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Código de Honor y honestidad académica€¦ · IUB/Código de Honor Académico/ Actualizado Enero...

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1 IUB/Código de Honor Académico/ Actualizado Enero 05 2015 Unidad de Educación Particular del Pacífico Secretaria General Unidad de Educación Particular del Pacífico Código de Honor y honestidad académica “Hoy te tomo dos evaluaciones, uno en TRIGONOMETRÍA y otro en HONESTIDAD. Deseo que superes los dos, pero si tienes que fallar en alguno, espero que sea en trigonometría, porque hay muchos hombres buenos en el mundo de hoy, que no pueden aprobar un examen de trigonometría, pero no existen hombres buenos en este mundo, que no puedan pasar un exámen sobre honestidad.” (Madison Sarratt) Antecedentes Historia.- El primer sistema de un código de honor que se puso en vigencia, por lo menos en América, ocurrió en Virginia, en el College of William y Mary, en el año 1779, cuando era gobernador el pensador universal y expresidente de los Estados Unidos, Thomas Jefferson. En este mismo centro educativo, en el año 1840, se propone que los alumnos firmen, al final de cada evaluación, certificando que se trata de un trabajo personal, sin ayuda de ninguna clase ni ventaja alguna frente a los demás. Inicialmente y hasta bien avanzado el siglo veinte, los CÓDIGOS DE HONOR se refirieron exclusivamente a las relaciones académicas y se centraron en la necesidad de cultivar la honestidad académica de los alumnos. En la mayor parte de las universidades y academias militares, especialmente de los Estados Unidos, se formaron tribunales de honor, integrados por los estudiantes. Existe documentación sobre la importancia de estos códigos, que se conviertieron en instrumentos fundamentales que determinaban las relaciones entre los estudiantes y de estos con los docentes y la institución.
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IUB/Código de Honor Académico/ Actualizado Enero 05 2015

Unidad de Educación Particular del Pacífico

Secretaria General

Unidad de Educación Particular del Pacífico

Código de Honor y honestidad académica

“Hoy te tomo dos evaluaciones, uno en TRIGONOMETRÍA y otro

en HONESTIDAD. Deseo que superes los dos, pero si tienes que

fallar en alguno, espero que sea en trigonometría, porque hay

muchos hombres buenos en el mundo de hoy, que no pueden

aprobar un examen de trigonometría, pero no existen hombres

buenos en este mundo, que no puedan pasar un exámen sobre

honestidad.” (Madison Sarratt)

Antecedentes

Historia.- El primer sistema de un código de honor que se puso en vigencia, por lo

menos en América, ocurrió en Virginia, en el College of William y Mary, en el año 1779,

cuando era gobernador el pensador universal y expresidente de los Estados Unidos,

Thomas Jefferson. En este mismo centro educativo, en el año 1840, se propone que los

alumnos firmen, al final de cada evaluación, certificando que se trata de un trabajo

personal, sin ayuda de ninguna clase ni ventaja alguna frente a los demás.

Inicialmente y hasta bien avanzado el siglo veinte, los CÓDIGOS DE HONOR se

refirieron exclusivamente a las relaciones académicas y se centraron en la necesidad

de cultivar la honestidad académica de los alumnos. En la mayor parte de las

universidades y academias militares, especialmente de los Estados Unidos, se

formaron tribunales de honor, integrados por los estudiantes. Existe documentación

sobre la importancia de estos códigos, que se conviertieron en instrumentos

fundamentales que determinaban las relaciones entre los estudiantes y de estos con

los docentes y la institución.

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Por ejemplo hay una historia que rodea al Código de Davidson College. La

historia dice que un estudiante fue llevado a juicio por no reportar que una máquina

dispensadora de refrescos, le entregó dos latas en lugar de una. La Universidad de

Princeton ha mantenido un Código de Honor dirigido por estudiantes por más de cien

años. Este es un caso único en la historia.

Algunos gremios también adoptaron decálogos que es la condensación, en diez

mandatos, de los que debe ser el comportamiento de un profesional. El decálogo más

conocido es el de los abogados.

Legalidad y legitimidad.- No se conoce de antecedentes importantes sobre la

elaboración y aplicación de CÓDIGOS DE HONOR en los planteles secundarios. Es

posible que tal omisión se deba al hecho de que no se podía cumplir con la tradición

de formar los TRIBUNALES integrados por estudiantes como en las universidades.

Esto se puede explicar porque en los colegios secundarios los estudiantes son

menores de edad.

Pese a esto creemos que es fundamental considerar la Declaración Mundial

Sobre la Educación Superior en el Siglo XXI: Visión y Acción y el Marco de Acción

Prioritaria para el Cambio y el Desarrollo de la Educación Superior, aprobados, que se

realizó en París en 1998. En el literal a) del Artículo 2 titulado: Función ética,

autonomía, responsabilidad y prospectiva, establece que los establecimientos de

enseñanza superior, el personal y los estudiantes universitarios deberán “preservar y

desarrollar sus funciones fundamentales, sometiendo todas sus actividades a

las exigencias de la ética y del rigor científico e intelectual”.

De igual modo es necesario considerar la Constitución de la República del

Ecuador en sus Artículos 3, numeral 4 y Art. 83, numeral 12 que contemplan como

deber primordial del Estado garantizar la ética laica como sustento del quehacer

público y el ordenamiento jurídico, y como deber y responsabilidad de las personas a

ejercer la profesión u oficio con sujeción a la ética. A los alumnos, en los planteles

secundarios, se los forma para ser profesionales o para ejercer cualquier actividad

liberal, que se debe sustentar en valores, de modo que lo planteado para la

universidad, se integra absolutamente en las instituciones secundarias.

En el Acuerdo ministerial 1962, del 18 de julio del 2003, expedido por el

ministerio de Educación se dispone, con el carácter de obligatorio, que en los planteles

secundarios del país se inicie un proceso de análisis y reflexión sobre los reglamentos

internos, sobre la disciplina, los conflictos normativos y otros aspectos relacionados

con el comportamiento estudiantil.

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Con el Acuerdo ministerial 182 del 23 de mayo del 2007, que se ampara en el

Art. 89 del Reglamento de la LOEI, se consolida este proceso al disponer la elaboración

del CÓDIGO DE CONVIVENCIA. Se trata de un instrumento de construcción colectiva

que busca enriquecer éticamente las relaciones de la comunidad educativa, como un

proyecto manejable en el que se incluye un conjunto de principios que orienten los

comportamientos personales y sociales en la búsqueda de una vida fraterna que

posibiliten el cumplimiento de de sus fines educativos específicos, en un marco de

armonía y respeto entre todos los actores de la comunidad educativa respecto del

medio ambiente, las diferencias de género, de credo o de pensamiento.

En la MISIÓN INSTITUCIONAL se considera como ideal educativo de la

institución “lograr un bachiller disciplinado, cognitivamente solvente, capaz de

plantearse y perseguir sus metas; con formación ética, que le posibilite distinguir

entre el bien y el mal; con el más alto nivel académico posible, que le permita el

acceso a la universidad; con la suficiente sensibilidad frente al medio ambiente y

la justicia social.”

Asimismo, en la VISIÓN INSTITUCIONAL, en lo fundamental, se afirma que la

idea es “…perfeccionar los programas de inclusión; ser agentes del cambio

positivo en la protección del medio ambiente y conseguir, comparativamente, los

mejores salarios ; manteniendo el rigor ético, académico y disciplinario que han

hecho posible el éxito institucional.”

Este Código debe obrar como FILOSOFIA DE VIDA, que debe guiar nuestras

actitudes dentro y fuera de la institución. Es un COMPROMISO para mejorar la calidad

de vida de los miembros de la comunidad educativa y la sociedad en general.

Honestidad

De acuerdo al Art. 221 del Reglamento de la LOEI, que garantiza el ambiente

adecuado para el aprendizaje, se considera que es responsabilidad de todos los

miembros de la Comunidad Educativa obedecer y hacer respetar el siguiente Codigo:

Los miembros de la comunidad educativa se comprometen a conducirse de tal

manera que no debilite en ninguna forma las oportunidades de realizacion personal

dentro de la Comunidad Educativa. Entre otras acciones, evitaremos la calumnia, la

mentira, la codicia, la envidia, y promovereemos la bondad, el reconocimiento, la

felicidad, la amistad, la solidaridad y la verdad.

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La Unidad Educativa Particular del Pacífico esta dedicada a la formacion

integral del estudiante: intelectual, física, psicologica, espiritual y social.

Cada accion academica fraudulenta afecta a toda la comunidad. Por lo tanto, la

Unidad Educativa tomara medidas contra todo acto de deshonestidad, lo cual está

contemplado en el Art. 223 del Reglamento de la LOEI. Cualquier miembro de la

comunidad educativa, que tenga base razonable para creer que ha ocurrido una

infraccion a este Codigo, tiene la obligacion de informar.

Es responsabilidad de la comunidad educativa conocer y respetar el Codigo de

Honor y Honestidad Academica, así como vigilar la integridad institucional. El proceso

academico de la Unidad Educativa del Pacífico esta orientado a la solucion de

conflictos, al analisis y síntesis de situaciones presentadas en clase. Es importante que

todo estudiante desarrolle capacidades de estudio e investigacion independientes. La

UNEIN cuenta con una malla curricular y una actitud que apoya este proceso de

ensenanza y aprendizaje.

Si un estudiante tiene dificultad en distinguir si un comportamiento academico

es o no aceptable, es su responsabilidad aclarar la incertidumbre con su profesor.

La falta de conocimiento de este Codigo de Honestidad Academica de ninguna

manera disminuye la culpabilidad de los estudiantes que violan sus normas.

CAPÍTULO I: OBJETO

Art. 1.- El presente Código tiene como objeto proyectar los compromisos, expresados

en principios y valores éticos, que guíen la conducta y acciones en todas las relaciones

de la comunidad educativa, cuya guía general constituyen la visión y misión

institucional.

CAPÍTULO II: ÁMBITO

Art. 2.- Este código es de cumplimiento obligatorio para las profesoras, los profesores,

las y los investigadores, las y los estudiantes, las y los empleados no académicos y los

representantes legales o padres de familia de la comunidad educativa.

Las responsabilidades éticas de las y los profesores, de las y los investigadores,

y los empleados no académicos están contempladas en la Ley General de Educación y

su Reglamento, en el Código de Trabajo, en el Reglamento interno de la Institución, en

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el Código de Convivencia Institucional y en más instrumentos normativos de

comportamiento de la Unidad Educativa Particular del Pacífico.

CAPÍTULO III: DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS

Art. 3.- La Unidad Educativa Particular del Pacífico se sujeta y obliga a los principios

éticos fundamentales previstos en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley

de Educación y más reglamentos relacionados con el objeto de este Código.

Art. 4.- La comunidad educativa observará estrictamente los siguientes principios

institucionales:

La exigencia como factor que nos lleve a la excelencia académica, para

garantizar una educación de calidad y mantener y propender al prestigio de la

Institucion.

La imposición de la ética en las relación pedagógica que haga posible

implementar un ambiente decoroso y de pluralismo, con criterios que afirmen

la importancia de la diversidad cultural y la protección del medio ambiente.

La honestidad, la responsabilidad y eficiencia en el trabajo individual y de

grupo.

El respeto a la identidad, dignidad, libertad y privacidad de todas las personas,

comenzando por la Comunidad Educativa.

Identidad suficiente, entre empleados no docentes, docentes y estudiantes, a

fin de que alcancen el empoderamiento de los objetivos institucionales, para

que respeten los recursos institucionales y participen del cuidado de los

bienes muebles e inmuebles, y más activos tangibles y no tangibles de la

institución.

El respeto a la identidad cultural, a la diversidad de los seres humanos y la

prevalencia del interés público sobre el particular.

CAPÍTULO IV: DE LOS VALORES ÉTICOS

Art. 5.- Los valores éticos en que se afirma la actividad de la Unidad Educativa

Particular del Pacífico y toda la comunidad educativa, son los siguientes:

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Respeto. Es la capacidad de aceptar y valorar la libertad y dignidad de uno mismo, del otro y de todo lo que nos rodea, buscando siempre la convivencia armonica. Implica saber escuchar, comprender, aceptar las diferencias y caminar junto con el otro.

Justicia. Es la busqueda del bien para los demas y para uno mismo, expresada en decisiones y acciones que nos lleven a dar a cada quien lo justo y, por tanto, lo que le ayude a ser mejor, a crecer como persona y como humanidad. Se trata del valor más difícil de aplicar.

Libertad. Es la capacidad de elegir y actuar en direccion a los valores que se han aceptado como motivacion y finalidad de la propia vida. La libertad implica el reto de construirse intencionalmente a sí mismo y quitarse todo tipo de ataduras. La libertad es más que satisfacer las necesidades vitales. Se trata del elemento más significativo conquistado por el hombre.

Responsabilidad. Es la capacidad de asumir los compromisos derivados de nuestra condición de docente, directivo, padre de familia, estudiante o empleado en función con las obligaciones específicas. Estas obligaciones se dan a partir de las relaciones contractuales y de nuestra propia formación.

Responsabilidad social. Es la capacidad del individuo de involucrarse libremente en un compromiso de construccion social.

Trabajo. Es la actividad transformadora del ser humano que administra adecuadamente los recursos y los utiliza al servicio de sí mismo y de la sociedad. El trabajo es un medio de perfeccionamiento personal y una excelente oportunidad de poner el talento personal al servicio de los demas.

Dignidad de todo ser humano sin distincion. Es el derecho de todas las personas sin distincion a ser respetadas, aceptadas y valoradas por lo que son en sí mismas, sin importar raza, sexo, religion o condicion social. Es la busqueda constante del ser humano para dar respuesta a todas sus cuestiones fundamentales, con una actitud de escucha, autocuestionamiento, discrecion, sencillez y profundidad.

Equidad. Es la armonía y seguridad de un orden justo, resultado de una busqueda fraterna y constante de acuerdos, de una aceptacion de las diferencias y un reconocimiento de que tenemos derecho a vivir y realizar nuestra mision en solidaridad y armonía.

Pluralismo y apertura a la unidad armonica. Es el reconocimiento respetuoso de la diversidad, que a traves del dialogo, la escucha, el respeto y la aceptacion, busca acciones conjuntas y compromisos mutuos.

Lealtad a la expresion humana. Es la capacidad de experimentar y valorar la calidad de diversas manifestaciones humanas con una actitud de admiracion, creatividad y empatía. Es la rectitud con la que se asumen

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actitudes frente a la familia, a los amigos, a las instituciones y a los principios de vida,

Trascendencia. Es la capacidad del ser humano de ir mas alla de sí mismo y de superar lo cercano e inmediato, en busca siempre del punto de referencia absoluta que oriente su practica social y espiritual.

Solidaridad. Es la capacidad del ser humano de atender las necesidades de los demas, disponiendo de sus habilidades, conocimientos y acciones para ayudar al otro desinteresadamente.

Fraternidad. Es la aceptacion de que todo ser humano es un hermano. Va mas alla de la tolerancia y el respeto. Implica un mayor compromiso de cercanía, amistad, perdon y crecimiento conjunto e integral.

Honestidad. Es la opcion por la verdad, el amor y el crecimiento personal constante, traducido en la vivencia de los valores y manifestado en una congruencia entre pensar, decir y actuar.

Perseverancia. Es el cultivo de la voluntad, la disciplina y la determinación para alcanzar las metas que los seres humanos se proponen. Sin duda es uno de los valores fundamentales del hombre.

CAPÍTULO V: COMPORTAMIENTO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Art. 6.- Los docentes, investigadores, estudiantes, y empleados no docentes asumen el

siguiente COMPROMISO:

a) Los miembros de la comunidad educativa se comprometen a erradicar toda forma

de discriminación, ya sea por razones étnicas, de credo, de género, de edad,

orientación política, capacidades diferentes, orientación sexual, nacionalidad, o

cualquier otra razón ,

ideológica, social y filosófica.

b) Los miembros de la comunidad se comprometen a desterrar toda forma de acoso,

ya sea verbal, físico, visual o de cualquier otro género.

c) Los docentes y empleados no docentes, miembros de la comunidad educativa, se

comprometen a proscribir y renunciar al uso de bebidas alcohólica, en la medida que

puedan afectar la relación pedagógica o lastimar la imagen institucional y el prestigio

de las personas vinculadas a la institución. Igualmente se comprometen a evitar el

hábito de fumar.

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d) Los docentes, empleados no docentes y estudiantes se comprometen a realizar una

campaña permanente y sistemática para erradicar el consumo de alcohol, de

cigarrillos y más sustancias psicotrópicas dentro de la institución y fuera de ella.

e) Los docentes, empleados no docentes y estudiantes se comprometen a promover

una cultura de paz para resolver todos los problemas; y proscribir, en todos los

ámbitos de la vida, cualquier acto de violencia, en armonía con el Art. 18 , literal a) de

la LOEI, que tiene relación con las “Obligaciones de la Comunidad”.

f) Los docentes, empleados no docentes y estudiantes se comprometen a obedecer las

normas internacionales de protección y derecho intelectual en materia de programas

informáticos y otros bienes intelectuales, de modo que no harán uso de ningún tipo de

habilidad y/o conocimiento para descargar en las computadoras y otros medios

informáticos, programas o sistemas ilegales o sin licencia.

g) Los docentes, empleados no docentes y estudiantes se comprometen a ser

decorosos y respetuosos en las relaciones interpersonales; y a promover este tipo de

comportamiento en toda la comunidad educativa.

h) Los docentes, empleados no docentes y estudiantes se comprometen a proscribir

todo juego de azar al interior de la institución educativa y a evitar que otros lo hagan,

además de promover una existencia sin tales prácticas . Estas prácticas que comienzan

como inocentes entretenimientos pueden ser el inicio de graves patologías que

pueden aniquilar a la persona y a la familia.

i) Los docentes, empleados no docentes y estudiantes se comprometen a mantener el rigor de la higiene personal y el decoro en el vestir; y a promover, de manera respetuosa, tal comportamiento en toda la comunidad educativa. j) Los docentes, empleados no docentes y estudiantes se comprometen a cuidar todos los bienes de la naturaleza, a no contaminar el medio ambiente, dentro y fuera de la institución, y promover tal comportamiento en el resto de la comunidad educativa. Art. 7.- Promociones y ventas

No se permite hacer promociones ni ventas de productos dentro del campus o en sus accesos, excepto por aquellas personas o companías que hayan recibido la aprobacion de las autoridades competentes. Igualmente, esta prohibida la utilizacion de las paredes para colocar papeles, afiches, propaganda y anuncios de cualquier tipo sin la debida autorizacion. Art. 8.- Seguridad:

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La UNEIN del Pacífico busca optimizar la seguridad dentro del campus en

forma permanente y activa. Para ello, se mantiene un sistema y normas de seguridad que deberan ser respetadas en todo momento por todas las persona, ya sea para su ingreso, permanencia y salida del campus. En determinadas circunstacias, por razones de seguridad, los inspectores podrían solicitar permitir observar en el interior de las mochilas, bolsos o maletines. CAPITULO VI: DE LOS REPRESENTANTES

Considerando el papel fundamental que juegan los padres de familia en el proceso de formación de los estudiantes, es un imperativo que asuman compromisos en relación con el presente Código de Honor. Art. 9.- Es indispensable la participacion de las madres, padres o representantes en el proceso educativo, en el marco de las siguientes obligaciones: • Asistencia obligatoria a las visitas, citas familiares, encuentros y otras reuniones grupales que la institución convoque o lo requiera; de acuerdo al Art. 13, literal g) de la LOEI. • Cumplimiento en los compromisos establecidos conjuntamente sobre el acompanamiento a su hijo-a en el espacio familiar; de acuerdo al Art. 13, literal i) de la LOEI. • Realizar los diagnosticos (Informe psicopedagógico) y si es el caso, el tratamiento que se haya acordado en los plazos que la Institucion solicite, con la finalidad de elaborar las adaptaciones curriculares de manera oportuna, de ser necesario. • En caso de viaje los padres deben solicitar un permiso al colegio con 15 días de antelacion para su correspondiente aprobacion. • La inasistencia por motivo de viaje, debidamente comunicada, sera registrada como falta justificada. • Las faltas justificadas no eximen a los alumnos de cumplir con sus obligaciones academicas, como: pruebas, deberes, etc. • Pago puntual de sus obligaciones economicas con la Institucion. CAPÍTULO VII: DE LOS ESTUDIANTES

Art. 10.- Ser estudiante de la Unidad Educativa Particular del Pacífico conlleva la obligacion de una conducta honesta, etica y de integridad academica, mas alla del

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tiempo y el lugar en el que se ejerza tal conducta. A continuación se consigna una serie de COMPROMISOS OBLIGATORIOS, que son parte de este CÓDIGO DE HONOR; sin que esto quiera decir que en estos compromisos se agoten las exigencias que demanda ser un estudiante, hijo de familia, compañero y futuro ciudadano. En consecuencia los estudiantes, por su HONOR, se comprometen a:

1. Cumplir con lo dispuesto por el presente Codigo de Honor de la Unidad

Educativa Particular del Pacífico y las pautas de Integridad Academica

adoptadas.

2. Ser honesto y no mentir.

3. No incurrir en actos de deshonestidad academica, plagio o copia en los trabajos

academicos, deberes, examenes y evaluaciones, de acuerdo al Art. 8, literal c)

de la LOEI.

4. Ser verídico y no omitir respuestas en las tramitaciones, informaciones,

solicitudes, formularios, notas, e-mails y otras comunicaciones establecidas con

la institucion educativa, sus profesores y empleados, y tambien en la

presentacion de documentacion y en el uso de las identificaciones que le

otorgue la institucion o cualquier otra documentacion.

5. Abstenerse de realizar discursos raciales, de manifestar expresiones de odio

racial, religioso o de cualquier otro tipo; de proferir injurias raciales, etnicas,

sexuales y religiosas o expresiones degradantes o insultantes y de incurrir en

amenaza e intimidacion, acoso, o abuso psicológico, lo cual consta en el Art. 8,

literal c) de la LOEI.

6. Abstenerse de danar, modificar o usar indebidamente las instalaciones de la

Institución, sus aulas, espacios, oficinas, bibliotecas, laboratorios y otras

dependencias, así como muebles, equipamiento o cualquier otro bien que

pertenezca a la institución educativa, en armonía con el Art. 8, literal d) de la

LOEI.

7. No alterar, interrumpir, copiar, o difundir informacion o comunicaciones

producidas o en poder de la Unidad Educativa Particular del Pacífico, cuando se

haya accedido a ellas con o sin permiso de las autoridades de la institucion.

8. No acceder, sin el correspondiente permiso de las autoridades de la Institucion,

a los servicios informaticos, los recursos de computacion o las bases de datos

de uso exclusivo de la institución.

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9. Respetar la salud, propiedad y seguridad de las demas personas, sean estas

miembros o no de la unidad educativa.

10. No utilizar el nombre y logo de la institucion sin autorizacion.

11. Tanto en el ambito del espacio institucional como en las actividades que tengan

lugar fuera de su recinto, no se podra disponer de ningun tipo de instrumento

peligroso, que pueda servir para agredir a otros ni se podrá consumir o

distribuir sustancias peligrosas para la salud como bebidas alcohólicas,

cigarrillos o de cualquier tipo.

12. Se deben realizar todas las actividades académicas, estudiantiles y

administrativas con los más altos estándares de honestidad intelectual. Se

prohíbe todo acto de fraude o deshonestidad académica.

13. Se debe observar el manejo adecuado de la información que pertenezca a otros

e información obtenida en medios electrónicos, citando las referencias de la

fuente utilizando los formatos universalmente aceptados.

14. Evitar todo tipo de prácticas de deshonestidad intelectual, como el plagio de

información, la copia no autorizada, el mal uso de información obtenida de

medios electrónicos y la venta o subcontratación de tareas o monografías.

Persuadir, a quien caiga en estas prácticas, para que no lo haga a fin de evitar la

obligatoria denuncia.

15. No interrumpir ni incitar o promover la interrupción o alteración de las

actividades académicas. Evitar cualquier conducta que impida el normal

desarrollo de las actividades académicas que lesionen los derechos de otros

estudiantes, en armonía con el Art. 8, literal g) de la LOEI, capítulo tercero, de

los Derechos y obligaciones de los estudiantes.

16. No incurrir en ningún tipo de conducta que las autoridades de la comunidad

educativa, de acuerdo con la Constitución, las leyes, reglamentos y costumbres,

identifiquen como una transgresión a la ética.

17. No efectuar declaraciones públicas en nombre de la Institución, sin

autorización y bajo ninguna circunstancia se deberá denigrar a la Institución.

Deshonestidad academica

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La UNEIN considera deshonestidad academica todo acto que otorga una

ventaja academica injusta en favor de uno o varios estudiantes. Otros

comportamientos contrarios a lo estipulado en el Codigo de Honor son violaciones

disciplinarias, lo cual está contemplado en los artículos 223, 224, 225 y 226 del

Reglamento de la LOEI.

En cuanto al plagio se define del siguiente modo: plagio es atribuirse las ideas

publicadas o no publicadas de otra persona, tanto si este uso consiste en materia

citada textualmente como en ideas parafraseadas. Por lo tanto se considera plagio:

a) Utilizar como propias ideas, palabras o trabajos de otra persona/s o

institucion/es sin reconocer explícitamente a la fuente.

b) Parafrasear verbalmente o por escrito una idea ajena modificando sus

palabras, frases, parrafos o estructura sin reconocer explícitamente a la fuente.

El plagio se puede cometer en cualquier clase de trabajos verbales o escritos,

examenes, proyectos, programas de computacion, arte, fotografía, video, monografías,

presentaciones, etc.

Para evitar el plagio se debe:

a) Dar el debido credito a las citas textuales y a las parafrasis.

b) Mencionar la fuente aun si las ideas del autor estan totalmente reescritas en

el lenguaje del estudiante.

d) Solicitar ayuda al maestro respectivo.

Colaboracion impropia:

La colaboracion impropia involucra el trabajar con otra persona al desarrollar,

organizar, o revisar un proyecto (tal como un trabajo, un ensayo, una presentacion

oral, una investigacion, o cualquier evaluacion en el aula o en casa) sin dar

reconocimiento a la ayuda de otra persona.

Los profesores deben aclarar a sus estudiantes en que consiste la colaboracion

impropia.

La falta de honestidad en examenes

Un examen debe ser el trabajo individual de un estudiante a menos que el

profesor explícitamente de otra indicacion. Por lo tanto, no es permitido:

a) Trabajar o consultar con otra persona;

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b) Copiar y/o dejar copiar;

c) Realizar durante un examen sin autorizacion expresa del profesor, lo siguiente:

1. Cualquier comunicacion entre los estudiantes.

2. La consulta o la posesion de libros, papeles, guías de estudio, o apuntes.

3. La utilizacion de telefonos celulares, computadoras portatiles, aparatos

reproductores de musica o video, etc.

4. Interferencia con el trabajo de otros.

Esta prohibido impedir o interferir intencionalmente el trabajo de otras

personas, por ejemplo, sabotear los experimentos en laboratorios, dar informacion

incorrecta, interrumpir el trabajo de una clase, etc.

Otros casos de deshonestidad academica

a) Presentar el mismo trabajo, ensayo o proyecto en dos o mas cursos distintos

sin autorizacion de el o los profesores involucrados.

b) Obtener y presentar como propio, el trabajo total o parcial de otra persona

con o sin su consentimiento.

c) Solicitar o contratar a terceros para el desarrollo, redaccion, edicion o

elaboracion de un trabajo o proyecto.

d) Obtener examenes fraudulentamente.

e) Suplantar o solicitar la suplantacion de identidad.

f) Usar servicios academicos en línea que realizan trabajos para estudiantes.

g) Cualquier acto que otorga una ventaja academica injusta a favor de uno o

varios estudiantes.

Art.11.- En caso de incumplir con los COMPROMISOS aquí establecidos, los docentes,

los empleados no docentes y los estudiantes se someten a las sanciones previstas en la

Ley de Educación, el Reglamento de dicha Ley, en el Reglamento Interno y en el

Código de Convivencia. En cualquier acción se observarán los principios universales

del debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa.

DISPOSICIONES GENERALES

La Secretaría de la Unidad Educativa Particular del Pacífico, por medios físicos

y/o electrónicos, hará conocer, a los miembros de la comunidad educativa, (docentes,

empleados no docentes y padres de familia), el contenido de este conjunto de normas

y consideraciones

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IUB/Código de Honor Académico/ Actualizado Enero 05 2015

La Secretaría de la Unidad Educativa publicará el Código de Honor en un lugar

preferente de la página web institucional de libre acceso para toda la comunidad

educativa.

La Unidad Educativa Particular del Pacífico otorgará reconocimientos

adicionales a los miembros de la Comunidad Educativa que se hayan distinguido en

materia de integridad; y a sus colaboradores administrativos que hayan realizado en

forma meritoria sus actividades profesionales o bien, hayan efectuado un acto

destacado y loable a favor de la comunidad educativa o la sociedad.

Los alumnos, docentes y empleados no docentes, que forman parte de la

comunidad educativa, deberan admitir, con su firma, que conocen el presente Codigo

y los nuevos alumnos, con sus representantes, conocerán sobre el mismo en el

proceso de inducción.

CERTIFICO: Que el presente documento fue conocido y aprobado por el Consejo

Ejecutivo de la Unidad Educativa Particular del Pacífico.

Paola Ulloa Muñoz

Secretaria general de la Unidad Educativa Particular del Pacífico

Compromiso personal

Por medio de la presente, reconozco que recibí informacion sobre el Codigo de

Honor, y acepto que es mi responsabilidad absoluta conocerlo a fondo y apegarme a el

en su totalidad.

Nombre:___________________________________________________________

Matrícula:___________________________________

Sección o nivel: _____________________________

Page 15: Código de Honor y honestidad académica€¦ · IUB/Código de Honor Académico/ Actualizado Enero 05 2015 ... De acuerdo al Art. 221 del Reglamento de la LOEI, que garantiza el

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IUB/Código de Honor Académico/ Actualizado Enero 05 2015

Firma:___________________________________________

Fecha:______________________________________________

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