la autodeterminación, al autogobierno, a la autorregulación y al libre ejercicio de la soberanía

La esfera de la

Cultura social o política está afectada por

DDEE 1

DDEE 2

DDEE 4

Desigualdades

Estructurales (DDEE)

C 1

C 2

C 5

Causas (C)

D 1

D 2

D 3

D 7

Dinámicas (D)

M 1

M 2

M 3

M 5

M 6

M 8

Mecanismos (M)

M 9

M 11

M 13

M 16

M 17

Efectos (E)

E 6

E 11

E 21

E 22

D 9

D 10

D 14

D 15

D 17

EN LOS ASPECTOS DE ACCESO A LA JUSTICIA

Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política

El derecho colectivo a la paz, la libertad y la seguridad

El derecho colectivo a la autonomía, a la autodeterminación, al autogobierno, a la autorregulación y al libre ejercicio de la soberanía

DDEE 1

DDEE 2

DDEE 4

Desigualdades

Estructurales (DDEE)

C 1

C 2

C 4

Causas (C)

D 2

D 3

D 4

D 5

D 6

Dinámicas (D)

M 1

M 2

M 5

M 6

M 7

Mecanismos (M)

M 8

M 10

M 13

M 16

M 17

Efectos (E)

E 7

E 8

E 15

E 23

La esfera de la

Cultura social o política está afectada por D 7

D 10

D 13

D 16

Page 77: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

55

Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo a la representatividad y participación en la vida política

El derecho colectivo a la paz, la libertad y la seguridad

El derecho colectivo a la autonomía, a la autodeterminación, al autogobierno, a la autorregulación y al libre ejercicio de la soberanía

DDEE 1

DDEE 2

DDEE 3

DDEE 4

Desigualdades

Estructurales (DDEE)

C 2

C 3

C 4

Causas (C)

D 2

D 3

D 4

D 7

D 8

D 9

Dinámicas (D)

M 4

M 5

M 6

M 7

M 8

M 10

Mecanismos (M)

M 12

M 13

M 14

M 15

M 16

M 17

Efectos (E)

E 5

E 9

E 18

E 19

E 20

La esfera de la

Cultura social o política está afectada por D 10

D 11

D 14

D 15

D 16

D 17

EN LOS ASPECTOS SOCIOPOLÍTICOS Y DE ORGANIZACIÓN

EN LOS ASPECTOS DE EXPRESIÓN Y TRANSMISIÓN DE PRINCIPIOS Y VALORES

Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo al idioma

El derecho colectivo a la espiritualidad

El derecho colectivo al patrimonio cultural y a los símbolos de identidad

El derecho colectivo a la educación

El derecho colectivo a los medios de comunicación

DDEE 1

DDEE 2

DDEE 3

DDEE 4

Desigualdades

Estructurales (DDEE)

C 2

C 4

Causas (C)

D 3

D 5

D 6

Dinámicas (D)

M 1

M 2

M 3

M 6

M 7

Mecanismos (M)

M 11

M 12

M 13

M 16

M 17

Efectos (E)

E 10

E 16

E 17

La esfera de la

Cultura simbólica está afectada por

D 10

D 13

D 14

D 17

EN LOS ASPECTOS DE RACISMO Y DISCRIMINACIÓN

Los derechos colectivos directamente afectados son: El derecho colectivo al idioma

El derecho colectivo a la espiritualidad

El derecho colectivo al patrimonio cultural y a los símbolos de identidad

El derecho colectivo a la educación

El derecho colectivo a los medios de comunicación

DDEE 1

DDEE 2

DDEE 3

DDEE 4

Desigualdades

Estructurales (DDEE) C 2

C 4

Causas (C)

D 3

D 5

D 6

Dinámicas (D)

M 2

M 5

M 6

M 7

M 8

Mecanismos (M)

M 12

M 13

M 16

M 17

Efectos (E)

E 12

E 13

E 24

E 25

La esfera de la

Cultura simbólica está afectada por D 10

D 13

D 17

Page 78: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

56

CONCLUSIONES: LA ESTRUCTURA PIRAMIDAL DEL PODER

En base a estas desigualdades estructurales el actual Estado de Guatemala se

sostiene sobre un sistema de poder piramidal en el que se concentran las

decisiones, donde impera una sola forma de ver y entender el mundo que

rechaza la pluralidad y en el que sólo un grupo poder centraliza las decisiones.

Las consecuencias de este tipo de Estado han sido identificadas por Héctor Díaz

Polanco en su libro La Rebelión Zapatista y la autonomía37:

� Mantenimiento del proceso colonial: el Estado mono-cultural, centralizado y

etnocida.

� Colonialismo externo: funcionamiento del comercio internacional bajo la

lógica del saqueo.

� Colonialismo interno: construcción de un modelo de sociedad considerado

el único válido, entidad políticamente centralizada y culturalmente

homogénea.

� Desconsideración de la organización comunal misma como patrimonio

cultural que se debe preservar y desarrollar y extrema ponderación de

factores culturales simbólicos (lenguas, vestimenta, arte…) que congela el

sistema de relaciones que los produce.

� Fractura de la identidad espacial.

� Recreación de la comunidad: reducción del territorio al espacio vital de la

comunidad y destrucción de pisos superiores de organización

socioeconómica, cultural y política.

� Vinculación directa de la comunidad con el Estado sin capacidad de generar

un ordenamiento territorial más amplio ni una autoridad supracomunal.

37 Díaz Polanco, Héctor. La Rebelión Zapatista y la autonomía. Siglo veintiuno editores. México,

2007.

� Atomización de los habitantes originales en infinidad de comunidades,

herencia que dificulta poner en práctica proyectos de desarrollo integral para

organizar su movimiento y consolidar políticamente su fuerza regional

frente al Estado.

Esta estructura piramidal del poder sostiene un Estado:

� Capaz de reconocer la diversidad cultural.

� Capaz de reconocer derechos colectivos.

� Siempre y cuando no implique transformaciones políticas relativas a la

distribución del poder y a la organización del Estado ni cambios en el

modelo económico.

� Incapaz de hacer operativos dichos derechos colectivos porque no está

preparado ni diseñado para ello.

� Capaz de reverenciar la pluriculturalidad mientras ataca el fundamento

mismo de la cohesión comunal: la organización socio política comunitaria y

supracomunal.

En un esfuerzo por romper con este sistema, generador de exclusión y

destrucción de la diversidad cultural, de pobreza y muerte, se han construido en

el 2009, mediante procesos de trabajo y discusión plural, una serie de Políticas

culturales que pretenden ofrecer guías mínimas para la construcción desde las

bases de un Estado Plural reconocedor y representativo de la realidad diversa de

Guatemala. Exponemos antes un análisis histórico que sustenta lo expuesto en

este capítulo, tres experiencias en el reclamo y ejercicio de los derechos

colectivos en Guatemala y un sistema de generación de conocimiento plural,

esencial para crear nuevos puntos de poder y romper con la lógica del

pensamiento único y centralizado que actualmente rige las estructuras de

relación social, económica, política, jurídica y simbólica de Guatemala y de gran

parte del mundo.

Page 79: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Enrique Gordillo Castillo

HISTORIA DE CONQUISTA Y EXPLOTACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL TERRITORIO DE GUATEMALA

ÍNDICE El período colonial: la definición de los primeros territorios

Conquista y definición de primeras fronteras: los derechos de conquista

La implantación de la autoridad real: las leyes nuevas de 1542 y la creación

de la audiencia de los confines

Instituciones político-administrativas menores: ayuntamientos,

corregimientos, alcaldías mayores y gobernaciones

Las reformas político administrativas del siglo XVIII: el régimen de

intendencias

La primera experiencia ciudadana: el período de las Cortes de Cádiz y la

ciudadanía española, 1808-1814

Page 80: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

58

El peso histórico de las regiones

La independencia y el periodo nacional: la primera constitución

guatemalteca y la nueva administración político-territorial

Territorios perdidos por el Estado de Guatemala después de la

independencia

La fragmentación del territorio nacional

El impacto del café

Ferrocarriles y bananos

Reflexiones finales

Mapas del proceso histórico de división departamental de Guatemala de

1824 a 1985

Bibliografía

Enrique Gordillo Castillo

Page 81: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

59

INTRODUCCIÓN El 13 de noviembre de 1995, un año antes de la firma de los Acuerdos de Paz,

Rigoberto Quemé Chay ganó las elecciones para la alcaldía de Quetzaltenango.

El hecho fue relevante, y no solamente por haber triunfado el único candidato

k’iche’ entre los diez participantes, ni por haber sido el primero de esa etnia en

asumir el más alto cargo edil en la segunda ciudad de Guatemala en más de un

siglo. Fue el triunfo simbólico de una organización política local. No fue un

logro obtenido bajo el ala de los partidos políticos anclados en Ciudad de

Guatemala, el triunfo del Comité Cívico Xel-jú era el resultado de dos décadas1

de organización local. El acontecimiento no estuvo libre de polémica. A los seis

meses de haber llegado a la municipalidad, Quemé ya era objeto de una

oposición activa desde los medios locales. Sin embargo, el Comité Cívico Xel-jú

participó en las elecciones municipales de Quetzaltenango para el período 2000–

2004 y nuevamente ganó.2

A pesar de que durante mucho tiempo no se reconoció oficialmente,

Quetzaltenango ha tenido una tradición de organización social muy fuerte. Ante

la supresión de la Alcaldía Indígena en 1894, por ejemplo, los antiguos

Principales crearon la Sociedad El Adelanto para promover los derechos

políticos, sociales, étnicos y económicos de los pueblos indígenas del área.

Independientemente de los debates que se han desarrollado sobre la gestión de

Rigoberto Quemé, el triunfo de Xel-jú evidenció que la organización social local

se había fortalecido, lo que constituye uno de los cambios más notables de los

últimos años: el arraigo de diversas formas de organización local en ámbitos que

1 Velásquez Nimatuj, Irmalicia. “Rigoberto Quemé Chay: Quemé es hijo de una familia de

artesanos”, en El Periódico, 9 de julio de 2007. 2 Barrios, Lina (1998). La alcaldía indígena en Guatemala: de 1944 al presente. Guatemala:

Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales; (2001). Tras

las huellas del poder local: La alcaldía indígena en Guatemala, del siglo XVI al siglo XX.

Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales.

incluyen lo político y lo municipal. En la actualidad cabe destacar el esfuerzo

orientado a buscar una redefinición de lo regional desde las lógicas locales.

El conflicto armado interno fue una experiencia terrible para Guatemala. No

obstante, la dinámica de la guerra, el período de transición hacia la democracia y

el proceso de las negociaciones de paz sacaron a la luz no sólo los grandes

problemas históricos de desigualdad en el país, sino la posibilidad de promover

acciones para revertirlos. A principios de los años ochenta Luis Alvarado

Constenla y Carol Smith analizaron los desequilibrios territoriales de Guatemala

partiendo del desarrollo de su sistema urbano. Para ese entonces Ciudad de

Guatemala era ya 18 veces más grande que la segunda urbe del país, lo que

evidenciaba un sistema con “primacía urbana”. Ambos autores revelaron que el

crecimiento del área metropolitana de la capital se debía a migraciones internas

y no a un crecimiento natural, e implicaba la excesiva concentración de todo

tipo de servicios, instituciones y oportunidades en un lugar.3

A mediados de la década, se empezó a discutir seriamente en diversos sectores

políticos y académicos la necesidad de romper con la lógica de una estructura

centralizada en Ciudad de Guatemala. Una de las conclusiones evidentes, desde

ese entonces, fue que no se podía promover un proyecto de paz y de desarrollo

integral sin una democratización territorial. No obstante, el recorrido ha sido

difícil porque ha significado enfrentar una tradición de control centralizado,

basada en intereses económicos, que ha predominado durante siglos.

Teóricamente, las formas de distribución del territorio en Guatemala han sido

producto de la conjugación de tres elementos: (1) una ideología de Estado

3 Constenla, Luis Alvarado (1980). El proceso de urbanización en Guatemala. Guatemala:

CEUR; Smith, Carol (1984, diciembre). “Desarrollo de la primacía urbana, la dependencia en la

exportación y la formación de clases en Guatemala”, en Mesoamérica (Publicación del Centro

de Investigaciones Regionales de Mesoamérica, CIRMA). Año 5, no 8, pp. 195-278; Gordillo

Castillo, Enrique (2006). Debate teórico sobre el proceso de urbanización, el desarrollo de la

primacía urbana y la metropolización en Guatemala. Serie: El proceso de urbanización en

Guatemala 1944-2002. Volumen II. Guatemala: CEUR.

Page 82: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

60

particular, (2) las condiciones imperantes de una forma específica del

capitalismo guatemalteco y (3) las dinámicas territoriales.4

En 1986 se emitió la Ley Preliminar de Regionalización (Decreto 70-86), que

definió oficialmente las “regiones” de Guatemala. De acuerdo con Jorge Aragón,

éstas fueron concebidas como demarcaciones espaciales efectuadas por el Estado

con fines de organización territorial y con el objetivo de hacer más eficiente la

distribución de la inversión pública y la presencia institucional. El concepto de

regionalización fue introducido en los años sesenta mediante los Planes de

Desarrollo (PLADES) —que seguían los lineamientos de la Escuela Francesa de

Ordenamiento Territorial— gracias a la influencia de la AID y la CEPAL, que

prestaron asesoría al gobierno guatemalteco. En ese modelo las regiones se

concebían como espacios intermedios entre la administración central y la

departamental, es decir, como instancias de coordinación territorial

interinstitucional. En términos reales, la regionalización fue vista como una

forma de ampliar la presencia estratégica del Estado y de aumentar el control

sobre algunos territorios que habían quedado fuera del control oficial. La

primera propuesta de regionalización fue elaborada en 1967 por el Ministerio de

Comunicaciones y Obras Públicas sobre la base de anteproyectos anteriores

realizados por el Congreso de la República (1962) y el Instituto de Fomento

Municipal (1966). El proyecto de 1967 se oficializó 18 años más tarde y fue

utilizado como base para la elaboración de un anteproyecto de Ley para la

Regionalización y Funcionamiento de los Consejos de Desarrollo, y la posterior

redacción de la Ley de los Consejos de Desarrollo (2002). Estos esfuerzos

estatales han sido criticados porque, precisamente, continúan con la tradición de

organizar el territorio desde una lógica centralizada.5

4 Constenla, Op. Cit. 5 Aragón, Jorge Rafael (2008). Análisis del sistema de regiones en Guatemala. La regionalización

oficial y otras propuestas 1967-2007. Guatemala: CEUR-USAC.

En la década de los noventa se iniciaron varios esfuerzos que buscaban

identificar las diversas formas de expresión del poder local y de organización

comunitaria. Ya desde entonces, instituciones que trataban de apoyar el proceso

de paz plantearon la necesidad de fortalecer el municipalismo y toda forma de

organización social local,6 pero sólo recientemente se ha percibido un cambio en

la lógica para promover una definición de lo regional-territorial desde esa

perspectiva. Aún es temprano para hacer un análisis de este proceso, no sólo por

lo pionero, sino por la escasez de estudios específicos y la complejidad que

representa la inclusión de todos los esfuerzos y logros. Hasta ahora los estudios

disponibles se han centrado en el análisis de la organización territorial desde el

Estado. Por su indudable importancia, este trabajo ofrece una síntesis del

desarrollo de la organización territorial oficial que se ha creado desde ese ángulo.

Esperamos que pronto se lleven a cabo análisis del desarrollo “desde abajo” que

permitan analizar globalmente los cambios producidos en los últimos años.

Se cuenta con diversos análisis sobre la evolución de la administración político-

territorial de Guatemala, como el estudio de Flavio Quesada Saldaña y las

investigaciones coordinadas por Gustavo Palma Murga y Arturo Taracena

Arriola.7 Sin embargo, aún quedan muchas áreas por estudiar, como el

desarrollo de la administración municipal. La ardua tarea de hacer una

cartografía histórica del desarrollo municipal de Guatemala está aún abierta.

Uno de los principales problemas —indicado por Taracena y sus

colaboradores— es que en pleno siglo XXI la mayoría de municipios de

6 Ochoa, Carlos et al. (1993). Los contextos actuales del poder local: gobernabilidad y

municipalismo. Guatemala: IRIPAZ. 7 Quesada Saldaña, Flavio (1983). Estructuración y desarrollo de la administración política

territorial de Guatemala en la Colonia y la época independiente. Guatemala: CEUR; Palma

Murga, Gustavo. (Coordinador). (1993). La administración político-territorial en Guatemala:

una aproximación histórica. Guatemala: Escuela de Historia, USAC; Taracena Arriola, Arturo;

Pira, Juan Pablo; y Marcos, Celia. Los departamentos y la construcción del territorio nacional en

Guatemala 1825-2002. Guatemala: ASIES, s.a.

Page 83: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

61

Guatemala no tienen definidos oficialmente sus límites territoriales.8 Tampoco

es posible en este momento trazar el desarrollo de las regiones construidas desde

la organización social porque todavía son muy pocos los estudios disponibles.

Christopher Lutz y George Lowell han hecho un esfuerzo pionero por tratar de

explicar la formación de las regiones “occidental ladina” y “oriental indígena”

utilizando las nociones de centro y periferia,9 pero pese a los estudios de Arturo

Taracena sobre la formación del “regionalismo altense” y los de Lina Barrios

sobre las alcaldías indígenas todavía queda mucho trabajo por hacer.10

Uno de los retos más importantes en el estudio de la evolución de la

administración político-territorial de Guatemala ha sido explicar por qué se

fraccionó tanto el territorio nacional. Si en 1825 eran solamente siete

departamentos, ¿cómo se llegó a los 22 actuales?, ¿cuáles fueron las causas de esa

división interna del territorio guatemalteco?

Uno de los argumentos ha sido que la fragmentación que hoy conocemos se

corresponde con la estructura implantada durante el período colonial, que

obedecía a una lógica de control centralizado. La creación, en 1825, de siete

departamentos fue un esfuerzo notable por construir una nueva regionalización

basada en una distribución equilibrada de recursos económicos y humanos,

tomando como modelo la “departamentalización” creada tras la Revolución

8 Taracena, Pira y Marcos. Op. Cit., p. 3.

Lutz, Christopher H. y Lowell, George (1991). “Centro y periferia en la Guatemala colonial” en

Lutz, Christopher H.; Lowell, George; Taracena, Arturo; y Ortmayr, Norbert. Territorio y

sociedad en Guatemala, tres ensayos históricos. Guatemala: Centro de Estudios Urbanos y

Regionales. 10 Taracena, Arturo (1991). “El desarrollo económico y las fronteras de Guatemala: El Estado de

los Altos 1770-1838” en Lutz et al. Op. Cit.; Taracena, Arturo (2000). Invención criolla, sueño

ladino, pesadilla indígena. Los Altos de Guatemala: de región a Estado (1740-1871). 2ª ed.

Guatemala: CIRMA; Barrios. Op. Cit.

Francesa. Se trató de un primer proyecto de regionalización que buscaba romper

con la estructura centralizada en Ciudad de Guatemala.

Entre las razones del fracaso de este proyecto se encuentra, en primer lugar, el

desconocimiento de las condiciones de desarrollo de cada uno de los

departamentos que se crearon por la escasa información disponible y,

principalmente, por la estructura económica vigente. Con el rompimiento del

monopolio que los comerciantes de Ciudad de Guatemala ejercían sobre las

provincias centroamericanas, el Estado se vio obligado a sobrevivir con sus

propios recursos. Heredó una economía basada en el monocultivo de productos

como el añil, la grana, el banano y el café con mercados inestables y en

condiciones de total dependencia. El sistema funcionaba sobre la base del trabajo

forzado, también heredado de la Colonia, que dependía totalmente de la

estructura administrativa oficial. Eran los alcaldes quienes suministraban

trabajadores —por medio de los mandamientos— a las fincas. Con el desarrollo

del cultivo extensivo del café, se necesitaban no sólo grandes extensiones de

tierra, sino el suministro permanente de trabajadores. Posteriormente, se

desarrollaron otras estrategias alternativas al colonato, como las fincas de mozos,

que garantizaban el suministro de trabajadores a las haciendas cafetaleras en

momentos específicos sin tener que proveerles de alojamiento ni manutención

permanentes en las fincas. Ambos sistemas requerían de controles rigurosos de

la población trabajadora, fundamentalmente indígena. El experimento de los

siete departamentos creados en 1825 se fue desplomando por la necesidad del

Estado y de las élites de controlar las regiones productivas y, fundamentalmente,

a las regiones proveedoras de trabajadores forzados. El desarrollo se fue dando

de acuerdo con el potencial productivo específico de cada zona.

Por otro lado, en el siglo XIX ocurrieron varios acontecimientos políticos que

provocaron fraccionamientos del territorio con el objetivo de controlar a la

población considerada rebelde. Destaca la creación del Estado de los Altos en

1838, que se separó del Estado, pero que fue finalmente sometido por la fuerza.

Page 84: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

62

Es también importante mencionar la Rebelión de la Montaña, en el oriente del

país, que en 1838 y 1948 presionó fuertemente al gobierno central. De igual

forma, el interés por controlar la zona norte se intensificó con el desarrollo de la

Guerra de Castas, ocurrida en Yucatán a mediados del siglo XIX.

En cuanto al desarrollo de la administración político-territorial oficial de

Guatemala pueden identificarse tres grandes períodos. El primero empieza con

la llegada de las primeras expediciones de conquista en 1524 y llega hasta la

implantación de la autoridad real con las Leyes Nuevas y la redefinición

institucional de 1542. Es una etapa de gran inestabilidad política provocada por

el carácter que tuvo la conquista, que fue ejecutada por agentes privados. Si bien

es cierto que la Corona vigiló en gran parte el proceso, permitió que los

conquistadores actuaran con total libertad, utilizando y estimulando su

ambición para ocupar rápidamente los territorios. El ámbito geográfico aludido

es el del Reino de Guatemala, que abarcaba el territorio completo de la actual

Centroamérica y parte del sur de México. Una de las características de este

período es la inestabilidad de las primeras delimitaciones fronterizas, tanto por

el desconocimiento del territorio como por las pugnas entre los conquistadores.

El segundo período inicia en 1542 con la imposición de la autoridad real en el

territorio y llega hasta la independencia de 1821. Esta etapa comienza con la

promulgación e implantación de un instrumento jurídico (las Leyes Nuevas)

emitido por la Corona española para detener los desmanes y arbitrariedades de

los conquistadores y recuperar su poder absoluto sobre los territorios ocupados.

La institución que se creó para representar el poder real fue la Audiencia, que

quedó a cargo de la administración de gobierno y justicia en nombre del rey.

El tercer período empieza con la declaración de independencia y llega hasta

1935, cuando se definen los 22 departamentos que integran actualmente el

territorio guatemalteco. Esta etapa coincide con la división definitiva de

Centroamérica y el reconocimiento oficial de los Estados que la integran en el

presente. En este lapso se produce la pérdida de territorios como Yucatán,

Chiapas, Soconusco y Belice, y el surgimiento, en 1838, del Estado de los Altos

como sexto miembro de la Federación Centroamericana. El período incluye

también las reformas administrativas en Guatemala, de acuerdo con las diversas

etapas de desarrollo económico del país (período conservador, o de los treinta

años, y período liberal).

EL PERÍODO COLONIAL: LA DEFINICIÓN DE LOS PRIMEROS TERRITORIOS Lo poco que se conoce sobre las delimitaciones territoriales antes de la conquista

se basa en documentos indígenas escritos con caracteres latinos en el siglo XVI.

De manera muy general, sabemos que la forma de organización social se regía

por el sistema de parentesco (patrilinajes) y la división en castas.11 Esta

estructura fue total y rápidamente destruida con la llegada de los españoles.

La conquista de los territorios americanos se realizó gracias a una cesión

otorgada desde España a los agentes privados, aunque una vez consolidada la

posesión y dominio la Corona reivindicó su soberanía sobre los nuevos

territorios y sus habitantes, unos territorios cuyos límites fueron definidos

arbitrariamente por las expediciones de los conquistadores. El proceso de

redefinición de los nuevos límites territoriales no estuvo exento de problemas,

debido a la coincidencia de tres expediciones (que habían partido desde México,

Panamá y Santo Domingo) que reclamaron los derechos de los descendientes de

Cristóbal Colón sobre las tierras descubiertas.

11 Barrios, Lina (1996). La alcaldía indígena en Guatemala: época colonial (1500-1821). Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales,

pp. 35-38.

Page 85: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

63

Una vez consolidada la centralización del poder en 1542, los territorios indianos

se dividieron en grandes unidades político-administrativas. La actual

Centroamérica recibió entonces el nombre de Reino de Guatemala. Una de las

primeras definiciones territoriales del istmo se derivó directamente de las

Capitulaciones de Santa Fe, sostenidas entre Cristóbal Colón y la Corona. Según

este contrato, Colón y sus descendientes tendrían derechos sobre las tierras

descubiertas por él; en consecuencia, Diego de Nicuesa, hijo del genovés,

reclamó el territorio de Veragua, que iba desde El Golfo de San Blas hasta el de

Urabá o Darién.12

En este momento los conquistadores y primeros habitantes, siguiendo principios

feudales, pretendían obtener para sí territorios independientes de la monarquía,

lo que originó desde el principio problemas de jurisdicción, porque Alonso de

Ojeda también reclamó derechos sobre el territorio de Veragua por habérsele

otorgado la Gobernación de Nueva Andalucía, en la actual Colombia. Los

conflictos de intereses se agudizaron con el nombramiento, en 1513, de Pedro

Árias Dávila como gobernador y capitán general de la Audiencia de Tierra

Firme. Estos ejemplos evidencian hasta qué punto las reclamaciones sobre la

jurisdicción territorial eran arbitrarias.

CONQUISTA Y DEFINICIÓN DE PRIMERAS FRONTERAS: LOS DERECHOS DE CONQUISTA La conquista de Centroamérica se inició, desde el sur, con la expedición de Gil

González Dávila hacia Nicaragua. Los conflictos surgieron inmediatamente por

la ambición de Pedrarias Dávila, que reaccionó enviando a Francisco Hernández

de Córdova desde Panamá para adelantarse en tomar posesión de Nicaragua. En

su camino Hernández de Córdova fundó las ciudades de Granada y León e

12 Quesada Saldaña. Op. Cit., pp. 23-24.

inició la exploración de los grandes lagos, pero fue posteriormente ejecutado por

Pedrarias Dávila por insubordinación. Por haber sido el primero en llegar, Gil

González Dávila fue nombrado gobernador de Nicaragua, pero no pudo ejercer

el cargo al encontrarse en medio de dos expediciones, la de Cortés, en el norte, y

la de Pedrarias Dávila, en el sur, quien acabaría logrando que se le diera el título

de gobernador de la Provincia de Nicaragua, que en ese momento no estaba

sujeta a ninguna jurisdicción. Una de las características de este período es que

los límites territoriales fueron definidos por los mismos conquistadores. En

muchos casos estos acuerdos no fueron reconocidos por la Corona, como el

arreglo entre Pedrarias Dávila y López de Salcedo en el que se establecieron los

límites entre Comayagua y Nicaragua.13

Paradójicamente, las controversias entre los conquistadores, aunque caóticas y

muchas veces violentas, aceleraron el proceso de ocupación. La ambición

estimuló a muchos aventureros a llegar primero, para tomar posesión de grandes

territorios reclamando derechos de conquista. Si bien es cierto que con ello

legitimaban su dominio territorial con el objetivo de enriquecerse rápidamente,

también es cierto que aceleraron el proceso de integración y administración de

los nuevos territorios en beneficio final de la Corona. El caso de la conquista de

Nicaragua es un buen ejemplo.14

Contraviniendo las Capitulaciones de Santa Fe, el rey no le otorgó Veragua a

Diego de Nicuesa, sino a Felipe Gutiérrez; en todo caso, el territorio original de

Veragua se fue reduciendo cada vez más con la definición de la Gobernación de

Nicaragua. El objetivo desde la Corte era recuperar paulatinamente el control de

los territorios; en consecuencia, en 1540, se otorgó a Diego de Gutiérrez el

derecho de conquistar y poblar la Provincia de Cartago (que ocupaba la costa

Atlántica de las actuales Nicaragua y Costa Rica). Finalmente fue Juan Vásquez

13 Ibíd., p. 28. 14 Ibíd., p. 29.

Page 86: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

64

quien logró someter militarmente parte de los territorios de Cartago, con lo que

se le otorgó el título de Adelantado de Costa Rica. En 1573 se definieron los

límites de esa provincia y la jurisdicción de Nicaragua. Esta división territorial se

mantuvo durante todo el período colonial.15

A la Audiencia de Tierra Firme o de Panamá, creada en 1538, se le dio

jurisdicción sobre todos los territorios hacia el sur y sobre las provincias de

Nicaragua (que incluía a Costa Rica y Panamá), en otras palabras: desde

Nicaragua hasta el Estrecho de Magallanes.

La conquista de los territorios del norte del istmo centroamericano fue más

rápida que en el sur. Una de las razones fue que los habitantes de estas regiones

integraban sociedades sedentarias y tenían un amplio desarrollo agrícola, lo que

los expuso más fácilmente a los conquistadores. Otra de las razones que facilitó

la invasión fue que las expediciones estuvieron al mando de un solo

conquistador, Hernán Cortés, quien fue más hábil políticamente que Pedrarias

Dávila y mantuvo la lealtad de sus capitanes, de ahí que hubiera cierta

homogeneización y que se evitaran los enfrentamientos y litigios. En suma, la

conquista de esta parte del istmo fue más organizada y se caracterizó por una

dirección centralizada: cada conquistador obtuvo la asignación de un territorio

de acción para dominar y poblar. El proceso se desarrolló con mucha celeridad,

lo cual permitió la apropiación rápida de territorios y dio como resultado que, a

pesar de haber llegado tardíamente a la región, la dominación concluyera más o

menos al mismo tiempo que la conquista y ocupación desde el sur.

Hernán Cortés envió dos expediciones hacia el sur. Una por tierra, al mando de

Pedro de Alvarado, y otra por mar, al mando de Cristóbal de Olid. Alvarado

sometió rápidamente a los kaqchikeles y se dirigió hacia el territorio del actual El

Salvador. El 25 de julio de 1524 fundó la Ciudad de Santiago de Guatemala en

15 Ibíd., p. 34.

Iximché, que tres años más tarde se trasladó al Valle de Almolonga. Con este

gesto se definió el centro de dominación y legitimación de los territorios

conquistados y por conquistar.

Las provincias de Chiapas, Soconusco, Yucatán, Cozumel, Guatemala y

Honduras quedaron bajo la jurisdicción de la Audiencia de México, creada en

1527, por haber sido conquistadas por la misma expedición originaria. Pedro de

Alvarado gobernó la Provincia de Guatemala hasta su muerte en 1541. Apenas

unos meses después, la ciudad de Santiago fue destruida por un deslave del

Volcán de Agua, con lo que se volvió a trasladar, esta vez al Valle de Panchoy

(hoy Antigua Guatemala).

Al igual que en Nicaragua, en Honduras hubo conflictos por la confluencia de

varias expediciones y por la sublevación de Cristóbal de Olid. En términos

administrativos, y por el origen de las expediciones, la Audiencia de Santo

Domingo tuvo jurisdicción sobre Honduras hasta la creación de la Audiencia de

México. Finalmente, Alvarado negoció la cesión del territorio de Honduras a

cambio de Chiapas. Las provincias de Guatemala, Chiapas, Soconusco, Yucatán

y Cozumel entraron a formar parte de la Audiencia de México.16

LA IMPLANTACIÓN DE LA AUTORIDAD REAL: LAS LEYES NUEVAS DE 1542 Y LA CREACIÓN DE LA AUDIENCIA DE LOS CONFINES La primera etapa de la conquista militar se caracterizó no solamente por el

saqueo y el despojo de las riquezas de los territorios sino también por la total

tolerancia de la Corona. El ofrecimiento de tierras e indígenas en forma de

repartimiento y encomienda fueron el estímulo para promover la rápida

16 Ibíd., pp. 42-43.

Page 87: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

65

expansión y el control sobre las nuevas tierras.17 Inicialmente la Corona legitimó

estos derechos definiendo y redefiniendo sus extensiones territoriales,

resolviendo litigios y arbitrando las diferencias. Si bien es cierto que esto se hizo

para regular parcialmente el proceso, el interés principal era tomar posesión de

las mayores extensiones territoriales en nombre de los reyes de España.

Al consolidarse la conquista se inició una nueva etapa en la que se crearon las

instituciones necesarias para que la Corte recuperara su dominio sobre hombres

y territorios. Esto se hizo con la promulgación de las Leyes Nuevas, emitidas en

Barcelona el 20 de noviembre de 1542. Este instrumento jurídico fue la primera

disposición emitada por la Corona para recuperar su soberanía. El contenido de

dichas leyes se resume en tres aspectos: 1) la abolición de todo tipo de esclavitud,

declarando que los indígenas eran vasallos tributarios del rey; 2) la reducción de

los indígenas a pueblos, estableciendo un patrón de asentamiento y organización

territorial para su protección, explotación y control tributario 3) la instauración

de la Audiencia como aparato administrativo con jurisdicción territorial, de

gobierno y justicia. En otras palabras los reyes controlaron y usufructuaron el

nuevo orden, relegando el poder de los conquistadores a un segundo plano. La

primera jurisdicción de la Audiencia de los Confines fue la siguiente: por el

norte, Yucatán, Cozumel, Chiapas, Tabasco, Guatemala y Honduras; y por el

sur, Castilla del Oro, Nicaragua y Cartago, quedando en el centro la Provincia de

Honduras y, en ella, la capital de la Audiencia.18

El nuevo orden incluyó una división de la población con criterios étnicos que se

denominó el sistema de las dos repúblicas. Con este mecanismo se pretendía

proteger a los indígenas aislándolos de los españoles. Dentro de la Audiencia, el

17 A la cesión de grandes extensiones territoriales se le llamó repartimiento y al acto por el cual

se “encomendaron indios para su cristianización” se le llamó encomienda. Ambas fueron las

primeras instituciones utilizadas como incentivos para promover que los conquistadores

tomaran posesión de nuevos territorios. En un primer momento la Corona toleró todos los

vejámenes y abusos cometidos por los conquistadores, incluso la esclavitud de los indígenas.

Para esto se utilizó el recurso del requerimiento, que era un documento que se leía a los nativos

advirtiéndoles de que, de no someterse voluntariamente, serían sujetos de esclavitud. 18 Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 49.

territorio quedó dividido en ciudades, villas y pueblos. Las dos primeras,

ciudades y villas, fueron destinadas para el asentamiento de españoles y castas

(república de españoles), y los pueblos fueron destinados para asentamiento de

los indígenas (república de indios). A varios nobles indígenas se les reconocieron

sus derechos y se les concedieron privilegios.19 Las comunidades indígenas

participaron en la reestructura ordenada por las Leyes Nuevas, no solamente en

la provisión de fuerza de trabajo para la construcción de las edificaciones

necesarias, sino también en la decisión sobre la mejor ubicación para asentar los

nuevos pueblos que ellos mismos ocuparían. La reducción de los pueblos de

indios tomó alrededor de diez años. Con el traslado de la Audiencia de Gracias a

Dios (Honduras) a la Ciudad de Santiago de Guatemala se dieron algunas

modificaciones en cuanto a su jurisdicción, como la anexión de Soconusco en

1555. Las provincias de Yucatán, Cozumel y Tabasco fueron reincorporadas a la

jurisdicción de la Audiencia de México en 1560. De manera que a la Audiencia

de Guatemala quedaron supeditadas las provincias de Chiapas, Soconusco,

Guatemala, Honduras, Castilla del Oro, Nicaragua y Cartago.20 Algo notable es

que también en 1560 se restableció el sistema de gobernaciones, y se crearon

cuatro: Honduras, Soconusco, Nicaragua y Costa Rica, que estuvieron vigentes

hasta 1786, cuando se instituyó el Régimen de Intendencias. Las gobernaciones

eran jurisdicciones territoriales político-administrativas intermedias.

En 1563 Felipe II ordenó que la Audiencia de los Confines fuera trasladada a

Panamá y que el territorio quedara dividido en dos: las provincias de Chiapas,

Soconusco, Guatemala y Honduras quedarían agregadas a la Audiencia de

México, y las de Panamá, Nicaragua, Cartago y Castilla del Oro integrarían la

Audiencia de Tierra Firme. Inmediatamente se hicieron los reclamos por lo que

implicaba trasladarse a cuatrocientas o quinientas leguas de distancia para poder

acceder a la justicia,21 de tal forma que el 28 de junio de 1568 Felipe II ordenó

que la Real Audiencia volviera a residir en Guatemala. Sin embargo, hasta 1570

no llegaron a Santiago el presidente y los oidores portando el Sello Real.

19 Barrios. Op. Cit., pp. 54-62. 20 Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 57. Ver gráfica 7. 21 Ibíd., p. 60.

Page 88: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

66

A la Audiencia de Guatemala se le suprimió la Provincia de Castilla del Oro, con

lo que la nueva jurisdicción se redujo a las provincias de Chiapas, Soconusco,

Guatemala, Honduras, Nicaragua y Costa Rica.22 A partir de este momento se

estabilizaron las demarcaciones territoriales. Se superó la primera etapa de

conformación político-administrativa del Reino de Guatemala y se inauguró un

nuevo período en el que se centralizó la atención real en el fraccionamiento

político-administrativo de cada provincia en unidades territoriales menores,

movimiento derivado de la necesidad de ejercer un control total sobre la fuerza

de trabajo. Las Leyes Nuevas suprimieron temporalmente el sistema de

gobernaciones provinciales.

INSTITUCIONES POLÍTICO-ADMINISTRATIVAS MENORES: AYUNTAMIENTOS, CORREGIMIENTOS, ALCALDÍAS MAYORES Y GOBERNACIONES Los ayuntamientos fueron la primera forma organizativa instaurada por los

conquistadores y primeros pobladores españoles en Guatemala. En términos

generales, su primera función histórica fue la de salvaguardar los intereses

comunes de los primeros pobladores, así como legitimar las nuevas expediciones

hacia territorios inexplorados. Teóricamente los ayuntamientos representaban la

autoridad real. De acuerdo con la tradición, en ausencia del rey, la soberanía

recaía en el pueblo, que se organizaba en ayuntamientos y gobernaba en su

nombre en busca del bien común.23 Entre 1524 y 1542 los ayuntamientos fueron

la única institución representativa de los intereses reales, por lo que adquirieron

un poder político absoluto sobre los nuevos dominios.

22 Ibíd., p. 61. Ver gráfica 8. 23 El ayuntamiento es la institución; la acción de reunión que ejecutan se llama cabildo, por eso

se tiende a confundir ambos términos. Lina Barrios afirma que en Guatemala el término

ayuntamiento se utilizó para las villas y ciudades, mientras que cabildo se usó para referirse a

los pueblos de indios.

De este modo, el ayuntamiento era el organismo que normaba, regulaba y

controlaba la vida económica y política, así como la explotación de los territorios

conquistados. Regulaban los oficios artesanales, hacían nombramientos,

resguardaban los intereses comunes, solicitaban exoneraciones a la Corona,

otorgaban la posesión, ocupación y venta de tierras o solares, disponían sobre la

construcción de edificios y la realización de obras, además de conocer y resolver

conflictos.

Su poder quedó disminuido y subordinado al instaurarse la Audiencia de los

Confines; entonces entraron en una segunda etapa de su funcionamiento, en la

que ejercieron las funciones delegadas por el rey para impartir gobierno y

justicia en primera instancia, pero subordinados a la audiencia, que funcionaba

como un órgano de gobierno superior y como tribunal de segunda instancia.

Con las Leyes Nuevas se creó también el régimen de alcaldías o ayuntamientos

en los pueblos de indios, en los que se reconoció la autoridad de los antiguos

caciques dentro del nuevo orden. En cada pueblo había un número de

funcionarios (alcaldes, regidores, alguaciles) que dependía de su tamaño e

importancia. Todos los puestos eran repartidos entre caciques e indios

principales.24 Las alcaldías indígenas fueron concebidas como instituciones de

administración de gobierno y justicia a nivel local, vinculadas y subordinadas

directamente a la audiencia. Los alcaldes indígenas también representaban la

autoridad del rey para impartir gobierno y justicia en primera instancia, pero

con la creación de estas alcaldías surgió la necesidad de establecer una instancia

intermedia para la administración de unidades regionales mayores y para eso se

crearon, en 1545, los corregimientos que actuaban entre la audiencia y los

ayuntamientos que tenía bajo su jurisdicción un número de pueblos indígenas,

originalmente encomendados. En esta segunda etapa los pueblos pasaron a ser

24 Ibíd., pp. 98-107.

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67

tributarios del rey, quien a su vez podía ceder una parte a los encomenderos y

sus descendientes.

Además de los corregimientos, las Leyes Nuevas crearon también las alcaldías

mayores como unidades de administración territorial intermedias. Éstas fueron

establecidas para la administración de gobierno y justicia en las comarcas

“realengas”, en otras palabras, aquellas que no habían sido otorgadas en

encomienda. Varias alcaldías mayores tenían bajo su jurisdicción zonas

estratégicas de extracción de metales y puertos. Los corregidores y alcaldes

mayores tenían la potestad de conocer civil y criminalmente de todo lo que se

ofreciese en sus distritos, tanto entre españoles, como entre españoles e

indígenas y entre indígenas, así como de los agravios que recibieran los

indígenas de sus encomenderos.25 Las gobernaciones se convirtieron en las

extensiones político-administrativas mayores. Éstas fueron restablecidas entre

1560 y 1565 de manera definitiva.

A finales del siglo XVI, existían 32 jurisdicciones político-administrativas: “De

éstas, cuatro tenían título de gobierno, que eran Comayagua (Honduras),

Nicaragua, Costa Rica y Soconusco: nueve alcaldías mayores, San Salvador,

Ciudad Real, Tegucigalpa, Sonsonate, Verapaz, Suchitepéquez, Nicoya,

Amatique, y las minas de San Andrés de Zaragoza: 18 eran corregimientos:

Totonicapán, Quezaltenango, Atitlán, Tecpanatitlán o Sololá, Escuintla,

Guazacapán, Chiquimula, Acasaguastlán, El Realejo, Matagalpa, Monimbo,

Chontales, Queselguaque, Tencoa, Quepo, Chirripo, Pacaca y Ujarraz; y el Valle

de Guatemala que con título de Corregidores, gobernaban los alcaldes

ordinarios de esta ciudad”.26

25 García Peláez, Francisco de Paula (1934). Memorias para la historia del antiguo Reino de

Guatemala. Tomo I. Guatemala: Sociedad de Geografía e Historia de Guatemala, p. 147. 26 Juarros, Domingo (1938). Compendio de la historia de la Ciudad de Guatemala. 3ª ed.

Guatemala: Tipografía Nacional, pp. 38-39.

Los corregimientos se establecieron en los lugares poblados por indígenas

encomendados. De esta forma, el mayor número de corregimientos —nueve en

total— fueron instaurados en la Provincia de Guatemala, abundantemente

habitada por indígenas. Le siguió la de Nicaragua, con cinco, la de Costa Rica

con cuatro y la de Honduras con uno.27

Las alcaldías mayores fueron establecidas en lugares en los que existía relativa

riqueza, o bien un interés estratégico particular. Como se ha señalado, hubo

nueve alcaldías mayores en el Reino de Guatemala. Las más importantes eran

otorgadas para su administración directamente por la Corona, al igual que las

cuatro gobernaciones. Los alcaldes mayores de menor rango y la totalidad de los

corregidores eran nombrados por la Audiencia de Guatemala.

La administración y gobierno del Valle de Guatemala le correspondía a un

corregimiento que tenía varias funciones administrativas únicas. La audiencia

no estaba autorizada para nombrar corregidores; más bien el ayuntamiento de la

Ciudad de Santiago nombraba a sus alcaldes ordinarios, que ejercían el oficio de

corregidores del valle durante seis meses cada uno.28

A finales del siglo XVII la división político-administrativa del Reino de

Guatemala quedó dividida en 11 corregimientos que eran Atitlán, Tecpanatitlán

o Sololá, Escuintla, Guazacapán, Acasaguastlán, Chiquimula, El Realejo,

Matagalpa, Totonicapán, Quezaltenango y el Valle de Guatemala; nueve

alcaldías mayores (que eran las mismas de fines del siglo XVI) Suchitepéquez,

Nicoya, Tegucigalpa, Ciudad Real, San Salvador, Sonsonate, Verapaz, Amatique

y Minas de Zaragoza; y las mismas cuatro gobernaciones de la tercera parte del

siglo XVI: Nicaragua, Comayagua u Honduras, Costa Rica y Soconusco.29

27 Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 73. 28 Juarros. Op. Cit., p. 39. 29 Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 81. Ver gráfica 10.

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68

En las primeras décadas del siglo XVII disminuyó el interés de la Corona por

algunas de las alcaldías. A esto se sumó el descenso de la población que provocó

la depresión de varias regiones, por tanto la Corona emitió disposiciones para

integrar poblados dentro de unidades mayores. Se dispuso, por ejemplo, la

anexión de Amatique al corregimiento de Chiquimula y el de Minas de Zaragoza

a la jurisdicción de Comayagua. Esta región había sufrido una depresión

poblacional y económica, por lo que no se justificaba el gasto público que

implicaba el mantenimiento de alcaldías mayores en la jurisdicción.30 En 1760 la

Corona dispuso unir a Chiquimula el corregimiento de Acasaguastlán.

Con la recuperación de la economía en las primeras décadas del siglo XVIII

empezaron a adquirir importancia las regiones productoras de añil, lo cual

motivó una recomposición en el control de poblados. Los corregimientos de

Guazacapán y Escuintepeque adquirieron mayor protagonismo. La Corona

decidió entonces unir ambos distritos y convertirlos en la alcaldía mayor de

Escuintla. De igual forma, se unieron los corregimientos de Atitlán y

Tecpanatitlán o Sololá, formando la Alcaldía Mayor de Sololá. El corregimiento

del Valle de Guatemala fue dividido en dos para formar las alcaldías mayores de

Sacatepéquez y Chimaltenango, lo que creó un grave conflicto de poder entre el

ayuntamiento de la ciudad de Guatemala y la Real Audiencia.31

La división político-administrativa del Reino de Guatemala hasta mediados del

siglo XVIII incluía cinco corregimientos (Chiquimula, El Realejo, Matagalpa,

Totonicapán y Quezaltenango), 12 alcaldías mayores (Suchitepéquez, Sololá,

Escuintla, Verapaz, Chimaltenango, Sacatepéquez, Tuxtla, Ciudad Real,

Tegucigalpa, Nicoya, Sonsonate y San Salvador) y cuatro gobernaciones

(Nicaragua, Comayagua u Honduras, Costa Rica y Soconusco).32

30 Ibíd., p. 84. 31 Ibíd., pp. 84-85. 32 Ibíd., p. 86. Ver gráfica 11.

LAS REFORMAS POLÍTICO ADMINISTRATIVAS DEL SIGLO XVIII: EL RÉGIMEN DE INTENDENCIAS Con el ascenso de la dinastía de los Borbones al trono español en el siglo XVIII

se inició una era de cambios profundos. A mediados de siglo comenzaron las

llamadas Reformas borbónicas, que abarcaron todas las instancias sociales y

económicas, y que tuvieron repercusiones en lo político-administrativo. De ahí

en adelante, los esfuerzos de la Corona se concentraron en hacer más eficiente el

control administrativo de sus dominios, buscando extraer mayores riquezas y

hacer rentables sus posesiones. En el ámbito que nos atañe, lo más importante

fue la implantación del Régimen de Intendencias como nuevo sistema de

administración territorial.

Con este sistema se perseguía, en primer lugar, centralizar, uniformar,

racionalizar y mejorar el gobierno de la monarquía española. En segundo lugar,

se deseaba eliminar el sistema de alcaldías mayores y corregimientos,

sustituyendo a los funcionarios respectivos por subdelegados de intendentes

pagados por la Corona. A partir de este momento, las intendencias serían las

circunscripciones territoriales intermedias y las subdelegaciones o partidos

serían las circunscripciones menores. En tercer lugar se buscaba eliminar la

venta de los cargos de corregidores y alcaldes mayores. Los subdelegados de

intendentes serían pagados con un porcentaje (5%) de los tributos recaudados

en el distrito, con lo que se buscaba resolver el problema de la mala

administración de los territorios indianos derivada de la venta de los cargos

mencionados. En el caso de Guatemala todas estas medidas trataban de romper

con el monopolio que ejercían los comerciantes de Ciudad de Guatemala sobre

el resto del territorio con el apoyo de alcaldes mayores y corregidores.33

33 Samayoa Guevara, Héctor (1978). Implantación del Régimen de Intendencias en el Reino de

Guatemala. Guatemala: Editorial Piedra Santa; Quesada Saldaña. Op. Cit., pp. 92-93.

Page 91: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

69

A partir de 1764 se implantan intendencias en todos los territorios americanos

de España. En 1785 se comenzó a crearlas en Guatemala, con las mismas

ordenanzas creadas para Buenos Aires. La primera intendencia del istmo

centroamericano fue la de San Salvador, creada por real cédula de 17 de

septiembre de 1785 y con jurisdicción sobre San Salvador, San Vicente y San

Miguel. La segunda intendencia (creada por cédula de 20 de septiembre de 1786)

fue la de Ciudad Real, con jurisdicción sobre las provincias de Chiapas, Tuxtla y

Soconusco. La tercera fue la de Nicaragua, también conocida como la

Intendencia de León, erigida por cédula de 23 de diciembre de 1786 con

jurisdicción sobre el gobierno de Nicaragua, y finalmente, por real cédula de 23

de diciembre de 1786 se creó la Intendencia de Honduras o Comayagua.34

Las intendencias se crearon en las provincias que habían sufrido el sometimiento

de los poderosos comerciantes de la capital y en el que habían participado los

corregidores y alcaldes mayores provincianos. En la Provincia de Guatemala el

sistema no fue aplicado por dos razones. Por un lado, desde inicios del dominio

español la provincia poseía una comunicación comercial directa con la

metrópoli. Por otro, la Corona pretendía únicamente romper con la estructura

sobre la cual funcionaba el monopolio comercial, por lo que una vez logrado no

había razón para entrar en conflictos con la élite de Ciudad de Guatemala.35

La división político-administrativa del Reino de Guatemala, después de la

aplicación del régimen de intendencias y hasta antes de la independencia, fue la

siguiente: cuatro intendencias (San Salvador, Ciudad Real, Nicaragua y

Honduras), una gobernación (Costa Rica), ocho alcaldías mayores

(Suchitepéquez, Sololá, Escuintla, Sonsonate, Verapaz, Totonicapán,

Chimaltenango y Sacatepéquez), y dos corregimientos (Chiquimula y

Quetzaltenango).36

34 Ibíd. 35 Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 94. 36 Ibíd., p. 95. Ver gráfica 12.

Yucatán había quedado totalmente al margen de los movimientos

independentistas surgidos en 1810 en la Nueva España (algunos sectores

yucatecos incluso se habían manifestado en contra de cualquier proyecto

independentista), lo que combinado con su relativo aislamiento geográfico, dada

la distancia que la separaba de la capital, motivó su anexión temporal a

Guatemala por real cédula de 16 de octubre de 1814.37

LA PRIMERA EXPERIENCIA CIUDADANA: EL PERÍODO DE LAS CORTES DE CÁDIZ Y LA CIUDADANÍA ESPAÑOLA, 1808-1814 Los sucesos ocurridos en España en 1808, a raíz de la abdicación forzada de

Carlos IV, la invasión francesa bajo las órdenes de Napoleón Bonaparte y la

posterior captura y traslado de Fernando VII a Francia, provocaron una crisis en

todos los territorios españoles. Inicialmente se dieron manifestaciones de apoyo

a la resistencia en España, pero muy pronto los reinos americanos reclamaron

sus derechos como partes integrantes de la monarquía en condiciones de

igualdad y no como colonias subordinadas a la península. Tras una serie de

discusiones se concluyó que los territorios de ultramar tenían los mismos

derechos y jerarquías que los de la península. Se convocaron las Juntas de Cádiz

que, con diputados electos en cada una de las provincias españolas, redactaron la

Constitución de 1812, promulgada por las Cortes Generales de España el 19 de

marzo de 1812. Ésta fue la primera experiencia de monarquía constitucional y

tuvo vigencia hasta el 24 de marzo de 1814 con el retorno de Fernando VII al

trono. Durante el período de vigencia de la constitución se declaró al monarca

rey in absentia, y se crearon Juntas de gobierno provisionales en los reinos

americanos para administrar en su nombre. De acuerdo con la tradición, en

ausencia del rey la soberanía la ejercía el pueblo, por lo que se convocó a integrar

37 Ibíd. p. 97.

Page 92: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

70

ayuntamientos constituciones en todos los territorios que contaran con más de

mil habitantes.

La Constitución de Cádiz otorgó la ciudadanía española a todos los varones

originarios de territorios españoles. En otras palabras: los indígenas americanos

fueron declarados ciudadanos y se les otorgó legalmente el derecho de elegir a

los diputados a las Cortes, aunque en realidad esto no ocurrió en Guatemala.38

Paradójicamente muchos ladinos fueron excluidos de la ciudadanía por tener

orígenes africanos (al margen de los territorios españoles). La Constitución de

1812, con su estructura de ayuntamientos constitucionales, entró nuevamente en

vigencia en 1820 y fue el escenario sobre el cual se desarrollaron los

movimientos independentistas latinoamericanos.

EL PESO HISTÓRICO DE LAS REGIONES Las tres regiones históricas que se conformaron en el período colonial fueron la

de Los Altos (en el occidente de Guatemala), la del Oriente y la Región Central.

Ésta se construyó alrededor de las ciudades de Santiago de Guatemala y,

posteriormente, Nueva Guatemala de la Asunción, y ha tenido un papel

hegemónico desde el siglo XIX tras el fin de la Federación.

En términos territoriales, el resultado de la política española tuvo un impacto

que ha trascendido hasta el siglo XXI. El aporte de Lutz y Lovell ha sido notable

en el análisis de cómo esta política definió una diferencia entre la composición

38 Éste es uno de los temas que no se han estudiado aún en Guatemala. Hubo distintas

experiencias a lo largo del continente. En algunos casos, como en el Ecuador, los indígenas

ejercieron efectivamente el voto, al extremo de que el diputado electo para las Cortes de Cádiz

fue un indígena. En Guatemala, como en otros lugares, se sabe que los comicios fueron

manipulados y que los indígenas ni siquiera se enteraron de que había habido elecciones.

social y étnica del Occidente y el Oriente guatemaltecos.39 Ambos autores se

basan en el aporte pionero de Murdo MacLeod sobre la división entre un

Oriente “ladino” y un Occidente “indígena”, utilizando las nociones teóricas de

centro y periferia (un “centro desarrollado” y una “periferia subdesarrollada”).40

Lutz y Lovell abordan el tema analizando la percepción de los recursos de los

nuevos territorios, los patrones de tenencia de la tierra y de asentamientos y las

características más sobresalientes de la vida económica y social. De acuerdo con

esto, los españoles evaluaron la base de los recursos que encontraron según sus

propios patrones culturales. Por el carácter empresarial de la conquista y la

colonización, obviamente, preferían los lugares que les ofrecían mayores

posibilidades de enriquecimiento, así como los que se parecían más a los lugares

de donde provenían. Por eso, tuvieron preferencia por las que estaban al sur y al

oriente de la capital. De esta forma, el “centro” quedó definido por la capital y la

región bajo su jurisdicción (el corregimiento del Valle, al que correspondían los

actuales Sacatepéquez, Chimaltenango y Guatemala) y las tierras orientales de

Jalapa y Chiquimula, las tierras bajas del sur, a lo largo de la costa del Pacífico

desde el Soconusco hasta Sonsonate. La “periferia” abarcaba una extensa región

desde la sierra de los Cuchumatanes (los actuales Huehuetenango y El Quiché),

la Sierra de Chamá (parte de Alta Verapaz, hasta la Sierra de la Santa Cruz,

actual Izabal), además de las tierras bajas del norte, bañadas por los ríos Ixcán,

Xaclbal, Chixoy y los afluentes superiores del río La Pasión.

Una mayor presencia española, junto a una tasa acelerada de despoblación

indígena, dio como resultado una región predominantemente mestiza,41

mientras que en la región occidental hubo poca presencia española, no sólo por

las limitaciones legales, sino por las pocas posibilidades de enriquecimiento.

39 Lutz y Lovell (1991). Op. Cit., pp. 9-37. 40 MacLeod, Murdo (1973). Spanish Central America: A Socioeconomic History, 1520-1720.

Berkeley, Los Angeles: University of California Press. 41 Lutz y Lovell utilizan el término ladino como equivalente a mestizo o como personas con

ascendencia maya, africana y española.

Page 93: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

71

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-37.

Lutz y Lovell afirman que la Corona fracasó en

el intento de crear una “república de españoles”

que coexistiera armoniosamente con una

“república de indios”.

LA INDEPENDENCIA Y EL PERIODO NACIONAL: LA PRIMERA CONSTITUCIÓN GUATEMALTECA Y LA NUEVA ADMINISTRACIÓN POLÍTICO-TERRITORIAL La independencia de los territorios que

formaron al antiguo Reino de Guatemala se

desarrolló sobre la base de la estructura político-

administrativa instituida por la Constitución de

Cádiz, puesta nuevamente en vigencia en 1820.

En uso de las facultades que se les otorgaron,

varios ayuntamientos constitucionales optaron

por adscribirse al Plan de Iguala, o Plan de las

Tres Garantías, por medio del cual Agustín de

Iturbide declaró la independencia de México en febrero de 1821.

Ante la presión ejercida por los ayuntamientos de Chiapas, que circularon su

declaración de adhesión al Plan de Iguala, el ayuntamiento y los notables de la

Ciudad de Guatemala se vieron obligados a declarar una independencia

provisional el 15 de septiembre de 1821. Por medio de la misma acta, se convocó

la elección de diputados para integrar un Congreso que se reuniría en marzo de

1822 en Ciudad de Guatemala para decidir sobre una independencia absoluta.

La presión porque el reino se anexara al Imperio Mexicano se hizo cada vez más

fuerte.

Los productores provincianos se opusieron a la anexión porque veían que tras

ella estaba la pretensión de conservar el statu quo; es decir, mantener a

Guatemala como la capital del reino y a los guatemaltecos como los privilegiados

del sistema. Las ciudades y regiones donde se asentaban los productores

(Granada, San José, Tegucigalpa, San Salvador) se declararon partidarios de la

independencia absoluta tanto de España, como de México y Guatemala. Por otra

parte, los provincianos terratenientes conservadores eran partidarios de la

anexión, pues veían la posibilidad de negociar el recorte de los privilegios

hegemonistas de Guatemala. Entre estos últimos se encontraban las élites de las

Page 94: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

72

ciudades de Comayagua, León y Cartago. Finalmente, la élite guatemalteca

también se declaró partidaria de la anexión, pero con la pretensión de que el

Imperio Mexicano llenara el vacío dejado por España y respetara los privilegios

que habían disfrutado por siglos los capitalinos.

A pesar de las oposiciones, el 5 de enero de 1822 Gabino Gaínza declaró la

anexión al proyecto de Agustín de Iturbide. Surgieron inmediatamente los

primeros movimientos rebeldes para resistir la anexión, particularmente de los

salvadoreños, que sufrieron la invasión militar de su territorio. Sin embargo, las

aspiraciones imperiales se derrumbaron rápidamente, y a los pocos meses se

instauró la República de México. Ante los acontecimientos, se convocó a las

provincias centroamericanas a integrar el congreso previsto en el Acta del 15 de

septiembre. Este congreso decretó la independencia absoluta de España, de

México y de cualquier otro poder del Viejo Mundo el 1 de julio de 1823,

formando las Provincias Unidas del Centro de América. La anexión al Imperio

Mexicano había durado 18 meses.42

Cada uno de los nuevos Estados centroamericanos promulgó su propia

constitución entre 1825 y 1826. Territorialmente Guatemala quedó conformada

de la siguiente manera: Guatemala, con lo que hasta antes de la independencia

fueron las alcaldías mayores de Suchitepéquez, Sololá, Escuintla, Verapaz,

Totonicapán, Chimaltenango, los corregimientos de Chiquimula y

Quezaltenango. Guatemala perdió la Alcaldía Mayor de Sonsonate, la cual

estuvo bajo su jurisdicción provincial durante toda la Colonia.43

Las jurisdicciones de los nuevos Estados centroamericanos coincidieron con las

intendencias creadas en el siglo XVIII. Esta división, expresada territorialmente

en cinco Estados, fue el resultado de los intereses encontrados de las élites de

42 Quesada Saldaña. Op. Cit., pp. 101-103. 43 Ibíd., p. 103.

cada provincia. Está claro que, en el fondo, se encontraba el resentimiento en

contra de los comerciantes monopolistas de Guatemala y el anhelo por

desarrollar sus propios vínculos comerciales con el exterior.

En 1825, la Asamblea del Estado de Guatemala estableció que su territorio

quedaba dividido en siete departamentos: Verapaz, Chiquimula, Guatemala-

Escuintla, Suchitepéquez-Sololá, Sacatepéquez-Chimaltenango, Quetzaltenango-

Soconusco y Totonicapán-Huehuetenango.

El término departamento surgió como unidad de división territorial republicana

durante la Revolución Francesa en 1789. Se basaba en los principios de

distribución territorial en departamentos, distritos y municipios en función de la

riqueza de la población, los medios de comunicación y las administraciones

existentes. El vocablo empezó a aplicarse en Guatemala en 1824 con la creación

de la república federal. La Constitución del Estado de Guatemala de 1825

indicaba que el país estaba dividido en diez distritos que se integrarían en siete

departamentos. Los términos departamento y distrito se usaron ambiguamente

hasta 1866, cuando el gobierno dispuso que se adoptara solamente la

denominación de departamentos para designar las diferentes divisiones políticas

de la república.44

En términos teóricos podemos decir que estos primeros esfuerzos estaban

dirigidos hacia la construcción de un Estado Nacional que, en abierta oposición

a la estructura del Antiguo Régimen, se basaba en el reconocimiento de las

diferencias entre los distintos estamentos sociales y buscaba la homogeneización

de la población por medio del otorgamiento de los derechos ciudadanos. En

primer lugar, el proyecto incluía la definición de las fronteras nacionales y la

organización interna del “territorio nacional”. Consistía, además, en la

oficialización de una única “cultura nacional”, la oficialización del español como

44 Taracena, Pira y Marcos. Op. Cit.

Page 95: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

73

único “idioma nacional”, así como un cuerpo de leyes comunes aplicable por

igual a todos los ciudadanos y derivado de la Constitución Política. En términos

étnicos, la construcción de un Estado Nacional implicaba la imposición de los

valores de una sola etnia, que adquiría una jerarquía nacional frente a las demás,

que quedaban ignoradas. Si bien es cierto que en Guatemala se reconoció

tempranamente la ciudadanía universal a todos los habitantes del territorio

(incluyendo a los extranjeros), muy pronto se fue limitando por razones

económicas y étnicas (conviene recordar que hasta 1944 no se otorgó la

ciudadanía a las mujeres y a los analfabetos).

Para la oficialización de los departamentos creados en 1825 se tomó en cuenta la

importancia administrativa que habían tenido en el período colonial los partidos

y alcaldías mayores, es decir, se partió de la división territorial colonial que se

había desarrollado sobre la territorialidad surgida de la conquista de las diversas

etnias indígenas y su reducción a pueblos, las condiciones económicas de

producción para el consumo interno y el cultivo del añil destinado al exterior. A

esto se sumaban las características físicas de cada territorio; por ejemplo, el

departamento de Sacatepéquez-Chimaltenango unía dos valles de importancia

económica indudable, productores de alimentos y granos para abastecer Ciudad

de Guatemala. También la inclusión de Escuintla, Santa Rosa y Jutiapa como

partes del departamento de Guatemala obedecía a la intención de la élite

capitalina de controlar la producción de añil. La creación del departamento de

Chiquimula, de gran extensión, vinculaba al Estado de Guatemala con el Caribe

y el océano Atlántico.45

La división territorial de 1825 estuvo vigente hasta 1838. El primer rompimiento

se dio con la separación del Estado de Los Altos, en febrero de 1838, como

Estado soberano de la Federación Centroamericana que incluía los

departamentos de Sololá-Suchitepéquez, Totonicapán-Huehuetenango y

45 Ibíd., p. 3.

Quetzaltenango. El mismo Estado de Los Altos dio a Suchitepéquez la categoría

de departamento en 1839, con lo cual el nuevo Estado estuvo conformado por

cuatro departamentos. Este acontecimiento redujo el Estado de Guatemala, que

se vio obligado a redefinir, en septiembre de 1839, su división política en siete

departamentos y dos distritos dependientes del poder central. Guatemala quedó

definida por los departamentos de Guatemala, Sacatepéquez, Chimaltenango,

Escuintla, Mita, Chiquimula y Verapaz, y los distritos del Petén e Izabal.46

En el siglo XIX los criterios económicos y políticos fueron los principales

elementos para ejercer control sobre ciertos departamentos. Los territorios de la

costa del Pacífico (Escuintla y Santa Rosa) perdieron importancia económica al

decaer la demanda internacional de añil, de modo que su subordinación al

departamento de Guatemala dejó de ser importante. Por otro lado, con el auge

de la grana o cochinilla, Sacatepéquez se convirtió en un departamento de

importancia por su papel como centro productor y exportador del nuevo

producto. A esto se sumó su protagonismo político en el triunfo liberal de 1829 y

posteriormente en el derrocamiento de Mariano Gálvez. El territorio de Petén,

adscrito hasta entonces al departamento de la Verapaz, adquirió importancia

por la tensión fronteriza con México, tras la desintegración de la República

Federal de Centro América. Izabal adquirió también mayor peso por la

prioridad de vincular al país con el Atlántico.47 Además, otros acontecimientos

políticos determinaron las redefiniciones territoriales: el Estado de Guatemala se

vio obligado a reconocer un territorio a los insurrectos del Oriente en 1837-1838

(Los montañeses, liderados por Rafael Carrera) con lo que se creó el

departamento de Mita.

46 Ibíd., p. 4. 47 Ibíd., p. 3.

Page 96: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

74

TERRITORIOS PERDIDOS POR EL ESTADO DE GUATEMALA DESPUÉS DE LA INDEPENDENCIA Con los acontecimientos anteriores y posteriores a la independencia, Guatemala

perdió varios territorios. Los primeros fueron los de Yucatán, Chiapas y

Soconusco. Yucatán había sido anexada temporalmente a la Audiencia de

Guatemala en 1814 durante las luchas independentistas en México, pero se

adscribió al Plan de Iguala de 1821, y a partir de ese momento quedó

nuevamente integrado a México. Algo similar ocurrió con Chiapas y Soconusco,

que también se adhirieron al Plan de Iguala y tras la caída del imperio de

Iturbide decidieron permanecer como parte de México.

En el primer mapa oficial del territorio de Guatemala, elaborado por Miguel

Rivera Maestre en 1832 y publicado por el Jefe del Estado Mariano Gálvez, así

como en los decretos de la Asamblea desde 1825, no aparece la Provincia de

Chiapas como parte del territorio guatemalteco, ni los partidos de Sonsonate y

Ahuachapán (unidos al Estado de El Salvador en mayo de 1824). No obstante, sí

aparecen Belice y la parte oriental del partido de Soconusco, que eran percibidos

como partes del Estado guatemalteco. El Soconusco fue perdido definitivamente

en 1842 tras su incorporación a México con la campaña militar ordenada por el

General Antonio López de Santa Anna; y Belice, con el Tratado Aycinena-Wyke

de 1859. Guatemala mantuvo su reclamo sobre una parte del territorio del

Soconusco, pero finalmente lo cedió en 1877 con la firma de un tratado en

Nueva York, con lo que también se definieron los límites de Petén.48

48 Ibíd.

LA FRAGMENTACIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL Con la reincorporación del Estado de Los Altos en 1840, el Estado de Guatemala

quedó dividido en 11 departamentos y dos distritos dependientes del poder

central. El 8 de marzo de 1847, Rafael Carrera decretó la fundación de la

República de Guatemala, rompiendo definitivamente con la Federación

Centroamericana. En 1850 la división departamental guatemalteca se redujo con

la supresión del departamento de Mita y su reincorporación al de Chiquimula,

que recuperó asimismo la Villa de Gualán y sus inmediaciones. Escuintla

también recuperó algunos de los pueblos que había perdido con la creación de

Mita en 1839. Arturo Taracena ha interpretado que esta supresión fue un gesto

de centralismo político ocasionado por una nueva insurrección en la región de

“La Montaña” (la insurrección de Los Lucios), que amenazaba con aliarse a El

Salvador. Guatemala quedó integrada entonces por 12 departamentos y dos

distritos.

En 1852, superada la crisis de la rebelión de Los Lucios, se restauró el

departamento de Mita, pero dividido en dos; así nacieron los departamentos de

Santa Rosa y Jutiapa. El primero fue integrado con municipios que pertenecían

anteriormente a Guatemala y Escuintla; mientras que el segundo fue

conformado por el territorio de la antigua Mita, salvo su extremo más

suroccidental, los municipios de Cuajiniquilapa, Santa Rosa, Casillas,

Mataquescuintla y Oratorio que pasaron a ser parte de Santa Rosa. Los límites

entre ambos departamentos quedaron definidos en 1864.49

49 Ver gráfica 17.

Page 97: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

75

EL IMPACTO DEL CAFÉ En la década de 1860-1870, el cultivo de café ya había alcanzado importancia

económica para Guatemala. Los primeros departamentos en los que empezó a

cultivarse fueron Santa Rosa, Guatemala, Suchitepéquez, Quetzaltenango, San

Marcos, Sololá, Verapaz e Izabal. Estas regiones adquirieron mucha importancia

y dinamismo, lo cual hizo más compleja su administración, particularmente por

la necesidad del suministro de trabajadores. El primer cambio se dio con la

solicitud, en 1866, del distrito de San Marcos —supeditado hasta entonces al

departamento de Quetzaltenango— de ser elevado a la categoría de

departamento. A partir de entonces, empezó a considerarse la importancia

económica que estaban adquiriendo algunas regiones como Izabal, Petén y

Amatitlán, y las dificultades que iban surgiendo para su administración. En

consecuencia, por decreto del 8 de mayo de 1866, el presidente de la república

acordó que los territorios de San Marcos, Huehuetenango, Petén, Izabal y

Amatitlán tendrían la categoría de departamentos.50

Por otra parte, con el desarrollo del cultivo del café, surgió la necesidad de

grandes extensiones de tierra y grandes cantidades de trabajadores. Esto fue lo

que guió el programa de reformas lanzado por los gobiernos liberales a partir de

1871. En términos político-administrativos, el territorio nacional guatemalteco

se fraccionó en un mayor número de departamentos a fin de ejercer un mejor

control. El 10 de noviembre de 1871, para hacer más eficaz “la acción de las

autoridades” en una gran extensión se fraccionó en dos Chiquimula; así se

crearon los departamentos de Chiquimula y Zacapa. De igual forma, en decreto

50 “Habiendo tomado en consideración la solicitud hecha por la Municipalidad de San Marcos

para que el Distrito de este nombre fuese elevado al rango de departamento (y) atendiendo a

que el nombre de ‘distrito’ que llevan hasta el día de hoy algunas de las divisiones territoriales

de la República tuvo su origen en un sistema que ya no existe” decide acordar, “que los

territorios de San Marcos, Huehuetenango, Petén, Izabal y Amatitlán, que han conservado la

denominación de ‘distrito’ se les dé en lo sucesivo la de departamentos (…) sin que ninguno de

ellos conserve dependencia de otro en su régimen político y administrativo”. Quesada Saldaña.

Op. Cit., pp. 123-124. Ver gráfica 18.

de 12 de agosto de 1872 se tomaron porciones de los departamentos de Sololá y

Totonicapán para formar el departamento de El Quiché. Por decreto del 24 de

noviembre de 1873, y por considerarse la extensión de Jutiapa muy grande, lo

cual “dificulta la vigilancia de las autoridades en todos los puntos de su

comprensión”, se segregó el distrito de Jalapa para conformar el departamento

del mismo nombre y “hacer una eficaz acción administrativa”.51

De nuevo, las razones económicas y políticas fueron fundamentales para anexar

municipios de un departamento a otro, fundamentalmente con el objetivo de

ejercer un control y vigilancia eficaces. Tal fue el caso de los pueblos de Telemán

y Panzós, disgregados de Izabal para ser integrados a Verapaz, como parte de la

estrategia para desarrollar una salida fluvial al café producido en la región a

través del río Polochic. Tomando en cuenta la “ineficaz acción de las

autoridades” y la conveniencia de “atender mejor el servicio público de aquellos

pueblos” se creó el departamento de Quiché en agosto de 1872. Taracena

interpreta que en este caso lo que privó fue el control de la fuerza de trabajo

forzado hacia las fincas de café por el sistema de las habilitaciones. Apenas un

año después, se creó el departamento de Jalapa con municipios desagregados de

Jutiapa y de Guatemala, con lo que se llegó a 20 departamentos. Una vez más se

argumentó que la región era muy grande, lo cual dificultaba que las autoridades

pudieran vigilar “todos los puntos de su comprensión”. El municipio de

Sanarate, por decisión propia de sus habitantes, fue reincorporado al

departamento de Guatemala en abril de 1874. En 1877 el gobierno de Justo

Rufino Barrios decidió aumentar a 22 el número de departamentos con la

división en dos departamentos de la Verapaz y de Suchitepéquez, con lo que se

origina Retalhuleu.52 De nuevo, el argumento fue de carácter económico, basado

51 Ibíd., p. 128. 52 El 4 de marzo de 1877, considerando que la “extensión y crecido número de habitantes de

Verapaz y el incremento que en los últimos años ha tomado allí la agricultura, dificulta el

régimen gubernativo de ese importante departamento por medio de una sola jefatura política

(…) se divide el territorio que hoy comprende Verapaz en dos departamentos, que se

Page 98: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

76

en el creciente número de habitantes y en el incremento que había tenido la

agricultura y el comercio del café. Hubo otros cambios en los límites

departamentales provocados por el desarrollo del café, como el del traslado del

municipio de Coatepeque del departamento de San Marcos a Quetzaltenango,

en 1885. Para Taracena, la medida parece haber estado dirigida a consolidar la

región cafetalera conocida como Costa Cuca.53

En resumen, hacia finales de la década de 1870-1880, Guatemala contaba con 22

departamentos: Suchitepéquez, Retalhuleu, Quiché, Sololá, Escuintla,

Guatemala, Amatitlán, Chiquimula, Izabal, Zacapa, Santa Rosa, Jutiapa, Jalapa,

Alta Verapaz, Baja Verapaz, Petén, Totonicapán, Huehuetenango,

Quetzaltenango, San Marcos, Chimaltenango y Sacatepéquez.54

FERROCARRILES Y BANANOS Uno de los factores económicos que condicionó el desarrollo de la

administración política territorial de Guatemala fue la construcción de

ferrocarriles y el auge de la producción bananera. Esto influyó claramente en la

creación del departamento de El Progreso —con los municipios de Cabañas,

Acasaguastlán, Morazán, Sanarate, San Antonio La Paz, San José del Golfo,

Guastatoya, Sansaria y las aldeas al noroeste de Chiquimula. El argumento fue

claramente asociado con el ferrocarril (empezando por la elección del nombre El

Progreso, que simbólicamente se representaba con un ferrocarril):

distinguirán respectivamente con los nombres de ALTA y BAJA VERAPAZ”. Con

Suchitepéquez, zona también cafetalera, sucede otro tanto, pues en decreto del 18 de octubre de

1877 se declara que “con motivo del incremento que han tomado en los últimos años el

comercio y la agricultura del departamento de Suchitepéquez, se hace difícil su administración

por medio de una sola jefatura política”; por lo que se manda establecer con una parte del

territorio de dicho departamento el de Retalhuleu. 53 Taracena, Pira y Marcos. Op. Cit., pp. 6-7. 54 Quesada Saldaña. Op. Cit. pp. 128-129. Ver gráfica 19.

(…) la actividad comercial suscitada en los puntos donde la vía férrea interoceánica pasa requiere la más próxima vigilancia de las autoridades no sólo para conservar el orden, sino para encauzar las causas de las diversas corrientes del adelanto a un fin común.55

Con el decreto del 3 de abril de 1934 del último dictador cafetalero, Jorge Ubico,

se restableció El Progreso. Con éste, Guatemala quedó dividida en 23

departamentos. En 1919, se le cambió el nombre por el de Estrada Cabrera,

argumentando que eran los propios habitantes quienes lo habían solicitado en

muestra de agradecimiento y afecto al “Señor Presidente”. Tras el derrocamiento

del dictador en 1920, con el decreto número 756 de 9 de junio de 1920, se

suprimió el departamento y se reintegraron los municipios que lo formaban a

sus anteriores dependencias. Sin embargo, en 1934, la Asamblea Legislativa

decretó una vez más la creación de El Progreso, en respuesta a los deseos de la

United Fruit Company; de hecho, los intereses de las compañías bananeras

llegaron al extremo de provocar problemas fronterizos entre Guatemala y

Honduras que tuvieron que resolverse por medio del Tratado de Arbitraje

Salazar, Silva Peña-Vásquez y del Laudo Arbitral de 1930. La frontera quedó

definida como estaba anteriormente, por lo que no hubo ninguna consecuencia

interna, más que la ratificación de la soberanía guatemalteca sobre el territorio.

La actual división político administrativa del territorio nacional de Guatemala

quedó establecida en 1935. El 29 de abril se suprimió el departamento de

Amatitlán, que quedó absorbido por el circuito de la capital.56 Éste fue el último

cambio en aspectos territoriales del período liberal. Se anexaron los municipios

de Palín y San Vicente Pacaya al departamento de Escuintla, y los de Villa Nueva

y Amatitlán al de Guatemala. Esto se dio como consecuencia de la declinación

económica con la desaparición total del cultivo de la grana, que no hacía

55 Taracena, Pira y Marcos. Op. Cit., p. 7. 56 Quesada Saldaña. Op. Cit., p. 133. Ver gráfica 20.

Page 99: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

77

justificable la existencia de un aparato administrativo para un departamento tan

pequeño. El último cambio fue el traslado del municipio de Mataquescuintla del

departamento de Santa Rosa al de Jalapa. Con esto quedó definida la división de

la República de Guatemala en los departamentos que se mantienen hasta el

presente. Han sido pocos los cambios, como el ocurrido en 1985, en que se

segregaron territorios de municipios de Chajul y Uspantán del departamento del

Quiché y del municipio de Barillas (Huehuetenango) para crear el municipio de

Ixcán dentro de la jurisdicción de El Quiché, lo que se ha asociado con la

estrategia contrainsurgente en la región.

Por lo tanto, con la supresión del departamento de Amatitlán, Guatemala quedó

dividida en los 22 departamentos que mantienen su vigencia: Suchitepéquez,

Retalhuleu, El Quiché, Sololá, Escuintla, Guatemala, Izabal, Zacapa, Chiquimula,

Jutiapa, Santa Rosa, Jalapa, El Progreso, Petén, Alta Verapaz, Baja Verapaz,

Huehuetenango, Totonicapán, Quetzaltenango, San Marcos, Chimaltenango y

Sacatepéquez.57

REFLEXIONES FINALES Detrás de la creación de los departamentos se encontraba un anhelo por

trasladar a los territorios la noción de igualdad entre ciudadanos impulsada por

la Revolución Francesa. Esto suponía el reconocimiento de la soberanía

trasladada a los territorios y de la potestad de los habitantes de elegir a sus

administradores. Se realizó un esfuerzo racional que buscaba instaurar un

sistema equilibrado de regiones en términos de superficie, población y recursos.

El modelo rápidamente derivó en el centralismo, ya que fue el propio Ejecutivo

el que nombró a los funcionarios encargados de los departamentos. En

Guatemala la figura fue denominada jefe político o gobernador. A la larga, por el

57 Ibíd., p. 135. Ver gráfica 21.

sentido general de las acciones, orientadas a satisfacer intereses económicos y de

control y vigilancia de la población, el sistema promovió las prácticas

dictatoriales que llegaron hasta el siglo XX.

Con la creación y fragmentación en departamentos se profundizó la división de

los territorios originales anteriores a la conquista y colonización. Con esto

también se desestructuraron las regiones históricas (Los Altos, el Oriente o La

Montaña y la Región Central) surgidas después de la independencia. Las

dinámicas locales y regionales vinculadas a los procesos demográficos, la

colonización agrícola, la expansión del trabajo forzado y el crecimiento

económico también contribuyeron a la evolución del proceso de

departamentalización; un proceso que se dio en base a seis dinámicas (1) las

económicas: producción de grana, café y banano, control de fuerza de trabajo y

de la tierra, construcción de infraestructura vial; (2) la desestructuración del

poder de las regiones históricas de Occidente y Oriente contrapuestas al poder

centralizado en Ciudad de Guatemala; (3) la defensa de la soberanía nacional

(Petén, Izabal); (4) la racionalidad administrativa por el crecimiento

demográfico y económico, así como las demandas locales (Retalhuleu, Zacapa);

(5) los tratados de límites internacionales (San Marcos, Huehuetenango, Quiché

y Petén); y (6) la lógica contrainsurgente del Estado guatemalteco (límites entre

Quiché y Huehuetenango: Ixcán).

En palabras de Arturo Taracena, el criterio que ha predominado en la división

territorial guatemalteca ha respondido a fenómenos económicos, políticos y

sociales, casi nunca a fenómenos étnicos y culturales. El espíritu que animó la

departamentalización fue el centralismo, no la democratización basada en

equilibrios territoriales y económicos. La administración territorial de

Guatemala se fue haciendo cada vez más compleja con el ascenso de los liberales

a finales del siglo XIX. Con el objetivo de hacer más eficiente y dinámica la

Page 100: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

78

administración se crearon seis nuevos departamentos en apenas siete años (entre

1871 y 1878).58

Con la crisis mundial del café en 1897, decayó momentáneamente el interés por

este cultivo en el país y empezó a plantearse seriamente la necesidad de

promover la diversificación agrícola. Hacia 1904, la United Fruit Company, que

había llegado a principios de siglo, ya tenía grandes plantaciones en las márgenes

del río Motagua. El dinamismo que adquirió la zona como enclave bananero y la

construcción de la vía férrea motivaron la fundación de El Progreso.

En 1935, Guatemala estaba dividida en 23 departamentos, incluyendo el de

Amatitlán. En muy poco tiempo, éste perdió su importancia económica y cayó

bajo la influencia de la actividad económica de la capital. Con el decreto 2081 de

1935 fue abolido y sus municipios se integraron al de Guatemala, con lo que

quedó instaurada la actual división político administrativa.

58 Ibíd., p. 147.

ENRIQUE GORDILLO CASTILLO

Licenciado en Historia por la Universidad

de San Carlos de Guatemala. Cuenta con

una maestría y un doctorado en Historia en

la Universidad de Tulane, Nueva Orleans

(Estados Unidos).

Como investigador ha trabajado en las

siguientes instituciones: el Centro de

Investigaciones Regionales de Mesoamérica

(CIRMA); el Centro de Estudios Urbanos y

Regionales (CEUR); y la Dirección General

de Investigación (DIGI).

Ha sido docente en varios programas de posgrado, entre ellos, la Maestría

Centroamericana en Ciencias Sociales de FLACSO y la Maestría en Historia de

la Escuela de Historia. Actualmente es jefe del departamento de investigación de

la división de desarrollo académico.

Es coautor, entre otras publicaciones, de:

� (2002). Etnicidad, Estado y Nación en Guatemala. Serie “¿Por qué estamos

como estamos?”. Guatemala: Cirma.

� (2001). Historia intelectual de Guatemala. Guatemala: USAC-CEUR.

� (2000). La patria del criollo treinta años después. Guatemala: Editorial

Universitaria.

Mapas del proceso históricoMapas del proceso históricoMapas del proceso históricoMapas del proceso histórico de división departamental de Guatemala de de división departamental de Guatemala de de división departamental de Guatemala de de división departamental de Guatemala de 1824 a 19851824 a 19851824 a 19851824 a 1985 Al final de este libro, en el capítulo Bibliografías, referencias y anexos, en la parte Q’ANIL – KAME, página 178, les adjuntamos 22 mapas regionales en los que se muestra el proceso de división departamental de Guatemala de 1824 hasta la situación actual. Éstos forman parte de la compilación elaborada por Flavio

Quesada Saldaña en Estructuración y desarrollo de

la administración política

territorial de Guatemala en la

colonia y la época

independiente. (Guatemala: Centro de Estudios Urbanos y Regionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, 1983).

Page 101: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Byron Paredes

MECANISMOS DE INDIVIDUALIZACIÓN DEL DERECHO EN ÁMBITOS LOCALES Y SU REPERCUSIÓN EN LA SUBSISTENCIA Y DESARROLLO DE SUJETOS COLECTIVOS

ÍNDICE

Introducción

Mecanismos del Estado para el sometimiento y asimilación de la organización

local

Mecanismos de descentralización del Estado

Mecanismos legales

Mecanismos económicos

Mecanismos políticos

Conclusiones

Byron Paredes Tiul

Page 102: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

80

INTRODUCCIÓN

Para establecer los mecanismos de individualización del derecho que afectan a

los ámbitos locales y comunitarios y que, de forma directa o indirecta, generan

fracturas en la cosmovisión colectiva de pueblo y comunidad de los pueblos

indígenas es necesario hacer primero una diferenciación entre los derechos

individuales y los derechos colectivos, y situarse en el contexto histórico y la

coyuntura en la que se enmarca su demanda y reivindicación.

Sin duda, el hito histórico fundamental del que emergen formalmente estos

derechos fue la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos

Humanos en 1948, los dos pactos colectivos referentes a los derechos sociales,

económicos y culturales, y los acuerdos políticos y civiles de 1966. De ellos se

desprenden sus principales elementos: el derecho a la autodeterminación de los

pueblos, como fundamento de los derechos colectivos, y las libertades

individuales, como fundamento de los derechos individuales.

Su consistencia radica en gran medida en su correspondencia. Por ejemplo, en el

artículo 27 de la Convención de los Derechos Civiles y Políticos (1966) se hace

referencia a los derechos del uso del idioma propio y a la libertad de religión y

cultura. Estos derechos se refieren a libertades individuales, es decir, son

otorgados a la persona en particular, pero obviamente su práctica se da de

manera colectiva dentro de los miembros de la comunidad de una misma

cultura o pueblo.

Desde las diferentes formas de interpretar el sujeto de derecho, el individual y el

colectivo, se desarrollan opiniones contrapuestas sobre la conciliación,

reconocimiento y operatividad de ambos planos en un mismo sistema. Por un

lado, encontramos la idea de que los derechos colectivos son especiales,

discriminatorios y afectan directamente a la libertad individual ante las

decisiones del colectivo. Por otro lado, la concepción clásica de los derechos

humanos define como único destinatario a la persona; debido a ese carácter

individualista estos derechos, los colectivos, no pueden aplicarse a los pueblos

que han practicado y practican formas de organización social y política

diferentes a la liberal y basadas en una cosmovisión y unas prácticas

comunitarias que no pueden ser individualizadas.

También es importante exponer que, mientras los derechos individuales poseen

un sujeto totalmente definido, la persona, la principal crítica a los derechos

colectivos es su supuesta titularidad difusa. Es decir, se arguye que no existe una

persona individual a quien se pueda acreditar como poseedora de los derechos

colectivos, ya que éstos se ejercen en colectividad. El derecho colectivo no se

relaciona con un sujeto concreto físico porque no podemos encontrar quien

pueda adquirir e integrar un patrimonio colectivo, si no es un pueblo; sería, por

ejemplo, el caso del derecho a un ambiente ecológicamente equilibrado o el

derecho a los bienes culturales.

Un mecanismo de individualización nos llevaría a definir acciones

institucionales específicas, públicas o privadas, dirigidas a fragmentar la

conciencia colectiva como tal —y todos su fundamentos como sujeto de

derechos— y a concebir a la persona como único titular de derechos. Los

mecanismos de individualización son, en suma, dispositivos institucionales cuyo

fin es la desintegración comunitaria y la destrucción misma del sentimiento

colectivo de los pueblos. Se trata de medidas que se enmarcan dentro de las

políticas de colonización interna y que se infiltran en lo local para corroer desde

dentro los procesos de cohesión comunal.

La pluriculturalidad es una propuesta que pretende hacer equitativa la relación

entre el sistema occidental y el de los pueblos indígenas; y esto traería como

consecuencia positiva el reconocimiento y respeto de dos sujetos con muchas

diferencias entre sí, pero ambos con derechos.

Page 103: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

81

En Guatemala, como en otros países de Latinoamérica, los pueblos indígenas

han sido sometidos a una estructura jurídica y política que impide el alcance

pleno del ejercicio de sus derechos individuales y colectivos, debido a los

distintos niveles de discriminación relacionados con su origen, cultura e idioma.

Como otros sectores pobres que conforman la nación, son objeto de tratos y

condiciones desiguales e injustas por su condición étnica, económica y social.

La Constitución Política de la República de Guatemala indica que todas las

personas que habitan el país son libres e iguales en dignidad y derechos y

obligaciones,1 lo que nos lleva a unas reglas del juego democrático formalmente

iguales para todos. Además, el Estado ha aprobado y ratificado con anterioridad

varios instrumentos jurídicos internacionales de reconocimiento, promoción y

defensa de derechos humanos de los habitantes en general, de los cuales también

son nominalmente destinarios los pueblos indígenas.

Alcanzar una sociedad justa representada en un Estado Plural depende del

equilibrio entre los unos y los otros; y la falta de equilibrio puede devenir de dar

más importancia al derecho individual que al colectivo. La historia del país relata

un hecho recurrente: se tiende a favorecer los derechos individuales del sector

no indígena o empresarial con la premisa o excusa de que tienen el legítimo

derecho de “invertir y producir”; aunque esto ocasione innegablemente la

vulneración de derechos colectivos como el acceso a la tierra o la sostenibilidad

del ambiente, por mencionar algunos.

Hay una cuestión que debe quedar clara: los pueblos indígenas y sus derechos

existen sin necesidad de ser declarados, aunque es necesario su reconocimiento y

articulación con el derecho occidental u oficial para crear un sistema nacional

1 Artículo 4 de la Constitución Política de la República de Guatemala (Derecho de Libertad e

Igualdad).

que contemple las diferencias y que atienda la diversidad real del país. Cinco son

los valores esenciales que dan forma a los derechos colectivos:

El derecho a la diferencia

Cada persona tiene características propias que lo definen y lo hacen irrepetible,

pertenezcan o no a un pueblo indígena. Esta diferencia se expresa también como

grupo sociocultural, es decir, como la pertenencia a un pueblo.

El derecho a su dignidad

El respeto a la dignidad de los pueblos indígenas implica el reconocimiento de

los derechos colectivos que los asisten; la no discriminación, el no ser explotado,

la personalidad jurídica y la identidad, nacionalidad y seguridad jurídica.

El derecho a la autodeterminación

Todo pueblo pueda determinar libremente su estatus político, económico y

social. La autodeterminación fundamenta los derechos de autonomía que se

traducen en la posibilidad de elegir un sistema de gobierno, escoger sus propios

representantes y establecer una organización social, cultural, política, económica

y jurídica propia; además del derecho a la libertad de elección y organización.

Reconocer la posibilidad de decisión de un pueblo no es romper la unidad, sino

construirla con respeto a la pluralidad, tolerancia y justicia. La unidad peligra en

tanto provenga de la imposición y no de un consenso, derecho íntimamente

ligado con el derecho a la consulta estipulado en el Convenio 169 de la

Organización Internacional del Trabajo.

El derecho a la igualdad:

Todos los pueblos indígenas tienen derecho a la igualdad formal y real. A gozar

de iguales posibilidades de promoción y desarrollo, así como de protección y

garantía jurídica frente a un peligro o contra un riesgo, es decir, no estamos

hablando de la igualdad común, sino del reconocimiento de una verdadera

justicia, así como el acceso individual y/o colectivo a la jurisdicción del Estado.

Page 104: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

82

El derecho al etnodesarrollo:

Es el derecho de los pueblos indígenas al bienestar social, cultural, político y

económico.

Para que todo lo anterior se cumpla es necesario que exista buena voluntad

estatal para descubrir los elementos de coherencia y contradicción entre el

sistema jurídico propio de los pueblos y el sistema jurídico oficial; y que todos

estos puntos estén contemplados en las nuevas regulaciones jurídicas.

MECANISMOS DEL ESTADO PARA EL SOMETIMIENTO Y ASIMILACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN LOCAL

MECANISMOS DE DESCENTRALIZACIÓN DEL ESTADO

Descentralización ejecutiva

La descentralización del Estado, y la del organismo ejecutivo, se debe afrontar

como una reforma mediante la cual se transfieran competencias,

responsabilidades, decisiones, capacidades, recursos y poder político desde el

gobierno central a instancias de gobierno territoriales cercanas a la población; en

el caso de Guatemala pueden ser las municipalidades, las mancomunidades de

municipios y los consejos de desarrollo urbano y rural.2

A las referidas entidades se les dota de una competencia atribuida por

descentralización. Según disposición legal, tales instancias están dotadas de

independencia y legitimidad política propia a fin de que, con la participación

2 Con los consejos de desarrollo urbano y rural nos referimos a los consejos comunitarios de

desarrollo urbano y rural (COCODE), los consejos municipales de desarrollo urbano y rural

(COMUDE) y los consejos departamentales de desarrollo urbano y rural (CODEDE).

ciudadana y en su beneficio, se mejore la acción Estado en la producción de

bienes y servicios, además de cubrir las necesidades productivas.

El órgano de gobierno o administrativo designado o responsable de la

descentralización es la Secretaria de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia de

la República, que programa, dirige y supervisa su ejecución. Los órganos de la

administración pública coordinan únicamente la elaboración de políticas, planes

y programas de desarrollo integral de conformidad con las políticas nacionales,

supervisando, además, que la prestación de servicios que surgen en virtud de la

descentralización cumpla los siguientes criterios de eficacia y eficiencia:

� Cercanía y oportunidad en la presentación de los servicios públicos hacia las

comunidades.

� Mejoramiento de la calidad de los servicios.

� Aumento de la cobertura de servicios.

� Mejoramiento sustancial de la redistribución del ingreso y la asignación de

los recursos.

� Reducción de los costos de operación e inversión.

� Aumento de la rentabilidad social mediante la participación ciudadana.

� Aumento de la equidad económica y social e inclusión del enfoque de

género en el proceso de descentralización del Organismo Ejecutivo.

� Aumento del esfuerzo local propio en la recaudación de ingresos y en el

mejoramiento del gasto público municipal.

Page 105: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

83

� Efectiva auditoria social sobre la gestión de los programas y proyectos

descentralizados.

� Coordinación entre la administración pública central y municipal.

Para el procedimiento de descentralización de competencias como tal, el

reglamento de la ley de descentralización solamente plantea dos formas: 1) por

decisión del Organismo Ejecutivo y 2) como resultado de la solicitud de los

municipios o mancomunidades de municipios conforme a la política de

descentralización del Organismo Legislativo.

Descentralización judicial

Según la Constitución Política de la República de Guatemala, el impartir justicia

corresponde exclusivamente al organismo judicial, ésta es la llamada potestad

jurisdiccional, sin embargo se debe reconocer que en Guatemala las autoridades

indígenas, aunque no tienen esa potestad jurisdiccional, administran justicia. La

gobernabilidad en su acepción democrática significa las capacidades de los

poderes del Estado para procesar los conflictos, para abrir canales, espacios,

mecanismos e instituciones para la participación de la sociedad civil y de sus

organizaciones, y procesar sus demandas. Supone la inclusión o exclusión de

actores en el sistema político. La estabilidad de este sistema se deriva de su

capacidad para enfrentar y solucionar adecuadamente los conflictos propios de

toda sociedad para permitir su continuidad, por lo que está directamente

relacionada con el problema de la reproducción del orden social, que es un tema

eminentemente político.

En ese sentido, se puede decir que no ha habido ninguna forma de

descentralización en las funciones del sistema jurídico oficial, pues solamente se

han hecho esfuerzos de desconcentración de la jurisdicción, creando juzgados de

paz comunitarios, centros de mediación o de resolución de conflictos.

El artículo 66 de la Constitución Política de la República de Guatemala indica

que: “El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres,

tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres

y mujeres, idiomas y dialectos”.

Por otra parte, dentro de las formas de organización social y las tradiciones de

los pueblos indígenas se administra justicia. En otras palabras, la coexistencia de

sistemas jurídicos en el país es un hecho innegable y reconocido legalmente,

pero que no se destaca en la práctica jurisdiccional.

Descentralización legislativa

No vamos a profundizar en el terreno de la descentralización legislativa, pues en

un país republicano como el nuestro no se puede concebir ningún mecanismo

de descentralización de este poder; un caso muy diferente es de los estados

federados, como México y Estados Unidos. Aun así es importante señalar que

esta ausencia de descentralización es en sí misma un mecanismo de

individualización y sujeción al poder centralizado del Estado, ya que no permite

en ningún modo la conformación de órganos regionales con facultades

legislativas que permitan la autorregulación de los pueblos según sus propios

principios y valores; es decir, no permiten a los pueblos regular sus propios

intereses y su destino según su propia ley. Esto representa, en última instancia,

una barrera para iniciar procesos de consolidación de regiones autónomas que

puedan hacer operativo el derecho colectivo a la autodeterminación.

Cabe decir, para finalizar, que el Congreso de la República, único órgano que

actualmente posee facultades legislativas en el país, está compuesto sólo por un

Page 106: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

84

12% de mayas (sin ninguna participación garífuna y xinka) y que son diputados

que no han sido elegidos por sistemas propios de elección y representatividad

según los procedimientos de los pueblos interesados.

MECANISMOS LEGALES

El tema jurídico no deja de ser complejo, debido a que la normativa nacional

únicamente otorga independencia jurisdiccional al Organismo Judicial; aunque

en la realidad las poblaciones indígenas, por medio de sus autoridades, ejercen o

administran justicia en beneficio, por supuesto, de la gobernabilidad del país.

Como mecanismo de sometimiento de las autoridades indígenas, el Estado, para

desmeritar la administración de justicia que realizan dichas autoridades, se vale

de lo que preceptúa el artículo 203 de la Constitución Política de la República,

que indica: “La justicia se imparte de conformidad con la Constitución y las leyes

de la República. Corresponde a los tribunales de justicia la potestad de juzgar y

promover la ejecución de lo juzgado”.

En ese mismo sentido, la ley del organismo judicial indica lo mismo en cuanto a

la aplicación de justicia, así en el artículo 57 se indica: “La función jurisdiccional

se ejerce con exclusividad absoluta por la Corte Suprema de Justicia y por los

demás tribunales establecidos por la ley, a los cuales les corresponde la potestad

de juzgar y promover la ejecución de lo juzgado. La justicia es gratuita e igual

para todos”.

Con esas premisas legales se ha deslegitimado a la autoridad indígena y sus

decisiones para establecer el orden comunitario, aunque ahora existe un

elemento muy importante: el Estado guatemalteco ha ratificado algunas

convenciones, tratados y acuerdos internacionales que otorgan respaldo a las

autoridades indígenas.

La asimilación de la organización local se ha dado justamente en el sistema de

consejos de desarrollo urbano y rural, pero hay que advertir que solamente

algunas autoridades indígenas han llegado a ejercer la doble función que los liga

al Estado mientras mantienen sus cargos tradicionales.

Lo lamentable de la situación es que en algunos casos el Estado, mediante la ley

de descentralización, ha identificado a personas para que se conviertan en

alcaldes comunitarios que nada tienen que ver con las autoridades tradicionales;

esto, en determinados casos, ha incrementado la conflictividad en las

poblaciones indígenas.

Si nos damos cuenta, la lógica estatal es la de generar mecanismos dirigidos a

minimizar la práctica y administración de justicia por parte de un colectivo

diferente, y que se desarrolla dentro del mismo territorio y nación.

MECANISMOS ECONÓMICOS

Se puede determinar que el Estado fácilmente puede utilizar un mecanismo para

el sometimiento o asimilación de la organización local a través del presupuesto

general de ingresos y egresos, usado con el propósito de limitar el desarrollo

local y regional.

Es importante destacar que la mayoría de las instituciones públicas presentan y

confrontan grandes problemas, lo que se traduce en debilidad. Algunas de ellas

presentan debilidades internas y otras externas, es decir, derivadas de problemas

ajenos; en ese sentido, trataremos de puntualizar los más recurrentes.

Page 107: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

85

Debilidad institucional. Escasez de procesos internos

Se traduce en la inexistencia de procedimientos internos de validación y

evaluación de las políticas del Estado para el cumplimiento de sus obligaciones,

tomando en cuenta que es su deber ser eficaces y responder a las necesidades

locales de las poblaciones indígenas.

Esta situación también se refleja en el sistema de consejos de desarrollo urbano y

rural porque, si bien es cierto que tienen un marco referencial de trabajo, no

poseen un método que permita visualizar la forma en que se alcanzan las metas y

objetivos; en consecuencia, no se pueden medir los resultados. Esto se traduce en

la falta de planificación y monitoreo por parte del Estado.

En ese sentido también habría que verificar que los sistemas de consejos de

desarrollo urbano y rural tuvieran la posibilidad de administrar y supervisar no

solamente proyectos de infraestructura sino proyectos de desarrollo

comunitario.

Insuficiente desarrollo de las funciones gerenciales

La mayoría de (por no decir todos) los consejos de desarrollo urbano y rural

carecen de destrezas y conocimientos gerenciales suficientes para complementar

efectivamente los programas y las tareas o actividades necesarias a favor de los

pueblos indígenas.

El problema radica en la deficiente asignación presupuestaria, que no permite

contratar recursos humanos con la formación adecuada para el cumplimiento de

los fines u objetivos identificados.

Gestión de recursos

En Guatemala hay serias dificultades financieras y administrativas para

responder a la problemática social, así como para la programación, seguimiento,

control y coordinación, pues los sistemas de consejos de desarrollo urbano y

rural y las municipalidades dependen de los recursos financieros que les asigna

el Estado.

Lo ideal es que el Estado cubra las necesidades financieras de las entidades

públicas para la satisfacción de los programas y proyectos a favor de los pueblos

indígenas, por lo que es importante emprender una lucha conjunta de las

instancias públicas y los pueblos indígenas para que se incremente el

presupuesto que asigna el Estado (tomando en cuenta que hay algunos

departamentos que requieren más recursos financieros que otros).

MECANISMOS POLÍTICOS

El sistema político de Guatemala tiende siempre a desatender las necesidades de

los pueblos indígenas, pese a que los partidos políticos prometen mejoras a las

poblaciones indígenas especialmente durante sus campañas electorales. Por

ejemplo, el partido que llevó a la presidencia al ingeniero Álvaro Colom

prometió dar a la gestión gubernamental un rostro maya, propósito que a la

fecha no se puede descubrir en qué ámbito de la administración se plasmó, pues

si se revisa el presupuesto de ingresos y egresos del Estado para el ejercicio fiscal

2009 en comparación con el del año 2008, se redujeron algunas partidas

presupuestarias de oficinas, direcciones o unidades que atienden la problemática

de pueblos indígenas.

Page 108: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

86

Los espacios de participación política para los líderes indígenas son muy

reducidos, lo que deja al descubierto la poca voluntad política de inclusión en

puestos de decisión a las autoridades indígenas.

Se puede determinar también que no existe consenso entre los distintos actores

sobre la descentralización y sus objetivos. El reglamento de la Ley de

Descentralización del Estado tiene muchas lagunas en cuanto a las formas de

descentralización y la distribución del recurso.

La mejora de la administración de justicia debe ser, en todo caso, la

descentralización del órgano de gobierno judicial, lo que perfeccionará el

sistema cuanto más se aleje del esquema centralista ensayado hasta el momento.

Jueces para la Democracia se manifiesta específicamente en contra de modelos

de gobierno centralistas en tanto que tienden a concentrar el poder, no sólo en el

caso concreto del poder judicial, sino también en el ámbito legislativo y

ejecutivo.

Cómo se convierten estos mecanismos en forma de sometimiento y

asimilación del poder local

El “poder local” es una cuestión a la que se hace constante referencia, y que se

define como la capacidad que tienen y deberían tener los pueblos indígenas para

crear su propio destino de forma integral.3 Es, por tanto, un tema de la mayor

relevancia, por cuanto se relaciona con la participación a que se está

disponiendo a la sociedad guatemalteca para buscar la resolución de sus

problemáticas, tanto sociales como económicas y políticas; y esa participación se

hace más visible y consistente desde lo local, partiendo de la comunidad, el

3 Tomando en cuenta valores previstos en la cosmovisión maya, así como otros elementos

integrales de la persona, como la educación, la salud, la espiritualidad y el respeto de las

autoridades indígenas que aplican el sistema jurídico propio de los pueblos.

municipio y el departamento. El poder local es, a su vez, una noción de dos

facetas, pues por una parte toma en cuenta lo indicado (es decir, el deseo de

participar de los ciudadanos), y por otra parte se deriva de la apertura que los

gobiernos conceden a sus ciudadanos para que esa participación sea eficaz.

No obstante, hablando en términos prácticos, hasta ahora los modelos y

prácticas conocidas de descentralización fueron diseñados no para que la

sociedad gobierne, sino para ser gobernada. No para participar en la búsqueda

de su bienestar, sino para esperar que éste venga de un gobierno “paternalista”, y

de acuerdo con lo que ese gobierno haya asumido como conveniente para la

colectividad; este sistema de cohesión social ha funcionado en países

desarrollados de Europa porque en la mayoría existen espacios de auditoría

social que pueden desarrollarse sin ser criminalizados ni reprimidos.

El Estado se ha convertido en paternalista, pues ha preferido implementar un

plan de gobierno de cohesión social que deja serias dudas en cuanto al manejo

de los fondos por parte de la Secretaria de Obras Sociales de la Esposa del

Presidente (SOSEP). También se ha convertido en una forma de sumisión de los

pueblos indígenas y sus autoridades.

Asimismo, el Estado ha mostrado una gran habilidad para aprobar las reformas

económicas y políticas, así como el ajuste estructural, sin generar inestabilidad

social y creando conformismo; y eso a pesar de que el nuevo fundamento de

gobernabilidad requiere de una reconceptualización y una redistribución del

poder, y no cabe duda de que la promoción del auténtico bienestar colectivo

tiene que darse a través de la participación ciudadana y desde la dimensión de lo

local. Esta modalidad permitiría tomar en cuenta las características propias de

cada comunidad, de cada municipio.

En este sentido, el asunto de la reforma del Estado y la descentralización debe

orientarse a promover el desarrollo local con la participación de toda la

Page 109: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

87

ciudadanía. Conviene, eso sí, advertir que el poder local no significa en exclusiva

la autoridad municipal ni la de ningún grupo en particular, sino la auténtica

participación de los pueblos indígenas, que activan la vida ciudadana y que,

desde dentro de la legalidad, plantean y promueven sus demandas.

Es necesario promover la participación a nivel local, siempre y cuando los

habitantes de un departamento o municipio, empresarios, trabajadores,

cooperativistas o autoridades representativas de las comunidades puedan definir

mejor las medidas que los benefician o los afectan. Se debe adoptar un conjunto

de instrumentos que institucionalicen la descentralización de la decisión

socioeconómica, con transferencia real de recursos económicos

gubernamentales y de capacidad para discutir y decidir localmente la asignación

de recursos, la forma de ejecutar los proyectos, las prioridades y las

características de los programas o de las acciones gubernamentales. De esta

forma, los órganos gubernamentales podrán basar sus acciones en las propuestas

que emanen de la conciliación de intereses entre las diferentes expresiones de la

sociedad.

Entendemos la participación ciudadana como la interrelación de la ciudadanía

con su gobierno, con el fin de incidir en su constitución, vía elecciones libres y

democráticas, de exigir derechos, cumplir obligaciones, controlar su gestión e

influenciar los procesos decisorios locales, nacionales o globales que impactan el

espacio local y su vida cotidiana.

En toda decisión para satisfacer una necesidad hay en menor o mayor medida

un problema de escasez. Una de las más importantes es la escasez de recursos

monetarios. Precisamente éste es un problema recurrente con el que se

enfrentan todas las instituciones del Estado, y de manera particular las

municipalidades.

En un sentido amplio, el Estado representa, dirige y regula la vida de la sociedad,

que es la encargada de garantizar la satisfacción de sus necesidades públicas, así

como de facilitar y vigilar el adecuado suministro de los bienes privados.

Expresada la naturaleza del Estado en tales términos, el gobierno en todos sus

niveles debe velar por el bienestar social, considerando como principio

fundamental la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad. Esto

implica, entonces, que la eficacia de las acciones de gobierno debe evaluarse,

fundamentalmente, en función a su “impacto” en el bienestar de la sociedad.

Mecanismos de representación y decisión local para el desarrollo y

fortalecimiento del sujeto colectivo

Según la ley vigente guatemalteca, cualquier instancia de participación debe

contar con un marco definido: el sentido de la participación, los principios en

que se sustentan los ritmos, criterios y mecanismos de funcionamiento. Para ello

se podrá establecer una mínima normatividad que se irá haciendo más compleja

al definirse características cualitativamente más profundas: representación, toma

de decisiones, control de gestión, decisión en la asignación de presupuestos a

prioridades consensuadas, normatividad y legislación.

A su vez, la reglamentación propia incluirá lo relativo al funcionamiento e

integración de los órganos de representación y conducción, los procesos de toma

de decisiones, el manejo de los recursos; la relación con las autoridades

municipales, formas, procedimientos y mecanismos; qué tipo de relación podría

establecerse con agentes externos al municipio (otros niveles de gobierno,

apoyos especializados, ONG, articulaciones municipalistas, intercambios

internacionales, etcétera).

Un aspecto sustancial es el relacionado con los procedimientos y los sistemas de

comunicación dentro de los órganos de participación, que requerirán de sólidos

Page 110: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

88

canales de información, consulta, toma de decisión interna y evaluación,

condiciones indispensables para garantizar la expresión de las demandas e

intereses de la población, es decir, para garantizar una sana incorporación de la

participación en la construcción de conductas ciudadanas.

Hablando de los recursos, la permanencia y consolidación de una instancia de

esta envergadura dependerá del impulso que se le imprima por parte de la

ciudadanía, pero también del gobierno local, por lo que es necesario no

escatimar los apoyos convenientes para que pueda operar. Es recomendable

destinar un apoyo permanente e institucionalizado para garantizar su

funcionamiento autónomo.

En realidad, no se encuentran definidos los mecanismos de representación y

decisión local, pero esto no se reduce únicamente al establecimiento de canales

de participación social sino que requiere disponer lo correspondiente en la

contraparte. En el caso de Guatemala, los alcaldes de todos los municipios

desempeñan un papel muy importante al delegar funciones y competencias

municipales a los alcaldes comunitarios o auxiliares; pero también se requiere un

cambio en la estructura técnico-administrativa del cuerpo de gobierno

municipal y, sobre todo, en la visión de gobernar, para hacerlo junto a la

sociedad.

Algunos elementos que los mecanismos de representación y decisión local

deberán considerar para el desarrollo de la colectividad son los siguientes:

� Consolidar órganos supracomunales, es decir, de representación de diversas

comunidades unidas en una región ante los órganos superiores del Estado,

que permitan desarrollar órganos con facultades legislativas, judiciales y

ejecutivas con la forma, principios y valores de las comunidades.

� Estímulo a la generación de instancias de participación social y respeto a las

estructuras y formas de organización propias de la población,4 ya que en

algunos casos los alcaldes comunitarios electos no son forzosamente

autoridades indígenas; situación que no se da con algunas autoridades

indígenas que también son alcaldes comunitarios y miembros del sistema de

consejos de desarrollo urbano y rural.

� Establecer un órgano de promoción social (dirección o departamento),

dentro de la propia estructura municipal, que se encargue del apoyo a la

participación y la capacitación de las autoridades indígenas, y de proyectar la

delimitación territorial y la consolidación de la estructura participativa

mediante una clara actitud descentralizadora para el desarrollo local, con

proyectos no solamente estructurales, sino productivos.

� Contar con órganos de planeación, evaluación y estudios técnicos que

coadyuven al tratamiento de las necesidades de las comunidades y aporten

soluciones apropiadas.

� Fortalecer los sistemas de información y comunicación según lo que

determina la ley del libre acceso a la información, recientemente aprobada.

� Capacitar y sensibilizar a los funcionarios y empleados de todas las

dependencias públicas del Estado, por medio del desarrollo de campañas y

procesos de formación sobre todo dirigidas a aquellos funcionarios que

tienen contacto directo con la población; así como facilitar un traductor en

los lugares donde no existe funcionario de la localidad.

� Promover la institucionalización de los sistemas de participación mediante

la firma de acuerdos y el pleno respeto de los derechos colectivos

consagrados a nivel nacional e internacional, específicamente al derecho de

consulta establecido en el Convenio 169 de la OIT.

4 Hablando de las auténticas autoridades indígenas que realizan labores de resolución de

conflictos sociales y fortalecimiento de los valores y principios cosmogónicos de la cultura

indígena.

Page 111: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

89

CONCLUSIONES Es importante tener en cuenta que, aunque el Estado haya planteado sus

mecanismos de inclusión de los pueblos indígenas como sistema de

sometimiento y discriminación, se debe crear el espacio y buscar la participación

efectiva dentro del Estado para que:

1 El mismo Estado cuente con la voluntad política del gobierno.

2 Las políticas se lleven a cabo con fundamento legal y con consentimiento de

los distintos sectores sociales.

En lo nacional, los pueblos indígenas pueden optar por participar en los tres

poderes del Estado, cumpliendo con lo que establece la Constitución, la Ley de

servicio civil y la normativa jurídica de cada dependencia de los tres organismos

del Estado guatemalteco.

En lo regional, la Constitución permite formar distritos económicos, políticos y

sociales dentro del país, con administración descentralizada y desconcentrada,

según establece la ley y el reglamento de descentralización, de modo que se

reflejen los criterios culturales, lingüísticos y ambientales (cuyos principios y

valores conforman la base de su exigencia). Es también importante integrar el

sistema de Consejos de desarrollo urbano y rural con la realidad comunitaria y

desligarlos de la politización que padecen.

En lo departamental, es legal conformar un consejo con los alcaldes de todos los

municipios y representantes de los sectores público y privado, presidido por el

gobernador departamental con el fin de promover el verdadero desarrollo local.

En lo municipal, la participación social está legitimada en el acuerdo de

identidad que reconoce “el papel que corresponde a las comunidades, en el

marco de la autonomía municipal, para el ejercicio del derecho de los pueblos

indígenas para decidir sus propias prioridades en el proceso de desarrollo”. Eso

es lo que corresponde pelear a los pueblos indígenas, pues el sometimiento y la

asimilación del poder local seguirá su curso si los pueblos lo permiten; lo grave

del problema que incluye la negación de derechos, discriminación y violencia se

ha plasmado en el Informe de Desarrollo Humano, editado por el Sistema de

Naciones Unidas de Guatemala, el cual concluye que existen cinco áreas de

exclusión:

1 La diferencia entre lo urbano y lo rural.

2 La diferencia de los ingresos presupuestarios del Estado.

3 La gran brecha existente entre indígenas y no indígenas.

4 Las distinciones de género.

5 Distintos grados de participación política y exclusión de indígenas.

BYRON PAREDES TIUL

Es asesor jurídico del Centro para la

defensa legal de los derechos de los pueblos

indígenas. Tiene estudios universitarios en

la licenciatura en Ciencias Jurídicas y

Sociales de la Universidad de San Carlos de

Guatemala (USAC). Además cuenta con

estudios a nivel de maestría en Derecho

Indígena avalados por la Universidad

Nacional Autónoma de México.

Fue miembro de la Junta directiva de la

Asociación de estudiantes “El Derecho” de

la USAC.

Page 112: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

90

Page 113: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Odilia Chavajay

EL RECLAMO DEL DERECHO COLECTIVO DE LA TIERRA: EL CASO DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS ANCESTRALES PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD XINCA DE JUMAYTEPEQUE

ÍNDICE Datos históricos de la comunidad xinca de Jumaytepeque

Introducción a la problemática sobre reclamos como derecho colectivo del caso

xinca

Exposición general del caso

La titulación supletoria, principal mecanismo de despojo de las tierras xincas

Fundamento legal

Cronología de los mecanismos legales y políticos utilizados

Page 114: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

92

Resultas del proceso penal

Resultas del proceso civil

Acción constitucional de amparo

Apelación de la sentencia de amparo

Mecanismos de diálogo adoptados para la resolución final

Medidas adoptadas en la negociación

Concluye el conflicto de tierras en la comunidad indígena de Jumaytepeque

Conclusiones e interrogantes

Bibliografía

Odilia Chavajay Pérez

Page 115: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

93

DATOS HISTÓRICOS DE LA COMUNIDAD XINCA DE JUMAYTEPEQUE La aldea de Jumaytepeque fue fundada en el año 1520 por 220 indígenas xinca-

pipiles de ambos sexos y de diferentes edades denominados por el cacique

Tonaltet o Tonantel, cuyo nombre significa Piedra del Sol.

Según la tradición oral, el nombre Jumaytepeque tiene origen tolteca: “tepeq,

significa cerro y jumay significa altura, (...) y como aquí vino gente que se metió

del norte (se refieren a migraciones provenientes del actual México), o sea,

nosotros, los xincas tenemos más rato que los de allá (...) esta gente se vino de

allá para acá, por eso somos diferentes a los mayas”.1

No se encontraron referencias escritas sobre la existencia de Jumaytepeque antes

de la época colonial. Sin embargo, existen fuentes de la época en las que se

menciona que el lugar pertenecía al departamento de Santa Rosa, donde se

efectuó el primer enfrentamiento de los pueblos originarios que se alzaron

contra los españoles.

Los indígenas de Jumaytepeque, durante mucho tiempo, ofrecieron resistencia a

la invasión española colonial; pero, a consecuencia de la gran cantidad de

muertos y heridos, decidieron retirarse a las montañas, situación que fue

aprovechada por los colonizadores para tomar el pueblo y posteriormente

incendiarlo.

La historia registra que, después de unos días, los indígenas de Jumaytepeque se

encontraban reponiéndose de sus heridas a la orilla del río Cuajiniquilapa

cuando fueron apresados por los españoles, que les cayeron por sorpresa.

1 Entrevistas llevadas a cabo en el comunidad xinca de Jumaytepeque entre 2003 y 2005.

Hicieron prisioneros a muchos de ellos y los marcaron con hierro candente con

el objeto de identificarlos como esclavos.

En 1740 la Justicia Mayor del partido de Escuintla, por medio de don Alonso

Crespo, escribió una relación geográfica haciendo referencia a su distancia del

pueblo de los esclavos “Pueblo de Jumay”, distante a tres leguas al rumbo del

norte. En lo alto del cerro habitaban 220 indígenas de ambos sexos y de todas

edades. Sus cosechas eran de maíz y trigo. Fueron administrados por un cura

clérigo en lengua singua. Los indígenas tenían una mina de oro muy rica y se

dedicaron a la siembra de trigo en el valle de Jumay.

La población de Jumaytepeque se sitúa a poco más de 28 kilómetros de la

cabecera departamental de Cuilapa, en la parte oriental de Guatemala. Se puede

afirmar que “es sitio fértil y provisto de todas las cosas y con vecindad no muy

distante de los pueblos de Ixguatlán, Comapa, los Esclavos y Jalpatagua y sus

sendas frecuentes para el comercio son los dos ríos peligrosos de Aguacapa y los

Esclavos”.

Jumaytepeque es un pueblo antiguo de indígenas xincas, que nació por real

cédula del 6 de junio de 1752 dictada por el Oidor juez privativo del Real

Derecho de Tierras, doctor Jacobo de Huerta, (certificación de Título Real:

1910:2). La superficie definida en ese título es de 6,760 hectáreas (150 cab, 56 mz,

5,650 v2).

Luego, por acuerdo del 13 de mayo de 1879 del general Justo Rufino Barrios, se

sumaron a estas tierras 583 hectáreas (13 cab, 134 cuerdas y 1.821,5 v2), ubicadas

en el lugar denominado Estanzuela y la Cofradía de la Virgen. Ambos títulos

carecían de especificación de linderos. Por eso, en 1916 se efectuó una nueva

medición de tierras que permitió la inscripción en el Registro General de la

Propiedad de 5,689 hectáreas (126 cab, 64 mz, 475 v2), como consta en la

Page 116: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

94

inscripción número 6931, folio 104, libro 58 de Santa Rosa del 31 de mayo de

1916.

Por acuerdo gubernativo del 25 de mayo de 1921, se fijó el arreglo de límites de

Jumaytepeque y Nueva Santa Rosa, pero el municipio fue suprimido por un

nuevo acuerdo gubernativo del 2 de octubre de 1935 dictado por el presidente

Jorge Ubico, y quedó catalogado como aldea de Nueva Santa Rosa.

De acuerdo a las tradiciones locales, a finales del siglo XVIII, las comunidades

xincas de esta región se integraban en seis cofradías. La historia oral se refiere a

la vida desde la etapa colonial como un sufrimiento. Hacia 1800 “la Corona

española exigía muchos tributos a los xincas, no así a los ladinos, que no

pagaban sus tributos y ellos tenían que sembrar cacao y arroz para pagarlos. Fue

tanta la presión que tuvieron que refugiarse en las montañas para que las

autoridades no los siguieran explotando”.

El Archivo General de Centroamérica, en un boletín impreso, mencionó a

Jumaytepeque con el nombre de Tucumaitepeque, perteneciente al entonces

curato de Santiago de Mataquescuintla en la alcaldía mayor de Escuintla. El

Estado de curatos del arzobispado de Guatemala del Tribunal y Audiencia de

Contaduría de Cuentas del 8 de julio de 1806 menciona haber tenido 93

tributarios sin proporcionar el número total de sus habitantes.

El actual municipio de Nueva Santa Rosa es el que posee los terrenos de la

comunidad de Jumaytepeque; y sólo existen referencias históricas de que, en

1916, los ladinos lograron la segregación de una parte del territorio para formar

el nuevo municipio. También “en tiempos del presidente Ubico, éste les

prometió que regresaría la parte del territorio de Nueva Santa Rosa para que

Jumaytepeque se convirtiera en municipio, pero los habitantes dijeron que no

porque en Jumay solo había como unos 20 ranchos de paja”.

Según versiones de los comuneros, que en estos tiempos sufrían mucho y no

podían progresar, sus padres pasaban los días trabajando en las carreteras.2 “No

sólo éramos excluidos del desarrollo sino también despreciados como

indígenas”.

En el momento en que se constituyó formalmente el municipio de Nueva Santa

Rosa, las autoridades locales trataron de arrebatar los títulos reales a los

comuneros. Por eso, según la tradición, los títulos fueron escondidos durante un

largo período hasta que fueron entregados a la municipalidad para su resguardo.

Posteriormente los comuneros debieron emprender una lucha legal para

recuperarlos. Cuando lo lograron, constituyeron la Junta Directiva de la

Comunidad agrícola de Jumaytepeque, que es la entidad responsable del

resguardo, cuidado y tenencia del título del pueblo.

En los momentos en que se perdió la posibilidad de que Jumaytepeque se

convirtiera en un municipio independiente, se escuchaban afirmaciones como lo

siguiente: “Se llevaron el municipio pero no se llevaron el título de propiedad, el

síndico que lo tenía se refugió en la montaña para proteger el título (...); pues

como se dijo, ese título era pretendido por ladinos del lugar, debido a que el

lugar es muy atractivo visualmente y porque el interés primordial era la posesión

de esas tierras y del cerro; es decir, que la intención estaba enfocada a

distribuirse las tierras por medio de la figura legal de la titulación supletoria (...);

además agregaban que los xincas no merecíamos las tierras porque éramos

indios”.

El 14 de agosto de 1960, la comunidad de Jumaytepeque obtiene su personería

jurídica con el nombre de Comunidad agrícola de Jumaytepeque por acuerdo

gubernativo del entonces presidente Ydigoras Fuentes. Esto posibilitaba que se

2 Durante el período de Jorge Ubico se aplicaba la Ley de Vialidad, que obligaba a los hombres a

trabajar dos semanas al año en la construcción de edificios públicos y carreteras.

Page 117: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

95

empezara a trabajar por unas mejoras económicas y sociales de los comuneros,

así como en el desempeño y solicitud de planes y proyectos de mejora en la

infraestructura del lugar.

A partir de entonces, la comunidad tiene su propio territorio de 127 caballerías

con tres cuartos de caballería, es decir, un poco más de 56 km2 que colindan al

norte con el municipio de Casillas, al sur con el de Cuilapa, al oriente

nuevamente con Casillas y Cuilapa y al occidente con el de Nueva Santa Rosa, al

cual pertenece y del que dista ocho kilómetros.

INTRODUCCIÓN A LA PROBLEMÁTICA SOBRE RECLAMOS COMO DERECHO COLECTIVO DEL CASO XINCA “Los pueblos indígenas, en general, se caracterizan por la tenencia comunal de la

tierra. En el caso específico de la comunidad xinca o Comunidad agrícola de

Jumaytepeque, que ancestralmente ha luchado por mantener el régimen

comunal de tenencia de la tierra mediante real cédula y posterior título ancestral,

ha sido víctima de graves violaciones a sus derechos colectivos como pueblos

indígenas”.

Estas violaciones ocurren cuando el Estado de Guatemala no cumple su función

de garantizar, respetar, promover y proteger los derechos humanos de todos sus

habitantes y, en este caso particular, la garantía de proteger los derechos

colectivos de la comunidad xinca de Jumaytepeque, que por muchos años ha

luchado por preservar y proteger las tierras que le pertenecen de forma colectiva.

La extensión de tierra que explota cada comunero es variable y se reduce con el

paso del tiempo. Esto se debe, por un lado, a la compraventa de derechos entre

comuneros y, por otro, a la atomización de las parcelas, que son dadas en

herencia a los hijos e hijas en partes iguales.

Uno de los problemas más recurrentes de la comunidad es la usurpación de sus

tierras por personas que no reconocen la posesión comunal. El principal

conflicto ha sido una disputa de linderos con los dueños de la finca El Jute, que

es colindante. El propietario reclama como suyas cerca de 180 hectáreas (cuatro

caballerías) en el sector llamado Los Papeles, y acusa de usurpadores a los

comuneros. Sin embargo, esta finca rústica aparece registrada en el Registro de

la Propiedad por titulación supletoria. No aparece ninguna desmembración del

título ancestral de la comunidad, lo cual evidencia que se traslapó un nuevo

registro sobre las tierras comunales de la comunidad xinca de Jumaytepeque;

tierras que es evidente que la comunidad ha tenido en posesión durante

cientos de años, pues ahí justamente es donde históricamente ha estado

asentado este coletivo de personas.

La población afectada en esta disputa es de, aproximadamente, 200 familias, con

quienes es importante realizar programas de divulgación e información sobre los

derechos colectivos indígenas y la obligación del Estado de garantizar el respeto

de los mismos. Sólo si estas familias conocen sus derechos podrán exigir,

defender y monitorear que el Estado de Guatemala les dé cumplimiento.

De esa manera, la comunidad xinca de Jumaytepeque inicia un litigio por las

tierras comunales ante los tribunales de justicia y reivindica los derechos de

propiedad colectiva mediante distintos procesos. Ante las dificultades

encontradas en los tribunales, la comunidad inicia una lucha política en distintas

instancias del Estado, como la Dependencia Presidencial de Asistencia Legal y

Resolución de Conflictos sobre la Tierra (CONTIERRA), y solicita apoyos

solidarios a organizaciones indígenas para establecer alianzas y estrategias de

negociación para la resolución del problema por medio de mecanismos

alternativos.

Este documento trata sobre la sistematización de la problemática y las vías

utilizadas para reclamar el territorio como un derecho colectivo; de esa manera,

Page 118: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

96

se pretende coadyuvar a las futuras sistematizaciones de los casos de violación a

los derechos colectivos de los pueblos indígenas de Guatemala.

EXPOSICIÓN GENERAL DEL CASO

La comunidad xinca de Jumaytepeque se encuentra en el municipio de Nueva

Santa Rosa del departamento de Santa Rosa. Según el censo de población del año

2002, la población del municipio es de 28,653 habitantes, de los cuales

aproximadamente el 8% es indígena. La aldea de Jumaytepeque está poblada por

2,266 personas (49.5% son hombres y el 50.5%, mujeres). El colectivo se

encuentra organizado políticamente para la administración comunal de la tierra.

Para los efectos de gestión territorial, la Comunidad agrícola de Jumaytepeque se

organiza de acuerdo a unos estatutos que definen a la Asamblea General como

su máxima autoridad, pero es su Junta Directiva la encargada de representar a la

comunidad tanto interna como externamente. Ésta tiene la obligación de

administrar la propiedad comunal y las parcelas que trabajan los comuneros, y

de intervenir en todos los conflictos de tierra que se dan entre los mismos

comuneros y/o personas ajenas a la comunidad.

Los miembros de la Junta Directiva pueden ser removidos si no cumplen con las

funciones establecidas, o por la comisión de faltas que ameriten su expulsión o

destitución. Existen delegados en cada una de las aldeas que cumplen funciones

de vocales auxiliares.

Desde 1997, las tierras comunales se encuentran en litigio ante los tribunales por

la reivindicación de los derechos de propiedad colectiva, motivo por el que han

intervenido distintas instituciones públicas y privadas con la finalidad de

resolver el conflicto. En ese sentido, CONTIERRA ha desempeñado un papel

importante.

Este caso ha sido el más significativo que ha afrontado la comunidad respecto a

sus tierras ancestrales y ha conducido a procesos legales que demuestran las

dificultades para reclamar el derecho a la tierra por parte de una comunidad

indígena. A pesar de que el título ancestral está inscrito en el Registro de la

Propiedad, ha sido difícil que llegue a ser reconocido por el poder judicial.

Como se planteó anteriormente, el dueño de la finca el Jute, el señor Fausto

Fernando de Jesús Aguilar Sarg, emprendió demandas legales para reclamar

cerca de 180 hectáreas (cuatro caballerías) en el sector llamado Los Papeles y ha

acusado de usurpadores a los comuneros. Esta porción de tierra nunca ha sido

desmembrada del título real, según verificaciones realizadas en el Registro de la

Propiedad.

LA TITULACIÓN SUPLETORIA, PRINCIPAL MECANISMO DE DESPOJO DE LAS TIERRAS XINCAS Los territorios xincas tienen su origen en concesiones hechas por la Corona y el

gobierno. Al fundarse el Registro General de la Propiedad, los xincas se vieron

en la necesidad de inscribir sus tierras para cumplir con los requisitos

establecidos en la normativa vigente de la época.

Pese a cumplir con esta inscripción, las comunidades xincas fueron objeto de

usurpación y despojo mediante titulaciones supletorias por parte de particulares.

El procedimiento para estas titulaciones fue establecido en el decreto número

261 del 15 de septiembre de 1880. Este mecanismo legal consistía en denunciar,

ante el jefe político o secretario de gobernación, la posesión de tierra baldías

(aquellas que no están destinadas por la autoridad a un uso público, ni

pertenecen en propiedad, con título legítimo, a particulares o corporaciones),

para eso se tenía que demostrar esta situación por medio de la presentación de

las características generales del terreno denunciado. Si el denunciante no podía

Page 119: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

97

demostrar que el terreno era baldío, debía presentar por lo menos tres testigos

para posteriormente publicar la denuncia con carteles en lugares públicos y en el

diario oficial. Tras este trámite, se nombraba un experto medidor que verificaba

las características generales del terreno presentadas por el denunciante o los

testigos. Por último, se extendía un certificado para pasar a su inscripción ante el

Registro General de la Propiedad.

Este mecanismo ha sido utilizado hasta nuestros días, ahora por medio de la Ley

de Titulación Supletoria (decreto 49-79), que en el fondo presenta las mismas

características (denuncia, medida y ratificación), con la variante de que se

traslada la potestad de autorizar a los Juzgados de Primera Instancia del Ramo

Civil Departamentales y la ratificación corre a cargo de la municipalidad en que

se encuentre situado el inmueble.

FUNDAMENTO LEGAL El problema legal ocurre cuando existen dos inscripciones registrales sobre un

mismo espacio territorial, una a nombre de la finca El Jute (cuya inscripción se

encuentra bajo el número 278, folio 378, libro 39 del departamento de Santa

Rosa) y otra a título de la comunidad de Jumaytepeque (que posee una

inscripción registral que data del siglo XVIII, y que se encuentra bajo al número

6931, folio 104, libro 58 del departamento de Santa Rosa).

En ese sentido, el restablecimiento de derechos parte de un principio que indica

que “el primero en registro es el primero en derecho”, y también de lo que

estipula el artículo 1130 del Código Civil: “la primera inscripción será la del

título de propiedad y sin ese requisito no podrá inscribirse otro título o derecho

real relativo al mismo bien”.

De la misma forma, la Constitución Política de la República se refiere a la

protección de grupos étnicos, así como a la protección de las tierras indígenas y

pone especial énfasis en las tierras pertenecientes a las comunidades indígenas;3

el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas y los estatutos

de la comunidad aprobados por acuerdo gubernativo el 10 de agosto de 1961

establecen su derecho de gestión y administración de las tierras comunales.

También, la legislación internacional, que en Guatemala tiene un rango

constitucional, como el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y

Tribales (ratificado por el Congreso de la República en 1996) destaca el derecho

de las comunidades indígenas a sus tierras y territorios ancestrales.

En el presente caso, lo más relevante es que se posee una normativa jurídica que

subraya que la comunidad indígena posee derechos primarios de propiedad

debidamente inscritos; sin embargo, existe una problemática creada por el

mismo Estado al haber reconocido la propiedad a una persona distinta sobre

este mismo territorio indígena.

CRONOLOGÍA DE LOS MECANISMOS LEGALES Y POLÍTICOS UTILIZADOS

� Como primer antecedente de la problemática, el 29 de abril de 1994, el juez

de paz del municipio de Nueva Santa Rosa realizó un acta de

reconocimiento judicial en la que indica que, según la inscripción que

aparece en el Registro General de la Propiedad de la zona central, esas

tierras pertenecen efectivamente a los comuneros de Jumaytepeque.

3 Estos derechos sociales se encuentran detallados en los artículos 66, 67 y 68 de la Constitución

Política de la República de Guatemala.

Page 120: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

98

� En el año de 1997, el representante legal de la finca El Jute, señor Fausto

Fernando de Jesús Aguilar Sarg, presentó una solicitud dirigida a la

CONTIERRA para conciliar el conflicto de tierras con la comunidad xinca

de Jumaytepeque, a la que acusaba de ocupar terrenos de su propiedad.

� Primera demanda: Dentro de esta primera acción jurídica, se formaliza una

demanda civil de desocupación en contra del señor Antonio González

Sánchez, comunero de Jumaytepeque. Esta acción conduce el juicio

ordinario número 48-97 para la reivindicación de propiedad y posesión. El

9 de julio de 1995, el juez a cargo del proceso resuelve a favor de Antonio

González Sánchez, dejando íntegros los derechos de posesión en forma

legítima de las 128 manzanas en disputa.

� Segunda demanda: El 7 de abril de 1997, el señor Fausto Fernando de Jesús

Aguilar Sarg inicia un segundo juicio ordinario civil que se identificó con el

número 88-98 y que conoció el Juzgado Segundo de la Primera Instancia de

Santa Rosa. En éste se reivindicaron los derechos de propiedad. Dentro de

dicho proceso, el 29 de enero de 1998, el demandante hace una unificación

de fincas e inscribe dos escrituras con los números 76 y 87.

� El 10 de noviembre de 1997, el señor Aguilar Sarg solicita al Juzgado de

Primera Instancia Coactivo de lo Económico del municipio de Cuilapa,

departamento de Santa Rosa, el reconocimiento judicial de los archivos de

la comunidad de Jumaytepeque, con la finalidad de que los comuneros de

Jumaytepeque le mostraran el título de propiedad sobre las tierras en

conflicto.

� En 1999, el representante legal de la finca el Jute desiste en el propósito de

que la mediación del conflicto se ejerza a través de CONTIERRA, lo que

habilita la exclusividad en la resolución del conflicto a los tribunales de

justicia del país.

� El 10 de enero de 2000, el presidente de la Junta Directiva de la comunidad

de Jumaytepeque presentó un memorial al Juzgado de Primera Instancia

Civil del departamento de Santa Rosa en que expuso la necesidad de que el

Instituto Geográfico Nacional (IGN) realizara la definición de límites

municipales, ya que los linderos de las fincas en cuestión coinciden con los

límites entre los municipios de Santa Rosa y Casillas.

� El 16 de marzo de 2000, el IGN informó al juez encargado del proceso que

la información del área databa del año 1977, por lo que había necesidad de

un nuevo estudio registral y catastral, cuyos costos debía sufragar la parte

solicitante.

� El 27 de marzo del año 2000, el ingeniero Rolando Caballeros rinde un

informe al juez de primera instancia del municipio de Cuilapa,

departamento de Santa Rosa, que indica que en el tomo II del Diccionario

geográfico de Guatemala, específicamente en la página 878, aparece que los

territorios en conflicto pertenecen a una montaña de Nueva Santa Rosa,

municipio en el que efectivamente aparecen en el Registro General de la

Propiedad.

� Con la finalidad de indilgar la comisión de delitos en materia forestal y

ambiental a los comuneros de Jumaytepeque, el 16 de mayo de 2000, el

Instituto Nacional de Bosques (INAB), a solicitud del representante legal

de la finca El Jute, presentó al Ministerio Público de Cuilapa un informe de

avalúo forestal indicando que el área en litigio había sido objeto de tala y

quema de bosques naturales que habían sido reforestados con recursos de

la finca, y que el daño económico ocasionado a los bosques de la región

ascendía a 150,641.28 quetzales (oficio número 091-2000-DRS-IV-2,

INAB).

Page 121: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

99

� El 28 de mayo de 2000, la Junta Directiva de la Comunidad de

Jumaytepeque presentó una denuncia formal ante el Ministerio Público, en

dicho documento se expone que el día 26 de ese mismo mes y año, el

propietario de El Jute en compañía de cuatro miembros de la Zona Militar

de Cuilapa, Santa Rosa, realizó disparos al aire con el fin de intimidar a los

comuneros y desalojarlos de forma violenta. Dentro del proceso penal

existen fotografías que prueban estos hechos.

� Acción constitucional de amparo: El 21 de junio del 2000, se presentó

acción constitucional de amparo, que se hizo valer por varios comuneros,

en la que se planteaba concretamente que se habían violentado derechos

constitucionales individuales y colectivos como el derecho de defensa, el

debido proceso y protección a grupos étnicos, a las tierras y a las

cooperativas agrícolas indígenas.

� Dentro del proceso civil, el 22 de junio de 2000, el juez de primera instancia

civil de Santa Rosa solicitó al Instituto Geográfico Nacional una copia de

los planos de archivo en los que se detalla la división territorial de los

municipios de Casillas y de Nueva Santa Rosa.

� El 30 de julio de 2000, la Junta Directiva de la comunidad presentó un

memorial al juez de paz de Nueva Santa Rosa, denunciando que animales

de tiro propiedad de El Jute se encontraban en la zona en litigio, causando

daños a los cultivos de café. Al mismo tiempo, denunciaron que el día 22

del mismo mes se habían llevado a cabo disparos al aire, presumiblemente

por una patrulla de la Policía Nacional Civil.

� El 12 de agosto de 2000, la Corte Suprema de Justicia, cámara civil

constituida como tribunal de amparo, señala audiencia para una vista

pública en la que se presentaron todos los alegatos y argumentos en cuanto

a los derechos constitucionales y legales violados.

� El 9 de septiembre de ese mismo año se notifica al ingeniero Rolando

Caballeros para que practique una inspección ocular de los terrenos en

conflicto. Dicho profesional rindió un dictamen en el que expresa que se ha

medido la totalidad de la tierra en conflicto. El dictamen fue refutado por el

abogado defensor de los comuneros debido a que no se midió la totalidad

del terreno.

� El 14 de septiembre de 2000, en las oficinas de CONTIERRA, se llevó a

cabo una reunión de conciliación entre las partes. El objetivo fue promover

el cese de las acciones violentas y la tala de árboles, pero la situación no

mejoró.

� El señor Aguilar Sarg, el 14 de septiembre de 2000, pide al IGN un nuevo

dictamen donde se indiquen los datos reales de la ubicación de estas tierras.

� El 19 de septiembre del año 2000, el ingeniero Jorge Arévalo efectúa una

nueva inspección ocular de lugar del conflicto acompañado del Señor

Aguilar Sarg. En esa ocasión, sí se midió todo el territorio, por lo que el

juzgado dio valor probatorio a este último informe profesional.

� El 23 de septiembre de 2000, CONTIERRA visitó el área, constatando que

el área tenía uso agrícola por comuneros que producían cultivos de

subsistencia y café.

� El 6 de octubre, el juez nombró un ingeniero independiente que realizó una

inspección de campo para definir el geoposicionamiento de los linderos de

la finca El Jute.

� El 10 de diciembre del 2000 en el Juzgado de Paz de Nueva Santa Rosa, se

presentaron declaraciones testimoniales de varios comuneros de los límites

sobre las colindancias de la comunidad.

Page 122: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

100

� El 21 de diciembre del año 2000, hay un reconocimiento judicial en el

Registro de la Propiedad.

RESULTAS DEL PROCESO PENAL

� A 12 de julio del año 2002, el señor Fausto Aguilar presenta una denuncia

en contra del Señor Santos Latín Hernández, (entonces presidente de la

comunidad), Antonio González Sánchez, Leónidas Gonzáles Sánchez,

Bernardo Dimas Pivaral y Ezequiel Gómez Pérez. En la denuncia se les

señala de usurpar, talar y haber provocado un incendio en su finca a finales

de febrero del 2000.

� El 8 de agosto de 2002, el señor Santos Latín presenta un memorial

pidiendo que se revoque el punto VI de la resolución del 7 de junio de

2002, donde se ordenaba la suspensión de las actividades agrícolas a todos

los comuneros de la comunidad de Jumaytepeque.

� El 10 de mayo de 2002, la comunidad solicitó un reconocimiento judicial

para verificar los mojones que dividen e indican los límites de la finca del

señor Aguilar. Lamentablemente, el juez de Nueva Santa Rosa no pudo dar

un informe imparcial debido a la prepotencia del señor Aguilar.

� Este proceso penal terminó indicando que los comuneros de Jumaytepeque

debían ser desalojados del territorio y que las tierras correspondían en

propiedad a la finca El Jute.

� En ese sentido, se inició un recurso de casación, pues se estaban

vulnerando derechos colectivos y el derecho social es superior al derecho

individual. Este recurso fue declarado sin lugar, con lo que este juzgado

avaló la sentencia de primera instancia.

RESULTAS DEL PROCESO CIVIL

� El 29 de octubre de 2001, el juez Ovidio Estrada Marroquín falla en contra

de Antonio González Sánchez y de la comunidad de Jumaytepeque.

� Después se apeló el fallo ante la Sala Quinta de Qpelaciones con sede en

Jalapa, impugnando dicho fallo.

� Se solicitó una vista pública ante la honorable Corte de Apelaciones de

Jalapa, donde también se presentaron todos los argumentos de la

comunidad (pero no fueron tomados en cuenta).

� Según resolución de la Sala Quinta de Apelaciones con sede en Jalapa, con

fecha 20 de mayo de 2002, los magistrados confirman el fallo en contra de

la comunidad; es decir, Jumaytepeque perdió el caso y los comuneros

debían abandonar las tierras.

ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE AMPARO

Tras denegarse el recurso de casación #158-2002 promovido por la Comunidad

agrícola de Jumaytepque, en el que se solicita adjuntar al expediente la

incorporación de la certificación de los derechos reales que constan en la

certificación extendida por el Registro General de la Propiedad el 9 de mayo del

2003, se presentó una acción constitucional de amparo ante la Corte Suprema de

Justicia de la ciudad capital. Este órgano jurisdiccional, tras las etapas procesales

del amparo, deniega el recurso, lo que confirma el fallo.

Page 123: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

101

APELACIÓN DE LA SENTENCIA DE AMPARO

El 10 de julio del año 2003 se presentó una apelación de la sentencia de amparo

ante la Corte de Constitucionalidad en la que se refiere que la Corte Suprema de

Justicia, cámara civil, no resolvió conforme a derecho, toda vez que se negó a la

comunidad de Jumaytepeque la posibilidad de demostrar la propiedad del

territorio comunal mediante la certificación del Registro General de la

Propiedad (resolución 1934).

El 12 de julio 2003, la Corte de Constitucionalidad confirma el fallo de la Corte

Suprema de Justicia, constituida en tribunal de amparo, indicando que la acción

de amparo no puede llevarse en ningún momento para la revisión de hechos ya

tratados en los procesos instalados en el país (expediente 1121 presentado por el

señor Arnulfo Vásquez Ortiz).

Se debe tomar en cuenta y hacer las consideraciones correspondientes, en el

sentido de que, terminadas todas las diligencias legales, el aparato jurídico

nacional resolvió de forma desfavorable para la comunidad de Jumaytepeque,

por lo que se optó por otras vías para la resolución del conflicto.

MECANISMOS DE DIÁLOGO ADOPTADOS PARA LA RESOLUCIÓN FINAL

Durante todo el proceso de litigio del presente caso se utilizaron mecanismos

alternativos de resolución de conflictos, como consta en la cronología

presentada anteriormente. Habiendo culminado el proceso penal que ordena el

desalojo, el representante legal de la Comunidad agrícola de Jumaytepeque

solicita apoyo a varias organizaciones indígenas para plantear la estrategia de

negociación, en la que participa el Parlamento del Pueblo Xinca, Defensa Legal

Indígena y CNP tierra. Asimismo, se solicitó a CONTIERRA, facilitar y apoyar

la solución conciliatoria del conflicto generado de la pugna simultánea por el

derecho de posesión o propiedad de la tierra.

La vía consistió en convocar a todas las instituciones administrativas del

Estado, con la cual se instala una mesa de diálogo, el 5 de octubre de 2004,

teniendo como sede y coordinación la Gobernación Departamental de Cuilapa.

La mesa se conformó por las siguientes instituciones: gobernador departamental

de Santa Rosa, CONTIERRA, MAGA, Procuraduría de los Derechos Humanos,

COPREDEH, representantes de la Unidad Técnica Jurídica (catastro nacional),

Parlamento del Pueblo Xinca, Defensa Legal Indígena, CNP tierra, y las partes:

Comunidad agrícola de Jumaytepeque y el representante legal de la finca el Jute,

señor Aguilar Sarg, quien no se presentó a la primera reunión.

El 12 de noviembre del año 2004, se llevó a cabo la segunda reunión de la mesa

de diálogo. En este encuentro se establecieron las normas de diálogo, porque se

contaba con la presencia de las partes en disputa. Se lograron compromisos para

garantizar su permanencia y, en cierto modo, respetar un ambiente de tolerancia

y respeto.

Tras establecer el interés de las partes por resolver este conflicto mediante una

mesa de diálogo como mecanismo de solución, se planteó, en un primer

momento, la reflexión y el análisis minucioso de las causas del conflicto. Tras el

cruce de opiniones, se puso en evidencia que tanto la familia Aguilar Sarg como

la Comunidad agrícola de Jumaytepeque presentaban documentos legales sobre

la propiedad de la tierra.

La mesa concluye que el responsable de esta confrontación es el Estado, debido a

que traslapó un nuevo registro sobre las tierras comunales de la comunidad

xinca de Jumaytepeque. En consecuencia, debe ser el Estado el que por los

mecanismos institucionales gubernamentales debe dar solución a este caso. Por

Page 124: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

102

parte de la mesa, se acordó que en representación del Estado de Guatemala las

gestiones fueran asumidas por CONTIERRA, el MAGA y la Gobernación

Departamental de Santa Rosa.

A solicitud de la comunidad xinca de Jumaytepeque el Estado debe comprar el

área en conflicto y restituir el derecho colectivo de la comunidad, a fin de que el

título ancestral no sufra modificaciones; o en otras palabras, a fin de que no se

vulnere el régimen de propiedad colectiva.

El Estado asume su responsabilidad y las gestiones las coordina CONTIERRA,

entidad que se encarga de dar seguimiento a los acuerdos de la mesa y a la

negociación del área en conflicto. Se dispuso negociar por las cinco caballerías

en disputa. Luego de avanzar en el diálogo, se planteó una nueva dificultad:

Aguilar Sarg no quería vender una parte de la finca (que tiene un manantial de

agua que utiliza la comunidad y que es el área que solicita que se desaloje).

Este punto de discordia, se trató en otra reunión realizada en CONTIERRA, el

20 de mayo del 2005. Estuvieron presentes el señor Aguilar Sarg, la Junta

Directiva de la Comunidad y Defensa Legal Indígena. En esta reunión, el

finquero muestra una postura firme: no está de acuerdo en negociar sobre las

20-25 manzanas de bosque y el manantial de agua que es útil a la comunidad.

Se realiza una segunda reunión en CONTIERRA el 11 de julio del 2005, donde

se trató de negociar con el finquero nuevamente. Participaron la Junta Directiva

de la Comunidad, el ingeniero Mario Flores de CONTIERRA, Fausto Aguilar

Sarg y Defensa Legal Indígena. No obstante, Aguilar no cambia de opinión y

aclara que no entrará en negociación ni por el manantial ni por la parte de la

finca. La comunidad tendrá que desalojar la zona. Como consecuencia, se

solicitó tiempo para reunir a la comunidad y consultar si existía otro medio para

seguir negociando.

Se llegó a la conclusión de que se realizaría una asamblea en la comunidad de

Jumaytepeque, donde estaría presente el ingeniero Flores de CONTIERRA. En

esta reunión la comunidad decidió que no podía desalojar, ya que en esta área se

encontraban sus cultivos y la fuente de agua en la que sustentan su subsistencia.

Por esta razón, se pide a CONTIERRA que se encargue de hacer una remedición

de las cinco caballerías en disputa. Para el efecto, se conformó una comisión que

fue coordinada por CONTIERRA y los representantes de la Unidad Técnica

Jurídica (catastro nacional) con el acompañamiento y observación de los

miembros de la mesa.

MEDIDAS ADOPTADAS EN LA NEGOCIACIÓN

La propuesta de negociación del caso de litigio de la Comunidad agrícola xinca

de Jumaytepeque, contempló los siguientes puntos:

Legitimidad: Durante el proceso se realizaron consultas comunitarias que

avalan la negociación de la tierra en conflicto

Compromiso político estatal: Se estableció que el Estado se comprometiera

formalmente a solucionar el caso, sin dejar secuelas que en el futuro ocasionaran

enfrentamientos o problemas entre las partes.

Posesión de la propiedad: Se solicitó que la negociación fuera clara y

transparente, que se respetaran los derechos ancestrales e históricos que los

comuneros indígenas tienen sobre las tierras sin olvidar su forma de administrar

las mismas, el derecho consuetudinario, sus costumbres y sus formas de

organización.

Tierra y territorio indígena: Se pidió que no se desmembrara el título ancestral

que les acreditaba como dueños verdaderos de la finca, ya que es un territorio

Page 125: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

103

autónomo y las comunidades gozan de protección según el Convenio 169 de la

OIT ratificado por el Estado de Guatemala.

Certeza jurídica: Se pidió al Estado de Guatemala que enmiende los errores

registrales que existen en los asientos del Registro General de la Propiedad.

Nuevos informes: Se solicitó la realización de nuevos estudios de CONTIERRA

para establecer el área a resarcir, para que a partir de los resultados el señor

Fausto Fernando de Jesús Aguilar Sarg traspase inmediatamente las escrituras a

favor de la comunidad indígena xinca de Jumaytepeque, y que a través de

instituciones gubernamentales dedicadas al catastro se le dé un tratamiento a las

tierras en conflicto para definir linderos y mojones que establezcan con claridad

los límites de las tierras comunales de Jumaytepeque.

Valuador propuesto por la mesa de negociación: Los comuneros, por el derecho

posesorio e histórico y el derecho que los títulos reales les confieren, han hecho

mejoras a las tierras en conflicto, por lo que se propone que estas mejoras no

sean tomadas en cuenta dentro de la negociación de compra del Estado a Fausto

Aguilar Sarg.

Litigio de siete años, costos procesales, asesoría y comuneros: Se pide una

indemnización para la Comunidad agrícola xinca de Jumaytepeque por los

daños y prejuicios causados por el mismo Estado de Guatemala, mediante la

aprobación de un proyecto de carretera asfaltada de ocho kilómetros hasta la

cabecera municipal de Nueva Santa Rosa. El proyecto traerá el desarrollo a esta

comunidad que tiene un potencial netamente agrícola, especialmente en la

producción del café. La solicitud ha sido planteada en años anteriores, sin

obtener respuesta durante los gobiernos pasados.

Inclusión de actores de gobierno, sociedad civil y organizaciones indígenas: Se

solicita que sean tomadas en cuenta todas las instituciones gubernamentales,

organizaciones civiles e indígenas que desean participar en la mesa de

negociación, siempre y cuando su objetivo sea acompañar y aportar a la solución

del problema.

CONCLUYE EL CONFLICTO DE TIERRAS EN LA COMUNIDAD INDÍGENA DE JUMAYTEPEQUE

Después de largas décadas de conflicto legal por la posesión de una porción de

terreno de la finca El Jute, jurisdicción de la aldea Jumaytepeque, municipio de

Nueva Santa Rosa, 130 familias fueron beneficiadas con la entrega del título de

propiedad colectiva, respetando el ordenamiento jurídico que por siglos ha

regido en la comunidad. De 1997 a 2004, existió un proceso legal en los

tribunales de justicia, donde los protagonistas fueron los representantes legales

de la comunidad de Jumaytepeque y el supuesto propietario de la finca el Jute, el

señor Fausto de Jesús Aguilar Sarg. En el año 2004, representantes de

CONTIERRA y la Gobernación Departamental ante la mesa de negociación,

asumieron el compromiso de gestionar ante el Ministerio de Agricultura,

Ganadería y Alimentación los recursos para la compra de cuatro caballerías y 57

manzanas en disputa. Concluidos los trámites legales y establecidos los acuerdos,

el MAGA procedió a autorizar la compra del terreno. El 15 de junio de 2005, el

Presidente de la República, Óscar Berger, en acto público y acompañado de

representantes de instituciones que conformaron la mesa de diálogo, entregó el

título de propiedad colectiva a los líderes de la comunidad. Santos Latín

Hernández, primer vocal de la Junta Directiva de la comunidad de

Jumaytepeque y actor principal del reclamo y defensa del derecho colectivo,

agradeció esta compra y la entrega del título de propiedad, pues con ello se pone

fin a uno de los problemas sufridos por los comuneros durante varias décadas.

Page 126: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

104

CONCLUSIONES E INTERROGANTES

La preocupante situación de la administración de justicia es la eficacia y

eficiencia del servicio que brinda. Es importante que todos los habitantes no sólo

tengan acceso a la justicia sino que ésta sea expedita, transparente y cumplida,

permitiendo un acceso efectivo. En ese sentido, durante el litigio legal la

comunidad desconfió de las autoridades judiciales que llevaron el caso y alegó

que el sistema de justicia no favorecía los derechos de los indígenas pobres

cuando la disputa es con “personas adineradas”.Este caso, además, plantea las

siguientes preguntas:

1) Si la definición de terrenos baldíos contenida en las citadas leyes refiere que

no se pueden titular aquellas que pertenezcan con título legítimo a particulares o

corporaciones, ¿por qué el Estado avaló titulaciones sobre terrenos inscritos y

registrados a favor de comunidades xincas?

2) ¿Cuáles fueron las pruebas presentadas por los denunciantes para declarar las

tierras como baldías?, ¿fueron presentados los testigos requeridos por la ley?

3) En la actualidad, ¿cuáles son los criterios que los funcionarios tienen que

aplicar a la hora de dar certificaciones para inscribir las tierras denunciadas?

4) ¿Cuáles son las acciones que encaminará el Estado a fin de solventar su

responsabilidad histórica en estos casos?

Éstas son algunas de las irregularidades que se presentan a la hora de realizar el

procedimiento establecido en la normativa vigente, siendo causa de

contradicciones, ya que no toma en cuenta lo establecido en las leyes vigentes,

convenios, acuerdos nacionales e internacionales. Estas irregularidades se hacen

manifiestas a través de: i) titulaciones sobre propiedades plenamente inscritas y

registradas (es decir, se ha propiciado una doble titulación); ii) la usurpación y

despojo de tierras comunales indígenas. Finalmente, lo trascendental de este

caso es que se establecieron mecanismos de reclamo del derecho colectivo de

pueblos indígenas mediante una resolución alternativa de conflictos, a pesar de

los resultados judiciales en contra de la comunidad. Se logró la resolución del

caso pacíficamente y no se trastocó el título ancestral de la comunidad. No se

violentó su forma de organización ni sus normas administrativas de repartición

y control del territorio.

ODILIA CHAVAJAY PÉREZ Maya tz’utujil. Cuenta con una licenciatura en

Relaciones Internacionales en la Universidad

de San Carlos de Guatemala.

Desde 2009 es secretaria ejecutiva de Defensa

Legal Indígena y miembro de la Mesa de

Trabajo de Acceso a la Justicia, Dirección de

Derechos Humanos, Ministerio de Relaciones

Exteriores. Es miembro fundador de Tob’nel

Tinamit (Defensa Legal Indígena, 2003).

Entre 2003–2007 fue defensora regional de Pueblos Indígenas de la Procuraduría

de los Derechos Humanos y representante de la Institución del Procurador de

los Derechos Humanos (IPDH) en reuniones para impulsar la agenda de los

derechos humanos de las mujeres indígenas.

Ha sido coordinadora del equipo de investigación “Poder local desde la

perspectiva maya”, ejecutado por CIRMA y la Municipalidad de Chimaltenango

(2000) y consultora de la Asociación MOLOJ (diseño del proyecto para la Lucha

Contra el Racismo y Discriminación Racial y seguimiento e instalación del

Tribunal de Conciencia contra el Racismo y la Discriminación Racial, 2002)

Page 127: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

105

LA EXPERIENCIA DEL PODER LOCAL Y LA ORGANIZACIÓN COMUNITARIA EN LOS 48 CANTONES DE TOTONICAPÁN

ENTREVISTA CON ROMEO TIU Romeo Tiu es abogado y notario oriundo de Totonicapán. Se ha desempeñado

durante más de diez años como juez y oficial en diferentes municipios del país,

principalmente en los departamentos de Totonicapán, Sololá y Quiché.

Laboró en la Misión de las Naciones Unidas para Guatemala y como

coordinador de la Comisión Presidencial Contra la Discriminación y el

Racismo, entre otras instancias públicas y de la cooperación internacional. Ha

realizado una larga labor de trabajo comunitario, principalmente en

Totonicapán, asesorando a la organización comunitaria en la elaboración de

reglamentos internos e investigaciones sobre la gestión de bosques comunales y

alcaldías indígenas. El acceso y el cumplimiento de la justicia ha sido siempre

la línea principal de su trabajo. La presente entrevista se llevó a cabo el 2 de

junio de 2009 en el Centro Cultural de España en Guatemala.

Page 128: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

106

CANEK – Observatorio Cultural (CANEK): ¿En qué medida la centralización

del poder político y de la administración pública afecta a la organización

comunitaria?

Romeo Tiu (RT): Son muy escasas las iniciativas que trabajan con

organizaciones comunitarias, que suelen estar arrinconadas y no son

reconocidas por el centralismo. Normalmente las agencias de cooperación

internacional y los órganos del Estado trabajan con personas y ONG radicadas

en la capital. Estas personas muchas veces han perdido el vínculo con sus

comunidades; de modo que los asuntos que se discuten en Ciudad de Guatemala

son diferentes de los que se discuten en las comunidades, donde hay una

relación real con los problemas que afrontan los indígenas.

CANEK: Sí, el año pasado abrimos una serie de debates en la capital y, aunque

se consiguió la participación de personas originarias de diversos municipios, nos

quedó la sensación de no estar afrontando la realidad. Aun así los resultados

fueron muy interesantes y fueron publicados. En el 2009, iniciamos nuestra

labor desde la perspectiva de los derechos colectivos, pero tratando de

abordarlos desde la interpretación local.

Los derechos colectivos son la base sobre la que se fundamenta el poder local y la

organización comunitaria, pero su ejercicio parece obstaculizado porque la

interpretación de lo colectivo que hace el marco jurídico no coincide con la

interpretación local. En conclusión, si no coinciden las interpretaciones sobre

qué es el sujeto colectivo parece imposible ejercer los derechos que se vinculan al

concepto; en otras palabras: la interpretación es fundamental.

RT: Eso es importante porque a los abogados en Guatemala no se les brinda

formación para interpretar, se les da solamente una base teórica. Yo he tenido el

privilegio de estar 17 años dentro de los tribunales y eso ha facilitado que, en vez

de volverme mecánico, sea interpretativo. Lo que me preguntas va más allá de

quedarnos en afirmar que existen los derechos colectivos. Es excelente que se

hayan plasmado en instrumentos nacionales e internacionales, pero ¿cómo hacer

para que esos derechos se puedan ejercer?

Si tomamos, por ejemplo, un derecho colectivo clásico, el derecho a la tierra,

seguro que encontramos muy pocos abogados que se animen a defenderlo, a

discutirlo, por los parámetros existentes en la legislación nacional. Si nos

atenemos a la jurisprudencia existente, menos todavía.

A partir de este planteamiento de territorio podemos hablar de otro derecho

colectivo: el idioma. Existe, en muchos casos, una conjugación territorial e

idiomática, pero esta unión, esta identificación entre territorio e idioma, escapa

bastante, creo yo, de la interpretación que se hace en las leyes del país. En

Guatemala, cuando se habla de derechos colectivos, normalmente se hace

referencia únicamente a los derechos culturales, quedando desligados y ocultos

los derechos sociales, políticos y económicos, en este orden. Pero si los

interpretamos de forma conjugada y articulada se nos abre otro espacio en el que

aparecen temas como el autogobierno, la libre determinación de los pueblos y la

gestión de los recursos naturales. A partir de aquí surgen debates de

interpretación muy fuertes, especialmente complejos porque la legislación en

algunos casos se contradice. En la universidad te dicen que la ley es de una

manera, pero después uno ve que las convenciones internacionales dictan otras

reglas. En definitiva, hay que hacer un largo trabajo para la comprensión de

estos derechos.

CANEK: La estructura jurídica de un país está sumamente relacionada con su

estructura política y económica, tal como vemos en el caso de Guatemala.

Debido al proceso histórico de su constitución, el Estado está capacitado para

reconocer los derechos colectivos pero no para hacerlos operativos, como

Page 129: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

107

consecuencia, sobre todo, del centralismo administrativo y político. Por eso, la

experiencia de Totonicapán nos parece muy relevante, por su formulación de un

autogobierno desde las experiencias locales. En este sentido ¿nos puede explicar

el origen de los 48 cantones de Totonicapán y el tipo de gestión que realizan

paralelamente a las estructuras oficiales como la municipalidad, los COCODES y

el COMUDE?

RT: Un análisis de la investigación que se hizo de los 48 cantones indica que

muchos de los elementos que todavía sostiene esta asociación son prehispánicos.

Aunque tras la conquista hubo una mezcla entre autoridades indígenas y

autoridades del Estado, especialmente municipales, como corregidores,

gobernadores y alcaldes, en la actualidad hay una separación entre el alcalde

ladino y alcalde indígena. En la alcaldía de Xela4 sólo quedó la figura del

corregidor cuarto, que es al que llamaban alcalde indígena y que generalmente

estaba en un lugar separado de la alcaldía municipal. Sin embargo, esta misma

figura ha sido la que ha sostenido, en cierta medida, la presencia de las

autoridades indígenas.

Su presencia se consolidó durante el periodo autoritario que vivió el país con

Justo Rufino Barrios, quien promovió la usurpación de tierras comunales para

su cesión a particulares. Ante eso, la gente trató de preservar sus tierras bajo la

figura de la autoridad comunitaria. Ésa es la razón por la que las alcaldías

indígenas han estado muy relacionadas, precisamente, con las tierras comunales.

Además, la posición de esa autoridad como defensora y gestora de las tierras

comunitarias fue lo que permitió su actual solidez y fortaleza.

La asociación de los 48 cantones gira alrededor de tres elementos esenciales:

consolidar la autoridad comunitaria propia de la organización local para la

gestión del bosque comunal, el agua y la tierra comunitaria productiva. Como

4 Cabecera departamental de Quetzaltenango.

podemos ver los tres aspectos están íntimamente relacionados. En Totonicapán,

además, se ha añadido otro elemento: el de los tributos.

Otro punto que me parece muy interesante: antes, los alcaldes comunales de

Totonicapán no tenían la fuerza que tienen ahora, porque no había

organizaciones ni personas locales que les respaldaran. De ahí surge el trabajo

para apoyarlos en la sistematización de su experiencia. La intención era

visualizar su capacidad organizativa y su autoridad. Esto es importante porque a

partir de ese momento hay una creciente apropiación y concienciación por parte

de la comunidad. Todo eso sucedió hace aproximadamente 12 años, y sigue

creciendo.

CANEK: ¿Surgió, entonces, en el marco de los Acuerdos de Paz?

RT: No exactamente, fue más bien una iniciativa interna, como un despertar.

Ante la situación local, aunque circunscrita en los cambios que estaba viviendo

el país, nos dijimos veámos dónde estamos, veámos si realmente podemos erigir

nuestra forma propia de gobierno.

A partir de esa reflexión surgieron las que hoy son las fortalezas de la institución.

Por ejemplo, aunque ahora parezca inverosímil se abandonó la idea de que este

cargo es un castigo. Una de las creencias, extendidas durante el tiempo de la

guerra, pero presente incluso durante la Colonia, era que el cargo comunitario

era un castigo. Una vez desechada esa creencia, la elección de las autoridades es

realmente fenomenal. En noviembre siempre hay una elección de la junta

directiva de los 48 cantones y se juntan más de mil personas entre autoridades e

invitados. Eso quiere decir que previamente las comunidades se han reunido

para escoger a las autoridades que los van a representar. Hoy este trabajo se

valora de forma muy positiva.

Page 130: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

108

CANEK: A eso hay que añadir que las estructuras oficiales comienzan a tomar

conciencia de la existencia de una fuerza en Totonicapán. Por ejemplo, en

algunos documentos del Congreso de la República se hace saber de forma

expresa a los diputados que en cualquier tema relacionado con el manejo del

agua y de la tierra se tiene que consultar a los miembros de los 48 cantones.

RT: Ése es un buen parámetro para ver que realmente se tiene la fuerza para ser

consultado. Y aquí viene una discrepancia entre el discurso, bastante superficial,

que hacen algunos líderes indígenas que hablan sobre el derecho de consulta y lo

que realmente es la práctica específica de los 48 cantones, que hacen un trabajo

permanente, constante y que va más allá de denunciar que no se están haciendo

las consultas populares.

Creo, además, que la administración debe de pasar a otro ámbito de discusión, a

otro nivel, y no quedarse únicamente en los recursos naturales, sino pasar a lo

que rodea su manejo. Por ejemplo, el agua no puede llegar simplemente gratis a

las casas. La mayor parte de la gente centra su atención en este asunto, cuando la

discusión debería ser otra. Debe haber una forma propia de administración

tributaria y de legislación en aspectos que atañen a nuestra comunidad. En

Totonicapán es fácil enfermarse por consumir agua contaminada y, con toda

seguridad, gastamos muchísimo más en curarnos que en buscar la manera de

tratar el agua desde un principio. Si no hay una ley de aguas que regule

claramente eso en Guatemala, especialmente en Totonicapán, vamos a seguir

con casos muy fuertes de enfermedades intestinales graves, entre otras

consecuencias. Por eso se necesitan recursos propios y una legislación

apropiada.

CANEK: Una de las características que define a una comunidad en el ejercicio

de su colectividad consiste en contar con medios propios de tributación, ya sean

o no oficiales; es decir, es preciso que exista una contribución por parte de la

comunidad para que su estructura se mantenga y para que pueda regular

aspectos como los que menciona. En el caso de los 48 cantones, ¿existen

mecanismos de tributación propios?

RT: Sí, existen, pero me parece que tampoco son los adecuados para la realidad

social, económica y jurídica de Totonicapán. Lo que no está valorado es el

trabajo que realiza cada persona. Un día estaba platicando con ellos, y me

dijeron que el Estado había destinado un millón y medio de quetzales para un

proyecto y ellos decían que habían puesto noventa mil. Entonces les hice el

cálculo de cuánto costaba el jornal de cada uno de ellos y se dieron cuenta de

que, en realidad, habían aportado más que el gobierno. Entonces, mi reclamo

fue: “¿Por qué hacen toda esta fiesta para ellos cuando la deberían hacer para

ustedes mismos?”.

CANEK: El trabajo comunitario no se cobra. Es voluntario.

RT: Y no se valora precisamente por eso. Es como el caso de las amas de casa.

Todo esto es resultado de una visión muy centralizada del ingreso de los tributos

y de su función. Vemos comunidades, por ejemplo, que sólo tienen una escuela

para niños mientras que en la capital, en una sola cuadra, puede haber hasta dos

o tres. Ésa es una desigualdad bastante marcada, pero cuya solución mediante

sistemas propios de tributación no es una preocupación en las comunidades…

Educación sí, claro, pero ¿cómo?

CANEK: La negociación entre las formas propias de gobierno y las estructuras

oficiales del Estado es determinante, sobre todo en lo referente a las nacidas a

partir de la aprobación de las leyes de descentralización, pero han sido criticadas

como organizaciones que fiscalizan y neutralizan la organización local.

Page 131: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

109

RT: Claro, ése es otro ejemplo de la falta de cohesión entre el discurso de la

gente de la capital y lo que sucede en las comunidades. Esas leyes fueron

perjudiciales para expresiones como los 48 cantones de Totonicapán. Las leyes

crearon otras figuras y la estructura de dentro de las comunidades se fue

debilitando. Los mismos integrantes de la organización local han pedido, para

no perder su fuerza, estar en las nuevas instancias. Dicho de otro modo, se

crearon figuras oficiales paralelas que deslegitimaron a las locales y dejaron fuera

todo el trabajo organizativo que se había hecho. Se rompió, también, con el

planteamiento integral de los 48 cantones. Hay, por ejemplo, comités específicos

para la introducción de agua potable, otros para hacer caminos, otros para hacer

que sean evaluados por la propia comunidad. El COCODE5 significó otra

organización que rompió con lo local, rompió con los esquemas existentes, que

no me atrevo a decir si son tradicionales pero desde luego son expresiones

propias de los pueblos indígenas.

La Ley de Consejos de Desarrollo designa presupuestos para el Consejo

Nacional, para el Consejo Regional, para el Departamental. El alcalde puede

decidir sobre el presupuesto municipal, pero los COCODES, aunque pueden

presentar propuestas de desarrollo comunitario, no tienen competencias sobre

su financiamiento. Es un problema serio, porque al Consejo Comunitario se le

obliga a inscribirse ante el sistema de tributación y ellos no son ejecutores como

tales de los fondos sino facilitadores; y aquí hay una confusión en cuanto al

manejo de presupuestos, porque ¿cómo manejar fondos si no se los dan?

En definitiva, hay una asimilación de todas estas autoridades indígenas. Lo más

grave es que su presencia en los Consejos Departamentales es, en realidad, muy

débil. Tomemos como ejemplo el caso de Huehuetenango: ahí hay un total de

nueve comunidades lingüísticas; hay nueve representantes indígenas dentro del

Consejo Departamental de Desarrollo, y cuando se reúnen llega, por ejemplo, el

5 Consejo Comunitario de Desarrollo.

Consejo de Salud y su opinión es igual o superior a la de un representante de una

comunidad lingüística completa. Hay un desequilibrio en cuanto al manejo

político de la voz y del voto que se tiene en el Consejo de Desarrollo. Todo esto

viene provocado más por el Reglamento que por la Ley de Descentralización

misma, porque la ley no especifica que esos representantes tengan voz y voto. El

origen de esta grave disfunción nace de la forma en que se comenzó a aplicar la

ley, que no siguió un orden lógico. Empezaron a funcionar los Consejos

Departamentales antes que los Municipales, luego algunos Consejos

Comunitarios y finalmente se integró el Consejo Nacional.

Fue un desorden completo. Se podía haber hecho de esta manera: crear los

Consejos Comunitarios de Desarrollo, que de ellos surgieran los Municipales, y

de los Municipales los Departamentales, y así para arriba. Ésa habría sido la

única forma de que hubiera una representación clara y bien medida. Ése es el

caso de los alcaldes comunales de Totonicapán: la junta directiva no toma

decisiones si no se ha consultado a las comunidades. Y a ellos no les corresponde

decidir sobre cuestiones de gran trascendencia, aunque quisieran hacerlo no se

lo permiten. Se lleva a cabo una reunión cada quince días. En la sesión se planea,

por ejemplo: “Miren, señores, tenemos en el Congreso la presentación de la Ley

de Aguas y queremos que ustedes consulten a su comunidad si están de

acuerdo”. Si la gente dice que no, aunque el alcalde quiera decir que sí, se queda

como no. También es importante trabajar con quienes facilitan la información,

porque pueden esconder o tergiversar algunas cosas.

No sé si todo esto es realmente efectivo en Totonicapán. Los problemas suelen

surgir cuando se tratan aspectos fiscales. Es fundamental decir las cosas como

son y especialmente debe informarse a la gente de cuáles son los beneficios reales

que se tienen en el asunto. Me temo que la información, en el caso de haber

llegado, no haya sido muy clara en algunas situaciones. Por otro lado, las leyes

que se han presentado tampoco se caracterizan por su claridad.

Page 132: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

110

CANEK: ¿Es posible que se aúnen otras experiencias similares a la de

Totonicapán para generar un movimiento nacional? ¿Qué peligros afrontan

estas organizaciones?

RT: No creo que hasta ahora se haya logrado hacer un movimiento nacional,

aunque existen reuniones sobre, por ejemplo, ordenamiento de tierras o de

recursos naturales. De todos modos, estos intentos no siempre son congruentes,

así muchas veces estas discusiones se centran en la defensa de los recursos

naturales, pero al mismo tiempo se está permitiendo que avance la

deforestación. Yo creo que eso pasa porque quienes dirigen no se comprometen

con los objetivos que subyacen en las organizaciones. Esto sucede en

Totonicapán: a pesar de existir una organización sobre las tierras comunales se

está perdiendo la parte que queda en Quiché. Entonces, para qué sirve una

organización que no halle elementos de cohesión para poder lograr,

precisamente, una organización mayor.

Veámoslo de otra manera. Muchas de las organizaciones que hay, a las que

podríamos llamar “similares”, tienen muchos vínculos religiosos, especialmente

con la Iglesia Católica, y con las ONG. Totonicapán no escapa a esta dinámica.

Hasta hace pocos años no había ninguna ONG que apoyara a los 48 cantones.

Ahora hay unas 15 detrás de la gestión de esos alcaldes, lo cual no es malo, pero

tiene repercusiones, porque no se está reforzando el sistema organizativo, sino

que, incluso, debido a la presión para captar fondos, se han reformulado sus

reglamentos, han aparecido casos de corrupción y algunos directivos han tenido

problemas judiciales. Estos casos podrían generar el colapso de las

organizaciones, y en el caso de Totonicapán sería un desastre.

CANEK: Entonces, ¿cuál es el impacto de las ONG?

RT: Las ONG no son malas. La cuestión es que se centran casi exclusivamente

en la capacitación, pero no se adaptan todavía, en su lugar y momento, a la

forma organizativa propia del lugar. Las obras y las capacitaciones están muy

bien, pero la gente sigue muriéndose de hambre. Como te comenté, el problema

radica en gran parte en el escaso desarrollo de los derechos sociales, políticos y

económicos. Puede haber gente capacitada, pero sin capacidad para poner en

práctica su conocimiento debido a que no hay acceso a los encajes políticos y

económicos. Hay que hacer un ejercicio mucho más fuerte de acercamiento, de

comprensión de las necesidades de Totonicapán.

No se trata sólo de poner un centro de salud, sino de adaptarlo al lugar con la

gente del lugar y la medicina del lugar. La capacidad de autogestión es

primordial. La escasez de oportunidades para aplicar el conocimiento local

minimiza la estructura organizativa local y desintegra el tejido social que nos

une como comunidad. Con lo que respecta a las ONG también es importante

señalar que es una gran irresponsabilidad abrir la discusión sobre los derechos

para luego abandonar a la comunidad en el proceso de su exigencia, y eso es algo

que sucede demasiado a menudo.

Page 133: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Santiago Bastos

LA (AUSENCIA DE LA) DEMANDA AUTONÓMICA EN GUATEMALA*

ÍNDICE

Introducción

El entorno de la revolución posible (1976-1985)

El avance desde la izquierda

Las propuestas soberanistas indígenas

El momento de la paz y el reclamo de participación (1986-1996)

La autonomía en el surgimiento del movimiento maya

Debate y convergencia sobre autonomía y otros temas

El acuerdo de identidad

* Ponencia para el seminario “Construyendo el Estado multiétnico desde sitios múltiples.

Regímenes de autonomía en América Latina”. Quito, 27 y 28 de noviembre del 2008.

CERLAC-Universidad de York / FLACSO Ecuador / GTZ.

Page 134: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

112

El contexto del multiculturalismo cosmético del post-conflicto (1997-2007)

Las comisiones paritarias

La ausencia de la demanda autonómica en la Guatemala multiculturalizada

¿El inicio de una nueva fase?

Las diferentes versiones de la demanda autonómica

La acción política: de la autonomía al reconocimiento

La ausencia de lo local en las demandas autonómicas

Los avatares de la autonomía territorial: entre la nación guatemalteca y el pueblo

maya

Bibliografía

Santiago Bastos Amigo

Page 135: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

113

INTRODUCCIÓN

Cuando se habla de cuestiones relacionadas con la autonomía indígena, los

mayas de Guatemala son un caso extraño. Por un lado, son conocidos por el

importante proceso de movilización política a través del Movimiento Maya, tras

la experiencia del genocidio sufrido en manos del ejército a principios de los

años 80 del siglo XX y por el vigor de las propuestas políticas desarrolladas por

sus “intelectuales”; pero, por otro lado, el tema de la autonomía apenas ha

ocupado lugar en ese desarrollo teórico y político. De hecho, ésta ha sido una

pregunta recurrente en los corrillos y conversaciones con los colegas de otros

países: “¿Por qué en Guatemala no se han desarrollado demandas relacionadas

con la autonomía del tipo mexicano, por ejemplo?”. El tema se intenta responder

relativizando en lo posible esa supuesta ausencia —“no es tan claro, algo hay”—

y haciendo referencia a varios factores, como la proporción de la población

indígena en Guatemala, el desarrollo del proceso de paz, etc.

Voy a aprovechar este espacio para avanzar y poner orden en estas ideas,

intentando aportar a la comprensión del caso guatemalteco en el contexto de las

demandas de autonomía política desarrolladas en las últimas décadas por el

movimiento indígena en América Latina. Para ello, me voy a basar en una

revisión de las principales propuestas políticas hechas sobre el tema indígena

desde los años 70 por diversos actores, buscando referencias explícitas al tema

autonómico y a temas o propuestas relacionadas. Evidentemente, la exposición

va a ser siempre selectiva, pues la cantidad de documentos es mucho más grande

de lo que se puede abarcar en este texto y la riqueza de temas, análisis y

opiniones de los que tratan estos documentos, mucho más amplia de lo que acá

se reseña.

Podemos distinguir tres (o cuatro) momentos en la producción de ideas sobre la

autonomía. Todos coinciden con etapas de la historia política reciente de los

indígenas en Guatemala, cuyo desarrollo incide precisamente en las

formulaciones que encontramos. Sólo en uno de estos tres (o cuatro) momentos

encontramos una ausencia casi total de la demanda autonómica en el debate

político, pero coincide con el periodo —el cambio de siglo— de mayor avance

político. Ésta es la etapa en la que esa demanda está más presente en países como

Bolivia o Ecuador, razón por la cual el caso guatemalteco llama más aún la

atención. De todas maneras, la producción y el debate sobre la autonomía

también muestra vacíos y características que lo diferencian de otros desarrollos

como, por ejemplo, el mexicano. Para mostrar esta especificidad de la forma en

la que se plantea la demanda autonómica en Guatemala, voy a desarrollar el

texto a partir de estos tres (o cuatro) momentos, viendo las condiciones que van

haciendo que se avance y consoliden diferentes formas de (no) entender la

autonomía indígena en Guatemala.

Para acotar un término tan amplio, y a veces ambiguo, podemos hablar de tres

niveles en que se utiliza (o no) este concepto. En primer lugar estaría el derecho

a la acción autónoma de los mismos actores indígenas en la arena política,

elemento reclamado, pero sobre todo actuado. Después estaría la autonomía

local, como el reclamo o reconocimiento de una situación de un poder

históricamente creado o políticamente reclamado a este nivel que ha actuado o

actúa de forma “paralela” al poder estatal. Finalmente estaría la autonomía de

base territorial, como una forma de ejercer el control político en un área del país

relacionada con la cuestión de la nación-nacionalidad y su grado o derecho de

soberanía. En las conclusiones se retomará esta clasificación, que se pondrá en

relación con los conceptos de reconstitución, resistencia, autodeterminación y

reconocimiento propuestos por Araceli Burguete (2008).

Page 136: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

114

EL ENTORNO DE LA REVOLUCIÓN POSIBLE (1976-1985)

La segunda mitad de los años 70 conocieron un importante desarrollo político

de los indígenas en Guatemala (Arias, 1985; Cojtí, 1997; Bastos y Camus, 2003,

Hale, 2007, MacLeod, 2008), que llevó de la mano un debate en torno a su papel

en la conformación social del país. Así, se iban consolidando experiencias como

los seminarios indígenas y se maduraban propuestas de participación política

como la que condujo a la redacción, en 1978, de la constitución del Frente

Indígena de Integración Nacional (FIN), abanderado por dos diputados mayas

que actuaban como tales en el Congreso (ver Falla, 1978); ese mismo año

aparece públicamente el Comité de Unidad Campesina (CUC), conformado

sobre todo por indígenas del altiplano (Arias, 1985; Menchú y CUC, 1992).

Al mismo tiempo, en 1970, surgen dos obras que analizan el papel del indígena

en la formación histórica de Guatemala, sobre todo en la época colonial: “La

patria del criollo”, de Martínez Peláez y “Guatemala: una interpretación

histórico-social”, de Guzmán Böckler y Herbert. Ambas colocan a los indígenas

en el centro de la problemática de la construcción social y nacional guatemalteca

(Taracena, 2004; Pinto Soria, 2003). Dada la deriva revolucionaria de la

izquierda en toda Latinoamérica y sobre todo en Centroamérica durante esta

década, estas obras se constituirán en el centro de un debate ideológico sobre el

papel del indígena en la revolución que está en marcha… Una revolución a la

que el Ejército responderá con el mayor ejercicio de represión y masacres de la

historia reciente de este continente (ODHAG, 1998; CEH, 1999)

EL AVANCE DESDE LA IZQUIERDA En este contexto se da el desarrollo político de dos posturas que avanzan a lo

largo de media década y cristalizan en dos documentos producidos al calor de la

tensión represión-revolución de los años 1982-1984. Hacia 1978 existe cierto

debate en el país sobre la calidad política de los indígenas, pues durante la

campaña electoral de Francisco Villagrán Kramer, candidato a la

vicepresidencia, se habla de las “nacionalidades indígenas en Guatemala” (Falla,

1978: 437).1 Comentando esta declaración, Falla comienza por el esquema de las

nacionalidades de la URSS para plantearse la posibilidad de aplicar tal categoría

a los indígenas guatemaltecos; pero termina desechándola, pues no cree que

tengan desarrollo político propio como para llegar a esta categoría, ya que el

capitalismo les ha insertado en la formación social guatemalteca (1978: 438-440).

Ésta es una idea muy propia del desarrollo que se hará desde la izquierda

guatemalteca (no indígena, habría que señalar) durante estos años, y se

caracteriza por un avance en la conceptualización de lo étnico muy acorde con el

papel que los indígenas estaban tomando en la lucha revolucionaria.2

El enfoque puede parecer evidente pero merece ser destacado: lo indígena se

piensa desde la nación guatemalteca, conformada por indígenas y ladinos, en una

desigualdad inserta en la conformación de clases. Esta versión de lo indígena

como parte de lo guatemalteco aparece en la gama de posturas que va desde los

planteamientos clásicos del PGT y las FAR, donde lo étnico sólo es visto como

una “contradicción secundaria”, hasta las ideas más avanzadas del momento.

Incluso el trabajo de Guzmán Böckler y Herbert (1970) está desarrollado desde

la idea de un país en cuya conformación los indígenas fueron colonizados, pero

para la solución de los problemas no piensan sólo en ellos sino en el conjunto de

1 Este político socialdemócrata fue compañero de fórmula del general Romeo Lucas, que era

el ministro de defensa en el anterior gobierno y por tanto ganó las elecciones. El FIN se alió

con esta fórmula, esperando así logar su legalización, pero la mayoría de sus promotores

habían muerto para finales del cuatrienio (Hale, 2007). 2 La preocupación por lo indígena está presente en la izquierda guatemalteca desde sus inicios

(ver Reyes, 1986; Taracena et al, 2004; Pinto Soria, 2003). Como antecedente necesario para

el viraje de los 70, hay que mencionar el “documento de marzo de 1968”, redactado en La

Habana por Rolando Morán y considerado documento “fundacional” de lo que después

sería el EGP.

Page 137: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

115

todo el país (Falla, 1978: 440; Reyes, 1986: 6). El texto “Racismo” de ORPA se

hace desde la idea de una nación que está conformada desde el racismo, con el

que hay que acabar precisamente para lograr la unidad de “un pueblo partido en

dos” (1978: 103). En la proclama de formación de la Unidad Revolucionaria de

Guatemala (URNG) entre las cuatro organizaciones mayoritarias, el tema

indígena parece con estas características: “La Revolución garantizará la igualdad

entre indígenas y ladinos, terminando con la opresión cultural y con la

discriminación” (citado en Reyes, 1986: 12).

El texto que tiene un mayor desarrollo de estas propuestas, y que podemos

considerar como el culmen y más representativo para lo que nos interesa, es

“Los pueblos indígenas y la revolución guatemalteca”, escrito por Mario Payeras

y publicado en la revista Compañero, del EGP, en 1982.3 Díaz Polanco (1997: 7)

comenta cómo en su momento supuso un acto de “heterodoxia audaz” por la

“búsqueda de conexión entre lo étnico y lo nacional”. En él se parte de la idea de

que Guatemala fue un “país multinacional”, pero cuyo desarrollo capitalista

borró las nacionalidades indígenas (Payeras, 1997: 74) al mismo tiempo que las

marginaba del desarrollo y de la nación. Esta “contradicción étnico-nacional” se

resolverá “con la gran unidad indígena-ladino” que dará lugar a “la nueva patria

multinacional” (ibíd: 82-84). El reconocimiento de los indígenas como sujetos

políticos lleva al “derecho a la autonomía política local” como forma de ejercer el

“derecho a la autodeterminación” y a su “participación plena a nivel nacional”

(ibíd: 87-88). Así, pese a la negación de un carácter nacional, Payeras llega a una

propuesta que Díaz Polanco considera “un virtual régimen de autonomías”

3 Mario Payeras es uno de los mas influyentes intelectuales revolucionarios de Guatemala.

Formado en las FAR, fue fundador del EGP a inicios de los 70; rompió con esta

organización en 1984, como consecuencia de las derrotas de 1980-82, pero siguió activo

hasta su muerte a mediados de los 90. Escribió textos diversos a lo largo de su trayectoria,

algunos testimoniales como “Los días de la selva” o “El trueno en la ciudad” y otros de

reflexión política como “Los fusiles de octubre” y “La latitud de la flor y el granizo” (ver

Díaz Polanco, 1997).

(1997: 7).4 Pese a estas avanzadas ideas, o quizá gracias a ellas, el tema de la

autonomía no se desarrolla más a nivel orgánico ni aparece en la proclama

fundacional de la URNG.

LAS PROPUESTAS SOBERANISTAS INDÍGENAS

Al mismo tiempo que se iban dando estos planteamientos, la politización entre

los indígenas va llevando a desarrollos muy variados: desde los más culturalistas

y preocupados por el idioma (Fisher, 1999), hasta los que se vincularon más a las

organizaciones revolucionarias por sus planteamientos campesinos, pasando por

los que buscan integrarse al sistema político vigente para abrirlo “desde dentro”.

Entre ellas, se desarrolla una línea claramente política que se piensa en términos

de “naciones indias”, en la línea que se desarrolla en América del Sur por

pensadores como Fausto Reynaga (ver Bonfill Batalla, 1981), y que se apoya en

textos como la Declaración de Barbados o la experiencia kuna en Panamá (Ukux

Be, 2005: 33). La revista Ixim, que se publica en la segunda mitad de la década

(Bastos y Camus, 2003), es un foro para estas posturas, entre muchas otras.

Según Ukux Be (2005) y MacLeod (2008), a finales de los 70 toma forma una

línea que desarrolla sus escritos desde una perspectiva que combina posturas de

izquierda con lo que ellos llaman “el nacionalismo maya”. No son los únicos que

desarrollan esta idea “nacional” —la misma mención del candidato a

vicepresidente en 1978 y la forma en que se separan de “los indianistas” lo

muestran—, pero lo hacen con una gran potencia intelectual que se plasma, a

principios de los 80, en varios escritos firmados por organizaciones que

responden a nombres como el Movimiento Indio Nacionalista, el Movimiento

4 La ambigüedad entre lo nacional guatemalteco y lo nacional indígena se manifiesta en las

formas de denominar a estos últimos a lo largo del documento: “grupos étnico-nacionales”,

“grupos étnicos-culturales”, “pueblos indígenas”…

Page 138: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

116

Revolucionario Indígena o el mítico Movimiento Indio Tojil (Bastos y Camus,

2003; Ukux Be’, 2005; Hale, 2007, MacLeod, 2008).5

El máximo exponente de esta línea de pensamiento es el famoso texto

“Guatemala: de la República Centralista Burguesa a la República Popular

Federal”, que ya desde el título declara sus intenciones. Escrito en 1984 (o en

1981) podría ser considerado como el desarrollo más acabado de esta línea;

Reyes lo considera “el primer plateamiento propiamente indio que se publica en

el país” (1986: 10).6 Además de unos planteamientos de izquierda y el uso, como

antes Falla, de la teoría de las nacionalidades, lo que nos interesa en este caso es

la frase de que “si de inmediato se interpretan aquí las relaciones indio-ladinas

en término de nacionalidades, es porque es el enfoque correcto de la realidad

política guatemalteca” (MAYAS, 1990: 45). Congruentes, su planteamiento es

formar “una República Popular Maya federada a una posible República Criolla”,

aunque otras veces se nombra como una “Federación de Repúblicas Mayas

confederadas a una República Criolla” . Esta idea, que se repite a veces de forma

literal en otros documentos, muestra la característica de esta corriente de

pensamiento en comparación con la de la izquierda no indígena: no se sitúa

desde la nación guatemalteca, sino desde el pueblo o nación indígena (más tarde

llamado maya), que se considera colonizado por el pueblo o nación ladina.

5 MacLeod (2008: 225-254) hace la reconstrucción más completa que conozco de este

periodo. Ella plantea que podría tratarse de un mismo colectivo que va cambiando de

nombre e imagen para sobrevivir en la clandestinidad de un entorno cada vez más

represivo. La repetición de ideas e incluso frases completas en los textos hablaría de esta

idea. 6 En la sesión del Tribunal Russell en Rotterdam, en 1980, esta organización ya había

presentado un documento titulado “La violación de los derechos indígenas en Guatemala”,

en el que se habla de un “Estado colonial que practica la represión hacia las naciones

indígenas” (citado en Bastos y Camus, 2003: 68), y MacLeod data el documento “Posturas

Políticas” de Tojil en 1977 (2008: 225).

Por tanto, la diferencia es de base: la idea de “la nación guatemalteca” es una

falacia. Lo que existe en común es un Estado, no una nación. Por eso, la solución

que se plantea no se da a nivel local o regional, no se trata de cómo obtener un

encaje “autonómico” dentro de una nación. La unidad de análisis es el pueblo o

nación, y el objetivo es lograr un pacto entre diversas naciones dentro de un solo

Estado que sea satisfactorio para todas ellas. En estos documentos aparece ya un

elemento que marcará el desarrollo posterior de este pensamiento: la tensión

entre el “Pueblo Maya” o la “nación india” y los posibles “pueblos mayas”

definidos por sus idiomas. Pese a los problemas de definición, es verdad que el

criterio lingüístico será fundamental en las propuestas operativas posteriores.

Visto de otra forma, el texto “Nacionalismo maya y marxismo” plantea que “la

actual unidad de la nación guatemalteca (después del aniquilamiento de la clase

burguesa) podría mantenerse tal vez si se establece el bilingüismo perfecto

(maya-castellano) en todo el territorio. De lo contrario las naciones

monolingües (ladina e indígena) sólo podrán coexistir mediante el federalismo”

(Anónimo, sin fecha: 12).

La respuesta de la guerrilla, ya unificada en la URNG, fue clara. Por un lado,

desautoriza los planteamientos: “No es de extrañar, entonces, que en América

Latina esta tendencia no sea perseguida o rechazada por los sectores opresores y

explotadores (…) Tampoco es extraño, pues, que instituciones norteamericanas

vinculadas directamente o indirectamente con la CIA o el Departamento de

Estado (…) estén promoviendo desde hace algunos años el etnicismo

etnopopulista”; por otro lado, de una forma prolija, hace su propia propuesta, de

la que rescatamos dos ideas: “Sin ninguna duda, Guatemala constituye una

nación (…) lo que corresponde para solucionar la cuestión nacional es

replantear la nación, no negar su existencia”, de lo que se concluye que “se

pueden resolver esas demandas indígenas sin necesidad de recurrir a un

esquema de ‘naciones’ indígenas y sin plantear repúblicas propias o

autodeterminación. En lugar de autodeterminación (fundamento de la nación),

Page 139: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

117

autonomía sociocultural puede servir de base para responder a esas demandas”

(URNG, sin fecha: 1-4).

Además de la aparición explícita del concepto de autonomía, este texto deja

entrever algo que está ocurriendo en estos momentos: la “ruptura política” entre

las posiciones de los indígenas que se han insertado en la URNG y aquellos que

no lo hacen, tanto porque no apoyan las ideas sobre cultura y derechos

específicos de los indígenas, como porque dentro de las organizaciones

revolucionarias mantienen comportamientos racistas contra ellos. Así aparece

citado en el propio texto. Lo que se está reclamando es lo ganado en esta década:

la capacidad de acción autónoma de los mayas como actores políticos con

capacidad para defender sus propios intereses y proyectos

En resumen, en este periodo se da un gran desarrollo analítico, conceptual y

político sobre la situación de los indígenas en Guatemala, se plantean posibles

formas de solucionar esa injusticia histórica que nadie cuestiona. De acuerdo a

cómo se conciba la relación entre lo indígena —ya lo maya— y lo guatemalteco

encontramos dos líneas de desarrollo político: una habla del encaje de unos

indígenas, que no llegan a la categoría de nacionalidades, en la nación

guatemalteca, y lo hace, como mucho, en unos términos que al final son

conocidos como “autonomía”, es decir, una cuestión de manejo de poder a nivel

local y regional. La otra línea no habla de autonomía sino que propone una

transformación radical del Estado que supere lo territorial-administrativo y

modifique su propia concepción: un Estado multinacional. Éste es el momento

en el que se sueña al calor de la revolución que se avizora en el horizonte

cercano, y por eso se piensa en los modelos de esa Guatemala ideal.

EL MOMENTO DE LA PAZ Y EL RECLAMO DE PARTICIPACIÓN (1986-1996)

Como todos sabemos, la revolución nunca llegó. Fue ahogada en sangre por

medio de una estrategia de tierra arrasada que, entre 1981 y 1984, supuso la

culminación de la historia represiva del Estado guatemalteco, y que alcanzó las

características de genocidio contra los indígenas (CDEH, 1999). Con ello, el

ciclo de movilización política iniciado a mediados de los 70 llegaba a su fin

abruptamente. Las comunidades indígenas quedaron sujetas a una

militarización que impedía su participación política (Schrimer, 1999). Parecería,

de este modo, que se había logrado que los indígenas no tuvieran la capacidad

para participar como actores políticos cuestionadores en la “reconstrucción” de

la democracia guatemalteca, que comienza a partir de 1984 controlada de cerca

por el Ejército (Jonas, 2000; Brett, 2006).

LA AUTONOMÍA EN EL SURGIMIENTO DEL MOVIMIENTO MAYA

Sin embargo, no es así. Los espacios que comienzan a abrirse en esta nueva

“democracia” son aprovechados por múltiples actores que denuncian tanto la

brutalidad que se ha ejercido contra ellos como la militarización e impunidad

que siguen presentes. Entre ellos, destaca la cantidad de indígenas que van

conformando el “núcleo del bloque popular” (Jonas, 1994: 201) que, en buena

parte, es responsable de que la estrategia militar de la Estabilidad Nacional tenga

que adaptarse y deje paso, después de 1991, a la formalización de un proceso de

paz que culminará en 1996, y en el que se reconoce que “la identidad y derechos

de los indígenas” es uno de los fundamentales en la base del conflicto, por lo que

ha de tratarse en el proceso de paz de forma específica.

Page 140: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

118

Éste es el contexto en que se da la consolidación de lo que empieza a

denominarse Movimiento Maya en la década de los 90. La forma de tratar las

demandas relacionadas con la autonomía, que vamos a ver ahora, están

marcadas por la ruptura que se dio en los momentos más álgidos de la

revolución y la represión contra los mayas organizados. Esta ruptura supuso que

las organizaciones revolucionarias no siguieran avanzando en el desarrollo de

una forma propia de entender esa autonomía, ni los derechos de autogobierno

que habían aparecido esbozados en el texto de Payeras de 1982, y que tiene una

gran discusión en Centroamérica y México a partir de la controversia sobre los

miskitos en la Nicaragua sandinista y la promulgación de la Ley de Autonomía

en 1987. No aparece mención alguna en los documentos de la URNG. Otras

posturas de la izquierda, como CEIDEC, que no tienen mucha audiencia,

tampoco desarrollan el concepto. Habría que mencionar a Octubre

Revolucionario, disidencia del EGP liderada por Mario Payeras, que sí desarrolla

las ideas de autonomía a partir de una estrecha relación con Héctor Díaz

Polanco. El carácter que se le otorga queda patente en un documento de 1987

donde se habla del “reconocimiento de la autonomía local y regional de los

Pueblos Indígenas (…) oponiéndonos a la federación y la descentralización”

(Payeras, 1997: 114).

Por su parte, las organizaciones de víctimas de la represión —viudas,

desplazados, refugiados, etc.— que surgen en estos años de manera pública y las

llamadas “organizaciones populares indígenas” (Smith, 1991: 29; Bastos y

Camus, 1993: 58), que son las aliadas de la URNG en esta nueva fase, se

identifican como víctimas de la represión previa y la que continúa. Lo étnico está

presente, pero unido a lo campesino y a la calidad de víctimas. No aparece

apenas mención alguna a los derechos culturales o políticos como indígenas; ni

nada que pueda tener que ver con autogobierno o autonomía (Bastos y Camus,

2003, Brett, 2006). De hecho, sus documentos dejan ver cómo se lucha desde una

concepción de nación guatemalteca y no desde la de un pueblo indígena con

derechos a soberanía. 7

No obstante, la autonomía se va a convertir en una de las puntas de lanza de las

nuevas organizaciones mayas o mayanistas (Bastos y Camus, 1993; Cojtí, 1997)

que aparecen durante la transición política para reclamar su reconocimiento

como Pueblo Maya y el respeto a sus formas culturales, empezando por los

idiomas. Estos grupos provienen de esas iniciativas que habían

reclamado/mantenido su autonomía con respecto a la URNG; y ahora buscan

insertarse en la política desde su condición étnica como Pueblo; y lo hacen desde

una praxis de acción autónoma respecto a los demás actores nacionales.

Entre las primeras cosas que reclaman, y logran, está la creación de la Academia

de Lenguas Mayas (ALMG) como ente autónomo del Estado guatemalteco, que

lo reconoce, avala y financia (Bastos y Camus, 1993). Se reúnen en el Consejo de

Organizaciones Mayas de Guatemala (COMG), ente que lidera esta postura

política en los siguientes años. Conforme se consolida el proceso de paz, estas

organizaciones son las que más claramente reclaman una participación propia

como mayas en las negociaciones de paz: “ya no queremos más métodos de

inconsulta y manipulación (…) NOS ASISTE EL DERECHO A SER

ESCUCHADOS ” (COMG, 1991: 7, con mayúsculas en el original). Todos éstos

son rasgos de algo que aunque no se explicita así es básico en esos momentos: un

derecho a la acción autónoma, a la autodeterminación en la acción política,

podríamos decir.

Además, entre sus reclamos políticos, el término autonomía está presente

continuamente. El Rujunamil ri Mayab’ (“Derechos Específicos del Pueblo

Maya”) es el documento que aparece en 1991, en el contexto del proceso de paz

7 Según Cojtí estas organizaciones “no podían ser consideradas como parte del Movimiento

Maya pues no reivindicaban derechos indígenas” (1997: 106).

Page 141: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

119

como enumeración de las demandas de todo este sector que cada vez está

logrando mayor visibilidad política y coherencia argumental. Pese a su brevedad

y carecer normativo, se convertirá en el texto de base para todas las propuestas y

debates que se desarrollan posteriormente. En él se habla de “reconocer derechos

territoriales por ser los legítimos pobladores” y de “reconocer una autonomía de

tipo territorial”. Más tarde, se reclama “la autonomía política del Pueblo Maya”,

que debe ser “reconocida constitucionalmente”, así como la “oficialización de los

idiomas mayas” y el “derecho a la autonomía cultural” y el desarrollo de una

“economía autogestionaria” (COMG, 1991).

Así, entre 1982 y 1992, se ha dado un enroque discursivo: ahora el término

autonomía lo manejan quienes antes no lo querían ver porque reclamaban un

arreglo multinacional. Pero las circunstancias políticas han cambiado, y en vez

de soñar una Guatemala utópica, hay que pensar en soluciones posibles en la

Guatemala que reconstruye su democracia en un contexto en que la diversidad

va teniendo cada vez más legitimidad, aunque aún mantiene fuertes raíces

racistas. Así lo plantea clara y abiertamente Cojtí, que es el intelectual que más

desarrolla esta línea de pensamiento. Plantea que Guatemala es un país

multinacional y que los Mayas como Pueblo tienen derecho “a la

autodeterminación interna o externa” (1994: 28-29). Y que, dadas las

circunstancias políticas, se decanta por “la solución autonómica” al colonialismo

interno, como un paso en la “evolución hacia la solución federal”, pero que debe

contener competencias legislativas, ejecutivas y judiciales (ibíd: 30). A partir de

ahí, desarrolla la justificación de las demandas contenidas en el Rujunamil como

“demandas inmediatas” entendidas como “derechos específicos faltantes” (ibíd:

33). En su desarrollo concreto, existe alguna confusión, pues si la autonomía

“sobre base territorial” se refiere a “competencias culturales y de orden público”,

(40), la autonomía política implicaría un “gobierno propio en lo regional” con

reconocimiento de las “formas propias de gobierno” (43), y el reconocimiento

constitucional de la autonomía se refiere a “la policía, educación, sanidad,

industria, comercio, agricultura y asistencia social” (ibíd: 40, 43, 50).

En definitiva, tenemos una propuesta que rebaja la demanda de autogobierno

desde lo federal a lo autonómico, pero que además mantiene una ambigüedad

que hace posible reagrupar diferentes sensibilidades y grados de radicalidad en

lo que puede implicar ese pensarse como Pueblo Maya en relación con el Estado

guatemalteco.

De esta forma, en la primera mitad de los 90, el término de la autonomía se

incorpora al vocabulario y al debate político, e identifica a una de las partes en

disputa, la que se piensa a sí misma en términos de Pueblo Maya. Además de las

menciones en los textos y apariciones públicas, la autonomía parece

implícitamente en los mapas lingüísticos que empiezan a proliferar de la mano

de la ecuación bilingüe y del mismo trabajo de la ALMG, donde de nuevo se

piensa continuamente en un grupo de 22 comunidades lingüísticas que forman

el Pueblo Maya. La autonomía también aparece en la propuesta que hace el

gubernamental Fondo de Desarrollo Indígena de Guatemala (FODIGUA), que

se crea en el continente en el contexto de los Fondos Indígenas en 1992 (Bastos y

Camus, 1995: 146-149). Esta agencia dispone una “regionalización operativa”

para su trabajo que distribuye las comunidades lingüísticas con nombres mayas:

“B’alam A’ab’, Maju K’utaj, Ik’i B’lam y B’alam K’itze’” (ibíd: 147). Pese a que fue

retomada más tarde por el grupo de notables reunidos en Kamal Be’, la

propuesta nunca se desarrolló operativamente.8

Esta proliferación de artículos, mapas, libros y conferencias en los que se habla

de la autonomía no reduce la ambigüedad del término: se sabe que hay una

referencia territorial, pero no se sabe qué contenidos se le otorgarían; aunque no

por eso deja de provocar suspicacias en el contexto de las luchas surgidas con el

desmembramiento del bloque soviético, la guerras africanas, y el

8 Actualmente, en el link “Geografía” de la web de FODIGUA aparece un mapa de los

departamentos de la república sin ninguna mención a las comunidades lingüísticas.

(http://www.negociosenguatemala.com/ebusiness/FODIGUA/Pagina%20de%20Fodigua/in

dex.htm)

Page 142: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

120

fundamentalismo islámico. Empiezan a oírse alusiones como “balcanización”,

“exYugoslavia”, “Kosovo”, “ayotallahs mayas”, que muestran el recelo ante esta

consolidación de una propuesta que va en contra de los intereses de unos

cuantos y de la idelogía —racista— de la mayoría. No voy a desarrollar más este

punto, pero es necesario tenerlo presente al hablar de los desarrollos de la

política maya en Guatemala.

DEBATE Y CONVERGENCIA SOBRE AUTONOMÍA Y OTROS TEMAS

Así, en el inicio de los 90, “el tema indígena” o “lo maya” toma fuerza en el

debate político en Guatemala de la mano de la contracelebración del V

Centenario en 1992 y de su inclusión en la agenda de la paz. Ambos procesos

crean espacios en que “lo maya” va tomando legitimidad y los mayas van

logrando tener una voz propia. Los indígenas populares se piensan, cada vez

más, como “mayas” y la URNG quiere estar presente en los espacios que los

indígenas han conseguido que se les abran como tales. Como consecuencia, se

crea la Coordinadora Maya Majawil Q’ij y se inicia una fase marcada por la pelea

por esos espacios, pero también de confluencia de discursos.9 De forma similar a

lo que ocurre en toda América Latina, las organizaciones campesinas indígenas

van incluyendo cada vez más planteamientos culturales y políticos que

provienen de la tradición del “nacionalismo maya” que cuestionaban en los 80

(Brett, 2006; Burguete, 2007).10

9 Estas luchas por los espacios políticos encontraron un marco en la Campaña 500 años de

resistencia, en concreto en el II Encuentro de la campaña, desarrollado en Quetzaltenango

en octubre de 1991 (Bastos Camus, 1993; Cojtí, 1997; Warren, 1998; Burguete, 2007) y en el

proceso de paz. A partir de 1992 se vive una extraña paradoja, por la que en el exterior la

URNG es la defensora de lo maya, mientras que en la política nacional se pelean los espacios

con quienes defienden esa opción. Para entender mejor las complicadas relaciones entre los

mayas y los revolucionarios, y los mayas revolucionarios (ver Bastos y Camus en prensa). 10 De hecho, Cojtí (1997) considera que, a partir de 1993, las organizaciones populares ya

pertenecen al Movimiento Maya.

Page 143: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

121

El resultado de esta dinámica es que en el proceso de paz, el tema de la

autonomía acaba siendo defendido por todas las organizaciones mayas. Pero no

es algo automático ni producto de una negociación fácil, pues los populares

siguen rechazando la idea y el término mismo de “la autonomía”. El primer

esfuerzo por lograr una postura común de los mayas de cara a estas

negociaciones es la Mesa Maya que entre 1992 y 1993 reúne a las diversas

tendencias como parte de la Coordinadora de Sectores Civiles (Bastos y Camus,

2003; Ukux Be, 2005). El intento de unidad fracasa y finalmente los delegados

del COMG se retiran dejando solos a los populares de Majawil Q’ij en la

redacción del documento final. Reflejando esta ausencia, pero también los

cambios, aparece el reclamo de “autonomía para las organizaciones del poder

local y regional”, “autonomía para planificar, decidir y ejecutar proyectos de

desarrollo” y respeto a las “instituciones propias y autónomas de los pueblos

indígenas para los derechos indígenas (Mesa Maya, 1993: 2, 5, 7).

Un año más tarde, no obstante, los mayas logran que se les tenga en cuenta

como actores diferenciados dentro de la Asamblea de la Sociedad Civil que se

crea durante el proceso de paz. De esa manera, se llega por fin al reconocimiento

de la autonomía de acción tanto tiempo reclamada. Se crea, de este modo, la

Coordinadora del Pueblo Maya de Guatemala (COPMAGUA), que en los

próximos años recogerá todas las tendencias ideológicas del Movimiento Maya,

incluyendo a la URNG cuando se legalice (Bastos y Camus, 2003). Lo primero

que han de hacer es presentar una propuesta común de contenidos de cara al

Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas que el Gobierno y la

URNG van a negociar. En estas condiciones se impone un “acuerdo obligado”

entre las partes, y los populares acaban aceptando que la autonomía entre a

formar parte de las demandas básicas que hacen como mayas. Según Esquit, este

tema fue de los más debatidos “no porque estuvieran en desacuerdo, sino por sus

implicaciones en la negociación (…) la sociedad no indígena y el Estado la

verían como algo radical” (2003: 19). Bastos y Camus (1995: 63) también lo

afirman, acompañado del siguiente razonamiento de un actor:

“(…) estamos conscientes de que la autonomía es necesaria, pero conocemos

la sociedad… Planteábamos los elementos de la autonomía, pero no decir la

palabra, que da miedo (…). Al fin avalamos que se quedara autonomía, pero

era por cuestión de forma, de estrategia”.

Y así se refleja en el documento de consenso que se presenta en mayo de 1994.

Entre los “derechos políticos” se reclama “reconocer la autonomía política del

Pueblo Maya” y “el derecho a decidir nuestro destino como Pueblo”, todo lo cual

se concretaría en “una autonomía de tipo territorial delimitada por criterios

históricos y lingüísticos” (COPMAGUA, 1994: 9). No está tan desarrollado

como en el Rujunamil, pero aparecen los elementos básicos del derecho de

autodeterminación y su operacionalización de una forma territorial. Se cierra,

así, otro ciclo, el que comenzó en los 80, cuando los grupos revolucionarios

cerraron la puerta a toda discusión sobre una posible autonomía maya. Ahora

todas las opciones de los mayas organizados asumen la defensa de la autonomía

como principio de acción política y como forma deseada de relación política del

Pueblo Maya —desde el que parten sus ideas— con el Estado guatemalteco. Los

que antes no la aceptaban ahora imponen prudencia, y el resultado es que el

consenso general se logra sobre la base más posibilista, pero que se acepte la

formulación desde el Pueblo Maya.11

En estos años también va tomando forma otra característica de los

planteamientos mayas sobre la autonomía: es un concepto que se vincula sólo a

la categoría de pueblo —normalmente el Pueblo Maya, a veces el Pueblo K’iche’

o el Pueblo Q’anjobal— como categoría de referencia; pero no se desarrolla

apenas nada alrededor de la base municipal. Esto es un reflejo de la desconexión

doctrinaria y organizativa de la política maya con lo local, de la que sólo se

escapa el Comité Cívico Xel-jú en Quetzaltenango (Cajas, 1998).

11 En general, en toda la negociación que siguió a la firma de la paz, los cuadros de la URNG

manejaron posturas mucho más posibilistas y negociadoras que los que venían de la

sociedad civil.

Page 144: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

122

EL ACUERDO DE IDENTIDAD

Paradójicamente, este momento de máximo consenso y desarrollo entre los

mayas organizados es el preludio del momento en que pierden el monopolio

sobre su destino y con ello parte de la capacidad de decidir sobre su futuro. El

éxito de lograr el reconocimiento como actores políticos se revela parcial, pues

no son ellos finalmente quienes van a firmar el acuerdo que les afecta. En primer

lugar, la propuesta de derechos indígenas presentada por COPMAGUA es

discutida en la Asamblea de Sectores Civiles (ASC), donde reaparecen viejos

temores y mecanismos de dominación étnica. Solares, presente en las

discusiones, comentaba en su momento cómo el debate de este acuerdo:

“Ha puesto al desnudo las fuertes discrepancias que se dan en torno a

determinados aspectos de las relaciones interétnicas en Guatemala (...)

Cuando se trata de ciertas reivindicaciones culturales, la aceptación o la

indiferencia es la respuesta (...) pero la discusión de los problemas derivados

de las relaciones de desigualdad (...) se convierte en una discusión emotiva

que apela a argumentos de alta sensibilidad (…) Entre los puntos escabrosos

cabe mencionar el relativo a la tierra y territorios, así como lo relacionado

de una u otra forma a la autodeterminación o la autonomía” (1994: 10-11).

El resultado más evidente es que el documento de la ASC retorna a una visión

desde Guatemala, y se da en tal grado que prácticamente anula la posibilidad de

una opción de autonomía ni siquiera entendida dentro de este cuerpo político,

como había propuesto COPMAGUA. El término explícito desaparece y, muy a

tono con el Convenio 169 de la OIT, se habla del derecho a “la posesión, uso y

administración de los territorio habitados por las comunidades lingüísticas

mayas” a través de una “profunda descentralización, desconcentración y revisión

de la regionalización del Estado”, con el derecho a participar en unas “instancias

locales, regionales y nacionales de decisión” que no se aclaran (citado en Bastos y

Camus, 1995: 69).

Con este antecedente, no es de extrañar que en el Acuerdo de Identidad y

Derechos de los Pueblos Indígenas (AIDPI), que finalmente firman el Gobierno

y la URNG en México el 30 de abril de 1995, tampoco haya apenas referencia

explícita a la autonomía territorial o política como reclamaban los mayas

organizados. Los redactores afirman que se usó el Convenio 169 de la OIT como

base de este Acuerdo (Bastos, en prensa). Así se puede ver en la concepción de

los Pueblos Indígenas como sujetos políticos y en el reconocimiento de la

diversidad intrínseca de la nación guatemalteca, pero no en las formas políticas

de llevarlo a cabo, como la obligación de consulta o el derecho sobre territorio y

recursos naturales. Lo que es evidente es que, como han reclamado

continuamente los mayas organizados, ni la URNG ni el Gobierno ven el

problema como mayas, por lo que la visión es claramente desde la idea de la

Nación guatemalteca, que se define como “de unidad nacional, multiétnica,

pluricultural y multilingüe” (MINUGUA, 1995: 13).

En el texto del AIDPI no aparece el término “autonomía”, pero sí menciones de

algunas cuestiones que se podrían considerar como mecanismos para poner en

marcha algunas facetas de una relación basada en ella. Por un lado, sí queda

bastante definida la autonomía de acción política y la necesidad de participación

de actores indígenas en la toma de decisiones. La mayor expresión es la

propuesta de una serie de comisiones “paritarias” y “específicas” en que los

representantes de las organizaciones mayas se sentarán a negociar con los

delegados gubernamentales las reformas legales en campos como la reforma

educativa, la oficialización de los idiomas indígenas, los lugares sagrados, la

participación “a todos los niveles” y las tierras comunales.

Pero a nivel territorial, en cambio, la cuestión es más ambigua. Por un lado, sólo

se hace mención a una “regionalización, descentralización, desconcentración, en

la administración de servicios educativos, de salud y de cultura”, basada en

criterios “económicos, sociales, culturales lingüísticos y ambientales” (1995: 14);

Page 145: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

123

por otro, se menciona la necesidad de “institucionalizar la representación de los

Pueblos indígenas en los niveles local regional y nacional” (ibíd: 15).

En cambio, se desarrollan bastante —en comparación— los contenidos de lo que

podrían ser mecanismos para una “autonomía local y regional” a través del

reconocimiento de las “autoridades tradicionales”, la propuesta de reformas al

Código Municipal para el respeto del derecho consuetudinario y la propuesta de

“formas para la asociación de comunidades en la defensa de sus intereses” (ibíd),

que podrían ser una invitación para construir desde abajo esa autonomía. Parece

como si, desde la izquierda revolucionaria, se hubiera retomado aquella idea de

la autonomías locales y regionales que aparecía en los primeros documentos y se

hubieran puesto algunas bases para llegar a ello. Pero lo que está claro es que el

sujeto de la participación indígena no es “el pueblo” en el sentido que le dan los

mayanistas —y por eso no se reconoce territorialmente—, sino quizá “la

comunidad” entendida en su forma clásica y localmente definida. Esta

insistencia puede ser otra razón para que los mayanistas se alejen de la idea de

este espacio como locus de autonomía.

EL CONTEXTO DEL MULTICULTURALISMO COSMÉTICO DEL POST-CONFLICTO (1997-2007)

El AIDPI y la firma de la Paz Firme y Duradera suponen el inicio de una nueva

etapa en la política guatemalteca en la que cambian muchas menos cosas de las

que se esperaba; no obstante, para los mayas organizados se abre una nueva

época con la posibilidad de intervenir en la formulación de las políticas públicas.

Se iniciará con la puesta en marcha de las Comisiones Paritarias, en que se

centrará prácticamente toda la acción política entre 1997 y 2000 (Bastos y

Camus, 2003); y se continuará con la presencia de prominentes figuras mayas en

puestos de responsabilidad en los siguientes gobiernos y la apertura de espacios

específicos en el Estado y la cooperación internacional (Esquit, 2003; Bastos y

Brett, en prensa). Esta atención en el presente hace que, sin embargo, se olvide el

futuro: a efectos prácticos se da por terminada la producción conceptual sobre

política maya. Ésta es la etapa en que “la autonomía” casi desaparece del mapa

político y discursivo de los mayas organizados.

LAS COMISIONES PARITARIAS

En los primeros años después de la firma de la paz, las energías de

revolucionarios y de mayanistas se vuelcan en sacar adelante el trabajo en las

comisiones paritarias y específicas. Es la “época de oro” de la movilización maya,

cuando todos trabajan juntos en la Coordinación de Organizaciones del Pueblo

Maya de Guatemala, con financiamiento y atención internacional y con

reconocimiento del Gobierno. Pero la fórmula tiene sus límites, tanto por la

escasa voluntad gubernamental de sacar adelante verdaderas reformas, como por

las dificultades que conlleva esa ansiada “unidad maya”. COPMAGUA

desaparece en 2001, después del fracaso de la Consulta Popular y del triunfo del

FRG en 1999 (ver Bastos y Camus, 2003).

La mencionada falta de voluntad gubernamental hace que, año tras año, el

AIDPI aparezca como un acuerdo en el que apenas hay avances, lo que va

llevando a un cambio en la acción y la presión política. Si el acuerdo era, al

principio, “una buena base para ir más allá”, ahora se queda en “aquello que hay

que lograr que se cumpla”, con lo que las metas por las que se pelean

disminuyen de forma considerable.

Por ello no ha de extrañar que en estas negociaciones no se avance en el

desarrollo de la regionalización administrativa de las áreas propuestas —que

Page 146: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

124

siguen igual que siempre—, ni en la autonomía local.12 Después de mucho

trabajo, ya en 2003, la Comisión de Participación a Todos los Niveles anunció la

propuesta de unas reformas al Código Municipal y la Ley de Descentralización

que, además de mencionar que Guatemala es un país multilingüe, reconocían a

los alcaldes auxiliares como “alcaldes comunitarios” y aseguraban la presencia de

representantes de los pueblos indígenas en los Consejos de desarrollo

comunitarios, municipales y departamentales; sin embargo, no se avanzó en el

campo del derecho indígena ni en el reconocimiento de autoridades, ni mucho

menos en las propuestas de “asociación de comunidades” que aparecían en el

AIDPI.

La derrota de la Consulta Popular que debería oficializar las reformas

constitucionales que se desprendían de los Acuerdos de Paz es una muestra de

que la sociedad guatemalteca no había hecho suyos los acuerdos (Azpuru, 1999).

Mucha de la campaña en su contra se basó en levantar el miedo ante las posibles

consecuencias del reconocimiento de los derechos indígenas. En artículos de

prensa y debates públicos, un sector volvió a sacar el fantasma de la división y el

separatismo indígena e incluso de “la vuelta a la tortilla” (ver Warren, 2003).

Quizá por ello, nos atrevemos a conjeturar, los gobiernos que vienen después y

ponen en marcha la “normalización post-paz” (Bastos, 2007a) no se arriesgan

mucho en su política étnica. No es algo que les interese más allá de obtener el

visto bueno y el apoyo económico de la cooperación internacional y de una serie

de embajadas.

12 La COMG realizó un estudio con una propuesta de regionalización por criterios lingüísticos,

pero no se llegó más allá.

LA AUSENCIA DE LA DEMANDA AUTONÓMICA EN LA GUATEMALA MULTICULTURALIZADA

Una vez agotado el primer impulso de la paz, a partir del año 2000, se pone en

marcha un “multiculturalismo cosmético” (Bastos y Camus, 2003), basado en el

uso del discurso de la diversidad y la instalación de dependencias y programas

sobre “pueblos indígenas” que son gestionados por mayas; pero no se cuestionan

las bases del poder oligárquico ni el modelo de inserción económica que refuerza

la desigualdad.

Lo “maya” queda apenas reducido a su dimensión cultural, que es el campo en

que se ponen en marcha las políticas de reconocimiento. En esta situación, la

plana mayor de los mayas organizados que habían estado presentes en las

negociaciones previas optan por entrar a esos nuevos espacios para alcanzar al

menos uno de sus objetivos: estar presentes en la toma de decisiones que les

afectan (ver Bastos y Brett en prensa).13 Así, el listón de “lo deseable” vuelve a

bajar: ya no se trata sólo de reclamar las cosas que sería posible negociar, sino de

dar cuerpo y sacar adelante las responsabilidades de cada uno de los (pequeños)

espacios que se gestionan.

En este contexto, en esta década, la producción de pensamiento maya va

cambiando. Existe un gran desarrollo de lo que implica “ser maya” desde lo

cultural, y sobre todo de los valores y la cosmovisión (Bastos, 2007). Es parte y

consecuencia del desarrollo de un “soberanismo” indígena que se va

profundizando en todo el continente y se basa en la idea de la otredad intrínseca

de los “pueblos indígenas” respecto a la civilización occidental, y que se expresa

en ese núcleo cultural que es la cosmovisión (y a veces la espiritualidad). A

cambio, se reduce bastante la producción de pensamiento político en el sentido

13 Éste es el contexto político en que Hale (2002, 2004, 2007) desarrolla sus ideas del

“multiculturalismo neoliberal” y del “indio permitido”.

Page 147: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

125

de plantear y argumentar fórmulas de manejo del poder que se deriven de esas

bases soberanas, como la autodeterminación, por ejemplo.14

Por todas estas razones, en esta última década la cuestión autonómica desparece

del debate sobre la etnicidad y la política étnica. Cojtí señala que dentro del

Movimiento Maya existen “autonomistas relativos”, que buscan “cambios en el

reordenamiento étnico permaneciendo en el seno del Estado”, y “autonomistas

absolutos o independentistas”, para quienes “el desarrollo como Pueblo sólo

puede darse a través de la separación o desmembramiento del Estado colonial

que los subordina” (1997: 41). Con ello reconoce que la generalización del

término autonomía supuso la aceptación de la necesidad de cambios en el

“ordenamiento étnico”, pues se mantienen las diferentes formas de entender la

relación entre el Pueblo Maya y Guatemala. Lo que es importante en

comparación con el inicio de la década es que “en la actualidad, por razones de

factibilidad, la tendencia independentista casi no se ha desarrollado”, mientras

que el AIDPI ha hecho que “la tendencia del autonomismo relativo tenga más

desarrollo”, pues consagra el enfoque del “poder compartido” (ibíd).

Así, no es que no se escriba sobre autonomía, es que no está incluida en el debate

como antes; y las menciones son más hacia el “relativismo” que hacia el

“independentismo”. Las demandas se centran en poner en marcha la

regionalización que se presentaba en el AIDPI y que tampoco se acaba de

desarrollar. Un ejemplo es el seminario nacional organizado para presentar

diferentes iniciativas de las “regiones sociolingüísticas para la descentralización

del currículo” (2001). Otra buena muestra de esta situación es la Agenda Maya

recogida por el Comité por el Decenio del Pueblo Maya después de una consulta

entre diversas organizaciones y activistas. Se dedica, sobre todo, a recoger

propuestas sobre “acciones operativas”. Entre sus “temas sustantivos” (la cursiva

14 La combinación de la actuación a base de “políticas públicas” con la culturización del ser

maya se plasma en la idea de la “pertinencia cultural” de estas políticas como eje de la

actuación étnica del Estado (ver SEPAZ–FONAPAZ–Embajadora de Buena Voluntad,

2005).

es mía) aparece la demanda de que “las políticas de descentralización y

desconcentración del Estado sean en función de las características étnicas,

culturales y lingüísticas de Guatemala” (2002: 17), es decir, casi en los mismos

términos que en el AIDPI. La autonomía aparece en el último apartado del

documento, titulado “Anexo. Contexto histórico”, como “el nivel superior del

proyecto político maya” y “depende de un proceso largo de lucha y compromiso

de las actuales generaciones y las que vienen en el futuro” (ibíd: 26).

En estos momentos aparecen también otras propuestas que muestra la

diversidad de posturas. Así, la Asamblea de Representantes del Pueblo Maya,

promovida por organizaciones que vienen de la izquierda revolucionaria habla

de “un Estado y una nación para todos (…) una nación pluricultural y

multilingüe (…) cuya identidad se ha desarrollado en respeto a la diversidad

cultural” (2003: 6).

Mientras, en 2001 CONIC presenta su Propuesta de Ley de Nacionalidades

Indígenas, empujada en cierto modo por lo que está ocurriendo en Ecuador con

el cambio de milenio. Con ella se pretende abrir un debate que pueda llevar a

cambios constitucionales; sin embargo, la misma falta de respuesta ante una

iniciativa por comenzar un diálogo político muestra el cambio de foco. Lo que

llama la atención en esta propuesta es la recuperación del vocabulario

“independentista”, pues utiliza el término “nacionalidades”, desaparecido en los

años 80. En su capítulo 21, “Derechos de Libertad Política”, el artículo 107

plantea una formulación que se acerca mucho al de la autonomía “relativa” de la

que hablaba Cojtí:

“AUTONOMÍA. El Estado guatemalteco reconoce, respeta y contribuye al

proceso de construcción del Derecho de Autonomía Política e Integral que

tienen las nacionalidades indígenas, tomando en cuenta las fronteras

lingüísticas. Esto implica elección de autoridades miembros de las

nacionalidades indígenas a los cargos públicos en los niveles local, regional

Page 148: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

126

y nacional. Tendrán como objetivo gestionar el desarrollo integral de las

nacionalidades indígenas en cooperación con funcionarios del Estado

guatemalteco” (2001: 26).

Sin embargo, esta idea da un paso más hacia el “independentismo” en la

propuesta del artículo 108:

“LIBRE DETERMINACIÓN. El Estado guatemalteco reconoce el derecho

de libre determinación que tienen las nacionalidades indígenas. Por tal

razón puede crear libremente su condición política y desarrollar su política

económica, social, y cultural con libertad, es decir, sin intrusión de otros,

puede disponer libremente de la riqueza existente en el territorio. Ningún

grupo o sector social podrá privar a las nacionalidades indígenas de su

derecho a sus propios medios de subsistencia y autosostenibilidad”.

No hay mucho más que decir al respecto en esta época. El desarrollo político de

estos años llega a hacer dudar de que realmente todos aquellos que dicen

trabajar por el Pueblo Maya lo hagan desde la idea de la autodeterminación

como base y objetivo final de la relación política, como parecía haber sido el

consenso en 1994. Podemos plantear que con el reconocimiento estamos ante la

puesta en marcha de un modelo de gestión de la diferencia que de alguna

manera es una opción a las planteamientos autonomistas: no se trata de poner

en marcha políticas multiculturales —o multiétnicas— en una porción del

territorio nacional, sino de multiculturizar toda la política, y con ello toda la

sociedad. En este caso, eso se hace a base de acotar la participación en la toma de

decisiones y de restringir lo étnico a “lo culturalmente diferente”.

¿EL INICIO DE UNA NUEVA FASE?

La situación descrita se desarrolla a lo largo del cambio de siglo, pero en la

segunda mitad de la década algo empieza a cambiar, quizá para dar lugar a un

nuevo contexto político en el que se desarrolla la temática relacionada con la

autonomía. Algunas organizaciones y personas empiezan a ver las consecuencias

políticas de alejarse de las bases y hacer sólo políticas públicas desde espacios

limitados dentro del Estado.

De este modo, se empiezan a repensar las iniciativas que se están dando a nivel

local, y que muestran que algo se ha movido durante estos años, aunque pasara

desapercibido desde el centro. A partir de 2005 comienza una serie de consultas

contra las concesiones mineras, la mayoría en el extremo occidental del país, en

el área maya (Mérida y Krenmayr, 2008; Castillo; 2008, Camus, en prensa).

Están organizadas sobre todo por integrantes o antiguos integrantes de la URNG

sin apenas contacto con esta dirigencia ni con la maya; y se hacen amparándose

en el Convenio 169 de la OIT. En ellas se habla de la defensa del territorio y los

recursos naturales. Esto supone el inicio de los reclamos sobre los recursos desde

un punto de vista asociado a la soberanía, que es la última generación de la lucha

indígena en América Latina, muy vinculada a la dinámica antineoliberal global.

Al mismo tiempo, se van dando una serie de iniciativas que retoman y

revitalizan —a veces resucitan— a las alcaldías indígenas y otras instancias

locales desde la perspectiva mayanista, pero insertas en las luchas locales. Estas

actuaciones hacen a los actores críticos volver la vista hacia “la comunidad”,

hacia los espacios locales. Por un lado, buscan en estos comportamientos y

valores “comunitarios” la base de “lo maya” y de la actuación política maya (ver

Castillo, 2008 y Ajxup, Hurtado y Rogers, en prensa); por otro, se empiezan a

interpretar estas instituciones históricas en clave de autonomía.

En este contexto, la llegada de Evo Morales a la presidencia de Bolivia refuerza la

capacidad política de quienes han estado cuestionando el formato de

Page 149: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

127

participación restringida en el Estado y pone sobre el tapete el rezago de

Guatemala en cuanto a organización y situación social de los indígenas. En 2007,

Naciones Unidas presenta la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos

Indígenas, con referencias concretas a la autodeterminación. De esta manera,

resurgen las ideas que abogan por una crítica más evidente al modelo neoliberal

y que cuestionan el statu quo político.

La autonomía vuelve a estar en boca de muchos mayas organizados como

panacea para salir de la situación actual. En el norte de Huehuetenango se pone

en marcha el “Parlamento Q’anjobal” (ver Camus y Castillo, en prensa). Cojtí

publica el texto “Elementos para un modelo guatemalteco de Estado

multinacional” en el libro Nuevas perspectivas para la construcción del Estado

multinacional, con el objetivo de “superar algunas de las actuales limitaciones

que tiene la lucha indígena y las políticas del Estado con respecto al tratamiento

de los Pueblos Indígenas” (2007: 92). Al mismo tiempo, se ponen en marcha

unos seminarios sobre federalismo y Waqib Kej se une a una iniciativa de

reflexión sobre la autonomía organizada por Hivos a nivel latinoamericano, y en

la que CONIC pretende rescatar su propuesta de ley.

LAS DIFERENTES VERSIONES DE LA DEMANDA AUTONÓMICA

Tras este repaso centrado en la producción política alrededor del tema de la

autonomía en Guatemala, ya tenemos más elementos para entender la situación

que dio origen a este texto. El mínimo análisis realizado muestra que aún hay

mucho que reseñar y desentrañar, por lo que acá se escribe con un carácter

provisional a fin de fomentar las pesquisas y debates sobre este tema, si es que se

quiere reconstruir estas demandas sobre bases sólidas.15

Para ello, vamos a recuperar los tres niveles de los que se habló al inicio, y que se

han ido rastreando con desigual fortuna en las páginas previas. Una primera

conclusión es que, en Guatemala, cuando los actores indígenas u otros se han

referido a “la autonomía” apenas se han referido a las dos primeras acepciones,

lo han hecho sobre todo —o casi exclusivamente— para referirse a la última, y lo

que se ha avanzado en el tema de la autodeterminación ha sido más de la mano

de la construcción de una propuesta del “ser maya” en el siglo XXI, que de la

forma en que se articularía con el Estado guatemalteco.

LA ACCIÓN POLÍTICA: DE LA AUTONOMÍA AL RECONOCIMIENTO

La primera acepción de la que podemos hablar es la que se refiere a las

demandas y al mismo proceso para lograr una autonomía de acción como

actores políticos por parte de las organizaciones, instituciones y personajes

mayas. Sería parte de un proceso más amplio de lo que Burguete denomina la

reconstitución del sujeto indígena, que se refiere en concreto a los actores

políticos que reclaman y ejercen la agencia como tales indígenas.

Es un derecho que se ejerce con la formación del FIN en 1978 —aunque su

trayectoria no llegue a mucho más— y es lo que reclaman el Movimiento Indio

Tojil, MAYAS y otros grupos a la URNG a inicios de los 80: que ninguno hable

por ellos, pues los mismos mayas tienen y demuestran la capacidad para

articular sus propias demandas, que no tienen por qué coincidir con las de otros

actores.

15 Nos han faltado, entre otras cosas, el escaso debate suscitado en la prensa, con los escasos

pero interesantes aportes de algunos no indígenas que han argumentado en los medios a

favor de la solución autonómica en Guatemala.

Page 150: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

128

Esta autonomía de acción política se convierte en uno de los reclamos básicos en

el periodo de la transición (y es ganado a pulso) a partir de la conformación de

organizaciones que se definen como mayas. Se logra con el reconocimiento de

COPMAGUA como “el” interlocutor indígena en 1994; y toma forma con el

trabajo de las Comisiones Paritarias en los años siguientes; aunque en esta fase

siempre se dé una intromisión de la URNG en un espacio que sigue

considerando en buena parte suyo.

Podríamos considerar que el grado máximo de esta autonomía se da cuando,

tras el año 2000, un buen sector de los mayas organizados se ponen al frente de

los espacios estatales que se encargan de los temas mayas. Sin embargo, lo

ocurrido en este periodo más bien muestra los límites de la autonomía cuando

entra en relación con el reconocimiento como política estatal (y como

contraparadigma, según Burguete). Al lograr ser reconocidos como actores

aceptan las reglas del juego y pierden —o se pone en riesgo— una buena parte de

la capacidad de acción autónoma que tenían cuando estaban fuera. En el caso

guatemalteco, el proceso político ligado a la paz lanzó a las organizaciones y a los

actores a ocupar espacios, pero lo hizo a expensas de perder el contacto con las

bases a las que decían representar.16 Con ello, el reconocimiento se logró a costa

de quedarse sin la capacidad de presionar al sistema político para logar los

objetivos del movimiento.

Parece que en los últimos tiempos esta actitud está cambiando y se busca una

mayor autonomía respecto al Estado. No obstante, el logro de esta autonomía —

y de la reconstitución como pueblo— puede ser más complicada de lo que

parece. Al analizar las reacciones de los no indígenas ante las demandas de los

mayas se advierte que muchas veces el recelo no es tanto contra las propuestas,

16 Éste no es un problema sólo de los mayas, sino de buena parte de los “actores civiles” y

organizaciones sociales que participaron en el proceso de paz (Bastos, 2006).

como contra el hecho de que fueran los mismos mayas los que las presentaran

como un reclamo (Bastos, 2007b).

LA AUSENCIA DE LO LOCAL EN LAS DEMANDAS AUTONÓMICAS

Hay un elemento que no aparece en las demandas mayas hasta la fase que parece

estar abriéndose ahora, y es el considerar los comportamientos políticos que se

dan en las comunidades como una forma de autonomía que se ha dado de

hecho. Como en otras partes de América, en las localidades mayas de Guatemala

se fueron creando desde la colonia y la república unas instituciones y unos usos

políticos que han funcionado en paralelo a los estatales (ver Barrios, 1996;

Carmack, 1995; Esquit, 2002). Esas instituciones se mantienen en muchos

lugares con diversa fortuna, pero en general con una gran legitimidad local.17

Pueden verse como una forma histórica de resistencia según la acepción de

Burguete, en la que los indígenas han mantenido a nivel local una autonomía de

hecho frente a las estructuras de poder estatales.18

Desde el Movimiento Maya, sin embargo, apenas se ha interpretado la riqueza

de estas experiencias históricas y locales de gobierno local, paralelo o alternativo,

como formas de autonomía a partir de las cuales se pueda construir lo que ahora

llamaríamos “buen gobierno”. Apenas se han desarrollado los contenidos de

17 Totonicapán es el lugar donde la estructura de gobierno indígena funciona de forma más

compleja y a la vez actualizada, muy ligada al control de los recursos naturales (Reyes, 1998;

Ekern, 2006). Además aún hay Alcaldías Indígenas activas en lugares como Chichicastenango,

San Juan Sacatepéquez o Sololá, y prácticamente en todas las comunidades hay cofradías,

comités, alcaldes auxiliares e incluso los recién formados COCODES, que actúan de acuerdo a

este patrón de gobierno paralelo. 18 La paradoja es que esta autonomía se ha logrado en buena parte porque las instituciones que

la ejercían servían como intermediarias ante estos poderes, por lo que también pueden verse

como las que permitieron la sujeción étnica. Así lo entendieron los jóvenes mayas que en los

años 70 lucharon contra el sistema de cargos en sus comunidades como un paso para su

emancipación como indígenas (ver Britnall, 1979 y Wilson, 1999).

Page 151: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

129

base local incluidos en el AIDPI, ni se ha buscado avanzar hacia lo regional

desde la articulación desde abajo. Las lecturas sobre las autoridades

tradicionales, por ejemplo, se han hecho más en clave de los valores mayas que

sustentan su trabajo (ver Oxlajuj Ajpop, 2001; Ajxup et al, en prensa), más

insertas en el proceso de reconstitución como pueblo que en el de autogobierno.

Esta ausencia se debe a varios factores que han actuado conjuntamente. Por un

lado, el desarrollo político de la identidad indígena en este último medido siglo

se ha basado en la idea del “pan-mayismo” como unidad de todos y todas los

mayas (Smith, 1991; Warren, 1998). En buena medida, esto se deriva de la idea

de Pueblo como sujeto de la reconstitución, pero también ha sido una forma de

contrapesar la fortaleza de las identidades locales y la forma comunitaria de

entenderse como indígenas, que se entiende como una construcción colonial. En

apoyo a este recelo hacia lo local como espacio de la política maya encontramos

la insistencia desde el mundo no indígena (la URNG, la ASC, el mismo AIDPI)

de que la “unidad política” de los derechos indígenas sea “la comunidad” local y

nunca el “pueblo” con una territorialidad más amplia.

Por otro lado, como consecuencia del proceso de empoderamiento político y

social de algunos sectores mayas, desde los años 70 y sobre todo en los 90, tras la

represión, muchas de las municipalidades de localidades mayoritariamente

compuestas por mayas están gobernadas por mayas (Adams y Bastos, 2003). Eso

sí, se trata de indígenas que no están insertos en el proceso de reclamar su

autodeterminación ni pensarse siquiera como “mayas” (Bastos, 2007b).19 Esto ha

causado que durante mucho tiempo se haya dado un divorcio entre lo local y ese

nivel de Pueblo al que se aspira, y explicaría la otra cara de por qué las

municipalidades tampoco han aprovechado el recurso de la “asociación desde

19 Por su parte, excepto Quetzaltenango y otros casos aislados, los mayanistas apenas han

competido por el poder municipal. La experiencia de Winaq en la últimas elecciones es la

primera que busca de forma articulada una presencia mayanista en las municipalidades.

abajo” propuesto en el AIDPI: no ha habido visión de “pueblo” desde las

autoridades municipales.20

Como se ha dicho, esta distancia entre la reconstitución como Pueblo y la

resistencia local es una de las brechas que parece estar rompiéndose en la última

época, pues las movilizaciones populares alrededor de la minería y otros

recursos naturales se interpretan como una forma de defender y crear soberanía

indígena frente al Estado y las empresas multinacionales. De la misma forma, en

varios lugares las experiencias de aplicación del derecho indígena entendido

como tal son las que están sirviendo de base para la rearticulación de las

instituciones locales como las alcaldías indígenas.

LOS AVATARES DE LA AUTONOMÍA TERRITORIAL: ENTRE LA NACIÓN GUATEMALTECA Y EL PUEBLO MAYA

Finalmente, podemos decir que en estas últimas décadas, cuando los actores

indígenas u otros se han referido a “la autonomía” lo han hecho sobre todo —o

casi exclusivamente— para referirse a la autonomía de base territorial, a una

forma de ejercer el control político relacionado con la cuestión de la nación-

nacionalidad y su grado/derecho de soberanía.

Por lo que hemos estado viendo en los textos mostrados en este artículo, al

referirse a este asunto, se pueden detectar dos líneas de pensamiento que se

entrecruzan en el tiempo y que parten de dos maneras diferentes de entender la

relación entre lo indígena y el Estado, o de la calidad nacional de lo indígena y lo

estatal en Guatemala. En términos de Araceli Burguete, mostrarían la disputa

entre el paradigma de la autonomía como autodeterminación y el de la

asimilación desde la nación. A pesar de que existe un debate entre estas dos

20 Las mancomunidades que se han construido en las últimas décadas han respondido a otras

voluntades e intereses (Castillo, 2008).

Page 152: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

130

posturas, apenas podemos hablar de que haya una discusión conceptual o

política sobre todas estas cuestiones que pretenda profundizar en el por qué de

unas u otras soluciones.

La primera línea, la que aparece nítidamente mostrada en el primer texto de

MAYAS, parte de la idea de un Pueblo o Nación indígena que, en el ejercicio de

su derecho de autodeterminación, reclama un reconocimiento a su soberanía

dentro del Estado guatemalteco, para lo que propone un tipo de asociación con

referente territorial en iguales condiciones con los ladinos. Desde este punto de

vista, la autonomía se entiende como una forma posibilista de esa asociación que

no llega al nivel necesario de igualdad, pero que sí conlleva autogobierno,

supone un paso hacia la equidad étnica (Cojtí, 1994).

La segunda forma de entender la autonomía parte de la idea de una nación

guatemalteca que reconoce una diversidad sociocultural que amerita un tipo de

reconocimiento de autonomía a nivel local o regional en algunas áreas.

Supondría el grado máximo de una descentralización que podría llegar a tener

contenidos de autogobierno. Así, aunque el resultado final puede llegar a ser

similar al de la postura previa, la base conceptual y el punto de arranque son

muy distintos.

Lo que es propio del desarrollo de la idea autonomista en Guatemala, y que en

parte ayuda a explicar la imagen de una falta de desarrollo como demanda

política, es la paradoja de que, conforme la línea ideológica que partía de la

existencia de un Pueblo Maya que sufría una situación colonial en Guatemala —

la primera versión— fue obteniendo cada vez más peso dentro de la

movilización política maya y frente al Estado, se fueron disminuyendo las

demandas relacionadas con el nivel de autogobierno, hasta llegar a las formas de

la segunda opción. Se trata de un proceso en que parece que la pragmática de la

práctica política va dando forma a las aspiraciones, en vez de lo contrario; así, lo

que en un momento es un medio se acaba convirtiendo en un fin. Esto se aprecia

al comparar los documentos más importantes que hemos visto en este artículo:

� Para MAYAS la soberanía es el fin y el federalismo se concibe como medio.

� Para COMG el federalismo es el fin y la autonomía, el medio.

� Para COPMAGUA la autonomía es el fin y la regionalización, el medio.

� En el AIDPI (y el CDPM), la regionalización es el fin y las políticas

sectoriales son el medio.

� El texto de Cojtí (2008) podría representar el final de esta tendencia, pues se

reconoce esta situación y se vuelve a situar el federalismo como finalidad y la

autonomía como el mejor medio para salir de la condición de sujeción

colonial.

Este comportamiento no es casual, y responde a varios procesos que han

actuado simultáneamente, llegando a la situación de asumir que “en Guatemala

no hay demandas autonómicas”. En primer lugar deberíamos hablar de un

conjunto de factores que podríamos denominar “estructurales” y que tienen que

ver con la relación de los mayas con Guatemala: al menos la mitad de la

población, en un país tan pequeño (100 mil km2), es maya; que la mitad del

territorio nacional sea indígena ha motivado que cualquier mención a una

posible autonomía se vea por parte de quienes ejercen el poder como una

amenaza a la existencia misma del país.

Por eso, todo el proceso de lucha maya por sus derechos ha estado acompañado

de la presión continua de ciertos sectores que han usado todas las fuerzas, y no

sólo las discursivas, para oponerse. Podemos interpretar el genocidio de los 80

del siglo XX como una reacción “preventiva” ante el proceso de reconstitución de

los indígenas (Bastos, en prensa); de la misma manera, buena parte de las

Page 153: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

131

campañas que se desarrollaron con ocasión de la Consulta Popular de 1999

estaban basadas en un “miedo al indio” que nacía de un posible reconocimiento

de los derechos indígenas —mínimos— propuestos para la Constitución.

En este contexto de racismo presente, el peso poblacional y la presencia

geográfica, han llevado a pensar en la posibilidad y la necesidad de acceder a las

políticas, instituciones y el poder central directamente, sin tener que

comportarse como minorías que necesitan un espacio específico para su

desarrollo político. Esto ha dado más vuelo a las propuestas de participación que

de autonomía, como ocurrió en los gobiernos posteriores al 2000.

Como contraparte a esta concentración territorial y social, la gran variedad de

idiomas, 22, en un territorio tan pequeño dificulta la puesta en marcha de

propuestas concretas de una territorialización que se piensa, sobre todo, en

términos idiomáticos. Para terminar, hace al menos medio siglo comenzó a

darse una dispersión territorial de los indígenas fuera de sus espacios históricos

(Camus, 20002), y que ya llega hasta los Estados Unidos (Dardón, 2007; Camus,

2008), lo que hace más difícil aún la delimitación de los posibles territorios.

Hay otra serie de elementos que provienen del mismo proceso histórico en que

se ha enmarcado la evolución de las demandas mayas, y que ha dado más fuerza

a quienes defendían una inserción —diferenciada pero inserción— en lo estatal,

más que un autogobierno maya. En un primer momento, podemos suponer que

la polarización de posiciones entre la izquierda revolucionaria y las iniciativas

“indianistas” desde los 80 (Bastos y Camus, en prensa) está en la base del

abandono de la idea de autonomía por parte de la URNG una vez que fue

asumida por los segundos en el contexto de la transición.21 Así, se perdió la

oportunidad de un debate sobre los diferentes sentidos que se daba al término.

21 A ello habría que añadir cómo la misma lógica militar fue ganando terreno a finales de los 70

e inicios de los 80 y la producción de pensamiento político en la URNG se resintió.

Como consecuencia, la autonomía quedó asociada a las posiciones que la veían

desde lo maya como el conjunto nacional de referencia, mientras que quienes lo

veían desde lo guatemalteco se quedaron sin este recurso político para plantear

propuestas concretas. Cuando la URNG retoma el tema en el contexto de las

negociaciones de paz, se suma al multiculturalismo triunfante y hace sus

propuestas desde la lógica del reconocimiento y no de la autonomía.

En otro nivel, como consecuencia del genocidio cometido por el Ejército de

Guatemala contra los mayas (CEH, 1999) y su continuación en la militarización

de las comunidades, las organizaciones y activistas mayas no tenían mucha

capacidad de presión cuando se abrió la oportunidad en el proceso de paz, y

tuvieron que privilegiar la negociación por encima de la oposición. Su aliado en

este proceso, la comunidad internacional, favorecía soluciones de tipo

multicultural más que autonómicas. Por eso, los mayanistas fueron rebajando de

contenido sus demandas conforme se fue acercando la posibilidad de la gestión

de ciertas políticas. Cuando se llegó a la negociación directa con el Estado a nivel

central, se pusieron en marcha políticas de base multicultural que en la mayoría

de los casos no han contado con un referente territorial claro que apunte

siquiera a la transformación de la estructura administrativa del país. Por el

contrario, este formato de gestión de la diferencia ha estado basado en la idea del

Pueblo Maya como un colectivo culturalmente definido y diferenciado, dejando

de lado el asunto de la soberanía y la autodeterminación que conlleva el

concepto de Pueblo y desarrollando unas políticas de reconocimiento de esa

especificidad cultural.

Como consecuencia, las políticas multiculturales puestas en marcha por el

Estado han conseguido que el escabroso tema de la territorialidad y de la

diferencia étnica no se desarrolle más allá de la descentralización de ciertos

servicios; mientras que la formas de actuar de los mayas organizados no ha

favorecido la búsqueda de autonomías de hecho a nivel local.

Page 154: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

132

Además, este contexto favoreció que, en el proceso de reconstitución de los

mayas como Pueblo, se reforzara la parte de la otredad civilizatoria que está en la

base del ser indígenas, originarios, pre- y no-occidentales frente a la búsqueda de

una autodeterminación de base política. Quizá por ello, en una buena parte del

discurso “hegemónico” entre los mismos mayas, el “ser maya” esté compuesto

por unos valores y una cosmovisión propia, pero apenas aparece mención

alguna a su agenda política, al hecho de que hace 30 años protagonizaron una

rebelión para terminar con las condiciones de miseria y racismo en que vivían

(Bastos, Hernández y Méndez, 2008).

Parece, sin embargo, que hay cosas que están cambiando y están terminando

con la forma de entender la política sólo como búsqueda de reconocimiento por

el Estado. Las iniciativas de unas comunidades que se suman al reclamo cada vez

más importante de una gestión soberana de los recursos naturales contra la

depredación neoliberal, el ejemplo de los avances de los pueblos indígenas en

Sudamérica y los límites del modelo intentado en Guatemala están promoviendo

un cambio hacia formas mas autónomas de actuar como movimiento, más

soberanas de entenderse como Pueblo y más ligadas a las experiencia de

resistencia desarrolladas en la comunidades.

SANTIAGO BASTOS AMIGO

Español de origen, se licenció en Historia

Contemporánea por la Universida

Autónoma de Madrid y tiene un doctorado

en Antropología Social por el Centro de

Investigaciones y Estudios Superiores en

Antropología Social (CIESAS).

Entre 1998 y 2008 fue investigador de

FLACSO-Guatemala, donde realizó

investigaciones sobre la realidad étnica del

país desde diferentes ángulos. En la

actualidad es profesor investigador de

CIESAS, en su Unidad Occidente en Guadalajara, México, y continúa

colaborando como investigador asociado de FLACSO y de CIRMA (Guatemala).

Entre sus últimas publicaciones destacan Entre el mecapal y el cielo: desarrollo

del Movimiento Maya en Guatemala, con Manuela Camus; Relaciones étnicas en

Guatemala 1944-2000, con Richard Adams; la colección Mayanización y vida

cotidiana, la ideología multicultural en la sociedad guatemalteca, coordinada con

Aura Cumes; y el volumen El Movimiento Maya en la década después de la paz,

coordinado con Roddy Brett.

Page 155: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Las comunidades emergentes de conocimiento

GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO PLURAL AL SERVICIO DEL CAMBIO ÍNDICE

La generación de conocimiento plural y su aplicación práctica para la

transformación de la realidad: Las comunidades emergentes de conocimiento

¿Qué son las CEC’s?

La CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al

La creación de un sistema de indicadores para la observación comunitaria de los

derechos colectivos

¿Qué es un sistema de indicadores?

Usos y aplicaciones

Mapa general del sistema de indicadores

La configuración del sistema según la realidad cultural comunitaria

El proceso de búsqueda y recolección de información

Claves para evaluar y mejorar el sistema

La plataforma web de gestión de indicadores para sistematizar, relacionar y

comparar datos y generar gráficas

El sistema de indicadores

Indicadores marco

Indicadores de la cultura simbólica

Indicadores de la cultura material

Indicadores de la cultura social política

Page 156: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

134

LA GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO PLURAL Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LA REALIDAD:

LAS COMUNIDADES EMERGENTES DE CONOCIMIENTO (CEC’s)

¿QUÉ SON LAS CEC’S?

“La clasificación, a diferencia de la desclasificación, desvela un mundo al precio de ocultar todos los demás. Clasificamos desde una posición cuyas coordenadas han sido predeterminadas por una lógica dominante. (…) La maquinaria de la clasificación ha operado eficazmente, en la Modernidad, como escuadrón de ocupación que sucede al asalto —o a la represión— con espadas y fusiles. Y desde

la irrupción ilustrada, la enseñanza de la clasificación de la realidad, el programa de domesticación humana del que habla Nietzsche, se ha apoderado del espacio educativo y social desde la niñez.”

Antonio García Gutiérrez, en Desclasificados1

Sin duda, pretender generar conocimiento plural cuando siguen vivos (y tan

fuertes) procesos de colonización (del pensamiento sobre todo) es un desafío

colosal. Se nos ha enseñado ha descalificar – desechar toda realidad que nuestra

1 García Gutiérrez, Antonio. Desclasificados. Pluralismo lógico y violencia de la clasificación.

Anthropos. Serie Comunicación y periodismo. Barcelona, 2007.

lógica no pueda clasificar. Decimos: esto es inaceptable, ¿cómo puede ser esto si

esto así no es? Todo lo que nuestro pensamiento no puede clasificar deviene

inútil, sin valor, y se rechaza, o se oculta si no es que resulta del todo invisible

ante nuestros ojos. La lógica de nuestra clasificación sólo ve una realidad, la que

nos han enseñado. La radicalización del pensamiento único, en la expansión de

lo homogéneo como única expresión posible de la vivencia del tiempo, va

incluso un paso más allá: todo aquello que contradiga la lógica del sistema de

nuestro pensamiento es altamente peligroso, nocivo, y por ello es necesario

anularlo, porque conduce a la duda y al desequilibrio del sistema que domina

nuestras mentes. Para el pensamiento único es preciso anular toda duda, todo

acto de dudar, ya que ante la duda aparece el presentimiento de que quizá sí es

posible que existan otros mundos en este mundo, de que quizá sí es posible

convivir con otra verdad, incluso con otras verdades. Para el pensamiento único

es fundamental distraer la mente, hacerla ociosa, para que no vea más allá.

Ser capaces de pensar que hay otras formas de pensar, otras formas de ver e

interpretar la realidad, de organizarse y actuar, es aceptar la contradicción como

base epistemológica posible de nuestra racionalidad. Un sistema plural debe de

aceptar la contradicción en su seno y permitir que se generen sobre ella

relaciones contrastadas pero horizontales entre diversidad de formas de

pensamiento. Como dice García, el conocimiento plural es altamente

desclasificador, tanto que descompone por completo los cimientos sobre los que

se asienta la razón única que sólo conoce una verdad, la suya, y desconoce las

demás. La generación de conocimiento plural supone necesariamente el inicio

de un proceso de descolonización del pensamiento. Este proceso implica un

enorme esfuerzo personal (pensar por uno mismo, desarrollar una pensamiento

crítico propio) y colectivo (re-generar un sistema completo de pensamiento y de

relaciones propios). La generación de conocimiento plural se enfrenta a un

sistema implacable. Pero este no es el mayor de los desafíos: el mayor obstáculo

es su aceptación. Como diría Lanza del Basto, la lucha no es contra el opresor,

Page 157: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

135

sino contra la aceptación del oprimido, contra esa innoble sabiduría que se llama

pasividad.

Con estas inquietudes, desde CANEK hemos creído poco sensato (si no es que

poco honesto) pensar que el trabajo del observatorio sea el de observar, sobre

todo cuando el ámbito de observación es la cultura, sus relaciones y el ejercicio

de los derechos colectivos. Sostenemos que cada colectivo debe emerger desde su

interior, interpretándose a sí mismo y sin aplicar ningún molde. Por ello, hemos

creído más razonable comprender el observatorio por su condición (la de

facilitar la observación) que por la de su función (la de observar). CANEK se ha

ido construyendo poco a poco como una casa donde muchos (diversos),

comunicados por los medios que hoy nos ofrecen las nuevas tecnologías, se

observan a sí mismos y observan al sistema dominante donde están inmersos,

cada uno desde su cosmovisión o cosmovisiones y de forma sistemática.

Partiendo de esta idea, a inicios del 2009 se propuso a dos organizaciones con

representación comunitaria (Casa No’j en Quetzaltenango y Sotz’il en

Chimaltenango) la creación de Comunidades Emergentes de Conocimiento

(CEC’s). El propósito: crear espacios autónomos, interrelacionados y

autoorganizados que interpreten la realidad y generen información desde la

comunidad (y una vez procesada, conocimiento) sobre el desarrollo de su

sistema de relaciones culturales, sobre su capacidad de ejercicio de los derechos

colectivos y sobre su ser colectividad. Desde esta perspectiva es como se propone

generar conocimiento plural. Pareciera que Sergio Tischler Visquerra habla de

las CEC’s cuando dice (él refiriéndose al zapatismo)2:

2 Tischler Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la

Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto, nº 3. Guatemala, enero de

2008.

“un modo de conectar y relacionar las múltiples luchas en un campo

común que va construyendo su propia historia. Ese campo está constituido por los distintos tiempos de las luchas particulares y, a su vez, por el tiempo común que va surgiendo de esa experiencia colectiva. (…) El tiempo común nace de la confluencia y la autonomía de los distintos tiempos particulares, en un proceso abierto. No es un tiempo general que se impone a los demás como norma de poder.”

Vamos entonces en búsqueda de la generación de una constelación de CEC’s,

cada una con el nombre y forma que le otorguen sus miembros, que permita

regenerar el tiempo comunitario, como el reflejo de estrellas unidas en el

firmamento, y hacer emerger al sujeto colectivo. Este proceso debería de

permitir:

1 Abrir un espacio que permita la interpretación comunitaria del territorio

(espacio vital para el desarrollo de su cultura o, en otras palabras, el espacio

donde desarrollan sus relaciones), esencial para determinar el sujeto colectivo

y, por ende, el área donde se realizará la observación activa.

2 Interpretar los derechos colectivos desde la lógica comunitaria, para sustentar

la perspectiva con la que se realizará la observación activa.

3 Re-generar el tiempo comunitario. Ello implica la re-construcción de formas

propias de organización y la consecuente emergencia de la temporalidad que

da forma y sentido a sus relaciones simbólicas, materiales y sociopolíticas de

su ser colectividad.

4 Observar qué factores simbólicos, materiales y sociopolíticos cohesionan y

cuáles desarticulan su ser colectividad.

5 Enfrentar el poder de asimilación cultural que suponen las fuentes de

información estadística del Estado, cuyos resultados se usan posteriormente

para la elaboración y ejecución de políticas públicas, o para justificarlas. Qué

se observa y cómo se observa, con qué herramientas y quién hace las

herramientas y cómo se relacionan los datos son entonces factores

Page 158: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

136

fundamentales para ocultar o descubrir la realidad. La CEC deviene entonces

una fuente y centro alternativo de generación de información y conocimiento

en función de su propia interpretación del tiempo.

6 Visualizar y comparar las formas propias del ser colectividad del sujeto

colectivo al que pertenece la CEC con las formas oficiales del Estado actual.

7 Abrir un espacio (puede haber varios en una misma región) de

documentación y comunicación del conocimiento que sustente la emergencia

del sujeto colectivo y con ello elaborar iniciativas estratégicas pertinentes,

integrales y coherentes que cohesionen la colectividad, siempre a la luz de los

datos recabados y de las consultas comunitarias.

En base a esta propuesta, se abrieron dos procesos3 de trabajo:

1 El inicio de un diagnóstico, cuyas herramientas fueran elaboradas por los

miembros de la CEC, que ofreciera datos para la consecuente elaboración de

planes estratégicos para la cohesión del colectivo. El diagnóstico se planteó

también como un proceso de recolección de datos que permitiera analizar el

impacto de las desigualdades estructurales en la comunidad y en la región del

colectivo. La realización del diagnóstico implicó la construcción de un sistema

de indicadores que surgió de la interpretación de la cultura y de los derechos

colectivos. Éste se presenta detalladamente en las siguientes páginas.

2 La apertura de espacios de reflexión paralelos al proceso de diagnóstico, que

dio como resultado el análisis de cuatro ámbitos de relación: el de relaciones

entre personas (comunidad), el de relaciones entre instituciones (comunidad

– región), el de relaciones normativas (región – Estado) y el de relaciones

estructurales (Estado).

3 Ambos procesos se desarrollaron en base a los cambios que los miembros de las CEC’s

hicieron a la propuesta de Construcción de Comunicación Intercultural Aplicada, que CANEK

desarrolló a partir de la apertura de espacios de construcción participativa en el 2008. Ver

CANEK – Observatorio Cultural, La Construcción de Comunicación Intercultural Aplicada, CCE/G, Libro Visor, Guatemala, 2008.

Estos dos procesos están interrelacionados: la información del diagnóstico se

convierte en conocimiento en los espacios de reflexión y en su posterior

devolución, ya procesada, a la comunidad. El proceso de toma de decisiones

surge entonces de la interrelación de ambos procesos. Ésta puede tener múltiples

formas, tantas como CEC’s existan, pero gráficamente creemos interesante

compartir el proceso expuesto por Roberto Escuder y Salvador Carrasco:

La CEC constituye entonces un centro de diálogo y generación de conocimiento

capaz de generar información estadística para la elaboración adecuada de

políticas comunitarias y regionales desde su propia interpretación de los

derechos colectivos. Ello con el fin de desarrollar el proceso de emergencia de su

sujeto colectivo. La CEC interrelaciona experiencias comunitarias y se

interrelaciona con otras CEC’s. Para tener más claridad sobre el proceso de

creación y desarrollo de una CEC, se expone a continuación el caso práctico de

la CEC JUN K'OLIB'AL KECH ACHLAXXINEM PA QANO'JIB'AL creada con

el soporte de Casa No’j en Quetzaltenango.

Realidad actual Observación Generación de

información Datos

Transformación

de la realidad Decisiones Socialización

de la información

Indicadores

TERRITORIO

Sistema

USUARIOS

Medida

Análisis

1 2 3 4 5

10 9 8 7 6

Fuente: Escuder Vallés, Roberto y Carrasco Arroyo, Salvador. Proceso de toma de

decisiones en un sistema de información. La observación y el análisis entre dos realidades

en Cultura. V Congreso Internacional. Cultura y Desarrollo – Ciudad de La Habana.

Junio de 2007.

Page 159: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

137

LA COMUNIDAD EMERGENTE DE CONOCIMIENTO JUN K'OLIB'AL KECH ACHLAXXINEM PA QANO'JIB'AL

Por Carlos Escalante y Saknicté Racancoj, representantes de la CEC

Síntesis del proceso de conformación de la CEC en el 2009

Vivimos en una sociedad en donde bajo el pretexto de la globalización se cree y

se acepta que la cultura y el bienestar vienen de afuera. Afortunadamente, la

globalización no solamente implica lo económico sino también la comunicación

y el conocimiento. Redes de comunicación y de intercambio de conocimiento y

experiencias han contribuido a crear redes de cooperación a lo interno y a lo

externo; dejando al descubierto la importancia de la cultura. Los vertiginosos

cambios globales dejan en evidencia la urgente necesidad de reducir la brecha de

desigualdades y de dar un paso hacia adelante en el reconocimiento del otro y

del entorno.

Convencidos de la fuerza de la cultura para desarrollar inéditas formas de

relaciones de convivencia en el municipio de Quetzaltenango, el Consejo de la

Cultura de Quetzaltenango y la Municipalidad de Quetzaltenango, a través del

Centro Cultural Casa No'j, y con el acompañamiento de CANEK, inician en el

2009 un estudio para conocer la realidad plural de varios municipios del

departamento: La Esperanza, San Juan Ostuncalco, Concepción Chiquirichapa,

Cajolá y Quetzaltenango.

El estudio se centra en descubrir cómo las desigualdades estructurales afectan a

las esferas de relación simbólica, material y socio-política. El proceso inicia por

la conformación de un equipo facilitador denominado “Kalpul”, el cual está

integrado por personas de cada municipio. El Kalpul o equipo facilitador se

fundamenta en la recuperación, el aprendizaje y la escucha profunda del pueblo;

así como en el conocimiento ancestral y contemporáneo de la cultura para

reivindicar la práctica de la comunicación comunitaria intercultural por medio

de la convivencia espiritual, generacional y cultural.

El compromiso e identificación de los participantes del Kalpul, así como el

respaldo institucional de las organizaciones mencionadas, permitió la

implementación de la segunda fase del proyecto. Esta fase permitiría la

construcción de una propuesta de trabajo con el propósito de descolonizar el

conocimiento y el pensamiento.

Esta fase se fundamenta en la memoria colectiva, la cual nos permite decodificar

y re-codificar los pensamientos de la comunidad a través de su diario vivir o

cotidianeidad; a través de su sentir, ver, oír, hablar, pensar, intuir y accionar.

Estos elementos culturales construyen la comunicación intercultural, la cual

aplicamos a procesos de organización local. Esta comunicación incide en el

contexto mediato de desigualdades estructurales que viven las distintas

comunidades. En esta segunda etapa se desarrollan diferentes procesos de

trabajo, los cuales constituyen los fundamentos del estudio y que permiten la

comprensión de los resultados.

TIEMPO I. INTEGRACIÓN DE LA CEC (KALPUL MAYOR)

La coordinación Cultural de Casa No’j tuvo el especial cuidado de elegir las

personas del grupo facilitador ya que este grupo debía ser el “idóneo” en

términos de identidad cultural, comunicación y aportación comunitaria e

interrelación fraternal con los pobladores de cada comunidad. Asimismo, se

tuvieron en cuenta las edades, experiencias, la conexión con los orígenes, la

profesión u oficio, la conciencia individual en relación a la conciencia colectiva,

el idioma, la espiritualidad y su colaboración humanitaria, así como la sabiduría,

entre otras cualidades, que son fundamentales para el servicio al otro y para

cumplir la misión que todos tenemos como seres cósmicos.

Page 160: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

138

Para iniciar la construcción de conceptos, en relación a las diferentes esferas de

estudio, se conformaron grupos de trabajo en base a la forma de organización

Maya K’iche’ conocida como Kalpul o reunión de pensamientos.

La experiencia tanto individual como colectiva en relación a las esferas de

estudio e indicadores previstos de los integrantes “seleccionados” es importante

en la conformación de los Kalpules, los cuales quedaron conformados de la

siguiente manera:

Kalpul Mayor

Kalpul menor de la

Cultura Simbólica

Kalpul menor de la

Cultura Material

Kalpul menor de la

Cultura Social-Política

Oscar Boj

Ely Lopez

Basilia Colop

Gladys Delgado

Carlos Escalante

Julia María Nimatuj

Yovani Cux

Saknicte Ishchel

Racancoj Sierra

Adolfo Santos

María Antonina Sánchez

Méndez

Edgar Racancoj

Rony Mijangos

Sergio Pisquiy

Wilfredo Velásquez

Después de este primer tiempo, se dio inicio al desarrollo de reflexión,

comprensión y definición del concepto de territorio y colectivo.

Recuperación de formas de organizaciónRecuperación de formas de organizaciónRecuperación de formas de organizaciónRecuperación de formas de organización propias: el Kalpropias: el Kalpropias: el Kalpropias: el Kalpulpulpulpul

El Centro Cultural Casa No’j constituye una singular reivindicación ciudadana del desarrollo cultural en Quetzaltenango. Significa además la primera experiencia clara en Guatemala de democratización cultural, donde la municipalidad ha descentralizado la gestión cultural en un consejo formado por instituciones de la sociedad civil. Carlos Escalante y Saknicté Racancoj, ambos miembros del Centro Cultural Casa No’j, impulsaron y en gran parte sostuvieron el proceso de creación de la CEC JUN K'OLIB'AL

KECH ACHLAXXINEM PA QANO'JIB'AL. La experiencia de un Ajq'ijab y la determinación de una estudiante en ciencias jurídicas se unieron para rescatar y desarrollar en la CEC el sistema propio de organización k’iche’: el Kalpul. Su origen y funcionamiento se presenta a profundidad en las entrevistas que pueden escucharse en:

� http://www.youtube.com/watch?v=qyGh1sTBDu8 � http://www.youtube.com/watch?v=J5LiVApLnQg � http://www.youtube.com/watch?v=KKUYSmmjp90

7a. calle 12-12 zona 1. Quetzaltenango. Teléfono: 7768-3139 http://casanoj.blogspot.com. [email protected]

Page 161: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

139

TIEMPO II. COMPRENDIENDO EL CONCEPTO TERRITORIO Y COLECTIVO

Antes de iniciar esta etapa, se reconoció la necesidad de generar nuevas formas

de caminar en donde se unificaran las ideas que en K’iche’ se dice “chujb'in Ku'k

wokomtaq chomanik”. Un nuevo caminar desarrollando nuevos entendimientos

y una mejor comprensión del territorio y de lo colectivo para decodificar y re

codificar nuestras concepciones en relación a estos temas.

El Colectivo-Territorio

Cuando hablamos de colectivo nos referimos a un sistema de relaciones (la

cultura) que se caracteriza por estar vinculado a un territorio, el cual le da

sentido a lo comunitario y a lo regional.

Para entender qué es un territorio, se partió de un aspecto cosmogónico

fundamental: la tierra no es nuestra sino que somos de la tierra. Desde nuestra

visión holística, la convivencia se da entre el ser humano, la naturaleza y el

cosmos. La reconexión con los orígenes significa reencontrarse con uno mismo,

como persona, como familia, como grupo, como pueblo, como humanidad. Por

eso es necesario aprender de los ciclos pasados y respetar los ciclos presentes

para continuar unidos la vibración evolutiva de la tierra. A partir de esta visión

holística, para definir el territorio, se tomó en cuenta que históricamente se ha

definido como área comarcal a aquella que agrupa distintos municipios más allá

de los límites políticos impuestos por el Estado. Este principio pretende hacer

frente a los procesos de asimilación, división y segregación de los pueblos.

Además, esta comprensión del territorio parte del contexto del cosmos y de la

naturaleza en la ubicación geográfica de asentamientos humanos y lugares

espirituales. Entendemos a nuestro sujeto colectivo como un colectivo plural,

donde confluyen diferentes culturas y étnias que se encuentran entrelazadas por

procesos históricos de relación (simbólica, material y sociopolítica) y por

procesos comunitarios y regionales de consulta, representación, gobernabilidad,

resolución de conflictos, transmisión de valores, formación de consejo y con una

identidad colectiva formada por múltiples identidades comunitarias. Ubicamos

nuestro territorio, es decir nuestro sujeto colectivo, en el siguiente espacio

geográfico:

Fuente: Mapas elaborados a partir de los

ofrecidos en http://www.googlemaps.com

Page 162: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

140

Este espacio territorial lo denominamos JUN K'OLIB'AL KECH ACHLAX NEM

PA QANO'JIB'AL, que en el idioma k’iche’ significa Espacio de Convivencia

Cultural. Los municipios que integran la región de nuestro sujeto colectivo son,

en base a los actuales departamentos:

Huhuetenango

San Marcos

Totonicapán

Quetzaltenango

Retalhuleu

El Quiché

Aguacatán

Chiantla

Colotenango

Concepción Huista

Cuilco

Jacaltenango

La Democracia

La Libertad

Malacatancito

Nentón

San Antonio Huista

San Gaspar Ixchil

San Juan Atitán

San Juan Ixcoy

San lldelfonso

Ixtahuatán

San Mateo Ixtatán

San Miguel Acatán

San Pedro Necta

San Pedro Soloma

San Rafael La

Independencia

San Rafaél Petzal

San Sebastián Coatán

San Sebastián Coatán

Santa Ana Huista

Santa Bárbara

Santa Cruz Barillas

Santa Eulalia

Santiago

Chimaltenango

Tectitán

Todos Santos

Cuchumatán

Ayutla Tecún Umán

Catarina

Comitancillo

Concepción Tutuapa

El Quetzal

El Tumbador

Esquipulas Palo

Gordo

Ixchiguán

La Reforma

Malacatán

Nuevo Progreso

Ocos

Pajapita

Río Blanco

San Antonio

Sacatepequez

San Cristobal Cucho

San José El Rodeo

San José Ojetenan

San Lorenzo

San Marcos

San Miguel

Ixtahuacan

San Pablo

San Pedro

Sacatepéquez

San Rafael Pié de la

Cuesta

Sibinal

Sipacapa

Tacaná

Tajumulco

Tejutla

Momostenengo

San Andrés Xecul

San Bartolo Aguas

Calientes

San Cristobal

Totonicapán

San Francisco el Alto

Santa Lucía La

Reforma

Santa María

Chiquimula

Totonicapán

Almolonga

Cabricán

Cajolá

Cantél

Coatepeque

Colomba

Concepción

Chiquirichapa

El Palmar

Flores Costa Cuca

Genóva

Huitán

La Esperanza

Olintepeque

Palestina de los Altos

Quetzaltenango

Salcajá

San Carlos Sija

San Francisco La

Unión

San Juan Ostuncalco

San Martín

Sacatepequez

San Mateo

San Miguel Siguilá

Sibilia

Zunil

Champerico

El Asintal

Nuevo San Carlos

Retalhuelu

San Andrés Villa seca

San Felipe Retalhuleu

San Martín Zapotitlán

San Sebastián

Santa Cruz Mulúa

Canillá

Chajul

Chicamán

Chiché

Chinique

Cunén

Joyabaj

Pachalúm

Patzité

Playa Grande - Ixcán

Sacapulas

San Andrés Sajcabajá

San Antonio

Ilotenango

San Bartolomé

Jocotenango

San Juan Cotzal

San Miguel Uspatán

San Pedro Jocopilas

Santa Cruz del Quiché

Santa María Nebaj

Santo Tomás

Chichicastenango

Zacualpa

Page 163: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

El tiempo uno y dos nos permitieron establecer las bases para luego realizar el

trabajo de diagnóstico.

TIEMPO III. TRABAJO DE DIAGNÓSTICO O K´AWILO- XJELB´IL (INTEGRACIÓN DEL COLECTIVO Y MUNICIPIOS MUESTRA)

Es oportuno resaltar el aporte de miembros del Kalpul Mayor, quienes a través

de su experiencia personal como integrantes de instituciones comunitarias,

brindaron su aporte para la obtención del ahora denominado “chujb'in k'uk

wokomtaq chomanik”.

El diagnóstico se apoyó en parte de la metodología de educación popular, la cual

difunde la transmisión de conocimientos y la estimulación de actitudes positivas

para promover la participación de las personas a partir del fortalecimiento de su

identidad; y a partir de allí genera una conciencia crítica de su realidad cotidiana

para luego incidir positivamente en ella. La metodología de la educación popular

se entrelazó con la Danza de la Palabra con la cual cultivamos las relaciones

familiares, vecinales, comunitarias, locales, regionales y nacionales. La palabra se

convierte en diálogo, conversaciones, en ternura en el actuar y en el decir; la

suavidad de la palabra y de las acciones expresan firmeza de esencia y paz del

espíritu.

Esto nos acercó a las comunidades de estudio, quienes nos abrieron las puertas

logrando transmitirles la información que cada uno llevaba. Se buscó compartir

e iniciar la construcción de un primer peldaño piramidal de movilización de los

talentos humanos y así comprender la situación de la población de cada

municipio. Llegando a un consenso en el Kalpul Mayor, se decidió tomar como

municipios muestra del diagnóstico a: Quetzaltenango, Concepción

Chiquirichapa, San Juan Ostuncalco, Cajolá y La Esperanza.

Para el camino de la información se diseñaron módulos basados en la

metodología eminentemente participativa, que parte del conocimiento y

prácticas cotidianas. El diagnostico se ubicó dentro de un proceso sistemático de

trabajo organizativo que permitió conocer y comprender lo que nos plantea la

realidad. Su ejecución nos proporcionó el conocimiento necesario para

planificar acciones viables y relacionadas con las necesidades, interés y

problemas sentidos de la comunidad. El diagnóstico participativo constituyó un

espacio democrático en donde también se respetó el equilibrio entre las esferas

culturales -simbólica, material y socio-política.

La primera participación comunitaria dio a entender la necesidad de participar

en los diferentes procesos de la vida y el desarrollo de los pueblos. Esto despertó

mucho interés por conocer cómo desde las autoridades comunitarias surgen

propuestas con contenido legítimo. El diagnóstico incluyó la creación de un

sistema de planeación estratégica con tres planes fundamentales: programas,

presupuestos y políticas; y cuyos propósitos son crear el futuro deseable,

anticipar, responder apropiadamente al ambiente cambiante, y examinar

honestamente las fortalezas y dificultades del contexto. Entrelazar la Danza de la

Palabra con las tres esferas de la cultura permitió obtener conocimiento sobre

toda la estructura de cada municipio. Esta herramienta permitió conformar un

cuadro de la situación actual del municipio y así de esta manera obtener un

diagnóstico útil para la toma de decisiones.

Los integrantes del Kalpul Mayor obtuvieron la información para evaluar los

procesos de cambio a generar y así formular estrategias que tiendan a mejorar

las desigualdades estructurales de la región de estudio. La preparación del

conjunto de herramientas estuvo diseñada acorde a las capacidad de los

integrantes del Kalpul (la participación es siempre voluntaria). La construcción y

el aprendizaje en el uso de herramientas para la generación de información

estadística se realizaron de manera colectiva; moviendo la conciencia, la

Page 164: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

142

voluntad y la energía para desarrollar la identificación, el convencimiento y la

responsabilidad que este estudio implicó.

El diagnóstico significó finalmente poder consultar a las comunidades sobre

nuestras propuestas sobre territorio y sobre la interpretación que hacíamos de

los derechos colectivos. De este modo se enriqueció el proceso de reflexión, se

legitimó y se pudo absorber el sentir de la comunidad. Este proceso en general

permitió observar, indagar e investigar los pasos recorridos de los pueblos en el

pasado; y así comprendimos nuestro presente. Con el entendimiento del pasado

y el presente visualizamos el futuro, como un camino en construcción de un

Estado Plural.

El diagnóstico comunitario sobre derechos colectivos e impacto de las

desigualdades estructurales en los municipios muestra (cuyo sistema de

indicadores se presenta en su totalidad más adelante en este capítulo) se completó

en un 80%.

CONVIVENCIAS GENERACIONALES

Retomando la vida cotidiana de los pueblos participantes en la propuesta

intercultural, las convivencias se realizaron tomando como elemento

fundamental la comunicación entre generaciones. A través de oír a personas de

diferentes edades, las cuales se expresaron ya sea en su idioma o en castellano,

nos dimos cuenta de la forma como cada persona conocía su lugar de origen, su

propia cultura comunal, local, regional y nacional. Las personas mayores

relataron la historia vivida de su comunidad, del caserío, aldea o pueblo. Fue

todo un traslado de conocimientos a las generaciones jóvenes que asistían, y

toda una reflexión. Se sistematizaron los relatos de los mayores en relación a los

procesos de las actividades diarias, la composición de las familias, los trabajos,

los cuidados de los recursos naturales, el respetos dentro del círculo comunal, las

asignaciones de tareas, la autoridad familiar, la autoridad comunal, las ayudas

vecinales, la relación espiritual en la vida, y la comparación de cómo se vivía y

cómo se vive actualmente.

La Danza de la PalabraLa Danza de la PalabraLa Danza de la PalabraLa Danza de la Palabra Proponemos que los encuentros para el intercambio del conocimiento se

constituyan en autenticas danzas de palabras; es decir pláticas que

fundamenten la armonización estética de nuestras perspectivas, esperanzas,

conceptos y categorías respecto al desarrollo y la cultura. En esta danza de la

palabra aspiramos a que suceda la complementariedad entre ciencias, artes y

espíritu. Asumiendo con dignidad que nuestro sentir, ver, oír y accionar son

confiables fuentes de conocimiento; concretamos en nuestras palabras que

nuestras relaciones son holísticas. Recurriremos a iluminadores, enseñadores

del conocimiento ancestral para que desde sus propias visiones nos ayuden a

la expresión comprensible en el quehacer cotidiano y, de este modo, abrir un

proceso de descolonización del pensamiento. Para alcanzar acuerdos,

elaborar definiciones, plantear criterios se hace necesario aplicar métodos

propios del nivel comunitario para converger en encuentros de diálogos (la

danza de la palabra) y acuerdos basados en técnicas y didácticas, para

obtener la luz del conocimiento ancestral vertido en diferentes especialidades,

que permita converger encuentros con comadronas, tertuleros, aj’quijabs,

guías espirituales, rosquiteras, curanderas y otras figuras centrales en el

mantenimiento de nuestras relaciones como comunidad y como expresiones

de nuestra historia, guardas de nuestra interpretación y vivencia del tiempo.

Percepción social y política desde la interpretación comunitaria de los Percepción social y política desde la interpretación comunitaria de los Percepción social y política desde la interpretación comunitaria de los Percepción social y política desde la interpretación comunitaria de los derechos colectivosderechos colectivosderechos colectivosderechos colectivos Dentro de todo el proceso del diagnóstico, se elaboraron una serie de preguntas para conocer la percepción social y política de los municipios de Cajolá, Quetzaltenango, San Juan Ostuncalco, La Esperanza y Concepción Chipirichapa. La CEC elaboró un informe que se puede descargar en http://www.box.net/shared/vb8pdnrytv

Page 165: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

143

Con toda esta base histórica, se discutió cómo se desarrollaría el estudio;

cuestionándonos también sobre los beneficios que se tendrían en el futuro. Las

horas de pláticas abrieron el pensamiento de cada persona e hizo un recuento

sobre lo grandioso que es la vida cuando se vive en armonía, en equilibrio; lo

cual propicia un futuro lleno de alegría, de sueños. La construcción de una

democracia donde se garantice el amor a la dignidad, la paz y reencontrase

nuevamente para generar nuevas formas de convivencias es el sueño de todos;

un sueño donde todos contribuyamos a resolver los distintos problemas que nos

amarran cada día.

Llegando al cierre de un ciclo en que se compartió a través de la Danza de la

Palabra y se recodificaron pensamientos, más que un resultado que se pueda

palpar materialmente, se hizo realidad el más grandioso principio en la vida de

la comunidad: la reorganización de aquellas formas de vida en que se reconocen

las bondades de convivencia armónica y equilibrada dentro de una sociedad;

donde también se tienen presentes los aspectos de comprensión óptima de la

cultura, y de nuevas visiones de vida; que si bien es cierto se tienen desde siglos

anteriores, también es cierto que se pueden aplicar en las épocas de

contemporaneidad del colectivo actual.

LA TRANSFORMACIÓN DE LA REALIDAD PARA EL DESARROLLO DE NUESTRA INTERPRETACIÓN DEL TIEMPO Y DEL SUJETO COLECTIVO A continuación presentamos un muy breve resumen de las medidas que

adoptará la CEC para el desarrollo y emergencia del sujeto colectivo. Partimos

de las tres esferas de la cultura y su interrelación como eje central de las

propuestas elaboradas en el 2009. Las estrategias de incidencia de la CEC están

relacionadas con los indicadores del diagnóstico.

Análisis de situación y estrategias por esfera de la cultura tomando en cuenta

las amenazas, debilidades, oportunidades y fortalezas en la región

Debilidades y amenazas

En la esfera de la Cultura Simbólica Estrategia

� Falta de conciencia

por falta de

formación.

� La práctica de la

espiritualidad se ha

convertido en un para

concentrar riqueza.

� Pérdida de la

identidad.

� Prejuicios, racismo

discriminación y

pobreza.

� Auto discriminación

� Religiones alienantes

� Comercialización de la

práctica espiritual.

A través de la formación

de conciencia

intergeneracional de

transmisión y práctica de

la espiritualidad se rescata

la identidad y se

disminuyen prejuicios que

tiene la sociedad.

En la esfera de la Cultura Material Estrategia

� Poco recurso

económico para

diversificar la

producción del

colectivo.

� Falta de organización

para aprovechar los

métodos ancestrales y

las nuevas tecnologías.

� No hay capacidad de

producir alimentos de

consumo interno.

� La educación cultiva

un ser individualista

desarraigado de los

conocimientos de sus

ancestros.

Atender las necesidades

sociales y económicas a

través de la recuperación

de las prácticas ancestrales

conjunta con las nuevas

tecnologías, diversificando

y ampliando la producción

material para lograr un

nuevo nivel de calidad de

vida.

En la esfera de la Cultura Social Política Estrategia

� Falta de

comunicación.

� Asimilación de

pensamientos.

� Enajenación.

� Ya no existen medios de

comunicación propios

de la comunidad.

Crear una organización

en la que se fomente los

valores y principios del

colectivo y sea un ente

que regule la transmisión

de mensajes a través de

los distintos medios de

comunicación para evitar

la enajenación.

Page 166: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

144

Debilidades y oportunidades

En la esfera de la Cultura Simbólica Estrategia

� Falta de participación y

organización del

colectivo para el

desarrollo de cada

comunidad en

educación (falta de

interés de los padres de

familia dentro de la

comunidad educativa)

� La fuga de talentos

humanos internos y

externos (por

situaciones social y

económico se emigra,

dentro y fuera del país

� Las organizaciones

comunitarias que

sostienen la cultura

(Lugares Sagrados,

ACAM, Grupo Cajolá,

Consejo MAM).

Conformación de red de

instituciones propias del

colectivo para crear

alianzas estratégicas con

instituciones públicas y

privadas. Es decir, generar

la base organizativa

suficiente para sostener

instituciones propias que

generen las relaciones

propias de nuestras

culturas.

En la esfera de la Cultura Material Estrategia

� Falta de políticas

sociales Económicas

culturales, ambientales

y tecnológicas nacidas

de la comunidad y

dirigidas al sujeto

colectivo.

� Falta de participación

del colectivo para el

desarrollo de cada

comunidad en

educación (falta de

interés de los padres de

familia dentro de la

comunidad educativa).

� Aprovechamiento de

todas la funciones y

programas que tienen

las organizaciones

gubernamentales y

ONGS

� Coordinación de Ong’s

e instituciones de

gobierno para mejorar

sus diversas

proyecciones en la vida

del colectivo

Crear una red solidaria

del colectivo e

instituciones estatales

para mejorar las diversas

proyecciones en la vida de

los colectivos

En la esfera de la Cultura Social Política Estrategia

� Carencia de

sistematización de los

conocimientos mayas en

todo el contexto de la

cultura-

� Ver a los cocodes como

parte de la

municipalidad.

� Es importante conocer

e interpretar por

nosotros mismos la

Ley de Consejos de

Desarrollo y el Código

Municipal para ver

cómo podemos

fortalecer nuestras

formas propias de

organización.

Involucrar a los

COCODES para la

recuperación de los

conocimientos

ancestrales al respecto

de organización y

representatividad.

Fortalezas y amenazas

En la esfera de la Cultura Simbólica Estrategia

� Consejo de Ancianos

� Guías espirituales y su

articulación de niños,

jóvenes y ancianos

(transmisión

intergeneracional)

� Organización

comunitaria, que

aunque a veces débil

aún sostiene nuestro

propio sistema de

relaciones – ACAM,

Grupo Cajolá, Consejo

Mam, Kamalbe.

� Influencia de otras sectas

religiosas que rompen

nuestra relación con lo

espiritual.

� Comercialización de lo

espiritual y de la cultura.

� Los medios de

comunicación, en su

gran mayoría, presentan

y uso la cultura maya

como producto para la

venta.

Promover campaña de

información sobre la

normativa sobre la que

se sustentan los

derechos colectivos

(Acuerdos de Paz,

Convenio 169 de la

OIT, entre otros) y

nuestra interpretación

del sujeto colectivo en

las comunidades con el

fin de rescata y

entrelazar nuevo el

tejido social

En la esfera de la Cultura Material Estrategia

� Hay propuestas de ley

que pretenden desarrollar

nuestra ciencia y

tecnología y crear un

nuevo ordenamiento

territorial.

� Falta de voluntad política

de los congresistas para

aprobar as iniciativas de

leyes de los colectivos

Crear mesas de diálogos

con los congresistas

Fomentar la creación de

un congreso propio de la

región

Page 167: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

145

En la esfera de la Cultura Social Política Estrategia

� Existen propuestas

concretas por parte

del colectivo para la

elaboración de una

reforma

constitucional que

permita emerger

nuestro sujeto

colectivo.

� Existe armonía

política a través de la

espiritualidad maya

� La educación no

responde a la

composición plural de

Guatemala.

� Estructura y sistema del

Estado monista

� La globalización de los

medios. Es

prácticamente

imposible escapar de

ellos y nosotros no

tenemos ninguna

influencia en ellos.

Generar representatividad

política dentro del

contexto propio de nuestro

colectivo (transformar la

ley de partido), lo que

conllevará al libre ejercicio

de la soberanía,

permitiendo realizar

propuestas en el sistema

educativo, desarrollo de

nuestra ciencia y

tecnología y gestión de

nuestro territorio, con el

fin restablecer las

relaciones propias de

nuestras culturas.

Fortalezas y oportunidades

En la esfera de la Cultura Simbólica Estrategia

� Conciencia colectiva

respecto nuestro espacio

territorial vital sobre el

que desarrollar nuestras

culturas.

� El nuevo curricula se

basa en el que se

incluye el idioma

K’iche’, y enseñanza de

artes propias del

colectivo y

espiritualidad. La

educación debiera de

guiarse por el

calendario maya y

coordinarse con el

calendario gregoriano.

Reconstruir nuestra vida

en base al calendario

maya coordinado con el

gregoriano, para así

expresar en nuestras

relaciones con la

naturaleza, la comunidad

y el cosmos el sentir

temporal de nuestras

culturas.

En la esfera de la Cultura Material Estrategia

� Existe una potencia que

sostiene a nuestro

colectivo y que

contribuye a

fundamentar la base

económica del país.

� Hay instituciones,

nacionales civiles e

internacionales a favor

de implementar

procesos de desarrollo

de los colectivos.

Unificar a las instituciones

gubernamentales, civiles e

internacionales para

desarrollar una voluntad

ciudadana que conlleve a

constituir nuestro

territorio para poder

ejercer nuestros derechos

colectivos.

En la esfera de la Cultura Social Política Estrategia

� Los curanderos,

consejos de ancianos,

ajquijab, kamalbe,

consejo de ancianos,

comadronas, tejedoras

continúan

representando en gran

medida a las

comunidades ya que

confieren armonía

política a través de la

espiritualidad maya.

� Las organizaciones son

consientes del sentir

colectivo.

� Tenemos propuestas de

cambio constitucional.

� Tenemos que conocer

e interpretar para el

beneficio de nuestras

formas propias de

organización la ley de

descentralización, la

ley de consejos de

Desarrollo, Código

Municipal, Acuerdos

de paz y Acuerdos

internacionales.

� Existen pensamientos

ideológicos

progresistas

contextualizados

� Conocimiento de la

Legislación Indígena

en la Universidad San

Carlos - Occidente

Generar relaciones entre

autoridades ancestrales

para que se genere una

fuerza de lo comunitario a

lo regional con el fin de

consolidar un consejo

regional capaz de

demandar la autonomía de

nuestro territorio para el

ejercicio pleno de los

derechos colectivos.

Page 168: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Estrategias por ámbito de relación y esfera de la cultura

Estrategias por esfera de la cultura

Cultura Simbólica Cultura Material Cultura Social-Política

Inte

rper

son

al

(Com

unid

ad)

A través de la formación de conciencia

intergeneracional e intercultural de transmisión y

práctica de la espiritualidad se valora la identidad y se

disminuyen prejuicios que tiene la sociedad.

Impulsar un proceso de educación formal e informal

constante de los colectivos para poder hacer

conciencia y sensibilizar a la población sobre las

necesidades sociales y económicas a través de la

recuperación y aplicación de las prácticas ancestrales,

nuevas tecnologías, diversificando y ampliando la

producción.

Fortalecer el tejido social comunitario por medio del

fomento de valores y principios del colectivo (en las

relaciones de personas y colectivos), a través de la

transmisión de mensajes en los distintos medios de

comunicación para disminuir la enajenación política-

social y fortalecer las relaciones interpersonales sobre

la base de los derechos colectivos.

Inst

ituc

ion

al

(Com

unid

ad –

regi

ón)

Conformación de red de instituciones del colectivo

creando alianzas estratégicas con instituciones

públicas y privadas de la región, para fortalecer la

organización, sensibilización y participación como

colectivo unido en la diversidad.

Crear una red solidaria regional del colectivo

integrada por actores e instituciones estatales y

formas propias de producción que trabajan y

promueven la autosuficiencia y el desarrollo de la

ciencia, industria y tecnología autóctona, en mejorar

las diversas producciones materiales bajo el concepto

colectivo de lo que es desarrollo.

A través de la organización de un consejo regional

integrado por los diferentes sectores

sociales con autodeterminación que garantice el

espacio de representatividad política, social y cultural.

Generar propuestas desde la comunidad sobre cómo

crear un consejo plural de la región desde los saberes

ancestrales.

Nor

mat

iva

(Reg

ión

Est

ado)

Promover campaña de formación e información

sobre normativas que sustentan los derechos

colectivos y sobre el ser colectividad referida a la

gestión del territorio para valoración del tejido social.

Implementar políticas autoregulatorias del territorio

sobre el uso de la ciencia y tecnología , promoción de

la industria autóctona y administración de facultades

a los representantes comunitarios reunidos en consejo

regional para la gestión y uso del patrimonio natural,

A través de la recuperación y sistematización de los

conocimientos ancestrales de los pueblos originarios,

se promueven nuevas propuestas de ley que permitan

al colectivo normar según su entendimiento de lo que

es desarrollo económico, político, social y cultural.

Est

ruct

ural

(Est

ado)

Incidir en la aprobación e implementación de las

propuestas de protección de lugares sagrados,

fortalecimiento de programas de educación bilingüe

intercultural del colectivo fundamentados en la

cosmovisión de los pueblos.

Promover una propuesta de reestructuración

territorial y patrimonio natural para la autosuficiencia

(Ciencia y tecnología y desarrollo de la industria

autóctona) del colectivo.

Consultar a las comunidades sobre el espacio

territorial del colectivo e incidir para que sirva de

base estratégica de unión para todas las

organizaciones de la región.

Page 169: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Las anteriores estrategias están interrelacionadas y se respaldan unas a otras. El hilo

que cose las estrategias de las tres esferas de la cultura en cada ámbito de relación es:

Interpersonal Institucional Normativo Estructural

Promoción,

sensibilización de

la aplicación de la

interculturalidad

como medio de

diálogo para la

construcción de

pluralidad.

Fortalecimiento

institucional para

iniciar los cambios

en los diversos

servicios que se

prestan a la

población.

Formulación de

propuestas y

políticas desde lo

local a lo regional

y estatal para

contribuir en los

procesos de

construcción

intercultural.

Promover el

desarrollo del

ordenamiento

territorial con el

sustento de saber

que proviene de

nuestros

ancestros.

Mediante la integración de acciones que fundamenten en lo

Interpersonal Institucional Normativo Estructural

Convivencias

comunitarias en

escuela y con

padres de familia.

Convivencias

generacionales.

Construcción

intercultural de la

institucionalidad.

Interpretar los

derechos

colectivos para

sustentar las

propuestas de

base normativa de

nuestro colectivo.

Aplicación de los

conocimientos

ancestrales

entrelazados con

las nuevas

tecnologías.

Las estrategias en las relaciones interpersonales nos permitirán hacer frente a los

efectos de las desigualdades estructurales en la comunidad; el fortalecimiento de

nuestras institituciones comunitarias permitirá disminuir sus mecanismos en la

comunidad y en la región; el desarrollo de procesos normativos propios en la región

solventará sus dinámicas; y, finalmente, con la acción política resultante de carácter

estructural, podremos hacfer frente a sus causas. Con esta estrategia es importante

destacar que no empezamos con un Qué queremos, que decida de arriba hacia abajo,

sino que iniciamos con un Cómo somos, Cómo hacemos; y el desarrollo de este Cómo

nos dará finalmente, organizados ya, un Qué, una voz colectiva original y legítima

nacida desde abajo, desde las comunidades.

RESULTADO OBTENIDOS DEL PROCESO EN EL 2009

� Recuperación del sistema organizativo Kalpul. Es preciso profundizar más en la

investigación sobre el sistema pop y el calendario maya para fundamentar los

ciclos de trabajo. A partir de febrero 2010, antes de fin de año maya, se

establecerá la estructura de trabajo y representación del siguiente modo: un

Kalpul Menor por municipio cuyo número de miembros se coordine con el

calendario maya (4, 7, 9 ó 13). Por Kalpul Mayor se entenderá el consejo de

representación de toda la región del colectivo, cuya representatividad y

temporalidad se formará por múltiples de 13. La temporalidad y el contenido

que expresan los días del calendario maya fijarán la organización, planificación y

objeto de función temporal tanto de los Kalpules Menores como del Kalpul

Mayor.

� Conocimiento, interpretación y apropiación de los Derechos Colectivos.

� Definición de Territorio y Colectivo desde la interpretación comunitaria.

� Elaboración de indicadores cuantitativos y las herramientas para la recolección

de datos.

� Información general sobre el uso de herramientas y adaptación al nuevo

vocabulario.

� Recolección de información cuantitativa para el diagnóstico en los municipioS

de San Juan Ostuncalco, La Esperanza, Concepción Chiquirichapa, Cajolá y

Quetzaltenango. Desarrollo del diagnóstico en un 80%.

� Incorporación del Ciclo Intergeneracional de debate sobre Colectividad y

derechos Colectivos en todos los municipios.

� Cohesión entre los y las participantes de la CEC

� Primeros pasos del chujb'in k'uk wokomtaq chomanik.

� Conformación de la organización local que le dará seguimiento al chujb'in k'uk

wokomtaq chomanik.

� Integración de equipos a nivel de municipios muestra.

Page 170: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

148

MIRAMOS EL FUTURO: IDENTIFICACIÓN DE ESCENERAIO Se consideran interrelacionadas, y no acciones independientes Cultura Simbólica

Respecto al idioma

� Año 2010: Generar conciencia sobre el sujeto colectivo, su territorio y

derechos a través de todos los medios de comunicación disponibles.

� Año 2012: Presencia de la cosmovisión maya como base para la elaboración

del pensum educativo de niños y niñas en todos los centros educativos, tanto

privados como públicos, para que la regulación individual y colectiva de la

vida tenga sentido.

Respecto a la espiritualidad

� Año 2010: Establecer los primeros enlaces entre representantes espirituales de

las diferentes comunidades para dar contenido espiritual a la región.

� Año 2012: Organización regional de “Ajquijab” que esté bien fortalecida para

que constituyan el marco de relaciones materiales, simbólicas y sociopolíticas

de la región mediante la interpretación del calendario.

Respecto al patrimonio

� Año 2010: Proceso de Identificación de Lugares Sagrados en todos los

municipios de Quetzaltenango.

� Año 2012: Que las organizaciones de Ajq'ijab y autoridades locales

administren y tengan el control sobre los lugares sagrados, por hecho o por

derecho.

Respecto a la educación

� Año 2010: Que los catedráticos u alumnado conozcan el significado y la

importancia de la cosmovisión maya con toda su complejidad.

� Año 2012: Que los alumnos dominen su idioma materno oral, escrito y un

segundo o tercer idioma dependiendo del nivel.

Respecto a los medios de comunicación

� Año 2010: Que los medios de comunicación tomen en cuenta la cultura (en

toda su complejidad) como base fundamental de la comunicación del pueblo.

� Año 2012: Democratización de los medios mediante la generación de medios

de comunicación públicos y masivos.

Cultura Material

Respecto a las relaciones entre personas en la comunidad

� 2010: Sensibilización sobre la necesidad de producir y consumir los

alimentos y productos básicos propios de la región.

� 2012: Aplicación de practicas ancestrales tecnológicas para desarrollar el

potencial colectivo de la utilización de tecnología.

Respecto a las relaciones institucionales en la comunidad y la región

� 2010: Fortalecimiento institucional par promover la autosuficiencia.

� 2012: Aplicación de tecnología ancestral en la generación de industria.

Respecto a las relaciones normativas de la región en el Estado

� 2010: Realización de las propuestas auto-regulatorias del territorio sobre el

uso de la ciencia y tecnología así como de gestión del patrimonio natural.

� 2012: Aplicación de las propuestas y políticas.

Respecto a las relaciones estructurales a nivel de Estado

� 2010: Proporcionar una restructuración territorial con actores integrales del

colectivo.

� 2012: Aplicación a nivel local y regional.

Cultura Sociapolítica

� 2010: Consolidación de consejos comunitarios con enlaces a nivel regional.

� 2012: Consolidación del consejo regional.

Page 171: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

149

LA CREACIÓN DE UN SISTEMA DE INDICADORES PARA LA OBSERVACIÓN COMUNITARIA Y REGIONAL DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS La CEC Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa Qano'jib'al y la CEC Moloj Naoj

Kaqchikel elaboraron mediante el vínculo de CANEKun sistema de indicadores

amplio y complejo. Este recoge una gran cantidad de elementos de medición que

permiten calcular la capacidad de ejercicio de los derechos colectivos así como el

impacto de las desigualdades estructurales en sus comunidades. El sistema está

fundamentado en la interpretación de las tres esferas de la cultura y sus

relaciones. Permite analizar realidades culturales mono o pluriculturales

diferentes con toda su complejidad o tomando una sola esfera de la cultura,

siempre partiendo de la variable territorio que dirige el análisis hacia la región

del sujeto colectivo. Este sistema de indicadores nos permite:

1 Entender cómo las desigualdades estructurales afectan directamente a la

conformación y desarrollo de colectivos. Ello es fundamental para

comprender que lo comunitario no se encuentra aislado sino que se halla

íntimamente relacionado con las estructuras del Estado y que,

necesariamente, debe de actuar sobre sus mecanismos de alienación para

poder autodeterminarse y desarrollarse según sus propios principios y valores

y sus formas propias.

2 Brindar herramientas para que los colectivos de Guatemala puedan medir,

por un lado, sus niveles de autogestión territorial que cubre su colectividad;

por el otro, los niveles de desarrollo de las relaciones de cada una de las

esferas de la cultura que, en consecuencia, nos darán información sobre la

capacidad de ejercicio de los derechos colectivos. Todo ello con la finalidad de

crear planes estratégicos sustentados en información generada desde la

comunidad para su fortalecimiento e incidencia comunitaria, regional y

estatal.

3 Generar bases estadísticas desde la comunidad que permitan sustentar planes

estratégicos de desarrollo.

4 Facilitar la generación de procesos de reflexión y análisis durante la

elaboración del diagnóstico y la recolección de datos que permitan la

construcción de conciencia colectiva, la recuperación de formas propias de

organización y la interpretación y ejercicio de los derechos colectivos.

¿QUÉ ES UN SISTEMA DE INDICADORES Y QUÉ ELEMENTOS TIENE?

Sistema de indicadores. Un sistema de indicadores es una unidad articulada e

interrelacionada de herramientas de medición (los indicadores) que tiene por

objeto conocer la realidad para poder representarla numéricamente y tener

orientaciones para transformarla. Un sistema de indicadores no es una lista de

indicadores. La clave de un sistema se encuentra precisamente en las

(inter)relaciones que existen entre sus indicadores y, en consecuencia, entre los

fenómenos que se desean medir.

La información que aporta un sistema de indicadores permite abrir un camino

seguro a seguir para la construcción de una estrategia de acción y reflexión que

permita elaborar proyectos que impacten y transformen la realidad observada.

Lo que ofrece el sistema es la interrelación y ponderación (de mayor impacto a

menor impacto en las esferas de la cultura) de fenómenos que ayudan a

construir los indicadores (cuantitativos o cualitativos) que permitirán ir

haciendo el ejercicio de medición de la realidad concreta que se quiere

transformar. Por tanto, un sistema de indicadores no es una batería de fórmulas

Page 172: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

150

estadísticas. Para que un sistema de indicadores sea capaz de transmitir de

manera correcta la información debe cumplir con criterios mínimos como:

1 Sostenibilidad: el Sistema debe ser aplicable a partir de los recursos económicos,

de las capacidades técnicas (informáticos, fuentes de información, etc.) y que sea

utilizable en procesos continuos.

2 Legitimidad: la información que proporciona es valiosa (al decir valiosa nos

referimos a que es útil al análisis porque representa efectivamente en alguna

medida la evidencia de relaciones entre fenómenos y permite la ponderación de

los mismos), confiable y rigurosa.

3 Comunicable: la información que el sistema proporciona es fácilmente

socializable, ágil y flexible.

4 Coordinable: permite la fácil coordinación entre las instituciones involucradas.

¿Qué es un indicador?

Un indicador es la “identificación de una magnitud numérica referida a un evento

[fenómeno] que pone en evidencia la intensidad, situación o evolución del mismo.

De su tratamiento es posible establecer la explicación, evolución y predicción de un

fenómeno estudiado”131. Sin ánimo de complicar los conceptos ni las definiciones,

diremos que un indicador es una herramienta que nos sirve para medir, ya sea con

números o con percepciones cualitativas (por ejemplo, cuando valoramos algo

diciendo que está mal, bien, muy bien…), aquello que sucede en nuestra realidad.

Los indicadores nos ayudan a tener medidas de comparación, para saber si estamos

mejorando lo que estamos haciendo, si estamos alcanzando nuestras metas o, si de lo

contrario, estamos fallando. Para definir indicadores en nuestro caso, indicadores

capaces de decirnos nuestra capacidad y avance en el ejercicio de los derechos

colectivos, existe todo un trabajo previo de análisis (la identificación de

desigualdades estructurales, su árbol de problemas, el concepto de cultura y su

relación con el concepto de colectivo y de derechos colectivos) que contribuyen a

determinar cuáles son esos números o esas características que nos darán las claves de

lo que nos interesa medir.

Con el propósito de hacer tan

sencillo como fuera posible la

construcción de indicadores,

porque obviamente éstos

deben de ser reformulados y

adaptados a la realidad local

por los miembros de la CEC,

hemos elaborado esta ficha,

que contiene elementos

imprescindibles para su

formulación.

131 Resumen: Metodología para la formulación de indicadores para el Seguimiento y Evaluación.

Alcaldía Mayor Bogotá D.C., Secretaría Desarrollo Económico 2007.

Page 173: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

151

¿Qué es un índice?

Un índice es una medida que para nuestro caso de diagnóstico es estándar, es

decir no la creamos aquí sino que vamos a las fuentes documentadas a que nos

digan cuales son los números o categorías ideales bajo las cuales los indicadores

deberían estar y nos ayudan a hacer los cálculos respectivos para identificar las

características propias de nuestro interés.

¿Qué es una variable?

Una variable es una categoría o fenómeno que está presente en el niverso

estudiado y que cambia de acuerdo al contexto en el que se identifique. Por

ejemplo, la variable principal del diagnóstico a realizar es la de territorio. El

territorio es un factor que cohesiona a las colectividades, es un espacio físico

concreto sobre el cual se ejercen los derechos colectivos y es un elemento del que

su uso y aprovechamiento se obtienen diferentes interpretaciones dependiendo

del contexto en el cual se estudie.

¿Qué es el universo de estudio?

Un universo de estudio es la unidad total sobre la cual haremos nuestra

investigación. Por ejemplo, el universo que interesa a la investigación es la

población que cubre el territorio del colectivo, de ese universo haremos

delimitaciones temporales y espaciales. A partir de estas definiciones

seleccionamos la muestra.

¿Qué es la muestra?

Una muestra es la pequeña fracción de la población que es representativa del

universo y que nos dará los insumos necesarios para definir aquello que estemos

investigando, en este caso los fenómenos que componen nuestros indicadores.

CLAVES PARA EVALUAR Y MEJORAR EL SISTEMA

Antes de pasar a ver los indicadores, proponemos una serie de elementos del

indicador para que sean evaluados y, de ser necesario, reformulados. En su

elaboración se procuró que los indicadores fueran:

� Planteados con claridad

� Relevantes y significativos para los fines propuestos

� Fáciles de medir con los recursos económicos y tecnológicos disponibles

� Validables y observables

� Con suficientes bases y fuentes para ser medibles.

Presentamos a continuación una serie de preguntas que pueden ayudar y a

reformular el sistema:

Los indicadores culturalesLos indicadores culturalesLos indicadores culturalesLos indicadores culturales “Partimos de la hipótesis de que el verdadero banco de pruebas de una cultura consiste en determinar si favorece o no el fortalecimiento de las cualidades humanas y si contribuye a ampliar el abanico de elecciones que se ofrecen a cada individuo (y a la colectividad). Una evaluación de estas características tendría que incluir varias dimensiones importantes. No se trata de evaluar el ‹‹desarrollo cultural›› o, dicho de otra manera, no se busca determinar sí una cultura esta más ‹‹desarrollada›› que otra. Puesto que admitimos que las culturas son únicas y diversas, sería ilusorio tratar de medirlas con un único rasero. Lo que queremos evaluar es su contribución al bienestar humano, el cual posee las suficientes características comunes a todas las culturas para que sea posible comparar la situación entre los diferentes países”.

Terry McKinley, Informe Mundial sobre Cultura, UNESCO, 1998.

Page 174: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

152

Instrumento de validación del sistema y de indicadores132

Sí No

Del sistema de indicadores

De legitimidad

� Cuenta con un marco teórico que permita una visión global sobre

el tema

� La información que proporciona es valiosa

� La información es confiable (de fuentes legítimas y válidas)

� La información es rigurosa (profundamente analizada y

concretizada)

De Sostenibilidad

� El sistema permite su implementación considerando las

capacidades económicas del proyecto y de las y los participantes

� Es perdurable en el tiempo (utilizable para mediciones en

diferentes momentos y universos culturales)

� Existen los recursos técnicos necesarios para su realización

� Existen las capacidades técnicas y humanas indispensables para su

aplicación

� Permite el monitoreo del proceso del diagnóstico

� Establece posibles relaciones entre indicadoresEs sostenible desde

lo económico

De comunicación

� La información es comprensible por quien la lee

� La información es transmisible con términos prácticos a la

colectividad

� La información es fácil de manejar a efecto de generar insumos a

partir de sus fuentes

132 Adaptación CANEK con base en Metodología para la formulación de Indicadores para el

Seguimiento y la Evaluación. Alcaldía Mayor Bogotá D.C. Secretaría Desarrollo Económico.

2007.

De coordinación

� La información permite la socialización entre las instituciones

involucradas

� La información permite la discusión entre las instituciones

involucradas

De los indicadores

� Tienen los indicadores elementos relevantes (oportunos) que

puedan vincularse a objetivos posibles en materia de cultura o en

su defecto de cada esfera de la cultura

� Es digno de confianza, es decir que no permite sesgos

� Es sostenible en el tiempo (en recursos, aplicabilidad, tecnología)

� Los datos y las técnicas estadísticas son sólidos y los productos

estadísticos reflejan adecuadamente la realidad

� Se puede aplicar a otras realidades culturales

� Involucra en el proceso de obtención a todos los actores

relevantes, con el fin de asegurar su legitimidad

� Existe una proporcionalidad de los costos para su obtención y la

utilidad de los datos y en consecuencia de la información obtenida

� Es fácilmente comprensible, claro y entendible para poder ser

analizado por cualquier persona

� Permite realizar un seguimiento sobre el fenómeno cultural

observado

� Permite realizar una evaluación del fenómeno cultural observado

Page 175: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

153

MAPA GENERAL DEL SISTEMA DE INDICADORES

El sistema de indicadores consta de los siguientes grupos, indicadores y

componentes.

INDICADOR MARCO

IMR - Territorio del colectivo

C1133 - Concepto y delimitación del territorio del colectivo

C2 - Extensión territorial de la región del colectivo

IM1 - Población y territorio por municipio

C3 - Extensión territorial del municipio

C4 – Características de la población del municipio

INDICADORES DE LA CULTURA SIMBÓLICA

CS1 - Medios de difusión que facilitan la promoción social del contenido de los

derechos colectivos C1 – Número y tipo de medios televisivos.

C2 - Cantidad de población que usa los medios televisivos y su tipo.

C3 - Número y tipo de medios radiales.

C4 - Cantidad de población que usa los medios radiales y su tipo.

C5 - Número y tipo de medios de difusión escritos.

C6 – Cantidad de población que usa los medios escritos y su tipo.

C7 - Número y tipo de medios de difusión alternativos.

C8 - Cantidad de población que usa los medios alternativos y su tipo.

CS2 - Recursos educativos que el Estado emplea efectivamente para la

promoción, formación y ejercicio de los derechos colectivos C1 - Cantidad de establecimiento educativos públicos en el territorio del colectivo

por municipio.

133 La C significa Componente del indicador.

C2 - Cantidad de recurso humano que enseña en los establecimientos educativos

públicos.

C3 - Cantidad de horas de enseñanza por año escolar.

C4 - Cantidad de personas en edad escolar por ciclo escolar.

C5 - Cantidad de alumnos por ciclo escolar.

C6 - Grado de problemática estudiantil

C7 - Nº de cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos

de los derechos colectivos del total de ciclos escolares.

C8 - Nº de horas por año dedicadas a cursos extracurriculares de promoción social

dedicados a los contenidos de los derechos colectivos del total de ciclos escolares.

C9 - Cantidad de presupuesto asignado a la educación pública en el territorio del

colectivo por municipio.

C10 - Cantidad de personas por ciclo escolar que dominan un idioma de los pueblos

originarios inscritos en el territorio del colectivo.

CS3 – Gestión y desarrollo de lugares en los que se práctica la espiritualidad C1 - Nº de centros ceremoniales propicios para celebraciones espirituales por

municipio.

C2 - No. de guías espirituales residentes en el territorio por religión.

C3 - Censo de propiedad de los centros ceremoniales de los pueblos originarios.

C4 - Porcentaje de presupuesto asignado al mantenimiento y preservación de lugares

sagrados de los pueblos originarios inscritos en el territorio.

INDICADORES DE LA CULTURA MATERIAL

CM1 – Recursos económicos que el Estado emplea efectivamente para mejorar

el desarrollo económico y del mantenimiento y protección del medio ambiente

en el territorio del colectivo C1 - Presupuesto del Estado asignado anualmente a servicios de desarrollo

económico y protección y mantenimiento del medioambiente

C2 - Grado de problemática económica y medioambiental

C3 - Impuestos recaudados por instituciones públicas en el espacio territorial del

colectivo

Page 176: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

154

CM2 - Autosuficiencia en el manejo de los recursos del territorio

C1 - Extensión territorial por clase de suelo

C2 - Extensión de tierra privada propicia para su desarrollo productivo

C3 - Extensión de tierra comunal propicia para su desarrollo agrícola

C4 - Extensión de tierra comunal reforestada, bosque natural y en protección

C5 - Cantidad de tierra

C6 - Extensión de tierras comunales gestionada por organizaciones externas y

pertenecientes a estructuras oficiales del Estado por categorías.

C7 - Extensión de tierras comunales gestionada por organizaciones propias del

colectivo por categorías.

CM3 - Autosuficiencia económica del colectivo C1 - Nº de trabajadores por tipo de organización productiva

C2 - Población económicamente activa

C3 - Destino de la producción por sector productivo

C4 - Salario mínimo por persona

C5 - Ingresos y gastos promedio de la familia

C6 - Precio y origen de los productos de la canasta básica vital

INDICADORES DE LA CULTURA SOCIAL O POLÍTICA

CSP1 - Eficacia de la inversión de recursos económicos del Estado en programas

de desarrollo social en base al grado de problemática socio-política que afrontan C1 - Ingresos públicos totales

C2 - Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio

C3 - Presupuesto de organismos estatales asignado anualmente para desarrollo social

C4 - Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente para desarrollo social

C5 - Grado de servicio voluntario a la comunidad en materia de desarrollo social

C6 - Grado de percepción de la problemática social

CSP2 - Grado de desarrollo del ordenamiento territorial del colectivo desde las

lógicas locales de representación C1 - Grado de desarrollo de la ciudadana diferenciada, directa y orgánica

C2 - Ingresos anuales obtenidos mediante formas propias de tributación o

contribución económica, usados para el autofinanciamiento de estructuras

organizativas propias dedicadas a la definición, ejecución, control y evaluación de la

gestión pública para el mejoramiento de la comunidad

C3 - Grado de distribución territorial del poder para el efectivo ejercicio de los

derechos colectivos

EL PROCESO DE BÚSQUEDA Y RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN

Para recabar los datos del sistema de indicadores, debido a su amplitud y

complejidad, es preciso realizar primero un análisis de los indicadores y de la

información que se requiere. Posteriormente planificar el proceso de recolección

de datos. Para la planificación general del proceso, proponemos el siguiente

cuadro:

Planificación Etapa Presupuesto

Tiempo I Tiempo II Tiempo…

Diseño

Ejecución

Revisión de resultados

Relación con estrategias

Validación con comunidad

Comunicación de resultados

Dado el tipo de investigación que se lleva a cabo, los miembros de las CEC decidieron elaborar unos gafetes que permitieran identificarlos. Un ejemplo de la CEC Moloj Naoj Kaqchikel

M. DAVID CHIRIX SOTZ

Delegado CEC

Moloj Naoj Kaqchikel

CANEK Observatorio Cultural

Investigación Desarrollo cultural

0 calle “A” 30-05, zona 7, Utatlán I. Guatemala. 4to callejón final casa 195 Colo. San Rafael z. 2

Chimaltenango Tel. 2434-6655, 78394477

Page 177: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

155

Dada la cantidad de componentes y, por consiguiente, de información que

precisan algunos indicadores, las CEC elaboraron la siguiente herramienta de

planificación para la recolección de datos a utilizarse para cada uno de los

indicadores.

El proceso de recolección de datos fue complejo y, en ciertos indicadores, muy

dificultoso. Algunos comentarios de los miembros de las CEC’s al respecto de la

recolección de datos fueron:

� Se tiene que prever mejor la amplitud del diagnóstico.

� Las boletas se han considerado complicadas, aunque existe el pensamiento que

éstas ayudarán a determinar la realidad cultural de las comunidades.

� Las instituciones (tanto públicas como privadas, inclusió de proyección social)

han sido, en muchos casos, conservadoras en cuanto a ofrecer información. Existe

recelo de organizaciones civiles que han trabajado procesos de diagnóstico

parecidos, para dar información. Piensan que se les va a robar la información

� Es importante tener en cuenta que habrán ciertos datos imposibles de obtener ya

que aún no existen las fuentes, por lo que es preciso crearlas.

� Es muy importante realizar reuniones periódicas de los miembros de la CEC para

compartir ideas sobre los datos obtenidos y dificultades que han encontrado en su

recolección. El proceso es muy tardado, es importante simplificar.

� En las cabeceras departamentales a veces es casi imposible obtener información.

� La municipalidad, cuanto más pequeña, menos problemas.

� En muchas instancias públicas no reciben por el hecho de ser mujer.

� Es muy importante popularizar y adecuar el lenguaje de las boletas.

� Hagan una solicitud antes de llegar las instituciones públicas, sino irán por gusto.

La ley de acceso a la información no es ley en todas partes, y hay donde se tiene

incluso que pagar.

� La gente está molesta de que se le hagan consultas y encuestas y que nunca

conozcan después sus resultados. Se ha sabido de delincuentes que se hacen pasar

por encuestadores. Es preciso involucrarlas desde el inicio del proceso y regresar

cuanto antes los resultados para vean el uso y aplicación de la información.

Nombre del indicador:

C Actores clave Fuentes Técnica Instrumentos Tareas Muestra Fechas Costo

1

2

3

Eje

mpl

o

Municipalidades

Tesorería

Oficina de

planificación

presupuestaria

Informe

presupuestario

anual municipal

Visita personal

Internet

Boleta,

computadora,

copias, CD

Investigación

personal en

instituciones

locales

Responsable: por

representante de

municipio

Total de

presupuesto por

municipio

8 al 20 de junio

recopilación de

datos

Y 20 al 30 de junio

llena de boletas

Q.20x5= Q.100.00

Page 178: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

LA CONFIGURACIÓN DEL SISTEMA SEGÚN LA REALIDAD CULTURAL COMUNITARIA Antes de iniciar el proceso de recolección de datos es importante responder a las siguientes preguntas para que los indicadores se configuren según la realidad cultural.

Preguntas de personalización del sistema Indi. C

I ¿Cómo se llama su Comunidad Emergente de Conocimiento (CEC)? Entrada

¿Cuál es (o cuáles son) los municipios que integran la CEC?

¿Cómo se llama nuestra región?

¿Qué municipios integran nuestra región?

¿Qué entendemos por territorio?

¿Qué principios nos guían en la definición de los límites de nuestro territorio?

¿Cuáles son los territorios colindantes al nuestro en el sur, en el norte, en el oeste y en el este?

II

¿Qué entendemos por comunidad?

IMR 1

III ¿Cuáles son los idiomas maternos que se hablan en los municipios representados en la CEC? IM1 2

IV ¿Qué medios de difusión existen que sean propios de los municipios representados en la CEC? Por ejemplo, voceros, pregones, radios de circuito cerrado en

parques y mercados, etcétera.

CS1 7 y 8

V ¿Cuáles son las formas de religión y espiritualidad más representativas en los municipios representados en la CEC? Por ejemplo, la espiritualidad maya, la

religión católica, evangélica, mormona, etcétera.

CS3 1 y 2

VI ¿Cuáles son las formas propias de organización productiva en los municipios representados en la CEC alternativas a las que permite legalizar el Estado? Por

ejemplo, en Chimaltenango son propias las formas Al partir y el Kutch. En Totonicapán existe la forma organizativa Pop. Tales sistemas organizativos no

son cooperativas ni empresas ni asociaciones, sino que son formas propias e históricas del lugar. Algunas veces favorecen la cooperación y otras,

precisamente, logran lo contrario: la persistencia de formas locales de explotación que guardan muchas similitudes con el feudalismo, como Al partir.

CM3 1

VII ¿Qué autoridades y/o representantes locales son propios de los municipios representados en la CEC? En la definición de estas autoridades y representantes

locales tengan en cuenta criterios históricos y ancestrales, además de si están en modo alguno constituidos como instituciones protectoras de la

cosmovisión, principios y valores propios de la comunidad y de si son representantes legítimos. Tengan en cuenta, también, las autoridades y representantes

locales que imparten justicia en su comunidad, aunque no estén facultados oficialmente. Por ejemplo, guías espirituales, cofradías, comadronas, consejos de

ancianos, tertuleros, representantes comunitarios y cantonales, etcétera. Utilicen el nombre local por el que son conocidas tales autoridades y

representantes.

CSP2 1C, 1D,

1E, 3A,

3B

VIII ¿Qué espacios de decisión comunitaria, tanto oficiales como no oficiales, son propios de los municipios representados en la CEC? Utilicen el nombre local

por el que son conocidos estos espacios de reunión y decisión comunitaria.

CSP2 1F, 3A,

3B

IX ¿Qué institución(es) o espacios propios de decisión, tanto oficiales como no oficiales, existen a nivel regional (que cubra el territorio definido por el

colectivo) y donde participen las autoridades y/o representantes locales identificados anteriormente? Utilicen el nombre local por el que son conocidos estos

espacios de reunión y decisión regional.

CSP2 1F, 3A,

3B

Page 179: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

157

LA PLATAFORMA WEB DE GESTIÓN DE INDICADORES PARA SISTEMATIZAR, RELACIONAR Y COMPARAR DATOS Y GENERAR GRÁFICAS

Con la finalidad de optimizar el proceso de sistematización de los datos recabados

durante el diagnóstico, y con el propósito de facilitar la relación necesaria entre ellos

para obtener resultados estadísticos y gráficas en los indicadores, se creó, una vez las

CEC’s finalizaron el sistema de indicadores, una plataforma web.

Ernesto Lorenzana, Cesar Joel Bojorquez Curtidor, Erwin Gonzales Bonilla, Cesar

Hernández Mendoza y Francisco Castro Fernandez, ingenieros informáticos

egresados de la Universidad de San Carlos de Guatemala, con el apoyo técnico de

Diani Cabrera y Luís Cruz, adaptaron el sistema de indicadores completo en un

programa informático de acceso vía Internet. Esta plataforma, de uso totalmente

gratuito, permite:

� Uso sin costos de un programa abierto a cualquier grupo organizado que desee

generar planes estratégicos relacionados con los derechos colectivos y precisen

de un sistema de indicadores que les proporcione orientación en la elaboración

de políticas comunitarias y regionales, evaluar el desempeño de sus acciones en

la tgransformación de la realidad y situación de los derechos colectivos en su

región.

� El programa se personaliza según la realidad cultural del lugar y permite hacer

comparaciones, por ejemplo podremos conocer el grado de percepción social y

política de representatividad de los consejos de ancianos mayas y de

hermandades garífunas ante espacios de decisión política oficiales, partidos

políticos e incluso de la cooperación internacional.

� Personalización del sistema. No es necesario usar todo el sistema si no se desea

sino que éste se ajusta al tipo de investigación que se realiza agrupando y

relacionando los componentes que nos interesa comparar. Por ejemplo,

podemos analizar únicamente si el desarrollo de organizaciones comunitarias y

de los elementos de idioma y espiritualidad están vinculados al grado de

posesión del territorio y capacidad de autogestión que tienen los diferentes

actores del territorio y hacer comparativas, por ejemplo, entre la realidad de

Quetzaltenango, Cobán y Chiquimulilla.

� Generar fuentes de información y

reportes estadísticos y gráficos desde

la comunidad que pueden ser

consultadas en todo el mundo vía

web.

� Generar canales de comunicación

entre CEC’s y con el mundo para

compartir información multimedia

mediante páginas web propias para

cada una de ellas.

� Asegurar la correcta sistematización y

guardo de la información, así como la

generación de memorias y de gráficas.

� Relacionar datos de los diferentes indicadores del sistema.

Software libre

La plataforma web está elaborada en software libre. El software libre es la

denominación del software que respeta la libertad de los usuarios sobre su producto

adquirido y, por tanto, una vez obtenido puede ser usado, copiado, estudiado,

cambiado y redistribuido libremente. Se refiere a cuatro libertades de los usuarios del

software: la libertad de usar el programa, con cualquier propósito; de estudiar el

funcionamiento del programa, y adaptarlo a las necesidades; de distribuir copias, con

lo cual se puede ayudar a otros, y de mejorar el programa y hacer públicas las

mejoras, de modo que toda la comunidad se beneficie.

GNU General Public Licence (GPL)

La plataforma web posee licencia GPL. La Licencia Pública General de GNU o más

conocida por su nombre en inglés GNU General Publical License o simplemente su

acrónimo del inglés GNU GPL, es una licencia creada por la Free Software

Foundation en 1989 (la primera versión), y está orientada principalmente a proteger

la libre distribución, modificación y uso de software. Su propósito es declarar que el

software cubierto por esta licencia es software libre y protegerlo de intentos de

apropiación que restrinjan esas libertades a los usuarios.

Especificaciones de la plataforma webEspecificaciones de la plataforma webEspecificaciones de la plataforma webEspecificaciones de la plataforma web

Sitio

http://www.canek.info/plataforma Navegadores Soportados

� Mozilla Firefox 3.* (versiones 3.0 - 3.5) � Chrome Internet Explorer 7, 8

Datos del Servidor

� Sistema Operativo: Linux � Servidor Web: Apache � Corre utilizando PHP versión 5. � Base de Datos: Mysql Versión 5, bajo licencia GPL

� La parte informativa del sitio web está desarrollada sobre Joomla versión 1.5

Page 180: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

158

PASOS PARA INICIAR EL USO DE LA PLATAFORMA WEB134

Ingreso

Para ingresar a la aplicación debe escribir en su navegador preferido la dirección

del sitio: http://www.canek.info/plataforma

Configuración de Región – territorio del sujeto colectivo

Luego de haber ingresado los datos del inicio de sesión (para obtener una clave,

solicítela escribiendo a [email protected]), la página principal desde

donde podrá crear una nueva región, este es el paso previo para poder agregar

Comunidades Emergentes del Conocimiento. En el menú desplegado en la parte

superior del sitio se debe elegir la opción “Región”

Esta opción desplegará una ventana donde aparecerán todas las regiones que se

tienen agregadas, para crear una nueva región deberá dar clic en el icono en la

parte superior derecha de la pantalla que tiene el texto “Nuevo”

134 Para obtener el manual completo de la plataforma web, solicítelo escribiendo a

[email protected].

En la siguiente ventana deberá ingresar el nombre de la nueva Comunidad

Emergente de Conocimiento (CEC) que se está creando, cuando haya terminado

deberá dar clic en el botón registrar.

Aparecerá una ventana donde se indica que la nueva región fue ingresada

satisfactoriamente y además solicitará los primeros datos relacionados con la

región que se ingresó.

Page 181: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

159

Aparecerá una pantalla donde deberá ingresar parámetros adicionales de la

configuración de la región (nombre, comprensión del territorio y comunidad,

ubicación de la región y principios que guían la definición de los límites del

territorio). Cuando haya terminado de ingresar la información podrá dar clic en

el botón registrar para que los valores de la región queden almacenados

satisfactoriamente.

Comunidad Emergente de Conocimiento (CEC)

Para crear una nueva comunidad Emergente de Conocimiento debe elegir la

opción “Región” del menú superior.

Seleccione la opción “Región”, aparecerán todas las regiones ingresadas en el

sistema. Para poder ingresar una nueva Comunidad Emergente de

Conocimiento, elija la primera columna de íconos, relacionada con la región

que donde pertenezca la CEC.

Aparecerá una pantalla con el detalle de las Comunidades Emergentes de

Conocimiento, para agregar una nueva, debe elegir la opción “Nueva

Comunidad”.

Ingresar el nombre de la nueva Comunidad Emergente de Conocimiento. En la

fila de arriba aparece el nombre de la Región a la que pertenecerá.

Page 182: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

160

Luego de Ingresar los datos y oprimir el botón registrar, se desplegarán todas las

comunidades emergentes de conocimiento que están creadas en esa.

Finalmente, la plataforma web se configura según la realidad cultural de la CEC

(ya sea mono o pluricultural). Se realizan una serie de preguntas respecto a la

realidad cultural (simbólica, material y sociopolítica) del municipio o

municipios que integran la CEC.

La personalización del sistema según la realidad cultural comunitaria se

establece mediante la inscripción en el sistema de indicadores de los idiomas

propios del lugar, medios de difusión propios, religión y espiritualidad,

organización productiva, autoridades comunitarias, espacios comunitarios y

espacios regionales tanto de decisión política como de administración de

justicia.

Descargue el manual deDescargue el manual deDescargue el manual deDescargue el manual de usuario de usuario de usuario de usuario de la la la la plataforma webplataforma webplataforma webplataforma web El manual de usuario completo ¡para la inscripción de proyectos de investigación o CEC’s, generación de bases de datos, reportes y gráficas puede descargarse en http://www.box.net/shared/vfyi5ls0iu

Page 183: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

161

EL SISTEMA DE INDICADORES

INDICADORES MARCO Ficha de los indicadores, matrices y boletas para la recolección de datos

IMR Territorio del colectivo

IM1 Población y territorio por municipio

Page 184: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Boleta de recolección de datos para el indicador: IMR –TERRITORIO DEL COLECTIVO

Responsable Fecha recolección Nº de boleta

Componente 1: Concepto y delimitación del territorio del colectivo

¿Cómo se llama nuestra región? Pregunta II.a de personalización del sistema

¿Qué municipios integran nuestra región? Pregunta II.b de personalización del sistema

¿Qué entendemos por territorio? Pregunta II.c de personalización del sistema

¿Qué principios nos guían en la definición de los límites de nuestro territorio? Pregunta II.d de personalización del sistema

¿Qué entendemos por comunidad? Pregunta II.e de personalización del sistema

¿Cuáles son los territorios colindantes al nuestro en el sur, en el norte, en el oeste y en el este?

En el sur En el norte En el oeste En el este

Componente 2: Extensión territorial de la región del colectivo.

¿Cuál es la extensión total en km2 del territorio del colectivo? Km2 Fuente Fecha dato

IMR –TERRITORIO DEL COLECTIVO

Definición del Indicador Permite observar las características territoriales y demográficas del colectivo.

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Concepto y delimitación del territorio del colectivo Cdt Cualitativo

2 Extensión territorial de la región del colectivo. Te Nº total de km2 de la región

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� El elemento clave que va a determinar todo el diagnóstico del colectivo es el factor territorio. Se tiene que tener en cuenta que el territorio del colectivo no

necesariamente está vinculado al departamento, sino que tiene que ser resultado del análisis en el que se encuentran expresadas, representadas y vinculadas las tres

esferas de la cultura en el territorio. La extensión total del territorio lo denominamos región.

� En lo posible, es importante la elaboración de un mapa administrativo – político y geográfico propio del colectivo.

Fuentes sugeridas

Estadísticas del INE, Oficina Municipal de Planificación, registros históricos (mapeo de la distribución política del territorio), Informe de

Desarrollo Humano del 2005.

Page 185: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

163

Boleta de recolección de datos para el indicador: IM-1 POBLACIÓN Y TERRITORIO POR MUNICIPIO (Pregunta II.1 de personalización del sistema)

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta

Componente 1: Extensión territorial del municipio

¿Cuál es la extensión territorial del municipio? Km2 Fuente Fecha dato

Componente 2: Población del municipio

¿Cuál es el total de población por género? Hombres Mujeres Fuente Fecha dato

¿Cuál es el total de población por franja generacional? N135 J136 A137 AM138 Fuente Fecha

Pregunta III.1 de

personalización del

sistema

Pregunta III.2 de

personalización del

sistema

Pregunta III.3 de

personalización del

sistema

Fuente Fecha d. ¿Cuál es el total de población por idioma materno

existente en el territorio de la CEC?

135 N: Niño/a, de 0-15 años 136 J: Jóven, de 16-25 años 137 A: Adulto/a, de 26-50 años 138 AM: Adulto/a mayor, de 51 años en adelante

IM1 – POBLACIÓN Y TERRITORIO

Definición del Indicador Permite observar las características territoriales y demográficas del colectivo.

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Extensión territorial de cada municipio de la comunidad emergente de conocimiento. Tem Nº total de km2

2 Población de cada municipio de la comunidad emergente de conocimiento Ps Nº total de habitantes.

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� El elemento clave que va a determinar todo el diagnóstico del colectivo es el factor territorio. Se tiene que tener en cuenta que el territorio del colectivo no

necesariamente está vinculado al departamento, sino que tiene que ser resultado del análisis en el que se encuentran expresadas, representadas y vinculadas las tres

esferas de la cultura en el territorio. La extensión total del territorio lo denominamos región.

� En lo posible, es importante la elaboración de un mapa administrativo – político y geográfico propio del colectivo.

Fuentes sugeridas Estadísticas del INE, Oficina Municipal de Planificación, registros históricos (mapeo de la distribución política del territorio), Informe de

Desarrollo Humano del 2005.

Page 186: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

164

Page 187: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

165

INDICADORES DE LA CULTURA SIMBÓLICA Ficha de los indicadores, matrices y boletas para la recolección de datos

CS1 Medios de difusión que facilitan la promoción social del contenido de

los derechos colectivos

CS2 Recursos educativos que el Estado emplea efectivamente para la

promoción, formación y ejercicio de los derechos colectivos

CS3 Gestión y desarrollo de lugares en los que se practica la espiritualidad

Page 188: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

CS1 - MEDIOS DE DIFUSIÓN QUE FACILITAN LA PROMOCIÓN SOCIAL DEL CONTENIDO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS

Definición del

indicador

Permite observar el uso que hace el colectivo de los medios de difusión que tienen presencia en el territorio. El uso se refiere a la capacidad de

informar, comunicar y generar opinión referente a la promoción social en torno al contenido de los derechos colectivos.

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Número de medios televisivos Ccc Nº de medios

2 Cantidad de población de la comarca que usa los medios televisivos PCcc % de personas de la muestra

3 Número de medios radiales Cpc Nº de medios

4 Cantidad de población que usa los medios radiales PCpc % de personas de la muestra

5 Número de medios de difusión escritos Cce Nº de medios

6 Cantidad de población que usa los medios escritos PCce % de personas de la muestra

7 Número de medios de difusión alternativos Cpe Nº de medios

8 Cantidad de población que usa los medios alternativos PCpe % de personas de la muestra

Aspectos a tener en cuenta

� El criterio de qué medios de difusión que son externos o son medios de difusión propios del colectivo debe de consensuarlo el mismo colectivo, más allá de criterios

lingüísticos que (1) puedan fomentar la segregación dentro de una misma colectividad, (2) puedan descartar medios locales minoritarios por ser exclusivos de un

municipio o (3) que incluso, por el hecho de valorar únicamente si éstos están traducidos o no a los idiomas locales, puedan llevar a incluir medios que emiten mensaje

alienantes. Por lo tanto, en la boleta de selección múltiple se debe de incluir la pregunta si tal o cual medio de difusión cohesiona o no y si es propio del colectivo.

� Listar todas las subcategorías de medios de difusión que existen dentro del territorio del colectivo, tanto las externas como los más locales. De cada una de las categorías se

listan todos los medios que existan y sean accesibles en el territorio.

� El término promoción social está referido a los contenidos de los derechos colectivos.

� Lo comercial se refiere a aquellos mensajes directos o subliminales que sirven para vender un producto, un servicio, una idea o para hacer proselitismo.

� En la ficha de categorías por componente de este indicador, los medios de difusión alternativos son los de carácter informal no masivos (radios-móviles, radio-mercado,

megáfonos municipales, mítines públicos, voceros, instrumentos –campana, tambor, matraca, chirimilla y el tum-, etcétera). En medios escritos del colectivo entran tanto

masivos como no masivos como, por ejemplo, boletas, volantes, mosquitos, etcétera.

� A la hora de realizar la investigación, es preferible primero conocer el número de medios de difusión por categoría (componentes 1, 3, 5 y 7) y posteriormente llevar a cabo

las encuestas. Las subcategorías de medios de difusión deben de incluir únicamente aquellos que aparecen en el municipio de forma periódica.

Fuentes sugeridas Ministerio de Educación, estaciones de emisión radial, programación de TV, periódicos, revistas y boletines locales o que circulen en el territorio del

colectivo, encuestas directas.

Page 189: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Boleta de recolección de datos para el indicador:

CS1 Medios de difusión que facilitan la promoción social del contenido de los derechos colectivos

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta

Componente 1: No de medios televisivos

¿Cuál es el número de medios televisivos? Fuente Nº IC139 Nº IPS140 Nº EC141 Nº EPS142

Televisión abierta

Televisión por cable

Componente 2: Cantidad de población de la comarca que usa los medios televisivos Niños 0-15 Jóvenes 16-25 Adultos 26-50 Adultos Mayores 51-… ¿Qué cantidad de población

usa los medios de difusión

televisivos?

Tipo Nº

total

IPO143

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº total Nº IPO

IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Televisión abierta

EPS: EPS: EPS: EPS: IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Televisión por cable

EPS: EPS EPS: EPS:

Componente 3: No de medios radiales

¿Cuál es el número de medios radiales? Fuente Nº IC Nº IPS Nº EC Nº EPS

Medios de difusión radial

Componente 4: Cantidad de población que usa los medios radiales Niños 0-15 Jóvenes 16-25 Adultos 26-50 Adultos Mayores 51-… ¿Qué cantidad de población

usa los medios de difusión

radiales?

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº total Nº IPO

IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Medios de difusión radial

EPS: EPS EPS: EPS:

Componente 5: No de medios de difusión escritos

¿Cuál es el número de medios escritos? Fuente Nº IC Nº IPS Nº EC Nº EPS

Periódicos

Revistas

Boletines

139 IC: Internos comerciales. 140 IPS: Internos de promoción social. 141 EC: Externos comerciales. 142 EPS: Externos de promoción social. 143 IPO: En idiomas de los pueblos originarios.

Page 190: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

168

Componente 6: Cantidad de población que usa los medios escritos Niños 0-15 Jóvenes 16-25 Adultos 26-50 Adultos Mayores 51-… ¿Qué cantidad de población

usa los medios de difusión

escritos?

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº total Nº IPO

IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Periódicos

EPS: EP: EPS: EPS: IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Revistas

EPS: EP: EPS: EPS: IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Boletines

EPS: EPS EPS: EPS:

Componente 7: No de medios de difusión alternativos

¿Cuál es el número de medios alternativos? Fuente Nº IC Nº IPS Nº EC Nº EPS

Respuesta IV.1 de personalización del sistema

Pregunta IV.2 de personalización del sistema

Pregunta IV.3 de personalización del sistema

Componente 8: Cantidad de población que usa los medios alternativos Niños 0-15 Jóvenes 16-25 Adultos 26-50 Adultos Mayores 51-… ¿Qué cantidad de población

usa los medios de difusión

alternativos?

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº

total

IPO

Tipo Nº total Nº IPO

IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Pregunta IV.1 de

personalización del sistema

EPS: EPS: EPS: EPS: IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Pregunta IV.2 de

personalización del sistema

EPS: EPS: EPS: EPS: IC: IC: IC: IC: IPS: IPS: IPS: IPS: EC: EC: EC: EC:

Pregunta IV.3 de

personalización del sistema

EPS: EPS: EPS: EPS:

Observaciones:________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________________

Page 191: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

169

ENCUESTA PARA LA BOLETA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN CS-1

Encuestador/a: Fecha: Municipio: [ ] Hombre [ ] Mujer [ ] Vive área urbana [ ] Vive área rural

Idioma materno:____________________

Franja de edad: [ ] Niño/a (hasta 15 años) [ ] Joven (De 16 a 25 años)

[ ] Adulto/a (De 26 a 50 años) [ ] Adulto/a mayor (De 50 años en adelante) -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

¿Qué canales de televisión ve más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué radio escucha más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué periódicos lee más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué revistas lee más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué boletines lee más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué radios de mercado o parque escucha más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué radios móviles escucha en su municipio más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué tipo de pregón y vocero escucha en su municipio más habitualmente? ¿Cuántos son en su idioma materno?

¿Qué otros medios de difusión propios y producidos en su comunidad escucha, lee o ve más habitualmente? ¿Cuántos son

en su idioma materno?

Page 192: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

CS2 - RECURSOS EDUCATIVOS QUE EL ESTADO EMPLEA EFECTIVAMENTE PARA LA PROMOCIÓN, FORMACIÓN Y EJERCICIO DE LOS DERECHOS

COLECTIVOS

Definición del indicador Permite observar el nivel de aplicación de la legislación vigente en materia de educación pluricultural y multilingüe, ello como

medio para identificar las posibilidades del colectivo de interpretar, educar en y ejercer sus derechos colectivos en materia de cultura

simbólica, material y social o política.

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Cantidad de establecimiento educativos públicos en el territorio del colectivo por municipio E Nº de escuelas

2 Cantidad de recurso humano que enseña en los establecimientos educativos públicos Re Nº de personas

3 Cantidad de horas de enseñanza por año escolar H Nº de horas

4 Cantidad de personas en edad escolar por ciclo escolar Pee Nº de personas

5 Cantidad de alumnos por ciclo escolar Pce Nº de personas

6 Grado de problemática estudiantil Gpe % de problemática

7 Nº de cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos de los derechos colectivos del total de

ciclos escolares D

Nº de cursos

8 Nº de horas por año dedicadas a cursos extracurriculares de promoción social dedicados a los contenidos de los derechos

colectivos del total de ciclos escolares Mi

Nº de horas

9 Cantidad de presupuesto asignado a la educación pública en el territorio del colectivo por municipio Pe Valor monetario

10 Cantidad de personas por ciclo escolar que dominan un idioma de los pueblos originarios inscritos en el territorio del

colectivo R

Nº de personas

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� En el componente 2, la categoría Recursos Humanos Externos (vea la boleta de recolección de datos para este indicador) se refiere a las personas que enseñan en los

establecimiento educativos públicos del colectivo pero que no son residentes en el territorio. Con ello se pretende observar la capacidad del colectivo por contar con

profesionales de la educación originarios de su territorio.

� Los cursos extracurriculares se refieren a todos aquellos que están fuera del pensum de estudios oficial.

� En las categorías del componente 9 (vea la boleta de recolección de datos para este indicador), referidos al presupuesto asignado, se tiene que tener en cuenta que tanto el

Estado, mediante el MINEDUC, como las municipalidades gestionan financiamiento de la cooperación. Estos fondos deben de desglosarse e incluirse, precisamente, en la

categoría de la cooperación internacional. Otra vía agregada para identificar el presupuesto que la cooperación internacional asigna a la educación es obteniendo el dato de

los recursos económicos de asociaciones – ONG u otros organismos que operan en el área con fondos de estas agencias.

Fuentes sugeridas Estadísticas del MINEDUC, encuestas directas en los centros educativos.

Page 193: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

171

Boleta de recolección de datos para el indicador:

CS2 Recursos educativos que el Estado emplea efectivamente para la promoción, formación y ejercicio de los

derechos colectivos

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta

Componentes Fuente Fecha

dato

M144 Pre145 Pri146 Se147 Div148

1 Cantidad de establecimiento educativos públicos Nº

2.1 Cantidad de recurso humano externo que enseña en

los establecimiento educativos públicos

2.2 Cantidad de recurso humano residente que enseña en

los establecimiento educativos públicos

3 Cantidad de horas de enseñanza al año Nº

4 Cantidad de personas en edad escolar Nº

5 Cantidad de alumnos Nº

6.1 Grado de problemática estudiantil, % ausentismo % No

6.2 Grado de problemática estudiantil, % repitencia % No

6.3 Grado de problemática estudiantil, % abandono % No

7 Nº de cursos extracurriculares de promoción social

dedicados a los contenidos de los derechos colectivos

8 Nº de horas al año dedicadas a cursos extracurriculares

de promoción social dedicados a los contenidos de los

derechos colectivos

En el total de ciclos escolares 9.1 Cantidad de presupuesto municipal asignado a la

educación pública

Q

En el total de ciclos escolares 9.2 Cantidad de presupuesto nacional asignado por el

MINEDUC para la educación pública en el municipio

Q

En el total de ciclos escolares 9.3 Cantidad de presupuesto procedente de la cooperación

internacional asignado a la educación pública en el

municipio

Q

10.1 Cantidad de personas por ciclo escolar que hablan un

idioma de los pueblos originarios

10.2 Cantidad de personas por ciclo escolar que saben

escribir y leer en un idioma de los pueblos originarios

Nº No

Observaciones:____________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________

144 M: Unidad de medida del componente. 145 Pre: Preescolar (de 0 a 5 años). 146 Pri: Primaria (de 6 a 12 años). 147 Sec: Secundaria (de 13 a 15 años). 148 Div: Diversificado (de 16 a 17 años).

Page 194: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

149 Congreso de la República Guatemala, C.A. Dirección legislativa. Control de iniciativas. Número de registro 3835. 17 de junio de 2008.

http://www.seedeguatemala.com/oxlajujajpop/images/documentos/iniciativaley.pdf

CS3 – GESTIÓN Y DESARROLLO DE LUGARES EN LOS QUE SE PRACTICA LA ESPIRITUALIDAD

Definición del indicador Permite observar el ejercicio del derecho a practicar la espiritualidad y elementos de identidad del colectivo y de cómo el Estado

contribuye para que los medios sean accesibles y estén en óptimas condiciones para su uso.

Indicadores marco relacionados Población - IM1 / C3 / total de población

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Nº de centros ceremoniales propicios para celebraciones espirituales por municipio Le Nº de lugares

2 Nº de guías espirituales residentes en el territorio por religión Ge Nº de guías

3 Censo de propiedad de los centros ceremoniales de los pueblos originarios Cpls % de propiedad

% de presupuesto asignado 4 Porcentaje de presupuesto asignado al mantenimiento y preservación de lugares sagrados de los pueblos originarios

inscritos en el territorio Em

Valor monetario

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� Como centros ceremoniales nos referimos al lugar específico de la práctica religiosa (iglesia, sinagoga, templo, altar, etcétera).

� La autonomía en el uso y gestión de los centros ceremoniales de los pueblos originarios se calcula mediante su censo de propiedad. El análisis del acceso se deriva

entonces del nivel de propiedad de dichos centros por parte del colectivo.

� En las categorías del componente 4 “Porcentaje de presupuesto asignado…”, cuando se indague sobre el presupuesto del Estado y del propio municipio en el

mantenimiento y protección de lugares sagrados, se tiene que tener en cuenta que éstos en ocasiones utilizan fondos de la cooperación internacional, monto que debe de

ser separado del fondo público y sumado a la su categoría respectiva, precisamente de cooperación internacional. Otra vía agregada para identificar el presupuesto que la

cooperación internacional asigna al mantenimiento y preservación de lugares sagrados de los pueblos originarios es obteniendo el dato de los recursos económicos de

asociaciones – ONG u otros organismos que operan en el área con fondos de estas agencias.

� Entonces, como lugar sagrado nos referimos a aquellos “espacios vitales para la vida espiritual, social, cultural, científica y productiva de los pueblos originarios, también

son fuente de gran riqueza de diversidad biológica. Los lugares sagrados pueden ser naturales o construidos para fines especiales de acuerdo con el sagrado calendario

maya”.149

Fuentes sugeridas Informe de lugares sagrados de CODISRA, encuestas directas, entidades dedicadas a la aplicación y observancia de la Ley de de lugares sagrados

de los pueblos indígenas.

Page 195: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Boleta de recolección de datos para el indicador:

CS3 Gestión y desarrollo de lugares en los que se practica la espiritualidad

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta

Componente 1: Nº de centros ceremoniales propicios para celebraciones espirituales

¿Cuántos centros ceremoniales propicios para celebraciones espirituales

por municipio?

Fuente Fecha

dato

Respuesta V.1 de personalización del sistema

Respuesta V.2 de personalización del sistema

Respuesta V.3 de personalización del sistema

Otros

Componente 2: No de guías espirituales

¿Cuántos guías espirituales residentes en el territorio por religión? Fuente Fecha

dato

Respuesta V.1 de personalización del sistema

Respuesta V.2 de personalización del sistema

Respuesta V.3 de personalización del sistema

Otros

Componente 3: Censo de propiedad de lugares sagrados de los pueblos originarios

¿A quién pertenecen y cuánta extensión cubren los

lugares sagrados de los pueblos originarios?

Fuente Fecha dato Nº Extensión

total m2

Estatal

Propiedad privada accesible al colectivo

Propiedad privada no accesible al colectivo

Componente 4: Presupuesto asignado al mantenimiento y preservación de lugares sagrados de los pueblos originarios

¿Cuál es el presupuesto asignado al mantenimiento y preservación de

lugares sagrados de los pueblos originarios inscritos en su municipio?

Fuente Fecha dato Quetzales

Procedente de la municipalidad Q

Procedente de instituciones estatales Q

Procedente de la cooperación internacional Q

Organizaciones privadas Q

Observaciones:______________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________

Page 196: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural
Page 197: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

175

INDICADORES DE LA CULTURA MATERIAL Ficha de los indicadores, matrices y boletas para la recolección de datos

CM1 Recursos económicos que el estado emplea efectivamente para mejorar

el desarrollo económico, el acceso a medios de producción y al

desarrollo sostenible

CM2 Autosuficiencia en el manejo de los recursos del territorio

CM3 Autosuficiencia económica del colectivo

Page 198: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

176

150 Moreno, Ángel. Insumos para el desarrollo sustentable. Monografía. http://www.monografias.com 151 Referencias encontradas en http://diegobacha.wordpress.com/2009/06/23/urbana-vs-rural/

CM1 – RECURSOS ECONÓMICOS QUE EL ESTADO EMPLEA EFECTIVAMENTE PARA MEJORAR EL DESARROLLO ECONÓMICO, EL ACCESO A MEDIOS DE

PRODUCCIÓN Y AL DESARROLLO SOSTENIBLE Definición del indicador Permite observar la distribución y aplicación efectiva de los recursos económicos del Estado destinados al desarrollo económico, al acceso a

medios de producción y al desarrollo sostenible

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Ingresos públicos totales Irp Monto en Q

2 Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio Pem Monto en Q

3 Presupuesto de organismos estatales asignado anualmente a servicios de desarrollo económico, acceso a medios de producción

y al desarrollo sostenible

Pee Monto en Q

4 Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente a servicios de desarrollo económico, acceso a medios de producción y al

desarrollo sostenible

Pme Monto en Q

5 Grado de problemática económica, de acceso a medios de producción y medioambiental Gpe %

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� Por acceso a medios de producción nos referimos a acceso a tres elementos: al capital (créditos y subsidios), al trabajo y a la tierra.

� Por desarrollo sostenible entendemos “el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la de las generaciones futuras. (…) Es el uso de recursos naturales

renovables de tal manera que no se agoten o degraden”.150

� En la parte de categorías mostramos fuentes de información, en su mayoría oficiales y de organismos internacionales. Los datos oficiales ofrecen datos sesgados en cuanto a la

desigualdad estructural ya que, aunque en algunos casos aportan información en cuestión de género, la diversidad cultural queda relegada a una diferenciación étnica entre

“indígena y no indígena” que poca validez da a los datos. Una buena auditoría social debería emplear las mismas clasificaciones de indicadores pero profundizar en esta variable y

en la que se refiere a la localización de la población, si en espacio urbano o rural, ambas variables de especial relevancia en Guatemala. Este aspecto, que aquí señalamos en los

indicadores relacionados con aspectos económicos, se debe de asumir tanto en el diseño de boletas como en la definición de categorías y subcategorías en el resto de esferas de la

cultural si se lleva a cabo una recolección total de datos por parte de la CEC y no se toman como referencia los datos oficiales.

� Por espacio rural entendemos “la parte de un municipio que no está clasificada como Área Urbana o de Expansión Urbana —son áreas no urbanizadas al menos en su mayor

parte o destinadas a la limitación del crecimiento urbano, utilizadas para actividades agropecuarias, agroindustriales, extractivas, de silvicultura y de conservación ambiental—,

incluye también las zonas dedicadas a otros usos (residenciales, industriales, de transporte o de servicios) en los municipios clasificados previamente como rurales al no

sobrepasar los 10,000 habitantes, incluso contando con todos los servicios requeridos por una ciudad.” E espacio urbano “se concreta por sus funciones, su alta densidad de

población y su extensión, así como por ser emisor de servicios y estar perfectamente dotado de infraestructuras. Siendo propio de los núcleos urbanos o ciudades, definidos

numéricamente en el caso de Guatemala desde 10,000 habitantes o ciudades funcionales (ciudad industrial, ciudad de servicios, incluso agrociudades). En Guatemala algunos

centros poblados considerados ciudades y por ende zonas urbanas son: Ciudad de Guatemala, la Ciudad de Quetzaltenango, Antigua Guatemala, Chimaltenango, Cobán,

Escuintla, Puerto Barrios, Jutiapa y cualquier centro poblado de más 10,000 habitantes”.151

Fuentes sugeridas Ver acceso a datos en el cuadro de categorías de cada componente en la página siguiente. Encuestas directas.

Page 199: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

177

Boleta de recolección de datos para el indicador:

CM1 Recursos económicos que el estado emplea efectivamente para mejorar el desarrollo económico, el acceso a

medios de producción y al desarrollo sostenible

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta

Componente 1: Ingresos públicos totales152

¿Cuál es el ingreso anual público en cada

municipio?

Fuente Fecha Organismos estatales Q Municipalidad

Q

Ingresos tributarios

Ingresos no tributarios

Recursos de capital

Componente 2: Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio Fuente Fecha Asignación de presupuesto en Q

¿Cuál es el presupuesto del Estado asignado al

municipio?

Componente 3: Presupuesto de los organismos estatales asignado anualmente a servicios de desarrollo económico, acceso a

medios de producción y al desarrollo sostenible en el municipio153 Nº beneficiarios

C. Urbano C. Rural

¿Cuál es el presupuesto asignado por

organismos estatales en su municipio

en…?

Fuente Fecha Nº de

Programas H M H M

Gastos

F&A154 Gastos

E&I155

Trabajo y previsión social

Ciencia y tecnología

Agua y saneamiento

Vivienda

Medio ambiente

Minería e hidrocarburos

Energía

Comunicaciones

Programas de transporte

Industria y comercio

Turismo

Agropecuario

Financieras y seguros

Otras actividades de servicios

económicos

152 Datos disponibles en http://portal.sat.gob.gt/sitio/index.php/esat/estadisticas/47-estadicas-tributarias/334-recaudacion-tributaria-

2009.html; y en http://www.minifin.gob.gt 153 Datos disponibles en http://www.minifin.gob.gt 154 Gastos F&A: Gastos administrativos. 155 Gastos E&I: Gastos en ejecución e inversión física.

Page 200: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

178

Componente 4: Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente a servicios de desarrollo económico, acceso a medios de

producción y al desarrollo sostenible en el municipio156 Nº beneficiarios

C. Urbano C. Rural ¿Cuál es el presupuesto asignado por

la municipalidad en…?

Fuente Fecha Nº de

Programas H M H M

Gastos

F&A Gastos

E&I

Trabajo y previsión social

Ciencia y tecnología

Agua y saneamiento

Vivienda

Medio ambiente

Minería e hidrocarburos

Energía

Comunicaciones

Programas de transporte

Industria y comercio

Turismo

Agropecuario

Financieras y seguros

Otras actividades de servicios

económicos

Componente 5: Grado de problemática económica, de acceso a mercados y medioambiental

¿Cuál es el grado de problemática económica en cada municipio de la muestra?

Nº pobres Nº pobres extremos Nº no pobres Fuente

Fecha

H M H M H M

Nivel de pobreza157

Nº emigrantes

Casco urbano Casco rural Fuente Fecha

H M H M

Nivel de migración

anual derivada de la

búsqueda de mejores

condiciones laborales

y por franja de

edad158

Orden de prioridad del problema Fuente Fecha

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Nivel de

contaminación

ambiental159

Ver cuadro siguiente

Fuente Fecha De alto riesgo ambiental 1 2 3 4 5

Fuente Fecha De riesgo ambiental moderado 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15

Número de

industrias de riesgo

ambiental por

actividad160

Ver cuadro siguiente

Estado nutricional Fuente Fecha Nº

niños % Normal % moderado % severo

Categoría de vulnerabilidad

Nivel de

desnutrición

infantil161

156 Datos disponibles en http://www.minifin.gob.gt 157 Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/descargas/ENCOVI2006/-INE-ENCOVI_2006.zip 158 Datos disponibles en http://www.oim.org.gt/. También en http://www.mintrabajo.gob.gt/org/informacion-y-estadisticas/encuesta-sector-informal 159 Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/index.php/ambiente 160 Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/index.php/ambiente 161 Datos disponibles en http://www.sica.int/busqueda/Noticias.aspx?IDItem=32637&IDCat=3&IdEnt=115&Idm=1&IdmStyle=1

Page 201: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

179

Nivel de contaminación ambiental

El Instituto Nacional de Estadística contempla los siguientes problemas de contaminación ambiental. Como

anotamos anteriormente, existe la posibilidad de incluir los datos oficiales o realizar una encuesta o reunión local

para tener una fuente directa. Incluir en la boleta la codificación en una prioridad de 1 a 10.

Problema ambiental Código Problema ambiental Código

Deforestación Df Sequía Sq

Drenajes Dr Desastres naturales Dn

Desechos sólidos Ds

Agua contaminada para consumo

humano Ac

Escasez de agua Ea Erosión de suelos Es

Contaminación de ríos Cr Plaguicidas Pl

Contaminación del aire Ca Incendios forestales If

Contaminación por ruido Cru Aguas residuales Ar

Número de industrias de riesgo ambiental por actividad

El Instituto Nacional de Estadística contempla las siguientes, divididas en alto riesgo ambiental y riesgo ambiental

moderado. De nuevo, un censo local daría información más fiable que la recogida en los datos oficiales. Incluir el

número de ellas que existen en el municipio de la muestra:

Nº Industria riesgo ambiental

moderado

1 Bebidas

2 Esmaltes y pinturas

3 Caucho

4 Textiles

5 Grasas

6 Jabón y detergentes

7 Metal / Mecánica

8 Rastros

9 Cal y cemento

10 Taller mecánico

11 Reg. aceite usado

12 Refinerías

13 Gen. Térmica

14 Otras

15 Antenas de telefonía celular

Nº Industria alto riesgo ambiental

1 Curtientes

2 Sustancias y productos químicos

3 Papel

4 Beneficios café

5 Ingenios

Page 202: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

162 Fuente: http://www.rae.es 163 Fuente: http://www.es.encarta.msn.com 164 Fuente: http://www.rae.es 165 Fuente: http://www.es.encarta.msn.com

CM2 - AUTOSUFICIENCIA EN EL MANEJO DE LOS RECURSOS DEL TERRITORIO Definición del indicador Permite observar el poder de decisión del colectivo sobre su territorio basado en la certeza de la propiedad y capacidad de gestión y

administración de la tierra y de los recursos naturales que se hallan en ella

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Extensión de tierra por cobertura y uso de la tierra Ct Nº de hectáreas

2 Formas de tenencia de la tierra Ftt. Nº de personas y m2

3 Destino de los beneficios económicos de la explotación de recursos energéticos y minerales Rre Nº de recursos y monto en Q

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� Minifundio: “(De mini- y -fundio, segundo elem. de latifundio). 1. m. Finca rústica que, por su reducida extensión, no puede ser objeto por sí misma de cultivo en

condiciones remuneradoras”.162 “Finca rústica de dimensiones tan reducidas que impiden alcanzar una escala de explotación eficiente. Así como el latifundio, su tamaño

debe contextualizarse en el espacio geográfico en el que se halle, pues la escala eficiente dependerá de la fertilidad o la tecnología, entre otros factores. Minifundista es

toda explotación incapaz de ofrecer a su explotador un flujo de renta suficiente para permitir el mantenimiento de la unidad familiar, dado el nivel medio de necesidades

y la remuneración a los factores en un momento y lugar. Son explotaciones familiares orientadas al autoconsumo, de precario nivel técnico, sin posibilidad de destinar

recursos a su mejora, y con una economía complementada con trabajos en otras explotaciones. Suelen estar asociados a latifundios, generando condiciones económicas,

políticas y sociales que bloquean el desarrollo económico. Otro problema con consecuencias similares es la sobreparcelación, muy común en España: la explotación

puede tener un tamaño reducido, pero viable, y, sin embargo, está parcelada de forma que la unidad técnica está rota”.163

� Latifundio: “(Del lat. latifundĭum). 1. m. Finca rústica de gran extensión”.164 ”Explotación agraria de gran extensión, caracterizada por el ineficaz uso de los recursos

disponibles. El concepto ‘gran extensión’ debe enmarcarse en las características físicas, sociales y territoriales del espacio geográfico en que se encuentre:

en Europa puede tener algunos cientos de hectáreas, mientras que en Latinoamérica superará con facilidad las diez mil. El latifundio está asociado a ciertas

características: bajos rendimientos, subutilización de la tierra, baja capitalización, bajo nivel tecnológico, explotación de la mano de obra y bajo nivel de vida de los

trabajadores. Es una pieza más en un engranaje social complejo, y a su alrededor suelen aparecer minifundios y campesinos sin tierra, en una sociedad estratificada y con

dificultades para el desarrollo económico. Se han ensayado distintas fórmulas para solucionar este problema, con claras implicaciones políticas, sociales, económicas y

territoriales, que van desde el cambio en la estructura de la propiedad hasta la modernización de la explotación”.165

Fuentes sugeridas Registro de la propiedad de la Municipalidad, Oficina Municipal de Planificación, Programas de inversión del MAGA, MINFIN, MINECOM,

SEGEPLAN, Mapeos institucionales de la sociedad civil, Informes de AGEXPRONT. Ministerio de Agricultura, Ministerio de Medio Ambiente.

Ministerio de energía y minas

Page 203: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

181

Boleta de recolección de datos para el indicador: CM2 - Autosuficiencia en el manejo de los recursos del territorio

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta Componente 1: Extensión de tierra por tipología

¿Cuál es la extensión de tierra por tipología?166 Fuente Fecha Hectáreas

Superficie con cultivos anuales o temporales

Superficie con cultivos permanentes y semi permanentes

Superficie con pastos

Superficie con bosques naturales

Área protegida

Cuerpos de agua m2:

Componente 2: Formas de tenencia de las tierras

¿Cual es el número y extensión de las tierras por su forma de

tenencia y uso?167

Fuente Fecha m2 Nº

Pro.168

m2

Oc.169

m2

Pr.170

m2

Na.171

Estatal

Municipal

Propiedad privada minifundio

Propiedad privada latifundio

Tierras comunales gestionadas por organizaciones externas

y/o pertenecientes a organismos del Estado

Tierras comunales gestionadas por organizaciones propias

del colectivo

Tierras comunales gestionada por organizaciones mixtas

Fuente Fecha Índice de Gini Desigualdad en el acceso a la tierra por municipio172

Componente 3: Destino de los beneficios económicos de la explotación de recursos renovables y no renovables

Valor en Q Nº ¿Cuál es el destino de los

beneficios económicos

generados por la explotación de

recursos naturales? 173

Fuente Fecha

Nca174 Caa175 Can176

Para

empresa

extranjera

Para

empresa

nacional

Para

empresa

local

Para

Estado

Para

Municipio

Mineras

Hidroeléctricas

Carboneras

Refinerías gas

Geotérmicas

Solar

Eolítico

Biocombustibles (Etanol)

Forestales

Otros

166 Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/index.php/ambiente/43-medioambiente/82-estadisticasambientalesmunicipales2004 167 Las columnas en gris se refieren a datos muy interesantes para el análisis, pero debido a la dificultad que supone su recolección los

colocamos como alternativos. 168 Nº Pro.: Número de propietarios. 169 Oc.: Tierra ociosa, es decir, propicia para su desarrollo agroforestal pero no explotada. 170 Pr.: Tierra productiva explotada. 171 Na.: Tierra de área protegida o de bosque natural o reforestado no explotado. 172 “La desigualdad en el acceso a la tierra por municipio a través del índice de Gini, se refiere a la concentración de la tierra en cada uno

de los municipios de Guatemala. Su valor estará entre cero y uno. Cuanto más próximo a uno sea el índice de Gini, mayor será la

concentración de la tierra; cuanto más próximo a cero, más equitativa es la distribución. Su cálculo se realizó a partir de los datos de

tenencia de la tierra reportados por el IV Censo Nacional Agropecuario 2003”.

Fuente: http://www.perfilambiental.org.gt/perfam2006/PERFAM2006.pdf 173 Datos disponibles en http://www.ine.gob.gt/index.php/ambiente/43-medioambiente/82-estadisticasambientalesmunicipales2004 174 Nca: No consultada a la comunidad. 175 Caa: Consultada a la comunidad y aprobada. 176 Can: Consultada a la comunidad y no aprobada.

Page 204: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

177 INEGI (2002). Cuentas por sectores institucionales, cuenta satélite del subsector informal de los hogares, metodología. México, p. 8.

CM3 - AUTOSUFICIENCIA ECONÓMICA DEL COLECTIVO

Definición del indicador Permite observar la capacidad de autosuficiencia económica del colectivo

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Nº de trabajadores por tipo de organización productiva Top Nº de trabajadores

2 Población económicamente activa Pea Nº de personas

3 Destino de la producción por sector productivo Psp Valor monetario

4 Salario mínimo por persona Pcbv Valor monetario

5 Ingresos y gastos promedio de la familia Smp Valor monetario

6 Precio y origen de los productos de la canasta básica vital Igf Valor monetario

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� Se relacionan con los gastos mensuales de los hogares concernientes a: vivienda, productos de limpieza y aseo personal, educación, salud, servicios sociales, lavandería,

comunicaciones, transporte, animales domésticos, membresías, alojamiento, servicio doméstico y facturas vendidas por servicios de la vivienda y pago de deudas.

� “El subsector informal puede describirse como un conjunto de unidades dedicadas a la producción de bienes y servicios con la finalidad primordial de generar empleo e

ingresos para las personas implicadas. Estas unidades se caracterizan por funcionar con un bajo nivel de organización, con poca o ninguna división entre el trabajo y el

capital en cuanto a factores de producción y a pequeña escala. Las relaciones laborales, cuando existen, se basan generalmente en el empleo ocasional, en el parentesco o

en las relaciones personales o sociales, y no en acuerdos contractuales que supongan garantías formales”.177

� La población económicamente activa incluye tanto a aquella gente que se encuentra efectivamente empleada, como la desempleada.

Fuentes sugeridas Instituto Nacional de Estadística (INE), Población Económicamente Activa (PEA), Censo Municipal, Plan Estratégico Municipal, Estrategia de

Reducción de la Pobreza

Page 205: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Boleta de recolección de datos para el indicador:

CM3 Autosuficiencia económica del colectivo

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta

Componente 1: Nº de trabajadores por tipo de organización productiva

Nº de organismos ¿Qué cantidad de trabajadores hay por organización

productiva?

Fuente

Fecha

Internos178 Externos179

Nº trabajadores

Sociedad anónima

Cooperativa

Microempresa

Respuesta VI.1 de personalización del sistema No

Respuesta VI.2 de personalización del sistema No

Sector informal No

Componente 2: Población económicamente activa

Ocupada Desocupada ¿Cuál es la distribución de la población

económicamente activa por sector productivo?

Fuente

Fecha

Infantil180 H M H M

Agrícola

Forestal

Ganadería

Artesanía

Comercio

Industria

Servicios

Componente 3: Destino y valor de la producción por sector productivo

¿Cuál es el destino de la producción por sector

productivo y su valor en Q al año?

Fuente

Fecha Venta a

mercado local

Valor en Q

Venta a

mercado

nacional

Valor en Q

Venta a

mercado

internacional

Valor en Q

Agrícola

Forestal

Ganadería

Artesanía

Comercio

Industria

Servicios

178 Internos, es decir, organismos fundados y gestionados por miembros del colectivo. 179 Externos, es decir, organismos fundados y gestionados por miembros que no son del colectivo. 180 Se considera trabajo infantil aquél realizado por niños de 5 a 14 años. La Organización Internacional del Trabajo lo define del

siguiente modo. “El trabajo infantil que debe abolirse. El trabajo infantil al cual nos referimos y cuya eliminación es la meta común de los

175 Estados Miembros de la OIT corresponde a alguna de las tres categorías siguientes:

• Un trabajo realizado por un niño o niña que no alcance la edad mínima especificada para un determinado trabajo y que, por

consiguiente, impida probablemente la educación y el pleno desarrollo del niño o de la niña.

• Un trabajo que se denomina trabajo peligroso porque, ya sea por su naturaleza o por las condiciones en que se realiza, pone

en peligro el bienestar físico, mental o moral de adolescentes o niños y niñas que están por encima de la edad mínima para

trabajar.

• Cualquiera de las incuestionablemente peores formas de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud,

trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, como el reclutamiento forzoso de niños para

utilizarlos en conflictos armados, explotación sexual comercial y pornografía, y actividades ilícitas”.

Page 206: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

184

Componente 4: Salario mínimo por persona

Real Q

Casco urbano Casco rural

¿Cual es salario mínimo por persona? Fuente Fecha Oficial Q

H M H M

Para actividades agrícolas

Para actividades no agrícolas

Para industria de maquila

Componente 5: Ingresos y gastos promedio de la familia

Valor en Q

Casco urbano Casco rural

¿Cual es el total de gastos

básicos promedio mensuales

en el hogar?

Fuente Fecha

Prod. extern.181 Prod. inter.182 Prod. extern. Prod. inter.

Alimentos

Servicios

Vestuario

Salud

Educación

Vivienda

Recreación

Inversión y ahorro

Valor en Q

Casco urbano Casco rural

¿Cuál es el total de ingresos promedio mensuales por

familia183?

Fuente Fecha

H M H M

Proveniente del salario

Proveniente de otras actividades no formales

Receptor(a) de la remesa en la familia

Casco urbano Casco rural

¿Cuál es el nivel de dependencia

de las familias de remesas del

extranjero?184

Fuente Fecha Volumen en $ al

año

Nº H Nº M Nº H Nº M

Familias que reciben remesas

181 Exter.: Productos externos, no producidos dentro del territorio del colectivo. 182 Inter.: Productos internos, producidos dentro del territorio del colectivo. 183 http://www.ine.gob.gt/descargas/ENCOVI2006/Resultados_Departamentales.pdf 184 Datos disponibles en http://www.remesasydesarrollo.org

Page 207: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

185

Componente 6: Precio y origen de los productos de la canasta básica vital

Precio en Q

de la medida

¿Cuánto valen los

productos de la canasta

básica alimentaria?

Fuente Fecha Medida185

uni total

¿Es un

producto PyP186

en el

municipio?

Si no, ¿es un

producto PyP en

el territorio del

colectivo?

Si no, ¿es un

producto PyP en el

resto del país?

Crema fresca sin envasar 58.28 Litro

Queso fresco 34.46 Libra

Leche pasteurizada 201.21 Litro

Leche en polvo 26.97 Libra

Pollo con menudos 135.59 Libra

Hueso con carne de res 127.85 Libra

Huevos medianos 135.11 Libra

Frijoles negros 339.71 Libra

Arroz de segunda 166.59 Libra

Tortillas de maíz 2,214.77 Libra

Pan francés corriente 235.40 Libra

Pan dulce 92.30 Libra

Pastas para sopa 110.93 Libra

Azúcar blanco granulado 452.06 Libra

Grasas - Margarina 18.95 Libra

Aceite corriente 80.70 Litro

Güisquil 320.11 Libra

Ejote 38.35 Libra

Tomate 169.85 Libra

Cebolla 62.58 Libra

Papas 182.92 Libra

Bananos maduros 209.82 Libra

Plátanos maduros 164.00 Libra

Café tostado y molido 53.80 Libra

Sal común de cocina 53.80 Libra

Bebida gaseosa 191.77 Litro

185 Cantidad diaria consumida, en gramos, por una familia de 5.38 integrantes. Fuente INE, http://www.ine.gob.gt 186 PyP: Producido y procesado.

Page 208: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural
Page 209: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

187

INDICADORES DE LA CULTURA SOCIAL O POLÍTICA Ficha de los indicadores, matrices y boletas para la recolección de datos

CSP1 Eficacia de la inversión de recursos económicos del estado en

programas dirigidos al desarrollo social en base al grado de

problemática sociopolítica que afrontan

CSP2 Grado de desarrollo del ordenamiento territorial del colectivo desde las

lógicas locales de representación

Page 210: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

CSP1 - EFICACIA DE LA INVERSIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS DEL ESTADO EN PROGRAMAS DIRIGIDOS AL DESARROLLO SOCIAL EN BASE AL GRADO DE PROBLEMÁTICA SOCIOPOLÍTICA QUE AFRONTAN Definición del indicador Permite observar la distribución y aplicación efectiva de los recursos económicos del Estado destinados al desarrollo social para afrontar

aquellas problemáticas que fragmentan el tejido social.

Componentes (C) Sigla Unidad de medida

1 Ingresos públicos totales Irp Monto en Q

2 Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio Pem Monto en Q

3 Presupuesto de organismos estatales asignado anualmente a servicios de desarrollo social Peds Monto en Q y beneficiarios

4 Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente a servicios de desarrollo social Pmds Monto en Q y beneficiarios

5 Grado de percepción de la problemática social Gps %

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� Los componentes de este indicador son eminentemente de percepción ciudadana, por lo que es preciso realizar encuestas. Tenga en cuenta que es posible hacer reuniones

comunitarias para agilizar el proceso de recolección de datos, además de que puede servir para abrir el debate sobre la cuestión social y política en su comunidad y generar

más inquietud, participación y conocimiento a la población que las entrevistas individualizadas.

� Entiéndase desarrollo social como la evolución positiva de las relaciones entre personas, grupos e instituciones de una sociedad y la capacidad de los distintos grupos sociales

y étnicos que conforman el país para tener acceso equitativo a servicios sociales básicos (educación, vivienda, salud, entre otros) conforme a su cultura.

Fuentes sugeridas Ministerio de Finanzas Públicas, alcaldías, autoridades e instituciones locales, encuestas directas.

Page 211: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Boleta de recolección de datos para el indicador:

CSP1 Eficacia de la inversión de recursos económicos del estado en programas dirigidos al desarrollo social en

base al grado de problemática sociopolítica que afrontan

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta

Componente 1: Ingresos públicos totales187

¿Cuál es el ingreso anual público en cada municipio? Fuente Fecha Organismos estatales Q Municipalidad Q

1. Ingresos tributarios

2. Ingresos no tributarios

3. Recursos de capital

Componente 2: Asignación presupuestaria anual del Estado para cada municipio

¿Cuál es el presupuesto del Estado asignado a cada

municipio?

Fuente Fecha Asignación de presupuesto en Q

1. Municipio de la muestra

Componente 3: Presupuesto de los organismos estatales asignado anualmente a servicios de desarrollo social188

Nº Beneficiarios

C. Urbano C. Rural

Cuál es el presupuesto asignado por

organismos estatales en su municipio

en…

Fuente Fecha Nº de

Programas

H M H M

Gastos

F&A189

Gastos

E&I190

1. Salud y asistencia social

2. Trabajo y previsión social

3. Educación

4. Arte y expresiones culturales

5. Deportes

6. Seguridad interna

7. Defensa

8. Otras actividades de servicios sociales

Componente 4: Presupuesto de la municipalidad asignado anualmente a servicios de desarrollo social191

Nº Beneficiarios

C. Urbano C. Rural

Cuál es el presupuesto asignado por la

municipalidad en…

Fuente Fecha Nº de

Programas

H M H M

Gastos

F&A

Gastos

E&I

1. Salud y asistencia social

2. Trabajo y previsión social

3. Educación

4. Arte y expresiones culturales

5. Deportes

6. Seguridad interna

7. Otras actividades de servicios sociales

187 Datos accesibles en http://portal.sat.gob.gt/sitio/index.php/esat/estadisticas/47-estadicas-tributarias/334-recaudacion-tributaria-2009.html;

y en http://www.minifin.gob.gt 188 Datos accesibles en http://www.minifin.gob.gt 189 Gastos F&A: Gastos administrativos 190 Gastos E&I: Gastos en ejecución e inversión física 191 Datos accesibles en http://www.minifin.gob.gt

Page 212: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

190

Componente 5: Grado de percepción de la problemática social

¿Cuál es el grado de percepción de la problemática social en su municipio?

A. Violencia en el ámbito privado192 Puntúe del 1 al 4, reprensentando el 1 cuando crea que

no ocurre y el 4 cuando crea que es un problema muy grave y generalizado en su municipio.

5 no sabe o no responde.

Fuente Fecha

1. Maltrato infantil 2. Violencia intrafamiliar 3. Abuso sexual

B. Violencia en el ámbito público Puntúe del 1 al 4, reprensentando el 1 cuando crea que no

ocurre y el 4 cuando crea que es un problema muy grave y generalizado en su municipio. 5

no s/r

Fuente Fecha

1. Violencia

colectiva 193

2. Tráfico de

personas

3. Robos 4. Crímenes y

asesinatos

5. Secuestros 6. Extorsiones 7.

Violacio

nes

8. Robo

de niños

9. Tráfico

y venta de

drogas

10. Otro

C. Percepción de seguridad. Marque con una X su percepción. Fuente Fecha

Muy seguro/a (-1) Seguro/a (0) Inseguro/a (+1) Muy inseguro/a (+2)

1. En su casa por la noche se siente

2. Al transitar de noche por su

comunidad, se siente

3. Ante los miembros de seguridad

pública, le da la sensación de estar

4. Respecto el año pasado se siente

D. ¿Cuáles son los principales actores que no permiten el desarrollo social en su

municipio? Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando crea que no afectan y 4 cuando crea que

su efecto en el municipio sea muy grave. 5 no s/r

Fuente Fecha

1. Funcionarios

de nuestro

municipio

2. Funcionarios

administración

central

3. Miembros de

otra comunidad

étnica

4. Miembros de

otra comunidad

religiosa

5. Miembros de

la seguridad

pública

6. Ladrones

comunes y

pandillas

7. Narco-

traficantes

8. Sectores

tradicionales

de poder

económico194

9. Otros

actores

E. Discriminación y racismo Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando crea que no ocurre en

absoluto y 4 cuando crea que es un problema muy grave y generalizado en su

municipio. 5 no s/r

Fuente Fecha

Existe discriminación

en

Por cuestión de

1. La alcaldía 2. Los centros de salud 3. El trabajo 4. La escuela

5. Los operadores de

justicia (Juzgados, MP y

PNC)

Género

Edad

Condición económica

Étnia

Religión

192 La violencia en el ámbito privado es el que se ejerce dentro de la familia. 193 Ejemplos de violencia colectiva son linchamientos, extorsiones y ajusticiamientos que se realizan por parte de grandes grupos de la

comunidad. 194 Por sectores tradicionales de poder económico entendemos finqueros, terratenientes, patrones y familias que tradicionalmente han gozado

del poder económico y han influido en las políticas públicas y en el mantenimiento hegemónico del poder.

Page 213: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

191

F. Percepción de fenómenos que impiden el desarrollo social Puntúe del 1 al 4 la percepción que

tiene al respecto, siendo 1 cuando está totalmente de acuerdo y 4 cuando esté totalmente en

desacuerdo. 5 no s/r

Fuente Fecha

1. La pobreza es resultado de la concentración del poder económico, social y cultural en manos de muy pocos

2. La pobreza es resultado de la herencia de un Estado racista y colonial que genera procesos de colonización interna que no permiten

el desarrollo social ni económico de nuestra comunidad

3. La pobreza es resultado de la escasa iniciativa de nuestra comunidad para encontrar soluciones

4. Los delitos no se detienen porque el sistema actual de justicia favorece la impunidad

5. La diversidad cultural es la causa de la desintegración social

6. La diversidad religiosa es la causa de la desintegración social

7. Una de las causas principales de la desintegración social es la invisibilización y opresión de las mujeres

8. Existe una fractura entre generaciones, es decir, hay muy pocos o nulos espacios de conversación e intercambio de ideas entre

jóvenes, adultos y ancianos

9. Los jóvenes conocen / conocemos muy poco o nada nuestras formas propias e históricas de organización, representación y

autoridad comunitaria

10. Los jóvenes conocen / conocemos muy poco o nada la historia de nuestra propia comunidad y de nuestro pueblo

11. El hecho de que no se conozca la realidad de nuestras comunidades se debe a que hay un monopolio en los medios de

comunicación

12. La ayuda que ofrece la cooperación internacional y las ONG’s hacen que el Estado no cumpla con sus obligaciones

13. La mayoría de las personas de nuestra comunidad no tiene acceso a los programas sociales públicos (educación, salud, vivienda,

entre otros) porque los diseñan y los llevan a cabo personas que no conocen nuestra realidad

14. Existe muy escasa o nula relación entre las instituciones públicas oficiales y nuestras autoridades y representantes comunitarios

15. La pérdida del conocimiento de la espiritualidad de los pueblos originarios195 y su práctica, con todo lo que implica a nivel de

relaciones y respeto entre personas y con la naturaleza, es una de las causas principales de la desintegración social de nuestra

comunidad

16. Escriba, si lo hay, otro fenómeno que impida el desarrollo social de su comunidad u observaciones que tengan al leer las afirmaciones

anteriores

G. Calidad de los servicios públicos Puntúe del 1 al 4, siendo 1 muy

bueno, 2 bueno, 3 malo, 4 muy malo y 5 cuando no exista el servicio

público en su municipio.

Fuente Fecha

1. Escuelas 2. Hospitales

y centros de

salud

3.

Transporte

público

4.

Operadores

de justicia196

5. Unidades

de socorro

(Bomberos)

6. Luz 7.

Agua

8. EP no

comerciales197

9.

Drenajes

10.

Carretera

s

11. Recogida

tratamiento

de basura

Casco urbano Casco rural H. ¿Cuántos son los casos de fallecimientos

anuales por las siguientes causas?

Fuente Fecha

Nº de H198 Nº de M199 Nº de H Nº de

M

1. Mortalidad infantil

2. Mortalidad por causa violenta

3. Mortalidad materna

195 Nos referimos a los pueblos originarios o a los también llamados pueblos indígenas. 196 Juzgados, MP y PNC 197 Construcción y mantenimiento de espacios públicos de convivencia no comerciales 198 H: Hombre. 199 M: Mujer.

Page 214: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

200 Escribano, Miguel (2008). Estudio del régimen político de la aristocracia centralizada. En el tratado político de B. Espinoza. España: Cuadernos de Materiales.

CSP2 - GRADO DE DESARROLLO DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL COLECTIVO DESDE LAS LÓGICAS LOCALES DE REPRESENTACIÓN Definición

del

indicador

Permite observar el grado de autogobierno y autonomía del colectivo en cuanto a la calidad de su representación en instancias de decisión política local, regional y

estatal y al grado de desarrollo de la conciencia ciudadana en referencia a las capacidades reales de ejercer la ciudadanía diferenciada. Este indicador permite analizar la

capacidad del colectivo para desarrollar sus formas propias de organización local y regional a través de sus instituciones sociales, económicas, espirituales, jurídicas y

políticas propias ante la injerencia de las estructuras del Estado, el crimen organizado y la influencia de la cooperación internacional. La equidad étnica, generacional y

de género es aquí, también, un factor importante para analizar aquí si se reproducen o no las desigualdades estructurales en la conformación y emergencia de los

colectivos.

Componentes (C) Sigla Unidad medida

1 Grado de desarrollo de la ciudadana diferenciada, directa y orgánica Dcd %

2 Ingresos anuales obtenidos mediante formas propias de tributación o contribución económica, usados para el autofinanciamiento de estructuras

organizativas propias dedicadas a la definición, ejecución, control y evaluación de la gestión pública para el mejoramiento de la comunidad

Ifa % y Q.

3 Grado de distribución territorial del poder para el efectivo ejercicio de los derechos colectivos Dot %

Aspectos a tener en cuenta en el cálculo del indicador

� Vea en los pies de página la definición de algunas palabras y la exposición de los derechos colectivos.

� En este indicador es muy importante tener claros cuáles son los espacios propios y tradicionales de toma de decisión comunitaria y cuáles son las autoridades y representantes

locales y regionales propias, más allá de las oficiales como la alcaldía y los consejos comunitarios, municipales y regionales de desarrollo. Por ello, es importante investigar cuáles son

estas instituciones propias, cómo funcionan y cómo están compuestas. Aún y tener hoy en día poca capacidad de incidencia, es muy importante tenerlas en cuenta en el diagnóstico

porque nos darán cuenta de la verdadera capacidad de incidencia de la comunidad en espacios regionales y estatales a partir de las instituciones propias, es decir fuera del marco

institucional oficial regido por el Estado mono-cultural. También nos darán cuenta de la capacidad de construcción de un Estado plural desde las lógicas locales y no desde la lógica

centralista y capitalina que hoy en día rige el país.

� La ciudadanía diferenciada se refiere a las relaciones sociales, económicas, jurídicas y políticas representativas que dan sentido de pertenencia y de unidad territorial a un grupo

humano, ya sea éste pluri o mono cultural, frente a otras formas de relación propias de otros grupos humanos que conforman el resto de unidades territoriales dentro de un mismo

Estado. La ciudadanía diferenciada implica entonces, necesariamente, la capacidad de ejercicio del derecho colectivo a la autonomía y al autogobierno debido a que, para que sea

real, los tres poderes del Estado deben de encontrarse descentralizados y desconcentrados, en mayor o menor grado, en regiones autónomas, es decir en la jurisdicción que el

colectivo delimita como su territorio.

� La ciudadanía directa y orgánica “políticamente hablando es la expresión de la unidad del poder, la proyección de las potencias de los sujetos, totalidad definida como vida (en

cuanto que la alegría supone una afirmación de la vida, de la potencia vital), como articulación siempre abierta, interna y dinámica, de un conjunto orgánico (…) Esto es un peculiar

doble movimiento encerrado en el Estado como estructura política que lo convierte en un cuerpo orgánico y dinámico donde el reflejo del derecho natural sobre el derecho común

no significa más que la identidad de ambos: el ejercicio del poder (natural) de la multitud, como un derecho inalienable a ésta, es al mismo tiempo que poder constituyente la

expresión del poder constituido, sin que ello rompa el carácter dinámico y constructivo del Estado. No es que haya dos movimientos, uno desde la multitud hacia el Estado (el

constituyente) y otro del Estado hacia la multitud (afirmación de este poder constituyente como poder constituido), sino que esos dos sentidos o movimientos se dan

simultáneamente en la acción de la multitud como una afirmación de su singularidad”.200

Fuentes sugeridas Encuestas directas.

Page 215: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

193

Boleta de recolección de datos para el indicador:

CSP2 Grado de desarrollo del ordenamiento territorial del colectivo desde las lógicas locales de representación

Responsable Fecha recolección

Municipio Nº de boleta

Componente 1: Grado de desarrollo de la ciudadana diferenciada, directa y orgánica

¿Pueden los y las ciudadanas del municipio participar en espacios de representación y auditoria social ante la administración pública y recibir

los servicios públicos en su idioma y según la cosmovisión de su propio pueblo?

A. Acceso a servicios sociales de su municipio acordes a las necesidades, a los idiomas y a la

cosmovisión de los habitantes. Puntúe del 1 al 9, siendo 1 cuando crea que son totalmente

apropiados a su idioma y cultura y 9 cuando no lo sean en absoluto. En la puntuación tenga en

cuenta, además, los criterios siguientes: (1) si las personas que ofrecen el servicio público son de

su propio municipio, (2) si son de su propia comunidad etnolingüística, (3) si la papelería que

solicitan y ofrecen está en todas las lenguas de su municipio. 10 no sabe o no responde.

Fuente Fecha

1. Centros de

salud

2. Escuelas

públicas

3. Universidad

pública

4. Municipalidad 5. Centros de la

PNC201

6. Juzgados 7. Ministerio

Público

B. Percepción de inseguridad política, corrupción y hechos de violencia política. Puntúe del

1 al 4 la percepción que tiene al respecto, siendo 1 que está totalmente de acuerdo y 4 cuando

esté totalmente en desacuerdo. 5 no sabe o no responde.

Fuente Fecha

1. Participar en movimientos políticos para el mejoramiento de la comunidad es peligroso, ya que puede haber represión

2. Hacer uso de nuestro derecho ciudadano a hacer auditoria social y criticar la función del gobierno y la municipalidad es peligroso,

ya que puede haber represión

3. El hecho de que nos organicemos fuera de los espacios que brinda el Estado para debatir sobre los problemas de nuestra comunidad

y proponer soluciones es peligroso, ya que puede haber represión

4. El uso de la violencia está justificado si se usa como instrumento para conseguir fines sociales, económicos y políticos para la

comunidad de forma más rápida que mediante el uso de los canales políticos convencionales

5. La corrupción está justificada si permite conseguir fines sociales, económicos y políticos de forma más rápida que mediante el uso de

los canales políticos convencionales

6. La diversidad cultural impide el desarrollo social, económico y político de Guatemala. Por ello es preciso excluir sus formas propias

de organización y evitar su participación en los espacios de decisión política

7. Los consejos comunitarios y municipales de desarrollo son espacios políticos de decisión cuya finalidad es eliminar las formas

propias de organización local y sustituirlas por formas propias del Estado

8. La corrupción afecta gravemente a los funcionarios de nuestro municipio

9. La corrupción afecta gravemente a los funcionarios de la administración central

C. Percepción de representatividad. Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando se sienta totalmente

representado y 4 cuando no se sienta representado en absoluto. 5 no s/r

Fuente Fecha

1. Comités de

Vecinos o Pro-

mejoramiento

2.

Municipalidad

3. Consejo

comunitario de

desarrollo

4. Consejo

municipal de

desarrollo

5. ONG 6. Gobierno central

actual

7. Respuesta VII.1

de personalización

del sistema

8. Respuesta VII.2

de personalización

del sistema

201 PNC: Policía Nacional Civil.

Page 216: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

194

D. Percepción de veracidad de la información ofrecida al ciudadano. Puntúe del 1 al 4,

siendo 1 cuando crea que la información que brindan es siempre totalmente cierta y 4 cuando

crea que la información que dan casi siempre es falsa. 5 no s/r

Fuente Fecha

1. Comités de

Vecinos o Pro-

mejoramiento

2.

Municipalidad

3. Consejo

comunitario de

desarrollo

4. COMUDE 5. ONG 6. Gobierno

central actual

7. Respuesta VII.1 de

personalización del

sistema

8. Respuesta VII.2 de

personalización del

sistema

E. Percepción de capacidad de comunicación y diálogo con autoridades y representantes.

Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando crea que la comunicación es muy buena y se puede acudir

siempre y 4 cuando crea que no hay garantías mínimas para dialogar, presentar demandas ni

expresar necesidades. 5 no s/r

Fuente Fecha

1. Comités de

Vecinos o Pro-

mejoramiento

2. Municipalidad 3. Consejo

comunitario de

desarrollo

4. Consejo

municipal de

desarrollo

5. ONG 6. Gobierno

central

actual

7. Respuesta VII.1 de

personalización del

sistema

8. Respuesta VII.2 de

personalización del

sistema

F. Participación ciudadana. Puntúe del 1 al 4, siendo 1 cuando participa una vez

a la semana, 2 una o dos veces al mes, 3 una o dos veces al año y 4 nunca. 5 no s/r

Fuente Fecha

1. En un comités

de Vecinos

2. En una

organización

religiosa

3. En una

asociación de

padres de familia

4. Ap y/o

P202

5. En un

sindicato

6. En un partido

o movimiento

político

7. Respuesta VIII.1 de

personalización del

sistema

8. Respuesta IX.1 de

personalización del

sistema

Componente 2: Ingresos anuales obtenidos mediante formas propias de tributación o contribución económica

A. ¿Existe un sistema de tributación o procedimiento de contribución económica en

el municipio o regional que abarque su municipio?

Sí □ No □

Nombre del sistema de tributación o procedimiento de contribución económica

Alcance municipal Sí □ No □ Espacio de decisión comunitaria que

gestiona y administra los fondos203

Alcance regional Sí □ No □ Nº municipios

¿Las personas que gestionan y administran los

fondos perciben salario?

Sí □ No □ Nº de personas que gestionan y administran los fondos

¿La gestión y administración de los fondos implica

mecanismos de consulta popular?

No □ Sí, pero sólo se consulta qué proyectos es preciso realizar □

La comunidad puede participar de la realización de los presupuestos □

Número de contribuyentes de la comunidad Fecha

Cantidad total recaudada al año Fecha

Procedencia de los ingresos (aproximación %) Fuente Fecha

1. Aportaciones periódicas

de personas de la

comunidad

2. Recaudación

por sanciones

3. Por impuestos

sobre la renta204

4. Por impuestos sobre

bienes y servicios205

5. Por impuestos

sobre la propiedad206

6. Aportaciones

externas

7. Otros

202 Asociación profesional y/o productiva 203 Nos referimos a organizaciones locales y regionales paralelas a las oficiales del Estado que recaudan aportaciones o impuestos para el

desarrollo del municipio. 204 Impuestos individuales y de sociedades sobre la renta, beneficios y ganancias de capital. 205 Impuestos sobre producción, venta, transferencias, arrendamiento y distribución de bienes y prestación de servicios. Impuestos sobre

uso o permiso de uso o desarrollo de actividades relacionadas con bienes específicos (licencias). Impuestos sobre bienes y servicios

específicos. 206 Impuestos periódicos sobre la propiedad inmobiliaria. Impuestos sobre herencias, sucesiones y donaciones. Impuestos sobre

transacciones financieras y de capital. Impuestos no periódicos.

Page 217: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

195

B. ¿Cuál es el uso que se le da a estos ingresos en programas de desarrollo

de los derechos colectivos en…?

Fuente Fecha Nº de

Programas

Monto asignado

Q

1. Trabajo y previsión social

2. Ciencia y tecnología

3. Agua y saneamiento

4. Vivienda

5. Medio ambiente

6. Minería e hidrocarburos

7. Energía

8. Comunicaciones

9. Programas de transporte

10. Industria y comercio

11. Turismo

12. Agropecuario

13. Financieras y seguros

14. Salud y asistencia social

15. Educación

16. Arte y expresiones culturales

17. Deportes

18. Seguridad interna

19. Otras actividades

Page 218: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Componente 3: Grado de distribución territorial, de género y étnica del poder para el efectivo ejercicio de los derechos colectivos

207 Nivel superior: integrantes con capacidad de tomar decisiones y/o que forman parte del consejo de toma de decisiones de la organización. 208 Nivel medio-bajo: integrantes con funciones administrativas, en capacitación, auxiliares de apoyo y subalternos. 209 IMPO: Integrantes que hablan un idioma de los pueblos originarios. 210 I: Internos, es decir, personas residentes en el municipio. 211 E: Externos, es decir, personas no residentes en el municipio.

A. ¿Cómo están compuestas las formas organizativas e institucionales presentes en su

municipio?

Fuente Fecha

Nº integrantes

Nivel superior207 Nivel medio-bajo208

H M H M

Organizaciones e

instituciones

Nº total

aprox.

Nº total

encuestado

Políticas públicas

relacionadas con los

derechos colectivos

(ver cuadro siguiente) I210 E211 I E IMPO209

I E I E IMPO

1. Municipalidad

2. Juzgados

3. Fiscalía

4. Centros PNC

5. COCODE

6. COMUDE

7. Comités vecinos

8. ONG

9. Respuesta VII de

personalización del

sistema

10. Respuesta VIII de

personalización del

sistema

11. Respuesta IX de

personalización del

sistema

Page 219: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Códigos de los derechos colectivos

Los derechos colectivos son Códi

go

La representatividad y participación del colectivo en la vida política local, regional y estatal 1

La libertad, paz y seguridad 2

El fortalecimiento de la autonomía, autodeterminación y autogobierno del colectivo 3

La autosuficiencia económica de los habitantes del colectivo 4

El desarrollo de la ciencia y tecnología ancestral e histórica propia del colectivo 5

La gestión de la propiedad y posesión del territorio de forma colectiva 6

La gestión y administración del patrimonio natural 7

Los idiomas locales y su educación en escuelas públicas según los principios, valores y cosmovisión de los miembros 8

La espiritualidad como marco de regulación de relaciones interpersonales, institucionales, normativas y políticas 9

La protección, mantenimiento y desarrollo del patrimonio cultural y de los símbolos de identidad 10

La generación de medios de comunicación propios 11

La organización o institución pública no lleva a cabo ninguna política pública relacionada con los derechos colectivos 12

Fuente B. Percepción del grado de influencia en espacios clave de regulación social,

económica, política y jurídica de su localidad y región. Puntúe del 1 al 4,

siendo 1 cuando crea que la influencia del actor es nula y 4 cuando crea que su

injerencia y capacidad de decisión es muy fuerte. 5 no s/r

Fecha

Decisión política. Actor

Influencia en

nuestra comunidad

Influencia en de

nuestra región

Influencia en

nuestro país

Influencia en la

administración

de justicia

Influencia en el

ordenamiento

legal y jurídico

1. Transnacionales

2. Sectores tradicionales

de poder económico del

país212

3. Sindicatos

4. ONG

5. COCODE

6. COMUDE

7. Municipalidad

8. Comités de vecinos o

pro mejoramiento

9. Organizaciones

religiosas

10. Cooperación

internacional

11. Crimen organizado

12. Respuesta VII de

personalización del sistema

13. Respuesta VIII de

personalización del sistema

14. Respuesta IX de

personalización del sistema

212 Por sectores tradicionales de poder económico entendemos finqueros, terratenientes, patrones y familias que tradicionalmente han gozado

del poder económico y han influido en las políticas públicas y en el mantenimiento hegemónico del poder.

Page 220: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

198

C. Percepción sobre el desarrollo de la autonomía política de la región. Puntúe del

1 al 4 la percepción que tiene al respecto, siendo 1 que está totalmente de acuerdo y 4

cuando esté totalmente en desacuerdo. 5 no s/r

Fuente Fecha

1. Una de las principales causas de la pobreza social, política y económica en nuestra región es el racismo generalizado

de las instituciones públicas que no respetan ni permiten el desarrollo de nuestras instituciones, autoridades y

representantes locales y de nuestras formas propias de gobernarnos, juzgarnos y regularnos

2. La actual división política del país en departamentos no permite el desarrollo de nuestra comunidad ni de nuestra

región porque no responde a nuestra realidad social y cultural ni la participación de nuestros representantes

comunitarios

3. Gran parte de los problemas que tenemos podrían resolverse si pudiéramos decidir de forma autónoma y por

nosotros mismos el curso de nuestra comunidad sin interferencia del Estado y según nuestros principios, valores,

tradiciones e instituciones históricas

No hay garantías de que la participación local genere cambios importantes porque las decisiones cruciales se toman en

otros espacios

4. -Mostrar mapa del territorio del colectivo y definiciones- Existe un fuerte sentimiento de sujeto colectivo con el que

me identifico y que está representado en este espacio territorial

5. El establecimiento de estos límites políticos permitiría un mejor desarrollo de nuestra comunidad porque permitiría

una mejor representación de nuestras propias instituciones y nuestras autoridades locales

6. Es más efectivo hacer demandas al gobierno central y esperar que se que intentar organizarnos y solucionar los

problemas prescindiendo de la intervención estatal

7. Existe divisionismo y enfrentamientos dentro de la comunidad y entre comunidades que impiden que nos

organicemos para solucionar nuestros problemas y los de la región de forma conjunta

8. Por cómo están pensados que funcionen, los espacios de decisión política que ofrece el Estado no nos permiten

participar según nuestros principios, valores y cosmovisión

9. Las consultas populares son medios eficaces que garantizan que los políticos acaten e implementen las decisiones de

la comunidad

10. Es prioritario desarrollar en nuestro municipio un sistema de poder compartido213 con representatividad regional,

es decir, un espacio de decisión política local y regional que permita el desarrollo de nuestras instituciones políticas con

el mismo poder de decisión que los espacios oficiales como la municipalidad, los COCODES, COMUDES, CODEDES

213 [El régimen de multimunicipal como forma de implementación del poder compartido en espacios municipales] “permitiría, por lo menos,

hacer realidad el autogobierno indígena, al hacer posible que el ayuntamiento se integre de acuerdo a las características sociopolíticas del

municipio, y no con la obligatoriedad de que lo haga por presidente, síndico y regidores. Quedaría pendiente la reforma electoral (nacional y

en los estados) que permita que la renovación del ayuntamiento pueda realizarse mediante mecanismos alternos a la de los partidos políticos

(…). Un régimen multimunicipal beneficiaría a todos los indígenas (…) y no sólo a aquellos que viven en los ‘municipios indígenas’, en zonas

culturalmente compactas. En la actualidad miles de indígenas en el país no habitan en territorios en donde ellos sean mayoría, sino en espacios

territoriales multiétnicos. En un régimen multimunicipal los indígenas que viven en esa situación podrían crear nuevos tipos de municipios

como por ejemplo el ‘municipio pluriétnico’. Un régimen multimunicipal alentaría la creatividad indígena para la innovación en las

instituciones y formas de gobierno local democráticas, que ahora se encuentran impedidas por los pobres alcances de la reforma constitucional

del artículo 2º que sólo reconoce las formas de gobierno indígena por ‘usos y costumbres’, que no siempre dan respuesta a la diversidad que

existe al interior de los pueblos indígenas, que por cierto se caracterizan por su ‘diversidad en la diversidad’ (…). Un régimen multimunicipal

contiene adicionalmente un plus democrático para todo el país, ya que con él no serían beneficiados sólo los indígenas, sino todos los

municipios mexicanos. Con un régimen multimunicipal no se intentaría reconocer solamente la diversidad de las formas de gobierno local

indígena, sino la de todos los municipios de México. La diversidad cultural no es patrimonio exclusivo de los pueblos indios; ellos tienen el

mérito de insistir en el reclamo, pero sus beneficios pueden irradiar a todos los municipios del territorio nacional. Un régimen multimunicipal

reconocería la diversidad como un valor polisémico y no sólo étnico”. Por Cal y Mayor, Araceli Burguete, Reformar el municipio: autogobierno

indígena y régimen multimunicipal.

Publicado en http://www.organizacionessociales.segob.gob.mx/UAO S-Rev4/autogobierno_indigena.html en el número de enero–marzo de

2006.

Page 221: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

199

y otros espacios de decisión política tanto locales y regionales como estatales

11. Es prioritario desarrollar un órgano regional con facultades legislativas que permita agilizar las propuestas para

transformar el marco jurídico actual y el reglamento legal en función de nuestra realidad cultural, de nuestras propias

instituciones y de nuestros principios y valores

12. Es prioritario desarrollar un órgano regional con facultades judiciales que permita el desarrollo de cuerpos de

seguridad y operadores de justicia provenientes de nuestros propios municipios y capaces de administrar justicia según

nuestras formas propias y nuestros principios y valores

13. Es prioritario crear una hacienda pública regional que permita el desarrollo de nuestras propias instituciones y la

ejecución de nuestras propias políticas públicas

14. Es prioritario crear una universidad pública propia de nuestra región que responda a nuestros principios y valores,

a nuestra cosmovisión, a nuestra lengua, historia y forma de ver y entender el mundo

15. Es prioritario crear un órgano regional con facultades de regulación económica que permita desarrollar propuestas

de reforma agraria para la consolidación de una mejor equidad económica y de posesión del territorio apto para el

cultivo, así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo de la soberanía alimentaria214

16. Es prioritario consolidar un proyecto de región autónoma cuya implementación nos permita interpretar y poder

ejercer nuestros derechos colectivos y poder vivir en un Estado verdaderamente plural de acuerdo con nuestra

diversidad cultural

17. Existe una organización local y regional suficientemente fuerte como para poder llevar a cabo el establecimiento de

un ordenamiento territorial con propuestas que consoliden los puntos anteriores.

18. Es muy probable que en un plazo máximo de cinco años se consoliden y hagan realidad en la región propuestas

relacionadas con los puntos

10 11 12 13 14 15 16

19. Las propuestas de regiones autónomas son un atentado contra la unidad del Estado

214 “La soberanía alimentaria es el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma

sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo. Esto pone a aquellos que producen, distribuyen y

consumen alimentos en el corazón de los sistemas y políticas alimentarias, por encima de las exigencias de los mercados y de las empresas”.

Declaración de Nyéléni del 27 de febrero de 2007. Nyéléni, Sélingué, Malí. El texto completo de la declaración se puede consultar en

http://www.taller.org.ar/menu/archivos/DeclaracionNyeleni.pdf

Page 222: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural
Page 223: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

202

POPOPOPOLÍTICAS CULTURALES

1 El proceso de construcción de las políticas culturales

2 Políticas culturales en las relaciones interpersonales

(comunidad)

3 Políticas culturales en las relaciones institucionales

(comunidad – región)

4 Políticas culturales en las relaciones normativas (región

– Estado)

5 Políticas culturales en las relaciones estructurales

(Estado)

Page 224: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

203

Page 225: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DE LAS POLÍTICAS CULTURALES CANEK abrió múltiples espacios de discusión y debate a lo largo del 2009 con la

finalidad de concretar una serie de políticas culturales que pudieran conducir a

acciones estratégicas conjuntas hacia la identificación y emergencia de los

sujetos colectivos y a la construcción desde las base de un Estado Plural. El

proceso de construcción de las políticas culturales está compuesto por tres

elementos:

1111 El árbol de problemas que nos conduce a generar políticas culturales y sus

dimensiones.

2222 Las fases en la construcción de las políticas culturales.

3333 El método con el que se formulan las políticas culturales.

DEL ÁRBOL DE PROBLEMAS Y SUS DIMENSIONES A LAS

POLÍTICAS CULTURALES

Para elaborar políticas culturales consecuentes con la realidad, es imprescindible

partir de su análisis y reflexión. Como expusimos en el primer Cultura, derechos

colectivos, territorio y distribución democrática del poder ante la desigualdad

estructural, existen una serie de desigualdades estructurales que no permiten la

conformación y desarrollo de colectivos en Guatemala, el ejercicio de sus

derechos colectivos y la transformación social política, económica, jurídica y

simbólica de su realidad y su territorio.

Esta serie de desigualdades estructurales son la base de reflexión a partir de la

cual se construyen las políticas culturales. Derivamos de sus efectos,

mecanismos, dinámicas y causas las dimensiones de acción estratégica y

organizada de las políticas culturales. Gráficamente se expone del siguiente

modo:

Dinámicas de las DDEE Políticas culturales en las relaciones normativas (región – Estado)

Causas de las DDEE Políticas culturales en las relaciones estructurales (Estado)

Mecanismos de las DDEE Políticas culturales en las relaciones institucionales (comunidad – región)

Efectos de las DDEE Políticas culturales en las relaciones interpersonales (comunidad)

DESIGUALDADES

ESTRUCTURALES

(DDEE)

Reflexión sobre la problemática por dimensión

Políticas culturales por dimensión

Partimos de un

Cómo

Para definir un

Qué

Page 226: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

202

LAS FASES EN LA CONSTRUCCIÓN DE LAS POLÍTICAS

CULTURALES

7 ESTADO Para acabar de tejer el

petate, finalmente debatimos sobre

cómo estas regiones representativas de

las comunidades y de los pueblos de

Guatemala pueden interrelacionarse y

crear un Estado Plural.

1111 INTERPRETACIÓN Primero, se

interpretan los derechos colectivos y se

definen los criterios para identificar su sujeto,

es decir la persona que posee estos derechos

colectivos. Recordemos que el sujeto

colectivo está muy relacionado con la

construcción social y política del territorio

desde las comunidades.

2222 TIEMPO Para entender cuál es la

comprensión que tienen las comunidades de

su territorio, primero comprendemos cuál es

su interpretación del tiempo comunitario, es

decir qué principios y valores guían sus

procesos propios de desarrollo, de

organización comunitaria y de relación entre

personas, con la naturaleza y con el cosmos.

3333 DESIGUALDAD ESTRUCTURAL Una

vez conocemos qué significa para las

comunidades desarrollo y qué factores

inciden en su sentimiento como comunidad y

como unión de individuos, nos ponemos en

contexto, es decir en la realidad de

desigualdades estructurales que el Estado

genera y que no permiten que se desarrolle la

comunidad según su propia cultura y sus

derechos colectivos.

A partir de aquí, una vez conocemos cómo las desigualdades estructurales

afectan a la comunidad, empezamos a construir, a tejer un nuevo Estado de

abajo hacia arriba, eso es desde la comunidad a la región y de la región al

Estado.

4444 COMUNIDAD Se analizan las relaciones

entre personas en la comunidad y se hacen

propuestas según los principios y valores

expuestos antes.

5 COMUNIDAD – REGIÓN Se analizan

las relaciones entre las instituciones

oficiales del Estado y las propias y se hacen

propuestas para mejorar aquellas que son

afines al concepto de desarrollo de la

comunidad. Aquí se define qué espacio

territorial administran y representan las

instituciones propias.

6 REGIÓN – ESTADO Una vez sabemos

cuál es el espacio territorial vital donde se

desarrollan las instituciones propias, es

decir qué espacio ocupa el sujeto colectivo,

definimos qué facultades debería de tener

para mantener su autonomía y ser capaz de

definir el destino de sus miembros sin

interferencias externas.

8 LEGALIDAD Con la finalidad

de darle legalidad a las propuestas,

se analiza el marco jurídico actual

y se establecen propuestas sobre

los cambios constitucionales y

legales necesarios para tener un

marco jurídico y un pacto social y

político acorde y representativo a

la realidad plural y a la diversidad

cultural de Guatemala, así como a

las demandas de las comunidades.

Esta fase se expone en el siguiente

capítulo Cambios constitucionales

y del marco jurídico legal, donde

cuatro abogados analizan todas las

propuestas (conceptuales, teóricas

y políticas) de este documento.

Page 227: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

203

EL MÉTODO CON EL QUE SE FORMULAN LAS POLÍTICAS

CULTURALES

LA INTERCULTURALIDAD COMO BASE DE TRABAJO

El método de trabajo para la elaboración de esta serie de políticas culturales se ha

construido de forma participativa. En el 2008 CANEK abrió espacios para la

construcción de una propuesta intercultural (publicada en el libro Construcción

de la comunicación intercultural aplicada) que nos ha servido de base para

trabajar y abrir el tipo de conversación que permita relaciones entre iguales con

respeto a la diversidad. En base a esta metodología de trabajo, se abrió la

discusión en el 2009 para elaborar las propuestas que contiene este documento.

Entre los espacios que se abrieron destacan los ciclos intergeneracionales de

debate, la creación y desarrollo de Comunidades Emergentes de Conocimiento

(encargadas de interpretar los derechos colectivos y hacer consultas

comunitarias) y los ciclos de trabajo, con extensa participación de personas de

todo el país, que se llevaron a cabo en Ciudad de Guatemala, Chiquimulilla y

Livingston.

LA ADECUACIÓN DE LOS DEBATES A LAS FORMAS PROPIAS DE

ORGANIZACIÓN Y A LAS TRES ESFERAS DE LA CULTURA

La adecuación del debate y las jornadas de trabajo se realizan según las formas

propias del lugar donde se realiza el encuentro. Por ejemplo, en Livingston, en el

tercer ciclo nacional de discusión y debate sobre derechos colectivos,

resumidamente, se configuró del siguiente modo:

Se integraron grupos de 12 personas; esto porque ese número es muy importante para la población garífuna pues es la cantidad de personas que se asentaron por primera vez en Livingston. Los dos grupos (adamuri) fueron identificados con símbolos importantes para la cultura garífuna: Tambor (garau) y Bastón (badu). Adamuri mi garau y adamuri mi badu. Las personas encargadas de representar al grupo y trasladar las conclusiones a la general, se denominaron “Buyei” que en garífuna significa “guía espiritual” y que se caracteriza por ser el enlace con Dios y la divinidad, poseen mucho conocimiento. Buyei es un medio, es decir, la persona que está más cerca de Dios para comunicarse con nuestros ancestros. También el don de las visiones y presentimientos para saber lo bueno y lo malo que va a ocurrir.

Ciclo Livingston, 11/09

En los debates abrimos tres mesas de debate, llamadas, por lo general, Consejos,

siguiendo la disposición de las tres esferas de la cultura. De este modo los

participantes se situán según su experiencia y conocimiento en el Consejo de la

Cultura Material, en el Consejo de la Cultura Simbólica y en el Consejo de la

Cultura Social y Política. El debate en cada Consejo se centra en un mismo

ámbito de discusión, como vimos más arriba en Las fases de construcción de las

políticas culturales: interpretación del tiempo – comunidad – institución –

región - Estado. A medida que se finaliza la discusión por ámbito, se expone y

discute en plenaria los resultados en el Consejo Colectivo. Las propuestas de

política cultural por ámbito de relación que se presentan más adelante están

Page 228: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

204

entonces divididas en las tres esferas de la cultura. Es importante no verlas por

separado sino integradas e interrelacionadas.

LA EDUCACIÓN POPULAR COMO MÉTODO DE DIÁLOGO,

NEGOCIACIÓN Y CONSENSO

Fundamentamos la metodología del debate en el método de educación popular,

cuyos principales elementos tomamos de las enseñanzas del pedagogo

guatemalteco Carlos Aldana Mendoza, principalmente de su libro El educador

popular en Guatemala215. De esta manera, en cada Consejo y durante la discusión

en cada ámbito, se siguen los siguientes pasos:

215 Aldana Mendoza, Carlos. El educador popular en Guatemala. Serviprensa Centroamericana,

Guatemala 1997.

� Primero Diálogo: Observar el contexto de prácticas y relaciones. Aquí

pretendemos saber cómo son las relaciones en cada esfera de la cultura por

cada ámbito de relación. Se genera conocimiento desde la realidad y

conocimiento comunitarios y de las prácticas cotidianas respecto el ejercicio

de los derechos colectivos. Se observa la situación concreta en la que están

inmersos los sujetos involucrados y sus relaciones en el contexto de

desigualdades estructurales. Se elaboran preguntas críticas para reflexionar

sobre la situación. Se identifican ideas, palabras clave y se generan preguntas.

� Segundo Negociación: Escribir el texto del discurso. Aquí pretendemos saber

qué pensamos sobre estas relaciones y qué hacemos o dejamos de hacer para

que se mantengan o se cambien. Se da respuesta a las preguntas generadas y

reflexionamos críticamente sobre el por qué se dan las relaciones

identificadas. Desde la interpretación comunitaria, se definen los conceptos

que aparecen en las preguntas. Se interpretan las intenciones de los sujetos

involucrados. Se definen conceptos clave y se relacionan.

� Tercero Consenso: Determinar acciones organizadas (políticas culturales)

para lograr el cambio. Aquí pretendemos definir cómo deberían de ser las

relaciones del ámbito que estamos trabajando y qué acciones organizadas es

posible hacer. Se definen pautas de desarrollo y acciones organizadas

concretas para transformar la realidad desde el conocimiento y prácticas

comunitarias. También se identifican los actores implicados. Se propone qué

relaciones se tienen que dar con el resto de esferas de la cultura para generar

una propuesta integral.

Page 229: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

205

POLÍTICAS CULTURALES EN LAS RELACIONES INTERPERSONALES (COMUNIDAD)

En este ámbito de relación, los participantes se agruparon en los tres Consejos

representativos de cada esfera de la cultura según su experiencia y mayor

conocimiento, conformando mesas de discusión interculturales: en el Consejo de

la Cultura Material, en el Consejo de la Cultura Simbólica y en el Consejo de la

Cultura Social y Política.

Teniendo en cuenta que la construcción de un sujeto colectivo se fundamenta en

las relaciones, en el debate se discutió sobre qué tipo de relaciones se dan entre

personas en la comunidad y cuáles permiten o no permiten el desarrollo de la

interpretación comunitaria del tiempo de cada uno de los pueblos. En base al

análisis colectivo, se generaron propuestas relacionadas con los derechos

colectivos respectivos de cada Consejo.

Se tomó en cuenta si existe o no la capacidad de establecer, mantener y fomentar

la comunicación destinada al conocimiento mutuo entre personas y

generaciones, a la interacción positiva entre los individuos y a la toma de

decisiones de forma conjunta con la finalidad de crear y desarrollar un sujeto

colectivo. También se discutió sobre qué lo propicia y qué no.

La reflexión conjunta fue dirigida a saber si existe o no un código que sirva para

autorregular la forma de comunicarse, de manera que todos los actores de la

comunidad, sin menoscabo de ninguno, puedan comunicarse y participar de

forma conjunta en el desarrollo de cada esfera de la cultura.

Las palabras clave propuestas fueron las palabras propias de cada esfera de la

cultura y sus respectivos derechos colectivos, así como desarrollo, cosmovisión,

colectivo, comunidad, espacio comunitario, memoria, recuerdo, comunicación,

tiempo, historia compartida.

Page 230: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

206

EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA SIMBÓLICA

Recordemos, respecto a la cultura simbólica…

Relación significadora: Lenguaje, valores, espiritualidad, arte…

Derechos colectivos directamente vinculados: Derecho colectivo al idioma,

Derecho colectivo a la espiritualidad, Derecho colectivo al patrimonio natural y

a los símbolos de identidad, Derecho colectivo a la educación, Derecho

colectivo a los medios de comunicación.

En base a la pregunta qué relaciones interpersonales se dan en la comunidad para

el desarrollo de la interpretación de la comunitaria del tiempo en el ámbito

comunitario, en la esfera de la cultura simbólica se identificó lo siguiente.

Respecto a la espiritualidad: � El ejercicio del tiempo desde la comprensión comunitaria está contenido

dentro la espiritualidad y es la forma de ponerse en contacto con el creador

del universo en las múltiples formas de relación que existen. La espiritualidad

confiere equilibrio a la vida de todo lo que nos rodea y sirve de vehículo para

la transmisión de conocimientos.

� Hoy la espiritualidad solo se reconoce dentro de la comunidad en grupos

religiosos que pertenecen a la iglesia católica o evangélica, entre otros.

Observamos por eso que los guías espirituales en muchos casos ocultan esta

práctica propia de nuestros pueblos por temor a ser rechazados o

discriminados incluso dentro de la comunidad. Vemos que hay pocas mujeres

en la práctica de guías espirituales.

� Aún así, la práctica en el diario vivir en muchas comunidades permite la

transmisión del conocimiento de generación en generación, y con él la

espiritualidad, por ejemplo observamos el manejo y uso de la lectura del

tiempo (kajpul) en relación a la siembra y cosecha de cultivo (cabañuelas).

� La tradición oral no sólo es la enseñanza del idioma, sino de la espiritualidad

que mantiene viva nuestra interpretación del tiempo.

� Estela de la cuatriedad, significa conocer el entorno cosmogónico de la

cultura, en todo el accionar de la vida natural.

Respecto al idioma: � El idioma nos identifica con nuestro pueblo. Su pérdida significa en gran

medida la pérdida de nuestra identidad cultural, siendo la educación formal la

principal causante de su interrupción.

� Restaurar el idioma sería restaurar nuestra comprensión del tiempo y, en

consecuencia, de nuestra comprensión de lo que es desarrollo.

Respecto a la comunicación y a los instrumentos originarios: � La comunicación principalmente se realiza en la comunidad mediante el

toque del campanario, de nuestra iglesia o bien por medio de instrumentos

musicales de la región con el fin de comunicar los acontecimientos en la

comunidad.

� Los medios masivos de comunicación serían un gran aliado si partieran de lo

comunitario con el fin de promover información sobre la situación de

nuestras comunidades. Se hace necesaria una regulación pública de los

medios.

Respecto al patrimonio cultural y símbolos de identidad: � Nos identifican en cualquier parte como pueblo indígena o como pueblo

mestizo, sin expresar las diferencias que existen en su interior.

� Es importante fomentar a los valores de nuestra cultura, a través del Centro

Cultural y aprovechando las TICS.

� En los símbolos de identidad se guarda el conocimiento que se ha perdido en

la reducción del uso de nuestros idiomas. Revalorarlos significa revitalizar

nuestra la identidad.

Page 231: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

207

Respecto a la educación: � Los procesos de educación rebasan la mera educación formal. Fomentar y dar

seguimiento a la educación informal es el principio para recuperar nuestra

comprensión y uso del tiempo. Esta educación inicia en el hogar desde la

misma concepción y el nacimiento de una nueva vida.

� Es importante la educación familiar, ya que en ella se encuentra la base

primordial para enraizar las costumbres, recuperar nuestra memoria colectiva

y nuestra historia, así como la recuperación de la tradición que inicia en el

conocimiento de nuestro origen.

� En esta educación informal se deben de dar como valores el respeto, la

valorización y la practica comunitaria del tiempo como un ciclo de vivencia

de relación entre personas y con la naturaleza. En el tiempo existe el espacio

inmaterial para exteriorizar, convivir, relacionarse, armonizar y crear –

concebir, es decir dar vida según nuestra cultura a todo, es decir dar

significado a lo que nos rodea.

� La educación debe iniciar en el hogar y luego amarrarla por medio de los

centros educativos, siendo los Principales, quienes formulan los ciclos

educativos formales, ya en la enseñanza y aprendizaje, según las costumbres

que nos heredaron nuestros antepasados. Ello permitirá el traslado de

experiencias, conocimientos, vivencias, valores y principios a las nuevas

generaciones, dando así realidad a la cultura.

� La educación debe de ser sistemática en la promoción de la práctica del

idioma materno como base y partiendo de los valores culturales y la

cosmogonía para interpretar todos los elementos de la educación.

Respecto al entorno cosmogónico y a la lectura del tiempo: � Significa la forma de ver e interpretar determinado lugar o región basándonos

en la forma propia de relacionarnos de nuestra cultura.

� Implica la capacidad o habilidad de poder predecir de manera aproximada el

tiempo basándose en la astronomía que guarda la ciencia de nuestros

ancestros.

Se consideran necesarias las siguientes acciones para el desarrollo del tiempo: � La cuestión es desarrollar relaciones en base a nuestra concepción del tiempo.

� Desarrollar de forma integral las propuestas anteriores entre la familia y la

comunidad (a nivel comunitario) y entre los sujetos de nuestro pueblo (a

nivel regional).

� Las acciones deben de generar a través de sus objetivos específicos

convivencias e intercambio de experiencias para organizar y reconstruir las

relaciones.

Relación de actores y espacios comunitarios para llevar a cabo las acciones

propuestas: � De la familia a la escuela y de la escuela a la familia.

� Entre alcaldes auxiliares, guías espirituales e iglesias (expresado la mayor de

las veces en las cofradías), la organización comunitaria, hoy llamado por el

Estado COCODE y COMUDE, y grupos organizados propios de cada esfera

de la cultura.

Page 232: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

208

EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA MATERIAL

Recordemos, respecto a la cultura material…

Relación con la naturaleza: Producción, vivienda, alimento…

Derechos colectivos directamente vinculados: Derecho colectivo a la

propiedad y posesión del territorio y del patrimonio natural, Derecho colectivo

a la ciencia y tecnología, Derecho colectivo a la autosuficiencia y al desarrollo

de la industria autóctona.

En base a la pregunta qué relaciones interpersonales se dan en la comunidad para

el desarrollo de la interpretación de la comunitaria del tiempo en el ámbito

comunitario, en la esfera de la cultura material se identificó lo siguiente:

� La comunidad se sustenta en el apoyo entre personas desprotegidas y la

cooperación, así como el sentimiento de pertenencia mediante el cuidado y

mantenimiento del trabajo comunal. El intercambio de semillas de campesino

a campesino, por ejemplo. Agrupación por cooperativa (uno solo no se debe

de echar el peso de todo sino que hay que hacerlo en grupo).

� La organización comunitaria se sustenta en base a la organización para el

trabajo agrícola. Aquí vemos la relación integral de la cultura, donde el

trabajo de la tierra se sustenta en la organización social y política de la

comunidad sobre la base del idioma y la espiritualidad, expresada en una

celebración, en un agradecimiento a la tierra.

� El hecho que haya familias completas que se dedican a la producción agrícola

fomenta el tejido internacional en relación al tiempo.

� Una comunidad planifica el tiempo para la producción (siembra, cosecha, y la

venta al mercado, lo hace de una forma colectiva, luego reparten las utilidades

en forma equitativa).

� La colectividad se descompone ante la realidad del comercio internacional.

Una reorganización ante la problemática de acceso a la tierra cultivable en

forma colectiva daría respuesta a las exigencias del mercado con una

repartición equitativa, tanto del trabajo como de las ganancias.

� La individualidad ha generado la venta de tierras a externos, la privatización

en el acceso a la tierra y, en consecuencia, la dependencia, el egoísmo y la

rivalidad. Ello implica la existencia y fortalecimiento de los terratenientes

(persona que maneja todo, dueño de la tierra) y del tipo de producción de

alimentos, muchas veces regido por las necesidades del mercado internacional

y no de las de la comunidad.

� La propiedad privada es con fines de ganancia económica y no espiritual.

� Es una actividad laboral individual que cada quien busca su propio desarrollo

con enfoque a la producción y de desarrollo capitalista, y no el propio de

nuestra cultura.

� La exigencia del mercado internacional conduce a la utilización de abono

químico, que está matando a la tierra porque ya no le dará fertilidad por sí

sola, sino solo con más y más abono químico.

Para la revitalización de la cultura material se precisa el concierto y relación

de � Campesinos, autoridades comunitarias, consejos de ancianos, comadronas,

guías espirituales y COCODES. Ellos son conocedores del tipo de relación con

la naturaleza propio de la cultura comunitaria.

� Entrelazar relaciones entre estos actores supondría la generación de un seguro

agrario y un restablecimiento de las relaciones con la naturaleza propio de

nuestra interpretación del tiempo. Además, permitiría crear una autoridad

comunal capaz de regular las relaciones mediante la generación de tecnologías

limpias, la rotación de campesinos y tierras y la consecución de la propiedad

de la tierra mediante la construcción social y política del territorio.

Page 233: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

209

EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA SOCIAL O

POLÍTICA

Recordemos, respecto a la cultura social o política…

Relación entre personas y grupos: Familia, comunidad, política…)

Derechos colectivos directamente vinculados: Derecho colectivo a la

representatividad y participación en la vida política, Derecho colectivo a la

libertad, paz y seguridad, Derecho colectivo a la autonomía,

autodeterminación, autogobierno, autorregulación y al libre ejercicio de la

soberanía.

En base a la pregunta qué relaciones interpersonales se dan en la comunidad para

el desarrollo de la interpretación de la comunitaria del tiempo en el ámbito

comunitario, en la esfera de la cultura social o política se identificó lo siguiente:

La discusión giró principalmente alrededor de la figura que ha tomado la

organización comunitaria en Guatemala: los COCODES.

� Hay que reconocer que hasta hace poco daba miedo hablar de política.

� En la mayoría de los casos, la organización social y política de las

comunidades, según sus principios y valores, ha quedado estancada debido a

la inserción de los COCODES, los cuales les han restado poder, como por

ejemplo a los Consejos de Ancianos, que poco a poco desaparecen.

� En consecuencia, debido al partidismo, todo se está politizado y se generan

fracturas internas y más divisionismo donde antes no lo había. Los

COCODES, en muchos casos, se acoplan a las exigencias de los diferentes

partidos políticos. Ello no permite el desarrollo desde la interpretación

comunitaria, sino que se acatan órdenes procedentes de fuera de la

comunidad. En consecuencia, los poderes económicos nacionales e

internacionales tienen un impacto directo e indirecto muy fuerte en la

comunidad

� Hoy pareciera que si no hay COCODES no hay proyectos. En resumen, se

trata de un tema político partidista.

� En muchos casos, los COCODES y los alcaldes solo ven por su conveniencia y

no ven el bien de la comunidad, por lo que el conocimiento de nuestros

ancestros pierde la posibilidad de aplicarse en la relación entre personas y

grupos y en la elaboración de proyectos de relación con la naturaleza.

� La necesidad de tener una forma legal imposibilita que las expresiones

comunitarias sociales y políticas no tengan legalidad ni peso en la exigencia y

demanda para tratar nuestras necesidades según nuestra cosmovisión.

� Estas y otras situaciones hacen difícil que los compañeros participen en

política sin ensuciarse las manos.

� Una buena decisión comunitaria debería tener como mínimo la aceptación de

200 familias, y su gestión mediante representantes elegidos por un proceso

propio de la comunidad.

� Hay que conocer nuestras raíces y revalorizar las formas propias de toma de

decisiones sustentadas en la espiritualidad que, por lo general, implican la

participación de la comunidad según su tradición y la elección de

representantes legítimos. Sólo así conseguiremos participación ciudadana real

y la incidencia política necesaria para empezar a generar la autonomía desde

la misma comunidad.

� Es importante ver cómo podemos lograr la construcción desde el interior de

cada uno de los pueblos, con sus diferencias y con igualdad de oportunidades,

ya que fuera del contexto de nuestra propia cultura no podemos argumentar,

más bien nos convertimos en marionetas.

� Esta base cultural es la que debemos desarrollar para entender el autogobierno

y la autorregulación propia de los pueblos. Interpretar nuestro territorio

social y políticamente daría pautas de qué desarrollo deseamos.

� Debemos hacer soberana la participación ciudadana mediante la construcción

de relaciones comunitarias.

� Es importante compartir lo que se aprende con nuestros hijos.

Page 234: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

210

Page 235: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

211

POLÍTICAS CULTURALES EN LAS RELACIONES INSTITUCIONALES (COMUNIDAD – REGIÓN)

En el segundo ámbito de relación, en el que se vio la relación de la comunidad

con su región, el sujeto de atención pasó de ser la relación entre personas a la

relación entre instituciones; ello con el fin de conocer cómo se construyen, cómo

generan representatividad y, a final de cuentas, en qué territorio se encuentran y

ejercen su papel regulador. Este paso fue esencial para poder establecer, en el

siguiente y último ámbito, el espacio territorial donde se ubican los sujetos

colectivos desde la interpretación comunitaria mediante la comprensión de la

institucionalidad y su jurisdicción.

La pregunta con la que se inició la discusión fue: ¿qué instituciones propias

propician el desarrollo de la interpretación comunitaria del tiempo en cada

esfera de la cultura y representan a la comunidad en su región?

Se tomó en cuenta si existe la capacidad por parte de todos los actores

individuales y colectivos de poder vivir en sociedad y de poder construir

instituciones propias donde sentirse representados. Se analizó también si existen

instituciones que ofrezcan igual acceso a oportunidades y en donde poder verse

representados y respetados por igual. El fin último fue saber qué propicia su

desarrollo y qué no.

La pregunta fue dirigida a conocer el tipo de principios y valores que orientan el

desarrollo de las relaciones institucionales en cada esfera de la cultura. Es decir, a

esclarecer el tipo de contacto que se establece entre actores en el momento de

crear y desarrollar instituciones propias.

Las palabras clave propuestas fueron pueblo, tierra, territorio, región,

representación, autoridad, desarrollo, institución, nación, ciudadanía, política,

legitimidad, consulta popular, federación.

Page 236: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

212

EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA SIMBÓLICA

En base a la pregunta qué instituciones propias propician el desarrollo de la

interpretación comunitaria del tiempo en cada esfera de la cultura y representan a

la comunidad en su región, en la esfera de la cultura simbólica se identificó lo

siguiente:

� La institucionalidad del ser colectivo inicia en la familia, que propicia la

organización comunitaria y, finalmente la generación de consejo y la

creación de asociaciones civiles paralelas a las que permite la estructura del

Estado, las cuales permiten la fiscalización de las instituciones y la auditoria

social. De este modo, los principios y valores de cada cultura se trasladan a

las decisiones sobre trabajo comunitario, con el fin de regular la producción

y obtener bienestar común. Toda esta integración genera desarrollo desde la

propia interpretación comunitaria.

� La familia constituye la unidad mínima de convivencia donde se desarrolla

la vida cotidiana y la generación de relaciones que luego se representan en el

espacio social.

� Las asociaciones civiles prestan servicio de manera directa e indirecta a las

instituciones que regulan la comunidad para lograr un bienestar de la vida

de las poblaciones.

� La organización comunitaria supone la institucionalización y base

fundamental de regulación de las primeras relaciones entre personas.

� Los consejos son las instituciones comunitarias compuestas por personas

mayores con experiencia y conocimiento de los ancestros, que orienta y guía

la comunidad para alcanzar el desarrollo.

� El trabajo comunitario es la expresión que hace práctica el ejercicio de los

principios y valores propios de la cultura, que significa la interrelación de los

miembros de la comunidad para la realización de beneficios a las familias.

� Con éste, se obtiene el bienestar común, armonía que alcanza la comunidad

en sus relaciones interpersonales, obtenido a partir de la producción, es decir

de todo el beneficio material que obtiene la comunidad después de generar

su trabajo.

� Este conjunto de acciones generan desarrollo integral, tanto simbólico, como

material y sociopolítico.

� El fortalecimiento de la institucionalidad comunitaria y la formación de

liderazgo comunitario genera una visión de región, es decir el espacio

geográfico constituido por la mancomunidad de instituciones comunitarias

que poseen relaciones en las tres esferas de la cultura. En definitiva, su

desarrollo permite la construcción social y política del territorio que

transforma un espacio geográfico específico en espacio vital de nuestra

existencia.

� La política que rige estas relaciones institucionales está fundamentada por la

visión propia de la vida y del mundo que tiene cada comunidad respecto su

cultura o diversidad de culturas.

� Para que este proceso de relaciones se dé es preciso que haya

representatividad según los propios principios y valores, haya igualdad de

oportunidades y conocimiento del contexto en el que está inmerso la

comunidad.

� La organización desde el interior, siendo la familia su núcleo básico, supone

entonces el aspecto crítico y fundamental: restablecer las relaciones

culturales.

Page 237: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

213

EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA MATERIAL

En base a la pregunta qué instituciones propias propician el desarrollo de la

interpretación comunitaria del tiempo en cada esfera de la cultura y representan a

la comunidad en su región, en la esfera de la cultura material se identificó lo

siguiente:

La institución tiene que ser del pueblo y no de otros que vienen al pueblo y se

instalan, porque ellos no tienen conocimiento de las necesidades del pueblo. Los

actores implicados en la generación de relaciones institucionales capaces de

interpretar el territorio son:

� Los acaldes comunitarios y los líderes de la comunidad.

� Los COCODES y los comités de vecinos.

� Consejos de ancianos, los que dan consejos y guían a la comunidad, las

cofradías y las comadronas.

� Abogados capaces de interpretar la propia ley.

� El desarrollo de un nuevo registro de la propiedad.

� El desarrollo de un nuevo fondo de tierra diseñado desde la comunidad.

� Las personas y organizaciones informales que trabajan con eficiencia a nivel

de la comunidad.

Las acciones para desarrollar institucionalidad en base a la cultura material van

dirigidas a fortalecer la ciencia y tecnología propia de los pueblos, que implica:

� El conocimiento profundo del emplazamiento y disposición de los lugares

sagrados.

� La valoración de conocimientos ancestrales.

� El reconocimiento de los centros de medicina natural.

� Soberanía alimentaria.

� Estudios de impacto ambiental desde los principios y valores de la cultura o

culturas existentes en la comunidad

Ello con el fin de generar reformas agrarias, administrativas y políticas a nivel

territorial en base a las directrices de las instituciones propias de cada

comunidad, con el fin de:

� Establecer un ordenamiento territorial que respete la organización ancestral

con consultas comunitarias efectuadas por las organizaciones de la

comunidad.

� Una repartición de las tierras fértiles con coherencia al sistema de relaciones

propio de cada cultura y su legitimidad.

� El manejo de las aguas negras y de la contaminación.

� Aprovechamiento del agua de forma colectiva.

� Cuidar las infraestructuras y auditar su construcción.

� Construcción de viviendas, edificios públicos y escuelas de acuerdo a la zona

climática y geográfica, y según la disposición que orienta nuestra

espiritualidad.

� Construir junto a las nuevas generaciones.

Restablecer la institucionalidad comunitaria permitirá:

� Reconocimientos de las autoridades y organizaciones ancestrales como

modelo político para la regulación del territorio.

� Respeto a las consultas populares para la gestión del territorio y ordenanzas

legales generadas por la misma región mediante un órgano legislativo propio.

� Regulación de las leyes de medio ambiente en beneficio de los pueblos.

� Centros educativos culturales con identidad propia.

� Reciclaje de la basura, manejo de desechos, protección del medio ambiente,

educación ambiental y reducción en el uso de los químicos.

� Proteger los bosques y los ríos y compartir nacimientos de aguas.

� La regulación del mercado enfocado a la soberanía de la comunidad y la

región, abriendo terrenos de gestión comunitaria.

� Poder reflexionar sobre el destino a nivel individual y colectivo en base a la

sabiduría ancestral.

Page 238: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

214

EXPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA CULTURA SOCIAL O

POLÍTICA

En base a la pregunta qué instituciones propias propician el desarrollo de la

interpretación comunitaria del tiempo en cada esfera de la cultura y representan a

la comunidad en su región, en la esfera de la cultura social o política se identificó

lo siguiente.

Es preciso desarrollar las acciones y las relaciones que las sustentan en la

desconcentración del Estado en regiones con facultades autónomas que den la

capacidad a los sujetos colectivos de autodeterminarse y ejercer el libre ejercicio

de su soberanía.

Los principios y valores que guían la participación ciudadana en la construcción

de instituciones propias de la comunidad son la armonía, la espiritualidad, el

equilibrio, el respeto, la igualdad, la equidad, y la obediencia. Ello con dignidad

y con respeto a los ancianos, solidaridad, responsabilidad, honestidad, lealtad y

honorabilidad.

Entonces, el fortalecimiento de las instituciones comunitarias propias debe de

permitir la construcción social y política de un ordenamiento territorial donde la

comunidad pueda desarrollarse de acuerdo a sus costumbres y propia

composición social y étnica, ya sea compacta o plural.

Para el desarrollo de las instituciones propias y el financiamiento interno de

políticas públicas comunitarias y regionales, es decir para generar

administración pública y auto gobuierno, que verdaderamente pudieran liderar

la aplicación de un ordenamiento territorial y de reforma agraria para el

ejercicio pleno de los derechos colectivos, es imprescindible crear un órgano de

administración tributaria o autogestión financiera propio.

Los problemas identificados a solventar para la regeneración de relaciones en la

comunidad que puedan dar forma a una institucionalidad regional son:

� Intereses particulares, el divisionismo y el individualismo que busca el

beneficio propio.

� Racismo y la discriminación en las estructuras del Estado, que deslegitiman

la organización social y política como patrimonio cultural a preservar y

desarrollar.

� La exclusión.

� Los altos niveles de corrupción generadores de impunidad.

� La utilización de lo “indígena” y de lo “campesino” para fines partidistas.

� La irresponsabilidad en la que ha caído en muchos casos la gente de la

comunidad.

� La desigualdad y la intolerancia.

� El uso del terror y el miedo y la desinformación que margina las

comunidades y las deja a su suerte y abandonadas.

Page 239: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

215

POLÍTICAS CULTURALES EN LAS RELACIONES NORMATIVAS (REGIÓN – ESTADO) El núcleo central del debate giró alrededor de la distribución y democratización

estructural del poder. Se estableció que el territorio, desde esta perspectiva de

construcción desde las bases, se convierte en un espacio relacionado con reglas

propias vinculantes (posee un factor normativo y por ende, posee un órgano con

facultades legislativas). Tiene una jurisdicción y un ordenamiento territorial

propio. En un Estado Plural cada sujeto colectivo se sustenta por sus propios

órganos supracomunales (estructura matricial de poder, es decir tantos puntos

de poder como sujetos colectivos se consoliden desde las bases).

Para el desarrollo del sujeto colectivo, se identificaron primeramente una serie

de aspectos para los que es preciso garantizar condiciones de desarrollo:

� Desarrollo de un espacio de decisión política.

� Creación de un órgano normativo (legislativo).

� Creación de una institución educativa propial

� Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica.

� Consolidación de una propuesta de región autónoma con su propio

ordenamiento territorial.

Corresponde a la participación de las comunidades en el tema de la auditoría

social promover la fiscalización de esta nueva estructura, sus representantes y las

autoridades comunitarias y regionales. Tiene que existir apropiación de la

misma población, voluntad de involucrarse y apoyar en los procesos desde los

distintos espacios de incidencia y de generación de desarrollo.

Desde los COCODES es posible priorizar las formas de organización y de

autoridades tradicionales y genuinas, los valores culturales de solidaridad, el

respeto y la colectividad no deben de ser absorbidos por los nuevos valores del

sistema capitalista. Esto parte por una convicción y conocimiento de la propia

cultura para identificar qué elementos y propuestas conviene adoptar y qué no.

Es necesario rescatar la legitimidad y representatividad, más allá del aspecto

legal. Muchas veces los COCODESs quedan sólo como entes de ejecución, mas

no de planificación que es donde se ven las relaciones de poder. Eso se evidencia

en el Listado Geográfico de Obras.

Page 240: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

216

En base a estas consideraciones preliminares, se generaron las siguientes

preguntas:

¿Bajo qué criterios deberían construirse nuevas estructuras que permitieran

el desarrollo del sujeto colectivo y su legalización?

� El pluralismo: el sujeto colectivo no es un sistema étnico de dominación sino

que permite la expresión de la diversidad.

� La soberanía: El poder ejercido por el pueblo y administrado por sus

representantes.

� La autonomía: Autodeterminación, autogestión, autogobierno y

autorregulación del sujeto colectivo mediante sus estructuras organizativas y

de representación.

� La legitimidad: Autoridades y representantes tradicionales, originarios con

prestigio, ética, credibilidad y reconocimiento a nivel comunitario. Debe

existir una representación real de la población en todos los espacios de

relación, de manera que no excluya o exponga a represalias los diferentes

puntos de vista y formas de pensar.

� La representatividad: Real en función de los intereses y las necesidades reales

del colectivo, desde su propia historia y experiencia. El Estado

(reconstruido) con toda su estructura e institucionalidad fundamentada en

la perspectiva plural del reconocimiento y representación de la diversidad.

Organismos construidos con el principio de representatividad real, con base

en los criterios señalados anteriormente

� Formas tradicionales: No únicamente políticas, sociales o simbólicas, sino

también de producción, porque aunque pertenecen más a la esfera de la

cultura material, su desarrollo permiten tanto el desarrollo de la cultura

simbólica como la cultura social y política.

¿Qué instituciones deberían fortalecerse (o qué nuevas instituciones deberían

crearse) para dar vida al sujeto colectivo? � Dado que actualmente no existen instituciones regionales de este tipo, es

preciso crear consejos regionales a partir de un proceso amplio de consulta

popular que legitime la interpretación comunitaria del territorio. Nos

podemos apoyar en las redes comunitarias y mancomunidades que han

surgido en los últimos años como medios de presión para la defensa de los

recursos naturales y la lucha contra la minería.

¿Qué facultades deberían tener estas instituciones para poder desarrollar al

sujeto colectivo y así iniciar un proceso de ejercicio de los derechos

colectivos? � Autonomía.

� Representación del sujeto colectivo desde la cosmovisión o cosmovisiones

que integren el sujeto colectivo.

� Generar relaciones interpersonales e interinstitucionales que hagan

converger los esfuerzos comunitarios en la emergencia del sujeto colectivo.

� Capacidad para crear propuestas de ley y de cambios constitucionales que

favorezcan la transición del sistema centralista y mono étnico actual a un

sistema matricial y plural.

� Reconocimiento, desarrollo y legitimidad en la construcción de los órganos

autónomos destinados al desarrollo del sujeto colectivo y a su capacidad

para ejercer derechos colectivos.

� Llevar a la práctica y obedecer el mandato de las asambleas, sistemas de

consejos o representaciones comunitarias.

� Proponer, consultar e implementar acciones que garanticen el ejercicio de

los derechos colectivos.

� Establecer y fortalecer mecanismos de comunicación y retroalimentación de

esas acciones y propuestas.

� Prevenir y mitigar acciones o situaciones que afecten o vulneren los

derechos y las garantías colectivas.

Page 241: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

217

� Detener y sancionar prácticas y actividades que perjudiquen o atenten el

ejercicio de los derechos colectivos, respetando la propuestas de sanción y

reparación de daños originarias.

� Tansformación de las prácticas cotidianas (individuales o colectivas), que

atenten contra el medio ambiente y los recursos naturales.

¿Qué acciones organizadas debemos hacer para generar relaciones que hagan

emerger al sujeto colectivo? � Reestructurar el Estado involucrando como ejes centrales la participación

representativa, el espíritu de los derechos colectivos y las formas originarias

de interpretar el mundo.

� Ejecutar acciones de manera conjunta, más allá de los propósitos

individuales de cada persona o grupo, con el fin común de desarrollar el

sujeto y la conciencia colectiva, encontrando su expresión de las múltiples

organizaciones que llevan a cabo proyectos en la región.

� Crear alianzas con organizaciones que apoyen el proceso.

� Impulsar una ley y cambio constitucional de autonomía de los pueblos

indígenas que permita el desarrollo del Convenio 169 de la OIT.

� Crear normativas de relación entre pueblos, que sean las mismas para todos

y que permitan una relación horizontal, tanto entre personas como entre

instituciones y sujetos colectivos.

Respecto a la cultura simbólica

� Fortalecer el sistema de Consejos y las formas originarias de organización

existentes en las comunidades, a través de procesos de conocimiento,

reconocimiento, investigación, revaloración y socialización.

� Generar círculos de dialogo con instituciones gubernamentales y no

gubernamentales que generen procesos de relación.

� Generar procesos de investigación y comunicación de los conocimientos

sobre historia, organización y representación de todos los pueblos contada

por nosotros mismos, y demandar su inclusión en los pensums educativos.

� Debemos centrar la educación en el marco de la espiritualidad y regresar al

uso de nuestro calendario, para que éste vuelva a girar y a generar nuestro

tiempo.

Respecto a la cultura material

� Generar un proyecto de reforma constitucional que permita la autonomía en

el desarrollo de reforma agraria en base al desarrollo de los órganos

autónomos del sujeto colectivo.

� Unir los conocimientos propios de ciencia y tecnología, de industria

autóctona y de gestión y desarrollo agrario con la esfera de la cultura

simbólica (para su comunicación, investigación y enseñanza y estructuración

según la espiritualidad de los pueblos) y con la esfera de la cultura social o

política (para la correcta gestión del territorio, la aplicación del conocimiento

y la recuperación tanto de lugares sagrados como de los recursos naturales).

Respecto a la cultura social o política

� Construir un perfil de representantes de acuerdo con la cosmovisión de cada

pueblo y la interpretación comunitaria de lo que es un representante y qué

significa representar a la comunidad.

� Promover y facilitar la organización y participación comunitaria.

� Fortalecer el sistema de Consejos y las formas originarias de organización

existentes en las comunidades, a través de procesos de generación de

conocimiento, reconocimiento, revaloración y socialización.

� Fiscalizar y auditar a las entidades actuales encargadas de garantizar los

derechos colectivos y prever el proceso de transición del poder hacia los

espacios de decisión propios del colectivo.

� Generar círculos de diálogo con instituciones gubernamentales y no

gubernamentales.

� Crear políticas de participación y desarrollo desde las necesidades de los

pueblos.

� Establecer mecanismos de participación en la toma de decisiones.

Page 242: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

218

� Realizar una ley de reforma de los partidos políticos que se sustente en los

sujetos colectivos, sus derechos y sus formas propias de representación y

formación de autogobierno.

� Fortalecimiento y reconocimiento de las autoridades legitimas de la

comunidad.

� Crear consejos para que se puedan plantear sus propias propuestas en

defensa de los derechos colectivos.

� Crear un parlamento de pueblos originarios con su propia autonomía.

Page 243: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

219

POLÍTICAS CULTURALES EN LAS RELACIONES ESTRUCTURALES (ESTADO)

Se determinó:

Reconstruir la historia de los pueblos y su temporalidad para que, desde su

interpretación de la realidad y del mundo, decidan su propio destino y se

constituyan como sujetos históricos.

Para ello es imperante construir un Estado compuesto, es decir que rompa con el

actual monopolio del poder legislativo concentrado en un solo órgano, con el fin

de consolidar un modelo matricial del poder y la construcción de tantos puntos

de poder como sujetos colectivos se consoliden, sustentados éstos en la

interpretación y ejercicio de los derechos colectivos, en la horizontalidad, la

ascendencia del poder y el desarrollo de la ciudadanía diferenciada.

Guatemala, su forma de Estado y sus límites político – administrativos son

producto del proceso colonial iniciado hace más de 500 años. Por ello,

rechazamos esta forma de Estado y estos límites que fragmentan nuestro espacio

vital de relación y de construcción social y política del territorio.

Entendemos por territorio el espacio natural, socio político y simbólico en el que

transcurre (en el tiempo) la existencia de un grupo humano con formas

organizativas nacidas de su propia experiencia, constituido como sujeto

colectivo y por lo tanto con capacidad para ejercer derechos colectivos; basado

en una espiritualidad sustentada en principios y valores solidarios y de respeto y

armonía con la naturaleza, entre personas y comunidades y el cosmos. Ubicamos

el territorio natural que abarca la construcción del Estado Plural aquí planteado

como el territorio que han ocupado históricamente los pueblos originarios de

Mesoamérica (sur de México-Chiapas, Guatemala, Belice, Honduras, El

Salvador, Nicaragua y el nor-occidente de Costa Rica). Como elementos

principales para la construcción del Estado Plural, se toman en cuenta los

siguientes elementos, siempre desde el espacio mesoamericano:

� Desarrollo de la estructura social y política propia, forma de organización

libre y autónoma.

� Recuperación de la armonía entre las relaciones histórico-culturales (arte,

idiomas, dietas alimenticias, costumbres y tradiciones, desarrollo político y

económico, etc.) y las relaciones cosmogónicas, las cuales vinculan nuestra

cultura a una posición geográfica particular y a la biodiversidad que existe en

ella.

Para la construcción del Estado Plural es preciso desarrollar las siguientes

políticas desde el interior de cada sujeto colectivo:

� Consolidación de una propuesta de región autónoma con su propio

ordenamiento territorial cuya implementación permita interpretar y ejercer

los derechos colectivos.

� Desarrollar espacios de decisión política comunitaria y regional que

permitan el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales

como regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de

instituciones estatales de representación.

� Desarrollo de un órgano regional que autorregule y administre el marco

jurídico y el reglamento legal en función de la realidad cultural plural, de sus

instituciones propias y de sus propios principios y valores.

� Creación de unas finanzas públicas regionales por un órgano fiscal propio

que permita la autogestión financiera y el desarrollo de las propias

instituciones y la ejecución de las propias políticas públicas.

Page 244: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

220

� Creación de una institución educativa pública propia de nuestra región que

responda a nuestros principios y valores, a nuestra cosmovisión, a nuestras

lenguas, historia y forma de ver y entender el mundo, y capaz de crear una

universidad autónoma propia.

� Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica que

permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de

una mejor equidad económica y de posesión del territorio apto para el

cultivo, así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo

de la soberanía alimentaria.

� Generar un proceso de cambio constitucional y del marco jurídico-legal

actual que abra las puertas a la generación de relaciones plurales y que

permita la constitución de sujetos colectivos unidos en un solo Estado

Plural.

Los principios que se usarán en la construcción de nuevas estructuras que

permitirán el desarrollo del sujeto colectivo y su legalización son:

� El pluralismo: el sujeto colectivo no es un sistema étnico de dominación sino

que permite la expresión de la diversidad.

� La soberanía: El poder ejercido por el pueblo y administrado por sus

representantes.

� La autonomía: Autodeterminación, autogestión, autogobierno y

autorregulación del sujeto colectivo mediante sus estructuras organizativas y

de representación.

� La legitimidad: Autoridades y representantes tradicionales, originarios con

prestigio, ética, credibilidad y reconocimiento a nivel local. Debe existir una

representación real de la población en todos los espacios de relación, de

manera que no excluya o exponga a represalias los diferentes puntos de vista

y formas de pensar.

� La representatividad: Real en función de los intereses y las necesidades reales

del colectivo, desde su propia historia y experiencia. El Estado

(reconstruido) con toda su estructura e institucionalidad fundamentada en

la perspectiva plural del reconocimiento y representación de la diversidad.

Organismos construidos con el principio de representatividad real, con base

en los criterios señalados anteriormente.

� Formas tradicionales: No únicamente políticas, sociales o simbólicas, sino

también de producción, porque aunque pertenecen más a la esfera de la

cultura material, su desarrollo permiten tanto el desarrollo de la cultura

simbólica como la cultura social y política.

Por ello, proponemos:

PRIMERO Generar un proceso amplio de consulta que permita identificar a los

sujetos colectivos y con ello reconfigurar el mapa político administrativo de la

región desde la interpretación comunitaria del territorio.

SEGUNDO Crear un consejo territorial en cada sujeto colectivo (conformado

por los consejos, representantes y autoridades propios de cada sujeto colectivo y

respectivos de cada una de las esferas de la cultura), que permita avanzar en un

nuevo ordenamiento territorial nacido desde las bases y la construcción de

nuevos órganos de poder regional desde la comunidad, con atribución específica

de facultades según lo estipulado en los derechos colectivos y la interpretación

que hacen de ellos las comunidades.

Este consejo territorial debe permitir la distribución horizontal y real del poder,

facilitar el intercambio y apoyo entre regiones, situar la cosmovisión de los

pueblos como vértebra para la construcción y desarrollo de las instituciones y de

sus formas de organización. Formado por representantes electos por las

comunidades sin pago de salario.

Con respeto a la pluralidad ideológica, consensuando alternativas para un

bienestar común.

Page 245: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

221

CAMBIOS CONSTITUCIONALES CAMBIOS CONSTITUCIONALES CAMBIOS CONSTITUCIONALES CAMBIOS CONSTITUCIONALES Y DEL MARCO JURÍDICO LEGALY DEL MARCO JURÍDICO LEGALY DEL MARCO JURÍDICO LEGALY DEL MARCO JURÍDICO LEGAL

1 Reforma constitucional para la construcción de un

Estado Plural

2 Cambios necesarios para establecer un sistema

educativo plural

3 Consolidación de gobiernos regionales que permitan la

autodeterminación de los pueblos

4 Un cambio estructural parcial pero posible, sin cambiar

la Constitución

Page 246: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

222

Page 247: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Elsa Angélica Blanco

REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO PLURAL

ÍNDICE

Algunos antecedentes sobre la reforma constitucional en Guatemala 1982-

1985

El proceso constituyente

Dos principios básicos que completan la fórmula política de la constitución

Los Acuerdos de Paz

Las reformas constitucionales y la consulta popular en Guatemala

El modelo pluralista de la década de los noventa

Propuesta de reforma constitucional para la construcción de un Estado

Plural

Elsa Angélica Blanco

Page 248: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

222

ALGUNOS ANTECEDENTES SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN GUATEMALA 1982- 1985

EL PROCESO CONSTITUYENTE

El ejército proclamó el golpe de Estado el 23 de marzo de 1982. Las

circunstancias que lo motivan son:

� El abuso de prácticas electorales fraudulentas.

� El fraccionamiento de las fuerzas democráticas.

� El desorden y corrupción en la administración pública.

El General Efraín Ríos Montt toma el control de la situación e inicia una gestión

marcada por el genocidio y la imposición de políticas moralizantes de corte

protestante (su religión). A partir de la línea de apertura a la democracia, tres

leyes claves se convirtieron en origen del proceso de transición y recomposición

constituyente:

� El decreto ley 30-83, Ley Orgánica del Tribunal Supremo Electoral.

� El decreto ley 31-83, Ley del Registro de Ciudadanos.

� El decreto 32-83, Ley de Organizaciones Políticas.

Este andamiaje jurídico institucional permitió transitar el regreso al orden

constitucional. Ríos Montt fue depuesto el 8 de agosto de 1983 por el alto mando

del ejército y sustituido por su ministro de defensa, el General Oscar Mejía

Víctores. Mejía continuó con el proceso de retorno al orden constitucional:

� Se desarrolla el proceso de empadronamiento de electores.

� El 19 de enero de 1984 se emitió el decreto -ley 3-84, Ley Electoral, para la

elección de una Asamblea Nacional Constituyente encargada de elaborar la

nueva Constitución y dos leyes constitucionales, la Electoral y la de Garantías

Constitucionales, constituidas por la Ley de Amparo, Exhibición Personal y

Constitucionalidad. Se fijó la fecha del primero de julio de 1984 para realizar

la elección de diputados constituyentes, que serían 88 (23 electos por lista

nacional y el resto por listas distritales según el modelo alemán del doble

voto).

� Se integró un cuerpo constituyente legítimo con representación de muchos

partidos y corrientes que obligó a una negociación abierta y constante. Esta

Asamblea Nacional Constituyente concluyó su trabajo promulgando la nueva

Constitución el 31 de mayo de 1985, la cual entró en vigencia de acuerdo a un

artículo transitorio, del 14 de enero de 1986, cuando quedó instalado el

Congreso de la República. Además, se dictó la Ley Electoral y la Ley de

Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, antes de disolverse.

La Constitución de 1985 es un carta magna muy desarrollada, con 281 Artículos

y 22 disposiciones transitoria y finales, que necesita para funcionar

adecuadamente la emisión de más de cuarenta leyes complementarias, de las

cuales no todas se han dictado. Esta remisión a leyes ordinarias y secundarias ha

sido el recurso más socorrido para alcanzar el consenso histórico que permita

lograr la reconciliación de una sociedad escindida. Dado que fue promulgada en

el tránsito de un gobierno autoritario sumamente duro y sanguinario a otro de

carácter democrático, la obsesión por la garantía de los derechos humanos

constituye su preocupación central. Aparece, incluso en el mismo Preámbulo, un

texto que decreta, dentro del espíritu constituyente, “impulsar la plena vigencia

de los derechos humanos dentro de un orden institucional estable, permanente y

popular, donde gobernantes y gobernados procedan con absoluto apego al

derecho”, con lo cual modifica la estructura general de la tradición

constitucional anterior, y pone como contenido de sus dos primeros títulos, los de

"La persona humana, fines y deberes del Estado" y "Derechos Humanos", además

de incluir un titulo especial, el VI, sobre "Garantías constitucionales y defensa del

orden constitucional".

La igualdad es un valor que se afirma expresamente en el Artículo 4º, al

establecer que en Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en

dignidad y derechos. Ello se proyecta y desarrolla en todos los derechos y

libertades que garantiza, sin embargo es importante tener en cuenta que se refiere

Page 249: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

223

a una igualdad formal ante la ley. La Constitución establece la seguridad jurídica,

entendida como el principio general que establece que toda persona tenga

certeza de sus derechos y obligaciones y de las consecuencias de sus actos, y que

las resoluciones judiciales están sujetas a la ley, son objetivas e imparciales.

La justicia proyecta sobre el articulado constitucional dedicado, todo el capítulo

IV del titulo IV, que se refiere al "Organismo judicial", y al que hay que agregar

también el titulo VI, que recoge el sistema de la justicia constitucional y que se

titula "Garantías constitucionales y defensa del orden constitucional". Establece al

Organismo Judicial como un poder del Estado independiente, imparcial y sujeto

únicamente a la Constitución y al ordenamiento jurídico, con garantías

específicas: independencia funcional, independencia económica y garantía del

ejercicio de la función, que convierte al juzgador en un verdadero "tutor" de los

derechos consagrados en la Constitución.

DOS PRINCIPIOS BÁSICOS QUE COMPLETAN LA FÓRMULA POLÍTICA DE LA CONSTITUCIÓN La Supremacía Constitucional:

Se considera a la Constitución como derecho fundamental, lo que determina la

supremacía constitucional. Hans Kelsen formuló la idea de la concepción unitaria

del ordenamiento jurídico. Este no sería un sistema de normas coordinadas a un

mismo nivel, sino una estructura jerárquica de preceptos jurídicos desarrollados

en el proceso de creación y aplicación, que viene desde la norma constitucional

pasando por las leyes ordinarias que la desarrolla, y los reglamentos, hasta llegar

a las sentencias judiciales y a los negocios jurídicos. La supremacía de la

Constitución tiene su origen en la fuente espacialísima de donde proviene el

poder constituyente, y esto es lo que le da el carácter de superior sobre toda otra

clase de norma. Este principio se recoge con gran claridad y énfasis en tres

artículos de la Constitución: el 44, que indica que "serán nulas ipso jure las leyes

y disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuyan,

restrinjan o tergiversen los derechos que la constitución garantiza"; el 174, donde

se afirma que "ninguna ley podrá contrariar las disposiciones de la Constitución.

Las leyes que violen o tergiversen los mandatos constitucionales serán nulas ipso

jure"; y el 204, donde se establece que "los tribunales de justicia en toda

resolución o sentencia observarán obligadamente el principio de que

Constitución de la República prevalece sobre cualquier ley o tratado".

Pluralismo Político

La estructura social de Guatemala es por naturaleza heterogénea, y se expresa

como suma de muchas realidades económicas, sociales, profesionales, étnicas, las

cuales muchas veces genera intereses contrapuestos. Un estado moderno post

conflicto es un espacio idóneo para asentar las bases de un sistema democrático

legítimo. El pluralismo significa el reconocimiento de la diversidad cultural y la

canalización de su expresión a través de instituciones intermedias que realicen las

funciones clásicas de articulación y agregación de las demandas sociales, así como

su consiguiente responsabilidad de representación y mediación. La negación de

esa realidad plural y el bloqueo de la expresión de esos intereses contrapuestos

en un sistema abierto de competencia, produce un régimen de exclusión que

deviene en un régimen autoritario. Al reconocer la legitimidad del conflicto y

establecer un régimen realmente democrático en el cual se acepta el conflicto, se

reconoce el pluralismo político y social, se organiza una sociedad abierta con un

gobierno responsable dentro de un régimen de pluralidad. En base a este principio

se establecen mecanismos de intermediación y representación, canales de

conciliación y formación de consenso, instrumentos de movilización y

participación de los miembros de la comunidad para incluir en la organización

política.

En este contexto, los partidos políticos (institución de derecho público) constituyen

un elemento necesario de la vida democrática, como instrumentos a través de los

cuales se realizan, finalmente, los valores del pluralismo democrático y donde es

factible la participación ciudadana.

De acuerdo a la constitución vigente en Guatemala, llama la atención la creación

de tres instituciones, que en última instancia tiene relación con el régimen

especial de protección de los derechos humanos que inspira todo el texto y con

el que se consolida el régimen democrático. Estas tres instituciones son:

Page 250: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

224

� Tribunal Supremo Electoral;

� Corte de Constitucionalidad;

� Procurador de los Derechos Humanos.

El sistema democrático adoptado se expresa estructuralmente a través del

reconocimiento de los canales de participación de los ciudadanos en el proceso

de poder. En el Artículo 140, se establece que Guatemala es "un Estado libre,

independiente y soberano", y que su sistema de gobierno es "republicano,

democrático y representativo". En el artíuclo 137 se indica que son derechos

políticos "de los ciudadanos", "elegir y ser electo", "optar a cargos públicos" y

"participar en actividades políticas". 216

Tomando en cuenta todo el proceso constituyente, la convocatoria a elecciones,

el retorno a la democracia, las reformas constitucionales y consecuentemente la

promulgación de la Constitución Política de la república de Guatemala de 1985,

el tema de los derechos de los pueblos indígenas es tomado en cuenta dentro del

contenido de la Constitución, ya que la misma recoge los derechos humanos

como derechos fundamentales de la persona humana. Por lo tanto; todas las

normas constitucionales son aplicables a todos los habitantes de la República,

Asimismo, en el Capitulo II, Derechos Sociales; Sección Segunda, se regula todo

lo relativo a la Cultura de las personas integrantes de comunidades indígenas, la

protección al patrimonio cultural, al arte, folklore y artesanías tradicionales,

promoviendo su cultura en sus distintas manifestaciones; y en la Sección Tercera

regula los derechos de las Comunidades Indígenas con respecto a la protección a

sus tierras y las cooperativas agrícolas indígenas, y la protección a los distintos

grupos indígenas de ascendencia maya, estableciendo en una de sus normas -el

Artículo 70- que una Ley específica regulará lo relativo a estas poblaciones. Lo

que significa que es una herramienta para los pueblos indígenas a efecto de

normar en una ley ordinaria todo lo relativo a sus derechos ya mencionados.

Asimismo, se norma la importancia de la educación de los pueblos indígenas

216 Procuraduría de los Derechos Humanos. García Laguardia, Jorge Mario. Política y

Constitución en Guatemala. La Constitución de 1985. Págs. de la 46 a la 69. Octubre de 1993.

(Extractos del documento)

con relación a la asistencia económica y la enseñanza bilingüe. Todas las normas

antes mencionados son tutelares y representan, desde la Constitución Politíca de

la Reública de Guatemala, el reconocimiento a su diversidad étnica y cultural y la

tutelaridad constitucional de los derechos de los pueblos indígenas. Esta

tutelaridad atribuida a las comunidades indígenas es proteccionista, con el fin de

proteger y garantizar la inclusión y el cumplimiento de los derechos antes

consignados, por lo que es una protección discriminatoria positiva a favor de los

pueblos indígenas.

LOS ACUERDOS DE PAZ

A partir de 1962 y en diferentes momentos históricos, se organizaron grupos

armados revolucionarios, comandados por ex oficiales del Ejército, intelectuales

de izquierda y estudiantes universitarios. Ante las iniciativas de organización

social y con el propósito de neutralizar la participación de los movimientos

guerrilleros, se implementaron por parte del Estado políticas contrainsurgentes

para combatir la “influencia del comunismo del país”, entrando en el contexto

de la guerra fría que imperaba en la época. Estas políticas desembocaron en

acciones de represión generalizada y violencia selectiva, a través de masacres de

comunidades enteras. El marco de esta política de Estado se le llamó “tierra

arrasada”. El conflicto armado interno, la guerra, se prolongó por casi 37 años y

dejó más de 200.000 víctimas, la gran mayoría de ellas población civil ajena a la

guerra. Se generaron varios acuerdos entre los cuales está El Acuerdo de

Cronograma para el Cumplimiento de los Acuerdos de Paz y El Acuerdo para

las Reformas Constitucionales. Este prolongado conflicto armado interno

finalizó con la firma de los Acuerdos de Paz entre el Gobierno de Guatemala y la

URNG, con el auspicio de las Naciones Unidas y de países amigos.

Page 251: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

225

LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES Y LA CONSULTA POPULAR EN GUATEMALA

El 26 de octubre de 1998, el Congreso de la República aprobó las Reformas

Constitucionales que tienden a la reestructuración del Estado de Guatemala y al

cumplimiento de los Acuerdos de Paz, reformas que fueron sometidas a la

aprobación del pueblo mediante Consulta Popular, como condición previa para

que entraran en vigencia. En el debate de prensa, resaltaron fundamentalmente

dos puntos. Uno, el temor de un importante sector de la población ladina de que

las reformas constitucionales alteraran la balanza de poder en Guatemala,

iniciándose hacia un peligroso movimiento al reconocerse el peso mayoritario

de la población maya con sus valores culturales, su espiritualidad, su derecho

consuetudinario y sus lenguas. Debajo de este temor se oculta el racismo que

siempre ha prevalecido en la cultura de los ladinos y los criollos guatemaltecos.

Un racismo que nunca fue tan radical como para proscribir el mestizaje, y que

no fue inscrito en leyes discriminatorias o segregacionistas del tipo “apartheid”,

pero que sí se encuentra inscrito en nuestros textos jurídicos, generalmente por

omisión. Por ejemplo, se omite el derecho de una persona de identidad maya a

expresarse en su lengua cuando tenga que litigar o defenderse en juicio.

Principalmente, este racismo se encuentra inscrito en la lengua del ladino y del

criollo. Se trata de un racismo inconfesable, pero omnipresente. En el debate que

acompañó la Consulta Popular, este racismo aparecía cuando se afirmaba que las

reformas “nos van a dividir”, o que no se pueden “dar privilegios” en la

Constitución a unas etnias sin dárselos a otras, siendo así que, en la práctica,

cualquier ladino, incluso el más pobre, ha considerado siempre que podía mirar

de arriba a abajo a cualquier indígena. Aparecía cuando se afirmaba que

nombrar especialmente a las etnias mayas en la Constitución sería quebrar el

reconocimiento de "la igualdad de todos ante la ley"

El otro punto que resaltó el debate periodístico era bastante legítimo. Era el

temor de que, a través de un decreto legislativo y de una consulta popular con

muy poca asistencia, se siguiera cambiando la Constitución, cuando todas estas

reformas necesarias le correspondería hacerlas a una Asamblea Constituyente en

la que se delegaría la representación popular con tiempo y espacios para

reflexionar y formular mejor los cambios. El temor estaba fundamentado en el

planteamiento que al fin eligió el Congreso para proponer las reformas: 50

reformas, muchas de ellas sin conexión temática entre sí, realmente difíciles de

asimilar. Fue muy difícil opinar sobre su conveniencia o inconveniencia, y

comunicarlas a la población, a la que se le presentaron con procedimientos de

información obsoletos -reducidos a la simple lectura-, obviando otras

metodologías masivas, radiales y visuales, u otros foros con debates cara a cara.

No puede interpretarse ni el abstencionismo ni el "triunfo" del NO, diciendo que

a la gente le fue indiferente el contenido de las reformas o que la gente carece de

capacidad política. Al contrario. Lo que la gente "dijo" es que le hacía falta

información. La empresa encuestadora Borge y Asociados, de Costa Rica, realizó

varias encuestas en el país. Son interesantes los resultados de su segunda

encuesta, realizada después de la Consulta Popular. Se preguntó a la gente "¿Por

qué cree que ganó el NO? La respuesta más mayoritaria, con un 30.3%, fue: “Por

falta de información”. A esta respuesta hay que sumar, muy probablemente, la

del 35.9% agrupado en “no sabe o no responde”, por estar privada de

información. Sólo un 9.2% escogió la respuesta "dura": el NO ganó “porque el

pueblo no quiere cambio”. Un 7.1% respondió que “por falta de credibilidad”.

Otro 4.5% dio una respuesta equivalente a “las leyes son a favor del gobierno”

Si la falta de información fue determinante para que el NO ganara, es claro lo

muy determinante que fue el peso de los votos de la ciudad capital en el

resultado final. En la capital, el NO casi triplicó al SÍ (en la capital vive el 26% del

electorado nacional

EL MODELO PLURALISTA DE LA DÉCADA DE LOS NOVENTA

La década del noventa representa para Latinoamérica un periodo marcado por

cambios constitucionales muy importantes. Los países andinos reconocen el

carácter pluricultural y multiétnico de la conformación de la Nación y el Estado,

Page 252: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

226

y, en consecuencia, reconoce una amplia gama de derechos a las comunidades y

pueblos indígenas, oficialización sus idiomas y reconociendo el derecho

indígena consuetudinario. También ratifican el Convenio 169 de la OIT sobre

Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.

Durante la última década en Guatemala se firman los Acuerdos de Paz y se

ratifica el Convenio 169 de la OIT, los cuales constituyen una obligación jurídica

del Estado guatemalteco. En ambos casos, se reconocen los derechos e identidad

de los Pueblos Indígenas. Los Acuerdos de Paz reconocen la conformación

multiétnica, pluricultural y multilingüe de la Nación y el Estado, la oficialización

de los idiomas indígenas y plantean el reconocimiento del derecho

consuetudinario o indígena. Las recomendaciones del Informe de la Comisión del

Fortalecimiento de la Justicia, emanada de los Acuerdos de Paz, hablan

expresamente del reconocimiento del Pluralismo legal. La propuesta de Reforma

constitucional de los Pueblos Indígenas, presentado por COPMAGUA con cinco

mil firmas, recogiendo tal espíritu propone el reconocimiento del derecho

indígena. Las recomendaciones del Informe de la Comisión de Esclarecimiento

Histórico refuerzan las hechas por la Comisión de Fortalecimiento de la Justicia.

En el marco del modelo pluralista, se propone un modelo de justicia plural:

1 Que la justicia estatal respete el carácter multiétnico, pluricultural y

multilingüe de la población; garantice la consideración de los valores

culturales y el peritaje cultural, como el acceso a la justicia en idiomas

indígenas.

2 El reconocimiento del Derecho Consuetudinario Indígena con sus propias

normas, valores, procedimientos, instituciones y autoridades para regular la

convivencia social y resolver conflictos, mientras no viole los derechos

humanos.

3 El reconocimiento y ampliación de mecanismos alternativos de resolución de

conflictos.

La concreción de este modelo todavía está pendiente en Guatemala. Se trata de

un compromiso político que no ha cuajado en cambio constitucional ni legal,

salvo la ratificación del Convenio 169 de la OIT. Las ideas pluralistas, el respeto

a la diferencia y el reconocimiento de los pueblos indígenas, todavía tiene mucho

camino que recorrer, hasta encarnarse en normas, cobre forma institucional,

prácticas sociales y cultura cívica.”217 El pluralismo jurídico es un hecho en

Guatemala: la Constitución Política de la Republica reconoce y fundamenta el

derecho de los Pueblos indígenas.

PROPUESTA DE REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO PLURAL

Tomando en cuenta el marco histórico de aprobación y propuestas para la

realización de cambios a la Constitución de la República de Guatemala de 1985,

y habiendo analizado las propuestas para la construcción de un Estado Plural

recabadas en espacio abiertos de participación por parte de CANEK –

Observatorio Cultural, se presentan a continuación las reformas constitucionales

necesarias para que las relación plurales constituyan el núcleo del pacto social y

político que deviene la aprobación de una Constitución.

Los cambios constitucionales que se presentan han sido elaborados

confrontando las propuestas a la actual Constitución de la República de

Guatemala. Cuando es preciso, si la Constitución no las sostiene, se hacen

propuestas de cambio constitucional y, para finalizar propuestas de reforma o

desarrollo de leyes ordinarias.

217 Irigoyen Fajardo, Raquel. Pautas de coordinación entre el derecho indígena y el derecho

estatal. Págs. 50 y 51. Fundación Myrna Mack. 1ra. Edición, Guatemala, agosto de 1999. 1ra.

Reimpresión, Guatemala, noviembre 2003

Page 253: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

227

Contenido de la Constitución Política de la

Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de

CANEK Reforma constitucional

Reforma o desarrollo de leyes

ordinarias

El problema radica en que los Derechos

Colectivos no están desarrollados de

manera sistemática en la Constitución.

Están desarrollados claramente los Derechos

Humanos Individuales y Derechos Sociales,

los cuales se basan en la protección de la

persona Humana, sin especificar el sentido

de persona humana Individual o persona

Humana Colectiva.

Los derechos siguientes están entre los

Derechos Sociales:

Artículo 57: Derecho a la cultura. Toda

persona tiene derecho a participar

libremente en la vida cultural y artística de

la comunidad, así como a beneficiarse del

progreso científico y tecnológico de la

Nación.

Artículo 58: Identidad cultural. Se reconoce

el derecho de las personas y de las

comunidades a su identidad cultural de

acuerdo a sus valores, su lengua y sus

costumbres. ( Arts. 57 al 65) Comunidades

Indígenas ( Arts. 66 al 70)

La cultura y los derechos colectivos están

firmemente relacionados. Lo referido a la cultura

simbólica son:

� Derecho Colectivo al Idioma.

� Derecho colectivo a la Espiritualidad.

� Derechos Colectivos al Patrimonio Cultural y a

los símbolos de identidad.

� Derechos Colectivos a la Educación.

� Derechos Colectivos a los Medios de

Comunicación. (Convenio 169)

Crear una institución educativa pública propia de

nuestra región que responda a nuestros principios

y valores, a nuestra cosmovisión, a nuestra lengua,

historia y formas de ver y entender el mundo,

capaz de crear una Universidad Autónoma propia.

Desarrollo de un Espacio de decisión política

comunitaria y regional que permita el desarrollo de

las instituciones políticas propias tanto locales

como regionales, y la construcción desde la

comunidad y la región de Instituciones Estatales

Para tener un Estado Plural es necesario

realizar una reformar estructural en la

Constitución Política de la República de

Guatemala, de esa manera visualizar Los

Derechos Colectivos del conglomerado

nacional.

Esto permitiría el desarrollo de normas

encaminadas a desarrollar leyes

ordinarias que permitan la creación de

instituciones propias de la colectividad.

La Constitución vigente en

Guatemala Capitulo II,

Derechos Sociales. Sección

tercera de comunidades

Indígenas artículo 70 dice: Ley

Específica. Una Ley específica

regulará a las materias de esta

sección.

En el Congreso de la República

existe una iniciativa de Ley en la

materia, la cual esta siendo

impulsada por los congresistas

Indígenas, sin embargo son

minoría, y la falta de voluntad

política de los diferentes,

manifestaciones tácitas de

discriminación y racismo que

persisten no dejan la posibilidad

de que avance.

Page 254: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Contenido de la Constitución Política de la

Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de

consulta de CANEK Reforma constitucional Reforma o desarrollo de leyes ordinarias

Entre los Derechos Sociales encontramos:

La Familia, La cultura, Las comunidades

indígenas, Educación, Deporte, Salud,

Seguridad y Asistencia Social, Trabajo,

Trabajadores del Estado y el Régimen

Económico y Social. Éstos están

comprendidos en los Artículos que van del

118 al 134. Uno de los puntos importantes

en esta sección es el de la Descentralización

y Autonomía. Estos se fundamentan en la

justicia social.

No puede haber Justicia Social cuando no

se reconocen los Derechos Humanos

Colectivos y cuando la administración de

los recursos del Estado y las decisiones

políticas esta centralizadas. No puede

hablarse de Autonomía cuando las

instituciones no generan sus propios

recursos y son subsidiadas por el Estado a

favor de la minoría y en perjuicio de la

mayoría.

Los Derechos Colectivos referidos a la

Cultura Material son:

� Derecho colectivo a la Autosuficiencia.

� Derecho Colectivo a la Ciencia y

Tecnología.

� Derecho Colectivo a la Propiedad y

Posesión del Territorio y Patrimonio

Natural.

Crear una institución educativa pública

propia de nuestra región que responda a

nuestros principios y valores a nuestra

cosmovisión, a nuestra lengua, historia y

formas de ver y entender el mundo, capaz

de crear una Universidad Autónoma

propia.

Desarrollo de un Espacio de decisión

política comunitaria y regional que

permita el desarrollo de las instituciones

políticas propias tanto locales como

regionales, y la construcción desde la

comunidad y la región de Instituciones

Estatales.

Reformar el Régimen económico y Social de

los Artículos 121, 124, al 131. Agregar un

último párrafo, por ejemplo: Se tomará en

cuenta que las poblaciones afectadas deben

ser consultadas a efecto de no afectar su

territorio y sus derechos humanos

colectivos. En todo caso los beneficios deben

dirigirse exclusivamente al fortalecimiento

de sus instituciones propias, quienes

tendrán autonomía en las dediciones y en la

administración de sus recursos.

Agregar un último párrafo al artículo 122.

Por ejemplo: Por ningún motivo estos

territorios deben ser concesionados,

enajenados, ser posesionados ni adquirirlos

en propiedad. Son de dominio público y

deben ser protegidos por el Estado y las

colectividades territoriales que las limitan.

Reformar el Artículo 134. Descentralización

y autonomía. También son

descentralizados y autónomos los sujetos

colectivos desde sus lógicas comunitarias

con sus instituciones que representan a su

población, además de respetar su formas

propias de representación y regulación

pública,

Reformar las siguientes Leyes:

� Código Municipal

� Ley General de Descentralización.

� Ley de los consejos de Desarrollo

Urbano y Rural.

� Ley de Parcelamientos Urbanos, Ley y

Reglamento de las áreas de reservas

territoriales del Estado de Guatemala.

� Ley de Titulación Supletoria. Y otras

leyes afines al tema.

Page 255: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

229

Contenido de la Constitución Política de la

Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de

CANEK Reforma constitucional

Reforma o desarrollo de leyes

ordinarias

Los Artículos 4, 5, 28, 33, 34, 35, 36, 42, y los

siguientes:

Derechos y Deberes Cívicos y Políticos: Entre

estos derechos y deberes esta el Derecho de

Petición en materia Política. Atr. 137. Estos

derechos y deberes dan el parámetro a todas

y todos los guatemaltecos del ejercicio pleno

de la ciudadanía. Con relación al Estado y su

forma de Gobierno: artículo 143 Idioma. No

es posible que en un Estado multiétnico,

multilingüe y pluricultural no se reconozcan

los idiomas y se tomen como lenguas

vernáculas marginándosele de la oficialidad.

Con relación al Ejercicio del Poder Público,

Organismo Legislativo: Congreso de la

República: Artículo 160. Autorización a

diputados para desempeñar otros cargos. El

ciudadano elige a sus diputados para legislar

y no para desempeñar otros cargos.

Derechos Colectivos referidos a la Cultura Social o

Política:

� Derecho Colectivo a la Representatividad y

Participación en la vida Política.

� Derecho Colectivo a la Libertad, Paz y

Seguridad.

� Derecho Colectivo a la Autonomía,

Autodeterminación, Autogestión. (Convenio

169)

Desarrollo de un Espacio de decisión política

comunitaria y regional que permita el desarrollo

de las instituciones políticas propias tanto locales

como regionales, y la construcción desde la

comunidad y la región de Instituciones Estatales

Desarrollar un órgano regional que auto regule y

administre el marco jurídico actual y el

reglamento legal en función de la realidad

cultural plural, de sus instituciones propias y de

sus propios principios y valores.

Artículo 173. Procedimiento Consultivo

Agregar otro párrafo después del segundo

que estipule lo siguiente: Las decisiones

políticas de especial trascendencia que

afecten a un territorio o región

determinado, deberán ser sometidas a

procedimientos consultivos del colectivo

que lo conforman, dicha consulta deberá

ser convocada por el Tribunal Supremo

Electoral a iniciativa de autoridades

locales, que fijarán con precisión la o las

preguntas que se someterán a sus

habitantes. Artículo 157.

Potestad legislativa e integración del

Congreso de la República Buscar la forma

de legislar a favor de que haya un

Organismo Legislativo en el territorio de

cada sujeto colectivo y que su presidente

conforme el regional. Se trata de romper

con el monopolio del poder legislativo

que actualmente se concentra en el

Congreso de la República y que no

permite una correcta representatividad ni

interpretación legislativa desde la

comunidad.

Reformar:

� Ley Electoral y de Partidos

Políticos.

� Ley Orgánica del organismo

Legislativo.

Page 256: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

230

Contenido de la Constitución Política de la

Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de

CANEK Reforma constitucional

Reforma o desarrollo de leyes

ordinarias

Organismo Ejecutivo:

Ministros de Estado. Artículo 193. Para el

despacho de los negocios del Organismo

Ejecutivo, habrá los ministerios que la Ley

establezca, con las atribuciones y

competencia que las mismas señalen.

Desarrollar un órgano regional con facultades para

administrar y gobernar el municipio y la región.

Desarrollo de un Espacio de decisión política

comunitaria y regional que permita el desarrollo de

las instituciones políticas propias tanto locales

como regionales, y la construcción desde la

comunidad y la región de Instituciones Estatales

Creación de unas finanzas Públicas regionales por

un órgano fiscal propio que permita la autogestión

financiera y el desarrollo de las propias instituciones

y la ejecución de la Políticas Públicas.

Crear una institución educativa pública propia de

nuestra región que responda a nuestros principios y

valores a nuestra cosmovisión, a nuestra lengua,

historia y formas de ver y entender el mundo, capaz

de crear una Universidad Autónoma propia.

Creación de un órgano regional con facultades de

regulación económica que permita desarrollar

propuestas de reforma agraria para la consolidación

de una mejor equidad económica y de posesión de

territorio apto para el cultivo así como de

implementación de políticas públicas para el

desarrollo de la soberanía alimentaría.

Organismo Ejecutivo:

Ministros de Estado. Agregar otro artículo

que estipule que: Cada sujeto colectivo

tendrá la capacidad de generar un

gobierno propio. Esto con el objeto de

descentralizar el organismo Ejecutivo.

Reformar:

� Ley del Organismo Ejecutivo.

Page 257: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

231

Contenido de la Constitución Política de la

Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta de

CANEK Reforma constitucional

Reforma o desarrollo de leyes

ordinarias

Organismo Judicial: Corresponde a los

tribunales de justicia la potestad de Juzgar y

promover la ejecución de lo juzgado. Art.

203.

Desarrollo de un Espacio de decisión política

comunitaria y regional que permita el desarrollo de

las instituciones políticas propias tanto locales

como regionales, y la construcción desde la

comunidad y la región de Instituciones Estatales.

Tener un marco jurídico y un pacto social y

político acorde y representativo a la realidad plural

y a la diversidad cultural de Guatemala, así como a

las demandas de las comunidades.

Proveer asistencia legal a casos específicos donde se

vean violados los convenios internacionales que

hacen expreso al Estado la defensa y desarrollo de

los pueblos constituidos en sujetos colectivos.

Organismo Judicial: Agregar un artículo

que estipule: Para tratar las necesidades

de justicia se deberán crear los

mecanismos necesarios para equiparar los

derechos colectivos y conformar los

juzgados que refleje claramente las

expresiones comunitarias sociales y

políticas que se demandan, de acuerdo a

su cosmovisión y cultura; siempre y

cuando no se violenten derechos humanos.

Estos Juzgados deberán estar bajo el

control y supervisión del Organismo

Judicial. Las sentencias emanadas de dicho

ente serán tomadas como cosa juzgada.

Reformar:

� Ley del Organismo Judicial.

� Desarrollar una Ley

especifica.

Page 258: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Contenido de la Constitución Política de la

Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de consulta

de CANEK Reforma constitucional

Reforma o desarrollo de leyes

ordinarias

Régimen de Control y fiscalización:

Contraloría General de Cuentas. Atr. 232.

Régimen Financiero:

Presupuesto General de Ingresos y Egresos del

Estado. Art. 237

Desarrollo de un Espacio de decisión política

comunitaria y regional que permita el

desarrollo de las instituciones políticas propias

tanto locales como regionales, y la

construcción desde la comunidad y la región

de Instituciones Estatales

Creación de un órgano regional con facultades

de regulación económica que permita

desarrollar propuestas de reforma agraria para

la consolidación de una mejor equidad

económica y de posesión de territorio apto

para el cultivo así como de implementación de

políticas públicas para el desarrollo de la

soberanía alimentaría.

Creación de unas finanzas Públicas regionales

por un órgano fiscal propio que permita el

auto gestión financiera y el desarrollo de las

propias instituciones y la ejecución de la

Políticas Públicas.

Descentralizar la Contraloría General de

Cuentas. Debe haber una Contraloría en

el territorio de cada sujeto colectivo y sub.

Contralorías Municipales.

Los territorios de cada sujeto colectivo

generarán sus propios ingresos, los cuales

distribuirán de manera prorrateada de

acuerdo a los ingresos y egresos de cada

Municipio.

Reformar:

� La Ley Orgánica de la

Contraloría General de

Cuentas.

� La Ley del Presupuesto

General de Ingresos y

Egresos del Estado.

Page 259: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

233

Contenido de la Constitución Política

de la Republica de Guatemala 1985

Propuesta recabadas en el proceso de

consulta de CANEK Reforma constitucional

Reforma o desarrollo de leyes

ordinarias

Ministerio Público Y Procuraduría General De La

Nación:

Ministerio Público. Artículo 251

Procuraduría General de la Nación. Art. 252.

Régimen Municipal:

Autonomía Municipal. Art.253

Gobierno Municipal. Art. 254

Recursos Económicos del Municipio Art. 255.

Asignación para las Municipalidades. Art. 256.

Proveer asistencia legal a casos

específicos donde se vean violados

los convenios internacionales que

hacen expreso al Estado la defensa y

desarrollo de los pueblos

constituidos en sujetos colectivos.

Tener un marco jurídico y un pacto

social y político acorde y

representativo a la realidad plural y a

la diversidad cultural de Guatemala,

así como a las demandas de las

comunidades.

Desarrollo de un Espacio de decisión

política comunitaria y regional que

permita el desarrollo de las

instituciones políticas propias tanto

locales como regionales, y la

construcción desde la comunidad y

la región de Instituciones Estatales

Sin necesidad de reformar

Sin necesidad de reformar

Reformar:

� Ley Orgánica del Ministerio

Publico.

� Ley Orgánica de la Procuraduría

general de la Nación.

Reformar:

El Código Municipal.

Page 260: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

CONCLUSIONES

1 En Guatemala, existen desigualdades estructurales que afectan al

conglomerado social, y que impactan en el desarrollo de la ciudadanía

diferenciada.

2 La estructura política y administrativa del Estado de Guatemala no responden

a las necesidades de los territorios y personas que la habitan. Los Derechos

Colectivos no están desarrollados de una manera sistemática en la

Constitución Política de la República de Guatemala. Están desarrollados

claramente los Derechos Humanos Individuales y los Derechos Sociales, que

se basa en la protección de la persona Humana, sin especificar el sentido de

persona humana Individual y persona Humana Colectiva.

3 Las decisiones políticas, económicas y sociales son tomadas desde la

superestructura social y no de la estructura, siendo que a ella se debe el Estado

para su funcionamiento. La concreción de un Estado Plural todavía está

pendiente en Guatemala. Se trata de un compromiso político que no ha

cuajado en cambio constitucional ni legal. Las ideas al respecto del pluralismo,

el respeto a la diferencia y el reconocimiento de los pueblos indígenas todavía

tiene mucho camino que recorrer, hasta encarnarse en normas, instituciones,

prácticas sociales y culturales.

RECOMENDACIONES

1 Se debe reformar la Constitución Política de la República de Guatemala a

efecto de conformar un Estado verdaderamente incluyente plural, en donde

las personas sean consideradas como ciudadanos y ciudadanas con igualdad

de derechos ante el Estado así como de ser reconocidos como colectivo

humano que posee un territorio y una estructura organizativa propia.

2 Es necesario desarrollar los Derechos Colectivos en la Constitución Política de

la República de Guatemala a efecto de que la administración pública sea

coherente con las características multiétnica, pluricultural y multilingüe del

Estado, confiriendo a todo colectivo categoría política para su desarrollo, de

manera descentralizada y autónoma.

3 Las personas en lo individual y colectivo, concientes de sus derechos y

obligaciones y siendo la base del Estado, son llamadas a ejercer su ciudadanía

plena, es decir a participar en todo lo que compete a la refundación del Estado

de Guatemala. Para eso es necesario estar informados, organizados y con

lineamientos concretos de manera pro-activa, presentando las propuesta

necesarias para la conformación de un Estado Plural.

ELSA ANGÉLICA BLANCO

Abogada y notaria garífuna, licenciada en

Ciencias Jurídicas y Sociales USAC. Ha

laborado en Acción Ciudadana, en la Red

de observación Mirador Electoral, y en la

Fundación Myrna Mack, en el área de

participación ciudadana. Asistente de

Defensor Público en la Defensa Pública

Penal. Voluntaria Nacional de Transición

en la Misión de Verificación de Naciones

Unidas Para Guatemala MINUGUA-

Zacapa. Derechos Humanos y Justicia. Coordinadora de la Defensoría

Auxiliatura de los Derechos de los Derechos de la Mujer

Page 261: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

Benito Morales

CAMBIOS NECESARIOS PARA ESTABLECER UN SISTEMA EDUCATIVO PLURAL

Ensayo elaborado en base a la propuesta

CREACIÓN DE UNA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA PROPIA DE NUESTRA

REGIÓN QUE RESPONDA A NUESTROS PRINCIPIOS Y VALORES, A NUESTRA

COSMOVISIÓN, A NUESTRA LENGUA, HISTORIA Y FORMA DE VER Y ENTENDER EL

MUNDO, CAPAZ DE CREAR UNA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA PROPIA.

ÍNDICE

¿Educación propia que responda a principios y valores, cosmovisión, lengua,

historia y forma de ver y entender el mundo de los Pueblos Indígenas?

Educación en la Constitución Política de la República

DIGEBI

Los Acuerdos de Paz y el No a la reforma constitucional

La Consulta Popular de 1999

¿Qué hacer?: Reforma constitucional

Conclusiones

Benito Morales

Page 262: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

236

¿EDUCACIÓN PROPIA QUE RESPONDA A PRINCIPIOS Y VALORES, COSMOVISIÓN, LENGUA, HISTORIA Y FORMA DE VER Y ENTENDER EL MUNDO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS? EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

El tema de la educación regulado, obviamente, en la Constitución Política de la

República, al igual que otros grandes temas como la salud, el idioma, la justicia,

etc.; responde fielmente a un modelo de Estado excluyente. Veamos: En el

artículo 71, al tratar el derecho a la educación, se afirma que se garantiza la

libertad de enseñanza y de criterio docente, y en el 72 se regula que los fines de la

educación son el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la

realidad y cultura nacional y universal.

Hasta aquí, se podría pensar en la posibilidad de una educación propia,

autónoma, basada en el principio de libertad de enseñanza, pero en el artículo

73, la misma Constitución, al tratar sobre la libertad de educación, se afirma, que

todos los centros educativos privados funcionarán bajo la inspección del Estado

y están obligados a llenar, por lo menos, los planes y programas oficiales de

estudio. Obviamente, los centros estatales también, con mayor motivo, deberán

llenar los mismos planes y programas oficiales. ¿Dónde queda la libertad de

enseñanza y el criterio docente? Quizá, solamente en la forma de impartir las

distintas materias, de explicar, etc; pero siempre bajo el “yugo” de los planes y

programas oficiales.

Sin embargo, la Constitución abre la puerta de la educación bilingüe, y en su

artículo 76, regula que en las escuelas establecidas en zonas de predominante

población indígena, la enseñanza deberá impartirse preferentemente en forma

bilingüe.

La forma oficial de poner en práctica este artículo fue la Dirección General de

Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBI-, que en la actualidad está regida por el

Viceministerio de Educación Bilingüe e Intercultural. EL VICEMINISTERIO Y LA DIGEBI

La Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural fue creada como

Dependencia Técnica Administrativa del Ministerio de Educación, mediante el

Acuerdo Gubernativo No. 726-95, el 21 de diciembre de 1995, un año antes de la

firma de los Acuerdos de Paz.

Posteriormente y conforme el Acuerdo Gubernativo 526-2003 fue creado el

Viceministerio de Educación Bilingüe e Intercultural con la atribución de definir

y regir las políticas de educación bilingüe, pasando la DIGEBI a una función más

operativa del proceso de Educación Bilingüe Intercultural –EBI-, de las

comunidades lingüísticas Maya, Xinka y Garífuna. Su filosofía se sustenta en la

coexistencia de varias culturas e idiomas del país, orientada a fortalecer la

unidad en la diversidad cultural. El proceso de Educación Bilingüe Intercultural

–EBI- está basado en algunos principios que conviene tener en cuenta. Por

ejemplo:

� Se entiende por educación bilingüe intercultural al enfoque educativo

orientado al refuerzo del conocimiento propio y de la autoestima del

individuo, sobre la base del aprendizaje, enseñanza y uso escolar de dos o

más lenguas: la primera y la segunda.

Page 263: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

237

� El reconocimiento y aceptación oficial del saber y de los conocimientos

propios, incluidas la o las lenguas del educando, que constituyen la base para

la selección crítica y selectiva de elementos culturales pertenecientes a otros

pueblos y culturas del país y del mundo.

� La EBI reinscribe en el proceso educativo formal los modos y formas de

aprender y enseñar propios de los pueblos indígenas, para a través de ellos

enriquecer la visión pedagógica de la escuela y de la educación. Así, de la

confluencia de modos y formas distintos de aprender y enseñar y de la

complementariedad que se busca entre los mecanismos propios y aquellos

que provienen de otras tradiciones pedagógicas, como la occidental, se

construye también una pedagogía desde y en la diversidad; es decir, una

pedagogía intercultural.

� En Guatemala, la EBI es sobre todo una propuesta educativa estatal dirigida a

la atención exclusiva de la población indígena.

Las críticas a la –EBI- llegaron principalmente del Consejo Nacional de

Educación Maya -CNEM-, y principalmente consistió en una propuesta de

Educación Maya frente a la –EBI-, basándose, fundamentalmente, en:

� El Consejo Nacional de Educación Maya (CNEM) entiende por educación

maya un sistema educativo alternativo propuesto en respuesta a la situación

que, según sus líderes, caracteriza a la educación guatemalteca actual,

incluida la –EBI-.

� La educación maya busca superar la exclusión en la toma de decisiones en

materia educativa, y propende a la transformación de la educación para

superar la discriminación, el paternalismo, el asimilacionismo y la alienación

que atentan contra la continuidad cultural y la supervivencia de la sociedad

maya.

� La educación maya es entendida como endógena, formativa, práctica y

humana. Fortalece los valores éticos, estéticos y morales, así como los

vínculos entre naturaleza y del hombre con el hombre.

� Según esta visión, se trataría de una educación para la resistencia cultural y

para, simultáneamente, contribuir a la construcción de una nación justa e

incluyente, pluricultural, multiétnica y multilingüe.

Pero, ¿cómo lograr una nación justa e incluyente, pluricultural, multiétnica y

multilingüe, si la propia Constitución de la República no define así a nuestro

país?

LOS ACUERDOS DE PAZ Y EL NO A LA REFORMA CONSTITUCIONAL Los Acuerdos de Paz pudieron ser el camino para el arranque de una educación,

al menos con pertinencia cultural y en el propio idioma, pues en ellos se

planteaba el “ el uso de todos los idiomas indígenas en el sistema educativo, a fin

de permitir que los niños puedan leer y escribir en su propio idioma o en el idioma

que más comúnmente se hable en la comunidad a la que pertenezcan,

promoviendo en particular la educación bilingüe e intercultural e instancias tales

como las Escuelas Mayas y otras experiencias educativas indígenas218”; y se

proponía como sistema educativo uno que fuera “descentralizado y regionalizado

a fin de que se adapte a las necesidades y especificidades lingüísticas y culturales;

donde las comunidades y a las familias, como fuente de educación, cumplieran un

papel protagónico en la definición de las currícula y del calendario escolar y la

capacidad de proponer el nombramiento y remoción de sus maestros a fin de

responder a los intereses de las comunidades educativas y culturales; que

integrarás las concepciones educativas maya y de los demás pueblos indígenas, en

sus componentes filosóficos, científicos, artísticos, pedagógicos, históricos,

218 Acuerdo sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas, apartado III, inciso A,

referente al idioma, Derechos Culturales. México, D.F. a 31 de marzo de 1995.

Page 264: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

238

lingüísticos y político-sociales, como una vertiente de la reforma educativa

integral219”.

Estos ideales, peticiones, exigencias, se fueron al traste con la Consulta Popular,

realizada el día dieciséis de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en la que

la posición ganadora fue la desfavorable a la ratificación de la totalidad de las

reformas constitucionales aprobadas por el Congreso de la República el día

dieciséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho. En consecuencia, las

reformas constitucionales decretadas y aprobada por el Congreso de la

República el día dieciséis de octubre de mil novecientos noventa y ocho no

tuvieron vigencia220.

LA CONSULTA POPULAR DE 1999

Este NO a las reformas constitucionales que planteaba la consulta popular de

1999, truncó grandes posibilidades de cambios. Por ejemplo:

Frente al actual Artículo 66. Protección a grupos étnicos. Guatemala está formada

por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de

ascendencia maya. El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida,

costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en

hombre y mujeres, idiomas y dialectos, se proponía:

Artículo 66. Identidad y espiritualidad de los pueblos indígenas. El Estado

reconoce, respeta y protege el derecho a la identidad de los pueblos Maya,

Garífuna y Xinca; sus formas de vida, organización social, costumbres y

219 Ídem, apartado II, inciso G, Reforma Educativa.

220 Acuerdo 229-99 del Tribunal Supremo Electoral, de fecha 21 de mayo de 1999, sobre la

validez de la Consulta Popular.

tradiciones; el uso del traje indígena en hombres y mujeres y sus distintas formas

de espiritualidad, idiomas y dialectos y el derecho a transmitirlos a sus

descendientes. Para los fines y en los términos del último párrafo del artículo 203

de esta Constitución, el Estado reconoce a las autoridades tradicionales de las

autoridades tradicionales de las comunidades indígenas, prevaleciendo la unidad

de la Nación, la integridad del territorio y la indivisibilidad del Estado de

Guatemala. También reconoce, respeta y protege su derecho a usar, conservar y

desarrollar su arte, ciencia y tecnología así como el derecho de acceso a lugares

sagrados de dichos pueblos, bajo las modalidades que establezca la ley.

O también, frente al actual, Artículo 143.Idioma oficial. El idioma oficial de

Guatemala, es el español. Las lenguas vernáculas, forman parte del patrimonio

cultural de la Nación, se propuso:

Artículo 143. Idioma. Son idiomas oficiales del Estado: El Español para todo el

territorio nacional y los idiomas indígenas que establezca la ley, fijando su ámbito

de aplicación material de acuerdo a criterios técnicos, lingüísticos y territoriales. El

Estado reconoce, respeta y promueve los siguientes idiomas indígenas: Achi',

Akateko, Awakateko, Chalchiteko, Ch'orti', Chuj, Itzá, Ixil, Popti', Kaqchikel,

K'iche', Mam, Mopan, Poqoman, Poqomchi, Q'anjob'al, Q'eqchi', Sakapulteko,

Sipakapense, Tekiteko, Tz'utujil, Uspanteko, Garifuna y Xinka.

En las cuatro preguntas que se realizaron en la consulta popular el NO resultó

mayoritario. Por ejemplo, en la pregunta 1, que incluía la definición de la nación

guatemalteca como una y solidaria y a la vez multicultural, plurilingüe y

multiétnica, el NO obtuvo el 9.03% de los empadronados y el SÍ el 8.08%.

En los resultados, el mapa de Guatemala quedó perfectamente partido en dos

mitades. En trece departamentos del Norte, el Oriente, el Centro y el Sur, ganó el

NO. La mayoría de ellos, con predominio de población ladina, con excepción de

Quetzaltenango, Suchitepéquez y Sacatepéquez (donde se encuentra La Antigua

Page 265: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

239

Guatemala) y el propio departamento de Guatemala -con la capital-, por los

grandes desplazamientos migratorios de indígenas en los años 80. En nueve

departamentos del Occidente y el Norte ganó el SÍ. Todos con fuerte predominio

indígena, menos El Petén.

Fue en los departamentos donde ganó el SÍ donde la guerra estuvo más presente

y fue más dura durante los años 80 y 90. En los departamentos donde ganó el

NO la guerra se hizo más presente en la década de los 60.

Entonces, por ejemplo, si constitucionalmente el idioma español es el oficial y el

resto son lenguas vernáculas, que solamente forman parte del patrimonio

cultural, y si los idiomas mayas no son reconocidos por la Carta magna, ¿cómo

poder hablar de una educación o de un ente público capaz de responder a

principios, valores, cosmovisión, etc., de los Pueblos Indígenas?

¿QUÉ HACER?: REFORMA CONSTITUCIONAL

Aunque las grandes dificultades que supone el texto constitucional dificultan

enormemente las aspiraciones legítimas de los Pueblos Indígenas, hay alguna

esperanza en iniciativas de ley, como la número 3913 del año 2008, que propone

una Ley de generalización bilingüe multicultural e intercultural.

En dicha iniciativa, en su artículo 3, generalización de educación bilingüe, “se

establece la obligatoriedad de la educación bilingüe en idiomas nacionales como

política lingüística nacional, la cual tendrá aplicación para toda la comunidad

educativa de los sectores público y privado. El primer idioma para el aprendizaje

de cada persona es el materno, el segundo es otro idioma nacional y, el tercer

debe ser un idioma extranjero”.

También, esta iniciativa propone, en su artículo 6, principios, en su inciso 9, la

autonomía, “debido a que es un derecho inherente a las comunidades

lingüísticas y los pueblos del país, decidir sobre su propio idioma, cultura y su

sistema educativo...”.

Esta iniciativa, que cabe la pena señalar, aún no cuenta con dictamen, ni

favorable ni desfavorable, es un buen paso a dar, aunque bien pudiera ser

tachada de inconstitucional al no contemplar para el estudio el idioma español,

el oficial, pues si leemos bien el artículo 3, señalado anteriormente, se habla en

primer lugar del idioma materno (por ejemplo, el achí), en segundo lugar otro

idioma nacional, que según la ley de idiomas nacionales, podría ser

perfectamente el k'iche', y después un extranjero. Seguramente, esta iniciativa

termine engavetada por problemas tanto legales como por el nulo interés

político en entrar a estros temas, aunado que esta reforma supondría un

incremento cuantioso para la educación, lo cual en principio parece más que

improbable.

Sin dejar a un lado estas iniciativas válidas, en parte de su propuesta, creemos

que el camino para allanar los obstáculos y realmente dar cabida a los anhelos de

los Pueblos Indígenas en materia de educación es una reforma constitucional,

que en principio redefina al Estado y una vez redefinido tome en cuenta las

demandas de los Pueblos Indígenas.

Page 266: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

240

CONCLUSIONES

� El marco constitucional vigente de la educación dificulta la creación de una

institución educativa pública propia que responda a los principios, valores,

cosmovisión, lengua, historia, etc., de los pueblos que cohabitan el territorio

de lo que se denomina Guatemala.

� El camino para allanar los obstáculos y realmente dar cabida a los anhelos de

los Pueblos Indígenas en materia de educación es una reforma

constitucional, que redefina primero al Estado y una vez redefinido tome en

cuenta las demandas de los Pueblos Indígenas.

BENITO MORALES

Abogado y Notario. Licenciado en Ciencias

Jurídicas y Sociales. Ejercicio profesional de la

Abogacía (Junio 2000 a la fecha)

� Abogado litigante, con énfasis en materia penal

y violaciones de derechos humanos, a través de

Bufete Jurídico Asociado.

� Abogado director y asesor de diversas

entidades de sociedad civil, de derechos

humanos y pueblos indígenas.

� Consultor de diversas entidades de Naciones

Unidas, de Cooperación Internacional y

organizaciones sociales en temas de justicia en general, discriminación racial y

étnica, pueblos indígenas y litigio estratégico.

� Conferencias dictadas221: sobre racismo y discriminación, sistema jurídico

propio de los pueblos indígenas, pluralismo jurídico, jurisdicción universal y

crímenes contra la humanidad, obligaciones internacionales de Estado de

Guatemala en materia de pueblos indígenas, erradicación del racismo, etc.

� Publicaciones: Sobre acceso a la Justicia en el Propio Idioma y temas

relacionadas con conferencias dictadas.

� Edición y publicación de mi tesis de grado “El Acceso a la Justicia en el Propio

Idioma” al considerarla relevante, por el Instituto para el Avance de las

Ciencias Sociales en Guatemala, AVANCSO.

� Nombrado “personaje destacado” del año 2005 por El Periódico.

Reconocimiento por haber logrado la primera sentencia condenatoria en el

primer caso por discriminación étnica en la historia de la justicia

guatemalteca y de América Latina.

221 En Guatemala y el extranjero.

Page 267: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

241

Lucía Xiloj

HACIA LA CONSOLIDACIÓN DE GOBIERNOS REGIONALES QUE PERMITAN LA AUTODETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS Resumen

Introducción

Fortalecimiento de los espacios de participación de pueblos indígenas en los consejos

de desarrollo urbano y rural y las mancomunidades, como un camino para la

construcción de un gobierno regional autónomo

Generalidades

Marco jurídico

Ley preliminar de regionalización, decreto 70-86 del Congreso de la

República

La Constitución Política de la República de Guatemala

Propuesta de consolidación de un gobierno regional para la promoción y respeto de

los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas

Conclusiones

Lucía Xiloj

Page 268: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

242

RESUMEN

Una de las principales demandas de los Pueblos Indígenas es que el Estado

reconozca su derecho de libre determinación, que implica decidir sus propias

formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural y

estructurarse libremente, sin injerencias externas. Lo cual intrínsecamente lleva

a la necesidad que todo esto se haga en un ámbito espacial determinado. La

Constitución Política de la República actualmente hace una división territorial

del país, tomando aspectos administrativos pero no toma en cuenta las

estructuras propias de organización de los Pueblos Indígenas.

Sin embargo, a pesar de las dificultades, en el marco jurídico vigente existen

algunos espacios que pueden ser aprovechados por los Pueblos Indígenas para

lograr una modificación de esta división territorial, mediante una reforma

constitucional que debe ser exigido desde estos espacios. Por ejemplo, los

Consejos de Desarrollo Urbano y Rural y las mancomunidades, pueden

identificar aspectos de interés común entre los municipios y las comunidades

lingüísticas que allí se encuentran para crear un gobierno regional que en algún

momento puedan reclamar su autonomía con un respaldo fuerte y legítimo.

INTRODUCCIÓN

El territorio guatemalteco tiene una extensión de 109,000 kilómetros cuadrados

donde se estima que viven actualmente 13,600.000 habitantes para una densidad

aproximada de 125 habitantes por kilómetro cuadrado. El 56% de la población

guatemalteca es pobre y el 16% es extremadamente pobre. La pobreza en

personas indígenas es del 74% y 38% en ladinos. El 54% de guatemaltecos viven

en el área rural y el 46% en el área urbana222.

Esto evidencia un total desinterés del Estado de Guatemala –refiriéndonos a

quienes ejercen el poder delegado- por satisfacer las necesidades de los pueblos

indígenas en las áreas rurales. Este desinterés tiene causas de tipo social,

económico y político.

Dentro de las causas de tipo social, podemos mencionar la discriminación

histórica a la que han sido sometidos los pueblos indígenas, que incluso ha

llevado al Estado a considerar a los pueblos indígenas como personas de segunda

categoría, sin derecho a recibir servicios básicos como salud y educación en

condiciones satisfactorias.

El tema económico tiene varias ramificaciones que repercuten directamente en

contra de los pueblos indígenas y que se utilizan para seguir manteniendo

sometidos a estos pueblos, para que haya mano de obra barata para los grandes

empresarios guatemaltecos, para permitir la explotación de recursos naturales de

manera irracional a través de megaproyectos de capital extranjero, entre otras.

Igualmente en el ámbito político, interesa que los servicios públicos estén

concentrados porque permite su utilización para fines partidistas y de

222 Samuel, Sydney. Gestión Territorial. Proyecto Municipios Democráticos, Guatemala, 2008.

Page 269: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

243

corrupción, para ello también el poder debe estar concentrado en el grupo social

que generalmente ha sido el mismo desde la época colonial.

Todo lo anterior justifica que entre las principales demandas de los Pueblos

Indígenas se encuentra la necesidad de que el Estado reconozca su derecho de

libre determinación, que implica decidir sus propias formas de gobierno,

perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente,

sin injerencias externas. Lo cual intrínsecamente lleva a la necesidad que todo

esto se haga en un ámbito espacial determinado. FORTALECIMIENTO DE LOS ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN DE PUEBLOS INDÍGENAS EN LOS CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL Y LAS MANCOMUNIDADES, COMO UN CAMINO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN GOBIERNO REGIONAL AUTÓNOMO GENERALIDADES

La gran diversidad geográfica y cultural de Guatemala, necesita de una

organización política administrativa que refleje dicha diversidad.

Aquí es cuando surge la pregunta ¿será posible el establecimiento de una región

con su propio ordenamiento territorial cuya implementación permita

interpretar y poder ejercer los derechos colectivos y poder vivir en un Estado

verdaderamente plural de acuerdo con la diversidad cultural?

Se ha discutido, principalmente, desde las demandas sociales la necesidad de que

haya gobiernos regionales que reflejen más fielmente la necesidad del respeto de

la cultura, idioma, organización de los pueblos indígenas, lo que podría lograrse

con la creación de regiones autónomas, la creación de una república federal, o el

fortalecimiento de un Estado descentralizado en cuanto al poder político.

Sin embargo, estas ideas causan en quienes han detentado el poder ciertas

molestias y rápidamente surgen voces que señalan que con estas propuestas lo

que se quiere es dividir al Estado de Guatemala a través de crear un Estado

Indígena, cuando todos somos guatemalteco, afirman estas personas. De esta

cuenta -por el momento y para que pueda ser viable- es importante utilizar el

marco legal existente para lograr la creación de un gobierno regional que luego

podría repercutir en una propuesta de reforma Constitucional. MARCO JURÍDICO

La Constitución Política de la República de Guatemala

En el Capítulo II, Régimen Administrativo, de la Constitución Política de la

República de Guatemala, Artículo 224, encontramos que se establece que el

territorio de la República, se divide para su administración en departamentos y

éstos en municipios. Como es sabido, actualmente existen 22 departamentos y

333 municipios.

Si bien es cierto que entre estos 22 departamentos es fácil determinar en donde

se ubican mayoritariamente los pueblos indígenas; también es cierto que cada

uno de estos departamentos no se identifica específicamente con una

Page 270: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

244

comunidad lingüística o un pueblo indígena determinado; contrario a lo que

sucede en las históricas comunidades autónomas de España, por ejemplo.

Esto empieza a generarnos dificultades al momento de querer consolidar un

gobierno regional con un propio ordenamiento territorial, ya que no hay

claridad sobre qué aspectos comunes se deben tomar en cuenta para la creación

de dicho espacio regional: ¿se deberá tomar en cuenta la ubicación geográfica de

las comunidades indígenas independientemente de su comunidad lingüística;

debe ser el idioma un factor determinante para crear una región autónoma; o un

interés común como la defensa de los recursos naturales será lo que permita la

creación de esta región autónoma?

Esta situación se agrava si observamos que desde las instituciones del Estado se

ha intentado hacer un ordenamiento territorial sin tomar en cuenta la diversidad

de la sociedad guatemalteca, es decir, sin tomar en cuenta aspectos sociales y

culturales; tal como lo podemos evidenciar con la Ley Preliminar de

Regionalización. Ley Preliminar de Regionalización, Decreto 70-86 del Congreso de la

República

De acuerdo a los considerandos, esta ley, que data del año 1986, se creó para

impulsar el desarrollo urbano y rural del país, a fin de lograr el bienestar de la

población; asimismo promover y garantizar la participación de la población en

la identificación de problemas y soluciones, y en la ejecución de programas y

proyectos de desarrollo. Su objeto principal es la descentralización de la

administración pública para lograr que las acciones de gobierno se lleven a cabo

conforme a las necesidades de la población.

Sin embargo, estas regiones oficiales son únicamente demarcaciones espaciales

efectuadas por el Estado con fines de organización territorial, buscando

fundamentalmente la eficiencia de la inversión pública y la presencia de

instituciones públicas, no para operativizar y respetar la autodeterminación de

los pueblos indígenas, porque de acuerdo a dicha ley la división que se propone

se realiza para incentivar regiones de desarrollo, de ahí que la división como

podemos observar no toma en cuenta aspectos culturales:

1 Región Metropolitana: integrada por el departamento de Guatemala.

2 Región Norte: integrada por los departamento de Alta y Baja Verapaz.

3 Región Nororiente: integrada por los departamentos de Izabal, Chiquimula,

Zacapa y el Progreso.

4 Región Suroriente: integrada por los departamentos de Jutiapa, Jalapa y

Santa Rosa.

5 Región Central: integrada por los departamentos de Chimaltenango,

Sacatepéquez y Escuintla.

6 Región Suroccidente: integrada por los departamentos de San Marcos,

Quetzaltenango, Totonicapán, Sololá, Retalhuleu y Suchitepéquez.

7 Región Noroccidente: integrada por los departamentos de Huehuetenango y

Quiché.

8 Región Petén: integrada por el departamento de Petén.

Esta forma de regionalización del territorio nacional no ha funcionado, quizá

porque realmente no hay puntos de interés entre los departamentos que

conforman estas regiones oficiales porque no se tomaron en cuenta por ejemplo,

relaciones culturales e idiomáticas entre estos departamentos. De ahí que en el

año 2005 la Comisión Paritaria de Reforma y Participación conjuntamente con

la Secretaría de Planificación Estratégica contemplaron una nueva distribución

geográfica por regiones de la siguiente manera223:

223 Secretaria General de Planificación. Modelo de Regionalización, Guatemala, 2005.

Page 271: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

245

REGIÓN DEPARTAMENTOS ÀREAS LINGUÍSTICAS

I Central Guatemala, Sacatepéquez y

Chimaltenango

Poqoman, Kiche, Kaqchikel, y

Español

II Norte Alta Verapaz y Baja

Verapaz

Queqchi, Poqomchi, Achi,

Kaqchikel, y Español

III

Vertiente

del

Atlántico

Izabal Queqchi, Garífuna y Español

IV Oriental Jutiapa, Jalapa, El Progreso,

Chiquimula y Zacapa

Xinca, Poqomam, Chortí, y

Español

V Vertiente

del Pacífico

Retalhuleu, Suchitepéquez,

Escuintla y Santa Rosa

Kiche, Mam, Tzutujil, Kaqchikel,

Poqomam, Xinca y Español

VI Nor-

Occidental

Sololá, Totonicapán,

Quetzaltenango, San

Marcos, Huehuetenango y

Quiché

Kiché, Uspanteko, Queqchi,

Poqomchi, Sakapulteco, Ixil,

Mam, Awakateco, Chalchiteko,

Akateko, Chuj, Popti, Qanjobal,

Tektiteko, Sipakapense, Kaqchikel,

Tzutujil y Español

VII Petén El Petén Mopán, Itzá, Queqchi y Español

Esta nueva distribución está elaborada en el sentido de incentivar programas de

desarrollo del gobierno con el fin de descentralizar los servicios públicos, y no

constituyen en sí formas para propiciar el respeto de los Derechos de los Pueblos

Indígenas, principalmente el derecho a la auto determinación fundamental para

crear un espacio real de respeto a las formas de organización propias de los

Pueblos Indígenas.

Es necesario recalcar que la norma constitucional mencionada anteriormente

también contempla la posibilidad de que cuando convenga a los intereses de la

Nación, el Congreso podrá modificar la división administrativa del país,

estableciendo un régimen de regiones, departamentos y municipios, o cualquier

otro sistema, sin menoscabo de la autonomía municipal.

Esta norma también es desarrollada por la Ley Preliminar de Regionalización,

que indica que a propuesta de los Consejos de Regionales y del Consejo

Nacional de Desarrollo Urbano y Rural, se podrá proponer al Congreso de la

República la modificación de la integración y número de regiones cuando así

convenga a los intereses de la Nación.

Con este marco legal, podríamos encontrar una ruta a seguir con el objeto de ir

fortaleciendo la participación de los pueblos indígenas para lograr tener una

modificación en la división administrativa y política del Estado de Guatemala,

con la salvedad de que es un camino que no permite la desaparición de los

municipios y los departamentos como hasta ahora están concebidos porque así

lo establece la Constitución Política de la República, en el segundo párrafo del

Artículo 224 mencionado anteriormente, al indicar que “La administración será

descentralizada y se establecerán regiones de desarrollo con criterios

económicos, sociales y culturales que podrán estar constituidos por uno o más

departamentos para dar un impulso racionalizado al desarrollo integral del

país”.

Hay que hacer énfasis en que la forma en la que se ha concebido la división

territorial del país es simplemente administrativa, no toma en cuenta como se

mencionó anteriormente, aspectos de identidad cultural de las comunidades que

habitan en este país, ni muchos menos la posibilidad de que sean los propios

pueblos indígenas quienes decidan qué gobierno quieren, qué tipo de desarrollo

Page 272: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

246

económico y social necesitan para la satisfacción de sus necesidades y

consecución de sus aspiraciones como pueblos.

PROPUESTA DE CONSOLIDACIÓN DE UN GOBIERNO REGIONAL PARA LA PROMOCIÓN Y RESPETO DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS De acuerdo a lo anterior, sí sería necesario que se adoptara una nueva

Constitución Política de la República o por lo menos una reforma de la misma,

en el sentido de permitir la modificación o incluso la eliminación de las figuras

de departamentos y municipios con las demarcaciones territoriales que

actualmente tienen.

Mientras que esta adopción de una nueva Constitución o su modificación no sea

definida y ejecutada, se podría utilizar el marco jurídico actual que abre una

pequeña posibilidad de participación directa de los pueblos indígenas y para ello

quiero hacer referencia a la experiencia de los municipios del occidente del país.

Como lo mencionaba anteriormente, aún no hay claridad de las bases sobre las

cuáles se puede partir para hablar de una región autónoma con la facultad de

gobernar, impartir justicia, impulsar proyectos de desarrollo, etc. Sin embargo,

en la actualidad, existe una fuerte demanda por la instalación de megaproyectos

principalmente en comunidades indígenas. De ahí que los pueblos indígenas del

occidente del país han encontrado un punto de coincidencia para trabajar de

manera coordinada por la defensa de los recursos naturales de la tierra y

territorios que les pertenecen.

Para ello, principalmente en Huehuetenango, se ha impulsado la realización de

consultas comunitarias de Buena Fe, que ha tenido el apoyo de los Consejos

Comunitarios de Desarrollo, autoridades que se han convertido en un referente

fuerte para las comunidades.

De ahí ha surgido el Consejo de los Pueblos de Occidente integrados por los

departamentos de Quiché, Totonicapán, Quetzaltenago, Huehuetenango y San

Marcos. En este espacio participan miembros de los Consejos Comunitarios de

Desarrollo y otras personas pertenecientes a organizaciones sociales que han

logrado influir en las actividades de las autoridades locales electas mediante

sufragio universal.

Es decir, que uno de los caminos que se podría seguir para lograr consolidar un

gobierno regional autónomo, es ubicar en primer lugar un interés común entre

las distintas comunidades indígenas de un espacio geográfico determinado.

Posteriormente, la creación de un espacio que de manera directa conozca las

necesidades de cada comunidad. Siendo que este espacio es fuerte en

coordinación e incidencia puede influir en la conformación de los Consejos

Regionales, por medio de los cuales se puede hacer la propuesta de modificación

de la división territorial del país, creando así las regiones que tienen un interés

común.

De acuerdo a la forma en que estos espacios regionales funcionen, se podrá

solicitar con más respaldo una reforma Constitucional para que esas regiones

sean declaradas autónomas y tengan la facultad de decir lo relativo a la forma en

que debe ser impartida la educación y en general la prestación de servicios.

Por otro lado, la figura de las mancomunidades, es otra vía importante que

permite abrir espacios de coordinación y fortalecimiento entre municipios que

tienen intereses similares en cuanto cultura, idioma y protección de recursos

naturales; lo que en algún momento determinado también podría permitir la

modificación de la división territorial del Estado.

Page 273: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

247

CONCLUSIONES

Es importante partir de las experiencias que han surgido de las propias

comunidades, fortalecer esas experiencias, y no impulsar leyes como por

ejemplo la Ley General de Pueblos Indígenas que pretende desarrollar los

principios constitucionales e internacionales relacionados con Pueblos

Indígenas, pero que no contempla un mecanismo claro de aplicación e

implementación de los Derechos que en dicha propuesta de ley se enumeran.

Con el marco jurídico actual, se puede ir trabajando en la consolidación de un

espacio regional que analice primero los puntos en común que tienen las

distintas comunidades indígenas, para que de la práctica se demande el

reconocimiento de una forma de organización territorial diferente a la que

actualmente tenemos.

Con estas experiencias, impulsar una reforma constitucional que modifique la

división territorial del país en razón de aspectos culturales, idiomáticos y

protección de recursos naturales, lo que conlleva incluso el desaparecimiento de

las instituciones departamentales tal y como actualmente las conocemos.

LUCÍA XILOJ Lucía Inés Xiloj Cuin, maya kiche, Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales,

Abogada y Notaria, pénsum cerrado de

Maestría de Derecho Constitucional en el 2009,

ambas por la Universidad de San Carlos de

Guatemala. Abogada litigante en Derecho

Penal, Civil y Administrativo. Actualmente

abogada en el área de Derechos Humanos de la

Fundación Rigoberta Menchú Tum.

Consultora en investigaciones relacionadas con

Derechos de los Pueblos Indígenas,

específicamente en Derecho a la Consulta,

aplicación de la Convención Internacional

sobre la Eliminación de todas las Formas de

Discriminación Racial y el Convenio 169 de la

OIT.

Page 274: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

248

Page 275: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

249

Renata Ávila

UN CAMBIO ESTRUCTURAL PARCIAL PERO POSIBLE, SIN CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN

ÍNDICE

Resumen

Introducción

Repaso de las memorias de la asamblea nacional constituyente de 1985 desde

distintas ópticas de la comisión de redacción

Un cambio estructural parcial pero posible, sin cambiar la constitución

Algunos caminos hacia un Estado Plural

Estructura propuesta y pasos a seguir

Conclusión

Bibliografía

Page 276: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

250

Renata Ávila

RESUMEN Esta propuesta toma como punto de partida las discusiones de la constituyente

que redactó la norma máxima del ordenamiento jurídico guatemalteco entre los

años 1984 y 1985 y hace un breve acercamiento a las discusiones de los

constituyentes respecto de la estructura de Estado que debería adoptar

Guatemala. Detalla además las posibilidades de autogestión y ejercicio del poder

que tiene una comunidad organizada, dentro del ordenamiento jurídico vigente

y sin tener que reformar la constitución.

Una vez descritas las posibilidades que a una comunidad le permite la

constitución y la legislación guatemalteca, se describirán brevemente distintos

procesos de reestructuración del Estado hacia una pluralidad de sujetos

colectivos llevados a cabo en Nicaragua, México, Bolivia y Costa Rica. La última

parte es una invitación al diálogo, proponiendo las vías posibles hacia la

construcción de un Estado plural en Guatemala, haciendo énfasis en la

importancia del ejercicio de una ciudadanía activa desde las instituciones que

existen hoy. Es un llamado urgido a ocupar los espacios dados para activar los

cambios desde lo básico, desde lo interno de las comunidades e intervenir desde

dentro las estructuras del Estado.

INTRODUCCIÓN La crisis de gobernabilidad que ha aquejado durante la última década a una

porción importante del territorio nacional plantea la necesidad de analizar cuán

efectivamente se ha aplicado el marco legal que existe para facilitar todos los

espacios de diálogo y participación social que permitiría ejercer un poder local

real. En Guatemala la capacidad de consumo más alto es veintidós veces más alta

que la capacidad de consumo más baja. Esas profundas desigualdades, al analizar

la distribución geográfica, hace notoria la centralización no solo de los entes

gubernamentales, sino del ingreso, del consumo, de la inversión pública y de los

problemas sociales urgentes de la población. El presente documento analiza, en

primer lugar, cuál es ese marco legal y sus principales características.

En el período comprendido desde la Reforma Liberal hasta 1985 se descompuso

la forma de organización comunitaria colonial, las cofradías, cajas de la

comunidad y hasta la forma de vida habitual de la mayoría de la población

cambiaron radicalmente al enfrentarse con las demandas de la industrialización

y la agro exportación. Además de la concentración geográfica del bienestar

resultado de los nuevos procesos de generación de riqueza, también se centralizó

el desarrollo de la infraestructura social. Las principales instituciones educativas,

culturales y de gobierno se situaron en los principales centros urbanos. Junto

con esto el proceso de decisiones y el Estado mismo se centralizó en la Ciudad de

Guatemala.

REPASO DE LAS MEMORIAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DE 1985 DESDE DISTINTAS ÓPTICAS DE LA COMISIÓN DE REDACCIÓN

Para la aprobación de la actual Constitución Política de la República de

Guatemala, se contó con el trabajo de una comisión redactora integrada por

treinta diputados de la Asamblea Nacional Constituyente, quienes someterían

un proyecto discutido y preaprobado del articulado constitucional a la Asamblea

Nacional, para su aprobación. Al haber leído el intercambio entre los miembros

de las comunidades, casi un cuarto de siglo después de la promulgación de

nuestro ordenamiento jurídico máximo, resulta interesante detenerse en esos

aspectos comunes que preocupan a las comunidades hoy, para las cuales los

constituyentes trataron de plasmar en el texto constitucional los mecanismos

que ellos consideraban adecuados para resolver problemas que persisten a la

fecha y que fueron discutidos por los redactores de la constitución. Sobre el

centralismo el representante Amando Vides Tovar recordaba durante la

discusión sobre la organización administrativa del Estado, que ya desde 1871,

Page 277: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

251

con la creación del Estado Liberal y la consolidación de la economía agro

exportadora, se provoca la centralización de las funciones administrativas,

políticas, sociales y económicas en la Ciudad de Guatemala, y que entonces la

desconcentración de recursos llevaría un cambio en la estructura agraria, lo cual

difícilmente se realizaría sin producir una perturbación en el ya frágil equilibrio

de 1985. También recordaba que la asignación de funciones que en 1944 se les

otorgó a las municipalidades, a través de la autonomía municipal, no llegó a

concretarse ya que el Estado le otorgó poca participación a éstas como

generadoras del desarrollo en su propio mecanismo de decisión, además añadía

que se concentraba en la Ciudad de Guatemala la dotación de los mejores

servicios, revirtiendo algunos de los pocos beneficios a ciudades del interior y

por lo general, por razones de índole política y no de interés nacional.

Cabe señalar que durante esta discusión no se tocó el tema de la pluralidad de

los sujetos que componían una región, más bien se redujo el tema a aspectos

técnico-legales enfocados a la descentralización administrativa y económica. No

obstante lo anterior, entre los representantes del área rural, surgió la posibilidad

de gestionar recursos y ejercer ciertas funciones desde lo rural ya que era

fundamental para un cambio real en sus localidades. Así lo expresaba el

Representante Téllez al decir “Habría que pensar en una regulación

administrativa funcional, que propicie el desarrollo de los pueblos abandonados

de la República. Es conveniente la regionalización y la descentralización

administrativa. Los diputados provincianos la propiciamos”.

La regionalización fue también apoyada por quien llegara a ocupar la

Presidencia de la República años después, el representante Ramiro De León

Carpio: “Si algo necesita Guatemala, si no a nivel de programa de gobierno,

como un distinguido Diputado lo mencionara, a nivel de norma Constitucional,

es la descentralización del país, desde el punto de vista administrativo, político y

financiero”. Aún con la importancia que le fue dada en el texto constitucional al

poder local y a la descentralización, no hubo acuerdo ni uniformidad en el

contenido que cada representante de la Comisión de los Treinta le daba a cada

concepto incluido en el texto constitucional. Para el diputado Scheel la

regionalización era ”...una estrategia de planificación para agrupar espacios

territoriales que presentan características homogéneas de clima, vocación en el

uso del suelo, recursos, cultura, etcétera. Esto permite optimizar la aplicación de

planes naturales de desarrollo urbano y regional”. Es decir, la cultura como

elemento de cohesión social era nada más un aspecto dentro de una estrategia de

planificación más bien enfocada a lo económico y administrativo. Esa idea era

compartida por la representante Soberanis, que señalaba: “La idea, por eso, no es

crear una esfera de autonomía; la idea no es darle una regionalización de tipo

político, sino una regionalización de tipo administrativo”, posición que difería

de la expresada por el representante De León Carpio, que resaltaba la

importancia de lo político. Especial atención merece la definición del

constituyente González Quezada, para quien “la región se define por los lazos

existentes entre sus habitantes, los cuales proveen comprensión, que es una

característica de coherencia y organización”. Es esta definición la más cercana a

la discusión facilitada por CANEK.

Durante las sesiones de la comisión que redactó la constitución, fueron

especialmente los representantes de los departamentos más pobres del país los

que consistentemente abogaron por la inclusión de posibilidades a futuro para

descentralizar y localizar el poder, para pedir una justa distribución de los

recursos, para que el beneficio quede en el territorio donde se genera la riqueza y

se defendió la posibilidad de ser actores directos desde lo local, por medio del

sistema de consejos de desarrollo, tanto en la ejecución como en la auditoría

social de los planes y programas de desarrollo y ordenamiento territorial.

Es importante recordar que la discusión de la Constitución se dio en un contexto

de lucha contrainsurgente, donde la estabilidad del país era más bien frágil y

donde los espacios a los diversos pueblos que forman el Estado Guatemalteco

aún era un escaño por subir.

Page 278: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

252

UN CAMBIO ESTRUCTURAL PARCIAL PERO POSIBLE, SIN CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN Las posibilidades que la Constitución Política de la República de Guatemala le

otorga a una comunidad organizada no han sido exploradas ni materializadas.

Además, leyes específicas aprobadas después de los Acuerdos de Paz brindan la

posibilidad, dentro del marco constitucional, de nuevas formas de administrar y

ordenar los territorios, instituciones propias y diferenciadas en cada región o

división administrativa. Hay flexibilidad constitucional para proponer formas

novedosas de administración de los recursos que se encuentran en cada

territorio, y para reconfigurar la división administrativa del Estado mismo, su

sistema educativo, económico y financiero. Un cambio estructural del Estado

centralista y monocultural no solo es posible, sino que es congruente con los

deberes del Estado y con los fines últimos para los cuales el Estado fue creado.

Entre los deberes del Estado que enuncia la Constitución está el deber de

garantizar el desarrollo integral de la persona224.

El Régimen económico y social de Guatemala225 obliga al Estado a orientar la

economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales y el

potencial humano, para incrementar la riqueza y tratar de lograr el pleno empleo

y la equitativa distribución del ingreso nacional. A este enunciado debe dársele la

importancia que merece ya que sería entonces en contra del régimen económico

y social que manda el ordenamiento constitucional aquel diseño social que

tienda a lograr una distribución desigual del ingreso nacional y que no desarrolle

el potencial social del país. Las obligaciones fundamentales del Estado de

Guatemala que deben resaltarse para efectos de este análisis y para someter a

escrutinio las leyes que se analizarán con posterioridad, son las contenidas en el

artículo 119 Constitucional, especialmente el inciso b) que obliga al Estado a

promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa,

para lograr un adecuado desarrollo regional del país, la c) que obliga adoptar las

224 Artículo 2. Deberes del Estado. Constitución Política de la República de Guatemala (y su

interpretación por la Corte de Constitucionalidad). Corte de Constitucionalidad (2002) 225 Artículo 118. Ibid.

medidas que sean necesarias para la conservación, desarrollo y aprovechamiento

de los recursos naturales en forma eficiente así como el i) impedir el

funcionamiento de prácticas excesivas que conduzcan a la concentración de

bienes y medios de producción en detrimento de la colectividad.

Es decir, la Constitución se orienta hacia la equidad en distribución de los

ingresos, al desarrollo regional, a la desconcentración de bienes y medios de

producción y a una sistemática descentralización. Paralelo a ello resalta la

importancia de la conservación y uso eficiente de los recursos naturales, que

como muchas buenas prácticas lo prueban, solo puede concretarse si se gestiona

por la comunidad donde se encuentran éstos. La autonomía y la

descentralización están reguladas en la Constitución. La autonomía puede ser

concedida en aquellos casos en que ésta se considere indispensable para la mayor

eficiencia y mejor cumplimiento de ciertos fines, requiriendo para la aprobación

una mayoría calificada del Congreso y debiendo, luego de ser concedida a cierta

entidad, mantener estrecha coordinación con el órgano de planificación del

Estado, remitir información al Organismo Ejecutivo y Legislativo así como ser

fiscalizable y documentar adecuadamente su gestión. Cualquier órgano de la

Administración Pública, de acuerdo al ordenamiento constitucional

guatemalteco, se puede crear, modificar o extinguir por medio de una ley así

como se pueden trasladar las competencias que se soliciten por una comunidad

o por un órgano desde el gobierno central, si así se desarrolla esta competencia

de una forma más eficiente, para el adecuado cumplimiento de los fines del

Estado.

Sobre la estructura y organización del Estado para la división administrativa del

mismo, en el artículo 224 la Constitución indica que la administración del

Estado será descentralizada, estableciéndose regiones de desarrollo con criterios

económicos, sociales y culturales, que podrán estar constituidos por uno o más

departamentos, es decir, es facultativa la conformación de regiones siguiendo el

criterio de la división administrativa del Estado vigente. Es más, la Constitución

establece dentro del mismo artículo que si conviene a los intereses nacionales se

puede modificar cualquier sistema, siempre que no se menoscabe la autonomía

municipal. La autonomía municipal que se debe respetar es la que tiene cada

Page 279: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

253

municipio de elegir sus autoridades, obtener y disponer de sus recursos, los

servicios públicos locales (que puede delegar), y el ordenamiento territorial de su

jurisdicción (que debe ser formulado por el Consejo Nacional de Desarrollo

Urbano y Rural). Sin embargo, existen una serie de competencias y funciones

que actualmente ejerce el gobierno central que podrían trasladarse a órganos

regionales con autonomía para ejercicio de dichas funciones. La división

administrativa del Estado tal cual se encuentra hoy regulada es solo una de las

muchas posibilidades que la Constitución permite, siempre que no menoscabe la

autonomía del Municipio. Una acotación importante es la siguiente: aunque se

protege la autonomía del municipio, no se establece como la única forma de

administración desde lo local. No hay provisión alguna en la Constitución

Política de la República de Guatemala que impida una forma paralela de

organización de los territorios. Sería interesante explorar la posibilidad de

constituir a territorios que pertenezcan a determinada comunidad como

entidades autónomas, actuando por delegación del Estado y estableciéndose en

los mismos regímenes especiales de administración, que ya existen en otros

cuerpos legales para temas específicos, pero es importante señalar que existe ya

cierta identificación de los sujetos por su pertenencia municipal, especialmente

en el área rural, más que la identificación que pudiera existir a nivel

departamental o regional, por lo que sería complicado crear una estructura que

se asemeje.

Considero pues que para un exitoso rediseño del Estado Guatemalteco es el

municipio la pieza de rompecabezas, el elemento indivisible del cual se puede

partir y con el cual se podría empezar para armar nuevas estructuras tanto por

su autonomía como por las posibilidades que ofrece desde la realidad nacional.

La potestad legislativa es exclusiva del Congreso de la República de Guatemala,

tal como está contemplado por el artículo 157 constitucional. Para modificar el

poder legislativo y desconcentrarlo en órganos regionales sí sería necesaria una

reforma constitucional y sería un paso necesario previo para poder modificar el

sistema tributario y la asignación de los recursos a las distintas localidades.

A continuación se describe brevemente el desarrollo legislativo posterior a la

promulgación de la Constitución Política de la República de Guatemala y se

describen las posibilidades que abre cada una de estas normativas a una

comunidad organizada.

a) Decreto 70-86 “Ley Preliminar de Regionalización”, la posibilidad de una

nueva división regional.

El objetivo de este cuerpo normativo es el de descentralizar la administración

pública y lograr que las acciones del gobierno se lleven a cabo conforme las

necesidades de la población. Es importante resaltar la definición de Región que

da dicha ley, describiéndola como “la delimitación territorial de uno o más

departamentos que reúnan similares condiciones geográficas, económicas y

sociales, con el objeto de efectuar acciones de gobierno en las que junto o

subsidiariamente con la administración pública participen sectores organizados de

la población”. Faculta en su artículo 4 a los Consejos Regionales para proponer

vía el CONADUR al Congreso de la República de Guatemala la modificación de

la integración y número de regiones. Dicha Ley es un instrumento para que se

pueda modificar la división regional del Estado y se potencie el objeto de la

Región, que es efectuar acciones de gobierno con la participación de la

población.

b) Decreto 12-91 Ley de Educación Nacional y Acuerdo Gubernativo 13-77

“Reglamento a la Ley de Educación”, la posibilidad de llevar la voz de los

pueblos a la mesa de decisión de las políticas públicas de educación.

De acuerdo al artículo 12 de la Ley Nacional de Educación, el Consejo Nacional

de Educación es un órgano multisectorial educativo encargado de conocer,

analizar y aprobar conjuntamente con el Despacho Ministerial, las principales

políticas, estrategias y acciones de la administración educativa, tendientes a

mantener y mejorar los avances que en materia de educación se hubiesen

Page 280: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

254

logrado. Dentro de dicho Consejo hay representantes de todos los pueblos que

forman el país, por lo que sería importante desde lo comunitario canalizar las

aspiraciones comunitarias en materia educativa. Por ejemplo, una estrategia

nacional para mejorar los avances educativos puede plantearse como una gestión

autónoma o rediseño de los contenidos educativos y los métodos aplicados por

los educadores en determinada comunidad o región. Este Consejo, a pesar de

tener la obligación de reunirse una vez al mes, y de estar integrado por los

diversos representantes de los pueblos que componen el Estado, no ha logrado

aprovechar el espacio y el mandato legal del cual es titular.

c) Decreto No. 14- 2002 “Ley General de Descentralización” y Acuerdo

Gubernativo 312-2002 “Reglamento de la Ley General de Descentralización”

como el vehículo para trasladar competencias

Es el instrumento legal que permite trasladar las competencias administrativas,

económicas, políticas y sociales del Organismo Ejecutivo a otras instituciones,

incluyendo las comunidades organizadas, siempre y cuando se participe desde la

Municipalidad que corresponda. Se puede transferir hacia las comunidades el

poder de decisión, la titularidad de competencia, las funciones, los recursos de

financiamiento y hasta el ejercicio del control social sobre la gestión

gubernamental y el uso de los recursos del Estado. Es una ley de orden público y

aplicación general, por lo que prevalecería sobre otros ordenamientos. Los

principios que deberían orientar el proceso incluyen la solidaridad social, la

eficiencia, el respeto a las distintas culturas e idiomas, el diálogo, la equidad, el

desarrollo humano integral, la erradicación de la exclusión social, la

conservación del equilibrio ambiental y la participación ciudadana. Además, la

ley otorga a las comunidades organizadas facultades de fiscalización y auditoría

social de los programas de descentralización que se lleven a cabo en sus

localidades. De conformidad con la Ley, una comunidad podría solicitar a la

Contraloría General de Cuentas la práctica de una auditoría a los ejecutores.

Para el traslado de una competencia hacia una comunidad organizada basta con

un Acuerdo Gubernativo del Organismo Ejecutivo, siempre que éste sea

solicitado por los destinatarios.

Estas leyes junto al cuerpo legal fundamental para la conformación y

participación de los sujetos colectivos, el Decreto 11-2002 “Ley de los Consejos

de Desarrollo Urbano y Rural” abren una gama de posibilidades para

organizarse y participar de forma activa en la ejecución y fiscalización del

desarrollo integral del país. Este grupo de leyes no solo permite diseñar

estrategias desde lo local para aliviar las necesidades inmediatas, sino también

participar en lo político. Estos espacios deben ser aprovechados para una

construcción participativa de las políticas públicas, el sistema nervioso de la

estructura del Estado. Estos espacios son necesarios para dirigir a las

instituciones para los propósitos que fueron creadas y para contrarrestar la

corrupción institucional que ahora orienta al Estado a cumplir fines particulares.

Aún si se cambiara la constitución y se aprobara la más perfecta ley de

autonomías, sin el elemento previo de la comunidad organizada, entonces

seguiría siendo un Estado frágil y disperso, sin capacidad coercitiva ni

gobernabilidad. Indica el autor mexicano Díaz Polanco226 que para que funcione

un gobierno autónomo es necesario que los colectivos que lo componen sean

reconocidos como grupos con identidades propias, puedan elegir su propio

gobierno, se demarque su ámbito territorial de actuación, tengan facultades para

ejercer poder sobre sus lenguas, usos y costumbres, puedan participar en las

instancias locales y nacionales de decisión y puedan decidir sobre sus recursos

propios y recibir recursos del gobierno central. Eso necesariamente implica

haber llevado una fase previa anterior de reconocimiento y conformación de los

colectivos.

226 Héctor Díaz Polanco. “Diez años de autonomía en Nicaragua”. ALAI, América Latina en

Movimiento (1997).

Page 281: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

255

ALGUNOS CAMINOS HACIA UN ESTADO PLURAL

Para poder entender las complejidades y distintas vías seguidas durante los

últimos años, encaminadas hacia un gobierno de autonomías, es ilustrativo

repasar ejemplos cercanos en la región, que por medio de cambios

constitucionales, legislación o movimientos sociales, han abierto las puertas a

nuevas formas de concebir el Estado. Cada sistema solo es igual a sí mismo y es

difícil pensar que un Estado puede copiar fórmulas e implementarlas, pero sí

puede aprender de los procesos y experiencias de otros países.

El primer ejemplo de proceso autonómico a describir es el de Nicaragua. En

Nicaragua fueron creados territorios con un Estatuto autónomo aprobado en

1987. Este proceso fue pedido por la comunidad y facilitado por el gobierno

central. Desde hace más de veinte años en cada Región se elige un Consejo y

Gobierno Autónomo y los resultados son positivos. Es importante notar que las

comunidades miskitas ya ejercían control sobre sus territorios, estaban

organizadas y en resistencia en un momento bastante complejo de la historia

nicaragüense. A pesar de reformas constitucionales y desarrollos legislativos

posteriores, se ha respetado y reforzado dicha autonomía y es la mejor forma

para gobernar dichos territorios de la Moskitia227.

Otra vía es la insurgente y así surge en 1994 en el Estado Mexicano de Chiapas,

el movimiento zapatista, que hasta la fecha busca una reforma fundamental del

Estado Federal. El movimiento zapatista ejerce un poder autonómico en 30

"Municipios autónomos" gobernados por 5 "Juntas de Buen Gobierno", pero aún

no se han concretado sus demandas originales.

En Bolivia el agente que activó los cambios en la estructura del Estado desde la

base fue la Ley de Participación Popular (1994) que descentraliza al Estado con

la municipalización de todo el territorio nacional. Esta reforma transfirió a la

ciudadanía amplias competencias para participar en las decisiones sobre las

227 Marlen Ivette Llanes. “El Proceso de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica

Nicaragüense.” Editorial Envío. Instituto Histórico Centroamericano. 1995.

inversiones locales y para controlar la gestión local. Esta descentralización

incluyó una importante transferencia de recursos estatales a favor de los

municipios, para que pudieran enfrentar sus nuevas competencias. El proceso

boliviano de descentralización por la vía municipal fue especialmente valioso, en

la medida en que potenció la participación social, encaminándola hacia el

ejercicio ciudadano, y avanzó en la construcción de una institucionalidad

democrática. Actualmente se discute un paso más a dar: el de la autonomía y se

enfrenta el reto de la unidad nacional228.

Por las similitudes entre los países discutidos y por la pluralidad de los

territorios que conforman el Estado guatemalteco, considero que el paso

adecuado sería de un municipalismo hacia un regionalismo-federalismo, una vez

haya sido revitalizada esa participación de cada ciudadano en los colectivos que

conforman el Estado, empezando por la participación en la política local.

ESTRUCTURA PROPUESTA Y PASOS A SEGUIR

A continuación describiré la serie de pasos a completar para que las demandas

recogidas en las memorias proporcionadas por CANEK se materialicen e

implementen en forma gradual, que satisfaga las necesidades y demandas

concretas desde cada comunidad. Me atrevo a afirmar que cualquier intento

autonómico sin la conformación de una base comunitaria organizada está

destinado al fracaso, aún cuando se cuente con una nueva constitución. La base

comunitaria organizada debe ser el punto de partida, luego vendrá la autonomía.

La clave fundamental para responder a la interrogante de qué puede hacer,

dentro del andamiaje legal guatemalteco, una comunidad organizada se

encuentra en el Decreto 11-2002 “Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y

Rural”. Considero que, conforme a lo plasmado las comunidades plurales

organizadas como un punto de partida hacia la construcción de un Estado

228 Renata Hoffmann y Martín Pérez “Participación Ciudadana en el Proceso de

Descentralización de Bolivia. FLACSO.

Page 282: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

256

Plural. En esta sección detallaré las posibilidades que tiene una comunidad

organizada dentro del ordenamiento jurídico guatemalteco.

La figura que mejor encaja en las discusiones facilitadas por CANEK es la del

Consejo Comunitario de Desarrollo, que puede ser el vehículo que los lleve a

materializar el Estado Plural al que aspiran. Cada Consejo Comunitario de

Desarrollo tiene por objeto que los miembros de una comunidad interesados en

promover y llevar a cabo políticas participativas, se reúnan para identificar y

priorizar los proyectos, planes y programas que beneficien a su comunidad. Al

integrarse determinada comunidad y cada vez que haya que decidir algo, se

realiza una Asamblea Comunitaria, la cual es el órgano de mayor jerarquía del

Consejo, compuesta por todos los integrantes. Las decisiones en el Consejo

deben tomarse por consenso y solo excepcionalmente, por mayoría de votos.

Esto quiere decir, de acuerdo a la definición del Diccionario de la Real Academia

Española, que debe haber acuerdo entre todos los miembros de la comunidad.

Las políticas para un Estado Plural que se proponen pueden ser puestas en

práctica a través del Sistema de Consejos de Desarrollo, ya que desde la

Asamblea Comunitaria pueden:

� Decidir quiénes coordinarán a su comunidad organizada y por cuánto

tiempo. Esto lo pueden hacer de acuerdo a sus propios principios, valores,

normas y procedimientos de cada comunidad. No tiene que ser de acuerdo a

una forma estandarizada.

� Desde un Consejo Comunitario se puede promover, facilitar y apoyar la

participación efectiva de sus miembros para establecer qué es lo más

importante para ellos como necesidades comunitarias, qué problemas

enfrentan como comunidad y cuáles son las soluciones que proponen para

lograr un desarrollo integral.

� También son la herramienta para coordinar entre las autoridades

comunitarias, las organizaciones que ya existan en la comunidad y las

instituciones públicas y privadas. Son el mecanismo idóneo para

comunicarse desde la comunidad hacia éstas como un sujeto colectivo

representado y no desde lo individual.

� A través de la organización de un consejo comunitario es posible promover

políticas, programas y proyectos diseñadas por la propia comunidad y

dirigidos hacia grupos priorizados de la misma, como son niños,

adolescentes, jóvenes y mujeres.

El Consejo Comunitario tiene la posibilidad de:

� Proponer Políticas Públicas, Planes, programas y proyectos diseñados desde

la Asamblea Comunitaria hacia el Consejo Municipal de Desarrollo, para

que éste lo incorpore en las políticas del municipio.

� Dar seguimiento a la ejecución de las políticas, programas y proyectos de

desarrollo comunitario y hasta proponer medidas correctivas al Consejo

Municipal de Desarrollo o a la entidad que los ejecute. Ésta función es muy

importante en términos de auditoría social cooperativa.

� Evaluar la ejecución, eficacia e impacto de los proyectos de desarrollo.

� Tienen la potestad de promover la obtención de financiamiento para

programas y proyectos de desarrollo a la comunidad. Pueden además

aportar insumos a la política fiscal a seguirse por el gobierno central.

� Tienen una labor de denuncia importante: pueden reportar sobre el

desempeño de los funcionarios públicos con responsabilidad sectorial en la

comunidad.

Aunque la misma ley delimita la posibilidad de crear COCODES por los

residentes de una misma comunidad, el Reglamento de la Ley limita la

posibilidad de integración de los COCODES a solamente aquellos residentes

dentro de una misma aldea. Sin embargo, la modificación de dicho reglamento

depende enteramente del Organismo Ejecutivo y es mucho más fácil modificarlo

y adaptarlo a las necesidades específicas de cierta comunidad.

Page 283: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

257

Considero que dentro del Sistema de Consejos de Desarrollo, la comunidad, a

través de su participación activo, y respaldada por los otros cuerpos normativos

ya detallados, puede materializar y dotar de contenido y acción a estas políticas:

1 Desarrollo de un espacio de decisión política comunitaria y regional que

permita el desarrollo de las instituciones políticas propias tanto locales como

regionales, y la construcción desde la comunidad y la región de instituciones

estatales.

2 Desarrollo de un órgano regional con facultades para administrar y gobernar

el municipio y la región (con las limitantes ya descritas supra en el tema

legislativo).

3 Creación de un órgano regional con facultades de regulación económica que

permita desarrollar propuestas de reforma agraria para la consolidación de

una mejor equidad económica y de posesión del territorio apto para el cultivo,

así como de implementación de políticas públicas para el desarrollo de la

soberanía alimentaria.

4 Consolidación de una propuesta de región autónoma con su propio

ordenamiento territorial cuya implementación permita interpretar y poder

ejercer los derechos colectivos y poder vivir en un Estado verdaderamente

plural de acuerdo con a la diversidad cultural.

El objetivo de participación representativa, espíritu de los derechos colectivos y

las formas originarias de interpretar el mundo, puede darse dentro del Consejo

Comunitario. Permite adaptarlo a las prácticas originarias pero además hacer

que éstas se adapten para incluir a otros miembros de la comunidad, y esto a su

vez abre la puerta para plantearse objetivos comunes y ejecutar acciones de

manera conjunta, más allá de los propósitos individuales de cada persona o

grupo. También permite crear alianzas con organizaciones que apoyen el

proceso. El Consejo Comunitario no debería ser paralelo a los Consejos

tradicionales, sino una forma de fortalecer el sistema de Consejos y las formas

originarias de organización existentes en las comunidades. Desde los Consejos

Comunitarios y hacia los Consejos Municipales, Departamentales y Regionales

de Desarrollo existen las vías para generar círculos de diálogo con instituciones

gubernamentales y no gubernamentales, para diseñar las políticas públicas que la

comunidad quiere. Pero para ello se necesita la participación y el compromiso

de cada miembro que compone la comunidad.

El Sistema de Consejos de Desarrollo debe ser estudiado con detenimiento y

explorado en la práctica por las comunidades, independientemente de que ya

existan estas instancias en sus comunidades, ya que en su correcta aplicación

debería facilitar los aspectos culturales y políticos que la comunidad busca para

configurar un Estado Plural, la construcción de un perfil de representantes de

acuerdo con la cosmovisión de cada pueblo, la promoción y facilitación de la

organización y participación comunitaria, y la auditoria social a las entidades

encargadas de garantizar los derechos colectivos así como los distintos y

particulares mecanismos de participación en la toma de decisiones y el

fortalecimiento de las autoridades legítimas de la comunidad. Reitero que las

decisiones por consenso que promueve el Sistema de Consejos de Desarrollo son

de suma utilidad ya que permiten la apertura al diálogo, discusión y

participación de todos los miembros de la Asamblea Comunitaria. Propicia

escuchar al otro, debatir, cambiar el rumbo de la mayoría hacia un camino para

todos. Esto solo se puede lograr asumiendo el compromiso personal del ejercicio

de una ciudadanía activa e informada.

CONCLUSIÓN

El fin que buscan alcanzar las comunidades reunidas es el de “Construir un

Estado compuesto, es decir que rompa con el actual monopolio del poder

legislativo concentrado en un solo órgano, con el fin de consolidar un modelo

matricial del poder, es decir la construcción de tantos puntos de poder como

sujetos colectivos se consoliden, que permita la horizontalidad y el desarrollo de la

ciudadanía diferenciada”

Page 284: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

258

La participación social está ligada por definición a la descentralización y

viceversa. Es un aspecto que fue discutido extensivamente por los redactores de

la Constitución del año 1985. Es innegable que el continuar un sistema

centralista donde las desigualdades sociales son a su vez desigualdades de

ciudadanía que impiden el ejercicio de los derechos colectivos no es la vía

correcta. Es un tema en torno al cual existe consenso académico y político pero

que, contradictoriamente no avanza hacia una nueva dirección. Mientras la

problemática nacional avanza, el Estado se hace más ineficiente y débil. Sin una

ciudadanía activa y ejercida en forma colectiva y desde lo local, la población es

altamente susceptible de ser convencida por proyectos clientelistas y

paternalistas, atomizados y sin relación.

Esto no solo reduce la capacidad de auditoria social sino además neutraliza la

posibilidad de actuar como colectivo para la participación en la solución de sus

problemas. La percepción de inequidad y el no tomar parte en las decisiones que

importan a la comunidad incrementa la desconfianza al interior de los grupos

sociales reduciendo la formación de capital social y la operación en redes,

esencial para las nuevas formas de desarrollo territorial.

Aunque en este documento sugiero que es necesario que previamente o

paralelamente al planteamiento de una refundación del Estado (una nueva

constitución) o de una Reforma a la actual, se desarrolle, fortralezca y

aprovechen los espacios y las facultades que la actual Constitución otorga a las

comunidades organizadas, también creo que es un paso modesto. No basta para

la construcción de un Estado Plural pero es el punto de partida.

Guatemala, para avanzar hacia otra etapa, necesita reformar su sistema de

partidos políticos. Por la historia y las condiciones sociales actuales, únicamente

una organización política que se base en las alianzas de estas comunidades

organizadas puede tener el apoyo de base y la claridad para lograr metas

comunes y el necesario acomodo de las élites locales que tendrían que aprender

a compartir el ejercicio del poder, ya no centralizado en un territorio y en un

sistema plural. Compartir el poder y descentralizar su ejercicio son las vías que

quedan para liberar a las instituciones estatales de la corrupción institucional

que las aqueja, del tráfico de influencias que ha distorsionado y deslegitimado

ante los ojos de la ciudadanía lo público, y la credibilidad que lo público tiene

ante la comunidad y que va más allá de meros favores o sobornos. Para poder

lograrlo es necesario primero participar para luego neutralizar las economías de

influencia, la corrupción institucional que corroe todas las instituciones, desde

las locales hasta las nacionales y regionales. Eso solo lo logra una ciudadanía

activa e incluyente, que espacios como CANEK busca facilitar y construir.

RENATA ÁVILA

Es Licenciada en Ciencias Jurídicas y

Sociales, cuenta con una Maestría en

Propiedad Intelectual (Universidad de

Turín), asistió a la Academia de Derecho

Internacional en La Haya, Holanda. Fue

pasante en la Corte Interamericana de

Derechos Humanos, trabajó como

investigadora y litigante en casos de acceso

a la justicia de los pueblos indígenas en

Guatemala, publicando diversos estudios

de justicia transicional. Ha participado en

la investigación de Global Integrity Report

2008, Privacy and Human Rights del

Electronic Privacy Center en Washington . Actualmente trabaja como analista de

políticas públicas para Fundación Guatemala 2020 y colabora como consultora

independiente para la iniciativa OpenNet, un proyecto de cuatro universidades,

liderado por el Centro Berkman de la Universidad de Harvard. Es la encargada

del Proyecto de Creative Commons Guatemala, y autora de Guatemala para

Global Voices Online.

Page 285: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

259

KAMEKAMEKAMEKAME

1 Documentos de apoyo

2 Créditos

Page 286: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

260

Page 287: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

DOCUMENTOS DE APOYO SOBRE DERECHOS COLECTIVOS Y MARCO JURÍDICO DE LOS DERECHOS COLECTIVOS

Disposiciones internacionales relativas a sistemas de autogobierno

http://www.box.net/shared/dcx1eznsad

Marco legal de la consulta popular en Guatemala

http://www.box.net/shared/uiqaqx5x6p

El papel de la corte y comisión interamericanas de derechos humanos:

presentación de generalidades y análisis del modo en que abordan el tema de

derechos colectivos en el ejercicio de sus funciones

http://www.box.net/shared/z1cpctp8y1 Los movimientos de protesta sobre derechos colectivos y acuerdos derivados

http://www.box.net/shared/urv3xtob2n

Acciones relevantes y recientes bajo el contexto de los derechos colectivos en

los países de Latinoamérica

http://www.box.net/shared/bmmbjmzp14

El marco jurídico sobre la descentralización en Guatemala

http://www.box.net/shared/o8ssbrvmjv

Entidades con visión de defensa y promoción de intereses sociales y

derechos colectivos en Guatemala y Mesoamérica

http://www.box.net/shared/dnkuk6q7qh

Instrumentos internacionales con importancia para la aplicación y defensa

de los derechos colectivos en Guatemala

http://www.box.net/shared/2i9vjak85k

Disposiciones del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales

en países independientes que ocupan a los derechos colectivos en relación a

las esferas de la cultura

http://www.box.net/shared/ypqbdvn8jh

Ciclo de entrevistas sobre diversidad cultural y desigualdad estructural en el

ámbito de relación social, política, económica y jurídica en Guatemala.

Entrevistas con Daniel Matul, Edgar Esquit, Aroldo Camposeco, Irma Alicia

Nimatuj, Mario Roberto Morales, Martín Arévalo, Miguel Ángel Reyes,

Míriam Bolaños, Reny Bake, Ricardo Zapeda y Susana Gauster

http://www.box.net/shared/du9epk1qa8

La construcción de comunicación intercultural aplicada. Propuesta

intercultural y sistema de indicadores para la adecuación de proyectos,

programas y políticas a la realidad plural de Guatemala, y su incidencia en

las desigualdades estructurales de carácter cultural

http://www.box.net/shared/qsxigk70qu

El sistema de multimunicipalidad, intermunicipalidad y autogobierno

http://www.box.net/shared/uqglnu4eyz

Page 288: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

260

BIBLIOGRAFÍAS, REFERENCIAS Y ANEXOS

BIBLIOGRAFÍAS

CULTURA, DERECHOS COLECTIVOS, TERRITORIO Y DISTRIBUCIÓN DEMOCRÁTICA DEL PODER ANTE LA DESIGUALDAD ESTRUCTURAL

BIBLIOGRAFÍA I

MEMORIAS DE TRABAJO DE LOS ESPACIOS DE DEBATE ABIERTOS POR CANEK EN EL 2009 DE LAS CUALES SE HA ELABORADO ESTE CAPÍTULO

Foros nacionales

Criterios de elegibilidad para determinar a un colectivo como sujeto poseedor de

derechos. 5 de febrero de 2009, Centro Cultural de España en Guatemala.

Redefinición territorial de los límites administrativo políticos de Guatemala desde

la interpretación comunitaria de los derechos colectivos. Del 9 al 11 de

septiembre, en Chiquimulilla.

Formulación de bases de política cultural para la distribución y democratización

estructural del poder. Del 2 al 6 de noviembre, en Livingston.

Espacio de debate, Radio Conciencia Colectiva 106.9 FM

¿Qué es la colectividad y cómo se genera la conciencia colectiva? ¿Cómo lo

interpretan las mujeres como ciudadanas y como movimiento social y político?, 6

de mayo

Imaginarios sociales e identidad colectiva. 20 de mayo.

Autodeterminación del colectivo mediante los mecanismos de consulta popular: El

caso de san Juan Sacatepéquez. 3 de junio.

Soberanía alimentaria y reforma agraria en el acceso a los derechos colectivos a la

tierra y a la autosuficiencia. 1 de julio.

Racismo, derechos colectivos y medioambiente. 22 de julio de 2009.

Territorio y representatividad comunitaria. 2 de septiembre.

La Constitución de 1985 ante la realidad plural guatemalteca. 2 de diciembre

Políticas culturales para un Estado Plural. 9 de diciembre

Ciclo intergeneracional de debate sobre colectividad y derechos colectivos

¿Qué entienden los jóvenes, los adultos y los ancianos por colectivo y conciencia

colectiva? 16 de mayo de 2009.

¿Qué propuestas existen de los jóvenes, adultos y ancianos de los cuatro pueblos de

Guatemala para construir una ciudadanía plena, donde todos nos sentamos

útiles, partícipes y representados en las instituciones públicas y civiles? 27 de junio

de 2009,

¿Cuál ha sido, es y debería de ser el poder de los colectivos locales y el compromiso

intergeneracional en la construcción de nuevas instituciones públicas? 1 de agosto

de 2009.

Page 289: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

261

Consultas comunitarias sobre territorio y derechos colectivos

La Esperanza, 1 de octubre.

San Juan Ostuncalco, 7 de octubre.

Quetzaltenango, 8 de octubre.

Cajolá, 11 de octubre.

San Bartolomé Milpas Altas, 13 de octubre.

Concepción Chipirichapa, 14 de octubre.

San Antonio Aguas Calientes, 15 de octubre.

Acatenango, 17 de octubre.

Chimaltenango, 23 de octubre.

Comunidad Emergente de Conocimiento Jun K'olib'al Kech Achlaxinem Pa

Qano'jib'al, centro de reuniones en Casa No’j, Quetzaltenango

25 y 26 de marzo, 28 y 29 de abril, 27 y 28 de mayo, 22 y 23 de julio, 19 y 20 de

agosto, 28 y 29 de octubre

Comunidad Emergente de Conocimiento Moloj Naoj Kaqchikel, centro de

reuniones en la Casa de la Cultura, Chimaltenango

2 y 3 de abril. 7 y 8 de mayo. 4 y 5 de junio. 30 y 31 de julio. 27 y 28 de agosto, 22

y 23 de octubre.

Reuniones grupales de las Comunidades Emergentes de Conocimiento

12 y 13 de marzo en Guatemala. 25 y 26 de junio en La Antigua Guatemala. 12 y

13 de noviembre en Quetzaltenango.

BIBLIOGRAFÍA II

LIBROS Y DOCUMENTOS EN LÍNEA CONSULTADOS

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. ¿Qué es la CIDH?

Organización de los Estados Americanos –OEA-,

http://www.cidh.oas.org/que.htm

Albó C., Xavier y Barrios, Franz. Por una Bolivia plurinacional e intercultural

con autonomías. Bolivia: Cuaderno de Futuro 22. Informe sobre

desarrollo humano. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

(PNUD). 1ª edición. Bolivia, 2007.

Amaya Banegas, Jorge Alberto. Reimaginando” la nación en Honduras: de la

“nación homogénea” a la “nación pluriétnica”. Los negros garífunas de

Cristales, Trujillo. Honduras, septiembre 2005.

Ansuátegui Roig, Francisco Javier (diversos autores). Una discusión sobre

derechos colectivos. Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las

Casas”. Universidad Carlos III de Madrid. Dykinson, 2001.

Burguete Cal, Araceli. Reformar el municipio: autogobierno indígena y régimen

multimunicipal. Enlace - expresiones de la Sociedad Civil: Revista Digital

de la Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales, Nueva

Época, Año 4, Número 3, Chiapas, México, 2006.

CANEK – Observatorio Cultural (2008). Construcción de comunicación

intercultural aplicada. Guatemala: Centro Cultural de España en

Guatemala, Ediciones Librovisor. Guatemala, 2008.

Page 290: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

262

Carlsen , Laura. Autonomía Indígena y usos y costumbres: la innovación de la

tradición. Revista Chiapas, México, 2005,

http://www.prodiversitas.bioetica.org/nota26.htm.

Carta de la Organización de los Estados Americanos. Secretaría General de la

Organización de Estados Americanos, Colombia, Año 1948.

Caso Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni, Corte Interamericana de

Derechos Humanos, sentencia de 31 de agosto de 2001. Serie C No. 79.

Código Municipal. Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República,

Guatemala, 2002.

Cojtí, Demetrio; Son Chonay, Elsa; Rodríguez Guaján, Raxche’. Nuevas

perspectivas para la Construcción del Estado Multinacional. Fundación

Cholsamaj. Guatemala, 2007.

Constitución Política de la República de Guatemala. Asamblea Nacional

Constituyente, Guatemala, 1985.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada

en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, Última

Reforma: 1-06-09, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión,

México, 1917.

Convención Americana sobre Derechos Humanos. Conferencia Interamericana

Especializada sobre Derechos Humanos, Secretaría General de la

Organización de los Estados Americanos, San José, Costa Rica, Año

1969.

Convención Internacional sobre todas las Formas de Discriminación Racial.

Resolución 2106 A (XX), Asamblea General de las Naciones Unidas, 21

de Diciembre de 1965 * Ratificada por Guatemala el 18 de Enero de 1983.

Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países

Independientes. Organización Internacional de Trabajo. Año 1989.

Darcy. Dilema de América Latina. Siglo XXI, México 1971 (en: Revista

Confluencia, año 1, invierno 2003. Mendoza, Argentina).

De León Terrón, María Cecilia. Principios Constitucionales en Materia

Tributaria y su Aplicación en el Régimen Municipal Guatemalteco. Tesis

de grado, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Mariano

Gálvez de Guatemala, Guatemala, 2004.

De Vallescar, Diana. Cultura, multiculturalismo, interculturalismo. Hacia una

racionalidad intercultural. P.S. Editorial. Madrid, 2000.

Declaración de Iximché: III Cumbre Continental de Pueblos y Nacionalidades

Indígenas de Abya Yala. Archivo Abya Yala, Guatemala, 2007.

http://www.cumbrecontinentalindigena.org/quien_guate.php

Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos

Indígenas. Asamblea General de las Naciones Unidas, Año 2007.

Declaración Universal de los Derechos Humanos” – Resolución 217 A (III),

Asamblea General de las Naciones Unidas, París, 1948.

Derecho Maya. Boletín Electrónico, Centro de Investigaciones Regionales de

Mesoamérica (CIRMA), Guatemala, 2009.

Page 291: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

263

Díaz Polanco, Héctor. La Rebelión Zapatista y la autonomía. Siglo veintiuno

editores. México, 2007.

Dirección General de Inmigración, Cooperación de Desarrollo y Voluntariado.

Observatorio de las migraciones y de la convivencia intercultural de la

ciudad de Madrid. Apuntes metodológicos, teóricos y prácticos para el

análisis de la participación social en contextos de diversidad cultural.

Municipalidad de Madrid. España, 2006.

Estatuto de Autonomía de Catalunya. Aprobado por las Cortes Generales de

España, Cataluña, 2006.

Estatuto de Autonomía de las Dos Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua.

Ley No. 28, Asamblea Nacional de la República de Nicaragua,

Nicaragua.

Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Asamblea General

de la Organización de Estados Americanos, Bolivia, Año 1979; Art. 1 y 2.

Foro Andino, Ambientalistas y Pueblos Indígenas por la Justicia Climática,

Noticias, Censat Agua Viva, Amigos de la Tierra, Colombia, 2009,

http://www.censat.org/noticias/2009/2/6/19-Mar-2009-Ambientalistas-

y-Pueblos-Indigenas-en-alianza-por-la-Justicia-Climatica/

Foster, Hal y Baudrillard, J. La posmodernidad. Editorial Cairos. 1985.

García Gutiérrez, Antonio. Desclasificados, Pluralismo lógico y violencia de la

clasificación. Fondos Europeos de Desarrollo Regional –FEDER- España,

2007.

Gutiérrez, Rolando Alonzo. La Cooperación Intermunicipal en Guatemala: Un

perfil de nuevas formas de Gestión del Desarrollo Local. Reestructuración

Económica y Transformaciones Institucionales en Centroamérica y

México, Revista Pueblos y Fronteras Digital, Número 1, Universidad

Autónoma de México, México, 2006,

http://www.pueblosyfronteras.unam.mx/a05n1/art_03.html

Heckt, Meike. Guatemala, pluralidad, educación y relaciones de poder. Educación

intercultural en una sociedad étnica dividida. Asociación para el Avance

de las Ciencias Sociales (AVANCSO), Ciudad de Guatemala, 2004.

Historia de la Constitución de Guatemala. Mil y una Lunas, Guatemala, 2008,

http://milyunalunasmp.blogspot.com/2008/08/historia-de-la-

constitucin-de-guatemala.html.

Honduras: II Conferencia Nacional de Solidaridad. Ciencias Sociales

Centroamericanas, Enlace Académico;

http://www.enlaceacademico.org/pizarra-

informativa/eventos/honduras-ii-conferencia-nacional-de-solidaridad

Ibarra, Mario. Notas Sobre Algunos Instrumentos, Documentos y Actividades

Internacionales para una Discusión e Implementación del Derecho de

Libre Determinación de los Pueblos Indígenas. Ensayo, Primera

Impresión, Guatemala, 2007.

III Foro Social Américas. Foro Social Américas, Guatemala, 2008.

http://www.forosocialamericas.org/guate.php

Indígenas de el Salvador Exigen Reconocimiento Oficial de sus Derechos.

Noticias, Radio La Primerísima, Nicaragua, 2009,

http://www.radiolaprimerisima.com/noticias/10210

Page 292: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

264

Iniciativa de Ley de Consulta a Pueblos Indígenas. Comisión de Comunidades

Indígenas del Congreso de la República, Programa Valores

Democráticos y Gerencia Política OEA, Guatemala, 2007.

José Aylwin O. Derechos Humanos y Pueblos Indígenas. Tendencias

Internacionales y Contexto Chileno, Instituto de Estudios Indígenas /

Universidad de la Frontera, Primera Edición, Chile, 2004, Pag. 34.

Ley 134-94, Congreso de Colombia, República de Colombia, Gobierno Nacional,

1994.

Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural. Decreto 11-2002 del

Congreso de la República, Guatemala, 2002.

Ley electoral y de partidos políticos. Decreto 1-85, Asamblea Nacional

Constituyente, Guatemala, 1985.

Ley Fundamental de Kuna Yala. Aprobada por delegados de todas las

comunidades de la Comarca Kuna Yala, Kuna Yala, 1995.

Los Derechos Indígenas, una discusión que ya dura más de 400 años. Diario de

Yucatán y Periódico Por Esto, Yucatán: Identidad y Cultura Maya,

Universidad Autónoma de Yucatán, México, D. F., 2008

http://www.mayas.uady.mx/breves/sep2008.html

Marco de la descentralización. Por una política efectiva de Descentralización, El

marco legal de la descentralización: ¿facilitador u obstaculizador del

proceso?, Primera edición, Cetro de Investigaciones Económicas

Nacionales, Guatemala, 2003.

Nicaragua: Relator especial aplaude titulación de territorio de comunidad

Indígena. Centro de Noticias ONU, Naciones Unidas,

http://www.un.org/spanish/News/fullstorynews.asp?newsID=14359&cri

teria1=Nicaragua&criteria2=indigenas

Noëlle Chamoux, Marie y Contreras, Jesús. La gestión comunal de los recursos.

Economía y poder en las sociedades locales de España y América Latina.

Icaria. Institut Català d’Antropologia. Barcelona, 1993.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Resolución 2200 A (XXI),

Asamblea General de las Naciones Unidas, Año 1966 * Adhesión de

Guatemala el 5 de mayo de 1992.

Panamá: Visita de Relator de ONU. Noticias, Prensa Indígena, México, 2009,

http://www.prensaindigena.org.mx/nuevositio/2009/02/07/panama-

visita-de-relator-de-onu/

Paz, Octavio. La búsqueda del comienzo. Espiral, ensayo. Editorial Fundamentos.

Madrid, 1980.

PNUD Guatemala. Diversidad Étnico – Cultural: La ciudadanía en un Estado

Plural. Informe Nacional de Desarrollo Humano 2005. PNUD

Guatemala, 2006.

Por una política efectiva de descentralización. Reforma del Estado,

Publicaciones, Centro de Investigaciones Económicas Nacionales –

CIEN, Guatemala, 2008.

http://www.cien.org.gt/index.aspx?menu=80&indice=89

Presentan Texto sobre Derechos Indígenas (Mérida). Noticias, Yucatán a la

Mano.com, México, D. F., 2009,

http://yucatanalamano.com/noticia/presentan-texto-sobre-derechos-

indgenas-mrida

Page 293: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

265

Programa de Capacitación para Mujeres en los Consejos de Desarrollo Urbanos

y Rurales de la Secretaría Presidencial de la Mujer. La Descentralización,

Base de la Democracia Local. Secretaría Presidencial de la Mujer,

Guatemala, 2009.

Pú Cach, Higinio.Sistema de cargos y funciones de las autoridades indígenas.

Defensoría Indígena Wajxaquib’ No’j. Guatemala, 2008.

Pueblos Indígenas de Costa Rica reinician la Lucha por sus Derechos” – Agencia

Latinoamericana y Caribeña de Comunicación, Buenos Aires,

Argentina, 2009,

http://www.alcnoticias.org/interior.php?codigo=13582&format=pulpito

&PHPSESSID=c6bb8cd90f517f8afb29a

Rivera Dorado, Miguel. La Ciudad Maya. Un escenario Sagrado. La mirada de la

historia. Editorial Complutense. España, 2001.

Rodríguez García, Armando. La intermunicipalidad y el despertar del

municipalismo iberoamericano. Valladolid en América: El

Municipalismo y su proyección Iberoamericana, Universidad Central de

Venezuela, Venezuela, 2007, http://ar.vlex.com/vid/intermunicipalidad-

despertar-iberoamericano-41777900

Sandoval, Miguel Ángel. De Iximché a Iximché. El recorrido reciente de las luchas

indígenas. Cuadernos del presente imperfecto. Nº 7. FyG Editores.

Guatemala, 2008.

Sanford, Victoria. Guatemala: del genocidio al feminicidio. Cuadernos del

presente imperfecto. Nº 5. FyG Editores. Guatemala, 2008.

Tob’nel Tinamit. Defensa Legal. Pueblos indígenas y Derechos Colectivos.

Sistematización y cuadernos populares. Organización Internacional del

Trabajo. Proyecto fortalecimiento de la capacidad de defensa legal de los

pueblos indígenas en América Central. Guatemala, mayo 2006.

Torbisco Casals, Neus. Minorías culturales y derechos colectivos: un enfoque

liberal. Tesis doctoral.

www.tesisenxarxa.net/TESIS_UPF/AVAILABLE/TDX.../tntc1de1.pdf

Torres-Rivas, Edelberto. Las Izquierdas, Rigoberto Menchú, la Historia.

Cuadernos del presente imperfecto. Nº 1. FyG Editores. Guatemala,

2007.

VII Congreso de Estudios Mayas. Democracia Multicultural Blogspot,

Guatemala, 2009,

http://democraciamulticultural.blogspot.com/2009/03/vii-congreso-de-

estudios-mayas.html

Villaverde Menéndez, Ignacio. Los datos en un estado plural: proteger datos en el

Estado de las Autonomías. Agència Catalana de Protecció de Dades.

Barcelona, 2006.

Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter Benjamín en la

Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente imperfecto Nº

3. Guatemala, enero de 2008

X Reunión Extraordinaria de la Comisión de Pueblos Indígenas y Etnias. Actas,

Pueblos Indígenas, Parlamento Latinoamericano, Panamá, 2009,

http://www.parlatino.org/web/es/comisiones-permanentes/pueblos-

indigenas/actas/816-x-reunion-extraordinaria-de-la-comision-de-

pueblos-indigenas-y-etnias.html

Page 294: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

266

HISTORIA DE CONQUISTA Y EXPLOTACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL TERRITORIO DE GUATEMALA

------- (1998). La alcaldía indígena en Guatemala: de 1944 al presente.

Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de Investigaciones

Económicas y Sociales.

“Artículo de la Constitución del Estado de Guatemala de 11 de octubre de 1825,

declarando los pueblos que componen el territorio del Estado” y

“Decreto de la Asamblea Constituyente del 4 de noviembre de 1825,

dividiendo el territorio del Estado en siete departamentos”, en Pineda de

Mont, Manuel (1869). Recopilación de las Leyes de Guatemala… Tomo I.

Guatemala: Imprenta de la Paz.

Barrios, Lina (1996). La alcaldía indígena en Guatemala: Época colonial (1500-

1821). Guatemala: Universidad Rafael Landívar, Instituto de

Investigaciones Económicas y Sociales.

Del Valle, José Cecilio (1930). “Descripción geográfica del Estado de

Guatemala”, en Valle, José del; y Valle Matheu, Jorge del.

(Compiladores). Obras de José Cecilio del Valle. Tomo II. Guatemala:

Tipografía Sánchez y De Guise, 1930.

García Peláez, Francisco de Paula (1851). Memorias para la historia del antiguo

Reyno de Guatemala. Guatemala: Levantamiento Tipográfico de L. Luna.

Juarros, Domingo (1938). Compendio de la historia de la Ciudad de Guatemala.

2 volúmenes, 3ª ed. Guatemala: Tipografía Nacional.

Lutz, Christopher H. y Lowell, George (1991). “Centro y periferia en la

Guatemala colonial,” en Lutz, Christopher; Lowell, George; Taracena,

Arturo; y Ortmayr, Norbert (1991). Territorio y sociedad en Guatemala,

tres ensayos históricos. Guatemala: Centro de Estudios Urbanos y

Regionales (CEUR).

Morales Urrutia, Mateo (1961). La división política y administrativa de la

República de Guatemala. Con sus datos históricos y de legislación. 2

tomos. Guatemala: Editorial Iberia-Gutenberg.

Palma Murga, Gustavo. (Coordinador). (1993). La administración político-

territorial en Guatemala: una aproximación histórica. Guatemala:

Escuela de Historia, USAC.

Pinto Soria, Julio César (1987). El Valle Central de Guatemala (1524-1821): Un

análisis acerca del origen histórico económico del regionalismo en

Centroamérica. Guatemala: CEUR.

Quesada Saldaña, Flavio (2005). Estructuración y desarrollo de la administración

política territorial de Guatemala en la Colonia y la época independiente.

3ª ed. Guatemala: Editorial Universitaria, USAC. CEUR.

Rubio Sánchez, Manuel (1973). Comercio terrestre de y entre las Provincias de

Centro América. Guatemala: Editorial del Ejército.

Samayoa Guevara, Héctor (1978). Implantación del Régimen de Intendencias en

el Reino de Guatemala. Guatemala: Editorial Piedra Santa.

Taracena Arriola, Arturo (1991). “El desarrollo económico y las fronteras de

Guatemala: El Estado de los Altos 1770-1838” en Lutz, Christopher;

Lowell, George; Taracena, Arturo; y Ortmayr, Norbert. Territorio y

sociedad en Guatemala, tres ensayos históricos. Guatemala: CEUR.

Page 295: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

267

Taracena Arriola, Arturo (2000). Invención criolla, sueño ladino, pesadilla

indígena. Los Altos de Guatemala: de región a Estado (1740-1871). 2ª ed.

Guatemala: CIRMA.

Taracena Arriola, Arturo; Pira, Juan Pablo; y Marcos, Celia. Los departamentos y

la construcción del territorio nacional en Guatemala 1825-2002.

Guatemala: ASIES, s.a.

Torres Moss, José Clodoveo (1979). La administración de justicia en la Indias.

Tesis de Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales. Facultad de

Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad Mariano Gálvez.

Villacorta, José Antonio (1942). Historia de la Capitanía General de Guatemala.

Guatemala: Tipografía Nacional.

MECANISMOS DE INDIVIDUALIZACIÓN DEL DERECHO EN ÁMBITOS LOCALES Y SU REPERCUSIÓN EN LA SUBSISTENCIA Y DESARROLLO DE SUJETOS COLECTIVOS Cupil López, Alfredo (1999). El libro de la palabra. Proyecto de Educación, Maya

Intercultural. Guatemala: Ministerio de Educación - Cooperación

Alemana, GTZ.

Sacalxot, Martín (2002). “Las generaciones de los Derechos Humanos”.

Documento tutelar de derechos colectivos y específicos de los pueblos

indígenas. Defensoría Indígena, PDH.

Sistema de Naciones Unidas (2005). Informe de Desarrollo Humano, Guatemala

la fuerza incluyente del desarrollo Humano, Guatemala.

Constitución Política de la República de Guatemala, 1985.

Ley General de Descentralización, 2002.

Reglamento de la Ley General de Descentralización, 2002.

Ley de Consejos de desarrollo urbano y rural, 2002.

Código Municipal, 202

EL RECLAMO DEL DERECHO COLECTIVO DE LA TIERRA: EL CASO DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS ANCESTRALES PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD XINCA DE JUMAYTEPEQUE Boletín Informativo del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

MAGA no 38 año 1997.

Constitución Política de la República de Guatemala.

Convenio169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.

Gall, Francis (1981). Diccionario geográfico de Guatemala. Tomo II. Guatemala.

Estatutos de la Comunidad agrícola de Jumaytepeque. Expediente del Caso.

Defensa Legal Indígena. Año 2003 al 2005.

(2000). Investigación socio-cultural con la comunidad Educativa. Guía del

docente y etnografía preliminar de Santa Rosa con énfasis en la cultura

xinca.

Page 296: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

268

Sifontes, Polo y Guillermo Corado, Guillermo (1984). Monografía de Cuilapa.

Guatemala: Francis. Editorial CENALTEX, José de Pineda Ibarra.

Ministerio de Educación.

INE (2003). Población y locales de habitación particulares censados según

departamento y municipio, 2002. Guatemala.

MINUGUA. Tierra, identidad y conflicto en Guatemala. Dinámicas Agrarias

Tomo 5.

LA (AUSENCIA DE LA) DEMANDA AUTONÓMICA EN GUATEMALA Adams, Richard y Bastos, Santiago (2003). Relaciones étnicas en Guatemala,

1944-2000. Guatemala: Centro de Investigaciones Regionales de

Mesoamérica.

Ajxup, Virgina; Hurtado, Juan José y Rogers, Oliver (en prensa). “El

Movimiento Maya al fin del Oxlajuj B’aqtun: retos y desafíos”, en Bastos,

Santiago y Brett, Rodderick (compiladores). El Movimiento Maya de

Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG Editores.

Anónimo (sin fecha). “Nacionalismo maya y marxismo”. Guatemala:

documento.

Arias, Arturo (1985). “El movimiento indígena en Guatemala: 1970-1983”, en

Menjívar, Rafael y Camacho, Daniel (coordinadores). Movimientos

populares en Centroamérica. San José de Costa Rica: FLACSO, UNU,

Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM.

Asamblea de Representantes del Pueblo Maya (2003). “Kemom Tzij. Un Estado

y una nación para todos”. Guatemala: Defensoría Maya, Programa

educativo Kaji’E, ASIES, ASCODIMAYA, Oxlajuj Ajpop, Progarma de

Derechos Indígenas de CALDH, CITI. Documento.

Azpuru, Dinorah (1999). “La consulta popular: un voto dividido”, en La

consulta popular y el futuro de Guatemala. Cynthia J. Arson, ed.

Documento de trabajo nº 243. Washington, D.C: Woodrow Wilson

International Center for Scholars.

Barrios, Lina (1996). La alcaldía indígena en Guatemala. Época colonial (1500-

1821). Guatemala: Universidad Rafael Landívar.

Bastos, Santiago (2000). Cultura, pobreza y diferencia étnica en ciudad de

Guatemala. Tesis doctoral. Doctorado en Ciencias Sociales. CIESAS-U

de G, Guadalajara.

------ (2006). “Prólogo: Los actores sociales en una década olvidada”, en

Movimiento social, etnicidad y democratización en Guatemala 1985-

1996. Brett, Rodderick. Guatemala: FyG Editores.

------ (2007a). “La construcción de la identidad Maya como un proceso

político”, en Mayanización y vida cotidiana. La ideología multicultural

en la sociedad guatemalteca. Volumen 1: Introducción y análisis

generales. Bastos, Santiago y Cumes, Aura (coordinadores). Guatemala:

FLACSO Guatemala / CIRMA Cholsamaj.

Page 297: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

269

------ (2007b). “La ideología multicultural en la sociedad guatemalteca”, en

Mayanización y vida cotidiana. La ideología multicultural en la sociedad

guatemalteca. Volumen 1: Introducción y análisis generales. Bastos,

Santiago y Cumes, Aura (coordinadores). Guatemala: FLACSO

Guatemala / CIRMA / Cholsamaj.

------ (En prensa). “La política maya en la Guatemala post-conflicto” en

Bastos, Santiago y Brett, Rodderick (compiladores). El Movimiento

Maya de Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG

Editores.

Bastos, Santiago; Hernández Ixcoy, Domingo; y Méndez, Leopoldo (2008).

“Resarcimiento y reconstitución del Pueblo Maya en Guatemala: entre la

acción autónoma y el reconocimiento estatal”, en Gobernar (en) la

diversidad: experiencias indígenas desde América Latina. Caminando

hacia la investigación descolonizada. Leyva, Xochitl; Burguete, Araceli; y

Speed, Shannon (coordinadoras). CIESAS / FLACSO Guatemala /

FLACSO-Ecuador.

Bastos, Santiago y Brett, Rodderick (compiladores); (en prensa). El Movimiento

Maya de Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG

Editores.

Bastos, Santiago y Camus, Manuela (1993). Quebrando el silencio.

Organizaciones del Pueblo Maya y sus demandas (1986-1992).

Guatemala: FLACSO-Guatemala.

------ (1995). Abriendo caminos. Las organizaciones mayas desde el Nobel hasta

el Acuerdo de Derechos Indígenas. Guatemala: FLACSO-Guatemala.

------ (2003). Entre el mecapal y el cielo. Desarrollo del Movimiento Maya en

Guatemala. Guatemala: FLACSO-Guatemala / Cholsamaj.

------ (en prensa). “La difícil complementariedad. Relaciones entre el

Movimiento Maya y el revolucionario entre 1980 y 2000” en Nelson,

Diana y McAllister, Carlota (coordinadoras). Harvest of Violence

Revisited. Duke University Press.

Bonfill Batalla, Guillermo (compilador). (1981). Utopía y revolución. El

pensamiento político contemporáneo de los indios de América Latina.

México: Editorial Nueva Imagen.

Brett, Rodderick (2006). Movimiento social, etnicidad y democratización en

Guatemala 1985-1996. Guatemala: FyG Editores.

Brintnall, D. (1979). Revolt Against the Dead, The Modernization of a Mayan

Community in the Highlands of Guatemala, New York: Gordon and

Breach.

Burguete Cal y Mayor, Araceli (2007). “Cumbres indígenas en América Latina.

Resistencia y autonomía”, en Memoria, nº 220, junio 2007.

------ (2008). “El paradigma autonómico y las luchas indígenas”, ponencia

presentada en el seminario internacional Construyendo el Estado

multiétnico desde sitios políticos múltiples: Regímenes de autonomía en

América Latina. Universidad de York / FLACSO-Ecuador / UNICEF /

GTZ, Quito, 27 y 28 de noviembre de 2008.

Cajas, Ricardo (1998). Lógica local de participación política maya: la experiencia

de Xel-jú en Quetzaltenango. Tesis de la maestría en Gerencia para el

Page 298: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

270

Desarrollo Sostenible. Quetzaltenango: Universidad Autónoma de

Madrid / Instituto Chi-Pixab.

Camus, Manuela (2002). Ser indígena en ciudad de Guatemala, Guatemala:

FLACSO-Guatemala.

------ (2008) La sorpresita del Norte. Migración internacional y comunidad en

Huehuetenango. Guatemala: INCEDES / CEDFOG

------ (en prensa). “La movilización indígena en Huehuetenango”, en Bastos,

Santiago y Brett, Rodderick (compiladores). El Movimiento Maya de

Guatemala en la década después de la paz. Guatemala: FyG Editores.

Carmack, Robert (1995). Rebels of Highland Guatemala, The Quiche-Mayas of

Momostenango. Norman: University of Oklahoma Press.

Castillo, Iván (2008). Descolonización territorial, del sujeto y la gobernabilidad.

Examen crítico del discurso restringido de la inclusión (individual) del

indígena maya en el sistema de partidos políticos. Guatemala: Instituto de

Gerencia Política, Universidad Rafael Landívar.

------ (en prensa). “En torno a especificidades observables en movimientos

indígenas de lucha contra la acumulación global en el altiplano

occidental guatemalteco”, en Bastos, Santiago y Brett, Rodderick. El

Movimiento Maya de Guatemala en la década después de la paz.

Guatemala: FyG Editores.

CEH (1999). Guatemala, memoria del silencio. Informe presentado por la

Comisión de Esclarecimiento Histórico, Guatemala.

Cojtí, Demetrio (1994). Políticas para la reivindicación de los mayas de hoy

(Fundamentos de los derechos específicos del Pueblo Maya). Guatemala:

SPEM / Cholsamaj.

------ (1997). Ri Maya’ Moloj pa Iximulew. El Movimiento Maya (en

Guatemala). Guatemala: IWGIA / Cholsamaj.

Cojtí, Demetrio; Son Chonay, Ixtz’ulu’ Elsa; y Rodríguez Guaján, Raxche’

(2007). Nuevas perspectivas para la construcción del Estado

Multinacional. Propuestas para superar el incumplimiento del Acuerdo

sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas. Guatemala: Waqib’

Kej – Cholsamaj.

COMG (1991). Rujunamil ri Mayab’ Amaq’. Derechos Específicos del Pueblo

Maya. Guatemala: Rajpopi’ ri Mayab’ Amaq’- Consejo de

Organizaciones Mayas de Guatemala.

Comité para el Decenio del Pueblo Maya (2002). Agenda Política Maya.

Guatemala: CDPM, CECI.

CONIC (2001). “Anteproyecto de ley de las nacionalidades indígenas, para el

debate nacional”. Guatemala: Coordinadora Nacional Indígena y

Campesina. Documento.

COPMAGUA (1994). “Qasaqalaj Tziij, Qakemoom Tziij, Qpach’uum Tziij.

Propuesta para las negociaciones de paz Gobierno-URNG”. Guatemala:

Coordinadora de Organizaciones del Pueblo Maya de Guatemala.

Documento.

Dardón, Jacobo (2007). “Pueblos indígenas, regiones excluidas y globalización

en Guatemala: de peones acasillados a clientes consumidores”, en

Page 299: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

271

Machado, Rafael. (Coordinador). Guatemala: Globalización y pueblos

indígenas. Granada: Universidad de Granada.

Díaz Polanco, Héctor (1997). “Prólogo. Etnicidad y autonomía en el

pensamiento de Mario Payeras”, en Payeras, Mario. Los pueblos

indígenas y la revolución guatemalteca. Ensayos étnicos 1982 1992.

Guatemala: Luna y Sol / Magna Terra Editores.

Ekern, Stener (2006). Making Government: Community and Mayan Leadership

in Guatemala. Tesis doctoral en Antropología. Noruega: Universidad de

Oslo.

Esquit, Edgar (2002). Otros poderes, nuevos desafíos. Relaciones interétnicas en

Tecpán y su entorno departamental (1871-1935). Guatemala:

Universidad de San Carlos de Guatemala. Instituto de Estudios

Interétnicos.

------ (2003). “Caminando hacia la utopía. La lucha política de las

organizaciones mayas y el Estado en Guatemala”, en Reflexiones. Año 4,

no 4. Enero 2003. Guatemala: Universidad de San Carlos de Guatemala.

Instituto de Estudios Interétnicos.

------ (2008). La superación del indígena. La política de la modernización entre

las élites indígenas de Comalapa, siglo XX. Tesis doctoral en Ciencias

Sociales. Zamora: El Colegio de Michoacán.

Falla, Ricardo (1978). “El movimiento indígena”, en Estudios Centroamericanos

nº 356/357 San Salvador: Universidad Centroamericana Simeón Cañas.

Fisher, Edward F. (1999). “El cambio cultural inducido como una estrategia para

el desarrollo socioeconómico. El Movimiento Maya en Guatemala”, en

Fisher, Edward R. y R. McKenna Brown (editores). Rujotaiyixik ri Maya’

B’anob’al. Activismo Cultural Maya. Guatemala: Cholsamaj.

Guzmán Böckler, Carlos y Herbert, Jean-Lup (1970). Guatemala: Una

interpretación histórico social. México: Siglo XXI.

Hale, Charles (2002). “Does Multiculturalism Menace Governance?: Cultural

Rights and the Politics of Identity in Guatemala”, en Journal of Latin

American Studies, no. 34.

------ (2004). “Re-pensando la política indígena en la época del ‘indio

permitido’ Ponencia para la conferencia, “Construyendo la paz:

Guatemala desde un enfoque comparado”, organizado por la Misión de

Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala (MINUGUA), 27-29

de octubre.

------ (2007). “Más que un indio”. Ambivalencia racial y multiculturalismo

neoliberal en Guatemala. Guatemala: Asociación para el Avance de las

Ciencias Sociales en Guatemala.

Hale, Charles; Anderson, Mark y Gordon, Edmund T. (2001). “Indigenous and

Black Organizations of Central America: Struggle for Recognition and

Resources”. Fundación Ford. Informe no publicado.

Jonas, Susanne (1994). La batalla por Guatemala. Rebeldes, escuadrones de la

muerte y poder estadounidense. Caracas: FLACSO-Guatemala / Nueva

Sociedad.

------ (2000). De centauros y palomas. El proceso de paz guatemalteco.

Guatemala: FLACSO-Guatemala.

Page 300: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

272

MacLeod, Morna (2008). Luchas político-culturales y auto-representación

maya en Guatemala. Tesis doctoral en Estudios Latinoamericanos.

México D.F.: Universidad Nacional Autónoma de México.

Martínez Peláez, Severo (1970). La patria del criollo. Guatemala: Editorial

Universitaria de Guatemala.

MAYAS (1990). “Guatemala: de la República burguesa centralista a la República

popular federal”, en Guatemala. Seminario sobre la realidad étnica vol II.

México: Centro de Estudios Integrados de Desarrollo Comunal,

Editorial Praxis.

Menchú, Rigoberta y CUC (1992). El clamor de la tierra. Luchas campesinas en

la historia reciente de Guatemala. Donostia: Tercera Prensa, Gakoa

Liburuak.

Mérida, Cecilia y Krenmayr, Wolfgang (2008). “Sistematización de experiencias.

Asamblea departamental por la defensa de los recursos naturales

renovables y no renovables de Huehuetenango”. Guatemala: Informe.

Mesa Maya (1993). “Identidad y Derechos Indígenas. Planteamientos y

demandas en el proceso de negociaciones Gobierno-Ejército y URNG”

Guatemala: Documento.

MINUGUA (1995). Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.

Guatemala: Misión de las Naciones Unidas para Guatemala.

ODHAG (1998). Guatemala. Nunca más. Informe del Proyecto Interdiocesano

de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI). 4 volúmenes.

Guatemala: Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de

Guatemala.

Oxlajuj Ajpop (2001). Uxe’al pixab’ re k’iche’ amaq’. Fuentes y Fundamentos del

Derecho de la Nación Maya-K’iche’. Guatemala: Conferencia Nacional de

Ministros de la Espiritualidad Maya Oxlajuj Ajpop.

Payeras, Mario (1997). Los pueblos indígenas y la revolución guatemalteca.

Ensayos étnicos 1982 1992. Guatemala: Luna y Sol / Magna Terra

Editores.

Pinto Soria, Julio César (2003). El debate sobre la cuestión étnica en Guatemala

(1944-1970). Cuadernos Pedagógicos nº 27. Guatemala: Ministerio de

Educación.

Reyes, Miguel Ángel (1986). “El indio en la lucha ideológica”, en Polémica.

Revista Centroamericana de Ciencias Sociales. nº 5, mayo-agosto 1986.

Reyes, Virgilio (1998). Poder local y bosques comunales. Cuadernos Debate nº 43,

FLACSO-Guatemala, Guatemala.

Schirmer, Jennifer (1999). Las intimidades del proyecto político de los militares en

Guatemala. Guatemala: FLACSO-Guatemala.

Seminario nacional regiones sociolingüísticas para la descentralización del

currículo. Relatoría Informe final. Guatemala: MINEDUC / SIMAC /

DIGEBI / MI-CCRE / CNEM / ALMG.

SEPAZ – FONAPAZ – Embajadora de Buena Voluntad, 2005: “Agenda pública

hacia los pueblos indígenas en le marco de los Acuerdos de Paz. 2005-

2012”. Guatemala: Documento de trabajo.

Smith, Carol A. (1991). “Maya Nationalism”, en Report on the Americas. Volume

XXV, nº 3.

Page 301: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

273

Solares. Jorge (1994) “Lo étnico en las pláticas de paz”, en Boletín del Instituto de

Estudios Interétnicos. Guatemala, junio-julio 1994.

Taracena, Arturo; Gordillo, Enrique; y Sagastume, Tania (2004). Etnicidad,

Estado y Nación en Guatemala 1808-1944, volumen II. Colección “¿Por

qué estamos como estamos?” Guatemala: Centro de Investigaciones

Regionales de Mesoamérica.

Uk’u’x B’e (2005). El Movimiento Maya. Sus tendencias y transformaciones

(1980-2005). Guatemala: Asociación Maya Uk’u’x B’e.

URNG (sin fecha). Comentarios sobre el texto “Guatemala: de la republica

burguesa centralista a la republica popular federal”. Documento.

Warren, Kay (1998). Indigenous Movements and their Critics. Pan-Maya

Activism in Guatemala. Princenton: Princenton University Press.

------ (2003) “Voting against Indigenous Rights in Guatemala: Lessons from

the 1999 Referendum”, en Kay B. Warren and Jean E. Jackson (editores).

Indigenous Movements, Self-Representation, and the State in Latin

America. Austin: University of Texas Press.

Wilson, Richard (1999). Resurgimiento maya en Guatemala. Experiencias

q’eqchi’es. Antigua: Plumsock Mesoamerican Studies / CIRMA.

LA GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO PLURAL Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA PARA LA TRANSFORMACIÓN DE LA REALIDAD: LAS COMUNIDADES EMERGENTES DE CONOCIMIENTO (CEC’s)

Albó C., Xavier y Barrios, Franz. Por una Bolivia plurinacional e intercultural

con autonomías. Cuaderno de Futuro 22. Informe sobre desarrollo

humano. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

en Bolivia, 1ª edición, Bolivia, 2007.

Alcaldía Mayor Bogotá D.C., Secretaría Desarrollo Económico. Metodología

para la formulación de indicadores para el Seguimiento y Evaluación.

Colombia, 2007.

Ben, Luis. Indicadores de evaluación en cultura, Seminario: Buenas prácticas en

el ámbito de la gestión y cooperación cultural del desarrollo. AGENCIA

ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL (AECI),

ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS (OEI)

Guatemala, 2007.

Bonet i Agustí, Lluís. “Reflexiones a propósito de indicadores y estadísticas

culturales”, en Boletín GC: Gestión Cultural nº 7, abril de 2004. Portal

Iberoamericano de Gestión Cultural, en www.gestioncultural.org.

CANEK – Observatorio Cultural. La construcción de comunicación intercultural

aplicada. Libro Visor. Publicaciones alternativas del Centro Cultural de

España en Guatemala. Guatemala, 2008.

Page 302: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

274

Carrasco Arroyo, Salvador. “Medir la cultura. Una tarea inacabada”. Revista

para el análisis de la cultura y el territorio Periférica, nº 7. Vicerrectorado

de Extensión Universitaria. Universidad de Cádiz. Cádiz, 2007.

Cerver, Gil. Las organizaciones horizontales. Escuela Superior de Administración

y Dirección de Empresas. Barcelona, 2000.

Dirección General de Inmigración, Cooperación de Desarrollo y Voluntariado.

Observatorio de las migraciones y de la convivencia intercultural de la

ciudad de Madrid. Apuntes metodológicos, teóricos y prácticos para el

análisis de la participación social en contextos de diversidad cultural.

Municipalidad de Madrid. España, 2006.

Escalante, Ana Cecilia; Peinador, María del Rocío. Ojos que ven… corazones que

sienten. Indicadores de equidad. Módulo 6. Unión Mundial Para la

Naturaleza, Fundación Arias para la Paz y el Progreso Humano, Países

Bajos, 1999.

Escuder Vallés, Roberto y Carrasco Arroyo, Salvador. Proceso de toma de

decisiones en un sistema de información. La observación y el análisis entre

dos realidades en Cultura. V Congreso Internacional. Cultura y

Desarrollo – Ciudad de La Habana. Junio de 2007.

García Gutiérrez, Antonio. Desclasificados, Pluralismo lógico y violencia de la

clasificación. Fondos Europeos de Desarrollo Regional –FEDER- España,

2007.

González, Javier. Cómo crear una organización horizontal. Facultad Regional de

Buenos Aires, Universidad Tecnológica Nacional, Buenos Aires, 2006.

Guiu, Lluís. “El microcosmos inventó el código abierto. Inteligencia compartida

V0.1”. Autonomía situada. Independent research center, en

http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.0/deed.ca

Johnson, Steven. Sistemas emergentes, o qué tienen en común hormigas,

neuronas, ciudades y software. Fondo de Cultura Económica, México,

2001.

López G., Loreto y Pobrete M., Paula. “Indicadores para el sector cultural en

Chile”, en Boletín GC: Gestión Cultural nº 7, abril de 2004. Portal

Iberoamericano de Gestión Cultural, en www.gestioncultural.org.

Pfenniger, Mariana. “Indicadores y estadísticas culturales: un breve repaso

conceptual”, en Boletín GC: Gestión Cultural nº 7, abril de 2004. Portal

Iberoamericano de Gestión Cultural, en www.gestioncultural.org.

Piedras, Ernesto. ¿Cuánto vale la cultura? Contribución de las industrias

protegidas por el derecho de autor en México. Conaculta, México DF,

2004.

Romano, María del Carmen. “Indicadores culturales”, en Boletín GC: Gestión

Cultural nº 7, abril de 2004. Portal Iberoamericano de Gestión Cultural,

en www.gestioncultural.org.

Roselló Cerezuela, David. Diseño y evaluación de proyectos culturales. Editorial

Ariel, España, 2004.

Ruiz Jordi, Pascual i. Redes y conocimiento: estrategias territoriales para la

cultura, Documento 2. Programa de Formación Internacional en Gestión

y Política Culturales, 3ª edición, postgrado Universidad de Girona.

Cátedra UNESCO. España, 2005.

Page 303: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

275

Sanz Luque, Belén. ¿Es posible evaluar la política cultural exterior como una

política pública? Documento de Trabajo, Real Instituto Elcano de

estudios Internacionales y Estratégicos, Madrid, 2004.

Secretaría de Desarrollo Social de la presidencia. Indicadores Sociales, bases para

la instrumentación de políticas. Editorial Espacio, Argentina, 1998.

Servicio de gestión y control de la calidad. Manual de diseño de procesos.

Universidad Miguel Hernández, Santiago de Chile, 2005.

Servicio de mediación social intercultural. Fundamentos, dimensiones y ámbitos

de la acción mediadora (2ª parte). Municipalidad de Madrid, Madrid,

2006.

Sistema administrativo de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN). Taller

sobre construcción de indicadores y parámetros para las instituciones de

educación superior. Módulo III. UAN, México, 2007.

Tischler Visquerra, Sergio. Tiempo y emancipación. Mijaíl Bajtín y Walter

Benjamín en la Selva Lacandona. F&G Editores. Cuadernos del presente

imperfecto, nº 3. Guatemala, enero de 2008.

UNESCO. Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural.

Artículo 6. Adoptada por unanimidad por la Conferencia General en su

31a reunión el 2 de noviembre de 2001 en París, Francia.

UN CAMBIO ESTRUCTURAL PARCIAL PERO POSIBLE, SIN CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN

Acuerdo Gubernativo 13-77 “Reglamento a la Ley de Educación”

Acuerdo Gubernativo 312-2002 “Reglamento de la Ley General de

Descentralización”

Acuerdo Gubernativo 461-2002 “Reglamento de la Ley de los Consejos de

Desarrollo Urbano y Rural”.

Alvaro García Linera. “Autonomías Indígenas y Estado Multicultural”.

Comisión de los treinta. ANTEPROYECTO DE CONSTITUCIÓN ASAMBLEA

NACIONAL CONSTITUYENTE SESIONES ORDINARIAS: TOMO IV

Nº 91 Guatemala, lunes 8 de abril de 1985

Comisión de los treinta. ANTEPROYECTO DE CONSTITUCIÓN ASAMBLEA

NACIONAL CONSTITUYENTE SESIONES ORDINARIAS: TOMO IV

Nº 92 Guatemala, martes 9 de abril de 1985

DIARIO DE LAS SESIONES ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE.

SESIONES ORDINARIAS TOMO III Guatemala, martes 26 de marzo

de 1985. No. 57

Constitución Política de la República de Guatemala (y su interpretación por la

Corte de Constitucionalidad). Corte de Constitucionalidad (2002)

Decreto 11-2002 “Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural”

Decreto 114-97 “Ley del Organismo Ejecutivo”

Decreto 12- 2002 Código Municipal

Decreto 12-91 Ley de Educación Nacional

Decreto 70-86 “Ley Preliminar de Regionalización”

Decreto No 42-2001 “Ley de Desarrollo Social”

Page 304: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

276

Decreto No. 14- 2002 “Ley General de Descentralización”

Decreto No. 266 “Ley de Derechos de Pueblos y Comunidades Indígenas del

Estado de Oaxaca” (1998)

Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica Nicaragüense. Ley

No. 28 Oficina de Desarrollo de la Autonomía de las Regiones de la

Costa Atlántica Nicaragüense.

Héctor Díaz Polanco “La autonomía y la Reforma Constitucional en México”.

Héctor Díaz Polanco. “Diez años de autonomía en Nicaragua”. ALAI, América

Latina en Movimiento 1997-09-17

Ivan Briscoe. “A Criminal Bargain: the State and Security in Guatemala.” FRIDE

(2009)

Mark Gibson “Possibilities for Progress: Citizen Participation and Guatemala’s

Development Council System”

Marlen Ivette Llanes. “El Proceso de Autonomía de las Regiones de la Costa

Atlántica Nicaragüense.” Editorial Envío. Instituto Histórico

Centroamericano. 1995.

Mathias Rull Jan “Rompiendo mitos y barreras: la participación indígena en los

procesos electorales de Guatemala”.

Povos Indígenas, Constituições e Reformas Políticas na América Latina

Renata Hoffmann y Martín Pérez “Participación Ciudadana en el Proceso de

Descentralización de Bolivia. FLACSO.

Page 305: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

277

REFERENCIAS EL CONSEJO JURÍDICO INTERINSTITUCIONAL DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA A LOS DERECHOS COLECTIVOS El inicio de una experiencia de cooperación intercultural e

interinstitucional para sustentar jurídicamente la emergencia de

sujetos colectivos en Guatemala:

Breve diálogo para la constitución del consejo

INTRODUCCIÓN

El lunes 18 de mayo de 2009, CANEK – Observatorio Cultural organizó, gracias

al apoyo del Licenciado Benito Morales de la Fundación Rigoberto Menchú

Tum, la primera reunión para la posible creación en el 2010 de un Centro

jurídico interinstitucional de interpretación y asistencia de los derechos

colectivos.229

Esta iniciativa surgió inicialmente ante la necesidad por parte del observatorio

de contar con asistencia legal ante la posibilidad de que surgieran conflictos en el

229 El nombre que se utilizó entonces fue Centro de atención legal de derechos colectivos, pero

siendo la propuesta más de carácter jurídico que legal al abrir la iniciativa de una cambio de

paradigma para la inclusión de los derechos colectivos, con las repercusiones político-

administrativas que ello implica, quedó, por el momento como propuesta preliminar a

consensuar en la segunda reunión con el grupo, como Consejo jurídico interinstitucional de

interpretación y asistencia de los derechos colectivos.

proceso de interpretación local y demanda de derechos colectivos; proceso que

actualmente se está desarrollando en el área de Chimaltenango y

Quetzaltenango.

Un análisis preliminar del marco jurídico-legal del país, realizado en el 2008,

reveló que las estructuras actuales del Estado están en condiciones de reconocer

dichos derechos pero que no están diseñadas ni preparadas para hacerlos

operativos, ni para abrir el espacio para que los diversos sujetos colectivos del

país emerjan, los interpreten y hagan uso de ellos.

Por ello, ante la implicación seria y profunda que supone un real ejercicio de los

derechos colectivos, sobre todo por el carácter de libre determinación que

conlleva, y con la pretensión de ir más allá de la puntual asistencia de casos

reales, CANEK solicitó la asistencia de representantes de diversas instituciones

(tanto públicas como privadas) para iniciar la reflexión sobre la posible creación

interinstitucional, es decir de colaboración compartida, de un centro dedicado a,

por un lado, la generación de reflexión, debate e interpretación de los derechos

colectivos, con la finalidad de absorber las distintas posturas; por el otro, a la

formulación de iniciativas de cambio del marco jurídico-legal y constitucional y

a la asistencia de casos específicos en los que se violan de los derechos colectivos.

La propuesta, en definitiva, es la creación de un espacio múltiple capaz de

conformarse como plataforma jurídica de las propuestas políticas relacionadas

con los derechos colectivos que, en última instancia, devienen en iniciativas de

reestructuración de las condiciones administrativo-políticas del país.

Mostramos a continuación el detalle de la propuesta, aún en estado embrionario

muy prematuro aún incluso para llamarla propuesta pero base para iniciar un

proceso de cooperación interinstitucional, y las observaciones de los y las

participantes en esta primera reunión.

Page 306: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

278

ASISTENTES

Nombre Organización

Benito Morales Fundación Rigoberta Menchú Tum

Álvaro Castellanos RACSA

Norma Sactic Comisión Pueblos Indígenas (CR)

Magdalena Jocholá CODISRA

Evelyn Blanck Asociación Centro CIvitas

Carlos Chex Sotz’il

José Antonio Puac ODHAG

Marta Juana López Oxlajuj Ajpop

Carlos Lacán Tob’nel Tinamit

Mario Figueroa CANEK

Isaac de los Reyes CANEK

PRESENTACIÓN

Durante la reunión del lunes 18 de mayo se presentó al inicio a grandes rasgos

las características de la propuesta. Posteriormente, mediante una serie de

preguntas, se fueron presentando sus rasgos más importantes. Antes de mostrar

el detalle de la propuesta y las observaciones de los participantes, preferimos

mostrarles las preguntas que se hicieron, para que la reflexión se realice del

mismo modo. Éstas fueron:

Las preguntas que se realizaron

� ¿A qué sujeto asistiría el consejo? ¿Es necesario crear el sujeto de

atención o ya existen tanto el sujeto como las condiciones para

asistirlo?

� ¿Es preciso crear un nuevo centro o es preferible reforzar procesos ya

existentes?

� ¿Qué implicaciones y alcances tendría un consejo de este tipo?

Las preguntas que quedaron en el tintero pero que es preciso reflexionar

� ¿Es posible una coordinación interinstitucional público-privada para

constituirlo o es preferible crear una entidad autónoma e

independiente?

� ¿Cómo operaría el consejo para incluir el pluralismo desde su misma

base? Inclusión de la espiritualidad en la concepción de territorio y

gestión del tiempo en el proceso.

� En base a la pregunta anterior, ¿qué pasos tenemos que seguir para la

constitución del consejo?

Page 307: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

279

CONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONES

� Han existido iniciativas sobre pluralismo jurídico pero, al parecer, todas se enmarcan en un sistema

centralizado. Por su parte, el observatorio se encuentra interesado en buscar la manera en que el

pluralismo jurídico sustente las estructuras del Estado y sirva de plataforma para las propuestas

políticas dirigidas a la implementación de los derechos colectivos en dichas estructuras.

� Se pretende la creación de un consejo capaz de dar asistencia a la problemática que ha derivado de las

consideraciones de colectivo, tomando en cuenta que cubrir esta clase de derechos es algo totalmente

distinto a trabajar con garantías individuales

� Se pretende consolidar un consejo que genere iniciativas de cambio a nivel de estructura.

� El consejo trataría los aspectos de consulta y reflexión, tomando en cuenta la generación de debate, la

interpretación de colectivo en el derecho y un área de formación. Además de la asistencia de casos

reales también procuraría iniciativas de reformulación del marco legal para la aplicación de derechos

colectivos.

Propuestas políticas para la

transformación estructural

del Estado en base a la

pluralidad y a la ascendencia

(de lo local a lo regional y a

lo estatal

Plataforma para desarrollar el

marco jurídico-legal de las

propuestas políticas dirigidas a la

implementación de los derechos

colectivos en las estructuras del

Estado

Consejo jurídico

interinstitucional de

interpretación y asistencia

a los derechos colectivos

Partir del CÓMO

Área de consulta, reflexión e interpretación comunitaria

� Investigación y estudio de los derechos colectivos

respecto al marco constitucional y jurídico-legal

actual.

� Apertura de espacios de diálogo para la

identificación y desarrollo de sujetos colectivos.

� Generación de formación y debate en derechos

colectivos.

� Interpretación local, regional y estatal de los

derechos colectivos: implicaciones y alcances

� Socialización del contenido de los derechos

colectivos.

� Articulación de y con propuestas políticas

Emergencia del sujeto colectivo

según sus propios principios en

base a la interpretación

comunitaria de los derechos

colectivos

Para definir el QUÉ

Área de incidencia, asistencia

y aplicación práctica

• Formulación e incidencia de iniciativas de

reformulación del marco constitucional y

jurídico – legal

• Asistencia y acompañamiento de casos

relacionados con los derechos colectivos

Acompañamiento jurídico al sujeto

colectivo en el ejercicio de sus

derechos colectivos y en la

denuncia de casos en que éstos son

violados

Áreas del consejo

PRIMER BOSQUEJO DE LA PROPUESTA

Page 308: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

280

MEMORIA DEL DIÁLOGO

A partir de la pregunta ¿realmente es necesario crear el sujeto de atención o ya

existen condiciones suficientes para hacer plataformas de este tipo? se dio lugar a

una serie de observaciones y planteamientos:

� Marta Juana López (Oxlajuj Ajpop) se cuestionó sobre la existencia de un

sujeto constituido sino más bien en vías de emerger. Lo importante es

considerar la naturaleza de las poblaciones en Guatemala. En base a ello

surgió la cuestión de si se pretende fortalecer un espacio de atención legal

cuya finalidad esté relacionada con los derechos colectivos, o más bien que

esté relacionada con los derechos indígenas. Al respecto de este último

comentó que la Defensoría Legal Indígena ha hecho un gran tgrabajo al

respecto y agregó que la Defensoría trabaja en el modo de fortalecer los

espacios creados.

� Álvaro Castellanos (RACSA) sugirió que, si se pretende seguir con una línea

como la planteada, se cambie del nombre la calificación “legal” y se cambie

por “jurídica”, en tanto el tema de legalidad en Guatemala no ha sido

planteado de la mejor manera, abriendo el espacio a la posibilidad de crear

interpretaciones erróneas. Consideró que deben de establecerse las líneas de

atención y formular iniciativas. Resulta necesario agregar el tema de

sociología jurídica, pues consideró que solamente de esa manera es posible

comprender la legitimidad de las normas. Enfatizó que, sin duda, los fines del

Consejo deben de ser mejor definidos. Explicó que una diferencia

trascendental de otros centros y bufetes populares con este proyecto es que

éste velaría por intereses públicos. Finalmente, observó que la parte de

acompañamiento de casos constituiría la que provocaría un mayor grado de

interés, pero que restaría mucho tiempo de interpretación y generación de

información y socialización de los derechos colectivos, aspectos también muy

importantes, por lo que se tiene que encontrar un equilibrio.

� Carlos Lacán (Tob’nel Tinamit), consideró que un centro como el propuesto

sería más operativo si se le otorgara la pertinencia cultural del pueblo

indígena. Aclaró que esa idea no era planteada en un sentido excluyente sino

realista, tomando en cuenta la importancia de la relación del indígena con el

colectivo. Agregó que en un plano real de operación, el centro de trabajo

tendría cientos de casos y situaciones qué atender, por lo que trataría cosas

muy generales y desviaría la atención de lo específico. Remarcó de nuevo,

como hizo Álvaro Castellanos, la necesidad de encontrar un equilibrio.

Compartió la idea planteada por CANEK, sobre la manera en que el “cómo”

ilustra el “qué”, es decir la importancia de partir de las formas propias de la

comunidad para elaborar la parte de acción política. Sobre el quehacer del

proyecto consideró que, eventualmente, el tema de moda sería el litigio

estratégico, el cual va más allá de atender casos y se refiere a hacer

paradigmáticos casos que demuestren el modo en que el Estado reacciona

cuando hay demandas de derechos colectivos. Resaltó que los principios de

construcción del consejo sean los que permitan dar forma al pluralismo

jurídico como experiencia práctica. Finalmente recalcó que una organización

por sí misma no puede realizar los fines planteados, ya que se necesita una

serie de herramientas, estudios y peritajes, entre otros, por lo que sugirió que

se hablase de una posible unificación con la mayor cantidad posible de actores

con consideración a la diversidad.

� Carlos Chex (Sotz’il) sugirió que las propias organizaciones se pueden

encargar de crear la tarea legal de asistencia mientras que el consejo puede

generar la interpretación y vincularla a las organizaciones para que éstas

orienten sus casos de una u otra manera. Así se conseguiría unión y

cooperación.

� Benito Morales (Fundación Rigoberta Menchú Tum), compartió la opinión

de Álvaro Castellanos en el sentido que el nombre apropiado no es “Centro de

Asistencia Legal”. Expresó que entendió lo planteado como un espacio de

reflexión, a diferencia de un centro meramente de asistencia. De esa manera,

Page 309: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

281

explicó que los espacios de reflexión son indispensables en Guatemala, pues

las personas entienden de distinto modo el concepto de derechos colectivos o

de derechos indígenas, por lo que no existe claridad sobre el tema. Consideró

que los pueblos indígenas, así como cualquier grupo social, tienen derechos

colectivos. En ese sentido, explicó que a la propuesta debe vérsela de modo

estratégico, ya que no hay que desatender el hecho que la demanda de

derechos colectivos e individuales proviene de una realidad diversa y muy

compleja. Expresó que en la medida en la que puedan atenderse las demandas

colectivas, y se genere con ello mayor conciencia colectiva, se favorecerá la

tolerancia entre culturas diferentes y la capacidad de cooperación y trabajo

conjunto. Consideró que es importante hacer aún más complejas y profundas

las reflexiones sobre derechos colectivos, para no encontrar experiencias

negativas u obstáculos que puedan obstaculizar la idea.

� Marta Juana López (Oxlajuj Ajpop) expresó su inquietud para revisar las

implicaciones políticas que tendría trabajar en el contexto guatemalteco la

corriente de la ciudadanía diferenciada, para no repetir con los resultados de

la corriente del multiculturalismo en el país. Expresó que quienes participaron

en el movimiento indígena emergente a inicios de los ’90 nunca hablamos de

esta corriente. Ahora ya hay estudios que registran la existencia de un

movimiento en Guatemala del multiculturalismo. Esto tiene una connotación

política grave para las luchas de los pueblos indígenas. Manifestó que espacios

de reflexión como el que se pretende crear son efectivos y que en ellos debe

orientar su trabajo la cooperación internacional.

� Carlos Lacán (Tob’nel Tinamit). Aclaró que al mencionar que los derechos

colectivos están engarzados en los derechos indígenas, no negaba la existencia

de otros grupos que poseen distintas garantías, y se refería a la necesidad de

establecer un objetivo específico y definir una línea de trabajo para obtener

resultados. Aludió a la situación de acceso a la justicia, y a la intención de que

existan intérpretes y jueces indígenas que registren las actuaciones en el

idioma local, como una posibilidad del Estado, aunque no es suficiente

porque la ley que se aplica es la ley de la etnia dominante.

� Norma Sactic (Comisión Pueblos Indígenas - CR), coincidió con lo planteado

al respecto de la manera de iniciar un proceso enfocándose en los actores más

que en las líneas de trabajo, para determinar el modo de acercarse a la línea de

defensa de derechos colectivos. Expresó que existen procesos que pueden

quedarse sin ser tomados en cuenta, por falta de entendimiento acerca de su

enfoque étnico. Consideró importante generar reflexiones e iniciativas en el

marco jurídico - legal.

� Magdalena Jocholá (CODISRA), compartió su observación al respecto que en

las universidades no se enseña profundamente el tema de los derechos

colectivos y que se instruye, sobre todo, en cuanto a los casos individuales.

Consideró importante que la primera fase del consejo sea de investigación, en

la que debe de definirse el entendimiento sobre derechos colectivos e

identificar los que serán tomados en cuenta, relacionándolos especialmente

con el tema de derechos indígenas. Al respecto de las consideraciones de

territorio y sobre ciudadanía diferenciada, expresó que éstas le provocan la

idea que se trata especialmente del derecho de autodeterminación, sobre lo

cual hay que definir los límites de los avances que pueden realizarse al

respecto, tomando en cuenta las limitaciones que impone el Estado para el

ejercicio de dicha garantía. Concluyó expresando la necesidad de determinar

cuáles son los instrumentos nacionales e internacionales que pueden tomarse

en cuenta para los estudios relacionados.

� José Antonio Puac (ODHAG), consideró positivo colocar ideas, como las

planteadas, tanto frente a personas y organizaciones de renombre como a la

realidad comunitaria, para ver también qué tan lejos el ejercicio profesional

está desligado o cercano a la realidad comunitaria. Manifestó que a falta de

una ley específica, considera que debe velarse por su creación. Agregó que

deben cambiarse leyes y formas tradicionales de juzgar. Aludió a varios

Page 310: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

282

centros en Guatemala de naturaleza similar, pero señaló la necesidad de tener

presente que la cantidad y magnitud de las necesidades es mayor.

� Carlos Chex (Sotz’il), consideró necesario avanzar con la discusión al respecto

del cambio de nombre. Manifestó que es importante determinar lo que se

puede avanzar en el sentido de la búsqueda de respuestas afirmativas por

parte del Estado para el ejercicio de los derechos indígenas. Expresó que la

tolerancia es un aspecto más importante para el pueblo ladino, en contraste

con el indígena, dados los sistemáticos actos de discriminación y racismo que

este pueblo infringe al resto. Señaló diferencias de la concepción legal de

ciudadanía con la que se tiene en muchos pueblos indígenas. Ejemplificó

dicho pensamiento con el caso en que un menor se case a los 14 años, pues

ello sería mal visto en la ciudad, pero constituiría algo común dentro de la

comunidad indígena.

CONCLUSIONES PARA EL AVANCE DEL DIÁLOGO

Las conclusiones del diálogo para avanzar en la formulación de la propuesta son

las siguientes:

� Es preciso hacer la diferenciación entre derechos de los pueblos indígenas y

derechos colectivos.

� No existen sujetos colectivos plenamente constituidos pero sí están en

proceso de emerger.

� La temporalidad del centro. La constitución del centro no es coyuntural ni

eventual. Tanto el proceso de reflexión e interpretación como la formulación

de iniciativas de cambios en el marco jurídico legal y su accionar, y

obviamente la misma asistencia de casos reales, precisan de una seguridad de

participación a largo plazo.

� Es importante agregar el tema de sociología jurídica.

� Los propósitos y fines deben de definirse de forma compartida, con carácter

interinstitucional y mediante proceso intercultural.

� Una diferencia trascendental de otros centros y bufetes populares con el

proyecto es que éste velaría por intereses públicos.

� Los principales actores deben de ser constituidos por la gente, y no sólo por

los abogados y jueces.

� Es preciso iniciar un proceso enfocándose en los actores. Es fundamental

partir de la base para constituir el “qué” del centro, ello para incluir el

pluralismo desde el inicio y garantizar la complejidad de la reflexión.

� Debe de evitarse la conformación del centro en un espacio sólo de asistencia,

aspecto que desviaría la atención y la interpretación de los derechos colectivos

y la misma emergencia del sujeto colectivo. Una propuesta es que las propias

organizaciones se encarguen de la tarea legal de asistencia legal y

acompañamiento.

Es imprescindible elaborar una agenda compartida.

Page 311: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

283

CANEK – OBSERVATORIO CULTURAL

CANEK - Observatorio Cultural es una coproducción de la Asociación Centro

Civitas y del Centro Cultural de España. La primera fase (2008 – 2009) estuvo

comprometida en la construcción teórico – conceptual del observatorio, la

elaboración participativa del Plan Estratégico, la constitución de las dos

primeras Comunidades Emergentes de Conocimiento, situadas en

Quetzaltenango y Chimaltenango, y, finalmente, en la coordinación de 87

autoridades y representantes comunitarios de todo el país y procedentes de

todas las comunidades lingüísticas en la planificación de la segunda fase del Plan

Estratégico. Esta segunda fase (2010 – 2012), implica:

Transformar el contexto de mecanismos de alienación cultural y el carácter -

natural-, centralista y monista del orden político, social, jurídico y económico

establecido, resultantes de las desigualdades estructurales, en un entramado de

relaciones plurales, interculturales, legítimas, ascendentes, horizontales y creativas

que opere por decisión de los pueblos xinka, garífuna, maya y “ladino”,

consolidados en sujetos colectivos, y sin menoscabo de ninguno de ellos.

PROGRAMAS

PROGRAMA I: Acompañar, desde la interpretación comunitaria de los

derechos colectivos, la construcción de comunicación intercultural aplicada en

procesos de generación de conocimiento y organización comunitario - regional

para fomentar la incidencia social y política de la comunidad y de su región en el

contexto mediato de desigualdades estructurales de carácter cultural.

Resultado esperado: Se han creado 2 nuevas Comunidades Emergentes de

Conocimiento (CEC) y se han consolidado las CEC ya creadas en el 2009 en

Quetzaltenango, con la coordinación de Casa Noj de la Cultura, y en

Chimaltenango, con la coordinación de la Asociación Sotz’il.

Acciones

Acción I: Desarrollo técnico, gestión y de acompañamiento de las CEC de

febrero a marzo.

Acción II: Sesión de coordinación, mejora y adecuación a la realidad de cada

comunidad del Plan de Constitución de Comunidades Emergentes de

Conocimiento.

Acción III: Creación y desarrollo de 2 nuevas Comunidades Emergentes de

Conocimientos y consolidación de las dos creadas en el 2009, dos publicaciones

sobre los resultados de sus investigaciones en base al Sistema de Indicadores

para la observación comunitaria del impacto de las desigualdades estructurales

en el ejercicio de los derechos y de sus Planes Estratégicos para el ejercicio de los

derechos colectivos y la formulación de políticas culturales comunitarias y

regionales.

Acción IV: Actualización, mejora y mantenimiento de la plataforma tecnológica

para la comunicación vía Internet de las Comunidades Emergentes de

Conocimiento y la digitalización de datos del Sistema de Indicadores

Cuantitativos para la observación comunitaria del impacto de las desigualdades

estructurales en el ejercicio de los derechos colectivos, y la posterior generación

de gráficas.

Acompañamiento en la creación comunitaria e interrelación de comunidades

emergentes de conocimiento. Para que la información sea fidedigna y tenga

aplicación real para transformar la realidad, CANEK facilita la reconstrucción de

estructuras organizativas locales capaces de generar información estadística y

conocimiento por sí mismas, llamadas por ello comunidades emergentes de

Page 312: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

284

conocimiento, capaces de analiza la situación del colectivo y el impacto en sus

comunidades de las desigualdades estructurales. El observatorio las

interrelaciona para generar retroalimentación y redes de trabajo. La información

y el conocimiento, en definitiva, vienen de abajo y no de arriba, es decir no

procede de fuentes oficiales sino de la misma comunidad. Se trabaja entonces

por procesos en unidades conectadas con un fin común: el ejercicio de los

derechos colectivos y la construcción de un Estado plural desde la base. Este

programa consta de las siguientes fases: (I) Creación de comunidades

emergentes de conocimiento (CEC). (II) Diagnóstico local cuantitativo del

impacto de las desigualdades estructurales de carácter cultural en la

conformación y desarrollo de colectivos locales. (III) Generación de

conocimiento local sobre colectividad e interpretación de derechos colectivos a

partir de los Ciclos locales de generación de conocimiento e incidencia local y

regional. (IV) (Re) formulación de políticas culturales comunitarias mediante

proceso de construcción intercultural: plan estratégico de incidencia

comunitaria y regional en base a la interpretación de los derechos colectivos.

PROGRAMA II: Generar y fortalecer medios alternativos de comunicación,

retroalimentación e incidencia que permitan la construcción ascendente,

descentralizada y conjunta de sujetos políticos dedicados a la formulación,

implementación y seguimiento de políticas culturales para la construcción desde

lo comunitario y lo regional de un Estado plural.

Resultado esperado: Se ha generado espacios de incidencia comunitaria,

regional y estatal sobre Derechos Colectivos y Políticas Culturales para el

desarrollo cultural de los pueblos de Guatemala que permite el debate,

interpretación, formación y seguimiento de ejercicio de políticas sobre derechos

colectivos, desarrollo y construcción de Estado Plural, así como ciclos

comunitarios de conversación radial e intergeneracional sobre aspectos que de

estos temas se desprenden, con la debida sistematización y publicación de

resultados. Se ha obtenido finalmente el mapa desde la interpretación

comunitaria del territorio y una propuesta consolidada de consejos regionales

Acciones

Acción I: Desarrollo del programa de radio comunitario Conciencia Colectiva,

con IGER – red de radios comunitarias en aire cada dos semanas desde enero de

2009.

Acción II: Realización del Ciclo Intergeneracional de Debate sobre Colectividad

y Derechos Colectivos, en aplicación desde enero de 2009 dos veces al mes.

Realización del Congreso Nacional sobre Derechos Colectivos y Políticas

Culturales para el desarrollo cultural de los pueblos de Guatemala, de 80

representantes y autoridades comunitarias durante 4 días.

Acción III: Publicación de resultados del Congreso Nacional sobre Derechos

Colectivos y Políticas Culturales para el desarrollo cultural de los pueblos de

Guatemala.

Acción IV: Asistencia en la incidencia de cambios constitucionales para el

legalización de sujetos colectivos.

Construcción intercultural a partir de la interpretación local y el ejercicio

ascendente de los derechos colectivos. Éste programa absorbe información

Comunitaria y regional que sirve para establecer las líneas estratégicas de acción

y concretar el marco teórico-conceptual y político de CANEK en base a la

consideración de representantes locales de todo el país. Es decir, CANEK no

decide cómo observar, dónde y qué, sino que lo establecen las bases. La

información se traduce en conocimiento cuando ésta es interpretada y aplicada

en las CEC. Consta de las siguientes componentes: Ciclo radial de

conversaciones sobre derechos colectivos y su interpretación local en radios

comunitarias. Ciclo de entrevistas a consejos locales de representación y decisión

colectiva para la sistematización de procesos de organización comunitaria y

Page 313: CANEK_Políticas culturales para un Estado Plural

285

ejercicio de los derechos colectivos. Ciclo intergeneracional de conversatorios

sobre derechos colectivos y colectividad. Mesas nacionales de debate con

representantes y autoridades locales, que permiten establecer políticas culturales

a nivel regional nacional y establecer pautas de cooperación y coordinación de

las distintas étnias del país para su ejecución.

PROGRAMA III: Generar un espacio de interpretación de los derechos

colectivos y de asistencia legal a casos específicos donde se vean violados los

convenios internacionales que hacen expresa la defensa y desarrollo de los

pueblos constituidos en sujetos colectivos.

Resultado esperado: Se ha creado el Centro Jurídico Interinstitucional de

Interpretación, Formación y Asistencia en Derechos Colectivos.

Acciones

Acción I: Realización de 5 mesas de trabajo para la formulación

interinstitucional y de convergencia del Plan Estratégico del Centro a partir de

los diversos centros de atención legal que operan individualmente en Guatemala

en defensa de los Derechos Colectivos de los Pueblos.

Acción II: Curso en formación e interpretación de los derechos colectivos y

políticas culturales en el marco jurídico nacional e internacional, con vistas a la

formación de abogados y notarios de los pueblos originarios y publicación del

curso.

Acción III: Recursos para gastos de ley y procedimientos administrativos en la

asistencia a casos específicos donde se violan los derechos colectivos.

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ANEXOS MAPAS DEL PROCESO HISTÓRICO DE DIVISIÓN DEPARTAMENTAL DE GUATEMALA DE 1824 A 1985

A continuación mostramos una serie de mapas que muestran los cambios que

han sufrido los límites político-administrativos a lo largo de los dos últimos

siglos. Éstos forman parte de la compilación elaborada por Flavio Quesada

Saldaña en Estructuración y desarrollo de la administración política territorial de

Guatemala en la colonia y la época independiente. (Guatemala: Centro de

Estudios Urbanos y Regionales de la Universidad de San Carlos de Guatemala,

1983). Los números que aparecen tanto a la par de las leyendas como en los

mapas son nuestros. Las fuentes de los mapas son las siguientes:

Mapa 1111, 1824. Miguel Rivera Maestre, Carta del Estado de Guatemala en Centro–

América, 1832 Constitución Federal de Centro América, 7 de noviembre 1824

“Decreto de la Asamblea Constituyente, 4 de noviembre de 1825” en Manuel Pineda

de Mont Recopilación de Leyes de Guatemala. Tomo I, 1869 pp. 463-470.

Mapa 2222, 1825. Miguel Rivera Maestre, op.cit. 1832 Carta del Estado de Guatemala, 11

de octubre de 1825 “Decreto de la Asamblea Constituyente, 4 de noviembre de 1825”

en Pineda de Mont, I: 463-470.

Mapa 3333, 1838. “Decreto de la Fundación del Estado de Los Altos 2 de Febrero 1838”

Quetzaltenango: Imprenta de Los Altos, 1838.

Mapa 4444, 1840. “Decreto de Gobierno, 26 de febrero 1840”, Pineda Mont, I: 48-49.

Mapa 5555, 1842. Gaceta de Guatemala, 13 y 25 de noviembre 1842.

Mapa 6666, 1844. “Decreto de Gobierno, 20 de noviembre 1844”, Pineda Mont, I: 475.

Mapa 7777, 1850. “Decreto de Gobierno, 9 de octubre 1850”, Pineda Mont, I: 475-477.

Mapa 8888, 1852. “Decreto de Gobierno, 8 de mayo 1852”, Pineda Mont, I: 477-478.

Mapa 9999, 1859. “Convención relativa a los límites con Belice. Aycinena-Wyke, 30 de

abril 1859” en Gaceta de Guatemala, 19 de septiembre 1859.

Mapa 10101010, 1866. “Acuerdo de Ministerio de lo interior” en Gaceta de Guatemala, 16 de

mayo 1866. Tomo XV N. 15

Mapa 11111111, 1871. “Decreto No. 30 de noviembre 1871” en Recopilación de lãs Leyes

emitidas por el Gobierno de Guatemala, desde el 13 de junio 1871, hasta 30 de junio

1881. Tomo I Guatemala: Tipografía El Progreso 1881. p.56.

Mapa 12121212, 1872. “Acuerdo de Gobierno, junio 13, 1872” en Recopilación de Leyes; I:

120 “Decreto 72, 12 de agosto 1872” en op.cit., I:132.

Mapa 13131313, 1873. “Decreto No. 107 de 24 de noviembre 1873” Recopilación de Leyes;

I:233.

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Mapa 14141414, 1874. “Acuerdo de Gobierno de abril 1874” Recopilación de Leyes; I:276-

277.

Mapa 15151515, 1877. “Decreto No. 181, 4 de mayo 1877” en Recopilación de Leyes; II: 107

No. 194, 16 de octubre 1877 op.cit., II:155-56.

Mapa 16161616, 1882. “Tratado definitivo de limites de Guatemala – México, Herrera-

Mariscal, 27 de septiembre 1882” en Recopilación de Leyes; III: 447. El Guatemalteco,

425, 26 de diciembre 1883. Fuente: “Mapa de la República de Guatemala”, 12 de

enero 1895 en El Mensajero de Centro-América. Cuestiones entre Guatemala y

Mejico. Guatemala Tipografía Moderna, 1895.

Mapa 17171717, 1885. “Decreto Ejecutivo del 9 de enero de 1885” en Instituto Geográfico

Nacional, Diccionario Geográfico de Guatemala. Tomo I. Guatemala: Tipografía

Nacional, 1976. pag. 439.

Mapa 18181818, 1908. “Decreto 863, 15 de abril de 1908” en El Guatemalteco, Tomo LXIV,

No. 38.

Mapa 18181818, 1920. “Decreto Gubernativo de 25 de diciembre de 1919” en El

Guatemalteco, Tomo XCIV No. 14 y “Decreto No. 756 de 9 de junio de 1920” en El

Guatemalteco, Tomo XCV No. 13.

Mapa 19 19 19 19, 1934. “Decreto de la Asamblea Legislativa del 3 de abril de 1934” en Diario

de Centro América, Tomo X, No. 23.

Mapa 20202020, 1935. “Decreto Legislativo No. 2081 de 29 de abril de 1935” en Diario de

Centro América, Tomo 14, No. 171.Mapa 21212121, 1985. “Acuerdo Gubernativo 722-85 de

21 de agosto de 1985” en Diario de Centro América de 21 de agosto de 1985.

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1 1 1 2

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CANEK – Observatorio Cultural

POLÍTICAS CULTURALES PARA UN ESTADO PLURAL

Directora Asociación Centro Civitas

Evelyn Blanck

Director Centro Cultural de España en Guatemala

Jorge Castrillón

Equipo consultor

Benito Morales

Byron Paredes

Elsa Blanco

Enrique Gordillo

Lucía Xiloj

Odilia Chavajay

Renata Ávila

Con la colaboración de

Romeo Tiu

Santiago Bastos

Asistencia en la construcción de indicadores

Diani Cabrera

Luís Cruz

Asistencia técnica CCE/G

Laura Luja

Asistencia logística

Mirza Colindres

Pedro Ortega

Asistencia legal

Mario Figueroa

Asistencia tecnológica

César Hernández

Cesar Joel Bojorquez Curtidor

Ernesto Lorenzana

Erwin Gonzales Bonilla

Francisco Castro

Asistencia pedagógica

Eduardo Sáez

Edición

Gemma Gil

Diseño

Equipo CANEK

Coordinación Comunidad Emergente de

Conocimiento

Moloj Naoj Kaqchikel

Sotz’il. Centro para la investigación y planificación

del desarrollo maya

Armando Sarazua

Marvin Chirix

Coordinación Comunidad Emergente de

Conocimiento

Espacio de Convivencia Cultural

Casa No’j

Carlos Escalante

Saknicte Racancoj

Consejo Coordinador del Pueblo Xinka de

Guatemala, Chiquimulilla

Demetrio López

Casa de la Cultura Garínagu, Livingston

Teywi Álvarez

Impresión y encuadernado a cargo de

Claudia

Coordinador general

Isaac De los Reyes

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CANEK – Observatorio Cultural

Confluencia ■ Cuadernos de observación activa 2009


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