C.A.U.T.AUTORIZACIONES DE USO
TERAPÉUTICO
Dra. Pilar Martín EscuderoEscuela Profesional de Medicina de la
Educación Física y el DeporteFacultad de Medicina
Universidad Complutense de MadridUCM
www.pilarmartinescudero.es2017
¿QUÉ ES UNA AUTORIZACIÓN DE USO TERAPÉUTICO (AUT)?
ES CUANDO A UN ATLETA SE LE AUTORIZA A TOMAR UN MEDICAMENTO INCLUIDO EN LA LISTA DE SUSTANCIAS DOPANTES PARA
TRATAR UNA ENFERMEDAD DETERMINADA
Dra. Pilar Martín Escuderowww.pilarmartinescudero.es
Autorizaciones de uso terapéuticoComo deportista, puedes estar enfermo o sufrir unas condicionesfísicas que requieran de un tratamiento médico para recuperarte. Silos principios activos de la medicación que utilizas aparecen en la Listade sustancias y métodos prohibidos en el deporte debes solicitaruna Autorización de Uso Terapéutico (AUT). Para ayudarte a conocersi tu medicación requiere una AUT, la AEPSAD pone a tu disposición laaplicación de teléfono móvil y escritorio NoDopApp.
Una AUT es un certificado que emite la Organización NacionalAntidopaje de España, AEPSAD, o la Federación Internacionalcorrespondiente y que te autoriza a utilizar a través de una vía deadministración, en unas dosis concretas y durante un periodo detiempo, un medicamento que contiene sustancias prohibidas en eldeporte.
Condiciones para la concesión de una Autorización de Uso Terapéutico (AUT). Para conceder la AUT, a través de la solicitud debes:1.- Demostrar mediante informes precisos y pruebas clínicas avaladas por un médico, que padeces una enfermedad.2.- Que la sustancia prohibida o método en cuestión es necesario para tratar un problema médico agudo o crónico de tal naturaleza que tu salud experimentaría un deterioro significativo si no fueras tratado.3.- Que es muy improbable que el tratamiento pueda producir una mejora de tu rendimiento superior a la que podría preverse al regresar a tu estado de salud normal.4.- Que no existe una alternativa Terapéutica razonable al uso de la sustancia prohibida.El último responsable de la solicitud es el deportista o su representante legal, en caso de que sea menor de edad.
¿Dónde se debe solicitar?Atendiendo al nivel competitivo del deportista, puede ocurrir que:1.- Si es Internacional, compite regularmente en eventos internacionales, debe solicitar la AUT ante la Federación Internacional correspondiente.2.- Si es nacional, debe solicitar la AUT a la AEPSAD. Las solicitudes aprobadas a nivel nacional suelen ser reconocidas posteriormente por la Federación Internacional.
Todo Deportista que necesite una AUT deberá solicitarla tan pronto como sea posible.
1.- Para sustancias prohibidas solamente en Competición, deberás solicitar la AUT con al menos 30 días de antelación a tu próxima competición, salvo que se trate de una emergencia o de una situación excepcional.2.- En el caso de las sustancias prohibidas en todo momento, la solicitud de AUT deberás presentarla tan pronto como te diagnostiquen el problema.3.- En las situaciones de emergencia (carácter retroactivo), la solicitud se debe enviar en un plazo de 10 días a partir de la fecha de inicio del tratamiento, junto a los informes que justifiquen la situación de urgencia. Es imprescindible especificar en la solicitud la citada fecha de inicio del tratamiento. (Solicitar que se autorice con efecto retroactivo).
¿Cómo se solicita?
Existen dos opciones para que puedas presentar tu solicitud de AUT:
Mediante ADAMS; Puedes solicitar a la AEPSAD una cuenta en ADAMS (sistema de gestión y administración antidopaje creado por WADA). Desde la AEPSAD te mandaremos un usuario y clave para que tú mismo puedas rellenar online el formulario de solicitud y adjuntar la información médica correspondiente. Podrás seguir en tiempo real el estado de tu solicitud. Además ADAMS te permite conocer el resultado de los controles de dopaje a los que te puedes ver sometido. Esta es la vía más rápida, y sin lugar a dudas te la recomendamos.Mediante formulario, se abre en ventana nueva; debes descargarte el formulario de solicitud de AUT desde el sitio web de la Organización Antidopaje. Una vez cumplimentado y junto con las pruebas médicas, toda la documentación será remitida por correo postal o fax. En el caso de la AEPSAD:Correo postal: Atención, CAUT. Plaza de Valparaíso número 4, 28016 Madrid.Fax: 91.589.05.19En este último caso, la Organización Antidopaje introducirá la información en ADAMS.
La AEPSAD no admitirá a trámite ninguna solicitud que no esté correctamente cumplimentada y sin la documentación médica pertinente
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QUE PASA SI NECESITO TOMAR ALGUNA DE ESTAS SUSTANCIAS POR CAUSA DE FUERZA MAYOR, HOSPITALIZACIÓN O NO
EXISTIR OTRA ALTERNATIVA TERAPÉUTICA:
Para todas estas sustancias se debe mandar
Una solicitud de Autorización Terapeútica
(AUT) (según modelo), rellenando dicho anexo
(completo y con todas las firmas, incluido con la
firma de los padres si son menores)
Un informe médico donde especifique historia cínica, exploración, diagnostico,
pruebas diagnósticas realizadas con sus correspondientes
resultados, diagnóstico establecido y tratamiento
dispuesto con sus revisiones que no sean de
más de 3 meses con anterioridad, desde la
solicitud de la AUT
PLAZOS DE NOTIFICACIÓN DE AUTs
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Todo Deportista que necesite una AUT deberá solicitarla tan pronto como sea posible.
1.- Para sustancias prohibidas solamente en Competición, deberás solicitar la AUT con al menos 30 días de antelación a tu próxima competición, salvo que se trate de una
emergencia o de una situación excepcional.
2.- En el caso de las sustancias prohibidas en todo momento, la solicitud de AUT deberás presentarla tan pronto como te diagnostiquen el problema.
3.- En las situaciones de emergencia (carácter retroactivo), la solicitud se debe enviar en un plazo de 10 días a partir de la fecha de inicio del tratamiento, junto a los informes que justifiquen la situación de urgencia. Es imprescindible especificar en la solicitud la citada
fecha de inicio del tratamiento. (Solicitar que se autorice con efecto retroactivo).
COMO LO MANDO O SE SOLICITA:
1.- Mediante ADAMS; Puedes solicitar a la AEPSAD una cuenta en ADAMS (sistema de gestión y administración antidopaje creado por WADA). Desde la AEPSAD te mandaremos un usuario y clave para que tú mismo puedas
rellenar online el formulario de solicitud y adjuntar la información médica correspondiente. Podrás seguir en tiempo real el estado de tu solicitud. Además ADAMS te permite conocer el resultado de los controles de dopaje
a los que te puedes ver sometido. Esta es la vía más rápida, y sin lugar a dudas te la recomendamos. (no requiere formulario)
1.- Por correo ordinario: (se sugiere en carta certificada con acuse de recibo y que indique datos confidenciales) (si requiere formulario)
Comisiones de Autorización Terapeútica.CAUT. Plaza de Valparaíso número 4, 28016 Madrid
2.- Por Fax: (se sugiere poner para las Comisiones de Autorización Terapéutica en la carátula y con las hojas que se envían y que indique datos confidenciales) (si requiere formulario)
915890519Asegurarse de que estén todas las hojas son enviadas correctamente.
3.- En Mano: se sugiere presentar en el registro del Consejo Superior de Deportes (CSD) abierto de 9 a 5 h. Se debe de llevar la primera hoja fotocopiada o la hoja de presentación para que se pueda poner el sello de entrada,
también debe de poner. (si requiere formulario)Dra. Pilar Martín Escudero
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ANEXO A RELLENAR DE AUT (solicitud 1):
ANEXO A RELLENAR DE AUT (solicitud 2):
CUIDADOS Y OBSERVACIONES:
Se deben de rellenar con letra mayúscula, todos los cuestionarios que estén incompletamente rellenos se dan por no presentados.
Se debe de poner el nombre genérico del medicamento, con dosis día, duración del tratamiento y que sea lo mismo que pone el informe médico adjunto.
Si eres menor de edad lo debe firmar el deportista y el padre, madre o tutor.
Debe poner el número de colegiado y la dirección del médico y su especialidad.
Se debe poner también si se han solicitado autorizaciones previas, inclusive las internacionales.
Para el uso de Glucocorticoides administrados por vía intraarticular, periarticular, peritendinosa, peridural, intradérmica y por inhalación NO SE REQUIERE DECLARACION DE
USO
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Valoración de la solicitud de AUT en la AEPSAD:Recibida la solicitud, en la AEPSAD se efectúa una primera revisión paradeterminar si la documentación está completa; a continuación la solicitudpasa a la valoración del Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico(CAUT) de la AEPSAD, quien de un modo independiente y profesionalvalorará tu solicitud.
El CAUT actúa con plena autonomía funcional en el desempeño de susatribuciones.
El CAUT de la AEPSAD se compone de nueve médicos con experienciaen asistencia sanitaria y tratamiento de deportistas y conocimiento enasistencia clínica y deportiva.
Al menos uno de los miembros del CAUT tiene probada experiencia en eltrato con deportistas con discapacidad;.
Aprobación de la AUT:La AUT es válida desde la fecha indicada por el CAUT y durante elperiodo que se especifica en la decisión emitida.
El Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico adoptará su decisiónnormalmente dentro del plazo de 21 días hábiles desde la recepción detoda la documentación necesaria.
Si utilizas la sustancia prohibida antes de que la AUT haya sido aprobada,lo haces bajo tu propia responsabilidad; dicho uso constituiría unainfracción de las normas antidopaje en el caso de que la AUT fueradenegada por el CAUT.
No obstante, en situaciones de verdadera emergencia médica no deberáponerse nunca en peligro la salud del Deportista por motivosadministrativos.
Comunicación de la decisión:Por correo postal certificado, siendo la propia AEPSAD quien te comunicapor escrito la decisión adoptada. Además toda la información relativa alexpediente que apoya la solicitud de AUT estará disponible en ADAMSpara que la puedas consultar o generarte un certificado cuando lonecesites.
Reconocimiento de AUTs.
La carga en ADAMS de la solicitud de AUT, permite compartirinformación entre Organizaciones Antidopaje y por lo tanto evitartrámites burocráticos redundantes. El Artículo 4.4 del CódigoMundial Antidopaje requiere que las Organizaciones Antidopajereconozcan las AUT concedidas por otras OrganizacionesAntidopaje que satisfagan las condiciones contempladas en elArtículo 4.1 del Estándar Internacional para Autorizaciones deUso Terapéutico.
En caso de DUDAS, pregunta a la AEPSAD.
Teléfono de Contacto: 91.458.90.21Fax de Contacto: 91.589.05.19Correo electrónico: [email protected]ón postal: Plaza de Valparaíso nº 4 - 28016 Madrid
Modificaciones de la nueva Ley, sobre las AUTS:
PRUEBAS COMPLEMENTARIAS DE HIPERREACTIVIAD BRONQUIAL:
■ En caso de encontrarse con signos de obstrucción en condiciones basales, se demostrará su reversibilidad si se obtiene un aumento de ≥ 12% en el FEV1 después de la administración de un beta-2 agonista inhalado.■ En caso contrario se realizará una de las siguientes pruebas de provocación bronquial, con los criterios de positividad indicados:
1.- Pruebas de provocación con ejercicio: ≥10% de caída en el FEV12.- Prueba con metacolina: ≥20% de caída en el VEF1, PC20con < 4 mg/ml3.- Prueba con Manitol:≥15% de caída en el FEV1 4.- Prueba con suero salino hipertónico:≥15% de caída en el FEV1.5.- Prueba de hiperventilación voluntaria isocápnica: ≥10% de caída en el FEV1.
NOTA: Se recuerda que para la realización de estas pruebas deberá suspender la medicación. Los B2 agonistas de acción corta, 8 horas; y los B2 agonistas de acción larga y los glucocorticoides de 24 a 48 h previas.
Figura 1, distribución anual del número de solicitudes de AUT remitidas al CAUT desde el año 2008 a 2015.
Figura 2, Número de solicitudes de AUT remitidas al CAUT año 2008 a 2015 en función de su situación administrativa
Figura 3, distribución de edades y su correlación con el deporte que practican de las solicitudes de AUT
Figura 4. Distribución porcentual por deportes durante el año 2015 de; licencias federativas, controles efectuados dentro del plan de distribución de controles de España y solicitudes de autorización de uso terapéutico. Los deportes están ordenados de mayor a menor por número de solicitudes de AUT solicitadas.
Figura 5. Distribución anual de las solicitudes de AUT segmentadas por categoría de sustancia
Figura 6. Evolución dentro del intervalo 2010 a 2015, por categoría de sustancia prohibida del plazo, en meses, durante los cuales se autorizan las AUTs.
PROBLEMÁTICA OBSERVADA DESDE LAS CAUTS (1):
1.- Casi el 10% de los expedientes presentados han sido denegados.
2.- De los denegados:
40,00% …..Presentados incompletos
12,73% …..Existe alternativa terapéutica
3,64% ……No justificación clínica.
3.- Casi un 30% de los presentados no necesitan AUT
DE QUIEN ES EL PROBLEMA?:
1.- DEL DEPORTISTA:
2.- DE LA FEDERACIÓN:
3.- ADMINISTRACIÓN
TODOS
Plazos para los procesos solicitados:
1.Para la diabetes independientemente del tipo de Insulina se acuerda conceder 4 años desde la fecha del último informe
1.Para Beta 2 Agonistas que necesitan AUT1.Con pruebas: 4 años desde la fecha de la última prueba2.Si está en estudio: 3 meses 3.incorporar una variabilidad del 0,5% a todos los valores del FEV1 cuando se analizan los resultados aportados por los deportistas con asma.
2.Plazo de concesión de AUT para corticoides: 3 semanas después de terminar el tratamiento si está autorizado, con el fin de proteger a los deportistas.
3.Factores de crecimiento por vía intramuscular: se decide solicitar que definan si es plasma rico en plaquetas o factores de crecimiento plaquetario, informando que en el primer caso no procede AUT. En caso de que se soliciten Factores de crecimiento plaquetario, se denegará por considerar la mayoría que no hay evidencia científica en la actualidad que justifique su utilización (hay tratamientos alternativos, o no se ha demostrado su indicación en ningún proceso).
4.Para el trastorno de déficit de atención (TDAH) 1.Menor de 18 años: 3 años2.Entre 18 y 21 años: 2 años3.Mayores de 21 años: 1 año
5.Para las enfermedades crónicas se acuerda autorizar 4 años desde la fecha de la decisión si el informe médico está actualizado y completo, por ejemplo tratamiento de fondo para trasplante renal, Lupus Eritematoso sistémico (nefritis lúpica ……); Artritis reumatoide; hiperplasia suprarrenal congénita pierdesal.
6.Hipertensión arterial esencial: 2 años desde la fecha del último informe médico aportado, dado que serían diuréticos o betabloqueantes (que no son de 1ª elección y hay otras alternativas no prohibidas.
7.Tratamiento analgésico/narcótico por enfermedad grave crónica (fentanilo, por ejemplo): 1 año desde la fecha del último informe médico aportado (en acuerdos internos de documento actualizado a 10 de agosto de 2010, y que se ha perdido en los siguientes)
•Para el Tamoxifeno en Cancer de Mama 4 años desde la fecha del último informe aportado.
•Para Testosterona: 1 año desde la fecha el último informe médico aportado.
•Para Hormona de crecimiento: 1.Si tiene concesión de Comité de Salud De la CCAA correspondiente, fecha de caducidad que conceda el Comité.2.Si es menor o igual de 15 años: 2 años3.Si es mayor de 15 años: 1 año
DIRECTRICES DE LA WADA PARA CONCEDER LAS AUTS:
1.- Trasplante renal:Se usan Glucocorticoides, Beta-bloqueantes, diuréticos y EPO.Tienen que aportar informe clínico, más valores de parámetros hematológicos.
2.- Insuficiencia Adrenal: (enfermedad Addison)Como se usan glucocorticoides que se tengan en cuenta los tiempos de recuperación.Hasta 8 años validos los informes.
3.- Catarros: si piden una pseudoefedrina hasta 2 meses de AUT.
4.- HTA: hasta 4 años de autorización.
5.- Asma: proponen hasta 4 años de autorización.
6.- Tratamiento con testosterona: se pueden dar autorizaciones de 8 años, pero aportando informes cada año.
7.- Ovario Poliquístico: Clomifeno cada 2 años y Espironolactona hasta 8 años pero con informes anuales.
8.- Enfermedad de Chron: 4 años de autorización.
9.- Hipogonadismo: depende del tipo de tratamiento.
10.- Déficit de Hormona de crecimiento: 8 años si es congénito y 4 años si es debido a irradiación o trauma.
11.- Síndrome de déficit de atención:
Test validados: Adults: ACDS, CAADID, Barley, DIVA y en niños: Vanderbilt, K-SADs, DISC, Connors 21, SNAPValidez 4 años.
PATOLOGÍA TRATAMIENTO PROHIBIDO
TRATAMIENTO ALTERNATIVO
DURACIÓN AUT 2014
WADA
TDAH (DSM-IV)
-Metilfenidato -Dextroanfetamina
- < 18 años 4 años 4 años. Informe anual ≥ 18 años 2 años
ASMA (P.Hiperreactividad bronquial)
-B2agonistas:
Terbutalina Procaterol
-Glucocortic. vo - B2permitidos.vo
B2agonistas inh:
Salbutamol d.m. Salmeterolinh Formoterold.m. Otros:AC/AH/T/C/V..
4 años (F.U.P) 3 meses (estudio)
4 años. Informe anual
DIABETES Glucemia/HbA1C
-Insulina
Antidiabéticos vo en Diabetes II
8años (F.U.P)
8 años Informeanual
HTA -Diuréticos -B Bloqueantes (*)
-ARA -IECA -Bloqueantes C Ca
4 años (F.U.I.) 4 años
Déficit HG Niños/adolescentes Inf.especialista
HG recombinante - < 18 años
3 años máx
3 años si recomendado por especialistas
Comité CCAA
Fecha informe
Déficit GH Adulto Inf.especialista
GH recombinante - Tto/irradiación 4 años Genética/cong/ant, 8 años
INSUFIENCIA ADRENAL (E.Addison)
Glucocorticoides sistémicos
- 8 años (F.U.I.) 8 años (enf./I.Q) 4/12 s.(Tto.)
ANAFILAXIA
-Glucocorticoides sistémicos -Adrenalina
Retroactivo y hasta finalización de tto + 21 días
P.INFLAMATORIAS AGUDAS Músc-esqueléticas Infecciosas
-Glucocorticoides sistémicos -Narcóticos
AINES Analgésicos Relajantes musc. Fisioterapia
Retroactivo y hasta finalización de tto + 21 días
TTO. Corto. Diag. T. de Imagen
PATOLGIAS INFLAMATORIAS CRÓNICAS Inf.especialista
-Glucocorticoides sistémicos
AINES
Lupus A.Reumat. T.Renal
4 años máx.
E.INFLAMATORIA INTESTINAL Agudización
-Glucocorticoides sistémicos
Retroactivo y hasta finalización de tto + 21 días
4 años y TTO crisis agudas
P.DOLOROSA CRÓNICA Inf.especialista
-Narcóticos (Fentanilo)
-AINES - Analgésicos
1 año (F.U.I.)
CA MAMA Tamoxifeno (SERM) - 4 años (F.U.I.) HIPOGONADISMO Inf.especialista
Testosterona 1 año (F.U.I.)
TRANSEXUALIDAD Inf.especialista
Testosterona 8 años informe anual
S. OVARIO POLIQUISTICO/ INFERTILIDAd
-Espironolactona -Clomifeno
8 años inf. anual 2 años
INFUSION IV > 50 ml/ 6 horas extrahospitalaria
Tto agudo Tto. agudo y/o Emergencia
HIPERSOMNIA S. apnea del sueño Narcolepsia
Metilfenidato Modafinilo Anfetaminas
4 años. Informe anual
TOS Glucocorticoides -Glucocortic.inh 2 meses
Preguntas frecuentes:
¿Qué pasará si se detecta la sustancia prohibida durante el análisis de la muestra de control?Cuando la autoridad de control de dopaje, la AEPSAD en los deportistas de ámbito nacional, reciba el informe del laboratorio con un resultado adverso, verificará si existe una AUT en vigor y que los resultados del análisis son consistentes con la AUT concedida ( la naturaleza de la sustancia , la vía de administración , la dosis, duración del tratamiento) Si la revisión resulta satisfactoria , el resultado de la prueba se registrará como negativo.
¿Es confidencial la información que contiene la solicitud de la AUT del deportista?Los deportistas deben tener en cuenta que toda la información contenida en su solicitud de la AUT se mantendrá estrictamente confidencial. Todos los miembros de los CAUT firman acuerdos de confidencialidad y si requieren el asesoramiento de otros expertos científicos sobre un caso en particular, el nombre del atleta no se utilizará cuando circula la solicitud fuera del CAUT.
Mi AUT ha sido aprobada por la AEPSAD - , ¿por qué tengo que presentar otra solicitud de AUT a mi Federación Internacional?En general, los deportistas que compiten a nivel nacional sólo necesitan obtener una AUT de la AEPSAD. Cuando un deportista de ámbito nacional, va a competir en un evento baja la autoridad de su Federación Internacional (ya sea en España o en el extranjero), se debe presentar una nueva solicitud de AUT a la Federación Internacional salvo en aquellas situaciones en que exista un acuerdo de reconocimiento mutuo (se debe consultar a la Federación Internacional)
Mi médico me recetó /administró un medicamento debido a una urgencia ¿qué debo hacer?En esta situación, debe presentar una AUT en los plazos regulados (10 días tras su utilización) y especificar la situación de "Urgencia. El proceso es el mismo (cumplimentar el formulario de solicitud en el cual es imprescindible especificar la fecha de administración de medicamento y adjuntar los informes médicos que justifiquen la urgencia del mismo.
¿Qué sucede si se concede una AUT a un deportista?La AUT se concede para unos medicamentos o métodos específicos, y en unas condiciones concretas (dosis, vía de administración, frecuencia y duración del tratamiento). Todas las AUT tienen una fecha de caducidad. El deportista tiene que cumplir con todas las condiciones de tratamiento descritas en la solicitud de la AUT. El CAUT podrá solicitar durante el periodo de autorización informes de revisión relacionados con la AUT concedidaLa Agencia Mundial Antidopaje (AMA), puede revisar todas las AUT concedidas por la AEPSAD y/o las Federaciones internacionales. Si la decisión no se ajusta a la Norma Internacional de AUT, la AMA puede revertirla y negar la AUT. La decisión de la AMA no es retroactiva.
¿Qué debe hacer un deportista que pasa un control antidopaje durante el uso de una sustancia prohibida en virtud de una AUT concedida?El deportista, al rellenar el formulario de control de dopaje, debe declarar todas las sustancias y/o métodos utilizados en los últimos 7 días y especificar que tiene una AUT concedida para la sustancia y/o método prohibido declarado.Se recomienda a los deportistas que tienen alguna AUT, llevar siempre una copia por si son designados o seleccionados para pasar un control y mostrarla a los agentes de control de dopaje.