Date post: | 05-Aug-2015 |
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PROCEDIMIENTO PARA LA
APLICACIÓN DE SANCIONES
ARTICULO 30
EL PROCEDIMIE
NTO SE
INIC
IA POR LA Q
UEJA
PRESENTADA POR UN
CONTRATISTA O
APRENDIZ
Comité de Evaluación y Seguimiento
Integrantes:InstructorPsicólogo
Coordinador académicoCoordinador de formación
Aprendiz voceroAprendiz representante
ARTICULO 31
ARTICULO 32: REUNIONES
El comité de evaluación y
seguimiento se reunirá una vez al mes o mas para la
aplicación de sanciones si es
necesario
ARTICULO 33: COMUNICACIÓN AL APRENDIZ
El coordinador académico dentro de 3 días hábiles a la fecha de recibido
de queja le comunicara al
aprendiz atravez de un oficio
ARTICULO 34: SESIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO
En este caso los aprendices debatirán sobre La existencia de la conducta Si constituye o no falta El probable autor(es) de la misma El grado de responsabilidad de cada uno El grado de calificación de la(s) falta(s), y Si amerita o no recomendar una sanción
ARTICULO 35: ACTO SANCIONATORIO
Para la sanción deberá contener como mínimo:Relación sucinta de los hechos investigadosRelación de los descargos presentados por el
aprendizRelación de todas las pruebas aportadas o
allegadas al expedienteAnálisis sobre la existencia de los hechosNorma(s) de este reglamentos que se infringió y
que le otorga a los hechosIdentificación del autor Grado de responsabilidad de cada autor
ARTICULO 36: RECURSO
El aprendiz debe ser
Notificado de la
sanción
Impuesta por el
Subdirector.
Una vez sea
notificado el acto
académico
Se podrá ejercer la
sanción