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Caratula-uladech. Logica Juridica

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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE SISTEMA DE UNIVERSIDAD ABIERTA CU. LA MERCED- CHANCHAMAYO ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO CENTRO UNIVERSITARIO LA MERCED- CHANCHAMAYO Curso : LOGICA JURIDICA Evaluación a Distancia Nº Apellidos y Nombres: PACHECO BATALLA, Alberto David. Código: 3906121001 Ciclo : X Ciudad: La Merced- Chanchamayo Fecha : 15- DICIEMBRE-2012
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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE SISTEMA DE UNIVERSIDAD ABIERTA

CU. LA MERCED- CHANCHAMAYO

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHOCENTRO UNIVERSITARIO LA MERCED- CHANCHAMAYO

Curso : LOGICA JURIDICA

Evaluación a Distancia Nº

Apellidos y Nombres:

PACHECO BATALLA, Alberto David.

Código: 3906121001

Ciclo : X

Ciudad: La Merced- Chanchamayo

Fecha : 15- DICIEMBRE-2012

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I UNIDAD DE APRENDIZAJE

Actividad: Explique la importancia que tiene la Lógica Jurídica para el ejercicio de la profesión del abogado.

La lógica jurídica ayuda en la profesión del abogado; ya que le da la capacidad de argumentación y de relación de ideas para sustentar la causa que defiende, en el sentido de que la brinda la capacidad del análisis e interpretación de la realidad (propia del profesional del derecho) fuera del análisis de lo racional (propio del filósofo).

Actividad: Dentro del universo normativo, la palabra norma tiene varios significados, incluyendo aquel que se refiere a la Norma Jurídica: Establezca la diferencia que existe entre el concepto de norma común y norma jurídica.

NORMA COMUN NORMA JURIDICALas normas son aquellos mecanismos que tienden a dirigir o encausar la conducta humana. Las cuales en su acepción general implican derechos subjetivos de unos y respeto `por los otros. Es decir están asociadas al “ser” de la conducta humana.

Es una regla que expresa un deber- expresado en “coacción” , las cuales no se refieren al “ser”, sino al “deber ser” de la conducta humana como premisa fundamental.

Actividad: Con la finalidad de fijar de manera clara y objetiva los alcances del término “norma”, elabore un mapa conceptual de las clases de normas que conoce.

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Conjunto de reglas que

Las cuales se clasifican en

NORMA

Conducen o pautan las normas de comportamiento.

ETICASComportamientos que tienden a

realizar el valor de lo bueno.

CONSUETUDINARIAS

Reglas de costumbre netamente social, obligatoriedad está en el consenso.

TECNICASPrescriben los medios para alcanzar un

fin práctico.

JUEGO- GRAMATICADeterminan lo que esta, no está, como esta y en qué casos no está permitido.

IDEALESPostulan, expresan anhelos y metas

supremas de perfeccionamiento.

RELIGIOSASRegulan acciones destinadas a la

práctica de la fe.

JURIDICASPrescriptiva frente a un determinado

comportamiento humano.

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Actividad: Dentro del Universo normativo, ubique la norma jurídica y señalando sus características explique en qué se diferencia de las normas comunes.

Dentro del universo normativo, la norma jurídica se ubica entre aquellas eminentemente prescriptivas: ordena, permite, prohíbe, dispensa, declara y establece determinado comportamiento humano.

NORMA COMUN NORMA JURIDICANo necesita necesariamente la presencia de un estado para ponerse en vigencia; ya que nace de la relación entre las personas.

Es Heterónoma; en el sentido de que se formula, se aprueba y se pone en vigencia por el estado.

No necesariamente esta jerarquizada; ya que no forman parte de una estructura única (normas valores religiosos, morales, etc.)

Es Jerárquica: forma parte de un sistema jurídico.

Se fundan en la libertad de las personas.

Conllevan coercibilidad y coacción estatal: Obliga al individuo a cumplirlas.

No necesariamente implica corresponsabilidad; ya que se basa principalmente en el “ser”

Es Bilateral y Co- implicante: se da entre personas y genera una corresponsabilidad.

Se funda sobre la premisa de libertad del ser humano.

Es eminentemente prescriptiva: prescribe un tipo de conducta.Es Teleológica: instrumento para resarcir injusticias.

No necesariamente requiere de Estado para existir.

Es correlativa con el estado: ya que no puede existir Estado sin ella.

No necesita necesariamente instituciones que regulen su cumplimiento, pues estos se dan de diversas formas

Requiere Implementación para su aplicación: requiere de instituciones para hacerla cumplir.

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(moral, bien común, etc.)Es diferente a la ley: ya que representa su contenido, más no ella misma.

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Actividad: Elabore un mapa conceptual o cuadro sinóptico de la clasificación de la norma jurídica.

LA NORMA JURIDICA

Por el Operador Deóntico

Clasificación Derivada

Según el Lenguaje

Obligatoria: Cuando imputa un comportamiento obligatorio al sujeto de regulación jurídica.

Facultativa: Cuando imputa al destinatario una permisión de comportamiento, es decir optar por el ejercicio o no de la norma.

Prohibitiva: Niega una acción

Excluyente: La que supone una excepción a la Regla general.

Especial: Regula una realidad particular.

Irregular o Emergencia: Circunstancias extremas y/o graves.

De Exención: Exonera, libera o dispensa de una sanción prevista, que es común para los demás.

Declarativa: Declaran principios o anhelos que se esperan alcanzar

Aclaratoria: Aclaran el sentido y la extensión de la norma que es sujeto de aclaración.

De Organización: Determinan estructura, niveles, competencias y funciones de las instituciones.

De Procedimiento: Regulan los procesos Constitucional, Administrativo, Civil, etc.

Interpretativa: Referida a precisar el sentido de la norma jurídica.

Consistentes: Son claras por no tener contradicciones internas, antinomias, no tienen lagunas.

Inconsistentes: No son claras, tienen lagunas.

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Actividad: Explique cuál es la estructura de la norma jurídica.

Se entiende por estructura de la norma jurídica a la conjunción ordenada e interdependiente de elementos internos (concepto, juicio, función de la imputación) y externos (lenguaje técnico) constitutivos de la prescripción jurídica.

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II UNIDAD DE APRENDIZAJE

Actividad: Describa lo que entiende por pensamiento jurídico y enumere las formas de pensamiento jurídico que conoce.

Es todo raciocinio exigido por la vida jurídica, es el raciocinio efectuado por aquel que ejerce una actividad jurídica Ej.: abogado, legislador, jurisconsulto, magistrado.

Finalidad del razonamiento jurídico: Llegar a un juicio (conclusión), que puede ser una norma elaborada o una sentencia judicial.

Clasificación de los razonamientos:1. Raciocinio jurídico de coacción intelectual (jurídicos lógicos)2. Raciocinio jurídico de persuasión (jurídicos retóricos)3. Raciocinio de argumentación puramente jurídica, basada sobre presunciones, prescripciones, ficciones etc., establecidas por la ley (jurídicos extra-lógicos)

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Actividad: Elabore un mapa conceptual o cuadro sinóptico de la clasificación del concepto jurídico y ponga ejemplos de cada una de ellas.

El concepto Jurídico

CLASIFICAN

Según su Extensión

“Universal”

“Particular”

“Singular”

“Contenido y Extensión”

Incluye totalidad de componentes (Eje: propiedad, delito, etc)

Pluralidad menor que la totalidad (Eje: algunos contratos)

Un solo objeto (Eje: delito de estafa de A cometido en B)

Todos los seres se relaciona unos a otros (Eje:acusado,fiscal

Según Grado de Abstracción

“Menor Grado”

“Mayor Grado”

Destacan lo esencial y específico (Eje: escritura pública)

Destacan lo esencial y general (Eje: Derechos Humanos)

Según Oposición

“Contrarios”

“Contradictorios”

“Sub contrarios”

“Sub alternación”

Contraposición simultánea (Todos los abigeos, ningún abigeo)

Contraponen conceptos(Eje: Ningún título, algún título)

Significados opuestos (Eje: muchos con licencia, algunos sin licencia)

Ejemplo: Todos los curadores, pocos curadores

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Actividad: La norma jurídica tiene una doble estructura: a) estructura externa y b) estructura interna. Con ejemplos, en que consiste la estructura interna de la norma.

La estructura interna de la norma es su contenido prescriptivo, el cual está constituido por las formas de pensamiento jurídico: Concepto Jurídico ( se expresa mediante la palabra), Juicio Jurídico ( proposición jurídica), Función de la Imputación ( instituir la regulación jurídica de las relaciones sociales).

Para clarificarlo lo representamos en el siguiente ejemplo:

“La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la Sociedad y el Estado” (ARTICULO 1º DE LA CONSTITUCIÒN POLITICA DEL PERU)

Si este texto lo analizamos desde el punto de vista meramente del juicio del lenguaje, nos informa que la persona humana y su dignidad son los fines supremos que defienden el Estado y la Sociedad. Ya desde el punto normativo observamos que se trata de una proposición jurídica que contiene una prescripción jurídica declarativa e imperativa, cuyos componentes son:

Supuesto Jurídico: Funciones y Fines del estado, entre ellos y como más importante la persona y el respeto de su dignidad.

Imputación Jurídica: Mecanismos, organización, instituciones, poderes para defender a la persona y su dignidad.

Consecuencia Jurídica: Atribución o función del ser del Estado y el porqué de su existencia, que es reconocida por poder los poderes e instituciones que la conforman.

Actividad: Cite cuatro ejemplos de norma jurídica y ubique el operador deóntico en cada una de ellas.

Para la siguiente actividad resaltaremos con negrita el operador deóntico.

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1. “Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado juridicialmente su responsabilidad “(Artículo 2 CPP, inc. F )

2. “Nadie puede ser incomunicado, sino en caso indispensable para el esclarecimiento de un delito, en la forma y el tiempo provistos por la Ley “(Artículo 2 CPP, inc. G )

3. Los fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles. Los recursos se aplican en la forma y bajo la responsabilidad que señala la ley (Articulo 13 CPP)

4. “El estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas” (Articulo 68 CPP)

Actividad: Redacte un resumen de lo que entienda por inferencia jurídica y de cómo opera está en la lógica jurídica.

Es una clase especial de razonamiento que consta de dos premisas. La primera es un juicio jurídico de derecho positivo o , en su caso, constitutivo de un principio jurídico no positivizado. La segunda premisa es un juicio enunciativo que afirma o niega la subsunción del caso en la hipótesis jurídica de aquel.

Ambas premisas son relacionadas a la luz del principio lógico y de las pautas pertinentes de la inferencia en la aplicación para derivar el juicio conclusión que, a su vez, permitirá decidir la aplicación o no de la consecuencia jurídica y declarar resuelto el caso materia de la inferencia.

Actividad: Precise lo que entienda por argumentación jurídica y explique a que se llama contexto de descubrimiento y contexto de justificación.

Argumentación Jurídica es la capacidad que tiene el jurista de argumentar y manejar argumentos con habilidad, en cualquiera de los tres campos: ya sea en la producción de normas, en la aplicación de la norma jurídica, y en la dogmática jurídica en donde se produce la norma, se dan los criterios para su aplicación y jerarquización.

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Con respecto al contexto de descubrimiento; esta es una actividad que como su nombre lo dice consiste en descubrir o enunciar una teoría que según opinión generalizada, no es susceptible de un análisis lógico el cual compete al sociólogo y/o al historiador.

Con respecto al Contexto de Justificación; es la actividad que consiste en confrontar con los hechos para demostrar su validez.

Actividad: Explique cuales con las técnicas argumentativas.

Las técnicas argumentativas pueden clasificarse en dos bloques: el primero de enlace o de asociación y el segundo de disociación, a las cuales se siguen una clasificación que explicamos a continuación:

a) Argumentos cuasi lógicos: los que hacen referencia a la noción de contradicción, identidad y de transitividad.

b) Argumentos Basados en la Estructura de lo Real: son aquellos que sirven de enlaces de sucesión o de coexistencia para establecer una solidaridad entre juicios admitidos y otros que se tratan de promover.

c) Argumentos que funda la estructura de lo reald) Argumentos de disociación: los que presuponen la unidad

primitiva de dos elementos confundidos en el seno de una misma concepción designados por una misma noción.

e) Interacción y fuerza de los argumentos: los cuales se aplican a todos los argumentos en general y otro característico de cada uno de los campos de la argumentación.

Actividad: Haga un resumen de la crítica que Fernando Carbonell Lazo, en el texto base, de la teoría de Parelman.

Puesto que toda la argumentación pretende la adhesión de los individuos, el auditorio, a que se dirige, para que exista argumentación se necesitan ciertas condiciones previas, como la existencia, de un lenguaje común o el concurso ideal del interlocutor, que tiene que mantenerse a lo largo de todo el proceso de la argumentación.

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En la argumentación se pueden distinguir tres elementos, el discurso, el orador y el auditorio; pero este último como se indica, juega un papel predominante y se define como el conjunto de todos aquellos en quienes el orador quiere influir con su argumentación. PERELMAN pone de manifiesto cómo la distinción clásica entre tres géneros oratorios: el deliberativo (ante la asamblea), el judicial (ante los jueces) y el epidíctico (ante espectadores que no tienen que pronunciarse), se efectúa precisamente desde el punto de vista de la función que respectivamente juega el auditorio y concede, por cierto, una considerable importancia al género epidíctico (cuando el discurso parte de la adhesión previa del auditorio, como ocurre en los panegíricos, en los sermones religiosos o en los mítines políticos), pues el fin de la argumentación no es solo conseguir la adhesión del auditorio, sino también acrecentarla. Sin embargo, la clasificación más importante de tipos de argumentación que efectúa PERELMAN se basa en la distinción entre la argumentación que tiene lugar ante el auditorio universal, la argumentación ante un único oyente (el diálogo) y la deliberación con uno mismo.

Sobre todo en los últimos años, se ha concedido una gran importancia al concepto perelmaniano de auditoria universal, que aunque dista de ser un concepto claro, al menos en el tratado parece caracterizarse por estas notas.(i)Es un concepto límite en el sentido de que la argumentación ante el auditorio universal es la norma de la argumentación objetiva. (ii) Dirigirse al auditorio universal es lo que caracteriza a la argumentación filosófica. (iii) El del auditorio universal no es un concepto empírico: el acuerdo del auditorio universal "no es una cuestión de hecho, sino de derecho". (iv) El auditorio universal es ideal en el sentido de que está formado por todos los seres de razón, pero por otro lado es una construcción del orador, es decir, no es una entidad objetiva. (v) Ello significa no solo que diversos oradores construyen diversos auditorios universales, sino también que el auditorio universal de un mismo orador cambia.

Una de las funciones que cumple este concepto en la obra de PERELMAN es la de permitir distinguir (aunque se trate de una distinción imprecisa, como también lo es la distinción entre los diverso auditorios) entre persuadir y convencer. Una argumentación persuasiva, para PERELMAN, es aquella que solo vale para un

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auditorio particular, mientras que una argumentación convincente es la que se pretende válida para todo ser de razón.

En fin, la argumentación, a diferencia de la demostración, está estrechamente ligada a la acción o un proceso con la que se pretende obtener un resultado: lograr la adhesión del auditorio, pero solo por medio del lenguaje, es decir, prescindiendo del uso de la violencia física o psicológica. Por otro lado, su proximidad con la practica hace que en la argumentación no quepa hablar propiamente de objetividad, sino tan solo imparcialidad:… ser imparcial no es ser objetivo, es formar parte del mismo grupo que aquellos a los que se juzga, sin haber tomado partido de antemano por ninguno de ellos. La noción de imparcialidad, por otro lado, parece estar en estrecho contacto con la regla de justicia (ser imparcial implica que en circunstancias análogas se reaccionaría igual) y con lo de auditorio universal (los criterios seguidos tendrían que ser válidos para el mayor número posible y en última instancia, para el auditorio universal.

Al estudiar las premisas de que se parte en una argumentación, se pueden distinguir tres aspectos: el acuerdo, la elección y la presentación de las premisas.

Para poder desarrollare una argumentación hay que partir, en efecto, de lo que se admite inicialmente, si bien el punto de partida mismo constituye ya un primer paso en su actualización persuasiva. Los objetos de acuerdo pueden ser relativos a lo real (hechos verdades o presunciones), o bien relativos a lo preferible (valores, jerarquías y lugares de lo preferible)

Actividad: Explique lo que entienda por demostración jurídica y cuál es su estructura.

La demostración se entiende como el proceso por el cual se aplica la inferencia o un conjunto de inferencias para poner de manifiesto la veracidad o validez del contenido de un argumento.

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La estructura lógica de la demostración está constituida por varias partes debidamente individualizadas y correlacionas entre sí, la cual consta de:

a) La Tesis: constituye una afirmación que necesariamente debe ser verificada, demostrada o probada.

b) Los Fundamentos: serie concatenada de juicios que contienen conocimientos de rigor científico o verdades consagradas por la experiencia social.

c) El procedimiento: secuencia o vínculo de los fundamentos y de las consecuencias que de ellos le siguen.

d) Conclusión: confirmación de la tesis propuesta.

Actividad: Explique lo que entiende por refutación jurídica y cuál es su estructura.

Consiste en el razonamiento o serie de consecuencias de razonamientos mediante el cual se prueba la falsedad o invalidez de una tesis o se prueban los errores de procedimiento cometidos durante la pretendida demostración de dicha tesis.

La estructura de la refutación está constituida por:

a) Tesis: la tesis falsa o invalida.b) Fundamentos: conjunto de conocimientos empleados para

probar que la tesis es falsa o invalida.c) Procedimiento: demostrar mediante inferencias la falsedad o

invalidez de la tesis.

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