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Circular 2016/1
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Contenido INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................... 4
PASOS A REALIZAR ‘ANTES DE ACTUALIZAR’ MUY IMPORTANTE ................................................... 5
PROCESO DE GENERACIÓN 190 ....................................................................................................... 8
CALENDARIO LABORAL 2016 ........................................................................................................... 9
TABLAS SALARIALES ....................................................................................................................... 10
Convenio ........................................................................................................................... 10
.......................................................................................................................................... 13
Paga Extra ......................................................................................................................... 13
Recuperación de la Paga Extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del
personal de sector público. ............................................................................................... 14
Complemento de Destino ámbito nacional ...................................................................... 14
Complemento de Destino del País vasco .......................................................................... 15
Complemento Específico .................................................................................................. 17
IPREM ................................................................................................................................ 18
Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ............................................................................. 18
Incrementar conceptos cuyo importe este grabado en precios. ...................................... 19
Interés legal de los anticipos 2016 .................................................................................... 21
SEGURIDAD SOCIAL ........................................................................................................................ 22
Versiones de los Regímenes de cotización con vigencia en 2016 .................................... 22
Bases máximas y mínimas ................................................................................................. 22
Régimen de cotización de Formación ............................................................................... 23
Régimen de cotización de Becarios .................................................................................. 23
Topes de cotización de los Grupos de tarifa ..................................................................... 24
Bases de cotización empleados públicos .......................................................................... 25
Finalización de la cotización adicional por los costes de integración en el Régimen
general de la seguridad social de los funcionarios de la administración local
(Funcionarios Integrados). ................................................................................................ 25
Cotización adicional Bomberos: ........................................................................................ 27
Cotización MUFACE, MUGEJU y Derechos Pasivos .......................................................... 28
Reducción en la cotización a la seguridad social .............................................................. 29
IRPF ................................................................................................................................................ 30
IRPF Ámbito Nacional........................................................................................................ 30
IRPF no residentes ámbito nacional.................................................................................. 30
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IRPF no residentes en la Unión Europea ........................................................................... 30
IRPF Ámbitos Forales ........................................................................................................ 30
IRPF: Rendimientos Irregulares ......................................................................................... 31
Nuevo Modelo 145 ........................................................................................................... 32
IRPF solicitado ................................................................................................................... 33
NUEVOS PERMISOS ....................................................................................................................... 35
Situaciones de permiso de maternidad, IT, riesgo durante la lactancia o el embarazo que
impiden iniciar el disfrute de las vacaciones. ................................................................... 35
Nuevo permiso retribuido para funcionarias en estado de gestación. ........................... 36
CAMBIO DE ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA ................................................................................ 38
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INTRODUCCIÓN
Estimados Usuarios:
Con motivo del nuevo año 2016, hemos realizado esta circular a efectos de notificarles las novedades legales y detallarles los pasos a seguir en la aplicación para su correcto funcionamiento. En primer lugar, les indicamos que es lo que deben realizar antes de realizar el proceso de
actualización.
A continuación entre las novedades legales destacamos la Reforma en las claves de
percepción (Real Decreto ley 9/2015) descrita en la presente circular, les recordamos también el
proceso de generación del 190.
Como mejora en la versión 16.01.1.2, destaca la creación de un nuevo fichero “Régimen
cotización.log” cuya finalidad es informar si se han creado con éxito o no las versiones de los
regímenes de cotización y como proceder, su funcionamiento esta descrito en esta circular.
Si les surge cualquier duda o alguna sugerencia después de leer esta circular estamos a su entera disposición en el Servicio de Atención al Cliente de Savia a través de los siguientes medios.
web-> https://clientes.savia.net Correo electrónico -> [email protected] Teléfono 902 11 93 15 Fax 91 314 28 93
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PASOS A REALIZAR ‘ANTES DE ACTUALIZAR’ MUY IMPORTANTE
COTIZACIÓN
Revise en Configuración>Nómina> Seguridad Social >Regímenes de cotización, el desplegable
"TIPO" tiene que estar debidamente cumplimentado antes de actualizar a la versión
16.01.1.2, para el correcto funcionamiento del cálculo de la cotización.
Cuadro explicativo sobre los tipos de régimen de cotización:
Regímenes de cotización
¿Que realiza el proceso de actualización?
Desplegable “Tipo”
Régimen general Actualiza los topes establecidos para 2016 En blanco
(No requiere seleccionar
ningún tipo)
Becarios Actualiza las cuotas de cotización de aprendices.
Actualiza los topes establecidos para 2016
Becarios
Personal del régimen general y
Personal de Muface y
derechos pasivos
Actualiza los topes establecidos para 2016
Actualiza las cuotas de Muface y derechos pasivos.
Mixto
Bomberos integrados Actualiza los topes establecidos para 2016.
Elimina la cotización adicional del 8.2 y actualiza la
cotización a cargo de la empresa y del trabajador.
Bomb.Integrados
Bomberos Actualiza los topes establecidos para 2016.
Actualiza la cotización a cargo de la empresa y del
trabajador.
Bomberos
Muface y derechos pasivos Actualiza las cuotas de muface y derechos pasivos y
haber regulador.
Muface
Muface a tiempo parcial NO actualiza las cuotas de muface y derechos
pasivos y haber regulador.
Muface TP
Mugeju Actualiza las cuotas de mugeju. Mugeju
Formación Actualiza las cuotas de cotización de aprendices.
Actualiza los topes establecidos para 2016
Formación
Funcionarios integrados Actualiza los topes establecidos para 2016.
Elimina la cotización adicional del 8.2.
Integrados
Funcionarios de nuevo ingreso Actualiza los topes establecidos para 2016 En blanco.
(No requiere seleccionar
ningún tipo
Interinos de nuevo ingreso Actualiza los topes establecidos para 2016 En blanco.
(No requiere seleccionar
ningún tipo
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Ejemplo en la aplicación:
En el caso de que tenga configurados regímenes de cotización diferentes a los que se
muestran en la imagen anterior, no es necesario que asocie el “TIPO”, ejemplo “Regimen
general”, “funcionarios de nuevo ingreso”.
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COMPLEMENTO DE DESTINO DEL PAÍS VASCO
Sólo para clientes del País Vasco.
Antes de actualizar a la versión 16.01.1.2 es necesario que acceda a:
Administración> Configuraciones generales> Configuración Ginpix7 y seleccione en el
desplegable “Nivel destino” Vasco.
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PROCESO DE GENERACIÓN 190
En los siguientes enlaces tiene disponible las instrucciones necesarias para la generación del
fichero 190 y la reforma establecida en el Real Decreto ley 9/2015.
1. Reforma en las claves de percepción (Real Decreto ley 9/2015).
2. Guía de generación.
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CALENDARIO LABORAL 2016
Configure el nuevo calendario laboral 2016, marcando festivos locales, nacionales y días de descanso. El calendario laboral se encuentra en la opción de menú de Configuración> Calendario laboral.
1. Haga doble clic en cada calendario. 2. Seleccione 2016 en ‘Ejercicio’ y grabe. 3. Puede utilizar la utilidad de marcar todos lo sábados y todos los domingos del año,
haciendo clic en los iconos y grabar los cambios. Ejemplo:
4. Marque los días correspondientes de descanso, fiestas nacionales y locales haciendo clic en el “tipo de día marcar” y a continuación haciendo clic sobre el día en el calendario y grabar los cambios. Ejemplo para marcar una fiesta local de Madrid: (9 de noviembre).
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TABLAS SALARIALES En el siguiente enlace están disponibles las retribuciones del personal funcionario publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y administraciones públicas. Retribuciones del Personal Funcionario 2016
Convenio A partir del 1 de enero de 2016 se experimentarán incrementos en las cuantías de las retribuciones y de la masa salarial con respecto al año anterior. Normativa legal:
La Ley de Presupuestos del Estado establece en su artículo 19, del Título III Capítulo I:
En el año 2016 las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán
experimentar un incremento global superior al 1 por ciento respecto a las vigentes a 31 de
diciembre de 2015.
Cuadro I: Los funcionarios a los que resulta de aplicación el artículo 76 del Estatuto Básico del
Empleado Público percibirán en concepto de sueldo y trienios, en las nóminas ordinarias de
enero a diciembre del 2016, las cuantías referidas a doce mensualidades que se informan a
continuación
Cuadro I: Retribuciones a percibir anualmente:
Grupo/Sub
Ley7/2007 Sueldo Euros Trienios Euros
A1 13.441,80 516,96
A2 11.622,84 421,44
B 10.159,92 369,96
C1 8.726,76 318,96
C2 7.263,00 216,96
E 6.647,52 163,32
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Cuadro II: Retribuciones a percibir mensualmente:
Repercusión en la aplicación:
1. Añadir una nueva versión de convenio, en la opción de menú que se encuentra en: Configuración> Nomina> Convenio> Importes de convenio:
a) Haga doble clic sobre cada uno de los convenios para acceder a la ventana de versiones de convenio.
b) Sitúese en el campo “vigencia Hasta” de la última versión e indique la fecha de fin de vigencia (31/12/2015), grabe este cambio.
c) Pulse con el botón derecho del ratón en cualquier parte de esta pantalla y elija en el desplegable la opción ‘añadir’. Al realizar esta acción aparecerá una nueva versión con el número siguiente de versión (según el ejemplo Nº versión 16) al que tuviera la anterior versión y modifique la fecha del campo ‘desde’ a 01/01/2016, grabe el cambio. Ejemplo:
Grupo/Sub
Ley7/2007 Sueldo Euros Trienios Euros
A1 1.120,15 43,08
A2 968,57 35,12
B 846,66 30,83
C1 727,23 26,58
C2 605,25 18,08
E 553,96 13,61
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2. Incrementos de convenio: - Acceda a la opción de Configuración>Nómina>Convenios> incremento de convenio. - Haga clic en cada uno de los convenios afectados. - Haga clic en la versión con vigencia desde 01/01/2016. - Seleccione con el ratón + la tecla control el salario base y antigüedad de cada nivel.
- Haga clic en el icono de la parte superior “incrementar” y complete los datos como la siguiente imagen y haga clic en “aceptar” y grabar. (Importante: No active la casilla “Al alza”)
- Acepte la petición de conformidad
- Grabe los cambios.
Como podrá comprobar los importes del salario base y trienios no se ajustan a las cuantías referidas a doce mensualidades informadas en la LGPE, serán un céntimo inferior al importe mensual oficial.
Ejemplo: categoría A1:
Importe en 2015 en ginpix 1.109,050 si incrementamos este importe un 1%:
(1109.050 +11,0905)= 1120,14
El importe anual publicado en la LGPE 13.441,80/12 meses= 1120.15
Para ajustar el salario base y la antigüedad, vuelva hacer clic en el icono de la parte superior
“incrementar” y complete los datos como la siguiente imagen:
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Acepte la petición de conformidad y grabe
Podrá comprobar que el importe se ha actualizado correctamente.
Paga Extra Los importes de las pagas extraordinarias de los meses de junio y diciembre en el año 2016 en concepto de sueldo y trienios son los siguientes:
Al preparar la nómina de enero se traspasará el multiplicador 9810 “Porcentaje Real Decreto
8/2010” al nuevo año, por tanto, no es necesario realizar ninguna acción en la aplicación para
minorar el importe de la paga extra.
Para calcular la paga extra salario base, Ginpix7 utiliza el factor grabado en el multiplicador 9810
y para calcular la paga extra antigüedad, Ginpix7 utiliza el factor grabado internamente en la
aplicación (no se puede modificar, ni visualizar).
Grupo/Sub
Ley7/2007 Sueldo Euros Trienios Euros
A1 691,21 26,58
A2 706,38 25,61
B 731,75 26,65
C1 628,53 22,96
C2 599,73 17,91
E 553,96 13,61
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Recuperación de la Paga Extraordinaria y adicional del mes de
diciembre de 2012 del personal de sector público. Normativa legal:
Disposición adicional décima (LGPE). Cada Administración Pública, en su ámbito, podrá aprobar
dentro del ejercicio 2016, y por una sola vez, una retribución de carácter extraordinario cuyo
importe será el equivalente a las cantidades aún no recuperadas de los importes efectivamente
dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la
paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al
mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de
medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, con el
alcance y límites establecidos en la presente disposición.
Las cantidades serán las equivalentes a la parte proporcional correspondiente a 91 días de la
paga extraordinaria, paga adicional de complemento específico y pagas adicionales del mes de
diciembre. En aquellos casos en los que no hubiera procedido el reconocimiento de la totalidad
de la paga extraordinaria y adicional de diciembre de 2012, los 91 días se reducirán
proporcionalmente al cómputo de días que hubiera correspondido.
Repercusión en Ginpix:
Próximamente enviaremos las instrucciones necesarias a seguir en la aplicación para devolución
de la paga extra.
Complemento de Destino ámbito nacional La actualización crea automáticamente versiones del 2016 de Complemento de Destino con el importe mensual correspondiente, puede comprobarlo en la opción de Configuración> Nomina> Complemento de Destino (haga clic en cada nivel para poder ver el importe de la nueva versión 20161.
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Complemento de Destino del País vasco
Muy importante Antes de actualizar a la versión 16.10.1.1 es necesario que acceda
administración> Configuraciones generales> Configuración Ginpix7 y seleccione en el
desplegable “Nivel destino” Vasco.
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La actualización crea automáticamente versiones del 2016 de Complemento de Destino con el importe mensual correspondiente, puede comprobarlo en Configuración> Nomina> Complemento de Destino, haga clic en cada nivel para poder ver el importe de la nueva versión 20161. Ejemplo:
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Complemento Específico
El complemento específico anual se incrementará en un 1 por ciento respecto de la vigente
a 31 de diciembre de 2015, percibirá en catorce pagas iguales de las que doce serán de percibo
mensual y dos adicionales, del mismo importe que una mensual, en los meses de junio y
diciembre, respectivamente.
La actualización no crea de forma automática versiones en 2016 con los importes
incrementados en un 1%.
Par añadir una nueva versión con el nuevo importe (incrementado un 1%) tiene que acceder a
la opción de menú de Configuración> Nomina> Complemento Específico.
1. Pulse sobre cada uno de los niveles de específico que necesite modificar.
2. Sitúese en el campo “Fc.Fin” (fin de vigencia de la versión) e indique 31/12/2015 y grabe los cambios.
3. Pulse con el botón derecho del ratón en cualquier parte de esta ventana y elija en el desplegable la opción de ‘añadir’. Al realizar esta operación le aparecerá una nueva versión con un número de versión consecutivo al que tuviera la anterior, procederemos a modificar la fecha de inicio (campo Fc.Inicio) a 01/01/2016 e introducir el nuevo importe.
4. Finalmente, grabe los cambios introducidos. Ejemplo:
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IPREM
El Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples NO cambia con respecto 2015, tiene las
siguientes cuantías:
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
IPREM
Diario 17,75
Mensual 532,51
Anual 6390,13
SMI
Diario 21,84
Mensual 655,20
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Incrementar conceptos cuyo importe este grabado en precios. Para todos aquellos conceptos saláriales cuyo importe esté grabado en los “Precios” de la ficha de datos económicos, en el caso de que sea necesario puede incrementar sus importes de forma masiva, desde la opción de “Acceso inverso”.
1. Acceda a la opción de menú de Nómina> Utilidades> Acceso inverso.
2. Doble clic en la “Tabla” Precios (Precios de nómina).
3. Doble clic en la columna “valoconc” (Precio o valor del concepto).
4. Seleccione el Año 2016, Mes “Enero”, Paga y concepto a realizar el incremento y procese criterio.
5. Grabar los cambios con el icono del disquete Ejemplo:
En la parte superior de la pantalla hay dos iconos ‘Globalizar valor’ y ‘Aplicar factor’.
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- Globalizar valor: Aplicará el mismo importe a todos los empleados que aparezcan en
pantalla, para ello indique un importe en el primer empleado y a continuación pulse al
icono de “Globalizar valor” Ejemplo:
- Aplicar factor: Incrementará el porcentaje que indique. Ejemplo de un incremento de un
0.3%.
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Interés legal de los anticipos 2016 La Disposición adicional trigésima segunda de la Ley de Presupuestos establece que el tipo de interés legal del dinero o queda establecido en el 3,00 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2016. La actualización no modifica los tipos de interés, para actualizarlo acceda a la opción de menú de Configuración > Nómina > Tipos de anticipo.
Haga clic en el “icono de la bolsa verde”, añada el tipo 3% y el TAE 0.0025. Ejemplo: 3%/100/12= 0.0025
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SEGURIDAD SOCIAL
Versiones de los Regímenes de cotización con vigencia en 2016 El proceso de actualización, crea automáticamente nuevas versiones con vigencia en 2016 en los regímenes de cotización que tengan indicada versión 20151, con los importes establecidos según la Ley de Presupuestos. Hemos mejorado el proceso de creación de nuevas versiones de régimen de cotización para 2016. En el actualizador, cuando finalice el proceso de la actualización de la versión 16.01.1.2, tendrá acceso a un nuevo fichero “Régimen cotización. log” donde podrá consultar si se han creado con éxito versiones en 2016 en cada uno de los regímenes de cotización, en caso de que no se haya creado con éxito versión para 2016 en algún régimen de cotización, le informará del motivo por el que no la crea y cómo proceder. En el siguiente enlace está disponible la información que contiene este nuevo fichero log: Régimen cotización. log
Bases máximas y mínimas Las bases mínimas se calculan a partir de las cuantías del Salario Mínimo Interprofesional siendo su importe para el 2016 de 764,40 este importe es provisional, está pendiente la publicación definitiva por parte de la TGSS. Las bases máximas: Cualquiera que sea la categoría profesional y el grupo de cotización, durante el año 2016, serán de 3.642,00 euros mensuales o de 121,40 euros diarios. La versión 16.01.1.2 actualiza los topes de cotización de AT y EP, la opción de menú se
encuentra en Configuración> Nómina> Seguridad social>Regímenes de cotización.
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Régimen de cotización de Formación Se actualiza la cotización de los Regímenes de Formación, en la siguiente imagen señalamos la cotización en 2016 para los contratos de formación.
El Régimen de cotización se encuentra en la opción de Configuración> Nómina> Seguridad social> Régimen de Cotización.
Régimen de cotización de Becarios Se actualiza la cotización de los Regímenes de Becarios, en la siguiente imagen señalamos la cotización para 2016.
El Régimen de cotización se encuentra en la opción de Configuración> Nómina> Seguridad social> Régimen de Cotización.
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Topes de cotización de los Grupos de tarifa
El proceso de actualización actualiza automáticamente los topes con los importes establecidos
según la Ley de Presupuestos, para el año 2016. Los topes mínimos se calculan a partir de las
cuotas del SMI vigentes, su importe es provisional, pendiente de su publicación por parte de la
TGSS.
La opción de menú se encuentra en:
Configuración> Nómina> Seguridad social>Topes de cotización a Tiempo completo/Topes de
cotización a Tiempo parcial.
A tiempo completo
A tiempo parcial:
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Bases de cotización empleados públicos
Normativa legal:
Durante el año 2016, la base de cotización por todas las contingencias de los empleados
públicos encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social a quienes hubiera sido de
aplicación lo establecido en la disposición adicional séptima del Real Decreto-ley 8/2010, de 20
de mayo, en tanto permanezca su relación laboral o de servicio, será coincidente con la habida
en el mes de diciembre de 2010, salvo que por razón de las retribuciones que percibieran
pudiera corresponder una de mayor cuantía, en cuyo caso será ésta por la que se efectuará la
cotización mensual.
A efectos de lo indicado en el párrafo anterior, de la base de cotización correspondiente al mes
de diciembre de 2010 se deducirán, en su caso, los importes de los conceptos retributivos que
tengan una periodicidad en su devengo superior a la mensual o que no tengan carácter periódico
y que hubieran integrado dicha base sin haber sido objeto de prorrateo.
Repercusión en la aplicación:
Este proceso lo realiza actualmente Ginpix, no es necesario que realice cambios.
Finalización de la cotización adicional por los costes de integración en el
Régimen general de la seguridad social de los funcionarios de la
administración local (Funcionarios Integrados).
Normativa legal: Boletín de noticias Red 3/2015:
El Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera establecía en su artículo 41 que “Como compensación
económica de los costes de integración en el Régimen General de la Seguridad Social del
personal incluido en el campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social de los
funcionarios de la Administración Local, además de la prevista en el artículo 4 del Real Decreto
480/1993, de 2 de abril, se efectuará durante veinte años contados a partir del 1 de enero de
1996, una aportación equivalente a cotizar por un tipo adicional del 8,20 por 100 por el personal
que, en 31 de marzo de 1993, se hallaba incluido como activo en el campo de aplicación dicho
Régimen General”. Se recuerda que esta modificación del período inicial establecido para dicha
cotización adicional finalizará el 31 de diciembre de 2015.
Repercusión en la aplicación:
No es necesario que realice cambios, el proceso de actualización eliminará en el régimen la
cotización adicional del 8.2 a todos aquellos regímenes que tengan configurado en tipo
“Integrado (G)” y “Bomb.Integrados (I)
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1. Funcionarios integrados:
Al actualizar la aplicación creará una nueva versión para 2016 con los importes
actualizados y eliminará la cotización adicional en la cuota empresarial.
Con respecto a las cuotas excluidas “I.L.T” la aplicación mantendrá el tipo que tuviera
indicado en la versión 20151.
2. Bomberos integrados:
Durante el año 2016, el tipo de cotización adicional será del 8,00 por ciento, del que el
6,67 por ciento será a cargo de la empresa y el 1,33 por ciento a cargo del trabajador.
Se elimina el 8,2% adicional en la cuota empresarial.
Al actualizar la aplicación creará una nueva versión para 2016 con los importes
actualizados y eliminará la cotización adicional en la cuota empresarial.
Con respecto a las cuotas excluidas “I.L.T” la aplicación mantendrá el tipo que tuviera
indicado en la versión 20151.
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Cotización adicional Bomberos:
Normativa legal:
En relación con los bomberos a que se refiere el Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el
que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al
servicio de las administraciones y organismos públicos, procederá aplicar un tipo de cotización
adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto para la empresa como
para el trabajador.
Durante el año 2016 el tipo de cotización adicional a que se refiere el párrafo anterior será del
9,20 por ciento, del que el 7,67 por ciento será a cargo de la empresa y el 1,53 por ciento a cargo
del trabajador.
Repercusión en la aplicación:
Este proceso lo realiza la actualización en el régimen de cotización de “Funcionarios integrados
bomberos” y “Funcionarios de nuevo ingreso bomberos” no es necesario que haga
modificaciones, el proceso actualizará en el régimen la cotización el valor correspondiente para
201, para aquellos regímenes que tengan configurado en Tipo “Bomberos (O)” y
“Bomb.Integrados (I)”.
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Cotización MUFACE, MUGEJU y Derechos Pasivos La versión 16.01.1.2, añade nueva versión 20161 y actualiza los importes de las cuotas, siempre y cuando el régimen de cotización tenga indicado en el campo “TIPO” alguno de los siguientes:
1. Muface (M)
2. Mixto (X)
3. Mugeju (J)
1. MUFACE Y DERECHOS PASIVOS
La opción de menú de Muface, Mugeju y Derechos Pasivos se encuentra en:
Configuración> Nomina> Seguridad social> Muface, Mugeju y Derechos Pasivos.
2. MUGEJU
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Reducción en la cotización a la seguridad social
Normativa legal:
Según lo establecido en la disposición sexagésima sexta de los presupuestos generales del Estado, en los supuestos en que, por razón de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, la trabajadora, en virtud de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sea destinada a un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado, se aplicará, con respecto a las cuotas devengadas durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo o función, una reducción, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social, del 50 por ciento de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Esa misma reducción será aplicable, en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen, en aquellos casos en que, por razón de enfermedad profesional, se produzca un cambio de puesto de trabajo en la misma empresa o el desempeño, en otra distinta, de un puesto de trabajo compatible con el estado del trabajador.
Repercusión en Ginpix:
Para que la reducción sea generada en Ginpix hay que realizar los siguientes pasos.
1. Acceder a la ficha de datos económicos en la versión del trabajador y mes cuando se ha producido el cambio de puesto en Nominas> Datos económicos> Ficha de datos económicos
2.- Ir al icono de cantidades, y añadir mediante el botón derecho del ratón el multiplicador 9015 con valor 50.
3.- Calcular nóminas. En resultados, la bonificación sale reflejado en el concepto 9015, y el concepto 908 de cuota de contingencias comunes de empresa aparece con el importe de la reducción Cuando cese la situación de riesgo, debe eliminar de ‘cantidades’ el multiplicador 9015 mediante botón derecho del ratón.
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IRPF
IRPF Ámbito Nacional Adaptamos el algoritmo de cálculo de IRPF al Publicado en la Agencia tributaria, no es necesario que modifiquen nada en la aplicación, lo aplicará de forma automática.
A partir de la versión 16.01.1.2 los datos relativos a la tablas de IRPF de Ámbito nacional dejarán de estar disponibles en la opción de menú de Configuración> Nómina> IRPF> Gestión tributaria, para evitar modificaciones manuales en las mismas.
Esta información será interna en la aplicación, por tanto la actualización no creará nueva versión 2016.
IRPF no residentes ámbito nacional La versión 16.01 creará versión para 2016 con el tipo general 24%.
IRPF no residentes en la Unión Europea La versión 16.01 creará versión para 2016 con el tipo general 19%.
IRPF Ámbitos Forales
La versión 16.01 creará versión para 2016 en las tablas de IRPF de los ámbitos forales.
La opción de menú se encuentra en Configuración> Nómina> IRPF> Gestión Tributaria.
1. Ámbito Foral de Navarra
Se modifica la tabla de retención de IRPF para el 2016, según lo establecido en la en la
Ley Foral.
2. Ámbitos Forales de Álava, Vizcaya, Guipúzcoa
Se mantienen los valores de las tablas de 2015 para el 2016.
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IRPF: Rendimientos Irregulares
Normativa legal:
Reducción por periodo de Generación (Art 18.2). El porcentaje reductor del 40% pasa a ser del
30%, y se mantiene el límite de 300.000 euros/año. Se sustituye el requisito de que no se
obtengan de forma periódica o recurrente por el de que no se haya aplicado esta reducción en el
plazo de los cinco períodos impositivos anteriores. Se suprime la reducción por periodo de
generación a los rendimientos que generados en más de dos años se perciban de forma
fraccionada. (Salvo extinción laboral).
Repercusión en Ginpix:
El importe reducido puede reflejarlo en la ficha de datos personales > Pestaña de IRPF en el
campo ‘Reducc. Art. 18.2’
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Nuevo Modelo 145
Normativa legal:
Actualización del modelo 145 estándar según la Resolución de 3 de diciembre de 2015, del
Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria publicada
en el BOE de 17 de diciembre de 2015.
La modificación afecta al apartado 1 relativo a los «Datos del perceptor que efectúa la
comunicación», se ha incluido un nuevo subapartado relativo a la obtención, por parte del
trabajador, durante los cinco períodos impositivos anteriores, de rendimientos con período de
generación superior a dos años que se hayan beneficiado de la reducción contemplada en el
apartado 2 del artículo 18 de la Ley del Impuesto, pero dicha reducción no haya sido finalmente
aplicada por el trabajador en su correspondiente autoliquidación del impuesto.
Repercusión en Ginpix:
Adaptamos el Modelo 145 a la modificación, puede generarlo desde la opción de Datos de Empleados>Modelo 145.
Este dato no quedará reflejado en ningún campo de la aplicación.
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IRPF solicitado
Traspaso automático del tipo de IRPF solicitado si prepara la nómina de enero con la versión 16.01.1.2
Si realiza con la versión 16.01.1.2 el proceso de “Preparación de la nómina de Enero 2016”, traspasará automáticamente el tipo de IRPF solicitado (multiplicador 917) por tanto no es necesario establecer el tipo de IRPF solicitado en el nuevo ejercicio fiscal.
Traspaso no automático del tipo de IRPF solicitado si prepara la nómina de enero con versiones anteriores a la 16.01.1.2
Si realiza el proceso de “Preparación de la nómina de Enero de 2016” con una versión anterior a la 16.01.1.2 (ejemplo versión 15.11.1.1 etc.) no se traspasará el tipo de IRPF solicitado (multiplicador 917), existen dos posibilidades para traspasar el IRPF solicitado en este caso:
1) Si no ha modificado en precios y cantidades de los datos económicos importes para 2016, puede preparar de nuevo la paga después de actualizar a la versión 16.01.1.2, la aplicación copiará a la nómina de enero el IRPF solicitado (multiplicador 917).
2) Si ha modificado en precios y cantidades de los datos económicos importes para 2016, tendrá que indicar manualmente el “IRPF solicitado”, puede hacerlo de dos formas:
2.1) Acceda a Nómina> Datos económicos> Ficha de datos económicos y en “Cantidades” de los datos económicos, añadir el multiplicador 917 IRPF solicitado (grabar). Ejemplo para indicar un IRPF solicitado de un 14%:
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2.1) Acceder a Nómina>Utilidades>Acceso inverso>cantidades de nómina> Valor del multiplicador:
Seleccionar:
1. “Año” 2016, mes “enero”, multiplicador “917” 2. Procesar criterio 3. Introducir el % de IRPF solicitado a los empleados afectados 4. Grabar.
Ejemplo:
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NUEVOS PERMISOS
Situaciones de permiso de maternidad, IT, riesgo durante la lactancia o
el embarazo que impiden iniciar el disfrute de las vacaciones.
Normativa legal
Cuando las situaciones de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la
lactancia o riesgo durante el embarazo impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del
año natural al que correspondan, o una vez iniciado el periodo vacacional sobreviniera una de
dichas situaciones, el periodo vacacional se podrá disfrutar aunque haya terminado el año
natural a que correspondan y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a
partir del final del año en que se hayan originado”.
Repercusión en Ginpix:
En el caso de tener empleados que se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el
párrafo anterior deberá grabar una excepción para regularizar las vacaciones del empleado.
Para añadir excepciones acceda a la opción de menú de Datos de empleados>Ausencias>
Vacaciones y ausencias> Excepciones.
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Nuevo permiso retribuido para funcionarias en estado de gestación.
Normativa legal
Cada Administración Pública, en su ámbito, podrá establecer a las funcionarias en estado de
gestación, un permiso retribuido, a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la
fecha del parto.
En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35
de embarazo, hasta la fecha de parto.”
Repercusión en Ginpix:
Se han creado dos nuevas incidencias de ausencias:
- Incidencia 9000 “Permiso en estado de gestación a partir de la semana 37 (LPGE
2016)”.
- Incidencia 9001 “Permiso en estado de gestación múltiple a partir de la semana 35
(LPGE2016).
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Repercusión en el Portal del empleado:
Requisitos para que las incidencias estén disponibles en el Portal del empleado:
1º ) En Ginpix: Es necesario que las incidencias tengan activado el campo “Ver”, la actualización por defecto las activa automáticamente, puede comprobarlo en configuración> Incidencias de ausencias> Incidencias.
2º ) En el Portal del empleado: Tendrá que estar marcada las casillas ”activa” e indicar la categoría a la que pertenece (columna “Permisos”).
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CAMBIO DE ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA
Si necesita cambiar la estructura presupuestaria para 2016 y precisa mantener un histórico en la
ficha de datos laborales con la estructura presupuestaria de 2015, es necesario que realice la
generación masiva de versiones laborales y traspaso de organización, para realizar este
proceso consulte el menú de ayuda en la pestaña “Buscar” escriba “Versiones. Generación
Masiva de versiones laborales y traspaso de organización” y a continuación haga clic en “Mostrar
temas” y por último haga clic en el título para ver las instrucciones. Ejemplo:
Si necesita asociar de forma masiva las estructuras organizativas y de centros de costes en las dotaciones de la RPT, siga las instrucciones descritas en el menú de ayuda sobre el “cambio masivo de organización/ centro de coste en RPT” para ello escriba en la pestaña “Buscar” Cambio masivo de organización/CCOSTE
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